divorcio voluntario paul enrique sanchez valdez y maria del carmen hernandez delgado

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PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ Y MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DELGADO PROMOCIÓN INICIAL. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR P R E S E N T E PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ Y MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DELGADO, mexicanos, casados, mayores de edad, señalando como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, el ubicado en Avenida Jalisco numero 206 norte en C.d. Madero, Tamaulipas entre las calles Veracruz y Sonora, autorizando como Abogado Patrono en los términos del artículo 68 Bis del Código de Procedimientos Civiles a LIC. OMAR ALEJANDRO ZUÑIGA VILLEGAS y para que tengan acceso al expediente MANUEL ALEJANDRO LOMBERA HERNANDEZ Y RICARDO HERRERA ARIAS comparezco y expongo: En vía de jurisdicción voluntaria y con fundamento en el artículo 253 y 254 del Código Civil de Tamaulipas, solicitamos la disolución del vínculo matrimonial que nos une, por mutuo consentimiento basándonos en los siguientes, hechos: I. Como lo acreditamos con la certificación del acta de matrimonio No. 221, del libro 02, en fecha 27 de marzo del 2007 contrajimos matrimonio ante el Oficial Primero del Registro Civil de Tampico, Tamaulipas bajo el régimen de Sociedad Conyugal. II. Durante nuestra unión, procreamos un hijo de nombre DIEGO SANCHEZ HERNANDEZ, el cual es menor de edad, tal y como se aprecia del acta de nacimiento que anexamos. III. Por estar casados bajo el régimen de sociedad conyugal estableceremos la división de bienes en convenio que mas adelante integraremos. IV. Establecimos nuestro domicilio conyugal en 3ª Avenida numero 208 – 2 esquina con calle 5ª Norte de la Colonia S.A.H.O.P. en Ciudad Madero Tamaulipas. V. Por desavenencias que han surgido entre los suscritos que hacen imposible la vida en común y que no deseamos hacer del

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JUICIO DE DIVORCIO VOLUNTATIO

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Page 1: Divorcio Voluntario Paul Enrique Sanchez Valdez y Maria Del Carmen Hernandez Delgado

PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ Y MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DELGADOPROMOCIÓN INICIAL.

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIADE LO FAMILIARP R E S E N T E

PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ Y MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DELGADO, mexicanos, casados, mayores de edad, señalando como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones, el ubicado en Avenida Jalisco numero 206 norte en C.d. Madero, Tamaulipas entre las calles Veracruz y Sonora, autorizando como Abogado Patrono en los términos del artículo 68 Bis del Código de Procedimientos Civiles a LIC. OMAR ALEJANDRO ZUÑIGA VILLEGAS y para que tengan acceso al expediente MANUEL ALEJANDRO LOMBERA HERNANDEZ Y RICARDO HERRERA ARIAS comparezco y expongo:

En vía de jurisdicción voluntaria y con fundamento en el artículo 253 y 254 del Código Civil de Tamaulipas, solicitamos la disolución del vínculo matrimonial que nos une, por mutuo consentimiento basándonos en los siguientes, hechos:

I. Como lo acreditamos con la certificación del acta de matrimonio No. 221, del libro 02, en fecha 27 de marzo del 2007 contrajimos matrimonio ante el Oficial Primero del Registro Civil de Tampico, Tamaulipas bajo el régimen de Sociedad Conyugal.

II. Durante nuestra unión, procreamos un hijo de nombre DIEGO SANCHEZ HERNANDEZ, el cual es menor de edad, tal y como se aprecia del acta de nacimiento que anexamos.

III. Por estar casados bajo el régimen de sociedad conyugal estableceremos la división de bienes en convenio que mas adelante integraremos.

IV. Establecimos nuestro domicilio conyugal en 3ª Avenida numero 208 – 2 esquina con calle 5ª Norte de la Colonia S.A.H.O.P. en Ciudad Madero Tamaulipas. V. Por desavenencias que han surgido entre los suscritos que hacen imposible la vida en común y que no deseamos hacer del conocimiento público, hemos decidido disolver nuestro vinculo matrimonial.

VI. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 254 del Código Civil vigente

para el Estado de Tamaulipas, insertamos el convenio sobre la forma de cuidar y

cumplir con las obligaciones y derechos inherentes a la patria potestad de

nuestros menores hijos y la disolución de la sociedad conyugal, con base en las

siguientes Cláusulas:

Page 2: Divorcio Voluntario Paul Enrique Sanchez Valdez y Maria Del Carmen Hernandez Delgado

------------------------------------------ C L A U S U L A S . -------------------------------------

PRIMERA. En relación con nuestro menor hijo, convenimos que antes y después de ejecutoriado el divorcio, este quedara bajo la custodia de su Señora Madre MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DELGADO, pero ambos cónyuges seguirán conservando la patria potestad.------------------------------------------------------------------

SEGUNDA. Las partes convienen en que el padre PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ, convivirá con su menor hijo en cualquier horario y día de la semana, en conveniente estado de salud, siempre y cuando no interrumpa sus actividades escolares y de extracurriculares, pudiéndolos llevar a pasear o a convivir con su familia si así lo desea, siempre con el permiso previo de su madre.---------------------

TERCERA. Los menores no podrán salir del país sin consentimiento de ambos cónyuges.------------------------------------------------------------------------------------------------ CUARTA. El domicilió de los suscritos antes y después de ejecutoriada la sentencia de divorcio será, el de la cónyuge el ubicado en 3ª Avenida numero 208 – 2 esquina con calle 5ª Norte de la Colonia S.A.H.O.P. en Ciudad Madero Tamaulipas. y el del cónyuge, en Colonia Anahuac calle Venustiano Carranza esquina con Guadalupe Victoria en Pueblo Viejo Veracruz sin numero, que podrá cambiar a su libre voluntad, debiendo notificarse mutuamente el cambio de domicilio, a fin de poder estar en aptitud de ver a su hijo.--------------------------------

QUINTA. El inmueble en donde establecimos nuestro domicilio conyugal, PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ Y MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DELGADO manifiestan que transmitirán en propiedad por donación a favor de su hijo DIEGO SANCHEZ HERNANDEZ, reservando el usufructo ambos, para que se garanticen los alimentos a favor del menor y además sirva como hogar exclusivamente del mismo, estableciendo que si por cualquier razón dejasen de habitar el domicilio conyugal el menor y su madre para habitar otro y arrendar el domicilio donado, este arrendamiento deberá darse con consentimiento de PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ y la cantidad que se devengase de este acto jurídico pasara a favor del menor por concepto de alimentos misma cantidad que se restara y tomara a favor de la cantidad que PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ dará al menor por concepto de alimentos.------------------------------------------

SEXTA. Bajo protesta de decir verdad manifiesta la cónyuge no estar en estado de gravidez.----------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA. Para sufragar las necesidades alimenticias de los menores el padre se compromete a pagar la cantidad de $1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.) en forma quincenal mediante deposito que deberá hacer el cónyuge, los días hábiles posibles en la cuenta numero 05561305781684 a cargo de la Institución de Crédito BANCO AZTECA de la que es titular la madre, de esta cantidad se restara la cantidad que le pagasen a la madre del menor por concepto de arrendamiento del domicilio donado a favor del mismo en el caso que sea arrendado el inmueble donado por concepto de alimentos, la madre cumplirá con el pago de la pensión alimenticia teniendo incorporado en su domicilio al menor bajo su cuidado y custodia.--------------------------------------------------------------------------------------------------

OCTAVA. El padre se compromete además del pago de la pensión indicada en la cláusula anterior al pago de los gastos médicos que pudieran llegar a surgir.

NOVENA. Ambas partes convienen en compartir y alternar a los menores en fechas especiales, tales como:

a). Cumpleaños.b). Navidad.c). Fin de año.d). Vacaciones de Semana Santa.e). Vacaciones de Agosto.f). Vacaciones de Diciembre.

Page 3: Divorcio Voluntario Paul Enrique Sanchez Valdez y Maria Del Carmen Hernandez Delgado

DECIMA. Las partes se comprometen a pasar por este convenio en todo tiempo y lugar y a respetarse mutuamente, tanto de obra como de palabra, en la inteligencia de que en caso de incumplimiento sobre los mismos, se hará cumplir a través del procedimiento de ejecución forzosa que marca el Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, con apoyo además en los artículos 255, del Código Civil, 2,4,896, 897, 898, del Código de procedimientos Civiles, A USTED C. JUEZ, atentamente pido:

PRIMERO.- Nos tenga por presentados, promoviendo la disolución del vínculo matrimonial.

SEGUNDO.- Se fije fecha y hora para la primer audiencia de avenencia.

TERCERO.- Se de vista al C. Agente del Ministerio Publico para que manifieste lo que a sus intereses convenga.

CUARTO.- En su oportunidad se dicte sentencia disolviendo el vínculo matrimonial.

TAMPICO, TAMAULIPAS A, 22 DE ABRIL DEL 2014

PAUL ENRIQUE SANCHEZ VALDEZ

MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ DELGADO

LIC. OMAR ALJENADRO ZUÑIGA VILLEGASABOGADO PATRONO