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División de poderes de México Poder Ejecutivo Definición: Del latín exsecūtus (“cumplir”, “consumar”), el término ejecutivo se refiere a aquello que no permite que se difiera su ejecución. Por ejemplo: “El intendente dio una orden ejecutiva para que se arreglen todas las escuelas y hospitales de la jurisdicción”, “Un decreto ejecutivo del presidente permitió la liberación de los cuatro detenidos”. Ejecutivo es, por otra parte, una persona que es integrante de una comisión ejecutiva o que ejerce un cargo de alta dirección dentro de una empresa. El ejecutivo suele recibir un salario elevado y tiene la obligación de vestir de manera formal: “Mi tío es un ejecutivo de un grupo multinacional”, “Algún día tal vez me asciendan y logre convertirme en un ejecutivo”. Se conoce como Poder Ejecutivo a una de las tres facultades básicas del Estado, junto al Poder Legislativo y el Poder Judicial. El Poder Ejecutivo, a veces mencionado simplemente como el Ejecutivo, tiene la función de hacer cumplir y sancionar las leyes que regulan el comportamiento social. También se conoce como Ejecutivo a la división del gobierno que se encarga de la gestión diaria del Estado. Un productor ejecutivo es aquella persona que cumple con una serie de funciones en el mundo del espectáculo o en los medios de comunicación. Sus tareas pueden variar de acuerdo a la empresa o la cultura: a nivel general, puede afirmarse que el productor ejecutivo se encarga de la gestión del equipo humano, busca financiación, controla el plan de trabajo, propone ideas para nuevos programas o espectáculos y gestiona la publicidad.

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Page 1: División de poderes de México

División de poderes de México

Poder Ejecutivo

Definición: Del latín exsecūtus (“cumplir”, “consumar”), el término ejecutivo se refiere a aquello que no permite que se difiera su ejecución. Por ejemplo: “El intendente dio una orden ejecutiva para que se arreglen todas las escuelas y hospitales de la jurisdicción”, “Un decreto ejecutivo del presidente permitió la liberación de los cuatro detenidos”.

Ejecutivo es, por otra parte, una persona que es integrante de una comisión ejecutiva  o que ejerce un cargo de alta dirección dentro de una empresa. El ejecutivo suele recibir un salario elevado y tiene la obligación de vestir de manera formal: “Mi tío es un ejecutivo de un grupo multinacional”, “Algún día tal vez me asciendan y logre convertirme en un ejecutivo”.

Se conoce como Poder Ejecutivo a una de las tres facultades básicas del Estado, junto al Poder Legislativo y el Poder Judicial. El Poder Ejecutivo, a veces mencionado simplemente como el Ejecutivo, tiene la función de hacer cumplir y sancionar las leyes que regulan el comportamiento social. También se conoce como Ejecutivo a la división del gobierno que se encarga de la gestión diaria del Estado.

Un productor ejecutivo  es aquella persona que cumple con una serie de funciones en el mundo del espectáculo o en los medios de comunicación. Sus tareas pueden variar de acuerdo a la empresa o la cultura: a nivel general, puede afirmarse que el productor ejecutivo se encarga de la gestión del equipo humano, busca financiación, controla el plan de trabajo, propone ideas para nuevos programas o espectáculos y gestiona la publicidad.

El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos es el jefe de Estado y de gobierno de México, también es el comandante supremo de las Fuerzas Armadas de dicho país.

Historia: A lo largo del siglo XIX, la inestabilidad política que vivió el país a raíz de las invasiones española, estadounidense y francesa; las luchas separatistas en Texas y Centroamérica, y los conflictos entre liberales y conservadores obligaron a una gran cantidad de autoridades electas a dimitir a escasos meses de ejercer la responsabilidad, o a nombrar un sustituto mientras reorganizaban la defensa del país o del régimen.

Tras la relativa pacificación emprendida por el gobierno de Porfirio Díaz, una Revolución mexicana (guerra civil) trajo consigo una nueva Constitución y propició la creación de un nuevo partido político que prácticamente monopolizó la vida política nacional: el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

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Desde 1929 hasta el año 2000 , todos los candidatos presidenciales del PRI alcanzaron la presidencia. Las elecciones eran organizadas por el gobierno. Con la formación de un Instituto Federal Electoral se realizaron las primeras elecciones no organizadas por el gobierno en el año de 1994, y seis años después se dio la primera alternancia entre partidos, con el triunfo de Vicente Fox del Partido Acción Nacional.

Según el artículo 82 de la Constitución de 1917, para ser Presidente se requiere:

Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padre, o madre mexicana y haber residido en el país al menos durante veinte años.

Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.

Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia.

No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto.

No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, seis meses antes del día de la elección.

No ser secretario o subsecretario de Estado, jefe o secretario general de Departamento Administrativo, Procurador General de la República ni Gobernador de algún Estado, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección.

No estar comprendido en alguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 83.

Estructura: Los Estados Unidos Mexicanos son una república representativa, democrática y federal cuyo gobierno está basado en un sistema presidencial o congresual en el que el presidente de México es tanto el jefe de Estado como el jefe de gobierno, en un sistema pluripartidista. El gobierno federal representa a los Estados Unidos Mexicanos y está dividido en tres ramas: ejecutivo, legislativo y judicial, de acuerdo a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en 1917. Los estados constituyentes de la federación también deben tener una forma republicana de gobierno basada en un sistema congresual de acuerdo a lo establecido por sus respectivas constituciones.

El poder ejecutivo es independiente del legislativo y es dirigido por el Presidente, aconsejado por el gabinete de ministros, a los cuales se les llama oficialmente secretarios de Estado. El poder legislativo recae en el Congreso

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de la Unión, un cuerpo legislativo bicameral compuesto por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados. El poder judicial recae sobre la judicatura, conformada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal, y los tribunales colegiales, unitarios y de distrito.

Claramente en el código electoral de México, establece que solo los partidos políticos pueden presentar el registro de las candidaturas a nivel municipal, estatal y federal; excluyendo por completo las candidaturas ciudadanas independientes; aunado a que no existen representantes de distritos o barrios municipales electos por votación.

En la política de México tres han sido los partidos políticos dominantes: el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), El primero, el más antiguo de los 3 ya que fue fundado en el año de 1939. El último que fue fundado en 1946 y que fue derivado del Partido de la Revolución Mexicana es el que estuvo en el poder durante la mayor parte del siglo XX.

El poder ejecutivo[2] recae sobre un solo individuo, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, electo por mayoría relativa (sin segunda vuelta) para un período de 6 años, denominado sexenio, sin la posibilidad de reelección. No existe el puesto de vicepresidente; en caso de ausencia absoluta o incapacidad del presidente, el Congreso de la Unión, con un quórum de al menos dos tercios, se constituirá como Colegio Electoral y elegirá por mayoría absoluta, un presidente interino. Si la ausencia absoluta ocurre durante los primeros dos años del sexenio, el Congreso deberá convocar a elecciones en no menos de 14 y no más de 18 meses después de la toma de protesta del presidente interino. Si la ausencia absoluta del presidente ocurre durante los últimos cuatro años del sexenio, el presidente interino ejercerá sus funciones hasta terminar el sexenio del presidente en ausencia.

El presidente también nomina, con la aprobación del Senado, los miembros del gabinete así como otros funcionarios públicos (como los embajadores). El presidente es responsable de ejecutar y hacer valer la ley, y tiene la autoridad de sancionar o vetar las propuestas de ley.

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Poder Legislativo

Definición: Se denomina poder legislativo a una de las tres facultades y funciones primordiales del estado (junto con el poder ejecutivo y el judicial), que consiste en la aprobación de normas con rango de ley. Es una de las tres ramas en que tradicionalmente se divide el poder de un Estado.

En una democracia, el poder legislativo elabora y modifica las leyes existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos. Su función específica es la aprobación de las leyes y, generalmente, está a cargo de un cuerpo deliberativo (congreso, parlamento o asamblea de representantes).

Charles de Secondat, Barón de Montesquieu propuso, en su célebre libro El espíritu de las leyes, que era necesario que las funciones del Estado se dividieran entre distintos poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), para que mediante unos arreglos de las características el poder se autocontrole, a fin de evitar la tiranía.

Historia: En la Guerra de Independencia. La historia del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, como depositario del Poder Legislativo Federal, se remonta al año de 1811 cuando, tras el fusilamiento de Miguel Hidalgo y de los primeros líderes insurgentes, José María Morelos estableció la primera junta representativa de la nación mexicana, denominada oficialmente Junta Suprema Nacional Americana, la cual se reunió en Zitácuaro (estado de Michoacán), por lo que fue llamada Junta de Zitácuaro.

José María Morelos siempre tuvo presente la necesidad de la organización política del movimiento insurgente, y en esta organización era fundamental la redacción de una Constitución y el establecimiento de un cuerpo legislativo de representantes de la nación. Por ello, la redacción de la Constitución era el principal objetivo de la Junta de Zitácuaro. Sin embargo, debido a los constantes combates entre insurgentes y realistas, tuvo que realizar un peregrinaje por diversos lugares, ya que la ciudad de Zitácuaro fue tomada e incendiada por los realistas, como castigo por albergar a la Junta.

El Congreso de Chilpancingo y la Constitución de Apatzingán

Tras tomar la ciudad de Oaxaca, el 25 de noviembre de 1812, Morelos consideró necesario organizar una nueva junta legislativa y, luego de la caída de Acapulco (estado de Guerrero) en abril de 1813, se eligió a Chilpancingo (estado de Guerrero) como la sede del Primer Congreso de Anáhuac, que se inauguró el 6 de septiembre de 1813.

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A consecuencia de ello, la junta se estableció en Apatzingán (Michoacán) y el 22 de octubre de 1814 promulgó la primera constitución de México, la Constitución de Apatzingán. Este texto constitucional establecía un Congreso depositario del poder legislativo, denominado oficialmente el Congreso de Anáhuac, que se reunió por primera vez en la Parroquia de la Asunción, en la ciudad de Chilpancingo (estado de Guerrero), por lo cual se conoció desde entonces como el Congreso de Chilpancingo. La más importante obra de éste fue la promulgación de los Sentimientos de la Nación, redactados por Morelos.

Primeros años de vida independiente

Al consumarse la independencia en 1821, el gobierno provisional convocó a la elección de un Congreso Constituyente, que asumió el poder legislativo y estableció la monarquía constitucional como sistema político y eligió Emperador de México a Agustín de Iturbide. Pero trás multíples conflictos entre estos, el emperador en sus facultades de poder ejecutivo, terminó disolviendo el congreso por su faltas de no establecer una Constitución y conspiración.

Tras antes de la abdicación de Agustín de Iturbide, el emperador restauró al Congreso y este adoptó un sistema republicano federal después de debatirse entre el sistema centralista y el federalista. Consecuencia fundamental de una o de otra, estaba la determinación de la unicameralidad o bicameralidad del Congreso.

Fundamentalmente gracias al impulso de Fray Servando Teresa de Mier y de Miguel Ramos Arizpe, se adoptó el sistema federal, al promulgarse la Constitución de 1824 y, con ella, la división del Congreso en dos cámaras: la de Diputados, representantes de la población, y el Senado, en representación de los estados de la Federación.

La primera sede del Congreso fue la Iglesia de San Pedro y San Pablo y, a partir de 1829, fue el recinto legislativo del primer piso del Palacio Nacional, donde se radicó hasta 1872.

El Congreso unicameral

Las vicisitudes políticas de los primeros años de la independencia de México tuvieron como consecuencia numerosas disoluciones y convocatorias del Congreso, cambios constitucionales que modificaban sus atribuciones. Con la promulgación de la Constitución de 1857 se suprimió el Senado y se estableció el Congreso unicameral, manteniéndose el sistema federal.

Finalmente, en 1874, el presidente Sebastián Lerdo de Tejada propuso la restauración del Senado de la República, que volvió a quedar constituido el 13 de noviembre de 1874, y el Congreso quedó constituido desde entonces en forma bicameral. El Senado restablecido y constitucionalmente electo se instaló el 16 de septiembre de 1875, para la VIII Legislatura.

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Atribuciones

Las facultades generales del Congreso se describen en el artículo 73 de la Constitución,[3] con el que inicia la sección III del Título Tercero de la misma (De las facultades del Congreso), que se prolonga hasta el artículo 77.[4]

La Constitución otorga similares funciones a ambas cámaras, pero hay funciones que sólo pertenecen al Senado o a la Cámara de Diputados.[5] [6

Estructura: El poder legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un congreso general que se divide en dos cámaras: una de diputados y otra de senadores, ambas cámaras tienen el mismo poder puesto que representan igualmente al pueblo de México. Se llama cámara de a cada uno de los grupos colegisladores, es decir al conjunto de diputados o de senadores electos por el pueblo para realizar las funciones legislativas que les competen de acuerdo con la constitución las cámaras deben trabajar conjuntamente por tanto toda la ley que no sea votada por ambos organismos carece de validez, es un acto jurídico nula, excepto en los casos en que la constitución les da facultades expresas para actuar separadamente.La división del poder legislativo en dos cámaras se llama sistema bicameral o bicameral tiene como razón de ser funcionamiento de dicho poder ya que dividido en dos cuerpos estos se equilibran, evitándose que uno de ellos acapare una gran suma de poder convirtiéndose así en un órgano despótico e incontrolable. La cámara de diputados se compone de representantes de la nación electos en su totalidad cada tres años por los ciudadanos mexicanos. Para ser Diputado serequieren los siguientes requisitos:Ser ciudadano mexicano por nacimiento en el ejercicio de sus derechos, tener 21 años de edad cumplidos el día de la elección, ser originario del estado y otros más. La cámara de senadores se compone de dos miembros por cada estado y dos por el distrito federal electos directamente y en su totalidad cada 6 años. Para ser senador se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad que es de 30 años cumplidos el dia de la elección.Los senadores y diputados al congreso de la unión no podrán ser reelectos para el período inmediato pero los senadores y diputados suplentes podrán ser electos para el período inmediato.Lo que aprendí es que el poder legislativo se deposita en un congreso general que se divide en dos cámaras: la de diputados y la de senadores, ambas cámaras tienen el mismo poder, también el poder legislativos es el que hace las leyes que rigen a nuestra sociedad.La experiencia que me dejó es que asistiendo a la casa de justicia aprendo más y conozco más personas preparadas que nos atendieron muy bien. El

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poder legislativo federal Integración: Cámara de diputados Cámara de senadores Comisión permanente

Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (simplemente denominada Cámara de Diputados) es la cámara baja del Congreso de la Unión. Se compone de representantes de la Nación, que son 500 diputados electos en su totalidad cada tres años, por cada uno de los cuales se elige además un suplente. Su sede es el Palacio Legislativo de San Lázaro.

La Cámara de Diputados esta integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que son electos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales les será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, ningún estado puede tener menos de dos Distritos electorales uninominales.

La elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se sujeta a las bases y reglas que disponga la ley.

Camara de senadores

La Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión es la cámara alta del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos. Se compone de representantes de la Nación, electos en su totalidad cada seis años. Es establecido por los artículos 56 a 58 de la Constitución, y existe en México desde 1824, aunque fue suprimido en 1857, para ser restaurado nuevamente en 1874.

La Cámara de Senadores está integrada por 128 miembros. Cada uno de los 31 estados y el Distrito Federal elige 2 senadores, más uno que se le otorga a la primera minoría. Los 32 senadores restantes son elegidos de acuerdo con el principio de representación proporcional.

Como parte de la iniciativa de reforma política el presidente propone eliminar los 32 escaños que se eligen en lista nacional, quedando el Senado con un total de 96 miembros.[1

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Comision Permanente

Comisión Permanente del Congreso de la Unión es el organismo que se encarga de las tareas correspondientes a las cámaras de diputados y senadores cuando éstas se encuentran en receso.

Poder judicial

Definición: El Poder Judicial es aquel poder del Estado que, de conformidad al ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos. Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.

Historia: Según la teoría clásica de Montesquieu, la división de poderes garantiza la libertad del ciudadano. Montesquieu compuso su teoría después de un viaje a Inglaterra en donde interpretó que un poder judicial independiente puede ser un freno eficaz del poder ejecutivo.

Bajo esta separación de poderes, nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos están igualmente sometidos al imperio de la ley. El Poder judicial debe ser independiente para poder someter a los restantes poderes, en especial el ejecutivo, cuando estos contravengan el ordenamiento jurídico

Estructura: El Poder Judicial de la Federación de los Estados Unidos Mexicanos es ejercido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral, los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y los Juzgados de Distrito. Su fundamento se encuentra en el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El Jurado Federal de Ciudadanos y los tribunales de los Estados y del Distrito Federal, pueden actuar en auxilio de la Justicia Federal, en los casos previstos por la Constitución y las leyes.

La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia y el Tribunal Electoral, está a cargo del Consejo de la Judicatura Federal.

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Suprema Corte de Justicia de la Nación

Artículo principal: Suprema Corte de Justicia de la Nación de México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México es el tribunal supremo. Está formada por 11 Ministros, de los cuales uno es su Presidente. Sus miembros son elegidos por el Senado, de entre una terna que le propone el Presidente de la República, por un periodo de 15 años, sin derecho a reelección.

Funciona en Pleno o en Sala (el Presidente de la Suprema Corte no integra sala) y tiene cada año dos períodos de sesiones: el primero comienza el primer día hábil del mes de enero y termina el último día hábil de la primera quincena del mes de julio; y el segundo, entre el primer día hábil del mes de agosto y el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.

Tribunal Electoral

Artículo principal: Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es el órgano jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación especializado en materias electorales, con excepción de las acciones de inconstitucionalidad contra leyes electorales federales o locales (que corresponden a la Suprema Corte). Para el ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal funciona en una Sala Superior y cinco Salas Regionales.

Los Magistrados Electorales que integran la Sala Superior y las regionales son elegidos por el Senado, o en sus recesos por la Comisión Permanente, a propuesta de la Suprema Corte. Los que integran la Sala Superior duran en su cargo un periodo improrrogable de 10 años, mientras los que integran las salas regionales duran en sus cargos 8 años improrrogables (salvo que sean promovidos a cargos superiores).

La Sala Superior es permamente y está integrada por 7 magistrados electorales. Tiene su sede en el Distrito Federal.

Las Salas Regionales son permanentes, y se integran por 3 magistrados electorales y sus sedes son las ciudades designadas como cabecera de cada una de las circunscripciones plurinominales en que se divide el país, actualmente: Distrito Federal, Guadalajara, Monterrey, Toluca y Xalapa.

De conformidad con la Constitución y las leyes aplicables, este Tribunal es competencia judicial competente para: resolver, en forma definitiva e inatacable, las impugnaciones sobre las elecciones federales y locales; formular la declaración de validez de la elección presidencial y del Presidente Electo; resolver, en forma definitiva e inatacable, los medios de impugnación

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previstos en la Ley General de Sistemas de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Tribunales de Circuito

Estos tribunales federales, que de acuerdo al número de magistrados integrantes pueden ser unitarios o colegiados, están distribuidos en todo el territorio de la nación y asignadas a ciertas zonas geográficas denominadas circuitos judiciales. En la actualidad, existen 31 circuitos judiciales, que abarcan el territorio de uno o dos Estados Mexicanos.

Tribunales Unitarios de Circuito

Los Tribunales Unitarios de Circuito se componen de un magistrado y del número de secretarios, actuarios y empleados que determina el presupuesto.

Es de competencia judicial de los Tribunales Unitarios de Circuito: los juicios de amparo promovidos contra actos de otros tribunales unitarios de circuito, que no constituyan sentencias definitivas; la apelación de los asuntos conocidos en primera instancia por los Juzgados de Distrito; el recurso procesal de denegada apelación; la calificación de los impedimentos, excusas y recusaciones de los Jueces de Distrito, excepto en los juicios de amparo; los conflictos de competencia entre los Jueces de Distrito sujetos a su jurisdicción, excepto en los juicios de amparo; y los demás asuntos que les encomienden las leyes.

Tribunales Colegiados de Circuito

Los Tribunales Colegiados de Circuito se componen de 3 magistrados, uno de los cuales es su presidente. Además cuentan con un secretario de acuerdos y del número de secretarios, actuarios y empleados que determina el presupuesto. Pueden estar especializados en una materia (penal, administrativa, civil o mercantil, y laboral) o conocer de todas ellas.

Es de competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito: los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o contra resoluciones que pongan fin al juicio por violaciones cometidas en ellas o durante la secuela del procedimiento; los recursos que procedan contra los autos y resoluciones que pronuncien los Jueces de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito o el superior del tribunal responsable; el recurso de queja; el recurso de revisión contra las sentencias pronunciadas en la audiencia constitucional por los Jueces de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito o por el superior del tribunal responsable, y cuando se reclame un acuerdo de extradición dictado por el Poder Ejecutivo a petición de un gobierno extranjero, o cuando se trate de los casos en que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia haya ejercitado la facultad prevista en el sexto párrafo del artículo 94 de la Constitución Política; los recursos de revisión que las leyes contra las resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso-administrativo federales y del Distrito Federal; los

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conflictos de competencia que se susciten entre Tribunales Unitarios de Circuito o Jueces de Distrito de su jurisdicción en juicios de amparo; los impedimentos y excusas que en materia de amparo se susciten entre Jueces de Distrito, y en cualquier materia entre los magistrados de los Tribunales de Circuito; los recursos de reclamación; y los demás asuntos que expresamente les encomiende la ley o los acuerdos generales emitidos por la Suprema Corte.

Juzgados de Distrito

Los Juzgados de Distrito se componen de un juez y del número de secretarios, actuarios y empleados que determina el presupuesto. Son los tribunales de primera instancia del Poder Judicial de la Federación.

Actuan como Jueces de primera instancia en Juicios Ordinarios Federales. (Competencia concurrente).

En materia de amparo, conocen de los Juicios de Amparo Indirecto.

Pueden estar especializados en determinadas materias (penal, administrativa, civil y del trabajo) o conocer de todas ellas.

Sin lugar a dudas, son los que reciben la mayor carga de trabajo.

Funcionarios judiciales auxiliares

Con la finalidad de administrar justicia de forma eficiente y pronta, los Jueces, Magistrados y Ministros son auxiliados por otros funcionarios del orden judicial. Estos son:

Secretarios de Estudio y Cuenta: son funcionarios auxiliares de los Ministros, encargados del estudio, análisis y propuesta de proyectos de resolución de la Suprema Corte.

Secretarios: son funcionarios auxiliares encargados de dar fe de las actuaciones, examinar las solicitudes de demandas y requerimientos, y presentar proyectos de resolución al juez o magistrado respectivo. Los secretarios de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito pueden desarrollar distintas tareas, tales como:

Secretario de Acuerdos.

Secretario Proyectista.

Secretario de Compilación de Tesis.

Actuarios: son funcionarios auxiliares, que revisten el carácter de ministro de fe pública, encargados de notificar a las partes, o terceros, de las resoluciones de los tribunales, en los procedimientos tramitados ante ellos.

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Consejo de la Judicatura Federal

Artículo principal: Consejo de la Judicatura Federal

El Consejo de la Judicatura Federal es el órgano que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte y el Tribunal Electoral. Además, debe velar en todo momento por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia e imparcialidad de sus miembros.

Está integrado por siete miembros: el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien también lo será del Consejo; tres Consejeros designados por el Pleno de la Suprema Corte, de entre los Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito; dos Consejeros designados por el Senado, y uno por el Presidente de la República.

Todos los consejeros, salvo el presidente, duraran cinco años en su cargo, son substituidos de manera escalonada, y no puden ser nombrados para un nuevo periodo. Los Consejeros no representan a quien los designa, por lo que deben ejercer su función con independencia e imparcialidad

El Consejo funciona en Pleno o en comisiones. El Pleno resuelve sobre la designación, adscripción, ratificación y remoción de magistrados y jueces, así como de los demás asuntos que la ley determina.

Para realizar sus tareas, el Consejo de la Judicatura Federal cuenta con los siguientes órganos auxiliares:

El Instituto de la Judicatura Federal;

La Visitaduría Judicial;

La Contraloría del Poder Judicial de la Federación;

El Instituto Federal de Defensoría Pública, y

El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles.

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE GUERRERO

Unidad Académica Preparatoria Numero Uno

“Prof. Aarón M. Flores”

LA DIVISIÓN DE PODERES DE MÉXICO

Alumno: Yair Yafte Ortega Contreras

Materia: Formación Ciudadana

Profesor:

Grado: 3º Grupo: 604 Turno: Matutino

Chilpancingo, Guerrero a 4 de Abril del 2011

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INDICE

División de Poderes en México

1. Poder Ejecutivoa. Definición……………………1b. Historia………………………1c. Estructura……………………2

2. Poder Legislativoa. Definición……………………4b. Historia………………………4c. Estructura…………………...6

3. Poder Judiciala. Definición……………………8b. Historia………………………8c. Estructura…………………...8

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