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AVISO: Esta página ha sido generada para facilitar la impresión de los contenidos. Los enlaces externos a otras páginas no serán funcionales. Para ponernos en situación Francisco Guijarro, amigo de Blanca, acaba de comprarse un terreno a las afueras de Toledo y está haciéndose una casa. Como tiene mucha confianza con ella, ha pedido a Chispazos y Porrazos que le lleven la parte eléctrica. Como su parcela está al final de una calle, no tiene todavía suministro eléctrico, y tiene que solicitarlo a Iberdrola, que es la compañía que reparte en esa localidad. Le está preguntando un montón de dudas que tiene al respecto a Blanca: Uff, Blanca, ¡¡No pensaba yo que era tan complicado esto de dar de alta la luz!! No hombre, no es tan complicado - le contesta Blanca- , lo que pasa es que saber qué hilos mover, y sobre todo dónde... Ya, pero es que fui el otro día y me empezaron a hablar que si la acometida, que si la caja de no sé qué, que si el contador... - le dice Francisco agobiadísimo. Tu no te preocupes, - le intenta tranquilizar Blanca- que estás en buenas manos. Lo que tienes que decirme es si vas a ponerte suministro trifásico o monofásico...-bromea. Mira Blanca, no me pongas más nervioso de lo que ya estoy con esto, - le responde Francisco. Bueno, hombre, que era una broma.... - le dice guiñándole un ojo. Esto te gestiono y telo monto yo en un periquete y luego le hago las pruebas de verificación antes de ponerlo en servicio para que veas que todo está perfecto. No tengo ni idea de qué será eso, pero ¡yo sé que haciéndomelo tú estará perfecto, porque sé que controlas de esto! -sonríe por fin Francisco. Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones ITC-BT 03 Empresas instaladoras autorizadas en Baja Tensión En la ITC-BT 03, se establecen las condiciones y requisitos que deben observarse para la habilitación de una empresa como empresa instaladora en el ámbito de aplicación del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. La ITC-BT-03, ha sido modificada por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, publicado en el BOE del día 22 de Mayo de 2010. Estas modificaciones sobre el REBT, se presentan para adecuarlo a las nuevas leyes europeas, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Según esta modificación, desaparecen los carnés profesionales de Baja Tensión, y ese concepto se sustituye por el de “Empresa Instaladora en Baja Tensión”, si bien, los titulares de un certificado de cualificación individual en baja tensión emitido por una Administración competente previamente a la fecha de entrada en vigor de este real decreto, podrán seguir realizando la actividad de instalador en baja tensión regulada en el Real Decreto 842/2002. Empresa Instaladora en Baja Tensión, corresponde a la persona física o jurídica que realiza, mantiene o repara las instalaciones eléctricas en el ámbito del REBT, habiendo presentado una declaración responsable de inicio de actividad. Instalador en baja tensión, es la persona física que tiene conocimientos para desempeñar alguna de las actividades correspondientes a las categorías básica o especialista: Categoría básica (IBTB): Los instaladores de esta categoría podrán realizar, mantener y reparar las instalaciones eléctricas para baja tensión en edificios, industrias, infraestructuras

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Instalaciones de DistribuciónTécnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas

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Page 1: Distribución VI

AVISO: Esta página ha sido generada para facilitar la impresión de los contenidos. Los enlaces externos a otras páginas noserán funcionales.

Para ponernos en situación

Francisco Guijarro, amigo de Blanca, acaba de comprarse un terreno a las afueras de Toledo yestá haciéndose una casa. Como tiene mucha confianza con ella, ha pedido a Chispazos yPorrazos que le lleven la parte eléctrica. Como su parcela está al final de una calle, no tiene todavíasuministro eléctrico, y tiene que solicitarlo a Iberdrola, que es la compañía que reparte en esalocalidad. Le está preguntando un montón de dudas que tiene al respecto a Blanca:

Uff, Blanca, ¡¡No pensaba yo que era tan complicado esto de dar de alta la luz!!No hombre, no es tan complicado - le contesta Blanca- , lo que pasa es que saber qué hilosmover, y sobre todo dónde...Ya, pero es que fui el otro día y me empezaron a hablar que si la acometida, que si la caja deno sé qué, que si el contador... - le dice Francisco agobiadísimo.Tu no te preocupes, - le intenta tranquilizar Blanca- que estás en buenas manos. Lo que tienesque decirme es si vas a ponerte suministro trifásico o monofásico...-bromea.Mira Blanca, no me pongas más nervioso de lo que ya estoy con esto, - le respondeFrancisco.Bueno, hombre, que era una broma.... - le dice guiñándole un ojo. Esto te gestiono y telomonto yo en un periquete y luego le hago las pruebas de verificación antes de ponerlo enservicio para que veas que todo está perfecto.No tengo ni idea de qué será eso, pero ¡yo sé que haciéndomelo tú estará perfecto, porquesé que controlas de esto! -sonríe por fin Francisco.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

ITC-BT 03 Empresas instaladoras autorizadas en Baja Tensión

En la ITC-BT 03, se establecen las condiciones y requisitos que deben observarsepara la habilitación de una empresa como empresa instaladora en el ámbito deaplicación del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

La ITC-BT-03, ha sido modificada por el Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, publicado en elBOE del día 22 de Mayo de 2010. Estas modificaciones sobre el REBT, se presentan paraadecuarlo a las nuevas leyes europeas, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y suejercicio.

Según esta modificación, desaparecen los carnés profesionales de Baja Tensión, y ese conceptose sustituye por el de “Empresa Instaladora en Baja Tensión”, si bien, los titulares de un certificadode cualificación individual en baja tensión emitido por una Administración competente previamentea la fecha de entrada en vigor de este real decreto, podrán seguir realizando la actividad deinstalador en baja tensión regulada en el Real Decreto 842/2002.

Empresa Instaladora en Baja Tensión, corresponde a la persona física o jurídica que realiza,mantiene o repara las instalaciones eléctricas en el ámbito del REBT, habiendo presentado unadeclaración responsable de inicio de actividad.Instalador en baja tensión, es la persona física que tiene conocimientos para desempeñar algunade las actividades correspondientes a las categorías básica o especialista:

Categoría básica (IBTB): Los instaladores de esta categoría podrán realizar, mantener yreparar las instalaciones eléctricas para baja tensión en edificios, industrias, infraestructuras

Page 2: Distribución VI

y, en general, todas las comprendidas en el ámbito del presente Reglamento Electrotécnicopara Baja Tensión, que no se reserven a la categoría especialista (IBTE).Categoría especialista (IBTE):Los instaladores y empresas instaladoras de la categoríaespecialista podrán realizar, mantener y reparar las instalaciones de la categoría Básica y,además, las correspondientes a:

Sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas yedificios (Domótica).

(Características definidas en ITC-BT-51 y normas UNE contempladas en la ITC)

Sistemas de control distribuido.Sistemas de supervisión, control y adquisición de datos.Control de procesos.Líneas aéreas o subterráneas para distribución de energía.

(Características definidas en las ITC-BT-06, 07, 08 y 11)

Locales con riesgo de incendio o explosión.

(Características definidas en la ITC-BT-29 y normas UNE contempladas en la ITC)

Quirófanos y salas de intervención.

(Características definidas en la ITC-BT-38 e ITC-BT-28 y normas UNE contempladas en la ITC)

Lamparas de descarga en alta tensión, rótulos luminosos y similares.

(Características definidas en ITC-BT-44 y UNE 50107)

Instaladores generadoras de baja tensión.

(Características definidas en ITC-BT-40, MIE-RAT-13)que estén contenidas en el ámbito del actual Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y susInstrucciones Técnicas complementarias.

Los Instaladores y empresas instaladoras se clasifican en dos categorías:Categoría Básica que podrá realizar las instalaciones más comunes, y CategoríaEspecialista que realizará las instalaciones especiales (domótica, sistemas decontrol, líneas de distribución de energía…)

Autoevaluación:

/td> ¿Hay diferentes categorías de instaladores?

a) No, sólo existe una categoría.

b) Sí, existen infinidad de categorías

c) Si. Existen dos categorías: básico y especialista.

Las empresas instaladoras de categoría básica:

a) Pueden realizar instalaciones de locales con riesgo de incendioy explosión.

Page 3: Distribución VI

b) Pueden mantener y reparar líneas aéreas o subterráneas dedistribución de energía.

c) Pueden realizar instalaciones de control de procesos.

d) Pueden realizar la instalación eléctrica de una vivienda.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Requisitos para se instalador en Baja Tensión

El instalador en Baja Tensión deberá desarrollar su actividad en el seno de unaempresa instaladora de baja tensión habilitada.

Para ser instalador de Baja Tensión, se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

Disponer de un título universitario cuyo plan de estudios cubra las materias objeto delReglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el 842/2002, de 2 de agosto, y desus Instrucciones Técnicas Complementarias.Disponer de un título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad incluidoen el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, cuyo ámbito competencialcoincida con las materias objeto del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobadopor el 842/2002, de 2 de agosto, y de sus ITCs.Tener reconocida una competencia profesional adquirida por experiencia laboral, de acuerdocon lo estipulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de lascompetencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en las materias objeto delReglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por el 842/2002, de 2 de agosto, y desus Instrucciones Técnicas Complementarias.”

Dichos requisitos deberán poder acreditarse ante la Administración competente cuando ésta así lorequiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control, y para la categoríaque corresponda de las establecidas.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Declaración Responsable

La declaración responsable habilita por tiempo indefinido a la empresa instaladora,desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el

ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse

requisitos o condiciones adicionales.

Antes de comenzar sus actividades como empresas instaladoras en baja tensión, las personasfísicas o jurídicas que deseen establecerse en España deberán presentar ante el órganocompetente de la comunidad autónoma en la que se establezcan, una declaración responsable enla que el titular de la empresa o el representante legal de la misma declare:

para qué categoría, y en su caso, modalidad, va a desempeñar la actividadque cumple los requisitos que se exigen por esta Instrucción Técnica Complementariaque dispone de la documentación que así lo acreditaque se compromete a mantenerlos durante la vigencia de la actividadque se responsabiliza de que la ejecución de las instalaciones se efectúa de acuerdo con lasnormas y requisitos que se establecen en el Reglamento electrotécnico para baja tensión,

Page 4: Distribución VI

aprobado por el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y sus respectivas instruccionestécnicas complementarias.

Las comunidades autónomas deberán posibilitar que la declaración responsable sea realizada pormedios electrónicos.No se podrá exigir la presentación de documentación acreditativa del cumplimiento de losrequisitos junto con la declaración responsable. No obstante, esta documentación deberá estardisponible para su presentación inmediata ante la Administración competente cuando ésta así lorequiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control. La Administracióncompetente podrá regular un procedimiento para comprobar a posteriori lo declarado por elinteresado.

El órgano competente de la comunidad autónoma, asignará, de oficio, un número de identificacióna la empresa y remitirá los datos necesarios para su inclusión en el Registro Integrado Industrial. Las empresas que ya hubieran sido autorizadas a la fecha de entrada en vigor del real decreto560/2010, podrán seguir realizando la actividad para la que fueron autorizadas, sin que debanpresentar la declaración responsable regulada en las modificaciones normativas introducidas poreste real decreto.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Habilitación de empresas instaladoras de Baja Tensión. Medios técnicos y humanos

Empresa Instaladora en Baja Tensión, corresponde a la persona física o jurídica que

realiza, mantiene o repara las instalaciones eléctricas en el ámbito del REBT,habiendo presentado una declaración responsable de inicio de actividad.

Las empresas instaladoras cumplirán lo siguiente:

a. Disponer de la documentación que identifique a la empresa instaladora, que en el caso depersona jurídica deberá estar constituida legalmente.

b. Haber suscrito un seguro de responsabilidad civil profesional u otra garantía equivalente quecubra los daños que puedan provocar en la prestación del servicio por una cuantía mínima de600.000 euros para la categoría básica y de 900.000 euros para la categoría especialista.Estas cuantías mínimas se actualizarán por orden del Ministro de Industria, Turismo yComercio, siempre que sea necesario para mantener la equivalencia económica de lagarantía y previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

c. Contar con los medios técnicos y humanos mínimos necesarios para realizar sus actividadesen condiciones de seguridad.

Page 5: Distribución VI

Ilustración 1: Requisitos para ser Empresa Instaladora

Medios Humanos

Sólo se exige un mínimo de un instalador para las instalaciones de cada una de las respectivascategorías, o una misma persona si ésta reúne los respectivos requisitos. Desaparece la obligatoriedad de operarios cualificados, en número máximo de 10 por cadapersona dotada de Certificado de Cualificación Individual en Baja Tensión, o por cada Técnicosuperior en instalaciones electrotécnicas o por cada Titulado de Escuelas Técnicas de gradoMedio o Superior con formación suficiente en el campo electrotécnico.

Medios Técnicos

Equipo general:

TelurómetroMedidor de aislamiento según ITC MIE-BT 19Multímetro o tenaza, para las siguientes magnitudes.

Tensión alterna y continua hasta 500 V.Intensidad alterna y continua hasta 20 A.Resistencia.

Medidor de corriente de fuga, con resolución mejor o igual que 1 mAAnalizador-registrador de potencia y energía para corriente alterna trifásica, con capacidadde medida de las siguientes magnitudes: potencia activa, tensión alterna, intensidad alterna,factor de potenciaEquipo verificador de la sensiblidad de disparo de los interruptores diferenciales, capaz deverificar la característica intensidad-tiempo;Equipo verificador de la continuidad de conductoresMedidor de la impedancia de bucle, con sistema de medición independiente o concompensación del valor de las resistencia de los cables de prueba y con una resolución mejoro igual que 0,1 ohmioHerramientas comunes y equipo auxiliarLuxómetro con rango de medida adecuado para el alumbrado de emergencia

Equipos específicos para la categoría especialista:

Analizador de redes, de armónicos y de perturbaciones de redElectrodos para la medida del aislamiento de los suelosAparato comprobador del dispositivo de vigilancia del nivel de aislamiento de los quirófanos

Page 6: Distribución VI

Nota: Se suprime respecto a la anterior versión de la ITC-BT-03, la necesidad de tener un local consuperficie mínima de 25 m2.

Los medios técnicos que se establecen para la categoría básica deberían serpropiedad del propio instalador autorizado quien debe garantizar en todo momentosu estado de funcionamiento y calibración, ya que su uso es muy frecuente.

Los medios específicos para la categoría especialista se pueden obtener enocasiones a través de las correspondientes asociaciones profesionales, siempreque el usuario final pueda acreditar el estado de calibración y funcionamientocorrecto de los equipos.

Autoevaluación:

/td> La empresa instaladora de categoría básica debe disponer de los siguientesmedios técnicos:

a) Juego de herramientas de electricista.

b) Juego de herramientas y medio de transporte.

c) Aparatos de medida y juego de herramientas según ITC-BT-03.

La empresa instaladora de categoría especialista debe disponer de lossiguientes medios:

a) Los mismos medios que el instalador básico.

b) Equipos de alta seguridad y herramientas de especialista.

c) Los del instalador básico más algunos equipos especializadossegún el REBT.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Obligaciones de las empresas instaladoras de líneas de Baja Tensión

Los instaladores en baja tensión deben, en sus respectivas categorías:

a. Ejecutar, modificar, ampliar, mantener o reparar las instalaciones que les sean adjudicadas oconfiadas, de conformidad con la normativa vigente y con la documentación de diseño de lainstalación, utilizando, en su caso, materiales y equipos que sean conformes a la legislaciónque les sea aplicable.

b. Efectuar las pruebas y ensayos reglamentarios que les sean atribuidos.c. Realizar las operaciones de revisión y mantenimiento que tengan encomendadas, en la forma

y plazos previstos.d. Emitir los certificados de instalación o mantenimiento, en su caso.e. Coordinar, en su caso, con la empresa suministradora y con los usuarios las operaciones que

impliquen interrupción del suministro.f. Notificar a la Administración competente los posibles incumplimientos reglamentarios de

materiales o instalaciones, que observasen en el desempeño de su actividad. En caso depeligro manifiesto, darán cuenta inmediata de ello a los usuarios y, en su caso, a la empresasuministradora, y pondrá la circunstancia en conocimiento del Órgano competente de laComunidad Autónoma en el plazo máximo de 24 horas.

Page 7: Distribución VI

g. Asistir a las inspecciones establecidas por el Reglamento, o las realizadas de oficio por laAdministración, si fuera requerido por el procedimiento.

h. Mantener al día un registro de las instalaciones ejecutadas o mantenidas.i. Informar a la Administración competente sobre los accidentes ocurridos en las instalaciones a

su cargo.j. Conservar a disposición de la Administración, copia de los contratos de mantenimiento al

menos durante los 5 años inmediatos posteriores a la finalización de los mismos.

En muchas ocasiones, debido a la falta de control, personal sin la suficiente preparación yconocimientos realiza instalaciones eléctricas, con el consiguiente peligro para personas y bienes.El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión especifica con toda claridad:

“Las instalaciones eléctricas deberán ser realizadas únicamente por instaladores”

Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT 03

Real Decreto 560/2010

Autoevaluación:

Di cuales de las siguientes actuaciones son obligaciones a cumplir por losInstaladores Autorizados (en sus respectivas categorías)

a) Ejecutar, modificar, ampliar, mantener o reparar lasinstalaciones que les, sean adjudicadas o confiadas, deconformidad. con la normativa vigente y con la documentaciónde diseño de la instalación, utilizando, en su caso, materiales yequipos que sean conformes a la legislación que les seaaplicable.

b) Efectuar las pruebas y ensayos reglamentarios que les seanatribuidos.

c) Realizar las operaciones de revisión y mantenimiento quetengan encomendadas, en la forma y plazos previstos.

d) Emitir los certificados de instalación o mantenimiento, en sucaso.

e) Coordinar, en su caso, con la empresa suministradora y con losusuarios las operaciones que impliquen interrupción delsuministro.

f) Notificar a la Administración competente los posiblesincumplimientos reglamentarios de materiales o instalaciones,que observasen en el desempeño de su actividad. En caso depeligro manifiesto, darán cuenta inmediata de ello a los usuariosy, en su caso, a la empresa suministradora, y pondrá lacircunstancia en conocimiento del Órgano competente de laComunidad Autónoma en el plazo máximo de 24 horas.

g) Asistir a las inspecciones establecidas por el Reglamento, o lasrealizadas de oficio por la Administración, si fuera requerido porel procedimiento.

h) Mantener al día un registro de las instalaciones ejecutadas omantenidas.

i) Informar a la Administración competente sobre los accidentesocurridos en las instalaciones a su cargo.

Page 8: Distribución VI

j) Conservar a disposición de la Administración, copia de loscontratos de mantenimiento al menos durante los 5 añosinmediatos posteriores a la finalización de los mismos.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Documentación de las instalaciones

En este apartado se verán las prescripciones del artículo 18 del Reglamento

Electrotécnico para Baja Tensión, y su desarrollo en la ITC-BT 04, determinando la

documentación técnica que deben tener las instalaciones para ser legalmente puestasen servicio.

El citado art. 18 del REBT, en su apartado a) dice que "deberá elaborarse, previamente a la

ejecución, una documentación técnica que defina las características de la instalación y que, en

función de sus características, según determine la correspondiente ITC, revestirá la forma deproyecto o memoria técnica".

Y en esa ITC correspondiente, la 04, se desarrollan los aspectos de ambas modalidades:

1. Proyecto

Cuando se precise proyecto, (por su extensión se desarrollarán en el siguiente apartado), éstedeberá ser redactado y firmado por técnico titulado competente, quien será directamenteresponsable de que el mismo se adapte a las disposiciones reglamentarias. El proyecto deinstalación se desarrollará, bien como parte del proyecto general del edificio, bien en forma de unoo varios proyectos específicos.

En la memoria del proyecto se expresarán especialmente:

Datos relativos al propietario;Emplazamiento, características básicas y uso al que se destina;Características y secciones de los conductores a emplear;Características y diámetros de los tubos para canalizaciones;Relación nominal de los receptores que se prevean instalar y su potencia, sistemas ydispositivos de seguridad adoptados y cuantos detalles sean necesarios de acuerdo con laimportancia de la instalación proyectada y para que se ponga de manifiesto el cumplimientode las prescripciones del Reglamento y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.Esquema unifilar de la instalación y características de los dispositivos de corte y protecciónadoptados, puntos de utilización y secciones de los conductores.Croquis de su trazado;Cálculos justificativos del diseño.

Los planos serán los suficientes en número y detalle, tanto para dar una idea clara de lasdisposiciones que pretenden adoptarse en las instalaciones, como para que la Empresainstaladora que ejecute la instalación disponga de todos los datos necesarios para la realización dela misma.

2. Memoria Técnica de Diseño.

La Memoria Técnica de Diseño (MTD) se redactará sobre impresos, según modelo determinadopor el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, con objeto de proporcionar los principalesdatos y características de diseño de las instalaciones. La empresa autorizada que firme dicha

Page 9: Distribución VI

Memoria será directamente responsable de que la misma se adapte a las exigenciasreglamentarias.

En especial, se incluirán los siguientes datos:

Los referentes al propietario;Identificación de la persona que firma la memoria y justificación de su competencia;Emplazamiento de la instalación;Uso al que se destina;Relación nominal de los receptores que se prevea instalar y su potencia;Cálculos justificativos de las características de la línea general de alimentación, derivacionesindividuales y líneas secundarias, sus elementos de protección y sus puntos de utilización;Pequeña memoria descriptiva;Esquema unifilar de la instalación y características de los dispositivos de corte y protecciónadoptados, puntos de utilización y secciones de los conductores;Croquis de su trazado.

Requerirán MTD todas las instalaciones (nuevas, ampliaciones o modificaciones) que no precisenproyecto.

En la documentación de apoyo se adjunta el modelo normalizado de MTD por laConsejería de Industria de CLM

Modelo de MTD general

Formulario de MTD para CLM

Autoevaluación:

Di, de los siguientes datos, cuáles obliga el REBT a expresar en un proyecto (P)de una instalación, cuáles en una Memoria Técnica de Diseño (M) y cuáles enambos (A).

Datos relativos al propietario Selecciona... A M P

Emplazamiento y uso al que se destina Selecciona... A M P

Características y secciones de los conductores a emplear Selecciona... A M P

Características y diámetros de los tubos para canalizaciones Selecciona... A MP

Relación nominal de los receptores que se prevean instalar y su potenciaSelecciona... A M P

Relación nominal de los sistemas y dispositivos de seguridad adoptadosSelecciona... A M P

Esquema unifilar de la instalación y características de los dispositivos de corte yprotección adoptados, puntos de utilización y secciones de los conductoresSelecciona... A M P

Identificación de la persona que lo firma y justificación de su competenciaSelecciona... A M P

Page 10: Distribución VI

Cálculos justificativos del diseño Selecciona... A M P

Cálculos justificativos de las características de la línea general de alimentación,derivaciones individuales y líneas secundarias, sus elementos de protección ysus puntos de utilización Selecciona... A M P

Pequeña memoria descriptiva Selecciona... A M P

Planos Selecciona... A M P

Croquis del trazado Selecciona... A M P

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Instalaciones que precisan proyecto

En el capítulo 3 de la ITC BT 04 se describen las instalaciones (nuevas, ampliacioneso modificaciones) que precisan proyecto para su ejecución.

1. Para su ejecución, precisan elaboración de proyecto las nuevas instalaciones siguientes:

Grupo Tipo de Instalación Límites

a Las correspondientes a industrias, en general. P>20 kW

b

Las correspondientes a:Locales húmedos, polvorientos o con riesgo de

corrosión.

Bombas de extracción o elevación de agua, sean

industriales o no.

P>10 kW

c

Las correspondientes a:Locales mojados;

generadores y convertidores;

conductores aislados para caldeo, excluyendo

las de viviendas.

P>10 kW

d

de carácter temporal para alimentación de

maquinaria de obras en construcción.de carácter temporal en locales o emplazamientos

abiertos;

P>50 kW

e

Las de edificios destinados principalmente aviviendas, locales comerciales y oficinas, que no

tengan la consideración de locales de públicaconcurrencia, en edificación vertical u horizontal.

P>100 kW por CGP

f Las correspondientes a viviendas unifamiliares P>50 kW

g Las de garajes que requieren ventilación forzadaCualquiera que sea

su ocupación

hLas de garajes que disponen de ventilación

natural

De más de 5 plazas

de estacionamiento

Page 11: Distribución VI

i Las correspondientes a locales de pública

concurrencia;Sin límite

j

Las correspondientes a:

Líneas de baja tensión con apoyos comunes conlas de alta tensión;

Máquinas de elevación y transporte;

Las que utilicen tensiones especiales;Las destinadas a rótulos luminosos salvo que se

consideren instalaciones de Baja tensión segúnlo establecido en la ITC-BT 44;

Cercas eléctricas;

Redes aéreas o subterráneas de distribución;

Sin límite depotencia

k Instalaciones de alumbrado exterior. P > 5 kW

lLas correspondientes a locales con riesgo de

incendio o explosión, excepto garajesSin límite

m Las de quirófanos y salas de intervención Sin límite

n Las correspondientes a piscinas y fuentes. P> 5 kW

o

Todas aquellas que, no estando comprendidas enlos grupos anteriores, determine el Ministerio de

Ciencia y Tecnología, mediante la oportuna

Disposición.

Según corresponda

( P = Potencia prevista en la instalación, teniendo en cuenta lo estipulado en la ITC-BT-10 y que seestudiará en unidades posteriores)

Si una instalación esta comprendida en más de un grupo se le aplicará el criteriomás exigente de los establecidos para dichos grupos.

2. Asimismo, requerirán elaboración de proyecto las ampliaciones y modificaciones de lasinstalaciones siguientes:

3. Las ampliaciones de las instalaciones de los tipos b, c, g, i, j, l y m y las modificaciones deimportancia de todas las instalaciones anteriores.

4. Las ampliaciones de las instalaciones que, siendo de los tipos señalados en la tabla anterior.no alcanzasen los límites de potencia prevista establecidos para las mismas, pero que lossuperan al producirse la ampliación.

5. Las ampliaciones de instalaciones que requirieron proyecto originalmente si en una o envarias ampliaciones se supera el 50 % de la potencia prevista en el proyecto anterior.

ITC-BT 04

Guia Técnica de Aplicación de la ITC-BT 03

Contenidos mínimos de los proyectos BT

Contenidos mínimos de proyectos de diversos tipos erexigidos por el Gobierno de Canarias

Autoevaluación:

Elige, de entre el banco de opciones, la adecuada para completar los límites

Page 12: Distribución VI

que marcan qué instalaciones nuevas precisan elaboración de proyecto.

Banco: [si P > 5 kW], [si P > 10 kW], [si P > 20 kW], [si P > 50 kW], [siempre]

Las instalaciones correspondientes a industrias, en general

Las instalaciones correspondientes a locales húmedos, polvorientos o conriesgo de corrosión

Las instalaciones correspondientes a: locales mojados

Las instalaciones de carácter temporal para alimentación de maquinara deobras en construcción

Las instalaciones correspondientes a viviendas unifamiliares

Las instalaciones correspondientes a locales de pública concurrencia

Las instalaciones correspondientes a redes aéreas o subterráneas dedistribución

Las instalaciones de alumbrado exterior

Las instalaciones correspondientes a locales con riesgo de incendio o explosión(excepto garajes)

Las instalaciones de quirófanos o salas de intervención

Las instalaciones correspondientes a piscinas o fuentes

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Ejecución de las instalaciones

En este apartado se verán las prescripciones reglamentarias deben tener las

instalaciones para ser legalmente puestas en servicio, así como su tramitación ante elÓrgano competente de la Administración.

Todas las instalaciones en el ámbito de aplicación del Reglamento deben ser efectuadas por lasempresas instaladoras autorizadas a las que se refiere la ITC-BT-03 y vistas anteriormente.

En el caso de instalaciones que requirieron Proyecto, su ejecución deberá contar con la direcciónde un técnico titulado competente.

Si, en el curso de la ejecución de la instalación, la Empresa Instaladora considerase que elProyecto o Memoria Técnica de Diseño no se ajusta a lo establecido en el Reglamento, deberá,por escrito, poner tal circunstancia en conocimiento del autor de dichos Proyecto o Memoria, y delpropietario. Si no hubiera acuerdo entre las partes se someterá la cuestión al Órgano competentede la Comunidad Autónoma, para que ésta resuelva en el más breve plazo posible.

Al término de la ejecución de la instalación, la empresa instaladora realizará las verificaciones queresulten oportunas, en función de las características de aquélla, según se especifica en la ITC-BT-05 y en su caso todas las que determine la dirección de obra.

Page 13: Distribución VI

Asimismo, las instalaciones que se especifican en la ITC-BT-05 (se describen en apartadosposteriores), deberán ser objeto de la correspondiente Inspección Inicial por Organismo de ControlAutorizado (OCA).

La diferencia entre verificación e inspección radica principalmente en el agente encargado de suejecución:

Todas las instalaciones eléctricas deben ser objeto de una verificación previa a su puesta enservicio efectuada por la empresa autorizada que las realizó, con la supervisión en su casodel director de obra. La empresa autorizada es por lo tanto responsable de la correctaejecución de la instalación y de que sea segura, lo mismo que un fabricante es responsabledel producto que fabrica.Las inspecciones las efectúan bien directamente las propias Administraciones Públicascompetentes (mediante los servicios de industria de las CCAA), o como es más frecuente lasefectúan los Organismos de Control Autorizados por la administración (OCAs). De entretodas las instalaciones eléctricas dentro del ámbito del RBT, solamente algunas de ellas sonobjeto de inspecciones iniciales o periódicas.

También conviene aclarar que los titulares de las instalaciones deberán mantenerlas en buenestado de funcionamiento, utilizándolas de acuerdo con sus características y absteniéndose deintervenir en las mismas para modificarlas. Si son necesarias modificaciones, éstas deberán serefectuadas por un instalador autorizado. Por lo tanto, no sólo las nuevas instalaciones eléctricasdeben ejecutarse por empresas autorizadas, sino también cualquier ampliación o modificación deuna existente. Cualquier actuación de una empresa autorizada debe por tanto ir seguida de lacorrespondiente verificación del trabajo realizado siendo el propio instalador quien debe verificar lainstalación.

En resumen todas las instalaciones eléctricas deben ser objeto de lacorrespondiente verificación después de su realización o modificación.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Verificaciones

Toda instalación eléctrica debe ser verificada por las empresas instaladoras que lasejecuten y según corresponda en función de sus características (en la medida en que

esto sea razonablemente practicable), durante su montaje y/o cuando éste se termine,antes de ponerla en servicio por parte del usuario.

El alcance y metodología de esta verificación se detalla en la ITC-BT-19 y en la norma UNE 20460parte 6-61. En el Anexo 4 de la Guía del REBT se indican más detalladamente los contenidos deesta verificación.

Adicionalmente otras instrucciones establecen verificaciones adicionales, como la ITC-BT-18 parael caso de las puestas a tierra.

La verificación de las instalaciones eléctricas previa a su puesta en servicio comprende dos fases,una primera fase que no requiere efectuar medidas y que se denomina verificación por examen, yuna segunda fase que requiere la utilización de equipos de medida específicos.

1. Verificación por examen

Debe preceder a los ensayos y medidas, y normalmente se efectuará para el conjunto de la

Page 14: Distribución VI

instalación estando ésta sin tensión.

Está destinada a comprobar:

Si el material eléctrico instalado permanentemente es conforme con las prescripcionesestablecidas en el proyecto o memoria técnica de diseño.Si el material ha sido elegido e instalado correctamente conforme a las prescripciones delReglamento y del fabricante del material.Que el material no presenta ningún daño visible que pueda afectar a la seguridad.En concreto los aspectos cualitativos que este tipo de verificación debe tener en cuenta sonlos siguientes:

La existencia de medidas de protección contra los choques eléctricos por contacto departes bajo tensión o contactos directos, como por ejemplo: el aislamiento de las partesactivas, el empleo de envolventes, barreras, obstáculos o alejamiento de las partes entensión.La existencia de medidas de protección contra choques eléctricos derivados del fallode aislamiento de las partes activas de la instalación, es decir, contactos indirectos.Dichas medidas pueden ser el uso de dispositivos de corte automático de laalimentación tales como interruptores de máxima corriente, fusibles, o diferenciales, lautilización de equipos y materiales de clase II, disposición de paredes y techos aislanteso alternativamente de conexiones equipotenciales en locales que no utilicen conductorde protección, etc.La existencia y calibrado de los dispositivos de protección y señalización.La presencia de barreras cortafuegos y otras disposiciones que impidan lapropagación del fuego, así como protecciones contra efectos térmicos.La utilización de materiales y medidas de protección apropiadas a las influenciasexternas.La existencia y disponibilidad de esquemas, advertencias e informaciones similares.La identificación de circuitos, fusibles, interruptores, bornes, etc.La correcta ejecución de las conexiones de los conductores.La accesibilidad para comodidad de funcionamiento y mantenimiento.

2. Verificaciones mediante medidas o ensayos.

Las verificaciones descritas en la ITC-BT-19 e ITC-BT-18 son las siguientes:

Medida de continuidad de los conductores de protección.Medida de la resistencia de puesta a tierra.Medida de la resistencia de aislamiento de los conductores.Medida de la resistencia de aislamiento de suelos y paredes, cuando se utilice este sistemade protección.Medida de la rigidez dieléctrica.

Adicionalmente hay que considerar otras medidas y comprobaciones que son necesarias paragarantizar que se han adoptado convenientemente los requisitos de protección contra choqueseléctricos. Se realizarán una o varias de las medidas indicadas a continuación según el sistema deprotección utilizado:

Medida de las corrientes de fuga.Comprobación de la intensidad de disparo de los diferenciales.Medida de la impedancia de bucle.Comprobación de la secuencia de fases.

Al concluir la verificación se debe preparar un informe.

En los siguientes apartados se desarrollan las verificaciones que deben llevarse a cabo en las

Page 15: Distribución VI

instalaciones de enlace.

No se entrará en detalle de en qué consisten y en cómo se realizan dichasverificaciones en instalaciones interiores (viviendas,...) por ser propias del módulode Instalaciones Eléctricas Interiores En la documentación se adjunta una hoja decontrol de verificación que puede ser utilizada por los instaladores como guía dereferencia de los puntos principales para el caso de viviendas.

Para saber más

Más sobre las Medidas eléctricas exigidas por el REBT 2002

Hoja de control para verificaciones en viviendas

ITC-BT 18

ITC-BT 19

Guía Técnica de Aplicación del Anexo 4 del REBT

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Verificación de instalaciones de enlace antes de su puesta en servicio

En este apartado se verá la secuencia de operaciones a realizar para la verificación delas instalaciones de enlace (suministro individual o colectivo) antes de su puesta en

servicio, de acuerdo a las normas de Iberdrola

La ITC BT 04, en su apartado 6 establece que una vez que el titular de la instalación solicite el

suministro de energía a la Empresa suministradora, ésta podrá realizar, a su cargo, lasverificaciones que considere oportunas, en lo que se refiere al cumplimiento de las

prescripciones del REBT.

Y añade que: "Cuando los valores obtenidos en la indicada verificación sean inferiores o

superiores a los señalados respectivamente para el aislamiento y corrientes de fuga en la ITC-BT-19, las Empresas suministradoras no podrán conectar a sus redes las instalacionesreceptoras.

En esos casos, deberán extender un Acta, en la que conste el resultado de las comprobaciones,

la cual deberá ser firmada igualmente por el titular de la instalación, dándose por enterado. Dichaacta, en el plazo más breve posible, se pondrá en conocimiento del Órgano competente de laComunidad Autónoma, quien determinará lo que proceda".

A continuación se detallan los ensayos de resistencia de aislamiento y rigidez dieléctrica quemarca la ITC-BT 19.

1. Resistencia de aislamiento

Las instalaciones deberán presentar una resistencia de aislamiento al menos igual a los valoresindicados en la tabla siguiente (se detalla la tabla completa de la ITC):

Tensión nominal de lainstalación

Tensión de ensayo encorriente continua (v)

Resistencia deaislamiento (MW )

Muy Baja Tensión de

Page 16: Distribución VI

Seguridad (MBTS)

Muy Baja Tensión deprotección (MBTP)

250 ≥ 0,25

≤ 500 V, excepto caso anterior(caso de las instalaciones de

enlace)500 ≥ 0,5

> 500 V 1000 ≥ 1,0

Este aislamiento se entiende para una instalación en la cual la longitud del conjunto decanalizaciones y cualquiera que sea el número de conductores que las componen no exceda de100 metros. Cuando esta longitud exceda del valor anteriormente citado y pueda fraccionarse lainstalación en partes de aproximadamente 100 metros de longitud, bien por seccionamiento,desconexión, retirada de fusibles o apertura de interruptores, cada una de las partes en que lainstalación ha sido fraccionada debe presentar la resistencia de aislamiento que corresponda.

Cuando no sea posible efectuar el fraccionamiento citado, se admite que el valor de la resistenciade aislamiento de toda la instalación sea, con relación al mínimo que le corresponda, inversamenteproporcional a la longitud total, en hectómetros, de las canalizaciones.

Ejemplo: En una instalación, la longitud de canalizaciones es 180 m y no se puedefraccionar. La resistencia de aislamiento (Ra) deberá ser como mínimo: Ra) = 100x 500.000/ 180 278.000 .

El aislamiento se medirá con relación a tierra y entre conductores, mediante un generador decorriente continua capaz de suministrar las tensiones de ensayo especificadas en la tabla anteriorcon una corriente de 1 mA para una carga igual a la mínima resistencia de aislamientoespecificada para cada tensión.

Durante la medida, los conductores, incluido el conductor neutro o compensador, estarán aisladosde tierra, así como de la fuente de alimentación de energía a la cual están unidos habitualmente. Silas masas de los aparatos receptores están unidas al conductor neutro, se suprimirán estasconexiones durante la medida, restableciéndose una vez terminada ésta.

Cuando la instalación tenga circuitos con dispositivos electrónicos, en dichos circuitos losconductores de fases y el neutro estarán unidos entre sí durante las medidas.

1. La medida de aislamiento con relación a tierra, se efectuará uniendo a ésta el polo positivodel generador y dejando, en principio, todos los receptores conectados y sus mandos enposición "paro", asegurándose que no existe falta de continuidad eléctrica en la parte de lainstalación que se verifica; los dispositivos de interrupción se pondrán en posición de"cerrado" y los cortacircuitos instalados como en servicio normal. Todos los conductores seconectarán entre sí incluyendo el conductor neutro o compensador, en el origen de lainstalación que se verifica y a este punto se conectará el polo negativo del generador.

Cuando la resistencia de aislamiento obtenida resultara inferior al valor mínimoque le corresponda, se admitirá que la instalación es, no obstante correcta, si secumplen las siguientes condiciones:

Cada aparato receptor presenta una resistencia de aislamiento por lo menos igualal valor señalado por la Norma UNE que le concierna o en su defecto 0,5 MΩ.

Desconectados los aparatos receptores, la instalación presenta la resistencia deaislamiento que le corresponda.

La medida de la resistencia de aislamiento entre conductores polares, se efectúa después de

Page 17: Distribución VI

haber desconectado todos los receptores, quedando los interruptores y cortacircuitos en lamisma posición que la señalada anteriormente para la medida del aislamiento con relación atierra.

La medida de la resistencia de aislamiento se efectuará sucesivamente entre los conductorestomados dos a dos, comprendiendo el conductor neutro o compensador.

2. Rigidez dieléctrica

Por lo que respecta a la rigidez dieléctrica de una instalación, ha de ser tal, que desconectados losaparatos de utilización (receptores), resista durante 1 minuto una prueba de tensión de 2U + 1000voltios a frecuencia industrial, siendo U la tensión máxima de servicio expresada en voltios y con unmínimo de 1.500 voltios.

Este ensayo se realizará para cada uno de los conductores incluido el neutro o compensador, conrelación a tierra y entre conductores, salvo para aquellos materiales en los que se justifique quehaya sido realizado dicho ensayo previamente por el fabricante.

Durante este ensayo los dispositivos de interrupción se pondrán en la posición de "cerrado" y loscortacircuitos instalados como en servicio normal.

Este ensayo no se realizará en instalaciones correspondientes a locales que presenten riesgo deincendio o explosión.

Las corrientes de fuga no serán superiores para el conjunto de la instalación o para cada uno de loscircuitos en que ésta pueda dividirse a efectos de su protección, a la sensibilidad que presenten losinterruptores diferenciales instalados como protección contra los contactos indirectos.

Intensidad de fuga (If) ≤ a la sensibilidad del interruptor diferencial

Para realizar estos trabajos se requieren los siguientes equipos y herramientas:

Casco de seguridad.1 Par de guantes aislantes para B.T.1 Gafas para protección contra impactos.1 Medidor de aislamiento:

Tensión de salida en vacío de 500 a 1.000 V. CC.Tensión de salida de 250 V con una carga de 100.000 .

1 Tenaza detectora de corrientes de fuga:Resolución mínima de 100 mA.

1 Voltímetro de C.A. de 0 a 500 V.1 Maleta de herramienta individual.1 Juego de puentes con pinzas.1 Linterna o lámpara portátil.1 Placa de señalización "Prohibido maniobrar".

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Suministros colectivos

En este apartado se describen las pruebas a realizar y las instalaciones que se deben

verificar en alimentaciones colectivas, en función del tipo de suministro (monofásico otrifásico)

Page 18: Distribución VI

Para los suministros colectivos se prevén las siguientes pruebas y los tramos de instalaciones averificar:

Prueba a realizar Instalación a verificar

Prueba de medidaaislamiento

1ª. LGA + DI hasta equipo de medida.

2ª. DI + CGMP + instalación interior (II).

Prueba de corrientes de

fuga3ª.-CGMP + II.

Como se resume en la siguiente figura:

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El esquema unifilar a considerar es el siguiente:

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Cada una de las tres pruebas se desglosa en los siguientes apartados.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Prueba de medida de aislamiento en LGA hasta el equipo de medida.

Esta prueba se deber realizar en la centralización de contadores.

La secuencia de pasos común a realizar es:

1. Identificar la instalación a verificar2. Retirar los fusibles y la barra de neutro en la C.G.P. (1, en la figura siguiente)3. Comprobar ausencia de tensión en embarrado de la LGA. (2, en la figura siguiente)4. Colocar fusibles de seguridad en todas las DI. (3, en la figura siguiente)5. Separar los conductores de entrada de los de salida en los contadores. (4 en la figura

siguiente)6. Cerrar interruptor general de la centralización. (5, en la figura siguiente)

Y para el caso de la medida de aislamiento entre conductores activos los pasos específicos son:

7. Conectar el medidor de aislamiento en embarrado de LGA: (8, en la figura siguiente)

Page 19: Distribución VI

1. Entre las fases tomadas dos a dos: R con S, S con T y T con R2. Entre cada fase y neutro: R con N, S con N y T con N

8. Realizar las medidas y anotar los valores obtenidos9. Desconectar el medidor de aislamiento. (8, en la figura siguiente)

Y para el caso de la medida de aislamiento entre conductores activos y tierra los pasos específicosson:

7. Unir, entre sí, todos los conductores activos (fases y neutro) del embarrado de la LGA. (6, enla figura siguiente)

8. Conectar el medidor de aislamiento: (7, en la figura siguiente)Borne (-) del medidor a los conductores del embarradoBorne (+) del medidor al conductor de protección (toma de tierra)

9. Realizar la medida y anotar el valor obtenido10. Desconectar el medidor de aislamiento. (7, en la figura siguiente)11. Separar los conductores activos del embarrado unidos en el punto "g". (6, en la figura

siguiente)

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La instalación a verificar se puede ubicar en el esquema unifilar de la figura:

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Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Prueba de medida de aislamiento en DI (desde salida equipo de medida), CGMP e II.

Esta prueba se deber realizar en la centralización de contadores y/o cuadro mando yprotección de cada vivienda o local.

En el caso de no hacerse las pruebas del apartado anterior se deben realizar las operaciones a, b,c, y d siguientes:

1. Identificar la instalación a verificar2. Retirar los fusibles de seguridad (1, en la figura siguiente)3. Comprobar ausencia de tensión en los conductores de entrada y salida del tablero de

contadores (3, en la figura siguiente). o en los bornes del contador

Page 20: Distribución VI

4. Separar los conductores de entrada de los de salida del tablero de contadores (3, en la figurasiguiente). Si está instalada la medida desconectarla

Si se han realizado las pruebas del apartado anterior se debe comenzar desde aquí:

5. Instalar el ICP (4, en la figura siguiente)6. Cerrar dispositivos de mando y protección (ICP, IGA, diferencial , PIAs, etc.) (5, en la figura

siguiente).7. Cerrar interruptores de la instalación interior8. Desconectar receptores

Y para el caso de la medida de aislamiento entre conductores activos, en cada derivación individuala verificar se deben realizar los pasos siguientes:

9. Conectar el medidor de aislamiento a los conductores de salida del equipo de medida entablero de contadores (6, en la figura siguiente) o a los conductores del cuadro de mando yprotección (4, en la figura siguiente)

En suministros monofásicos:1. Entre fase y neutro.

En suministros trifásicos:1. Entre las fases tomadas dos a dos. R con S, S con T, T con R.2. Entre cada fase y neutro: R con N, S con N y T con N.

10. Realizar las medidas y anotar los valores obtenidos11. Desconectar el medidor de aislamiento (6, en la figura siguiente)

Y para el caso de la medida de aislamiento entre conductores activos y tierra, en cada derivaciónindividual a verificar se deben realizar los pasos siguientes:

9. Unir entre sí todos los conductores activos (fases y neutro) de la salida del equipo de medidaen tablero contadores. (3, en la figura siguiente) o los conductores del cuadro de mando yprotección (4, en la figura siguiente)

10. Conectar el medidor de aislamiento: (7, en la figura siguiente)1. Borne (-) del medidor a los conductores de salida del equipo de medida unidos en

el punto "i"2. Borne (+) del medidor al conductor de protección (toma de tierra)

11. Realizar la medida y anotar el valor obtenido12. Desconectar el medidor de aislamiento (7, en la figura siguiente)13. Separar los conductores activos unidos en el punto "i" (3, en la figura siguiente)

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La instalación a verificar se puede ubicar en el esquema unifilar de la figura:

Page 21: Distribución VI

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Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Medida de corrientes de fuga en instalación interior

Si bien esta prueba corresponde a una instalación interior, se ve aquí ya que se deberrealizar en la centralización de contadores y cuadro mando y protección de cadavivienda o local, siendo estas partes de la instalación de enlace.

Esta prueba no se realizará si alguna de las vistas en los apartados anteriores da valoresincorrectos.

Los pasos comunes son:

1. Instalar la medida. En caso de no instalarse, unir cada conductor de entrada con su salida enel tablero de contadores y aislar (1, en la figura siguiente)

2. Alimentar eléctricamente la centralización colocando la barra de neutro y los fusibles en laCGP (2, en la figura siguiente)

3. Comprobar que la tensión en el embarrado de centralización, es correcta (3, en la figurasiguiente)

A partir de este punto, y en cada instalación interior (en el cuadro de mando y protección),sepueden utilizar dos alternativas:

1. Comprobar que la corriente de fuga es menor o mayor que la sensibilidad del diferencialinstalado.

2. Cerrar el interruptor diferencial (5, en la figura siguiente)

Si permanece cerrado:

5. Comprobar la existencia de tensión en la instalación interior6. Pulsar el botón de prueba del diferencial y confirmar que abre (6, en la figura siguiente)

Si dispara:

5. Desconectar la instalación interior abriendo los PIAs (7, en la figura siguiente)6. Cerrar el diferencial:

1. Si permanece cerrado: la instalación interior tiene una fuga de corriente superior a lasensibilidad del diferencial instalado.

2. Si vuelve a disparar el diferencial está averiado.

2. Medir del valor de la corriente de fuga mediante pinza miliamperimétrica3. Abrazar todos los conductores activos (fases y neutro) con la tenaza (8, en la figura siguiente)4. Realizar la medida y anotar el valor obtenido5. Comprobar que no ha disparado ningún elemento de mando y protección de la vivienda o

local6. Si hubiera disparado alguno, repetir la prueba

Page 22: Distribución VI

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La instalación a verificar se puede ubicar en el esquema unifilar de la figura:

Pulsa sobre la imagen para ampliarla

Una vez finalizadas las tres mediciones anteriores se debe proceder a realizar los trabajos deacabado, es decir:

1. Retirar los fusibles y la barra de neutro de la CGP, si no queda ningún suministro con servicio.

Y en los suministros que quedan sin servicio, además:

2. Retirar los fusibles de seguridad3. Separar cada conductor de entrada de su salida en el tablero de contadores previa

comprobación de ausencia de tensión4. Dejar la centralización en perfectas condiciones eléctricas y de seguridad

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Suministro individual

En este apartado se describen las pruebas a realizar y las instalaciones que se debenverificar en alimentaciones individuales, en función del tipo de suministro (monofásicoo trifásico)

Para los suministros individuales se prevén las siguientes pruebas y los tramos de instalaciones averificar:

Prueba a realizar Instalación a verificar

Prueba demedida

aislamiento

En instalaciones con

CPM

1ª. Desde la salida de los fusiblesde seguridad hasta la instalación

interior incluida.

En instalaciones con CGP1ª. Desde la salida de la CGPhasta la instalación interior

incluida.

En instalacionesalimentadas desdecolumna montante

1ª. Desde la salida de los fusiblesde seguridad hasta la instalación

interior incluida.

Page 23: Distribución VI

Prueba de

corrientes defuga

2ª. Instalación interior.

Como se resume en las siguientes figuras:

Pulsa sobre la imagen paraampliarla Pulsa sobre la imagen para

ampliarla

Pulsa sobre la imagen paraampliarla

Cada una de las tres pruebas se desglosa en los siguientes apartados.

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Prueba de medida de aislamiento

Se debe realizar en instalaciones con CPM o columna montante (desde la salida delos fusibles hasta la instalación interior incluida) o en instalaciones con CGP (desde lasalida de la CGP hasta la instalación interior incluida).

Cuando haya CGP y CPM la prueba se hará desde la salida de los fusibles de la CPM.

La secuencia de pasos común a realizar es:

1. Identificar la instalación a verificar2. Cortar alimentación eléctrica de la instalación a verificar:

1. En instalaciones con CGP: Retirar los fusibles y la barra de neutro de laCGP (1, en la figura siguiente)

2. En instalaciones con CPM o columna montante: Retirar los fusibles deseguridad (2, en la figura siguiente)

Page 24: Distribución VI

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3. Comprobar ausencia de tensión en conductores de entrada y salida del armario de medida(4, en la figura siguiente) o en los bornes del contador

4. Unir cada conductor de entrada con su salida en el tablero de contadores (4, en la figurasiguiente). Si está instalada la medida desconectarla y unir los conductores

5. Instalar el ICP (5, en la figura siguiente)6. Cerrar dispositivos de mando y protección (ICP, IGA, diferencial , PIAs, etc.) (6, en la figura

siguiente)7. Cerrar interruptores de la instalación interior8. Desconectar receptores

Y para el caso de la medida de aislamiento entre conductores activos los pasos específicos son:

9. Conectar el medidor de aislamiento (7, en la figura siguiente)1. En suministros monofásicos: Entre fase y neutro2. En suministros trifásicos:

1. Entre las fases tomadas dos a dos. R con S, S con T, T con R2. Entre cada fase y neutro: R con N, S con N y T con N

10. Realizar las medidas y anotar los valores obtenidos11. Desconectar el medidor de aislamiento (7, en la figura siguiente)

Y para el caso de la medida de aislamiento entre conductores activos y tierra los pasos específicosson:

9. Unir, entre sí, todos los conductores activos (fases y neutro).10. Conectar el medidor de aislamiento: (8, en la figura siguiente)

1. Borne (-) del medidor a los conductores de salida del equipo de medida unidos en elpunto "i"

2. Borne (+) del medidor al conductor de protección (toma de tierra)11. Realizar la medida y anotar el valor obtenido12. Desconectar el medidor de aislamiento (8, en la figura siguiente)13. Separar los conductores activos unidos en el punto "i" (4, en la figura siguiente)

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Page 25: Distribución VI

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Medida de corrientes de fuga en instalación interior

Si bien esta prueba corresponde a una instalación interior, se ve aquí ya que se deberrealizar en el armario de medida y en el cuadro mando y protección de cada vivienda olocal, siendo estas partes de la instalación de enlace.

Esta prueba no se realizará si alguna de las realizadas según el apartado anterior da valoresincorrectos.

La secuencia de pasos es:

1. Instalar la medida (4, en la figura siguiente)2. Alimentar eléctricamente la instalación a verificar

1. En instalaciones con CGP: Colocar la barra de neutro y los fusibles (1, en la figurasiguiente)

2. En instalaciones con CPM o columna montante: colocar los fusibles de seguridad(2, en la figura siguiente)

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3. Comprobar que la tensión en la instalación, es correcta

A partir de este punto se pueden utilizar dos alternativas:

Page 26: Distribución VI

1. Comprobar que la corriente de fuga es menor o mayor que la sensibilidad del diferencialinstalado (en el cuadro de mando y protección)

2. Cerrar el interruptor diferencial (5, en la figura siguiente)

Si permanece cerrado:

1. Comprobar la existencia de tensión en la instalación interior2. Pulsar el botón de prueba del diferencial y confirmar que abre

Si dispara:

1. Desconectar la instalación interior abriendo los PIAs (6, en la figura siguiente)2. Cerrar el diferencial:

1. Si permanece cerrado: la instalación interior tiene una fuga de corriente superior a lasensibilidad del diferencial instalado.

2. Si vuelve a disparar: el diferencial está averiado.

2. Medir del valor de la corriente de fuga mediante pinza miliamperimétrica (en el armario demedida y/o cuadro de mando y protección).

3. Abrazar todos los conductores activos (fases y neutro) con la tenaza (7 en la figura siguiente)4. Realizar la medida y anotar el valor obtenido5. Comprobar que no ha disparado ningún elemento de mando y protección de la vivienda o

local

Si hubiera disparado alguno, repetir la prueba.

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Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Inspecciones

Algunas instalaciones eléctricas en baja tensión deberán ser objeto de inspección porun Organismo de Control, como establece el art. 21 del REBT y la ITC-BT 05, a fin deasegurar, en la medida de lo posible, el cumplimiento reglamentario a lo largo de la

vida de dichas instalaciones. En este apartado se verán cuáles son esas instalacionesy el procedimiento de dicha inspección.

Esas instalaciones de especial relevancia se citan a continuación, clasificadas según el tipo deinspección a realizar:

1. Inspecciones iniciales: Una vez ejecutadas las instalaciones, sus ampliaciones omodificaciones de importancia y previamente a ser documentadas ante el Órganocompetente de la Comunidad Autónoma:

2. Instalaciones industriales que precisen proyecto, con una potencia instalada superior a 100kW;

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3. Locales de Pública Concurrencia;4. Locales con riesgo de incendio o explosión, de clase I, excepto garajes de menos de 25

plazas;5. Locales mojados con potencia instalada superior a 25 kW;6. Piscinas con potencia instalada superior a 10 kW;7. Quirófanos y salas de intervención;8. Instalaciones de alumbrado exterior con potencia instalada superior 5 kW.

Es importante remarcar que todas las instalaciones que requieren de inspeccióninicial debieron de ser objeto del correspondiente proyecto, pero no todas lasinstalaciones que requieren proyecto precisan de una inspección inicial.

2. Inspecciones periódicas:1. Cada 5 años, todas las instalaciones eléctricas en baja tensión que precisaron

inspección inicial, según el punto anterior,2. Cada 10 años, las comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada

superior a 100 kW.

Serán los Organismos de Control quienes realicen la inspección de las instalaciones sobre la basede las prescripciones que establezca el Reglamento de aplicación y, en su caso, de lo especificadoen la documentación técnica, aplicando los criterios para la clasificación de defectos que serelacionan en el apartado siguiente. La empresa instaladora, si lo estima conveniente, podrá asistira la realización de estas inspecciones.

El anteriormente citado art. 21 del REBT establece que: sin perjuicio de la facultadque, de acuerdo con lo señalado en el artículo 14 de la Ley 21/1992, de Industria,posee la Administración pública competente para llevar a cabo, por sí misma, lasactuaciones de inspección y control que estime necesarias, el cumplimiento de lasdisposiciones y requisitos de seguridad establecidos por el presente Reglamento ysus instrucciones técnicas complementarias, según lo previsto en el artículo 12.3de dicha Ley, deberá ser comprobado, en su caso, por un organismo de control(según lo establecido en el Real Decreto 2.200/1995, de 28 de diciembre),acreditados para este campo reglamentario.

Como resultado de la inspección, el Organismo de Control emitirá un Certificado de Inspección, enel cual figurarán los datos de identificación de la instalación y la posible relación de defectos, con suclasificación, y la calificación de la instalación, que podrá ser:

Favorable: Cuando no se determine la existencia de ningún defecto muy grave ograve. En este caso, los posibles defectos leves se anotarán para constancia deltitular, con la indicación de que deberá poner los medios para subsanarlos antesde la próxima inspección; Asimismo, podrán servir de base a efectos estadísticosy de control del buen hacer de las empresas instaladoras.Condicionada: Cuando se detecte la existencia de, al menos, un defecto grave odefecto leve procedente de otra inspección anterior que no se haya corregido. Eneste caso:

Las instalaciones nuevas que sean objeto de esta calificación no podrán ser suministradas deenergía eléctrica en tanto no se hayan corregido los defectos indicados y puedan obtener lacalificación de favorable.A las instalaciones ya en servicio se les fijará un plazo para proceder a su corrección, que nopodrá superar los 6 meses. Transcurrido dicho plazo sin haberse subsanado los defectos, elOrganismo de Control deberá remitir el Certificado con la calificación negativa al Órganocompetente de la Comunidad Autónoma.

Negativa: Cuando se observe, al menos, un defecto muy grave. En este caso:

Page 28: Distribución VI

Las nuevas instalaciones no podrán entrar en servicio, en tanto no se hayan corregido losdefectos indicados y puedan obtener la calificación de favorable.A las instalaciones ya en servicio se les emitirá Certificado negativo, que se remitiráinmediatamente al Organo competente de la Comunidad Autónoma.

A continuación se incluye un esquema del procedimiento de inspección:

Pulsa sobre la imagen para ampliarla

Certificado de inspección de instalación eléctrica - Formulario de CLM

Listado de OCAs en CLM

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Para practicar...

Autoevaluación:

Elige la opción correcta en las siguientes frases sobre las inspecciones en las instalacioneseléctricas en Baja Tensión y sus agentes intervinientes

/td> Los agentes que lleven a cabo las inspecciones deberán tener la condición de:

a) Organismos de Control Autorizados

b) Empresas Autorizadas en Baja Tensión

c) Cualquiera de los anteriores

Las inspecciones se clasifican en:

a) Iniciales y periódicas

b) Iniciales y finales

c) Periódicas y no periódicas

Se ha de realizar una inspección inicial a todas las instalaciones industrialesque precisen proyecto, con una potencia instalada, superior a:

a) 20 kW

b) 100 kW

Page 29: Distribución VI

c) Todas

No se ha de realizar una inspección inicial a las instalaciones de locales conriesgo de incendio o explosión:

a) Que sean de clase I

b) Que sean garajes de menos de 25 plazas

c) Es obligatoria en cualquier caso

Se ha de realizar una inspección inicial a todas las instalaciones de localesmojados con potencia instalada superior a:

a) 5 kW

b) 10 kW

c) 25 kW

Se ha de realizar una inspección inicial a todas las instalaciones de piscinascon potencia instalada superior a:

a) 5 kW

b) 10 kW

c) 25 kW

Se ha de realizar una inspección inicial a todas las instalaciones de alumbradoexterior con potencia instalada superior a:

a) 5 kW

b) 10 kW

c) 25 kW

Se ha de realizar una inspección periódica a todas las instalaciones eléctricasen baja tensión que precisaron inspección inicial cada:

a) 3 años

b) 5 años

c) 10 años

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Clasificación de defectos

Los defectos en las instalaciones, como establece el capítulo 6 de la ITC-BT-05, se

clasificarán en: defectos muy graves, defectos graves y defectos leves.

Page 30: Distribución VI

Así, haciendo esa triple distinción aparecen:

1. Defecto Muy Grave: Es todo aquel que la razón o la experiencia determina queconstituye unpeligro inmediato para la seguridad de las personas o los bienes.

Se consideran tales los incumplimientos de las medidas de seguridad que pueden provocar eldesencadenamiento de los peligros que se pretenden evitar con tales medidas, en relación con:

Contactos directos, en cualquier tipo de instalación;Locales de pública concurrencia;Locales con riesgo de incendio o explosión;Locales de características especiales;Instalaciones con fines especiales;Quirófanos y salas de intervención.

Defecto Grave: Es el que no supone un peligro inmediato para la seguridad de las personas ode los bienes, pero puede serlo al originarse un fallo en la instalación.

También se incluye dentro de esta clasificación, el defecto que pueda reducir de modo sustancial lacapacidad de utilización de la instalación eléctrica.

Dentro de este grupo y con carácter no exhaustivo, se consideran los siguientes defectos graves:

Falta de conexiones equipotenciales, cuando éstas fueran requeridas;Inexistencia de medidas adecuadas de seguridad contra contactos indirectos;Falta de aislamiento de la instalación;Falta de protección adecuada contra cortocircuitos y sobrecargas en los conductores, enfunción de la intensidad máxima admisible en los mismos, de acuerdo con sus característicasy condiciones de instalación;Falta de continuidad de los conductores de protección;Valores elevados de resistencia de tierra en relación con las medidas de seguridadadoptadas.Defectos en la conexión de los conductores de protección a las masas, cuando estasconexiones fueran preceptivas;Sección insuficiente de los conductores de protección;Existencia de partes o puntos de la instalación cuya defectuosa ejecución pudiera ser origende averías o daños;Naturaleza o características no adecuadas de los conductores utilizados;Falta de sección de los conductores, en relación con las caídas de tensión admisibles paralas cargas previstas;Falta de identificación de los conductores "neutro" y "de protección";Empleo de materiales, aparatos o receptores que no se ajusten a las especificacionesvigentes.Ampliaciones o modificaciones de una instalación que no se hubieran tramitado según loestablecido en la ITC -BT 04.Carencia del número de circuitos mínimos estipuladosLa sucesiva reiteración o acumulación de defectos leves.Defecto Leve: Es todo aquel que no supone peligro para las personas o los bienes, noperturba el funcionamiento de la instalación y en el que la desviación respecto de loreglamentado no tiene valor significativo para el uso efectivo o el funcionamiento de lainstalación.

Autoevaluación:

Clasifica los siguientes posibles defectos de una instalación como Muy Graves(MG), Graves (G) o Leves (L)

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Incumplimientos de las medidas de seguridad en relación con contactosdirectos Selecciona... G L MG

Falta de protección adecuada contra cortocircuitos y sobrecargas Selecciona...G L MG

Incumplimientos de las medidas de seguridad en quirófanos y salas deintervención Selecciona... G L MG

Falta de conexiones equipotenciales Selecciona... G L MG

Inexistencia de medidas adecuadas de seguridad contra contactos indirectosSelecciona... G L MG

Falta de aislamiento de la instalación Selecciona... G L MG Falta de continuidadde los conductores de protección Selecciona... G L MG

Valores elevados de resistencia de tierra en relación con las medidas deseguridad adoptadas Selecciona... G L MG

Defectos que no perturban el funcionamiento de la instalación Selecciona... G LMG

Existencia de partes o puntos de la instalación cuya defectuosa ejecuciónpudiera ser origen de averías o daños Selecciona... G L MG

Defectos que no suponen peligro para las personas o los bienes Selecciona... GL MG

Defectos en la conexión de los conductores de protección a las masasSelecciona... G L MG

Defectos en los que la desviación respecto de lo reglamentado no tiene valorsignificativo para el uso efectivo o el funcionamiento de la instalaciónSelecciona... G L MG

Sección insuficiente de los conductores Selecciona... G L MG

Falta de identificación de los conductores "neutro" y "de protección"Selecciona... G L MG

Carencia del número de circuitos mínimos estipulados Selecciona... G L MG

La sucesiva reiteración o acumulación de defectos leves Selecciona... G L MG

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Organismos de Control Autorizados (OCAs)

Como ya se comentó anteriormente, el art. 21 del REBT establece que elcumplimiento de las disposiciones y requisitos de seguridad establecidos por el

presente Reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias, deberá sercomprobado, en su caso, por un organismo de control (según lo establecido en el RealDecreto 2.200/1995, de 28 de diciembre), acreditados para este campo reglamentario.

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Según el art. 13 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, el cumplimiento de las exigenciasreglamentarias en materia de seguridad industrial, sin perjuicio del control por la AdministraciónPública, se probará por Certificación o Acta de Organismo de Control cuando así lo queestablezcan los Reglamentos que resulten aplicables. Asimismo, según el art. 14 de dicha ley elcontrol por las Administraciones Públicas competentes puede ser llevado a cabo también a travésde Organismos de Control.

Se recoge a continuación el art. 16 de la citada ley sobre el funcionamiento de los Organismos deControl:

1. La verificación, por parte de los Organismos de Control autorizados, del cumplimiento delas condiciones de seguridad se efectuará mediante cualquiera de los procedimientos de

evaluación de la conformidad reglamentariamente establecidos, acordes, en su caso, conla normativa comunitaria.

2. Cuando del informe o certificación de un Organismo de Control no resulte acreditado elcumplimiento de las exigencias reglamentarias, el interesado podrá manifestar sudisconformidad ante el Organismo de Control y, en caso de desacuerdo, ante laAdministración competente. La Administración requerirá del Organismo los antecedentes y

practicará las comprobaciones que correspondan dando audiencia al interesado en laforma prevista en la Ley de Procedimiento Administrativo, resolviendo en el plazo que alefecto establezca y, en su defecto, en el plazo de tres meses si es o no correcto el controlrealizado por el Organismo. En tanto no exista una revocación de la certificación negativapor parte de la Administración, el interesado no podrá solicitar el mismo control de otro

Organismo autorizado.3. La actuación de los Organismos de Control se adecuará a la naturaleza de la actividad que

constituya su objeto y responderá ante la Administración competente en cuyo ámbitoterritorial desarrollen su actuación a la cual corresponderá imponer, en su caso, lassanciones por infraccciones del Organismo, comunicándolo a la Administración que lo

haya autorizado por si procediera suspender o revocar la autorización.4. Los titulares o responsables de actividades e instalaciones sujetas a inspección y control

por seguridad industrial están obligados a permitir el acceso a las instalaciones a losexpertos de los Organismos de Control, facilitándoles la información y documentaciónnecesarias para cumplir su tarea según el procedimiento reglamentariamente establecido.

5. Los Organismos de Control deberán facilitar, a la Administración Autonómica del territoriodonde actúen y a la Administración del Estado a los efectos de su competencia, lainformación sobre sus actividades que reglamentariamente se determine. También seestablecerá reglamentariamente la información que deben comunicarse mutuamente sobresus actuaciones en materia de seguridad industrial las Administraciones del Estado y de

las Comunidades Autónomas.

Orden de 16-06-98 que regula la actuación de las OCAS en CLM

Orden de 10-10-07 que modifica la actuación de las OCAS en CLM

Organismos de Control autorizados en los distintos ámbitos de actuación en CLM

Oficinas de Organismos de Control en CLM

Inspectores reglamentarios en CLM

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Tramitación de las instalaciones. Certificados de Instalación Eléctrica

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Como establece el artículo 18 del REBT en su apartado d) a la terminación de lainstalación y realizadas las verificaciones pertinentes y, en su caso, la inspeccióninicial, la empresa autorizada ejecutor de la instalación, emitirá un certificado deinstalación, en el que se hará constar que la misma se ha realizado de conformidadcon lo establecido en el REBT y sus ITCs y de acuerdo con la documentación técnica.

Este Certificado se emitirá según modelo establecido por la Administración, y deberá comprender,al menos, lo siguiente:

1. Los datos referentes a las principales características de la instalación;2. La potencia prevista de la instalación.;3. En su caso, la referencia del certificado del Organismo de Control que hubiera realizado la

inspección inicial;4. Identificación de la empresa autorizada responsable de la instalación;5. Declaración expresa de que la instalación ha sido ejecutada de acuerdo con las

prescripciones del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y, en su caso, con lasespecificaciones particulares aprobadas a la Compañía eléctrica, así como, segúncorresponda, con el Proyecto o la Memoria Técnica de Diseño.

En su caso, el instalador identificará y justificará las variaciones que en la ejecución se hayanproducido con relación a lo previsto en dicha documentación.

En el caso de instalaciones con proyecto la empresa es responsable también decomprobar que todas las prescripciones del proyecto son conformes a loestablecido en el RBT, en caso de que el proyecto no se ajustara al RBT elinstalador debería poner tal hecho en conocimiento del autor del proyecto y de lapropiedad y si no hubiera acuerdo se debería recurrir al órgano competente de laComunidad autónoma decidiría al respecto.

6. Cuando se requiera proyecto, la documentación debe incluir además la supervisión delDirector de Obra. En este caso, verificación y supervisión, se realizarán conjuntamente a finde comprobar la correcta ejecución de la instalación y su funcionamiento seguro.

El citado Certificado de Instalación con su correspondiente anexo de información al usuario (que sedetalla en el siguiente apartado) y antes de la puesta en servicio de las instalaciones, deberá serpresentado (por quintuplicado) ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, por laempresa instaladora al objeto de su inscripción en el correspondiente registro.

Para aquellas instalaciones industriales que cuenten con un proyecto general, queenglobe el proyecto eléctrico, tanto la empresa autorizada, como la propiedad oquien haya firmado la dirección de obra podrán solicitar el correspondienteregistro de la documentación ante la Comunidad Autónoma.

A ese Certificado se acompañará:

El Proyecto o la Memoria Técnica de Diseño, según el casoEl Certificado de Dirección de Obra firmado por el correspondiente técnico tituladocompetente, si procede.El Certificado de Inspección Inicial del Organismo de Control, si procede.

El Órgano competente de la Comunidad Autónoma deberá diligenciar las copias del Certificado deInstalación y, en su caso, del certificado de inspección inicial, devolviendo cuatro a la empresainstaladora, dos para sí y las otras dos para la propiedad, a fin de que ésta pueda, a su vez,quedarse con una copia y entregar la otra a la Compañía eléctrica, requisito sin el cual ésta no

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podrá suministrar energía a la instalación, salvo lo indicado en el Artículo 18.4 del ReglamentoElectrotécnico para Baja Tensión.

Art. 18.4: Cuando existan circunstancias objetivas por las cuales sea precisocontar con suministro de energía eléctrica antes de poder culminar la tramitaciónadministrativa de las instalaciones, dichas circunstancias, debidamentejustificadas y acompañadas de las garantías para el mantenimiento de la seguridadde las personas y bienes y de la no perturbación de otras instalaciones o equipos,deberán ser expuestas ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, lacual podrá autorizar, mediante resolución motivada, el suministro provisional paraatender estrictamente aquellas necesidades.

En el esquema siguiente se indica cómo la empresa autorizada debe distribuir las cuatro copias dela documentación de la instalación que recibe de la Comunidad autónoma una vez diligenciadas.De las cinco copias iniciales la Comunidad autónoma mantiene una para su propio archivo yregistro.

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A continuación se incluye un esquema resumen relativo a la tramitación de las instalaciones:

Pulsa sobre la imagen para ampliarla

Como se desprende del texto y del esquema anterior, las CCAAregistran y diligencian ladocumentación que se les presenta, por lo que no son necesarios más trámites ni inspeccionesadicionales.

Esto significa que las administraciones públicas competentes se limitarán por lo general a

registrar la documentación de la instalación, sin que ello suponga su aprobación o un

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reconocimiento expreso de la idoneidad de la instalación con las condiciones técnicasreglamentarias exigibles. En cualquier caso, y de acuerdo con la facultad que señala el artículo 14de la ley 21/1992 de Industria, las CCAA podrán llevar a cabo las actuaciones de inspección ycontrol que estimen necesarias, por ejemplo mediante control por muestreo estadístico paraasegurar de esta forma la eficacia del sistema de autorización de instalaciones.

Hay algunos casos en los que esta tramitación puede sufrir alguna modificación: las instalacionestemporales en ferias, exposiciones y similares.

Cuando en este tipo de eventos exista para toda la instalación de la feria o exposición unaDirección de Obra común, podrán agruparse todas las documentaciones de las instalacionesparciales de alimentación a los distintos stands o elementos de la feria, exposición, etc., ypresentarse de una sola vez ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma, bajo unacertificación de instalación global firmada por el responsable técnico de la Dirección mencionada.

Cuando se trate de montajes repetidos idénticos, se podrá prescindir de la documentación dediseño, tras el registro de la primera instalación, haciendo constar en el certificado de instalacióndicha circunstancia, que será válida durante un año, siempre que no se produjeran modificacionessignificativas, entendiendo como tales las que afecten a la potencia prevista, tensiones de servicioy utilización y a los elementos de protección contra contactos directos e indirectos y contrasobreintensidades.

Certificado de instalación eléctrica en BT - Formulario de CLM

Ejemplo de Certificado de Instalación eléctrica con MTD en CLM

Certificado de instalación eléctrica temporal general

Certificado de instalación eléctrica temporal - Formulario de CLM

7º Nota aclaratoria sobre la Instrucción de servicio nº1-BT2003(con aclaraciones en relación con los cambios de titularidad y nueva alta en las instalaciones de BT)

Para saber más sobre el proceso de tramitación de las instalaciones en BT

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Anexo de información al usuario

Según establece el artículo 19 del REBT, como anexo al certificado de instalación quese entregue al titular de cualquier instalación eléctrica, la empresa instaladora deberáconfeccionar unas instrucciones para el correcto uso y mantenimiento de la misma ylos documentos propios de la instalación

Dichos anexo constará, en cualquier caso, como mínimo, de:

Instrucciones generales de uso y mantenimiento.Documentos propios de la instalación.Esquema unifilar de la instalación.Croquis o plano(s) de trazado de las canalizaciones, de las redes de tierra y ubicación de losmateriales instalados (dispositivos de protección, interruptores, bases de toma de corriente,puntos de luz, aparatos de alumbrado de emergencia, etc.)

En la figura siguiente se incluye un ejemplo de croquis de trazado de una instalación eléctricaempotrada.

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A continuación se muestra, en forma gráfica, una serie de recomendaciones generales de uso ymantenimiento para los casos de instalaciones domésticas que se pueden entregar a los usuarios yque viene como ejemplo en la Guía Técnica de Aplicación del REBT:

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Manual de usuario completo en pdf

Ejemplo de un dossier de información al usuario

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Tramitación telemática de Certificados en CLM. e-DICE-bt

Como establece el art.18 del REBT "Las Administraciones competentes deberánfacilitar que éstas documentaciones puedan ser presentadas y registradas porprocedimientos informáticos o telemáticos.". En Castilla la Mancha el DiligenciadoAutomático de Certificados de Instalación Eléctrica de Baja Tensión Electrónicos se

hace a través de la plataforma e-DICE-bt

La orden publicada en el DOCM el 27 de Febrero de 2004 que regula el procedimiento telemáticopara la puesta en servicio de instalaciones eléctricas de baja tensión, establece la utilización detécnicas telemáticas para la puesta en servicio de instalaciones eléctricas de baja tensión que sólorequieran para su puesta en marcha el certificado de instalación eléctrica de baja tensión y lamemoria técnica de diseño.

Como resultado de esta orden se creó el sistema informático e-DICE-bt, el cual permite elprocedimiento telemático del Diligenciado Automático de Certificados de Instalación Eléctrica deBaja Tensión Electrónicos e-CIE(antiguo procedimiento de sellado de boletines).

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De esta forma, el sistema e-DICE-bt permite realizar el proceso completo de diligenciado de loscertificados de instalación eléctrica de baja tensión, incluyendo el pago de tasas. Con estaherramienta se pretende agilizar y simplificar el proceso de sellado de boletines, así como reducirlos trámites administrativos y facilitar la labor instaladora a las empresas y autónomos autorizadospara el desempeño de tal actividad.

Con e-DICE-bt, los instaladores pueden realizar el proceso de diligenciado desde su punto detrabajo habitual no teniendo que desplazarse hasta la Delegación Provincial de Industria ySociedad de la Información para realizar dicho procedimiento, lo cual repercute en un considerableahorro de recursos (tanto en tiempo como económicos).

El uso del sistema e-DICE-bt está habilitado para todo instalador autorizado debidamenteacreditado en cada una de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Industria y Sociedadde la Información conforme a la reglamentación vigente, y siempre dentro de las atribuciones quecada instalador autorizado tiene en función del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión.

Es requisito indispensable que el instalador autorizado disponga previamente delpermiso de conexión a este sistema.

Enlace a la plataforma e-DICE-bt para el Diligenciado Electrónico de Certificados de InstalacionesEléctricas de Baja Tensión de Castilla la Mancha

Ayuda del programa e-DICE-bt

Preguntas frecuentes sobre el uso de e-DICE-bt

Orden que regula la tramitación telemática instalaciones eléctricas

Resolución sobre el nº de copias a entregar en caso del diligenciado telemático

Manual-eDice-bt

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones

Puesta en servicio y mantenimiento de las instalaciones

Como veremos en este apartado, es el titular de la instalación deberá solicitar el

suministro de energía a la Empresas suministradora mediante entrega delcorrespondiente ejemplar del certificado de instalación. Además será él quien debamantener en buen estado de funcionamiento su instalación.

Además, como establece el ya citado artículo 18 del REBT "La empresa suministradora no podrá

conectar la instalación receptora a la red de distribución si no se le entrega la copiacorrespondiente del certificado de instalación debidamente diligenciado por el órgano

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competente de la Comunidad Autónoma".

Una vez que el titular de la instalación solicite el suministro de energía a la Empresa suministradora,ésta podrá realizar, a su cargo, las verificaciones que considere oportunas, en lo que se refiere alcumplimiento de las prescripciones del REBT.

Cuando los valores obtenidos en la indicada verificación sean inferiores o superiores a losseñalados respectivamente para el aislamiento y corrientes de fuga en la ITC-BT-19, las Empresassuministradoras no podrán conectar a sus redes las instalaciones receptoras.

En esos casos, deberán extender un Acta, en la que conste el resultado de las comprobaciones, lacual deberá ser firmada igualmente por el titular de la instalación, dándose por enterado. Dichaacta, en el plazo más breve posible, se pondrá en conocimiento del Órgano competente de laComunidad Autónoma, quien determinará lo que proceda.

Además, como establece el artículo 20 del REBT, son los titulares de las instalaciones quienesdeben mantener en buen estado de funcionamiento sus instalaciones, utilizándolas de acuerdo consus características y absteniéndose de intervenir en las mismas para modificarlas. Si sonnecesarias modificaciones, éstas deberán ser efectuadas por un instalador autorizado.

En las instalaciones eléctricas sujetas a inspecciones periódicas tales como alumbrado deemergencia, etc. es muy importante garantizar su estado de funcionamiento, mediante sumantenimiento adecuado. A tal efecto el titular, salvo cuando disponga de medios adecuados,deberá contratar su mantenimiento a una empresa autorizado.

Para saber más.

Genéricas a todo el tema:

ITC-BT 05

Guía Técnica de Aplicación de la ITC-BT 05

Tablas para la tramitación de Baja Tensión

3º Nota aclaratoria sobre la Instrucción de servicio nº1-BT2003 donde se indicacómo conseguir los modelos de tramitación de instalaciones en CLM

3º Nota aclaratoria sobre la Instrucción de servicio nº1-BT2003 con variasaclaraciones en referencia a la tramitación de instalaciones de BT en CLM

Autoevaluación:

Secuenciar (del 1 al 10) el procedimiento de ejecución, tramitación y puesta enservicio de las instalaciones eléctricas:

- Conexión de la instalación receptora a la red de distribución por parte de laEmpresa suministradora

- Depósito del certificado, junto con la documentación técnica y, en su caso, elcertificado de dirección de obra y el de inspección inicial, ante el órganocompetente de la Comunidad Autónoma, con objeto de registrar la referidainstalación

- Entrega, por parte del órgano competente de la Comunidad Autónoma, de lascopias diligenciadas necesarias para la constancia de cada interesado ysolicitud de suministro de energía

- Elaboración, previamente a la ejecución, de una documentación técnica que

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defina las características de la instalación

- Emisión del certificado de instalación, por parte la empresa autorizada ejecutorde la instalación, en el que se hará constar que la misma se ha realizado deconformidad con lo establecido en el Reglamento y sus ITC y de acuerdo con ladocumentación técnica

- Inspección inicial, por un organismo de control, cuando así se determine en laITC BT 05

- Solicitud del suministro de energía a la Empresa suministradora por parte deltitular de la instalación mediante entrega del correspondiente ejemplar delcertificado de instalación

- Verificación de la instalación por la empresa

- Ejecución de la instalación por parte de Empresas Autorizadas en BT

- Realización, por parte de la empresa suministradora, y a su cargo, lasverificaciones que considere oportunas, en lo que se refiere al cumplimiento delas prescripciones del presente Reglamento

Documentación, Tramitación, Ejecución y Puesta en servicio de las instalaciones