disposiciones relativas al consorcio

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CONSORCIO O UNION TEMPORAL Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato de acuerdo con la participación en la ejecución de la obra, asi mismo las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones se impondrán de acuerdo a esa misma participación. PARTES DEL CONTRATO DE CONSORCIO. En el contrato de consorcio como tal, las partes que lo celebran se denominan consorciados y gozan de unos derechos y obligaciones que surgen de dicho contrato. Este consorcio se puede conformar por personas naturales o juridicas que se unen para un fin comun. Para que este contrato sea celebrado validamente deben cumplirse los requisitos establecidos por la ley en el registro de contratos. OBLIGACIONES DE LOS CONSORCIADOS. Por ser este un contrato comercial, se rige por los mismos principios que rigen los contratos comerciales en general y se gobierna en su formcion por las obligaciones de derecho civil, sus efectos, interpretacion, modo de extinguirse, anularse o rescindirse, seran aplicables a las obligaciones y negocios juridicos mercantiles. Con base en el principio de la autonomia de la voluntad, las partes expresan su voluntad de obligarse en el contrato de consorcio y este se constituye en la ley que rige su relacion contractual. En estos terminos, entre los consorciados, la responsabilidad de cada uno de ellos frente a los demas y las obligaciones a cargo de las partes de un contrato de consorcio se desprenden unos derechos correlativos tanto para los consorciados como para el consorcio como tal.

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CONSORCIO O UNION TEMPORALCuando dos o ms personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicacin, celebracin y ejecucin de un contrato, respondiendo solidariamente por todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato de acuerdo con la participacin en la ejecucin de la obra, asi mismo las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones se impondrn de acuerdo a esa misma participacin.PARTES DEL CONTRATO DE CONSORCIO.En el contrato de consorcio como tal, las partes que lo celebran se denominan consorciados y gozan de unos derechos y obligaciones que surgen de dicho contrato.Este consorcio se puede conformar por personas naturales o juridicas que se unen para un fin comun. Para que este contrato sea celebrado validamente deben cumplirse los requisitos establecidos por la ley en el registro de contratos.OBLIGACIONES DE LOS CONSORCIADOS.Por ser este un contrato comercial, se rige por los mismos principios que rigen los contratos comerciales en general y se gobierna en su formcion por las obligaciones de derecho civil, sus efectos, interpretacion, modo de extinguirse, anularse o rescindirse, seran aplicables a las obligaciones y negocios juridicos mercantiles.Con base en el principio de la autonomia de la voluntad, las partes expresan su voluntad de obligarse en el contrato de consorcio y este se constituye en la ley que rige su relacion contractual. En estos terminos, entre los consorciados, la responsabilidad de cada uno de ellos frente a los demas y las obligaciones a cargo de las partes de un contrato de consorcio se desprenden unos derechos correlativos tanto para los consorciados como para el consorcio como tal.Si bien es cierto que en materia de contratacion publica y privada se le otorga la capacidad a los consorcios para presentar propuestas y suscribir contratos de naturaleza, tambien lo es que el consorcio como tal no adquiere obligaciones ni derechos, son los consorciados los que tienen que asumir tales responsabilidades y disfrutar de los beneficios que generen.Si existgen creditos a favor del consorcio, cada uno de los consorciados es titular de una cuota de credito y por ende tienen derecho a cobrarlo incluso judicialmente, salvo que se pacten la solidaridad activa del consorcio y esto es lo recomendado ya que se puede demandar en cojunto por dicho cobro. Para este efecto el consorcio es representado por la persona que actiua como representante del consorcio.Debido al importante papel que juega el consorcio en la celebracion de grandes contratos, no solo publico, sino privados, es indispensable analizar la responsabilidad del consorcio como tal y por ende de sus miembros en estos contratos.OBLIGACIONES DEL CONSORCIO.Tratandose de contratacion coin un particular, este se rige por el derecho mercantil en general y por las normas propias de cada contrato en particular. Asi, el consorcio, y por ende sus miembros, tendran los derechos y obligaciones que emanen del respectivo contrato.En la etapa precontractual, los consorciados se ven abocados a cumplir con varios tipos de obligaciones, de una parte, relaticvvas a los requisitos minimos de indole juridico, tecnico y financiero que la entidad contratante ha establecido con el objeto de determinar la idoneidad minima requerida de los participantes para la ejecucion ulterior del contrato, y de otra parte, para aquellos licitantes que han acreditado que por lo menos cumplen con los requisitos minimos, las concernientes a los factores de seleccion que se encaminan a probar que se han presenores y su ponderacion en los pliegos.Por tanto, la solidaridad referida a la oferta atiende a las obligaciones que se establecen desde la presentacion de la oferta pero que adquieren naturaleza contractual, cuando el convenio se perfecciona y que en lultiuma s atiende a la ejecucion idonea y oportuna del objeto contratado.Como consecuencia de la solidaridad que por mandato de ley asumen los integrantes del consorcio, estos se obligan para con el acreedor, en este caso la entidad contratante, a la totalidad de la prestacion sin que les sea admitido oponer el beneficio de la division (dividir la prestacion entre los varios deudores). Por ende, la solidartidad es un a garantia que genera para el acreedor el que todos y cada uno de los patrimonios de los deudores , como prenda general de las obligaciones , estan directamente garantizando el cumplimiento de la obligacion.Los consorciados son quienes asumen en forma total y absoluta los compromisos derivados de la ejecucion del contrato, es decir que frente al contratante se establece una responsabilidad solidaria. En esta forma, todos los consorciados responden solidaria e ilimitadamente por la ejecucion de la obra, circunstancia que le da seriedad al contrato de consorcio y por ende de la obra.La responsabilidad de los socios no solo es solidaria, sino ilimitada, ya que no solo respaldan las obligaciones contraidas con ocacion del consorcio con los aportes que para el realicen, sino con todo su patrimonio.En cuanto a las obligaciones laborales, las obligaciones adquiridas en el desarrollo de los vinculos laborales y que han sido contraidas de manera individual con ocacion de la obra, son asumidas por los consorciados como una responsabilidad solidaria regulada por el codigo del trabajo.Independientemente del incumplimiento de algunos de los consorciados, el consorcio debe cumplir totalmente, so pena de la responsabilidad solidaria de sus miembros, frente a las sanciones que le imponga el contratante.En el caso de que uno o varios de los consorciados incumpla, al consarciado cumplido no solamente le correspondera cumplir con sus obligaso pena de recibir tambien las sanciones del caso, una vez cumplidas todas las obligaciones pactadas,m sino con las obligaciones de los demas .GENERALIDADES.Se ha previsto que para una mejor realizacion del contrato, los consorciados deleguen en uno o mas mandatarios la direccion y administracion del consorcio. Con esto se encomienda la gestion de los negocios a uno o a varios mandatarios,quienes podran tener o no la representacion. La gestion encomendada, debera ceirse regularmente a los terminos del mandato, pudiendo ser revocada en cualquier tiempo por la junta directiva. Por ello es importante que le sean sealados los medios, atribuciones y poderes. Su regulacion queda supeditada a las normas establecidas en nuestra legislacion laboral.CONTRATO DE CONSORCIO:Principales puntos que deben figurar:Identificacin plena de sus miembrosConsiderandos o antecedentesConformacin de la Unin Temporal (o del Consorcio)Designacin del representante de la Unin Temporal (o del Consorcio)Reglas bsicas que regulan las relaciones entre las partes y su responsabilidadFinalidad u objetoNombre o denominacin y domicilioObligaciones que asumirn cada uno de sus integrantesResponsabilidad frente a la entidad contratante y frente a tercerosParticipacin, aportes administrativos y tcnicos y actividades de cada uno de los integrantesrganos de decisin y administracin (organizacin interna de la Unin Temporal o del Consorcio) - Asamblea Funciones - Consejo Directivo Funciones - Comits Funciones - Representante Funciones Facultadesrgano de control AuditorContadorParticipacin en los flujos de caja libre distribuiblesExclusividadConfidencialidadCesinSubcontratacinNormas aplicablesDuracinSolucion de controversiasIntegridadReglas y cdigo de ticaResponsabilidad socialModificacionesNotificacionesSuscripcinObjeto, sede social duracinAsamblea de los miembros, Junta directiva, gerentes. Remuneracin del gerente.Oferta global, negociaciones y conclusin del contrato.Reparto del trabajo (bienes y servicios) entre los miembros.Obligacin de los miembros.Responsabilidad.Proceso para la exclusin de un miembro.Derecho aplicable, arbitraje y nulidad parcial.Cada uno de las empresas participante designar una persona que para los efectos de la unin temporal o consorcio representar a su empresa dentro de la junta directiva que tiene capacidad decisoria de acuerdo a la participacin y dentro de la reunin creadora del consorcio se sealaran las reglas bsicas que regularan las relaciones y responsabilidades entre los integrantes.Aunque el consorcio en si no est regulado por la ley podra enmarcarse dentro de lo que podra considerarse un contrato de colaboracin empresarial por lo que es un acuerdo de voluntades destinado a producir derechos y obligaciones por medio del cual sus partes buscan mutua ayuda para obtener un fin comn. El objetivo de esta unin o asociacin es una manera de optimizar recursos aprovechando las cualidades tcnicas, administrativas, financieras, de infraestructura operativa de cada uno de los integrantes.La conformacin del consorcio se establece por el mismo trmino de vigencia del contrato para cuyo desarrollo ha sido creado; sin embargo, el consorcio no tiene limite de temporalidad y ser la voluntad de sus miembros o razones ajenas al consorcio los que decidan la extincin del mismo; esto permitira celebrar y ejecutar los contratos que sus miembros decidan sin importar la duracin de los mismos.Debe tenerse en cuenta que se deben generar inicialmente recursos comunes para sufragar los gastos iniciales generados por la alianza.Las obligaciones tributarias se manejaran en un solo tenor ya que sector asume la direccin administrativa y financiera de la alianza, fgenerando un ahorro en el manejo tributario. COMO SE LLEVA LA CONTABILIDAD Aunque no existe una disposicin que regule los libros de contabilidad de los consorcios se mantendr una contabilidad solo para lo relativo al cumplimiento del contrato, esta contabilidad se presentar al estado por medio de los libros de SETCOR y cada uno de los asociados manejara sus ingresos derivados de la ejecucin de sus actividades dentro del contrato y por lo que genere como ingresos justificados por el pago de SETCOR a la empresa indicada por concepto de arriendo y rentabilidad de la asociacin.Todo esto para que los consorciados conozcan los resultados de la gestin, los resultados del contrato, la participacin de los miembros en los ingresos, costos y gastos y en los derechos, obligaciones, activos, pasivos y/o contingencias. En resumen o adicionalmente podemos decir que es conveniente llevar contabilidad particular por las siguientes razones: Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspeccin, vigilancia e intervencin del Estado podr exigirse la presentacin de libros de contabilidad y dems documentos privados, en los trminos que seale la ley. Permite reportar en forma unificada los costos incurridos, las deducciones que se deriven de los contratos y los ingresos obtenidos. Facilita cumplir con las obligaciones tributarias. Permite obtener informacin oportuna y confiable para la toma de decisiones. Permite contar con antecedentes para otras licitaciones. En los procesos tributarios la prueba contable es un medio idneo y eficaz de comprobacin. Aporta seguridad para cada uno de los miembros en cuanto al conocimiento patrimonial y el control en la distribucin de los ingresos, costos y gastos de las operaciones realizadas por el consorcio. Al momento de constituirse el consorcio se debe prestar atencin a:Analizar las clusulas del contrato e identificar las responsabilidades y obligaciones utarias miembros. Determinar como se manejar el IVA.Determinar el porcentaje (%) de participacin que tendrn los miembros en los ingresos, costos y gastos. OJO DETERMINAR SI ES NECESARIO DILIGENCIAR EL REGISTRO TRIBUTARIO COMO CONSORCIO O SOLO SE MANEJAR POR SETCOR.Preguntar si es necesario registrar los libros contables oficiales del consorcio.CONSIDERACIONES TRIBUTARIAS Teniendo en cuenta la necesidad de cumplir con normas tributarias y la incidencia que en las actuales circunstancias tienen las mismas sobre los registros contables, se debe analizar las diferentes consideraciones tributarias vigentes.Sabemos que los gastos son solidarios y son manejados de forma unida para reducirlos y los consorciados obtienen un porcentaje en la rentabilidad neta en relacin a su participacin determinado en el texto del documento constitutivo donde se plasmar la solaridad y beneficios, sindo este el factor determinante.IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS El consorcio como un conjunto no es contribuyente del impuesto sobre la renta generados por el contrato, sino que es manejado por SETCOR como el firmante principal del mismo.Los miembros del consorcio, debern llevar en su contabilidad y declarar de manera independiente, lo ingresos, costos y deducciones que le correspondan, de acuerdo con su participacin en los ingresos, costos y deducciones del consorcio.La norma parte de la base que los ingresos generados y los costos y gastos que le son relativos para la realizacin del respectivo contrato pertenecen exclusivamente a cada uno de los consorciados, en las proporciones convenidas; en consecuencia, deben llevar cuentas independientes, en su propia contabilidad, que permitan reflejar su participacin en los ingresos, costos y gastos del respectivo contrato. RETENCIN EN LA FUENTE A TTULO DEL IMPUESTO DE RENTA La retencin en la fuente ser manejada por SETCOR para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo. Sujetos de retencin en la fuente La retencin que se practicara se efectuar a SETCOR, en consecuencia, los ingresos miembros del consorcio reciben a ttulo de anticipo, reintegro de gastos o distribucin de utilidades, no son objeto de retencin en la fuente.respectivo contrato, estos deben ser facturados normalmente por el miembro respectivo y lgicamente estarn sujetos a la retencin en la fuente que les corresponda.IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS (IVA) Y FACTURACIN Estableciendo que se consideran responsables del impuesto sobre las ventas a los consorcios cuando en forma directa realicen actividades gravadas; razn por la cual deben expedir factura, efectuar los registros contables que se desprendan de las disposiciones tributarias. OBLIGACIN DE FACTURAR En relacin con la facturacin, se llevar efectuar por SETCOR directamente y cuando uno de los miembros efectue algn negocio separado a lo determinado por el acuerdo del consorcio deber facturar a nombre de SETCOR. Estas facturas debern cumplir los requisitos sealados en las disposiciones legales y reglamentarias. AGENTES RETENEDORES DEL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS No conozco acerca de los impuesto sobre las ventas, en otros pases se establece que: la calidad de responsables del impuesto sobre las ventas comparte varias Consecuencias. Entre ellas la obligacin de expedir facturas por sus operaciones y Recaudar el impuesto sobre las ventas correspondiente, as como la de declarar por los periodos bimestrales de tributo. De manera que si SETCOR fuera responsable responsable de IVA y su cliente es agente de Retencin de este impuesto, se debe aplicar la retencin en la fuente de este Impuesto en cabeza del responsable, esto es, de SETCOR. IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y OTRAS RETENCIONES. Los impuestos de industria y Comercio y otras retenciones recaer, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales sern manejadas por SETCOR, t3eniendo en cuenta que el consorcio no es una persona jurdica.AGENTES RETENEDORES DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Se debe revisar la legislacin vigente y se establecer con el contador oficial. MEDIOS ELECTRONICOS. Para estudios y cruces de informacin se presentar en medios electrnicos. ORIENTACIN El consorcio llevar una contabilidad organizada para el proyecto y se incluir legalmente en los libros de SETCOR y esta se manejara con las normas internacionales y con con la estructura del Plan nico de Cuentas que le sea aplicable en desarrollo de los hechos econmicos realizados como consecuencia de la ejecucin del contrato, de tal forma que le permita el adecuado reconocimiento, medicin, registro, sistematizacin, valuacin, causacin, clasificacin, revelacin e interpretacin de la informacin contable. El registro de los hechos econmicos se realizar teniendo en cuenta los documentos originales que intervienen en la ejecucin del contrato y que pueden ser de orden interno o externo. Estos soportes estarn debidamente fechados y autorizados por quienes intervengan en ellos o los elaboren.La gerencia del Proyecto preparar, con base en los soportes, los comprobantes de contabilidad, de acuerdo con los procedimientos y tcnicas contables.Los registros en libros se efectuar en orden cronolgico y de acuerdo con las operaciones realizadas en un periodo no superior a un mes, estableciendo mensualmente el resumen de todas las transacciones por cada cuenta dbito y crdito, de tal forma que permita el conocimiento y entendimiento de todos los movimientos realizados por el consorcio o, segn sea el caso. Los estados financieros sern elaborados con fundamento en los libros de contabilidad individual del proyecto en los cuales se hubieren asentado los comprobantes y se deben indicar los procedimientos para conformar y diligenciar los libros de forma que garanticen su autenticidad e integridad REGISTROS CONTABLES En el proceso contable tendremos en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: La contabilidad reflejar los anticipos y/o giros efectuados a cada uno de los miembros. Cada miembro manejar una cuenta deudora y/o acreedora transitoria para registrar temporalmente las transacciones con el consorcio o unin temporal, la cual debe estar adecuadamente conciliada.Se constituirn las provisiones que garanticen el cumplimiento de las obligaciones que pueden persistir a la ejecucin del contrato (garantas).Se clasificarn los costos y gastos del consorcio y los consorciados como deducibles y no deducibles, al ser distribuidos y reportados a cada uno de los consorciados.Se registraran en cuentas de orden todos los derechos y obligaciones contingentes y las de control que se consideren necesarias. En consideracin a la responsabilidad del IVA, SETCOR realizar las compras de bienes y servicios que den derecho al impuesto descontable (en cuyo caso las facturas de venta y documentos equivalentes sern expedidos a nombre del SETCOR. Se registrarn inicialmente en cuentas de orden la participacin total en el contrato de cada uno de los consorciados y en la medida que se desarrolle el mismo, se realizarn los registros contables correspondientes. En la medida que el consorcio adquiera derechos y obligaciones en relacin con el desarrollo del contrato, los consorciados debern incorporar en su contabilidad dichas cuentas de acuerdo con su participacin.Se debe tener en cuenta que la fecha en que se inician actividades y la fecha en que se debe finalizar el contrato generalmente corresponde a periodos contables diferentes a los individuales de cada una de las empresas consorciadas; es fundamental la adecuada asignacin de los ingresos, costos y gastos del contrato en los periodos contables en que se realicen. Los costos incluirn aquellas erogaciones que se relacionen directamente con el contrato especfico y los hechos atribuibles a la actividad del contrato, tales como: costo de mano de obra, costo de materiales, depreciacin de propiedad, planta y equipo, costo de alquiler de planta y equipo, seguros, costo de diseo y asistencia tcnica, etc. Dichos costos sern asignados, con base en los principios de la realidad econmica, caractersticas y practicas de la actividad, prudencia y asociacin, de tal forma que se reflejen los ingresos y gastos en forma sistemtica y racional, basados en el nivel normal de actividad y desarrollo del contrato. Los ingresos, costos y gastos sern reconocidos por el mtodo de porcentaje de terminacin. Bajo este mtodo el ingreso del contrato es identificado con los costos incurridos para alcanzar el porcentaje de terminacin, resultando as el registro de ingresos, costos y gastos que pueden ser atribuidos a la proporcin del trabajo terminado en cada periodo; es decir, los ingresos, costos y gastos del contrato deben ser reconocidos en el estado de resultados de los periodos contables en que se hayan realizado efectivamente; los ingresos adicionales recibidos, se registrarn como un Ingreso recibido por anticipado. No se considera necesario el cierre de las cuentas de resultados del consorcio en cada periodo, en razn a que el objetivo final es tener el control de los ingresos, costos y gastos totales del contrato y el porcentaje de terminacin del mismo en cada periodo, para propsitos fiscales. En el evento en que se efecte el cierre anual, se debe tener un adecuado control de la ejecucin total de la obra en cuentas de orden. Cualquier sobre costo debe causarse y ser reconocido contablemente en el momento (periodo) en que se conozca. CERTIFICACIONES Y ESTADOS FINANCIEROS Mensualmente el Contador del consorcio expedir una certificacin con destino a cada uno de los consorciados en la cual se indicarn los ingresos, costos y gastos totales y los que le corresponden de acuerdo con su porcentaje de participacin. Al finalizar en proyecto se emitir por parte del contador y el representante legal del consorcio, los estados financieros que le son pertinentes, como el balance general, estado de resultados y el estado de flujos de efectivo debidamente certificados donde se identificar claramente la participacin correspondiente de cada uno de los consorciados, con el fin de incorporar esta informacin a sus respectivos estados financieros. LIQUIDACIN Este consorcio no tiene vocacin de permanencia, a menos que lo determinen los consorciados, y al expirar el objeto por el cual fue creado el consorcio, se debera proceder a su liquidacin, conforme lo indicado en el convenio y de acuerdo a ley, teniendo en cuenta los siguientes pasos: Elaborar y firmar el acta de liquidacin entre consorciados. Presentacion del paz y salvo por todo concepto relativo a impuestos. Presentacion de paz y salvo por todo concepto a lo derivado en el manejo de los empleados y obreros.Presentacion de paz y salvo por todo concepto por aportes al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales. El consorcio no gtermina por incumplimiento de las obligaciones por parte de algunos de los consorciados, ya que los dems deben cumplir con las obligaciones del que incumple, so pena de la aplicacin de las sanciones legales por incumplimiento.REVISORA FISCAL (COMISARIO)Dado que el consorcio no es una una sociedad comercial, en sentido jurdico, la designacin del Revisor Fiscal ser potestativa; pero si se decide se establecer su nombramiento en el convenio, al igual que las funciones que debe cumplir, las cuales deben estar acordes con las leyes. A falta de estas cumplir las funciones indicadas en la ley para este tipo de convenio de consorcio. ASPECTOS COMPLEMENTARIOS Para efectos de la contratacin, cada uno de los consorciados debe estar inscrito en el registro de proponentes FESICA y del REGISTRO DE CONTRATISTAS Los organismos de inspeccin, vigilancia o control pueden exigir informacin para satisfacer necesidades especficas en relacin a entidades sujetas a su inspeccin, vigilancia o control, por lo cual cada uno de los consorciados debe mantener sus libros y obligaciones al dia.Si en el transcurso del proyecto se necesite involucrar a una empresa o sociedad extranjera, se har necesario tener en cuenta las disposiciones legales del cdigo de comercio en relacin a sus obligaciones para desarrollar la actividad necesaria dentro del proyecto.FINALMENTE:No hay que olvidar que los miembros deben incorporar en su contabilidad la participacin en el consorcio.

Descripcin de roles, funciones y aportes de los Miembros del Consorcio

Nombre del miembro del consorcioRolesFuncionesPrincipales Aportes

Declaracin Jurada garantizando que la composicin del equipo clave no sufrir variaciones desde la presentacin de las propuestas hasta la culminacin del contrato(Slo para el Lder del consorcio) El que suscribe, ............................................................., identificado (a) con CC .............................., representante legal de ..............................................., declaro bajo juramento que en caso obtuviramos la buena pro, garantizamos que la composicin del equipo clave no sufrir variaciones desde la presentacin de nuestra propuesta en la presente licitacin hasta la culminacin de la vigencia del contrato, salvo casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente acreditados.

.................................................................Nombre y firma del Representante Legal Lder del consorcio