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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

Montevideo, 17 de julio de 2013

D I R E C T O R I OVISTO: la solicitud de la Asesoría Económica para el otorgamiento de la compensación dispuesta por el artículo 24 del Decreto Nº 133/012, de 24 de abril de 2012, al funcionario Javier Mendiondo, por haber obtenido el título de “Máster en Dirección de Empresas con énfasis en Finanzas” expedido por la Universidad Católica del Uruguay el 21 de noviembre de 2012.

RESULTANDO: I) que el referido artículo 24 del Decreto Nº 133/012 (Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay para el ejercicio 2012) autoriza el pago de una compensación a los funcionarios que hayan realizado cursos de posgrado, afines con las actividades sustantivas de la Institución, siempre que los cursos hayan sido declarados de interés para el Banco Central del Uruguay por parte del Directorio;

II) que por resolución D/220/2011 de 13 de julio de 2011, se declaró de interés para el Banco Central del Uruguay el título de “Maestría en Dirección de Empresas” expedido por la Universidad Católica del Uruguay.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo informado por la Gerencia del Área Estadísticas Económicas, perteneciente a la Asesoría Económica, el economista Javier Mendiondo aplica los conocimientos adquiridos en el desempeño de sus tareas;

II) que se han acreditado planes de estudio, carga horaria, cursos y todos los elementos necesarios exigidos para su evaluación, habiéndose cumplido con el período mínimo de 180 días que prevé la norma presupuestal para la percepción de la mencionada compensación;

III) que se cuenta con el informe favorable previo del Comité Gerencial, según surge de la constancia del contador Walter Morales, de fecha 10 de julio de 2013.

ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto N° 133/012 de 24 de abril de 2012 (Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay para el ejercicio 2012), a lo informado por la Asesoría Económica el 7 de junio de 2013, a lo informado por la Gerencia de Servicios Institucionales el 10 de julio de 2013 y demás antecedentes que lucen en expediente N° 2013/0821,

SE RESUELVE:

1) Otorgar al funcionario economista Javier Mendiondo la compensación prevista en el artículo 24 del Decreto N° 133/2012 de 24 de abril de 2012 por la obtención del título de “Máster en Dirección de Empresas con énfasis en Finanzas”, expedido por la UniversidadCatólica del Uruguay, sujeto a la existencia de disponibilidad presupuestal.

2) Notifíquese.(Sesión de hoy – Acta Nº 3113)(Expediente Nº 2013/0821)

Elizabeth OriaSecretaria General

Sa/mlp/gsCat: P

R.N°:D-175-2013

Firmante: ORIA GIORDAN, SONIA ELIZABETH Fecha: 17/07/2013 16:14:05

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

Montevideo, 17 de julio de 2013

D I R E C T O R I OVISTO: el déficit presupuestal del objeto del gasto correspondiente al Subgrupo 02-“Retribuciones Básicas Personal Contratado” del Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay para el ejercicio 2012, vigente por prórroga automática.

RESULTANDO: que las nuevas contrataciones de funcionarios bajo el régimen de contrato de función pública, originadas por los respectivos llamados públicos y abiertos a concursos de oposición, méritos y antecedentes, oportunamente homologadas por parte del Directorio, afectan el objeto del gasto mencionado en el Visto.

CONSIDERANDO: que el artículo 11 del Decreto Nº 133/012 de 24 de abril de 2012, autoriza -a los efectos de la contratación de funcionarios bajo el régimen de contrato de función pública- a trasponer el crédito necesario del Subgrupo 01 – “Retribuciones Básicas Personal Presupuestado” al Subgrupo 02 – “Retribuciones Básicas Personal Contratado”.

ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido en los artículos 11 y 34 del Decreto Nº 133/012 de 24 de abril de 2012, 2 de la Ley N° 18.094 de 9 de enero de 2007, 49 de la Ley N°18.651 de 19 de febrero de 2010, y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº2013/0998,

SE RESUELVE:

1) Proceder a la trasposición de las siguientes partidas correspondientes al Presupuestode Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Centraldel Uruguay para el ejercicio 2012 (vigente por prórroga automática):

Objeto del gasto reforzante Monto en $ Monto en $ Objeto del gasto reforzado

011 Sueldo básico de cargos 13.069.128 14.029.122 021Sueldo básico de funciones contratadas

012 Incremento mayor horario permanente 2.230.900 2.394.771 022Incremento mayor horario permanente

013 Dedicación total 2.352.443 2.525.242 023 Dedicación total

091Ley N° 18.651 del 19/02/2010 artículo 49

1.296.664

2) Comunicar la trasposición dispuesta en el numeral 1) a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Decreto N° 133/2012 del 24 de abril de 2012.(Sesión de hoy – Acta Nº 3113)(Expediente Nº 2013/0998)

Elizabeth OriaSecretaria General

Sa/mlp/gsCat: P

R.N°:D-177-2013

Firmante: ORIA GIORDAN, SONIA ELIZABETH Fecha: 17/07/2013 16:17:50

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

Montevideo, 17 de julio de 2013

D I R E C T O R I O

VISTO: la nota de la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exterior relativa al convenio a celebrarse con el Ministerio de Economía y Finanzas para la ejecución y transferencia de recursos del Préstamo BID Nº 1971/OC-UR, a los efectos de la contratación de consultorías que coadyuven a mejorar la estimación estadística de la inversión extranjera directa en Uruguay.

RESULTANDO: I) que por resolución D/97/2013 de 2 de mayo de 2013 se aprobó la suscripción con el Ministerio de Economía y Finanzas del convenio mencionado en el Visto;

II) que, a la fecha, el referido documento no ha sido suscrito por las partes.

CONSIDERANDO: I) que la Comisión Interministerial para Asuntos de Comercio Exteriorpropone una modificación de las cláusulas Tercera y Cuarta del convenio oportunamente acordado, en los términos que surgen de fojas 22 a 23 del expediente Nº 2013/0574;

II) que las modificaciones propuestas resultan favorables para el Banco Central del Uruguay ya que, por un lado se contempla el atraso en el inicio de su ejecución y además se extiende el plazo por el cual se contaría con los recursos adicionales previstos en el convenio, a efectos de la mejora de las estadísticas de Sector Externo;

III) que resulta oportuno designar a la Gerente de Estadísticas Económicas, economista Lourdes Erro y a la Jefe del Departamento de Sector Externo, economista Kariné Hagopián, para suscribir, una de ellas en forma indistinta, el convenio referido.

ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto en los artículos 4 y 57 de la Ley N° 16.696 de 30de marzo de 1995, al dictamen de la Asesoría Jurídica N° 2013/150 de 24 de abril de2013, a lo informado por la Gerencia de Estadísticas Económicas el 11 de julio de 2013 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2013/0574,

SE RESUELVE:

1) Aprobar las modificaciones propuestas al Convenio para la Ejecución y Transferencia de Recursos del Préstamo BID N° 1971/OC-UR a suscribirse con el Ministerio de Economía y Finanzas, cuyo texto definitivo luce de fojas 21 a 23 del expediente N° 2013/0574.

2) Designar a la Gerente de Estadísticas Económicas, economista Lourdes Erro y a la Jefe del Departamento de Sector Externo, economista Kariné Hagopián, para suscribir, una de ellas en forma indistinta, el convenio referido en el numeral 1).

R.N°:D-178-2013

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

3) Encomendar a la Gerencia de Estadísticas Económicas la comunicación al Ministerio de Economía y Finanzas de lo resuelto precedentemente.(Sesión de hoy – Acta Nº 3113)(Expediente Nº 2013/0574)

Elizabeth OriaSecretaria General

Ss/mlp/gsCat: P

R.N°:D-178-2013

Firmante: ORIA GIORDAN, SONIA ELIZABETH Fecha: 17/07/2013 16:19:48

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

Montevideo, 17 de julio de 2013

D I R E C T O R I OVISTO: la propuesta de organizar las II Jornadas de Derecho Bancocentralista los días 13 y 14 de agosto, en la sede de la Institución.

CONSIDERANDO: I) que se estima oportuno dar continuidad a las referidas jornadas en la medida que implican una profundización en el análisis de la temática jurídica que atañe al Banco Central del Uruguay y en virtud del satisfactorio resultado de la edición correspondiente al año 2012;

II) que de acuerdo con lo informado por el Área de Control Presupuestal y de Gestión de la Gerencia de Servicios Institucionales existe disponibilidad presupuestal para hacer frente a los gastos inherentes a la organización del evento que se trata.

ATENTO: a lo expuesto, a lo informado por la Asesoría Jurídica y la Gerencia de Servicios Institucionales el 4 y 11 de julio de 2013, respectivamente y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2013/0973,

SE RESUELVE:

1) Autorizar el gasto derivado de la realización de las II Jornadas de Derecho Bancocentralista los días 13 y 14 de agosto de 2013, hasta un monto de $ 100.000 (pesos uruguayos cien mil), según la distribución que surge del informe a fojas 5 y 6 del expediente N° 2013/0973.

2) Encomendar a la Asesoría Jurídica la coordinación de los aspectos referidos a la organización y logística del evento, disponiendo para el caso la ejecución del monto aprobado y su posterior evaluación y rendición de cuentas.

3) Encomendar a la Gerencia de Servicios Institucionales, Área Servicios y Seguridad, la realización de las contrataciones necesarias.(Sesión de hoy – Acta Nº 3113)(Expediente Nº 2013/0973)

Elizabeth OriaSecretaria General

Ss/mlp/gsCat: P

R.N°:D-179-2013

Firmante: ORIA GIORDAN, SONIA ELIZABETH Fecha: 17/07/2013 16:21:37

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

Montevideo, 17 de julio de 2013

D I R E C T O R I O

VISTO: las vacantes de los cargos de Gerente de Asesoría Económica y de Intendente de Regulación Financiera de la Superintendencia de Servicios Financieros y las subrogaciones de funciones otorgadas mediante resolución D/225/2012 de 29 de agosto de 2012.

RESULTANDO: I) que por la resolución mencionada en el Visto se otorgó a los economistas Adolfo Sarmiento, José Licandro y Daniel Dominioni la subrogación de funciones de los cargos de Gerente de Análisis Macroeconómico de la Asesoría Económica, de Intendente de Regulación Financiera de la Superintendencia de Servicios Financieros y de Gerente de Política Monetaria y Programación Macroeconómica de la Gerencia de Política Económica y Mercados, respectivamente, a partir del 1° de setiembre de 2012;

II) que sin perjuicio de las subrogaciones de funciones mencionadas en el Resultando I), los economistas Adolfo Sarmiento, José Licandro y Daniel Dominioni son actualmente titulares de los cargos de Gerente de Supervisión de Riesgos de la Superintendencia de Servicios Financieros, Gerente de Política Monetaria y Programación Macroeconómica de la Gerencia de Política Económica y Mercados y Gerente de Análisis Macroeconómico de la Asesoría Económica, respectivamente;

III) que mediante resolución D/47/2013 de 27 de febrero de 2013, se dispuso prorrogar por 180 días las subrogaciones referidas en el Resultando I), por lo que los mencionados funcionarios han desempeñado las respectivas funciones subrogadas en forma continua.

CONSIDERANDO: I) que el funcionario economista Adolfo Sarmiento reúne las aptitudes, capacitación, experiencia y desempeño satisfactorios, adecuados para ocupar un cargo de alta gerencia como lo es el de Gerente de Asesoría Económica, que comparte con el resto del cuadro gerencial de primera línea la responsabilidad, individualmente y como equipo, de conducir la gestión de la Institución bajo la orientación política y estratégica del Directorio;

II) que el funcionario economista José Licandro, ha demostrado poseer las aptitudes, capacitación, experiencia y desempeño satisfactorios necesarios para ocupar el cargo de Intendente de Regulación Financiera de la Superintendencia de Servicios Financieros;

III) que el funcionario economista Daniel Dominioni, ha demostrado poseer las aptitudes, capacitación, experiencia y desempeño satisfactorios necesarios para ocupar el cargo de Gerente de Política Monetaria y Programación Macroeconómica de la Gerencia de Política Económica y Mercados;

IV) que el funcionario economista Leonardo Vicente, quien actualmente ocupa el cargo de Jefe de Departamento I - Análisis Cuantitativo en el Área Política

R.N°:D-181-2013

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

Monetaria y Programación Macroeconómica de la Gerencia de Política Económica y Mercados, reúne las aptitudes, capacitación, experiencia y desempeño satisfactorios para ocupar el cargo de Gerente de Análisis Macroeconómico de la Asesoría Económica.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 1 del Reglamento de Ascensos (resolución D/150/2009 de 16 de abril de 2009 y modificativas),

SE RESUELVE:

1) Designar al economista Adolfo Sarmiento para ocupar el cargo de Gerente de Asesoría Económica (GEPU 64).

2) Designar al economista José Licandro para ocupar el cargo de Intendente de Regulación Financiera de la Superintendencia de Servicios Financieros (GEPU 62).

3) Designar al economista Daniel Dominioni para ocupar el cargo de Gerente de Política Monetaria y Programación Macroeconómica de la Gerencia de Política Económica y Mercados (GEPU 60), cuya vacante se genera por la designación dispuesta en el numeral 2).

4) Designar al economista Leonardo Vicente para ocupar el cargo de Gerente de Análisis Macroeconómico de la Gerencia de Asesoría Económica (GEPU 60), cuya vacante se genera por la designación dispuesta en el numeral 3).

5) Encomendar a la Gerencia de Servicios Institucionales el llamado para la provisión del cargo que queda vacante en virtud de la designación dispuesta en el numeral 4).

6) Notifíquese.(Sesión de hoy – Acta Nº 3113)(Expediente Nº 2013/1047)

Elizabeth OriaSecretaria General

vp/mlpCat: P

R.N°:D-181-2013

Firmante: ORIA GIORDAN, SONIA ELIZABETH Fecha: 17/07/2013 17:03:05

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

Montevideo, 17 de julio de 2013

D I R E C T O R I OVISTO: la actual estructura organizativa de la Institución.

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo con lo informado por al Gerencia de Servicios Institucionales y la Gerencia de Planificación y Gestión Estratégica, se entiende conveniente adecuar la estructura orgánica de la Gerencia de Asesoría Económica, la Gerencia de Política Económica y Mercados, la Superintendencia de Servicios Financieros y el Departamento de Comunicación Institucional;

II) que se entiende necesario crear un Departamento de Oficial de Cumplimiento que dependa directamente del Directorio de la Institución;

III) que la Gerencia de Política Económica y Mercados propuso en expediente número 2012/0688, la transformación de un cargo vacante de Analista I y un cargo vacante de Administrativo I de esa Gerencia, en dos cargos de Analista III;

IV) que de acuerdo con lo informado por la Gerencia Gestión de Capital Humano y Presupuestal de la Gerencia de Servicios Institucionales, las creaciones de cargos planteadas no generan incrementos de costos financieros e implican la eliminación de quince cargos de Administrativo III y veinte cargos de Auxiliar de Servicios III que quedaron vacantes luego de los respectivos concursos de ascensos. ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 41 del Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de inversiones para el ejercicio 2012 aprobado por Decreto Nº 133/012 de 24 de abril de 2012 (vigente por prórroga automática),

SE RESUELVE:

1) Crear tres cargos de Analista II (Gepu 44), dependientes de la Gerencia de Asesoría Económica.

2) Crear dos cargos de Analista III (Gepu 36) y un cargo de Analista IV (Gepu 28),dependientes de la Gerencia de Política Económica y Mercados.

3) Crear un cargo de Analista I (Gepu 50), dependiente del Departamento de Comunicación Institucional.

4) Crear un cargo de Jefe de Unidad I (Gepu 54) - Supervisión de Agentes del Mercado de Valores, dependiente del Departamento Mercado de Valores y AFAP de la Superintendencia de Servicios Financieros.

5) Crear un cargo de Jefe de Unidad I (Gepu 54) – Autorizaciones y Liquidaciones II,dependiente del Departamento de Autorizaciones y Registros de la Superintendencia de Servicios Financieros.

6) Crear un cargo de Jefe de Departamento I (Gepu 56) – Oficial de Cumplimiento, dependiente del Directorio de la Institución.

7) Crear un cargo de Analista II (Gepu 44) y un cargo de Analista IV (Gepu 28),dependientes del Departamento Oficial de Cumplimiento.

R.N°:D-183-2013

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

8) Suprimir un cargo de Analista I (Gepu 50) y un cargo de Administrativo I (Gepu 30),pertenecientes a la Gerencia de Política Económica y Mercados.

9) Suprimir doce cargos de Administrativo III (Gepu 5) pertenecientes a la Gerencia de Servicios Institucionales, dos cargos de Administrativo III (Gepu 5) pertenecientes a la Gerencia de Política Económica y Mercados y un cargo de Administrativo III (Gepu 5) perteneciente a la Auditoría Interna – Inspección General.

10) Suprimir veinte cargos de Auxiliar de Servicios III (Gepu 5) pertenecientes a la Gerencia de Servicios Institucionales.

11) Aprobar la modificación de la estructura objetivo de las Gerencias de Asesoría Económica, de Política Económica y Mercados, de la Superintendencia de Servicios Financieros, del Departamento de Comunicación Institucional y la creación de la estructuraobjetivo del Departamento Oficial de Cumplimiento, de acuerdo al siguiente detalle:

AE PEM SSF DCI Oficial de Cumplimiento

Gerente de Línea de Reporte 1 1 1 0 0Intendente 0 0 2 0 0Gerente Área I 3 3 1 0 0

Gerente Área II 0 0 4 0 0Departamento I 3 6 14 0 1Departamento II 4 5 0 1 0Unidad I 0 1 27 0 0Unidad II 0 2 1 3 0Unidad III 0 0 0 0 0

Analista I 10 3 19 1 0Analista II 12 13 31 0 1

Analista III 9 8 37 2 0Analista IV 14 9 25 3 1Analista V 7 4 14 0 0

Administrativo I 2 15 8 0 0Administrativo II 3 5 4 1 0Administrativo III 2 1 8 0 0

Auxiliar de Servicios I 0 0 0 0 0Auxiliar de Servicios II 0 0 0 0 0Auxiliar de Servicios III 0 0 0 0 0

TOTAL 70 76 196 11 3

12) Aprobar la modificación de la estructura objetivo de la Intendencia de Regulación Financiera dependiente de la Superintendencia de Servicios Financieros que luce acontinuación:

R.N°:D-183-2013

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

13) Aprobar la modificación de la estructura objetivo de la Intendencia de Supervisión Financiera dependiente de la Superintendencia de Servicios Financieros que luce a continuación:

14) Encomendar a la Superintendencia de Servicios Financieros, a las Gerencias de Asesoría Económica y de Política Económica y Mercados y al Departamento de Comunicación Institucional que, en coordinación con las Gerencias de Servicios Institucionales y de Planificación y Gestión Estratégica, elaboren los perfiles correspondientes.

15) Encomendar a la Gerencia de Planificación y Gestión Estratégica las modificaciones de los organigramas respectivos, conforme a lo resuelto precedentemente.

R.N°:D-183-2013

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

16) Notifíquese.(Sesión de hoy – Acta Nº 3113)(Expediente Nº 2013/1043)

Elizabeth OriaSecretaria General

Mlp/vpCat: P

R.N°:D-183-2013

Firmante: ORIA GIORDAN, SONIA ELIZABETH Fecha: 17/07/2013 20:06:03

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

Montevideo, 17 de julio de 2013

D I R E C T O R I OVISTO: los recursos de revocación y jerárquico en subsidio interpuestos por El Pindal S.A.contra la resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros SSF 770-2012 de 21 de diciembre de 2012.

RESULTANDO: I) que mediante la resolución impugnada, la Superintendencia de Servicios Financieros dispuso, en ejercicio de atribuciones delegadas por el Directorio, denegar parcialmente la solicitud presentada por El Pindal S.A. el 2 de diciembre de 2012,para acceder a información relativa a la empresa Compañía Uruguaya de Seguros S.A. (CUSSA), por tratarse de información confidencial por disposición de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008 (Ley de acceso a la información pública);

II) que la firma impugnante fundamenta el recurso interpuesto en lo siguiente: a) que no se dan en la especie los requisitos establecidos en la Ley N° 18.381 para considerar confidencial la información solicitada, b) que la denegatoria dispuesta le imposibilitaría verificar el correcto cumplimiento de los cometidos legales de la Superintendencia de Servicios Financieros y conocer los motivos por los cuales la aseguradora no está en condiciones honrar la deuda que mantiene con la impugnante, c) que la impugnante corre riesgo inminente de llegar a la quiebra por el incumplimiento de la aseguradora, d) que la Superintendencia de Servicios Financieros debió recabar el consentimiento de la aseguradora si lo consideraba necesario;

III) que el 18 de marzo de 2013 la Compañía Uruguaya de Seguros S.A. (CUSSA) aportó documentación relacionada con el objeto de la solicitud de información, la que fue puesta en conocimiento de la impugnante.

CONSIDERANDO: I) que la resolución de la Superintendencia de Servicios Financierosreferida en el Visto, adoptada en ejercicio de atribuciones delegadas, se ajusta a la normativa legal y reglamentaria sobre acceso a la información pública, en tanto la información que fuera denegada a la firma peticionante tiene carácter confidencial por configurarse los presupuestos previstos en el artículo 10 numerales I) y II) de la mencionada Ley N° 18.381 y se encuentra expresamente clasificada como tal en el numeral 2 literal b) de la resolución D/121/2011 de 12 de abril de 2011, comunicada oportunamente a la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP) y publicada en el sitio web institucional;

II) que no es de recibo el agravio relativo al riesgo de la impugnante de sufrir perjuicios por la denegatoria dispuesta, ya que el Banco Central del Uruguay, como todo organismo público, tiene el deber de garantizar el derecho de acceso a la información pública con los límites establecidos en la legislación aplicable y corresponde a la justicia competente dirimir la cuestión relativa a la existencia y alcance de un eventual incumplimiento de CUSSA respecto de la firma peticionante;

III) que habiendo sido dictado el acto impugnado por la Superintendencia de Servicios Financieros en ejercicio de atribuciones delegadas por el Directorio, no corresponde la sustanciación y resolución del recurso jerárquico interpuesto en subsidio.

ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto en los artículos 194, 196, 317 y 318 de la Constitución, los artículos 4 y 5 de la Ley Nº 15.869 de 22 de junio de 1987, la Ley Nº18.381 de 17 de octubre de 2008, el artículo 174 del Reglamento Administrativo del Banco Central del Uruguay, las resoluciones D/121/2011 de 12 de abril de 2011 y D/201/2011 de

R.N°:D-182-2013

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DIRECTORIO - RESOLUCIÓN

29 de junio de 2011, a los dictámenes de la Asesoría Jurídica N° 12/518, 13/77 y 13/216 de 20 de diciembre de 2012, 19 de febrero de 2013 y 18 de junio de 2013respectivamente, e informe del doctor Daniel Artecona de 24 de junio de 2013, a lo informado por la Superintendencia de Servicios Financieros el 9 de julio de 2013 y demás antecedentes que lucen en el expediente Nº 2012/2097,

SE RESUELVE:

1) Desestimar el recurso de revocación interpuesto por El Pindal S.A. contra la resolución de la Superintendencia de Servicios Financieros SSF 770-2012 de 21 de diciembre de 2012, adoptada en ejercicio de atribuciones delegadas, confirmando en todos sus términos el acto impugnado.

2) Notificar a la firma impugnante la presente resolución.(Sesión de hoy – Acta Nº 3113)(Expediente Nº 2012/2097)

Elizabeth OriaSecretaria General

Ss/mlp/gs/vpCat: P

R.N°:D-182-2013

Firmante: ORIA GIORDAN, SONIA ELIZABETH Fecha: 17/07/2013 19:01:27