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Jefe de GobiernoHoracio Rodríguez Larreta

Vicejefe de Gobierno

Diego César Santilli

Jefe de Gabinete de MinistrosFelipe Miguel

Ministro de Gobierno

Bruno Screnci Silva

Subsecretario de Reforma Política y Asuntos Legislativos

Hernán Charosky

Directora General de Reforma Políticay Electoral

Florencia Zulcovsky

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Observatorio de Reforma Electoral

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomó la iniciativa de impulsar, a partir del año 2016, el desarrollo del primer Código Elec-toral del distrito. El objetivo intentaría avanzar en una propuesta que incorporara las mejores prácticas electorales en materia de: financia-miento de campañas, introducción de tecnologías, ampliación de los derechos políticos, refuerzo de la participación ciudadana y creación de organismos electorales. Las elecciones son un elemento crucial en toda democracia pero los mecanismos que permiten elegir a nuestros representantes, producen constantes disputas políticas que sólo pue-den ser salvadas a partir de consensos sólidos. Por este motivo, se planificaría un proceso de trabajo construido a través del diálogo con la totalidad de los actores, para garantizarles la oportunidad de emitir su voz respecto de cada uno de los puntos cruciales que debía abor-dar la normativa. El objetivo que subyacía y que es el único que forta-lecería la autonomía de la Ciudad, era la construcción de instituciones sólidas que establecieran un marco transparente y equitativo para las sucesivas elecciones que se presentaran en los años venideros.

Los proyectos de ley presentados en el año 2016 y nuevamente en el año 2018 por el Poder Ejecutivo, en el marco de su potestad de ini-ciativa legislativa, buscaron obrar como base de fomento para que, mediante el requerido debate parlamentario, la Ciudad instituciona-lizara su autonomía en materia electoral, gracias a la sanción de un Código Electoral propio.

Ambas propuestas fueron confeccionadas considerando las venta-jas que presentan las experiencias comparadas, los antecedentes de proyectos presentados por los Legisladores y los consensos que

Dirección General Reforma Política y Electoral · Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos · Ministerio de Gobierno

Ministerio de GobiernoSubsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos

Dirección General Reforma Política y Electoral

Coordinación:Leandro Di Primio

Javier Tejerizo

Equipo de Trabajo:Gabriela Almaraz

Rosario Burone Risso Patricia De VitaPablo Hunger

Mariana Kamian Milagros Salaverri

Diseño:Mariana Milei

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3.4.

Sección

Sección

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40

surgieron del programa Dialogando BA, el cual constituye un proceso abierto y participativo que contó con la cooperación activa de organiza-ciones de la sociedad civil, universidades, centros de investigación, fun-cionarios/as de diferentes organismos gubernamentales, ciudadanos/as y expertos/as de la academia.

El 25 de octubre de 2018, tras más de dos años de trabajo conjunto, la Legislatura de la Ciudad aprobaría, por mayoría de dos tercios, el primer Código Electoral de la historia de éste joven distrito autónomo. Una norma moderna, cuyo contenido es guiado por una mirada del proceso electoral en torno a los principios rectores de igualdad, transparencia, equidad, au-tonomía, paridad de género y gobierno abierto.

La presente publicación tiene como objeto dar cuenta del proceso de elaboración del actual Código Electoral de la Ciudad de Buenos Aires desde sus inicios; a partir del lanzamiento de la Agenda de Transpa-rencia e Innovación Institucional, su delineamiento a través de la imple-mentación del Dialogando BA, la redacción del proyecto por parte de la Dirección General Reforma Política y Electoral, el trabajo parlamentario y la aprobación del texto final.

A más de veinte años de la sanción de la Constitución que consagró la autonomía de la Ciudad, nuestro distrito saldó una deuda histórica.

Desarrollo del Proyecto 1.1 Perspectiva histórica1.2 Agenda de Transparencia e Innovación Institucional 1.3 Dialogando BA1.4 Apuntes para un Código1.5 Proyecto de Ley1.

2. Tratamiento Legislativo2.1 Trabajo Legislativo 20172.2 Trabajo Legislativo 2018 2.3 La votación2.4 El Código Electoral

Sección

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Sección

Índice

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Sección Desarrollo del Proyecto

1.

1.1 Perspectiva históricaJavier Tejerizo

“La ciudad de Buenos Aires tendrá un régimen de Gobierno au-tónomo con facultades propias de legislación y jurisdicción, y su jefe de gobierno será elegido directamente por el pueblo de la ciudad”. Fragmento del artículo 129 de la Constitución Nacional.

La reforma de la Constitución Nacional del año 1994 consagró la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires en su artículo 129, otor-gándole facultades propias de jurisdicción y legislación, volviendo la regulación acerca de los procesos electorales locales exclusiva responsabilidad de las autoridades porteñas. El siguiente gran paso se daría a partir del artículo 3º de la Ley Nacional 24.620, la cual convocó a los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires a la elección, el 30 de junio de 1995, de un Jefe de Gobierno y sesenta represen-tantes, para el dictado del estatuto organizativo del naciente distri-to. La Convención Constituyente local funcionó durante setenta y cinco días y posteriormente sancionó la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el 1° de octubre de 1996.

Los elementos basales del sistema de gobierno y representación de la Ciudad se incluyeron en su Constitución. Se estableció una demo-cracia representativa vehiculizada por partidos políticos, caracteri-zados por el artículo 61 como “canales de expresión de la voluntad popular e instrumentos de participación, formulación de política e in-tegración de gobierno”.

El Título IV del Libro Segundo sistematizó el funcionamiento general del Poder Ejecutivo, disponiendo la figura de un Jefe/a de Gobierno secundado por un Vicejefe/a, elegidos en forma directa y conjunta

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por fórmula completa y mayoría absoluta (previéndose la realización de una segunda vuelta entre las dos fórmulas más votadas en caso de no alcanzarse la misma).

Bajo el paradigma republicano, los artículos 68 y 69 establecieron las características del Poder Legislativo, el cual es ejercido por una Legislatura unicameral que se compone de sesenta legisladores (el número puede aumentar en relación al incremento poblacional), los cuales son elegidos por voto directo no acumulativo conforme al sistema proporcional. Su principal atribución, detallada en los ar-tículos 80 y 81, es la sanción de la normativa regulatoria de la vida en la sociedad capitalina. En el caso del de la normativa electoral -Código Electoral y Ley de Partidos Políticos- la Constitución exige una mayoría de dos tercios del total del cuerpo para su aprobación.

Al respecto, la Legislatura ha aprobado diversas normas específicas en la materia como la Ley N° 40/98 (iniciativa popular), la Ley N°89/98 (referéndum y consulta popular), la Ley N° 268/99 (regulación y finan-ciamiento de campañas electorales), la Ley N° 334/00 (sufragio de mi-grantes), la Ley N° 4515/13 (voto joven) y la Ley N° 4894/13 (Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias - Boleta Única y Tecnologías Elec-trónicas), las cuales complementan sus omisiones a partir de la norma-tiva nacional1, acordadas emitidas por el Tribunal Superior de Justicia y convenios de colaboración suscriptos; podemos apreciar la ausencia de un Código Electoral entre las normas enumeradas.

Esta carencia no es producto de una falta de iniciativa: desde el año 1996 múltiples legisladores han presentado diversos proyectos de ley en materia electoral que no han resultado aprobados. Algunas de las propuestas se enfocaron en temas específicos y otras represen-taron proyectos con un abordaje más integral2.

De acuerdo con los registros legislativos, se presentaron más de ciento cincuenta proyectos vinculados a temáticas electorales des-de el año 1996, de los cuales más de ochenta fueron propuestas integrales de Códigos Electorales. Sin embargo, esta tendencia se ha revertido con el tiempo debido a la dificultad para reunir los con-

cesos necesarios y para la aprobación de una ley de esta índole. En este sentido, entre los años 2016 y 2017 sólo tres proyectos presen-tados buscaban la sanción de un Código Electoral.

Asimismo, en lo que refiere a estas propuestas de Códigos Electo-rales presentadas recientemente, en primera instancia, resaltan las diferencias sobre las características de los organismos electorales sugeridos por cada una de ellas. Mientras la Defensoría del Pueblo y la Diputada Oliveto propusieron una autoridad electoral que con-centra funciones en la órbita del Poder Judicial, la Diputada Fidel propuso una división de las funciones administrativas de las juris-diccionales en dos organismos insertos en los poderes ejecutivo y judicial respectivamente. Otras diferencias refieren a la composición que cada autor le impone a la autoridad de aplicación, a la mayoría requerida para la designación de sus miembros y al plazo durante el cual se desempeñan los mismos.

1 El TSJ ha manifestado que “la aplicación de las normas nacionales debe circunscribirse a los as-pectos indispensables no previstos aún en las normas locales”.

2 Hunger, Pablo; et. al. Un Código Electoral para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En “Constru-yendo Democracia”. Editorial Académica Española. 2018.

Fuente: Elaboración propia en base a datos de la Legislatura C.A.B.A

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Que los proyectos tuvieran diferencias significativas en uno de sus aspectos centrales es sólo una muestra de la dificultad que implicaba avanzar en su tratamiento. La sanción de un Código Electoral requería entonces de la construcción de un consenso sólido. En este sentido, en el año 2016, el Poder Ejecutivo tomaría por primera vez la decisión de impulsar un proyecto de Código Electoral a partir de la potestad de iniciativa legislativa con la que cuenta constitucionalmente. El ob-jetivo sería incorporar el trabajo realizado por los legisladores durante más de 20 años y abrir nuevos espacios de intercambio que fueran más allá del ámbito parlamentario, de manera tal, de lograr una pro-puesta integradora que pudiera reunir los consensos para su trata-miento y aprobación.

Fuente: Elaboración DGRPOLYE en base a datos de la legislatura C.A.B.A.

2189-16

73-16

2703-16

2109-16

2897-16

1968-16

128-16

1036-16

439-16

565-16

2656-16

2668-16

3032-16

2342-16

2454-16

562-17

45-16

Defensoría del Pueblo

Oliveto Paula

Fidel Natalia

Muiños María Rosa

Fidel Natalia

Consejo Económico y Social

Ferraro Maximiliano

Cortina Roy

Heredia Claudio

Pennaca Paula

Tiesso Ma. Magdalena

Gentilini Javier

Muiños María Rosa

Cortina Roy

Oliveto Paula

Fidel Natalia

Sanchez Fernando

Código Electoral

Código Electoral

Código Electoral

Organismos Electorales

Debate Público Obligatorio

Debate Público Obligatorio

Debate Público Obligatorio

Debate Público Obligatorio

Voto extranjero

Voto extranjero

Paridad de Género

Paridad de Género

Paridad de Género

Encuestas y Sondeos

Financiamiento

Financiamiento

Partidos Políticos

Proyecto Autor Tema 1.2 Agenda de Transparencia e Innovación Institucional Pablo Hunger

Tomando como partida el marco planteado el 14 de abril del 2016, el Jefe de Gobierno porteño: Horacio Rodríguez Larreta, presentó una agenda de transparencia e innovación institucional compuesta de trece puntos.

Se trató de una serie de reformas orientada a la promoción de una mayor apertura y transparencia en la gestión pública así como a renovar los canales para la rendición de cuentas y la participación de los ciudadanos en el sistema político. Las trece iniciativas enu-meradas se engloban en tres grandes grupos:

1. Gobierno Abierto: iniciativas que amplían y facilitan el acceso a la información pública de la Ciudad y promueven instancias de co-creación de políticas públicas.2. Gobierno Inteligente: “un gobierno que asume que no tiene todas las respuestas, pero está dispuesto a salir a buscarlas”.3. Gobierno Responsable: políticas públicas que buscan rendir cuentas a la comunidad, asegurar una mejor representación políti-ca y facilitar una mayor participación de los ciudadanos en la toma de decisiones.

En materia de Gobierno Responsable se impulsarían herramientas como el Tablero de Control Ciudadano, que permite a los vecinos realizar un seguimiento detallado de grandes obras de infraestruc-tura, la participación ciudadana a través de las nuevas tecnologías, la regulación adecuada de la pauta oficial en conjunto con la Na-ción y la Provincia de Buenos Aires, y la confección de un Código Electoral propio.

“La Ciudad va a avanzar en una reforma política que tiene como ob-jetivo contar con su propio Código Electoral, un hecho natural para un distrito autónomo. El Código establecerá, de acuerdo a estánda-res internacionales, controles y auditorías en el uso de tecnologías electorales y mecanismos para el control y la transparencia del fi-

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nanciamiento de las campañas: el objetivo es darle seguimiento a los fondos públicos y privados en tiempo real. Asimismo, incorporará el financiamiento ciudadano a las campañas políticas, que permitirá realizar aportes de manera transparente y sencilla”3.

Este compromiso público sería el punto de partida, a partir del cual la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos junto a la Dirección de Reforma Política y Electoral, pertenecientes al Ministerio de Gobierno, organizarían una agenda anual de trabajo donde se planificarían una serie de pasos que culminarían con la presentación de una propuesta de ley.

3 El contenido de la Agenda de Transparencia e Innovación Institucional está disponible en el sitio: http://www.buenosaires.gob.ar/agendadetransparencia/gobierno-responsable/modernizacion-electoral

4 Di Primio, Leandro; et. al. Innovación en los procesos de formación participativa de políticas públicas. El caso de “Dialogando BA”. En “Construyendo Democracia”. Editorial Académica Española. 2018.

1.3 Dialogando BA Pablo Hunger

La participación ciudadana ha venido ocupando un lugar cada vez más significativo en las agendas de gobierno bajo el concepto de que in-corporarla en los asuntos públicos mejora la representatividad de las instituciones democráticas. Esta tendencia, también se ve reflejada en temáticas tradicionalmente reservadas a las elites político-partidarias como es el caso del sistema electoral y de partidos políticos. En el mar-co de la discusión respecto a la creación del primer Código Electoral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Gobierno porteño decidió implementar una herramienta de participación abierta a una multipli-cidad de actores con la finalidad de obtener insumos que permitieran elaborar una propuesta de legislación4.

Un Código Electoral, entendido como una norma que regula diferentes aspectos de la conformación y distribución del poder, afecta direc-tamente a todos los actores de la sociedad. Debido a esto, se buscó utilizar una metodología abierta, plural y participativa que permitiera reunir a todos los sectores implicados para dialogar, debatir y com-partir sus opiniones. Para ello, la Subsecretaría de Reforma Política y Asuntos Legislativos creó el programa “Dialogando BA” como una iniciativa horizontal para la construcción de políticas públicas de ma-nera colaborativa. La propuesta, llevada adelante en mesas plurales de diálogo, permitiría establecer un dialogo que alcanzó consensos y disensos que sirvieron como insumos fundamentales para la elabora-ción de la normativa.

Para definir los contenidos de las mesas, con la intención de que los encuentros fueran fructíferos , se realizó un primer estudio de situa-ción que permitió identificar los cuatro grandes temas que se trata-rían en las mesas de diálogo: participación en el proceso electoral, autoridad electoral, campaña electoral y tecnologías en el proceso electoral-. En segundo lugar, se consideró esencial que los partici-pantes estuvieran informados sobre los temas que se iban a tratar,

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a. Derechos políticos y participación ciudadana:La primera jornada se celebró el 5 de mayo de 2016; especialistas reali-zaron breves presentaciones para dar un marco a los temas a ser deba-tidos en los grupos de trabajo. Las conclusiones, consensos y disensos de cada mesa fueron compartidos a través de un vocero que informó a los demás participantes sobre las posiciones del grupo de trabajo5.

para lo cual se creó una plataforma online: www.dialogandoba.com. En la misma, se publicó material bibliográfico de consulta y la norma-tiva vigente que regulaba los temas a debatir en las mesas de diálo-go. También se creó una cuenta de Twitter oficial para comunicar los avances, novedades, eventos importantes y links que contuvieran la información que surgiría de cada actividad.

Etapa I

Etapa II

Etapa III

Etapa IV

Lanzamiento

Mesas de Diálogo

Desarrollo y presentación de informes de Reforma Legislativa

Acompañamiento Reforma Legislativa

Marzo - Abril 2016

Mayo - Julio 2016

Julio - Septiembre 2016

A partir de Octubre 2016

En lo que refiere a su implementación, el programa “Dialogando BA” se estructuró en cuatro etapas. La primera etapa tuvo la finalidad de presentar el programa y recopilar las opiniones de los invitados sobre los puntos que no podían quedar fuera de la discusión. La segunda consistió en la realización de las mesas de diálogo y la sistematiza-ción de los consensos y disensos enunciados por los participantes. En la etapa siguiente se desarrolló y presentó un informe que serviría de base para la creación del código electoral de la Ciudad, incorpo-rando los resultados del “Dialogando BA”. En la cuarta y última etapa se elaboró el proyecto de código para ser refrendado por las áreas de gobierno competentes y enviado a la Legislatura porteña.

Lo más importante del proceso es destacar que varios de los con-sensos que se construyeron en el “Dialogando BA” trascendieron la instancia participativa y fueron incorporados al proyecto de Código. En este sentido, es posible sostener que el alcance de la herramien-ta de participación fue contundente ya que los principales linea-mientos y principios que surgieron del debate se tradujeron en el articulado de la propuesta de ley. A continuación, se presentan los temas que fueron discutidos y las decisiones que fueron consen-suados por la ciudadanía.

5 Cada punto de color identifica un mesa de trabajo. La categoría en la que se ubica cada uno de ellos se basa en la postura de cada mesa, expresado por el vocero del grupo.

Postura de los grupos de trabajo sobre la temática de género

Ley de cupo nonecesaria

Paridad 50/50

Abordajes complementarios

Necesidad de ley de cupo (no aclara

proporción)

Postura de los grupos de trabajo sobre modalidad de empadronamiento de migrantes

Voluntario Abordajes complementarios

Sin consensoAutomático

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Postura de los grupos de trabajo sobre el calendario electoral

Postura de los grupos de trabajo sobre definición de competencias

Postura de los grupos de trabajo sobre temporalidad de organismo

Postura de los grupos de trabajo sobre receptor de financiamiento

Postura de los grupos de trabajo sobre la modalidad de financiamiento

Postura de los grupos de trabajo sobre la observación electoral

b. Justicia y administración electoralLa segunda mesa de diálogo tuvo lugar el 7 de junio e inició su labor con exposiciones a cargo de María Rosa Muiños y Francisco Quintana, ambos legisladores de la Ciudad, y del Director de la Maestría de Aná-lisis, Derecho y Gestión Electoral de la UNSAM, Marcelo Escolar. Fina-lizadas las exposiciones, se abrió el debate en cada grupo de trabajo y se compartieron las conclusiones arribadas en cada uno de ellos.

c. Campaña y financiamiento electoral:El 27 de junio tuvo lugar la tercera mesa de diálogo, la que contó con las exposiciones de Delia Ferreira Rubio, presidente de Transparen-cia Internacional; la Doctora Adriana Amado especialista en comu-nicación pública, el Legislador por la Coalición Cívica Maximiliano Ferraro y el Secretario General del GCBA, Fernando Straface. Una vez finalizadas las exposiciones se pasó al debate entre los partici-pantes y la posterior exposición de los resultados y consensos.

Regulación pormenorizada en Código Electoral

Abordajes complementarios

Sin consensoRegulación de principios generales en Código

Electoral y reglamentación pormenorizada

Órgano / Función

Tribunal Electoral

Agencia Electoral

RENAPER / CNE

Administrativo Registral FormaciónJurisdiccional

Posibilidad de elegir entre desdobladas

y simultáneas

Desdoblamiento con fechas fijas

nación / provincias

Desdoblamiento (sin especificar

modalidad)

Desdoblamiento con fechas independientes

por provincia Organismos

Autoridades

Funcionarios

Permanentes Temporales

Aporte directo

Aporte indirecto

Aporte mixto

Financiamiento Público Financiamiento Privado Financiamiento Mixto

Destinado a AgrupacionesDestinado a Partidos Destinado a Candidatos

Postura de los grupos de trabajo sobre la distribución de funciones

Concentración de Funciones Reparto de Funciones

Postura de los grupos de trabajo sobre regulación de campaña electoral

Regulación de campaña No regulación de campaña

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Postura de los grupos de trabajo sobre la regulación del debate electoral

Postura de los grupos de trabajo sobre la necesidad de incorporar tecnología a las diferentes etapas del proceso electoral6

d. Incorporación de tecnologías electrónicas en el proceso electoralLa última mesa de diálogo se realizó el 11 de julio. En ella diserta-ron: Natalia Fidel -Diputada de la Ciudad-, Julia Pomares -Direc-tora Ejecutiva de CIPPEC-, Ivan Arce -especialista en seguridad informática miembro de la Fundación Sadosky- y Héctor Teodoro Hernández -perito y auditor en seguridad informática-. Una vez finalizadas las exposiciones se abrió el espacio de debate entre los participantes y se realizó la puesta en común de las opiniones vertidas por cada grupo.

Finalmente, cabe destacar que a modo de cierre, el 23 de Noviem-bre de 2016 se realizó una última actividad en el marco del programa “Dialogando BA” en la Legislatura de la Ciudad. Un evento en el que participaron expositores internacionales con el objeto de ahondar en temas que hacen al funcionamiento estructural de cualquier go-bierno en general: “Instituciones sólidas y confiables. De la transpa-rencia a la integridad en la Ciudad”.

6 El signo más en verde implica una apreciación positiva de incorporación de tecnología, el menos en rojo negativa y el desigual en negro falta de una postura única al interior del grupo.

Producción y actualización de registros

Oficialización de alianzas y candidaturas

Control y transparencia del proceso electoral

Transmisión y totalización deresultados electorales

Identificación del elector

Emisión del voto

Escrutinio de mesa

Capacitación

+ - ==I

Regulación de los debates en un Código Electoral

No regulación de los debates en un Código Electoral

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1.4 Apuntes para un Código Electoral Pablo Hunger

En el marco de las competen-cias otorgadas mediante el De-creto N°121/16, afines al estudio y evaluación de las implicancias y resultados de reformas electora-les llevadas a cabo tanto en juris-dicciones sub-nacionales como internacionales, la Dirección General de Reforma Política y Electoral procedió a elaborar un documento que precedería a la redacción definitiva del proyec-to legislativo. Dicho documento se denominó “Apuntes para un Código Electoral. Diálogo, Parti-cipación y Consenso” y presenta los análisis y estudios compara-tivos que respaldaron las deci-siones a adoptar en la redacción del Código Electoral. Este traba-jo se estructura en cuatro capí-

tulos que coinciden con las temáticas tratadas en las convocatorias del Dialogando BA: derechos políticos y participación ciudadana, justicia y administración electoral, campaña y financiamiento electoral, e incorpo-ración de tecnologías en el proceso electoral.

En este sentido, con posterioridad al Dialogando BA, se recogieron, analiza-ron y sistematizaron antecedentes, distintos proyectos de Ley, legislación, documentos de trabajo y bibliografía para complementar las propuestas de reformas planteadas en las mesas de diálogo. El documento presenta un diagnóstico de la situación de la Ciudad en materia electoral y una serie de recomendaciones dirigidas a dar respuestas concretas a las principales debilidades del sistema político-electoral que rige en el distrito.

A grandes rasgos, se puede destacar en relación al capítulo referido a los derechos políticos, que se hizo hincapié, por un lado, en la nece-sidad de fortalecer la inclusión y la participación de la ciudadanía en el proceso electoral a través de políticas que fomentaran la participa-ción cívica de los jóvenes, los migrantes residentes en la Ciudad y la equidad de género; por el otro, se intentó mejorar el relacionamiento entre los organismos electorales y los actores, a partir de la creación de un consejo de partidos y un consejo de la sociedad civil.

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Sobre el tópico de justicia y administración electoral, las propuestas del apunte se centraron en la necesidad de separar las funciónes ad-ministrativas y contenciosas en dos organismos: un Tribunal Electoral y un Instituto de Gestión Electoral autárquico e independiente.

En lo relativo a la temática de campaña y financiamiento electoral, las recomendaciones se centraron en tomar medidas que tendieran a priorizar la transparencia en el uso de los fondos y la equidad en la distribución de aquellos de naturaleza pública, tanto directos (aportes monetarios) como indirectos (espacios en medios de comunicación).

Por último, respecto a la incorporación de tecnologías al proceso electoral, las recomendaciones subrayaron la importancia de estable-cer mecanismos de control y planes de contingencia adecuados en cualquier etapa del proceso electoral en la que se incorporara algún tipo de solución tecnológica.

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El documento fue un insumo fundamental para la elaboración del pro-yecto de Código Electoral que sería presentado posteriormente en la Legislatura; para validar su contenido y acompañar el proceso de construcción de consensos del proyecto final, se presentaría la publi-cación en el marco del evento internacional mencionado en el punto anterior y también se pondría a disposición, en formato digital, de to-dos los participantes de las mesas de diálogo vía correo electrónico y mediante la página web de las mesas de diálogo7.

7 Vale destacar que todos los avances, publicaciones en la página web y noticias de relevancia, fueron comunicados vía correo electrónico a los actores que estuvieron involucrados en las mesas de diálogo y posteados en redes sociales para una mejor difusión y alcance.

1.5 El proyecto de Ley Pablo Hunger

Una vez finalizado el documento “Apuntes para un Código Electoral”, se inició el proceso de elaboración del proyecto de Código Electoral, el cual sería validado por las diferentes áreas técnicas del gobierno, incluyendo a Ministros y al Jefe de Gobierno. Finalizado este proceso interno, éste sería presentado en la Legislatura de la Ciudad Autó-noma de Buenos Aires (expediente 3985-J-2016) con las siguientes características:

a. Derechos políticos y participación El proyecto de Código Electoral propuso una mirada del proceso elec-toral en torno a los principios rectores de igualdad, transparencia, equidad, autonomía, paridad de género y gobierno abierto. Respecto a este último principio innovador, cabe mencionar que incluye al prin-cipio de acceso a la información pública, a la participación ciudadana, a la rendición de cuentas, a la colaboración y a la innovación, previen-do asimismo que toda información que deba ser publicada en inter-net, sea subida en formato de datos abiertos, encontrándose a dispo-sición de manera organizada, sistematizada y actualizada, de los/as ciudadanos/as. En el mismo sentido, se prevé que toda información, incluyendo la documentación relativa a la incorporación de tecnolo-gía al proceso, debe ser publicada en formatos digitales abiertos que faciliten su procesamiento por medios automáticos y que permitan su reutilización o redistribución sin estar sujeta a licencia, términos de uso u otras condiciones que restrinjan sus posibilidades de reutiliza-ción o redistribución por parte de terceros.

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En relación a los derechos políticos y a la participación, en coinci-dencia con el amplio consenso obtenido en el Dialogando BA, se in-corporó la paridad de género en la conformación de las listas y la alternancia en su orden, por lo cual la listas de precandidatos/as y candidatos/as deben ser conformadas en un 50% por mujeres y en 50% por varones de manera intercalada con el objetivo de avanzar hacia la paridad real en la Legislatura porteña.

Con respecto a la observación electoral, las posiciones del Dialogan-do BA estuvieron divididas en dos posturas: por un lado si ésta debía ser reglamentada de forma exhaustiva dentro del código electoral o si convenía solo establecer principios generales y realizar una posterior reglamentación. En la redacción del proyecto se optó por un térmi-no medio reglando gran parte del procedimiento como por ejemplo quienes pueden realizarla (Defensoría del pueblo, ONGS nacionales e internacionales y delegaciones de organismos internacionales), los requisitos para poder participar, las líneas generales del plan de ob-servación y reglas de conducta, al tiempo que ciertas cuestiones vin-culadas a la organización y control de las tareas se dejaron abiertas. Por otra parte, se destaca como un punto central del proyecto, la incorporación de previsiones para regir el debate público entre can-

didatos/as a Jefe/a de Gobierno y a Presidentes comunales en un marco democrático, republicano y neutral. El acceso a la información, la igualdad y la rendición de cuentas son principios que se reflejan en la regulación de los debates electorales. En efecto, el debate elec-toral es un bien público, una instancia igualitaria en la que todos los partidos tienen el mismo tiempo y visibilidad para exponer sus pro-puestas y todos los/as ciudadanos/as las mismas posibilidades de acceder a ellas para realizar así, un voto informado. Es también una oportunidad para que la sociedad civil y las instituciones académicas aporten insumos a la conversación pública. Con respecto al tema, las posiciones del Dialogando BA giraron en torno a si éste debía ser reglamentado de forma exhaustiva dentro del código electoral o si debían solo establecerse principios generales y realizar una posterior reglamentación. La solución que se adoptó fue la de incorporar reglas claras en el articulado del proyecto de código determinandose que el debate fuera obligatorio para los candidatos/as a jefe de gobierno y a miembros de las juntas comunales. Sin embargo, la selección del lugar, las reglas y su reglamento quedarían a cargo de una audiencia entre el consejo consultivo de participación cívico electoral, el Tribu-nal Electoral, el Instituto Electoral y los representantes de las agrupa-ciones políticas. La organización queda a cargo del Instituto Electoral en cumplimiento con los parámetros acordados en la audiencia.

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En relación al voto de los extranjeros residentes, se optó por mante-ner lo establecido en la normativa actual sosteniendo su carácter. Es decir, los extranjeros con residencia permanente deben realizar un trámite voluntario para empadronarse. Asimismo, se les quitó el requi-sito de tener al menos 3 años de residencia permanente comproba-bles de manera que el derecho tuviera menos limitaciones y resulta-ra inclusivo para todos aquellos residentes extranjeros que quisieran elegir autoridades locales.

b. Organismos ElectoralesEn este aspecto, un punto central de la propuesta era la creación de autoridades electorales propias para nuestra Ciudad, las cuales deberían ceñir su actuación a los principios de legalidad, indepen-dencia, imparcialidad y objetividad. El primer tema tratado en el Dia-logando BA vinculado a la autoridad electoral fue el de determinar si las funciones jurisdiccionales y administrativas debían estar concen-tradas en un solo organismo o separadas en diferentes cuerpos. En consonancia con el consenso absoluto de los grupos y en respeto a los derechos políticos del los/as electores/as y agrupaciones po-líticas consagrado en los artículos 61° y 62° de la Constitución de la CABA, se procuró separar las funciones electorales de administración respecto de las contenciosas. En ese orden, se dispuso que las tareas administrativas quedaran bajo la órbita de un Instituto de Gestión Electoral y las jurisdiccionales bajo la órbita de un Tribunal Electoral.

La conformación de este último respondió al mandato constitucional del artículo 113º, inciso 6º de la Constitución de la CABA, establecién-dose un modelo de jurisdicción compartida que contempla la inter-vención de dos órganos de naturaleza jurisdiccional en el ejercicio de la competencia electoral: el Tribunal Electoral como primera instancia y el Tribunal Superior de Justicia como instancia revisora.

En relación a la temporalidad de los organismos hubo un amplio con-senso de que debían de ser permanentes mientras que no así sus autoridades. En consonancia con esto, se determinó que el Instituto de Gestión Electoral y sus autoridades funcionarían de manera con-tinua a los fines de mejorar los procesos electorales, mientras que la estructura del Tribunal Electoral sería permanente pero se integrarían solamente en los períodos electorales. Asimismo, se determinó en el proyecto que el Director del Instituto sería propuesto por el Poder Ejecutivo y ratificado por el Poder Legislativo, debiendo cumplir el candidato una serie de requisitos.

c. Campaña Electoral y FinanciamientoLa transparencia y la equidad en el financiamiento de las campañas son elementos principales para que los procesos electorales sean oportunidades de fortalecimiento de la confianza cívica. El proyecto de Código Electoral propuesto recoge las previsiones dispuestas en la Ley N° 268 e incorpora asimismo herramientas con el fin de garanti-zar un mayor control y transparencia. En efecto, se contempla la crea-ción de un Registro de Proveedores de Campaña, la presentación de

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informes y balances por parte de las agrupaciones políticas, la pro-fesionalización del/la responsable económico financiero de campaña, su responsabilidad solidaria en conjunto con la del apoderado/a de la agrupación política, con la de su Presidente y con la del/la Tesorero/a de cada uno de los partidos políticos que integran la alianza o con-federación, la bancarización de los aportes, la documentación de los gastos superiores a un determinado monto que se realicen con moti-vo de la campaña electoral, a través de una Constancia de Operación para Campaña Electoral, entre otras.

Uno de los aspectos más destacados en torno al financiamiento de campañas electorales es la incorporación de disposiciones tendientes a lograr una mayor equidad en la competencia entre las agrupaciones políticas que oficialicen candidaturas. En este sentido, se ha contem-plado la asignación gratuita de espacios de publicidad electoral y se ha modificado el modo de asignación del financiamiento público directo contemplándose que el cincuenta por ciento (50%) del monto presupuestado sea distribuido en forma igualitaria y el cincuenta por ciento (50%) restante según la cantidad de votos obtenidos en la an-terior elección.

d. Incorporación de tecnología al proceso electoral La incorporación de tecnologías al proceso electoral es una oportunidad para mejorar procedimientos que requieren de previsiones específicas de transparencia, control público y acceso a la información. El proyecto de Código Electoral incluye procesos estrictos y públicos de auditoría y rea-liza una exhaustiva descripción de los procedimientos de aprobación y control de las tecnologías electrónicas vinculadas a la emisión del voto, al escrutinio de mesa y a la transmisión de resultados. Se contempló asi-mismo, la creación de un Registro de Proveedores de Tecnologías que incluye la nómina de proveedores que elaboran o diseñan tecnologías para ser implementadas en el proceso electoral, a quienes se les facilitan los requerimientos específicos a los que los sistemas tecnológicos deben adecuarse, en respeto a los principios y procedimientos establecidos en el Código y en las políticas reconocidas como impulsoras de las buenas prácticas en el desarrollo de tecnologías. En este sentido, se prevé que sólo puedan ser contratados para proveer bienes y servicios tecnológicos para ser incorporados al procedimiento electoral aquellos proveedores que se encuentren debidamente inscriptos en el Registro mencionado.

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El primer tema discutido en las mesas de diálogo en relación a la tecnología analizó en qué etapas del proceso electoral resultaría positivo incorporarla. En líneas generales hubo consenso en varios grupos respecto a que sería bene-ficioso aplicarla en todas las etapas del proceso electoral a excepción de la correspondiente identificación del elector, en la que ningún grupo se pronun-ció a favor; en la respectiva emisión del voto, solo uno de los grupos se expre-só por la positiva. El proyecto de código incorporó artículos que permiten la incorporación tecnológica en todas las etapas del proceso electoral siempre y cuando aprueben una serie de rigurosas pruebas y auditorías. El encargado de evaluar y decidir su implementación es el Instituto de Gestión Electoral. El instrumento de votación, sería en principio, la boleta única con incorporación de tecnologías, estando condicionadas a la superación de las pruebas y au-ditorías mencionadas. En caso contrario, se recurre a la boleta única papel.

En cuanto a los requisitos y características fundamentales que debe-ría contemplar la incorporación de tecnología en la emisión del voto, transmisión y totalización de resultados, las principales ideas de los grupos giraron en torno a que los sistemas debían brindar seguridad, celeridad, transparencia y auditabilidad, incluyendo auditorías abiertas

con plazos suficientes para corregir los errores detectados. Atendien-do estas posturas se incorporaron una serie de principios básicos que debe cumplir cualquier tecnología a ser incorporada al proceso:

• Auditable• Confiable• Eficiente• Documentado

Con relación a las auditorías, se dedicó una sección entera con varios capí-tulos a los fines de lograr que el proceso fuera útil y eficiente para garantizar la seguridad de los sistemas tecnológicos que sean propuestos. Se especi-ficaron auditorías anteriores, concomitantes y posteriores a la realización de los comicios con el objeto de corroborar el correcto funcionamiento en todo momento. A su vez, las auditorías previas a la implementación del sistema cuentan con una etapa de evaluación abierta, donde organizaciones de la sociedad civil y expertos en la materia realizan controles en un ambiente controlado. El proyecto en cuestión no solo regula la realización de audito-rías y pruebas previas para determinar la adecuación de la tecnología a ser implementada en los comicios sino que también dispone distintas instan-cias de control a realizarse en forma simultánea y posterior a las elecciones. Se ha procurado ampliar los mecanismos de control administrativo, judicial, partidario y cívico del acto electoral mediante la incorporación de las figu-ras de Coordinador/a Técnico/a, Delegado/a Judicial, Fiscal informático/a y Observadores electorales como actores relevantes del proceso. De esta forma, se garantiza la transparencia en el acceso a la información técnica y a la fiscalización directa por parte de las agrupaciones políticas, las organi-zaciones de la sociedad civil, universidades y electores/as.

• Integro• Interoperable• Recuperable• Seguro

• Equitativo• Escalable• Estándar • Evolucionable

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Sección Tratamiento Legislativo

2. 36

2.1 Trabajo Legislativo 2017

Como corolario de todas las acciones que fueron enumeradas en la sección primera, el 29 de diciembre del año 2016 el Gobierno de la Ciudad finalizó el ciclo de análisis, producción y redacción del proyecto de Código Electoral. En la fecha mencionada, éste sería ingresado en la mesa de entradas de la Legislatura porteña y re-gistrado con la siguiente numeración: 3985-J-2016.

Pasados dos meses del inicio de las sesiones ordinarias del año 2017, el proyecto de Código comenzó a ser tratado por la Legislatura en el ámbito de la Comisión de Asuntos Constitucionales, la cual compren-de dentro de sus competencias la de “dictaminar sobre todo proyecto o asunto que pueda afectar principios constitucionales, el resguardo de la autonomía de la Ciudad y sobre aquellos que versen sobre or-ganización y funcionamiento de los poderes, los órganos de control, la legislación electoral y la ley orgánica de los partidos políticos”.

El presidente de la misma, Dr. Clodomiro Rissau, diagramó un esquema de tratamiento compuesto por 10 reuniones, contemplando una prime-ra destinada a la explicación de la metodología de trabajo, cinco dedi-cadas al debate de asesores, tres a efectos de informar a los diputados respecto de las dudas y avances surgidos de los debates llevados a cabo por sus asesores y una última convocada para emitir el despacho de comisión. La coyuntura de aquél año 2017 permitió solamente llevar a cabo la reunión introductoria y las primeras cuatro de asesores; el se-gundo semestre del año vio el abordaje interrumpido por la influencia del proceso electoral.

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Sin embargo, las discusiones que tuvieron lugar en el ámbito de la Comisión resultarían más que provechosas, arrojando diversas lí-neas de trabajo que permitirían moldear las preferencias sobre los siguientes temas: concentración o división de funciones y ámbito de los organismos electorales, en particular la conveniencia de avanzar en la creación de un organismo independiente o mante-ner en el Poder Judicial los mismos; la organización del calendario electoral, enfatizando en la simultaneidad de los comicios respec-tivos a los poderes ejecutivos local y nacional; la incorporación de tecnologías, siendo el centro del debate su utilización en el procedimiento de emisión del sufragio; el empadronamiento vo-luntario o automático de los electores extranjeros, la necesidad de avanzar en la paridad de género, planteándose discusión respecto a la obligación de implementarla tanto en la conformación de las listas colegiadas de pre-candidatos como en la de candidatos y, finalmente, en relación a la creación de una instancia obligatoria de debate electoral, se reflejaron diferentes posiciones en lo que refiere a eventuales sanciones. La Dirección General Reforma Polí-tica y Electoral acompañaría cada una de estas reuniones, partici-pando del debate, acercando respuestas ante consultas puntuales y tomando conocimiento de las posturas o propuestas alternativas, las cuales serían canalizadas internamente para evaluar modifica-ciones al articulado del proyecto.

Asimismo, en cumplimiento de su rol analítico, la Dirección General continuó con la reflexión y el debate de las distintas posturas que explicitaban los conceptos estructurales de la temática electoral. Para ello, creó el “Observatorio de Reforma Electoral”, siendo tal vez, su contribución más difundida, la publicación de una revista digital, estudiosa de determinadas temáticas que caracterizan a los procesos electorales. La primera edición se centró en el estudio de los mecanismos de participación y los derechos políticos materiali-zados. En particular se abordaron aspectos inherentes a los jóvenes, a electores extranjeros, vinculados a los debates entre candidatos y a la paridad de género, en cuatro secciones diferentes.

Con idéntica intención, la DGRPOLYE realizó una nueva mesa de diálogo en el marco de la exposición “Smart City”: evento de ca-racterísticas internacionales que busca acercar los avances tec-nológicos y su aplicación a diversas tareas de la vida cotidiana. Como se abordó precedentemente, los procesos electorales no están exentos de esta discusión y han incorporado nuevas tecnolo-gías en sus diversos procedimientos: confección de los padrones, oficialización de listas, identificación de los electores, emisión del sufragio, escrutinios y transmisión de datos. Durante el evento, y en consonancia con los debates en el marco de la Comisión de Asuntos Constitucionales, se hizo énfasis en la aplicación de tec-nologías en el instrumento de sufragio, contando con la presencia de representantes de los organismos electorales de Brasil y Perú, países que cuentan con desarrollos propios en el área.

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2.2 Trabajo Legislativo 2018 Pablo Hunger

El tratamiento del proyecto de Código Electoral durante el año 2017 no culminó en un despacho por parte de la Comisión, en consecuen-cia perdería estado parlamentario; sin embargo, no podemos dejar de destacar que dejaría aprendizajes relevantes. Una vez más, con-servando el espíritu dialoguista, desde el Gobierno de la Ciudad se comprendió la necesidad de rever algunas consideraciones y reconfi-gurar determinaciones establecidas en el proyecto original. Para esta tarea, desde la Dirección General de Reforma Política y Electoral se volvieron a entablar conversaciones con algunas áreas internas con incumbencia en la temática, se convocaron reuniones con Legislado-res pertenecientes al nuevo bloque Vamos Juntos y se aprehendieron algunas de las recomendaciones vertidas en el ámbito parlamentario por los bloques opositores. Finalizadas éstas tareas, el proyecto de Código Electoral fue nuevamente ingresado a la Legislatura porteña el 5 de abril del 2018; en esta oportunidad, la numeración obtenida fue la siguiente: 879-J-2018.

El 25 de abril se inició el tratamiento parlamentario del nuevo proyec-to presentado por el Jefe de Gobierno. La Directora de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Anabela Celaya, detalló el cronograma y la metodología de trabajo, los cuales abarcarían la totalidad de las temáticas distribuidas a lo largo del proyecto tanto en reuniones de asesores como de Diputados. Asimismo, dejó en claro que lo proyec-tado podría sufrir modificaciones justificadas en la necesidad de pro-fundizar el estudio de los diversos temas con el objeto de construir los consensos necesarios para sancionar, con el mayor apoyo posi-ble, el Código Electoral de la Ciudad.

• Organismo electoral: la primera reunión de asesores acercó las siguientes consideraciones, particularmente, por parte de la oposi-ción: dudas sobre la conducción unipersonal del Instituto de Gestión Electoral (IGE) y sus competencias; la necesidad de regular la desig-nación del director interino de dicho Instituto con la participación de la Legislatura y la conveniencia de contar con Juez Electoral en el Tribunal Electoral.

• Electores: El debate estuvo precedido por la participación de la Dra. Ana Paula Penchaszadeh (CONICET) y referentes de distintas or-ganizaciones de migrantes, los cuales hicieron hincapié en la nece-sidad de avanzar hacia un sistema de empadronamiento automático para los extranjeros residentes en la Ciudad. En este sentido también se expresaron los asesores representantes de los diputados Tomada, Santoro, Pokoik, Penacca y Arce; la asesora de Gorbea, se manifestó en contra. Los representantes del oficialismo sostuvieron que el pro-yecto buscaba facilitar el ejercicio del derecho a elegir sin imponerle una obligación al migrante.

• Debates y paridad de género: Si bien pareció existir un consenso generalizado sobre la realización del debate y que el mismo fuera extensivo a los candidatos a Diputados, surgieron posturas contra-puestas respecto de las eventuales sanciones: Unidad Ciudadana estuvo en contra mientras que el Partido Socialista y Vamos Juntos se manifestaron a favor. Con relación a la paridad, los asesores plantearon la colisión entre el derecho partidario de conformar las listas y la obligatoriedad de cumplir con la paridad, salvo el bloque del Partido Socialista que marcó una clara posición en defensa de esta última.

• Tecnologías: la discusión se centró en su impacto sobre el instru-mento de sufragio. En la media hora dispuesta para que los acto-res de la sociedad civil expresaran sus consideraciones, se hicieron presentes cientistas sociales e informáticos. Por un lado, muchos coincidieron en cuestionar la aplicación de tecnologías sobre el ins-trumento de sufragio debido a su factible vulnerabilidad, recomen-dando asimismo, una gradual implementación. En contraposición, también se planteó la correcta implementación, en el año 2015, de sistemas electrónicos de emisión de boleta (dispuesta por la nor-mativa vigente) sin dejar de reconocer la necesidad de reforzar las medidas de seguridad informática así como los espacios de audito-ría abiertos a la sociedad civil. Los asesores de Unidad Ciudadana y el Bloque Peronista expresaron la necesidad de un análisis más profundo; los representantes del Gobierno de la Ciudad remarcaron la predisposición para recibir recomendaciones que fortalecieran el aspecto jurídico de la incorporación de tecnologías.

• Financiamiento: no hubo una postura común en relación a la prohi-bición o permisión de los aportes privados, tópico en el cual se cen-traría la discusión de este tema.

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El 30 de mayo se analizaron las disposiciones finales del proyecto y expresaron conclusiones generales. Unidad Ciudadana esbozó sus dudas respecto de la incorporación de tecnologías, su negativa al financiamiento privado, su deseo de implementar el empadronamien-to automático para los migrantes sujeto a las mismas condiciones establecidas para el voto joven (no obligatoriedad) y su voluntad de reducir las facultades del IGE. El bloque de Vamos Juntos expresó su satisfacción respecto de la incorporación de tecnologías, de una ins-tancia de debate electoral, acerca de la regulación de los aportes pri-vados y en relación con la creación del IGE como órgano unipersonal con autarquía funcional solicitando una designación simultánea de su director y director suplente. Respecto del Tribunal Electoral, defendió su carácter temporal y como alternativa propuso emular al Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba. El GEN planteó la voluntad de volver al sistema de boleta partidaria. El bloque Socialista recomendó un modelo de juzgado electoral de primera instancia, apoyó el empa-dronamiento automático de electores extranjeros, solicitó restringir el financiamiento privado, instaurar un debate electoral obligatorio con sanciones y recomendó mantener el esquema del instrumento de su-fragio establecido en la Ley 4.894. Finalizadas las reuniones temáticas con asesores, se pasaría al debate en comisión de Diputados.

En ese marco, desde la Dirección General Reforma Política y Elec-toral, se impulsaron una serie de actividades con el objeto de enri-quecer el debate que se daría en las reuniones de Diputados. Para ello, se lanzaron una serie de mesas temáticas de trabajo así como nuevas publicaciones de apoyo. En lo que refiere a las primeras, el 30 de Mayo se llevó adelante la “Jornada de reflexión sobre partici-pación electoral: paridad, debate y observación electoral”, un even-to co-organizado en conjunto con la Comisión Especial de Reforma Política, presidida por la Legisladora Natalia Fidel y la Comisión de Asuntos Constitucionales. Asimismo, el 6 de junio se convocó a una segunda instancia, “Jornada de reflexión sobre órganos electora-les”. El evento contó, además de la presencia de los Legisladores, con la participación del Dr. Alejandro Tulio y la Dra. Alejandra Tadei. Por otra parte, se presentó desde el Observatorio de Reforma Elec-toral, la Revista N°3 sobre Organismos Electorales.

El 13 de junio se daría paso a las reuniones de Diputados de la Comi-sión de Asuntos Constitucionales. Luego de una breve introducción a cargo del Director de la Comisión, Dr. Diego Marías, el debate abordó la temática referente a organismos electorales, para lo cual se invi-taría al especialista en derecho electoral, Dr. Alejandro Tulio. Éste ex-presó que el proyecto determinaba exitosamente la separación entre las funciones administrativas y las jurisdiccionales en dos organismos diferentes, en consonancia con los modelos que venían incorporán-dose en otras democracias.

La segunda reunión de comisión abordó el derecho al sufragio de los migrantes, la paridad de género, el calendario electoral y el debate obligatorio entre candidatos. La primera media hora fue destinada a permitir las expresiones de actores de la sociedad civil que manifes-taron la importancia de lograr el empadronamiento automático de los electores extranjeros. En este mismo sentido se expresaron los Legisladores Pennaca, Arce y Recalde, así como Daniel Ingrassia en representación de la Defensoría del Pueblo.

Para la tercera reunión, el Dr. Marías realizó una breve introducción sobre el tema a abordar (incorporación de tecnologías), remarcando el sistema de auditorías que planteaba el proyecto en discusión. A continuación de aquella introducción se les dio espacio a los expo-sitores que anteceden el debate de comisión, los que manifestaron una carencia de información sobre el motivo de instauración del voto electrónico, dudas sobre el resguardo del secreto del voto y la factibilidad de la aparición de vulnerabilidades. Consecutivamente,

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los legisladores Gorbea y Arce defendieron, de forma sucesiva, la aplicación de la boleta única de papel y la vigencia de la Ley 4.894 como marco regulatorio de la incorporación de tecnologías. Por su parte, el Diputado Acevedo sostuvo la necesidad de la actualización normativa, la cual no contemplaba un marco integral como lo hacía el proyecto de Código Electoral.

La cuarta reunión contó con la presencia del Secretario Nacional de Asuntos Políticos, Adrián Pérez, quien, luego de la introducción reali-zada por el presidente de la Comisión, remarcó los aspectos desta-cados acerca del capítulo de financiamiento de campañas. El Bloque Socialista y Unidad Ciudadana cuestionaron el aporte privado de las personas jurídicas; en caso de que fuera incorporado, Unidad Ciu-dadana consultó por la posibilidad de que los sindicatos pudieran hacerlo. El Legislador Acevedo defendió la facultad de los partidos políticos para buscar financiamiento.

Finalizado el abordaje temático el 4 de julio, por parte de los ase-sores, se pasaría el trabajo a la Dirección de la Comisión con mi-ras a avanzar en un posible dictamen, fechado eventualmente para después del receso de invierno. Para ello, el 15 de agosto, en una nueva reunión de asesores, la Directora de la Comisión, Anabela Celaya, enumeró las principales modificaciones que se realizarían (hasta aquél momento) sobre el proyecto de ley en base a lo traba-jado con asesores y Diputados: se reforzaría la autarquía del IGE; se dispondría la necesidad de una mayoría absoluta para alcanzar el acuerdo de designación del Director del IGE –al igual que para su remoción-; se elegiría, en simultáneo con éste, a un Director Adjunto y se incorporaría el debate obligatorio de candidatos a Diputados. Respecto del anexo: se institucionalizaría un programa de difusión de derechos de electores extranjeros, se corregirían aspectos refe-ridos a los electores privados de la libertad, se mantendría el espíri-tu de la Ley 4.894 en relación a la aplicación de boleta única papel y de tecnologías, se incorporaría a las universidades nacionales como sujetos observadores, se permitiría la presencia de fiscales de mesa en el proceso de transmisión de datos y se prohibiría la utilización de medios gubernamentales con fines electorales. Finalmente, se dejaría asentada la consecución de reuniones adicionales, tanto de asesores como de Diputados, para avanzar en un mayor nivel de de-talle en relación a los cambios que se incorporarían.

Las reuniones sucesivas, fechadas el 5 y 12 del mes de septiembre, cumplieron con tal meta. La primera sería una reunión de Diputados

y la segunda de asesores, en ambas el intercambio de opiniones y argumentos apuntó al financiamiento de las campañas electorales y a la aplicación de tecnologías sobre algunos de los procedimientos específicos como la emisión del sufragio. En este sentido, el 26 de septiembre, se enumeró ante los asesores la redacción de las mo-dificaciones a realizar sobre el proyecto de ley, destacándose que se eliminaría el título relativo a campaña y financiamiento; asimismo, se mantendría un esquema similar al establecido en la Ley 4.894, donde el instrumento de sufragio vigente sería la Boleta Única papel pero se habilitaría la posibilidad de la emisión de la misma de forma electrónica; por último se incorporaría el empadronamiento automá-tico de los migrantes residentes. Estos tres grandes cambios enca-minaron los consensos que habilitarían un tratamiento en el recinto.

La última reunión de Diputados sería el 17 de octubre, en el marco de un encuentro conjunto entre las comisiones de Asuntos Cons-titucionales y Descentralización Ciudadana, del cual se despren-derían un dictamen de mayoría y uno de minoría. Los mismos no presentaron grandes diferencias salvo en lo concerniente a la auto-ridad electoral: el primero planteó la creación de un Juzgado Elec-toral permanente, el cual que se constituiría en un Tribunal Electo-ral en los periodos eleccionarios, compuesto por el juez electoral (a cargo del juzgado electoral) y dos camaristas que asumirían sus funciones sólo al momento de su constitución. El dictamen

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“El proceso de discusión de este proyecto llevó más de ocho meses y casi quince reuniones de comisión, con reuniones conjuntas con comisiones que se acoplaron –como la de Reforma Política, que preside la diputada Fidel–, por donde han pasado especialistas, académicos, juristas, miembros de la Justicia, docentes e interesados varios. Todos aportaron y dieron su visión. El diálogo fue fructífero, plural y tremendamente democrático. Claramente, el proyecto que llegó aquí en marzo no es el mismo que hoy tenemos en nues-tras bancas, porque este es mejor. Reitero: ha sido enriquecido y ha consen-suado diferentes visiones, miradas y opiniones. Además, pudimos ver cosas que no estaban en el proyecto y que mejoraron el que llegó en marzo. Se trata de un proyecto que tiene un nivel de consenso importante y real. ¿Por qué digo “real”? Creo profundamente en los consensos, pero cuando son verdaderos y sinceros. No creo en aquel consenso en el que alguien va con una hoja y dice: “Si te gusta esto, tenemos consenso; si no te gusta, no”. Los consensos se construyen, se trabajan y se discuten. Obviamente, también se pierde, se cede y se entrega. Pero si no hay sacrificio, no hay consenso. En este proyecto hay un verdadero consenso. Por eso, renuevo y refuerzo mi gra-titud a todos los diputados de mi bloque y de la oposición que aun no votan-do esto hoy han hecho del proyecto que ingresó en marzo el mejor posible1.”

de minoría, por su parte, planteó la eliminación del juzgado elec-toral, trasladando todas sus competencias a un Tribunal Electoral permanente que estaría integrado por el juez del juzgado penal Contravencional y de faltas N°1, el juez del Juzgado Contencioso, Administrativo y Tributario N° 1, y el presidente de la Cámara Con-tencioso, Administrativo y Tributario.

A pesar de los dictámenes, el proceso de negociación y construc-ción de consensos se mantuvo hasta el día anterior a la votación en el recinto, incorporando modificaciones a la versión final sanciona-da por los Legisladores. La principal modificación fue que se optó por tomar conceptos de ambos dictámenes presentados (mayoría y minoría) para regular el tema de la autoridad judicial, quedando es-tablecido que se eliminaba el Juzgado Electoral en pos de un Tribu-nal Electoral Permanente compuesto por tres magistrados: un juez electoral que ejerce su presidencia, el/la Juez/a titular del Juzgado de Primera Instancia N° 1 del Fuero Contencioso Administrativo y Tri-butario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el/la Juez/a titular del Juzgado de Primera Instancia N° 1 del Fuero Penal, Contraven-cional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

2.3 La votación Pablo Hunger

El 25 de octubre, en el marco de la sesión ordinaria N°30, se trató el proyecto de Código Electoral para la Ciudad de Buenos Aires. A con-tinuación, resaltamos los discursos pronunciados por algunos diputa-dos, previos a la votación.

Diputado Marías. Bloque Vamos Juntos.

1 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputado Marías. VT33. Pág. 474.

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“Nos encontramos frente al proyecto de Código Electoral que, fuerza de-cirlo, ha pasado por diversas etapas. Está claro que el Código Electoral es una deuda que teníamos con la autonomía de la ciudad después de más de veinte años. Lo han dicho todos: la ciudad es la única jurisdicción que carecía de un instrumento local integral para organizar sus eleccio-nes. Está bien que lo tenga. En ese sentido, hay que celebrarlo3.”

“Hoy efectivamente es un día importante en la Ciudad de Buenos Aires. Como dijo el Presidente de la Comisión en el inicio del tratamiento de este expediente, es una deuda incompleta. Nos faltan dos leyes más. Pero como dijeron muchos diputados, no estamos tratando el financia-miento en la ley de partidos. Tampoco es cierto que por no tratarlo, no deberíamos aprobarlo; debemos avanzar, porque hace veinte años que tenemos esa deuda. ¡Veinte años de autonomía sin un Código Electo-ral! Es un disparate solo posible en la enorme dificultad de ponernos de acuerdo. El diputado Tomada decía correctamente –yo no estaba como legislador en el año 2016– que había muchos proyectos de Código tra-tando de subsanar esta situación, pero nunca se juntó la voluntad, ni el número de votos que se requiere para la aprobación de esta ley4.”

Diputado Tomada. Bloque Unidad Ciudadana.

Diputado Abrevaya. Bloque GEN.

3 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputado Tomada. VT33. Pág. 495.

4 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputado Abrevaya. VT33. Pág. 506.

“Este contexto adverso, en términos de la realidad social, política y también económica que hoy viven las y los migrantes en nuestro país, es quizás el justificativo más claro para que estemos votando esta ley y para que en-tendamos que es muy necesaria hoy más que nunca. Creemos que esta ley tiene que poder garantizar que esos derechos políticos le den acceso pleno a la comunidad política de los migrantes y, sobre todas las cosas, este em-padronamiento automático y esta posibilidad de ejercer ese derecho políti-co tiene que ser en plenitud un antídoto contra la xenofobia. Por eso, señor presidente, para terminar, lo único que quiero agregar es que creo que a partir de ahora estamos dando la posibilidad de que esa construcción de poder que el colectivo migrante viene llevando adelante en nuestro país y en nuestra ciudad sea aún más fuerte, que esté fortalecida5.”

“Por supuesto que también celebramos la incorporación del debate obliga-torio y que se consolide la paridad como un principio inquebrantable para garantizar el acceso equitativo y la igualdad de oportunidades entre géneros. Esto es, sin dudas, el mayor y más resonante de los avances y modernización de la vida electoral de la ciudad. Este paso que ya ha sido dado en el Congreso de la Nación en noviembre del año pasado, llegó a la ciudad para quedarse6.”

Diputada Penacca. Bloque Unidad Ciudadana.

Diputada Gorbea.Bloque Evolución.

5 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputada Penacca. VT33. Pág. 511.

6 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputada Gorbea. VT33. Pág. 501.

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“Hoy es un día histórico para la Ciudad de Buenos Aires, no sólo por-que daremos un paso más en la consolidación de su autonomía, sino porque sin lugar a dudas con este nuevo código la ciudad será mañana no sólo más robusta institucionalmente sino que, además, tendrá un conjunto de normas que harán de su proceso electoral uno de los más modernos y transparentes. Por primera vez, la ciudad tendrá una verda-dera gobernanza electoral7.”

“Este Código Electoral nos pone al día y expresa un mensaje contun-dente a favor del empoderamiento de las mujeres y el quiebre de una concepción patriarcal de la sociedad que reserva la esfera pública como dominio exclusivo de los varones8.”

Diputada Fidel. Bloque Vamos Juntos.

Diputado Arce. Bloque Partido Socialista.

7 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputada Fidel. VT33. Pág. 512.

8 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputado Arce. VT33. Pág. 485.

“Se ha recepcionado una parte muy importante de las garantías que nuestro bloque exigió como supuestos básicos para la sanción de este cuerpo normativo, vinculadas a la transparencia del proceso electoral, a la equidad en la participación político-partidaria y a la independencia e imparcialidad de los órganos competentes, seguridad, paridad de gé-nero, participación de extranjeros, observación, debate de candidatos y demás garantías democráticas que hacen al sistema electoral9.”

“Estoy plenamente convencido de que debemos tener cada vez más autonomía. La autonomía no es un proceso mágico que se da de golpe, sino que se va haciendo paso a paso. Hoy podemos decir que este pro-yecto de ley viene a contribuir al proceso de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires. ¿Por qué? Porque por primera vez en la historia un porteño va a poder ir a hablar a un juzgado porteño sobre cuestiones electorales. Esta ley crea un Tribunal Electoral porteño, y eso es algo importante para destacar10.”

Diputada Muiños. Bloque Peronista.

Diputado Acevedo. Bloque Vamos Juntos.

9 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputada Muiños. VT33. Pág. 477.

10 Extracto de la versión taquigráfica de la sesión. 25/10/2018. 30° Sesión Ordinaria. Diputado Ace-vedo. VT33. Pág. 503.

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En Primer lugar se votó el código en general, resultando aprobado por 49 votos afirmativos y 9 negativos. En particular se votaron los artículos de la Ley del 1 al 21, 22 a 32, 33 a 44 relativos al Instituto de Gestión Electoral, composición y competencias del Tribual Electoral y la creación y composición de la Secretaría Electoral, respectivamente. El artículo 37, que aprueba el anexo al Código, seria votado por sepa-rado. También se votaron en particular las clausulas transitorias I, II, IV y VI, y en conjunto la III y V.

Del anexo se votaron en particular y de forma conjunta los artículos del 1 al 297 exceptuando el artículo 3 relacionado a los principios generales que deben regir a todo proceso electoral; los artículos 62 a 67 sobre debate público; el artículo 73 que versa sobre la paridad en la conformación de las listas de precandidatos; el artículo 97 vin-culado a la conformación final de la lista de candidatos a Diputados/as y miembros de la Junta Comunal; el artículo 101 sobre la paridad en la conformación de las listas de candidatos y el artículo 10, a pedi-do del Diputado Del Corro, sobre los electores extranjeros. Todos los artículos fueron aprobados por una amplia mayoría, algunos incluso incluyendo el voto de legisladores que se pronunciaron en contra del proyecto en general.

2.4 El Código Electoral Pablo Hunger

Dada la gran cantidad de cambios que recibió la redacción del pro-yecto desde su presentación en la Legislatura, la versión aprobada contó con varias diferencias respecto de la original.

Con relación a los derechos políticos y la participación, se mantuvie-ron las disposiciones tendientes a la paridad de género, pero se optó por que cada agrupación política debía tener resuelto en su regla-mento la aplicación de la misma. En caso de que no lo hubiera hecho, la justicia determinaría el procedimiento a aplicar. El segundo cam-bio relevante tuvo que ver con las observaciones electorales, donde se quitó la posibilidad de que organismos internacionales pudieran realizarlas. Solo se admitirían observaciones de organismos y orga-nizaciones locales. En tercer lugar, se determinó que en el debate electoral sería obligatoria la participación de los candidatos, so pena de sanción en caso de negarse o ausentarse de manera injustificada. También se determinó que los candidatos a Legisladores debían par-ticipar de un debate, instancia ausente en la propuesta original.

En cuanto a las tareas pertinentes al proceso electoral, se mantuvo la división entre aquellas administrativas en manos del Instituto de Gestión Electoral y la competencia jurisdiccional en manos del Tribu-nal Electoral. Sin embargo, algunos procesos como la designación de autoridades de mesa y el establecimiento de los lugares de votación, se transfirieron a la órbita del Poder Judicial. Asimismo, a diferencia del proyecto original donde Jueces de Cámara integraban el Tribunal Electoral, un Juez Electoral y dos Jueces pertenecientes a otros juz-gados de primera instancia lo integrarían.

El cambio más importante de la versión final del Código Electoral respecto de la original, fue la eliminación de todo el título de financia-miento y campaña debido a que los Legisladores consideraron nece-sario tratar el tema en una Ley aparte.

Finalmente, en relación con la incorporación de tecnologías, de manera inversa a lo establecido en el proyecto presentado, se estableció como

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instrumento de sufragio en primera instancia a la Boleta Única Papel, con la posibilidad de incorporar un sistema de emisión de sufragio con tecnología similar al utilizado en 2015 por sus características, siempre que este pasara todas las auditarías necesarias para su implementación.

Entonces, el pasado 25 de octubre, tras dos años de trabajo parla-mentario, se aprobó en la Legislatura Porteña, por más de dos ter-cios de sus miembros (49 votos a favor), el primer código electoral de la Ciudad, hecho que implica un gran paso en la autonomía del distrito dejando atrás más de 20 años de deuda institucional.

El Código Electoral propiciado es el resultado de una construcción pluralista de consensos, a través de un procedimiento abierto y par-ticipativo a partir de la herramienta Dialogando BA, donde partici-paron organizaciones de la sociedad civil, universidades, centros de investigación, funcionarios de diferentes organismos, entre otros. Todas las conclusiones recabadas sirvieron como insumos que se

vieron reflejados en la elaboración del proyecto de Ley, denominado “Apuntes para un Código Electoral”.

La normativa entrará en vigencia a partir de año 2020 a excepción de aquellos procedimientos que no necesiten de la presencia de los nuevos organismos electorales -Voto Informado, Paridad y Calendario Electoral-, los cuales tendrán vigencia en las próximas elecciones.

Principales ejes del nuevo Código Electoral de la Ciudad

Voto Informado: Para promover un voto informado se incorporan los Debates Públicos y Obligatorios entre los candidatos y candidatas a Jefe/a de Gobierno, a Diputadas/os y miembros de la Junta Comunal para conocer las propuestas y los programas de gobierno de todos las agrupaciones políticas, aplicándose sanciones económicas para quie-nes no participen de ellos.

Paridad: Se incorporan los principios de paridad de género que inclu-yen la fórmula de alternancia en la conformación de las listas de Dipu-tados y Miembros de Junta Comunal, tanto para las PASO como para la elección general.

Calendario Electoral: Para garantizar mayor previsibilidad en la defini-ción del calendario electoral, el Jefe de Gobierno deberá convocar los actos electorales con más de 180 días de anticipación, pudiendo definir una fecha simultánea con comicios nacionales u otras jurisdicciones.

Organismos Electorales: La Ciudad se convierte en el primer distrito del país en avanzar en una clara separación de las funciones adminis-trativas y jurisdiccionales en dos organismos independientes, con el objeto de asegurar que el ente encargado de la organización de los actos electorales no sea el mismo que juzga dichos actos. Se crean:

• Instituto de Gestión Electoral: organismo autárquico e indepen-diente, cuya misión será entender en la administración de los proce-sos electorales. Todos sus actos serán pasibles de revisión por parte de la justicia electoral.• Tribunal Electoral: organismo permanente que administra justicia y dirime los conflictos en materia electoral. Mantiene algunas funcio-nes administrativas como la confección de registros de electores.

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Democracia ParticipativaSe crean:

• Consejo Consultivo de Partidos Políticos del que podrán partici-par aquellas agrupaciones que dispongan de personería jurídica en el distrito. Podrán participar en la organización del debate público, en las auditorias previstas por el Código y solicitar informes sobre el desarrollo y transparencia de los procesos electorales. • Consejo Consultivo de Participación Cívico-Electoral, conforma-do por Universidades públicas y privadas con asiento en la Ciudad, la Defensoría del Pueblo porteña y Organizaciones de la sociedad civil, sin fines de lucro, apartidarías, que aborden temas electorales y/o sobre el funcionamiento de los partidos políticos.

Observación electoral: Para mejorar la transparencia del proceso elec-toral se autorizará a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, a las Universidades Nacionales y a organizaciones sin fines de lucro nacionales a participar como organizaciones observadoras de la jornada electoral.

Boleta Única: Se establece como instrumento de sufragio para todos los comicios de la Ciudad. Se habilita la posibilidad de incorporar tec-nologías en el procedimiento de emisión de sufragio, siempre que ga-rantice un respaldo en papel. Se prevén auditorias antes, durante y luego del proceso, garantizando así, un mayor control participativo y resguardos frente a la incorporación de este tipo de tecnologías.

Migrantes: Se estableció el empadronamiento automático para aque-llos residentes en la Ciudad, “quedando habilitados para votar” a par-tir de los 16 años aquellos que cuenten con residencia permanente y DNI válido.

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