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DIRECTIVA N° 1 / AÑO LECTIVO 2014 Examen de Admisión, Matrícula, Carga Lectiva, Horarios, Desarrollo Académico y Evaluación. VICERRECTORADO ACADÉMICO

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DIRECTIVA N° 1 / AÑO LECTIVO 2014 Examen de Admisión, Matrícula, Carga Lectiva, Horarios, Desarrollo Académico y Evaluación.

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DIRECTIVA N° 1 / AÑO LECTIVO 2014

Examen de Admisión, Matrícula, Carga Lectiva,

Horarios, Desarrollo Académico y Evaluación.

VICERRECTORADO ACADÉMICO

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VICERRECTORADO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD SAN PEDRO VICERRECTORADO ACADEMICO

DIRECTIVA Nº 001-2014-USP-VRAC

1. FINALIDAD:

La presente Directiva tiene como finalidad normar las actividades académicas correspondientes al AÑO LECTIVO 2014, en lo referente a: Examen de Admisión, Matrícula, Carga Lectiva, Horarios, Desarrollo Académico y Evaluación.

2. BASE LEGAL - Ley Universitaria N° 23733 - Estatuto de la USP - Reglamento General de la USP - Reglamento de Filiales y SADs de la USP - Reglamento de Estudios - Reglamento de Admisión

3. OBJETIVOS:

2.1. Normar las actividades académicas correspondientes al AÑO ACADÉMICO 2014. 2.2. Informar a los Decanos, Director de la Escuela de Postgrado, Directores de Escuelas

Académicos Profesionales, Directores de Secciones de Postgrado, Directores de Filiales, Coordinadores de SADs, Coordinadores de Programas y Secciones Académicas, alumnos y profesores, los procesos académicos correspondientes al AÑO LECTIVO 2014.

4. ALCANCE:

Facultades

Dirección de la Escuela de Postgrado

Direcciones de Escuelas Académico Profesionales

Direcciones de Programas Educativos

Direcciones de Filiales

Coordinaciones de SADs

Dirección del IST “San Pedro”

Dirección del Centro Pre Universitario

Oficinas dependientes del Vicerrectorado Académico

Profesores

Alumnos

Personal Administrativo

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VICERRECTORADO ACADÉMICO

5. DISPOSICIONES:

5.1. Generales

5.1.1. La Universidad San Pedro es una Institución Educativa de Nivel Superior que, se rige por la Ley Universitaria No. 23733, su Estatuto, Reglamento General y demás dispositivos conexos. La Universidad San Pedro, se dedica al estudio, la investigación, y la difusión del saber y la cultura, así como a la producción de bienes y prestación de servicios

5.1.2. La Universidad San Pedro organiza sus actividades académicas, teniendo como base: el Plan Estratégico, Plan Operativo, El currículo de cada carrera profesional y las Programaciones Académicas correspondientes a la Sede Central, Filiales y SADs.

5.1.3. Las actividades académicas son programadas por el Vicerrectorado Académico, revisadas en Consejo Académico y elevadas al Consejo Universitario para su aprobación.

5.1.4 Las Facultades, Dirección de la Escuela de Postgrado, Direcciones de Filiales y Coordinaciones de SADs son las Unidades Académicas encargadas de dar cumplimiento a las actividades académicas consideradas en la presente Directiva.

5.2 Disposiciones Específicas

5.2.1. Del Cuadro de Vacantes 2014

El Cuadro de Vacantes de las Carreras Profesionales y Programas Educativos tanto de Postgrado como Universitarios No Regulares, para cada Semestre Académico, es aprobado en primera instancia por los Consejos de Facultad, remitidos al Consejo Académico para su revisión y consolidación y posteriormente remitidos al Consejo Universitario para su aprobación.

5.2.2. Del Examen de Admisión

a. El ingreso para la realización de estudios en la Universidad San Pedro, en

cualquiera de sus carreras, programas profesionales y modalidades se realiza de conformidad a lo estipulado en su Reglamento de Admisión; y también se tendrá en cuenta, lo acordado con organizaciones o instituciones mediante convenio. El Cronograma del Examen de Admisión es aprobado mediante resolución por el Consejo Universitario.

b. La Oficina Central de Admisión es la unidad académica responsable de la planificación, programación, ejecución, monitoreo y evaluación del Examen de Admisión.

c. Los Exámenes de Admisión durante el Año Lectivo 2014 se llevará a cabo según el siguiente cronograma.

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VICERRECTORADO ACADÉMICO

Semestre Académico 2014-0 Examen de Admisión Examen Compl. Sede Central 05.01.2014 12.01.2014 Filiales y SADs 05.01.2014 12.01.2014 I.S.T. San Pedro 05.01.2014 12.01.2014 Semestre Académico 2014-I Examen de Admisión Examen Compl. Sede Central 09.03.2014 23.03.2014 Filiales y SADs 09.03.2014 23.03.2014 Medicina Humana 23.02.2014 02.03.2014 I.S.T. San Pedro 09.03.2014 23.03.2014

Semestre Académico 2014-II Examen de Admisión Examen Compl. Sede Central 10.08.2014 17.08.2014 Filiales y SADs 10.08.2014 17.08.2014 I.S.T. San Pedro 10.08.2014 17.08.2014 d. Sólo se realizará el Examen de Admisión de las Carreras y Programas

Profesionales que han sido aprobadas por el Consejo Universitario mediante resolución, tanto para la Sede Central como para las Filiales y SADs.

e. La Oficina Central de Admisión elevará al Consejo Universitario dentro de los cinco días hábiles las relaciones de ingresantes a cada carrera o programa profesional, para su aprobación. Asimismo remitirá a cada Facultad, Filial y SADs, la relación y constancia de ingreso de los postulantes.

f. Las Oficinas: Central de Admisión, Imagen Institucional y Marketing, Extensión Universitaria y Proyección Social y Centro Pre Universitario, realizarán las coordinaciones y acciones pertinentes para la realización del Examen de Admisión tanto en la Sede Central como en las Filiales y SADs.

5.2.3. De la Elaboración de la Carga Lectiva

5.2.3.1. De Profesores Nombrados

A. Los Directores de cada Escuela Académico Profesional, en coordinación con las distintas Filiales y SADs, elaborará la Carga Lectiva de Profesores Nombrados de cada Semestre Académico, de su Unidad Académica hasta 30 días antes del inicio de las clases; teniendo en consideración los siguientes criterios:

a. Especialidad en la asignatura b. Categoría c. Grado Académico d. Adscripción a la Facultad u otras Facultades e. Antigüedad en la Universidad

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f. Evaluación de Desempeño Docente en el Semestre Académico anterior.

B. Cada Director de Escuela Académico Profesional, Filial o SADs,

elevará la Carga Lectiva de Profesores Nombrados al Decano respectivo, quien elevará al Consejo de Facultad para su aprobación respectiva, hasta 30 días antes del inicio de las clases del Semestre Académico respectivo

5.2.3.2. De Profesores Contratados

A. Entre 30 días antes del inicio de cada Semestre Académico, los Decanos conjuntamente con los Directores de Escuelas Profesionales, Filiales y SADs, realizarán entre otras las siguientes acciones para seleccionar a los profesores contratados:

a. Evaluación del Desempeño Docente de los profesores que

laboraron el Semestre Académico anterior. b. Selección por concurso de méritos de profesores para el

desarrollo de asignaturas vacantes. c. Elaboración de la Carga Lectiva de Profesores Contratados

para el Semestre Académico respectivo. En las Filiales y SADs se coordinará entre Escuelas Profesionales la adscripción de los profesores que atienden a varias escuelas diferentes deben hacerlo en la Facultad de su especialidad.

B. Los Directores de Escuela Profesional, Filial y SADs, elevarán la

Carga Lectiva de los Profesores Contratados al Decanato respectivo para su consolidación, revisión y aprobación. El Consejo de Facultad aprobará la Carga Lectiva hasta 30 días antes del inicio de las clases.

C. Los Decanos remitirán al Vicerrectorado Académico la Carga Lectiva Consolidada de su Facultad tanto de Profesores Nombrados y Contratados, correspondiente a la Sede Central, Filiales y SADs, para su revisión y consolidación por el Consejo Académico hasta 20 días antes del inicio de las clases.

D. El Vicerrectorado Académico remitirá al Consejo Universitario la Carga Lectiva Consolidada por Facultades y Filiales para su aprobación respectiva.

5.2.4. De la elaboración de los horarios

5.2.4.1. Cada Dirección de Escuela Académico Profesional, Dirección de Filial

y Dirección de SADs, elaboraran los horarios de clases, teniendo en consideración, las aulas asignadas, turnos y la Carga Lectiva y los publicarán en el SIGAA y las vitrinas.

5.2.4.2. Los criterios para la elaboración de horarios son los siguientes:

Turno.

Disponibilidad de aulas.

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VICERRECTORADO ACADÉMICO

Disponibilidad de laboratorios y Centros de Práctica Pre Profesional.

No debe existir en lo posible horas puentes.

Los horarios son aprobados por los Directores de las Escuelas Profesionales, Directores de Filiales y Coordinadores de SADs y publicados en el SIGAA y en las vitrinas de cada Escuela Profesional, antes del inicio de la matrícula.

El horario de los profesores nombrados a tiempo completo, debe contener además de las horas de clase: horas dedicadas a las actividades académicos como investigación, consejería, producción de material educativo, promoción educativa comunal, asesoría de tesis, evaluación, etc. Y serán distribuidas como mínimo en cinco días.

A ningún docente debe tener más de 07 horas de clases consecutivas por día.

Los horarios de los docentes de las Filiales y SADs deben ser remitidas a las Facultades oportunamente para efecto de supervisión y no tener más de 5 horas consecutivas con los mismos alumnos.

Una vez publicados los horarios, éstos ya no serán modificados. Los horarios serán publicados 20 días antes del inicio de las clases.

5.2.4.3. Cada Director de Escuela Profesional, Director de Filial o

Coordinador de SADs debe elaborar: Horarios de Clase, Horarios de Profesores y Horarios de Aulas y publicarlos en el SIGAA

5.2.4.4 Los Decanos, Directores de Escuela Profesional, Filiales y SADs deben supervisar el cumplimiento de los horarios.

5.3. De la Matrícula

5.3.1. La matrícula es el acto formal y voluntario que confiere la condición de alumno, y que implica el compromiso de cumplir con las condiciones vigentes contenidos en la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto y los Reglamentos de la Universidad.

5.3.2. La matrícula se realiza en las Escuelas y Programas Profesionales de cada

Facultad, Filial y SAD. El Plan de Estudios vigente servirá de referencia obligada para el proceso de matrícula.

5.3.3. El proceso de matrícula se iniciará previa publicación de los respectivos horarios

de clases, los cuales no se modificarán por ningún motivo. Salvo autorización expresa del Decano o Director de Filial o Coordinador de SADs.

5.3.4. La matrícula es por ciclos académicos o Año Lectivo y tiene dos modalidades:

a. Matrícula Regular : 12 ó más créditos b. Matrícula Especial: Menos de 12 créditos.

5.3.5. Durante el proceso de la matrícula, se debe tener en consideración: los requisitos, Procedimientos, cambio de matrícula, anulación de matrícula, reserva de matrícula, condiciones, traslados, convalidaciones, matrícula por segunda especialización, reanudación de estudios, limitación y cancelación de matrícula,

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aspectos contemplados en el Reglamento de Estudios. El Director de Escuela, Filial o SAD es el responsable de la matricula. Los Decanos supervisan la matricula.

5.3.6. El Cronograma de matrícula es el siguiente:

Semestre Académico Matrícula Ordinaria Matrícula Extemporánea 2014-0 02.01.14 al 10.01.14 13.01.14 al 28.01.14 Medicina 03.02.14 al 14.02.14 17.02.14 al 28.02.14 2014-I 03.03.14 al 17.03.14 18.03.14 al 31.03.14 2014-II 01.08.14 al 29.08.14 01.09.14 al 10.09.14

5.3.7. El 01.02.14, el 01.04.14; el 21.04.14 y el 04.09.14 respectivamente, la Oficina de Registro Técnico, cerrará el Sistema de Matrícula. El Decano, Director de Filial o Coordinador de SAD solicitará por oficio a la Oficina de Registro Técnico cualquier asunto relacionado con la matrícula.

5.4. Del Desarrollo Académico

5.4.1. El Semestre Académico 2014-0 se iniciará el 06.01.14 y culminará el 08.03.14; el

Semestre 2014-I se iniciará el 18.03.14 y culminará el 24.07.2014 y el Semestre Académico 2014-II se iniciará el 19.08.14 y culminará el 22.12.14. La Facultad de Medicina Humana realizará su programación académica.

5.4.2 Tanto en la Sede Central, como en las Filiales y SADs, se realizarán la “Ceremonia Académica de Apertura del Semestre Académico” respectivo, en forma obligatoria, quedando prohibido realizar otras ceremonias por facultad o escuelas.

5.4.3. Los profesores deberán entregar los sílabos de las asignaturas a su cargo a la Dirección de Escuela o Coordinación de la Escuela Profesionales en las Filiales y SADs impresos en letra Arial, tamaño 12 y en formato A-4 hasta 12 días antes del inicio de clases y serán publicados en el SIGAA.

5.4.4 Los Directores o Coordinadores de Escuela aprobarán los Sílabos presentados, lo consolidarán y lo publicarán en el SIGAA de la Universidad y dispondrán su impresión física

5.4.5. Los sílabos serán distribuidos a los alumnos el primer día de clase. 5.4.6. Los Decanos, Directores y Coordinadores supervisarán y monitorean el

desarrollo académico de su Escuela Profesional. 5.4.7 La Facultad de Medicina Humana elaborará su respectivo cronograma de

actividades educativas en forma anual. 5.4.8. Los Decanos, Directores Generales de Filial y SADs y Dirección de Postgrado,

programará reuniones de trabajo académico mensuales con los Directores y Coordinadores de las Escuelas Profesionales.

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VICERRECTORADO ACADÉMICO

5.5. De la Evaluación

5.5.1. De los Exámenes Parciales

5.5.3.1. Los Cronogramas de las Evaluaciones Parciales es de responsabilidad del Director o Coordinador de cada Escuela Profesional y serán publicados en las vitrinas correspondientes y en el SIGAA.

5.5.3.2. Los cronogramas de las exámenes se establecerán en las siguientes fechas

Sem. Acad. I Examen Parcial II Examen Parcial Examen Aplazados 2014-0 03 al 07.02.14 28.02 al 07.03.14 10 al 14.03.14 2014-I 19 al 23.05.14 14 al 18.07.14 21 al 25.07.14 2014-II 20 al 24.10.14 12 al 17.12.14 18 al 22.12.14 5.5.3.3. Los profesores ingresarán sus notas al SIGAA dentro de los diez (10)

días posteriores a los exámenes y entregarán al Director o Coordinar de Escuela Profesional en un plazo máximo de 15 días después de administrado el examen parcial los listines de las evaluaciones de sus asignaturas.

5.5.3.4. Los Directores y Coordinadores de cada Escuela Profesional publicarán en las vitrinas de su Escuela Profesional los listines de notas correspondientes al Examen Parcial.

5.5.3.5. La Oficina de Registro Técnico cerrará el ingreso de notas al SIGAA, un (01) día después del plazo máximo de ingreso de notas otorgado a los profesores

5.5.2 De la Publicación de las Notas Promocionales

5.5.2.1. Los profesores ingresarán las notas promocionales al SIGAA y

entregarán los listines de las notas promocionales de las asignaturas a su cargo a los Directores o Coordinadores de su Escuela Profesional, para su publicación en las vitrinas correspondientes.

5.5.2.2 Los listines de las notas promocionales serán publicadas dos días después de tomados los II Exámenes Parciales.

5.5.2.3 Solo se publicará las notas de los alumnos que estén al día en sus pagos de pensiones; A cada docente se le entregará la lista de los alumnos que adeudan por concepto de pago de pensiones. La Oficina de Cobranzas es la responsable de la entrega de la lista de alumnos deudores.

5.5.2.4 Los profesores no deben evaluar a los alumnos que no figuren su nombre en el Sistema Web, bajo responsabilidad de ser sancionado.

5.5.3 Del Examen de Aplazados

5.5.3.1 Los profesores de asignatura publicarán la lista de alumnos que pasan al

examen de aplazados, así como la fecha, hora y aula que se tomará dicho examen, teniendo en cuenta su horario de clases.

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5.5.3.2 Los Directores y coordinadores de las Escuelas Profesionales, supervisarán dicho examen y coordinarán con los profesores para evitar cruce de horarios.

5.5.3.3. Sólo se tomará examen de aplazados a los alumnos que estén al día en el pago de sus pensiones de enseñanza y presenten el recibo por concepto de examen de aplazados, bajo responsabilidad del profesor.

5.5.3.4. El examen de aplazados solo se tomará en la fecha programada.

5.5.4. Publicación de las notas finales de asignatura

5.5.4.1 Cada profesor entregará el listín firmado de las notas finales al Director o Coordinador de su Escuela Profesional para su publicación en la vitrina correspondiente.

5.5.4.2 Las notas finales serán publicadas al término de los II Exámenes Parciales o Exámenes de Aplazados de cada Semestre Académico correspondientes.

5.5.4.3 Sólo serán publicadas las notas de los alumnos que estén al día en el pago de sus pensiones; a cada profesor se les hará entrega de la lista de alumnos que adeudan sus pensiones de enseñanza.

5.5.5. Entrega de los documentos oficiales de evaluación

5.5.5.1 Cada profesor entregará los documentos oficiales de evaluación,

registros y actas, al Director de Escuela en la Sede Central y al responsable del Área de Registro Técnico, en Filiales y SADs, además entregará los recibos correspondientes a los exámenes de aplazados.

5.5.5.2 El cronograma de entrega de los documentos oficiales de evaluación de

los profesores al Director de Escuela o responsable del Área de Registro Técnico será el siguiente:

Semestre Académico 2014 – 0 05 al 11.03.2014 Semestre Académico 2014 – I 22 al 24.07.2014 Semestre Académico 2014 – II 23 al 29.12.2014

5.5.5.3 En la Sede Central el Director de Escuela Profesional remitirá al Decano y en las Filiales y SADs el Jefe del Área de Registro Técnico remitirá Director de Filial o SADs, la lista de los profesores que han cumplido con la entrega de sus documentos oficiales de Evaluación, quienes a su vez remitirán la lista a la Oficina de Personal, la cual ordenará de inmediato su pago de haberes.

5.5.6. Sobre los reclamos de notas

5.5.6.1. Los alumnos que no están conformes con sus notas correspondientes a

los Exámenes Parciales y/o Promociónales harán sus reclamos a sus respectivos profesores en primera instancia, de persistir el reclamo lo harán a su Director o Coordinador de Escuela; quién absolverá el reclamo.

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VICERRECTORADO ACADÉMICO

5.5.6.2. Los alumnos que no están conformes con sus notas finales deberán presentar una solicitud de reclamo ante la Dirección de la Escuela Profesional o Dirección de Filial o SADs entre los 15 días posteriores al término del Semestre Académico, quienes previo análisis del caso emitirán el dictamen correspondiente.

5.5.6.3. El alumno de no estar conforme con el dictamen correspondiente elevará su solicitud de reclamo al Decano, quién emitirá su dictamen en última instancia.

5.5.7. Entrega de las Boletas de Notas

Las Boletas de Notas serán entregadas a la Dirección de Escuela de la Facultad, Filial o SAD a partir de 5 días posteriores de la culminación del Semestre Académico. Para lo cual el alumno debe presentar el recibo de pago correspondiente.

5.5.8. Sobre la remisión de las Actas a la Sede Central

Las Actas de Evaluación serán remitidas al Decanato hasta 15 días posteriores al término del Semestre Académico y el Decanato al Vicerrectorado Académico hasta quince días posteriores al término del Semestre Académico.

5.6. De las Áreas de Servicios Académicos

5.6.1. A partir del presente Año Lectivo se implementarán en cada Facultad, Filial y SAD las Coordinaciones de las Áreas de Consejería, Investigación, Capacitación, Convenios Internacionales, Acreditación, y de Extensión Universitaria y Proyección Social, todo a fin de atender con mejor eficacia los servicios educativos que presta la USP. A cada área se le asignará un máximo de ocho (08) horas semanal mensual por unidad académica (Facultad, Filial, SAD)

5.6.2. El Área de Consejería tendrá como finalidad atender los problemas y necesidades de los alumnos de carácter socio emocional, vocacional, problemas de aprendizaje, personales y de grupo. Progresivamente se implementará el Departamento de Psicopedagogía.

5.6.3. El Área de Investigación tendrá como finalidad, desarrollar actividades de creación del conocimiento y de producción intelectual conjuntas entre profesores, estudiantes, graduados y miembros de la comunidad que contribuyan al conocimiento científico de la realidad de la Región y por ende a la solución de sus problemas en los diferentes ámbitos; así como al desarrollo de las carreras profesionales que ofrece la USP

5.6.4. El Área de Capacitación, tiene como finalidad capacitar, actualizar y perfeccionar al personal docente y administrativo en los aspectos fundamentales de la dirección del proceso de enseñanza - aprendizaje y de la gestión académica y administrativa de la USP.

5.6.5. El Área de Extensión Universitaria y Proyección Social tiene como finalidad realizar la vinculación de la Universidad con su entorno, a través del establecimiento de alianzas estratégicas para resolver los problemas de desarrollo de la comunidad y de la Región respectiva.

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5.6.6. El Área de Evaluación y Acreditación Universitaria, tiene como objeto implementar el Sistema de Calidad Educativa en la Facultad, Filial o SAD, a través de la implementación de los laboratorios, bibliotecas, aula multimedia, portales y redes educativas, perfeccionamiento de los currículos de las Escuelas Profesionales.

Disposición Transitoria Las actividades académicas de Postgrado, Programas Académicos no Universitarios, Cursos de Titulación, PAED y Diplomados, serán programados por la unidad académica respectiva.

Chimbote, Noviembre del 2013

Dr. Gilmer Augusto Díaz Tello

Vicerrector Académico