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1 DIRECTIVA Nº 02- 2014-OPP-OGPD-UNA Normas y Procedimientos para la Formulación, Aprobación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Anual (POA) de las Unidades Académicas y Administrativas y Plan Operativo Institucional (POI) de la Universidad Nacional del Altiplano. Año - 2015 I. GENERALIDADES La presente Directiva sirve para orientar el proceso de planeamiento académico, administrativo y económico, convirtiendo los proyectos, actividades institucionales en objetivos y metas evaluables a corto plazo que contribuyan de manera efectiva al fortalecimiento institucional. El Plan Operativo Institucional para el año 2015, es un documento de gestión para la Planificación, tiene carácter técnico y operativo que permite llevar a cabo la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Universidad Nacional del Altiplano, a fin de optimizar la utilización de los recursos públicos y hacer posible el logro de los objetivos por resultados, II. OBJETIVOS 2.1 Definir los niveles de coordinación para la formulación, aprobación y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI). 2.2 Uniformizar criterios y procedimientos mediante la dación de un instrumento de gestión a ser utilizado por las distintas unidades académicas y administrativas pertenecientes a la Universidad para la formulación de su Plan Operativo Anual (POA). 2.3 Articular el Plan Operativo Institucional de la Universidad Nacional del Altiplano, y los planes operativos anuales de las unidades académicas y unidades administrativas, al Plan Estratégico Institucional 2010-2015, las políticas de Estado contenidas en el Plan Bicentenario 2021 y el Proyecto Educativo Nacional al 2021 de acuerdo al ámbito universitario, para evaluar el cumplimiento. III. BASE LEGAL Constitución Política del Perú. Ley Nº 30220 – Ley Universitaria. Ley Nº 27245 – Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y Modificatorias Ley Nº 27658 – Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado. Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Ley Nº 29091 – Ley que establece la publicación de diversos dispositivos legales en el Portal del Estado Peruano y Portales Institucionales. Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema de Presupuesto. Ley Nº 27245 – Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal. Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM Establece las Políticas Nacionales de Obligatorio cumplimiento para las entidades estatales. Plan Bicentenario El Perú hacia el 2021 Proyecto Educativo Nacional al 2021 Directiva N° 001 – 2014 - CEPLAN Resolución Rectoral Nº 09-2005-AU-UNA Estatuto Universitario de la UNA. Resolución Rectoral Nº 1083-2000-R-UNA-2000 – Reglamento de Organización y Funciones de la UNA Resolución Rectoral Nº 2813-2010-R-UNA - Plan Estratégico Institucional 2010-2015 de la UNA. IV. FINALIDAD Elaborar el Plan Operativo Institucional (POI) de la Universidad y el Plan Operativo Anual (POA) para las unidades académicas y administrativas.

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DIRECTIVA Nº 02- 2014-OPP-OGPD-UNA

Normas y Procedimientos para la Formulación, Aprobación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Anual

(POA) de las Unidades Académicas y Administrativas y Plan Operativo Institucional (POI) de la Universidad

Nacional del Altiplano. Año - 2015

I. GENERALIDADES

La presente Directiva sirve para orientar el proceso de planeamiento académico, administrativo y económico, convirtiendo los proyectos, actividades institucionales en objetivos y metas evaluables a corto plazo que contribuyan de manera efectiva al fortalecimiento institucional. El Plan Operativo Institucional para el año 2015, es un documento de gestión para la Planificación, tiene carácter técnico y operativo que permite llevar a cabo la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Universidad Nacional del Altiplano, a fin de optimizar la utilización de los recursos públicos y hacer posible el logro de los objetivos por resultados,

II. OBJETIVOS

2.1 Definir los niveles de coordinación para la formulación, aprobación y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI).

2.2 Uniformizar criterios y procedimientos mediante la dación de un instrumento de gestión a ser utilizado por las distintas unidades académicas y administrativas pertenecientes a la Universidad para la formulación de su Plan Operativo Anual (POA).

2.3 Articular el Plan Operativo Institucional de la Universidad Nacional del Altiplano, y los planes operativos anuales de las unidades académicas y unidades administrativas, al Plan Estratégico Institucional 2010-2015, las políticas de Estado contenidas en el Plan Bicentenario 2021 y el Proyecto Educativo Nacional al 2021 de acuerdo al ámbito universitario, para evaluar el cumplimiento.

III. BASE LEGAL

� Constitución Política del Perú. � Ley Nº 30220 – Ley Universitaria. � Ley Nº 27245 – Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y Modificatorias � Ley Nº 27658 – Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado. � Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. � Ley Nº 29091 – Ley que establece la publicación de diversos dispositivos legales en el Portal del Estado

Peruano y Portales Institucionales. � Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema de Presupuesto. � Ley Nº 27245 – Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal. � Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM Establece las Políticas Nacionales de Obligatorio cumplimiento para las

entidades estatales. � Plan Bicentenario El Perú hacia el 2021 � Proyecto Educativo Nacional al 2021 � Directiva N° 001 – 2014 - CEPLAN � Resolución Rectoral Nº 09-2005-AU-UNA Estatuto Universitario de la UNA. � Resolución Rectoral Nº 1083-2000-R-UNA-2000 – Reglamento de Organización y Funciones de la UNA � Resolución Rectoral Nº 2813-2010-R-UNA - Plan Estratégico Institucional 2010-2015 de la UNA.

IV. FINALIDAD

Elaborar el Plan Operativo Institucional (POI) de la Universidad y el Plan Operativo Anual (POA) para las unidades académicas y administrativas.

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V. ALCANCE La presente Directiva es de aplicación obligatoria para todos los órganos, unidades académicas y unidades administrativas ejecutoras de presupuesto, de la Universidad Nacional del Altiplano.

VI. RESPONSABILIDADES

6.1. Velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en esta Directiva será responsabilidad de la Oficina General de Planificación y Desarrollo de la Universidad Nacional del Altiplano.

6.2. Es responsabilidad de los Decanos, Directores de Escuela Profesional, Director de la Escuela de Posgrado, Directores de las Maestrías, Director del programa de Doctorado y Jefes de las demás Unidades Orgánicas pertenecientes a la UNA, cumplir oportunamente con la entrega del POA - 2015 dentro de los plazos determinados por la Oficina General de Planificación y Desarrollo, según lo dispuesto en la presente Directiva.

VII. DISPOSICIONES GENERALES

7.1. El Plan Operativo Institucional es el documento elaborado por las unidades académicas y administrativas de

la Universidad, que toma como base la información generada en el Plan Estratégico Institucional. Este documento desagrega las acciones estratégicas identificadas en el PEI en actividades para un periodo determinado. Esta información contribuirá a la gestión de la entidad para el logro de sus objetivos estratégicos. Asimismo, la acción estratégica debe vincularse con el Sistema de Presupuesto Público.

7.2. En la etapa de formulación y programación se encuentran involucrados y comprometidos los órganos, unidades académicas y unidades administrativas, pertenecientes al Pliego 520 Universidad Nacional del Altiplano, por lo que tienen la responsabilidad de proporcionar los insumos necesarios para su elaboración, los mismos que estarán contenidos en su Plan Operativo Anual 2015, a fin de garantizar el logro de los objetivos institucionales.

7.3. Cada Órgano, Unidad Académica y Unidad Administrativa es responsable de la formulación, programación, priorización y ejecución de sus tareas para el logro de sus objetivos, las cuales deberán estar enmarcadas dentro del Plan Estratégico vigente y contenidas en su Plan Operativo Anual 2015.

7.4. La formulación y aprobación, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional se sustenta en los principios de objetividad, transparencia, integridad y participación de tal manera que el producto final apoye la toma de decisiones.

7.5. La Oficina General de Planificación y Desarrollo revisará la priorización, duplicidad o superposición de las referidas tareas, así como la propuesta de los indicadores; y consolidará el documento denominado Plan Operativo Institucional - año 2015, a ser propuesto para su aprobación mediante Resolución Rectoral.

7.6. El Plan Operativo Institucional de la Universidad Nacional del Altiplano tendrá la siguiente estructura:

Estructura del Plan Operativo Institucional (POI)

(Utilizado por la Oficina General de Planificación y Desarrollo)

Introducción I. Base legal II. Organización Institucional III. Marco Estratégico (visión, misión, objetivos) IV. Diagnóstico Situacional (análisis FODA) V. Marco Presupuestario VI. Programación física y financiera de las metas institucionales.

VIII. FORMULACIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL

8.1. Para la formulación de los planes operativos de las unidades académicas, administrativas, centros de producción y prestación de servicios de la UNA, tomarán en cuenta los objetivos estratégicos, lineamientos de política institucional enmarcados en el Plan Estratégico Institucional aprobado por la Asamblea

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Universitaria, a la política emanada del CONEAU para la acreditación y certificación educativa (Ley 28740).y lo establecido en la política del CEPLAN.

8.2. Cada Órgano, Unidad Académica, Unidad Administrativa, tendrá que elaborar un diagnóstico situacional, determinando las perspectivas de avance para el siguiente periodo, en relación a los objetivos propuestos.

8.3. De esta manera se programará y priorizará, en razón a su competencia, las tareas relacionadas directamente con los objetivos específicos establecidos en el Plan Estratégico Institucional – PEI, de modo tal que se asegure el respectivo alineamiento.

8.4. Las unidades académicas y administrativas deben remitir el POA 2015 a la Oficina General de Planificación y Desarrollo, en esta etapa deben cumplir con remitirlo de acuerdo al siguiente esquema: Estructura del Plan Operativo Anual 2015 (POA 2015) (Unidades académicas) I. Generalidades

1.1. Estructura orgánica 1.2. Funciones (De acuerdo al ROF) 1.3. Misión

II. Diagnóstico situacional 2.1. Evaluación final del POA 2014 2.2. Análisis Interno 2.3. Análisis Externo 2.4. Matriz FODA

III. Indicadores 3.1. Objetivos alineados al Plan Estratégico Institucional 3.2. Objetivos de corto plazo 3.3. Indicadores

IV. Tareas Actividades priorizadas: 4.1. Enseñanza aprendizaje Tarea 1 Evaluación, elaboración y/o actualización de documentos de gestión Tarea 2 Incorporación de nuevos estudiantes, de acuerdo al perfil Tarea 3 Implementar acciones de tutoría Tarea 4 Capacitación Docente Tarea 5 Actualización de material bibliográfico 4.2. Investigación Tarea 1 Definir líneas de investigación Tarea 2 Cursos de actualización en investigación Tarea 3 Publicación de artículos de investigación 4.3. Proyección Social Tarea 1 Desarrollo de proyectos de proyección social Tarea 2 Evaluación de proyectos de proyección social 4.4. Extensión Cultural Tarea 1 Desarrollo de proyectos de extensión cultural Tarea 2 Evaluar los proyectos de extensión cultural 4.5. Gestión Administrativa Tarea 1 Funcionamiento Unidad académica Tarea 2 Pago de servicios básicos Tarea 3 Funcionamiento Decanato Tarea 4 Capacitación personal administrativo

V. Anexos Sustento

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Estructura del Plan Operativo Anual 2015 (POA 2015) (Unidades administrativas)

I. Generalidades

1.1. Estructura orgánica 1.2. Funciones (ROF) 1.3. Misión

II. Diagnóstico situacional

2.1. Evaluación POA 2014 2.2. Análisis Interno 2.3. Análisis Externo 2.4. Matriz FODA

III. Indicadores

3.1. Objetivos del Plan Estratégico institucional (relacionados con la unidad administrativa) 3.2. Objetivos de corto plazo 3.3. Indicadores

IV. Tareas

Actividades priorizadas de acuerdo a las funciones generales de su dependencia.

V. Anexos Sustento

8.5. La presentación del proyecto de Plan Operativo Anual 2015, es de acuerdo a la estructura correspondiente y

para los anexos utilizar los formatos contenidos en el Software POA 2015, teniendo en cuenta las disposiciones de la presente Directiva y el siguiente cronograma:

ACTIVIDAD FECHA RESPONSABLES Remisión del Plan Operativo Anual 2015

Hasta los 10 días del mes de noviembre.

Cada Unidad Académica y Unidad Administrativa y otros pertenecientes a la UNA.

Revisión Final y aprobación del POI mediante resolución Rectoral.

Hasta los 15 días del mes de diciembre.

Oficina General de Planificación y Desarrollo.

Para la Etapa de formulación y programación del Plan Operativo Anual 2015, se debe utilizar necesariamente el navegador web Google Chrome o Mozilla Firefox, actualizado a su más reciente versión. Una vez abierto el navegador web, en la barra de direcciones escribimos la dirección del Sistema de Información: apps.unap.edu.pe/poa/planificacion, a fin de hacer un registro oportuno de la programación y costeo de tareas. El Tutorial para el manejo del Software se encuentra en la misma dirección. Utilizando el Software, imprimir el formato (llenado): Evaluación del POA 2014; Plan Operativo 2015 – Matriz de Programación. Para las unidades orgánicas que tienen Recursos Directamente Recaudados, imprimir el formato (llenado) Estimación de ingresos 2015 (Fuente de Financiamiento R.D.R.) Redactar la respectiva justificación, adjuntando Ficha Descriptiva de cada Tarea programada en su POA 2015 y el Cuadro de Necesidades Cuantificado 2015 (RO y RDR)

IX. SEGUIMIENTO 9.1. Sobre el seguimiento

9.1.1. El seguimiento es el proceso mediante el cual se observará los avances respecto al cumplimiento de

las metas físicas en un determinado momento del año. El seguimiento será llevado a cabo trimestralmente por la Oficina General de Planificación y Desarrollo.

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9.1.2. Cada Órgano, Unidad Académica y Unidad Administrativa, de la UNA entregará a la Oficina General de Planificación y Desarrollo el Formato de Evaluación de Metas Físicas del Plan Operativo (Software: menú principal - evaluación )

9.1.3. Una vez analizada la información proporcionada a ésta oficina, se podrá emitir alertas, y/o recomendaciones a cualquiera de las Unidades Académicas y Unidades Administrativas, pertenecientes a la Universidad, que no haya cumplido con las tareas programadas dentro del periodo de evaluación; asimismo, estas alertas podrán realizarse de haberse efectuado tareas no programadas.

9.2. Sobre la Evaluación

9.2.1. La evaluación del Plan Operativo Institucional se llevará a cabo semestral y anualmente, determinando para ello, el impacto de las tareas realizadas, sobre el cumplimiento de los indicadores y los objetivos, emitiendo las recomendaciones respectivas.

9.2.2. En esta etapa, la Oficina General de Planificación y Desarrollo evaluará el avance del indicador por Objetivo Específico y el cumplimiento de las metas físicas programadas para un determinado periodo de tiempo.

9.2.3. Cada Órgano, Unidad Académica y Unidad Administrativa pertenecientes al pliego 520 Universidad Nacional del Altiplano, entregará la información requerida dentro de los plazos establecidos para la evaluación de los indicadores de los Objetivos Específicos y cumplimiento de las metas físicas, de su competencia, consignados en el Plan Operativo Institucional.

9.2.4. La información requerida por esta Oficina, para realizar la evaluación semestral y anual del Plan Operativo Institucional, se elevará mediante un informe, el mismo que deberá contener los siguientes puntos: ESQUEMA DEL INFORME INFORMACION MINIMAMENTE NECESARIA

1. Generalidades Descripción de los procesos de acuerdo a sus competencias.

2. Resumen Ejecutivo Resumen de los principales logros, problemas y medidas correctivas adoptadas. Adjuntar formato Evaluación.

3. Logros por Objetivo Específico. Determinar el impacto de las tareas sobre el objetivo específico, midiendo el avance del indicador. Se debe mencionar a la población beneficiaria.

4. Problemas y medidas correctivas.

Determinar los factores que limitaron, postergaron o suspendieron las tareas programadas, así como las medidas correctivas adoptadas en pro del cumplimiento del indicador y el objetivo trazado.

5. Conclusiones.

9.3. Para los Reportes de Seguimiento Trimestral y el Informe de Evaluación deberá presentar los formatos contenidos en el Software POA 2015; teniendo en cuenta las disposiciones de la presente Directiva y el siguiente cronograma:

Actividad Fecha Responsables Entrega de los formatos de seguimiento del primer trimestre (enero, febrero y marzo)

Dentro de los quince (10) primeros días después de finalizado el primer trimestre.

Cada Órgano, Unidad Académica y Unidad Administrativa.

Entrega de Informe de Seguimiento al primer trimestre.

Hasta los diez (15) días después de recepcionada la información insumo.

Oficina General de Planificación y Desarrollo.

Entrega del Informe de Evaluación Semestral (enero – junio)

Dentro de los veinticinco (25) primeros días después de finalizado el semestre.

Cada Órgano, Unidad Académica, Unidad Administrativa.

Entrega de Informe de Hasta los quince (15) días Oficina General de

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Evaluación Semestral de la Universidad Nacional del Altiplano.

después de recepcionada la información insumo.

Planificación y Desarrollo.

Entrega de los formatos de Seguimiento del tercer trimestre (julio, agosto y setiembre)

Dentro de los quince (10) primeros días después de finalizado el tercer trimestre

Cada Órgano, Unidad Académica, Unidad Administrativa de la UNA.

Entrega del Informe de Seguimiento al tercer trimestre.

Hasta los Diez (15) días después de recepcionada la información insumo.

Oficina General de Planificación y Desarrollo.

Entrega del Informe de evaluación Anual

Dentro del veinticinco (25) primeros días después de finalizado el año.

Cada Órgano, Unidad Académica, Unidad Administrativa de la UNA.

Entrega del informe de Evaluación Anual de la Universidad Nacional del Altiplano

Hasta los veinte (20) días después de recepcionada la información insumo.

Oficina General de Planificación y Desarrollo.

9.4. Sobre las tareas no programadas.

9.4.1. En el caso de existir la necesidad de ejecutarse una tarea no programadas con Recursos Directamente Recaudados, deberá elaborar una Ficha Adicional y remitirla a la Oficina de Planificación y Desarrollo, por el responsable del Órgano, Unidad Académica, Unidad Administrativa, pertenecientes al Pliego 520: Universidad Nacional del Altiplano.

9.4.2. Las tareas no programadas no serán evaluadas por la Oficina General de Planificación y Desarrollo, ya que las mismas denotan que la programación inicial fue poco precisa, empero serán mencionadas en el informe de Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional, proporcionando las alertas respectivas.

9.4.3. Cualquier reformulación en el Plan Operativo Institucional se dará mediante Resolución Rectoral, lo que deberá contar con un Informe Técnico que acredite su necesidad, emitido por la Oficina General de Planificación y Desarrollo.

X. TALLERES Y ASESORÍA PERMANENTE

10.1. La Oficina General de Planificación y Desarrollo comunicará la realización de los talleres relacionados a la

formulación y evaluación del Plan Operativo Institucional. 10.2. En los talleres de formulación se brindará conocimiento técnico actualizado a los responsables de la

elaboración de los documentos y/o informes relacionados al Plan Operativo Institucional. 10.3. La Oficina General de Planificación y Desarrollo brindará asistencia técnica permanente a los Órganos,

Unidades Académicas, Unidades Administrativas y otros pertenecientes al Pliego 520: Universidad Nacional del Altiplano.

XI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

11.1.Los documentos y/o informes enviados físicamente a la Oficina General de Planificación y Desarrollo,

deberán estar visados, sellados y foliados por el responsable de su elaboración, así como firmados por el titular o responsable del Órgano, Unidad Académica, Unidad Administrativa y Otros, pertenecientes al Pliego 520.

XII. DISPOSICIONES FINALES

12.1. La ejecución del Plan Operativo Institucional se iniciará desde el primer día del mes de enero hasta el 31 de

diciembre del presente año fiscal. 12.2. Las disposiciones establecidas en la presente Directiva son de carácter obligatorio y entrarán en vigencia a

partir del día siguiente de su aprobación, siendo aplicables para el Plan Operativo Institucional vigente, así como para la formulación del Plan Operativo Institucional del siguiente periodo.

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12.3. Los aspectos no contemplados serán solucionados por la Oficina General de Planificación y Desarrollo de la Universidad Nacional del Altiplano, mediante instructivos y/o modificaciones de la presente Directiva.

XIII. ANEXOS

Anexo Nº 1 Glosario de Términos

Actividad: representa la producción de bienes y/o servicios orientados al cumplimiento de un determinado objetivo. Para su logro se deben realizar un conjunto de tareas interrelacionadas y secuenciales. Actividades: Conjunto articulado de tareas interrelacionadas y secuenciales que consumen los insumos necesarios (recursos físicos, humanos y financieros), para la generación de los Productos. Es permanente y continua en el tiempo.

Crédito Presupuestario: Es la asignación de recursos contenidos en la Ley Anual de Presupuesto, aprobados para una determinada Entidad del Sector Público y dirigidos a financiar gastos de metas establecidas en el Presupuesto Institucional. Crédito Suplementario: Es una modificación presupuestaria que se efectúa en el Nivel Institucional, por efecto de un incremento en la estimación y/o en la ejecución de ingresos debiendo ser aprobado por Ley. Dependencia: Es aquel órgano o unidad orgánica administrativa, subordinado a un titular de Pliego, que cumple funciones claramente establecidas en los documentos de gestión institucional de la Entidad, en calidad de órgano o unidad orgánica de apoyo, de asesoramiento, de línea o de otra naturaleza. Eficacia: Capacidad de lograr la formación. Eficiencia: Capacidad de lograr la ejecución de metas física con el mínimo de recursos y tiempos disponibles, implica optimización de los recursos. Efectividad: Capacidad de lograr objetivos planteados. Estrategia: Curso de acción conscientemente deseado y determinado de forma anticipada, con la finalidad de asegurar el logro de los Objetivos Estratégicos. Estructura Funcional Programática: está referida a la definición de la función, Programa, Sub-Programa, Actividad, Proyecto y Componente Presupuestario.

Fuentes de Financiamiento: Clasificación presupuestaria de los Ingresos del Estado. De acuerdo al origen de los recursos que comprende cada Fuente de Financiamiento, se distinguen en : recursos ordinarios, canon y Sobrecanon, Participación en Rentas de Aduanas, Contribuciones a Fondos, Fondo de Compensación Municipal, Otros impuestos Municipales, recursos Directamente recaudados, recursos por Operaciones oficiales de Crédito Interno, Recursos por Operaciones oficiales de Crédito Externo, y, Donaciones y Transferencias. Genérica de gasto: Nivel Mayor de agregación que identifica el conjunto homogéneo, claro y ordenado de los gastos en recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, así como los bienes, servicios y obras públicas que las entidades públicas contratarán, adquieren o realizan para la consecución de sus objetivos institucionales. Indicador: Constituye una medida para comparar los avances o resultados obtenidos con relación a un determinado objetivo. Se construyen como respuesta a preguntas que se deben formular sobre las ideas fuerza contenidas en el objetivo. Debe contener características de cantidad, calidad y tiempo. Las metas expresan el nivel de desempeño a alcanzar y se vinculan a los indicadores; proveen la base para el planteamiento operativo y el presupuesto.

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Meta Institucional: Unidad Básica de asignación de recursos públicos conforme a la definición de Meta Presupuestaria de la Estructura Funcional Programática del MEF. Meta Presupuestaria: Es la expresión concreta y cuantificables que caracteriza el producto o productos finales de las Actividades y Proyectos establecidos para el año fiscal. Meta Física: productos de cada tarea programada por actividad. Se expresa en cantidades predeterminadas en la unidad de medida. Meta presupuestal: son unidades básicas de egresos, generados para la consecución de actividades y proyectos. (MEF) Objetivo: es el cambio que se espera producir con la realización de programas, proyectos, actividades y tareas. Propósito al cual se orientan los esfuerzos y recursos para dar cumplimiento a la misión. Objetivo Estratégico General: es el cambio que se espera producir respecto del problema central identificado en el Pliego y de la mejora que se debe producir. Se asocia con el Planeamiento Estratégico Institucional – PEI (mediano Plazo) Objetivo Estratégico Específico: situación que se espera alcanzar en el corto plazo (1 año). Se asocia al Plan Operativo Institucional, y concurre al cumplimiento de objetivos estratégicos generales contemplado en el PEI. Plan Estratégico Institucional: Instrumento orientador de la gestión estratégica, formulado desde una perspectiva temporal mayor al corto plazo, que enuncia la Misión, Visión, los Objetivos Estratégicos y la metas en el ámbito institucional. Plan Operativo Institucional: Instrumento de gestión operativa que contiene los procesos a desarrollar a corto plazo, precisando la tareas necesarias, así como el uso de recursos, para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para cada año fiscal, a nivel de cada órgano, en concordancia con los objetivos y metas establecidas en el PEI. Pliego Presupuestario: Toda entidad pública que recibe una Asignación Presupuestaria en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público. Desde el punto de vista operativo, los Pliegos Presupuestarios son los organismos ejecutores responsables del cumplimiento de la Metas presupuestarias y del logro de los Objetivos Institucionales trazados para cada Año Fiscal, responsabilizándose igualmente de la atención de los gastos adicionales no contemplados en disponibilidad presupuestaria y financiera existente. Presupuesto Institucional de Apertura (PIA): Presupuesto inicial de la entidad pública aprobado por su respectivo Titular con cargo a los créditos presupuestarios establecidos en la Ley anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal respectivo. Productos: Representan los bienes y servicios que entrega el Programa para lograr el Resultado Específico. Los Productos se pueden lograr o completar mediante la realización de un conjunto articulado de Actividades. Los productos son la consecuencia de haber realizado, según las especificaciones técnicas, las actividades y tareas, correspondientes en el tiempo y magnitud prevista. Programa Presupuestal: Instrumento del presupuesto por Resultados (PpR) que consiste en la provisión de un conjunto de productos (bienes y servicios que reciben sus beneficiarios) mediante el desarrollo de actividades integradas y articuladas, que atacan las principales causas de un problema específico que afecta a una población objetivo. Programa: Es un conjunto de actividades necesarias, integradas y articuladas que proveen productos (bienes y/o servicios), tendientes a lograr un resultado específico en una población objetivo y que por esta vía resuelve el problema que dio origen al mismo. Proyecto: Conjunto de intervenciones limitadas en el tiempo, de las cuales resulta un producto final (Metas Presupuestarias), que concurre a la expansión de la acción del Gobierno. Representa la creación, ampliación, mejora, modernización y/o recuperación de la capacidad de producción de bienes y ser vicios, implicando la

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variación sustancial o el cambio de procesos y/o tecnología utilizada por la entidad pública. Luego de su culminación, generalmente se integra o da origen a una Actividad. Recursos Públicos: Son Todos los recursos que administran las Entidades del Sector Público para el logro de sus objetivos Institucionales, debidamente expresados a nivel de Metas Presupuestarias, Los recursos Públicos se desagregan a nivel de fuentes de Financiamiento y se registran a nivel de categoría de ingreso, Genérica de Ingreso, Sub-genérica de Ingreso y Específica de Ingreso. Resultado Final: Es un cambio en las condiciones, cualidades o características inherentes de la población (Ciudadanos); del entorno en el que se desenvuelven o de las instituciones/organizaciones que la sirven, tanto del sector público como privado. El resultado Final constituye el punto de partida para la formulación de Estrategias y/o Programas Presupuestales que permiten la operatividad de las intervenciones, a favor de dicha población. Resultado Específico: Es el cambio que se busca alcanzar en la población objetivo (conjunto de individuos al cual está dirigido el producto) y contribuye al logro de un resultado final asociado a un objetivo de política pública. Tarea: Conjunto de acciones interrelacionadas que permiten cumplir con una determinada actividad. Titular de Pliego: Es la más alta autoridad ejecutiva de una Entidad. Es el responsable del cumplimiento de las metas presupuestarias determinadas para un Año Fiscal, en función a los Objetivos Institucionales definidos para el mismo periodo. Unidad de Medida: expresión para medir los logros que se esperan alcanzar con la realización de una tarea. Debe ser precisa, cuantificable y verificable.

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3762-20L4-R-UNA

Puno,06 de noviembre del2014

VISTOS:

El Memorandum N" 839-2014-SG-UNA de fecha 05 de noviembre del presente añ0, emitido por Secretaria General de esta

Casa Superior de Estudios, que transcribe el acuerdo de Consejo Universiiario Extraordinario del 03 de noviembre del2014;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N' 659-2014-OGPD-UNA-P de fecha 31 de octubre del presente año, cursado por el Jefe de la Oficina

Generalde Planificación y Desarrollo de esta Casa Superior de Estudios, quien hace.alcance elproyecto de la Directiva N"

O2-2014-OPP-OGPD-UNA"NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACION, APROBACION, SEGUIMIENTO Y

EVALUACTON DEL PLAN OPERAT|VO ANUAL (POA) DE LAS UNTDADES ACADEMICAS Y ADMINISTRATIVAS Y PLAN

opERATtVO INST|TUC|ONAL (pot) DE LA UNTVERSTDAD NACTONAL DEL ALTIPLANO - AÑO 2015", para su

correspondiente aprobación ;

Que, dicha propuesta de la Directiva formulada por la Oficina de Planes y Proyectos - Oficina General de Planificación y

Desarrollo, tiene por objetivos: Definir niveles de coordinación para la formulación, aprobación y evaluación del POI e

Uniformizar criterios y procedimientos mediante la dación de un instrumento de gestión a ser utilizado por las distintas

unidsdes académicas y administrativas pertenecientes a la Universidad para la formulación de su POA;

Que, conforme lo establece elart. 18o de la Constitución Política del Estado, concordante con elArt. Bo de la Ley Universitaria

N'30220, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la

Ley Universitaria y demás normativa aplicables, tanto en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y

económico, rigiéndose por su propio Estatuto;

Estando a los documentos sustentatorios que forman parte de la presente Resolución; a lo acordado por Consejo Universitario

Extraordinario de fecha 03 de noviembre del2014', y,

En uso de las atribuciones que la Ley Universitaria N0 30220, y la Resolución de Asamblea Universitaria N' 16-2014-AU-

UNA-P confieren al Despacho Recioral de esta Casa Superior de Estudios;

SE RESUELVE:

ülÍ0fl0 pilme]0.- APROBAR, en todas sus partes y disponer su estricta aplicación, la llir.ectiva N' O2.2Ol4-OPP.OGPD.UNA *NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACION, APROBACION,SEGUIMIENTO Y EVALUACIóN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL (POA) DE LAS UNIDADESACADEMICAS Y ADMTNTSTRATTVAS Y PLAN OPERATTVO TNSTITUCTONAL (POI) DE LAUNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - AÑO 2OL5',la misma que un totalde cinco (05)fojas, formaparte integrante de la presente Resolución,

[íÍ0U10 SeÉünü0.- Los Vicerrectorados Académico y Administrativo, Oficina General de Planificación y Desarrollo, la Oficina de

Racionalización, Oficina de lmagen Institucional, y demás dependencias correspondientes de la institución, quedan encargados del

cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y cúmplase

DISTRIBUCION:- V¡cerrectorados: Admilist. ' ../- Oficinas Grales.: OCI, OGAJ, OGPD.- Ofs.: Racionalización; Planes y Proyectos- Archivo/20'14fbv.

ffi ALBERTO CALSIN SANCHEZ

DA QUISPE