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DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA
Resolución A.G. N °°°° 631/13 Expediente N °°°° 13-03106/13
La Administración General del
Poder Judicial de la Nación comunica el llamado a L icitación Privada N ° 139/13 “In Situ”, encuadrando dicho procedimiento e n lo previsto por el
Art. 4° del Manual de Compras vigente, aprobado med iante Resolución N°
191/08 (modificada por Res. N° 167/10) del Consejo de la Magistratura,
y en concordancia con las disposiciones del Reglame nto de
Contrataciones aprobado por el Decreto 5720/72 inco rporado al
ordenamiento propio del Poder Judicial, y ratificad o mediante
Resolución C.S.J.N. N ° 1562/00.
Objeto:
* contratar las modificaciones de la instalación de c alefacción y el servicio de mantenimiento integral preventivo y cor rectivo del edificio sede de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca y el servicio de mantenimiento integral preventivo y cor rectivo del edificio sede del Juzgado Federal N° 1 de la Jurisdicción, d urante el período comprendido entre el 1º de julio o la fecha efectiv a de recepción de la Orden de Compra, si esta fuera posterior y el 31 de octubre de 2013 y; entre el 1º de abril y el 31 de octubre de 2014 Venta y retiro de pliegos: Habilitación de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca – Av. Mitre 60, Bahía B lanca, Pcia. De Buenos Aires.- Horario de atención al público: Lunes a Viernes de 8:00 a 13:00 hs.
Valor del pliego: (Acordadas Excma. C.S.J.N N° 83/90 y 11/91)
* PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS CON SETENTA CENTAVOS ($142,70) Apertura, lugar y fecha: Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca – Av. Mitre 60, Bahía Blanca, Pcia. De Bueno s Aires.-, el día 7 de junio de 2013 a las 10:00 hs.- 01IC/FLC
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION
FINANCIERA DEPARTAMENTO DE COMPRAS 01IC/FLC La presente cotización se encuentra amparada en lo establecido por el Reglamento de contrataciones que fuera aprobado por el Decreto 5720/72, incorporado al ordenamiento propio del Poder Judicial, y ratificado mediante Res. C.S.J.N N° 1562/00, manual de Compras vigente aprobado por Resolución N°191/08 Del Consejo de la Magistratura (modificada por Resolución N° 167/10 y A.G. N° 1680/12).
Sres................................................ ....................................................... Calle............................................... ....................................................... ....................................................... …………………………….. Firma funcionario autorizado
Reng Cant Descripción $ Unit $ Total
1
a)
Para efectuar las modificaciones de la instalación de calefacción existente en el edificio sede de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, sito en la calle Mitre 60, Bahía Blanca – Pcia. de Bs. As.-, según especificaciones técnicas adjuntas. PLAZO DE ENTREGA : Treinta (30) días corridos desde el 1° de julio de 2013 o la fecha efectiva d e recepción de la Orden de Compra. COSTO................................................................
b)
Para efectuar el servicio de mantenimiento integral preventivo y correctivo de la instalación de calefacción del edificio sede de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, sito en la calle Mitre 60, Bahía Blanca – Pcia. de Bs. As. - durante el período comprendido entre la fecha efectiva de finalización de los trabajos indicados en el Item a), si esta fuera posterior, y el 31 de octubre de 2013 y entre el 1º de abril y el 31 de octubre de 2014, según especificaciones técnicas adjuntas. COSTO MENSUAL...................................... ............
2
Para efectuar el servicio de mantenimiento integral preventivo y correctivo de la instalación de calefacción del edificio sede del Juzgado Federal Nº 1 de Bahía Blanca, sito en la calle Alsina 317, Bahía Blanca – Pcia. de Bs. As., durante el período comprendido entre el 1º de julio o de la fecha efectiva de recepción de la Orden de Compra si esta fuera posterior y el 31 de octubre de 2013 y entre el 1º de abril y el 31 de octubre de 2014, según especificaciones técnicas adjuntas. COSTO MENSUAL...................................... ............ - A FS. 2 -
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Reng
Cant
- FS.2 - Descripción
$ Unit
$ Total
LUGARES DE TRABAJO: INDICADOS. VISITA: VER ART. 2.1 DE LAS CLAUSULAS PARTICULARES ADJUNTAS. AL MOMENTO DE PROCEDER A EFECTUAR LA CONVOCATORIA SE AJUSTARÁ LA FECHA DE INICIO DE LA PRESTACIÓN –EN CASO DE SER NECESARIO-MEDIDA QUE ASIMISMO, Y DE SER MENESTER, SE ADOPTARÁ AL MOMENTO DE EMITIR LA PERTINENTE ORDEN DE COMPRA. COTIZACIÓN: SEGÚN ART. 7.2 DE LAS CLAUSULAS GENERALES. ASIMISMO, LA COTIZACIÓN ES POR RENGLÓN COMPLETO, Y EN FORMA SEPARADA CADA UNO DE LOS ITEMS QUE LO COMPONEN. NO SE ADMITIRÁN COTIZACIONES PARCIALES DEL RENGLÓN, DEBIÉNDOSE OBLIGATORIAMENTE COTIZAR TODOS LOS ITEMS QUE LO CONFORMAN. SE DEJA CONSTANCIA QUE LA ADJUDICACION QUEDARÁ SUPEDITADA A LA EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO SUFICIENTE. LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LAS CLAÚSULAS GENERALES Y PARTICULARES, FORMAN PARTE DEL PRESENTE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES.
Importa la presente propuesta la suma de .........................................................................PESOS.
……………………………. Firma y sello oferente.
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EXPEDIENTE N° 13-03106/13 APERTURA DE LAS OFERTAS
FECHA: 7/6/13 HORA: 10 hs
ACTUACIÓN: LICITACION PRIVADA N° 139 /13
VENTA, RETIRO DE PLIEGOS y LUGAR DE APERTURA DE LAS OFERTAS: HABILITACIÓN DE LA EXCMA. CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE BAHÍA BLANCA –AV. MITRE 60, BAHÍA BLANCA, PCIA. DE BUENOS AIRES.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO ($285.371.-) MANTENIMIENTO DE PRECIOS: SESENTA (60) DÍAS HÁBILES. PLAZO DE ENTREGA: SEGÚN PLIEGO
PLAZO DE PUBLICACIÓN DEL DICTAMEN
DE PREADJUDICACIÓN LICITACIÓN PRIVADA: 2 días de publicación. .
ORGANISMO SOLICITANTE: CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE BAHÍA BLANCA –AV. MITRE 60, BAHÍA BLANCA, PCIA. DE BUENOS AIRES. CONDICIONES DE PAGO: TREINTA (30) DÍAS HÁBILES Según artículos 14.2 y 14.3 de las Cláusulas Generales
Oferente DOMICILIO: TELEFONO: CORREO ELECTRÓNICO:
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS CON SETENTA CENTAVOS ($142,70)
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CLAUSULAS GENERALES
1º) ORDEN DE PRIORIDAD : El presente procedimiento de contratación y la posterior ejecución del
concurso quedará sometido a las siguientes normas con arreglo al orden de prelación que se enuncian, a
saber:
1.- Las cláusulas particulares insertas en el presente pliego de bases y condiciones;
2.- Las presentes cláusulas generales;
3.- La Orden de Compra;
4.- El Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto nº 5720/72, con expresa exclusión de los
incisos 80 y 81 y los Decretos nº 825/88, 826/88 y 827/88 (cfr. Res. C.S.J.N. 893/88) y Manual de
Compras vigente aprobado por Resolución nº 191/08 del Consejo de la Magistratura.
2º) PLAZOS: Los plazos se computarán en días hábiles judiciales salvo que expresamente se indicara
en días corridos. Cuando las cláusulas se refieren a “días hábiles”, “días” o cualquier otra forma, se
entenderán como “días hábiles judiciales”.
2.1) FERIAS JUDICIALES : El receso judicial no se computará para efectuar descuentos por pronto
pago, mantenimiento de precios ni entrega de los renglones solicitados.
3º) COMPRE TRABAJO ARGENTINO (LEY 25.551) : A fin de garantizar el efectivo cumplimiento
del régimen de compre trabajo argentino, toda oferta nacional deberá ser acompañada por una
declaración jurada mediante la cual acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser
considerada como tal de acuerdo a lo establecido por el artículo 11 del Decreto 1600/02. La falta de
presentación configurará presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las
prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional.
4º) OFERENTES:
4.1) Se aceptarán ofertas de todas aquellas firmas habilitadas comercialmente a tal efecto, se encuentren
o no inscriptas en el registro a que se refiere el artículo 61 Inc. 1º del Decreto 5720/72.
4.2) NOMBRE DE FANTASÍA : Los oferentes que coticen con nombres “fantasía” deberán identificar
claramente el titular o titulares de la firma o su denominación societaria.
4.3) COOPERATIVAS : Para aquellas contrataciones que por su naturaleza sea necesario, las
sociedades cooperativas que deseen cotizar, deberán acompañar la constancia de autorización para
funcionar otorgada por la INAES consignando el número de inscripción o matrícula del registro de
dicho Organismo (Art. 9º y 10º Ley 20337 y Dec. 2015/94). Asimismo, se pone en conocimiento que, de
resultar adjudicataria, se llevará a conocimiento del Instituto Nacional de Acción Cooperativa dicha
situación.
4.4) DOCUMENTACION LEGAL : Las personas jurídicas que presenten ofertas, deberán acreditar,
como requisito de admisibilidad, la representación de quien suscriba la propuesta, anexando la
documentación pertinente, como así también actas de creación, sus estatutos sociales y constancias de
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inscripción por ante la Inspección General de Justicia debidamente certificada por Funcionario Público,
Escribano o Entidad Bancaria. En caso de ser el Escribano de extraña jurisdicción, la certificación debe
ser acompañada de la correspondiente legalización del Colegio respectivo. El Poder Judicial podrá exigir
la presentación de cualquier documentación legal atinente al funcionamiento societario.
4.5) INSCRIPCIONES, OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISION ALES:
a. Los proveedores deberán acreditar su situación impositiva ante la AFIP mediante presentación de
la correspondiente “Constancia de Inscripción” actualizada.
b. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR: Los oferentes cuya oferta supere el monto de
PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-), deberán acreditar -durante la sustanciación del presente
acto licitario-, la pertinente habilitación, a través del Certificado Fiscal para contratar con el
Estado acorde lo establece la Resolución General N° 1814/2005 de la A.F.I.P.
4.6) PENALIDADES: Se rechazarán las ofertas formuladas por proveedores cuyos incumplimientos -
según el registro que lleva la División Técnica de la Dirección General de Administración Financiera-
hayan dado lugar a rescisiones con penalidades de contratos celebrados con el Poder Judicial de la
Nación en los tres años inmediatos anteriores al presente llamado. Asimismo, las rescisiones dispuestas,
en igual lapso, por cualquier ente público, que lleguen a conocimiento de este Poder Judicial, podrán ser
tenidas en consideración a efectos de ponderar la conveniencia de las ofertas afectadas. De la misma
manera se evaluarán los antecedentes relativos a penalidades aplicadas con motivo u ocasión de la
ejecución de contratos celebrados con el Poder Judicial de la Nación. La presente disposición podrá ser
obviada, por vía de excepción, cuando medien razones de conveniencia para el Poder Judicial,
debidamente fundadas (Resolución Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº 637/94).
5º) ADQUISICION DEL PLIEGO : La adquisición del pliego de bases y condiciones constituye
requisito indispensable para la admisión de las ofertas.
6º) GARANTIA DE OFERTA : Cada oferente deberá presentar, conjuntamente con su propuesta,
garantía de mantenimiento de la misma por el término previsto en el pliego. Dicha garantía equivaldrá al
cinco por ciento (5%) del precio total de la correspondiente oferta y podrá ser constituido en cualquiera
de las modalidades prescriptas por el inc. 34 del Reglamento de Contrataciones (cfr. Res. 913/88 y
944/88). Deberá tenerse en cuenta que la garantía será extendida a favor de “Poder Judicial de la Nación,
Dirección General de Administración Financiera, Sarmiento 877, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”,
por ser la Repartición contratante. En el Acta de Apertura de ofertas se asentará la garantía elegida y
presentada por cada proponente. El incumplimiento del requisito exigido en este artículo será causal
de desestimación de la oferta. En caso de que el proponente desistiese de su oferta durante el plazo de
vigencia, perderá la garantía y su incumplimiento será incluido en el registro indicado en el artículo 4°
Inciso 6 de este pliego, comprendiendo al oferente las consecuencias dispuestas por dicho precepto.
7º) DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA :
7.1) DOCUMENTACION:
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Al momento de presentar la oferta y sin perjuicio de la documentación particular requerida en las
especificaciones técnicas, los oferentes deberán acompañar sus ofertas con la siguiente
documentación:
a. La Garantía de Oferta correspondiente, conforme lo dispone el Artículo 6° y bajo las
condiciones del Artículo 11° de las Cláusulas Generales.
b. Documentación legal de la firma oferente de acuerdo a lo previsto en el artículo 4.4 de las
presentes Cláusulas Generales.
c. Constancia de Inscripción ante la AFIP vigente de acuerdo a lo previsto en el artículo
4.5.a. de las presentes Cláusulas Generales.
d. Certificado Fiscal para Contratar de acuerdo a lo previsto en el artículo 4.5.b. de las
presentes Cláusulas Generales.
e. La Constancia de adquisición del presente pliego de bases y condiciones, conforme lo
dispone el artículo 5° de las presentes Cláusulas Generales.
7.2) FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS:
Las ofertas se realizaran respetando las siguientes condiciones:
a. Las ofertas deberán estar firmadas en todas sus hojas por el oferente o su representante legal o
persona autorizada, y presentarla en original y duplicado.
b. Las ofertas deberán ser formuladas en Pesos Moneda Nacional, (Ley 25.561 –Emergencia
Pública y Reforma del Régimen Cambiario-).
c. COTIZACIÓN: Cada proponente podrá formular oferta por renglón, por grupo de renglones o
por la totalidad de los mismos. Como alternativa, después de haber cotizado por renglón, puede
ofertar por el total de los efectos o grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.
En caso de efectuar cotización global, los oferentes deberán indicar el costo individual de cada
renglón que compone la misma o indicar el grado de incidencia porcentual en cada uno de ellos.
Para el caso de cotizarse uno o más renglones, el oferente deberá indicar también una
desagregación –que contemple el mayor nivel de detalle- de los ítem, insumos, servicios y
utilidad incluidos en el precio ofertado.
No se considerarán propuestas que contentan enmiendas, entrelíneas, o raspaduras en las partes
fundamentales que no estén debidamente salvadas por el oferente, o que estén escritas con lápiz
común.
8º) MARCA : Si las especificaciones estipulan una marca o similar, equivalente, o cualquier otra palabra
que exprese lo mismo, debe tomarse como modelo patrón. El contratista podrá ofrecer otra de igual o
mayor calidad de la que figure en las especificaciones técnicas. Para aquellos renglones en que se
mencione alguna marca o tipo los oferentes deberán indicar la marca ofrecida.
9º) ACONDICIONAMIENTO : Cuando hubiere renglones en los que se solicite un acondicionamiento
específico en cuanto a la cantidad de unidades que debe contener cada envase o pack, pueden ofrecerse
como alternativa otras opciones, salvo previsión en contrario en las cláusulas particulares o
especificaciones técnicas.
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10º) APERTURA DE OFERTAS: (IMPORTANTE) Se recomienda a los señores oferentes arbitrar
los medios a su alcance a efectos de que su oferta se encuentre con la suficiente anticipación a la hora
prevista para la apertura en el lugar indicado en "LUGAR DE APERTURA DE LAS OFERTAS".
A partir de la hora fijada para la apertura del Acto no se aceptarán ofertas, aun cuando el Acto no
se haya iniciado.
11º) MANTENIMIENTO DE OFERTA : Se renovará automáticamente por igual plazo, y así
sucesivamente, en caso que el oferente no manifieste de manera expresa su negativa, comunicándola en
forma fehaciente hasta cinco (5) días hábiles previos al vencimiento del plazo establecido.
12º) PREADJUDICACIÓN :
12.1) PUBLICACIÓN DEL DICTAMEN : La comunicación de la preadjudicación se hará en pizarra
por los siguientes períodos: Contratación Directa (1 día) Licitación Privada (2 días) Licitación Pública (3
días) y el plazo para impugnaciones es de 3 días a contar desde el vencimiento del término fijado para
los anuncios.
12.2) IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN : Los oferentes que formulen impugnaciones contra el acto
de preadjudicación deberán acreditar, como requisito de admisibilidad, haber efectuado un depósito o
caución en concepto de garantía, equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del presupuesto oficial de
la licitación o el de su oferta, el que fuere mayor. En ningún caso la caución podrá ser inferior a la suma
de pesos doscientos ($ 200).
Dicho depósito se hará en la Cuenta N° 250000883 del Banco de la Nación Argentina (Sucursal
Tribunales) denominada “PJN-0500/320-DAF-C.Mag-Impug.Lic-Gtía”. Si se omitiere el depósito o se
lo efectuare en forma insuficiente, la impugnación se tendrá por no presentada. En caso de que la
impugnación resulte procedente, dicha garantía será devuelta a solicitud del impugnante, una vez
resuelto el caso por la autoridad competente. La resolución que declare improcedente una impugnación,
causará la pérdida de la garantía constituida, a favor del Poder Judicial de la Nación (Res. Consejo
Magistratura Nº27/00).
13º) ADJUDICACIÓN :
13.1) La adjudicación de la contratación resuelta por la Dirección General de Administración Financiera
dentro del plazo de mantenimiento de oferta o de sus prórrogas, producirá el perfeccionamiento
automático del contrato. Si el acto de adjudicación emanara de la Administración General, tales efectos
se verificarán vencido el plazo recursivo del Art. 44 del Reglamento General del Consejo de la
Magistratura y en tanto no se haya interpuesto el recurso jerárquico previsto en el Art. 19 de la Ley
24.937 contra el referido acto de adjudicación de acuerdo a lo previsto en el artículo 13.5. de las
presentes Cláusulas Generales. El Departamento de Compras emitirá dentro de los cinco días hábiles de
perfeccionado el contrato, la respectiva Orden de Compra, a partir de cuya notificación comenzarán a
correr los plazos de ejecución contractual.
13.2) CREDITOS Y RECURSOS: La presente contratación queda sujeta a la existencia de créditos y
recursos al momento de la adjudicación.
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13.3) GARANTIA DE ADJUDICACIÓN : Recibida la Orden de Compra, el adjudicatario deberá
presentar garantía de ejecución dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. La misma ascenderá al
20% del total adjudicado y podrá ser constituida con arreglo a las previsiones del inc. 34 del Reglamento
de Contrataciones. La falta de presentación de esa garantía producirá la automática rescisión del contrato
y obligará al adjudicatario a ingresar al Poder Judicial, en concepto de multa, el 20% indicado. En caso
de que así no lo hiciere, el Poder Judicial podrá compensar con cualquier acreencia del proveedor,
ejecutar la garantía de oferta y perseguir el cobro del saldo restante. Asimismo, el incumplimiento
contractual será asentado en el registro referido en el artículo 4° Inciso 6 de este pliego.
13.4) SEGUROS: El adjudicatario está obligado a asegurar a su personal contra accidentes de trabajo,
de acuerdo a las reglamentaciones vigentes; a tal efecto , deberá en el plazo máximo de 48 horas hábiles
de recibida la correspondiente orden de compra, ante la intendencia del edificio involucrado o a falta de
ésta ante la habilitación pertinente, presentar la póliza que certifique dicha obligación; no pudiendo
ingresar ningún personal, ni por ende, ejecutar tarea alguna, hasta cumplir con el requisito enunciado.
Los trabajadores que el contratista emplee en la prestación, deberán contar con seguro por accidentes de
trabajo, de conformidad con la Ley 24.557 y normas reglamentarias. En consecuencia, y excepto que se
encuentre en el supuesto previsto en el artículo tercero del citado cuerpo legal, deberá demostrar poseer
el seguro obligatorio legalmente establecido y su condición de afiliado a una Aseguradora de Riesgos
del Trabajo (A.R.T.). En tal sentido, la referida póliza deberá contener la nómina del personal empleado
para los trabajos con indicación de sus documentos de identidad (tipo y número); debiendo acreditar por
medio fehaciente (vg.: certificación extendida por la compañía aseguradora o copia certificada
autenticada del contrato de afiliación y sus anexos) que el personal empleado se encuentra amparado en
contrato de seguro obligatorio celebrado con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo de su elección. Ante
el supuesto de producirse altas, se deberá certificar en igual plazo, la incorporación del nuevo empleado
dentro del marco de la cobertura. Ese trabajador, solo podrá ingresar luego de tenerse por acreditado tal
extremo en los términos ya enunciados.
La vigencia de los seguros deberá extenderse hasta la finalización del contrato.
En el mismo sentido, al requerir el contratista la conformidad del servicio prestado, deberá exhibir ante
la autoridad que presta la misma, la constancia de haber hecho efectivo el pago de la cuota mensual de la
póliza, correspondiente al período que se pretende conformar.
La autoridad pertinente asentará el cumplimiento efectivo de éste requisito en la documentación
conformada.
13.5.) REVISIÓN Y RECURSO JERARQUICO CONTRA EL ACTO DE ADJ UDICACION :
Respecto de las decisiones del Administrador General del Poder Judicial sólo procederá el recurso
jerárquico ante el plenario del Consejo previo conocimiento e informe de la Comisión de
Administración y Financiera (Artículo 19° de la Ley 24.937).
RECURSO JERÁRQUICO: Artículo 44° del Reglamento General del Consejo de la Magistratura. “El
recurso jerárquico previsto en el Art. 19 de la Ley 24.937 deberá interponerse y fundarse por escrito
dentro del quinto día hábil de producida la notificación fehaciente de lo resuelto. En el día hábil
siguiente el recurso y todos los antecedentes deberán ser girados a la Comisión de Administración y
Financiera, la que lo incluirá en el orden del día de la reunión que celebre”.
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Las presentaciones contra el acto administrativo que resuelva la adjudicación en los términos del
precepto precedente, deberán concretarse en el plazo establecido por ante la Mesa de Entradas de la
Dirección General de Administración Financiera -Sarmiento 877, Planta Baja, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires- en el horario de 7.30 a 13.30 hs. Dicho término para recurrir amplía automáticamente el
plazo de mantenimiento de ofertas. Los recurrentes deberán acreditar como requisito de admisibilidad,
haber efectuado un depósito en concepto de garantía, equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del
presupuesto oficial de la licitación o el de su oferta, el que fuere mayor. En ningún caso el depósito
podrá ser inferior a la suma de pesos doscientos ($ 200). Dicho depósito se hará en la Cuenta N°
250000883 del Banco de la Nación Argentina (Sucursal Tribunales) denominada “PJN-0500/320-DAF-
C.Mag-Impugn.Lic-Gtía”. Si se omitiere el depósito o se lo efectuare en forma insuficiente, el recurso se
tendrá por no presentado. En caso que el Plenario del Cuerpo hiciere lugar al recurso, dicha garantía será
devuelta a solicitud del recurrente. La resolución que declare improcedente un recurso causará la pérdida
de la garantía constituida a favor del Poder Judicial de la Nación (Res. Con. Mag. N° 274/00 modif. por
Res. Con. Mag.95/03).
13.6) DEVOLUCION GARANTÍA DE OFERTA A OFERENTES NO ADJUDI CATARIOS : Los
oferentes que no resulten adjudicatarios, podrán solicitar la devolución de la garantía de oferta, una vez
decidida la adjudicación. Se tomará como fecha cierta de la notificación de la adjudicación, el
vencimiento requerido por el art. 44. del Reglamento General del Consejo de la Magistratura o en su
caso la fecha de Resolución de la Adjudicación, emitida por la Dirección General de Administración
Financiera.
14º) FORMALIDADES DE LA CONTRATACION :
14.1.) ENTREGA :
a. PLAZO DE ENTREGA: Será el consignado en el presente pliego y el mismo se computará -para
todos los casos- desde la recepción de la pertinente orden de compra.
b. FLETE, DESCARGA, ETC.: El flete, descarga y estiba de los elementos, como así también el
seguro que cubra el riesgo del personal empleado en dichas tareas será por cuenta del
adjudicatario.
14.2) FACTURACIÓN :
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) el Estado debe considerarse como “Consumidor
Final”.
a. No se dará curso a la facturación que no se presente acompañada de la certificación de recepción
definitiva, la que deberá ser otorgada por funcionario, con sello aclaratorio y anteponiendo la
leyenda "Provisión prestada de conformidad", la fecha de recepción y de otorgamiento de la
recepción definitiva (Res CSJN 151 y 543/90), y que no contenga la referencia a la contratación
que la origina.
b. FACTURACIÓN PARCIAL: Se aceptará facturación parcial de la mercadería entregada y
recepcionada de conformidad.
14.3) FORMA DE PAGO : El vencimiento del pago de la prestación será de 30 (treinta) días hábiles de
ingresada la correspondiente factura, presentada de conformidad con lo previsto en el punto precedente.
14.4) DEVOLUCION GARANTIA DE ADJUDICACIÓN:
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a. Se tomará como fecha de devolución el vencimiento del plazo previsto en el Inc. 106 (vicios
redhibitorios) del Reglamento de Contrataciones, computado a partir de la recepción definitiva
de bienes o servicios o última recepción en caso de entregas parciales. Si la contratación previese
una garantía de calidad del servicio o bien entregado, la devolución procederá a partir de la
caducidad de dicha garantía, en caso de que este plazo fuese mayor al establecido por el referido
Inc.106.
b. Establecer en seis (6) meses, el plazo otorgado a los depositantes de garantías de ofertas y/o
adjudicación constituidas bajo la forma de avales bancarios, pólizas de caución o pagarés, a
partir de la notificación fehaciente, para que proceda a su retiro en el sector Tesorería en la calle
Sarmiento 877 cuarto piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c. Anualmente se procederá a la destrucción de los documentos cuya devolución no haya sido
solicitada en los plazos previstos en el párrafo anterior.
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CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES CALLE MITRE N° 60 - BAHÍA BLANCA - PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MODIFICACIONES DE LA INSTALACIÓN DE CALEFACCIÓN
1- OBJETO: El objeto de las presentes especificaciones es establecer los requisitos mínimos para realizar modificaciones en la instalación de calefacción del edificio sito en la calle Mitre Nº 60, de la ciudad de Bahía Blanca, sede de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, de acuerdo a lo establecido en el punto 3 - “Trabajos a realizar” de las presentes especificaciones técnicas.
2- PLAZO DE ENTREGA El plazo de entrega de los trabajos será de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación fehaciente de la orden compra correspondiente. Los días y horarios durante los cuales podrán realizarse las tareas serán convenidos con la Habilitación –siempre durante el plazo previsto en el primer párrafo del presente artículo-, no pudiendo el Adjudicatario comenzar tarea alguna sin la previa autorización de la misma.
3- TRABAJOS A REALIZAR El Adjudicatario realizará los trabajos que se detallan a continuación con provisión de materiales, mano de obra, insumos especificados a continuación, como así también todas aquellas tareas y materiales que aunque no se encuentren expresamente detallados, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación.
1. Desmontaje de caldera existente y retiro de la totalidad de las
aislaciones de las cañerías dentro de la sala de máquinas en un todo de acuerdo a la Ley 24.051 y a las disposiciones y normativas vigentes, incluyendo transporte y disposición final de los residuos, con emisión de los correspondientes certificados.
2. Provisión y colocación de caldera nueva, de pie, marca PEISA modelo XP 80 o equivalente, con las siguientes características: � Apta para ser armada en el lugar. � Potencia mínima de 70.000 Kcal/h con un rendimiento mínimo del
90%. � Cuerpo seccional de fundición de hierro. � Quemadores atmosféricos de acero inoxidable apto para quemar gas natural. � Deberá contar con los siguientes elementos: Termómetro de control, válvula de gas
electromagnética con sistemas de seguridad incorporadas, termostato de regulación, termostato de seguridad límite, sistema de encendido piezoeléctrico, aislación térmica interior con manto de lana de vidrio de alta densidad con foil de aluminio, gabinete exterior desmontable con pintura epoxi polimerizada a 180ºC, grifo de llenado y vaciado, interruptor de encendido, conexión para termostato de ambiente, válvula de purga de aire automática, válvula de seguridad de sobrepresión, dispositivo para el encendido gradual de quemadores y dispositivo detector de anomalías de tiraje que inhabilite la caldera en caso de defectos en la salida de humos.
� Deberá contar con un panel de control con los siguientes elementos: - Reposición manual por falla en salida de humos. - Led indicador de falla en la salida de humos. - Indicador de temperatura de agua. - Indicador de presión de agua. - Termostato de regulación de temperatura. - Interruptor encendido.
� Deberá poseer todos los elementos de control y seguridad que sean exigidos por Enargas y/o la empresa distribuidora de gas natural en la zona.
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Están incluidos en los presentes trabajos, todas las adaptaciones y modificaciones en las cañerías, provisión de elementos y mano de obra para la fabricación del nuevo cuadro de válvulas, puesta en marcha y control de funcionamiento. Previo emplazamiento de la caldera, la Adjudicataria deberá efectuar la limpieza y pintura de la base de apoyo para la caldera. La adjudicataria deberá efectuar el empalme con la chimenea existente, previendo eventuales reformas en la misma y la instalación de un nuevo sombrerete reglamentario. La caldera deberá ser instalada bajo las indicaciones del fabricante, instalando todos los componentes que sean necesarios a tal fin, aunque no estén expresamente especificados.
3. Provisión e instalación de dos (2) bombas circuladoras marca tipo Rowa, Grundfos o equivalente de igual calidad y características técnicas en reemplazo de las existentes del circuito de calefacción. Las bombas a proveer deberán poseer las siguientes características mínimas: - Soportar condiciones de funcionamiento a altas temperaturas
(110ºC). - Poseer bobinado protegido contra funcionamiento en seco. - Motor auto-lubricado y rotor húmedo. - Sin sellos mecánicos ni rodamientos. - Presión soportada de 10kg/cm2. - Caudal 23.000 l/h. - Presión 14,5 m.c.a. - Potencia 1 ¼” HP.
4. Colocación de aislación de espuma elastomérica de poliuretano de 25mm de espesor, y resistencia a la condensación µ = 7.000 en todas las cañerías de la sala de máquinas.
5. Provisión e instalación de cuatro (4) válvulas de corte marca tipo Valam
o equivalente de igual calidad -de igual diámetro que las conexiones de las bombas a proveer-, de las siguientes características técnicas: - Cuerpo desarmable de hierro. - Paso recto. - Extremos roscados. - Operación a volante. - Diafragma apto para agua caliente (90°c).
6. Instalación de nuevo tablero de comando/control de caldera y
electrobombas. Se deberá efectuar el retiro de los elementos que actualmente sirven de alimentación y comando de la caldera y las electrobombas existentes y entregar los mismos a la Habilitación. Para el comando y control de la nueva caldera y las nuevas electrobombas, se deberá instalar un nuevo gabinete metálico (en sector a acordar con la Habilitación) donde se alojarán los elementos necesarios para su protección y maniobra. Los elementos mínimos que deberán instalarse son los siguientes: - interruptores termomagnéticos, contactores y/o guardamotores. - borneras de conexión. - botoneras para marcha/parada. Para el tendido de conductores unipolares desde el tablero hasta la caldera y las electrobombas se utilizará la cañería existente.
7. Puesta a tierra de las instalaciones
Deberá efectuarse la conexión a tierra de las partes metálicas de la instalación, normalmente aisladas del circuito eléctrico, como ser caños, cajas, gabinetes, tableros, carcazas de motores, etc., de manera de asegurar la continuidad metálica, mediante la unión metálica y eléctrica de dichas partes y mediante la colocación de un conductor aislado en
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color verde-amarillo, al que debe conectarse cada elemento metálico de toda la instalación. No se podrá utilizar como tierra eléctrica las líneas a tierra de los pararrayos, instalaciones de radiocomunicaciones, calefacción, agua caliente, gas, antenas o sistemas de computación, como así también, conductores para líquidos (cañerías).
Una vez terminados los trabajos, la contratista deberá efectuar la prueba, regulación y puesta de la caldera, cumpliendo las condiciones que establezca el fabricante para hacer válida su garantía.
Estarán a cargo de la Contratista todas los planos, gestiones, trámites y pago de sellados y/o derechos necesarios para obtener la registración y habilitación de la caldera ante Camuzzi Gas Pampeana y/o la Municipalidad de la Ciudad de Bahía Blanca.
La realización de las referidas gestiones y la obtención de la habilitación de la nueva caldera, serán requisitos indispensables para obtener la conformidad de los trabajos especificados en el presente ítem.
3.1 Características de los materiales a utilizar e n la instalación eléctrica
3.1.1 Tablero eléctrico
Deberá ser de fabricación estándar del tipo modular debiendo estar todo ello debidamente certificado. Generalidades: Constituye gabinete completamente cerrado para ser aplicado sobre muros, ya sea por medio de perforaciones posteriores adecuadas, o por medio de aletas de fijación, o embutidas en los mismos. Características constructivas: El gabinete deberá poseer un armazón de dimensiones adecuadas a la cantidad de módulos que alojará más un 30 % de lugares vacantes para eventuales crecimientos, estando construido en perfilería de chapa de acero doble decapada y fosfatizada N° 14 y envolventes efectuados con chapas de acero doble decapada y fosfatizada N° 16 de manera tal de conformar una es tructura rígida. Dicho tablero contará con una puerta de acceso ciega, con una apertura mínima de 120°, de cierre al ras y ajuste por medio de burletes adecuados. La misma se montará por medio de bisagras ocultas y su cierre se realizará por medio de cerradura a tambor tipo YALE o equivalente de igual calidad. Deberá poseer una contra-tapa abisagrada y rebatible, destinada a ocultar los elementos de conexión. Contendrá las caladuras necesarias para permitir el accionamiento de los interruptores termomagnéticos y/o llaves de efecto. Todos los elementos constitutivos del tablero, deberán estar diseñados para soportar los esfuerzos térmicos y electrodinámicos correspondientes al nivel de cortocircuito que se determinará en el cálculo de las corrientes de cortocircuito, y deberá responder a las normas IRAM y a las recomendaciones de la Comisión Electrotécnica Internacional (I.E.C.), últimas ediciones. Deberá proporcionar un servicio continuo, seguro y eficiente y poder resistir sin inconvenientes los cortocircuitos y sobre-tensiones que pudieran producirse en las condiciones de servicio. Los materiales que cumplan igual función deberán ser idénticos, es decir, mantener las mismas características de manera que sean intercambiables entre sí. El tablero deberá resultar de una seguridad absoluta desde el punto de vista eléctrico, a fin de no presentar peligro alguno para el personal que lo atiende. No obstante las borneras y particularmente los elementos sujetos a desgaste serán de acceso rápido, a efectos de facilitar su mantenimiento, reparación y/o reemplazo. El ingreso y egreso de los distintos conductores tanto de entrada como de salida será a través de prensacables de dimensiones adecuadas. El gabinete a utilizar deberá ser del tipo modular, normalizado de fabricación estandarizada, marca NÖLLMANN, RISTAL, PRISMA o equivalente debidamente aprobado por el personal encargado de verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales, para lo cual el contratista deberá presentar previamente toda la documentación correspondiente a las respectivas certificaciones extendidas por autoridad
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competente mediante las cuales se deje expresamente corroborado el cumplimiento de las normas vigentes, referentes a la seguridad eléctrica.
3.1.2 Cableado, borneras e identificaciones
Los tableros deberán poseer borneras dispuestas de tal manera que su acceso sea directo y posible aún cuando el equipo correspondiente esté en servicio. No se permitirá la conexión de más de un cable por borne. Las borneras serán del tipo componible, integradas por un cuerpo plástico y elementos de conexión de bronce y cobre, con ajuste a tornillo y media caña. El cableado de los circuitos dentro de los tableros se dispondrá dentro de un conducto plástico (cable canal), con tapa y orificios laterales para las derivaciones. En cada extremo de cada conductor, se colocarán anillos plásticos identificatorios, para la rápida ubicación de los distintos circuitos. Estas identificaciones se realizarán por medio de números o letras, y deberán figurar en los planos unifilares que la empresa deberá presentar al finalizar la obra. Deberá respetarse en la medida de lo posible la codificación de colores establecida en las normativas vigentes en la materia.
3.1.3 Conductores
Serán cables extra flexibles aislados en P.V.C., debiendo responder a la norma IRAM 2183. Serán marca PIRELLI o equivalente. Las uniones se ejecutarán por entrelazamiento reforzado y culminado con pinza de fuerza. Se cubrirán después con una capa de cinta aisladora, debiéndose obtener una aislación de empalme por lo menos igual a la de fábrica del conductor. Los conductores que se coloquen en un mismo caño, serán de diferentes colores para su mejor individualización, y permitir una rápida inspección o contralor de la instalación. En todos los casos, los conductores se colocarán con colores codificados a lo largo de toda la obra, para su mejor individualización y permitir una rápida inspección o control de las instalaciones. Los colores a utilizar serán los siguientes: - Para fases: rojo, castaño y negro. - Para neutro: celeste. - Para tierra: bicolor verde amarillo.
3.1.4 Interruptores termomagnéticos Estarán destinados al seccionamiento y protección de los distintos circuitos, según lo establezca la Intendencia. Deberán ser del tipo y capacidad máxima oportunamente indicados y responder a la línea DIN. Serán de diseño compacto, en caja de material aislante para ejecución bipolar o tetrapolar. Las ejecuciones multipolares deberán estar vinculadas internamente y externamente, garantizando así la desconexión simultánea de los polos y el neutro al producirse una sobrecarga o cortocircuito en una sola fase. Deberá estar equipado con un disparador muy sensible sobre el cual influyan tanto el disparador térmico como el magnético. Los disparadores térmicos serán de acción retardada, mientras que los magnéticos serán de acción instantánea. Las intensidades de los respectivos interruptores estarán de acuerdo a las normas en vigencia. Deberán poseer una capacidad de ruptura mínima de 6 Kamp.
3. 2. Calidad de los repuestos e insumos.
El adjudicatario realizará la provisión y colocación de todos los repuestos necesarios para realizar los trabajos especificados, que deberán ser totalmente nuevos y de diseño estándar cumpliendo las normas IRAM (o en su defecto normas HD, IEC, ISO y/o NM). El tipo y calidad de dichos repuestos deberá ser constatado por la Habilitación, sin esta constatación y conformidad, no se permitirá la colocación del referido elemento.
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Si surgieran problemas de índole técnica que no pudieran ser resueltos entre el Adjudicatario y la Habilitación se podrá solicitar la colaboración del personal técnico del Área Especialidades Complementarias de la Dirección General de Infraestructura Judicial. El retiro de los elementos deteriorados será realizado por el Adjudicatario, previa autorización e inspección por parte de la citada Habilitación.
3. 3. Planos: Terminada la instalación, y como condición para la recepción definitiva , el Contratista deberá suministrar sin cargo un juego completo de planos en papel y tres (3) copias a escala 1:100 exactamente conforme a obra de todas las modificaciones realizadas sobre las instalaciones, indicándose en ellos la posición de las máquinas, conductos, cañerías, bocas, llaves, tomacorrientes, cajas de pase, circuitos, etc., en los que se detallarán las secciones, dimensiones y características de los materiales utilizados. Asimismo deberá entregar un disco compacto con los archivos en los que se dibujaron los mismos. Para la realización de tales dibujos se deberá utilizar el programa Autocad en versión 2007 como mínimo.
4- LIMPIEZA DE SALA DE MÁQUINAS
El Adjudicatario de estos trabajos mantendrá la sala de máquinas en perfectas condiciones de higiene durante el lapso de duración de los trabajos.
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CLAUSULAS PARTICULARES MODIFICACIONES DE LA INSTALACIÓN DE CALEFACCIÓN
1- OBJETO: La encomienda deberá contemplar la mano de obra, ma teriales, equipos, herramientas y puesta en marcha de los equ ipos, como así también la supervisión técnica necesaria para ejecu tar la instalación y conexión eléctrica y todos aquellos elementos com plementarios que a pesar de no estar explícitamente indicados, s ean necesarios para el correcto funcionamiento y terminación de lo s trabajos encomendados. Las tareas descriptas en ningún caso podrán dar lug ar a reconocimientos de mayores costos, gastos adicional es o incrementos en el importe adjudicado.
2- REQUISITOS PARTICULARES A CUMPLIR POR LOS OFERE NTES DURANTE LA ETAPA DE SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO:
2.1. Visita al edificio : Los oferentes deberán realizar una visita técnica a los edificios, en un plazo no menor a cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de las ofertas , a los efectos de tomar conocimiento de las instalaciones existentes, horarios y condiciones de trabajo a los que deban adaptarse. La empresa contratista no podrá posteriormente alegar desconocimiento del estado y del lugar en el que deben instalarse los equipos y desarrollar sus tareas, o por cualquier aspecto o circunstancia del objeto de la presente contratación, ni solicitar modificación alguna en el precio adjudicado. Cualquier tipo de duda podrá evacuarse con una anticipación de hasta tres (3) días hábiles previos a la apertura de las ofertas . Esta visita deberá coordinarse con la Habilitación de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, TEL.: (0291) 452-3285 de Lunes a Viernes en el horario de 7:30 a 13:30, quién extenderá una constancia escrita de dicha visita, sellada y firmada, la que deberá adjuntarse a la respectiva propuesta. Para esta visita, como así también para cualquier información complementaria previa a la cotización, deberán dirigirse a la mencionada dependencia. La realización de la visita indicada constituye una condición de admisibilidad de la oferta, por lo que la no concurrencia a la visita previa ocasionara la desestimación de la oferta .
2.2. Antecedentes El oferente para resultar adjudicatario, deberá acreditar al menos un (1) antecedente, con constancia escrita de trabajos similares o de mayor envergadura que los tratados en este pliego, efectuados en los últimos cinco (5) años.
2.3. Documentación a presentar con la OFERTA: Conjuntamente con la oferta y en forma adicional a la documentación requerida en el punto 7.1. de las Cláusulas Generales, los oferentes deberán acompañar la siguiente documentación: a) La Garantía de Oferta correspondiente, conforme lo dispone el Artículo
6° y bajo las condiciones del Artículo 11°, ambas d e las Cláusulas Generales.
b) La constancia de visita previa , escrita, sellada y firmada por la Habilitación del edificio, conforme lo dispone el punto 2.1. - “Visita al Edificio” de las presentes cláusulas particulares.
c) Las constancias de por lo menos un (1) trabajo similar o de mayor envergadura que el tratado en este pliego , efectuado en los últimos
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cinco (5) años, conforme lo previsto en el punto 2.2. - “Antecedentes” de las presentes cláusulas particulares.
3- PERIODO DE GARANTÍA: El Adjudicatario deberá garantizar los trabajos solicitados por el plazo de doce (12) meses desde la recepción definitiva prevista en el punto 6.2. - “Recepción Definitiva”. A los fines de la devolución de la garantía de adjudicación será de aplicación lo previsto en el último párrafo del punto 14.4.a.- de las Cláusulas Generales.
4- INSPECCIONES: La inspección y supervisión de todos los trabajos enunciados estarán a cargo de la Habilitación de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca. El Contratista deberá solicitar inspecciones a la Supervisión de Obra en los períodos en que mejor se pueda observar la marcha de los trabajos y controlar la calidad de los materiales, siendo obligatorias las inspecciones en las oportunidades que se indican más adelante en el presente punto: Todas estas inspecciones deberán ser acompañadas de las pruebas técnicas que la Supervisión de Obra estime conveniente. a) Previamente a la colocación en obra de los distintos equipos,
componentes y materiales de la presente instalación, a fin de verificar la correspondencia de los mismos respecto a lo especificado en las muestras presentadas.
b) Inspección final: está inspección se hará con posterioridad a la
recepción provisoria y será requisito ineludible pa ra la recepción definitiva . La inspección final se realizará una vez culminados los trabajos de conformidad con el presente pliego de bases y condiciones, a fin de comprobar que el funcionamiento de los elementos de la instalación se ajuste a lo especificado en los mismos, procediendo a realizar las pruebas de aislación, funcionamiento y rendimiento. A tal fin se someterá todo el conjunto y cada uno de los elementos a un trabajo continuado durante tres (3) días consecutivos y a razón de seis (6) horas diarias para verificar el funcionamiento y rendimiento de los equipos. Además se comprobará lo siguiente: 1. Si las instalaciones están completas en todos sus detalles, ya sean
de materiales o equipos. 2. Si la fabricación de los distintos elementos, así como su colocación
se ajustan a lo contratado, o a lo requerido por la Supervisión de Obra.
3. Si los conductos y conexiones no presentan fugas; si son adecuadas las previsiones tomadas para absorber las vibraciones y están correctamente soportados.
4. Si las instalaciones están reguladas y funcionando normalmente. 5. Se verificará si los distintos componentes de la instalación, no han
sufrido deterioros por mala calidad de los materiales y/o defecto de instalación.
6. Ante la presencia de cualquier elemento que resultare defectuoso será removido, reemplazado y ensayado por el Contratista, sin cargo alguno.
5- RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO.
Para ejecutar todas las tareas de mantenimiento y/o reparación de cualquiera de las partes componentes de las instalaciones, deberá darse estricto cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y el Convenio Colectivo de Tr abajo CCT 260/75. Además, deberá encuadrar la Obra en cuestión en el marco de la Ley de
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Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587, y su D ecreto Reglamentario N° 911/96, así como las disposiciones vigentes en l a materia. Será responsable de los daños que pudieran ocasionarse a bienes de propiedad del Poder Judicial de la Nación o a terceros. A estos efectos extremará los recaudos para prevenir siniestros capaces de producir lesiones a personas, tanto se trate de personal del Poder Judicial de la Nación, cuanto de terceras personas o de bienes muebles e inmuebles, de propiedad de aquel o de terceros. El Adjudicatario de los trabajos es el único responsable por pérdidas, averías, roturas o sustracciones que, por cualquier circunstancia (imputables o no a su personal), se produzcan en la obra contratada en la zona de los trabajos, con los materiales acopiados y por la vigilancia que se requiera. La empresa Adjudicataria deberá contar en su plantel con un profesional con título habilitante en Seguridad e Higiene que inspeccione las instalaciones y las condiciones de trabajo del personal que allí se desempeña. La empresa Adjudicataria deberá presentar constancia actualizada de la matrícula habilitante de dicho profesional ante la Habilitación. El responsable de higiene y seguridad en el trabajo designado por la empresa, deberá realizar inspecciones mensuales, con el objeto de evaluar las condiciones de las instalaciones, fundamentalmente aquellas que impliquen un riesgo para los trabajadores o usuarios de las mismas. Al cabo de dichas inspecciones la contratista deberá extender un certificado del cumplimiento de las normativas vigentes (suscripto por el profesional responsable), como requisito indispensable para la autorización del comienzo de las tareas respectivas por parte de la Habilitación del organismo. El Adjudicatario es responsable de tomar todos los recaudos necesarios para la protección contra riesgos laborales del tipo: choque eléctrico, trabajos con agua a presión, caída de personas y cosas, golpes contra objetos por falta de iluminación, vapores y gases, etc., así como de impedir la posibilidad de transmitir enfermedades contagiosas o afectar sanitariamente el medio. Estarán a cargo del Adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, riesgos del trabajo y otras expensas que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos y/o individuales vigentes, a dictarse o a convenirse en el futuro.
6- RECEPCIÓN: A los fines de la recepción provisoria y definitiva será aplicable lo dispuesto en el presente acápite y en las Cláusulas Generales y disposiciones concordantes y correlativos del presente pliego de bases y condiciones y supletoriamente en cuanto no fueran modificadas por el presente pliego por lo previsto en el Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 5720/72, ordenamiento incorporado a la normativa del Poder Judicial de la Nación por la Resolución CSJN Nº 1562/00, en especial a lo dispuesto en los incisos 90, 94, 102, 103, 104, 105 y concordante.
6.1. Recepción Provisoria: La Recepción Provisoria se otorgará con la ejecución de los trabajos, conforme lo previsto en el punto 1 - “Objeto” y el punto 3 - “Trabajos a realizar” de las especificaciones técnicas de las presentes clausulas particulares.
6.2. Recepción Definitiva: Una vez producida la Recepción Provisoria y cumplimentada de conformidad la presentación de los planos previstos en el punto 3.3. – “Planos” de las Especificaciones Técnicas y culminada sin observaciones, la inspección prevista en el punto 4.b) – “Inspección Final” de las presentes clausulas particulares, se prestará la Conformidad Definitiva.
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La Conformidad Definitiva deberá ser otorgada por funcionario competente, con sello aclaratorio y anteponiendo la leyenda "Provisión prestada de conformidad", la fecha de recepción y de otorgamiento de la recepción definitiva (Res CSJN 151 y 543/90) y la referencia a la contratación que la origina.
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CLAUSULAS GENERALES
1º) ORDEN DE PRIORIDAD : El presente procedimiento de contratación y la posterior
ejecución del concurso quedará sometido a las siguientes normas con arreglo al orden de
prelación que se enuncian, a saber:
1.- Las cláusulas particulares insertas en el presente pliego de bases y condiciones;
2.- Las presentes cláusulas generales;
3.- La Orden de Compra;
4.- El Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto nº 5720/72, con expresa exclusión
de los incisos 80 y 81 y los Decretos nº 825/88, 826/88 y 827/88 (cfr. Res. C.S.J.N. 893/88) y
Manual de Compras vigente aprobado por Resolución nº 191/08 del Consejo de la
Magistratura.
2º) PLAZOS: Los plazos se computarán en días hábiles judiciales salvo que expresamente se
indicara en días corridos. Cuando las cláusulas se refieren a “días hábiles”, “días” o cualquier otra
forma, se entenderán como “días hábiles judiciales”.
2.1) FERIAS JUDICIALES : El receso judicial no se computará para efectuar descuentos por
pronto pago, mantenimiento de precios ni entrega de los renglones solicitados.
3º) COMPRE TRABAJO ARGENTINO (LEY 25.551) : A fin de garantizar el efectivo
cumplimiento del régimen de compre trabajo argentino, toda oferta nacional deberá ser
acompañada por una declaración jurada mediante la cual acredite el cumplimiento de las
condiciones requeridas para ser considerada como tal de acuerdo a lo establecido por el artículo
11 del Decreto 1600/02. La falta de presentación configurará presunción, que admite prueba en
contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de
oferta nacional.
4º) OFERENTES:
4.1) Se aceptarán ofertas de todas aquellas firmas habilitadas comercialmente a tal efecto, se
encuentren o no inscriptas en el registro a que se refiere el artículo 61 Inc. 1º del Decreto
5720/72.
4.2) NOMBRE DE FANTASÍA : Los oferentes que coticen con nombres “fantasía” deberán
identificar claramente el titular o titulares de la firma o su denominación societaria.
4.3) COOPERATIVAS : Para aquellas contrataciones que por su naturaleza sea necesario, las
sociedades cooperativas que deseen cotizar, deberán acompañar la constancia de autorización
para funcionar otorgada por la INAES consignando el número de inscripción o matrícula del
registro de dicho Organismo (Art. 9º y 10º Ley 20337 y Dec. 2015/94). Asimismo, se pone en
conocimiento que, de resultar adjudicataria, se llevará a conocimiento del Instituto Nacional de
Acción Cooperativa dicha situación.
4.4) DOCUMENTACION LEGAL : Las personas jurídicas que presenten ofertas, deberán
acreditar, como requisito de admisibilidad, la representación de quien suscriba la propuesta,
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anexando la documentación pertinente, como así también actas de creación, sus estatutos sociales
y constancias de inscripción por ante la Inspección General de Justicia debidamente certificada
por Funcionario Público, Escribano o Entidad Bancaria. En caso de ser el Escribano de extraña
jurisdicción, la certificación debe ser acompañada de la correspondiente legalización del Colegio
respectivo. El Poder Judicial podrá exigir la presentación de cualquier documentación legal
atinente al funcionamiento societario.
4.5) INSCRIPCIONES, OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y PREVISION ALES:
c. Los proveedores deberán acreditar su situación impositiva ante la AFIP mediante
presentación de la correspondiente “Constancia de Inscripción” actualizada.
d. CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR: Los oferentes cuya oferta supere el
monto de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000.-), deberán acreditar -durante la
sustanciación del presente acto licitario-, la pertinente habilitación, a través del
Certificado Fiscal para contratar con el Estado acorde lo establece la Resolución General
N° 1814/2005 de la A.F.I.P.
4.6) PENALIDADES: Se rechazarán las ofertas formuladas por proveedores cuyos
incumplimientos -según el registro que lleva la División Técnica de la Dirección General de
Administración Financiera- hayan dado lugar a rescisiones con penalidades de contratos
celebrados con el Poder Judicial de la Nación en los tres años inmediatos anteriores al presente
llamado. Asimismo, las rescisiones dispuestas, en igual lapso, por cualquier ente público, que
lleguen a conocimiento de este Poder Judicial, podrán ser tenidas en consideración a efectos de
ponderar la conveniencia de las ofertas afectadas. De la misma manera se evaluarán los
antecedentes relativos a penalidades aplicadas con motivo u ocasión de la ejecución de contratos
celebrados con el Poder Judicial de la Nación. La presente disposición podrá ser obviada, por vía
de excepción, cuando medien razones de conveniencia para el Poder Judicial, debidamente
fundadas (Resolución Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº 637/94).
5º) ADQUISICION DEL PLIEGO : La adquisición del pliego de bases y condiciones constituye
requisito indispensable para la admisión de las ofertas.
6º) GARANTIA DE OFERTA : Cada oferente deberá presentar, conjuntamente con su
propuesta, garantía de mantenimiento de la misma por el término previsto en el pliego. Dicha
garantía equivaldrá al cinco por ciento (5%) del precio total de la correspondiente oferta y podrá
ser constituido en cualquiera de las modalidades prescriptas por el inc. 34 del Reglamento de
Contrataciones (cfr. Res. 913/88 y 944/88). Deberá tenerse en cuenta que la garantía será
extendida a favor de “Poder Judicial de la Nación, Dirección General de Administración
Financiera, Sarmiento 877, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, por ser la Repartición
contratante. En el Acta de Apertura de ofertas se asentará la garantía elegida y presentada por
cada proponente. El incumplimiento del requisito exigido en este artículo será causal de
desestimación de la oferta. En caso de que el proponente desistiese de su oferta durante el plazo
de vigencia, perderá la garantía y su incumplimiento será incluido en el registro indicado en el
artículo 4° Inciso 6 de este pliego, comprendiendo al oferente las consecuencias dispuestas por
dicho precepto.
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7º) DE LA PRESENTACION DE LA OFERTA :
7.1) DOCUMENTACION:
Al momento de presentar la oferta y sin perjuicio de la documentación particular requerida
en las especificaciones técnicas, los oferentes deberán acompañar sus ofertas con la
siguiente documentación:
f. La Garantía de Oferta correspondiente, conforme lo dispone el Artículo 6° y bajo
las condiciones del Artículo 11° de las Cláusulas Generales.
g. Documentación legal de la firma oferente de acuerdo a lo previsto en el artículo 4.4
de las presentes Cláusulas Generales.
h. Constancia de Inscripción ante la AFIP vigente de acuerdo a lo previsto en el
artículo 4.5.a. de las presentes Cláusulas Generales.
i. Certificado Fiscal para Contratar de acuerdo a lo previsto en el artículo 4.5.b. de
las presentes Cláusulas Generales.
j. La Constancia de adquisición del presente pliego de bases y condiciones,
conforme lo dispone el artículo 5° de las presentes Cláusulas Generales.
7.2) FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS:
Las ofertas se realizaran respetando las siguientes condiciones:
d. Las ofertas deberán estar firmadas en todas sus hojas por el oferente o su representante
legal o persona autorizada, y presentarla en original y duplicado.
e. Las ofertas deberán ser formuladas en Pesos Moneda Nacional, (Ley 25.561 –Emergencia
Pública y Reforma del Régimen Cambiario-).
f. COTIZACIÓN: Cada proponente podrá formular oferta por renglón, por grupo de
renglones o por la totalidad de los mismos. Como alternativa, después de haber cotizado
por renglón, puede ofertar por el total de los efectos o grupo de renglones, sobre la base de
su adjudicación íntegra. En caso de efectuar cotización global, los oferentes deberán
indicar el costo individual de cada renglón que compone la misma o indicar el grado de
incidencia porcentual en cada uno de ellos. Para el caso de cotizarse uno o más renglones,
el oferente deberá indicar también una desagregación –que contemple el mayor nivel de
detalle- de los ítem, insumos, servicios y utilidad incluidos en el precio ofertado.
No se considerarán propuestas que contentan enmiendas, entrelíneas, o raspaduras en las
partes fundamentales que no estén debidamente salvadas por el oferente, o que estén
escritas con lápiz común.
8º) MARCA : Si las especificaciones estipulan una marca o similar, equivalente, o cualquier otra
palabra que exprese lo mismo, debe tomarse como modelo patrón. El contratista podrá ofrecer
otra de igual o mayor calidad de la que figure en las especificaciones técnicas. Para aquellos
renglones en que se mencione alguna marca o tipo los oferentes deberán indicar la marca
ofrecida.
9º) ACONDICIONAMIENTO : Cuando hubiere renglones en los que se solicite un
acondicionamiento específico en cuanto a la cantidad de unidades que debe contener cada envase
o pack, pueden ofrecerse como alternativa otras opciones, salvo previsión en contrario en las
cláusulas particulares o especificaciones técnicas.
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10º) APERTURA DE OFERTAS: (IMPORTANTE) Se recomienda a los señores oferentes
arbitrar los medios a su alcance a efectos de que su oferta se encuentre con la suficiente
anticipación a la hora prevista para la apertura en el lugar indicado en "LUGAR DE APERTURA
DE LAS OFERTAS".
A partir de la hora fijada para la apertura del Acto no se aceptarán ofertas, aun cuando el
Acto no se haya iniciado.
11º) MANTENIMIENTO DE OFERTA : Se renovará automáticamente por igual plazo, y así
sucesivamente, en caso que el oferente no manifieste de manera expresa su negativa,
comunicándola en forma fehaciente hasta cinco (5) días hábiles previos al vencimiento del plazo
establecido.
12º) PREADJUDICACIÓN :
12.1) PUBLICACIÓN DEL DICTAMEN : La comunicación de la preadjudicación se hará en
pizarra por los siguientes períodos: Contratación Directa (1 día) Licitación Privada (2 días)
Licitación Pública (3 días) y el plazo para impugnaciones es de 3 días a contar desde el
vencimiento del término fijado para los anuncios.
12.2) IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN : Los oferentes que formulen impugnaciones contra
el acto de preadjudicación deberán acreditar, como requisito de admisibilidad, haber efectuado un
depósito o caución en concepto de garantía, equivalente al 1% (uno por ciento) del monto del
presupuesto oficial de la licitación o el de su oferta, el que fuere mayor. En ningún caso la
caución podrá ser inferior a la suma de pesos doscientos ($ 200).
Dicho depósito se hará en la Cuenta N° 250000883 del Banco de la Nación Argentina (Sucursal
Tribunales) denominada “PJN-0500/320-DAF-C.Mag-Impug.Lic-Gtía”. Si se omitiere el
depósito o se lo efectuare en forma insuficiente, la impugnación se tendrá por no presentada. En
caso de que la impugnación resulte procedente, dicha garantía será devuelta a solicitud del
impugnante, una vez resuelto el caso por la autoridad competente. La resolución que declare
improcedente una impugnación, causará la pérdida de la garantía constituida, a favor del Poder
Judicial de la Nación (Res. Consejo Magistratura Nº27/00).
13º) ADJUDICACIÓN :
13.1) La adjudicación de la contratación resuelta por la Dirección General de Administración
Financiera dentro del plazo de mantenimiento de oferta o de sus prórrogas, producirá el
perfeccionamiento automático del contrato. Si el acto de adjudicación emanara de la
Administración General, tales efectos se verificarán vencido el plazo recursivo del Art. 44 del
Reglamento General del Consejo de la Magistratura y en tanto no se haya interpuesto el recurso
jerárquico previsto en el Art. 19 de la Ley 24.937 contra el referido acto de adjudicación de
acuerdo a lo previsto en el artículo 13.5. de las presentes Cláusulas Generales. El Departamento
de Compras emitirá dentro de los cinco días hábiles de perfeccionado el contrato, la respectiva
Orden de Compra, a partir de cuya notificación comenzarán a correr los plazos de ejecución
contractual.
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13.2) CREDITOS Y RECURSOS: La presente contratación queda sujeta a la existencia de
créditos y recursos al momento de la adjudicación.
13.3) GARANTIA DE ADJUDICACIÓN : Recibida la Orden de Compra, el adjudicatario
deberá presentar garantía de ejecución dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. La misma
ascenderá al 20% del total adjudicado y podrá ser constituida con arreglo a las previsiones del
inc. 34 del Reglamento de Contrataciones. La falta de presentación de esa garantía producirá la
automática rescisión del contrato y obligará al adjudicatario a ingresar al Poder Judicial, en
concepto de multa, el 20% indicado. En caso de que así no lo hiciere, el Poder Judicial podrá
compensar con cualquier acreencia del proveedor, ejecutar la garantía de oferta y perseguir el
cobro del saldo restante. Asimismo, el incumplimiento contractual será asentado en el registro
referido en el artículo 4° Inciso 6 de este pliego.
13.4) SEGUROS: El adjudicatario está obligado a asegurar a su personal contra accidentes de
trabajo, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes; a tal efecto , deberá en el plazo máximo de
48 horas hábiles de recibida la correspondiente orden de compra, ante la intendencia del edificio
involucrado o a falta de ésta ante la habilitación pertinente, presentar la póliza que certifique
dicha obligación; no pudiendo ingresar ningún personal, ni por ende, ejecutar tarea alguna, hasta
cumplir con el requisito enunciado.
Los trabajadores que el contratista emplee en la prestación, deberán contar con seguro por
accidentes de trabajo, de conformidad con la Ley 24.557 y normas reglamentarias. En
consecuencia, y excepto que se encuentre en el supuesto previsto en el artículo tercero del citado
cuerpo legal, deberá demostrar poseer el seguro obligatorio legalmente establecido y su condición
de afiliado a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.). En tal sentido, la referida póliza
deberá contener la nómina del personal empleado para los trabajos con indicación de sus
documentos de identidad (tipo y número); debiendo acreditar por medio fehaciente (vg.:
certificación extendida por la compañía aseguradora o copia certificada autenticada del contrato
de afiliación y sus anexos) que el personal empleado se encuentra amparado en contrato de
seguro obligatorio celebrado con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo de su elección. Ante el
supuesto de producirse altas, se deberá certificar en igual plazo, la incorporación del nuevo
empleado dentro del marco de la cobertura. Ese trabajador, solo podrá ingresar luego de tenerse
por acreditado tal extremo en los términos ya enunciados.
La vigencia de los seguros deberá extenderse hasta la finalización del contrato.
En el mismo sentido, al requerir el contratista la conformidad del servicio prestado, deberá
exhibir ante la autoridad que presta la misma, la constancia de haber hecho efectivo el pago de la
cuota mensual de la póliza, correspondiente al período que se pretende conformar.
La autoridad pertinente asentará el cumplimiento efectivo de éste requisito en la documentación
conformada.
13.5.) REVISIÓN Y RECURSO JERARQUICO CONTRA EL ACTO DE
ADJUDICACION :
Respecto de las decisiones del Administrador General del Poder Judicial sólo procederá el
recurso jerárquico ante el plenario del Consejo previo conocimiento e informe de la Comisión de
Administración y Financiera (Artículo 19° de la Ley 24.937).
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RECURSO JERÁRQUICO: Artículo 44° del Reglamento General del Consejo de la
Magistratura. “El recurso jerárquico previsto en el Art. 19 de la Ley 24.937 deberá interponerse y
fundarse por escrito dentro del quinto día hábil de producida la notificación fehaciente de lo
resuelto. En el día hábil siguiente el recurso y todos los antecedentes deberán ser girados a la
Comisión de Administración y Financiera, la que lo incluirá en el orden del día de la reunión que
celebre”.
Las presentaciones contra el acto administrativo que resuelva la adjudicación en los términos del
precepto precedente, deberán concretarse en el plazo establecido por ante la Mesa de Entradas de
la Dirección General de Administración Financiera -Sarmiento 877, Planta Baja, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires- en el horario de 7.30 a 13.30 hs. Dicho término para recurrir amplía
automáticamente el plazo de mantenimiento de ofertas. Los recurrentes deberán acreditar como
requisito de admisibilidad, haber efectuado un depósito en concepto de garantía, equivalente al
1% (uno por ciento) del monto del presupuesto oficial de la licitación o el de su oferta, el que
fuere mayor. En ningún caso el depósito podrá ser inferior a la suma de pesos doscientos ($ 200).
Dicho depósito se hará en la Cuenta N° 250000883 del Banco de la Nación Argentina (Sucursal
Tribunales) denominada “PJN-0500/320-DAF-C.Mag-Impugn.Lic-Gtía”. Si se omitiere el
depósito o se lo efectuare en forma insuficiente, el recurso se tendrá por no presentado. En caso
que el Plenario del Cuerpo hiciere lugar al recurso, dicha garantía será devuelta a solicitud del
recurrente. La resolución que declare improcedente un recurso causará la pérdida de la garantía
constituida a favor del Poder Judicial de la Nación (Res. Con. Mag. N° 274/00 modif. por Res.
Con. Mag.95/03).
13.6) DEVOLUCION GARANTÍA DE OFERTA A OFERENTES NO
ADJUDICATARIOS : Los oferentes que no resulten adjudicatarios, podrán solicitar la
devolución de la garantía de oferta, una vez decidida la adjudicación. Se tomará como fecha
cierta de la notificación de la adjudicación, el vencimiento requerido por el art. 44. del
Reglamento General del Consejo de la Magistratura o en su caso la fecha de Resolución de la
Adjudicación, emitida por la Dirección General de Administración Financiera.
14º) FORMALIDADES DE LA CONTRATACION :
14.1.) ENTREGA :
c. PLAZO DE ENTREGA: Será el consignado en el presente pliego y el mismo se
computará -para todos los casos- desde la recepción de la pertinente orden de compra.
d. FLETE, DESCARGA, ETC.: El flete, descarga y estiba de los elementos, como así
también el seguro que cubra el riesgo del personal empleado en dichas tareas será por
cuenta del adjudicatario.
14.2) FACTURACIÓN :
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) el Estado debe considerarse como
“Consumidor Final”.
c. No se dará curso a la facturación que no se presente acompañada de la certificación de
recepción definitiva, la que deberá ser otorgada por funcionario, con sello aclaratorio y
anteponiendo la leyenda "Provisión prestada de conformidad", la fecha de recepción y de
otorgamiento de la recepción definitiva (Res CSJN 151 y 543/90), y que no contenga la
referencia a la contratación que la origina.
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d. FACTURACIÓN PARCIAL: Se aceptará facturación parcial de la mercadería entregada y
recepcionada de conformidad.
14.3) FORMA DE PAGO : El vencimiento del pago de la prestación será de 30 (treinta) días
hábiles de ingresada la correspondiente factura, presentada de conformidad con lo previsto en el
punto precedente.
14.4) DEVOLUCION GARANTIA DE ADJUDICACIÓN:
d. Se tomará como fecha de devolución el vencimiento del plazo previsto en el Inc. 106
(vicios redhibitorios) del Reglamento de Contrataciones, computado a partir de la
recepción definitiva de bienes o servicios o última recepción en caso de entregas
parciales. Si la contratación previese una garantía de calidad del servicio o bien entregado,
la devolución procederá a partir de la caducidad de dicha garantía, en caso de que este
plazo fuese mayor al establecido por el referido Inc.106.
e. Establecer en seis (6) meses, el plazo otorgado a los depositantes de garantías de ofertas
y/o adjudicación constituidas bajo la forma de avales bancarios, pólizas de caución o
pagarés, a partir de la notificación fehaciente, para que proceda a su retiro en el sector
Tesorería en la calle Sarmiento 877 cuarto piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
f. Anualmente se procederá a la destrucción de los documentos cuya devolución no haya
sido solicitada en los plazos previstos en el párrafo anterior.
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CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES CALLE MITRE N° 60 - BAHÍA BLANCA - PROVINCIA DE BUE NOS AIRES
JUZGADO FEDERAL Nº1 DE BAHÍA BLANCA
CALLE ALSINA N° 317 - BAHÍA BLANCA - PROVINCIA DE B UENOS AIRES
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL, PREVENTIVO Y CO RRECTIVO
DE LA INSTALACIÓN DE CALEFACCIÓN ARTICULO 1. OBJETO.
El objeto de las presentes especificaciones consiste en el servicio de mantenimiento integral, preventivo y correctivo de la instalación de calefacción de los edificios sitos en las calles Mitre Nº 60 y Alsina Nº 317 de la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, sedes de la Cámara Federal de Apelaciones y del Juzgado Federal Nº 1 de Bahía Blanca, respectivamente, según el siguiente detalle: En el edificio calle Mitre N°60 (sede de la Cámara Federal): - 2 (dos) equipos generadores de aire caliente con encendido electrónico
de 25.000 cal/h cada uno marca “Goodman”, ubicados en la biblioteca. - 1 (una) caldera tipo bajo mesada, automática a gas natural de 20.000
cal/h nominales, marca “Humaitá” serie 884, ubicada en la dependencia del mayordomo.
- 1 (una) caldera de pie con quemador atmosférico de acero inoxidable, de 70.000 kcal/h.
- Electrobombas, radiadores y todo otro elemento componente de la instalación de calefacción.
En el edificio calle Alsina N°317 (sede del Juzgado Federal): - 1 (una) caldera, automática a gas natural, de 85.000 kcal/h - Electrobombas, radiadores y todo otro elemento componente de la
instalación de calefacción. A estos equipos se les realizarán todos los trabajos indicados en las presentes especificaciones, sin perjuicio de otros que pudieran corresponder para garantizar su correcto y seguro funcionamiento.
ARTICULO 2. ALCANCE DEL OBJETO CONTRACTUAL Y OBLI GACIONES DEL ADJUDICATARIO. Sin perjuicio de todos aquellos deberes y obligaciones que el adjudicatario deberá cumplir conforme lo regulado en el presente pliego de bases y condiciones, el mismo tendrá a su cargo las siguientes:
2. 1. Control de funcionamiento de las instalacion es. 2.1.1 Calderas existentes
Antes de la puesta en marcha de la caldera, se deberá realizar el vaciado, extracción de barro y limpieza de fondo de la misma, baqueteado y limpieza de todos y cada uno de los tubos de humo y el reacondicionamiento general, limpieza y verificación de funcionamiento de los controles de nivel. Una vez realizados los trabajos enunciados, se procederá a la puesta en marcha, regulación y prueba del sistema. Durante toda la duración del servicio, los tubos de humo, el hogar y la chimenea serán deshollinados, se remandrilarán los tubos (de ser necesario), se renovará o reparará el hogar refractario y su aislación y se pintarán tanto sus partes metálicas como las aislaciones. Estos trabajos se efectuarán cuantas veces sea necesario durante el período de duración del contrato del servicio mecánico de mantenimiento. Los materiales y/o residuos provenientes de estas tareas serán retirados a su exclusivo cargo por el contratista en un plazo máximo de 48 horas.
Caldera nueva – Mantenimiento durante el período d e garantía
A fin de validar su garantía, se deberá efectuar la totalidad de las tareas de mantenimiento preventivo indicadas en el manual provisto por el
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fabricante del aparato. Las tareas mínimas a considerar durante el período de garantía son: - Control general del sistema. - Limpieza del cuerpo de la caldera. - Limpieza de quemador mediante cepillos blandos o aire comprimido. - Limpieza del conducto de evacuación de humos.
En el caso de ser necesaria la sustitución de repue stos o partes, deberá seguirse las instrucciones del fabricante.
Vencido el plazo de garantía, la caldera se incorporará plenamente a las tareas de mantenimiento integral del presente servicio.
2.1.2 Quemador
Antes de la puesta en marcha de la caldera se deberá realizar el reacondicionamiento general del quemador, que comprende: desarme de todas las válvulas (principales y de piloto), limpieza de diafragmas o reemplazo, según su estado, rearmado y verificación de la estanqueidad y del funcionamiento, desarme de los filtros de gas, limpieza o reemplazo de la malla filtrante, según su estado, rearmado y verificación de la estanqueidad, desarme y limpieza de inyectores, piloto, conductos de aire y gas, reacondicionamiento del detector de llama, elementos de control y solenoides, limpieza de toberas, limpieza exterior y pintura. Una vez realizados los trabajos enunciados, se procederá a la puesta en marcha, regulación y prueba del sistema. Durante toda la duración del servicio, el quemador a gas y su tablero de comando y control será revisado, limpiado y regulado, de forma tal que asegure un correcto funcionamiento, con un rendimiento de acuerdo a la placa de identificación del mismo y sobretodo sus condiciones de seguridad. Esto comprende, de ser necesario, el cambio de válvulas de seguridad, diafragmas de válvulas de gas, electro switch, bobinas de válvulas solenoides, circuitos electrónicos del tablero de comando y elementos de protección y maniobra, transformadores, luces indicadoras o cualquier otro elemento que sea necesario para el buen funcionamiento del mismo, incluyendo rebobinado de motor.
2.1.3 Elementos de comando, control y seguridad Antes de la puesta en marcha y durante todo el período de duración del contrato, todos los elementos de comando, control y seguridad de la caldera, como ser: acuastato, presostato, control de nivel, válvulas solenoides, válvulas de seguridad, etc., serán revisados, reparados, regulados y probados para constatar que cumplen con la función para los que fueron diseñados. Se considerará también el cambio de tubos de nivel, interruptores a mercurio, bobinas de solenoides, mecanismos de accionamiento, como así también el cambio de los mencionados controles y sus instalaciones eléctricas de interconexión. Se cambiarán también los elementos de comando y protección de los tableros eléctricos que estén relacionados con estas instalaciones durante todo el período de mantenimiento. Antes de la puesta en marcha de las calderas, se procederá al desarme y limpieza interior de todos los controles de nivel, de forma tal que los mecanismos funcionen libremente y reparando aquellos que se encuentren defectuosos, posteriormente se procederá al rearmado y verificación de funcionamiento de los mismos.
2.1.4 Cañerías
Durante el período de duración del contrato se deberán reparar todas las pérdidas que pudieran producirse, incluyendo el cambio de cañerías, con su respectiva pintura y aislación térmica, y terminación de acuerdo con el resto de la cañería existente. Se procederá también a la limpieza de sifones, filtros y trampas de vapor de toda la instalación antes de la puesta en marcha y posteriormente, una vez cada dos meses como mínimo.
2.1.5 Válvulas, llaves de paso y radiadores
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Todas las válvulas, llaves de paso para gas y llave s de paso para radiador, serán destrabadas (en caso de estarlo) y reacondici onadas de forma tal que aseguren un manejo liviano. A su vez se renovarán y /o ajustarán los prensaestopas para evitar todo tipo de pérdida, ya sea de vapor, agua o gas. Se repondrán también aquellos volantes o manijas que falten o es tén deteriorados. Se revisarán todos los radiadores y se repararán las pérdidas que pudieran existir, ya sea entre secciones o en sus conexiones con las cañerías de alimentación o retorno. Se realizará la purga del aire de todos los radiadores. Estos trabajos se repetirán cuantas veces sea necesario, durante el lapso de duración del servicio mecánico.
2.1.6 Tableros eléctricos, controles y protecciones
Los tableros eléctricos de comando serán revisados y reacondicionados reponiendo aquellos elementos faltantes o defectuos os y ajustando todas las conexiones eléctricas. Otro tanto ocurrirá con los termómetros, termostatos, válvulas motorizadas, presostato, manómetros, etc.
2.1.7 Electrobombas
Se procederá al control de funcionamiento (amperaje , vibraciones, caudales, presiones), lubricación de bujes y/o roda mientos, limpieza o cambio de filtros de agua, ajuste o cambio de empaquetaduras, cambio de manchones de acople, desoxidado y pintura de cuerpo y base, en c aso de ser necesario.
2.1.8 Ventiladores
Se procederá a realizar todas aquellas tareas que aseguren el correcto y silencioso funcionamiento de los mismos, como ser: limpieza interior y exterior, inspección, reparación o cambio, lubricación de cojinetes o rodamientos, reparación de ejes, rebobinado de motores, balanceo estático y dinámico, reacondicionamiento o cambio de soportes antivibratorios, pintura general. Se reacondicionará también la línea eléctrica de interconexión con el tablero y los elementos de comando y protección de este último.
2.2 Características del servicio Este servicio mecánico se dividirá en: a) Correctivo: consistirá en efectuar las reparaciones que se presenten durante el plazo
contractual previsto, con provisión de materiales y mano de obra para cumplir tales fines. Los trabajos fijos a considerar, además de los citados en artículos anteriores, son: limpieza y deshollinado de chimeneas y calderas y pintura general de todos los equipos, máquinas y cañerías de estas instalaciones, en donde sea necesario.
b) Preventivo: consistirá en efectuar visitas periódicas y trabajos
predeterminados destinados a conservar las instalaciones en perfecto estado de funcionamiento. Las tareas que corresponden al mantenimiento preventivo son, como mínimo, las siguientes: una visita al edificio cada quince (15) días para controlar el funcionamiento de la caldera, quemador, electrobomba, ventiladores, válvulas y elementos de control y seguridad del conjunto caldera-quemador, efectuar eventuales purgas, reparación de aquellos radiadores que no calienten correctamente, lubricaciones, limpieza de filtros y cualquier otro trabajo que sea necesario realizar y que se aprecie en dicha visita o bien sea comunicado por la Habilitación del edificio.
2. 3. Limpieza de Sala de Máquinas
El Adjudicatario de estos trabajos procederá a la limpieza de la sala de máquinas, coordinando con las autoridades del edificio el retiro de todos aquellos materiales o elementos ajenos al destino del citado local y mantendrá la sala y sus elementos en perfectas condiciones de higiene durante el lapso de duración del servicio mecánico.
2. 4. Especificaciones y obras complementarias.
El Adjudicatario deberá considerar como obras complementarias todos los trabajos de albañilería relacionados con el presente servicio, como ser: provisión de andamios, apertura y cierre de canaletas y/o zanjas para la reparación o cambio de cañerías, pases de losas o muros, reposición de pisos, revestimientos o cielorrasos afectados, iguales a los existentes, pintura, retiro de escombros y demás trabajos relacionados con estas instalaciones.
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Las terminaciones deberán realizarse con materiales similares a los existentes, debiendo coordinarse y consensuarse estos trabajos con la Habilitación del edificio, que deberán conformar los mismos. En idéntico sentido, cabe señalar que el Adjudicatario efectuará todos los trabajos que exijan las reglamentaciones vigentes y/o las reglas del arte, con miras a asegurar un perfecto funcionamiento de las instalaciones y sus componentes, de acuerdo a su fin. Por tal motivo, tendrá en cuenta y evaluará todas las necesidades y previsiones que deberá tomar durante la ejecución de los trabajos, evitando cualquier error u omisión, aunque dicha ejecución se haga de acuerdo a planos, especificaciones o indicaciones. Sin embargo, previo a realizar la subsanación referida, el Adjudicatario deberá elaborar y remitir un informe técnico a la Habilitación a fin de que la misma preste su conformidad al respecto. Si surgieran problemas de índole técnica que no pudieran ser resueltos entre la Habilitación y el Adjudicatario, deberá remitirse a lo dispuesto en el Artículo 2.6 de las presentes especificaciones técnicas.
2. 5. Elementos susceptibles de ser reparados o ca mbiados.
Todos los elementos o repuestos, la mano de obra y la supervisión técnica que sean necesarios para mantener en correcto estado de funcionamiento las instalaciones, se consideran incluidos dentro del presente servicio. Para mayor aclaración se indican algunos: manómetros, termómetros, presostatos, acuastatos, motores de los ventiladores, quemadores, bombas, válvulas, llaves de paso, manchones de acople, empaquetaduras o sellos de bombas y válvulas, trampas de vapor, sifones, refractarios, tubos de caldera, aislaciones, cañerías, válvula y flotante de tanque de expansión, elementos de los tableros eléctricos de estas instalaciones y sus interconexiones (contactores, guardamotores, relays, protecciones termomagnéticas, etc.); y los elementos de uso común, como ser lubricantes, pinturas, elementos de limpieza, etc., como así también los elementos necesarios para realizar las reparaciones mencionadas en los artículos anteriores.
2. 6. Calidad de los repuestos e insumos. El adjudicatario realizará la provisión y colocación de todos los repuestos necesarios para realizar los trabajos especificados, que deberán ser totalmente nuevos y de diseño estándar cumpliendo las normas IRAM (o en su defecto normas HD, IEC, ISO y/o NM). El tipo y calidad de dichos repuestos deberá ser constatado por la Habilitación, sin esta constatación y conformidad, no se permitirá la colocación del referido elemento. De la referida constatación y conformidad se deberá dejar constancia escrita, en el Libro de Novedades e Informe Mensual, mencionado en el Artículo 6 de las Cláusulas Particulares. Si surgieran problemas de índole técnica que no pudieran ser resueltos entre el Adjudicatario y la Habilitación se podrá solicitar la colaboración del personal técnico del Área Especialidades Complementarias de la Dirección General de Infraestructura Judicial. El retiro de los elementos deteriorados será realizado por el Adjudicatario, previa autorización e inspección por parte de la citada Habilitación.
2. 7. Instalaciones no incluidas. No se incluirá en el presente servicio de mantenimiento la instalación eléctrica desde la toma de entrada al edificio y hasta la acometida al tablero general de fuerza motriz de los equipos, como así también, las instalaciones de desagüe de líquido de condensado, aguas abajo de sus puntos de conexión con la red de desagüe.
2. 8. Instrucciones y asesoramiento. El Adjudicatario del servicio se compromete a instruir al personal que estará a cargo de la operación de las instalaciones, respecto del correcto accionamiento de todos y cada uno de los componentes de las mismas, a fin de evitar posibles deterioros. Asimismo, deberá prestar asesoramiento técnico, sobre aquellas reparaciones que pudieran ser necesarias en las instalaciones citadas en el punto 2.7. - “Instalaciones no incluidas” de las presentes especificaciones técnicas, pero que afecten el correcto funcionamiento del sistema de aire acondicionado.
2. 9. Servicio de emergencia. Cuando exista algún problema de funcionamiento y ante el llamado de las autoridades del edificio, el Adjudicatario deberá concurrir inmediatamente, en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, y efectuar las reparaciones -con provisión de repuestos- que sean necesarios para dejar las instalaciones en correcto estado de funcionamiento y en el menor tiempo posible.
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En esta oportunidad se emitirá un informe de las tareas efectuadas, el cuál quedará asentado en el Libro de Novedades previsto en el Artículo 6 de las Cláusulas Particulares. La mano de obra para estas reparaciones estará considerada dentro del monto cotizado, al igual que los repuestos. A efectos de garantizar una rápida y efectiva comunicación en caso de emergencia, el Adjudicatario deberá contar con un servicio de comunicación por telefonía celular, debiendo informar a la Habilitación el correspondiente número, previamente al comienzo del servicio. Dicho medio de comunicación deberá estar permanentemente habilitado. Por cada vez que el Adjudicatario no concurriese a prestar el servicio de emergencia pactado se le aplicará -con carácter de rescisión parcial (Conf. Incs. 92 y 120 del Decreto N° 5720/72, reglamentario de la Ley de Contabilidad )- una sanción equivalente al importe que resulte de dividir el precio del mantenimiento mensual por la cantidad de días que tenga el mes en el cual se haya producido el incumplimiento, y se multiplicará por la cantidad de días de incumplimiento.
ARTICULO 3. PRUEBA FINAL.
Treinta (30) días antes de la fecha de finalización del servicio, el Adjudicatario y el personal designado a tal efecto por la Habilitación, efectuarán conjuntamente una prueba de todos y cada uno de los elementos de la instalación, incluidos los de seguridad, que deberán funcionar correctamente. En esta oportunidad, se labrará un Acta -que firmarán las partes intervinientes-, en la que se dejará constancia del estado de los equipos y de las posibles deficiencias encontradas, determinándose asimismo en dicho acto un plazo para que el Adjudicatario saliente efectúe las reparaciones pertinentes. Una vez finalizado el plazo estipulado, personal designado a tal efecto por la Habilitación, en presencia del Adjudicatario, verificará que se haya dado fiel cumplimiento a lo labrado en el Acta. Para el caso que el Adjudicatario no cumpliera las prestaciones o no subsanara las deficiencias observadas y labradas en el Acta, las subsanara parcialmente o lo hiciera fuera del plazo estipulado, la Habilitación gestionará ante la Dirección General de Administración Financiera la aplicación de las sanciones pertinentes (léase, multa por mora -conf. Inc. 118 del Decreto N° 5720/72, reglam entario de la Ley de Contabilidad-; o rescisión total o parcial, según corresponda, conf. Inc. 92 y 120 de la normativa precitada). Lo expuesto es sin perjuicio de que no se dará la conformidad provisoria y definitiva del servicio hasta tanto el Adjudicatario no cumpliera las prestaciones o no subsanara las deficiencias observadas y labradas en el Acta.
ARTÍCULO 4. CONFORMIDAD DE LOS TRABAJOS.
La inspección y supervisión de todos los trabajos enunciados estarán a cargo de la Habilitación de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca. Para que la Habilitación pueda efectuar el control de los mencionados trabajos, el Adjudicatario deberá solicitar las respectivas inspecciones a la mencionadas dependencias, durante los momentos que mejor se pueda apreciar la correcta ejecución de los trabajos especificados, mediante una comunicación en el Libro de Novedades previsto en el Artículo 6 de las Cláusulas Particulares. De no darse estricto cumplimiento a esta solicitud de inspecciones, no se prestará conformidad a los remitos y/o facturas.
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CLAUSULAS PARTICULARES
SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LA INSTALACIÓN DE CALEFA CCIÓN
ARTÍCULO 1. OBJETO.
La encomienda deberá contemplar el mantenimiento de la instalación de calefacción que forma parte del objeto del presente Pliego de Bases y Condiciones, como así también la provisión de todos aquellos elementos complementarios que a pesar de no estar explícitamente indicados, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación. Las tareas descriptas en ningún caso podrán dar lugar a reconocimientos de mayores costos, gastos adicionales o incrementos en el importe adjudicado.
ARTÍCULO 2. REQUISITOS A CUMPLIR POR LOS OFERENTES DURANTE LA
ETAPA DE SELECCIÓN DE ADJUDICATARIO. 2. 1. Visita al edificio .
Los oferentes deberán realizar una visita técnica a los edificios, en un plazo no menor a cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de las ofertas, a los efectos de tomar conocimiento de las instalaciones existentes, horarios y condiciones de trabajo a los que deban adaptarse. La empresa contratista no podrá posteriormente alegar desconocimiento del estado y del lugar en donde se encuentran instalados los equipos, o por cualquier aspecto o circunstancia del objeto de la presente contratación, ni solicitar modificación alguna en el precio adjudicado. Cualquier tipo de duda podrá evacuarse con una anticipación de hasta tres (3) días hábiles previos a la apertura de las ofertas. Esta visita deberá coordinarse con la Habilitación de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, TEL.: (0291) 452-3285 de Lunes a Viernes en el horario de 7:30 a 13:30, quién extenderá una constancia escrita de dicha visita, sellada y firmada, la que deberá adjuntarse a la respectiva propuesta. Para esta visita, como así también para cualquier información complementaria previa a la cotización, deberán dirigirse a la mencionada dependencia. La realización de la visita indicada constituye una condición de admisibilidad de la oferta, por lo que la no concurrencia a la visita previa ocasionara la desestimación de la oferta.
2. 2. Antecedentes. El oferente para resultar adjudicatario, deberá acreditar al menos un antecedente, con constancia escrita de trabajos similares o de mayor envergadura que los tratados en este pliego, efectuados en los últimos cinco (5) años.
2. 3. Documentación a presentar con la OFERTA.
Conjuntamente con la oferta y en forma adicional a la documentación requerida en el punto 7.1. de las Cláusulas Generales, los oferentes deberán acompañar la siguiente documentación: a) La Garantía de Oferta correspondiente, conforme lo dispone el Artículo
6 y bajo las condiciones del Artículo 11, ambos de las Cláusulas Generales.
b) La constancia de visita previa, escrita, sellada y firmada por la Habilitación del edificio, conforme lo dispone el punto 2.1. - “Visita al Edificio” de las presentes Cláusulas Particulares.
c) Las constancias de por lo menos un antecedente de trabajos similares o de mayor envergadura que el tratado en este pliego, efectuado en los últimos cinco (5) años, conforme lo previsto en el punto 2.2. - “Antecedentes” de las presentes Cláusulas Particulares.
d) Acreditación de una comunicación adecuada mediante una línea telefónica celular para la correcta atención de los reclamos, conforme lo
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establecido en el punto 2.9. - “Servicio de Emergencia” de las especificaciones técnicas.
e) Constancia actualizada de matrícula habilitante del profesional a cargo de los trabajos ante empresa distribuidora de gas de la zona.
ARTÍCULO 3. PLAZO DE EJECUCIÓN.
Indicado en el cuerpo principal. ARTÍCULO 4. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO.
Para ejecutar todas las tareas de mantenimiento y/o reparación de cualquiera de las partes componentes de las instalaciones, deberá darse estricto cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y el Convenio Colectivo de Tr abajo CCT 260/75. Además, deberá encuadrar la Obra en cuestión en el marco de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587, y su D ecreto Reglamentario N° 911/96, así como las disposiciones vigentes en l a materia. Será responsable de los daños que pudieran ocasionarse a bienes de propiedad del Poder Judicial de la Nación o a terceros. A estos efectos extremará los recaudos para prevenir siniestros capaces de producir lesiones a personas, tanto se trate de personal del Poder Judicial de la Nación, cuanto de terceras personas o de bienes muebles e inmuebles, de propiedad de aquel o de terceros. El Adjudicatario de los trabajos es el único responsable por pérdidas, averías, roturas o sustracciones que, por cualquier circunstancia (imputables o no a su personal), se produzcan en la obra contratada en la zona de los trabajos, con los materiales acopiados y por la vigilancia que se requiera. La empresa Adjudicataria deberá contar en su plantel con un profesional con título habilitante en Seguridad e Higiene que inspeccione las instalaciones y las condiciones de trabajo del personal que allí se desempeña. La empresa Adjudicataria deberá presentar constancia actualizada de la matrícula habilitante de dicho profesional ante la Habilitación. El responsable de higiene y seguridad en el trabajo designado por la empresa, deberá realizar inspecciones mensuales, con el objeto de evaluar las condiciones de las instalaciones, fundamentalmente aquellas que impliquen un riesgo para los trabajadores o usuarios de las mismas. Al cabo de dichas inspecciones la contratista deberá extender un certificado del cumplimiento de las normativas vigentes (suscripto por el profesional responsable), como requisito indispensable para la autorización del comienzo de las tareas respectivas por parte de la Habilitación del organismo. El Adjudicatario es responsable de tomar todos los recaudos necesarios para la protección contra riesgos laborales del tipo: choque eléctrico, trabajos con agua a presión, caída de personas y cosas, golpes contra objetos por falta de iluminación, vapores y gases, etc., así como de impedir la posibilidad de transmitir enfermedades contagiosas o afectar sanitariamente el medio. Estarán a cargo del Adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, riesgos del trabajo y otras expensas que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos y/o individuales vigentes, a dictarse o a convenirse en el futuro.
ARTÍCULO 5. PROFESIONAL MATRICULADO Los trabajos incluidos en las presentes especificaciones deberán ser efectuados por profesional matriculado ante la empresa distribuidora de gas de la zona, debiendo acreditar tal circunstancia con la presentación de la constancia de la matrícula al día, en el momento de presentar su oferta. Será el único responsable por el correcto y seguro funcionamiento de la instalación de calefacción objeto del presente servicio.
ARTÍCULO 6. LIBRO DE NOVEDADES E INFORME MENSUAL.
El Adjudicatario proveerá a la Habilitación un Libro de Novedades del tipo triplicado, que quedará depositado en la misma, donde la empresa
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comunicará las novedades que pudieran presentarse en el funcionamiento de las instalaciones y a su vez, la Habilitación dejará constancia de los reclamos que efectúe al Adjudicatario por deficiencias en el cumplimiento del contrato. En cada caso se deberá indicar la fecha de la comunicación, el nombre de la empresa, el número de la Orden de Compra y se detallará claramente la deficiencia reclamada. El original y las dos copias serán firmados por ambas partes, quedando el original en el Libro y en poder de la Habilitación. Una de las copias se entregará al Adjudicatario y la otra será remitida al Área Coordinación de Especialidades Complementarias de la Dirección General de Infraestructura Judicial. Mensualmente, el Adjudicatario entregará a la Habilitación por duplicado un informe completo con un detalle de los trabajos efectuados en cada uno de los equipos enunciados en el Artículo 1 de las especificaciones técnicas durante el mes, de los repuestos cambiados y de los trabajos que se planean ejecutar y que pudieran afectar el funcionamiento de las instalaciones o de las oficinas, para coordinar con la Habilitación el momento oportuno para efectuarlos, a efectos de causar los menores inconvenientes posibles. Verificada la ejecución de los trabajos indicados en este informe por personal de la Habilitación, se le devolverá al Adjudicatario el duplicado debidamente conformado y firmado, en el que constarán también las fechas acordadas para la ejecución de los trabajos indicados anteriormente.
ARTÍCULO 7. GARANTÍA.
Las tareas especificadas y los repuestos empleados tendrán garantía escrita por un plazo mínimo de doce (12) meses, contados partir de la fecha de recepción definitiva del servicio. Para el caso que para la validez de la garantía sea necesaria la realización de tareas periódicas de mantenimiento, las mismas se considerarán incluidas.
ARTÍCULO 8. RECEPCIÓN.
A los fines de la recepción provisoria y definitiva será aplicable lo dispuesto en el presente acápite y en las Cláusulas Generales y disposiciones concordantes y correlativos del presente pliego de bases y condiciones y supletoriamente en cuanto no fueran modificadas por el presente pliego por lo previsto en el Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 5720/72, ordenamiento incorporado a la normativa del Poder Judicial de la Nación por la Resolución CSJN Nº 1562/00, en especial a lo dispuesto en los incisos 90, 94, 102, 103, 104, 105 y concordante.
8.1. Recepción Provisoria y Definitiva durante la e jecución del contrato:
La Recepción Provisoria y Definitiva, se otorgará en forma parcial, mensualmente, mediante la presentación de las facturas debidamente conformadas de acuerdo a lo previsto en el punto 14.2 - "Facturación" de las Cláusulas Generales que forman parte del Pliego de Base y Condiciones que rige la presente contratación.
8.2. Recepción Provisoria y Definitiva del último mes de ejecución del
contrato: Una vez finalizado el contrato y cumplida satisfactoriamente la prueba final o dado cumplimiento al Acta suscripta conforme lo previsto el Artículo 3 de las especificaciones técnicas, se otorgará mediante la presentación de las facturas debidamente conformadas de acuerdo a lo previsto en el punto 14.2 - "Facturación" de las Cláusulas Generales que forman parte del Pliego de Base y Condiciones que rige la presente contratación.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA