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DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL DOCUMENTO DE APOYO 2017

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DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ESPECIAL

DOCUMENTO DE APOYO

2017

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EDUCACIÓN ESPECIAL

“MODALIDAD TRANSVERSAL AL SISTEMA EDUCATIVO”

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La Dirección General de Escuelas a través de la Dirección de Educación Especial produce este documento que tiene como objetivo afianzar

la cultura inclusiva en los Niveles Obligatorios del Sistema Educativo, partiendo de una educación inclusiva que se refleja en el desarrollo de

estrategias que posibiliten la igualdad de oportunidades,

según la UNESCO es “un proceso de fortalecimiento de la capacidad del sistema educativo para llegar a todos. Como principio general, debe

orientar todas las políticas y prácticas educativas, partiendo del hecho de que la educación es un derecho humano básico y el fundamento de

una sociedad más justa e igualitaria.” (UNESCO 2009).

La Convención de los Derechos de las personas con discapacidad, en Argentina con Jerarquía Constitucional Ley 27.044, reconoce el

derecho de las personas con discapacidad a la educación sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades y demanda que

se les brinde la posibilidad de aprender habilidades para la vida y desarrollo social, a fin de propiciar su participación plena y en igualdad de

condiciones en la educación, como miembros de la comunidad. La educación inclusiva se puede resumir en “las transformaciones de la

educación general y de las instituciones educativas para que sean capaces de dar respuesta equitativa y de calidad a la diversidad…”.

La Ley de Educación Nacional tiene por objeto regular el ejercicio del derecho de enseñar y aprender consagrado por el artículo 14 de la

Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella. Establece la estructura del Sistema Educativo, haciendo alusión a todos

los niveles y modalidades que la conforman; determina la extensión de la obligatoriedad escolar y plantea las responsabilidades y obligaciones

del Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación a la Educación.

En su Art. 42º, define a la Educación Especial como la modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las

personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. La Educación Especial se

rige por el principio de inclusión educativa, de acuerdo con el inciso n) del artículo 11 de esta ley.

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La “modalidad” comprende una perspectiva de transversalidad al Sistema Educativo y, por eso, la articulación y la coordinación son requisitos

centrales en su propio funcionamiento.

El paradigma de la inclusión debe analizarse desde tres dimensiones:

Crear culturas inclusivas: orientadas a la creación de una comunidad escolar acogedora, segura, colaboradora y estimulante, en la que

cada uno sea valorado para que todos los estudiantes tengan mayores logros.

Elaborar políticas inclusivas: para que aumente la capacidad de las escuelas en la atención a la diversidad, asegurando que la inclusión

sea el objetivo principal del proyecto escolar y desde la Modalidad se desarrollen apoyos desde la perspectiva del derecho.

Desarrollar prácticas inclusivas: donde la docencia y los apoyos se integran de tal forma que se puedan superar las barreras para el

aprendizaje y la participación.

Una sociedad es accesible cuando practica la tolerancia y el respeto hacia la diferencia, valorándola como algo positivo, única forma de

construir una democracia verdadera.

Prof. Susana Yelachich

Directora de Educación Especial

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CONSIDERACIONES GENERALES

Las personas con discapacidad son personas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a lo largo del

tiempo. Por lo tanto “la inclusión” les permite el desempeño de todos los derechos humanos y de todas las libertades para que sean

respetadas por todos como cualquier otra persona. La Organización Mundial de la Salud (2001) en la Clasificación Internacional del

Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud incluyó en la definición los factores contextuales en los que se desarrolla la persona

con discapacidad, esta evolución ha ido de la mano con una mirada que ha dejado de centrarse en el déficit para centrarse en las

potencialidades y en lo que puede llegar a hacer mediante la eliminación de las barreras contextuales y el apoyo necesario, es de

donde parte el Modelo Social de Discapacidad. Por lo que la “inclusión” se basa en la eliminación de las barreras que impiden la

participación de las personas con discapacidad en la sociedad.

MODELO SOCIAL

Es aquel que considera que las causas que originan la discapacidad no son ni religiosas, ni científicas, sino que son, sociales. Desde

esta filosofía se insiste en que las personas con discapacidad pueden aportar a la sociedad en igual medida que el resto de personas

“sin discapacidad”, pero siempre desde la valoración y el respeto de la diferencia. Este modelo se encuentra íntimamente relacionado

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con la asunción de ciertos valores intrínsecos a los derechos humanos, y aspira a potenciar el respeto por la dignidad humana, la

igualdad y la libertad personal, propiciando la inclusión social, y sentándose sobre la base de determinados principios: vida

independiente, no discriminación, accesibilidad universal, normalización del entorno, diálogo civil, entre otros. Parte de la premisa de

que la discapacidad es en parte una construcción del resultado de una sociedad que no considera ni tiene presente a las personas

con discapacidad. Asimismo, apunta a la autonomía de la persona con discapacidad para decidir respecto de su propia vida, y para

ello se centra en la eliminación de cualquier tipo de barrera, a los fines de brindar una adecuada equidad en las oportunidades1.

Diseño universal

La “inclusión” supone un sistema universal, es decir unificado para todos, lo que implica un currículum común con la posibilidad de

desarrollar una trayectoria educativa integral que aporte una configuración de apoyo para atender las particularidades de cada

estudiante. Ese currículum procura garantizar la equidad en el derecho a la educación.

Configuración de apoyo

Se considera el “apoyo” o “apoyo al aprendizaje” como “todas las actividades que aumentan la capacidad de una escuela para dar

respuesta a la diversidad del alumnado”. Proporcionar apoyo individual a determinados alumnos es tan sólo una de las formas para

hacer accesibles los contenidos de aprendizaje a todo el grupo.

1 PALACIOS, A. 2008.

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Las configuraciones prácticas que pueden adoptar los apoyos educativos son: atención, asesoramiento y orientación, capacitación,

provisión de recursos, cooperación y acción coordinada, seguimiento e incluso investigación.

Las configuraciones de apoyo se encuentran estrechamente vinculadas con el concepto de “diseño universal del aprendizaje”,

constituyen andamiajes planificados desde el sistema educativo para propiciar la inclusión de estudiantes con discapacidad. Las

configuraciones de apoyo se proponen generar las condiciones para lograr una “trayectoria educativa integral”. Un recurso por sí

solo no constituye una configuración de apoyo. Sólo pasa a serlo cuando éste es activado por un agente (persona, grupo) con una

intencionalidad o propósito educativo. Las configuraciones prácticas que pueden adoptar los apoyos serán definidas sobre la base

de la evaluación y la valoración de las capacidades de los estudiantes, las barreras al aprendizaje, las necesidades educativas de

los alumnos/as, el contexto y los recursos de las instituciones.

¿Qué es una barrera?

Una barrera es algo que impide a una persona realizar una tarea o conseguir algo. Por ejemplo, una escalera es una barrera para

las personas que no pueden andar. Un informativo en televisión sin que se transmita en la lengua de señas es una barrera para las

personas que no pueden oír. Los semáforos que no emiten sonidos que avisan a los peatones para cruzar la calle son una barrera

para las personas que no pueden ver. Las leyes escritas en un lenguaje jurídico complejo son barreras para las personas que tienen

dificultades para leer y comprender. El no tener un auxiliar para asistir sanitariamente a los estudiantes con discapacidad, es una

enorme barrera que los expulsa del Sistema.

Detección de las barreras:

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Barreras de acceso físico.

Barreras de la comunicación.

Barreras didácticas: procesos de enseñanza-aprendizaje.

Barreras sociales/actitudinales: actitud de los docentes, de los demás estudiantes, de los familiares, carencias en la

información, capacitación, conocimiento de los procesos inclusivos.

Trayectorias escolares

Hace referencia a múltiples formas de atravesar la experiencia educativa, que no implica recorridos lineales en el Sistema Educativo.

La trayectoria educativa integral de los estudiantes con discapacidad requiere:

1. Itinerarios personalizados (desde un máximo de singularidad posible).

2. La atención de las necesidades educativas, sociales y subjetivas de los distintos momentos de la vida del estudiante.

3. La adopción de un modelo social de discapacidad para transformar las barreras, proponer y desarrollar los apoyos para la

participación de las personas con discapacidad, apuntando al diseño universal de productos, entornos, programas y servicios,

precisando las ayudas técnicas.

4. Que el Sistema Educativo en su conjunto considere al alumno como sujeto con derecho a educarse.

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La intensidad de los apoyos puede ser:

Intermitente: Apoyos en los aspectos "que son necesarios." Se caracterizan por la naturaleza episódica, la persona no siempre

necesita el/los apoyo/s, o son apoyos a corto plazo que se necesitan durante las transiciones de una etapa a otra de la vida.

Limitado: Los apoyos están caracterizados por una intensidad constante en el tiempo, o limitados en el tiempo, pero no son

de naturaleza intermitente, pueden requerir menos personal asistencial y menos coste que los niveles más intensos de apoyo.

Amplio: Apoyos caracterizados por ayudas regulares (ej., diariamente) al menos en algunos ambientes (tales como en el

trabajo o en casa) y no limitadas en el tiempo.

Generalizado: Apoyo caracterizado por su constancia y alta intensidad; proporcionados en los distintos contextos; necesario

para la supervivencia de la persona. Los apoyos generalizados implican generalmente a más personal asistencial y son más

invasivos que los apoyos amplios o los limitados en el tiempo.

Ajustes razonables

Se entenderán como “aquellas modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga

desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o

ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.”

Cabe destacar que los ajustes razonables refieren a la accesibilidad del curriculum, no a los contenidos del mismo. Lo referente a

los contenidos se encuentra reflejado en el PPI. (Proyecto Pedagógico Individual)2

2 Resolución 2509/17. MEN.

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Criterios para los ajustes razonables:

Definir la temporalidad de los ajustes que se desarrollen.

Realizar una evaluación de la implementación de los ajustes.

Estos criterios para la implementación de los ajustes razonables responden directamente a la detección de barreras, en cuanto a

accesibilidad y/o participación. En relación a esto, la continuidad de los mismos estará determinada por su

reevaluación periódica y sistematizada.

PPI

La accesibilidad curricular supone analizar las barreras al aprendizaje y todas las variables que intervienen en su conformación, así

como valorar conjuntamente sus necesidades para tomar, en función de ellas, las decisiones más pertinentes sobre los apoyos

requeridos. Esto conformará el “Proyecto Pedagógico Individual” del estudiante que contendrá fundamentalmente modificaciones de

los entornos (en su sentido amplio) necesarias para garantizar su accesibilidad curricular y una descripción pormenorizada del

particular modo de aprender, potencialidades y limitaciones, intereses y expectativas, procesos evaluativos que se llevarán a cabo,

criterios que se tendrán en cuenta para la acreditación y certificación.

El eje principal para tener en cuenta es la trayectoria escolar del estudiante con discapacidad dentro del Sistema Educativo y la

movilidad que esto implica cuando se tienen en cuenta sus necesidades, buscando siempre la mejor opción en cada momento. Para

esto, es fundamental la articulación entre los niveles y la Modalidad de Educación Especial, cuando así se requiera, como así también

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los aportes de la familia y los equipos, tanto dentro como fuera del S.E. En el Proyecto se consignarán también los acuerdos entre las

instituciones partícipes, con su familia y con el estudiante para sostener el itinerario educativo que se habrá de realizar, considerando que la

trayectoria educativa integral siempre ha de ser trazada para y con cada estudiante. Estos acuerdos también deben ser documentados.

Se destaca la importancia del trabajo en articulación del docente del Nivel y del docente de la Modalidad de Educación Especial. Este último

tiene como objetivo acompañar al estudiante en el lugar en el que esté transitando su escolaridad. En lo que respecta a clarificar los roles de la

pareja pedagógica, el docente del nivel posee el saber del área curricular del Nivel y el docente de Educación Especial posee el saber referido

a las configuraciones de apoyo que se requieren según las particularidades del estudiante con discapacidad, a quien está acompañando en ese

determinado momento, en cuanto a su manera de acceder al aprendizaje. En este sentido, sus aportes deben ser complementarios.

Se señala además que el PPI es un proyecto individual fundamentado en las particularidades del estudiante, el cual deberá ser revisado

sistemáticamente para realizar los ajustes necesarios según las evaluaciones periódicas que se realicen, en concordancia con el Proyecto

Institucional.

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LA EDUCACIÓN ESPECIAL EN EL SISTEMA

EDUCATIVO

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MODALIDAD TRANSVERSAL

Definirse como modalidad transversal

implica desarrollar acciones educativas

de manera conjunta con los niveles y

modalidades del sistema educativo,

para promover el diálogo y la

articulación en las distintas instancias

de decisión pedagógica: a nivel de los

Ministerios de Educación –nacional y

jurisdiccional–, en los equipos de

supervisión y entre las instituciones, y

junto con otros actores y organismos

del Estado que atienden a personas con

discapacidad.

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¿QUÉ RESPALDO LEGAL TIENE LA MODALIDAD?

http://www.me.gov.ar/doc_pdf/ley_de_educ_nac.pdf

http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

http://educacion.gob.ar/data_storage/file/documents/resolucion-del-consejo-federal-de-educacion-n-311-cfe-595d237d30234.pdf

http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res16/RES_312_CFE.pdf

https://repositorio.lapampa.edu.ar/index.php/normativa/item/resolucion-men-n-2509-17

http://educacion.gob.ar/consejo-federal-de-educacion/documentos/20/resoluciones-cfe

LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL

CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON

DISCAPACIDAD

RESOLUCIÓN N° 311/16 CFE “PROMOCIÓN, ACREDITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y TITULACIÓN DE ESTUDIANTES CON

DISCAPACIDAD”

RESOLUCIÓN N° 312/16 CFE MODIFICATORIA DE LA RESOLUCIÓN 59/08 “SISTEMA FEDERAL DE TÍTULOS Y

CERTIFICADOSANALÍTICOS CON RESGUARDO DOCUMENTAL”

RESOLUCIÓN N° 2509/17 CFE “GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN 311/13

CFE”

RESOLUCIÓN N° 2945 CFE “VALIDEZ NACIONAL PARA LA CERTIFICACIÓN Y TITULACIÓN ENMARCADAS EN LA RESOLUCIÓN

311/16 CFE”

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MARCO NORMATIVO PROVINCIAL

http://www.mendoza.edu.ar/

RESOLUCIÓN N°0008 - RECTIFICATORIA RESOLUCIÓN N°00014 “REGLAMENTACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA PRÁCTICA

PSICOMOTRIZ EN LAS ESCUELAS ESPECIALES DE LA PROVINCIA DE MENDOZA”

RESOLUCIÓN N° 0009 “FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN TEMPRANA EN LAS ESCUELAS ESPECIALES DE LA

PROVINCIA DE MENDOZA”

RESOLUCIÓN N°00015 “REORGANIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL ÁREA DE ATENCIÓN TEMPRANA EN LAS ESCUELAS

ESPECIALES DE LA PROVINCIA DE MENDOZA”

RESOLUCIÓN N°00018 “TRAYECTORIAS COMPARTIDAS

COMPARTIDAS”

RESOLUCIÓN N°00026 “ACUERDO INTERVENCIÓN DOAITE Y EDUCACIÓN ESPECIAL –

ECAPDI”

RESOLUCIÓN N°1881 “RESOLUCIÓN RÉGIMEN DE ASISTENCIA”

EDUCACIÓN Especial

RESOLUCIÓN N°1561 “FUNCIONES DE LOS PROFESIONALES DE LOS ECAPDI”

RESOLUCIÓN N°00016 “COORDINACIÓN DE APOYO”

EDUCACIÓN” ESPECIAL

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HACIA UN CAMBIO DE PARADIGMA…

DEL MODELO MÉDICO AL MODELO SOCIAL DE DISCAPACIDAD…

Paradigma médico Segregador

Paradigma Integración Paradigma Inclusión (Modelo social)

Principio que sustenta:

Normalización

Homogeneización

Repetición

Déficit

Deficiencia

Principio que sustenta:

Igualdad de oportunidades.

Adaptaciones curriculares.

Enfoque individual.

Principio que sustenta:

Participación de todos los miembros

de la comunidad educativa.

Enseñanza y aprendizaje colaborativo.

Diseño universal de aprendizaje.

Eliminación de barreras.

Configuraciones de apoyo. Finalidad:

Rehabilitación de funciones.

No hay reconocimiento de derechos.

Finalidad:

La persona con discapacidad debe

adaptarse al contexto.

Integración a la vida social.

Finalidad:

Eliminar barreras existentes para el

aprendizaje y la participación.

El contexto debe adaptarse al alumno

con discapacidad.

Reconocimiento como sujeto de

derecho.

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LA EDUCACIÓN ESPECIAL Y EL PRINCIPIO DE INCLUSIÓN

• Estrategia para

responder en forma

proactiva a la

DIVERSIDAD y concebir

las diferencias individuales

no como problema sino

como OPORTUNIDADES

PARA ENRIQUECER EL

APRENDIZAJE.

INCLUSIÓN (UNESCO)

Las diferencias en educación, son lo

común, no la excepción.

• Consiste en transformar

los sistemas educativos y

otros entornos de

aprendizaje para

responder a las diferentes

necesidades de los

estudiantes.

INCLUSIÓN EDUCATIVA

Personas con Discapacidad = SUJETO DE

DERECHO

http://www.tiempodelosderechos.es/docs/jun10/m6.pdf

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¿CÓMO SE ORGANIZA LA MODALIDAD EN LA PROVINCIA?

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PASOS PARA DETERMINAR LA INCLUSIÓN DE

ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD

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¿CÓMO SE CONFORMAN LOS ECAPDI?

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EL ESTUDIANTE CON DISCAPACIDAD INCLUIDO EN LA ESCOLARIDAD COMUN… ¿QUÉ HACER?

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ABORDAJE DE LA DISCAPACIDAD MOTRIZ

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BARRERAS QUE IMPIDEN LA PARTICIPACIÓN Y EL APRENDIZAJE

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La discapacidad motriz muchas

veces se asocia con dificultades en

la comunicación.

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CONFIGURACIONES DE APOYO – AJUSTES RAZONABLES

CONTEXTO ÁULICO

POSTURA ADECUADA

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ABORDAJE DE LA DISCAPACIDAD VISUAL

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BARRERAS QUE IMPIDEN LA PARTICIPACIÓN Y EL APRENDIZAJE

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CONFIGURACIONES DE APOYO – AJUSTES RAZONABLES

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ASPECTOS A TENER EN

CUENTA EN EL EXTERIOR

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ABORDAJE DE LA DISCAPACIDAD AUDITIVA

Condición que afecta total o parcialmente a la percepción auditiva, influyendo

fundamentalmente en el desarrollo del lenguaje y la comunicación.

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BARRERAS QUE IMPIDEN LA PARTICIPACIÓN Y EL APRENDIZAJE

Intercambios sociales más pobres y

interacción lingüística más reducida…

OCASIONAN…

Pobreza de la información

Escaso conocimiento del medio

Esquemas de conocimiento simple.

TODO ELLO, A SU VEZ DIFICULTA…

La compresión y la memorización

(procesamiento y almacenaje de la información)

QUE A SU VEZ DA LUGAR…

Menor información

Menor curiosidad y motivación

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CONFIGURACIONES DE APOYO – AJUSTES RAZONABLES

LENGUA DE SEÑAS=LENGUA

NATURAL DE LA PERSONA SORDA

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ACTIVIDADES Y MATERIALES

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EVALUACIÓN

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ABORDAJE DE LA

DISCAPACIDAD

INTELECTUAL Y

MENTAL

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BARRERAS QUE IMPIDEN LA PARTICIPACIÓN Y EL APRENDIZAJE

Comunicación

Cuidado personal

Autonomía

Habilidades sociales

Habilidades académicas funcionales

Procesos cognitivos

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CONFIGURACIONES DE APOYO – AJUSTES RAZONABLES

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ANEXO

“EXPERIENCIAS EXITOSAS EN EDUCACIÓN ESPECIAL”

Distinguieron a Cristian Fabián Miranda por ser ejemplo de superación en todos los ámbitos de la vida.

Cristian Fabián Miranda, estudiante de la escuela Josefa Capdevilla de San Martín, fue distinguido este lunes en la

Legislatura Provincial “por ser ejemplo de superación en todos los

ámbitos de la vida”, pese a sus limitaciones físicas al poseer el Síndrome

Neurológico Compuesto conocido como “Focomalia”.

Cristian es destacado por su férrea voluntad, compromiso, esfuerzo personal

y perseverancia tanto en actividades escolares como extraescolares. No

posee ni piernas ni brazos, por lo que realiza sus tareas escolares con dedos

(apéndices) ubicados en la parte inferior del torso, concurre a la escuela en

silla de ruedas y se le ha adaptado un banco para que pueda apoyar su

material de trabajo.

El joven inicio su escolarización en la Escuela Especial Nº 2-042 “Alberto

Juaire”, a los siete años, donde recibió herramientas para adaptarse al medio

y al ámbito escolar. Descubrió paulatinamente que a través de sus pies podía

acceder a un sinfín de posibilidades como pintar, escribir, realizar deportes,

participar en actos escolares, jugar a la play, entre otros.

En 2014 ingresa a la Escuela Técnica Secundaria Nº 4-005 “Josefa Capdevila”.

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Danilo, es alumno de la escuela 1-674 “Prof. Gerónimo Sosa”. Posee Certificado de Discapacidad (CUD), con un diagnóstico de

Trastorno de Lenguaje y de la Comunicación (TGD). Desde la Escuela N° 2-023 Dr. Ignacio Pirovano se le brinda apoyo a la inclusión.

Al día de hoy Danilo cursa el 6° grado, sin ajustes en su currícula, participa en los actos escolares y disfruta de estar en la escuela. La

escuela aceptó el desafío de trabajar arduamente para eliminar cualquier barrera que impida el desarrollo del niño en la comunidad

escolar, por lo que podemos afirmar que su inclusión ha sido exitosa.

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EQUIPO DE GESTIÓN:

DIRECTORA: PROF. SUSANA YELACHICH

REFERENTE DISCAPACIDAD INTELECTUAL: PROF. JIMENA BENITEZ

REFERENTE DISCAPACIDAD MOTRIZ Y COORDINADORA ECAPDI: PROF. NORA DÁNGELO

REFENTE DISCAPACIDAD AUDTIVA: LIC. ROMINA MARABINI

REFERENTE DISCAPACIDAD VISUAL: PROF. MARÍA DE LOS ÁNGELES ZAVARONI

REFERENTE DE ESCUELAS DE EDUCACIÓN INTEGRAL: LIC. RAQUEL LÁZARO