diferencias de la seguridad social en nicaragua

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Relación entre los beneficios brindados en las empresas e instituciones de seguridad social del pais

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U.C.N.

TRABAJO DE SEGURIDAD SOCIALDIFERENCIA ENTRE INSTITUCIONES QUE BRINDAN SEGURIDAD SOCIAL EN NICARAGUA

ELABORADO POR:

Jinotepe, 26 de febrero de 2011

BENEFICIOS BRINDADOS:ISSDHUSUBSIDIO DE LACTANCIA MATERNA: Obtendr este beneficio el asegurado que haya cotizado al menos durante cuatro meses anteriores al nacimiento del nio, se otorgara durante el primer ao de vida del nacido.PROTESIS Y ORTESIS: A este beneficio el asegurado tendr derecho una vez al ao, tambin si lo requiere, zapatos ortopdicos.SEGURO DE VIDA: Cuando el afiliado fallezca el beneficiado recibir la pensin estipulada segn el rango del beneficiado.

IPSMPROGRAMA DE PRESTAMO:A este beneficio aplican todos los Oficiales activos, mediante un convenio adquirido con el B.D.F. el cual ofrece mejores condiciones en cuanto al plazo, monto y taza de intereses.PRESTAMO A OFICIALES PENSIONADOS: Este programa de crditos es con el fin de que los Oficiales en retiro tengan una mejor alternativa en cuanto a la obtencin de recursos.PROGRAMA DE ASISTENCIA EDUCACIONAL: Este apoya el esfuerzo de los Oficiales y les facilita poder realizar estudios superiores y tcnicos, este beneficio tambin se extiende a los hijos.ASISTENCIA Y MEJORAMIENTO SOCIAL: Este beneficio lo reciben todos los Oficiales Activos, y se refiere al descuento y facilidades que estos recibe en los establecimientos patrimonio del Ejrcito.

INSSORTESIS: Este beneficio se le otorga al pensionado una vez al ao.SUBSIDIOS POR SERVICIOS: Los pensionadostienen el beneficio que reciben subsidios en Luz Elctrica, Agua Potable, Servicios Telefnicos. SUBSIDIO DE LACTANCIA: Los asegurados que hayan cotizado al menos durante seis meses anteriores a un parto tendrn derecho a leche para el nacido durante el primer ao de vida.SUBSIDIO POR GASTOS FUNEBRES: Los afiliados tendrn derecho a recibir el resultado de una frmula aplicada al haber mensual de este, para cubrir servicios de fnebres.

PENSION POR MUERTE.

ISSDHU1. El cnyuge recibe el 50%, si solo tiene un hijo este recibe el 25%, y los padres recibe el otro 25%.2. El cnyuge recibe el 50%, y si este tiene dos hijos reciben el 25% cada uno.3. El cnyuge recibe el 50%, y si no hubieren hijos los padres reciben cada uno el 25%.4. Si son ms de tres hijos el 100% se distribuye entre los tres.

IPSM1. El beneficiado reportado por escrito recibir el 50% de lo que reciba el pensionado.

INSS1. Si el beneficiado falleciere la viuda recibir una pensin del 50%, en el caso que esta fuere menor de 45 aos solo recibir la pensin durante los dos aos siguientes.2. Cada uno de los hijos menores de 15 aos recibir el 25% de la pensin que reciba el beneficiado.3. En el caso que los dos padres fallezcan el hurfano recibir la pensin de orfandad doble, igual al 50%.

PENSION POR VEJEZ.

ISSDHUEste beneficio lo recibirn los asegurados que tengan 60 aos y haya cotizado al menos durante cinco aos, por esto tendrn derecho a 2/3 del salario mnimo.

IPSMSe llama pensin por retiro. Si el retiro se causa despus de 15 aos de servicio ininterrumpido se le entrega la pensin correspondiente al 45% de su salario mensual. Si se causa despus de 25 aos se le entrega la pension correspondiente al 75% de su salario mensual y del 100% si se retira despus de los 30 se servicio.INSSEste beneficio lo recibir el asegurado que tenga 60 aos cumplidos y haya hecho efectivas las 750 cotizaciones.

INCAPACIDAD POR ACCIDENTES.

ISSDHUAl momento de sufrir una lesin con secuelas no discapasitantes en el ejercicio de sus funciones recibir una pensin del 100% del ltimo salario asegurado.

IPSMAl sufrir lesiones en el ejercicio de sus funciones el asegurado recibir una pensin del 50% del la suma asegurada, y el restante lo recibir en cuotas mensuales del 5%, hasta completar el 100% de la suma asegurada.

INSS RIESGOS PROFESIONALES: S e otorgara este beneficio al asegurado hasta su total restablecimiento. INCAPACIDAD TEMPORAL: El asegurado tendr derecho a un subsidio diario del 60% de su salario promedio. INCAPACIDA TOTAL PERMANENTE: El asegurado tendr derecho a una pensin no menor al 60% del salario prescrito. INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: En este caso ser la Comisin de Invalidez la que fijara el monto establecido.