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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. Juárez, Nuevo León . Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2017

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisis

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

Juárez, Nuevo León .Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2017

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

o

AUDITORÍA SUPERI

Y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓNAUDITOR GENERAL DEL ESTADO

OFICIO NO: ASENL-AGE-PLOl-1759/2018ASUNTO: Se remite Informe del Resultado

DIP. MARÍA TERESA DURÁN ARVIZU PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PRESENTE.- VOl::5ff

DEPARTAMENTOOF I C I A LI A O E P A RT E S

De conformidad con lo establecido en los artículos 63 f a c c i Óll l < : X t H T t.c -é'.A' -s-t h:1:1eró Política del Esta do, 1, 2, fracciones 1, V, VIII y X, 3, 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, este Órgano Aux iliar del H. Congreso del Estado realizó con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar el ejercicio de las Leyes de Ingresos, Egresos y sus respectivos presupuestos y verificar el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables, la fiscalización de la Cuenta Pública 2017 del Municipio de Juárez, Nuevo León.

Dicha función se desarrolló conforme a las normas y principios constitucionales rectores de la fiscalizaci ón, a saber, principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad , universali dad, imparcialidad y con fiabilidad, con lo que se garantizó que los resultados obtenidos en el referido proceso de fiscalización, y plasmados en el Informe del Resultado , fueran suficientes para soportar el dictamen contenido en el mismo.

Por lo expuesto y en observancia a lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI, 82 fracciones XV y XXV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 8 fracc ión XVIII y 9 primer párrafo del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, me permito remitir a ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión que preside, en documento por escrito y forma digital, el Informe del Resultado de la rev isión de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, del citado ente público.

Lo ante rior, a fin de que se sirva dar el tr ámite legislativo que corres ponda.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo.

CONTENIDO

I. Dictamen del Auditor 1

II. Presentación 2

III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada

4

IV. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

14

V. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

17

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 17

B. Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

45

VI. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

46

VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

148

VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional 148

IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

148

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

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I. Dictamen del Auditor OpiniónHemos auditado los estados de ingresos y egresos que integran la Cuenta Pública del municipio de Juárez, Nuevo León, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.

El Municipio manifestó errores en el sistema Simun al momento de generar la base de datos contable, lo que originó diferencias en los saldos al 31 de diciembre de 2017 en la Disponibilidad que se presenta en la Cuenta Pública contra los montos manifestados en los informes de ingresos y egresos, y en la balanza de comprobación presentada en la Cuenta Púbica del ejercicio 2017, en las siguientes cuentas, Bienes inmuebles, Cuentas por cobrar y Cuentas por pagar.

En nuestra opinión, excepto por lo señalado en el párrafo anterior, los estados de ingresos y egresos que integra la Cuenta Pública, presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera del Ente Público al 31 de diciembre de 2017, así como el resultado de sus actividades por el año terminado en esa fecha de conformidad con las Normas de Información Financiera aplicables.

Responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León

La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma, la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizada en base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos de juicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes.

La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, por lo tanto, de manera independiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control y auditoría, el resultado de ésta, así como la opinión manifestada son para uso del H. Congreso del Estado de Nuevo León, para la aprobación o rechazo de la Cuenta Pública.

Responsabilidades del Ente Público

Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas, así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la información financiera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contables emitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar e implementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevan la eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados e información financiera que conforman la Cuenta Pública.Monterrey, N.L. a 25 de mayo de 2018

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

II. Presentación

La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos.

En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2017 del Municipio de Juárez, Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera.

En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2017 del Municipio de Juárez, Nuevo León, al H. Congreso del Estado.

El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al manejo y aplicación de los recursos públicos, además del cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental. El cual fue elaborado por el C.P.C. Jorge Guadalupe Galván González, Auditor General y el Lic. Jesús Mendoza Uribe, Auditor Especial de Municipios, el 25 de mayo de 2018 fecha que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador como parte de la revisión.

En el apartado IV de este informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados.

Asimismo en el apartado V, se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de:

La evaluación de la gestión financiera y del gasto público; Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental

y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 3/155

En el apartado VI del presente informe, se detallan las observaciones no solventadas, con su fundamentación, derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones a las mismas y su análisis, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán y las promociones o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades, las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Finalmente, se informa sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada

A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada

El Municipio de Juárez, Nuevo León presentó el 23 de marzo de 2018 ante el H. Congreso del Estadosu Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, la cual fue remitida a esta Auditoría Superior del Estado el 18 de abril de 2018.

El Estado de Ingresos y Egresos, la Disponibilidad y la Deuda Pública, se integran al 31 de diciembre de 2017 por las cifras presentadas en un cuadro comparativo del Presupuesto de Ingresos y Egresos por rubros y programas, contra lo ejercido y sus variaciones, que se presentan a continuación:

Concepto Importe Rea l . % Importe . % . Variación . %Presupuesto Importe

NGRESOSImpuestos $ 94,689,880 11 $ 96,755,353 12 $ (2,065,473) (2)Derechos 36,057,898 4 39,360,236 5 (3,302,338) (8)Productos 1,330,057 - 370,246 - 959,811 259Aprovechamientos 9,339,208 1 14,241,466 2 (4,902,258) (34)Participaciones 192,219,746 23 253,789,307 32 (61,569,561) (24)Fondo de Infraestructura Social 26,634,259 3 25,316,029 3 1,318,230 5Fondo para el Fortalecimiento Municipal 185,300,692 22 157,238,615 20 28,062,078 18Fondo Descentralizado 17,072,824 2 13,043,692 2 4,029,131 31Otras Aportaciones 257,727,282 30 123,537,470 15 134,189,812 109Otros 33,871,496 4 - - 33,871,496 -Financiamiento - - 72,365,241 9 (72,365,241) (100)

Total $ 854,243,342 100 $ 796,017,655 100 $ 58,225,687 7

Concepto Importe Rea l . % Importe . % . Variación Importe . %Presupuesto

EGRESOSAdministración $ 262,619,850 31 $ 250,687,869 31 $ (11,931,981) (5)Servicios Públicos Generales 104,806,332 12 97,957,434 12 (6,848,898) (7)Educación, Cultura y Deporte 27,415,881 3 23,279,749 3 (4,136,132) (18)Seguridad Pública y Vialidad 26,249,665 3 196,991,818 25 170,742,153 87Desarrollo Social y Salud 13,797,681 2 - - (13,797,681) -Adquisiciones 33,953,376 4 36,258,367 5 2,304,991 6Desarrollo Urbano y Ecología 44,248,503 5 138,459,940 17 94,211,437 68Servicio de Deuda Pública 4,689,407 1 - - (4,689,407) -Inversiones y Gasto con Fondo 12,484,228 1 - - (12,484,228) -Adeudos ejercicios anteriores 432,766 - 27,975,433 4 27,542,667 98

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Concepto Importe Rea l . % Importe Presupuesto

. % . Variación Importe . %

Fondo para el Fortalecimiento Municipal 165,525,960 20 - - (165,525,960) -Fondo de Infraestructura Social Municipal 19,472,422 2 24,407,044 3 4,934,622 20Fondo de Ultracrecimiento 11,601,294 1 - - (11,601,294) -Fondo Fortalece 2016 470,739 - - - (470,739) -Fondo Fortalece 2017 23,833,905 3 - - (23,833,905) -Fondo de Desarrollo Municipal 4,151,199 1 - - (4,151,199) -Rescate de Espacios Públicos SEDATU 8,328,163 1 - - (8,328,163) -Fortalecimiento Financiero 2016 12,204,368 2 - - (12,204,368) -Fondo Aportación para Fortaseg 2017 12,661,227 2 - - (12,661,227) -Programa Infra Mejora Vivienda 16 881,854 - - - (881,854) -Programa Regionales 2016 3,916,694 1 - - (3,916,694) -Programa Regionales 2017 10,458,103 1 - - (10,458,103) -Fondo Desarrollo Regional 2017 16,353,072 2 - - (16,353,072) -Cultura Juárez 2017 1,117,169 - - - (1,117,169) -Fondo Descentralizado 2017 18,291,236 2 - - (18,291,236) -

Total $ 839,965,094 100 $ 796,017,654 100 $ (43,947,440) (6)

Disponibilidad al cierre del ejercicio

Cuenta Importe

Cuentas de Activo: Fondos fijos $ 156,000Bancos 70,004,792Cuentas por cobrar 615,822Subtotal $ 70,776,614

Cuentas de Pasivo: Cuentas por pagar 158,017,109Total $ (87,240,495)

Deuda Pública al 31 de diciembre de 2017

Concepto Importe

Banco del Bajío, S.A. de C.V., crédito simple contratado a 15 años en el 2011, para ejercerse en inversiones públicas productivasBanco del Bajío, S.A. de C.V., crédito simple contratado a 15 años en el 2012, para ejercerse en inversiones públicas productivasBanco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, crédito simple contratado a 4 años en el 2014, para ejercerse en inversiones públicas productivas

$ 53,691,691

13,925,457

10,909,104

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Concepto ImporteBanco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. crédito simple contratado a 2 años en el 2016, para ejercerse en inversiones públicas productivasBanco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, crédito simple contratado a 15 años en el 2017, para ejercerse en inversiones públicas productivas

4,944,172

29,962,500

Total $ 113,432,924

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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B. Resultados generales de la revisión practicada

Observaciones Preliminares

Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2017, y de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

A continuación se presenta el resumen de las observaciones preliminares detectadas durante la revisión, clasificadas por tipo de auditoría.

GRÁFICA: Observaciones preliminares detectadas en la revisión por tipo de auditoría

Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones

Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no solventadas.

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En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría

Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública, en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión.

Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de la cual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderante con el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperacionesoperadas3 $

No. deobservaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probablesrecuperaciones5 $

GESTIÓN FINANCIERANormativaA 31 0 5 0 0 26 0 0

FinancieraB 1 421,433 0 0 0 1 421,433 0ControlInternoE

3 0 0 0 0 3 0 0

Subtotal 35 421,433 5 0 0 30 421,433 0OBRA PÚBLICA

NormativaA 184 0 108 0 0 76 0 0

TécnicaD 6 0 5 0 0 1 0 0Subtotal 190 0 113 0 0 77 0 0

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OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperaciones operadas3 $

No. de observaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probables recuperaciones5 $

LABORATORIONormativaA 6 0 5 0 0 1 0 0

EconómicaC 1 253,131 1 253,131 0 0 0 0Subtotal 7 253,131 6 253,131 0 1 0 0

Total 232 674,564 124 253,131 0 108 421,433 0

CUADRO: Resultados Generales de la revisión (PESOS)

A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

B Financiera: Los actos u omisiones observados están relacionados con el incumplimiento de las normas de información financiera aplicables.

C Económica: Los actos u omisiones observados hacen presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

D Técnica: Fallas constructivas detectadas en la obra pública, como resultado de las inspecciones físicas efectuadas por la ASENL durante el proceso de fiscalización, o bien, de las pruebas de ensayos practicadas por personal del Laboratorio de Obra Pública de la ASENL.

E Control Interno: Los actos u omisiones observados guardan relación con el incumplimiento de los procedimientos establecidos por los entes públicos para salvaguardar y preservar sus bienes o asegurar la exactitud, oportunidad, confiabilidad y veracidad de la información que debe contener la Cuenta Pública, o bien, con la ausencia o deficiencias de los mismos.

Notas:

1El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagados no ejecutados, entre otros).

2Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente público o por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibido la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación.

3Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren a procesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondo federal respectivo, tratándose de recursos federalizados.

4Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

5Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegro a la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspecto económico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competente a la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos.

En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observaciones indicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando además las acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas por esta Auditoría Superior del Estado.

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesGESTIÓN FINANCIERA

1 Normativa 0 VAI3 Normativa 0 VAI

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Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendaciones2 Normativa 0 VAI5 Normativa 0 VAI6 Normativa 0 RG, VAI9 Normativa 0 VAI

10 Normativa 0 VAI11 Normativa 0 VAI, PEFCF12 Normativa 0 VAI14 Normativa 0 VAI16 Normativa 0 VAI17 Normativa 0 VAI18 Normativa 0 VAI15 Normativa 0 VAI, PEFCF20 Normativa 0 VAI26 Normativa 0 VAI27 Normativa 0 VAI29 Normativa 0 VAI30 Normativa 0 VAI13 Normativa 0 VAI28 Normativa 0 VAI24 Normativa 0 VAI25 Normativa 0 VAI23 Normativa 0 VAI21 Normativa 0 VAI22 Normativa 0 VAI4 Financiera 421,433 VAI7 Control Interno 0 RG8 Control Interno 0 RG

19 Control Interno 0 RGSubtotal 421,433

OBRA PÚBLICA31 Normativa 0 VAI, RG32 Normativa 0 VAI, RG33 Normativa 0 VAI, RG34 Normativa 0 VAI, RG35 Normativa 0 VAI, RG36 Normativa 0 VAI, RG37 Normativa 0 VAI, RG38 Normativa 0 VAI99 Normativa 0 VAI39 Normativa 0 VAI40 Normativa 0 VAI100 Normativa 0 VAI, RG41 Normativa 0 VAI101 Normativa 0 VAI42 Normativa 0 VAI102 Normativa 0 VAI103 Normativa 0 VAI104 Normativa 0 VAI105 Normativa 0 VAI43 Normativa 0 VAI, RG106 Normativa 0 VAI107 Normativa 0 VAI44 Normativa 0 VAI45 Normativa 0 VAI46 Normativa 0 VAI96 Normativa 0 VAI, RG

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 11/155

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendaciones97 Normativa 0 VAI, RG98 Normativa 0 VAI, RG47 Normativa 0 VAI, RG48 Normativa 0 VAI, RG49 Normativa 0 VAI, RG50 Normativa 0 VAI, RG51 Normativa 0 VAI, RG52 Normativa 0 VAI, RG53 Normativa 0 VAI, RG54 Normativa 0 VAI, RG95 Normativa 0 VAI94 Normativa 0 VAI, RG55 Normativa 0 VAI, RG56 Normativa 0 VAI, RG92 Normativa 0 VAI57 Normativa 0 VAI, RG93 Normativa 0 VAI, RG87 Normativa 0 VAI88 Normativa 0 VAI89 Normativa 0 VAI, RG90 Normativa 0 VAI, RG91 Normativa 0 VAI, RG85 Normativa 0 VAI, RG86 Normativa 0 VAI, RG77 Normativa 0 VAI, RG78 Normativa 0 VAI79 Normativa 0 VAI80 Normativa 0 VAI81 Normativa 0 VAI82 Normativa 0 VAI58 Normativa 0 VAI, RG83 Normativa 0 VAI84 Normativa 0 VAI75 Normativa 0 VAI76 Normativa 0 VAI59 Normativa 0 VAI74 Normativa 0 VAI60 Normativa 0 VAI61 Normativa 0 VAI72 Normativa 0 VAI62 Normativa 0 VAI63 Normativa 0 VAI64 Normativa 0 VAI71 Normativa 0 VAI, RG65 Normativa 0 VAI66 Normativa 0 VAI, RG70 Normativa 0 VAI68 Normativa 0 VAI69 Normativa 0 VAI, RG67 Normativa 0 VAI73 Técnica 0 RG

Subtotal 0LABORATORIO

108 Normativa 0 VAISubtotal 0

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 12/155

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesTotal 421,433

CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (PESOS)

Acciones

PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal IDP.- Interposición de Denuncias PenalesIASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación

VAI.- Vista la Autoridad Investigadora

Recomendaciones

RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño

Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades.

Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superior del Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar las observaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dicho efecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observaciones por Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos de lo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en el siguiente CUADRO:

Tipo deauditoría

Obs. Acciones Recomendaciones Totalacciones

Monto nosolventad

o$

PEFCF1 IDP2 IASF3 VAI4 RG5 RD6

GESTIÓNFINANCIERA

30 2 27 4 33 421,433

OBRA PÚBLICA 77 76 36 112 0LABORATORIO 1 1 1 0

Total 108 2 104 40 146 421,433Monto no

solventado por tipo de acción $

0 0 0 421,433 0 0

CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada

Acciones1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una

posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que conste la determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal.

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2 Interposición de Denuncias Penales: Acción por la que se interpone ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, denuncia sobre hechos que la Auditoría Superior del Estado conoció durante su labor de fiscalización, o en las diligencias realizadas por su Autoridad Investigadora, que pueden implicar la comisión de un delito; con el propósito de que dicha Fiscalía inicie la investigación correspondiente, y en su caso ejercite acción penal en contra del posible autor o participe de los hechos denunciados.

3 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que en observancia de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, se emite para dar a conocer a la Auditoría Superior de la Federación, irregularidades relacionadas con la aplicación y destino de los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, a fines diversos a los establecidos en la referida ley.

4 Vista la Autoridad Investigadora: Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligencias de investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la Autoridad Substanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobre la existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos o particulares responsables.

Recomendaciones5 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para

fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

6 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto de fortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buen gobierno.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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IV. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Auditorías programadas por tipo o materia

Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2018 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, presentado ante ese H. Congreso del Estado, para su conocimiento, por conducto de la Comisión de Vigilancia, en fecha 31 de agosto de 2018, y considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización, se determinaron las siguientes auditorías a practicar al Municipio de Juárez, Nuevo León, por tipo o materia, a saber:

EntidadTipos de auditoría a Cuenta Pública 2017

Auditoría Financiera1

Auditoría Técnica a la

Obra Pública2

Auditoría en

Desarrollo Urbano3

Laboratorio de Obra Pública4

Auditoría de Evaluación al Desempeño5

Auditoría a Recursos Federales6

Total

Juárez, Nuevo León 1 1 - 1 - - 3

CUADRO AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA

1Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya

observado lo dispuesto en la Ley de Ingresos, Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable.2Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obras

públicas, a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entes fiscalizables a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos.3

Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso desuelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado por los entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos.4

Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratoriodedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas.5Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, através de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generando recomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas.6Auditoría a los Recursos Federales. Su propósito es verificar y evaluar que los recursos fueron recibidos a través de los ramos generales y administrativos, o mediante reasignaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y que se ejercieron y aplicaron de conformidad con lo dispuesto por la legislación y normativa en la materia.

Objetivos y alcances de la revisión practicada

En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2018 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2017, entre las cuales se encuentra el Municipio de Juárez, Nuevo León, se observaron métodos y criterios objetivos,

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aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría, en ese sentido, en observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, y acorde en cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente:

I. Para evaluar los resultados de la Gestión Financiera, se verificó:

a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público; y

b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos.

II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos Presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó:

a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;

b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el Presupuesto; y

c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos.

III. Además, se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera.

IV. Para verificar que la obra pública se realizó conforme con lo establecido en la ley de la materia, lo preceptuado en los artículos 31 y 32 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, así como de otras disposiciones aplicables y a los programas y presupuestos autorizados, se realizó lo siguiente:

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a) La práctica de las auditorías, visitas e inspecciones para verificar el exacto cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas de obra pública, y obtener los datos técnicos y demás elementos relacionados con la revisión.

b) Recabar las muestras y practicar las pruebas necesarias para la comprobación de la calidad de los materiales conforme a las especificaciones de la obra pública auditada, con el laboratorio de la Auditoría Superior del Estado.

V. Asimismo, de conformidad con lo estipulado en el inciso a) de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del ente fiscalizado, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Aspectos generales sobre los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Las auditorías practicadas (por tipo o materia) se seleccionaron con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2018 para la fiscalización de las cuentas públicas correspondientes al ejercicio 2017, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al ente público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión.

La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión.

Con base en lo anterior, en forma específica dentro del contenido del Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente.

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V. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

A) La evaluación de la gestión financiera y del gasto público

Para tal efecto se consideró el Estado de Ingresos y Egresos y sus presupuestos por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, así como la Disponibilidad y la Deuda Pública al cierre del ejercicio que el Municipio de Juárez, Nuevo León, presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.

Las operaciones efectuadas se registraron con base al método de efectivo, que implica reconocer, los ingresos hasta el momento en que se cobran y no cuando se realizan y los egresos cuando se pagan y no cuando se devengan, excepto por algunas partidas registradas como cuentas por cobrar o por pagar, que forman parte de la disponibilidad.

Para el desarrollo de la revisión, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos enfocados para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, que su presentación y registro estuvo conforme a las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera A.C. (Cinif), además que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas.

Por lo anteriormente expuesto consideramos que la información proporcionada por el Municipio de Juárez, Nuevo León, como Cuenta Pública correspondiente al ejercicio de 2017 presenta razonablemente el manejo, custodia y aplicación de los ingresos, egresos, fondos y en general de los recursos públicos, así como el cumplimiento de los programas y subprogramas, excepto en su caso, por lo mencionado en el apartado VI de este Informe.

El Estado de Ingresos y Egresos; así como la Disponibilidad y la Deuda Pública presentados en pesos por el Municipio de Juárez, Nuevo León al 31 de diciembre de 2017, que se mencionan en la Cuenta Pública, son los que se muestran a continuación:

INGRESOS

Análisis y Procedimientos de la Revisión de Ingresos

Del total de los ingresos manifestados en el Estado de Ingresos y Egresos por el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, se eligieron partidas para su revisión de manera selectiva, verificando los recibos oficiales de ingresos expedidos, la documentación soporte que los originó, la normatividad aplicable para su cobro o las tarifas aprobadas por el R. Ayuntamiento, para servicios que no se contemplan en Ley y su depósito en las cuentas bancarias a nombre del Municipio, a efecto de comprobar su razonabilidad.

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Asimismo, por la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio 2017 reportados y registrados contablemente en los diferentes rubros y conceptos, se comprobó mediante los estados de cuenta que expiden las instituciones bancarias, que estos fueron depositados en un plazo razonable de tiempo.

Los importes del alcance corresponden básicamente a la revisión de los recibos de ingresos y su documentación soporte.

A continuación se presenta un cuadro comparativo de los ingresos recaudados en el año 2017 por rubros, determinando las variaciones contra los importes reales del ejercicio 2016:

Ingresos Reales VariaciónRubros 2017 % 2016 % Importe %

Impuestos $ 94,689,880 11 $ 85,947,585 13 $ 8,742,295 10Derechos 36,057,898 4 24,988,893 4 11,069,005 44Productos 1,330,057 - 828,224 - 501,833 61Aprovechamientos 9,339,208 1 11,262,942 2 (1,923,734) (17)Participaciones 192,219,746 23 202,473,587 31 (10,253,841) (5)Fondo de Infraestructura Social 26,634,259 3 23,014,572 4 3,619,687 16Fondo para el Fortalecimiento Municipal 185,300,692 22 142,944,195 22 42,356,497 30Fondo Descentralizado 17,072,824 2 16,816,544 3 256,280 2Otras Aportaciones 257,727,282 30 114,502,340 18 143,224,942 125Otros 33,871,496 4 19,194,227 3 14,677,269 76

Total $ 854,243,342 100 $ 641,973,109 100 $ 212,270,233 33

A continuación, se detallan los conceptos que integran los ingresos por Rubro, presentando los importes del alcance y porcentajes de las muestras tomadas de manera selectiva y en algunos casos se explican los procedimientos adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el primer párrafo, al inicio de esta sección.

IMPUESTOS $94,689,880

Este rubro representa el 11% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Predial $ 43,625,045 46 $ 2,229,149 5Adquisición de inmuebles 49,089,672 52 10,173,574 21Diversiones y espectáculos 38,586 - 25,080 65Recargos y accesorios 1,069,124 1 320,013 30Impuesto modernización catastral 867,453 1 34,200 4

Total $ 94,689,880 100 $ 12,782,016 13

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Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó en los cobros que se realizan en este rubro se efectúen en apego a la normatividad establecida y a las bases expedidas para otorgar subsidios, aprobadas por el R. Ayuntamiento en Acta 7 de Sesión Ordinaria celebrada el 16 de diciembre de 2015.

Predial $43,625,045

En este concepto se registraron cobros a contribuyentes por operaciones del Impuesto predial conforme a la facturación enviada por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, recaudando la Administración Municipal el equivalente al 20%.

Adicionalmente, se revisó la conciliación de este concepto que elaboró la Administración Municipal, confrontando el valor de las facturaciones enviadas por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, contra la suma del impuesto recaudado, reducciones, subsidios y el importe de la devolución de lo no cobrado enviado a la Dirección de Catastro.

Adquisición de inmuebles $49,089,672

Se registraron en este concepto cobros a contribuyentes del Impuesto sobre adquisición de inmuebles, devengados principalmente de operaciones de compra–venta de bienes inmuebles.

Como procedimiento de auditoría se revisó en forma selectiva las partidas más representativas cotejando los recibos oficiales de ingresos contra la nota declaratoria para determinar la base del impuesto de acuerdo a la normatividad establecida en el artículo 28 bis de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León.

Diversiones y espectáculos $38,586

En este concepto se registraron cobros a particulares por instalaciones de juegos mecánicos, así como licencias por instalación de circos.

Recargos y accesorios $1,069,124

Este concepto se integra por los ingresos siguientes:

Concepto Importe

Recargos del predial $ 490,180Recargos de ISAI 578,944

Total $ 1,069,124

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Impuestos modernización catastral $867,453

En este concepto se registraron cobros de Impuesto predial por modernización catastral.

DERECHOS $36,057,898

Este rubro representa el 4% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Construcciones y urbanizaciones $ 25,965,062 72 $ 9,481,559 37Certificaciones, autorizaciones, constancias y registros

2,242,937 6 998,738 45

Inscripción y refrendo 3,479,269 10 475,583 14Revisión, inspección y servicios 2,527,014 7 104,420 4Expedición de licencias 1,054,758 3 89,280 8Limpieza de lotes baldíos 3,141 - 2,265 72Diversos 611 - 506 83Recargos y accesorios 74,841 - - -Programa modernización catastral 710,265 2 56,963 8

Total $ 36,057,898 100 $

Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó que los cobros que se realizan en este rubro se efectúen en apego a la normatividad establecida y a las bases expedidas para otorgar subsidios, aprobadas por el R. Ayuntamiento en Acta 7 de Sesión Ordinaria celebrada el 16 de diciembre de 2015.

Construcciones y urbanizaciones $25,965,062

Este concepto se integra por los ingresos siguientes:

Concepto ImporteAutorización de fraccionamientos $ 13,974,626Examen y aprobación de planos 3,649,921Constancias y certificaciones 2,490,910Permisos para construcción 1,798,541Permiso de ruptura de pavimento 1,278,523Inscripción de nuevos fraccionamientos o ampliación 1,074,726Licencia de uso de suelo o edificación 754,378Regularización y ordenamiento urbano 489,330Subdivisiones, fusiones y relotificaciones 291,748Regularización de construcción 103,469Asignación de números oficiales 40,330Información de alineamiento de la vialidad 10,757Constancias(concursos de obras varias) 6,000Constancias de placas provisionales (carretoneros) 1,380Inicio de trámite licencia SARE 423

Total $ 25,965,062

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De los servicios prestados en tramitaciones urbanísticas que se realizan en el Municipio en materia de desarrollo urbano, por los diferentes tipos de licencias por las cuales se registraron ingresos en los conceptos antes mencionados, la Dirección de Auditoría de Obra Pública y Desarrollo Urbano de la Auditoría Superior del Estado revisó en forma selectiva el cumplimiento de los aspectos normativos y financieros establecidos en la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León.

Certificaciones, autorizaciones, constancias y registros $2,242,937

En este concepto se registraron los ingresos siguientes:

Concepto Importe

Certificaciones y constancias (licencia de construcción de viviendas unifamiliares y multifamiliares)

$ 2,231,945

Constancias de no infracción 10,992

Total $ 2,242,937

Inscripción y refrendo $3,479,269

En este concepto se registraron ingresos por revalidación anual de anuencia Municipal a establecimientos con venta de bebidas alcohólicas.

Revisión, inspección y servicios $2,527,014

En este concepto se registraron los ingresos siguientes:

Concepto Importe

Licencia de manejo $ 2,146,853Expedición de placas provisionales 205,031Servicios diversos 166,147Expedición de licencias de estacionamiento 8,983

Total $ 2,527,014

Expedición de licencias $1,054,758

En este concepto se registraron los ingresos por expedición de licencias de anuncios en la vía pública.

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Limpieza de lotes baldíos $3,141

En este concepto se registraron cobros anuales por recolección de basura de diversos negocios.

Diversos $611

En este concepto se registraron ingresos por recepción de obra terminada y liberación de garantías.

Recargos y accesorios $74,841

En este concepto se registraron los recargos por refrendos de negocios con venta de bebidas alcohólicas.

Programa modernización catastral $710,265

En este concepto se registraron cobros de Impuesto predial por actualización de expedientes catastrales.

PRODUCTOS $1,330,057

Este rubro se integra por los ingresos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Enajenación de bienes muebles e inmuebles $ 29,835 2 $ 11,088 37Arrendamiento o explotación de bienes muebles e inmuebles 195,050 15 32,000 16

Intereses 1,088,251 82 168,732 1620% por insuficiencia de fondos en cheque 12,801 1 6,926 54Diversos 4,120 - - -

Total $ 1,330,057 100 $ 218,746 16

Enajenación de bienes muebles e inmuebles $29,835

En este concepto se registraron cobros por lotes del panteón municipal.

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Arrendamiento o explotación de bienes muebles e inmuebles $195,050

En este concepto se registraron cobros por el arrendamiento del auditorio Municipal.

Intereses $1,088,251

En este concepto se registraron intereses generados por cuentas bancarias de cheques e inversión, así como intereses por préstamos a empleados y convenios de pago de contribuyentes.

20% por insuficiencia de fondos en cheque $12,801

En este concepto se registraron cobros por insuficiencia de fondos en cuentas bancarias.

Diversos $4,120

En este concepto se registraron cobros por insuficiencia de fondos de cheques en cuentas bancarias.

APROVECHAMIENTOS $9,339,208

Este rubro representa el 1% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Multas $ 8,286,982 89 $ 1,531,134 18Donativos 160,000 2 100,000 63Cauciones cuya pérdida se declare a favor 12,503 - 9,278 74Recargos y accesorios 879,723 9 75,490 9

Total $ 9,339,208 100 $ 1,715,902 18

Como procedimiento adicional de auditoría, se verificó en los cobros que se realizan en este rubro se efectúen en apego a la normatividad establecida y a las bases expedidas para otorgar subsidios, aprobadas por el R. Ayuntamiento en Acta 7 de Sesión Ordinaria celebrada el 16 de diciembre de 2015.

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Multas $8,286,982

En este concepto se registraron cobros de multas por violaciones a los Reglamentos Administrativos Municipales y demás disposiciones en materia Hacendaria aplicables, las cuales se integran como sigue:

Concepto Importe

Infracciones de tránsito $ 6,900,680Policía y buen gobierno 1,135,000Construcción 203,011Multa por violación al reglamento de alcoholes

42,274

Ecología 6,017

Total $ 8,286,982

Donativos $160,000

Se registraron en este concepto donativos recibidos en efectivo de particulares para gasto corriente.

Cauciones cuya pérdida se declare a favor $12,503

En este concepto se registraron cobros por daños ocasionados a propiedad del Municipio.Recargos y accesorios $879,723

En este concepto se registraron cobros por el visto bueno de protección civil del plan de contingencias para inicio de construcciones, entre otros.

PARTICIPACIONES $192,219,746

Este rubro representa el 23% de los ingresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Fondo general de participaciones $ 135,397,962 71 $ 135,397,962 100Fondo de fomento municipal 18,134,682 9 18,134,682 100Tenencia 13,272,308 7 13,272,308 100Diversos 6,608,767 4 6,608,767 100Fondo de fiscalización 6,056,617 3 6,056,617 100Impuesto especial sobre producción y servicios 5,832,050 3 5,832,050 100

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Concepto Importe % Alcance %Impuesto sobre automóviles nuevos 5,443,549 3 5,443,549 100Control vehicular 826,175 - 826,175 100Fondo de extracción de hidrocarburos 487,720 - 487,720 100Devoluciones ISR 159,916 - 159,916 100

Total $ 192,219,746 100 $ 192,219,746 100

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL $26,634,259

Este rubro representa el 3% de los ingresos totales y se integra por aportaciones Federales recibidas para el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social.

Adicionalmente, como procedimientos de auditoría se verifican que las aportaciones registradas correspondan con las autorizadas en el Periódico Oficial del Estado y se confirman las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO MUNICIPAL $185,300,692

Este rubro representa el 22% de los ingresos totales y se integra por aportaciones Federales recibidas para el Fondo de Aportaciones para Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.Adicionalmente, como procedimientos de auditoría se verifican que las aportaciones registradas correspondan con las autorizadas en el Periódico Oficial del Estado y se confirman las operaciones de las transferencias por participaciones efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

FONDO DESCENTRALIZADO $17,072,824

Este rubro representa el 2% de los ingresos totales y se integra por aportaciones recibidas de Gobierno del Estado por concepto de Fondos Descentralizados.

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias de fondos descentralizados efectuadas por Gobierno del Estado al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.

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OTRAS APORTACIONES $257,727,282

Este rubro representa el 30% de los ingresos totales y se integra por las aportaciones Federales y Estatales, recibidas de los Programas y Fondos que se detallan a continuación:

Concepto Importe % Alcance %

Provisiones económicas $ 47,954,323 19 $ 47,954,323 100Fondos de proyectos de infraestructura municipal 30,999,112 12 30,999,112 100Fondo de seguridad para municipios 2017 28,696,628 11 28,696,628 100Fondo descentralizados para fines especificos 17 27,502,221 11 27,502,221 100Fortalece 2017 24,075,346 9 24,075,346 100Fondo de desarrollo regional 2017 22,153,600 9 22,153,600 100Programa regionales 2017 18,505,863 7 18,505,863 100Fondo de ultracrecimiento 2017 13,860,006 5 13,860,006 100Fondo fortaseg 2017 13,300,926 5 13,300,926 100Fondo desarrollo municipal 2017 8,714,944 3 8,714,944 100Programa rescate espacios públicos 2016 6,918,901 3 6,918,901 100Cultura Juárez 2017 4,794,607 2 4,794,607 100Proyecto infra habitat 16 4,463,790 2 4,463,790 100Fondo de desarrollo municipal 2016 2,809,534 1 2,809,534 100Programa regionales 2016 1,330,921 1 1,330,921 100Otras aportaciones 1,129,878 - 1,129,878 100Programa infra mejoramiento a la vivienda 2016 516,682 - 516,682 100

Total $ 257,727,282 $ 257,727,282

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se confirmaron las operaciones de las transferencias de otras aportaciones de Fondos efectuadas por Gobierno Estatal al Municipio, conciliando en su caso, las diferencias que se reflejaban contra los saldos registrados.OTROS $33,871,496

Este rubro representa el 4% y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Otros ingresos $ 33,409,477 100 $ 33,409,477 100Guarderías cedim centro 122,628 - 122,628 100Guarderías cedim Real San José 105,232 - 105,232 100Guarderias cedim Santa Lucía 90,809 - 90,809 100Guarderias cedim Santa Mónica 87,375 - 87,375 100Guarderias cedim monte verde 60,074 - 60,074 100Fondo de desarrollo municipal 923 - 923 100Ajuste por moneda ingresos (2,298) - (2,298) 100Ajuste por moneda (2,724) - (2,724) 100

Total $ 33,871,496 100 $ 33,871,496 100

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EGRESOS

Análisis y Procedimientos de la Revisión de Egresos

Del total de los egresos manifestados en el Estado de Ingresos y Egresos por el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2017, se eligieron para su revisión partidas de gastos en forma selectiva, verificando que las erogaciones e inversiones estuvieran amparadas con la documentación comprobatoria respectiva, comprobando la autenticidad de los mismos en la página del Servicio de Administración Tributaria y que cumplieran con la normatividad aplicable a efecto de comprobar su razonabilidad.

Los importes del alcance corresponden básicamente a la revisión de las pólizas contables, comprobantes fiscales, órdenes y requisiciones de compra, contratos, entre otra documentación soporte de las partidas que integran el concepto del gasto.

A continuación se presenta un cuadro comparativo de los egresos ejercidos en el año 2017 determinando las variaciones por programas contra los importes reales del ejercicio 2016:

Egresos Reales VariaciónProgramas 2017 % 2016 % Importe %

Administración $ 262,619,850 31$ 266,868,485 38 $ 4,248,635 2Servicios Públicos Generales 104,806,332 12 117,005,812 17 12,199,480 10Educación, Cultura y Deporte 27,415,881 3 20,668,334 3 (6,747,547) (33)Seguridad Pública y Vialidad 26,249,665 3 146,778,029 21 120,528,364 82Desarrollo Social y Salud 13,797,681 2 31,733,219 5 17,935,538 57Adquisiciones 33,953,376 4 7,029,796 1 (26,923,580) (383)Desarrollo Urbano y Ecología 44,248,503 5 49,505,092 7 5,256,589 11Servicio de Deuda Pública 4,689,407 1 9,109,132 1 4,419,725 49Inversiones y Gasto con Fondo 12,484,228 1 - - (12,484,228) -Adeudos ejercicios anteriores 432,766 - 16,196,445 2 15,763,679 97Fondo para el Fortalecimiento Municipal 165,525,960 20 - - (165,525,960) -Fondo de Infraestructura Social Municipal 19,472,422 2 8,505,465 1 (10,966,957) (129)Fondo de Ultracrecimiento 11,601,294 1 8,166,685 1 (3,434,609) (42)Fondo Fortalece 2016 470,739 - 3,933,591 1 3,462,852 88Fondo Fortalece 2017 23,833,905 3 - - (23,833,905) -Fondo de Desarrollo Municipal 4,151,199 1 9,514,084 1 5,362,885 56Rescate de Espacios Públicos SEDATU 8,328,163 1 - - (8,328,163) -Fortalecimiento Financiero 2016 12,204,368 2 - - (12,204,368) -Fondo Aportación para Fortaseg 2017 12,661,227 2 - - (12,661,227) -Fondo Aportación para Fortaseg 2016 - - 8,041,295 1 8,041,295 100Programa Infra Mejora Vivienda 16 881,854 - 563,300 - (318,554) (57)Programa Regionales 2016 3,916,694 1 457,708 - (3,458,986) (756)Programa Regionales 2017 10,458,103 1 - - (10,458,103) -Fondo Desarrollo Regional 2017 16,353,072 2 - - (16,353,072) -Cultura Juárez 2017 1,117,169 - - - (1,117,169) -Fondo Descentralizado 2017 18,291,236 2 - - (18,291,236) -

Total $ 839,965,094 100$ 704,076,472 100 $ (135,888,622) (19)

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En el Estado de Ingresos y Egresos, los egresos se presentan por Programas y Subprogramas, los cuales se registran por centros de costos de las diferentes áreas con las que cuenta el Municipio para su operación, que detallan los conceptos del gasto.

Los Programas de Egresos de acuerdo con el origen del gasto se clasifican en los Capítulos siguientes:

Egresos Reales Variación Capítulo 2017 % 2016 % Importe %

Servicios personales $337,501,045 40 $294,618,349 42 $ (42,882,696) (15)Materiales y suministros 62,986,493 7 59,200,249 8 (3,786,244) (6)Servicios generales 198,111,192 24 194,645,903 28 (3,465,289) (2)Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

14,825,711 2 14,516,878 2 (308,833) (2)

Otros gastos y Pérdidasextraordinarias

44,340 - 1,387,648 - 1,343,308 97

Bienes muebles, inmuebles eintangibles

37,746,796 4 10,121,526 2 (27,625,270) (273)

Inversión pública 163,976,408 20 71,477,253 10 (92,499,155) (129)Participaciones y aportaciones 19,472,422 2 8,536,148 1 (10,936,274) (128)Deuda pública 4,306,726 1 48,939,993 7 44,633,267 91Planos, estudios y proyectos 993,961 - 632,525 - (361,436) (57)

Total $839,965,094 100 $704,076,472 100 $ (135,888,622) (19)

La Entidad realizó sus operaciones económicas registradas en los Capítulos antes mencionados con diferentes proveedores de bienes y servicios, determinando mediante el análisis de la base de datos a los principales, los cuales se muestran en el cuadro siguiente:

Proveedor Concepto Importe

Operadora de Alumbrado Público de Juárez Nuevo León,S.A. de C.V.

Modernización y operación de sistema de alumbrado público

39,285,050

Proveedora de Servicios Médicos del Norte, S.A. de C.V. Servicio médico 29,118,960Gas Nuevo Milenio, S.A. de C.V. Hidrocarburos 21,625,817Proactiva Medio Ambiente Setasa, S.A. de C.V. Renta de camiones recolectores 19,861,935Seguritec Transporte de Valores, S.A. de C.V. Transporte de valores 13,647,010Sesepro, S.A. de C.V. Transporte de valores 12,303,083Jesús Genaro Martínez Vega Terrenos del hospital 10,800,000Cfe Suministrador de Servicios Básicos Servicio de energía eléctrica 10,133,502Promotora Ambiental de La Laguna, S.A. de C.V. Recolección de residuos 6,801,430Tbn Tactical Equipment, S.A. de C.V. Equipo táctico 6,507,689Merbain Consulting, S.A.P.I. de C.V. Consultoría 5,316,667Jorge Eduardo Martínez Leal Abarrotes 5,037,326Thelma Escalante Guajardo Terreno del hospital 4,800,000

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Proveedor Concepto Importe

Victor Manuel Meneses Valderia Terreno del hospital 4,800,000José Sancen Martínez Terreno del hospital 4,800,000Fernando González Sánchez Terreno del hospital 4,800,000Efectivale, S. de R.L. de C.V. Vales de despensa 4,068,596Academia Regional de Seguridad Pública del Centro Capacitación 2,939,000Viveros La Purísima, S.P.R. de R.L. Vivero 2,921,218Hdi Seguros, S.A. de C.V. Venta de seguros 2,499,716Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.P.D. Servicios de agua y drenaje 1,921,486Promociones y Representaciones RS, S.A. de C.V. Renta de equipo de audio y sonido 1,783,442Plomiferretera El Tornillo, S.A. de C.V. Ferretería 1,743,900Multisoporte Técnico, S.A. de C.V. Refaccionaria 1,738,030Celso Suárez Marroquín Renta/venta de maquinaria y equipo 1,718,427

A continuación se detallan los conceptos de gastos que integran los egresos por Capítulo y Objeto del Gasto, presentando los alcances de revisión de las partidas registradas contablemente que integran dichos conceptos y en algunos casos se comentan procedimientos de auditoría aplicados adicionalmente a los ya enunciados en el primer párrafo, al inicio de esta sección.

SERVICIOS PERSONALES $337,501,045

Este capítulo representa el 40% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Sueldos $ 256,290,904 76 $ 256,290,904 100Aguinaldo 43,390,884 13 43,390,884 100Servicio médico 8,936,868 3 1,366,000 15Despensas y/o bonos de despensas 3,964,732 1 256,776 6Análisis clínicos y psicométricos 3,270,084 1 1,366,000 42Prima vacacional 3,246,360 1 3,246,360 100Hospitalizaciones y rehabilitaciones 3,044,754 1 495,673 16Fondo de ahorro 3,030,800 1 3,030,800 100Liquidaciones 2,469,176 1 793,062 32Tiempo extra 2,221,151 1 2,221,151 100Medicamentos 2,102,443 1 453,843 22Prima de seguros de vida. 1,965,532 - 352,587 18Retroactivos 1,447,924 - 1,447,924 100Sueldos personal eventual 727,458 - 727,458 100Consultas médicas particulares 709,813 - 58,522 8Compensaciones 659,925 - 659,925 100Estímulo al personal 16,000 - - -Reconocimientos 6,032 - - -Vacaciones 205 - - -

Total $ 337,501,045 $

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 30/1

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Adicionalmente, se efectúo prueba global de las remuneraciones pagadas al personal registradas contablemente, conciliando estas contra las nóminas correspondientes, además de manera selectiva se examinaron recibos de pago, expedientes de personal, asimismo, se verificaron los cálculos del Impuesto Sobre la Renta retenido de algunos empleados, y por las prestaciones pagadas al personal más importantes registradas contablemente se conciliaron contra las cláusulas y montos establecidos en contratos, convenios y acuerdos celebrados con la Administración Municipal.

MATERIALES Y SUMINISTROS $62,986,493

Este capítulo representa el 7% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Gasolina y lubricantes $ 21,923,861 35 $ 1,352,133 6Gastos de cafetería y alimentos 5,717,609 9 175,870 3Refacciones, herramientas, mantenimiento a vehículos oficiales

4,291,812 7 308,119 7

Uniformes 3,679,071 6 2,768,923 75Equipo de protección seguridad pública 3,358,284 5 2,541,347 76Despensas a personas de escasos recursos 3,299,500 5 1,067,200 32Herramientas y refacciones 2,696,926 4 228,636 8Material de imprenta 2,611,863 4 155,440 6Papelería y artículos de oficina 2,513,964 4 1,153,910 46Consumos de alimentos del personal 2,474,023 4 54,520 2Material de ferretería 1,934,342 3 1,201,172 62Artículos para aseo y limpieza 1,332,796 2 173,703 13Reposición de llantas 1,157,115 2 310,232 27Municiones 1,115,537 2 1,070,968 96Pintura 1,015,942 2 832,380 82Mezcla asfáltica 519,905 1 216,437 42Aceites y lubricantes 516,680 1 129,226 25Accesorios 438,324 1 150,800 34Reposición de acumuladores 367,246 1 - -Material eléctrico 262,356 1 58,000 22Gas l.p. 258,281 1 - -Señalamientos viales 241,758 - 157,122 65Compra de aceite para unidades oficiales 229,525 - - -Material deportivo y trofeos 197,668 - - -Herramientas (palas, picos, talaches) 179,892 - - -Material médico 126,971 - 125,152 99Accesorios 111,950 - 63,549 57Material de construcción 105,928 - - -Material de plomería 101,744 - - -Placas y reconocimientos 86,246 - 52,374 61Utensilios de cocina 73,372 - - -Oxígeno o.p. 14,926 - - -

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Concepto Importe % Alcance %Equipo y material de señalización de emergenciaMaterial de cocina Recarga de extintores.

0

Total

Adicionalmente, se revisaron selectivamente en el caso de las erogaciones de combustible y refacciones, las bitácoras de control que registran el suministro y mantenimiento de los vehículos oficiales, además en complemento a la comprobación de estos gastos se obtuvo el inventario de las unidades existentes al cierre del ejercicio para identificar los movimientos de altas y bajas.

SERVICIOS GENERALES $198,111,192

Este capítulo representa el 24% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Modernización y operación de sistema de alumbrado público $ 43,297,200 22 $ 8,014,300 19

Mantenimiento y conservación de basurero 42,701,605 22 9,378,001 22Arrendamiento de equipo de transporte 31,814,873 16 2,831,827 9Consumo de energía eléctrica 9,621,990 5 1,787,881 19Radio, prensa y televisión 8,807,700 5 521,594 6Capacitación de personal 6,411,953 3 2,897,000 45Gastos y costos judiciales. 5,316,667 3 966,667 18Mantenimiento vías públicas 3,864,967 2 2,430,000 63Posadas y arreglos navideños 3,604,340 2 1,738,396 48Arrendamiento de inmuebles 3,185,354 2 - -Mantenimientos parques, jardines y plazas 3,035,890 2 617,857 20Impuesto estatal 3% sobre nóminas 2,851,586 2 1,182,031 41Renta de mobiliario y accesorios 2,827,429 2 155,440 5Mantenimiento de alumbrado público 2,455,585 1 474,915 19Honorarios asimilables 2,050,963 1 394,400 19Servicio de agua y drenaje 1,863,311 1 767,866 41Arrendamiento de equipo de sonido 1,748,243 1 144,900 8Informe del ciudadano presidente municipal 1,730,083 1 645,800 37Día del anciano 1,571,510 1 930,784 59Seguros de vehículos 1,560,821 1 217,771 14Día del maestro 1,468,275 1 321,975 22Servicio telefónico 1,171,836 1 145,335 12Funerales 960,373 1 - -Seguros de unidades oficiales (r-33) 924,497 1 141,774 15Día de las madres 917,359 1 188,790 21Gastos de viaje 819,113 - 59,313 7Grito de independencia 805,011 - 336,400 42Reintegraciones 639,325 - 535,555 84Eventos conmemorativos 629,640 - 207,698 33

13,748 - -

10,751 - -6,577 - -

$ 62,986,493 100 $ 14,347,213 23

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Concepto Importe % Alcance %Reparación de climas y aires lavados 626,633 - 50,112 8Traslado a eventos deportivos 617,836 - 143,840 23Día del niño 595,410 - 80,678 14Reparación de llantas 542,817 - 56,144 10Aportación sindical 535,000 - - -Mantenimiento de edificios 484,382 - - -Desarrollo e implementación de sistemas 458,200 - 458,200 100Servicios financieros y fiduciarios 402,770 - 217,170 54Peajes (cuotas) 377,351 - - -Cursos, talleres y conferencias 353,711 - 353,711 100Comisiones y situaciones bancarias 343,713 - 88,466 26Mantenimiento deportivo Magdalena 314,388 - 220,160 70Rifas y sorteos 291,848 - 249,100 85Refrendos, placas y tenencias 268,815 - 240,940 90Arreglos florales 257,660 - - -Mantenimiento de vehículos 253,078 - 51,830 20Mantenimiento y actualización de equipos de computo 242,309 - 59,378 25Gastos de gestoría legales y fiscales 240,727 - - -Mantenimiento e instalación de equipo de comunicación 207,322 - 120,640 58Fomento a programas culturales 194,803 - 90,000 46Mantenimiento de pavimento 183,749 - 50,570 28Renta de radiofrecuencias 172,260 - - -Día de la secretaria 157,411 - - -Reparación mecánica 154,936 - - -Deducibles de seguros 153,251 - - -Apoyos para alimentación en eventos deportivos 102,238 - - -Enderezado y pintura de vehículos 98,600 - 58,000 59Construcción y/o remodelación de edificios 95,400 - - -Mallas ciclónicas 94,000 - 94,000 100Eventos deportivos 93,948 - - -Remodelación de oficinas 71,667 - - -Comisiones pagadas o devengadas 68,963 - 68,963 100Gastos daños a terceros 55,995 - - -Servicio de localización y gestión 43,317 - - -Mantenimiento y reparación de equipo de radiocomunicación 37,526 - - -

Rotulación de unidades oficiales 36,076 - - -Mantenimiento a centros deportivos 29,887 - - -Día del bombero 29,110 - - -Mantenimiento de edificios en arrendamiento 29,000 - - -Trabajos en líneas telefónicas 29,000 - - -Suscripciones y cuotas 20,800 - - -Impermeabilizaciones 18,512 - - -Traslado a eventos 15,760 - - -Reposición de cámaras (llantas) 13,971 - - -Gastos funerarios 10,150 - - -Hospedaje 7,900 - - -Teléfono celular 6,551 - - -Mantenimiento de maquinaria 5,626 - - -Reparación de mobiliario 3,190 - - -

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Concepto Importe % Alcance %Dictámenes médicos 3,138 - - -Reposición de vidrios. 2,821 - - -Soldadura en general 167 - - -

Total $ $

Adicionalmente, se efectúo prueba global de los servicios prestados al Municipio más importantes registradas contablemente, conciliando contra las cláusulas y montos establecidos en los contratos celebrados con la Administración Municipal.

En algunos eventos se revisó que existiera la evidencia de la realización de los mismos, como su convocatoria, el material utilizado para la difusión, programa de actividades, trípticos publicitarios, material fotográfico, entre otra información.

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS $14,825,711

Este capítulo representa el 2% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:Concepto Importe % Alcance %

Apoyos económicos y/o en especie $ 6,191,707 42 $ - -Apoyo asistencia social y eventos 2,792,449 19 1,271,012 46Apoyo de paquetes escolares a escuelas 1,575,384 11 1,564,260 99Apoyo a colonias (medicamentos) 1,431,891 10 - -Apoyo a colonias (consultas médicas) 753,945 5 - -Apoyo para transportación a estudiantes 454,206 3 52,000 11Apoyo uniformes y materiales deportivos 395,316 3 - -Apoyo para equipamiento de escuelas 294,466 2 162,006 55Apoyo para mantenimiento de edificios escolares 259,834 2 - -Apoyo a colonias (material) 156,684 1 - -Talleres, brigadas y apoyos para la salud pública. 117,861 1 - -Donativos 81,600 1 - -Apoyos a bandas de guerra y uniformes 80,144 - - -Apoyo para arbitrajes/ampayeos 76,190 - - -Materiales y artículos cursos autoempleo 60,834 - - -Artículos de belleza (cursos dif) 55,331 - - -Apoyo a colonias (alimentos) 26,229 - - -Apoyos en materiales de construcción a escuelas 21,640 - - -

Total $ $

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría se revisaron selectivamente en el caso de las erogaciones relacionadas con los apoyos de asistencia social otorgados a gente de la tercera edad y personas de escasos recursos, que existiera el soporte documental de la solicitud de petición por parte de los beneficiados, así como de su entrega-recepción.

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OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS $44,340

Este capítulo se integra por el concepto de otros gastos varios, de los cuales se revisaron pólizas de cheques con su soporte documental.

BIENES MUEBLES, INMUEBLES E INTANGIBLES $37,746,796

Este capítulo representa el 4% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Terrenos $ 30,000,000 80 $ 10,800,000 36Otros bienes 3,476,019 9 1,029,375 30Muebles y equipo de oficina 1,121,462 3 340,680 30Vehículos y armamentos 886,805 2 886,805 100Equipo de cómputo 596,041 2 320,791 54Equipamiento de unidades 580,000 2 380,000 66Equipo de transporte 450,470 1 389,000 86Equipo de radio y comunicación (r-33) 444,640 1 386,071 87Equipo de comunicación 116,348 - 87,000 75Equipo de trabajo (maquinaria) 16,000 - - -Equipo médico 59,011 - - -

Total $ 37,746,796 100 $ 14,619,722 39

Adicionalmente como procedimiento de auditoría, por las adquisiciones más importantes se verificó su registro en el control del patrimonio municipal.

INVERSIÓN PÚBLICA $163,976,408

Este capítulo representa el 20% de los egresos totales y se registraron erogaciones por la realización de obra pública como sigue:

Concepto Importe % Alcance %

Rehabilitación calles varias colonias (Santa Mónica, jardines de la silla, laureles)

$ 4,846,976 3 $ - -

Rehabilitación pavimentación, avenida monte kristal, col monte kristal

4,445,695 3 1,596,697 36

Rehabilitación pavimento asfaltico e hidráulico, colonia bosques de San Pedro, calle arboledas y fresno.

4,322,044 3 2,591,326 60

Construcción parque lineal avenida los cometas y rehabilitación plazas públicas, varias colonias

4,233,758 3 - -

Rehabilitación pavimento hidráulico, colonia zirándaro, calle zirándaro /avenida Arturo B. de la Garza y avenida Pablo Livas

3,924,925 2 - -

Rehabilitación pavimento carpeta asfáltica, colonia monte kristal 2, calle roca, fino, unión

3,833,465 2 - -

Rehabilitación varias calles, colonia América unida 3,707,213 2 - -

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Concepto Importe % Alcance %Alumbrado público 1er etapa, varias colonias, camellón avenida acueducto/Coahuila

3,676,648 2 1,340,858 36

Rehabilitación pavimento asfalto, colonia la reforma, calle olimpo, Coahuila y pípila

3,512,422 2 - -

Construcción pavimento concreto hidráulico, prolongación de avenida Coahuila

3,430,784 2 - -

Rehabilitación pavimento concreto hidráulico y asfalto, colonia fuentes de Juárez, calle Garza Leal

3,221,852 2 - -

Mantenimiento de caminos, colonia 16 septiembre, camino a San Roque (hacienda San Marcos)

3,138,628 2 - -

Introducción red drenaje sanitario 2da. etapa, colonia ejido Juárez, calle Benito Juárez

3,002,055 2 - -

Rehabilitación pavimento concreto hidráulico varias colonias, avenida acueducto/calle Coahuila

2,947,978 2 - -

Rehabilitación pavimento carpeta asfáltica, colonia monte kristal 4to. sector, calle puerto Vallarta/rio san

2,917,869 2 - -

Rehabilitación vialidad concreto hidráulico colonia zirándaro, avenida mayas / yaqui y arroyo

2,829,966 2 - -

Rehabilitación pavimento asfalto, colonia los huertos, avenida hortelanos/carretera San Roque y huerto de

2,723,720 2 - -

Rehabilitación y mantenimiento parque béisbol "Martín García Niño", colonia Garza y Garza

2,669,802 2 - -

Rehabilitación calles, bacheo, avenida Teófilo Salinas río Santa Catarina y libramiento Juárez

2,632,211 2 - -

Rehabilitación pavimento concreto hidráulico y asfalto, colonia colinas del sol y colonia Coahuila

2,533,943 2 - -

Recarpeteo en calles de la colonia San Isidro (Santa Mónica). 2,506,509 2 - -Introducción red agua potable y drenaje sanitario 1era etapa, colonia San Antonio

2,491,994 2 1,902,498 76

Adecuación vial camellón central y alumbrado público colonia colinas San Juan, avenida Arturo B. de la Garza

2,269,749 1 - -

Rehabilitación pavimento concreto asfalto varias colonias, avenida acueducto/calle Coahuila

2,259,458 1 - -

Construcción de parque lineal avenida colinas de la moreno, colonia colinas de San Juan

2,253,646 1 - -

Desazolve de arroyo, colonia monte kristal, vaquerías, Santa Mónica

2,168,527 1 - -

Construcción de plaza pública colonia colinas de San José 2,101,180 1 1,516,439 72Acabados en edificio del comedor comunitario, colonia héroes de Nacozari

2,066,047 1 1,491,873 72

Rehabilitación calles, bacheo mayor, menor, varias colonias, calle real san pablo- avenida Teófilo Salinas

1,974,524 1 - -

Estudios geotécnico, hidrología, tránsito, topografía diseño y mecánica suelo

1,929,985 1 1,929,985 100

Rehabilitación pavimento asfalto e hidráulico, colonia Garza y Garza y colonia 20 septiembre calle Pablo Garza Salinas

1,918,950 1 - -

Pavimentación integral, concreto hidráulico, colonia monte kristal 3er. sector

1,897,861 1 - -

Bacheo mayor y menor, varias colonias (Santa Mónica, jardines de la silla, laureles)

1,892,487 1 - -

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Concepto Importe % Alcance %Rehabilitación pavimento concreto hidráulico colonia Santa Mónica, calle Marcelo/ san Isidro

1,877,650 1 - -

Forestación avenida acueducto, varias colonias, / avenida Coahuila y calle Santa Luisa

1,874,095 1 - -

Rehabilitación pavimento asfalto, colonia la reforma, calle la reforma

1,796,572 1 - -

Rehabilitación pavimentación, avenida San Francisco de Solano y calle saboya, varias colonias

1,781,710 1 - -

Rehabilitación de vialidad, colonia colinas de san juan, avenida colinas de la morena

1,718,325 1 - -

Pavimentación integral asfalto, colonia los valles 2do sector calle río San Francisco, río nacis

1,716,372 1 - -

Construcción plaza pública, colonia valle sur, calle quetzal/faisán norte, circuito valle y zaf

1,691,161 1 - -

Desazolve de arroyo las sabinas, colonia monte verde, reforma

1,653,665 1 - -

Electrificación aérea, colonia lomas del sol, calle 121 y calle 123

1,636,407 1 1,566,486 96

Desazolve de arroyo las sabinitas, colonia la reforma, avenida Pablo Livas y calle congreso

1,488,752 1 1,488,752 100

Rehabilitación pavimento colonia los cometas, avenida las torres

1,473,935 1 - -

Rehabilitación pavimento, colonia la querencia, avenida Coahuila, avenida Eloy Cavazos, var

1,393,270 1 - -

Rehabilitación pavimento concreto hidráulico y asfalto varias colonias, avenida torres/San Roque y avenida

1,345,192 1 - -

Obras exteriores del comedor comunitario colonia héroes de Nacozari

1,328,653 1 837,104 63

Construcción plaza pública colonia los valles 2do. sector calle valle mezquites, olivos y plata

1,287,606 1 - -

Rehabilitación pavimento concreto hidráulico colonia Santa Mónica, calle San Bartolomé, Fátima y San Roque

1,266,563 1 - -

Rehabilitación pavimento concreto hidráulico, colonia praderas San Juan y real San José, avenida Madrid

1,254,721 1 - -

Pavimentación integral, asfalto colonia ampliación rancho viejo, varias calles

1,237,892 1 - -

Construcción parque lineal y rehabilitación cancha pública, colonia praderas de San Juan, calle Santiago

1,223,555 1 - -

Parque lineal, colonia valle real, avenida valle real acueducto y valle escondido.

1,199,641 1 - -

Rehabilitación de cancha y plaza pública, colonia Coahuila, calle piedras negras, parras

1,170,874 1 - -

Mantenimiento parque ecológico charco azul, colonia bosques de San Pedro

1,169,020 1 - -

Forestación varias colonias, avenida Pablo Livas, Coahuila/arroyo las sabinas

1,153,628 1 - -

Pavimentación concreto hidráulico, colonia 10 de mayo, calle buganvilia y nardo/avenida las flores

1,098,027 1 - -

Pavimentación integral concreto hidráulico colonia ampliación rancho viejo, varias calles.

1,053,427 1 - -

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Concepto Importe % Alcance %Bacheo menor y bacheo mayor, colonia praderas de San Juan, varias calles.

1,001,482 1 - -

Construcción drenaje pluvial, colonia villas de San José, calle lirio.

947,979 1 - -

Rehabilitación camino base riego, ejido remates 944,849 1 - -Rehabilitación plaza pública, colonia paseo Santa Fe, paseo San Carlos

918,383 1 - -

Construcción drenaje pluvial colonia héroes de Nacozari, calle Francisco Villa/Pino Suárez

918,095 1 - -

Construcción puentes peatonales colonia monte verde 910,303 1 - -Introducción red agua potable, colonia ex hacienda, colonia rancho viejo, calle sin número ( dos tramos)

883,417 1 - -

Construcción cancha polivalente, escuela Francisco Goitia, colonia Santa Mónica calle San Benigno/se

877,128 1 - -

Construcción parque lineal público, colonia los reyes, c. Alfonso XII, Luis XIV, Felipe II

835,649 1 - -

Rehabilitación pavimento concreto hidráulico colonia Santa Mónica, calle San Gabriel/ san Isidro

807,332 1 - -

Centro cultural ecológico Juárez biblioteca Fernando Montes de Oca, colonia Garza

805,444 1 - -

Bacheo estructural (Santa Mónica, jardines de la silla, laureles, pedregal de Santa Mónica)

793,673 1 - -

Rehabilitación plaza pública, colonia San Antonio, avenida los Garza, calle Santa Lucía.

788,014 1 - -

Parque lineal la esperanza, colonia la esperanza y Héctor Caballero, avenida Héctor Caballero

748,887 1 - -

Canalización arroyo los perros, colonia monte kristal 4to.sector, calle río San Francisco

739,908 1 - -

Parque lineal público, varias colonias, avenida acueducto 737,203 1 - -Construcción de baños kínder Jorge Luis Borges, colonia villas de San José

728,428 - - -

Pavimentación hidráulica en calles de la colonia monte kristal 3er. Sector

684,049 - - -

Rehabilitación drenaje pluvial, colonia el sabinal, entre avenida el sabinal y avenida las torres

672,356 - - -

Construcción dispensarios médicos, colonia infonavit la reforma, calle Antonio l. Villarreal

670,472 - - -

Construcción aula escuela colonia hacienda la lobita, calle antiguo camino al mezcal

665,554 - - -

Forestación varias colonias, parque baseball, avenida Teófilo Salinas, las Torres

639,935 - - -

Rehabilitación y consolidación plaza pública y parque lineal, colonia quintas las sabinas

625,639 - - -

Adecuación vial camellón central y alumbrado público colonia colinas san juan, avenida Arturo B. de la Garza

612,539 - - -

Rehabilitación plazas públicas, colonia infonavit Benito Juárez, calle General Manuel Doblado

603,313 - - -

Construcción aula polivalente escuela "Antonia Nava Catalán" colonia centro

597,083 - - -

Rehabilitación plaza pública, colonia la ciudadela, sector real 582,784 - - -

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de San José, calle sanConcepto Importe % Alcance %

Bacheo mayor y menor, colonia ex hacienda el rosario, varias calles

565,027 - - -

Rehabilitación edificio expedición pasaporte, colonia centro, calle General Ignacio Zaragoza

560,852 - - -

Alumbrado público. 555,708 - 555,708 100Construcción aula para dirección escuela "Enrique Conrado Rebsamen Egloff" colonia paseo Santa Fe

525,851 - - -

Suministro carpeta caliente para mantenimiento infraestructura municipal.

516,200 - - -

Rehabilitación pavimentación concreto asfaltico y aplicación de pintura, colonia villas San Francisco, avenida monte kristal

481,569 - - -

Rehabilitación y consolidación plazas públicas, colonia ex hacienda el rosario

460,230 - - -

Forestación varias colonias, avenida las torres/carretera San Roque y avenida monte kristal

459,088 - - -

Construcción centro de salud, San Mateo, calle: camino a la lobita /callejón 5

413,491 - - -

Parque lineal la esperanza, colonia la esperanza y Héctor Caballero, avenida Héctor Caballero

411,399 - - -

Forestación de adecuación vial, carretera Reynosa, colonia colinas de San Juan

395,861 - - -

Forestación carretera San Roque/ camino a rancho viejo, colonia San Marcos varias colonias

377,987 - - -

Rehabilitación y construcción plaza pública, colonia sabinal, avenida el sabinal, calle Juan de la Barrera

372,792 - - -

Construcción plaza pública, colonia real de San José, calle San Judas, San Nicolás

364,775 - - -

Rehabilitación de vialidad, camino a las espinas, varias colonias.

357,632 - - -

Pavimentación integral calle río bravo, colonia monte kristal 4to. sector

357,319 - - -

Construcción plaza pública colonia real San José 353,706 - - -Diseño pavimentos Rehabilitación vialidades, varias colonias, avenida san roque a avenida arbole

342,200 - - -

Rehabilitación plazas públicas, colonia infonavit Benito Juárez, c: m. d., j. b., g.p., s.d., j. m. a

338,327 - - -

Suministro e instalación equipamiento plaza pública colonia praderas de San Juan

328,920 - - -

Recubrimiento pintura superficie pavimentación colonia centro, varias calles

324,744 - - -

Rehabilitación plaza pública, colonia sabinal, avenida el sabinal/calle Juan de la Barrera

324,044 - - -

Construcción plaza pública, colonia San Miguelito, calle San Ángel/San Juan y San Lucas

320,404 - - -

Centro cultural ecológico Juárez (biblioteca) Fernando Montes de Oca, colonia Garza

311,725 - - -

Construcción de cuartos, colonia los valles 1er sector, los naranjos, ampliación rancho viejo

298,420 - - -

Obras exteriores centro de salud los valles, colonia los valles 274,438 - - -

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1er sector, calle fresnos

De la inversión ejercida al cierre del ejercicio, la Dirección de Auditoría de Obras Públicas y Desarrollo Urbano de la Auditoría Superior del Estado, seleccionó las obras públicas más importantes para comprobar el cumplimiento de los aspectos normativos, financieros y técnicos establecidos en la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, así como en su caso, en la Ley de Coordinación Fiscal.

Concepto Importe % Alcance %

Pavimentación hidráulica avenida Eloy Cavazos, colonia ex- hacienda rosario calle lateral

239,965 - -

Diseño de pavimentación colonia bosques San Pedro, avenida las torres/carretera San Roque, monte kristal

225,040 - -

Construcción de cuartos colonia praderas de San Juan 217,764 - -Construcción lavaderos y aleros de puente, colonia sierra morena, avenida Pablo Livas

211,936 - -

Construcción de cuartos, colonia h. calle, m. k., m.k.1, m.k.2, la esperanza.

206,973 - -

Diseño pavimento flexible/rígido con laboratorio certificado de cc, varias colonias

203,000 - -

Remodelación Secretaría Seguridad Pública en Joaquín Garza y Garza

200,360 - -

Demolición de construcción, colonia Francisco Villa, calle Montes de Oca, Ruperto Garza

194,715 - -

Rehabilitación pavimento y construcción de lavaderos, avenida Eloy Cavazos / carretera San Roque

186,023 - -

Construcción barda perimetral escuela secundaria Historiadores de Nuevo León colonia praderas de San

177,253 - -

Bacheo superficial en colonia los reyes, punta esmeralda, ampliación rancho viejo.

162,072 - -

Plaza pública monte verde, colonia monte verde, calle monte Albán calle monte Santo y mont

161,501 - -

Construcción de cuartos, colonia los valles 1er y 2do sector, calle valles olivos-naranjos

158,696 - -

Forestación centro de salud, colonia los valles 1er sector, calle lomas Jamaica, valles

150,423 - -

Rehabilitación de vialidad y carpeta asfáltica, colonia Santa Mónica, camino a las espinas

141,879 - -

Forestación Plaza pública y área monumento Juárez, colonia Villas San José y zona

122,283 - -

Remodelación de consultorio, colonia bosques de San Pedro 114,207 - -Rehabilitación de vialidad, colonia colinas de San Juan, avenida colinas de la morena

113,107 - -

Policía y Tránsito. 46,715 - -Suministro e instalación señalamiento vial, colonia Héctor Caballero avenida San Roque-Eloy Cavazos

(33,412) - -

Alumbrado púbico avenida San Roque-avenida Eloy Cavazos avenida colonia Héctor Caballero

(1,119,596) - -

Bacheo mayor y menor, varias colonias (1,410,687) - -

Total $ 163,976,408 100 $ 16,817,726 10

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PARTICIPACIONES Y APORTACIONES $19,472,422

Este capítulo representa el 2% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %

Construcción puente vehicular y canalización arroyo los perros, colonia los valles 2do sector (infra 2017)

$ 2,544,629 13 $ - -

Rehabilitación pavimento carpeta asfáltica, colonia arboledas de San Roque, calle encino, arboledas (infra 2017)

2,441,249 13 - -

Construcción drenaje sanitario colonia 10 mayo, avenida las flores (calle clavel, gardenia-osa) (infra 2016)

1,812,658 9 - -

Construcción centro de salud, colonia ejido Juárez, calle Benito Juárez/privada 3ra y 4ta (infra 2016)

1,773,711 9 - -

Introducción red drenaje sanitario 2da etapa, colonia la escondida, calle olmo, cañada sur (infra 2017)

1,531,811 8 891,687 58

Construcción centro de salud, colonia los valles 1er sector calle valle de los fresnos/naranja (infra 2016)

1,460,827 8 - -

Construcción de comedor en escuela primaria 11 de mayo de 1988 colonia ejido Juárez (infra 2016)

940,579 5 - -

Ampliación centro de salud, colonia monte kristal 2do sector, calle monte laurel/palatino y (infra 2017)

926,587 5 - -

Pavimento asfáltico, colonia monte kristal 2do. sector, calle laurel/unión y avenida las torres (infra 2017)

914,837 5 - -

Construcción puente vehicular y canalización arroyo los perros, colonia gardenias, carretera (infra 2017)

884,278 5 - -

Introducción red drenaje sanitario 3era etapa, colonia la escondida (infra 2017)

879,187 5 879,187 100

Construcción comedor escuela primaria "Alfonso Reyes", colonia monte kristal 2do sector (infra 2016)

784,273 4 - -

Construcción centro de salud, San mateo, calle: camino a la lobita /callejo 5 y calle (infra 2016)

725,557 4 - -

Construcción techado área acondicionamiento físico, kínder "15 junio 1704" colonia arboledas San Roque (infra 2016)

376,278 2 - -

Electrificación aérea, colonia lomas del sol, calle 187 / calle 175 y camino a (infra 2016)

356,161 2 - -

Diseño de pavimentación para rehabilitación de vialidades, colonia América unida y la reforma (infra 2016)

262,000 1 - -

Diseño pavimentación rehabilitación vialidades, colonia monte kristal, arboledas San Roque (infra 2017)

252,008 1 - -

Construcción aula escuela primaria "11 de mayo de 1988", colonia ejido Juárez (infra 2016)

251,863 1 - -

Rehabilitación pavimentación carpeta asfáltica colonia arboledas de los naranjos, calle lomas Ecuador/Guayana (infra 2017)

234,960 - - -

Estudios hidrológicos, hidráulico, perimetría y altimetría carretera San roque-avenida acueducto (infra 2016)

118,969 - - -

Total $ $ 9

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De la inversión ejercida al cierre del ejercicio, la Dirección de Auditoría de Obras Públicas y Desarrollo Urbano de la Auditoría Superior del Estado, seleccionó las obras públicas más importantes para comprobar el cumplimiento de los aspectos normativos, financieros y técnicos establecidos en la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León, así como en su caso, en la Ley de Coordinación Fiscal.

DEUDA PÚBLICA $4,306,726

Este capítulo representa el 1% de los egresos totales y se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe % Alcance %Intereses de préstamos $ 3,873,960 90 $ 1,177,776 30Adefas 432,766 10 432,766 100

Total $ 4,306,726 100 $ 1,610,542 37

En relación a los intereses de préstamo, se registraron los pagos a capital e intereses de los préstamos con Banco del Bajío, S.A. de C.V., Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple y Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C.

Así mismo con el concepto de Adefas, se efectúo prueba global de los servicios prestados al Municipio más importantes registradas contablemente, conciliando contra las cláusulas y montos establecidos en los contratos celebrados con la Administración Municipal.

PLANOS, ESTUDIOS Y PROYECTOS $993,961

En esta cuenta se registraron principalmente las erogaciones realizadas para la elaboración de estudios de planimetría y altimetría así como de estructura de pavimentos en diversas vialidades del Municipio de Juárez, Nuevo León.

DISPONIBILIDAD

La disponibilidad de fondos al 31 de diciembre de 2017, se determina de la manera siguiente:

Concepto Importe

Saldo inicial $ (4,883,538)Más:Ingresos 854,243,342Movimientos del patrimonio 41,800,185

Subtotal $ 891,159,989Menos:Egresos 839,965,094

Saldo disponible al 31 de diciembre de 2017 $ 51,194,895

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A continuación se describen las cuentas que integran la disponibilidad y en algunos casos se explican los procedimientos adicionales aplicados en la revisión a los ya enunciados en el párrafo anterior:

Cuenta Importe

Cuentas de Activo:Fondos fijos $ 156,000Bancos 70,004,792Cuentas por cobrar 615,822

Subtotal $ 70,776,614Menos:Cuentas de Pasivo:Cuentas por pagar 158,017,109 Total $ (87,240,495)

El Municipio manifestó errores en el sistema Simun al momento de generar la base de datos contable, lo que originó diferencias en los saldos al 31 de diciembre de 2017 en la Disponibilidad que se presenta en la Cuenta Pública contra los montos manifestados en los Informes de Ingresos y Egresos, la Balanza de comprobación presentada en la Cuenta Púbica del ejercicio 2017, en las siguientes cuentas, Listado de bienes inmuebles, Cuentas por cobrar y Cuentas por pagar.

Fondos fijos $156,000

Esta cuenta corresponde a efectivo utilizado en gastos menores.

Bancos $70,004,792

Esta cuenta se integra por los saldos contables de los fondos bancarios siguientes:

Fondo Importe

Recursos propios $ 57,610,076BanBajío INFRA 2016 1,736,668BanBajío INFRA 2017 10,440,052BanBajío FORTA 2016 365BanBajío FORTA 2017 217,631

Total $ 70,004,792

Se revisaron las conciliaciones bancarias al 31 de diciembre de 2017, verificando que estuvieran adecuadamente depuradas y confrontando sus saldos con los estados de cuenta y/o en su caso

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con las confirmaciones proporcionadas por las instituciones de crédito, así como con auxiliares contables.

Cuentas por cobrar $615,822

Esta cuenta se integra por el concepto de Gastos a comprobar (deudores diversos).

Adicionalmente, como procedimiento de auditoría por los préstamos al personal, se hizo un análisis mensual de los movimientos aplicados durante el ejercicio, además de manera selectiva se confirmaron saldos con el personal que tenía adeudo.

Por los gastos por comprobar, se verificó selectivamente la antigüedad de las partidas que los integran y de manera selectiva se confirmaron saldos con el personal.

Cuentas por pagar $158,017,109

Esta cuenta se integra por los conceptos siguientes:

Concepto Importe

Impuestos por pagar $ 152,432,82410% I.S.R. retenido honorarios y arrendamiento 1,398,069Retenciones del 0.5% sobre obras 769,199Impuestos por pagar seguridad pública 1,014,543Impuestos por pagar finiquitos 100,206Sindicatos 10,756Impulsora Promobien, S.A. de C.V. 54,114Retenciones a contratistas 5 al millar (534,261)Pensión alimenticia (1,040,438)Deducciones (693,768)Descuento Hemsa 10,001Descuento chamarras 37,060Caja de ahorro 230,846Descuentos celulares 7,109Préstamo caja de ahorro 128,057Fondo de ahorro seguridad pública (56,592)Interese préstamos 8,466Préstamos financiera 4,140,918

Total $ 158,017,109

Esta cuenta se integra principalmente por el Impuesto Sobre la Renta retenido de los salarios pagados al personal, así como el 10% retenido por honorarios y arrendamiento, las retenciones del 5% al millar, descuentos de caja de ahorro y de mueblería.

Como procedimiento adicional se revisó que se cumpliera con los pagos provisionales de los impuestos del ejercicio. Al 31 de enero de 2018 este saldo está pendiente de enterar al SAT.

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DEUDA PÚBLICA

Análisis y Procedimientos de la Revisión de la Deuda Pública

La Deuda Pública que presentó el Ente Público en su Cuenta Pública del año 2017 corresponde a los adeudos que no forman parte de las Cuentas por pagar que integran la Disponibilidad, conformada por los préstamos otorgados por instituciones bancarias, los cuales se verificaron mediante el examen de su documentación comprobatoria.

La Deuda Pública al 31 de diciembre de 2017, se integra como sigue:

Concepto ImporteBanca Comercial:Banco del Bajío, S.A. de C.V., crédito simple contratado a15 años en el 2011, para ejercerse en inversiones públicas productivas

$ 53,691,691

Banco del Bajío, S.A. de C.V., crédito simple contratado a15 años en el 2012, para ejercerse en inversiones públicas productivas

13,925,457

Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, crédito simple contratado a 4 años en el 2014, para ejercerse en inversiones públicas productivas

10,909,104

Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. crédito simple contratado a 2 años en el 2016, para ejercerse en inversiones públicas productivas

4,944,172

Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, crédito simple contratado a 15 años en el 2017, para ejercerse en inversiones públicas productivas

29,962,500

Total $ 113,432,924

Los préstamos obtenidos en el 2011 y 2012 con el Banco del Bajío, S.A. de C.V., corresponden a créditos simples, para ejercerse en proyectos de inversión pública productiva, contratados a un plazo de 15 años, incluyendo uno de gracia para el pago del capital, y serán cubiertos en 180 y 168 amortizaciones mensuales y consecutivas, a partir de septiembre de 2012 y noviembre del 2013, respectivamente, siendo aplicable en ambos casos, una tasa de interés del TIIE más 2.6 a6.6 puntos porcentuales, dependiendo de la calificación crediticia.

El préstamo obtenido en el 2014 con el Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, corresponde a un créditos simple, para ejercerse en proyectos de inversión pública autorizado por el H. Congreso del Estado en el Presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2014 y publicado en el Periódico Oficial del Estado del 27 de diciembre de 2013, el cual fue contratado a un plazo de 4

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 45/155

años y será cubierto en 44 amortizaciones mensuales y consecutivas, a partir de enero de 2015, siendo aplicable una tasa de interés del TIIE más 4 puntos porcentuales.

El préstamo obtenido en el 2016 con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., corresponde a un crédito simple para ejercerse en inversiones públicas productivas autorizado por el H. Congreso del Estado el 30 de diciembre de 2015 en Decreto Número 39 y autorizado por el ayuntamiento de Juárez en Acta de la Sesión Décima novena ordinaria celebrada el 30 de junio de 2016 el cual fue contratado a un plazo de 2 años y será cubierto en 20 amortizaciones mensuales no consecutivas a partir de noviembre 2016 siendo aplicable una tasa de interés fija anual de 6.77%.

El préstamo obtenido en el 2017 con el Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, corresponde a un crédito simple para ejercerse en inversión pública productiva autorizado por elH. Congreso del Estado 19 de septiembre de 2016 en Decreto Número 140 y autorizado por el ayuntamiento de Juárez en Acta de la Sesión Décima novena ordinaria celebrada el 30 de junio de 2016 el cual fue contratado a un plazo de 15 años y será cubierto en 180 amortizaciones mensuales siendo aplicable una tasa de interés fija anual del TIIE más 2.85 puntos porcentuales.

B) Cumplimiento de las Normas de Información Financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

Con posterioridad a la verificación realizada por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, con relación a la Cuenta Pública, que se integra por el Estado de Ingresos y Egresos, sus Presupuestos, la Disponibilidad y la Deuda Pública, se concluye que su presentación, está de acuerdo con las Normas de Información Financiera aplicables a este tipo de Entidades y que se apegaron al cumplimiento de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, así como, a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León y demás Ordenamientos aplicables en la materia, excepto en su caso, por lo mencionado en el apartado VI de este Informe.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 46/155

VI. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

GESTIÓN FINANCIERA

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Gestión Financiera, fueron comunicadas mediante los oficios ASENL-OPR-AEM-MU29-AF237/2018-TE y ASENL-OPR-AEM- MU42-AF059/2018-EX, al Titular del Ente Público y al Presidente Municipal con Licencia, respectivamente, otorgándoles de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentaran las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose la respuesta conducente dentro del plazo otorgado, señalando el Presidente Municipal con Licencia, que se adhiere a las justificaciones y aclaraciones presentadas por el Ente Público.

LEY GENERAL DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

1. Se revisó la observancia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) y lanormatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac) publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León (POE), advirtiéndose incumplimientos por parte del ente público, a las obligaciones que diversos preceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación:

I. Registros Contables

a) Registrar en cuentas específicas de activo los bienes muebles e inmuebles (artículos

23 y 24, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio publicadas en el POE).

b) Realizar la baja de bienes muebles e inmuebles (artículo 28, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio y a los Lineamientos dirigidos a asegurar que el sistema de contabilidad gubernamental facilite el registro y control de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles de los entes públicos publicados en el POE).

c) Registrar las obras en proceso en una cuenta de activo, la cual refleja su grado de avance (artículo 29).

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 47/155

d) Expresar en los estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo la deuda pública (artículo 45).

II. Registros Presupuestales

a) Exhibir en los registros auxiliares los avances presupuestarios y contables (artículo

36) .

III. Registros Administrativos

a) Llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles e inmuebles, publicarlo en internet, y además registrar en un plazo de 30 días hábiles los bienes que se adquieran (artículos 23 y 27).

b) Elaborar un registro auxiliar sujeto a inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artístico e históricos (artículo 25, conforme a los Lineamientos para el registro auxiliar sujeto a inventario de bienes arqueológicos, artísticos e históricos bajo custodia de los entes públicos el cual fue publicado en el POE).

c) Respaldar la contabilización de las operaciones presupuestarias y contables con la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen (artículo 42).

d) Realizar los pagos directamente en forma electrónica, mediante abono en cuenta del beneficiario (artículo 67 párrafo segundo).

IV. Cuenta Pública

Generar cuenta pública conforme al artículo 55 con relación a los artículos 46 y 48 al acuerdo por el que se armoniza la estructura de las cuentas públicas, las Normas y metodología para la emisión de información financiera y estructura de los estados financieros básicos del ente público y características de sus notas y el Manual de contabilidad gubernamental publicados en el POE, la cual debe contener:

a) Información contable, con la desagregación siguiente:

a.1 Estado de situación financiera;

a.2 Estado de variación en la hacienda pública; a.3 Estado de cambios en la situación financiera; a.4 Notas a los estados financieros;

a. 5 Estado analítico del activo;

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b) Información presupuestaria, con la desagregación siguiente:

b.1 Estado analítico de ingresos, del que se derivará la presentación en clasificación económica por fuente de financiamiento y concepto, incluyendo los ingresos excedentes generados;

b.2 Estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos del que se derivarán las siguientes clasificaciones:

-Administrativa;

-Económica y por objeto del gasto,

-Funcional-programática;

El estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos deberá identificar los montos y adecuaciones presupuestarias y subejercicios por Ramo y/o Programa.

V. Transparencia

a) Publicar el inventario de los bienes (artículo 27 conforme al Acuerdo por el que se determina la norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del ente público).

b) Publicar para consulta de la población en general, en formatos accesibles, el contenido de la información financiera referente a la norma para armonizar la presentación de la información adicional referida en el artículo 61 de la LGCG, conforme se dispone en su artículo 62, así como la otra información mencionada en sus artículos 66, 67, 68, 69, 72, 76, 78, 79 y 81.

VI. Obligaciones sobre recursos federales transferidos

a) Incluir en la cuenta pública la relación de las cuentas bancarias productivas específicas en donde se depositaron los recursos federales transferidos (artículo 69 primer párrafo).

b) Observar para la integración de la información financiera relativa a los recursos federales transferidos lo siguiente (artículo 70):

b.1) Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido (fracción I del artículo 70).

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b.2) Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la leyenda "Operado" o comose establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o convenio respectivo (fracción II del artículo 70).

b.3) Realizar en términos de la normativa que emita el consejo, el registro contable, presupuestario y patrimonial de las operaciones realizadas con los recursos federales conforme a los momentos contables y clasificadores de programas y fuentes de financiamiento (fracción III del artículo 70).

b.4) Concentrar en un solo apartado todas las obligaciones de garantía o pago causante de deuda pública u otros pasivos (fracción IV del artículo 70).

c) Informar de forma pormenorizada el avance físico de las obras y acciones respectivas y, en su caso, la diferencia entre el monto de los recursos transferidos y aquellos erogados, así como las evaluaciones realizadas (artículo 71, conforme a los Lineamientos sobre los indicadores para medir los avances físicos y financieros relacionados con los recursos públicos federales publicados en el POE).

d) Remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de las entidades federativas, a través del sistema de información la relativa al grado de avance en el ejercicio y destino de los recursos federales transferidos, de los recursos aplicados conforme a reglas de operación y de los proyectos, metas y resultados obtenidos con los recursos aplicados (artículo 72, en relación con el 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

I.REGISTROS CONTABLES

A) . Anexamos a la presente, Estado de Posición Financiera en donde describe la cuenta especifica de los Bienes Muebles e Inmuebles.

B) . Se acepta la observación y se informa que la Dirección de Patrimonio ya se encuentra trabajando en le identificación de aquellos bienes que se encuentran en desuso, con el propósito de una vez identificados realizar las bajas correspondientes en contabilidad.

C) . Anexamos a la presente, Estado de Posición Financiera en donde describe la cuenta de Obras en Proceso.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 50/155

D) . Se anexa el esquema de formato de Reporte Analítico de Deuda correspondiente al segundo trimestre 2018.

II.REGISTROS PRESUPUESTALES

A) . Anexamos Estado Presupuestario por objeto del gasto en donde compara lo ejercido con lo presupuestado.

III.REGISTROS ADIMINISTRATIVOS

A) . Se acepta la observación y se informa que la Dirección de Patrimonio actualmente está en el proceso de levantamiento de inventario físico de bienes inmuebles y bienes muebles, terminados los trabajos por parte de la Dirección antes mencionada se procederá a publicar en el internet.

B) . Actualmente el municipio no cuenta con bienes muebles e inmuebles bajo custodia que por su naturaleza sean inalienables e imprescriptibles como los son los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos.

C) . Se encuentran todas nuestras operaciones con su documentación original que justifica el registro contable.

D) . Los pagos que se realizan siempre son vías Spei o bien con cheque nominativo con abono a cuenta del beneficiario.

IV.CUENTA PÚBLICA

A) .Información contable

a) Anexamos la información siguiente:

a1) estado de situación financiera.; a2) estado de variación en la hacienda pública; a3) No existen al día de hoy y a4) Notas a los estados financieros. a5) estado analítico del activo

B) Información Presupuestaria

B1) Se anexa estado analítico de Ingresos.

B2) Se anexa estado analítico del ejercicio del presupuesto de egresos por clasificación Económica, objeto del gasto y Funcional.

V.TRANSPARENCIA

A) El Inventario de los bienes que componen el patrimonio se encuentra en la siguiente liga:

http://juarez-nl.gob.mx/articulo-95-xxxvi-2

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 51/155

B) A continuación le describo la liga en donde se detalla dicha información.

http://juarez-nl.gob.mx/ley-general-de-contabilidad-gubernamental-conac

VI.OBLIGACIONES SOBRE RECURSOS FEDERALES TRANSFERIDOS

A) .Anexamos evidencia en la cuenta pública en donde se especifica la relación de todas las cuentas bancarias.

B1). Anexamos evidencia contable de cada Fondo y algunos ejemplos del soporte de los gastos que justifica su aplicación.

B2). Anexamos ejemplos de comprobación del gasto con la leyenda de "operado".

B3). Anexamos reporte del registro respecto a los recursos federales

B4). Se acepta la observación y se presenta el estado analítico de la deuda y otros pasivos correspondiente al segundo trimestre del 2018.

CYDA) continuación le describo la liga en donde se detalla dicha

información: http://juarez-nl.gob.mx/informe-trimestral-financier"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de Estados Financieros y Presupuestarios, comprobantes fiscales y pólizas de cheque, la cual solventa parcialmente la observación, debido a que no se cumplió con lo establecido en las fracciones I inciso b), III inciso a) y VI inciso b.4), por lo cual no desvirtúa lo establecido en los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

INGRESOS

GENERAL

2. Durante el proceso de la revisión no se localizó ni fue exhibida la autorización por elR. Ayuntamiento de las cuotas a cobrar en el ejercicio 2017 por diversos conceptos por$472,801 ni se exhibió el Tabulador autorizado por el Tesorero Municipal de conformidad con el artículo 69 de la Ley de Hacienda para los Municipios, en relación con el artículo 100, fracción IV, de la Ley de Gobierno Municipal, ambas del Estado de Nuevo León, los cuales se detallan a continuación:

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 52/155

Concepto ImporteGuarderías Municipales $ 466,118Enajenación de lotes de panteón 6,683Total $ 472,801

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se encuentra en proceso de elaboración.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, no solventando la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúa lo establecido en el fundamento señalado en la Ley de Hacienda para los Municipios y la Ley de Gobierno Municipal, ambas del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

IMPUESTOS

Predial

3. De la facturación del impuesto predial enviada para su cobro por el Instituto Registral yCatastral del Estado de Nuevo León, por $272,939,259, se observó que la Administración Municipal recaudó $53,334,054 que equivale al 20%, observando que no se implementaron gestiones de cobranza suficientes, ni se presentaron propuestas del C. Tesorero Municipal al Ayuntamiento, para ejercer las medidas necesarias y convenientes para incrementar los ingresos por este concepto, de conformidad con lo establecido en el artículo 100, fracciones IV y X de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Normativa

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 53/155

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación por lo cual se implementarán gestiones de cobranza suficientes para el próximo año con el fin de tener una mayor recaudación del impuesto.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, no solventando la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúa lo establecido en el fundamento señalado en la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

OTROS

4. Se registraron recibos de ingresos por $421,433, según el reporte de recibos e ingresos,afectando el concepto de predial de la cuenta contable número 4020001, detectando un doble registro de los recibos de ingresos del mismo reporte, ya que se contabilizó nuevamente dicha operación por el mismo importe, incrementando erróneamente el saldo presentado en ingresos, incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 44 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Financiera - Monto no solventado $421,433

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Efectivamente existe una duplicación en el registro contable por la cantidad de $421,433.00 lo que se deberá de realizar su respectivo ajuste.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, no solventando la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúa el fundamento señalado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 54/155

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

EGRESOS

GENERAL

5. Se registró póliza de transferencia electrónica número 2163 por importe de $220,400 defecha 14 de septiembre de 2017 a nombre de Francisco Julián Candanosa Alemán, por concepto de pago de la factura A14 Instalación y quema de show pirotécnicos, evento "Vive las Fiestas Patrias", asignado por el procedimiento de adjudicación directa, observando que la selección del proveedor, no estuvo precedida del procedimiento que conforme al monto o naturaleza de la contratación, asegurara al Municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad, en contravención a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

Por tanto, entre otras acciones y documentos exigidos por la legislación citada, no se localizó, ni fue exhibida una investigación de mercado que permitiera determinar el precio máximo a pagar por los bienes, cotizaciones o propuestas para obtener las condiciones de precio y calidad más convenientes, en su caso el escrito de excepción al procedimiento de licitación, un contrato en el que se establecieran las condiciones de entrega, calidad y especificaciones, formas de pago, penalizaciones para el caso de incumplimiento, monto a pagar, entre otros, incumpliendo con lo dispuesto en los artículos 25, 26, 41, 42, 46 y 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y del 82 al 88 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación comprobatoria.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de póliza de transferencia electrónica número 2163 por importe de $220,400 de fecha 14 de septiembre de 2017 a nombre de Francisco Julián

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 55/155

Candanosa Alemán, comprobante fiscal, cotizaciones, permiso federal para quema defuegos artificiales, orden de compra, requisición de materiales, solventando parcialmente la observación, ya que no proporcionó el contrato en el que se establecieran las condiciones de entrega, calidad y especificaciones, formas de pago, penalizaciones para el caso de incumplimiento, monto a pagar, entre otros; lo anterior en contravención a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios y su Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

6. Se registró póliza de transferencia electrónica número 00002661 por importe de $348,000 defecha 28 de diciembre de 2017 a nombre ALPA SOLUCIONES, S.A. DE C.V., por concepto de pago de factura A261, por cargo de base de datos para apertura de Impuesto Predial 2017, como resultado de nuestra revisión observamos lo siguiente: a) No proporcionó ni exhibió documentación que acredite que la selección del citado proveedor, estuvo precedida de alguno de los procedimientos enunciados en el artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, que acorde con el monto o naturaleza de la negociación, aseguraran al Ente Público las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad. b) No presentó la investigación de mercado que haya servido de base para determinar el precio máximo a pagar por los servicios, cotizaciones o propuestas para obtener las condiciones de precio y calidad más convenientes, y en su caso el escrito y dictamen de excepción al procedimiento de licitación. c) No proporcionó el contrato en el que se establecieran las condiciones de entrega, calidad y especificaciones, formas de pago, penalizaciones para el caso de incumplimiento, monto a pagar, entre otros; lo anterior en contravención a lo establecido en los artículos 25, 26, 41 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, en concordancia con los artículos 42 al 46 segundo párrafo, 87 y 89 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

Observando, además, lo siguiente: d) No cuentan con las firmas correspondientes de quien solicita, revisa y autoriza en la orden de compra, en el vale de revisión de la factura y en la orden de pago; y e) Falta segregación de funciones, ya que en la orden de pago el nombre de quien solicita, autoriza y da el visto bueno (Vo.Bo.), corresponde a la misma persona.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 56/155

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación comprobatoria.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de póliza de transferencia electrónica número 00002661 por importe de $348,000 de fecha 28 de diciembre de 2017 a nombre ALPA SOLUCIONES, S.A. DE C.V., comprobante fiscal, cotizaciones, requisición de materiales, orden de transferencia electrónica, orden de pago firmada por la misma persona la que revisa, autoriza y da el Vo.Bo., orden de compra sin datos ni firmas de quien solicita, revisa y autoriza, solventando parcialmente la observación, ya que no proporcionó el contrato en el que se establecieran las condiciones de entrega, calidad y especificaciones, formas de pago, penalizaciones para el caso de incumplimiento, monto a pagar, entre otros; lo anterior en contravención a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios y su Reglamento.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Se recomienda segregar funciones y responsabilidades, para evitar que sea la misma persona quien solicite, elabore, revise y autorice.

7. Se registró póliza de transferencia electrónica SPEI número 00001419 por importe de$715,039 de fecha 28 de marzo de 2017 a nombre CODIMEPA, S.A. DE C.V., por concepto de pago de factura 583, Compra de material de ferretería para la Secretaría de Servicios Públicos, como resultado de nuestra revisión observamos lo siguiente: a) No proporcionó ni exhibió documentación que acredite que la selección del citado proveedor, estuvo precedida de alguno de los procedimientos enunciados en el artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, que acorde con el monto o naturaleza de la negociación, aseguraran al Ente Público las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad. b) No presentó la investigación de mercado que haya servido de base para determinar el precio máximo a pagar por los servicios, cotizaciones o propuestas para obtener las condiciones de precio y calidad más convenientes, y en su caso el escrito y dictamen de excepción al procedimiento de licitación. c) No proporcionó el contrato en el que se establecieran las condiciones de entrega, calidad y especificaciones, formas de pago, penalizaciones para el caso de incumplimiento, monto a pagar, entre otros; lo anterior en contravención a lo establecido en

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 57/155

los artículos 25, 26, 41 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación deServicios del Estado de Nuevo León, en concordancia con los artículos 42 al 46 segundo párrafo y 87 y 89 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

Observando, además, lo siguiente: d) No cuentan con las firmas correspondientes de quien solicita, revisa y autoriza en la orden de compra, en el vale de revisión de la factura y en la orden de pago; y e) Falta segregación de funciones, ya que en la orden de pago el nombre de quien solicita, autoriza y da el visto bueno (Vo.Bo.), corresponde a la misma persona.

Control InternoRespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación comprobatoria.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de póliza de transferencia electrónica SPEI número 00001417 por importe de $1,270,000 de fecha 28 de marzo de 2017 a nombre CODIMEPA, S.A. DE C.V., comprobante fiscal, cotizaciones, requisición de materiales, orden de transferencia electrónica, orden de compra, contrato, solventando parcialmente la observación de aspecto normativo, pero no solventa el control interno, debido a que no cuentan con las firmas correspondientes de quien solicita, revisa y autoriza en la orden de compra, en el vale de revisión de la factura y en la orden de pago; y falta segregación de funciones, ya que en la orden de pago el nombre de quien solicita, autoriza y da el visto bueno (Vo.Bo.), corresponde a la misma persona.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Se recomienda segregar funciones y responsabilidades, para evitar que sea la misma persona quien solicite, elabore, revise y autorice.

8. Se registraron tres pagos vía transferencia electrónica SPEI en cantidad total de $2,815,700al proveedor CODIMEPA, S.A. DE C.V., por concepto de limpieza y mantenimiento de vías públicas de ese municipio, no localizando la documentación (que conforme al procedimiento de contratación en su caso se haya seguido, puede consistir en: bases, de convocatoria pública, actas de apertura de propuestas, dictámenes de fallo, acta de junta de aclaraciones, dictámenes y escrito de excepción al procedimiento de licitación,

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 58/155

a proveedores), que acredite que la selección de éste estuvo precedida por alguno de los procedimientos enumerados en el artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, que acorde con el monto o naturaleza de la negociación, asegurarán al Municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad; así como aquella relacionada con la planeación, adjudicación y contratación de las referidas adquisiciones y servicios, conforme a lo establecido en la citada Ley, consistente en: a) Programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios, b) Investigación de mercado que permita determinar el precio máximo a pagar por los bienes o servicios, c) Garantías para salvaguardar los intereses patrimoniales del ente, d) Cotizaciones o propuestas para obtener las condiciones de precio y calidad más convenientes, e) Contrato en el que se establezcan las condiciones y plazos de entrega, calidad y especificaciones de los bienes o servicios, formas de pago, penalizaciones para el caso de incumplimiento, monto a pagar, entre otros; incumpliéndose con lo dispuesto en los artículos 4 fracciones XI y XVIII, 10, 26, 43, 46 y 48 de la referida Ley de Adquisiciones, 83 y 89 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y artículo 55 de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el año 2017, los cuales se detallan a continuación:

Folio de la Transferencia Electrónica

Fecha de la Transferencia

Número factura

Fecha factura

Importe

00001417 28/03/2017 636 27/03/2017$ 1,270,00000001418 28/03/2017 635 27/03/2017 1,160,00000001817 11/07/2017 716 02/05/2017 385,700Total $ 2,815,700

Observando, además, lo siguiente:

f) No cuentan con las firmas correspondientes de quien solicita, revisa y autoriza en las órdenes de compra, en los vales de revisión de las facturas y en las órdenes de pago, lo que denota una falta de supervición en su control interno, incumpliendo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

g) Falta de segregación de funciones, ya que en las órdenes de pago el nombre de quien solicita, autoriza y da el visto bueno (Vo.Bo.), corresponde a la misma persona, lo que denota una falta de supervición en su control interno, incumpliendo con lo establecido en el artículo 101 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

h) Durante el proceso de la revisión se procedió a efectuar prueba de auditoría consistente en confirmación de operaciones con dicho proveedor, girándole el oficio número ASENL-AEM-RIT-MU29-1327/2018 requiriéndole información en su

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 59/155

carácter de tercero, levantando Acta Circunstanciada con fecha 27 de julio de 2018,ya que en el domicilio del proveedor actualmente se encuentra operando la empresa Express World, desde hace seis meses, según manifestación de quien atendió la diligencia, observando el incumplimiento a los artículos 23 fracción X y 24 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León en correlación con los artículos 22 y 24 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, al no mantener actualizado el Registro de los Proveedores, ni acreditar que están legalmente establecidos.

Control InternoRespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación comprobatoria.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de 3 cotizaciones, constancia de situación fiscal y acuse de movimientos de actualización de situación fiscal de CODIMEPA, S.A. DE C.V., solventando parcialmente la observación de aspecto normativo, pero no solventa el control interno, debido a que no cuentan con las firmas correspondientes de quien solicita, revisa y autoriza en las órdenes de compra, en los vales de revisión de las facturas y en las órdenes de pago, y falta de segregación de funciones, ya que en las órdenes de pago el nombre de quien solicita, autoriza y da el visto bueno (Vo.Bo.), corresponde a la misma persona.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Se recomienda segregar funciones y responsabilidades, para evitar que sea la misma persona quien solicite, elabore, revise y autorice.

9. Durante el proceso de auditoría se detectaron pagos a personas físicas y morales porimporte de $1,076,182 derivado de adquisiciones y la contratación de servicios, anexando solo requisición de materiales, observando que en este tipo de erogaciones no se localizó, ni fue exhibida durante la auditoría la documentación que demuestre la realización del servicio y evidencie se hayan recibido los servicios por parte de los responsables del municipio, además del programa, itinerario, publicidad, fotografías, relación al grado de avance del trabajo realizado, entre otra información, incumpliendo con lo establecido en los artículos

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42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y el 15 de la Ley de FiscalizaciónSuperior del Estado de Nuevo León, las cuales se detallan a continuación:

Nombre del proveedor y concepto Número Fecha de Importe factura factura

Comercializadora y servicios Karrp Center, S. A. de C. V.Malla ciclónica en comedor comunitario Monte Kristal 4 30/11/2017$ 94,000 Administración y aplicación tecnológica, S.A. de C.V. Suministro e instalación de servidor de video en C4 AAT8185 31/05/2017 120,640 Salvador Adrián Martínez Vega 2 servicios de autobuses 148A 01/12/2017 81,200 Surtidora DS del noreste, S. A. de C. V. 750 juegos de 4 brocales 343 08/05/2017 82,650 Servicios Tandino V, S. A. de C. V. 3400 platillos para festejo de adulto mayor A88 28/08/2017 141,984 CFE Suministrador de servicios básicos Recibos del servicio de luz 555,708Total $ 1,076,182

Observando también que las órdenes de compra, los vales de revisión de las facturas y en las órdenes de pago, No cuentan con las firmas correspondientes de quien solicita, revisa y autoriza.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación comprobatoria.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de pólizas de cheque, orden de compra, requisición de materiales, evidencia fotográfica, listado de beneficiarios, solventando parcialmente la observación, ya que no se presenta evidencia con respecto a Comercializadora y servicios Karrp Center, S.A. de C. V. y CFE Suministrador de servicios básicos, por lo cual no desvirtúa lo establecido en los fundamentos señalados en la observación.

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Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

10. Durante el proceso de auditoría se detectó el pago vía transferencia electrónica SPEI confolio 00000003 de fecha 29 de agosto de 2017, a nombre de Jesús Genaro Martínez Vega por importe de $6,000,000 por concepto de adquisición de predio por adjudicación directa, observando lo siguiente: a) No proporcionó ni exhibió documentación que acredite que la selección del citado proveedor, estuvo precedida de alguno de los procedimientos enunciados en el artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, que acorde con el monto o naturaleza de la negociación, aseguraran al Ente Público las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad. b) No se localizó, ni fue exhibido el dictamen de excepción al procedimiento de licitación. c) No proporcionó el contrato de Compra-Venta del Inmueble debidamente firmado, protocolizado ante la fe de notario público, y registrado ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en el que se establecieran las condiciones de entrega, calidad y especificaciones, formas de pago, penalizaciones para el caso de incumplimiento, monto a pagar, entre otros; lo anterior en contravención a lo establecido en los artículos 8 fracción I, 25, 41, 42 fracción II y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, en concordancia con los artículos 42 al 46 segundo párrafo, 87 y 89 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León, artículos 17 y 18 fracción I, del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Municipio de Juárez, Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación comprobatoria.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de la Escritura Pública número 5712 de fecha 27 de agosto de 2017, pasada ante la fe del Notario Público No. 1, en la que hace constar el Contrato de

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 62/155

Compra-Venta de Bien Inmueble, dictamen de excepción al procedimiento de licitación,certificado de libertad de gravámenes de los predios adquiridos para el Hospital, oficio Aplicación PEI-0229/2017 donde se aprueba el monto por $30,000,000 para el Hospital por parte del Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, acta de cabildo sesión extraordinaria de 24 de agosto de 2017 donde se aprueba el dictamen relativo a la inversión para la adquisición de un predio para el Hospital con fondos estatales, solventando parcialmente la observación, debido a que no proporcionó el contrato de compra-venta.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

SERVICIOS PERSONALES

Sueldos personal eventual

11. Se registraron en la cuenta contable 502 pólizas de diario por $727,458 de enero a diciembrede 2017 concepto pago de sueldos a personal eventual, observando que no se efectuó la retención del Impuesto Sobre la Renta establecido en el artículo 96 párrafos primero, segundo y séptimo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en relación con el artículo 86 quinto párrafo de la citada Ley.

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación soporte. En donde se realizan las retenciones al personal eventual.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de listado de personal por honorarios asimilados a salarios del periodo 16 al 30 de septiembre de 2018, 3 recibos de honorarios asimilados a salarios firmados por el trabajador de la primera y segunda quincena de septiembre de 2018 y segunda quincena de agosto de 2018, no solventando la observación, ya que no se exhibieron los listados de personal por honorarios asimilados a salarios, ni recibos de los trabajadores correspondientes al ejercicio 2017, por lo cual no desvirtúa lo establecido en el fundamento señalado en la observación.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 63/155

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

SERVICIOS GENERALES

12. Del Proyecto de Modernización del Alumbrado Público de Juárez y el Contrato de AsociaciónPúblico Privada celebrado con fecha 23 de febrero de 2015, entre el MUNICIPIO DE JUÁREZ NUEVO LEÓN, y la empresa denominada OPERADORA DE ALUMBRADO PUBLICO DE JUAREZ NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V., por lo que corresponde al ejercicio 2017, se observa que no se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los reportes trimestrales, semestrales e informes con los hallazgos, conclusiones y recomendaciones realizadas por el auditor técnico, de todo lo relacionado con la ejecución del proyecto de Modernización y Operación del Sistema de Alumbrado Público del Municipio de Juárez, Nuevo León; conforme a lo establecido en la cláusula Quinta del contrato.

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación comprobatoria.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de reportes mensuales de fallas resueltas de febrero a diciembre de 2017 y enero de 2018, no solventando la observación, debido a que no exhibió los reportes trimestrales, semestrales e informes con los hallazgos, conclusiones y recomendaciones realizadas por el auditor técnico, de todo lo relacionado con la ejecución del proyecto de Modernización y Operación del Sistema de Alumbrado Público,conforme a lo establecido en la cláusula Quinta del contrato.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

13. El Ente Público registró en el ejercicio 2017 erogaciones en cantidad total de $21,923,861por el consumo de gasolina y lubricantes, observando lo siguiente: a) Carece de Manuales

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 64/155

de Políticas y Procedimientos que establezca como mínimo: el formato de la solicitud,personal responsable de autorizar el suministro, monto por vehículo, plazos de entrega y comprobación. b) Bitácoras para el control que permitan conocer los traslados realizados y el consumo de combustible por vehículo, en las que se detallen los números económicos y de placas, kilometraje inicial y final, que permita medir la eficiencia y la razonabilidad del gasto. c) La evidencia documental no demuestra a que vehículo se le asignó el combustible, el motivo de la requisición y fecha del suministro, entre otros datos.

Cabe señalar que dentro de las atribuciones del Ayuntamiento en coordinación con el Contralor Municipal, está la de expedir los reglamentos y manuales a fin de que en el ejercicio de sus funciones apliquen con eficacia y eficiencia los recursos humanos y patrimoniales, estableciendo controles, métodos, procedimientos y sistemas que regulen los instrumentos y procedimientos de control de la Administración Pública Municipal, de conformidad lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 33 fracción I inciso p), y 104 fracción IV, de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se anexa documentación comprobatoria.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de control diario de gasolina donde se especifica dependencia, número de unidad, kilometraje, litros, importe, marca de unidad y nombre y firma de quien maneja el vehículo del periodo 24 al 28 de septiembre de 2018 y del periodo del 01 al 04 de octubre de 2018, no solventando la observación, ya que las bitácoras presentada por el Ente Público son del ejercicio 2018, y no exhibió los Manuales de Políticas y Procedimientos para la distribución del combustible y la evidencia documental no demuestra a que vehículo se le asignó el combustible, por lo cual no desvirtúa lo establecido en los fundamentos señalados en la observación.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 65/155

DISPONIBILIDAD

Análisis y Procedimientos de la Revisión de la Disponibilidad

14. Se observó que el saldo al 31 de diciembre de 2017 de la Disponibilidad que se presentaen la Cuenta Pública, difiere en relación al presentado en el Informe de Ingresos y Egresos, por un importe de $(138,435,390), incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 44 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, dicha cifra se determinó como sigue:

Concepto Importe

Cifras según Informe de Ingresos y Egresos:Saldo inicial al 01 de enero de 2017 $ (4,883,538.00) Movimientos de Patrimonio 41,800,185.00Más total ingresos acumulados 854,243,342.00[Menos] total egresos acumulados 839,965,094.00Disponible al 31 de diciembre de 2017, según Informe de Ingresos y Egresos $ 51,194,895.00

Cifras según Análisis de la Disponibilidad:Fondos fijos $ 156,000.00Cuentas bancarias 70,004,792.00Cuentas por cobrar 615,822.00[Menos] Cuentas por pagar 158,017,109.00

Disponible al 31 de diciembre de 2017, según anexo de la Cuenta Pública $ (87,240,495.00)

Diferencia $ (138,435,390.00)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se analizaron los saldos presentados, encontrando que en el año 2014, 2015, 2016 y 2017 de la cuenta patrimonio, se encontraron errores en el saldo disponible considerado por ustedes, en cada uno de esos años. Se anexa documentación soporte.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 66/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copias fotostáticas certificadas de Estados Financieros, auxiliares, balanza de comprobación, pólizas de diario, las cuales no solventan la observación, debido a que el saldo al 31 de diciembre de 2017 de la Disponibilidad que se presenta en la Cuenta Pública, difiere en relación al presentado en el Informe de Ingresos y Egresos incumpliendo con lo establecido en los fundamentos señalados en la observación, establecidos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

ISR retenido por salarios

15. Se observó que no se han presentado las declaraciones con los pagos de las retencionesdel Impuesto sobre la Renta, aplicables a los salarios pagados al personal, asimilables a salarios, por pagos de servicios profesionales y arrendamiento, pagados a personas físicas; en cantidad total de $154,945,642 que se debieron enterar al Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 86 quinto párrafo y 96 primero y penúltimo párrafos, y último párrafos de los artículos 106 y 116 la Ley del Impuesto sobre la Renta, las cuales al cierre del ejercicio 2017, ascienden a $41,326,339 y de ejercicios anteriores suman $113,619,303, mismos que se integran como sigue:

Año / Mes ISR retenido

2017Enero $ 2,413,013Febrero 2,681,678Marzo 2,647,699Abril 2,631,814Mayo 2,678,553Junio 2,721,726Julio 2,731,941Agosto 2,793,493Septiembre 2,793,606Octubre 2,970,520

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 67/155

Año / Mes ISR retenido Noviembre 3,004,181Diciembre 11,258,115

Subtotal $ 41,326,339

Ejercicios Anteriores: 2016Enero $ 2,096,026Febrero 2,250,777Marzo 2,158,265Abril 2,289,907Mayo 2,218,077Junio (13,677,941)Julio (92,975)Agosto 2,399,339Septiembre 2,433,006Octubre (1,247,306)Noviembre 2,432,579Diciembre 8,605,372

Subtotal $ 11,865,126

Ejercicio 2015 $ 35,462,225Ejercicios anteriores a 2015 66,291,952

Subtotal ejercicios anteriores $ 113,619,303

Total $ 154,945,642

a) Cabe mencionar que al momento de que estos impuestos sean enterados se verán afectados por actualizaciones, recargos y multas en caso de requerimientos de la autoridad fiscal, en los términos de lo establecido por los artículos 17-A, 21, 70 7 75 fracción III, del Código Fiscal de la Federación, que representará un daño a la Hacienda Pública Municipal.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 68/155

Normativa

RespuestaEn esta observación es importante aclarar que el saldo del ISR retenido de los ejercicios 2015, 2014 y ejercicios anteriores, la administración pasada no provisiono cantidad alguna para el pago de dichas contribuciones. A partir de esta administración (2015-2018) se han pagado impuestos de los meses de Noviembre y Diciembre del 2015 además de Enero a Junio 2016. Actualmente se encuentra en proceso de negociación con Hacienda para poder generar los pagos correspondientes.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copia fotostática de los acuse de recibo de las declaraciones provisionales, resumen de impuestos por pagar, información registrada de pago de contribución, de los meses de noviembre y diciembre de 2015, así como enero a junio de 2016, recibos bancarios de pago de contribuciones federales, solventando parcialmente la observación, debido a que no exhibió las declaraciones de los pagos de las retenciones del Impuesto Sobre la Renta correspondientes a los meses de julio de 2016 a diciembre de 2017.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

CAJA

Fondos para caja chica

16. Se tiene un fondo fijo de caja chica para la liquidación de gastos menores, asignado avarias Direcciones del Municipio, observando que no se localizaron, ni fueron exhibidas durante la auditoría manuales de organización, procedimientos y políticas que contengan la descripción de actividades que deben seguirse en la realización de las funciones de cada área operativa y administrativa, que mencionen los montos mínimos y máximos a pagar a través del fondo, los plazos para su reposición, requisitos de comprobación y responsables de la autorización, entre otros procedimientos.

Cabe señalar que dentro de las atribuciones del Ayuntamiento esta la de expedir los reglamentos y manuales a fin de que en el ejercicio de sus funciones apliquen con eficacia y eficiencia los recursos humanos y patrimoniales, estableciendo controles, métodos, procedimientos y sistemas que regulen los instrumentos y procedimientos de control de la Administración Pública Municipal, de conformidad lo establecido en el artículo 33 fracción I

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 69/155

inciso p), 104 fracción IV, 179 segundo párrafo, de la Ley de Gobierno Municipal del Estadode Nuevo León, y en los artículos 115 fracción IV penúltimo párrafo y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación y se tomará en cuenta para el siguiente ejercicio.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, la cual no solventa la observación, debido a que no desvirtúa lo establecido en los fundamentos señalados.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

BANCOS

17. En la revisión de las conciliaciones bancarias al 31 de diciembre de 2017, se observóque el Ente Público presenta saldos negativos por $349,352 de cheques en tránsito, lo cual es contrario a su naturaleza contable, además tienen una antigüedad superior a tres meses, incumpliendo con lo dispuesto en los artículos 33 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 33 fracción X, inciso f) y 100 fracción XII de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Los saldos negativos se integran como sigue:

Banco Cuenta bancaria Número de cuenta Cuenta Saldoal 31 de

diciembre de 2017

Banco Interacciones 300152021 010500010108 Banco Interacciones $ (204,741)Contrato 300152021

Banco Interacciones 300186716 010500010158 Banco Interacciones (144,611)Credito 2017

Total $ (349,352)

Normativa

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 70/155

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación por lo que realizaremos los asientos de ajuste necesarios para que se refleje en la contabilidad el saldo correcto. Se anexa conciliaciones

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consiste en copia fotostática de la conciliación del banco interacciones número de cuenta 300152021, no solventando la observación, debido a que no desvirtúa lo establecido en el fundamento señalado.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

GASTOS POR COMPROBAR

18. Durante el proceso de la auditoría no se localizaron ni fueron exhibidos los manuales deorganización, procedimientos y políticas que contengan la descripción de actividades que deben seguirse en la realización de las funciones de cada área operativa y administrativa de los préstamos personales y vales de despensa que se otorgan a policías, elementos de protección civil y bomberos, aplicados en el ejercicio de 2017.

Cabe señalar que dentro de las atribuciones del Ayuntamiento está la de expedir los reglamentos y manuales a fin de que en el ejercicio de sus funciones apliquen con eficacia y eficiencia los recursos humanos y patrimoniales, estableciendo controles, métodos, procedimientos y sistemas que regulen los instrumentos y procedimientos de control de la Administración Pública Municipal, de conformidad lo establecido en los artículos 33 fracción I inciso p), y 104 fracción IV, de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación y se tomará en cuenta para el siguiente ejercicio.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 71/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, la cual no solventa, debido a que no desvirtúa la observación conforme a los fundamentos señalados.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

NORMATIVIDAD

Código de Ética, Conducta y Política de Integridad (Mecanismos de Control de Integridad)

19. Se revisó la adopción, emisión y difusión de mecanismos de control de integridad al interiordel ente público, a través de políticas de integridad, códigos de ética y conducta, en los que se detallen los principios de actuación de sus servidores públicos y se reconozca el desempeño esperado de ellos en el cumplimiento de sus funciones, incluyendo aquellas situaciones en las que pudieran surgir conflictos de intereses; observando que el ente público no cuenta con los citados instrumentos de control de integridad.

Control InternoRespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación y se tomará en cuenta para el siguiente ejercicio.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, la cual no solventa la observación, ya que no exhibió la política de integridad, códigos de ética y conducta.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Realizar las acciones necesarias y convenientes para la implementación de la política de integridad y los códigos de ética y conducta.

CUENTA PÚBLICA

20. Se revisó el cumplimiento de las obligaciones de publicación e integración de CuentaPública que le imponen a los entes fiscalizados los "CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos, a que

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 72/155

hacen referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios" , emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable en términos de los artículos 4, 5, 18 y vigésimo transitorio de la citada Ley, y publicados en el Diario Oficial de la Federación del 11 de octubre de 2016; observando lo siguiente:

a) Obligaciones de integración de Cuenta Pública

En la Cuenta Pública 2017 presentada al H. Congreso de Estado y remitida el 18 de abril de 2018 para su revisión y evaluación a la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, no se incluyeron los formatos: a) Formato 1: Estado de Situación Financiera Detallado;b) Formato 2: Informe Analítico de la Deuda Pública y Otros Pasivos; c) Formato 3: Informe Analítico de Obligaciones Diferentes de Financiamientos; d) Formato 4: Balance Presupuestario; e) Formato 5: Estado Analítico de Ingresos Detallado; y f) Formatos 6: Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación por Objeto del Gasto); Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación Administrativa); Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación Funcional); y Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (Clasificación de Servicios Personales por Categoría), contraviniendo lo dispuesto en el apartado "Publicación y Entrega de Información" punto 8, de los referidos CRITERIOS.

b) Obligaciones de publicación

En la consulta efectuada el día 07 de mayo de 2018 al portal de internet del ente público http://juarez-nl.gob.mx/articulo-95, no publica en dicho medio los Formatos contenidos enlos citados CRITERIOS, advirtiéndose que éste ente público ha sido omiso en publicar los formatos 1 a 6 antes mencionados, incumpliendo con lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (en adelante LDF) y Guía de Cumplimiento de la LDF, especificados en los anexos 1 y 3 de los citados CRITERIOS, incumpliendo con lo dispuesto en los puntos 8 y 9 de los invocados CRITERIOS emitidos por el CONAC, y artículos 56 y 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; artículo 70, fracciones XXI y XXII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y artículo 95 fracciones XXII y XXIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

A) . Se anexan los formatos que se incluyeron en la cuenta publica.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 73/155

B) . Se publico la cuenta publica en la siguiente liga de la pagina de Juarez.

http://juarez-nl.gob.mx/articulo-10-xv

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consta de copias fotostáticas del Estado de Situación Financiera, Estado Analítico del Activo, Estado de Actividades, Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos ( Clasificación por Objeto del Gasto ), Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos ( Clasificación Económica ), Reporte Analítico de Ingresos Presupuestales, Reporte de Ingresos Presupuestales Tributarios, Reporte Analítico de Ingresos Presupuestales no Tributarios, Estado Analítico de la Deuda y Otros Pasivos y Reporte Analítico de la Deuda, con los cuales no se solventa la observación, debido a que no cumple con lo establecido en los Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable, además no exhibió evidencia de que se haya cumplido con el inciso b) referentes a la obligación de publicación de dichos formatos, sin desvirtuar los fundamentos señalados.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

21. Durante el proceso de la revisión se observó que el saldo al 31 de diciembre de 2017presentado en Listado de Inmuebles por $3,112,347,847 de los anexos de la Cuenta Pública, no coinciden con el saldo de las cuentas de bienes Inmuebles de la Base de datos contable proporcionadas por el Municipio que suman $214,442,791, observando diferencias por$2,897,905,056 incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 44 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 184 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Integración de la cuenta de bienes Inmuebles de la base de datos contable, se relacionan a continuación:

Cuenta Monto

Pavimentación en zonas populares $ 93,722,270 Obras varias 46,409,758Terrenos 30,000,000Parques, plazas y jardines 13,472,251Ampliación de edificios públicos 11,599,671

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Cuenta MontoAlcantarillado drenaje 9,764,141Introducción red eléctrica 5,669,216Red tubería de agua potable. 3,375,411Planos, estudios y proyectos 993,961Alumbrado público (563,888)Total $ 214,442,791

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación, actualmente la Dirección de Patrimonio se encuentra incorporando ante el Registro de propiedad los bienes inmuebles a nombre de municipio. Los bienes inmuebles que ya se incorporaron ya se encuentren contablemente registrados. Se anexa estado de situación financiera a la fecha de septiembre 2018.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consta de copia fotostática certificada del Estado de Situación Financiera a septiembre de 2018, solventando parcialmente la observación, debido a que se menciona que aún se encuentran en el proceso de incorporación de Bienes inmuebles, por lo cual no desvirtúa lo establecido en el fundamento señalado a razón de que no se aclaró la diferencia observada.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Bienes muebles

22. Se observó que el listado de los bienes muebles incluido en la Cuenta Pública 2017 delMunicipio no contienen el Código, ni el Valor en libros de los bienes, conforme a los formatos establecidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), incumpliendo con el artículo 23, último párrafo de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y el Acuerdo por el que se determina la Norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del Ente Público emitidas por el Conac, estableciendo su observancia obligatoria, de conformidad con el artículo 7 de la citada Ley.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 75/155

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación y se realizara las correcciones pertinentes para cumplir con el artículo 23 de la Ley General la contabilidad gubernamental.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, no solventando la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúa el fundamento señalado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y el Acuerdo por el que se determina la Norma para establecer la estructura del formato de la relación de bienes que componen el patrimonio del Ente Público emitidas por el Conac.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Cuentas por cobrar

23. Durante el proceso de la revisión se observó que el saldo al 31 de diciembre de 2017presentado en el rubro Cuentas por cobrar en la Balanza de Comprobación de la Cuenta Pública del ejercicio 2017 por cantidad de $30,861,997 no coinciden con el saldo del Resumen de Cuentas por cobrar por $275,667,463 de los anexos de la Disponibilidad proporcionada por el Municipio, observando diferencias por ($244,805,466), incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 44 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 184 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Conforme al acuerdo por el que se reforma las Normas y Metodologías para la determinación de los momentos contables de ingresos , ultima reforma publicada en el diario oficial de la federación el día 27-12-2017 por lo que consideramos el criterio que se esta publicando en este acuerdo menciona que lo Ingresos por Impuestos se registra en el momento devengado y Momento recaudado al momento de la percepción del recurso conforme al anexo I de dicho acuerdo. Se anexa acuerdo.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 76/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consta de copia fotostáticas certificadas de Acuerdo por el que se reforman y adicionan las normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2017, no solventando la observación, debido a que no proporcionó registros ni documentación comprobatoria de los ingresos y con sus argumentos no desvirtúa los fundamentos señalados.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Cuentas por pagar

24. El Ente Público tiene Cuentas por pagar a corto plazo al 31 de diciembre de 2017 por$153,949,336 observando que presentan antigüedad de hasta 3 años y no mostró evidencia de las medidas correctivas para el pago o depuración de los saldos con antigüedad superior a un año, cabe mencionar que al 31 de marzo de 2018 no han sido pagadas, incumpliendo con lo establecido en los artículos 33, 35 y 36 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 100 fracciones X, XI, XII y XIII de la Ley Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Los principales proveedores con monto superior a $1,000,000 se integran como sigue:

Proveedor Importe

Ralmica Constructora S.A. de C.V. $ 25,464,000Proactiva Medio Ambiente Setasa S.A. de C.V. 22,404,489Promotora Ambiental de La Laguna S.A. de C.V. 13,272,263Desarrollos y Servicios Dysa SA de CV 11,000,000Pavimentos y Construcciones Garcan S.A. de C.V. 4,981,310Constructora Missgam S.A. de C.V. 4,763,206Proyectos Verdin Constructivos S.A. de C.V. 4,533,077Gerardo Chapa Zúñiga 4,108,095Proveedora de Servicios Médicos del Norte SA de CV 3,658,587Niska Industriales S.A. de C.V. 3,288,000Ecofenix S.A. de C.V. 2,331,234Construcciones y Electrificaciones del Norte SA de CV 2,080,719Bufete Urbanístico S.A. de C.V. 1,504,590Construcciones Avifer S.A. de C.V. 1,477,964Logística y Fletes Ruta Norte S.A. de C.V. 1,407,296

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 77/155

Proveedor ImporteServicios Gasolineros de México SA de CV 1,373,097Ima Digital Mexicana S.A. de C.V. 1,318,389Construcciones y Proyectos Altavista S.A de C.V. 1,276,376Segora Construcciones S.A. de C.V. 1,271,063Jimenence Industrial S.A de C.V. 1,244,041Gas Económico Metropolitano S.A de C.V. 1,154,662Caminos Construcciones y Puentes Almaguer SA de CV 1,096,200Otros proveedores menores a $1,000,000 38,940,678Total $ 153,949,336

a) Cabe mencionar que existen juicios de algunos proveedores en contra del Municipio que están pendientes de resolución, los cuales se mencionan a continuación:

Proveedor No. de Expediente

Construcciones, Pavimentaciones y Excavaciones del Noreste S.A. de C.V. 171/2017 Construcciones, Pavimentaciones y Excavaciones del Noreste S.A. de C.V. 172/2017 Constructora Jomabe S.A. de C.V. 41/2017Pavimentos y Construcciones Garcan S.A. de C.V. 174/2017Grupo Niram SA de CV 370/2015Dynamo, S.A. de C.V. 375/2015Caminos y Urbanizaciones Nacionales, S.A. de C.V. 598/2015Desarrollos Lym 637/2015Emilio Medellin Reyna 711/2016

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación cabe señalar que la mayoría de esos saldos corresponden a la administración pasada, sin embargo se analizará cuenta por cuenta para tomar medidas correctivas para el pago o depuración de saldos según lo establezca el departamento Jurídico del Municipio.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, la cual no solventa la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúan los fundamentos señalados en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 78/155

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

25. Durante el proceso de la revisión se observó que el saldo al 31 de diciembre de 2017presentado en el rubro Cuentas por pagar en la Balanza de Comprobación de la Cuenta Pública por cantidad de $141,685,119 no coinciden con el saldo del Resumen de Cuentas por pagar que suman $153,949,336 de los anexos de la Disponibilidad proporcionada por el Municipio, observando diferencias por ($12,264,217), incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 44 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 184 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación y se analizarán las cuentas por pagar a proveedores para dejar registrado el saldo correcto en la contabilidad.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, la cual no solventa la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúa el fundamento señalado en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Egresos

26. Durante el proceso de la revisión se observó que los saldos al 31 de diciembre de 2017presentados en el Reporte Egresos Reales por Concepto del Gasto de la Cuenta Pública por cantidad de $617,806,375 no coinciden con los saldos de Egresos que suman $617,650,578 de la Base de datos contable proporcionada por el Municipio, observando diferencias por ($155,797), incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 44 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 184 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Normativa

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 79/155

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación dichas diferencias se debió a un error en el sistema SIMUN al momento de generar la base de datos contables. Se anexan auxiliares de las cuentas con el saldo correcto.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consta de copias fotostáticas de reporte de la base datos contra egresos por concepto del gasto ejercicio 2017, estados de cuenta de diciembre de 2017, no solventando la observación, debido a que no desvirtúan los fundamentos señalados en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

27. Durante el proceso de la revisión se observó que los saldos al 31 de diciembre de 2017presentados en el Reporte Egresos Reales por Programa de la Cuenta Pública por cantidad de $617,775,506 no coinciden con los saldos de Egresos que suman $617,650,578 de la Base de datos contable proporcionada por el Municipio, observando diferencias por ($124,928), incumpliendo con lo establecido en los artículos 33 y 44 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y 184 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación dichas diferencias se debió a un error en el sistema SIMUN al momento de generar la base de datos contables. Se anexan auxiliares de las cuentas con el saldo correcto.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración y documentación presentada por el Ente Público, que consta de copias fotostáticas de reportes de la base datos contra egresos por concepto del gasto ejercicio 2017, estados de cuenta de diciembre de 2017, no solventando la observación,

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 80/155

debido a que no desvirtúan los fundamentos señalados en la Ley General de ContabilidadGubernamental y la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

INFORMES DE AVANCE DE GESTIÓN FINANCIERA

28. El Ente Público presentó los Informes de Avance de Gestión Financiera correspondientesal ejercicio 2017, en documentos por escrito, observando que los mismos no fueron presentados en forma digitalizada, incumpliendo con lo establecido en el artículo 7 tercer párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Los informes de Avance de gestion financiera correspondientes al ejercicio 2017, se encuentran en la siguiente pagina del municipio.

http://juarez-nl.gob.mx/articulo-10-xv

http://juarez-nl.gob.mx/ley-general-de-contabilidad-gubernamental-conac

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, no solventando la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúa el fundamento señalado en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

PRESUPUESTO DE EGRESOS

29. Se observó que los sueldos aprobados y pagados al personal, así como las prestaciones,no están respaldados con el tabulador de remuneraciones en el que se especifiquen y diferencien la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie, documento que se debió adjuntar al presupuesto de egresos autorizado para el año 2017, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 21 de diciembre de 2016, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 115 fracción IV penúltimo párrafo y el 127 párrafos primero

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 81/155

y segundo, y fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,disposición aplicable en relación al artículo 179 segundo párrafo, de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación y en los siguientes presupuestos se adjuntara el tabulador de remuneraciones en el que se especifiquen y diferencien la totalidad de los elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, no solventando la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúan los fundamentos señalados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

30. El presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2017 autorizado por Ayuntamiento enla trigésima cuarta sesión ordinaria en el acta No. 034 celebrada el 20 de diciembre de 2016 ascendió a $796,017,654 siendo publicado en el Periódico Oficial del Estado el 21 de diciembre de 2016, observando que no está formulado señalando los objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, conforme a lo dispuesto en los artículos 33, fracción III, inciso c) y el 181 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, disposición aplicable en relación al artículo 2 del Reglamento Orgánico del Gobierno Municipal de Juárez, Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Presidente Municipal con licencia:

Se acepta la observación y en los siguientes presupuestos se realizara especificando objetivos, metas y unidades responsables conforme a lo dispuesto en el articulo 33, fracción III, inciso c) de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 82/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe analizó la aclaración presentada por el Ente Público, no solventando la observación, debido a que lo manifestado no desvirtúan los fundamentos señalados en la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León, disposición aplicable en relación al artículo 2 del Reglamento del Orgánico del Gobierno Municipal de Juárez, Nuevo León.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

OBRA PÚBLICA

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Obra Pública, fueron comunicadasmediante los oficios ASENL-OPR-AEM-MU29-AOP030/2018-TE y ASENL-OPR-AEM-MU29-AOP039/2018-EX, al titular del Ente Público y al Titular Responsable del Ente Público durante el período objeto de revisión, respectivamente, otorgándoles de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del plazo otorgado.

De un importe registrado para obras o servicios por contrato y en su caso, obras por administracióndirecta, por valor de $191,859,698, se seleccionaron $101,279,275, que representan un 53%, se revisó la gestión financiera de los recursos públicos asignados a proyectos de obra pública a fin de verificar si se planearon, programaron, adjudicaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme con la legislación aplicable a saber: Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo León (en adelante LOPEMNL), de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante LOPSRM), del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante RLOPSRM), de la Ley para la Construcción y Rehabilitación de Pavimentos del Estado de Nuevo León (en adelante LCRPENL), y de las Normas Técnicas de Pavimentos del Estado de Nuevo León (en adelante NTPENL); que se emplearon correctamente los precios unitarios autorizados; que los conceptos pagados se hayan ejecutado; y que su puesta en operación y posterior funcionamiento se efectuó acorde con lo contratado o especificado.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 83/155

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

1 RP-2017-06 Desazolve de arroyo Las Sabinas, entre la avenidaPablo Livas y la calle Congreso de la Unión (límites de la colonia), en la colonia La Reforma.

2 RP-2017-07 Mantenimiento de caminos: Antiguo Camino a SanRoque, entre Carretera a San Roque y Hacienda San Marcos; y camino a Hacienda San Antonio, entre la Carretera Reynosa y el río Santa Catarina, en varias colonias.

3 RP-2016-40 Rehabilitación de calles y bacheo en avenida TeófiloSalinas, entre el río Santa Catarina y el Libramiento Juárez-Apodaca, en la colonia Centro.

4 RP-2016-33 Bacheo estructural en varias colonias:Fraccionamiento Santa Mónica, Héroes de Nacozari, Jardines de la Silla, Los Laureles, Pedregal de Santa Mónica, Lomas de los Naranjos, Los Naranjos y Valle de Juárez.

5 RP-2017-08 Desazolve de arroyos y cañadas, en las colonias Monte

Kristal, Santa Mónica y Vaquerías.

6 RP-2016-07A Acabados en el edificio del comedor comunitario,ubicado en la esquina de la calle Josefa Ortiz de Domínguez y Matamoros, en la colonia Héroe de Nacozari.

7 BANOBRAS-2017-05 Introducción de red de drenaje sanitario, 2a. Etapa, enla calle Benito Juárez, entre las calles Privada 4 y Privada 6; calle Francisco Villa, entre las calles Privada 4 y Privada 9; y en las calles Privada 4, 5 y 6, entre las calles Benito Juárez y Francisco Villa, en la colonia Ejido Juárez.

8 R33-2016-41 Construcción de centro de salud, en la calle BenitoJuárez, entre las calles Privada 3a. y Privada 4a., en la colonia Ejido Juárez.

9 R33-2017-02 Construcción de puente vehicular y canalización detramo de arroyo Los Perros (cadenamiento del 1+220 al 1+300), entre las calles Valle de Los Encinos y Lomas de Jamaica, en la colonia Los Valles 2o. Sector.

10 R33-2017-09 Rehabilitación de pavimento a base de carpetaasfáltica, en las calles Encino, entre las calles Antiguo Camino a Villa Juárez y Arboledas; calle Arboledas, entre calles Encino y Sauce; y calle Arboledas, entre

$ 3,142,417

$ 3,138,628

$ 2,632,211

$ 2,286,569

$ 2,168,527

$ 2,066,047

$ 3,002,055

$ 1,773,711

$ 2,544,629

$ 2,441,249

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las calles Pino y Álamo, en la colonia Arboledas de San Roque.

11 ULT-2017-44 Rehabilitación y mantenimiento del Parque de BéisbolMartín García Niño, en el camino a Rancho El Curro, esquina con la calle Julios Cisneros, en la colonia Garza y Garza.

12 FORTALECE-2017-12 Rehabilitación de pavimento a base de carpetaasfáltica, en la calles Monte Roca y Monte Fino, entre la calle Monte Unión y la avenida Las Torres, en la colonia Monte Kristal 2o. Sector.

13 FORTALECE-2017-41 Alumbrado público 1a. Etapa en la avenida Acueducto,entre las avenidas Coahuila y Santa Luisa de Marilac, en varias colonias.

14 FORTALECE-2017-10 Rehabilitación de pavimento hidráulico, en la calleCamino a Zirándaro, entre las avenidas Arturo B. de la Garza y Pablo Livas, en la colonia Zirándaro.

15 FORTALECE 2017-16 Rehabilitación de pavimento a base de concretohidráulico y carpeta asfáltica, en la calles Alejandro Garza Leal, Fuente Romana, Fuente de la Unión y Nuevo México, en la colonia Fuentes de Juárez.

16 FORTALECE-2017-13 Rehabilitación de pavimento a base de concretohidráulico y carpeta asfáltica en las calles Camino Real, entre las calles Ocampo y José González Montemayor; José González Montemayor, entre las calles Eduardo Salinas Garza y Tomasita Montemayor Hernández; y Yolanda González Alcázar, entre las calles Amalia Villarreal Lozano y José González Montemayor, en las colonias Colinas del Sol y Coahuila.

17 FORTALECE-2017-11 Rehabilitación de pavimento a base de carpetaasfáltica, en las calles Puerto Vallarta, entre las calles Río Salado y Río La Silla; y calle Río Nazis, entre las calles Río San Martín y Río Santa Catarina, en la colonia Monte Kristal 4o. Sector.

18 FORTALECE 2017-17 Rehabilitación de pavimento a base de carpeta asfáltica

en la avenida Hortelanos, entre la Carretera a San Mateo y la calle Huertos de los Cerda, en la colonia Fraccionamiento Los Huertos.

19 FDM-2017-48 Rehabilitación de pavimento a base de concretoasfáltico, en la avenida Acueducto, entre las calles Coahuila y Camino a las Espinas, en varias colonias.

20 REP-2016-60 Construcción de parque lineal en avenida Colinas de la

Morena, entre la avenida Arturo B. de la Garza y calle Minerva Dávila García, en la colonia Colinas de San

Juan.

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$ 2,669,802

$ 3,833,465

$ 3,676,648

$ 3,472,196

$ 3,221,852

$ 2,986,672

$ 2,917,869

$ 2,723,720

$ 2,259,458

$ 2,253,646

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21 REP-2016-64 Construcción de plaza pública en las calles Jazmín, Julieta, Azucena y Flor de Belén, en la colonia Colinas de San José.

$ 2,101,180

22 RFF-2016-66 Rehabilitación de pavimentación en la avenida Monte Kristal, en la colonia Monte Kristal.

$ 4,445,695

23 RFF-2016-65 Rehabilitación de calles en la colonia América Unida. $ 3,707,213

24 FDR-2016-44 Adecuación vial, camellón central y alumbrado público en la avenida Arturo B. de la Garza (Carretera a Reynosa), entre las avenidas Teófilo Salinas y Colinas de San Juan.

$ 2,269,749

25 FDR-2016-51 Rehabilitación de vialidad a base de concreto hidráulico en la avenida de los Mayas, entre la calle Yaqui y límite con arroyo Los Perros, en la colonia Zirándaro.

$ 2,829,966

26 PR-2017-35 Rehabilitación de pavimento asfáltico en la calle Monte Olimpo, entre la avenida Coahuila y la calle Pípila, en la colonia La Reforma.

$ 3,512,422

27 PR-2017-36 Construcción de pavimento a base de concreto hidráulico en la prolongación de avenida Coahuila.

$ 3,430,784

28 PDR-2017-58 Construcción de parque lineal "Los Cometas" y rehabilitación de plazas públicas en avenida Monte Kristal y Carretera a San Roque, en las colonias Los Cometas, Monte Kristal y Cerro de la Silla.

$ 4,233,758

29 DES-2017-47 Rehabilitación de pavimento a base de concreto hidráulico, en la avenida Acueducto, entre las calles Coahuila y San Andrés, en varias colonias.

$ 2,947,978

Las observaciones aludidas se mencionan a continuación:

OBRA PÚBLICA

DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA

Obras Públicas Directas

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

1 RP-2017-06 Desazolve de arroyo Las Sabinas, entre la avenida $ 3,142,417 Pablo Livas y la calle Congreso de la Unión (límitesde la colonia), en la colonia La Reforma.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 86/155

31. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017, acorde con lo dispuesto en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 1.1)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa plan municipal de desarrollo de Juarez N.L. en la que fue incluida dicha obra en el presupuesto anual del ejercicio 2017".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de Acta número 047, de la Cuadragésima Séptima Sesión del R. Ayuntamiento de fecha 29 de junio de 2017, en la cual se aprueba la modificación al Plan Municipal de Desarrollo 2015-2018, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no adjuntan a su respuesta el presupuesto anual del ejercicio 2017 y su desglose que compruebe que la obra en comento se haya incluido en el mismo.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se incluya el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.

32. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía de cumplimiento del contratoequivalente al diez por ciento del monto contratado de $2,708,980, obligación establecida en el artículo 40, fracción II, párrafo segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 1.3)

Normativa

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RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito al contratista copia de la fianza de cumplimiento la cual se extravio de n uestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de garantía del cumplimiento del contrato, equivalente al diez por ciento del importe total contratado, previo al inicio de los trabajos, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

33. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía del anticipo otorgado por unimporte de $942,725, obligación establecida en el artículo 40, fracción III, de la LOPEMNL. (Obs. 1.4)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de garantia del anticipo la cual se extravio de n uestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 88/155

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la garantía equivalente al importe total del anticipo otorgado, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

34. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía equivalente al diez por cientodel monto total ejercido de $3,142,417 a fin de asegurar que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, obligación establecida en el artículo 79, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 1.8)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia de la fianza total de cumplimiento incluyendo monto de convenio modificatorio la cual se extrabio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la fianza que garantice que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, equivalente al diez por ciento del importe total ejercido, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 89/155

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

2 RP-2017-07 Mantenimiento de caminos: Antiguo Camino a San $ 3,138,628 Roque, entre Carretera a San Roque y Hacienda SanMarcos; y camino a Hacienda San Antonio, entre la Carretera Reynosa y el río Santa Catarina, en varias colonias.

35. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017, acorde con lo dispuesto en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 2.1)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa plan municipal de desarrollo de Juarez N.L. en la que fue incluida dicha obra en el presupuesto anual del ejercicio 2017".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de Acta número 047, de la Cuadragésima Séptima Sesión del R. Ayuntamiento de fecha 29 de junio de 2017, en la cual se aprueba la modificación al Plan Municipal de Desarrollo 2015-2018, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no adjuntan a su respuesta el presupuesto anual del ejercicio 2017 y su desglose que compruebe que la obra en comento se haya incluido en el mismo.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se incluya el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 90/155

monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras elmonto de inversión correspondiente.

36. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía de cumplimiento del contratoequivalente al diez por ciento del monto contratado de $3,138,993, obligación establecida en el artículo 40, fracción II, párrafo segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 2.3)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de cumplimiento la cual se extravio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de garantía del cumplimiento del contrato, equivalente al diez por ciento del importe total contratado, previo al inicio de los trabajos, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

37. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía del anticipo otorgado por unimporte de $941,698, obligación establecida en el artículo 40, fracción III, de la LOPEMNL. (Obs. 2.4)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 91/155

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de garantia del anticipo la cual se extravio denuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la garantía equivalente al importe total del anticipo otorgado, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

38. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos de obra terminada,obligación establecida en el artículo 67, fracción IV, de la LOPEMNL. (Obs. 2.5)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se solicito a la contratista ejecutora de los trabajos en referncia plano de obra terminada".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

3 RP-2016-40 Rehabilitación de calles y bacheo en avenida Teófilo $ 2,632,211 Salinas, entre el río Santa Catarina y el LibramientoJuárez-Apodaca, en la colonia Centro.

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 92/155

39. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos de obra terminada,obligación establecida en el artículo 67, fracción IV, de la LOPEMNL. (Obs. 3.1)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista ejecutora de los trabajos en referncia plano de obra terminada".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

40. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebeque el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 3.3)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa oficio de asignacion de laboratorio acreditado y del profesional responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL por parte de contratista".

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 93/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibió copia fotostática certificada de un escrito de fecha 15 de agosto de 2016, en el cual el contratista menciona el laboratorio certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, encargado de llevar el control de calidad de la obra, por lo que se solventa lo correspondiente al mismo; sin embargo, en cuanto a la presentación previamente a la firma del contrato, del nombre del Profesional Responsable, que validaría técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, no solventa subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

41. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los parámetros de los límitesde fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas, obligación establecida en el Capítulo Tercero, Textura y Acabados, Sección Primera, Características y Especificaciones de las Vialidades, de la LCRPENL. (Obs. 3.5)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexan los parámetros de los límites de fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de Términos de referencia para la determinación del coeficiente de fricción (CF) de la superficie de rodamiento elaborado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que dicha información no se localizó incluida en el diseño del pavimento para la obra y validado por un Profesional Responsable, acreditado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 94/155

42. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de terracerías, base hidráulica y carpeta con concreto hidráulico, obligación establecida en los artículos 37, 60 y 79, de la LCRPENL. (Obs. 3.6)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas de terracerías, base hidráulica y carpeta con concreto hidráulico".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de las Normas referentes a las Características de los Materiales (N-CMT-1-03/02 Materiales para Terracerías, N-CMT-4-02-003/04 Materiales para Pavimentos, N- CMT-2-02-005/04 Materiales para Estructuras, N-CMT-4-04/08 Materiales para Pavimentos y, N-CMT-4-02-002/11 Materiales para Pavimentos), elaboradas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y de características de materiales para la capa de carpeta asfáltica, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que el diseño del pavimento que contiene las citadas especificaciones, no cuenta con la identificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

4 RP-2016-33 Bacheo estructural en varias colonias: $ 2,286,569 Fraccionamiento Santa Mónica, Héroes de Nacozari,Jardines de la Silla, Los Laureles, Pedregal de Santa Mónica, Lomas de los Naranjos, Los Naranjos y Valle de Juárez.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 95/155

43. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra, obligación establecidaen el artículo 67, fracción I, de la LOPEMNL. (Obs. 4.1)

NormativaRespuestaEn relación con esta observación, se omitió formular las justificaciones y aclaraciones dentro del plazo otorgado para tales efectos.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn virtud de que no se emitieron justificaciones y aclaraciones ni se presentó documentación para solventar la irregularidad señalada, subsiste la observación en los términos que en la misma se refieren.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

44. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de subbase, base hidráulica, base modificada, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 55, 60, 65, 70, párrafo quinto, 89, y 94, de la LCRPENL. (Obs. 4.3)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas de terracerías, base hidráulica y carpeta con concreto hidráulico".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 96/155

de las Normas referentes a las Características de los Materiales (N-CMT-1-03/02Materiales para Terracerías, N-CMT-4-02-003/04 Materiales para Pavimentos, N- CMT-2-02-005/04 Materiales para Estructuras, N-CMT-4-04/08 Materiales para Pavimentos, N-CMT-4-02-002/11 Materiales para Pavimentos y, N-CSV-CAR-2-02-003/00 Conservación Rutinaria), elaboradas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y de características de materiales para la capa de carpeta asfáltica, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que el diseño del pavimento que contiene las citadas especificaciones, no cuenta con la identificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

45. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios parael control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad que fijado para las capas de subbase, base hidráulica, base modificada, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en los artículos 56, párrafo primero; 61, párrafo primero; 66, párrafo primero; 74, párrafo primero; 90, párrafos primero y segundo; y 95, párrafos primero y segundo, de la LCRPENL, en relación con el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la misma Ley, y a la NTEPNL-03- C, Capítulo 01. Certificación de Laboratorios, de las NTPENL. (Obs. 4.4)

Normativa

RespuestaEn relación con esta observación, se omitió formular las justificaciones y aclaraciones dentro del plazo otorgado para tales efectos.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn virtud de que no se emitieron justificaciones y aclaraciones ni se presentó documentación para solventar la irregularidad señalada, subsiste la observación en los términos que en la misma se refieren.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 97/155

46. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios parael control de calidad del material durante su ejecución, realizados por un Laboratorio Certificado y validados por un Profesional Responsable, así como la verificación por parte de los mismos para la recepción de los trabajos, de acuerdo con el método de control de calidad establecidos para las capas de carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 74, párrafo segundo; 90, párrafos primero y segundo; y 95, párrafos primero y segundo; de la LCRPENL; en relación con los artículos 8, 75, 76, 91, 92, 96 y 97, de la misma Ley; y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 4.5)

NormativaRespuestaEn relación con esta observación, se omitió formular las justificaciones y aclaraciones dentro del plazo otorgado para tales efectos.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn virtud de que no se emitieron justificaciones y aclaraciones ni se presentó documentación para solventar la irregularidad señalada, subsiste la observación en los términos que en la misma se refieren.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

5 RP-2017-08 Desazolve de arroyos y cañadas, en las coloniasMonte Kristal, Santa Mónica y Vaquerías. $ 2,168,527

47. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017, acorde con lo dispuesto en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 5.1)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 98/155

"Se anexa plan municipal de desarrollo de Juarez N.L. en la que fue incluida dicha obra enel presupuesto anual del ejercicio 2017".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de Acta número 047, de la Cuadragésima Séptima Sesión del R. Ayuntamiento de fecha 29 de junio de 2017, en la cual se aprueba la modificación al Plan Municipal de Desarrollo 2015-2018, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no adjuntan a su respuesta el presupuesto anual del ejercicio 2017 y su desglose que compruebe que la obra en comento se haya incluido en el mismo.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se incluya el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.

48. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía de cumplimiento del contratoequivalente al diez por ciento del monto contratado de $2,168,527, obligación establecida en el artículo 40, fracción II, párrafo segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 5.3)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de cumplimiento la cual se extravio de nuestros archivos".

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 99/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de garantía del cumplimiento del contrato, equivalente al diez por ciento del importe total contratado, previo al inicio de los trabajos, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

49. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía del anticipo otorgado por unimporte de $650,558, obligación establecida en el artículo 40, fracción III, de la LOPEMNL. (Obs. 5.4)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de garantia del anticipo la cual se extravio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la garantía equivalente al importe total del anticipo otorgado, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 100/155

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

6 RP-2016-07A Acabados en el edificio del comedor comunitario, $ 2,066,047 ubicado en la esquina de la calle Josefa Ortiz deDomínguez y Matamoros, en la colonia Héroe de Nacozari.

50. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía de cumplimiento del contratoequivalente al diez por ciento del monto contratado de $2,259,569, obligación establecida en el artículo 40, fracción II, párrafo segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 6.1)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de cumplimiento la cual se extravio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de garantía del cumplimiento del contrato, equivalente al diez por ciento del importe total contratado, previo al inicio de los trabajos, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

51. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra, obligación establecidaen el artículo 67, fracción I, de la LOPEMNL. (Obs. 6.2)

Normativa

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 101/155

RespuestaEn relación con esta observación, se omitió formular las justificaciones y aclaraciones dentro del plazo otorgado para tales efectos.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn virtud de que no se emitieron justificaciones y aclaraciones ni se presentó documentación para solventar la irregularidad señalada, subsiste la observación en los términos que en la misma se refieren.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

Banobras Egresos

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

7 BANOBRAS-2017-05 Introducción de red de drenaje sanitario, 2a. Etapa,en la calle Benito Juárez, entre las calles Privada 4 y Privada 6; calle Francisco Villa, entre las calles Privada 4 y Privada 9; y en las calles Privada 4, 5 y 6, entre las calles Benito Juárez y Francisco Villa, en la colonia Ejido Juárez.

$ 3,002,055

52. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía de cumplimiento del contratoequivalente al diez por ciento del monto contratado de $2,784,218, obligación establecida en el artículo 40, fracción II, párrafo segundo, de la LOPEMNL. (Obs. 8.2)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de cumplimiento la cual se extravio de nuestros archivos".

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 102/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de garantía del cumplimiento del contrato, equivalente al diez por ciento del importe total contratado, previo al inicio de los trabajos, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

53. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía del anticipo otorgado por unimporte de $835,265, obligación establecida en el artículo 40, fracción III, de la LOPEMNL. (Obs. 8.3)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de garantia del anticipo la cual se extravio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la garantía equivalente al importe total del anticipo otorgado, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 103/155

54. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía equivalente al diez por cientodel monto total ejercido de $3,002,055 a fin de asegurar que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, obligación establecida en el artículo 79, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 8.8)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia de la fianza total de cumplimiento incluyendo monto de convenio modificatorio la cual se extravio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la fianza que garantice que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, equivalente al diez por ciento del importe total ejercido, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

FONDO DE INFRAESTRUCTURA EGRESO

Fondo Infraestructura Egreso 2016

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

8 R33-2016-41 Construcción de centro de salud, en la calle BenitoJuárez, entre las calles Privada 3a. y Privada 4a., en la colonia Ejido Juárez.

$ 1,773,711

55. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra, obligación establecidaen el artículo 67, fracción I, de la LOPEMNL. (Obs. 10.1)

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 104/155

Normativa

RespuestaEn relación con esta observación, se omitió formular las justificaciones y aclaraciones dentro del plazo otorgado para tales efectos.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn virtud de que no se emitieron justificaciones y aclaraciones ni se presentó documentación para solventar la irregularidad señalada, subsiste la observación en los términos que en la misma se refieren.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

Fondo Infraestructura Egreso 2017

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

9 R33-2017-02 Construcción de puente vehicular y canalización detramo de arroyo Los Perros (cadenamiento del 1+220 al 1+300), entre las calles Valle de Los Encinos y Lomas de Jamaica, en la colonia Los Valles 2o. Sector.

$ 2,544,629

Nota: Esta obra registró inversión de acuerdo con lo siguiente:

Ejercicio Importe 2017 $ 2,544,629.00Por pagar 952,494.00Total: $ 3,497,123.00

56. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017, acorde con lo dispuesto en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 11.1)

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 105/155

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa plan municipal de desarrollo de Juarez N.L. en la que fue incluida dicha obra en el presupuesto anual del ejercicio 2017".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de Acta número 047, de la Cuadragésima Séptima Sesión del R. Ayuntamiento de fecha 29 de junio de 2017, en la cual se aprueba la modificación al Plan Municipal de Desarrollo 2015-2018, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no adjuntan a su respuesta el presupuesto anual del ejercicio 2017 y su desglose que compruebe que la obra en comento se haya incluido en el mismo.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se incluya el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.

57. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía equivalente al diez por cientodel monto total ejercido de $3,497,123 a fin de asegurar que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, obligación establecida en el artículo 79, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 11.6)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 106/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia de la fianza total de cumplimiento incluyendo monto de convenio modificatorio la cual se extravio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la fianza que garantice que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, equivalente al diez por ciento del importe total ejercido, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

10 R33-2017-09 Rehabilitación de pavimento a base de carpetaasfáltica, en las calles Encino, entre las calles Antiguo Camino a Villa Juárez y Arboledas; calle Arboledas, entre calles Encino y Sauce; y calle Arboledas, entre las calles Pino y Álamo, en la colonia Arboledas de San Roque.

$ 2,441,249

58. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017, acorde con lo dispuesto en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 12.1)

Normativa

Respuesta

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 107/155

Del Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa plan municipal de desarrollo de Juarez N.L. en la que fue incluida dicha obra en el presupuesto anual del ejercicio 2017".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de Acta número 047, de la Cuadragésima Séptima Sesión del R. Ayuntamiento de fecha 29 de junio de 2017, en la cual se aprueba la modificación al Plan Municipal de Desarrollo 2015-2018, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no adjuntan a su respuesta el presupuesto anual del ejercicio 2017 y su desglose que compruebe que la obra en comento se haya incluido en el mismo.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se incluya el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.

59. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebeque el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL, y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 12.5)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 108/155

"Se anexa oficio de asignacion de laboratorio acreditado y del profesional responsable, quevalidarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL por parte de contratista".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibió copia fotostática certificada de un escrito de fecha 28 de marzo de 2017, en el cual el contratista menciona el laboratorio certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, encargado de llevar el control de calidad de la obra, por lo que se solventa lo correspondiente al mismo; sin embargo, en cuanto a la presentación previamente a la firma del contrato, del nombre del Profesional Responsable, que validaría técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, no solventa subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

60. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la sección de pavimento seleccionadoa partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, de acuerdo con las Normas Técnicas Estatales, elaborado y autorizado por su respectivo Profesional Responsable acreditado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en el artículo 20, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL, en relación con las NTEPNL-02-DP, Capítulos 01, inciso B y 02 inciso B, y NTEPNL-03-C, Capítulo 02, inciso B, párrafos tercero, cuarto, y último, de las NTPENL. (Obs. 12.6)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa diseño del pavimento de acuerdo a las normas tecnicas estatales, elaborado y autorizado por su respectivo prpfesional responsable acreditado ante la secretaria de desarrollo sustentable".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de un diseño de pavimento, no acreditan el cumplimiento

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 109/155

de la normatividad señalada, esto en razón de que dicho diseño, no cuenta con laidentificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

61. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los parámetros de los límitesde fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas, obligación establecida en el Capítulo Tercero, Textura y Acabados, Sección Primera, Características y Especificaciones de las Vialidades, de la LCRPENL. (Obs. 12.7)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexan los parámetros de los límites de fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de especificaciones del coeficiente de fricción para la superficie de rodamiento en el pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que el diseño del pavimento que contiene las citadas especificaciones del coeficiente de fricción, no cuenta con la identificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

62. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de terracerías, subrasante convencional, subbase, base hidráulica, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 37, 43, 55, 60, 70, párrafo quinto, 89, y 94, de laLCRPENL. (Obs. 12.8)

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 110/155

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas de terracerías, base hidráulica y carpeta con concreto hidráulico".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de las Normas referentes a las Características de los Materiales, elaboradas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes: N-CMT-4-02-001/11 Requisitos de calidad para subbases de pavimentos asfálticos y N-CMT-4-02-002/04 Características de los materiales; de especificaciones para las capas de riego de impregnación, riego de liga y carpeta de concreto asfáltico, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que el diseño del pavimento que contiene las citadas especificaciones, no cuenta con la identificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

63. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para elcontrol de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad que fijado para las capas de terracerías, subrasante convencional y riego de liga, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en los artículos 39, párrafo primero; 45, párrafo primero; y 95, párrafos primero y segundo, de la LCRPENL, en relación con el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la misma Ley, y a la NTEPNL-03-C, Capítulo 01. Certificación de Laboratorios, de las NTPENL. (Obs. 12.9)

Normativa

RespuestaEn relación con esta observación, se omitió formular las justificaciones y aclaraciones dentro del plazo otorgado para tales efectos.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 111/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn virtud de que no se emitieron justificaciones y aclaraciones ni se presentó documentación para solventar la irregularidad señalada, subsiste la observación en los términos que en la misma se refieren.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

64. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios parael control de calidad del material durante su ejecución, realizados por un Laboratorio Certificado y validados por un Profesional Responsable, así como la verificación por parte de los mismos para la recepción de los trabajos, de acuerdo con el método de control de calidad establecidos para las capas de riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 90, y 95; de la LCRPENL; en relación con los artículos 8, 91, 92, 96 y 97, de la misma Ley; y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 12.10)

Normativa

RespuestaEn relación con esta observación, se omitió formular las justificaciones y aclaraciones dentro del plazo otorgado para tales efectos.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn virtud de que no se emitieron justificaciones y aclaraciones ni se presentó documentación para solventar la irregularidad señalada, subsiste la observación en los términos que en la misma se refieren.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

65. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el estudio de evaluación para larehabilitación del pavimento, obligación establecida en el artículo 102, de la LCRPENL, en relación con los artículos del 103 al 115, de la misma Ley. (Obs. 12.11)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 112/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa el estudio de evaluación para la rehabilitación del pavimento".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de Evaluación y Diagnostico de Pavimento Actual de "calle Encino y calle Arboledas, colonia Arboledas", no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que si bien es cierto que dicho estudio reúne las características señaladas, el mismo no fue realizado por un Profesional Responsable, tal como lo exige la NTEPNL-03-C, Capítulo 02. Certificación Profesional Responsable, apartados B. Campo de aplicación, párrafo primero, y D. Atribuciones y obligaciones del Profesional Responsable, este último en su fracción I, incisos C y D, de las NTPENL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

FONDO DE ULTRACRECIMIENTO EGRESO

Fondo de Ultracrecimiento Egreso 2017

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

11 ULT-2017-44 Rehabilitación y mantenimiento del Parque deBéisbol Martín García Niño, en el camino a Rancho El Curro, esquina con la calle Julios Cisneros, en la colonia Garza y Garza.

$ 2,669,802

66. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017, acorde con lo dispuesto en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs. 13.1)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 113/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa plan municipal de desarrollo de Juarez N.L. en la que fue incluida dicha obra en el presupuesto anual del ejercicio 2017".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de Acta número 047, de la Cuadragésima Séptima Sesión del R. Ayuntamiento de fecha 29 de junio de 2017, en la cual se aprueba la modificación al Plan Municipal de Desarrollo 2015-2018, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no adjuntan a su respuesta el presupuesto anual del ejercicio 2017 y su desglose que compruebe que la obra en comento se haya incluido en el mismo.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se incluya el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.

FONDO FORTALECE EGRESO

Fondo Fortalece Egreso 2017

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

12 FORTALECE-2017-12 Rehabilitación de pavimento a base de carpeta $ 3,833,465 asfáltica, en la calles Monte Roca y Monte Fino, entrela calle Monte Unión y la avenida Las Torres, en la colonia Monte Kristal 2o. Sector.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 114/155

67. En la revisión del expediente, se detectó que la elaboración, control y seguimiento de labitácora de obra, se realizó a través de medios de comunicación convencional, siendo que debió realizarse por medios remotos de comunicación electrónica, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de comunicación convencional, obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs. 14.2)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

13 FORTALECE-2017-41 Alumbrado público 1a. Etapa en la avenidaAcueducto, entre las avenidas Coahuila y Santa Luisa de Marilac, en varias colonias.

$ 3,676,648

68. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos correspondientes ala construcción final de la obra, obligación establecida en el artículo 68, de la LOPSRM. (Obs. 15.3)

Normativa

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 115/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia del plano correspondiente a la construccion final de la obra ya que se extravió de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

69. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 15.4)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 116/155

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

14 FORTALECE-2017-10 Rehabilitación de pavimento hidráulico, en la calle $ 3,472,196 Camino a Zirándaro, entre las avenidas Arturo B. dela Garza y Pablo Livas, en la colonia Zirándaro.

70. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 16.6)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica. Se anexa bitacora convencional".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan en su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de bitácora de obra realizada de manera convencional, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

15 FORTALECE 2017-16 Rehabilitación de pavimento a base de concretohidráulico y carpeta asfáltica, en la calles Alejandro Garza Leal, Fuente Romana, Fuente de la Unión y Nuevo México, en la colonia Fuentes de Juárez.

$ 3,221,852

71. En la revisión del expediente, se detectó que la elaboración, control y seguimiento de labitácora de obra, se realizó a través de medios de comunicación convencional, siendo que debió realizarse por medios remotos de comunicación electrónica, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 117/155

comunicación convencional, obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs.17.1)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

16 FORTALECE-2017-13 Rehabilitación de pavimento a base de concretohidráulico y carpeta asfáltica en las calles Camino Real, entre las calles Ocampo y José González Montemayor; José González Montemayor, entre las calles Eduardo Salinas Garza y Tomasita Montemayor Hernández; y Yolanda González Alcázar, entre las calles Amalia Villarreal Lozano y José González Montemayor, en las colonias Colinas del Sol y Coahuila.

$ 2,986,672

72. En la revisión del expediente, se detectó que la elaboración, control y seguimiento de labitácora de obra, se realizó a través de medios de comunicación convencional, siendo que debió realizarse por medios remotos de comunicación electrónica, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 118/155

comunicación convencional, obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs.18.5)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica. Se anexa bitacora convencional".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en bitácora de obra realizada de manera convencional, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

73. Personal adscrito a esta Auditoría realizó inspección a la obra, detectando en la verificacióndel estado físico de la carpeta asfáltica, un bache de 0.48 m² con grado de severidad medio, el cual se ubica en calle Camino Real, en su cruce con calle Laguna de Sánchez, en dirección de oriente a poniente, como se muestra en las imágenes siguientes: (Obs. 18.6)

Técnica

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 119/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa correccion a la verificacion del estado fisico de la carpeta asfáltica, un bache de0.48 m² con grado de severidad medio, el cual se ubica en calle Camino Real, en su cruce con calle Laguna de Sánchez, en dirección de oriente a poniente".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en fotografías impresas en blanco y negro certificadas de diversas reparaciones en el pavimento de concreto hidáulico, ubicadas en las calles de Tomasita Montemayor Hernández y Bugambilias, y José González Montemayor y Tomasita Montemayor Hernández, no comprueban la reparación del deterioro observado, ubicado en la calle Camino Real, en su cruce con calle Laguna de Sánchez, en dirección de oriente a poniente.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.Realizar las gestiones necesarias para reparar los deterioros que hayan aparecido en las obras, con el fin de que sigan prestando el servicio para las cuales fueron ejecutadas.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

17 FORTALECE-2017-11 Rehabilitación de pavimento a base de carpetaasfáltica, en las calles Puerto Vallarta, entre las calles Río Salado y Río La Silla; y calle Río Nazis, entre las calles Río San Martín y Río Santa Catarina, en la colonia Monte Kristal 4o. Sector.

$ 2,917,869

74. En la revisión del expediente, se detectó que la elaboración, control y seguimiento de labitácora de obra, se realizó a través de medios de comunicación convencional, siendo que debió realizarse por medios remotos de comunicación electrónica, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de comunicación convencional, obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs. 19.4)

Normativa

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 120/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

18 FORTALECE 2017-17 Rehabilitación de pavimento a base de carpetaasfáltica en la avenida Hortelanos, entre la Carretera a San Mateo y la calle Huertos de los Cerda, en la colonia Fraccionamiento Los Huertos.

$ 2,723,720

75. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos correspondientes ala construcción final de la obra, obligación establecida en el artículo 68, de la LOPSRM. (Obs. 20.6)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se solicito a la contratista copia del plano correspondiente a la construccion final de la obra ya que se extravió de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

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y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 121/155

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

76. En la revisión del expediente, se detectó que la elaboración, control y seguimiento de labitácora de obra, se realizó a través de medios de comunicación convencional, siendo que debió realizarse por medios remotos de comunicación electrónica, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de comunicación convencional, obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs. 20.7)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

FONDO DE DESARROLLO MUNICIPAL EGRESO

Fondo de Desarrollo Municipal Egreso 17

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

19 FDM-2017-48 Rehabilitación de pavimento a base de concretoasfáltico, en la avenida Acueducto, entre las calles Coahuila y Camino a las Espinas, en varias colonias.

$ 2,259,458

77. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque la obra fue incluida en el presupuesto anual del ejercicio 2017, acorde con lo dispuesto

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 122/155

en el artículo 18, fracción IV, en relación con los artículos 19 y 22, de la LOPEMNL. (Obs.21.1)

Normativa

RespuestaEn relación con esta observación, se omitió formular las justificaciones y aclaraciones dentro del plazo otorgado para tales efectos.

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoEn virtud de que no se emitieron justificaciones y aclaraciones ni se presentó documentación para solventar la irregularidad señalada, subsiste la observación en los términos que en la misma se refieren.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, incluir en el presupuesto del ejercicio de que se trate, las obras en proceso, las inconclusas, las complementarias, las prioritarias y las que se van a iniciar y ejecutar durante el respectivo ejercicio, a efecto de que en este se incluya el monto de los recursos económicos que se requiera para la ejecución de cada una de las obras que se continuarán o iniciarán en el ejercicio de que se trate; sin limitarse a establecer de manera global un monto para ejercer en obra pública, debiendo especificar para cada una de las obras el monto de inversión correspondiente.

78. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebeque el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 21.9)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 123/155

"Se anexa oficio de asignacion de laboratorio acreditado y del profesional responsable, quevalidarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL por parte de contratista".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibió copia fotostática certificada de un escrito de fecha 4 de agosto de 2017, en el cual el contratista menciona el laboratorio certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, encargado de llevar el control de calidad de la obra, por lo que se solventa lo correspondiente al mismo; sin embargo, en cuanto a la presentación previamente a la firma del contrato, del nombre del Profesional Responsable, que validaría técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, no solventa subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

79. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la sección de pavimento seleccionadoa partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, de acuerdo con las Normas Técnicas Estatales, elaborado y autorizado por su respectivo Profesional Responsable acreditado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en el artículo 20, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL, en relación con las NTEPNL-02-DP, Capítulos 01, inciso B y 02 inciso B, y NTEPNL-03-C, Capítulo 02, inciso B, párrafos tercero, cuarto, y último, de las NTPENL. (Obs. 21.10)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa diseño del pavimento de acuerdo a las normas tecnicas estatales, elaborado y autorizado por su respectivo prpfesional responsable acreditado ante la secretaria de desarrollo sustentable".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de un diseño de pavimento, no acreditan el cumplimiento

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 124/155

de la normatividad señalada, esto en razón de que dicho diseño, no cuenta con laidentificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

80. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los parámetros de los límitesde fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas, obligación establecida en el Capítulo Tercero, Textura y Acabados, Sección Primera, Características y Especificaciones de las Vialidades, de la LCRPENL. (Obs. 21.11)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexan los parámetros de los límites de fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de escrito el cual contiene valores en niveles de medición de textura y coeficiente de fricción, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que dicho escrito no cuenta con la validación de un Profesional Responsable acreditado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

81. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 37, 43, 65, 70, párrafo quinto, y 94, de la LCRPENL. (Obs. 21.12)

Normativa

Page 129: Dictamen del Auditor Opinión · Web viewEl universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 125/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas de terracerías, base hidráulica y carpeta con concreto hidráulico".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de procedimiento constructivo, el cual contiene las especificaciones para las capas del pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que el diseño del pavimento que contiene las citadas especificaciones, no cuenta con la identificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

82. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para elcontrol de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en los artículos 39, párrafo primero; 45, párrafo primero; 66, párrafo primero; 74, párrafo primero; 90, párrafos primero y segundo; y 95, párrafos primero y segundo, de la LCRPENL, en relación con el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la misma Ley y a la NTEPNL-03- C, Capítulo 01. Certificación de Laboratorios, de las NTPENL. (Obs. 21.13)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 126/155

"Se anexa los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a sucolocación".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de informes de resultados de grados de compactación para las capas de subrasante modificada y base modificada, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

83. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios parael control de calidad del material durante su ejecución, realizados por un Laboratorio Certificado y validados por un Profesional Responsable, así como la verificación por parte de los mismos para la recepción de los trabajos, de acuerdo con el método de control de calidad establecidos para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga, obligación establecida en los artículos 39, párrafo segundo; 45, párrafo segundo; 66, párrafo primero; 74, párrafo segundo; 90, párrafos primero y segundo; y 95, párrafos primero y segundo, de la LCRPENL; en relación con los artículos 8, 40, 41, 46, 47, 67, 68, 75, 76, 91, 92, 96 y 97, de la misma Ley; y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 21.14)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa los ensayos necesarios para el control de calidad del material durante su ejecución, realizados por un laboratorio certificado y validados por un profesional responsable".

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 127/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de resultados de ensaye a la compresión de cilindros moldeados de concreto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón, de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material durante su ejecución, realizados por un Laboratorio Certificado y validados por un Profesional Responsable, así como la verificación por parte de los mismos para la recepción de los trabajos, de acuerdo con el método de control de calidad establecidos para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto asfáltico, riego de impregnación y riego de liga.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

84. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el estudio de evaluación para larehabilitación del pavimento, obligación establecida en el artículo 102, de la LCRPENL, en relación con los artículos del 103 al 115, de la misma Ley. (Obs. 21.15)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa el estudio de evaluación para la rehabilitación del pavimento".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de Evaluación y Diagnostico de Pavimento Actual de calle Acueducto, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que si bien es cierto que dicho estudio reúne las características señaladas, el mismo no fue realizado por un Profesional Responsable, tal como lo exige la NTEPNL-03-C, Capítulo 02. Certificación Profesional Responsable, apartados B. Campo de aplicación, párrafo primero, y D. Atribuciones y obligaciones del Profesional Responsable, este último en su fracción I, incisos C y D, de las NTPENL.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 128/155

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

RESCATE ESPACIOS PUBLICOS SEDATU

Programa Rescate Espacios Públicos 2016 Egresos

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

20 REP-2016-60 Construcción de parque lineal en avenida Colinas de $ 2,253,646 la Morena, entre la avenida Arturo B. de la Garza ycalle Minerva Dávila García, en la colonia Colinas de San Juan.

85. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 22.2)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 129/155

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

21 REP-2016-64 Construcción de plaza pública en las calles Jazmín, $ 2,101,180 Julieta, Azucena y Flor de Belén, en la coloniaColinas de San José.

86. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 23.1)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

FORTALECIMIENTO FINANCIERO 2016

Fortalecimiento Financiero 2016

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

22 RFF-2016-66 Rehabilitación de pavimentación en la avenida $ 4,445,695 Monte Kristal, en la colonia Monte Kristal.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 130/155

87. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos correspondientes ala construcción final de la obra, obligación establecida en el artículo 68, de la LOPSRM. (Obs. 24.4)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia del plano correspondiente a la construccion final de la obra ya que se extravió de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

88. En la revisión del expediente, se detectó que la elaboración, control y seguimiento de labitácora de obra, se realizó a través de medios de comunicación convencional, siendo que debió realizarse por medios remotos de comunicación electrónica, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de comunicación convencional, obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs. 24.5)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Page 135: Dictamen del Auditor Opinión · Web viewEl universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 131/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

23 RFF-2016-65 Rehabilitación de calles en la colonia América Unida. $ 3,707,213

89. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que permita verificarque el contratista comunicó al Ente Público la terminación de los trabajos, ni el acta de recepción de los mismos, obligación establecida en los artículos 64, párrafo primero, de la LOPSRM; 164, párrafo primero y 166, párrafo primero, del RLOPSRM. (Obs. 25.1)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa oficio en el que el contratista comunicó al ente público la terminación de los trabajos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibió copia fotostática certificada de la documentación que comprueba que el contratista comunicó al Ente Público la terminación de los trabajos, por lo que se solventa lo correspondiente a la misma; sin embargo, en cuanto al acta de recepción de los trabajos, no se solventa subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la documentación observada.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 132/155

En lo sucesivo, elaborar el acta de recepción de la obra, con el fin de garantizar los interesesdel Ente Público a través de la verificación del o los inmuebles recibidos, la conciliación de los pagos realizados y la vigencia de las fianzas.

90. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 25.5)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

24 FDR-2016-44 Adecuación vial, camellón central y alumbradopúblico en la avenida Arturo B. de la Garza (Carretera a Reynosa), entre las avenidas Teófilo Salinas y Colinas de San Juan.

$ 2,269,749

91. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 26.2)

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 133/155

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

PROGRAMAS REGIONALES 2016

Programas Regionales 2016

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

25 FDR-2016-51 Rehabilitación de vialidad a base de concretohidráulico en la avenida de los Mayas, entre la calle Yaqui y límite con arroyo Los Perros, en la colonia Zirándaro.

$ 2,829,966

92. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los planos correspondientes ala construcción final de la obra, obligación establecida en el artículo 68, de la LOPSRM. (Obs. 27.5)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 134/155

"Se solicito a la contratista copia del plano correspondiente a la construccion final de la obraya que se extravió de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

93. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 27.6)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.

Page 139: Dictamen del Auditor Opinión · Web viewEl universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 135/155

En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren lasincidencias más relevantes de la obra.

Programas Regionales 2017

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

26 PR-2017-35 Rehabilitación de pavimento asfáltico en la calle $ 3,512,422 Monte Olimpo, entre la avenida Coahuila y la callePípila, en la colonia La Reforma.

94. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 28.4)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en incidencias más relevantes de la obra.

la cual se registren las

Ref. Contrato

27 PR-2017-36

Nombre de la Obra o Licencia

Construcción de pavimento a base de concreto hidráulico en la prolongación de avenida Coahuila.

Registrado en el 2017

$ 3,430,784

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 136/155

95. En la revisión del expediente, se detectó que la elaboración, control y seguimiento de labitácora de obra, se realizó a través de medios de comunicación convencional, siendo que debió realizarse por medios remotos de comunicación electrónica, no localizando la justificación por parte del Ente Público, ni la autorización por parte de la Secretaría de la Función Pública para que el Ente Público realizara la bitácora a través de medios de comunicación convencional, obligación establecida en el artículo 122, del RLOPSRM. (Obs. 29.6)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

FONDO DESARROLLO REGIONAL 2017

Fondo Desarrollo Regional 2017

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

28 PDR-2017-58 Construcción de parque lineal "Los Cometas" yrehabilitación de plazas públicas en avenida Monte Kristal y Carretera a San Roque, en las colonias Los Cometas, Monte Kristal y Cerro de la Silla.

$ 4,233,758

96. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía del anticipo otorgado por unimporte de $1,365,388, obligación establecida en el artículo 48, fracción I, de la LOPSRM. (Obs. 31.2)

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 137/155

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de garantia del anticipo la cual se extravio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la garantía equivalente al importe total del anticipo otorgado, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

97. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía de cumplimiento equivalenteal diez por ciento del monto contratado de $4,551,296, obligación establecida en el artículo 48, fracción II, de la LOPSRM. (Obs. 31.3)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se solicito a la contratista copia de la fianza de cumplimiento la cual se extravio de nuestros archivos".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada.

Page 142: Dictamen del Auditor Opinión · Web viewEl universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 138/155

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de garantía del cumplimiento del contrato, equivalente al diez por ciento del importe total contratado, previo al inicio de los trabajos, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

98. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la bitácora de obra elaborada por mediosremotos de comunicación electrónica, obligación establecida en los artículos 122, párrafo primero, y 125, del RLOPSRM. (Obs. 31.4)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se reconoce la falta de realizacion de bitacora electronica por medios remotos de comunicación electronica".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados en su respuesta para este punto, confirman el incumplimiento a la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, contar con la bitácora de obra completa, en la cual se registren las incidencias más relevantes de la obra.

Page 143: Dictamen del Auditor Opinión · Web viewEl universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 139/155

FONDO DESCENTRALIZADO 2017

Fondo Descentralizado 2017

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

29 DES-2017-47 Rehabilitación de pavimento a base de concretohidráulico, en la avenida Acueducto, entre las calles Coahuila y San Andrés, en varias colonias.

$ 2,947,978

99. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el presupuesto elaborado por el EntePúblico para la obra, ni los análisis de precios unitarios que permitan verificar la aplicación de los costos actualizados de acuerdo con las condiciones que prevalecían en el momento de su elaboración, obligación establecida en el artículo 19, fracción XIII, de la LOPEMNL. (Obs. 32.1)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa el presupuesto elaborado por el ente público para la obra".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibieron copias fotostáticas certificadas del presupuesto elaborado por el Ente Público para la obra, por lo que se solventa lo correspondiente al mismo; sin embargo, en cuanto a los análisis de precios unitarios, no solventa subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

100. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la garantía equivalente al diez por cientodel monto total ejercido de $2,947,978 a fin de asegurar que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, obligación establecida en el artículo 79, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 32.9)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 140/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa la garantía equivalente al diez por ciento del monto total ejercido de $2,947,978 a fin de asegurar que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la ley".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de fianza de anticipo y de fianza de cumplimiento del contrato por un importe de $294,797.79, no acreditan el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que la citada fianza no ampara los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, por un lapso de doce meses posteriores a la recepción de los trabajos.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, exigir al contratista la presentación de la fianza que garantice que se responda por los defectos, vicios ocultos y cualquier otra obligación en los términos de la Ley, equivalente al diez por ciento del importe total ejercido, con el fin de evitar situaciones de riesgo para el Ente Público.

101. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la documentación que compruebeque el contratista presentó previamente a la firma del contrato, el nombre del Laboratorio Acreditado y del Profesional Responsable, que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, obligación establecida en el artículo 7, párrafo cuarto, de la LCRPENL y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 32.11)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

Page 145: Dictamen del Auditor Opinión · Web viewEl universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras

El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 141/155

"Se anexa oficio de asignacion de laboratorio acreditado y del profesional responsable,que validarían técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la lcrpenl por parte de contratista".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibió copia fotostática certificada de un escrito de fecha 4 de agosto de 2017, en el cual el contratista menciona el laboratorio certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, encargado de llevar el control de calidad de la obra, por lo que se solventa lo correspondiente al mismo; sin embargo, en cuanto a la presentación previamente a la firma del contrato, del nombre del Profesional Responsable, que validaría técnicamente el cumplimiento de las disposiciones de la LCRPENL, no solventa subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

102. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la sección de pavimento seleccionadoa partir del catálogo de secciones de pavimento o en su caso, el diseño del pavimento, de acuerdo con las Normas Técnicas Estatales, elaborado y autorizado por su respectivo Profesional Responsable acreditado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en el artículo 20, párrafo primero y segundo, de la LCRPENL, en relación con las NTEPNL-02-DP, Capítulos 01, inciso B y 02 inciso B, y NTEPNL-03-C, Capítulo 02, inciso B, párrafos tercero, cuarto, y último, de las NTPENL. (Obs. 32.12)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa diseño del pavimento de acuerdo a las normas tecnicas estatales, elaborado y autorizado por su respectivo prpfesional responsable acreditado ante la secretaria de desarrollo sustentable".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de un diseño de pavimento, no acreditan el cumplimiento

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 142/155

de la normatividad señalada, esto en razón de que dicho diseño, no cuenta con laidentificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

103. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los parámetros de los límitesde fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas, obligación establecida en el Capítulo Tercero, Textura y Acabados, Sección Primera, Características y Especificaciones de las Vialidades, de la LCRPENL. (Obs. 32.13)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexan los parámetros de los límites de fricción y textura permisibles para las vialidades urbanas".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada de escrito el cual contiene valores en niveles de medición de textura y coeficiente de fricción, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que el diseño del pavimento que contiene las citadas especificaciones del coeficiente de fricción, no cuenta con la identificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

104. No se localizaron ni fueron exhibidas durante la auditoría, las especificaciones particularesde la calidad del material para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto hidráulico y riego de impregnación, obligación establecida en los artículos 37, 43, 65, 79, y 89, de la LCRPENL. (Obs. 32.14)

Normativa

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 143/155

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa las especificaciones particulares de la calidad del material para las capas de terracerías, base hidráulica y carpeta con concreto hidráulico".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de procedimiento constructivo, el cual contiene las especificaciones para las capas del pavimento, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que el diseño del pavimento que contiene las citadas especificaciones, no cuenta con la identificación del Profesional Responsable que lo elaboró y autorizó, respectivamente, certificado ante la Secretaría de Desarrollo Sustentable.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

105. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios parael control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto hidráulico y riego de impregnación, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable, obligación establecida en los artículos 39, párrafo primero, 45, párrafo primero, 66, párrafo primero, 81, párrafo primero, y 90, párrafos primero y segundo, de la LCRPENL, en relación con el artículo 6, párrafo primero y segundo, de la misma Ley, y a la NTEPNL-03-C, Capítulo 01. Certificación de Laboratorios, de las NTPENL. (Obs. 32.15)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación".

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 144/155

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de resultados de ensaye a la compresión de cilindros moldeados de concreto, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón, de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizaron los ensayos necesarios para el control de calidad del material previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto hidráulico y riego de impregnación, realizados por un Laboratorio Certificado por la Secretaría de Desarrollo Sustentable

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

106. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios parael control de calidad del material durante su ejecución, realizados por un Laboratorio Certificado y validados por un Profesional Responsable, así como la verificación por parte de los mismos para la recepción de los trabajos, de acuerdo con el método de control de calidad establecidos para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada, carpeta con concreto hidráulico y riego de impregnación, obligación establecida en los artículos 39, párrafo segundo; 45, párrafo segundo; 66, párrafo segundo; 81, párrafo segundo; y 90, de la LCRPENL, en relación con los artículos 8, 40, 41, 46, 47, 67, 68, 82, 83, 91 y 92, de la misma Ley; y a la NTEPNL-03-C, Capítulos 01. Certificación de laboratorios y 02. Certificación Profesional Responsable, de las NTPENL. (Obs. 32.16)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión:

"Se anexa los ensayos necesarios para el control de calidad del material durante su ejecución, realizados por un laboratorio certificado y validados por un profesional responsable".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibieron copias fotostáticas certificadas de resultados de ensaye a la compresión de cilindros moldeados de concreto a los 3, 7, 14, y 28 días de edad, por lo que se solventa lo correspondiente a la capa de carpeta con concreto hidráulico; sin embargo, en cuanto a los

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 145/155

ensayos necesarios para el control de calidad del material durante su ejecución, realizadospor un Laboratorio Certificado y validados por un Profesional Responsable, así como la verificación por parte de los mismos para la recepción de los trabajos, de acuerdo con el método de control de calidad establecidos para las capas de terracerías, subrasante convencional, base modificada y riego de impregnación, no solventa subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se localizó la que acredite el cumplimiento de la normatividad señalada.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

107. No se localizó ni fue exhibido durante la auditoría, el estudio de evaluación para larehabilitación del pavimento, obligación establecida en el artículo 102, de la LCRPENL, en relación con los artículos del 103 al 115, de la misma Ley. (Obs. 32.17)

Normativa

RespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se anexa el estudio de evaluación para la rehabilitación del pavimento".

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoNo solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copias fotostáticas certificadas de Evaluación y Diagnostico de Pavimento Actual de la calle Acueducto, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que si bien es cierto que dicho estudio reúne las características señaladas, el mismo no fue realizado por un Profesional Responsable, tal como lo exige la NTEPNL-03-C, Capítulo 02. Certificación Profesional Responsable, apartados B. Campo de aplicación, párrafo primero, y D. Atribuciones y obligaciones del Profesional Responsable, este último en su fracción I, incisos C y D, de las NTPENL.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 146/155

LABORATORIO

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Laboratorio de Obra Pública, fueroncomunicadas mediante los oficios ASENL-OPR-AEM-MU29-AOPLAB213/2018-TE y ASENL-OPR- AEM-MU29-AOPLAB050/2018-EX, al titular del Ente Público y al Titular Responsable del Ente Público durante el período objeto de revisión, respectivamente, otorgándoles de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del

Se revisó la gestión financiera de los recursos públicos asignados a proyectos de obra pública a finde verificar si se planearon, programaron, adjudicaron, contrataron, ejecutaron y pagaron conforme con la legislación aplicable a saber: Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante LOPSRM), del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en adelante RLOPSRM); que se emplearon correctamente los precios unitarios autorizados; que los conceptos pagados se hayan ejecutado; y que su puesta en operación y posterior funcionamiento se efectuó acorde con lo contratado o especificado.

De la citada revisión se detectó una observación en la obra, misma que referenciada con ladenominación del contrato, la descripción y su importe expresado en pesos que se registró durante el ejercicio, se detalla a continuación:

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

1 FDR-2017-63 Rehabilitación de pavimento asfáltico e hidráulico en las calles Arboledas y Fresnos, en la colonia Bosques de San Pedro.

$ 4,322,044

Las observaciones aludidas se mencionan a continuación:

OBRA PÚBLICA

FONDO DESARROLLO REGIONAL 2017

Fondo Desarrollo Regional 2017

Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado en el 2017

1 FDR-2017-63 Rehabilitación de pavimento asfáltico e hidráulico $ 4,322,044 en las calles Arboledas y Fresnos, en la coloniaBosques de San Pedro.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de definitivo. 147/155

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista la Autoridad Investigadora.

108. No se localizaron ni fueron exhibidos durante la auditoría, los ensayos necesarios para elcontrol de calidad de los materiales previo a su colocación, de acuerdo con el método de control de calidad fijado para la ejecución de los conceptos número 23.- "Recompactación de TERRACERIA, compactada al 95% de su P.V.S.M. AASHTO ESTANDAR. Incluye: Pruebas de Laboratorio, Equipo, Material, Agua, Herramienta y Mano de Obra", concepto número 25 "Suministro y colocación de subrasante de material de banco, con calidad subrasante con espesor de 25 cm, la cual deberá cumplir con una compactación de 95% de su P.V.S.M. AASHTO ESTANDAR (el CBR del material deberá ser mayor o igual al 10%) (Ver Norma SCT N-CMT-1-03-02) Incluye: pruebas de laboratorio, equipo, material, agua, herramienta, mano de obra y todo lo necesario para su correcta ejecución", concepto número 27 "Suministro y colocación de base hidráulica de material pétreo triturado aprobado por laboratorio con calidad base hidráulica, con un espesor de 15 cm la cual deberá cumplir con una compactación del 100% de su P.V.S.M. AASHTO MODIFICADO. Incluye pruebas de Laboratorio", concepto número 28 "Riego de impregnación con emulsión RR-60 o similar a equipo, mano de obra y todo lo necesario paro su correcta ejecución" y concepto número 29 "Suministro y colocación de carpeta asfáltica en caliente de 6 cm de espesor compactada al 95% incluye riego de liga a razón de 0.5 lts/m² Incluye material, equipo, herramienta, mano de obra y todo lo necesario para su correcta ejecución", obligación establecida en el artículo 54, párrafo primero, de la LOPSRM, en relación con los artículos 113 fracciones I y VI y 132, fracción IV, del RLOPSRM. (Obs. 2.2)

NormativaRespuestaDel Ente Público y del Titular Responsable del Ente Público durante el periodo objeto derevisión

"Se Anexa Documentación De (Informe De Calidad De Los Materiales Previo A Su Colocación)."

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoSe recibieron copias fotostáticas certificadas de informes de calidad de los materiales previo a su colocación, correspondientes a las capas de terracería, subrasante, base hidráulica y riego de impregnación, por lo que se solventa lo correspondiente a los mismos; sin embargo, en cuanto a los informes para la capa de carpeta asfáltica, no solventa, subsiste la irregularidad detectada, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta, no se incluyen las correspondientes que acrediten el cumplimiento de la normatividad señalada.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 14

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

VII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

No se recibieron solicitudes del H. Congreso del Estado relacionadas con la Cuenta Pública cuya revisión se informa.

VIII. Resultados de la revisión de situación excepcional

En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

IX. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, respecto de las Cuenta Públicas de ejercicios anteriores

En este apartado se presenta una síntesis de las acciones y recomendaciones que con motivo de la revisión de las cuentas públicas 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, se ejercieron o promovieron por esta Auditoría Superior del Estado.

Asimismo, se muestra un detalle del estado que guardan las acciones o recomendaciones que no fueron comunicadas como concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2016 (en adelante IDR 2016), así como el de aquellas que en el citado informe, se anunciaron que se ejercerían o formularían.

SÍNTESIS DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES EN FUNCIÓN DEL NÚMERO DE OBSERVACIONES DE LAS CUALES SE ORIGINANCUENTAS PÚBLICAS 2012, 2013, 2014 , 2015 y 2016

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

2012

Pliego Presuntivo de Responsabilidades (PPR)

Gestión Financiera 10*Obra Pública 9*

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas (PFRA) 521*

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 2*

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 14*

Informe a la Auditoría Superior de la Federación(IASF) 5*

Interposición de Denuncias Penales (IDP) 2Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 75*Recomendaciones Al Desempeño (RD) 11*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 654649

2013 Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR)

Gestión Financiera 5Obra Pública 8

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 14

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

PROFIS 1Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 345*

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 5*

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF)

Servicio de Administración Tributaria 1*

Tesorería Municipal 98*Informe a la Auditoría Superior de la Federación (IASF) 4*Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 90*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 557

2014

Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR

Gestión Financiera 4Obra Pública 4

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 219

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 3*

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF)

Servicio de Administración Tributaria 10*Tesorería Municipal

Interposición de Denuncia Penal IDP) 5Informe a la Auditoría Superior de la Federación (IASF 1*Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 60*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 306

2015

Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR

Gestión Financiera 6Obra Pública 7

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA 347

Promoción de Intervención de la Instancia de Control Competente (PIICC) 3*

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 5*

Informe a la Auditoría Superior de la Federación (IASF) 3*Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 142*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 513

2016

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA 223

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 8

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 43Total de acciones y recomendaciones emitidas 274

Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2016, presentado al H. Congreso del Estado el día 28 de noviembre de 2017.

DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS (NO SE INCLUYEN LAS COMUNICADAS COMO CONCLUIDAS EN EL IDR 2016)

AL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2018

a) Pliegos Presuntivos de Responsabilidades (PPR)

PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES

Cuenta Pública

Número de Pliego

Tipo de Auditoría del cual deriva To

tal

de

Obs

erva

ne

s

Fech

a d

Not

ifica

c Monto de los Posibles

daños o perjuicios

Estado en la ASENL

2013

ASENL-PPR- CP2013-GF- MU29-005/2014

Gestión Financiera 5 4-nov-14 $6,649,963 Concluido

ASENL-PPR- Obra Pública 8 4-nov-14 $1,582,996 Concluido

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el y conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 150/1

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

CP2013-OP- MU29-004/2014ASENL-PPR- CP2013-MU29- 001/2014

Recursos Federales 1 4-nov-14 Concluido

Total de Observaciones 14

2014

ASENL-PPR- CP2014-GF-MU29- 027/2015

Gestión Financiera 4 05-nov-15 $107,000 Concluido

ASENL-PPR- CP2014-OP-MU29- 008/2015

Obra Pública 4 05-nov-15 $6,544,822 Concluido

Total de Observaciones 8

2015

ASENL-PPR- CP2015-GF-MU29- 020/2016

Gestión Financiera 6 22-nov-16 $4,969,449 En trámite

ASENL-PPR- CP2015-OP-MU29- 027/2016

Obra Pública 7 22-nov-16 $22,693,055

En trámite$20,005,555Concluido

$2,687,500Total de Observaciones 13

Montos expresados en pesos

La información relativa a la resolución de los pliegos indicados como concluidos, se muestra a continuación:

PLIEGOS PRESUNTIVOS DE RESPONSABILIDADES

Cue

nta

Púb

lica

Número de Pliego

Tipo de Auditoría del cual deriva

Monto de los posibles daños o

perjuicios

Sentido de la Resolución o Dictamen Técnico de Auditoría

Monto Desvirtuado

Monto Resarcido

MontoNo Justificado Determinación

2013

ASENL- PPR- CP2013- GF-MU29- 005/2014

Gestión Financiera

$6,649,963 $5,354,826.60 $0 $1,295,136.40

Se determina iniciar procedimiento de responsabilidades

resarcitorias

ASENL- PPR- CP2013- OP-MU29- 004/2014

Obra Pública $1,582,996 $0 $0

$1,582,996

Se determina iniciar procedimiento de responsabilidades

resarcitorias

ASENL- PPR- CP2013- MU29- 001/2014

Recursos Federales

$0 $0 $135,001 $0Se determina no iniciar

procedimiento de responsabilidades

resarcitorias

2014

ASENL- PPR- CP2014- GF-MU29- 027/2015

Gestión Financiera

$107,000 $47,000 $40,000 $20,000Se determina iniciar

procedimiento de responsabilidades

resarcitorias

ASENL- PPR- CP2014- OP-MU29- 008/2015

Obra Pública

$6,544,822 $14,655 $0 $6,530,167Se determina iniciar

procedimiento de responsabilidades

resarcitorias

A través de estos instrumentos se le comunican al ente fiscalizado, aquellas observaciones que contienen irregularidades que permiten presumir la existencia de hechos y conductas que producen daños o perjuicios a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, a efecto de que proporcionen datos de identificación y localización de los presuntos responsables, para en su caso, dar inicio al procedimiento para el fincamiento de responsabilidad resarcitoria.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 15

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

2015

ASENL- PPR- CP2015- GF-MU29- 020/2016

Gestión Financiera

$4,969,539 $118,204 $0 $4,851,335

Se determina iniciar procedimiento de responsabilidades

resarcitorias

ASENL- PPR- CP2015- OP-MU29- 027/2016

Obra Pública

$2,687,500 $0 $0 $2,687,500(Observación 1 del PPR)

Se determina iniciar Procedimiento para el

Fincamiento de Responsabilidades

Resarcitorias

Los datos relativos al Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias iniciado, se detallan en la siguiente tabla:

PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS

Cue

nta

Púb

lica Número

de Pliego

Número de Expediente

Monto de daños o

perjuicios

Resolución del ProcedimientoEstado que Guarda el

Procedimiento

Fecha de

Resolución

Sentido de la Resolución

Monto de Indemnización

Sanción Económica

2013

ASENL- PPR- CP2013- GF- MU29- 005/2014

ASENL- CP2013- MU29- FIRES-

007/2018

$1,295,168.52 Concluido 13-ago-18

Se determina existencia de

Responsabilidad Resarcitoria

$1,126,944.80

$229,240.20

$229,240.20

ASENL- PPR- CP2013- OP- MU29- 004/2014

ASENL- CP13- MU29- FIRES-

024/2018

$1,582,996 En Trámite

2014

ASENL- PPR- CP2014- GF- MU29- 027/2015

ASENL- CP2014- MU29- FIRES-

025/2018

$20,000 En Trámite

2015

ASENL- PPR- CP2015- OP- MU29- 027/2016(Respecto de la Observación identificada con el número 1 en el Pliego Presuntivo de Responsabili dades)

ASENL- CP2015- MU29- FIRES-

022/2017

$52,710 En Trámite

ASENL- CP2015- MU29- FIRES-

064/2017

$2,687,500 En Trámite

El procedimiento tiene por finalidad determinar la existencia o inexistencia de responsabilidad resarcitoria, fijar en cantidad líquida del monto del daño causado a la hacienda o patrimonio de los entes públicos, y en su caso fincar a los servidores públicos o particulares, la indemnización y sanción correspondiente.

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El contenido del presente Informe de Resultados, será evaluado por el H. Congreso del Estado, con base en el análisisy conclusiones técnicas del documento, por lo que éste no tiene el carácter de 15

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

b) Promoción del Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA)

PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA

Cuenta Pública

Datos de la PromociónÚltimo informe de acciones implementadas y

resultados obtenidos en atención a la Promoción formulada por la ASENL

Observaciones Objeto de la Promoción

Oficio de Promoción

Autoridad ante la cual se formuló la

PFRA

Número de Oficio

Fecha en que se recibió el Informe de atención a

promoción

2014 219ASENL-PFRA- CP2013-MU29-

029/2014

Presidente Municipal PMJ/084/018 29-may-18

2015 347ASENL-PFRA- CP2015-MU29-

029/2015

Presidente Municipal PMJ/084/018 29-may-18

2016 223ASENL-PFRA- CP2016-MU29-

029/2016

Presidente Municipal PMJ/084/018 29-may-18

PROMOCIÓN DE FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA RESULTADOS OBTENIDOS

Cuenta Pública Informe de la Autoridad

Procedimiento Administrativo de Responsabilidades Ante Autoridad que Atiende la Promoción

EstadoServidores Públicos

sancionados (cargos)

Sanciones impuestas

2014 Se encuentra en etapa de desahogo de pruebas En Trámite2015 Se encuentra en etapa de desahogo de pruebas En Trámite

2016 La Contraloría Municipal se encuentra realizando diligencias de investigación En Trámite

Esta acción tiene por objeto, promover el ejercicio de las facultades de investigación y sancionatorias de los órganos de control o autoridades competentes en los entes públicos fiscalizados, en relación con las observaciones que a juicio de la Auditoría Superior del Estado, contienen datos que hacen presumir irregularidades derivadas de una acción u omisión de los servidores públicos del ente fiscalizado, a sus obligaciones generales de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones.

c) Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF)

Servicio de Administración Tributaria

PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL

Cuenta Pública

Oficio de Promoción To

tal

de

Obs

.

Instancia Ante la que se PromueveFecha de

Notificación de Promoción

Motivo de la Promoción Estado en la ASENL

2016

ASENL- PEFCF- CP2016- 004/2017

2Servicio de Administración Tributaria

(Administración Local de Auditoría Fiscal de Guadalupe, N.L.)

07-dic-17Incumplimiento de proveedores del

Ente Público a sus obligaciones fiscales

Concluido1

La finalidad de esta promoción, es la de poner en conocimiento de la autoridad tributaria competente, aquellas irregularidades atinentes a incumplimientos de obligaciones fiscales por parte del ente público o terceros con los que haya contratado, a efecto de que dicha autoridad, en el ámbito de su competencia, lleve a cabo las acciones de comprobación que a su juicio procedan.

1 El trámite y resolución de los asuntos que se atienden mediante el ejercicio de esta acción, corresponde a la autoridad fiscal competente.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

Tesorería Municipal de Juárez, Nuevo León

PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCAL

Cuenta Pública

Oficio de Promoción

Tota

l de

Obs

. Instancia Ante la que

se Promueve

Fecha de Notificación de

Promoción

Motivo de la Promoción

Número de Oficio de respuesta a

promoción

Fecha en que se recibió el Informe de atención a promoción

2016

ASENL- PEFCF- CP2016- MU29-

002/2017

6

Presidente Municipal de

Juárez, Nuevo León

08-dic-17

Ejercicio de las facultades de comprobación

(determinación y liquidación de

contribuciones en materia de desarrollo

urbano).

Revisión de los expedientes

relacionados con los inmuebles que se

sujetaron al programa de modernización

catastral, a efecto de comprobar si cuentan con las autorizaciones

en materia de desarrollo urbano.

PMJ/009/2018 06-feb-18

PROMOCIÓN DEL EJERCICIO DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN FISCALCuenta Pública Informe de la tesorería Estado en la ASENL

2016 Se dará cumplimiento a lo requerido por el órgano fiscalizador Concluido1

Errores aritméticos en la determinación y liquidación de contribuciones o su omisión, son las irregularidades que dan nacimiento a esta acción, en virtud de la cual se informa a la autoridad fiscal competente, para que en ejercicio de sus facultades de comprobación, revise y en su caso, subsane tales irregularidades.

1 El trámite y resolución de los asuntos que se atienden mediante el ejercicio de esta acción, corresponde a la autoridad fiscal competente.

d) Interposición de Denuncias Penales (IDP)

INTERPOSICIÓN DE DENUNCIA PENAL

Cuenta Pública

Número de denuncia

Fecha de Interposición de la denuncia ante el Agente

del Ministerio PúblicoUnidad de Investigación a la

que se remite la DenunciaNúmero de Carpeta de investigación

2012 1609/2014- CODE 18-ago-14

Unidad de Investigación 2 de Delitos Culposos y

General en Juárez

233/2014-UI2DCGJRZ

2014 4630/2015- CODE 27-nov-15

Unidad de Investigación Especializada en Delitos

ElectoralesC.I. 366/2015-UIMTY-ESPDE2

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a

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

SEGUIMIENTO SOBRE EL ESTADO QUE GUARDAN LAS DENUNCIAS PENALESNúmero de Oficio de

Solicitud de Informe al Procurador General

de Justicia

Fecha de Notificación

Número de oficio de Respuesta

Fecha de Recepción Estado en la PGJ

ASENL-UAJ-AGE- 1568/2018 19-sep-18 En espera de la respuesta de la Fiscalía General del Estado de Nuevo León

Acción mediante la cual la Auditoría Superior del Estado presenta previa autorización del H. Congreso del Estado, una denuncia en los términos de la legislación penal en el Estado de Nuevo León, respecto de hechos conocidos con motivo de los trabajos de revisión de las cuentas públicas, que pudieran implicar la comisión de un delito imputable a un servidor público o a un particular, por actos u omisiones en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o actividad.

e) Recomendaciones a la gestión o control interno (RG)

RECOMENDACIONES A LA GESTIÓN O CONTROL INTERNO

Cuenta Pública Oficio de Recomendaciones

Fecha Notificación

Fecha Respuesta por el Ente

PúblicoEstado en la ASENL

2016 ASENL-RG-CP2016- MU29-029/2017 08-dic-17 08-ene-18 Concluido

Las recomendaciones a la gestión o control interno tienen por objeto apoyar al ente público a fortalecer los procesos administrativos y los sistemas de control.

Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones:

ATENCIÓN DE RECOMENDACIONES

Cue

nta

P

úbli

Materia EmitidasAtendidas por el Ente Público

No atendidas (Sin respuesta del

Ente Público)Aceptadas Rechazadas Medidas Alternas Inaplicables

2016Recomendaciones a la gestión o control internoObra Pública 41 41 0 0 0 0Laboratorio 2 2 0 0 0 0

Total 43

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo

Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuado en los artículos 20, fracción XXXI, 82, fracciones XV y XXXII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; y 8, fracción XVIII, 15, fracciones XIII y XVIII, 17, fracciones I, III y XVII y 18, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ Auditor General del Estado de Nuevo León

LIC. JESÚS MENDOZA URIBEAuditor Especial de Municipios

C.P. ELIUD ROBERTO GARZA ARIZPEDirector General de Auditoría

ARQ. JOSÉ MARÍA RUÍZ MARTÍNEZDirector de Auditoría de Obra Pública y Desarrollo Urbano

C.P. GUILLERMO DOMÍNGUEZ ALVAREZDirector de Auditoría (Gestión Financiera)

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2017 Juárez, Nuevo