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la dictadura de la seguridad e higiene. O viendo a los fundamentalistas de lo absurdo en acción.

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ing. daniel maestro sabino www.cig21.com [email protected] http://kaizen-lean-argentina.blogspot.com

LA DICTADURA DE LA SEGURIDAD E HIGIENE

Los fundamentalistas de lo absurdo Hace unos meses atrás, me llama una colega para consultarme y me comenta que en multinacional – dedicada a hacer rodamientos – no le permitían ingresar a planta porque no tenía los zapatos de seguridad. ¿Qué pasa le comento, está el piso minado? No. Es porque hay derrames de aceite y puede haber accidentes. ¿Y eso te parece normal? Le pregunto ¿ No deberían haber acciones que corrijan esa situación anormal? ¿Es nueva la planta y están haciendo las tareas?. Me contesta: No, tiene muchos años. Pero viste – yo hice un posgrado en seguridad e higiene – y ahí dice que se le debe proveer a los empleados de “calzado de seguridad”. Entonces esta el peso de la ley que te obliga!! Creo que tenes algunos puntos que repasar. Me dejas que te fundamente en 3 pasos? 1.- Las leyes que vienen de la dictadura militar 2.- el uso contínuo, contrario a la filosofía de me jora – Kaizen - 3.- el factor económico y el absurdo de su aplicaci ón. 1.- Las leyes que vienen de la dictadura militar Me gustaría recordarte que las “leyes que te obligan” tuvieron su origen en leyes y decretos de fechas específicas. Que no son de casualidad esas fechas, como tampoco quienes son los firmantes. LEY 19.587 , HIGIENE Y SEGURIDAD DEL TRABAJO, BUENOS AIRES, 24 DE ABRIL DE 1972. BOLETIN OFICIAL - 28/04/1972 , , FIRMANTES: LANUSSE - SAN SEBASTIÁN. DECRETO 351/79, REGLAMENTACION DE LA LEY 19.587, BUENOS AIRES, 5 DE FEBRERO DE 1979 BOLETIN OFICIAL, 22 DE MAYO DE 1979. FIRMANTES VIDELA - LIENDO Por los nombres y las fechas podrás ver, que fueron no 1, sino 2 gobiernos militares de facto, las que las redactaron y promulgaron las leyes. Vulgarmente conocidos como Dictaduras. Por ese entonces no había congreso con los representantes del pueblo y la democracia no existía ¿No te parece que debería revisarse o darse por nulo lo que se exige? Ahora, te propongo un ejercicio. Vamos a leer los párrafos relevantes de la ley y el decreto. Vamos a analizarlos y veamos el porque se redactaron. Que quieren decir. Y si tienen o no sentido. definición de seguridad: Proviene de la palabra securitas del latín. Cotidianamente se puede referir a la seguridad como la ausencia de riesgo o también a la confianza en algo o alguien. Sin embargo, el término puede tomar diversos sentidos según el área o campo a la que haga referencia. La seguridad es un estado de ánimo, una sensación, una cualidad intangible. Se puede entender como un objetivo y un fin que el hombre anhela constantemente como una necesidad primaria. DECRETO 351/79, REGLAMENTACION DE LA LEY 19.587 PROTECCION PERSONAL DEL TRABAJADOR Artículo 190º) Los equipos y elementos de protección personal, deberán ser proporcionados a los

trabajadores y utilizados por éstos, mientras se agotan todas las instancias científicas y técnicas tendientes a la aislación o eliminación de los riesgos.

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Más allá del origen del contenido, podemos rescatar ese párrafo, ya que se ve que le preguntaron a alguien que sabia. Las protecciones no deben ser permanentes, sino un paliativo temporal. Quiere decir que si la planta esta hace tiempo y en todo ese lapso no se tomaron medidas para mejorar las condiciones, se esta incumpliendo con la ley ( como dice el artículo 190). Más allá – te repito que sea un decreto ley firmado por un dictador , condenado por la justicia por crímenes de lesa humanidad - . Veamos el artículo que hace referencia a los zapatos Artículo 197º) Para la protección de las extremidades inferiores, se proveerá al trabajador de zapatos, botines, polainas o botas de seguridad adaptadas a los riesgos a prevenir . Cuando exista riesgo capaz de determinar traumatismos directos en los pies, los zapatos, botines, o botas de seguridad llevarán la puntera con refuerzos de acero. Si el riesgo es determinado por productos químicos o líquidos corrosivos, el calzado será confeccionado con elementos adecuados, especialment e la suela y cuando se efectúen tareas de manipulación de metales fundidos, se proporcionará al calzado aislación con amianto. Que dicen los que recomiendan su uso lo que se refiere al tiempo durante el cual haya de llevarse, se determinará en función de: • Gravedad del riesgo. • Frecuencia de la exposición al riesgo. • Características del puesto de trabajo de cada usuario. Quiere decir, que no hace falta en todo lugar, su uso, sino en función de hacer una análisis a modo de fallos, cuantificando a partir de que valor, debe hacerse. Ahora, somos profesionales y sabemos algo, que nadi e se atreve a expresar, pero tengo que decírtelo. El origen de esto vino porque las empresas agrupadas en entidades gremiales empresarias – aprovechando que había una dictadura militar - presiono para no tener que pagar ( cuando se hizo el decreto en 1979) ante accidentes, si había provisión de los implementos de seguridad. Luego de que años anteriores hubiera conflictos gremiales donde los trabajadores tenían mas peso,ya que la CGT era parte del gobierno peronista de 1973. Así que esto surgió como reacción, no por algo pensado y necesario. Claro es más barato darle a una persona un par de z apatos de U$S 15 que poner las cosas en condiciones, para que efectivame nte haya seguridad.

2.- el uso contínuo, contrario a la filosofía de me jora – Kaizen - Me basta llegar a una empresa, para saber si realmente adhiere a la filosofía de la mejora contínua o si solo son declamaciones. Solo tengo que mirar el rol que le dan y el “poder” que le otorgan a las recomendaciones de quienes hacen SSHH. Si estos se tornan en cruzados que persiguen al personal, porque no usan los implementos que se proveyeron por falta de “seguridad” , se transforman en el brazo “sin armas” de los dictadores que promovieron y promulgaron esas leyes. No por no proteger al personal, sino para “perseguir y castigar”, de modo que asegure que las empresas no se les haga demandas. No se puede alegar que se hace para “proteger a los trabajadores” sino hay planes concretos de mejora de las condiciones que producen las condiciones de inseguridad. Y que no hay “protecciones” que brinden seguridad, sino que atenúan los efectos. Y que no deben prolongarse en el tiempo. Si eso ocurre es porque precisamente no hay seguridad, que es lo que se quiere lograr. Casos que vemos a menudo son: pasillos obstruidos, apilado de productos de forma inestable, productos que obstruyen la visual, no marcación de zonas peligrosas, falta de cercos perimetrales que impidan el paso, falta de luz, vibraciones, calor excesivo, humos de soldadura, ruidos ensordecedores, derrames de lubricantes al lado de las máquinas y un largo etc. Sin embargo si uno revisa los registros de quienes se dedican a la sshh, no se ven planes y la gestión de recursos, responsables y fechas de cumplimiento, para que esto que causa las condiciones de “inseguridad” no se prolonguen en el tiempo.

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Siempre que los responsables de SSHH recurren a soluciones de U$S 1, para “proteger” a los trabajadores. Se ve que siempre se prioriza “quedar bien” con el que les paga el sueldo, en vez de hacer lo que corresponde profesionalmente. ¿ Que ocurre con aquellas empresas, que “supuestamente” son más organizadas? Muchas incluso de estas son multinacionales y están certificadas. Más aún, hay algunas que dicen que realizan kaizen. Sin embargo pasan los años y las personas siguen usando “zapatos de inseguridad” como si fuera algo normal. Va en contra de la filosofia de la mejora contínua el usar como si fuera normal, algo que no lo es, mientras permanencen condiciones inseguras y nadie las resuelve. 3.- el factor económico y el absurdo de su aplicaci ón. Se imaginan en un gimnasio de musculación, donde hay pesas. Ahí se mueven discos y mancuernas de pesos varios ( la mayoria superiores a 20 kilos). Sin embargo, vieron a alguien con zapatos de seguridad ( intructores o clientes de los gimnasios). No verdad. Pero que dice la ley: ARTICULO 1.- Las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo se ajustarán, en todo el territorio de la República, a las normas de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten. Sus disposiciones se aplicarán a todos los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades, el medio donde ellas se ejecuten, el carácter de los centros y puestos de trabajo y la índole de las maquinarias, elementos, dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten. ARTICULO 3.- Cuando la prestación de trabajo se ejecute por terceros, en establecimientos, centros o puestos de trabajo del dador principal o con maquinarias, elementos o dispositivos por él suministrados, éste será solidariamente responsable del cumplimiento de las disposiciones de esta ley. Quiere decir que como la ley es aplicable a todos l os ámbitos, siguiendo el mismo criterio, en esos lugares debieran usarse, porque hay probabilidad qu e un disco o una barra se caiga sobre los pies. Sin embargo no se aplica ¿Por qué no? Por una cuest ión de sentido común, que es una pavada, escondida detrás de un trasfondo económico, donde l as empresas no quieren que les hagan juicio. No es por otra cosa que se “obliga” a usar zapatos de seguridad, no porque sean necesarios. Veamos otro ejemplo por el absurdo. Dicen los que se dedican a la seguridad e higiene, que se deben usar zapatos porque como hay vehículos que pueden “aplastar” los dedos de una persona. ¿Se imaginan si todos como peatones, debiéramos usar esos “mamotretos de zapatos” porque cada vez que cruzamos una calle, puede haber un vehículo que nos pise los dedos? Absurdo verdad. Veamos otro caso que me ha tocado vivir. Hace unos años atrás, mediante la industria del juicio, en los supermercados, se empezó a pedirle a los terceros – repositores externos – que usen zapatos de seguridad y casco, cuando estaban sacando los productos del almacen. ¿ Porque no le piden a todos los clientes que usen casco y zapatos de seguridad cuando van de compras a los supermercados? Ya que cuando sacan productos de los estantes de arriba de las góndolas o estanterías corren el mismo riesgo. ¿Y si van acompañados por niños, no podría causar la muerte que una lata de cerveza de esas de 5 litros lo golpee en la cabeza? Otro absurdo. En las estaciones de servicio, a los empleados que cargan combustible les hacen usar zapatos ( porque un vehículo les puede pisar el pie, o porque puede haber derrame de combustible). Sin embargo a los clientes que se bajan de los autos y van al drugstore a comprar, circulan por las mismas dársenas con igual “grado de probabilidad” que les ocurra lo mismo, y sin embargo se les permite y no se los obliga a nada. Por que no? ¿Acaso la seguridad de unos es más importante que la de los otros?

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Por supuesto que hay profesionales que obligan a los empleados a usar cosas que no son necesarias, para que las empresas “queden a cubiertos de juicios” no porque sean necesarias. Pero nada dicen de lo peligroso que son las estaciones de combustible – líquido y gaseoso – tanto en su funcionamiento como durante la descarga de combustible. Y la carga de fuego que existe no la pueden compensar con los pocos matafuegos disponibles. Sin embargo el interés económico prevalece y todos miran para otro lado haciendo que funcionen instalaciones altamente peligrosas en centros urbanos superpoblados. Un absurdo más. Me crié al lado de uno de los molinos más grandes del país. A los camioneros que iban a hacer la descarga, le pedían cuando entraban a la planta que usaran casco y zapatos de “seguridad”. Sino no los dejaban descargar. “Para cuidarlos”. Sin embargo esas mismas empresas los obligaban a traer el cereal fumigado – con productos que afectaban la salud de esos trabajadores – para no perder tiempo dentro de la planta. Pero claro como eso se realizaba fuera de las instalaciones de la empresa, no era “su responsabilidad” si los camioneros morían por aspirar los gases tóxicos de esos productos, mientras esperaban para la descarga, fuera de la planta. Todo en el nombre de la seguridad e higiene. Absurdo potenciado. Hace un tiempo llego a una fábrica y un grupo de trabajadores salía de la oficina de administración con unos paquetes – parecían tetra brick - . ¿Qué les dieron, pregunte? Leche, porque son pintores, viste. Ahh y eso que tiene que ver pregunte. Resulta que dicen los de seguridad e higiene, en combinación con el sindicato, que por el tipo de trabajo que tienen – sometidos a vapores de solventes – para cuidarles la salud, deben beber leche. Se ve que deben ser trabajadores extraterrestes, que tienen los pulmones conectados con el estómago, porque la leche les va directo al estómago. En cambio los vapores, afectan las vías respiratorias. Pero si usan la máscara con filtros de carbón activado, reemplazan los cartuchos de acuerdo a su capacidad toráxica y los filtros de polvos, de igual modo, les servirá. Eso sí, háganle afeitar la barba, porque por ahí le penetran los vapores. ¿ Saben de donde viene esa falsa creencia que los pintores deben tomar leche? A principios del siglo 20 a las pinturas se les ponía plomo. Se pintaban puertas y las paredes. Cuando estas se descaraban, se dieron cuenta que había niños intoxicados con plomo. Luego llegaron a la conclusión que la leche – “que es sana como todos saben” – debía servir para prevenir. Pero pasaron 2 cosas. A mitad de la década del ´70 las fábricas dejaron de ponerle plomo. Luego además se comprobó que la leche al tener materia grasa, colaboraba para fijar el plomo al organismo. Así que aquello que “iba a ayudar” terminaba siendo perjudicial. 40 años después se siguen repitiendo los mismos errores de concepto. El absurdo de los levantamiento de pesos. Habrá ido por la calle y visto que unos muchachos sudorosos, cargan y descargan a mano, camiones de bebidas ( gaseosas, cervezas, soda). Los cráneos de la seguridad e higiene, que hicieron. Le dieron una faja lumbar para proteger la espalda baja. Error!! Lo que se debe hacer es cambiar los vehículos de reparto y poner plataformas hidráulicas de carga, para que las personas no hagan esfuerzos que ni siquiera son propios de levantadores olímpicos de pesas. Lo mismo podemos ver en las empresas. En vez de poner aparatos manipuladores de carga, le dan una faja que vale US$ 20, contra U$S 2000 de una plataforma. No digamos que las soluciones son para proteger al personal, sino el bolsillo de las empresas.

Poner a ofrecer soluciones a las personas de seguri dad e higiene, es como darle entidad a los curanderos, por sobre l os médicos.

El maltrato a los soldadores En las empresas de metalurgia, hay soldadores. Por supuesto, en los países civilizados, las máscaras de soldar son fotosensibles, por lo cual la persona no tiene que andar, subiéndose y bajando la máscara a cada rato y los proteje además de las radiaciones. Sin embargo, me remito a una gran entidad en materia de soldadura – uno de los mejores – que es el ing. De Vedia, a quién tuve de profesor. Él siempre sostenía que “en la soldadura hay 2 consumibles: el electrodo y el soldador”.

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¿Y profesor le preguntamos, como se evita eso? Bueno en los países del primer mundo, en lugares cerrados, es obligatorio los extractores de humo, para los que sueldan. Por supuesto que en la Argentina eso no se da, porque hay gente que no sabe, pero que sin embargo hizo un cursito ( aunque sea de posgrado, aunque cada día ahora en más provincias ese trabajo lo hacen técnicos) y se cree que sabe. E indica. Por ejemplo, que los soldadores deben tener polainas o mangas y delantal de descarne, pero nada dicen en los informes que escriben, que los soldadores deben usar máscaras para protegerse de los humos de soldadura, que no son precisamente alimento , para la salud humana. Un día escuche a uno de estos brutos titulados, que como el electrodo tenía como fin proteger a la pileta, el fundente era de CO2 y eso era inocuo para la salud. De más está decir que no solo que es erróneo, sino que además de ese modo, la salud de los soldadores empeora a diario. No es de extrañar además que se permita en horarios de trabajo, fumar a las personas que sueldan. ¿Saben por qué? Porque así no hay necesidad de darles barbijos que los protejan de los humos. Además porque los cigarrillos tienen tantos tóxicos, que si el día de mañana alguien quiere hacerle juicio a una empresa, los tóxicos que estos poseen enmascararían cualquier resultado que pudiera achacársele a una enfermedad profesional, derivada de la falta de uso de una máscara protectora de humos. Otro absurdo: ¿Conocen la cocina de un restaurant? Fuego en las hornallas, fuentes calientes, planchas y ollas recién salidas del horno, objetos cortantes y punzantes. ¿Se imaginan a ellos usando guantes de malla de acero, para prevenir cortes? No verdad. O usando en vez de delantal, un delantal de descarne – como el que le proveen a los soldadores -, por si le salta aceite hirviendo. O mejor aún, delantales como los que se usan en un alto horno – para reflejar los rayos infrarojos – y asi no tengan calor. Y si ud. Es cliente, no se extraña que no le den trajes de neoprene a la entrada, porque tal vez un mozo nuevo o distraído le vuelca la sopa caliente sobre su humanidad. ¿Por qué eso no pasa? Porque es una ridiculez, como muchas de las medidas a las que se somete a los empleados de las empresas, en vez de solucionar los problemas de raíz, para que haya una mejor calidad de trabajo. No dando una solución parcial basada en un criterio económico. ¿Que nos dicen estos casos? Hay doble estándares y moral, a la hora de exigir a quienes no pueden optar – como los empleados – sometiéndolos a tener que usar implementos de “seguridad” que en realidad lo que muestran es que hay “inseguridad” por eso deben tener que usare. Estos implementos son más de tortura, que de protección. Basta ver como le quedan los pies a las personas, después de usarlos largo tiempo. O como cambian su postura y los problemas de columnas que poseen por usar implementos, contrario, a las formas naturales de comodidad. Sin embargo las empresas, cuidan poco o nada el medio ambiente – con emisiones, derrame de líquidos, humos, ruidos a vecinos, y un largo etcétera. Para ese tipo de comportamientos, la seguridad e higiene no se aplica. Y los que firman en el rol , miran para otro lado. ¿Como se llama eso? Me vino a la mente una palabrita. Hipocresía. Pero no sé porque se me ocurrió. ¿Es necesaria el uso de implementos de seguridad? Si, pero deben estar lo suficientemente justificados, para no hacer la tarea diaria, un peso más que deben soportar quienes trabajan. El hecho de ser países subdesarrollados, no da derechos, que basándose en una supuesta legalidad, se “proteje” a los trabajadores con simples instrumentos, que son una fachada, para mantener la supuesta “seguridad” cuando en realidad lo que hacen , es prolongar en el tiempo las malas condiciones de trabajo, cuando las empresas debieran implementar medidas concretas de seguridad, que mitiguen o anulen , los productos o condiciones que causan daño a la salud. Todo para gastar menos dinero. ¿Como se manifiesta esto en las empresas? Que las empresas entregan algunos implementos. Hacen firmar por ello. Para protegerse legalmente, no porque crean que deba ser una situación transitoria y haya planes con plazos y recursos concretos, capacitación efectiva – y no las fotocopias que se dan en charlas de 10 minutos – sobre el uso de implementos de seguridad. En síntesis, recuerden que cada vez que se encuentran con gente que hace mención a la ley de seguridad e higiene, está haciendo aplicar las leyes sancionadas en dos dictaduras.

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UNA COSA MAS Cierro con una anécdota. Hace más de 15 años, trabajando en una empresa ( la más grande de su rubro en el país en la construcción de vehículos de carga) salí a recorrer la planta con uno de sus dueños. La planta era lo más parecido a Irak en plena guerra, que a una metalúrgica. Pasillos obstruidos o falta de ellos. Gente soldando , amolando sin mamparas y otros a unos 3 metros pintando – todo dentro del mismo galpón - . Montones de vigas IPN, apiladas unas sobre otras, atados con los alambres de fábrica para descargar con el puente grúa. ¿Pregunte como al pasar que decía el resp de sshh? Me dijo que tenía que ponerle un clip de seguridad al gancho del puente grúa. Zas, pensé para mis adentros. Con todo este kilombo y al tipo lo único que se le ocurre es esa pavada. Es como darle una aspirina a alguien que tiene un cáncer. Seguimos caminando y viendo infinidad de errores conceptuales en materia de falta métodos que promovieran la seguridad – no paliativos tontos como darles zapatos de seguridad – a gente que esta al lado de 2000 kg de vigas, que si se le caen, de poco le van a servir. Terminamos la recorrida y estábamos a punto de entrar a la oficina. Sorteamos un par de soldadores que trabajaban a metros de ahí, obstaculizando el paso y generando un ruido infernal. En eso, aparece un perro por el portón de entrada . De esos que callejeros, que hay en todos los parques industriales. Ahh, me dice el dueño de la fábrica, con cara de preocupado. Estos perros si que son un problema. Son causa seguro de de accidentes!!! No sabemos como sacárnoslos de encima. Moraleja: el resto de las cosas que ahí había, les parecían normal a todos. Menos los perros. Porque el desorden es sinónimo de actividad. Y ya se sabe que la actividad implica que hay clientes, pedidos y trabajo para todos. SINTESIS La mejora contínua tiene que estar en manos de profesionales capacitados, no puede ejercerse llenando cuadernos o carpetas que dan un viso de legalidad, pero que nada cambia. Por el absurdo se pueden demostrar que hay prácticas que no tienen razón de existir. ¿ Se imaginan a futbolistas, jugadores de rugby o basquetbolistas haciendo sus deportes profesionales corriendo con zapatos de punta de acero, porque otros los pueden pisar con sus tapones o se les puede caer un jugador de 100 kg sobre sus dedos y deben protegerselos? No nos podemos acostumbrar a que existan en vigencia leyes de la dictadura militar. Es tarea de todos fomentar que se cambien y se adopten practicas que hagan que todo el mundo pueda – si quiere – andar en ojotas por la planta, porque es enteramente segura. Si en tu empresa pasan cosas como esta, podes escribirme a [email protected] , contándome de lo que viviste. Opiniones y sugerencias al mismo mail.

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ANEXO ¿Cualquier calzado con puntera de acero puede considerarse un elemento de seguridad? NO. Para considerarse un elemento de seguridad debe estar certificado como tal según lo expresa la resolución 896/99. ¿Que es la resolución 896/99? Es una resolución de la Ex Secretaría de Industria, Comercio y Minería ( de Argentina) que establece los requisitos esenciales de seguridad que deben cumplir los Elementos de Protección Personal que se comercialicen en el país. ¿Un calzado no certificado, brinda la misma seguridad que uno que si lo está? NO. A los calzados de seguridad certificados se le realizan una serie de ensayos que aseguran una óptima protección. Además de las pruebas que se realizan al producto, el organismo certificador audita los sistemas productivos del fabricante periódicamente para verificar que todas las partidas se fabriquen con el mismo estándar de calidad. ¿Un calzado fabricado bajo norma equivale a decir que está certificado? NO. Existen comerciantes y fabricantes que así lo afirman pero en la práctica lo que generalmente ocurre es que confeccionan un único par bajo las especificaciones de la norma, lo hacen ensayar normalmente en algún instituto privado y consiguen un certificado que indica que ese par exclusivamente responde a la norma. Esto no asegura y garantiza que el resto de las partidas y productos que se fabriquen también cumplan con los requisitos establecidos en las normas. De hecho ninguno de los fabricantes informales dispone de sistemas de calidad. ¿Si un fabricante tiene certificado un modelo, ello implica que todos los modelos que produce también los están? NO. Cada modelo debe estar certificado específicamente ¿Como se verifica en la práctica que un calzado está certificado? El calzado debe exhibir en lugar visible, grabado o aplicado en forma indeleble, sellos que se muestran a continuación y que verifican que el producto cumple con la resolución 896/99. ¿Quiere decir que si traigo un zapato certificado en Alemania pero no en Argentina, estoy incumpliendo? Si. Es una locura pero las resoluciones tienen mucho de lobby y no siempre son lo mejor desde el punto de vista técnico. Alcanza con esto para que te pidan que uses zapatos de seguridad? No. El Análisis de los riesgos debe tener en cuenta que el calzado de seguridad, como equipo de protección individual que es, debe utilizarse cuando los riesgos presentes en el lugar de trabajo no se evitan con medios de protección colectiva técnicos o bien por medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo (principio de utilización). El análisis de los riesgos no responde a criterios preestablecidos y debe ser realizado por la empresa teniendo en cuenta el origen y forma de los riesgos (caídas de objetos, golpes, aplastamientos, pinchazos, etc.). Además el análisis de los riesgos ha de ser lo más riguroso posible, no deteniéndose en simples valoraciones cualitativas. Al contrario, la cuantificación aún aproximada de los riesgos, resulta de gran importancia. No basta con hacer referencia a riesgos por caídas de objetos o aplastamiento. Habrá de hacerse hincapié en su peso aproximado, alturas de caída, impactos en caída libre o proyectados a velocidad, etc. Igualmente deben especificarse datos relativos a temperatura y humedad del puesto de trabajo, ambiente corrosivo, contacto con agua, disolventes, líquidos corrosivos o no y cualesquiera otros que ayuden a completar el análisis.

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¿Cuales son las características necesarias para que los calzados respondan a los riesgos? las prestaciones de los calzados de seguridad debe tener en cuenta una serie de factores que son propios al origen y forma de los riesgos valorados. • Resistencia al impacto en caída libre. • Resistencia a las proyecciones de objetos a velocidad. • Resistencia al aplastamiento. • Resistencia a la perforación. • Resistencia al plegado. • Resistencia a la corrosión de punteras y plantillas de seguridad metálicas. • Resistencia a agentes químicos. • Impermeabilidad al agua, disolventes, etc. • Características antideslizantes de la suela. • Cierta resistencia al contacto con partículas incandescentes o a altas temperaturas. La cuantificación de los riesgos implica la determinación de las prestaciones de los calzados para que éstos sean adecuados a los riesgos de los que haya que protegerse. Existen Normas que clasifican a los zapatos en diferentes grados, como ser Calzado de seguridad, clase I • Caída de objetos con energía máxima de impacto de 20 Kgm (196 J). • Resistencia al aplastamiento de la puntera: 1500 Kgf (14.7 kN) de carga estática. • Resistencia al plegado. • Resistencia a la corrosión, en el caso de que la puntera de seguridad fuera metálica. Calzado de seguridad, clase II • Resistencia a la perforación de la plantilla de seguridad: 110 Kgf (1078 N) a una velocidad máxima de aplicación del punzón de 12.5 mm/min. • Resistencia al plegado. • Resistencia a la corrosión, en el caso de que la plantilla de seguridad fuera metálica. Calzado de seguridad, clase III • Caída de objetos con energía máxima de impacto de 2.0 Kgm (196 J). • Resistencia al aplastamiento de la puntera: 1500 Kgf (14.7 kN) de carga estática. • Resistencia al plegado. • Resistencia a la perforación de la plantilla de seguridad: 110 Kgf (1078 N) a una velocidad máxima de aplicación del punzón de 12.5 mm/min. • Resistencia a la corrosión, en el caso de que la puntera y/o plantilla fueran metálicas. TIPO 1,2, 3

RIESGOS Clase de calzado 1 2 3

específicos Caídas de objetos, golpes, aplastamientos x Pinchazos x Caídas de objetos, golpes, aplastamientos, pinchazos x