diario oficial 17 de marzo 2015 · derogándose con ello el decreto ejecutivo no. 45 de fecha 15 de...

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S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 406 SAN SALVADOR, MARTES 17 DE MARZO DE 2015 NUMERO 52 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 3-26 27-29 30-32 32 Pág. 32-46 47-49 50-51 52 52 53 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 01-0354, 01-0378, 01-0388, 01-0392, 01- 0396, 01-0403, 01-0404, 01-0405, 01-0413, 01-0417, 01-0423, 01-0426, 01-0444, 01-0446, 01-0448, 01-0449, 01-0452, 01-0455, 01-0456, 01-0457, 01-0458, 01-0459, 01-0460, 01-0461, 01-0464, 01-0465, 01-0466, 01-0467, 01-0472, 01-0473, 01-0474, 01-0475, 01-0476, 01-0477, 01-0478, 01-0479, 01-0480, 01-0481, 01-0487, 01-0498, 01-0504 y 01-507.- Se concede el carácter de persona jurídica a diferentes Consejos Directivos Escolares. ................. Acuerdos Nos. 15-1812, 15-1977, 15-1979 y 15-1887.- Reconocimiento de Directoras y Ampliación de Servicios educativos. ................................................................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 977-D, 11-D, 12-D, 27-D, 28-D, 50-D, 56-D, 64-D, 80-D, 82-D, 98-D y 107-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ............................. Acuerdo No. 1004-D.- Se modifican dos Acuerdos emitidos por la Corte Suprema de Justicia, a nombre de la Licenciada Marlene del Socorro Yada Córdova. ......................................... Acuerdos Nos. 123-D (2), 124-D (9), 125-D (24), 126-D (17) y 127-D (6).- Autorizaciones para ejercer las funciones de notario. ....................................................................................... INSTITUCIONES AUTÓNOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decretos Nos. 1 y 2.- Reformas a las Ordenanzas Reguladoras de “Tasas por Servicios Municipales” y de la “Prestación del Servicio del Mercado Municipal”, de la ciudad de El Rosario, departamento de La Paz. ............................................................ Decreto No. 2.- Ordenanza Transitoria de Exención de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos Municipales, a favor del municipio de El Tránsito, departamento de San Miguel. ........................................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Aviso de Inscripción........................................................ Herencia Yacente ............................................................ DE TERCERA PUBLICACION Aceptación de Herencia .................................................. DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 406 SAN SALVADOR, MARTES 17 DE MARZO DE 2015 NUMERO 52

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

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53

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 01-0354, 01-0378, 01-0388, 01-0392, 01-0396, 01-0403, 01-0404, 01-0405, 01-0413, 01-0417, 01-0423, 01-0426, 01-0444, 01-0446, 01-0448, 01-0449, 01-0452, 01-0455, 01-0456, 01-0457, 01-0458, 01-0459, 01-0460, 01-0461, 01-0464, 01-0465, 01-0466, 01-0467, 01-0472, 01-0473, 01-0474, 01-0475, 01-0476, 01-0477, 01-0478, 01-0479, 01-0480, 01-0481, 01-0487, 01-0498, 01-0504 y 01-507.- Se concede el carácter de persona jurídica a diferentes Consejos Directivos Escolares. .................

Acuerdos Nos. 15-1812, 15-1977, 15-1979 y 15-1887.- Reconocimiento de Directoras y Ampliación de Servicios educativos. .................................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 977-D, 11-D, 12-D, 27-D, 28-D, 50-D, 56-D, 64-D, 80-D, 82-D, 98-D y 107-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. .............................

Acuerdo No. 1004-D.- Se modifi can dos Acuerdos emitidos por la Corte Suprema de Justicia, a nombre de la Licenciada Marlene del Socorro Yada Córdova. .........................................

Acuerdos Nos. 123-D (2), 124-D (9), 125-D (24), 126-D (17) y 127-D (6).- Autorizaciones para ejercer las funciones de notario. .......................................................................................

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decretos Nos. 1 y 2.- Reformas a las Ordenanzas Reguladoras de “Tasas por Servicios Municipales” y de la “Prestación del Servicio del Mercado Municipal”, de la ciudad de El Rosario, departamento de La Paz. ............................................................

Decreto No. 2.- Ordenanza Transitoria de Exención de Intereses y Multas Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos Municipales, a favor del municipio de El Tránsito, departamento de San Miguel. ...........................................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Aviso de Inscripción ........................................................

Herencia Yacente ............................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

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142-152

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Título Municipal ..............................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Reposición de Póliza de Seguro ......................................

Marca de Producto ..........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Marca de Fábrica ............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Título Municipal ..............................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Reposición de Póliza de Seguro ......................................

Marca de Producto ..........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Título Municipal ..............................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

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3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 01-0354

San Salvador, 29 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

No. 01-0079, de fecha 23 de julio de 2013, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

SANTA LUCÍA, para administrar el CENTRO ESCOLAR SANTA LUCÍA con Código de Infraestructura 60339, ubicado en COLONIA SANTA

LUCÍA, CANTÓN LOS MAGUEYES, del Municipio de AHUACHAPÁN, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería

jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado.

POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones lega-

les, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de

liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo

Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR SANTA LUCÍA, con Código de Infraestructura 60339, ubicado COLONIA SANTA LUCÍA, CAN-

TÓN LOS MAGUEYES, Municipio de AHUACHAPÁN, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada

en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación

Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del

Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación

relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario

Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0378

San Salvador, 29 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

No. 15-1522, de fecha 24 de julio de 1998 se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CASERÍO EL RODEO II, CANTÓN EL RODEO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL RODEO II, CANTÓN EL RODEO, con

Código de Infraestructura 60087, ubicado en CASERÍO EL RODEO II, CANTÓN EL RODEO, J/TACUBA , AHUACHAPÁN, del Municipio de

TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el

Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cum-

plimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación

antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por

el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO

EL RODEO II, CANTÓN EL RODEO, con Código de Infraestructura 60087, ubicado en CASERÍO EL RODEO II, CANTÓN EL RODEO, J/

TACUBA, AHUACHAPÁN, Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada

en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación

Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del

Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación

relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario

Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0388

San Salvador, 29 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre

de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitu-

ción de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de

Acuerdo No. 15-1416, de fecha 19 de septiembre de 2000, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO

ESCOLAR CASERÍO LOS ALTUVE, CANTÓN GUACHIPILÍN, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS ALTUVE, CANTÓN

GUACHIPILÍN, con Código de Infraestructura 86342, ubicado en CASERÍO LOS ALTUVE, CANTÓN GUACHIPILIN, J/SAN PEDRO PUXTLA,

AHUACHAPÁN, del Municipio de SAN PEDRO PUXTLA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería jurídica sólo para

efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO,

en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA:

I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de

conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que

administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS ALTUVE, CANTÓN GUACHIPILÍN, con Código de Infraestructura 86342, ubicado CASE-

RÍO LOS ALTUVE, CANTÓN GUACHIPILIN, J/SAN PEDRO PUXTLA, AHUACHAPÁN, Municipio de SAN PEDRO PUXTLA, Departamento

de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar

Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo

Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que queda-

ron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo

entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 01-0392

San Salvador, 29 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

No. 4754, de fecha 3 de septiembre de 1991, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CANTÓN LA ESPERANZA, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN LA ESPERANZA, con Código de Infraestructura 60049, ubicado

en CANTÓN LA ESPERANZA, J/GUAYMANGO, AHUACHAPÁN, del Municipio de GUAYMANGO, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual

conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro

educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo

y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fe-

cha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad

Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN LA ESPERANZA, con Código de Infraestructura 60049,

ubicado CANTÓN LA ESPERANZA, J/GUAYMANGO, AHUACHAPÁN, Municipio de GUAYMANGO, Departamento de AHUACHAPÁN,

en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para

realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar

antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de

realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia

ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0396

San Salvador, 29 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

No. 01-0086, de fecha 15 de abril de 2004, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

"PAZ Y PROGRESO", para administrar el CENTRO ESCOLAR "PAZ Y PROGRESO", con Código de Infraestructura 60262, ubicado en Casa Co-

munal frente al Parque Paz y Progreso, Cantón La Hachadura del Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPÁN,

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el

centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano

Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir

de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir

Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "PAZ Y PROGRESO", con Código de Infraestructura

60262, ubicado en Casa Comunal frente al Parque Paz y Progreso, Cantón La Hachadura, Municipio de SAN FRANCISCO MENÉNDEZ, Departa-

mento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador

Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al

Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos

que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo

Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0403

San Salvador, 30 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

No. 15-956, de fecha 3 de enero de 1995, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CANTÓN PEPENANCE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN PEPENANCE, con Código de Infraestructura 60023, ubicado en

CANTÓN PEPENANCE, J/ATIQUIZAYA, del Municipio de ATIQUIZAYA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería

jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado.

POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones lega-

les, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de

liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo

Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN PEPENANCE, con Código de Infraestructura 60023, ubicado en CANTÓN PEPE-

NANCE, J/ATIQUIZAYA, Municipio de ATIQUIZAYA, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada

en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación

Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del

Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación

relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario

Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 01-0404

San Salvador, 30 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0728, de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS PIN, CANTÓN LOS HUATALES, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS PIN, CANTÓN LOS HUATALES, con código de infraestructura 86491, ubicado en CASERÍO LOS PIN, CANTÓN LOS HUATALES, J/AHUACHAPAN, AHUACHAPAN, del Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los proce-dimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS PIN, CANTÓN LOS HUATALES, con código de infraestructura 86491,ubicado en CASERÍO LOS PIN, CANTÓN LOS HUATALES, J/AHUACHAPAN, AHUACHAPAN, Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0405

San Salvador, 30 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No, 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 4754, de fecha 3 de septiembre de 1991, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL ROSARIO, CANTÓN EL ROSARIO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL ROSARIO, CANTÓN EL ROSARIO, con código de infraestructura 60047, ubicado en CASERÍO EL ROSARIO, CANTÓN EL ROSARIO, J/GUAYMANGO, AHUACHAPAN, del Municipio de GUAYMANGO, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades consti-tucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCO-LAR CASERÍO EL ROSARIO, CANTÓN EL ROSARIO, con código de infraestructura 60047, ubicado en CASERÍO EL ROSARIO, CANTÓN EL ROSARIO, J/GUAYMANGO, AHUACHAPAN, Municipio de GUAYMANGO, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0413

San Salvador, 30 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0753, de fecha 7 de agosto de 1996, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO AHUACHAPIO, CANTÓN LA FALLA, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO AHUACHAPIO, CANTÓN LA FALLA, con código de infraestructura 60053, ubicado en CASERÍO AHUACHAPIO, C/ LA FALLA, J/JUJUTLA, AHUACHAPAN del Municipio de JU-JUTLA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cum-plimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO AHUACHAPIO, CANTÓN LA FALLA, con código de infraestructura 60053, ubicado en CASERÍO AHUACHAPIO, CANTÓN LA FALLA, J/JUJUTLA, AHUACHAPAN, Municipio de JUJUTLA, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0417

San Salvador, 30 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0994, de fecha 10 de septiembre de 1996, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR HACIENDA SAN RAYMUNDO, CANTÓN LA COYOTERA, para administrar el CENTRO ESCOLAR HACIENDA SAN RAYMUNDO, CANTÓN LA COYOTERA, con código de infraestructura 60009, ubicado en CASERÍO HACIENDA SAN RAYMUNDO, CANTÓN LA COYOTERA, J/AHUACHAPAN, AHUACHAPAN, del Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR HACIENDA SAN RAYMUNDO, CANTÓN LA COYOTERA, con código de infraestructura 60009, ubicado en CASERÍO HACIENDA SAN RAYMUNDO CANTÓN LA COYOTERA, J/AHUACHAPAN, AHUACHAPAN, Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 01-0423

San Salvador, 30 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTE-MA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de no-viembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 01-0090, de fecha 26 de abril de 2004, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR HACIENDA SAN CAYETANO, CANTÓN LLANO DE LA LAGUNA, para administrar el CENTRO ESCOLAR HACIENDA SAN CAYETANO, CANTÓN LLANO DE LA LAGUNA, con código de infraestructura 60268, ubicado en CANTÓN LLANO DE LA LAGUNA, del Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los proce-dimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR HACIENDA SAN CAYETANO, CANTÓN LLANO DE LA LAGUNA, con código de infraestructura 60268, ubicado en CANTÓN LLANO DE LA LAGUNA Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0426

San Salvador, 30 de octubre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTE-MA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de no-viembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-1522, de fecha 24 de julio de 1998, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL PORVENIR, CANTÓN EL ZAPOTE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL PORVENIR, CANTÓN EL ZAPOTE, con código de infraestructura 60076, ubicado en CASERÍO EL PORVENIR, CANTÓN EL ZAPOTE, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, del Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL PORVENIR, CANTÓN EL ZAPOTE, con código de infraestructura 60076, ubicado en CASERÍO EL PORVENIR, CANTÓN EL ZAPOTE, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Mi-nisterio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0444

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No.

15-1437, de fecha 20 de septiembre de 2000, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CASERÍO EL PARAISO, CANTÓN SAN JOSÉ EL NARANJO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL PARAISO, CANTÓN SAN

JOSÉ EL NARANJO, con Código de Infraestructura 86341, ubicado en CASERÍO EL PARAISO, CANTÓN SAN JOSÉ EL NARANJO, J/JUJUTLA,

AHUACHAPÁN, del Municipio de JUJUTLA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de

liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de

las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la

Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad

a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el

CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL PARAISO, CANTÓN SAN JOSÉ EL NARANJO, con Código de Infraestructura 86341, ubicado en CASERÍO

EL PARAISO, CANTÓN SAN JOSÉ EL NARANJO, J/JUJUTLA, AHUACHAPÁN, Municipio de JUJUTLA, Departamento de AHUACHAPÁN,

en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para

realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar

antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de

realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia

ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0446

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución

de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuer-

do No. 1633, de fecha 3 de enero de 1994, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CANTÓN EL DIAMANTE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL DIAMANTE, con Código de Infraestructura 60057, ubicado

en CANTÓN EL DIAMANTE, J/JUJUTLA, AHUACHAPÁN, del Municipio de JUJUTLA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará

su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás

disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, que-

dando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica

al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL DIAMANTE, con Código de Infraestructura 60057, ubicado

en CANTÓN EL DIAMANTE, J/JUJUTLA, AHUACHAPÁN Municipio de JUJUTLA, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la

Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias

tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV)

Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación

Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de

su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0448

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

No. 524, de fecha 6 de enero de 1992, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASE-

RÍO ASHUQUEMA, CANTÓN EL NÍSPERO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO ASHUQUEMA, CANTÓN EL NÍSPERO, con

Código de Infraestructura 60086, ubicado en CASERÍO ASHUQUEMA CANTÓN EL NISPERO, J/ TACUBA, AHUACHAPÁN, del Municipio de

TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el

Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cum-

plimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación

antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por

el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO

ASHUQUEMA, CANTÓN EL NÍSPERO, con Código de Infraestructura 60086, ubicado CASERÍO ASHUQUEMA, CANTÓN EL NISPERO, J/

TACUBA, AHUACHAPÁN, Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada

en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación

Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del

Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación

relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario

Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0449

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

No. 4754, de fecha 3 de septiembre de 1991, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CASERÍO LOS RIVAS, CANTÓN CAUTA ABAJO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS RIVAS, CANTÓN CAUTA ABAJO,

con Código de Infraestructura 60038, ubicado en CASERÍO LOS RIVAS, CANTÓN CAUTA ABAJO, J/GUAYMANGO, AHUACHAPÁN, del

Municipio de GUAYMANGO, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo

que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades consti-

tucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal

para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos

establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR

CASERÍO LOS RIVAS, CANTÓN CAUTA ABAJO, con Código de Infraestructura 60038, ubicado en CASERÍO LOS RIVAS, CANTÓN CAUTA

ABAJO, J/GUAYMANGO, AHUACHAPÁN, Municipio de GUAYMANGO, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación

Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas

por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los

miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para

la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación

en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0452

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

No. 15-0348, de fecha 1 de abril de 1997, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CASERÍO EL CARMEN, CANTÓN EL JOBO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL CARMEN, CANTÓN EL JOBO, con

Código de Infraestructura 60106, ubicado en CASERÍO EL CARMEN CANTÓN EL JOBO, J/TURIN, AHUACHAPÁN del Municipio de TURIN,

Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento

del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes men-

cionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio

de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL CARMEN,

CANTÓN EL JOBO, con Código de Infraestructura 60106, ubicado en CASERÍO EL CARMEN CANTÓN EL JOBO, J/TURIN, AHUACHAPÁN

Municipio de TURIN, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III)

Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el

Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las

transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores.

V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0455

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

No. 15-0728, de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CASERÍO LOS COPINOLES, CANTÓN EL CHAGUITE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS COPINOLES, CANTÓN EL

CHAGUITE con Código de Infraestructura 86494, ubicado en CASERÍO LOS COPINOLES, CANTÓN EL CHAGUITE, J/TACUBA, AHUACHAPÁN

del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que

se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitu-

cionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal

para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos

establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR

CASERÍO LOS COPINOLES, CANTÓN EL CHAGUITE, con Código de Infraestructura 86494, ubicado CASERÍO LOS COPINOLES, CANTÓN

EL CHAGUITE, J/TACUBA, AHUACHAPÁN Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comu-

nal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por

la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los

miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para

la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación

en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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Page 14: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0456

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre

de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitu-

ción de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de

Acuerdo N° 15-1416, de fecha 19 de septiembre de 2000, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO

ESCOLAR CASERÍO EL DURAZNEÑO, CANTÓN EL CHAGÜITE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL DURAZNEÑO,

CANTÓN EL CHAGÜITE con código de infraestructura 86346, ubicado en CASERIO EL DURAZNEÑO, CANTÓN EL CHAGÜITE, J/TACUBA,

AHUACHAPAN, del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de

liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de

las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la

Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad

a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará

el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL DURAZNEÑO, CANTÓN EL CHAGÜITE, con código de infraestructura 86346,ubicado en CASERIO EL

DURAZNEÑO, CANTÓN EL CHAGÜITE, J/TACUBA, AHUACHAPAN, Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, en susti-

tución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar

transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes men-

cionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar

a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho

días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0457

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

N° 15-0728, de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CASERÍO LA CARRASPOSA, CANTÓN EL RODEO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LA CARRASPOSA, CANTÓN EL

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

RODEO, con código de infraestructura 86495, ubicado en CASERIO LA CARRASPOSA, CANTÓN EL RODEO, J/ TACUBA, AHUACHAPAN,

del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que

se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitu-

cionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal

para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos

establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR

CASERÍO LA CARRASPOSA, CANTÓN EL RODEO, con código de infraestructura 86495, ubicado CASERIO LA CARRASPOSA, CANTÓN

EL RODEO, J/ TACUBA, AHUACHAPAN, Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal

relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la

Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los

miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para

la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación

en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0458

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-

ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE),

derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de

la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo

N° 01-0085, de fecha 15 de abril de 2004, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR

CASERÍO LAS MERCEDES, CANTÓN EL SINCUYO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LAS MERCEDES, CANTÓN EL

SINCUYO, con código de infraestructura 60261, ubicado en Caserío Las Mercedes, Cantón El Sincuyo del Municipio de TACUBA, Departamento

de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar

que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento

Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará

de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación;

II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LAS MERCEDES, CANTÓN

EL SINCUYO, con código de infraestructura 60261, ubicado en Caserío Las Mercedes, Cantón El Sincuyo Municipio de TACUBA, Departamento

de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar

Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo

Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que queda-

ron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo

entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0459

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario Ofi cial

No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración

Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose

con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó

el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación

Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo N° 15-0728,

de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL

MARTILLO, CANTÓN JOCOTILLO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL MARTILLO, CANTÓN JOCOTILLO, con código de

infraestructura 86498, ubicado en CASERIO EL MARTILLO, CANTÓN EL JOCOTILLO, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN,

del Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos

de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de

las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la

Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad

a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el

CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL MARTILLO, CANTÓN JOCOTILLO, con código de infraestructura 86498, ubicado CASERIO EL MARTILLO,

CANTÓN EL JOCOTILLO, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento

de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar

Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo

Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que queda-

ron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo

entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0460

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario

Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de

Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación

(ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de no-

viembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único

en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por

medio de Acuerdo N° 1633, de fecha 3 de enero de 1994, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ESCOLAR CASERÍO FINCA PRETORIA, CANTÓN TALTAPANCA, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO FINCA PRETORIA,

CANTÓN TALTAPANCA con código de infraestructura 60018, ubicado en CASERIO FINCA PRETORIA CANTON TALTAPANCA, J/APANE-

CA, AHUACHAPAN, del Municipio de APANECA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos

de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de

las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la

Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad

a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará

el CENTRO ESCOLAR CASERÍO FINCA PRETORIA, CANTÓN TALTAPANCA, con código de infraestructura 60018, ubicado en CASERIO

FINCA PRETORIA CANTÓN TALTAPANCA, J/APANECA, AHUACHAPAN, Municipio de APANECA, Departamento de AHUACHAPAN,

en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para

realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar

antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de

realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia

ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0461

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA

EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en Diario Ofi cial

No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración

Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose

con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó

el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación

Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo N° 15-0651,

de fecha 30 de mayo de 2003, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "CASERIO

PROVINCIA EXTREMADURA LA MONTAÑONA, C/ AGUA FRIA", para administrar el CENTRO ESCOLAR "CASERIO PROVINCIA EX-

TREMADURA LA MONTAÑONA, C/ AGUA FRIA", con código de infraestructura 60249, ubicado en CASERIO PROVINCIA EXTREMADURA

LA MONTAÑONA, CANTON AGUA FRIA, TACUBA, AHUACHAPAN, del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual

conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro

educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo

y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha,

quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica

al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "CASERIO PROVINCIA EXTREMADURA LA MONTAÑONA, C/ AGUA

FRIA", con código de infraestructura 60249, ubicado CASERIO PROVINCIA EXTREMADURA LA MONTAÑONA, CANTON AGUA FRIA,

J/ TACUBA, AHUACHAPAN, Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada

en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación

Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del

Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación

relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario

Ofi cial. COMUNÍQUESE.-

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0464

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0994, de fecha 10 de septiembre de 1996, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCO-LAR CANTÓN MONTE HERMOSO ABAJO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN MONTE HERMOSO ABAJO, con código de infraestructura 60103, ubicado en CANTÓN MONTE HERMOSO ABAJO, J/TACUBA, AHUACHAPAN, del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN MONTE HERMOSO ABAJO, con código de infraestructura 60103, ubicado en CANTÓN MONTE HERMOSO ABAJO, J/TACUBA, AHUACHAPAN Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Ha-cienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0465

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0738, de fecha 1 de abril de 2002, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS PALMOS LA DANTA, CANTÓN LA HACHADURA, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS PALMOS LA DANTA, CANTÓN LA HACHADURA, con código de infraestructura 60209, ubicado en CASERÍO LOS PALMOS LA DANTA, CANTÓN LA HACHADURA, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ del Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS PALMOS LA DANTA, CANTÓN LA HACHADURA, con código de infraestructura 60209, ubicado en CASERÍO LOS PALMOS LA DANTA, CANTÓN LA HACHADURA, J/SAN FRANCISCO MENENDEZ, Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 01-0466

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0738, de fecha 01 de abril de 2002, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CA-SERÍO COMUNIDAD REGALO DE DIOS "RODRIGUEZ PORTH", para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO COMUNIDAD REGALO DE DIOS "RODRIGUEZ PORTH", con código de infraestructura 60207, ubicado en CASERÍO COMUNIDA REGALO DE DIOS RODRIGUEZ PORTH, CANTÓN ASHAPUCO, J/AHUACHAPAN, del Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, que-dando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO COMUNIDAD REGALO DE DIOS "RODRIGUEZ PORTH", con código de infraestructura 60207, ubicado en CASERÍO COMUNIDA REGALO DE DIOS RODRIGUEZ PORTH, CANTÓN ASHAPUCO, J/ AHUACHAPAN, Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacio-nada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0467

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0994, de fecha 10 de septiembre de 1996, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ES-COLAR CASERÍO LA MÁQUINA, CANTÓN SACRAMENTO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LA MÁQUINA, CANTÓN SACRAMENTO, con código de infraestructura 60070, ubicado en CASERÍO LA MAQUINA, CANTÓN SACRAMENTO, J/SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, del Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás dispo-siciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LA MÁQUINA, CANTÓN SACRAMENTO, con código de infraestructura 60070, ubicado en CASERÍO LA MAQUINA, CANTÓN SACRAMENTO, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los consideran-dos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0472

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0728, de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO MONTE SAGRADO, CANTÓN QUEZALAPA ABAJO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO MONTE SAGRADO, CANTÓN QUEZALAPA ABAJO, con código de infraestructura 86487, ubicado en CASERÍO MONTE SAGRADO, CANTÓN QUEZALAPA ABAJO, J/APANECA, AHUACHAPAN del Municipio de APANECA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO MONTE SAGRADO, CANTÓN QUEZALAPA ABAJO, con código de infraestructura 86487, ubicado en CASERÍO MONTE SAGRADO, CANTÓN QUEZALAPA ABAJO, J/APANECA, AHUACHAPAN, Municipio de APANECA, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Ha-cienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0473

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 1633, de fecha 3 de enero de 1994, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO LA ANGOSTURA, CANTÓN EL CHAGÜITE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LA ANGOSTURA, CANTÓN EL CHAGÜI-TE con código de infraestructura 60097, ubicado en CASERÍO LA ANGOSTURA CANTÓN EL CHAGÜITE, J/TACUBA, AHUACHAPAN, del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucio-nales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO LA ANGOSTURA, CANTÓN EL CHAGÜITE, con código de infraestructura 60097, ubicado en CASERÍO LA ANGOSTURA CAN-TÓN EL CHAGÜITE, J/TACUBA, AHUACHAPAN, Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 01-0474

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-956, de fecha 3 de enero de 1995, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL GOLONDRINO, CANTÓN SACRAMENTO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL GOLONDRINO, CANTÓN SACRAMENTO con código de infraestructura 60069, ubicado en CASERÍO EL GOLONDRINO, CANTÓN SACRAMENTO, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, del Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL GOLONDRINO, CANTÓN SACRAMENTO, con código de infraestructura 60069, ubicado en CASERÍO EL GOLONDRINO, CANTÓN SACRAMENTO, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0475

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuer-do No. 1633, de fecha 3 de enero de 1994, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CANTÓN LA MONTAÑA, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN LA MONTAÑA, con código de infraestructura 60100, ubicado en CANTÓN LA MONTAÑA, J/TACUBA, AHUACHAPAN, del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás dispo-siciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN LA MONTAÑA, con código de infraestructura 60100, ubicado en CANTÓN LA MONTAÑA, J/TACUBA, AHUACHAPAN Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Co-munal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0476

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abrir de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 01-0398, de fecha 18 de octubre de 2011, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR "PADRE MIGUEL FRANCISCO ANDUEZA ARAMBURU", para administrar el CENTRO ESCOLAR "PADRE MIGUEL FRANCISCO ANDUEZA ARAMBURU" con código de infraestructura 60346, ubicado en CASERÍO EL MAMEYAL, CANTÓN EL SINCUYO del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Mi-nisterio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR "PADRE MIGUEL FRANCISCO ANDUEZA ARAMBURU", con código de infraestructura 60346, ubicado en CASERÍO EL MAMEYAL, CANTÓN EL SINCUYO Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0477

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 4754, de fecha 3 de septiembre de 1991, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL LIMO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL LIMO, con código de infraestructura 60033, ubicado en CANTÓN EL LIMO, J/CONCEPCION DE ATACO, AHUACHAPAN del Municipio de CONCEPCIÓN DE ATACO, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL LIMO, con código de infraestructura 60033, ubicado en CANTÓN EL LIMO, J/CONCEPCION DE ATACO, AHUACHAPAN, Municipio de CONCEPCIÓN DE ATACO, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que queda-ron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 01-0478

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTE-MA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de no-viembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0728, de fecha 1 de junio de 2001, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR HACIENDA EL CARMEN, CANTÓN RÍO FRÍO, para administrar el CENTRO ESCOLAR HACIENDA EL CARMEN, CANTÓN RÍO FRÍO, con código de infraestructura 86490, ubicado en HACIENDA EL CARMEN, CANTÓN RÍO FRÍO, J/AHUACHAPAN del Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se cons-tituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos esta-blecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR HACIENDA EL CARMEN, CANTÓN RÍO FRÍO, con código de infraestructura 86490, ubicado en HACIENDA EL CARMEN, CANTÓN RÍO FRÍO, J/AHUACHAPAN Municipio de AHUACHAPAN, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0479

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 4754, de fecha 3 de septiembre de 1991, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL ARCO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL ARCO, con código de infraestructura 60032, ubicado en CANTÓN EL ARCO, J/CONCEPCION DE ATACO, AHUACHAPAN, del Municipio de CONCEPCIÓN DE ATACO, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL ARCO, con código de infraestructura 60032, ubicado en CANTÓN EL ARCO, J/CONCEPCION DE ATACO, AHUACHAPAN, Municipio de CONCEPCIÓN DE ATACO, Departa-mento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0480

San Salvador, 4 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0058, de fecha 22 de enero de 1996, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO SAN MIGUELITO, CANTÓN SAN BENITO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO SAN MIGUELITO, CANTÓN SAN BENITO, con código de infraestructura 60065, ubicado en CASERÍO SAN MIGUELITO, CANTÓN SAN BENITO, J/ SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, del Municipio de. SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO SAN MIGUELITO, CANTÓN SAN BENITO, con código de infraestructura 60065, ubicado en CASERIO SAN MIGUELITO, CANTÓN SAN BENITO, J/SAN FRANCISCO MENENDEZ, AHUACHAPAN, Municipio de SAN FRANCISCO MENENDEZ, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0481

San Salvador, 14 de noviembre de 2014.

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL, CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 4754, de fecha 3 de septiembre de 1991, se le confi rió personería jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CANTÓN CAUTA ARRIBA, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN CAUTA ARRIBA, con código de infraestructura 60037, ubicado en CANTÓN CAUTA ARRIBA, J/GUAYMANGO, AHUACHAPAN, del Municipio de GUAYMANGO, Departamento de AHUACHAPAN, la cual conservará su personería jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fe-cha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN CAUTA ARRIBA, con código de infraestructura 60037, ubicado en CANTÓN CAUTA ARRIBA, J/GUAYMANGO, AHUACHAPAN, Municipio de GUAYMANGO, Departamento de AHUACHAPAN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial, COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 01-0487

San Salvador, 4 de noviembre de 2014

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-1416, de fecha 19 de septiembre de 2000, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO BRISAS DEL MAR, CANTÓN GARITA PALMERA, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO BRISAS DEL MAR, CAN-TÓN GARITA PALMERA, con código de infraestructura 86345, ubicado en CASERÍO BRISAS DEL MAR DEL CANTÓN GARITA PALMERA, J/ SAN FRANCISCO MENÉNDEZ, AHUACHAPÁN, del Municipio de SAN FRANCISCO MENÉNDEZ, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO BRISAS DEL MAR, CANTÓN GARITA PALMERA, con código de infraestructura 86345, ubicado en CASERÍO BRISAS DEL MAR DEL CANTÓN GARITA PALMERA, J/ SAN FRAN-CISCO MENÉNDEZ, AHUACHAPÁN, Municipio de SAN FRANCISCO MENÉNDEZ, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-0498

San Salvador, 6 de noviembre de 2014

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0058, de fecha 22 de enero de 1996, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL CARRIZAL, CANTÓN EL JICARO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL CARRIZAL, CANTÓN EL JICARO, con código de infraestructura 60083, ubicado en CASERÍO EL CARRIZAL, C/ EL JICARO, J/ TACUBA, AHUACHAPÁN, del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes men-cionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL CARRIZAL, CANTÓN EL JICARO, con código de infraestructura 60083, ubicado en CASERÍO EL CARRIZAL, C/ EL JICARO, J/ TACUBA, AHUACHAPÁN, Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 01-0504

San Salvador, 11 de noviembre de 2014

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuer-do N° 1633, de fecha 3 de enero de 1994, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL CHAGÜITE, para administrar el CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL CHAGÜITE, con código de infraestructura 60099, ubicado en CANTÓN EL CHAGÜITE J/TACUBA, AHUACHAPÁN, del Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cumplimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás dispo-siciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CANTÓN EL CHAGÜITE, con código de infraestructura 60099, ubicado en CANTÓN EL CHAGÜITE J/TACUBA, AHUACHAPÁN, Municipio de TACUBA, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comu-nal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los considerandos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

ACUERDO No. 01-507

San Salvador, 12 de noviembre de 2014

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES QUE REGULA EL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL CONSIDERANDO: I) Que mediante Decreto Ejecutivo No. 144 de fecha 14 de agosto de 2013; publicado en el Diario Ofi cial No. 162, Tomo No. 400 de fecha 04 de septiembre de 2013, se aprobó la constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Ad-ministración Escolar Único en todos los centros educativos ofi ciales que estuvieren a cargo de las Asociaciones Comunales para la Educación (ACE), derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de 2013, se aprobó el Instructivo para la Constitución del Consejo Directivo Escolar como Organismo de Administración Escolar Único en sustitución de la Asociación Comunal para la Educación, en su proceso de Liquidación, Disolución y Cierre de Personería Jurídica. III) Que por medio de Acuerdo No. 15-0442, de fecha 20 de marzo de 2002, se le confi rió Personería Jurídica a la Asociación Comunal para la Educación del CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL SALITRILLO, CANTÓN EL JOBO, para administrar el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL SALITRILLO, CANTÓN EL JOBO, con código de infraestructura 60136, ubicado en CASERÍO EL SALITRILLO, CANTÓN EL JOBO, J/TURÍN, AHUACHAPÁN, del Municipio de TURÍN, Departamento de AHUACHAPÁN, la cual conservará su Personería Jurídica sólo para efectos de liquidación, por lo que se constituirá el Consejo Directivo Escolar que administrará el centro educativo antes relacionado. POR TANTO, en uso de las facultades constitucionales y en cum-plimiento del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo y demás disposiciones legales, ACUERDA: I) Que la Asociación Comunal para la Educación antes mencionada, dejará de operar a partir de esta fecha, quedando en proceso de liquidación de conformidad a los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación; II) Conferir Personalidad Jurídica al Consejo Directivo Escolar que administrará el CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL SALITRILLO, CANTÓN EL JOBO, con código de infraestructura 60136, ubicado en CASERÍO EL SALITRILLO, CANTÓN EL JOBO, J/TURÍN, AHUACHAPÁN, Municipio de TURÍN, Departamento de AHUACHAPÁN, en sustitución de la Asociación Comunal relacionada en los considerandos anteriores. III) Queda facultado el Pagador Auxiliar Departamental para realizar transferencias tramitadas por la Asociación Comunal, pendientes de depósito por el Ministerio de Hacienda, al Consejo Directivo Escolar antes mencionado. IV) Facúltase a los miembros del Consejo Directivo Escolar, para recibir las transferencias de fondos que quedaron pendientes de realizar a la Asociación Comunal para la Educación relacionada en los consideran-dos anteriores. V) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 15-1812

San Salvador, 19 de noviembre de 2014

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio conoció sobre la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DIRECTORA, dicha solicitud la presentó el señor Javier Arturo Domínguez Alfaro, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 01940447-3, actuando en su calidad de Representante Legal de la Iglesia Evangélica Centro Internacional de Alabanza El Salvador, Institución propietaria del centro educativo privado denominado ACADEMIA CRISTIANA INTERNACIONAL, propiedad que comprueba con Declaración Jurada, celebrada el día 23 de julio de 2013, ante los ofi cios del Notario Francisco Javier Argueta Gómez; el centro educativo se identifi ca con el código N° 21591, con domicilio autorizado en 7a. Calle Poniente, N° 3874, Colonia Escalón, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, proponiendo para el cargo de Directora a la Profesora ROXANA CAROLINA VARELA DE RODRÍGUEZ, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 00726355-2, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el nombre de ROXANA CAROLINA VARELA PARADA, con Número de Identidad Profesional 2509851, como Profesora Docente Nivel dos guión cero diez, en sustitución de la Profesora Marina Daisy Parada Díaz de Varela, reconocida mediante Acuerdo N° 15-0411 de fecha 14 de marzo de 2012; IV) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, mediante Resolución de fecha 18 de septiembre de 2014, resolvió RECONO-CER COMO DIRECTORA, de dicho centro educativo, a la Profesora ROXANA CAROLINA VARELA DE RODRÍGUEZ, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 00726355-2, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el nombre de ROXANA CAROLINA VARELA PARADA, con Número de Identidad Profesional 2509851, como Profesora Docente Nivel dos guión cero diez, en sustitución de la Profesora Marina Daisy Parada Díaz de Varela. POR TANTO, de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Con-fi rmar en todas sus partes la Resolución de fecha 18 de septiembre de 2014, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se RECONOCE COMO DIRECTORA, del Centro Educativo Privado denominado ACADEMIA CRISTIANA INTERNACIONAL, con código de infraestructura N° 21591, con domicilio autorizado en 7a. Calle Poniente, N° 3874, Colonia Escalón, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a la profesora ROXANA CAROLINA VARELA DE RODRÍGUEZ, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 00726355-2, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el nombre de ROXANA CAROLINA VARELA PARADA, con Número de Identidad Profesional 2509851, como Profesora Docente Nivel dos guión cero diez, en sustitución de la profesora Marina Daisy Parada Díaz de Varela, según solicitud presentada por el señor Javier Arturo Domínguez Alfaro, actuando en su calidad de Representante Legal de la Iglesia Evangélica Centro Internacional de Alabanza El Salvador, Institución propietaria del centro educativo en mención; 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.-

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F046616)

ACUERDO No. 15-1977

San Salvador, 18 de diciembre de 2014

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos ; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado de conformidad a los servicios que

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, conoció sobre la solicitud de AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, para El Nivel de Educación Inicial, Secciones 1, 2 y 3 años, en jornada matutina, dicha solicitud la presentó la señora Bessie Yolanda Posada de Rodríguez, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 01844291-5, actuando en su calidad de Representante Legal de la Sociedad Rodríguez Posada, Sociedad Anónima de Capital Variable, Institución propietaria del centro educativo privado denominado COLEGIO "EL ÁRBOL DE DIOS", lo que comprueba con Declaración Jurada, celebrada el 28 de agosto de 2014, ante los ofi cios del Notario Mario Oswaldo Ramos Cabrera; el centro educativo se identifi ca con código N° 20159, con domicilio autorizado en Urbanización Madre Selva, Pasaje "E" Sur, N° 3, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; IV) Que según documentación presentada y verifi cados que fueron los requisitos de ley, se llevó a cabo la visita de verifi cación por Delegados de este Ministerio, con fecha 30 de octubre 2014, habiéndose constatado que el centro educativo cumplen con los requisitos básicos de funcionamiento, en cuanto a la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado, para la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS en el Nivel de Educación Inicial, Secciones 1, 2 y 3 años, en jornada matutina; V) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos de ley, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, con fecha 9 de diciembre de 2014, emitió resolución, autorizando la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS para el Nivel de Educación Inicial, Secciones 1, 2 y 3 años, en jornada matutina, del centro educativo privado denominado COLEGIO "EL ÁRBOL DE DIOS", con código N° 20159, con domicilio autorizado en Urbanización Madre Selva, Pasaje "E" Sur, N° 3, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, POR TANTO de conformidad a lo antes expuesto, con base en los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación y en uso de las facultades legales antes citadas, ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la resolución de fecha 9 de diciembre de 2014, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se autoriza LA AMPLIACIÓN DE SER-VICIOS EDUCATIVOS para el Nivel de Educación Inicial, Secciones 1, 2 y 3 años, en jornada matutina, del centro educativo privado denominado COLEGIO "EL ÁRBOL DE DIOS", con código N° 20159, con domicilio autorizado en Urbanización Madre Selva, Pasaje "E" Sur, N° 3, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, solicitado por la señora Bessie Yolanda Posada de Rodríguez, actuando en su calidad de Repre-sentante Legal de la Sociedad Rodríguez Posada, Sociedad Anónima de Capital Variable, Institución propietaria del centro educativo en mención; 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F046597)

ACUERDO No. 15-1979

San Salvador, 18 de diciembre de 2014

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funciona-miento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente califi cado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio conoció sobre la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DIRECTORA, dicha solicitud la presentó la señora Ana Lucía Amaya, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 00926340-1, actuando en su calidad de Apoderada del señor Jesse Amaya, propietario del centro educativo privado denominado COLEGIO "ALFONSINA STORNI", quien en uso de sus facultades le confi ere Poder Administrativo con Cláusula Especial, otorgado el día 08 de abril de 2014, ante los ofi cios de la Notario Deysi Marlene Aquino George, por medio del cual la faculta para que lo represente ante el Ministerio de Educación, en lo relacionado al funcionamiento y administración del centro educativo antes señalado; lo que comprueba con Testimonio de Escritura Pública de Compraventa, celebrada el día 24 de enero de 2014, ante los ofi cios del Notario Jorge Alberto Magaña Elías; el centro educativo antes mencionado se identifi ca con el código N° 21304, con domicilio autorizado en Colonia Sitio del Niño, Avenida Francisco Gavidia, N° 17, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, proponiendo para el cargo de Directora del citado centro educativo a la Profesora KENIA LIZZETTE GALDÁMEZ DE BARRERA, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 02566482-9, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el nombre de KENIA LIZZETTE GALDÁMEZ SIGUENZA, con Número de Identidad Profesional 0806513, como profesora Docente Nivel dos guión cero quince, en sustitución de la Profesora Gloria Celina Díaz Mancía, reconocida mediante Acuerdo No. 15-0183 de fecha 19 de febrero de 2010; IV) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

legales exigidos, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, mediante Resolución de fecha 26 de noviembre de 2014, resolvió RECONOCER COMO DIRECTORA, de dicho centro educativo, a la Profesora KENIA LIZZETTE GAL-DÁMEZ DE BARRERA, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 02566482-9, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el nombre de KENIA LIZZETTE GALDÁMEZ SIGUENZA, con Número de Identidad Profesional 0806513, como profesora Docente Nivel dos guión cero quince, en sustitución de la profesora Gloria Celina Díaz Mancía, reconocida mediante Acuerdo No. 15-0183 de fecha 19 de febrero de 2010. POR TANTO, de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente, Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución de fecha 26 de noviembre de 2014, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se RECONOCE COMO DIRECTORA, del Centro Educativo Privado denominado COLEGIO "ALFONSINA STORNI", con código N° 21304, con domicilio autorizado en Colonia Sitio del Niño, Avenida Francisco Gavidia, N° 17, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a la Profesora KENIA LIZZETTE GALDÁMEZ DE BARRERA, quien se identifi ca con su Documento Único de Identidad N° 02566482-9, inscrita en el Registro de Escalafón Magisterial con el nombre de KENIA LIZZETTE GALDÁMEZ SIGUENZA, con Número de Identidad Profesional 0806513, como profesora Docente Nivel dos guión cero quince, en sustitución de la profesora Gloria Celina Díaz Mancía, según solicitud presentada por la señora Ana Lucía Amaya, actuando en su calidad de Apoderada del señor Jesse Amaya, propietario del centro educativo en mención; 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F046695)

ACUERDO No. 15-1887

San Salvador, 04 de diciembre de 2014

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que conforme a los Artículos 53 y 54 de la Constitución de la República de El Salva-dor, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo y crear las instituciones y servicios que sean necesarias. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5 y 8 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, crear las instituciones y servicios que fueren necesarios para el cumplimiento de sus fi nalidades, así también controlar y supervisar los centros ofi ciales y privados de educación; II) Que con base a los Artículos 1, 7 y 18 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación; así como los programas destinados a crear, ampliar y reubicar centros educativos, basado en las necesidades reales de la comunidad y las necesidades generales; III) Que la Dirección Departamental de Educación de San Salvador, conoció sobre la solicitud de AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, para el Nivel de Educación Media en la modalidad del Bachillerato General, en jornada diurna, del centro educativo privado denominado COMPLEJO EDUCATIVO CATÓLICO "SANTO DOMINGO", con código N° 88026, con domicilio autorizado en Calle Principal, Barrio Santo Domingo, Municipio de Chiltiupán, Departamento de La Libertad; IV) Que habiendo realizado visita de verifi cación en el lugar señalado para su funcionamiento con fecha 25 de septiembre de 2014, habiéndose constatado que el centro educativo cumple con los requisitos exigidos por la Ley, en consecuencia, emitió Dictamen favorable para la ampliación del servicio educativo y el cambio de domicilio solicitado; V) Que conforme a lo anterior, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio con fecha 18 de noviembre de 2014, emitió resolución autorizando la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, el Nivel de Educación Media en la modalidad del Bachillerato General, en jornada diurna, al centro educativo antes mencionado. POR TANTO, de conformidad con los Artículos 53 y 54 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5 y 8 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 7 y 12 de la Ley General de Educación, y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Confi rmar en todas sus partes la Resolución de fecha 18 de noviembre de 2014, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se autoriza la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS el Nivel de Educación Media en la modalidad del Bachillerato General, en jornada diurna, al centro educativo privado denominado COMPLEJO EDUCATIVO CATÓLICO "SANTO DOMINGO", con código N° 88026, con domicilio autorizado en Calle Principal, Barrio Santo Domingo, Municipio de Chiltiupán, Departamento de La Libertad; 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES,

MINISTRO DE EDUCACIÓN.

(Registro No. F046656)

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ÓRGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 977-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de agosto de dos mil trece.- El Tribunal con fecha once de abril de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada NORIS MARLENY AMAYA DE REYES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-QUESE Y PUBLIQUESE.- J. S. PADILLA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- O. BON. F.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO

(Registro No. F046607)

ACUERDO No. 11-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha dieciséis de diciembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada JACQUELINE DOMENICA AVILA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMU-NIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- J. R. ARGUETA.-Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046781)

ACUERDO No. 12-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha veintiuno de noviembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSE TOMAS BATTLLE PEREZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-QUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- DUEÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046598)

ACUERDO No. 27-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha uno de diciembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ANGELO IUSETH ECHEVERRIA ORELLANA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M . FORTIN H.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046802)

ACUERDO No. 28-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha diez de diciembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada BLANCA LILIAN ESTRADA CASTRO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN

H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046637)

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 50-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha tres de

noviembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado HOWARD JAMES LARA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R.

GALINDO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046582)

ACUERDO No. 56-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha diez

de diciembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado NELSON ALFREDO MADRID ZEPEDA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN

H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046639)

ACUERDO No. 64-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha veintinueve

de octubre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JULIAN SELEDONIO MENDOZA, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D.

L. R. GALINDO.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO

(Registro No. F046620)

ACUERDO No. 80-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha veinticinco

de noviembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado WALTER ARTURO PEREZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- J. R.

ARGUETA. Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046750)

ACUERDO No. 82-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha siete de

noviembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SONIA PATRICIA PINEDA DE HERNANDEZ, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- D. L.

R. GALINDO.- R. M . FORTIN H.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046580)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 98-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha diez de diciembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada IDALIA MARIBEL SANTOS ZAVALETA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-vo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTIN H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046707)

ACUERDO No. 107-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, treinta de enero de dos mil quince.- El Tribunal con fecha trece de noviembre de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar a la licenciada CLAUDIA MARIA VILLEGAS MONTENEGRO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- O. BON. F.- R. M. FORTIN H.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046628)

ACUERDO No. 1004-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintisiete de agosto de dos mil catorce.- EL TRIBUNAL, de conformidad con lo resuelto en las respectivas diligencias, por resolución pronunciada a las diez horas del veinticuatro de julio de dos mil catorce, ACUERDA: a) MODIFICAR los acuerdos número 244-D de fecha dieciséis de marzo de mil novecientos noventa y nueve y el acuerdo número 11-D de fecha veintiséis de enero de dos mil, mediante los cuales se autorizó a la Licenciada MARLENE DEL SOCORRO YADA CORDOVA, para el ejercicio de la Abogacía y la función pública del Notariado respectivamente, en el sentido que a partir del veintisiete de agosto de dos mil catorce, ejercerá la profesión de Abogado y la Función Pública del Notariado, con el nombre de MARLENE DEL SOCORRO YADA DE JEREZ, en vista de haber cambiado su estado familiar. b) modifi car los acuerdos relacionados en el literal (a) para que ejerza en la misma fecha el ejercicio de la Abogacía y la función pública del notariado con el grado académico de Doctora en Derecho Privado. Publíquese el acuerdo en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.- F. MELENDEZ.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O. BON. F.- R. M. FORTIN H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046666)

ACUERDO No. 123-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: WENDY ODILY HERNANDEZ DE ORELLANA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L .C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046609)

ACUERDO No. 123-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de

sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,

en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal

ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-

mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALEXANDRA STEFANY HERRERA ORDOÑEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S. PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046590)

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KAREN ELIZABETH GAMERO TOBAR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046801)

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-

tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: FRANCISCO ORLANDO GALAN ZAVALA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046798)

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que

se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MANUEL ALEXANDER GUEVARA HERNANDEZ.- COMUNIQUESE Y

PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L.

C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO

SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046704)

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RENE SALVADOR GARAY LEIVA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046760)

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: PERLA MILAGRO GUZMAN LARIOS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046748)

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-

tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ROBERTO GIRON FLORES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.

B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046775)

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de

sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,

en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal

ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-

mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RAMIRO AUGUSTO GALLEGOS ECHEVERRIA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046592)

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-

tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARIA EVELIN GOCHEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J.

B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046600)

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 124-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-

tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MAYRA ELIZABETH GUILLEN ABARCA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046602)

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JOSE RAMON FIGUEROA CAMPOS.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046613)

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: YURI MIJAIL FLORES HERNANDEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046611)

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que

se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: LIDIA MARIA ELENA FERMAN.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046789)

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: NOEMY AYDEE FIGUEROA LEON.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. - F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046629)

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: NELLY JOHANNA FLORES CENTENO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

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(Registro No. F046632)

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-

tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JAVIER ANTONIO FLORES ORELLANA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

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(Registro No. F046633)

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS FRANCISCO FLORES GOMEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046623)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: PEDRO ARNOLDO FLORES GRANADOS, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046626)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JAIME WILFREDO FLAMENCO ZAVALETA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046646)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JESSICA CRYSEIDA FLORES ARANA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046644)

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ORLANDO FLORES BONILLA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S. PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046655)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MIGUEL ANGEL FIGUEROA MELENDEZ, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046647)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: NELSON VLADIMIR FLORES, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046636)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ROBERTO FLORES COLORADO, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046698)

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: SANDRA JANNETTE FLORES PEÑATE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046700)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: WALTER FRANCISCO FLORES CHACON, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046763)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ROBERTO JOSE FIGUEROA FUNES, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046770)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: DANIEL FERNANDEZ LEIVA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046720)

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que

se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MELVYN HUMBERTO FERRER, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046725)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: VILMA IRASEMA FAJARDO LIMA, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046709)

ACUERDO No.125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince. Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CELENIA CONCEPCION FLORES, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046712)

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ELI ULISES FUENTES GONZALEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046588)

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ORSI ALIRIO FLORES FLORES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046595)

ACUERDO No. 125-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: WILLIAMS MAURICIO FLORES PINEDA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046603)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: AMY MARIANELA ESCOBAR DE RENGIFO.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046779)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: AURALILA DEL CARMEN ECHEVERRIA SANCHEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046795)

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CLAUDIA MARIA ECHEVERRIA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046797)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: TANIA LISBETH ESCALANTE LINARES.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046807)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: EDDY DOUGLAS ECHEVERRIA PEÑA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046799)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: DIEGO FERNANDO ESCOBAR ALVARENGA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046813)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: PATRICIA JANETH ELIAS HENRIQUEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046812)

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RONALD ARNOLDO EUSEDA AGUILAR.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046672)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: DENNIS FRANCISCO ESPINOZA SANDOVAL.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046659)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: KAREN LISSETTE ECHEVERRIA GUEVARA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046638)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: SALVADOR ALBERTO ESCOBAR HERNANDEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046702)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este Tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ALICIA ESTRADA.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046697)

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-

tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CARLOS ALFONSO ESCOBAR CERRATO.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046728)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ROLANDO HIGINIO ESCOBAR PEREZ.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046739)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: RENE ORLANDO ESCOBAR SIERRA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046726)

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: SANTOS ALBERTO ESPINAL MOLINA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046713)

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACUERDO No. 126-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: ANA JOSEFA ESCOBAR DE MEJIA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- R. M. FORTIN H.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046710)

ACUERDO No. 127-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que

se publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MARLENE BETHEL DURAN DE DE LA VIRGEN.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L.

C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO

SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F046793)

ACUERDO No. 127-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen

de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efec-

tuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este

Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica

anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JEANNETTE DEL CARMEN DUBON MEJIA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046804)

ACUERDO No. 127-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: CRISTIAN LISETH DURAN MEJIA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

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(Registro No. F046800)

ACUERDO No. 127-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.-Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: MIRNA DOLORES DURAN DURAN.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

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(Registro No. F046824)

ACUERDO No. 127-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el exa-

men de sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación

efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales;

este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se

publica anualmente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: JESSICA MARLEN DURAN PARADA.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046821)

ACUERDO No. 127-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de

sufi ciencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145 de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notifi cación efectuadas,

en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal

ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anual-

mente en el Diario Ofi cial a los abogados siguientes: AXA MARINELY TRINIDAD DURAN MONTANO.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F.

MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- DUEÑAS.- L. C. DE AYALA G.- J.

R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F046694)

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO NÚMERO UNO/2015

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE EL ROSARIO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con los artículos 3 y 30 numeral 4 del Código Municipal vigente, es facultad de esta Municipalidad, emitir Ordenanzas para regular las materias de su competencia y la prestación de los servicios.

II. Que es competencia de este mismo Concejo Municipal crear, modifi car o suprimir tasas mediante la emisión de la correspondiente Ordenanza, en cumplimiento a los conceptos estipulados en el Art. 204 de la Constitución de la República, Art. 30 numeral 21 del Código Municipal, en relación con el inciso segundo del artículo 7 y 158 de la Ley General Tributaria Municipal en relación con los artículos 3 numerales 1, 3 y 5; artículo 4 numerales 9 y 12 del Código Municipal;

III. Que la actual Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Municipales de la Ciudad de El Rosario, Departamento de La Paz, emitida por el Concejo Municipal según decreto número dos de fecha seis de octubre de dos mil diez y publicada en el Diario Ofi cial No.199 Tomo Número 389 de fecha 23 de octubre del año 2010, no responde a la realidad socioeconómica del Municipio, generando cobros desproporcionales a los contribuyentes, afectando negativamente la facturación de los ingresos de la Municipalidad del Municipio de El Rosario de La Paz, y aumento de la mora tributaria desde su vigencia.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confi ere la Constitución de la República; el Código Municipal, la Ley General Tributaria Municipal,

DECRETA: La Siguiente:

REFORMA A LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE EL ROSARIO, DE-PARTAMENTO DE LA PAZ; EMITIDA POR DECRETO NÚMERO DOS DEL CONCEJO MUNICIPAL DE EL ROSARIO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, ACORDADO EL DÍA 6 DEL MES DE OCTUBRE DE 2010, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL NÚMERO 199 TOMO 389 DE FECHA 23 DE OCTUBRE DE 2010.

Art. 1.- Refórmese el artículo 9, de la siguiente manera:

Artículo 9.- Se establecen las siguientes tasas correspondientes a derechos por servicios de ofi cina que la Municipalidad de El Rosario, Depar-tamento de La Paz, preste a los contribuyentes y que se detallan a continuación:

06 licencias o permisos para:

06.36 Licencia Municipal por derecho de rodaje en la jurisdicción del Municipio, previa autorización de la entidad de Gobierno competen-te, para todas las personas naturales, empresas o cooperativas de transporte que se dedican al traslado de pasajeros dentro del Municipio, pagarán cada uno al año:

06.36.3 DE MICROBUSES PARA EL TRANSPORTE LOCAL DENTRO DEL MUNICIPIO………………………………....$60.00.

Art. 2.- El presente DECRETO entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Alcaldía de El Rosario, departamento de La Paz, a las quince horas del día dieciocho de febrero del año dos mil quince.

JULIO DIEGO ARÉVALO BONILLA, NICOLÁS CERÓN ALVARADO, ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

MARLENE DEL CARMEN SANDOVAL MENJÍVAR, EMILIO LUIS ÁLVAREZ, PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

KARINA VERALIZ MARTÍNEZ MOLINA, LIC. WALTER ALIRIO RIVAS RIVAS, CUARTA REGIDORA PROPIETARIA. QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

PROF. WILLIAM OMAR MÁRTIR MORALES, PROFA. URANIA YOLANDA QUINTANILLA, SEXTO REGIDOR PROPIETARIO. PRIMERA REGIDORA SUPLENTE. ÁNGEL ROSENDO TORRES, DINORA CORVERA MOLINA, SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE. TERCERA REGIDORA SUPLENTE.

SELVIN JONATÁN DÍAZ, LICDA. KARINA ALEJANDRINA LANDAVERDE CHICAS, CUARTO REGIDOR SUPLENTE. SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F046766)

DECRETO NÚMERO DOS/2015

REFORMAS A LA ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL MERCADO MUNICIPAL EL ROSARIO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL ROSARIO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con los artículos 3 y 30 numeral 4 del Código Municipal vigente, es facultad de esta Municipalidad, emitir Ordenanzas para regular las materias de su competencia y la prestación de los servicios.

II. Que es competencia de este mismo Concejo Municipal crear, modifi car o suprimir tasas mediante la emisión de la correspondiente Ordenanza, en cumplimiento a los conceptos estipulados en el Art. 204 de la Constitución de la República, Art. 30 numeral 21 del Código Municipal, en relación con el inciso segundo del artículo 7 y 158 de la Ley General Tributaria Municipal en relación con los artículos 3 numerales 1, 3 y 5; artículo 4 numerales 9 y 12 del Código Municipal;

III. Que según Decreto Municipal número Uno, de fecha veintiséis de marzo de dos mil catorce, publicado en el Diario Ofi cial número 78, Tomo 403, del día dos de mayo de dos mil catorce, se aprobó la Ordenanza Reguladora de la Prestación del Servicio del Mercado Municipal.

IV. Que según Acuerdo Municipal número Ocho, de la Acta número Ocho tomado en la Sesión extraordinaria, celebrada el día once de marzo de dos mil quince; se aprobaron Reformas a la Ordenanza Reguladora de la Prestación del Servicio del Mercado Municipal.

V. Que es necesario armonizar la presente normativa en lo concerniente a la regulación de las tasas por la prestación del Servicio del Mercado Municipal de El Rosario, Departamento de La Paz, en base al costo real que conlleva el funcionamiento de dicho mercado.

POR TANTO:

Este Concejo Municipal, en uso de las facultades que le confi ere el Artículo 4 numeral 17, Artículo 30 numeral 4 y en relación al numeral 1 del Artículo 7 del Código Municipal,

DECRETA:

La siguiente REFORMAS A LA ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL MERCADO MUNICIPAL.

Art. 1.- Refórmase el Art. 10 Numeral 3), de la siguiente manera:

Art. 10.- La Municipalidad tendrá las siguientes obligaciones:

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

3) Califi car para el pago de tasa de arrendamiento, a través del Departamento de Catastro Tributario, previo informe remitido por el administrador de mercado de los arrendatarios de puestos fi jos (Adjudicaciones, traspasos y desadjudicaciones) para ingresarlo al sistema Mecanizado de cuentas corrientes.

Art. 2.- Refórmase el Art. 18 Numeral 3), de la siguiente manera:

Art. 18.- Son requisitos que deberán de cumplir las personas que pretendan ser usuario del mercado para optar por el arrendamiento de un puesto:

3) Presentar solvencia de tasas municipales, impuestos municipales y multas de todas las cuentas registradas a nombre de la persona solicitante.

Art. 3.- Refórmase el Art. 32 de la siguiente manera:

DE LA TASA DE LOS LOCALES

Art. 32.- Se establece como regulación de la tarifa correspondiente a la tasa por arrendamiento mensual de los locales comerciales ubicados en el Mercado Municipal de El Rosario, Departamento de La Paz, la cual será de cinco punto veinticinco Dólares de los Estados Unidos de América ($5.25) por cada metro cuadrado construido. El Cobro correspondiente a la tasa por arrendamiento por el área de puestos comunes o planchas será de cinco punto veinticinco Dólares de los Estados Unidos de América ($5.25) por cada metro lineal construido. Debiendo hacer efectivo el pago mensualmente en la Municipalidad de El Rosario, La Paz.-

Sobre el ingreso proveniente de la tasa por arrendamiento, pagará el gravamen adicional del 5% para la celebración de las ferias o fi estas patro-nales, cívicas o nacionales.

Art. 4.- Refórmase el Art. 33, adhiriéndose inciso 3, de la siguiente manera:

SANCIONES

Para efectos de califi car el tipo de las sanciones debe tomarse en consideración lo regulado en los artículos. 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 47 del Re-glamento del Mercado Municipal de El Rosario, Departamento de La Paz.

Art. 5.- Refórmase el Art. 43, adhiriéndose inciso 2, de la siguiente manera:

Es atribución del Administrador de Mercados Municipales verifi car la no infracción de la prohibición anterior, debiendo auxiliarse en caso de ser necesario de los Agentes Municipales.

Art. 6.- El presente DECRETO entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Alcaldía de El Rosario, departamento de La Paz, a los once días del mes de marzo del año dos mil quince.-

JULIO DIEGO ARÉVALO BONILLA, NICOLÁS CERÓN ALVARADO, ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

MARLENE DEL CARMEN SANDOVAL MENJÍVAR, EMILIO LUIS ÁLVAREZ, PRIMERA REGIDORA PROPIETARIA. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

KARINA VERALIZ MARTÍNEZ MOLINA, PROF. WILLIAM OMAR MÁRTIR MORALES, CUARTA REGIDORA PROPIETARIA. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO. ÁNGEL ROSENDO TORRES, DINORA CORVERA MOLINA, SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE. TERCERA REGIDORA SUPLENTE.

SELVIN JONATÁN DÍAZ, LICDA. KARINA ALEJANDRINA LANDAVERDE CHICAS, CUARTO REGIDOR SUPLENTE. SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F046767)

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

DECRETO NÚMERO DOS

EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL TRÁNSITO, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL,

CONSIDERANDO:

I. Que los acontecimientos económicos, acaecidos en el país, mantienen debilitada la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes, y

particularmente, la de aquellos que tienen obligaciones tributarias a favor del Municipio de El Tránsito, situación que los ha convertido en

sujetos morosos, de los tributos municipales, situación que no ha mejorado en los últimos meses.

II. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos para disminuir el índice

de morosidad existente, a través de incentivos tributarios con carácter transitorio, que los estimulen al pago de sus deudas tributarias mu-

nicipales, de tal forma que permita a la Municipalidad, incrementar sus ingresos mediante el cobro de las Tasas e Impuestos Municipales,

con la fi nalidad de mejorar la prestación de los servicios y el bienestar social de los habitantes del Municipio.

III. Que al no existir en la Constitución ni en la Legislación secundaria prohibición alguna para perdonar o dispensar el pago de intereses o

accesorios a la obligación principal, en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago, pretende benefi ciar a los

contribuyentes morosos y lograr una mayor recaudación, es procedente conceder los benefi cios de esta ordenanza.

IV. Que de conformidad con los artículos 203 y 204 ordinal 5° de la Constitución de la República; artículos 3, 30 y 32 del Código Municipal,

los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico, y regularán las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Mu-

nicipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E IMPUESTOS

MUNICIPALES A FAVOR DEL MUNICIPIO DE EL TRÁNSITO, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

Art. 1.- Se concede un plazo, que inicia ocho días después de la publicación de la presente ordenanza, en el Diario Ofi cial y fi naliza el treinta de

junio de dos mil quince, para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal, que adeuden tasas e impuestos municipales al municipio de

El Tránsito, puedan acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza consistente en la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado

y cargado a sus respectivas cuentas o que sean atribuibles a los contribuyentes.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que, estando califi cados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de las tasas e impuestos

municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia

de la presente ordenanza.

c) Los contribuyentes por tasas e impuestos municipales que se encuentren en proceso de cobro judicial iniciado antes de la vigencia de esta

Ordenanza y se sometan a la forma de pago establecida en esta ordenanza.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos municipales, hayan suscrito o suscriban

el correspondiente convenio de pago.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme en el proceso ejecutivo por

parte de la municipalidad y se acojan a los benefi cios de esta Ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles en el municipio, que reciben uno o más servicios

municipales, y por cualquier motivo, no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

Los planes de pago hasta hoy suscritos deberán ajustarse al plazo de este decreto, como condición para gozar de este benefi cio.

A los contribuyentes que ya tengan plan de pago se les aplicará el benefi cio únicamente al ajustarse el plazo para las obligaciones pendientes de pago, al establecido en esta ordenanza.

Los contribuyentes deberán acogerse a los benefi cios de esta ordenanza, dentro del plazo que se menciona en el artículo uno de la misma.

Los contribuyentes a los que se refi ere el literal d) del presente artículo, únicamente gozarán de los benefi cios establecidos en esta ordenanza, respecto de las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente ordenanza.

Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente ordenanza deberán solicitarlo al Departamento de Cuentas Corrientes del municipio en un plazo no mayor al comprendido en el artículo uno, de esta ordenanza, a partir de la entrada en vigencia de ésta.

Art. 4.- Sólo podrán gozar de los benefi cios que establece esta ordenanza, los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo a que se refi ere el artículo uno de la presente ordenanza.

Art. 5.- Los benefi cios de este decreto cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento del plan de pagos pactado con el Municipio y en consecuencia se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltaren por cumplirse.

Art. 6.- También gozarán de los benefi cios de la Ordenanza aquellos sujetos pasivos que se encuentren sometidos a procesos Administrativos o Judiciales, en los cuales no haya resolución o sentencia defi nitiva.

Art. 7.- La fuerza mayor o el caso fortuito deberá ser califi cado por el Concejo Municipal, para que opere como excepción.

Art. 8.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial, y se ceñirá al plazo establecido en el artículo uno de la misma.

Dado en el salón de sesiones del Concejo Municipal de El Tránsito, a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil quince.-

DR. LUIS DAVID PENADO ANGULO,ALCALDE MUNICIPAL.

PROF. RAMÓN SABEL ZAVALA, ELMER ULISES RODRÍGUEZ SALGADO, PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO .

LIC. EUNICE NOHEMY PARADA MARTÍNEZ, PROF. OSCAR ARCIDES GUERRERO, TERCERA REGIDORA PROPIETARIA. QUINTO REGIDOR PROPIETARIO.

MILAGRO PRISCILA PEÑA, ING. JOSÉ ADELIO CHÁVEZ, PRIMERA REGIDORA SUPLENTE. SEGUNDO REGIDOR SUPLENTE.

MARÍA ELENA AYALA VIUDA DE POSADA, SILVIA ROXANA PARADA QUINTANILLA, TERCERA REGIDORA SUPLENTE. CUARTA REGIDORA SUPLENTE.

ING. MANUEL DOLORES QUINTANILLA QUINTANILLA, CRISTIAN OMAR AMAYA MEDRANO, SÍNDICO MUNICIPAL. SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F046625)

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DE LA DIVISIÓN DE ASOCIACIONES

AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y

GANADERÍA.

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA Y PESQUERA "JUAN CHACÓN" DE RESPON-

SABILIDAD LIMITADA, con domicilio en el cantón Chilamate, mu-

nicipio de Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, obtuvo

su personalidad jurídica el día veintiocho de junio de mil novecientos

noventa y cinco, e inscrita en el libro cincuenta y uno de Registro que

esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Mil doscientos sesenta

y uno del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en

el Diario Ofi cial el asiento y por una sola vez el aviso de inscripción

correspondiente.

Santa Tecla, a los trece días del mes marzo del año dos mil quince.

NOTIFÍQUESE.

LIC. CARLOS FRANCISCO JOSÉ RODOLFO HURTADO,

JEFE DIVISIÓN DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS.

Of. 1 v. No. 258

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos

16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero

de su Reglamento.

HACE SABER: Que la "ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE

APROVISIONAMIENTO, COMERCIALIZACIÓN, AHORRO Y

CRÉDITO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS "QUESERITA

PRODUCTIVA", DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", que se

abrevia "QUESERITA PRODUCTIVA" de R.L., con domicilio legal

en Ilobasco, Departamento de Cabañas, ha sido INSCRITA en el

Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número DOS

folios dieciocho frente a folios treinta y cinco frente del Libro DÉCIMO

OCTAVO de Registro e Inscripción de Asociaciones Cooperativas de

APROVISIONAMIENTO, que lleva el Registro Nacional de Asociacio-

nes Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO

COOPERATIVO.

San Salvador, a los nueve días del mes de febrero de dos mil

quince.

MISAEL EDGARDO DIAZ,

JEFE DE REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES

COOPERATIVAS.

Of. 1 v. No. 259

HERENCIA YACENTE

LA INFRASCRITA JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL,

DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA IDA-

LIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los efectos

de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada este mismo día, se ha

declarado yacente la Herencia que a su defunción dejara la causante,

WALTER SATURNINO MAGAÑA DOMÍNGUEZ, quien fue de

cuarenta y dos años de edad, panifi cador, soltero, quien falleció el día

once de septiembre de dos mil once, en esta ciudad, siendo éste el lugar

de su último domicilio. Asimismo, se nombró como curador de dicha

sucesión, al Licenciado ENRIQUE JOSÉ COPPO GONZÁLEZ.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado, en el término de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil Santa Ana,

a los veintinueve días del mes de Mayo del año dos mil catorce. LICDA.

THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIME-

RO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ

PÉREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 260-1

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal

a las doce horas y treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada

que a su defunción dejó la causante señora ANA MARIA BELTRAN,

quien falleció el día diecisiete de agosto de mil novecientos noventa y

cinco, en Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán; siendo éste su último

domicilio, de parte del señor MAURICIO BELTRAN; éste en su calidad

de hijo de la referida causante; habiéndosele conferido al aceptante la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y

cuarenta minutos del día cuatro de diciembre del año dos mil catorce.-

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 233-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

ROBERTO ERIC ORTEZ MANZANO, Notario, del domicilio de la

ciudad de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, con ofi cina

ubicada en Barrio San Antonio, Pasaje García número seis, de dicha

Ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas con treinta minutos del día catorce de marzo del dos

mil quince, se ha declarado al señor ARISTÓTELES MIGUEL CRUZ

MARTÍNEZ, HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE IN-

VENTARIO de los bienes que a su defunción dejó el señor JOSÉ MAURO

CRUZ c/p José Mauro Cruz Avilés y por Mauro Avilés Cruz, ocurrida

el día treinta y uno de diciembre del año dos mil nueve, en el Hospital

Médico Quirúrgico de la Ciudad de San Salvador, siendo su último

domicilio la Ciudad de Chalatenango, Departamento de Chalatenango;

en su calidad de hijo sobreviviente del causante y cesionario de los de-

rechos de Hazel Yanira Martínez Cruz; en consecuencia se le confi ere

la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la

referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de Chalatenango, el día doce de marzo del

año dos mil quince.

LIC. ROBERTO ERIC ORTEZ MANZANO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C010401

LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cuatro minutos

del día diecisiete de febrero de dos mil quince, se han DECLARADO

HEREDEROS DEFINITIVOS ab-intestato con benefi cio de inventario

del señor MANUEL DE JESÚS SILVA, quien falleció según certifi cación

de la partida de defunción a las diecisiete horas del día once de marzo del

año dos mil, en el CANTÓN LA DANTA de esta jurisdicción siendo su

último domicilio el de Ahuachapán, a los señores ANA JULIA JUÁREZ

VIUDA DE SILVA, en su calidad de esposa sobreviviente del causante

y PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ. MANUEL DE JESÚS SILVA

JUÁREZ, ROSA BELLA SILVA JUÁREZ, FIDEL HUMBERTO

SILVA JUÁREZ y ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, todos

los anteriores en calidad de hijos del causante. Confi érase defi nitiva-

mente a los herederos declarados la administración y representación de

la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas cinco

minutos del día diecisiete de febrero de dos mil quince.- LIC. DANI BERI

CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CLAUDIA

LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIO-

NES.

1 v. No. F046569

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo

Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado

a MIREYA EMPERATRIZ CATEDRAL HERNANDEZ, CARLOS

ELIAS CATEDRAL HERNANDEZ y FRANCISCO ALBERTO CA-

TEDRAL HERNANDEZ, herederos testamentarios de los bienes que

a su defunción dejó el causante CARLOS ALBERTO CATEDRAL,

quien falleció el día dos de septiembre de dos mil catorce, en el Hospital

Pro-Familia de San Salvador, siendo Zacatecoluca, su último domicilio,

en concepto de herederos testamentarios del referido causante y se ha

conferido a los herederos que se declaran, la administración y represen-

tación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las nueve horas y

veinte minutos del día tres de marzo de dos mil quince.- LIC. GLORIA

VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.-

LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

1 v. No. F046570

LUZ ANABELY MOLINA TOBAR, Notaria, con ofi cina situada en

Colonia Yumuri, Calle Siboney, Número veinticinco - K, Departamento de

San Salvador, AL PUBLICO EN GENERAL para los efectos de Ley.

HACE SABER : Que en esta Notaría, por resolución de la suscrita

de las diecisiete horas y treinta minutos del día once de marzo de dos

mil quince, se ha declarado como HEREDERA DEFINITIVA con

benefi cio de inventario, a la señora LAURA CLARIBEL FIGUEROA

DE ARGUETA, en calidad de esposa sobreviviente del causante y a

la vez en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que les

corresponde a los señores SALVADOR ARGUETA Y MARIA IRENE

HERNANDEZ conocida por MARIA IRENE RAMIREZ MELARA Y

MARIA ELENA RAMIREZ MELARA, en calidad de padre y madre

respectivamente, sobrevivientes del causante, de la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor SALVADOR ERNESTO ARGUETA

RAMIREZ, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cuarenta y un años

de edad, Empleado, originario de San Salvador, Departamento de San

Salvador, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador,

siendo su último domicilio, quien falleció a causa de infarto agudo al

miocardio, a las veinte horas y diez minutos del día cinco de julio de dos

mil catorce, en el Estacionamiento de Emergencia del Hospital Policlínico

Zacamil del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de Mejicanos; se

le ha conferido a la aceptante la administración y representación DEFI-

NITIVA de la sucesión.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

marzo de dos mil quince.

LICDA. LUZ ANABELY MOLINA TOBAR,

NOTARIA.

1 v. No. F046572

LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo

Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado

a JUANA FRANCISCA ALFARO DE MELENDEZ o JUAN FRAN-

CISCA MARIN ALFARO, o por JUANA FRANCISCA ALFARO

MARIN, heredera intestada de los bienes que a su defunción dejó la

causante MARIA VILMA MARIN VIUDA DE ALFARO o MARIA

VILMA MARIN , quien falleció el día veintiuno de julio de dos mil

cuatro en el Barrio El Carmen de esta Ciudad, su último domicilio, en

concepto de hija de la causante, y se ha conferido a la heredera que se

declara, la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las once horas y diez

minutos del día cinco de marzo d e dos mil quince.- LIC. GLORIA VIC-

TALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC.

OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

1 v. No. F046575

ATILIO RAMIREZ AMAYA hijo, Notario, de este domicilio, con ofi cina

en sesenta y siete avenida sur, Pasaje "A" número 2 "C", Urbanización

Roma, San Salvador AL PUBLICO para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito No-

tario, a las nueve horas del día treinta y uno de mayo de dos mil trece

se ha declarado DEFINITIVAMENTE a los señores JOSÉ ISIDORO

RECINOS ROJAS y MARTA ELIZABETH RECINOS ROJAS,

conocida por MARTA ELIZABETH RECINOS DE MEDINA, HERE-

DEROS AB-INTESTADO, expresamente, con benefi cio de inventario,

de la causante señora MARTA GLORIA ROJAS, quien también fue

conocida por MARTHA GLORIA RECINOS, quien tuvo su último

domicilio en San José, California, Estados Unidos de América, fallecida

en esa Ciudad el veinticinco de septiembre de dos mil diez, sin haber

otorgado Testamento alguno. Confi érase a los referidos herederos la

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVAS de la

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

SUCESIÓN. Dése el aviso que ordena la ley en el Diario Ofi cial y en uno

de los Diarios de circulación nacional. Protocolícese la presente acta, y

media vez se compruebe haberse pagado los avisos indicados, expídase

a los interesados el correspondiente testimonio de escritura pública de la

protocolización del acta, para los efectos legales. La presente acta está

escrita en dos hojas útiles; y leída que la hube íntegramente en un solo

acto sin interrupción, ratifi co su contenido y fi rmo. DOY FE.

Librado en la ofi cina del Suscrito Notario, a las diez horas del doce

de junio del dos mil trece.

ATILIO RAMIREZ AMAYA hijo,

NOTARIO.

1 v. No. F046581

JAIME ADALBERTO ROGEL FIGUEROA, Notario, de este domici-

lio, con despacho notarial ubicado en Colonia Médica, Avenida Doctor

Emilio Álvarez, Edifi cio López Bertrand, Tercer Nivel, Local número

treinta y dos, de esta Ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las dieciocho horas del día catorce de febrero de dos mil quince, se

ha declarado a la señora LILIAN ESPERANZA ARIAS DE FLORES,

en su calidad de heredera Interina, cónyuge sobreviviente y cesionaria

de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores Manuel

Oreste Flores Arias, José Florentín Flores Arias, Blanca Lidia Flores

Arias y Reina Isabel Flores de Osorio, en sus calidades de hijos e hijas

del Causante MANUEL HERCULES FLORES; HEREDERA DEFI-

NITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su

defunción dejara el señor MANUEL HERCULES FLORES, acaecida

a las cinco horas veinte minutos del día seis de mayo de dos mil doce,

en el Hospital Nacional Rosales, de esta Ciudad y Departamento, por

lo que se le ha concedido la representación y administración defi nitiva

de la referida sucesión intestada.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

San Salvador, quince de febrero de dos mil quince.

LIC. JAIME ADALBERTO ROGEL FIGUEROA,

NOTARIO.

1 v. No. F046594

JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL, Notario, del domicilio de

Usulután, con Ofi cina Notarial ubicada en Calle Grimaldi Centro Co-

mercial ARAUCARIA, Local A- TRES, Planta Baja, Usulután.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída a

las dieciséis horas del día dieciocho de agosto del año dos mil catorce, se

ha declarado al señor ADIS OSMIR HERNANDEZ CHICAS, Heredero

Defi nitivo con Benefi cio de Inventario de la Herencia Testada de los

bienes que a su defunción ocurrida en Colonia Las Flores, Calle a Puerto

Parada, Jurisdicción de San Dionisio, Departamento de Usulután; a las

tres horas quince minutos del día veinticuatro de mayo del año dos mil

catorce; dejó la señora ANA VILMA CASTILLO HERNANDEZ, en su

concepto de Hijo; y Cesionario de los Derechos que le correspondían al

señor CARLOS ANTONIO HERNANDEZ RUIZ habiéndole concedido

la Representación y Administración Defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en Usulután, el día veintiocho de agosto del año dos mil

catorce.

JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL,

NOTARIO.

1 v. No. F046610

JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL, Notario, del domicilio de

Usulután, con Ofi cina Notarial ubicada en Calle Grimaldi Centro Co-

mercial ARAUCARIA, Local A- TRES, Planta Baja, Usulután.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída

a las diecisiete horas del día veintiuno de Abril del año dos mil catorce,

se ha declarado al señor CESAR ERNESTO DIAZ ALEMAN, conocido

por CESAR ERNESTO DIAZ GONZALEZ, Heredero Defi nitivo con

Benefi cio de Inventario de la Herencia Testada de los bienes que a su

defunción ocurrida en Colonia San Luis, Pasaje TRES, casa número

TREINTA Y DOS, de la Ciudad de Usulután, a las cinco horas treinta

minutos del día veintinueve de diciembre del año dos mil once; dejó la

señora AMALIA DIAZ, conocida por ROSA AMALIA DIAZ, en su

concepto de Hijo; habiéndole concedido la Representación y Adminis-

tración Defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

Librado en Usulután, el día veintiocho de abril del año dos mil

trece.

JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL,

NOTARIO.

1 v. No. F046612

TOMAS ALEJANDRO ESCOBAR CATALAN, Notario, de este do-

micilio, con Ofi cina ubicada en Segunda Avenida Norte, número tres,

Chalchuapa, Departamento de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a

las diecisiete horas y treinta minutos de este día, se ha declarado a la señora

MARINA YSABEL POSADA ORELLANA conocida por MARINA

ISABEL POSADA ORELLANA, Heredera Defi nitiva con Benefi cio

de Inventario de los bienes que a su defunción dejara el señor OSCAR

ANTONIO ORELLANA, ocurrida a consecuencia de alcoholismo crónico

más cirrosis hepática, a las veintidós horas y treinta minutos del día diez

de septiembre del año dos mil catorce, en trece avenida Sur, número

mil ciento diecisiete, Barrio Santa Anita, de la Ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, siendo esa Ciudad su último domicilio,

en su concepto de Cesionaria de los derechos hereditarios que sobre la

sucesión intestada dejada por el señor OSCAR ANTONIO ORELLANA,

le correspondían a la señora ROSA DEL CARMEN ORELLANA, en su

calidad de madre sobreviviente del causante; habiéndole concedido la

Representación y Administración Defi nitivas de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana,

a los doce días del mes de marzo del año dos mil quince.

LIC. TOMAS ALEJANDRO ESCOBAR CATALAN,

NOTARIO.

1 v. No. F046621

EL INFRASCRITO NOTARIO: con ofi cina en Condominio Residencial

Nobles, Nobles de América cuarta planta número cuarenta sobre Alameda

Juan Pablo Segundo de San Salvador, al PUBLICO.

AVISA: Por resolución de las diez horas del veintiuno de los co-

rrientes, se ha declarado heredera defi nitiva a doña RAQUEL OSORIO

MARTINEZ en el concepto de heredera testamentaria del causante PAU-

LITO DUBON VASQUEZ conocido por PABLO DUBON VASQUEZ,

falleció en Soyapango siendo la Ciudad de San Salvador su último

domicilio el dieciocho de diciembre del dos mil catorce, a quien se le

confi rió la administración y representación defi nitiva de tal sucesión; y

se ordenó la protocolización de esta resolución.

Librado en la ofi cina del Notario ROSENDO AMERICO PEREZ

POSADAS, a las ocho horas del veintitrés de febrero del dos mil quince.

Enmendado-Alameda-Juan.

DR. ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS,

NOTARIO.

1 v. No. F046624

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN.

AVISO: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las

catorce horas y veinte de este día; se han DECLARADO HEREDEROS

DEFINITIVOS, y con benefi cio de inventario a YANCY JOHANA

LAZO DE LOPEZ, de veinticuatro años de edad, Secretaria, del domicilio

de Jocoro, Departamento de Morazán, con DUI número 04225846-1

y NIT número 1312-281189-101-8; WILIAN ERNESTO LAZO

CONTRERAS, de treinta y tres años de edad, empleado, del domicilio

de Jocoro, Departamento de Morazán, con DUI número 04572207-9

y NIT número 1312-091081-101-5; y VILMA HAYDEE LAZO DE

TELLEZ, de veintinueve años de edad, ama de casa, del domicilio de

Jocoro, Departamento de Morazán, con DUI número 02787183-8, y NIT

número 1312-040184-101 - 0; de la herencia que en forma Intestada dejó

la causante ESTER MAYELA CONTRERAS MELGARES, quien fue

de sesenta y un años de edad, divorciada, de ofi cios domésticos, origi-

naria de Jocoro, Departamento de Morazán, hija de Eduardo Contreras

y Gumercinda Melgares; quien falleció a las tres horas y treinta minutos

del día veinticuatro de junio del dos mil doce, en el Hospital Nacional

San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel; siendo su último lugar

el Caserío Los Calmitos del Cantón Las Marías de la jurisdicción de

Jocoro, Departamento de Morazán; en concepto de hijos de la referida

causante. Se ha conferido a los referidos aceptantes la administración y

representación DEFINITIVA de dicha sucesión.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, a las catorce horas y veinticinco minutos del

día cinco de marzo de dos mil quince.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MO-

RENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA.- LIC. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

1 v. No. F046640

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

JOSÉ SALOMON ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Testamentaria clasifi cadas con el NUE: 01671- 13-CVDV-1CM1-273-1;

por resolución de las ocho horas con quince minutos del día cinco de

enero del año dos mil quince, SE HAN DECLARADO HEREDEROS

DEFINITIVOS y con Benefi cio de Inventario, a la señora LUISA ELENA

TREJO PACHECO CÁCERES, de treinta años de edad, Licenciada en

Anestesiología e Inhaloterapia, de este domicilio, con Documento Único

de Identidad número: Cero dos cuatro uno ocho siete nueve uno -tres

(02418791-3); con Número de Identifi cación Tributaria: Uno dos uno

siete - cero seis uno cero ocho dos - uno uno tres - seis (1217-060182-

113-6); y la señora ANA CECILIA BENÍTEZ ACOSTA, de treinta

y nueve años de edad, de Ofi cios Domésticos, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad número: Cero dos siete tres tres uno

uno siete - uno (02733117-1); con Número de Identifi cación Tributaria:

Uno tres cero seis - cero tres cero nueve siete tres - uno cero uno - cero

(1306-030973-101-0); la primera en concepto de cesionaria del derecho

Hereditario que le correspondía al señor Ángel Gregorio Trejo Pacheco,

como Heredero designado por la causante, y la segunda como Heredera

Testamentaria designada por la causante, juntamente con los señores

GREGORIO SALVADOR TREJO PACHECO MIDENCE conocido

por GREGORIO SALVADOR TREJO MIDENCE, mayor de edad,

Ingeniero Civil, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número: Cero dos millones ochocientos seis mil ochocientos sesenta y

seis - seis; y con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos

diecisiete - cero cincuenta mil novecientos sesenta y seis - cero cero uno

- ocho; y SALVADOR ANTONIO TREJO PACHECO MIRANDA,

mayor de edad, Abogado, de este domicilio, con Documento Único de

Identidad número: Cero cero doce mil setecientos setenta y cinco - ocho;

con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos diecisiete -

cero setenta mil quinientos sesenta y ocho - cero cero uno - ocho; ambos

como Herederos Testamentarios designados por la señora AGUSTINA

LUISA TREJO MORAGA, conocida tributariamente como AGUSTINA

LUISA TREJO PACHECO, quien fue de noventa y dos años de edad,

Ama de casa, soltera, Salvadoreña, de este domicilio, hija de Tráncito

Moraga, y Gregorio Trejo Pacheco, ambos ya fallecidos; y quien falleció

a las dieciséis horas y diez minutos del día doce de julio de dos mil trece,

en la Octava Calle Poniente, Casa número quinientos diez, Barrio San

Felipe, San Miguel; declaratoria que se hizo habiendo transcurrido más

de quince días hábiles después de la tercera publicación en el Diario

Ofi cial, sin que persona alguna se haya presentado haciendo oposición

a las presentes diligencias.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Miguel, a las ocho horas con cuarenta y siete minutos del día cinco de

enero de dos mil quince.- LICDO. JOSÉ SALOMON ALVARENGA

VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.

MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA.

1 v. No. F046642

JUAN ANTONIO HERNANDEZ VALLE, Notario, de este domicilio,

con ofi cina Jurídica ubicada en Cuarta Avenida Sur, y Segunda Calle

Oriente Local "C", esquina opuesta a Bigestt, Cojutepeque, departamento

de Cuscatlán,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas de este día, se ha declarado a la señora FRANCISCA

MARTINEZ PACHECO conocida por FRANCISCA MARTINEZ,

heredera defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes que a su

defunción ocurrida a las once horas y treinta y cinco minutos, del día

siete de marzo del año dos mil cinco, en Hospital Médico Quirúrgico, del

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la ciudad de San Salvador,

a consecuencia de Neoplasia Encrucijada Biliopancreática más shock

séptico, con asistencia medica de parte de la Doctora Lorena Ivette Araujo

M.; quien tuvo su último domicilio la Ciudad de San Martin, departamento

de San Salvador, de los bienes que dejara el señor MANUEL DE JESUS

MARTINEZ; en su calidad de madre del causante y como cesionaria de

los derechos Hereditarios que como hijos del causante le correspondían a

los señores WILBER ANTONIO MARTINEZ ROSALES Y MANUEL

ARMANDO MARTINEZ ROSALES; en consecuencia se le confi ere

la Administración y Representación Defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán,

a los trece días del mes de marzo de dos mil quince.-

LIC. JUAN ANTONIO HERNANDEZ VALLE,

NOTARIO.

1 v. No. F046653

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil; del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las quince horas

y quince minutos del día veinte de febrero de dos mil quince.- Constan-

do en el Diario Ofi cial agregado a folios 50, Publicación página 253.

Que han transcurrido más de quince días de la última publicación del

edicto respectivo, se le declara heredera expresamente y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las diez horas y

cinco minutos del día veintiséis de enero del año dos mil siete, en Glen

Cove, New York, siendo su último domicilio la Villa de Polorós, de

este distrito, Departamento de La Unión, dejó el causante José Emérito

Hernández Canales, de parte de la señora Johana Macelu Oliva de

Bonilla, en concepto de Cesionaria del Derecho Hereditario que en la

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

referida sucesión le correspondía a la señora María Aparicia Hernández

de Escobar, en concepto de hermana sobreviviente del referido causante,

de conformidad con el artículo 1699 del código civil. Se le confi ere a la

heredera declarada en el carácter dicho la administración y representación

DEFINITIVA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Dése el aviso de

ley y oportunamente extiéndase la certifi cación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil

quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F046654

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

DELGADO, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado a

las nueve horas con quince minutos del día once de Febrero de dos mil

catorce. Se ha declarado Heredero Defi nitivo con benefi cio de inventario

la Herencia Testamentaria a su defunción ocurrida en la ciudad de San

Salvador, pero con último domicilio en esta ciudad, a las diez horas del día

diecisiete de Mayo de dos mil doce, dejó la señora DELFINA GARCIA

VIUDA DE VASQUEZ, al señor JORGE ALBERTO VASQUEZ

GARCIA, en calidad de Heredero Testamentario. Se ha conferido al

heredero declarado la administración y representación DEFINITIVA

de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil Juez dos: Delgado, a las nueve

horas con veinte minutos del día once de febrero de dos mil catorce.

DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. F046658

LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado a las catorce horas

del día veintinueve de enero del corriente año, se declaró heredera ex-

presamente, y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

al fallecer a las veintitrés horas cincuenta y ocho minutos del día diez

de julio del año dos mil trece, en la ciudad de Anamorós, departamento

de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara la causante

María Gregoria Herrera de Interiano o María Gregoria Herrera, a favor

de la señora Rosa Carmen Interiano Herrera, en concepto de hija sobre-

viviente de la referida causante, de conformidad con lo establecido en

el Art. 988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia se le confi rió a la

heredera declarada en el carácter dicho la administración y representación

defi nitiva de los bienes de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los tres días del mes de febrero del año dos mil

quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. F046665

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las diez horas y veinticinco minutos

de este día, se ha declarado heredera defi nitiva, con benefi cio de inventa-

rio la herencia testamentaria que dejó la señora MAXIMINA FLORES

ESPINAL conocida por MAXIMINA FLORES DE BONILLA, quien

falleció el día trece de noviembre del dos mil trece, en el Barrio Las

Flores, de la Villa de San José, Departamento de La Unión, siendo ese

lugar su último domicilio; a la señora NORMA LISETH FLORES FLO-

RES, en calidad de hija de la causante. Y se le ha conferido a la heredera

declarada, en la calidad antes dicha, la administración y representación

defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinte días del

mes de enero del dos mil quince. LIC. ROGELIO HUMBERTO RO-

SALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F046667

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil; del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las quince horas y

quince minutos del día veinte de febrero de dos mil quince.- Constando

en el Diario Ofi cial agregado a folios 20, Publicación página 154. Que

han transcurrido más de quince días de la última publicación del edicto

respectivo, se le declara heredero expresamente y con benefi cio de in-

ventario de la herencia intestada que al fallecer a las cinco horas y treinta

del día cuatro de junio del año dos mil once, en El Hospital Nacional

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

de Santa Rosa de Lima, siendo su último domicilio esta misma ciudad,

Departamento de La Unión, dejó el causante Juan Rosa Escobar, conocido

por Juan Rosa Escobar Escobar, Rosalio Escobar, Rosali Escobar, de parte

del señor Pedro Ángel Escobar Escobar, en concepto de hijo sobreviviente

del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1°

del código civil. Y Como Cesionaria del Derecho Hereditario que en la

referida sucesión le correspondía a la señora María Victoria Escobar de

Escobar, en concepto de cónyuge sobreviviente del referido causante,

de conformidad con el artículo 1699 del código civil. Se le confi ere al

heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación

DEFINITIVA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Dése el aviso de

ley y oportunamente extiéndase la certifi cación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil

quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F046669

GUADALUPE MAYORAL GARCIA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina jurídica situada en Edifi cio Niza, Local Doscientos seis,

situado en la Diecinueve Calle Poniente y Primera Avenida Norte, de

esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrito No-

tario, a las ocho horas del día nueve de marzo del año dos mil quince,

se declaró Heredera defi nitiva y con BENEFICIO DE INVENTARIO,

la Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora María

Julia Escobar conocida por Isabel Escobar Castillo, María Isabel Escobar

y por Isabel Escobar, quien falleció el día quince de mayo del año mil

novecientos noventa y tres en Colonia San Francisco número Doce,

Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador, siendo éste su último

domicilio, a la señora Alba Lilian Escobar, de setenta y ocho años de

edad, Empleada, del domicilio de Quezaltepeque, departamento de La

Libertad, con Documento Único de Identidad Número cero cuatro cinco

tres dos cero cinco siete - seis; con Número de Identifi cación Tributaria

cero quinientos doce - ciento veinte mil trescientos cincuenta y cuatro -

ciento dos - tres; en su calidad de Hija de la causante. Confi riéndosele a

la Heredera Declarada, la Administración y Representación Defi nitiva

de la Sucesión.

San Salvador, a los diez días del mes de Marzo del dos mil quin-

ce.

GUADALUPE MAYORAL GARCIA,

NOTARIO.

1 v. No. F046670

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil; del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las quince horas y

quince minutos del día veinte de febrero de dos mil quince.- Constando

en el Diario Ofi cial agregado a folios 32, Publicación página 154. Que

han transcurrido más de quince días de la última publicación del edicto

respectivo, se les declara herederos expresamente y con benefi cio de

inventario de la herencia intestada que al fallecer a las once horas y

cuarenta y tres minutos del día veintisiete de abril del año dos mil trece,

en la ciudad de Elmhurst, Nueva York, Estados Unidos de América,

siendo su último domicilio la Villa de Nueva Esparta, de este distrito,

Departamento de La Unión, dejó el causante José Humberto Guzmán,

de parte de los señores Héctor Antonio Guzmán García y Ruth Nohemy

Santos de Guzmán, en concepto de cónyuge sobreviviente del expresado

causante, de conformidad con el artículo 988 numeral 1° del código

civil. Se les confi ere a los herederos declarados en el carácter dicho

la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de la

indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de

la herencia yacente. Dése el aviso de ley y oportunamente extiéndase la

certifi cación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil

quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F046673

FRANCIS ANTONIO IBAÑEZ EGUIZABAL, notario, de este domi-

cilio, con Despacho Notarial ubicado en Edifi cio Avante, Suite CINCO-

CERO UNO, Boulevard Luis Poma, Santa Elena, Antiguo Cuscatlán,

departamento de La Libertad,

HAGO SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las quince horas y cincuenta minutos del día once de marzo del año

dos mil quince, se han declarado a los señores don JOSÉ ROMEO

LÓPEZ PRIETO CONOCIDO POR JOSÉ ROMEO LÓPEZ MEJÍA

Y POR ROMEO LÓPEZ MEJÍA, don ENRIQUE LÓPEZ BARBÓN,

doña MARÍA GERALDINA LÓPEZ DE ANLIKER CONOCIDA POR

MARÍA GERALDINA LÓPEZ BARBÓN y doña MILAGRO DE LO-

URDES LÓPEZ BARBÓN conocida por MARÍA LOURDES LÓPEZ

BARBÓN, como herederos defi nitivos con benefi cio de inventario de

los bienes que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador,

departamento de San Salvador, su último domicilio, el día veinte de agosto

del año dos mil once, dejó la señora ADA LILIAN NINFA GARCÍA

BARBÓN conocida por ADA LILIAN NINFA GARCÍA DE LÓPEZ,

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ADA LILIAN NINFA BARBÓN DE LÓPEZ, ADA LILLIAM NIN-

FA BARBÓN DE LÓPEZ, LILIAN BARBÓN DE LÓPEZ, LILIAM

BARBÓN DE LÓPEZ, LILLIAM BARBÓN, LILLIAM BARBÓN DE

LÓPEZ, LILIAN BARBÓN, LILLIAN BARBÓN DE LÓPEZ, LILIAN

BARBÓN DE LÓPEZ, HADA LILIAN NINFA GARCÍA BARBÓN

DE LÓPEZ, HADA LILIAN NINFA BARBÓN DE LÓPEZ, HADA

LILLIAM NINFA BARBÓN DE LÓPEZ, en su concepto de cónyuge

sobreviviente y de hijos legítimos de la de cujus respectivamente;

habiéndoseles concedida la representación y administración defi nitivas

de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, departamento de La

Libertad, a los once días del mes de marzo del año dos mil quince.

FRANCIS ANTONIO IBAÑEZ EGUIZABAL,

NOTARIO.

1 v. No. F046677

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cuarenta

minutos del día de hoy, se ha declarado heredera abintestato con benefi cio

de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora MARÍA

DE LA CRUZ CLÍMACO MUÑOZ O MARÍA DE LA CRUZ CLI-

MACO, de sesenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, soltera,

salvadoreña, originaria de San Vicente, con documento único de identidad

numero: cero dos millones novecientos cincuenta y cuatro mil ochenta

y ocho-uno, número de identifi cación tributaria: uno cero uno cero-dos

cinco cero tres cuatro cinco-uno cero uno-tres, falleció el día diez de

octubre del dos mil trece en el Hospital Nacional Santa Gertrudis de esta

ciudad, en este Distrito Judicial lugar de su último domicilio, a la señora

ZULEYMA CARMINA CLÍMACO DE BATRES, de treinta y un años

de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con documento único

de identidad número: cero cero ocho nueve dos siete uno cero-nueve

y número de identifi cación tributaria: uno cero uno cero-uno cero cero

uno ocho tres-uno, en concepto de cónyuge del causante.

Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y

representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los once días

del mes marzo del dos mil quince. DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

1 v. No. F046683

FABIO LEHILUD ESTRADA PARADA, Notario, de este domicilio,

con Despacho Notarial situado en: Boulevard Constitución, Centro

Comercial Andrómeda, local seis, San Salvador, Departamento de San

Salvador. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las dieciséis horas del día diez de marzo de dos mil quince, se ha decla-

rado HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO

DE INVENTARIO DEL JOVEN SERGIO EVERALDO GONZALEZ,

y quién falleció en calle a Mariona doscientos metros calle abajo hacia

el norte de gasolinera SHELL frente a taller de estructuras metálicas

GAS TROPISHELL, de la Ciudad de Mejicanos, Departamento de

San Salvador, a las cinco horas y quince minutos del día dieciocho de

Noviembre de dos mil dos, a consecuencia de "TRAUMA CRANEO

ENCEFALICO SEVERO""", quien a la fecha de su muerte era de dieci-

nueve años de edad, soltero, del domicilio de Mejicanos, Departamento

de San Salvador y de nacionalidad Salvadoreña, originario de la Ciudad

de Mejicanos, Departamento de San Salvador, hijo de la compareciente

señora MARIA DE LA CRUZ GONZALEZ MONTEAGUDO, en con-

cepto de Heredera del causante; y se le confi rió a la Heredera Declarada

la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA

SUCESION.

Librado en la ofi cina del Notario FABIO LEHILUD ESTRADA

PARADA, a las diez horas del día once de marzo de dos mil quince.

FABIO LEHILUD ESTRADA PARADA,

NOTARIO.

1 v. No. F046685

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

JOSÉ ÁNGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN-TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas con quince minutos de este día, se han declarado heredera abintestato y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día dos de diciembre de dos mil trece, en el Cantón El Volcán, jurisdicción de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor JOSÉ SANTOS ARIAS GUARDADO, quien fue de cincuenta y dos años de edad, soltero, ganadero, hijo de Dionisio Arias Mira o Dionisio Arias y de María Mercedes Guardado de Arias, originario de Sensuntepeque, Cabañas; a la señora ROSA SEGOVIA ROBLES, en calidad de conviviente del causante, representada por la Licenciada LORENA GUADALUPE LOPEZ, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele conferido a la heredera la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión, la cual ejercerá conjuntamente con la señora MARITZA YESENIA VASQUEZ ARIAS, como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad de padre del causante le correspondían al señor DIONISIO ARIAS MIRA o DIONISIO ARIAS, heredera anteriormente ya declarada.

Lo que avisa al público para los demás efectos de Ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los diez días del mes de marzo de dos mil quince. LIC. JOSÉ ÁN-GEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNÁNDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F046721

LA INFRASCRITA JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA IDA-LIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas veinte minutos del día once de marzo de dos mil quince, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con BENEFICIO DE INVENTARIO de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor MAURICIO ERNESTO GUERRA MOLINA, quien fue de veinticinco años de edad, estudiante, soltero, tuvo su último domicilio en Residencial Guerrero de esta ciudad, según certifi cación de partida de defunción de la misma, quien falleció a las tres horas diez minutos del día catorce de agosto de dos mil catorce; a la señorita INGRID VANESSA GUERRA MOLINA, con Número de Identifi cación Tributaria: cero doscientos diez- doscientos ochenta mil ochocientos noventa y tres-ciento dos-dos, en su calidad de cesionaria de los derechos que les correspondían a los señores ERNESTO ANTONIO GUERRA GUERRA y MARTA ALICIA MOLINA DE GUERRA, en su calidad de padres sobrevivientes del causante.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana, once de marzo de dos mil quince. LIC. THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PÉREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F046724

ERNESTINO ANTONIO DELEON ABREGO, Notario, con ofi cina ubicada en avenida Doctor Ireneo Chacón, Casa Número Veinticuatro, Barrio El Centro, Tejutepeque, Departamento de Cabañas, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia intestada que a su defunción dejó la señora IRMA ALICIA ESPINOZA DE ESTRADA, promovidas por los señores JULIAN RODOLFO ESTRADA ESPINOZA y CARLOS ERNESTO ESTRADA ESPINOZA, en calidad de hijos de la referida causante. Por resolución dictada a los diez días del mes de febrero del año dos mil quince, se declaró herederos con benefi cio de inventario a los expresados señores de los bienes dejados a su defunción ocurrida a las dieciséis horas del día treinta de noviembre del año dos mil catorce en su casa de habitación ubicada en Cantón Oratorio de la ciudad de Ilobasco, Cabañas, y su último domicilio, siendo originaria de Ilobasco, Cabañas; habiéndoseles conferido a los herederos declarados la adminis-tración y representación defi nitiva de los bienes de la expresada sucesión.

Librado en la ciudad de Tejutepeque, a los diez días del mes de marzo del año dos mil quince.

ERNESTINO ANTONIO DELEON ABREGO,NOTARIO.

1 v. No. F046737

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

AVISA: Que por resolución proveída por este tribunal, a las once horas catorce minutos del día veintisiete de enero de dos mil quince. Se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO, con benefi cio de inventario, a la señora SILVIA MARITZA CORADO DE ESTRADA, en su concepto de Cónyuge del causante MIGUEL ÁNGEL ESTRADA DUEÑAS o MIGUEL ÁNGEL ESTRADA, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, casado, profesor, fallecido a las siete horas del día veinte de enero de dos mil diez, en el Barrio Apaneca, Quinta Calle Oriente y Quinta Avenida Sur, casa número treinta y uno, siendo esta ciudad su último domicilio; a quien se le ha confe-rido la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas veintiocho minutos del día tres de febrero de dos mil quince.- LIC. CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F046742

KARLA YANESA JOVEL CARRANZA, Notario, del domicilio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, con ofi cina jurídica y nota-rial ubicada en la dirección siguiente: Edifi cio Asociación CREFAC, segundo nivel, Sobre Final Calle Monserrat y Calle 15 de Septiem-bre, Colonia Málaga, Número 27, Barrio Santa Anita, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las doce horas del día dos de marzo del dos mil quince, se ha Declarado: HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

la señora MARIA SANDRA HERNANDEZ DE ORELLANA, sobre la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, el día seis de octubre del año dos mil tres, dejó el señor JOSÉ CUPERTINO HERNÁNDEZ, confi riéndosele a dicha señora, LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la sucesión intestada la cual aceptó, EN LAS PRESENTES DILIGEN-CIAS REALIZADAS en su calidad de HIJA SOBREVIVIENTE DEL CAUSANTE Y A TRAVÉS DEL DERECHO DE SUCESIÓN según el Artículo Novecientos Ochenta y Ocho, Numeral Uno del Código Civil.

Por lo que se avisa y se comunica al público, para los efectos de Ley que correspondan.

Librado por la Notaria, Licenciada KARLA YANESA JOVEL CARRANZA, En la Ciudad de San Salvador, a las doce horas del día dos de marzo del dos mil quince.-

LICDA. KARLA YANESA JOVEL CARRANZA,NOTARIO.

1 v. No. F046761

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las once horas veinte minutos del día catorce de enero del año dos mil quince, SE DECLARÓ HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a los señores CÉSAR SATURNINO REYES RODRÍGUEZ, MARÍA ANDREA LILIAN RODRÍGUEZ, MARÍA DEL PILAR REYES DE GARCÍA, y MARÍA LUISA REYES RODRÍGUEZ, de los bienes que a su defunción dejó la señora MARÍA ABELINA RODRÍGUEZ, conocida por ABELINA RODRÍGUEZ, AVELINA RODRÍGUEZ y por MARÍA ABELINA RODRÍGUEZ VIUDA DE REYES, quien fue de ochenta y cuatro años de edad, doméstica, casada, salvadoreña, fallecida el día catorce de diciembre del año dos mil trece, en el Hospital Santa Gertru-dis, de la ciudad y departamento de San Vicente, siendo Apastepeque, departamento de San Vicente el lugar de su último domicilio, en concepto de hijos de la causante.

Y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las once horas veinte minutos del día catorce de enero del año dos mil quince.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CI-VIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.-

1 v. No. F046769

LUIS ALONSO TORRES PEÑA, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada en Primera Calle Oriente, Local Número Tres, de la ciudad de Co-jutepeque, Departamento de Cuscatlán; al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas de este día, se ha declarado al señor SANTIAGO BARRERA CORDOVA, HEREDERO DEFINITIVO, y con benefi cio

de inventario, de los bienes que a su defunción dejó el señor SANTOS INOCENTE MELENDEZ MELENDEZ, quien fue de cincuenta y un años de edad, Agricultor, del origen y domicilio de Santo Domingo, Departamento de San Vicente, salvadoreño por nacimiento, hijo de los señores GABRIELA MELENDEZ y BRIGIDO MELENDEZ, ambos ya fallecidos. Dicho señor falleció a las siete horas veinte minutos, del día dieciséis de septiembre del año dos mil trece; en el Hospital Rosales, de la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a causa de Traumatismo Intracraneal no especifi cado, con asistencia médica. Declaratoria que se le confi ere en concepto de Heredero Intestado del causante, en su calidad de Cesionario de los derechos hereditarios que correspondían a las señoras MARIA CRISTINA ASCENCIO DE MELENDEZ y BLANCA FLOR MELENDEZ ASCENCIO, en su calidad la primera de esposa y la segunda de hija del causante, quienes también tenían condición de coherederas de la Herencia Intestada de la de cujus.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, el día trece de marzo de dos mil quince.-

LIC. LUIS ALONSO TORRES PEÑA,NOTARIO.

1 v. No. F046772

CARLOS ROBERTO GALEAS CHAVEZ, Notario, del domicilio de la Ciu-dad de San Miguel; con despacho notarial ubicado en Séptima calle Ponien-te, casa doscientos tres bis, Barrio La Merced, de la Ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario; proveída, se ha declarado a la señora MARIA DE LOS ÁNGELES CHEVEZ, heredera defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la señora ISABEL CHEVEZ HERNANDEZ, conocida por ISABEL CHEVEZ, que en concepto de hija de la causante; habiéndosele concedido, la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

San Miguel, catorce de febrero del año dos mil quince.

CARLOS ROBERTO GALEAS CHAVEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F046774

MARVIN DE JESUS COLORADO TORRES, Notario, de este domi-cilio, con ofi cina ubicada en Trece Calle Poniente, condominio, ciento cuarenta y seis, local uno, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las nueve horas del día treinta de septiembre del dos mil catorce, se ha declarado al señor AMILCAR ANACLETO DUEÑAS, conocido por

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Page 63: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

AMILCAR DUEÑAS, heredero defi nitivo con benefi cio de Inventario

de los bienes que a su defunción, en el Hospital Médico Quirúrgico del

Instituto Salvadoreño del Seguro Social, departamento de San Salvador, a

las nueve horas con cincuenta minutos del día veintitrés de noviembre de

dos mil ocho, siendo su último domicilio Condominio Residencial Atlanta,

calle al Volcán, pasaje dos, edifi cio "Q" número nueve, Mejicanos, Depar-

tamento de San Salvador, dejara la señora MARIA ANTONIA DUEÑAS

DE ALVARADO conocida por MARIA ANTONIA DUEÑAS FLORES

y MARIA ANTONIA DUEÑAS, en concepto de hijo sobreviviente y

cesionario de los derechos que le correspondían a su hermano JOSE

OMAR AMAYA DUEÑAS hijo de la causante; habiéndole concedido

la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, doce de marzo del dos mil quince.-

MARVIN DE JESUS COLORADO TORRES,

NOTARIO.

1 v. No. F046782

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza

de lo Civil de este distrito judicial.

HACE SABER: Que este día ha declarado a HECTOR DAVID

SORTO AMAYA o HECTOR DAVID SORTO, con NIT 0905-091251-

001-4, heredero intestado con benefi cio de inventario de los bienes dejados

por TEODORO SORTO o TEODORO SORTO RIVERA, que falleció

el día seis de febrero de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón

El Amate de esta jurisdicción, Departamento de La Paz, su último domi-

cilio, en concepto de hijo del fi nado; y se ha conferido al heredero que

se declara, la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los cuatro días del

mes de Marzo de dos mil quince.- LICDA. GLORIA VICTALINA

VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR

ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.-

1 v. No. F046784

LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de

lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado

a JOSE WILFREDO AQUINO CASTILLO, FRANCISCO ANTONIO

AQUINO CASTILLO y JUAN ALBERTO AQUINO CASTILLO,

herederos intestados de los bienes que a su defunción dejó la cau-

sante CARMEN OLIVA CASTILLO ARRIOLA DE AQUINO o

CARMEN OLIVIA CASTILLO, quien falleció el día tres de sep-

tiembre de mil novecientos ochenta y nueve, en Santiago Nonualco,

departamento de La Paz, su último domicilio, en concepto de hijos

de la referida causante, y se ha conferido a los herederos que se de-

claran, la administración y representación defi nitivas de la sucesión;

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las once horas y cin-

co minutos del día cinco de marzo de dos mil quince.- LIC. GLORIA

VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.-

LIC. OSCAR ERNESTO ARÉVALO ORREGO, SECRETARIO.

1 v. No. F046787

YESENIA IVETTE GONZÁLEZ OTERO, JUEZA (1) PRI-

MERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución proveída por este juzgado, a las once

horas y cinco minutos del día veintiséis de enero del presente año, SE

HA DECLARADO al señor WALTER ERNESTO ARAUJO RIVERA,

mayor de edad, Biólogo, de este domicilio, con Documento Único de

Identidad número cero uno uno seis cinco cinco dos siete - cuatro y con

Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero seis uno cuatro - dos

cero uno cero seis cuatro - cero cero dos - dos; en su carácter de hijo

de la causante, como HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO

DE INVENTARIO, de la sucesión intestada dejada por la causante

señora ESPERANZA RIVERA PEÑA y/o ESPERANZA RIVERA

VIUDA DE ARAUJO, a su defunción ocurrida el día doce de abril de

dos mil once, en la Colonia La Joya, Pasaje Las Margaritas, Número

Ciento Ocho, de esta ciudad; siendo esta ciudad el lugar de su último

domicilio; y se ha conferido al heredero declarado, LA ADMINISTRA-

CIÓN Y LA REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN,

todo de conformidad a lo establecido en el Art. 1165 del Código Civil.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salva-

dor, a las once horas y quince minutos del día veintiséis de enero de dos

mil quince. DRA. YESENIA IVETTE GONZÁLES OTERO, JUEZA

PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LICDA. FLORINDA

GARCÍA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F046794

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo

Civil y Mercantil de Santa Ana, DE CONFORMIDAD AL INCISO

SEGUNDO DEL ARTICULO 1165 DEL CÓDIGO CIVIL, AL PU-

BLICO EN GENERAL

AVISA: Se han promovido por el Licenciado JUAN JOSE

RODRIGUEZ FLORES, Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestadas con Benefi cio de Inventario sobre los bienes que a su defun-

ción dejara el señor JUAN JOSE MAGAÑA CIFUENTES conocido

por JUAN JOSE CIFUENTES, quien falleció a las cinco horas y treinta

minutos del día cuatro de mayo del año dos mil doce, siendo su último

domicilio la ciudad y departamento de Santa Ana, habiéndose nombrado

este día como HEREDEROS de los bienes, derechos y obligaciones

transmisibles que de manera INTESTADA dejara el referido causante a

los señores JUAN JOSE MAGAÑA PADILLA y HUGO ARMANDO

MAGAÑA PADILLA, en su calidad de hijos sobrevivientes y cesionarios

de los derechos hereditarios que les corresponderían a la señora Petrona

Padilla de Magaña, en su calidad de cónyuge sobreviviente y del señor

David Ernesto Magaña Padilla, en su calidad de hijo sobreviviente del

causante en comento.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad

de Santa Ana, a los diez días del mes de marzo de dos mil quince.- Lic.

MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA

MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

1 v. No. F046810

LUIS EDUARDO ARGUETA TOVAR, Notario, del domicilio de la

ciudad y departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada en Colonia

Las Colinas Block "G", número Dieciséis, de la ciudad de Mejicanos,

Departamento de San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las quince horas del día nueve de marzo del dos mil quince, se ha de-

clarado al señor VICTOR MANUEL CASTRO AMAYA, en su calidad

de cesionario de los derechos hereditarios otorgada a su favor por la

señora María Luisa Mendoza viuda de Castillo, hermana del causante

señor GONZALO MENDOZA MARTINEZ, en consecuencia nómbrase

HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE INVENTARIO

DE LA HERENCIA INTESTADA, dejada a su defunción por el señor

GONZALO MENDOZA MARTINEZ, quien falleció a la edad de se-

senta y tres años, Jornalero, soltero, originario de la ciudad de Tecapán,

Departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, teniendo la

ciudad de Tecapán, Departamento de Usulután, como su último domi-

cilio y habiendo fallecido en esa ciudad el día cinco de abril del año mil

novecientos ochenta y cuatro, habiéndosele conferido al aceptante LA

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA

SUCESION.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

En la ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes de marzo

del año dos mil quince.- Enmendado-quince.- Vale-

Lic. LUIS EDUARDO ARGUETA TOVAR,

NOTARIO.

1 v. No. F046811

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce

horas y diez minutos de este día, del presente mes y año, se ha declarado

heredera defi nitiva con benefi cio de inventario en la herencia intestada,

de los bienes que a su defunción dejó la causante señora MARIA GRA-

CIELA LOPEZ, conocida por GRACIELA LOPEZ, quien falleció el día

dos de mayo de dos mil seis, en el Municipio de San Pedro Perulapán,

Departamento de Cuscatlán, siendo ese municipio y departamento su

último domicilio, a la señora GLADIS MARINA PEREZ LOPEZ, mayor

de edad, Empleada, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departamento

de Cuscatlán, portadora de su Documento Unico de Identidad Número:

cero cero uno cero tres tres uno cero - tres; y con Número de Identifi ca-

ción Tributaria: cero siete uno cero - dos cero uno uno cinco siete - uno

cero uno - cero; en su calidad de hija de la referida causante.

Habiéndose conferido a la aceptante la administración y represen-

tación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y

quince minutos del catorce de enero del año dos mil quince.- Lic. MA-

NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO

BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

1 v. No. F046815

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

ALDO ENRIQUE CONDE SILIEZAR, Notario, del domicilio de San

Salvador, con Ofi cina ubicada en Colonia San Joaquín Oriente, Calle

"A", número ciento cinco - uno "B", de la ciudad de San Salvador,

HACE SABER: Que por Resolución del suscito Notario, pronun-

ciada a las nueve horas del día cinco de marzo de dos mil quince, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de

parte de la señora Alba de Jesús Campos Iglesias, en su calidad de hija

sobreviviente, en la sucesión del causante señor Pedro Antonio Funes,

quien falleció a las dieciséis horas del día diecinueve de enero de dos

mil ocho, en el hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad y De-

partamento de San Miguel, siendo su último domicilio en El Divisadero,

Departamento de Morazán; habiéndosele conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con Derechos a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina

notarial antes citada en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ALDO ENRIQUE CONDE

SILIEZAR. En la ciudad de San Salvador, a los siete días del mes de

marzo de dos mil quince.

ALDO ENRIQUE CONDE SILIEZAR,

NOTARIO.

1 v. No. C010381

JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS, Notario, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en Calle Chaparrastique, número seiscientos siete, de

esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las once horas del día uno de octubre del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción ocurrida a las quince horas con quince minutos del

día cuatro de abril del año dos mil, en el cantón Cirigual, jurisdicción

de Guatajiagua, departamento de Morazán, dejó el señor GEREMIAS

VILLACORTA, de parte del señor ARNULFO VILLACORTA, en su

calidad de hijo del causante, habiéndose conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la expresada herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario JUAN MIGUEL CARDONA

ARIAS. En la ciudad de San Miguel, a las quince horas del día uno de

octubre del año dos mil catorce.

JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS,

NOTARIO.

1 v. No. F046583

JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS, Notario, de este domicilio, con

ofi cina ubicada en Calle Chaparrastique, número seiscientos siete, de

esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día dos de marzo del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción, ocurrida a las veinte horas del día diecisiete

de junio del año dos mil cinco, en Cantón Jalacatal, departamento de San

Miguel, dejó el señor HILARIO ARGUETA QUINTANILLA, conoci-

do por HILARIO ARGUETA, de parte de la señora ROSA GLADYS

VILLEGAS DE CHAVEZ, en su calidad de hija del causante y como

cesionaria de los bienes de sus hermanos Sabino Antonio Villegas,

Francisco Javier Villegas y José Luis Villegas, habiéndose conferido la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la expresada herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario JUAN MIGUEL CARDONA

ARIAS. En la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día cinco de

marzo del año dos mil quince.

JUAN MIGUEL CARDONA ARIAS,

NOTARIO.

1 v. No. F046584

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

MARIO LEONCIO AYALA GUEVARA, Notario, con ofi cina en

Diecinueve Calle Poniente Edifi cio NIZA Local 216, de esta ciudad,

al público,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito, a las

diez horas del día veintisiete de octubre de dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada dejada a su defunción por la señora Margarita Sigüenza,

quien falleció en su casa de habitación, en Cantón Rosario El Tablón,

Tenancingo, departamento de Cuscatlán, el día quince de noviembre de

dos mil trece, a las diecinueve horas, de setenta y ocho años de edad,

siendo su último domicilio Tenancingo, Cuscatlán, de parte del señor

Juan Sigüenza Moya, en su calidad de hijo, confi riéndole al aceptante la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de la herencia yacente.

Y se cita a todo el que se crea con derecho a la referida herencia

para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día veintiocho de octubre de dos mil

catorce.

Doctor MARIO LEONCIO AYALA GUEVARA,

NOTARIO.

1 v. No. F046586

CARLOS ROBERTO GALEAS CHAVEZ, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina establecida en la Primera Calle Oriente número Trescientos

nueve, de esta ciudad, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día

dos de marzo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente

con benefi cio de inventario, de la Herencia Intestada que a su defun-

ción dejó el señor MANUEL DE JESUS ORELLANA, conocido por

MANUEL DE JESUS ORELLANA ARRIAZA, fallecido en el Cantón

Mirafl ores, Caserío Los Ranchos, jurisdicción y departamento de San

Miguel, siendo ese su último domicilio, el día cuatro de noviembre del

año dos mil catorce, a la señora EMMA MARGARITA REYES VIUDA

DE ORELLANA, en su concepto de Esposa sobreviviente del causante;

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en la Ofi cina Notarial: San Miguel, a las ocho horas del

día cuatro de Marzo del año dos mil quince .

Lic. CARLOS ROBERTO GALEAS CHAVEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F046634

MIRNA VICTORIA QUINTEROS RIVERA, Notario, del domicilio

de San Salvador, con ofi cina ubicada en Calle Douglas Varela número

E-seis, Colonia General Arce, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las nueve horas del día ocho de enero de dos mil quince, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testada

que a su defunción dejó el señor HUGO RENE AREVALO, conocido

por HUGO RENE AREVALO MENDOZA, ocurrida en la ciudad de

Chalchuapa, departamento de Santa Ana, a las seis horas y cincuenta y

cinco minutos del día veintiséis de octubre de dos mil catorce, de parte

de los señores MARLENE VICTORIA AREVALO RODRIGUEZ y

JUAN RENE AREVALO RODRIGUEZ, en concepto de Herederos

Universales, habiéndosele conferido la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos aquellos que se crean

con derecho a la herencia, para que se presenten a esta ofi cina dentro de

los quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto.

Librado en la Oficina de la Notario MIRNA VICTORIA

QUINTEROS RIVERA, San Salvador, a los diecinueve días del mes

de enero del año dos mil quince.-

MIRNA VICTORIA QUINTEROS RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. F046645

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

LICENCIADO MIGUEL ANGEL MENDEZ MORALES, Notario, del

domicilio de Soyapango, con ofi cina jurídica situada en Calle José Fran-

cisco López, número tres, Cojutepeque, departamento de Cuscatlán,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día seis de marzo del año dos mil quince, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia

Testamentaria que a su defunción ocurrida a las veinte horas del día

cuatro de enero de dos mil quince, en Hospital Médico Quirúrgico

ISSS, siendo la ciudad de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán su

último domicilio, dejó el señor NOE ANIBAL SANTOS MENDEZ,

de parte de los señores MARIA MAYENSI SALINAS RAMIREZ hoy

de SANTOS y ANIBAL JOSE SANTOS SALINAS, en el concepto de

herederos Testamentarios del causante ya mencionado, habiéndoseles

conferido la administración interina de la sucesión Testamentaria, a los

herederos declarados con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Cojutepeque a los seis días del mes de

marzo del año dos mil quince.

Lic. MIGUEL ANGEL MENDEZ MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. F046729

ANGEL RAMOS COELLO, Notario, de este domicilio, con despacho

notarial ubicado Colonia Acolhuatán Calle B, Polígono dos, Número

diecisiete, Ciudad Delgado, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las once horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por Aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a su

defunción ocurrida en la ciudad de Cuscatancingo, de este Departamento,

dejara el señor JOSE ALEJANDRO ACEVEDO RECINOS, de parte

de los señores JOSE ALEXANDER ALVARADO ACEVEDO, JOSE

JHONY ALVARADO ACEVEDO y ELSY NOEMI ALVARADO

ACEVEDO, en calidad de hijos sobrevivientes del causante y en conse-

cuencia, confi éraseles a los aceptantes la Administración y Representación

Interina de la mencionada sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente; c) Líbrense y publíquense los

edictos de ley; d) Extiéndase a los interesados certifi cación de la presente

resolución, para los efectos legales correspondientes.

Librado en Ciudad Delgado, a las doce horas del día treinta de

agosto de dos mil catorce.

ANGEL RAMOS COELLO,

NOTARIO.

1 v. No. F046785

LUIS CLEMENTE VENTURA HERNANDEZ, Notario, de este do-

micilio, con ofi cina ubicada en la Sesenta y Siete Avenida Sur y Pasaje

Dos, Número treinta y tres, Colonia Escalón, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito No-

tario, a las dieciséis horas del día nueve de marzo de dos mil quince,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada que dejó la señora MARINA ESTER DINORA

CASTILLO VIUDA DE COLINDRES, conocida por ESTER DINORA

CASTILLO DE COLINDRES y ESTHER DINORA CASTILLO DE

COLINDRES, quien falleció a las doce horas cincuenta minutos del

día cuatro de octubre de dos mil catorce, de parte de la señora LUISA

FERNANDA GUADALUPE COLINDRES DE RICO, en su calidad

de hija de la causante, habiéndosele conferido la administración y

representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yaciente.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina del Notario Luis Clemente Ventura Hernández,

a las once horas del día diez de marzo de dos mil quince.

LUIS CLEMENTE VENTURA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F046792

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ALEX EDGARDO MEDRANO MEJIA, Notario, del domicilio de

Ciudad Delgado, con ofi cina ubicada en Boulevard de Los Héroes y

Veintitrés Calle Poniente, Condominio Centro Profesional Los Héroes,

Segundo Nivel, Local Dieciséis, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día doce de marzo de dos mil quince, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día treinta de enero de dos

mil cinco, dejó la señora DAYSI ELISA CAMPOS NAVARRETE, de

parte del señor MARTIN HIPOLITO ARCE ESTRADA, en su concepto

de cesionario de la causante, habiéndose conferido la administración y

representación de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ALEX EDGARDO MEDRANO

MEJIA. En la ciudad de San Salvador, a las doce horas del día trece de

marzo dos mil quince.

ALEX EDGARDO MEDRANO MEJIA,

NOTARIO.

1 v. No. F046822

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día

veintiuno de enero del año dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora ISABEL

CARMONA DE BERMUDEZ, la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor ALBERTO BERMUDEZ RIVERA, conocido por

ALBERTO BERMUDEZ SANCHEZ, por ALBERTO BERMUDEZ

RIVERA y ALBERTO BERMUDEZ, quien fue de setenta y ocho años

de edad, comerciante en pequeño, casado, originario del municipio de

San Vicente, departamento de San Vicente, fallecido a las quince horas

quince minutos del día cinco de enero de dos mil catorce, en el Cantón

San Francisco Chamoco, Caserío El Junquillal, jurisdicción de San

Vicente, departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio,

en concepto de cónyuge sobreviviente del causante.

Nómbrase a la aceptante administradora y representante interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas

diez minutos del día veintiuno de enero de dos mil quince.- DRA. ANA

FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010384-1

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las once horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que

a su defunción dejó la señora ARCADIA BERMUDEZ, conocida por

ALCARDIA BERMUDEZ DE CORTEZ, quien fue de setenta y cuatro

años de edad, casada, de ofi cios domésticos, originaria de Estanzuelas,

Departamento de Usulután, residente en Estanzuelas, Departamento

de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hija de Lastenia Coreas,

y Adán Bermúdez, ya fallecidos; quien falleció a las quince hora del

día veintiuno de marzo de mil novecientos noventa y ocho, en Cantón

Tecomatal, de la ciudad de Estanzuelas, Departamento de Usulután,

siendo su último domicilio en la ciudad de Estanzuelas, Departamento

de Usulután, de parte de la señora ANA BERTA HENRRIQUEZ DE

CORTEZ, conocida por ANA BERTA HENRIQUEZ AYALA, y por

ANA BERTA HENRIQUEZ DE CORTEZ, de cincuenta años de edad,

ama de casa, del domicilio de Estanzuelas, Departamento de Usulután,

con Documento Único de Identidad número cero cero cuatrocientos cinco

mil ciento cincuenta y cinco guión ocho; y con Número de Identifi ca-

ción Tributaria: Un mil ciento siete - ciento treinta y un mil doscientos

sesenta y tres - ciento dos- cero, en concepto de CESIONARIA de los

derechos hereditarios que le correspondían a JULIO CESAR CORTEZ

BERMUDEZ, en calidad de hijo de la causante. Art. 988 Inc. 1°., del

Código Civil.

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

Confi érase a la heredera declarada en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Fíjese y publíquese

los edictos de ley y oportunamente extiéndase la certifi cación solicita-

da.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir

del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS NUEVE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL DIA

SEIS DE ENERO DE DOS MIL QUINCE.- LIC. OSCAR NEFTALI

ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RODOLFO

ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010385-1

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE

USULUTAN, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y cinco

minutos del día diez de febrero del corriente año, se ha tenido por acep-

tada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada

de los bienes que a su defunción dejó la causante MARIA ESTER

GONZALEZ ALFARO, conocida por MARIA ESTHER GONZALEZ

y por MARIA ESTER ALFARO GONZALEZ, quien falleció a las

dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de febrero

del año dos mil diez, siendo su último domicilio, el Cantón San Benito,

Jurisdicción de Mercedes Umaña, de parte de MARGARITA DEL

CARMEN GONZALEZ SALES, en calidad de hija de la causante antes

mencionada, confi riéndole la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que

dentro del término de ley, se presente a este Juzgado a hacer uso de sus

derechos, lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Berlín, a las catorce

horas y veinte minutos del día diez de febrero del año dos mil quince.- LIC.

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUZGADO DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ

DE HENRIQUEZ, SRIO.

3 v. alt. No. C010386-1

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Jueza de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas quince

minutos del día veinticuatro de febrero de dos mil quince, se ha tenido

por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó ERSON ANTONIO ORELLANA

MARTÍNEZ, quien falleció el día cinco de junio de dos mil catorce,

en la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último

domicilio, de parte de los señores RAÚL ORELLANA NAVARRETE

y TERESA DE JESÚS MARTÍNEZ DE ORELLANA, en concepto de

padres del causante.

Y se les ha conferido a los aceptantes, la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las quince horas treinta minutos del día veinticuatro de febrero de

dos mil quince.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MIRIAN CONCEPCIÓN

ORELLANA ARCE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010387-1

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Jueza de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas quince

minutos del día veinticuatro de febrero de dos mil quince, se ha tenido

por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora RUFINA TERESA GARCÍA

DE CUÉLLAR o RUFINA TERESA GARCÍA o TERESA GARCÍA,

quien falleció el día once de enero de dos mil quince, en el Hospital

Centro de Emergencias de la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad

de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de

parte de las señoras ANA GLORIA CUÉLLAR GARCÍA, SANDRA

MELANY CUÉLLAR GARCÍA y REYNA CELINA CUÉLLAR DE

ESCOBAR, en concepto de hijas de la causante; y cesionarias del derecho

hereditario que le corresponde a cada uno de los señores José Inés Luis

Cuéllar, José Roberto Cuéllar García y Joaquín Orlando Cuéllar García,

en calidad de hijos de la causante.

Y se les ha conferido a las aceptantes, la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las quince horas treinta minutos del día veinticuatro de febrero de

dos mil quince.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MIRIAN CONCEPCIÓN

ORELLANA ARCE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010388-1

DRA. DELMY ESPERANZA CANTARERO MACHADO, JUEZ DE

LO CIVIL INTERINA del Distrito Judicial de Soyapango.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas diez minutos

del veinticuatro de octubre del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor Edwin

Ernesto Jiménez Canales, en calidad de hijo de la causante, de la herencia

intestada que a su defunción dejó Irma Canales viuda de Jiménez, quien

fue de setenta y cuatro años de edad, Viuda, Profesora de Educación

Primaria, del domicilio de Soyapango, originaria de El Carmen, depar-

tamento de La Unión, hija de José Obdulio Jiménez y Paula Canales, de

nacionalidad salvadoreña, quien falleció el día veintiséis de noviembre

de dos mil doce.

Se confi ere al aceptante la representación y administración INTE-

RINA de la herencia con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten dentro del término de ley, a este Juzgado a deducir en legal

forma sus derechos.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas

veinte minutos del veinticuatro de octubre de dos mil catorce.- DRA.

DELMY ESPERANZA CANTARERO MACHADO, JUEZ DE LO

CIVIL INTA.- LICDA. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010390-1

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN,

AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor

JORGE ALBERTO FUNES POLIO, o JORGE ALBERTO FUNES,

al fallecer el día veintinueve de septiembre del año dos mil siete, en el

Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de San Miguel, siendo

la ciudad de Santa Elena, Departamento de Usulután el lugar que tuvo

como último domicilio, de parte de la señora ANA GLORIA FUNES

DE AMAYA, conocida por ANA GLORIA FUNES MORALES DE

AMAYA y por ANA GLORIA FUNES MORALES, como hija del

causante y como cesionaria del derecho hereditario que le correspondía

a la señora JULIA ELENA MORALES VIUDA DE FUNES, conocida

por JULIA ELENA MORALES CASTILLO y por JULIA ELENA

MORALES, como cónyuge sobreviviente del causante.

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Represen-

tación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se pre-

senten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días, después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

veintisiete días del mes de febrero del año dos mil quince.- LIC. JOSE

ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL

SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010392-1

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que por resolución dictada, a las quince horas

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario de parte del señor MARCOS JOSE MARTINEZ MELGAR;

de 37 años de edad, Licenciado en Ciencias Jurídicas, del domicilio de

Jocoro, departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad

No. 02860066-2, y N.I.T. No. 1312- 291177-102-8; de la herencia que

en forma intestada dejó la señora ERMELINDA ALTAGRACIA MEL-

GAR FLORES; quien fue de 68 años de edad, Profesora en Educación

Básica, originaria de San Francisco Gotera, y del domicilio de Jocoro,

Departamento de Morazán, siendo éste su último domicilio; salvadoreña,

hija de LEONIDAS MELGAR y JUANA ANTONIA FLORES, ambos

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ya fallecidos; quien falleció en el Barrio San Felipe, de la jurisdicción

de Jocoro, a consecuencia de Infarto Agudo de Miocardio, sin asistencia

médica; en concepto de HIJO y CESIONARIO de los derechos here-

ditarios que le correspondían al señor JOSE ARISTIDES MIRANDA

MELGAR; en concepto de hijo de la referida causante.

Se le ha conferido en la calidad expresada, la administración y

representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las quince horas y treinta minutos del día

cinco de marzo de dos mil quince.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO

BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010396-1

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

a las ocho horas con cinco minutos del día veintitrés de octubre del

corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora

AGUSTINA REYES VILLALTA o AGUSTINA REYES, fallecida a

las dieciocho horas del día doce de abril del año dos mil cinco, en el

Hospital Nacional San Pedro de la ciudad de Usulután, siendo la ciudad

de San Jorge, de este Distrito, Departamento de San Miguel, su último

domicilio; de parte de la señora Juana Francisca Reyes de Moreira, de

cuarenta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San

Jorge, con Documento Único de Identidad número: cero cuatro cero tres

cinco cinco siete dos guión dos, y Número de Identifi cación Tributaria:

uno cero uno uno - dos cinco cero seis siete uno - uno cero uno - uno,

en su concepto de hija de la causante. Nómbrasele a la aceptante en el

carácter dicho administradora y representante interina de la sucesión de

que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los

curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las ocho

horas con diez minutos del día veintitrés de octubre de dos mil catorce.-

LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. INGRID VANESSA VASQUEZ

BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046585-1

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta y

cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario en la herencia intestada, dejada al fallecer por el

señor ABDON QUINTANILLA APARICIO, el día once de diciembre

de dos mil catorce, en la Ciudad de Jiquilisco, siendo éste su último do-

micilio, de parte de la señora BETIZ QUINTANILLA SALAMANCA,

conocida por BETTY QUINTANILLA, en su calidad de madre de la

causante y como cesionaria de los derechos que les correspondían al señor

DAVID ANTONIO APARICIO GONZALEZ, conocido por DAVID

ANTONIO APARICIO, en su calidad de padre del causante.

Confi érasele a la aceptante la administración y representación

Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los

veintinueve días del mes de enero de dos mil quince.- LIC. MANUEL

DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

LOURDES ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. F046614-1

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL. Al

público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas diez minutos

del día dieciocho de febrero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que su

defunción dejó la causante señora Olga Viera Lizama conocida tribu-

tariamente por Olga Viera de Rodríguez; quien fue de sesenta y ocho

años de edad, fallecida el día dos de julio de día mil trece, siendo esta

ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de los señores Herry

René Rodríguez Viera y Edwin Federico Rodríguez Viera, como hijos

sobrevivientes de la causante. Confi riéndose a los aceptantes la admi-

nistración y representación interina, de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL, San Miguel, a las once horas trece minutos del día dieciocho de

febrero de dos mil quince. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE REYES,

JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN MIGUEL.

LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046641-1

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta

y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de los señores GLORIA CELI-

NA PANIAGUA RAMIREZ, CEFERINO DE JESUS PANIAGUA

RODRIGUEZ, CARLOTA ANGELICA PANIAGUA VIUDA DE

ROQUE, MANUEL HUMBERTO PANIAGUA RODRIGUEZ,

CAYETANO DE JESUS PANIAGUA RODRIGUEZ y HECTOR

ARTURO PANIAGUA conocido por HECTOR ARTURO PANIAGUA

RODRIGUEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

JOSE HECTOR PANIAGUA RAMIREZ, quien fue de ochenta y seis

años de edad, contador, viudo, originario de Tepetitán, departamento de

San Vicente, fallecido el día catorce de diciembre del dos mil catorce, en

Tepetitán, departamento de San Vicente en este distrito judicial, lugar

de su último domicilio, en concepto de hijos del causante.

Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes

interinos de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cinco días del mes de marzo del dos mil quince. DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046660-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con be-nefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor DANIEL RAMIREZ MOLINA, quien falleció el día veintiocho de noviembre de dos mil doce, en Hospital Nuestra Señora de la Paz, de la Ciudad de San Miguel, siendo el Cantón La Rinconada, Jurisdicción de Bolívar, Distrito y Departamento de La Unión, su último domicilio, de parte de la señora ANDREA BENITES DE RAMIREZ conocida por ANDREA BENITES VIUDA DE RAMIREZ, y ANDREA BENITEZ, en calidad de cónyuge del causante. Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la administración y representación interinas de la su-cesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los dos días del mes de diciembre de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046674-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cinco mi-nutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor NOEL OSEAS CALDERON, quien falleció el día dieciocho de julio de dos mil trece, en Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de San Miguel, siendo el Cantón Guadalupe, Jurisdicción de Bolívar, Departamento de La Unión, su último domicilio, de parte de las señoras SANTOS LEO-NOR PARADA DE CALDERON, y SULMA EVELYN CALDERON PARADA, la primera en calidad de cónyuge, y la segunda como hija del causante. Y se les ha conferido a dichas aceptantes en el carácter indi-cado la administración y representación interinas de la sucesión con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

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Page 73: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiocho días

del mes de mayo de dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046675-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a

las nueve horas del día diecisiete de febrero de dos mil quince, se tuvo

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada dejada por el causante TELSO MAZARIEGO conocido por

DELSO MAZARIEGO LEMUS, DELSO MAZARIEGO y por TEL-

SO MAZARIEGO LEMUS, quien fue de cincuenta y cuatro años de

edad, agricultor, fallecido el día diez de marzo de dos mil seis, siendo

Metapán su último domicilio; por parte de la señora LUCIA ISABEL

MAZARIEGO DE PEREZ en calidad de hija del referido causante. En

consecuencia, se le confi rió a dicha aceptante la administración y repre-

sentación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas diez

minutos del día cuatro de marzo de dos mil quince. LIC. JOSE HERNAN

PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA LETICIA

FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046696-1

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: En las diligencias de aceptación de herencia

intestada iniciada por la licenciada YANIRA GUADALUPE TEJADA

PINEDA, en su calidad de Apoderada General Judicial de RAMÓN

DE JESÚS GALDÁMEZ RIVERA, de treinta y cuatro años de edad,

obrero, del domicilio de Texistepeque, de este Departamento, portador

de Documento Único de Identidad número cero dos cinco dos dos cua-

tro uno tres-dos, y número de Identifi cación Tributaria cero dos cero

siete-dos dos uno uno ocho cero-uno cero tres-dos, en su calidad de hijo

sobreviviente del causante, en el proceso clasifi cado bajo el número de

referencia 1634-14-CVDV-2CM1, se ha proveído resolución por este

tribunal a las diez horas cuarenta y dos minutos del día veinticuatro de

febrero de dos mil quince, mediante la cual se ha tenido por aceptada

interinamente, y con Benefi cio de Inventario, de parte del señor supra

indicado en la herencia intestada que a su defunción dejara el causante

RAMÓN DE JESÚS RIVERA, quien fue de sesenta y un años de edad,

jornalero, soltero, cuyo último domicilio fue Texistepeque. Al aceptante

RAMÓN DE JESÚS GALDÁMEZ RIVERA, se le confi ere Interinamente

la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que

se crea con derecho a la sucesión, se presente a este juzgado a deducirlo

dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de

este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL; Santa Ana, a las diez horas cuarenta y tres minutos del

día veinticuatro de febrero de dos mil quince. LIC. RODRIGO ER-

NESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL, SANTA ANA. LIC. CARLOS MAX QUINTANA

RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046762-1

LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo

Civil, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó el causante JESUS AVENDAÑO OSORIO, que

falleció el día diecisiete de enero de mil novecientos cincuenta y dos,

en el Barrio El Centro de esta ciudad de Zacatecoluca, en la que tuvo su

último domicilio; por parte de la señora ANA ELSA DELEON, conocida

por ANA ELSA DE LEON y por ANA ELSA DELEON AVENDAÑO

en concepto de hija del causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente,

administradora y representante de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cuatro de marzo de dos

mil quince. LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA,

JUEZA DE LO CIVIL. LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046786-1

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Page 74: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo

Civil Suplente de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a

las nueve horas con quince minutos del día doce de febrero del año dos

mil quince. Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la

Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día ocho de

noviembre del año dos mil trece, siendo su último domicilio la Ciudad

de San Marcos, dejó la causante ZOILA GONZÁLES, conocida por

ZOILA GONZÁLEZ y por ZOILA GONZÁLES DE HERNÁNDEZ,

de parte de la señora NORMA AÍDA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ hoy

NORMA AÍDA GONZÁLEZ DE PÉREZ, en calidad de hija y como

cesionaria de los derechos hereditarios que en la misma le correspondían

a los señores RICARDO HERNÁNDEZ, DELMY GUADALUPE GON-

ZÁLEZ DE GUERRERO, ROMEO ENRIQUE GONZÁLEZ, MARÍA

ESTER GONZÁLEZ, JOSÉ DAVID GONZÁLEZ y LUIS ALONSO

GONZÁLEZ HERNÁNDEZ; el primero como cónyuge sobreviviente y

los demás como hijos de la referida causante. Confi érase a la aceptante

la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,

para que transcurridos que sean quince días contados desde el siguiente

a la tercera publicación del edicto respectivo, concurran a este tribunal

a hacer uso de sus derechos.

Publíquese en el Diario Ofi cial el edicto que ordena la ley.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-

partamento de San Salvador, a las diez horas con cincuenta y cinco

minutos del día dieciséis de febrero del año dos mil quince. LICDA.

AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL

SUPLENTE. LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046814-1

LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas quince mi-

nutos del día trece de enero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a las dieciséis horas del día siete de abril de dos mil

doce, en Orillas de la Posa El Macho, Aldea Valle Nuevo, Jalpatagua,

Jutiapa, Guatemala, siendo su último domicilio el de esta ciudad, dejó el

causante señor SANTOS MENDOZA REYES, de parte de los señores

MARIA CRISTINA CARDONA DE MENDOZA y NOEL MENDOZA

CARDONA, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente y el segundo

en calidad de hijo del causante, a quienes se ha nombrado interinamente

representantes y administradores de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para que los que se

crean con derecho se presenten a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente de la tercera publicación del presente

edicto.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas veinte

minutos del día trece de enero de dos mil quince.- LICDA. DANI

BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. c. No. F046571-1

TITULO DE PROPIEDAD

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL.

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE

HERNANDEZ GARCIA, mayor de edad, Agricultor, de este domicilio,

con Documento Único de Identidad Número cero tres dos tres uno cinco

nueve tres-seis, con Tarjeta de Identifi cación tributaria Número cero tres

cero cuatro-cero siete cero tres cuatro seis-uno cero uno-cero. Solicitando

a su favor Testimonio de Título de Propiedad y Dominio de un Inmueble

de Naturaleza rústica situado en Cantón Apancoyo o Apancoyo Arriba de

la jurisdicción de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, con capacidad

de 2.828.25 METROS CUADRADOS, controlado por el Centro Nacional

de Registros, Mapa: 0304R04, Parcela: 573, el cual linda: AL NORTE:

Ana Elsia Martínez Campos, AL ORIENTE: Ana Elsia Martínez Campos

y Esteban Hernández Villalta, AL SUR: Francisco Mundo Valencia, calle

de por medio, y AL PONIENTE: linda con Félix Martínez Valencia, el

inmueble en mención lo tiene por posesión material por más de quince

años consecutivos y consiste en cuidarlo, reparar cercos, cultivarlo, todo

a ciencia y paciencia de vecinos en general y colindantes en especial,

lo estima en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son de este

domicilio.

Alcaldía Municipal de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, a

dieciséis de febrero del año dos mil quince. ROSA ISABAS GALEANO

DE SIBRIAN, ALCALDESA MUNICIPAL. LIC. RICARDO DIONICIO

AYALA BARRIENTOS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F046576-1

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

TITULO SUPLETORIO

REINA MARIA ROMANO CRUZ, Notario, del domicilio de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad y de este domicilio, con DES-

PACHO en Avenida General Larios número veintiséis, Santa Rosa de

Lima, Departamento de La Unión.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios se tramita TITULO SU-

PLETORIO, por el señor GERMAN DAVID ALFARO cuarenta y

cinco años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Anamorós,

Departamento de La Unión, en relación a un terreno de naturaleza

rústica, situado en caserío Los Rubios, Cantón Tizate, jurisdicción de

Anamorós, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

de la capacidad superfi cial de: VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS

DIECINUEVE METROS CUADRADOS, que mide y linda: al NORTE,

doscientos cuarenta y cinco metros, linda con Felipe Rubio y Anacleta

Rubio; al PONIENTE, ochenta y cuatro metros, linda con el titulante

German David Alfaro; al SUR, doscientos trece metros, linda con Lidia

Velásquez y Fidel Fuentes Zetino; al ORIENTE, ciento treinta y ocho

metros linda con Henry Reyes y Paulino Velázquez. Dicho inmueble lo

adquirió por compra de Posesión Material, hecha al señor José Santamaría

Reyes, el cuatro de enero de mil novecientos noventa y seis. El terreno

antes descrito no es dominante ni sirviente, no está en proindivisión y

no tienen cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, que

desde su adquisición ha poseído el terreno en forma quieta, pacífi ca, y

no interrumpida, sin proindivisión con nadie los posee por más de diez

años consecutivos, y los valúa en la suma de TRES MIL DOLARES de

los Estados Unidos de América.

Santa Rosa de Lima, once de marzo del año dos mil quince.

REINA MARIA ROMANO CRUZ,

NOTARIO.

1 v. No. F046663

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, con Ofi cina ubicada en

la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.

HACE SABER: Que a mi ofi cina, se ha presentado el señor: JOSÉ

MAURICIO ORELLANA AYALA, mayor de edad, Empleado, del

domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, solicitando

Título Supletorio de un terreno de Naturaleza Rústica, situado en el

Cantón San Matías, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento de San

Miguel, de la Capacidad Superfi cial de: MEDIA MANZANA equivalente

a TRES MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS, de los linderos

siguientes: AL ORIENTE: con Ceferina Chicas y con la sucesión de Inés

Martínez, calle de por medio; AL NORTE: con Clovis Martin Orellana

Ayala, brotones de izote propio de por medio; AL PONIENTE: con

Margarita Gloria Martínez, brotones de izote y cerco de alambre propios

de por medio; Y AL SUR: con Luz Argentina Rivera Vásquez, cerco de

alambre propio y zanja seca de por medio. Tiene construida una casa

paredes de bloque y techo de duralita, con servicios de agua potable y

energía eléctrica. Dicho terreno no es dominante ni sirviente, lo adquirió

por compra que le hiciere a la señora: Santana Orellana, los colindantes

son del domicilio de Cantón San Matías, Ciudad Barrios, Departamento

de San Miguel. Lo estima en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que pone al conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San

Miguel, a los doce días del mes de marzo del año dos mil quince.

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F046686

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, con Ofi cina ubicada en

la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.

HACE SABER: Que a mi ofi cina, se ha presentado el señor: LUIS

RONALDO PORTILLO MARTÍNEZ, mayor de edad, Empleado, del

domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, solicitando

Título Supletorio de un terreno de Naturaleza Rústica, situado en el

Cantón Llano El Ángel, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento

de San Miguel, de la Capacidad Superfi cial de: SIETE MIL METROS

CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL ORIENTE: con Ceferi-

na Chicas y con la sucesión de Inés Martínez, calle de por medio; AL

NORTE: con José Antonio Rivera, cerco de alambre y entrada libre en

parte de por medio; AL PONIENTE: con el mismo Titulante, cerco de

alambre propio de por medio; AL ORIENTE: con Mario Edwin Portillo,

cerco de alambre de por medio, Y AL SUR: con José Augusto Portillo

Ávila, zanja seca de por medio. Dicho terreno no es dominante ni sir-

viente, lo adquirió por compra que le hiciere a la señora: Juan Irene Sorto

Medrano, los colindantes son del domicilio de Cantón Llano El Ángel,

Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel. Lo estima en la cantidad

de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que pone al conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San

Miguel, a los doce días del mes de marzo del año dos mil quince.

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F046687

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

MIGUEL ANGEL COREAS BENAVIDES, Notario, con Ofi cina

Jurídica, situada en Primera Calle Oriente, y Cuarta Avenida Norte,

Número dos, Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán.

HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario, se han presentado

los señores: WILFREDO RIVAS ALVARENGA, de cuarenta y seis años

de edad, Profesor, del domicilio de San Rafael Cedros, departamento de

Cuscatlán, a quien conozco y lo identifi co por medio de su Documento

Único de Identidad Número: Cero dos cinco cinco cinco cinco tres-tres,

y Número de Identifi cación Tributaria Cero setecientos once-cero ochen-

ta mil ciento sesenta y nueve-ciento uno-nueve, y MIGUEL ANGEL

RIVAS ALVARENGA, de cuarenta y nueve años de edad, Profesor,

del domicilio de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán, a quien

conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad

Número: Cero setecientos once-cero diez mil ochocientos sesenta y

cinco-cero cero uno-cero, y Número de Identifi cación Tributaria: Cero

setecientos once-cero diez mil ochocientos sesenta y cinco-cero cero

uno-cero; solicitando TITULO SUPLETORIO, previo los trámites de

ley, de un terreno de naturaleza urbano, situado en los Suburbios del

Barrio Concepción de la ciudad de San Rafael Cedros, departamento de

Cuscatlán, de la extensión superfi cial de MIL SEISCIENTOS OCHO

PUNTO CERO CUATRO METROS CUADRADOS equivalentes a

DOS MIL TRESCIENTAS PUNTO OCHENTA Y TRES VARAS

CUADRADAS, de las colindancia especiales siguientes: LINDERO

NORTE, mide cuarenta y uno punto cero cuatro metros, linda con pro-

piedad del Municipio de San Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán;

LINDERO ORIENTE, mide treinta y siete punto cuarenta metros; linda

con propiedad del Municipio de San Rafael Cedros, departamento de

Cuscatlán; LINDERO SUR, mide treinta y siete punto treinta metros;

lindando Alba Yaneth Cornejo y Tránsito Rivas, Wilfredo Rivas Al-

varenga y otro, y Blanca González; AL PONIENTE, mide cuarenta y

cuatro punto cincuenta y un metros, colinda con Sección de Servidumbre

existente, y Manuel de Jesús Castro Cornejo, Gregorio González hoy

de Santos Vásquez camino de servidumbre de tres metros de ancho de

por medio.- Así se llega al mojón uno, que es el punto donde se inició

la presente descripción.- Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente

y lo estiman en la suma de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

ley.

Librado en la Ciudad de Cojutepeque, a las diez horas del día diez

de Marzo de dos mil quince.

LIC. MIGUEL ANGEL COREAS BENAVIDES,

NOTARIO.

1 v. No. F046708

MILTON ANTONIO ORTEGA, Con ofi cina notarial en 4ª. Avenida

Sur y Calle Dolores Martel, de Chalatenango; al público en general para

los efectos de ley.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JOSE

CORONADO CALLES, promoviendo Título Supletorio de un terreno

rústico situado en el Cantón El Portillo, jurisdicción de Ojos de Agua,

departamento de Chalatenango, siendo el terreno de una extensión

superfi cial de 442.49 METROS CUADRADOS, cuya descripción es la

siguiente: AL NORTE: mide 24.30 metros y colinda con Asunción del

Tránsito Melgar, por una parte los divide pared de ladrillo y por otra

parte tela ciclón de por medio propias de la colindante; AL ORIENTE;

mide 15.50 metros y colinda con Héctor Ayala, calle pública de por

medio y cerco de tela ciclón propia del inmueble que se describe; AL

SUR: mide 13.60 metros y colinda con la iglesia católica, calle pública

de por medio y cerco de tela ciclón propia del inmueble que se describe;

y AL PONIENTE: mide 31.20 metros y colinda con Magdalena Calles

cerco de tela ciclón de por medio propia de la colindante, hasta llegar

al punto donde comenzó la presente descripción, que el inmueble lo

adquirió por compra hecha a su madre: María Natividad Calles Calles,

quien había poseído el inmueble desde hace más de veinticinco años antes

de la venta. Que valúa el inmueble referido en la cantidad de dos mil

dólares de los Estados Unidos de Norte América. Que el inmueble no es

sirviente, ni dominante, no tiene cargas, ni derechos reales o personales

que pertenezcan a otra persona, ni está en proindivisión con nadie.

Chalatenango, a los quince días de enero de dos mil quince.

LICENCIADO MILTON ANTONIO ORTEGA,

NOTARIO.

1 v. No. F046747

REINA ISABEL ROMERO, Notario, del domicilio de Soyapango, con

ofi cina ubicada en Calle a San Antonio Abad, Residencial San Antonio

Número siete, San Salvador.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DEL

CARMEN RODRIGUEZ CRUZ, solicitando TITULACION SUPLE-

TORIA, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Loma

Larga, del Municipio de El Divisadero, departamento de Morazán con

un área superfi cial de DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA PUN-

TO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS y sus medidas y

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

colindancias son partiendo del rumbo Nor Poniente AL NORTE un tramo

recto con rumbo Este y distancia de ciento veinticinco punto cuarenta y

ocho metros, lindando con María Audelia Rodríguez Merlos hoy Ana

Julia Romero cerco de por medio y Tomasa Gutiérrez hoy Magdalena

Gutiérrez calle de por medio. AL ORIENTE: un tramo recto con rumbo

sur y distancia de noventa punto setenta y seis metros lindando con Julio

Mendoza Medina hoy Tomasa Rodríguez Calle de por medio. AL SUR:

siete tramos rectos el primero con rumbo Oeste distancia de sesenta y

cinco punto setenta y tres metros, el segundo rumbo oeste distancia de

catorce punto noventa y nueve metros, el tercero rumbo oeste distancia

de cinco punto setenta y un metros, el cuarto con rumbo oeste distancia

de nueve punto setenta y dos metros, el quinto rumbo oeste distancia

de once punto noventa y un metros, el sexto rumbo oeste con distancia

de veintidós punto cero nueve metros y el séptimo con rumbo oeste

distancia de veintitrés punto cincuenta y cinco metros, lindando con

Justo Pastor Merlos Rodríguez Servidumbre privada de la señora Martha

Benítez viuda de Tobar de por medio y José Arnulfo Tobar hoy Marta

Benítez viuda de Tobar cerco de por medio. AL PONIENTE: Un tramo

recto con rumbo norte y distancia de ochenta y dos punto quince metros,

lindando con José Arnulfo Tobar hoy Marta Benítez viuda de Tobar y

María Audelia Rodríguez Merlos hoy Ana Julia Romero cerco de por

medio con ambas. Dicho inmueble no es sirviente, ni dominante y se

valora en OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

NORTE AMERICA.

Librado en la ofi cina de la suscrita Notario, San Salvador, a los

trece días del mes de marzo del año dos mil quince.

REINA ISABEL ROMERO,

NOTARIO.

1 v. No. F046823

ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

WENDY ASTRID FUNES; en su calidad Apoderada General Judicial del

señor JUAN SANTOS PAZ; solicitando TITULO SUPLETORIO, de un

inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el Caserío Los Paradas, Cantón

Cirigual, de la Jurisdicción de Guatajiagua, departamento de Morazán,

de la Capacidad Superfi cial era UNA HECTAREA TREINTA Y SIETE

AREAS SIETE CENTIAREAS, equivalente a trece mil setecientos siete

metros cuadrados; pero ahora según descripción Técnica, es de una capa-

cidad superfi cial de TRECE MIL TREINTA Y TRES PUNTO TRECE

METROS CUADRADOS (13,033.13 Mts. 2), equivalente a dieciocho mil

seiscientos cuarenta y ocho punto diecisiete varas cuadradas (18,648.47

vras. 2), propiedad de Juan Santos Paz, iniciando la descripción en el

esquinero Norponiente, del terreno, el cual es un brotón vivo de pito al

que llamaremos mojón número uno ( M1) y haciendo el recorrido en el

sentido de las agujas del reloj se tiene: COSTADO NORTE: Consta de

cinco tramos con rumbos y distancias siguientes: de mojón uno a mojón

dos, rumbo norte ochenta y cuatro grados veinticinco minutos veinte

segundos Este, distancia ciento veintiuno puntos ochenta y seis metros;

mojón dos a mojón tres, rumbo Sur cincuenta y seis grados veintitrés

minutos dieciséis segundos este, distancias de cuatro punto ochenta y

cinco metros; mojón tres a mojón cuatro rumbo sur sesenta y siete grados

treinta y cuatro minutos cero nueve segundos Este. Distancia de doce

punto once metros, mojón cuatro a mojón cinco, rumbo sur cincuenta

y cuatro grados cincuenta y nueve minutos dieciocho segundos Este,

distancia de cuarenta y dos punto cincuenta y tres metros, mojón cinco a

mojón seis, rumbo Sur cincuenta y tres grados veinticinco minutos treinta

y seis segundos Este, distancia de veintitrés punto veinticinco metros;

colindando en todos estos tramos con terrenos propiedad de MIGUEL

SANTOS PARADA PORTILLO, y con NATIVIDAD PORTILLO,

cerco de alambre de púas con brotones vivos de por medio. COSTADO

ORIENTE: Consta de nueve tramos quebrados con rumbos y distancias

siguientes; mojón seis mojón siete, rumbo sur sesenta y cuatro grados

cuarenta y dos minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste, distancia

de diecisiete punto treinta y nueve metros; mojón siete a mojón ocho,

rumbo Sur cincuenta y tres grados dieciocho minutos treinta y cuatro

segundos Oeste, distancia de diecisiete punto veintidós metros; mojón

ocho a mojón nueve, rumbo sur ochenta y dos grados veintitrés minutos

cuarenta y cinco segundos Oeste, distancia de once punto cuarenta y cinco

metros mojón nueve a mojón diez, rumbo Norte ochenta y cuatro grados

veintiún minutos cero siete segundos Oeste, distancia de doce punto

ochenta y siete metros. Mojón diez a mojón once, rumbo sur cincuenta y

siete grados cincuenta y tres minutos cuarenta segundos Oeste, distancia

de tres punto ochenta y un metros; mojón once a mojón doce, rumbo sur

doce grados cero un minuto dieciocho segundos Oeste distancia de trece

punto veintiséis metros; mojón doce a mojón trece, rumbo Sur veintiún

grados cero dos minutos cincuenta y tres segundos Oeste, distancia de

diez punto treinta y siete metros; mojón trece a mojón catorce, rumbo sur

veintitrés grados cuarenta y un minutos trece segundos Oeste, distancia

de diez punto cuarenta y siete metros; mojón catorce a mojón quince,

rumbo sur treinta grados veinticinco minutos cero un segundos Oeste,

distancia de doce punto ochenta y seis metros. Colindando en todos

estos tramos con terrenos propiedad de FELICITO GUEVARA, calle

de por medio que conduce al Desvío Las Champas. COSTADOS SUR:

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

Consta de siete tramos con rumbos y distancias siguientes: mojón quince

a mojón dieciséis, rumbo sur setenta y un grados cero un minutos cero

cuatro segundos Oeste, distancia de seis punto treinta metros, mojón

dieciséis a mojón diecisiete, rumbo Norte ochenta y un grados dieciocho

minutos veinte segundos Oeste, distancia de once punto ochenta y tres

metros, mojón diecisiete a mojón dieciocho , rumbo Norte ochenta y un

grados doce minutos veintiséis segundos Oeste, distancia de dieciséis

punto treinta metros, mojón dieciocho a mojón diecinueve, rumbo Norte

setenta y dos grados cincuenta y seis minutos treinta segundos Oeste,

distancia veintiuno punto veintidós metros, mojón diecinueve a mojón

veinte, rumbo Norte cincuenta y siete grados cincuenta y seis minutos

veinte segundos Oeste, distancia de catorce punto cincuenta y ocho

metros, mojón veinte a mojón veintiuno rumbo Norte sesenta grados

cincuenta y siete minutos doce segundos Oeste, distancia de catorce

punto cincuenta y cuatro metros, mojón veintiuno al mojón veintidós

rumbo Norte cuarenta y grados veintiséis minutos diecinueve segundos

Oeste distancia de trece punto sesenta y cuatro metros colindando en

todos estos tramos con terreno Propiedad de María Guadalupe Parada,

calle de por medio que conduce al desvío Las Champas. COSTADO

PONIENTE: consta de cinco tramos y distancias siguientes: mojón

veintidós a mojón veintitrés rumbo Norte treinta y seis grados diecinueve

minutos cincuenta y siete segundos Oeste, distancia de dieciocho punto

cero nueve metros, mojón veintitrés a mojón veinticuatro, rumbo Norte

treinta grados quince minutos cuarenta y cinco segundos Oeste distancia

de once punto cincuenta metros, mojón veinticuatro a mojón veinticinco,

rumbo Norte treinta y cinco grados veintiséis minutos cincuenta segundos

Oeste, distancia de seis punto treinta y dos metros mojón veinticinco a

mojón veintiséis, rumbo Norte, diecisiete grados treinta y tres minutos

cuarenta y siete segundos Oeste, distancia de dieciséis punto veintiún

metros, mojón veintiséis al mojón uno Norte cero ocho grados diecisiete

minutos veintisiete segundos oeste, distancia de dieciocho punto sesenta

y cuatro metros, colindando en todos estos tramos, con terreno propiedad

de FELIPA PAZ BONILLA, calle de por medio que conduce al Desvío

Las Champas; el referido inmueble está valuado por la cantidad de

CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA;

y lo adquirió por compraventa de Posesión Material que le hiciera a la

señora FELIPA PAZ conocida por LETICIA PAZ.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, a las

quince horas y cincuenta y cinco minutos del día diecinueve de enero

de dos mil quince.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES,

JUEZ 1° DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO

DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010391-1

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que el señor SALVADOR ULISES ACEVEDO

ROLDAN, quien es de cuarenta y un años de edad, arquitecto, con

Documento Único de Identidad número cero dos millones doscientos

seis mil seiscientos veintidós-seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número un mil cuatrocientos ocho-ciento setenta mil doscientos setenta

y tres-ciento dos-dos, del domicilio de esta ciudad, solicita Título Suple-

torio de un terreno rústico, situado en el Cantón Las Minas, jurisdicción

de Apastepeque de este departamento, Comunidad Realageño, de la

extensión superfi cial según fi cha catastral de MIL CUATROCIENTOS

SESENTA PUNTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS, con la

descripción siguiente: el vértice norponiente que es el punto de partida de

esta descripción técnica, tiene las siguiente coordenadas: Norte quinientos

veintidós mil trescientos setenta punto cero cuatro Este doscientos ochenta

y un mil ochocientos cinco punto setenta y ocho. LINDERO NORTE,

partiendo del vértice Norponiente está formado por dos tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno Norte setenta y seis grados

cero dos minutos veintisiete segundos Este con una distancia de vein-

tisiete punto setenta y cuatro metros, Tramo dos Norte ochenta y cinco

grados cero cuatro minutos dieciocho segundos Este con una distancia de

cuarenta punto veintidós metros, colindando con Isabel Adelaida Morales

viuda de Villalta actualmente con Marco Antonio Rojas y con calle de

por medio; LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nororiente está

formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias Tramo

uno Sur cero grados veintitrés minutos veinticinco segundos Oeste con

una distancia de trece punto setenta y cuatro metros; Tramo dos, Sur

cero cinco grados quince minutos veinticinco segundos Oeste con una

distancia de veinticinco punto noventa y cinco metros colindando con

Margarito Ponce López con cerco de púas; LINDERO SUR: partiendo

del vértice Suroriente está formado por tres tramos con los siguientes

rumbos y distancias Tramo uno Norte sesenta y ocho grados, cincuenta

y cinco minutos cero un segundos Oeste con una distancia de catorce

punto noventa y cinco metros, Tramo dos Norte sesenta y seis grados

cero cuatro minutos cero cinco segundos Oeste con una distancia de

veinticuatro punto noventa y nueve metros, tramo tres Norte sesenta

y dos grados cincuenta y ocho minutos once segundos Oeste con una

distancia de treinta punto cincuenta y nueve metros colindando con

Isabel Adelaida Morales viuda de Villalta y calle de por medio que

conduce de San Vicente a San Salvador con cerco de púas. LINDERO

PONIENTE, carece de medida y no presenta colindante por terminar

en vértice. Así se llega al vértice Norponiente que es el punto donde se

inició esta descripción. El inmueble antes descrito se valúa en la suma

de diez mil dólares de los Estados Unidos de América.

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los trece días

del mes de febrero del año dos mil quince.- DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046680-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

Santos Alberto Espinal Molina, Abogado, del domicilio de la ciudad

de Pasaquina, como Apoderado General Judicial de los señores Blanca

Rosa Almendarez y José María Almendares, quienes son mayores de

edad, solicitando Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica,

situado en el Cantón Valle Afuera, Jurisdicción de Pasaquina, de este

Distrito Judicial, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial

de cuatro mil setecientos noventa y cuatro punto cuarenta y cinco metros

cuadrados, de las medidas y colindancias siguientes: al Norte, compuesto

por un tramo que mide treinta y cuatro punto cincuenta y nueve metros,

colindando con terreno del señor Porfi rio Rivas, cerco de alambre de púas

de por medio, al Sur, está formado por once tramos que en su totalidad

suman ciento ochenta y cuatro punto sesenta y cinco metros, colindando

con terrenos de Ernesto Palacios, Cruz Almendares, cerco de alambre

de púas de por medio, y Ángel María Espinal, con calle de por medio,

al Oriente, compuesto por siete tramos que en su totalidad suman ciento

diecinueve punto cuarenta y nueve metros, colindan con terreno del señor

Sebastián Hernández, calle de por medio, y al Poniente, formado por

siete tramos que en su totalidad suman noventa y tres punto cero cinco

metros, colindando con terrenos de los señores Saúl Almendares, Valen-

tina Portillo y Salvador Almendares, con cercos de púas de por medio.

En el inmueble hay dos casas de techo de tejas y paredes de ladrillo.

Valúa dicho inmueble en la cantidad de mil cuatrocientos dólares de los

Estados Unidos de América, y lo adquirió por compra informal hecha

al señor Paz Palacios, en el año de mil novecientos noventa y nueve.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los veinte días del mes de febrero del año dos

mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-

VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046715-1

TÍTULO DE DOMINIO

ISAEL ANTONIO GUERRERO SALGADO, Notario, del domicilio de

San Salvador, con ofi cina en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle

Poniente, Residencial y pasaje Viena, casa número seis, San Salvador,

al público, para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a mi ofi cina se ha presentado señor ROLANDO

ALBERTO ZELAYA SANTOS, de cincuenta y cinco años de edad,

empleado, del Domicilio de Concepción Quezaltepeque, Departamento

de Chalatenango, Salvadoreño, Documento Único de Identidad Número

cero cero seiscientos cincuenta un mil quinientos sesenta y siete - uno

y NIT cero cuatrocientos seis -doscientos mil trescientos cincuenta y

nueve - ciento uno - ocho; solicitándome que de conformidad al Art.

16 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y otras

diligencias y Art. 699 del Código Civil, le siga información para obtener

Título de Dominio a su favor, sobre un inmueble que se describe así:

PORCION UNO: Inmueble de naturaleza Urbana, situado en el Barrio

San Jacinto, de la Población de Concepción Quezaltepeque, de este

Departamento, el cual era de mayor extensión, pero por desmembración

anterior ha quedado reducido a CIENTO TREINTA PUNTO CINCUEN-

TA METROS CUADRADOS, equivalente a CIENTO OCHENTA Y

CINCO PUNTO SETENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS que

mide y Linda: AL ORIENTE, siete punto diez metros, Linda con terreno

que antes era Abrahán López hoy de ROBERTO PEREZ, calle pública

de por medio; AL SUR, veintinueve metros, linda con SALVADOR

PERAZA; AL PONIENTE, uno punto noventa metros, Linda con

terreno antes de la señora MARIA DOLORES ZELAYA viuda DE

SANTOS ya fallecida, hoy de JAVIER POCASANGRE denominada

Porción dos, AL NORTE, veintinueve metros, linda con terreno antes

de la señora MARIA DOLORES ZELAYA viuda DE SANTOS, ya

fallecida, hoy de YOLANDA DOLORES SANTOS DE URBINA,

muro de por medio, existe construida una casa de adobe y de techo de

teja. PORCION DOS: inmueble de naturaleza Urbana, situado en Barrio

San José, del Municipio de Concepción Quezaltepeque, Departamento

de Chalatenango, de la medidas y Linderos siguientes: AL NORTE,

diecisiete punto cincuenta metros, Linda con la Sucesión Carbajal hoy

de Yolanda Dolores Zelaya; AL ORIENTE, once punto cuarenta y cinco

metros, Linda con terrero de María Dolores Zelaya viuda de Santos, ya

fallecida, denominada Porción Uno; AL SUR, dieciocho punto cincuenta

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

metros, Linda con terreno de Alicia Córdova, brotones de distintas clases

de por medio; AL PONIENTE, siete metros, Linda con terreno de Javier

Pocasangre, muro de ladrillo de por medio, que según el antecedente,

las medidas Lineales son otras, pero las descritas son las verdaderas. El

referido inmueble lo obtuvo mi mandante sin proindivisión con ninguna

persona, y lo adquirió por compraventa en escritura privada otorgada

por la señora María Dolores Zelaya viuda de Santos, ya fallecida a favor

de señor Rolando Alberto Zelaya Santos, con fecha dieciséis de agosto

de dos mil ocho, ante los ofi cios de la Notario Delmy Aída Cabrera de

Torres, la cual no fue inscrita por carecer de antecedente inscrito en el

Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de este departamento, que no

obstante la escritura privada ser de reciente fecha, dicha posesión es

por más de treinta años, en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin

que nadie lo estorbe, ejerciendo sobre él actos de verdadero dueño, no

posee cargos reales ni en grado dominante, ni sirviente, todo esto con

conocimiento del vecindario del lugar donde está situado el inmueble,

quienes han reconocido y conocen dicha posesión. Los colindantes

son todos del domicilio del Barrio San Jacinto y Barrio San José de la

Población Concepción Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango.

El inmueble anteriormente descrito carece de antecedente inscrito en el

Registro de la Propiedad respectivo, es por ello y de conformidad a la

Ley de Títulos de predios Urbanos, solicita extienda Título de Dominio

sobre dicho inmueble a favor del señor ROLANDO ALBERTO ZELAYA

SANTOS. En el inmueble descrito se encuentra construida una casa de

sistema mixto. El terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está

en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras

personas; que adquirió el referido inmueble con anterioridad por compra-

venta verbal con anterioridad a la formalizada por escritura privada de

fecha dieciséis de agosto de dos mil ocho otorgada a su favor hace siete

años por la señora MARIA DOLORES ZELAYA viuda DE SANTOS,

quien a su vez lo adquirió por venta verbal de la señora ANGELINA

CARBAJAL viuda DE ZELAYA en el año de mil novecientos sesenta

y cuatro, en consecuencia, se ha poseído el referido terreno por el señor

ROLANDO ALBERTO ZELAYA SANTOS, y anteriores poseedores,

en forma Quieta, Pacífi ca e Ininterrumpida, por más de treinta años,

pero carece de Título de Dominio inscrito, inmueble y construcciones

que valúa en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, no tiene cargas ni derechos reales de ajena

pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna otra persona.

Lo que se avisa al público, para los fi nes de ley.

Librado en San Salvador, a las ocho horas del día once de marzo

de dos mil quince. ENMENDADO.DOMINIO.VALE.

LIC. ISAEL ANTONIO GUERRERO SALGADO,

NOTARIO.

1 v. No. C010395

EL INFRASCRITO ALCALDE Y SECRETARIO MUNICIPAL CA-

ROLINA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor José

Salvador Portillo Rivera, mayor de edad, Agricultor en Pequeño, del

domicilio de Carolina, portador de mi Documento Único de Identidad

Número: cero tres ocho seis dos cinco tres tres guión nueve, y con

Número de Identifi caron Tributaria un mil doscientos uno- doscientos

setenta mil quinientos ochenta y tres- ciento uno-cero; solicitando se le

extienda Título de Dominio y Propiedad, de un terreno de Naturaleza

Urbana, Ubicado en el Barrio El Calvario, de esta jurisdicción, el cual

es de la Capacidad Superfi cial de: setecientos veinte metros cuadrados,

y que mide y colinda AL ORIENTE: veinticuatro metros con el centro

escolar calle de por medio; al NORTE: treinta metros, resto del terre-

no, cerco de alambre propio de por medio, linda con Mirtala Portillo;

AL PONIENTE, veinticuatro metros, con el resto del terreno mayor

cerco de alambre propio de por medio linda con Sergio Guzmán y AL

SUR: treinta metros con el resto del terreno mayor, alambre propio de

por medio linda con Sergio Guzmán. Existe un terreno que carece de

construcciones y de cultivos, inmueble lo adquirió mediante Escritura

Pública de Compraventa, otorgada en la ciudad de Ciudad Barrios, del

día dos de abril del dos mil trece, antes los ofi cios del Lic. Jorge Alberto

Márquez, otorgada por la señora Adalinda Rivera de Portillo, a favor

del titulante. Por lo que unida a la posesión de su anterior poseedora

suma una posesión por más de diez años, el inmueble así descrito no

son dominantes, ni sirvientes, no tienen ni derecho real que pertenezca

a otra persona, ni se encuentra en provisión con persona alguna, es decir

que está a cuerpo cierto y los valúan en la cantidad de mil quinientos

dólares de los Estados Unidos de América, cada uno de los inmuebles.

Alcaldía Municipal de Carolina, departamento de San Miguel, a

los once días del mes de enero de dos mil quince.- JOSE FLORENTINO

RIVAS, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSUE YERYS GOMEZ TORREZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F046684-1

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2014139275

No. de Presentación: 20140209086

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MONICA ZO-RAIDA MOLINA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras LEGAL DELIVERY y diseño; que se traducen como SERVICIOS LEGALES A DOMICILIO, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESORIA LEGAL, ABOGACIA Y NOTARIADO.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de octubre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de diciembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010389-1

No. de Expediente: 2014138040

No. de Presentación: 20140206547

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RODRIGO ENRIQUE FLORES LOUCEL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras La Piskucha y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE REALIZARÁ LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CONSISTEN EN LA VENTA Y COMERCIALIZACIÓN DE ARTESANÍAS.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046604-1

No. de Expediente: 2014140371

No. de Presentación: 20140210947

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROBERTO MARCELINO VALLE ORELLANA, en su calidad de APODERADO de THE COFFEE NET, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras THE COFFEE NETWORK y diseño, que se traducen al castellano como La Red del Café, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO COMER-CIAL DEDICADO A LA PRODUCCIÓN, PROCESAMIENTO, EXPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DEL CAFÉ Y SUS DERIVADOS.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046664-1

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

No. de Expediente: 2014139090

No. de Presentación: 20140208761

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SALVA-

DOR DAVID LOPEZ ORELLANA, en su calidad de APODERADO

de LEONEL CARIAS RUTZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

MESOAMERICA PARKING

Consistente en: las palabras MESOAMERICA PARKING, que

se traducen al castellano como Estacionamiento Mesoamérica, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL

DEDICADO A SERVICIOS DE ESTACIONAMIENTOS INTELI-

GENTES.

La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de febrero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046714-1

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAOR-

DINARIA DE ACCIONISTAS.

La Junta Directiva de CENTRO MEDICO DE SANTA ANA, SO-

CIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE" que se abrevia

"CENTRO MEDICO DE SANTA ANA, S.A. DE C.V.", en base al

Artículo 230 del Código de Comercio y en la Cláusula XI) del pacto

social, por este medio.

CONVOCA: A los señores Accionistas de la sociedad, a celebrar

Junta General de Accionistas para tratar puntos de carácter ordinarios y

extraordinarios, el día veintidós de abril del dos mil quince, a las dieci-

siete horas, la cual se realizará en las instalaciones del Edifi cio Anexo

del Centro Médico de Santa Ana, situado en la Veintitrés Calle Poniente

y Sexta Avenida Sur, de la ciudad de Santa Ana, conforme a la agenda

siguiente:

PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIOS:

1. Verifi cación del Quórum.

2. Aprobación de la Agenda.

3. Lectura y Aprobación del Acta Anterior.

4. Lectura y Aprobación de la Memoria de Labores desarrollada

durante el Año dos mil catorce.

5. Lectura y Aprobación de los Estados Financieros del Ejercicio

económico comprendido del primero de enero al treinta y uno

de diciembre del dos mil catorce.

6. Dictamen e Informe del auditor externo.

7. Distribución de Utilidades.

8. Nombramiento del Auditor Externo y determinación de sus

emolumentos.

9. Nombramiento del Auditor Fiscal y determinación de sus

emolumentos.

PUNTO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO:

1. Aumento de Capital Social en su parte Variable.

La Junta General de Accionistas que conocerá de asuntos ordinarios

se considerará legalmente reunida en primera convocatoria, con por lo

menos la presencia y/o representación de la mitad más una de todas las

acciones que tengan derecho a votar y las resoluciones serán válidas

cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes y/o representados;

y para conocer de los asuntos extraordinarios se considerará legalmente

reunida en primera convocatoria con por lo menos la presencia y/o repre-

sentación de las tres cuartas partes de todas las acciones de la Sociedad

y para formar resolución se necesitará igual proporción.

En caso de requerirse una segunda convocatoria, la misma se reali-

zará a las diecisiete horas del día Veintitrés de Abril del dos mil quince,

en las instalaciones del Club Deportivo Santaneco, situado en la Carretera

Panamericana Km. 61-62, Colonia Santa Leonor de la ciudad de Santa

Ana, carretera antigua a San Salvador y para tratar la misma agenda.

En ese caso, para entrar a conocer de asuntos ordinarios se considerará

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

legalmente reunida en segunda convocatoria con cualesquiera que sea

el número de las acciones presentes y/o representadas y sus resolucio-

nes se tomarán por mayoría de los votos presentes y/o representados; y

para conocer de los asuntos extraordinarios se considerará legalmente

reunida en segunda convocatoria con la mitad más una de las acciones

que componen el capital social de la Sociedad y el número de votos

necesario para formar resolución en estos casos, será de las tres cuartas

partes de las acciones presentes.

En caso que la sesión para tratar puntos de carácter extraordinario

no ha podido celebrarse por falta de quórum, en ninguna de las fechas

de la convocatoria, se hará nueva convocatoria conforme a las reglas

generales, la cual no podrá ser anunciada simultáneamente con las an-

teriores y deberá expresar la circunstancia de ser tercera convocatoria

y de que la sesión será válida cualquiera que sea el número de acciones

representadas y habrá resolución con la simple mayoría de votos de las

acciones presentes.

Santa Ana, a los doce días del mes de marzo del dos mil quince.

DRA. LUZ DE MARIA CARBALLO DE HERNANDEZ,

DIRECTOR SECRETARIO,

CENTRO MEDICO DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. C010394-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de INMOBILIARIA ALDESA, S.A. de C.V.,

convoca a los Señores Accionistas para celebrar Junta General, para co-

nocer asuntos de carácter ordinario, la que se llevará a cabo el día jueves

veintitrés de abril de dos mil quince, a partir de las dieciséis horas, en la

57 avenida norte No. 130 de esta ciudad, en la que se tratará la siguiente

agenda:

1.- ESTABLECIMIENTO DE QUORUM.

2.- LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ANTERIOR.

3.- LECTURA Y APROBACION DE LA MEMORIA DE

LABORES 2014.

4.- LECTURA Y APROBACION DEL BALANCE GENERAL

AL 31 DE DICIEMBRE 2014 Y ESTADO DE RESULTA-

DOS 2014.

5.- INFORME DEL AUDITOR EXTERNO.

6.- APLICACION DE UTILIDADES.

7.- ELECCION AUDITOR EXTERNO Y FIJACION DE

EMOLUMENTOS.

8.- ELECCION AUDITOR FISCAL Y FIJACION DE EMO-

LUMENTOS.

9.- VARIOS.

Para conocer de los asuntos de carácter ordinario, deben estar

presentes o representadas por lo menos la mitad más una de las acciones

o sea 142.501 acciones.

En caso no hubiese quórum en la hora y fecha expresadas, se cita

por segunda vez para el día veinticuatro de abril de dos mil quince, a la

misma hora y en el mismo lugar, en este caso, la Junta se celebrará con

cualquiera que sea el número de accionistas presentes o representados.

Lourdes, Colón, a los trece días del mes de marzo del dos mil

quince.

JOSE ROBERTO DUARTE S.,

PRESIDENTE.

INMOBILIARIA ALDESA, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. C010397-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del INGENIO LA CABAÑA, S.A. DE C.V.,

convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA a cele-

brarse en La Hacienda de los Miranda, situada en la Colonia La Sultana,

fi nal Calle Las Rosas, Antiguo Cuscatlán, el día 15 de abril de 2015, a

las nueve horas. El quórum legal para celebrar sesión será de la mitad

más una de las acciones en que está dividido el Capital Social y las

resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. De no

haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día dieciséis del

mismo mes y año, a la misma hora y el mismo lugar. En este caso, la

sesión que tratará asuntos de carácter ordinario se llevará a cabo con el

número de accionistas presentes o representados y sus resoluciones se

tomarán por mayoría de los votos presentes.

La Agenda para tal sesión será la siguiente:

1. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior de Asamblea

General de Accionistas.

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

2. Lectura de la memoria de labores de la Junta Directiva.

3. Presentación de Estados Financieros correspondientes al

Ejercicio Económico de 2014.

4. Dictamen e informe del Auditor Externo.

5. Aprobación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva

y de los Estados Financieros del Ejercicio Económico de

2014.

6. Aplicación de resultados.

7. Nombramiento para ocupar vacantes en Junta Directiva.

8. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-

mentos.

9. Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-

mentos.

10. Autorización a los directores y administradores, para contratar

el suministro de caña, materiales, equipos, insumos agrícolas y

servicios según Art. 275 romano IV del Código de Comercio

y ratifi car las ya efectuadas.

San Salvador, trece de marzo del dos mil quince.

ING. FERNANDO ALFREDO PACAS DIAZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C010398-1

INSTRUMENTACION Y PROCESAMIENTO ELECTRONICO DE

EL SALVADOR, S.A. DE C.V. (IPESA DE EL SALVADOR, S.A.

DE C.V.) Col. Escalón y 85 Avenida Norte #345, San Salvador. Tel.

2209-1400.

La Junta Directiva de IPESA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.,

de conformidad al artículo 223 del Código de Comercio.

CONVOCA: A los señores Accionistas de dicha Sociedad, a Junta

General Ordinaria, que se celebrará a las nueve horas del día miércoles

quince de abril del año en curso, en primera convocatoria, en la siguiente

dirección: 17a Avenida, 19-70, zona 10, Edifi cio Torino Nivel 11 ofi cina

11-11 ciudad de Guatemala, Guatemala, si no hubiese quórum en esa

fecha, se traslada la sesión en segunda convocatoria para el día dieciséis

de abril del mismo año, a la misma hora y en el mismo lugar.

SE TRATARA LA SIGUIENTE AGENDA:

I- Memoria de la Junta Directiva, Balance General, Estado de

Pérdidas y Ganancias.

II- Informe del Auditor Externo.

III- Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal.

IV- Destino de las Utilidades.

V- Varios.

Según el artículo 240 del Código de Comercio vigente, la Junta

General Ordinaria se considera legalmente establecida con la mitad más

una de las acciones de la Sociedad, las resoluciones serán válidas por

la mayoría de los votos presentes o representados, en caso de no haber

quórum en primera convocatoria se traslada la reunión para la fecha

dieciséis de abril del mismo año, con el número de acciones que se

encuentren presentes o representadas, según el artículo 241 del Código

de Comercio y las resoluciones serán válidas por la mayoría de los votos

presentes o representados.

San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil

quince.

LUIS PEDRO GUTIERREZ DURAN.

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. C010399-1

SUBASTA PÚBLICA

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Tribunal por la Licenciada MARIA DEL CARMEN MENENDEZ, en

su carácter de Apoderada General Judicial del BANCO AGRICOLA,

SOCIEDAD ANONIMA, que se puede abreviar BANCO AGRICOLA,

S.A., contra los señores EDUARDO ALFREDO MEDINA CONTRERAS

y VIOLETA DE LOS ANGELES BARRIENTOS ZALDAÑA, recla-

mándoles cantidad de dinero, intereses pactados y costas procesales,

se ha ordenado la venta en pública subasta del inmueble inscrito a

favor del señor EDUARDO ALFREDO MEDINA CONTRERAS,

bajo la Matrícula Número SEIS CERO CERO DOS CUATRO CINCO

CERO SIETE-A CERO DOS CUATRO CERO, de naturaleza urbano,

apartamento marcado con el número CUARENTA Y OCHO, situado

en la Cuarta Planta del Edifi cio número CINCUENTA Y DOS, del

Condominio "H", del Centro Urbano "JOSE SIMEON CAÑAS", Ju-

risdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador, Condominio

que ha sido sometido al Régimen de Condominios de conformidad con

la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamentos, el cual se

describe así: APARTAMENTO NUMERO CUARENTA Y OCHO:

dicho apartamento tiene un área de CUARENTA Y NUEVE PUNTO

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

VEINTIUN METROS CUADRADOS, con un volumen de CIENTO

VEINTISIETE PUNTO NOVENTA Y TRES METROS CUBICOS,

el cual mide: AL NORTE, con una distancia de siete punto setenta y

cinco metros; AL ORIENTE, con una distancia de seis punto treinta y

cinco metros; AL SUR, con una distancia de siete punto setenta y cinco

metros; y AL PONIENTE, con una distancia de seis punto treinta y cinco

metros, siendo su sistema de construcción, conocido como mixto.

Dicho inmueble anteriormente descrito se encuentra gravado

a favor del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, que se

puede abreviar BANCO AGRICOLA, S.A., con Primera Hipoteca en

el asiento SEIS, Modifi cación de Hipoteca en el Asiento OCHO, y con

Primer Embargo en el asiento NUEVE de la Matrícula número SEIS

CERO CERO DOS CUATRO CINCO CERO SIETE-A CERO DOS

CUATRO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base al valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas y

cincuenta minutos del día treinta y uno de octubre de dos mil catorce.- LIC.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046741-1

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 020PLA000073075, solicitando la

reposición de dicho CERTIFICADO por TRES MIL OCHOCIENTOS

OCHENTA Y CINCO 71/100 (US$ 3,885.71).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

SONSONATE, viernes 27 de febrero de 2015.

SILVIA DE VELASQUEZ,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA,

AGENCIA METROC. SONSONATE.

3 v. alt. No. F046731-1

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del Certifi cado de Depósitos a Plazo Fijo # 20550087461 de Agencia

Santa Elena, emitido el día 04/12/2014 a un plazo de 90 días el cual

devenga una tasa de interés anual del 4.05% solicitando la reposición

de dicho Certifi cado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la

tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición,

se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 11 de marzo 2015.

KRISTYA ISELA ACEVEDO,

CONTROL DE CALIDAD, DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F046777-1

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR, S.A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del Certifi cado de Depósitos a Plazo Fijo # 20550090072 de Agencia

Santa Elena, emitido el día 30/01/2015 a un plazo de 30 días el cual

devenga una tasa de interés anual del 3.75% solicitando la reposición

de dicho Certifi cado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la

tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición,

se procederá a reponer el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 12 de marzo de 2015.

KRISTYA ISELA ACEVEDO,

CONTROL DE CALIDAD, DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F046778-1

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

TÍTULO MUNICIPAL

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL, AL PUBLICO

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor

SERGIO GONZALEZ QUINTEROS, de sesenta y cuatro años de edad,

ganadero, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número

cero cero nueve seis cero cuatro nueve uno- seis y Tarjeta de Identifi ca-

ción Tributaria Número cero ochocientos doce- doscientos noventa mil

quinientos cincuenta- ciento uno- nueve, actuando en su carácter personal

y en su carácter de Apoderado General y Judicial de la señora BILMA

OFELIA LARA GONZALES o BILMA OFELIA LARA GONZALEZ,

de cincuenta y siete años de edad, trabajadora social, de este domicilio,

portadora de Documento Unico de Identidad número cero tres cinco siete

cinco ocho siete cero-uno y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número

cero ochocientos doce- doscientos veinte mil novecientos cincuenta y

seis-cero cero uno-cuatro, solicitando se extienda TITULO MUNICIPAL

DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Barrio

El Centro, Av. Francisco Herrera, sin número, de esta jurisdicción, de

una extensión superfi cial aproximada de SEISCIENTOS DIEZ PUN-

TO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, con las medidas y

colindancias siguientes: AL NORTE: mide cuarenta y ocho punto cuarenta

metros y colinda con Alicia Angélica Herrera de Gómez, hoy viuda de

Gómez, antes con hermanos Quinteros Palacios; AL ORIENTE: mide

quince punto cuarenta y cinco metros y colinda con Francisco Orlando

Cambray, antes con Dora de Vásquez y Tomás Barahona, antes con Andrés

Cerón; AL SUR: mide cuarenta punto cincuenta metros y colinda con

Manuel Antonio Ramírez Valencia y Manuel Antonio Ramírez Blanco,

antes con Juana Valencia; y AL PONIENTE: mide doce punto sesenta

metros y colinda con Evelin Betel Nichell, antes con Oscar Roberto

Quinteros Espinoza y Adela Oviedo Mariona hoy viuda de Quinteros.

El predio descrito no pertenece al Estado, no es predio dominante

ni sirviente, no se posee en proindivisión con nadie, no tiene cargas

ni derechos reales de ajena pertenencia y lo adquirieron por herencia

materna, según Escritura Pública de Protocolización de Resolución fi nal

de diligencias de aceptación de herencia, ante los ofi cios notariales de

la Licda. Ana Silvia Oliva Castillo, de fecha diecisiete de enero del año

dos mil cinco y unida con sus antecesores la posesión de este inmueble

es por más de treinta años consecutivos, en forma quieta, pacífi ca e

ininterrumpida, en proindivisión y por partes iguales, dicho inmueble lo

valoran en la suma de QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento del Público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal de San Juan Tepezontes, Departamento de La

Paz, a los diez días del mes de marzo de dos mil quince.- Licda. IRIS

DE LOS ANGELES LOPEZ DE ASUNCION, ALCALDESA MUNICI-

PAL.- MARIA ISABEL CARDONA VALLADARES, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F046752-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

DR. SAUL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE SAN SALVADOR, por este medio NOTIFICA la

sentencia defi nitiva emitida por este Juzgado a las ocho horas del día

veintitrés de diciembre de dos mil catorce, al demandado RICARDO

BENJAMIN VALDEZ SANCHEZ, mayor de edad, comerciante, de

este domicilio, con DUI: 01792480-9 y NIT: 9450-070365-001-0; para

que en el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día

siguiente de la última publicación de este edicto, haga uso de su derecho

de impugnación de la sentencia defi nitiva dictada en su contra en el

proceso ejecutivo con referencia REF. 03454-14-MRPE-5CM1 y REF.

INTERNA 95-PE-14-3, promovido ante este Juzgado por el licenciado

JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, en su calidad de Apoderado

Judicial del BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANO-

NIMA. De no comparecer en el plazo de diez días el tribunal procederá

a nombrarle al demandado un curador ad lítem para que lo represente

en el proceso, de conformidad al art. 186 inc. 4° CPCM.

Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento,

se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil

de San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos del día catorce

de enero de dos mil quince.- Dr. SAUL ERNESTO MORALES, JUEZ

QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- Lic.

DAVID ORLANDO TOBAR MOLINA, SECRETARIO.

1 v. No. C010382

EL LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE

LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA,

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo, con Referencia:

604-E-2013-5, ha comparecido la Licenciada MARIA ELIZABETH

ORELLANA MEJIA, en representación del señor JOSE ROBERTO

MEJIA ALAS, ambos con dirección para recibir notifi caciones en

Colonia San José del Pino, Zona B, Polígono I, casa 9, Santa Tecla, La

Libertad, en contra de las señoras GLORIA ELIZABETH ARIAS DE

VEGA, en calidad de deudora principal, mayor de edad, del domicilio

de Zaragoza, Departamento de La Libertad, con Documento Unico de

Identidad número: cero uno uno cinco nueve dos nueve nueve- siete,

y con Número de Identifi cación Tributaria: cero quinientos veintidós-

cero seis cero uno seis dos-cero cero uno-cero y ROSA ELIA FUNES,

en calidad de garante hipotecaria, mayor de edad, del domicilio de la

ciudad y departamento de San Salvador y con Número de Identifi cación

Tributaria: cero quinientos once-ciento cincuenta mil doscientos cuarenta

y cinco- cero cero uno-cero, sin que a la fecha se haya podido ubicar a

la demandada ROSA ELIA FUNES, es por lo anterior que por medio

del auto de las ocho horas con doce minutos del día veinticuatro de

febrero del año dos mil quince, se ordenó notifi car la demanda a dicha

demandada por medio de edictos, de conformidad con el Art. 186 del

CPCM., por lo que se le previene a la señora ROSA ELIA FUNES, que

deberá presentarse a este Juzgado a ejercer su derecho constitucional de

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

defensa y contestar la demanda incoada en su contra, dentro del térmi-no de DIEZ DIAS HABILES, contados desde el día siguiente al de la última publicación en los medios de comunicación escritos respectivos. Asimismo, se le advierte a dicha demandada que deberá comparecer por medio de abogado, a menos que posea capacidad de postulación y en caso de carecer de los recursos económicos sufi cientes puede acudir a la Procuraduría General de la República para que sea representado gra-tuitamente, de conformidad a lo establecido en los Arts. 67 y 75 CPCM. De igual forma, y de conformidad al Art. 170 CPCM., se le previene a la demandada que deberá, en el término señalado, proporcionar dirección dentro de la circunscripción territorial de este Tribunal, o un medio técnico para recibir notifi caciones. Se advierte que una vez hechas las publicaciones respectivas del presente edicto, si dicha demandada no comparece en el término concedido, se le nombrará un curador ad-lítem para que lo represente en el presente proceso, de conformidad al inciso 4° del 186 CPCM.

Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho horas con treinta minutos del día veinticuatro de febrero del año dos mil quince.- Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- Licda. ERIKA MICHELLE SIBRIAN RUIZ, SECRETARIA.

1 v. No. C010393

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Al señor JOSE ALBERTO HERNANDEZ, quien es mayor de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de Nahulingo, con DUI N° 02522291-0; NIT N° 0602- 280941-001-0;actualmente de paradero desconocido, se le hace saber que en este Tribunal se han iniciado DILIGENCIAS DE LOCALIZACION, en el Proceso Ejecutivo Civil promovido por el FONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA MICROEMPRESARIA, que puede abreviarse FOSOFAMILIA, con NIT N° 0614-260599-104-2; por medio de su Apoderada General Ju-dicial licenciada VIOLETA GUADALUPE DONADO PICHE, mayor de edad, del domicilio de San Salvador, con tarjeta de abogado número 12853, en contra de dicho señor arriba mencionado.

Indicándole al señor JOSE ALBERTO HERNANDEZ, que tiene el plazo de diez días hábiles para que se presente a este Tribunal, aper-cibiéndole que de no presentarse a este Tribunal se continuará el proceso sin su presencia.

El presente emplazamiento se ordena por edicto de conformidad al art. 186 relacionado con el art. 182 establecidos en el Código de Procedimientos Civiles y Mercantiles y deberá publicarse en el tablero de este Tribunal por una sola vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un periódico de mayor circulación diaria y nacional.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las catorce horas quince minutos del día diecisiete de noviembre del dos mil catorce.- Lic. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SRIO.

1 v. No. C010402

OSCAR ANTONIO SANCHEZ BERNAL, JUEZ INTERINO (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: A los señores JUAN TRINIDAD RAMOS, como deudor principal y JOEL EDGARDO TRINIDAD MARTINEZ, conoci-do tributariamente como JOEL EDGARDO MARTINEZ TRINIDAD, como codeudor solidario, con Números de Identifi cación Tributaria en su orden cero trescientos siete - ciento noventa mil doscientos cincuenta y ocho - ciento uno - cero; y cero trescientos quince - ciento noventa y un mil ciento ochenta y nueve - ciento uno - siete, que existe sentencia defi nitiva pendiente de notifi carles, la cual ha sido dictada en el proceso registrado bajo el número de NUE 01148-14-CVPE-5CM3, y referencia interna 65-EC-14, que promueve en su contra la Licenciada VIOLETA GUADALUPE DONADO PICHE, con Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro - cero tres cero uno ocho cero - uno dos dos - ocho, actuando en su calidad de Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA MICROEMPRESARIA, que se abrevia FOSOFAMILIA, con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos sesenta mil quinientos noventa y nueve - ciento cuatro - dos; y para tal efecto deberán de comparecer a esta sede judicial dentro del plazo de TRES DIAS HABILES contados a partir del día siguiente de efectuadas las publicaciones a notifi carse; caso contrario se tendrá por notifi cados de la misma.

LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL: SAN SALVADOR, a las diez horas del día uno de octubre de dos mil catorce.- Lic. OSCAR ANTONIO SANCHEZ BERNAL, JUEZ (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- Licda. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO, SECRETARIA.

1 v. No. C010403

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ SUPLENTE DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: A los señores LUZ ANGELICA RODRIGUEZ SANCHEZ y NELSON HUMBERTO MIRANDA, de treinta y cinco y cuarenta y nueve años de edad, comerciante en pequeño y comerciante, con NIT # 0210-180878-113-0 y DUI # 02597311-3, y 0210-240864-003-3, y DUI 02831205-7, antes del domicilio de Sonzacate y Santa Ana, actualmente con paradero desconocido, se les hace saber que en este Tribunal se ha iniciado Proceso Ejecutivo promovido por el FONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA MICROEMPRESARIA, con NIT # 0614-260599-104-2, por medio de su Apoderada General Judicial Licenciada Violeta Guadalupe Donado Piche, de treinta y cuatro años de edad, abogado, del domicilio de San Salvador, con Carnet de Abogado No. 12,853, se le hace saber a los señores LUZ ANGELICA RODRIGUEZ SANCHEZ y NELSON HUMBERTO MIRANDA, que tienen el plazo de DIEZ DIAS, para mostrarse parte en el proceso, apercibiéndole que de no presentarse a este Tribunal, se continuará el proceso sin su presencia.-

La parte Demandante ha presentado Poder conque acredita su personería, expedida ante Slos ofi cios de la Licenciada Nidia Marisela Pérez Sánchez, el día quince de mayo del dos mil doce; a su favor y documento de mutuo solidario prendario.-

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

La presente notifi cación del decreto de embargo, se ordena por edicto

de conformidad al Art. 186 con rel. 182 establecidos en el Código de

Procedimientos Civiles y Mercantiles y deberá publicarse en el Tablero

de este Tribunal, por una sola vez en el Diario Ofi cial y por Tres Veces

en un periódico de circulación diaria y nacional.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas cuarenta y cinco

minutos del día dieciocho de agosto del dos mil catorce.- Lic. LUIS AN-

TONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. C010404

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

(1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD

DELGADO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil número 167-

PEC-12-3, promovido por el FONDO SOLIDARIO PARA LA FAMILIA

MICROEMPRESARIA, a través de su mandatario(a) Licenciado(a)

VIOLETA GUADALUPE DONADO PICHE, cuyo título ejecutivo es

un(a) Mutuo, del cual se tiene conocimiento judicial en este Tribunal,

se hace saber: Que en virtud de que en el referido Proceso no se ha

llevado a cabo el emplazamiento en forma personal a la demandada

señora REINA RUTH REYES MENDEZ, quien es de cuarenta y seis

años de edad, Comerciante, de domicilio ignorado o desconocido, con

Documento Unico de Identidad número 00806317-5 y con Número

de Identifi cación Tributaria 0614-220465-103-6, por no residir en el

lugar proporcionado para tal efecto por la parte demandante y además

se desconoce otro lugar donde poder emplazar a la demandada señora

REYES MENDEZ; de conformidad a lo que dispone el art. 181 CPCM.,

se procedió oportunamente a hacer las averiguaciones correspondientes

respecto del domicilio de la demandada, sin que tales diligencias hayan

arrojado un resultado positivo. Que en razón de lo expuesto y por ignorarse

el domicilio de la reseñada señora, se procede a su emplazamiento al

juicio de mérito por edictos de conformidad a lo que dispone el art. 186

CPCM., los que se publicarán por tres veces en un periódico impreso de

circulación Diaria y Nacional, por una sola vez en el Diario ofi cial y en

el Tablero Público de esta sede Judicial art. 186 Inc. 3 CPCM. Se hace

del conocimiento a la demandada REINA RUTH REYES MENDEZ,

que deberá comparecer a esta sede judicial a hacer uso de su derecho en

el término de ley, de lo contrario se le nombrará un Curador Ad-Lítem

que lo represente en el respectivo proceso art. 186 Inc. 4 CPCM.

Librado en el Juzgado Pluripersonal de lo Civil de Ciudad Delga-

do, Juez (1): a las diez horas con veinticinco minutos del día dieciséis

de junio del año dos mil catorce.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO

MORALES FLORES, JUEZ (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL

DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- Lic. JORGE ROBERTO

BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO DE ACTUACIONES.

1 v. No. C010405

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-PLENTE DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: A la señora RUTH DALY CARRANZA DE REYES, mayor de edad, ama de casa, del domicilio de San Antonio del Monte, con NIT N° 0307-121057-101-8; actualmente de paradero desconocido y LOIDA MARITZA REYES CARRANZA, quien es mayor de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de San Antonio del Monte, con NIT N° 0313-190581-101-9 se les hace saber que en este Tribunal se han iniciado DILIGENCIAS DE LOCALIZACION, en el Juicio Civil, promovido por FOSOFAMILIA, con NIT N° 0614-260599-104-2, por medio de su apoderada General Judicial Licenciada VIOLETA GUADALUPE DONADO PICHE, con carnet de abogado número 12853, en contra de la referida señora arriba mencionada.

Indicándole a las señoras RUTH DALY CARRANZA DE REYES y LOIDA MARITZA REYES CARRANZA, que tienen el plazo de diez días hábiles para que se presenten a este Tribunal, apercibiéndoles que de no presentarse a este Tribunal se continuará el proceso sin su presencia.

El presente emplazamiento se ordena por edicto de conformidad al art. 186 relacionado con el art. 182 establecidos en el Código de Procedimientos Civiles y Mercantiles y deberá publicarse en el tablero de este Tribunal por una sola vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un periódico de mayor circulación diaria y nacional.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas quince minutos del día dos de diciembre del dos mil catorce.- Lic. LUIS AN-TONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SRIO.

1 v. No. C010406

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LOS INFRASCRITOS MIEMBROS DE LA COMISION DE SERVICIO CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, LICENCIADOS ROMEL MORALES, EDWIN ALFREDO TREJO AVALOS Y EL SEÑOR JOSE MAURICIO HERNANDEZ MARTINEZ,

HACEN SABER: QUE EN EL PRESENTE EDICTO SE EM-PLAZA AL SEÑOR JORGE ALBERTO CORDON JULE, QUIEN ES DE CINCUENTA Y CUATRO AÑOS DE EDAD, SOLTERO, DEL DOMICILIO DE SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SAL-VADOR, CON DOCUMENTO UNICO DE IDENTIDAD NUMERO CERO DOS UNO OCHO CUATRO CUATRO TRES SIETE CERO, QUE EN ESTA COMISION SE HA PRESENTADO EL LICENCIADO JIMMY NEYIB MARTELL HERNANDEZ, ABOGADO, CON NU-MERO UNICO DE IDENTIDAD PERSONAL NUMERO CERO DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SESENTA Y SEIS –OCHO, EN SU CALIDAD DE APODERADO ESPECIAL DEL DOCTOR JOSE OSCAR ARMANDO PINEDA NAVAS, ACTUAL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y DEL ORGANO JUDICIAL PROMOVIENDO JUICIO DE DESTITUCION EN CONTRA DEL SEÑOR JORGE ALBERTO CORDON JULE, QUE

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

LITERALMENTE DICE "HAGASE SABER AL SEÑOR JORGE AL-BERTO CORDON JULE, LA DECISION DE DESTITUIRLO DE SU CARGO FUNCIONAL DE MOTORISTA UBICADO EN OFICIALIA MAYOR DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, DANDOSELE EL PLAZO DE TRES DIAS PARA LOS EFECTOS DEL LITERAL b) DEL ARTICULO 55 DE LA LEY DE SERVICIO CIVIL, QUIEN NO SE PRESENTO A LABORAR DESDE EL DIA TREINTA DE JULIO AL QUINCE DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, NO CONSTA REGISTRO DE MARCACION DE ENTRADA NI SALIDA LABORAL POR MEDIO DE RELOJ BIOMETRICO, DACTILAR, NI DE LICEN-CIAS POR ENFERMEDAD U OTROS MOTIVOS DEBIDAMENTE PRESENTADO Y PROCESADOS POR EL SEÑOR CORDON JULE" CONDUCTA QUE SE ENMARCA DENTRO DE LA CAUSAL DE DESTITUCION REGULADA EN EL LITERAL G) DEL ARTICU-LO 54 DE LA LEY DE SERVICIO CIVIL" Y EN CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCION EN EL PROCESO 07-DT-2014(3), EN SAN SALVADOR A LAS DIEZ HORAS Y VEINTE MINUTOS DEL DIA VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE. LIBRESE Y PUBLIQUESE EL EDICTO DE LEY PARA SER PUBLICADO UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL Y TRES VECES EN UN PERIODO IMPRESO DE CIRCULACION DIARIA Y NACIONAL; ASI MISMO PUBLIQUESE EN EL TABLERO DE ESTA COMISION, PARA QUE EN UN PLAZO DE TRES DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE EFECTUADA LA ULTIMA PUBLICACION, CONTESTE LA DEMANDA INCOADA EN SU CONTRA Y PUEDA PREPARAR SU DEFENSA EN SUS DERECHOS O INTERESES LEGITIMOS, CASO CONTRARIO EL PROCESO CONTINUARA SIN SU PRESENCIA, CONFORME LO SEÑALAN LOS ARTICULOS 181 Y 182 NUMERAL CUATRO AMBOS DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL.

LIBRADO EN LA COMISION DE SERVICIO CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A LAS CATORCE HORAS DEL DIA VEINTINUEVE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-Lic. ROMEL MORALES RUIZ, MIEMBRO PROPIETARIO NOMBRADO POR TRIBUNAL SERVICIO CIVIL.- Lic. EDWIN ALFREDO TREJO, MIEMBRO PROPIETARIO NOMBRADO POR LA CORTE SUPRE-MA DE JUSTICIA.- JOSE MAURICIO HERNANDEZ MARTINEZ, MIEMBRO PROPIETARIO ELECTO POR LOS EMPLEADOS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

1 v. No. F046596

KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que se dio inicio al Proceso Declarativo Común, registrado bajo el número único de expediente 06895-13-CVPC-5CM3, promovido por la Licenciada IRMA ESTELA MARROQUIN ROSALES, en su calidad de Apoderada General Judicial con Claúsula Especial de la señora ANGELA DE JESUS BARRAZA MELENDEZ conocida por ANGELA BARRAZA MELENDEZ y por ANGELA DE JESUS BARRAZA, pudiendo ser ubicadas ambas en: Urbanización Santa Adela, fi nal Pasaje Tres, casa número quince - A, Centro de Gobierno, Atrás de Cruz Roja Salvadoreña, de esta ciudad; en contra de la señora MARIA ODILIA QUINTANILLA DE MARTINEZ. Que no fue posible emplazarla personalmente a la señora MARIA ODILIA QUINTANILLA

DE MARTINEZ, quien es mayor de edad, de este domicilio, de ofi cios domésticos; por no contar con una dirección en el territorio nacional donde poder realizar dicho acto de comunicación, en razón de ello, conforme a lo establecido en los artículos 181 y 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, se les emplazará por este medio, concediéndosele un plazo de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, para que se presente a este Juzgado a oponerse a la demanda y a ejercer sus derecho. Si no lo hiciere se procederá a nombrarle un CURADOR AD LITEM, para que la represente en el presente proceso, artículo 186 Código Procesal Civil y Mercantil. Los documentos anexos al proceso son los siguientes: 1) Demanda suscrita por la Licenciada IRMA ESTELA MARROQUIN ROSALES; 2) Poder General Judi-cial con Cláusula Especial a favor de la Licenciada IRMA ESTELA MARROQUIN ROSALES; 3) Fotocopias certifi cadas por Notario de certifi cación literal de mutuo hipotecario; 4) fotocopia certifi cada por Notario de certifi cación literal de compraventa de inmueble a favor de la señora Angela Barraza Meléndez.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley correspondientes.

LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL: SAN SALVADOR, a las nueve horas con dieciocho minutos del día nueve de febrero de dos mil quince.- Licda. KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- Licda. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO, SECRETARIA.

1 v. No. F046693

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Al señor SERAFIN ANTONIO RAMIREZ, que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado LUIS OVIDIO NAVARRO MARTINEZ, de treinta y un años de edad, Abogado, del domicilio de Armenia, Departamento de Sonsonate, como representante Procesal de la Sociedad LA HUELLA DE ORO SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE, que puede abreviarse La Huella de Oro S. A. de C. V.; manifestando que viene a promover Proceso Ejecutivo en contra del señor SERAFIN ANTONIO RAMIREZ, quien a la fecha de contratar era de setenta y cinco años de edad, jornalero y actualmente de domicilio o paradero ignorados, clasifi cado bajo el número 51/2013, en el cual con-cede un plazo de DIEZ DIAS para que conteste la demanda. Se previene al señor SERAFIN ANTONIO RAMIREZ, que si no se presenta a este Juzgado en un plazo de DIEZ DIAS, después de las publicaciones de este edicto, se procederá a NOMBRARLE UN CURADOR AD-LITEM, para que lo represente en dicho proceso.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las quince horas quince minutos del día tres de octubre del año dos mil catorce.- Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA, SECRETARIO.

1 v. No. F046773

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2014139374

No. de Presentación: 20140209245

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ELISA

CASTELLON CACERES, de nacionalidad SALVADOREÑA y MARTA

RUTH RUIZ LAINEZ conocida por MARTA RUTH RUIZ DE

MAYORGA, de nacionalidad SALVADOREÑA y RUTH DINORAH

AYALA MORENO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en calidad de

PROPIETARIOS, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: las palabras ixmAti TOURS y diseño, que servirá

para: AMPARAR SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de noviembre del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046605-1

REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO

"AIG VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS", Compañía de Seguros,

hace del conocimiento del público en general que a sus ofi cinas se ha

presentado JUANA MERCEDES PORTILLO DE CERON, del domicilio

de San Salvador, en calidad de apoderada del Señor RAFAEL ANTONIO

GUERRERO CAMPOS, solicitando la Reposición de la Póliza de Seguro

de Vida No. VO-11.099, emitida por SEGUROS DESARROLLO, S.A.,

a favor del Señor Guerrero Campos, con fecha 24 de Enero de 1983. Si

dentro de treinta días, contados a partir de la fecha de la última publica-

ción de este aviso, no se presentare oposición, la Compañía procederá

a reponer la mencionada Póliza.

San Salvador, 13 de Marzo de 2015.

MILENA MURCIA,

AIG VIDA, S.A. SEGUROS DE PERSONAS.

3 v. alt. No. F046780-1

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2015141615

No. de Presentacion: 20150213808

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado GUILLERMO

GUIDOS ALARCON, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

TOTO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: TOTO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Rolofl ex y diseño, que servirá para:

AMPARAR: BOLSA PLÁSTICAS EMPACADAS EN FORMA DE

ROLLOS DE ALTA Y BAJA DENSIDAD. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año

dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010380-1

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente: 2014140372

No. de Presentacion: 20140210948

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROBERTO

MARCELINO VALLE ORELLANA, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de THE COFFEE NET, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra CAFÉ y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: CAFÉ. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de marzo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046662-1

No. de Expediente: 2014138087

No. de Presentacion: 20140206650

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ

MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO

de E.A. COSMETICS DISTRIBUTIONS GMBH, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

AIGNER STARLIGHT

Consistente en: las palabras AIGNER STARLIGHT; la palabra

STARLIGHT se traduce al castellano como LUZ DE ESTERLLAS, que

servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR

Y OTRAS SUSTANCIAS PARA USO EN LAVANDERÍA; PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PER-

FUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES

PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de septiembre del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046701-1

No. de Expediente: 2014138086

No. de Presentacion: 20140206649

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ

MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO

de E.A. COSMETICS DISTRIBUTIONS GMBH, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

AIGNER DÉBUT

Consistente en: las palabras AIGNER DÉBUT, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

SUSTANCIAS PARA USO EN LAVANDERÍA; PARA LIMPIAR,

PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PERFUMERÍA,

ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL

CABELLO; DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de septiembre del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046703-1

No. de Expediente: 2014138020

No. de Presentacion: 20140206512

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ

MANUEL ARGUELLO RODEZNO, en su calidad de APODERADO

de E.A. COSMETICS DISTRIBUTIONS GMBH, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra AIGNER y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA USO EN LAVANDERÍA; PARA LIMPIAR,

PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PERFUMERÍA,

ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL

CABELLO; DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

nueve de septiembre del año dos mil catorce.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046705-1

No. de Expediente: 2014139552

No. de Presentacion: 20140209527

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado VICTOR

JOSE STEINER MORATAYA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de STEINER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE que se abrevia: STEINER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra LECHELISTA, que servirá para: AMPARAR:

LECHE EN CUALQUIER PRESENTACIÓN. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dos de febrero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046764-1

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ACEPTACION DE HERENCIA

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por

resolución proveída por este Tribunal, a las nueve horas cinco minutos

del día veintitrés de febrero de dos mil quince; SE HA TENIDO POR

ACEPTADA EXPRESAMENTE, con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción ocurrida a las veintitrés horas cinco minutos

del día trece de octubre de dos mil catorce, en el Hospital Nacional de

esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; dejó

el Causante EBERTO DE JESUS GUEVARA, conocido por HEBER-

TO DE JESUS GUEVARA y por HEBERTO DE JESUS GUEVARA

MARTINEZ, quien fue de setenta y seis años de edad, casado, motorista,

de parte de la señora JUANA RAMIREZ CARRANZA, conocida por

JUANA RAMIREZ y por JUANA RAMIREZ DE GUEVARA, en

su concepto de cónyuge del referido causante; a quien se le nombra

INTERINAMENTE administradora y representante de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince

días, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las catorce horas

del día veintisiete de febrero de dos mil quince.- Lic. CARLOS JOSE

MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO

GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010328-2

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez de Primera Instancia de este

Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día

dieciocho de febrero del año dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción dejó la señora: ISABEL ECHEVERRIA, conocida por

ISABEL ECHEVERRIA LOZANO, ISABEL ECHEVERRIA DE

PEREZ, MARIA ISABEL ECHEVERRIA LOZANO y MARIA ISABEL

ECHEVERRIA DE PEREZ, tiénese por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la

señora: ISABEL ECHEVERRIA , conocida por ISABEL ECHEVERRIA

LOZANO, ISABEL ECHEVERRIA DE PEREZ, MARIA ISABEL

ECHEVERRIA LOZANO y MARIA ISABEL ECHEVERRIA DE

PEREZ, de sesenta y dos años de edad, Doméstica, sin Documento Unico

de Identidad y Tarjeta de Identifi cación Tributaria, quien falleció el día

dieciséis de noviembre de mil novecientos setenta y dos, en la ciudad

de Ilobasco, Departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio,

de parte de los señores: José Eusebio Pérez Echeverría, con Documento

Unico de Identidad Número cero cero cuatrocientos sesenta y un mil

ciento veintinueve - tres, con Número de Identifi cación Tributaria cero

novecientos tres-cero cincuenta mil trescientos treinta y dos - ciento

uno - seis, Jerónimo Alberto Pérez Echeverría, con Documento Unico

de Identidad Número cero dos millones ciento sesenta y seis mil dos-

cientos cincuenta y tres- dos, con Número de Identifi cación Tributaria

cero novecientos tres -trescientos mil novecientos treinta y seis - ciento

uno - dos, en su concepto de hijos de la causante y Cesionarios de los

derechos hereditarios que le corresponde a cada uno de los señores

Cordelia Pérez de Flores, María Dadila Pérez Echeverría, María Isabel

Pérez Viuda de Lozano, María Félix Pérez Viuda de Sánchez o María

Félix Pérez, en calidad de hijos de la causante; y se les ha conferido a los

aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas,

a las doce horas veinte minutos del día dieciocho de febrero de dos mil

quince.- Licda. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Licda. MIRIAN CONCEPCION ORELLANA ARCE,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010329-2

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas quince

minutos del día veintisiete de los corrientes, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada dejada

por la señora María Yolanda Viscarra, fallecida el día diez de enero del

dos mil once, en Salcoatitán, siendo ese lugar su último domicilio, de

parte de la señora ANA YANET VISCARRA DE CASTELLANOS,

en concepto de hija sobreviviente de la causante.

Y se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las doce horas cincuenta

y cinco minutos del día veintisiete de febrero del dos mil catorce.- Lic.

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE.- Licda. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010338-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

LICENCIADA MARLENE CRISTINA BONILLA ALFARO, JUEZA

INTERINA DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: En las diligencias de aceptación de herencia

intestada iniciadas por la licenciada NORMA CAROLINA MOLINA

GALAN, en su calidad de Apoderada General Judicial de la señora

ANA GLADIS DURAN DE REYES, en su calidad de cesionaria de los

derechos hereditarios que le correspondían a Eugenio de Jesús Aguilar

Hernández, en su calidad de hijo sobreviviente de la causante, en el

proceso clasifi cado bajo el número de referencia 1563-14-DV-2CM1,

se ha proveído resolución por este tribunal, a las ocho horas cuarenta

minutos del día dieciséis de febrero de dos mil quince, mediante la cual

se ha tenido por aceptada interinamente y con Benefi cio de Inventario,

de parte de la señora supra indicada en la herencia intestada que a su

defunción dejara la causante TOMASA AGUILAR, quien fuera de

sesenta y cinco años de edad, doméstica, de este domicilio, habiendo

fallecido el día treinta de diciembre del años dos mil seis, habiendo sido

su último domicilio el Municipio de Santa Ana. A la aceptante señora

ANA GLADIS DURAN DE REYES, se le confi ere Interinamente la

Administración y Representación de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que

se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo

dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de

este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL; Santa Ana, dieciséis de febrero de dos mil quince.- Lic.

MARLENE CRISTINA BONILLA ALFARO, JUEZA INTERINA

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA

ANA.- Lic. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046092-2

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA

IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los

efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas cinco minu-

tos del día doce de febrero de dos mil quince, dictada en las Diligencias

Varias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas en este Juzgado

con el NUE: 01562-14-CVDV-1CM1- 121/14(1); promovidas por la

Licenciada Norma Carolina Molina Galán, como Apoderada General

Judicial de la señora María Esperanza Márquez Villegas, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la

referida señora MARIA ESPERANZA MARQUEZ VILLEGAS, como

cesionaria de los derechos que le correspondían a la señora Francisca

Najarro Aguilar, conocida por Francisca Nájera Aguilar, en su concepto

de hija, en la herencia intestada dejada a su defunción por el señor SAN-

TIAGO NAJERA RAMIREZ, conocido por SANTIAGO NAJARRO,

quien según certifi cación de partida de defunción, fue de noventa y cinco

años de edad, Agricultor en Pequeño, casado, siendo su último domicilio,

el Cantón Loma Alta, de esta Jurisdicción, fallecido en dicho lugar a

las siete horas del día trece de noviembre de mil novecientos noventa.

Nombrándosele INTERINAMENTE representante y administradora

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

igual o mejor derecho a la herencia de que se trata, para que en el plazo

de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto,

comparezcan a deducirlo a este Juzgado, ubicado en Cuarta Avenida

Sur, entre Once Calle Poniente y Calle José Mariano Méndez Poniente,

número Cuarenta y Uno de esta ciudad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa

Ana, doce de febrero de dos mil quince.- Lic. THELMA IDALIA ES-

PERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- Lic. ERIKA SOFIA HUEZO DE HENRIQUEZ,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F046093-2

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las once

horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de los señores HENRY LEONEL

PERDOMO ESCOBAR y ADELA MARTINEZ DE PERDOMO, la

HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó CLAUDIA BEA-

TRIZ PERDOMO MARTINEZ, quien fue de treinta y cuatro años de

edad, soltera, Licenciada en Administración de Empresas, falleció a

las once horas cinco minutos del día veintiuno de septiembre del año

dos mil catorce, en esta ciudad de Atiquizaya, su último domicilio, en

concepto de padres de la causante; se les ha conferido a los aceptantes

en el carácter dicho la administración y representación interinas de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las once

horas y cuarenta minutos del día diecinueve de febrero del año dos mil

quince.- Lic. JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ

SANTILLANA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046096-2

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juz-

gado, a las nueve horas treinta minutos del día quince de enero de dos

mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción, ocurrida el

día tres de marzo de mil novecientos setenta y nueve, en esta ciudad,

dejó el causante CARLOS BORROMEO MATA ORELLANA, siendo

su último domicilio la misma ciudad, de parte de la señora ANGELA

BERTA CONTRERAS VIUDA DE MATA, en su calidad de cónyuge

sobreviviente del causante.

Y se le confi rió a la aceptante la administración y representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas

doce minutos del día dieciocho de febrero de dos mil quince.- Licda.

GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO, JUEZA DE LO CIVIL

(2).- Licda. EDME GUADALUPE CUBIAS GONZALEZ, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F046115-2

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo

Civil Suplente de este Municipio Judicial,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once

horas con diez minutos del día catorce de noviembre de dos mil catorce,

se ha declarado heredero y con benefi cio de inventario, de la herencia

intestada dejada a su defunción por el causante señor JOAQUIN OSORIO

o JOAQUIN OSORIO CORNEJO, quien fue de ochenta y nueve años

de edad, jornalero, casado, originario de la jurisdicción de Panchimalco,

departamento de San Salvador y teniendo como último domicilio la

Ciudad de Olocuilta, departamento de La Paz, fallecido en la ciudad de

Zacatecoluca, el día veinticinco de junio de dos mil ocho; al señor PABLO

DE JESUS OSORIO ZABALETA, conocido por PABLO DE JESUS

OSORIO ZAVALETA, en su calidad de hijo del referido causante. Se

ha conferido al heredero declarado la administración y representación

Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-

partamento de San Salvador, a las once horas con diez minutos del día

veintiuno de noviembre de dos mil catorce.- Licda. AMADA LIBERTAD

INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic.

ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046156-2

SANTOS VIDAL ASCENCIO BAUTISTA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Cuarta Calle Oriente Número ocho, "A"C", San

Martín, Departamento de San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito notario,

en la ciudad de San Martín, a las diez horas del día dieciséis de febrero

de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-

fi cio de inventario, la herencia Intestada que a su defunción ocurrida en

el Kilómetro dieciocho y medio de la Carretera Panamericana, frente a

Comunidad Las Rosas de la Ciudad de San Martín, Departamento de

San Salvador, el día once de septiembre del año dos mil siete, dejó el

señor JOSE MARIO SANCHEZ, de parte de la señora ESPERANZA

DE LOS ANGELES SANCHEZ TRINIDAD, en su calidad de hermana

sobreviviente del Causante; habiéndosele conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina

del suscrito Notario, en el término de quince días, contados desde el

siguiente día a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario SANTOS VIDAL ASCENCIO

BAUTISTA, en la Ciudad de San Martín, a las nueve horas del día

diecisiete de febrero del año dos mil quince.-

Lic. SANTOS VIDAL ASCENCIO BAUTISTA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F046157-2

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo

Civil y Mercantil, Santa Ana, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que se han promovido por los licenciados RAUL

ARMANDO ZELEDON GONZALEZ y EDWING ARMANDO

ZELEDON HERNANDEZ, Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestadas con Benefi cio de Inventario sobre los bienes que a su de-

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Page 96: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

función dejara el señor DOMINGO DESILO ABAD RODRIGUEZ,

conocido por DOMINGO RODRIGUEZ o por DOMINGO DESILO

ABAD RODRIGUEZ DEL RIO, quien falleció a las seis horas con

veinticinco minutos del día diecisiete de abril de dos mil diez, siendo

su último domicilio la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa

Ana y este día se tuvo por aceptada la herencia antes referida y se

nombró como herederos administradores y representantes interinos de

dicha sucesión a la señora ROSA ELBA GONZALEZ GUADRON, al

señor FERNANDO RODRIGUEZ GONZALEZ y al niño RAFAEL

RODRIGUEZ GONZALEZ, en su carácter de compañera de vida e

hijos sobrevivientes respectivamente del causante en comento.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presen-

tarse a este tribunal, las personas que se crean con derecho a la herencia

que a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días

siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa

Ana, a los cinco días del mes de marzo de dos mil quince.- Lic. MELVIN

MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA MENDEZ

GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. F046165-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, al público

para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y quince

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario, la Herencia Intestada dejada a su defunción por el

causante señor JOSE RICARDO ARIAS BENITEZ, conocido por JOSE

RICARDO, por RICARDO ARIAS y por JOSE RICARDO ARIAS, al

fallecer el día diez de junio del año dos mil catorce, en Caserío Casas

Nuevas, Porvenir Abajo, Concepción Batres, departamento de Usulután,

siendo la ciudad de Jucuarán, su último domicilio; de parte de la señora

FELICITA ARIAS TORRES, conocida por FELICITA ARIAS, en

calidad de hija del causante. Confi érasele a la aceptante antes dicha la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Fíjense y publíquense los edictos respectivos, citando a los que se

crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en

el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera

publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los diecinueve

días del mes de febrero del año dos mil quince.- Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046167-2

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: En las diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada con Benefi cio de Inventario, promovidas por los Licenciados

RAFAEL ESTEBAN AMERICO MORAN VEGA y MARIO ENRIQUE

CASTILLO MARROQUIN, en su calidad de Apoderados Generales

Judiciales del señor ROLANDO ALFONSO RODRIGUEZ CAMPOS,

clasifi cadas bajo el número de referencia 00052-145CVDV-2CM1, se

ha proveído resolución por este tribunal, mediante la cual se ha tenido

por aceptada por parte del señor ROLANDO ALFONSO RODRIGUEZ

CAMPOS, quien es mayor de edad, Técnico en Ingeniería Civil, de este

domicilio, con Número de Identifi cación Tributaria 0101-140544-001-8,

en calidad de hijo de la causante señora ROSA AMALIA CAMPOS

DE ERROA, quien fuera de noventa y un años de edad al momento de

fallecer el día treinta y uno de marzo del año dos mil catorce, de ofi cios

domésticos, casada, habiendo sido esta ciudad su último domicilio.

Al aceptante señor ROLANDO ALFONSO RODRIGUEZ CAM-

POS, se le confi ere Interinamente la Administración y Representación

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.-

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel

que tenga derecho a la referida sucesión, se presente a este Juzgado a

deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publi-

cación de este edicto en el Diario Ofi cial de conformidad al art. 1163

del Código Civil.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL; Santa Ana, a las quince horas del día veinticinco de

febrero de dos mil quince.- Lic. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE

AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA

ANA.- Lic. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046202-2

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA (3)

QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

diez horas y treinta y cuatro minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó la señorita ILIANA ESTER MARTÍNEZ RIVERA

conocida por ILEANA ESTER MARTÍNEZ RIVERA, fallecida el día

diez de septiembre de mil novecientos noventa y ocho, a los dieciséis

años de edad, quien fue estudiante, soltera, de nacionalidad salvadoreña,

originaria de San Salvador, y como último domicilio el de esta ciudad,

siendo hija de Rosa Vilma Rivera Ruano y José Luis Martínez o José

Luis Martínez Tobar, de parte de la señora SANDRA YANIRA REYES

RIVERA antes SANDRA YANIRA REYES DE MEJÍA, mayor de edad,

de ofi cios domésticos, del domicilio de San Pedro Perulapán, Cuscatlán,

en su calidad de cesionaria de los derechos que le correspondían a los

señores Rosa Vilma Rivera Ruano y José Luis Martínez o José Luis

Martínez Tobar, y quien tiene Documento Único de Identidad número

cero un millón cien mil cuarenta y nueve-cinco y Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número cero seiscientos catorce-cero noventa mil quinientos

setenta y uno, a quien se le ha conferido en el carácter antes indicado, la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

correspondiente, y en consecuencia. SE CITA a los que se crean con

derecho a la herencia referida, a fi n que comparezcan a esta sede judicial

a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil, San Salvador,

a las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día cuatro de febrero

de dos mil quince.- LICDA. KARLA MARIA REGINA MURCIA

CARRILLO, JUEZA (3) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.-

LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES RUBIO, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F046219-2

LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SE-

BASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE. AL PÚBLICO,

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que según resolución de las ocho horas y treinta

minutos del día veintiséis de febrero del año dos mil quince, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia

Intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ DOMINGO

ALFARO DELGADO, quien fue de cincuenta años de edad, Jornalero,

originario de San Sebastián, Departamento de San Vicente, y cuyo último

domicilio perteneció a la Ciudad de San Sebastián, Departamento de San

Vicente, quien poseía Documento Único de Identidad número cero tres

siete tres cuatro tres siete dos-dos, así como Número de Identifi cación

Tributaria uno cero cero nueve-cero siete uno dos seis tres-uno cero

dos-cero, quien falleció a las veintiún horas y treinta minutos del día

veintiséis de agosto del año dos mil catorce; de parte de los señores

María Elsa Delgado de Alfaro, de setenta y cuatro años de edad, Ama

de Casa, del domicilio de Paramount del Estado de California, de los

Estados Unidos de América, portadora del Documento Único de Iden-

tidad número cero cero siete seis dos siete cero siete-tres, así como del

Número de Identifi cación Tributaria uno cero cero nueve-cero ocho cero

cuatro cuatro cero-uno cero uno-tres, y José Domingo Alfaro Mozo de

setenta y seis años de edad, Jubilado, del domicilio de Paramount del

Estado de California, de los Estados Unidos de América, portador del

Documento Único de Identidad número cero cuatro dos siete cero uno

cuatro ocho-cero, con Número de Identifi cación Tributaria uno cero cero

nueve-uno cero uno dos tres siete-cero cero dos-cuatro, en calidad de

padres sobrevivientes del referido causante.

Confi érase a los aceptantes, la administración y representación

interina de los bienes sucesorales, con las facultades y restricciones de

Ley.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SAN SEBASTIÁN, DEPARTAMENTO DE SAN VICENTE,

a las nueve horas del día veintiséis de febrero del año dos mil quince.-

LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- BR. BESSY CECILIA FABIAN

FUENTES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046224-2

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

a las doce horas y cuatro minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada

a su defunción por la causante señora MARÍA LUISA VALDEZ DE

UMAÑA, MARÍA LUISA VALDEZ GALDÁMEZ o MARÍA LUISA

VALDEZ, quien fue de sesenta y tres años de edad, Salvadoreña, casada,

de Ofi cios domésticos, del domicilio de Soyapango, Departamento de

San Salvador, originaria de Dulce Nombre de María, Departamento de

Chalatenango, hija de Zoila Galdámez y de Rumberto Candelario Val-

dez, ocurrida el día veintiuno de septiembre de dos mil trece, siendo su

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

último domicilio la Ciudad de Soyapango; de parte los señores PABLO

ÁNGEL UMAÑA, ZOILA CRISTINA UMAÑA DE SOMOZA Y LUIS

ÁNGEL UMAÑA VALDEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente de

la causante e hijos sobrevivientes de la causante; y como su procuradora

a la Licenciada ALMA LORENA MELÉNDEZ DE ESTUPINIAN.

Y se le ha Conferido a los aceptantes la administración y repre-

sentación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas

cuarenta minutos del día diecinueve de enero de dos mil quince.- LIC.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046237-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: para los efectos de Ley .

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas de este día, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la

herencia intestada dejada al fallecer por la señora MARIA ESPERANZA

ALEMAN, conocida por ESPERANZA ALEMAN, el día dieciséis de

enero de dos mil cuatro, en la población de San Agustín, siendo éste su

ultimó domicilio, de parte de los señores JOSE FRANCISCO ZAVALA

ALEMAN, MARIA MAGDALENA ZAVALA ALEMAN Y MARIA

ESTER ZAVALA ALEMAN, en su calidad de hijos de la causante y

como cesionarios de los derechos que les correspondían a la señora

SANTOS ALEMAN, en su calidad de madre de la causante.

Confi éraseles a los aceptantes la administración y representación

Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los

veintisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. MANUEL

DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

LOURDES ESTELLA CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. F046247-2

OSCAR DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA, SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó

el señor CARLOS ROBERTO ORELLANA RODRIGUEZ, quien fue

de sesenta años de edad, Contador, casado, originario y del domicilio de

El Triunfo, departamento de Usulután, de nacionalidad Salvadoreña, hijo

de ARNULFO ORELLANA y DELIA RODRIGUEZ; quien falleció el

día siete de septiembre del año dos mil doce, en Toronto, Provincia de

Ontario, Canadá, a consecuencia de ENFERMEDAD DEL HIGADO,

con asistencia médica, siendo su último domicilio la Ciudad El Triunfo,

Departamento de Usulután; de parte de la señora INGRID ASTRID

ORELLANA ORELLANA, de treinta y nueve años de edad, Empleada,

originaria y del domicilio de El Triunfo, departamento de Usulután, con

Documento Único de Identidad número: cero cinco uno uno seis cinco

tres cero-ocho; y Número de Identifi cación Tributaria: cero seis uno

cuatro-dos cero uno dos siete cinco-uno cinco uno-siete , en calidad de

hija y Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le corresponden en

calidad de esposa, a la señora Rina Mabel Orellana de Orellana, y en

calidad de hijos los señores Carlos Roberto Orellana Orellana, Mario

Leonel Orellana Orellana, y Daniel Arnulfo Orellana Orellana. Art. 988

Inc. 1o., del Código Civil.

Confi érase a la heredera declarada en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir

del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL DIA

VEINTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE.- LIC. OSCAR

DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, SU-

PLENTE.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046252-2

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO JUEZ DE LO CIVIL SUPLEN-

TE DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada de las diez horas

quince minutos del día seis de marzo del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada dejada por el señor RAÚL BONILLA, fallecido el día nueve

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

de agosto del año dos mil catorce, en el Cantón Piedra de Moler, del

municipio de Nahulingo, siendo la Villa de San Antonio del Monte, su

último domicilio, de parte de la señora Flor de María Cordero viuda de

Bonilla conocida por Flor de María Palacios Cordero como cónyuge del

causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate a las diez horas treinta minutos

del día seis de marzo del año dos mil quince.- LIC. LUIS ANTONIO

BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. CECILIA

DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046254-2

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LOLOTIQUE.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

VILMA ELENA MENDEZ VASQUEZ, de cuarenta y cuatro años de

edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único

de Identidad número: cero cero setecientos seis mil, novecientos siete

guión uno, solicitando se le extienda Título de Propiedad y Dominio,

de un inmueble de naturaleza urbana situado en el Barrio San Isidro

de esta Ciudad, de la capacidad superfi cial de NOVECIENTOS CUA-

RENTA PUNTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS,

de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE; Un tramo

recto que va de mojón tres a mojón cuatro con rumbo sur-oeste dieci-

nueve grados dos minutos, doce punto setenta y tres segundos con una

distancia de cuarenta punto cuarenta y cuatro metros, colindando con

lote habitacional propiedad de Sofía del Carmen Guevara Ochoa; AL

NORTE; Dos tramos rectos: Tramo Uno, de mojón uno a mojón dos con

rumbo sur-este ochenta y dos grados Treinta y cuatro minutos veintiocho

punto cuarenta y tres segundos, con una distancia de once punto ocho

punto cincuenta y tres metros; tramo dos, de mojón dos a mojón tres

con rumbo sur-este cuarenta y cuatro grados trece minutos treinta y uno

punto treinta y dos segundos, con una distancia de quince punto setenta

y cinco metros, colindando con terreno agrícola propiedad de Marino

Vásquez; AL PONIENTE; Un tramo recto que va de mojón cinco a

mojón uno con rumbo nor-este doce grados once minutos veintisiete

punto cero seis segundos con una distancia de, treinta y siete punto

cincuenta y siete metros, colindando con lote habitacional propiedad

de Virginia Ramos, acceso de cuatro metros de ancho de por medio; y

AL SUR; Consta un tramo, que va de mojón cuatro a mojón cinco, con

rumbo nor-oeste cincuenta grados catorce minutos seis punto dieciséis

segundos con una distancia de veintidós punto treinta y tres metros,

colindando con lote habitacional de Luis Batres, calle de por medio;

el inmueble descrito no es predio dominante ni sirviente y no está en

proindivisión con nadie no tiene carga, ni derecho real que pertenezca

a otra persona, y lo adquirió por compraventa de la posesión material

que hiciera a la señora EMPERATRIZ VASQUEZ DE MENDEZ y que

unida la posesión con la del anterior poseedora data por más de veinte

años consecutivos. Lo valora por la cantidad de UN MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA ($ 1,000).

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Y para ser publicado por tres veces alternas en el Diario Ofi cial,

se extiende el presente edicto, en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de

Lolotique, a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil quince.-

RENE DE LA O PERDOMO, ALCALDE MUNICIPAL.- LICDA.

MARIA CRISTINA CAMPOS DIAZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F046181-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se presentó María Vilma

Gloria Rivera Abrego, mayor de edad, empleada, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad cero uno cero cero siete seis siete cero-

dos, con número de Identifi cación Tributaria cero cuatro tres uno -cero

nueve cero cinco siete dos-uno cero uno - cinco, solicitando se le extienda

a su favor, Título de Propiedad de un inmueble urbano de su propiedad

ubicado en el Barrio San Antonio, Final Avenida Colón, número s/n,

de esta población, de una extensión superfi cial de seiscientos ochenta

y tres punto veintitrés metros cuadrados, de las medidas y colindancias

siguientes: al NORTE: mide veintiséis punto setenta y cinco metros,

en tres tramos, colinda con propiedad de Emilio Saracay, dividido por

pared de bloques de concreto y tela metálica, propiedad de la titulante,

al ORIENTE: mide veintiséis punto cincuenta y seis metros, en dos

tramos, colinda con propiedad de María Guadalupe Bello Salvador, calle

que conduce al río El Llano de por medio y cerco de alambre de púas

propiedad de la titulante, al SUR: mide diecinueve punto cero nueve

metros, en dos tramos, colinda con propiedad de Jeremías Galdámez,

Final Avenida Colón de por medio, y cerco de alambre de púas propiedad

de la titulante; y al PONIENTE: mide treinta y cinco punto cincuenta y

tres metros, en dos tramos, colinda con propiedad de Emilio Saracay,

dividido por pared de ladrillo propia de la titulante. En el inmueble antes

descrito existe construida una casa de techo de tejas sobre paredes de

adobe, y goza de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica.

No es dominante ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales de ajena

pertenencia, ni está en proindivisión con nadie. Lo adquirió por compra

hecha al señor Antonio Rivera Alas, en el año dos mil catorce, según

escritura de compraventa otorgada ante los ofi cios del notario Juan Carlos

Menjívar López el día quince de octubre de dicho año, en la ciudad de

Dulce Nombre de María, departamento de Chalatenango, lo valora en

la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA. ( $ 5,000.00 ).

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, Departamento de Chalatenango,

seis de marzo de dos mil quince.- ROBERTO ALIRIO GUARDADO

OLIVA, ALCALDE MUNICIPAL.- MANUEL DE JESUS CHACON,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F046195-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se presentó María Olimpia

Gutiérrez de Salguero, de sesenta y cuatro años de edad, ama de casa,

del domicilio de San Rafael, Departamento de Chalatenango, con Do-

cumento Único de Identidad número cero cero seis siete seis dos cero

siete-cuatro, con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatro tres

uno-dos tres cero ocho cinco cero-uno cero uno-cinco, en su calidad

de Apoderada General Administrativa con Cláusula Especial de Gloria

Patricia Gutiérrez Salguero, de cuarenta y un años de edad, empleada,

del domicilio de la Ciudad de Los Ángeles, Estado de California, Estados

Unidos de América, con Documento Único de Identidad número cero

cinco tres cero seis cero tres siete-seis, con Número de Identifi cación

Tributaria cero cuatro tres uno-dos siete cero cuatro siete tres-uno cero

uno-cinco, solicitando se le extienda a favor de su representada, Título

de Propiedad de un inmueble urbano ubicado en el barrio Concepción,

Calle a Las Brisas, número s/n, de esta población, de una extensión su-

perfi cial de cuatrocientos setenta y nueve punto ochenta y cinco metros

cuadrados, de las medidas y colindancias siguientes: al NORTE: mide

cuarenta y un metros, colinda con propiedad de Juan Pablo Salguero,

dividido por cerco de alambre y malla ciclón propio de la titulante, al

ORIENTE: mide doce metros, colinda con propiedad de Julián Rivas

y Apolinaria Rivas López, dividido por la calle que conduce a colonia

Las Brisas de por medio, y cerco de alambre y malla ciclón propio de

la titulante, al SUR: mide cuarenta y un metros, colinda con propiedad

de Juan Pablo Salguero Abrego, dividido por cerco de alambre de púas

propio de la titulante, y al PONIENTE: mide doce metros, colinda con

propiedad de Juan Pablo Salguero Abrego, dividido por cerco de malla

ciclón propio de la titulante. En el inmueble descrito hay construida

una casa de techo de tejas sobre paredes de ladrillo de obra y goza de

los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica. Según datos

catastrales actualmente se aclara que dicho inmueble es dominante pero

no sirviente, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está

en proindivisión con nadie. Lo adquirió por compra hecha a Juan Pablo

Salguero Abrego, lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. ( $ 5,000.00 ).

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, Departamento de Chalatenango,

seis de marzo de dos mil quince.- ROBERTO ALIRIO GUARDADO

OLIVA, ALCALDE MUNICIPAL.- MANUEL DE JESUS CHACON,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F046198-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licen-

ciada MERARI NOHEMI PINEDA DE ROMERO, de veintiséis años

de edad, Abogado, del domicilio de Nueva Concepción, Departamento

de Chalatenango, quien actúa como Apoderada Especial del señor MO-

DESTO RODRIGUEZ PALACIOS, de sesenta y cinco años de edad,

comerciante, del domicilio de Nueva Concepción, Departamento de

Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero un millón

trescientos cincuenta y dos mil quinientos sesenta y cuatro guión cinco, y

con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos dieciséis guión

ciento veinte mil setecientos cuarenta y nueve guión cero cero tres guión

siete. Solicitando a favor de su representada TITULO DE PROPIEDAD,

de un inmueble de naturaleza urbana, situado en la Doce Avenida Norte,

Barrio El Rosario, de la Ciudad de Nueva Concepción Departamento

de Chalatenango, con una extensión superfi cial de DOSCIENTOS DIE-

CISÉIS PUNTO VEINTIÚN CENTÍMETROS CUADRADOS, de las

medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: en diez metros seis

centímetros colinda con casa de Héctor Efraín Lemus, calle pública de

por medio; AL NORTE: en veintiún metros con cincuenta centímetros,

colinda con solar antes de Gertrudis González Granados hoy de Amadeo

Dubón cerco de alambre y piña propio del solar que se describe de por

medio; AL PONIENTE: en diez metros seis centímetros, colinda con

el solar de Corleo Lemus, tapial de adobes de por medio medianeras

establecidas; y AL SUR: en veintiún metros con cincuenta centímetros,

colinda con solar y casa de Santana Landaverde, cerco de alambre y piña

propio del terreno que se describe de por medio y no hay sobre este solar

ninguna clase de construcciones. El inmueble que se pretende Titular,

no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con otras personas,

así mismo no posee cargas ni derechos reales de ajena procedencia, y el

Titulante lo adquirió por compra hecha a la señora NELY RODRÍGUEZ,

ya fallecida, según escritura de COMPRAVENTA, número sesenta, de

fecha primero de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, ante

los ofi cios notariales del licenciado Ricardo Merazo Peralta, y lo valora

en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA. Dicho inmueble no se encuentra inscrito en Registro de

La Propiedad Raíz e Hipotecas de La Quinta Sección Del Centro, del

departamento de Chalatenango, por carecer de antecedente inscrito.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en la Alcaldía Municipal de Nueva Concepción, Depar-

tamento de Chalatenango, a los seis días del mes de marzo del año dos

mil quince.- FELIX MANUEL PORTILLO MENJIVAR, ALCALDE

MUNICIPAL.- MARIO RAFAEL VALLE LEMUS, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F046264-2

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

TITULO SUPLETORIO

ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-TAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado el Licenciado HECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, en calidad de Apoderado Ge-neral Judicial de la señora MARIA OLEGARIA RAMOS DE GARCIA; solicitando TITULO SUPLETORIO, de UN INMUEBLE de naturaleza rústica, situado en Caserío Los Ramos, del Cantón El Limón, Jurisdicción de Sensembra, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de TRES MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS, de los linderos y colindantes siguientes: AL ORIENTE: colinda con terreno del señor Juan Calderón, cerco de alambre de por medio; AL NORTE, colinda con terreno de la señora Maximinia Ramos, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: colinda con terreno del señor Mario Amaya, cerco de alambre de por medio; AL SUR, colinda con terreno de la señora María Reina Ventura de Orellana, cerco de alambre de por medio, en dicha porción de terreno, existe construida una casa, paredes de adobe, piso de tierra, artesón de madera, techo de tejas, que cuenta con servicios básicos de energía eléctrica y agua potable. Dicho inmueble lo valúa en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; inmueble que adquirió mi mandante, por compra venta de Posesión Material, que le hiciera la señora ANA ELIZABETH REYES DE ORELLANA.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas y treinta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil quince.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010353-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado HECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor SABINO PEREIRA; a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Estanzuelas, Cantón Paturla, Jurisdicción de Joateca, Departamento de Morazán; DE LA CAPACIDAD SUPER-FICIAL DE DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide ciento cuarenta y ocho metros, colinda con terreno de los señores Emilia Romero, Julio Argueta, y Ofelia Romero; AL ORIENTE, ciento dieciséis punto ochenta y nueve metros, colinda con Jacobo Romero y Antonia Ramos; AL SUR, ciento cuarenta y ocho metros, colinda con Valentín Pereira y Narciso Pereira, con el último quebrada de por medio; y AL PONIENTE, mide ciento quince metros, colinda con Emilia Romero. Dicho inmueble lo adquirió por medio de compraventa de Posesión Material que le hizo al señor GASPAR PEREIRA; se estima en el precio de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; a los dos días del mes de marzo del dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010354-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado HECTOR ARTURO BONILLA CHICAS, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor JOSE BERNABE ARGUETA ARGUETA; a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO de dos porciones de terreno de naturaleza rústica, situadas la primera en el Can-tón Cañaverales, Jurisdicción de San Fernando, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán; DE LA CAPACIDAD SUPERFICIAL DE VEINTE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE PUNTO CIN-CUENTA METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, ciento setenta y cinco metros, con Teresa de Jesús Herrera Hernández; quebrada y cerco de alambre de por medio; AL NORTE, ciento veinticinco metros, con Epimenio Hernández, cerco de alambre medianero de por medio; AL PONIENTE, ciento treinta metros, con terrenos de Arístides Argueta, cerco de alambre propio de por medio; y AL SUR, ciento cuarenta y cinco metros; con Arístides Argueta, cerco de alambre propio y calle vecinal de por medio. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material otorgada a su favor por la señora GUMERCINDA ARGUETA DE ARGUETA; se estima en el precio de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. La segunda porción de terreno está situada en el lugar denominado "Las Vegas", del Cantón Cañaverales, Jurisdicción del Municipio de San Fernando, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán; DE LA CAPACIDAD SU-PERFICIAL DE UNA HECTAREA CINCUENTA Y SEIS AREAS VEINTICINCO CENTIAREAS; de las colindancias siguientes; y AL ORIENTE, con María Luisa Argueta, divididos por el camino vecinal que conduce al Municipio de Jocoaitique; AL NORTE, con JOSE EDI-TRUDIS ARGUETA CHICAS, divididos por una zanjuela seca a caer a una quebrada de agua permanente; AL PONIENTE, con CLAUDIO HERNANDEZ y MARIA ORFILIA ARGUETA DE MATA, divididos por dicha quebrada hacia abajo, hasta llegar a un peñón; y AL SUR, con MARIA ORFILIA ARGUETA DE MATA, divididos por la misma quebrada a llegar a unas piedras grandes a salir al camino vecinal donde se comenzó. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión material otorgada a su favor, por la señora GREGORIA LOPEZ; se estima en el precio de UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DO-LARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a los dos días del mes de marzo del dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010355-2

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

TÍTULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE MEANGUERA DEL GOLFO,

AVISA: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado NILSON ADEMIR VALDEZ GRANDE, en calidad de Apoderado de los señores MARTA AUXILIAODRA OSORIO RIVAS y SERGIO ANTONIO RIVAS ALMENDARES, solicitando a favor de sus poderdantes TI-TULO DE DOMINIO, de un terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Angel, jurisdicción de Meanguera del Golfo, departamento de La Unión, según folio uno y dos de libro de solicitudes de Títulos de Propiedad y Dominio de Predios Urbanos del año dos mil quince.- Soli-citud número uno, a las dos horas con treinta y seis minutos del día dos de febrero del año dos mil quince; de la extensión superfi cial de TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: Mide cuarenta y dos metros, treinta centímetros, linda con el señor Luis Umaña; AL SUR: Mide ciento treinta metros, treinta centímetros, linda con el señor Juan Antonio Rodríguez; AL PONIENTE: Mide treinta y seis metros, ochenta centímetros, linda con la señora María Osorio; AL NORTE: Mide setenta y un metros, setenta centímetros, linda con el señor Alonso Avelar. Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie y lo adquirieron por compraventa de posesión material que le hicieron a la señora ERCILIA RIVAS, el día trece de julio del año dos mil doce, posesión que los solicitantes manifi estan haber ejercido en forma quieta, pacífi ca, pública e interrumpidamente y por más de diez años consecutivos y valoran este inmueble en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

Alcaldía Municipal: Meanguera del Golfo, Departamento de La Unión, a los cinco días del mes de marzo de dos mil quince.- Lic. LUIS ANTONIO DHEMING, ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. MARTHA LIDIA FLORES ARANA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F046304-2

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 2001017310

No. de Presentación: 20140209649

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de BRACCO S.P.A., del domicilio de VIA EGIDIO FOLLI N. 50, MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00192 del Libro 00187 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "BRACCO" de color verde sombreadas en letras de molde mayúsculas, que interrumpen a la izquierda y derecha y al centro los lados de un hexágono de color azul a excepción de su lado derecho superior

que es de trazo doble y colores verde y azul y debajo de este hexágono las palabras "THE IMAGE OF INNOVATION" de color azul en letras de molde mayúsculas siendo de mayor tamaño la letra "I" iniciales; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 41 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil catorce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046055-2

No. de Expediente: 2001017312

No. de Presentación: 20140209650

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de BRACCO S.P.A., del domicilio de VIA EGIDIO FOLLI N. 50, MILAN, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00193 del Libro 00187 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "BRACCO" de color verde sombreadas en letras de molde mayúsculas, que interrumpen a la izquierda y derecha y al centro los lados de un hexágono de color azul a excepción de su lado derecho superior que es de trazo doble y colores verde y azul y debajo de este hexágono las palabras "THE IMAGE OF INNOVATION" de color azul en letras de molde mayúsculas siendo de mayor tamaño la letra "I" iniciales; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 42 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil catorce.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046057-2

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

MARCA DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2009092584 No. de Presentación: 20090121749 CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado de LABO-RATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

EPOGEN Consistente en: la palabra EPOGEN, que servirá para AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS; PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA LA MEDICINA; SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; EMPLASTOS; MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTAR LOS DIENTES Y PARA IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día catorce de abril del año dos mil nueve.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010331-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2015141656 No. de Presentación: 20150213908

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BASILIO FERNANDEZ BLANCO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Consistente en: Las palabras Farmacia San Miguel y diseño, que servirá para IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA COMPRA-VENTA DE MEDICINAS.

La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046087-2

No. de Expediente: 2014138525

No. de Presentación: 20140207622

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA ELIZABETH DURAN DE HERRERA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: Las palabras Buen Sabor y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A OR-GANIZAR EVENTOS TALES COMO: BODAS, QUINCE AÑOS, BANQUETES, GRADUACIONES.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de septiembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de octubre del año dos mil catorce.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046193-2

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

COMPAÑÍA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

La Junta Directiva de la Sociedad COMPAÑÍA DE TELECO-

MUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse CTE, S. A. DE C. V., del

domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, CONVOCA

a sus accionistas para que concurran a la Junta General Ordinaria y

Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará el día diecisiete de abril

de dos mil quince, a partir de las dieciséis horas, en las instalaciones

del Club Árabe Salvadoreño, salón Alhambra, ubicado en la Noventa y

Nueve Avenida Norte y Once Calle Poniente, Calle El Mirador, Colonia

Escalón, San Salvador, departamento de San Salvador.

La agenda a tratar es la siguiente:

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

1) Verifi cación del quórum.

2) Presentación de la Memoria de Labores para el ejercicio que

fi nalizó el 31 de diciembre de 2014.

3) Presentación de los Estados Financieros auditados al 31 de

diciembre de 2014.

4) Aplicación de resultados. Resoluciones al respecto.

5) Informe del Auditor Externo del ejercicio que fi nalizó el 31

de diciembre de 2014.

6) Nombramiento de Junta Directiva y autorización a que se

refi ere el Art. 275 del Código de Comercio.

7) Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-

mentos para el ejercicio del año 2015.

8) Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-

mentos para el ejercicio del año 2015.

9) Designación de delegados que den cumplimiento y formalicen

las resoluciones tomadas por la asamblea.

PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO

1) Disminución de capital social

2) Modifi cación del pacto social

3) Designación de delegados que den cumplimiento y formalicen

las resoluciones tomadas por la asamblea.

La Junta General se tendrá por legalmente reunida en primera

convocatoria, para conocer de los puntos de carácter ordinario, al en-

contrarse presentes y/o representadas por lo menos la mitad más una

de la totalidad de las acciones que conforman el capital social o sea

11,530,051 acciones y las resoluciones serán válidas si son adoptadas

por la mayoría de votos de las acciones presentes y/o representadas; y

para conocer de los puntos de carácter extraordinario, al encontrarse

presentes y/o representadas por lo menos, las tres cuartas partes de la

totalidad de acciones que conforman en capital social, o sea 17,295,075

acciones y las resoluciones serán válidas si son adoptadas por el setenta

y cinco por ciento de las acciones de la sociedad.

En caso de no establecerse el quórum requerido para realizar la sesión

en primera convocatoria, por esta misma, se convoca a los accionistas

para celebrar la Junta General Ordinaria y Extraordinaria en segunda

convocatoria, el día dieciocho de abril de dos mil quince, a partir de las

dieciséis horas, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria.

Para la segunda convocatoria, la Junta General se considerará válidamente

constituida, con cualquiera que sea el número de acciones presentes

y/o representadas y las resoluciones serán válidas si son adoptadas por

la mayoría de votos de las acciones presentes y/o representadas. Para

la segunda convocatoria, la Junta General se considerará válidamente

constituida, al encontrarse presentes y/o representadas la mitad más

una de la totalidad de acciones que conforman el capital social, o sea

11,530,051 acciones y las resoluciones serán válidas si son adoptadas

por las tres cuartas partes de las acciones presentes y/o representadas.

San Salvador, seis de marzo del año dos mil quince.

Lic. ROSA MARIA MACHON ORELLANA,

DIRECTORA SECRETARIA SUPLENTE

DE LA JUNTA DIRECTIVA

CTE, S. A. DE C. V.

3 v. alt. No. C010334-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la sociedad INGENIO CHAPARRASTIQUE,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a todos

sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas,

que se realizará el día martes catorce de abril del año dos mil quince,

a las catorce horas y treinta minutos (14:30) en el Salón Liverpool del

Hotel Hilton Princess, ubicado en Boulevard del Hipódromo y Avenida

Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador.

En caso que no hubiere quórum en la hora, fecha y lugar antes

mencionados, se convoca por segunda vez para celebrar la Junta General

Ordinaria de Accionistas, a la misma hora del día miércoles quince de

abril del año dos mil quince y en el mismo lugar.

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

La agenda a tratar será la siguiente:

Establecimiento y comprobación del quórum.

I. Lectura y aprobación del acta anterior.

II. Memoria anual de la Junta Directiva sobre las actividades

desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de enero

al 31 de diciembre de 2014.

III. Conocer el balance general, el estado de resultados y el estado

de cambios en el patrimonio del ejercicio comprendido del 1

de enero al 31 de diciembre de 2014.

IV. Informe del auditor externo.

V. Aprobación o improbación de la memoria anual de la Junta

Directiva, balance general, estado de resultados y estado de

cambios en el patrimonio antes mencionados.

VI. Aplicación de resultados.

VII. Nombramiento de auditor externo y de auditor fi scal, sus

suplentes y fi jación de sus emolumentos para el ejercicio

económico 2015.

VIII. Nombramiento de nueva Junta Directiva y fi jación de sus

emolumentos.

IX. Autorización especial requerida por el Art. 275 romano III

del Código de Comercio.

Para celebrar la sesión ordinaria en la primera fecha de la convoca-

toria deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad más

una de las acciones que tengan derecho a votar y para tomar resoluciones

se necesitará la mayoría de los votos presentes o representados y en la

segunda fecha de la convocatoria deberán estar presentes o representadas

cualquier número de acciones y para tomar resoluciones se necesitará la

mayoría de los votos presentes o representados.

San Salvador, tres de marzo de dos mil quince.

JOSE TOMAS REGALADO PAPINI,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010336-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la sociedad COMPAÑÍA AZUCARERA SAL-

VADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

convoca a todos sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria

de Accionistas, que se realizará el día martes catorce de abril del año

dos mil quince, a las ocho horas y treinta minutos (8:30am) en el Salón

Liverpool del Hotel Hilton Princess, ubicado en Boulevard del Hipódromo

y Avenida Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador.

En caso que no hubiere quórum en la hora, fecha y lugar antes mencionados, se convoca por segunda vez para celebrar la Junta General Ordinaria de Accionistas, a la misma hora del día miércoles quince de abril del año dos mil quince y en el mismo lugar.

La agenda a tratar será la siguiente:

Establecimiento y comprobación del quórum.

I. Lectura y aprobación del acta anterior.

II. Memoria anual de la Junta Directiva sobre las actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014.

III. Conocer el balance general, el estado de resultados y el estado de cambios en el patrimonio del ejercicio comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014.

IV. Informe del auditor externo.

V. Aprobación o improbación de la memoria anual de la Junta Directiva, balance general, estado de resultados y estado de cambios en el patrimonio antes mencionados.

VI. Aplicación de resultados.

VII. Nombramiento de auditor externo y de auditor fi scal, sus suplentes y fi jación de sus emolumentos para el ejercicio económico 2015.

VIII. Nombramiento de nueva Junta Directiva y fi jación de sus emolumentos.

IX. Autorización especial requerida por el Art. 275 romano III del Código de Comercio.

Para celebrar la sesión ordinaria en la primera fecha de la convoca-toria deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y para tomar resoluciones se necesitará la mayoría de los votos presentes o representados y en la segunda fecha de la convocatoria deberán estar presentes o representadas cualquier número de acciones y para tomar resoluciones se necesitará la mayoría de los votos presentes o representados.

San Salvador, tres de marzo de dos mil quince.

JOSE TOMAS REGALADO PAPINI,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010337-2

CONVOCATORIA

El Administrador Unico de COMPAÑIA HOTELERA SALVA-DOREÑA, S. A., convoca a sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria a las ocho horas con treinta minutos del día martes 14 de abril del año dos mil quince, en el salón Norteamérica A de Hotel Crowne Plaza, situado en Colonia Escalón en esta ciudad, conforme la siguiente agenda:

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

1. Establecimiento del Quórum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

3. Memoria de Labores del Administrador Unico, ejercicio

2014.

4. Lectura y aprobación del Balance General, el Estado de

Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de

diciembre de 2014 e informe del Auditor Externo.

5. Aplicación y Distribución de Utilidades.

6. Elección de Administradores y fi jación de sus emolumen-

tos.

7. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fi jación de sus

honorarios.

8. Autorización a los Administradores según el Art. 275 del

Código de Comercio.

El quórum legal para celebrar sesión en primera convocatoria de

Junta General Ordinaria, será de la mitad más una de las acciones que

tengan derecho de voto y para resolver será necesario el voto de la mitad

más una de las acciones que estén presentes o representadas en la sesión,

es decir por mayoría.

De no haber quórum en la fecha señalada se convoca para el

miércoles quince de abril del año dos mil quince a la misma hora y en

el mismo local, en cuyo caso el quórum se integrará con el número de

acciones presentes o representadas que concurran y para tomar resolución

favorable deberá obtenerse el voto de la mitad más una de las acciones

presentes o representadas, es decir por mayoría.

Aclaramos a usted(es) que de conformidad con el Artículo 131

del Código de Comercio, no podrán ser representantes de acciones

los Administradores, ni el Auditor; tampoco podrá una sola persona

representar más de la cuarta parte del capital social, salvo sus propias

acciones o de las que sea representante legal.

San Salvador, a los diez días del mes de marzo del año dos mil

quince.

ROBERTO F. SIMAN,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

COMPAÑIA HOTELERA SALVADOREÑA, S. A.

3 v. alt. No. C010356-2

CONVOCATORIA

INMOBILIARIA Y VALORES, S. A. DE C. V., por este medio,

convoca a sus accionistas a celebrar Junta General Ordinaria, el día lunes

seis de abril de dos mil quince, a las diecisiete horas, en la sala de sesio-

nes del Edifi cio Excine Coliseo, ubicado en 10a Avenida Sur No. 2-10,

Santa Tecla, La Libertad. Esta Junta General Ordinaria se considerará

legalmente instalada al encontrarse presente y representada la mitad más

una de las acciones que tienen derecho a votar, es decir, cuarenta y nueve

mil cuatrocientas quince y las resoluciones sólo serán válidas cuando se

tomen por mayoría de los votos presentes. En caso de que en la fecha y

hora señaladas para sesión de primera convocatoria no hubiere el quórum

legal, por este medio se convoca a los señores accionistas en segunda

convocatoria para celebrar la Junta General Ordinaria de Accionistas a

las diecisiete horas del día martes siete de abril del presente año en el

mismo lugar. Esta se considerará válidamente constituida cualquiera que

sea el número de acciones presentes y representadas y sus resoluciones

se tomarán por mayoría de los votos presente.

Se conocerán y resolverán los asuntos siguientes:

1°) VERIFICACION QUORUM Y FIRMA DEL ACTA CO-

RRESPONDIENTE.

2°) LECTURA DE LA CONVOCATORIA.

3º) LECTURA Y APROBACION DEL ACTA DE JUNTA

GENERAL ANTERIOR.

4º) LECTURA Y APROBACION DE LA MEMORIA DE

LABORES DE LA JUNTA DIRECTIVA POR EL AÑO

DOS MIL CATORCE.

5°) APROBACION DEL BALANCE GENERAL Y ESTADO DE

RESULTADOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO

DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

6º) INFORME DEL AUDITOR.

7º) APLICACION DE LAS UTILIDADES.

8º) NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR FISCAL Y ASIGNA-CION DE SUS EMOLUMENTOS.

9°) NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y ASIG-NACION DE SUS EMOLUMENTOS.

10°) CUALQUIER PUNTO QUE DE ACUERDO A LA ESCRI-TURA SOCIAL Y A LAS LEYES SEA POSIBLE TRATAR EN ESTA JUNTA GENERAL.

San Salvador, 9 de marzo del 2015.

INMOBILIARIA Y VALORES, S. A. DE C. V.

Dr. CARLOS ALFREDO SUVILLAGA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046056-2

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

SUBASTA PÚBLICA

MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el Doctor JAIME

ANTONIO ARIAS BOJORQUEZ, en su calidad de Apoderado de la

Sociedad CASTELEC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, que se abrevia CASTELEC, S.A. DE C.V., contra la Sociedad

AGUILAR QUINTANILLA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que se abrevia A.Q.S.A., S.A. DE C.V., reclamándole

cantidad de dólares y accesorios de ley, se venderá en pública subasta

en fecha que oportunamente se determinará en este Juzgado, el bien in-

mueble embargado siguiente: "Un lote de terreno marcado con el número

Cuatro guión G de la Urbanización La Mascota, situada en la falda del

volcán de San Salvador, en el punto llamado San Benito jurisdicción de

esta Ciudad, siendo su extensión, según el antecedente, de cuatro mil

novecientos setenta metros cuadrados diez centésimos de metro cuadrado,

aproximadamente, equivalentes a siete mil ciento veinte varas cuadradas

cincuenta centésimos de vara cuadrada, cuya ubicación, medidas y linderos

especiales, según el mismo antecedente son los siguientes: Partiendo de

la intersección de los ejes de la Calle Internacional que conduce a Santa

Tecla y el eje de la Calle La Mascota, se mide sobre este último o sea

sobre el eje de la Calle La Mascota, hacia el Poniente, una distancia de

novecientos sesenta y tres metros, al fi nal de la cual se hace una defl exión

derecha de noventa grados y una distancia de línea recta de ocho metros

cincuenta centímetros se llega al mojón Sur-Este del lote que mide y linda

AL SUR, en línea recta y paralela al eje de la Calle La Mascota, mide

treinta y cuatro metros y linda con terreno de la Urbanización La Mascota

de los señores Alejandro Constantino o Constantino Alejandro Abularach

y Abularach, Lindo Jacobo Abularach y Abularach, conocido por Erlindo

o Herlindo Jacobo Abularach y Abularach y Erlinda o Herlinda María

Abularach y Abularach de Richard, calle La Mascota de diecisiete metros

de ancho de por medio; AL PONIENTE, en línea recta de rumbo Norte

un grado veintiún minutos siete décimos de minutos Este, mide ciento

sesenta y un metros setenta centímetros y linda con resto del terreno de

la Urbanización La Mascota, propiedad de los señores Abularach: AL

NORTE, en línea recta de rumbo Sur ochenta y ocho grados cero minutos

Este, mide treinta y cuatro metros veinte centímetros y linda con zona

verde de la Urbanización La Mascota de los señores Abularach; y AL

ORIENTE, en línea recta de rumbo Sur un grado veintiún minutos siete

décimos de minutos Oeste, mide ciento sesenta y un metros cincuenta

centímetros y linda con resto del terreno de la urbanización La Mascota

de los señores Abularach y con esta medida y rumbo se llega al mojón

Sur-Este con que se dio principio a esta descripción. Se hace constar en

este cartel, que según el acta de embargo el área total embargado es de

DOS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y

CINCO METROS CUADRADOS, de esta área fueron desmembrados

NOVECIENTOS TREINTA PUNTO METROS CUADRADOS, para

sendas y aceras y que no fueron inscritas en el registro respectivo, por lo

que el inmueble embargado quedó reducido a UN MIL DOSCIENTOS

CINCUENTA Y OCHO CERO CUATRO METROS CUADRADOS, el

que está distribuido en el área construida de la vivienda y patio interior.

El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a la Matrícula Número

SEIS CERO CERO TRES SEIS OCHO CINCO DOS- CERO CERO

CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro".

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT.

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL;

San Salvador, a las nueve horas del día dieciséis de febrero de dos mil

quince.- MSC. MARIA FLORES SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,

JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.- Por LIC. JUAN CARLOS

NAJARRO PEREZ, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. C010352-2

MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. de PARADA, JUEZ CUARTO

DE FAMILIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

inicialmente por el Licenciado RICARDO ERNESTO RODRIGUEZ

SIGUENZA y continuado por la Licenciada ZARINA AYALA

HERRERA, en contra de los señores SALVADOR MARQUEZ

VASQUEZ, y JULIO ALBERTO LOPEZ, se venderá en pública subasta

el siguiente vehículo: PLACA NUMERO: P-232660, CLASE: Camión

Liviano, CAPACIDAD: 1. 5 Toneladas, AÑO 2008 , MARCA: HYUN-

DAY, MODELO: H 100, COLOR: Blanco, MOTOR: D4BB7481840,

CHASIS :KMFZAN7BP8U323782, CHAIS VIN: N/T.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Se hace constar que la suscrita Juez conoce del presente proceso en

virtud de entrada en vigencia e implementación del Decreto Legislativo

número cincuenta y nueve de fecha veinte de julio de dos mil doce y su

prórroga en el Decreto Legislativo doscientos treinta y ocho de fecha

catorce de diciembre de dos mil doce que el Juzgado anterior JUZGADO

SEGUNDO DE LO CIVIL, es ahora JUZGADO CUARTO DE FAMILIA

de esta Ciudad, a partir del día uno de julio de dos mil trece.

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Page 108: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

Librado en el Juzgado Cuarto de Familia: San Miguel, a las doce

horas con veinte minutos del día veintinueve de enero de dos mil quin-

ce.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ

CUARTO DE FAMILIA.- LICDA. CLAUDIA ARACELY HERRERA

ARGUETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046126-2

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ UNO DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS SEÑALADOS EN AUTO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Juzgado por el Licenciado MARVIN ALEXIS ROMERO REYES y

continuado por la Licenciada ZARINA AYALA HERRERA, como

Apoderada del BANCO DE AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANO-

NIMA, en contra de la señora LESLY KAREN FIGUEROA, representada

en el presente proceso por medio de su Curador Ad-lítem nombrado

Licenciado Mauricio Antonio Vásquez Durán, se ha ordenado la venta

en pública subasta en este Juzgado, del vehículo Placas P 153338, clase

automóvil, capacidad cinco asientos, año 2005, marca MAZDA 3V, color

azul metálico, Motor, Z6257420, Chasis JM7BK326201118640, Chasis

Vin, JM7BK326201118640, el cual se encuentra Registrado a nombre

de la demandada señora LESLY KAREN FIGUEROA, y en calidad de

prenda a favor del BANCO DE AMERICA CENTRAL, S.A.,

Lo que se hace saber al público para los efectos legales correspon-

dientes aceptándose posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas

y quince minutos del día dos de octubre de dos mil catorce.- LIC. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ UNO DE LO CIVIL.- LIC.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046129-2

MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el BANCO DE

AMERICA CENTRAL, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia

BANCO DE AMERICA CENTRAL, S. A., contra el señor SAUL

PANAMEÑO CERON, reclamándole cantidad de dólares y accesorios

de Ley, se venderá en publica subasta en fecha que oportunamente se

determinará en este Juzgado del bien inmueble embargado siguiente:

"Inmueble situado en la jurisdicción de Cuscatancingo, Departamento

de San Salvador, en el Proyecto denominado "Condominio Residencial

de La Campiña" identifi cado como vivienda Número DOS, del Block

"D" el cual se describe así: AL NORTE: Cinco punto cero cero metros:

AL SUR: Cinco punto cero cero metros; AL ORIENTE: Quince punto

cincuenta metros; AL PONIENTE: Quince punto cincuenta. El Inmueble

anteriormente descrito tiene un área de SETENTA Y SIETE PUNTO

CINCUENTA METROS CUADRADOS. El inmueble anteriormente

descrito es propiedad del demandado SAUL PANAMEÑO CERON, por

estar inscrito a su favor bajo la Matrícula M CERO UNO UNO TRES

CUATRO SIETE DOS DOS Asiento CUATRO del Registro Social de

Inmuebles de San Salvador".

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos Documentos de Identidad Nit.

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil San Salvador, a las

nueve horas con treinta y cinco minutos del día dos septiembre de dos

mil trece.- MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,

JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS

NAJARRO PEREZ, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F046132-2

JORGE ANTONIO LÓPEZ CLAROS, JUEZ DOS, DEL JUZGADO

DE LO LABORAL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

Tribunal por el Licenciado Jorge Alberto García Flores y continuado por

la Licenciada ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY en su

calidad de Apoderada General Judicial del BANCO CITIBANK DE EL

SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor ANGEL RUBEN

VILORIO HERNANDEZ, reclamándoles cantidad de dinero, intereses

pactados y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

de un inmueble inscrito a favor del demandado, siendo éste el que se

describe a continuación: inmueble urbano y construcciones que contiene,

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Page 109: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ubicado en la Urbanización Villa Lourdes, Etapa quince, Polígono "C",

Pasaje uno, casa número cincuenta y seis, de la Jurisdicción de Colón,

Departamento de La Libertad, cuya descripción técnica es la siguiente:

AL NORTE: Siete punto treinta y nueve metros; AL ORIENTE: Doce

punto noventa metros; AL SUR: Quince punto ochenta y cuatro metros

y AL PONIENTE: Tres punto setenta y cuatro metros. Dicho inmueble

tiene una extensión superfi cial de SETENTA Y CUATRO PUNTO

CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS. Inscrito a favor del

señor ANGEL RUBEN VILORIO HERNANDEZ, a la matrícula número

TRES CERO CERO UNO UNO NUEVE CERO CERO-CERO CERO

CERO CERO CERO ASIENTO CINCO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La

Libertad.

El inmueble antes descrito se encuentra hipotecado a favor del

BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA

hoy BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA,

con Primera Hipoteca Abierta en el asiento SEIS, de la Matrícula número

TRES CERO CERO UNO UNO NUEVE CERO CERO-CERO CERO

CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Cuarta Sección del Centro, Departamento de La Libertad, antes

relacionado.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base a las dos terceras partes del

valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla, Juez dos, a

las nueve horas y quince minutos del día cinco de noviembre del año

dos mil trece.- LIC. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS,

JUZGADO DE LO LABORAL DE SANTA TECLA.- LICDA. HAZEL

LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046164-2

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

Banco Citibank de El Salvador, Sociedad Anónima.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en km 10 carretera a

Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO No. 494267, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y

NUEVE CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS (US $ 2,259.47)

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN SALVADOR, Viernes, 13 de marzo de 2015.

ANA LORENA RAMOS,

SUBGERENTE,

BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA.

AGENCIA CARIBE.

3 v. alt. No. C010147-2

CAESS, S.A DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor Mario

Mauricio Romero, mayor de edad, ofi cio jubilado, del domicilio de Centro

Urbano Lourdes, Boulevard Venezuela, Edifi cio "ese", Apartamento

número doscientos once, San Salvador, San Salvador, portador del Do-

cumento de Identidad número cero uno ocho dos cuatro tres cinco seis

guión cinco, en calidad de propietario del certifi cado de acciones número

trescientos cuarenta y cinco, que ampara dos mil quinientas cincuenta y

siete acciones, numeradas del un millón setecientas tres mil quinientas

veinticuatro al un millón setecientas seis mil ochenta, solicitando la

reposición de dicho certifi cado, en virtud de haberlo extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público

para los efectos legales del caso y transcurridos treinta días después de

la tercera publicación, sino hubiere oposición se procederá a reponer los

certifi cados en referencia.

San Salvador, seis de febrero del dos mil quince.

GREGORIO HENRIQUE TREJO PACHECO MIDENCE,

SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA,

COMPAÑIA DE ALUMBRADO ELECTRICO

DE SAN SALVADOR, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F046082-2

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

TITULO MUNICIPAL

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN ANTONIO PAJONAL, veintiocho

de enero del año dos mil quince, al público.

HACE SABER: Que se ha presentado la señora MARIA LUISA

PINEDA DE ALFARO, en calidad de Apoderada General Judicial de

la señora BLANCA ESTELA LOPEZ, de cincuenta y cinco años de

edad, Empleada, del domicilio de San Antonio Pajonal, departamento de

Santa Ana, y de la ciudad de Los Ángeles, Estado de California, Estados

Unidos de América, con Documento Único de Identidad número cero

cinco millones doscientos diecisiete mil setecientos sesenta y nueve- uno;

y Número de Identifi cación Tributaria cero doscientos doce- doscientos

veinte mil novecientos cincuenta y ocho- ciento uno- cuatro; SOLICI-

TANDO TITULO MUNICIPAL a favor de la señora BLANCA ESTELA

LOPEZ, sobre un solar urbano, situado en el Barrio El Calvario, de esta

población, su área es de SEISCIENTOS TREINTA PUNTO SIETE MIL

TRESCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS, equivalentes a

NOVECIENTOS DOS PUNTO CUARENTA Y CINCO VARAS CUA-

DRADAS, cuya descripción técnica es la siguiente: LINDERO NORTE,

Partiendo del vértice Nor Poniente, está formado por un tramo con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur, setenta y cuatro grados

cuarenta y un minutos cincuenta y tres segundos Este, con una distancia

de veintiún punto cuarenta y cinco metros; colindando con terrenos de

Héctor Alonso Merlos Vásquez, María Teresa Rivera de Vásquez, Oscar

Vitelio Hernández Cubas, calle de por medio, con pared; LINDERO

ORIENTE, Partiendo del Vértice Nor Oriente, está formado por cinco

tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur, cincuenta

y cinco grados cuarenta y tres minutos cincuenta y cinco segundos Este,

con una distancia de dos punto sesenta y un metros; Tramo dos, Sur,

treinta y tres grados diez minutos cuarenta y tres segundos Este, con una

distancia de dos punto cincuenta y ocho metros; Tramo tres, Sur doce

grados treinta y cinco minutos treinta y cuatro segundos Este, con una

distancia de dos puntos sesenta y tres metros; Tramo cuatro, Sur, cero

tres grados diecinueve minutos treinta y dos segundos Oeste, con una

distancia de diez punto veintisiete metros; Tramo cinco, Sur, veintiún

grados cincuenta y cuatro minutos veintisiete segundos Oeste, con una

distancia de siete punto setenta y dos metros, colindando con terrenos

de Juan Díaz Ruiz y Josefi na Aguirre, calle de por medio y Alejandra

Edelmira Rivas de Flores, con pared; LINDERO SUR: Partiendo del

vértice Sur Oriente, está formado por cinco tramos, con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Sur, treinta y dos grados cincuenta y seis

minutos once segundos Oeste, con una distancia de dos punto ochenta y

tres metros; tramo dos, Sur, cuarenta y nueve grados cincuenta minutos

diez segundos Oeste, con una distancia de dos punto cincuenta y seis

metros; Tramo tres, Sur, sesenta y cinco grados veinticuatro minutos

cincuenta y un segundos Oeste, con una distancia de dos punto cincuen-

ta y cuatro metros; Tramo cuatro, Sur, ochenta y dos grados treinta y

tres minutos cero tres segundos Oeste, con una distancia de dos punto

cincuenta metros; Tramo cinco, Sur, ochenta y nueve grados treinta y

cinco minutos catorce segundos Oeste, con una distancia de ocho punto

cero cinco metros, colindando con terreno de Alejandra Edelmira Rivas

de Flores, con pared; y LINDERO PONIENTE; Partiendo del vértice

Sur Poniente, está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, Norte, cero siete grados treinta y seis minutos

dieciséis segundos Oeste, con una distancia de veintiuno punto cuarenta

y un metros; Tramo dos, Norte, cero nueve grados catorce minutos treinta

y nueve segundos Oeste, con una distancia de trece punto sesenta y

nueve metros, colindando con terrenos del señor Adán de Jesús Tobar,

con pared. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto donde

se inició esta descripción. En el terreno en referencia hay construida una

casa de sistema mixto, construida con fondos de la señora Blanca Estela

López, no hay cultivos permanentes, no es dominante, ni sirviente, ni

lo tiene en proindivisión con nadie. Todos los colindantes residen en el

mismo Barrio El Calvario. Que el inmueble anteriormente relacionado

lo adquirió la señora BLANCA ESTELA LOPEZ, por compra que le

hizo a la señora TELMA ESPERANZA TOBAR DE LAZO, por la

cantidad de TRECE MIL COLONES, equivalentes a MIL CUATRO-

CIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO SETENTA Y UN DOLARES

de los Estados Unidos de Norte América, y hoy lo valúa en la suma de

QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMERICA.

Librado en el Municipio de San Antonio Pajonal, a los veintiocho

días del mes de enero del año dos mil quince.- LIC. SILVIA LICEHT

CHAVARRIA DE GONZALEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- ROSA

ARACELY CORLETO DE MONROY, SECRETARIA MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F046263-2

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2014137761

No. de Presentación: 20140205997

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO LUDLOW DUTRIZ conocido por EDUARDO DUTRIZ, de naciona-lidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la palabra seedboosters y diseño, que se traducen al castellano como SEED signifi ca SEMILLA y BOOSTERS signifi ca IMPULSORES, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE GES-TIONES DE NEGOCIOS COMERCIALES Y ADMINISTRACIÓN COMERCIAL. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de octubre del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010326-2

No. de Expediente: 2014138076

No. de Presentación: 20140206626

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SWISS

BRAND LIMITED, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la expresión SWISSBRAND y diseño; que se

traduce al castellano como SUIZO ESTIGMA, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN (COMPRA-VENTA)

DE CUERO Y CUERO DE IMITACIÓN; PIELES DE ANIMALES;

BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS Y SOMBRILLAS; BASTO-

NES; FUSTAS Y ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA, BOLSOS,

MALETINES PARA IPADS, CANDADOS, CANGURERAS, POR-

TAPASAPORTES Y PORTADOCUMENTOS, GAFAS DE SOL,

GAFAS, VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERÍA, NAVAJAS,

CHOCOLATES Y TODO TIPO DE PRODUCTOS A TRAVÉS DE

UNA TIENDA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día cinco de septiembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de octubre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010344-2

No. de Expediente: 2014136842

No. de Presentación: 20140204165

CLASE: 37, 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

de INVERSIONES AMERICAN ASSIST S.A., de nacionalidad PA-

NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras AMERICAN ASSIST y diseño,

que al idioma castellano se traducen como ASISTENCIA AMERI-

CANA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE REPARA-

CIÓN, ESPECÍFICAMENTE SERVICIOS DE ASISTENCIA EN

REPARACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS, REPARACIÓN

DE ORDENADORES, REPARACIÓN DE CERRADURAS, REPA-

RACIÓN DE ELECTRICIDAD, MOBILIARIO, INSTRUMENTOS,

HERRAMIENTAS Y OTROS PRODUCTOS; SERVICIOS DE

INSTALACIÓN, ESPECÍFICAMENTE INSTALACIÓN DE OR-

DENADORES; SERVICIOS DE ASISTENCIA VIAL EN CASO DE

AVERÍA DE VEHÍCULOS POR REPARACIÓN Y MECÁNICA,

ALBAÑILERÍA, TRABAJOS DE FONTANERÍA, INSPECCIONES

IN SITU PARA REPARACIÓN; INFORMACIONES EN MATERIAL

DE CONSTRUCCIÓN Y REPARACIÓN. Clase: 37. Para: AMPARAR:

SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS, ASISTENCIA VIAL

Y EN CARRETERA, ASISTENCIA POR REMOLQUE EN CASO DE

AVERÍA O COLISIÓN DE VEHÍCULOS, INSPECCIONES IN SITU,

COORDINACIÓN DE CHOFER, SERVICIO DE MENSAJERÍA; SER-

VICIOS DE ASISTENCIA A VIAJEROS EN CASO DE EMERGENCIA

EN VIAJES AL EXTRANJERO, ESPECÍFICAMENTE, ASISTENCIA

MÉDICA EN CASO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE, ASIS-

TENCIA DENTAL, AMBULANCIA, ASISTENCIA EN CASO DE

PÉRDIDA DE EQUIPAJE, ASISTENCIA LEGAL INTERNACIONAL

EVALUACIÓN MÉDICA EN CASO DE EMERGENCIA, CONSULTA

MÉDICA, DEVOLUCIÓN DE RESTOS MORTALES. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de julio del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de febrero del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046031-2

No. de Expediente: 2014136498

No. de Presentación: 20140203379

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CLAUDIA GUADALUPE HURTADO DE BIGIT, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de NEXT JOB PARA LATINOAMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS.

NextJob VIP

Consistente en: las palabras NextJob VIP que se puede traducir al castellano como Próximo Empleo Ejecutivo, que servirá para: AMPA-RAR: GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES, ADMINISTRA-CIÓN COMERCIAL; TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de julio del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046226-2

No. de Expediente: 2014138436

No. de Presentación: 20140207503

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JUAN PABLO ESPINOZA ZARATE, en su calidad de APODERADO de ALERTUX, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

abrevia: ALERTUX, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: la palabra alertux, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD DE ALERTA CIUDADANA A TRA-VÉS DE REDES SOCIALES. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de septiembre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046309-2

No. de Expediente: 2015141166

No. de Presentación: 20150212822

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CAMILO ERNESTO MENENDEZ ZOMETA, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de GRUPO MENENDEZ ZOMETA Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS.

Consistente en: las palabras ECO SURF HOTEL VILLAS RE-SORT, donde las palabras SURF se traduce como oleaje y RESORT se traduce como recurso, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE HOTELERÍA Y HOSPEDAJE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de febrero del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046314-2

REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO

AVISO

SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10 1/2 Carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el Asegurado por el Seguro de Vida

Colectivo, Póliza VIBA-502007, Certifi cado número 194 notifi cando del

extravío de dicho certifi cado. Que por haberse extraviado el antes referido

certifi cado, de conformidad a lo establecido en la Condición General

Vigésima Tercera, denominada "Reposición", de la Póliza arriba citada

y a lo preceptuado por el Art. 1003 del Código de Comercio, solicita la

reposición de dicho certifi cado que originalmente fue emitido por una

suma asegurada de DIEZ MIL 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Por lo anterior, se hace del conocimiento del

público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos

treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere

ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Santa Tecla, 05 de Marzo de 2015

LIC. BEATRIZ DE MAGAÑA,

GERENTE DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA,

SISA, VIDA, S.A., SEGUROS DE PERSONAS.

3 v. alt. No. F046105-2

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014139192

No. de Presentación: 20140208948

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DARLYN XIOMARA MEZA LARA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ESTRATEGIAS Y SOLUCIONES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ESTRATEGIAS Y SOLUCIO-NES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras nosotros ediciones y diseño, que servirá para: AMPARAR: LIBRO: CONSTITUCIÓN DE EL SALVADOR VERSIÓN INFANTIL, CONSTITUCIÓN DE EL SALVADOR VER-SIÓN JUVENIL. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010324-2

No. de Expediente: 2015141584

No. de Presentación: 20150213770

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE MAURICIO AGUILUZ RAMIREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras FLY CONTROL y diseño, donde la palabra Fly se traduce al castellano como Mosca, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS UTILIZADOS EN LA INDUSTRIA Y CIENCIA, PREPARACIONES QUÍMICAS PARA USO CIENTÍFICO, PREPARACIONES QUÍMICAS PARA USO EN LA INDUSTRIA, ADHESIVOS DESTINADOS A LA INDUSTRIA. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010330-2

No. de Expediente: 2015141026

No. de Presentación: 20150212514

CLASE: 12.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de APODERADO de FERREYCORP S.A.A., de nacionalidad PERUANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra MAQUICENTRO y diseño, que servirá para: AMPARAR: VEHÍCULOS TRACTORES; MOTORES, VEHÍ-

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

CULOS Y APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRES, ENTRE

OTROS, CAMIONES MINEROS, CARGADORES FRONTALES,

TRACTOR SOBRE ORUGAS, TRACTORES SOBRE RUEDAS,

CARGADORES SOBRE ORUGAS, MOTOTRAILLAS, VEHÍCULOS

Y APARATOS DE LOCOMOCIÓN AÉREA O MARÍTIMA. Clase:

12.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de enero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010341-2

No. de Expediente: 2014136795

No. de Presentación: 20140204058

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE FIDEL

MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SWISS

BRAND LIMITED, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra SWISSBRAND y diseño, que se puede

traducir al castellano como Suizo estigma, que servirá para: AMPARAR:

PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTÍCULOS DE SOMBRERE-

RÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de octubre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010342-2

No. de Expediente: 2014136796

No. de Presentación: 20140204061

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SWISS BRAND LIMITED, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra SWISSBRAND y diseño, que se traduce al castellano como Estigma, que servirá para: AMPARAR: CUERO Y CUERO DE IMITACIÓN, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS Y SOMBRILLAS; BASTONES; FUSTAS Y ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA. Clase: 18.

La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de julio del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010343-2

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

No. de Expediente: 2014140332

No. de Presentación: 20140210872

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de PROCESADORA DE MINERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

BARIT-X

Consistente en: la palabra BARIT- X, que servirá para: AMPARAR:

PISOS, TABLETAS PARA EL RECUBRIMIENTO DE SUELOS Y

PAREDES. Clase: 19.

La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de diciembre del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010345-2

No. de Expediente: 2014140504

No. de Presentación: 20140211179

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado JOSE FIDEL

MELARA MORAN, en su calidad de APODERADO de UNIESPE-

CIES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra FURUN y diseño donde la palabra Run

por separado se traduce al castellano como Correr, que servirá para:

AMPARAR: ESPECIAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de enero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010346-2

No. de Expediente: 2014135844

No. de Presentación: 20140202040

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

FIDEL MELARA MORAN, en su calidad de APODERADO de LE-

GACY INVESTMENT, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

LPA Consistente en: la palabra LPA, que servirá para: AMPARAR:

MUEBLES PREFABRICADOS. Clase: 20.

La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de octubre del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010347-2

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente: 2014137014

No. de Presentación: 20140204505

CLASE: 31.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE FIDEL

MELARA MORAN, en su calidad de APODERADO de UNIESPE-

CIES, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase COCINA FÁCIL y diseño, que servirá

para: AMPARAR: VEGETALES FRESCOS. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de octubre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010348-2

No. de Expediente: 2014140168

No. de Presentación: 20140210568

CLASE: 09, 16, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de MONDADORI INTERNATIONAL BUSINESS SRL,

de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: la expresión IL MIO PAPA y diseño, se traduce

al castellano IL Mio como: El Mio, que servirá para: AMPARAR:

APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS, ES DECIR, LECTO-

RES DE LIBROS ELECTRÓNICOS, TELÉFONOS Y TELÉFONOS

MÓVILES, COMPUTADORAS DE TABLETA, ORDENADORES

DE RADIO, ESCRITORIO Y PORTÁTILES; CINTAS DE AUDIO

Y VIDEO EN BLANCO Y PREGRABADOS; CD - ROM Y DVD

EN BLANCO Y PREGRABADOS; AUDIO LIBROS, DISCOS

COMPACTOS, CD - ROM Y DVD, DISQUETES QUE CONTIE-

NEN TEMAS DE EDUCACIÓN E INFORMACIÓN DE INTERÉS

GENERAL PARA EL PÚBLICO, ACCIÓN, ACONTECIMIENTOS

ACTUALES, COMEDIA, DRAMA Y MÚSICA; APARATOS DE

GRABACIÓN, TRANSMISIÓN Y REPRODUCCIÓN DE SONIDOS

E IMÁGENES, ES DECIR, REPRODUCTORES Y GRABADORAS

DE CD Y DVD PRE-REGISTRADOS Y EN BLANCO; REPRODUC-

TORES DE MP3 PORTÁTILES Y NO PORTÁTILES; LECTORES

DE TARJETAS DE MEMORIA; PERIFÉRICOS INFORMÁTICOS,

ES DECIR, RATÓN DE ORDENADOR, ALMOHADILLAS PARA

EL RATÓN DEL ORDENADOR, IMPRESORAS, MÓDEMS; PU-

BLICACIONES ELECTRÓNICAS ES DECIR, LIBROS, REVISTAS,

BOLETINES, PERIÓDICOS, FOLLETOS, MANUALES, EN EL

CAMPO EDUCATIVO Y DE INFORMACIÓN, TALES COMO

CIENCIA, HISTORIA, LITERATURA, LINGÜÍSTICA, NOTICIAS,

ACCIÓN, COMEDIA, DRAMA Y MÚSICA PREGRABADA EN

LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICOS ES DECIR

CD -ROM, DVD, TARJETAS DE MEMORIA ELECTRÓNICA; PU-

BLICACIONES ELECTRÓNICAS EN FORMA DE ARCHIVOS DE

LIBROS ELECTRÓNICOS, ARCHIVOS ELECTRÓNICOS, EN EL

CAMPO DE TEMAS EDUCATIVOS Y DE INFORMACIÓN, TA-

LES COMO CIENCIA, HISTORIA, LITERATURA, LINGÜÍSTICA,

NOTICIAS, ACCIÓN, COMEDIA, DRAMA Y MÚSICA, DESCAR-

GADO EN LINEA DESDE BASES DE DATOS O DE INTERNET;

PROGRAMAS DE JUEGOS INFORMÁTICOS DESCARGADOS A

TRAVÉS DE INTERNET; PROGRAMAS DE ORDENADOR PARA

ACCEDER A INTERNET Y LA RED INFORMÁTICA MUNDIAL;

PROGRAMAS INFORMÁTICOS PARA EL DISEÑO DE PÁGINAS

WEB; VIDEO Y MÚSICA DIGITAL DESCARGABLE A TRAVÉS

DE SITIOS WEB EN INTERNET; SOFTWARE EN EL CAMPO DEL

ENTRETENIMIENTO, JUEGOS, ESPECTÁCULOS, ENSEÑANZA,

LECTURA, INFORMACIÓN, INSTALADO EN TARJETAS ELEC-

TRÓNICAS U ORDENADORES ELECTRÓNICOS, ORDENADORES

DE ESCRITORIO Y PORTÁTILES, COMPUTADORAS DE TABLE-

TA; SOFTWARE DE ORDENADOR PARA USO CON SERVICIOS

DE COMUNICACIÓN, SOFTWARE PRE -GRABADO EN CINTA,

CD- ROM, DVD, DISQUETES; SOFTWARE DESCARGABLE EN

LA NATURALEZA DE UNA APLICACIÓN MÓVIL EN EL CAMPO

DEL ENTRETENIMIENTO, JUEGOS, ESPECTÁCULOS, ENSE-

ÑANZA, LECTURA, INFORMACIÓN, PARA ORDENADORES,

LECTORES DE LIBROS ELECTRÓNICOS, TELÉFONOS MÓVILES,

DIARIO

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

COMPUTADORAS DE TABLETA; ARCHIVOS MP3 Y GRABA-

CIONES MP3 DESCARGABLES DESDE INTERNET, FOROS DE

DISCUSIÓN EN LINEA; WEBCASTS; WEBINAR Y PODCASTS

CON MÚSICA, LIBROS DE AUDIO, EN LOS CAMPOS DE TEMAS

EDUCATIVOS Y DE INFORMACIÓN, TALES COMO CIENCIA,

HISTORIA, LITERATURA, LINGÜÍSTICA, NOTICIAS, ACCIÓN,

COMEDIA, DRAMA Y MÚSICA; TONOS DE LLAMADA PARA TE-

LÉFONOS MÓVILES DESCARGABLES DESDE LA BASE DE DA-

TOS EN LINEA O DEL INTERNET; PROGRAMAS DE HARDWARE

PARA COMPUTADORES Y SOFTWARE PARA COMPUTADORES

PARA LA CREACIÓN, EL PROCESAMIENTO E INTEGRACIÓN

DE TEXTOS, AUDIO, GRÁFICOS, FOTOS E IMÁGENES EN MO-

VIMIENTO EN CONTENIDOS INTERACTIVOS Y APLICACIONES;

SOFTWARE DE COMUNICACIONES PARA ORDENADORES,

LECTORES DE LIBROS ELECTRÓNICOS, TELÉFONOS MÓVILES,

COMPUTADORAS DE TABLETA, PROPORCIONANDO ACCESO

EN LÍNEA A LAS APLICACIONES Y SERVICIOS EN INTERNET;

DISPOSITIVOS DE MEMORIA USB, ES DECIR, TARJETAS DE

MEMORIA FLASH EN BLANCO, CABLES USB; TARJETAS DE

MEMORIA ELECTRÓNICA; ANTEOJOS Y ACCESORIOS PARA

ANTEOJOS, ES DECIR, MARCOS DE ANTEOJOS Y ESTUCHES

PARA ANTEOJOS. Clase: 09. Para: AMPARAR: ARTÍCULOS DE

PAPEL Y CARTÓN NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;

ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES), TARJETAS DE

FELICITACIÓN, IMPRESOS, ANUARIOS, PERIÓDICOS, REVIS-

TAS, BOLETINES, PUBLICACIONES PERIÓDICAS, FOLLETOS,

LIBROS, MANUALES DE INSTRUCCIONES, GUÍAS DE REFE-

RENCIA, CATÁLOGOS, ÁLBUMES, DIARIOS, CUADERNOS,

PLANIFICADORES ANUALES, LIBRETAS DE DIRECCIONES,

CARTELES, CALENDARIOS, MAPAS, ORGANIZADORES PER-

SONALES; ÁLBUMES DE FOTOS, FOTOGRAFÍAS, ARTÍCULOS

DE PAPELERÍA, ARTÍCULOS DE DIBUJO, LITOGRAFÍAS O

GRABADOS, ETIQUETAS ADHESIVAS Y GRABADAS, MATE-

RIAL DIDÁCTICO. Clase: 16. Para: AMPARAR: PROPORCIONAR

UN SITIO WEB CON ACTUACIONES MUSICALES, VIDEOS

MUSICALES, FRAGMENTOS DE PELÍCULAS RELACIONADAS,

FOTOGRAFÍAS Y OTROS MATERIALES MULTIMEDIA; SUMI-

NISTRO DE MÚSICA DIGITAL (NO DESCARGABLE) PARA LOS

SITIOS WEB DE INTERNET DE MP3; PUBLICACIÓN DE REVISTAS

WEB; SERVICIOS DE EDUCACIÓN Y DE ENTRETENIMIENTO

EN FORMA DE PROGRAMAS DE TELEVISIÓN, RADIO, CABLE,

SATÉLITE E INTERNET; PROGRAMACIÓN TELEVISIVA POR

MEDIOS DE FIBRA ÓPTICA, CABLE, INTERNET, DIGITAL O

DE TRANSMISIÓN SATELITAL; TELEVISIÓN INTERACTIVA,

JUEGOS INTERACTIVOS Y CONCURSOS INTERACTIVOS;

SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO INTERACTIVO, EDU-

CATIVO, DEPORTIVO Y CULTURAL PARA TELEVIDENTES;

ORGANIZACIÓN DE CURSOS EDUCATIVOS, CAPACITACIÓN

Y CURSOS DE ACTUALIZACIÓN, COLOQUIOS, SEMINARIOS,

EVALUACIONES, ESPECTÁCULOS, EVENTOS, EXPOSICIONES,

CONCURSOS CON FINES CULTURALES Y EDUCATIVOS; AC-

TIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS; PUBLICACIONES

EN LÍNEA Y LA EDICIÓN DE LIBROS, REVISTAS, PUBLICA-

CIONES, IMPRESOS, PUBLICACIONES PERIÓDICAS Y TEXTOS,

PELÍCULAS, GRABACIONES DE VIDEOS Y SONIDO; PRODUC-

CIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE PELÍCULAS; ORGANIZACIÓN DE

EVENTOS TEATRALES, MUSICALES, CINEMATOGRÁFICOS Y

DE VARIEDAD; PRODUCCIÓN Y PROYECCIÓN DE EVENTOS

Y ESPECTÁCULOS DE TELEVISIÓN Y RADIO; SERVICIOS

DE REPORTES DE NOTICIAS; REPORTAJES FOTOGRÁFICOS;

JUEGOS ELECTRÓNICOS OFRECIDOS EN LÍNEA EN UNA RED

INFORMÁTICA; SERVICIOS ELECTRÓNICOS PARA LOS JUEGOS

OFRECIDOS EN LÍNEA; SERVICIOS DE JUEGOS ELECTRÓNICOS

PROPORCIONADOS A TRAVÉS DE INTERNET; PROPORCIONAR

PUBLICACIONES EN LÍNEA ES DECIR LIBROS ELECTRÓNICOS;

PUBLICACIÓN DE LIBROS ELECTRÓNICOS, AUDIOLIBROS,

MÚSICA E IMÁGENES; DIARIOS EN LÍNEA ES DECIR BLOGS,

REVISTAS ELECTRÓNICAS Y REVISTAS EN LÍNEA; PUBLI-

CACIÓN DE PERIÓDICOS ELECTRÓNICOS ACCESIBLES A

TRAVÉS DE UNA RED INFORMÁTICA MUNDIAL; SERVICIOS

DE BIBLIOTECA EN LÍNEA, ES DECIR, LA PRESTACIÓN DE

SERVICIOS DE BIBLIOTECA ELECTRÓNICA QUE CUENTAN

CON PERIÓDICOS, REVISTAS, FOTOGRAFÍAS E IMÁGENES A

TRAVÉS DE UNA RED INFORMÁTICA EN LÍNEA; SERVICIOS

BIBLIOTECARIOS PROPORCIONADOS A TRAVÉS DE UNA BASE

DE DATOS ELECTRÓNICA QUE CONTIENE INFORMACIÓN

EXTRAÍDA DE PERIÓDICOS. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

ocho de diciembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046029-2

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente: 2014136841

No. de Presentación: 20140204164

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de DOLCE & GABBANA TRADEMARKS S.r.l., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

DOLCE & GABBANA AUREALUX

Consistente en: las palabras DOLCE & GABBANA AUREALUX, se traduce al castellano la palabra DOLCE como: Dulce, que servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS, PERFUMES, DESODORANTES PARA USO PERSONAL, JABONES, BAÑO DE BURBUJAS, DEN-TÍFRICOS, SHAMPOOS, ACEITES ESENCIALES, LOCIONES PARA EL CABELLO, PREPARACIONES PARA ONDULADO PERMANENTE Y PARA EL ARREGLO DEL CABELLO, GELES PARA CABELLO, TINTES PARA CABELLO, CREMAS PARA LA CARA, RIMEL, DELINEADOR DE OJOS, SOMBRAS PARA OJOS, LÁPICES PARA MAQUILLAJE, MASCARILLAS PARA LA CARA, EN LA NATURALEZA DE MASCARILLAS DE BELLEZA, LÁPIZ LABIAL, BASE EN CREMA, CREMA DE CUERPO, ESMALTE PARA UÑAS, FORTALECEDORES DE UÑAS, ACEITES Y LOCIONES BRONCEADORES. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de julio del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de enero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046033-2

No. de Expediente: 2014138415

No. de Presentación: 20140207454

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de R.ROMANI-SOCIETE FRANCAISE D'AROMATIQUES,

de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: las palabras SFA SOCIETE FRANCAISE D'AROMATIQUES R. ROMANI y diseño que se traduce al castellano como Sociedad Francesa de Aromaticos, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUÍMICOS DESTINADOS A LA INDUSTRIA, PRO-DUCTOS QUÍMICOS UTILIZADOS COMO INGREDIENTES EN LA FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, PRODUCTOS DE HIGIENE Y PRODUCTOS DE COSMÉTICA; COMPOSICIONES QUÍMICAS HECHAS DE VARIOS INGREDIENTES (SUTANCIAS ODORÍFERAS) UTILIZADAS EN LA PRODUCCIÓN DE PRODUC-TOS TERMINADOS ESPECIALMENTE PERFUMERÍA ALCO-HÓLICA DE LUJO, COSMÉTICOS, JABONES, DETERGENTES, PRODUCTOS DOMÉSTICOS Y PRODUCTOS DE FRAGANCIA PARA EL HOGAR. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de enero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046035-2

No. de Expediente: 2014139539

No. de Presentación: 20140209499

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos, R.L., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Dos Pinos Pinito y diseño, que servirá para: AMPARAR: LECHE. Clase: 29.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046036-2

No. de Expediente: 2014140314

No. de Presentación: 20140210823

CLASE: 12.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

de SEAT, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO,

SEAT TEQTA

Consistente en: las palabras SEAT TEQTA, donde la palabra Seat

se traduce al castellano como Asiento, que servirá para: AMPARAR:

VEHICULOS, APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AU-

TOMÓVILES, SUS PARTES Y ACCESORIOS. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de diciembre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046037-2

No. de Expediente: 2014139428

No. de Presentación: 20140209318

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA

GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

de SANOFI, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

SARACTA

Consistente en: la palabra SARACTA, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día tres de noviembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de noviembre del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046039-2

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente: 2014139893

No. de Presentación: 20140210037

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de SANOFI, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ILSIDEX

Consistente en: la palabra ILSIDEX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046040-2

No. de Expediente: 2014138729

No. de Presentación: 20140208042

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS LA CONSTAN-CIA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SUPREMA CITRON

Consistente en: las palabras SUPREMA CITRON, que servirá para: AMPARAR: CERVEZA. Clase: 32.

La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046042-2

No. de Expediente: 2014137262

No. de Presentación: 20140205082

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de SAILUN GROUP CO., LTD, de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra ROVELO, que servirá para: AMPARAR: TUBOS INTERIORES PARA LLANTAS; LLANTAS; BANDAS DE RODADURA PARA VEHÍCULOS; CUBIERTAS PARA LLANTAS NEUMÁTICAS; RUEDAS SÓLIDAS PARA VEHÍCULOS; PARCHES ADHESIVOS DE CAUCHO PARA REPARACIÓN; SOPORTES PARA BICICLETAS; VEHÍCULOS IMPULSADOS MANUALMENTE; LANCHAS DE MOTOR; FUNICULARES. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de enero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046044-2

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

No. de Expediente: 2015140629

No. de Presentación: 20150211507

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO de The Procter & Gamble Company, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

GERMPROTECT

Consistente en: la palabra GERMPROTECT, que servirá para: AMPARAR: JABÓN DE BARRA, JABÓN PARA MANOS LIQUIDO, JABÓN PARA MANOS EN ESPUMA, JABÓN ANTIBACTERIAL, JABÓN DESINFECTANTE Y GEL DE DUCHA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día cinco de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046046-2

No. de Expediente: 2014136045

No. de Presentación: 20140202393

CLASE: 02.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LILIAN RUTH ZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GALVANIZADORA INDUSTRIAL SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

MAXPAINT BY GALVANISSA

Consistente en: las palabras MAXPAINT BY GALVANISSA donde la palabra BY se puede traducir al castellano como Por, que servirá para: AMPARAR: PINTURAS, BARNICES, LACAS; PRODUCTOS ANTIOXIDANTES Y PRODUCTOS PARA CONSERVAR LA MA-DERA; MATERIAS TINTÓREAS. Clase: 02.

La solicitud fue presentada el día diez de junio del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de junio del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046047-2

No. de Expediente: 2015140833

No. de Presentación: 20150212064

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de BASF SE, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

DISTINCT

Consistente en: la palabra DISTINCT, que se traduce al castellano

como Diferente, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES

PARA DESTRUIR Y COMBATIR ANIMALES DAÑINOS, INSEC-

TICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, PESTICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil

quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiuno de enero del año dos mil quince.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046048-2

DIARIO

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Page 123: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente: 2014132610

No. de Presentación: 20140195000

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de Ava Enterprises Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras BOSS y diseño, que se traduce al castellano como Jefe, que servirá para: AMPARAR: COMPONEN-TES DE AUDIO PARA AUTOMÓVILES ESPECIFICAMENTE: RECEPTORES DE ESTÉREO AM/FM, CUBIERTAS PARA CINTAS DE CASETES, REPRODUCTORES DE DISCOS COMPACTOS, AMPLIFICADORES DE POTENCIA, ECUALIZADORES, MEZ-CLADORES ELECTRÓNICOS Y PARLANTES; MONITORES DE VIDEO Y TELEVISIÓN; MAQUINAS DE DVD; COMPUTADO-RES DE NAVEGACIÓN PARA AUTOMÓVILES; SISTEMAS DE NAVEGACIÓN POR SATÉLITE ESPECIFICAMENTE, SISTEMAS GLOBALES DE POSICIONAMIENTO (GPS) Y PARTES DE ESTOS INCLUIDAS EN LA CLASE 9. Clase: 09.

La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de febrero del año dos mil quince.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046049-2

No. de Expediente: 2014139765

No. de Presentación: 20140209838

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COOPERATIVA DE PRODUCTORES DE LECHE

DOS PINOS, R. L., de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra yolato y diseño, que servirá para: AM-PARAR: HELADOS DE YOGURT DE SABORES DE FRAMBUESA, FRESA Y ARANDANOS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día trece de noviembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046051-2

No. de Expediente: 2014139981

No. de Presentación: 20140210191

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de COLOMBINA S. A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras DIVERSIÓN Que deja Huella y diseño, que servirá para: AMPARAR: CONFITERIA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de diciembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046053-2

DIARIO

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

No. de Expediente: 2014140262

No. de Presentación: 20140210744

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de Mary Kay Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

MARY KAY SKINVIGORATE

Consistente en: las palabras MARY KAY SKINVIGORATE, que

servirá para: AMPARAR: COSMÉTICOS; PREPARACIONES PARA

EL CUIDADO DE LA PIEL NO MEDICADAS; ARTÍCULOS DE TO-

CADOR NO MEDICADOS; FRAGANCIAS PARA USO PERSONAL.

Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de diciembre del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046058-2

No. de Expediente : 2014140263

No. de Presentacion: 20140210745

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Mary Kay, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SKINVIGORATE

Consistente en: la palabra SKINVIGORATE donde la palabra

Skin por separado se traduce al castellano como Piel, que servirá para:

AMPARAR: CEPILLOS PARA LA LIMPIEZA DE LA PIEL DE

ACCIONAMIENTO ELÉCTRICO DE MANO; CEPILLOS, OPERA-

DOS ELÉCTRICAMENTE; CEPILLOS PARA LA PIEL, PARTES Y

PIEZAS PARA LOS PRODUCTOS MENCIONADOS; CABEZALES

DE REPUESTO PARA CEPILLOS DE LIMPIEZA DE LA PIEL. Clase:

21.

La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de diciembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046059-2

No. de Expediente: 2014138274

No. de Presentacion: 20140207184

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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Page 125: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

ESPECIAL de GRUPO KRAUSS, S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra USHER y diseño, que se traduce al

castellano como PORTERO, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE,

CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUSTITUTOS DEL

CAFÉ; HARINA Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES,

PAN, PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS; MIEL, JARABE

DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL,

MOSTAZA; VINAGRE; SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS;

HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de septiembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de diciembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046060-2

No. de Expediente : 2014138272

No. de Presentacion: 20140207182

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de GRUPO KRAUSS, S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Usher y diseño, que se traduce al

castellano como Portero, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE,

CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUSTITUTOS DEL

CAFÉ; HARINA Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES,

PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS; MIEL, JARABE

DE MELAZA; LEVADURA, POLVO PARA ESPONJAR; SAL,

MOSTAZA; VINAGRE; SALSAS (CONDIMENTOS); ESPECIAS;

HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de septiembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticinco de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046061-2

No. de Expediente : 2014140058

No. de Presentacion: 20140210302

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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Page 126: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

de DROGUERÍA SALUD INTEGRAL S. DE R.L., de nacionalidad

HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO,

Consistente en: las palabras NeriumFirm y diseño, que servirá

para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; PRODUCTOS

HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS

Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS

PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSO-

NAS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL

PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de febrero del año dos mil quince.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046188-2

No. de Expediente : 2014140060

No. de Presentacion: 20140210304

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de DROGUERÍA SALUD INTEGRAL S. DE R.L., de

nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: la expresión NeriumAD y diseño, que servirá

para: AMPARAR: JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA,

ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES;

DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de febrero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046191-2

No. de Expediente: 2014140056

No. de Presentacion: 20140210300

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-

CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de DROGUERÍA SALUD INTEGRAL S. DE R.L., de

nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: la expresión Nerium SkinCare y diseño, se traduce

al castellano como: Nerium Cuidado de la piel, que servirá para: AM-

PARAR: JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES

ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍ-

FRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de febrero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F046192-2

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente : 2014136527

No. de Presentacion: 20140203467

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO

JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL de HENKEL AG & CO. KGAA, de nacionalidad ALEMANA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PODER ACTIVO

Consistente en: las palabras PODER ACTIVO, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; AGENTES DE ENJUAGUE

PARA LAVAR LA ROPA Y LA VAJILLA, CRISTALERÍA Y CUBER-

TERÍA; SUAVIZANTES DE TELAS; ALMIDÓN DE LAVANDERÍA;

AGENTES REMOVEDORES DE MANCHAS; PREPARACIONES

PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y PREPARACIONES

ABRASIVAS; JABONES; ACEITES ESENCIALES COMO FRA-

GANCIAS PARA USO EN LAVANDERÍA. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día primero de julio del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de ,Signos Distintivos. San Salvador,

dos de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046194-2

No. de Expediente : 2013131838

No. de Presentacion: 20130193090

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de Em-

presas CMPC S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

SOFT DREAMS

Consistente en: las palabras SOFT DREAMS, se traduce al

castellano como: Sueños Suaves, que servirá para: AMPARAR: PRE-

PARACIONES FARMACÉUTICAS Y VETERINARIAS; PREPA-

RACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS PARA USO MÉDICO;

ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO

O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBES; COMPLEMENTOS

ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES; EMPLASTOS,

MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E

IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES

PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS; HERBICI-

DAS; INCLUYENDO PAÑALES PARA BEBES, PAÑALES - BRAGA

PARA BEBES, PAÑALES - CALZÓN PARA BEBES, PAÑALES

HIGIÉNICOS PARA PERSONAS INCONTINENTES; TOALLITAS

IMPREGNADAS DE LOCIONES FARMACÉUTICAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de febrero del año dos mil quince.

JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ CHÁVEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F046197-2

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

ACEPTACION DE HERENCIA

JOSÉ MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ 3, JUZGADO CUARTO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado, de las nueve horas con cinco minutos del día ocho de

julio de dos mil catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresa-

mente y con benefi cio de inventario de parte de las señoras FELICITA

CARCAMO AYALA y ROSA EMILIA SUNA CARCAMO, la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA ISABEL

CARCAMO CERRITOS conocida por MARIA ISABEL CARCAMO,

ISABEL CARCAMO CERROS y por ISABEL CARCAMO, quien fue

soltera, de cincuenta y nueve años de edad, Ama de Casa, originaria de

Apastepeque, Departamento de La Libertad y fallecida en San Salvador,

lugar de su último domicilio, el día quince de julio de dos mil trece,

aceptación que hacen las señoras arriba mencionadas en su calidad de

hijas de la referida causante.

Y SE LE HA CONFERIDO a las aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL, JUEZ 3: SAN SALVADOR, a las nueve horas y cincuenta

minutos del día ocho de julio de dos mil catorce. LIC. JOSÉ MARIA

ESTRADA ALVAREZ, JUEZ 3, JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045522-3

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, al público para los efectos

de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas siete minutos

del día tres de marzo del año dos mil quince, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de Inventario, la herencia Intestada que

a su defunción dejó la causante señorita MARÍA LUISA MANCIA

RUGAMAS, quien fue de setenta y un años de edad, soltera, de ofi cios

domésticos, de este domicilio, siendo su último domicilio Barrio San

Sebastián, de la Jurisdicción de Santa Ana, quien falleció el día dieciocho

de febrero del dos mil cuatro, en Barrio San Sebastián, Santa Ana, de

parte de la señorita ADELAIDA MANCIA RUGAMAS, representada

procesalmente por la Licenciada FRANCISCA ESMERALDA ORTIZ

GALICIA, ostentando vocación sucesoral en las presentes diligencias en

su calidad de hermana de la causante; confi riéndosele INTERINAMENTE

la administración y representación de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia Yacente.

En consecuencia, se cita a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley

comparezcan a este Juzgado a deducirlo.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

cuatro de marzo del año dos mil quince. LIC. THELMA IDALIA ES-

PERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PÉREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045558-3

LICENCIADA ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez Suplente

Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal

de las catorce horas y doce minutos del día veinticinco de Febrero del

corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante Pilar

Márquez Ramos o Pilar Márquez, de parte de la señora Ofelia Evelin

Márquez García, conocida por Ofelia Evelin García, de veinticuatro

años de edad, Empleada, del domicilio de Jocoatique, con Documento

Único de Identidad Número cero cuatro uno cero uno cinco siete cero

guión cinco; y número de Identifi cación Tributaria Uno tres uno cuatro

guión dos nueve cero cinco ocho nueve guión uno cero uno guión dos;

por derecho propio en calidad hija del mencionado causante; quien a la

fecha de su fallecimiento fue de setenta años de edad, soltero, jornalero,

originario del domicilio de Jocoatique, departamento de Morazán, falleció

a las seis horas del día ocho de Septiembre del dos mil diez, en el Caserío

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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Page 129: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

El Cacao, Cantón Volcancillo, de la ciudad de Jocoaitique, departamento

de Morazán, siendo esa misma ciudad lugar su último domicilio.- Se le

ha conferido a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida,

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán; a las quince horas y cincuenta minutos del día veintiséis

de Febrero de Dos Mil Quince. LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMA-

YA, JUEZ 2°. DE 1°. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045623-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL

DE LA CIUDAD DE USULUTÁN, LICENCIADO JOSÉ ANTONIO

GAMEZ AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos

de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio

de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor

ADRIANO GOMEZ conocido por ADRIAN GOMEZ, en la sucesión

intestada que éste dejó al fallecer el día veintiocho de junio del año dos

mil trece, en el Caserío El Carrizal del Cantón El Zapote de la ciudad

de Jucuarán, departamento de Usulután, siendo esa misma ciudad su

último domicilio, de parte de la señora MARIA ESPERANZA LARA

LAZO conocida por MARIA ESPERANZA LARA DE GOMEZ, en

calidad de cónyuge sobreviviente del causante y los menores: ERMIS

ANTONIO GOMEZ LARA, y ELSY NOHEMY GOMEZ LARA,

siendo éstos representados legalmente por su señora madre la señora

MARIA ESPERANZA LARA LAZO conocida por MARIA ESPE-

RANZA LARA DE GOMEZ, y los señores: VILMA HAYDEE GOMEZ

LARA CONOCIDA POR VILMA HAYDEE GOMEZ, YOLANDA

GUADALUPE GOMEZ LARA, ADRIAN DE JESÚS GOMEZ LARA,

MARIA FIDELICIA GOMEZ LARA, ANATALIA GOMEZ LARA,

CLAUDIA YAMILETH GOMEZ LARA, JOSÉ NEFTALI GOMEZ

LARA, IDALIA DE JESÚS GOMEZ LARA, CONOCIDA POR IDALIA

DE JESÚS GOMEZ, MIRNA ANTONIA GOMEZ LARA Y ROSA

ELIDA GOMEZ DE MEMBREÑO, como hijos del causante.

Confi riéndoseles a los aceptantes dichos, la Administración y Re-

presentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, dieciseis

de febrero del dos mil quince.- LIC. JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ

DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045624-3

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo

Civil Suplente de este Distrito Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este tribunal a

las diez horas con veintiséis minutos del día catorce de noviembre del

año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario de parte de la menor LOURDES ALESSANDRA

RENDEROS CASTILLO quien es representada legalmente por su padre

JOSÉ FRANCISCO RENDEROS RENDEROS, la herencia Testamen-

taria dejada por la causante señora MARÍA SANTOS CASTILLO DE

RENDEROS, quien falleció el día trece de septiembre del año dos mil

trece, en San Marcos, Departamento de San Salvador, siendo ese su

último domicilio, a la edad de cincuenta y un años, quien fue Profesora,

casada con José Francisco Renderos Renderos, hija de Miguel Ángel

Castillo y Santos Castro, originario de San Salvador, Departamento de

San Salvador, de Nacionalidad Salvadoreña; aceptación que hace la

citada menor en su calidad de heredera testamentaria de la referida de

cujus.- Se ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia en mención, para

que transcurridos que sean quince días contados después de la tercera

publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos,

Departamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del

día veintiuno de Noviembre de dos mil catorce.- LICDA. AMADA

LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLEN-

TE.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045652-3

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL

DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Heren-

cia Intestada, iniciadas por la Licenciada ANA MARIBEL PADILLA

ORELLANA, en su calidad de Apoderada General Judicial con cláu-

sula especial de los señores MANUEL DE JESÚS SOLÓRZANO

y GUADALUPE SOLÓRZANO DE MÉNDEZ, en la sucesión del

causante, señor JOSÉ DAVID LÓPEZ conocido por JOSÉ DAVID

LÓPEZ SOLÓRZANO, expediente clasifi cado bajo el número de

referencia 01226-14-CVDV-2CM1, se ha proveído resolución por este

tribunal, a las nueve horas cincuenta y un minutos del día veintitrés de

febrero de dos mil quince, mediante la cual se ha tenido por aceptada

interinamente, de parte de los señores MANUEL DE JESÚS SOLÓ-

RZANO y GUADALUPE SOLÓRZANO DE MÉNDEZ, la Herencia

Intestada que a su defunción dejara el causante, señor JOSÉ DAVID

LÓPEZ conocido por JOSÉ DAVID LÓPEZ SOLÓRZANO, quien

falleció el día veintiséis de diciembre del año dos mil once, en Los

Ángeles, Los Ángeles, California de los Estados Unidos de América,

siendo éste su último domicilio fuera de la República de El Salvador,

fi jando su domicilio el de esta ciudad, sin proporcionar ningún otro dato

identifi cativo.

A los aceptantes señores MANUEL DE JESÚS SOLÓRZANO y

GUADALUPE SOLÓRZANO DE MÉNDEZ, en calidad de cesionarios

de los Derechos Hereditarios que le correspondían a la señora

ADELA SOLÓRSANO CORTEZ, conocida por ADELA SOLÓRZA-

NO CORTEZ, ADELA SOLÓRZANO, y por ADELA SOLÓRSANO,

en calidad de Madre del causante, se les confi ere Interinamente la

Administración y Representación de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que

se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo

dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de

este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, Santa Ana, a las diez horas veintiún minutos del día

veintitrés de febrero de dos mil quince. LIC. RODRIGO ERNESTO

BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL, SANTA ANA.- LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045664-3

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA

DEL DISTRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y cincuenta

minutos del día veintisiete de enero del año dos mil quince, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

testamentaria que a su defunción dejó el señor JAVIER SOLORZANO

FUNES conocido por JAVIER SOLORZANO, quien fue de setenta años

de edad, casado, Agricultor en Pequeño, originario de Chinameca, y del

domicilio de Ciudad Barrios, ambos del Municipio del Departamento

de San Miguel, quien falleció el día veintiséis de abril del año dos mil

trece, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la Ciudad de San

Miguel, siendo su último domicilio Ciudad Barrios, Departamento de San

Miguel, de parte del Señor ROBERTO ALEXANDER HERNÁNDEZ

SOLORZANO, en calidad de hijo del causante y como cesionario de los

derechos hereditarios que les correspondían a los señores ROLANDO

JAVIER, BERTA ERLINDA, SILVIA JEANETH, ZOILA NOEMY,

DELMY MARIZOL, todos de apellidos HERNÁNDEZ SOLORZANO;

en calidad de hijos del causante. Asimismo y conjuntamente con el anterior

mencionado tiénese por aceptada de parte de la señora MARINA DEL

CARMEN RODRÍGUEZ VIUDA DE SOLORZANO, como cesionaria

del porcentaje del derecho hereditario testamentario que le correspondía

al señor WILBER ENRIQUE HERNÁNDEZ SOLORZANO, como hijo

del causante mencionado en el Testamento. Habiéndoles conferido a

los aceptantes declarados en el carácter indicado, la Administración y

Representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restric-

ciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA, a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DÍAS,

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en El Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las quince horas del día tres de febrero

del año dos mil quince. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE

VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN BLA-

DIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045673-3

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

EL LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado, de las ocho horas con treinta y seis minutos del día veintitrés de febrero del año dos mil quince, SE HA TENIDO POR ACEPTADA, expresamente y con benefi cio de inventario de parte de MARTHA LUZ LÓPEZ FRANCO, PEDRO EMILIO GALVEZ LÓPEZ y KATHERIN ABIGAIL GALVEZ LÓPEZ, la herencia intestada dejada por el causante señor EMILIO GALVEZ CORDOVA, quien falleció el día uno de marzo del año dos mil catorce, siendo su último domicilio San José Villanueva, La Libertad, quien fue de treinta y cuatro años de edad, soltero, ganadero, originario de Ilobasco, Cabañas, y cuyos padres fueron los señores MARCOS GALVEZ TORRES y MARÍA AMPARO CORDOVA, aceptación que hace la señora MARTHA LUZ LÓPEZ FRANCO, mayor de edad, del domicilio de San José Villanueva, La Libertad, de ofi cios domésticos, en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponden al señor MARCOS GALVEZ TORRES, como padre del causante, y los menores PEDRO EMILIO GALVEZ LÓPEZ y KATHERIN ABIGAIL GALVEZ LÓPEZ, ambos estudiantes y del domicilio de San José Villanueva, La Libertad, en calidad de hijos del causante y de cesionarios de los derechos hereditarios que le corres-ponden a la señora MARÍA AMPARO CORDOVA DE GALVEZ, como madre del causante, siendo los menores antes referidos representados por medio de su madre la señora MARTHA LUZ LÓPEZ FRANCO. Y SE LES HA CONFERIDO A LOS ACEPTANTES la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: SANTA TECLA, a las ocho horas con cincuenta minutos de día veintitrés de febrero del año dos mil quince.- LIC. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA.- LICDA. ERIKA MICHELLE SIBRIAN RUIZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045683-3

PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución provista por este Juzgado, a las catorce horas con treinta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada, que a su defunción dejó la señora FRANCISCA MATILDE HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, conocida por MATILDE VALIENTE, por FRANCISCA MATILDE VALIENTE MARTÍNEZ y por MATILDE VALIENTE VIUDA DE DÍAZ, quien fue de ochenta y tres años, viuda, originaria de San Salvador, Departamento de San Salvador, de nacionalidad Salvadoreña, hija de Ángel Hernández Valiente y Ángela Martínez, y cuya defunción acaeció el día seis de

abril de mil novecientos noventa y siete, siendo su último domicilio el de San Salvador, Departamento de San Salvador, de parte de la señora CESI DEL CARMEN DÍAZ DE MENA, en su carácter de hija de la causante y de cesionaria de los derechos hereditarios que les corres-ponden a los señores LUZ MARINA DÍAZ VALIENTE, ANGÉLICA DÍAZ VALIENTE, LUCIA DE LOS ÁNGELES DÍAZ VALIENTE, RAFAEL ALBERTO DÍAZ VALIENTE, ABELARDO SALVADOR DÍAZ VALIENTE, CARIDAD CRISTINA JAEN DÍAZ, conocida por CARIDAD CRISTINA AGUILAR DÍAZ hoy CARIDAD CRISTINA JAEN DE HÉRCULES, RAMIRO RAFAEL AGUILAR DÍAZ, ANA EUGENIA MARGARITA DE LOS ÁNGELES AGUILAR DÍAZ, y RAMIRO RAFAEL DUARTE, conocido por RAMIRO RAFAEL AGUILAR DUARTE y por RAMIRO RAFAEL AGUILAR ORTIZ; a quien se le ha conferido en el carácter antes indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales correspondiente, y en consecuencia, SE CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, a fi n que comparezcan a esta sede judicial a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las catorce horas con cincuenta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil quince.- LICDA. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LIC. OSCAR ANTONIO DÍAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045697-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas del día veintiséis de enero del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada, dejada por el causante JUAN CARLOS RIVAS TEJADA, quien fue de treinta y seis años de edad, comerciante, fallecido el día treinta de junio del año dos mil catorce, siendo Metapán su último domicilio; de parte de la señora IRMA OSORIO DE RIVAS, en calidad de cónyuge y CESIO-NARIA del derecho hereditario que le correspondía al señor CARLOS RIVAS VASQUEZ, conocido por CARLOS RIVAS como PADRE del referido causante, habiéndose conferido a ésta la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados, desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a ocho horas con treinta minutos del día dieciséis de febrero de dos mil quince.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045739-3

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

HERENCIA YACENTE

SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias de Declaratoria de Herencia Yacente, iniciada por la Licenciada MARÍA DEL CARMEN MENÉNDEZ, en su calidad de Apoderada Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, de la sucesión de la señora MARÍA AURORA ROMERO DE RICO, quien falleció el día catorce de diciembre de mil novecientos noventa y seis, a la edad de sesenta y dos años, casada, de nacionalidad salvadoreña, siendo su último domicilio el de San Salvador, y que por resolución de las catorce horas y tres minutos del día tres de diciembre de dos mil catorce, se ha DECLARADO YACENTE la herencia de la causante MARÍA AURORA ROMERO DE RICO, adecuándose esta circunstancia a lo que prescribe el Art. 956 C.C. y que por auto separado se nombraría el curador dativo de la herencia del causante, especifi cando la identidad y generales de éste, a efecto de juramentación y discernimiento del cargo para que administre los bienes, ejercite las acciones que competían al causante y responda de las obligaciones que deba hacerlo, de conformidad a lo prescrito en el Art. 1164 en relación a los Arts. 480, 483, 490, 493 Inc. 1 y 494, 1155 Inc. 4° y 2248 N 2 C.C. y 274 del Código de Familia, para que los que tengan derechos que hacer valer en su contra puedan ejercerlos. Así mismo en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean con derecho a la sucesión para que dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos.

Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-miento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, quince horas y cinco minutos del día tres de diciembre de dos mil catorce.- DR. SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LIC. DAVID ORLANDO TOBAR MOLINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045641-3

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado la Licenciada EMMA LETICIA AMAYA DE SANCHEZ , mayor de edad, Abogada, del domicilio de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, actuando en su calidad de Apoderada del señor FELICIANO BENITEZ, conocido por FELICIANO BENITEZ MARTINEZ, quien es de cua-renta y un años de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cero uno seis cuatro nueve seis tres guión siete, y con Número de Identifi cación Tributaria un mil trescientos cuatro guión dos cero cero uno siete tres guión ciento uno guión cero. Solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD a favor de su representado, de un terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio Concepción, de esta ciudad, Distrito de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de TRES MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide cuarenta metros,

linda con Ángel Benítez y Jesús Benítez, dividido por cerco de alambre propio; AL NORTE: mide noventa y ocho metros, linda con Ángel Benítez y Jesús Benítez, dividido por cerco de alambre propio; AL PONIENTE: mide treinta y seis metros, linda con Santiago Flores, calle que de Chilanga conduce al Río Arauter; y AL SUR: mide noventa y ocho metros, linda con Leonor Pérez, dividido por cerco de alambre de la colindante hasta llegar a donde se comenzó la presente descripción; todos los colindantes son de este domicilio y lo valora en la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO SETEN-TA Y UN DOLARES EXACTOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa que su representado le hizo al señor Domingo Pérez, el día diecinueve de marzo del año dos mil uno, ó sea hace más de diez años consecutivos. El terreno descrito carece de documento inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz, no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión con nadie o de ajena pertenencia.

Lo que hago del conocimiento público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Chilanga, Departamento de Morazán, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil quince.- NEFTALI PEREZ VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- MACLOBIA AMERICA ORELLANA CHICA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F045527-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SANTIAGO TEXA-CUANGOS, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: que a esta ofi cina se ha presentado la señora YOHAMY EMPERATRIZ PEREZ DE HERNANDEZ, de cuarenta y dos años de edad, casada, empleada, con domicilio en Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, portadora de su Documento Único de Identidad número; cero cero cinco dos siete nueve dos ocho guión cero, solicitando se le extienda título de propiedad con base en la Ley Sobre Títulos y Predios Urbanos, de un inmueble de naturaleza urbana, situa-do en Barrio Concepción, Calle Antigua, Número Dos, Pasaje Pérez, Lote número Catorce, Frente; y al Norte de Colonia Dalmacia UNO, Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, y según datos Registrales carece de antecedente inscrito y según ubicación Catastral, es la PARCELA: Cuarenta, MAPA: cero seis uno cinco U cero cuatro, y de un Área de NOVENTA Y DOS PUNTO SEIS METROS CUA-DRADOS, el cual posee las colindancias siguientes: AL NORTE: con Oscar Pérez y Pérez; AL ORIENTE: con Rosa Vilma Ramos, Pasaje Pérez, de por medio, Juana Ramos Ascencio; AL SUR: con Fidelina Pérez Sánchez; y AL PONIENTE: con Gloria Elsa Pérez de Sánchez. Todos los colindantes son del domicilio de Santiago Texacuangos, dicho inmueble no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga ni derecho real, ni se encuentra en proindiviso con ninguna persona, el inmueble carece de antecedente inscrito, la posesión material ha sido ejercida en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y notoria teniendo hasta la fecha más de treinta y cinco años, consecutivos de poseer dicho inmueble, el inmueble está valorado en DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

Alcaldía Municipal de Santiago Texacuangos, a los seis días del mes de febrero de dos mil quince.- ALBERTO ESTUPINIAN RAMIREZ, ALCALDE MUNICIPAL.- EMERSON ESAU CRUZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F045706-3

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

TITULO SUPLETORIO

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos

de ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

MANUEL DE JESUS RIVAS CARDOZA, en el carácter de Apoderado

General Judicial con Cláusula Especial de la señora ANA MARITZA

PORTILLO DE SERRANO, promoviendo diligencias de Título Supletorio,

de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el lugar conocido como

Los Valles, jurisdicción de Santa Rita, Departamento de Chalatenango;

de una extensión superfi cial de TRES MIL QUINIENTOS METROS

CUADRADOS, de la descripción siguiente: AL ORIENTE: Comienza

de un árbol de jiote que está a la orilla de la carretera que del Cantón

Gutiérrez conduce al desvío denominado "Don Salva", que está sobre

la calle que de Dulce Nombre de María conduce a la población de Santa

Rita, continúa en línea recta hacia el Norte hasta llegar a un árbol de

guachipilín que forma esquina, dividido por cerco de alambre y piña del

terreno que se describe, colinda con Salvador Mena, AL NORTE: Del árbol

de guachipilín antes mencionado, continúa en línea recta hasta llegar a un

árbol de laurel que forma esquina, en este rumbo está dividido por cerco

de alambre propio, colinda con Fermina Portillo; AL PONIENTE: Del

árbol de laurel antes mencionado continúa en línea recta por una laderita

hasta llegar donde hay brotón de tempate, en este rumbo está dividido

por cerco de alambre del terreno que se describe, colinda con Ana María

Portillo, y AL SUR: Del brotón de tempate últimamente mencionado,

continúa hacia el rumbo oriente en línea curva por toda la orilla de la calle

que del Cantón Gutiérrez, conduce hacia el desvío denominado "Don

Salva", continúa por toda la orilla de dicha calle hasta llegar al árbol de

jiote esquinero donde se comenzó la descripción, divididos por el borde

de la calle y parte de cerco de alambre del terreno que se describe, colinda

con propiedad de José Claro Fuentes y Cecilia Clavel, carretera antes

dicha de por medio. Dicho inmueble la señora antes mencionada lo ha

adquirido por compra hecha al señor EMILIO PORTILLO FUENTES.

El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión

alguna y lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María,

Departamento de Chalatenango, a los veintiséis días del mes de Febrero

del año dos mil quince. LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. JOSE NOE ZUNIGA FUENTES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010298-3

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1993001878

No. de Presentación: 20100137535

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

FRANCISCO LUNA, del domicilio de CIUDAD Y DEPARTAMENTO

DE SANTA ANA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00037 del Libro 00102 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en un cuadro rectangular vertical, formando sus bordes con dos líneas

paralelas, el borde de la izquierda, por dos líneas paralelas, de color do-

rado y verde, en posición vertical, el borde o lado superior está formado

por dos líneas paralelas horizontales; la primera de color dorado y la

otra de color verde; el borde o lado derecho está formado por dos líneas

paralelas; verticales, la línea externa o sea la primera de color verde, y la

interna o sea la segunda de color dorado; el borde o lado de abajo, está

formado por dos líneas paralelas horizontales, la primera línea o sea la

línea externa es de color verde y la línea interna o sea la segunda es de

color dorado. Dentro se encuentra una pantaleta con bordes dorados, al

centro; abajo las palabras "Industrias Esmeralda", de color dorado, de

la palabra "Industrias", y esta palabra se encuentra escrita en letras de

molde, un poco más pequeñas que la palabra "Esmeralda", siendo esta

palabra Esmeralda, escrita en letra de carta un poco más grande que la

anterior, ambas palabras en letras estilizadas, puestas en diagonal incli-

nadas hacia arriba de izquierda a derecha; al fi nal la palabra "Esmeralda",

hay un círculo con una letra "R" en el centro, también dicho círculo y

letra en color dorado; abajo de la palabra "Esmeralda", una piedra de

esmeralda, color verde, con destellos a su alrededor; siempre abajo y al

centro una mujer vestida con un camisón de dormir, abajo de la mujer

la palabra "HECHO EN EL SALVADOR", de color dorado, en letras

todas mayúsculas y de molde; todo lo anterior se encuentra encerrado,

en un rectángulo vertical, siendo su fondo color blanco; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los primero días del mes de septiembre del año dos mil once.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045731-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2015141561

No. de Presentación: 20150213740

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALICIA

JOSEFINA MORAN LARA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL,

Consistente en: las palabras SAN JOSE y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LABORATORIOS

CLINICOS, RADIOLOGIA Y ASIMILADOS.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045678-3

CONVOCATORIA

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la sociedad TACA INTERNATIONAL AIRLINES,

S.A., por este medio convoca a JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS,

para tratar asuntos de carácter ordinario, a llevarse a cabo el día cuatro

de mayo del corriente año, a partir de las nueve horas, en las ofi cinas

de la empresa ubicadas en Avenida El Espino, entre Boulevard Sur y

Calle El Almendro, Urbanización Madreselva, Santa Elena, Antiguo

Cuscatlán. La Agenda a desarrollar será la siguiente:

1. Lectura y aprobación del acta anterior.

2. Memoria de Labores de la Junta Directiva y presentación de

Estados Financieros del ejercicio del año 2014.

3. Informe del Auditor Externo.

4. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus emolu-

mentos.

5. Nombramiento del Auditor Fiscal y fi jación de sus emolu-

mentos.

6. Aplicación de resultados.

7. Elección de Junta Directiva.

8. Cualquier otro asunto de carácter ordinario que propongan

los accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la

ley.

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

El quórum legal necesario para celebrar la Junta General es de al

menos la mitad más una del total de las acciones y las decisiones serán

tomadas con la mayoría de votos presentes.

Si por falta de quórum la Junta no se pudiese realizar en la fecha

indicada, se convoca por segunda vez el día cinco del mismo mes y

año, a la misma hora, en el mismo lugar, con la misma agenda. En este

caso, para celebrar la Junta General bastará con cualquier número de

accionistas presentes o representados para formar quórum y las decisiones

se tomarán por mayoría de votos presentes.

Bogotá, Colombia, cinco de febrero del año dos mil quince.

ELISA ESTHER MURGAS DE MORENO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045647-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad SALMAR, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE, se permite convocar a los Señores Accionistas

para que concurran a celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria

de Accionistas, la cual se llevará a cabo a las siete horas del día diez

de abril de dos mil quince en las ofi cinas del Grupo Inlama situadas en

Boulevard El Hipódromo, número seiscientos cuarenta y cinco de Colonia

San Benito, San Salvador departamento de San Salvador, en la que se

conocerán y resolverán los temas contenidos en la siguiente Agenda:

PUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

1. Establecimiento del Quórum.

2. Presentación y aprobación de la Agenda.

3. Lectura y ratifi cación del Acta de Sesión Anterior.

4. Ratifi cación de lo actuado por la administración en el proceso

de Fusión de Sociedades.

5. Memoria de Gestión Administrativa 2014.

6. Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios

en el Patrimonio correspondientes al Ejercicio Económico

fi nalizado el 31 de Diciembre de 2014.

7. Informe del Auditor Externo.

8. Aplicación de Resultados.

9. Nombramiento y emolumentos del Auditor Externo.

10. Nombramiento y emolumentos del Auditor Fiscal.

PUNTO UNICO DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

1. Disminución del Capital Social en su parte Variable por

amortización de pérdidas acumuladas.

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

La Junta se considerará legalmente instalada al encontrarse presentes

y representadas la mitad más una del total de las acciones que tengan

derecho a votar y las resoluciones será válidas cuando se tomen por la

mayoría de los votos presentes. En caso de que a la hora señalada no

hubiera quórum, se cita en SEGUNDA CONVOCATORIA a las siete

horas del día once de abril de dos mil quince, en la dirección antes men-

cionada y la Juntas se celebrará con el número de acciones presentes y

representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos

presentes.

ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO.

Para tratar Asuntos de Carácter Extraordinario, en primera con-

vocatoria será necesario que esté presente el 75% del Capital Social,

y se tomará resolución con igual proporción. En caso de que a la hora

señalada no hubiere quórum, se cita en SEGUNDA CONVOCATORIA

a las siete horas del día once de abril de dos mil quince, en la dirección

ya mencionada y será necesario que esté presente la mitad más una de

las acciones que componen el Capital Social, se tomará resolución con

el 75% de las acciones presentes.

San Salvador, nueve de marzo de dos mil quince.

JOSE ARMANDO MARIN GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045738-3

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

SUBASTA PUBLICA

MASTER MARÍA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley que en el

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el BANCO

AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANÓNIMA, y el BANCO DESARROLLO, SOCIEDAD ANONIMA,

se fusionaron, habiendo el BANCO AGRICOLA COMERCIAL DE

EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, absorbido al BANCO

DESARROLLO, SOCIEDAD ANONIMA, y cambiando su denomina-

ción social por la de BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA,

contra los señores VÍCTOR RENÉ CORDÓN PAULS y LUCRECIA

ISTMANIA MIRANDA DE CORDÓN, quien registralmente aparece

como LUCRECIA ISTMANIA MIRANDA PRADO, reclamándole

cantidad de colones y accesorios de Ley, se venderá en pública subasta

en fecha que oportunamente se determinará en este Tribunal, el bien

inmueble embargado siguiente: "Un inmueble urbano y construcciones

que contiene marcado como lote número UNO de la calle TRES del

Block "F", de la urbanización Lomas de San Francisco Primera etapa,

de la Jurisdicción de esta ciudad en la cual se ha desarrollado la sub-

parcelación denominada RESIDENCIAL VILLA COLINA, que se

describe así: Partiendo del punto de intersección de los ejes de la calle

número tres, y la senda Villa Colina, se miden una distancia de ciento

doce punto once metros cuadrados en siete tramos así: UNO, línea recta

de nueve punto cinco metros cuadrados rumbo sur cincuenta y nueve

grados nueve punto siete minutos Oeste; DOS, línea curva de cuatro punto

setenta y un metros radio de tres punto cuarenta metros; TRES, línea

recta de veintisiete metros y rumbo Norte de treinta grados cincuenta

punto tres minutos Oeste; CUARTO, línea curva de doce punto setenta

y dos metros y radio de diez punto sesenta metros; CINCO, línea recta

de seis metros rumbo Norte ochenta y un grados treinta y nueve punto

siete minutos oeste; SEIS, línea curva de veintiocho punto sesenta y

ocho metros y radio de dieciocho punto sesenta metros; SIETE, línea

recta de veintitrés punto cincuenta metros y rumbo Sur veintiún grados

cincuenta punto tres minutos Oeste, Llegamos a un punto en el que se

hace una defl exión izquierda de noventa y nueve grados y medimos

una distancia de tres punto cincuenta metros para llegar al esquinero

nor-este del lote que se describe y que tiene las siguientes medidas; AL

NORTE, línea recta de treinta y cuatro punto treinta metros y rumbo

Norte treinta y nueve grados nueve punto siete minutos este, colindando

en este tramo con el lote número dos de la misma residencial, propiedad

de Construcciones y Diseño S.A. de C.V.; AL ORIENTE, línea curva de

diez punto noventa y nueve metros y radio de ocho metros colindando

en este tramo con el lote número seis del Block "D" de la Urbanización

Lomas de San Francisco propiedad de Inversiones S.A., calle tres de por

medio de dieciséis metros de derecho de vía; AL SUR, línea recta de

treinta y ocho punto setenta y tres metros y rumbo Sur cincuenta y nueve

grados nueve punto siete minutos Oeste, colindando en este tramo con

el lote número diez-B, del mismo Block "F" de la urbanización Lomas

de San Francisco propiedad de 'Inversiones S.A.; y AL PONIENTE,

tramo recto de siete punto diez metros y rumbo Norte veintiún grados

cincuenta punto tres minutos Oeste colindando en este tramo con el lote

número doce de la misma residencial propiedad de Construcciones y

Diseño S.A. de C.V.; senda Villa Colina de siete metros de ancho de

por medio llegando así al punto de partida de la presente descripción. En

dicho inmueble hay construida una casa de sistema mixto completamente

nueva de ciento dos punto cinco metros cuadrados de construcción; de

una extensión superfi cial de DOSCIENTOS VEINTINUEVE PUNTO

CERO DOS METROS CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTOS

VEINTISIETE PUNTO SESENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS.

El inmueble que se describe es propiedad del señor VICTOR RENE

CORDÓN PAULS y la señora LUCRECIA ISTMANIA MIRANDA

DE CORDÓN, quien registralmente aparece como LUCRECIA IST-

MANIA MIRANDA PRADO en proindivisión correspondiéndoles un

CINCUENTA POR CIENTO A CADA UNO y que sumados hacen el

CIEN POR CIENTO DE LA TOTALIDAD DEL INMUEBLE, inscrito

dicho inmueble a favor de ambos a la matrícula número SEIS CERO

CERO CINCO DOS CUATRO SIETE DOS- CERO CERO CERO CERO

CERO , asiento UNO en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección del Centro de este Departamento".

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT.,

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL; San

Salvador, a las doce horas y cinco minutos del día veintisiete de enero de

dos mil catorce. MSC. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,

JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. POR LIC. JUAN CARLOS

NAJARRO PEREZ, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F045609-3

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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY,

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en

este tribunal, inicialmente por el Licenciado EDMUNDO ALFREDO

CASTILLO AGUILUZ y continuado por el Licenciado FRANCISCO

NAPOLEON DUEÑAS ABREGO, ambos en su calidad de apoderados

del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, que se puede

abreviar BANCO AGRICOLA, S. A., contra la señora DORA ALICIA

RAMIREZ HERNANDEZ, conocida por DORA ALICIA RAMIREZ,

reclamándole cantidad de dinero, intereses pactados y costas procesales,

se ha ordenado la venta en pública subasta del inmueble inscrito a favor

de la señora DORA ALICIA RAMIREZ HERNANDEZ, conocida por

DORA ALICIA RAMIREZ, bajo la Matrícula Número SEIS CERO

CERO UNO UNO DOS UNO NUEVE-A CERO CERO SEIS CUATRO,

de naturaleza urbana, compuesto de dos plantas, identifi cado como apar-

tamento número TRES, del Block "E", del CONDOMINIO Residencial

"LAS TERRAZAS", jurisdicción de Ayutuxtepeque, Departamento de

San Salvador, el cual se describe así: Apartamento número Tres del block

"E", partiendo de la intersección de los ejes de la calle Los Mangos y

pasaje número dos, ambos abiertos en el Condominio Las Terrazas, se

mide sobre el eje de este último una distancia de sesenta y ocho punto

cuarenta y seis metros rumbo Sur ochenta y dos grados cuarenta punto

ocho minutos Oeste, luego con defl exión izquierda de noventa grados,

se mide dos punto cincuenta metros llegando al vértice Nor-Este de la

vivienda número tres, cuyo nivel es de seiscientos cincuenta y tres punto

noventa metros sobre el nivel del mar y sus dimensiones y colindancias

son: AL NORTE, tres punto cincuenta metros rumbo Sur ochenta y dos

grados cuarenta punto ocho minutos Oeste con viviendas números uno

y dos, block "F", pasaje número dos de por medio; AL PONIENTE,

ocho punto setenta metros, rumbo Sur siete grados diecinueve punto

dos minutos Este con vivienda número dos del condominio; AL SUR,

tres punto cincuenta metros rumbo Norte ochenta y dos grados cuarenta

punto ocho minutos Este con vivienda número cinco, block "D" del

condominio; AL ORIENTE, ocho punto setenta metros, rumbo Norte

siete grados diecinueve punto dos minutos Oeste vivienda número dos del

condominio. La vivienda descrita tiene un área privativa de TREINTA

PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, corres-

pondiéndole un área condominada de siete punto veinticuatro metros

cuadrados y contiene una construcción de treinta y cinco punto cuarenta

metros cuadrados en dos plantas, con una altura promedio de dos punto

setenta metros y un volumen de noventa y cinco punto cincuenta y ocho

metros cúbicos.

Dicho inmueble anteriormente descrito se encuentra gravado a

favor del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, que se puede

abreviar BANCO AGRICOLA, S. A., con Constitución de Hipoteca

Abierta en el asiento NUEVE y con Primer Embargo en el asiento DIEZ

de la matrícula número SEIS CERO CERO UNO UNO DOS UNO

NUEVE-A CERO CERO SEIS CUATRO, del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de

San Salvador.-

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos

legales consiguientes y se subastará en base al valúo que resulte.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las nueve horas

y cincuenta minutos del día quince de diciembre de dos mil catorce.-

Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045627-3

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Juzgado por

el Licenciado JOSE EDGARDO MORALES PORTILLO, continuada por

el Licenciado OTTO RAFAEL AVILES BERNAL, como Apoderados

Generales Judiciales de la SOCIEDAD EXPORTADORA LIEBES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

EXPORTADORA LIEBES S. A. DE C. V. y ahora por la Licenciada

NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, como Apoderada General

Judicial del BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, SOCIEDAD

ANONIMA o BANCO DAVIVIENDA, SOCIEDAD ANONIMA o

BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA, indistintamen-

te que puede abreviarse BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO

S. A., BANCO DAVIVIENDA S. A., BANCO SALVADOREÑO

S. A. o BANCOSAL, S. A., en virtud del cambio de denominación

antes BANCO HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA y

del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia

BANCO AGRICOLA S. A. y cuyos nombres comerciales son BANCO

AGRICOLA COMERCIAL DE EL SALVADOR, BANCO AGRICOLA

COMERCIAL, BANCO AGRICOLA o solamente EL AGRICOLA y

con sus siglas BAC; contra la señora DORA ARMINDA AREVALO DE

CABRERA, se venderá en este Juzgado en Pública Subasta, en fecha que

oportunamente se publicará, dos inmuebles: EL PRIMERO un terreno

rústico inculto, situado en el lugar denominado Teshcal, jurisdicción de

Izalco, de este Departamento, compuesto de doscientas diez áreas o sean

veintiún mil metros cuadrados de extensión superfi cial, cuyos linderos

son AL ORIENTE, con terreno de Román Calvo, camino vecinal de

por medio, AL NORTE, con el de Dolores Pushagua, AL PONIENTE,

con el de la sucesión de Santos Shente y AL SUR con los de Candela-

ria Shente y Francisco Pashaca.- EL SEGUNDO: otro terreno rústico

situado en el mismo Cantón Teshcal, jurisdicción de Izalco, cultivado

en parte con café y el resto inculto, compuesto de ciento cuarenta áreas

de extensión o sean catorce mil metros cuadrados, lindante al NORTE

con terreno de doña Carmen Sánchez viuda de Portillo; AL ORIENTE,

con los de Román Calvo y Víctor Urías, camino de por medio; AL SUR,

con el que fue de Fernando Morán, hoy de Francisco Gustavo Cea y

AL PONIENTE, con el de Estebana Hernández.- Inscritos a favor de la

demandada señora DORA ARMINDA AREVALO DE CABRERA, en

el Sistema de Folio Real Computarizado bajo las Matrículas Números

UNO CERO CERO CINCO NUEVE DOS TRES DOS GUION CERO

CERO CERO CERO CERO y la número UNO CERO CERO CINCO

NUEVE DOS TRES TRES GUION CERO CERO CERO CERO CERO,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de

Occidente, Departamento de Sonsonate.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate,

a los tres días del mes de septiembre del año Dos mil catorce.- Lic. RO-

BERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045636-3

TÍTULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que JOSE JAIME BELTRANENA ALFARO,

originario y del domicilio de esta población y de nacionalidad salvado-

reña, con documento Unico de Identidad Personal número: cero cero

seiscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos seis- seis y Número de

Identifi cación Tributaria: cero tres cero cinco-dos ocho uno uno siete

cinco- uno cero dos- tres, solicita TITULO MUNICIPAL de un terreno

rústico, situado en el lugar llamado Cantón El Paraíso, número S/N, de

Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, parcela 257, de una

área de 32,650.00 METROS CUADRADOS, de la colindancia siguiente

al NORTE, con terreno de IRIS OSDALY DE LEON HERNANDEZ,

línea recta, al ORIENTE, con propiedad de GODOFREDO LIRA DU-

RAN, parcela generada, al SUR, con propiedad de MARIO LOPEZ y

al PONIENTE, con propiedad de JULIO CESAR SOMARRIBA, río

de por medio y con ADELA MARTINEZ BELTRANENA, río de por

medio.

Es inmueble dominante por tener salida sobre otros terrenos por el

rumbo poniente. Lo obtuvo por comprarlo a Pedro Martínez Beltranena,

lo valora en $4,000.00. Los colindantes son de este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL, Santa Isabel Ishuatán, a los cinco días

del mes de marzo del año dos mil quince.- MAGDALENO ANTONIO

GUZMAN DIAZ, ALCALDE MUNICIPAL.- PATRICIA ERMELINDA

DE LEON AVALOS, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F045561-3

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2014137134

No. de Presentación: 20140204786

CLASE: 43.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de G6

Hospitality IP LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ESTUDIO 6

Consistente en: la palabra ESTUDIO 6, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE PROVISIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS

(RESTAURACIÓN); SERVICIOS DE HOSPEDAJE TEMPORAL,

PRINCIPALMENTE, PARA LOS SERVICIOS DE HOTEL Y MO-

TEL; PROVISIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE DISPONIBILIDAD

DE HABITACIONES EN HOTELES Y MOTELES; RESERVAS DE

ALOJAMIENTO TEMPORAL INCLUYENDO SERVICIOS DE RE-

SERVACIÓN DE ALOJAMIENTO TEMPORAL Y SUMINISTRO DE

INFORMACIÓN SOBRE ALOJAMIENTO A TRAVÉS DE REDES

INFORMÁTICAS, REDES INFORMÁTICAS DE COMUNICACIÓN

GLOBALES Y REDES MÓVILES. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de octubre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010276-3

No. de Expediente: 2014139147

No. de Presentación: 20140208870

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de The

Coca-Cola Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: EDU-

CACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de octubre del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010281-3

No. de Expediente: 2014139148

No. de Presentación: 20140208871

CLASE: 35, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de The

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

Coca-Cola Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identifi cado como diseño de Agricultura

Sostenible, que servirá para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTIÓN DE

NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;

TRABAJOS DE OFICINA. Clase: 35. Para: AMPARAR: EDUCACIÓN;

FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDA-

DES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de octubre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010282-3

No. de Expediente: 2014137274

No. de Presentación: 20140205095

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MAR-

CELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de AMC Network Entertainment LLC, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SER-

VICIOS,

AMC

Consistente en: las letras AMC, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE RETRANSMISIÓN A TRAVÉS DE LA INTERNET

(WEBCASTING); SERVICIOS DE DIFUSIÓN DE INTERNET;

TRANSMISIÓN DE MATERIAL SONORO, VISUAL Y AUDIOVI-

SUAL A TRAVÉS DE UNA RED INFORMÁTICA GLOBAL; SER-

VICIOS DE TRANSMISIÓN DE VIDEO A LA CARTA; SERVICIOS

DE TRANSMISIÓN POR SATÉLITE; SERVICIOS DE TRANSMI-

SIÓN INALÁMBRICA; SERVICIOS DE MEDIOS MÓVILES EN

LA NATURALEZA DE LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE

ENTRETENIMIENTO DE CONTENIDO MULTIMEDIA; SERVI-

CIOS DE TRANSMISIÓN POR SUBSCRIPCIÓN DE SEÑALES

DE TELEVISIÓN O VIDEO - TELEVISIÓN DE PROTOCOLO DE

INTERNET (POR SUS SIGLAS EN INGLÉS IPTV) Y POR TRANS-

MISIÓN LIBRE POR SU DENOMINACIÓN EN INGLÉS OVER

THE TOP (OTT), SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN TELEVISIVA,

DIFUSIÓN DE AUDIO Y DE VIDEO, INCLUYENDO SERVICIOS DE

RADIODIFUSIÓN, A SABER, LA DIFUSIÓN DE PROGRAMAS DE

TELEVISIÓN A TRAVÉS DE LA TELEVISIÓN, CABLE, SATÉLITE,

RED INFORMÁTICA MUNDIAL, MEDIOS DE AUDIO Y VIDEO,

COMUNICACIONES INALÁMBRICAS, COMUNICACIONES POR

CABLE, POR SUBSCRIPCIÓN DE SEÑALES DE TELEVISIÓN O

VIDEO - TELEVISIÓN DE PROTOCOLO DE INTERNET (POR SUS

SIGLAS EN INGLÉS IPTV) Y MÉTODOS DE DISTRIBUCIÓN DE

CONTENIDOS POR TRANSMISIÓN LIBRE POR SU DENOMINA-

CIÓN EN INGLÉS OVER THE TOP (OTT). Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010290-3

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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente: 2014137057

No. de Presentación: 20140204624

CLASE: 35, 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de APL

Logistics Limited, de nacionalidad SINGAPURENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

APL LOGISTICS

Consistente en: las palabras APL LOGISTICS, donde la palabra

LOGISTICS se traduce al idioma castellano como Logística, que ser-

virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE GESTIÓN DE NEGOCIOS

COMERCIALES, A SABER, GESTIÓN DE LA LOGÍSTICA IN-

CLUYENDO LA GESTIÓN DE LOGÍSTICA INVERSA, GESTIÓN

DE SERVICIOS DE LA CADENA DE SUMINISTRO, VISIBILI-

DAD Y SINCRONIZACIÓN DE LA CADENA DE SUMINISTRO,

PREVISIBILIDAD DE LA PROVISIÓN Y DEMANDA Y DE LOS

PROCESOS DE DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS PARA TERCE-

ROS; Y LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE NEGOCIOS EN

RELACIÓN CON LA DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS, SERVICIOS

DE GESTIÓN DE OPERACIONES, LOGÍSTICA INCLUYENDO

LOGÍSTICA INVERSA, CADENA DE SUMINISTRO Y LOS SIS-

TEMAS DE PRODUCCIÓN Y SOLUCIONES DE DISTRIBUCIÓN;

SERVICIOS DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN, A SABER, EL

PROCESAMIENTO DE ENVÍOS, PREPARACIÓN DE ENVÍO DE

DOCUMENTOS Y FACTURAS, GESTIÓN DE INVENTARIOS,

PLANIFICACIÓN DE LA PRODUCCIÓN. Clase: 35. Para: AMPARAR:

SERVICIOS DE CADENA DE SUMINISTRO, LOGÍSTICA INCLU-

YENDO LOGÍSTICA INVERSA, ES DECIR, EL SEGUIMIENTO

COMPUTARIZADO DE LOS PAQUETES, MATERIAS PRIMAS,

Y OTROS TIPOS DE CARGA PARA TERCEROS INCLUYENDO

SEGUIMIENTO DE DOCUMENTOS, PAQUETES Y CARGA, A

TRAVÉS DE REDES INFORMÁTICAS, INTRANET E INTERNET;

SERVICIOS DE ALMACENAMIENTO, ES DECIR, CREACIÓN

DE JUEGOS (KITTING POR SU DENOMINACIÓN EN INGLÉS),

SUB-ENSAMBLAJE, PROCESAMIENTO DE DEVOLUCIONES

Y ETIQUETADO DE DOCUMENTOS, PAQUETES, MATERIAS

PRIMAS Y OTROS TIPOS DE CARGA PARA TERCEROS. Clase:

39.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de julio del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de octubre del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010292-3

No. de Expediente: 2014136287

No. de Presentación: 20140202902

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PEDRO

FAUSTO ARIETA VEGA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de UNIVERSIDAD DE ORIENTE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras UNIVO Editores y diseño, que servirá

para: AMPARAR: LIBROS Y REVISTAS ACADEMICAS. Clase:

16.

La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de febrero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F045672-3

DIARIO

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2011109351

No. de Presentación: 20110151304

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIA

DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO

de Ebel International Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras cy°zone ATTRAK!, que se traduce al

castellano como Cy°Zona Attrak, que servirá para: AMPARAR: PRO-

DUCTOS DE PERFUMERIA, PRINCIPALMENTE COLONIAS, EAU

DE PARFUM, EAU DE TOILETTE, DESODORANTES Y TALCOS.

Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos

mil once.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta de octubre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010271-3

No. de Expediente: 2013131549

No. de Presentación: 20130192586

CLASE: 18, 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LINDA

MARCELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de JLO

HOLDING COMPANY, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

JENNIFER LOPEZ

Consistente en: la frase JENNIFER LOPEZ, que servirá para:

AMPARAR: CUERO Y CUERO DE IMITACIÓN, PRODUCTOS DE

ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;

PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS; PARAGUAS,

SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y ARTÍCULOS DE GUAR-

NICIONERÍA. Clase: 18. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR,

CALZADO, ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día catorce de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010272-3

No. de Expediente: 2013132105

No. de Presentación: 20130194064

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MAR-

CELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de Landmark Associates LLC, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

EL CAP

Consistente en: las palabras EL CAP, que se traducen al castellano

como El Tapa, que servirá para: AMPARAR: COMPUTADORAS,

SOFTWARE DE COMPUTADORA, INCLUYENDO: SOFTWARE

PARA DESARROLLO DE APLICACIONES. Clase: 09.

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Page 143: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010273-3

No. de Expediente: 2014134953

No. de Presentación: 20140200098

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado GILBERTO

ALFONSO FAJARDO CARCAMO, en su calidad de APODERADO

de AUTOTÉCNICA COLOMBIANA S.A.S.- AUTECO S.A.S., de

nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

A-POWER

Consistente en: la palabra A-POWER, que se traduce al castellano

como A-Poder, que servirá para: AMPARAR: CHALECOS PROTECTO-

RES, PROTECTORES DE RUIDO, ACCESORIOS DE PROTECCIÓN,

CASCOS DE PROTECCIÓN, GAFAS DE MOTOCICLISTA. Clase:

09.

La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de octubre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010274-3

No. de Expediente: 2014136386

No. de Presentación: 20140203058

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Rum

Creation & Products, Inc., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el

registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: un diseño identifi cado como Zacapa 23 - 3D, que

servirá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHÓLICAS (EXCEPTO

CERVEZA). Clase: 33.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos

mil catorce.

DIARIO

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Page 144: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de noviembre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010275-3

No. de Expediente: 2014137502

No. de Presentación: 20140205460

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de PPG

ARCHITECTURAL FINISHES, INC., de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra FORMULAPRO y diseño, que servirá

para: AMPARAR: ETIQUETAS DE PAPEL IMPRESO QUE CON-

TIENE LA INFORMACIÓN DE COLOR. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de octubre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010277-3

No. de Expediente: 2014138855

No. de Presentación: 20140208299

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de PPG

INDUSTRIES OHIO, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión PPG y diseño, que servirá para: AMPA-

RAR PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR

Y RASPAR. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de octubre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010278-3

No. de Expediente: 2014139096

No. de Presentación: 20140208808

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MAR-

CELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO

DIARIO

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Page 145: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

de PAYLESS SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

HUNTER'S BAY

Consistente en: las palabras HUNTER'S BAY, que al idioma caste-

llano se traducen como Cazador de bahía, que servirá para: AMPARAR:

CALZADO. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de octubre del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010279-3

No. de Expediente: 2014139094

No. de Presentación: 20140208806

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MAR-

CELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO

de PAYLESS SHOESOURCE WORLDWIDE, INC., de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRO-

DUCTO,

PREDICTIONS

Consistente en: la palabra PREDICTIONS, que se traduce al cas-

tellano como Predicciones, que servirá para: AMPARAR: CALZADO.

Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veinte de octubre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de octubre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010280-3

No. de Expediente: 2014139236

No. de Presentación: 20140209018

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROBERTO

ROMERO PINEDA, en su calidad de APODERADO de Alticor Inc.,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

PHYTOPROTECT

Consistente en: la palabra PHYTOPROTECT, que servirá para:

AMPARAR: COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS DE VITAMINAS,

MINERALES Y OTROS NUTRIENTES. Clase: 05.

DIARIO

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Page 146: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de octubre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de octubre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010284-3

No. de Expediente: 2014139329

No. de Presentación: 20140209155

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de THE

LATIN AMERICA TRADEMARK CORPORATION, de nacionalidad

PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO,

EDAPIXIL

Consistente en: la expresión EDAPIXIL, que servirá para: AM-

PARAR PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y VETERINARIOS;

PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOS PARA USO MÉDICO;

SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO, ALIMENTOS

PARA BEBÉS; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS;

MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES;

DESINFECTANTES; PRODUCTOS PARA ELIMINAR ANIMALES

DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010285-3

No. de Expediente: 2014136933

No. de Presentación: 20140204362

CLASE: 06, 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de ALUMA SYSTEMS INC., de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

ALUMA SYSTEMS

Consistente en: las palabras ALUMA SYSTEMS, se traduce al cas-tellano la palabra systems como: sistema, que servirá para: AMPARAR: METALES COMUNES Y SUS ALEACIONES; MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN METÁLICOS; CONSTRUCCIONES TRANSPOR-TABLES METÁLICAS; MATERIALES METÁLICOS PARA VÍAS FÉRREAS; CABLES E HILOS METÁLICOS NO ELÉCTRICOS; ARTÍCULOS DE CERRAJERÍA Y FERRETERÍA METÁLICOS; TUBOS Y TUBERÍAS METÁLICOS; CAJAS DE CAUDALES; PRODUCTOS METÁLICOS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; MINERALES METALÍFEROS. Clase: 06. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN; SERVICIOS DE REPARACIÓN; SERVICIOS DE INSTALACIÓN. Clase: 37.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de julio del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010286-3

DIARIO

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Page 147: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente: 2014136359

No. de Presentación: 20140202987

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL de IMB TEXTIL S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Puket y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: PRENDAS DE VESTIR ESPECIALMENTE PANTALONES

Y PANTALONES LARGOS, FALDAS, CAMISAS, CAMISETAS DE

MANGA CORTA, PANTALONES PARA EJERCICIO, PARKAS,

SUÉTERES, CHAQUETAS, ABRIGOS, ROPA IMPERMEABLE,

ROPA INTERIOR, TRAJES DE BAÑO, SHORTS DE BAÑO,

GORROS DE BAÑO, ROPA PARA LA PLAYA, FULARES PARA

HOMBROS, BUFANDAS,CORBATA, BANDANAS, PRENDAS

DE CALCETERIA, CALCETINES, MEDIAS, GUANTES, OREJE-

RAS [VESTIMENTA], SOMBREROS Y GORRAS, LIGAS [ROPA

INTERIOR], CINTURONES [VESTIMENTA], TIRANTES [ARTI-

CULOS DE VESTIR] Y MEDIAS CON TIRANTES; CALZADO.

ESPECIALMENTE ZAPATOS, BOTAS, SANDALIAS, ZAPATILLAS

(PANTUFLAS], ZAPATOS PARA LA LLUVIA, ZAPATOS PARA

HACER EJERCICIO. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecisiete de noviembre del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010287-3

No. de Expediente: 2013132381

No. de Presentación: 20130194653

CLASE: 12, 17.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIA

DAYSI YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de Rubber Intertrade Co., Ltd., de nacionalidad TAILANDESA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las letras RBI y diseño, que servirá para: AMPARAR:

VEHICULOS INCLUYENDO VEHICULOS MOTORIZADOS, PAR-

TES Y COMPONENTES DE VEHICULOS INCLUSIVE VEHICULOS

MOTORIZADOS, AUTOMOVILES, INCLUYENDO LAS PIEZAS

DE REEMPLAZO, PIEZAS DE REPUESTOS, EQUIPAMIENTO Y

ACCESORIOS PARA VEHICULOS. Clase: 12. Para: AMPARAR:

PRODUCTOS DE GAUCHO INCLUYENDO: ARTICULOS HECHOS

A BASE DE GAUCHO, PARTES Y COMPONENTES DE GAUCHO

PARA AUTOMOVILES Y VEHICULOS MOTORIZADOS INCLUSI-

VE PIEZAS DE REPUESTOS DE GAUCHO, PIEZAS DE REEMPLA-

ZO DE GAUCHO Y COMPONENTES DE GAUCHO, MATERIALES

DE GAUCHO PARA EL USO EN LA FABRICACION DE PIEZAS

DE GAUCHO PARA EL USO EN LA FABRICACION DE PIEZAS

DE CAUCHO PARA VEHICULOS, Y PARTES Y EQUIPAMIENTOS

Y ACCESORIOS PARA TODOS LOS PRODUCTOS ANTERIORES.

Clase: 17.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

treinta y uno de octubre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010288-3

DIARIO

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Page 148: Diario Oficial 17 de Marzo 2015 · derogándose con ello el Decreto Ejecutivo No. 45 de fecha 15 de abril de 1998. II) Que mediante Acuerdo No. 15-2243 de fecha 27 de noviembre de

148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

No. de Expediente: 2014139403

No. de Presentación: 20140209277

CLASE: 29, 30, 32, 43.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

ROBERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de

McDonald's Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-

citando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

CREA TU SABOR

Consistente en: las palabras CREA TU SABOR, que servirá para:

AMPARAR: COMIDAS PREPARADAS CON PRODUCTOS DE CAR-

NE, CERDO, PESCADO, AVES, FRUTAS Y VEGETALES EN CON-

SERVA Y COCIDAS, HUEVOS, QUESO, LECHE, PREPARACIONES

DE LECHE, ENCURTIDOS, POSTRES, PATATAS FRITAS, YOGUR

Y BEBIDAS A BASE DE YOGUR, ENSALADAS DE FRUTAS Y

VEGETALES. Clase: 29. Para: AMPARAR: SANDWICHES INCLU-

YENDO SANDWICHES RELLENOS DE CARNE, SANDWICHES

RELLENOS DE CERDO, SANDWICHES RELLENOS DE PESCADO

Y SANDWICHES RELLENOS DE O POLLO, BIZCOCHOS, PAN,

PASTELES, GALLETAS, CHOCOLATE, CAFÉ, BEBIDAS A BASE

DE CAFÉ, SUSTITUTOS DE CAFÉ, TÉ, MOSTAZA, SÉMOLA DE

AVENA, PRODUCTOS DE REPOSTERIA, SALSAS, SAZONADO-

RES, ADEREZOS PARA ENSALADAS, SORBETES (HELADOS).

Clase: 30. Para: AMPARAR: BEBIDAS SIN ALCOHOL, SIROPES

Y OTRAS PREPARACIONES PARA ELABORAR BEBIDAS, BA-

TIDOS, AGUA PURA, AGUAS SABORIZADAS. Clase: 32. Para:

AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de noviembre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010289-3

No. de Expediente: 2012123223

No. de Presentación: 20120177227

CLASE: 09, 16, 25, 28, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIA

DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO

de Disney Enterprises, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: un diseño identifi cado como diseño de Kanga, que

servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍ-

FICOS, NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, CINEMA-

TOGRÁFICOS, ÓPTICOS DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑA-

LIZACIÓN, DE CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y

DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUC-

CIÓN, DISTRIBUCIÓN, TRANSFORMACIÓN, ACUMULACIÓN,

REGULACIÓN O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS

DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONI-

DO O IMÁGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNÉTICOS,

DISCOS ACÚSTICOS; MECANISMOS PARA APARATOS DE

PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINA DE CAL-

CULAR, EQUIPOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS Y ORDE-

NADORES; EXTINTORES; DISCOS DE AUDIO; GRABACIONES

DE AUDIO Y VIDEO; PARLANTES DE AUDIO; BINOCULARES

(GEMELOS [ÓPTICA]); CALCULADORAS; VIDEOCÁMARAS

[CÁMCORDERS]; CÁMARAS FOTOGRÁFICAS; DISCOS COM-

PACTOS DE MEMORIA DE SÓLO LECTURA (CD-ROM); MECA-

NISMOS DE ARRASTRE DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD -ROM

DRIVES); QUEMADORES DE DISCOS [INFORMÁTICA] (CD-ROM

WRITERS); TELÉFONOS CELULARES; ACCESORIOS PARA

TELÉFONOS MÓVILES INCLUYENDO ESTUCHES PARA TELÉ-

FONOS CELULARES, CARÁTULAS PARA TELEFONOS CELU-

LARES; CHIPS [CIRCUITOS INTEGRADOS] QUE CONTENGAN

GRABACIONES MUSICALES, REPRODUCTORES DE DISCOS

COMPACTOS; REGISTRADORES DE DISCOS COMPACTOS;

DISCOS COMPACTOS; PROGRAMAS DE JUEGOS PARA

COMPUTADORAS; CARTUCHOS Y DISCOS DE JUEGOS PARA

COMPUTADORAS; ORDENADORES, COMPUTADORAS; EQUI-

POS Y ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS (HARDWARE);

TECLADOS DE ORDENADORES; MONITORES PARA

COMPUTADORAS; RATONES PARA COMPUTADORAS; DISQUE-

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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

TERAS PARA COMPUTADORAS; PROGRAMAS DE ORDENADOR

REGISTRADOS, SOFTWARE PARA COMPUTADORAS; TELÉFO-

NOS INALÁMBRICOS; IMANES DECORATIVOS; CÁMARAS

DIGITALES; DVDS; REPRODUCTORES DE DISCOS DE VIDEO

DIGITALES (DVDS); GRABADORES DE DVD; DISCOS VERSÁ-

TILES DIGITALES; DISCOS DE VIDEO DIGITALES; DISCOS

PREGRABADOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS; REPRODUC-

TORES DE DISCOS ÓPTICOS Y MAGNETO-ÓPTICOS Y GRABA-

DORAS DE AUDIO, VIDEO Y DATOS DE ORDENADORES; CA-

BLES ELÉCTRICOS Y ÓPTICOS; AGENDAS ELECTRÓNICAS

PERSONALES; ESTUCHES PARA LENTES; LENTES, ANTEOJOS;

REGLAS CALIBRADAS PARA OFICINA Y PAPELERÍA; CASCOS

(DE MÚSICA) [AUDÍFONOS]; APARATOS DE KARAOKE; MI-

CRÓFONOS; REPRODUCTORES DE SONIDO MP3; MODEMS;

ALFOMBRILLAS PARA RATONES DE COMPUTADORAS; PELÍ-

CULAS CINEMATOGRÁFICAS; GRABACIONES MUSICALES;

DISPOSITIVOS DE BUSCA PERSONAS; WALKMAN; ASISTENTES

DIGITALES PERSONALES; IMPRESORAS; RADIOS; GAFAS DE

SOL; APARATOS TELEFÓNICOS; APARATOS DE TELEVISIÓN;

CÁMARAS DE VIDEO; GRABADORES DE CASSETTES DE VIDEO;

REPRODUCTORES DE CASSETTES DE VIDEO; CARTUCHOS DE

VIDEO-JUEGOS; DISCOS PARA JUEGOS DE VIDEO; CASSETTES

DE VIDEO; VIDEO-TELÉFONOS; GRABACIONES DE VIDEO;

RADIOTELÉFONO PORTÁTIL [WALKIE-TALKIES]; ALMOHA-

DILLAS PARA APOYAR LA MUÑECA Y EL BRAZO PARA USAR

CON LAS COMPUTADORAS. Clase: 09. Para: AMPARAR: PAPEL,

CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPREN-

DIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IMPRENTA; MA-

TERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS

DE PAPELERÍA; PEGAMENTOS DE PAPELERÍA O PARA USO

DE DOMÉSTICOS; MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES;

MAQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEP-

TO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL

DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIALES PLÁSTICAS

PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES);

CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA; LIBROS

PARA DIRECCIONES; ALMANAQUES; APLICACIONES EN

FORMA DE CALCOMANÍAS; AGENDAS; OBJETOS DE ARTE

LITOGRAFIADOS; ESTUCHES PARA ARTES Y MANUALIDADES;

LIBROS PARA AUTÓGRAFOS; LIBROS PARA BEBÉS; BOLÍGRA-

FOS; TARJETAS INTERCAMBIABLES CON FIGURAS DEL

BÉISBOL; ARCHIVADORES DE DOCUMENTOS, CARTAPACIOS;

SUJETA LIBROS; SEÑALES PARA LIBROS; LIBROS; CALCO-

MANÍAS PARA CARROS; CALENDARIOS; TIRAS DE DIBUJOS

ANIMADOS; CRAYONES; TARJETAS DE FELICITACIÓN CON

MOTIVOS NAVIDEÑOS; TIZA PARA ESCRIBIR; PIZARRAS PARA

ESCRIBIR; LIBROS DE ACTIVIDADES PARA NIÑOS; SALVA-

MANTELES DE PAPEL; ÁLBUMES PARA MONEDAS; LIBROS

PARA COLOREAR; HOJAS PARA COLOREAR; LÁPICES DE

COLORES; PERIÓDICOS DE TIRAS DE DIBUJOS; TIRAS CÓMI-

CAS; LIBRETAS DE CUPONES; CALCOMANÍAS; CENTROS DE

MESA DECORATIVOS DE PAPEL; DIARIOS (PERSONALES);

REGLAS DE DIBUJO; PIZARRAS BLANCAS; SOBRES [PAPELE-

RÍA]; BORRADORES; PLUMONES; TARJETAS IMPRESAS;

TARJETAS DE REGALO; PAPEL PARA ENVOLVER REGALOS;

GLOBOS TERRESTRES; TARJETAS DE FELICITACIÓN; LIBROS

DE HUÉSPEDES; REVISTAS [PERIÓDICOS]; MAPAS GEOGRÁ-

FICOS; MARCADORES; CUBOS DE PAPEL PARA NOTAS; AR-

CILLA PARA MODELAR, PLASTILINA; CIRCULARES; BOLETI-

NES (PERIÓDICOS); PAPEL DE NOTAS; LIBRETAS; PAPEL PARA

CUADERNOS; CUADROS [PINTURAS] ENMARCADOS O NO;

BANDERAS [DE PAPEL]; OBJETOS DE PAPEL PARA FIESTAS;

SOMBREROS DE PAPEL PARA FIESTAS; DECORACIONES DE

PAPEL PARA PASTELES; DECORACIONES DE PAPEL PARA

FIESTAS; SERVILLETAS DE MESA [DE PAPEL]; BOLSAS DE

PAPEL PARA FIESTAS; PISAPAPELES; LAZOS DE PAPEL [PA-

PELERÍA]; BANDERINES [DE PAPEL]; TAPETES DE PAPEL;

MANTELES DE PAPEL; FORROS DE PLÁSTICO PARA MESA;

PORTA-PLUMAS Y PORTA-LAPICES; LÁPICES; SACAPUNTAS,

ELÉCTRICOS O NO; PLUMIERES, ESTUCHES PARA LAPICEROS

Y LÁPICES; LAPICEROS, PLUMAS [ARTÍCULOS DE OFICINA];

PERIÓDICOS; ÁLBUMES PARA FOTOGRAFÍAS; CUADROS

IMPRESOS, LAMINAS [GRABADOS]; LIBROS ILUSTRADOS;

RETRATOS; TARJETAS POSTALES; CARTELES; DIPLOMAS

IMPRESOS; CERTIFICADOS IMPRESOS; INVITACIONES IMPRE-

SAS; MENÚS IMPRESOS; LIBROS DE RECETAS; SELLOS PARA

ESTAMPILLAR; TARJETAS IMPRESAS PARA ANOTAR CUENTAS

O PUNTAJES; ÁLBUMES DE ESTAMPILLAS Y SELLOS; ENGRA-

PADORAS; ADHESIVOS [ARTÍCULOS DE PAPELERÍA], CARTAS

INTERCAMBIABLES; REGLAS NO CALIBRADAS; PAPEL DE

CARTAS; INSTRUMENTOS PARA ESCRIBIR; BRILLANTINA

(GLITTER). Clase: 16. Para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR,

CALZADO, INCLUYENDO ZAPATOS ATLÉTICOS, BOTAS, ZA-

PATILLAS [PANTUFLAS], SANDALIAS; ARTÍCULOS DE SOM-

BRERERÍA, INCLUYENDO TOCADOS [SOMBRERERÍA], SOM-

BREROS; FULARES PARA EL CUELLO; CACHUCHAS; ALBOR-

NOCES DE BAÑO, VESTIDOS DE PLAYA; ROPA PARA LA

PLAYA; CINTURONES [VESTIMENTA]; BABEROS QUE NO SEAN

DE PAPEL; BIKINIS; CHAQUETAS, INCLUYENDO CHAQUETAS

CASUALES; CORBATINES; SOSTENES [SUJETADORES]; GO-

RRAS; CHAPARRERAS; ABRIGOS; VESTIDOS; OREJERAS

[VESTIMENTA]; GUANTES; TRAJES DE DISFRACES PARA

HALLOWEEN; BANDAS PARA LA CABEZA [VESTIMENTA];

PRENDAS DE PUNTO, CALCETERÍA; ROPA PARA INFANTES;

JERSEYS [PARA VESTIR]; PAÑUELOS DE CUELLO; LEOTARDOS;

CALENTADORES PARA LAS PIERNAS; MITONES; CORBATAS;

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

CAMISONES; BATAS (GUARDAPOLVOS) PIJAMAS; CALZON-

CILLOS, PANTALONES, INCLUYENDO PANTALONES DE LONA

O DE MEZCLILLA, PANTALONES CORTOS, PANTALONES

CASUALES, PANTALONES PARA EJERCICIO; PANTI MEDIAS;

PONCHOS; ROPA IMPERMEABLE; BATAS; BUFANDAS; CAMI-

SAS INCLUYENDO CAMISAS PARA DORMIR, CAMISAS CON

CUELLO Y MANGAS CORTAS UTILIZADAS PARA PRACTICAR

EL GOLF, CAMISAS CON CUELLO Y MANGAS CORTAS, CAMI-

SAS TIPO SUDADERAS, CAMISAS DESMANGADAS; FALDAS;

ROPA DE DORMIR; CALCETINES; MEDIAS; SUÉTERES; TRAJES

DE BAÑO [BAÑADORES]; PANTIS [MEDIAS COMPLETAS O

LEOTARDOS], MEDIAS DE MALLA; CAMISETAS [DE MANGA

CORTA]; ROPA INTERIOR; CHALECOS; PUÑOS [PARA VESTIR],

BANDAS MUÑEQUERAS. Clase: 25. Para: AMPARAR: JUEGOS Y

JUGUETES; ARTÍCULOS DE GIMNASIA Y DEPORTE NO COM-

PRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ADORNOS PARA ÁRBOLES

DE NAVIDAD; JUEGOS DE ACCIÓN Y DESTREZA; MUÑECOS

CON MOVIMIENTO Y SUS ACCESORIOS; JUEGOS DE MESA;

CARTAS PARA JUEGOS; JUGUETES PARA ACTIVIDADES MÚL-

TIPLES; ESTUCHES DE JUEGOS DE BADMINTON; GLOBOS;

BATES PARA JUGAR BÉISBOL; PELOTAS DE BALONCESTO;

JUGUETES PARA EL BAÑO; PELOTAS DE BÉISBOL; PELOTAS

PARA LA PLAYA; FIGURAS RELLENAS DE BOLITAS QUE

SIRVEN PARA JUGAR; BLOQUES DE CONSTRUCCIÓN [JUGUE-

TES]; BOLAS DE BOLICHE; ESTUCHES DE PALETAS (BURBU-

JEROS) Y SOLUCIÓN PARA HACER BURBUJAS; GUANTES DE

BÉISBOL; JUEGOS DE AJEDREZ; COSMÉTICOS DE JUGUETE

PARA NIÑOS; ADORNOS EN FORMA DE MEDIAS O CALCETAS

DECORATIVAS CON MOTIVOS NAVIDEÑOS (DE JUGUETE);

FIGURAS DE JUGUETE PARA COLECCIONAR; MÓVILES PARA

CUNAS; JUGUETES PARA CUNAS; JUGUETES EN FORMA DE

DISCOS PARA LANZAR, DISCOS VOLANTES; MUÑECOS, IN-

CLUYENDO MUÑECOS DE TRAPO; VESTIDOS DE MUÑECOS;

ACCESORIOS DE MUÑECOS; SETS DE JUEGOS PARA MUÑECOS;

JUGUETES ELÉCTRICOS DE ACCIÓN; ESTUCHES VENDIDOS

COMO UNIDADES PARA JUEGOS DE CARTAS; APAREJOS DE

PESCA; PELOTAS DE GOLF; GUANTES DE GOLF; MARCADORES

DE PELOTAS DE GOLF; JUEGOS ELECTRÓNICOS PORTÁTILES

O DE MANO; PUCKS DE HOCKEY (QUE SE USAN EN EL JUEGO

DE HOCKEY EN VEZ DE PELOTAS); JUGUETES INFLABLES;

ROMPECABEZAS; CUERDAS PARA SALTAR; PISCUCHAS;

JUEGOS DE TRUCOS MÁGICOS; CANICAS PARA JUGAR; JUE-

GOS DE MANIPULEO; JUGUETES MECÁNICOS; CAJAS DE

MÚSICA DE JUGUETE; JUGUETES MUSICALES; JUEGOS DE

SALÓN; OBSEQUIOS PARA FIESTAS, EN LA FORMA DE JUGUE-

TES PEQUEÑOS; JUEGOS PARA FIESTAS; JUEGOS DE CARTAS

[NAIPES]; JUGUETES DE PELUCHE; PELOTAS DE BOXEO;

MARIONETAS, TÍTERES; PATINES DE RUEDA; TABLAS (SNOW-

BOARDS); BOLAS O GLOBOS DE NIEVE; PELOTAS DE GOMA;

MONOPATINES; PELOTAS DE FÚTBOL; PEONZAS [JUGUETES];

JUGUETES QUE SE COMPRIMEN; PELUCHES AFELPADOS

[JUGUETES], INCLUYENDO OSOS DE PELUCHE; MESAS PARA

PING-PONG [TENIS DE MESA]; JUEGOS DE PUNTERÍA; PELOTAS

DE TENIS; FIGURAS DE JUGUETE CON MOVIMIENTO; JUEGO

DE PALAS Y CUBETAS DE JUGUETE; MÓVILES [JUGUETES];

VEHÍCULOS DE JUGUETE; MONOPATINETAS NO MOTORIZA-

DAS, PATINETES; CARROS DE JUGUETE; ESTUCHES DE JU-

GUETE CON MODELOS DE MANUALIDADES; FIGURITAS

(ESTATUILLAS) DE JUGUETE; ALCANCÍAS DE JUGUETE; CA-

MIONES DE JUGUETE; RELOJES DE JUGUETE; JUGUETES QUE

TIRAN CHORROS DE AGUA; JUGUETES DE CUERDA; YO-YOS.

Clase: 28. Para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVI-

CIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y

CULTURALES; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO Y JUEGOS

EN LÍNEA [DESDE UNA RED INFORMÁTICA]; SERVICIOS DE

PRODUCCIÓN, PRESENTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y RENTA DE

PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS; SERVICIOS DE PRODUC-

CIÓN, PRESENTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y RENTA DE PROGRA-

MAS DE RADIO Y TELEVISIÓN; SERVICIOS DE PRODUCCIÓN,

PRESENTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y RENTA DE GRABACIONES

DE SONIDO Y VÍDEO; SERVICIOS INFORMATIVOS SOBRE

ESPARCIMIENTO; ENTRETENIMIENTO INTERACTIVO EN LI-

NEA; SERVICIOS DE PRODUCCIÓN DE ESPECTÁCULOS DE

ENTRETENIMIENTO Y PROGRAMAS INTERACTIVOS PARA

DISTRIBUIRSE VÍA TELEVISIÓN, CABLE, SATÉLITE, MEDIOS

DE AUDIO Y VÍDEO, CARTUCHOS, DISCOS LÁSER, DISCOS

PARA COMPUTADORAS Y MEDIOS ELECTRÓNICOS; SERVI-

CIOS DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS DE PROVISIÓN DE ES-

PARCIMIENTO, NOTICIAS E INFORMACIÓN VÍA REDES DE

COMUNICACIÓN Y REDES DE COMPUTADORAS; SERVICIOS

DE PARQUES DE DIVERSIONES Y PARQUES TEMÁTICOS;

PROVISIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS Y DE ESPARCIMIEN-

TO RELACIONADOS O PRESTADOS EN O CON PARQUES TE-

MÁTICOS; PRESENTACIONES ESCÉNICAS EN VIVO; PRESEN-

TACIONES DE ACTUACIONES EN VIVO; PRODUCCIONES

TEATRALES; SERVICIOS DE ANIMADORES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día cuatro de diciembre del año dos

mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de noviembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010293-3

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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 17 de Marzo de 2015.

No. de Expediente: 2015141511

No. de Presentación: 20150213655

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado TOMAS ENRIQUE MEDRANO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MEDRANO FLORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MEFLOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: PRO-

DUCTOS DE PANADERIA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010294-3

No. de Expediente: 2015141507

No. de Presentación: 20150213647

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado TOMAS

ENRIQUE MEDRANO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de MEDRANO FLORES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: MEFLOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-TO,

Consistente en: la palabra Panda y diseño, que servirá para: AM-PARAR: PAN DULCE RELLENO DE JALEA DE FRUTA SABOR FRESA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de febrero del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciocho de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010295-3

No. de Expediente: 2015140861

No. de Presentación: 20150212179

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LORENA

ALEXANDRA RODRIGUEZ DUQUE, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de KELLOGG COMPANY, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

ZUCARITAS NUTRI CRISP

Consistente en: las palabras ZUCARITAS NUTRI CRISP que se

traducen al castellano como Zucaritas nutri crujiente, que servirá para:

AMPARAR: CEREALES PARA EL DESAYUNO; PRODUCTO

ALIMENTICIO A BASE DE CEREALES PARA SER UTILIZADO

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 406

COMO UN ALIMENTO PARA EL DESAYUNO, BOTANAS O INGREDIENTES PARA HACER OTRAS COMIDAS; BOTANAS A BASE DE CEREALES; BARRAS DE CEREAL; PREPARACIONES HECHA DE CEREALES. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de enero del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil quince.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010299-3

No. de Expediente: 2014135705

No. de Presentación: 20140201720

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LORENA ALEXANDRA RODRIGUEZ DUQUE, en su calidad de APODERADO de KELLOGG COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

NUTRICIÓN A TUALCANCE

Consistente en: las palabras NUTRICIÓN A TU ALCANCE, que servirá para: AMPARAR: CEREALES PARA EL DESAYUNO, PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES; BARRAS CEREALES; BOTANAS A BASE DE CEREALES; GALLETAS; MUESLI. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C010300-3

No. de Expediente: 2014138232

No. de Presentación: 20140207031

CLASE: 16, 35, 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado STEPHANIE

VANESSA MONTOYA DE MORALES, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO,

Consistente en: las palabras The Green PARTY Shop y diseño

que se pueden traducir al castellano como La tienda verde de fi estas,

que servirá para: AMPARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE

ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES;

PRODUCTOS DE IMPRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNA-

CIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS

(PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO;

MATERIAL PARA ARTISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE

ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EX-

CEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR

(NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE

IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPRENTA. EN ESPECIAL, PAPELERÍA

PARA FIESTAS. Clase: 16. Para: AMPARAR: COMERCIALIZACIÓN

DE PRODUCTOS PARA FIESTAS. Clase: 35. Para: AMPARAR: EDU-

CACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO;

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. EN ESPECIAL,

ORGANIZACIÓN DE FIESTAS Y RECEPCIONES, ALQUILER DE

DECORADOS, ALQUILER DE MATERIAL PARA JUEGOS. Clase:

41.

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de septiembre del año dos mil catorce.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F045728-3

Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.

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