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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 377 SAN SALVADOR, LUNES 12 DE NOVIEMBRE DE 2007 NUMERO 210 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4 5 5 5-6 6 7-45 46-47 Pág. 47-51 52-64 65 66-70 70-72 73-95 96 96 ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 461.- Exonérase del pago de impuestos la introducción al país de un donativo a favor de la Asociación Cadena Cristiana de Difusión Club 700 de El Salvador . ........... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-1290.- Se autoriza el cambio de nombre del Colegio Jardín del Conocimiento, por Colegio William Mckinley . ................................................................................... Acuerdo No. 15-1343.- Ampliación de servicios en el Colegio Cuyagualo, ubicado en el municipio de Colón. ........... Acuerdos Nos. 15-1387 y 15-1448.- Reconocimiento de estudios académicos................................................................... MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL RAMO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL Acuerdo No. 1030.- Se autorizan gastos por el desempeño de misiones oficiales. ................................................................. Acuerdo No. 1108.- Norma Técnica de Prevención y Control del Dengue. ................................................................................ ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1290-D, 1569-D, 1636-D, 1683-D, 1729-D, 1822-D y 1839-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas...................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decretos Nos. 1 y 7.- Ordenanzas transitorias de exención de intereses y multas provenientes de deuda por tasas e impuestos a favor de los municipios de San Juan Nonualco y San Pedro Nonualco, respectivamente. ....................................................... Decreto No. 2.- Ordenanza reguladora de las tasas por servicios municipales de San Simón, departamento de Morazán. .................................................................................... Decreto No. 8.- Interpretación y reforma a la ordenanza de creación y aplicación de la contribución especial para realizar las actividades de las fiestas en el municipio de Santa Tecla..... Decretos Nos. 9 y 11.- Ordenanzas “Reguladora de la comercialización de productos pirotécnicos” y “Reguladora de los medios de pago permitidos para solventar deudas”, del municipio de Santa Tecla. .......................................................... Decreto No. 10.- Modificación al presupuesto municipal de la ciudad de Santa Tecla. ....................................................... Estatutos de las Asociaciones “Comunal de Iglesias Evangélicas del Municipio de Moncagua”, “Comité de Desarrollo Local del Municipio deVictoria”, “Comité de Desarrollo Municipal de Dolores” y “Comunal Residencial La Esperanza”, Acuerdos Nos. 2, 3, 5 y 19.1, emitidos por las Alcaldías Municipales de Moncagua, Victoria, Dolores y San Salvador, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ........................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratorias de Herencias Cartel No. 1137.- Marlene Carolina Cerón Mejía (1 vez). Cartel No. 1138.- Dominga Barahona y otros (1 vez) ......

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 377 SAN SALVADOR, LUNES 12 DE NOVIEMBRE DE 2007 NUMERO 210

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

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ORGANO LEGISLATIVO Decreto No. 461.- Exonérase del pago de impuestos la introducción al país de un donativo a favor de la Asociación Cadena Cristiana de Difusión Club 700 de El Salvador. ...........

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-1290.- Se autoriza el cambio de nombre del Colegio Jardín del Conocimiento, por Colegio William Mckinley. ...................................................................................

Acuerdo No. 15-1343.- Ampliación de servicios en el Colegio Cuyagualo, ubicado en el municipio de Colón. ...........

Acuerdos Nos. 15-1387 y 15-1448.- Reconocimiento de estudios académicos...................................................................

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

RAMO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

Acuerdo No. 1030.- Se autorizan gastos por el desempeño de misiones ofi ciales. .................................................................

Acuerdo No. 1108.- Norma Técnica de Prevención y Control del Dengue. ................................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1290-D, 1569-D, 1636-D, 1683-D, 1729-D, 1822-D y 1839-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas......................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decretos Nos. 1 y 7.- Ordenanzas transitorias de exención de intereses y multas provenientes de deuda por tasas e impuestos a favor de los municipios de San Juan Nonualco y San Pedro Nonualco, respectivamente. .......................................................

Decreto No. 2.- Ordenanza reguladora de las tasas por servicios municipales de San Simón, departamento de Morazán. ....................................................................................

Decreto No. 8.- Interpretación y reforma a la ordenanza de creación y aplicación de la contribución especial para realizar las actividades de las fi estas en el municipio de Santa Tecla. ....

Decretos Nos. 9 y 11.- Ordenanzas “Reguladora de la comercialización de productos pirotécnicos” y “Reguladora de los medios de pago permitidos para solventar deudas”, del municipio de Santa Tecla. ..........................................................

Decreto No. 10.- Modifi cación al presupuesto municipal de la ciudad de Santa Tecla. .......................................................

Estatutos de las Asociaciones “Comunal de Iglesias Evangélicas del Municipio de Moncagua”, “Comité de Desarrollo Local del Municipio de Victoria”, “Comité de Desarrollo Municipal de Dolores” y “Comunal Residencial La Esperanza”, Acuerdos Nos. 2, 3, 5 y 19.1, emitidos por las Alcaldías Municipales de Moncagua, Victoria, Dolores y San Salvador, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ...........................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratorias de Herencias Cartel No. 1137.- Marlene Carolina Cerón Mejía (1 vez). Cartel No. 1138.- Dominga Barahona y otros (1 vez) ......

Page 2: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

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Cartel No. 1139.- María Tráncito Escobar Herrera (1vez) Cartel No. 1140.- Samuel Silva Fuentes (1 vez) ...............

Aceptación de Herencias Cartel No. 1141.- Estela del Carmen Paulino de Raymundo y otros (3 alt.) ............................................................................. Cartel No. 1142.- Oscar Lorenzo González y otro (3 alt.). Cartel No. 1143.- Angela Flores (3 alt.)............................

Títulos Supletorios Cartel No. 1144.- María Ester Molina (3 alt.)...................

Edicto de Emplazamiento Cartel No. 1145.- Ing. José Ramón Rousselin Méndez (1vez) ......................................................................................... Cartel No. 1146.- Salomón Miguel Arévalo Ordóñez (1vez) .........................................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia Cartel No. 1130.- María Santos López y otros (3 alt.)......

Herencia Yacente Cartel No. 1131.- Oscar Armando León Guerra, se nombra curador al Lic. Héctor Orlando Molina (3 alt.) ..........................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencias Cartel No. 1113.- Osmín Alexander Paiz Marroquín y otros (3 alt.) ......................................................................................... Cartel No. 1114.- Belky Gloribel González Alfaro (3 alt.) Cartel No. 1115.- Jeamy Azucena Portillo Moya y otro (3alt.) .......................................................................................... Cartel No. 1116.- Reynaldo Adonay Amaya Hernández y otro (3 alt.) ................................................................................. Cartel No. 1117.- Amalia de los Santos Arévalo y otros (3alt.) ..........................................................................................

Herencia Yacente Cartel No. 1119.- Milton Wilfredo Morán Martínez, se nombra curador al Lic. Napoleón Humberto Zambrano (3 alt.).

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratorias de Herencias Carteles Nos. C014147, C014150, C014157, C014159, C014180, C014188, F025904, F025910, F025912, F025925, F025938, F025945, F025947, F025948, F025969, F025981, F025986, F025992, F026018, F026024, F026029, F026045, F026082, F026091, F026103, F026104, F026111, F026115. ...

Aceptación de Herencia Carteles Nos. F025897, F025911, F025971, F026049, F026063, F026066, F026067, F026117, C014151, C014154, C014155, C014184, C014225, C014227, C014229, F025908, F025936, F025946, F026027, F026046, F026064, F026095, F026098, F026099, F026100, F026105, F026108, F025994, F025996, F025997, F026069, F026088.....................................

Herencia Yacente Cartel No. F025961...........................................................

Títulos de Propiedad Carteles Nos. F026089, C014178, F026109, F026110.....

Títulos Supletorios Carteles Nos. C014160, C014179, F025903, F025908, F026025, F026031, F026077, C014185, F025942, F025952, F025979, F026102. ....................................................................

Juicios de Ausencia Carteles Nos. C014144, F025901, F025960, F025962, F025963, F025964, F026023, F026025.....................................

Muerte Presunta Cartel No. C014244. .........................................................

Renovación de Marcas Carteles Nos. C014176, C014204, C014207, C014210, C014212, C014215, C014217, C014219, C014221, C014223, C014224, C014226, C014228, C014230, C014231, F025929, F025931, F026020, F026058.....................................................

Marcas de Fábrica Carteles Nos. C014161, C014175, F025905, F025924, F025926, F025928, F026009, F026010, F026012, F026013, F026016, F026059, F026060.....................................................

Nombre Comercial Carteles Nos. C014171, F025923, F026028, F026030, F026054, F026057. ....................................................................

Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. C014152, C014167, C014168, C014169, C014170, C014173, F026114. ...................................................

Matrículas de Comercio Carteles Nos. C014145, C014148, C014149, C014156, C014177, C014183, F025887, F025909, F025978, F026036, F026037, F026113. ....................................................................

Subastas Públicas Carteles Nos. C014158, F025898, F025913, F025953, F025954, F025955, F025956, F025957, F025958, F025959, F025965, F025966, F025982.....................................................

Reposición de Certifi cados Carteles Nos. C014181, F026035. ....................................

Frecuencias de Uso Cartel No. F025983...........................................................

Marca Industrial Carteles Nos. C014189, C014191, C014193, C014194, C014195, C014196, C014197, C014199, C014200, C014206, C014208, C014209, C014213, C014218, C014220. .................

Marcas de Servicios Carteles Nos. C014172, C014186, C014187, C014190, C014192, C014201, C014202, C014203, C014205, C014211, C014214, C014216, C014222, F026055, F026090. ..................

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DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencias Carteles Nos. C014095, F025545, F025554, F025561, F025565, F025568, F025573, F025581, F025630, F025665, F025768. ....................................................................................

Títulos de Propiedad Carteles Nos. C014098, F025600, F025677, F025697.....

Títulos Supletorios Carteles Nos. F025564, F025596......................................

Renovación de Marcas Carteles Nos. C014087, C014088, C014089, C014090, C014091, C014092, C014099. ..................................................

Marcas de Fábrica Carteles Nos. C014063, C014065, C014067, C014069, C014070, C014071, C014073, C014074, C014075, C014076, C014077, C014078, C014079, C014080, C014081, C014082, C014083, C014084, C014085, C014101, F025653, F025654. .

Nombre Comercial Carteles Nos. C014058, C014059.....................................

Matrículas de Comercio Carteles Nos. C014055, C014093, F025571, F025603, F025647. ....................................................................................

Subastas Públicas Carteles Nos. C014094, F025551, F025598, F025621.....

Reposición de Certifi cados Carteles Nos. F025593, F025668, F025669, F025670, F025671. ....................................................................................

Aumento de Capital Cartel No. F025681...........................................................

Aviso de Cobro Cartel No. F025465...........................................................

Marca Industrial Cartel No. C014086. .........................................................

Título Municipal Carteles Nos. F025548, F025563, F025658. ....................

Otros Cartel No. F025594...........................................................

Marcas de Servicios Carteles Nos. C014060, C014061, C014062, C014064, C014066, C014068, C014072, C014100...................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencias Carteles Nos. C014004, C014006, C014032, F025136, F025146, F025166, F025170, F025172, F025176, F025178, F025182, F025196, F025197, F025236, F025242, F025273, F025274, F025552. ....................................................................

Títulos Supletorios Carteles Nos. C014002, C014003, C014005, C014007, C014027.....................................................................................

Título de Dominio Cartel No. F025225...........................................................

Renovación de Marcas Carteles Nos. F025250, F025251, F025252, F025254, F025339, F025340, F025341, F025342.....................................

Marcas de Fábrica Carteles Nos. C013993, C013994, C014018, C014019, C014020, C014021, C014031, F025243, F025244, F025246, F025247, F025331, F025332, F025334, F025335, F025336, F025337. ....................................................................................

Nombre Comercial Carteles Nos. C013996, C013997, C014012, C014022, C014023, C014024, F025314. ...................................................

Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. C014009, F025338. ....................................

Matrículas de Comercio Carteles Nos. C013989, C013990, C013991, C013995, C014000, C014001, C014011, C014013, C014014, C014026, F025144, F025161. ....................................................................

Convocatorias Carteles Nos. C014008, F025253, F025255, F025291, F025294. ....................................................................................

Subastas Públicas Carteles Nos. F025171, F025173, F025174, F025175, F025177, F025179, F025180, F025185, F025188, F025189, F025191, F025193, F025198, F025200, F025218, F025239, F025277, F025284, F025285, F025287, F025289, F025310, F025318. ....................................................................................

Reposición de Certifi cados Carteles Nos. C013992, C013999, F025278. ...................

Balances de Liquidación Cartel No. F025214...........................................................

Fusión de Sociedades Carteles Nos. F025296, F025297, F025301, F025302 .....

Título Municipal Cartel No. F025156...........................................................

Títulos de Predio Urbano Carteles Nos. F025256, F025257......................................

Marcas de Servicios Carteles Nos. C014015, C014016, C014017, F025248, F025327, F025328, F025330, F025333.....................................

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DECRETO No. 461.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Asociación Cadena Cristiana de Difusión Club 700 de El Salvador, es una entidad religiosa, apolítica, no lucrativa, cuyos objetivos son predicar el santo evangelio de nuestro Señor Jesucristo, brindar servicio social a la comunidad salvadoreña, atendiendo sus necesidades espirituales, físicas y materiales.

II. Que, para el cumplimiento de sus objetivos, les han otorgado un lote de Medicamentos y otros artículos, que serán distribuidos entre las personas necesitadas del país.

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del donativo en mención.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: Mario Antonio Ponce López, Alex René Aguirre Guevara, José Orlando Arévalo Pineda, Luis Roberto Angulo Samayoa, Juan Héctor Jubis Estrada, José Vidal Carrillo Delgado y María Julia Castillo Rodas.

DECRETA:

Art. 1. Exonérase del pago de impuesto, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país de un lote de medicamentos y otros artículos que les han sido donados los cuales se detallan a continuación: dos (2) plataformas con 3,312 cajas individuales totales de Esotérica para el día con Bloqueador solar 70 g. (Hydroquinone 2.0 %; Octyl Dimethyl PABA 3.3 %; Benzophenone-32.5 %); cuatro (4) plataformas con 8,800 cajas individuales totales de Loprox Antimicótico (Ciclopirox); una (1) plataforma con 408 cajas individuales totales de Plexion Plexion Paños de Limpieza 60ct; cinco (5) plataformas con 6,000 cajas individuales de Triaz Cleanser (Benzoyl Peroxide 3%/6%/9%); quince (15) plataformas con 12,548 cajas individuales de Triaz Padas 60 ct (Benzoyl Preoxide 3%/6%/9%); tres (3) plataformas con 9,817 cajas individuales de Crema Vanos (Fuocinide 1 %) 60g; cinco (5) plataformas con 17,902 bolsas individuales de Aspercreme Parche para Espalda y Cuerpos 10” x 14” (3 patches) Trolamine Salicylate 10 %; tres (3) plataformas con 7,166 cajas individuales de Envolventes para colocar Ice-Hot Pads sobre rodillas y piernas; y una (1) plataforma con 23 empaques de 48 unidades cada una, resultando en 1,104 botellas de Solodyn ER tablests 45 mg (Monocycline HCL), a favor de la Asociación Cadena Cristiana de Difusión Club 700 de El Salvador, el cual será distribuido entre las personas más necesitadas del país. En cuanto al impuesto a la Trans-ferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), se estará a lo dispuesto en el Art. 45, literal e) de la Ley que rige dicho impuesto.

La exención concedida, es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fi scales respectivos. Asimismo, los repre-sentantes de la mencionada Asociación deberán representar a esta Asamblea un informe debidamente auditado de la distribución de los bienes a que se refi ere este Decreto. Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. DADO EN EL SALÓN AZUL DEL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil siete.

RUBEN ORELLANA,PRESIDENTE.

ROLANDO ALVARENGA ARGUETA, FRANCISCO ROBERTO LORENZANA DURAN, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

JOSE RAFAEL MACHUCA ZELAYA, RODOLFO ANTONIO PARKER SOTO, VICEPRESIDENTE. VICEPRESIDENTE.

ENRIQUE ALBERTO LUIS VALDES SOTO, MANUEL ORLANDO QUINTEROS AGUILAR, SECRETARIO. SECRETARIO.

JOSE ANTONIO ALMENDARIZ RIVAS, NORMAN NOEL QUIJANO GONZALEZ, SECRETARIO. SECRETARIO.

ZOILA BEATRIZ QUIJADA SOLIS,SECRETARIA.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil siete.

PUBLIQUESE,

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

WILLIAM JACOBO HÁNDAL HÁNDAL,

MINISTRO DE HACIENDA.

ORGANO LEGISLATIVO

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ACUERDO No. 15-1290.

San Salvador, 03 de octubre de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que se ha tenido a la vista la Certifi cación del Acta No. 237, Punto III, de fecha 28 de septiembre de 2007, emitida por la Comisión Nominadora de Centros Educativos, en la que consta que ésta aprobó el Cambio de Nombre del Centro Educativo Privado COLEGIO JARDÍN DEL CONOCIMIENTO, con el nombre COLEGIO “WILLIAM MCKINLEY”, ubicado en Colonia San Mateo, Avenida La Floresta Nº 18, de la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador. POR TANTO ACUERDA: 1) Autorizar a partir de 3 de octubre de 2007, el Cambio de Nombre del Centro Educativo Privado COLEGIO JARDÍN DEL CONOCI-MIENTO, con el nombre COLEGIO “WILLIAM MCKINLEY”; 2) Ratifi car el Código Nº 21278. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F025896)

ACUERDO No. 15-1343.

San Salvador, 11 de octubre de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Ampliación de los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Media en las modalidades del Bachillerato General y el Técnico Vocacional Comercial opción Secretariado y Contaduría, jornada diurna, del Centro Educativo Privado COLEGIO “CUYAGUALO”, ubicado en Km. 25, carretera a Sonsonate, Municipio de Colón, departamento de La Libertad; II) Que en inspección realizada el 10 de julio de 2007, en las instalaciones del citado centro educativo, se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2007, la Ampliación en el Nivel de Educación Media en las modalidades del Bachillerato General y el Técnico Vocacional Comercial opción Secretariado y Contaduría, jornada diurna; en el Centro Educativo Privado COLEGIO “CUYAGUALO”; 2) Ratifi car como Directora a la Profesora Gloria Araceli Lemus de Montoya. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F025933)

ACUERDO Nº 15-1387.

San Salvador, 12 de octubre de 2007.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación

Superior, se ha presentado JOSE SAUL MEJIA ORELLANA, solicitando que se le reconozca el grado académico de LICENCIADO EN TEOLO-

GIA, obtenido en EL SEMINARIO MAYOR “NUESTRA SEÑORA DE SUYAPA”, EN LA REPUBLICA DE HONDURAS, en el año 2006; lo

anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II)

Que habiéndose examinado la documentación presentada a esta Dirección, el Departamento de Formación Docente, ha emitido el Dictamen Técnico

favorable para el Reconocimiento del título académico mencionado en el numeral anterior; III) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de

Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país ratifi cado y vigente, procede dicho Reconocimiento.

POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUER-

DA: 1º) Reconócese la validez académica de los estudios de LICENCIADO EN TEOLOGIA, realizados por JOSE SAUL MEJIA ORELLANA, en

la República de Honduras; 2º) Tiénese por incorporado a JOSE SAUL MEJIA ORELLANA, como LICENCIADO EN TEOLOGIA, en nuestro país;

3º) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la

instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUE-

SE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F025894)

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACION

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ACUERDO No. 15-1448.

San Salvador, 23 de octubre de 2007.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Jefatura de Acreditación se ha presentado JOSUÉ AKIMI NÁJERA MEJÍA C/P JOSUÉ A. NÁJERA solicitando INCORPORACION de su Diploma de High School, extendido por el Edward P Yorke High School de Belice en el año 2006. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Reconocer los estudios de High School realizados por JOSUÉ AKIMI NÁJERA MEJÍA C/P JOSUÉ A. NÁJERA en Belice, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato General. COMUNIQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F025935)

ACUERDO No. 1030.

San Salvador, 16 de octubre de 2007,

De acuerdo a lo establecido en los Artículos No. 14 y 16 del Reglamento General de Viáticos y al Instructivo No. 5.060 del Ministerio de Hacienda

y con presencia del ofi cio No. 0844 de fecha 9 de octubre del corriente año, emitido por la Presidencia de la República, por medio del cual concede

misión ofi cial a favor del Dr. José Ernesto Navarro Marín, Viceministro de Salud, para asistir al evento “Actividades en la VII Semana Binacional

de Salud (SBS) Evento Inaugural y Foro Binacional de Políticas Públicas en Salud y Migración”, realizado en Los Angeles, California del 13 al 17

de octubre del corriente año: el Organo Ejecutivo, en el Ramo de Salud Pública y Asistencia Social ACUERDA: Autorizar al Encargado del Fondo

Circulante de Monto Fijo de este Ministerio, para que a la presentación del recibo correspondiente debidamente legalizado, cancele las cantidades que

se detallan en concepto de gastos de viaje y viáticos, así:

Dr. José Ernesto Navarro Marín

2007 -3200-3-01-01-21-1-54404

Gastos de viaje

1 cuota ida (13/10/07) $ 225.00 $ 337.50

1/2 cuota regreso (17/10/07) $ 112.50

Viáticos

3 días por $ 225.00 $ 675.00

(del 14 al 16/10/07)

TOTAL $ 1,012.50

COMUNIQUESE:

DR. JOSÉ GUILLERMO MAZA BRIZUELA,

MINISTRO.

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIALRAMO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

San Salvador, 6 de noviembre del año 2007.

ACUERDO No. 1108

EL RAMO DE SALUD PÚLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad a lo establecido en el Código de Salud en su Art. 40, corresponde

al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, establecer, planificar y ejecutar la

política nacional en materia de salud, dictar las normas pertinentes, organizar, coordinar

y evaluar la ejecución de las actividades relacionadas con la salud.

2. Que de conformidad a lo establecido en el Art. 79 del mismo Código el Ministerio debe

dictar las medidas que correspondan para proteger a la población contra los insectos,

roedores, perros u otros animales que pudieran transmitir enfermedades al ser humano

o alterar su bienestar.

3. Que con base a lo antes descrito, se hace necesario regular las acciones para la

prevención, control y atención de la enfermedad del dengue, así como establecer los

criterios, estrategias y técnicas operativas para tal fin.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales

ACUERDA:

Dictar la siguiente:

NORMA TECNICA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL DENGUE

TÍULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ACUERDO No. 1108

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Objeto de la Norma:

Art. 1.- La presente norma tiene como objeto regular las acciones para la prevención y control

de la enfermedad del dengue, así como establecer los criterios, estrategias y técnicas

operativas en relación a la vigilancia con el propósito de disminuir la morbimortalidad

ocasionada por la misma.

Ámbito de Aplicación:

Art. 2.- Están sujetas a la aplicación y el cumplimiento de la presente Norma toda la persona

natural ó jurídica, pública, autónoma y privada.

Autoridad Competente:

Art. 3.- La Autoridad competente para la aplicación de la presente Norma es el Ministerio de

Salud Pública y Asistencia social, en adelante el MSPAS, a través de sus Niveles Regionales y

Locales.

Definiciones

Art. 4.- Para los efectos de la presente norma se entenderá por:

1. Aedes Aegypti: Término utilizado para denominar al agente etiologico del Dengue;

perteneciente al orden Díptera, de la familia Culicidae, subfamilia Culicinae, tribu Aedini

constituida por 41 subgéneros y 1019 especies mundiales.

2. Agente Infeccioso: Se define al elemento patógeno biológico, que puede causar la

enfermedad. Los más importantes para la salud son: virus, dickettsias, bacterias,

protozoarios, hongos, y helmintos.

3. Ambiente: Es el medio circundante en que nacen, crecen, se reproducen y mueren los

seres vivos y en el que se relacionan con todos los elementos físicos, químicos,

biológicos y sociales que lo constituyen.

4. Arbovirosis: Infección viral causada por arbovirus.

5. Arbovirus: acrónimo del inglés arthropod-borne que significa “transportado por

artrópodos”.

6. Artrópodo: Son seres invertebrados con apéndices provistos de piezas articuladas.

7. Caso confirmado dengue clásico o caso confirmado de fiebre por dengue: Toda

persona que cumpla la definición de caso sospechoso de dengue clásico más: prueba

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

de IgM para dengue (+) o aislamiento del virus del dengue y/o demostración del

antígeno en suero o tejidos.

8. Caso confirmado de dengue clásico con manifestación hemorrágica o caso

confirmado de fiebre por dengue clásico con manifestaciones hemorrágicas:

Dengue clásico que durante o al final del período febril presente epistaxis, petequias,

otras manifestaciones hemorrágicas leves, con o sin plaquetopenia y sin signos de

extravasación de plasma, más: prueba de IgM para dengue (+) o aislamiento del virus

del dengue en suero o tejidos, o demostración del antígeno del virus en suero o tejidos.

9. CCaassoo ccoonnffiirrmmaaddoo ddee ddeenngguuee hheemmoorrrráággiiccoo oo ccaassoo ccoonnffiirrmmaaddoo ddee ffiieebbrree

hheemmoorrrráággiiccaa ppoorr ddeenngguuee:: Cuadro sospechoso de DH, con uno de los siguientes

hallazgos: prueba de IgM para dengue (+) o aislamiento del virus del dengue en suero

o tejidos, o demostración del antígeno del virus en suero o tejidos.

10. Caso sospechoso dengue clásico DC o caso sospechoso de fiebre por dengue

FD: Toda persona que consulte por enfermedad febril aguda de 2 a 7 días de evolución,

y además 2 o más de los siguientes signos y síntomas: cefalea frontal, dolor retroocular,

osteomialgias, escalofríos, vómitos, rash o exantema maculopapular, sin manifestación

hemorrágica.

11. CCaassoo ssoossppeecchhoossoo ddee ddeenngguuee cclláássiiccoo ccoonn mmaanniiffeessttaacciióónn hheemmoorrrráággiiccaa oo ccaassoo ddee

ffiieebbrree ppoorr ddeenngguuee cclláássiiccoo ccoonn mmaanniiffeessttaacciioonneess hheemmoorrrráággiiccaass:: Dengue clásico que

durante o al final del periodo febril presente epistaxis, petequias, otras manifestaciones

hemorrágicas leves, con o sin plaquetopenia y sin signos de extravasación de plasma.

1122.. CCaassoo ssoossppeecchhoossoo ddeenngguuee hheemmoorrrráággiiccoo ((DDHH)) oo ccaassoo ddee ffiieebbrree hheemmoorrrráággiiccaa ppoorr

ddeenngguuee FFHHDD:: Toda persona que presente los siguientes signos y síntomas:

• Fiebre aguda o antecedentes de ella

• Acompañada de por lo menos una de las siguientes manifestaciones

hemorrágicas: petequias, equimosis, hemorragia de mucosas, gastrointestinal,

urinaria o en sitio de venopunción o torniquete (+).

• Con recuento plaquetario menor o igual a 100.000/mm3.

• Extravasación de plasma manifiesto por uno o más hallazgos:

hemoconcentración o aumento del hematocrito en 20% para la edad esperada,

derrame pleural, ascitis e hipoalbuminemia.

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

13. Caso sospechoso de dengue hemorrágico o cuando no se cuenta con laboratorio

clínico: Toda persona que cumpla con los criterios de caso sospechoso de dengue

clásico y que además presenta síntomas o signos de hemorragia.

14. Comunicación para la Salud: Es el proceso que difunde información sobre salud en la

población, sensibilizando a la población sobre aspectos para la prevención y control

de la enfermedad en la agenda pública a través de los medios de comunicación locales,

tales como: prensa, radio y televisión, además de los multimedia.

15. Control Biológico: Es el procedimiento que se basa en modelos ecológicos

depredador-presa para la regulación y control de las poblaciones vectoriales.

16. Control Físico: Es el procedimiento aplicado para disminuir o evitar el riesgo del

contacto vector-humano, efectuando modificaciones en el medio ambiente para

eliminar, reducir o modificar los criaderos del vector transmisor, en forma temporal o

definitiva.

17. Control químico: Es el procedimiento aplicado contra los vectores, en sus estadíos

larvarios o inmaduros, utilizando sustancias tóxicas con efecto insecticida.

18. Corresponsabilidad Social: Es el proceso en el cual las instituciones del Sector Salud

formulan e implementan planes y proyectos, en los cuales los contenidos estratégicos y

operativos responden plenamente a los objetivos trazados en promoción y educación en

salud enfocados a la prevención y control de la enfermedad.

19. Criadero: Es el lugar donde el vector hembra pone sus huevos desarrollándose

posteriormente las fases de larvas, pupas y adulto.

20. Criaderos Inservibles: Artículos diversos en desuso, que puede contener agua y

convertirse en criadero de mosquitos vectores del dengue, estos pueden eliminarse

mediante una acción de limpieza.

21. Criaderos Permanentes: Aquellos que se encuentren durante todo el año con agua y

frecuentemente con larvas.

22. Ecosistema: A la unidad estructural, funcional y de organización, consistente en

organismos, incluido el hombre y las variables ambientales, bióticas y abióticas en un

área determinada, actuando recíprocamente intercambiando materiales.

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

23. Educación para la Salud: Al proceso de enseñanza-aprendizaje que permite, mediante

el intercambio y análisis de la información, desarrollar habilidades y cambiar actitudes,

con el propósito de inducir comportamientos para cuidar la salud individual, familiar y

colectiva.

24. Eliminación de Inservibles: Acción de recolectar y eliminar objetos inservibles de los

predios, patios y traspatios de las viviendas.

25. Fiebre de Dengue (FD): Presentación clínica del dengue que posterior a la picadura del

mosquito y la introducción del virus en la piel del hospedero, sigue un período de

incubación viral inaparente que puede variar de 2 a 7 días. La enfermedad se

manifiesta abruptamente con fiebre, cefalea y malestar general.

26. Fiebre de Dengue con manifestaciones Hemorrágicas: es la manifestación con

complicaciones de la fiebre del dengue que generalmente al final del periodo febril

presenta manifestaciones hemorrágicas como epistaxis, gingivorragia, petequias,

hematemesis y hematuria.

27. Fiebre Hemorrágica del Dengue: Manifestación clínica del dengue con signos y

síntomas hemorrágicos cuyo período de incubación es de 4 a 5 días, el proceso febril

dura de 2 a 7 días que puede estar acompañado de signos y síntomas no específicos.

28. Fiebre Indiferenciada: Proceso febril que se acompaña de síntomas inespecíficos, los

cuales presentan un cuadro bizarro agudo al inicio, lo que dificulta el diagnóstico,

29. Flavivirus: Es el género del Arbovirus de la familia Flaviviridae, del cual se conocen

cuatro serotipos causantes del dengue: Dengue-1, Dengue-2, Dengue-3 y Dengue-4.

30. Fumigación: Es el proceso de desinfección que se realiza mediante el uso de vapores

o gases tóxicos para el control y eventual eliminación de especies nocivas para la salud.

31. Hematófago: Que se alimenta de sangre de otro ser.

32. Hospedero: Es la persona o animal vivo que, en circunstancias naturales, permite la

subsistencia o el alojamiento de un agente infeccioso.

33. Insecticida: Es la sustancia química o biológica que eliminan a los vectores o evitan el

contacto con el humano, están dirigidos a cualesquiera de sus estadíos de desarrollo

huevo, larva, pupa o adulto.

34. Larva: Estadío que tiene una duración entre el 4° y 8° días posterior a la ovipostura y

que presenta una forma juvenil o inmadura de un insecto con desarrollo

postembrionario.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

35. Larvicida: Es el insecticida que mata larvas de los insectos.

36. Movilización Social: Se refiere a los esfuerzos colectivos de las comunidades para

incrementar su control sobre los determinantes de la salud y en consecuencia para

mejorarla.

37. Nebulización ULV: Es el procedimiento para la aplicación espacial de los insecticidas,

con soluciones concentradas menores de 500 ml/ha, en gotas fraccionadas cuyo

diámetro óptimo debe fluctuar entre 15 y 50 micras. Es denominado también rociado

especial en aerosol.

38. Nebulización Térmica: Es la aplicación de un área con aerosoles calientes.

39. Organofosforado: Es el insecticida donde el fósforo forma parte esencial de su

estructura química, clasificado en el grupo de mediana toxicidad.

40. Ovipostura: Es la acción y efecto de la hembra de los insectos transmisores, al

depositar sus huevecillos en el criadero.

41. Participación Social: Es el proceso que permite involucrar a la población, autoridades

locales, instituciones públicas y a los sectores sociales y privado en la planeación,

programación, ejecución y evaluación de los programas y acciones de salud.

42. Piretroides: Son los insecticidas clasificados en el grupo de baja toxicidad aguda, de

origen sintético, desarrollados a partir de la investigación del piretro natural, irritantes

ligeros.

43. Promoción de la Salud: Se define como el proceso que permite a las personas

incrementar el control sobre su salud para mejorarla.

44. Pupa: Es el estado larvario que corresponde a la última maduración de la fase acuática

y es dentro de ésta donde se produce la metamorfosis, para luego convertirse en un

mosquito adulto.

45. Vector: Se define como el transportador viviente y transmisor biológico del agente

causal de enfermedad. Se refiere al artrópodo que transmite el agente causal de una

enfermedad, por picadura, mordedura, o por sus desechos.

Abreviaturas y Siglas:

CM. Centímetros

ELISA. Inmunoensayo Ligado a Enzimas

FD. Fiebre de Dengue

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

FHD. Fiebre Hemorrágica de Dengue

GR. Gramos

IB. Índice de Breteau

ICP: Índice de Casas Positivas

ID: Índice de Depósito

IgM. Inmunoglobulina Clase M

KG. Kilogramos

M. Miligramos

ML. Mililitros

No. Número

NEPRA: Negociación de Prácticas Mejoradas

OMS: Organización Mundial de la Salud

OPS: Organización Panamericana de la Salud

ULV: Ultra Bajo Volumen

TITULO II

PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD

Plan de Acción Preventivo

Art. 5.- Todo establecimiento de salud debe contar con un plan anual operativo de prevención,

que contenga, entre otras, las actividades a desarrollar en los diferentes escenarios con

especificación de responsabilidades; el cronograma de las mismas con los indicadores

fácilmente verificables y el establecimiento de los equipos interdisciplinarios que se consideren

necesarios, conformados por diferentes disciplinas del personal técnico del establecimiento de

salud.

Promoción para la Prevención de la Enfermedad.

Art. 6.- Las acciones de promoción de la salud que se realizan en todos los ámbitos para la

prevención de la enfermedad del dengue, deben estar apoyadas en las siguientes estrategias:

a) Educación para la Salud,

b) Comunicación para la Salud,

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

c) Organización y Participación Social en Salud

Educación para la Salud

Art. 7.- El equipo interdisciplinario debe realizar actividades de educación para la salud de

forma continua, basándose principalmente en los modelos educativos Patio Limpio,Negociación

de Prácticas Mejoradas y la Casa del Agua Saludable.

Los equipos interdisciplinarios de los establecimientos de salud deben impartir charlas, para lo

cual se deberán considerar los siguientes aspectos:

a. Impartir charlas diariamente con objetivos claros y orientados al cambio o

fortalecimiento de conductas saludables y a la divulgación de conocimientos, acerca

de la consulta médica oportuna, los signos y síntomas de la enfermedad del dengue y la

identificación de los signos de alarma de la enfermedad en los diferentes ámbitos.

b. Su duración no debe exceder los 15 minutos y se debe fomentar la interactividad

entre la audiencia y el facilitador.

c. El grupo a impartir la charla no debe ser mayor de 20 personas.

d. Los facilitadores deben basar sus intervenciones en el material educativo autorizado

por el Ministerio de Salud.

El personal de los establecimientos de salud debe realizar en coordinación con las

comunidades debidamente organizadas, a través de comités de apoyo las acciones de

prevención y control de la enfermedad del dengue, así mismo se debe elaborar conjuntamente

un plan de trabajo, el cual debe de considerar los diferentes modelos educativos y las acciones

que en ellos se describen.

El director del establecimiento de salud, debe promover que todo el personal a su cargo, esté

debidamente actualizado en la prevención y el manejo de la enfermedad del dengue, para lo

cual debe coordinarse con la dependencia responsable de la promoción para la salud, del Nivel

Superior.

El diseño y elaboración de los mensajes escritos, ilustraciones y audiovisuales relacionados

con la prevención y control de la enfermedad del dengue, deben cumplir con los lineamientos

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

que para tal efecto emita el Nivel Superior, por medio de la dependencia responsable de la

promoción para la salud.

Comunicación para la Salud

Art. 8.- Todo establecimiento de salud debe gestionar espacios de comunicación en los medios

locales disponibles tales como prensa, radio, televisión, entre otros, con el propósito de

fomentar en la población aspectos importantes para la prevención y control de la enfermedad

del dengue.

Organización y Participación Social en Salud

Art. 9.- Con la finalidad de asegurar la participación de manera proactiva de la población sobre

la prevención de la enfermedad del dengue, todo establecimiento de salud debe organizar y

facilitar actividades tales como campañas, brigadas comunitarias e intercambio de experiencias

entre otras; para lo cual deben contar con un comité institucional e interinstitucional. El personal

de los establecimientos de salud debe coordinar con los centros educativos que correspondan

a su área geográfica de influencia, la conformación de Comités de Salud para realizar acciones

relacionadas a la prevención, vigilancia y control del dengue.

TÍTULO III

VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA DEL DENGUE

Vigilancia.

Art. 10.- Los establecimientos de salud de los diferentes niveles de atención, deben realizar la

recopilación, análisis, interpretación, difusión e investigación de casos sospechosos de dengue

en forma diaria y con carácter obligatoria.

Notificación de Casos.

Art. 11.- Para los efectos de notificar los casos sospechosos de dengue en cualquiera de sus

manifestaciones, debe realizarse por niveles de la siguiente manera:

a) Los establecimientos del primer y segundo nivel de atención del Ministerio, deben notificar a

la Coordinación del SIBASI respectivo, todo paciente que cumpla con la definición de caso

sospechoso de dengue en cualquiera de sus manifestaciones, utilizando para ello la Hoja de

estudio epidemiológico de caso establecido en el anexo 1; el SIBASI para efectos de

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

notificación debe reportar directamente a la Unidad Nacional de Epidemiología del Nivel

Superior el consolidado diario de todos los casos sospechosos y a la Región de Salud

correspondiente, para efectos de coordinación y realización de las actividades antivectoriales

respectivas.

b) Los establecimientos de salud del tercer nivel de atención del Ministerio, deben reportar

directamente a la Unidad Nacional de Epidemiología del Nivel Superior los casos sospechosos

de dengue en cualquiera de sus manifestaciones; a su vez la Unidad Nacional de

Epidemiología, para efectos de coordinación y realización de actividades antivectoriales debe

reportar estos mismos casos a la Región de Salud correspondiente.

c) Los establecimientos de salud del resto de las instituciones públicas, autónomas y privadas

deben reportar los casos sospechosos de dengue en cualquiera de sus manifestaciones a la

Unidad de Salud del área geográfica de influencia correspondiente y ésta última debe notificar

de conformidad a lo establecido en el literal a) del presente artículo.

Sala Situacional

Art. 12.- Todo establecimiento de salud de los diferentes niveles de atención debe establecer

una sala situacional, con información actualizada para la toma de decisiones.

TÍTULO IV

VIGILANCIA SEROLÓGICA

Vigilancia Serológica

Art. 13.- La vigilancia serológica en los establecimientos de salud debe realizarse a través de

la toma de muestras para la detección de anticuerpos IgM con el método de ELISA para

dengue, considerando las siguientes situaciones:

a) En situaciones no epidémicas, el personal de salud debe tomar la muestra de IgM a todo

paciente sospechoso de dengue clásico entre el sexto y el décimo día de evolución de la

enfermedad. Asimismo el personal de salud debe tomar una muestra a los pacientes

sospechosos de dengue hemorrágico al primer contacto con el paciente y una segunda

muestra entre el 7º y 14º días después de haber tomado la primera muestra.

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

b) En situaciones epidémicas, el personal de salud debe tomar una muestra para detección de

anticuerpos IgM al 10% de los casos sospechosos de dengue clásico y al 100 % de los casos

sospechosos de dengue hemorrágico.

Envío de Muestras

Art. 14.- Las muestras de los casos sospechosos de dengue clásico y hemorrágico tomadas de

conformidad al artículo anterior, deben ser enviadas por el establecimiento de salud para su

respectivo análisis a la Unidad de Vigilancia Laboratorial del Nivel Superior, adjuntando la hoja

de solicitud de examen de laboratorio para cada muestra descrita en el anexo 2 y la hoja de

remisión de muestras, descrito en el anexo 3.

De los Resultados

Art. 15.- Los resultados positivos para anticuerpos IgM Dengue con ELISA de captura en

muestras séricas únicas, no deben considerarse como concluyentes de una infección aguda.

La Unidad de Vigilancia Laboratorial debe informar de los resultados semanalmente a la Unidad

Nacional de Epidemiología quien debe enviarlos a las Regiones de Salud respectivas para la

coordinación y realización de las actividades antivectoriales.

TÍTULO V

VIGILANCIA VIROLÓGICA

Vigilancia Virológica

Art. 16.- Los establecimientos de salud designados como Sitios Centinela, para realizar

vigilancia virológica establecidos en el anexo 4; deben realizarla semanalmente y durante todo

el año, a través del aislamiento del virus del dengue en cultivo celular, mediante la selección de

3 pacientes sospechosos de dengue que se encuentren dentro de los primeros 4 días del

proceso febril. Dichas muestras deben ser enviadas a la Unidad de Vigilancia laboratorial del

Nivel Superior utilizando para ello el anexo 2 y anexo 5.

En los Sitios Centinelas donde se identifique el serotipo de dengue circulante, se dejará de

tomar y enviar muestras para cultivo hasta nuevo aviso del Laboratorio Central.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Del Informe de Resultados

Art. 17.- La Unidad de Vigilancia Laboratorial debe reportar los resultados de los cultivos virales

a la Unidad Nacional de Epidemiología quien a su vez los remitirá a la Región de Salud

correspondiente para su vigilancia y análisis respectivo.

TÍTULO VI

VIGILANCIA ENTOMOLÓGICA

Encuestas Entomológicas

Art. 18.- Todo establecimiento de salud del primer nivel de atención debe realizar en su área

geográfica de influencia, encuestas entomológicas para el seguimiento del comportamiento del

grado de infestación larvaria.

Realización de Encuestas

Art. 19.- Las encuestas deben realizarse mensualmente en el área urbana y rural bajo los

siguientes parámetros:

1. El personal responsable de realizar las encuestas entomológicas debe estar capacitado

en el área entomológica y en la realización de la misma.

2. Para definir el número de viviendas a encuestar en el área geográfica de influencia del

establecimiento de salud será a través del anexo No. 6

3. El número de viviendas a encuestar por recurso humano por día será de 25.

4. Los resultados de la encuesta deben anotarse en el formato diseñado para la vigilancia

entomológica del vector, encuesta de infestación larvaria en área urbana y rural del

municipio establecido en el anexo 7.

Análisis de los Resultados de la Encuesta Entomológica.

Art. 20.- El análisis de los resultados de las encuestas entomológicas debe realizarse de

conformidad a los siguientes parámetros:

- El Índice de infestación larvaria en vivienda, menor o igual al 4.0% es de bajo riesgo.

- El índice de infestación larvaria en vivienda, mayor de 4.0% es de alto riesgo.

- El Índice de depósito menor o igual al 3.0% es de bajo riesgo.

- El índice de depósito mayor al 3.0% es de alto riesgo.

- El Índice de Breteau menor o igual al 5.0% es bajo riesgo.

- El índice de Breteau mayor al 5.0% es de alto riesgo.

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

En los casos de presentarse en cualquier parámetro indicadores de alto riesgo, se debe

proceder de inmediato con las acciones antivectoriales correspondientes.

Del Control de Calidad de los Resultados de las Encuestas Entomológicas

Art. 21.- El control de calidad de los resultados de las encuestas entomológicas debe ser

realizado mensualmente y en forma aleatoria en los cuadrantes previamente trabajados; dichos

controles de calidad deben ser realizados por técnicos diferentes a los que participaron en las

encuestas entomológicas.

TÍTULO VII

CONTROL DEL VECTOR

De los Métodos de Control

Art. 22.- De conformidad a los resultados de los análisis de las encuestas entomológicas, los

establecimientos de salud del primer nivel de atención, para la prevención, eliminación y el

control del vector transmisor del dengue, deben implementar acciones utilizando los métodos

siguientes:

a) Métodos de Control Físico, utilizados en forma continua y permanente para la realización

de las actividades de eliminación, reducción o modificación de los criaderos del vector

transmisor.

b) Métodos de Control Biológico, implementados para la eliminación del vector, utilizando

especies animales, tales como: alevines u otros que se alimentan del vector transmisor del

dengue .Los métodos de control biológico deben utilizarse previo análisis técnico de factibilidad

en las áreas en las cuales se aplicará.

c) Métodos de Control Químico, implementados para la eliminación del vector; utilizando

sustancias químicas, dentro de los cuales están:

1. Aplicación de Aerosoles. Debe llevarse a cabo a cualquier hora durante el día, en

situaciones de índices larvarios de alto riesgo, controles de focos, brotes y epidemias; las dosis

se determinan en el anexo 8.

2. Aplicación de Aerosoles a Ultra Bajo Volumen (ULV). Debe ser utilizada cuando los

índices de infestación larvaria en viviendas sean de alto riesgo. Dicha aplicación debe

realizarse en horarios de 4:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 4:00 p.m. a 9:00 p.m. y el vehículo que

transporta el equipo debe desplazarse a una velocidad entre 5 y 10 km/h.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

3. Aplicación de Temephos al 1%. Debe ser aplicado en todos los depósitos útiles e

inservibles que contengan agua, de conformidad a los parámetros establecidos en el anexo 9.

Actividades de Control del Vector en Situaciones Endémicas:

Art. 23.- Los establecimientos de salud del primer nivel de atención, en situaciones endémicas

deben elaborar y ejecutar un plan anual operativo de prevención y control del dengue en su

área geográfica de influencia, el cual debe elaborarse acorde a los lineamientos emitidos por la

Unidad de Vigilancia de Enfermedades Vectorizadas del Nivel Superior. Dicho plan debe

contener el desarrollo de las actividades siguientes:

a) Planificación y ejecución de campañas nacionales de recolección y eliminación de objetos

inservibles, las cuales deben realizarse al inicio y al final de la época de invierno, como

también por criterio de riesgo.

b) Establecimiento y organización de comités de apoyo en todo centro de trabajo público o

privado para la implementación de un plan de trabajo anual que contemple acciones a

realizar al interior de los centros de trabajo para la prevención y control del dengue.

c) Las actividades de prevención y control del vector que deben realizar los establecimientos

de salud que dentro de su área geográfica de influencia cuenten con zonas fronterizas;

dichas actividades deben ser realizadas en coordinación con las diferentes instituciones y

autoridades del país vecino.

d) Priorización de áreas para la ejecución de acciones y el cronograma de actividades.

Del Control de Foco

Art. 24.- Los establecimientos de Salud deben ejecutar tanto en el área urbana como rural, 3

acciones de control de foco en las viviendas ubicadas en un radio de 100 metros, a partir de la

vivienda en la cual se presentó el caso sospechoso de dengue.

El primer control de foco debe realizarse en las primeras 24 horas siguientes a su detección o

notificación y los restantes controles deben realizarse con un intervalo de 3 días cada uno.

En la primera intervención de control de foco el personal de salud debe realizar las siguientes

actividades:

• Fumigación intra y peridomiciliar

• Tratamiento de depósitos mediante la aplicación de temephos al 1%

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

• Eliminación de depósitos inservibles

• Búsqueda de febriles

• Actividades de educación en salud.

En las subsecuentes actividades de control de foco, deben realizarse las siguientes

actividades: fumigación, búsqueda de casos sospechosos de dengue, eliminación de depósitos,

educación en salud y realización de actividades en viviendas que no se inspeccionaron en la

primera intervención.

Del Control de Calidad

Art. 24.- El control de calidad de las actividades de control de foco debe realizarse por personal

técnico de las Regiones de Salud, SIBASI y Unidades de Salud, el cual debe ser realizado en

forma aleatoria y por técnicos diferentes a los que participaron en las actividades de control de

foco.

Si los resultados del control de calidad realizado, no son aceptables en base al análisis técnico,

las actividades deben ser realizadas nuevamente hasta lograr resultados satisfactorios.

Actividades de Control del Vector en Situaciones de Brote.

Art. 25.- Para los efectos de la presente norma, el aparecimiento de tres o más casos

sospechosos de dengue en un período de una semana en un área con silencio epidemiológico,

debe ser considerado como una situación de brote; para lo cual el establecimiento de salud

debe realizar las siguientes actividades:

- Priorizar las áreas de acción con base al riesgo y al historial del aparecimiento de

casos.

- Elaborar y ejecutar en áreas priorizadas un plan operativo con actividades integrales

como la promoción de la salud, tratamiento y/o eliminación de criaderos, fumigación,

búsqueda activa de casos sospechosos de dengue, estudio epidemiológico de caso y

control de calidad de las actividades

- Alertar en forma inmediata el comité interinstitucional.

- Mantener actualizado el mapa de riesgo.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Actividades en Situaciones Epidémicas.

Art. 26.- Ante la presencia de una epidemia decretada por el incremento de casos de dengue,

todos los niveles de atención deben activar su plan de contingencia, considerando las

actividades ejecutadas en situación de brote, estableciendo además un centro de operaciones

en sus instalaciones, en el cual se debe implementar la sala situacional.

TÍTULO VIII

FLUJO DE INFORMACIÓN

Frecuencia de Envío de la Información Entomológica

Art. 27.- Para los efectos de la presente Norma, el flujo de la información entomológica debe

realizarse de la siguiente manera:

a. El establecimiento de salud del primer nivel de atención debe enviar al SIBASI

correspondiente, durante la última semana de cada mes, la información de las

encuestas entomológicas, utilizando para ello el formato definido en el Anexo 7.

b. Los SIBASIS deben enviar a la Región de Salud correspondiente el consolidado de

las encuestas entomológicas por municipio, durante la última semana de cada mes,

utilizando para ello el formato definido en el anexo 10.

c. Las Regiones de Salud deben informar a la Unidad de Vigilancia de las

Enfermedades Sectorizadas, los datos consolidados de las encuestas

entomológicas por municipio de cada SIBASI en la primera semana de cada mes,

utilizando para ello el formato definido en el anexo 10.

Información de Actividades de Control en Situación Endémicas.

Art. 28.- Para los efectos de la presente Norma, el flujo de la información de las actividades

antivectoriales, debe realizarse de la siguiente manera:

a) El establecimiento de salud del primer nivel de atención debe enviar al SIBASI

correspondiente, en forma semanal, la información de todas las actividades

antivectoriales realizadas, utilizando para ello el formato definido en el Anexo 11.

b) Los SIBASI deben enviar a la Región de Salud correspondiente el consolidado de las

actividades antivectoriales realizadas por municipio, de forma semanal, utilizando para

ello el formato definido en el anexo 12.

c) Las Regiones de Salud deben informar a la Unidad de Vigilancia de las Enfermedades

Vectorizadas de nivel superior, los datos consolidados de las actividades antivectoriales

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

realizadas por municipio de cada SIBASI, en forma semanal utilizando para ello el

formato definido en el anexo 12.

Registro de la Información de las Actividades de Control de Foco

Art. 29.- Todo establecimiento del primer nivel de atención debe registrar la información de las

actividades realizadas en el control de foco, utilizando para ello el formato definido en el

Anexo13.

Información de Actividades de Control en Situación de Brote o Epidemia.

Art. 30.- Para los efectos de la presente Norma, el flujo de la información de las actividades de

control en situaciones de epidemia, debe realizarse de la siguiente manera:

a) El establecimiento de salud del primer nivel de atención debe enviar al SIBASI

correspondiente, de forma diaria la información de todas las actividades de control en

situación de brote o epidemia realizadas, utilizando para ello el formato definido en el

Anexo 11.

b) Los SIBASIS deben enviar a la Región de Salud correspondiente el consolidado de las

actividades de control en situación de brote o epidemia realizadas por municipio, de

forma diaria, utilizando para ello el formato definido en el anexo 12.

c) Las Regiones de Salud deben informar a la Unidad de Vigilancia de las Enfermedades

Vectorizadas de nivel superior los datos consolidados de las actividades de control en

situación de brote o epidemia realizadas por municipio de cada SIBASI en forma diaria

utilizando para ello el formato definido en el anexo 12.

TÍTULO IX

CONDICIONES DE BIOSEGURIDAD

Del Equipo de Protección Personal

Art. 31.- El personal responsable de preparar la mezcla para fumigación y los que realizan las

actividades antivectoriales deben utilizar equipos de protección tales como: Pantalón y camisa

manga larga, botas de hule, anteojos, mascarillas antivapores, delantal de material

impermeable y protector de oídos.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Del Manejo de Insecticidas

Art. 32.- El personal de salud no debe almacenar el insecticida utilizado para las fumigaciones

en botellas o recipientes utilizables para alimentos y bebidas, asimismo debe evitar

transportarlos o guardarlos con productos alimenticios o con medicamentos.

TÍTULO X

MANEJO Y ABORDAJE DE LA ENFERMEDAD DEL DENGUE

Selección de Pacientes:

Art. 33.- Todo establecimiento de salud, debe designar en las áreas de emergencia o

selección, los recursos necesarios capacitados en el reconocimiento de los pacientes

sospechosos de dengue, quienes identificarán a los pacientes febriles para determinar la

prioridad en la atención en base a la presencia de signos y síntomas de alarma y señales de

peligro.

Manejo del Paciente con Dengue Clásico:

Art. 34.- El manejo del paciente sospecho o confirmado de dengue clásico debe realizarse de

acuerdo a las Guías de atención clínica definidas; así mismo el personal de salud debe realizar

las siguientes actividades:

1. Brindar consejería e informar acerca de las medidas preventivas.

2. No indicar fármacos clasificados como antiinflamatorios no esferoidales (AINE).

3. Realizar un control de seguimiento en 24 a 48 horas de la primera consulta para

efectuar una nueva evaluación y la realización del diagnóstico diferencial.

Asimismo, todo paciente con dengue clásico con manifestaciones hemorrágicas debe ser

referido al segundo nivel de atención para su manejo adecuado.

Manejo del Paciente con Dengue Hemorrágico

Art. 35.- El manejo del paciente sospechoso o confirmado de dengue hemorrágico debe ser

referido y tratado a nivel hospitalario según las guías de atención clínica existentes.

Todo niño menor de un año con sospecha de dengue hemorrágico debe ser referido al tercer

nivel de atención para su manejo.

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Seguimiento de Casos

Art. 36.- Todo paciente sospechoso de dengue debe ser registrado de acuerdo a la hoja de

estudio epidemiológico de caso, así mismo deben ser registrados en el Libro de Registro Diario

de Pacientes Sospechosos y Confirmados Anexo 14.

Registro de Pacientes Febriles

Art. 37.- Todo paciente febril, independientemente de su diagnóstico, debe ser registrado en el

libro de pacientes febriles.

Control de Faltistas

Art. 38.- El personal de salud debe realizar visita domiciliar a todo paciente sospechoso o

confirmado de dengue que no haya acudido a su control de 24-48 horas posterior a su

consulta.

TÍTULO XI

MONITOREO Y EVALUACIÓN

Del Monitoreo y Evaluación

Art. 39.- Para los efectos de esta norma el Monitoreo y Evaluación de la enfermedad del

dengue, tendrá como finalidad identificar, valorar y medir la efectividad en el desarrollo de las

actividades relacionadas con la prevención y control de la enfermedad del dengue.

Del Monitoreo y Evaluación del Nivel Local

Art. 40.- La Dirección de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención, debe

garantizar que se realice permanentemente el monitoreo y evaluación de las actividades

relacionadas con la prevención y control de la enfermedad del dengue.

Del Monitoreo y Evaluación del Nivel Regional

Art. 41.- La Dirección Regional de Salud, debe garantizar que se realice permanentemente el

monitoreo y evaluación a los establecimientos del primer nivel de atención, supervisando las

actividades realizadas.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Del Monitoreo y Evaluación del Nivel Superior

Art. 42.- El Nivel Superior realizará permanentemente el monitoreo y evaluación a las Regiones

de Salud y a los diferentes Niveles de Atención, supervisando las actividades realizadas.

De los indicadores para el Monitoreo y Evaluación

Art. 43.- El proceso y el impacto de las acciones para la prevención y control de la enfermedad

del dengue deben monitorearse y evaluarse, utilizando los siguientes indicadores:

1. Vigilancia Epidemiológica

a- Tasa de incidencia = Nº de casos de dengue en el período x 1000

Población en riesgo

b- Tasa de mortalidad = Nº de defunciones por dengue hemorrágico x 1000

Población en riesgo

c- Tasa de letalidad = Nº de defunciones por dengue hemorrágico x 1000

Nº de casos diagnosticados

d- Porcentaje de cumplimiento de notificación de casos =

Nº de casos notificados/semana/establecimiento de salud x 100

Total de casos registrados por semana

e- Porcentaje de cumplimiento de investigación de casos =

Nº de casos investigados en menos de 48 horas x 100

Total de casos notificados en menos de 48 horas

2. Vigilancia Serológica y Virológica

a- Porcentaje de muestras tomadas al 6° día de inicio de síntomas =

Nº de muestras tomadas al 6° día del inicio de Síntomas x 100

Total de muestras tomadas.

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

b- Porcentaje de muestras enviadas a laboratorio de dengue=

No muestras enviadas al laboratorio, tomadas al 6° día de inicio de síntomas x 100

Total de muestras tomadas al 6° día de inicio de síntomas.

c- Porcentaje de muestras Examinadas =

Nº de muestras tomadas al 6º. día examinadas en sección. dengue x 100

Total de muestras tomadas al 6o. día enviadas a sección dengue

3. Vigilancia Entomológica

Verificación de la eficacia de las medidas de intervención en relación con el vector, en términos

de reducción de los índices de infestación.

Índice de Viviendas: Nº de viviendas infestadas x 100

Nº de viviendas inspeccionadas

Índice de Recipiente: Nº de recipientes infestados x 100

Nº de recipientes con agua inspeccionados

Índice de Breteau: N° de recipientes infestados x 100

Nº de viviendas inspeccionadas

Porcentaje de Viviendas Tratadas con Larvicida:

Nº de viviendas tratadas con larvicida x 100

Nº de viviendas programadas

Porcentaje de Viviendas Inspeccionadas:

Nº de viviendas Inspeccionadas x 100

Nº de viviendas programadas

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Porcentaje de Viviendas Tratadas con Insecticidas:

Nº de viviendas tratadas con insecticidas x 100

Nº de viviendas programadas

TÍTULO XII

DISPOSICIONES FINALES

Art. 44.- Sanciones

El incumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente norma, será sancionado de

conformidad a lo establecido en el Código de Salud.

Art. 45.- Anexos

Forman parte integrante de la presente norma, los anexos siguientes:

a) Anexo 1. Hoja de Estudio Epidemiológico de Caso

b) Anexo 2. Hoja de Solicitud de Examen para Dengue

c) Anexo 3. Hoja de Remisión de Muestras de Detección de IgM

d) Anexo 4. Sítios Centinela para Vigilancia Virologica

e) Anexo 5. Hoja de Remisión de Muestras de Cultivo Viral

f) Anexo 6. Tamaño de la Muestra en Encuestas de Larvas de Aedes

g) Anexo 7. Aedes 1. Encuesta Entomológica de Infestación Larvaria en Área Urbana y

Rural del Municipio

h) Anexo 8. Tabla de Formulación de Plaguicidas para Control de Vectores

i) Anexo 9. Instrucciones Técnicas para el Uso de la Estrategia de la Bolsa Matalarvas y

la Pizca

j) Anexo 10. Aedes 2. Resumen de Encuestas Entomológicas de Infestación Larvarias en

Áreas Urbana y Rural

k) Anexo 11. Aedes 3.Informe de Actividades Antivectoriales para el Control del Dengue.

Operativo Diario de Campo del Nivel Local.

l) Anexo 12. Aedes 4. Informe Operativo de Actividades Antivectoriales para el Control del

Dengue. Resumen Operativo del Nivel Local para el SIBASI/Región/Nivel Central

m) Anexo 13. Control de Foco de un Caso de Dengue con Medidas Combinadas

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

n) Anexo 14. Hoja de Registro de Casos Sospechosos o Confirmados de Dengue

Art. 46.- Derogatorias

Déjase sin efecto la Resolución Ministerial No. 307 de fecha ocho de enero del año dos mil dos,

por medio de la cual se oficializaron las Normas Para la Atención, Control y Prevención del

Dengue.

Art. 47.- Vigencia

La presente Norma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario

Oficial.

COMUNÍQUESE. (Rubricado por el Señor Presidente de la República), El Señor Ministro de

Salud Pública y Asistencia Social.

DR. JOSÉ GUILLERMO MAZA BRIZUELA

MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

A N E X O S

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Anexo. 1

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ANEXO No. 6

TAMAÑO DE LA MUESTRA EN ENCUESTAS DE LARVAS DE AEDESLa metodología para la realización de las encuestas entomológicas de Aedes, elnúmero de casas que se debe inspeccionar en cada localidad depende del grado deprecisión requerido, el nivel de infestación y los recursos disponibles. Cuanto mayorsea el número de casas inspeccionadas mayor será la precisión, en la tabla 1 están las bases (100, 200, 300, 500 y 1000) para calcular el número de casas a encuestaren determinada localidad sea pequeña o grande.

BASES MÁXIMAS

TABLA 1

NÚMERO DE VIVIENDAS A INSPECCIONAR EN LOCALIDADESPEQUEÑAS O GRANDES

Bases máximasNúmero de viviendas a inspeccionar para la

precisión deseada si esta fuese una localidadpequeña o grande

Número de viviendas

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

INTERVALOS DE CONFIANZA DEL INDICE DE CASATABLA 2

PRECISIÓN DEL ÍNDICE DE VIVIENDA CON AEDES DEPENDIENDO DEL TAMAÑO DE LA MUESTRA (PARA UN INTERVALO DE CONFIANZA DEL 95.0 % DEL ÍNDICE DE

VIVIENDA).

Bases máximas para niveles de precisión requeridos

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0.1 - 3.6 0.5 - 5.0 1.1 - 6.4 1.7 - 7.7 2.0 - 9.0 6.0 - 14.016.0 - 26.024.0 - 38.033.0 - 47.043.0 - 57.053.0 - 67.062.0 - 76.074.0 - 84.091.0 - 94.0- 98.0

2.0 - 2.9 0.7 - 4.3 1.4 - 5.6 2.1 - 6.9 3.0 - 8.0 7.0 - 4.016.0 - 5.025.0 - 6.035.0 - 6.044.0 - 6.054.0 - 5.064.0 - 5.0 83.0 - 84.0 92.0 - 93.0 97.0

0.3 - 2.3 1.0 - 3.6 1.7 - .9 2.5 - 6.1 3.0 - 7.0 8.0 - 3.017.0 - 4.026.0 - 4.036.0 - 4.046.0 - 4.055.0 - 4.066.0 - 4.076.0 - 3.087.0 - 2.093.0 - 97.0

0.5 - 1.8 1.2 - 3.1 2.0 - 4.3 2.9 - 5.4 4.0 - 7.0 8.0 - 12.018.0 - 23.027.0 - 33.037.0 - 43.047.0 - 53.057.0 - 63.067.0 - 73.077.0 - 82.088.0 - 92.093.0 - 96.0

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ANEXO No. 9

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

DIRECCION DE VIGILANCIA DE LA SALUD

UNIDAD DE VIGILANCIA DE LAS ENFERMEDADES VECTORIZADAS

INSTRUCCIONES TÉCNICAS PARA EL USO DE LA ESTRATEGIA DE LA BOLSA MATALARVAS Y LA PIZCA

1) LA BOLSA MATALARVA DEBE DE CONTENER LA CANTIDAD DE 20 GR. DE LARVICIDA.

2) NO SE DEBE COLOCAR EN RECIPIENTES DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO.

3) COLOCAR LA BOLSA MATALARVAS EN: PILAS / BARRILES Y RECIPIENTES INSERVIBLESGRANDES DE DIFÍCIL ELIMINACIÓN.

4) A LA BOLSA MATALARVA ABRIRLE CINCO ORIFICIOS CON LA PUNTA DE UN BOLIGRAFO ALMOMENTO DE COLOCARLA EN EL FONDO DE LA PILA / BARRIL / RECIPIENTESINSERVIBLES.

5) PARA UN VOLUMEN DE AGUA DE HASTA 50 GALONES (UNA BARRILADA) COLOCAR UNABOLSA MATALARVA.

6) EN PILAS CON VOLUMEN DE AGUA CON MAS DE 50 GALONES, COLOCAR UNA BOLSAMATALARVA POR CADA BARRILADA DE AGUA.

7) LA BOLSA MATALARVAS TIENE UN PERIODO DE DURACION APROXIMADAMENTE DE 60DIAS (2 MESES).

8) CUANDO LAVE SU PILA O BARRIL CADA SEMANA, SAQUE LA BOLSA, LIMPIELA PARAQUITARLE EL SEDIMENTO Y PRECIONARLA EVITANDO QUE LAS PERFORACIONES SEOBSTRUYAN Y VUELVA A COLOCARLA.

9) NO ES DAÑINO PARA PERSONAS NI ANIMALES DOMESTICOS.

10) UTILIZAR PIZCA (0.5 GR.) DE ABATE GRANULADO EN AQUELLOS RECIPIENTES QUECONTENGAN AGUA Y QUE NO ES POSIBLE ELIMINARLOS COMO:

� LLANTAS USADAS QUE NO ES POSIBLE PROTEGER BAJO TECHO� CHATARRAS CON PEQUEÑAS CANTIDADES DE AGUA.

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DIRECCION DE VIGILANCIA DE LA SALUD

Establecimiento de Salud ____________________________ Municipio: ____________________________ Control de Foco No.

REGIÒN: _________________SIBASI: _____________________ Departamento: _______________________

FECHA CONTROL DEL FOCO: ___ / _____ / ___ FUMIGACION COMPLEMENTARIA FECHAS: CICLO -II- __ /____ /__ CICLO -III- __ /____ /__

CLASIFICACION DEL CASO DE DENGUE: CLASICO HEMORRAGICO SOSPECHOSO CONFIRMADO

FECHA NOTIFICACION DEL CASO: __ /____ / ___ HORA:________ FECHA DE CONSULTA EN NIVEL LOCAL: __ / ____ /___FECHA INICIO DE ESTADO FEBRIL: __ / ____ / ___ FECHA DE TOMA DE MUESTRA: __ / ____ / ___

NOMBRE DEL PACIENTE__________________________________________________ PERSONA RESPONSABLE

EDAD: ____ AÑOS / ____ MESES SEXO: F M

DIRECCION: ___________________________________________________________ COLONIA: _____________________

CASERIO: ______________________________ CANTON: ________________________ MUNICIPIO: ___________________________

O1 NUMERO DE VIVIENDAS EN EL RADIO DE 100 METROS PERIFOCAL ____________________________________

O2 NUMERO DE VIVIENDAS VISITADAS ________________________________________________________________

O3 NUMERO DE VIVIENDAS FUMIGADAS CON EQUIPOS PORTATILES _____________________________________

O4 NUMERO DE VIVIENDAS ABATIZADAS A LAS QUE SE LES TRATO CON BOLSAS MATALARVA_______________

O5 NUMERO DE CRIADEROS ENCONTRADOS __________________________________________________________

O6 NUMERO DE CRIADEROS TRATADOS ______________________________________________________________

O7 NUMERO DE CRIADEROS ELIMINADOS _____________________________________________________________

O8 NUMERO DE BOLSAS MATALARVAS UTILIZADAS_____________________________________________________

O9 NUMERO DE ENTREVISTAS ORIENTADORAS DE EDUCACION SANITARIA IMPARTIDAS ___________________

10 FEBRILES IDENTIFICADOS DURANTE LA BUSQUEDA ACTIVA __________________________________________

11 MUESTRAS HEMATICAS TOMADAS A LOS FEBRILES SOSPECHOSOS ___________________________________

INSPECCIONADOSPOSITIVOSPORCENTAJES %

%

PIRETROIDE LIQUIDO RECURSO HUM A NO

TEMEPHOS EN EMULSION AL 50.0 % M A TERIAL EDUCATIVO

TEMEPHOS GRANULADO AL 1. 0 % HORAS DE PERIFONEO

DIESEL PARA MEZCLA TRANSPORTE

GASOLINA PARA EQUIPOS PORTATIL

RESPONSABLE: __________________________________________________________ F.Unidad de Vectores AEDES No. 5

COSTOS ($)

D E P O S I T O S

LLANTAS USADAS

C A S A S

TRABAJADAS

TOTAL

INDICE DECASA

POSITIVAS

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ASPECTOS EPIDEMIOLOGICOS DEL CASO

PM.AM.

MEDIDAS DE INTERVENCION REALIZADAS TOTAL

VISITADAS

INSPECCIONADAS

POSITIVOSINSPECCIO

NADOS

ENCUESTASENTOMOLOGICAS

PRE - ACCION OPERATIVA

TIPIFICACION PORCENTUAL DE INFESTACION DE GRUPOS DE CRIADEROS

INDICE DEDEPOSITO12

POST - ACCION OPERATIVA

INDICE DEBRETEAU

13

14

INSERVIBLESUTILESCRIADEROS ENCONTRADOSENCUESTA POST - ACCIONES

CONDICION DE LAS VIVIENDASVISITADAS

ANALISIS DE LA COBERTURA PORCENTUAL DE LAS VIVIENDAS TRABAJADAS

U / M

CONTROL DE FOCO DE UN CASO DE DENGUE CON MEDIDAS COMBINADAS

15

CERRADAS DESHABITADAS

COSTOS MATERIALES Y RR HH

RENUENTES

NATURALES

DETALLE U / MLtLtKgGlGl

DETALLECANTIDAD COSTOS ($)

TOTAL DE COSTOS

CANTIDAD

ANEXO No. 13

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ACUERDO No. 1290-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete. El Tribunal con fecha veinte

de abril del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA LINDA MICHELLE ZALDAÑA DELGADO para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. A. G. CALDERON. -V. DE AVILES. –VELASCO. -P. J. –VALDIV. -GUZMAN U. D. C. - M. TREJO. -M.

POSADA. –DUEÑAS. Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. M. E. LEMUS.

(Registro No. F026017)

ACUERDO No. 1569-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de julio del año dos mil siete. El Tribunal con fecha veinte

de abril del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ERNESTO PORTILLO FUENTES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE. A. G. CALDERON. -V. DE AVILES. –VELASCO. -P. J. –VALDIV. –GUZMAN U. D. C. -M. TREJO. -M. POSADA. –DUEÑAS.

Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. M. E. LEMUS.

(Registro No. F026019)

ACUERDO No. 1636-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha seis de

junio del año dos mil siete. ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MIGUEL ANTONIO ARGUETA QUINTANILLA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. A. G. CALDERÓN. -M. CLARÁ. -P. J. -M. TREJO. -M. A. CARDOZA A. -L. C. DE AYALA G. -S. DE MA-

DRIZ. -M. POSADA. Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F025922)

ACUERDO No. 1683-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha die-

cisiete de mayo del año dos mil siete ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ZOILA CORINA PALMA NOGUERA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. -A. G. CALDERÓN. –VELASCO. –VALDIV. -P. J. -M. TREJO. -M. A. CARDOZA A. -M. POSADA. -E. R.

NÚÑEZ. PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F026043)

ACUERDO No. 1729-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha seis de

junio del año dos mil siete ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada GLORIA MARÍA CAMPOS CORTEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍ-

QUESE Y PUBLÍQUESE. -A. G. CALDERÓN. -M. CLARÁ. -P. J. -M. TREJO. -M. A. CARDOZA A. -M. POSADA. -L. C. DE AYALA G. -S. DE

MADRIZ. PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F025920)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ACUERDO No. 1822-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete. El Tribunal con fecha catorce de

junio del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ALEX MAJANO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en

vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

-A. G. CALDERON. –VELASCO. -P. J. –VALDIV. -R. M. FORTIN H. -M. TREJO. -M. A. CARDOZA A. -M. POSADA. Pronunciado por los ma-

gistrados y magistradas que lo suscriben. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F025972)

ACUERDO No. 1839-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete. El Tribunal con fecha veinte

de junio del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado NELSON HOMERO CASTRO TREJO, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNÍ-

QUESE Y PUBLÍQUESE. -A. G. CALDERON. -M. CLARA. –VELASCO. -P. J. –VALDIV. -M. A. CARDOZA A. -M. POSADA. -L. C. DE AYALA

G. Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F026047)

DECRETO NUMERO 1

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ

CONSIDERANDO:

1) Que los acontecimientos naturales acaecidos en el territorio de la República y los de naturaleza económica a nivel internacional en los

últimos años. Han debilitado la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes, y particularmente la de aquellos que tienen obligaciones

tributarias a favor del municipio de SAN JUAN NONUALCO, situación que lo ha convertido en sujetos morosos de los tributos munici-

pales.

2) Que es urgente que el gobierno municipal de la ciudad de SAN JUAN NONUALCO, incremente sus ingreso mediante el cobro de las

tasas e impuestos municipales, con el fi n de mantener la prestación de los servicios públicos y la seguridad económica de sus habitantes,

promoviendo en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos y así disminuir el índice de morosidad existente.

3) Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente otorgar incentivos tributarios con carácter

transitorio que estimulen a los contribuyentes el pago de sus deudas tributarias municipales.

4) “Que la autonomía de los Municipios a que se refi ere el texto constitucional, es lo sufi cientemente amplia como para garantizar una admi-

nistración municipal que fortalezca la intervención de los ciudadanos en la vida de sus propias comunidades a través del gobierno local. La

autonomía otorgada a los municipios se traduce en la facultad del gobierno municipal para regular y administrar dentro de su territorio la

materia de su competencia, la cual está referida concretamente al bien común local.” “En virtud de los argumentos expuestos... por mandato

constitucional, los Municipios son autónomos en lo económico, técnico y administrativo y, precisamente en virtud de dicha autonomía

es que se les concede el ejercicio de diferentes atribuciones y competencias: así, una de esas facultades, de conformidad al artículo 204

ordinal “o” de la Constitución, es la creación, modifi cación y supresión de tasas y contribuciones públicas.” (Sentencia de la Sala de lo

Constitucional de la Corte Suprema de Justicia: Ref. 812-99 de fecha de junio de 2003).

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

“Tenemos entonces que si la Asamblea Legislativa tiene la facultad de crear impuestos fi scales y municipales, tasas y contribuciones especiales,

y además condonar el pago de intereses como se relaciona en el párrafo anterior; asimismo los Municipios por medio de sus Concejos Municipales

tienen la facultad de crear tasas y contribuciones públicas municipales, puede por medio de ordenanzas condonar el pago de los intereses”. “A partir de

dicha disposición, y haciendo una interpretación analógica de las normas constitucionales, esta Sala tomando como referencia el artículo 131, ordinal

6°, que establece la competencia de la Asamblea Legislativa en cuanto a: “Decretar impuestos fi scales y municipales- tasas y demás contribuciones

-fi scales- sobre toda clase de bienes, servicios e ingresos (...)” tiene facultad por no existir prohibición constitucional para condonar intereses.“ (Sen-

tencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia: Ref. 812-99 de fecha 26 de junio de 2003).

“Lo dicho en los dos párrafos anteriores es una medida que toman tanto la Asamblea como los Concejos Municipales, para que los contribu-

yentes o responsables regularicen espontáneamente su situación de morosos en el pago de los respectivos tributos. Normalmente esta medida se toma

por medio de Decretos Legislativos u Ordenanzas Municipales según el caso, en forma transitoria, facultad que encontramos también en Legislación

comparada.” (Sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia: Ref. 812-99 de fecha 26 de junio de 2003).

5) Que de conformidad con los artículos 203 y 204 ordinal 30 y 5°, de la Constitución de la República y artículos 3, 6- A, 30 número 4 y 32

del Código Municipal, los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico y lo administrativo y regularán las materias de su

competencia por medio de Ordenanzas Municipales.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y legales. DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDA POR TASAS E IMPUESTOS A

FAVOR DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN NONUALCO.

Art. 1.- Se concede un plazo de TRES MESES contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza para que los sujetos pasivos de la obli-

gación tributaria municipal, que adeuden tasas e impuestos al municipio de SAN JUAN NONUALCO, puedan acogerse a los benefi cios de la presente

ordenanza consistente en la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus respectivas cuentas o que sean atribuibles

a los contribuyentes.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que, estando califi cados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de las tasas e impuestos

municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia

de la presente ordenanza.

c) Los contribuyentes por tasas e impuestos que se encuentren en proceso de cobro judicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza

y se sometan a la forma de pago establecida en esta ordenanza.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos, hayan suscrito el correspondiente

convenio de pago.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme en el proceso ejecutivo por

parte de la municipalidad y se acojan a los benefi cios de esta Ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles en el municipio que reciben uno o más servicios

municipales, y por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.

Los planes de pago hasta hoy suscritos deberán ajustarse al plazo de este decreto, como condición para gozar de este benefi cio. A los contribu-

yentes que ya tengan plan de pago establecido se les aplicará el benefi cio únicamente al ajustarse el plazo para las obligaciones pendientes de pago,

al establecido en esta ordenanza.

Los contribuyentes deberán acogerse a los benefi cios de esta ordenanza, en un plazo no mayor de TRES MESES contados a partir de su vigen-

cia.

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Los contribuyentes a los que se refi ere el literal d) del presente artículo de los benefi cios establecidos en esta ordenanza respecto de las cuotas

pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente ordenanza.

Art. 3.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente ordenanza deberán solicitarlo al Departamento de

Cuentas Corrientes del municipio en un plazo no mayor de TRES MESES contados a partir de la entrada en vigencia de esta ordenanza.

Art. 4.- A los contribuyentes que al entrar en vigencia esta ordenanza, hubieren suscrito planes de pago que no excedan de seis meses o no les

faltare más de seis meses, para su cumplimiento se les aplicará automáticamente el benefi cio de este decreto, siempre y cuando estén al día en sus

pagos.

Art. 5.- Sólo podrán gozar de los benefi cios que establece esta ordenanza los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de

pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de vigencia de esta ordenanza.

Art. 6.- Los benefi cios de este decreto cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento del plan de pagos pactado con el municipio y en

consecuencia se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse.

La fuerza mayor o el caso fortuito deberán ser califi cada por el Concejo Municipal, para que opere como excepción.

Art. 7.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de SAN JUAN NONUALCO, a los 24 días del mes de agosto del año dos mil

siete.

RENE FRANCISCO GARCÍA, GABRIEL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO.

JUAN PACHECO CRUZ, JESÚS GÓMEZ,

PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

NOE ANTONIO AYALA ALVARADO, ARNULFO ERNESTO HENRÍQUEZ HDEZ.,

TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.

ALFREDO VILLALOBOS CRESPÍN, JOSÉ ANTONIO CORNEJO,

QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.

JOSÉ ANTONIO ORTÍZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F025980)

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DECRETO NUMERO 7.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN PEDRO NONUALCO, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

CONSIDERANDO:

I. Que los acontecimientos naturales acaecidos en el territorio de la República y los de naturaleza económica a nivel internacional en los últimos años, han debilitado la capacidad de pago de la mayoría de los habitantes, y particularmente, la de aquellos que tienen obligacio-nes tributarias a favor del Municipio de SAN PEDRO NONUALCO, situación que los ha convertido en sujetos morosos de los tributos municipales.

II. Que es urgente que el Gobierno Municipal de SAN PEDRO NONUALCO, incremente sus ingresos mediante el cobro de las tasas e im-puestos municipales, con el fi n de mantener la prestación de los servicios, el bienestar social y la seguridad económica de sus habitantes.

III. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes una cultura de pago de los tributos para disminuir el índice de morosidad existente.

IV. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora tributaria a favor del municipio, es conveniente otorgar incentivos tributarios con carácter transitorio que estimulen a los contribuyentes el pago de sus deudas tributarias municipales.

V. Que al no existir en la Constitución ni en la Legislación secundaria prohibición alguna para perdonar o dispensar el pago de intereses o accesorios a la obligación principal, en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago pretende benefi ciar a los contribuyentes morosos y lograr una mayor recaudación, es procedente conceder los benefi cios de esta ordenanza.

VI. Que de conformidad con los artículos 203 y 204 ordinal 5° de la Constitución de la República; artículos 3, 13, 30 y 32 del Código Muni-cipal, los municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico, y regularán las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades constitucionales y legales, DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCION DE

INTERESES Y MULTAS PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS E IMPUESTOS A FAVOR

DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO NONUALCO,

DEPARTAMENTO DE LA PAZ

Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto permitir a los sujetos pasivos que se encuentren en mora ya sean como contribuyentes o respon-

sables de la obligación Tributaria de pagar Tasas a la Municipalidad de SAN PEDRO NONUALCO, regularicen su situación de morosidad.

Las palabras “contribuyente” y “Responsable” se entenderán conforme a la defi nición legal establecida en la Ley General Tributaria Municipal

vigente.

Art. 2.- Se entenderá por tasa municipal aquellos pagos generalmente en dinero que la Municipalidad de SAN PEDRO NONUALCO exija a

los sujetos pasivos y que se generen en ocasión de los servicios públicos de naturaleza administrativa o jurídica que preste la Municipalidad.

Art. 3.- Se establece que un sujeto pasivo está en mora, cuando ha omitido el pago de las tasas municipales en un plazo de sesenta días después de

producido el hecho generador, es decir, cuando ocurra en la realidad el supuesto previsto en la ley u ordenanza de creación de los tributos Municipales

de SAN PEDRO NONUALCO.

Art. 4.- Para efectos de brindar facilidades en el pago de las tasas, se establece, que a los contribuyentes o responsables de la obligación de pagar

tasas a la Municipalidad de SAN PEDRO NONUALCO, se concede un plazo de 3 meses contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza

para que los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal, que adeuden tasas e impuestos al municipio de SAN PEDRO NONUALCO, puedan

acogerse a los benefi cios de la presente ordenanza consistente en la exención del pago de intereses y multas que se hayan generado y cargado a sus

respectivas cuentas o que sean atribuibles a los contribuyentes.

Page 51: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Art. 5.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera

de las siguientes condiciones:

a) Aquellos que, estando califi cados en el registro de contribuyentes del municipio, se encuentren en situación de mora de las tasas e impuestos municipales.

b) Las personas naturales o jurídicas que se hayan inscrito oportunamente en el registro de contribuyentes o que lo hagan dentro de la vigencia de la presente ordenanza.

c) Los contribuyentes por tasas e impuestos que se encuentren en proceso de cobro judicial iniciado antes de la vigencia de esta Ordenanza y se sometan a la forma de pago establecida en esta ordenanza.

d) Los que habiendo obtenido resolución favorable para pagar la deuda tributaria por tasas e impuestos, hayan suscrito el correspondiente convenio de pago.

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya dictado sentencia judicial fi rme en el proceso ejecutivo por parte de la municipalidad y se acojan a los benefi cios de esta Ordenanza.

f) Los sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal que tengan bienes inmuebles en el municipio que reciben uno o más servicios municipales, y por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el registro de Contribuyentes.

Los planes de pago hasta hoy suscritos deberán ajustarse al plazo de este decreto, como condición para gozar de este benefi cio.

A los contribuyentes que ya tengan plan de pago establecido se les aplicará el benefi cio únicamente al ajustarse el plazo para las obligaciones pendientes de pago, al establecido en esta ordenanza.

Los contribuyentes deberán acogerse a los benefi cios de esta ordenanza, en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de su vigencia.

Los contribuyentes a los que se refi ere el literal d) del presente artículo, únicamente gozarán de los benefi cios establecidos en esta ordenanza respecto de las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en vigencia la presente ordenanza.

Art. 6.- Los contribuyentes que estén interesados en gozar de los benefi cios de la presente ordenanza deberán solicitarlo al Departamento de Cuentas Corrientes del municipio en un plazo no mayor de tres meses contados a partir de la entrada en vigencia de esta ordenanza.

Art. 7.- A los contribuyentes que al entrar en vigencia esta ordenanza, hubieren suscrito planes de pago que no excedan de 6 meses o no les faltare más de seis meses, para su cumplimiento se les aplicará automáticamente el benefi cio de este decreto, siempre y cuando estén al día en sus pagos.

Art. 8.- Sólo podrán gozar de los benefi cios que establece esta ordenanza los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de tres meses a que se refi ere el artículo 1. De no cumplir con este artículo los intereses y multas se aplicarán al saldo pendiente.

Art. 9.- Los benefi cios de este decreto cesarán de inmediato en el caso de incumplimiento del plan de pagos pactado con el municipio y en consecuencia se hace exigible la totalidad de la obligación para las cantidades que faltare por cumplirse.

Art. 10.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de SAN PEDRO NONUALCO, a los cuatro días del mes de Octubre de dos mil siete.

Prof. Luis Guillermo García Cortez,

Alcalde Municipal.

Humberto Rutilio de León, Pedro de Jesús Rodríguez Parada,

Síndico Municipal. Primer Regidor.

Leonardo Escalante Cortez, José Alfredo Hernández Reyes,

Segundo Regidor. Tercer Regidor.

Santiago Ulloa Interiano, Guillermo Pérez,

Cuarto Regidor. Secretario Municipal

(Registro No. F025890)

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DECRETO NÚMERO DOS.

El Concejo Municipal de San Simón, del Departamento de Morazán.

CONSIDERANDO:

I. Que se ha decretado la LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL, que sienta las bases o principios generales para que los municipios

emitan sus tasas de acuerdo a lo estipulado en el Art. 204 ordinal 1° y 5° de la Constitución de la República.

II. Que es necesario que las TASAS que se establezcan cubran los costos para que los servicios que se prestan en esta comunidad, sean efi -

cientes.

III. Que conforme a lo dispuesto por la LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL, corresponde al Concejo Municipal, crear, modifi car, o

suprimir tasas o contribuciones especiales, mediante la emisión de ordenanzas en las cuales se fi jen las políticas, criterios y regulaciones.

IV. Que es conveniente decretar modifi cación a la actual ordenanza reguladora de las tasas que regirán a este Municipio, así como posteriores

tasas que sean necesarias crear.

V. POR TANTO: este Concejo en uso de sus facultades legales y de conformidad a lo que establece el Art. 204 ordinal 1° y 5°, de la Constitución

de la República, y el Art. 30 numeral 4°, del Código Municipal, así como los Artículos 2, 5 y 7 inciso 2°, 77 de la Ley General Tributaria

Municipal, en virtud de lo anterior DECRETA: la siguiente ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNI-

CIPALES.

CAPITULO PRIMERO

CONCEPTOS GENERALES

Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular las TASAS MUNICIPALES, a cobrarse entendiéndose por tales, aquellos tributos que

se generen en razón de los servicios públicos de naturaleza administrativa o jurídica, prestados por el municipio.

Art. 2.- Se entenderá por HECHO GENERADOR, el supuesto previsto en esta Ordenanza, que cuando ocurre en la realidad da lugar al nacimiento

de la obligación tributaria.

Art. 3.- Será SUJETO ACTIVO de la obligación Tributaria Municipal de este Municipio en su carácter de ACREEDOR de los respectivos tribu-

tos.

Art. 4.- Serán SUJETOS PASIVOS de la obligación tributaria municipal de los CONTRIBUYENTES Y RESPONSABLES.

Se entiende por SUJETOS PASIVOS aquellas personas naturales o jurídicas obligadas al cumplimiento de prestaciones pecuniarias, ya sea como

contribuyentes o responsables.

CONTRIBUYENTE es el sujeto pasivo respecto al cual se verifi ca el hecho generador de la obligación tributaria.

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

RESPONSABLE de la obligación tributaria es aquél sin ser contribuyente, por mandato expreso de esta ordenanza deberá cumplir las obligaciones

del contribuyente.

Art. 5.- Para efectos de la aplicación de esta Ordenanza, se entenderá como SUJETOS PASIVOS de esta aplicación tributaria municipal a las

siguientes personas o entidades: Propietarios, Arrendatarios, Usufructuarios, Fideicomisarios de inmuebles, Adjudicatarios a cualquier título, las

comunidades de bienes sucesiones, sociedades de hecho y otros entes colectivos a patrimonios, herederos a títulos universal o curador de la herencia

yacente del contribuyente fallecido hasta el monto de la masa hereditaria, poseedores o meros tenedores y en última instancia a la persona a cuyo

nombre se haya solicitado el servicio prestado por esta Municipalidad.

Art. 6.- Son SUJETOS DE PAGO DE TASAS por los servicios prestados por esta Municipalidad, el Estado, Instituciones Autónomas y otras

de cualquier naturaleza; así como también los Organismos, Instituciones y Personas Extranjeras acreditadas en esta jurisdicción.

CAPITULO SEGUNDO

DE LAS TASAS

Art. 7.- Se establecen las siguientes TASAS por servicio de la Municipalidad de San Simón, Departamento de Morazán, de la manera que se

detalla continuación.

1. ALUMBRADO PUBLICO.-

a) Con lámpara de vapor de mercurio de 175 watts a un lado de la vía, el metro lineal al mes ................................... $ 0.12

b) Con bombillo incandescente de 100 watts a un lado de la vía, el metro lineal al mes ............................................ $ 0.08

2. RECOLECCION DE BASURA.-

Se cobrará de acuerdo al área de frente del inmueble, hasta la mitad de la calle el metro cuadrado, al mes.

a) Habitacional y Religioso ............................................................................................................................................ $ 0.06

b) Instituciones Públicas, Financieras, Comerciales e Industriales ............................................................................... $ 0.10

3. SERVICIOS DE PAVIMENTACION.-

(Asfáltica, concreto, adoquinado completo, adoquinado mixto, empedrado y fraguado) según el área del

frente del inmueble hasta la mitad de la calle, se cobrará:

a) Pavimento metro cuadrado al mes.............................................................................................................................. $ 0.04

4. SERVICIOS DE AGUA.-

a) Se cobrará por los servicios de Agua Potable:

a.1) Pago mensual para uso domiciliar (por cada servicio de agua) ................................................................................. $ 1.00

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

a.2) Pago mensual para uso agrícola, pecuario o industrial ............................................................................................. $ 10.0

a.3) Pago mensual para Instituciones Gubernamentales, religiosas y privadas ................................................................ $ 5.00

b) Se cobrará por los servicios de Aguas Negras:

b.1) Pago mensual para uso domiciliar.............................................................................................................................. $ 0.67

b.2) Pago mensual para Instituciones Gubernamentales, religiosas y privadas................................................................. $ 2.86

5. SERVICIOS JURIDICOS – ADMINISTRATIVOS SE COBRARA.-

a) Registro de Documentos.-

a.1) Inscripción o cancelación de documentos privados cada uno.................................................................................... $ 5.71

b) Extensión de Títulos; la cancelación se efectuará en base al total de metros cuadrados de la propiedad.

b.1) De terrenos urbanos el metro cuadrado cada uno ...................................................................................................... $ 0.35

b.2) De terrenos rurales el metro cuadrado cada uno ........................................................................................................ $ 0.02

b.3) Por cada certifi cación de título de propiedad urbano o rural cada uno ...................................................................... $ 22.00

b.4) Por inspección de terreno en la zona urbana .............................................................................................................. $ 20.00

b.5) Por inspección de terreno en la zona rural ................................................................................................................ $ 30.00

c) Auténticas de fi rmas en general cada una................................................................................................................... $ 10.00

d) Certifi caciones y Constancias.-

d.1) Certifi caciones o constancias extendidas por el registro del estado familiar cada una ............................................. $ 2.00

d.2) Certifi caciones de actas que se soliciten; cada una .................................................................................................. $ 2.00

d.3) Certifi caciones o constancias por el alcalde cada una................................................................................................ $ 2.86

d.4) Por cada documento marginado y certifi cado ........................................................................................................... $ 0.25

e) Matrimonios.-

e.1) Celebraciones en la ofi cina......................................................................................................................................... $ 20.00

e.2) Celebraciones en lo rural, días hábiles ...................................................................................................................... $ 20.00

Sin incluir transporte

e.3) Celebraciones en lo urbano, días hábiles ................................................................................................................... $ 17.14

e.4) Celebraciones en lo urbano, días no hábiles .............................................................................................................. $ 25 .00

e.5) Celebraciones en lo rural, días no hábiles .................................................................................................................. $ 25.00

Sin incluir transporte

f) Emisión de Documentos de Identifi cación.-

f.1) Carnet de minoridad cada uno.................................................................................................................................... $ 1.50

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

g) Fotocopias de Documentos.-

g.1) Fotocopias tamaño carta/ofi cio cada uno ................................................................................................................... $ 0.12

g.2) Reducciones y ampliaciones cada una ....................................................................................................................... $ 0.25

g.3) Fotocopias de documentos personales cada uno ........................................................................................................ $ 0.25

h) Servicios de Fax cada página .................................................................................................................................... $ 2.00

i) Revisión de Planos

i.1) De construcción, remodelación, reparación y ampliaciones cada metro cuadrado.................................................... $ 1.50

i.2) Para lotifi caciones que llenen los requisitos, establecidos en la ley de urbanismo y construcción, así como

demás disposiciones legales por cada m2 de área del lote ........................................................................................ $ 0.35

i.3) Para lotifi caciones urbanizadas que llenen los requisitos, establecidos en la Ley de Urbanismo y Construcción,

así como demás disposiciones legales por cada m2 de área útil ................................................................................ $ 0.70

6. DERECHOS POR USO DEL SUELO Y SUB-SUELO, SE COBRARA.

a) Antenas y torres, de radio, telefonía celular, televisión, empresas de cable con señal satelital y otras.

a.1) Instalación por cada una ............................................................................................................................................ $ 600.00

a.2) Por conexión en la red eléctrica municipal ............................................................................................................... $ 4,000.00

a.3) Uso del suelo por cada una al mes ............................................................................................................................. $ 200.00

b) Postes del tendido Eléctrico, Telefónico y otros.-

b.1) Instalación por cada uno............................................................................................................................................. $ 5.71

b.2) Uso del suelo por cada uno al mes ............................................................................................................................ $ 2.50

c) Perforación de Pozos.-

c.1) Para uso domiciliar por cada uno ............................................................................................................................... $ 34.28

c.2) Para uso industrial por cada uno ................................................................................................................................ $ 57.14

d) Cajas Telefónicas Subterráneas o Superfi ciales.-

d.1) Instalación por cada una............................................................................................................................................ $ 300.00

d.2) Uso del suelo por cada una al mes ............................................................................................................................. $ 60.00

e) Teléfonos Públicos.-

e.1) Instalación por cada uno............................................................................................................................................. $ 50.00

e.2) Uso de suelo por cada uno al mes .............................................................................................................................. $ 35.00

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

f) Vallas Publicitarias con fi nes comerciales.-

f.1) Instalación por cada una ............................................................................................................................................ $ 15.00

f.2) Uso de suelo por cada una al mes ............................................................................................................................. $ 8.00

g) Recursos Naturales.-

(En los casos de conducción de tuberías éstas tendrán como mínimo una profundidad de 0.80 centímetros y

como máximo 100 centímetros). En los casos de cruces de calles se deberá utilizar tubería de Hierro

Galvanizado.

g.1) Por construcción de caja de captación dentro de esta jurisdicción ............................................................................ $ 100.00

g.2) Si en el trayecto de la ubicación de la tubería se tuviera que romper la calle o camino vecinal en lo rural

se cobrará por metro lineal ........................................................................................................................................ $ 1.50

(En el caso que la calle estuviera empedrada y fraguada o pavimentada el costo será de $ 3.00 por

metro cuadrado)

g.3) Si en el trayecto de la ubicación de la tubería se tuviera que romper la calle o camino vecinal en lo

urbano se cobrará por metro lineal ............................................................................................................................ $ 3.00

g.4) Por la explotación de ojos de agua o manantiales comprendidos en esta jurisdicción; para otros municipios

por cada uno al mes.................................................................................................................................................... $ 60.00

7. MERCADOS, PLAZAS Y SITIOS PUBLICOS.-

a) En caso de hacer la transferencia del derecho de un local a otra persona el costo será ............................................. $ 40.00

b) Locales no inmediatos a la entrada cada uno al mes.................................................................................................. $ 15.00

c) Locales inmediatos a la entrada cada uno al mes...................................................................................................... $ 25.00

d) Comerciantes ubicados en sitios públicos; al día ....................................................................................................... $ 0.50

e) Comerciantes ubicados en sitios públicos; en tiempos feriados, al día pagará por metro lineal .............................. $ 0.10

f) Vehículos con parlantes dedicados a la venta de mercadería parqueados en la vía pública, pagará por día.............. $ 1.14

g) Vehículos sin parlantes dedicados a la venta de mercadería parqueados en la vía pública, pagará por día ............. $ 1.00

h) Servicios sanitarios, del interior del mercado por cada vez que se use, se pagará.................................................... $ 0.25

8. CEMENTERIOS (en lo Urbano y Rural).-

a) Derechos de sepulcro.-

a.1) Por enterramiento de adulto en fosa común de 2.00 metros de largo por 1.00 metro ancho ..................................... $ 5.00

a.2) Por enterramiento de infante en fosa común de 1.20 metros por 0.80 centímetros .................................................. $ 3.00

a.3) Por prorroga de cada año para conservar en la misma sepultura los restos de un cadáver adulto o infante .............. $ 1.14

a.4) Para tener derecho perpetuo para enterramiento, en mausoleo cada metro cuadrado ............................................... $ 200.00

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

b) Formulario de Título con derecho a perpetuidad, cada uno ....................................................................................... $ 2.86

c) Para construcción de sótanos en contracabas, de los puestos de mausoleo:

Para tres nichos........................................................................................................................................................... $ 51.42

Para seis nichos .......................................................................................................................................................... $ 102.84

Para nueve nichos ....................................................................................................................................................... $ 154.26

d) Para enterramientos que se verifi quen en nichos construidos en fosas ..................................................................... $ 50.00

e) En caso de solicitud de exhumación de cadáver por cualquier causa; salvo disposiciones judiciales....................... $ 50.00

f) Traspaso o reposición de un Título a perpetuidad ..................................................................................................... $ 2.86

g) Permiso para trasladar un cadáver fuera del municipio ............................................................................................. $ 2.86

9. GANADERIA.-

a) Rastro y Tiangue.-

a.1) Corrales en el matadero, por cabeza cada veinticuatro horas

Ganado Mayor ........................................................................................................................................................... $ 5.00

Ganado Menor............................................................................................................................................................ $ 5.00

a.2) Revisión por cabeza para destace, previa revisión de la Inspectoría de Salud Pública.

Ganado Mayor............................................................................................................................................................ $ 0.25

Ganado Menor............................................................................................................................................................ $ 0.15

a.3) Sacrifi cio y Destace, por cabeza.-

Ganado Mayor............................................................................................................................................................ $ 4.00

Ganado Menor ........................................................................................................................................................... $ 2.00

Revisión de ganado para destace por cabeza

En el caso de ganado mayor, por destace cada novilla se pagará con un recargo de $ 8.57

b) Visto Bueno por venta.-

b.1) Visto bueno por cabeza .............................................................................................................................................. $ 2.50

b.2) Por cada formulario para carta de venta..................................................................................................................... $ 0.25

b.3) Cotejo de fi erro con excepción de impuesto fi scal ..................................................................................................... $ 0.25

c) Otros Servicios de Ganadería.-

c.1) Grabado de fi erro para herrar ganado, cada uno sin incluir el impuesto fi scal ....................................................... $ 5.71

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

c.2) Poste de Ganado por cabeza

Ganado Mayor ........................................................................................................................................................... $ 10.0

Ganado Menor............................................................................................................................................................ $ 5.00

c.3) Guía de Conducción de Ganado por cabeza

Ganado Mayor ........................................................................................................................................................... $ 1.14

Ganado Menor ........................................................................................................................................................... $ 0.57

c.4) Introducción de carne proveniente de otros municipios, previa inspección sanitaria cada libra .............................. $ 0.50

c.5) De conducir carne a otras jurisdicciones, previa inspección sanitaria cada libra ...................................................... $ 0.25

c.6) Auténticas de fi rma en carta poder, por cabeza.......................................................................................................... $ 1.00

d) Matrículas de Fierro de Herrar Ganado.-

d.1) Por tramitación de expedición, traspaso o reposición, por cada matrícula sin incluir el impuesto fi scal .................. $ 30.0

d.2) Refrendas de matrículas de fi erros cada una al año, sin incluir el impuesto fi scal .................................................. $ 10.0

d.3) La inscripción o refrendas de matrículas para correteros de ganado, cada una al año, sin incluir el impuesto

fi scal .......................................................................................................................................................................... $ 3.43

d.4) Inscripción de matrículas de destazador de ganado o dueño de destace, cada una al año, sin incluir impuesto

fi scal ......................................................................................................................................................................... $ 10.0

d.5) Inscripción o refrenda de matrículas de matarifes, cada una al año.......................................................................... $ 3.43

10. PERMISOS.-

a) Para situar materiales de construcción en las calles urbanas, sin obstaculizar el tráfi co vehicular y peatonal

cada una al mes ......................................................................................................................................................... $ 5.00

(en caso pasado de un mes se cobrará el 100%)

b) Permisos para realizar fi estas, en casas particulares

b.1) Para bailes y fi estas con fi nes lucrativos, en horas nocturnas cada una ................................................................... $ 2.50

b.2) Para bailes y fi estas con fi nes lucrativos, en horas diurno cada una .......................................................................... $ 2.00

b.3) Para bailes y fi estas sin fi nes lucrativos, en horas nocturnas cada una ...................................................................... $ 5.71

b.4) Para bailes y fi estas sin fi nes lucrativos, en horas diurno cada una........................................................................... $ 3.00

d) Por alquiler de casa comunal u otros edifi cios municipales (en lo Urbano y Rural).-

d.1) Para baile con fi nes lucrativos .................................................................................................................................. $ 3.43

d.2) Para bailes sin fi nes lucrativos ................................................................................................................................... $ 5.71

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

d.3) Para otras actividades no lucrativas ........................................................................................................................... $ 5.71

d.4) Para otras actividades lucrativas................................................................................................................................. $ 3.43

Las personas o entidades encargadas de las actividades antes mencionadas serán responsables de los daños o perjuicios que se causen

en las instalaciones.-

NOTA: Se exceptúan de estas tasas aquellas actividades cívicas que promueven la cultura, siempre que no perciban lucro.

e) Para construir quiosco (chalets) en sitios públicos o privados cada uno.................................................................... $ 15.00

f) Para el funcionamiento de quiosco (chalets) pago mensual ...................................................................................... $ 2.86

g) Anuncios publicitarios o rótulos comerciales pegados en pared, cada uno al mes o fracción .................................. $ 2.86

h) Anuncios publicitarios o rótulos comerciales salientes, cada uno al mes o fracción................................................. $ 2.86

i) Colocación de anuncios publicitarios en predios baldíos y construcciones propiedad de la municipalidad,

metro cuadrado cada uno al mes ................................................................................................................................ $ 10.0

h) Para romper pavimento, con el objeto de hacer reparaciones o conexiones de los servicios de Agua Potable:

h.1) Para empresas o personas jurídicas, metro lineal o fracción...................................................................................... $ 10.0

h.2) Para Instituciones Gubernamentales, religiosas y privadas, metro lineal o fracción ................................................ $ 5.71

h.3) Para personas naturales metro lineal o fracción ......................................................................................................... $ 3.00

i) Para romper pavimento, con el objeto de hacer reparaciones o conexiones de Aguas Negras:

i.1) Para empresas o personas jurídicas, metro lineal o fracción...................................................................................... $ 20.0

i.2) Para Instituciones Gubernamentales, religiosas y privadas, metro lineal o fracción ................................................ $ 10.0

i.3) Para personas naturales metro lineal o fracción ........................................................................................................ $ 5.71

j) Por conexión del servicio de agua potable ................................................................................................................. $ 20.0

k) Por conexión del servicio de aguas negras ................................................................................................................ $ 40.0

l) Reconexión del servicio de agua potable ................................................................................................................... $ 30.0

m) Reconexión del servicio de aguas negras .................................................................................................................. $ 50.0

n) Para extraer piedra, arena, y balastro de causes o aluviones comprendidos en esta jurisdicción, por cada m3

o fracción cada uno ................................................................................................................................................... $ 2.86

ñ) Por tala de árboles en el área urbana, previo el permiso de la institución correspondiente, por cada uno ............... $ 3.43

o) Por la venta de bebidas alcohólicas o por renovación de las mismas, cada una al año será de un salario mínimo;

año vigente ................................................................................................................................................................. $ 174.30

p) Permiso por conexión a la red eléctrica de proyectos realizados por la municipalidad, para personas naturales...... $ 5.71

q) Permiso por conexión a la red eléctrica de proyectos realizados por la municipalidad, para personas jurídicas ...... $ 4,000

11. MATRICULAS CADA UNA AL AÑO.-

a) De aparatos parlantes, extendidos conforme reglamento respectivo cada uno al año................................................ $ 24.0

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

b) De juegos permitidos por la ley:

b.1) Para funcionamiento de billares, cada matrícula uno al año ...................................................................................... $ 60.0

b.2) Pago mensual de billares ........................................................................................................................................... $ 10.0

c.1) Para funcionamiento de loterías de cartón, números o fi guras cada matricula al año............................................... $ 200.0

c.2) Pago mensual de lotería.............................................................................................................................................. $ 10.0

d.1) De loterías chicas, juegos de argolla, tiro al blanco, futbolito y otros similares, cada matrícula al año.................... $ 200.0

d.2) Pago mensual de lotería chica, argollas, tiro al blanco, futbolito y otros similares ................................................... $ 10.0

e.1) De aparatos electrónicos que funcionan con depósito de monedas, matrícula al año................................................ $ 200.0

e.2) De aparatos electrónicos que funcionan con depósito de monedas, pago mensual .................................................. $ 10.0

c) De trapiches.-

c.1) De hierro con motor ................................................................................................................................................... $ 11.42

c.2) De hierro sin motor .................................................................................................................................................... $ 11.42

c.3) De madera .................................................................................................................................................................. $ 11.42

d) Recibideros de café cada uno al año ......................................................................................................................... $ 200.0

e) Máquinas destinadas a desfi brar henequén cada uno al año ...................................................................................... $ 11.42

12. SERVICIOS VARIOS.-

a) Por el paso de buses de trasporte colectivo, cada viaje ............................................................................................. $ 2.00

b) Por parqueo de buses y camiones en sitios públicos, cada uno al mes ...................................................................... $ 41.43

Art. 8.- Se cobrará el 5% sobre todo ingreso con destino al fondo municipal proveniente de tasas o derechos por servicios públicos en natura-

leza administrativa o jurídica a que se refi ere esta ordenanza, que pagará el contribuyente, para la celebración de fi estas o ferias patronales, cívicas o

nacionales, exceptuándose de este gravamen los que se cobran por medio de tiquetes autorizados.

CAPITULO TERCERO

De la mora, pago en exceso y otras regulaciones en el cobro de las tasas.

Art. 9.- Se entenderá que el Sujeto Pasivo cae en mora, en el pago de las tasas cuando no realizare el mismo y dejare transcurrir un plazo de

más de SESENTA DIAS sin hacer efectivo dicho pago; estos tributos no cancelados en las condiciones que se señalan en esta disposición causarán

un interés moratorio hasta la fecha de su cancelación del equivalente al interés de mercado, para las deudas concentradas por el sector comercial para

los efectos de pago, se aplicará la taza vigente al momento de pago obligatorio.

Los Intereses se pagarán junto con el tributo sin necesidad de resolución o requerimiento. En consecuencia la obligación de pagarlo subsistirá

aun cuando no hubieren sido exigidos por el colector; Bancos Financieros o cualquier otra Institución autorizada para recibir dicho pago.

Estos intereses se aplicarán desde el vencimiento del plazo en que debió pagarse la tasa el día de la extinción total de la aplicación tributaria,

excepto lo dispuesto en el inciso último del Artículo cuarenta y seis de la Ley General Tributaria Municipal.

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Del Pago en exceso.

Art. 10.- Si un contribuyente pagare una cantidad en exceso o indebidamente, cualesquiera que esta fuere, tendrá derecho a que la municipalidad

le haga la devolución del saldo a su favor o que se abone esta a deudas tributarias futuras.

Art. 11.- Las áreas verdes y de servicio comunal de urbanizaciones que no hayan sido legalmente traspasadas a la municipalidad estarán afectadas

al pago de la tasa por servicios que reciban, en tanto no se efectué el traspaso.

Art. 12.- Los sujetos pasivos señalados en los artículos cinco y seis de esta ordenanza, están obligados al pago de tasas por servicios tal como lo

estipula esta ordenanza.

Art. 13.- La renovación de licencia, matrículas, permisos o patentes, si fueren anuales, deberán hacerse en los primeros tres meses de cada año.

En aquellos casos de vencimiento, se cobrará de forma simultánea al pago del valor de la tasa respectiva, la multa correspondiente.

Art. 14.- Se presume que una persona continúa ejerciendo una actividad sujeta a licencia, matrícula, permiso o patente, mientras no dé aviso por

escrito y se compruebe el cese de la actividad respectiva.

Art. 15.- Para la extensión de licencias, matrículas, permisos y patentes la municipalidad, podrá establecer los requisitos que considere conve-

nientes o necesarios para la expedición u otorgamiento de las mismas.

Art. 16.- Para obtener solvencia municipal es necesario estar al día en el pago total de las diferentes cuentas que se hayan registrado, a nombre

del solicitante.

Art. 17.- La municipalidad deberá solicitar a las empresas de Servicios Eléctricos, de Telecomunicaciones, que presenten solvencia municipal

a quienes solicitan instalaciones, de esos servicios.

Art. 18.- La Alcaldía deberá exigir la solvencia municipal a todas aquellas personas que soliciten se les extienda cualquier permiso, licencia o

certifi caciones.

Art. 19.- Para efectuar conexiones de Agua Potable o Aguas Negras la Alcaldía deberá exigir la presentación de escritura del inmueble o cons-

tancia en caso de que no esté a su nombre.

Art. 20 Toda solicitud relacionada con la presente ordenanza deberá dirigirse a la Alcaldía Municipal por escrito y verbal.

Art. 21.- La acción de la Municipalidad para reclamar el pago de las tasas causadas con anterioridad a la vigencia de esta ordenanza, prescriban

en quince años, contados desde la fecha en que debió haberse efectuado la tasación.

Art. 22.- La obligación para todo propietario de inmuebles a pagar las tasas por los servicios municipales que reciban se originan desde el mo-

mento que adquiere el inmueble, esté o no registrado en el Centro Nacional de Registro (CNR).

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

CAPITULO CUARTO

De las infracciones, clases de sanciones, procedimientos y recursos.

Clases de Sanciones

Art. 23 Se establecen las siguientes sanciones por las contravenciones tributarias:

1° Multas.

2° Comiso de especies que hayan sido objeto o el medio para cometer la contravención o infracción.

3° Clausura de establecimiento; cuando fuere procedente.

Nota: Se entenderá por comiso: la intervención de los bienes, objetos de la contravención del delito y los materiales empleados, para la elabo-

ración o transformación de los mismos.

Se entenderá por especies: el conjunto de cosas semejantes por características comunes. (el comiso no se puede recuperar y el decomiso se puede

recuperar)

Art. 24.- Para efectos de esta ordenanza se consideran CONTRAVENCIONES o infracciones a la obligación de pagar las TASAS por los servicios

municipales respectivos, el hecho de omitir el pago o hacerlo fuera de los plazos estipulados.

La contravención o infracción señalada anteriormente, será sancionada con una multa del cinco por ciento del tributo, se pagará en los tres pri-

meros meses de mora; si pagare en los meses posteriores la multa será del diez por ciento.

En ambos casos la multa mínima será de dos 85/100 dólares, según el art. 65 de la Ley General Tributaria Municipal.

Art. 25.- Toda contravención o infracción que se incurrieren los contribuyentes responsables o terceros que consistan en violaciones a las obliga-

ciones tributarias previstas en la Ley General Tributaria Municipal, en esta ordenanza y que estuvieren tipifi cadas expresamente en el presente capítulo

será sancionada con multa de CINCO 71/100 dólares.

Art. 26.- El ejercicio de actividades sin permiso de funcionamiento, licencias, matrícula o patente hará incurrir en una infracción de CINCO

71/100 dólares.

Sin perjuicio de lo anterior y si el caso lo amerita, se aplicará otras sanciones, tales como el comiso de especies y cierre del establecimiento, en

su caso.

De los procedimientos para aplicar sanciones.

Art. 27.- El conocimientos de las contravenciones o infracciones y las sanciones correspondientes será competencia del Alcalde Municipal y su

Concejo o del funcionario autorizado.

Art. 28.- Cuando no se trate de contravención o infracción a que se refi ere el artículo 28 de esta ordenanza el procedimiento a seguir para aplicar

SANCIONES es el que se establece en los artículos 112 inciso 2°, 3°, 113 y 114 de la Ley General Tributaria Municipal.

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

De los recursos.

Art. 29.- De la determinación de tributos y la aplicación de sanciones hechas por la Administración Tributaria Municipal, se admitirá RECURSO

DE APELACION ante el Concejo Municipal, el cual deberá resolver ante el funcionario que haya pronunciado la apelación correspondiente, en un

plazo de tres días después de su notifi cación.

La tramitación del recurso especifi cado en el inciso anterior seguirá las reglas que para el mismo se han establecido en el artículo 123 incisos 3°

y siguientes de la Ley General Tributaria Municipal.

CAPITULO QUINTO.

Disposiciones Generales.

Art. 30.- La determinación, verifi cación, control y recaudación de las TASAS como función básica de la Administración Tributaria Municipal,

serán ejercidas por el Alcalde Municipal y su Concejo, quienes estarán en la obligación de hacer cumplir lo que en esta ordenanza se prescribe.

Art. 31.- Lo que no estuviere previsto en esta ordenanza, estará sujeto a lo que se disponga en el Título cuarto de la Ley General Tributaria

Municipal, en lo que fuere pertinente.

De igual modo, las tasas que no se estipulen en la presente ordenanza podrán ser reguladas en otras ordenanzas de esta municipalidad, todo de

acuerdo a las disposiciones de la Ley General Tributaria Municipal.

De la derogatoria

Art. 32.- Derógase las tasas comprendidas en la actual tarifa de arbitrios Municipales de la población de la Villa de San Simón, así como sus

reformas y disposiciones que regulan las mismas.

Disposiciones transitorias.

Art. 33.- Los recursos que en materia de tasas y que actualmente estén en trámites de acuerdo a la tarifa de arbitrios Municipales de la Villa de

San Simón, seguirán ventilándose según lo especifi cado por dicho cuerpo legal.

CAPITULO SEXTO

BIENES MUNICIPALES DE USO PÚBLICO.

PROHIBICIONES.

Art. 34.- Se prohíbe a toda persona realizar festividades en calles urbanas de esta Villa sin obtener previamente el permiso respectivo.

Art. 35.- Queda terminantemente prohibido construir verjas o barandales, u otros objetos que perturbe el acceso peatonal de los habitantes en la

acera.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Art. 36.- Se prohíbe a todas las personas ingerir bebidas alcohólicas y las prácticas de otros vicios en el parque y lugares públicos de esta Villa.

Art. 37.- Sin perjuicio de las sanciones establecidas en otras Leyes de la materia a las personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones

de la presente Ordenanza, se sancionará de acuerdo a lo establece el siguiente artículo.

Art. 38.- La sanción será de tres tipos: Graves, menos graves y leves.

a) GRAVES: La infracción grave será sancionada con multa de ONCE 42/100 dólares

1) Realizar fi estas sin el debido permiso.

2) Dañar Paredes, árboles o manantiales.

3) Incumplimiento a la hora de fi nalización de la actividad.

4) No se permitirá ninguna clase de pintura de carácter proselitista o social, sin autorización de la Municipalidad, en bienes Municipales de

uso público.

5) La construcción de verjas o barandales u otros objetos que perturben el acceso peatonal en las aceras.

6) Colocar materiales de construcción en las calles, sin el permiso correspondiente.

b) MENOS GRAVES: Las infracciones menos graves serán sancionadas con multa de CINCO 71/100 dólares

1) Tirar o dejar basura en las calles u otros sitios públicos, después de fi nalizada la actividad.

2) Colocar mesas y sillas en las aceras.

3) Hacer uso de alcantarillados públicos, innecesariamente.

c) LEVES: La infracción leve será sancionada con multa de DOS 85/100 dólares.

1) Permanecer en el parque municipal ingiriendo bebidas alcohólicas.

2) Pintar sin ninguna justifi cación la cancha de basketbol y otros.

3) Hacer actos inmorales que perjudique a la niñez de esta Villa

Art. 39.- La presente ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en la Alcaldía Municipal de la Villa de San Simón, Departamento de Morazán, a los veintitrés días del mes de Octubre de dos mil siete.

Lic. José Luis Sánchez Martín Santos Orellana

ALCALDE MUNICIPAL SÍNDICO

Edita Imelda Díaz de Hernández Luciano Fuentes Díaz

PRIMER REGIDOR PROPIETARIO SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO

Jorge Efraín Santos Diógenes Alvarado Sorto

TERCERO REGIDOR PROPIETARIO CUARTO REGIDOR PROPIETARIO

Carmelo Fuentes Quezada

SECRETARIO MUNICIPAL

(Registro No. F025937)

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DECRETO NUMERO OCHO.

EL CONCEJO MUNICIPAL,

CONSIDERANDO

I) Que mediante Decreto Municipal número seis de fecha diez de septiembre del año en curso, se emitió la Ordenanza de Creación y Apli-

cación de la contribución especial para realizar las actividades de las fi estas en el municipio de Santa Tecla.

II) Que algunas disposiciones de dicho decreto han generado confusión en la real aplicación y su respectivo cobro, lo que vuelve necesario

interpretarlos y/o reformarlos.

III) Que es facultad de este Concejo interpretar las Ordenanzas para su correcta aplicación.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA la siguiente:

INTERPRETACION Y REFORMA A LA ORDENANZA DE CREACION Y APLICACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL PARA

REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE LAS FIESTAS EN EL MUNICIPIO DE SANTA TECLA

Art. 1.- Interprétese el artículo 2 literal a), en el sentido que se aplicará $2.00, por cada inmueble urbano.

Art. 2.- Refórmase el artículo 2, literal b) numeral 2- así:

Con activos de más de diez mil hasta veinte mil dólares ........................................................................................... $ 10.00

Art. 3.- Para los efectos aquí establecidos la Contribución Especial correspondiente al año dos mil siete, se aplicará en el mes de diciembre.

Art. 4.- El presente Decreto, entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Santa Tecla, a los veintinueve días del mes de octubre dos mil siete.

LIC. OSCAR SAMUEL ORTIZ ASCENCIO, NERY ARELY DÍAZ DE RIVERA,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

MARIA ADILIA MARLENE RIVERA GALVEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F026004)

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DECRETO NUMERO NUEVE.

EL CONCEJO MUNICIPAL,

CONSIDERANDO:

I.- Que al tenor del Art. 3, numeral 5 del Código Municipal, la autonomía del Municipio comprende decretar las Ordenanzas y Reglamentos locales;

II.- Que la fabricación, distribución, almacenamiento y comercialización de productos pirotécnicos es califi cada como una actividad peligrosa y que por lo mismo frente a ella la salud y la vida se ven expuestas a riesgos graves, y paradójicamente los más vulnerables son los menores, y son quienes más gustan de este entretenimiento.

III.- Que para garantizar la seguridad en general en la época navideña, es necesario dictar normas de aplicación general para la organización y autorización de locales destinados a la comercialización de productos pirotécnicos;

IV.- Que los compuestos químicos de la pólvora están considerados oxidantes fuertes, irritantes y explosivos, por lo tanto los procesos de fa-bricación, transporte, distribución y comercialización de productos pirotécnicos, constituyen un alto riesgo para la salud de la población y en consecuencia requiere de medidas especiales que protejan la salud individual y colectiva.

POR TANTO:

En uso de las facultades contenidas en los artículos, 204 numeral 5° de la Constitución de la República, y 13 y 30 numeral 4, del Código Municipal:

DECRETA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA REGULADORA DE LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS

Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular la comercialización en el municipio, de productos pirotécnicos en la época navideña, sea

en las vías y/o sitios públicos, privados o municipales.

Art. 2.- Para la comercialización de productos pirotécnicos, deberá obtenerse previamente la autorización del Ministerio de Gobernación a través

del Cuerpo de Bomberos de El Salvador, asimismo poseer el respectivo Carné o constancia original en su caso.

El permiso de la Municipalidad se entregará al interesado después de haber cumplido con los requisitos establecidos, a través de la dependencia

que para tal efecto se designe, y deberá estar al día con el pago de los impuestos o tasas municipales.

Art. 3.- La Municipalidad designará un lugar específi co para la comercialización de los productos pirotécnicos en la época navideña, el cual por

ningún motivo podrá estar dentro de los límites del Centro Histórico.

Art. 4.- Todo comerciante dedicado a la comercialización de estos productos deberá respetar el lugar asignado bajo las condiciones otorgado caso

contrario será sancionado.

En los lugares autorizados para la venta colectiva de productos pirotécnicos, los locales deberán estar construidos por bloques que no excedan

de 15 metros de largo por 4 metros de ancho, debiéndose dejar entre bloques una separación o distancia de 5 metros.

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Art. 5.- Previo a designar los lugares destinados para la comercialización o venta de productos pirotécnicos, en época navideña, deberá coordinarse

con el Cuerpo de Bomberos de El Salvador todo lo concerniente a la ubicación, vías de acceso, construcción de locales, vigilancia y sobre todo lo que

se estime conveniente a efecto de proporcionar seguridad a las personas y sus bienes.

Deberá asimismo, tenerse en cuenta el criterio de la seguridad pública y ciudadana, el margen de riesgo de la población, el crecimiento y desa-

rrollo urbanístico del Centro Histórico y el conjunto de medidas de seguridad que se deben de establecer al respecto en los sitios en donde se vaya a

construir o instalar para disminuir el nivel de riesgo del siniestro que potencialmente se pudiera producir.

En ningún caso estos establecimientos podrán ser ubicados a menos de 100 metros de centros comerciales, supermercados, mercados, escuelas,

iglesias, centro de salud u hospitales, o cualquier otro local que constituya amenaza de incendio por su manejo o ponga en grave peligro a la comuni-

dad.

Designado el lugar no podrá moverse o trasladarse sin seguir el procedimiento anterior nuevamente.

Art. 6.- Son obligaciones para poder ejercer el comercio en los locales antes mencionados, los siguientes:

a) Cumplir con las leyes y ordenanzas sobre sanidad, aseo, ornato, y tránsito en lo que les sea aplicable.

b) Estar solvente con el pago de los impuestos o tasas municipales que le corresponde pagar.

c) Aceptar las resoluciones que sobre la ubicación del negocio tome la Municipalidad.

d) Cumplir con el horario que establezca la Municipalidad, para la venta de productos pirotécnicos en los locales destinados para tal efecto.

e) Construir con lámina u otro material resistente al fuego los locales destinados para la venta de productos pirotécnicos.

f) Cumplir con las condiciones y medidas de seguridad establecidas por el Cuerpo de Bomberos de El Salvador.

g) Proteger los productos pirotécnicos del sol.

h) Colocar en lugares visibles rótulos indicando “NO FUMAR”.

i) Se deberá tener preventivamente en cada puesto recipientes conteniendo agua y/o arena húmeda.

j) Cumplir con cualquier otra disposición emanada de la Municipalidad.

Art. 7.- Se prohíbe a los negocios o locales de venta de productos pirotécnicos:

a) El uso de aparatos parlantes para el anuncio de sus productos, salvo autorización escrita de la Municipalidad.

b) Ejercer sus actividades comerciales en lugares distintos a los asignados y permitidos por la Municipalidad.

c) Vender productos pirotécnicos a personas que se encuentren bajo estado de ebriedad, drogadicción o defi ciencias mentales, y a niños menores de doce años; lo anterior será supervisado por el Cuerpo de Agentes Municipales y Policía Nacional Civil.

d) Mantener, candelas encendidas, tambos de gas, lámparas de gas, o cualquier otro producto o sustancia que sea infl amable, volátil o que pueda provocar un incendio.

e) Que vendan personas menores de edad; en estado de ebriedad, drogadicción o enajenación mental.

f) Vender productos pirotécnicos fuera de las horas determinadas por la Municipalidad.

g) Perforar, aceras, arriates, calles y avenidas para la instalación de negocios, así como la tala de árboles o podas de plantas.

h) Convertirse en negocios estacionarios o fi jos, pues en ningún momento adquieren derecho alguno sobre el sitio o lugar que ocupan.

Art. 8.- Queda terminantemente prohibido vender productos pirotécnicos dentro de los mercados o sus alrededores, así como en vehículos esta-

cionados temporalmente, andenes, calles u otros lugares no autorizados por la Municipalidad.

Toda persona podrá denunciar la venta de pólvora en lugares prohibidos.

Art. 9.- Los supermercados, almacenes, tiendas y similares, que pretenden vender producto pirotécnico, deberán contar con el visto bueno del

Cuerpo de Bomberos, previa inspección del lugar, por parte de la Alcaldía, y presentar su respectivo Carné, de lo contrario venderán en el lugar de-

signado por la Municipalidad.

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Art. 10.- Las infracciones a la presente Ordenanza, que no estén específi camente sancionadas y sin perjuicio de la responsabilidad penal, a que hubiese lugar, serán sancionados de la siguiente forma:

a) PRIMERA VEZ: Amonestación oral y escrita.

b) SEGUNDA VEZ: Suspensión del permiso para venta extendido por la Alcaldía por tres días

c) TERCERA VEZ: Decomiso del producto y multa.- El decomiso del producto pirotécnico se hará de forma preventiva e inmediata por parte de la Policía Nacional Civil, o la Policía Municipal de esta Ciudad, y se custodiará en el lugar que para tal efecto designe la municipalidad, el propietario que lo demuestre podrá recuperar la mercadería previo el pago de la multa impuesta.

La multa la impondrá el Alcalde Municipal en forma gubernativa, y oscilará entre $11.43 y $ 571.43, de acuerdo a la gravedad de la infrac-ción y a la capacidad económica del infractor.

d) Suspensión defi nitiva de autorizaciones por todo el término de la temporada navideña.

Además, en todo caso de incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, la Municipalidad podrá retirar las ventas o locales de los infractores, cargando el costo del retiro a los propietarios, quienes para recuperar lo decomisado, deberán pagar dicho costo, más una multa de hasta un mil Colones, según la gravedad del caso.

Art. 11.- La Policía Nacional Civil junto con la Policía Municipal procederá al decomiso de productos pirotécnicos que contengan más de media onza de composición química explosiva, como por ejemplo morteros número 10 en adelante, los cuales por su naturaleza prohibida no podrán recu-perarse.

Art. 12.- Cuando un supermercado, almacén, tienda, o establecimiento similar se dedique a la comercialización de productos pirotécnicos sin la autorización de las entidades respectivas, dará lugar a aplicar una multa de $114.28 hasta $ 1,142.80, que se impondrá de forma gubernativa, en el momento en que se verifi que que se está vendiendo y no poseen el permiso, lo anterior sin perjuicio de proceder al decomiso del producto.

Art. 13.- La Policía Nacional Civil, la Policía Municipal, y el Cuerpo de Bomberos de El Salvador vigilarán por el cumplimiento de la presente Ordenanza y quedan autorizados para hacer toda clase de decomiso de los productos aquí mencionados cuando se infringiere alguna disposición de la presente Ordenanza.

Art. 14.- Las inspecciones a que se refi ere la presente Ordenanza estará a cargo de la Municipalidad en coordinación con el Cuerpo de Bomberos de El Salvador, Policía Municipal y Policía Nacional Civil, dichas inspecciones serán practicadas antes de resolver sobre la procedencia en cuanto al otorgamiento de la autorización respectiva.

Art. 15.- Todo lo que no estuviere previsto en esta Ordenanza, se regulará de acuerdo al Reglamento especial para el control y regulación de artículos similares a explosivos, sustancias químicas y productos pirotécnicos, y otras normas que le fueren aplicables.

Art. 16.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Santa Tecla, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil siete.

LIC. OSCAR SAMUEL ORTIZ ASCENCIO, NERY ARELY DÍAZ DE RIVERA, ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

MARIA ADILIA MARLENE RIVERA GALVEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F026001)

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DECRETO NUMERO ONCE.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA TECLA,

CONSIDERANDO:

I) Que conforme lo establecido en nuestra Carta Magna, en los artículos 203, y 204 ordinal 3° y 5°, la autonomía del municipio comprende la de gestionar en materias de su competencia y decretar las Ordenanzas locales necesarias

II) Que el artículo 35 de la Ley General Tributaria Municipal, establece como regla general que el pago de cualquier obligación tributaria municipal puede ser con dinero en efectivo o por medio de cheque certifi cado; pero también establece que podrá hacerse por otros medios en los casos que expresamente se establezca conforme los requisitos que señale la ley u ordenanza respectiva que al efecto se emita.

III) Que a la fecha no se ha emitido Ordenanza alguna que expresamente establezca otros medios de pago para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias.

IV) Que para incentivar a los contribuyentes a que salden sus obligaciones para con la municipalidad es importante buscar mecanismos que lo faciliten siempre que se garantice el poder contar con lo necesario para proveer al municipio de las obras que se requieran, logrando al mismo tiempo el involucramiento de la población.

V) Que en el municipio existen contribuyentes que si bien no disponen del dinero en efectivo para saldar alguna deuda pueden solventarla mediante la prestación de algún servicio o proporcionando algún bien que la municipalidad requiera.

POR TANTO:

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DE LOS MEDIOS DE PAGO PERMITIDOS PARA SOLVENTAR DEUDAS

CON EL MUNICIPIO DE SANTA TECLA.

CAPITULO I

OBJETO Y DEFINICION

Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto establecer los otros medios de pago a que se refi ere el artículo 35 de la Ley General Tributaria Municipal, así como los requisitos y procedimientos requeridos para tener por cumplida la obligación tributaria municipal de tal forma.

Art. 2.- Cualquier persona que esté en deber a la municipalidad y que desee dar cumplimiento inmediato a las mismas con aportes que puedan ser contabilizados en dinero, podrá solicitarlo así.

CAPITULO II

DE LOS MEDIOS DE PAGO, REQUISITOS Y TRAMITE

Art. 3.- Para los efectos de la presente Ordenanza se podrá ofrecer los siguientes medios de pago:

1° Obras físicas;

2° Servicios;

3° Bienes.

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Art. 4.- Para solicitar ampararse a lo establecido en la presente Ordenanza se establece los siguientes requisitos:

1° Que la deuda sea superior a $ 20,000.

2° Que si el solicitante ofrece pagar con medios que no son propios de su giro, deberá manifestar quién ejecutará el otro medio de pago.

3° En todo caso, la municipalidad a través de perito que al efecto nombre, valuará el medio de pago ofrecido, para efectos de contabilizarlo

en dinero.

Art. 5.- La solicitud se dirigirá al Concejo Municipal, quien emitirá el Acuerdo que corresponde, el cual de ser afi rmativo requerirá decisión

unánime; en todo caso, deberá ser resuelto a más tardar dentro del plazo de treinta días posteriores a la presentación del escrito y previa emisión del

dictamen del perito nombrado. Cuando la municipalidad tenga dentro de su personal al idóneo para el peritaje no se pagará por el valúo, de no ser así,

los costos se asumirán por ambos, en partes iguales.

La solicitud deberá cumplir con las formalidades de ley, anexando a la misma, la documentación que corresponda.

Notifi cada, la aprobación del medio de pago ofrecido, se procederá a suscribir el documento legal correspondiente.

Concluido el proceso y una vez que la obra, servicio, o bien ha sido recibido por la municipalidad, se hará saber al Concejo Municipal, para que

éste ordene la emisión del recibo que ampare el pago, y se realicen los abonos a las cuentas del contribuyente, en caso que existan varias se abonará

a la deuda más antigua.

CAPITULO III

VIGENCIA

Art. 6.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Santa Tecla, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil siete.

LIC. OSCAR SAMUEL ORTIZ ASCENCIO, NERY ARELY DÍAZ DE RIVERA,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

MARIA ADILIA MARLENE RIVERA GALVEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F026006)

DECRETO NUMERO DIEZ

EL CONCEJO MUNICIPAL,

CONSIDERANDO:

I) Que en Decreto Número dos, publicado en el Diario Ofi cial Número 14, Tomo Nº 374 de fecha veintitrés de enero de dos mil siete se publicó la Ordenanza del Presupuesto Municipal para el ejercicio dos mil siete.

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

II) Que la Administración Municipal ha gestionado ayuda con la Cooperación Internacional a efecto de realizar obras que se verán refl ejadas

en benefi cio de la Comunidad Tecleña.

III) Que habiendo tenido respuestas positivas a dicha gestión se hace necesario modifi car el Presupuesto Municipal, para el ejercicio que inicia

el uno de enero y fi naliza el treinta y uno de diciembre de dos mil siete y en base a los Arts. 72 y siguientes del Código Municipal.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales

DECRETA:

LA ORDENANZA DE MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO MUNICIPAL, PARA EL EJERCICIO QUE INICIA EL UNO DE ENERO

Y FINALIZA EL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE, de la siguiente manera:

Art. 1.- ALCALDIA MUNICIPAL DE SANTA TECLA

AMPLIACION A PRESUPUESTO FORMULADO DE INGRESOS 2007

FUENTE DE CODIGO CONCEPTO CANTIDAD TOTAL

FINANCIAMIENTO O

224 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DEL

SECTOR EXTERNO $ 2.000.000,00

5 22403 DE GOBIERNOS Y ORGANISMOS

GUBERNAMENTALES $ 2.000.000,00

TOTAL $ 2.000.000,00 $ 2.000.000,00

RESUMEN

FONDO GENERAL F.F. 1 $ -

FONDOS PROPIOS F.F. 2 $ -

PRESTAMOS EXTERNOS F.F. 3 $ -

PRESTAMOS INTERNOS F.F. 4 $ -

DONACIONES F.F. 5 $ 2.000.000,00

PRESUPUESTO TOTAL $ 2.000.000,00

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ALCALDIA MUNICIPAL DE SANTA TECLA

AMPLIACION PRESUPUESTO DE EGRESOS POR CUENTA AÑO 2007

UNIDAD F. CODIGO CONCEPTO PRESUPUESTO PRESUPUESTO

F. FORMULADO REPROGRAMADO

04030103 PROYECTOS Y SUPERVISION $ 1.544.299,00

5 541 BIENES DE USO Y CONSUMO $ 75.000,00

5 616 INFRAESTRUCTURAS $ 1.469.299,00

04030104 RED VIAL $ 455.701,00

5 541 BIENES DE USO Y CONSUMO $ 28.000,00

5 616 INFRAESTRUCTURAS $ 427.701,00

TOTAL $ 2.000.000,00

RESUMEN

FONDO GENERAL F.F. 1 $ -

FONDOS PROPIOS F.F. 2 $ -

PRESTAMOS EXTERNOS F.F. 3 $ -

PRESTAMOS INTERNOS F.F. 4 $ -

DONACIONES F.F. 5 $ 2.000.000,00

PRESUPUESTO TOTAL

ART. 2.- La presente reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de sesiones del Concejo Municipal de Santa Tecla, a los ocho días del mes de octubre de dos mil siete.

LIC. OSCAR SAMUEL ORTIZ ASCENCIO, NERY ARELY DÍAZ DE RIVERA,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICA MUNICIPAL.

MARIA ADILIA MARLENE RIVERA GALVEZ,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F026011)

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL

DE IGLESIAS EVANGELICAS DEL MUNICIPIO

DE MONCAGUA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

CAPITULO I

DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN,

OBJETO Y DOMICILIO.

Art. 1.- Constitúyase la Asociación Comunal de Iglesias Evangélicas

de la ciudad de Moncagua, Departamento de San Miguel, y que podrá

abreviarse “ACIEM”, estará integrada por las iglesias evangélicas del

municipio de Moncagua, como una entidad evangélica de servicio social

a las comunidades de la ciudad de Moncagua, será descentralizada con

autonomía propia y que en el texto de los presentes estatutos denomina-

rá: “LA ASOCIACIÓN”. La cual tendrá personalidad jurídica y plena

capacidad para ejercer derechos, contraer e intervenir en juicios, tendrá

patrimonio propio y gozará de autonomía en la administración de sus

bienes, operaciones y servicio, lo mismo que en el desempeño de sus

funciones y actividades que los presentes Estatutos otorguen.

Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Moncagua,

en el Departamento de San Miguel, República de El Salvador pudien-

do trasladarlo a establecer fi liales en cualquier ciudad de El Salvador.

La Asociación tendrá como Objetivo General, propiciar el Desarrollo

Sostenible y Armónico de las Comunidades Evangélicas en benefi cio

de la ciudadanía y para realizar proyectos de desarrollo Económico y

Social.

CAPITULO II

DE LAS FINALIDADES

Art. 3.- La Asociación tendrá los siguientes fi nes:

a) Fomentar y promover el desarrollo Humano, Económico y

Social, a través del modelo Bíblico de la Iglesia Evangélica Primitiva,

e Instituciones Educativas como Institutos Bíblicos y Academias Téc-

nicas.

b) Recuperar los valores morales de las familias.

c) Ampliar el ministerio de Evangelización.

d) Crear Proyectos Ecológicos, artesanales, centros de aprendi-

zajes vocacionales como: Mecánica, Electricidad, Panadería

y otros.

e) Fomentar y conservar los Recurso Naturales.

f) Orientar a los Jóvenes a que se integren a Proyectos Sociales,

con el fi n de alejarlos de las drogas y de la violencia.

g) Alcanzar a niños y ancianos para cuidar de ellos en Albergues

Familiares. Tomando las palabras de nuestro Señor Jesucristo

que nos dice: “Mas bienaventurado en dar que en recibir”

Hechos. 20:35.

h) Colaborar con nuestras Autoridades Civiles, Municipales,

Militares y Eclesiásticas, en sus proyectos.

CAPITULO III

EL PLAZO

Art. 4.- La duración de la Asociación que se constituye es por

tiempo indefi nido.

CAPITULO IV

DEL PATRIMONIO

Art. 5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por: Cuotas

Voluntarias, Ofrendas de Amor, Aportaciones de Iglesias, Donaciones

en Efectivo o en Especies, que se reciban de hermanos o Instituciones

Filantrópicas públicas o privadas. También será su patrimonio los Ingresos

que se obtengan por el desarrollo, de proyectos de desarrollo humano.

Art. 6.- El patrimonio de la Asociación estará bajo el dominio de

la misma y se destinará exclusivamente a la realización de los fi nes de

la Asociación. Se establecerá un fondo sufi ciente para gastos corrientes

y un fondo patrimonial que servirá para gastos de operaciones futuras o

de operaciones a largo plazo de la Asociación.

Art. 7.- La Asociación podrá contraer obligaciones con instituciones

nacionales o internacionales, pero solamente con la fi nalidad de fi nanciar

las actividades tendientes a la realización de sus fi nes.

Art. 8.- Los fondos de la Asociación serán depositados en una

institución bancaria, se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación, y

se registrará en dicha institución las fi rmas del presidente, secretario y

tesorero.

Art. 9.- El ejercicio Económico de la Asociación será del uno del

Enero al treinta y uno de Diciembre de cada año calendario pero podrá

modifi carse por acuerdo de la Asamblea General. Su primer ejercicio

podrá iniciar en cualquier fecha.

Art. 10.- Los excedentes habidos después de fi nalizados el ejercicio

económico que sean decretado por la Asamblea General pasaran a fondo

General de la Asociación.

Art. 11.- La Asociación decidirá la forma de distribución de exce-

dentes si lo hubiere; en una forma proporcional dando a los proyectos

más necesarios las cantidades más altas.

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

CAPITULO V

DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACION

Art. 12.- El gobierno de la Asociación será ejercido por lo siguientes

órganos: La Asamblea General y la Junta Directiva.

Art. 13.- La Asamblea General estará integrada por los representantes

y miembros asociados de iglesias evangélicas y serán representados por

la Junta Directiva. La Asamblea General, es el Órgano Supremo de la

Asociación, se reunirá de forma Ordinaria una vez al mes y en forma

Extraordinaria siempre que sea necesario, pudiendo realizarlas en la

cede de la Asociación o en otro lugar cuando así lo acordara la Asamblea

General.

Art. 14. La(s) Asamblea(s) General se celebrará válidamente con

la mitad más uno de los miembros y en las resoluciones se requerirá el

voto favorable de la mayoría simple, en caso de empate el presidente

tendrá voto de calidad.

Art. 15.- La Asamblea General Ordinaria tendrá entre otras atri-

buciones las siguientes:

a) Conocer y aprobar los planes de actividades, los presupues-

tos fi nancieros el Balance General, Estado de Resultado y

la memoria de las labores de la Asociación; presentada por

el Presidente y tomar las medidas que juzgue oportunas,

fi jar las cuotas económicas de los miembros que pagaran

mensualmente y otros aportes que eventualmente, cuando

las necesidades y urgencias lo demanden.

b) Realizar la administración de la Asociación en forma correcta,

económica y efi caz.

c) Elegir en su oportunidad a la junta Directiva.

d) Aprobar o desaprobar los actos que realice la junta Directi-

va.

e) Acordar la compra venta o arrendamiento de lo bienes muebles

e inmuebles que la Asociación necesite.

f) Resolver cualquier asunto de interés para la Asociación que

fi gure en la agenda de la Asamblea General o que haya sido

sometida a su conocimiento por medio del Presidente en

calidad de Coordinador.

g) Aprobar otros reglamentos que fueren necesarios para el

cumplimiento de sus fi nes.

h) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos, Regla-

mentos, y Acuerdos de esta Asamblea.

i) Conocer las solicitudes presentadas a la Asociación por

otros factores interesados a pertenecer a la Asociación ya

que seremos abiertos a todos los sectores con necesidad de

Asociarse.

j) Aprobar la ejecución de proyectos destinados a mejorar los

templos evangélicos y coordinar su ejecución con autoridades

nacionales o internacionales públicas y privadas.

k) Aprobar los planes de trabajo de la Asociación.

Art. 16.- La asamblea General extraordinaria, tendrá entre otras

atribuciones las siguientes:

a) Modifi car los presentes Estatutos y Reglamentos de la Aso-ciación.

b) Conocer y resolver todo asunto de interés para la Asociación y que por la premura del caso sea urgente conocer a la Asamblea General.

c) La disolución y liquidación de la Asociación.

Art. 17.- Las convocatorias a las Asambleas Generales serán reali-

zadas por el presidente por medio de avisos escritos, por vía telefónica o

telegráfi ca, pero siempre con ocho días de anticipación, para Asamblea

Ordinaria y un día antes, para Asamblea Extraordinaria. En todo caso la

Asamblea General podrá fi jar una determinada fecha para la celebración

de sus reuniones ordinarias.

La convocatoria a Asamblea General a que se refi ere el inciso

anterior también podrá ser solicitada por escrito, en cualquier tiempo al

Presidente, con el propósito de tratar asuntos de especial importancia

para la Asociación, será presentada con dos días de anticipación en los

casos siguientes:

1.- Cuando no se haya celebrado la Asamblea General durante doce meses consecutivos.

2.- Cuando el Presidente descuide sus obligaciones; en este caso la solicitud escrita tendrá:

a) La especie de Asamblea que se convoca.

b) Invocación de la causal legal por la cual se convoca.

c) El lugar día y hora de la Asamblea.

d) La agenda de la Asamblea.

e) El nombre y datos personales del o de los interesados, quienes fi rman la convocatoria.

Art. 18.- Presidirá la Asamblea General el presidente de la Junta

Directiva, en su ausencia lo hará el vicepresidente a falta de ambos,

presidirá el Secretario o el Tesorero.

Art. 19.- La asamblea debe contener solo los asuntos que se tratarán

se podrán tratar otros asuntos aprobados por la Asamblea si el tiempo lo

permite o si son de interés general.

Art. 20.- La Asamblea General una vez que haya sido instalada

y con el voto de la mayoría absoluta de los asistentes podrá acordar

la suspensión de la Asamblea para continuarla en los días inmediatos

siguientes. En todo caso no podrá ser aplazada por más de 3 días y se

reanudará sin necesidad de una nueva convocatoria.

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Art. 21.- La Junta Directiva es el Órgano encargado de la Dirección

de la Asociación y de la Administración de su patrimonio. Estará inte-

grado por su presidente que tendrá la coordinación de la Asociación, un

Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico y tres vocales. Y

serán electos en Asamblea General Ordinaria, en el mes de diciembre y

será su Elección para un período de dos años, pudiendo ser reelecto las

veces que lo asamblea general lo estime conveniente; tomaran posesión

de sus cargos en el mismo momento de su elección.

Art. 22.- En caso de muerte renuncia o ausencia defi nitiva será

la Junta Directiva la que nombrará el miembro mas apto para llenar la

vacante informando a la Asamblea General dicho nombramiento, en una

Asamblea Ordinaria.

Art. 23.- La Junta Directiva se reunirá en forma ordinaria por lo menos

una vez por mes y extraordinariamente, cuando lo considere necesario

o lo soliciten tres de sus miembros. Será convocada por el Presidente o

por el Secretario y podrá hacerse por medio de carta circular, en forma

personal, por vía telefónica, fax o telegráfi ca, con un mínimo de cinco

días de anticipación, pudiendo dicha Junta Directiva establecer fechas

de cada mes calendario para tales reuniones. Las sesiones se celebrarán

válidamente con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros y

las resoluciones requerirán mayoría absoluta de votos de los asistentes.

Los acuerdos de cada sesión deberán asentarse en el libro de actas co-

rrespondientes y el acta deberá ser fi rmada por los asistentes.

Art. 24.- La Junta Directiva tendrá entre otras atribuciones las

siguientes:

a) Atender la organización interna de la Asociación y reglamentar

su funcionamiento.

b) Determinar el régimen administrativo de la Asociación, toman-

do los acuerdos que estime necesarios para el mejor resultado

de su gestión, ya sea en forma particular o general.

c) Estructurar, elaborar y ejecutar los planes de trabajo de la

Asociación, tendientes a lograr los fi nes de la misma y pre-

sentarlos a asamblea general para su aprobación.

d) Aprobar el Plan Operativo, las reformas y adiciones eventuales

a los mismos.

e) Dictar un estatuto de personal con la correspondiente escala

de salario para los empleados de la Asociación, para someterlo

oportunamente a la consideración de la Asamblea General.

f) Atender la Gestión de los asuntos de su competencia.

g) Asignar sus deberes a los empleados, dirigirlos en sus labores,

actuando de acuerdo con los presentes Estatutos, Reglamen-

tos, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General, Junta

Directiva y Presidencia de esta.

h) Nombrar, suspender y sustituir al personal administrativo y

técnico de la Asociación.

i) Proponer la Asamblea General una terna de las personas

que pueden ser nombradas para los cargos que se estimen

convenientes en la Asociación, así como la suspensión y

destitución de estos, cuando a juicio de la junta Directiva lo

considere procedente;

j) Nombrar y remover a los Gerentes, Subgerentes, a los que se

les asigne una categoría de jefe, señalándoles sus atribuciones

y asignándoles sus emolumentos;

k) Resolver las solicitudes de sus miembros conforme a las

normas generales establecidas por la Asamblea General;

l) Convocar a los miembros de la Asamblea General para las

sesiones Ordinarias y Extraordinarias;

m) Proponer a la Asamblea General, la Organización Adminis-

trativa de la Asociación;

n) Preparar en colaboración con un Comité Asesor de la Asocia-

ción, los anteproyectos de reglamentos, instructivos, manuales,

planes y presupuestos, lo mismo que los Estados Financieros,

memorias de labores, informes y demás asuntos que deban

someterse a la Asamblea General;

ñ) Conceder licencia a los miembros de la Junta Directiva y

conocer de sus renuncias e inmediatamente dar cuenta a la

Asamblea General para los efectos legales consiguientes;

o) Proponer a la Asamblea General, la creación y modifi cación

de los fondos a que se refi eren los artículos 5, 6, 7, 8, 10, y

11 de los presentes estatutos;

p) Acordar el otorgamiento o revocación de poderes;

q) Manejar las Relaciones Publicas de la Asociación;

r) Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos y resoluciones de la

Asamblea General;

s) Proponer a la Asamblea General alternativas que en concepto

de dieta devengaran los miembros de la junta directiva;

t) Acordar la compraventa de bienes muebles e inmuebles de

la Asociación o que este necesita, cuyo valor no excede a un

mil dólares. Los bienes que sean necesarios e indispensables

para el cumplimiento de los fi nes de la Asociación, no podrá

ser enajenado o grabado a cualquier título o medio legal;

u) Acordar la contratación de préstamos para obras y proyectos

de interés de la Asociación y que se destinaran exclusivamente

a la relación de sus bienes;

v) Aprobar o denegar la obtención de recursos fi nancieros y

mantener la solidez patrimonial de la Asociación;

w) Acordar la aceptación de herencias, sucesiones, legales,

donaciones, fi deicomisos, comodato, contribuciones en

efectivo o especies, subsidios cualquier otra forma legal que

constituya titulo traslaticio de dominio gratuito;

x) Acordar y otorgamiento de escrituras o convenios que sean

necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Asocia-

ción;

y) Las funciones y facultades que de acuerdo a los presentes

estatutos, reglamentos, acuerdos e instructivos de la Asamblea

General le correspondan.

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Art. 25. La junta directiva puede delegar facultades de administración

y presentación en uno de los directivos, comisiones que designe de entre

sus miembros, el presidente, gerente administrativo, si existiera tal cargo

o en la persona, a quien se le haya asignado la dirección administrativa y

operativa de la Asociación, quienes deberán ajustarse a las instrucciones

que reciban y darán cuenta periódica de su gestión.

Art. 26. Son atribuciones de los miembros de la Junta Directiva:

a) El presidente será el representante legal de la Asociación y como tal podrá intervenir en los actos y contratos que celebre y en las actuaciones administrativas, en que tengan interés la Asociación, se hará acompañar del Secretario de la junta di-rectiva para cualquier diligencia relacionada con la Asociación y podrá delegar su representación en cualquier miembro de la junta directiva, asimismo podrá delegar su representación para asistir a los actos o fi rma de contratos que celebre la Asociación; presidirá las sesiones de la Asamblea General y de la junta Directiva y orientará sus deliberaciones; vigilará la marcha general de la Asociación y comunicará a la Junta Directiva, las observaciones o instrucciones que estimare conveniente; atenderá con autorización de la junta Directiva, las relaciones con los representantes de otras Asociaciones Evangélicas, Municipales, entidades descentralizadas, Ins-tituciones Gubernamentales y no Gubernamentales a fi nes a la Asociación, Instituciones Municipalistas, Federaciones y Confederaciones de Asociaciones Comunales, autorizará los gastos de la Asociación juntamente con el tesorero y la junta directiva, podrá otorgar toda clase de actos jurídicos en calidad de representante legal de la Asociación y las demás que señales los presentes estatutos y el Reglamento Interno o lo que le asigne la Asamblea General;

b) Corresponde al vicepresidente prestar la colaboración nece-saria al presidente y sustituir a este en caso de ausencia, así como evaluar el trabajo de las distintas comisiones;

c) Al secretario le corresponde asistir a las sesiones de Asamblea General y de junta Directiva autorizando con su fi rma y la del presidente las actas respectivas y los libros correspondientes; será el encargado de la Comunicación de la Asociación, lle-vará el Inventario de los Bienes de la Asociación, tendrá a su cargo el libro de Actas de Sesiones que celebra la Asamblea General y la Junta Directiva, Asentará en el libro de Actas de Acuerdos tomados en la Sesión de Asamblea General y de Junta Directiva, extenderá las Certifi caciones que se soliciten o que sean necesarias; y las demás que le impongan estos estatutos y el reglamento interno;

d) Corresponde al Tesorero ser depositario de los fondos y bienes de la asociación, la fi scalización de los movimientos económicos de la asociación y presentará informes fi nan-cieros anualmente a la Asamblea General y trimestralmente a la junta Directiva, lo llevará el control y supervisión de los Libros y contabilidad de las cuentas de la Asociación; abrir, manejar o cerrar cuentas bancarias juntamente con el presidente y secretario de la junta directiva; tendrá la respon-sabilidad de custodiar y controlar el patrimonio y fi nanzas de la Asociación, rindiendo cuentas del estado económico de la asamblea general en cada sesión; velar porque se mantenga actualizado el inventario de los bienes y libros de contabilidad que permitan conocer el estado patrimonial y fi nanciero de la asociación, informar en la primera sesión de la Asamblea General el monto de los fondos líquidos, recurso fi nancie-ros, documentos, valores económicos y al fi nal del período para cual fue electo y cuando se les solicitara por aquella, no se le haya extendido su fi niquito, velar porque se hagan efectivos los créditos a favor de la asociación y los pagos de las obligaciones de la misma, así como de los emolumentos

si los hubiere; autorizar conjuntamente con el presidente las erogaciones de la Asociación; y las demás atribuciones que le sean conferidas por los presentes estatutos y disposiciones emanada de la Asamblea General y de la Junta Directiva: son atribuciones del Síndico: Tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Asociación y el uso de la Personalidad Jurídica, quien para comparecer en juicios, escrituras con-tratos, actas notariales y otros, deberá ser autorizado por la Junta Directiva, quien legitimará mediante certifi cación del punto de acta que lo autoriza. A falta del Síndico, fungirán los Vocales en su orden, autorizados en sesión de Junta Directiva, además velará por el estricto cumplimiento del Código Municipal, la Ordenanza respectiva en lo que aplique, así como los presentes Estatutos y las leyes de la materia y los demás acuerdos tomados por la Asamblea General y la Junta Directiva. Los Vocales colaborarán en la organización, funcionamiento y tareas que la junta Directiva o la Asamblea General le encomendaren, sustituir en forma temporal algún Directivo.

CAPITULO VI

DEL PROCEDIMIENTO PARA REFORMAR Y DEROGAR

LOS ESTATUTOS, LIQUIDACIÓN Y DISOLUCIÓN

DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 27. Para Reformar o derogar los presente Estatutos, será ne-

cesario que se conozca de ello en la Asamblea General Extraordinaria,

convocada al efecto, con la asistencia de por lo menos las tres cuartas

partes de representantes de los miembros y que estén representados al

menos la mitad más uno de ellos; para que sean válidas las resoluciones

se requerirá por lo menos el voto favorable de la mitad más uno de los

asistentes: en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 28. La Asociación se disolverá:

a) Por no haberse cumplido los objetivos y fi nes que le dieron origen;

b) Por decisión de la Asamblea General, basada en hechos que demuestren la imposibilidad de seguir funcionando;

c) Por disposición de Sentencia Jurídica.

Art. 29. En caso de disolución y liquidación, será necesario que se

conozca de ella en la Asamblea General Extraordinaria especialmente

convocada al efecto y se requerirá además de los requisitos establecidos

para los casos de reformas o derogatorias, contemplados en los artículos

29 y 30 de los estatutos, un Acuerdo de cada uno de los miembros que

voten por dicha disolución.

Art. 30. Acordada la disolución; la Asamblea General nombrará por

lo menos dos liquidadores, quienes a partir de la aceptación del cargo,

asumirán la dirección y administración de la Asociación y tendrán a su

vez la representación legal de la misma, hasta su total liquidación. Si

no hubiere acuerdo en el nombramiento de los liquidadores, se acudirá

a la autoridad judicial competente del domicilio de la asociación para

que los designe.

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Art. 31. Al liquidarse la Asociación, el remanente de los bienes, si los hubiere serán 12 distribuidos entre los miembros en forma equitativa.

Art. 32. En caso de divergencias provenientes de la liquidación, se resolverá por medio de derechos de acuerdo a lo establecido en el Código de Procedimientos Civiles.

Art. 33. Cuando uno de los miembros de la Asociación decida retirarse deberá presentar a la Junta Directiva por escrito su renuncia sin embargo, los aportes que haya hecho no serán reintegrados y quedarán a favor de la Asociación. El retiro de un miembro será improcedente cuando tenga deudas a favor de la Asociación por cualquier concepto.

Art. 34. Los aspirantes que posteriormente a la constitución de esta Asociación deseen ingresar como miembros, deberán solicitarlo por escrito a la junta directiva, quien lo hará del conocimiento de la Asamblea General para que resuelva lo pertinente en un plazo no mayor de quince días.

CAPITULO VII

DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN

Art. 35. La asamblea por medio de los funcionarios que designaren, tendrán acceso a los libros contables y cuentas bancarias de la Asociación y podrán ejercer la vigilancia, fi scalización y control posterior sobre la ejecución del presupuesto de la Asociación.

CAPÍTULO VIII

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Art. 36. Todo lo relativo al orden interno de la Asociación, no comprendido en estos estatutos, lo resolverá la Asamblea General en reunión extraordinaria.

Art. 37. La Asociación se regirá por los presentes estatutos y demás leyes aplicables, especialmente el Código de ética cristiana, según Mateo 7: 12 y los casos que no estén contemplados en estos estatutos, serán resueltos en asamblea general de asociados.

CAPÍTULO IX

PUBLICACIÓN Y VIGENCIA

Art. 38. Los presentes estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Art. 39. Por unanimidad se ACUERDA:

a) Aprobar los presentes estatutos de la ASOCIACIÓN COMU-NAL DE IGLESIAS EVANGÉLICAS DEL MUNICIPIO DE MONCAGUA, los que fueron leídos íntegramente y sin interrupción en un sólo acto, quedan consignados en la presente acta que ratifi camos y fi rmamos;

b) Elegir a la Primera Junta Directiva que actuará por el término del período de dos años es decir, que dicho período inicia este día y fi naliza el veintiuno de julio de dos mil nueve, habiendo

sido electo por mayorías de votos y en los cargos a las personas siguientes: PRESIDENTE: Fidel García López, VICEPRESI-DENTE: José Alfonso Gómez, SECRETARIO: Arnoldo Sal-merón Vásquez, TESORERO: Reynaldo Adalberto Herrera, SINDICO: Evaristo Colato Carrillo, VOCAL 1°: .Dionisio de Jesús Pérez, VOCAL 2°: Leonel García Colato, VOCAL 3°: Jaime Dagoberto Rodríguez, VOCAL 4°: Walter Kelyn Ramírez, y

c) Protocolizar la presente acta incluyendo los estatutos cuya escritura pública será otorgada y suscrita por los señores miembros que por este medio constituyen la ASOCIACIÓN y la representación de la Municipalidad de Moncagua, Departamento de San Miguel. DADO EN EL SALON DE SESIONES DE ASAMBLEA ASOCIACIÓN COMUNAL DE IGLESIAS EVANGELICAS DEL MUNICIPIO DE MONCAGUA, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL SIETE.

POR INSTRUCCIONES DEL SEÑOR ALCALDE EL SUSCRITO SECRETARIO MUNICIPAL,

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales que este Concejo lleva en el año dos mil siete, se encuentra el Acta Nú-mero Dieciséis de fecha de doce de septiembre donde consta el Acuerdo Municipal Numero Dos que literalmente dice:

ACUERDO NÚMERO DOS: Visto los Estatutos de la Asocia-ción Comunal de Iglesias Evangélicas del Municipio de Moncagua, Departamento de San Miguel, los cuales están compuestos por treinta y nueve artículos y habiéndose revisado cada uno de ellos y no habiendo encontrando ninguna disposición contraria a las leyes de la República, al orden público; ni a las buenas costumbres, Acuerda: Aprobar los Estatutos de la Asociación Comunal de iglesias evangélicas del muni-cipio de Moncagua, Departamento de San Miguel, de conformidad a los artículos Treinta, numeral Veintitrés y al artículo Ciento Diecinueve del Código Municipal vigente, por lo que se le confi ere a dicha Asociación el Carácter de Persona Jurídica. Comuníquese. “S. Solórzano”’ J.L.Flores”” J. Chávez”” “”Ilegible”””””””G. uuu “”Ilegible””” J.Zelaya “”””N. Elías. U. B. “””M.P. Ocon “”P. Rodriguez “””Ilegible” “””” Ilegible”” “ “J. Paiz””””” Ilegible” “” “M. Iglesias””” Srio. ””RUBRICADAS.

Y para los usos correspondientes, extiendo la presente de conformi-dad al Artículo cincuenta y cinco numeral sexto del Código Municipal. Moncagua nueve de octubre de dos mil siete.

SERGIO ANTONIO SOLORZANO,

ALCALDE MUNICIPAL.

MELVIN ALEXIS ARANIVA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F026062)

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ESTATUTOS DEL COMITÉ DE DESARROLLO

MUNICIPIO DE VICTORIA,

DEPARTAMENTO DE CABAÑAS

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACION Y DOMICILIO.

Art. 1.- El Comité que se constituye bajo el curso de estos Estatutos

estará regulado por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de

las Asociaciones Comunales del Municipio, por estos Estatutos y demás

disposiciones aplicables. El Comité se denominará “Comité de Desarrollo

del Municipio de Victoria”, que será llamado en adelante CDL, tendrá

como domicilio la ciudad de Victoria, Departamento de Cabañas.

Art. 2.- El CDL es un mecanismo permanente de participación ciu-

dadana, representativo de todo el municipio, de naturaleza democrática,

no lucrativa, no religiosa y apolítica.

CAPITULO II.

FINES.

Art. 3.- El CDL tendrá como fi nes el desarrollo humano y la obra

productiva física que proyecte, para ello deberá:

a) Promover el desarrollo del municipio analizando, defi niendo,

planifi cando y conduciendo su propio proceso de desarrollo

local en forma concertada y coordinado con los planes de

desarrollo regionales y los programas nacionales,

b) Promover y apoyar la participación y organización de la

población del municipio, haciendo énfasis en el enfoque

de género y brindar apoyo al sector juvenil, para hacerlos

partícipes en la responsabilidad de retomar los planes de

desarrollo local, regionales y nacionales,

c) Elaborar, actualizar y dar seguimiento al plan de acción del

municipio y su proyección estratégica,

d) Ejecutar con el Concejo Municipal el plan de Desarrollo del

municipio a través de la coordinación y la gestión con orga-

nismos públicos y privados, nacionales e internacionales que

participen en los correspondientes programas de desarrollo

local, regional y nacional,

e) Impulsar y participar en los programas de educación, capaci-

tación, asesoría y promoción de los dirigentes y de los grupos

comunales, a fi n de contribuir al mejoramiento del liderazgo

local, la administración de proyectos sociales, económicos,

ambientales y de infraestructura,

f) Apoyar a las comunidades en la ejecución y evaluación del

trabajo y proyectos que se realicen,

g) Realizar actividades que les permita obtener recursos propios

para mejorar su funcionamiento interno,

h) Promover la incorporación de la mujer al proceso integral de

la comunidad y en el desarrollo del municipio,

i) Participar organizadamente en el estudio y análisis de la rea-

lidad social y de las soluciones a los problemas y necesidades

de la población, así como en cualquier actividad en el campo,

social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo u otros

que fueren legales y provechosos para el municipio.

CAPITULO III.

DE LOS MIEMBROS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES.

Art. 4.- El CDL estará formado por miembros del Concejo Municipal

y ciudadanos(as) representativos(as) de los barrios, colonias, cantones,

caseríos y sectores del Municipio. Son miembros fundadores, todas las

personas que fi rmaron el Acta de Constitución del CDL; son miembros

activos, todas las personas que obtendrán su ingreso al mismo conforme

lo establecido en estos Estatutos. Para ser miembro son requisitos: ser

mayor de dieciocho años, con residencia en esta localidad (por lo menos

de un año) y ser elegidos en asamblea general por el barrio, colonia, can-

tón, caserío o sector al que pertenecen. Los representantes del gobierno

local serán electos por el Concejo Municipal en funciones.

Art. 5.- Son derechos de los miembros:

a) Participar con voz y voto en las asambleas ordinarias y

extraordinarias,

b) Presentar mociones y sugerencias a la asamblea general,

c) Retirarse voluntariamente del Comité previa justifi cación ante

la Junta Directiva y colaborando en la elección de un nuevo

miembro que lo sustituya ante el barrio, colonia, cantón,

caserío o sector que representa,

d) Elegir y ser electo para cargos de la junta directiva,

e) Recibir y proporcionar información relacionada con las

actividades del municipio para su desarrollo,

f) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue el

CDL.

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Art. 6.- Son deberes de los miembros activos:

a) Asistir con puntualidad a las reuniones ordinarias y extraor-

dinarias,

b) Ser un medio de comunicación y coordinación entre el CDL

y el barrio, colonia, cantón, caserío o sector que representa,

c) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que

la junta directiva y asamblea general le encomienden,

d) Mantener una actitud de compañerismo, diálogo y

concertación,

e) Hacer cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones

de la asamblea general y junta directiva, de acuerdo con los

fi nes del CDL.

CAPITULO IV.

DEL GOBIERNO DEL CDL.

Art. 7.- El gobierno del Comité será ejercido por la Asamblea

General y su Equipo Coordinador.

CAPITULO V.

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 8.- La Asamblea General la componen todos los miembros y

se instalará por mayoría simple de los miembros activos pudiendo haber

representación de miembros pero cada uno no podrá llevar más de una

representación.

Art. 9.- El CDL estará integrado por tres miembros del Concejo

municipal y representantes de cada localidad del municipio, proporcional

a la población total del municipio y de cada localidad. Así los cantones

más grandes tendrán mayor representación que los pequeños.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez

al mes y estará fi jada por el calendario del plan de trabajo anual del

CDL.

Art. 11.- Las Asambleas Extraordinarias se realizarán cuando sea

necesario y serán convocadas por el Equipo Coordinador o a petición

de uno o más barrios, colonias o cantones por medios escritos. La con-

vocatoria a Asamblea General Extraordinaria se hará por lo menos con

tres días de anticipación a la fecha de su realización.

Art. 12.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de

los miembros del CDL y las decisiones se tomarán por el voto de la

mayoría simple. Si no hubiere quórum se hará una nueva convocatoria

y se instalará al menos con un tercio de los integrantes de la misma.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión de los miembros del Equipo Coordi-

nador,

b) Destituir por causa justifi cada a los miembros del Equipo

Coordinador y elegir a sus sustitutos, así mismo, retirarán la

calidad de miembros de la misma a los que hubieran renun-

ciado, fallecido o hayan perdido su calidad de miembros,

c) Recibir los informes de trabajo, aprobar o desaprobar el estado

fi nanciero del CDL

d) Promover un ambiente de diálogo y entendimiento que permita

a sus miembros acuerdos en la búsqueda del interés común

del municipio,

e) Evaluar periódicamente su estructura de organización y su

funcionamiento; si es necesario, renovarla en función de

mejorar la representación de todas las localidades.

f) Aprobar la suspensión defi nitiva de los miembros

g) Apoyar la organización y la participación activa de la población

en su proceso de desarrollo,

h) Elaborar y actualizar el Plan de Acción del Municipio junto

con los miembros del Concejo Municipal, directivas y re-

presentantes de las comunidades y sectores que componen

el municipio,

i) Dar a conocer a la población el plan de acción y sus avan-

ces,

j) Aprobar, reformar o derogar los estatutos del CDL.

CAPITULO VI.

FORMA Y PERIODO DE ELECCIÓN.

Art. 14.- Cada cantón elegirá en Asamblea General y bajo votación,

el número correspondiente de representantes, proporcional a la cantidad

de población que serán recibidos como miembros propietarios en el

CDL. La elección debe considerar a hombres y mujeres en igualdad de

condiciones, tomando en cuenta su liderazgo y responsabilidad.

Art. 15.- Los miembros propietarios serán elegidos por un periodo

de tres años y podrán ser re-elegidos por un segundo periodo más.

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Art. 16.- Cada propietario deberá presentar la documentación ne-

cesaria para la inmediata afi liación en el libro de miembros del CDL.

CAPITULO VII.

DEL EQUIPO COORDINADOR.

Art. 17.- El Equipo Coordinador estará formado por nueve

miembros electos en asamblea general, por votación nominal y pública

o secreta por cargos separados, la nominación de los cargos será la si-

guiente: Coordinador(a), Sub-coordinador(a), Secretario(a), Tesorero(a),

Síndico(a), Coordinador(a) del área de infraestructura, Coordinador(a)

del área social, Coordinador(a) del área económica y Coordinador(a)

del área de medio ambiente. Los cargos del Equipo Coordinador serán

ad-honoren, sin embargo cuando el miembro o directivo trabaje en activi-

dades ofi ciales del CDL, podrá otorgársele una retribución convencional

o cuando por el volumen de trabajo o las circunstancias lo ameriten y

de acuerdo a la situación económica del CDL.

Art. 18.- Los miembros del Equipo Coordinador serán electos en

la sesión ordinaria de Asamblea General para un período de dos años a

contar de la fecha de su nombramiento.

Art. 19.- El Equipo Coordinador sesionará ordinariamente una vez

al mes y extraordinariamente cuando sea convocada por el presidente o

a petición de cuatro miembros de la junta o del síndico. Las reuniones

ordinarias se harán en las fechas que establezca el calendario anual de

reuniones.

Art. 20.- El quórum para celebrar sesión de Equipo Coordinador

será la asistencia de la mitad más uno de sus miembros, los cuales se

tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el coordinador(a) o

el que haga sus veces tendrá doble voto.

Art. 21.- Son atribuciones del Equipo Coordinador:

a) Administrar el patrimonio del CDL, para garantizar la con-

secución de sus fi nes,

b) Velar por el cumplimiento de los estatutos, resoluciones de

la asamblea general y los reglamentos del CDL,

c) Dar cumplimiento a los planes de trabajo anual y el segui-

miento a las actividades defi nidas por el CDL,

d) Garantizar la permanente participación de las comunidades

a través de los representantes nombrados para el CDL.

e) Atender propuestas, reclamos de los miembros de acuerdo a

las disposiciones de los estatutos y reglamentos del CDL.

f) Autorizar al Coordinador para que realice contratos y proyectos

del CDL. Según acuerdo de la asamblea general,

h) Apoyar en la solución de asuntos comunales según los fi nes

del CDL.

i) Convocar a la asamblea general a las reuniones ordinarias y

extraordinarias.

j) Vincularse a las organizaciones del Estado, las municipalidades

y con las entidades privadas. Ongs, que tengan que trabajar

en el municipio impulsando el desarrollo local.

k) Participar en las investigaciones, planeamiento, ejecución y

evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento

de las comunidades.

l) Informar periódicamente a la asamblea general de las acti-

vidades que desarrolla y presentarle el Plan de Trabajo y el

presupuesto respectivo e informar igualmente a los organis-

mos que cooperaron en el desarrollo de sus programas de

trabajo.

m) Autorizar y controlar los ingresos y egresos de los recursos

económicos del CDL.

n) Resolver las situaciones excepcionales no previstas en los

estatutos.

o) Elaborar un Plan de Trabajo para ordenar las actividades del

CDL.

p) Presentar perfi les, solicitudes y toda documentación oportuna

para avanzar en la ejecución del Plan de Desarrollo.

q) Informar a las instituciones sobre el avance del desarrollo en

el municipio y mantener mecanismos ágiles de comunica-

ción.

r) Establecer mecanismos de control para dar seguimiento a los

acuerdos o compromisos adquiridos por el CDL, así como

de evaluación a proyectos en ejecución ejecutados.

s) Apoyar y coordinar con las directivas comunales la organi-

zación del trabajo en los proyectos de ayuda mutua.

t) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos

que se dicten.

Art. 22.- Para ser miembro del Equipo Coordinador se requiere:

a) Ser mayor de edad,

b) De competencia notoria para el desempeño del cargo,

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

c) Observar buena conducta,

d) Pertenecer al municipio,

Art. 23.- Los miembros del Equipo Coordinador podrán ser desti-

tuidos de sus cargos por las causas siguientes:

a) Inmoralidad comprobada,

b) Incumplimiento de los estatutos, reglamentos y otras dispo-

siciones del CDL y

c) Por apartarse de los fi nes del CDL.

Art. 24.- Son atribuciones del coordinador(a):

a) Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias,

b) Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la

asamblea y del Equipo Coordinador,

c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos del Equipo Coor-

dinador y del CDL,

d) Elaborar las agendas de las reuniones junto a los miembros

del Equipo Coordinador,

e) Ser responsable del manejo y custodia de los fondos del CDL

junto al tesorero(a) y

f) Los demás que le encomiende el Equipo Coordinador.

Art. 25.- Son atribuciones del sub-coordinador(a):

a) Sustituir al coordinador(a) en caso de ausencia o impedimento

de éste(a),

b) Apoyar al coordinador en todas las actividades que demande

su cargo.

c) Las demás que le asignen estos estatutos y otras disposiciones

del CDL.

Art. 26.- Son atribuciones del Secretario(a):

a) Llevar el libro de actas del CDL registrando debidamente las

asambleas generales y del Equipo Coordinador,

b) Dar lectura del acta anterior al inicio de cada sesión,

c) Extender las credenciales, certifi caciones y la correspondencia

del CDL,

d) Elaborar las convocatorias de miembros a sesiones de Asam-

blea General y Equipo Coordinador.

e) El Secretario(a) será el órgano de comunicación del CDL y

llevará el inventario de los bienes del mismo y todo lo demás

que fuere pertinente.

f) Llevar ordenado y al día el archivo del CDL.

Art. 27.- Son atribuciones del Tesorero(a):

a) Recibir y guardar los fondos del CDL en la institución bancaria

que el Equipo Coordinador señale,

b) Firmar con el Presidente los cheques y documentos de gastos

del CDL debidamente aprobados,

c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual del CDL y

presentarlo al Equipo Coordinador,

d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar en las reuniones de Equipo Coordinador un informe

de los ingresos y egresos del CDL y

f) Las demás que por razones de su cargo le correspondan como

por ejemplo ser solidario con el coordinador en lo que respecta

al patrimonio del COL.

Art. 28.- Son atribuciones del Síndico(a):

a) Representar judicialmente y extrajudicialmente al Comité,

b) Elaborar propuesta de modifi cación de estatutos y reglamentos

internos,

c) Velar porque los contratos que celebre el CDL se ajusten a

prescripciones legales

d) Las demás que le señale la asamblea general y el Equipo

Coordinador.

e) Velar especialmente por el cumplimiento de los estatutos y

reglamentos del CDL, así como de los acuerdos del Equipo

Coordinador y de la asamblea general,

f) Brindar asesoría legal a los miembros del CDL.

Art. 29.- Son atribuciones de los Coordinadores(as) de áreas:

a) Promover la discusión de problemas relacionados con su área

y sugerir mecanismos de solución,

b) Coordinar y dar seguimiento a los acuerdos entre el CDL y

las instituciones que apoyan su área de trabajo,

c) Presidir equipos de trabajo que el CDL considere oportunos

para atender problemas y gestiones relacionados con su área

de trabajo,

d) Mantenerse informado e informar al CDL sobre asuntos

específi cos y relacionados con su área y

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

e) Desempeñar las comisiones que les asignen la asamblea

general y el Equipo Coordinador.

Art. 30.- Los miembros del Equipo Coordinador podrán ser reelectos

las veces que la asamblea así lo disponga.

CAPITULO VIII. PROCEDIMIENTO ESPECIAL

PARA LA REMOCIÓN DE MIEMBROS Y DIRECTIVOS.

Art. 31.- Los miembros del CDL podrán ser retirados por acuerdo

del Equipo Coordinador y la Asamblea General, tomando por mayoría

de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones al Código

Municipal y estos estatutos. Se consideran como causales de retiro o

expulsión, a los siguientes:

a) Mala conducta del miembro que se traduzca en perjuicio

grave al CDL.

b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de

elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General

o el Equipo Coordinador.

c) Promover actividades políticas partidarias, religiosas o de

otra naturaleza que vayan en perjuicio del CDL.

d) Obtener por medio fraudulento benefi cio del CDL, para sí o

para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio del CDL.

Art. 32.- Para proceder a la suspensión temporal el Equipo

Coordinador nombrará una comisión de tres de sus miembros, para

que investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones

que el supuesto infractor exponga en su defensa resolverá. En caso de

suspensión defi nitiva, el Equipo Coordinador seguirá el procedimiento a

que se refi ere el inciso anterior; pero en este caso, la Asamblea General

resolverá sobre tal suspensión acordada, y nombrará a los sustitutos.

Art. 33.- Sobre el retiro de miembros y sobre la suspensión temporal

decretado por el Equipo Coordinador, podrá interponerse únicamente el

recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de notifi cación.

De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún

recurso.

Art. 34.- Los miembros del Equipo Coordinador electos por la

Asamblea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva,

según la gravedad del caso. La suspensión defi nitiva únicamente podrá

ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal, por el

Equipo Coordinador.

CAPITULO IX.

PATRIMONIO DEL CDL.

Art. 35.- El patrimonio del Comité estará Constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten

los miembros activos.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias,

donaciones, legados, etc. que provengan de diversas fuen-

tes.

c) Ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para

allegar fondos al CDL.

d) El valor de alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes

muebles o inmuebles de propiedad del CDL serán aprobados

por la Asamblea General, a propuesta del Equipo Coordinador,

pero en ningún caso eximirá de estos pagos el hecho de ser

miembros.

e) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier

título.

f) Los bienes muebles o inmuebles que formen el patrimonio

no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, o alquilados

o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-

ral.

Art. 36.- Los fondos del CDL serán depositados en una institución

fi nanciera, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre del CDL manejada

por las fi rmas del Tesorero y el Presidente de éste.

Art. 37.- El CDL establecerá los instrumentos contables necesarios

para el efectivo control de los fondos propios o procedentes de fuentes

externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

CAPITULO X.

DURACION Y DISOLUCION DEL CDL.

Art. 38.- El tiempo de duración del CDL es ilimitado y se disolverá

por disposición de la ley, cuando los miembros propietarios no lleguen

por lo menos a veinticinco, por no poder cumplir con los objetivos

para la que ha sido creado y fi nalmente cuando así lo acuerde en sesión

extraordinaria. La asamblea general convocada para tal efecto deberá

por lo menos contar con el voto favorable de las tres cuartas partes de

los miembros propietarios.

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Art. 39.- Acordada la disolución del CDL y verifi cada la liquidación

por el Equipo Coordinador, el remanente de los bienes si lo hubiere

o la administración de servicios, se trasladarán a una instancia local

de benefi cencia para la niñez o tercera edad o en última instancia a la

municipalidad para que sigan teniendo un destino comunitario.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 40.- El CDL llevará sus libros de registro de miembros, de

actas, de inventarios, fi nancieros, todos foliados y sellados con una razón

de apertura que contenga el objeto del libro, su número de hojas y al

terminar la razón de cierre la cual deberá estar fi rmada y sellada por el

Presidente y Secretario.

Art. 41.- El Equipo Coordinador tiene la obligación de enviar al

Concejo Municipal, en los primeros treinta días posteriores a la elección

de la misma, la nómina de quienes la integran. También informará sobre

las sustituciones de miembros del Equipo Coordinador y de nuevos

miembros del CDL.

Art. 42.- Para la notifi cación del acta de constitución y los presentes

estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la constitución

e inscripción del CDL.

Art. 43.- Los casos que no estén contemplados en estos estatutos

serán resueltos en Asamblea General y Equipo Coordinador en su

caso.

Art. 44.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia 15 días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Ciudad Victoria, Cabañas, Octubre del 2007.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales

que esta Alcaldía lleva durante el presente año, se encuentra el punto de

Acta que literalmente Dice:

ACUERDO NÚMERO TRES:

Vistos y analizados los estatutos del Comité de Desarrollo Local

del Municipio de Victoria, los cuales constan de cuarenta y cuatro

artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a

la Constitución de la República, El Código Municipal la Ordenanza

Reguladora de las Asociaciones comunales del Municipio de Victoria,

Departamento de Cabañas, a la moral y a las buenas costumbres; y en

base a los Artículos 119 y 30 numeral 23 del Código Municipal; este

Concejo Acuerda: Aprobar sus Estatutos en todas sus partes, concederle

Personalidad Jurídica al Comité de Desarrollo Local del Municipio de

Victoria, del Departamento de Cabañas, el cual se abrevia “CDL”, y

autoriza su inscripción en el registro de las Asociaciones Comunales,

que para tal efecto lleva esta Alcaldía. Publíquese en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de Victoria,

a los tres días del mes de Septiembre del año dos mil siete. Y no ha-

biendo más que hacer constar damos por terminada la presente acta

que fi rmamos.””J.A.R.B. Juan Antonio Ramos Barrera””””G.L.H.

”””Gilberto Laínez Hernández”””””J.O.G.CH. ””José Orlando Gámez

Chávez””””M.H.M.M.”””””Manuel Humberto Méndez Mejía”””D. B.

“””Domingo Barrera Arenívar”””””CH.J.”’’’’’’Carolina Haydeé Jovel de

Torres ”””T.R.M.””Timoteo Rivas Morales”””M.M.A.””’María Mélida

Ayala” M.R.G.”””Modesto Reyes Gómez.”””C. H. J. Carolina Haydee

Jovel de Torres”””R. A. R. Roberto Ayala Rodríguez ”””J. A. H. H. José

Amparo Hernández””””J. R. B. R. José Rosa Romero Barrera”””” Ana

M. Ayala ””” Ana Miriam Ayala A. Secretaria”””RUBRICADAS””

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE

CONFRONTO:

Alcaldía Municipal de Victoria, Departamento de Cabañas, a los

dos de Octubre del año dos mil siete.

JUAN ANTONIO RAMOS BARRERA,

ALCALDE MUNICIPAL.

ANA MIRIAM AYALA AYALA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F025951)

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ESTATUTOS COMITÉ DE DESARROLLO DOLORES

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION Y DOMICILIO

Art. 1.- El Comité que se constituye estará regulado por el Código

Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales

del Municipio, por estos Estatutos y demás disposiciones aplicables.

El Comité se denominará “Comité de Desarrollo del Municipio de

Dolores”, que será llamado en adelante CDL, tendrá como domicilio el

Casco Urbano del Municipio de Dolores, Departamento de Cabañas.

Art. 2- El CDL es un mecanismo permanente de participación ciu-

dadana, representativo de todo el municipio, de naturaleza democrática,

no partidarista, no lucrativa y no religiosa.

CAPITULO II

OBJETIVOS

Art. 3.- El CDL tendrá como objetivos contribuir a mejorar la

calidad de vida de la población del municipio, para ello deberá:

a) Promover el desarrollo del municipio analizando, defi niendo,

planifi cando y conduciendo su propio proceso de desarrollo

local en forma concertada y coordinado con los planes de

desarrollo regionales y los programas nacionales.

b) Promover y apoyar la participación y organización de la

población del municipio, haciendo énfasis en el enfoque

de género y brindar apoyo al sector juvenil, para hacerlos

partícipes en la responsabilidad de retomar los planes de

desarrollo local, regionales y nacionales.

c) Elaborar, actualizar y dar seguimiento al Plan de Desarrollo

del municipio y su proyección estratégica.

d) Ejecutar con el Concejo Municipal, el Plan de Desarrollo

del municipio a través de la coordinación y la gestión con

organismos públicos y privados, nacionales e internacionales

que participen en los correspondientes programas de desarrollo

local, regional y nacional.

e) Impulsar y participar en los programas de educación, capaci-

tación, asesoría y promoción de los dirigentes y de los grupos

comunales, a fi n de contribuir al fortalecimiento del liderazgo

local, la administración de proyectos sociales, económicos,

ambientales, infraestructura, de cada uno de sus miembros.

f) Apoyar a las comunidades en la ejecución y evaluación del

trabajo y proyectos que se realicen.

g) Realizar actividades de gestión que les permita obtener

recursos propios para mejorar su funcionamiento interno.

h) Promover la incorporación de la mujer al proceso integral de

la Comunidad y en el Desarrollo del Municipio.

i) Participar organizadamente en el estudio y análisis de la rea-

lidad social y de las soluciones a los problemas y necesidades

de la población.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS: CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES.

Art. 4.- El Comité deberá estar formado por representantes del

Concejo Municipal, ciudadanos y ciudadanas representativos del casco

urbano, cantones y caseríos del municipio.

La no participación o ausencia de algún sector antes mencionado,

no limita al accionar de CDL.

Son miembros Fundadores: todas las personas que fi rmaron el

Acta de Constitución del Comité.

Son miembros Activos: todas las personas que obtendrán su ingreso

al mismo, conforme lo establecido en estos estatutos.

Para ser miembro son requisitos: ser mayor de dieciocho años,

con residencia en el municipio de Dolores y ser elegidos en Asamblea

General por el cantón, caserío o sector al que pertenecen.

Los representantes del Gobierno Local serán electos por el Concejo

Municipal en funciones.

Art. 5.- Son derechos de los miembros:

a) Participar con voz y voto en las reuniones ordinarias y ex-

traordinarias del Comité.

b) Presentar mociones y sugerencias a la coordinación del CDL

y Asamblea General.

c) Retirarse voluntariamente del Comité previa justifi cación ante

la coordinación o presidencia del Comité y colaborando en

la elección de un nuevo miembro que lo sustituya ante el

cantón, caserío o sector que representa.

d) Elegir y ser electo para cargos de la Junta Directiva.

e) Recibir y proporcionar información relacionada con las

actividades del municipio para su desarrollo.

f) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue el

CDL.

Art. 6.- Son deberes de los miembros:

a) Asistir con puntualidad a las asambleas ordinarias y extraor-

dinarias. Previa convocatoria de acuerdo a lo establecido en

estos estatutos.

b) Ser un medio de comunicación y coordinación entre el Comité

y el cantón, caserío, sector o instancia que representa.

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

c) Desempeñar con responsabilidad todas las comisiones y car-

gos que la coordinación del Comité y la Asamblea General

le encomienden.

d) Mantener una actitud de compañerismo, diálogo y

concertación.

e) Cumplir y hacer cumplir estos estatutos y obedecer las

disposiciones de la Asamblea General y la coordinación del

Comité de Desarrollo de acuerdo con los fi nes del CDL.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DEL CDL

Art. 7.- El Gobierno del Comité será ejercido por la Asamblea

General y su Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 8.- La Asamblea General estará integrada por todos los cantones,

caseríos y casco urbano del Municipio.

Art. 9.- El Comité estará integrado por 3 miembros del Concejo

Municipal y representantes de cada localidad del Municipio proporcional

a la población total de éste y de cada localidad.

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente 2 veces

al año.

Art. 11.- Las Asambleas Extraordinarias se realizarán cuando sea

necesario y serán convocadas por el Comité de Desarrollo o a petición de

una o más comunidades o por el 20% del total de Asamblea por medios

escritos. La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria se hará por

lo menos con tres días de anticipación a la fecha de su realización.

Art. 12.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de

los miembros de la Asamblea y las decisiones se tomarán por el voto de

la mayoría simple.

Si no hubiere quórum se hará una nueva convocatoria y se instalará

al menos con un tercio de los integrantes de la misma.

Art. 13.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros del Comité de Desa-

rrollo.

b) Destituir por causa justifi cada a los miembros del Comité

y elegir a sus sustitutos, así mismo, retirarán la calidad de

miembros del Comité a los que hubieren renunciado, fallecido

o hayan perdido su calidad de miembro.

c) Recibir los informes de trabajo, aprobar o desaprobar el estado

fi nanciero del Comité.

d) Promover un ambiente de diálogo y entendimiento que permita

a sus miembros acuerdos en la búsqueda del interés común

del municipio.

e) Evaluar periódicamente su estructura de organización y fun-

cionamiento; si es necesario, renovarla en función de mejorar

la representación de todas las localidades.

f) Apoyar la organización y la participación activa de la población

en su proceso de desarrollo.

g) Elaborar y actualizar el Plan de Desarrollo del Municipio

junto con los miembros del Concejo Municipal.

h) Dar a conocer a la población el Plan de Desarrollo y sus

avances.

i) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos del Comité.

CAPITULO VI

FORMA Y PERIODO DE ELECCIÓN DEL COMITÉ

Art. 14.- Cada comunidad elegirá en Asamblea General y bajo

votación, el número correspondiente de representantes, proporcional a la

cantidad de población que serán recibidos como miembros propietarios

en el Comité.

La elección debe considerar a hombres y mujeres en igualdad de

condiciones, tomando en cuenta su liderazgo y responsabilidad.

Art. 15.- Los miembros propietarios serán elegidos por un periodo

de 2 años y podrán ser re-elegidos por un segundo periodo más.

Art. 16.- Cada propietario deberá presentar la documentación ne-

cesaria para la inmediata afi liación en el libro de miembros del CDL.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 17.- La Junta Directiva estará formada por 9 miembros electos

en Asamblea General, Presidente(a), Vice-Presidente(a), Secretario(a),

Tesorero(a) y Síndico, y 4 coordinadores de las áreas social, económica,

infraestructura y ambiental.

Los Cargos del Comité serán ad-honoren, sin embargo, cuando el

Miembro de la Junta Directiva o Comité trabaje en actividades ofi ciales,

podrá otorgársele una retribución convencional o cuando por el volumen

de trabajo o las circunstancias lo ameriten y de acuerdo a la situación

económica del Comité.

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Art. 18.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en sesión

ordinaria de Comité para un período de 2 años a contar de la fecha de

su nombramiento, y podrá ser reelecto por un período similar.

Art. 19.- El Comité sesionará ordinariamente 1 vez al mes y ex-

traordinariamente cuando sea convocada por el presidente o a petición

de 3 miembros de la Junta o del síndico. Las reuniones ordinarias se

harán en las fechas que establezca el calendario anual de reuniones.

Art. 20.- El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será la

asistencia de la mitad más uno de sus miembros, los acuerdos se tomarán

por mayoría de votos.

En caso de empate el presidente(a) o el que haga sus veces tendrá

doble voto.

Art. 21.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Administrar el Patrimonio del Comité, para garantizar la

consecución de sus objetivos.

b) Velar por el cumplimiento de los estatutos, resoluciones de

la Asamblea General y de los Reglamentos del Comité, si los

hubiere.

c) Dar cumplimiento a los Planes de Trabajo Anual y el segui-

miento a las actividades defi nidas por el Comité.

d) Garantizar la permanente participación de las localidades a

través de los representantes nombrados en el Comité.

e) Atender propuestas y reclamos de los miembros de acuerdo

a las disposiciones de los Estatutos y Reglamentos del Co-

mité.

f) Autorizar al Presidente para que realice contratos y proyectos

del Comité, según acuerdos de la Asamblea General.

g) Elaborar proyectos de reglamentos del Comité así como los

proyectos de reforma a los Estatutos y Reglamentos.

h) Apoyar en la solución de asuntos comunales según los fi nes

del Comité.

i) Convocar a la Asamblea General a las reuniones ordinarias

y extraordinarias.

j) Vincularse con las organizaciones del Estado, la Municipa-

lidad y con las entidades privadas, ONG’s que trabajen en el

Municipio impulsando el Desarrollo Local.

k) Participar en las investigaciones, planeamiento, ejecución y

evaluación de los programas y proyectos de mejoramiento

de las comunidades.

l) Informar periódicamente a la Asamblea General de las

actividades que desarrolla y presentarle el Plan de Trabajo

y el Presupuesto respectivo e informar igualmente a los or-

ganismos que cooperaron en el desarrollo de sus programas

de trabajo.

m) Autorizar y controlar los ingresos y egresos de los recursos

económicos del Comité.

n) Resolver las situaciones excepcionales no previstas en los

Estatutos.

o) Elaborar un Plan de Trabajo para ordenar las actividades del

Comité.

p) Presentar perfi les, solicitudes y toda documentación oportuna

para avanzar en la ejecución del Plan de Desarrollo.

q) Informar a las instituciones sobre el avance del Desarrollo

en el Municipio y mantener mecanismos ágiles de comuni-

cación.

r) Establecer mecanismos de control para dar seguimiento a los

acuerdos o compromisos adquiridos por el Comité, así como

de evaluación a proyectos en ejecución o ejecutados.

s) Apoyar y coordinar con las directivas comunales la organi-

zación del trabajo en los proyectos de ayuda mutua.

t) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Reglamentos

que se dicten.

Art. 22.- Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere:

a) Ser mayor de edad.

b) Competencia notoria para el desempeño del cargo.

c) Observar buena conducta.

Art. 23.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos

de sus cargos por las causas siguientes:

a) Inmoralidad comprobada.

b) Incumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y otras dis-

posiciones del Comité.

c) Por apartarse de los objetivos del CDL.

Art. 24.- Son atribuciones del Presidente(a):

a) Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias.

b) Convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la

Asamblea y del Comité.

c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva

y del Comité.

d) Elaborar las agendas de las reuniones junto a los miembros

de la Junta.

e) Ser responsable del manejo y custodia de los fondos del

Comité junto al Tesorero(a).

f) Las demás que le encomiende la Junta Directiva.

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Art. 25.- Son atribuciones del Secretario(a):

a) Llevar el libro de actas del Comité registrando debidamente

las Asambleas Generales y de la Junta Directiva.

b) Dar lectura del acta anterior al inicio de cada sesión.

c) Extender las credenciales, certifi caciones y la correspondencia

del Comité.

d) Elaborar las convocatorias de miembros a sesiones de Asam-

blea General y de Junta Directiva.

e) El Secretario(a) será el órgano de comunicación del Comité y

llevará el inventario de los bienes del mismo, y todo lo demás

que fuere pertinente.

f) Llevar ordenado y al día el archivo del Comité.

Art. 26.- Son atribuciones del Tesorero(a):

a) Recibir y guardar los fondos del Comité en la institución

bancaria que la Junta Directiva señale.

b) Firmar con el Presidente, los cheques y documentos de gastos

del Comité debidamente aprobados.

c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual del Comité y

presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar en las reuniones de Comité un informe de los

ingresos y egresos del Comité.

f) Las demás que por razones de su cargo le correspondan.

Art. 27.- Son atribuciones del síndico:

a) Representar Judicial y extrajudicialmente al Comité.

b) Elaborar propuesta de modifi cación de estatutos y reglamentos

internos.

c) Velar porque los contratos que celebre el Comité se ajusten

a prescripciones legales.

d) Las demás que le señale la Asamblea General y la Junta

Directiva.

e) Velar especialmente por el cumplimiento de los estatutos y

reglamentos del Comité, así como de los acuerdos de la Junta

Directiva y de la Asamblea General.

CAPITULO VIII

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN

DE MIEMBROS

Art. 28.- Los miembros del Comité podrán ser retirados por acuerdo

de la Junta Directiva y Asamblea General, tomado por mayoría de votos

y previa audiencia del interesado, por infracciones al Código Municipal,

y estos Estatutos.

Se consideran además como causales de retiro o expulsión, a los

siguientes:

a) Mala conducta del Miembro que se traduzca en perjuicio

grave al Comité.

b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de

elección o comisiones que le encomiende la Asamblea General

o el Comité.

c) Promover actividades políticas partidarias, religiosas o de

otra naturaleza que vayan en perjuicio del Comité.

d) Obtener por medio fraudulento benefi cio del Comité, para sí

o para terceros.

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio del Comité.

Art. 29.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva

nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que investigue

los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto

infractor exponga en su defensa, resolverá.

En caso de suspensión defi nitiva, la Junta Directiva seguirá el

procedimiento a que se refi ere el inciso anterior; pero en este caso,

la Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión acordada, y

nombrará a los sustitutos.

Art. 30.- Sobre el retiro de miembros y sobre la suspensión temporal

decretado por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el Recurso

de Revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notiticación.

De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún

recurso.

Art. 31.- Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea

General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva, según

la gravedad del caso.

La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser acordada por la

Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva.

CAPITULO IX

PATRIMONIO DEL COMITE

Art. 32.- El Patrimonio del Comité estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aporten

los miembros activos.

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias,

donaciones, legados, etc., que provengan de diversas fuen-

tes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos al Comité.

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

d) El valor de alquiler cobrado por el uso de maquinaria, bienes

muebles e inmuebles de propiedad del Comité serán aprobados

por la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva,

pero en ningún caso eximirá de estos pagos el hecho de ser

miembros.

e) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier

título.

f) Los bienes muebles e inmuebles que formen el patrimonio

no podrán ser enajenados en garantía, vendidos, o alquilados

o prestados sin la autorización previa de la Asamblea Gene-

ral.

Art. 33.- Los fondos del Comité serán depositados en una institu-

ción fi nanciera, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre del Comité

manejada por las fi rmas del tesorero y el presidente de éste.

Art. 34.- El Comité establecerá los instrumentos contables necesa-

rios para el efectivo control de fondos propios o procedentes de fuentes

externas en los distintos programas y proyectos que se desarrollen.

CAPITULO X

DURACION Y DISOLUCION DEL CDL

Art. 35.- El tiempo de duración del Comité es ilimitado y se disolverá

por disposición de la ley, cuando los miembros propietarios no lleguen

por lo menos a veinticinco, por no poder cumplir con los objetivos para

la que ha sido creado y fi nalmente cuando así lo acuerde la Asamblea en

sesión extraordinaria. La asamblea general convocada al efecto por lo

menos con el voto favorable de las tres cuartas partes de los miembros

propietarios.

Art. 36.- Acordada la disolución del Comité y verifi cada la liqui-

dación por la Junta Directiva, el remanente de los bienes si lo hubiere

o la administración de servicios, se trasladarán a una instancia local

de benefi cencia para la niñez o tercera edad o en última instancia a la

municipalidad para que sigan teniendo un destino comunitario.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 37.- El Comité llevará sus libros de registro de miembros, de

actas, de inventarios, fi nancieros, todos foliados y sellados con una razón

de apertura que contenga el objeto del Libro, su número de hojas y al

terminar la razón de cierre la cual deberá estar fi rmada y sellada por el

Presidente y Secretario.

Art. 38.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal, en los primeros treinta días posteriores a la elección de la

misma, la nómina de quiénes la integran. También informará sobre las

sustituciones de miembros de la Junta Directiva y de nuevos miembros

del Comité.

Art. 39.- Para la modifi cación del Acta de Constitución y los

presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos que para la

Constitución e Inscripción del CDL.

Art. 40.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos

serán resueltos en Asamblea General y reuniones de Comité de Desarrollo

en su caso.

Art. 41.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia 8 días después

del día de su publicación en El Diario Ofi cial.

Dolores, Cabañas, septiembre del 2007.

ACUERDO NÚMERO CINCO:

Visto los Estatutos del COMITÉ DE DESARROLLO MUNICIPAL,

que se abreviará “CDL”, fundado en el municipio de Ciudad Dolores,

Departamento de Cabañas, compuesto de Cuarenta y un artículos y no

encontrándose en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la

República, al orden público, ni a las buenas costumbres, de conformidad

a los artículos 119 y 30, numeral 23 del Código Municipal vigente.-

ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes y conferirles el carácter de

Persona Jurídica.- COMUNIQUESE.

DADO: en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de Ciudad

Dolores, departamento de Cabañas, a los treinta días del mes de septiembre

del año dos mil siete.

JESUS ORLANDO ROMERO RUIZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

ANTE MI

EDWIN ARQUIMIDES AMAYA AYALA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F025950)

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN COMUNAL

“RESIDENCIAL LA ESPERANZA” DEL MUNICIPIO

DE SAN SALVADOR

CAPITULO I

CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, NATURALEZA

Y RÉGIMEN LEGAL

Constitución, Denominación, Naturaleza y Régimen Legal.

Art. 1.- Se constituye la Asociación Comunal “Residencial La Es-

peranza”, que en lo sucesivo se denominará “La Asociación”, como una

organización social integrada por la voluntad unánime de un grupo de

ciudadanos y ciudadanas de la Residencial La Esperanza, la cual será de

carácter democrático, apolítica, no lucrativa, ni religiosa; estará regulada

por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de Asociaciones

Comunales del Municipio de San Salvador, por los presentes Estatutos,

Reglamento Interno y demás disposiciones aplicables.

Domicilio

Art. 2. - La Asociación tendrá como domicilio la ciudad de San

Salvador y desarrollará sus actividades en la Residencial La Esperanza,

situada en la intersección de la calle San Antonio Abad y 75 Avenida

Norte, San Salvador.

CAPITULO II

OBJETIVOS, ACTIVIDADES, DISTINTIVO Y PLAZO DE LA

ASOCIACIÓN

Objetivos de la Asociación.

Art. 3.- La Asociación tendrá los objetivos siguientes:

a) Promover el desarrollo humano en su dimensión social, econó-mico, cultural, cívico, educativo y cualquier otro aspecto que fuera legal y provechoso para la Residencial La Esperanza.

b) Participar en forma organizada en el estudio y análisis de la realidad social y de los problemas y necesidades de la Residencial La Esperanza, Elaborar e impulsar soluciones y proyectos de benefi cio para la Residencial La Esperanza.

Actividades para el cumplimiento de los objetivos

Art. 4.- Para la realización de sus objetivos, la Asociación desa-

rrollará las siguientes actividades:

a) Trabajar en coordinación con las Autoridades Municipales y Nacionales en los planes de Desarrollo Local, Distrital y Zonal, así como en la ejecución de los mismos, especialmente cuando se trate de proyectos que lleven benefi cio directo a los habitantes de la Residencial La Esperanza.

b) Participar en la Gestión Municipal, a través de los diversos mecanismos contenidos en la “Ordenanza Para la Transpa-rencia en la Gestión Municipal y la Participación Ciudadana en el Municipio de San Salvador”, así como a través de la formulación de iniciativas o recomendaciones en la plani-fi cación, ejecución, evaluación y contraloría de los planes Municipales para el desarrollo integral de la Residencial La Esperanza;

c) Impulsar la búsqueda de soluciones, formulación y ejecución de proyectos que procuren y contribuyan al desarrollo de la Residencial La Esperanza;

d) Motivar a los miembros de la Asociación y hacerlos participar en el estudio y análisis de los problemas y necesidades de la Residencial La Esperanza;

e) Ejercer el derecho de gestión frente a Organismos Guberna-mentales o no Gubernamentales y en general, ante cualquier Institución, siempre que dicha gestión tenga como objetivo benefi ciar a los miembros de la Asociación y la Residencial La Esperanza.

f) Constituir Comités y/o Comisiones de Apoyo a la Junta Directiva de la Asociación en materia administrativa, cultu-ral, cívica, de gestión, de seguridad, riesgo y prevención de desastres, medio ambiente, género, juventud y otras; y

g) Realizar cualquier otra actividad que considere necesaria para la realización de sus objetivos, siempre que ésta sea lícita.

Distintivo de la Asociación.

Art. 5.- La Asociación Comunal tendrá como distintivo un sello en

forma de círculo, en cuyo interior se leerá: Residencial La Esperanza,

Junta Directiva. Además contendrá en su interior el dibujo de una C de

media luna que simboliza la forma de la cara de alguien en una luna, que

representa a las personas que tienen fe en su corazón y un ala que signifi ca

la manera de llevar los obstáculos que se dan día a día. Es tener Fe sobre

algo o sobre alguien, confi anza que saldrá bien algo esperado.

Plazo.

Art. 6.- El plazo de la Asociación será indefi nido.

CAPITULO III

DE LOS ASOCIADOS DE LA ENTIDAD

Clases de Asociados.

Art. 7.- Habrá dos clases de Asociados: Asociados Fundadores y

Asociados Activos.

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Serán Asociados Fundadores, las Personas que suscriban el Acta

de Constitución de la Asociación y ostentarán la calidad de Asociados

Activos.

Asociados Activos, serán las personas que obtengan su ingreso a

la Asociación en la forma que lo establecen los presentes Estatutos y

que asistan periódicamente a las Asambleas que se celebren.

Requisitos Para Ser Asociado Activo.

Art. 8.- Para ser Asociado activo, se requiere llenar los requisitos

siguientes:

a) Tener como mínimo, dieciocho años de edad;

b) Habitar en la Residencial La Esperanza por lo menos un año;

c) Responder al llamado de colaboración cuando se le pida, ya sea para ejercer un cargo de elección comunal o una even-tualidad.

De la Solicitud de Ingreso a la Asociación Comunal

Art. 9.- Las personas interesadas en ingresar en la Asociación Co-

munal, deberán llenar una hoja de afi liación que la Junta Directiva deberá

elaborar al efecto, en donde manifi estan su voluntad de pertenecer a la

Asociación, debiendo cumplir con los requisitos indicados en el artículo

anterior y contener los datos correctos.

Posteriormente se procederá a incorporar al interesado quien será

juramentado en la Asamblea General que al efecto se programe.

Del Registro de Asociados.

Art. 10.- La Asociación deberá contar con un Registro de Asocia-

dos en el cual en cada asiento se indicará el nombre y las generales del

Asociado como su edad, residencia, número de Documento Único de

Identidad (DUI) u otro documento de identifi cación, fecha de ingreso y

otros datos que se consideren necesarios del inscrito.

Derechos de los Asociados

Art. 11.- Serán derechos de los Asociados:

a) Participar con voz y voto en las reuniones de Asamblea General, sean éstas Ordinarias o Extraordinarias;

b) Presentar en las Asambleas Generales mociones encamina-das para alcanzar el buen funcionamiento y desarrollo de la Asociación;

c) Presentar su renuncia como miembro de la Asociación ante la Junta Directiva o Asamblea General;

d) Elegir y ser electo para cargos en la Junta Directiva y los Comités que se integren;

e) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información sobre el funcionamiento y los Proyectos de la Asociación; y,

f) Todos los demás que le confi eran la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno.

De las Obligaciones de los Asociados

Art. 12.- Son obligaciones de los Asociados:

a) Fomentar el espíritu de servicio entre los Asociados;

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de las Asambleas Generales;

c) Desempeñar con responsabilidad y efi ciencia los cargos para los que fueron electos, lo mismo que las comisiones que se le encomienden;

d) Abstenerse de las acciones u omisiones que puedan perjudicar el cumplimiento de los objetivos de la Asociación, la armonía y las actividades que se realicen; y

e) Cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno, así como obedecer y velar porque se respeten las disposiciones emanadas de Asamblea General, Junta Directiva y Comité de Vigilancia.

Pérdida de la Calidad de Asociado

Art. 13.- La calidad de Asociado se perderá por retiro voluntario,

expulsión o muerte.

El retiro voluntario podrá ser expreso o tácito.

Del Retiro Voluntario

Art. 14.- Será expreso, cuando el Asociado lo solicite por escrito a

la Junta Directiva o a la Asamblea General y Tácito cuando el Asociado

cambie defi nitivamente a otro lugar su residencia o cuando se ausente

de las actividades de la Asociación por un período de tres meses sin

expresión de motivo o causa.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN

Del Gobierno de la Asociación

Art. 15.- El Gobierno de la Asociación estará a cargo de la Asamblea

General de Asociados y la Junta Directiva.

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

De la Asamblea General

Art. 16.- La Asamblea General debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad

de los miembros Asociados Fundadores y Activos.

Quórum

Art. 17.- La Asamblea General sesionará en forma Ordinaria cada

doce meses con la asistencia del cincuenta por ciento de los Asociados

a la hora indicada en primera convocatoria, y en segunda convocatoria,

una hora después, con los miembros que asistan y las resoluciones se

tomarán por mayoría simple de votos, excepto en los casos especiales

que se requiera la asistencia de setenta y cinco por ciento de los Aso-

ciados.

De las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias

Art. 18.- La Asamblea General podrá sesionar en forma Ordinaria

o Extraordinaria.

Serán Ordinarias, cuando se realicen en las fechas establecidas

para ello, en dichas reuniones se tratarán los puntos comprendidos en

la agenda y los que propongan los Asociados.

Serán Extraordinarias, cuando se celebren en fechas distintas para

tratar asuntos específi cos y/o de urgencia para los cuales hubiere sido

convocada. Las discusiones y decisiones que tomaren en relación con los

puntos no incluidos en la convocatoria no tendrán validez. Las reunio-

nes de Asamblea General Extraordinaria podrán celebrarse en cualquier

tiempo, convocada por la Junta Directiva a iniciativa propia o cuando

lo pida por escrito el cuarenta por ciento de los Asociados inscritos o el

Comité de Vigilancia.

De las Convocatorias.

Art. 19.- Las convocatorias indicarán el día, lugar y hora en que

habrá de celebrarse la Asamblea General y deberán ser hechas al menos

con siete días de anticipación a la fecha Indicada.

De los Delegados Para Votar

Art. 20.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las

sesiones de la Asamblea General por motivos justifi cados, podrá hacerse

representar por otro miembro o por el o la cónyuge o su hijo mayor de

edad, siempre y cuando residan éstos en la misma unidad habitacional;

el límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y voto

de su representado. La representación deberá constar por escrito.

De las facultades de la Asamblea General.

Art. 21.- Son facultades de la Asamblea General:

a) Elegir, juramentar, y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva y Comité de Vigilancia;

b) Recibir los informes de trabajo, aprobar o reprobar el Estado Financiero de la Asociación;

c) Destituir por causa justifi cada y legalmente comprobada a los miembros de la Junta Directiva en pleno o individualmente, y elegir a los sustitutos de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Reguladora de la Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos y el Reglamento Interno;

d) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-niente con el objeto de llevar una sana administración de la Asociación;

e) Aprobar y reformar los presentes Estatutos, el Reglamento In-terno, el Plan de trabajo y el Presupuesto de la Asociación;

f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, el Reglamento Interno de la Asociación y demás normas que se dicten para el buen desarrollo de la Residencial La Esperanza;

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos; y

h) Las demás que establezcan la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

De la Junta Directiva

Art. 22.- La Junta Directiva tendrá a su cargo la dirección y

administración de la Asociación dentro de los lineamientos generales

establecidos por la Asamblea General de Asociados. La Junta Directiva,

estará integrada por un Presidente, un Secretario, un Síndico, un Tesorero

y dos Vocales; debiéndose elegir además a dos suplentes; durarán dos

años en sus funciones a partir de la fecha en que resultaren electos y

podrán ser reelectos en forma alterna.

Para ser miembro de Junta Directiva se requiere haber residido en

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

la Residencial La Esperanza por lo menos un año y tener dieciocho años

de edad, no así el Presidente y el Síndico quienes deberán ser mayores

de veintiún años.

La elección de los miembros de la Junta Directiva se realizará quince

días antes de que concluya el período de la última Junta Directiva electa,

en sesión de Asamblea General Extraordinaria, por mayoría simple y

ante la presencia de un Delegado de la Municipalidad, debiendo regis-

trarse la nueva Junta Directiva en la Ofi cina de Registro de Asociaciones

Comunales de dicha municipalidad.

Régimen de Sesiones y Convocatoria de la Junta Directiva

Art. 23.- La Junta Directiva sesionará en forma Ordinaria al menos

una vez al mes y Extraordinariamente cuando el Presidente o dos de sus

integrantes lo consideren necesario. La convocatoria para las sesiones de

la Junta Directiva se hará personalmente; sin embargo, la convocatoria

podrá omitirse si encontrándose reunidos la mayoría de sus miembros

éstos decidieran sesionar.

Quórum y número de votos para decidir

Art. 24.- Para que la Junta Directiva sesione válidamente, será

necesario en todo caso, la presencia de al menos cuatro de sus integran-

tes; las decisiones serán válidas con el voto favorable de tres directivos

asistentes. El presidente tendrá doble voto en caso de empate.

Atribuciones de la Junta Directiva

Art. 25.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Acuerdos de la Asamblea General, sus propios acuerdos y demás dis-posiciones de la Asamblea General;

b) Administrar el patrimonio de la Asociación;

c) Presentar informe de su gestión y situación patrimonial al cierre del ejercicio anual o cuando lo requieran más de la mitad de los Asociados;

d) Aprobar y presentar para conocimiento y ratifi cación de la Asamblea General, el Reglamento Interno, el Plan de Trabajo, el Presupuesto de la Asociación y la Memoria de Labores;

e) Constituir Comités de apoyo de la Asociación para impulsar el desarrollo comunal y agilizar el funcionamiento de la misma;

f) Velar por la seguridad de los vecinos, el ornato y limpieza de la Residencial;

g) Coordinar e impulsar las actividades en benefi cio para la Residencial La Esperanza;

h) Autorizar al representante legal de la Asociación para la celebración de los actos o contratos necesarios para el cum-plimiento de los fi nes y funciones de la Asociación;

i) Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de las Asambleas Generales de Asociados;

j) Recibir las renuncias de sus integrantes o de otros Asociados de la Asociación e informarlo a la Asamblea General; y

k) Conocer y resolver sobre todos los asuntos lícitos que interesan a la sana y ordinaria administración de la Asociación, cuyo conocimiento no corresponda a la Asamblea General.

Atribuciones del Presidente

Art. 26.- Son atribuciones del presidente de la Junta Directiva:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva, orientando sus deliberaciones;

b) Representar Judicial y Extrajudicial a la Asociación en forma conjunta o separada con el Síndico, en asuntos de interés para la entidad; pudiendo delegar esta representación en caso necesario;

c) Coordinar las actividades que realicen las diversas comisiones y sus respectivos Comités de Apoyo;

d) Firmar junto con el Tesorero los documentos de pago de tesorería y autorizar los gastos de la Asociación;

e) Elaborar la agenda a tratar en las diferentes sesiones y pre-sentar los informes correspondientes que se le requieran por la Junta Directiva y/o la Asamblea General;

f) Velar porque se cumplan todos los acuerdos tomados en Asamblea General o en Junta Directiva; y

g) Todas las demás atribuciones que le señalen la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos, el Reglamento Interno de la Asociación y demás normas relacionadas con su cargo.

Atribuciones del Secretario

Art. 27.- Son atribuciones del Secretario de la Junta Directiva:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea Gene-ral, de Junta Directiva y de Registro de Asociados, así como otros que fueren necesarios en la Asociación para hacer los asientos respectivos;

b) Verifi car el quórum en las sesiones de la Asamblea General y de Junta Directiva;

c) Expedir y/o tramitar en su caso, las certifi caciones, constancias o credenciales de todo tipo de los órganos administrativos de la Asociación y remitir las nóminas de los miembros electos de la Junta Directiva a la Ofi cina de Registro de Asociaciones Comunales; y

d) Convocar a las sesiones de Junta Directiva y Asamblea General en coordinación con el Presidente de la Asociación,

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Atribuciones del Síndico

Art. 27.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, en forma conjunta o separada con el Presidente de la misma; y

b) Velar por el cumplimento de la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador, los presentes Estatutos, el Reglamento Interno de la Asociación y demás Acuerdos tomados en Asamblea General o Junta Directiva.

Atribuciones del Tesorero

Art. 29.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Llevar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la Asociación;

b) Llevar el control del registro de ingresos y egresos de la Asociación;

c) Custodiar el patrimonio de la Asociación con el objeto que se utilicen en forma racional todos los recursos de la entidad;

d) Autorizar juntamente con el Presidente de la Asociación los documentos para el pago de las obligaciones que tenga que efectuar la Asociación;

e) Realizar las gestiones económicas necesarias para la Asocia-ción ante los Organismos Gubernamentales, del Estado o la Municipalidad, u Organismos no Gubernamentales o privados con posterior información de ello a la Junta Directiva;

f) Rendir los informes fi nancieros que se le requieran tanto por parte de la Junta Directiva como de la Municipalidad; y

g) Elaborar y presentar a la Asamblea General el informe anual del estado fi nanciero de la Asociación.

h) Llevar en orden y al día el Libro de Finanzas.

Atribuciones de los Vocales.

Art. 30.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con la Junta Directiva; y

b) Realizar cualquier comisión o apoyo que le requiera la Junta Directiva.

Atribuciones de los Suplentes.

Art. 31.- Los suplentes tendrán como función sustituir a cualquiera

de los Directivos, en caso de ausencia temporal por enfermedad u otra

causa, y el orden de sustitución será de la siguiente manera: el primer

suplente, tendrá la facultad de ocupar la primera vacante que surja y el

segundo suplente sustituirá la segunda.

CAPITULO VII

DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Del Comité de Vigilancia

Art. 32.- Se constituye el Comité de Vigilancia en la Asociación,

que estará integrado por tres miembros propietarios y un suplente, quie-

nes tendrán acceso a todas las gestiones, operaciones, libros y otros

documentos; podrán investigar sobre el trabajo de la Junta Directiva y

los Comités de Apoyo, el resultado de las gestiones de éstos. El Comité

de Vigilancia tendrá la obligación de informar a la Asamblea General o

Municipalidad según el caso sobre el resultado de sus investigaciones

según el caso.

Los integrantes del Comité, serán electos para el período de dos

años y deberán reunir los mismos requisitos que se establecen en el

inciso 2 del Artículo 22 de los presentes Estatutos en cuanto a la edad.

Serán electos en Asamblea General.

El Comité de Vigilancia a través de sus miembros, será entidad

encargada de llevar el control y fi scalización de los actos realizados por

la Junta Directiva, procurando en todo caso que éstos sean apegados a

la Ley.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO

Constitución del patrimonio de la Asociación

Art. 33.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los aportes que provengan de Asociados, de los Organismos del Estado y/o de la Municipalidad, Organismos no Guber-namentales y/o privados;

b) Los ingresos provenientes de las actividades realizadas por la Asociación para recaudar fondos; y

c) Los bienes muebles y/o inmuebles de la Asociación, así como las rentas que obtengan con la administración de los mismos, así también las que provengan de las herencias, donaciones y legados.

Responsabilidad del Presidente y del Tesorero

Art. 34.- Tanto el Presidente como el Tesorero, responderán en

forma personal y solidaria por los movimientos de las cuentas bancarias

de la Asociación cuando se excedan de los límites autorizados por el

Reglamento Interno o la Asamblea General.

CAPITULO IX

DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Régimen Disciplinario

Art. 35.- Los miembros de la Junta Directiva y de la Asamblea

General responderán y serán sancionados por las acciones u omisiones

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

en contravención a estos Estatutos, a los reglamentos, acuerdos o resolu-

ciones tomadas por la misma Asamblea General o la Junta Directiva.

De las Faltas Leves

Art. 36.- Son faltas leves aquellas que sin causar un grave perjuicio

a la Asociación, entorpecen su normal funcionamiento; tales como:

a) La inasistencia injustifi cada a sesiones de cualquiera de los

órganos de gobierno;

b) Observar conductas inapropiadas en las sesiones de la Junta

Directiva o de la Asamblea General;

c) La negligencia inexcusable en el cumplimiento de las comi-

siones que les sean asignadas; y

d) La falta de pago de las cuotas de cualquier clase que previa-

mente haya aprobado la Asamblea General;

e) La inobservancia de las obligaciones y prohibiciones impuestas

por estos Estatutos, el Reglamento Interno y la Asamblea

General.

De las Faltas Graves

Art. 37.- Son faltas graves aquellas que afectan seriamente la marcha

normal de la Asociación, tales como:

a) La malversación de fondos, o cualquier acción u omisión

voluntaria que afecte el patrimonio de la Asociación;

b) Las conductas que pongan en entredicho el buen nombre de

la Asociación;

c) Hacer uso del nombre de la Asociación en benefi cio propio;

y

d) El haberse hecho acreedor a tres o más amonestaciones.

Sanciones

Art. 38.- Cuando los Asociados o miembros directivos incurran

en cualquiera de las faltas señaladas en los dos artículos precedentes,

para la imposición de la respectiva sanción, se estará a lo dispuesto en

el Reglamento Interno de la Asociación.

Procedimiento en Caso de Faltas

Art. 39.- La Junta Directiva conocerá de las faltas cometidas por

los miembros de la Asociación de acuerdo con el procedimiento que para

tal efecto se establecerá en el Reglamento Interno de la Asociación.

CAPITULO X

DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN INTERNA Y EXTERNA

Obligación del Secretario, Síndico y Tesorero

Art. 40.- El Secretario de la Junta Directiva, el Síndico y el Tesorero

tendrán la obligación de rendir informes de sus actuaciones anualmente

a la Asamblea General.

Facultad de la Municipalidad de Auditar

Art. 41.- La Municipalidad de San Salvador, tendrá la facultad

de auditar las operaciones de la Asociación, con base a la Ordenanza

Reguladora de la Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,

con el fi n de ejercer el control por usos indebidos de cualquiera de los

privilegios y exenciones de que goce, tomando las medidas administrativas

que considere convenientes, para subsanar las observaciones que surjan

de la auditoría.

CAPITULO XI

DE LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS

Modifi cación de los Estatutos

Art. 42.- Los presentes Estatutos podrán ser modifi cados mediante

acuerdo tomado en Sesión Extraordinaria de la Asamblea General y de

conformidad a Artículo 19, literal “e” de los presentes estatutos. La mo-

difi cación de los Estatutos podrá ser solicitada por tres de los Asociados

o por la Junta Directiva.

En todo caso, la Junta Directiva encargará a una comisión integrada

por tres miembros, presidida por el Síndico de la Asociación, la elabo-

ración de un proyecto de modifi cación, a efecto de presentarlo para la

aprobación de la Asamblea General.

La modifi cación o reforma de los Estatutos; se consignará en el acta

respectiva para ser presentada al Concejo Municipal para su aprobación,

acompañando toda la documentación que corresponde y posteriormente

se presentará a la Ofi cina de Registro de Asociaciones Comunales, donde

deberá inscribirse.

CAPITULO XII

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN

Disolución de la Asociación

Art. 43.- La Asociación podrá disolverse mediante el acuerdo tomado

en Asamblea General Extraordinaria, con la asistencia y aprobación de

las dos terceras partes de sus Asociados.

Serán causales para disolución de la Asociación:

a) Por disminución del número de sus Asociados en un cincuenta

por ciento del mínimo establecido para su constitución por

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

el Código Municipal y la Ordenanza Reguladora de las Aso-

ciaciones Comunales del Municipio de San Salvador;

b) Por imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales fue

constituida; y

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los objetivos es-

tablecidos en sus Estatutos y/o realicen actos ilícitos o que

contravengan las Leyes de la República.

Envío de la certifi cación del acuerdo de disolución

Art. 44.- La certifi cación del acuerdo de disolución deberá ser

enviado por el Secretario de la Junta Directiva al Encargado de la Ofi cina

de Registro de Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador,

dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado, para

efectos de cancelación de la inscripción de la Asociación.

Procedimiento para la liquidación

Art. 45.- Una vez inscrito el acuerdo de disolución en la Ofi cina

de Registro de Asociaciones Comunales, se nombrará una comisión

liquidadora que estará integrada por tres miembros de la Asociación

electos en la última Asamblea General Extraordinaria que fue convocada

para la disolución. Si no fueren elegidos, la liquidación se efectuará con

dos Delegados de la Municipalidad, en ambos casos tendrán un plazo

de noventa días para presentar un informe detallado de su gestión al

Concejo Municipal para su aprobación.

Para efectos de la liquidación de la Asociación, se deberá atender a

lo que al respecto dispone la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones

Comunales del Municipio de San Salvador.

Si una vez realizado el activo y cancelado el pasivo hubiere un

remanente, la Municipalidad, a través de la Delegación Distrital Muni-

cipal correspondiente lo destinará para fi nanciar proyectos de desarrollo

comunal a realizarse en la Residencial La Esperanza. Mientras no se

realice la inversión del remanente, éste quedará bajo custodia de la

Municipalidad.

CAPITULO XIII

DISPOSICIONES GENERALES

Obligación de Llevar Libros para Hacer Constar Actuaciones

Art. 46.- La Asociación Comunal, llevará los libros necesarios

para hacer constar sus actuaciones, foliados y sellados, con una razón

de apertura que contendrá el objeto del libro, número, folio, dicha razón

deberá estar fi rmada y sellada por el Secretario de la Junta Directiva y

además deberá llevar Visto Bueno por el Encargado de la Ofi cina de

Asociaciones Comunales de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

Terminado el libro o libros, se pondrá una razón de cierre que

fi rmará y sellará el mismo Secretario.

Libertad de Formar Parte del Consejo Asesor

Art. 47.- Todo miembro de una Junta Directiva saliente, podrá

formar parte de un Consejo Asesor de la nueva Junta Directiva que se

elija.

Rendición de Cuenta Circunstanciada a la Junta Directiva En-

trante

Art. 48.- La Junta Directiva saliente, deberá rendir cuenta circuns-

tanciada y documentada a la Junta Directiva entrante sobre las actividades

realizadas y pendientes durante su gestión administrativa. El informe a

que se refi ere este inciso, deberá ser rendido por escrito y fi rmado por

todos los miembros de la Junta Directiva saliente, a más tardar en el

primer mes de funciones de la nueva Junta Directiva.

Vigencia de los Presentes Estatutos

Art. 49.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días

después de su publicación en el Diario Ofi cial.

FECHA: Mayo 9, 2007.

Con instrucciones de la señora Alcaldesa atentamente transcribo el acuerdo tomado en la sesión extraordinaria celebrada el día ocho de mayo del presente año, que dice:

“””19.1) El Concejo Municipal CONSIDERANDO:

I- Que en la Ofi cina de Registro de Asociaciones Comunales de esta Municipalidad se ha abierto y diligenciado el expediente de la Asociación Comunal “Residencial La Esperanza “, en el que consta que los miembros de dicha Asociación desean acogerse a los benefi cios que otorgan los artículos 118 y 120 del Código Municipal y 8 de la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Salvador.

II- Que la Ofi cina de Registro de Asociaciones Comunales, ha verifi cado que dicha Asociación fue constituida en Asamblea General Extraordinaria del 11 de noviembre de 2006, habiéndose aprobado en esa oportunidad los estatutos que constan de 49 artículos y el respectivo Reglamento Interno. Por lo tanto, ACUERDA:

1- Aprobar los estatutos en todas sus partes;

2- Conferir a la Asociación Comunal “Residencial La Esperanza” el carácter de persona jurídica; y

3- Autorizar la inscripción de la misma en el Registro de Aso-ciaciones Comunales de esta Municipalidad.”” Comuníquese.

Lo que hago del conocimiento de la Asociación Comunal “Resi-dencial La Esperanza”, para los efectos legales consiguientes.

Lic. JAVIER TRANSITO BERNAL GRANADOS,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F026081)

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIAS DE HERENCIAS

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte

minutos del día dieciocho de Septiembre de este año, se ha declarado a

la menor MARLENE CAROLINA CERON MEJIA, heredera benefi cia-

ria e intestada de los bienes que a su defunción dejó el causante LUIS

ALONSO CERON o LUIS ALONSO CERON VASQUEZ, quien falleció

el día diez de noviembre de dos mil seis, en Calle Principal al Cantón

Las Animas de Santiago Nonualco, su último domicilio, en concepto de

hija del referido causante y se ha conferido a la heredera que se declara,

la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, cinco de Octubre de dos

mil siete. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 1137

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

once horas del día catorce de Agosto del presente año, se han declarado

herederos, con benefi cio de inventario, de la herencia intestada, dejada

a su defunción por el causante señor MARTIR BARAHONA, ocurrida

el día veinte de Septiembre de dos mil seis, en el Cantón San José Los

Sitios, jurisdicción de Talnique, lugar de su ultimo domicilio, a los

señores DOMINGA BARAHONA, ANA CONSUELO SALDAÑA o

ANA CONSUELO SALDAÑA DE BARAHONA, DAVID BARAHONA

SALDAÑA y LILIAN ELIZABETH BARAHONA SALDAÑA, y a

los menores SUSANA NOEMI BARAHONA SALDAÑA y JOSE

SACARIAS BARAHONA SALDAÑA, en calidad de madre, cónyuge

sobreviviente y de hijos del causante, respectivamente, y se ha confe-

rido a los herederos declarados, la administración y la representación

defi nitivas de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las ocho ho-

ras cuarenta y siete minutos del día veinticuatro de agosto de dos mil

siete. Enmendado-agosto-Vale. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA,

JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA,

SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 1138

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce

horas y diez minutos de este día, se ha declarado heredera defi nitiva con

benefi cio de inventario en la herencia intestada que a su defunción dejó la

causante señora ANGELA LEONOR MONTOYA ESCOBAR, ocurrida

el día seis de marzo de mil novecientos noventa y tres, en la ciudad de

San Salvador, siendo la ciudad de Cojutepeque, jurisdicción de este

Departamento, su último domicilio, a la señora MARIA TRANCITO

ESCOBAR HERRERA, en su calidad de madre, del causante referido;

habiéndosele conferido a la heredera declarada la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas y

veinte minutos del día veinticuatro de octubre del año dos mil siete. Lic.

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO

BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 1139

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las

nueve horas y cinco minutos del día veintidós de octubre del presente

año; SE DECLARO HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, al señor SAMUEL SILVA FUENTES,

de cincuenta y un años de edad, Bachiller Contador, del domicilio de

Nejapa; en calidad de Hermano del Causante; de la Herencia Intestada

que a su defunción dejó el señor BALBINO SILVA FUENTES, quien

fue de cuarenta y dos años de edad, Jornalero, Soltero, fallecido el día

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ocho de enero del ano dos mil siete; siendo la ciudad de Nejapa su último

domicilio.

Y se le confi rió al heredero declarado en el carácter indicado la ad-

ministración y representación defi nitiva de los bienes de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y

veinte minutos del día veintidós de octubre del año dos mil siete.- Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO

CIVIL. Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 1140

ACEPTACION DE HERENCIAS

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las nueve horas y veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante señor JOSE RICARDO RAYMUNDO DE

LA CRUZ, ocurrida el día catorce de diciembre del año dos mil seis, en

Cantón San Agustín Abajo, jurisdicción de San Ramón, Departamento

de Cuscatlán, siendo éste su último domicilio, a la señora ESTELA DEL

CARMEN PAULINO DE RAYMUNDO, conocida por ESTELA DEL

CARMEN PAULINO, ésta por sí y en representación de sus menores hijos

HELEN MARISOL; AIDA GRIMANESSA; EDIT YANET; ERNAIDES

NEFTALY; y JESSICA PATRICIA; todos de apellidos RAYMUNDO

PAULINO, éstos en su calidad hijos del referido causante; habiéndosele

conferido a los aceptantes la administración y representación interina

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las nueve horas

y treinta minutos del día cuatro de septiembre del año dos mil siete.

Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE

ORLANDO BELTAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1141-1

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de

parte de los señores OSCAR LORENZO GONZÁLEZ, de veintinueve

años de edad, agricultor, de este domicilio, portador de su Documento

Unico de Identidad número cero tres uno seis dos ocho dos uno guión tres,

y RAMON GONZALEZ, de cuarenta y un años de edad, agricultor en

pequeño, de este domicilio, portador de su Documento Unico de Identidad

número cero dos siete cero siete uno ocho seis guión cero, la herencia

Intestada que a su defunción dejó la señora GUADALUPE GONZALEZ

ORELLANA o GUADALUPE GONZALEZ, quien fue de cuarenta y

seis años de edad, ofi cios domésticos, soltera, salvadoreña, originaria de

San Agustín y del domicilio de esta ciudad, habiendo fallecido en esta

misma ciudad, el día veintiuno de enero de mil novecientos ochenta y

cinco, siendo esta ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente,

el lugar de su último domicilio, en concepto de hijos de la causante. Y se

han nombrado a los aceptantes administradores y representantes interinos

de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiséis

días del mes de septiembre del año dos mil siete. Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1142-1

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y quince

minutos del día cinco de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó CARLOS

ALBERTO FLORES MARTINEZ, fallecido el doce de diciembre del año

dos mil seis, en el Cantón Comalapa de San Luis Talpa, habiendo tenido

como su último domicilio El Rosario, La Paz, por parte de ANGELA

FLORES, en concepto de madre del causante. Nómbrase a la aceptante,

interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintitrés de octubre del

año dos mil siete. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1143-1

TITULO SUPLETORIO

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que a este Juzgado, se ha presentado la Licencia-

da Loyda Margarita Arévalo Portillo, en concepto de Agente Auxiliar

de la Procuraduría General de la República, y en nombre de la señora

MARIA ESTER MOLINA, promoviendo diligencias sumarias, en las

cuales solicita a favor de su representada, título supletorio de un terreno

rústico, situado en el Cantón La Carbonera de la jurisdicción de San Pedro

Nonualco, compuesto de una extensión superfi cial de OCHOCIENTOS

UN METROS CUADRADOS VEINTICINCO DECIMETROS CUA-

DRADOS, que mide y linda: NORTE, treinta y cuatro metros linda con

terreno de Francisca Esperanza Molina; ORIENTE, veintiún metros

cincuenta y cinco centímetros, linda con terreno de Luis Raúl Antonio

Rodríguez Benavides; SUR, treinta y tres metros noventa centímetros,

linda con terreno de Francisca Esperanza Molina; y al PONIENTE,

veintiocho metros diez centímetros, linda con Oscar Armando Rodríguez

Rodríguez. Dice el solicitante que su representado adquirió dicho terreno

por compra que hizo al señor JUAN CORTEZ GOMEZ.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 27 de septiembre de

2007. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1144-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LOS JUECES DE LA CAMARA TERCERA DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA, de confor-

midad con el Art. 88 de la Ley de la Corte de Cuentas, EMPLAZAN:

Al Ing. JOSE RAMON ROUSSELIN MENDEZ, Jefe de la Unidad de

Informática. Quien actuó en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social

(ISSS), del diecisiete de junio del dos mil dos al cuatro de julio del

dos mil cuatro; para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a

la Publicación de este Edicto, comparezca a manifestar su defensa, y a

retirar la copia del Pliego de Reparos JC III-080-2006, que se sigue en

esta Cámara, por su actuación.

LIBRADO EN LA CÁMARA TERCERA DE PRIMERA INS-TANCIA DE LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPUBLICA. San Salvador, a las diez horas del día doce de marzo del dos mil siete.

Lic. CARLOS E. ALVAREZ BARAHONA,

Lic. TERESA E. GUZMAN DE CHAVEZ,

Jueces de Cuentas de la Cámara

Tercera de Primera Instancia.

Lic. MIRNA SANTOS CARBALLO DE VILLATORO,

Secretario de Actuaciones.

Of. 1 v. No. 1145

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascritos Jueces de la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 88 de la Ley de la Corte de Cuentas, EMPLAZAN al señor Salomón Miguel Arévalo Ordóñez, en su calidad de Heredero Presunto de la sucesión dejada por el causante señor Emilio Ordóñez, quien actuó como Ter-cer Regidor, en la Alcaldía Municipal de Santo Domingo de Guzmán, Departamento de Sonsonate, durante el período auditado comprendido entre el diecinueve de junio de dos mil tres al treinta de noviembre de dos mil cuatro. Para que dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la publicación de este Edicto comparezca personalmente o por medio de su Representante a manifestar su defensa en el Juicio de Cuentas que se sigue en esta Cámara, Tendiendo como base legal el Pliego de Reparo No. C. I. 065-2006, por Responsabilidad Patrimonial por la cantidad de Treinta y seis mil novecientos cuarenta y siete dólares de los Estados Unidos de América con diecisiete centavos ($36,947.17) y por Responsabilidad Administrativa.

Librado en la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, San Salvador, a las nueve horas del día treinta de agosto de dos mil siete.

Lic. FRANCISCO IGNACIO SANCHEZ,

JUEZ.

Lic. JUAN DE DIOS PEREZ DE LEON,

JUEZ INTERINO.

LICDA. SONIA EMPERATRIZ CORNEJO DE CISNEROS,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 1146

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL-VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las quince horas treinta y siete minutos del día veintitrés de octubre del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida a las vein-tidós horas y veinte minutos del día 21/12/2000, siendo San Salvador su último domicilio, dejó el señor MARIO LEOPOLDO LOPEZ CASTRO, conocido por MARIO LEOPOLDO LOPEZ, de parte de los señores MARIA SANTOS LOPEZ, conocida por SANTOS LOPEZ PANAME-ÑO y por SARA LOPEZ PANAMEÑO, RUTH GEMINA LOPEZ DE FERNANDEZ, MARIO ERNESTO LOPEZ LOPEZ y ALEJANDRO LOPEZ LOPEZ, en su concepto de conviviente la primera e hijos los restantes, en la cual se les ha conferido a los aceptantes la Administración y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día veintiséis de Octubre del año dos mil siete. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. LICDA. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1130-2

HERENCIA YACENTE

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. Al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y tres mi-

nutos de este día; se ha declarado yacente la herencia Intestada que a su

defunción dejó el señor OSCAR ARMANDO LEON GUERRA, quien

fue de veintiocho años de edad, soltero, fallecido el día veintisiete de

Enero del dos mil Seis, siendo Ciudad Delgado el lugar de su último do-

micilio. Nombrándose curador de dicha Herencia al Licenciado HECTOR

ORLANDO MOLINA, a quien se le hará saber de este nombramiento

para su aceptación, juramentación y demás efectos de ley.

Lo que hago del conocimiento para los efectos legales consiguien-

tes.

JUZGADO DE LO CIVIL: DELGADO, a las doce horas y

trece minutos del día siete de Agosto del año dos mil siete. LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO. LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1131-2

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de las once horas y veinte minutos del día quince de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JOSE OSMIN PAIZ, el día veintiséis de marzo del año dos mil siete, en Puerto El Triunfo, lugar de su último domicilio de parte de los menores hijos OSMIN ALEXANDER, JOSÉ HUMBERTO y LUISA VERONICA, ambos de apellidos PAIZ MARROQUIN, todos represen-tados Legalmente por su madre IDALIA MARIZOL MARROQUIN FLORES o IDALIA MARISOL MARROQUIN FLORES.

Confi éresele a los aceptantes la Administración y representación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Publíquese los edictos correspondientes citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los quince días del mes de junio de dos mil siete. LIC. MANUEL DE JESUS SAN-TOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1113-3

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO, para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y veinte

minutos de este día se ha TENIDO POR ACEPTADA EXPRESA-

MENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HEREN-

CIA INTESTADA, dejada al fallecer por el señor JOSE ANTONIO

ALFARO SIGUENZA, conocido por JOSE ANTONIO ALFARO, el

día ocho de octubre de mil novecientos noventa y cinco, en el cantón

La Peña, siendo la Jurisdicción de Jiquilisco, su último domicilio; de

parte de BELKY GLORIBEL GONZALEZ ALFARO, conocida por

BELKY GLORIBEL GONZALEZ DE PINEDA, en su calidad de hija

sobreviviente del causante.

Confi éresele a la heredera declarada la administración y represen-

tación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones

de Ley.

Líbrese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los

que se consideren con derecho a la herencia para que se presenten a

deducirla en el término de Ley,

Oportunamente extiéndase la certifi cación solicitada.

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, Jiquilisco, a los die-cisiete días del mes de septiembre de dos mil siete. LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1114-3

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor ERICK IVAN MOYA MARAVILLA, el día veintitrés de marzo de dos mil siete, en Jiquilisco, lugar de su último domicilio, de parte de la menor JEAMY AZUCENA PORTILLO MOYA, representada legalmente por su madre MARÍA OLGA PORTILLO y el menor IVAN ANTONIO RIVERA MOYA, re-presentado legalmente por su madre ANAI DEL CARMEN RIVERA, en calidad de hijos del causante.

Confi éresele a los herederos declarados la Administración y Representación Interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de ley.

Oportunamente extiéndase la certifi cación respectiva.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Jiquilisco, a los cinco días del mes de septiembre de dos mil siete. LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1115-3

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PÚBLICO: para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó al fallecer el señor REINALDO AMAYA PEREIRA conocido por JOSE REYNALDO AMAYA PEREIRA, el día veintiocho de Julio del año dos mil siete, en Puerto El Triunfo, departamento de Usulután, siendo éste el lugar de su último domicilio, de parte de los menores REYNALDO ADONAY y JOSE ALEXIS ambos de apellidos AMAYA HERNANDEZ, en su calidad de hijos sobrevivientes del causante, y siendo los menores antes relacionados éstos representados por su madre CONCEPCION MARIA HERNANDEZ GONZALEZ.

Confi éreseles a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los ocho días del mes de octubre de dos mil siete. LIC. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1116-3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley

AVISA: Que por resolución de las quince horas de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia intestada dejada a su defunción por el señor JOSÉ RAMÓN POSADA ESPINOZA, al fallecer el día veintisiete de agosto del año dos mil cuatro, en Colonia Nueva Guadalupe de la Ciudad de Ozatlán, lugar que tuvo como su último domicilio; de parte de los señores Amalia de los Santos Arévalo, conocida por Amalia de los Santos Arévalo Luna y por Santos Arévalo, en su calidad de Cónyuge sobreviviente del causante y los señores José Ramón Arévalo Posada, José Manuel Arévalo Posada y Erica Marcela Arévalo Posada, en su calidad de Hijos del Causante.

Confi érasele a los aceptantes antes dichos, la Administración y Representación interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Fíjense y Publíquense los Edictos respectivos citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación del Edicto respectivo en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil siete. LIC. JOSÉ ANTONIO GÁMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MIRNA MARISOL SIGARÁN HERNANDEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1117-3

HERENCIA YACENTE

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución dictada a las nueve horas del día treinta de noviembre del año dos mil seis, se ha declarado Yacente la herencia del señor MILTON WILFREDO MORAN MARTINEZ, quien falleció el día veinticuatro de mayo del dos mil seis, siendo esta ciudad, el lugar de su último domicilio; habiéndose nombrado como Curador de la expresada herencia al Lic. NAPOLEON HUMBERTO ZAMBRANO. Arts. 1164 C. C. y 900 Pr. C. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las once horas con cinco minutos del día veintitrés de mayo del año dos mil siete. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1119-3

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIAS DE HERENCIAS

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL.

AVISA: Al público para efectos de Ley, que por resolución de este

Juzgado de las doce horas del día veintidós de octubre de dos mil siete.

Se ha declarado Heredera defi nitiva con benefi cio de inventario de la

Herencia Intestada, que a su defunción dejó la causante señora SANTOS

MARGARITA ORTEGA, quien falleció en esta ciudad el día VEINTE de

mayo de dos mil siete, siendo la misma su último domicilio, a la señora

YESENIA GUADALUPE ORTEGA, en su calidad de hija de la referida

causante. Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las catorce horas del día veintitrés de octubre de dos mil

siete.- Lic. JOSÉ MARIA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES DE

ALAS, SECRETARIA.

1 v. No. C014147

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución de las diez horas quince minutos del

día dieciocho de septiembre del corriente año, se ha DECLARADO

HEREDEROS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a

los señores JUAN JOSÉ DEVORA RIVAS y ELBA DEVORA RIVAS, de

los bienes que a su defunción dejó el causante señor CECILIO MÁRTIR

RIVAS SÁNCHEZ, quien fue de setenta y tres años de edad, jornalero,

soltero, fallecido a las diecinueve horas del día nueve de abril del año

de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón Chamoco, municipio de

San Vicente, departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio,

en concepto de hijos del causante. Y se ha conferido a los herederos de-

clarados la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas

veinte minutos del día dieciocho de septiembre del año dos mil siete.-

Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. C014150

MARIA GUADALUPE MEJIA CHÁVEZ, Notario, de este domi-

cilio, con ofi cina jurídica ubicada en CONDOMINIO CENTRO DE

GOBIERNO, LOCAL VEINTITRÉS, SEGUNDA PLANTA, ENTRE

SÉPTIMA AVENIDA NORTE Y TRECE CALLE PONIENTE, SAN

SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día

cinco de noviembre del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

dejó la causante señora MARIA ROSAURA DERAS LANDAVERDE

conocida por MARIA ROSAURA LANDAVERDE DERAS, por MA-

RIA ROSAURA LANDAVERDE, quien falleció a las veintitrés horas

cincuenta minutos del día quince de junio de dos mil seis, en Colonia

Zacamil, de la jurisdicción de Mejicanos departamento de San Salva-

dor, siendo de cincuenta y cuatro años de edad, Secretaria, soltera, del

domicilio de Colonia Zacamil, de la jurisdicción de Mejicanos, depar-

tamento de San Salvador, siendo ése su último domicilio; quien falleció

a consecuencia de Falla orgánica múltiple, quemadura shock séptico

producido por quemaduras grado dos del sesenta por ciento de la super-

fi cie corporal, con asistencia médica; de parte de los señores MIGUEL

ÁNGEL LANDAVERDE y MARIA CRISTINA LANDAVERDE, en

su calidad de hermanos sobrevivientes de la causante y Cesionarios de

los derechos Hereditarios que les correspondían a los señores DAVID

ERNESTO RIVAS LANDAVERDE y SANTIAGO ENRIQUE RIVAS

DERAS, en concepto de hijos de la causante, y del señor JUAN ÁNGEL

DERAS ALARCÓN, en concepto de padre de la causante; por medio

de su Apoderada General Judicial con Cláusula Especial Licenciada

LETICIA DE JESÚS DÍAZ RIVAS, y se ha conferido a los aceptantes

la administración y representación DEFINITIVA de la Sucesión.

San Salvador, a las ocho horas del día siete de noviembre del año

dos mil siete.

MARIA GUADALUPE MEJIA CHÁVEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C014157

JUAN CARLOS RODRÍGUEZ VÁSQUEZ, Notario, de este domicilio,

con bufete notarial ubicado en Calle Gabriela Mistral, # 569 “A”, Colonia

Centroamérica, Frente a Colegio Simón Bolívar, San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las diecisiete horas del día uno de noviembre de dos mil siete, se ha

declarado a la señora JESÚS SOLANO DE HERNÁNDEZ, heredera

abintestato con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción

en el Cantón El Carmen, municipio de El Carmen, departamento de

Cuscatlán, el día veinticinco de mayo de dos mil siete, dejara el señor JE-

RÓNIMO HERNÁNDEZ, conocido por GERONIMO HERNÁNDEZ, en

su concepto de cónyuge sobreviviente del causante; habiéndole concedido

la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día tres de noviembre de dos mil

siete.

Lic. JUAN CARLOS RODRÍGUEZ VÁSQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C014159

LICENCIADA GUADALUPE MAYORAL GARCÍA, JUEZ DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal a

las diez horas treinta minutos del día dieciocho de octubre de dos mil

siete, se han declarado herederos defi nitivos abintestato con benefi cio de

inventario de los bienes dejados a su defunción por la señora SANTOS

BERTILA COTO LANDAVERDE o SANTOS BERTILA COTO, quien

fue de sesenta y un años de edad, Ama de Casa, Soltera, originaria de

Suchitoto y del domicilio de Aguilares, siendo ése su último domici-

lio, fallecida el día diecisiete de marzo de dos mil siete; a los señores:

ELMER WILFREEDO COTO VÁSQUEZ, EDITH BEATRIZ COTO DE

MENJÍVAR y CRUZ MARIA COTO, EN SU CONCEPTO DE HIJOS

DE LA CAUSANTE, a quienes se les ha conferido la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las diez

horas y cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de octubre de dos

mil siete.- Licda. GUADALUPE MAYORAL GARCÍA, JUEZ DE LO

CIVIL SUPLENTE.- Lic. JOSÉ ELEAZAR CARDONA GUEVARA,

SECRETARIO.

1 v. No. C014180

WERNER BLADIMAR MARTÍNEZ QUINTANILLA, Notario, de

este domicilio, con ofi cina ubicada en Cuarenta y tres Avenida Sur,

número ciento dieciocho - B, Condominio Residencial Flor Blanca,

San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las once horas del día treinta y uno de octubre del año dos mil siete; se

ha declarado a la señora MARIA ÁNGELA NAJARRO HERNÁNDEZ,

HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de

los bienes que a su defunción, sucedida el día veinticuatro de diciembre

del año dos mil cinco a consecuencia de SHOCK SÉPTICO, en esta

ciudad, dejara la señora ADELA HERNÁNDEZ conocida por ADELA

HERNÁNDEZ VIUDA DE NAJARRO, quien fue de noventa y cuatro

años de edad, de Ofi cios Domésticos, originaria de Quezaltepeque, de

este departamento, en concepto de heredera testamentaria y cesionaria de

los derechos testamentarios de los otros herederos de la referida causante,

habiéndose conferido la Administración y Representación DEFINITIVA

de la referida Sucesión.

Por lo que Avisa al público para los efectos de ley.

San Salvador a los treinta y un días del mes de octubre del año dos

mil siete.

WERNER BLADIMAR MARTÍNEZ QUINTANILLA,

NOTARIO.

1 v. No. C014188

DAVID ACUÑA, Notario, de este domicilio y del de San Salvador, con

ofi cina situada en Sexta Avenida, Sur, 1-6, Santa Tecla,

HACE SABER Que por resolución del suscrito notario proveída en

la ciudad de Santa Tecla, a las once horas del día veintinueve de octubre

de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la

causante MARIA LUISA HERNÁNDEZ DE NARVAES, el día dieci-

séis de diciembre de dos mil cinco en San Salvador, siendo su último

domicilio la Colonia El Cambio Polígono Once Número Uno, Nejapa,

Departamento de San Salvador, de parte de VILMA ANGÉLICA NAR-

VÁEZ HERNÁNDEZ y MERCEDES HERNÁNDEZ DE PEÑA, en su

concepto de hijas sobrevivientes de la causante; habiéndoseles conferido

la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Santa Tecla, a los treinta días del mes de

octubre de dos mil siete

Dr. DAVID ACUÑA,

NOTARIO.

1 v. No. F025904

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUN-

DO DE LO CIVIL, SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las doce horas cuarenta minutos

del día catorce de septiembre del dos mil siete, se ha declarado heredera

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a

su defunción dejó el señor CARLOS PACHECO, conocido por CARLOS

PACHECO GRANADOS, quien falleció el día veintiséis de marzo del

año dos mil siete, en el cantón San Antonio Chávez, de la Jurisdicción

y departamento de San Miguel, siendo éste su último domicilio; a la

señora OFELIA GRANADOS PACHECO DE PACHECO, conocida por

OFELIA GRANADOS y por OFELIA GRANADOS DE PACHECO, en

calidad de Cónyuge Sobreviviente del causante y como cesionaria de los

derechos hereditarios que les corresponden a los señores FRANKLIN

LEODAN PACHECO GRANADOS, CARLOS ANTONIO PACHECO

GRANADOS, JOSÉ ANTONIO PACHECO GRANADOS y SONIA

VIOLETA PACHECO GRANADOS; todos en calidad de hijos del

causante.

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Confi érese a la heredera declarada en el carácter antes indicado,

la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce

horas cuarenta y cinco minutos del día catorce de septiembre del dos

mil siete.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. ANA LEYDIN BENÍTEZ

DÍAZ, SECRETARIA INTA.

1 v. No. F025910

MARCOS ANTONIO VELA ARGUERA, Notario, del domicilio de

la ciudad de Jiquilisco, con Ofi cina en la Primera Calle Poniente Casa

Número Tres de dicha ciudad, AL PÚBLICO, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito, a las

ocho horas y cuarenta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil

siete, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO CON BENEFICIO DE

INVENTARIO al señor CARLOS BAUDILIO JOVEL RIVAS, conocido

por CARLOS BAUDILIO JOVEL, en la herencia intestada dejada a su

defunción por el señor MANUEL EUGENIO JOVEL RIVAS, conocido

por MANUEL EUGENIO JOVEL, fallecido en el Barrio Las Flores de la

ciudad de Jiquilisco, departamento de Usulután, a las una horas y veinte

minutos del día trece de marzo del presente año, a causa de accidente

cerebro vascular, siendo su último domicilio la ciudad de Jiquilisco;

en concepto de cesionario de los derechos hereditarios de José Sifredo

Jovel Peña, hijo sobreviviente del causante; habiéndosele conferido al

heredero declarado, la administración y representación defi nitiva de la

Sucesión.

Librado en la ciudad de Jiquilisco, a los veintitrés días del mes de

octubre del año dos mil siete.

MARCOS ANTONIO VELA ARGUERA,

NOTARIO.

1 v. No. F025912

JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las doce horas y cinco minutos del día

veintinueve de octubre de dos mil siete, se ha declarado heredera defi nitiva

con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción

dejó el señor JOSÉ LEONIDAS GARCÍA PORTILLO conocido por JOSÉ

LEONIDAS GARCÍA y por LEONIDAS GARCÍA, quien falleció a las

dieciséis horas del día veintiocho de febrero del año dos mil uno, en el

cantón Llano Santiago del Divisadero, departamento de Morazán, siendo

la Colonia La Presita de esta ciudad de San Miguel, el lugar de su último

domicilio, a la señora MARIA JUVENTINA ROSA, de cuarenta y un

años de edad, Auxiliar de Servicio, de este domicilio, con Documento

Único de Identidad número cero cero quinientos setenta y cinco mil

ciento treinta y seis- tres, como cesionaria de los derechos hereditarios

que le correspondía en la sucesión al señor ERICK ARMANDO ROSA

GARCÍA conocido por EDIS ARMANDO ROSA GARCÍA, como hijo

del causante, y se ha conferido a la heredera declarada en el carácter

indicado la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las doce horas y diez minutos del día veintinueve de octubre de dos mil

siete.- Dr. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CI-

VIL.- Lic. JOSÉ ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.

1 v. No. F025925

LICENCIADO ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las catorce horas

y treinta minutos del día veinticuatro de octubre del corriente año; se

declararon herederos expresamente, y con benefi cio de inventario de la

herencia intestada que al fallecer a las siete horas y quince minutos del

día uno de diciembre del año dos mil seis, en la Clínica San Francisco

de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de

Pasaquina, departamento de La Unión, dejara el causante Terencio Cruz

Paz conocido por Terencio Cruz, a los herederos Oscar Orlando Cruz

Reyes y Carlos Ulises Cruz Reyes, en concepto de hijos del causante y

el primero de ellos además como Cesionario de los derechos hereditarios

que en la referida sucesión le correspondían a los señores Edgar Antonio

Cruz Paz conocido por Edgar Antonio Cruz y por Edgar Antonio Cruz

Reyes, Yolanda Emérita Cruz de Herrera conocida por Yolanda Emérita

Cruz Reyes, Armida Adalinda Cruz de Paz, Nilian Azucena Cruz de Rivas,

Melva Teodora Cruz de Fuentes conocida por Melva Teodora Cruz, y

Elmer Ibán Cruz Reyes conocido por Elmer Ibán Cruz, como hijos del

referido causante, de conformidad con lo establecido en los Arts. 988

No. 1° y el 1699 del Código Civil.

En consecuencia, se les confi rió a los herederos declarados en el

carácter dicho la administración y representación defi nitiva de los bienes

de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, el día veintiséis de octubre del año dos mil siete.- Lic.

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-

RINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F025938

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA. Que por Resolución proveída a las quince horas de este

día, se han declarado Herederos Abintestato con Benefi cio de Inventario

de la Causante MARIA DE LOS ANGELES ARGUETA conocida por

MARIA DE LOS ANGELES GARCIA DE HERRERA, ANGELA

GARCIA DE HERRERA, MARIA DE LOS ANGELES ARGUETA

GARCIA, ANGELA GARCIA, MARIA DE LOS ANGELES GARCIA,

y por MARIA DE LOS ANGELES ANGELES GARCIA, quien falleció

el día nueve de mayo del año dos mil cinco, a la edad de setenta y siete

años, siendo su último domicilio el de esta ciudad; a los señores JUAN

FRANCISCO GARCIA HERRERA conocido por JUAN FRANCIS-

CO HERRERA GARCIA, RICARDO ARTURO HERRERA GARCIA,

ADELA DEL CARMEN GARCIA HERRERA hoy DE HERNÁNDEZ,

y CONCEPCION MARINA ARGUETA HERRERA conocida por CON-

CEPCION MARINA GARCIA HERRERA, todos en calidad de hijos

sobrevivientes de la causante. Confi riéndoseles a los aceptantes en el

concepto antes expresado, la Administración y Representación Defi nitiva

de la indicada Sucesión.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.-

Juzgado de Primera Instancia de Izalco, departamento de Sonsonate,

a los nueve días del mes de octubre del año dos mil siete.- LIC. ROBERTO

RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F025945

JOSE RODOLFO RIVERA HERNANDEZ, Notario, del domicilio de

esta ciudad, con Ofi cina Jurídica situada en 23 Calle Poniente número

211, Barrio San Miguelito, San Salvador, para los efectos de Ley, al

público.

HACE SABER: Que por Resolución proveída, a las ocho horas del

día veintiocho de noviembre del año dos mil seis, se ha tenido por aceptada

expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada a favor

de JOSE NEFTALI ARGUETA, que a su defunción dejara su hermana

BLANCA LIDIA ARGUETA ANAYA, quien falleció a las seis horas

cuarenta minutos del día uno de Mayo de mil novecientos noventa y seis,

en el Hospital San Rafael de Santa Tecla, siendo su último domicilio

Villa Colón, departamento de La Libertad, en su calidad de hermano

sobreviviente de la causante. Confi riéndosele la Administración y Re-

presentación Defi nitiva de la Sucesión con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se creen

con derecho a la herencia, para que se presenten a esta Ofi cina en el

término de quince años, contados desde el siguiente día de la última

publicación del presente Edicto.

Librado en mi Ofi cina Jurídica, San Salvador, diez de octubre del

año dos mil siete.

LIC. JOSE RODOLFO RIVERA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F025947

JOSE RODOLFO RIVERA HERNANDEZ, Notario, de este domici-

lio, con Ofi cina Jurídica, ubicada en Veintitrés Calle Poniente María

Auxiliadora número doscientos once, Barrio San Miguelito, de esta

ciudad, al público.

HACE SABER: Que por Resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día veintiséis de junio del año dos mil siete, se ha

tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario, la He-

rencia Intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Nacional

Rosales, de San Salvador, a las cinco horas y treinta y cinco minutos

del día quince de marzo del año dos mil siete, dejó la señora MARIA

EUGENIA GUZMAN VIUDA DE CARPIO, a favor de los señores

ENMANUEL JOSE PLUTARCO CARPIO GUZMAN y NELSON DE

JESUS CARPIO GUZMAN, en su concepto de hijos sobrevivientes de

la causante, habiéndose conferido la Administración y Representación

Defi nitiva de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se creen

con derechos a la herencia, para que se presenten a la dirección antes

citada, durante el término de quince días, contados desde el día siguiente

de la última publicación.

Librado en la ciudad de San Salvador, el día diecisiete de octubre

del año dos mil siete.

LIC. JOSE RODOLFO RIVERA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F025948

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

JUAN JOSE MAGAÑA HERRERA, Notario del domicilio de la ciudad

de Santa Ana, con Ofi cina en casa número treinta y uno, situada en No-

vena Calle Poniente, entre Décima Avenida Sur y Avenida José Matías

Delgado Sur, de dicha ciudad, al público.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

promovidas ante mis ofi cios notariales por la señora MARTA LILIAN

PEREZ hoy VIUDA DE MARTINEZ conocida por MARTA LILIAN

PEREZ y por MARTA LIDIA PEREZ, de sesenta años de edad, de

ofi cios domésticos y de este domicilio, por Resolución proveída en mi

Ofi cina, a las nueve horas del día veinticuatro de octubre del presente

año FUE DECLARADA HEREDERA ABINTESTATO con Benefi cio

de Inventario del señor ROBERTO MARTINEZ, quien falleció en el

Cantón Potrero Grande Arriba, de la jurisdicción de la ciudad de Santa

Ana, a las siete horas y treinta minutos del día treinta de junio de este

año, siendo dicho Cantón su último domicilio, de parte de la señora

MARTA LILIAN PEREZ hoy VIUDA DE MARTINEZ conocida por

MARTA LILIAN PEREZ y por MARTA LIDIA PEREZ, en concepto

de cónyuge sobreviviente y además como cesionaria de los derechos

que les correspondían a sus hijos, señores: JORGE ALBERTO PEREZ

MARTINEZ, BETY DEL CARMEN PEREZ DE MANCIA conocida por

BETY DEL CARMEN PEREZ MARTINEZ, RIGOBERTO MARTINEZ

PEREZ, NOEMY PEREZ MARTINEZ, ELBA MIRIAM MARTINEZ

PEREZ, MARIA ELENA MARTINEZ PEREZ, SIGFREDO ANTONIO

MARTINEZ PEREZ, JOSE ROBERTO MARTINEZ PEREZ, JULIO

CESAR MARTINEZ PEREZ, ANA VILMA MARTINEZ PEREZ, y

CARLOS MAURICIO MARTINEZ PEREZ, en su carácter de hijos del

causante; habiéndosele conferido a dicha heredera la Administración y

Representación Legal defi nitiva de la mortual expresada.

Lo que se hace del conocimiento del público para los fi nes de

Ley.

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los veinticinco días del mes

de octubre de dos mil siete.-

LICDO. JUAN JOSE MAGAÑA HERRERA,

NOTARIO.

1 v. No. F025969

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por Resolución de las catorce horas y cinco minutos

del día de hoy, se ha declarado Heredero Defi nitivo con Benefi cio de

Inventario de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora

ANTONIA LUISA HERRERA, quien falleció a las cinco horas del

día veintisiete de mayo del año mil novecientos noventa y siete, en la

Colonia Ciudad Jardín, de San Miguel, siendo esta ciudad de San Mi-

guel el lugar de su último domicilio; de parte del señor JOSE DANILO

HERRERA, de cincuenta y cinco años de edad, contador, del domicilio

de esta ciudad, portador de su Documento Único de Identidad Número

cero cero ochocientos setenta y siete mil cuatrocientos veintinueve guión

siete, como hijo de la causante; y como Cesionario de los Derechos

Hereditarios que en la Sucesión le correspondía a los señores HECTOR

ESAU HERRERA, JUAN CARLOS HERRERA, en concepto de hijos,

y JULIA ELENA HERRERA, en concepto de madre de la Causante.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las catorce horas y diez minutos del día tres de octubre de dos mil siete.- DR. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.

1 v. No. F025981

ADA MARIA ZEPEDA HERRERA, Notario, de este domicilio, con

Despacho Notarial ubicado en Calle Chiltiupán, Edifi cio R.V., local

número once, segundo nivel, Jardines de Merliot, Santa Tecla, departa-

mento de La Libertad.

HACE SABER: Que por Resolución del suscrito Notario, proveída

a las dieciséis horas del día tres de septiembre del año dos mil siete, se

ha declarado al señor RAFAEL ANTONIO QUIJADA PEREZ heredero

defi nitivo con Benefi cio de Inventario en la Sucesión Intestada de los

bienes que a su defunción dejara el causante JOSE RAUL QUIJADA

ORELLANA quien fuera de setenta y un años de edad, agricultor en

pequeño, siendo su último domicilio el de la ciudad de Chiltiupán, de-

partamento de La Libertad, quien falleciera en la ciudad de San Salvador,

departamento de San Salvador, el día cuatro de septiembre del año dos

mil cinco, en calidad de heredero defi nitivo, habiéndole conferido la

Administración y Representación Defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día cuatro de septiembre del año dos

mil siete.

LICDA. ADA MARIA ZEPEDA HERRERA.

ABOGADA Y NOTARIO,

1 v. No. F025986

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

AVISA: Que por Resolución de las diez horas del día siete de septiembre de este año, se ha Declarado Herederas Abintestato con

Benefi cio de Iventario de la herencia que a su defunción acaecida el día

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

quince de enero de dos mil, siendo Soyapango su último domicilio; dejó LUIS GUSTAVO GARCIA PAULINO, quien fue de cuarenta y siete años de edad, soltero, pintor, originario de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Manuel de Jesús García y Julia Paulino; a las seño-ras ANA MARGARITA GARCIA SOLIS y SANDRA ELIZABETH GARCIA SOLIS, ambas comparecen en carácter personal, mayores de edad, estudiantes, del domicilio de Soyapango, con Documento Único de Identidad Número 00422787-4; y 03838238-9, la segunda.

Confi érese a las herederas la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Soyapango, a las diez horas veinte minutos del día siete de septiembre de dos mil siete.- LIC. CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F025992

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por Resolución proveída por este Juzgado, este mis-mo día han sido Declarados Herederos Abintestato y con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día nueve de septiembre del año dos mil cinco, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de esta ciudad, siendo el Cantón Zacatal de esta jurisdicción el lugar de su último domicilio, dejó NORA AIDA MELARA DE FLORES, a TOMAS FLORES CANALES, y a los menores NANCY SARAI y MANUEL FERNANDO, ambos de apellidos FLORES MELARA, el primero como cónyuge sobreviviente y los demás como hijos de la misma, confi riéndoseles Defi nitivamente la Administración y Representación de la Sucesión expresada con las facultades y restricciones de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las nueve horas cinco minutos del día tres de octubre del año dos mil siete.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-CERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA. SECRETARIA.

1 v. No. F026018

ANA LUISA GARAY DE SANCHEZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial en Reparto Santa Alegría, Calle L-A, Block E-1 No. 3 de Ciudad Delgado, San Salvador.

HACE SABER: Que por Resolución de la suscrita Notario, proveída a las ocho horas del día cinco de noviembre del año en cur-so, se ha declarado a los señores NELSON VALLES SOSA, ELIDA GUADALUPE VALLES SOSA hoy ELIDA GUADALUPE VALLES DE MENJIVAR, y GLORIA MARICELA VALLES SOSA, Herederos Defi nitivos con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defunción

ocurrida en el Hospital Centro de Emergencias de esta ciudad, a las doce horas diez minutos del día veintiuno de noviembre del año dos mil tres, dejara la señora ELIDA SOSA DE VALLES, en su concepto de hijos sobrevivientes de la causante; habiéndole concedido la Representación y Administración Defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al publico para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día veinte de febrero de dos mil.

ANA LUISA GARAY DE SANCHEZ,

NOTARIA.

1 v. No. F026024

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

AVISA: Que por Resolución proveída por este Juzgado, a las nueve

horas con cincuenta y ocho minutos del día veintisiete de febrero del

año dos mil siete. Se ha declarado Heredera Defi nitiva con Benefi cio

de Inventario, en la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en

el Barrio El Calvario de la jurisdicción de Olocuilta, departamento de

La Paz, siendo esa ciudad su último domicilio, el día seis de mayo del

año mil novecientos ochenta y seis, dejó el causante AGUSTIN MEJIA

MARTINEZ, conocido por AGUSTIN MEJIA, a la señora MARIA TE-

RESA MEJIA GRANDE, en su calidad de hija del referido causante. Se

ha tenido por repudiado de parte de los señores SEBASTIANA GRANDE

VIUDA DE MEJIA, JESUS MEJIA GRANDE, JOSE MEJIA GRANDE,

RICARDO MEJIA GRANDE, MARIA CONCEPCION MEJIA DE AL

FARO, CATALINA MEJIA GRANDE, y JUANA MEJIA DE VENTU-

RA, el derecho hereditario en abstracto que en la Sucesión del causante

AGUSTIN MEJIA MARTINEZ, conocido por AGUSTIN MEJIA, les

correspondían, a la primera, en su calidad de cónyuge, sobreviviente

del causante en mención, y a los otros, en su calidad de hijos del de

Cujus.

Se ha conferido a la heredera declarada, la Administración y

Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, departa-

mento de San Salvador, a las doce horas y cuarenta minutos del día seis

de marzo del año dos mil siete.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SE-

CRETARIO.

1 v. No. F026029

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

AVISA: Que por resolución dictada a las ocho horas treinta minutos

de este día, se han declarado Herederos Abintestato y con Benefi cio de

Inventario, de la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día

uno de febrero del año dos mil siete, en el Hospital San Juan de Dios

de esta ciudad, siendo la ciudad de Santa Ana el lugar de su último

domicilio, dejó el señor NICOLAS SALAZAR ARCIA conocido por

NICOLAS SALAZAR GIL y por NICOLAS SALAZAR de parte de

CARLOS ATILIO SALAZAR JIMENEZ, MARTA LUZ SALAZAR

DE HERRERA, ROSA LIDIA SALAZAR JIMENEZ y BLANCA ELIS

SALAZAR DE BARRILLAS, en su concepto de hijos sobrevivientes

del causante antes referido; confi riéndoseles DEFINITIVAMENTE la

administración y representación de la sucesión expresada, con las facul-

tades y restricciones de ley; la que ejercerán los mencionados señores

CARLOS ATILIO SALAZAR JIMENEZ, MARTA LUZ SALAZAR

DE HERRERA ROSA LIDIA SALAZAR JIMENEZ y BLANCA

ELIS SALAZAR DE BARRILLAS, juntamente con el señor VICTOR

MANUEL SALAZAR ARCIA, de quien ya se tuvo por aceptada con

anterioridad dicha herencia, en su calidad de Cesionario de los derechos

que le correspondía a NICOLAS HUMBERTO SALAZAR JIMENEZ,

en su concepto de hijo del referido causante, según resolución proveída

ante el Notario JOSE LEONEL ORELLANA ESPINO, a las ocho horas

treinta minutos del día dos de mayo del año dos mil siete.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las ocho horas cuarenta minutos del día veinticuatro de octubre

del año dos mil siete. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

1 v. No. F026045

ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ, NOTARIO,

de este domicilio, con Ofi cina ubicada en Calle Arce y Once Avenida

Sur, Edifi cio Rivas Cierra, segunda planta, Local DOSCIENTOS TRES,

de esta Ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a

las once horas, del día seis de noviembre de dos mil siete, se ha Declarado

al Señor: HIPOLITO SEBASTIAN VALLADARES, Heredero Defi nitivo

con Benefi cio de Inventario, de los bienes que a su defunción ocurrida

en San Antonio del Monte, Departamento de Sonsonate, a las dos horas

quince minutos del día veintiséis de Mayo del año dos mil cinco, siendo

éste su último domicilio, dejó la Señora: JUANA VALLADARES, en su

concepto de Hijo Sobreviviente y Cesionario del de cujus; habiéndosele

concedido la Representación y Administración Defi nitiva de la referida

sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día siete de Noviembre de dos mil

siete.-

ELSA BELTRANENA DEODANES DE RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F026082

FEDERICO GUILLERMO JIMENEZ RODRIGUEZ, Notario, de este

domicilio, con ofi cina situada en Setenta y Nueve Avenida Sur y Avenida

Cuscatlán, Edifi cio Plaza Cristal, primer nivel, local número uno- cuatro,

Colonia Escalón, San Salvador, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las once horas del día cinco de noviembre de dos mil siete, se ha de-

clarado a las señoras IVETTE CAROLINA RODEZNO DE AREVALO,

LYDA MARIA RODEZNO DE VILLEDA y ERIKA ROXANNA RO-

DEZNO, conocida por ERIKA ROXANA RODEZNO MAYORGA,

ERIKA ROXANA RODEZNO HARDY, ERIKA RODEZNO HARDY,

HEREDERAS UNIVERSALES DEFINITIVAS, con benefi cio de inven-

tario, de los bienes que a su defunción dejó el señor JOSE RODEZNO

CAMPOS, el que falleció el día dieciséis de junio de dos mil seis, en la

ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, su último domicilio

y quien era mayor de edad, abogado y notario, originario de Chiltiupán,

Departamento de La Libertad; confi riéndole a dichas herederas testamen-

tarias la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Librado en San Salvador, a las doce horas del día cinco de noviembre

de dos mil siete.

LIC. FEDERICO GUILLERMO JIMENEZ RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F026091

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las ocho horas quince minutos del día veintidós de octubre del dos mil

siete, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio de inventario

al señor MARCIAL HERCULES MORALES, en calidad de HIJO y

como CESIONARIO de los derechos hereditarios que le correspondían

a los señores JULIA MORALES DE HERCULES, JUAN HERCULES

MORALES, ANTONIA HERCULES MORALES DE PALACIOS,

LUCILA HERCULES DE MARTINEZ conocida por LUCILA HER-

CULES MORALES DE MARTINEZ, IRMA NOEMÍ HERCULES

MORALES, ROSA HILDA HERCULES conocida por ROSA HILDA

HERCULES MORALES, ANA MARIA HERCULES MORALES

conocida por MARIA ANA HERCULES MORALES y MANUEL

ANTONIO HERCULES MORALES; la primera de los cesionarios en

calidad de CÓNYUGE SOBREVIVIENTE, y los demás como HIJOS

del causante MARGARITO HERCULES conocido por MARGARITO

HERCULES MARTINEZ, quien fue de sesenta y siete años de edad,

agricultor, fallecido el día veintinueve de abril del dos mil siete, siendo

esta ciudad su último domicilio.- En consecuencia se le ha conferido al

heredero declarado la administración y representación DEFINITIVA de

la sucesión.-

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con

cuarenta y cinco minutos del día seis de noviembre del dos mil siete.-

LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F026103

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las catorce horas con cinco minutos del día dieciséis de octubre del dos

mil siete, se ha declarado heredero abintestato con benefi cio de inven-

tario al señor PEDRO PACHECO PERAZA, en concepto de heredero

testamentario y como cesionario de los derechos hereditarios que les

correspondían a los señores FLOR DE MARIA PACHECO PERAZA

HOY DE ESCOBAR, conocida por FLORINDA PACHECO PERAZA,

ISABEL, JOSE LUIS, FERNANDO y JUAN ANTONIO todos de ape-

llidos PACHECO PERAZA, y ELIO AVITH PACHECO MARTINEZ

conocido por ELIO AVITH PACHECO, en calidad de hijos y el último

como nieto de la causante JUANA CATALINA PERAZA VIUDA DE

PACHECO, quien fue de setenta y ocho años de edad, ofi cios domés-

ticos, fallecida el día veintitrés de septiembre del dos mil seis, siendo

Metapán su último domicilio. En consecuencia, se le ha conferido al

heredero declarado la administración y representación DEFINITIVA de

la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con

quince minutos del día seis de noviembre del dos mil siete. LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

1 v. No. F026104

LICENCIADA GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZ DE LO

CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal a

las once horas cinco minutos del día dieciocho de octubre de dos mil

siete, se han declarado herederos defi nitivos abintestatos con benefi cio

de inventario de los bienes dejados a su defunción por el señor JUAN

RAFAEL AQUINO FERMAN, quien fue de cincuenta y tres años de

edad, Panifi cador, Soltero, originario y del domicilio de Quezaltepeque,

siendo éste su último domicilio, fallecido el día quince de mayo de dos

mil seis; de parte de las señoras GUADALUPE DEL CARMEN AQUINO

MIRANDA hoy de SORTO, MIRNA DE LOS ANGELES AQUINO

MIRANDA DE DIAZ, ANA GLADYS AQUINO RODRIGUEZ y

MARICELA DEL CARMEN AQUINO DE PEREZ, en su concepto

de Hijas del causante, a quienes se les ha conferido la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once horas

y treinta minutos del día dieciocho de octubre de dos mil siete.- LICDA.

GUADALUPE MAYORAL GARCIA, JUEZ DE LO CIVIL SUPLEN-

TE. LIC. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. No. F026111

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve

horas doce minutos del día diecisiete de octubre del presente año, se ha

declarado heredero defi nitivo Ab-Intestato con benefi cio de inventario,

de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE DO-

MINGO ESCALANTE GONZALEZ, fallecido a las diecisiete horas

del día uno de abril del año dos mil siete, en el Cantón El Sálamo de

esta jurisdicción, siendo la ciudad de Acajutla su último domicilio; al

señor JOSE ARMANDO ESCALANTE MEJIA o JOSE ARMANDO

ESCALANTE, en su carácter de hijo del expresado causante, por lo que

se le ha conferido a dicho aceptante la administración y representación

defi nitiva de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve horas

treinta y cinco minutos del día diecisiete de octubre del dos mil siete.

LIC. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. LIC. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA,

SECRETARIO.

1 v. No. F026115

Page 109: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ACEPTACION DE HERENCIA

MANUEL ANGEL SERRANO MEJIA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina notarial ubicada en Colonia Escalón Norte, Calle Bélgica,

número Once-D, San Salvador;

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día treinta de octubre de dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

testamentaria que a su defunción, ocurrida en Unidad Médico Quirúrgico,

Tercera Calle Poniente número Mil ciento treinta y dos, departamento

de San Salvador, a las nueve horas del día diecisiete de mayo de mil

novecientos noventa y dos, dejó la señora GLORIA DE LOS ÁN-

GELES GONZÁLEZ DE PALMA, conocida por GLORIA DE LOS

ÁNGELES GONZÁLEZ GUTIERREZ, de parte de los señores ANA

GLORIA PALMA DE GARCIA conocida por ANA GLORIA PALMA

GONZÁLEZ, SALVADOR HERIBERTO PALMA GONZÁLEZ, JOSÉ

HÉCTOR SALVADOR PALMA GONZÁLEZ, y LUZ ETELVINA PAL-

MA GONZÁLEZ, en su calidad de hijos y Herederos Testamentarios;

habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los

que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten

a la citada ofi cina en el término de quince días, contados desde el día

siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de San Sal-

vador, a las nueve horas del día cinco de noviembre de dos mil siete.

LIC. MANUEL ANGEL SERRANO MEJIA,

NOTARIO.

1 v. No. F025897

Licenciado ERNESTINO ANTONIO DELEON ABREGO, Notario, de

este domicilio, con ofi cina ubicada en Tercera Calle Poniente, Edifi cio

Martínez, Local Treinta y Ocho, Primera Planta, Mejicanos, San Salvador,

al público para los efectos de ley:

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ofi cina a

las nueve horas del día veintiséis de octubre del año dos mil siete se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada del señor JOSE MANUEL CHEVEZ, fallecido a las quince

horas treinta minutos del día diecinueve de septiembre del año dos mil

uno, en el Barrio San Antonio, jurisdicción de Ozatlán, Departamento

de Usulután, su último domicilio, de parte de la señora ROSA CHEVEZ

en calidad de hermana del referido causante. Se le ha conferido a dicha

aceptante la administración y representación interina de la sucesión que

ejerce con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente. En consecuencia se citan a todos los que se creen con derecho

a la referida herencia para que se presenten a la referida ofi cina en el

término de quince días siguientes al de la última publicación del presente

edicto.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los cinco días del mes de

noviembre del año dos mil siete.

ERNESTINO ANTONIO DELEON ABREGO,

NOTARIO.

1 v. No. F025911

JUAN JOSE MAGAÑA HERRERA, Notario, del domicilio de la ciu-

dad de Santa Ana, con ofi cina en Novena Calle Poniente, entre Décima

Avenida Sur y Avenida José Matías Delgado sur, casa número treinta y

uno de dicha ciudad, al público,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

promovidas ante mis ofi cios notariales, por resolución proveída a las

ocho horas del día cinco de noviembre del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada

de la señora VENICIA UMAÑA conocida por VENICIA MAGAÑA,

BENICIA MAGAÑA, VINICIA MAGAÑA, VENISIA MAGAÑA,

VINISIA MAGAÑA y por BENICIA UMAÑA, quien falleció en el

caserío Texis Junction, Cantón Chilcuyo, jurisdicción de Texistepeque,

a las tres horas treinta minutos del día veinte de agosto de dos mil siete,

siendo dicho caserío su último domicilio, de parte de los señores: ROSA

CANDIDA MAGAÑA DE SANABRIA conocida por ROSA CAN-

DIDA MAGAÑA; CRISTINA MAGAÑA DE ACOSTA conocida por

CRISTINA MAGAÑA; FIDEL MAGAÑA; HORTENSIA MAGAÑA

DE MORALES conocida por HORTENSIA MAGAÑA; CARMEN

MAGAÑA DE REYES; TELMO MAGAÑA; y HERLINDO MAGA-

ÑA LOPEZ, en concepto de hijos de la causante; se les nombra a los

aceptantes mencionados interinamente administradores y representantes

legales de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.-

Lo que hago del conocimiento del público para los fi nes de ley.-

Librado en la ciudad de Santa Ana, a los seis días del mes de

noviembre de dos mil siete.-

LICDO. JUAN JOSE MAGAÑA HERRERA,

NOTARIO.

1 v. No. F025971

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

JOSE LUIS SANABRIA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Novena Calle Poniente, entre Cuarta y Sexta Avenida Sur, Número Veinte, de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída a las nueve horas del día veintidós de septiembre del año dos mil siete, se han tenido por acepta expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón Lourdes, Colón, departamento de La Libertad, el día dieciocho de agosto de dos mil siete, del señor ALFREDO DELGADO, de parte de la señora DINA YOLANDA MONTERROZA DE DELGADO en su concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habiéndose conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presente a la referida ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario JOSE LUIS SANABRIA HERNANDEZ. En la ciudad de Santa Ana, a las ocho horas y treinta minutos del día quince de octubre de dos mil siete.

LIC. JOSÉ LUIS SANABRIA HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F026049

JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS, Notario, de este domicilio,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveída a las diez horas del día siete de octubre del presente año se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción, ocurrida en San Salvador, el día veintiséis de agosto de dos mil cuatro; dejó la señora ESTER LEONOR ALFARO DE SÁNCHEZ, conocida por LEONOR ESTER ALFARO y LEONOR ESTHER ALFARO, de parte de los señores BEATRIZ EMILIA SÁNCHEZ ALFARO, ahora BEATRIZ EMILIA SÁNCHEZ DE SOLITO, JU-LIO GERMAN SÁNCHEZ ALFARO, GLORIA LILIAN SÁNCHEZ ALFARO, ahora GLORIA LILIAN SÁNCHEZ DE FIGUEROA, RAUL ANTONIO SÁNCHEZ ALFARO, y CARLOS ROBERTO SÁNCHEZ ALFARO, en sus calidades de únicos y universales herederos de la causante y habiéndoles conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo que por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a mi ofi cina en Calle Francisco Menéndez No. 192, Barrio Candelaria, San Salvador, dentro del término de quince días contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los siete días del mes de octubre de dos mil siete.

LIC. JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F026063

KARMINA XOCHILT SALGUERO HERNÁNDEZ, Notario del domi-cilio de San Salvador, miembro de NOBLE Y ASOCIADOS, ubicados en Centro de Ofi cinas Colonial No. 214, Av. La Sultana, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que ante sus ofi cios notariales y con base en el artículo diecinueve de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución emitida a las ocho horas con treinta minutos del día siete de noviembre dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora ROSA MARIA BATRES ROMERO conocida como ROSA MARIA BATRES, en su carácter de madre sobreviviente de la causante, la herencia intestada dejada a su defunción por Jépsica Marina Batres Berríos, quien falleció el día veintinueve de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, en el Cantón El Rebalse, jurisdicción de Santa Elena, departamento de Usulután su último domicilio, confi rién-dole por tanto a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia se cita a los que se crean con derecho a la he-rencia, para que se presenten a la dirección antes dicha a deducirla, en el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto.

Usulután, siete de noviembre de dos mil siete.

KARMINA XOCHILT SALGUERO HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F026066

KARMINA XOCHILT SALGUERO HERNANDEZ, Notario del domi-cilio de San Salvador, miembro de NOBLE Y ASOCIADOS, ubicados en Centro de Ofi cinas Colonial No. 214, Av. La Sultana, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que ante sus ofi cios notariales, y con base en el artículo diecinueve de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución emitida a las ocho horas del día siete de noviembre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora ROSA MARIA BATRES ROMERO conocida como ROSA MARIA BATRES, en su carácter de madre sobreviviente del causante, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor José Martín Batres Berríos, quien falleció el día seis de febrero de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón San Francisco, jurisdicción de Santa María, departamento de Usulután, su último domicilio, confi riéndole por tanto a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia se cita a los que se crean con derecho a la he-rencia, para que se presenten a la dirección antes dicha a deducirla, en el término de quince días contados a partir de la tercera publicación de este edicto.

Usulután, siete de noviembre de dos mil siete.

KARMINA XOCHILT SALGUERO HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F026067

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

JUAN ARMANDO MATA ELÍAS, Notario, de este domicilio, con ofi cina

situada en Quince Calle Poniente. Block “K”, Edifi cio Centro de Gobierno,

Número Treinta y Cuatro, frente al INPEP, en esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas

del día veintitrés de octubre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria

que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ CALAZÁN CASCO

GARCÍA que fue conocido por JOSÉ CASCO GARCÍA, quien falleció

en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a las quince horas treinta

minutos del día siete de agosto de dos mil dos, por parte de los señores

CARLOS ALBERTO CASCO MARTÍNEZ, y JULIO CÉSAR CASCO

MARTÍNEZ, en concepto de únicos y universales, herederos testamen-

tarios e hijos del causante, conforme al TESTAMENTO SOLEMNE Y

PÚBLICO, otorgado por el causante, ante los ofi cios de la Notaria Marta

Bessy Chacón Marroquín, en esta ciudad, a las diecisiete horas del día

trece de febrero de mil novecientos noventa y cinco, representados por el

Abogado y Notario Juan Antonio Miranda Morales; a quienes se les ha

conferido la administración y representación interina de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este edicto, se cita a todas las personas que

se crean con derecho en la referida herencia para que se presenten a

esta ofi cina en el término de quince días contados a partir de la última

publicación de este edicto.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de San

Salvador, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil siete.

DR. JUAN ARMANDO MATA ELIAS,

NOTARIO.

1 v. No. F026117

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las doce horas y cinco minutos de este mismo día; Tiénese por repudiado

el derecho que les corresponde en la presente herencia de los bienes

que a su defunción dejó la causante MARÍA ÁGUEDA MOZ LOPEZ

conocida por MARÍA ÁGUEDA MOZ DE RAMÍREZ; POR MARÍA

ÁGUEDA MOZ y POR MARÍA RAMÍREZ MOZ; de parte de los seño-

res TRANSITO LÓPEZ DE MOZ; y JOSÉ ANTONIO MOZO LOPEZ

conocido por JOSE ANTONIO MOZ, éstos en su calidad de padres del

referido causante. Asimismo se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes, que a su

defunción dejó la causante MARÍA ÁGUEDA MOZ LOPEZ conocida

por MARÍA ÁGUEDA MOZ DE RAMÍREZ; POR MARÍA ÁGUEDA

MOZ y POR MARÍA RAMÍREZ MOZ; ocurrida el día ocho de diciembre

del año dos mil dos; en la Ciudad de Dallas, Estado de Texas, Estados

Unidos de América; siendo su último domicilio en Municipio de San

Bartolomé Perulapía; Departamento de Cuscatlán; de parte de la señora

CLAUDIA DALILA RAMÍREZ MOZ, ésta en su calidad de hija de la

referida causante.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en

el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de sus dere-

chos.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Cojutepeque, a las quince

horas y veinte minutos del día nueve de octubre del año dos mil siete.

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ

ORLANDO BELTRÁN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014151-1

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado proveída a las

catorce horas con treinta y cinco minutos de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción dejó la señora ROSA ALICIA ESCOBAR VIUDA

DE RIVAS, quien fue de sesenta y dos años de edad, viuda, ama de

casa, originaria de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, hija de Luis

Antonio Escobar Vásquez y María del Carmen Guardado, falleció el día

veinte de octubre del dos mil seis, teniendo como último domicilio el

Municipio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, por

parte de ROSA ELENA RIVAS DE URIAS y MARCOS ANTONIO

RIVAS ESCOBAR, en calidad de hijos de la causante y como cesionarios

del derecho que le correspondía a la señora Carmen María Guardado de

Escobar, madre de la causante.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les

corresponde a los curadores de la herencia yacente. Fíjese y publíquese

los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los veintisiete días de septiembre del

dos mil siete. DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA, LICDA. MARÍA HILDA GUARDADO MENA,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. C014154-1

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a

las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó

el señor JESUS ALBERTO AVELAR conocido por JESUS ALBERTO

AVELAR AVILA, quien fue de treinta y nueve años de edad, agricultor,

casado, originario de El Paisnal, Departamento de San Salvador, hijo de

Agustina Avelar, falleció el día ocho de diciembre de mil novecientos

ochenta y uno, teniendo como último domicilio el municipio de La Rei-

na, Departamento de Chalatenango por parte de MARIA PAZ LEMUS

VIUDA DE AVELAR; IRIS PATRICIA AVELAR DE GUTIERREZ,

ANA VELMI AVELAR DE RAMIREZ, EMERITA DEL CARMEN

AVELAR DE ROMERO, JESUS ALBERTO, JOSE ANIBAL y MARIO

ALFREDO todos de apellidos AVELAR LEMUS, la primera en calidad

de esposa del causante, y los restantes como hijos del causante.

Confi érese a los aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que

les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla,

Departamento de Chalatenango, a los veintisiete días de septiembre

del dos mil siete. DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA. LICDA. MARÍA HILDA GUARDADO MENA,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. C014155-1

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ARMENIA.

HACE SABER: Que por resolución emitida en este Juzgado a las

nueve horas con diez minutos del día ocho de Octubre del año dos mil

siete, se tuvo POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO

DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA de parte del señor

WILMAR OSMIN RAMIREZ FLORES, en su calidad de hijo sobrevi-

viente del causante JOSE ALFONSO FLORES MARTINEZ conocido

por JOSE ALFONSO FLORES, quien falleció el día cinco de abril del

año dos mil cuatro, en Cuisnahuat, Departamento de Sonsonate, lugar

de su último domicilio.

Se le ha conferido al heredero declarado en los conceptos antes

expresados la Administración y Representación Interinas de la Suce-

sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia

yacente.

Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

Juzgado de Primera Instancia de Armenia, a los ocho días del mes

de Octubre del año dos mil siete. LIC. ROBERTO EDMUNDO ALE-

JANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014184-1

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para efectos

de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y veinticinco

minutos del día ocho de Octubre del corriente año, SE HA TENIDO

POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE IN-

VENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la

señora FELICITA CHAVEZ, de parte del señor ENEMECIO CHAVEZ,

conocido por ENEMECIO CHAVEZ RUBIO, por derecho propio como

hijo de la mencionada causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue

de cuarenta y ocho años de edad, de Ofi cios domésticos, originaria de

Cacaopera y del domicilio de Meanguera, hija de JUAN CANALES

y NATIVIDAD CHAVEZ; FALLECIÓ a las veintiuna horas del día

veintiocho de Octubre el año dos mil dos, en el Cantón La Joya de la

jurisdicción de Meanguera, siendo la ciudad de Cacaopera lugar de su

último domicilio. Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en

la forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

INTERINA de la Sucesión con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las catorce horas y veinte minutos del día once de Octubre de

dos mil siete. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

2º. DE 1ª. INSTANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ

SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014225-1

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de

las catorce horas y diez minutos del día ocho de Octubre del corriente

año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que

a su defunción dejó la señora EUSEBIA CHICAS, de parte del señor

FRANCISCO AMAYA GONZALEZ, como Cesionario de los derechos

hereditarios que le correspondían al señor JUAN CHICAS URBINA,

éste en calidad de hijo de la mencionada causante, quien a la fecha de

su fallecimiento fue de cuarenta y seis años de edad, de Ofi cios domés-

ticos, originaria y del domicilio de Cacaopera, hija de Eusebia Chicas

y Salvador Chicas; FALLECIÓ a las doce horas y treinta minutos del

día diecinueve de Julio del año dos mil, en el Caserío El Caulotillo del

Cantón El Carao de la jurisdicción de Intipucá, Departamento de La

Unión, siendo la ciudad de Cacaopera lugar de su último domicilio. Se

le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la Suce-

sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las catorce horas y veinte minutos del día doce de Octubre de

dos mil siete.- Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

2o. DE 1a. INSTANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ

SANCHEZ, SRIA.

3 v. alt. No. C014227-1

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUN-

DO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL al

Público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de

las quince horas y cincuenta minutos del día ocho de Octubre del co-

rriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y

CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA

que a su defunción dejó el señor SOTERO PORTILLO, de parte de la

señora MARIA CATALINA MARQUEZ VIUDA DE PORTILLO, por

derecho propio como cónyuge sobreviviente del mencionado causante,

quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y tres años de edad,

Agricultor, originario y del domicilio de Cacaopera, hijo de Nicolasa

Portillo; FALLECIÓ a las veinte horas del día quince de Julio del corriente

año, en la ciudad de Cacaopera, Departamento de Morazán, siendo esta

misma ciudad lugar de su último domicilio. Se le confi rió a la aceptante

antes mencionada y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION INTERINA de la Sucesión con las facultades y

restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las catorce horas del día doce de octubre de dos mil siete. Lic.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INS-

TANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,

SRIA.-

3 v. alt. No. C014229-1

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución a las catorce horas y trece

minutos del día diecinueve de Octubre del dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora ALBA LUZ BLANCO de

CANALES, quien falleció a las veintidós horas del día veintiocho de

Agosto del dos mil seis, en la Colonia La Presita 2 de la Ciudad de San

Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte del señor MARIO

ALBERTO CANALES, Portador de su Documento Único de Identidad

Personal número cero uno nueve siete seis seis tres dos - cero, en calidad

de cónyuge sobreviviente y el menor CESAR ALBERTO CANALES

BLANCO, en calidad de hijo de la causante, y se le ha conferido a los

aceptantes en el carácter antes indicado, la administración y representación

interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.- Debiendo ejercerla el menor por medio de su

Representante legal, su padre señor MARIO ALBERTO CANALES.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

catorce horas y quince minutos del día diecinueve de Octubre del dos

mil siete.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licenciada MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025908-1

Page 114: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y cincuenta

minutos del día dieciocho de octubre de dos mil siete, se ha tenido por

aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su de-

función dejó la señora ANTONIA GONZALES CABALLERO, conocida

por ANTONIA GONZALEZ CABALLERO, quien falleció a las ocho

horas con cuarenta y cinco minutos del día ocho de junio del año dos mil

seis, en la Clínica San Francisco de esta ciudad de San Miguel, siendo la

ciudad de Quelepa, departamento de San Miguel, el lugar de su último

domicilio, de parte del señor CARLOS WALTER GONZALEZ, como

cesionarias de los derechos hereditarios que les correspondía en la suce-

sión a las señoras SOFIA DELCARMEN GONZALEZ CABALLERO

y LIDIA GONZALEZ DE TREJO, como hermanas de la causante; y

se ha conferido al aceptante declarado en el carácter indicado la admi-

nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel

a las diez horas del día dieciocho de octubre de dos mil siete. Dr. JUAN

RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. JOSE

ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025936-1

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que por resolución a las catorce horas y trece

minutos del día diecinueve de Octubre del dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó el señor JOSE RAUL MEJIA, quien

falleció a las cinco horas del día veintiocho de Octubre del dos mil seis,

en la Colonia San Gabriel de la Ciudad de San Miguel, siendo este lugar

su último domicilio, de parte de la señora FRANCISCA MILAGRO

GONZALEZ hoy viuda de MEJIA, en calidad cónyuge sobreviviente

del causante y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes in-

dicado, la administración y representación interinas de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

catorce horas y quince minutos del día diecinueve de Octubre del dos

mil siete.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licenciada MARTA DOLORES

COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025946-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora

LEONOR MENDEZ, conocida por MARIA LEONOR MENDEZ; quien

falleció el día cinco de enero de dos mil cuatro, en el Barrio El Centro

de la ciudad de Conchagua; de este Distrito y Departamento, siendo ese

lugar su último domicilio, de parte de la señora LESLIE MARIELA

ZELAYANDIA GUZMAN, en su calidad de Heredera Universal de la

causante.

Confi riéndole a la aceptante antes mencionada en el carácter indi-

cado la administración y representación interina de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días

del mes de agosto de dos mil siete.- Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026027-1

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, Juez Tercero

de lo Civil de este Distrito Judicial,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día

diecinueve de agosto del año dos mil, en el Hospital del Seguro Social

de esta ciudad, siendo el Barrio San Juan de esta ciudad, el lugar de su

Page 115: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

último domicilio, dejó JULIO CESAR GRANDE, de parte de ROLANDO

JULIO GRANADINO GRANDE conocido por ROLANDO GRANADI-

NO, como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a

Sara Carballo conocida por Sara Elena Carballo y por Sara Elena Carballo

de Grande, María Elena Grande Carballo, Ana Cecilia Elizabeth Grande

Carballo y Nancy Lorena Grande de González, la primera en su carácter

de esposa y las otras como hijas del referido causante, confi riéndosele

INTERINAMENTE, la administración y representación de la sucesión

expresada con las facultades y restricciones de ley.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal en el término de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las doce horas con cinco minutos del día diecisiete de marzo del

año dos mil seis.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026046-1

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución de catorce horas del día vein-

tiséis de septiembre de este año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de las señoras DORA ELETICIA

PERDOMO VIANA y FIDELINA ROSALES o FIDELINA PERDOMO,

la primera en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que

como hija del causante correspondían a la señora SILVIA BEATRIZ

MARTINEZ PERDOMO, quien comparece a través de su apoderado

Abogado EMILIO VILLALTA MOLINA; la segunda en calidad de ma-

dre del causante, quien comparece en carácter personal de la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante JOAQUIN MARTINEZ

PERDOMO, quien fue de sesenta y siete años de edad, Comerciante,

Divorciado, originario de Santa Ana, del domicilio de Soyapango, hijo

de JOAQUIN MARTINEZ y de FIDELINA ROSALES o FIDELINA

PERDOMO, de nacionalidad salvadoreña, falleció el día treinta y uno

de mayo de dos mil seis.

Confi érese a las aceptantes la representación y administración

INTERINA de la herencia, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente, quienes ejercerán sus derechos en forma

conjunta con la señora ANA MARITZA MARTINEZ HENRIQUEZ,

quien fue declarada heredera interina ante los ofi cios del Notario RAUL

EDGARDO GARCIA ZUNIGA, como consta a Fs. 31, en calidad de

hija del causante.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal en el término de ley a deducir sus derechos.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas

veinte minutos del día veintiséis de septiembre de dos mil siete.- Lic.

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026064-1

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho

horas con cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con benefi cio de inventario de parte de los señores ARMANDO

HERNANDEZ, en calidad de padre del causante señor JOSE VIDAL

ROMERO, conocido por JOSE VIDAL ROMERO HERNANDEZ y

como Cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a las

señoras MARIA JUSTA DEODOSIA ROMERO ROSALES, conocida

por MARIA ROMERO Y MARIA TRINIDAD AQUINO VIUDA DE

ROMERO, en concepto de madre y esposa del causante en mención;

y del señor JOSE VIDAL ROMERO AQUINO, en calidad de hijo del

causante anteriormente relacionado, por medio de su apoderado Licen-

ciado JULIO ALBERTO LEMUS SANCHEZ, de la herencia intestada

dejada a su defunción por el causante referido, quien falleció a las cuatro

horas treinta minutos del día diecinueve de enero del año dos mil uno,

en el Cantón Sitio del Niño de esta Jurisdicción, siendo dicho lugar su

último domicilio, en calidad de hijo de dicho causante, confi riéndoseles

a los aceptantes expresados en el concepto indicado la administración

y representación interina de la indicada sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión

para que se presenten a este Juzgado a deducirla dentro de los quince

días subsiguientes a la publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las ocho horas con cincuenta y cinco minutos del día quince de octubre

del año dos mil siete. Licdo. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026095-1

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia INTESTADA que a su defunción ocurrida el

día veintiuno de diciembre de mil novecientos ochenta y seis, en el

Cantón Natividad de esta jurisdicción, siendo éste el lugar de su último

domicilio, dejó el señor CARLOS ALBERTO CARDONA RECINOS

conocido por CARLOS ALBERTO CARDONA de parte de: MARIA

LUISA GUZMÁN VIUDA DE CARDONA conocida por MARIA LUISA

GUZMÁN DE CARDONA, en su calidad de cónyuge sobreviviente y

como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a

YOLANDA DE LOS ÁNGELES CARDONA DE MORAN, MARIA

LUISA, JORGE ALBERTO, RUBÉN ANTONIO, CARLOS ERNESTO,

SANTOS DE JESÚS, NOEMI AMPARO y GLORIA ESTELA, todos

de apellidos CARDONA GUZMÁN, en su calidad de hijos del referido

causante, confi riéndoseles INTERINAMENTE la administración y re-

presentación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones

de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las diez horas con veinte minutos del día doce de julio del año

dos mil siete.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

DE GARCÍA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026098-1

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

este mismo día se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia INTESTADA que a su defunción ocurrida el

día catorce de diciembre de mil novecientos noventa y siete, en el

Cantón Natividad de esta jurisdicción, siendo éste el lugar de su último

domicilio, dejó el señor VÍCTOR MANUEL LUNA LINARES, de parte

de MARTA ALICIA, SANDRA MARINA y EVELYN CLARIBEL todas

de apellidos LUNA GALLARDO, en su calidad de hijas del causante

antes referido; confi riéndosele INTERINAMENTE la administración y

representación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones

de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las once horas con cincuenta minutos del día diecisiete de julio

del año dos mil siete.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026099-1

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por reso-

lución proveída por este Tribunal, a las once horas siete minutos del

día diecinueve de octubre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción ocurrida a las seis horas treinta minutos del día veinticinco

de enero de mil novecientos noventa y nueve, en la Colonia Los Olivos

de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa;

dejó el señor SAMUEL DE JESÚS RUANO MORAN conocido por

SAMUEL RUANO MORAN, quien fue de ochenta y dos años de edad,

Jornalero, viudo, de parte del señor JOAQUÍN ANTONIO RUANO

ESTRADA, en su concepto de Cesionario de los derechos hereditarios

que le correspondían a los señores CRISTÓBAL SALVADOR RUANO

MEDRANO, PEDRO ARMANDO RUANO MEDRANO, MANUEL

ANTONIO RUANO MEDRANO y JOSÉ LUIS RUANO MEDRANO,

en su calidad de hijos del expresado causante; a quien se le nombra

INTERINAMENTE administrador y representante de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

Edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas treinta minutos

del día veintitrés de octubre de dos mil siete.- Lic. HENRY EDMUNDO

MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. SILVIA MARLENE

SIERRA FLORES, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F026100-1

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia INTESTADA que a su defunción ocurrida

diecinueve de abril del año dos mil dos, en el Hospital San Juan de Dios

de esta ciudad, siendo Santa Ana el lugar de su último domicilio, dejó

el señor PEDRO COTEZ conocido por PEDRO CORTEZ VÁSQUEZ,

de parte de CARLOS ALBERTO CORTEZ CRUZ; en su calidad de

hijo del causante antes referido; confi riéndosele INTERINAMENTE

la administración y representación de la sucesión expresada con las

facultades y restricciones de ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal en el término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas cuarenta minutos del día diecisiete de septiembre

del año dos mil siete.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026105-1

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

nueve horas del día veintitrés de octubre del dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada dejada por el causante BENJAMÍN LEMUS NOVA, quien fue

de cincuenta años de edad, agricultor, fallecido el día veinte de julio del

dos mil siete, siendo Metapán su último domicilio; por parte de la señora

FLORINDA LEMUS VIUDA DE LEMUS conocida por FLORINDA

LEMUS DE LEMUS, en concepto de cónyuge sobreviviente del referido

causante.

En consecuencia, se le ha conferido a dicha aceptante la adminis-

tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades

y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacen-

te.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con

cuarenta minutos del día treinta y uno de octubre del dos mil siete.- Lic.

JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026108-1

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA, Notario, del domicilio de

la Ciudad de La Unión, con ofi cina profesional ubicada en la Calle

General Menéndez, Número uno-dos, Barrio El Centro de la Ciudad y

Departamento de La Unión, al Público en General.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las dieciséis

horas del día veinticinco de octubre de dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada

que a su defunción ocurrida en la Ciudad y Departamento de La Unión,

dejó el señor LEANDRO PÉREZ, quien fue de cuarenta y ocho años

de edad, soltero, empleado, originario de Chilanga, Departamento de

Morazán, del domicilio de La Unión y de nacionalidad salvadoreña,

quien falleció el día dieciséis de octubre de dos mil cinco, en el Seguro

Social de esta Ciudad a consecuencia de IRC Edema Pulmonar Agudo,

Derrame Pericárdico con asistencia médica, de parte del señor MARIO

ALBERTO LAZO RÍOS, en su calidad de Cesionario de los derechos

hereditarios que le correspondían a la señora María Magdalena Coreas

conocida por María Magdalena Corea Mata, cesionaria de los derechos

que le correspondían a José Corea conocido por José Corea Pérez y

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

María Felícita Corea Pérez, hijos del causante; confi érase al aceptante la

ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión

INTESTADA, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Cítese a quienes se consideren con derecho en la Herencia deferida,

para que en el término legal se presenten a esta ofi cina a hacer uso de

sus derechos.

Librado en la Ciudad de La Unión, a los veintiséis días del mes de

octubre de dos mil siete.

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F025994-1

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA, Notario, del domicilio de

la Ciudad de La Unión, con ofi cina profesional ubicada en la Calle

General Menéndez, Número uno-dos, Barrio El Centro de la Ciudad y

Departamento de La Unión, al Público en General.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las quince horas

del día veinticinco de octubre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a

su defunción ocurrida en el Caserío Chiquirín, Cantón Agua Escondida,

Departamento de La Unión, dejó el señor SANTOS ANDRÉS RUIZ

conocido por SANTOS ANDRÉS RUIZ ALVARADO, quien fue de

cincuenta y dos años de edad, soltero, jornalero, originario de Lislique,

Departamento de La Unión y del domicilio del Caserío Chiquirín, Cantón

Agua Escondida, jurisdicción del municipio y Departamento de La Unión,

de nacionalidad salvadoreña, quien falleció a las dieciocho horas del día

veinticinco de octubre de dos mil cinco, en el Caserío Chiquirín, Cantón

Agua Escondida de esta jurisdicción, a consecuencia de Paro Cardíaco

sin asistencia médica, de parte de la señora MARIA ERNESTINA RUIZ

ALVARADO, en su calidad de Hermana del causante, en su calidad de

heredera abintestato; confi érase a la aceptante la ADMINISTRACIÓN

Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión INTESTADA, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Cítese a quienes se consideren con derecho en la Herencia deferida,

para que en el término legal se presenten a esta ofi cina a hacer uso de

sus derechos.

Librado en la Ciudad de La Unión, a los veintiséis días del mes de

octubre de dos mil siete.

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F025996-1

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA, Notario, del domicilio de

la Ciudad de La Unión, con ofi cina profesional ubicada en la Calle

General Menéndez, Número uno-dos, Barrio El Centro de la Ciudad y

Departamento de La Unión, al Público en General.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las trece horas

del día veinticinco de octubre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a

su defunción ocurrida en el Caserío Playitas, Cantón Agua Escondida,

jurisdicción de la Ciudad y Departamento de La Unión, dejó el señor

JOSÉ MARIO HERNÁNDEZ ARGUETA, quien fue de treinta y seis

años de edad, soltero, jornalero, originario y del domicilio de Gotera,

Departamento de Morazán, de nacionalidad salvadoreña, quien falleció

a las dieciséis horas del día seis de octubre de mil novecientos noventa y

cuatro, en el Caserío Playitas, Cantón Agua Escondida de esta jurisdicción,

a consecuencia de Inmersión en Agua Salada sin asistencia médica, de

parte de la señora ROSA ORBELINA RUBIO hoy ROSA ORBELINA

RUBIO DE SÁNCHEZ, en su calidad de Cesionaria de los derechos

hereditarios que le correspondían a la señora María Ester Argueta de

Hernández, en su calidad de madre y de heredera abintestato; confi érase a

la aceptante la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA

de la sucesión INTESTADA, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Cítese a quienes se consideren con derecho en la Herencia deferida,

para que en el término legal se presenten a esta ofi cina a hacer uso de

sus derechos.

Librado en la Ciudad de La Unión, a los veintiséis días del mes de

octubre de dos mil siete.

DELIA MARINA AGUILAR VISCARRA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F025997-1

ÁLVARO JOSÉ MAYORA RE, Notario de los domicilios de San Salvador

y Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, con ofi cina situada en

Avenida El Espino y Pasaje Seis Poniente, Casa número Sesenta y uno,

Colonia Cumbres de Madreselva, de la ciudad de Antiguo Cuscatlán,

departamento de La Libertad;

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las diecisiete horas y treinta minutos del día treinta y uno de octubre

de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción dejara el

señor Don JOSÉ FRANCISCO QUETGLAS SORTO, ocurrida en la

ciudad de San Salvador, su último domicilio, el día veintisiete de Agosto

de dos mil siete; por parte de parte de la señora CARMEN MORENA

DEL ROSARIO PANTOJA DE QUETGLAS, en su carácter de Here-

dera Universal Testamentaria por derecho propio y como Cesionaria

del resto de Derechos Hereditarios en Abstracto en la referida sucesión;

en consecuencia, se le ha conferido a la aceptante la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

del curador de la herencia yacente.

Por lo que, por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos a tal sucesión, para que se presenten a la mencionada ofi cina

en el término de quince días contados desde el siguiente a la última

publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ÁLVARO JOSÉ MAYORA

RE.- En la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a las nueve horas del día uno

de noviembre de dos mil siete.

ÁLVARO JOSÉ MAYORA RE,

NOTARIO.

3 v. c. No. F026069-1

HUGO ALBERTO AVALOS CANJURA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Tercera Avenida Sur, Número Veintitrés, de la

ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por el Suscrito Notario

a las once horas del día seis de noviembre de dos mil siete, se ha tenido

por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia

Intestada que a su defunción ocurrida en Primera Avenida Norte, casa

número Siete, de la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador,

a las cero horas y cuarenta minutos, del día diecisiete de marzo de dos

mil seis, dejó la señora MIRNA DEL CARMEN MORENO, quien a

la fecha de su defunción fuera de sesenta y tres años de edad, Soltera,

Secretaria Comercial, Salvadoreña, originaria y del domicilio de Apopa,

departamento de San Salvador, siendo este lugar su último domicilio;

por parte del señor SERGIO VLADIMIR GUERRA MORENO, en su

concepto de hijo sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido

al aceptante referido la Administración y Representación Interina de la

mortual expresada, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se CITA a todos los que se creen

con derechos a la referida Herencia, para que se presenten a deducir

dichos derechos a esta ofi cina situada en la dirección antes relacionada,

en el término de quince días, contados desde el siguiente día a la última

publicación del presente Edicto.

Librado en la Ofi cina del Notario HUGO ALBERTO AVALOS

CANJURA, en la ciudad de Apopa, a las ocho horas del día siete de

noviembre de dos mil siete.

Lic. HUGO ALBERTO AVALOS CANJURA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F026088-1

Page 120: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

HERENCIA YACENTE

EL INFRASCRITO JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las catorce horas del día uno de junio del presente año. Se ha DECLARADO YACENTE la herencia del señor MARIO DE JESUS MARTINEZ quien falleció el día diez de septiembre del año dos mil cinco, en el Cantón Cantarrana de la Jurisdicción de Santa Ana, lugar de su último domicilio. Habiéndose nombrado como curador de la expresada Herencia Yacente a la Licenciada María Auxiliadora García Oliva Arts. 1164 y 900 Pr.C.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten en el término de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las nueve horas del día quince de octubre del año dos mil siete. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SRIO.

3 v. alt. No. F025961-1

TITULOS DE PROPIEDAD

LA SUSCRITA NOTARIA

HACE SABER: Que a esta ofi cina ha comparecido el señor FILA-DELFO RECINOS SOLIS, de sesenta y cinco años de edad, Agricultor, del domicilio de Chalatenango, departamento de Chalatenango, a quien hoy conozco e identifi co por medio de su Documento Único de Identidad Personal número cero cero seiscientos veintiséis mil seiscientos vein-tisiete - dos, y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos diecinueve - doscientos veinte mil trescientos cuarenta y dos - cero cero uno - cinco; MANIFESTANDO: Que es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón El Gramal de la Jurisdicción de San Antonio Los Ranchos, de este departamento, de la Capacidad superfi cial de CUATRO MIL CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, el cual se describe así: AL ORIENTE, mide ochenta y siete metros cuarenta centímetros y colinda con propiedad de Balbino Gómez, dividido por cerco de piedra propio del terreno que se describe; AL NORTE: mide sesenta y siete metros y colinda con propiedad de María Ester López de Erazo, divididos por un zanjoncito en parte, y por cerco de alambre propio de la colindante; AL PONIENTE: mide sesenta y siete metros cincuenta centímetros y colinda con propiedad de Carlos Recinos, ca-lle de por medio; AL SUR: mide treinta y nueve metros y colinda con propiedad de Valentín Ayala, dividido por cerco de alambre propio del colindante hasta llegar al lugar donde comenzó.- El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas, y lo hubo por compra que hizo al señor BARTOLO RECINOS SOLIS, el día dieci-siete de Septiembre del año dos mil siete.- Del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando la fi cha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio del Cantón El Gramal, jurisdicción de San Antonio Los Ranchos, del departamento de Chalatenango.- El inmueble lo valúa en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, lo que se avisa al Publico para los fi nes de Ley. Se previene a las personas que deseen presentar

oposición a las pretensiones del Solicitante, lo hagan en el término legal en mi despacho notarial situado en Barrio El Centro, Avenida Libertad número dos, Chalatenango.

Librado en la ciudad de Chalatenango, a los seis días del mes de Noviembre del año dos mil siete.-

LUCIA LIDIA ZELAYA TORRES,

NOTARIO.

1 v. No. F026089

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SAN JORGE, DE-PARTAMENTO DE SAN MIGUEL;

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado AGUSTINA DEL CARMEN CAMPOS DE MOREIRA, de sesenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Jorge, con Documento Unico de Identidad cero dos millones treinta y cinco mil trescientos cincuenta y dos - cero, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO, de un terreno urbano situado en el Barrio Concepción de San Jorge, departamento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de MIL QUINIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS, según denominación catastral aunque según medidas de campo realizadas es de la capacidad de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUARENTA Y SIETE DECIMETROS VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE veintidós punto sesenta metros colinda con Guadalupe Portillo, calle de por medio; AL PONIENTE en tres tiros, de norte a sur veinticuatro metros; segundo de oriente a poniente diecinueve punto diez metros y tercero de norte a sur veintidós punto treinta y cinco metros colinda con Isabel González, Antonia Ramos, muro de las colindantes; AL SUR cuarenta punto cin-cuenta metros, colinda con Ana Josefa Majano, muro de la colindante; AL ORIENTE cuarenta y cinco punto sesenta metros colinda con Noé Crespo y Aliveth Saravia.- Dicho inmueble tiene construida una casa de sistema mixto, no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie, no tiene cargas ni derechos reales que le pertenezcan a otra persona, y lo adquirió por compra realizada a MARIA LEA CAMPOS, quien fue mayor de edad, de este domicilio, y se valora en DIEZ MIL COLONES. Todos los colindantes son de este domicilio. Y se avisa al público en general para efectos de ley.

SAN JORGE, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL: VEINTI-NUEVE DE OCTUBRE DEL DOS MIL SIETE.- MANUEL CAM-POS QUINTANILLA, ALCALDE MUNICIPAL.- ANGEL ANTONIO MARTINEZ G., SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. C014178-1

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora ANABEL DIAZ LOPEZ, mayor de edad, del domicilio de Santa María Ostuma, con Documento Único de Identidad número cero dos millones ochenta y seis mil ciento veintiuno guión cuatro, y con Tarjeta de Iden-tifi cación Tributaria número cero ochocientos dieciocho guión ciento setenta mil novecientos sesenta y nueve guión ciento dos guión siete,

Page 121: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

solicitando a su favor título de propiedad de un terreno rústico antes, hoy de naturaleza urbana, situado en los suburbios del Barrio Las Delicias de esta Villa compuesto de una extensión superfi cial de CIENTO OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS, según su antecedente, pero como cuerpo cierto es más por tener una extensión de TRESCIENTOS CIN-CUENTA Y UN METROS SESENTA Y UN DECIMETROS NOVENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS y tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, treinta y cinco metros noventa centímetros, linda con terreno de Mirian Elizabeth López de Díaz, antes de la señora María Genaro Méndez; AL ORIENTE, diez metros diez centímetros, pasaje de por medio, con terreno de Pedro Valle, antes, hoy de Arbélica Meléndez; AL SUR, treinta y nueve metros ochenta y ocho centímetros, linda con terreno de María Elvia López, antes de la señora María Genaro Méndez y AL PONIENTE, ocho metros cuarenta y seis centímetros, linda con terreno de Rosa López, después de Oscar Salomón hoy de Jorge Lovato; Todos los colindantes son de este domicilio. El inmueble no es sirviente, ni dominante, no tiene ninguna carga o derecho real que pertenezca a otra persona o que deba respetarse, ni está en proindivisión. Lo hubo por compra a la señora Beatriz López Méndez, del domicilio de Acajutla. Lo valúa en la cantidad de QUINIENTOS SETENTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: Santa María Ostuma, trece de Julio de dos mil siete.- Licda. ELSA ANTONIA GUEVARA DE MELCHOR, ALCALDESA MUNICIPAL.- JUAN ANTONIO CALERO AVALOS, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F026109-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado por sí y por escrito el señor VICTOR MANUEL HERNANDEZ, mayor de edad, sastre, de este domicilio, solicitando se le extienda a su favor TITULO DE PROPIEDAD de un terreno de naturaleza urbana de una capacidad de CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS, situado en el Barrio Las Delicias, jurisdicción de Tenancingo, cuyas medidas y linderos son los siguientes: al NORTE, seis metros cincuenta centímetros, colinda con terrenos de Guadalupe Torres, calle nacional de por medio: al SUR, doce metros con terrenos de Juan Angel Rivera; al ORIENTE, doce metros con terrenos del mismo Juan Angel Rivera; y al PONIENTE, doce me-tros con terrenos de Antonio Rauda. Dicho inmueble lo adquirió por el precio de DOS MIL QUINIENTOS COLONES, y lo valúa en la suma de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Todos los colindantes de este domicilio. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas reales o derechos que pertenezcan a terceras personas, y lo adquirió por compra realizada al señor Carlos Borromeo Presa, entonces de sesenta años de edad, jornalero, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.-

Alcaldía Municipal: Tenancingo, Departamento de Cuscatlán, ocho de agosto de dos mil siete.- Prof. ROBERTO AGUILAR CERROS, ALCALDE MUNICIPAL.- Br. REYES CRUZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026110-1

TITULOS SUPLETORIOS

FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES, Notario, del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, con ofi cina Jurídica ubicada en Sexta Calle Oriente y Avenida Central Norte, Edifi cio Solórzano, segundo Nivel, costado oriente al Parque Central, Aguilares, San Salvador.

HACE SABER: Que ante sus ofi cios ha comparecido el señor MEDARDO CARDOZA REINA, de treinta y ocho años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de San Rafael, departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Número: cero un millón doscientos trece mil seiscientos treinta y cuatro-seis, solicitando, TITULO SUPLETORIO sobre un inmueble de su propiedad, de natu-raleza rústico, situado en el Cantón Ojos de Agua, jurisdicción de San Rafael, departamento de Chalatenango, no inscrito a su favor por carecer de antecedente, compuesto de una extensión superfi cial aproximada de UN MIL CUATROCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS APROXI-MADAMENTE, el cual tiene las medidas y colindancias siguientes: AL PONIENTE: linda con David Reina Mejía y Enma López, calle de por medio que conduce a San Francisco Morazán; AL NORTE: linda con Dora Alicia Cardoza Reina; AL ORIENTE: linda con José de la Cruz Menjívar, y AL SUR: linda con Flor Idalia Guardado. El inmueble antes descrito goza de servidumbre de tránsito; en el cual se encuentra construida una casa de paredes de adobes y techo de tejas, que mide cinco metros de ancho por siete metros de largo.- Que dicho inmueble lo adquirió por compra que hizo a la señora María Dolores Reina Roque hoy de Quijada. Por lo que unida su posesión a la de su antecesora sobrepasa los veinte años. Lo valúa en UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Lo que se le avisa al público con fi nes de Ley.

Librado en ofi cina de la suscrita Notario. Aguilares, departamento de San Salvador, a los cinco días del mes de noviembre del dos mil siete.-

Licda. FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. C014160

EL SUSCRITO NOTARIO

HACE SABER: Que ante mis ofi cios se tramita Título Supletorio promovido por el señor JOSE ANTONIO ASENCIO ESCAMILLA, de sesenta años de edad, Agricultor, del domicilio de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas, portador de su Documento Unico de Iden-tidad Número cero cero ochocientos cuarenta y nueve mil seiscientos cuarenta y siete- cinco; y con Número de Identifi cación Tributaria cero novecientos ocho-ciento setenta mil cuatrocientos cuarenta y siete- ciento dos- ocho; MANIFESTANDO: Que es dueño y actual poseedor de buena fe, de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida, por más de cuatro años, de un terreno rústico, situado en Cantón Santa Marta de la jurisdicción de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial de DOS HECTAREAS, OCHENTA AREAS; que mide y linda: AL ORIENTE, con terreno de Rosario Navarro y Carlos Ramos Artiaga, separado por cerco de alambre; AL NORTE: con terreno de la señora Maximina Rivera, separado por una línea recta imaginaria; al PONIENTE: con terreno de Comunidad Valle Nuevo separado por una quebrada de invierno; y al SUR: con terreno de José Alberto Laínez separado por cerco de alambre. Este inmueble lo obtuvo por compra que

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hizo al señor Ricardo Antonio Santillana Valencia, el día trece de febrero del año dos mil tres. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con ninguna otra persona y no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a terceras personas; Que une su posesión con la de sus tradentes las cuales suman más de diez años. Se previene a las personas que deseen presentar oposición alguna a las pretensiones del solicitante, lo hagan dentro del término legal en mi Ofi cina Jurídica, ubicada en Primera Avenida Sur, número tres, Barrio El Calvario de la ciudad de Sensuntepeque, Cabañas.

Sensuntepeque, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil siete.

MAURICIO ANTONIO COSME MERINO,

NOTARIO.

1 v. No. C014179

WALTER ALEXANDER GUZMAN MARTINEZ, Notario, con ofi cina ubicada en Tercera Avenida Sur Número ochocientos doce “C”, Barrio San Nicolás San Miguel,

HACE SABER: Que a mi ofi cina se ha presentado el señor CONCEPCION VILLATORO FERMAN, Mayor de Edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Anamorós Departamento de La Unión; solicitando a su favor, Título Supletorio de un Inmueble de naturaleza rústica situado en el Caserío El Alto, Cantón Huertas Viejas, Jurisdicción de Anamorós, Distrito de Santa Rosa de Lima Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS METROS, CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, noventa y un metros, con Juan Irene Villatoro y José Rufi no Turcios, cercos de piña y alambre de por medio con el segundo colindante; AL NORTE, cincuenta y un metros, con Vidal Villatoro, cerco de alambre propio de por medio; AL PONIENTE, setenta metros, con Amanda Villatoro, cerco de alambre propio de por medio; y AL SUR, formando una especie de escuadra, mide el primer tiro de poniente a oriente, cincuenta y un metros, el segundo de norte a sur, cuarenta y cinco metros y el tercer tiro de poniente a oriente, veintiocho metros, en este tramo calle de por medio, y linda en todos sus tramos con Amanda Villatoro. El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene carga ni derechos que pertenezcan a terceras personas; que carece de Título Supletorio del dominio, inscrito a su favor; que tiene más de diez años unida a la de su antecesora señora GUMERCINDA VILLATORO de quien lo adquirió por compraventa, de ejercer la posesión en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida, ejerciendo todos los actos de verdadero dueño; y lo valúa en la cantidad de CATORCE MIL CINCUENTA Y SIETE PUN-TO CATORCE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. Lo anterior se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en la ofi cina profesional, en la ciudad de San Miguel, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil siete.-

WALTER ALEXANDER GUZMAN MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F025903

FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES, Notario, del domicilio de Aguilares, con ofi cina ubicada en Sexta Calle Avenida Central Oriente, Segunda Planta, local tres, Aguilares,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios compareció la señora BERTA CONSUELO AGUILAR DE CARDOZA o BERTA CON-SUELO AGUILAR, mayor de edad, Enfermera Auxiliar, del domicilio de Tejutla, departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero uno ocho tres cuatro ocho seis cero-ocho. Solici-tando TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústico situado en el Caserío El Conacaste, Cantón Los Martínez, jurisdicción de Tejutla, departamento de Chalatenango, conocido como “El Flor” y “Ojo de Agua”, no inscrito a su favor por carecer de antecedente, compuesto de una extensión superfi cial aproximada de Dieciocho Mil Novecientos Cuarenta Metros con Cero Cincuenta y Ocho Centímetros, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Comenzando el vértice Nororiente con rumbo Sur, se miden dos tiros de: El primer tiro mide cincuenta y un metros cuadrados, colinda con Mártir Antonio Alvarado. El segundo tiro en línea curva mide treinta y cuatro metros con cincuenta centímetros, colinda con Erminda Alvarado, quebrada invernal de por medio; AL SUR: Se miden dos tiros de: El primer tiro mide noventa y dos metros cuadrados, el segundo tiro mide sesenta y ocho metros con veintiún centímetros, colinda con Mártir Antonio Alvarado. El segundo tiro en línea curva mide treinta y cuatro metros con veintiún centímetros, colinda con Daniel Mejía, cerco de alambre de por medio propio del terreno que se describe; AL NORTE: Mide un tiro en línea recta de ciento ocho metros con treinta centímetros, colinda con terrenos de Juana Francisca Hernández, cerco de alambre de por medio propio del terreno que se describe; y AL PONIENTE: Se miden dos tiros de: El primer tiro en línea curva mide ciento setenta y nueve metros con ochenta y nueve centímetros, segundo tiro de dieciséis metros con setenta y cinco centímetros, colinda con terreno de Gregoria Avelar, quebrada invernal de por medio, y con Cruz Reina. Se encuentra en este inmueble un ojo de agua, el cual es para benefi cio del mismo terreno; así mismo se encuentra gravado con una servidumbre de tránsito de dos metros con cincuenta centímetros que se dejara por el rumbo Poniente del inmueble antes descrito a favor de los colindantes y vecinos de dicho inmueble. Que dicho inmueble lo adquirió por compra que hizo al señor Walter Orlando Aguilar Escobar, y que unida su posesión a la de su antecesor sobrepasa más de treinta años consecutivos. Lo valúa en OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se le avisa al público con fi nes de ley.

Librado en ofi cina de la suscrita Notario. San Salvador, a los siete días del mes de noviembre del dos mil siete.

Licda. FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F025908

FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES, Notario, del domicilio de Aguilares, con ofi cina ubicada en Sexta Calle y Avenida Central Orien-te, Segunda Planta, local tres, Aguilares, San Salvador,

HACE SABER: Que ante sus ofi cios compareció el señor PEDRO ANTONIO AVELAR CARDOZA, de sesenta y un años de edad, Agricul-tor en Pequeño, del domicilio de Tejutla, departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero cero cuatro seis cero siete dos tres-seis. Solicitando TITULO SUPLETORIO sobre DOS inmuebles,

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de naturaleza rústica, situados en el Caserío El Conacaste, Cantón Los Martínez, jurisdicción de Tejutla, departamento de Chalatenango, no inscritos a su favor por carecer de antecedente, compuesto el PRIMER INMUEBLE: de una extensión superfi cial aproximada de Un mil Trescientos Cuatro punto Cincuenta y Dos Metros Cuadrados, de las colindancias siguientes: AL NORTE: colinda con terreno del señor Rafael Antonio Hernández Alvarado; AL SUR: colinda con terreno del señor Pedro Antonio Avelar Cardoza; AL PONIENTE: colinda con terreno del señor Rafael Antonio Hernández Alvarado; y AL ORIENTE: colinda con terreno del señor Manuel Alvarado; Que dicho inmueble lo adquirió por compra que hizo al señor Rafael Antonio Hernández Alvarado. SEGUNDO INMUEBLE: de una extensión superfi cial aproximada de Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Uno punto Setenta y Dos Metros Cuadrados, de las colindancias siguientes: AL NORTE: colinda con Pedro Antonio Avelar Cardoza y Rafael Antonio Hernández Alvarado; AL SUR: colinda con Alejandro de Jesús Hernández Alvarado; y AL PONIENTE: colinda con Rafael Antonio Hernández Alvarado, quebrada de por medio. Que dichos inmuebles los adquirió por compra que hizo el primero al señor Rafael Antonio Hernández Alvarado y al señor Alejandro de Jesús Hernández Díaz. Unida su posesión a la de sus antecesores sobrepasa más de treinta años consecutivos. Lo valúa en Cuatro Mil Dólares de los Estados Unidos de América.

Lo que se le avisa al público con fi nes de Ley.

Librado en ofi cina de la suscrita Notario. San Salvador, a los seis días del mes de noviembre del dos mil siete.

Licda. FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F026025

ANA LUISA GARAY DE SANCHEZ, Notario, del domicilio de San Salvador, con bufete establecido en la Tercera Calle Poniente a media cuadra del Centro Judicial de la ciudad de La Unión:

HACE SABER: Que ante sus ofi cios Notariales, el Licenciado PEDRO ANTONIO FUENTES REYES, quien actúa en nombre y repre-sentación del señor JOSE ALBERTO ROMERO, quien es de ochenta y un años de edad, Agricultor, del domicilio de Pasaquina, Departamento de La Unión, con Documento Unico de Identidad número: cero dos ocho cinco siete cero cinco dos-cuatro; y con Número de Identifi cación Tributaria: un mil trescientos doce- ciento ochenta mil novecientos veintiséis-ciento uno-nueve; promueve diligencias de TITULO SUPLETORIO sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Felipe, de la Jurisdicción de Pasaquina, Departamento de La Unión, de una extensión superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS CUATRO PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL NORTE: mide veintidós punto sesenta metros colinda con Alicia Bonilla y Matías Alberto Bonilla, calle de por medio; AL ORIENTE: cincuenta y ocho punto veinte metros colinda con Julia Reyes; AL SUR: mide dieciocho punto ochenta metros, colinda con Isidro Reyes Reyes, y AL PONIENTE: consta de tres tramos los cuales se describen así: primero mide dieciocho punto veinte metros; el segundo mide treinta metros, y el tercero mide diez metros, colinda con Telma Irene Martínez, en dicho inmueble existe construida una casa de ladrillo de tierra, con el servicio de energía eléctrica y agua potable.- El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que desde su adquisición por compra

verbal que le hizo la señora LUCIA LOPEZ.- Este inmueble no está en proindivisión con ninguna persona, no tiene carga real de ajena pertenencia y valúan en la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, lo que se pone del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de La Unión, a los quince días del mes de octubre del año dos mil siete.-

Licda. ANA LUISA GARAY DE SANCHEZ,

ABOGADA Y NOTARIA.

1 v. No. F026031

ARMANDO FRANCO SALES, Notario, del domicilio de San Salva-dor, con ofi cina ubicada en Centro Comercial Profesional, local SEIS E, Segunda Avenida Sur y Segunda Calle Oriente, de la ciudad de San Martín, departamento de San Salvador,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JORGE ATILIO GARCIA LÓPEZ, de treinta y cinco años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, con documento único de identidad número cero un millón cuatrocientos setenta y ocho mil trescientos cincuenta y ocho- nueve y tarjeta de identifi cación tributaria número cero setecientos diez- ciento veinte mil setecientos setenta y uno- ciento uno- nueve; Solicitando Titulación Supletoria de cuatro inmuebles de su propiedad, situados en diferentes puntos del Cantón Tecomatepe, Jurisdicción San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán: el PRIMERO de una extensión superfi cial de NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y TRES PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que linda, Al Norte: con terrenos de Camilo García Pérez y Fidelia García Raymundo; Al Sur: con terrenos de José Santiago García y Juanita García de Reyes, Ricardo Jeremías Lobos y Joaquín Omar Alas Guadrón, recientemente de Nicolás Agustín Mejía y Antonio García López; Al Oriente: con propiedad de los señores José Santiago García, Tomasa García de Castillo, Antonio Mauricio Coca Agustín y María Dolores Coca Agustín; Al Poniente: con terreno de Antonio García, recientemente de Manuel de Jesús García; el SEGUNDO de una extensión superfi cial de QUINIENTOS CINCO PUNTO SETENTA METROS CUADRADOS, que linda: Al Norte: con terreno de Mauricio Benigno Escobar Escobar; Al Sur: con terreno de Pedro García Villalobos y Carmen López de García; Al Oriente: Filo-mena Orellana de Hernández recientemente de Mercedes Mendoza, y Al Poniente: con terreno de Mercedes Mendoza; El TERCERO de una extensión superfi cial de DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS VEIN-TIOCHO METROS CUADRADOS, que linda: Al Norte: con terreno de María Luisa Bautista viuda de García, recientemente de Adonai García; Al Sur: con terrenos de Juan Francisco López Jaime y Jorge Atilio García, Al Oriente: con terreno de María Luisa Bautista viuda de García hoy Manuel de Jesús García, y Al Poniente: con terrenos de Amparo Orellana Pérez y María Luisa Bautista viuda de García, hoy de Pedro Santos Ponce y Marta García; El CUARTO de una extensión superfi cial de SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE PUNTO CERO UN METROS CUADRADOS, el que linda: Al Norte: con terreno de Amparo Orellana Pérez hoy de Pedro Santos Ponce, y Jorge Atilio García López, Al Sur: con terreno de Candelario López Carpio hoy de Paula Bautista, Al Oriente: Juan Francisco López Jaime, y Al Poniente: con terreno de Víctor Manuel Hernández Orellana hoy de Mercedes Aguilar. Los colindantes en los cuatro inmuebles son del domicilio de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán. Valúa dichos terrenos

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en la suma de DIEZ MIL DOLARES. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho, para que se presenten a la mencionada ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ARMANDO FRANCO SALES. En San Martín, departamento de San Salvador, a dieciséis días del mes de octubre de dos mil siete.

Lic. ARMANDO FRANCO SALES,

NOTARIO.

1 v. No. F026077

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.-

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el señor Julián Ernesto Castillo Arévalo, de cincuenta y cuatro años de edad, Empleado, de este domicilio, por medio de su Apoderado General Judicial Licen-ciado Ernesto Vinicio Belloso Escoto, solicitando Título Supletorio del siguiente inmueble: “de naturaleza rústica, situado en cantón Miravalle o Miravalles, en el lugar conocido como Comunidad San Cristóbal o El Polvon, identifi cado como lote sin número catastralmente como Parcela número 664, de una capacidad superfi cial según levantamiento catastral de Doscientos Quince metros cuadrados sesenta y ocho decímetros cua-drados, dieciocho centímetros cuadrados, de las colindancias siguientes: al NORTE, con Sonia Cecilia Zepeda de López y Marina Delmy Posada Menjívar, calle de por medio; al ORIENTE, con terrenos de la Sociedad Jerez Salaverría e Hijos y Compañía; al SUR, con María Dolores Morales y Armando Federico Cabrera y al PONIENTE, con Felipe Hernández.-

Lo hubo por posesión quieta y pacífi ca e ininterrumpida desde mil novecientos ochenta y seis hasta la fecha.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cuarenta minutos del día veintitrés de Octubre del dos mil siete.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014185-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la señora DORIS OLINDA CARRILLOS DE MEZA o DORIS OLINDA CARRI-LLOS, de cincuenta y dos años de edad, Ama de casa de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor, TITULO SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Jerónimo, de esta compresión, de una extensión superfi cial de MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE PUNTO CINCO MIL TRESCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS, que MIDE y LINDA; al NORTE, Lindero regular formado por un tramo recto, de una distancia de diecisiete punto cincuenta y uno METROS lindando por este rumbo con propiedad de MAIELA VERGANZA DE MARTINEZ; AL PONIENTE, Lindero

irregular formado por cuatro tramos rectos, EL PRIMERO: de una dis-tancia de trece punto setenta y nueve metros, EL SEGUNDO: de una distancia de veintiocho punto cuarenta y ocho metros; EL TERCERO: de una distancia de veinticuatro punto sesenta y siete metros; y EL CUARTO: de una distancia de dieciocho punto sesenta y cinco metros; lindando por este lado con las propiedades de JOSE NOE PALACIOS, EDWIN MANFREDO DUARTE NOVA, y ROSABEL VIDAL; AL SUR, lindero regular formado por un tramo recto, de una distancia de veintitrés punto ochenta y siete metros, calle de por medio, lindando con ANA MARIA FLORES DE ACEVEDO, RAMIRO DE MARIA VERGANZA y JOSE VICTOR GARCIA VERGANZA; AL ORIENTE; Lindero regular formado por un tramo recto, de una distancia de sesenta y siete punto cero siete metros, lindando con JOSE ADAN CARRILLOS, el referido inmueble no es dominante, ni sirviente, ni se encuentran en proindivisión con otras personas y lo valúa en la suma de VEINTE MIL DOLARES.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas treinta minutos del día veintitrés de octubre del año dos mil siete.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025942-1

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-TAMENTO DE MORAZAN.-

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado JOSE ALEXANDER FLORES ARRIAZA, como Apoderado General Judicial de la señora MARIA HERNANDEZ VIUDA DE BENITEZ, solicitando DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón Chaparral, de la jurisdicción de Chilanga, distrito de San Francisco Gotera, departamento de Morazán; de la extensión superfi cial de CIENTO CINCO AREAS, equivalentes a DIEZ MIL QUINIENTOS METROS, de las medidas y colindancias siguientes, AL NORTE: Quince metros, con LUIS ALONSO VASQUEZ, río de Que-brada Honda de por medio; AL ORIENTE: Doscientos cincuenta metros, con TRINIDAD SANCHEZ, antes, ahora de SALVADOR SANCHEZ, PEDRO LAZO Y EUFEMIA SANCHEZ, cerco de alambre de púas de por medio; AL SUR: Treinta metros, con LORENZO DELGADO, antes, ahora de MARIA HERNANDEZ VIUDA DE BENITEZ, cerco de alambre de púas de por medio, y AL PONIENTE: Doscientos cincuenta metros, con EULALIO MODESTO BENITEZ FERNANDEZ, antes, ahora de LUIS SALVADOR, cerco de alambre de púas de por medio.- Valuando el inmueble antes descrito en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió por medio de Escritura Privada de Compra venta de la Posesión Material que le hizo al señor EULALIO MODESTO BENITEZ FERNANDEZ.-

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas treinta minutos del día veintinueve de octubre de dos mil siete. LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. De 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025952-1

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Licenciada Dinora del Carmen Andrade de Lazo, Juez de Primera Ins-tancia del Distrito Judicial de Chinameca;

HACE SABER: Que con fecha diez de octubre del corriente año, se presentó a este Juzgado el señor José Luis Batres Alvarado, de cincuenta y nueve años de edad, jornalero, del domicilio del Cantón El Palón, jurisdicción de Lolotique, de este distrito, departamento de San Miguel, con documento único de identidad número cero un millón quinientos cincuenta y tres mil quinientos cuarenta y siete- seis; solicitando se le extienda Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica situado en el Cantón El Palón, jurisdicción de Lolotique, de este distrito, departa-mento de San Miguel, de la capacidad superfi cial de Novecientos noventa y tres metros noventa y cinco decímetros cuarenta y cuatro centímetros cuadrados, de las medidas y colindancias siguientes: Al Norte: treinta y cinco metros, con propiedad del señor Angel Marenco, camino vecinal de por medio; Al Oriente: treinta y un metros dieciséis centímetros, con propiedad del señor Antonio Ascencio cerco de alambre propio del titulante; Al Sur: treinta y tres metros treinta y seis centímetros, con pro-piedad del señor Regino García, cerco de alambre propio del titulante; y Al Poniente: veintisiete metros, con propiedad del señor Victoriano Cruz, José Eusebio Cruz y cancha de fútbol, de por medio, cerco de alambre propio, dicho inmueble no es dominante ni sirviente, no tiene carga ni derecho real; y lo adquirió por compra venta por medio de documento autenticado que le hiciera el señor José Delfi no Alvarado, conocido por Delfi no Alvarado; y lo valúa en la cantidad de dos mil dólares de los Estados Unidos de América.- Lo que se en conocimiento del público.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las doce horas veinte minutos del día once de octubre de dos mil siete.- LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025979-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor JOSE MERIDO GALDAMEZ MARTINEZ, de setenta y cinco años de edad, agricultor, de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, sin cultivos permanentes, situado en Cantón Aldea El Zapote, caserío Las Flores o Llano del Hoyo, de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial de TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA PUNTO UN MIL SETE-CIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con Pedro Acosta; AL ORIENTE. Sigfredo Argueta Figueroa; AL SUR, con Sigfredo Argueta Figueroa: Y AL PONIENTE, con Juan José Sanabria Figueroa.-

Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente ni se encuentra en proindivisión con persona alguna y lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL COLONES EXACTOS.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de octubre del dos mil siete.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026102-1

JUICIOS DE AUSENCIA

Manuel Edgardo García Cubías, Notario, de este domicilio al público,

HACE SABER: Que a su ofi cina, situada en 1ª Calle Poniente No. 1310 Edifi cio Rivas Machón Local # 3 Segunda Planta, San Salvador se ha presentado el día once del mes de julio del año dos mil siete. La Señora Coronada Alemán, de setenta y seis años de edad, de Ofi cios Domésticos, del Domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, a quien no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero cinco cuatro nueve ocho siete dos-nueve y su Número de Identifi cación Tributaria cero ocho uno seis-cero ocho uno uno tres cero-cero cero uno-tres, MANIFESTANDO: que desea entablar Juicio Civil Ordinario de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria. Pero por desconocerse su domicilio y paradero actual así también si ha dejado Procurador o Representante Legal, por lo que ha iniciado diligencias ante mis ofi cios en Base al Art. Veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias a efecto que se declare ausente el señor MARIANO VILLAVICENCIO y que se le nombren un curador especial. Para que lo represente en el Juicio Civil Ordinario de Prescripción Adquisitiva Extraordinaria, mencionado. En consecuencia, prevengo: que si el referido Ausente MARIANO VILLAVICENCIO, tuviere procurador u otro representante legal en la República, se presente a mi ofi cina de Notario. A legitimar su personería dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso que se hace del conocimiento del público para efectos de ley.

San Salvador, a las nueve horas del día dieciocho de julio de dos mil siete.

MANUEL EDGARDO GARCIA CUBIAS,

NOTARIO.

1 v. No. C014144

EL INFRASCRITO JUEZ DE INSTRUCCION DE MEJICANOS, CERTIFICA: Que en proceso seguido en el Juzgado de lo Civil de Ciu-dad Delgado con REF. 18 S 07 6 en lo concerniente a nombramiento de curador para que intervenga en diligencias Destitución de Empleo en la Comisión del Servicio Civil de la Corte Suprema de Justicia en contra de la Señora MARICELA MONROY DE TORRES, corre agregado edicto que literalmente dice: “LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO, AVISA: Que en este Juzgado se ha presentado el Licenciado GILBERTO RAMIREZ MELARA como Juez de Instrucción de Mejicanos, a promover Destitución de Empleo en la Comisión del Servicio Civil de la Corte Suprema de Justicia en contra de la Señora MARICELA MONROY DE TORRES, quien es mayor de edad, Ordenanza y de domicilio ignorado; pero se ignora si dicha señora ha dejado Representante Legal o Procurador por lo que se previene al mismo, se presenten a este Tribunal dentro del término de Ley a comprobar dicha circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, a las catorce horas y treinta minutos del día dieciocho de octubre del año dos mil siete. “M. Del R. Morales” “ Ilegible Sria.” “RUBRICADAS”.

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Juzgado de Instrucción de Mejicanos, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil siete. LIC. GILBERTO RAMIREZ MELARA, JUEZ DE INSTRUCCIÓN DE MEJICANOS. LIC. NOE ARIAS MATE, SECRETARIO.

1 v. No. F025901

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cinas en CONDOMINIO RESIDENCIAL PARQUE SAN LUIS UNO, Calle tres, Block “E”, apartamento dos-quince, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a mi ofi cina notarial se ha presentado la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado Cuarto de lo Civil de San Salvador, está promoviendo Juicio Civil Eje-cutivo Referencia 47-EC-2006, contra la señora ANA GUADALUPE FLORES CORNEJO, quien es mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, reclamándole el pago de capital, intereses y acceso-rios de ley; y que actualmente se ignora el paradero de la señora ANA GUADALUPE FLORES CORNEJO, y asimismo se desconoce si ésta ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarla en el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis ofi cios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fi n de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias a un Juez de lo Civil de San Salvador para que a la señora ANA GUADALUPE FLORES CORNEJO, le nombre un Curador Ad-Litem, para que la represente en el juicio, antedicho, y le discierna el cargo. En consecuencia, se previe-ne que si la señora ANA GUADALUPE FLORES CORNEJO tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi ofi cina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas y quince minutos del día nueve de Mayo del dos mil siete.

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA,

NOTARIO.

1 v. No. F025960

JOSE MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en este Tribunal se presentó el Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se abrevia “EL FONDO”, Insti-tución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público, de este domicilio, promoviendo Juicio Civil Ejecutivo contra el señor PEDRO MUÑOZ SALINAS, conocido por PEDRO SALINAS MUÑOZ, mayor de edad, Obrero, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, actualmente de domicilio ignorado, manifestando que el expresado señor

MUÑOZ SALINAS o SALINAS MUÑOZ, no reside en la dirección proporcionada, por lo que no se puede proceder al emplazamiento de ley; ya que se ignora su paradero y no se sabe si tiene procurador u otro representante legal en esta República, por lo que pide con base en el artículo 141 Pr.C., previo los trámites de ley, se nombre un Curador Especial para que lo represente en dicho Juicio.-

En consecuencia se previene que si el ausente señor PEDRO MUÑOZ SALINAS, conocido por PEDRO SALINAS MUÑOZ, tiene procurador u otro representante legal en esta República, se presente a este Juzgado dentro del plazo de quince días después de la última publicación de este aviso a comprobar su personería.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y treinta minutos del día quince de Octubre de dos mil siete.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. F025962

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cinas en CONDOMINIO RESIDENCIAL PARQUE SAN LUIS UNO, Calle tres, Block “E”, apartamento dos-quince, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a mi ofi cina notarial se ha presentado la Li-cenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, MANIFESTANDO: Que en la calidad en que comparece, en el Juzgado de lo Civil de San Marcos, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo Referencia 63-EC-2007, contra el señor MARCO ANTONIO LOPEZ, quien es mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, reclamándole el pago de capital, intereses y accesorios de ley; y que actualmente se ignora el paradero del señor MARCO ANTONIO LOPEZ, y asimismo se desconoce si éste ha dejado Procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido posible emplazarlo en el referido juicio; por lo que, de conformidad con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C.; ha iniciado ante mis ofi cios de Notario, Diligencias de Nombramiento de Curador Ad-Litem a un Ausente no Declarado, a fi n de que, una vez cumplidos los requisitos de ley, se remitan las Diligencias al Señor Juez de lo Civil de San Marcos para que al señor MARCO ANTONIO LOPEZ, le nombre un Curador Ad-Litem, para que le represente en el juicio antedicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si el señor MARCO ANTONIO LOPEZ tuviere Procurador o Representante Legal en el país, se presente a mi ofi cina notarial a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las trece horas del día veintiocho de Agosto del dos mil siete.

JOSE ADRIAN VILLATORO LARA,

NOTARIO.

1 v. No. F025963

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que en este Tribunal se presentó la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio; como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de este domicilio, promoviendo Juicio Civil Ejecutivo contra el señor CARLOS ALBERTO RAMIREZ, conocido por CARLOS ALBERTO AREVALO RAMIREZ y por CARLOS ALBERTO RAMIREZ AREVALO, mayor de edad, estudiante, del domicilio de el Puerto El Triunfo, departamento de Usulután, actualmente de domicilio ignorado, manifestando que se ignora su paradero y no se sabe si ha dejado Procurador para que lo represente legalmente en esta República, por lo que pide con base en el Artículo 141 Pr. C., y previo los trámites de Ley, se le nombre un Curador Especial para que lo represente en dicho Juicio.

En consecuencia se previene que si el ausente señor CARLOS ALBERTO RAMIREZ, conocido por CARLOS ALBERTO AREVALO RAMIREZ y por CARLOS ALBERTO RAMIREZ AREVALO, tiene Procurador u otro Representante Legal en esta República, se presente a este Juzgado dentro del plazo de quince días después de la última publicación de este aviso a comprobar su personería.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once horas y treinta minutos del día quince de junio de dos mil siete.- DR. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. F025964

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley.

HACER SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licen-ciado, WILLIAM ALEXANDER AMAYA PINEDA, actuando como Apoderado General Judicial del señor DANIEL VAQUERANO LÓPEZ, de setenta años de edad, agricultor en pequeño y de este domicilio, solici-tando se le nombre un Curador al ausente señor EDWIN VAQUERANO JOVEL, mayor de edad, empleado, anteriormente del domicilio de San Vicente, actualmente de domicilio ignorado, por haberse ausentado de su domicilio, para que lo represente en Juicio Civil Sumario de Partición Judicial que le promoverá.

Previénesele que si el señor EDWIN VAQUERANO JOVEL, tuviere Procurador o Representante Legal, se presente a este Juzgado dentro de los quince días contados a partir de la última publicación de este aviso y compruebe tal circunstancia.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas con cinco mi-nutos del día ocho de octubre del dos mil siete. - DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. F026023

Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el Juicio Sumario de Partición, se han

promovido Diligencias de Ausencia por el señor JOSÉ SALOMÓN

CABRERA conocido por JOSÉ SALOMÓN CABRERA REYES, por

medio de su Apoderado General Judicial Licenciado José Aníbal Sánchez

Ramírez, de conformidad con lo dispuesto en el Inc. 3º con relación al

Inc. 7º, ambos del Art. 141 Pr. C., para que se le nombre Curador Espe-

cial al señor SANTOS ERMENEJILDO CABRERA REYES conocido

por SANTOS HERMENEJILDO CABRERA REYES, a efectos que lo

represente en el Juicio Sumario de Partición, en este Tribunal en virtud

de que éste se encuentra ausente, en consecuencia se le previene que si

el señor SANTOS ERMENEJILDO CABRERA REYES conocido por

SANTOS HERMENEJILDO CABRERA REYES, tiene Representante

Legal alguno o Procurador, que se presente a este Juzgado por lo me-

nos quince días después de la publicación del presente Edicto, en caso

contrario se le nombrará el Curador Especial solicitado.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-

partamento de La Unión, a los dos días del mes de octubre de dos mil

siete.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F026025

MUERTE PRESUNTA

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, al público en general para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que en las DILIGENCIAS DE MUERTE PRE-

SUNTA promovidas por el Abogado MAURICIO UNGO

BUSTAMANTE como Apoderado de los señores EVERARDO HUR-

TADO CUBIAS conocido por EVERARDO CUBIAS HURTADO y

GENOVEVA RIVERA DE HURTADO, transcribo la Sentencia Defi -

nitiva que literalmente dice: "JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL:

San Salvador, a las catorce horas y diez minutos del día dieciocho de

septiembre del año dos mil siete. Las presentes Diligencias de MUERTE

PRESUNTA, han sido promovidas por el Abogado MAURICIO UNGO

BUSTAMANTE, quien es de sesenta y siete años de edad, de este do-

micilio, actuando en el carácter de Apoderado de los señores EVERAR-

DO HURTADO CUBIAS conocido por EVERARDO CUBIAS HUR-

TADO de cincuenta y nueve años de edad, mecánico, del domicilio de

Mejicanos, y GENOVEVA RIVERA DE HURTADO de cincuenta y

nueve años de edad, costurera, del domicilio de Mejicanos, a fi n de que

en Sentencia Defi nitiva se declare la muerte presunta del señor JUAN

LOPEZ CASTRO conocido por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

LOPEZ, quien fuera de cuarenta y siete años de edad, empleado, y de

este domicilio, y se les conceda la posesión provisoria de sus bienes.

Han intervenido en el presente juicio el Abogado MAURICIO UNGO

BUSTAMANTE, en el carácter antes expresado; el Abogado FRAN-

CISCO EUGENIO PARADA HERNANDEZ, de cincuenta y ocho años

de edad, de este domicilio, en su carácter de Defensor Especial del señor

JUAN LOPEZ CASTRO conocido por JUAN CASTRO LOPEZ y por

MARIO LOPEZ, y la Abogada FLOR DE MARIA ELIAS GUEVARA,

mayor de edad, de este domicilio, en su carácter de Agente Auxiliar y

en representación del Fiscal General de la República. LEIDOS LOS

AUTOS; Y CONSIDERANDO: I.- Que el Abogado MAURICIO UNGO

BUSTAMANTE al interponer su solicitud, en lo principal, MANIFES-

TO: "a) el día 15 de septiembre de 1942, en San Salvador, nació JUAN,

según lo compruebo con la Certifi cación Original de la Partida de Na-

cimiento Número 150 folio 347, del Libro de Estado Civil Subsidiario

extendida por la Alcaldía Municipal de San Salvador, por la Licenciada

Maribel Rodríguez Herrera, Sub- Jefe del Registro del Estado Familiar,

Interino. b) JUAN LOPEZ CASTRO, conocido socialmente también

por JUAN CASTRO LOPEZ y MARIO LOPEZ, mayor de edad, em-

pleado, su último domicilio San Salvador, era hijo de la señora PETRONA

LOPEZ, conocida por PETRONA LOPEZ ROSA y JUAN CASTRO,

ambos ya fallecidos. c) Con fecha 21 de julio de 2004, en la ciudad de

Mejicanos, departamento de San Salvador, falleció la señora PETRONA

LOPEZ conocida por PETRONA LOPEZ ROSA, tal como lo comprue-

bo con la Certifi cación de la Partida de Defunción que acompaño debi-

damente certifi cada. d) Según Diligencias de Aceptación de Herencia

seguidas ante mis ofi cios Notariales fueron declarados Herederos Tes-

tamentarios Universales Defi nitivos, de la causante PETRONA LOPEZ

conocida por PETRONA LOPEZ ROSA, los señores EVERARDO

HURTADO CUBIAS conocido también como EVERARDO CUBIAS

HURTADO y GENOVEVA RIVERA DE HURTADO, como consta en

la Escritura Pública de protocolización otorgada ante mis ofi cios Nota-

riales de fecha veintidós de diciembre de dos mil cuatro, Declaratoria

inscrita en el Registro de la Propiedad bajo el Sistema de Folio Real

Computarizado Matrícula 60142998-00000 en el Asiento 2. Acompaño

copia certifi cada. e) Es el caso que el señor JUAN LOPEZ CASTRO,

conocido también por JUAN CASTRO LOPEZ y MARIO LOPEZ,

arriba mencionado, desde mediados del mes de noviembre de 1989,

desapareció ignorándose si vive o su paradero desde esa fecha, habién-

dose realizado las diligencias necesarias para dar con su paradero a

través de la prensa radial, escrita y otros medios como buscar en los

Hospitales y funerarias, pero todo ha sido en vano porque desde media-

dos de noviembre de 1989 no volvió a aparecer. La época coincide con

el confl icto armado que hubo en la capital y sectores aledaños.” II.- Se

tuvo por parte al Abogado: MAURICIO UNGO BUSTAMANTE, en el

carácter en que compareció, se agregó la documentación presentada, se

admitió la solicitud, se corrió traslado y emplazó al Representante del

Fisco para que la contestara mostrándose parte la Abogada FLOR DE

MARIA ELIAS GUEVARA, contestándola en el sentido siguiente “que

no me opongo a las pretensiones de la parte actora Siempre que com-

pruebe los extremos principales de la misma”. Así mismo, se nombró

como defensor especial del señor JUAN LOPEZ CASTRO conocido

por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ, al Abogado FRAN-

CISCO EUGENIO PARADA HERNANDEZ, a quien también se corrió

traslado y emplazó de la solicitud, quien posteriormente la contestó de

la manera Siguiente: “Que no me allano ni opongo resistencia a las

pretensiones de la parte actora, siempre que ofrezca y pruebe previa-

mente las justifi caciones a que se refi ere la regla primera del Art. 80 del

Código Civil; y que en la misma, la parte actora ostente legitimación

activa, es decir, pruebe su calidad de mandatario y la calidad de herede-

ros presuntivos del desaparecido de sus representados y determine la

legitimación pasiva de la demandada, y que la petición se fundamente,

tanto fáctica como Jurídicamente; así como el cumplimiento de los

presupuestos procesales, tanto los del órgano jurisdiccional, como las

partes y del objeto procesal”. A petición de la parte actora se abrió a

prueba las presentes diligencias, por el término de ocho días de confor-

midad al Art. 801 Pr. C., dentro del cual fueron examinados los testigos,

señores MERCEDES ALVARADO DE CARBALLO y HUMBERTO

JOSE CHAVEZ, quienes al declarar en lo principal EXPUSIERON: “la

primer testigo, CONTESTA: Que sí conoce a los señores Everardo

Hurtado Cubías conocido por Everardo Cubías Hurtado. Que sí conoce

a la señora Genoveva Rivera de Hurtado, desde hace treinta años aproxi-

madamente, fue profesora de las hijas de ellos; Que sí conoció al señor

JUAN LOPEZ CASTRO, conocido por JUAN CASTRO LOPEZ y por

MARIO LOPEZ, desde hace veinte años aproximadamente, que lo

conoció en la casa de habitación de la mamá de él, ya que visitaba pe-

riódicamente a la señora, el nombre de la madre es PETRONA LOPEZ

conocida por PETRONA LOPEZ ROSA, quien ya falleció; Que la últi-

ma vez que vió al señor JUAN LOPEZ CASTRO conocido por JUAN

CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ fue en mil novecientos ochen-

ta y siete. Que le consta que el señor JUAN LOPEZ CASTRO, conoci-

do por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ se encuentra

desaparecido, ya que la mamá de él le comentaba que no lo encontraban,

y no regresaba a la casa; Que le consta que los familiares han tratado de

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

localizarlo a través de la radio y televisión y no ha aparecido; Que todo

lo declarado le consta de vistas y de oídas. A este estado a repreguntas

del Abogado MAURICIO UNGO BUSTAMANTE: Que diga la testigo

desde cuándo desapareció el señor JUAN LOPEZ CASTRO, conocido

por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ, a lo que la testigo

contesta: Que el señor antes mencionado desapareció desde el año mil

novecientos ochenta y nueve, en el mes de noviembre; Que todo lo re-

preguntado le consta de vistas y de oídas. Interrogado de conformidad

al cuestionario presentado el segundo testigo, CONTESTA: Que sí co-

noce a los señores Everardo Hurtado Cubías conocido por Everardo

Cubías Hurtado. Que sí conoce a la señora Genoveva Rivera de Hurtado,

al señor lo conoció desde mil novecientos cincuenta y ocho y a la seño-

ra desde mil novecientos sesenta y ocho, que a él lo conoció siendo su

alumno en cuarto grado en la escuela ANTONIO NAJARRO en Meji-

canos, y a la señora cuando andaban queriendo casarse: Que sí conoció

al señor JUAN LOPEZ CASTRO, conocido por JUAN CASTRO LOPEZ

y por MARIO LOPEZ, por el tercer nombre, lo conoció cuando tenía

sus veintiocho años aproximadamente, en el año de mil novecientos

sesenta y cinco, que lo conoció en Mejicanos, el nombre de la madre es

PETRONA LOPÉZ conocida por PETRONA LOPEZ ROSA; Que la

última vez que vió al señor JUAN LOPEZ CASTRO, conocido por

JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ fue aproximadamente

en mil novecientos ochenta y nueve, como a mediados de año. Que le

consta que el señor JUAN LOPEZ CASTRO, conocido por JUAN

CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ se encuentra desaparecido,

porque no lo ha vuelto a ver; Que le consta que los familiares han tra-

tado de localizarlo a través del hermano y de la radio y televisión y no

ha aparecido; Que todo lo declarado le consta de vista y de oídas. A este

estado a repreguntas del Abogado MAURICIO UNGO BUSTAMANTE:

Que diga el testigo si puede precisar el mes y el año en que desapareció

el señor JUAN LOPEZ CASTRO, conocido por JUAN CASTRO LOPEZ

y por MARIO LOPEZ, a lo que el testigo contesta, que fue en mil no-

vecientos ochenta y nueve, a mediados de año. Que todo lo repregunta-

do le consta de vistas y de oídas”. Posteriormente y a petición del

Abogado MAURICIO UNGO BUSTAMANTE, se citó al desaparecido

por tres veces, a través de tres publicaciones hechas en el Diario Ofi cial,

de fechas 27/04/06, 26/09/06 y 06/03/07, en cumplimiento al Art. 80

C.C. Así mismo se mandó oir al defensor especial y a la representación

Fiscal por tercero día, de conformidad al Art. 802 Num. 2° Pr. C. que-

dando de esta manera el juicio para decisión fi nal. III.- Con la prueba

vertida por la parte actora se ha comprobado plenamente: 1) Que se

ignora el paradero del desaparecido señor JUAN LOPEZ CASTRO

conocido por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ; 2) Que

se han hecho en vano las posibles diligencias para averiguarlo; 3) Que

desde la fecha de las últimas noticias que se tuvieron de la existencia

del señor JUAN LOPEZ CASTRO conocido por JUAN CASTRO LOPEZ

y por MARIO LOPEZ hasta la interposición de la solicitud, han trans-

currido más de cuatro años; 4) Que el señor JUAN LOPEZ CASTRO

conocido por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ, desapa-

reció en el mes de noviembre del año de mil novecientos ochenta y

nueve; 5) Que se citó al desaparecido señor JUAN LOPEZ CASTRO

conocido por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ, por tres

veces en tres avisos publicados en el Diario Ofi cial de fechas 27/04/06,

26/09/06 y 06/03/07, con intervalos de cuatro meses entre cada cita, sin

que haya aparecido hasta el día de hoy, 6) Que han transcurrido los

cuatro meses desde la última citación hecha al señor JUAN LOPEZ

CASTRO conocido por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ;

y 7) El interés de los señores EVERARDO HURTADO CUBIAS cono-

cido por EVERARDO CUBIAS HURTADO y GENOVEVA RIVERA

DE HURTADO para entablar las presentes diligencias. POR TANTO:

En base a las anteriores consideraciones y a los Arts., 79 y siguientes

del Código Civil y 417, 419, 421, 422, 427, 429, 432, 439, 800, 801,

802, 803 y 804 Pr. C., a nombre de la República de El Salvador, FALLO:

a) Declárase la Muerte Presunta del señor JUAN LOPEZ CASTRO

conocido por JUAN CASTRO LOPEZ y por MARIO LOPEZ, quien

fue de cuarenta y nueve años de edad, empleado y de este domicilio.

Fíjase como día presuntivo de su muerte el día treinta de noviembre de

mil novecientos noventa y uno; b) Concédese a los señores EVERARDO

HURTADO CUBIAS conocido por EVERARDO CUBIAS HURTADO

y GENOVEVA RIVERA DE HURTADO, en virtud del Derecho de

Transmisión como Herederos de la señora PETRONA LOPEZ conoci-

da por PETRONA LOPEZ ROSA, quien fue madre del desaparecido,

la posesión provisional de los bienes de este último; y, c) Publíquese

esta Sentencia en tres números consecutivos del Diario Ofi cial. No hay

especial condena en Costas. HÁGASE SABER ESTA SENTENCIA A

LAS PARTES.’’lar. Aten mí, C. PALMA CRUZ.

Sria.’’RUBRICADAS’’.

En consecuencia de lo anterior por este medio se cita por primera

vez al señor JUAN LOPEZ CASTRO conocido por JUAN CASTRO

LOPEZ y por MARIO LOPEZ, se presente a este Tribunal de conformidad

al Art. 80 C. C..-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

doce horas y diez minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil

siete. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. c. No. C014244-1

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1991001698

No. de Presentación: 20070088087

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

GUSTAVO ROBERTO LOPEZ DAVIDSON, del domicilio de SAN

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PRO-

PIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00053 del Libro 00047 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra INTESTOMICIN; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil

siete.

ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRÍQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014176-1

No. de Expediente: 1992000794

No. de Presentación: 20070097616

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de GABRIEL KAFATI, SOCIEDAD

ANONIMA, del domicilio de BARRIO LA BOLSA, COMAYAGUE-

LA, D.C. HONDURAS, de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00233 del Libro 00060 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “CAFE EL

INDIO”, sin pretender exclusividad sobre la palabra “CAFE”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014204-1

No. de Expediente: 1991001996

No. de Presentación: 20070097903

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de COLLECTION 2000 COSMETICS,

INC., del domicilio de Ciudad de Miami, Estado de la Florida, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00228 del Libro 00060 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras AMERICA’

S ORIGINAL PERFUME, escritas en letras mayúsculas de molde. La

palabra “AMERICA’ S” lleva un apóstrofe entre la “A” y la “S”, no se

concede exclusividad sobre las palabras “ORIGINAL PERFUME”;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 03 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014207-1

No. de Expediente: 1996004773

No. de Presentación: 20070098001

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Hilton International CO., del domicilio

de c/ o Corporation Service Company, 2711 Centerville Road, Suite 400,

Wilmington, DE 19808, Estados Unidos de América, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00040 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en las palabras HAMPTON INN & SUITES escritas en letras

de molde mayúsculas de color negro; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 43 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014210-1

No. de Expediente: 1995003262

No. de Presentación: 20070097634

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de The Coca-Cola Company, del

domicilio de One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00010 del Libro 00064 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA LETRA “a” MINUS-

CULA, SOBRE LA CUAL SE COLOCA UN GUION HORIZONTAL;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 32 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014212-1

No. de Expediente: 1996002911

No. de Presentación: 20070097897

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO

ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, ac-

tuando como APODERADO de BRUDDEN EQUIPAMENTOS LTDA.,

del domicilio de RUA RIO DE JANEIRO, NUMERO 54, POMPEIA,

SAO PAULO, BRASIL, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00134 del Libro 00062 de

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “BRUDDEN”;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 07 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los seis días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARÍA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014215-1

No. de Expediente: 1995004777

No. de Presentación: 20070097999

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de WD-40 COMPANY, del domicilio de

1061 CUDAHY PLACE, SAN DIEGO, CALIFORNIA 92110, ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00048 del Libro

00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las letras “WD”

mayúsculas, seguidas por el número “40” y divididos por un guión;

que ampara productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 04 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014217-1

No. de Expediente: 1996005163

No. de Presentación: 20070097997

CLASE: 18.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de FOSSIL, INC;, del domicilio de 2280

N. GREENVILLE AVENUE, RICHARDSON, TEXAS 75082, ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00099 del Libro

00069 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en La palabra “FOS-

SIL” escrita en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara

productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 18 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014219-1

No. de Expediente: 1996001962

No. de Presentación: 20070096685

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO

ROMERO PINEDA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domi-

cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de LABORATOIRE CHAUVIN S.A, del domicilio

de PARC DU MILLENAIRE II 416, RUE SAMUEL MORSE 34000

MONTPELLIER, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00046 del Libro 00058

de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “IRIOF”;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014221-1

No. de Expediente: 1996000730

No. de Presentación: 20070097898

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de INDUSTRIA DE ALIMENTOS DOS

EN UNO S. A., del domicilio de Placer 1324, Santiago, Chile, de naciona-

lidad CHILENA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00240 del Libro 00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra RITMO; que ampara productos/servicios comprendidos

en la (s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014223-1

No. de Expediente: 1986000447

No. de Presentación: 20070097774

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de The Coca-Cola Company, del

domicilio de One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00226 del Libro 00113 de

REGISTRO DE MARCAS, consistente en la fi gura de una manzana con

un corto tallo, en la parte superior, con una hoja en la parte izquierda

del tallo, en la fi gura de la manzana aparece escrita la palabra “MAN-

ZANITA”, escrita en dos líneas y en la parte inferior de la fi gura de

la manzana y fuera de ella la palabra TROPICAL, escrita en letras de

imprenta; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los siete días del mes de septiembre del año dos

mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014224-1

No. de Expediente: 1996005161

No. de Presentación: 20070097995

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

Page 134: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

actuando como APODERADO de FOSSIL, INC., del domicilio de 2280

N. GREENVILLE AVENUE, RICHARDSON, TEXAS 75082, ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00042 del Libro

00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “FOS-

SIL” escrita en letras de molde mayúsculas de color negro; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 14 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014226-1

No. de Expediente: 1996004780

No. de Presentación: 20070097988

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de KWANG YANG MOTOR CO., LTD.,

del domicilio de 35, WAN-HSING STREET, SAN-MIN DISRICT,

KAOHSIUNG CITY, TAIWAN, de nacionalidad CHINA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00107 del Libro 00069 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la letra K característica

de color oscuro, la cual se encuentra dentro de un óvalo de color claro

delineado en color oscuro, la letra abarca todo el óvalo y sigue la forma

del mismo; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase

04 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014228-1

No. de Expediente: 1996005160

No. de Presentación: 20070097990

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de FOSSIL, INC., del domicilio de 2280

N. GREENVILLE AVENUE, RICHARDSON, TEXAS 75082, ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00197 del Libro

00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “FOS-

Page 135: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

SIL” escrita en letras de molde mayúsculas de color oscuro; que ampara

productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014230-1

No. de Expediente: 1996005162

No. de Presentación: 20070097998

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de FOSSIL, INC, del domicilio de 2280

N. GREENVILLE AVENUE, RICHARDSON, TEXAS 75082, ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00196 del Libro

00070 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “FOS-

SIL” escrita en letras de molde mayúsculas de color oscuro; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014231-1

No. de Expediente: 1995000297

No. de Presentación: 20070098717

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR

EDGARDO SILVA GRANADOS, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de LABORA-

TORIO Y DROGUERIA DONOVAN WERKE, A.G.S.A., del domicilio

de CIUDAD DE GUATEMALA, REPUBLICA DE GUATEMALA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00100 del Libro 00079 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA EXPRESION “GERIVAN-B”, ESCRITA

EN LETRAS CORRIENTES DE IMPRENTA; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos

mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025929-1

Page 136: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

No. de Expediente: 1997001969

No. de Presensación: 20070099383

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR

EDGARDO SILVA GRANADOS, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de

LABORATORIO Y DROGUERÍA DONOVAN WERKE, A.G.S.A.,

del domicilio de Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de

nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando RENOVACIÓN, para

la inscripción Número 00002 del Libro 00080 de INSCRIPCIÓN

DE MARCAS, consistente en la palabra “ALKRAZIL”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025931-1

No. de Expediente: 1996004726

No. de Presentación: 20070099807

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MÓNICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de MERZ PHARMA GmbH & Co.

KGaA, del domicilio de Ciudad de Frankfurt, Alemania, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando RENOVACIÓN, para la inscripción Número

00024 del Libro 00064 de INSCRIPCIÓN DE MARCAS, consistente

en la palabra “AQUA GLYCOLIC”; que ampara productos/servicios

comprendidos en la (s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil

siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026020-1

No. de Expediente: 1996004039

No. de Presentación: 20070094427

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de YASKAMAL

IMPEX, S.A., del domicilio de Ciudad de Colon, República de Pana-

má, de Nacionalidad PANAMEÑA, solicitando RENOVACIÓN, para

la inscripción Número 00107 del Libro 00062 de INSCRIPCIÓN DE

MARCAS, consistente en la frase ACTION BLUE, escrita en letras

mayúsculas de molde, en color negro y sin diseño especial; que ampara

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

productos/servicios comprendidos en la (s) Clase 25 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de junio del año dos mil

siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026058-1

MARCAS DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2007070986

No. de Presentación: 20070100017

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SIGFREDO

EDGARDO FIGUEROA NAVARRETE, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de INDUSTRIAS TABONY, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INTABY, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra TABONY, que servirá para: AMPA-

RAR: MÁQUINAS Y MÁQUINAS HERRAMIENTAS; MOTORES

(EXCEPTO MOTORES PARA VEHÍCULOS TERRESTRES);

ACOPLAMIENTOS Y ÓRGANOS DE TRANSMISIÓN (EXCEPTO

AQUELLOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES); INSTRUMENTOS

AGRÍCOLAS QUE NO SEAN MANUALES; INCUBADORAS DE

HUEVOS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de octubre del año

dos mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014161-1

No. de Expediente: 2007071040

No. de Presentación: 20070100124

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de LÓPEZ

DAVIDSON, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: LÓPEZ DAVIDSON, S. A. DE C. V., de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

47 STREET

Consistente en: La frase 47 STREET que se traduce al castellano

como 47 calle, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS COS-

MÉTICOS, TALES COMO: PERFUMES ACONDICIONADORES,

Page 138: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

VASELINAS, COLONIAS, LOCIONES, TINTES PARA EL CABE-

LLO, DESODORANTES, TALCOS, CREMAS PARA EL CUERPO,

JABONES DE TOCADOR.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014175-1

No. de Expediente: 2007070559

No. de Presentación: 20070099454

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ALAN VÁSQUEZ ROMERO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de EMPRESAS MOBILIA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MOBILIA, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras Royal Mattress y diseño, traducido

al castellano como El Colchón Real, que servirá para: AMPARAR:

CAMAS.

La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de octubre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025905-1

No. de Expediente: 2007070038

No. de Presentación: 20070098611

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR

EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIO Y DROGUERÍA DONOVAN WERKE,

A.G.S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

KRALDOL RETARD

Consistente en: Las palabras KRALDOL RETARD, donde la palabra

RETARD se traduce al castellano como RETARDAR, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS Y

PRODUCTOS HIGIÉNICOS, PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NI-

ÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTROS, MATERIA PARA VENDAJES,

MATERIALES PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS

DENTALES, DESINFECTANTES, PREPARACIONES PARA DES-

TRUIR LAS MALAS HIERBAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025924-1

No. de Expediente: 2007069833

No. de Presentación: 20070098326

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR

EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIO Y DROGUERÍA DONOVAN WERKE,

A.G., SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MINERAVIT SPORT

Consistente en: Las palabras MINERAVIT SPORT, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS Y

PRODUCTOS HIGIÉNICOS, PRODUCTOS DIETÉTICOS PARA NI-

ÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTOS, MATERIA PARA VENDAJES,

MATERIALES PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS

DENTALES, DESINFECTANTES, PREPARACIONES PARA DES-

TRUIR LAS MALAS HIERVAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.

La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025926-1

No. de Expediente: 2007070039

No. de Presentación: 20070098612

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OSCAR

EDGARDO SILVA GRANADOS, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIO Y DROGUERÍA DONOVAN WERKE,

A.G., SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

KRALDOL FORTE

Consistente en: Las palabras KRALDOL FORTE, que servirá para:

AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, VETERINARIOS Y

PRODUCTOS HIGIÉNICOS, PRODUCTOS DIETÉTICAS PARA NI-

ÑOS Y ENFERMOS, EMPLASTROS, MATERIA PARA VENDAJES,

MATERIALES PARA EMPASTAR DIENTES Y PARA IMPRONTAS

DENTALES, DESINFECTANTES, PREPARACIONES PARA DES-

TRUIR LAS MALAS HIERVAS Y LOS ANIMALES DAÑINOS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año

dos mil siete.

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025928-1

No. de Expediente: 2007065470

No. de Presentación: 20070090955

CLASE: 17.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MÓNICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de PLASTIQUIMICA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: La palabra PQ PLASTIQUIMICA y diseño,

que servirá para: AMPARAR: CAUCHO, GUTAPERCHA, GOMA,

AMIANTO, MICA Y PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO

COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS EN MATE-

RIAS PLÁSTICAS SEMIELABORADAS; MATERIAS QUE SIRVEN

PARA CALAFATEAR, CERRAR CON ESTOPA Y AISLAR; TUBOS

FLEXIBLES NO METÁLICOS.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026009-1

No. de Expediente: 2007065472

No. de Presentación: 20070090958

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MÓNICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de PLASTIQUIMICA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: La expresión PQ PLASTIQUIMICA y diseño,

que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMITACIONES DE CUERO,

PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN

OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAÚLES Y MALETAS;

PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; FUSTAS Y GUARNI-

CIONERÍA.

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026010-1

No. de Expediente: 2007065471

No. de Presentación: 20070090956

CLASE: 22.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MÓNICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de PLASTIQUIMICA S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA

,

Consistente en: Las palabras PLASTIQUIMICA y diseño, que ser-

virá para: AMPARAR: CUERDAS, BRAMANTES, REDES, TIENDAS

DE CAMPAÑA, TOLDOS, VELAS, SACOS (NO COMPRENDIDOS

EN OTRAS CLASES); MATERIAS DE RELLENO (CON EXCEPCIÓN

DEL CAUCHO O MATERIAS PLÁSTICAS); MATERIAS TEXTILES

FIBROSAS EN BRUTO.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026012-1

No. de Expediente: 2007066509

No. de Presentación: 20070092654

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MÓNICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de SERGE STEVENS, de nacionalidad FRANCESA y RENEE JANE

MAUGENDRE, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

UNIMER

Consistente en: La palabra UNIMER, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS HIGIÉNICOS QUE CONTIENEN EXTRACTOS DE

AGUA MARINA PARA LAS VÍAS RESPIRATORIAS.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos

mil siete.

Page 142: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil siete.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026013-1

No. de Expediente: 2006063578

No. de Presentación: 20060087090

CLASE: 18.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MÓNICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de CAMPER, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: La palabra CAMPER y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CUERO E IMITACIONES DE CUERO, PRODUCTOS

DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLA-

SES, PIELES DE ANIMALES, BOLSOS, BAÚLES Y MALETAS,

MOCHILAS, BOLSAS, MALETINES, PORTAFOLIOS, CARTERAS,

MONEDEROS, PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES, FUSTAS

Y PRODUCTOS DE GUARNICIONERÍA.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos

mil seis.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de marzo del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F026016-1

No. de Expediente: 2007067172

No. de Presentación: 20070093849

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA

PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de JUMA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: JUMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

QUINTESSENCE

Consistente en: La palabra QUINTESSENCE, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; (PREPARACIONES

ABRASIVAS) JABONES; PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES,

COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026059-1

Page 143: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007067168

No. de Presentación: 20070093845

CLASE: 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GLORIA PATRICIA GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de APODERA-DO ESPECIAL de JUMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: JUMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DRYSOL

Consistente en: la palabra DRYSOL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026060-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007071192

No. de Presentación: 20070100292

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE ARTURO RODRIGUEZ IRAHETA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de DEXTRA EMPRE-SARIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: DEXTRA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Dextra empresarial, y diseño, que ser-virá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES, ESPECIFICAMENTE, SERVICIOS DE CONSULTORIA Y ELABO-RACION DE DECLARACIONES EN MATERIA FISCAL, SERVICIOS DE CONTABILIDAD, UBICADO EN RESIDENCIAL PINARES DE SUIZA, AVENIDA PINARES, POLIGONO 13, CASA NÚMERO 9, SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014171-1

No. de Expediente: 2007070556

No. de Presentación: 20070099451

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE EMILIO VELASQUEZ JIMENEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALFREDO SOL HERNANDEZ, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra COMPRESOL y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DE SERVICIO DEDICADO A COMPRIMIR DESECHOS, MATERIALES INDUS-

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

TRIALES, PRINCIPALMENTE METALES: HIERRO, ALUMINIO, COBRE, UTILIZANDO MAQUINARIA HIDRAULICA MOVIL Y FIJA; CON EL FIN DE HACER RECICLAJE DE OTROS MATE-RIALES DE DESECHOS, COMO POR EJEMPLO: PLASTICOS, CARTONES, PINTURAS, ACEITES QUEMADOS, UBICADO EN COLONIA MEDICA, SEGUNDA DIAGONAL UNIVERSITARIA, NUMERO DOSCIENTOS TRECE, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025923-1

No. de Expediente: 2007067736

No. de Presentación: 20070094726

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE LUIS RODRIGUEZ SANCHEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de REPUESTOS RUIZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que se abrevia: REPUESTOS RUIZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras REPUESTOS RUIZ, S.A. DE C.V., y diseño, a los elementos denominativos dentro de el distintivo solicitado no se le concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EM-PRESA O ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA COMPRAVENTA DE CAMIONES USADOS, INCLUYENDO LA RECONSTRUCCION DE ESTOS; PODRA IMPORTARLOS O EXPORTARLOS. LA VENTA DE REPUESTO, SE ENCUENTRA UBICADA EN COLONIA KURY, PASAJE No. 4, CASA No. 30, SAN MIGUEL, EL SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de agosto del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026028-1

No. de Expediente: 2007067737

No. de Presentación: 20070094727

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE LUIS RODRIGUEZ SANCHEZ, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de REPUESTOS MIGUELEÑOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: REPUESTOS MIGUELEÑOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión R.M REPUESTOS MIGUELEÑOS, S.A. DE C.V. y diseño, a los elementos denominativos dentro del di-seño no se le concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA REPRESENTACION, VENTA, DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE TODA CLASE DE REPUESTOS Y PARTES DE VEHICULOS AUTOMOTORES EN GENERAL, UBICADA EN 10a. CALLE PONIENTE Y AVENIDA MONSEÑOR ROMERO #414, BARRIO SAN FRANCISCO, SAN MIGUEL, EL SALVADOR, C.A.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026030-1

Page 145: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007070581

No. de Presentación: 20070099476

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN MI-GUEL GONZALEZ VIALE, en su calidad de APODERADO GENE-RAL JUDICIAL de CORPORACION OCEANICA EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION OCEANICA EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra Oceánica, que servirá para: IDENTI-FICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y DE SERVICIOS, QUE SE DEDICA AL COMERCIO, INDUSTRIA Y AGRICULTURA EN GENERAL, ESPECIALMENTE AL COMERCIO EN EL RAMO DE IMPORTACIONES, TRANSPORTES MARÍTIMOS Y TERRES-TRES, UBICADO EN SETENTA Y NUEVE AVENIDA SUR Y CALLE CUSCATLÁN, EDIFICIO PLAZA CRISTAL, LOCAL UNO- CINCO, COLONIA ESCALÓN, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día ocho de octubre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026054-1

No. de Expediente: 2007070506

No. de Presentación: 20070099333

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ANTONIO MENDEZ MOLINA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de

PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Turibus Tour Operador y diseño, traducido al castellano la palabra Tour como Excursión, Viaje y/o Gira, a las palabras de uso común no se le concede exclusividad, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL Y DE SERVICIO DEDICADA A LA VENTA DE PAQUETES TURISTICOS Y TRANS-PORTE DE TURISTAS NACIONALES COMO EXTRANJEROS.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026057-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2007070253

No. de Presentación: 20070098916

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA ELE-NA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de EMPRESAS ADOC, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,

Billeteradoc

Consistente en: la palabra billeteradoc, que servirá para: LLA-MAR LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES SOBRE LOS PRODUCTOS TALES COMO VESTIDOS, BOTAS, ZAPATOS Y ZAPATILLAS.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de septiembre del año dos mil siete.

Page 146: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de octubre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014152-1

No. de Expediente: 2007065734

No. de Presentación: 20070091422

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de NUTRI CENTER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: NUTRI CENTER, S.A. DE C. V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Nutri Center LOS EXPERTOS EN SALUD Y NUTRICION y diseño, en donde la palabra Center se traduce al castellano como “centro”, sobre los elementos denominativos indi-vidualmente no se le concede exclusividad, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LA PRODUCCION, FABRICACION, DISTRIBUCION Y VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y NATURALES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de marzo del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de octubre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014167-1

No. de Expediente: 2007066001

No. de Presentación: 20070091826

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de NUTRI CENTER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: NUTRI CENTER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: La expresión Nutri Center LOS EXPERTOS EN CUIDAR TU SALUD y diseño, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LA PRODUCCION, FABRICACION, DISTRIBUCION Y VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y NATURALES.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de del año.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de octubre del año dos mil siete.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014168-1

No. de Expediente: 2007066000

No. de Presentación: 20070091825

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de NUTRI CENTER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: NUTRI CENTER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras Nutri Center TU SOLUCIÓN NATU-RAL, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMI-DORES O USUARIOS SOBRE LA PRODUCCION, FABRICACION, DISTRIBUCION Y VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y NATURALES.

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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de del año.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil siete.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014169-1

No. de Expediente: 2007066002

No. de Presentación: 20070091827

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de NUTRI CENTER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: NUTRI CENTER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión Nutri Center TU SOLUCIÓN EN SALUD Y NUTRICIÓN y diseño, que se traduce al castellano como NUTRI CENTRO TU SOLUCION EN SALUD Y NUTRICION, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS SOBRE LA PRODUCCION, FABRICACION, DIS-TRIBUCION Y VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y NATURALES.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de del año.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de octubre del año dos mil siete.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014170-1

No. de Expediente: 2007069256

No. de Presentación: 20070097311

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

STAR PHARMA

Consistente en: la expresión STAR PHARMA, la palabra STAR se traduce al castellano como ESTRELLA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE USO Y CONSUMO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014173-1

No. de Expediente: 2007069311

No. de Presentación: 20070097394

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YOLANDA NOEMI MORENO DE VALENCIA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de LOVABLE DE HONDURAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión Lovable Lo Tiene Todo..., que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO SOBRE LOS SI-GUIENTES PRODUCTOS: BRASSIERES (SOSTENES), BLOOMERS

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

(CALZONES), FAJAS PARA TALLAR, SAYAS, CORPIÑOS, TEDDYS (ENTERIZO AFINADOR DE SILUETA), BLUSITAS, BOXER (CAL-ZONCILLO), BIKERS (PANTALÓN CORTO PARA CICLISTA), BABY DOLL, PIJAMAS, TRAJES DE BAÑO, CAMISETAS, TOP, BLUSAS, TANGAS, PANTALONES, ROPA PARA HACER EJERCICIOS, ROPA IMPERMEABLE, GORROS, VISERAS, BUFANDAS, CHAQUETAS, BLAZER, CORBATAS, UNIFORMES, ABRIGOS, PAÑUELETAS, CALCETINES, CALCETERIA, SOMBRERERÍA Y CUALQUIER OTRA CLASE DE ROPA INTERIOR PARA DAMAS Y NIÑAS.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026114-1

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2005054521

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054521-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDWIN DA-NIEL ESCOBAR PERAZA en su calidad de Representante legal de la sociedad LOGIK, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse LOGIK, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA, cuya escritura social está inscrita bajo el número 74 del libro 1942 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-260604-101-3; quien ha presentado solicitud a las once horas y cincuenta y ocho minutos del día veintitrés de junio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054521 inscripción 63 y el asiento de Establecimiento No. 2005054521-001 inscripción 64, ambos del libro 90 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada LOGIK, S.A. DE C.V., la cual se dedica a OTRAS ACTI-VIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en KILÓMETRO 11½ CARRETERA AL PUERTO DE LA LIBERTAD, ZONA FRANCA EL PROGRESO del domicilio de SANTA TECLA, cuyo activo asciende, a VEINTIOCHO MIL SETE-CIENTOS TREINTA Y TRES DOLARES CON 07/100 ($28,733.07) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado LOGIK, S.A.

DE C.V. ubicado en KILOMETRO 11½ CARRETERA AL PUERTO DE LA LIBERTAD, ZONA FRANCA EL PROGRESO y que se dedi-ca a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, primero de septiembre de dos mil cinco.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C014145-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007059882

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059882-1

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIEL ERNESTO AGUILAR ZARCO, en su calidad de Representante legal de la sociedad MOTO IMPORTACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MOTO IMP. S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 2 del libro 2264 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: NO TIENE; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y veintinueve minutos del día doce de octubre de dos mil siete con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059882 inscripción 61 y el asiento de Establecimiento No. 2007059882-001, inscripción 62, ambos del Libro 161 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina MOTO IMPORTACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a IMPORTACION Y VENTA DE MOTOCICLETAS, con dirección en 6a. CALLE ORIENTE, No. 3-8 del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD y cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el esta-blecimiento siguiente: 001-) denominado MOTO IMPORTACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 6a. CALLE ORIENTE, No. 3-8, SANTA TECLA, LA LIBERTAD y que se dedica a IMPORTACION Y VENTA DE MOTOCICLETAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecisiete de octubre de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014148-1

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149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 2002017242

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002017242- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado RAFAEL JOSE

TRIGUEROS SOBALVARRO en su calidad de Representante Legal de

la Sociedad CAM MOTORS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse CAM MOTORS S. A. DE C. V. de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 11 del libro 743 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-

tifi cación Tributaria: 0614-151090-102-3; el cual ha presentado solicitud

a las once horas y veintiséis minutos del día siete de noviembre de dos

mil cinco, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2002017242

inscripción 47 y el Asiento de Establecimiento No. 2002017242- 001

inscripción 48, ambos del libro 100 de Asientos de Matrícula de Empresa

y Establecimiento; la Empresa denominada CAM MOTORS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a TALLER

DE ENDEREZADO Y PINTURA, con dirección en BOULEVARD

DE LOS HEROES, Nº 1229 del domicilio de SAN SALVADOR,

cuyo activo asciende a UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y

SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO DOLARES CON 0l/l00

$1,767,224.01 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

CAM MOTORS, S. A. DE C .V., ubicado en BOULEVARD DE LOS

HEROES Nº 1229 y que se dedica a TALLER DE ENDEREZADO Y

PINTURA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciséis de diciembre de dos mil cinco.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014149-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007059694

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059694- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELIZABETH TORRES DE SANCHEZ, en su calidad de Representante

Legal de la Sociedad MARIA´S ASESORES DE VIAJES, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MARIA´S

ASESORES DE VIAJES, S.A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, del domicilio de SANTA ANA, cuya escritura social está

inscrita bajo el número 13 del libro 2254 del Registro de Sociedades del

Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-

090807-101-6; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y treinta

y siete minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil siete con la

cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2007059694 inscripción 67

y el Asiento de Establecimiento No. 2007059694 - 001, inscripción 68,

ambos del Libro 158 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estableci-

miento; la Empresa se denomina MARIA´S ASESORES DE VIAJES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a ACTIVIDADES DE AGENCIAS DE VIAJES, con dirección en 8ª

AVENIDA SUR ENTRE 7ª Y 9ª CALLE PONIENTE del domicilio de

SANTA ANA, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DOLARES

($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denomina-

do MARIA´S ASESORES DE VIAJES, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE ubicado en 8ª AVENIDA SUR ENTRE 7ª Y 9ª

CALLE PONIENTE, SANTA ANA, y que se dedica a ACTIVIDADES

DE AGENCIAS DE VIAJES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de septiembre de dos mil siete.

LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014156-1

ASIENTO DE EMPRESA 2006057399

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057399- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado HECTOR

ANTONIO ALDANA ALFEREZ en su calidad de Representante Legal

de la Sociedad REGIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que puede abreviarse REGIONAL, S.A. DE C.V. ; sociedad

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA,

departamento de LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 18 del libro 2163 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio; el cual ha presentado solicitud a las once horas y treinta y

seis minutos del día seis de octubre de dos mil seis. Con la cual se otorgó

el Asiento de Empresa No. 2006057399 inscripción 21 y el Asiento de

Establecimiento No. 2006057399- 001, inscripción 22, ambos del Libro

160 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

Page 150: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

se denomina REGIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, la cual se dedica a ASESORIA EN SEGUROS, con dirección

en COLONIA ROMA, PASAJE CARBONEL, Nº 22, LOCAL Nº 1, SAN

SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL

CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y

que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado REGIONAL,

S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA ROMA, PASAJE CARBONEL,

Nº 22, LOCAL Nº 1, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se

dedica a ASESORIA EN SEGUROS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley,

San Salvador, cuatro de octubre de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014177-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007059335

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059335- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado CARLOS

YUVINE HERNANDEZ CASTRO, de nacionalidad SALVADOREÑA,

con número de Documento Unico de Identidad 02546975-8 del domicilio

y departamento de LA UNION, con Número de Identifi cación Tributaria:

1408-100180-101-8, el cual ha presentado solicitud a las trece horas y

ocho minutos del día veinticinco de julio de dos mil siete. Con la cual

se otorgó el Asiento de Empresa No. 2007059335 inscripción 16 y el

Asiento de Establecimiento No 2007059335- 001, inscripción 17, ambos

del Libro 153 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento.

La Empresa denominada SERVITEC se dedica a OTROS SERVICIOS

DE REPARACION NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE, con di-

rección en 1ª CALLE PONIENTE Nº 1-3, BARRIO HONDURAS del

domicilio y departamento de LA UNION, cuyo activo asciende a DIEZ

MIL CIENTO TRES 69/100 DOLARES ($ 10,103.69) y que tiene el

establecimiento siguiente: 001-) denominado SERVITEC ubicado en 1ª

CALLE PONIENTE Nº 1-3, BARRIO HONDURAS del domicilio y

departamento de LA UNION que se dedica a OTROS SERVICIOS DE

REPARACION NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta de julio de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014183-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007058476

ESTABLECIMIENTO 2007058476- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado DOROTHY

CLARIBEL RODAS CERON, de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de MEJICANOS, SAN SALVADOR, con Documento Único

de Identidad 01804391-5, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-

210867-107-7; el cual ha presentado solicitud de MODIFICACION POR

CAMBIO DE ACTIVIDAD ECONOMICA con la cual se le se le otorga

el Asiento de modifi cación No. 129 del libro 143 del folio 259 al 260; a

favor de la Empresa denominada BLAU TRAVEL, AGENCY/LINEA

AZUL, la cual se dedica a VENTA DE BOLETOS AEREOS Y SERVICIO

DE TRANSPORTE TURISTICO, con dirección en PASEO GENERAL

ESCALON LOCAL C-7, CENTRO COMERCIAL VILLAS ESPAÑO-

Page 151: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

151DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

LAS del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecisiete de abril de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F025887-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001035860

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001035860- 001.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MARINA

THELMA HUEZO DE ESCOBAR en su calidad de Representante Le-

gal de la Sociedad ECONSTRUCCIONES, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 2 del libro 1115 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-300595-102-

7; quien ha presentado solicitud a las catorce horas y cuarenta y cinco

minutos del día veintiuno de junio de dos mil uno, con la cual se otorgó

el Asiento de Empresa No. 2001035860 inscripción 90 y el Asiento de

Establecimiento No. 2001035860- 001 inscripción 91, ambos del libro

150 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

denominada ECONSTRUCCIONES, S. A. DE C. V., la cual se dedica

a DISEÑO, CONSTRUCCION Y SUPERVISION DE OBRAS, con

dirección en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA REVOLUCION,

CALLE CIRCUNVALACION, EDIFICIO CENTRO PROFESIONAL

PRESIDENTE, LOCAL Nº 1-D del domicilio de SAN SALVADOR,

cuyo activo asciende a UN MILLON TREINTA Y TRES MIL OCHO-

CIENTOS SETENTA Y OCHO 38/100 COLONES (¢1, 033, 878.38)

y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ECONS-

TRUCCIONES, S.A. DE C. V., ubicado en COLONIA SAN BENITO,

AVENIDA REVOLUCION, CALLE CIRCUNVALACION, EDIFICIO

CENTRO PROFESIONAL PRESIDENTE, LOCAL Nº 1-D del domicilio

de SAN SALVADOR, y que se dedica a DISEÑO, CONSTRUCCION

Y SUPERVISION DE OBRAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dos de julio de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v alt. No. F025909-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002020821

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002020821- 001, 002, 003

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado SONIA

ELIZABETH VEGA DE ORELLANA, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, número de Documento Único de Identidad 02149442-6 del

domicilio de SAN MIGUEL, con Número de Identifi cación Tributaria:

1218-031152-001-4 el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y

cincuenta y tres minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil seis,

con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2002020821 inscripción

230 y el Asiento de Establecimiento No. 2002020821- 001, 002, 003

inscripciones 231, 232 y 233 del libro 117 de Asientos de Matrícula de

Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a LABORATORIO

CLINICO, con dirección en 8ª CALLE PONIENTE Nº 505 del domi-

cilio de SAN MIGUEL, cuyo activo asciende a OCHENTA Y NUEVE

MIL TRESCIENTOS UN 47/100 DOLARES ($89,301.47) y que tiene

los establecimientos siguientes: 001-) denominado LABORATORIO

CLINICO MIGUELEÑO ubicado en 8ª CALLE PONIENTE Nº 505

y que se dedica a LABORATORIO CLINICO, 002-) denominado LA-

BORATORIO CLINICO MIGUELEÑO Nº 1 ubicado en AVENIDA

ROOSEVELT SUR Nº 201, EDIFICIO CLINICAS MEDICAS LAS

ROSAS y que se dedica a LABORATORIO CLINICO, 003-) denominado

LABORATORIO CLINICO MIGUELEÑO Nº 2 ubicado en CALLE

LA PAZ, EDIFICIO GASCO Nº 5 ENTRE AVENIDA ROOSEVELT Y

NOVENA AVENIDA SUR, todos del departamento de SAN MIGUEL

y que se dedica a LABORATORIO CLINICO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintitrés de junio de dos mil seis.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F025978-1

Page 152: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ASIENTO DE EMPRESA 2007059468

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059468-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO RA-

FAEL CHICHIQUE, en su calidad de Representante legal de la sociedad

LIMA & CHICHIQUE IMPORTACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse L & C IMPORTACIONES,

S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio

de EL CONGO, SANTA ANA cuya escritura social está inscrita bajo

el número 1 del libro 2239 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0204-050607-101-0;

el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y once minutos del

día dieciséis de agosto de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento

de Empresa No. 2007059468 inscripción 196 y el asiento de Estable-

cimiento No. 2007059468-001, inscripción 197, ambos del Libro 154

de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se

denomina L & C IMPORTACIONES, S.A. DE C.V., la cual se dedica a

DISTRIBUCION DE CARTERAS, BILLETERAS Y PRODUCTOS DE

USO PERSONAL, con dirección en AVENIDA 14 DE DICIEMBRE,

CALLE PRINCIPAL No. 72, EL CONGO del domicilio de SANTA

ANA, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEIN-

TIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento

siguiente: 001-) denominado L & C IMPORTACIONES, S.A. DE C.V.,

ubicado en AVENIDA 14 DE DICIEMBRE, CALLE PRINCIPAL No.

72, EL CONGO, SANTA ANA y que se dedica a DISTRIBUCION DE

CARTERAS, BILLETERAS Y PRODUCTOS DE USO PERSONAL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de agosto de dos mil siete.

Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F026036-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002015795

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002015795-002

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HUMBERTO

ALAS DERAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de EL

PARAISO, CHALATENANGO, con documento Único de Identidad No.

00206671-9, y Número de Identifi cación Tributaria: 0431-050155-001-0;

quien ha presentado solicitud de Apertura de un Nuevo Establecimiento a

las once horas y veintiséis minutos del día veintiocho de marzo de dos mil

siete. Con la cual se otorgó asiento de Establecimiento No. 2002015795-

002; denominado SUPER EL BARATILLO SAN ANTONIO, EL CO-

YOLITO, con dirección en KILOMETRO 47, CARRETERA TRONCAL

DEL NORTE, EL COYOLITO, TEJUTLA, CHALATENANGO, que se

dedica a VENTA DE PRODUCTOS BASICOS y que forma parte de la

empresa denominada COMERCIAL EL BARATILLO SAN ANTONIO,

la cual se dedica a VENTA DE GRANOS BASICOS Y AZUCAR, con

dirección en BARRIO EL CENTRO, CALLE PRINCIPAL, No. 22 del

domicilio de EL PARAISO, TEJUTLA, CHALATENANGO, cuyo activo

asciende a: OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS

TREINTA 95/100 DOLARES ($848,230.95).

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiocho de marzo de dos mil siete.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F026037-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007059908

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059908-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE FRAN-

CISCO VEGA VALDEZ en su calidad de Representante legal de la

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153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

sociedad VEDAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que puede abreviarse VEDAL, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura

social está inscrita bajo el número 30 del libro 2262 del Registro de Socie-

dades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0614-290807-106-0; el cual ha presentado solicitud a las dieciséis horas

y dieciocho minutos del día dieciséis de octubre de dos mil siete, con la

cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059908 inscripción 88 y el

asiento de Establecimiento No. 2007059908-001, inscripción 89, ambos

del Libro 161 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la

Empresa se denomina VEDAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, la cual se dedica a COMPRAR, VENDER, ARRENDAR,

PIGNORAR O ENAJENAR EN CUALQUIER FORMA BIENES MUE-

BLES, INMUEBLES, TITULOS VALORES, LOTIFICACIONES Y

PARCELACIONES DE BIENES RAICES, CONSTRUCCION DE

VIVIENDAS, CONDOMINIOS, EDIFICIOS Y CUALQUIER CLASE

DE EDIFICACIONES PARA DISTINTOS FINES, con dirección en

COLONIA ESCALON, PASAJE CAMILO CAMPOS, No. 122, SAN

SALVADOR del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a

ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($

11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

VEDAL, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA ESCALON, PASAJE

CAMILO CAMPOS, No. 122, SAN SALVADOR y que se dedica a

COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, PIGNORAR O ENAJENAR EN

CUALQUIER FORMA BIENES MUEBLES, INMUEBLE S , TITULOS

VALORES, LOTIFICACIONES Y PARCELACIONES DE BIENES

RAICES, CONSTRUCCION DE VIVIENDAS, CONDOMINIOS,

EDIFICIOS Y CUALQUIER CLASE DE EDIFICACIONES PARA

DISTINTOS FINES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de octubre de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F026113-1

SUBASTAS PUBLICAS

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en los JUICIOS EJECUTIVOS CIVILES

ACUMULADOS promovidos por los señores RAÚL ERNESTO

GUEVARA NUÑEZ conocido por RAUL GUEVARA Y CLAUDIA

ROSIBEL CERON MENA, en contra de la señora YANIRA HOR-

TENSIA ARÉVALO DE ALVAREZ representada por su curador Lic.

ÁNGEL ROLANDO SÁNCHEZ MIRANDA, reclamándole cantidad

de dinero y accesorios, Exp. No. 421/01 y 162/02, se venderá en pú-

blica subasta por este Juzgado, ubicado en Catorce Avenida Sur, entre

Veintisiete y Veintinueve Calle Poniente de esta ciudad en fecha y pre-

cio que oportunamente se determinará el inmueble siguiente: Un lote

de naturaleza rústica, inculto, hoy urbano, con las construcciones que

contiene, situado en el Cantón, hoy Barrio Santa Lucía de esta ciudad,

lote que está marcado con el número TRECE del Polígono; “C” cuya

descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección: de los

ejes de la Veinticuatro Avenida Sur o Paseo Los Almendros y Senda

número cuatro o vía Las Dalias, ambas abiertas en la Urbanización, se

mide sobre el eje de esta última una distancia de veintidós metros, con

rumbo Norte setenta y nueve grados treinta y tres minutos Oeste y se

llega a un punto donde se hace un defl exión izquierda de noventa grados

y se mide una distancia de cuatro punto cincuenta metros y se localiza el

vértice Nororiente del lote que mide y linda: AL ORIENTE: veintisiete

metros, con rumbo Sur, diez grados veintiséis punto siete minutos Oeste,

colinda con lote número catorce del mismo polígono “C” de la misma

Urbanización; AL SUR: doce metros con rumbo Norte setenta y nueve

grados treinta y tres punto tres minutos Oeste, colindando con lote nú-

mero dos del polígono “D” de la misma Urbanización; AL PONIENTE:

veintisiete metros con rumbo Norte diez grados veintiséis punto siete

minutos Este, colinda con el lote número doce del mismo polígono “C”

de la misma Urbanización; y AL NORTE: doce metros, con rumbo Sur

setenta y nueve grados treinta y tres punto tres minutos Este, colinda con

lote número dos del mismo polígono “C”, mediando derecho de vía, de

senda número cuatro o vías Las Dalias de nueve metros de ancho.- El

inmueble descrito es de TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS

CUADRADOS equivalente a: CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES

PUNTO CINCUENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS. Todos los

lotes colindantes son o han sido propiedad de la Sociedad Inversiones

Técnicas, S.A.- Inscrito a favor de la demandada al número CUARENTA

Y SEIS del Libro DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE,

ahora traslado a la Matrícula número DOS CERO CERO DOS UNO

UNO DOS CERO-CERO CERO CERO CERO CERO, de Propiedad

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas quince minutos del día veinticuatro de octubre

del año dos mil siete. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014158-1

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil

promovido por la Licenciada ANA DOLLY VALIENTE ESCALANTE,

mayor de edad, Abogada y de este domicilio, como Apoderada General

Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de este

domicilio, contra el señor MIGUEL PÉREZ, mayor de dad, Mecánico,

del domicilio de Mejicanos, se venderá en Pública Subasta en este

Tribunal en fecha que más adelante se especifi cará, un inmueble de

naturaleza urbana situado en LOTIFICACION SAN PABLO, CANTON

DELICIAS DEL NORTE, NUMERO SESENTA, JURISDICCIÓN DE

MEJICANOS, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de las medidas

perimetrales siguientes: AL NORTE, en un tramo con distancia de diez

metros lineales con terreno del Doctor Belarmino Portillo: AL ORIENTE,

en un tramo con distancia de nueve metros sesenta y cinco centímetros

lineales con lote número ochenta y tres: AL SUR, en un tramo con

distancia de diez metros lineales con lote número sesenta y uno: y AL

PONIENTE, en un tramo con distancia de diez metros con veinticuatro

centímetros lineales, con lotes números cincuenta y ocho y cincuenta

y nueve, Calle de por medio. Los lotes descritos como colindantes son

o han sido de propiedad de la Sociedad Consorcio Industrial, S.A. de

C.V. El inmueble antes descrito tiene un área de NOVENTA Y NUEVE

METROS CUADRADOS CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS,

y se encuentra inscrito a favor del señor MIGUEL PEREZ, a la Matrícula

Número M CERO CINCO CERO CERO SEIS SIETE OCHO TRES,

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador,

a las diez horas del día veintiséis de septiembre de dos mil siete.- Dr.

SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCAN-

TIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025898-1

EDUARDO JAIME ESCALANTE DÍAZ, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido

por BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA

EN LIQUIDACIÓN, ahora FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTA-

LECIMIENTO FINANCIERO, a través de su Apoderado General Ju-

dicial Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNANDEZ; contra

los señores RAMON AMILCAR SIBRIAN ARTIGA y CAROLINA

JOSEFINA ORELLANA DE SIBRIAN, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal, un inmueble de naturaleza urbana, el cual se describe

así: LOTE NUMERO CIENTO CUARENTA Y NUEVE-B, DE LA

COLONIA LIBERTAD. Partiendo de la intersección de la Calle Bolívar

y el Pasaje Chile, se mide sobre el eje de este último, con rumbo Norte

setenta y cinco grados veinticuatro punto ocho minutos Oeste, una

distancia de treinta punto sesenta metros, luego de este punto con una

defl exión positiva de noventa grados y distancia de uno punto cincuenta

metros se defi ne el esquinero Sur-Este del lote que se describe, el cual

mide y linda: AL SUR, línea recta de cinco metros con rumbo Norte,

setenta y cinco grados veinticuatro punto ocho minutos Oeste, linda

con vivienda número tres propiedad de María Mercedes Echeverría y

con lote número cuatro propiedad de Oscar Humberto Arivillaga, de la

Colonia Libertad, Pasaje Chile de por medio de tres metros de ancho;

AL PONIENTE, Línea recta de nueve punto trece metros con rumbo

Norte catorce grados treinta y cinco punto dos minutos Este, linda con

lote número ciento cuarenta y nueve-C, de la misma Urbanización; AL

NORTE, Línea recta de cinco punto cero dos metros, con rumbo Sur

setenta y cinco grados treinta y cuatro punto cinco minutos Este, linda

con vivienda número dos, propiedad de Emilia Miranda, y con vivienda

número dos-A propiedad de Iris Salgado, con estacionamiento y Pasaje

Uruguay, de la Colonia Libertad, de catorce punto cincuenta y cinco

metros de ancho de por medio; y AL ORIENTE, Línea recta de nueve

punto catorce metros, con rumbo Sur catorce grados treinta y cinco punto

dos minutos Oeste linda con lote número ciento cuarenta y nueve-A, de

la misma Urbanización.- Llegando así al esquinero Sur Este, que fue

donde dio inicio la presente descripción. El lote antes descrito tiene una

extensión superfi cial de CUARENTA Y CINCO PUNTO SESENTA Y

SIETE METROS CUADRADOS equivalentes a SESENTA Y CINCO

PUNTO TREINTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. En dicho in-

mueble se encuentra construida una casa de sistema mixto de dos plantas,

de un área de SESENTA METROS CUADRADOS.- Dicho inmueble

es propiedad de la señora CAROLINA JOSEFINA ORELLANA DE

SIBRIAN, por estar inscrito a su favor en el sistema de Folio Real

Matrícula CERO UNO-CERO CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVE-

CIENTOS CUARENTA Y CUATRO- CERO CERO CERO inscripción

CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro.-

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador,

a las ocho horas, quince minutos del día veinticuatro de septiembre de

dos mil siete.- Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ

CUARTO DE LO MERCANTIL.- Licda. JACQUELINE JOHANNA

ORTIZ DURAN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025913-1

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155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

JOSE MARÍA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución pro-

movida en este Juzgado por la LICENCIADA ANA YANIRA SANCHEZ

DE PARADA, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

contra el señor SANTOS MARTINEZ, CONOCIDO POR SANTOS

MARTINEZ GARCIA, se venderá en pública subasta en este mismo

Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bien

inmueble embargado siguiente: “UN LOTE DE TERRENO URBANO Y

CONSTRUCCIONES que contiene, marcado en el plano respectivo con

el número UNO-OCHO, EDIFICIO A, VEINTIUNA CALLE PONIEN-

TE, CONDOMINIO COMPLEJO HABITACIONAL, CONDOMINIO

CONDADO DE SAAVEDRA, Jurisdicción de San Salvador, de este

Departamento. Dicho lote está ubicado a dieciocho metros setecientos

treinta y cinco milímetros al Sur de la intersección de la veintiuno calle

poniente y eje central de la zona verde Zv-dos de este condominio y en

la primera planta del edifi cio A. Tiene un área construida de VEINTI-

SIETE METROS CUADRADOS TREINTA Y CINCO CENTIMETROS

CUADRADOS Y UN VOLUMEN DE SESENTA Y NUEVE METROS

CÚBICOS SETENTA Y CUATRO CENTIMETROS CÚBICOS. Su nivel

de piso tiene una elevación promedio de SEISCIENTOS SETENTA Y

TRES METROS CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS sobre el

nivel del mar y su descripción técnica es: Partiendo de la intersección

de la Diagonal Universitaria y veintiuna calle poniente, se mide sobre

el eje de la última con rumbo sur ochenta y seis grados cincuenta y siete

punto siete minutos Oeste una distancia de setenta y un metros ochenta

y seis centímetros, en esta estación cero más cero setenta y un metros

ochenta y seis centímetros y con defl exión izquierda de ochenta y siete

grados cincuenta y nueve punto nueve minutos, se mide con rumbo sur

cero cinco grados once punto cuatro minutos Oeste una distancia de

dieciocho metros setecientos treinta y cinco milímetros, de esta estación

cero más cero dieciocho metros setecientos treinta y cinco milímetros,

con defl exión derecha de noventa grados, se mide una distancia de trein-

ta metros novecientos veinticinco milímetros localizando el esquinero

sur- oriente del bien que se describe y del cual se inicia la presente

descripción. SUR: Línea recta de tres metros ochocientos veinticinco

milímetros y rumbo Norte ochenta y cuatro grados cuarenta y ocho punto

seis minutos Oeste, lindando con apartamento uno-ocho del edifi cio B

y pasaje peatonal número uno de cuatro metros de ancho de por medio.

AL PONIENTE: Línea recta de siete metros quince centímetros y rumbo

Norte cero cinco grados once punto cuatro minutos Este, lindando con

comunidad ISIDRO MENENDEZ y pasillo de un metro veinte centí-

metros de ancho de por medio. AL NORTE: Línea recta de tres metros

ochocientos veinticinco milímetros y rumbo Sur ochenta y cuatro grados

cuarenta y ocho punto seis minutos Este, lindando con veintiuna calle

poniente y seis metros cincuenta centímetros del eje de la misma calle

de por medio. AL ORIENTE: Línea RECTA de siete metros quince

centímetros y rumbo sur cero cinco grados once punto cuatro minutos

Oeste lindando con apartamento uno-siete del edifi cio A. Este inmueble

linda por el lado inferior con el bien raíz del mismo edifi cio y por el lado

superior con apartamento dos-ocho de la segunda planta del edifi cio A

obra gruesa de por medio. ”Inmueble inscrito a favor del demandado

bajo la MATRICULA 60014291-A0008, DEL REGISTRO DE LA

PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION

DEL CENTRO.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las diez horas del día cuatro de julio del dos mil siete. LIC.

JOSÉ MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL. LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025953-1

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA

VIDES, como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autó-

noma de Derecho Público del domicilio de San Salvador, contra el señor

NELSON ERNESTO RAMOS PORTILLO, de veintiún años de edad

a la fecha del Contrato, Empleado, y de este domicilio; reclamándole

el pago de CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUAREN-

TA Y OCHO COLONES CON SIETE CENTAVOS, equivalentes a

CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON

CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, en concepto de capital, más los intereses pac-

tados, Primas de Seguros de Vida Colectivo Decreciente y de Daños

a la Propiedad, todo hasta su completo pago, transacción o remate, y

costas procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA,

en este mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente

se indicará, el terreno urbano y construcciones que contiene marcado

con el número QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS, Block “E”, DE

LA URBANIZACION VALLE DEL SOL VI ETAPA, jurisdicción de

Apopa, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de

CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y

UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, y

cuya descripción se inicia: Partiendo de la intersección de los ejes de la

Avenida Santa Catarina y el Pasaje número dieciocho de la Urbanización

Valle del Sol, y midiendo una distancia de once punto cincuenta metros,

sobre el eje del pasaje con rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete

minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, se llega a un punto en el

cual se hace una defl exión positiva de noventa grados y midiendo una

distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al esquinero Nor-Este

del lote que se describe el cual mide y linda: AL SUR: recta de cinco

punto cero cero metros rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete

minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con el lote número

quinientos tres de este mismo Block, pasaje número dieciocho de cinco

punto cero cero metros de ancho de por medio. AL PONIENTE: recta

de diez punto cero cero metros, rumbo Norte de nueve grados cero dos

minutos cero cinco segundos Oeste, linda con el lote número quinientos

cuarenta y siete de este mismo Block, AL NORTE: recta de cinco punto

cero cero metros, rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos

cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote quinientos setenta y

siete de este mismo Block. AL ORIENTE: recta de diez punto cero cero

metros rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos

Este, linda con el lote número quinientos cuarenta y cinco de este mismo

Block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

propiedad de CONSTRUCTORA TENZE. S.A. DE C.V. Inscrito en el

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, Departamento de San Salvador, en el Sistema de Información,

Registro y Catastro, bajo el asiento de inscripción número UNO, de la

Matrícula Número SESENTA MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL

QUINIENTOS TREINTA- CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas del día

veintisiete de julio del año dos mil siete. DRA. VIOLETA DEL CARMEN

DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDO. JOSÉ

DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025954-1

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO LA-

BORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO en general

para los efectos de ley

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido en este

Juzgado por el Licenciado DONALDO ALVARADO, como Apoderado

Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra

el señor FRANCISCO OSWALDO GARCIA VASQUEZ. Se venderá en

pública subasta, en este Tribunal, en fecha que posteriormente se propor-

cionará el inmueble embargado siguiente: Lote urbano y construcciones

que contiene marcado con el número LOTE DIECISIETE, POLIGONO

CINCUENTA, QUINTA ETAPA, DE LA URBANIZACION MONTES

DE SAN BARTOLO IV, situado en la jurisdicción de Soyapango, de

este departamento. “De una extensión superfi cial el cual tiene las loca-

lizaciones, medidas y linderos siguientes: Lote número DIECISIETE,

POLIGONO CINCUENTA: Partiendo de la intersección de los ejes del

Boulevard Las Pavas y El Pasaje número treinta y seis, ambos abiertos

en la urbanización “Montes de San Bartolo IV”, el segundo con rumbo

Norte dieciséis grados veinticinco minutos cuarenta y seis segundos

Oeste se mide sobre el eje de éste una distancia de sesenta punto treinta

y dos metros, en este punto haciendo una defl exión izquierda de noventa

grados y distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al mojón

número uno esquina Sur-Oriente del lote que se describe así: AL SUR:

Partiendo del mojón número uno, tramo recto con rumbo Sur setenta y

tres grados treinta y cuatro minutos catorce segundos Oeste y distancia

de doce metros, se llega al mojón número dos, lindando por este lado

con lote número quince del mismo polígono. AL PONIENTE: Partiendo

del Mojón número dos, tramo recto con rumbo Norte dieciséis grados

veinticinco minutos cuarenta y seis segundos Oeste y distancia de cinco

metros, se llega al mojón número tres, lindando por este lado con lote

número dieciséis del mismo polígono. AL NORTE: Partiendo del mojón

número tres, tramo recto con rumbo norte setenta y tres grados treinta

y cuatro minutos catorce segundos Este y distancia de doce metros se

llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con lote número

diecinueve del mismo polígono, y AL ORIENTE: Partiendo del mojón

número cuatro, tramo recto con rumbo Sur dieciséis grados veinticinco

minutos cuarenta y seis segundos Este y distancia de cinco metros, se

llega al mojón número uno, sitio donde se inició la presente descripción,

lindando por este lado con lote número treinta y cinco polígono cincuenta

y tres, pasaje número treinta y seis de por medio de cinco metros de ancho.

El lote descrito tiene un área de SESENTA METROS CUADRADOS,

equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO

VARAS CUADRADAS y contiene una casa de sistema mixto comple-

tamente nueva y con todos sus servicios, sobre un área construida de

TREINTA PUNTO CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS.”

El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor del

señor FRANCISCO OSWALDO GARCIA VASQUEZ, bajo el asiento

número CERO UNO CERO CUARENTA Y CINCO MIL OCHENTA

Y OCHO-CERO CERO CERO, Inscripción DOS, de Propiedad del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Se admitirán posturas las que se hagan siendo legales.

Librado en el JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL: San Sal-

vador, a las once horas y treinta minutos del día veintidós de octubre del

año dos mil siete. LIC. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ

QUINTO DE LO LABORAL. Por LIC. ANGEL ANTONIO CORNEJO

CAÑENGUEZ, SECRETARIO. INTO.

3 v. alt. No. F025955-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Al Público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA

VIDES, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Ins-

titución de Crédito, Autónoma de este Domicilio, que se abrevia “EL

FONDO” contra el señor EDWIN ADILIO COREAS, conocido por

EDWIN ADILIO ROMERO COREAS, mayor de edad, estudiante del

domicilio de Berlín, departamento de Usulután, reclamándole cantidad de

colones y demás accesorios legales, se venderá en Pública Subasta en este

Juzgado el bien inmueble embargado siguiente: “Un lote de Naturaleza

Urbana y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo

con el NUMERO SEIS, DEL POLIGONO DOS, DEL BLOCK “E”

ORIENTE DEL PASAJE “UNO ORIENTE” DE LA URBANIZACIÓN

“RESIDENCIAL LA SANTISIMA TRINIDAD” situada en Jurisdicción

de Ayutuxtepeque, de este Departamento, con una extensión superfi cial

de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. Di-

cho lote tiene las medidas perimetrales siguientes: LOTE SEIS, DEL

POLIGONO DOS DEL BLOCK “E” ORIENTE DEL PASAJE “UNO

ORIENTE” DE LA URBANIZACION “RESIDENCIAL LA SANTI-

SIMA TRINIDAD” ,AL NORTE: de cinco punto cero cero metros. AL

ORIENTE: diez punto cero cero metros. AL SUR: cinco punto cero cero

metros, y AL PONIENTE: diez punto cero cero metros. El inmueble

anteriormente descrito está inscrito a favor del señor EDWIN ADILIO

COREAS, conocido por EDWIN ADILIO ROMERO COREAS, bajo

la Matrícula número SEIS CERO UNO NUEVE SEIS NUEVE OCHO

CERO - CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento UNO del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de

este Departamento.”

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador: a las nueve

horas con veinticinco del día veintisiete de agosto de dos mil siete. DR.

JOSÉ MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.

BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025956-1

Page 157: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

157DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución

promovida en este Juzgado por el Licenciado DONALDO ALVARADO

Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra LA

SEÑORA KAREN IVONETH JOVEL PINEDA, se venderá en pública

subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportuna-

mente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: UN TERRENO

URBANO y construcciones que contiene marcado con el NUMERO

DOSCIENTOS QUINCE POLÍGONO “N” URBANIZACION LAS

MARGARITAS de una extensión superfi cial de OCHENTA Y UNO

PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, situado en la jurisdic-

ción de Soyapango, de este Departamento y cuyas medidas perimetrales

son: AL NORTE: NUEVE METROS; al oriente: nueve metros; AL SUR:

nueve metros; Y AL PONIENTE, nueve metros contiene una casa de

sistema mixto de un Area de veintisiete metros cuadrados. Inmueble

inscrito a favor de la demandada bajo la Matrícula NUMERO M CERO

UN MILLON TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y

OCHO DEL REGISTRO SOCIAL DE INMUEBLES DE ESTE DE-

PARTAMENTO. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las once horas del día veintisiete de septiembre del dos mil

siete. LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE

ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025957-1

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CI-

VIL INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Licenciada MARIA EUGENIA LEVY DE

GUZMAN, apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

en contra del señor FRANCISCO ANTONIO MARAVILLA CATI-

VO, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta

el inmueble siguiente: “ Lote de terreno urbano y construcciones que

contiene, marcado en el Plano respectivo con el NÚMERO TREINTA

Y SEIS DEL POLIGONO NUMERO TRECE, PASAJE NUMERO

SIETE, del Proyecto de vivienda denominado “URBANIZACION

RESIDENCIAL MIRAMAR”, jurisdicción de San Juan Nonualco,

Departamento de La Paz, de una extensión superfi cial de CIEN PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, y cuyas medidas perimetrales

son las siguientes: AL NORTE: cinco metros, AL ORIENTE: veinte

metros, AL SUR: cinco metros y AL PONIENTE: veinte metros, en el

cual existe construida una casa del sistema mixto.” Inscrito a favor del

demandado señor FRANCISCO ANTONIO MARAVILLA CATIVO,

bajo la Matrícula Número M CERO UN MILLON DOSCIENTOS MIL

SETECIENTOS DIECINUEVE, trasladado al Sistema de Folio Real

Automatizado con Matrícula CINCO CINCO CERO SIETE CUATRO

OCHO DOS SEIS-CERO CERO CERO CERO CERO. En el Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las nueve horas del día nueve de octubre de dos mil siete. LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL, INTO.LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025958-1

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA VIDES, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra de la señora ROSA MARIA BELLOSO HENRIQUEZ, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: “Lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo, con el número CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES del Polígono DOCE, del Proyecto habitacional “VALLE DEL SOL SAN LEONARDO”, ubicado en el Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión superfi cial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, y con área construida de sistema mixto de VEINTISIETE METROS CUADRA-DOS, siendo sus medidas perimetrales: AL NORTE Y AL SUR: de cinco metros; AL ORIENTE Y AL PONIENTE; diez punto cincuenta metros cuadrados.” Inscrito a favor de la demandada señora ROSA MARIA BELLOSO HENRIQUEZ, bajo la Matrícula Número M CERO UNO UNO DOS CINCO TRES UNO CINCO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las nueve horas del día nueve de octubre de dos mil siete. LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTO.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025959-1

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en virtud de ejecución seguida por GENOVEVA POMPILIA LÓPEZ DE SANABRIA, en contra de ZOILA ESPERANZA GOMEZ DE HOWARD expediente No. 40/04, reclamándole suma de dinero, intereses y costas procesales se venderá en PUBLICA SUBASTA en este Juzgado situado en la Catorce Avenida Sur, entre Veintisiete y Veintinueve Calle Poniente de esta ciudad, el día y por el precio que oportunamente se determinará el inmueble siguiente: Terreno antes rústico hoy urbanizado que formó parte de la fi nca llamada El Molino, situada en los Cantones Natividad, Santa Cruz y Loma Alta de esta jurisdicción, el cual forma parte de la urbanización VILLAS DE MONTECARLO, marcado como LOTE NÚMERO CINCO DEL POLÍGONO “F” el cual

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

mide y linda, AL NORTE; veinte punto cero cero metros; AL SUR: veinte punto cero cero metros; al ORIENTE: siete punto cero cero metros y,

al PONIENTE: siete punto cero cero Metros. De un área de CIENTO

CUARENTA Metros CUADRADOS.

Inscrito a favor de la ejecutada al número DOS CERO CERO CERO

CERO CINCO SIETE OCHO - CERO CERO CERO CERO CERO del

Registro Social de Inmuebles de este Departamento.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de

septiembre del año dos mil siete. LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY

LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL

CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025965-1

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para

los efectos de ley,

HACE SABER: Que en virtud de ejecución seguida por JUAN JOSE

MAGAÑA HERRERA, en contra de HERLINDA MAFALDA VEGA DE

LIRA expediente No. 165/06, reclamándole suma de dinero, intereses y

costas procesales, se venderá en PUBLICA SUBASTA en este Juzgado

situado en la Catorce Avenida Sur, entre Veintisiete y Veintinueve Calle

Poniente de esta ciudad, el día y por el precio que oportunamente se

determinará el inmueble siguiente: lote de terreno de naturaleza rústica,

situado en el Cantón El Ranchador de esta jurisdicción, propiamente en la

Lotifi cación denominada “San Luis Ranchador”, marcado con el número

TREINTA Y UNO del polígono CUATRO el cual se describe así: de

una área de CIENTO SESENTA Metros CUADRADOS equivalentes

a DOSCIENTAS VEINTIOCHO PUNTO NOVENTA Y TRES VARAS

CUADRADAS. Partiendo de la intersección de las líneas centrales y

Segunda Avenida y Octava Calle Poniente, se parte al oriente sobre la

línea central de la última una distancia de veintitrés metros, luego en este

punto se hace una defl exión derecha de noventa grados con distancia de

tres metros, se llega al mojón esquinero nor-poniente, describiendo a

continuación cada lindero: LINDERO NORTE, distancia de ocho metros,

colindando con lote seis del polígono siete y Octava Calle Poniente de

seis metros de ancho de por medio; LINDERO ORIENTE, distancia de

veinte metros, colindando con lote treinta del mismo polígono cuatro;

AL SUR, distancia de ocho metros, colindando con lote seis del mismo

polígono cuatro y, LINDERO PONIENTE, distancia de veinte metros,

colindando con lotes tres, dos y uno del mismo polígono cuatro. Dicho

inmueble se encuentra inscrito a favor de la ejecutada a la matrícula

DOS CERO CERO OCHO UNO CERO TRES OCHO - CERO CERO

CERO CERO CERO de este departamento.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día veinticinco

de septiembre del año dos mil siete. LIC. SAMUEL MARCELINO

GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL

DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025966-1

LA SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ELECTRICIDAD Y

TELECOMUNICACIONES

HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO:

AVISO DE SUBASTA DE ENLACE PUNTO A

PUNTO DE MICROONDAS

FECHA DE LA SUBASTA: veinte de noviembre del 2007.

HORA DE SUBASTA: nueve horas

METODO DE LA SUBASTA: una sola oferta presentada en sobre

cerrado.

PERIODO DE INSCRIPCIÓN: del doce al dieciséis de noviembre de

dos mil siete, ambas fechas inclusive en el horario comprendido de las

ocho horas y treinta minutos a las doce horas y de las catorce horas a

dieciséis horas.

LUGAR DE SUBASTA: Ofi cinas de esta Superintendencia situadas en

la Sexta Décima Calle Poniente y Treinta y Siete Avenida Sur No. 2001,

Colonia Flor Blanca, San Salvador.

PRECIO BASE: TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES

74/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

($3,473.74)

GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN: UN MIL SETECIENTOS

TREINTA Y SEIS 87/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA ($1,736.87)

OFERTA MINIMA ACEPTABLE: el monto del precio base incrementado

en un diez por ciento por el par de frecuencias en subasta

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159DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

- Todos los interesados deberán recoger durante el período de inscripción, la fi cha para realizar la inscripción, así como también el detalle de las condiciones técnicas bajo las cuales se está subastando la frecuencia.

- Durante la inscripción se entregará el instructivo conteniendo el procedimiento de la Subasta

DETALLE DE FRECUENCIAS A SUBASTAR

Tx Rx

(MHz) (MHz) AB (MHz) RUTA DE ENLACE

7,940.425 8,251.745 28.000 Cerro Cachío - Ahuachapán 1

FECHA DE RESOLUCIÓN: treinta y uno de octubre de 2007

LIC. FERNANDO ARGUELLO TELLEZ,

SUPERINTENDENTE.

2 v. alt. No. F025982-1

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

DROGUERIA Y REPRESENTACIONES PAR, Sociedad Anónima de Capital Variable, que se abrevia DREPAR S.A. DE C.V., COMUNICA: Que en sus ofi cinas ubicadas en 5a. Avenida Norte, No. 1623, San Sal-vador, El Salvador se ha presentado la propietaria de CERTIFICADO DE ACCION, Número 001, solicitando la reposición de dicho CERTI-FICADO por haberse destruido totalmente, por un valor de noventa y ocho mil colones equivalente a ONCE MIL DOSCIENTOS DOLARES ($11,200).

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, 25 de Octubre de 2007.

NURIA ESTELA DE MOLINA,

DREPAR S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. C014181-1

AVISO

Banco HSBC Salvadoreño, S.A. al público hace saber: que se ha presentado parte interesada a notifi car a estas ofi cinas ubicadas en Avenida Olímpica # 3550, San Salvador, el extravío de un Certifi cado de Acciones de esta Institución No. 7565 por 49 acciones a nombre de Gladys Campos de Meléndez inscritas en el Libro de Accionistas que llevaba la Sociedad, por lo cual solicita su reposición.

San Salvador, a los treinta y un días del mes de octubre de 2007.

ING. RENE NARVAEZ,

DIRECTOR DE RIESGOS.

3 v. alt. No. F026035-1

FRECUENCIAS DE USO REGULAR

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE

ELECTRICIDAD Y TELECOMUNICACIONES

HACE SABER: que de conformidad con los Artículos 76 y 78 de la Ley de Telecomunicaciones, se han emitido resolución el día treinta y uno de octubre del año dos mil siete, por medio de la cual fue admitida solicitud de concesión de frecuencias, las que se detallan a continua-ción:

FRECUENCIAS DE USO REGULADO

PARA OPOSICIÓN O INTERES

SERVICIO FIJO

No. Tx (MHz) Rx (MHz) AB RUTA DE ENLACE

(MHz)

1 14,935.000 14,445.000 28.00 Cerro El Carmen - Mejicanos

2 8,059.020 7,747.700 7.00 Armenia - Ciudad Arce 2

Donde: MHz = Mega Hertz

De acuerdo al Artículo 79 de la Ley en mención, se solicitó al Gerente de Telecomunicaciones el informe técnico correspondiente, señalando para tal efecto un plazo de veinte días; asimismo, se ordenó esta publi-cación, a fi n de que cualquier interesado, dentro del plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente de la segunda publicación, manifi este su oposición o interés a las frecuencias que forman parte de las con-cesiones solicitadas, las cuales deberán ser presentadas en original en las ofi cinas administrativas de la Superintendencia, ubicadas en Sexta Décima Calle Poniente y 37 Avenida Sur No. 2001, Colonia Flor Blanca, San Salvador, en el período comprendido entre el doce de noviembre al siete de diciembre de 2007, ambas fechas inclusive.

Librada en la Superintendencia General de Electricidad y Teleco-municaciones, San Salvador, a las ocho horas del día cinco de noviembre del año dos mil siete.

LIC. FERNANDO ARGUELLO TELLEZ,

SUPERINTENDENTE.

2 v. alt. No. F025983-1

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2007068757

No. de Presentación: 20070096534

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de TELEVISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: La palabra ESPACIO y diseño, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NAU-TICOS, GEODESICOS, FOTOGRAFICOS, CINEMATOGRAFICOS, OPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACION, DE CON-TROL (INSPECCION), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSE-ÑANZA; APARATOS PARA LA CONDUCCION, DISTRIBUCION, TRANSFORMACION, ACUMULACION, REGULACION O CON-TROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISION, REPRODUCCION DEL SONIDO O IMAGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNETICOS, DISCOS ACUSTICOS; DISTRIBUIDORES AUTOMATICOS Y MECANISMOS PARA APA-RATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS, EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION Y ORDENADORES; EXTINTORES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014189-1

No. de Expediente: 2007068760

No. de Presentación: 20070096537

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MARIA DAYSI YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de TELEVISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Las palabras ESPACIO VANGUARDIA y dise-ño, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NAUTICOS, GEODESICOS, FOTOGRAFICOS, CINEMATOGRAFICOS, OPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACION, DE CONTROL (INSPECCION), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; APARATOS PARA LA CONDUCCION, DISTRIBUCION, TRANSFORMACION, ACUMU-LACION, REGULACION O CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; APARATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISION, REPRODUC-CION DEL SONIDO O IMAGENES; SOPORTES DE REGISTRO MAGNETICOS, DISCOS ACUSTICOS; DISTRIBUIDORES AU-TOMATICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO; CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS, EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION Y OR-DENADORES; EXTINTORES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014191-1

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161DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007069507

No. de Presentación: 20070097744

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de NAUTICA APPAREL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

NAUTICA

Consistente en: La palabra NAUTICA, que servirá para: AMPARAR; JABONES, PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTIFRICOS; COLONIAS; PER-FUMES; AGUAS DE TOCADOR; PRODUCTOS COSMETICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; LOCIONES PARA EL CUERPO; TAL-COS PARA EL CUERPO; CREMAS COSMETICAS; PRODUCTOS DE TOCADOR; AGUAS DE TOCADOR; LECHES DE TOCADOR; TALCO PARA TOCADOR; ASTRINGENTES PARA USO COSME-TICO; PRODUCTOS PARA EL AFEITADO; LOCIONES PARA DESPUES DEL AFEITADO; CHAMPUS; ACONDICIONADORES PARA EL CABELLO; LACAS PARA EL CABELLO; COLORANTES PARA EL CABELLO; DESODORANTES PARA USO PERSONAL; PRODUCTOS DE TOCADOR CONTRA LA TRANSPIRACION; PRE-PARACIONES COSMETICAS PARA EL BRONCEADO DE LA PIEL; PRODUCTOS ANTISOLARES; PREPARACIONES PARA REFRES-CAR Y HUMECTAR LA PIEL DESPUES DEL BRONCEADO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014193-1

No. de Expediente: 2007069516

No. de Presentación: 20070097753

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de NAUTICA

APPAREL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Un diseño que se identifi ca como “Logo de Nautica Apparel, Inc., que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMITACIONES DE CUERO, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPREN-DIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAULES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; MALE-TINES Y MALETINES DESPLEGABLES; BOLSOS; CARTERAS; MOCHILAS; VALIJAS; CARTERAS DE MANO; BOLSAS; BILLE-TERAS.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014194-1

No. de Expediente 2007069517

No. de Presentación 20070097754

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de NAUTICA APPAREL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Un diseño que se identifi ca como el Logo de Nautica Apparel, Inc., que servirá para: AMPARAR: ARTÍCULOS DE VESTIR;

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

CALZADO; SOMBRERERÍA; CALZADO DE PLAYA; CINTURONES [VESTIMENTA]; BLUSAS; BOTAS; CALZONCILLOS TIPO BOXER; VISERAS [SOMBRERERÍA]; GORROS Y CACHUCHAS; ABRIGOS; VESTIDOS; BATAS; ALPARGATAS; GUANTES [VESTIMENTA]; SOMBREROS; BANDAS PARA LA CABEZA [VESTIMENTA]; PRENDAS DE PUNTO; ROPA PARA INFANTES; CHAQUETAS; MITONES; CORBATAS; ROPA EXTERIOR; PARKAS; CAMISAS CON CUELLO Y MANGAS CORTAS; PIJAMAS; CHAQUETAS PARA LA LLUVIA; SANDALIAS; BUFANDAS; FULARES; CHA-LES; CAMISAS; ZAPATOS; PANTALONES CORTOS; FALDAS; PANTALONES CASUALES; ROPA DE DORMIR; ZAPATILLAS [PANTUFLAS]; CALCETINES; CAMISAS DEPORTIVAS; ZAPA-TOS DE SPORT; VESTIDOS [TRAJES]; TIRANTES; CAMISAS TIPO SUDADERAS; TRAJES DE BAÑO [BAÑADORES]; CAMI-SETAS [DE MANGA CORTA]; PANTALONES; CAMISETAS; ROPA INTERIOR; CAMISETAS QUE SE USAN COMO ROPA INTERIOR; LENCERÍA INTERIOR; CHALECOS; CHAQUETAS RESISTENTES AL VIENTO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014195-1

No. de Expediente: 2007069549

No. de Presentación: 20070097819

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de The Coca-Cola Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

QUE RICA IDEA

Consistente en: La expresión QUE RICA IDEA, que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y ZUMOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014196-1

No. de Expediente: 2007064317

No. de Presentación: 20070088753

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de Univar N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

UNIVAR

Consistente en: La palabra UNIVAR, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR (PREPARACIONES ABRASIVAS); JABONES; PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES PARA USO GENERAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, COSMÉTICOS, LO-CIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014197-1

Page 163: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

163DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007067146

No. de Presentación: 20070093816

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Arcor do Brasil Ltda., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

I-GUM

Consistente en: La palabra I-GUM, sobre el uso aislado de la pa-labra GUM no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: GOMA DE MASCAR PARA USO NO MEDICO Y CONFITERIA.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de mayo del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014199-1

No. de Expediente: 2007069513

No. de Presentación: 20070097750

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de NAUTICA APPAREL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: Un diseño que será identifi cado como “Logo de Nautica Apparel, Inc.”, que servirá para: AMPARAR: JABONES;

PERFUMERÍA; ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS; COLONIAS; PERFUMES; AGUAS DE TOCADOR; PRODUCTOS COSMÉTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL; LOCIONES PARA EL CUERPO; TALCOS PARA EL CUERPO; CREMAS COSMÉTICAS; PRODUCTOS DE TOCADOR; AGUAS DE TOCADOR; LECHES DE TOCADOR; TAL-CO PARA TOCADOR; ASTRINGENTES PARA USO COSMÉTICO; PRODUCTOS PARA EL AFEITADO; LOCIONES PARA DESPUÉS DEL AFEITADO; CHAMPÚS; ACONDICIONADORES PARA EL CABELLO; LACAS PARA EL CABELLO; COLORANTES PARA EL CABELLO; DESODORANTES PARA USO PERSONAL; PRO-DUCTOS DE TOCADOR CONTRA LA TRANSPIRACIÓN; PREPA-RACIONES COSMÉTICAS PARA EL BRONCEADO DE LA PIEL; PRODUCTOS ANTISOLARES; PREPARACIONES PARA REFRES-CAR Y HUMECTAR LA PIEL DESPUÉS DEL BRONCEADO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014200-1

No. de Expediente: 2007068166

No. de Presentación: 20070095369

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de JANTZEN APPAREL, LLC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

DIVING GIRL

Consistente en: las palabras DIVING GIRL traducidas al castellano como Buceando Niña, que servirá para: AMPARAR: ROPA, ESPE-CIALMENTE CAMISAS DE PUNTO Y TEJIDAS, PANTALONES CASUALES, BLUSAS, CAMISAS, PANTALONES CORTOS, PAN-TALONES, CHAQUETAS, ABRIGOS, CHALECOS, CHAQUETAS DE LANA, ABRIGOS DE LANA, CHALECOS DE LANA, TRAJES DE BAÑO, CALZONETAS, ROPA PARA LA PLAYA, VESTIDOS, FALDAS, JERSEYS [SWEATERS], ROPA INTERIOR, CALCETI-NES; SOMBRERERIA, ESPECIALMENTE SOMBREROS, GORRAS

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

O CACHUCHAS, VISERAS [SOMBRERERIA], BANDAS PARA LA CABEZA [VESTIMENTA]; CALZADO.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014206-1

No. de Expediente: 2007069570

No. de Presentación: 20070097857

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE RO-BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Alparis, S. A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

UNASAL

Consistente en: La palabra UNASAL, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS; PREPA-RACIONES SANITARIAS PARA USO MEDICO; SUSTANCIAS DIE-TETICAS PARA USO MEDICO, ALIMENTOS PARA BEBES; YESO PARA USO MEDICO, MATERIAL PARA CURACIONES (APOSITOS Y VENDAS); MATERIAL PARA TAPAR DIENTES; CERA DENTAL; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCION DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014208-1

No. de Expediente: 2007069510

No. de Presentación: 20070097747

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de NAUTICA APPAREL, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

NAUTICA

Consistente en: La palabra NAUTICA, que servirá para: AMPARAR: CUERO E IMITACIONES DE CUERO, PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PIELES DE ANIMALES; BAULES Y MALETAS; PARAGUAS, SOMBRILLAS Y BASTONES; MALETINES Y MALETINES DESPLEGABLES; BOLSOS; CARTERAS; MOCHILAS; VALIJAS; CARTERAS DE MANO; BOLSAS; BILLETERAS.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014209-1

No. de Expediente: 2007069526

No. de Presentación: 20070097763

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de GUANDY HOLDING, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el Registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: La palabra SANYA y diseño, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS; APARATOS DE LOCOMOCION TE-RRESTRE, AEREA O ACUATICA.

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165DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014213-1

No. de Expediente: 2006060457

No. de Presentación: 20060081767

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Avon

Products, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

PETIT TEENS

Consistente en: Las palabras PETIT TEENS y diseño, traducido

al castellano como PEQUEÑOS ADOLESCENTES, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR (PREPARACIONES

ABRASIVAS); JABONES; PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES,

COSMETICOS; DENTIFRICOS; FRAGANCIAS, PRODUCTOS DE

TOCADOR, PREPARACIONES Y PRODUCTOS COSMETICOS

PARA EL CUIDADO PERSONAL Y PARA EL CUIDADO DE LA

PIEL, CABELLO Y UÑAS.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014218-1

No. de Expediente: 2007069574

No. de Presentación: 20070097861

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE RO-

BERTO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de Escada

Aktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el Registro

de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Moon Sparkle

Consistente en: Las palabras Moon Sparkle traducidas al castella-no como Luna centellear, que servirá para: AMPARAR: PERFUMES, AGUAS PERFUMADAS, AGUAS DE TOCADOR, COSMETICOS Y PRODUCTOS COSMETICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL Y EL CUERPO.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

LICDA HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014220-1

Page 166: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

MARCAS DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2007071191

No. de Presentación: 20070100291

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE ARTURO

RODRIGUEZ IRAHETA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de DEXTRA EMPRESARIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: DEXTRA, S. A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS,

Consistente en: las palabras Dextra empresarial y diseño, que

servirá para: AMPARAR: GESTION DE NEGOCIOS COMERCIA-

LES, ESPECIFICAMENTE, SERVICIOS DE CONSULTORIA Y

ELABORACION DE DECLARACIONES EN MATERIA FISCAL,

SERVICIOS DE CONTABILIDAD.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de octubre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014172-1

No. de Expediente: 2007068316

No. de Presentación: 20070095671

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA

EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Tar-

get Brands, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identifi cado como Logo de Target

Brands, Inc., que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RE-

AGRUPAMIENTO, POR CUENTA DE TERCEROS, DE PRODUCTOS

(CON EXCEPCION DE SU TRANSPORTE), PERMITIENDO A LOS

CONSUMIDORES EXAMINAR Y COMPRAR ESTOS PRODUCTOS

CON COMODIDAD, PRINCIPALMENTE SERVICIOS DE VENTA

DE ALMACENES MINORISTAS, SERVICIOS DE VENTA POR

INTERNET; SERVICIOS DE GESTION DE NEGOCIOS COMER-

CIALES, PRINCIPALMENTE SERVICIOS DE ABASTECIMIEN-

TO PARA TERCEROS [COMPRA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

PARA OTRAS EMPRESAS], SERVICIOS DE DESARROLLO Y

PROMOCION DE PRODUCTOS [PARA TERCEROS], SERVICIOS

DE ASESORIA DE AGENCIAS DE EXPORTACION, SERVICIOS DE

ASISTENCIA EN LA DIRECCION DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE

ASESORES PARA LA ORGANIZACION DE NEGOCIOS.

La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014186-1

Page 167: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

167DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007068315

No. de Presentación: 20070095670

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO de Tar-get Brands, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

TARGET

Consistente en: la palabra TARGET traducida al castellano como BLANCO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE REAGRU-PAMIENTO, POR CUENTA DE TERCEROS, DE PRODUCTOS (CON EXCEPCION DE SU TRANSPORTE), PERMITIENDO A LOS CONSUMIDORES EXAMINAR Y COMPRAR ESTOS PRODUCTOS CON COMODIDAD, PRINCIPALMENTE SERVICIOS DE VENTA DE ALMACENES MINORISTAS, SERVICIOS DE VENTA POR INTERNET; SERVICIOS DE GESTION DE NEGOCIOS COMER-CIALES, PRINCIPALMENTE SERVICIOS DE ABASTECIMIEN-TO PARA TERCEROS [COMPRA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS PARA OTRAS EMPRESAS], SERVICIOS DE DESARROLLO Y PROMOCION DE PRODUCTOS [PARA TERCEROS], SERVICIOS DE ASESORIA DE AGENCIAS DE EXPORTACION, SERVICIOS DE ASISTENCIA EN LA DIRECCION DE NEGOCIOS, SERVICIOS DE ASESORES PARA LA ORGANIZACION DE NEGOCIOS.

La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014187-1

No. de Expediente: 2007068769

No. de Presentación: 20070096546

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de TELEVISA, S. A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Vanguardia Iberoamericana

Consistente en: las palabras Vanguardia Iberoamericana, que ser-virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; SERVICIOS

DE GESTIÓN DE NEGOCIOS COMERCIALES; SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; SERVICIOS DE TRABAJOS DE OFICINA.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014190-1

No. de Expediente: 2007068771

No. de Presentación: 20070096548

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DAYSI YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de TELEVISA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Vanguardia Iberoamericana

Consistente en: las palabras Vanguardia Iberoamericana, que servi-rá para: AMPARAR SERVICIOS DE EDUCACION; SERVICIOS DE FORMACION; SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO; SERVICIOS DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014192-1

Page 168: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

No. de Expediente: 2007066606

No. de Presentación: 20070092835

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LINDA MAR-

CELA PLEITEZ VELA, en su calidad de APODERADO de Stanford

Financial Group Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño que se identifi ca como Logo de Stanford

Financial Group Company, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

FINANCIEROS, A SABER, SERVICIOS DE PLANIFICACION FI-

NANCIERA, SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE CAPITALES,

SERVICIOS DE CORRETAJE EN BOLSA, SERVICIOS DE ASESO-

RIA EN INVERSION DE CAPITALES, BANCA DE INVERSION,

BANCA PRIVADA INTERNACIONAL Y BANCA COMERCIAL,

INVERSIONES INMOBILIARIAS E INVERSIONES INTERNACIO-

NALES; SERVICIOS DE AGENCIAS DE SEGUROS Y CORRETAJE

DE SEGUROS; SERVICIOS FIDUCIARIOS, A SABER SERVICIOS

DE AGENCIAS DE INVERSIONES DE FONDOS Y FIDUCIARIOS;

SERVICIOS DE PLANEACION DE PROPIEDAD Y HERENCIA; SER-

VICIOS DE CONSULTORIA DE INVERSIONES EN EL CAMPO DE

INVERSIONES EN METALES PRECIOSOS Y NUMISMATICA Y

SERVICIOS DE CORRETAJE EN EL CAMPO DE INVERSIONES

EN METALES PRECIOSOS Y NUMISMATICA.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014201-1

No. de Expediente: 2007068767

No. de Presentación: 20070096544

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO

de TELEVISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ESPACIO VANGUARDIA y diseño, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION; SERVICIOS

DE FORMACION; SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO; SERVICIOS

DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014202-1

Page 169: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

169DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007069572

No. de Presentación: 20070097859

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-TO ROMERO MENA, en su calidad de APODERADO de The Bank of Nova Scotia, de nacionalidad CANADIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras S Scotia Private Client Group y diseño, traducidas al castellano como S Scotia Privado Cliente Grupo; sobre las palabras individualmente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS FINAN-CIEROS; SERVICIOS DE NEGOCIOS BANCARIOS; SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE CAPITALES.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014203-1

No. de Expediente: 2007068763

No. de Presentación: 20070096540

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de TELEVISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ESPACIO VANGUARDIA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; SERVI-

CIOS DE GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES; SERVICIOS

DE ADMINISTRACION COMERCIAL; SERVICIOS DE TRABAJOS

DE OFICINA.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014205-1

No. de Expediente: 2007068758

No. de Presentación: 20070096535

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

DAYSI YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO

de TELEVISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ESPACIO y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; SERVICIOS DE GESTION

DE NEGOCIOS COMERCIALES; SERVICIOS DE ADMINISTRA-

CION COMERCIAL; SERVICIOS DE TRABAJOS DE OFICINA.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil siete.

Page 170: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014211-1

No. de Expediente: 2007068766

No. de Presentación: 20070096543

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO

de TELEVISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ESPACIO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACION; SERVICIOS DE FOR-

MACION; SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO; SERVICIOS DE

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014214-1

No. de Expediente: 2007068765

No. de Presentación: 20070096542

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de TELEVISA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras ESPACIO VANGUARDIA y diseño,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIO-

NES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014216-1

Page 171: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

171DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007068770

No. de Presensación: 20070096547

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA DAYSI YANIRA MARTINEZ ALAS, en su calidad de APODERADO de TELEVISA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Vanguardia Iberoamericana

Consistente en: las palabras Vanguardia Iberoamericana, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de julio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3. v. alt. No. C014222-1

No. de Expediente: 2007070426

No. de Presentación: 20070099184

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAIME ANTONIO ARIAS BOJORQUEZ, en su calidad de REPRESENTAN-TE LEGAL de ALNEXUS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALNEXUS, S.A DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-CIOS,

Consistente en: la frase THE POWER OF THE CREATIVE MES-SAJE que se traduce al castellano como EL PODER DEL MENSAJE

CREATIVO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICI-DAD, GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES, ADMINISTRA-CION COMERCIAL Y TRABAJOS DE OFICINA.

La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de octubre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026055-1

No. de Expediente: 2007064339

No. de Presentación: 20070088780

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FERNANDO JOSE ARTEAGA HERNANDEZ, en su calidad de APODERADO GE-NERAL ADMINISTRATIVO de ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CRECER, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: AFP CRECER, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras class CRECER y diseño, la palabra class se traduce al castellano como clase, que servirá para: AMPARAR: UN SERVICIO FINANCIERO CONSISTENTE EN UN PLAN QUE ANIMA A LOS AFILIADOS DE AFP CRECER, A REALIZAR APORTACIONES VOLUNTARIAS A SU CUENTA INDIVIDUAL DE AHORRO PARA PENSION.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de enero del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F026090-1

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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIAS

GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO, Jueza de Primera Instan-

cia Suplente de este Distrito Judicial, AL PÚBLICO para los efectos

de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las doce

horas del día ocho de octubre de este año; SE HA TENIDO por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a

su defunción ocurrida el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DE MIL

NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE, en el Hospital Santa Gertrudis

de la ciudad de San Vicente, siendo su último domicilio esta ciudad de

San Sebastián, dejó el señor JUAN ANTONIO MEJIA RODRÍGUEZ

o JUAN ANTONIO MEJIA, de parte del señor RAMIRO ARNOLDO

CARRILLO ALVARADO, en su concepto de CESIONARIO de los

Derechos Hereditarios que les corresponderían a los señores ROBERTO

ANTONIO FLORES MEJIA, ROSENDO ANTONIO FLORES MEJIA

y OSCAR ANTONIO FLORES MEJIA, en su carácter de hijos de dicho

causante.- CONFIÉRESELE al aceptante. la Administración y Represen-

tación INTERINA DE LA SUCESIÓN con las facultades y restricciones

de ley.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito de San Sebastián, a las

doce horas y treinta minutos del día ocho de octubre de dos mil sie-

te.- Licda. GILMA DARLENE ARÉVALO SORIANO, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Br. BESSY CECILIA FABIÁN

FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014095-2

MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las ocho

horas cuarenta y cinco minutos del día uno del corriente mes y año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

de la herencia intestada dejada por la señora DOMINGA ANTONIA

FLAMENCO, quien fue conocida por Antonia Flamenco y por María

Antonia Flamenco, fallecida el día nueve de marzo del corriente año,

en esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores REYES

OTONIEL FLAMENCO, MARIA LUISA ARGENTINA FLAMENCO

DE CERÉN, ALBA ARACELI FLAMENCO, OLGA MARIELA FLA-

MENCO y EVELYN ROXANA BATRES DE GARCÍA, en concepto

de hijos de la causante.

Y se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas quince

minutos del día diecisiete de octubre del dos mil siete.- Dr. MARIO

MOISA MARTÍNEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. CECILIA DEL

CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025545-2

CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las nueve horas y tres minutos del día once de junio de dos mil siete,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante ROGELIO

DEL CARMEN MOLINA RAUDA conocido por ROGELIO DEL

CARMEN MOLINA, quien fue de cincuenta y cinco años de edad,

soltero, agricultor en pequeño, originario de Potonico, departamento

de Chalatenango, y de este domicilio, de nacionalidad salvadoreña, hijo

de Pedro Molina y Francisca Rauda, quien falleció el día veintiuno de

junio de mil novecientos ochenta y ocho; de parte de JOSÉ WUILBER

MOLINA RECINOS; en su calidad de hijo del causante.

Se ha conferido al aceptante la representación y administración

INTERINA de la herencia intestada, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Cítase a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes después

de la última publicación de este Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

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173DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce

horas y cuarenta y cuatro minutos del día cinco de septiembre de dos

mil siete.- Lic. CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE

LO CIVIL.- Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F025554-2

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL INTERINO DE

SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY;

HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas y

cuarenta minutos del día veintinueve de octubre del año dos mil siete,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el

día veintiuno de diciembre del año de mil novecientos setenta y ocho,

siendo su último domicilio el de esta ciudad, dejó la señora MARINA

RODRÍGUEZ VIUDA DE JAIME conocida por MARIA PIEDAD

RODRÍGUEZ VIUDA DE JAIME, de parte del señor RAÚL ANTO-

NIO JAIME RODRÍGUEZ, en su concepto de hijo de la causante antes

mencionada. Se le confi ere al aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las

diez horas con treinta minutos del día treinta de octubre del año dos mil

siete.- MARIO MOISA MARTÍNEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

INTO.- Licda. CONCEPCIÓN PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025561-2

OSCAR DANIEL ARANA ARÉVALO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Intestada que a

su defunción dejó la señora MARIA CASTELLÓN, conocida también

por MARIA EVELIA CASTELLÓN, quien fue de ochenta y cinco años

de edad, de ofi cios domésticos, soltera, de nacionalidad salvadoreña,

de origen y domicilio de Jucuapa, hijo de María Castellón y de padre

ignorado, falleció el día once de febrero de dos mil siete, siendo su

último domicilio la Ciudad de Jucuapa, de parte de los señores JOSÉ

JUAN CASTELLÓN, conocido también por JOSÉ JUAN CASTELLÓN

CASTELLÓN, y OSCAR DAVID CASTELLÓN, quienes actúan en

carácter de hijos de la causante.

Confi éresele a los aceptantes en el carácter aludido la administración

y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA a los que se crean con

derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro

del término de quince días a partir del siguiente al de la publicación del

presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA Y SIETE MI-

NUTOS DEL DIA QUINCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL SIETE.-

Lic. OSCAR DANIEL ARANA ARÉVALO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025565-2

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS

EFECTOS DE LEY;

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas quince

minutos del día cinco de octubre del año dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día

treinta y uno de marzo del año dos mil seis, dejó el causante señor JORGE

ALBERTO OTERO FIGUEROA, de parte de la señora REINA GLORIA

ACEVEDO DE OTERO, en su concepto de cónyuge sobreviviente del

referido causante. Se ha conferido a la aceptante la Administración y

Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia yacente.

Librado en el Juzgado. Primero de lo Civil; San Salvador, a las diez

horas del día diez de octubre del año dos mil siete.- MARIO AGUILAR

MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. CONCEPCIÓN

PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025568-2

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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas de este día se ha

tenido por Aceptada Expresamente y con benefi cio de Inventario la

Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora MERCE-

DES DE JESUS RODRIGUEZ, conocida por MERCEDES DE JESUS

MARIN RODRIGUEZ, al fallecer el día cuatro de mayo de dos mil siete,

en la Clínica Asistencial Orellana de esta ciudad de Usulután el lugar

que tuvo como último domicilio de parte del señor RAUL ALFONSO

RODRIGUEZ CAMPOS en calida de hijo de la causante.

Confi riéndosele al aceptante dicho, la Administración y Repre-

sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: USULUTÁN, a

los treinta días del mes de julio de dos mil siete. LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025573-2

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado

a las diez horas con quince minutos del día dos de julio del corriente

año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventa-

rio la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora

CONSUELO VEGA DE URRUTIA, fallecida a las quince horas del

día quince de abril de dos mil siete, en el Cantón Planes Segundo de

esta jurisdicción, siendo esta ciudad su último domicilio; de parte del

señor Francisco Antonio Urrutia Vega por sí como hijo y además como

cesionario de los derechos hereditarios que en la sucesión les corres-

ponde a los señores Rafael Antonio, Norma Estela, Rosa Lila, María

Consuelo y Gladis Guadalupe, todos de apellidos URRUTIA VEGA,

todos hijos de la causante. Nómbrase al aceptante en el carácter dicho

administrador y representante interino de la sucesión de que se trata,

con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de

la herencia. Publíquense los edictos de Ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia; Chinameca, a las diez

horas con treinta minutos del día dos de julio de dos mil siete. Enmendado

URRUTIA-Vale. LICDA. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE

LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. ROSALIA DE JESUS

PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025581-2

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a

las once horas cuarenta y cinco minutos del día cuatro de octubre del

año dos mil siete, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor EN-

RIQUE AGUILAR, quien fue de treinta y nueve años de edad, Soltero,

hijo de CORINA AGUILAR, fallecido el día veintiuno de marzo del año

dos mil siete; siendo la Ciudad de Apopa el lugar de su último domici-

lio; de parte de los señores: JOSE ENRIQUE AGUILAR CARCAMO

de dieciocho años de edad, Estudiante, de este domicilio; y, CORINA

AGUILAR, de sesenta y cuatro años de edad, de Ofi cios domésticos, del

domicilio de Ciudad Delgado; en calidad de hijo y Madre del Causante,

respectivamente.-

Y se les confi rió a los aceptantes en el carácter indicado, la Admi-

nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Lo que se hace del conocimiento al Público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas cua-

renta y nueve minutos del día cuatro de octubre del año dos mil siete.

DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025630-2

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175DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL:

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las catorce horas y treinta y ocho minutos del día diecinueve de Octubre

del corriente año, se ha declarado heredero ab-intestato, con Benefi cio

de Inventario del señor JERONIMO NIETO, quien falleció el día

treinta de Agosto del año mil novecientos cuarenta y tres, en el Cantón

El Zapotillo, Alegría, Departamento de Usulután, siendo éste su último

domicilio, de parte del señor AMADO ANTONIO CAMPOS LOPEZ,

como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a

la señora LORENZA DE JESUS NIETO DE BAUTISTA, conocida

por LORENZA DE JESUS NIETO, en calidad de nieta del causante.

Confi riéndosele al aceptante dicho la Administración y Representación

Legal Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

Santiago de María, a los veintidós días del mes de Octubre del año dos

mil siete. LICDA. GLADIS NOEMI ALONZO GONZALEZ, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. FREDY FRANCISCO ORELLANA

FRANCO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025665-2

HERNAN ROBERTO GARCIA CUBIAS, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Séptima Avenida Norte, Edifi cio Dos- C, Local

Doce, Segunda Planta, Urbanización Adela, de esta ciudad, al público

para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las diez horas y treinta minutos del día veinte de Octubre del corriente

año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-

tario, de parte de los señores DAVID ALFREDO VASQUEZ FLORES

y GERSON ALEXANDER VASQUEZ FLORES, en su calidad de

hijos sobrevivientes y herederos testamentarios de la causante señora

NOEMI FLORES MONTENEGRO conocida por NOEMI FLORES,

la herencia testamentaria que a su defunción dejara la señora NOEMI

FLORES MONTENEGRO conocida por NOEMI FLORES, ocurrida

en esta ciudad, el día veintiocho de diciembre del año dos mil cuatro,

habiéndosele conferido la administración y representación interina de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los

que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten

a la mencionada ofi cina en el término de quince días, contados a partir

del día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario HERNAN ROBERTO GARCIA

CUBIAS. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día veinti-

cinco de octubre del año dos mil siete.

LIC. HERNAN ROBERTO GARCIA CUBIAS,

NOTARIO.

3 v. c. No. F025768-2

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado

MIGUEL ANGEL AVELAR AMAYA, de cuarenta y un años de edad,

Abogado y Notario, de este domicilio, con Documento Único de Identi-

dad Personal número cero dos millones ochocientos dos mil doscientos

cuarenta y dos guión dos, en su carácter de Apoderado General Judicial

con Cláusula especial de la señora HAIDA BERTILA ESCOBAR DE

RAMIREZ, de cuarenta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, de este

domicilio y del de Miami, Florida, Estados Unidos de Norte América, con

Documento Único de Identidad Personal Número cero cuatro millones

sesenta mil ochocientos treinta guión uno; quien solicita a favor de su

mandante, se le extienda Título de Propiedad Municipal de un terreno

de naturaleza rústica, que de buena fe, en forma quieta, pacífi ca y no

interrumpida posee por más de diez años consecutivos sumada a la de

su antecesor dueño, situado en cantón Los Amates de esta jurisdicción;

de una extensión superfi cial de SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE

PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, siendo las

medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veinticuatro metros punto

cero dos metros cuadrados y colinda con propiedad de Manuel Cáceres

y calle de por medio; AL ORIENTE. en tres tramos rectos así: el primero

de veintidós punto cincuenta metros cuadrados, el segundo de uno punto

cincuenta y cinco metros cuadrados, colindando con propiedad de Juan

Ramón Ascencio Acosta y el tercero de ocho punto cuarenta y cinco metros

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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

cuadrados, colindando con María Victoria Sermeño Azcúnaga y Olivia

Sermeño; AL SUR: un solo tramo de treinta y tres metros, colindando

con propiedad de María Victoria Sermeño Azcúnaga y Olivia Sermeño

y AL PONIENTE: en dos tramos rectos así: el primero de catorce punto

cincuenta y cinco metros cuadrados, el segundo de tres punto cuarenta

metros cuadrados, colindando con propiedad de José Alejandro Avelar

Avelar, calle vecinal de por medio. No es dominante ni sirviente, no

tiene carga ni derecho real que pertenezca a otra persona o que deba

respetarse y no se encuentra en proindivisión con nadie, contiene una

casa construida de sistema mixto, techo de teja. Lo hubo por compra al

señor SANTOS FELICITO RAMIREZ TEJADA, quien es de cuarenta

y nueve años de edad, agricultor en pequeño y de este domicilio, lo

valora en DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PUNTO

CATORCE DOLARES, todos los colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: San Juan Opico, a siete de septiembre de dos

mil siete. ING. ROMEO JOSE BARILLAS PANILLA, ALCALDE

MUNICIPAL.- SALVADORA PALACIOS MOLINA, SECRETARIA

MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. C014098-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que la señora GLADYS IRAHETA

HERNANDEZ, solicita Título de propiedad a su favor, de un terreno

de Naturaleza Urbana, situado en Cantón Moncagua, Caserío Malpaneca

S/N, del Municipio de San Pablo Tacachico, Departamento de La Libertad

y en los linderos de esta población, según fi cha catastral número cero

cinco dos cero cero siete cero cero siete seis nueve ocho de una Extensión

Superfi cial de CIENTO SETENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y

CUATRO METROS CUADRADOS (178.54 MT2), con las medidas y

linderos especiales siguientes: NORTE, quince punto veintitrés metros,

linda con Félix Melgar Guillén; AL ORIENTE, en dos tramos, el primero

de nueve punto setenta y nueve metros, el segundo de dos punto setenta

y tres metros, linda con Gloria del Carmen Hernández de Martínez;

AL SUR, quince punto setenta y cuatro metros, linda con Rigoberto

Espinoza Rodríguez, y AL PONIENTE, en dos tramos, el primero de

dos punto cincuenta metros, el segundo de ocho punto noventa y siete,

linda con Neli del Carmen Fuentes viuda de Flores; todos los colindantes

son del domicilio de esta Jurisdicción; Lo estima en la cantidad de UN

MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTEAMERICA; y adquirió dicho terreno por promesa de venta

de Inmueble que hizo al señor Manuel de Jesús Melgar Escobar, quien

actualmente vive.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Pablo Tacachico, a los treinta y uno

del mes de octubre del año dos mil siete. ARISTIDES ALVARADO

MEJIA, ALCALDE MUNICIPAL.- SANTIAGO MONTERROSA,

SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F025600-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

MARIA ELVIRA RAMIREZ GUERRERO, de cuarenta y cinco años de

edad, ama de casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número cero un millón catorce mil trescientos veintidós- cuatro, solici-

tando Título de Propiedad de un inmueble de su propiedad, ubicado en

el Cantón Las Flores, Calle El Progreso, de una extensión de Doscientos

noventa y seis punto veintidós metros cuadrados, de las medidas y linderos

siguientes: Al Norte, mide dieciséis punto sesenta y seis metros y linda

con terreno de Julio Melara Gómez, Calle El Progreso de por medio. Al

Oriente, mide dieciséis punto sesenta y dos metros y linda con terreno de

Jorge Alberto Colorado Cabrera, y Agueda Colorado Viuda de Cartagena,

Al Sur, mide diecinueve punto dieciocho metros, linda con José René

Escalante, Al Poniente, mide diecisiete punto cincuenta y dos metros y

linda con terreno de Rosa Elena Ramírez Guerrero, todos los colindantes

son de este domicilio, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni

derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna

persona y lo adquirió por compra que hizo al señor Feliciano Guerrero y

lo valora en la cantidad de MIL CUATROCIENTOS DOLARES exactos

($ 1,400.00).

Alcaldía Municipal, Jayaque, a los cuatro días del mes de Octubre

del año dos mil siete.- PANFILO SANTOS MANCIA V., ALCALDE MU-

NICIPAL.- MARINA DEL CARMEN DE MARTINEZ, SECRETARIA

MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F025677-2

Page 177: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

177DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA VILLA DE SAN

MIGUEL TEPEZONTES, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor

ORLANDO ARTURO RIVERA, a solicitar TITULO DE PROPIEDAD,

de cincuenta y nueve años de edad, Licenciado en Contaduría Pública,

del domicilio de Concepción de Ataco, Departamento de Ahuachapán, de

Nacionalidad Salvadoreña, con Documento Único de Identidad Número

cero cero uno uno dos seis siete nueve-cuatro; de un Inmueble Urbano,

situado en el Barrio El Carmen, Calle Arce, en la Villa de San Miguel

Tepezontes, parcela quince, del Departamento de La Paz, de las medidas

y linderos siguientes: AL NORTE: Con solar de propiedad del señor

Aquilino Ortiz, en ocho metros cuarenta Centímetros y quien colinda

actualmente con Florentino Ortiz Cruz, AL ORIENTE: diez metros no-

venta Centímetros, linda con solar y casa de Rufi no Cortez, que antes fue

de Jesús Asunción y quien colinda actualmente con María Inés López

de García, AL SUR: Con solar y casa de Moisés Pérez Vásquez, antes

de Encarnación Pérez, y Francisca Burgos, calle pública de por medio,

en ocho metros ochenta y ocho Centímetros de ancho y quien colinda

actualmente con Catarina Barahona Escobar, AL PONIENTE: Linda con

solar de Francisca Mercadillo, que antes fue de Carmen López y Lisinio

Mercadillo, en diez Metros sesenta y tres Centímetros; sus líneas son

rectas, y sus mojones esquineros piedras sembradas especialmente en sus

cuatro esquinas y quien colinda actualmente con Guadalupe del Carmen

Pérez Escobar.- Tiene una extensión superfi cial catastral de OCHENTA

Y TRES PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS.-Di-

cho Inmueble lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS

SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS

DE DÓLAR, no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos

reales que respetar y no está en proindivisión.- Dicho inmueble lo hubo

por Escritura Pública (privada) que hizo a don JOSE SANTOS GARCIA

PEREZ; el cual lo ha tenido desde hace más de tres años sumando al

poseedor anterior suma diez años de posesión de forma quieta, pacífi ca

y sin interrupción y la misma siempre ha sido respetada. Dicho inmueble

lo ha habitado, y ha hecho actos de dueño y nunca ha sido titulado. Dicho

inmueble carece de Título de Propiedad o Dominio escrito; lo que se

hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de la Villa de San Miguel Tepezontes, Depar-

tamento de La Paz, a los treinta y uno días del mes de Octubre del año

dos mil siete. LUIS ALONSO LOPEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- EVA

PATRICIA CORVERA PEREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F025697-2

TITULO SUPLETORIO

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.-

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

WALTER ALEXANDER CLAROS GARCIA, quien actúa en carácter

de Apoderado General Judicial de la señora MARIA CATALOINA

BENAVIDES, conocida por MARIA CATALOINA BENAVIDES

ALVARADO de cincuenta y dos años de edad, fl orista, del domicilio

de Santiago de María, con Documento Unico de Identidad número cero

dos millones cuatrocientos sesenta y ocho mil doscientos veinticinco

guión seis, solicitando que se le extienda TITULO SUPLETORIO del

terreno de naturaleza rústico, situado en Cantón El Jocotón, Jurisdicción

de Jucuapa, departamento de Usulután, de la extensión superfi cial de SEIS

MIL SETECIENTOS CUATRO PUNTO CINCUENTA Y OCHO ME-

TROS CUADRADOS, que tiene las colindancias siguientes AL NORTE:

ciento ochenta y siete metros, linda con José Gregorio Benavides; AL

ORIENTE: treinta y cinco punto veintiocho metros, linda con Miguel

Angel Saravia, quebrada de por medio; AL SUR: ciento noventa y tres

metros, linda con José Ramón Díaz, AL PONIENTE: treinta y cinco

punto veintiocho metros, linda con Delfi na Saravia.- El inmueble antes

descrito, lo adquirió en compraventa privada de su abuela María Jesús

Benavides Muños, ejerciendo la posesión material desde hace más de

veinte años consecutivos de buena fe, de una manera quieta, pacífi ca e

ininterrumpidamente, la señora MARIA CATALOINA BENAVIDES,

conocida por MARIA CATALOINA BENAVIDES ALVARADO estima

el inmueble en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA.-

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS OCHO HORAS CON CUARENTA MINUTOS DEL

DIA VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL SIETE.- Lic.

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.-

Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SRIO.

3 v. alt. No. F025564-2

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178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

CLAUDIA CAROLINA PEREZ PEREZ, en su carácter de Apoderada

General Judicial del señor MARIO MOLINA ESCOBAR, solicitando

que se le extienda Título Supletorio de dos inmuebles de naturaleza

rústica, situados en el Cantón Concepción Lourdes del municipio de

San Emigdio, Departamento de La Paz, los cuales se describen así: PRI-

MER INMUEBLE: de la extensión superfi cial aproximada de QUINCE

MIL DOSCIENTOS OCHO PUNTO OCHENTA Y TRES METROS

CUADRADOS, con las medidas y linderos siguientes: AL NORTE:

lindero de cuatro tramos rectos de treinta punto noventa y siete metros,

veinticinco punto sesenta y un metros, diez punto sesenta y un metros,

y ocho punto cincuenta metros, lindando por este rumbo, con Santiago

Mejía Angel y otros, AL ORIENTE: compuesto de siete tramos rectos:

el primero, de siete punto noventa y seis metros; el segundo, de treinta

y siete punto sesenta y seis metros, el tercero, de cinco punto noventa

y dos metros; el cuarto, de treinta y un metros, el quinto, de trece pun-

to setenta y nueve metros, el sexto, de veintinueve punto veinticinco

metros; y el séptimo de veintiuno punto ochenta metros, lindando por

este rumbo con María Josefi na Ramírez de Pérez; y Elva Gladis Cruz

de García, quebrada de por medio; AL SUR: lindero de tres tramos

rectos, el primero de Oriente a Poniente de ciento veinte punto treinta y

dos metros; el segundo de Norte a Sur de setenta punto cuarenta y dos

metros; y el tercero de Oriente a Poniente, de veintiún metros, lindando

en estos tramos con terrenos de Adela Molina Escobar, Amelia Molina

Escobar y Petrona Molina; y AL PONENTE: lindero de cinco tramos

rectos, el primero de Norte a Sur, de noventa y cuatro punto cero dos

metros; el segundo de Poniente a Oriente, de cuarenta y ocho punto

treinta y siete metros; el tercero de Norte a Sur, de ochenta y cinco

punto cuarenta y ocho metros; el cuarto tramo de Oriente a Poniente, de

catorce punto ochenta y ocho metros, y un último tramo recto de Norte

a Sur de veintiún metros, lindando en estos tramos con propiedades

de Pablo Arias Molina, Manuel Molina, Juan Molina Escobar, Amelia

Molina Escobar y Petrona Molina. EL SEGUNDO INMUEBLE.- De la

extensión superfi cial de TRES MIL OCHOCIENTOS SIETE PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, con las medidas y linderos

siguientes: AL NORTE: lindero de formado de un solo tramo recto que

parte del mojón número uno con rumbo NorEste ochenta y un grados

veintinueve minutos un segundo y distancia de cincuenta y cuatro punto

veinticuatro metros, se llega al mojón dos, lindando en este tramo con

propiedad de Amelia Molina Escobar, AL ORIENTE: lindero de cuatro

tramos rectos que parten del mojón dos con rumbo SurEste diecisiete

grados, diez minutos veintinueve segundos y una distancia de nueve punto

catorce metros, se llega al mojón tres, del que parte con rumbo SurEste

veintinueve grados dos minutos cincuenta y dos segundos y distancia de

veintisiete punto ochenta y ocho metros se llega al mojón cuatro, del que

parte con rumbo SurEste treinta y dos grados veintiún minutos dieciséis

segundos y distancia de nueve punto ochenta y dos metros se llega al

mojón cinco, del que parte con rumbo SurOeste treinta y dos grados,

veintitrés minutos treinta segundos, y distancia de treinta y dos, punto

cuarenta y cinco metros se llega al mojón seis, lindando en estos tramos

con la propiedad de Petrona Molina Pérez e Hilda Escobar; AL SUR:

lindero de dos tramos rectos que parten del mojón seis con rumbo Nor

oeste, setenta y siete grados cuarenta y nueve minutos quince segundos

y distancia de treinta y uno punto treinta y seis metros, se llega al mojón

siete, del que parte con rumbo NorOeste setenta y nueve grados quince

minutos veintisiete segundos y distancia de veintiuno punto sesenta y

siete metros, se llega al mojón ocho, lindando en estos tramos con la

propiedad de Julián Misael Escobar; y AL PONIENTE: lindero de cinco

tramos rectos que parten del mojón ocho con rumbo NorOeste, catorce

grados veintiocho minutos ocho segundos y distancia de dieciocho punto

noventa y un metros, se llega al mojón nueve, del que parte con rumbo

NorEste, veinte grados treinta y dos minutos treinta y cinco segundos

y distancia de diez punto noventa y siete metros se llega al mojón diez,

del que parte con rumbo NorOeste, diecinueve grados cuarenta y cuatro

minutos doce segundos y distancia de cinco punto ochenta y seis metros

se llaga al mojón once, del que parte con rumbo NorOeste, seis grados

un minuto cuarenta y cuatro segundos y distancia de nueve punto cero

cuatro metros, se llega al mojón doce, del que parte con rumbo NorOeste,

quince grados cincuenta y seis minutos seis segundos, y distancia de

siete punto treinta y un metros, se llega al mojón uno donde inició la

presente descripción lindando en estos tramos con propiedades de José

Luis Ardón Asunción y otros, María Luisa Pérez, con ambos caminos

vecinal de por medio. Dichos terrenos los obtuvo por donación que le

hiciera su padre JOSE MARIA MOLINA PEREZ, desde el mes de

junio de mil novecientos noventa. Por lo que datan más de diez años de

poseerlo en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpidamente, y los valúa

el primero por la cantidad de UN MIL QUINIENTOS DOLARES y el

segundo UN MIL DOLARES.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas

del día veintidós de mayo del año dos mil siete. Enmendados-Manuel-

se-SurOeste-NorOeste-Valen.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ

DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F025596-2

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179DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1993000056

No. de Presentación: 20060081571

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH

ELIZABETH OLIVARES LINARES, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE

LA LIBERTAD, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APO-

DERADO ESPECIAL de LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de San Salvador,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00182 del Libro 00033 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra AGAMIN; que ampara productos

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos

mil seis.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014087-2

No. de Expediente: 1993000134

No. de Presentación: 20060073803

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH

ELIZABETH OLIVARES LINARES, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A. DE

C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00211 del

Libro 00029 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

AMEBIACIL; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05

de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil seis.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014088-2

No. de Expediente: 1993000114

No. de Presentación: 20060073816

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH

ELIZABETH OLIVARES LINARES, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A. DE

C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00125 del

Libro 00029 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

ABYMOL; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil seis.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014089-2

No. de Expediente: 1991002813

No. de Presentación: 20040047180

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS CAROSA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de

ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00150 del Libro 00021 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA PALABRA “ANEFOLIC”; que ampara

productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil

cuatro.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA MONGEY MELGAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014090-2

No. de Expediente: 1993000116

No. de Presentación: 20050070464

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH

ELIZABETH OLIVARES LINARES, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de LABORATORIOS CAROSA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

LABORATORIOS CAROSA, S.A. DE C.V., del domicilio de San Sal-

vador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00179 del Libro 00026 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la palabra “ANZIBAR”; que ampara pro-

ductos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Intemacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos

mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014091-2

No. de Expediente: 1993000102

No. de Presentación: 20060073806

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH

ELIZABETH OLIVARES LINARES, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SANTA TECLA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

LABORATORIOS CAROSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS CAROSA, S.A. DE

C.V., del domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADORE-

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181DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00210 del

Libro 00029 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

ANABISINA; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de

la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil seis.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014092-2

No. de Expediente: 1996001080

No. de Presentación: 20060084039

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

DANIEL JULIO MARTINEZ MARTINEZ, mayor de edad, ABO-

GADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de

CONTINENTAL AIRLINES, INC., del domicilio de Houston, Texas,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00063 del Li-

bro 00038 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

ONEPASS, escrita en letras de molde y sobre esta palabra aparecerá un

logo consistente en una esfera en movimiento incompleta, representando

al mundo en su movimiento de rotación y al lado izquierdo de la esfera

aparecera la palabra “Continental” y abajo de ésta a partir de la mitad

de la palabra “Airlines”; que ampara productos/servicios comprendidos

en la (s) Clase 39 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014099-2

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007065983

No. de Presentación: 20070091804

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TO-YOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (also trading as TOYOTA MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

AVANCEMOS JUNTOS

Consistente en: las palabras AVANCEMOS JUNTOS, que servirá para: AMPARAR: AUTOMOVILES Y PARTES ESTRUCTURALES DE LOS MISMOS, ESPECIFICAMENTE, MOTORES, CARROCERIAS, FRENOS, PUERTAS, RUEDAS, TIMONES, TRANSMISIONES.

La solicitud fue presentada el día treinta de marzo del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de septiembre del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014063-2

Page 182: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

No. de Expediente: 2007066359

No. de Presentación: 20070092410

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de ALLIED DOMECQ SPIRITS & WINE LIMITED, de

nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

Consistente en: diseño identifi cado como DISEÑO YEOMAN,

que servirá para: DISTINGUIR: VINOS, ESPIRITUOSOS, LICORES,

COCTELES; BEBIDAS ALCOHOLICAS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014065-2

No. de Expediente: 2007066897

No. de Presentación: 20070093355

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de

DAIRY FARMERS OF AMERICA, INC., de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

SPORT SHAKE

Consistente en: las palabras SPORT SHAKE traducidas al caste-llano como SACUDIDA DEPORTIVA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTO ALIMENTICIO A BASE DE LECHE.

La solicitud fue presentada el día dieciseis de mayo del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014067-2

No. de Expediente: 2007065467

No. de Presentación: 20070090952

CLASE: 33.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIA ELENA

TOLENTINO MEMBREÑO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

Corporación Cuba Ron, S.A., de nacionalidad CUBANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión Santiago de Cuba y diseño, que ser-

virá para: AMPARAR: BEBIDAS ALCOHOLICAS EN GENERAL,

ESPECIALMENTE RON.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo del año dos mil

siete.

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183DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014069-2

No. de Expediente: 2007066132

No. de Presentación: 20070092018

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de International Contraceptive & SRH Marketing Ltd, de nacionalidad

BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

ROSELLE

Consistente en: la palabra ROSELLE, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES Y SUSTANCIAS FARMACEUTICAS.

La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014070-2

No. de Expediente: 2007068643

No. de Presentación: 20070096373

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SAL-

VADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Coty Prestige

Lancaster Group GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

HOME SKIN LAB

Consistente en: la expresión HOME SKIN LAB, que se traduce al

castellano como HOGAR PIEL Y LABORATORIO, que servirá para:

AMPARAR: JABONES; PERFUMERIA; ACEITES ESENCIALES;

COSMETICOS; LOCIONES COMESTICAS PARA EL CABELLO.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de julio del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014071-2

No. de Expediente: 2007069378

No. de Presentación: 20070097556

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA ELE-

NA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de BASF

Page 184: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Aktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA,

HEADLINE

Consistente en: la palabra HEADLINE que se traduce al caste-

llano como TITULAR, que servirá para: AMPARAR: PESTICIDAS,

ESPECIALMENTE PRODUCTOS PARA LA DESTRUCCION DE

ANIMALES DAÑINOS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTI-

CIDAS.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014073-2

No. de Expediente: 2007064475

No. de Presentación: 20070089070

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de Red.com, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras RED ONE y diseño, traducido al

castellano como ROJO UNO, que servirá para: AMPARAR: SISTE-

MAS Y ACCESORIOS PARA CAMARAS DIGITALES DE CINE,

INCLUYENDO, CAMARAS, LENTES, FLASH Y OTROS DISPOSI-

TIVOS DE MEMORIA, DRIVES DUROS, SENSORES DE IMAGEN,

SOFTWARE Y ELECTRONICOS, ALOJAMIENTOS MODULARES;

ESTRUCTURAS Y SEPARADORES DE ACOPLAMIENTO Y ES-

TABILIZACION; SISTEMAS DE CAMARA DIGITAL, DISPOSITI-

VOS ELECTRONICOS, MEDIOS DE GRABACION, MONITORES

Y PANTALLAS DE EXHIBICION PARA USARSE EN LA CREACION,

ALMACENAMIENTO, ENTREGA, MANIPULACION, GRABACION,

REPRODUCCION O INSPECCION DE VIDEO, MUSICA, GRAFI-

COS, FOTOS, AUDIO, TEXTO, MULTIMEDIA, PROGRAMAS

DE COMPUTADORA Y DATOS EN UN FORMATO DE IMAGEN

ESPECIFICO; PROYECTORES DE CINE, PROYECTORES FOTO-

GRAFICOS, PROYECTORES DE DIAPOSITIVAS; GRABACIONES

DE AUDIO Y VIDEO DESCARGABLES LAS CUALES CONTIENEN

PRESENTACIONES DE VIDEO, MUSICA, GRAFICOS, FOTOS, AU-

DIO, TEXTOS, MULTIMEDIA, PROGRAMAS DE COMPUTADORA

Y DATOS EN UN FORMATO DE IMAGEN ESPECIFICO; MAQUI-

NAS DE JUEGOS Y MAQUINAS DISTRIBUIDORAS CON SALIDA

DE VIDEO, CAMARAS DE PELICULA EXPUESTA, CINTA PARA

CAMARAS DE PELICULA, TRANSPARENCIAS DE DIAPOSITIVAS

FOTOGRAFICAS EN UN FORMATO DE IMAGEN ESPECIFICO;

APARATOS E INSTRUMENTOS AUDIO Y VISUALES EDUCACIO-

NALES Y DE ENSEÑANZA INCLUYENDO, PANTALLAS INTE-

RACTIVAS DE PRESENTACION ELECTRONICA, PIZARRONES

BLANCOS, PROYECTORES Y MONITORES.

La solicitud fue presentada el día primero de febrero del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil siete.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014074-2

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185DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007067446

No. de Presentación: 20070094282

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO de PRE-MIA, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra PREMIA, que servirá para: AMPA-RAR: TROFEOS, COPAS, MEDALLAS, PLAQUETAS, RECONOCI-MIENTOS, PORTANOMBRES, PORTAVASOS, GAFETES, PINES; REALIZADOS EN METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES Y ENCHAPADOS.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidos de octubre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014075-2

No. de Expediente: 2007066451

No. de Presentación: 20070092570

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de F.lli De Cecco Di Filippo-Fara S. Martino-S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras DE CECCO dal 1886 y diseño, donde la palabra “dal” se traduce al castellano como “DE”, que servirá para:

AMPARAR: ARROZ, HARINA SUAVE Y HARINA DURA PARA POLENTA, HARINA DE MAIZ, PASTA ALIMENTICIA Y ALIÑO PARA LA MISMA, ESPECIFICAMENTE: SALSAS DE TOMATE, RAGU, PESTO, VINAGRE, PASTA HECHAS DE CEREALES.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil siete.

LIC. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014076-2

No. de Expediente: 2007070143

No. de Presentación: 20070098795

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CLAUDIA JUDITH MACEDA CHICO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de PREMIA, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra PREMIA y diseño, que servirá para: AMPARAR: FIGURAS REALIZADAS EN ACRILICO, RESINA, PLASTICO, MARMOL, MADERA.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de octubre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014077-2

Page 186: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

186 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

No. de Expediente: 2007069421

No. de Presentación: 20070097610

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIA ELENA TOLENTINO MEMBREÑO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Mobile Telecommunications Company (KSC), de nacionalidad KUWAITI, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra zain y diseño, que servirá para: AM-PARAR: TELEFONOS CELULARES, RADIOTELEFONOS, ORGA-NIZADORES ELECTRONICOS Y ACCESORIOS RELACIONADOS PARA LOS ARTICULOS ANTES MENCIONADOS, ESPECIFICA-MENTE, AUDIFONOS, MICROFONOS, PARLANTES, ESTUCHES PARA LLEVAR, Y SUJETADORES PARA CINTURON; SOFTWARE DE COMPUTADORA Y PROGRAMAS USADOS PARA LA TRANS-MISION O REPRODUCCION O RECEPCION DE SONIDO, IMAGEN, VIDEO O DATOS SOBRE UNA RED DE TELECOMUNICACIONES O SISTEMA ENTRE TERMINALES Y PARA INCREMENTAR Y FACILITAR EL USO Y ACCESO A REDES DE COMPUTADORA Y REDES TELEFONICAS; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA USO EN MANEJO DE BASES DE DATOS CON PROPOSITOS GENERALES; SOFTWARE DE COMPUTADORA E-COMMERCE PARA PERMITIR AL USUARIO PONER ORDENES Y HACER PA-GOS EN EL CAMPO DE LAS TRANSACCIONES DE NEGOCIOS ELECTRONICAS VIA UNA RED GLOBAL DE COMPUTADORA O RED DE TELECOMUNICACIONES; SOFTWARE DE COMPU-TADORA PARA ENTRENAMIENTO Y SOPORTE DE PRODUCTOS PARA COMPUTADORA Y TELEFONOS MOVILES EN EL CAMPO DE COMUNICACIONES; SOFTWARE DE JUEGOS DE COMPUTA-DORA PARA APARATOS MOVILES MANUALES; SOFTWARE DE COMPUTADORA Y PROGRAMAS PRESENTANDO MUSICA, PELI-CULAS, ANIMACION, LIBROS ELECTRONICOS; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA LA DISTRIBUCION DE INFORMACION Y CONTENIDOS INTERACTIVOS DE MULTIMEDIA CONTENIEN-DO TEXTO, IMAGENES, VIDEO Y SONIDO PARA USUARIOS EN EL CAMPO DE LAS COMUNICACIONES; SOFTWARE DE COM-PUTADORA Y PROGRAMAS PARA EL MANEJO Y OPERACIONES DE DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACION INALAMBRICA; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA ACCESAR, BUSCAR, CLASIFICAR Y RECUPERAR INFORMACION Y DATOS DESDE REDES GLOBALES DE COMPUTADORA Y REDES GLOBALES DE TELECOMUNICACION, Y PARA BUSQUEDA Y NAVEGACION A TRAVES DE SITIOS WEB EN DICHAS REDES; SOFTWARE DE COMPUTADORA PARA ENVIAR Y RECIBIR MENSAJES CORTOS Y CORREO ELECTRONICO Y PARA FILTRAR LA INFORMACION DESDE LOS DATOS; RADIO TRANSCEPTORES O RECEPTORES DIGITALES Y ANALOGOS PARA DATOS, VOZ, IMAGEN Y VI-DEO COMUNICACION; SOFTWARE DE JUEGOS ELECTRO-NICOS PARA APARATOS MOVILES MANUALES; CAMARAS, ESPECIFICAMENTE CAMARAS FOTOGRAFICAS, CAMARAS DIGITALES, CAMARAS DE PELICULA, CAMARAS DE VIDEO; APARATOS Y SISTEMAS PARA TRANSACCIONES MONETARIAS ELECTRICAS, ESPECIFICAMENTE TARJETAS INTELIGENTES,

LECTORES DE TARJETAS INTELIGENTES; CALCULADORAS; TARJETAS PARA PROPOSITOS DE COMUNICACION, TODO PARA USO CON APARATOS DE COMUNICACION; UNIDADES DE POSICIONAMIENTO GLOBAL.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014078-2

No. de Expediente: 2007069420

No. de Presentación: 20070097608

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SAL-VADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de KIA MOTORS CORPORATION, de nacionalidad COREANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

BORREGO

Consistente en: la palabra BORREGO, que servirá para: AMPA-RAR: CARROS PARA PASAJEROS, CAMIONES, AUTOBUSES MOTORES, MINIBUSES, CARROS PARA CONDUCIR DE CUATRO RUEDAS, FURGONETAS, MINI-FURGONETAS.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014079-2

Page 187: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

187DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007068629

No. de Presentación: 20070096285

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de SIMON, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra “simon”, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTIFICOS, NAUTICOS, GEO-DESICOS, FOTOGRAFICOS, CINEMATOGRAFICOS, OPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE SEÑALIZACION, DE CONTROL (IN-PECCION), DE SOCORRO (SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; INSTRUMENTOS DE ALARMA, ALARMAS ACUSTICAS Y DE SILBATO, ALARMAS CONTRA EL ROBO Y CONTRA INCENDIOS, TIMBRES DE ALARMA ELECTRICOS, SENSORES DE PRESEN-CIA, INDICADORES DE NIVEL DE AGUA, DE PERDIDAS ELEC-TRICAS Y DE GAS, INDICADORES DE TEMPERATURA, TERMOS-TATOS, ZUMBADORES ELECTRICOS, SEÑALES LUMINOSAS INTERMITENTES; DETECTORES, APARATOS ELECTRICOS DE VIGILANCIA; APARATOS, INSTRUMENTOS Y MATERIAL PARA LA CONDUCCION, DISTRIBUCION, TRANSFORMACION, ACU-MULACION, REGULACION Y CONTROL DE LA ELECTRICIDAD; CABLES ELECTRICOS, CUADROS DE MANDO DE CONEXION Y DE DISTRIBUCION (ELECTRICIDAD); EMPALMES ELECTRICOS; INTERRUPTORES, CONMUTADORES, PULSADORES DE TIM-BRE, TOMAS DE CORRIENTE, TOMAS DE CORRIENTE COAXIA-LES, CONEXIONES (ELECTRICAS), CONTACTOS ELECTRICOS, BORNES (ELECTRICIDAD), RECTIFICADORES DE CORRIENTE, REOSTATOS, RESISTENCIAS ELECTRICAS; TERMOSTATOS, VOLTIMETROS, AMPERIMETROS; FUNDAS PROTECTORAS DE IDENTIFICACION PARA HILOS ELECTRICOS; CAJAS DE ENCHUFES, DE DERIVACION Y DE REGISTRO (ELECTRICI-DAD), TAPAS DE ENCHUFES; VARIADORES (REGULADORES) DE LUZ; DIODOS ELECTRO-LUMINISCENTES (LED); TRANSIS-TORES (ELECTRONICA); SONDAS ELECTRICAS; DISPOSITIVOS ELECTRICOS DE ENCENDIDO A DISTANCIA; APARATOS DE INTERCOMUNICACION; BATERIAS; RELES ELECTRICOS; APA-RATOS PARA EL REGISTRO, TRANSMISION, REPRODUCCION DE SONIDO O IMAGENES; APARATOS E HILOS TELEFONICOS; TELEFONOS MOVILES; EQUIPOS RADIOTELEFONICOS; RADIO-TELEFONOS PORTATILES; CONTESTADORES TELEFONICOS, VIDEO TELEFONO; EQUIPOS PARA VIDEOCONFERENCIA; SOPORTES DE REGISTRO MAGNETICOS, CODIFICADORES MAGNETICOS, CHIPS (CIRCUITOS INTEGRADOS), TARJETAS MAGNETICAS; TARJETAS PARA CIRCUITOS INTEGRADOS O PARA MICROPROCESADORES; CASSETTES DE VIDEO, DISCOS ACUSTICOS; DISCOS MAGNETICOS Y DISCOS OPTICOS; DIS-COS COMPACTOS (CD); DISCOS COMPACTOS INTERACTIVOS (CD-I, CD-ROM); DISCOS NUMERICOS POLIVALENTES (DVD); MP3; MP4; DISTRIBUIDORES AUTOMATICOS Y MECANISMOS PARA APARATOS DE PREVIO PAGO, CAJAS REGISTRADORAS, MAQUINAS CALCULADORAS; PUBLICACIONES ELECTRONI-CAS, IGUALMENTE DENTRO DE LAS PAGINAS WEB; EQUIPOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION, PROGRAMAS DE ORDENADORES (SOFTWARE DESCARGABLE ELECTRO-NICAMENTE); PROGRAMAS DE ORDENADORES GRABADOS, EN PARTICULAR PARA LOS SISTEMAS DE NAVEGACION (GPS)

Y LOS DISPOSITIVOS DE LOCALIZACION; ORDENADORES Y PERIFERICOS PARA ORDENADORES; EXTINTORES.

La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de julio del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014080-2

No. de Expediente: 2007069528

No. de Presentación: 20070097765

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de AVX CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

AVX

Consistente en: la palabra AVX, que servirá para: AMPARAR: CONDENSADORES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014081-2

Page 188: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

No. de Expediente: 2006058341

No. de Presentación: 20060078591

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Renault s.a.s. de

nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

Consistente en: diseño que se identifi ca como diseño Renault, que

servirá para: AMPARAR: VEHÍCULOS PARA LOCOMOCIÓN TE-

RRESTRE Y EN PARTICULAR VEHICULOS DE MOTOR, PARTES Y

ACCESORIOS PARA LOS MISMOS, A SABER: AMORTIGUADORES

DE SUSPENSION PARA VEHICULOS, DISPOSITIVOS ANTIROBO

PARA VEHICULOS, REPOSACABEZAS PARA ASIENTOS DE VE-

HICULO, AUTOMOVILES, AMORTIGUADORES PARA AUTOMO-

VILES, CAPOTAS PARA AUTOMOVILES, CARROCERIA PARA

AUTOMOVILES, CADENAS PARA AUTOMOVILES, CHASSISES

PARA AUTOMOVILES, BUMPERS PARA AUTOMOVILES, PRO-

TECTORES DEL SOL Y VISERAS PARA AUTOMOVILES, ALAR-

MAS ANTIROBO PARA VEHICULOS, ALARMAS DE RETROCESO

PARA VEHICULOS, CLAXON PARA VEHICULOS, PORTAEQUI-

PAJES PARA VEHICULOS, LLANTAS PARA RUEDAS DE VEHI-

CULOS, BARRAS DE TORSION PARA VEHICULOS, BARRAS DE

CONEXION PARA VEHICULOS TERRESTRES (QUE NO SEAN

PARTES DE MOTOR), CAJAS DE VELOCIDAD PARA VEHICULOS

TERRESTRES, TAPONES PARA EL TANQUE DE GASOLINA DE

VEHICULOS, PARABRISAS, CAMIONES DE REPARTO, CAMIO-

NETAS, CAMIONES, CAPOTAS PARA VEHICULOS, CAPOTAS

PARA MOTORES DE VEHICULOS, CARROCERÍA, CARTER O

CAJA DEL CIGUEÑAL PARA COMPONENTES DE VEHICULOS

TERRESTRES (QUE NO SEAN PARA MOTORES), CINTURONES

DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE VEHICULOS, CADENAS

ANTIDESLIZANTES, CADENAS MOTRICES PARA VEHICULOS

TERRESTRES, CADENAS DE TRANSMISION PARA VEHICULOS

TERRESTRES, CHASSISES PARA VEHICULOS, CIRCUITOS HI-

DRAULICOS PARA VEHICULOS, CONVERTIDORES DE TORSION

PARA VEHICULOS TERRESTRES, ENGRANAJES DE REDUCCION

PARA VEHICULOS TERRESTRES, INDICADORES DE DIRECCION

PARA VEHICULOS, MOTORES ELECTRICOS PARA VEHICULOS

TERRESTRES, VEHICULOS ELECTRICOS, CLUTCHES PARA

VEHICULOS TERRESTRES; ASIENTOS DE SEGURIDAD PARA

NIÑOS, DE USO EN VEHICULOS; ENGRANAJES PARA VEHICU-

LOS TERRESTRES; TAPACUBOS, ESTUCHES O FUNDAS PARA

LLANTAS NEUMATICAS, PESAS PARA BALANCEAR RUEDAS

DE VEHICULOS, EJES, MUÑONES DE DIRECCION, LIMPIAPARA-

BRISAS, FORROS DE LOS FRENOS PARA VEHICULOS, PEDALES

DE FRENO PARA VEHICULOS, SEGMENTOS DE FRENO PARA

VEHICULOS, FRENOS PARA VEHICULOS, FLEJES PARA CUBOS

DE RUEDAS, LEVANTADORES DE LA PARTE POSTERIOR DE

VEHICULOS (PARTE DE VEHICULO TERRESTRE), FORROS O

CUBIERTAS PARA VEHICULOS, FORROS PARA ASIENTOS DE

VEHICULOS, RINES PARA RUEDAS DE VEHICULOS, MOTO-

RES PARA VEHICULOS TERRESTRES, MOTORES DE MANDO

PARA VEHICULOS TERRESTRES, CUBOS PARA RUEDAS DE

VEHICULOS, GUARDAFANGOS, BUMPERS PARA VEHICULOS,

BOMBAS DE AIRE (ACCESORIO PARA VEHICULOS), PUERTAS

PARA VEHICULOS, PORTA-ESQUIS PARA CARROS, MECA-

NISMOS DE PROPULSION PARA VEHICULOS TERRESTRES,

REMOLQUES (VEHICULOS), ENGANCHES DE REMOLQUES

PARA VEHICULOS, RESORTES DE AMORTIGUACION PARA

VEHICULOS, RESORTES DE SUSPENSION PARA VEHICULOS,

ESPEJOS RETROVISORES, RUEDAS PARA VEHICULOS, RUEDAS

LIBRES PARA VEHICULOS TERRESTRES, CINTURONES DE SE-

GURIDAD PARA ASIENTOS DE VEHICULOS, ASIENTOS PARA

VEHICULOS, CARROS DEPORTIVOS, TRACTORES, TRINEOS

(VEHICULOS), TRANVIAS, ARBOLES DE TRANSMISION PARA

VEHICULOS TERRESTRES, TRANSMISIONES PARA VEHICU-

LOS TERRESTRES, TURBINAS PARA VEHICULOS TERRESTRES,

DISPOSITIVOS ANTI- DESLUMBRAMIENTO PARA VEHICULOS,

TAPICERIA PARA VEHICULOS, GUARNICIONES INTERIORES

DE VEHICULOS (ACOLCHADOS), LLANTAS PARA VEHICULOS,

VENTANAS PARA VEHICULOS, VOLANTES DE DIRECCION,

VEHICULOS PARA LOCOMOCION TERRESTRE; CARROS DE

MOTOR, CARROS DE MOTOR ACCIONADOS POR UNA COMBI-

NACION DE ENERGIA TERMICA Y ELECTRICA; VEHICULOS DE

DOS RUEDAS, BICICLETAS, SCOOTERS CON MOTOR, MOTOCI-

CLETAS Y TRICICLOS; AMORTIGUADORES, CLAXON, SEÑALES

LUMINOSAS DE ADVERTENCIA E INDICADORES, CAPOS PARA

EL MOTOR, CARROCERIA, INDICADORES DE DIRECCION, CA-

Page 189: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

189DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DENAS, FRENOS, FORROS PARA FRENOS, PEDALES DE FRENO,

RINES Y CUBOS PARA RUEDAS, GUARDAFANGOS, BOMBAS DE

AIRE, LLANTAS, PEDALES, MANILLARES, SOPORTES, REPOSA-

PIES, SILLINES, SIENDO TODOS ESTOS ULTIMOS PRODUCTOS,

PARA VEHICULOS DE DOS RUEDAS, BICICLETAS, MOTOCIL-

CETAS, SCOOTERS DE MOTOR Y TRICICLOS.

La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil

seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.

Licda. MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

REGISTRADORA.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014082-2

No. de Expediente: 2001015541

No. de Presentación: 20010015541

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de

MOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

MOBIPAY

Consistente en: la palabra MOBIPAY.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos

mil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil siete.

Licda. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014083-2

No. de Expediente: 2007068894

No. de Presentación: 20070096722

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA

ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de TABACALERA HERNANDARIAS S.A., de nacionalidad PARA-

GUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la palabra Alamo y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: TABACO; ARTICULOS PARA FUMADORES; CERILLAS;

CIGARRILLOS, TABACO EN BRUTO Y PROCESADO.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MARIA RAQUEL CLARA GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014084-2

Page 190: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

190 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

No. de Expediente: 2006056461

No. de Presentación: 20060075631

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

HUMBERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO

de AUDI AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

AVANT

Consistente en: la palabra AVANT, que se traduce al castellano

como ANTES, que servirá para: AMPARAR: VEHICULOS Y PARTES

DE CARROCERIA PARA VEHICULOS.

La solicitud fue presentada el día veintitres de marzo del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014085-2

No. de Expediente: 2007064721

No. de Presentación: 20070089640

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APO-

DERADO de TANIA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

EVERYWEAR

Consistente en: la palabra EVERYWEAR traducido al castella-

no como “cada llevada”, que servirá para: AMPARAR: VESTIDOS,

CALZADOS, SOMBRERERIA Y EN ESPECIAL ABRIGOS,

ACCESORIOS PARA CALZADO (NO INCLUIDOS EN OTRAS

CLASES), BABY DOLL (ROPA INTERIOR), BAÑADORES, BAÑO

(BATAS DE), BOTAS, CALCETERIA, CALCETINES, CALZADO,

CAMISAS, CINTURONES (VESTUARIO), CORBATAS, CHALE-

COS, CHAMARRAS, FALDAS, GORRAS, GORROS, GUANTES

(VESTUARIO), MASCADAS, MEDIAS, NEGLIGES, OVEROL,

PANTALETAS, PANTALONES, PANTIMEDIAS, PANTUFLAS,

PASHMINAS, PIELES (VESTUARIO), PIJAMAS, PLANTILLAS,

PLAYERAS, ROPA DE GIMNASIA, ROPA DE PLAYA, SACO SPORT,

SANDALIAS, SANDALIAS PARA BAÑO, SOBREROS, SOSTENES

(BRASIERES), SUETERES, SUETERES CERRADOS, SUETERES DE

CUELLO DE TORTUGA, TACONES, TANGAS, TRAJES, TRAJES

DE BAÑO, TRAJES SATRES, TRUSAS, UNIFORMES, VESTUARIO

CONFECCIONADO, VESTUARIO DE CUERO, VESTURARIO DE

IMITACION DE CUERO, VESTUARIO TEJIDO, ZAPATOS DE-

PORTIVOS, ZAPATOS DE CALLE, MOCASINES, ZAPATOS DE

TACON, ZAPATOS PLANOS, ZAPATOS DEPORTIVOS, CALZO-

NES, CALZONCILLOS, TANGAS, CAMISETAS, PANTALONES

DE MEZCLILLA (JEANS), LENCERIA.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

siete.

Page 191: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

191DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014101-2

No. de Expediente: 2007066740

No. de Presentación: 20070093088

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO ED-

GARD ARAUJO GUZMAN, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de COMINCAF, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrevia: COMINCAF, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras “Café Oro de Oriente y diseño”, sobre

las palabras aisladamente no se le concede exclusividad, que servirá para:

AMPARAR: CAFE.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de octubre del año dos mil siete.

ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADORA.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025653-2

No. de Expediente: 2007066290

No. de Presentación: 20070092302

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO ED-

GARD ARAUJO GUZMAN, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de COMINCAF, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrevia: COMINCAF, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras The ORIENTE COFFEE y diseño,

que se traduce al castellano como EL CAFE DE ORIENTE, sobre las

palabras The ORIENTE COFFEE no se le concede exclusividad, que

servirá para: AMPARAR: CAFE.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mil

siete.

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192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de septiembre del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025654-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007068264

No. de Presentación: 20070095605

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSENDO

AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de APODERADO de

INVERSIONES FCO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL,

Consistente en: la palabra EFinova y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR A LA EMPRESA Y/O ESTABLECIMIENTOS, CUYO

GIRO O ACTIVIDAD ES: NEGOCIOS INMOBILIARIOS, GESTION

DE NEGOCIOS COMERCIALES, ADMINISTRACION COMERCIAL,

TRABAJOS DE OFICINA.

La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014058-2

No. de Expediente: 2005051065

No. de Presentación: 20050067402

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

HOSPIMEDIC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: HOSPIMEDIC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra HOSPIMEDIC y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO

A LA VENTA AL POR MAYOR Y AL DETALLE DE TODO ARTICU-

LO DE EQUIPO MEDICO, QUIRÚRGICO, Y ODONTOLÓGICO; A

LA REPRESENTACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE EQUIPO MEDICO,

QUIRÚRGICO, ODONTOLÓGICO, FARMACÉUTICO Y TODO LO

RELACIONADO CON EL CAMPO DE LA SALUD.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos

mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil siete.

Licda. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014059-2

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193DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2006055618

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006055618- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JARVIN RUBEN GONZALEZ GARCIA en su calidad de Representante Legal de la sociedad ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS DE LA LIBER-TAD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ASTRALL, S.A. DE C.V.; Sociedad de nacionalidad SAL-VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 30 del libro 1985 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0509-111104-101-4; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y cincuenta y un minutos, del día doce de enero de dos mil seis, con la cual se otorgó el Asiento Empresa No. 2006055618 inscripción 136 y el Asieto de Establecimiento No. 2006055618- 001, inscripción, 137, ambos del Libro 102 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS DE LA LIBERTAD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS A TRAVES DE AUTOBUSES, con dirección en CALLE EL CALVARIO Y 3ª AVENIDA NORTE, Nº 1 del domicilio de LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a ONCE MIL QUINIENTOS OCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,508.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ASTRALL, S. A. DE C. V., ubicado en CALLE EL CALVARIO Y 3ª AVENIDA NORTE, N° 1 y que se dedica a TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS A TRAVES DE AUTOBUSES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, trece de enero de dos mil seis.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014055-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001024225

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001024225- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ALFON-

SO ESPINOZA en su calidad de Representante Legal de la Sociedad

ASESORES DIVERSOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que puede abreviarse ASEDIR, S. A. DE C. V ., Sociedad de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 3 del libro 1145 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-210995-102-2, el cual ha presentado solicitud de CAM-

BIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA Y DEL ESTABLECIMIENTO,

a las quince horas y cuarenta y un minutos del día veintisiete de mayo

de dos mil cinco. Con la cual se le otorga la inscripción No. 31 del libro

84 del folio 63 al 64; a favor de la Empresa denominada ASESORES

DIVERSOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la

cual se dedica a ASESORIA FINANCIERA, con dirección en CALLE

PADRES AGUILAR Nº 307, ENTRE 81ª Y 83ª AVENIDA SUR, CO-

LONIA ESCALON del domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el

establecimiento denominado: 001) ASESORES DIVERSOS, S. A. DE

C. V., la cual se dedica a ASESORIA FINANCIERA, con dirección en

CALLE PADRES AGUILAR Nº 307, ENTRE 81ª Y 83ª AVENIDA

SUR, COLONIA ESCALON, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintisiete de mayo de dos mil cinco.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014093-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002016936

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002016936- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JULIO CE-

SAR PEREZ MANGANDI en su calidad de Representante Legal de la

Sociedad TIENDAS LIBRES DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, del domicilio de SAN LUIS TALPA, LA PAZ , cuya escritura social

está inscrita bajo el número 19 del libro 679 del Registro de Sociedades

del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0614-010989-101-9; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas

y cuarenta y ocho minutos del día veintinueve de septiembre de dos

mil seis, con la cual se otorgó el Asiendo de Empresa No. 2002016936

inscripción 28 y el Asiento de Establecimiento No. 2002016936- 001

inscripción 29, ambos del libro 130 de Asientos de Matrícula de Em-

presa y Establecimiento; la Empresa denominada TIENDAS LIBRES

DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, la cual se dedica a EXPLOTACIÓN DE TIENDAS LIBRES,

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194 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

con dirección en AEROPUERTO INTERNACIONAL EL SALVADOR

del domicilio de SAN LUIS TALPA, LA PAZ cuyo activo asciende,

OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS DOS 59/100 DOLARES

($ 89,702.59) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

TIENDAS LIBRES DE CENTROAMERICA, S. A. DE C. V. ubicado

en AEROPUERTO INTERNACIONAL EL SALVADOR, del domicilio

de SAN LUIS TALPA, LA PAZ y que se dedica a EXPLOTACION DE

TIENDAS LIBRES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintisiete de octubre de dos mil seis.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F025571-2

ASIENTO DE EMPRESA 2004052591

ESTABLECIMIENTO 2004052591- 002

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JORGE RO-

BERTO ARANA MOGUEL en su calidad de Representante Legal de la

Sociedad CONFORT TOURS, SOCIEDAD ANONIMA (SUCURSAL

EL SALVADOR), de nacionalidad GUATEMALTECA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 57

del libro 1915 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identifi cación Tributaria: 9483-100294-102-0, ha presen-

tado solicitud de apertura de nuevo establecimiento a las trece horas y

treinta y tres minutos del día seis de julio de dos mil seis. Con la cual se

otorgó Asiento de Establecimiento No. 2004052591- 002; denominado

CONFORT TOURS, S. A. SUCURSAL EL SALVADOR, con direc-

ción en COLONIA SAN BENITO BOULEVARD DEL HIPODROMO

PASAJE Nº 1, CASA Nº 415, COLONIA SAN BENITO del domicilio

de SAN SALVADOR, que se dedica a TRANSPORTE COLECTIVO

DE PASAJEROS A TRAVES DE AUTOBUSES y que forma parte de

la empresa denominada CONFORT TOURS, SOCIEDAD ANONIMA

(SUCURSAL EL SALVADOR), la cual se dedica a TRANSPORTE

COLECTIVO DE PASAJEROS A TRAVES DE AUTOBUSES, con

dirección en 19ª AVENIDA NORTE Y ALAMEDA JUAN PABLO II,

PUERTO BUS del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo ascienda

a : CIENTO TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUA-

TRO 06/100 DOLARES ($ 131,584.06).

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, seis de julio de dos mil seis.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F025603-2

ASIENTO DE EMPRESA 2007059842

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059842-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado HEE OG

KIM, de nacionalidad COREANA, con Pasaporte Coreano número

SC 1648404, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, con

Número de Identifi cación Tributaria: 9405-120472-101-9, el cual ha

presentado solicitud a las diez horas y treinta y dos minutos del día

cinco de octubre de dos mil siete. Con la cual se otorgó el Asiento de

Empresa No. 2007059842 inscripción 91 y el Asiento de Establecimiento

No. 2007059842- 001, inscripción 92, ambos del Libro 160 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a

VENTA DE PRODUCTOS TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR, con

dirección en INTERSECCION AVENIDA JERUSALEN CARRETERA

PANAMERICANA L-130A HIPERMALL LAS CASCADAS 1º NIVEL

del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende

a NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA 50/l00 DOLARES

($ 9,950.50) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

HEE OG KIM ubicado en INTERSECCION AVENIDA JERUSALEN

CARRETERA PANAMERICANA L-130A HIPERMALL LAS CAS-

CADAS 1º NIVEL, SANTA TECLA, LA LIBERTAD, y que se dedica

a VENTA DE PRODUCTOS TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de octubre de dos mil siete.

LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F025647-2

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195DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

SUBASTAS PÚBLICAS

JOSÉ MARIA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley que por ejecución

promovida en este Juzgado por el LICENCIADO RENE OVIDIO LUNA

LEIVA, Apoderado General Judicial de LA HIPOTECARIA SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, QUE SE ABREVIA, LA HI-

POTECARIA, S.A. DE C.V., contra la señora AYDE FUNES PÉREZ,

se venderá en pública subasta en este mismo juzgado en fecha y por

el precio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargado

siguiente: “”UN INMUEBLE DE NATURALEZA URBANA situado en

el lugar llamado La Rábida, suburbios del Barrio San José, de esta ciudad

y Departamento comprendido entre las Calles Treinta y Cinco Oriente

y de La Calavera, la Segunda Avenida Norte y un Pasaje, mide ciento

noventa y dos metros ochenta y medio decímetros exactos de extensión

que mide y linda: AL NORTE, veintitrés metros cinco centímetros, con

resto del terreno de don Vicente Antonio Olivares, de donde se segregó

este lote; AL SUR, veintitrés metros diez centímetros, en parte lote

arrendado a Gerardo de Nieva, y en parte con lote de Efraín Contreras;

AL ORIENTE, ocho metros treinta y seis centímetros, Octava Avenida

Norte de por medio, con terreno de la Sociedad H. de Sola e Hijos; y

al Poniente, la misma medida del Oriente, lote arrendado a José Baños

Sifontes. Siendo los lotes arrendados de la Sociedad H. de Sola e Hijos; y

AL PONIENTE, la misma medida del Oriente, lote arrendado a José Baños

Sifontes. Inmueble inscrito a favor de la demandada bajo la MATRICULA

No. 60185767-00000 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAÍZ E

HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCIÓN DEL CENTRO.””

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las doce horas del día veintidós de octubre del dos mil siete.-

Lic. JOSÉ MARIA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014094-2

SAÚL CAÑENGUEZ MONTANO, JUEZ SEGUNDO DE MENOR

CUANTÍA. AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

por la Licenciada CECIBEL DEL CARMEN MEJIA MUÑOZ, en

su calidad de Apoderada General Judicial del BANCO AGRÍCOLA

COMERCIAL DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra

los señores FRANCISCO JAVIER GARCÍA GUZMÁN y RAQUEL

EUGENIA GARCÍA, se venderá en este Juzgado en Pública Subasta

en fecha que oportunamente se determinará: Un inmueble rústico, según

antecedente, hoy urbano, situado al Sureste de la ciudad de San Marcos,

Departamento de San Salvador, en el punto denominado “Jiltepeque”,

de una capacidad superfi cial de CIENTO NOVENTA Y SEIS PUNTO

NOVENTA METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE:

QUINCE METROS DIEZ CENTÍMETROS, linda con terreno de la

señora LIDIA RODRÍGUEZ DE GRIMALDI, pasaje de por medio;

AL ORIENTE: DOCE METROS DIEZ CENTÍMETROS, linda con

terreno de la señora ROSA GUZMÁN DE GARCÍA; AL SUR: Dieci-

nueve metros noventa y cinco centímetros, linda con resto del terreno

de donde se desmembró el que aquí se describe, propiedad de la señora

ROSA GUZMÁN GARCÍA; y AL PONIENTE: Catorce metros diez

centímetros, linda con terreno general de donde se desmembró el que se

describe, propiedad de la señora ROSA GUZMÁN DE GARCÍA, según

informe pericial el inmueble antes descrito actualmente se localiza en

Calle Principal número Uno Villa Rosita, Colonia Grimaldi, San Marcos,

Lote interior.

Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUANTÍA:

San Salvador, a los veintisiete días del mes de septiembre de dos mil

siete.- Lic. SAÚL CAÑENGUEZ MONTANO, JUEZ SEGUNDO DE

MENOR CUANTÍA.- Lic. FRANCISCO RENE ARÉVALO PUJOL,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025551-2

Page 196: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

196 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE

LO CIVIL DE DELGADO.

AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil ahora de concurso

promovido por el Licenciado RAFAEL ANTONIO MORAN CORNEJO,

en su calidad de apoderado de la Sociedad “TRANSPORTES SAN AN-

TONIO, S.A. DE C.V.” en contra de la Sociedad “JEREZ SALAVERRIA

E HIJOS Y COMPAÑÍA” y de los señores JORGE LUIS POLA JEREZ

y MÁXIMO RAÚL POLA JEREZ, proceso al cual han sido acumulados

el proceso EJECUTIVO MERCANTIL AHORA DE QUIEBRA CLA-

SIFICADO BAJO LA REFERENCIA No. 55-EM-07-2, PROMOVIDO

POR EL LICENCIADO RAFAEL ANTONIO MORAN CORNEJO,

EN SU CALIDAD DE APODERADO DE LA LICENCIADA ANA

JOSEFINA ARTEAGA ÁLVAREZ DE MORAN, en contra de la So-

ciedad MFA, S. A. DE C.V., y el señor JORGE LUIS POLA JEREZ y

otros procesos ejecutivos, se venderán en pública subasta en este Tribunal

dos bienes inmuebles propiedad de la referida sociedad Concursada

“JEREZ SALAVERRÍA E HIJOS Y COMPAÑÍA”, los cuales consisten

dos bienes inmuebles que forman un solo cuerpo, ubicados en Faldas del

Volcán de la Ciudad de San Salvador, en el lugar llamado San Benito

conocido como La Mascota, inscritos en el Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, bajo las matrículas

siguientes: El primero: Matrícula No. 60164854-00000, de un área de

dos mil doscientos cincuenta y cinco punto ochocientos noventa y cinco

metros cuadrados; el cual se describe de la siguiente manera: Saliendo de

la estación uno más ciento ochenta y ocho metros cincuenta centímetros,

situado en Calle La Mascota, de la Urbanización del mismo nombre se

hace una defl exión izquierda de noventa grados con una distancia de

ocho metros cincuenta centímetros perpendicular al eje de la Calle La

Mascota, se llega al mojón Noreste del lote que vamos a describir que

mide y linda: AL ORIENTE: En línea recta perpendicular a la Calle La

Mascota mide ciento once metros quince centímetros y linda con resto

del lote del que se desmembra que fue de propiedad de doña Coralia

Párraga de Lemus, hoy de la Sociedad Agrícola “Argüello Telles y Com-

pañía”; AL SUR: Siguiendo la dirección del tapial del sistema mixto de

la Escuela Americana mide veintiún metros y veintitrés centímetros y

linda con terreno de la Escuela Americana, antes de la Urbanización La

Mascota de propiedad de los señores Alejandro Constantino Abularach

y Berlinda María Abularach de Richard; AL PONIENTE: En Línea per-

pendicular al eje de la Calle La Mascota de ciento catorce metros treinta

centímetros y linda con restos del lote que se desmembra, propiedad de

doña Coralia Párraga de Lemus; y AL NORTE: En Línea paralela al eje

de la Calle La Mascota mide veintiún metros y linda con el lote ocho-G

de la Urbanización La Mascota de los señores Abularach mencionados,

Calle La Mascota de diecisiete metros de ancho de por medio. Dicho lote

tiene una extensión superfi cial según antecedente de propiedad de dos mil

trescientos sesenta y siete metros cuadrados doce decímetros cuadrados

equivalentes a tres mil trescientas ochenta y siete varas cuadradas cua-

renta décimos de vara cuadrada y según Centro Nacional de Registros

ahora es de dos mil doscientos cincuenta y cinco punto ochenta y nueve

cinco metros cuadrados; y el segundo: Matrícula No. 60164843-00000,

de un área de ciento catorce punto noventa y ocho metros cuadrados, el

cual se describe: Lote de terreno Urbano, situado en el lugar conocido

como La Mascota en las faldas del Volcán de San Salvador, el punto

llamado San Benito de esta Jurisdicción que se describe así: Saliendo

de la estación uno más doscientos nueve metros cincuenta centímetros,

situado en la Calle La Mascota de la Urbanización del mismo nombre

se hace una defl exión izquierda de noventa grados cada una distancia

de ocho metros cincuenta centímetros perpendicular al eje de la Calle

La Mascota, se llega al mojón Noreste, del lote que vamos a describir

que mide y linda: AL OESTE: En línea recta perpendicular a la Calle

La Mascota, mide ciento catorce metros treinta centímetros y linda con

lote de la Sociedad JEREZ SALAVERRIA E HIJOS Y COMPAÑÍA que

fue propiedad de doña Coralia Párraga de Lemus; AL SUR: Siguiendo la

dirección del tapial de sistema mixto de la Escuela Americana mide un

metro un centímetro y linda con terreno de la Escuela Americana antes

de la Urbanización La Mascota, propiedad de los señores Alejandro

Constantino Abularach, Belindo Jacobo Abularach y Belinda María

Abularach de Richard; AL PONIENTE: En línea perpendicular al eje

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197DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

de la Calle La Mascota ciento catorce metros cincuenta y dos centímetros

y linda con restos del lote del que se desmembró propiedad de la señora

Coralia Párraga de Lemus, hoy de Claude o Claudia Zarzar; AL NORTE:

En Línea paralela al eje de la Calle La Mascota mide un metro y linda

con lote ocho-G de la Urbanización La Mascota de los señores Abula-

rach, Calle La Mascota de diecisiete metros de ancho de por medio. El

inmueble así descrito tiene una extensión superfi cial de ciento catorce

metros cuadrados noventa y ocho decímetros cuadrados, equivalente a

ciento sesenta y cuatro varas cuadradas cincuenta y tres decímetros de

vara cuadrada. Ambos propiedad de la Sociedad colectiva Concursada

“JEREZ SALAVERRIA E HIJOS Y COMPAÑÍA”. Los inmuebles antes

mencionados son como ha quedado dicho, propiedad de la sociedad

concursada “JEREZ SALAVERRIA E HIJOS Y COMPAÑÍA”.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL; Delgado, a las doce horas del treinta de

octubre de dos mil siete.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORA-

LES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. SANTOS ELIZABETH

QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025598-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial al público en general,

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil

promovido por la Licenciada CARMEN YOLANDA RODRÍGUEZ

MARTÍNEZ, continuado por la Licenciada MIRNA BEATRIZ CRUZ

LÓPEZ, ambas mayores de edad, Abogadas y de este domicilio, como

Apoderadas Generales Judiciales del FONDO DE FINANCIAMIENTO

Y GARANTÍA PARA LA PEQUEÑA EMPRESA, que se abrevia

FIGAPE, de este domicilio, contra la Sociedad AYALA GUZMÁN,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domici-

lio, y los señores MANUEL ERNESTO AYALA GARCÍA, Ingeniero

Agrónomo, y BLANCA IDALIA GUZMÁN DE AYALA conocida por

BLANCA IDALIA GUZMÁN, Estudiante, ambos mayores de edad y

del domicilio de la Ciudad de Usulután, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal en fecha que más adelante se especifi cará, un solar de

naturaleza urbana, situado en el BARRIO LA MERCED, DE LA CIUDAD

DE USULUTÁN, DISTRITO Y DEPARTAMENTO DE USULUTÁN,

que tiene una extensión superfi cial de CIENTO OCHENTA METROS

CUADRADOS y que linda: AL NORTE, cinco metros calle de por medio

con solar del señor Gabriel Cuchilla, antes, ahora de Isabel Martínez

de Rivera; AL SUR, cuatro metros con terreno del que se desmembró

o sea con terreno que le quedó a Micaela Ester Cañas; AL ORIENTE,

dieciocho metros, con el mismo terreno de la señora Micaela Ester

Cañas; y AL PONIENTE, dieciocho metros con terreno de la señora

María de La Paz Sánchez, antes, ahora de Miguel Ángel Alcántara. Este

solar así descrito en la actualidad tiene como construcciones una casa

de tejas, paredes de adobe, en una extensión superfi cial más o menos

de NOVENTA METROS CUADRADOS, y se encuentra inscrito a fa-

vor de la señora BLANCA IDALIA GUZMÁN DE AYALA conocida

por BLANCA IDALIA GUZMÁN, bajo los Números TREINTA del

Libro CUATROCIENTOS VEINTITRÉS, y al Número CINCUENTA

Y TRES del Libro UN MIL QUINIENTOS DIECIOCHO de Propiedad

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Segunda Sección de

Oriente, Departamento de Usulután.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO: En el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las

diez horas del día veintisiete marzo de dos mil siete.- Dr. SALVADOR

CANO GUTIÉRREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL.- Lic.

DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025621-2

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198 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en

CARRETERA PANAMERICANA LOCAL 160-161 Y 170-171 CEN-

TRO COMERCIAL METROCENTRO SAN MIGUEL, se ha presen-

tado el propietario de CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO

DOLARES Número 007PLA000398602, solicitando la reposición de

dicho CERTIFICADO por SIETE MIL 00/100 DOLARES (US$7,000.00)

SIETE MIL 00/100 DOLARES.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

SAN MIGUEL, 30 de octubre de 2007.

DAVID VILLALOBOS,

BANCO CUSCATLAN, S.A.

AGENCIA METROCENTRO, S.M.

3 v. alt. No. F025593-2

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SENSUNTEPEQUE se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 218728 del Depósito a Plazo Fijo

aperturado el 14 de mayo de 1999, a 180 días prorrogables, solicitando

la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 5 de noviembre de 2007.

NELSON ARGUETA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F025668-2

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia MERLIOT se ha presentado el propietario

del certifi cado No. 384945 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 11

de junio de 2003, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de

dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486

y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 5 de noviembre de 2007.

NELSON ARGUETA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F025669-2

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia LOS HEROES se ha presentado el pro-

pietario del certifi cado No. 298945 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 13 de junio de 2000, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición

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199DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 5 de noviembre de 2007.

NELSON ARGUETA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F025670-2

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia CHINAMECA se ha presentado el pro-

pietario del certifi cado No. 470518 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 11 de enero de 2007, a 90 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 5 de noviembre de 2007.

NELSON ARGUETA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F025671-2

AUMENTO DE CAPITAL

HECTOR ENRIQUE NAVARRO PINEDA, Administrador Único Pro-

pietario de la sociedad TECNICOS PROFESIONALES, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

CERTIFICA: Que según escritura pública de Junta General de

Accionistas, otorgada a las ocho horas del día uno de noviembre del año

en curso, ante los ofi cios del notario RICARDO STARLIN FLORES

CISNEROS, por los señores HECTOR ENRIQUE NAVARRO PINEDA

y EDA PRISCILA JOSEFINA CAMPOS DE NAVARRO, se encuentra

asentada el acuerdo que literalmente dice: ““asunto extraordinario a

tratar, la Junta General de Accionistas acuerda, por unanimidad, incre-

mentar el capital social de CINCUENTA MIL COLONES, a CIEN MIL

COLONES, mediante la emisión de una nueva serie de acciones, por el

valor nominal de las ya existentes, las cuales se encuentran a la fecha

suscritas y pagadas íntegramente, de acuerdo al informe del auditor ex-

terno de la sociedad. En consecuencia dicho aumento de Capital Social

ha sido suscrito mediante APORTE DE CAPITAL EN EFECTIVO de

CINCUENTA MIL COLONES, en la siguiente forma: el señor HECTOR

ENRIQUE NAVARRO PINEDA, suscribe DOSCIENTAS CINCUENTA

ACCIONES, con un valor nominal de CIEN COLONES o su equiva-

lente en dólares; y la señora EDA PRISCILA JOSEFINA CAMPOS

DE NAVARRO, suscribe DOSCIENTAS CINCUENTA ACCIONES,

con un valor nominal de CIEN COLONES o su equivalente en dólares.

Se acuerda, asimismo, por unanimidad de votos, nombrar ejecutor del

acuerdo de aumento del capital al Director Unico Propietario electo,

Ingeniero HECTOR ENRIQUE NAVARRO PINEDA”””.

Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los

usos legales y administrativos correspondientes, se extiende la presente

en la ciudad de San Salvador, al primer día del mes de noviembre de

dos mil siete.-

Ing. HECTOR ENRIQUE NAVARRO PINEDA,

DIRECTOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. F025681-2

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200 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

AVISO DE COBRO

La Infrascrita Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la

señora DINORA GOMEZ PEREZ conocida por Dinora Gómez, quien

pide en representación de su menor hijo REYNALDO ALEXANDER

CORDOVA GOMEZ, se le permita fi rmar los documentos correspon-

dientes y poder cobrar la cantidad de $308.45, que por haber fallecido

REYNALDO ANTONIO CORDOVA COTO, el día 5 de mayo de 2007,

padre de su menor hijo dejó pendiente de cobro los cuales le correspondían

como devolución después del pago del Impuesto sobre la Renta del año

2006.

Lo anterior, se hace de conocimiento del público en general, para

que toda persona que se crea con igual o mejor derecho se presente a

hacer uso del mismo ante este Ministerio, dentro del término de quince

días posteriores a la última publicación del presente aviso.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los trece días del mes de

agosto del año dos mil siete.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

Subjefe Departamento Jurídico,

Ministerio de Hacienda.

3 v. 1. v. c. 3/d. No. F025465-2

MARCA INDUSTRIAL

No. de Expediente: 1998003144

No. de Presentación: 19980003144

CLASE: 34

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de

Souza Cruz S.A., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro

de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

STAR

Consistente en: la palabra STAR.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año mil

novecientos noventa y ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de junio del año dos mil siete.

ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014086-2

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor

ASCENCION MARTINEZ BERNABE, quien es del domicilio de San

Francisco Chinameca, La Paz, solicitando Título Municipal, a su favor de

un inmueble de Naturaleza Rústica ejidal, situado en Cantón Concepción

Los Planes, de esta jurisdicción, inmueble que se describe así: De una

extensión superfi cial de SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS

PUNTO OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:

ciento cincuenta metros, linda con Santos Rojas y Francisco Martínez,

AL ORIENTE: sesenta metros linda con Catalino Sánchez González,

Sixto Sánchez González, Efraín Sánchez González, Erlinda Sánchez

de Martínez, Rigoberto Bonilla Cruz, Dora Luz Menjívar de Sánchez y

Gonzalo Sánchez, Río de por medio AL SUR: ciento sesenta metros linda

con José Napoleón Pérez e Isabel Martínez Bernabé y AL PONIENTE,

treinta y seis metros linda con Marta Filomena Amaya Rojas. Todos los

colindantes son de este domicilio, el inmueble es predio dominante y

sirviente, en vista que físicamente goza y está afectado por servidumbre

de tránsito establecida hasta salir a la calle pública y no le afecta carga o

derechos reales a favor de otras personas, y no lo posee en proindivisión

con nadie, valora el inmueble en la cantidad de MIL DOLARES AME-

RICANOS, se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de San Francisco Chinameca, La Paz, a los

nueve días del mes de octubre de dos mil siete. ELIEZER MARTINEZ

CORTEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- NEMORIO INDALECIO RAUDA

CUELLAR, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F025548-2

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201DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE SAN PEDRO

PERULAPAN, Al público

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor

CRISTINO CRUZ de cincuenta y ocho años de edad, Sastre, del domi-

cilio de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, portador de

su Documento Único de Identidad número cero cero dos nueve cuatro

nueve cinco nueve - tres, con Número de Identifi cación Tributaria cero

setecientos diez- cero veinte mil doscientos cuarenta y nueve -cero cero

dos - cero, solicitando se extienda a su favor TITULO MUNICIPAL DE

PROPIEDAD de un inmueble, RUSTICO, sin cultivos permanentes, en el

Cantón El Carmen, jurisdicción de San Pedro Perulapán, departamento

de Cuscatlán, de la extensión superfi cial de SIETE AREAS, que linda:

NORTE, con Carlos González, línea férrea de por medio; PONIENTE,

con calle pública en esquina; SUR, con Ana de Jesús Rivas, mediante

calle pública de por medio; y ORIENTE con Isidro Rivas. El inmueble

está gravado con servidumbre que conduce a calle pública a favor de

Pedro, José e Isidro todos Rivas. Está gravado con servidumbre de

tránsito. Tiene en su interior una casa de sistema mixto. Lo adquirió

por compra al señor Salvador Humberto Rivas, según escritura pública,

otorgada en la ciudad de Cojutepeque, el día treinta y uno de agosto de

dos mil uno, ante el Notario Juan Carlos Barquero, quien a su vez lo

adquirió por compra hecha a Miguel Ángel Rivas, el catorce de enero

de mil novecientos setenta y uno, por lo que dicho inmueble ha sido

poseído en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida desde hace más de

diez años por los tradentes mencionados. El inmueble no es dominante

pero sí sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a

otra persona y lo valúa en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Pedro Perulapán, a veinte días del

mes de septiembre de dos mil siete.- MARIA JULIA VALENCIA

HERNANDEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- Lic. NESTOR YOVANY

LAINEZ HUEZO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F025563-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LAS FLORES

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado

FRANCISCO RUBEN ALVARADO FUENTES, en calidad de Apo-

derado General de los señores: ISIDRO TRINIDAD QUINTANILLA

MENJIVAR, de treinta y dos años de edad, agricultor en pequeño, portador

de su Documento Único de Identidad número cero uno cinco siete cinco

cero seis uno guión cero y JUANA ANTONIA MONGE RECINOS, de

treinta y un años de edad, ama de casa, soltera, portadora de su Docu-

mento Unico de Identidad número cero uno cero tres seis cero cinco dos

guión cinco, ambos de este domicilio y de nacionalidad salvadoreña,

con residencia en el Barrio El Centro de esta población, solicitando

a favor de su representado Título Municipal, respecto a un Inmueble

de Naturaleza urbana, situado en el Barrio número Dos, lugar llamado

Colonia La Ceiba o Debajo de la Ceiba de esta población, que tiene una

extensión superfi cial de mil doscientos treinta y seis punto once metros

cuadrados equivalentes a mil setecientos sesenta y ocho punto sesenta y

seis varas cuadradas aproximadamente, y con las medidas y colindancias

siguientes: AL NORTE: mide trescientos veinticuatro mil ochocientos

sesenta punto trescientos treinta y uno ESTE quinientos diecisiete mil

doscientos diez punto cero cero cuatro. LINDERO NORTE partiendo

del vértice Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Noreste cincuenta y seis grados treinta

y seis minutos veintidós segundos con una distancia de treinta y cinco

punto noventa y un metros; Tramo dos, Sureste cincuenta y ocho grados

diez minutos veinticinco segundos con una distancia de veintiuno punto

setenta y seis metros; colindando con terrenos de Francisco Centeno

y de Rosenda Cartagena. LINDERO ORIENTE partiendo del vértice

Nor Oriente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, Sureste cero cinco grados treinta y ocho minutos

cero dos segundos con una distancia de cuatro punto cincuenta y cinco

metros; Tramo dos, Suroeste cero tres grados cincuenta y tres minutos

cuarenta y seis segundos con una distancia de diez punto cincuenta y

ocho metros; Tramos tres, Sureste cero cero grados dieciséis minutos cero

cinco segundos con una distancia de cuatro punto treinta y ocho metros

colindando con terrenos de Julio Tobar, calle de por medio. LINDERO

SUR partiendo del vértice Sur Oriente está formado por un tramo con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Suroeste setenta y cinco grados

cincuenta minutos cuarenta y dos segundos con una distancia de treinta

y seis cero dos metros; colindando con terrenos de Angel Benadouglas

Vásquez, con calle de accesos de por medio. LINDERO PONIENTE

partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste treinta y tres grados

treinta y seis minutos cincuenta y seis segundos con una distancia de

veinticuatro punto cero cero metros; colindando con terrenos de Rosa

Lilian Quintanilla, con calle de acceso de por medio. Así llega al vértice

Nor Poniente, que es donde inició la descripción. Que el inmueble antes

descrito no es sirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales

de ajena pertenencia, no está en proindivisión con nadie y lo obtuvieron

por compraventa otorgada a las once horas del día treinta de diciembre

de mil novecientos noventa y ocho, por el señor José Angel Beltrán

Méndez, en ese momento, de cuarenta y cuatro años de edad, Agricultor

en pequeño de este domicilio, quien actualmente se encuentra con vida

Ante los ofi cios del Notario Manuel Oscar Aparicio Flores y a favor de

los solicitantes. Que en dicho inmueble existen construcciones de sistema

mixto por lo que han ejercido posesión por más de ocho años en quieta,

pacífi ca e ininterrumpida posesión, no existiendo otros poseedores.

Lo que hace saber al Público para efectos de Ley.

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202 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Alcaldía Municipal: Las Flores, departamento de Chalatenango, a

los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil siete. FELIX MOISES

LARA TORRES, ALCALDE MUNICIPAL.- CECILIA ESTEBANA

ABARCA, SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F025658-2

OTROS

LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE

LO CIVIL DE DELGADO.

AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil ahora de concurso

promovido por el Licenciado RAFAEL ANTONIO MORAN COR-

NEJO, en su calidad de Apoderado de la Sociedad “TRANSPORTES

SAN ANTONIO, S.A. DE C.V.”, en contra de la Sociedad “JEREZ

SALAVERRIA E HIJOS Y COMPAÑÍA" y de los señores JORGE LUIS

POLA JEREZ y MÁXIMO RAÚL POLA JEREZ, proceso al cual han

sido acumulados el proceso EJECUTIVO MERCANTIL AHORA DE

QUIEBRA CLASIFICADO BAJO LA REFERENCIA No. 55-EM-07-2,

PROMOVIDO POR EL LICENCIADO RAFAEL ANTONIO MORAN

CORNEJO EN SU CALIDAD DE APODERADO DE LA LICENCIADA

ANA JOSEFINA ARTEAGA ÁLVAREZ DE MORAN, en contra de la

Sociedad MFA, S.A. DE C.V., y el señor JORGE LUIS POLA JEREZ,

y otros procesos ejecutivos; de conformidad con la Primera Junta Ordi-

naria de Acreedores celebrada en este Tribunal a las nueve horas del día

veintitrés de octubre del presente año, lo cual consta en el acta respectiva

que corre agregada a folios 457 de la tercera pieza, por unanimidad de

votos acreedores, y anuencia de la sociedad concursada, se eligió como

Síndico del Concurso al Licenciado IMMAR ORLANDO CHÁVEZ

PICHE, quien fue impuesto de juramento respectivo por la Suscrita Juez,

y por haber aceptado dicho cargo y jurar cumplirlo fi el y legalmente según

su investidura de abogado probo, se le discernió dicho cargo para que lo

ejerciera conforme a derecho: Por ello, y de conformidad a lo ordenado

en el Art. 695 Pr.C., se previene que se proceda a entregársele a dicho

Síndico de cuanto corresponda al concursado.

Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las catorce horas y trece

minutos del día veintitrés de octubre de dos mil siete.- Licda. MARIBEL

DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Licda.

SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025594-2

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2007069481

No. de Presentación: 20070097701

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SAL-

VADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Equifax,

Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

E F X

Consistente en: La letras EFX, que servirá para: AMPARAR: SER-

VICIOS EDUCACIONALES, ESPECÍFICAMENTE, SUMINISTRO

DE SEMINARIOS RELACIONADOS AL MANEJO DE CRÉDITOS

Y DINERO VÍA UNA RED GLOBAL DE INFORMACIÓN POR

COMPUTADORA.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014060-2

No. de Expediente: 2007069482

No. de Presentación: 20070097702

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ULISES SAL-

VADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Equifax,

Page 203: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

203DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE SERVICIOS,

E F X

Consistente en: Las letras EFX, que servirá para: AMPARAR:

PROVEEDOR DE SERVICIOS ADMINISTRADOS, PROVEEDOR

DE SERVICIOS DE APLICACIÓN, Y SERVICIOS DE ALOJAMIEN-

TO CONTENIENDO SOFTWARE EN EL CAMPO DE PROCESA-

MIENTO, ANÁLISIS DE RIESGO, VERIFICACIÓN DE IDENTIDAD,

ANÁLISIS DE DATOS, CREACIÓN DE MODELOS DE RIESGO Y

ANÁLISIS, ANÁLISIS Y DECISIÓN, Y PROTECCIÓN CONTRA

FRAUDES, TODO PARA CRÉDITOS.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de agosto del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014061-2

No. de Expediente: 2007066201

No. de Presentación: 20070092130

CLASE: 41.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de

CHIVAS BROTHERS PERNOD RICARD LIMITED, de nacionalidad

BRITÁNICA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ENBOTELLARTE

Consistente en: La palabra ENBOTELLARTE, que servirá para:

AMPARAR: ARREGLO, ORGANIZACIÓN Y CONDUCCIÓN DE

COMPETENCIAS Y EXHIBICIONES DE ARTE.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

JOSÉ FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014062-2

No. de Expediente: 2007065883

No. de Presentación: 20070091636

CLASE: 42.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de YAMAHA

CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Un diseño identifi cado como LOGO YAMAHA,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TEC-

NOLÓGICOS ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y

DISEÑO RELATIVOS A ELLOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS Y DE

INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL; DISEÑO Y DESARROLLO DE

ORDENADORES Y SOFTWARE.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año

dos mil siete.

Page 204: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

204 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014064-2

No. de Expediente: 2006056648

No. de Presentación: 20060075922

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMÁN, en su calidad de APODERADO de Sanofi -Aventis,

de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

PRO-SANE

Consistente en: La palabra PRO-SANE, que se traduce al castellano

como PRO-SANO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MÉDI-

COS. CUMPLIMIENTO DE PROGRAMAS PARA PACIENTES.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año

dos mil seis.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014066-2

No. de Expediente: 2007069422

No. de Presentación: 20070097612

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIA ELENA

TOLENTINO MEMBREÑO, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

de Mobile Telecommunications Company (KSC), de nacionalidad

KUWAITI, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La palabra zain y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014068-2

No. de Expediente: 2007064251

No. de Presentación: 20070088661

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR

FERNÁNDEZ, en su calidad de APODERADO de TELECOM ITALIA

SPA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: Diseño que se identifi cará como diseño de línea

en color, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS EDUCACIONA-

Page 205: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

205DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

LES, ESPECIALMENTE, PROGRAMAS COMUNITARIOS SUMI-

NISTRANDO CLASES DE ENTRENAMIENTO, SEMINARIOS,

CONFERENCIAS Y TALLERES EN EL CAMPO DE ENERGÍA,

TELECOMUNICACIONES, CIENCIA, SOCIOLOGÍA, INDUSTRIA,

LEYES, QUÍMICA, PROCESAMIENTO DE DATOS, INGENIERÍA,

MEDICINA, BIOLOGÍA, ALIMENTACIÓN, VETERINARIA,

AGRICULTURA, PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Y DEPORTES; SERVICIOS DE PUBLICACIÓN INCLUYENDO,

PUBLICACIÓN DE TRABAJOS DE TEXTO Y GRÁFICOS EN CD

ROM’S PRESENTANDO, TELECOMUNICACIONES, ENERGÍA,

CIENCIA, SOCIOLOGÍA, INDUSTRIA, LEYES, QUÍMICA, PRO-

CESAMIENTOS DE DATOS, INGENIERÍA, MEDICINA, BIOLOGÍA,

ALIMENTACIÓN, VETERINARIA, AGRICULTURA, MATERIA DE

PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Y DEPORTES, OR-

GANIZACIÓN DE EXHIBICIONES PARA PROPÓSITOS CULTU-

RALES O EDUCACIONALES, ENTRENAMIENTO Y EDUCACIÓN

EN SOFTWARE Y COMPUTADORAS, PUBLICACIONES ELEC-

TRÓNICAS E IMPRESAS ESPECÍFICAMENTE, DIRECTORIOS

TELEFÓNICOS, MAPAS Y OTRA INFORMACIÓN Y MATERIAL

NAVEGACIONAL; SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN CONEXIÓN

CON EL SUMINISTRO DE ENTRENAMIENTO, EDUCACIÓN, EN-

SEÑANZA, DEPORTES Y CULTURA, INCLUYENDO TODOS LOS

SERVICIOS ANTES MENCIONADOS DENTRO DEL MARCO DE

TRABAJO DEL USO DE INTERNET; SERVICIOS DE IMAGEN

DIGITAL.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014072-2

No. de Expediente: 2007066269

No. de Presentación: 20070092261

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS

GIANCARLO DE LA GASCA COLTRINARI, en su calidad de APO-

DERADO ESPECIAL de AMERICAN SECURITY CORPORATION,

de nacionalidad BRITÁNICA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

PROVAL

Consistente en: La palabra PROVAL, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS DE TRANSPORTE DE VALORES.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014100-2

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206 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída este día, a las once

horas y cinco minutos, se ha tenido por aceptada expresamente con be-

nefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor AMADEO

BURUCA, quien falleció el día cuatro de Marzo de mil novecientos

noventa y ocho, en el Cantón Guadalupe, de la Jurisdicción de Bolívar de

este Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de

parte del señor AMADEO CARCAMO BURUCA, en concepto de hijo

sobreviviente del causante. Confi riéndole a dicho aceptante, en el carácter

indicado la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión, para

que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel,

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diez días del mes

de Octubre de dos mil siete. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014004-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LA

UNIÓN; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce

horas y dieciocho minutos del día ocho de octubre del corriente año, se

tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

Intestada que al fallecer a las seis horas y treinta minutos del día cuatro

de julio del presente año, en el Centro Médico de Oriente, de la Ciudad

de San Miguel, siendo Anamorós Departamento de La Unión, lugar de su

último domicilio, dejara el causante Neftalio Molina Guzmán conocido

por Neftalí Molina, a favor de los herederos María Erlinda Bonilla de

Molina, Misael Hernán Molina Bonilla y Ever Alexander Molina Bonilla,

en calidad de cónyuge sobreviviente y los dos últimos en concepto de

hijos del causante antes mencionado, de conformidad con el Art. 988,

N° 1o. del C. C.

Se le confi ere a los herederos declarados en el carácter dicho, la

administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los once días del mes de octubre de dos mil siete.

Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. C014006-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL. Al público para los efectos

de Ley,

AVISA: Que por resolución de las diez horas de este día, se ha

tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó al fallecer el causante señor: JOSE

LEON CUBIAS, el día cinco de junio del corriente año, en el Hospital

Santa Catalina de esta ciudad, siendo la ciudad de Ozatlán, su último

domicilio, de parte de la señora MANUELA GUZMAN conocida por

MANUELA DE JESUS GUZMAN, en calidad de cesionaria del dere-

cho hereditario que le correspondía al señor MAURICIO ANTONIO

GUZMAN CUBIAS, en calidad de hijo del causante. Confi riéndole a

la aceptante dicha la administración y representación interina de la su-

cesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia

yacente. Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que

se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados después de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el JUZGADO DE LO CIVIL DE USULUTAN, a los

diecinueve días del mes de octubre del dos mil siete. Lic. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014032-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las quince

horas y diecisiete minutos del día trece de septiembre del corriente año, se

tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que al fallecer a las cinco horas y veinticinco minutos del día

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207DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

dieciocho de febrero del año dos mil dos, en el Hospital Nacional San

Juan de Dios de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio

la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, dejara la

causante SANTOS IRENE LOZANO DE MEJIA conocida por SAN-

TOS IRENE LOZANO y por SANTOS YRENE LOZANO, al heredero

José Héctor Mejía Lozano, en concepto de hijo de la causante antes

mencionada, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No. 1o.

del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió al aceptante en el carácter dicho

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los diecisiete días del mes de septiembre del

año dos mil siete. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO

CIVIL. Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025136-3

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución a las nueve horas y cincuenta

minutos del día trece de Septiembre del dos mil siete, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora MERCEDES ZALDIVAR

de CHAVEZ, conocida por MERCEDES ZALDIVAR o MERCEDES

ALVAREZ de CHAVEZ, quien falleció a las veintiuna horas del día veinte

de agosto del dos mil seis, en el Barrio El Calvario de la Ciudad de San

Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte del señor JOSE

RAUL CHAVEZ GUEVARA o JOSE RAUL CHAVEZ, en calidad de

cónyuge sobreviviente de la causante y se le ha conferido al aceptante en

el carácter antes indicado, la administración y representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

nueve horas y cincuenta minutos del día trece de Septiembre del dos mil

siete. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. ANA LEYDIN BENITEZ DIAZ,

SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. F025146-3

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO

CIVIL, INTO. DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho horas

diez minutos del día dos de octubre de dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario de parte de la se-

ñora SANDRA CAROLINA CASTRO ORELLANA en su carácter de

cónyuge sobreviviente y la menor SANDRA MARCELA VELASCO

CASTRO representada por su madre señora CASTRO ORELLANA en su

calidad de hija del de cujus, de la Herencia Intestada que a su defunción

defi rió el causante CARLOS ALBERTO VELASCO FRANCIA, quien

falleció en esta ciudad su último domicilio, el día veinticinco de enero

del presente año.

Confi érase a las aceptantes la administración y representación

interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

legales, debiendo ser ejercida en el caso de la menor VELASCO CASTRO

por su madre SANDRA CAROLINA CASTRO ORELLANA.

Y CITA: a los que se crean con mejor derecho a la herencia referida

para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos

en la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas cinco minutos del día nueve de octubre de dos mil siete. Lic. JOSE

GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

INTO.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025166-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al publico para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las diez horas

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada de la causante TERESA HERNANDEZ,

fallecida en el Cantón Potrerillos de esta jurisdicción, el lugar de su último

domicilio, el día veinticuatro de septiembre del año dos mil cinco, de

parte del señor CRESCENCIO RENE HERNANDEZ LANDAVERDE,

en su concepto de hijo de la referida causante, a quien se le confi ere

interinamente la administración y representación de la sucesión, con

las facultades y restricciones que la ley confi ere a los curadores de la

Herencia Yacente.-

Juzgado Primero de lo Civil; Santa Ana a las diez horas quince

minutos del día veinticuatro de Octubre del dos mil siete. Lic. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025170-3

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208 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas

dieciocho minutos del día diez de octubre del presente año, se tuvo de

parte de la señora MARIA CONCEPCION RAMIREZ MARTINEZ, de

cuarenta y uno años de edad, Costurera, de este domicilio; en calidad de

hija del Causante; por aceptada expresamente, con benefi cio de inventa-

rio, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor SALOMON

RAMIREZ conocido por SALOMON RAMIREZ PEREZ, quien fue de

sesenta y siete años de edad, Soltero, Jornalero, fallecido el día treinta

de septiembre de dos mil uno, siendo la Ciudad de Apopa, su último

domicilio.-

Y se le confi rió a la aceptante en el carácter indicado, la adminis-

tración y representación interina de los bienes de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la herencia Yacente.-

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas treinta

minutos del día diez de octubre de dos mil siete.- Dra. VIOLETA DEL

CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.

JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025172-3

SALVADOR IRAHETA ROMERO, Notario, de este domicilio, con Ofi -

cina Notarial situada en Once Calle Oriente número Ciento Cuarenta y

Tres, Edifi cio Victoria, de esta ciudad, al público

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del

día Veintidós de Octubre del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de Inventario la herencia Intestada que a

su defunción dejó la señora MARIA MERCEDES GARCIA, conocida

por MERCEDES GOMEZ, quien falleció el día veintisiete de Junio del

presente año, en el Hospital Nacional Rosales en San Salvador, siendo

el lugar de su último domicilio el de San Bartolomé Perulapía, de parte

del señor MIGUEL ANGEL GOMEZ, conocido por MIGUEL ANGEL

GOMEZ PEREZ, de setenta y cuatro años de edad, Profesor, del domicilio

de San Bartolomé Perulapía, en su calidad de Hermano sobreviviente de

la referida causante, habiéndosele conferido la Administración y Repre-

sentación INTERINA de la mencionada sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, Veintinueve de Octubre del año dos mil siete.-

Dr. SALVADOR IRAHETA ROMERO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F025176-3

SALVADOR IRAHETA ROMERO, Notario, de este domicilio, con Ofi -

cina Notarial situada en Once Calle Oriente número Ciento Cuarenta y

tres, Edifi cio Victoria, de esta ciudad; al público

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del

día dieciocho de Octubre del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de Inventario la herencia Intestada que a su

defunción dejó la señora CRISTINA VASQUEZ RAMOS, conocida por

CRISTINA VASQUEZ DE MARTINEZ, quien falleció el día trece de

marzo de mil novecientos noventa y seis, en Colonia Zacamil, Edifi cio

Setenta y cinco, Apartamento treinta y seis de la ciudad de Mejicanos,

Departamento de San Salvador, lugar de su último, de parte de la señora:

MIRNA ALICIA MARTINEZ DE ORELLANA, de cincuenta y dos años

de edad, Ofi cinista, del domicilio de Mejicanos, en su calidad de Hija

sobreviviente de la referida causante, habiéndosele conferido la Admi-

nistración y Representación INTERINA de la mencionada sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, Veintinueve de Octubre del año dos mil siete.-

Dr. SALVADOR IRAHETA ROMERO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F025178-3

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público

HACE SABER: Que mediante resolución proveída en este Tribunal,

a las ocho horas y quince minutos del día dieciocho de Octubre del año

dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante

BLANCA MARINA PEÑA ALVARENGA o BLANCA MARINA PEÑA,

Page 209: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

209DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

quien falleció a las dieciocho horas y quince minutos del día veintiocho de

Octubre del año dos mil cinco, en Pasaje “D”; Número ciento veintitrés,

Colonia Santa Cristina; Barrio Santa Anita, de la ciudad de San Salva-

dor; siendo su último domicilio el Caserío El Limón, jurisdicción de la

población de San Francisco Morazán, departamento de Chalatenango; de

parte de la señora NEMESIA FIDELINA ALVARENGA DE FLORES

o FIDELINA ALVARENGA, en su calidad de madre sobreviviente de

la causante. Habiéndosele conferido a la aceptante en el concepto antes

indicado la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en

el término de quince días se presenten a este Tribunal a hacer uso de su

derecho.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de

María, Departamento de Chalatenango; a los veintitrés días del mes de

Octubre del año dos mil siete. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. OSCAR IMERY HERNANDEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025182-3

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las diez

horas de este mismo DIA, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia INTESTADA del causante RUBEN

ANTONIO GARCIA, fallecido el DIA tres de julio del dos mil tres,

en el Barrio SANTA BARBARA DE ESTA CIUDAD, lugar de su úl-

timo domicilio, de parte de la señora ROSA FIGUEROA VASQUEZ,

o ROSA FIGUEROA, en su calidad de cesionaria del derecho que en

dicha herencia le correspondía a la señora SILVIA NOEMI GARCIA

DE PERAZA, ésta en su calidad de hija del de cujus; y se confi ere a

la aceptante la administración y representación de la sucesión con las

facultades y restricciones de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas y veinte

minutos del día diecinueve de julio del dos mil siete. Lic. FRANCISCO

ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F025196-3

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, este

mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día diez

de marzo del año dos mil siete, en la ciudad de Soyapango, siendo el

Barrio Santa Bárbara de esta ciudad el lugar de su último domicilio, dejó

la señora ISABEL CHAVEZ AZAMA o ISABEL CHAVEZ de parte

de NICOLAS GARCIA MEJIA, ROSA HILDA GARCIA CHAVEZ,

MAURA ISIDORA GARCIA CHAVEZ y MARIA DE LOS ANGELES

GARCIA CHAVEZ hoy DE CANTÓN, el primero en su calidad de

cónyuge sobreviviente y las demás hijas de la causante, confi riéndoseles a

los referidos aceptantes interinamente la administración y representación

de la mortual expresada con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas y cincuenta

y cinco minutos del día diez de octubre del año dos mil siete.- Enmen-

dado:--GARCIA-Vale.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025197-3

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que por Resolución dictada a las ocho horas treinta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con Be-

nefi cio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida

el día dieciséis de diciembre del año dos mil cuatro, en el Hospital San

Juan de Dios de esta ciudad, siendo la ciudad de Coatepeque el lugar de

su último domicilio, dejó el señor JUAN PABLO HERNANDEZ, de parte

del señor JOSE ERASMO MARTINEZ, en su calidad de Cesionario de

los derechos que les correspondían a los señores NELSON ENRIQUE,

RINA ELCIRA, JUAN PABLO, MARIBEL DEL CARMEN, MARIA

DILMA, OSWALDO DE JESUS y WALTER MORIS, todos de apellidos

HERNANDEZ MARTINEZ, en concepto de hijos del referido causante;

confi riéndosele INTERINAMENTE la Administración y Representación

de la Sucesión expresada, con las facultades y restricciones de Ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las ocho horas con cuarenta minutos del día siete de septiembre

del año dos mil siete.- LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA,

JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL DEL CARMEN

LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025236-3

Page 210: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

210 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

OSCAR DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA SUPLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por Resolución proveída en este Juzgado, a las

doce horas diez minutos del día dieciocho de octubre del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario,

de la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor FRANCISCO

HERNANDEZ, quien fue de noventa y seis años de edad, soltero, jorna-

lero, originario y del domicilio de El Triunfo, departamento de Usulután,

de nacionalidad salvadoreña, hijo de Amalia Hernández, ya fallecida;

quien falleció en la Ciudad de El Triunfo, departamento de Usulután, el

día doce de marzo del año dos mil tres, siendo éste su último domicilio;

de parte del señor JOSE ANTONIO MEJIA SERPAS, en su concepto

de sobrino del causante.

Confi érese al heredero declarado en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA: A los

que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a

deducirlo dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de

la tercera publicación del presente Edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce

horas veinte minutos del día dieciocho de octubre del dos mil siete.-

LIC. OSCAR DANIEL ARANA AREVALO, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE.- LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025242-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

HACE SABER: Que por Resolución proveíada por este Juzgado,

a las ocho horas y treinta minutos del día diecisiete de octubre del año

dos mil siete. Se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio

de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en la

Ciudad de Santo Tomás, departamento de San Salvador, siendo también

su último domicilio, el día uno de mayo del año dos mil, dejó el causante

JOSE ANTONIO HERNANDEZ, de parte de la señora MARIA VITELIA

LOZANO HOY VIUDA DE HERNANDEZ, en su calidad de cónyuge

sobreviviente del referido de Cujus. Se ha conferido a la aceptante la

Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facul-

tades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Cítese a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para

que transcurrido el término de quince días contados, desde el siguiente a

la tercera publicación de este Edicto, concurran a este Tribunal a hacer

uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, depar-

tamento de San Salvador, a las quince horas y cincuenta minutos del

día veinticuatro de octubre del año dos mil siete.- DR. GUILLERMO

ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. IRMA ARACELY

FLORES ALVAREZ, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F025273-3

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

Al público y para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por Resolución de doce horas y doce minutos

del día diecinueve de octubre del año dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada

que a su defunción dejó la señora LUISA BOLAÑOS HENRIQUEZ,

quien fue de cincuenta y seis años de edad, salvadoreña, quien falleció

en el Hospital General del Seguro Social, a las dieciséis horas y cuarenta

minutos del día cuatro de septiembre del año dos mil seis, siendo la

ciudad de Cuscatancingo su último domicilio, de parte del señor RAUL

ERNESTO BOLAÑOS, como hijo sobreviviente de la causante.

Confi éresele al aceptante la Administración Interina de la Suce-

sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi-

guientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las doce horas

y cuarenta minutos del día diecinueve de octubre del año dos mil siete.-

LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE

LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO

ARIAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025274-3

Page 211: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

211DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO. Al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y vein-

ticinco minutos del día veinticinco de octubre del presente año; se ha

tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia

INTESTADA que a su defunción dejó por el señor JESUS DAGOBERTO

AYALA, quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, empleado, fallecido

el día diecisiete de febrero del año dos mil seis, en Delgado, siendo éste su

último domicilio, de parte de las señora ANA IRENE CAÑAS conocida

por ANA TELMA AYALA y por THELMA CAÑAS, BLANCA EVE-

LIN BONILLA SANCHEZ y CLARISSA MELANI AYALA TREJO,

la primera como madre del causante, la segunda como conviviente del

causante y la tercera como hija del causante.

Confi éraseles a las aceptantes la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia Yacente.

Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi-

guientes.-

JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las quince

horas y treinta minutos del día veinticinco de octubre del año dos mil

siete.- LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DE DELGADO.- LICDA. SANTOS ELIZABETH QUI-

TEÑO ARIAS, SECRETARIA.

3 v. c. No. F025552-3

TITULO SUPLETORIO

Lic. Ángel Albino Alvarenga; Juez de lo Civil, Santa Rosa de Lima,

departamento de La Unión, al público para los efectos legales,

HACE SABER: Que se ha presentado a este Juzgado la señora

MARIA ELOISA VELÁSQUEZ VIUDA DE REYES, de setenta y

cinco años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de El Sauce,

Departamento de La Unión, en Caserío Managua, Cantón Santa Rosita,

portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero cuatro

nueve seis cuatro cuatro siete guión seis, Representada por su Apoderado

General Judicial Licenciado Simeón Humberto Velásquez Reyes, soli-

citando título supletorio de tres terrenos de naturaleza rústicas, situados

en el Caserío Managua, Cantón Santa Rosita, Jurisdicción de El Sauce,

de este Distrito, Departamento de La Unión. PRIMERA PORCIÓN:

Denominada “El Campo”, de la capacidad superfi cial de DIECISIETE

MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS,

de las medidas y colindancias siguientes: AL PONIENTE, noventa y

cinco metros, colinda con el señor Esteban Canales y Centro Escolar del

Caserío Managua, calle pública de por medio; AL NORTE, ciento noventa

y seis metros, con propiedad del señor Alberto Reyes Velásquez hoy de

la titulante, cerco de alambre de púa propio; AL ORIENTE, setenta y

tres metros, colinda con terreno de Esteban Canales, cerco de alambre

propio; y AL SUR, doscientos treinta metros, colinda con terreno del

señor Alejos Canales; carece de cultivos y construcciones permanentes.

SEGUNDA PORCIÓN: Denominada “EL CERRO”, de la capacidad

superfi cial de NOVENTA MIL DOSCIENTOS CATORCE PUNTO

CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL NORTE, quinientos ochenta y dos metros, con terrenos

de Julia Villatoro y de la titulante, calle de por medio; AL ORIENTE,

trescientos siete metros, colinda con terreno de Alberto Ortez Reyes,

cerco de alambre de púa de por medio; AL SUR, doscientos noventa

y seis metros, colinda con terreno de Pedro Canales, cerco de alambre

propio; y AL PONIENTE, ciento cuatro metros, colinda con terreno de

Fausto Reyes, calle de por medio, carece de cultivos y construcciones

permanentes. TERCERA PORCIÓN: Denominada “La Casa”, de la

capacidad superfi cial de VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS DOCE

PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y

colindancias siguientes: AL NORTE, doscientos setenta y tres metros,

colinda con terrenos de Julia Villatoro, cerco de alambre de púa de por

medio; AL ORIENTE, ciento treinta y ocho metros, colinda con terreno

de Alberto Ortez Reyes, cerco de alambre de púa de por medio; AL SUR,

ciento noventa y seis metros, colinda con terreno de Pedro Canales,

cerco de alambre propio de por medio; y AL PONIENTE, ciento doce

metros, colinda con terreno de Julia Villatoro, cerco de alambre de púa

de por medio. En el inmueble antes descrito existe construida una casa

paredes de adobe, techo de tejas, de doce varas de largo por seis varas

de ancho, con sus respectivos corredores y carece de cultivos perma-

nentes. Valúa el primer inmueble en la cantidad de tres mil dólares de

los Estados Unidos de América; el Segundo inmueble dos mil dólares

de los Estados Unidos de América; y el tercer inmueble en la cantidad

de dos mil dólares de los Estados Unidos de América. Los inmuebles

antes descritos los adquirió por compra informal que le hizo al señor

Alberto Reyes Velásquez (fallecido).

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212 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

veinticuatro días del mes de septiembre del corriente año dos mil

siete.- Enmendados- Managua- Reyes- Vale.- Lic. ÁNGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCIÓN

MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014002-3

Lic. Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de

Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que se ha presentado a este Juzgado la señora

SOFÍA VELÁSQUEZ, de sesenta y cinco años de edad, de ofi cios

domésticos, del domicilio de El Sauce, Departamento de La Unión,

con residencia en el Caserío Agua Caliente, del Cantón Santa Rosita,

Representada por su Apoderado General Judicial Licenciado Simeón

Humberto Velásquez Reyes, solicitando título supletorio de un terreno

de naturaleza rústica, situado en el punto llamado Los Velásquez, cantón

Talpetate, Jurisdicción de Nueva Esparta, Departamento de La Unión, de

la capacidad superfi cial de VEINTE MIL DOSCIENTOS CUARENTA

Y UN METROS, SESENTA Y UN DECÍMETROS SETENTA CEN-

TÍMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

AL PONIENTE, setenta y uno punto diez metros, colinda con terreno

de la posesión de Leonardo Velásquez, antes Victoriano Jiménez, cerco

de alambre de púa del colindante de por medio; AL NORTE, con Tomás

Velásquez, antes Julia Velásquez, ciento ochenta y seis punto veinte

metros, cerco de alambre de púa de por medio propio; AL ORIENTE,

ciento treinta y tres metros, colinda con terreno del señor Juan Villatoro,

antes Félix Lazo, cerco de piña y alambre de púa del colindante; y AL

SUR, doscientos diez punto cincuenta metros, colinda con terreno del

señor Francisco Jiménez, antes Victoriano Jiménez, quebrada real de

por medio. En el referido inmueble se encuentran construidas tres casas

ambas techo de tejas, dos de paredes de adobe y la tercera paredes de

ladrillo. Valúa el referido inmueble en la cantidad de dos mil dólares de

los Estados Unidos de América. Y lo adquirió en el año de mil nove-

cientos setenta y cinco, por Donación Informal que le hiciera la señora

Matea Velásquez (fallecida).

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

veinticuatro días del mes de Septiembre de dos mil siete.- Lic. ÁNGEL

ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA

CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014003-3

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, de-

partamento de La Unión, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licen-

ciado Simeón Humberto Velásquez Reyes, Abogado, del domicilio de

El Sauce, como Apoderado General Judicial de la señora Ana Lucía

Flores Marroquín, de cincuenta años de edad, de ofi cios domésticos,

del domicilio de El Sauce, quien solicita título supletorio de un terreno

de naturaleza rústica, situado en lo que antes fue Hacienda El Sauce,

Cantón Canaire, Jurisdicción de El Sauce, Distrito de Santa Rosa de

Lima, departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de dos mil

ochocientos sesenta y siete metros treinta y cuatro, decímetros setenta y

cinco centímetros cuadrados, que mide y linda: AL PONIENTE, treinta y

dos punto cincuenta metros, colinda con terreno de la señora Hilda Paz,

quebrada real de por medio; AL NORTE, setenta y nueve punto setenta

metros, colinda con terreno de los señores Hilda Paz, César Benítez y

Daniel Benítez, quebrada real de por medio; AL ORIENTE, cuarenta

punto sesenta metros, colinda con terreno de la señora Hilda Paz, cerco

de piedra del colindante y alambre de púa propio; y AL SUR, setenta y

siete punto treinta metros, colinda con terreno del señor Fausto Hernán

Benítez, cerco de alambre de púa del colindante, en el referido inmueble

se encuentra construida una casa techo de tejas, paredes de adobe, de

nueve varas de largo por seis de ancho, con un corredor agarrado y el

otro libre al rumbo Oriente. Valúa dicho inmueble en la cantidad de

DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA,

y lo adquirió por venta informal hecha por la señora María Ascensión

Benítez, en el año de mil novecientos ochenta y cinco.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, el día uno de octubre del año dos mil siete.- Lic.

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-

RINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014005-3

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, de-

partamento de La Unión, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

Simeón Humberto Velásquez Reyes, Abogado, del domicilio de El Sauce,

como Apoderado General Judicial del señor Fausto Hernán Benítez, de

setenta y un años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de El Sauce,

quien solicita título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado

en lo que antes fue Hacienda El Sauce, Cantón Canaire, Jurisdicción de

El Sauce, Distrito de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión,

de la capacidad superfi cial de Tres mil ochenta y seis metros, treinta y

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213DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

seis decímetros, ochenta centímetros cuadrados, que mide y linda: AL

PONIENTE, cincuenta y dos punto setenta y dos metros, colinda con

terreno de la señora Hilda Paz, quebrada real de por medo; AL NORTE,

setenta y siete punto treinta metros, colinda con terreno de la señora Ana

Lucía Flores Marroquín, cerco de alambre de púa propio; AL ORIENTE,

treinta y siete metros, colinda con terreno de la señora Hilda Paz, cerco

de piedra del colindante y alambre de púa propio; y AL SUR, sesenta

punto treinta metros, colinda con terreno de la señora Hilda Paz, calle

pública de por medio, en el referido inmueble se encuentran construidas

dos casas ambas techo de tejas, paredes de adobe, una de catorce varas

de largo por cinco y media de ancho, con un corredor agarrado y el otro

libre al rumbo Sur; y la otra de diez varas de largo por seis varas de

ancho, con un corredor agarrado y uno libre al rumbo Norte. Valúa este

inmueble en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA, y lo adquirió por venta hecha por la señora

Beatriz Sorto viuda de Benítez, en el año de mil novecientos sesenta y

cinco.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, el día uno de octubre del año dos mil siete.- Lic.

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-

RINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014007-3

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este

Distrito Judicial,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licen-

ciado RONALD GIOVANNI CARDONA ALVARADO, de treinta y

cinco años de edad, Abogado, de este domicilio, con carné de Abogado

número cuatro mil ochocientos treinta y siete; solicitando TITULO

SUPLETORIO a favor del señor SERGIO TITO GUZMÁN, de un

inmueble de naturaleza rústica, situado en el cantón San José, jurisdic-

ción de Ilobasco, departamento de Cabañas, de la extensión superfi cial

de TRECE MIL QUINIENTOS DOCE METROS CUADRADOS, de

las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: Con terreno de Reyes

Arteaga Gómez de Alfaro, calle pública de por medio; AL ORIENTE:

Con terreno del señor Carlos César Guzmán, quebrada de por medio; AL

SUR: Con terreno de María Natividad Rodríguez de Guardado, cerco de

piña de por medio; y AL PONIENTE: En parte con terreno de Luciala

Velásquez de Rodas, y en otra parte con terreno de Reyes Arteaga Gómez

de Alfaro, cerco de piña de por medio, hasta llegar a donde se comenzó

la descripción. Tiene construida una casa de sistema mixto, y techo de

tejas, con todos sus servicios, y sin cultivos permanentes. El inmueble

citado no es terreno sirviente ni dominante, y no está en proindivisión

alguna; lo valúa el titulante en la cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Lo hubo por compra hecha

a la señora ELISA RODRÍGUEZ.

Librado el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a

las quince horas treinta minutos del día veinticinco de octubre de dos mil

siete.- Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA PROPIETARIO.- Lic. CORNELIO SANTOS, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. C014027-3

TITULO DE DOMINIO

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DE CANDELARIA

DE LA FRONTERA AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Señor

PEDRO ANTONIO CERNA OCHOA, quien es poseedor de buena fe,

en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpidamente de un inmueble urbano,

situado en el Barrio Santo Domingo, sobre la Quinta Avenida Sur, entre

Primera Calle Oriente y Calle Dos de Febrero de esta Villa; solicitando se

le extienda título de dominio del mismo, por no estar inscrito a su favor

en el Centro Nacional de Registro; siendo de una extensión superfi cial

de CIENTO VEINTINUEVE PUNTO CUARENTA Y UN metros cua-

drados, y de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide

quince metros y linda con propiedad de la señora Sara Angélica Roca

de Valenzuela; AL ORIENTE, mide nueve metros y linda con propiedad

del señor Astil Antonio Corleto Tobar, calle de por medio; AL SUR,

mide catorce metros y linda con propiedad de la señora Delia Margarita

Cerna Carías y AL PONIENTE, mide nueve metros y linda con terreno

del señor Hugo Ernesto Sandoval; no es dominante ni sirviente, ni está

en proindivisión con nadie, ni tiene cargas de derechos reales que per-

tenezcan a otras personas.

Y para ser publicado en el Diario Ofi cial y colocado en lugares

visibles, se extiende el presente edicto, en la Alcaldía Municipal de Can-

delaria de la Frontera, a veintinueve días del mes de octubre del año dos

mil siete. JANET RIVERA DE RIVERA, ALCALDESA MUNICIPAL.-

RAFAEL AMAYA MONTERROZA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F025225-3

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214 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1993003010

No. de Presentación: 20070093248

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO ESPECIAL de IVAX ARGENTINA

S.A., del domicilio de CALLE JOAQUIN V. GONZALEZ 653/61,

1407 BUENOS AIRES, ARGENTINA, de nacionalidad ARGENTI-

NA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00173

del Libro 00053 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la

palabra AMPLIBENZATIN, en letras mayúsculas de molde; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025250-3

No. de Expediente: 1996001861

No. de Presentación: 20070093329

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO ESPECIAL de BAYER HEALTHCARE

LLC., del domicilio de 100 Bayer Road, Pittsburgh, Pennsylvania 15205,

Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00089 del

Libro 00059 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la pa-

labra “MICROLET” en letras mayúsculas tipo corriente; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 10 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025251-3

No. de Expediente: 1996001860

No. de presentación: 20070093328

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de BAYER HEALTHCARE LLC., del

domicilio de 100 Bayer Road, Pittsburgh, Pennsylvania 15205, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00090 del Libro 00059 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra DEX en letras

mayúsculas tipo corriente; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Page 215: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

215DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025252-3

No. de Expediente: 1966014700

No. de Presentación: 20070090597

CLASE: 01, 02, 03, 06, 16, 17, 19, 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO ESPECIAL de THE DILLER CORPO-

RATION, del domicilio de c/o Formica Corporation, Chemed Center, 225

East Fifth Street, Cincinnati, Ohio 452021, Estados Unidos de América,

de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 14700 del Libro 00037 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en la palabra “FORMIVENCA”; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 01, 02, 03, 06, 16, 17,

19, 20 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los ocho días del mes de junio del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025254-3

No. de Expediente: 1996003571

No. de Presentacion: 20070099410

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de RICHEMONT INTERNATIONAL S.A, del

domicilio de Route des Biches 10 Villars-sur-Glane, de nacionalidad

SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00113

del Libro 00071 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las

palabras BAUME & MERCIER; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 14 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los doce días del mes de octubre del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025339-3

No. de Expediente: 1996003568

No. de Presentación: 20070099409

CLASE: 14.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de RICHEMONT INTERNATIONAL S.A, del domicilio

de Route des Biches 10 Villars-sur-Glane, Switzerland, de nacionalidad

SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00030

Page 216: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

216 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

del Libro 00066 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en UN

CIRCULO DE LADOS PARCIALMENTE ANCHOS QUE PENDEN

DE UNA BARRA VERTICAL QUE SE UNE A OTRA HORIZONTAL,

FORMANDO DOS ANGULOS DE 90° CON ESTA. EN LA PARTE

SUPERIOR DE LA VERTICAL SE ADVIERTE UNA PEQUEÑA LI-

NEA PARALELA A LA BARRA HORIZONTAL RELACIONADA;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 14 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los diez días del mes de octubre del año dos mil siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025340-3

No. de Expediente: 1994002840

No. de Presentación: 20070098929

CLASE: 22.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de SAEHAN INDUSTRIES INCORPORATION, del do-

micilio de 287, Gongdan-dong, Gumi-shi, Kyungsangbuk-do, República

de Corea, de nacionalidad COREANA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00225 del Libro 00056 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra ESLON; que ampara productos/

servicios comprendidos en la(s) Clase 22 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil

siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025341-3

No. de Expediente: 1996000458

No. de Presentación: 20070098931

CLASE: 11.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio

de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de MAG INSTRUMENT, INC., del domicilio de 2001

South Hellman Avenue, Ontario, CA 91761, Estados Unidos de Améri-

ca, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00151 del Libro 00061 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la expresión MAG-LITE; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 11 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los tres días del mes de octubre del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025342-3

Page 217: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

217DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007071042

No. de Presentación: 20070100126

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO EN-

RIQUE CASTILLO CORTEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de MEDICAL SOLUTION, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MEDSOL, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DIOSAR

Consistente en: la palabra DIOSAR, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS PARA USO

HUMANO.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de octubre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C013993-3

No. de Expediente: 2007071041

No. de Presentación: 20070100125

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO EN-

RIQUE CASTILLO CORTEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de MEDICAL SOLUTION, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MEDSOL, S.A DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

FORACAP

Consistente en: la palabra FORACAP, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS PARA

USO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día veintitres de octubre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de octubre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C013994-3

No. de Expediente: 2007065298

No. de Presentación: 20070090667

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE-

RADO ESPECIAL de MOLINOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

Consistente en: la palabra Galletazo y diseño, que servirá para:

AMPARAR: GALLETAS.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil

siete.

Page 218: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

218 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de marzo del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014018-3

No. de Expediente: 2006060081

No. de Presentación: 20060081232

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de INDUSTRIAS PETROQUIM, S.A., de nacionalidad

DOMINICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

Papos

Consistente en: la palabra Papos, que servirá para: AMPARAR:

ZAPATOS PLÁSTICOS.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de julio del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dos de marzo del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014019-3

No. de Expediente: 2007066171

No. de Presentación: 20070092064

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO

de EDITORIAL ALTAMIRANO MADRIZ, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

FASHION WEEK EL SALVADOR

Consistente en: las palabras FASHION WEEK EL SALVADOR,

que se traducen al castellano como EL SALVADOR SEMANA DE LA

MODA, que servirá para: AMPARAR: PAPEL Y ARTICULOS DE PA-

PEL, CARTON Y ARTICULOS DE CARTON; IMPRESOS, DIARIOS,

PERIODICOS, REVISTAS, LIBROS; ARTICULOS DE ENCUADER-

NACION; FOTOGRAFIAS; PAPELERIA, MATERIAS ADHESIVAS

(PARA PAPELERIA); MATERIALES PARA ARTISTAS; PINCELES;

MAQUINAS DE ESCRIBIR Y DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES);

MATERIAL DE INSTRUCCION O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO

APARATOS); CARACTERES DE IMPRENTA, CLISES.

La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de junio del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014020-3

Page 219: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

219DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007066706

No. de Presentación: 20070093003

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERA-

DO ESPECIAL de SUSSHI CORPORACION, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-

tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra PINUS, que servirá para: AMPARAR:

ABONO VEGETAL.

La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CATELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014021-3

No. de Expediente: 2007070897

No. de Presentación: 20070099892

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDMUNDO

JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODE-

RADO ESPECIAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO de LABORATO-

RIOS TERAPEUTICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE. que se abrevia: LABORATORIOS TERAMED,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Tm LABORATORIOS TERAPEUTI-

COS MEDICINALES y diseño, sobre las palabras de uso común no se

le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS

FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de octubre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de octubre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014031-3

No. de Expediente: 2007065326

No. de Presentación: 20070090731

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE-

RADO ESPECIAL de ALCON, INC., de nacionalidad SUIZA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MINSICA

Consistente en: la palabra MINSICA, que servirá para: AMPARAR:

PREPARACIONES FARMACEUTICAS OFTALMICAS.

Page 220: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

220 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

La solicitud fue presentada el día siete de marzo del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de marzo del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNANDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025243-3

No. de Expediente: 2007064627

No. de Presentación: 20070089433

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE-

RADO ESPECIAL de BAYER HEALTHCARE LLC., de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FA-

BRICA Y DE COMERCIO,

CONTOUR

Consistente en: la palabra CONTOUR, que servirá para: AMPA-

RAR: REACTIVOS PARA DIAGNOSTICOS MEDICOS PARA EL

ANALISIS DE FLUIDOS SANGUINEOS.

La solicitud fue presentada el día ocho de febrero del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de febrero del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025244-3

No. de Expediente: 2006061289

No. de Presentación: 20060083069

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE-

RADO ESPECIAL de FRANKFORD CANDY & CHOCOLATE CO.,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

FRANKFORD

Consistente en: la palabra FRANKFORD, que servirá para: AM-

PARAR: DULCES.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año

dos mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Depanamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025246-3

Page 221: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

221DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2005047352

No. de Presentación: 20050062021

CLASE: 19.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado PATRICIA

MARGARITA ORANTES GUERRA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de THE DILLER CORPORATION, de nacionalidad ESTA-

DOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y

DE COMERCIO,

FORMICA

Consistente en: la palabra FORMICA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos

mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de abril del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025247-3

No. de Expediente: 2007070528

No. de Presentacion: 20070099387

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de NUTRESA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

CHOKATO

Consistente en: la palabra CHOKATO, que servirá para: AMPA-

RAR: BARRAS CON LECHE SABOR A CHOCOLATE.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de octubre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025331-3

No. de Expediente: 2007070696

No. de Presentación: 20070099660

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Kawasaki

Jukogyo Kabushiki Kaisha, haciendo negocios como Kawasaki Heavy

Industries, Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Ninja, que servirá para: AMPARAR:

MOTOCICLETAS Y SUS PARTES ESTRUCTURALES Y SUS AC-

CESORIOS INCLUIDOS EN ESTA CLASE.

Page 222: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

222 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025332-3

No. de Expediente: 2007070697

No. de Presentación: 20070099661

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Kawasaki

Jukogyo Kabushiki Kaisha, haciendo negocios como Kawasaki Heavy

Industries, Ltd., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Vulcan

Consistente en: la palabra Vulcan, que servirá para: AMPARAR:

MOTOCICLETAS; PATINETAS; CICLOMOTORES; Y SUS PARTES

ESTRUCTURALES INCLUIDOS EN ESTA CLASE.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de octubre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025334-3

No. de Expediente: 2007070692

No. de Presentación: 20070099656

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Sanofi -

Aventis, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

UXIDIA

Consistente en: la palabra UXIDIA, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS FARMACEUTICOS PARA EL TRATAMIENTO Y PRE-

VENCION DEL CANCER.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de octubre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025335-3

Page 223: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

223DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007070526

No. de Presentación: 20070099385

CLASE: 08.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de TIJERAS

BARRILITO, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión BARRILITO 1792 y diseño, que servirá

para: AMPARAR: HERRAMIENTAS E IMPLEMENTOS DE MANO

IMPULSADOS MANUALMENTE; CUCHILLERÍA, TENEDORES Y

CUCHARAS, ARMAS BLANCAS; MAQUINILLAS DE AFEITAR Y

DE CORTE DE CABELLO, HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS

IMPULSADOS MANUALMENTE QUE CONFORMAN EL UTILLA-

JE DE DIVERSAS PROFESIONES TALES COMO HERRAMIENTAS

DE CORTE, NAVAJAS, CUCHILLOS, TIJERAS, CIZALLAS, GUI-

LLOTINAS; TIJERAS PARA JARDINERÍA, PARA HOJALATERÍA,

PARA PELUQUERÍA, PARA LAS ARTES MANUALES, PARA

MARQUETERÍA, PARA SASTRERÍA Y MODISTAS, PARA USO

DOMÉSTICO, ESCOLAR, DE OFÍCINA Y DE OFICIOS MANUA-

LES; ALICATAS, SIERRAS, SEGADORAS, PODADORAS, MACHE-

TES, GUADAÑAS, PALAS, PICOS, MAZOS, DESARMADORES,

HERRAMIENTAS SACABOCADOS, TROQUELES, TIJERAS CON

PATRONES DE CORTE DECORATIVOS Y HERRAMIENTAS QUE

COMBINAN ALGUNAS DE LAS HERRAMIENTAS CITADAS.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de octubre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA.

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025336-3

No. de Expediente: 2007070667

No. de Presentación: 20070099598

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL

ALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO

de LABORATORIOS RECAMIER LTDA, de nacionalidad COLOM-

BIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

LUMINANCE

Consistente en: la palabra LUMINANCE, que servirá para:

AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS

SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA

LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; (PREPARACIONES

ABRASIVAS) JABONES; PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES,

COSMÉTICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO; DENTÍFRICOS.

EN ESPECIAL TRATAMIENTOS Y TINTES PARA EL CABELLO.

La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, quince de octubre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025337-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007069948

No. de Presentación: 20070098492

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE SALVA-

DOR MOLINA PEÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

Page 224: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

224 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

REPAMOA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: REPAMOA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la expresión LA CASA DE LA AMISTAD CENTRO DE RETIRO Y EVENTOS y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL Y DE SERVICIO, DEDICA-DO AL SERVICIO DE ALQUILER DE SALONES PARA EVENTOS Y RETIROS, SERVICIOS DE RESTAURANTE, Y RECREACION, UBICADO EN KILOMETRO 39 Y MEDIO CARRETERA A SAN JUAN OPICO.

La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C013996-3

No. de Expediente: 2007069950

No. de Presentación: 20070098494

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE SALVA-DOR MOLINA PEÑA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de REPAMOA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: REPAMOA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras El Edén vivero y diseño, sobre la

palabra “vivero” no se le concede exclusividad, que servirá para: IDEN-

TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, Y DE SERVICIO,

DEDICADO A LA PRODUCCION Y COMERCIO, DEDICADO A LA

PRODUCCION, COMPRA Y VENTA DE TODA CLASE DE PLANTAS

ORNAMENTALES, FRUTALES Y MEDICINALES, UBICADO EN

KILOMETRO 39 Y MEDIO CARRETERA A SAN JUAN OPICO.

La solicitud fue presentada el día catorce de septiembre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciocho de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C013997-3

No. de Expediente: 2007070517

No. de Presentación: 20070099365

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CINDY

ELIZABETH MIRANDA FLORES, de nacionalidad SALVADORENA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL

Consistente en: la palabra Delica y diseño, que servirá para: IDENTI-

FICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA ELABORACION DE ALI-

MENTOS, UBICADO EN PASAJE IZALCO Y CHAPARRASTIQUE

OTE. COLONIA CUMBRES DE CUSCATLAN, POLIGONO F, No. 19,

ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil

siete.

Page 225: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

225DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de octubre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014012-3

No. de Expediente: 2006057203

No. de Presentación: 20060076791

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de INMOBILIARIA CONSTELACION, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

MARKET PLACE

Consistente en: las palabras MARKET PLACE, que servirá para:

IDENTIFICAR UN CENTRO COMERCIAL DEDICADO AL ARREN-

DAMIENTO Y VENTA DE LOCALES PARA EL EJERCICIO DEL

COMERCIO EN GENERAL O A LA PRESTACION DE SERVICIOS

VARIOS, SERVICIOS EN GENERAL TALES COMO SERVICIOS

DE TELEFONIA, BANCARIOS, Y DE RESTAURANTES O COM-

PLEJO DE OFICINAS, EDIFICIO DE APARTAMENTOS, REPARTO

RESIDENCIALES.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014022-3

No. de Expediente: 2004043497

No. de Presentación: 20040055989

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de INMOBILIARIA CONSTELACION, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

DIVERCENTRO

Consistente en: la palabra DIVERCENTRO, que servirá para:

IDENTIFICAR UN COMPLEJO O CENTRO COMERCIAL DEDI-

CADO AL ARRENDAMIENTO Y VENTA DE LOCALES PARA EL

EJERCICIO DEL COMERCIO EN GENERAL O A LA PRESTACION

DE SERVICIOS VARIOS UBICADO EN SANTA ELENA, ANTIGUO

CUSCATIAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del

año dos mil cuatro.

Page 226: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

226 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014023-3

No. de Expediente: 2004043494

No. de Presentación: 20040055986

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de INMOBILIARIA CONSTELACION, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

GIGACENTRO

Consistente en: La palabra GIGACENTRO, que servirá para:

IDENTIFICAR UN COMPLEJO O CENTRO COMERCIAL DEDI-

CADO AL ARRENDAMIENTO Y VENTA DE LOCALES PARA EL

EJERCICIO DEL COMERCIO EN GENERAL O A LA PRESTACION

DE SERVICIOS VARIOS UBICADO EN SANTA ELENA, ANTIGUO

CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de septiembre del

año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014024-3

No. de Expediente: 2007068158

No. de Presentación: 20070095356

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA DAYSI

ELIZABETH PINEDA DE DEL CID, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de INVERSIONES COMERCIALES DELPIN, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INDELPIN, S.A.

DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del

NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras GRUPO DELPIN y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A

LA VENTA DE VALVULAS Y EQUIPOS Y REPUESTOS INDUS-

TRIALES, UBICADO EN 75 AVENIDA NORTE, RESIDENCIAL

NOBLES DE LA ESCALON, PASAJE MILAN, EDIFICIO No. 9-10,

SAN SALVADOR, EL SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil

siete.

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227DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de Septiembre del año dos mil siete.

LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSÉ FIDEL MELARA MORÁN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025314-3

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2007069881

No. de Presentación: 20070098387

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR

ROBERTO TRUJILLO MENENDEZ, en su calidad de APODERA-

DO GENERAL JUDICIAL de GALVANIZADORA INDUSTRIAL

SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

PURLIN GHTLa estructura que Perdura

Consistente en: la expresión PURLIN GHT La estructura que

Perdura, que servirá para: LLAMAR LA ATENCION DE PUBLICO

CONSUMIDOR SOBRE EL PRODUCTO CONSISTENTE EN: PRO-

DUCTOS DE CONTRUCCION METALICOS.

La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDÓN,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014009-3

No. de Expediente: 2007070529

No. de Presentación: 20070099388

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AL-

BERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADO de

S.C. JOHNSON & SON, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

LA CIENCIA PARA LA LIMPIEZA DIFICIL

Consistente en: la expresión LA CIENCIA PARA LA LIMPIEZA

DIFICIL, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO

CONSUMIDOR A LOS SERVICIOS TALES COMO PREPARACIO-

NES PARA LIMPIAR, PULIR, FREGAR Y ABRASIVAS; CERAS;

JABONES; DETERGENTES.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de octubre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025338-3

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228 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2002030469

ESTABLECIMIENTO 2002030469-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE

ROBERTO GUTIERREZ, en su calidad de Representante legal de la

sociedad PROFESSIONAL SOFTWARE, SOCIEDAD ANÓNIMA de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 53 del libro 1054

del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria: 0614-180894-108-7, ha presentado solicitud

de CAMBIO DE RAZON SOCIAL O DENOMINACION, a las ocho

horas y cuarenta y cinco minutos del día diez de agosto de dos mil siete,

con la cual se le otorga la inscripción No. 146 del libro 155 del folio

293 al 294; a favor de la Empresa ahora denominada PROFESSIONAL

SOFTWARE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la

cual se dedica a ASESORIA Y CONSULTORIA EN SISTEMAS COM-

PUTARIZADOS, con dirección en RESIDENCIAL PRADOS DE SAN

LUIS, BOULEVARD UNIVERSITARIO, PASAJE IZALCO; No. 1-F

del domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el establecimiento 001-)

ahora denominado PROSOFT, S.A. DE C.V., que se dedica a ASESO-

RIA Y CONSULTORIA EN SISTEMAS COMPUTARIZADOS, y con

dirección en RESIDENCIAL PRADOS DE SAN LUIS, BOULEVARD

UNIVERSITARIO, PASAJE IZALCO, No. 1-F del domicilio de SAN

SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiocho de agosto de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C013989-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002026461

ESTABLECIMIENTO 2002026461-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUANA LEMUS

FLORES VIUDA DE PACAS en su calidad de Representante legal de la

sociedad INMOBILIARIA LEMUS PACAS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del do-

micilio de MEJICANOS, SAN SALVADOR, cuya escritura social está

inscrita bajo el número 50 del libro 1108 del Registro de Sociedades del

Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-

110595-102-1, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION

DE LA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO, a las nueve horas y treinta

y cinco minutos del día diecisiete de octubre de dos mil siete. Con la cual

se le otorga el asiento de modifi cación No. 49 del libro 161 del folio 99

al 100; a favor de la Empresa denominada INMOBILIARIA LEMUS

PACAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual

se dedica a COMPRA Y VENTA DE MATERIALES DE CONSTRUC-

CION, PETREOS Y TRANSPORTE DE MATERIALES, con dirección

en AVENIDA BERNAL # 5, RESIDENCIAL SAN BERNARDINO,

MEJICANOS del domicilio de SAN SALVADOR y que tiene el esta-

blecimiento denominado INMOBILIARIA LEMUS PACAS, S.A. DE

C.V., el cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE MATERIALES DE

CONSTRUCCION, PETREOS Y TRANSPORTE DE MATERIALES,

con dirección en AVENIDA BERNAL # 5, RESIDENCIAL SAN BER-

NARDINO, MEJICANOS del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecisiete de octubre de dos mil siete.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C013990-3

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229DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 2007058974

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058974-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado, KARLA

VIOLETA MÉNDEZ ROMERO, en su calidad de Representante legal

de la sociedad SUMINISTROS Y SERVICIOS L & M, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse SUMINIS-

TROS Y SERVICIOS L & M, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA TECLA departamento de

LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 15

del libro 2232 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio;

el cual ha presentado solicitud a las ocho horas cuarenta y tres minutos

del día siete de junio de dos mil siete. Con cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2007058974 inscripción 72 y el asiento de Establecimiento

No. 2007058974-001, inscripción 73, ambos del Libro 148 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina

SUMINISTROS Y SERVICIOS L & M, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a TRANSPORTE DE CARGA,

con dirección en RESIDENCIAL PINARES DE SUIZA, POLIGONO

No. 7 CASA No. 6 del domicilio de SANTA TECLA departamento de

LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS

VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el estableci-

miento siguiente: 001-) denominado SUMINISTROS Y SERVICIOS L

& M, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, ubicado en

RESIDENCIAL PINARES DE SUIZA, POLIGONO No. 7 CASA No.

6 del domicilio de SANTA TECLA departamento de LA LIBERTAD

y que se dedica a TRANSPORTE DE CARGA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, once de junio de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C013991-3

ASIENTO DE EMPRESA 2007059853

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059853-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado KARLA

EMELY ÁLVAREZ BONILLA, en su calidad de Representante legal

de la sociedad PIU BELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia PIU BELLA, S.A. DE C.V., sociedad de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN MIGUEL, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 10 del libro 2264 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 1217-160907-101-4; el cual ha presentado solicitud a las trece

horas y treinta y un minutos del día ocho de octubre de dos mil siete con

la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059853 inscripción 209

y el asiento de Establecimiento No. 2007059853-001, inscripción 210,

ambos del Libro 160 de Asientos de Matrícula de Empresa y Estableci-

miento; la Empresa se denomina PIU BELLA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia PIU BELLA, S.A. DE C.V.,

la cual se dedica a PELUQUERIA Y OTROS TRATAMIENTOS DE

BELLEZA, con dirección en 7a. AVENIDA SUR, No. 400, BARRIO

LA MERCED del domicilio de SAN MIGUEL, cuyo activo asciende a

ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE 00/100 DOLARES

($11,429.00) y que tiene el establecimiento siguiente : 001-) denomina-

do PIU BELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

ubicado en 7a. AVENIDA SUR, No. 400, BARRIO LA MERCED, SAN

MIGUEL, y que se dedica a PELUQUERIA Y OTROS TRATAMIENTOS

DE BELLEZA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, once de octubre de dos mil siete.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C013995-3

Page 230: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

230 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ASIENTO DE EMPRESA 2007057973

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007057973-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS LEON

IMBERTON DENEKE, en su calidad de Representante Legal de la socie-

dad DISTRIBUIDORA ETICA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse DISTRIBUIDORA

ETICA COMERCIAL, S.A. DE C.V., y DIETCO, S.A. DE C.V.; so-

ciedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO

CUSCATLÁN, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 4 del libro 2187, del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-081106-104-

0; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y treinta minutos del

día nueve de enero de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2007057973 inscripción 60 y el asiento de Establecimiento

No. 2007057973-001, inscripción 61, ambos del Libro 136 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina

DISTRIBUIDORA ETICA COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a DISTRIBUIDORA DE

PRODUCTOS DE CONSUMO DOMESTICO E INDUSTRIAL, con

dirección en COLONIA UTILA, 10a. CALLE ORIENTE Y 15a. AVENI-

DA SUR, No. 15-19 del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD

cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DOLARES ($12,000.00)

y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado DIETCO,

S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA UTILA, 10a. CALLE ORIENTE

Y 15a. AVENIDA SUR, No. 15-19, SANTA TECLA, LA LIBERTAD y

que se dedica a DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DE CONSUMO

DOMESTICO E INDUSTRIAL.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diez de enero de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014000-3

ASIENTO DE EMPRESA 1998030881

ESTABLECIMIENTO 1998030881-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

LEÓN IMBERTON DENEKE, en su calidad de Representante legal

de la sociedad SERVICIOS QUIRURGICOS DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA

LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del

libro 1335 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con

Número de Identifi cación Tributaria: 0614-240298-105-0, ha presentado

solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA Y ESTA-

BLECIMIENTO, a las trece horas y cuarenta y nueve minutos del día

once de septiembre de dos mil siete. Con la cual se le otorga el asiento

de modifi cación No. 7 del libro 157 del folio 15 al 16; a favor de la Em-

presa denominada SERVICIOS QUIRURGICOS DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a

DISTRIBUCION DE PRODUCTOS HOSPITALARIOS, con dirección

en 10 CALLE ORIENTE Y 15 AVENIDA SUR No. 15-19, COLONIA

UTILA, SANTA TECLA del domicilio de LA LIBERTAD, y que tiene

el establecimiento denominado SERVICIOS QUIRURGICOS DE EL

SALVADOR, S.A. DE C.V., el cual se dedica a DISTRIBUCION DE

PRODUCTOS HOSPITALARIOS, con dirección en 10 CALLE ORIEN-

TE Y 15 AVENIDA SUR No. 15-19 COLONIA UTILA, SANTA TECLA

del domicilio de LA LIBERTAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, once de septiembre de dos mil siete.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014001-3

Page 231: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

231DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 1997027475

ESTABLECIMIENTO 1997027475- 144,145

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado OLGA LISSETTE SERPAS MONTOYA, en su calidad de Apoderada Ge-neral Administrativa y Judicial con cláusula especial de la sociedad COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del libro 1248 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-210297-104-4 quien ha presentado solicitud de apertura de nuevos establecimientos a las diez horas y cincuenta minutos del día veintisiete de septiembre de dos mil siete. Con la cual se otorgó asien-tos de Establecimiento No. 1997027475- 144, denominado AGENCIA METROCENTRO SANTA ANA, No. 2, con dirección en COLONIA LIEBERTAD Y AVENIDA INDEPENDENCIA SUR, CENTRO CO-MERCIAL METROCENTRO SANTA ANA, LOCAL No. B-212, del domicilio de SANTA ANA y Establecimiento No. 1997027475- 145, denominado AGENCIA METROCENTRO 8ª. ETAPA, con dirección en CENTRO COMERCIAL METROCENTRO 8ª. ETAPA, 1er NIVEL, LOCALES N° 251-1 y 252-2, del domicilio de SAN SALVADOR, y ambos se dedican a TELECOMUNICACIONES y forman parte de la empresa denominada COMPAÑIA DE TELECOMUNICACIONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTROS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, con dirección en COLONIA Y COMPLEJO ROMA, FINAL CALLE EL PROGRESO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiocho de septiembre de dos mil siete.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014011-3

ASIENTO DE EMPRESA 2005054783

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054783- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCIS-CO AMERICO CUELLAR AGUILAR en su calidad de Representante legal de la sociedad MULTIGESTION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MULTIGESTION, S. A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 27 del libro 1723 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-240602-102-6; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y veinticinco minutos del día veintinueve de julio de dos mil cinco., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054783 inscripción 64 y el asiento de Establecimiento No. 2005054783- 001 inscripción 65, ambos del libro 159 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada MULTIGESTION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLA-

SIFICADOS PREVIAMENTE, con dirección en CIUDAD MERLIOT, COLONIA ALTOS DE SANTA TERESA II, 13ª CALLE ORIENTE Y AVENIDA SANTA TERESA, POLIGONO N° E-1, CASA N° 1 del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado MULTIGESTION, S. A. DE C. V. ubicado en CIUDAD MERLIOT, COLONIA ALTOS DE SANTA TERESA II, 13ª CALLE ORIENTE Y AVENIDA SANTA TERESA, POLIGONO N° E-1, CASA N° 1, SANTA TECLA, LA LIBERTAD y que se dedica a OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, uno de octubre de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014013-3

ASIENTO DE EMPRESA 2007058803

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007058803- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA ALICIA FUENTES MONTANO en su calidad de Representante Legal de la sociedad MASTER SERVICE DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MASTER SERVICE DE EL SALVADOR, S. A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVA-DOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 27 del libro 2225 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-040407-102-3; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y minutos del día dieciséis de mayo de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007058803 inscripción 205 y el asiento de Establecimiento No. 2007058803- 001, inscripción 206, ambos del Libro 145 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina MASTER SERVICE DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a VENTA DE OTROS PRODUCTOS NO CLASIFICA-DOS PREVIAMENTE, con dirección en RESIDENCIAL CUMBRES DE SAN FRANCISCO, BOULEVARD FLORENCIA, N° 22-E del do-micilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado MASTER SERVICE DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V. ubicado en RESIDENCIAL CUMBRES DE SAN FRANCISCO, BOULEVARD FLORENCIA, N° 22-E, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que se dedica a VENTA DE OTROS PRODUCTOS NO CLASIFICADOS PREVIAMENTE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de mayo de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014014-3

Page 232: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

232 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

ASIENTO DE EMPRESA 2001035668

ESTABLECIMIENTO 2001035668 - 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado YANIRA DEL ROSARIO RODRIGUEZ VASQUEZ en su calidad de Representante legal de la sociedad QUEZALTEPEC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domi-cilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 37 del libro 1600 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-050301-105-9, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE LA EMPRESA, a las once horas y cincuenta y dos minutos del día once de octubre de dos mil siete. Con la cual se le otorga el asiento de modifi cación No. 198 del libro 160 del folio 397 al 398; a favor de la Empresa denominada QUEZALTEPEC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES INMOBI-LIARIAS, con dirección en 19A. AV. NORTE Y 13. CALLE ORIEN-TE, POLIGONO M # 42 RESIDENCIAL SANTA TERESA, SANTA TECLA, LA LIBERTAD, y que tiene el establecimiento denominado QUEZALTEPEC, S. A. DE C. V., el cual se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS, con dirección en 19A. AV. NORTE Y 13. CALLE ORIENTE, POLIGONO M # 42 RESIDENCIAL SANTA TERESA, SANTA TECLA, LA LIBERTAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, once de octubre de dos mil siete.

RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C014026-3

ASIENTO DE EMPRESA 2007059960

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059960-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDGAR VIDAL DURAN FLORES, en su calidad de Representante Legal de la sociedad RIA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse RIA DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuya escritura social está inscrita bajo el número 20 del libro 2271 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0501-151007-101-8; el cual ha presentado solicitud a las once horas y cuarenta y seis minutos del día veintitrés de octubre de dos mil siete., con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059960 inscripción 36 y el asiento de Establecimiento No. 2007059960-001, inscripción 37, ambos del Libro 162 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina RIA DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a REPRESENTACION DE CASAS EXTRANJERAS, con dirección en LOCAL 105 y 106 CONDOMINIO PLAZA SANTA ELENA, BOULEVARD SANTA

ELENA Y CALLE CERRO VERDE del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VIENTIOCHO 57/100 DOLARES ($11,428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado RIA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE ubicado en LOCAL 105 y 106 CONDOMINIO PLAZA SANTA ELENA, BOULEVARD SANTA ELENA Y CALLE CERRO VERDE del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se dedica a REPRESENTACION DE CASAS EXTRANJERAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiséis de octubre de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F025144-3

ASIENTO DE EMPRESA 2007059885

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059885- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RENE ARISTIDES AGUILAR GUEVARA, en su calidad de Representante legal de la sociedad KSAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse KSAS, S. A. DE C. V. sociedad de nacio-nalidad SALVADOREÑA, del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuya escritura social está inscrita bajo el número 34 del libro 2269 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y treinta y ocho minutos del día quince de octubre de dos mil siete con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059885 inscripción 63 y el asiento de Establecimiento No. 2007059885- 001, inscripción 64, ambos del Libro 161 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina KSAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA, REMODELACIONES Y VENTA DE CASAS, con dirección en RESIDENCIAL BOSQUES DE SANTA ELENA II, CALLE JUCUARAN N° 10-E del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100 DOLARES ($ 22,857.14) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado KSAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en RESIDENCIAL BOSQUES DE SANTA ELENA II, CALLE JUCUARAN N° 10-E, ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, y que se dedica a COMPRA, REMODELACIONES Y VENTA DE CASAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecisiete de octubre de dos mil siete.

LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F025161-3

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233DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de PINSAL, S.A. DE C.V., convoca por este medio

a los Accionistas de la Empresa, a Junta General Ordinaria de Accio-

nistas, a celebrarse a las dieciocho horas del día miércoles veintiocho

de noviembre del año dos mil siete, en las ofi cinas de la Empresa, en su

fábrica de pinturas, situada en Avenida El Matazano, Soyapango.

Esta Convocatoria se hace de acuerdo a lo establecido en las

Cláusulas Décima Sexta, Décima Séptima, Décima Novena, Vigésima

y Pertinentes, de la Escritura de Aumento y Capital y Reformas al Pacto

Social, de fecha diecinueve de octubre de mil novecientos noventa.

La Agenda para dicha sesión será la siguiente:

Punto Único: Compensación de Cuentas Incobrables con Utilidades

por Distribuir de Ejercicios anteriores.

Para celebrar la Junta General Ordinaria de Accionistas, que tra-

tará el Punto Único que aparece en la Agenda, deberán estar presentes

y representadas por lo menos el 50 % más una, de las 50,000 acciones

que componen el Capital de la Empresa, o sea, 25,001 acciones.

En caso que no se lograra reunir el Quórum en la hora y fecha

expresada para la Junta General Ordinaria de Accionistas en primera

Convocatoria, se cita en segunda Convocatoria para las dieciocho horas

del día jueves veintinueve de noviembre del año dos mil siete, en la

dirección ya mencionada, pudiéndose celebrar en este caso, la Junta

General Ordinaria de Accionistas, con cualquiera que fuera el número

de acciones presentes y representadas.

Soyapango, treinta y uno de octubre del año dos mil siete.

PINSAL, S.A. DE C. V.

Ing. EDUARDO FUNES GALLO,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014008-3

CONVOCATORIA

DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL SUR, S.A. DE C.V.

La junta Directiva de la Sociedad DISTRIBUIDORA DE ELECTRICI-

DAD DEL SUR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

que se puede abreviar DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL

SUR, S.A. DE C. V., o DEL SUR, S.A. DE C. V., del domicilio de la

ciudad de Nueva San Salvador, ahora denominada Santa Tecla, Depar-

tamento de La Libertad, por medio del suscrito Director Propietario

y Ejecutor Especial del Acuerdo de dicha junta Directiva, en primera

convocatoria, CONVOCA A TODOS SUS ACCIONISTAS, para que

concurran a la celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas,

la cual se llevará a cabo a las dieciocho horas y treinta minutos del día

cinco de diciembre del presente año, en el Salón Ballroom del HOTEL

HOLIDAY INN, situado en Urbanización y Boulevard Santa Elena,

Antiguo Cuscatlán.

La Agenda que se conocerá en dicha Junta General Ordinaria de

Accionistas, será la siguiente:

PUNTOS ORDINARIOS:

1. Establecimiento del quórum.

2. Aplicación de utilidades correspondientes al ejercicio 2006.

El quórum necesario para celebrar la sesión ordinaria en primera

convocatoria, será de la mitad más una de todas las acciones que confor-

man el capital social, y para tomar acuerdos válidamente se necesitará

la mayoría de las acciones presentes o representadas.

En caso de no haber quórum en la hora y fecha señaladas, se convoca

por segunda vez para las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del

día seis de diciembre del corriente año, en el lugar antes indicado.

El quórum necesario para celebrar sesión ordinaria en segunda

convocatoria, será necesaria la concurrencia de cualquiera que sea el

número de todas las acciones presentes o representadas, y para tomar

acuerdos válidamente se necesitará la mayoría de los votos presentes o

representados.

Santa Tecla, a los treinta días del mes de octubre de dos mil sie-te.

JOSÉ GERMAN OBIOLS NOVAL,

DIRECTOR PROPIETARIO Y EJECUTOR ESPECIAL

DE ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F025253-3

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234 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Caja de Crédito de Nueva Concepción, Sociedad

Cooperativa de Responsabilidad Limitada, de Capital Variable, en cum-

plimiento al Artículo 228 y siguientes del Código de Comercio Vigente y

en cumplimiento a la atribución que le confi ere la cláusula VIGÉSIMA

SEGUNDA, VIGÉSIMA CUARTA y TRIGÉSIMA CUARTA de su

escritura de modifi cación a su Escritura de Constitución, convoca a los

Representantes de Acciones y demás Socios de la misma, para celebrar

Asamblea General Extraordinaria de Accionistas a partir de las catorce

horas del día jueves seis de diciembre del año dos mil siete, en el Edifi cio

Social de la Caja, en primera convocatoria, en caso de no integrarse el

quórum Legal correspondiente, se establece segunda Convocatoria para

el día viernes siete de diciembre del año antes citado, a la hora y local

antes señalados.

Dicha Asamblea se constituirá con las formalidades que establece

la cláusula DÉCIMA NOVENA, VIGÉSIMA SEGUNDA, VIGÉSIMA

QUINTA, VIGÉSIMA SEXTA Y VIGÉSIMA OCTAVA de la Escritura

de Modifi cación a su Escritura de Constitución ya citada y el Artículo 223

y 224 Sección “C” Capítulo VII, Título II del libro Primero del Código

de Comercio Vigente, para conocer y resolver los puntos que contiene

la Agenda.

AGENDA

1. Aumento del Capital Social mediante la distribución de

Utilidades en Acciones.

El Quórum se integrará, en primera convocatoria, con veintiuno

de los veintiocho Representantes de Acciones que forman la Asamblea

General, y en segunda convocatoria con los Representantes de Acciones

que estuvieren presentes de acuerdo a su pacto social vigente.

Nueva Concepción, 30 de octubre de dos mil siete.

RAFAEL WILFREDO PORTILLO PARRILLA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F025255-3

CONVOCATORIA

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA: En virtud de las resoluciones dictadas a las diez horas y cinco

minutos del día once de abril, y a las doce horas y treinta minutos del

día nueve de octubre, ambas fechas del corriente año, en las Diligencias

Varias Mercantiles de Convocatoria a Junta General Ordinaria de Ac-

cionistas, promovidas por el Licenciado Josué Rafael Reyes Campos,

en calidad de apoderado de la señora Celina María Reyes de Rodríguez,

contra la Sociedad “AGROREY, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que se abrevia AGROREY, S.A. DE C.V., CONVOCA A

LOS ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD “AGROREY, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que se abrevia “AGROREY,

S. A. DE C. V. “, a celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA, para que

conozca de la agenda siguiente:

La Memoria de la Junta Directiva, el Balance General, el estado de

pérdidas y ganancias, y el informe del auditor de la sociedad correspon-

diente al ejercicio social del año dos mil cinco, a fi n de aprobar o improbar

los tres primeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas;

Junta que se realizará en primera convocatoria a las NUEVE HORAS

DEL DIA VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DEL CORRIENTE AÑO,

y en segunda convocatoria a las DIEZ HORAS DEL DIA TREINTA DE

NOVIEMBRE del presente año, en las ofi cinas de la Sociedad, situadas

en: Urbanización Palmira, Calle Grenoble, No. 2 en esta ciudad.

El Quórum para realizar la Junta General Ordinaria en Primera

Convocatoria, será la mitad más uno de las acciones que forman el

capital social y en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número

de las acciones representadas y para tomar resolución en ambos casos,

la mayoría de votos presentes.

Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas cuarenta mi-

nutos del día diecinueve de octubre de dos mil siete.- Lic. YOALMO

ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA

SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025291-3

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235DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

CONVOCATORIA

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA: En virtud de las resoluciones dictadas a las once horas y siete

minutos del día veinte de marzo, y a las nueve horas y quince minutos del día

once de octubre, ambas fechas del corriente año, en las Diligencias Varias

Mercantiles de Convocatoria a Junta General Ordinaria de Accionistas,

promovidas por el Licenciado Josué Rafael Reyes Campos, en calidad

de apoderado de la señora Celina María Reyes de Rodríguez, contra la

Sociedad COMPAÑÍA DE INVERSIONES Y PROYECTOS SALVA-

DOREÑOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se

abrevia CIPSA, S.A. DE C.V., CONVOCA A LOS ACCIONISTAS DE LA

SOCIEDAD “COMPAÑÍA DE INVERSIONES Y PROYECTOS SAL-

VADOREÑOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”,

que se abrevia “CIPSA, S.A. DE C.V.”, a celebrar JUNTA GENERAL

ORDINARIA, para que conozca de la agenda siguiente:

La Memoria de la Junta Directiva, el Balance General, el estado

de pérdidas y ganancias, y el informe del auditor de la sociedad corres-

pondientes al ejercicio social del año dos mil cinco, a fi n de aprobar o

improbar los tres primeros y tomar las medidas que se juzguen oportu-

nas;

Junta que se realizará en primera convocatoria a las NUEVE

HORAS DEL DIA SEIS DE DICIEMBRE DEL CORRIENTE AÑO,

y en segunda convocatoria a las DIEZ HORAS DEL DIA SIETE DE

DICIEMBRE del presente año, en las ofi cinas de la Sociedad, situadas

en: Urbanización Palmira, Calle Grenoble, No. 2 en esta ciudad.

El Quórum para realizar la Junta General Ordinaria en Primera

Convocatoria, será la mitad más uno de las acciones que forman el

capital social y en segunda convocatoria, cualquiera que sea el número

de las acciones representadas y para tomar resolución en ambos casos,

la mayoría de votos presentes.

Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas diez minutos del

día diecinueve de octubre de dos mil siete.- Enmendado-veinte-Vale.- Lic.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025294-3

SUBASTAS PÚBLICAS

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado JORGE ADALBERTO

SALAZAR GRANDE, como Apoderado General Judicial con Cláusula

Especial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de

Crédito, Autónoma de Derecho Público, del domicilio de San Salvador,

contra el señor MANUEL DE JESÚS ALFARO MARTÍNEZ, de cuarenta

y siete años de edad a la fecha del Contrato, Albañil y de este domici-

lio; reclamándole el pago de SEIS MIL CIENTO CINCO DÓLARES

CON TREINTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de capital, más los intereses

pactados, Primas de Seguros de Vida colectivo Decreciente y de Daños

a la Propiedad, todo hasta su completo pago, transacción o remate, y

costas procesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA,

en este mismo juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente

se indicará, el terreno urbano y construcciones que contiene, marcado

con el número CUARENTA Y TRES, DEL BLOCK DOS, que forma

parte DE LA URBANIZACIÓN APOPA NORTE QUINTA ETAPA,

del sector Poniente, ubicada en el Cantón San Nicolás, jurisdicción de

Apopa, Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de

SESENTA METROS CUADRADOS, cuya descripción técnica es la

siguiente: LOTE NUMERO CUARENTA Y TRES, TIPO “B”, BLOCK

DOS, es urbano, está ubicado en la URBANIZACIÓN APOPA NORTE

II, Cantón San Nicolás jurisdicción de Apopa, en este Departamento,

cuya cabida es de sesenta metros cuadrados, equivalentes a ochenta y

cinco punto ochenta y cinco varas cuadradas, y su descripción se inicia

partiendo del punto de intersección de los ejes de la Avenida Obrero

Heroico, y del Pasaje número Dos Poniente, de la Ciudad Obrera Apopa

Norte II, se mide sobre el eje de esta última con rumbo Norte cincuenta

grados veinticuatro minutos veintitrés segundos Oeste, una distancia

de noventa y ocho metros quince centímetros, y se llega a un punto en

donde haciendo una defl exión positiva de noventa grados y midiendo

una distancia de dos metros cincuenta centímetros, se llega al esquinero

Sur-Este del lote que se describe, el cual mide y linda: AL SUR, tramo

recto de seis metros, con rumbo Norte cincuenta grados veinticuatro

minutos veintitrés segundos Oeste, colindando este tramo con el lote

número diecinueve del Block número tres de esta misma Urbanización,

pasaje número dos Poniente de cinco metros de ancho de por medio;

PONIENTE, tramo recto de diez metros, con rumbo Norte treinta y nueve

grados treinta y cinco minutos treinta y siete segundos Este, colinda

este tramo con el lote número cuarenta y cuatro de estos mismos Block

y Urbanización; NORTE, tramo recto de seis metros, con rumbo Sur

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236 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

cincuenta grados veinticuatro minutos veintitrés segundos Este, colin-

dando este tramo con el lote número veinte de estos mismos Block y

Urbanización; ORIENTE, tramo recto de diez metros, con rumbo Sur

treinta y nueve grados treinta y cinco minutos treinta y siete segundos

Oeste, colindando este tramo con el lote número cuarenta y dos de estos

mismos Block y Urbanización. A este lote no le afecta la servidumbre

que grava al inmueble mayor, al cual pertenecen también los lotes que

se mencionan en las colindancias, y son o han sido propiedad de Cons-

tructora TENZE, S.A. DE CV.- Inscrito en el Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, en el Sistema de

Folio Real Computarizado, en el asiento número: CERO CERO CERO

SEIS, de la Matrícula Número: M CERO CINCO MILLONES CIENTO

TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE;

actualmente trasladado al Sistema de Información Registro y Catastro,

bajo el asiento de Inscripción UNO, de la Matrícula Número: SESEN-

TA MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS

VEINTICUATRO- CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas vein-

ticinco minutos del día seis de septiembre del año dos mil siete.- Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL.- Licdo. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F025171-3

JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por la Licenciada SILVIA EMILIA GONZÁLEZ

ESCAMILLA, apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio que se abrevia “EL

FONDO”, contra el señor JOSÉ ORLANDO URBANO PALACIOS,

mayor de edad, Mecánico, de este domicilio, reclamándole cantidad de

colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en

este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: Un Apartamento

marcado con el número QUINCE, EDIFICIO “B”, el cual forma parte del

CONDOMINIO RESIDENCIAL LAS PALMAS, situado en Jurisdicción

de esta Ciudad, hoy Décima Calle Oriente, Barrio La Vega. El Aparta-

mento relacionado tiene las medidas y linderos siguientes: Partiendo

de la intersección de los Ejes de la Cuarta Avenida Sur y Décima Calle

Oriente, se mide sobre el eje de esta última con rumbo Sur Ochenta y

siete grados diez punto cero minutos Este, una distancia de cincuenta

punto setenta y un metros de longitud, llegando al punto en el que ha-

ciendo una defl exión izquierda y midiendo con rumbo Norte cero seis

grados veintidós punto tres minutos Este, una distancia de catorce punto

sesenta y dos metros de longitud, y haciendo una defl exión derecha de

noventa grados y midiendo una distancia de cero punto setenta y cinco

metros de longitud, se llega al punto en el que midiendo una distancia

vertical positiva de cinco punto dos metros se localiza el vértice SUR

– PONIENTE, del Apartamento que mide y linda: AL PONIENTE: Línea

recta con rumbo Norte cero seis grados veintidós punto dos minutos Este

y distancia de cuatro punto setenta metros de longitud, lindando en este

tramo con el Edifi cio “A”, pasillo de circulación y cubo de escalerón

de por medio del mismo condominio.- AL NORTE: Línea recta con

rumbo Sur ochenta y tres grados treinta y siete punto ocho minutos

Este y distancia de siete metros de longitud, lindando en este tramo

Apartamento Número trece del Edifi cio “B”, pared medianera de por

medio del mismo Condominio. AL ORIENTE: Línea compuesta por tres

tramos rectos: El primero, con rumbo Sur ochenta y tres grados treinta y

siete punto ocho minutos Este y distancia de dos punto setenta metros de

longitud, lindando en este tramo con el Apartamento número dieciséis

del Edifi cio “B”, pared medianera de por medio; el segundo con rumbo

Norte ochenta y tres grados treinta y siete punto ocho minutos Oeste y

distancia de dos metros de longitud; el tercero con rumbo Sur cero seis

grados, veintidós punto dos minutos Oeste y distancia de dos metros

de longitud, lindando en estos dos últimos tramos con el Apartamento

número Dieciséis del Edifi cio “B”, vano de iluminación de por medio

del mismo condominio. AL SUR: Línea recta con rumbo Norte ochenta

y tres grados treinta y siete punto ocho minutos Oeste y distancia de

cinco metros de longitud, lindando por este tramo con Apartamento

número diecisiete del Edifi cio “B”, pared medianera de por medio del

mismo Condominio.- El Apartamento antes descrito tiene una extensión

superfi cial de VEINTIOCHO METROS CUADRADOS NOVENTA

DECÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a CUARENTA Y UNA

VARAS CUADRADAS TREINTA Y CINCO CENTÉSIMAS DE VARA

CUADRADA, posee una capacidad volumétrica de SETENTA Y CINCO

PUNTO CATORCE METROS CÚBICOS, teniendo un área de construc-

ción de VEINTIOCHO PUNTO NOVENTA METROS CUADRADOS,

linda en su parte inferior con el Apartamento número nueve del Edifi cio

“B”, losa de entrepiso de por medio y en su parte superior con el espacio

aéreo del mismo Condominio, techo de por medio.- El inmueble antes

descrito está a favor del demandado señor JOSÉ ORLANDO URBANO

PALACIOS, bajo la Matrícula Número CERO UNO- CERO OCHENTA

Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA- CERO CERO CERO,

Inscripción DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

nueve horas del día trece de agosto de dos mil siete.- Dr. JOSÉ MA-

NUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX

ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025173-3

Page 237: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

237DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por la Licenciada BLANCA SILVIA VILLEGAS

LINARES, como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, Contra la señora ZOILA ALVAREZ DE GARCIA conocida por

ZOILA ALVAREZ ARCHILA, mayor de edad, de Ofi cios Domésticos,

actualmente de domicilio ignorado y representada por su Curador Es-

pecial Licenciado MIGUEL ALEXANDER RUANO GUTIERREZ,

reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se ven-

derá en Pública Subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado

siguiente: ““Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene,

marcado con el número DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO BLOCK

“C”, de la Urbanización denominada VALLE DEL SOL, Situada en

Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, Jurisdicción de Apopa, de este

Departamento, de una extensión de CINCUENTA PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS. El lote es de naturaleza urbana y en él hay

construida una casa de sistema mixto, completamente nueva y con todos

sus servicios tiene un área construida de DIECISEIS PUNTO SETENTA

Y CINCO METROS CUADRADOS, y tiene la localización, medidas y

linderos siguientes: LOTE NUMERO DOSCIENTOS CINCUENTA Y

UNO BLOCK “C”, Es urbano, está ubicado en la Urbanización VALLE

DEL SOL, Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de

Apopa, de este Departamento, cuya cabida es de CINCUENTA PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y

UNO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, y

cuya descripción se inicia partiendo de la intersección de los ejes de la

Avenida El Tarrascón y el Pasaje número veintiséis de la Urbanización

VALLE DEL SOL, y midiendo una distancia de ciento setenta y dos

punto cincuenta metros, sobre el eje del pasaje, con rumbo norte setenta

y seis grados cuarenta y nueve minutos cero cinco segundos oeste, se

llega a un punto en el cual se hace una defl exión negativa de noventa

grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega

al esquinero nor oeste del lote que se describe, el cual mide y linda: AL

NORTE: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo sur setenta y

seis grados cuarenta y nueve minutos cero cinco segundos este. Linda

con el lote número trescientos dieciséis de este mismo block, pasaje

número veintiséis de cinco punto cero cero metros de ancho de por

medio; AL ORIENTE: Recta de diez punto cero cero metros, rumbo

Sur trece grados diez minutos cincuenta y cinco segundos oeste, linda

con el lote número doscientos cincuenta y dos de este mismo block;

AL SUR: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo norte setenta y

seis grados cuarenta y nueve minutos cero cinco segundos oeste, linda

con el lote número doscientos cuarenta y cuatro, AL PONIENTE: Recta

de diez punto cero cero metros, rumbo norte trece grados diez minutos

cincuenta y cinco segundos este, linda con el lote número doscientos

cincuenta, de este mismo block. Los lotes que se mencionan en las

colindancias son o han sido propiedad de CERAMICA INDUSTRIAL

CENTROAMERICANA, S.A. DE C.V.”

El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor de la de-

mandada señora ZOILA ALVAREZ DE GARCIA conocida por ZOILA

ALVAREZ ARCHILA, según Matrícula Número CERO UNO - CERO

NUEVE DOS CINCO SEIS SIETE - CERO CERO CERO, propiedad

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

doce horas y cuarenta y un minutos del día tres de Octubre de dos mil

siete.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025174-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.-

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado DONALDO SOSA PREZA,

como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma de

Derecho Público, del domicilio de San Salvador, contra la señora ANA

ISABEL RIVAS, de veintisiete años de edad a la fecha del Contrato, de

Ofi cios domésticos, y de este domicilio; reclamándole el pago de CINCO

MIL TRESCIENTOS CATORCE DOLARES CON VEINTINUEVE

CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

en concepto de capital, más los intereses pactados, Primas de Seguros

de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a la Propiedad, todo hasta su

completo pago, transacción o remate, y costas procesales; se ha orde-

nado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en

fecha y por el precio que oportunamente se indicará, el terreno urbano

y construcciones que contiene, marcado con el número CINCUENTA

Y SEIS, del Pasaje SIETE PONIENTE, Block “D”, de la Urbanización

denominada “VALLE DEL SOL V ETAPA”, situada en Cantones San

Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, Departamento de San

Salvador, de una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNO

PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, y en él hay

construida una casa de sistema mixto completamente nueva, en un área

de veintiséis metros cuadrados, valorada en treinta y tres mil seiscientos

cincuenta y siete colones cuarenta centavos, y tiene la localización, me-

didas y linderos siguientes: Partiendo de la intersección de los ejes de la

Avenida Juan Martín y el pasaje número siete Poniente de la Urbanización

Valle del Sol y midiendo una distancia de doscientos treinta y nueve

punto cincuenta metros sobre el eje del pasaje, con rumbo Sur ochenta

grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, se

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238 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

llega a un punto en el cual se hace una defl exión POSITIVA de noventa

grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros se llega

al esquinero Sur- Este del lote que se describe, el cual mide y linda: AL

SUR. Recta de cinco punto cero cero metros rumbo Sur ochenta grados

cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con

el lote número cuarenta y seis de este mismo Block, pasaje número siete

Poniente de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio; AL

PONIENTE. Recta de diez punto cero cero metros, rumbo Norte nueve

grados cero dos minutos cero cinco segundos Oeste, linda con el lote

número cincuenta y cinco de este mismo Block: AL NORTE. Recta de

cinco punto cero cero metros rumbo Norte ochenta grados cincuenta y

siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número

ciento cuarenta y siete de este mismo Block; y, AL ORIENTE. Recta de

diez punto cero cero metros rumbo Sur nueve grados cero dos minutos

cero cinco segundos Este, linda con el lote número cincuenta y siete de

este mismo Block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son

o han sido propiedad de Constructora TENZE, S.A. DE C.V.- Inscrito

en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección

del Centro, Departamento de San Salvador, en el Sistema de Folio Real,

en la Matrícula número: CERO UNO- CIENTO VEINTISEIS MIL

OCHOCIENTOS VEINTIDOS-CERO CERO CERO, bajo el asiento

de inscripción UNO; actualmente trasladado al Sistema de Información

Registro y Catastro, bajo el asiento de inscripción UNO, de la Matrí-

cula: SESENTA MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL

NOVECIENTOS DIECISEIS-CERO CERO CERO CERO CERO.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas del día

tres de octubre del año dos mil siete.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN

DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Licdo. JOSE

DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025175-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución Pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Licenciada BLANCA SILVIA VILLEGAS

LINARES como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

contra LIDUVINA ESTER PINEDA DE ORTIZ, conocida por LIDU-

VINA ESTER PINEDA PINEDA DE ORTIZ, reclamándole cantidad

de colones, se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: ““Lote

de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número

CIENTO VEINTIUNO del Block E, de la Urbanización SAN MARCOS,

situado en jurisdicción de San Marcos, de este Departamento, tiene una

extensión superfi cial de SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA ME-

TROS CUADRADOS, equivalentes a ochenta y nueve punto cuarenta y

tres varas cuadradas y se describe así: Partiendo de la intersección de los

ejes de esta última con rumbo Norte setenta y siete grados trece punto un

minuto Este, una distancia de veintiocho metros, haciendo estación en

este punto, se hace una defl exión de noventa grados positiva y distancia

de dos punto cincuenta metros, se llega al vértice Noroeste de donde

se inicia la presente descripción, LADO NORTE: tramo recto de cinco

metros rumbo Norte, setenta y siete grados trece punto un minuto este

lindando con lote número ciento cincuenta del Block “B” pasaje número

cinco de cinco metros de ancho de por medio y se llega al vértice No-

roeste. LADO ORIENTE: tramo recto de doce punto cincuenta metros

con rumbo Sur doce grados cuarenta y seis punto nueve minutos Este,

lindando con lote número ciento veintitrés del Block B y se llega al

vértice suroeste. LADO SUR: tramo recto de cinco metros rumbo Sur,

setenta y siete grados trece punto un minuto oeste, lindando con lote

número ciento veinte del Block “B” y se llega al vértice suroeste. LADO

PONIENTE: tramo recto de doce punto cincuenta metros con rumbo

norte doce grados cuarenta y seis punto nueve minutos oeste, lindando

con lote número ciento diecinueve del block “B” y se llega al vértice

Noroeste, donde se inició la presente descripción””. Dicho inmueble se

encuentra inscrito bajo la Matrícula Número SEIS CERO CERO CINCO

CERO TRES SIETE NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas del día doce de Septiembre de dos mil siete. Dr. DARIO VILLALTA

BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO

ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025177-3

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por la Licenciada BLANCA SILVIA VILLEGAS

LINARES, apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

en contra del señor MANUEL ENRIQUE ABREGO ROMERO, recla-

mándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta el inmueble

siguiente: ““Apartamento urbano marcado con el número OCHO, DEL

EDIFICIO “B”, segundo nivel, que forman parte del CONDOMINIO

MONTE CRISTO. Situado en fi nal setenta y cinco Avenida Norte y Calle

a Colonia San Miguel, cantón San Ramón, jurisdicción de Mejicanos.

de este Departamento, tiene una extensión superfi cial de TREINTA Y

SIETE PUNTO VEINTE METROS CUADRADOS y un volumen de NO-

VENTA Y TRES METROS CUBICOS y tiene las medidas perimetrales

siguientes: AL PONIENTE: Tres tramos, el primero de seis punto cero

setenta y cinco metros; el segundo de uno punto cuatrocientos cincuen-

ta y cinco metros; y el tercero de uno punto novecientos veinticinco

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239DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

metros. AL NORTE: Tres punto quinientos cuarenta y cinco metros.

AL ORIENTE: Ocho metros, y AL SUR: Cinco metros. El cual ha sido

sometido al Régimen que regula la Ley de Propiedad Inmobiliaria por

Pisos y Apartamentos, rigiéndose por las disposiciones que lo rigen y

por las Autoridades en el Reglamento de Administración correspon-

diente y sobre las leyes vigentes sobre la materia.”” Inscrito a favor del

demandado señor MANUEL ENRIQUE ABREGO ROMERO, bajo la

Matrícula Número SEIS CERO CERO CINCO OCHO CERO SIETE

CINCO- A CERO CERO DOS CERO, en el Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las

nueve horas del día nueve de octubre de dos mil siete. Lic. JOSE

GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

INTO.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F025179-3

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

INTO. DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado DONALDO SOSA PREZA,

como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra

GUILLERMO ENRIQUE MARROQUIN HERNANDEZ y SONIA

YANIRA GARCIA DE MARROQUIN conocida por SONIA YANIRA

GARCIA RAMOS, reclamándole cantidad de colones, se venderá en

pública subasta el inmueble siguiente: ““Lote de terreno urbano y cons-

trucciones que contiene, efectuados por INMOBILIARIA ESCALON

S.A. DE C.V. marcado con el número DIECIOCHO, Calle al cementerio,

Sector CATORCE - C, POLlGONO - C, Urbanización MADRETIERRA

II, situado en los suburbios del Barrio El Calvario, jurisdicción de Apopa,

de este departamento, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE:

cinco metros, AL ORIENTE: dieciséis punto veinticinco metros, AL

SUR: cinco punto veintisiete metros y AL PONIENTE: catorce punto

sesenta metros. El lote así descrito tiene una extensión superfi cial de

SETENTA Y SIETE PUNTO TRECE METROS CUADRADOS, con un

área construida de cuarenta y uno punto cincuenta metros cuadrados.””

Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro bajo la matrícula SEIS CERO UNO NUEVE NUEVE

NUEVE SEIS CINCO - CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas del día dos de octubre de dos mil siete. Lic. JOSE GUILLERMO

RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL INTO.- Lic.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025180-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

promovida en este juzgado por el Licenciado MANUEL ENRIQUE

UCEDA NERIO Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA contra el Señor JOSE ANTONIO GRANDE GUILLEN se venderá

en pública subasta en este mismo juzgado en fecha y por el precio que

oportunamente se indicará el bien inmueble embargado siguiente: ““UN

INMUEBLE DE NATURALEZA URBANA que es resto de uno mayor,

identifi cados como lotes números uno y dos, situados en la sexta avenida

sur y sexta calle poniente, de la ciudad de Nueva San Salvador, Departa-

mento de La Libertad, en el cual se han construido varios edifi cios que

se conocen como CONDOMINIO SAN MARTIN, los cuales han sido

sometidos al Régimen que regula la Ley de Propiedad Inmobiliaria por

Pisos y Apartamentos; del cual por medio de este acto se desmembra

el apartamento número C- SEIS DEL EDIFICIO “C” de una extensión

superfi cial de TREINTA Y CINCO PUNTO SETENTA Y UNO ME-

TROS CUADRADOS, con un área total construida, describiéndose así:

Partiendo de la intersección de los ejes de la sexta avenida sur y la sexta

calle poniente de la ciudad de Nueva San Salvador, se mide sobre el eje de

esta última con rumbo sur ochenta y ocho grados, cincuenta y un minutos,

ocho décimos de minuto oeste, una distancia de doce metros trescientos

cuarenta milímetros; en este punto se hace una defl exión derecha de no-

venta grados y se mide una distancia de cincuenta y un metros doscientos

cincuenta milímetros, en este punto hacemos una defl exión izquierda

de noventa grados y medimos una distancia de cuarenta y tres metros

cuatrocientos quince milímetros, aquí medimos una distancia vertical

de dos metros, seiscientos cincuenta milímetros llegando al esquinero

sureste del apartamento que se describe; este esquinero se encuentra

en la cota novecientos veinte metros cincuenta y tres centímetros sobre

el nivel del mar y el apartamento mide y linda: AL ORIENTE. Línea

recta con rumbo sur un grado ocho minutos, dos décimos de minuto

este mide seis metros, linda con el apartamento número cuatro, planta

alta del edifi cio “C” del mismo condominio pared soportante propiedad

del Condominio de por medio. AL SUR: Línea quebrada de tres tramos

rectos, el primero con rumbo sur ochenta y ocho grados cincuenta y un

minutos, ocho décimas de minuto oeste, mide dos metros, cuatrocientos

setenta y cinco milímetros; el segundo con rumbo sur un grado, ocho

minutos, dos décimas de minuto Este mide dos metros, el tercero con

rumbo sur ochenta y ocho grados, cincuenta y un minuto ocho décimas

de minuto oeste, mide dos metros seiscientos veinticinco milímetros,

linda por todo este rumbo con espacio aéreo sobre patio del apartamento

número C- seis planta baja, Edifi cio C del mismo condominio, y con

apartamento número C- Cinco planta alta, Edifi cio C del mismo con-

dominio pared propiedad del Condominio en mención pared propiedad

del condominio de por medio. AL PONlENTE, Línea quebrada de cinco

tramos rectos el primero con rumbo norte un grado, ocho minutos, dos

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240 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

décimas de minuto oeste mide cuatro metros, doscientos milímetros; el

segundo con rumbo norte ochenta y ocho grados, cincuenta y un minutos

ocho décimas de minuto este mide ciento setenta y cinco milímetros; el

tercero con rumbo norte un grados, ocho minutos, dos décimas de minuto

Oeste mide ochocientos milímetros; el cuarto con rumbo sur ochenta

y ocho grados cincuenta y un minutos, ocho décimas de minuto oeste

mide ciento setenta y cinco milímetros y el quinto con rumbo norte un

grado, ocho minutos dos décimas de minutos oeste mide tres metros.

Linda por todo este rumbo con apartamento número C- ocho, planta

alta Edifi cio C del mismo condominio, en los tramos segundo, tercero

y cuarto conducto de ventilación de por medio y en los tramos primero

y quinto pared soportante propiedad del Condominio de por medio. AL

NORTE. Línea recta con rumbo norte, ochenta y ocho grados cincuenta

y un minutos ocho décimas de minuto oeste, mide cinco metros cien

milímetros, linda con espacio aéreo sobre zona verde del condominio,

pasillo de circulación de por medio. Por la parte baja linda con el aparta-

mento número C- seis planta baja del Edifi cio C del mismo condominio

obra gruesa o losa de por medio y por la parte alta linda con espacio

aéreo del condominio, cubierta y estructura del techo de por medio.

Tiene una altura de dos metros cuarenta centímetros. El área total de

este apartamento es de TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS

SETENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A

CINCUENTA Y UNA VARAS CUADRADAS NUEVE CENTESIMAS

DE VARA CUADRADA, y tiene un área construida del área total, con

un volumen de OCHENTA Y CINCO METROS CUBICOS SETENTA

CENTESIMAS DE METRO CUBICO”. Inmueble inscrito con Matrícula

No. 30027299-A0060 del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Cuarta Sección del Centro.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las catorce horas y treinta minutos del día diecisiete de sep-

tiembre de dos mil siete.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES

CACERES DE ALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025185-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE MARIO DENIS

MOLINA, Apoderado del “FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA”, Institución de Crédito, Autónoma de Derecho Público, de este

domicilio, que se abrevia “EL FONDO” contra los señores ANA ZOILA

VENTURAS CONTRERAS DE ZELAYA conocida por ANA ZOILA

VENTURA CONTRERAS y MARCOS ZELAYA MARTINEZ, todos

mayores de edad, actualmente de domicilio ignorado y representados

por su Curador Especial Licenciada MARIA DEL CARMEN PEREIRA

MOLINA, reclamándoles cantidad de colones y demás accesorios le-

gales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble

embargado siguiente: ““Un Apartamento de naturaleza Urbano que se

identifi ca como el APARTAMENTO DOSCIENTOS NUEVE - A, del

Polígono “A”, SEGUNDA PLANTA, TIPO DOS PASAJE UNO, DEL

CONDOMINIO “VICTORIA”, denominado según antecedente como

resto de la porción conocida como Antekirta, que forma parte de la

Colonia Antekirta, Jurisdicción de Soyapango, Departamento de San

Salvador. Dicho Apartamento se describe así: PASAJE Número UNO

(TIPO DOS, SEGUNDA PLANTA) área construida AL NORTE: CINCO

punto cero cero metros, AL ORIENTE: Nueve punto cero cero metros,

AL SUR: Dos punto cincuenta metros, TRES punto cincuenta metros y

DOS PUNTO CINCUENTA METROS; AL PONIENTE: CINCO PUNTO

cincuenta metros. El área construida es de TREINTA Y SEIS PUNTO

VEINTICINCO METROS CUADRADOS, y mide el área de Jardín es

de OCHO PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y

mide AL NORTE: Dos punto cincuenta metros: AL ORIENTE: Tres punto

cincuenta metros; AL SUR: Dos punto cincuenta metros y AL PONIEN-

TE: Tres punto cincuenta metros. El área del tendedero es de CUATRO

PUNTO TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRA-

DOS; y mide: AL NORTE: DOS PUNTO CINCUENTA METROS,

AL ORIENTE: Uno punto setenta y cinco metros; AL SUR: Dos punto

cincuenta metros; y AL PONIENTE: Uno punto setenta y cinco metros,

el área total descrita es de TREINTA Y SEIS PUNTO VEINTICINCO

METROS CUADRADOS con un volumen de NOVENTA Y CUATRO

PUNTO VEINTICINCO METROS CUBICOS”. El lote antes descrito

se encuentra inscrito a favor de los demandados señores ANA ZOILA

VENTURAS CONTRERAS DE ZELAYA conocida por ANA ZOILA

VENTURA CONTRERAS y MARCOS ZELAYA MARTlNEZ, bajo

la Matrícula Número SEIS CERO CERO DOS CINCO OCHO CERO

CERO - A CERO CERO CUATRO SEIS del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador: a las

nueve horas y cuarenta minutos del día ocho de Febrero del año dos mil

siete.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL.- ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025188-3

Page 241: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

241DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR, al público en general para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

por el Abogado NATIVIDAD DE LEON BENITEZ, conocido por LEON

BENITEZ, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, contra el demandado señor SANTIAGO CALLEJAS, conocido por

SANTIAGO CARCAMO CALLEJAS, reclamándole cumplimiento de

obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: Un lote de

terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plano de

Lotifi cación respectivo con el número DOSCIENTOS DOCE, del Polígo-

no SEIS, del Block “I” de la URBANIZACION VALLE DEL SOL, SAN

LEONARDO, situado en Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa,

de este departamento, tiene una extensión superfi cial de CINCUENTA

Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes

a SETENTA Y CINCO PUNTO DOCE VARAS CUADRADAS, cuya

descripción se inicia: Partiendo de la intersección de la Avenida San

Leonardo, y el Pasaje “G” Poniente, abiertos en la Urbanización Valle

del Sol San Leonardo Apopa, medimos sobre el eje de este último con

rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos

Oeste, una distancia de sesenta y seis punto cincuenta metros; haciendo

una defl exión derecha de noventa grados, con rumbo Norte cero cero

grados treinta y cuatro punto siete minutos Este, medimos una distancia

de dos metros y se llega al mojón número uno esquinero Sur Este del

terreno que se describe así: AL ESTE, partiendo del mojón número uno,

línea recta con rumbo Norte cero cero grados treinta y cuatro punto siete

minutos Este y distancia de diez punto cincuenta metros, se llega al

mojón número dos, esquinero Nor-Este, linda con lote doscientos trece

del mismo Polígono; al NORTE, partiendo del mojón número dos, línea

recta con rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto tres

minutos Oeste y distancia de cinco metros, se llega al mojón número tres,

esquinero Nor-Oeste, linda con lote ciento noventa y cinco del mismo

Polígono; al OESTE, partiendo del mojón número tres, línea recta con

rumbo Sur cero cero grados treinta y cuatro punto siete minutos Oeste

y distancia de diez punto cincuenta metros, se llega al mojón número

cuatro, esquinero Sur-Oeste, linda con lote doscientos once del mismo

Polígono; al SUR, partiendo del mojón número cuatro, línea recta con

rumbo Sur ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Este y

distancia de cinco metros, se llega al mojón número uno, esquinero Sur

Este donde se inició la presente descripción, linda con lote doscientos

treinta y cinco, Polígono siete, block “I”, Pasaje “G” Poniente de por

medio, de cuatro metros de ancho. Los lotes que se mencionan en las

colindancias son o han sido propiedad de C. G. Ingenieros Arquitectos,

S.A. DE C.V. “El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre

del señor SANTIAGO CALLEJAS, conocido por SANTIAGO CARCA-

MO CALLEJAS, a la Matrícula 60225610-00000 Asiento 1, del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

ocho horas y cuarenta minutos del día dieciocho de octubre del año dos

mil siete.- Entre línea-Este Vale. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ

PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025189-3

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

SAN SALVADOR, al público en general para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

inicialmente por el Abogado JOSE ANTONIO URQUILLA RAMOS y

continuado por la Abogada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, como

Apoderados del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor

WALTER ESAU ALFARO ESQUIVEL, reclamándole cumplimiento de

obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal, el inmueble que se detalla a continuación: “Un lote

de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plano

respectivo con el Número CUATRO, BLOCK “A”, POLIGONO DOCE,

PASAJE EL CEDRO, RESIDENCIAL LOS CHORROS, jurisdicción

de COLON, departamento de La Libertad, de una extensión superfi cial

de VEINTICUATRO PUNTO VEINTIOCHO METROS CUADRA-

DOS, cuyas medidas perimetrales son las siguientes: LOTE NUMERO

CUATRO, Polígono DOCE, Block “A” de Residencial Los Chorros,

Primera Etapa que miden: AL NORTE: Cinco punto cero cero metros;

Page 242: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

242 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

al ORIENTE: Doce punto cero cero metros; al SUR: Cinco punto cero

cero metros; y AL PONIENTE: Doce punto cero cero metros, todos de un

área de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS”. El

inmueble antes relacionado se encuentra inscrito a favor del demandado

señor WALTER ESAU ALFARO ESQUIVEL, bajo la Matrícula Número

30109391-00000, Asiento 1, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipo-

tecas de la Cuarta Sección del Centro, departamento de La Libertad.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas y treinta y cinco minutos del día tres de octubre del año dos mil

siete. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025191-3

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO

CIVIL, INTO. DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por Resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA

como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA contra

RICARDO AMAYA SORTO, reclamándole cantidad de colones, se ven-

derá en pública subasta el inmueble siguiente: “Lote de terreno urbano

y construcciones de sistema mixto que contiene marcado en el plano

respectivo con el Número VEINTICUATRO, del Polígono CINCO, del

Block F, Senda SEIS, de la Lotifi cación DIEZ DE OCTUBRE, situado

en jurisdicción de San Marcos, de este departamento, de una extensión

superfi cial de OCHENTA Y SIETE PUNTO NOVENTA Y OCHO ME-

TROS CUADRADOS, equivalentes a ciento veinticinco punto ochenta

y ocho varas cuadradas, que se ubica y describe así: A partir del punto

de intersección de los ejes de la Avenida Principal y la Senda Número

SEIS, se mide sobre el eje de este último una distancia de doscientos

uno punto nueve metros, para llegar a un punto desde el cual con una

defl exión negativa de noventa grados y una distancia de dos metros, se

localiza el esquinero Nor-Este, del terreno a describir, cuyas medidas,

rumbos y colindancias son las siguientes: AL ORIENTE: Línea recta de

diez punto treinta y cinco metros y rumbo Sur seis grados trece punto un

minuto Oeste, lindando por este lado con el lote número veintitrés del

mismo Block y Polígono, al SUR: Línea recta de ocho punto cincuenta

metros, y rumbo Norte ochenta y tres grados cuarenta y seis punto nueve

minutos Oeste, lindando por este lado con lote número treinta y uno

del mismo Block y Polígono, al PONIENTE: Línea recta de diez punto

treinta y cinco metros y rumbo norte seis grados trece punto un minuto

este, lindando por este lado con lote número veinticinco del mismo Block

y Polígono, al NORTE: Línea recta de ocho punto cincuenta metros y

rumbo Sur ochenta y tres grados cuarenta y seis punto nueve minutos

Este, lindando por este lado con lote número veintisiete del Block E del

mismo Polígono, senda número seis de cuatro metros de ancho de por

medio’’. Inscrito dicho inmueble bajo la Matrícula M CERO CINCO

CERO CERO NUEVE SIETE TRES CINCO del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas del día dos de octubre de dos mil siete.- LIC. JOSE GUILLERMO

RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. VICTORINO

ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025193-3

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el

Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA, actuando como Apoderado

Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra

el señor CAMEN FIDEL VASQUEZ conocido por CARMEN FIDEL

VASQUEZ VILLACORTA, se venderá en Pública Subasta en este Tri-

bunal en fecha que en su oportunidad se señalará el inmueble embargado

siguiente: “Un lote urbano y construcciones que contiene marcado con

el número doscientos ochenta y uno, Block II, Polígono ocho, de la

Urbanización Valle del Sol, San Leonardo, ubicada en el Cantón San

Nicolás, jurisdicción de Apopa, de este departamento, de una extensión

superfi cial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: Cinco

metros; al ORIENTE: Diez punto cincuenta metros; al SUR: Cinco

metros y AL PONIENTE: Diez punto cincuenta metros. En este lote

se encuentra construida una vivienda de sistema mixto con todos sus

servicios, la cual tiene un área de construcción de Veintiséis metros. El

inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor del ejecutado

señor CARMEN FIDEL VASQUEZ, conocido por CARMEN FIDEL

VASQUEZ VILLACORTA, en el Registro Social de Inmuebles bajo la

Matrícula Número M CERO UNO CERO TRES CUATRO SIETE UNO

SIETE del Asiento número CERO CERO UNO.

Se admitirán posturas las que se hagan siendo Legales.

Librado en el JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL: San Sal-

vador, a las once horas y treinta minutos del día veintiocho de septiembre

del año dos mil siete.- LIC. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES,

JUEZ QUINTO DE LO LABORAL.- LIC. ANGEL ANTONIO COR-

NEJO CAÑENGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025198-3

Page 243: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

243DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

JOSÉ GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

INTERINO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por Resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo iniciado por el Licenciado JOSÉ ANTONIO URQUILLA RA-

MOS y continuado por el Licenciado NATIVIDAD DE LEÓN BENÍTEZ

conocido por LEÓN BENÍTEZ, ambos como Apoderados del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSÉ ANTONIO BA-

RRERA BONILLA, reclamándole cantidad de dinero, se venderá en

Pública Subasta en este Tribunal, el inmueble siguiente: Un apartamento

marcado con el número CUARENTA Y UNO, Edifi cio Cuatrocientos

treinta y uno, Condominio "O" del Centro Urbano "José Simeón Ca-

ñas", jurisdicción de Mejicanos, departamento de San Salvador. Dicho

apartamento es del sistema mixto, tiene una superfi cie de CINCUENTA

Y CUATRO METROS CUADRADOS VEINTITRÉS DECÍMETROS

CUADRADOS y una capacidad de CIENTO CUARENTA Y CINCO

METROS CÚBICOS OCHENTA Y OCHO DECÍMETROS CÚBICOS,

el cual mide y linda; al NORTE: Ocho metros setenta centímetros; al

SUR: Compuesto por tres tramos: Tramo uno cinco metros, ochenta

centímetros, tramo dos setenta centímetros, y tramo tres: dos metros

noventa centímetros. Al ORIENTE: Seis metros y AL PONIENTE:

Seis metros setenta centímetros". Inscrito dicho inmueble a favor del

señor JOSÉ ANTONIO BARRERA BONILLA con Matrícula Número

SEIS CERO CERO OCHO UNO OCHO SEIS CERO GUION A CERO

CERO UNO TRES, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las quin-

ce horas con treinta y cinco minutos del día uno de octubre de dos mil

siete. LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO

DE LO CIVIL INTO.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025200-3

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado JOSE MARIO VALDIVIESO BERDUGO, actuando

como Apoderado General Judicial de FONDO DE SANEAMIENTO Y

FORTALECIMIENTO FINANCIERO; contra los señores JOSE FILI-

BERTO AYALA HERNÁNDEZ y MARIA DEL CARMEN NAVARRO,

se venderá en Pública Subasta en este Tribunal y en fecha que será

señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe:

"Un inmueble de naturaleza urbana ubicado en la Urbanización Alpes

Suizos, marcado como Lote Número CATORCE del Polígono A-UNO,

de una extensión superfi cial de SETENTA Y DOS PUNTO OCHENTA

Y OCHO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CUATRO

PUNTO VEINTISÉIS VARAS CUADRADAS, el cual se describe así:

Partiendo de la intersección de los ejes de la Calle Real y el Pasaje

Andorra se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte, diecisiete

grados, veintitrés punto seis minutos Este, una distancia de ochenta y un

metros, de este punto se mide con defl exión derecha de noventa grados,

una distancia de dos punto cincuenta metros llegando al vértice Sur-

Oeste del lote que se describe: LADO OESTE: Tramo recto de rumbo

Norte, diecisiete grados veintitrés punto seis minutos Este y distancia de

cinco metros, lindando con el Lote Número VEINTIOCHO del Polígono

A-DOS de Urbanización Alpes Suizos, Pasaje Andorra de cinco metros

de ancho de por medio. LADO NORTE: Tramo recto de rumbo Sur,

setenta y dos grados, treinta y seis punto cuatro minutos Este y distancia

de catorce punto sesenta metros, lindando con el lote Número QUINCE

del Polígono A-UNO de Urbanización Alpes Suizos. LADO ESTE: Tra-

mo recto de rumbo Sur, dieciocho grados, veintitrés punto seis minutos

Oeste y distancia de cinco metros lindando con terreno propiedad de

URCASA, DE C.V., LADO SUR: Tramo recto de rumbo Norte, setenta

y dos grados, treinta y seis punto cuatro minutos Oeste y distancia de

catorce punto cincuenta y cinco metros, lindando con el Lote Número

TRECE del Polígono A-UNO de Urbanización Alpes Suizos. En dicho

lote hay construida una casa de sistema mixto, con un área de treinta y

tres punto cero seis metros cuadrados. El inmueble se encuentra inscrito

a favor de los demandados JOSE FILIBERTO AYALA HERNÁNDEZ

y MARIA DEL CARMEN NAVARRO, con Asiento DOCE del Libro

UN MIL SEISCIENTOS ONCE del Registro de la Propiedad Raíz e

Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público

para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las nueve horas treinta minutos del día quince de octubre

del dos mil siete.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO

MERCANTIL.- LICDA.- TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025218-3

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244 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO

MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

inicialmente por el Licenciado MARCELO RAFAEL BARRIOS ARIAS

y continuado por la Licenciada MARIA DEL CARMEN MENENDEZ,

ambos como Apoderados Generales Judiciales del BANCO SALVADO-

REÑO, SOCIEDAD ANONIMA, contra la señora DOLORES DEL CAR-

MEN VEGA DE BARAHONA, JORGE ALBERTO VEGA ALAS, RAUL

ALFREDO VEGA EMESTICA y las menores MONICA BEATRIZ

FLORES VEGA y SILVIA PATRICIA VEGA FLORES, representadas

por su madre la señora MERCEDES FLORES MUNDO, se venderán

en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que será señalada

posteriormente los inmuebles que a continuación se describen: PRIMERO

““Dos porciones de terreno rústico, hoy Urbanizados, los cuales forman

un solo cuerpo, situados en los suburbios del Barrio El Angel, de la ciudad

de Sonsonate, en la Colonia Angélica, siendo su nomenclatura actual

la Primera Calle Oriente, número nueve - uno A, Colonia Angélica, de

la ciudad de Sonsonate, siendo el primero el marcado con el número

Trescientos noventa y seis, de una capacidad de CUATROCIENTOS

METROS CUADRADOS SESENTA Y UN CENTIMETROS CUA-

DRADOS y sus linderos y medidas son: AL NORTE, dieciséis metros

setenta y dos centímetros, con terrenos de la misma Colonia Angélica,

pared de adobes propia de por medio; AL SUR, cinco metros setenta y

siete centímetros, Primera Calle Oriente y no Quinta Calle como dice

equivocadamente su precedente, de por medio con lote número trescientos

cuarenta y cinco, vendido a David Romero Chicas; AL ORIENTE, en

cinco medidas así: La primera de Sur a Norte, en once metros setenta y

cinco centímetros, la segunda de Poniente a Oriente, en cuatro metros

veintinueve centímetros, la tercera de Norte a Sur en pequeño segmento

de cuarenta y seis centímetros y la cuarta de Poniente a Oriente en cinco

metros setenta y siete centímetros y la quinta de Sur a Norte, en veinte

metros ochenta y ocho centímetros, linda por este rumbo en parte con

porción vendida a doña Ana Eloísa Díaz de González, y en parte con

lote número trescientos noventa y ocho vendido a Victoria Vanegas,

pared de ladrillo ajena de por medio, y AL PONIENTE, en treinta y

dos metros diecisiete centímetros, linda con lotes números trescientos

cuarenta y Uno, trescientos cuarenta y dos y trescientos treinta y seis,

vendidos a Sebastián Hernández, Abel Hernández y Dolores Escobar,

respectivamente. El segundo fue segregado al rumbo Norte del Todo de

donde formó parte y mide y linda: AL NORTE, once metros doscientos

ochenta y seis milímetros, linda con terrenos de la colonia Angélica; AL

SUR, la misma medida anterior, con resto de terreno de las señoritas:

Idida Ruth Vanegas Trigueros, hoy de Blanco y Aída Urías Vanegas; AL

ORIENTE, dieciséis metros noventa y tres centímetros, con lote vendido

a Blanca Rivera de García; y AL PONIENTE, la misma medida anterior,

con lote arrendado a Heriberto Martínez. Que las dos porciones de terreno

descritas como ya se dijo forman un solo cuerpo y tiene construida una

mediagua, paredes de ladrillo, techo de duralita con su servicio de agua

potable y alumbrado eléctrico. Inscrito a favor de Raúl Alfredo Vega

Viana, conocido por Raúl Alfredo Vega, bajo el número DIEZ del libro

SEISCIENTOS DIECISIETE, propiedad del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas, del Departamento de Sonsonate. EL SEGUNDO:

Cuatro lotes de terreno de naturaleza rústica, los cuales pertenecieron a

la Hacienda Buena Vista, situado en Jurisdicción de Sonsonate, siendo

su nomenclatura actual colonia Las Mercedes, lote números SIETE,

DIECISEIS, DIECISIETE Y DIECIOCHO, todos del Block “D”, entre

calle B y A, de la ciudad de Sonsonate, los que especialmente se des-

criben así: LOTE NUMERO DIECISEIS DEL BLOCK “D”, de una

extensión superfi cial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,

que linda AL NORTE, con lote número seis del mismo Block “D”, AL

SUR, calle B de la Lotifi cación de por medio con lote número catorce

del Block “C”; AL ORIENTE con lote número diecisiete del mismo

Block “D” y al PONIENTE, con lote número quince del mismo Block

“D”, mide al Norte y Sur, diez metros y al Oriente y Poniente cuarenta

metros. LOTE NUMERO DIECISIETE DEL BLOCK “D”, de una ex-

tensión superfi cial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,

que linda AL NORTE, con lote número siete del mismo Block “D”; AL

SUR, con lote número quince del Block “C”, calle B de la Lotifi cación

de por medio; AL ORIENTE, con lote número dieciocho del mismo

Block “D”; y al PONIENTE, con lote número dieciséis del mismo Block

“D”, mide al Norte y sur, diez metros y al Oriente y Poniente cuarenta

metros. LOTE NUMERO DIECIOCHO DEL BLOCK “D”, de una ex-

tensión superfi cial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,

que mide y linda, AL NORTE, en diez metros, con lote número ocho

del mismo Block “D”; al sur en diez metros, con lote número dieciséis

del Block “C”, calle B de la Lotifi cación de por medio; AL ORIENTE,

en cuarenta metros, con lote número diecinueve del mismo Block “D”;

y AL PONIENTE, en cuarenta metros con lote número diecisiete del

mismo Block “D”. LOTE NUMERO SIETE DEL BLOCK “D”, de una

extensión superfi cial de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS,

que mide y linda, AL NORTE, en diez metros, calle A de la lotifi cación

de por medio, con lote número quince del Block “A” AL SUR, en diez

metros con lote número diecisiete del mismo Block “D”; AL ORIENTE,

en cuarenta metros, con lote número ocho, del mismo Block “D”; y AL

PONIENTE, en cuarenta metros con lote número seis del mismo Block

“D”, los lotes colindantes mencionados son o han sido de la misma

lotifi cación de propiedad del señor Alfonso de Jesús Araúz Alfaro, inscrito

a favor del señor RAUL ALFREDO VEGA VIANA conocido por RAUL

ALFREDO VEGA bajo las matrículas DIEZ MILLONES DOCE MIL

QUINIENTOS VEINTICINCO GUION CERO CERO CERO CERO

CERO; DIEZ MILLONES DOCE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE

GUION CERO CERO CERO CERO CERO; DIEZ MILLONES DOCE

MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO GUION CERO CERO CERO CERO

CERO; Y DIEZ MILLONES DOCE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE

GUION CERO CERO CERO CERO CERO.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público

para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las once horas dieciséis minutos del día dos de octubre

del dos mil siete.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO

MERCANTIL.- Licda. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025239-3

Page 245: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

245DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ PRIMERO DE LO

MERCANTIL INTERINA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

HACE SABER: Al publico para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO CUSCATLÁN DE EL SAL-

VADOR SOCIEDAD ANÓNIMA que se abrevia BANCO CUSCATLÁN

DE EL SALVADOR S.A., BANCO CUSCATLÁN SOCIEDAD ANÓ-

NIMA o simplemente BANCO CUSCATLÁN S.A. contra el demandado

JUAN FRANCISCO RUTILIO MUÑOZ CARRANZA, reclamándole

cantidad de colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta

en este Tribunal en fecha que oportunamente se determinará, el bien

inmueble embargado siguiente: ““UN INMUEBLE de naturaleza urbana

y construcciones que contiene ubicado en el Condominio Residencial

Santísima Trinidad Edifi cio “C” Piso Cuarto, Apartamento quince, en

Jurisdicción de Ayutuxtepeque en el departamento de San Salvador, de

una extensión superfi cial de TREINTA Y SEIS PUNTO OCHENTA Y

OCHO METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO SESENTA

Y NUEVE PUNTO QUINCE VARAS CUADRADAS, y un volumen

de NOVENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y NUEVE METROS

CÚBICOS; de las medidas siguientes: AL NORTE: en cinco tramos así;

el primero con distancia de cuatro punto diecisiete metros, el segundo

con distancia de cero punto cuarenta metros, el tercero, con distancia de

dos punto cuarenta metros, el cuarto con distancia de cero punto treinta

metros y el quinto con distancia de cero punto diecisiete metros; AL

SUR: en cinco tramos así: el primero con distancia de uno punto cero

siete metros, el segundo con distancia de uno punto cincuenta metros;

el tercero con distancia de uno punto ochenta metros, el cuarto con

una distancia de cero punto diez metros y el quinto con una distancia

de tres punto ochenta y siete metros. AL ORIENTE: en un tramo con

distancia de cuatro punto diez metros y AL PONIENTE: en un tramo

con distancia de cinco punto sesenta metros. El inmueble antes descrito

se encuentra inscrito a favor del señor JUAN FRANCISCO RUTILIO

MUÑOZ CARRANZA, a la Matrícula NÚMERO SEIS CERO CERO

DOS TRES DOS NUEVE CERO CERO CERO QUINCE Asiento Diez

(600232900015 Asiento 10) preantecedente al número de M 01309478,

(de ahí las medidas y área de inmueble), del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro del departamento de

San Salvador.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la

subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad

Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de

libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u

otro documento similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San

Salvador, a las diez horas del día veintitrés de octubre de dos mil siete.

Lic. PATRICIA IVONNE INGLES AQUINO, JUEZ PRIMERO DE

LO MERCANTIL INTA.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025277-3

MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, Juez de lo Laboral de este

distrito judicial, al público,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a

las catorce horas y cincuenta minutos del día veintidós de los corrientes,

en el juicio ejecutivo mercantil promovido por el Licenciado CESAR

POMPILIO RAMOS LOPEZ como apoderado general judicial de la

sociedad BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, S.A., en contra

del señor MIGUEL ANTONIO CANTARERO, reclamando el pago de

cantidad de dinero adeudada, intereses y costas procesales; se ordenó,

en fecha que oportunamente se señalará la venta en pública subasta del

bien inmueble embargado, siendo éste el que se describe a continuación:

Inmueble de naturaleza urbana ubicado en la urbanización San Francisco,

situado en valle El Limón, jurisdicción de Soyapango, Departamento

de San Salvador, marcado como lote número OCHENTA Y SIETE del

polígono “A”, el lote tiene una extensión de CINCUENTA PUNTO CERO

CERO METROS CUADRADOS, inscrito a favor del demandado en el

Registro Social de Inmuebles, con la matrícula M CERO UN MILLON

CIENTO CUATRO MIL DOSCIENTOS DOS ASIENTO CERO CERO

UNO.

Librado en el Juzgado de lo Laboral de Santa Tecla; a las quince

horas y cinco minutos del día veintidós de octubre del dos mil siete.- Dr.

MIGUEL ANGEL REYES HERNANDEZ, JUEZ DE LO LABORAL.-

Licda. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. F025284-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las

quince horas y doce minutos del día cinco de octubre del presente año, en

el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada Isabel Cristina

García González, en calidad de apoderada del BANCO CUSCATLAN

DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, que puede abreviarse

BANCO CUSCATLAN, S.A., contra la señora SECIVEL MERINO

INTERIANO, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZ-

GADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA,

EL SIGUIENTE INMUEBLE: Un terreno urbano segregado de la fi nca

“La Gloria” hoy Colonia Dolores, Jurisdicción y Departamento de San

Salvador, de las medidas y linderos y cuya descripción es la siguiente:

Page 246: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

246 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

Partiendo de la intersección de los ejes del pasaje Rosales y pasaje de

gradas que conduce a la autopista a Comalapa se mide una distancia de

diecinueve punto cero metros con rumbo norte treinta y ocho grados

cincuenta minutos Oeste y en este punto con defl exión izquierda de

noventa grados y rumbo Sur sesenta y tres grados veinticinco minutos

Oeste y una distancia de tres metros se llega al vértice Nor-Oriente del

lote que se describe el cual mide y linda: AL ORIENTE tramo recto

de veintitrés punto cincuenta y un metros linda con terreno del Doctor

Alejandro Samayoa; AL SUR, tramo recto de veintisiete punto cuarenta

y siete metros linda con terrenos de José Mario Rosales y Rosales; AL

PONIENTE, tramo recto de veintiuno punto veintinueve metros linda con

terrenos de José Mario Rosales y Rosales y AL NORTE, tramo recto de

veinticuatro punto ochenta y cinco metros linda con terrenos de Noemi

Rosales de Cornejo, pasaje Rosales de por medio; llegando así al punto

donde se inició la presente descripción del terreno cuya superfi cie es de

QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO PUNTO CERO SEIS METROS

CUADRADOS equivalentes a OCHOCIENTAS TREINTA Y CINCO

PUNTO SESENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS. El inmueble antes

descrito se encuentra inscrito a favor de la señora SECIVEL MERINO

INTERIANO, bajo el Sistema de Folio Real Computarizado a la Matrícula

Número SEIS CERO CERO CUATRO UNO TRES CERO DOS-CERO

CERO CERO CERO CERO, Asiento CINCO del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de

San Salvador.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

diez minutos del día dieciséis de octubre de dos mil siete.- Lic. YOALMO

ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA

SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025285-3

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez

de lo Civil Interino de este distrito judicial, al público para los efectos

de ley;

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo seguido por el Licenciado

Jorge Alberto García Flores, apoderado de BANCO CUSCATLAN DE

EL SALVADOR SOCIEDAD ANONIMA, contra la señora SANDRA

JEANNETTE SALINAS; se ha ordenado la venta en pública subasta de

un inmueble de naturaleza urbana situado en jurisdicción de El Rosario,

departamento de La Paz, identifi cado como casa número diez, del Blok

TRES, polígono “E” de la urbanización Santa Isabel El Pedregal, carretera

a la Herradura, compuesto de una extensión superfi cial de CINCUENTA

PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. Inscrito a favor de

la demandada SANDRA JEANNETTE SALINAS, bajo la matrícula

número CINCO CINCO CERO SEIS DOS UNO OCHO OCHO-CERO

CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad de la Tercera

Sección del Centro.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 23 de julio de 2007.-

Lic. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,

JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025287-3

LA INFRASCRITA JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA, SAN

SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, LICENCIADA

JULIA BUENDIA MENDEZ, al público en general

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido en este

Juzgado por el Licenciado JOSE VENTURA TORRES, como Apoderado

del señor REYES TRUJILLO, contra la señora ISABEL CARRANZA

DE MIRANDA, quien es mayor de edad, Ama de casa, del domicilio

de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, se procederá a la VENTA

EN PUBLICA SUBASTA y en fecha que se señalará posteriormente, el

inmueble embargado en el presente caso, el cual se describe así: Dicho

Inmueble se encuentra bajo el Sistema de Folio Real Computarizado,

Matrícula número M01-075940-000, Inscripción uno del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, San

Salvador, de este Departamento. Dicho Inmueble de naturaleza Urbana,

situado en Comunidad Modelo Tres - “A”, Lote número cuatro, Block “F”,

Jurisdicción de San Salvador, de una extensión superfi cial de cuarenta

metros cuadrados, equivalentes a cincuenta y siete punto veintitrés varas

cuadradas teniendo las medidas y linderos siguientes: partiendo de la

intersección de los ejes del pasaje número dos y pasaje número siete, se

mide una distancia de veintidós punto cincuenta metros hacia el norte

sobre el eje de pasaje número siete y de este punto se gira una defl exión

positiva de noventa grados y una distancia de uno punto cincuenta metros

se encuentra el esquinero Norponiente al cual llamaremos mojón número

uno de donde se comienza la siguiente descripción LINDERO NORTE

del mojón número uno con rumbo norte setenta y un grados cero cero

punto cero minutos Este y una distancia de cinco metros se localiza el

mojón número tres, lindando con lote número ocho del Block “F” de

esta comunidad; LINDERO SUR del mojón número tres, con rumbo Sur

sesenta y un grados cero cero punto cero minutos Oeste y una distancia

de ocho metros se ubica el mojón número cuatro lindando con lote

número tres del Block “F” de esta comunidad; LINDERO PONIENTE

del mojón número cuatro con rumbo Norte diecinueve grados cero cero

Page 247: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

247DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

punto cero minutos Oeste y una distancia de cinco metros se encuentra

el mojón número uno lindando con zona verde, pasaje número siete de

por medio de esta Comunidad. El inmueble descrito es propiedad de los

señores ISABEL CARRANZA DE MIRANDA y LUIS ABELTRAN

MIRANDA, ambos en forma Proindivisa en un cincuenta por ciento

cada uno.

Se admitirán posturas legales.

LIBRADO en el Juzgado Primero de Menor Cuantía, San Salvador,

Departamento de San Salvador a las doce horas y cuarenta minutos del

día catorce de Abril del año dos mil cinco.- Lic. JULIA BUENDIA

MENDEZ, JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- Lic. MAGDA-

LENA BOLAÑOS DE AGUILAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025289-3

EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL DE ESTE DISTRITO, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que el proceso mercantil ejecutivo promovido

por BANCO SALVADOREÑO SOCIEDAD ANONIMA, por me-

dio de su apoderada general judicial Licenciada DINORA ALICIA

LARIOS LANDAVERDE, contra GUILLERMO ALFONSO CORTEZ

FERNANDEZ y ANA GERTRUDIS ROSALES DE CORTEZ, se venderá

en pública subasta en este Tribunal un inmueble de naturaleza urbana

y construcciones que contiene, identifi cado en el plano de lotifi cación

respectivo con el número TRES de la Calle Quince Oriente del Residencial

Vía del Mar, que se localiza así: Partiendo del punto de la intersección de

los ejes de Avenida Las Olas Sur y Calle número quince de Urbanización

Vía del Mar y midiendo sobre el eje de esta última una distancia de quince

punto setenta y ocho metros con rumbo Sur ochenta y un grados cuarenta

y dos minutos dieciocho segundos Este, llegamos al punto donde con

una defl exión izquierda de noventa grados de rumbo Norte ocho grados

diecisiete minutos cuarenta y dos segundos Este y una distancia de cinco

punto cincuenta metros, llegamos al punto o mojón Sur-Oeste, donde da

inicio la presente descripción del terreno que mide y linda: AL SUR: un

tramo recto de rumbo Sur ochenta y un grados cuarenta y dos minutos

dieciocho segundos Este y una distancia de ocho metros, lindando este

tramo con lote número dos de la calle número Quince Oriente, Calle

número quince Oriente de por medio de once metros de derecho de vía,

Urbanización Vía del Mar; AL ORIENTE: un tramo recto de rumbo

Norte ocho grados diecisiete minutos cuarenta y dos segundos Este y

una distancia de veintidós metros, lindando este tramo con lote número

cinco de la Calle número Quince Oriente, Urbanización Vía del Mar;

AL NORTE: un tramo recto de rumbo Norte ochenta y un cuarenta y

dos minutos dieciocho segundos Oeste y una distancia de ocho metros,

lindando este tramo con lote número cuatro de la Calle Catorce Oriente,

Urbanización Vía del Mar; y AL PONIENTE; un tramo recto de rumbo

Sur cero ocho grados diecisiete minutos cuarenta y dos segundos Oeste

y una distancia de veintidós metros; lindando este tramo con lote número

uno de la Calle número Quince Oriente, Urbanización Vía del Mar,

llegando con este tramo al punto o mojón Sur-Oeste donde dio inicio la

presente descripción técnica. El terreno antes descrito posee una exten-

sión superfi cial de CIENTO SETENTA Y SEIS PUNTO CERO CERO

METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS CINCUENTA

Y UNA PUNTO OCHENTA Y TRES VARAS CUADRADAS, inscrito

a favor del señor GUILLERMO ALFONSO CORTEZ FERNANDEZ

bajo la matrícula TRES CERO DOS DOS DOS TRES OCHO - CERO

CERO CERO CERO CERO asiento CINCO del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

Librado: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las

diez horas del veinticuatro de septiembre de dos mil siete. LIC. EDUARDO

JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.-

JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F025310-3

LICENCIADO JOSE SALVADOR CASTRO CANJURA, Juez de lo

Laboral Suplente de este Departamento, con Jurisdicción de Materia

Civil,

HACE SABER: Que por resolución en este Tribunal en el Juicio

Civil Ejecutivo con Referencia No. 32/2005, promovido por el Licen-

ciado Walter Eliazar Barillas Rodríguez, en su concepto de apoderado

de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO

MAGISTERIAL EL ESFUERZO DE RESPONSABILIDAD LIMI-

TADA, que se abrevia “ACACME DE R.L., contra el señor ISABEL

CAMPOS MALIA, reclamándole cantidad de dólares, intereses y costas

procesales, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta y en fecha

oportuna el siguiente inmueble: “Un terreno rústico cultivado de árboles

frutales situado en el Cantón Pushtan jurisdicción de Nahuizalco de este

departamento, desmembrado hacia el rumbo Sur-Este de otro de mayor

extensión compuesto de CINCO AREAS VEINTIOCHO CENTIAREAS,

que linda: Al Poniente y Norte, con terreno de propiedad de Don Gu-

mercindo Campos Aguilar; al ORIENTE, con propiedad de VICENTE

HERNANDEZ, vereda de por medio propia del terreno cerco propio de

por medio; y al SUR, únicamente con terreno de Francisca Aguilar, calle

de por medio. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del ejecutado

señor ISABEL CAMPOS MALIA, bajo la Matrícula número UNO

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248 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

CERO CERO DOS SIETE DOS TRES CUATRO-CERO CERO CERO

CERO CERO ASIENTO SEIS del Registro de la Propiedad Raíz e

Hipotecas del Departamento de Sonsonate.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Laboral: Sonsonate, a las diez horas

y cinco minutos del día doce de Junio del año dos mil siete. LIC. JOSE

SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE LO LABORAL SUPLEN-

TE.- LIC. JUAN ANTONIO PADILLA SALAZAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025318-3

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de ESTADIOS

DEPORTIVOS DE EL SALVADOR, S. A. DE C.V. (EDESSA DE C.V.),

para los efectos legales correspondientes, hace del conocimiento del pú-

blico que a nuestras ofi cinas se ha presentado el Sr. ANTONIO LEMUS

SIMUN, solicitando reposición; por haberse extraviado, el certifi cado

número 716, inscrito en el folio 500, del Libro número UNO de accionistas

de esta sociedad, por una acción, con valor nominal de ¢ 60,000.00 a

nombre de ANTONIO LEMUS SIMUN, la reposición solicitada se hace

en base a lo prescrito en el Artículo 932 del Código de Comercio.

San Salvador, 29 de Octubre de 2007.

DR. JORGE ALBERTO HUETE,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. C013992-3

CONSTRUCTORA INDUSTRIAL DE CENTRO AMERICA S.A.

DE C.V.

AVISA: Que en las ofi cinas de esta sociedad ubicadas en la Calle

Chaparrastique y Avenida Lamatepec lote # 3 Zona Industrial Santa Elena

Antiguo Cuscatlán, se nos ha informado que el señor Carlos Alberto

Menéndez Saade ha extraviado el Certifi cado N° 1 de la serie “C”, el

cual lo acredita como titular de 330 acciones de esta sociedad, según

registro del libro de accionistas de fecha 28 de febrero de 1994; lo que

hace de conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-

do relacionado conforme a los artículos N° 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, esta sociedad no recibiera reclamo alguno al respecto,

se hará la reposición del certifi cado anteriormente mencionado.

San Salvador, 30 de octubre de 2007.

CONINCA S.A. DE C.V.

CELIA TRIGUEROS DE LOYOLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C013999-3

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A. Comunica

que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de

Depósito a Plazo Fijo # 20280022142 en Suc. Autopista Sur, emitido

el día 20/12/2001 a un plazo de 180 días el cual devenga el 2.50% de

interés anual, solicitando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público

para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de

este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 30 de octubre del dos mil siete.

JULIO A. GARCIA INGLES,

JEFE DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F025278-3

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249DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

BALANCE DE LIQUIDACION

DISTRIBUIDORA CLALOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. (EN LIQUIDACION) (Compañía Salvadoreña)

BALANCE DE LIQUIDACION AL 31 DE OCTUBRE DE 2007. ( En Dólares de los Estados Unidos de América)

ACTIVO PASIVO Y CAPITAL

CIRCULANTE $ 6,492.48 ACCIONISTAS-CUENTA DE LIQUIDACION $ 6,492.48 Efectivo Claudia Zobeyda Rodríguez de Acevedo $ 3,246.24

Cuenta de ahorro No. 100941103 $ 6,492.48 Lorena Guadalupe Quintanilla de Paniagua $ 3,246.24 TOTAL ACTIVO $ 6,492.48 TOTAL PATRIMONIO $ 6,492.48

GRUPO FLORES ASOCIADOS AUDITORES Y CONSULTORES. CVPCPA No. 2729

LORENA QUINTANILLA DE PANIAGUA, VIRGILIO ANTONIO PANIAGUA, CINDY SAMARA ORELLANA, LICDO. JUAN SALVADOR FLORES,

LIQUIDADOR. LIQUIDADOR. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO.

CVPCPA No. 2650

3 v. alt. No. F025214-3

FUSION DE SOCIEDADES

El suscrito Director Presidente de la Sociedad “OPERADORA DE

BODEGAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”,

del domicilio de San Salvador, para los efectos de Ley, al público.

HACE SABER: Que en sesión de Junta General Extraordinaria de

accionistas, celebrada a las once horas del día veintisiete de septiembre

de dos mil cinco, en su punto único se acordó por unanimidad de votos

fusionar por absorción a la sociedad OPERADORA DE BODEGAS,

S.A. DE C.V., con la sociedad INVERSIONES DINÁMICAS, S.A.

DE C.V., teniendo OPERADORA DE BODEGAS, S.A. DE C.V. la

calidad de sociedad incorporante y la sociedad INVERSIONES DI-

NÁMICAS, S.A. DE C.V. la calidad de sociedad incorporada. Dicho

acuerdo se encuentra inscrito en el Registro de Comercio, Departamento

de Documentos Mercantiles, al número VEINTE del Libro DOS MIL

DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE del Registro de Sociedades,

folio CIENTO SESENTA Y CINCO y siguientes.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley. San Salvador a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil

siete.

JULIO EDUARDO GUTIERREZ MONICO,

Director Presidente.

3 v. alt. No. F025296-3

El suscrito Administrador Único de la Sociedad “INVERSIONES DI-

NÁMICAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, del

domicilio de San Salvador, para los efectos de Ley, al público.

HACE SABER: Que en sesión de Junta General Extraordinaria de

accionistas, celebrada a las once horas del día veintisiete de septiembre

de dos mil cinco, en su punto único se acordó por unanimidad de votos

fusionar por absorción a la sociedad INVERSIONES DINÁMICAS,

S.A. DE C.V., con la sociedad OPERADORA DE BODEGAS, S.A. DE

C.V., teniendo la sociedad INVERSIONES DINÁMICAS, S.A. DE C.V.

la calidad de sociedad incorporada y OPERADORA DE BODEGAS,

S.A. DE C.V. la calidad de sociedad incorporante. Dicho acuerdo se

encuentra inscrito en el Registro de Comercio, Departamento de Do-

cumentos Mercantiles, al número DIECIOCHO del Libro DOS MIL

DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO del Registro de Sociedades,

folio CIENTO TREINTA Y SEIS y siguientes.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

San Salvador a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil

siete.

JULIO EDUARDO GUTIERREZ MONICO,

Administrador Unico.

3 v. alt. No. F025301-3

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250 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

3 v.

alt.

No.

F02

5297

-3

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251DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

3 v.

alt.

No.

F02

5302

-3

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252 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

TITULO MUNICIPAL

El Infrascrito Alcalde Municipal de El Rosario:

Hace Constar: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora MARIA

EVANGELINA OSORIO, de sesenta años de edad, Ama de casa, con

domicilio en Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, quien se

identifi ca con su Documento Único de Identidad número cero dos cuatro

dos uno nueve nueve nueve guión ocho; y con Número de Identifi cación

Tributaria cero siete cero cuatro guión cero nueve cero nueve cuatro

siete guión cero cero uno guión cero, SOLICITANDO: Se le extienda

Título Municipal de Inmueble de naturaleza Urbana, ubicado en Barrio

El Calvario, jurisdicción de El Rosario, departamento de Cuscatlán, con

capacidad superfi cial de UNA TAREA, con los linderos y colindancias

siguientes: Al norte: con terreno de Octavio Escobar, cerco de corcho

de por medio; Al Oriente: con terreno de Carmen Chávez Viuda de

Hernández, hoy de Benjamín Alejandro García Hernández, cerco de

piña de por medio; Al Sur con terreno de Vicente Lobato; cerco de piña

de por medio. Al Poniente con casa y solar de Dionicia García antes

hoy de Manuel Hernández, calle pública de por medio.- El inmueble

antes descrito es de naturaleza urbana, para uso Habitacional, ha sido

poseído de buena fe en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida desde

más de treinta años. Lo valúo en la suma de QUINCE MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. No es predio dominante

ni sirviente, no tiene carga ni derecho real y no está en proindivisión

con nadie. Los colindantes son del domicilio de Nueva San Salvador,

Departamento de La Libertad. Lo adquirió por compraventa que le hiciera

al señor ABEL DE JESUS HERNANDEZ C/ ABEL HERNANDEZ y

por ABEL HERNANDEZ OSORIO.

Alcaldía Municipal de El Rosario, Departamento de Cuscatlán,

a veintisiete de septiembre del año dos mil siete. ODILIO DE JESUS

LOPEZ PORTILLO, ALCALDE MUNICIPAL. Licda. XIOMARA

CAROLINA MARTINEZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F025156-3

TITULOS DE PREDIO URBANO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que MARIA FELIPA ROJEL RIVAS, de setenta

y dos años de edad, de ofi cios del hogar, de este domicilio, con Docu-

mento Unico de Identidad número cero cero novecientos sesenta y tres

mil ochocientos diecisiete - siete, y Número de Identifi cación Tributaria:

cero novecientos seis - ochenta mil quinientos treinta y cinco - ciento uno

- ocho, solicita título de un inmueble urbano, situado en Prolongación

de la Décima Calle Poniente, del Barrio El Calvario, de esta ciudad,

de una extensión superfi cial de QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE

PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, que tiene las me-

didas y colindantes siguientes: AL ORIENTE: cuarenta y siete metros,

cerco de alambre y un paredón de división, con inmuebles de Dolores

Ortiz Rodríguez y de la señora Dolores Arévalo de Mejía, AL NORTE:

doce punto setenta y cinco metros, la prolongación de la Décima Calle

Poniente de división, con inmuebles de Julia González y de Tomasa

Iraheta; AL PONIENTE: cuarenta y siete metros, con inmueble de Dolores

Wilfredo Fernández, muro de piedra, pared mixta y cerco de alambre de

mi propiedad de división; y AL SUR: doce punto setenta y cinco metros,

cerco de alambre de división, de mi propiedad, con inmueble de Oscar

López. En el terreno descrito se encuentran construidas dos casas, con

números tres y cinco, techo de teja, paredes mixtas, piso de cerámica. El

inmueble descrito es dominante respecto al inmueble poniente, pero es

sirviente respecto al inmueble del oriente, no tiene cargas ni gravámenes

de ninguna naturaleza a favor de terceros, lo adquirió por compra que

hizo a la señora Fidelina Amaya, mayor de edad, comerciante, de este

domicilio, y lo estima en MIL TRESCIENTOS OCHENTA DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son

de este domicilio.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,

a nueve de octubre de dos mil siete. Ing. JESUS EDGAR BONILLA

NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR

ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F025256-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que el Doctor ROBERTO LARA, de setenta y

seis años de edad, abogado, de este domicilio, con Documento Unico

de Identidad número cero cero seiscientos setenta y tres mil setecientos

trece - cuatro, Apoderado General Judicial del señor: MIGUEL TOMAS

CAÑENGUEZ ORTIZ, de cuarenta y un años de edad, Licenciado en

Química y Farmacia, con domicilio en la ciudad de San Salvador, con

Documento Único de Identidad número cero dos millones treinta y dos

mil novecientos ocho - cuatro, solicita título de un inmueble urbano,

situado a la vera de la Tercera Calle Oriente número dieciséis “b” del

Barrio Los Remedios, de esta ciudad, de una extensión superfi cial de

CIENTO CINCO METROS CUADRADOS CUARENTA Y OCHO

DECÍMETROS CUADRADOS NOVENTA Y UN CENTIMETROS

CUADRADOS, que tiene las medidas y colindantes siguientes: AL

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253DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

ORIENTE: veinte punto diecisiete metros, pared propia del que se

describe de división, con inmueble del profesor Edilberto Díaz; AL

NORTE: cinco punto veintitrés metros, la Tercera Calle Oriente de

división, con inmueble de don Carlos Barraza Alvarado; AL PONIEN-

TE: veinte punto diecisiete metros, con otro inmueble de su propiedad,

dividido en parte por pared del otro inmueble y en parte por línea recta

imaginaria; y AL SUR: cinco punto veintitrés metros, muro de piedra

de su propiedad, de división, con inmueble de la señora Silvia Dolores

Amaya. En el terreno descrito se encuentra construida una casa, techo

de tejas, paredes de adobe, piso de ladrillo de cemento, un corredor

interior. No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes de

ninguna naturaleza a favor de terceros. Lo adquirió por compra que hizo

al padre de el señor Miguel Tomás Cañénguez Iraheta, mayor de edad,

empleado pensionado, de este domicilio, con residencia en el inmueble

ya descrito y lo estima en OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas,

a diez de octubre de dos mil siete. Ing. JESUS EDGAR BONILLA

NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR

ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F025257-3

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2007066172

No. de Presentación: 20070092065

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de EDITORIAL ALTAMIRANO MADRIZ, SOCIEDAD

ANÓNIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

FASHION WEEK EL SALVADOR

Consistente en: Las palabras FASHION WEEK EL SALVADOR,

traducido al castellano como EL SALVADOR SEMANA DE LA MODA,

a las palabras de uso común no se le concede exclusividad, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE

NEGOCIOS COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL;

TRABAJOS DE OFICINA.

La solicitud fue presentada el día doce de abril del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C014015-3

No. de Expediente: 2006061322

No. de Presentación: 20060083123

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de EDITORIAL KALINA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras EDITORIAL KALINA & DISEÑO,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PRODUCCIÓN, ELA-

BORACIÓN, EDICIÓN, DE TODO TIPO DE LIBROS, FOLLETOS Y

PUBLICACIONES DE CONTENIDO CULTURAL, EN TODAS LAS

RAMAS DEL CONOCIMIENTO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos

mil seis.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de enero del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUÍN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014016-3

Page 254: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

254 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

No. de Expediente: 2007064120

No. de Presentación: 20070088412

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SALVADOR

VIRGILIO PORTAL CORNEJO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de EDITORIAL ALTAMIRANO MADRIZ, SOCIEDAD

ANÓNIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

EL PAPARAZZI

Consistente en: La palabra EL PAPARAZZI, que servirá para: AM-

PARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD; GESTIÓN DE NEGOCIOS

COMERCIALES; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL; TRABAJOS

DE OFICINA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de enero del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de enero del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

GERARDO ENRIQUE MÉNDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C014017-3

No. de Expediente: 2006058727

No. de Presentación: 20060079240

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDY

GUADALUPE PORTAL DE VELASCO, en su calidad de APODE-

RADO de PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., de nacionalidad

PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BANISTMO CONECTA

Consistente en: Las palabras BANISTMO CONECTA, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE SEGUROS; NEGOCIOS

FINANCIEROS; NEGOCIOS MONETARIOS; NEGOCIOS INMO-

BILIARIOS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos

mil seis.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de junio del año dos mil seis.

DIANA VIOLETA HASBÚN VILLACORTA,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025248-3

Page 255: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

255DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007.

No. de Expediente: 2007067289

No. de Presentación: 20070094026

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KATIVO CHE-

MICAL INDUSTRIES, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Vive pintando vip, la palabra “vip”

se traduce al castellano como PERSONA MUY IMPORTANTE, por lo

cual sobre las palabras de uso común no se le concede exclusividad, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD RELACIONA-

DOS CON PROGRAMAS DE PREMIOS PARA INCENTIVAR A LOS

CLIENTES CON EL OBJETIVO DE PROMOVER LA LEALTAD DE

LOS CLIENTES EL CUAL OTORGA INCENTIVOS Y PREMIOS POR

LA COMPRA FRECUENTE EN LA INDUSTRIA DE PINTURA.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de octubre del año dos mil siete.

ALICIA ESTER GARCÍA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025327-3

No. de Expediente: 2007067286

No. de Presentación: 20070094023

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KATIVO CHE-

MICAL INDUSTRIES, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Vive pintando vip y diseño, traducido

al castellano la palabra VIP como PERSONA MUY IMPORTANTE a las

palabras de uso común no se le concede exclusividad, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD RELACIONADOS CON

PROGRAMAS DE PREMIOS PARA INCENTIVAR A LOS CLIEN-

TES CON EL OBJETIVO DE PROMOVER LA LEALTAD DE LOS

CLIENTES EL CUAL OTORGA INCENTIVOS Y PREMIOS POR LA

COMPRA FRECUENTE EN LA INDUSTRIA DE PINTURA.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de octubre del año dos mil siete.

ALICIA ESTER GARCÍA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025328-3

Page 256: diario 12 noviembrebiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/public...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 12 de Noviembre de 2007. 3 Pág. 172-175 175-177 177-178 179-181 181-192

256 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 377

No. de Expediente: 2007067287

No. de Presentación: 20070094024

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KATIVO CHE-

MICAL INDUSTRIES, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

VIVE PINTANDO VIP

Consistente en: Las palabras VIVE PINTANDO VIP, traducido al

castellano la palabra VIP como PERSONA MUY IMPORTANTE, a las

palabras de uso común no se le concede exclusividad, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE PUBLICIDAD RELACIONADOS CON

PROGRAMAS DE PREMIOS PARA INCENTIVARA LOS CLIEN-

TES CON EL OBJETIVO DE PROMOVER LA LEALTAD DE LOS

CLIENTES EL CUAL OTORGA INCENTIVOS Y PREMIOS POR LA

COMPRA FRECUENTE EN LA INDUSTRIA DE PINTURA.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de octubre del año dos mil siete.

ALICIA ESTER GARCÍA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025330-3

No. de Expediente: 2007070604

No. de Presentación: 20070099510

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CONSORCIO

COMEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

COLORLIFE

Consistente en: La palabra COLORLIFE, que servirá para: AMPA-

RAR: SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, SERVICIOS

DE INSTALACIÓN.

La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mil

siete.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F025333-3

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.