diap.presentación prio 2013

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PROYECTO “ IMPLEMENTACION DEL PLAN REGIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y VARONES EN LA REGION DE AYACUCHOIrma V.Taype Carbajal Irma V.Taype Carbajal Cel: 956100986 Cel: 956100986 San Miguel– La Mar, 14 de Agosto 2013 San Miguel– La Mar, 14 de Agosto 2013

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proyeto regional de igual de oportunidades

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Page 1: Diap.presentación PRIO 2013

PROYECTO “ IMPLEMENTACION DEL PLAN REGIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y VARONES EN LA REGION DE

AYACUCHO”

Irma V.Taype CarbajalIrma V.Taype CarbajalCel: 956100986Cel: 956100986

San Miguel– La Mar, 14 de Agosto 2013San Miguel– La Mar, 14 de Agosto 2013

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MARCO NORMATIVO

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MARCO NORMATIVO NACIONAL

• Ley 28983 de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres , 16 -03- 2007.

• Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – Decreto Legislativo Nº 1098, del 20 de enero de 2012.

• Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, publicada el 18 de noviembre de 2002 y sus modificatorias.

• Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972,del 27 de mayo de 2003.

• Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto - Ley Nº 28411, publicada el 08 -12- 2004 y sus modificatorias.

• Ley de Partidos Políticos - Ley Nº 28094, publicada el 01-11-2003.

• Ley 27558 de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales -publicada el 31 de octubre 2001.

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MARCO NORMATIVO NACIONAL

• Ley 29600 que fomenta la reinserción escolar por embarazo, 15-10- 2010.

• Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26260, Ley de Protección contra la Violencia Familiar, 27 de junio de 1997.

• Ley 27942 de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual- 27 -02- 2003 y sus modificatorias

• Ley Nº 29819 que modifica el artículo 107 del Código Penal, incorporando el feminicidio – 27-12- 2011.

• Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes - Ley Nº 28950, del 16 -01- 2007 y su Reglamento el D.S. Nº 007-2008-IN, 30-11-2008.

• Ley 29409, que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada , 20-09- 2009.

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MARCO NORMATIVO NACIONAL

• Ley de los trabajadores del hogar - Ley Nº 27986, publicada el 03 de junio de 2003.• Ley que incluye el trabajo no remunerado en las cuentas nacionales - Ley Nº 29700, 04-06- 2011• Ley 28457,que modifica el artículo 2 de la Ley que regula el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonial - Ley Nº 29715, 21 -06- 2011.

Adicionalmente, existen normas de menor jerarquía refuerzan el mandato constitucional de igualdad y no discriminación. Entre ellas:

• La Directiva Nº 001 – 2011- EF 50.01, “Para la programación y formulación del presupuesto del Sector Público”, aprobada por Res. Dir. 002-2011- EF/50.01, del 09 -06-2011, cuyo artículo 38 dispone “que los diversos niveles de gobiernos y sectores, en el marco de la Ley Nº 28983 y la Ley Nº 29083, deben identificar brechas de género como un criterio que permita determinar la asignación de recursos para el logro de sus objetivos institucionales

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• Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, -25-03-2007, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, entre ellas la política de igualdad de hombres y mujeres.• Decreto Supremo Nº 009-2006-MIMDES, 26 -08- 2006, dispone la implementación de lactarios en instituciones del Sector Público donde laboren veinte o más mujeres en edad fértil.• Decreto Supremo Nº 004-2008-MIMDES,-04 -04-2008, precisa que los estatutos de todas las organizaciones jurídicas sin fines de lucro, deberán adecuarse a normas de la constitución y de la ley relativas a la igualdad jurídica del varón y la mujer.• En términos de compromiso político con la igualdad de género, el Estado peruano adoptó en el año 2002, el Acuerdo Nacional, cuya décimo primera política de Estado establece la promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación.

MARCO NORMATIVO NACIONAL

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• Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, -25-03-2007, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, entre ellas la política de igualdad de hombres y mujeres.• Decreto Supremo Nº 009-2006-MIMDES, 26 -08- 2006, dispone la implementación de lactarios en instituciones del Sector Público donde laboren veinte o más mujeres en edad fértil.• Decreto Supremo Nº 004-2008-MIMDES,-04 -04-2008, precisa que los estatutos de todas las organizaciones jurídicas sin fines de lucro, deberán adecuarse a normas de la constitución y de la ley relativas a la igualdad jurídica del varón y la mujer.• En términos de compromiso político con la igualdad de género, el Estado peruano adoptó en el año 2002, el Acuerdo Nacional, cuya décimo primera política de Estado establece la promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación.

MARCO NORMATIVO NACIONAL

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MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado por el Perú mediante Decreto Ley Nº 22128 el 28-03-1978, vigente desde el 28 de julio de 1978, que dispone el compromiso de los Estados Partes del Pacto de garantizar a hombres y mujeres la igualdad de goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el mismo. El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos firmado por el Perú el 11-08-1977 y ratificado 03-10-1980

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado por Decreto Ley Nº 22129 del 28 de marzo de 1978, vigente desde el 28 de julio de 1978 mediante el cual los Estados Partes se comprometen a garantizar el ejercicio a hombres y mujeres de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos

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MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL en el Pacto, como son el derecho a trabajar en condiciones equitativas y satisfactorias, a que las mujeres reciban protección durante un periodo razonable antes y después del parto. Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer – CEDAW y su Protocolo Facultativo, aprobada por Resolución Legislativa Nº 23432 del 04 de junio de 1982, vigente desde el 13 de octubre de 1982, establece que los Estados Parte tomen medidas legislativas y administrativas necesarias para prevenir, investigar y castigar la discriminación hacia las mujeres. Propone una agenda de acción para erradicar tal discriminación que incluye la incorporación del principio de igualdad del hombre y de la mujer en sus sistemas legales. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer – Convención Belém Do Pará, aprobada mediante Resolución Legislativa Nº 26583 del 11 -03-1996, reconoce que la violencia de género perpetrada o tolerada por los agentes de Estado o personas particulares constituye una grave violación a los derechos humanos y por lo tanto los Estados tienen la responsabilidad de castigarla, prevenirla y erradicarla.

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MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado por Resolución Legislativa Nº 27517 del 16 -09-2001 y ratificado el 5-10.2001. Reconoce como crimen de lesa humanidad, la violación sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de agresión sexual de gravedad comparable, así como la esclavitud, el tráfico de personas en especial de mujeres y niños, siempre que los delitos enumerados consistan en un ataque generalizado contra una población civil. Con respecto a la composición de la Corte señala la necesidad de que exista representación equilibrada de magistrados mujeres y hombres.Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia organizada Trasnacional, incluyendo sus dos Protocolos Adicionales: para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños y el Contra el tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire; los cuales han sido aprobados mediante Resolución Legislativa Nº 27527 del 8-10-2001. Establecen la obligación de los Estados de adoptar medidas adecuadas para prestar asistencia y protección a las víctimas de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes en particular en casos de amenaza de represalia o intimidad, para que obtengan indemnización y restitución.-

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MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL

Convenios de la Organización Internacional del Trabajo –OIT: Convenio 10072 sobre la igualdad de remuneración, 11173sobre la discriminación (empleo y ocupación), 12274sobre la política del empleo y 15675 sobre los trabajadores con responsabilidades familiares.

Declaración de las Naciones Unidas sobre la Mujer Indígena, adoptada por la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en su 56º periodo de Sesiones: 27 de febrero a 9 de marzo de 2012. Adicionalmente, existen un conjunto de compromisos políticos internacionales, asumidos por el Perú como miembro de la comunidad internacional, que refuerzan el compromiso de los Estados en el logro de la igualdad de la mujer y erradicación de toda forma de discriminación, entre ellos:

La Plataforma de Acción, adoptada en el marco de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, realizada en Beijing-China, 1995.-

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MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL

Los Objetivos de Desarrollo del Milenio, aprobados en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas del año 2000.- Medidas clave para seguir ejecutando el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (Cairo +5), adoptadas por consenso enel vigésimo primer período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas. New York, 1999.

- Nuevas medidas e iniciativas para la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing (Beijing +5), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su vigésimo tercer período extraordinario de sesiones. New York, junio 2000.

Marco de Acción de Dakar “La educación para todos: cumplir con nuestros compromisos colectivos”, adoptado en el Foro Mundial sobre la Educación. Dakar- Senegal, abril 2000.-

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MARCO NORMATIVO REGIONAL

Ordenanza Regional Nº 023-2006-GRA/CR que "Modifican la Ordenanza que aprobó la creación del Instituto Regional de la Mujer Ayacuchana - IRMA" (27.07.2006).•Ordenanza Regional Nº 002-2007-GRA/CR que institucionaliza el 08 de marzo como Día de la Mujer y declara el mes de marzo como el Mes de la Mujer. (31.03.2007).•Ordenanza Regional Nº 033-2007-GRA/CR que aprueba la constitución del Consejo Regional de Lucha Contra la Pobreza y la desnutrición Infantil (07.06.2008).•Ordenanza Regional Nº 10-2008-GRA/CR que reconoce la pluriculturalidad y carácter multilingüe de la sociedad que compone la Región Ayacucho.•Ordenanza Regional Nº 001-2008-GRA/CR que aprueba los Lineamientos de Políticas, Objetivos Estratégicos y Metas del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2008-2010. Asimismo dispone el uso del lenguaje inclusivo (28.06.2008).

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MARCO NORMATIVO REGIONAL

•Ordenanza Regional Nº 010-2009-GRA/CR que prohíbe la discriminación en todos sus ámbitos y formas en la jurisdicción del Gobierno Regional de Ayacucho (06.11.09).•Ordenanza Regional Nº 026-2009-GRA/CR que declara de interés regional la prevención atención y protección frente al hostigamiento sexual.•Ordenanza Regional Nº 027-2009-GRA/CR que institucionaliza el Día Regional de la Mujer Rural cada 15 de Octubre de todos los años a nivel del ámbito de la región Ayacucho.•Ordenanza Regional Nº 028-2009-GRA/CR que prioriza en la agenda del Gobierno Regional el Plan de prevención y atención de la violencia familiar y sexualOrdenanza Regional Nº 003-2010-GRA/CR que declara de interés Regional la implementación de los lineamientos de políticas, objetivos estratégicos y metas para garantizar el ejercicio pleno de los derechos civiles y políticos de las mujeres y el acceso equitativo a instancias de poder y toma de decisiones

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¿Qué se necesita para construir la

igualdad de género ? Políticas públicasPolíticas públicas

Capacidad para modificar conductas de desigualdad

Identificación y compromiso deIdentificación y compromiso de autoridades y funcionarios autoridades y funcionarios regional y local con la temáticaregional y local con la temática

Implementación de las Implementación de las Políticas públicas, con Políticas públicas, con enfoque de géneroenfoque de género

Trabajo concertado yTrabajo concertado y corresponsabilidad . corresponsabilidad .

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¿ POR QUÉ Y PARA QUÉ, SE ELABORA EL PRIO ?

El Gobierno Regional, El Gobierno Regional, Gerencia de Desarrollo Social y El Instituto Regional de la Mujer Ayacuchana – IRMA,Consientes de la persistencia de la inequidad de género en la región, por que las mujeres continúan enfrentando los problemas de : • Analfabetismo, • Mortalidad materna, • Servicios de salud restringidos, • Persistencia de la violencia en el hogar, • Una democracia restringida• Escasa posibilidad de acceder a espacios laborales que garanticen una vida digna.

Reafirman su compromiso de promover el respeto de los derechos de las mujeres para disminuir la brechas de género existentes .

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PLAN REGIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y

HOMBRES 2010-2020

El PRIO constituye una herramienta y un reto en la gestión de política pública Regional que deberá ser transversal a nivel de los lineamientos de acción de las entidades públicas, privadas, organizaciones de la sociedad civil, quienes deberán aunar esfuerzos y articular estrategias para la reducción de las brechas de inequidad

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PLAN REGIONAL DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES 2010-2020

El PRIO es elaborado en cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y varones; que establece el marco normativo de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, con la finalidad de garantizar mecanismos que permitan a las mujeres el acceso a la seguridad, el bienestar, la educación, poder político, la salud en un entorno libre de discriminación y violencia

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MUCHAS GRACIAS MUCHAS GRACIAS

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MUCHAS GRACIAS MUCHAS GRACIAS