diapositivas de lotizacion
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PLANO DE PERFIL
LONGITUDINAL Y SECCIONES
TRANSVERSALES
MARCO TEÓRICO
• Es la representación gráfica de la intersección del terreno con un plano vertical que contiene el eje longitudinal o transversal, con esto obtenemos la forma altimetría el terreno a lo largo de la línea de nivelación.
El Perfil Longitudinal es un perfil topográfico a lo largo del eje de la planta, y por tanto, es la intersección de la superficie topográfica con el plano vertical que contiene al eje de la planta.
CONCEPTOS RELACIONADOS
URBANIZACIONES: Es el conjunto de construcciones levantadas en un antiguo medio rural.
ZONIFICACIÓN: Es
dividir las tierras en
áreas conocidas
(distritos). Es limitar
un espacio.
DENSIDAD POBLACIONAL: Se le denomina densidad poblacional a la cantidad de habitantes que viven por kilómetro cuadrado. Esta se divide en DENSIDAD BRUTA Y DENSIDAD NETA
La densidad máxima permisible se establece en la Zonificación y como
consecuencia de ella se establecen las dimensiones mínimas de los Lotes a
habilitar, de conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano.
En función de la densidad, se agrupan en seis tipos, de acuerdo al siguiente
cuadro: TIPO DENSIDAD CLASE DE ÁREA
MINIMAFRENTE MÍNIMO TIPO DE
POBLACIONAL DENSIDAD DE LOTE DE LOTE VIVIENDA
1
menor a 1300 Hab/Ha BAJA DENSIDAD (R1) 450 Mt2 15 ML UNIFAMILIAR
2
menor a 1300 Hab/Ha BAJA DENSIDAD (R2) 300 Mt2 10 ML UNIFAMILIAR
3 1300 Hab/Ha DENSIDAD MEDIA (R3) 160 Mt2 8 ML UNIFAMILIAR
4 1300 Hab/Ha DENSIDAD MEDIA (R4) 90 Mt2 6 ML UNIFAMILIAR
5 2250 Hab/Ha D. MEDIA (R3 y R4) ALTA (R5, R6 y
R8) (*) (*) UNIFAM / MULTIFAM
6 2250 Hab/Ha DENSIDAD ALTA (R5,R6 y R8) 450 Mt2 15 ML MULTIFAMILIAR
-MANZANA: Lote o conjunto de lotes limitados por vías vehiculares, vías peatonales o áreas de uso público, parques, etc.
-LOTE: Son cada una de las partes en que se divide un terreno destinado a la edificación. CALZADAS: Parte de una vía
destinada al tránsito de vehículos.
ESTACIONAMIENTO:
Número de espacios
mínimos para el
estacionamiento de
vehículos y deberán
reservarse dentro de
los límites del lote.
BERMA CENTRAL: Se llama así a la zanja o pared baja con que se separan los dos sentidos de la circulación en una autopista.
TipoRecreación
pública
Parques
zonales
Servicios públicos
complementarios
Educación Otro fines
1 8% 2% 2% 2%
APORTE: Área de terreno habilitado que debe inscribirse a favor de la institución beneficiaria, y que es cedida a título gratuito por el propietario de un terreno rústico como consecuencia del proceso de habilitación urbana.
ÁREA DE RECREACIÓN PÚBLICA: Superficie destinada a parques de uso público.
SIMBOLOGÍA
En todas las habilitaciones
en que exista partición de la
tierra en lotes y agrupamientos
de éstos en manzanas, deberá
establecerse una nomenclatura.
O también podemos denotar
1
LOTE
A
MANZANA
MANZANA A
LOTE 1
VIA CALLE
NORMATIVIDADCAPITULO I
• ALCANCES Y CONTENIDOS.
Artículo 1.- Se aplicarán a los procesos de habilitación de tierras para fines urbanos, los cuales deben estar sujetos al Plan Urbano de cada localidad, conforme a la zonificación asignada.
Artículo 2.- Contienen los elementos necesarios para la habilitación de terrenos que permitan un adecuado desarrollo de las diferentes actividades urbanas propias de una ciudad.
Artículo 3.-Las normas técnicas del presente Título comprenden también:
•Los Componentes Estructurales
•Las Obras de Saneamiento
•Las Obras de Suministro de Energía y Comunicaciones
Artículo 4.-Las habilitaciones urbanas podrán ejecutarse en todo el territorio nacional, con excepción de zonas.
COMPONENTES DE DISEÑO URBANO
CAPITULO II
GENERALIDADES:
ARTÍCULO 1.-Los componentes de
diseño de una habilitación urbana
están constituidos por los espacios
públicos y los terrenos aptos para ser
edificados.
CAPITULO III
•LOTIZACION:
ARTÍCULO 25.- Las manzanas estarán conformadas por uno o más lotes y estarán delimitadas por vías públicas, pasajes peatonales o parques públicos.
ARTÍCULO 26.- Todos los lotes deben tener acceso desde una vía pública con tránsito vehicular o peatonal
CAPITULO IV
•APORTES DE HABILITACION URBANA
ARTÍCULO 27.- Según su tipo, deberán efectuar aportes obligatorios para recreación pública y para servicios públicos complementarios para educación y otros fines
Artículo 29.- El ancho mínimo del aporte para recreación pública será de 25 ml
Artículo 34.- las áreas de recreación publica serán construidos y aportados para uso público y no podrán ser transferidos a terceros
INFORMACION COMPLEMENTARIA
Diseño de Vías:
• De acuerdo a la normativa del RNE el sistema vial está constituido por vías expresas, vías arteriales, vías colectoras, vías locales y pasajes.
• Las vías serán de uso público, libre e irrestricto.
• Las secciones de vías principales y secundarias , se diseñaran en base a los siguientes módulo
• En las esquinas e intersecciones de las vías se colocaran rampas para discapacitados para acceso a las veredas.
• El diseño de las vías de una habilitación urbana deberá integrarse al sistema vial establecido en el Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad, respetando la continuidad de las vías existentes.
• Las Vías Locales Principales de todas las habilitaciones Urbanas tendrán como mínimo, veredas y estacionamientos en cada frente que habilite lotes y dos módulos de calzada.
• Las vías locales secundarias tendrán como mínimo, dos módulos de veredas en cada frente que habilite lotes, dos módulos de calzada y por lo menos un módulo de estacionamiento.
• Las pendientes de las calzadas tendrán un máximo de 12%.
•Criterios de dibujo:
-Las delimitaciones de los lotes se hará con un grosor de línea de 0.2.
-Las delimitaciones de las manzanas urbanas se harán con un grosor de línea de 0.6.
-Las delimitaciones de veredas se hará con un grosor de línea de 0.4.
CONTENIDO DEL PLANO