diapositivas correspondiente a ponencia deontología jurídica
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UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO
Tema 1: Introducción a la Deontológica Jurídica.
Ponente: Bachiller Depool G. Mauro J.
Cátedra: Deontología Jurídica. Sección: T-625.
Barquisimeto, Febrero-2010.
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“Actuar con Probidad, Honradez, Discreción, Eficiencia, Desinterés, Veracidad y Lealtad”.
“Mantener en todo momento el respeto a su dignidad como persona y como profesional”.
(Numerales 1º y 3º respectivamente del Artículo 4, Titulo II De Los Deberes Profesionales, Capitulo I De Los Deberes Esenciales- Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano).
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El Abogado o la Abogada frente a: La Moral y la Ética
Personal-Jurídica como Instrumento Subjetivo
Elemental en el correcto Ejercicio de la Profesión de
la Ciencia del Derecho.
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Contenido de la Ponencia.
El Semblante Ético del Jurista.
La Moral Jurídica para ejercer “Bien” la Ciencia del Derecho”.
La Conducta Racional Concreta del Pensamiento Jurídico.
La Verdad como Deber del Abogado frente a los Fines y Valores del Derecho.
El Abogado y sus Deberes.
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El Semblante Ético del Jurista.
¿Somos honestos al decir que hemos estudiado la Ciencia del Derecho con firmeza y eficacia, para ser
buenos Abogados en futuro no muy lejano?
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La Moral Jurídica para ejercer “Bien” la Ciencia del Derecho”.
“Las Mujeres y Hombres Abogados o aún cursantes de la Carrera en cuestión, su obligación sine quannon es expresar
conductualmente un énfasis personal recto ante la adversidades, pero sublime frente a las
cuestiones caritativas de aquellos a los cuales representan o litigan para obtener el éxito Moral
como buen activista del Derecho, y luego un excelente elocuente triunfador de los casos que
se le plantean”.
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La Conducta Racional Concreta del Pensamiento Jurídico.
Son valores superiores de los Abogados y las Abogadas el defender con racionalidad los Derechos Humanos particulares y generales, incluso garantizar su respeto e integridad ante los riesgo o imperfecciones de los litigios donde estos son objeto de contradicción y controversia.
También es valor fundamental para el ejercicio de la
Abogacía, abogar, valga la redundancia por hacer valer los Principios Generales del Derecho, como medios tajantes en la implantación positiva de la Justicia y el reconocimiento de la Verdad en los procesos de la ciudadanía a ser fuente del Espíritu del Sistema Jurídico Vigente, determinable en el tiempo.
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La Verdad como Deber del Abogado frente a los Fines y Valores del Derecho.
Tanto la Seguridad Jurídica, el Bien Común y la Justicia, son fines esenciales que los Valuarte de la Ciencia Jurídica del
Derecho tienen la atribución de llevar a promoción en conjunto con la Verdad de
sus obligaciones y de su comportamiento, motivado de la inspiración humana
apegada al estudio de la misma Ciencia.
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Deberes Esenciales del Abogado- Artículo 4 del Código de ética Profesional del Abogado Venezolano
“Actuar con probidad, honradez, discreción, eficiencia, desinterés, veracidad y lealtad.”
“Conservar absoluta independencia en sus actuaciones profesionales.”
“Mantener en todo momento el respeto a su dignidad como persona y como profesional.”
Defender los Derechos de la sociedad y de los particulares cooperando en la conservación y perfeccionamiento del orden jurídico y en la relación de una recta y eficaz administración de Justicia”.
Fortalecer la fraternidad de sus colegas, mediante el respeto mutuo con trato cordial y racional tolerancia”.
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¡OH, Mundo que tarde te he conocido!San Alfonso María de Ligorio.
Doctor de la Iglesia Católica.Quien en vida fue Abogado, Doctor en Derecho
Canónico y Derecho Civil a los 16 años de edad-Arzobispo de Polonia.