diapositiva posgrado de familia junio 16 2015

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Posgrado en Derecho Familia CURSO DE POSTGRADOS EN DERECHO DE FAMILIA.- TRABAJO PRACTICO PARA EVALUACION DEL MODULO.- Universidad Logo de la Universidad Integrantes; Docente: Tema:

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  • Posgrado en Derecho FamiliaCURSO DE POSTGRADOS EN DERECHO DE FAMILIA.-TRABAJO PRACTICO PARA EVALUACION DEL MODULO.-Universidad Logo de la Universidad Integrantes; Docente:

    Tema:

  • CONCEPTO DE PENSIN COMPENSATORIAEs un derecho personal del cnyuge que, ante una crisis matrimonial, se encuentra en unas circunstancias que le han provocado un desequilibrio econmico.

    Se constituye como un supuesto de resarcimiento de un dao objetivo, el desequilibrio econmico, provocado por la separacin y el divorcio, sin que como manifiesta la , pueda considerarse como un mecanismo igualador de economas.

    Es un mecanismo corrector del perjuicio econmico que la separacin o el divorcio ocasionan en el nivel de vida de uno de los esposos frente al que conserva el otro y en funcin del que vena disfrutando constante el matrimonio en el tiempo inmediatamente anterior al cese de la convivencia conyugal.Posgrado en Derecho Familia

  • Posgrado en Derecho FamiliaAnlisis de la sentencia Numero 133/145/2007, Emitida por la Cmara de Familia de la seccin del Centro: San Salvador, el da Veintids de Enero 2007, a las diez y veinticinco de la maana. Demandante: Seora ************ de 79 Aos de Edad, Ama de Casa.Demandado: Seor: **************Agricultor, Accin: Pensin Compensatoria (Contra Demanda), a travs de Recurso de Apelacin.-

  • Posgrado en Derecho FamiliaHECHOSRefiere la parte demandante seora*************, que convivio con el seor**********, por un periodo de 50 aos tiempo en el cual procrearon nueve hijos todos mayores de edad, que durante el matrimonio ella aporto tres parcela de terreno que haba heredado antes del matrimonio, pero debido a la condicin econmica y una mala cosecha su marido adquiri una deuda y siendo una mujer preocupada por el bienestar de su familia y sus hijo decidi vender las tres parcelas que posea para pagar la deuda de su marido el seor *********** posteriormente producto de su esfuerzo de ella y sus hijos logro recuperar las tres parcelas que haba vendido para pagar la deuda de su marido y siendo un esposa sumisa dedicada decidi junto con sus hijos ponerlas a nombre de su marido las tres parcelas, durante estuvo casada con el seor**********, se dedic exclusivamente al cuido y crianza de sus nueve hijos adems de dedicarse a las tareas propias del hogar y ayudar a su marido en el procesamiento de la leche para realizar queso, crema y otros derivados, adems de hacer la comida a los mozo de las fincas que administraba su marido producto del esfuerzo en conjunto, debido a su arduo trabajo, su condicin humilde siempre vivi bajo el yugo opresor de su marido porque as eran el estereotipo de esa poca sin tener vos y voto en las decisiones, adems de las agresiones psicolgicas y fsicas que la seora ****** sufra de parte del seor***************, ya que su marido era alcohlico crnico y siempre llegaba gritando a su casa cuando estaba tomado que era por lo general siempre.-

  • HECHOS PROBADOS

    Se aportaron abundante pruebas donde la seora*********************demostr plenamente que producto de su dedicacin a su familia crecieron econmicamente durante estos 50 aos de martirio que duro su matrimonio con el seor*************.

    Testificales de sus hijos, donde narran el sufrimiento de su madre, el alcoholismo de su padre las infidelidades que sufra su madre y la valenta de su madre por mantener el hogar y sobre todo la economa familiar al asumir las responsabilidades administrativas de las fincas.-

    Los tres certificados de propiedad donde la seora**************, demuestra plenamente que ella fue propietaria de tres parcelas que la dio en pago, que despus recupero y que siendo una esposa sumisa las puso a nombre de su marido-

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  • Se aportaron abundantes pruebas donde la seora***************demuestra plenamente que actualmente debido a su edad tiene mltiples enfermedades crnicas.-as quedo demostrado con todos los epicrisis que se incorporaron a este juicio por los mdicos de diferentes especialidades, por lo que podemos afirmar que la seora ********** no tiene un buen cuadro de salud, y producto de la demanda de divorcio este produjo un fuerte impacto emocional acelerando ms el deterioro en la salud de la seora******** empeorando su enfermedad degenerativa como lo es el Parkinson.

    Consta a fs. 47 carencia de bienes inmuebles de la seora ***********************, extendida el diecisis de diciembre de dos mil cuatro por el Registrador Jefe del Registro de la Propiedad Raz e Hipotecas de la Tercera Seccin del Centro; haciendo constar que a dicha seora no le aparece inscrito ttulo de propiedad alguno

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  • DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA

    El documento base y exposicin de motivos del Cdigo de Familia; al referirse a esta figura establece que "... Por la naturaleza misma del supuesto normativo bajo el cual se tendr derecho a la pensin compensatoria, la sentencia que la fija ser estimatoria en todo caso, pues el desequilibrio que implique una desmejora sensible en la situacin econmica del cnyuge, tendr que ser valorado a priori, en virtud de que ese desequilibrio ser consecuencia del divorcio, el cual no existe hasta que la sentencia que lo decrete quede firme". (El subrayado es nuestro). Puede agregarse que dicho desequilibrio puede establecerse a partir de la separacin pero surte efectos patrimoniales a partir del divorcio.El Art. 113 C. F. hace una enumeracin de los elementos que deben considerarse para fijar la cuanta de la pensin, entre ellos: a) Los acuerdos entre las partes; b) La edad y el estado de salud del acreedor; c) La calificacin profesional y las probabilidades de acceso a un empleo, del acreedor; d) La dedicacin pasada y futura a la atencin de la familia; e) La colaboracin del beneficiario en las actividades del obligado; f) El caudal y los medios econmicos de cada uno.

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  • POR TANTOFALLA: A) REVCASE: la sentencia impugnada que deneg la pensin compensatoria pedida en la contrademanda. En consecuencia, decretase a favor de la seora ***************** una pensin compensatoria a cargo del seor *****************, equivalente a la cantidad de DOSCIENTOS MIL COLONES o VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100 DOLARES, pagaderos en doce cuotas de UN MIL NOVECIENTOS CINCO DOLARES MENSUALES cada una, debiendo pagar la primera cuota el ltimo da del mes en que quede ejecutoriada esta sentencia y as sucesivamente hasta su total cancelacin. B) Asimismo se ordena nuevamente la anotacin preventiva en el inmueble inscrito al nmero 54 del Libro 693, inscrito a nombre del seor ***************** conocido por *****************, en el Registro de la Propiedad Raz e Hipotecas de la Tercera Seccin del Centro; para lo cual deber librar el juzgado a-quo el oficio correspondiente. Devulvase el expediente al juzgado de origen con certificacin de la sentencia. Notifquese.

    RESOLUCINPosgrado en Derecho Familia

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