derechos y deberes funcionarios

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DERECHOS Y DEBERES FUNCIONARIOS ” DERECHOS Y DEBERES FUNCIONARIOS ” Capacitación MOP Capacitación MOP Octubre 2008 Octubre 2008 Fiscalía MOP Fiscalía MOP

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Page 1: Derechos Y Deberes Funcionarios

“ “ DERECHOS Y DEBERES FUNCIONARIOS ”DERECHOS Y DEBERES FUNCIONARIOS ”

Capacitación MOP Capacitación MOP Octubre 2008Octubre 2008

Fiscalía MOPFiscalía MOP

Page 2: Derechos Y Deberes Funcionarios

Resumen del Contenido a tratarResumen del Contenido a tratar

Sección Primera: “ Concepto de Funcionario Público: Sección Primera: “ Concepto de Funcionario Público: Constitucional y Administrativo”Constitucional y Administrativo”

Sección Segunda: “ La Regulación del desempeño de los Sección Segunda: “ La Regulación del desempeño de los funcionarios públicos: El Estatuto Administrativo”.funcionarios públicos: El Estatuto Administrativo”.

Sección Tercera: “ El DFL Nº 29 del 2005; E. A. que rige Sección Tercera: “ El DFL Nº 29 del 2005; E. A. que rige la función pública administrativa en Chile”la función pública administrativa en Chile”

Sección Cuarta: “ Las Relaciones Estatutarias”.Sección Cuarta: “ Las Relaciones Estatutarias”.

Page 3: Derechos Y Deberes Funcionarios

I.- CONCEPTO DE FUNCIONARIO PUBLICOI.- CONCEPTO DE FUNCIONARIO PUBLICO

La expresión Funcionario Publico, no tiene en Dº Administrativo La expresión Funcionario Publico, no tiene en Dº Administrativo chileno una acepción definida.chileno una acepción definida.

En la practica, la idea que tiene la ciudadanía corresponde a la del En la practica, la idea que tiene la ciudadanía corresponde a la del empleado público.empleado público.

Planteada la idea de funcionario público dentro de la Planteada la idea de funcionario público dentro de la institucionalidad nacional, adquiere una amplitud diferente, ya que institucionalidad nacional, adquiere una amplitud diferente, ya que por ser genérica, en principio, abarca a todos quienes se por ser genérica, en principio, abarca a todos quienes se desempeñan en las 3 grandes funciones clásicas: legislativa, desempeñan en las 3 grandes funciones clásicas: legislativa, administrativa y judicial.administrativa y judicial.

Ya en la esfera administrativa, la voz funcionario público admite 2 Ya en la esfera administrativa, la voz funcionario público admite 2 acepciones, una funcional y otra orgánico ( esta ultima la mas acepciones, una funcional y otra orgánico ( esta ultima la mas difundida)difundida)

Page 4: Derechos Y Deberes Funcionarios

Acepción Orgánica:Acepción Orgánica: “ Según ella, es funcionario público toda persona “ Según ella, es funcionario público toda persona natural que ocupa un cargo público dentro de la administración natural que ocupa un cargo público dentro de la administración del Estado, entendiendo por cargo público, sen los términos del del Estado, entendiendo por cargo público, sen los términos del Art. 3º letra a) del E. A., “ aquel que se contempla en las plantas Art. 3º letra a) del E. A., “ aquel que se contempla en las plantas o como empleos a contrata en las instituciones señaladas en el o como empleos a contrata en las instituciones señaladas en el Art. 1º: Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Art. 1º: Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios públicos centralizados y descentralizados”públicos centralizados y descentralizados”

Plantas:Plantas: Son estructuras legales que establecen los cargos permanentes de Son estructuras legales que establecen los cargos permanentes de un organismo administrativo; según el E.A., estas plantas recogen y un organismo administrativo; según el E.A., estas plantas recogen y formalizan en grados las 5 grandes especialidades que acepta el Dº formalizan en grados las 5 grandes especialidades que acepta el Dº Estatutario Chileno; Los empleados de planta pueden serlo en calidad de Estatutario Chileno; Los empleados de planta pueden serlo en calidad de titulares, suplentes o subrogantes ( Art. 4º E.A.).titulares, suplentes o subrogantes ( Art. 4º E.A.).

5.5. Titulares: aquellos funcionarios que se nombran para ocupar en Titulares: aquellos funcionarios que se nombran para ocupar en propiedad un cargo vacante.propiedad un cargo vacante.

6.6. Suplentes: aquellos funcionarios designados en esa calidad en los cargos Suplentes: aquellos funcionarios designados en esa calidad en los cargos que se encuentran vacantes y en aquellos que por cualquier que se encuentran vacantes y en aquellos que por cualquier circunstancia, no sean desempeñados por el titular durante un lapso no circunstancia, no sean desempeñados por el titular durante un lapso no inferior a 15 díasinferior a 15 días

Page 5: Derechos Y Deberes Funcionarios

3.- Subrogantes: aquellos funcionarios que entran a desempeñar el empleo del 3.- Subrogantes: aquellos funcionarios que entran a desempeñar el empleo del titular o suplente por el solo ministerio de la Ley, cuando estos se titular o suplente por el solo ministerio de la Ley, cuando estos se encuentren impedidos de desempeñarlo por cualquier causa” ( Art. 4º inc. encuentren impedidos de desempeñarlo por cualquier causa” ( Art. 4º inc. 1,2,3,y 9 E.A.)1,2,3,y 9 E.A.)

A contrataA contrata: son nombramientos o designaciones que extiende el jefe superior : son nombramientos o designaciones que extiende el jefe superior de servicios, autorizados por el E.A., con la finalidad de permitir la de servicios, autorizados por el E.A., con la finalidad de permitir la colaboración de personal externo ( no mas del 20% de planta), para colaboración de personal externo ( no mas del 20% de planta), para facilitar el cumplimiento de las funciones del respectivo organismo.facilitar el cumplimiento de las funciones del respectivo organismo.

Los empleos a contrata son transitorios, y su desempeño dura Los empleos a contrata son transitorios, y su desempeño dura mientras sean necesarios sus servicios; si el nombramiento es mientras sean necesarios sus servicios; si el nombramiento es indefinido, de igual forma ha de cesar al 31 de diciembre del año indefinido, de igual forma ha de cesar al 31 de diciembre del año respectivo, por el solo ministerio de la Ley, a menos que se respectivo, por el solo ministerio de la Ley, a menos que se disponga su renovación.disponga su renovación.

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Acepción Orgánica: El E.A., haciendo suya la acepción orgánica de Acepción Orgánica: El E.A., haciendo suya la acepción orgánica de funcionario público, regula la “ carrera funcionaria “ y “ las funcionario público, regula la “ carrera funcionaria “ y “ las obligaciones de cada funcionario”; así también, “ los derechos obligaciones de cada funcionario”; así también, “ los derechos funcionarios”; de conformidad con dicho sentido, sólo se le dará la funcionarios”; de conformidad con dicho sentido, sólo se le dará la calidad de funcionarios a quienes ocupan cargos públicos de planta calidad de funcionarios a quienes ocupan cargos públicos de planta o a contrata en un órgano de la Administración; así también, la o a contrata en un órgano de la Administración; así también, la expresión empleado público, para la LOCBGAE, sólo esta referida a expresión empleado público, para la LOCBGAE, sólo esta referida a quienes ejercen funciones en los Ministerios, Intendencias, quienes ejercen funciones en los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos centralizados y descentralizados.Gobernaciones y Servicios Públicos centralizados y descentralizados.

Dicha acepción excluye al P. de la R. y a Ministros de Estado, Dicha acepción excluye al P. de la R. y a Ministros de Estado, ya que ellos no tiene ninguna de las calidad antes mencionadas.ya que ellos no tiene ninguna de las calidad antes mencionadas.

Page 7: Derechos Y Deberes Funcionarios

Así el concepto orgánico aparece como una acepción genérica, y Así el concepto orgánico aparece como una acepción genérica, y dentro de esa amplitud, abarca a variados tipos de empleados o dentro de esa amplitud, abarca a variados tipos de empleados o servidores administrativos.servidores administrativos.

El art. 3ª letra a) del E.A., al definir el cargo público señala que este El art. 3ª letra a) del E.A., al definir el cargo público señala que este puede ser de planta o a contrata, por tanto, tenemos funcionarios puede ser de planta o a contrata, por tanto, tenemos funcionarios públicos de planta y a contrata.públicos de planta y a contrata.

El art. 5º del E.A., caracteriza a los funcionarios públicos atendiendo El art. 5º del E.A., caracteriza a los funcionarios públicos atendiendo a la función que ejercen.a la función que ejercen.

El Art. 6º agrega que “ La carrera funcionaria se iniciará con el El Art. 6º agrega que “ La carrera funcionaria se iniciará con el ingreso en calidad de titular a un cargo de la planta y se extenderá ingreso en calidad de titular a un cargo de la planta y se extenderá a los cargos de jerarquía inmediatamente inferior a los de exclusiva a los cargos de jerarquía inmediatamente inferior a los de exclusiva confianza; así se distingue entre cargos servidos por funcionarios de confianza; así se distingue entre cargos servidos por funcionarios de carrera y cargos de exclusiva confianza.carrera y cargos de exclusiva confianza.

Page 8: Derechos Y Deberes Funcionarios

El Art. 8º del E.A., prescribe que “ Todo cargo público necesariamente El Art. 8º del E.A., prescribe que “ Todo cargo público necesariamente deberá tener asignado un grado de acuerdo a la importancia de la deberá tener asignado un grado de acuerdo a la importancia de la función que desempeñe y en consecuencia le corresponderá el función que desempeñe y en consecuencia le corresponderá el sueldo de ese grado y las demás remuneraciones a que tenga sueldo de ese grado y las demás remuneraciones a que tenga derecho el funcionario,”, lo cual permite distinguir funcionarios de derecho el funcionario,”, lo cual permite distinguir funcionarios de mayor o menor grado, o sea, de mayor o menor jerarquía.mayor o menor grado, o sea, de mayor o menor jerarquía.

Así el grado asignado a un empleo juega, en la Ley Estatutaria, un Así el grado asignado a un empleo juega, en la Ley Estatutaria, un doble rol: Por una parte determina la posición de jerarquía que doble rol: Por una parte determina la posición de jerarquía que ocupa el funcionario dentro del servicio, y por la otra, fija el nivel de ocupa el funcionario dentro del servicio, y por la otra, fija el nivel de remuneraciones que ha de percibir el funcionario.remuneraciones que ha de percibir el funcionario.

Por ultimo cabe señalar que el art. 58 del DFL Nº 29, caracteriza a los Por ultimo cabe señalar que el art. 58 del DFL Nº 29, caracteriza a los funcionarios públicos por la posición jerárquica que ocupan dentro funcionarios públicos por la posición jerárquica que ocupan dentro del servicio, y habla, de autoridades y jefaturas.del servicio, y habla, de autoridades y jefaturas.

Page 9: Derechos Y Deberes Funcionarios

En los términos expuestos, la acepción orgánica de funcionario En los términos expuestos, la acepción orgánica de funcionario público abarca, diversos tipos o categorías de empleados público abarca, diversos tipos o categorías de empleados públicos:públicos:

3.3. Funcionarios de planta y a contrata.Funcionarios de planta y a contrata.4.4. Funcionarios directivos, profesionales, técnicos, administrativos o Funcionarios directivos, profesionales, técnicos, administrativos o

auxiliares.auxiliares.5.5. Funcionarios de carrera y de exclusiva confianza.Funcionarios de carrera y de exclusiva confianza.6.6. Funcionarios titulares, suplentes y subrogantes.Funcionarios titulares, suplentes y subrogantes.7.7. Funcionarios de mayor o menor jerarquía.Funcionarios de mayor o menor jerarquía.8.8. Autoridades, jefaturas o simples funcionarios o empleados.Autoridades, jefaturas o simples funcionarios o empleados.9.9. Jefes de división, de departamento, sección y oficina, en los Jefes de división, de departamento, sección y oficina, en los

Ministerios.Ministerios.10.10. Y, jefes de departamento, sección o de oficina, en los servicios Y, jefes de departamento, sección o de oficina, en los servicios

públicos.públicos.

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II.- La Regulación del desempeño de los funcionarios II.- La Regulación del desempeño de los funcionarios públicos: EL ESTAUTO ADMINISTRATIVOpúblicos: EL ESTAUTO ADMINISTRATIVO

El mundo occidental conoce 2 grandes sistemas de regulación del El mundo occidental conoce 2 grandes sistemas de regulación del empleo público: el de la Job Position y el de Carrera Funcionaria.empleo público: el de la Job Position y el de Carrera Funcionaria.

3.3. El Job Position o puesto de trabajo, es propio del mundo anglo El Job Position o puesto de trabajo, es propio del mundo anglo norteamericano y consiste en concebir el desempeño público en norteamericano y consiste en concebir el desempeño público en los mismos términos que un empleo privado: la persona los mismos términos que un empleo privado: la persona interesada accede a un determinado cargo, atendida la idoneidad interesada accede a un determinado cargo, atendida la idoneidad que la hace merecedora a esa plaza y permanece en ella en tanto que la hace merecedora a esa plaza y permanece en ella en tanto mantenga su buen desempeño, sin pretender en su vida de mantenga su buen desempeño, sin pretender en su vida de trabajo, otra cosa que no sea un aumento de sueldo o asignación trabajo, otra cosa que no sea un aumento de sueldo o asignación por antigüedad.por antigüedad.

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2.-2.- El sistema de carrera funcionaria, nació en Europa continental, El sistema de carrera funcionaria, nació en Europa continental, particularmente en Francia, y consiste, por el contrario del anterior, particularmente en Francia, y consiste, por el contrario del anterior, en la incorporación de una persona a una forma de vida, a una en la incorporación de una persona a una forma de vida, a una actividad permanente, que le garantiza el perfeccionamiento y el actividad permanente, que le garantiza el perfeccionamiento y el acceso a cargos superiores, es decir, a una forma de desempeño acceso a cargos superiores, es decir, a una forma de desempeño que la habilita para desarrollar la administración, actividad que la habilita para desarrollar la administración, actividad remunerada, por regla general, de por vida.remunerada, por regla general, de por vida.

Por ello, el sistema se basa en la estructura de empleos Por ello, el sistema se basa en la estructura de empleos permanentes prevista en el E.A. ( Arts. 7º y 9º).permanentes prevista en el E.A. ( Arts. 7º y 9º).

En dichos términos, quien se interesa en ingresar a la En dichos términos, quien se interesa en ingresar a la Administración del Estado, debe postular a un cargo público, por Administración del Estado, debe postular a un cargo público, por concurso público; y luego de ingresar al ultimo grado vacante de la concurso público; y luego de ingresar al ultimo grado vacante de la planta a que se ha postulado, pueda ascender hasta alcanzar el planta a que se ha postulado, pueda ascender hasta alcanzar el grado tope del escalafóngrado tope del escalafón

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Cabe hacer presente que la Ley Nº 19.882 ( 1983) llamada “ De Cabe hacer presente que la Ley Nº 19.882 ( 1983) llamada “ De la Nueva Política de Personal”, innovó profundamente en la la Nueva Política de Personal”, innovó profundamente en la provisión de los cargos directivos, profesionales y técnicos.provisión de los cargos directivos, profesionales y técnicos.

PrimeroPrimero, transformó en cargos de carrera a los cargos de jefes de , transformó en cargos de carrera a los cargos de jefes de deptos. Y jerarquías equivalentes en los Ministerios y Serv. deptos. Y jerarquías equivalentes en los Ministerios y Serv. Públicos, requiriendo concursos internos para ser designados en Públicos, requiriendo concursos internos para ser designados en esos cargos superiores.esos cargos superiores.

SegundoSegundo, eliminó el ascenso como forma de acceder a cargos , eliminó el ascenso como forma de acceder a cargos superiores en las plantas de profesionales y técnica, superiores en las plantas de profesionales y técnica, reemplazándolo por la reemplazándolo por la PromociónPromoción, que se caracteriza por ser una , que se caracteriza por ser una designación en el cargo superior, previo concurso interno designación en el cargo superior, previo concurso interno ( regulado por art. 53 E.A.)( regulado por art. 53 E.A.)

Tercero,Tercero, creo un Sistema de Alta Dirección Pública, con la creo un Sistema de Alta Dirección Pública, con la finalidad de proveer los cargos de jefe superior de servicios y finalidad de proveer los cargos de jefe superior de servicios y segundo nivel jerárquico de cada servicio.segundo nivel jerárquico de cada servicio.

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Así, la normativa que regula el orden de situaciones y relaciones Así, la normativa que regula el orden de situaciones y relaciones jurídicas que se dan en torno al empleo y a los funcionarios públicos jurídicas que se dan en torno al empleo y a los funcionarios públicos se conoce con el nombre de Estatuto Administrativo.se conoce con el nombre de Estatuto Administrativo.

Como han señalado los dictámenes Nºs 70.238 de 1962 y 3.459 de Como han señalado los dictámenes Nºs 70.238 de 1962 y 3.459 de 1983 “ las funciones de carácter permanente de un servicio público, 1983 “ las funciones de carácter permanente de un servicio público, que son aquellas a que está llamado a cumplir de acuerdo con los que son aquellas a que está llamado a cumplir de acuerdo con los fines para los cuales fue creado por el legislador, deben fines para los cuales fue creado por el legislador, deben desempeñarse bajo el régimen estatutario de derecho público, o desempeñarse bajo el régimen estatutario de derecho público, o sea, por medio de funcionarios de planta o a contrata”sea, por medio de funcionarios de planta o a contrata”

Según dictamen Nº 67.095 de 1975, el vinculo jurídico que une al Según dictamen Nº 67.095 de 1975, el vinculo jurídico que une al funcionario con el Estado y que nace con el nombramiento, no es funcionario con el Estado y que nace con el nombramiento, no es de naturaleza contractual, sino, legal y reglamentaria, por lo que no de naturaleza contractual, sino, legal y reglamentaria, por lo que no cabe aplicarle las disposiciones que se refieren a los contratos.cabe aplicarle las disposiciones que se refieren a los contratos.

Dictamen Nº 31.386 de 1982, agrego, que el régimen es de derecho Dictamen Nº 31.386 de 1982, agrego, que el régimen es de derecho publico preestablecido unilateral y objetivamente por el Estado. publico preestablecido unilateral y objetivamente por el Estado.

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El dictamen Nº 79.705 de 1966 agrega que para ocupar un empleo El dictamen Nº 79.705 de 1966 agrega que para ocupar un empleo público, se debe someter a una serie de deberes y obligaciones, público, se debe someter a una serie de deberes y obligaciones, otorgándosele también diversos derechos o facultades, de manera otorgándosele también diversos derechos o facultades, de manera que al incorporarse a uno de los entes que conforman la que al incorporarse a uno de los entes que conforman la Administración del Estado, la persona pasa a adscribirse en forma Administración del Estado, la persona pasa a adscribirse en forma simultánea a un Status Jurídico especial, que esta configurado por simultánea a un Status Jurídico especial, que esta configurado por el cuerpo regulador de sus relaciones con la institución que el cuerpo regulador de sus relaciones con la institución que pertenece.pertenece.

Por todo lo dicho, la relación laboral administrativa no nace de un Por todo lo dicho, la relación laboral administrativa no nace de un contrato, no tiene naturaleza contractual, sino que se contiene en contrato, no tiene naturaleza contractual, sino que se contiene en un Status funcionario de naturaleza legal al que se incorpora el un Status funcionario de naturaleza legal al que se incorpora el interesado por un acto unilateral, status en que están interesado por un acto unilateral, status en que están predeterminados los derechos, obligaciones, responsabilidades y predeterminados los derechos, obligaciones, responsabilidades y causales de cesación de funciones.causales de cesación de funciones.

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Reconociendo la existencia de “ normas estatutarias”, de un “ Estatuto Reconociendo la existencia de “ normas estatutarias”, de un “ Estatuto Administrativo”, implica, según la LOCBGAD, que las normas Administrativo”, implica, según la LOCBGAD, que las normas estatuidas, son reglas preestablecidas que regulan las condiciones estatuidas, son reglas preestablecidas que regulan las condiciones para el ingreso al cargo público, obligaciones, derechos y la para el ingreso al cargo público, obligaciones, derechos y la responsabilidad funcionaria, así como las causales de cesación de responsabilidad funcionaria, así como las causales de cesación de funciones, en términos obligatorios para todos los funcionarios funciones, en términos obligatorios para todos los funcionarios públicos.públicos.

La expresión Estatuto Administrativo denota 2 acepciones en el Dº La expresión Estatuto Administrativo denota 2 acepciones en el Dº Chileno: una positiva o jurídico formal, que emana de la Ley, y otra Chileno: una positiva o jurídico formal, que emana de la Ley, y otra jurisprudencial, que proviene de los dictámenes de la C.G.R.jurisprudencial, que proviene de los dictámenes de la C.G.R.

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Desde un punto de vista Positivo, E.A. es todo texto legal o Desde un punto de vista Positivo, E.A. es todo texto legal o reglamentario que regule relaciones entre los empleados y el reglamentario que regule relaciones entre los empleados y el servicio público a que ellos pertenecenservicio público a que ellos pertenecen

Desde un punto de vista Jurisprudencial, este se ha dio acuñando Desde un punto de vista Jurisprudencial, este se ha dio acuñando por los dictámenes de la Contraloría General de la República. por los dictámenes de la Contraloría General de la República. Conforme a ella, el E.A. no es un texto normativo, sino un concepto Conforme a ella, el E.A. no es un texto normativo, sino un concepto jurídico de alcance institucional, con origen en la Constitución de jurídico de alcance institucional, con origen en la Constitución de 1925. Así el dictamen Nº 15.412 de 1948 señala que la expresión 1925. Así el dictamen Nº 15.412 de 1948 señala que la expresión E.A. no esta referida a una ley determinada, pues abarca todo y E.A. no esta referida a una ley determinada, pues abarca todo y cualquier texto regulador de la relación de empleo público que se cualquier texto regulador de la relación de empleo público que se corresponda con dicho concepto.corresponda con dicho concepto.

Este concepto jurisprudencial ha sido mantenido hasta nuestros días Este concepto jurisprudencial ha sido mantenido hasta nuestros días por la jurisprudencia administrativa, asì el dictamen Nº 23.482 de por la jurisprudencia administrativa, asì el dictamen Nº 23.482 de 1990, señala “ la expresión E.A., comprende no solo el E.A. de 1990, señala “ la expresión E.A., comprende no solo el E.A. de general aplicación ( Ley Nº 18.834) sino tb. A todos los cuerpos general aplicación ( Ley Nº 18.834) sino tb. A todos los cuerpos estatutarios que rigen el personal de la Adm. Pùblica.”estatutarios que rigen el personal de la Adm. Pùblica.”

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Según esta posición, todo texto legal que regule una relación de Según esta posición, todo texto legal que regule una relación de empleo público es E.A., de lo cual se colige, que su interpretación y empleo público es E.A., de lo cual se colige, que su interpretación y control están confiados a la C.G.R., órgano facultado para ejercer control están confiados a la C.G.R., órgano facultado para ejercer sus atribuciones legales de interpretación y fiscalización del E.A., sus atribuciones legales de interpretación y fiscalización del E.A., respecto de todo y cualquier cuerpo normativo que invista este respecto de todo y cualquier cuerpo normativo que invista este carácter.carácter.

Es por ello que la C.G.R., afirme que es facultad privativa suya “ Es por ello que la C.G.R., afirme que es facultad privativa suya “ fiscalizar la aplicación del C.T. a los servidores del Estado que se fiscalizar la aplicación del C.T. a los servidores del Estado que se sujetan a ese régimen jurídico, ya que al aplicarse en el sector sujetan a ese régimen jurídico, ya que al aplicarse en el sector público, constituye el E.A. propio de tales servidores” ( dictamen Nº público, constituye el E.A. propio de tales servidores” ( dictamen Nº 27.438 año 1957).27.438 año 1957).

Además, que la Dirección del Trabajo, no puede intervenir en los Además, que la Dirección del Trabajo, no puede intervenir en los conflictos del trabajo que se planteen en el sector público por conflictos del trabajo que se planteen en el sector público por cuanto el C.T., aplicado a los empleados del Estado , es E.A., y “ los cuanto el C.T., aplicado a los empleados del Estado , es E.A., y “ los dictámenes de la Dirección rigen exclusivamente para el sector dictámenes de la Dirección rigen exclusivamente para el sector privado” ( dictamen Nºs 14 de 1973, 25.655 de 1994)privado” ( dictamen Nºs 14 de 1973, 25.655 de 1994)

Page 18: Derechos Y Deberes Funcionarios

III.- D. F. L. Nº 29 de 2005, que constituye el Estatuto Administrativo III.- D. F. L. Nº 29 de 2005, que constituye el Estatuto Administrativo que rige la función pública administrativa en Chile.que rige la función pública administrativa en Chile.

Este D.F.L., es el texto vigente que contiene el Estatuto Este D.F.L., es el texto vigente que contiene el Estatuto Administrativo que rige a los funcionarios de los organismos fiscales Administrativo que rige a los funcionarios de los organismos fiscales y descentralizados del Estado, y es el texto legal al cual “ y descentralizados del Estado, y es el texto legal al cual “ normalmente” se le conoce con ese nombre.normalmente” se le conoce con ese nombre.

Por su extensión y profundidad, constituye el Estatuto Por su extensión y profundidad, constituye el Estatuto Administrativo General de la Función Pública Chilena.Administrativo General de la Función Pública Chilena.

Jurídicamente, no es un cuerpo nuevo de disposiciones estatutarias, Jurídicamente, no es un cuerpo nuevo de disposiciones estatutarias, ya que es el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley ya que es el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834 de 1989Nº 18.834 de 1989

Page 19: Derechos Y Deberes Funcionarios

La característica esencial de la Ley Nº 18.834, transmitida al La característica esencial de la Ley Nº 18.834, transmitida al D.F.L. Nº 29, fue y sigue siendo su generalidad de aplicación: “ D.F.L. Nº 29, fue y sigue siendo su generalidad de aplicación: “ regir para la generalidad de las personas que desempeñan la regir para la generalidad de las personas que desempeñan la función pública administrativa en Chile”función pública administrativa en Chile”

Esta peculiaridad deriva de 2 circunstancias:Esta peculiaridad deriva de 2 circunstancias:

5.5. Primero, porque rige a la gran mayoría de los funcionarios de la Primero, porque rige a la gran mayoría de los funcionarios de la Administración Chilena, desde el instante que por mandato del Administración Chilena, desde el instante que por mandato del Art. 43 inc. 1º de la LOCBGAE, en relación con Art. 1º del E.A., Art. 43 inc. 1º de la LOCBGAE, en relación con Art. 1º del E.A., regula el desempeño del personal de los Ministerios, regula el desempeño del personal de los Ministerios, Subsecretarias, Seremis, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Subsecretarias, Seremis, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos centralizados y descentralizados de la Administración del Públicos centralizados y descentralizados de la Administración del Estado.Estado.

Page 20: Derechos Y Deberes Funcionarios

2.- 2.- En segundo término, porque este E.A., concreta la autorización En segundo término, porque este E.A., concreta la autorización contenida en el inc. 2º del art. 43 de la LOCBGAE, que permitió la contenida en el inc. 2º del art. 43 de la LOCBGAE, que permitió la existencia de “ estatutos de carácter especial para determinadas existencia de “ estatutos de carácter especial para determinadas profesiones o actividades”. ( Art. 161 E.A. )profesiones o actividades”. ( Art. 161 E.A. )

Los Estatutos Especiales a que se remiten los arts. 43 inc. 2º de la Los Estatutos Especiales a que se remiten los arts. 43 inc. 2º de la LOCBGAE y el art. 161 del E.A., están llamados a regir a LOCBGAE y el art. 161 del E.A., están llamados a regir a determinadas profesiones o actividades, de modo que el resto del determinadas profesiones o actividades, de modo que el resto del personal que sirve en los respectivos organismos, excluido el que personal que sirve en los respectivos organismos, excluido el que desarrolla esas profesiones o actividades, sigue afecto a las desarrolla esas profesiones o actividades, sigue afecto a las disposiciones del D.F.L. Nº 29.disposiciones del D.F.L. Nº 29.

Page 21: Derechos Y Deberes Funcionarios

El E.A., nace de la LOCBGAE, en particular de su art. 43 inc. 1º; así El E.A., nace de la LOCBGAE, en particular de su art. 43 inc. 1º; así el hecho de que este art. Haga regir el Estatuto para el 2 personal el hecho de que este art. Haga regir el Estatuto para el 2 personal de los organismos señalados en el inciso primero del art. 21 de la de los organismos señalados en el inciso primero del art. 21 de la LOCBGAE, significa hacerlo obligatorio para las dotaciones de los LOCBGAE, significa hacerlo obligatorio para las dotaciones de los Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos Ministerios, Intendencias, Gobernaciones y Servicios Públicos centralizados y Descentralizados.centralizados y Descentralizados.

El E.A., consta de 7 títulos y de un título final; su estructura emano El E.A., consta de 7 títulos y de un título final; su estructura emano de la LOCBGAE, pues en ella se fijo el orden que con posterioridad de la LOCBGAE, pues en ella se fijo el orden que con posterioridad se materializó en el E.A, fijando el orden de las materias que abarca se materializó en el E.A, fijando el orden de las materias que abarca “ la carrera funcionaria”, especialmente, el ingreso, los deberes y “ la carrera funcionaria”, especialmente, el ingreso, los deberes y derechos, la responsabilidad administrativa y la cesación de derechos, la responsabilidad administrativa y la cesación de funcionesfunciones

Page 22: Derechos Y Deberes Funcionarios

Estructura del D.F.L. Nº 29Estructura del D.F.L. Nº 29

Título I: Normas GeneralesTítulo I: Normas Generales Título II: De la Carrera Funcionaria.( ingreso, capacitación, Título II: De la Carrera Funcionaria.( ingreso, capacitación,

calificaciones y promociones)calificaciones y promociones) Título III: Las Obligaciones Funcionarias.Título III: Las Obligaciones Funcionarias. Título IV: Los Derechos Funcionarios.Título IV: Los Derechos Funcionarios. Título V: La Responsabilidad Administrativa.Título V: La Responsabilidad Administrativa. Título VI: La Cesación de Funciones.Título VI: La Cesación de Funciones. Título VII: Extinción de la Responsabilidad Administrativa.Título VII: Extinción de la Responsabilidad Administrativa. Título Final: Disposiciones Varias.Título Final: Disposiciones Varias.

Page 23: Derechos Y Deberes Funcionarios

IV.- Las Relaciones Estatutarias.IV.- Las Relaciones Estatutarias.

EL ORDENAMIENTO JURIDICO ACTUA SOBRE SITUACIONES Y EL ORDENAMIENTO JURIDICO ACTUA SOBRE SITUACIONES Y REALCIONES JURIDICASREALCIONES JURIDICAS

Son Situaciones Jurìdicas: todos aquellos estados de cosas que Son Situaciones Jurìdicas: todos aquellos estados de cosas que interesan al derecho objetivo o a la esfera jurìdica de un sujeto de interesan al derecho objetivo o a la esfera jurìdica de un sujeto de derecho. Ej: el estado de vacancia de un cargo pùblico, pues derecho. Ej: el estado de vacancia de un cargo pùblico, pues constituye el antecedente que motiva a la Administraciòn a constituye el antecedente que motiva a la Administraciòn a proveerlo; la enfermedad de un pariente, situaciòn que trae proveerlo; la enfermedad de un pariente, situaciòn que trae consecuencias juridicas.consecuencias juridicas.

Page 24: Derechos Y Deberes Funcionarios

Son Relaciones Jurìdicas: los vìnculos juridicos directos que unen a dos Son Relaciones Jurìdicas: los vìnculos juridicos directos que unen a dos sujetos jurìdicos situandolos en las respectivas posiciones de poder sujetos jurìdicos situandolos en las respectivas posiciones de poder y deber, de titular de un derecho o de pasivo de una obligaciòn. Ej: y deber, de titular de un derecho o de pasivo de una obligaciòn. Ej: la solicitud de feriado que presneta un empleado a su superior crea la solicitud de feriado que presneta un empleado a su superior crea una relaciòn jurìdica que se concreta entre èl y su jefatura, en la una relaciòn jurìdica que se concreta entre èl y su jefatura, en la medida que el jefe se encuentra obligado a recibirla, tramitarla y medida que el jefe se encuentra obligado a recibirla, tramitarla y resolverla.resolverla.

Sin mebargo, siendo estas relaciones subjetivas, en sentido que Sin mebargo, siendo estas relaciones subjetivas, en sentido que quienes intervienen son personas naturales, uno un funcionario otro quienes intervienen son personas naturales, uno un funcionario otro una autoridad, tienen una textura objetiva, en tanto no admiten una una autoridad, tienen una textura objetiva, en tanto no admiten una libre decisiòn de las partes, ya que dicha relaciòn se encuentra libre decisiòn de las partes, ya que dicha relaciòn se encuentra regida por el E.A. ( Esta relaciòn jurìdica esta dada por el Art. 1º del regida por el E.A. ( Esta relaciòn jurìdica esta dada por el Art. 1º del E.A.)E.A.)

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Segùn este regimen estatutario, los empleados pùblicos son Segùn este regimen estatutario, los empleados pùblicos son titulares de derechos y pasivos de obligaciones funcionarias; los titulares de derechos y pasivos de obligaciones funcionarias; los derechos se ejercen, las obligaciones han de cumplirse.derechos se ejercen, las obligaciones han de cumplirse.

Ahora bien ¿ Còmo se ejercen esos derechos que sitùan al Ahora bien ¿ Còmo se ejercen esos derechos que sitùan al empleado en la posiciòn de poder dentro de la relaciòn juridica empleado en la posiciòn de poder dentro de la relaciòn juridica estatutaria?estatutaria?

Conforme art. 14 de la LOCBGAE, las normas estatutarias aplicables Conforme art. 14 de la LOCBGAE, las normas estatutarias aplicables al personal de la Admnistraciòn del Estado deberàn guardar al personal de la Admnistraciòn del Estado deberàn guardar conformidad con su caràcter jerarquizado, tpecnico y profesional.conformidad con su caràcter jerarquizado, tpecnico y profesional.

La jerarquìa, que es el vìnculo jurìdico que une a organos y a La jerarquìa, que es el vìnculo jurìdico que une a organos y a funcionarios en relaciòn de superior a inferior, implica el deber funcionarios en relaciòn de superior a inferior, implica el deber general de respetar la lìnea jeràrquica, esto es atenerse a la general de respetar la lìnea jeràrquica, esto es atenerse a la estructura de mando del servicioestructura de mando del servicio

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Ahora, sea por el principio jeràrquico o por la necesidad de velar por Ahora, sea por el principio jeràrquico o por la necesidad de velar por la necesidad del servicio, los funcionarios pùblicos no pueden la necesidad del servicio, los funcionarios pùblicos no pueden decalrar unilateralmente el goce de los derechos consagrados en el decalrar unilateralmente el goce de los derechos consagrados en el Tìtulo IV del E.A. ( arts. 89 a 118), como ocurre con los derechos Tìtulo IV del E.A. ( arts. 89 a 118), como ocurre con los derechos civiles, sino que deben solicitarlos a su jefatura, y sòlo pueden civiles, sino que deben solicitarlos a su jefatura, y sòlo pueden ejercerlos cuando cuentan con la autorizaciòn.ejercerlos cuando cuentan con la autorizaciòn.

Asì, un derecho tan personalìsimo, como es la renuncia a su cargo, Asì, un derecho tan personalìsimo, como es la renuncia a su cargo, reconocido por la jurisprudencia como una manifestaciòn de la reconocido por la jurisprudencia como una manifestaciòn de la garantìa constitucional a la libertad de trabajo, no produce efectos garantìa constitucional a la libertad de trabajo, no produce efectos jurìdico, sino una vez que ha sido aceptada la renuncia.jurìdico, sino una vez que ha sido aceptada la renuncia.

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Los funcionarios públicos son titulares de derechos y Los funcionarios públicos son titulares de derechos y pasivos de obligaciones estatutarias.pasivos de obligaciones estatutarias.

En cuanto titulares de derechos:En cuanto titulares de derechos: Ocupan la posicion de poder Ocupan la posicion de poder dentro de la relaciòn jurìdica, y situan a la autoridad en la dentro de la relaciòn jurìdica, y situan a la autoridad en la posiciòn de deber.posiciòn de deber.

La jurisprudencia a concluìdo que el hecho que la autoridad no La jurisprudencia a concluìdo que el hecho que la autoridad no decida “ dentro de un plazo prudente sobre la renucnai de un decida “ dentro de un plazo prudente sobre la renucnai de un funcionario, es retenciòn indebida de la renucnia, ya que se debe funcionario, es retenciòn indebida de la renucnia, ya que se debe tener presente que dicho acto no solo constituye el ejercicio de tener presente que dicho acto no solo constituye el ejercicio de una fcultad establecida en el E.A., sino tambipen en el art. 19 Nº una fcultad establecida en el E.A., sino tambipen en el art. 19 Nº 16, que consagra la libertad de trabajo ( Dictamen Nº 15.178 de 16, que consagra la libertad de trabajo ( Dictamen Nº 15.178 de 1997) y el art. 18 de la LOCBGAD, que obliga a la Administraciòn 1997) y el art. 18 de la LOCBGAD, que obliga a la Administraciòn a actuar “ por propia iniciativa en el cumplimiento de sus a actuar “ por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones…”funciones…”

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Asì los derechos funcionarios pueden ser constitutivos de : 1)Derechos de la Asì los derechos funcionarios pueden ser constitutivos de : 1)Derechos de la Carrera Funcionaria; 2) Derechos de naturaleza Social; 3) Derechos de Carrera Funcionaria; 2) Derechos de naturaleza Social; 3) Derechos de naturaleza econòmica; 4) Derechos de Seguridad Social; y 5) Derechos naturaleza econòmica; 4) Derechos de Seguridad Social; y 5) Derechos Gremiales.Gremiales.

Los derechos de la carrera funcionaria estàn señalados en los arts. 89 a Los derechos de la carrera funcionaria estàn señalados en los arts. 89 a 92 del E.A., y son: a) El derecho a la estabilidad en el empleo; b) Al 92 del E.A., y son: a) El derecho a la estabilidad en el empleo; b) Al ascenso; c) a defensa, d) a permutar los cargos de planta, y e) A ejercer ascenso; c) a defensa, d) a permutar los cargos de planta, y e) A ejercer libremente cualquier profesiòn, industria, comercio u oficio en la medida libremente cualquier profesiòn, industria, comercio u oficio en la medida que no interfiera con sus deberes estatutarios. ( Anàlisis por artìculo)que no interfiera con sus deberes estatutarios. ( Anàlisis por artìculo)

Art. 89:Todo funcionario tendrà derecho a:Art. 89:Todo funcionario tendrà derecho a:6.6. Gozar de estabilidad en el empleo, este derecho abarca el dercho al Gozar de estabilidad en el empleo, este derecho abarca el dercho al

cargo y el derecho a la funciòn, ya que todo empleo presenta 2 cargo y el derecho a la funciòn, ya que todo empleo presenta 2 componentes, uno estàtico, constituìdo por su aspecto organico del componentes, uno estàtico, constituìdo por su aspecto organico del servicio; y otro funcionnal, en relaciòn a que se hace en esa unidad servicio; y otro funcionnal, en relaciòn a que se hace en esa unidad orgànica, cual es la actividad que desempeña; conforme a numerosos orgànica, cual es la actividad que desempeña; conforme a numerosos dictamenes, “ elderecho al cargo y a la funciòn corresponde al empleado dictamenes, “ elderecho al cargo y a la funciòn corresponde al empleado que legalmente ha entrado a desempeñar el empleo2que legalmente ha entrado a desempeñar el empleo2

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Por las razones antes dichas, el estudio del derecho funcionario a la Por las razones antes dichas, el estudio del derecho funcionario a la inamovilidad en el cargo debe hacerse distingiendo, el derecho al inamovilidad en el cargo debe hacerse distingiendo, el derecho al cargo y el derecho a la funciòn:cargo y el derecho a la funciòn:

d)d) El derecho al cargo, es la facultad que asiste a un funcionario El derecho al cargo, es la facultad que asiste a un funcionario pùblico para ejercer legalmente su empleo en tanto no medie una pùblico para ejercer legalmente su empleo en tanto no medie una causa legal de cesaciòn de funciones. ( Arts. 43 LOCBGAE y 89 causa legal de cesaciòn de funciones. ( Arts. 43 LOCBGAE y 89 del E.A.) ( Ver artìculos) Las causales de ceswaiòn en el cargo del E.A.) ( Ver artìculos) Las causales de ceswaiòn en el cargo estàn expresadas en el art. 146 del E.A. y entre los arts. 147 y estàn expresadas en el art. 146 del E.A. y entre los arts. 147 y 160 se ocupan de desarrollar cada una de ellas y sus efectos.160 se ocupan de desarrollar cada una de ellas y sus efectos.

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b) b) El derecho a la funciòn, se reconoce en art. 46 inc. 3º de El derecho a la funciòn, se reconoce en art. 46 inc. 3º de LOCBGAE, al señalar, que “ los funcionarios pùblicos sòlo podràn LOCBGAE, al señalar, que “ los funcionarios pùblicos sòlo podràn ser destinados a funciones propias del empleo para el cual han ser destinados a funciones propias del empleo para el cual han sido designados, dentro del òrgano o servicio correspondiente”.sido designados, dentro del òrgano o servicio correspondiente”.A su vez los arts. 73 y 75 del E.A. y dictamen Nº 17.440 de 1993 A su vez los arts. 73 y 75 del E.A. y dictamen Nº 17.440 de 1993 disponen “ segùn el E.A., a los funcionarios pùblicos no puede disponen “ segùn el E.A., a los funcionarios pùblicos no puede ordenarseles el desempeño de funciones que no sean propias del ordenarseles el desempeño de funciones que no sean propias del cargo que ejercen.cargo que ejercen.

Asì, las funciones propias del cargo rerivan del nombre del Asì, las funciones propias del cargo rerivan del nombre del empleo que se ocupa y consta en el decreto o resoluciòn de empleo que se ocupa y consta en el decreto o resoluciòn de nombramiento.nombramiento.El empleo se identifica por su denominaciòn y grado y corrsponde El empleo se identifica por su denominaciòn y grado y corrsponde a alguna de las 5 lìneas de especialidad contempladas en el art. a alguna de las 5 lìneas de especialidad contempladas en el art. 5º del E.A.5º del E.A.

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El derecho a la función admite modalidades de desempeño El derecho a la función admite modalidades de desempeño y una causal de alteración de dicha función.y una causal de alteración de dicha función.

Las modalidades de ejercicio son:Las modalidades de ejercicio son: la destinaciòn y el cometido funcionario la destinaciòn y el cometido funcionario

Destinaciòn, consiste en la determinaciòn del lugar fìsico de desempeño del Destinaciòn, consiste en la determinaciòn del lugar fìsico de desempeño del empleado; de acuerdo al dictamen Nº 32.794 de 1979, “ Es solo el empleado; de acuerdo al dictamen Nº 32.794 de 1979, “ Es solo el mecanismo jurìdico que contempla la ley para precisar el lugar fìsico en que mecanismo jurìdico que contempla la ley para precisar el lugar fìsico en que debe desempeñarse un cargo; esta se determina por el Jefe Superior del debe desempeñarse un cargo; esta se determina por el Jefe Superior del Servicio a travès de resoluciòn de destinaciòn, cuando importa deajr su Servicio a travès de resoluciòn de destinaciòn, cuando importa deajr su lugar de residencia habitual y trasladarse a otra localidad, origina una lugar de residencia habitual y trasladarse a otra localidad, origina una asignaciòn especial por cambio de residencia ( art. 67, 68 y 93 letra d)asignaciòn especial por cambio de residencia ( art. 67, 68 y 93 letra d)

Cometido Funcionario, es un encargo que se hace a un empleado para que Cometido Funcionario, es un encargo que se hace a un empleado para que realice una labor especìfica comprendida dentro de las funciones propias del realice una labor especìfica comprendida dentro de las funciones propias del cargo; consiste, segùn dictamen Nº 87.360 de 1965 en “ el cumplimiento cargo; consiste, segùn dictamen Nº 87.360 de 1965 en “ el cumplimiento de labores inherentes al cargo que se ocupa, sea que se realice dentro o de labores inherentes al cargo que se ocupa, sea que se realice dentro o fuera del servicio de que se tratefuera del servicio de que se trate

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Su causal de alteraciòn es: Su causal de alteraciòn es: La comisiòn de servicio.La comisiòn de servicio.

Comisiòn de sercicio, por definiciòn, permite alterar el ejercicio a la Comisiòn de sercicio, por definiciòn, permite alterar el ejercicio a la funciòn, siendo, “ el encargo que se hace a un funcionario para que funciòn, siendo, “ el encargo que se hace a un funcionario para que realice una labor especìfica, ajena a las funciones de su cargo, pero realice una labor especìfica, ajena a las funciones de su cargo, pero propia del serviocio y de sus conocimientos, sea en su servicio o en propia del serviocio y de sus conocimientos, sea en su servicio o en otro organismo de la Administraciòn.otro organismo de la Administraciòn.

Segùn dictamenes Nºs 68.344 de 1960 y 79.195 de 1968, señalan que Segùn dictamenes Nºs 68.344 de 1960 y 79.195 de 1968, señalan que las comisiones de servicios solo pueden ordenarse dentro de la las comisiones de servicios solo pueden ordenarse dentro de la administraciòn del Estado; no es procedente disponer la comisiòn administraciòn del Estado; no es procedente disponer la comisiòn para ser cumplida en una instituciòn particular aunque sea de para ser cumplida en una instituciòn particular aunque sea de utilidad pùblica y reciba subvenciones del Estado.utilidad pùblica y reciba subvenciones del Estado.

La comisiòn de servicios, sea en Chile o en el Extranjero,es ordenada La comisiòn de servicios, sea en Chile o en el Extranjero,es ordenada por el Jefe del Servicio y origina pasajes y viàticospor el Jefe del Servicio y origina pasajes y viàticos

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Sin perjuicio de lo anterior, los arts. 69 y 71 del E.A., se contradicen en Sin perjuicio de lo anterior, los arts. 69 y 71 del E.A., se contradicen en materioa de comisiones en el extranjero, ya que mientras el materioa de comisiones en el extranjero, ya que mientras el primero autoriza disponer estas comisiones al jefe superior del primero autoriza disponer estas comisiones al jefe superior del servicio, el segundo, dispone esta facultad al P. de la R.; la servicio, el segundo, dispone esta facultad al P. de la R.; la jurisprudencia a entendido que predomina este ultimo, por su jurisprudencia a entendido que predomina este ultimo, por su especificidad. ( Dictamen Nº 31.879 de 1989)especificidad. ( Dictamen Nº 31.879 de 1989)

Atendida la circunstancia que la comisiòn de servicio puede alterar el Atendida la circunstancia que la comisiòn de servicio puede alterar el derecho a la funciòn, el legislador estatutario ha impuesto 4 derecho a la funciòn, el legislador estatutario ha impuesto 4 restricciones a la autoridad adm. Para disponerlas:restricciones a la autoridad adm. Para disponerlas:

4.4. La comisiòn no puede significar el desempeño de funciones de inferior jerarquìa La comisiòn no puede significar el desempeño de funciones de inferior jerarquìa a las del cargo.a las del cargo.

5.5. No puede importar el desarrollo de funciones ajenas a los conocimientos del No puede importar el desarrollo de funciones ajenas a los conocimientos del funcionario.funcionario.

6.6. No puede significar el desempeño de funciones ajenas a la instituciòn, yNo puede significar el desempeño de funciones ajenas a la instituciòn, y7.7. No pueden durar mas de 3 meses en cada año calendario.No pueden durar mas de 3 meses en cada año calendario.

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Los derechos de naturaleza SocialLos derechos de naturaleza Social, señalados en los arts. 102 a 113, , señalados en los arts. 102 a 113, estàn constituìdos por: Los Feriados, Permisos y Licencias Mèdicas, estàn constituìdos por: Los Feriados, Permisos y Licencias Mèdicas, incluìda la licencia maternal.( Anàlisis por artìculo)incluìda la licencia maternal.( Anàlisis por artìculo)

Se entiende por Se entiende por feriadoferiado el descanso a que tiene derecho el el descanso a que tiene derecho el funcionario, con el goce de todas las remuneraciones durante el funcionario, con el goce de todas las remuneraciones durante el tiempo y las condiciones que se señalan en el pàraffo del E.A.tiempo y las condiciones que se señalan en el pàraffo del E.A.

Este serà de 15 dìas hàbiles y corresponderà a cada año calendario.Este serà de 15 dìas hàbiles y corresponderà a cada año calendario.

Se entiende por Se entiende por PermisoPermiso, la ausencia transitoria de la instituciòn por , la ausencia transitoria de la instituciòn por parte de un funcionario en los casos y condiciones que se indican en parte de un funcionario en los casos y condiciones que se indican en los arts. Pertinentes.los arts. Pertinentes.

Estos permisos seràn ahsta por 6 dìas en el año calendario, con goce Estos permisos seràn ahsta por 6 dìas en el año calendario, con goce de remuneraciones y podràn fraccionarse por dìas y emdios dìas.de remuneraciones y podràn fraccionarse por dìas y emdios dìas.

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Se entiende por Se entiende por licencia mèdicalicencia mèdica, el derecho que tiene el , el derecho que tiene el funcionario de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante funcionario de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado lapso, con el fin de atender al restablecimiento de un determinado lapso, con el fin de atender al restablecimiento de su salud, en cumplimiento de una prescripciòn profesional su salud, en cumplimiento de una prescripciòn profesional certificada por un mèdico cirujano…Durante su vigencia el certificada por un mèdico cirujano…Durante su vigencia el funcionario seguirà gozando del total de sus remuneraciones.( art. funcionario seguirà gozando del total de sus remuneraciones.( art. 111 E.A.)111 E.A.)

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Los derechos de naturaleza econòmicaLos derechos de naturaleza econòmica, señaldos en los arts. 91, 93 , señaldos en los arts. 91, 93 a 95, son los derechos a ocupar casa habitaciòn del servicio y a a 95, son los derechos a ocupar casa habitaciòn del servicio y a percibir remuneraciones: el sueldo base y las asignaciones. percibir remuneraciones: el sueldo base y las asignaciones. ( Analizar por artìculo)( Analizar por artìculo)

Asì el funcionario tendrà Asì el funcionario tendrà derecho a ocupar con su familia, derecho a ocupar con su familia, gratuiitamente la viviendagratuiitamente la vivienda que exista en el lugar en que funcione la que exista en el lugar en que funcione la instituciòn, cuando laa naturaleza de sus funciones sea la instituciòn, cuando laa naturaleza de sus funciones sea la mantenciòn o vigilancia permanente del recinto y estè obligado a mantenciòn o vigilancia permanente del recinto y estè obligado a vivir en el.vivir en el.

En caso que el funcionario no este obligado a habitar la casa habitaciòn En caso que el funcionario no este obligado a habitar la casa habitaciòn destinada al servicio, tendrà derechoa que le sea cedida y pagarà destinada al servicio, tendrà derechoa que le sea cedida y pagarà unarenta equivalente al 10% del sueldo asignado al cargo.unarenta equivalente al 10% del sueldo asignado al cargo.

Este derecho no corresponderà a aquel funcionario que sea èl o su Este derecho no corresponderà a aquel funcionario que sea èl o su cònyuge , propietario de una vivienda en la localidad en que presta cònyuge , propietario de una vivienda en la localidad en que presta sus servicios.sus servicios.

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Los funcionarios tendràn derecho a percibir por sus servicios las Los funcionarios tendràn derecho a percibir por sus servicios las remuneraciones y demàs asignaciones adicionales que establezca la remuneraciones y demàs asignaciones adicionales que establezca la ley, en forma regular y compelta.ley, en forma regular y compelta.

Estas se devengaràn desde el dìa en que el funcionario asuma el Estas se devengaràn desde el dìa en que el funcionario asuma el cargo y se pagaràn por mensualidades iguales y vencidascargo y se pagaràn por mensualidades iguales y vencidas

Estas son embargables hasta en un 50%, por resoluciòn judicial Estas son embargables hasta en un 50%, por resoluciòn judicial ejecutoriada en juicio de alimentos o a requerimiento del Fisco para ejecutoriada en juicio de alimentos o a requerimiento del Fisco para hacer efectiva la responsabilidad civilhacer efectiva la responsabilidad civil

No podrà anticiparse por causa algunaNo podrà anticiparse por causa alguna

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Los funcionarios tendrán derecho a percibir las siguientes Los funcionarios tendrán derecho a percibir las siguientes asignaciones:asignaciones:

Perdida de caja, que se concederà al funcionario que en razòn de su Perdida de caja, que se concederà al funcionario que en razòn de su cargo tenga manejo de dinero efectivo como funciòn principal, salvo cargo tenga manejo de dinero efectivo como funciòn principal, salvo un sistema de seguros contratado por la instituciòn.un sistema de seguros contratado por la instituciòn.

Movilizaciòn, al funcionario que por naturaleza de su cargo deba Movilizaciòn, al funcionario que por naturaleza de su cargo deba realizar visitas domiciliarias o labores inspectivas fuera de la oficina, realizar visitas domiciliarias o labores inspectivas fuera de la oficina, pero dentor de la misma ciudad.pero dentor de la misma ciudad.

Horas extraordinarias, se concederàn a quel funcionario que deba Horas extraordinarias, se concederàn a quel funcionario que deba realizar trabajos nocturnos o en dìas sàbados, domingo y festivos o realizar trabajos nocturnos o en dìas sàbados, domingo y festivos o a continuaciòn de la jornada de trabajo, siempre que no se hayan a continuaciòn de la jornada de trabajo, siempre que no se hayan compensado con descansos suplementarios.compensado con descansos suplementarios.

Cambio de residencia, que se concederá para asumir el cargo o Cambio de residencia, que se concederá para asumir el cargo o cumplir una destinaciòn, se vea obligado a cambiar su residencia cumplir una destinaciòn, se vea obligado a cambiar su residencia habitual, y al que una vez terminadas sus funciones vuelva al ligar habitual, y al que una vez terminadas sus funciones vuelva al ligar en que residìa antes de ser nombrado.en que residìa antes de ser nombrado.

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Los derechos de la seguridad socialLos derechos de la seguridad social, señalados en los artículos 114 a , señalados en los artículos 114 a 118, consisten en la percepciòn de la remuneraciòn mensual del 118, consisten en la percepciòn de la remuneraciòn mensual del empleado fallecido, por parte de las personas señaladas en el art. empleado fallecido, por parte de las personas señaladas en el art. 114; las prestaciones por accidentes en actos de servicios o por 114; las prestaciones por accidentes en actos de servicios o por enfermedades contraìdas como consecuencia o con ocasiòn de la enfermedades contraìdas como consecuencia o con ocasiòn de la funciòn, las asignaciones familiares y maternal.funciòn, las asignaciones familiares y maternal.

Los derechos de naturaleza gremial, en nuestro paìs esta Los derechos de naturaleza gremial, en nuestro paìs esta constituìdo por el derecho a asociarse que de antiguo se reconoce a constituìdo por el derecho a asociarse que de antiguo se reconoce a los empleados pùblicos, en defensa del ejercicio efectivo de los los empleados pùblicos, en defensa del ejercicio efectivo de los derechos que la ley le reconoce.( dictàmen Nª 82.373 de 1967, al derechos que la ley le reconoce.( dictàmen Nª 82.373 de 1967, al definir el onbejitvo de una asociaqciòn de funcionarios.definir el onbejitvo de una asociaqciòn de funcionarios.

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Los derechos de los funcionarios son exigibles y prescriptibles.Los derechos de los funcionarios son exigibles y prescriptibles.

Exigibles, en cuanto los empleados pùblicos se hallan titularizados para Exigibles, en cuanto los empleados pùblicos se hallan titularizados para obligar a la Administraciòn Pùblica a respetar el ejercicio de sus derechos obligar a la Administraciòn Pùblica a respetar el ejercicio de sus derechos funcionarios, tanto por vìa administrativa como judicial.funcionarios, tanto por vìa administrativa como judicial.

Prescriptibles, ello en atenciòn al dictàmen Nº 30.104 de 1980 que señala Prescriptibles, ello en atenciòn al dictàmen Nº 30.104 de 1980 que señala que es necesario precisar que en nuestro ordenamiento jurìdico sòlo son que es necesario precisar que en nuestro ordenamiento jurìdico sòlo son imprescriptibles los derechos que expresamente han sido declarados como imprescriptibles los derechos que expresamente han sido declarados como tales.tales.

Asì la prescipciòn esta tratada en los arts. 99, 157 y 161 del E.A., y segùn Asì la prescipciòn esta tratada en los arts. 99, 157 y 161 del E.A., y segùn estas reglas, el derecho “ al corbo de las asignaciones que estabelce el estas reglas, el derecho “ al corbo de las asignaciones que estabelce el artìculo anterior prescribirà en el plazo de 6 meses contado desde la fecha artìculo anterior prescribirà en el plazo de 6 meses contado desde la fecha en que se hicieron exigibles; la resp. Administrativa se extingue: d) Por la en que se hicieron exigibles; la resp. Administrativa se extingue: d) Por la prescripciòn de la acciòn disciplinaria; y “ Los derechos de los funcionarios prescripciòn de la acciòn disciplinaria; y “ Los derechos de los funcionarios consagrados en el E.A., prescribiràn en el plazo de 2 años contados desde consagrados en el E.A., prescribiràn en el plazo de 2 años contados desde la fecha en que se hicieron exigibles”.la fecha en que se hicieron exigibles”.

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b) b) En cuanto pasivos de obligaciones:En cuanto pasivos de obligaciones: Los empleados p+ublicos Los empleados p+ublicos ocupan la posiciòn de deber dentro de la relaciòn jurìdica y la ocupan la posiciòn de deber dentro de la relaciòn jurìdica y la Administraciòn la de poder, lo que obliga a aquellos a cumplir sus Administraciòn la de poder, lo que obliga a aquellos a cumplir sus deberes estatutarios y a las autoridades y jefaturas a exigir y deberes estatutarios y a las autoridades y jefaturas a exigir y velar por su cumplimiento.velar por su cumplimiento.

Estas obligaciones para con la administración, son Estas obligaciones para con la administración, son Obligaciones de Obligaciones de HacerHacer ( art. 61) o también llamados ( art. 61) o también llamados deberes positivosdeberes positivos ( las ( las principales son: ejercer personalmente el cargo y de cumplir la principales son: ejercer personalmente el cargo y de cumplir la jornada de trabajo y;jornada de trabajo y; Obligaciones de No HacerObligaciones de No Hacer; las segundas son constitutivas de ; las segundas son constitutivas de prohibiciones ( art. 84) y de incompatibilidades ( arts. 85 y s.s.)prohibiciones ( art. 84) y de incompatibilidades ( arts. 85 y s.s.)

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En la eventualidad de que se desatiendan las obligaciones funcionarias En la eventualidad de que se desatiendan las obligaciones funcionarias se incurre en una contravenciòn a los deberes estatutarios, se incurre en una contravenciòn a los deberes estatutarios, contravenciòn que segùn los arts. 46 inc.2º de LOCBGAE y el 119 contravenciòn que segùn los arts. 46 inc.2º de LOCBGAE y el 119 del E.A., puede dar lugar a anotaciones de demèrito en la hoja de del E.A., puede dar lugar a anotaciones de demèrito en la hoja de vida del contraventor o comprometer su responsabilidad vida del contraventor o comprometer su responsabilidad administrativa.administrativa.

Son anotaciones de demèrito ( art. 43) aquellas destinadas a dejar Son anotaciones de demèrito ( art. 43) aquellas destinadas a dejar constancia de cualquier acciòn u omisiòn del empleado que implique constancia de cualquier acciòn u omisiòn del empleado que implique una conducta o desempeño funcionario reprochable.una conducta o desempeño funcionario reprochable.

Los funcionarios incurriràn en responsabilidad administrativa ( art. Los funcionarios incurriràn en responsabilidad administrativa ( art. 119 inc. 2º), cuando la infracciòn a sus deberes y obligaciones 119 inc. 2º), cuando la infracciòn a sus deberes y obligaciones fueren susceptibles de la aplicaciòn de una medida disciplinaria, la fueren susceptibles de la aplicaciòn de una medida disciplinaria, la que deberà ser acreditada mediante investigaciòn sumaria o que deberà ser acreditada mediante investigaciòn sumaria o sumario administrativo.sumario administrativo.