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DERECHOS HUMANOS UNIDAD 5

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DERECHOS HUMANOSUNIDAD 5

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“Los Derechos Humanos son el conjunto de

prerrogativas inherentes a la naturaleza de la

persona, cuya realización efectiva resulta

indispensable para el desarrollo integral del

individuo que vive en una sociedad

jurídicamente organizada. Estos derechos,

establecidos en la Constitución y en las leyes,

deben ser reconocidos y garantizados por el

Estado.(http://www.cndh.org.mx/losdh/losdh.

htm)

DEFINICIÓN

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“Los derechos humanos son un

conjunto de facultades e instituciones

que, en cada momento histórico,

concretan las exigencias de la dignidad,

la libertad y la igualdad humanas, las

cuales deben ser reconocidas

positivamente por los ordenamientos

jurídicos en el ámbito nacional e

internacional". Perez Luño

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Son aquellas demandas de poder social

generadas por necesidades

fundamentales, cuya toma de

conciencia en cada momento histórico

por los individuos y grupos sociales

supone la pretensión de garantizarlos ya

sea por la vía institucional o bien a

través de medios extraordinarios.

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¿Cuál es el origen de los Derechos Humanos?

Para el iusnaturalismo el origen de los

derechos humanos se remonta a la

antigüedad y constituyen valores (derechos

naturales), mientras que, para el positivismo,

su origen es relativamente reciente y se

fundamentan en normas jurídicas (leyes).

ESTA IDEA NOS PLANTEA OTRA PREGUNTA

¿DE DÓNDE SURGE LA LEY?

1. LOS DERECHOS HUMANOS.

JUSTIFICACIÓN DE SU ORIGEN

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1.1. Teorías del derecho. Introducción

Todos conocemos la importancia de las leyes para la vida en sociedad. Ahora bien, sinos

preguntases por el origen de la ley posiblemente no sabríamos qué contestar. Otra

cuestión importante es la relación entre ley y justicia.

Para responden estos interrogantes tenemos que acudir a las teorías del derechos, y

podemos hablar de tres:

IUSNATURALISMO CONVENCIONALISMO POSITIVISMO

Existen derechos

naturales que son

previos al derecho. Los

tenemos por el mero

hecho de ser personas y

ninguna ley puede ser

contraria a estos

derechos ni vulnerarlos

Niega la existencia del

derecho natural. El

derecho y sus leyes

surgen del acuerdo

entre personas, y estas

pueden cambiarlas en

función de lo que

consideren justo

Defiende que no hay

más derecho que el que

se establece en las

leyes en un momento

dado. Toda ley es válida

por el simple hecho de

serlo, al margen de que

nos parezca justa o no.

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1.2. La ley como expresión de la naturaleza:

Iusnaturalismo

Muchos pensadores han defendido la existencia de ciertos derechos que son anteriores

a cualquier código de leyes. A estos derechos los llaman derechos naturales porque

pertenecen a nuestra naturaleza humana, es decir, nos pertenecen por ser personas y

con independencia de nuestro origen, sexo, nacionalidad o cualquier otra

característica.

Los derechos naturales son: la vida, la libertad, la seguridad, la prosperidad, la

resistencia a la tiranía.

Esto significa que las leyes deben basarse en el derecho natural para que puedan

considerarse legítimas. Así, por ejemplo, no se podría aceptar una ley que permitiese

la esclavitud porque sería contraria al derecho natural a la libertad.

El problema de este punto de vista es establecer cuales son los derechos naturales.

Parece claro que la vida, la libertad o la dignidad son adecuados, pero ¿y el derecho a

la propiedad?¿y el de vivir en democracia? ¿Son también naturales o más bien los

tenemos porque alguien nos los garantiza?

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1.3. La ley como resultado del acuerdo:

Convencionalismo

No todos aceptan la existencia del derecho natural. Para

algunos, las leyes son solo convenciones acordadas entre todos

para regular la convivencia. Así pues, el convencionalismo

entiende que las leyes pueden cambiar para adaptarse a lo que

en cada momento la mayoría de los ciudadanos considere

justo.

En España, por ejemplo, el divorcio fue ilegal hasta que se

promulgó la ley del divorcio en 1981 respondiendo a una

demanda de la mayoría de la sociedad.

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1.4. La ley es la ley:

Positivismo jurídico

No existe más derecho que aquel que se recoge en las leyes establecidas por el

Estado en un momento dado. Así pues carece de sentido hablar de derechos

naturales ya que todo derecho lo es en la medida en que esté reconocido por la ley.

Si tenemos derecho a la libertad, al trabajo o a la educación es única y

exclusivamente porque las leyes así lo reconocen.

Según Hans Kelsen, uno de los principales defensores del positivismo jurídico, no se

debe confundir derecho con justicia. Esta corresponde al terreno moral y, por tanto,

puede variar de una persona a otra. Sin embargo, la ye debe ser la misma para todos

y lo único que debemos tener en cuenta es su validez y su eficacia.

El problema del positivismo jurídico es que, al desvincular el derecho de la moral,

posibilita la existencia de leyes injustas. Del mismo modo, al negar que hay un

derecho natural, impide que podamos hablar de derechos humanos universales

previos e independientes de las leyes positivas

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Actividad 1.

Completa el siguiente cuadro en tu cuaderno para establecer las diferencias

entre las distintas teorías del derecho.

¿Podría ser legal… Iusnaturalismo Convencionalismo Positivismo jurídico

la eutanasia? No, porque atenta

contra el derecho

natural a la vida

Si, siempre que la

mayoría esté de

acuerdo

Si. Porque hay países

como Holanda, donde

la eutanasia es legal.

la tortura?

derrocar a un tirano o

dictador?

la supresión de la

propiedad privada?

obligar a las mujeres a

que cubran su rostro

en lugares públicos?

Actividad 2. A lo largo de la historia han existido muchas leyes claramente injustas y rechazables,

pero se han aplicado precisamente por el hecho de ser ley. Investiga y busca algún ejemplo en que

se de esta circunstancias

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2. ORIGEN DE LOS DERECHOS HUMANOS ACTUALES

Los derechos humanos no son algo reciente, sino

el resultado de una larga lucha por el

reconocimiento de la dignidad humana que

comenzó hace miles de años y que continua en la

actualidad.

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2.1. Antecedentes históricos

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2.2. Antecedentes inmediatos

Los derechos humanos actuales tienen su origen en la necesidad de poner fin a la

barbarie del siglo XX que causó millones de muertos. Surgieron en el seno de las

Naciones Unidas con el fin de promover la paz, la seguridad y la convivencia entre

todos.

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3. LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS

DERECHOS HUMANOS (1948)

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3.1. Clasificación de los Derechos Humanos

Los derechos fundamentales se pueden

clasificar según el momento histórico en

que surgieron. Se habla así de tres

generaciones de derechos que se han ido

sucediendo a lo largo del tiempo.

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Derechos de Primera Generación (S. XVIII)

Derechos civiles y políticos

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Derechos de Segunda Generación (S. XIX)

Derechos económicos, sociales y culturales.

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Derechos de Tercera Generación (S. XX)

Derechos colectivos: paz, desarrollo, medioambienteLos Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de

Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como

el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.

Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos•Derecho a la autodeterminación

•Derecho a la independencia económica y política

•Derecho a la identidad nacional y cultural

•Derecho a la paz

•Derecho a la coexistencia pacífica

•Derecho a el entendimiento y confianza

•La cooperación internacional y regional

•La justicia internacional

•El uso de los avances de las ciencias y la tecnología

•La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos

•El medio ambiente

•El patrimonio común de la humanidad

•El desarrollo que permita una vida digna

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3.2. Características de los Derechos Humanos

Eternos: Porque siempre pertenecerán al hombre como individuo de la especie

humana. Es tarea de toda persona luchar para su total reconocimiento y

respeto.

Supratemporales: Porque siempre están por encima del tiempo, por lo tanto,

del Estado mismo.

Universales: Porque son para todos los hombres de la tierra.

Progresivos: Porque concretan las exigencias de la dignidad de la persona

humana en cada momento histórico.

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LOS DERECHOS HUMANOS PROTEGEN

La vida

La libertad

La igualdad

La seguridad

La integridad

La dignidad

El medio ambiente

La paz, etc.

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Actividad 3. ¿Qué significa que los derechos humanos son universales e

inalienables?

Actividad 4. Explica cómo se clasifican los derechos humanos según su momento

histórico y pon ejemplos de cada uno de ellos.

Actividad 5. Determina a qué artículo hacer referencia y a que tipo de derechos

pertenecen los siguientes:

a. Derecho a una vivienda digna

b. Derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial

c. Derecho a vivir en un entorno saludable y no contaminado

d. Derecho a la educación básica y gratuita

e. Derecho a expresar libremente la opinión

f. Derecho a no ser objeto de trataos humillantes

g. Derecho a votar en elecciones libres y periódicas

h. Derecho al matrimonio libre y sin coacciones.

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3.3.Estructura de los Derechos Humanos

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS

HUMANOS

PREÁMBULO ARTÍCULADO

La dignidad como

fundamento de los

derechos

Derechos

civiles y

políticos

Derechos

económicos y

sociales

Derechos de

solidaridad

Ej. Derecho al voto Ej. Derecho al trabajo Ej. Derecho a vivir en paz

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Declaración Universal

de los Derechos Humanos

Naciones Unidas, 1948

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Preámbulo

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad

intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie

ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el

advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de

palabra y de la libertad de creencias;Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fín de que el

hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta, su fe en los derechos

fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y

mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto

más amplio de libertad;Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de

las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre; yConsiderando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno

cumplimiento de dicho compromiso;

LA ASAMBLEA GENERAL

Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y

naciones deben esforzarse, a fín de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en

ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por

medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto

entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 1

Nacemos libres e iguales

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 2

Tenemos los mismos derechos

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades

proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de

raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de

cualquier otra índole, origen nacional o social, posición

económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la

condición política, jurídica o internacional del país o

territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si

se trata de un país independiente, como de un territorio

bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a

cualquier otra limitación de soberania.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 3

Tenemos derecho a la vida

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la

seguridad de su persona.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 4

La esclavitud está prohibida

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 5

No se puede torturar jamás

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles inhumanos o degradantes.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 6

Tenemos personalidad jurídica

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al

reconocimiento de su personalidad jurídica.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 7

Somos iguales ante la ley

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración contra toda provocación a tal discriminación.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 8

Podemos recurrir a los tribunales

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los

tribunales nacionales competentes, que la ampare contra

actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos

por la constitución o por la ley.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 9

No a las detenciones arbitrarias

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni

desterrado.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 10

Juicios justos e imparciales

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena

igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un

tribunal independiente e imparcial, para la determinación de

sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier

acusación contra ella en material penal.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 11

Presunción de inocencia

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se

presuma su inocencia mientras no se pruebe su

culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que

se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para

su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el

momento de cometerse no fueron delictivos según el

Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá

pena más grave que la aplicable en el momento de la

comisión del delito.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 12

Respeto a la vida privada

Nadie será objeto de ingerencias arbitrarias en su vida

privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de

ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene

derecho a la protección de la ley contra tales ingerencias o

ataques.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 13

Libertad de circulación y residencia

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a

elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país,

incluso del propio, y a regresar a su país.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 14

Derecho a buscar asilo

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a

buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción

judicial realmente originada por delitos comunes o por

actos opuestos a los propósitos y principios de las

Naciones Unidas.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 15

Derecho a la nacionalidad

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni

del derecho a cambiar de nacionalidad.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 16

Derecho al matrimonio y al divorcio

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil,

tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza,

nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y

disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio,

durante el matrimonio y en caso de disolución del

matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros

esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y

fundamental de la sociedad y tiene

derecho a la protección de la

sociedad y del Estado.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 17

Derecho a la propiedad

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y

colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 18

Libertad de pensamiento

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento,

de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad

de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad

de manifestar su religión o su creencia, individual y

colectivamente, tanto en público como en privado, por la

ensenanza, la práctica, el culto y la observancia.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 19

Libertad de expresión

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de

expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a

causa de sus opiniones, el de investigar y recibir

informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación

de fronteras, por cualquier medio de expresión.

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Artículo 20

Libertad de reunión

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de

asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 21

Participación en la vida política

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno

de su país, directamente o por medio de representantes

libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones

de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del

poder público; esta voluntad se expresará mediante

elecciones auténticas que habrán de celebrarse

periódicamente, por sufragio universal e igual y

por voto secreto u otro procedimiento equiva-

lente que garantice la libertad del voto.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 22

Derechos económicos, sociales y culturales

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho

a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo

nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la

organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción

de los derechos económicos, sociales y culturales,

indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su

personalidad.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 23

Derecho al trabajo

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección

de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de

trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a

igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una

remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así

como a su familia, una existencia conforme a la dignidad

humana y que será completada, en caso necesario, por

cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar

sindicatos y a sindicarse para la

defensa de sus intereses.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 24

Derecho al descanso

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del

tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del

trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 25

Derecho a un nivel de vida digno

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado

que le asegure, así como a su familia, la salud y el

bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la

vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales

necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso

de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros

casos de pérdida de sus medios de subsistencia por

circunstancias independientes a su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y

asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de

matrimonio o fuera de matrimonio,

tienen derecho a igual

protección social.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 26

Derecho a la educación

1. Toda pesona tiene derecho a la educación. La educación debe ser

gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y

fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción

técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los

estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos

respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la

personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos

humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la

comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y

todos los grupos étnicos y religiosos; y promoverá el desarrollo de las

actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferentemente a escoger el tipo de

educación que habrá de darse a sus hijos.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 27

Derecho a la cultura

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en

la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a

participar en el progreso científico y en los beneficios que

de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los

intereses morales y materiales que le correspondan por

razón de las producciones científicas, literarias o artísticas

de que sea autora.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 28

Derecho a un orden social justo

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden

social e internacional en el que los derechos y libertades

proclamados por esta Declaración se hagan plenamente

efectivos.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 29

Derechos y deberes

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad,

puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y

plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus

derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona

estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por

la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el

respeto de los derechos y libertades de los demás, y de

satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden

público y del bienestar general en una sociedad

democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán, en

ningún caso, ser ejercidos en oposición

a los propósitos y principios

de las Naciones Unidas.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Artículo 30

Prohibido suprimir derechos

Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el

sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un

grupo o a una persona, para emprender y desarrollar

actividades o realizar actos tendentes a la supresión de

cualquiera de los derechos y libertades proclamados en

esta Declaración.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos

Presentación hecha per:

Amnistia Internacional CatalunyaGrup d'Educació

www.ai-cat.org/educadors

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4. LA VALIDEZ DE LOS DERECHOS HUMANOS

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4.1. Críticas frecuentes

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4.2. Objeciones a las críticas

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4.3. Perspectivas de futuro

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5. INCUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS

HUMANOS

A pesar de haberse promulgado la Declaración Universal

de Derechos Humanos hace mas de 60 años, estos siguen

siendo vulnerados actualmente en muchos lugares del

mundo.

¿Es que son ideales inalcanzables?

¿No se ponen los medios necesarios para conseguirlo?

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5.1. Retos pendientes.-

- Desigualdad de la mujer frente al hombre en distintos ámbitos de la vida

pública y privada.

- Fanatismo e intolerancia religiosa, que causan guerras y actos de

terrorismo, deportaciones forzosas y huidas de países de origen.

- Xenofobia, racismo u otras formas de exclusión social. Muchas personas

son discriminadas por pertenecer a un colectivo minoritario o por

defender creencias distintas a las de la mayoría.

- No cumplimiento de los derechos sociales y económicos mínimos,

provocando la existencia de altas tasas de analfabetismo, pobreza y falta

de acceso a los recursos básicos en muchas regiones de África, Asia o

América Latina.

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5.2. Objetivos del milenio.-

Un ejemplo del incumplimiento de los derechos humanos son los llamados Objetivos del

Milenio, que se aprobaron en el año 2000 con el objetivo de erradicar la pobreza

extrema, reducir drásticamente el analfabetismo y mejorar las condiciones de salud de

mujeres y niños en un plazo de quince años.

¿Se han cumplido?

Aunque se ha mejorado en

algunas cosas, otros están

muy lejos de cumplirse.

Por eso la ONU han creado

los Objetivos de Desarrollo

Sostenible para continuar

mejorando las condiciones

de vida.

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Actividad 6.

¿Es una utopía el que no se cumplan los Derechos Humanos en todo el mundo?

Justifica tu respuesta.

Actividad 7.

Elige uno de los Objetivos del Milenio elaborado en el 2000 y explica en qué consistía.

Actividad 8.

¿Qué son los Objetivos de Desarrollo Sostenible?

Actividad 9. Explica este aforismo:

Negar a la gente sus derechos humanos es desafiar su propia

humanidad

(Nelson Mandela)

Actividad 10. Relaciona cada una de las siguientes imágenes con uno de los derechos

humanos y explica por qué está siendo vulnerado.

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6. ORGANISMOS ENCARGADOS DE VELAR

POR SU CUMPLIMIENTO

Existen muchas organizaciones y personas que intentan difundir estos derechos para que

se conozcan y se respeten en el mundo entero.

Gobiernos e instituciones internacionales.-

Nuestros derechos están protegidos por la ley (Constitución española) y si no se cumple

se puede reclamar a tribunales nacionales o ante el Tribunal Europeo de Derechos

Humanos.

Las Naciones Unidas deber velar por el cumplimiento de estos derechos con la creación

de tratados internacionales y que favorezcan su inclusión en las constituciones

nacionales.

Hay organizaciones internacionales necesarias pero son criticadas por la lentitud en sus

acciones, lo que le resta eficacia. Ejemplos que puede que conozcas son UNICEF,

UNESCO, FAO, ACNUR

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Organizaciones no gubernamentales (ONG)

Actúan en distintos campos en defensa de los Derechos Humanos

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Actividad 11. Explica este aforismo

Puedes encarcelar a un hombre, pero no una idea. Puedes exiliar a

un hombre, pero no una idea. Puedes matar a un hombre, pero no

una idea.(Benazir Bhutto)

Actividad 12. ¿De qué se encarga…? UNICEF, UNESCO, FAO, ACNUR

Actividad 13.

Amnistía Internacional es una de las ONG más activas en los últimos años. ¿Cuál es su campo

de acción? Ejemplifica alguna de sus actuaciones.

Actividad 14.

Elige alguna otra ONG y busca información sobre ella. Investiga su origen, a qué se dedican y

su ámbito geográfico.

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ACTIVIDAD 15.

TRABAJO SOBRE LOS DERECHOS

HUMANOS. EXPOSIÓN EN GRUPO.

(LA ACTIVIDAD SE EXPLICARÁ EN CLASE)