derechos afiliados eps colombia 2015

52
A53-CM V4.7-2015 CARTA DE DERECHOS del afiliado y del paciente y Carta de desempeño

Upload: julian-rojas

Post on 20-Nov-2015

16 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Encuentre todos los derechos que tenemos el publico en general sea beneficiario o cotizante ante las eps, conozcamos las leyes para poder exigir

TRANSCRIPT

  • A53-

    CM V

    4.7-

    2015CARTA DE DERECHOS

    del afiliado y del pacientey Carta de desempeo

  • 3

    Apreciado Protegido:

    En nombre de todo el equipo humano de Salud Total EPS le damos una clida y afectuosa bienvenida a usted y a su familia.

    Queremos agradecerle por depositar su confianza en nosotros, y por permitirnos poner a su servicio una amplia y moderna infraestructura, as como el conocimiento y experiencia de nuestro personal asistencial y administrativo a nivel nacional.

    La esencia de nuestro trabajo es lograr que nuestros protegidos disfruten de una vida plena a travs de la implementacin de conductas saludables. Para ello, hemos fortalecido el modelo de atencin y somos fieles a la poltica de mejoramiento continuo, con lo cual estudiamos de manera permanente, los riesgos en salud de nuestros afiliados y les brindamos un servicio integral enfocado en la prevencin.

    A continuacin encontrar la carta de derechos del afiliado y del paciente y carta de desempeo, una importante herramienta de consulta que le permitir conocer sus derechos y deberes contemplados en el plan de beneficios, la infraestructura con la que contamos para brindarle la mejor atencin, la red contratada y mecanismos de acceso al servicio, lo estipulado en la normatividad vigente, y por supuesto, los canales de comunicacin con los que puede hacernos llegar sus comentarios y sugerencias para ser mejores cada da. Con esta informacin que le brindamos estamos dando cumplimiento al derecho a la libre eleccin.

    En Salud Total EPS trabajamos bajo la premisa de ser el mejor aliado de su salud. Permtanos acompaarlo, a usted y su familia, en el logro de sus ideales.

    Cordialmente,

    SALUD TOTAL EPSEntidad Promotora de SaludRgimen Contributivo

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO4

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    NDICE ..................................................................................................................................................................................... PG.

    I. GLOSARIO ............................................................................................................................................................ 6 A. Siglas ............................................................................................................................................................................... 6 B. Carta de derechos del afiliado y del paciente ...................................................................................................................... 6 C. Promocin de la salud ....................................................................................................................................................... 6 D. Prevencin de la enfermedad ............................................................................................................................................ 6 E. Demanda inducida ............................................................................................................................................................ 7 F. Tratamientos de alto costo ................................................................................................................................................ 7 G. Procedimientos menores ................................................................................................................................................... 7 H. Hospitalizacin de menor complejidad ............................................................................................................................. 7 I. Qu es el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)? ................................................................................... 7 J. Qu es el Plan Obligatorio de Salud (POS)?...................................................................................................................... 8 K. Qu es una Entidad Promotora de Salud (EPS)? ............................................................................................................... 8 L. Gestin del riesgo en salud ............................................................................................................................................... 8 M. Modelo de atencin .......................................................................................................................................................... 8 N. Quin es un afiliado?....................................................................................................................................................... 9 O. Quines se deben afiliar a una EPS? .............................................................................................................................. 10 P. Qu documentos se requieren para afiliarse a Salud Total EPS? ...................................................................................... 10 Q. Documentos a presentar segn parentesco....................................................................................................................... 11 R. Qu es una unidad de pago por capitacin adicional (UPC adicional)?............................................................................. 12 S. Valores UPC adicional ..................................................................................................................................................... 12 T. Sanciones por omitir informacin .................................................................................................................................... 13 U. Actualizacin permanente de sus datos............................................................................................................................ 13 V. Licencias e incapacidades por enfermedad general ........................................................................................................... 13 Incapacidades por enfermedad general ........................................................................................................................... 13 Cunto y por cuntos das debe pagar la EPS por una incapacidad? .................................................................................13 W. Licencias..........................................................................................................................................................................14 Licencia por Maternidad .................................................................................................................................................. 14 Licencia por Adopcin ..................................................................................................................................................... 14 Licencia por Aborto o Mortinato ....................................................................................................................................... 14 Licencia por Paternidad Ley Mara (Ley 755 de 2002) .................................................................................................. 14 X. Cmo se tramitan las incapacidades o licencias? ............................................................................................................ 14

    II. PLAN DE BENEFICIOS .................................................................................................................................16 Servicios POS ........................................................................................................................................................................16 Acceso a servicios no incluidos en el POS................................................................................................................................16

    III. EXCLUSIONES Y LIMITACIONES DEL PLAN DE BENEFICIOS .................................17

    IV. SERVICIOS DE PROTECCIN ESPECFICA, DETECCIN TEMPRANA Y DEMANDA INDUCIDA ............................................................................................................................19

    Programa de crecimiento y desarrollo .................................................................................................................................... 20 Programa ampliado de inmunizaciones ................................................................................................................................. 20 Programa de joven ............................................................................................................................................................... 22 Programa del adulto ............................................................................................................................................................. 22 Programa de control prenatal ............................................................................................................................................... 22 Programa de deteccin temprana de cncer de cuello uterino ..................................................................................................24 Programa de prevencin de cncer de cuello de seno ..............................................................................................................24 Programa de riesgo cardiovascular .........................................................................................................................................24

    V. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO FRENTE A SU SALUD .........................................24

    VI. DERECHOS DE LOS AFILIADOS Y LOS PACIENTES .......................................................... 25VII. DEBERES DE LOS AFILIADOS, PACIENTES Y BENEFICIARIOS ...............................27

  • 5

    VIII. PERODOS DE CARENCIA ....................................................................................................................... 28

    IX. PAGOS MODERADORES .......................................................................................................................... 28 Cuota moderadora............................................................................................................................................................... 28 Copagos .............................................................................................................................................................................. 29 Cundo se debe pagar el Copago? ....................................................................................................................................... 29 Cunto se debe pagar? ....................................................................................................................................................... 29 Excepciones ......................................................................................................................................................................... 30

    X. MECANISMOS DE ACCESO A SERVICIOS ................................................................................. 31 Solicitud de citas en IPS externas y en otros municipios ......................................................................................................... 31 Inasistencia a citas ............................................................................................................................................................... 31 Manejo pedaggico .............................................................................................................................................................. 32 Acceso a los servicios de salud que Salud Total EPS le brinda a sus protegidos ........................................................................ 32 Qu tan urgente es su urgencia? ......................................................................................................................................... 34

    XI. RED DE PRESTACIN DE SERVICIOS Y DE URGENCIAS ............................................ 36 Red de prestadores ............................................................................................................................................................... 36

    XII. TRANSPORTE Y ESTADA .......................................................................................................................... 36

    XIII. CONDICIONES PARA LA VERIFICACIN DE DERECHOS ......................................... 36

    XIV. CANALES DE CONTACTO CON EL PROTEGIDO ........................................................ 37 Pgina Web ..........................................................................................................................................................................37 Atencin Telefnica - Lnea Total ............................................................................................................................................37 Puntos de atencin al usuario (PAU) ..................................................................................................................................... 38

    XV. LIBRE ELECCIN ............................................................................................................................................... 39

    XVI. PARTICIPACIN SOCIAL........................................................................................................................... 40

    XVII. SOLUCIN DE CONFLICTOS ................................................................................................................. 40

    XVIII. INSPECCIN, VIGILANCIA Y CONTROL ....................................................................................41 Superintendencia Nacional de Salud ......................................................................................................................................41 Direcciones seccionales y locales de salud (Secretaras de salud) ........................................................................................... 42 Procuradura General de la Nacin ........................................................................................................................................ 42 Defensora del Pueblo ......................................................................................................................................................... 42 Personeras municipales ....................................................................................................................................................... 42

    XIX. APORTES A SALUD ......................................................................................................................................... 43 Tipos de cotizante ................................................................................................................................................................ 44 Tipos de planilla ....................................................................................................................................................................45 Fechas lmite de pagos ..........................................................................................................................................................45 Aportantes con 200 o ms cotizantes .................................................................................................................................... 46 Aportantes de menos de 200 cotizantes ................................................................................................................................ 46 Trabajadores independientes ............................................................................................................................................... 46 Trmite de recaudo de aportes ...............................................................................................................................................47 Devolucin de aportes ...........................................................................................................................................................47 Gestin de cartera ................................................................................................................................................................ 48

    CARTA DE DESEMPEO SALUD TOTAL EPS .......................................................................... 48 Indicadores de calidad ...........................................................................................................................................................49

  • 6

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE RGIMEN CONTRIBUTIVO

    En este documento usted encontrar una completa orientacin de los aspectos ms importantes del Plan Obligatorio de Salud (POS) para el Rgimen Contributivo, as como los Derechos y Deberes de los afiliados.

    GLOSARIO

    Con el objetivo de facilitar la lectura y entendimiento de la Carta de Derechos del Afiliado y del Paciente se presentan las siglas y definiciones ms comunes que encontrar a lo largo del presente documento.

    A. SIGLAS

    ARL Administradora de Riesgos LaboralesEPS Entidad Promotora de SaludIPS Institucin Prestadora de Servicios de SaludPAU Punto de Atencin al UsuarioPOS Plan Obligatorio de SaludSGSSS Sistema General de Seguridad Social en SaludSMMLV Salario Mnimo Mensual Legal VigenteSMDLV Salario Mnimo Diario Legal VigenteSOAT Seguro Obligatorio de Accidentes de TrnsitoUPC Unidad de Pago por CapitacinATEL Accidente de Trabajo y/o Enfermedad LaboralUAB Unidad de Atencin BsicaUUBC Unidad de Urgencias de Baja Complejidad

    B. CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE

    Es el documento que le permite a los afiliados contar con informacin sobre los servicios a los que tienen derecho de acuerdo con el Plan de Beneficios, la red de prestacin de servicios, los mecanismos y procedimientos para acceder a los servicios, las entidades que prestan ayuda para exigir el cumplimiento de los derechos que ostenta como afiliado y como paciente, acorde con los linea-mientos establecidos por el Ministerio de Salud y Proteccin Social.

    C. PROMOCIN DE LA SALUD

    Toda actividad de informacin, educacin, capacitacin y comunicacin a los afiliados de todo grupo de edad y gnero, de manera preferencial a la poblacin infantil y adolescente, poblacin de mujeres gestantes y lactantes, la poblacin en edad reproductiva y el adulto mayor, para fomento de factores protectores, la induccin a estilos de vida saludables y para control de enfermedades crnicas no transmisibles.

    D. PREVENCIN DE LA ENFERMEDAD

    Son las acciones que se realizan para detectar tempranamente los factores de riesgo y para proteger especficamente frente algunas enfermedades, por ejemplo:

    Proteccin especfica: Vacunacin segn esquema del Programa Ampliado de Inmunizaciones Atencin preventiva en salud bucal Atencin del parto Atencin al recin nacido Atencin en planificacin familiar a hombres y mujeres

  • 7Actividades, procedimientos e intervenciones para deteccin temprana: Alteraciones del crecimiento y desarrollo (menores de 10 aos) Alteraciones del desarrollo del joven (10 - 29 aos) Alteraciones del embarazo Alteraciones en el adulto (>45 aos) Cncer de cuello uterino Cncer de seno Alteraciones de la agudeza visual

    Lo anterior segn el Acuerdo 117 de 1998.

    E. DEMANDA INDUCIDA

    Hace referencia a la accin de organizar, incentivar y orientar a la poblacin hacia la utilizacin de los servicios de proteccin especfica y deteccin temprana y la adhesin a los programas de control (Acuerdo 117 de 1998).

    F. TRATAMIENTOS DE ALTO COSTO

    El Plan Obligatorio de Salud brinda cobertura a los tratamientos utilizados en el manejo de enfermedades ruinosas o catastrficas (las cuales representan una alta complejidad tcnica en su manejo, alto costo). Dichos tratamientos son:

    1. Trasplante renal, de corazn, de hgado, de mdula sea y de crnea 2. Dilisis peritoneal y hemodilisis 3. Manejo quirrgico para enfermedades del corazn4. Manejo quirrgico para enfermedades del sistema nervioso central 5. Reemplazos articulares 6. Manejo mdico-quirrgico del gran quemado 7. Manejo del trauma mayor 8. Diagnstico y manejo del paciente infectado por VIH 9. Quimioterapia y radioterapia para el cncer 10. Manejo de pacientes en Unidad de Cuidados Intensivos 11. Manejo quirrgico de enfermedades congnitas

    Los tratamientos descritos no tienen cobro de Cuota Moderadora y Copago.

    G. PROCEDIMIENTOS MENORES

    Son servicios de baja complejidad tcnica en su realizacin que requieren de una sala especial atendida por personal entrenado, por ejemplo: curaciones, nebulizaciones, inyectologa, retiro de puntos, lavado de odos, entre otros.

    H. HOSPITALIZACIN DE MENOR COMPLEJIDAD

    Es el ingreso a una institucin para recibir tratamiento mdico y/o quirrgico y que incluye los recursos bsicos fsicos, humanos y de equipamiento disponibles y que requiere para la atencin de un paciente durante un periodo mnimo de 24 horas.

    I. QU ES EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (SGSSS)?

    El Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) es el conjunto de instituciones y procedimientos mediante los cuales el Estado garantiza la prestacin de servicios de salud a los colombianos de acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993 y sus modificaciones contenidas en la Ley 1122 de 2007, Ley 1438 de 2011 y dems normas que las modifiquen.

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO8

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    J. QU ES EL PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (POS)?

    Es el conjunto de tecnologas en salud a las que tiene derecho, en caso de necesitarlo, todo afiliado al Rgimen Contributivo de Salud y cuya prestacin debe ser garantizada por las Entidades Promotoras de Salud.

    K. QU ES UNA ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD (EPS)?

    Las Entidades Promotoras de Salud en cada rgimen son las responsables de cumplir con las funciones indelegables del asegura-miento, entendido ste como la administracin del riesgo financiero, la gestin del riesgo en salud, la articulacin de los servicios que garanticen el acceso efectivo, la garanta de la calidad en la prestacin de los servicios de salud y la representacin del afiliado ante el prestador y los dems actores sin perjuicio de la autonoma del usuario. Lo anterior exige que el asegurador asuma el riesgo transferido por el usuario y cumpla con las obligaciones establecidas en los Planes Obligatorios de Salud.

    L. GESTIN DEL RIESGO EN SALUD

    La gestin del riesgo en salud se define como un proceso dinmico de identificacin, anlisis y respuesta a las condiciones de salud de una poblacin, en el que se plantean soluciones a partir del abordaje causal de los riesgos en salud, con el objeto de intervenirlas oportunamente, modificarlas y evitar que ocurran desenlaces adversos, as como minimizar sus consecuencias y buscar la mejora de la calidad de vida.Se entiende por riesgo en salud la probabilidad de ocurrencia de una enfermedad, o sus consecuencias, en un individuo o poblacin durante un periodo determinado.El abordaje de la gestin de riesgo desde la perspectiva de SALUD TOTAL EPS corresponde a buscar y evitar la ocurrencia de las condiciones prevenibles en salud y responder adecuadamente a todo aquello que requiere atencin.

    M. MODELO DE ATENCIN

    Bajo las definiciones anteriores Salud Total dise un Modelo de Atencin llamado Gente + Vital, el cual se constituye como la carta de navegacin que integra todos los componentes de la compaa alrededor del mejoramiento continuo de la atencin en salud de nuestros protegidos. Dentro de este modelo general de atencin, se encuentra el Modelo de Gestin del Riesgo en Salud, que incluye los siguientes componentes: 1. Apropiacin de Referentes. Consiste en la definicin del marco lgico del problema y en la definicin de las mejores prcticas con base en la evidencia

    cientfica - Medicina Basada en la Evidencia (MBE) y en la normatividad vigente.

    2. Caracterizacin de la Poblacin. Hace referencia a la identificacin y reconocimiento de la poblacin con unas caractersticas en comn en un momento

    determinado, con el fin de definir los niveles de riesgo y determinar su direccionamiento respecto a los programas de atencin y la prestacin de los servicios de salud.

    3. Estructuracin y Adecuacin de la Red. Hace referencia a la serie de procesos necesarios para definir, gestionar y garantizar la red de instituciones prestadoras de

    servicios de salud a la poblacin afiliada de acuerdo a los aspectos identificados durante su caracterizacin.

    4. Captacin e induccin a la demanda. Hace referencia a la bsqueda, identificacin y captacin de usuarios con caractersticas especficas que cumplen criterios de

    ingreso a determinados programas, incluso en poblacin sana como se describen ms adelante.

    5. Gestin de la demanda y aseguramiento. Hace referencia a un modelo autorizador con enfoque de riesgo y establecimiento de las estrategias especficas de gestin,

    que incluyen el uso de los recursos intelectuales, humanos, tecnolgicos y organizativos para el mejor cuidado de la poblacin afiliada.

    6. Vigilancia La vigilancia hace referencia al ejercicio de verificar el funcionamiento de las estrategias definidas para cada riesgo con el fin de

    ejercer control sobre el mismo, identificar fallos y oportunidades de mejora y realizar planes de mejoramiento, siempre basados en el comportamiento de los indicadores de salud de los protegidos.

  • 9

    N. QUIN ES UN AFILIADO?

    Es la persona que se encuentra inscrita en una Entidad Promotora de Salud (EPS) y tiene derecho a recibir los servicios contempla-dos en el POS de acuerdo a sus necesidades en salud y al cumplimiento de las condiciones administrativas establecidas. En Salud Total EPS los afiliados son llamados Protegidos porque es lo que deseamos hacer desde que llegan a nuestra entidad, proteger su salud y la de su familia. Se puede estar afiliado bajo alguna de las siguientes modalidades:

    a. Cotizante

    Es el afiliado vinculado mediante un contrato laboral, pensionado o que cuenta con capacidad de pago para realizar sus aportes en calidad de independiente.

    b. Beneficiario Es la persona que no cumple con las condiciones para ser Cotizante, pero tiene derecho a los servicios contemplados en el

    POS por pertenecer al grupo familiar del Cotizante de quien depende econmicamente.

    c. Beneficiario Adicional Son otros miembros dependientes econmicamente del cotizante, diferentes del grupo familiar bsico hasta tercer

    grado de consanguinidad y que se afilian pagando un aporte adicional (Unidad de Pago por Capitacin - UPC Adicional). Tambin lo constituyen los menores de 12 aos sin parentesco, que dependen econmicamente del cotizante.

    Cobertura Familiar: Se refiere a los beneficiarios que pueden hacer parte del grupo familiar del cotizante afiliado a la EPS. Para estos

    efectos, sern beneficiarios del Sistema el (o la) cnyuge o el compaero o la compaera permanente del afiliado; los hijos menores de 18 aos de cualquiera de los cnyuges, que hagan parte del ncleo familiar y que dependan econmicamente de ste; los hijos mayores de 18 aos con incapacidad permanente o aquellos que tengan menos de 25 aos, sean estudiantes y dependan econmicamente del afiliado. A falta de cnyuge, compaero o compae-ra permanente, e hijos con derecho, la cobertura familiar podr extenderse a los padres del afiliado no pensionados que dependan econmicamente de ste.

    CARN DE AFILIADO:Este documento lo identifica como afiliado de nuestra entidad; Sin embargo, cabe aclarar que para hacer uso de los servicios, usted nicamente necesita

    presentar su documento de identidad.

    INFORMACIN IMPORTANTE:De igual manera, si los dos cnyuges cotizan a la misma EPS, y sus aportes superan en un 150% la UPC del grupo familiar, pueden incluir los padres de uno de los

    dos cotizantes.

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO10

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    O. QUINES SE DEBEN AFILIAR A UNA EPS?

    El grupo familiar bsico est compuesto por:

    Cotizante Cnyuge o compaero (a) permanente Hijos menores de 18 aos Hijos entre 18 y 25 aos que sean estudiantes de tiempo completo y dependen econmicamente del afiliado Cotizante Hijos adoptivos Hijos con incapacidad permanente Hijos del cnyuge o compaero (a) permanente que cumplan con los requisitos anteriores A falta de los anteriores, se puede incluir a los padres que dependan econmicamente del cotizante, de acuerdo con lo

    establecido en la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios Otros: Integrantes dependientes econmicamente hasta el tercer grado de consanguinidad (abuelos, bisabuelos, tos, hermanos,

    sobrinos, nietos y bisnietos) pagando un aporte adicional (Unidad de Pago por Capitacin - UPC adicional)

    P. QU DOCUMENTOS SE REQUIEREN PARA AFILIARSE A SALUD TOTAL EPS?

    A continuacin se detallan los documentos que deben aportarse al momento de la afiliacin, de acuerdo a la normatividad vigente. Estos documentos deben presentarse por el Cotizante y todos los integrantes de su grupo familiar.

    DEPENDIENTE INDEPENDIENTE PENSIONADO

    Formulario de afiliacin Documento de identidad Registro civil prueba de parentesco Declaracin de salud Cuestionario carta de derechos del afiliado y del paciente y carta de desempeo

    Formulario de afiliacin Documento de identidad Registro civil prueba de parentesco Declaracin de salud Cuestionario carta de derechos del afiliado y del paciente y carta de desempeo Presuncin de ingresos Certificado del pago por internet

    Copia contrato de prestacin de servicios (para independientes con este tipo de contrato)

    Formulario de afiliacin Documento de identidad Registro civil prueba de parentesco Declaracin de salud Cuestionario carta de derechos del afiliado y del paciente y carta de desempeo

    Resolucin depensin, afiliacin ocertificado del primerdescuento o recibo depago de la mesadapensional

  • 11

    Q. DOCUMENTOS A PRESENTAR SEGN PARENTESCO

    PARENTESCO DOCUMENTO A PRESENTAR

    Cotizante Fotocopia del documento de identidad

    CnyugeFotocopia del documento de identidadRegistro civil de matrimonio

    CompaeroFotocopia del documento de identidadDeclaracin juramentada de convivencia vigente (No ante notario) No mayor a seis meses

    Hijos entre 0 y 6 aos y 364 das Fotocopia del documento de identidad (Registro civil)

    Hijos entre 7 y 17 aos y 364 dasFotocopia del documento de identidad (Tarjeta de identidad)Registro civil para demostrar parentesco

    Hijo 18 a 25 aos

    Fotocopia del documento de identidad (extranjeros cdula extranjera)Certificado de escolaridad, el cual debe ser actualizado cada seis meses, cada ao, trimestral o de acuerdo a la duracin del periodo acadmicoDeclaracin juramentada de dependencia econmica vigente (NO ante notario) No mayor a seis mesesRegistro civil para demostrar parentesco

    Hijo incapacitado permanente

    Fotocopia del documento de identidadCertificado de discapacidad o incapacidad permanente avalado por mdico de la EPSRegistro civil como prueba de parentescoDeclaracin juramentada de dependencia econmica vigente (NO ante notario) No mayor a seis meses

    Padres

    Fotocopia del documento de identidadDeclaracin juramentada de dependencia econmica vigente (NO ante notario) No mayor a seis mesesRegistros civiles que se requieran para demostrar parentesco

    Otros hasta tercer grado de consanguinidad (abuelos, bisabuelos, tos, hermanos, sobrinos, nietos, bisnietos)

    Fotocopia del documento de identidadDeclaracin juramentada de dependencia econmica vigente (NO ante notario) No mayor a seis mesesRegistros civiles que se requieran para demostrar parentescoRecibo de pago de UPC (planilla de autoliquidacin)

    Nietos que dependan econmicamente del abuelo*

    Registro civil para demostrar parentescoDeclaracin juramentada de dependencia econmica vigente (NO ante notario)

    Hijos adoptadosDocumento de identidadRegistro civil para demostrar parentesco o sentencia de adopcin o acta de entrega del menor

    NOTA: Todos deben diligenciar Declaracin de Salud

    NOTA: *La madre del menor debe ser menor de edad y ser beneficiaria dentro del mismo grupo familiar

    De acuerdo al Decreto 289 de 12 de febrero de 2014 menciona en su Artculo 2. Las Madres Comunitarias sern vinculadas laboralmente mediante contrato de trabajo suscrito con las entidades administradoras del Programa de Hogares Comunitarios de Bienestar y contarn con todos los derechos y garantas consagradas en el Cdigo Sustantivo de Trabajo, de acuerdo con la modalidad contractual y las normas que regulan el Sistema de Proteccin Social.

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO12

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    R. QU ES UNA UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIN ADICIONAL (UPC ADICIONAL)?

    Es el valor que el Cotizante debe pagar por cada persona que no haga parte de su grupo familiar bsico y que afilie a su cargo (beneficiario adicional). Este valor se encuentra establecido en las normas de los entes de vigilancia y control de acuerdo a la edad y sexo de cada persona.

    S. VALORES UPC ADICIONAL

    De acuerdo a lo establecido en la Resolucin No. 5925 de 2014 expedida por el Ministerio de Salud y Proteccin Social, el pasado mes de diciembre de 2014 se definieron para el ao 2015 los siguientes valores de UPC adicional basados en los grupos de edades y las zonas a las que pertenecen:

    GRUPO EDAD ZONA NORMALGRANDES CIUDADES

    ZONAS APARTADAS

    ZONAALEJADA DEL CONTINENTE

    Menores de un ao 173.400 190.300 190.500 238.300

    De 1 a 4 aos 57.000 62.400 62.500 77.900

    De 5 a 14 aos 21.200 23.100 23.100 28.500

    De 15 a 18 aos (Hombres) 56.900 62.400 62.400 77.800

    De 15 a 18 aos (Mujeres) 60.500 66.200 66.300 82.600

    De 19 a 44 aos (Hombres) 99.800 109.400 109.600 136.900

    De 19 a 44 aos (Mujeres) 124.200 136.200 136.400 170.500

    De 45 a 49 aos 112.700 123.600 123.700 154.600

    De 50 a 54 aos 143.200 157.100 157.300 196.700

    De 55 a 59 aos 174.600 191.600 191.800 240.000

    De 60 a 64 aos 122.000 133.900 134.000 167.500

    De 65 a 69 aos 151.300 166.000 166.300 207.900

    De 70 a 74 aos 181.200 198.900 199.100 249.100

    De 75 aos y mayores 227.200 249.400 249.700 312.500

    Para efecto de lo anterior se consideran las siguientes zonas geogrficas:

    GRANDES CIUDADES: Armenia, Barrancabermeja, Barranquilla, Bello, Bogot D.C., Bucaramanga, Buenaventura, Cali, Cartagena, Ccuta, Floridablanca, Ibagu, Itag, Manizales, Medelln, Montera, Neiva, Palmira, Pasto, Pereira, Popayn, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo, Soacha, Soledad, Tulu, Valledupar y Villavicencio.

    ZONAS APARTADAS O ZONA ESPECIAL POR DISPERSIN GEOGRFICA: Corresponde a los 363 municipios y corregimientos departamentales sealados en el anexo de la resolucin 5925 de 2014 ubicados en los departamentos de: Antioquia, Bolivar, Boyac, Caquet, Cauca, Cesar, Crdoba, Cundinamarca, Choc, Huila, La Guajira, Magdalena, Meta, Nario, Norte de Santander, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca, Arauca, Casanare, Putumayo, Amazonas, Guaina, Guaviare, Vaups y Vichada.

    ZONA ALEJADA DEL CONTINENTE: Corresponde al departamento Archipilago de San Andrs, Providencia y Santa Catalina.

    *Zona alejada del continente: Se entiende como tal el Archipilago de San Andrs, Providencia y Santa Catalina, en virtud de la distancia que lo separa del territorio continental, las vas y medios de acceso y las connotaciones especiales de su poblacin, perfil epidemiolgico, oferta y condiciones de los prestadores de servicios de salud. (Extracto de las consideraciones de la resolucin 5925 de 2014).

  • 13

    T. SANCIONES POR OMITIR INFORMACIN

    Como afiliados a Salud Total EPS, e integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, es importante comprender que los recursos son del Estado y, por ende, de todos los ciudadanos, razn por la que debemos cuidarlos, velar por su buena administracin y cumplir las obligaciones que a cada cual le compete.

    La normatividad vigente es enftica en proteger el buen uso de los recursos, imponiendo serias sanciones jurdicas y penales a quienes evadan aportes, se apropien indebidamente de los dineros, a quienes le mientan al Sistema y, en general, a quienes cometan cualquier tipo de fraude que vaya en contra de la transparencia y honestidad.

    El decreto 1485 de 1994 en el artculo 14, establece la exclusin de la EPS para los afiliados que cometan ese tipo de conductas all descritas, sin perjuicio de las responsabilidades fiscales y penales a que haya lugar.

    Por lo anterior, invitamos a nuestros afiliados y la ciudadana a hacer los aportes de forma debida y en el porcentaje que co-rresponde, a brindar datos reales al momento de afiliarse y a jugarle limpio al Sistema ya que, solo de esa manera, se podr garantizar que ms colombianos accedan a los servicios de salud cuando ms lo necesiten. Entonces, luchar contra el fraude, es una tarea de todos.

    U. ACTUALIZACIN PERMANENTE DE SUS DATOS

    Al mantener sus datos de contacto actualizados (direccin, telfono, correo electrnico y nmero de celular) usted recibir nuestras comunicaciones relacionadas con novedades de su afiliacin y/o de alguno de sus beneficiarios, recordatorio de citas mdicas, cancelaciones de citas mdicas, adicionalmente le remitiremos informacin de planes de promocin y prevencin diseados para su bienestar y el de su grupo familiar y en general todo lo que impacte en el cuidado de la salud.

    V. LICENCIAS E INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD GENERAL

    Incapacidades por enfermedad general

    Se entiende la incapacidad por enfermedad general, como la inhabilidad fsica o mental para que una persona desempee sus funciones laborales, como consecuencia de un accidente o enfermedad de origen comn no profesional. Para que dicha persona pueda cumplir con sus responsabilidades financieras y no perjudicar su calidad de vida durante el tiempo que dure la incapacidad, el Sistema General de Seguridad Social en Salud contempla el llamado Subsidio por Incapacidad, un reconocimiento econmico que se realiza al trabajador en los das en que se encuentra incapacitado.

    Cunto y por cuntos das debe pagar la EPS por una incapacidad?

    Segn el Decreto 1406 de 1999, en su artculo 40, el empleador debe pagar al 66,67% del salario los dos primeros das de incapacidad.

    El reconocimiento econmico de las incapacidades por parte de una EPS, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2943 de 2013, es a partir del tercer (3er.) da de incapacidad y hasta 180 das siempre y cuando corresponda a prrrogas.

    * Del da tercero (3) al da noventa (90) se reconoce el 66,67% del Ingreso Base de Cotizacin, es decir, las dos terceras partes.

    * Del da noventa y uno (91) al ciento ochenta (180) se reconoce el 50% del Ingreso Base de Cotizacin, es decir, la mitad. A partir del da 181 no habr reconocimiento de la incapacidad por parte de la EPS.

    Todas las incapacidades por enfermedades profesionales y accidentes de trabajo deben ser reconocidas y pagadas directamente por la Administradora de Riesgos Laborales.

    En todo caso el monto de la incapacidad no debe ser inferior a 1 SMMLV (Salario Mnimo Mensual Legal vigente) (Sentencia C-543-07).

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO14

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    W. LICENCIAS

    Pensando especialmente en el bienestar de los afiliados o aportantes y en el respeto a lo estipulado en la normatividad, a conti-nuacin, presentamos los diferentes tipos de licencias:

    Licencia por Maternidad

    Tiempo reconocido a la mujer cotizante que llega al trmino de un embarazo con criatura viva para que se retire temporalmente del trabajo con el objetivo de que su parto sea atendido, pueda recuperarse fsicamente y brindar los cuidados que requiere el recin nacido.El reconocimiento de esta licencia es de 98 das calendario.

    Licencia por Adopcin

    Es el tiempo reconocido a la madre o padre afiliado cotizante al Rgimen Contributivo, adoptante de un menor de 18 aos para que le brinden los cuidados que requiera el menor y facilitar la adaptacin psico-afectiva y familiar.El reconocimiento de esta licencia es de 98 das calendario.

    Licencia por Aborto o Mortinato

    El aborto o mortinato es un parto prematuro con criatura no viable, cuando el producto de la concepcin nace sin vida.El reconocimiento de esta licencia es de, mximo, 28 das calendario.

    Licencia por Paternidad Ley Mara (Ley 755 de 2002)

    Tiempo reconocido al padre cotizante para que se retire temporalmente del trabajo y brinde apoyo a su cnyuge o compaera permanente. De igual manera, busca que los padres le brinden al recin nacido el cuidado que requiere.El reconocimiento de esta licencia es de 8 das hbiles.

    X. CMO SE TRAMITAN LAS INCAPACIDADES O LICENCIAS?

    Pensando especialmente en el bienestar de los afiliados y aportantes y en el respeto a lo estipulado en la normatividad, Salud Total EPS ha habilitado en el Portal de Transacciones de la pgina web www.saludtotal.com.co un mdulo para realizar, de manera fcil y rpida, los trmites correspondientes a transcripcin y solicitud de liquidacin de licencias e incapacidades.

    A continuacin detallamos los soportes que debe adjuntar de acuerdo al tipo de prestacin econmica:

  • 15

    DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA SOLICITAR TRANSCRIPCIN DE PRESTACIONES ECONMICAS

    ORIGEN

    Incap

    acida

    d por

    enferm

    edad g

    eneral

    Incap

    acida

    d por

    accide

    nte de

    traba

    jo

    Licenc

    ia de

    mater

    nidad

    Licenc

    ia de

    adop

    cin

    Licenc

    ia de

    pater

    nidad

    Incap

    acida

    d por

    accide

    nte de

    trnsi

    to

    SOPORTE Debe contener las siguientes especificaciones:

    1. Solicitud escrita del mdico tratante

    Para incapacidades: Lugar y fecha de expedicinNombres y apellidos completos del pacienteNmero de identificacin del pacienteDiagnstico exacto, estado de salud del paciente, tratamiento prescrito o acto mdico, escrito en letra legibleEn casos de ciruga, nombre del procedimiento quirrgico realizadoDa, mes y ao del inicio y fin de la incapacidadNmero de das exactos de incapacidad, escrito en nmeros y letrasEspecificar si la incapacidad es o no extensin de una anteriorNombre del profesional de la medicina que lo expideNmero de la tarjeta profesional o registroFirma de quien lo expidePara licencias: Nombres y apellidos completos del pacienteNmero de identificacin del paciente Fecha probable de partoDa, mes y ao del inicio de la licenciaDa, mes y ao del nacimiento del bebSemanas de gestacin al momento de nacer el bebEspecificar si es parto mltipleEspecificar si es parto prematuro

    x x x x

    2. Copia del Resumen de Historia Clnica

    Para incapacidades (mayor a 5 das): Nombres y apellidos del paciente Nmero de identificacin del paciente Edad del pacienteSignos y sntomasTiempo de evolucin de la enfermedadManejo o tratamiento recibido, interconsultas o valoraciones realizadas y complicacionesEspecificar si la incapacidad es extensin de una anterior (prrroga)Diagnstico de ingresoDiagnstico de egresoPronsticoDas de incapacidad Para licencias de maternidad o paternidad: Nmero de semanas de gestacinFecha probable de parto Fecha de nacimiento del menor (Da, mes, ao)

    x x x x x

    3. Registro civil de nacimiento o certificado de nacido vivo x

    4. Copia de sentencia por adopcin proferida por el respectivo juez de familia

    Nombres y apellidos completos de la madre o padre adoptanteNmero de documento de identidadDa, mes y ao de la entrega del menorEdad del menor

    x

    5. Registro civil del menor dentro los siguientes 30 das al parto

    Pasados los 30 das del nacimiento del beb no se liquida la licencia, a ex-cepcin que el beb se encuentre hospitalizado y no se haya podido registrar x

    6. Evaluacin inicial del Seguro Obligatorio de Accidente de trnsito (SOAT) o reporte de accidente de trnsito (Croquis levantado en el Accidente) o Denuncia Penal de la ocurrencia del Accidente o Certificado del Accidente expedido por Autoridad Competente o historia clnica donde se mencione la ocurrencia del evento

    x

    7. Formato de informacin adicional para la definicin del origen accidentes x xNota: En todos los casos si el motivo de la incapacidad es un trauma o tratamiento de este se debe diligenciar el cuestionario Formato de Informacin Adicional para la definicin del Origen Accidentes, si corresponde a prorroga solo se debe solicitar este documento en la primer transcripcin.

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO16

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    II. PLAN DE BENEFICIOS

    Servicios POS

    El Plan Obligatorio de Salud (POS) es el conjunto de tecnologas en salud a que tiene derecho todo afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y cuya prestacin debe ser garantizada por las Entidades Promotoras de Salud entendindose por Tecno-logas en Salud todas las actividades, procedimientos, intervenciones, medicamentos, insumos, materiales, equipos y dispositivos, para la atencin de cualquier grupo poblacional. Las condiciones y limitaciones de la prestacin de cada uno de estos servicios se encuentra expresamente sealado en la Resolucin 5521 de 2013 expedida por el Ministerio de Salud y Proteccin Social, norma en la cual se establecen las caractersticas del servicio de salud a que tienen derecho los usuarios del SGSSS y las cuales deben ofrecer las Entidades Promotoras de Salud a travs de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud.

    Atencin de Urgencias

    Atencin Ambulatoria de Medicina General y Especializada

    Atencin Odontolgica

    Laboratorio Clnico

    Radiologa, Imagenologa y medicamentos con fines diagnsticos

    Actividades de Promocin de la Salud y Prevencin de la Enfermedad

    Servicios con Internacin Hospitalaria

    Servicios con Internacin en Unidad de Cuidado Intensivo e Intermedio

    Actividades y procedimientos mdico quirrgicos

    Atencin Domiciliaria (Segn los criterios definidos en el programa de Hospitalizacin domiciliaria)

    Distribucin de medicamentos incluidos en el Anexo 1 de la Resolucin 5521 de 2013 el cual obliga al uso de las Denominaciones Comunes Internacionales (nombres genricos) en la prescripcin de medicamentos, solo para usos y patologas aprobadas por el Invima

    Trasplante de hgado, rin, corazn, mdula sea y de crnea

    Acceso a servicios no incluidos en el POS

    Los servicios no incluidos en la Resolucin 5521 de 2013, podrn ser solicitados por el mdico tratante del paciente al Comit Tcnico Cientfico de la EPS. Para ello deber presentar en el punto autorizador de Salud Total los siguientes documentos: justi-ficacin tcnica, frmula u orden mdica de la tecnologa en salud requerida y resumen de la historia clnica. Estos documentos deben ser entregados en la consulta por el mdico tratante completamente diligenciados conforme lo definido en la resolucin 5395 de 2013.

    El comit analizar la solicitud y en un trmino de 2 das hbiles emitir la respuesta. En los casos hospitalarios la IPS presentar la solicitud directamente a la EPS a travs de la pgina web o mediante correo electrnico sin intermediacin del usuario.

  • 17

    III. EXCLUSIONES Y LIMITACIONES DEL PLAN DE BENEFICIOS

    Son aquellas actividades, procedimientos, intervenciones, medicamentos y elementos mdico quirrgicos que su objetivo no sea contribuir al diagnstico, tratamiento y rehabilitacin de la enfermedad. Igualmente, aquellos considerados como cosmticos, es-tticos y los que expresamente determine el Ministerio de Salud y Proteccin Social o quien haga sus veces. As mismo se excluyen, en general, los tratamientos de las complicaciones que surjan de las actividades, procedimientos e intervenciones y medicamentos no cubiertos o excluidos del Plan Obligatorio de Salud.

    Se destacan, en particular, las descritas a continuacin:

    1. Ciruga esttica con fines de embellecimiento y procedimientos de ciruga plstica cosmtica, o suntuaria

    2. Cirugas para correccin de vicios de refraccin por razones estticas

    3. Tratamientos nutricionales con fines estticos

    4. Tratamientos para la infertilidad

    5. Tratamientos o curas de reposo o del sueo

    6. Medias elsticas de soporte, corss o fajas, sillas de ruedas, plantillas y zapatos ortopdicos, vendajes acrlicos, lentes de contacto, lentes para anteojos con materiales diferentes a vidrio o plstico, filtros o colores y pelculas especiales

    7. Dispositivos, implantes o prtesis, necesarios para tecnologas en salud no cubiertas en el POS segn el presente acto administrativo

    8. Medicamentos y dispositivos mdicos cuyas indicaciones y usos respectivamente no se encuentren autorizados por la autoridad competente

    9. Tecnologas o tratamientos experimentales para cualquier tipo de enfermedad

    10. Tecnologas en salud (medicamentos y dispositivos) sobre las cuales el INVIMA como autoridad competente haya recomendado su retiro del mercado o no haya sido reconocida por las autoridades competentes. Tecnologas en salud sobre la cual no exista evidencia cientfica, de seguridad o costo efectividad o que tengan alertas de seguridad o falta de efectividad que recomienden su retiro del mercado, de acuerdo con la normatividad vigente

    11. Trasplante de rganos e injertos biolgicos diferentes a los descritos en el presente acto administrativo

    12. Tratamiento con psicoanlisis

    13. Tratamientos de periodoncia, ortodoncia, implantologa, dispositivos protsicos en cavidad oral y blanqueamiento dental en la atencin odontolgica, diferentes a los descritos en el presente acto administrativo

    14. Tratamiento con fines estticos de afecciones vasculares o cutneas

    15 Tecnologas en salud para la atencin de pacientes con enfermedades crnicas, degenerativas, carcinomatosis, traumticas o de cualquier ndole en su fase terminal, o cuando para ellas no existan posibilidades de recuperacin, salvo lo dispuesto para la atencin paliativa en el presente acto administrativo

    16. Tecnologas de carcter educativo, instructivo o de capacitacin, que se lleven a cabo durante el proceso de rehabilitacin social o laboral y no corresponden al mbito de la salud aunque sean realizadas por personal del rea de la salud

    17. Paales para nios y adultos

    18. Toallas higinicas

    19. Artculos cosmticos

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO18

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    20. Suplementos o complementos vitamnicos, nutricionales o nutracuticos, salvo excepciones expresas en la norma

    21. Lquidos para lentes de contacto

    22. Tratamientos capilares

    23. Champs de cualquier tipo

    24. Jabones

    25. Cremas hidratantes o humectantes

    26. Cremas antisolares o para las manchas en la piel

    27. Medicamentos para la memoria

    28. Edulcorantes o sustitutos de la sal

    29. Cubrimiento de cualquier tipo de dieta en mbitos no hospitalarios, salvo lo sealado expresamente en el presente acto administrativo

    30. Enjuagues bucales y cremas dentales

    31. Cepillo y seda dental

    32. La internacin en instituciones educativas, entidades de asistencia o proteccin social tipo hogar geritrico, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardera o granja protegida, entre otros

    33. Los procedimientos conexos y las complicaciones que surjan de las atenciones en los eventos expresamente excluidos

    34. La atencin en los servicios de internacin en las unidades de cuidados intensivos, intermedios o quemados de pacientes en estado terminal de cualquier etiologa, segn criterio del profesional de la salud tratante

    35. La atencin en los servicios de internacin en las unidades de cuidados intensivos, intermedios o quemados de pacientes con diagnstico de muerte cerebral, salvo proceso en curso de donacin de sus rganos, que estar a cargo de la Entidad Promotora de Salud del receptor

    36. La atencin financiada con recursos diferentes a los del POS y bienes y servicios que no correspondan al mbito de la salud

    37. Traslados y cambios de lugar de residencia por condiciones de salud, as sean prescritas por el mdico tratante

    38. Prestaciones de salud en instituciones no habilitadas para tal fin dentro del sistema de salud

    39. Atencin que corresponda a un inters particular sin indicacin mdica previa (chequeos ejecutivos)

    40. Tratamientos realizados fuera del territorio colombiano

    41. Necropsias y peritajes forenses y aquellas que no tengan una finalidad clnica

    42. Servicios funerarios, incluyendo el traslado de cadver

  • 19

    IV. SERVICIOS DE PROTECCIN ESPECFICA, DETECCIN TEMPRANA Y DEMANDA INDUCIDA

    La PROTECCIN ESPECFICA es el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a garantizar la proteccin de los afiliados frente a un riesgo especfico, con el fin de evitar la presencia de la enfermedad. Estas actividades incluyen:

    Vacunacin: el Programa Ampliado de Isoinmunizaciones (PAI) est a cargo de la Eliminacin, Erradicacin y Control de las enfermedades inmunoprevenibles, con el fin de disminuir las tasas de mortalidad y morbilidad causadas por enfermedades inmu-noprevenibles en la poblacin menor de 5 aos.

    Atencin preventiva en Salud Oral: busca disminuir los factores de riesgo ms importantes para la aparicin de caries y enfermedad periodontal en la poblacin.

    Atencin del Parto: es un conjunto de actividades e intervenciones, para la asistencia de las mujeres gestantes en el momento de tener a su beb, que contribuyen en la disminucin de manera significativa de las complicaciones, tanto para la mam como para el nio.

    Atencin del Recin Nacido: incluye todas las actividades dirigidas a las nias y nios en el proceso del nacimiento e inmediatamente despus, con el propsito de lograr disminuir el riesgo de enfermar o de morir.

    Atencin en planificacin familiar a Hombres y Mujeres: incluye las actividades dirigidas a hombres y mujeres en edad frtil para que ejerzan el derecho a decidir libre y responsablemente si quieren o no tener hijos, as como su nmero y el espaciamiento entre ellos.

    La DETECCIN TEMPRANA es el conjunto de actividades, procedimientos e intervenciones que permiten identificar en forma oportuna y efectiva la enfermedad, facilitan su diagnstico precoz, el tratamiento oportuno, la reduccin de su duracin y el dao causado, evitando secuelas, incapacidad y muerte. Estas actividades incluyen:

    Deteccin temprana de las Alteraciones del desarrollo del joven (10-29 aos): conjunto de actividades dirigi-das a la poblacin entre 10 a 29 aos, tendientes a garantizar la deteccin e intervencin temprana de los factores de riesgo o de los problemas de salud prioritarios, as como para brindar informacin y orientacin sobre la proteccin de la salud.

    Deteccin temprana de las alteraciones del embarazo: identifica los riesgos relacionados con el embarazo y permite planificar el control de los mismos, a fin de lograr una gestacin adecuada que permita que el parto y el nacimiento ocurran en ptimas condiciones, sin secuelas fsicas o psquicas para la madre y su hijo.Deteccin temprana de las alteraciones del adulto (Mayor de 45 aos): conjunto de actividades mediante los cuales se logra la deteccin temprana y el diagnstico oportuno de una o algunas de las patologas crnicas propias de este grupo poblacional, con el fin de ofrecer alternativas para el control de los factores de riesgo, el tratamiento o la rehabilitacin.

    Deteccin temprana del cncer de cuello uterino: conjunto de actividades, intervenciones y procedimientos dirigidos a las mujeres entre 25 y 69 aos o menores de 25 aos con vida sexual activa, para la toma de citologa cervico uterina y tratamiento oportuno de las anormalidades encontradas.

    Deteccin temprana del cncer de seno: hace referencia a la realizacin de mamografa de cuatro proyecciones, que per-mita identificar oportunamente, masas en el seno sugestivas de lesin maligna y que hacen pertinente la confirmacin diagnstica y el tratamiento correspondiente.

    Deteccin temprana de las alteraciones de crecimiento y desarrollo en menores de 10 aos: conjunto de actividades dirigidas a esta poblacin, con el propsito de detectar oportunamente la enfermedad, facilitar su diagnstico y tratamiento, reducir la duracin de la enfermedad y evitar secuelas.

    Deteccin temprana de las alteraciones de la agudeza visual: conjunto de actividades, procedimientos e interven-ciones orientadas a detectar precozmente la existencia de alteraciones de la agudeza visual posibles de intervencin a travs de la toma de agudeza visual a personas de 4, 11, 16, 45, 55, 65 y ms aos y del examen oftalmolgico en personas de mayores de 55 aos.

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO20

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    Tenga en cuenta que segn lo establecido en el acuerdo 029 de 2011 no podrn aplicarse copagos ni cuotas moderadoras a las actividades, procedimientos e intervenciones de Proteccin especfica y Deteccin temprana.

    USTED PUEDE SER PARTE DE LOS SIGUIENTES PROGRAMAS DE PROTECCIN ESPECFICA Y DETECCIN TEMPRANA

    PROGRAMA DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO

    Dirigido a: nios y nias menores de 10 aos, los menores pueden ser llevados en cualquier momento a partir del nacimiento.

    Controles de nio sano por enfermera profesional, mdico general y/o especialista, para evaluar el estado de salud y los factores de riesgo que puedan alterar el proceso de crecimiento y desarrollo del nio

    Evaluacin del estado nutricional Actividades de educacin en temas de crianza Consejera en lactancia materna Valoracin visual (segn los lineamientos del programa de salud visual) Actividades de prevencin y promocin en salud oral Suministro de antiparasitarios (si lo requiere) Estimulacin temprana Indicaciones para la alimentacin saludable Promocin del buen trato Prevencin de accidentes Prevencin de enfermedades propias de la infancia (diarrea, neumona, otitis media supurativa) Educacin y orientacin sobre signos de alarma por los que debe consultar oportunamente

    ESQUEMA DE CONTROL DE CRECIMIENTO Y DESARROLLO

    ACTIVIDAD PERIODICIDAD NMERO DE CONSULTAS EN EL AO

    Identificacin e inscripcin temprana Al nacimiento o primer mes de vida 1

    Consulta 1 vez Desde el primer mes de vida 1

    Consulta de seguimiento por enfermera

    Nios y Nias < de 1 ao 4 veces al ao

    Nios y Nias de 1 ao 3 veces al ao

    Nios y Nias de 2 a 4 aos 4 veces

    Nios y Nias de 5 a 7 aos 4 veces

    Nios y Nias de 8 a 9 aos 3 veces

    PROGRAMA AMPLIADO DE INMUNIZACIONES

    Dirigido a: nios menores de 10 aos, mujeres en edad frtil, adultos mayores de 60 aos.

    El esquema de vacunacin est dirigido a todos los nios y nias menores de seis (6) aos de edad, nias escolarizadas desde cuarto grado de bsica primaria hasta el grado 11, mujeres en edad frtil (MEF: gestantes y no gestantes entre 10 y 49 aos de edad), adultos de 60 aos y ms de edad y est disponible para todos nuestros protegidos. Algunas de estas vacunas solo requieren una sola dosis, y otras que necesitan varias y refuerzos, por lo tanto se requiere estar atentos al esquema de vacunacin. RECUERDE que este servicio es gratuito y debe llevar siempre su carn de vacunacin.

  • 21

    ESQUEMA NACIONAL DE VACUNACIN

    EDAD VACUNA DOSIS ENFERMEDAD QUE PREVIENE

    Recin nacidoAntituberculosa - BCG nica Meningitis tuberculosa

    Hepatitis B De recin nacido Hepatitis B

    A partir de los 2 meses

    PENTAVALENTE*

    Difteria - Tos ferina - Ttanos (DPT)

    Primera

    Difteria - Tos ferina - Ttanos

    Meningitis y otras enfermedades causadas por Haemophilus influenzae

    tipo BHaemophilus influenzae tipo B

    Hepatitis BHepatitis B

    Vacuna oral de polio - VOP Primera Poliomielitis

    Vacuna oral de rotavirus Primera Rotavirus

    Vacuna contra el neumococo Primera Neumona, otitis y meningitis

    A partir de los 4 meses

    PENTAVALENTE*

    Difteria - Tos ferina - Ttanos (DPT)

    Segunda

    Difteria - Tos ferina - Ttanos

    Haemophilus influenzae tipo BMeningitis y otras enfermedades causadas por Haemophilus influenzae

    tipo B

    Hepatitis B Hepatitis B

    Vacuna oral de polio - VOP Segunda Poliomielitis

    Vacuna oral de rotavirus Segunda Rotavirus

    Vacuna contra el neumococo Segunda Neumona, otitis y meningitis

    A partir de los 6 mesesPENTAVALENTE*

    Difteria - Tos ferina - Ttanos (DPT)

    Tercera

    Difteria - Tos ferina - Ttanos

    Haemophilus influenzae tipo BMeningitis y otras enfermedades causadas por Haemophilus influenzae

    tipo B

    Hepatitis B Hepatitis B

    Vacuna oral de polio - VOP Tercera Poliomielitis

    6 meses Vacuna de influenza Primera

    Enfermedad respiratoria causada por el virus de la Influenza7 meses Vacuna de influenza

    Segunda a las cuatro

    semanas de primera

    EDAD VACUNA DOSIS ENFERMEDAD QUE PREVIENE

    A los 12 meses

    Sarampin Rubeola Paperas (SRP) nica Sarampin, rubola y paperas

    Fiebre amarilla (FA) nica Fiebre amarilla

    Vacuna contra el neumococo Tercera Neumona, otitis y meningitis

    Vacuna de influenza Anual Enfermedad respiratoria causada por el virus de la Influenza

    Vacuna Hepatitis A nica Hepatitis A

    A los 18 mesesDifteria - Tos ferina - Ttanos (DPT) Primer refuerzo Difteria - Tos ferina - Ttanos (DPT)

    Vacuna oral de polio - VOP Primer refuerzo Poliomielitis

    A los 5 aos de edad

    Difteria - Tos ferina - Ttanos (DPT) Segundo refuerzo Difteria - tos ferina - ttanos

    Vacuna oral de polio - VOP Segundo refuerzo Poliomielitis

    Sarampin, rubela y paperas (SRP) Refuerzo Sarampin, rubela y paperas

    Mujeres en edad frtil

    (MEF) entre los 10 y

    49 aos**

    Toxoide tetnico diftrico del adulto (Td)

    MEF** 5 dosis

    Td1: dosis inicial

    Td2: al mes de Td1

    Td3: a los 6

    meses de Td1

    Td4: al ao de la Td3

    Td5: al ao de la

    Td4 ***

    Difteria, ttanos y ttanos neonatal

    Nias 9 aos o ms VPH

    1ra dosis

    2da dosis a los seis

    meses

    3ra dosis a los 60 meses

    (5 aos)

    Virus del Papiloma Humano

    * PENTAVALENTE: antgenos en presentacin polivalente para menores de 1 ao. ** MEF Mujeres en edad frtil. *** Si la MEF tiene antecedente de 5 dosis de DPT (tres de esquema y dos refuerzos) aplicar un refuerzo cada 10 aos despus de la 5 dosis (15, 25, 35 y 45). **** En poblacin de riesgo y segn planes de contingencia vigentes.

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO22

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    PROGRAMA DE JOVEN

    Dirigido a: jvenes de 10 a 29 aos de edad.

    La consulta mdica contiene:

    Exploracin de aspecto general Medicin antropomtrica completa incluyendo el clculo del ndice de masa corporal Toma de la presin arterial Examen fsico completo por sistemas Valoracin del estadio Tanner Enseanza de autoexamen de senos y testculos Solicitud de exmenes de laboratorio de acuerdo al riesgo identificado Para las mujeres adolescentes entre 10 y 13 aos, prescripcin de examen de laboratorio (hemoglobina y hematocrito) VDRL y ofrecer prueba de VIH/SIDA a adolescentes sexualmente activos, una vez durante toda la etapa Citologa Cervicouterina a las jvenes que tienen vida sexual activa en el esquema recomendado en la norma para la deteccin

    de cncer de cuello uterino Atencin integral: remisin a los programas y profesionales que se requiera, de acuerdo a los hallazgos de la consulta Tamizacin a travs de los instrumentos ASSIST, RQC, SRQ, AUDIT para el riesgo de consumo de sustancias psicoactivas

    PROGRAMA DEL ADULTO

    Dirigido a: Hombres y mujeres de 45, 50, 55, 60, 65, 70, 75 y 80 aos.

    La consulta mdica ofrece:

    La bsqueda de factores de riesgo relacionados con algunas enfermedades Toma y lectura de laboratorios: adicional a la valoracin del mdico general, el adulto mayor de 45 aos debe tener mnimo

    el resultado de los siguientes exmenes de laboratorio, bsicos para la deteccin temprana de las alteraciones en este grupo poblacional (glicemia, perfil lipdico, creatinina y uroanlisis)

    PROGRAMA DE CONTROL PRENATAL

    Dirigido a: mujeres gestantes.

    Consulta con grupo interdisciplinario para recibir una atencin integral del control prenatal. Examen fsico Toma de medidas antropomtricas Toma de signos vitales Valoracin obsttrica Solicitud de exmenes de laboratorio Solicitud de ecografas Esquema de vacunacin de gestantes Formulacin de micronutrientes Consultas de seguimiento y control por mdico o enfermera Remisin a consulta odontolgica general Remisin a consulta psicologa, nutricin y planificacin familiar Educacin individual a la madre, compaero y familia sobre el proceso de gestacin y signos de alarma Educacin en lactancia materna Ingreso a curso de preparacin para la maternidad y paternidad Se hace entrega del Diario de Mam donde encontrar diversas actividades que buscan reforzar los conocimientos de la

    protegida (Derechos y deberes como gestante, control prenatal, cambios y molestias durante el embarazo, nutricin, formacin del beb, signos de alarma, entre otros)

    Entrega de la bolsa materna

  • 2323

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO24

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    PROGRAMA DE DETECCIN TEMPRANA DE CNCER DE CUELLO UTERINO

    Dirigido a: mujeres entre 25 y 69 aos o menores de 25 aos con vida sexual activa.

    Toma de citologa cervicouterina cada ao o de acuerdo al esquema en que se encuentre, (1-1-3) Lectura y reporte de la citologa cervicouterina; es fundamental que la usuaria reclame el resultado en las fechas establecidas

    para continuar con el proceso Informacin y orientacin de acuerdo al resultado del examen y a condiciones particulares de cada usuaria Definicin de conductas mdicas segn el reporte Toma de colposcopia y biopsia (en caso de ser necesario) Educacin y resolucin de inquietudes Canalizacin a los servicios de salud necesarios para el tratamiento Seguimiento de los casos

    PROGRAMA DE PREVENCIN DE CNCER DE SENO

    Dirigido a: mujeres mayores de 50 aos afiliadas a Salud Total.

    Enseanza para la realizacin del autoexamen de seno a todas la mujeres mayores de 20 aos Consulta de enfermera, mdica y/o ginecolgica que conduzca a la realizacin de examen fsico completo, debe realizarse

    examen clnico de mama por mdico (segn riesgo) Toma de mamografa cada dos aos despus de los 50 aos Lectura de la mamografa e interpretacin del resultado Informacin y orientacin de acuerdo al resultado del examen y a condiciones particulares de cada usuaria Acceso a los servicios de diagnstico definitivo mediante biopsia (de ser necesario) Acceso al consecuente tratamiento, que debe ser realizado por un grupo calificado para el manejo de enfermedades de la mama

    PROGRAMA DE RIESGO CARDIOVASCULAR

    Dirigido a: protegidos con diagnstico de hipertensin arterial y/o diabetes mellitus.

    Consulta mdica por mdico lder de salud cardiovascular Toma de laboratorios para vigilar control de la enfermedad y sus complicaciones Talleres educativos sobre estilos de vida saludables Informacin y orientacin de acuerdo al resultado del examen y a condiciones particulares de cada usuario

    V. RESPONSABILIDAD DEL USUARIO FRENTE A SU SALUD

    En Salud Total EPS diseamos y llevamos a cabo programas de Promocin de la Salud y Prevencin de la Enfermedad para incentivar en nuestros protegidos (usuarios) estilos de vida saludables. De igual manera, tenemos a su disposicin un equipo asistencial y administrativo para brindar servicios de salud adecuados para el tratamiento de las enfermedades y seguimos creciendo en cobertura e infraestructura.

    Sin embargo, el cuidado de la buena salud de nuestros protegidos (usuarios) es una tarea que realizamos en conjunto con ellos y con toda la comunidad, por lo que los invitamos a entender la responsabilidad que reviste la proteccin de la integridad fsica y psicolgica y a tomar decisiones responsables y saludables en beneficio de todos.

    Algunas acciones que todos podemos realizar son:

    Evite el consumo excesivo de alcoholNo fumeAlimntese de manera adecuada y balanceadaRealice ejercicio moderado y de acuerdo a su edadMantngase alejado de situaciones que puedan ser peligrosas para usted o su familia

  • 25VI. DERECHOS DE LOS AFILIADOS Y LOS PACIENTES

    Los derechos son el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones humanas en toda sociedad, amparados en la nece-sidad de imponer justicia y orden. Los protegidos de la EPS, as como los protegidos que son atendidos en las IPS, sin restricciones por motivos de raza, sexo, edad, idioma, religin, opiniones polticas o de cualquier ndole, origen social, posicin econmica o condicin social, cuentan con una serie de derechos que resulta importante conocer y hacer cumplir no solo para su beneficio, sino para la construccin de un mejor Sistema General de Seguridad Social en Salud Conozcmoslos!

    USTED, EN SU CONDICIN DE PACIENTE QUE RECIBE LOS SERVICIOS DE UNA IPS TIENE DERECHO A:

    1. Recibir servicios de salud acordes a sus necesidades, incluyendo la atencin de urgencias que sea requerida, con la oportunidad que su condicin amerite, sin que sea exigible documento o cancelacin de pago previo alguno, ni sea obligatoria la aten-cin en una institucin prestadora de servicios de salud de la red definida por la entidad promotora de salud. Los pagos moderadores no pueden constituir barreras al acceso a los servicios de salud para las personas que no tienen la capacidad econmica de acuerdo con la estratificacin socioeconmica de soportar el pago del mismo pero sin detrimento de contribuir con el pago a la suficiencia financiera del sistema.

    2. Ser atendido con calidad y calidez, recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud, respetando sus creencias y costumbres, valores, orientacin sexual, edad, gnero, as como las opiniones personales que tenga y dems consideraciones que hacen de usted un ser nico y especial, y a disfrutar y mantener una comunicacin plena y clara con el personal de la salud, apropiada a sus condiciones sicolgicas y culturales y, en caso de enfermedad, estar informado de los procedimientos y tratamientos que se le vayan a practicar y el pronstico y riesgos que dicho tratamiento conlleve.

    3. Acceder, en condiciones de calidad y oportunidad y sin restriccin, a las actividades, pruebas, exmenes, diagnsticos, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos incluidos en el plan de beneficios, y a los no incluidos en el POS y que sean requeridos con necesidad, de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad vigente.

    4. Acceder a las pruebas y exmenes diagnsticos indispensables para determinar si requiere o no un servicio de salud.

    5. Recibir por escrito, del prestador de servicios de salud, las razones por las cuales el servicio no ser prestado, cuando se presente dicha situacin.

    6. Conocer la informacin consignada en su historia clnica, entender lo all escrito y que los datos permanezcan en estado de confidencialidad y secreto, sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la historia con su autorizacin o por parte de las autoridades competentes en las condiciones que la ley determine.

    7. Entender lo que est ocurriendo con su estado de salud y el tratamiento que se est llevando a cabo. Puede preguntar cuntas veces lo necesite, pedir que la informacin sea suministrada con un lenguaje y terminologa sencilla y solicitar capacitacin. Por supuesto, su familia puede involucrarse si usted as lo permite.

    8. Recibir durante todo el proceso de la enfermedad y en condiciones de habitabilidad, higiene, seguridad y respeto a su intimidad, la mejor asistencia mdica disponible, por personal de la salud debidamente competente y autorizado para su ejercicio, a agotar las posibilidades razonables de tratamiento efectivo para la superacin de su enfermedad, respetando los deseos del paciente, incluso en el caso de enfermedad irreversible.

    9. Aceptar o rechazar de manera oficial, la atencin en salud propuesta por el personal que lo atiende, luego de haber recibido acompaamiento integral e informacin completa, que le permita tomar la mejor decisin en el marco del profundo respeto por su individualidad y autonoma. El derecho a que los familiares o representantes, en caso de inconsciencia, incapacidad para decidir o minora de edad del paciente, consientan o rechacen procedimientos o tratamientos, dejando expresa constancia en lo posible escrita de su decisin. Los profesionales de la salud, los progenitores y los tutores promovern la adopcin de decisiones autnomas por parte de los menores de edad.

    10. Acceder o negarse a participar en investigaciones realizadas por personal cientficamente calificado, siempre y cuando se le haya informado acerca de los objetivos, mtodos, posibles beneficios, riesgos previsibles e incomodidades que el proceso investigativo pueda implicar. En caso de acceder, se le suministrar toda la informacin que le brinde certeza y tranquilidad. Si llegara a declinar, se garantiza la continuacin del tratamiento de acuerdo a sus necesidades.

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO26

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    11. Tener la posibilidad de recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera sea el culto religioso que profesa o si no profesa culto alguno.

    12. Ser respetado en su voluntad de aceptar o rehusar la donacin de sus rganos para que estos sean trasplantados a otros enfermos.

    13. Morir con dignidad y respeto de su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.

    14. La posibilidad de recibir una segunda opinin por parte de un profesional de la salud.

    15. Recibir proteccin especial cuando se padecen enfermedades catastrficas (las cuales representan una alta complejidad tcnica en su manejo y alto costo). Esto implica el acceso oportuno a los servicios de salud y la prohibicin de que Bajo ningn pretexto se pueda dejar de atender a la persona. Tampoco que se le generen cobros no establecidos en las normas.

    16. De acuerdo con los principios de integralidad y de continuidad, acceder a los servicios de salud, que en ningn caso pueden ser interrumpidos sbitamente.

    17. Para la verificacin de derechos se solicitar nicamente el documento de identidad o cualquier otro mecanismo tecnolgico que permita demostrar el derecho. No podr exigirse al afiliado copias, fotocopias o autenticaciones de ningn documento.

    18. Revisar y recibir explicaciones acerca de los costos de los servicios obtenidos.

    USTED EN SU CONDICIN DE AFILIADO A UNA EPS, TIENE DERECHO A:

    1. Recibir informacin suficiente para hacer uso, en caso de considerarlo, de la libre eleccin de la Entidad Promotora de Salud que le brindar atencin a usted y su familia. De igual manera, tiene derecho a conocer los requisitos, tiempos y limitaciones para cambiar de EPS, segn lo establecido en la ley.

    2. Elegir libremente el asegurador, el mdico y en general los profesionales de la salud, como tambin a las instituciones de salud que le presten la atencin requerida, dentro de la oferta disponible ofrecida por la Entidad Promotora de Salud. Los cambios en la oferta de prestadores por parte de la EPS no podrn disminuir la calidad o afectar la continuidad en la provisin del servicio y debern contemplar mecanismos de transicin para evitar una afectacin de la salud del usuario y no podrn eliminar alternativas reales de escogencia donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones deben ser racionales y proporcionales. Recibir informacin actualizada, clara y fcilmente comprensible, acerca del listado de prestadores de los que dispone la EPS para brindarle atencin mdica.

    3. Tener acceso a informacin precisa y clara sobre la forma de acceder a los servicios de salud de acuerdo a sus necesidades y

    lo establecido en la ley.

    4. Recibir informacin sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administracin de las instituciones, as como a recibir una respuesta oportuna comprensible y que efectivamente responda a la solicitud realizada cuando efecte el trmite de sugerencias, quejas, inquietudes o felicitaciones por medio de los canales con los que cuenta la EPS y que debieron serle previamente divulgados.

    5. Conocer cules son sus riesgos en salud y que los mismos sean gestionados en un escenario de control y atencin, de acuerdo a lo definido por la ley.

    6. Recibir informacin completa y clara acerca de los aportes que permiten la financiacin del sistema de salud y promueven la racionalidad en el servicio, como aportes mensuales, copagos, cuotas moderadoras, valor de la consulta inasistida y la unidad de pago por capitacin (UPC), de manera que sea comprensible para usted, cundo se cobran, quines deben pagarlo y quines estn exentos de pago.

    7. Tener acceso a informacin clara y comprensible acerca de los riesgos de no atencin que implican el suministro de informacin falsa o una liquidacin errada en los aportes.

    8. Informarse acerca de cules son y cmo hacer parte de las entidades de asociacin, representacin y veedura de las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud, entre ellas, las EPS.

  • 27

    9. Utilizar y presentar los mecanismos de defensa y acciones judiciales para el reconocimiento de sus derechos dentro del sistema, lo que incluye acciones ante los entes de control, derechos de peticin, quejas, acciones de tutela, entre otros.

    10. Recibir la valoracin cientfica y tcnica por parte de la entidad promotora de salud a travs de su red, cuando del concepto mdico externo de un profesional de la salud reconocido, se considere que la persona requiere dicho servicio.

    11. A que la Entidad Promotora de Salud autorice los servicios que requiera incluso si no se encuentran en el plan obligatorio de salud, de acuerdo a lo dispuesto por la normatividad legal vigente. El acceso a los servicios de salud debe ser oportuno, de calidad y eficiente.

    12. A que la Entidad Promotora de Salud no obligada a autorizar un servicio de salud solicitado, adopten las medidas adecuadas para, por lo menos, (I) Suministrar la informacin que requiera para saber cmo funciona el sistema de salud y cules son sus derechos, (II) Entregarle al afiliado por escrito las razones por las cuales no se autoriza el servicio, (III) Indicar especficamente cul es la Institucin Prestadora de Servicios de Salud que tiene la obligacin de realizar las pruebas diagnsticas que requiere y una cita con un especialista, y (IV) Acompaarlo durante el proceso de solicitud del servicio, con el fin de asegurar el goce efectivo de sus derechos.

    13. Dar proteccin especial a nias y nios (persona menor de 18 aos), teniendo en cuenta que el derecho al acceso a los servicios de salud que requieran para conservar su vida, su dignidad y su integridad as como para desarrollarse armnica e integralmente, estn especialmente protegidos.

    14. Acceder a los servicios de salud sin que la entidad promotora de salud pueda imponer como requisito de acceso el cumplimiento de cargas administrativas propias de la entidad. Toda persona tiene derecho a que su entidad promotora de salud autorice y tramite internamente los servicios de salud ordenados por su mdico tratante. El mdico tratante tiene la carga de iniciar dicho trmite.

    15. Recibir las prestaciones econmicas por licencia o incapacidad, an ante la falta de pago o cancelacin extempornea de las cotizaciones cuando la entidad promotora de salud no ha hecho uso de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a su alcance para lograr el pago de los aportes atrasados.

    16. Acceder a los servicios de salud en cualquier municipio del territorio nacional, cuando emigre del municipio de domicilio de afiliacin o de aquel en donde habitualmente recibe los servicios de salud, de acuerdo a las reglas previstas en el Decreto 1683 de 2013.

    VII. DEBERES DE LOS AFILIADOS, PACIENTES Y BENEFICIARIOS

    Los deberes son aquellas obligaciones que deben cumplir los seres humanos para asegurar una convivencia en comunidad, bien sea por mandatos religiosos, naturales, sociales, legales o de otra ndole. Los protegidos de la EPS, as como los protegidos en calidad de pacientes de las IPS, cuentan con unos deberes que permiten la construccin de un sistema de salud que atienda las necesidades de los colombianos y se fortalezca en el cumplimiento de las normas. Conozcmoslos!

    USTED, EN SU CONDICIN DE AFILIADO, PACIENTE Y BENEFICIARIO TIENE LOS SIGUIENTES DEBERES :

    1. Cumplir las normas y actuar de buena fe frente al sistema de salud.

    2. Afiliarse con su grupo familiar a una Entidad Promotora de Salud entregando los documentos que acrediten, con suficiencia y claridad a sus beneficiarios.

    3. Respetar al personal responsable de la prestacin y administracin de los servicios de salud y acatar las normas de la EPS y de los prestadores que lo atienden.

    4. Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad y adoptar comportamientos y posturas que, en el diario vivir, favorezcan su bienestar y el de los que lo rodean. Una vez se encuentre en el marco de la atencin en salud, debe seguir las recomendaciones que sean indicadas por los profesionales de la salud que lo atienden, como un factor importante de xito en su recuperacin.

  • CARTA DE DERECHOS DEL AFILIADO Y DEL PACIENTE Y CARTA DE DESEMPEO28

    Para mayor informacin, comunquese con la Lnea Total 01 8000 1 14524

    5. Atender oportunamente las recomendaciones formuladas por el personal de salud y las recibidas en los programas de promocin de la salud y prevencin de la enfermedad.

    6. Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.

    7. Suministrar de manera voluntaria, oportuna y suficiente, informacin clara, certera y completa sobre su estado de salud, ingreso base de cotizacin y cualquier otra que se requiera para efectos de recibir el servicio.

    8. Realizar y/o facilitar los pagos que le correspondan (moderadores, compartidos y de recuperacin que se definan dentro del sistema), de manera completa, oportuna y adecuada, teniendo presente que las fallas en dichos aportes, bien sea por responsabilidad propia o del empleador, puede derivar en causales de no atencin, sanciones y multas. Contribuir al financiamiento de los gastos que demande la atencin en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago.

    9. Asegurarse de que sus beneficiarios cuentan con los requisitos legales para serlo y entender que, en caso de brindar informacin errada, puede desencadenar irregularidades que conllevan a sanciones.

    10. Asistir de manera puntual a las citas asignadas o cancelarlas oportunamente, de acuerdo a los plazos establecidos por cada institucin. De lo contrario, debe realizar el pago de la consulta inasistida o realizar la actividad pedaggica definida por la entidad en el marco del debido proceso.

    11. Brindarle a sus semejantes, sin importar si se trata de personal asistencial, administrativo u otros involucrados en el proceso de atencin, un trato digno, respetando la intimidad de todos, especialmente, de los dems protegidos.

    12. Participar en las instancias de deliberacin, veedura y seguimiento del sistema y hacer un uso racional de los recursos del sistema.

    13. Hacer uso, bajo criterios de razonabilidad y pertinencia de los mecanismos de defensa y de las acciones judiciales para el reconocimiento de derechos dentro del sistema.

    14. Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas por el sistema de salud, as como los recursos del mismo.

    15. Actualizar de caracter voluntario, permanente, oportuno y suficiente, la informacin que de manera clara, certera y completa permita conocer su ubicacin; tales como domicilio, direccin, telfono fijo y mvil, que permita contacto para efectos de recibir el servicio.

    VIII. PERODOS DE CARENCIA

    Segn lo dispuesto por la ley 1438 de 2011, por la cual se reform el Sistema General de Seguridad Social en Salud, a partir del 01 de enero de 2012 no hay lugar a perodos de carencia en nuestro sistema, as mismo, en los casos de traslado entre entidades promotoras de salud, tienen derecho a acceder a los beneficios del Plan Obligatorio de Salud sin restricciones de esta naturaleza, una vez se configure la efectividad del traslado.

    IX. PAGOS MODERADORES

    Con el fin de regular el uso de los servicios de salud del POS, y estimular su buen uso, la Ley 100 del ao 1993 reglament el cobro de Cuotas Moderadoras y Copagos, las cuales son aportes en dinero que los afiliados pagan cuando usan los servicios.Segn lo dispuesto por el acuerdo 260 de 2004 del Consejo de Seguridad Social en Salud, en el marco del principio de equidad, las cuotas moderadoras y los copagos en ningn caso pueden convertirse en una barrera para el acceso a los servicios, sin detrimento del deber de contribuir con su pago en el marco del principio de solidaridad dispuesto en la ley 1438 de 2011.

    CUOTA MODERADORA

    Las Cuotas Moderadoras son pagos que ayudan a financiar el sistema de salud y le inculcan al usuario la importancia de racio-nalizar los servicios. Esta cuota debe ser cancelada, tanto por Cotizantes como por sus Beneficiarios, cuando van a utilizar los siguientes servicios de salud:

  • 29 Consulta mdica Examen odontolgico por primera vez Imgenes de I y II Nivel* (por ejemplo ecografas) Medicamentos ambulatorios Exmenes de laboratorio clnico de I y II Nivel Consulta de Optometra, Fonoaudiologa, Nutricin, Sicologa y Terapias Urgencias no vitales

    Cunto debe pagar?A continuacin, encontrar el valor de las cuotas moderadoras vigentes:

    Rango Rango IBC Valor IBCValor de las cuotas

    moderadoras 2015

    A Menor a 2 SMMLV Entre $ 644.350 y $ 1.288.699 $ 2.500

    B Entre 2 y 5 SMMLV Entre $ 1.288.700 y $ 3.221.750 $ 9.900

    C Mayor a 5 SMMLV Desde $ 3.221.751 en adelante $ 26.100

    Salario mnimo mensual legal vigente (SMMLV) ao 2015 $ 644.350

    COPAGOS

    CUNDO SE DEBE PAGAR EL COPAGO?

    Esta cuota la pagan solamente los beneficiarios cuando van a utilizar los siguientes servicios:

    Tratamientos odontolgicos Lentes para anteojos Imgenes diagnsticas de III Nivel Exmenes de Laboratorio de III Nivel Hospitalizacin y Ciruga Todos los dems servicios POS, excepto los que estn sujetos a Cuotas Moderadoras Atencin del parto

    CUNTO SE DEBE PAGAR?

    En el caso de los Copagos, de acuerdo con su Ingreso Base de Cotizacin, usted deber pagar un porcentaje del costo del servicio y habr un tope mximo