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Derecho deportivo en el Perú

Enrique Varsi Rospigliosi

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Derecho deportivoen el Perú

Enrique Varsi Rospigliosi

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Colección Investigaciones Derecho deportivo en el Perú Edición impresa: 2008Primera edición digitalizada: 2018

© Universidad de LimaFondo EditorialAv. Javier Prado Este 4600, Urb. Fundo Monterrico Chico, Lima 33Apartado postal 852, Lima 100Teléfono: 437-6767, anexo 30131

[email protected] www.ulima.edu.pe

Diseño y edición: Fondo Editorial de la Universidad de Lima

Se prohíbe la reproducción total o parcial de este libro, por cualquier medio,sin permiso expreso del Fondo Editorial.

ISBN digital: 978-9972-45-440-0

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Citius, altius, fortius

Todas las grandes obras humanas tienen una dimen-sión deportiva y del deporte conservan el limpio humory el riguroso cuidado.

José Ortega y Gasset.

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ÍÍnnddiiccee

Presentación 13

CCaappííttuulloo 11:: AAssppeeccttooss ggeenneerraalleess ddeell ddeeppoorrttee 151. Evolución del deporte 152. Etimología de la palabra ‘deporte’ 19

2.1 Evolución del término ‘deporte’ en el Diccionario de lalengua española 20

3. Economía, ciencia, derecho y deporte 20 4. Tecnología, cuerpo humano y deporte 225. El proceso de la deportivización 236. El deporte en el Perú 257. Historia de la institucionalización del deporte en el Perú 268. El Instituto Peruano del Deporte 289. Gobierno del deporte: Autonomía y especialización 2810. Plan de Acción para el Desarrollo Deportivo en el

Perú 2006-2025 3210.1 Misión, visión y objetivos 3210.2 Temas 32

11. Organización pública del deporte 3312. Organización privada del deporte 34

12.1 Olimpismo internacional 3412.2 Olimpismo nacional 35

CCaappííttuulloo 22:: DDeerreecchhoo ddeeppoorrttiivvoo eenn eell PPeerrúú1. Ocio, deporte y derecho 372. Derecho deportivo 49

2.1 Concepto 492.2 Definición 502.3 Surgimiento 522.4 Denominación 53

[ 9]

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2.5 Características 542.6 Ámbito 552.7 Actores 57

3. Fair play 594. Fuentes del derecho deportivo 62

4.1 La ley 634.2 La costumbre 644.3 Los principios generales del derecho 654.4 La jurisprudencia 664.5 La doctrina 67

5. Autonomía del derecho deportivo 675.1 Argumentos a favor 685.2 Argumentos en contra 695.3 Posición ecléctica 705.4 Nuestra posición 71

6. Principios 727. Terminología propia 738. Relación con otras ramas del derecho 73

CCaappííttuulloo 33:: NNoorrmmaattiivviiddaadd ddeeppoorrttiivvaa 771. La Constitución 77

1.1 Breve excursus del artículo 14 de la ConstituciónPolítica del Perú 79

1.2 La Constitución de 1979 811.3 Las propuestas de la reforma constitucional 841.4 El deporte en el derecho constitucional comparado 84

2. Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte 88 2.1 El fomento del deporte: Deber del Estado y compromiso

individual 882.2 Antecedentes de la ley 892.3 Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte 89 2.4 Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo del

Deporte 943. Código de los Niños y Adolescentes 944. Ley General de Educación 945. Ley Universitaria 95

5.1 Apoyo académico al deportista 956. Ley Orgánica de Municipalidades 967. Código Civil 97

7.1 Derecho comparado 97 7.2 Derecho local 98

10 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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8. El Código Penal 1039. Ley General de la Persona con Discapacidad 105

9.1 Igualdad de condiciones 1079.2 Incentivos y descuentos 107

10. Ley de Seguridad y Tranquilidad Pública enEspectáculos Deportivos 107

11. Régimen laboral de los jugadores de fútbolprofesional 108 11.1 Estatuto del Futbolista Profesional 109

12. Ley de Acceso de los Deportistas de Alto Nivel a laAdministración Pública 11112.1 Ámbito de aplicación 11212.2 Deportista calificado de alto nivel 11312.3 Niveles para la bonificación por los logros del

deportista 11312.4 Determinación de la bonificación 11412.5 Del registro de acreditaciones 114

13. Ley de las Personas Adultas Mayores 11414. Las normas estatutarias 11515. Hacia un verdadero Código del Deporte 115

CCaappííttuulloo 44:: DDeerreecchhooss ddeell ddeeppoorrttiissttaa 1191. Los derechos de la persona y el deporte 119

1.1 El proyecto de vida 1201.2 Derecho al deporte 1221.3 Deporte y derechos humanos 125

2. Derechos del deportista 1262.1 Generalidades 1262.2 Los derechos de la persona y el deporte 127

3. Determinación del sexo y deporte 139 3.1 Hermafroditismo 1393.2 Cambio de sexo 1403.3 Prueba de determinación del sexo. Tecnicismo 141

CCaappííttuulloo 55:: JJuussttiicciiaa ddeeppoorrttiivvaa 143

1. Definición y ámbito 1432. La disciplina deportiva 145

2.1 Características 1452.2 Publificación 146

11ÍNDICE

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2.3 Principios constitucionales en la disciplinadeportiva 147

3. Justicia deportiva 1473.1 Justicia interna deportiva 1473.2 Justicia administrativa deportiva 1483.3 Justicia jurisdiccional deportiva 1483.4 Diferencia y matices 149

4. Exclusividad de la función jurisdiccional 150 4.1 Carácter exclusivo 1504.2 Tutela jurisdiccional estatal especializada 150

5. Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honoresdel Deporte 1515.1 Antecedentes 1515.2 Características 1515.3 Miembros del CSJDHD 1525.4 Competencia del CSJDHD 155 5.5 Laureles deportivos 1565.6 Facultades del CSJDHD 156 5.7 Características 1585.8 De las resoluciones y sesiones 1595.9 Funciones de la Sala Plena 159 5.10 Funciones del presidente y del secretario 160 5.11 Funciones del relator, del asistente administrativo

y de la secretaria 1605.12 Investigación y procedimiento 1615.13 Proceso (según el artículo 28 del reglamento

del CSJDHD) 1636. Las infracciones 166

6.1 Los sujetos titulares de la potestad disciplinaria 1667. Mecanismos alternativos de solución de conflictos en

el deporte 166

EEppííllooggoo 169

BBiibblliiooggrraaffííaa 175

12 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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PPrreesseennttaacciióónn

El deporte es una actividad que crece y desborda todo. Cada día más per-sonas lo practican y los empresarios aumentan sus in ver sio nes en esterubro. Los diarios y noticieros le dedican mayor espacio y crece el núme-ro de los pro gramas especiali za dos, que nos informan acerca de los acon-tecimientos deportivos nacio na les e in ter nacionales. No es una moda, esuna realidad que se enrola en la vida moderna. El de porte se practica, sevende como un pro ducto, somos sus actores y consumidores. La identifi-cación con su prác ti ca es mayor. Muestra de ello la tenemos en las olim-piadas, los mundiales, los torneos deportivos especiales y, sin querer, ter -mi na mos siendo parte del mundo deportivo, de una nueva forma de vidaque viene captando el interés directo o indirecto del hombre.

En estas páginas se presentan, en forma sencilla, los lineamien tos deldeporte desde una óptica jurídica, partiendo de la premisa de que el dere-cho deportivo es una disciplina no explorada en el Pe rú. Si bien existe unanormatividad que regula las prácticas de por tivas, una justicia que resuelveproblemas en instancia admi nis tra tiva y un sinnúmero de asociaciones, clu-bes, ligas, federa cio nes, deportistas y agentes deportivos que, con su actuar,ge ne ran relaciones jurídicas, carecemos de un desarrollo teórico y doc tri -nario de esta nueva rama del derecho.

Esto lleva a establecer que su tratamiento es solo normativo y legalista,sin ningún tipo de reflexión, planteamientos, criterios y postulados que ins-piren un desarrollo ordenado, coherente y moderno, alejándonos de la rea -lidad del derecho comparado.

El primer capítulo del libro trata sobre los aspectos generales deldeporte, como los referidos al deporte como institución, su evolución, latrascen dencia de su práctica en la vida del hombre, el proceso de so-cialización, su impacto en la tecnología y en la economía, centrándose enel desarrollo de esta actividad en nues tro país.

En el capítulo 2 se aborda el derecho deportivo en el Perú. Co-menzamos brevemente con la teoría del ocio, para adentrarnos en el dere-

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cho deportivo a través de un estricto estudio de su marco teórico y fun-damentos, y de una teoría que, de alguna manera, trate de justificar suautonomía. Tocamos sus características, fuentes, terminología y relacióncon otras ramas jurídicas.

El capítulo 3 se refiere a la normatividad deportiva. Desde el tratamien -to constitucional, con su contenido y su sentir, seguido de un recuento delas normas especiales que regulan el deporte nacional. No es un análisisal puro estilo exegético, más bien se trata de una presentación general dela orientación de las normas deportivas, terminando con una referencialpro puesta de Código del Deporte como norma orgánica.

El capítulo 4 trata sobre los derechos del deportista. En esta sec ción seinvestiga todo lo referente a la relación jurídico-deportiva, en especial losderechos vinculados al deporte, el proyecto de vida y el derecho al depor-te. Se parte de la idea de que el deporte, como medio de realización de lapersona, es un derecho reconocido oficialmente, que es fomentado su ac -ceso, promocionada su práctica e incentivada su integración social.

La justicia deportiva es el tema del capítulo 5. En él se estudia la justi-cia deportiva y su aspecto administrativo, llegándose a un bosquejo de suaspecto sancionatorio, para terminar con los mecanismos alternativos desolución de conflictos en el deporte, clave moderna de la justicia privada.

El objetivo general de esta investigación es el de preparar un estudio orgá-nico del derecho deportivo en el Perú, tomando en cuenta los modernos cri-terios doctrinarios, normativos y jurisprudenciales del derecho comparado. Asu vez, el objetivo específico es el de plantear los lineamientos y principiosjurídicos que inspiran el deporte en el Perú. De esta forma, intentamos esbo-zar la fundamentación del derecho deportivo, que se entiende como el queregula la actividad generada por los actos, conductas y vínculos existentesentre todas las personas relacionadas con el deporte.

La materia del derecho deportivo no está acabada, esta es solo la pri-mera parte de una amplia investigación –que se realiza gracias al apoyode la Uni ver sidad de Lima–; con posterioridad desarrollaremos temas másespecializados del derecho deportivo, como la responsabilidad civil en eldeporte, el asociacionismo deportivo, el deporte y su nexo con el comer-cio y el mercado, los aspectos laborales, la seguridad social y aspectos tri-butarios del deporte, entre otros.

Por el momento, vayamos compenetrándonos con la fundamentacióndel derecho deportivo, una nueva disciplina jurídica tan humana como lavida y tan cambiante como el hombre.

Enrique Varsi Rospigliosi

14 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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1 MELO FILHO, Alvaro. Direito desportivo. Novos rumos, 2004, p. 11.2 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Introducción al derecho del deporte, 2004,

p. 151.

CCaappííttuulloo 11

AAssppeeccttooss ggeenneerraalleess ddeell ddeeppoorrttee

11.. EEvvoolluucciióónn ddeell ddeeppoorrttee

Desde su inicio el deporte estuvo estrechamente ligado a los vínculos so -cioculturales de los pueblos. A través de él las personas se relaciona banformando lazos especiales, integrándose a través de eventos en los que ladestreza y la habilidad permitían el triunfo y el surgimiento del ganador.Aquellos que no lograban alcanzar la victoria esperaban ansiosos las pró -ximas jornadas pa ra reivindicarse y demostrar ser los mejores. Así, por unlado está el triunfo, acompañado de la ovación y los premios; por el otro,la derrota, que deja siempre un sinsabor que debe borrarse con un nuevoencuentro y la derrota del oponente. Superación, bienestar, ser los mejo-res y, sobre todo, demostrarlo, es lo que permitió que –desde los oríge-nes de la civilización– el deporte co mo actividad se convierta en uno delos medios más eficaces para el desarrollo del hombre y la in te gra ción delos pueblos, trascendiendo hasta nuestros días como un vigo roso fac tor decohesión social e identidad cultural, en busca de la cons trucción de unasociedad caracterizada por la armonía social.1

En diversas ocasiones al deporte se le instrumentalizó como “un ele-mento válido para aunar voluntades y exaltar identidades raciales, endefinitiva, como un medio para hacer patria”,2 situación que continúa,pero de una manera más horizontal y democrática. Fue también un signode distinción y dominación. En Grecia, los ganadores de los JuegosOlímpicos eran merecedores de privilegios sociales, mientras que en Roma

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3 HUIZINGA, Johan. Homo Ludens. Juego y cultura, 1972, p. 11.4 DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Las leyes del deporte de la democracia.

Ba ses para una ley del siglo XXI, 2002, p. 21.

ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI16

las com petencias deportivas fueron utilizadas con fines bélicos y de con-quista territorial.

Todo hace suponer que el origen de muchos deportes ha sido el ejer-cicio de las destrezas físicas que permiten la sobrevivencia del hombre,como la velocidad, la agilidad, la fortaleza, que se ponían en evi dencia alco rrer, lanzar, luchar, nadar, bucear, remar, entre otras activi da des hu ma -nas; a ello se le suma el adiestramiento bélico, pues los comba tien tes quego zaban de las mejores condiciones físicas y mentales eran los que siem -pre vencían. Aquí el deporte jugó un rol preponderante.

El juego es algo natural. Si bien todos los animales compiten, el hom-bre es el único que practica el deporte, y lo hace para demostrar su habi-lidad, su fuerza y su destreza. El holandés John Huizinga fortalece esta pre-misa cuando afirma que: “El juego es más viejo que la cultura, pues pormucho que estrechemos el concepto de éste, presupone siempre una so-ciedad humana y los animales no han esperado a que el hombre les en-señe a jugar”.3

Las diversas teorías sobre el origen del deporte lo consideran como unfenómeno histórico en el desarrollo de la cultura humana, unido intrínse-camente a esta y a la realidad social,4 llegando a presentarse como un mo-do de vida. Y es que algunos deportes no solo mueven masas humanasembriagadas por los triunfos de sus cuadros o enardecidas por sus derro-tas, sino que también provocan nuevas sensaciones y consecuencias (júbi-los, suicidios, caída de la moneda). La conducta del deportista y del afi-cionado –estimulado o deprimido– ha merecido concienzudos estudiossociológicos y antropológicos que nos informan que además de ser unamera actividad física, el deporte está enraizado en la humanidad.

Funcionó, y hasta ahora es así, como una forma de disipación, de rela-jo, de allí su atributo lúdico, ya que se construye y deriva de una esenciaanterior: el juego. La actividad laboral rutinaria, como primaria, es compen-sada por el deporte. Una forma de desenfreno “ordenado”; como diría JoséOrtega y Gasset, una ocupación felicitaria. El tiempo que el hombre em-pleaba en su vida diaria para ganarse el pan busca refugio en una actividadque lo disipe e integre con su comunidad. El deporte pasa a ser un com-plemento que, digamos, lo recompensa internamente en su tiempo libre.

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5 KRESALJA, Baldo. “Gestión y justicia deportiva”. La República. Lima, 15 de octubredel 2006, p. 17.

6 VALCÁRCEL, Luis E. “La religión incaica”. Historia del Perú, 1981, pp. 195-196.

ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE 17

Un estilo de ocio entendido en su sentido cabal, activo, productivo; un“ocio estoico” como decía Séneca, o un “ocio recreativo”, según SantoTomás de Aquino, referido como actividad llevada a cabo por diversión opasatiempo, tomado regularmente como descanso de otras tareas, ha-ciendo menos molesta y más llevadera la labor cotidiana, si así se quiere.El deporte termina siendo el rey del ocio. La actividad deportiva facilita elreencuentro del hombre consigo mismo y ni qué decir de la obtención deun saludable equilibrio psico-físico.5

En sus orígenes primó el deporte colectivo. Existen antecedentes enAsia, en las civilizaciones inca y azteca y en las tribus indígenas de Nor -tea mérica, donde se practicaron juegos grupales. La individualidad no erauna característica del deporte en sus orígenes; al contrario, la multitud fueuna característica típica de los juegos comunales. A través de estos no solose logró la integración de las personas sino que se consi guió trabajar enequipo, y sobre todo se tendía a la responsabilidad colectiva, en la quecada cual cumple una función, una tarea precisa para lograr un objetivo:vencer al oponente (cooperación-oposición). La unión hace la fuerzapuede haber sido el le ma distintivo de los orígenes del deporte, tan impor-tante en los quehaceres actuales, pero que se necesitaron reglas para sucorrecta práctica a lo largo de todos estos últimos siglos.

Luis E. Valcárcel6 nos dice que la actividad lúdica (perteneciente o rela-tiva al juego) está relacionada con la magia y el mito. Los juegos se clasi-fican en juegos de destreza y juegos de azar. Los segundos son sim-plemente juegos, mientras que a los primeros en nuestros días los deno-minamos deportes. Comprenden tanto las actividades físicas como el de-sarrollo de las partes corporales, relacionándose con la resistencia física, laaptitud corporal y el vigor con el que puedan realizarse ciertos actos, sinproducir fatiga inmediata. A simple vista estas actividades no se relacionancon la religión ni con la magia, sino que solo son ejercicios físicos, sin otroobjeto que el desarrollo del organismo. Sin embargo, no es así. Nos expli-ca Valcárcel que entre los pueblos de las culturas antiguas la destreza y elfísico generaron el concurso o duelo entre dos o más personas, a fin dedestacar en estos certámenes; los ganadores fueron en muchos casos losque sobrevivían en los torneos a muerte o los más aptos. Cuando la com-petencia se produce entre comunidades surge la batalla. Es, en sí, una acti-

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7 DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Op. cit., pp. 105-106.8 GÁLVEZ, José. Nuestra pequeña historia, 1966, p. 212.9 LYRA FILHO, João. Introdução ao direito desportivo, 1952, p. 107.

ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI18

vidad esencialmente lúdica, que termina con ganadores y perdedores, conla satisfacción de unos y el pesar de otros, el llamado homo ludens.

Pero en los pueblos antiguos la lucha tiene otro sentido. Es la interpre-tación del tiempo o de la derrota como una señal de lo que está por venir;es una forma de adivinación. Cuando se trata de una competencia entredos grupos cada uno representará una actitud, una alternativa, sea de feli-cidad o desgracia. El deporte es una conjugación de destrezas, de posi-ciones, de dominio del más fuerte sobre el más débil, pero, además, dehabilidades, siendo parte del folclore de los pueblos, al igual que sus can-ciones, bailes, cuentos, mitos o leyendas.

En general, todos los pueblos del mundo tienen “sus” deportes tradicio-nales que van ganando espacio en otros lares. El fútbol y el rugby son ori-ginarios de Inglaterra, el béisbol de Estados Unidos, la pelota vasca deEspaña, el golf de Escocia, el tae kwon do de Corea, el judo y el karate deJapón, el kung fu de China (teniendo en cuenta que la mayoría de artesmarciales son oriundas de Asia). Al parecer van originándose a partir delos juegos de los niños, de la lucha contra el ocio buscando entreteni-miento, perfeccionándose a través de su práctica. En su esencia, el depor-te es un juego. Juegan quienes lo practican y también los espectadores.Como dice De la Plata: “Una proporción elevada de nuestro tiempo deocio se emplea en nuestros propios juegos o en contemplar cómo jueganotros. Y estos juegos, los propios y los ajenos, son en gran medida activi-dad deportiva”7. Pero si bien, como dijimos al comienzo, todos los depor-tes representan en el fondo un juego, no todos los juegos son un depor-te. El juego es el género y el deporte la especie. Obviamente, cabe la ne-cesaria diferenciación entre prácticas lúdicas, ceremoniales, juegos de-portivos tradicionales, ritos físicos, juegos de sociedad y otros que debenser apreciados de acuerdo con el contexto en el cual se llevan a cabo.

José Gálvez sostiene que “Los deportes en su sentido moderno sonobra inglesa (...). Desde hace mucho más de medio siglo los ingleses fun-daron entre nosotros algunos centros deportivos y sociales, que han con-tribuido a modificar favorablemente mucho la vida limeña”.8

Más allá de los datos históricos, que tienen todo un tratamiento en estamateria, para la sociedad contemporánea el deporte es una institución pre-servadora y animadora de la convivencia humana.9

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22.. EEttiimmoollooggííaa ddee llaa ppaallaabbrraa ddeeppoorrttee

Espartero nos dice:

... la etimología de la voz deporte radica en el con texto marino medi-

terráneo, en donde “estar de-portu” significaba, entre otras cosas, dedi-

car el tiempo libre a los juegos del puerto. Sin embargo, Diem localiza

la voz deporte en el siglo XIII, señalando que no es de origen marino,

sino que las actividades que integra abarcan a todas las clases sociales.

En este sentido, indica como origen un poema francés de la época:

“pour deudire, pour desporter et pour son corps de reconforter porter

faisait françons”. De modo que ‘desporter’, se abreviaría una sí la ba en

In glaterra, naciendo el término ‘sport’ y nuestro actual deporte, que, en

un principio, significaba sencillamente diversión.10

Mariano Arnal11 analiza la estructura de la palabra deporte. Considera

que se trata de un término latino formado del verbo deportare, cuyo sig-

nificado es el que aparenta: deportar. El elemento que la compone es por-

tar, llevar fuera, a otro lugar, cambiar de sitio o de actividad. Similar a dis-

traer (traer o arrastrar hacia otra cosa) o di-vertir (verterse o inclinarse a

otra cosa) de ahí lo divertido, porque es diverso. Continúa Arnal re-

flexionando que la actual palabra sport deriva del inglés medieval dis-

porter, referido a las alegres (lighthearted) actividades recreativas. Tanto en

inglés como en español coinciden en la raíz latina portare, vinculado a

comportamiento, portarse y transporte, partiendo del reflexivo transportar-

se: caer en un éxtasis, arrobarse, embelesarse, enajenarse, extasiarse, que-

darse tan absorto en la contemplación de una cosa exterior o que se tiene

en la mente que los sentidos y la razón dejan de funcionar para cualquier

otra cosa; y con deportarse, que se usó con el significado de retirarse o

detenerse a descansar en algún sitio; también con divertirse, del latín di-

vértere, que significa apartarse del camino.

19ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

10 ALBOR SALCEDO, Mariano. Deporte y derecho, 1989, p. 133; DIEM, Carl. Historiade los deportes, 1989, citados por ESPARTERO CASADO, Julián. Deporte y derechode asociación. (Las federaciones de por tivas), 2000, p. 36.

11 Licenciado en latín y griego, el profesor español Mariano Arnal es especialista enléxico. En 1998 creó en internet la página El Almanaque, dedicada a este tema enla lengua española (<http://www.el almanaque.com>).

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22..11 EEvvoolluucciióónn ddeell ttéérrmmiinnoo ddeeppoorrttee eenn eell DDiicccciioonnaarriioo ddee llaa lleenngguuaaeessppaaññoollaa

El diccionario de la Real Academia Española de 1732 definía así el de porte:

DEPORTE. f.m. Diversión, holgúra, passatiempo. Es compuesto de lapre po si ción De y la voz Porte: y como esta signifique el trabajo de por-tear o passar las cosas de unos paráges á otros, puede ser se dixesseDe porte para explicar se deponia absolutamente todo lo que era cuida-do y fatiga para divertirse me jór. Lat. Vacatio. Otium. Animi relaxatio.Ma rian. Hist. Esp. Lib. 8. cap. 9. Go bernó este Capitán las cosas de losMoros..… por su Rey, que vivía ocioso, fin cuidar mas de sus deportes.Fonsec. Vid. De Christ. tom. 1. lib. 2. cap. 8. No porque en el Paraísohu viesse necesidad de buscar aire, adonde sobraban tan to deporte yrecreación.

Ya en el de 1780 se le vincula con la vacatio, otium animi ralaxati. Enel de 1884 determina su origen del provenzal deport. En 1914 de deportar,tercera acepción. En 1925, se complementa que es una actividad por locomún al aire libre. En 1926, es enlazado con aeportar, tercera acepción.En 1927 se agregan los términos deportismo, deportista y deportivo. En 1971se dice que es simile de recreación, pasatiempo, placer, diversión. En 1970se argumenta más en su definición:

deporte. (De deportar.) m. Recreación, pasatiempo, placer, diversión, oejer ci cio físico, por lo común al aire libre. || 2. Ejercicio físico, por locomún al ai re libre, practicado individualmente o por equipos con el finde superar una marca establecida o vencer a un adversario en competi-ción pública, siempre con sujeción a ciertas reglas.

En 1983 se introduce el úsase también en sentido irónico (Ú. t. en sent.irón.): hacerlo por distracción, desinteresadamente, sin ánimo lucrativo.

33.. EEccoonnoommííaa,, cciieenncciiaa,, ddeerreecchhoo yy ddeeppoorrttee

A pesar de lo tantas veces sostenido, el deporte ya no es “el hijo del tra -ba jo”. Actualmente es una actividad profesional que mueve ingentes can -tidades de dinero. El impacto económico de los grandes acontecimientosdeportivos es impresionante, generándose diversas profesiones en torno asu desarrollo: medicina deportiva, psicología del deporte, fisiología, bio -me cánica, ingeniería en infraestructuras de esparcimiento, e incluso las yaexis tentes se vienen perfeccionando: economía del deporte, sociología deldeporte, antropología del deporte. De más está decir que “el deporte es

20 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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un tema que interesa por igual a sociólogos, economistas, psicólogos, es -critores, juristas, etcétra, en tanto fenómeno que ejerce gran influencia endiversos ámbitos sociales”,12 y ni qué decir de la relación deporte-po lí ticaen la que los gobiernos utilizan esta actividad o los logros obteni dos.13

El deporte ha traspasado las fronteras de la mera recreación. Es una ac-tividad profesional en la que la inversión económica marca su norte,14 (delocio al negocio, nec otium). Claro que el problema aún reside en la difi-cultad de medir la trascendencia económica del deporte en la sociedad ysu beneficio directo de los integrantes de esta. En efecto, el deporte es unaempresa, un negocio o una industria importante en la que convergen unsinnúmero de actividades, desde los más simples oficios, pasando por lasprofesiones tradicionales, hasta la ciencia y la tecnología. Es esta, la tec-nología deportiva, la que viene colaborando en forma más intensa con lasocupaciones relacionadas con el deporte y la actividad física, como son:docencia de la educación física; formación de técnicos deportivos; inicia-ción, entrenamiento y preparación física de deportistas y equipos; gestióndeportiva y autoempleo; ocio y recreación; salud y ergonomía; inspeccióny autorización, e investigación, de manera que el deporte es tratado comouna ciencia en la que el estado físico y la técnica de los atletas es la basepara los triunfos y el éxito en las competiciones.

El derecho no es ajeno a este complejo mundo de relaciones. Regula lamateria desde su contenido básico, es decir, desde la simple actividad fí-sica hasta el nivel profesional, a fin de conseguir el triunfo y las mejoras enel nivel deportivo,15 cosechando valores y promesas. El deporte, comofenómeno, deja marcada su importancia en los diversos ámbitos sociales,culturales y económicos. Cada vez se practica más, pues vivimos en la erade la cultura de la belleza física, del cuidado de la salud, de la figura y la

21ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

12 OSTERLING PARODI, Felipe y Mario CASTILLO FREYRE. “Tratado de las obligacio -nes”. Para leer el Código Civil, 2003, p. 1017.

13 SÁNCHEZ, Gisella. “Deporte y política”. Diario oficial El Peruano, 2006, p. 8.14 En nuestro medio, y más aún en otros países, el fútbol es el deporte que ha adqui-

rido una gran importancia económica. ACUÑA NAUCAR, Nancy: “Fútbol, hoy másque un deporte un negocio”. Derecho, Banca y Sociedad. Año 1, núm. 4, noviem-bre del 2005, pp. 23-26.

15 Luisa Zagalaz Sánchez estudia los fundamentos legales que permitieron que la acti-vidad física española se desarrolle en su totalidad, consiguiendo los éxitos en losniveles deportivo y social (Fundamentos legales de la actividad física en España,1999).

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estética, del fitness. Celebramos el nacimiento del homo sportivus presentey latente que habita en cada uno de nosotros.16 La cultura deportiva escada vez más aceptada. Así, es necesario considerar que “… la actividadfísica y el deporte constituyen, sin lugar a dudas, uno de los hechos másimportantes de la sociedad contemporánea, tanto en su faceta de prácticaactiva, como espectáculo de masas, formando parte esencial de la vida yla cultura del hombre moderno, aunque su incidencia sobre la calidad devida de la población no sea del todo uniforme”.17 Queda muy claro queel deporte es una forma de vida; pero más aún una ciencia, a la que elderecho viene prestándole atención para su ordenamiento legal.

44.. TTeeccnnoollooggííaa,, ccuueerrppoo hhuummaannoo yy ddeeppoorrttee

La ciencia y el deporte están cada vez más unidos. Los deportistas de pen -den de la tecnología para lograr sus metas y fijar nuevas marcas. Ga na elhombre a través de la ciencia aplicada al deporte. Es una sim bio sis necesa-ria entre la tecnología y la eficiencia humana. Llevar al límite el cuerpohumano, tentar nuevas metas, convoca a una necesaria reflexión acerca dela vulnerabilidad del derecho a la salud, a la integridad e, in cluso, del dere-cho a la vida. Pruebas de lactosa, de flexibilidad, de pulso, de fuerza, estarpendiente de las variables y los rangos a los que podamos forzar nuestrocuerpo son materias del deporte moderno. Los entre na mientos, el conoci-miento teórico de la disciplina deportiva que practica, la alimentación reque-rida son, en conjunto, aspectos que comprenden la preparación del atleta.

El deseo de competir y ganar es común en el ser humano e innato enél. En situaciones especiales las hormonas manejan nuestro organismo.Bajo presión las hormonas nos premian con sensaciones agradables, enotras nos previenen y protegen adormeciendo los músculos debilitadospara enfrentar el dolor y el agotamiento. La competencia produce una seriede sustancias químicas y de bienestar que aumentan en tanto llegamos ala meta. Mientras más próxima está la victoria más enfebrecidos nos vol-vemos, la adrenalina está en su máximo nivel. La anticipación a esa sen-

22 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

16 MELO FILHO, Alvaro. Desporte na nova Constitução, 1990, p. 7.17 GÓMEZ-ANGULO RODRÍGUEZ, Juan Antonio. “El impulso del deporte español a

tra vés de la actuación de las administraciones públicas”, en DE LA PLATA CABA-LLERO, Nicolás (dir.). Las leyes del deporte de la democracia: Bases para una leydel siglo XXI, 2002, p. 77.

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sación, a ese clímax previo, es lo que nos hace competidores; es una es-pecie de sentimiento que llevamos muy dentro de nuestro organismo.

La dopamina estimula el centro de placer del cerebro, produciendo unadicha corporal. Es una sustancia que participa en la elaboración de sensa-ciones, como el goce y la satisfacción. Las endorfinas nos hacen sentir eu-fóricos, luchando contra el cansancio como todo buen estimulante naturaldel cuerpo. Vence al dolor, lo disipa; en algunos casos ese dolor se con-vierte en una simple molestia, evita que el sufrimiento por la actividad físi-ca llegue a la médula y al cerebro. Estas hormonas se desarrollaron paraprotegernos del peligro de situaciones extremas. Hoy ya no son tan nece-sarias como antes (otrora eran mecanismos de defensa de nuestra vida),pero las utilizamos en las competencias, las dosificamos teniendo en cuen-ta que “sin dolor no hay gloria”.

La ciencia trata de sistematizar esta multiplicidad de situaciones orgáni-cas y hormonales, así como mentales, regulando la ansiedad que puedellevar a la derrota, mientras que el trabajo organizado con du ce a la victo-ria. El instinto competitivo es una mezcla de pasión con decisión, de tec-nología y ergonomía (estudio de datos biológicos y tecnológicos aplicadosa problemas de mutua adaptación entre el hombre y la máquina).

55.. EEll pprroocceessoo ddee llaa ddeeppoorrttiivviizzaacciióónn

Imposible es solo una palabra que usan los hom-bres débiles para vivir fácil mente en el mundo quese les dio, sin atreverse a explorar el poder que tie -nen para cambiarlo. Imposible no es un hecho, esuna opinión. Imposible no es una declaración, esun reto. Imposible es potencial. Imposible es Tem po -ral. Imposible is nothing.

MUHAMMAD ALI

(Tomado de una campaña publicitaria)

El deporte busca alcanzar metas, obtener logros y satisfacer anhelos. Tie -ne como fin la superación y se presenta como un fenómeno mundial, esdecir globalizado. Y es que constituye un ele men to impor tan te en el desa-rrollo del ser humano, tanto en los as pec tos psicoso má tico y social, comoen el profesional, pues trae con sigo satis fac cio nes personales que vanmucho más allá de las económicas (honorarios o premios), aunque estasno sean nada despreciables, al ser una de las actividades que mayoresbeneficios económicos otorga. J. M. Cagigal di ce:

23ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

Page 24: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

No estamos ante una sociedad deportiva sino deportivizada. Y esta de -portivización de la sociedad surge de diferentes factores (mayor niveleconómico, educativo, mejores instalaciones, influencia de la tecnologíade la comunicación, liderazgo deportivo, etc.) pero sin duda alguna yodestacaría como elemento más trascendente la mayor disponibilidad detiempo libre y por ende de prácticas de ocio.18

Además de los evidentes beneficios físicos que aporta a quienes loprac ti can, el deporte inculca principios y actitudes. Es el medio idóneo quebrinda al deportista la satisfacción de aprender valores como la disciplina,el esfuerzo, la perseverancia para alcanzar las metas y el trabajo en equi-po, todo ello en pos del triunfo. En buena cuenta, puede decirse que eldeporte es parte del desarrollo vital del ser humano, el proyecto de vidade muchos y la profesión de otros tantos. Como dice el poeta y so ció logoAbelardo Sánchez León:

Nos enseña a no engañarnos a nosotros mismos. En el deporte de nadavale la viveza criolla, la trampa, el autoengaño, porque, así como lapoesía es incapaz de mentir, y muestra a quien la escribe de cuerpoentero, no hay un verdadero de portista que se engañe a sí mismo. Cadadeportista cosechará lo que ha sem brado. Si hace doce segundos en los100 metros planos o un minuto en los 100 metros estilo mariposa, esedeportista sabrá a ciencia cierta el lugar que le corresponde en su país,en su continente y en el concierto mundial.19

El aspecto personal es predominante, tomando en cuenta que si bienla condición de deportista es innata, debe formársele en el camino. A lasgrandes estrellas del deporte se les reconoce desde su infancia, perorequieren de una disci plina.

En el ámbito social el deporte moviliza a un gran número de personas(deportistas, espectadores, organizaciones, clubes, empresarios, etcétera),invirtiéndose considerables sumas de dinero para la realización de las ac-tividades deportivas. Son muchos los intereses que confluyen: para el de-portista alcanzar una meta física o económica; para el espectador la recrea-ción al seguir el certamen; para los organizadores los beneficios econó-micos del deporte espectáculo, el que es entendido como un negocio; paralos empresarios la oportunidad de promocionar sus productos o servicios.De esta manera, un sinnúmero de relaciones se perfeccionan gra cias aldeporte.

24 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

18 Citado en DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Op. cit., 2002, p. 104.19 SÁNCHEZ-LEÓN, Abelardo. “Deporte y vida cotidiana”, en AA.VV. El Perú en los

albores del siglo XXI, 2000, p. 226.

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66.. EEll ddeeppoorrttee eenn eell PPeerrúú

Un hecho trágico de la historia republicana del Perú, como fue la gue rracon Chile, fue –según el escritor José Gálvez20– uno de los aconteci -mien tos que detuvieron el progreso del deporte en nuestro país; circuns -tancia que determinó que a pesar de ser este una de las actividades deesparcimiento más populares en diversas partes del mundo, no sucede lomismo en nuestro país.

Por otro lado, en alguna medida los juegos de azar, la televisión, lainternet y otras formas de ocupar el tiempo libre han desplazado al depor-te; se puede decir entonces que se prefiere la inactividad a la actividad físi -ca. Como anota Sánchez León, nuestra sociedad “… no es una que ameen demasía hacer deporte. Su gente, por lo general, no está acostumbradaa hacerlo como entretenimiento sencillo o como una manera familiar dedivertirse”.21

A esta situación se suma la carencia de recursos. Sánchez-León afirmaque “las condiciones del medio no están dadas: se trata de ciudades hos-tiles, donde hay falta de servicios higiénicos y ausencia de duchas públi -cas o, simplemente, de un caño para el aseo elemental”.22 A ello se añadeque la falta de infraestructura deportiva sería uno de los motivos determi-nantes que explicaría el escaso desarrollo y la ausencia de éxitos en mate-ria deportiva. Sin embargo, como acertadamente se ha señalado, lo que fal-tan son deportistas23. El elemento humano es lo que precisamos, más alláde los recursos o la infraestructura, que es importante, pero no es lo esen-cial sin el capital humano.

Según una encuesta hecha por el Grupo de Opinión Pública de laUniversidad de Lima,24 son tres los deportes más populares en el Perú: elfútbol, el vóley y el atletismo (el ajedrez disputa el tercer lugar, pero exis-te la discusión acerca de su naturaleza deportiva). El primero destaca entretodos, aunque esto depende del país; por ejemplo en Australia los de-

25ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

20 GÁLVEZ, José. Op. cit., p. 214.21 SÁNCHEZ LEÓN, Abelardo. Op. cit., p. 223.22 Ibídem, p. 223.23 Ibídem, p. 225.24 Encuesta realizada por el Grupo de Opinión Pública de la Universidad de Lima el

7 y 8 de octubre del 2006 a 485 ciudadanos de Lima y Callao. De acuerdo con estaconsulta la tabla, el voleibol y el tenis son los deportes que han tenido mejor ren-dimiento. Fuente: <http://www.ulima.edu.pe> (31 de mayo del 2007).

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portes más practicados son el surf y la pesca, mientras que en EstadosUnidos lo son el fútbol americano, el béisbol y el básquetbol.

El Instituto Peruano del Deporte (IPD), como ente rector de esta discipli -na en el país, ha elaborado el Plan de Acción para el Desarrollo Deportivo enel Perú 2006-2025,25 que en lo que se refiere al factor demográfico señala:

— En el Perú somos una población de 28 millones de habitantes quecrece a una tasa anual de 1.7%; de los cuales cerca de 18 millonesse encuentran entre los 5 y 49 años de edad.

— Para la práctica deportiva recreativa no existen discriminaciones;pero son indicadores necesarios de tomar en cuenta la cantidad depoblación total y la que se encuentra en edades de la preferentepoblación objetivo.

— Del total de la población peruana, 12 millones se encuentran entre10 y 34 años de edad; y la mayoría se encuentra principalmente enlos grandes cen tros urbanos como la ciudad de Lima y las capitalesde departamento, deter mi nando condiciones sociales y físicas,específicas para la prestación de los servicios deportivos.

Pero las cifras nos dicen que el Perú es uno de los países con inversióndeportiva más baja en la región, ocupando el último puesto:

(*) 15% del Presupuesto NacionalFuente: IPD.

77.. HHiissttoorriiaa ddee llaa iinnssttiittuucciioonnaalliizzaacciióónn ddeell ddeeppoorrttee eenn eell PPeerrúú

A continuación se presenta un esbozo cronológico del desarrollo ins ti tu -cional del deporte peruano, el cual se inicia en la década de 1920.

País Inversión (en dólares)

ChileColombiaVenezuelaBrasilEcuadorCuba (*)Perú

52 millones48 millones51 millones92 millones48 millones92 millones10 millones

26 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

25 Resolución 123-2005-P/IPD. La Comisión Interna del IPD está integrada porAlfredo Deza Fuller, director nacional de Capacitación y Técnica Deportiva, y PercyMoreno Ponce, di rec tor nacional de Deporte de Afiliados.

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El Estado otorga categoría institucional al deporte por primera vez el 28de abril de 1920, mediante la creación de la Federación Atlética Deportivadel Perú (FADP), y en 1921, el gobierno de Leguía promulga la Ley deEstructuración del Deporte Nacional.

En 1938, durante el régimen de Benavides, se expide el Decreto Ley8741 (El Peruano, 8 de setiembre de 1938) que crea el Comité Nacional deDeportes (CND), el cual rige por un periodo de 31 años; fue derogadomediante el Decreto Ley 17817 (El Peruano, 19 de setiembre de 1969),conocido como Ley Orgánica del Deporte Nacional.

El régimen de Velasco expide el Decreto Ley 20555 (El Peruano, 12 demarzo de 1974), que crea el Instituto Nacional de Recreación, EducaciónFísica y Deportes (Inred), trazando la nueva estructura de la actividaddeportiva nacional.

En el segundo periodo de Belaunde Terry se crea el Instituto Peruanodel Deporte (IPD), mediante el Decreto Legislativo 135 (El Peruano, 12 deju nio de 1981) y en 1985, me dian te el Decreto Legislativo 328 (El Peruano,8 de febrero de 1985) se promulga la Ley General del Deporte. Ambas nor-mas tuvieron por finalidad la promoción y el desarrollo del deporte,estableciendo como responsables al Poder Ejecutivo, los con cejos munici-pales, la comunidad deportiva y la sociedad en general.

En noviembre de 1991, el gobierno de Fujimori declaró en emergenciael deporte nacional, mediante el Decreto Legislativo 695 (El Peruano, 6 denoviembre de 1991) que recortó el De cre to Legislativo 328 en lo referentea las elecciones democráticas de las autoridades deportivas de todo nivel,26

con excepción de la Federación Peruana de Fútbol, para la que se dictóuna ley especial, que fue derogada por la Ley General del Deporte 27159(El Peruano, 27 de julio de 1999).

En 1996, mediante el Decreto Legislativo 886, Ley de Organización yFunciones del Ministerio de la Mujer (Promudeh) (El Peruano, 29 de octu-bre de 1996) el IPD pasó a depender del Promudeh y en 1999, con la cita-da Ley 27159, vuelve a depender del Ministerio de Educación, como orga-nismo público descentralizado.

27ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

26 El objetivo fue manejar y nombrar a los dirigentes de las federaciones deportivasna cionales, del Consejo Nacional del Deporte y del Tribunal del Deporte, lo querigió hasta el 2001. Véase ALEJO RETTIZ, Pascual. “Deporte institucional en elPerú” [en línea]. <http://www.ipd.gob.pe> (24 de julio del 200).

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En el siguiente cuadro se pueden observar las fases y denominacionespor las que ha atravesado la entidad rectora del deporte nacional:

88.. EEll IInnssttiittuuttoo PPeerruuaannoo ddeell DDeeppoorrttee

El Instituto Peruano del Deporte (IPD) es un organismo público des centra -li zado, con rango ministerial, adscrito al Ministerio de Educa ción.27 Cuentacon autonomía técnica, económica, funcional y adminis tra tiva para el cabalcumplimiento de sus funciones. Le corresponde, en coordinación con losorganismos del Sistema Deportivo Nacional y Di recciones Regionales, for-mular e impartir la política deportiva, recreativa y de educación física,además de organizar, planificar, promover, coor di nar, evaluar e investigar,en el territorio nacional, el desarrollo del de por te, la recreación y la edu-cación física en todas sus disciplinas, moda li da des, niveles y categorías.

99.. GGoobbiieerrnnoo ddeell ddeeppoorrttee:: AAuuttoonnoommííaa yy eessppeecciiaalliizzaacciióónn

A diferencia de lo que pasa en los países desarrollados,28 en los que el de -porte ha logrado autonomía en todo el sentido de la palabra: finan cie ra,ad ministrativa y gremial, en nuestro medio se requiere que el Estado asu -

Período Institución

1920 - 19331933 - 19741974 - 19811981 - 2006

Federación Atlética Deportiva del PerúComité Nacional del DeporteInstituto Nacional de Recreación, Educación Física y DeporteInstituto Peruano del Deporte

28 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

27 DS.082-2005-PCM. Modifican adscripción de diversos organismos y entidades quese en cuen tran bajo el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo1.- Adscripción de Organismos Públicos Descentralizados y Comisiones. A partir dela vigencia del presente De creto Supremo, modifíquese la adscripción de losOrganismos Públicos Descentralizados y de las Comisiones que se señalan en elpresente artículo: 1.1 Quedan adscritos al Mi nis te rio de Educación: (...) El InstitutoPeruano del Deporte (IPD), normado por la Ley Nº 28036 (...). Se deja establecidoque el IPD estuvo adscrito a la Presidencia del Consejo de Mi nis tros (diario oficialEl Peruano, 27 de octubre del 2005).

28 El caso del Reino Unido tiene toda una historia deportiva. Muchos de los depor-tes actualmente más populares tuvieron ahí sus orígenes, por citar: las primerasreglas del cricket son de 1727 y las del fútbol o soccer datan de 1846, mientras

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ma un rol promotor, de incentivo y apoyo; es más, también de confianzaen las nue vas generaciones, preparando e incentivando a los niños, a lajuven tud, al deporte federado, a los ta lentos deportivos y sus proyectos.29

Los deportistas no se hacen de la noche a la mañana, es cuestión de en -trena miento más que una simple rutina; el entrenamiento es un arte y unacien cia que implica inversión, y el deporte se fundamenta en ella, to man -do en cuenta que es una forma de realización de la persona.

Hay demasiado por hacer a favor del deporte. La lista de los elementosne cesarios es larga: entrenadores capacitados, infraestructura, médicos,dirigentes con vocación de servicio, exoneración de impuestos, aplicaciónde los recursos, marco legal coherente, actualización, reinstaurar la educa-ción física obligatoria en los colegios y cubrir las 20 mil plazas de profe-sores vacantes en este rubro;30 debemos empezar por esto, lo demás sedará por propia inercia.

Las normas jurídicas en general, partiendo por la misma Constitución,establecen que el deporte es una actividad importante en el desarrollo dela persona, “pero en la práctica se le mira por encima del hombro”.31 Nopodemos pedir que nuestro Estado sea el único benefactor, sino que lainversión privada debe participar más activamente, como su cede en otrospaíses, incluso en los desarrollados, en los que resulta evidente que losfondos públicos no pueden sostener el deporte, sino que es necesarioencontrar fórmulas que permitan que el sector privado contribuya a su sos-

29ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

que el golf es originario de Escocia. Esto determina un compromiso ciudadano enla práctica deportiva que ha permitido que el Estado, en esta materia, tenga un rolen alguna manera subsidiario. El gobierno central tiene una inje ren cia limitada, lavida deportiva de la nación es financiada y promovida básicamente por las au -toridades locales, los sectores privados y, sobre todo, por los voluntarios. Esto noes óbice para que el Gobierno del Reino Unido no muestre una preocupación alrespecto; su función se da como principal proveedor de instalaciones deportivas yde recreación para las comuni da des. Para el año 2006 se asignó 2.000 millones delibras esterlinas de los fondos públicos y de la Lotería Nacional. Debe fomentar elapoyo a las autoridades locales y clubes en el desa rrollo de estrategias para el buenuso del tiempo libre, a fin de garantizar el éxito del deporte para el bienestar ymejor desarrollo de sus ciudadanos (<http://www.britishembassy.gov.uk>, consul-ta: enero del 2006).

29 Plan de Acción para el Desarrollo Deportivo en el Perú 2006-2025, Op. cit. Véaseen especial la introducción.

30 El Comercio. Lima, 16 de junio del 2006, p. A 20.31 SALINAS, Roberto. “¿Los nuevos legisladores velarán por el deporte?”. Diario ofi-

cial El Peruano. Lima, 15 de abril del 2006, p. 12. Se trata del experimentado perio-dista deportivo en su columna Desde la tribuna.

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tenimiento económico,32 sea a través de la esponsorización33, el mecenaz-go34 u otras formas filantrópicas.

Las estrategias en el área del deporte deben estar enfocadas al impulsodel desarrollo de las habilidades de los jóvenes, lo que se da fundamen-talmente en la escuela, descubriendo valores y, en todo caso, formandopotenciales deportistas. Los semilleros han venido cumpliendo su función,pero es en las universidades donde el deporte pierde importancia, a pesarde su práctica y de las políticas legislativas y estamentales. La universidadno apoya el deporte como actividad ni mucho menos como disciplina, sololo considera un medio de realización de los alumnos, como un debilitadoapéndice dentro de su estructura institucional en aquellas direcciones uoficinas denominadas de “Bienestar Universitario”, allí nace y queda elcompromiso. Se ha dicho, y no queda más que confirmarlo, que la “uni-versidad es la tumba de los deportistas”. Por lo demás, al deporte tampo-co le interesa la universidad.

De acuerdo con nuestra legislación,35 el deporte comprende tres áreasde acción, en mérito de lo indicado en el artículo 33:

• Deporte para todos.- De carácter promocional, participativo, pre ven -tivo para la salud y recreativo. Se desarrolla en cualquier lugar delpaís, en las municipalidades, centros laborales, comunidades cam pe -sinas y comunidades nativas (artículo 34). Es conocido co mo el de -por te recreativo (concepto utilizado por primera vez por el Con sejode Europa en 1966, con el objetivo de lograr el alcance de los bene-ficios del deporte al mayor número de personas). En él se integrantanto las prácticas deportivas informales, las intrascen dentes, así co -mo el deporte de la tercera edad, del menor en aban dono, del ca -rente de recursos, de los discapacitados. Todos tienen derecho a ha -cer deporte; es decir, el deporte como individualidad y colectividad.

30 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

32 CARRETERO LESTÓN, José Luis: “Las fórmulas legales para fomentar el patrocinioy el mecenazgo deportivos a nivel estatal: ¿La ley deportiva o ley fiscal?”, en DE LAPLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Op. cit., 2002, p. 169.

33 También llamada patrocinio publicitario. Es el contrato por el cual el patrocinadorpropor cio na financiación a un deportista o entidad, con el objeto de que las dis-ciplinas deportivas auspiciadas sirvan de soporte publicitario de las actividades delpatrocinador.

34 También llamado patrocinio sin contraprestación. Es el acto por el que una perso-na, en forma desinteresada y generosa, coadyuva a la realización de actividadesdeportivas.

35 Ley 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte. Diario oficial El Peruano,24 de julio del 2003.

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• Deporte estudiantil. De carácter formativo y competitivo, desa rrollalas aptitudes y habilidades deportivas del educando, se prac tica enlos centros educativos, universidades, institutos supe riores, escuelasmilitares y policiales (artículo 35).

• Deporte de afiliados. De carácter competitivo, que busca el alto ren -di miento en las diferentes disciplinas. Está constituido por or -ganizaciones de portivas como asociaciones deportivas, clubes, li gasy federaciones, le galmente constituidas e inscritas en el Re gis troNacional del IPD (ar tículo 36). Como refiere Julián Es par tero, “Noparece que sea demasiado radical afirmar que no existe deporte, almenos como fenómeno social, donde no hay asocia cio nis mo depor-tivo”.36 Se deriva del derecho de asociación, “… donde se asienta laestructura jurídica de la casi totalidad de las agrupaciones deportivasque integran el denominado movimiento deportivo; las cuales, a suvez, resultan connaturales y, por tanto, indispensables para el desa-rrollo del deporte, toda vez que las mis mas llegan a configurarsecomo condición necesaria y previa de la práctica deportiva”.37

Nicolás de la Plata,38 recogiendo las diferentes clasificaciones realizadaspor la doctrina (Real Ferrer, García Ferrando, Latorre, entre otros), conclu-ye que hay dos grandes bloques:

Además, consideramos que no puede obviarse la especialización deldeporte, sobre todo teniendo en cuenta las características de los practican-tes: profesionales, escolares, personas de la tercera edad y dsicapacitados.

31ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

36 ESPARTERO CASADO, Julián. Deporte y derecho de asociación (Las federacionesdeportivas). Op. cit., p. 23.

37 Ibídem, p. 25.38 DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Op. cit., p. 107.

1• Deporte integrador• Deporte recreativo

2• Deporte de competición• Deporte de gran espectáculo

Bloques del deporte

El deporte en un campo de acción integral

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1100.. PPllaann ddee AAcccciióónn ppaarraa eell DDeessaarrrroolllloo DDeeppoorrttiivvoo eenn eell PPeerrúú22000066--22002255

1100..11 MMiissiióónn,, vviissiióónn yy oobbjjeettiivvooss

Como se indicó anteriormente, el Plan de Acción para el Desarrollo De -por tivo en el Perú 2006-202539 se encarga de establecer los lineamientospara la implementación, desarrollo y futuro del deporte en el Perú, consi -derando la siguiente estructura:

• Misión.- La actividad física y el deporte son necesidades y de re chosdel ser humano, siendo preciso garantizar el crecimiento y el de -sarrollo de los niños y jóvenes incorporándolos en el de porte.

• Visión.- Fomentar la actividad física, el deporte y la recreación en elpro ceso de crecimiento del desarrollo humano.

• Objetivos.- Propiciar a través del deporte el desarrollo integral yequili bra do de la persona, forjar mejores peruanos y esta blecer lascondiciones para obtener un nivel de alto rendi mien to deportivo,con proyección de mejores resultados in ter nacionales, pro moviendola participación masiva de la po blación y el de sa rro llo de la educa-ción física, así como el cultivo de valores éticos y mo rales de losdeportistas, para ello se recuperarán, mantendrán y programaránnuevas obras en el ámbito nacional, priorizando los esce na rios,localizan do los de mayor población deportiva, y se imple men taránescenarios deportivos con equipamiento mo der no, de acuerdo conlas exigencias internacionales.

1100..22 TTeemmaass

Entre los temas considerados por el plan en mención se encuentran lossiguientes:

• Objetivos• Política para el logro de los objetivos

— Ordenamiento del sistema deportivo nacional;— propiciar la masificación deportiva nacional; y,— desarrollar la capacitación de técnicos y profesionales de la edu-

cación física.

32 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

39 Resolución 123-2005-P/IPD.

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• Estrategias de las políticas señaladas

— Sistema deportivo nacional;— recreación y promoción del deporte;— capacitación de técnicos y profesionales;— ciencia y tecnología deportiva;— antidoping;— infraestructura deportiva;— alto rendimiento deportivo;— planificación integral;— financiamiento; y,— descentralización.

• Acciones que permitan el logro de los objetivos

— Ordenamiento del sistema deportivo nacional;— masificación deportiva;— capacitación de técnicos y profesionales;— ciencia y tecnología deportiva;— infraestructura deportiva;— alto rendimiento deportivo;— planificación integral;— financiamiento;— descentralización;— plan estratégico del deporte afiliado y recreativo;— financiamiento y sugerencias;— desarrollo del deporte fundamental;— promoción y recreación deportiva; y,— deporte de afiliados.

1111.. OOrrggaanniizzaacciióónn ppúúbblliiccaa ddeell ddeeppoorrttee

La apatía del Estado por el deporte es un mal endémico generalizado. Alrespecto, Es partero dice: “El Estado mantuvo, como ha puesto de ma ni -fiesto el común de la doctrina, una actitud abstencionista hacia el fenó -meno deportivo”.40 En opinión de Bermejo Vera: “El sector de por tivo hasido constantemente abandonado por los poderes públicos” y “los pro ble -mas de ordenación jurídica del deporte han sido siempre de carácter se -

33ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

40 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Introducción al derecho del deporte. Op.cit., p. 75.

Page 34: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

cundario”.41 Es parte de la razón del Estado generar un hábito de por tivocomo política paritaria en el desarrollo de la persona, con la fina li dad deque el deporte cumpla una función social y termine siendo un me dio devida, no un fin; un medio de cultura moral y espiritual.42

El Estado debe promover el deporte, no intervenir en él. Correspondebuscar su democratización, que todos lo practiquen de una manera uni-forme y comprometida. Comprometer socialmente a los ciudadanos en lasprácticas no es otra cosa que unirlos en fines y deseos comunes, de su-peración y entrega personal.

La concepción del deporte como un aliado en el progreso personal,social y económico se puede entender de la siguiente manera:

• Personal, porque es capaz de servir como un estímulo, apar tando alindividuo de los vicios;

• social, porque funciona como una herramienta de inclusión social; y,

• económico, por las fuentes de ingresos que genera.

1122.. OOrrggaanniizzaacciióónn pprriivvaaddaa ddeell ddeeppoorrttee

En cuanto a la organización privada del deporte, esta se encuentra referi -da mayormente al olimpismo, que puede ser materia de análisis desde dosámbitos: internacional y nacional. Por ser de interés para el presente tra-bajo sobre todo lo con cer niente al desarrollo deportivo de nuestro país,abordaremos con mayor extensión lo relacionado con la actividad olímpi-ca nacional.

1122..11 OOlliimmppiissmmoo iinntteerrnnaacciioonnaall

Olimpíada u olimpiada es, según la definición del Diccionario de la len -gua española, en sus dos primeras acepciones, “Competición universal dediversos deportes que se celebra modernamente cada cuatro años en unlugar previamente determinado. || 2. Fiesta o juego que se celebraba ca -da cuatro años en la antigua ciudad de Olimpia”.

El movimiento olímpico se desarrolla bajo la organización y la norma -tivi dad del Comité Olímpico Internacional, cuyo esquema puede repre sen -tarse de la siguiente manera:

34 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

41 Ibídem, p. 75.42 LYRA FILHO, João. Op. cit., 1952, p. 99.

Page 35: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

MOVIMIENTO OLÍMPICO

1122..22 OOlliimmppiissmmoo nnaacciioonnaall

El movimiento olímpico nacional se encuentra regulado administrativa ylegalmente por el Comité Olímpico Peruano.

De acuerdo con el artículo 27 de la Ley 28036, Ley de Promoción y De -sa rrollo del Deporte,

el Comité Olímpico Peruano es la entidad na cio nal cons tituida comoaso ciación civil sin fines de lucro, afiliada al Co mité Olímpico In ter -nacional, que tiene por objeto fomentar, proteger y de sa rrollar el movi-miento olímpico y los deportes calificados como tales. Asi mis mo, difun-dir los ideales olímpicos y la representación interna cio nal del movimien -to olímpico peruano.

Según la mencionada norma, su institucionalidad y objetivos están regi-dos por su estatuto y reglamentos, por las disposiciones de la Carta Olím-pica Internacional aplicables de conformidad con la legislación y los con-venios nacionales e internacionales vigentes. Está constituido por los pre-sidentes de las federaciones reconocidas oficialmente con carácter olímpi-co, quienes eligen a su presidente y a los miembros de su directorio.

El artículo 28 de dicha ley establece las responsabilidades del ComitéOlímpico Peruano, que son las siguientes:

1. Administración de las villas olímpicas en todas las competencias delcir cuito olímpico.

2. Seleccionar a los deportistas integrantes de las delegaciones nacio-nales a los juegos del circuito olímpico, a propuesta de las respecti-vas Federaciones Deportivas Nacionales.

3. Inscripción, acreditación y participación de los deportistas peruanosen los Juegos Olímpicos y demás competencias realizadas bajo elpatrocinio del Co mité Olímpico Internacional.

4. Estimular la práctica de las actividades representadas en los JuegosOlím picos y en las demás competencias patrocinadas por el ComitéOlímpico In ter na cional.

35ASPECTOS GENERALES DEL DEPORTE

Movimiento olímpico

Comité OlímpicoInternacional

Federaciones DeportivasInternacionales

Comités OlímpicosInternacionales

Carta olímpica

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5. Ejercer la representación exclusiva del deporte peruano ante elComité Olím pico Internacional.

6. Rendir cuentas respecto de los recursos que el Instituto Peruano delDe por te le asigne.

7. Informar al Instituto Peruano del Deporte y a su Asamblea de Basessobre los recursos provenientes de fuentes nacionales y/o interna-cionales.

Asimismo, como se establece en los artículos 25 y 26 del Reglamentode la Ley 28036, Decreto Supremo 018-2004-PCM (El Peruano, 3 de marzodel 2004), el Comité Olímpico Peruano determina las disciplinas deportivasque representan al Perú en los eventos del Circuito Olímpico: JuegosBolivarianos, Juegos Sudamericanos, Juegos Panamericanos y JuegosOlímpicos, informando a las federaciones deportivas nacionales y al IPDsobre los criterios técnicos que se utilicen para determinar la clasificacióny selección de los deportistas que concurran a los eventos del CircuitoOlímpico.

36 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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CCaappííttuulloo 22

DDeerreecchhoo ddeeppoorrttiivvoo eenn eell PPeerrúú

11.. OOcciioo,, ddeeppoorrttee yy ddeerreecchhoo

Normalmente entendemos el ocio como descanso o actividad im pro duc -tiva, un no hacer nada, que se conoce como el ocio pa sivo (contem pla ti -vo); pero también existe uno productivo, lla mado ocio ocupacional (par ti -ci pativo), que, tanto como el pri mero, permite a la persona disiparse desus labores, situación del todo legítima, que es ejercida como una facultadnatural, un derecho al ocio que nos concede simplemente hacer o nohacer nada; y es que la vida del hombre demanda del ocio como parte desu sostén.1

Textos constitucionales modernos como el francés, el portugués y elholandés relacionan el ocio con la salud; es más, le dan la categoría dederecho, como indicábamos: el derecho al ocio. Nuestra vida en generalrequiere de momentos libres, de recreo, de esparcimiento, que los utilice-mos para lo más beneficioso que creamos. La regla es que nadie puedevivir sin “ociosear”, o sea que es el generus, y si ese tiempo lo invertimosen una actividad termina siendo beneficioso. Lo que sucede con el depor-te es que el ocio es su elemento nuclear, en concreto el deporte es la spes.Espartero2 identifica claramente esta situación calificando al ocio como

[ 37]

1 La teoría del ocio divide a este en consuntivo, cuando se refiere al sentido negati-vo o de mal uso, por ejemplo el que se emplea en los vicios; y creativo, cuandose trata del ocio en sentido positivo o de buen uso, y en el que se pueden desa-rrollar las actividades artísticas, te rapéuticas (deporte) o de carácter ético, como lalabor de voluntariado.

2 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Introducción al derecho del deporte, 2004, p. 54.

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generalidad y al deporte como particularidad de aquel, el que se conden-sa y a la vez se explaya en el deporte para todos. Claro que en el deporteprofesional esta nota no se cumple, porque se realiza como actividad suje-ta a compromisos y obligaciones.

En su aspecto particular, el deporte nace del ocio y luego puede pro-fesionalizarse. La convivencia entre ambos es real. El deporte compartecon el ocio los caracteres pasivo y activo. Es pasivo cuando se es espec-tador y activo cuando se ejerce el juego. En definitiva, se complementane integran.

Cada vez más y más gente invierte su tiempo en hacer deporte. Es laexpresión de un hecho social y, en concreto, de un hecho deportivo.

Como fenómeno social, el deporte ha avanzado notablemente en lasúltimas décadas, concitando el interés no solo de un público que va enaumento, sino también de las ciencias más diversas, entre las cuales elderecho no ha sido ajeno; al contrario, su presencia se da de una maneranatural y necesaria, al regular conductas humanas; a decir de Lyra,3 comotodo fenómeno social el deporte se proyecta en el dominio jurídico. Elderecho tomó en cuenta que al ser su fin regir la conducta humana en so-ciedad, debía concentrar parte de su atención en las prácticas deportivas,por la importancia que estas representan cada día de la vida, acrecentán-dose el apetito por una lectura jurídica del deporte.4

El deporte es una actividad humana en la que concurren los más va-riados actores, cada cual con sus intereses, prioridades y anhelos, que sevivencian en las jornadas deportivas. En ellas confluyen conductas que secomplementan o contraponen. La actividad deportiva termina siendo partede la vida del hombre, cada vez más arraigada a él, que exige ser regidapor un conjunto normativo homogéneo, ordenado y, sobre todo, eficaz.5

Cuando nos referimos a un conjunto normativo debemos entenderlo en susentido cabal; norma es lo que regula, lo que rige, y eso no lo cumple solola ley, sino el conjunto de fuentes de derecho que en materia deportivatiene una especialidad, como veremos más adelante.

3 LYRA FILHO, João. Introdução ao direito desportivo, 1952, p. 95.4 Palabras de introducción de José Manuel Meirim al artículo de Maria Joao Brazao

De Car valho denominado “Que ‘justiça desportiva’ nos tribunais?”, en AA.VV. Odesporto e o di rei to (prevenir, disciplinar, punir), 2001, p. 139.

5 Con un pensamiento similar, ACOSTA, Gerardo. “La prohibición de recurrir a la jus-ticia or dinaria y los mecanismos alternativos de resolución de conflictos deporti-vos”. Suplemento de derecho deportivo [en línea]: <http://www.eldial.com> (14 demarzo del 2006).

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DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ 39

El deporte busca metas a través de una acción humana que se encuen -tra regulada normativamente. Con este esquema, Ro ber to Brebbia6 men -cio na que son tres los rasgos esenciales que caracterizan la actividad estric -ta mente deportiva:

• El ajuste de esa actividad a reglas preestablecidas.• El despliegue de un esfuerzo o destreza por encima del ni vel habitual.

• La persecución en forma mediata o inmediata de un fin sa lutífero(físico o intelectual) de carácter personal.

Entonces, el deporte equivale a una conducta debidamente reglamen -ta da, en la que las partes intervinientes miden su fuerza, destreza o habili -dad en busca de una victoria.

Los civilistas nacionales Castillo y Osterling7 precisan la diferencia quedebe tenerse presente en cuanto a la forma como se llevan a cabo las acti-vidades deportivas, con el objetivo de satisfacer eficazmente las necesida-des y requerimientos de las partes, en este sentido muestran el contrasteentre el deporte actividad y el deporte espectáculo.

El deporte como actividad es mero esparcimiento. La actividad física ymental se rige por normas y reglamentos; en una justa deportiva siemprehay un ganador o un perdedor, al menos esta es la regla, salvo que se pro-duzca un empate. Las normas marcan el comportamiento de los deportis-tas, sus derechos y obligaciones y las reglas del encuentro. El deporteinvolucra tanto a quienes lo practican como a los colaboradores y losespectadores.

El deporte como espectáculo es llevado a cabo por profesionales y sepresenta como un fenómeno social. Ya no son sólo los deportistas sino lacomunidad la que está atenta a la contienda. Se dan un conjunto de rela-ciones de diversa índole (entre deportistas, espectadores y promotores)siendo necesario normar estos vínculos jurídicos a efectos de lograr eléxito en el desarrollo de la actividad deportiva. El contrato deportivo –ensu sentido integral– juega un rol esencial en la medida que rige la activi-dad de los deportistas, la seguridad de los espectadores y los compromi-sos del organizador o promotor. Es, asimismo, un tema de seguridad, al

6 OSTERLING PARODI, Felipe y Mario CASTILLO FREYRE. “Tratado de las obli ga cio -nes”, en AA.VV. Para leer el Código Civil. Vol. XVI, cuarta parte, tomo XIII, 2003,p. 1015.

7 Ibídem, pp. 1024-1030.

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regular la fiesta deportiva y encauzar los ánimos de los hinchas. En eldeporte como espectáculo el de rrotado no solo pierde en la cancha, porasí decirlo, sino ante sus hinchas, decepcionándolos cuando estos esperanmás de él. No importa perder pero hay que hacerlo luchando.

Sin embargo, la diferencia es más acabada. Puede hablarse de variostipos de deportes:

40 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Tipo / definición Característica

• Deporte recreativo

Promueve el ocio activo, tiende a entretener a quieneslo practican disipando el tiempo en actividades que loreconfortan, además se caracteriza por ser esencial-mente voluntario.

Entretenimiento personal

• Deporte espectáculoPuede ser profesional o no, con nivel o sin él. Está diri-gido sobre todo al entretenimiento, permitiendo que asu alrededor se desarrollen actividades económicasrelacionadas con el comercio y la publicidad. Es pro-pio de la sociedad de consumo.

Entretenimiento colectivo

• Deporte profesional

La actividad deportiva es realizada a cambio de unaremuneración, y donde la preparación física, los entre-namientos y otros condicionantes son requisitos parael éxito de la labor.

Horario, obligaciones, labor

• Deporte de alta competición

Conocido como deporte de rendimiento, puede serprofesional o amateur; su objetivo es alcanzar la vic-toria a través de las mejores marcas o récords.

Resultados

• Deporte educativo

Se consagra a la educación física, considerándose aldeporte como un elemento fundamental del sistemaeducativo.

Educación física

El deporte puede practicarse en un régimen profesionalizado, cons-

tituyendo el oficio de aquellas personas que se dedican a su práctica, a la

que subordinan otras actividades humanas, o en un régimen aficionado,

como una forma de recreación y mejoramiento de la salud. Estos dos tipos

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de realización del deporte tienen reglas propias, y no se puede exigir conigual rigor al deportista profesional que a la persona que lo practica comomero aficionado o como forma de pasar el tiempo.8 Puede decirse, en-tonces, que “el deportista profesional es un deportista de oficio, debida-mente remunerado, en contraste con el aficionado, deportista por gusto yteóricamente al menos, completamente desinteresado”.9

De acuerdo con las características de su práctica, las distintas discipli-nas deportivas se pueden agrupar de la siguiente manera:

• Por el número de participantes:

— Deportes individuales, grupales o mixtos (el atletismo se ca -racteriza por que puede ser de las tres modalidades).

• Por su finalidad:

— Deportes profesionales, de aficionados y los prac ticados porprescripción médica.

• Por el grado de violencia:

— Deportes violentos (boxeo, artes marcia les), de violencia media-ta y eventual (fútbol, básquet), no violentos (golf, te nis, ajedrez,bridge).

• Los autorizados y los no autorizados.

• Por el uso del cuerpo o de la mente:

— Deportes físicos (son la mayoría) y deportes intelectuales (aje-drez, bridge).

• Por el grado de riesgo:

— Son los deportes extremos, de alto riesgo o de aventura, dondeel peligro y la inseguridad son el estímulo que con du ce a su prác-tica (escalada deportiva, descenso de caño nes y barrancos, raf-ting o descenso en balsa, hydrospead o descenso en trineo flo-tante, parapente, ala delta, flysurf o práctica de cometa en gran-des proporciones, paracaidismo en caída libre, puenting o caídaal vacío, snowbike, moun tain bike o bajada en bicicleta en nieveo en cerros).

41DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

8 SEOANE SPIEGELBERG, José Luis. “Deporte y responsabilidad civil”. Ponencia pre -sen tada en el IV Con greso Nacional de la Asociación Española de AbogadosEspecializados en Responsa bi lidad Civil y Seguro. Pontevedra (España), 11, 12 y13 de noviembre del 2004.

9 MAJADA, Arturo: Naturaleza jurídica del contrato deportivo, 1948, p. 34.

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• Por el grado de resistencia:

— Destacan los deportes de extrema resistencia: ultramara tón 100km, maratón de 50 km y de 42 km; iroman (3,8 km a nado, 180km en bicicleta y 42,2 km corriendo), y sus variaciones: medio-iroman, doble-ironman y power man (10 km a nado, 152,6 kmpedaleando y 30 km co rriendo) y otras modalidades.

• Por el espacio físico donde se desarrollan e implementos usados yotras modalidades:

— Acuáticos (buceo, natación).

— Aéreos (ala delta, paracaidismo).

— Competición (equitación, carreras).

— Lucha (box, artes marciales).

— Naturaleza (pesca).

— Pelota (vóley, fútbol).

— Salón.

— Gimnásticos.

Desde la óptica jurídica, el deporte puede ser analizado en varios as -pectos: como complemento de la vida (salud), entretenimiento (bienestar),competencia (idoneidad) y profesional (laboral).

• Salud

La doctrina civil nacional representada, por el maestro Carlos Fer -nán dez Sessarego, ha definido el derecho a la salud como:

… el núcleo central del genérico derecho al bienestar (...) tiene una sig-nificación muy amplia, pues no sólo comprende la salud, como ausen-cia de enfermedad, sino otros derechos como gozar de una vi viendadecorosa, de un puesto de trabajo estable, de una retri bu ción adecuada,de un equilibrio emocional, de tiempo libre para de dicarlo al entreteni-miento y de vacaciones periódicas. Es decir, de todos aquellos derechosque hacen que el hombre común y co rriente, el hombre promedio, sesienta bien (...), que tenga en suma, una sensación de bienestar.10

En cuanto a la correcta denominación, como lo hemos mencio -na do,11 de alguna manera se viene prefiriendo la terminología de -

42 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

10 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. El derecho de las personas (en el umbral del sigloXXI), 2002, pp. 115-116.

11 VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique. Derecho médico peruano, 2006, p. 167.

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recho a la protección de la salud en lugar de derecho a la sa lud,tomando como fundamento que la salud no es un bien que el orde-namiento jurídico, por sí solo, ni el Estado pueden garan tizar, puesdepende de un conjunto de factores personales y so cia les. La pro-tección de la salud comprende: a) la atención sa ni taria individual,como la prevención y el tratamiento de la enfer me dad, y b) las con-diciones de salud pública, vinculadas con las condiciones generalesque la afectan.

En lo que respecta a deporte y salud podemos decir que la re la -ción es de complemento, un binomio perfecto. Y es que “el va lordel deporte como protector de la salud está universal mente recono-cido, de ahí que los poderes públicos de muchos países con siderenel deporte como parte de la función social de la pro tección y pro-moción de la salud”.12 El deporte mantiene en óp timas condicionesno solo nuestro cuerpo sino también la men te, logrando una inte-racción completa en las funciones del hom bre, y es que la educa-ción física y el deporte están orien ta dos a desarrollar y mantenermejores condiciones de nuestro or ga nismo, lo que no solo tienerepercusiones físicas y biológicas, sino también intelectuales;13 esdecir, mens sana in corpore sano.14

Practicar deporte regularmente favorece el funcionamiento delcuerpo. Cada órgano o sistema tiene una reacción determinadacuando se hace ejercicio, lo que es beneficioso para la salud delindividuo en especial y de la sociedad en general. La Organiza ciónMundial de la Salud indica que por cada dólar invertido en undeportista se ahorran diez mil dólares en salud. Es, final men te, unainversión el poder disponer de ingresos para el deporte, solo debenverificarse los montos.

El abuso de sustancias energéticas, el doping y el deporte quí mi -co son combatidos, con la finalidad de conseguir lo que se de no mi -na una defensa ética de la salud de los deportistas.15

43DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

12 GIL DOMÍNGUEZ, Andrés. “El derecho al deporte como derecho fundamental sub-jetivo co lectivo”. Revista Jurídica del Perú 33, abril del 2002, p. 208.

13 RUBIO CORREA, Marcial. Estudio de la Constitución Política de 1993, tomo 2,1999, p. 135.

14 Juvenal, poeta satírico romano (55-138 d.C.). Sátira X.15 MELO FILHO, Alvaro. Direito desportivo, Novos rumos, 2004, p. 13.

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• Bienestar

El Diccionario de la lengua española define el término bienes tar dela siguiente manera: “(De bien y estar). m. Conjunto de las cosas ne -ce sarias para vivir bien. 2. Vida holgada o abaste ci da de cuanto con-duce a pasarlo bien y con tranquilidad. 3. Es ta do de la persona enel que se le hace sensible el buen fun cio na miento de su actividadso mática y psíquica”. Su antónimo es malestar.

Nuestra Constitución Política de 1993, en su artículo 2, inciso 1,consagra el bienestar como un derecho expreso, cuando dice que“Toda persona tiene derecho a: 1. A la vida, a su identidad, a su inte-gridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar”.

Doctrinariamente, existe una similitud entre salud y bienestar, losque se encuentran relacionados e integrados. Para FernándezSessarego:

La noción de “bienestar” es de extensión tal que supone po seer todoaquello que permita a la persona lograr un es tado o sensa ción que sepueda definir como el de sen tir se bien. Solo pose yen do este estado debienestar podría de cirse que la persona se encon traría en las mejorescon di cio nes para cumplir con su proyecto de vi da, así como con tribuir,con su trabajo y otras actividades, al bien común.16

Continúa diciendo Fernández Sessarego:

Cuando se menciona el derecho al bienestar surge de inmediato la pre-gunta sobre quién o quiénes son los sujetos de derecho a los cua les esoponible. En otros términos, quién o quiénes son los su je tos que asu-men el correlativo deber frente al mencionado de re cho. Si se revisa laConstitución peruana de 1993, encontramos que los correlativos debe-res se atribuyen tanto al Estado como a la comunidad.17

Finalmente, comenta que: “Constituyen indiscutibles de be res delEstado, en relación con el respeto del derecho al bie nes tar, aquellosque se consideran como presupuestos de tal de re cho”,18 como sonel derecho a la vida, la libertad, la inte gri dad, la identidad, la inti-midad, el honor y muchos otros.

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16 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. “Derecho a la vida, a la identidad, a la integri-dad, a la li bertad y al bienestar”. La Constitución comentada. Análisis artículo porartículo, tomo I, 2005, p. 36.

17 Ibídem, p. 37.18 Ibídem.

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El deporte busca el bienestar de la persona, con el fin de que estalo gre un buen es ta do físico y anímico; es decir, volviendo a citar aJuvenal: “men te sana en cuerpo sa no”. Es una forma de vida queimplica compromiso, disciplina y responsabilidad. El de por te forja laentereza, da firmeza de ánimo, condiciones que son tan importan-tes en la convivencia humana, y que justifican la existencia de unapolítica del Estado que promueva la prác ti ca deportiva, con objeti-vos, recursos y procedimientos ad-hoc.19

Incentivar el deporte es identificarse con él, con miras a lograr elbienestar social, “por cuanto genera actividades de ocio e hi gienefísica, facilitando la inserción de los individuos en la so cie dad y enel mantenimiento de la salud”.20

En este marco cabe destacar que el Acuerdo Nacional, en su De -cimosexta Política de Estado, Equidad y Justicia Social, re fe ri da alFortalecimiento de la Familia, Promoción y Protección de la Niñez,la Adolescencia y la Juventud, declara:

Nos comprometemos a fortalecer la familia como espacio funda mentaldel desarrollo integral de las personas, promoviendo el ma tri monio yuna comunidad familiar respetuosa de la dignidad y de los derechos detodos sus integrantes. Es política de Estado pre ve nir, sancionar y erradi-car las diversas manifestaciones de violencia que se producen en lasrelaciones familiares. Nos proponemos, asi mis mo, garantizar el bienes-tar, el desarrollo integral y una vida dig na para los niños, niñas, adoles-centes y jóvenes, en especial de aquellos que se encuentran en situa-ción de riesgo, pobreza y exclu sión. Promoveremos espacios institucio-nales y entornos barriales que permitan la convivencia pacífica y laseguridad personal, así co mo una cultura de respeto a los valores mora-les, culturales y so ciales. Con este objetivo el Estado: ... (l) apoyará lainversión pri vada y pública en la creación de espacios de recreación,deporte y cultura para los jóvenes, en especial de zonas alejadas y po -bres... (Las cursivas son nuestras) (Decreto Supremo105-2002-PCM. ElPeruano, 18 de octubre del 2002).

En términos sencillos, educación es formar y el deporte permiteel desarrollo de la persona.

45DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

19 KRESALJA, Baldo. “R&D”. La República. Lima, 11 de octubre del 2006, p. 17.20 ESPARTERO CASADO, Julián. Deporte y derecho de asociación (Las federaciones

de por tivas), 2000, p. 24.

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Si relacionamos salud y bienestar con las respectivas prácticas de -portivas coincidiremos directamente con la calidad de vida, con laforma positiva y satisfactoria que le permite a la persona su plenarealización como un ser integral en su plena dimen sión.

• IdoneidadContar con una pericia, con una aptitud para hacer algo, el ser com-petitivo –no solo capaz ni preparado– es una de las cla ves deléxito. Muchas de las técnicas y prácticas deportivas se es tán apli-cando con éxito en el campo empresarial, lo que se re co ge en otrasactividades. Siempre se busca a la persona más pre parada, a la másapta, pero es importante también conocer su perfil, aquellas cuali-dades que lo hacen especial, diferente a los demás, aquello quemarca la diferencia entre las personas.

En la actividad deportiva la idoneidad y competitividad son lasprin cipales virtudes, a las que se unen la performance, la prepa ra cióny el entrenamiento físico. Se discute si el deportista pro fe sio nal naceo se hace. Sin duda, las cualidades y habilidades en una actividad soninnatas, genéticas en el individuo (el garbo en el fútbol, la reacciónen el atletismo, la disciplina en las artes marciales). La maña nace conla persona. Solo se enseñan y re pasan las técnicas, con el objeto demejorar el rendimiento del deportista. Idoneidad y deporte de com-petencia es una fórmula ideal. El deporte de competencia, al consti-tuir un juego de desa fíos, “tiene la propiedad de templar el espíritu delos niños y los jóvenes. Los demás son quehaceres positivos, pero demenor im pacto para los fines que debe perseguir la Ley delDeporte”.21 El deporte es verdad, honestidad y entrega.22

• Laboral

Desde el punto de vista laboral, el deporte representa una ac ti vidadimportante. El esparcimiento en forma de espectá cu lo de portivo esbuscado por un creciente número de personas, lo que per mite larealización de mayor cantidad de competencias, pro duciendo ungran movimiento económico y creando más fuen tes de trabajo eincrementándose la actividad laboral.

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21 MUSSO VENTO, Alberto: “La ‘ley’ y el deporte de competencia”. Ius et Veritas 18,1999, p. 277.

22 Como dice Abelardo Sánchez León: “Practicar deportes tiene la ventaja de enseñar-nos a aproximarnos a la realidad sin men ti ras, manipulaciones o maquillajes. Esa

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El deporte se vincula así con diversas profesiones, que permitensu consoli dación y desarrollo. La normatividad en materia de por ti vadebiera estar orientada a ofrecer una seguridad plena a los ac toresdel deporte; sin embargo, solo se orienta al estable ci miento de unrégimen laboral para los deportistas pro fesio na les, de manera que suactividad privada23 sea reco nocida. La prác tica deportiva exige engran medida el empleo de la fuerza física, de habilidad y destreza.Es una típica labor de esfuerzo que necesita de normas de protec-ción y seguridad.

En torno al deporte gira un conjunto de labores que permiten lasjornadas deportivas, en las que claramente se aprecian dos pun toscontrapuestos:

— El empleo sumergido,24 que representa una elevada rota ción enlos puestos de trabajo, disminuyendo la calidad del ser vicio, lageneración de empleo y dinero negro que no se re fleja en lascifras del negocio deportivo, en el PBI ni en los porcentajes depoblación activa, con lo que la economía del deporte se ve afec-tada no solo en calidad –por la que todos estamos preocupa-dos– sino que pierde peso y poder de ne go ciación.

— El voluntariado25 es común en el deporte. Muchas perso nas tra-bajan de manera desinteresada y gratuita, a través del voluntaria-do, que en nuestro medio cuenta con una legisla ción especialque lo hace más atractivo.

47DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

actitud no es muy común en el país. Sería extra or di na rio que los políticos profe-sionales tuvieran la actitud de un deportista” (“El deporte: una manera de razonar”.El Comercio. Lima, 27 de enero del 2006, p. A-4).

23 “Que, el régimen laboral de la actividad privada está compuesto por un universode dispo si ciones legales destinadas a regular, valga la redundancia, el régimencomún y diversos re gí menes especiales como, por ejemplo, el de construccióncivil, mineros, periodistas, mé di cos, deportistas, profesores, pescadores, hospeda-je, entre otros, en razón de las pecu lia ri da des propias de sus labores”. CAS. Nº 941-2002-DEL SANTA (El Peruano, 1 de marzo del 2004).

24 El empleo sumergido es un espacio laboral al margen de la ley, que surge debidoa la ri gidez del mercado (cargas sociales, impuestos, honorarios).

25 Según la Ley 28238, Ley General del Voluntariado, en su artículo 2, se entiende porvo luntariado a la “Labor o actividad realizada sin fines de lucro, en forma gratuitay sin víncu los ni responsabilidad contractual. El voluntariado comprende activida-des de interés general para la población, como: actividades asistenciales, de servi-cios sociales, cívicas, de capacita ción, culturales, científicas, deportivas, sanitarias,de cooperación al desarrollo, de defensa del medio ambiente, de defensa de la

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Estos cuatro aspectos: salud, bienestar, idoneidad y laboral, mar can larelación entre deporte y derecho. Sin duda que de ellos se derivan otros,pero lo importante es el reconocimiento de la estrecha relación entre estasdos disciplinas.

En el Perú la relación entre deporte y derecho ha estado funda men tal -mente vinculada a las áreas de la respon sabilidad civil,26 a la violencia enél generada,27 las barras bravas,28 la justicia de portiva y el aspecto laboralde los futbolistas,29 y que han si do objeto de interés por parte de los estu-diosos del derecho; sin embargo, otros temas –no menos importantes–relacionados con esta disciplina legal han quedado un tanto, por no decirdel todo, en desamparo. Debe dejarse en claro que el derecho de por tivo

48 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

economía o de la investigación, de desarrollo de la vida aso ciativa, de promocióndel voluntariado y otras de naturaleza análoga, tendientes al bien co mún. El volun-tariado lo podrá prestar a los beneficiarios una persona natural, indepen dien -temente, o una organización de voluntarios agrupados bajo la forma de una aso-ciación sin fi nes de lucro, ambos debidamente registrados en el Registro deVoluntarios” (El Peruano, 1 de junio del 2004). El Reglamento de la Ley Generaldel Voluntariado, Decreto Supremo 008-2004-MIMDES, indica, en su artículo 5, queel vo luntariado comprende “... a todas aque llas actividades de interés general queimpliquen un compromiso a favor de la sociedad o de la persona, de carácter cívi-co, social, cultural, edu ca ti vo, de cooperación al desarrollo cien tífico, deportivo, dedefensa y protección del medio am biente, de capacitación, asis ten cia les, sanitarias,de defensa de la economía, de desarrollo de la vida asociativa, de promo ción delvoluntariado y otras de naturaleza análoga que tien den al bien común”(El Peruano, 20 de noviembre del 2004).

26 FERNÁNDEZ CRUZ, Gastón. “El fundamento de la responsabilidad civil deportiva”.Themis 19, 1991, p. 67. OSTERLING PARODI, Felipe: “El deporte y la responsabi-lidad civil” (parte 3). Revista Jurídica del Perú 42, enero del 2003, pp. 3-17. OSTER-LING PARODI, Felipe y Mario CASTILLO FREYRE. “Tratado de las obligaciones”.Para leer el Código Civil, vol. XVI, cuarta parte, tomo XIII, 2003, pp. 1013-1080; “Eldeporte y la res pon sabilidad civil: Responsabilidad civil derivada de actividadesdeportivas en general (pri mera parte)”. Revista Jurídica del Perú 40, noviembre del2002, pp. 69-80; “El deporte y la responsabilidad civil: Responsabilidad civil deri-vada de los daños sufridos por un jugador frente a un contendor o competidor(segunda parte)”. Revista Jurídica del Perú 41, diciembre del 2002, pp. 131-144; “Eldeporte y la responsabilidad civil: responsabilidad civil derivada de los espectácu-los deportivos, respecto de daños sufridos por los espectadores (tercera parte)”.Revista Jurídica del Perú 42, enero del 2003, pp. 1-18.

27 CHANGARAY SEGURA, Tony Rolando. El fútbol y el derecho penal, 1999.28 GHERSI SILVA, Enrique. “Cómo controlar a las barras bravas”. Ius et Veritas 13,

Revista de Derecho, noviembre de 1996, pp. 61-69.29 FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, César Aníbal. “Apuntes sobre el régimen laboral del

fut bo lista”. Revista Jurídica del Perú 47, junio del 2003, pp. 155-160. ARCE ORTIZ,Elmer Guillermo. Futbolista profesional y sus derechos laborales, 2005.

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no puede limitarse solo a estos aspectos, pero la reali dad teórica ha sidoasí, al menos en nuestro medio, lo que im plica decir que el derecho depor-tivo peruano requiere de una urgente acta de naci miento.

22.. DDeerreecchhoo ddeeppoorrttiivvoo

22..11 CCoonncceeppttoo

La relación entre deporte y derecho es bastante estrecha. Al ser el hom bre,y por ende la sociedad, los principales beneficiarios del deporte, el dere-cho se constituye como la herramienta regu la dora de las actividadesdepor ti vas.

Deporte y derecho. Uno parte de la vida del sujeto, el otro de un sis-tema que rige la conducta de los hombres; ambos son necesarios, cadacual según su finalidad. El deporte es, sobre todo y ante todo, una criatu-ra de la ley; sin derecho el deporte carece de sentido, por cuanto ningu-na actividad humana está más reglamentada que el deporte.30

El deporte evoluciona con el hombre, con la vida en sí. Es, hoy en día,uno de los principales rasgos diferenciadores de la sociedad contemporá-nea;31 y ya se habla de un proceso de deportivización de la colectividad.

Lo importante que ha de tenerse en cuenta cuando buscamos delimitarconceptualmente su terminología es que:

… el deporte considerado en su vertiente educativa, en su ma ni festacióna través de la competición, como cauce de expresión y comunicacióncorporal, o, en fin, desde la perspectiva lúdico-re crea tiva, es que se pre-senta como una acotación de una realidad hu mana polisémica [Gros yVerkindt] y diversa, en definitiva co mo señala Amador, calidoscópica,32

lo que dificulta en extremo su definición y, aún más, su regula ción legal.Tie ne una vinculación variada con la salud, la educa ción, la cultura, elocio. Y es que, como realidad cambiante, el de porte ha contagiado a laspro puestas legislativas, sufriendo esa efervescente y permanente meta-morfosis,33 de lo menor a lo ma yor, de lo intrascendente a lo trascenden-te. Por esas vertien tes el deporte se fue delineando.

49DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

30 MELO FILHO, Alvaro. Op. cit., p. 4.31 ESPARTERO CASADO, Julián. Deporte y derecho de asociación (Las federaciones

de portivas). Op. cit., p. 35.32 Ibídem, p. 35.33 CABRERA DOMÍNGUEZ, José María. “El papel de la legislación autonómica en la

Page 50: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

22..22 DDeeffiinniicciióónn

22..22..11 DDeeppoorrttee

El Diccionario de la lengua española define el término deporte de la si -guien te manera:

1. m. Actividad física, ejercida como juego o competición, cuya prác ticasupone entrenamiento y sujeción a normas. 2. m. Re crea ción, pasatiem-po, placer, diversión o ejercicio físico, por lo común al aire libre. por~. 1. loc. adv. Por gusto, desinteresadamente. U. t. en sent. Irón.34

La doctrina define el deporte como

aquellos ejercicios físicos, practicados individualmente o por equipos, conánimo de lucro o sin él, por lo general al aire libre, para lograr un fin dediver sión propia o ajena (profesionalismo) y un desarrollo corporal ar -mónico, ejercicios sometidos a reglas determinadas, y en que la voluntadde los particulares puede dar origen a negocios jurídicos válidos.35

La Carta Europea del Deporte dice que este es “todo tipo de activida-des físicas que, mediante una participación organizada o de otro tipo, ten-gan por finalidad la expresión o la mejora de la condición física o psíqui-ca, el desarrollo de las relaciones sociales o el logro de los resultados encompeticiones de todos los niveles”.36

Nuestro ordenamiento jurídico, por su parte, lo define como:

... la actividad física que se promueve como un factor importante pa ra larecreación, mejora de la salud, renovación y desarrollo de las potenciali-dades físicas y mentales del ser humano, mediante la participación y sanacompetencia en todas sus disciplinas depor ti vas, recreativas y de educa-ción física premiando a los que triunfan en una contienda leal, de acuer-do con sus aptitudes y esfuerzos (artículo 2 de la Ley de Promoción yDesarrollo del Deporte, Ley 28036. El Peruano, 24 de julio del 2003).

22..22..22 DDeerreecchhoo ddeeppoorrttiivvoo

Para Majada el derecho deportivo es el conjunto de normas es cri tas o con -sue tudinarias que regulan la organización y práctica de los deportes y, en

50 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

pro mo ción del deporte”, en DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Las leyes deldeporte de la democracia. Bases para una ley del siglo XXI, 2002, p. 130.

34 Diccionario de la lengua española. Tomo 1, 2001, p. 749. 35 MAJADA, Arturo. Naturaleza jurídica del contrato deportivo, 1948, p. 30.36 Séptima Conferencia de Ministros Europeos Responsables del Deporte. Mayo de

1992.

Page 51: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

ge neral, cuantas cuestiones jurídicas plan tea la existencia del deporte co -mo fenómeno de la vida social.37 Clariá manifiesta que el derecho deporti -vo se entiende como el conjunto de normas, de derecho público y priva-do, estatal y no estatal, que regula las relaciones entre las personas jurídi-cas y fí sicas que –directa o indirectamente– se vinculan con la acti vi daddeportiva.38

Ambas definiciones son bastante genéricas, sobre todo la segunda.Están recargadas de un contenido positivista extremo al limitar a esta ramaa un conjunto de normas (leyes, dispositivos, reglamentos), desconocien-do que la esencia de todo derecho, y su efectividad para resolver proble-mas so ciales, son sus fuentes, que en el caso del derecho deportivo sonabundantes.

A decir de Frega, “Es la disciplina que se encarga de abordar el fenó-meno deportivo desde los distintos ámbitos del derecho y a la vez posibi-lita generar intercambios interdisciplinarios que permiten analizar conmayor amplitud y riqueza científica todas las manifestaciones del objeto deestudio: el deporte”.39 Para Gil Domínguez, “El derecho del deporte es ladisciplina que se encarga de abordar al fenómeno deportivo desde las dis-tintas vertientes del derecho...”.40

Las definiciones rescatan el fenómeno deportivo en el sentido de queel deporte es una forma de vida, una conducta, un quehacer cotidiano dela persona mediante el que se desenvuelve en sociedad, consigo mismo ycon los demás. Esta forma de vida genera toda una industria a su alrede-dor, que la hace más llamativa por sus ingresos y por la diversidad demedios que utiliza para captar espectadores, lo cual es reconocido, abor-dado y normado por el derecho.

Para Melo Filho41 el derecho deportivo se configura como una rama ju -rí dica catalizadora de expectativas y experiencias socia les, políticas, educa -cionales y económicas en el plano deportivo, compatibilizándolas con un

51DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

37 MAJADA, Arturo. Op cit., p. 38.38 CLARIÁ, José Octavio. “La actualidad del derecho deportivo” [en línea]. Suplemento

de derecho deportivo. ElDial.com. Diario jurídico argentino en internet, 13 de juliodel 2006. <http://www.eldial.com/suplementos/deportivo>.

39 FREGA NAVIA, Ricardo. Contrato de trabajo deportivo, Buenos Aires, s.e., 1999, p.10, citado por CÁRDENAS CASTRO, Felipe. Importancia de la existencia del con-trato de tra bajo de los deportistas profesionales en el régimen laboral colombiano,2003, p. 7.

40 GIL DOMÍNGUEZ, Andrés. Op. cit., p. 213.41 MELO FILHO, Alvaro. Direito desportivo: Aspectos teóricos e prácticos, 2006, p. 1.

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ius singulari que condensa normas de organización, normas de conducta,normas substantivas y normas procesales, a fin de albergar hechos, falen-cias, espe cificaciones y relaciones jurídico-deportivas. El autor brasileñoplasma en su definición la autonomía jurídica y su especialidad.

Diríamos que el derecho deportivo es una rama especial del de re choque regula la actividad generada por las conductas y los vínculos entretodos los actores del deporte. Asimismo, protege jurídicamente al serhumano y sus relaciones con la práctica y las técnicas deportivas, estable-ciendo reglas aplicables al desarrollo de esta importante disciplina, con elfin de lograr los beneficios para la persona y la sociedad.

22..33 SSuurrggiimmiieennttoo

Resulta obvio decir que el derecho deportivo no surge en el mis mo instan-te de la actividad deportiva sino mucho más tarde. Es como consecuenciadel desarrollo del deporte, de su avance y su prác tica, que se van fraguan-do las leyes deportivas. Como con duc ta humana y modo de desarrollarse dela persona el de porte exige una regulación jurídica, la que se ha visto refle-jada no solo en leyes sino, fundamentalmente, en teorías, principios y cri te -rios jurisprudenciales. En esta línea, Gamero Casado in di ca que:

... el común de la doctrina cifra el nacimiento del de recho deportivo pro-piamente dicho con la instauración del mo vi miento olímpico por el barónPierre de Coubertin a finales del siglo XIX, tras la extensión de la modade practicar sport en In glaterra. De Coubertin tuvo un papel decisivo enel surgi mien to del olim pis mo moderno, cuando en el Congreso AtléticoInternacional de París, el 23 de julio de 1894, creó el Comité OlímpicoInternacional. Con anterioridad a esa fecha, según la po sición doctrinalma yoritaria, podemos hablar de antecedentes históricos del derecho de -portivo, pero no de un derecho depor ti vo propiamente dicho.42

Esto es discutible, tomando en cuenta que el derecho, sea cual fuere, noes solo normas o institu cio nes sino fundamentalmente conductas regula-das. En todo caso, cree mos que con De Coubertin, más que el derechodeportivo, surge el derecho olímpico.

Liminarmente, el propósito del derecho deportivo fue evitar la violenciaen el deporte, en todo caso canalizarla y evitar los abusos en las compe-

52 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

42 GAMERO CASADO, Eduardo. “La erradicación de la violencia como idea-fuerza enla evolución histórica del derecho deportivo” [en línea]. <http://www.cafyd.com/HistDeporte/htm/pdf/3-0.pdf> (18 de junio del 2006).

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tencias. Exigía el cumplimiento de las reglas, el juego limpio, el fair play.Con esta idea, nuevamente, Gamero Casado alega:

… la Historia –y la prehistoria– del Derecho deportivo está transidapor el propósito de erradicar la violencia de las confron ta ciones agonís-ticas. La práctica deportiva supone, en efecto, una do mesticación de losimpulsos humanos más brutales que recon du ce una agresividad decarácter primitivo hacia manifestaciones refinadas de esfuerzo y habili-dad, contribuyendo a liberar ten sio nes sin propósito de dañar al con-tendiente. El deporte es concebido por ello (...) como una forma cultu-ralmente ritualizada de combate, que encuentra su origen en la lucha,pero produce un efecto be né fico en razón de sus postulados de noble-za y caballerosidad.43

Por estos días, tanto la autonomía del derecho deportivo como susobjetivos están orientados al impulso del deporte como empresa, como unmedio efectivo de lograr el máximo desarrollo de la persona o del teamdel cual forma parte, demanda la existencia de normas legales adecuadasdictadas por cada país, teniendo en cuenta las reglamentaciones interna-cionales y oficiales.

22..44 DDeennoommiinnaacciióónn

Esta área del derecho ha merecido una variedad de denomi na cio nes: dere-cho deportivo, derecho del deporte, legislación de por tiva, derecho delatleta. En el derecho comparado se le co no ce como ‘derecho del deporte’o ‘deportivo’ en Brasil y Portugal; ‘ley del deporte’ en el sistema anglo-sajón, como en Estados Unidos e In gla terra; ‘derecho del deporte’ enFrancia y en Cataluña; Sportrecht en Alemania; entre otros.

La expresión ‘derecho deportivo’ (droit sportif) fue empleada en algu-nas obras francesas aparecidas a partir de 1934, y en 1940 comenzó a pu-blicarse en Roma bajo el título de Il diritto sportivo.44

Para algunos sectores, el deporte forma parte del derecho al entre -tenimiento, que está compuesto por aquellas actividades vinculadas con ladistracción, como el cine, la radio, la tele vi sión, la música, la lectura y losespectáculos públicos, que son tomadas como pasatiempo y recreo por laspersonas.

53DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

43 GAMERO CASADO, Eduardo. Op. cit.44 MAJADA, Arturo. Op. cit., p. 37.

Page 54: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

No podemos decir que la denominación derecho deportivo es unánime,pero sí es la más usada y representa de una mejor manera su contenido yfinalidad, por lo que terminamos haciéndola nuestra. Es importante tener encuenta que el derecho deportivo no puede ser considerado denominativa-mente como derecho olímpico, pues este último es parte del primero.

22..55 CCaarraacctteerrííssttiiccaass

Baldo Kresalja considera con certeza que “El mundo del depor te es unarealidad compleja, a caballo entre lo público y lo pri va do, entre la auto-nomía y la sumisión a normas jurídicas, entre el esfuerzo físico y el tem-ple moral, entre las rígidas reglas del jue go y el ejercicio placentero, entrela innovación y el riesgo de las nuevas especialidades y el arraigo popularde las tradi cio na les”.45

De estas notas podemos concluir que el derecho deportivo se diferen-cia de otras ramas del derecho, por ser:

• Mixto.- Contiene normas de derecho público y privado, sus tantivas yadjetivas, administrativas, penales y éticas. La problemática del dere-cho deportivo y las soluciones que se proponen envuelven práctica-mente a todas las ra mas del derecho. Es, palmariamente, un derechomixto o so cial, pues tiene de público y privado, un derecho ubicuoque no cabe incluirlo con exactitud dentro de uno o de otro.46

• Dinámico.- La realidad deportiva es cambiante, por lo que re quiereque este tipo de derecho se adecue, se transforme a la par de la rea-lidad.

• Objetivo. El sustento de esta disciplina se halla en el dere cho escri-to. La actividad deportiva, ya sea en su sustrato fisiológico o patoló-gico, encuentra su regulación y solu ción en el sistema jurídico.Como se dice, el deporte nece sita de un ordenamiento legal queordene su funciona mien to, entendido este como el conjunto de nor-mas y prin ci pios que regulan el mundo del deporte en sus varia dasmanifestaciones.47

54 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

45 KRESALJA, Baldo. “Las próximas batallas. El universo deportivo”. La República.Lima, 25 de octubre del 2006, p. 17.

46 LYRA FILHO, João. Op. cit., p. 110.47 GOMEZ-ANGULO RODRÍGUEZ, Juan Antonio. “El impulso del deporte español a

través de la actua ción de las administraciones públicas”, en DE LA PLATA CABA-LLERO, Nicolás (dir.). Las leyes del deporte de la democracia: Bases para una leydel siglo XXI, 2002, p. 78.

Page 55: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

• Imperativo.- En el ámbito extrapatrimonial, al proteger bie nes jurídi-cos como la vida, la dignidad, la salud, y la integridad del ser huma-no, sus normas son imperativas, no disposi ti vas. En el ámbito patri-monial subyace la protección de los bie nes que pertenecen al Estadoo a terceros, por lo que no se puede pactar en contra del régimennormativo, pues se estaría afec tándolos.

22..66 ÁÁmmbbiittoo

La legislación regula la disciplina deportiva en lo referente a los de rechosy obligaciones que les asisten a los deportistas, espec ta dores, organizado-res, patrocinadores, jueces, en general a to dos sus actores; así como elquebrantamiento de las reglas de juego; la imputabilidad de los daños oca-sionados en la práctica de por tiva, entre otras. Tales situaciones son tra -tadas de manera especial por el derecho deportivo, tomando en cuen taque el de porte no es un fin sino un medio para el de sarrollo del ser hu -mano y de la sociedad.

De esta forma, el derecho deportivo cuenta con un rico contenido yáreas de desarrollo profesional. Su ámbito se forja en el asesoramiento deinstituciones deportivas, deportistas profesionales, técnicos y agentes de laFederación Internacional de Fút bol Asociado (FIFA), contratos de patroci-nio, transferencias de jugadores, instrumentación y puesta en marcha desistemas de gerenciamiento de instituciones deportivas, diseño y negocia-ción de acuerdos de colaboración entre entidades deportivas, negociaciónde contratos de trabajo deportivo, explotación del derecho a la imagen,defensa de los derechos de los deportistas menores de edad, métodosalternativos de solución de conflictos, medidas para restringir las prácticasilícitas de ambush marketing, entre otras actividades.

La asesoría legal deportiva es cada vez más solicitada. El gran negocioque genera el deporte profesional, sumado al tecnicismo de los contratos,exige contar con una orientación individualizada, que proteja los interesespersonales, sociales y económicos de la persona. Asimismo, las inversio-nes en el patrocinio del deporte postulan una exigencia en la toma deci-siones estratégicas. Por ejemplo, los grandes eventos deportivos (Cam peo -nato Mundial de Fútbol, Juegos Olímpicos) son una vitrina para los patro-cinadores, que invierten ingentes cantidades de dinero a cambio de losderechos que incluyen la exclusividad en su sector.

El siguiente cuadro nos presenta, grosso modo, el ámbito del derechodeportivo:

55DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

Page 56: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

56 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Derecho deportivo peruanoÁmbito

Conformación del sistemadeportivo nacional Regulación pública Organizaciones

deportivas

• Instituto Peruano del Deporte • Gobiernos regionales y locales• Organizaciones deportivas• Universidades• Institutos superiores• Fuerzas Armadas y Policía• Centros educativos• Centros laborales• Comunidades campesinas y

nativas.

• Instituto Peruano del Deporte • Comité Olímpico Peruano• Comisión Nacional Antidopaje• Consejo Superior de Justicia

Deportiva y Honores delDeporte

• Centros de alto rendimiento

• Clubes deportivos• Ligas• Federaciones deportivas

nacionales y especiales• Agentes deportivos• Deportistas profesionales

y no profesionales

Actores Solución de disputas Derechos

• Deportistas• Espectadores• Directores• Dirigentes• Agentes • Patrocinadores• Técnicos• Entrenadores• Jueces • Árbitros• Organizadores• Espónsores• Clubes• Federaciones• Ligas• Medios de comunicación

• Clasificación de disputas- Técnicas- Administrativas- Disciplinarias

• Financieras• Justicia deportiva• Instrumentos para la resolución

de disputas• Arbitraje• Conciliación

• Dignidad• Libertad• Salud• Integridad• Actos de libre disposición• Intimidad• Imagen • Voz• Honor• Identidad • Igualdad• Discriminación• Publicidad• Licencia

Responsabilidad Impuestos Regulación privada

• Responsabilidad civil, penal yadministrativa

• Violencia entre jugadores• Barras bravas

• Clubes profesionales• Impuesto directo• Principios para el control

económico de los clubes• Fiscalidad y exoneraciones

• Asociacionismo deportivo:Clubes, Ligas

• Federaciones deportivas • Sociedades anónimas

de por tivas

Laboral Comercio y mercado Dopaje

• Estado del deportista• Contrato de trabajo deportivo• Deporte y libertad de asocia-

ción• Derecho de huelga• Derecho de sindicalización• Derecho a la negociación

colectiva• Transferencia de jugadores

• Venta de derechos de exclu-sividad

• Marcas• Derecho de competencia• Patrocinio• Mercaderías• Esponzorización• Merchandising• Mecenazgo• Convenio de colaboración

• Control de las actividadesde los jugadores

• Medidas disciplinarias

Seguridad social

• Pensiones

Page 57: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

22..77 AAccttoorreess

La Convención contra el Dopaje en el Deporte48 (2005) refiere que eldeportista es quien participa en un deporte en el ámbito nacional o inter -na cional o aquel que realiza un deporte aun en ni vel inferior aceptado porlos Estados parte. Respecto a los pro gramas de enseñanza y formación, undeportista es la perso na que participa en un deporte bajo la autoridad deuna orga ni za ción deportiva.

Sin embargo, las personas que forman parte del deporte son muy varia-das, no pudiendo limitar la actuación del derecho deportivo exclusiva-mente en lo que se refiere a los deportistas, en la medida en que paralograr un entrenamiento efectivo, el éxito de un partido o batir una marcase requiere de todo un equipo compuesto por diversos profesionales, téc-nicos y jueces que velen por el cumplimiento de las reglas y, también, delos espectadores.

Cada quien con sus correspondientes atribuciones, compromisos y obli-gaciones. Son actores aquellos que hacen posible el deporte, sea con unaparticipación activa, fiscalizadora, ordenadora o en calidad de espectadores.

57DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

Actores Concepto

Deportistas Son los que someten su actividad a las reglas del juego. El deportis-ta puede ser:• Profesional, aquel que se dedica voluntariamente a la práctica de

un deporte bajo la dirección de una organización deportiva a cam-bio de una retribución.

• Amateur, quien practica el deporte por puro gusto y satisfacción,sin recibir retribución alguna. Se realiza sobre todo como parte delentretenimiento.

Institución deportiva Persona jurídica que tiene como fin organizar, administrar y ordenarla práctica o difusión de un deporte determinado.

Espectadores Son aquellas personas que asisten a ver la reali zación de una activi-dad deportiva. En las competencias hay normalmente más es pec ta -dores que jugadores. En este caso el deporte es un espectáculo, ycomo tal una rea lidad que va en aumento. En los torneos mundialescomo las Olim pía das, los cam peo natos de fútbol y de tenis, entreotros, el número de espectadores se ha incrementado notablemente,gracias al avance tec noló gi co de los medios de comunicación.

48 Unesco. Art. 2. Tercera sesión de la reunión intergubernamental de expertos sobreel an teproyecto de Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte. París,Sede de la Unesco, 10-15 de enero del 2005 [en línea]. <http://unesdoc.unesco.org/images/0013/001379/137927s.pdf>.

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58 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Actores Concepto

Directores Más conocidos como dirigentes, son aque llos que tienen a sucargo la conducción de una institución deportiva y de esta ble cerlas políticas de desarrollo de esta.

Agentes También llamados representantes de los de por tistas, se encar-gan de intermediar en las negociaciones y velar por el cumpli-miento de los acuerdos entre los deportistas y las ins titucionesque los contratan, deslindando la labor administrativa de lalabor deporti va.

Patrocinadores Conocidos también como espónsores, son per sonas o entida-des, sobre todo empresas, que financian las actividades depor-tivas a tra vés de la promoción de sus marcas.

Entrenadores Técnicos especializados en la pre paración fí sica, encargadosde fijar el tipo de ejerci cios pa ra un mayor rendi miento de losde por tistas.

Jueces o árbitros Encargados de velar por el cum pli mien to de las normas duran-te la realiza ción de un torneo deportivo.

Clubes Instituciones que reúnen a deportistas, so cios, dirigentes,padres de familia y aficio na dos, para la práctica de una o másdis ci pli nas deportivas. Son las organizaciones de base deldeporte afiliado.

Ligas Entidades que velan por la actividad recrea tiva, deportiva yadministrativa de sus afi lia dos. Pueden ser de categoría distri-tal, pro vincial, departamental o regional:• Liga distrital, constituida por tres clu bes.• Liga provincial, integrada por tres ligas dis tritales.• Liga departamental o regional, com pues ta por tres ligas

provinciales.

Federaciones Órganos rectores de cada disciplina de por tiva correspondienteal ámbito nacional. Es tán formadas como asociaciones civilessin fines de lucro, se ri gen por sus estatutos, la legislación y lasnor mas internacionales apli cables. Sus organis mos de baseson las ligas depar ta men tales, regionales, distri ta les, provin -ciales o los clubes. Se gobiernan a través de la Asamblea deBases y el di rec torio.

Medios de comunicación Tienen una función importante en el deporte, tomando en cuen-ta que son más los televi dentes, radioescuchas y lectores que si -guen las actividades deportivas que los espec ta do res directos.

Page 59: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

33.. FFaaiirr ppllaayy

Juego transparente, ética deportiva, competencia justa, cum pli miento delas reglas, eso es el fair play.49

Es la realización de la actividad deportiva en forma digna, sin perjudicarlos intereses ajenos, actuando con la mayor rectitud y probidad, con uncomportamiento adecuado y esperado. Bajo estos lineamientos, el depor-te debe ser realizado honradamente, sin dañar a la otra parte, “presuponejusticia, igualdad, lealtad, honestidad, aceptación y respeto al adversario ypor las diferencias de cada uno, entre otros valores morales”.50 Se presen-ta como una responsabilidad individual y grupal que debe ser asumida demanera integral, tanto por el atleta como por su equipo, así como por losentrenadores, organizadores, dirigentes, agentes deportivos, médicos, árbi-tros, espectadores, comunicadores; vale decir por todas aquellas personasque están vinculadas, directa o indirectamente, con la actividad deportiva;todos y cada uno de ellos deben lograr una justa equitativa, lo que va másallá de la decisión de los jugadores, pues depende de la convicción deestos respetar las reglas de juego. Esta es la función del deporte educati-vo, buscar la compenetración integral desde la etapa escolar, enseñandovalores en el juego, como la honestidad, el fair play y la autoconfianza.51

En su contenido vemos que el fair play implica nada menos que buenafe, una conducta recta, transparente y leal, un actuar noble y sincero, queins pire confianza en el acto deportivo. En razón de ello, podemos decir queasí como la buena fe es la piedra angular del derecho, en base a la cual seinterpreta el acto jurídico (artículo 168 del Código Civil), se negocian, cele-bran y ejecutan los contratos (artículo 1362 del Código Civil), el fair play esla esencia del acto deportivo que permite su ejecución y efectos como me -dio de realización de las personas y liberación de tensiones de la sociedad.El derecho deportivo lo consagra como un principio elemental.

59DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

49 VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique. “Fair play. El juego limpio y la incertidumbre denuestro derecho” [en línea]. <http://www.iusport.es> (7 de agosto del 2006).También en Le gal Express. Año 6, núm, 67, Julio del 2006, p. 19, con el título “Eljuego limpio y la in cer tidumbre de nuestro derecho”.

50 CARVALHO, Ana Celeste. “O contributo das organizações nacionais e internacio-nais na promoção da ética desportiva e do fair play. A importancia da educaçãopara a ética — o olimpismo”, en AA. VV. O desporto e o direito (prevenir, discipli-nar, punir), 2001, p. 17.

51 CIPRIANI THORNE, Javier. “El deporte escolar en la educación”. El Comercio. Lima,22 de julio del 2006, p. A.5.

Page 60: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

Las prácticas antideportivas como el doping, la violencia física o verbal,el soborno, la comercialización exacerbada y la discriminación, entre otras,son contrarias al fair play. Sin duda, la mayor amenaza para este es el celoex cesivo por la victoria, el tratar de conseguirla a toda costa, sin tomar encuenta el medio sino solo el resultado positivo, lo que desdice de la prác-tica competitiva. Esto ha traído como consecuencia una política de difusióny consolidación de la institución del fair play en los ámbitos nacional einternacional. Ahora bien, más que un simple término, el fair play es una“institución” de contenido moral, ético, disciplinario, en gran medidadeon tológico; muchos de sus actos tienen una penalización expresa esta-blecida en cada uno de los reglamentos deportivos, es decir hay un dere-cho formal que lo regula y penaliza. Hay también conductas contrarias aljuego limpio que deben ser materia de amonestaciones pero que carecende tipicidad. En estos casos, y con el fin de lograr una justa deportiva, elcriterio discrecional del árbitro o juez es esencial a fin de reprimir la con-ducta desleal. Es lógico que para evitar abusos y no caer en el autoritaris-mo en las calificaciones de las con duc tas contrarias al fair play se requierede un análisis cuidadoso. Toda conducta contraria al reglamento debe sercastigada, por lo que el fair play es sancionado de manera formal por árbi-tros o jueces, e informalmente por los mecanismos sociales, tales como elostracismo, la mala reputación, el chisme, la crítica abierta y los insultos ysilbidos desde las tribunas.

Nuestra Ley del Deporte, Ley 28036 (El Peruano, 24 de julio del 2003),trata el fair play tangencialmente al momento de desarrollar los principiosfundamentales que inspiran esta normatividad: garantiza a las personas lascondiciones de acceso a las disciplinas deportivas sin distinción o discri-minación alguna (artículo 1, inc. 5); contribuir al cultivo de valores éticosy morales del deportista (artículo 1, inc. 12); el deporte es una actividadfísica que busca una sana competencia premiando a los que triunfan enuna contienda leal (artículo 2); el deportista es aquel que mantiene unaconducta ejemplar acorde con la filosofía del deporte (artículo 62). Sinembargo, la antigua Ley del Deporte, Ley 27159 (El Peruano, 27 de juliode 1999), fue más clara, considerando en su preámbulo que “El deportepromueve el sano espíritu de competencia y premia a los que triunfan enuna contienda leal, de acuerdo con sus aptitudes y esfuerzos, ajenos a fac-tores extradeportivos”; además, decía que “el deporte no se limita a su fun-ción formativa e integradora. Cumple también un papel vital en el fortale-cimiento de la mentalidad del hombre, al inculcarle el deseo de supera-ción, de querer mejorar trabajando, teniendo como norte la victoria lim-

60 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 61: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

pia”. En definitiva, la ley derogada se inspiró en una amistosa cultura deltriunfo, al menos en su nota introductoria.

En el ámbito internacional, la Carta Olímpica busca difundir el fair playa través de los términos: respeto mutuo, comprensión recíproca, amistad,un mundo mejor y más pacífico, tratamiento igualitario. Coubertin nuncaconsideró los Juegos Olímpicos como un fin en sí. Él veía los JuegosOlímpicos como “una fiesta de la alegría de vivir y de la competencia pací-fica y al mismo tiempo un medio muy eficaz para lograr el entendimientoentre los pueblos”.52

El fútbol y el fair play tienen una estrecha relación, no por algo laFIFA53 ha dictado diez reglas que buscan su regulación:

1. Jue ga limpio.2. Juega a ganar, pero acepta la derrota con dig ni dad.

3. Acata las reglas de juego.

4. Respeta a los adversarios, a los compañeros, a los árbitros, a los ofi-ciales y a los especta do res.

5. Promueve los intereses del fútbol.

6. Honra a quienes de fien den la buena reputación del fútbol.

7. Rechaza la corrup ción, las drogas, el racismo, la violen cia, las apues-tas y otros ma les que representan una ame na za para nuestro deporte.

8. Ayu da a otros a no ceder ante instigaciones de corrupción.

9. Denuncia a quienes intentan desacreditar nuestro deporte.

10.Uti liza el fútbol para mejorar el mundo.

Estas reglas se han ido desarrollando desde el primer Campeo na toMundial de Fútbol, ante los excesos de los jugadores, en los que los perua-nos no hemos sido ajenos, como relata la historia.54

Cabe la referencia de que estas pautas puestas en práctica por la FIFApueden aplicarse perfectamente –por analogía– a otros deportes, en la

61DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

52 CHÖBEL, Heinz. Olimpia y sus juegos, 1968, p. 114.53 Federación Internacional de Fútbol Asociado [en línea]. <http://www.fifa.com/

es/fairplay/fairplay> (21 de julio del 2006).54 El primer jugador expulsado de un Mundial fue el peruano Plácido Galindo, cuan-

do la se lección nacional per día frente a la de Rumania por 3 a 1, durante el pri-mer Campeonato Mun dial de Fútbol, realizado en Uruguay en 1930 [en línea].<http://www.contrapie.com> (21 de julio del 2006).

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medida que corresponda, tomando en conside ración que hasta que nologremos normar el fair play es necesario tener presente el deseo de paz,amistad y respeto mutuo.

En el reciente Campeonato Mundial de Fútbol, realizado en Alemaniael 2006, el fair play generó una gran polémica por el hecho de que la FIFAeligió a Zidane como el mejor jugador del torneo mundial, a pesar dehaber agredido a su colega italiano Materazzi con un violento cabezazo.Un ejemplo contrario a la ética deportiva fue el partido realizado enNüremberg, en los octavos de final del mismo certamen, entre Portugal yHolanda, en el que el árbitro debió mostrar 20 tarjetas: 16 amarillas y cua-tro rojas. Además, la selección de Portugal se constituyó en el equipo querecibió el mayor número de tarjetas: 21 amarillas y dos rojas. Fue un tor-neo deslucido, con actitudes adversas al fair play.

Cabe mencionar que en los campeonatos mundiales de Brasil 1950 yMéxico 1970 no fue expulsado ningún jugador, y los partidos terminaronsiempre con los 22 jugadores.

Es importante destacar el hecho de que en el Mundial del 2006 lasselecciones de Brasil y España fueron merecedoras del premio fair playpor su comportamiento inmejorable. Esfuerzo, conducta, victoria; eso es eldeporte, una actividad en la que los contendores disputan por un trofeo,promoviendo al mismo tiempo la integración de las personas y de los pue-blos. El derecho deportivo así lo entiende.

44.. FFuueenntteess ddeell ddeerreecchhoo ddeeppoorrttiivvoo

El derecho deportivo es una rama especial del derecho por va rias razones:i) regula el deporte, que es un fenómeno social y co mo empresa puedeobtener grandes ganancias e innumerables com promisos; ii) tiene comoelemento de regulación el de por te que, con su variedad y diversidad dedisciplinas, exige una re gu lación y solución típica a sus problemas; iii) sunúcleo se or dena sobre la base del derecho disciplinar, del derecho con -sue tu dinario y del derecho estatutario;55 iv) es un derecho con una nor-matividad peculiar, que debe ser entendida sobre la base de las fuentes delderecho deportivo, propias y especiales. Para en ten dernos mejor presen-temos las fuentes del derecho deportivo.

62 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

55 LYRA FILHO, João. Op. cit., p. 104.

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44..11 LLaa lleeyy

Como menciona Acosta:

... las primeras normas jurídicas han nacido espontáneamente del movi-miento deportivo y han ido decantando su formación y esta bi lidad des -de finales del siglo XIX hasta nuestros días. Pero a su vez el Estado, enuso de la soberanía que viene establecida en la norma de máxima jerar-quía de cada país, también ha considerado la necesidad de regular lapráctica y promoción del deporte. No son desconocidas a este respectolas diversas leyes que, sobre de por te, se han dictado en todos los paí-ses, con los más diversos sis te mas políticos. Así, ha habido leyes del de -porte dentro del Estado liberal, dentro de los estados totalitarios, y den-tro de los estados so cialdemocráticos la práctica deportiva actual se rigepor estos dos conjuntos normativos, el primero establecido por el pro-pio mo vimiento deportivo, el segundo creado por el Poder Le gis la tivode cada país.56

Ello es cierto, por lo que ateniéndonos a los aspectos meramente for-males, el deporte es una materia que no tiene distinción de regímenes polí-ticos, tanto en el régimen autocrático como en el democrático, la actividaddeportiva está normativizada.57

Existe todo un conjunto normativo que regula el derecho deportivo enel Perú. Hay normas generales y normas especiales; las primeras estable-cen los fundamentos esenciales, mientras que las segun das regulan demanera específica las relaciones humanas de orden deportivo.

Se discute, en el derecho comparado, cuál es el conjunto de normasque prima en materia deportiva: las emanadas de la praxis o las que dictael Estado. Si bien el aforismo latino reza que Lex specialis derogat lex gene-ralis, debe tenerse en cuenta por principio constitucional que la ley esobligatoria desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial,salvo que establezca la postergación de su vigencia (vacatio legis).58 Esmás, para referirnos a una norma con carácter imperativo, esta debe ema-nar de un ente con facultades legislativas (por antonomasia el PoderLegislativo). No podemos referirnos stricto sensu que la praxis se asimile ala ley, en todo caso debemos reconocer que se trata de los llamados usos

63DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

56 ACOSTA, Gerardo. “La prohibición de recurrir a la justicia ordinaria y los mecanis-mos al ternativos de resolución de conflictos deportivos” [en línea]. Suplemento deDerecho De portivo, 14 de marzo del 2006. <http://.www.eldial.com>.

57 DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Op. cit., p. 49.58 Artículo 109 de la Constitución Política del Perú, 1993.

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y costumbres, que termina siendo otra fuente del derecho, que tiene tras-cendencia en el deporte, como se estudiará.

Hay una fuente normativa estatal y una fuente normativa privada. Laprimera derivada del Estado, la segunda de las asociaciones. Ambas sonimportantes, ya sea en el criterio de la política por seguirse como en lacasuística y necesidades de cada deporte que solo sus integrantes cono-cen. La legislación del deporte es frondosa y dispersa, merece una organi-cidad para los fines prácticos que la propia institución exige.

Las normas del derecho deportivo tienen las siguientes caracte rísticas:son de orden público, de interés social, consagran la preservación delderecho a la salud y la realización de la persona, y la casuística es tratadade acuerdo con cada práctica deportiva.

Debe respetarse el orden jerárquico de las disposiciones normativas, in -dependientemente de que cada disciplina deportiva tenga su estatuto o re -glamento, el que debe estar acorde con la legislación vigente o con losprincipios del derecho que luego se tratarán.

44..22 LLaa ccoossttuummbbrree

Los tipos de costumbre son tres: praeter legem, que rige una situación nocontemplada por la ley, su fin es colmar vacíos; contra legem, cuando lacostumbre sobrepasa la norma escrita, llegando a derogarla por desuso; y,secumdum legem, norma consuetudinaria que deriva su vigencia de unadis posición de la ley: esta remite la solución a la costumbre.

Independientemente de que la práctica deportiva sea competitiva o no,esta es llevada a cabo bajo reglas que son de aceptación cuasi universal,siendo autosuficientes tanto para la práctica privada como para la compe-tencia ordenada por las fede raciones nacionales.59 Estas reglas de juegoson las que deter mi nan quién es el ganador y quién el perdedor; han sidoadquiridas y perfeccionadas por el tiempo de modo que el carácter con-suetudinario configura un matiz por demás importante en la normatividaddeportiva. Cierto, la costumbre en las relaciones deportivas es fuente dede recho, en el entendido de que sus usos y prácticas deben ser tenidos encuenta en el momento de premiar al ganador, resolver un conflicto de inte-reses, y más aún tratándose de un derecho nuevo, que está en proceso desurgimiento y que debe ir alimentándose del quehacer y de las vivencias

64 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

59 KRESALJA, Baldo. “Gestión y justicia deportiva”. La República. Lima, 15 de octubredel 2006, p. 17.

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diarias de sus actores. La costumbre en el aspecto deportivo, a decir deLyra,60 es un derecho creado por las masas, a diferencia de la ley, que esun derecho creado por las élites.

La exposición de motivos del proyecto de reforma del Código Civil61

manifiesta que:

… La costumbre es una fuente del Derecho con la cual trabajamos coti-dianamente en el Perú. Sin embargo, una corriente ideológica pro pia delsiglo XIX la hizo postergar al punto de que, en muchos ám bitos jurídi-cos, se considera que ella no forma parte de nuestro Derecho. La decla-ración del inciso 2) [del artículo I del Título Pre liminar] es una revalori-zación de la costumbre, en línea con la re fe rencia al Derecho consue-tudinario que ha realizado el artículo 139º inciso 8) de la Constitución.

En el derecho deportivo la costumbre ha jugado un papel importanteen razón de que está en proceso de normativización, de tecnificación. Esen este orden de ideas que, a falta de norma legal expresa, puede acep-tarse la aplicación de la costumbre, como ha venido sucediendo en mate-ria deportiva. Como dice Lyra Filho, los profesionales del derecho, losmagistrados o los árbitros, “tienen que descender al submundo de las cos-tumbres populares y de la convivencia de los pueblos, de cuya capacidadcreadora el derecho deportivo es uno de los más bellos ejemplos”.62

44..33 LLooss pprriinncciippiiooss ggeenneerraalleess ddeell ddeerreecchhoo

El deporte como institución y cada una de sus disciplinas cuen tan con re -glas propias, que le permiten su recta realización. Es tas normas reglamen-tarias son aplicables en forma general. La uni versalidad es lo que rige laesencia de ca da disciplina de por tiva en el claro entendido de que el depor-te no es privativo de un país, sino, por el contrario, el derecho deportivose rige de conformidad con los principios internacionales codificados63 ypor los principios generales que ha ido creando. Estos prin ci pios, espe-ciales y generales, infieren en una materia com pleja, dinámica y cambian-te, cuya característica es la cada vez mayor profesionalización de la activi-dad deportiva en todas sus disci plinas.

65DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

60 LYRA FILHO, João. Op. cit., p. 97.61 Exposición de motivos del anteproyecto de enmiendas al Código Civil de 1984, en

una de sus primeras versiones (2005).62 LYRA FILHO, João. Op. cit., p. 98.63 Ibídem, p. 101.

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Entre los principios generales del derecho deportivo están los siguientes:

• Reconocimiento, protección y promoción del deporte co mo derechocolectivo.

• Promoción estatal.• No discriminación.• Tutela eficaz, necesaria y proporcional.• Función social del deporte.• Sujeción a disposiciones internacionales y nacionales.• Autorreglamentación.• Fair play.• Espíritu y moral deportiva.• Ley de la ventaja. • Libertad de asociación.

Alvaro Melo64 refiere la existencia de diez principios que inspiran la le -gislación deportiva, haciéndola práctica y optimizando su aplicación: uni-versalidad, autonomía deportiva, descentralización, reconocimiento delolim pismo, pluralidad de la actividad deportiva, protección de la justiciade portiva, transparencia de la gestión deportiva, estímulo de la prácticadeportiva, diferenciación deportiva e inclusión social del deporte.

En alguna medida es preciso diferenciar los principios que rigen la le -gislación deportiva de los que inspiran la doctrina del deporte. Los prime-ros tienden a la practicidad, los segun dos a la concreción de un pensa-miento uniforme y lógico del deporte como fenómeno social.

44..44 LLaa jjuurriisspprruuddeenncciiaa

Debemos partir del hecho de que en un inicio la solución de con flictos enmateria deportiva se da en los tribunales adminis tra tivos, siendo pocas lascausas que llegan a los tribunales ju di ciales.

No obstante ello, es importante tomar en cuenta que mediante las reso-luciones expedidas por los operadores jurídicos se van delimitando los cri-terios para la solución de los conflictos que se suscitan en materia depor-tiva. La disciplina del derecho deportivo es incipiente en nuestro medio,estamos en un proceso de aprendizaje no solo por parte de los magistra-dos, sino de todos los operadores jurídicos.

66 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

64 MELO FILHO, Alvaro. Direito desportivo: Aspectos teóricos e prácticos. Op. cit., pp.89-92.

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Las líneas directrices para la solución del conflicto de intereses o incer-tidumbre jurídica serán dadas por la jurisprudencia, teniendo como base lalegislación y la teoría general.

44..55 LLaa ddooccttrriinnaa

En este caso, como bien hemos indicado, en el Perú adolecemos de unainopia en teoría deportiva, la doctrina jurídica es nula, a diferencia de loque ocurre en otros países. Esto limita la con sagración de principios y dela trascendencia de criterios ju risprudenciales. La doctrina que se aplica ala práctica y las con se cuencias deportivas es la general, por analogía conaquellos de rechos que le son compatibles pero que, dada la especialidadde este derecho, la solución real que aportan no es la más técnica del caso.

Las fuentes del derecho deportivo no son muy distintas de las de otrosderechos. Quizá se asemeje a las del derecho comercial en el sentir de quelos usos y costumbres tienen un rol protagónico, pero a la vez presta espe-cial atención a sus propios principios generales. En estos está la diferenciay, qué duda cabe, el éxito para la real solución de los conflictos y estruc-tura de su futura legislación.

La referencia sucinta a las fuentes del derecho deportivo nos debe per-mitir un entendimiento real de la relación del deporte con el derecho, dela actividad física y sus derivaciones con la vida social. Su presencia en laactividad del hombre es una realidad constante que merece “su” trata-miento, trascendencia, concreción. Con este presupuesto el deporte, comoescribe Lyra,65 deberá sobrevivir, ser superior, supremo, soberano, fiel a supropio destino y apenas sumiso “a sí mismo”, esto es, a los preceptos dela moral deportiva y a las reglas del derecho deportivo.

55.. AAuuttoonnoommííaa ddeell ddeerreecchhoo ddeeppoorrttiivvoo

Ante la pregunta ¿es el derecho deportivo una rama autónoma del dere-cho?, las respuestas son variadas. Como indica José Oc ta vio Clariá:

Existen autores que sostienen que no es posible hablar de una rama au -tónoma del derecho y que solo estamos ante la aplicación de un con-junto o pluralidad de normas de derecho constitucional, admi nis trativo,penal, civil, comercial, laboral, fiscal que se adaptan a las peculiarida-

67DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

65 LYRA FILHO, João. Op. cit., p. 117.

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des del fenómeno deportivo. Otros, por el contrario, sostienen que lasparticularidades de la relación del deportista pro fesional con el club ola existencia de normas jurídicas específicas destinadas a la actividaddeportiva (...) determinan que estemos an te un ordenamiento jurídicodeportivo específico, que es autóno mo y que incluye, además de lasnormas jurídicas estatales, las dis po siciones contenidas en estatutos yreglamentos de las institu cio nes deportivas nacionales y extranjeras.66

Existen tres posiciones en torno a la autonomía del derecho deportivo:

55..11 AArrgguummeennttooss aa ffaavvoorr

Cárdenas Castro67 dice que el derecho deportivo tiene una au to nomíadeterminada por relaciones sociales que necesitan de un ordenamientojurídico compuesto por normas claras. Esta acti vi dad humana supone unconjunto sistemático de normas ho mo géneas cuyo fin es el funcionamien-to y mejoramiento de la actividad deportiva.

Por su parte, Clariá sustenta que “es razonable aceptar la existencia delderecho deportivo como una rama del derecho especial y que tiene nor-mas y principios particulares (...) la especificidad de la materia y las parti-cularidades de la misma justifica plenamente su estudio y su tratamientoespecializado”.68 Especialización, autonomía y relaciones esencialmenteprivadas es lo que prima en el derecho deportivo, a lo que se suma que“Esta rama constituye un ejemplo más del moderno fenómeno, propio delderecho privado, de especialización primero y autonomía después, que seda en ciertos grupos de sus normas”.69 Así, para Majada:

... el derecho deportivo es una rama jurídica de novísima creación, decarácter autónomo. Debido a esta misma circunstancia no cabe in cluir conexactitud sus diversas cuestiones dentro del derecho pú blico o privado,del derecho civil o administrativo, pues las ma te rias de que trata debenestudiarse con una visión armónica dentro de una concepción unitaria.70

Por su parte, Gustavo Real Ferrer considera:

… que para que pueda predicarse la autonomía de una disciplina jurí-dica deben concurrir las siguientes circunstancias: a) un ámbito de larealidad bien acotado (autonomía objetiva), b) un conjunto de princi-

68 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

66 CLARIÁ, José Octavio. Op. cit.67 CÁRDENAS CASTRO, Felipe. Op. cit., p. 8.68 CLARIÁ, José Octavio. Op. cit.69 MAJADA, Arturo. Op. cit., p. 40.70 Ibídem, p. 39.

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pios propios (autonomía conceptual o dogmática) y c) la exis tencia deun conjunto de normas y relaciones homogéneas. Los tres elementosestán presentes en el derecho del deporte. Un ám bito de la realidad bienacotado significa que existe un conjunto de relaciones sociales que porsu naturaleza, sus particularidades y para conseguir un determinadogrado de desarrollo necesitan y de mandan un ordenamiento jurídicopropio: el deporte como fenó me no social lo generó espontáneamente.El ordenamiento depor ti vo supone un conjunto de normas que implicaun conjunto siste má tico de normas, y a la vez, expresa cierta homoge-neidad de las re laciones y las normas que lo componen. La homoge-neidad se evidencia por cuanto ambas pretenden el pleno funciona-miento y mejora del deporte; y porque regulan relaciones que se diri-gen a un mismo fin. 71

Cierto es que el deporte tiene un conjunto de reglas, organizaciones,procesos, instancias y jurisdicción que le son propias, lo que llevó a JeanPlassard72 a plantear la existencia del derecho deportivo como un derechovivo, entendemos directamente con su independencia y autonomía. Lyra,autor de mediados del siglo pasado, fue un convencido de que el derechodeportivo es un derecho de carácter voluntario y autónomo, atendiendo alas circunstancias de que los propios aficionados y profesionales se some-ten a las reglas del deporte que practican, reglas que ellos y sus organiza-ciones elaboran.73

En líneas generales, tenemos que los elementos que caracterizan la tesisexpuesta son:

• Autonomía objetiva.• Conjunto sistemático y homogéneo de normas.• Tiene como sustento principios identificados.• Materia específica que justifica un tratamiento especia li zado. • Sujetos propios.

55..22 AArrgguummeennttooss eenn ccoonnttrraa

El derecho deportivo se nutre de las demás ramas del derecho, que permi-ten la regulación de sus relaciones. Como tal carece de dos de los requisi-tos esenciales para su autonomía: 1) conceptos y categorías propias; y, 2)principios, por lo que se puede decir que no hay un derecho deportivo stric-

69DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

71 Citado por GIL DOMÍNGUEZ, Andrés. Op. cit., p. 213.72 LYRA FILHO, João. Op. cit., p. 96.73 Ibídem, p. 109.

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to sensu. El de recho que se le aplica al deporte se satisface de las ramas ju -rídicas para dar solución a sus problemas, tal es el caso del de re cho laboraly el derecho mercantil en ma teria deportiva, por ci tar algunos.

Elementos característicos de la tesis expuesta:

• Carencia de conceptos, principios y categorías propias.• Utilización de las diversas ramas del derecho.• Su existencia es solo teórica pero no práctica.• Al carecer de especialidad mantiene una estrecha relación con las

fuentes generales del derecho.

55..33 PPoossiicciióónn eeccllééccttiiccaa

Una tercera posición es la planteada por Espartero Casado, que en una desus investigaciones dice: “… no pretendemos, desde lue go, postular laexistencia de una rama autónoma del derecho, pero sí designar el fenó-meno, relativamente reciente y no del to do acabado, del sometimiento deldeporte al conjunto de nor mas que regulan la sociedad de la que él mismono es sino re fle jo y expresión”.74

Si bien es cierto que el derecho deportivo aún está en proceso de for-mación, sin embargo pugna por ser considerado autóno mo en el ordena-miento jurídico; en palabras de Barrachina:

… a pesar de estar integrado por normas que proceden del De re choCivil, Derecho Administrativo y Derecho Laboral. Con el pa so del tiem-po y de las aportaciones tanto legislativas como juris pru denciales, nocabe duda que este conjunto normativo especial ad quirirá una persona-lidad propia, con sus propios principios ge ne ra les, diferenciado delresto del ordenamiento jurídico.75

Elementos característicos de la tesis expuesta:

• Es una rama nueva, emergente.• Viene forjando su desarrollo • No asume totalmente una autonomía.• Está integrado por normas del derecho general.• No tiene aún autonomía per se pero viene forjando su in de -

pendización.

70 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

74 ESPARTERO CASADO, Julián (Coord.). Introducción al derecho del deporte. Op.cit., p. 20.

75 BARRACHINA JUAN, Eduardo. Derecho del deporte, 2001, p. 11.

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55..44 NNuueessttrraa ppoossiicciióónn

Como realidad social el fenómeno deportivo está compuesto de una seriede elementos cuya peculiaridad consolida su exis ten cia como un derechode auténtica realización popular.76 Estos ele mentos, como la pasión, el es -fuerzo físico, la técnica, la dis ci pli na, el afán de triunfo, por mencionar al -gunos, caracterizan el estudio del deporte como disciplina jurídica especialque me rece un trato y estudio singulares. A manera de ejemplo, citemosel caso del fútbol. En este deporte las relaciones interper so nales son de lomás variadas. Los jugadores, el equipo, los diri gen tes, los hinchas. Ca dacual con sus exigencias, compromisos y anhelos que repercuten en la so -ciedad como espacio jurídico.

Consideramos que por la complejidad de ciertas situaciones jurídicas y laespecialidad de sus instituciones, y ni qué decir de los problemas que debeenfrentar y solucionar jurídicamente, hoy en día resulta difícil encuadrar elde porte en las ramas del derecho ya constituidas, y que de alguna manera,y sin desconocer el hecho, fueron trazando su rumbo inicial, como son, en -tre otros, el derecho civil, el derecho laboral y el derecho comercial. Por cier-to, ningún tipo de derecho puede regular de manera íntegra ni eficaz la di -versidad de situaciones y relaciones que generan las actividades deportivas,de allí la edificación de leyes especializadas en la materia (que cada vez sonmás profusas). Y es que el derecho deportivo se presenta como una disci-pli na nueva que paulatinamente se está dando a conocer. Sus cimientos sehan ido construyendo sobre la base de diversas ciencias, lo que no le res tauna venidera autonomía; al contrario, esta se torna cada vez más clara.

Esta tesis la sustentamos esencialmente en lo que a nuestro criterio sonlos componentes del derecho deportivo:

• Regula una actividad tan especial como la actividad de por tiva, susconsecuencias y trascendencias sociales.

• Está constituida por normas, jurisprudencia, doctrina y una ricacasuística.

• Tiene un lenguaje propio. Los términos, modismos y fra ses requie-ren trato singular.

• Parte de sus normas son sancionadas por el Estado (leyes, decretos,resoluciones) y en algunos casos por las propias instituciones priva-das (normas, estatutos, reglamentos) que rigen el quehacer de lasinstituciones y de los de por tes.

71DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

76 LYRA FILHO, João. Op. cit., p. 97.

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• Es un derecho mixto o social, tiene de público y de privado.

• Es un derecho ubicuo. No cabe incluirlo con exac titud den tro deuno o de otro.

• Al tener el deporte una repercusión en la sociedad y en la calidadde vida de los ciudadanos, y presentándose como un medio para lo -grar el bienestar personal requiere de cri te rios jurídicos eficaces yac tuales; es más, que se pro yec ten al futuro.

• La economía y la inversión han convertido al deporte en un nego-cio de gran rentabilidad, que impacta en su reali za ción y, por tanto,en su regulación jurídica.

• La normativa deportiva trasciende a sus actores directos, prestandoatención a todos aquellos sujetos que de una u otra manera se venvinculados en la actividad deportiva.

66.. PPrriinncciippiiooss

João Lyra77 infiere que no es posible ordenar el movimiento de por tivo, li -bre del arbitrio que genera la anarquía, sin reglas or gánicas y principiosnor mativos inherentes al deporte, deri va dos de la sustancia específica deeste. Estos principios que fun damentan su autonomía tienen como razónde ser el ordenamiento de la prác tica deportiva.

Los principios rectores del derecho deportivo son:

• Reconocimiento, protección y promoción del deporte co mo derechocolectivo.

• Promoción estatal.• No discriminación.• Tutela eficaz, necesaria y proporcional.• Función social del deporte.• Sujeción a disposiciones internacionales y nacionales.• Autorreglamentación.• Fair play.• Espíritu y moral deportiva.• Ley de la ventaja.• Libertad de asociación.

Cada uno de estos principios es desarrollado a lo largo de la presentein vestigación como sustento y base de la teoría del derecho deportivo.

72 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

77 LYRA FILHO, João. Op. cit., p. 97.

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77.. TTeerrmmiinnoollooggííaa pprrooppiiaa

La actividad deportiva ha generado toda una terminología pro pia paraiden tificar su actividad, sus actores, finalidades y linea mien tos. Existen tér-minos debidamente identificados y en cua drados, tales como deporte, re -glas de juego, club deportivo, agru pa cio nes deportivas, asociaciones de -por tivas, alteración de resul ta dos de las competiciones, dopaje, antidopa-je, com pe ten cias, controles, federaciones, ligas, olimpiada, selección, so -cie dad anó nima deportiva, dirigentes, técnicos, sistema deportivo na cional,plan nacional del deporte, centros de alto rendimiento, agentes deportivos,justicia deportiva, métodos de resolución al ternativa de conflictos en el de -porte, infraestructura deportiva, concesión de infraestructura deportiva, ce -sión de uso de bienes deportivos, reserva de aportes para infraestructuradeportiva, fon do pro deporte, sistema deportivo nacional, derechos de for -mación, derechos federativos, derechos económicos, contrato de por ti vo,contratos de patrocinio o esponsorización, me ce naz go, derecho de are na,contratos de televisación y de difusión de eventos deportivos, contratos delicencia para el uso de signos dis tintivos, derechos de imagen, agentes, re -presentantes e inter me diarios en la contratación y transferencia de depor-tistas, en tre otros tantos.

Este extenso y rico listado de términos encaja en la práctica deportivay legal. Su uso es común, por lo que la legislación deportiva deberá con-siderar sus alcances a través de un tratamiento ad hoc. Al tener el deporteuna forma propia de expresarse, su autonomía como derecho especial seve fortalecida no solo por las normas explicativas a estas expresiones sinoporque el lenguaje es elemento esencial del derecho para expresar su ám-bito, su terreno de acción.

88.. RReellaacciióónn ccoonn oottrraass rraammaass ddeell ddeerreecchhoo

El derecho deportivo se relaciona con otras ramas del derecho, entre lasque se pueden mencionar las siguientes:

• Derecho constitucional. Nuestra Carta Magna reconoce que el serhu mano tiene derecho a su integridad psíquica y fí sica, a su libre de -sarrollo y a su bienestar (inciso 1 del ar tí culo 2). En ese sentido, nose puede negar que la prác tica del deporte redunda en beneficio dela realización de estos derechos. Asimismo, se reconoce la promo-ción de la educación física y el deporte (artículo 14) en el en tendidode que no solo es importante instruir las mentes (psiche) sino tam-bién preparar los cuerpos (soma).

73DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

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• Derecho civil. El derecho deportivo encuentra sus fun da mentos enel derecho Civil, tanto extrapatrimonial (de re cho de las personas na -tu rales) como patrimonial (derecho de las personas jurídicas, de -recho de las obligaciones, fuen tes de las obligaciones, dentro de esteúltimo, destaca la responsabilidad civil).

• Derecho médico. En tanto que en la práctica deportiva co múnmentese cometen lesiones, afectando así el dere cho a la integridad, la sa -lud e incluso la vida del deportis ta.

• Derecho penal. En la práctica del deporte se pueden ge nerar dañosque linden con el ámbito delictivo; por ejem plo, el delito de lesio-nes contemplado en el artículo 122 del Código Penal. Sin embargo,las lesiones que se pro duzcan en el furor de una contienda deporti-va no enca ja rían en tipificación penal alguna, y por ende no seríanpa sibles de sanción, pues son lesiones “lícitas”, toda vez que se die-ron durante la práctica de un deporte.

• Derecho administrativo. Es una cuestión difundida en el de rechocom parado vincular el derecho deportivo con el de recho adminis-trativo; más aún, hay una buena cantidad de abogados que se vie-nen dedicando a esta área, a punto tal de comprometer su autono -mía. El derecho de por tivo está constituido por normas de carácterpúblico que tutelan los derechos de los deportistas, estableciendo lanormativa y el control general sobre su práctica. Sobre el particular,cabe destacar que la Ley de Promoción y De sarrollo del De porte, ensu artículo 6, establece que “El Sistema Depor tivo Nacional es elcon junto de órganos y or ganismos públicos y privados, estructura-dos e integra dos funcionalmente, que articulan y desarrollan la ac -tivi dad deportiva, recreativa y de educación física a nivel na cional,regional y local”.

• Derecho laboral. Los deportistas profesionales establecen relacionesjurídicas de tipo laboral con organizaciones o clubes de por tivosdonde el objeto del contrato es el ejer ci cio de la actividad deporti-va profesional, a cam bio de una remuneración, determinando la vin-culación y relevancia del derecho la boral en el ámbito de la prácti-ca deportiva.

• Derecho de seguros. El derecho de seguros se relaciona con el dere-cho del deporte en la medida en que en la prác ti ca de por tiva, seaprofesional o aficionada, los deportistas pue den sufrir accidentes,por lo que el contrato de seguro de accidente deportivo cumple unafunción importante pa ra afrontar estas contingencias. El accidente

74 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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deportivo es toda lesión corporal que deriva de una causa violenta,exter na, súbita y ajena a la intencionalidad del deportista asegurado,sobrevenida por el hecho u ocasión de la prác ti ca deportiva. Lasgarantías que ofrece el seguro incluyen ac cidentes corporales porlesiones ocurridas en compe ti ción, durante el partido, en el calenta-miento, en entrena mien tos organizados por los clubes e incluso initinere. Te ma de interés, además, son las elevadas sumas de dine rocon las que los deportistas aseguran sus partes más dies tras.

• Derecho tributario. Desde el punto de vista tributario, el Estado pro-mueve la inversión en el deporte exonerando del Impuesto a la Renta,las rentas destinadas al deporte, a las fundaciones y asociaciones sinfines de lucro cuyo es tatuto comprenda alguna ac ti vi dad deportiva,siempre que las rentas no sean distribuidas, directa o indirectamente,en tre los asociados y que en su estatuto esté previsto que su pa -trimonio se destinará, en caso de disolución, al deporte.

• Propiedad industrial. La marca es un tema de máximo in terés en elnegocio deportivo, el registro de nombres y sig nos distintivos de losdeportistas, los derechos de trans mi sión televisiva,78 la imagen delos deportistas, cada vez más utilizada, a lo que se suman los aspec-tos relacionados con el licenciamiento, la esponsorización, el mer-chandising y otros, que requieren de normas especiales para suprotec ción no solo en el ámbito del derecho civil sino también delderecho de la propiedad industrial e intelectual. Los eventos depor-tivos son medios indiscutiblemente efectivos para la difusión de lasmarcas,79 lo que se ve reflejado en los si guientes contratos:

Contrato de patrocinio deportivo.- Conocido como es pon -sorización (del inglés sponsor o sponsoring). El espónsor aportadinero o contribuye con produc tos para el patro ci nado, quiendurante la actividad de portiva realizará publi ci dad en interés delprimero. Es un contrato con prestaciones recíprocas: publi ci dady ayuda.

Merchandising.- La licencia colateral o mercadeo son temas deactualidad en el deporte. Su objetivo es aumentar la rentabilidad

75DERECHO DEPORTIVO EN EL PERÚ

78 En el Campeonato Mundial de Fútbol de Suiza 1954 se inician las transmisiones te -le visivas. En Suecia 1958 se transmite en forma íntegra el torneo futbolístico mundial.

79 En el Campeonato Mundial de Fútbol Argentina 1978 se empiezan a colocar logosy publi cidad en las camisetas de los jugadores.

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de un producto o servicio, presentándolo en excelentes condi-ciones al consumidor. Tratándose de un equipo deportivo, la fi-nalidad de merchandising es atraer a mayor cantidad de hinchasofreciéndoles artículos de uso cotidiano, como vasos, llaveros,gorros, etcétera, generando una fuente de ingresos y una diver-sificación empresarial en el deporte y la difusión de su marca.

— Mecenazgo. Este término proviene de Cayo Cilnio Mecenas, granprotector de artistas y consejero de César Augusto. Es una formade patrocinio o ayuda desinteresada que se brinda a una activi-dad. El mecenas da un donativo u óbolo para promover o pro-teger actividades deportivas sin ninguna finalidad co mercial nipara obtener ventajas personales, siendo la liberalidad y elaltruismo sus signos diferenciadores.

— Convenio de colaboración.- Como su propia terminología lo indi-ca, este acuerdo busca la colaboración, mejor dicho la coopera-ción entre las partes contratantes con la finalidad de beneficiarsemutuamente. El equipo deportivo recibe una ayuda a cambio dedifundir los beneficios de su colaborador.

76 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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CCaappííttuulloo 33

NNoorrmmaattiivviiddaadd ddeeppoorrttiivvaa

La evolución normativa del deporte es curiosa. Pasa de la cuasi ajuridici-dad a la hiperjuridicidad,1 de la nada a un todo sobredimensionado, lo queparece ser una tendencia mundial. En el Perú, a partir de 1985, con ladación de la primera Ley del Deporte, se legisla la práctica deportiva.Desde esa fecha hasta nuestros días se produce una proliferación de nor-mas que saturan el campo, no necesariamente para bien. En muchos casosson normas demagógicas, programáticas, reglamentaristas, con un conte-nido cierto pero de improbable ejecución. En su articulado, cada normalegislativa tiene una función y requiere de una política adecuada para suejecución. En el caso del Perú, se presenta un vacío en este aspecto. Enlos acápites que siguen revisaremos los dispositivos que regulan la prácti-ca deportiva.

11.. LLaa CCoonnssttiittuucciióónn

El primer texto que incorporó constitucionalmente el deporte en el dere-cho comparado fue la derogada Constitución de la República DemocráticaAle mana (6.5.1968)2 al mencionar en su artículo 18 que la cultura física, eldeporte y el turismo son elementos de la cultura socialista que sirven parael desarrollo físico y mental de los ciudadanos. El paso fue trascendental.Co locó al deporte en el mismo nivel que la cultura y el turismo; es más,

[ 77]

1 MELO FILHO, Alvaro. Direito desportivo, Novos rumos, 2004, p. 4.2 BLANCO PEREIRA, Eduardo. “El papel de la legislación autonómica en la promo-

ción del deporte”, en DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Las leyes del depor-te de la democracia: Bases para una ley del siglo XXI, 2002, p. 123.

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ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI78

se le da un matiz interesante y novedoso cuando se refiere a la cultura físi-ca, término este que comenzaba recién a difundirse.

Tomando el criterio de Melo Filho,3 sostendremos que la magnitud del fe -nómeno deportivo en nuestra sociedad y su alcance socioeconómico-cultu raljustifican su tratamiento constitucional. En el Perú, la Carta Magna de 1979 pre-senta como novedad la materia deportiva.4 Con ella se constituciona liza eldeporte, dándole la importancia que merece como actividad pri ma ria del hom-bre, y también reconociendo el compromiso del Estado con la fi jación de polí-ticas acordes. Como precedente dogmático tenemos que la “in clusión deldeporte en el texto constitucional se sitúa en el constituciona lis mo de los esta-dos democráticos-liberales”,5 como lo hicieran en su oportunidad las constitu-ciones de Grecia (1975), Portugal (1976) y España (1978), seguidas por las deBrasil, Camerún, Hungría, Serbia, Suiza y Turquía.

En base a la línea de Bermejo Vera menciona Julián Espartero que “losmo delos de Estado sociales, que conceden gran importancia al bienestarin dividual y social, no han resistido la tendencia de introducir el deporteco mo una de las fórmulas capaces de impulsar aquellos modelos”,6 de mo -do que la constitucionaliza ción del deporte no resulta desapercibida parael constituyente español. El mis mo Espartero, en otro de sus textos, sus-tenta que es en el principio de Es tado Social donde se incardina el deberde fomento del deporte.7 Ex pli que mos: El Estado Social tiene como carac-terística lo asistencial y procura atender las necesidades mínimas de losciudadanos a través de una función subsidiaria. En esta el ocio ocupa unlugar preponderante, a tal punto que “la cultura del ocio necesita un ‘hu -ma nismo actual y popular’ y en esa utopía han de cumplir un importantepapel los poderes públicos”.8

El Estado debe preocuparse por el deporte y su difusión como un servi -cio a la ciudadanía, al cual está obligado del mismo modo que lo está con

3 MELO FILHO, Alvaro. Op. cit., p. 1.4 VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique. “La constitucionalización del deporte” [en línea]. Ius -

port, 13 de diciembre del 2006, <http://www.iusport.es>.5 JIMÉNEZ SOTO, Ignacio. “El impulso democratizador de la Ley General de la Cul -

tu ra Física y el Deporte de 1980”, en DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Op.cit., p. 35.

6 BERMEJO VERA, José. Cons ti tución y deporte, 1998, citado por ESPARTEROCA SADO, Julián. Deporte y derecho de asociación (Las federaciones de portivas),2000, p. 71.

7 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Introducción al derecho del deporte, 2004,p. 25.

8 Ibídem, p. 29.

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NORMATIVIDAD DEPORTIVA 79

la prestación de servicios de salud, de educación y de protección a la niñezy los ancianos, por mencionar solo algunos.

11..11 BBrreevvee eexxccuurrssuuss ddeell aarrttííccuulloo 1144 ddee llaa CCoonnssttiittuucciióónn PPoollííttiiccaaddeell PPeerrúú

La Constitución Política del Perú de 1993 tiene aspectos positivos y negati -vos. Los últimos llegan incluso al absurdo, como es la repetición de partedel inciso 14 en el inciso 15 del artículo 139 referido al principio de la fun-ción jurisdiccional, que señala que toda persona debe ser informada acer-ca de las causas de su detención.

En lo que a deporte se refiere, el tratamiento constitucional no es muyamable. Lo integra dentro de una relación de materias derivadas de la edu-cación, dependiente de esta, sometido y sujeto a su formulación, sin inde-pendencia ni autonomía, desconociendo la importancia de la actividad de -portiva y su trascendencia como empresa.

En ese estilo, el artículo 14 de la norma suprema vincula en forma di -rec ta el deporte con la educación:

La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica delas humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y eldeporte.

Se trata de un binomio en el que el hombre encuentra satisfacciones(de porte fin). Como parte de la educación la actividad deportiva forma ala persona, la integra. Es un medio de realización que permite alcanzar elbienestar y el desarrollo, beneficiando al individuo y a la comunidad me -diante disciplina, valores, compromisos y metas (deporte medio). Esto eslo que justifica que se promueva el deporte, es decir que se fomente supráctica, lo que corresponde al Estado.

El deporte no es para unos cuantos, es para todos. La norma constitu-cional fundamenta su posición apreciando el deporte como un elementode formación humana y social más que como una actividad de ocio o pro-fesional. Claro, no las excluye expresamente con la idea vertebral de queel deporte es parte de la vida. García Toma sostiene en sus estudios cons-titucionales que la educación nacional tiende a alcanzar, entre sus objeti-vos, la estimulación de “la práctica de los deportes, que capacite para elde sarrollo físico”.9 Es claro que el Estado tiene un compromiso con el de -

9 GARCÍA TOMA, Víctor. Análisis sistemático de la Constitución peruana de 1993,1998, p. 146.

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sarrollo integral de los ciudadanos, desarrollo que en el aspecto psico-físi-co-social se logra indiscutiblemente con el deporte.

Como se aprecia, el “precepto señala los elementos mínimos indispen-sables que deben formar parte de la educación (...). Visto de esta manera,la sociedad ha asumido que tales habilidades son requeridas por todas laspersonas para su completa formación”,10 promocionando el desarrollo dedichas facultades con la finalidad de que las personas se perfeccionen parael desenvolvimiento social ventajoso, según el análisis que intuimos enSalazar Gallegos.11

Del mismo modo que la Constitución del 79, la actual Constitución con-sidera un tema importante como la educación física un elemento clave enla formación y desarrollo de los niños y adolescentes, asegurando una ade-cuada calidad de vida deportiva al tratarla como prioritaria para el desarro -llo. Al menos, esta es la forma como se plasma en la norma constitucio-nal. Sobre el tema, Enrique Bernales sustenta que:

La educación cabal incluye diversas disciplinas importantes para la vidade la persona: (…) — La educación física, que tiene que ver con el cono -ci miento teórico y aplicado sobre el propio cuerpo y el entorno en elque se desarrolla. Permite también una vida sana. — El deporte, que esel ejercicio físico del cuerpo guiado por la inteligencia y la voluntad,com plementario de la educación física, y que permite que el ser huma-no tenga un componente de destrezas psicofísicas adecuadamente ejer -ci tadas para afrontar los esfuerzos necesarios a la vida en sus diferentesactividades y edades.12

La aproximación al tema es bastante buena, pues considera al deportecomo parte esencial de la formación del individuo. Y es que, si el accesoa la educación es un derecho fundamental, por las mismas razones lo esa la práctica deportiva, como bien señala Kresalja.13

La educación y el deporte no solo van de la mano, se encuentran uni-dos, representan un binomio. Es un mismo todo que compromete una in -

80 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

10 SALAZAR GALLEGOS, Max. “Derecho a la educación. Fines y contenido. Pro mo -ción del desarrollo científico y tecnológico”, en La Constitución comentada. Aná -li sis artículo por artículo, 2005, p. 453.

11 Ibídem.12 BERNALES BALLESTEROS, Enrique. La Constitución de 1993. Análisis comparado,

1999, p. 222.13 KRESALJA, Baldo. “Las próximas batallas. El universo deportivo”. La República.

Lima, 25 de octubre del 2006, p. 17.

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te gridad social y personal que debe ser impulsada y reconocida por el Es -tado para el desenvolvimiento del hombre, considerando la función socialde la educación. De alguna manera, la jurisprudencia constitucional se hapronunciado respecto de la función social y la finalidad de la educación.En este sentido:

La función social de la educación se encuentra cifrada en los artículos13º y 14º de la Constitución, al integrar en ella la finalidad que le es con-substancial en un Estado democrático y social de derecho; a saber, elde sarrollo integral de la persona humana, promoviendo el conocimien-to, el aprendizaje, la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica,las artes, la educación física y el deporte; todo ello encauzado en el fo -mento de la solidaridad, la ética y el civismo, y bajo los principios y va -lo res que emanan de la propia Constitución y se proyectan hacia la so -cie dad en su conjunto. Toda entidad educativa debe orientarse hacia lacon solidación de dichos fines, los que determinan, por un lado, las li -ber tades en las que debe desarrollarse la difusión del conocimiento y,por otro, los límites en el obrar de los centros educativos.14

11..22 LLaa CCoonnssttiittuucciióónn ddee 11997799

El deporte en el Perú se norma en la Constitución de 1979, que señala que:“El Estado promueve la educación física y el deporte, especialmente el queno tiene fines de lucro. Le asigna recursos para difundir su práctica”(artículo 38).

En una primera lectura se aprecia que tanto el deporte profesional co -mo el amateur son objeto de promoción estatal. Lo importante es que lapro pia norma establecía una primacía sobre la promoción del deporte sinfines de lucro –el amateur–, independiente del compromiso con el de -porte en general. El Estado, de acuerdo con los principios constituciona-les, afianzaba su apoyo al deporte de formación, es decir el que realizanlas personas como medio de desarrollo, que no solo forma el cuerpo, sinotambién el alma. Aquella práctica deportiva que, sin buscar nada a cam-bio, solo genera satisfacciones: la persona y su realización. Involucra es -fuerzo, espíritu de lucha, llegar a una meta, esa línea final que alcanzamoscomo producto de nuestra propia energía y determinación.

El deporte fue tratado en el capítulo IV de la Constitución de 1979: “Dela educación, la ciencia y la cultura”. Al respecto, y en líneas generales, Ru -

81NORMATIVIDAD DEPORTIVA

14 Exp. 0005-2004-AI, 09.06.04, P, FJ.7. Véase Gaceta Jurídica. La Constitución en lajurisprudencia del Tribunal Constitucional. Setiembre del 2006, p. 258.

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bio y Bernales han referido que los temas de la cultura nacional y eldesarro llo científico debieron tener un tratamiento especial, ser un capítu-lo propio y no englobados en el de la educación. Consideran que: “A con-secuencia de este error en la sistemática constitucional se producen algu-nas confu sio nes, como por ejemplo la del artículo 38 sobre la educaciónfísica y el De porte que está mal ubicado y en un tratamiento recortado einadecuado”.15

Es clara la idea de los autores locales en cuanto al deficiente tratamientodel deporte, pero no puede desconocerse que la educación es cultura; portanto, el deporte también, de manera especial la cultura física, y que lacien cia no es ajena a él, menos en estos días.16

Sobre el tema, Lyra claramente considera que el deporte es manifesta-ción de cultura del instinto, conjugada con una cultura del sentimiento ydel espíritu, al tiempo que manifiesta que por medio de la cultura del de -porte los hombres se comunican, los pueblos se armonizan y el mundo sepacifica.17 Cierto: actualmente el deporte es un tema de acceso a la cultu-ra encarnado en el artículo 2, inciso 8 de la Constitución vigente cuandose dice que toda persona tiene derecho “A la libertad de creación intelec-tual, artística, técnica y científica, así como a la propiedad sobre dichascrea ciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fo -menta su desarrollo y difusión”. Estos planteamientos han generado unaconsagración tácita del deporte como un derecho de todos los sujetos apracticarlo y el compromiso de implementación a través de políticas ade-cuadas, “teniendo en cuenta que el deporte es una categoría formativadentro de los derechos culturales que poseen rango Constitucional”.18

La Constitución de 1979 fue un claro ejemplo de la literalidad y el liris-mo de tantas otras normas cuyos contenidos ideales no se llegaron a plas-mar en políticas claras ni en planes de ejecución, a pesar de que algún au -tor –confiado en el contenido pero ausente y desconocedor de la reali-dad, el desarrollo y el estímulo del deporte por parte del gobierno– men -cio nara que las funciones protectoras por parte del Estado “se dispensan

82 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

15 RUBIO CORREA, Marcial y Enrique BERNALES BALLESTEROS. Constitución y so -cie dad política, 1983, pp. 155-156.

16 Como sostiene Kresalja: “El deporte y la recreación están íntimamente vinculadosa los sectores de la educación, la cultura y la salud”. Cfr. KRESALJA, Baldo. Op.cit., p. 17.

17 LYRA FILHO, João. Introdução ao direito desportivo, 1952, pp. 106-107.18 TREVISAN, Rafael. “El deportista en la república argentina”, en PALOMAR, Alberto

(coord.). El deportista en el mundo, 2006, pp. 274-275.

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con largueza”.19 Esta cita, y el escueto análisis que realiza el constituciona -lista –citando el artículo 38– es una clara muestra de que en el papel yen la teoría mucho puede escribirse en materia de deporte pero poco seha hecho como política de Estado.

Como señalamos, con la Carta de 1979 se da el primer paso hacia lacons titucionalización del deporte, reconociéndose que esta actividad hu -ma na pasa a ser parte de las normas expresas consagradas en la Carta Mag -na: el deporte adquiere un rango constitucional, se constitucionaliza y ele -va jurídicamente su institucionalidad, lo que permite un reconocimiento dela importancia que representa el deporte en la vida del hombre; su trascen -dencia en la sociedad; y el compromiso del Estado en impulsar el depor-te como medio de realización de las personas, entre otras tantas más.

Como cita Bermejo Vera, la Constitución, en suma, se ha limitado acons tatar la existencia del fenómeno deportivo y su conexión con la saludde los ciudadanos, evitando que los poderes públicos depongan su obliga -ción de contribuir al sostenimiento del deporte.20 Esto ameritaría expresareferencia a un (ya) reconocido derecho al deporte. Al respecto dice Gil:

Si bien la presencia expresa de una norma constitucional refuerza la vi -gen cia del derecho al deporte, con o sin reconocimiento concreto de underecho de las personas al deporte, nadie puede dudar de la existenciapo sitiva del derecho a la práctica deportiva en sus distintas acepcionesy legitimidad de la acción de los poderes constituidos para la promo-ción y regulación de las actividades deportivas.21

Sin duda, acceder a la praxis del deporte es una facultad de todo ciu-dadano y un deber del Estado que debe canalizarlo con normas eficientes,par tiendo de lo elemental: la promoción y el fomento del deporte.

La Constitución de 1979 indicaba, además, que las municipalidades pro-vinciales tenían a su cargo los servicios públicos locales como la cultura, lare creación y los deportes (artículo 255, inciso 3). De esta forma, objetiva-mente, se derivan funciones especiales a los municipios y se impulsa la for -ma ción integral del ciudadano desde su comunidad, localidad o distrito.

83NORMATIVIDAD DEPORTIVA

19 CHIRINOS SOTO, Enrique. La Constitución al alcance de todos, 1980, p. 66. 20 BERMEJO VERA, José. “El marco jurídico del deporte en España”, en VV.AA. El de -

re cho deportivo, 1986, p. 150. Citado por ESPARTERO CASADO, Julián. Op. cit.,2000, p. 82.

21 GIL DOMÍNGUEZ, Andrés. “El derecho al deporte como derecho fundamental sub-jetivo colectivo”. Revista Jurídica del Perú 33, Lima, abril del 2002, p. 210.

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11..33 LLaass pprrooppuueessttaass ddee llaa rreeffoorrmmaa ccoonnssttiittuucciioonnaall

En las bases de la reforma constitucional del Perú,22 formulada en el 2001,no se trata absolutamente nada sobre la práctica deportiva.

Por su parte, la Comisión de Constitución, Reglamento y AcusacionesConstitucionales del Congreso de la República del Perú preparó el ante -pro yecto de Ley de Reforma de la Constitución (texto para el debate),23

que, en su artículo 26, referido al derecho a la educación, establecía que:

Toda persona tiene derecho a una educación de calidad. La educaciónes un proceso permanente. Tiene como objetivos básicos: la formaciónintegral de la persona; el pleno desarrollo de su personalidad en sus di -mensiones: ética, intelectual, artística, afectiva y física...

Y, en el artículo 47, reconoció el derecho a una vida saludable y en es -pecial el de gozar de un estado de bienestar físico.

Como se aprecia, el olvido y la desidia pudieron más que la trascenden -cia del deporte. Los acontecimientos políticos de los cuales salíamos nojus tificaban mayor esfuerzo en temas mínimos que no dan ganancia ni ren -ta bilidad política. En todo caso, ni siquiera se le tomó en cuenta, bastan-do la mera referencia a la dimensión física, en el anteproyecto de Ley deRe forma de la Constitución, para cubrir el enrevesado campo de los he -chos deportivos.

En lugar de progresar en el tratamiento del deporte, este sufrió un con-gelamiento. Los esbozos constitucionales limitaron su trascendencia y toca-ron el tema de la educación en su género, desconociendo al deporte comomedio esencial de formación del ciudadano. Se le desconoce, limita e ig -no ra que es “una actividad de interés nacional para la formación integralen la vida del ser humano”.24

11..44 EEll ddeeppoorrttee eenn eell ddeerreecchhoo ccoonnssttiittuucciioonnaall ccoommppaarraaddoo

El derecho constitucional comparado aborda el tema del deporte de dosfor mas: a) el Estado fomenta el deporte tomando en cuenta el valor educa-

84 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

22 Comisión de Estudio de la Reforma Constitucional del Perú, Ministerio de Justicia,Lima, 2001.

23 Anteproyecto de Ley de Reforma de la Constitución (Texto para el debate), 5 deabril del 2002. Difundida también en la página web <www.congreso.gob.pe>.

24 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE. Plan de Acción para el Desarrollo De por -tivo en el Perú 2006-2025. Véase en especial la Introducción.

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tivo (Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay y Perú),y, b) reconoce el deporte como un derecho de la persona (Brasil, Colombia,Cuba, Nicaragua y Venezuela).

En otros países se dan situaciones diversas; por ejemplo en Uruguay lapropaganda y los avisos publicitarios de corte deportivo están liberados detodo impuesto (artículo 297, inciso 7), y en España la norma constitucional(acápite 3 del artículo 43) trata la materia deportiva en los siguientes térmi-nos: “Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educaciónfísica y el deporte. Asimismo, facilitarán la adecuada utilización del ocio”.

Sobre el particular, Pietro Cazorla, citado por Espartero,25 considera quela Constitución española consagra los siguientes principios básicos deldeporte:

• El deber de fomento de todos los poderes públicos.• La integración de la educación física en el sistema educativo.

• El deporte desde la sociedad reconociendo las estructuras adminis-trativas y organizativas del deporte.

• El rol del Estado como difusor, programador general y financiadorde la actividad deportiva.

• Existencia de un órgano de la gestión deportiva estatal.

• Reconocimiento del régimen asociativo.

• Potestad administrativa de las federaciones deportivas en colabora-ción con el poder público.

• Existencia de un régimen disciplinario deportivo.

En líneas matrices, la Constitución española colige que el Estado fo -men ta la educación sanitaria, la educación física y el deporte, facilitandola adecuada utilización del ocio (artículos 43, inciso 3, y 148, incisos 1-19).

Por su parte, en Portugal, la Constitución de 1976, en su artículo 79, serefiere a la cultura física y el deporte en los siguientes términos:26

85NORMATIVIDAD DEPORTIVA

25 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Op. cit., 2004, pp. 62-63.26 GARCÍA CIRAC, Ma. Josefa. “Régimen jurídico del deportista en Portugal”, en PA -

LO MAR, Alberto (coord.). El deportista en el mundo, 2006, pp. 184-185. La anteriorre dacción del artículo 79 (“De la cultura física y del deporte”) era “El Estado reco -no ce el derecho de los ciudadanos a la cultura física y al deporte como medios depromoción humana, y le corresponde promover, estimular y orientar la práctica yla difusión de los mismos”.

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1. Todos tienen derecho a la cultura física y al deporte.2. Incumbe al Estado, en colaboración con las escuelas y las asociacio-

nes y colectividades deportivas, promover, estimular, orientar y apo-yar la práctica y la difusión de la cultura física y de deporte, así comoprevenir la violencia en el deporte. (Traducción libre del autor.)

Con un análisis principista podemos decir que:

• Se reconoce un derecho al deporte.• Presenta una vinculación directa con la cultura.

• Se trata de temas como el deporte y la cultura física.

• La promoción le corresponde al Estado, con escuelas, asociacionesy grupos deportivos.

• Se previene la violencia deportiva

Entre los países citados en el grupo de los que consideran el deportecomo un derecho de la persona, Brasil es un buen ejemplo del tratamien-to en materia deportiva. Así, en el artículo 217 de la Constitución de 1988considera que:

Es deber del Estado fomentar las prácticas deportivas formales y no for-males, como derecho de cada uno, observando: I. La autonomía de las entidades deportivas dirigentes y de las asocia-

ciones, en lo referente a su organización y funcionamiento. II. El destino de los recursos públicos a la promoción prioritaria del

deporte escolar y, en casos específicos, para el deporte de alta com-petición.

III. El tratamiento diferenciado para el deporte profesional y no profe-sional.

IV. La protección y el incentivo a las manifestaciones deportivas de creación nacional. §1. El Poder Judicial sólo admitirá acciones relativas a la disciplina y

a las competiciones deportivas una vez agotadas las instancias dela justicia deportiva, regulada en la ley.

§2. La justicia deportiva tendrá el plazo máximo de sesenta días, con-tados desde la instrucción del proceso, para dictar la resoluciónfinal.

§3. El Poder Público incentivará el ocio, como forma de promociónsocial.27 (Traducción libre del autor)

86 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

27 NERY JUNIOR, Nelson y Rosa María DE ANDRADE NERY. Constituição FederalComentada e Legilslação Constitucional, 2006, pp. 374-375.

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El texto es amplio y prometedor. Digno de un país que no solo apues-ta o invierte por el deporte por compromiso social o deber del Estado sinotambién porque este se lleva en la sangre, como parte de su idiosincrasia,de su cultura.

Del análisis se consideran los siguientes principios en su tratamiento:

• El Estado fomenta las prácticas deportivas en general.• Reconocimiento indirecto de un derecho al deporte.

• Respeto a la autonomía del asociacionismo deportivo.

• Utilización de recursos públicos para la promoción del deporte esco-lar y el de alta competición.

• Tratamiento diferenciado para el deporte profesional y no profesional.

• Protección e incentivo a las manifestaciones deportivas de creaciónna cional.

• Reconocimiento de la justicia deportiva como vía previa a la judicial.

• Incentivo al ocio.

Como punto de encuentro se puede delimitar el tema del derecho cons-titucional deportivo sumándonos a la inquietud de Espartero:

No debe olvidarse que todos los intentos de encontrar un concepto quepermita definir al deporte con sus múltiples matices o facetas (competi-ción, salud, espectáculo, educación, etc.), han resultado infructuosos, loque conduce a concluir que el deporte resulta ser una realidad polisémi -ca, por consiguiente ¿cuál es el tipo de deporte o, dicho de otra mane-ra, la faceta del mismo que haya de ser objeto de la actividad de fomen-to que (...) la Constitución requiere de los poderes públicos?28

Pregunta difícil de responder la que nos plantea el autor citado.

La respuesta debe surgir de lo que esperamos de nuestro deporte, y es -to no se logra solo con una norma constitucional, por muy buena que estasea (que tampoco es nuestro caso). En la actualidad la práctica deportivaes masiva y, por lo tanto, un medio eficaz de realización personal; de ahíque merece una adecuada consideración constitucional.29

87NORMATIVIDAD DEPORTIVA

28 ESPARTERO CASADO, Julián. Op. cit., 2000, p. 24.29 VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique. “La constitucionalización del deporte”. Jurídica 125.

Su plemento de análisis legal del diario oficial El Peruano. Lima, 19 de diciembredel 2006, p. 7.

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22.. LLeeyy ddee pprroommoocciióónn yy ddeessaarrrroolllloo ddeell ddeeppoorrttee

22..11 EEll ffoommeennttoo ddeell ddeeppoorrttee:: DDeebbeerr ddeell EEssttaaddoo yy ccoommpprroommiissooiinnddiivviidduuaall

El fomento es un término de amplio espectro, multivalente, que no se cir-cunscribe exclusivamente al aspecto pecuniario de autorizar partidas yasig nar presupuestos. El fomento del deporte va mucho más allá. Busca nosolo un ámbito deportivo ideal sino de un deporte digno y al alcance detodos.

Una política de promoción debe estar dirigida liminarmente a los si -guien tes aspectos: a) dictar normas eficientes que reconozcan al deporteen su verdadera dimensión; b) brindar apoyo económico que no impliquesumisión; por el contrario, que garantice autonomía y cuadros dirigencia-les responsables; c) impulsar la infraestructura, la modernización y la tec-nología deportiva; d) establecer la enseñanza obligatoria de la educaciónfísica en la etapa escolar, y e) otorgar incentivos tributarios al fomento deldeporte. En términos generales, promover significa impulsar algo para pro-curar su desarrollo.

Fomentar el deporte en el ámbito constitucional implica darle el máxi-mo rango normativo y, como tal, es la lógica consecuencia de un compro -mi so del Estado. Sin embargo, es importante establecer que:

… este exceso en el deber de fomento del fenómeno deportivo tiene as -pectos muy diferenciados que se pueden resumir en los siguientes: a)La práctica deportiva del ciudadano como actividad espontánea, desin -te resada, lúdica con fines educativos y sanitarios; b) La actividad depor-tiva organizada a través de estructuras asociativas; c) El espectáculo de -portivo como fenómeno de masas absolutamente mercantilizado.30

Asimismo, debe tenerse en cuenta que la presencia del Estado no esreal sino tangencial, por varias razones. La primera, y más elemental, esque el deporte es esencialmente privado, más que público, depende de lainversión de los particulares, en eso hay libertad y plena apertura en su ca -nalización. Precisa Bermejo Vera: “lo público es, en el deporte, marginalo secundario, excepto para el apoyo económico o material”31 (las cursivasson nuestras).

88 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

30 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Op. cit., 2004, p. 60.31 Ibídem, p. 61.

Page 89: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

Analizando la Constitución española, Espartero dice que el preceptoconstitucional es un mandato finalista, impeditivo, impositivo e informadorde las actuaciones de los poderes públicos.32 En gran medida, son manda -tos a los poderes públicos para que financien prestaciones a los ciudada-nos. Por ello se ha dicho que el deporte es un compromiso del Estado.

22..22 AAnntteecceeddeenntteess ddee llaa lleeyy

Durante el gobierno del arquitecto Fernando Belaúnde Terry, mediante elDecreto Legislativo 328 (El Peruano, 8 de noviembre de 1985) se dictó laLey General del Deporte, que fue derogada por la Ley 27159, Ley Generaldel Deporte (El Peruano, 27 de julio de 1999). Esta, a su vez, fue sustitui-da por la Ley 28036, denominada Ley de Promoción y Desarrollo del De -porte (El Peruano, 24 de julio del 2003), en vigencia, con Re gla mento 018-2004-PCM (El Peruano, 3 de marzo del 2004).

22..33 LLeeyy ddee PPrroommoocciióónn yy DDeessaarrrroolllloo ddeell DDeeppoorrttee

El deporte en el Perú está normado por la Ley 28036, Ley de Promoción yDesarrollo del Deporte. En líneas generales, se encarga de regular los si -guientes temas:

22..33..11 PPrriinncciippiiooss ffuunnddaammeennttaalleess ddeell ddeeppoorrttee

El artículo 1 reúne los que se consideran principios fundamentales:

• La educación física, la recreación y el deporte son actividades de in -te rés nacional.

• Propiciar el acceso a la actividad deportiva, recreativa y la educaciónfísica.

• El deporte es un factor educativo que forma a la persona y logra subienestar.

• Promover la práctica del deporte como factor de la salud física ymental.

• Democratizar e institucionalizar el sistema deportivo nacional, garan-tizando el acceso a las disciplinas deportivas sin distinción ni discri-minación.

89NORMATIVIDAD DEPORTIVA

32 Ídem.

Page 90: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

• Fomentar competencias deportivas a fin de alcanzar un alto nivel.

• Vincular las tres áreas de acción del deporte: deporte para todos, de -por te estudiantil y deporte de afiliados.

• Promover la cultura deportiva en el país.

• Crear conciencia de la importancia de la educación física, el depor-te y la recreación.

• Masificar el deporte como un instrumento para la recreación y elesparcimiento.

• El deporte debe ser un medio de equilibrio y estabilidad social.

• Contribuir al cultivo de valores éticos y morales del deportista (ar -tículo 1).

22..33..22 DDeeffiinniicciióónn ddee ddeeppoorrttee

Es una actividad física que se promueve como un factor importante parala recreación, mejora de la salud, renovación y desarrollo de las poten -cia lidades físicas y mentales del ser humano, mediante la participacióny sana competencia en todas sus disciplinas deportivas, recreativas y deedu cación física, premiando a los que triunfan en una contienda leal, deacuerdo con sus aptitudes y esfuerzos (artículo 2).

22..33..33 OObbjjeettoo

La ley “tiene por objeto normar, desarrollar y promover el deporte comoactividad física en sus diferentes disciplinas y modalidades a través de suscomponentes básicos: la educación física, la recreación y el deporteen forma descentralizada, a nivel del ámbito local, regional y nacional”(artículo 3).

22..33..44 SSiisstteemmaa DDeeppoorrttiivvoo NNaacciioonnaall

Es el conjunto de organismos públicos y privados que articulan y desarro-llan la actividad deportiva, recreativa y de educación física a nivel nacio-nal, regional y local (artículo 6 y ss). Está constituida por: Instituto Peruanodel Deporte (IPD), gobiernos regionales, organizaciones deportivas, go -bier nos locales, universidades, institutos superiores, Fuerzas Armadas, Po -licía Nacional del Perú, centros educativos, centros laborales y comunida-des campesinas y nativas.

90 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 91: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

22..33..55 DDeeppoorrttee eessccoollaarr

La ley crea el Consejo del Deporte Escolar como órgano de promoción ycoordinación del deporte escolar, adscrito al IPD (artículo 19). Formula,aprueba y ejecuta el Plan Nacional del Deporte Escolar a corto, medianoy largo plazos, aplicando los recursos del Fondo Pro Deporte Escolar.

22..33..66 UUnniivveerrssiiddaaddeess,, iinnssttiittuuttooss ssuuppeerriioorreess,, FFuueerrzzaass AArrmmaaddaass yy PPoolliiccííaa NNaacciioonnaall ddeell PPeerrúú

Estas instituciones educativas promueven y apoyan la actividad deportivay recreativa de sus integrantes en sus diferentes disciplinas y modalidades.Es ta práctica tiene valor académico y está integrada al plan curricular delos estudiantes (artículo 20).

22..33..77 ÓÓrrggaannooss ddeell IIPPDD

Son órganos del IPD el Registro Nacional del Deporte, el Comité OlímpicoPe ruano y la Comisión Nacional Antidopaje (artículos 26 al 32).

22..33..88 ÁÁrreeaass ddee aacccciióónn ddeell ddeeppoorrttee

• Deporte para todos.- Es de carácter promocional, participativo,preventivo para la salud. Se desarrolla en las municipalidades, cen-troslaborales, comunidades campesinas y comunidades nativas(artículo 34).

• Deporte estudiantil.- Es de carácter formativo y competitivo. De sa -rro lla las aptitudes y habilidades deportivas del educando. Se prac-tica en los centros educativos, universidades, institutos superiores yescuelas militares y policiales (artículo 35).

• Deporte de afiliados.- Tiene carácter competitivo y busca el alto ren -di miento en las disciplinas deportivas. Está constituido por organiza -ciones deportivas como asociaciones deportivas comunales autoges-tionarias, clubes, ligas y federaciones (artículo 36).

22..33..99 OOrrggaanniizzaacciioonneess ddeeppoorrttiivvaass

Son asociaciones civiles sin fines de lucro que buscan promover y desarro -llar la práctica de una o más disciplinas deportivas. Se inscriben en el Re -gistro Deportivo para efectos de su reconocimiento e integración al siste-ma deportivo nacional (artículo 37). Entre ellas tenemos:

91NORMATIVIDAD DEPORTIVA

Page 92: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

• Clubes deportivos.- Organizaciones que reúnen a deportistas, socios,dirigentes, padres de familia y aficionados para la práctica de disci -pli nas deportivas. Constituyen las organizaciones de base del depor-te afiliado y se inscriben en el Registro Deportivo correspondiente(artículo 38).

• Ligas deportivas.- Coordinan y organizan la actividad recreativa, de -por tiva y administrativa de sus afiliados. Las ligas son de nivel distri-tal, provincial, departamental o regional; están integradas por un mí -nimo de tres clubes que componen una liga distrital; de la misma for -ma, tres ligas distritales integran una liga provincial y tres ligas pro-vinciales constituyen las ligas departamentales o regionales. Se inscri-ben en el Registro Deportivo correspondiente. En el caso del fútboltambién se constituirán en zonas intradistritales (artículo 41).

• Federaciones deportivas nacionales.- Son los órganos rectores de ca -da disciplina deportiva en el ámbito nacional. Se constituyen comoaso ciaciones civiles sin fines de lucro y se rigen por su estatuto, lale gislación nacional y las normas internacionales. Sus organismos debase son las ligas departamentales, regionales, distritales, provincia-les y los clubes. Se gobiernan por la Asamblea de Bases y el Di -rectorio (artículo 44).

• Federación deportiva especial.- Es una asociación civil de derecho pri-vado sin fines de lucro que desarrolla, promueve, organiza y dirige lapráctica deportiva, recreativa y de educación física de las personascon discapacidad. Sus estatutos, dirigentes y organizaciones de basese inscriben en el Registro Nacional del Deporte (artículo 47).

• Agentes deportivos.- Todas aquellas personas que por sus actividadesparticipan en el deporte. Entre ellos tenemos: dirigentes, técnicos,en trenadores, auxiliares, jueces, árbitros, profesionales del deporte,la recreación y la educación física, así como a todas aquellas perso-nas que, en calidad de colaboradores, participan en una actividadde portiva (artículo 49).

22..33..1100 JJuussttiicciiaa ddeeppoorrttiivvaa yy hhoonnoorreess ddeell ddeeppoorrttee

La ley crea el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deportedel IPD. Es competente para conocer y sancionar las faltas y transgresionesa la ley, su reglamento y la normatividad deportiva vigente, así como la aten-ción de la defensa de los intereses y derechos de los deportistas; asimismo,

92 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 93: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

para el otorgamiento de honores y distinciones a deportistas, técnicos, auxi-liares y dirigentes de una selección nacional; a los directivos de las federa -cio nes deportivas nacionales; al Comité Olímpico Peruano y a otros organis -mos del Sistema del Deporte Nacional (artículo 50).

22..33..1111 DDeeppoorrttee pprrooffeessiioonnaall

Es el conjunto de actividades deportivas remuneradas. Se regula de acuer-do con el reglamento aprobado por el IPD sobre la base de la legislaciónnacional y la normatividad internacional (artículo 57).

22..33..1122 DDeeppoorrttiissttaa

Es la persona que practica una o más disciplinas deportivas de acuerdocon sus normas y reglamentos; tiene un permanente espíritu de superacióny mantiene una conducta ejemplar acorde con la filosofía del deporte(artículo 62).

22..33..1133 DDeeppoorrttiissttaa ccaalliiffiiccaaddoo ddee aallttoo nniivveell

Es aquel que reúne los requisitos que establece el IPD en coordinacióncon las federaciones deportivas nacionales y el Comité Olímpico Peruano(artículo 63).

22..33..1144 PPllaann NNaacciioonnaall ddeell DDeeppoorrttee

El IPD, en coordinación con el Ministerio de Educación, los gobiernos lo -cales, regionales y otras entidades competentes, elaborará y aprobará elPlan Nacional del Deporte para corto, mediano y largo plazos, el cual ten -drá un horizonte de veinte años (artículo 74).

22..33..1155 IInnffrraaeessttrruuccttuurraa ddeeppoorrttiivvaa

Se presta atención especial a los espacios para la práctica deportiva, dema nera que en todo proyecto de habilitación y urbanización de tierras quese desarrolle en el país, se reserva, obligatoriamente, para infraestructurade portiva no menos del cincuenta por ciento del área destinada para par-ques, bajo responsabilidad de la entidad aportante (artículo 76).

93NORMATIVIDAD DEPORTIVA

Page 94: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

22..44 RReeggllaammeennttoo ddee llaa LLeeyy ddee PPrroommoocciióónn yy DDeessaarrrroolllloo ddeell DDeeppoorrttee

El Reglamento de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, DecretoSu premo 018-2004-PCM (El Peruano, 3 de marzo del 2004), trata acerca dete mas administrativos y de gestión del Sistema Deportivo Nacional. Se con-centra en la organización del IPD, su Consejo Directivo, funciones y facul-tades de sus miembros; en los Consejos Regionales del Deporte, sus inte-grantes, sesiones y quórum; el Consejo Escolar del Deporte, sus represen-tantes y funciones; el Registro Nacional del Deporte y la Comisión An ti do -paje, sus facultades, miembros y conformación; el Comité Olímpico; la jus-ticia deportiva y los honores, premios y distinciones en el deporte; y final-mente, la potestad sancionadora y su procedimiento.

33.. CCóóddiiggoo ddee llooss NNiiññooss yy AAddoolleesscceenntteess

El Código de los Niños y Adolescentes, Ley 27337 (El Peruano, 7 de agos-to del 2000), trata el tema deportivo considerando especiales responsabili-dades del Estado, con el fin de que los ciudadanos tengan acceso a lasprácticas deportivas.

Corresponde al Estado garantizar que la educación básica comprendael desarrollo de la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y físi-ca del niño y del adolescente hasta su máximo potencial (artículo 15, inci-so a). Del mismo modo, deberá estimular y facilitar la aplicación de recur-sos y espacios físicos para la ejecución de programas culturales, deporti-vos y de recreación dirigidos a niños y adolescentes (artículo 20).

Se trata de una norma que fija una política de apoyo a la niñez y la ado-lescencia, encaminando la práctica deportiva en estas edades.

44.. LLeeyy GGeenneerraall ddee EEdduuccaacciióónn

La Ley 28044, Ley General de Educación, publicada en el diario oficial ElPeruano el 29 de julio del 2003, derogó la Ley 23384 del 18 de mayode 1982.

Dentro de sus postulados generales considera como función del Estadopromover la universalización, calidad y equidad de la educación a travésde la orientación y la articulación de los aprendizajes generados dentro yfuera de las instituciones educativas, incluyendo la recreación, la educa-ción física, el deporte y la prevención de situaciones de riesgo de los estu-diantes (artículo 21, inciso f).

94 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 95: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

Educación implica formación, y dentro de esta última tenemos la físicay la anímica, que se logran a través de las prácticas deportivas. La educa-ción básica tiene entre sus objetivos desarrollar aprendizajes en camposco mo la ciencia, las humanidades, la técnica, la cultura, el arte, la educa-ción física y los deportes, así como aquellos que permitan al educando unbuen uso y usufructo de las nuevas tecnologías (artículo 31, inciso c).

En cuanto al desarrollo físico y las prácticas deportivas, la Ley Generalde Educación encarga funciones concretas a las instituciones educativas,co mo la promoción del desarrollo educativo, cultural y deportivo de su co -munidad (artículo 68, inciso i); y que las Unidades de Gestión EducativasLocales promuevan centros culturales, bibliotecas, teatros, talleres de arte,deporte y recreación, brindando apoyo sobre la materia a los gobiernos lo -cales que lo requieran (artículo 74, inciso o). Por su parte, la Dirección Re -gional de Educación tiene entre sus finalidades promover la educación, lacultura, el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología.

El Ministerio de Educación, como órgano del gobierno nacional, tienecomo finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura,recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado(artículo 79).

55.. LLeeyy UUnniivveerrssiittaarriiaa

La Ley 23733, Ley Universitaria (El Peruano, 4 de mayo de 1994), contie-ne un capítulo referido al bienestar universitario. Considera que las univer -si dades ofrecen a sus miembros y servidores programas y servicios de sa -lud, bienestar y recreación; apoyan a los que surjan de su propia iniciati-va y esfuerzo; fomenta las actividades culturales, artísticas y deportivas,men cionando expresamente que las olimpiadas universitarias quinquena-les son objeto de su especial atención (artículo 75).

El fomento del deporte, que debiera verse reflejado en la olimpiadasuniversitarias quinquenales, no va más allá de un reconocimiento norma-tivo carente de una política eficaz para su ejecución y trascendencia.

55..11 AAppooyyoo aaccaaddéémmiiccoo aall ddeeppoorrttiissttaa

La Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte considera expresamente elapoyo a los deportistas calificados de alto nivel en el ámbito de la educa-ción superior; es decir de universidades, institutos superiores y escuelas de

95NORMATIVIDAD DEPORTIVA

Page 96: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. La ley especifica los si -guientes casos:

• Su incorporación al plantel estudiantil previa evaluación especial apropuesta de su respectiva Federación Nacional y con la aprobacióndel IPD (artículo 21).

• Otorgamiento de becas integrales y medias becas (artículo 22).

• Facilidades en la matrícula y horarios de estudio (artículo 69).

66.. LLeeyy OOrrggáánniiccaa ddee MMuunniicciippaalliiddaaddeess

La Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (El Peruano, 27 de mayodel 2003), establece que son competencia municipal, dentro de los servi-cios públicos locales, la educación, la cultura, el deporte y la recreación(ar tículo 73). Compete a las municipalidades en materia de educación, cul-tura, deportes y recreación: normar, coordinar y fomentar el deporte y lare creación de la niñez y del vecindario en general mediante la construc-ción de campos deportivos y recreacionales33 o el empleo temporal de zo -nas urbanas apropiadas para los fines antes indicados, sin perjuicio de lasfunciones propias de los gobiernos nacional y regional (artículo 82, inciso 18).

Corresponde al Concejo Metropolitano, en cuanto a nuestro tema con-voca, aprobar planes y programas metropolitanos en materia de recreación

96 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

33 Si bien existe un déficit de terrenos para dedicarlos a campos deportivos, debe res -ca tarse, al menos en intención legislativa, el artículo 81 de la Ley 28036, que dispo -ne: “El Estado establece reservas especiales sobre terrenos eriazos a favor del Ins -ti tuto Peruano del Deporte de conformidad con la legislación vigente”. Sobre elpar ticular, los terrenos eriazos que se requieran para la promoción del deporte de -ben estar en zona urbana o de expansión urbana y no fuera de aquellas (salvo ex -cep ciones justificadas). Sin embargo, dicha ley a) no ha regulado la forma comose concreta la reserva especial de terrenos eriazos del Estado en favor del IPD; b)no establece que la reserva de terrenos eriazos para fines de infraestructura depor -ti va se efectúa de oficio (debe ser solicitada y debidamente sustentada por el IPD);y, c) no se ha normado quién debe aprobar la reserva y cómo debe hacerlo; estees un problema directamente vinculado a la validez legal de la constitución de lare serva. Queda sin definir, además, si basta con la aprobación de la mencionadareserva o es necesario aprobar posteriormente la transferencia del área reservadaa favor del IPD. Tampoco se contempla por qué causales se podría dejar sin efec-to la reserva. Véase ÁLVAREZ CARPENTIER, Teresa M. “Reservas de terrenos eria-zos para infraestructura deportiva”. Hechos & Derecho, año 5, núm. 40, enero del2006, pp. 8 y 9.

Page 97: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

y deporte (artículo 157, inciso 12), entre otros. En cuanto a la Alcaldía Me -tropolitana, su competencia es promover la práctica masiva de los depor-tes y la recreación (artículo 159, inciso 3.4). Asimismo, son funciones de laMunicipalidad Metropolitana de Lima crear el sistema de promoción delde porte comunal y distrital integrado por el representante de la oficina deFomento del Deporte y el representante de la Junta Vecinal (artículo 161,inciso 8.3).

77.. CCóóddiiggoo CCiivviill

77..11 DDeerreecchhoo ccoommppaarraaddoo

El tratamiento del deporte en el derecho civil comparado no es uniforme;varían los temas y las materias. Lo importante es ordenar sus criterios conel fin de tenerlos en cuenta en nuestro estudio.

Los principios deportivos que inspiran el derecho civil comparado son:

• Los organizadores de competiciones deportivas están obligados aha cer públicas las condiciones de participación, el método de eva-luación, los premios y el valor de cada premio (Vietnam).

• Los locales y obras deportivas son objetos de propiedad común, conexcepción de los que sirvan en exclusiva a cada departamento, vi -vienda, casa o local (Quintana Roo, México).

• El juego y la apuesta no son contratos válidos ni constituyen fuentede obligaciones civiles; sin embargo, los lícitos son fuente de obliga -ciones naturales a menos que en ellos concurran otras razones denulidad o anulabilidad, que afecten principios generales del derechoo produzcan fraude de los acreedores en su ejecución (Portugal yMacau).

• Se permitirá la caza con fines deportivos de animales silvestres, bra -víos o salvajes siempre que se cuente con autorización de la entidadadministradora de los recursos naturales (Colombia).

• Las apuestas sobre torneos deportivos, competiciones atléticas o jue-gos de habilidad se pueden prohibir mediante ordenanzas locales(Filipinas).

• Las asociaciones deportivas son personas colectivas (Bolivia).

• Las normas del depósito necesario se aplican a los establecimientosy locales deportivos que presten sus servicios a título oneroso (pro-yecto de Argentina).

97NORMATIVIDAD DEPORTIVA

Page 98: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

• No se puede accionar por pagos de deudas de juego o apuestas, in -clui das las derivadas de competiciones deportivas, aun en los casosde personas que apuesten sin formar parte de la competición. El per -de dor que paga voluntariamente no puede repetir, salvo que hayame diado dolo o que el repitente sea un incapaz. No obstante, el juezpue de rechazar o reducir equitativamente el monto de la prestacióncuan do resulta excesiva para la situación económica del perdedor(Italia).

77..22 DDeerreecchhoo llooccaall

El Código Civil peruano no trata el deporte como institución jurídica autó-noma. Podemos entenderlo como una actividad humana comprendidaden tro del derecho a la vida, la integridad y la libertad, a los actos de libredisposición del cuerpo humano.

De manera especial, el Código refiere cuatro instituciones vinculadascon prácticas deportivas, que son las siguientes:

77..22..11 EExxáámmeenneess ccoorrppoorraalleess rreellaacciioonnaaddooss ccoonn llaa vvaalliiddeezz ddee llaassccllááuussuullaass ccoonnttrraaccttuuaalleess ddee ddiissppoossiicciióónn ccoorrppoorraall

Artículo 11.- Son válidas las estipulaciones por las que una persona seobliga a someterse a examen médico, siempre que la conservación desu salud o aptitud síquica o física sea motivo determinante de la rela-ción contractual.

Según el artículo 11, el sujeto puede autorizar tratamientos o exámenesmédicos cotidianos, periódicos o habituales para mantener la continuidady ejecución del contrato en el que su buen estado físico, salud, aptitud yperformance sea parte esencial de la relación contractual. Dentro de estosse “encontrarían, entre otros, los deportistas sujetos a un régimen de de -pen dencia de carácter laboral”;34 también los militares, policías, pilotos ydemás profesiones en las que el aspecto físico y psíquico es básico parael cumplimiento de su labor. Es de señalar, claramente, que los contratosso bre el cuerpo humano serán válidos siempre que exista el asentimientode la persona y se respete su trascendencia como ser humano.

98 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

34 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. Derecho de las personas, 2004, p. 60.

Page 99: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

Se restringe el ius abutendi, ya que el cuerpo humano, templo de lapersonalidad, está premunido ontológicamente de dignidad. La persona es,más que propietario, administrador de su estructura corporal.

Como ejemplo típico de estipulaciones sanitarias, y como citamos en suoportunidad,35 se debe señalar la relación laboral de los futbolistas profe-sionales con sus clubes deportivos (Ley 26566, más adelante reseñada). Eneste marco contractual, son obligaciones especiales de los futbolistas guar-dar en su vida privada un comportamiento compatible con el manteni-miento del eficiente estado físico y mental en su condición de deportistasprofesionales; el incumplimiento de esta obligación generará la resolucióndel contrato (artículo 5, inciso e).

Por su parte, la derogada Ley 27159, Ley General del Deporte, estable -cía como obligación del deportista calificado el mantener una conductaacor de con la moral y las buenas costumbres, evitando la indisciplina y loshábitos reñidos con su preparación integral (artículo 5, inciso a).

El estado físico de los deportistas es el elemento esencial en su contra-tación y ello es confirmado por la normatividad dictada en materia de ejer-cicio del deporte, que está dirigida a regular las condiciones de acceso alas variadas actividades agonísticas y los controles de salud que deben so -me terse los atletas cada cierto tiempo. Mediante el llamado contrato depor-tivo la entidad o club debe prestar asistencia médica completa y, por supar te, el jugador tiene entre sus deberes mantener y perfeccionar sus apti-tudes y condiciones psicosomáticas para el desempeño de la actividad, de -biendo comunicar a la entidad cualquier circunstancia que afecte su esta-do de salud. La disminución o pérdida de dichas condiciones por causasimputables a él constituirá una falta (grave o leve, según sea el caso) a susobligaciones, que implicará la resolución del contrato o la aplicación deuna penalidad.

77..22..22 CCoonnvveenniiooss eett ccoorrppoorree rreessppeeccttoo aa llooss ccoonnttrraattooss qquuee iimmpplliiccaannaaccttooss ddee eexxttrreemmoo rriieessggoo

Artículo 12.- No son exigibles los contratos que tengan por objeto la rea-lización de actos excepcionalmente peligrosos para la vida o la integri-dad física de una persona, salvo que correspondan a su actividad habi-tual y se adopten las medidas de previsión y seguridad adecuadas a lascircunstancias.

99NORMATIVIDAD DEPORTIVA

35 VARSI ROSIGLIOSI, Enrique. “Exámenes médicos con fines contractuales”. CódigoCivil comentado, 2003, pp. 145-148.

Page 100: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

Fernández Sessarego36 indica que en los deportes riesgosos las perso-nas intervinientes han adquirido dominio y destreza mediante la habituali-dad, la que es admitida referencialmente por la ley.

Estos sujetos son adictos al peligro, disfrutan participando en deportesex tremos, tan usuales hoy en día que la ley no hace otra cosa que recono -cerlos a través de una regulación (en nuestro caso bastante tangencial). Dealguna manera, estos deportistas viven el peligro, encuentran la forma deestar cerca de la muerte; vivirla; su actividad de portiva termina siendo undesfogue al tánatos, un escarceo con los límites de la vida.

Son ejemplos de actividades riesgosas: la acrobacia, el automovilismo,el motocross, el paracaidismo, la inmersión submarina, el montañismo, laescalada, el puenting, el jumping, el esquí extremo, la tauromaquia y elboxeo profesional, entre otros, aunque los actos circenses terminan sien-do muchas veces el único ejemplo, al menos práctico, pero hoy superadopor actividades más extremas.

Este artículo cobra vigencia con la práctica de los deportes de alto ries-go (conocidos como “deportes de aventura”) que por su importante prác-tica nos llevan a proponer la dación de normas jurídicas conducentes acon trolar tales actividades.37 El riesgo es extremo y deben delimitarse lasobligaciones y las responsabilidades de los sujetos intervinientes.

Este numeral, como refiere Espinoza Espinoza,38 debe ser interpretadosis temáticamente con los artículos 1219, inciso 1 (medidas que puede tomarel acreedor para exigir el cumplimiento de la obligación); 1150, incisos 1, 2y 3 (medidas que puede tomar el acreedor en caso de que el deudor se re -sista en el cumplimiento de la obligación) y 1152 (acción de daños por in -cum plimiento de la obligación). Es obvio que solo puede exigirse aquelloque humanamente es viable, tomando en cuenta el principio jurídico: “Nadieestá obligado a lo imposible”39 (proverbio vulgar Ad impossibile nemo tene-tur), que se encuentra consagrado en nuestro Código cuando se trata lapres tación imposible en los artículos 1431, 1432 y 1433, y, obviamente, enlos artículos 140 y 210, en el objeto física y jurídicamente posible.40

100 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

36 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. Op. cit., 2004, p. 60.37 BELTRÁN PACHECO, Jorge. “Contratos peligrosos para la vida o integridad física”.

Có digo Civil comentado, 2003, p. 152.38 ESPINOZA ESPINOZA, Juan. Derecho de las personas, 2006, pp. 219-220.39 Aforismo jurídico. Impossibilium nulla obligatio, jurisconsulto Juvencio Celso, siglo

I a.C.40 VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique. “Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda

Page 101: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

77..22..33 JJuueeggoo yy aappuueessttaa

Artículo 1947.- Los contratos de lotería, pronósticos sobre competenciasdeportivas, apuestas hípicas, peleas de gallos y otros espectáculos ycon cursos similares, se rigen por las normas legales o administrativaspertinentes. En estos casos no es de aplicación la reducción prevista enel segundo párrafo del artículo 1942.41

En el Perú, el juego y la apuesta están permitidos. Existen modalidadesde juego y apuesta vinculados con los espectáculos públicos deportivos,como es el caso del fútbol. Bien detalla Arias Schreiber42 cuando dice quela historia de la regulación normativa del pronóstico sobre los resultadosde competencias deportivas empieza con el Decreto Ley 20803 del 19 deno viembre de 1974, que autorizó la realización de estos concursos, tratán-dola como una actividad de orden público reservada para el Estado. Con -si deró que su realización está sustentada en los principios de eficiencia, ce -le ridad, confiabilidad y seguridad, para lo cual se crea la Empresa PúblicaAdministradora de Pronósticos Deportivos (Epaprode), encargada de regla-mentar, promover, realizar y controlar los concursos de pronósticos sobreresultados en las competencias deportivas, siendo su ámbito de aplicaciónaquellas que se lleven a cabo en el país o en el extranjero. Luego, por De -creto Ley 21091 del 24 de febrero de 1975, con la Ley Orgánica que creala Epaprode, se dictan las normas exclusivas del concurso de pronósticosdeportivos de fútbol, incluyendo su administración y fiscalización.

Con el Decreto Legislativo 255 del 29 de diciembre de 1981,43 toman-do las referencias del autor citado, se creó la Empresa Peruana de ApuestasDeportivas S.A. (Epadesa), dependiente del Instituto Peruano del Deporte,cuyo fin es realizar y promover los concursos de pronósticos de resultadosde competencias deportivas en el Perú y en el extranjero. Epadesa ha rees-

101NORMATIVIDAD DEPORTIVA

ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”. Libro en homenaje a Carlos Fer nán -dez Sessarego, en edición.

41 Artículo 1942.- Por el juego y la apuesta permitidos, el perdedor queda obligado asa tisfacer la prestación convenida, como resultado de un acontecimiento futuro ode uno realizado, pero desconocido para las partes. El juez puede reducir equita-tivamente el monto de la prestación cuando resulta excesiva en relación con la si -tuación económica del perdedor.

42 ARIAS SCHREIBER PEZET, Max. Exégesis del Código Civil peruano de 1984, 2006,p. 951 y ss.

43 Derogó los decretos leyes 20803 y 21091.

Page 102: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

tructurado la organización y el funcionamiento de la polla futbolística, de -nominada Deporgol, capitalizando los errores y deficiencias detectadas du -rante la época en que intervino Epaprode, pero en el presente también hacesado su funcionamiento.

77..22..44 LLooss ddaaññooss

Artículo 1969.- Aquel que por dolo o culpa causa un daño a otro estáobli gado a indemnizarlo. El descargo por falta de dolo o culpa corres-ponde a su autor.Artículo 1970.- Aquel que mediante un bien riesgoso o peligroso, o porel ejercicio de una actividad riesgosa o peligrosa, causa un daño a otro,es tá obligado a repararlo.

En el aspecto deportivo se viene aplicando la teoría del daño, en espe-cial el daño a la vida de relación, también conocido como daño a la perso -na lidad integralmente considerada o a la capacidad para las sensacionesagradables de la vida. Cuando Fernández Sessarego44 analiza conceptual-mente las diversas denominaciones para designar daños, constata que setrata de daños específicos comprendidos todos ellos en el genérico “dañoa la persona”. Fundamenta que estas denominaciones han nacido de lascir cunstancias o tiempos en que se acuñó el término, o han sido motiva-das por la imaginación de los autores o por precisos requerimientos deadaptación a un determinado ordenamiento jurídico positivo en busca deun fundamento legal, entre otras razones.

Sin embargo, este daño a la vida de relación es entendido como en de -trimento de las aptitudes de una persona para la actividad social, cuandosin menoscabo aparente de su capacidad de trabajo disminuyen las posibi -li dades de la persona en terrenos como el social, deportivo, artístico, se -xual, etcétera.45

Afecta la estructura psicofísica de la persona en su esfera vinculada a laple nitud de la vida y su desarrollo, a la pérdida de la aptitud vital y la capa -ci dad genérica, y al empobrecimiento de perspectivas futuras. Como tal, se

102 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

44 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. “Deslinde conceptual entre daño a la persona,da ño al proyecto de vida y daño moral”. Foro Jurídico, año 1, núm. 2, julio del2003.

45 Véase GALDÓS, Jorge Mario. “Daño a la vida de relación”. La Ley, año LXX, núm.124, jueves 29 de junio del 2006, p. 1.

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trata de un daño especial, así como de diversos daños a la persona: estéti -co, psíquico, biológico, al proyecto de vida, a la identidad personal, a lain timidad y a la vida sexual, entre otros.

Por citar un caso, la jurisprudencia nacional ha establecido que

... las lesiones graves que causen la muerte, sufridas por una persona enuna carrera automovilística en circuitos cerrados, son indemnizables tan -to por el piloto del automóvil, como por la institución deportiva que or -ga nizó el evento, por no haber tomado las precauciones necesarias a finde evitar accidentes.46

88.. EEll CCóóddiiggoo PPeennaall

El deporte y el derecho penal no son ramas muy afines que digamos. Sibien en la práctica deportiva podemos identificar conductas y omisionesque exigen una sanción por su amenaza o gravedad, la autodeterminaciónde los deportistas le resta trascendencia penal, a pesar de que el régimendisciplinario deportivo tiene como esencia el derecho penal que descansaen el principio de lesividad y de proporcionalidad.

El derecho comparado no cuenta aún con una disciplina jurídica espe-cializada en derecho penal deportivo, a lo que se suma el hecho de queel acceso y la recurrencia a la justicia penal por asuntos relacionados conla actividad deportiva es casi nula. Sin embargo, el crecimiento, la tecnifi-cación y la globalización de las prácticas deportivas genera toda una ten-dencia para evitar conflictos de intereses, sanción por las malas prácticasy punición de aquellos actos que atentan contra bienes jurídicamente pro-tegidos que actualmente se encuentran identificados por el derecho penal.El dopaje, la discriminación y la violencia de las barras bravas son los casosmás comunes en los que comprobamos cómo el derecho penal vienedando una respuesta no solo efectiva sino real.

Cabe preguntarnos si ameritan tipificarse los delitos en actividades depor-tivas o si deben ser sancionados sobre la base de los delitos comunes. Es

103NORMATIVIDAD DEPORTIVA

46 Véase Revista de Jurisprudencia Peruana. Lima, 1968. Respecto de la jurispruden-cia ex tran jera, se pueden anotar algunos casos, como el de Argentina (CámaraNacional Federativa. Sala II Civ. y Com. 14/7/1978), que considera que “el para-caidismo es un deporte riesgoso”. En Francia existen innumerables casos de acci-dente de alpinismo. Cfr. BELTRÁN PACHECO, Jorge. “Contratos peligrosos para lavida o integri dad física”. Código Civil comentado, tomo I, 2003, p. 152.

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ver dad que la realización del deporte puede generar la violación o atentadode los derechos personales como la vida, la integridad, la salud y otros. Pue -den producirse, incluso, delitos patrimoniales y contra el orden económico,ade más del fraude de la persona jurídica. Como hecho humano, el deportege nera consecuencias jurídicas, lícitas e ilícitas; estas segundas, independien -temente del daño que debe repararse, ameritan una pena en caso de com-probarse el delito.

Las lesiones deportivas son el caso límite a toda esta disquisición. Ladog mática le presta especial atención, sobre todo en el caso de los depor-tes de contacto, en los que la violencia es aceptada como parte del juego.Los lesionados, de forma leve, grave o muy grave, o los herederos del di -funto no podrían denunciar el acto. En concreto, podríamos decir que losactos y omisiones deportivas realizadas en estricto cumplimiento de su re -glamentación, que atentan contra los derechos de las personas de facto, nohan sido materia de punición y de iure no se castigan, siendo necesarioes tablecer criterios guías para circunscribir lo punible de lo impune.

Nuestro Código Penal carece de un tratamiento acerca de las prácticasde portivas. Solo se limita, en el capítulo de los Delitos contra la Salud Pú -blica, sección Tráfico Ilícito de Drogas, tipo de delito Comercialización yCultivo de Plantaciones de Adormidera,47 a establecer una forma agravadacuando el cultivo, promoción, facilitación, financiación o comercializaciónde adormidera es cometido en el interior o en inmediaciones de un recin-to deportivo.48

104 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

47 “Artículo 296, D.- Comercialización y cultivo de plantaciones de adormidera. El queejecuta actos de cultivo, promoción, facilitación o financiación de plantaciones deadormidera, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho nima yor de quince años, con ciento ochenta a trescientos sesenticinco [sic] días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36º, incisos 1), 2) y 4).Si la cantidad de plantas de que trata el párrafo anterior no excede de cien, elagen te será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayorde ocho años, con trescientos sesenticinco [sic] a setecientos treinta días-multa einhabilitación conforme al artículo 36º, incisos 1), 2) y 4).El que transfiere o comercializa semillas de adormidera será reprimido con lamisma pena que establece el primer párrafo del presente artículo”.

48 Artículo 297.- Formas agravadas. La pena será privativa de libertad no menor dequince ni mayor de veinticinco años, de ciento ochenta a trescientos sesenta ycinco días-multa e inhabilitación conforme al artículo 36º, incisos 1, 2, 4, 5 y 8cuando: (…) 4) El hecho es cometido en el interior o en inmediaciones de un esta-blecimiento de enseñanza, centro asistencial, de salud, recinto deportivo, lugar dedetención o reclusión.

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De alguna manera existe una creciente intervención penal en el ámbitodel deporte. Es que la realidad convoca a que se sancionen los actos delic-tuales en las prácticas deportivas tomando como referencia que éstas sonsigno de unión, amistad, y que la competencia no justifica los medios paralo grar una victoria. Esta podría ser una razón por la cual el derecho penalse viene acercando cada día más al deporte, previniendo y reprimiendo.

99.. LLeeyy GGeenneerraall ddee llaa PPeerrssoonnaa ccoonn DDiissccaappaacciiddaadd

La Ley 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, del 6 de enerode 1999, tiene como finalidad (artículo 1) establecer el régimen legal deprotección, atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridadsocial y prevención para que la persona con discapacidad alcance su desa-rrollo e integración social, económica y cultural, tal como dicta la Cons ti -tu ción Política del Estado cuando considera expresamente que: “La perso-na incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia físicao mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal deprotección, atención, readaptación y seguridad” (artículo 7).

La ley entiende que:

La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficien-cias evidenciadas con la pérdida significativa de alguna o algunas de susfunciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminucióno la ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formaso márgenes considerados normales, limitándola en el desempeño de unrol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participarequitativamente dentro de la sociedad (artículo 2).

Nótese lo importante de la norma no solo en la definición optada sinoen la terminología utilizada, desterrando los términos incapaz o impedi-do.49 Se reconoce que, como toda persona, aquella que adolece de disca -pa cidad tiene los mismos derechos que los que asisten a la población engeneral, sin perjuicio de aquellos derechos especiales reconocidos consti-tucionalmente, como ya se mencionó (artículo 3).

105NORMATIVIDAD DEPORTIVA

49 La derogada Ley 24067 (El Peruano, 12 de enero de 1985), Ley de Promoción, Pre -vención, Rehabilitación y Prestación de Servicios al Impedido, con el fin de lograrsu integración social, se refería al impedido físico considerando como tal “a la per -so na que presenta limitaciones intelectuales, sensoriales o físicos de carácter irre-versible, que en relación con su edad y medio, impliquen desventaja considerablepara su integración social” (artículo 2).

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La normatividad otorga un papel básico a la familia, confiándole una la -bor esencial frente al logro de las acciones y objetivos establecidos en estaley; corresponde a la familia la capacitación integral (educativa, deportiva,de salud, de incorporación laboral, etcétera), con el fin de atender la pre-sencia de alguna discapacidad en los miembros de la familia (artículo 4).

En lo que se refiere al deporte, la ley establece una política de promo-ción, determinando que el Consejo Nacional para la Integración de laPersona con Discapacidad (Conadis),50 en coordinación con el IPD, debepromover:

• El desarrollo de la actividad deportiva de la persona con discapaci-dad facilitando expertos, equipos e infraestructura adecuada para supráctica (artículo 27).

• La creación de federaciones deportivas especiales que demanden lasdiferentes discapacidades con el objetivo que el Perú pueda inte -grar se al Comité Para Olímpico Internacional y a otros entes o insti-tuciones internacionales del deporte especial (artículo 28).

Por su parte, el Reglamento de la Ley, Decreto Supremo 003-2000-Pro -mudeh (El Peruano, 4 de abril del 2000) dispone que el Consejo Nacionalcoordina con el IPD el cumplimiento de los siguientes objetivos (artículos44, 45 y 46):

• Promover, difundir, organizar y supervisar, a nivel nacional e in ter -na cional, las prácticas deportivas de las personas con discapacidad,procurando que incorporen el deporte como un hábito de vida ymedio definido de autoestima y realización personal.

• Promover la preparación y capacitación adecuada en número y cali-dad del personal especializado en el deporte para las personas condiscapacidad: entrenadores, técnicos, árbitros y jueces.

• Oficializar, a través de las resoluciones, la representación o participa-ción de personas con discapacidad en competencias internacionales.

• Formular la reglamentación para establecer la premiación a quienesse hayan distinguido de manera excepcional en la práctica, labor odi rección del deporte de personas con discapacidad.

106 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

50 El Conadis fue creado para el logro de los fines y la aplicación de la presente Ley,in corporándose como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Pro -mo ción de la Mujer y del Desarrollo Humano (artículo 5 de la Ley 27050).

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99..11 IIgguuaallddaadd ddee ccoonnddiicciioonneess

Tomándose en cuenta el derecho a la igualdad, a la dignidad y a la equi-dad se reconocen los logros alcanzados por deportistas con discapacidadque obtengan triunfos olímpicos y mundiales en sus respectivas discipli-nas. Además, se considera que el IPD y el Comité Olímpico Peruano reco-nocerán en la misma forma como se premia a los atletas y deportistastriunfadores sin discapacidad (artículo 29 del reglamento).

La condecoración de los Laureles Deportivos del Perú será otorgada porel IPD a petición de la Federación Deportiva correspondiente. Los nom-bres de los deportistas con discapacidad que se hubieran hecho merece-dores de la condecoración de los Laureles Deportivos del Perú en su másalto grado, serán grabados en la parte externa superior del Estadio Na cio -nal. El cumplimiento de esta disposición depende del Consejo Nacional(ar tículo 47 del reglamento).

99..22 IInncceennttiivvooss yy ddeessccuueennttooss

En la misma línea, la Ley ofrece incentivos y descuentos para activida-des recreativas estableciendo que:

Toda persona que disponga de la constancia de inscripción en el Re gis -tro Nacional de las Personas con Discapacidad tendrá derecho a un des-cuento del cincuenta por ciento (50%) sobre el valor de la entrada a es -pectáculos culturales, deportivos o recreativos organizados por las enti-dades del Estado. Dicho descuento es aplicable hasta un máximo delvein ticinco por ciento (25%) del número total de entradas (artículo 30del reglamento).

Como puede apreciarse, la promoción del deporte en las personas condiscapacidad es reconocido en el campo normativo y en la práctica cuen-ta con talentos y profesionales de primer nivel.

1100.. LLeeyy ddee SSeegguurriiddaadd yy TTrraannqquuiilliiddaadd PPúúbblliiccaa eenn EEssppeeccttááccuulloossDDeeppoorrttiivvooss

La Ley 26830, Ley de Seguridad y Tranquilidad Pública en Espectáculos De -portivos (El Peruano, 1 de julio de 1997), dicta las medidas de garantía pa -ra lograr la seguridad en espectadores, jugadores y público en general,con siguiendo la paz en los recintos y alrededores de los escenarios dondese lleven a cabo los espectáculos deportivos.

107NORMATIVIDAD DEPORTIVA

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La norma define las barras como “aquel grupo de personas asociadas aun club o asociación deportiva debidamente empadronado, para alentardu rante el desarrollo de un espectáculo deportivo, al club o asociación de -portiva al que pertenezca” (artículo 3); asimismo, indica mecanismos deidentificación a sus integrantes, estableciendo, además, prohibiciones, deli-tos y faltas.

1111.. RRééggiimmeenn llaabboorraall ddee llooss jjuuggaaddoorreess ddee ffúúttbbooll pprrooffeessiioonnaall

El régimen laboral de los jugadores de fútbol profesional se regula en laLey 26566 (El Peruano, 1 de julio de 1996) de manera que el futbolista, da -da la peculiaridad de sus labores y los servicios prestados a la institución,cuenta con normas especiales que tratan acerca de su actividad.

La especialidad normativa de las relaciones laborales en las diversasprofesiones ha sido reconocida por la jurisprudencia, de forma que:

… el régimen laboral de la actividad privada está compuesto por un uni-verso de disposiciones legales destinadas a regular, valga la redundan-cia, el régimen común y diversos regímenes especiales como, por ejem-plo, el de Construcción Civil, mineros, periodistas, médicos, deportistas,profesores, pescadores, hospedaje, entre otros, en razón de las peculia-ridades propias de sus labores.51

La norma parte del hecho de que la relación laboral de los futbolistasprofesionales con los clubes deportivos de fútbol está sujeta a las disposi-ciones de la actividad privada, con características propias a los serviciospres tados que son establecidos por ley –las laborales que rigen la activi-dad privada, ciertamente–, aplicándose supletoriamente las normas delCódigo Civil.

Considera, además, las características de la relación laboral, los contra-tos, los derechos y las obligaciones de los futbolistas, de manera general.

Así lo ha reconocido la Federación Peruana de Fútbol, que mediante suCámara de Conciliación y Resolución de Disputas en el Laudo 029-2006-CCRD-FPF-B del 24 de enero de 2006 señaló:

108 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

51 CAS. 941-2002-del Santa. El Peruano, 1 de marzo del 2004.

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Primero.- Que la Ley Nº 26566, que norma la relación laboral de los fut-bolistas profesionales con los clubes deportivos de fútbol, establece ensu artículo 1º que tal relación laboral se sujeta a las normas que rigen laactividad privada, lo que hace aplicables al caso las disposiciones perti-nentes de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, TUO delDe creto Legislativo Nº 728 aprobado por D.S. Nº 003-97-TR.

Se trata, y es bueno mencionarlo, de una norma marco, dado que noagota todos los temas pero plantea (sí) los centrales.

1111..11 EEssttaattuuttoo ddeell FFuuttbboolliissttaa PPrrooffeessiioonnaall

El Estatuto del Futbolista Profesional, por su naturaleza,52 es una especiede convenio colectivo de trabajo luego de que la Ley del Régimen Laboralde los Jugadores de Fútbol Profesional calificara las relaciones laborales delos futbolistas como pertenecientes al régimen privado.

El Estatuto se adecua a lo normado por la Constitución, cuyo artículo28 afirma que: “El Estado reconoce los derechos de sindicación, negocia-ción colectiva y huelga…”. Recordemos que el Perú es signatario y ha rati-ficado los siguientes convenios de la Organización Internacional del Tra -ba jo (OIT): i) el Convenio 87 sobre libertad sindical y protección del dere-cho de sindicación de 1949, aprobado por Resolución Legislativa 13281 del15 de diciembre de 1959; ii) el Convenio 98 sobre el derecho de sindica-ción y negociación colectiva de 1949, aprobado por Resolución Legislativa14712 del 18 de noviembre de 1963; y, iii) el Convenio 151 sobre protec-ción del derecho a la sindicación y los procedimientos para determinar lascondiciones de empleo en la administración pública, ratificada por la 17dis posición transitoria de la Constitución de 1979; además del reconoci-miento de similares derechos en una serie de documentos relativos a la de -fensa de los derechos humanos, económicos, sociales y políticos.53 En ton -ces, vemos que los convenios colectivos pueden ser suscritos por los sin-dicatos o grupos de sindicatos de trabajadores, sean estos del régimen pri-vado o público.

109NORMATIVIDAD DEPORTIVA

52 Toda vez que los fines y funciones de las organizaciones sindicales son, entreotras, representar al conjunto de trabajadores afiliados a estos en los conflictos,con troversias o reclamaciones colectivas y la búsqueda de mejores condiciones ge -ne rales de trabajo.

53 ARÉVALO VELA, Javier. Comentarios al TUO de la Ley de Relaciones Colectivas deTrabajo, 2005, p. 9.

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Para que se pueda formar un sindicato es necesario contar al menoscon veinte trabajadores afiliados, siendo el nivel inicial el sindicato en sí;luego se pueden agrupar varios sindicatos y formar federaciones o confe-deraciones de sindicatos. De lo señalado, el Estatuto del Futbolista Pro fe -sional parecería un sindicato atípico, ya que se forma de grupos de futbo-listas que prestan sus servicios a empleadores distintos.

El anteproyecto de la Ley General del Trabajo,54 en su artículo 4, defi-ne al empleador como: “la persona natural o jurídica, patrimonio autóno-mo, entidad asociativa, con o sin fines de lucro y de naturaleza privada opública que contrata servicios regulados por esta Ley”. Entonces, al poderca lificar a los clubes de fútbol dentro de esta categoría, es posible afirmarque los futbolistas pueden ejercer su derecho de sindicalización y han co -menzado a hacerlo mediante el Estatuto.

El Estatuto se encuentra vigente –aunque de modo provisional– des -de el 1 de julio del 2005, tal como lo autorizara la FIFA (Fédération Inter -na tionale de Football Asociation) y lo dispusiera en su momento la Fe de -ración Peruana de Fútbol (FPF), y bajo dicho régimen se han registradotodos los contratos a partir de la fecha indicada. Ha sido considerado porla FPF como una norma reglamentaria de la relación laboral entre los fut-bolistas profesionales y clubes, y se enmarca dentro de la normativa de laFIFA y legislación nacional vigente.

Existe una excusa de los dirigentes para no aceptar el Estatuto, referidaa que el costo de las plantillas aumentará entre 30 y 40 por ciento, debi-do a la obligación de pagar catorce sueldos, uno por cada mes de trabajoy otros dos de gratificaciones, en lugar de los doce acostumbrados. Ade -más de los pagos a Essalud y las retenciones por la renta de quinta catego -ría y los aportes a las AFP, más el despido arbitrario en el caso de que es -te se produzca.

Sin embargo, los directivos de los diferentes equipos han tenido el tiem-po suficiente para prever esta situación y llegar a un acuerdo con los juga-dores de su plantel para prorratear sus sueldos, con la finalidad de que es -to no aumente más los costos. Según lo señalado por el artículo 8 del De -cre to Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, elem pleador podrá pactar con el trabajador que perciba una remuneraciónmensual no menor a dos Unidades Impositivas Tributarias, una remunera-ción integral computada por período anual, que comprenda todos los be -

110 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

54 CONGRESO DE LA REPÚBLICA, Comisión de Trabajo, 7 de julio de 2005 [en línea].<http://www.congreso.gob.pe> (consulta: 19 de diciembre del 2006).

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ne ficios legales y convencionales aplicables a la empresa, con excepciónde la participación en las utilidades.

Además de la parte salarial, el Estatuto obliga a los clubes a proporcio-nar al futbolista las condiciones de trabajo necesarias, como alimentación,vitaminas, hospedaje y transporte para el desempeño óptimo de sus labo-res. En algunos casos, se trata de condiciones de trabajo distintas y privi-legiadas con relación al común de los trabajadores, lo cual, sin embargo,se encuentra justificado con relación a las especiales condiciones en lasque los futbolistas profesionales deben prestar sus servicios.

1122.. LLeeyy ddee AAcccceessoo ddee llooss DDeeppoorrttiissttaass ddee AAllttoo NNiivveell aa llaaAAddmmiinniissttrraacciióónn PPúúbblliiccaa

La Ley 27674, Ley de Acceso de los Deportistas de Alto Nivel a la Ad mi -nis tra ción Pública (El Peruano, 21 de febrero del 2002), declara que la ca -tegoría de deportista calificado de alto nivel constituye un mérito evalua-ble adicional a los demás criterios de evaluación para acceder a las plazasvacantes en la administración pública, centros educativos y universidades(ar tículo 1), confiriéndose la facultad al Instituto Peruano del Deporte deotor gar el reconocimiento de deportista calificado de alto nivel (artículo 2)en coordinación con las Federaciones Deportivas Nacionales y el ComitéOlímpico Peruano.

Este reconocimiento dará lugar a una acreditación que tendrá doce me -ses de vigencia, período en el que podrá ser presentada a las entidades dela administración pública y demás instituciones, con el fin de obtener unabo nificación en los concursos de selección de personal.

La norma no es una mera declaración, al menos así no quiere que seaen su contenido, de allí que se establece que el Instituto Peruano del De -por te podrá efectuar convenios con la administración pública, las empre-sas, los centros educativos y las universidades, con el fin de facilitar a estosdeportistas, según su preparación técnico-deportiva o profesional, el acce-so laboral (artículo 3). Se trata de un beneficio adicional otorgado a losdeportistas calificados de alto nivel.

El reglamento de la ley, Decreto Supremo 089-2003-PCM del 11 de no -viembre del 2003, establece los criterios de evaluación para el reconoci-miento del “deportista calificado de alto nivel”, con el fin de acceder a lasplazas vacantes indicadas (artículo 1), concediéndose un porcentaje adicio -nal correspondiente en la evaluación curricular (artículo 2).

111NORMATIVIDAD DEPORTIVA

Page 112: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

1122..11ÁÁmmbbiittoo ddee aapplliiccaacciióónn

Conforme lo indica el artículo 3 del reglamento, se encuentran sujetas aesta normatividad las entidades que conforman la administración pú bli -ca.55 Estas son:

112 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

55 Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (El Peruano, 11 de abrildel 2001), artículo I del título preliminar.- Ámbito de aplicación de la ley. La pre-sente ley será de aplicación para todas las entidades de la administración pública.

Entidades Conformación

• Poder Ejecutivo • Ministerios y organismos públicos descentralizados

• Poder Legislativo • Congreso de la República

• Poder Judicial • Cortes, juzgados y fiscalías

• Gobiernos regionales • Autoridades competentes

• Gobiernos locales • Autoridades competentes

• Organismos a los que la ConstituciónPolítica del Perú y las leyes confierenautonomía

• Jurado Nacional de Elecciones, Ofi ci -na Na cio nal de Procesos Electorales,Re gistro Nacional de Identificación yEstado Civil, Consejo Na cio nal de laMagistratura, Tribunal Constitucional,Ministerio Público, Fiscalía de la Na -ción, De fen soría del Pueblo, Con -traloría General de la Re pública, Ban -co Central de Reserva del Pe rú, Su pe -rin tendencia de Banca y Seguros

• Personas jurídicas bajo el régimen priva-do que prestan servicios públicos o ejer-cen función administrativa, en virtud deconcesión, delegación o autorización delEstado

• Telefónica del Perú, Edelnor, Luz delSur, Serpost, otras

• Entidades y organismos, proyectos y programas del Estado cuyas actividades se rea-lizan en base a potestades administrativas, sujetas a las normas co munes de dere-cho público, salvo man dato expreso de ley que las refiera a otro régimen

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El reglamento considera también dentro de su ámbito de aplicación alas empresas privadas, centros educativos y universidades que suscribanconvenios con el Instituto Peruano del Deporte.

1122..22 DDeeppoorrttiissttaa ccaalliiffiiccaaddoo ddee aallttoo nniivveell

Como lo indica el artículo 5 del reglamento, el deportista calificado de altonivel es aquel que cumple con los requisitos para ser elegido como repre-sentante del país en eventos deportivos internacionales, garantizando que,por su nivel de eficiencia, pueda obtener un rendimiento máximo y unbuen resultado. Esto le permite una acreditación para ubicarse en cual -quie ra de los niveles con el fin de recibir una bonificación en los concur-sos de selección de personal.

1122..33 NNiivveelleess ppaarraa llaa bboonniiffiiccaacciióónn ppoorr llooss llooggrrooss ddeell ddeeppoorrttiissttaa

El reconocimiento como deportista calificado de alto nivel será considera-do necesariamente en los concursos de selección de personal convocadosen la administración pública, y tal calificación determina la bonificación se -gún una escala de cinco niveles (artículo 7 del reglamento):

113NORMATIVIDAD DEPORTIVA

Nivel Logros %

1

Deportistas que hayan participado en juegos olímpicos ocam peonatos mundiales y se ubiquen en los cinco primerospuestos, o hayan establecido récords o marcas olímpicas,mundiales o panamericanas.

20

2

Deportistas que hayan participado en juegos deportivos pa -namericanos o campeonatos federados panamericanos y seubiquen en los tres primeros lugares o que establezcan ré -cords o marcas sudamericanas.

16

3

Deportistas que hayan participado en juegos deportivos su -da mericanos o campeonatos federados sudamericanos yhayan obtenido medallas de oro o de plata, o que establez-can récords o marcas bolivarianas.

12

4

Deportistas que hayan obtenido medallas de bronce en jue-gos deportivos sudamericanos o campeonatos federadossu damericanos o participado en juegos deportivos bolivaria-nos y obtenido medallas de oro o plata.

8

5Deportistas que hayan obtenido medallas de bronce en jue-gos deportivos bolivarianos o establecido récords o marcasnacionales.

4

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1122..44 DDeetteerrmmiinnaacciióónn ddee llaa bboonniiffiiccaacciióónn

La determinación de la bonificación se realiza aplicando los porcentajes se -ñalados a la nota obtenida en la evaluación del currículo, siempre que estesea pertinente al perfil ocupacional de la plaza en concurso, tomándose encuenta el criterio de ponderación que la institución que convoca otorguea este parámetro. El puntaje expresado en valores absolutos se adiciona ala nota previamente aludida y este nuevo valor constituye la nota final dela evaluación curricular (artículo 7 del reglamento).

1122..55 DDeell rreeggiissttrroo ddee aaccrreeddiittaacciioonneess

El Instituto Peruano del Deporte (artículo 9 del reglamento) llevará un re -gistro de las acreditaciones otorgadas a favor de los deportistas calificadosde alto nivel, al que podrán acceder las entidades de la administración pú -blica y demás instituciones.

1133.. LLeeyy ddee llaass PPeerrssoonnaass AAdduullttaass MMaayyoorreess

La Ley 28802, Ley de las Personas Adultas Mayores (El Peruano, 21 de juliodel 2006), garantiza el pleno derecho de los sujetos mayores de sesentaaños a mejorar su calidad de vida e integrarse plenamente al desarrollo so -cial, económico, político y cultural, contribuyendo al respeto de su digni-dad (artículo 1); así, le confiere un derecho al acceso a la recreación. Dis -pone, asimismo, que toda actividad cultural, recreativa y deportiva que de -sa rrollen las instituciones públicas o privadas dirigidas a la persona adultamayor tendrán por objeto mantener su bienestar físico, afectivo y mental;procurarles un mejor entorno social y propiciar su participación activa. ElMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) y las municipalidadesson los entes encargados de suscribir convenios con los clubes privados,con el fin de que, cuando menos una vez al mes, presten sus instalacio-nes para el libre esparcimiento de las personas adultas (artículo 11).

Esto se ratifica en su reglamento (Decreto Supremo 013-2006-Mimdes,El Peruano, 29 de noviembre del 2006) cuando dispone, en similares tér-minos, que para el cumplimiento de la ley, las municipalidades articularánacciones con el IPD y con el Mimdes, que coordinará con los clubes pri-vados y entidades públicas para el préstamo de sus instalaciones, con elfin de que sean utilizadas por las personas adultas mayores (artículo 9).

114 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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1144.. LLaass nnoorrmmaass eessttaattuuttaarriiaass

Finalmente, a decir de José Octavio Clariá,56 existen aquellas normas queestán contenidas en los estatutos y reglamentos de cada una de las asocia -ciones y federaciones deportivas nacionales e internacionales, conocidasco mo normas estatutarias o reglamentarias.

Como ejemplo, se cuentan las normas de los estatutos y reglamentos dela Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), de la FederaciónPe ruana de Fútbol (FPF) y de otros deportes.

La discusión es si estas normas, elaboradas, diseñadas y dictadas porins tituciones privadas, pueden considerarse normas jurídicas y, de ser así,si integran el derecho deportivo. Las posiciones al respecto van en dossen tidos: a) hay autores que le niegan a estas reglas el carácter de normas,y, b) otros que las acreditan como tales.

Lo cierto es que, si bien se trata de disposiciones normativas, carecen dela fuerza imperativa para su cumplimiento, lo cual se da a través de la san-ción por la autoridad pública competente. Es obvio que ello no significa queno sean reguladoras de conductas, sobre todo en cada agrupación.

Las normas estatutarias y los reglamentos regulan el ejercicio del depor-te, considerando las reglas, derechos y obligaciones de quienes los reali-zan. Estas prácticas, como sabemos, generan consecuencias jurídicas quedeben ser tratadas.

Por ejemplo, cuando se trata de determinar la responsabilidad civil deun deportista y su deber de indemnizar por los daños causados, el criteriode la jurisprudencia establece que corresponde examinar si existió o novio lación de los reglamentos deportivos dictados por la asociación respec-tiva. Si se violó el reglamento hay antijuridicidad y, por lo tanto, generaresponsabilidad directa para el autor del daño.

1155.. HHaacciiaa uunn vveerrddaaddeerroo CCóóddiiggoo ddeell DDeeppoorrttee

El carácter difuso de nuestra legislación deportiva, la asimetría en el trata-miento de los principios que inspiran el deporte, la diversidad de criterioslegales y lo tendencioso de su aplicación le dan no solo un matiz, sino un

115NORMATIVIDAD DEPORTIVA

56 CLARIÁ, José Octavio. “La actualidad del derecho deportivo” [en línea]. Suplementode derecho deportivo, 5 de julio del 2005. <http://www.eldial.com/suplementos/deportivo> [Consulta: 13 de julio del 2006).

Page 116: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

tratamiento secundario al deporte. Es preciso pensar en una norma orgá-nica que regule la actividad deportiva con el profesionalismo que merece.Es ta es la urgencia y aquí la propuesta: el deporte en el Perú necesita noso lo una ley que lo regule –estas existen por de más–, sino un Código,un cuerpo legislativo orgánico, sistemático y coherente que tra te esta dis-ciplina en su verdadera dimensión.

Este Código deberá contener, entre otros temas, los siguientes:

• Reconocimiento de los principios del deporte.- Soberanía del Estadopara la organización de certámenes deportivos; autonomía de losciu dadanos para su práctica; acceso al deporte como una forma dede mocratizar su actividad; libertad en el ejercicio deportivo deacuer do con los ideales e intereses de cada persona; fomento comoobli gación del Estado de impulsar el deporte; diferenciación entreel deporte profesional y amateur; identidad deportiva con el fin dereconocer, valorar y rescatar los deportes ancestrales; educación através del deporte, inculcando valores que inspiren la formación delos futuros ciudadanos; calidad de vida, buscando en el deporte me -jores condiciones y la plena realización como seres humanos; des -cen tralización, llevando el deporte a los diferentes lugares del país;seguridad en las prácticas deportivas que garanticen la integridad yla salud; eficiencia deportiva a través de las competencias y recono-cimiento a quienes destacan.

• Incentivo a la iniciativa privada en el fomento al deporte.- La basedel desarrollo del deporte se concentra en la iniciativa privada. Sonlos particulares, en forma individual o colectiviva, quienes llevan aca bo los grandes certámenes deportivos, obviamente apoyados porel Estado con presupuesto, infraestructura, medios, etcétera.

• Garantía de la autonomía deportiva.- La independencia del depor-te es esencial para sus fines. El deporte no puede ser dependientede los poderes del Estado ni responder a intereses particulares. Co -mo medio de integración el deporte debe contar con la máxima au -tonomía en todos y cada de sus ámbitos.

• Asociacionismo deportivo.- El derecho de asociación se vincula conel deporte, y es que el primero permite el desarrollo del segundo.En gran medida, el deporte nace, se perfecciona y progresa a travésdel asociacionismo privado, obviamente sin perjuicio de las normasad mi nistrativas que regulan la actividad deportiva, dictadas por elEs tado como ente rector del deporte.

116 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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• Desterrar el intervencionismo y el centralismo.- El Estado debe cum-plir un rol activo en el deporte, que no puede ser confundido conin tervencionismo. El apoyo del Estado no solo es importante sinocru cial para consolidar la representatividad de las prácticas deporti-vas en los certámenes internacionales. Es deber del Estado llevar eldeporte a cada uno de los rincones poblacionales como una formade integración.

• El profesionalismo y el amateurismo.- En la praxis del deporte debeexistir una clara diferenciación entre la que se desarrolla con fineslu crativos y aquella cuyo objetivo es exclusivamente su realización.La primera es el deporte profesional y la segunda es el amateur. Encada uno de estos deben existir lineamientos para su realización.

• Derechos y obligaciones derivados del deporte.- No solo los deportis-tas sino todas las personas vinculadas al deporte deben (re)conocerlos compromisos legales y las responsabilidades que asumen al mo -men to de su práctica. Es así que la relación jurídica deportiva no so -lo nace sino que se desarrolla a través del adecuado respeto de losde rechos y el cumplimiento de las obligaciones de todos aquellos li -gados con el deporte.

• Prevenir y sancionar la violencia.- La principal finalidad del depor-te es la integración y la sana convivencia, que está muy por encimade la rivalidad que existe en cada deportista. La violencia debe serata cada de forma directa a través de un sistema rígido de sancionesque vaya acompañado de una política de previsión que se adelantea los hechos dañosos.

• Prevenir y sancionar el doping.- La buena fe y la sinceridad en lascompetencias implica un sentir de lealtad. Ser limpio no solo es res-petar las reglas del fair play sino también salir a las canchas, a laspis tas o a las lozas con los cinco sentidos bien puestos. Es una res-ponsabilidad de la ley prevenir y sancionar las prácticas de doping.

• Tratamiento del contrato de trabajo del deportista.- El vínculo legalque une a un deportista con su equipo parte de un contrato deporti -vo. Como acto jurídico en el que prima la voluntad de las partes estecontrato también está sujeto a ciertas formalidades que la ley debeconsiderar. Además del objeto de la prestación y de la retribucióneconómica correspondiente, es necesario considerar las diversascon traprestaciones de las partes, tanto de las propiamente deporti-vas como de las no deportivas, aunque derivadas de estas.

117NORMATIVIDAD DEPORTIVA

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• Regulación del régimen de la justicia deportiva.- La justicia deporti-va es aquella institución encargada de definir y solucionar los con-flictos jurídicos que se presentan en el ámbito deportivo, sea en en -cuentros, torneos, competencias o contiendas del interés de los suje-tos relacionados con el deporte.

• Regulación del régimen disciplinario y sancionador en el deporte.- Elcumplimiento de los reglamentos deportivos y de las leyes es la basedel respeto de la actividad deportiva. Son infracciones las accionesu omisiones que se realicen con intención, culpa o negligencia y conun resultado sancionable. Las infracciones serán clasificadas en: muygraves, graves y leves. Las sanciones deben tener carácter educativoy pueden ser: amonestaciones, expulsiones, suspensiones, descalifi-caciones, inhabilitaciones, descuento de puntaje, entre otros.

118 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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CCaappííttuulloo 44

DDeerreecchhooss ddeell ddeeppoorrttiissttaa

11.. LLooss ddeerreecchhooss ddee llaa ppeerrssoonnaa yy eell ddeeppoorrttee

Los derechos de las personas son atributos que permiten el desarrollo so -cial del ser humano, reconociéndolo como actor principal.

A través de ellos el hombre se realiza, se desenvuelve, se integra, vivela vida en paz, con seguridad, sabiéndose protegido por el derecho y susme canismos de defensa para el cumplimiento de metas y anhelos. Su fun-damento está representado por la plena realización existencial del ser hu -mano;1 en otras palabras, permiten llevar adelante el proyecto de vida. Ensentido figurado, podemos representar los derechos como un manto queprotege al individuo.

Fernández Sessarego presenta una clasificación interesante de los dere-chos: los fundantes y los fundados. Los fundantes son derechos de basesobre los que se forjan los demás derechos, que vienen a ser los funda-dos. Los primeros están representados por el derecho a la vida, la libertad,la identidad y la integridad; son primigenios, permiten la existencia. Losse gundos son los derechos económicos, sociales, civiles, culturales y polí-ticos, como la salud, la educación, la vivienda, el trabajo, la igualdad, elbienestar, el debido proceso, la propiedad y la opinión; son derivados, per-miten la realización.2

El deporte como medio de realización de la persona es un derecho re -conocido oficialmente. Es un compromiso del Estado. Se fomenta su acce-

[ 119]

1 ESPINOZA ESPINOZA, Juan. Derecho de las personas, 2006, p. 176.2 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. Libertad, Constitución y derechos humanos,

tomo I, 2003, p. 82 y ss.

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ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI120

so, se promociona su práctica, se incentiva su integración social. El depor-te es un típico derecho fundado a través del cual el hombre puede encon-trarle un sentido a su vida.

El deporte es salud, educación y cultura. Tres derechos en uno o un de -recho que integra a los demás:

• Salud, por el hecho de que la actividad mantiene la vitalidad corpo -ral y mental; de allí que se vincula con el derecho a la integridadpsicofísica.

• Educación, pues el deporte es formativo de valores, ideales, metas.Disciplina a la persona.

• Cultura, en razón de que cada pueblo tiene sus propias prácticas,que van pasando de generación en generación, trascendiendo fron-teras, hasta que se convierten en universales.

Modernamente, el deporte se ha integrado al denominado derecho alocio, con la idea de canalizar el tiempo libre de la persona, buscando unaadecuada utilización del ocio. Esto en su sentido positivo o de buen uso–creativo, terapéutico y ético– que trasciende en actividad y en movi-miento, lo que se da perfectamente con el deporte.

11..11 EEll pprrooyyeeccttoo ddee vviiddaa

El derecho fue creado por y para el hombre como una inevitable respues-ta, en palabras de Fernández Sessarego, “a su exigencia existencial de viviren sociedad y, por consiguiente, el de contar con reglas de conducta, deobligatorio cumplimiento, que le permitan convivir en términos de justiciay paz para realizarse como persona. O, en otros términos, para intentarcumplir con su personal proyecto de vida”,3 con su propio destino. ¿Quéquiero de mi vida? ¿Hacia dónde la llevaré? Son preguntas que encuentranuna respuesta en el rumbo trazado por cada persona.

El crecimiento de la persona, el conseguir metas y realizar afanes, esconsecuencia directa del cumplimiento de su proyecto de vida. Es positivosi se cumple, negativo si se fracasa. El primero permite la total realización,el segundo un quebranto.

3 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. “El daño al proyecto de vida en la jurispruden-cia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. Revista Peruana de Juris -pru dencia, año 5, núm. 31, setiembre del 2003, p. IV.

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DERECHOS DEL DEPORTISTA 121

En determinada etapa de su génesis, el ser humano traza un plan vital,un programa de vida, una trayectoria existencial desde el instante mismo enque adquiere discernimiento. Para el ser humano es trascendental ha cerlo.Aquel que olvida que la esencia de la libertad es la lucha contra las re -sistencias, no hace más que someterse a ellas, lo que lleva a una vida hun -dida en lo rutinario, en lo vulgar, sin fe alguna, sin trazar un proyecto per-sonal y auténtico.4 Se necesitan ansias de vivir, de vivir la vida en su ex tensaconnotación. Elaborar un proyecto de vida implica determinar, pa so a paso,lo que se quiere ser. Para ello se vale de un sinnúmero de situaciones quelo van, según su opción, formando, integrando. El matrimonio o el celibato,la educación o el trabajo, el deporte o la inactividad (por no de cir ocio) sonopciones de vida que el sujeto decide realizar y con ellas crecer.

El deporte es parte del proyecto de vida. Es un afinamiento en el de sa -rro llo de las potencialidades personales del joven en el tránsito de indivi-duo a persona5 y de la aptitud social que desarrolla para vivir en socie-dad.6 A través del deporte se satisfacen las variadas necesidades humanas:ayuda a conseguir el equilibrio vital y la relación con los demás, porqueel deporte es integrativo y coexistencial. Gracias a él se fortalecen los valo-res morales, éticos y sociales, que son base de la vida. Mantiene al hom-bre actualizado, física y espiritualmente, con el deseo de conseguir más ymejores resultados.

El proyecto de vida permite elegir libremente entre varias alternativas,otorgándole un sentido a la vida: “soy el que decidí ser, vivo como decidívi vir, hago lo que decidí hacer”.7 Es la razón por la que vivimos, anhelan-do día a día el cumplimiento de nuestros planes. El pensamiento de Fer -nández Sessarego8 avizora que se vive con el proyecto de vida. Si ello ocu-rre, el ser humano se siente realizado; de no ocurrir, le invadirá una frus-tración que se reflejará en una soledad existencial.

4 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. El derecho como libertad, 2006, p. 154.5 VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique. “Proyecto de vida y el deporte en Carlos Fernández

Se ssarego”. Suplemento de análisis legal del diario oficial El Peruano, año 3, núm.127, 2 de enero del 2007, p. 7.

6 PAREDES ORTIZ, Jesús y Rafael CARRILLO LÓPEZ. “El deporte base en el proyec-to de vida: un discurso teórico”. Efdeportes.com, año 10, núm 68, enero del 2004[en línea]. Ponencia presentada en el I Congreso Nacional “Deporte y Sociedad”,rea lizado en Córdoba, en octubre del 2003 <http://www.efdeportes.com> [Con -sulta: 18 de diciembre del 2006].

7 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. Libertad, Constitución y derechos humanos. Op.cit., 2003, p. 88.

8 Ibídem.

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El fracaso puede generar un daño al proyecto de vida; una negativa asus esperanzas, que ocasiona en el sujeto un vacío por la pérdida de senti -do en su vida; desaparece el motivo y la persona ya no podrá ser lo libreque decidió ser.9 Esto puede llevarlo a un desgano, un dejamiento, unadepresión o al suicidio, dependiendo de cada quien. Podría ser el caso deun deportista que, como consecuencia de un accidente automovilístico,que da postrado en una silla de ruedas, siendo el deporte uno de los finesde su vida. Este “dejó de ser lo que había decidido ser, por lo que enfren-ta un vacío existencial que será difícil de llenar con otra actividad”.10

El daño al proyecto de vida es lo más grave que le puede suceder alhom bre. Directa e indirectamente debemos buscar la plena realización delser. El respeto a sus derechos y el reconocimiento a su pleno desarrollo esun primer camino, no un atajo, que debe estar dirigido con una adecuadapolítica que encumbre el forjamiento de la vida en sociedad.

11..22 DDeerreecchhoo aall ddeeppoorrttee

El deporte debe ser entendido como un derecho; no solo como un hobby.El hombre utiliza el deporte como un medio para lograr su desarrollo, me -jo rar su calidad de vida y mantener una vida ordenada que le permite te -ner salud y sentirse bien en toda su dimensión.

El deporte es un derecho de la persona que le facilita la satisfacción deintereses vinculados con la salud y la integridad; además, es un medio enel que se despliega una actividad económica como labor profesional. Pre -sen ta un doble aspecto, como derecho personal y como derecho social. Elpri mero relaciona al sujeto con su estado biológico y mental; el segundocon sus relaciones laborales y económicas.

El deporte es un bien común de naturaleza cultural, y el acceso a supráctica un derecho fundamental.11 En efecto, existe una consagración tá -cita del deporte como un derecho de todos los sujetos a practicarlo “te -niendo en cuenta que el deporte es una categoría formativa dentro de losderechos culturales que poseen rango constitucional”.12 La antigua Ley Ge -

122 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

9 FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. “Nuevas reflexiones sobre el daño al proyectode vida”. Revista Jurídica del Perú, año LII, núm. 38, setiembre del 2002, p. 180.

10 Ibídem, p. 183.11 KRESALJA, Baldo. “Las próximas batallas. El universo deportivo”. La República.

Li ma, 25 de octubre del 2006, p. 17.12 TREVISAN, Rafael. “El deportista en la República Argentina”, en PALOMAR, Alberto

(coord.). El deportista en el mundo, 2006, pp. 274-275.

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neral del Deporte13 consagraba el derecho a la vida deportiva dentro deun esquema amplio y general en el que se concebía al deporte como par -te de la actividad natural de la persona. Su práctica es ingénita en el ser,con siguiendo a través de ella beneficios y satisfacciones de múltiples for -mas. Las personas consideran la educación física y la práctica deportiva co -mo un derecho fundamental que trasciende y va más allá del puro ámbi-to personal para adquirir una naturaleza de actividad social.14 El deportees un derecho de todos (derecho colectivo) y un derecho de cada uno (de -recho individual), como precisa Melo Filho.15 La connotación normativadel deporte, en este contexto, trasciende del mero ejercicio físico presen -tándose como un medio de integración social.

La polémica se centra en si el deporte es un simple derecho o si es underecho fundamental.

Según el análisis de Espartero:

El encuadramiento del artículo 43º.3 de la Constitución [española], (...)nos debe hacer, sin embargo, relativizar de alguna manera la correctaafir mación de que el deporte no es un verdadero derecho, desde el aná-lisis de su posición locacional y de las garantías exigibles para entenderel concepto de derecho fundamental. El derecho al deporte tiene, porman dato del legislador (...) una garantía ante la jurisdicción ordinaria,pe ro en la medida que se conecte, como en el anterior caso, con dere-chos del ‘núcleo duro’ de la Constitución, (...) gozará de una garantíacons titucional mediante recurso de amparo ante el Tribunal Cons -titucional.16

Cabe advertir que los derechos del núcleo duro son aquellos que pornin guna circunstancia pueden ser restringidos o limitados.

De la Plata Caballero sostiene que:

La Constitución Española (...) no consagra ciertamente un “derecho alde porte” sino que únicamente establece su “fomento público”, pero lain clusión del fenómeno del deporte en el texto constitucional no en tra -ña únicamente un significado simbólico, pues origina unas consecuen-cias jurídicas; el poder constituyente, al comprender la importancia del“hecho deportivo” en la sociedad moderna y recogerlo así en la norma

123DERECHOS DEL DEPORTISTA

13 Artículo 2, inc.1 del Decreto Legislativo 328 (El Peruano, 1 de febrero de 1985).14 GIL DOMÍNGUEZ, Andrés. “El derecho al deporte como derecho fundamental sub-

jetivo colectivo”. Revista Jurídica del Perú 33. Lima, abril del 2002, p. 211.15 MELO FILHO, Alvaro. Direito desportivo, Novos rumos, 2004, p. 2.16 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Introducción al derecho del deporte, 2004,

pp. 56-57.

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suprema, ha manifestado su criterio de que el deporte, como las demásinstituciones del país, debe empaparse de los principios sustanciales dela Constitución, lo cual ha tenido una importante repercusión dentro delordenamiento jurídico-deportivo; se trata de amparar una actividad dein dudable utilidad pública que forma parte del conjunto de elementosque tienden no solo a proporcionar medios materiales a los ciudadanos,sino también a mejorar la calidad de su vida cotidiana; la circunstanciade que la disposición que establece el deber de fomento del deporte esun apartado del precepto donde se reconoce el derecho de todo ciuda-dano a la protección de su salud y, en buena medida el apartado quealude al “fenómeno deportivo” está imbuido del espíritu de todo el artí-culo 43º, la protección a la salud, lo cual sólo se puede lograr median-te el deporte activo y cuanto más extendido mejor, es decir, mediante eldeporte popular...17

Este criterio apunta concretamente a rescatar la importancia del depor-te en la vida de las personas, de ahí el compromiso del Estado en su pro -mo ción, apoyo económico y delimitación de su política, sin lograr su con-sagración como derecho autónomo, sino únicamente como parte del dere-cho a la salud.

En muchos casos, el deporte se realiza como descanso, para hacer loque a uno le plazca o para librarse de las actividades cotidianas. Su contra -cara sería el derecho al no-deporte, que dependerá exclusivamente de lapersona, el homo non sportivus, sin responsabilidad alguna del Estado.

Pero el tema no termina con la mera indicación del derecho al depor-te, sino lo que de este se deriva, como son las facultades inherentes al suje-to que lo practica y el resguardo, garantía y protección de su práctica. Unavez establecido esto podríamos referirnos a los derechos fundamentalesdeportivos de la persona.18 En nuestra opinión serían:

• El reconocimiento de la práctica del deporte como una actividad li -bre y voluntaria.

• El reconocimiento del deporte como factor esencial de la formacióny el desarrollo integral de la persona.

• El reconocimiento y la promoción del asociacionismo deportivo.

• El reconocimiento de la educación física como curso obligatorio enlos colegios.

124 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

17 DE LA PLATA CABALLERO, Nicolás (dir.). Las leyes del deporte de la democracia:Bases para una ley del siglo XXI, 2002, p. 124.

18 GIL DOMÍNGUEZ, Andrés. “El derecho al deporte como derecho fundamental sub -je tivo colectivo”. Revista Jurídica del Perú 33, abril del 2002, p. 211.

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• La promoción de la práctica del deporte en la juventud.

• La consagración del principio de igualdad y no discriminación en lapráctica deportiva, con el fin de contribuir a la integración de lasper sonas con discapacidad.

Es con parte de estos lineamientos que la Carta Europea del Deportere conoce la prácti ca del deporte como un derecho general de los ciuda-danos y el deber de los poderes públicos de estimularla con fondos públi-cos de manera apropiada.

11..33 DDeeppoorrttee yy ddeerreecchhooss hhuummaannooss

La teoría de los derechos humanos reconoce la existencia del derecho a lasalud y al bienestar, dentro de los que están encuadrados el derecho aldes canso y al esparcimiento.19 El deporte no es ajeno a estos derechos, porel contrario, es parte de ellos, un medio para lograr su plena y total concre -ción. Independientemente de su denominación, el deporte es una ac ti vi -dad típicamente humana. La vida moderna está impregnada de él y se pre-senta como un medio eficaz para desarrollarse e integrarse, tanto per sonalcomo socialmente. Toda persona –en el pasado, el presente o el futuro–ejercita su cuerpo y su mente con la práctica deportiva; más aún hoy endía, con el proceso de deportivización. Como parte de la vida, el de porteexige ser reconocido y tratado normativamente, elevándose a la ca tegoríade derecho humano, de forma que el bienestar y la dignidad de la perso-na, a través de él, aseguren la protección de sus necesidades básicas.

La estructura legal del deporte debe descansar en los siguientes postu-lados:

• Derecho a participar en actividades deportivas y recreativas en todoslos niveles.

• Derecho a recibir instrucción, entrenamiento y recursos deportivos.

125DERECHOS DEL DEPORTISTA

19 “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así comoa su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vi -vienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios...”. Declaración Uni -versal de Derechos Humanos, artículo 25, inciso 1; “Los Estados Partes en el pre-sente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivelpo sible de salud física y mental”, Pacto Internacional de Derechos Económicos,Sociales y Culturales, artículo12, inciso 1.

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• Derecho al acceso a las instalaciones deportivas, recreativas y detiempo libre.

• Derecho a la no discriminación.

Dentro de la académica clasificación de los derechos humanos en gene-raciones, podemos decir que el deporte se incardina dentro de los dere-chos de segunda generación (igualdad), estrechado con la salud, la educa -ción y la cultura; pero también se relaciona con los derechos de tercerage neración (solidaridad), como es el derecho al disfrute del tiempo libre,al descanso y al solaz.

Existen ciertos actos en materia deportiva que confinan los derechoshu manos, por citar algunos:

• El límite a los deportistas para que en las competencias internaciona -les no realicen declaraciones políticas (derecho a la libre expresión).

• La restricción al ingreso de los hinchas a ciertos lugares o países pormedidas de seguridad (derecho a la libre circulación).

• El entrenamiento de los menores de edad (derecho a la libertad y allibre desarrollo).

• La patria potestad de los padres frente a la autoridad de los entrena -dores (derecho de familia).

• Las jornadas de entrenamiento y actividad deportiva (derechos en eltrabajo).

• Los derechos exclusivos de retransmisión de una emisora (derechoa la imagen).

• La discriminación (por raza, el predominio de los negros en el atle-tismo y de los blancos en la natación; por sexo, los casos de adecua -ción de sexo y el cambio de categoría). La Convención Internacionalcontra el Apartheid en los Deportes del 10 de diciembre de 1985 esun caso especial.

22.. DDeerreecchhooss ddeell ddeeppoorrttiissttaa

22..11 GGeenneerraalliiddaaddeess

El deporte como actividad netamente humana genera un sinnúmero de re -la ciones jurídicas que van desde la consagración del atleta en ídolo demul titudes, casi un héroe, hasta la afectación extrema de sus derechos co -mo persona. El deporte, sea cual fuere su esencia o tipo, genera nexos le -ga les de diversa índole: de los deportistas entre sí y de estos con su insti-

126 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

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tución, con el Estado, con sus aficionados, con los hinchas, etcétera. Unosderechos más que otros ven comprometidos su contenido, tomando encuenta la voluntad del deportista en el ejercicio de su actividad, sea estaprofesional o amateur.

22..22 LLooss ddeerreecchhooss ddee llaa ppeerrssoonnaa yy eell ddeeppoorrttee

La teoría de los derechos de la persona y su vinculación con el deporteame ritan un replanteamiento, tomando en cuenta la especialidad, que con-sidere:

• Que el deportista es un sujeto de derecho, su denominación no hacesino reconocer su actividad, siendo esencial el establecimiento dederechos especiales como sujeto.

• Que los derechos del deportista deben estar expresamentein dicados.

• Que debe existir una normativa eficaz que regule tanto la prácticaco mo la protección y afectación de los derechos, sobre todo en lore ferente a los deportes de aventura, de élite y competitivo, en loscuales los riesgos son extremos y se reconoce el daño permitido ylas lesiones consentidas.

Se pueden considerar como derechos del deportista los siguientes:

22..22..11 DDiiggnniiddaadd

La Constitución de 1993 establece que el respeto de la dignidad es el fin su -premo de la sociedad y el Estado (artículo 1). En esa línea, es deber del Es -ta do asegurar una educación adecuada (artículo 16), la cual se logra, entreotros aspectos, con la promoción del deporte, preparándonos para la vida yel trabajo, y fomentando la solidaridad (artículo 14). La práctica deportiva su -pone para el deportista el respeto a sí mismo y el respeto al oponente, asíco mo el compromiso de integración en el equipo, lo que se conjuga con elfair play . El deporte dignifica a quien lo practica por el esfuerzo y la entre-ga en cada práctica o competición, todo en aras de alcanzar una meta, aun-que en algunos casos la derrota llega a ser sancionada.20 Hay situacionesbas tante singulares que lindan con la dignidad o, lo contrario, que la inten-

127DERECHOS DEL DEPORTISTA

20 El Reglamento General de la Federación Francesa de Fútbol en su artículo 145 dis-pone que “es pasible de sanción el jugador, seleccionado para un equipo de Fran -cia, que juegue debajo de su capacidad contribuyendo a la derrota de la SelecciónNa cional”.

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sifican, por ejemplo, cuando prima la libertad del individuo por un interéspersonal21 o una contraria cuando los deportistas participan a título simbó-lico más que por profesionalismo.22

22..22..22 LLiibbeerrttaadd

Cuando no se cuenta con un reglamento o una norma que disponga locontrario, el deportista puede realizar su práctica deportiva y participar enla competencia como se sienta más cómodo,23 pero siempre respetandolos cánones establecidos.24 Prima la autonomía privada del deportista, re -gu lando sus propios intereses individualmente o con otros. Ello se susten-ta en el derecho de toda persona a su libre desarrollo, que es reconocidocons titucionalmente (artículo 2, inciso 1). Este derecho va de la mano conlas facilidades para su práctica y en ello interviene el Estado: hace depor-te el que puede, no siempre aquel que lo desea.

22..22..33 SSaalluudd

Este derecho plasmado en la norma constitucional (artículo 7) tiene comocontrapartida un deber para el deportista: cuidar su salud y, en el caso delos profesionales, constituye una obligación. No obstante, el cuidado quese le exige al deportista en su performance en muchos casos puede serdesoído, incumpliendo con las políticas de cuidado mínimas impuestas.25

128 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

21 En los Juegos Olímpicos de París (1900), el tenista inglés Reggie Doherty se negóa jugar las semifinales contra su hermano menor, Laurie, con el fin de que estepue da disputar y ganar la final.

22 Tal es el caso sucedido en Sídney (2000). Eric Moussanbani (Guinea Ecuatorial) na -dó los 100 metros libres y no solo llegó un minuto después que sus competidores,si no que casi se ahoga. Su marca de 1’52” se registra como la peor de la historiade los Juegos Olímpicos. Su estilo, sin técnica alguna, lo aprendió en seis mesesen un río infestado de cocodrilos. Recién supo lo que era una piscina cuando llegóa un hotel de lujo de Malabo, en Guinea. La primera vez que vio una piscina de50 metros fue en Sídney, un día antes de la competencia.

23 Abebe Bikila (Etiopía) ganó la maratón (42.195 metros) en Roma en 1960 nada me -nos que descalzo, a pesar de que varias marcas de zapatillas le ofrecieron auspi-cio. Su justificación: “Yo quería que todos supieran que mi país siempre ha salidoadelante con mucha determinación y heroísmo”.

24 Se sabe que el jugador de fútbol brasileño Romario De Souza Faria, polémico porsu vida amorosa y su afición a la vida nocturna y las peleas, no participaba en lasprácticas de entrenamiento, lo que constituía un acto de inconducta, pero gozabade privilegios debido a su gran habilidad.

Page 129: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

La protección de la salud solo puede lograrse mediante el deporte activoy cuanto más extendido mejor, como en el caso de los deportes popula-res; esta es la clave para la efectiva relación entre el deporte y el derechoa la salud.26

Parte de la política estatal que estimula el deporte y protege la salud esla lucha contra el doping, el abuso de energéticos, la restricción de publici -dad de sustancias tóxicas en torneos deportivos (alcohol y tabaco), la ex -clusión de ciertas prácticas deportivas que afectan el desarrollo de la niñez,las pruebas somáticas precompetitivas, etcétera.

Al respecto, la Ley 26739, que Regula la Publicidad de Cigarrillos en Te -le visión y Radios (El Peruano, 10 de enero de 1997) empezó a regular lapublicidad del tabaco, estableciendo que la publicidad de cigarrillos a tra -vés de medios radiales o televisivos podía realizarse solo entre las 01.00 ylas 05.00 horas, es decir en la madrugada. Luego, la Ley 28705, Ley Generalpara la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco (ElPe ruano, 6 de abril del 2006) prohibió la publicidad directa o indirecta deproductos de tabaco en actividades deportivas de cualquier tipo (artículo17, inciso 4), lo que en un inicio no tenía restricción. En efecto, originaria -mente la publicidad de productos tóxicos, de drogas sociales, en especialel cigarrillo, estuvo vinculada a las actividades deportivas en razón del pú -blico objetivo y del gran mercado existente, lo que se presentaba como unsinsentido: ¿cómo puede promoverse el deporte a través de una sustancianociva?

No sucede lo mismo con las bebidas alcohólicas, dado que la Ley28681, Ley que Regula la Comercialización, Consumo y Publicidad de Be -bidas Alcohólicas (El Peruano, 5 de marzo del 2006) considera que, demanera eventual y transitoria, podrá autorizarse la venta y consumo de be -bidas alcohólicas en espectáculos o eventos públicos (artículo 3), entre loscuales se pueden considerar las actividades deportivas. Por su parte, sibien prohíbe (artículo 5) la venta, distribución, suministro y consumo debe bidas alcohólicas a menores de 18 años en instituciones educativas, esta-blecimientos de salud, centros de espectáculos destinados a menores deedad y a personas dentro de vehículos motorizados en la vía pública, no

129DERECHOS DEL DEPORTISTA

25 El atleta británico Harold Abrahams, ganador de los 100 metros en París (1924), te -nía un particular método de preparación. Antes de las competiciones y durante losen trenamientos se fumaba un puro. A pesar de ello sus marcas eran inmejo rables.

26 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Op. cit., 2004, p. 56.

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indica nada acerca de la restricción en lugares deportivos. Es curioso, puesesta es la causa de la mayor cantidad de disturbios, enfrentamientos y fe -chorías por parte de los hinchas embriagados.

Tabaco y alcohol son dos sustancias vinculadas con el vicio, el ocio yel deporte que llevan ínsita una convivencia en la cual la ley poco puedehacer.27

22..22..44 IIgguuaallddaadd

La igualdad en el ámbito deportivo supone un trato equitativo y similar pa -ra todos los deportistas, prohibiendo toda forma de discriminación en suprác tica28 que diferencie, excluya, limite o perjudique de forma arbitraria,por alguna razón o sin ella, de raza, etnia, género, orientación sexual,edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condi-ción psicofísica, social, económica o cualquier otra circunstancia, y quetenga por objeto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio,en condiciones de igualdad de los derechos humanos en la esfera depor-tiva. Existe un derecho a la igualdad en la competiciones deportivas.29 En

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27 La difusión en el consumo del tabaco y el alcohol está vinculada a actividades de -por tivas que, en vez de apoyar el deporte “convierten los estadios en circos a cam-bio de publicidad, el deporte y el vicio”. Véase VALDIVIA CANO, Ramiro. “La pro -pa ganda en el fútbol”. Derechos ciudadanos, 1998, p. 63.

28 Leandro Desábato, jugador de Quilmes de Argentina, debió pasar un par de díasen la cárcel luego de decirle “negro” al delantero Grafite de São Paulo en un parti -do de la Copa Libertadores del 2005, realizado en Brasil. El jugador quedó libreluego de pagar una fianza de 3.900 dólares y comprometerse a regresar a Brasilca da vez que sea citado en el proceso penal en su contra. En Brasil la discrimna-ción ra cial es severamente sancionada e implica una injuria cuando se vierten fra-ses ofen sivas. La sanción impuesta “pone en evidencia el diferente grado de pro-tección que las legislaciones penales dotan a los bienes jurídicos de ilícitos pena-les realizados con móviles o contenidos racistas (...) en el Derecho peruano, laposibi lidad de detener preventivamente a una persona por un delito de injuria, deconte nido racista, o cualquier delito contra el honor, está descartada” (REVILLALLAZA, Percy Enrique. “Derecho penal y racismo: A propósito de las injurias racis-tas en el fútbol”. Legal Express 52, año 5, abril 2005, p. 11); en el mismo sentido,Puccinelli, quien concluye que el insulto de un jugador a otro no debe ser catalo-gado como discriminación (Véase PUCCINELLI, Óscar. “Claves para entender elfenómeno discriminatorio. A propósito de la detención de un jugador argentinoque trató de ‘ne gro’ a un jugador brasileño”. Actualidad Jurídica 149, abril 2006,p. 299 y ss).

29 MELO FILHO, Alvaro. Op. cit., 2004, p. 13.

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términos genéricos, la igualdad como derecho es recogido por nuestraCarta Magna en su artículo 2, inciso 2).

22..22..55 IInntteeggrriiddaadd

De manera especial, la tutela de la integridad en la práctica deportiva im -pli ca la existencia de una política de seguridad a través de medidas de asis-tencia médica y técnicas, en este último caso nos referimos a las buenascondiciones de las pistas atléticas, de los campos deportivos, de las medi-das de seguridad contra los hinchas, de las salidas de escape, etcétera.

Existen casos excepcionales de deportistas obstinados que participan yvencen en alguna contienda deportiva, arriesgando su integridad,30 y otrogrupo cuya participación los enaltece, como es el caso de los deportistasdiscapacitados en las Olimpiadas.31 De forma general, el derecho a la inte-gridad significa el acondicionamiento de los estadios y recintos deportivosque garanticen el cuerpo, la performance y el rendimiento de los deportistas.

22..22..66 AAccttooss ddee lliibbrree ddiissppoossiicciióónn

De manera especial, el deportista profesional y el de alta competencia sonobligados al sometimiento de exámenes médicos. Recordemos que ello espo sible en tanto que el deportista permita la inspectio corporis, típico actode libre disposición del cuerpo humano en ejercicio del derecho que tienesobre sí mismo (ius in se ipsum). En efecto, en mérito del artículo 11 delCó digo Civil, un deportista puede obligarse válidamente al sometimiento aexamen médico, en tanto que la conservación de su salud y su capacidadfísica y psíquica sean un motivo determinante de la relación contractual.Ello en muchos casos ha sido calificado como una violación a la intimidady al trato digno, posición que ciertamente es discutible para el caso de losde portistas que celebran contratos donde sus óptimas condiciones de sa -

131DERECHOS DEL DEPORTISTA

30 El gimnasta Shun Fujimoto (Japón) fue uno de los héroes en las Olimpiadas deMontreal (1976). Se frac turó una pierna y, tras ocultar la fractura, participó en elpotro con arcos y anillos para ayudar a Japón a conseguir la presea dorada.

31 La danesa Liz Hartel ganó la medalla de plata doma clásica en Helsinki (1952),ocho años después de sufrir un ataque de polio y perder la movilidad de sus extre-midades a punto de necesitar ayuda para subir y bajar del caballo. También, elgimnasta George Eyser de Estados Unidos logró una medalla de oro, dos de platay una de bronce en Saint Louis (1904), a pesar de tener una pierna de madera.

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lud son esenciales para un eficiente desempeño en la disciplina que practica.

22..22..77 IInnttiimmiiddaadd

En muchos casos, el deportista se convierte en una persona notoria, lo cualha ce que su privacidad se vea vulnerada (artículo 2, inciso 7 de la Cons ti -tu ción). Con la finalidad de preservar su conducta y de no exponer al de -por tista, algunos reglamentos deportivos le restringen ciertos derechos; porejemplo, que no salga de su domicilio después de una hora determinada,lo que afecta su libertad de circulación.32 En el caso específico de los futbo -listas estos deben guardar en su vida privada un comportamiento compa ti -ble con el mantenimiento del eficiente estado físico y mental en su con di -ción de deportista profesional (Ley 26566, Régimen Laboral de los Ju ga do -res de Fútbol Profesional, El Peruano, 1 de enero de 1996). En ciertas com-petencias, la intimidad se pone en juego33 y hasta las pruebas de de ter mi -na ción del sexo afectan este derecho,34 aunque su trascendencia sea vin-culante con otros (en este último caso con el derecho a la identidad).

22..22..88 IIddeennttiiddaadd

Este derecho juega un doble rol: proteger la esencia del deportista encuan to a su identificación35 y signos personales, así como a la comunidad

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32 En Londres (1908), en la final de tres millas por equipos, el entrenador francés noconsideró a su mejor corredor, Jean Bouin, dado que la noche anterior violó lacon centración para acudir a lugares nocturnos del Soho londinense, donde se pe -leó con tres marinos, pasando la noche en la comisaría de Picadilly.

33 En las piscinas de Amsterdam (1928), a la alemana Hilde Schrader, que disputabalos 200 metros pecho, se le rompió un tirante de la ropa de baño, dejando al des -cu bierto uno de sus senos. Tal incidente llevó a que aumentara la velocidad, loque le permitió ganar la medalla dorada y batir el récord del mundo (3:12.06).

34 La americana Helen Stephens ganó los 100 metros planos en Berlín (1936), batien-do a la favorita, la polaca Stella Walsh. Los polacos presentaron un reclamo bajolas sospechas de que Stephens era hombre. Le pidieron que se desnudara, confian -do en que no lo haría, y que fuera descalificada. La deportista americana se des-vistió, demostrando ser una mujer ante las miradas atónitas de todo el estadio.

35 Dos hechos curiosos del más grande boxeador de todos los tiempos, MuhammadAli: 1) “Cassius Clay es el nombre de un esclavo. Yo no lo escogí, yo no lo quería.Yo soy Muhammad Ali, un nombre libre, significa ‘amado por Dios’ e insisto enque la gente lo use cuando me hablan o hablan sobre mí”. 2) “¿Cuál es mi nom-bre, tonto? ¿Cuál es mi nombre?”, era lo que Alí le gritaba en pleno combate al de -rrotado Ernie Terrell, quien insistía en llamarle Cassius Clay (1967).

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de no verse defraudada en las competencias con cambios de identidad delos deportistas: con la edad, los cambios de partidas de nacimiento; con else xo, el hemafroditismo;36 y con el origen, los procesos de nacionalizaciónde los deportistas.

El ejercicio de este derecho en las prácticas deportivas es esencial, puesantes de toda competencia, lo primero que se hace es identificar a los par-ticipantes y confrontar sus datos, marcas y posiciones con sus fichas per-sonales, de modo que mal podríamos desmerecer que la identidad no aca-pare un lugar importante como derecho en la práctica deportiva. Con lapreservación de este derecho se busca evitar la adulteración de los docu-mentos de identidad y la veracidad de los signos, datos y elementos indi-vidualizadores del deportista.

22..22..99 IImmaaggeenn

Como atributo del sujeto, la imagen es un componente utilizado por losdeportistas para generar ganancias muchas veces mayores que las obteni-das por su habilidad deportiva.37

Se trata de un derecho personal que no puede ser aprovechado sin au -to rización expresa de su titular (artículo 15 del Código Civil), siendo el ca -so que la persona en general y el deportista en especial tienen derecho ala explotación comercial de su imagen y a participar en la que el club ha -ga de esta.38 El consentimiento es un elemento esencial para la validez deluso de la imagen, que siendo tan propia de la persona solo correspondea ella autorizar su disposición. Si el individuo es un personaje público, co -mo lo es normalmente un deportista, que interviene en actividades que in -teresan a la colectividad en su conjunto –esta debe y tiene derecho a estar

133DERECHOS DEL DEPORTISTA

36 Stella Walsh fue ganadora de los 100 metros planos en las Olimpiadas de 1932, enLos Ángeles, y segundo lugar en las de Berlín, en 1936. Luego de su muerte se des-cubrió que tenía el pene y los testículos atrofiados, así como cromosomas femeni-nos y masculinos.

37 El futbolista inglés David Beckham, a sus 28 años, fue el símbolo del fútbol-empre-sa, por sus contratos con Adidas, Pepsi, Vodafone, BP, Marks & Spencer, RageSoftware, TBC Cosmetics y Meiji Seika. Sus ingresos por publicidad en los dos últi-mos años se calculan en 24 millones de dólares y tiene más de 60 mil enlaces web.Con la firma de ropa Marks & Spencer acordó un contrato por más de 4,5 millo-nes por ser el modelo de las nuevas tendencias de verano; Pepsi le paga 4,7 millo-nes al año por ser el rostro principal de su publicidad. Así, un tercio de sus ganan-cias provienen del fútbol, el resto de la publicidad.

38 Para el caso de los futbolistas, según Ley 26566, Régimen Laboral de los Jugadoresde Fútbol Profesional.

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informada–, no constituye una violación publicitar sus actividades, portra tarse de un “manejo normal de la imagen”.39

En épocas de acontecimientos deportivos importantes, en especial delos mundiales de fútbol, se comercializa la imagen individual y colectivadel deportista y de su equipo en la promoción de productos, indumenta-ria y artículos deportivos; asimismo, álbumes, cromos y afiches son comu-nes en épocas de festividad futbolística, para lo cual se requiere el con-sentimiento expreso de los interesados.40

• Publicidad testimonial

Es común que un deportista promocione un producto o servicio con lafinalidad de presentar las ventajas y beneficios que de él pueden obtener-se; esto es lo que se conoce como publicidad testimonial.41

Para ello utiliza su propia experiencia y presenta a título de testimoniode vida los resultados que obtuvo en el uso de tal o cual producto. Me di -ci nas, ropa deportiva, hidratantes, energizantes e incluso artículos de usodo méstico o profesional son promocionados por deportistas calificados enlos que su testimonio es una excelente forma de posicionar productos enel mercado, considerándose que los consumidores están pendientes de“mo delos de vida”, de “personas de éxito”, lo que es muy bien represen-tado por los deportistas. No importa si estos son expertos en lo que publi -ci tan, solo interesa su sentir, su imagen y ese compromiso con el produc-to. Su nombre o su imagen son el “enganche” del público.

Actualmente, la imagen se ha convertido en un elemento autónomo decontenido patrimonial. Se comercializa con ella de forma excesiva, comoconsecuencia de la fuerza de la publicidad, del merchandising y delmercado.

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39 MIRO QUESADA CANTUARIAS, Francisco. “Las redundancias de la Constitución”.Libro homenaje a José León Barandiarán, 1985, p. 362.

40 La Res. 0245-1999/TDC-Indecopi, publicada el 29 de julio del 2006, está referida alca so suscitado por Empresa Editorial Panini, que publicó álbumes, cromos y afi-ches del Mundial Francia 98 sin contar con la licencia. Ello genera un proceso enel que se demanda a Panini por la ilicitud del acto de comercializar con la imagende terceros sin la autorización correspondiente, hecho que fue negado alegandoque nunca les había sido solicitado dicho permiso en publicaciones previas al liti-gio. Indecopi declaró fundada la demanda en base a la violación de la empresaedi torial al artículo 15 del Código Civil, que prohíbe lucrar con la imagen de ter-ceros sin la autorización respectiva.

41 Indecopi, mediante Resolución 1566-2006/TDC-Indecopi (8 de noviembre del2006), establece alcances de la publicidad testimonial lícita.

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Tenemos, entonces, la imagen como un derecho de la persona y la ima-gen como un valor económico. El primero, irrenunciable; el otro, cedibley mercantilizable.

La imagen, incluso, obtiene nuevos ribetes como consecuencia del már-keting y de la promoción de productos innovadores.

Veamos el caso de Pelé, quien se retiró del fútbol en 1977 y sin embar-go sigue siendo uno de los deportistas más reconocidos del mundo. Anotó1.283 goles, y desde que se retiró, su imagen publicitaria es codiciada porlas grandes empresas de todo tipo de rubros. Así, Pfizer, fabricante deViagra, contrató a Pelé para una campaña publictaria con el siguientetexto:

“Crees que eres demasiado joven para tener problemas de erección,¿ver dad?” –pregunta el futbolista brasileño–. “Falso. Los problemas deerección son un problema médico que afecta a uno de cada tres hom-bres. Si los sufres, no lo hagas en silencio. Habla con tu médico. Yo loharía.”

En algunos casos, los deportistas permiten el uso de su imagen en có -mics, como Muhammad Ali en el celebre enfrentamiento que tuvo nadame nos que con Superman. Dos ídolos, uno de carne y hueso, otro un car -tón: dos leyendas. O como el basquetbolista Michel Jordan, quien prota-gonizó con Bugs Bunny la película Space Jam. La imagen del deportistaexitoso termina siendo, qué duda cabe, un paradigma; de allí que la anti-gua Ley General del Deporte, Ley 27159, (El Peruano, 27 de julio de 1999)consagraba que: “Un deportista de éxito se convierte en el rostro de unpaís, en la imagen que proyecta a la comunidad internacional. Una ima-gen que debe ser cultivada cuidadosamente y que hace del deporte muchomás que una actividad recreativa y de competición”.

En el caso del registro de signos distintivos, cuyo uso afectase el dere-cho del deportista, deberá presentarse el consentimiento respectivo por es -crito (artículo 136 del Decreto Legislativo 823).

El derecho a la propia imagen garantiza los atributos particulares, pro-pios y peculiares inmediatos de la persona, como son el aspecto físico ysu proyección social. La imagen no es solo individual sino también colec-tiva, y se da esencialmente en los equipos importantes que, como tales,tie nen perfil representativo, más aún cuando son los favoritos.42 Dice Ber -mejo que en la medida en que la libertad personal se manifiesta por ser

135DERECHOS DEL DEPORTISTA

42 Brasil es el único país que ha estado presente en los 18 mundiales de fútbol.

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una actuación corporal de variadísimas cualidades (actuación, baile, canto,fútbol), resulta evidente que con el resguardo de la imagen se protege tan -to la intimidad como el poder de decisión sobre los fines a que hayan deaplicarse sus manifestaciones, a través de la imagen, la identidad, la voz,el arte o, qué duda cabe, el mismo deporte.43

• Objeción de conciencia

Finalmente, dentro de este acápite debe considerarse el derecho a la ob -jeción de conciencia, como una facultad natural de la persona reconocidapor el derecho; es decir que una persona puede negarse al cumplimientode una norma cuando esta atente contra sus principios. Los profesoresMontoya sostienen que existe la posibilidad de que el deportista pue danegarse a prestar su imagen para la difusión publicitaria de entidades sinprestigio o que expendan productos nocivos; por ejemplo, cigarrillos obebidas alcohólicas.44

22..22..1100 DDeerreecchhoo ddee aarreennaa

En algunos países se reconoce el denominado derecho de arena, que está,de alguna manera, vinculado con la imagen; es su vecino. Este derecho esuna modalidad del derecho de autor, mediante el cual se paga al deportis -ta profesional una suma de dinero por la difusión televisiva de su imagenen el evento deportivo en el que participa. Es una contraprestación por eluso televisivo de la imagen de la que el Club, al cual pertenece, ha obteni -do un provecho con la suscripción del contrato televisivo. Su importanciaes tal que en Brasil ha sido considerado constitucionalmente (artículo 100),entendido como un justo reconocimiento para aquellos deportistas que ha -cen público el espectáculo deportivo.45 Cada legislación determinará si alos atletas intervinientes en la competición les corresponde un pago por ladifusión de su imagen mediante su transmisión derivada de los contratosde televisión. Debe diferenciarse del concepto de derecho a la imagen,pues to que el derecho de arena se encuentra referido al hecho de la difu-sión televisiva de esta en torneos deportivos y no por su mero uso.

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43 BERMEJO VERA, José. “Derechos fundamentales, información y deporte” [en línea]<http://www.iusport>. Además, en Revista Española de Derecho Constitucional,año 17, núm. 51, septiembre-diciembre de 1997.

44 MONTOYA MANFREDI, Ulises; MONTOYA ALBERTI, Ulises y Hernando MONTO-YA ALBERTI. Derecho comercial, 2006, p. 245.

45 MELO FILHO, Álvaro. Desporte na nova Constitução, 1990, p. 17.

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22..22..1111 HHoonnoorr

Este derecho es afectado cuando el deportista sufre una lesión a su integri -dad moral, es decir una afrenta;46 cuando recibe insultos, frases o pensa-mientos adversos de parte de los rivales;47 cuando es obligado a someter-se a exámenes que a su criterio pueden ser deshonrosos48 e incluso cuan-do se ve afectado por derrotas humillantes.49

El deportista afectado por afirmaciones inexactas o agraviado en cual-quier medio de comunicación social tiene derecho a que este se rectifiqueen forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsa-bilidades de ley (artículo 2, inciso 7, de la Constitución), pudiendo exigiruna indemnización civil (artículo 1969 del Código Civil), presentar una de -manda por injuria en la vía penal (artículo 130 del Código Penal) o por di -fa mación (artículo 132 del Código Penal). Ahora bien, pensamos que enmu chos casos en la práctica deportiva, por el mismo furor de la contien-da, los insultos o frases hirientes son comunes y serían totalmente acepta-bles (más que lícitos) y, en ese sentido, no deberían encajar necesariamen -te en los tipos penales de injuria o difamación, constituyendo una suertede exceptio veritatis, siempre y cuando tales ofensas se hayan dado en lacon tienda deportiva y no sean desmedidas o indignantes.50 Esto puede lle-var a pensar en su incorporación en el listado del artículo 133 del CódigoPe nal que establece cuáles son las conductas atípicas para la configuraciónde la injuria o difamación (como es el caso de las ofensas proferidas conáni mo de defensa por los litigantes, apoderados o abogados en sus inter-

137DERECHOS DEL DEPORTISTA

46 El boxeador Cassius Clay ganó, a los 18 años, la medalla de oro de los semipesa-dos en los Jue gos Olímpicos de Roma (1960). Al retornar a su país le negaron laen trada a un restaurante de Louisville exclusivo para blancos. Clay renunció altriunfo de su país y tiró la medalla al río Ohio. Hay versiones que sostienen quese trata de un relato falso.

47 La estadounidense Margarett Abbott, de 22 años, fue la primera mujer en ganar unacompetición olímpica en 1900. Fue en París, en una competencia de golf (com-pletó los 9 hoyos en 47 golpes). Cuando la felicitaron por el logro ella lo minimizó:“Es que mis rivales, las francesas, no entendieron la naturaleza de este deporte: lle-garon a competir con tacos altos y faldas muy ajustadas”.

48 La atleta cusqueña Yéssica Quispe Auccapuma, de 18 años, renunció en mayo del2005 a su actividad deportiva, ya que no aceptó someterse a exámenes de feminei -dad alegando la defensa del honor. Lo mismo ocurrió en el caso de la corredoraare quipeña Faustina Huamaní, “La Taruca de los Andes”.

49 Hungría vence a El Salvador 10 a 0 (España 82).50 Véase nota 28.

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venciones orales o escritas ante el juez [artículo 133.1 del Código Penal]).Además, mediante el reglamento deportivo se pueden establecer ciertoses tándares de conducta en el desarrollo de las prácticas deportivas, que alser incumplidos puede conllevar a una sanción disciplinaria.

22..22..1122 LLiibbeerrttaadd ddee eexxpprreessiióónn

Todo deportista tiene la facultad de declarar de manera libre sus ideas yopi niones sobre su actividad deportiva, salvo que el contrato, compromi-so suscrito o normas competitivas lo restrinjan; por ejemplo, los deportis-tas en las competencias internacionales no deben realizar declaracionespolíticas.

22..22..1133 DDeerreecchhoo aa llaa iinnffoorrmmaacciióónn ddeeppoorrttiivvaa

Bermejo Vera51 trata este aspecto de forma clara. Derivado de la libertadde expresión y vinculado estrechamente con la intimidad e imagen de lapersona, el derecho a la información deportiva trasciende en las relacio-nes sociales, encaminándose de lo individual (del deportista) a lo social(los hinchas y espectadores), contando ambos con la facultad de enterar-se de los hechos deportivos.

Los elementos que configuran el contenido de este derecho pueden serlos acontecimientos deportivos que por su trascendencia son noticia.

El derecho a la información deportiva busca comunicar a la sociedadciertos sucesos de interés. Para ello debe recabar información, investigar,acceder a los lugares, revisar documentos y confrontar datos donde existeuna información por difundirse, todo lo cual debe realizarse de forma cau-telosa y con el máximo profesionalismo.

El derecho a la información deportiva consiste en:

• La libertad de los medios de comunicación para acceder a los loca-les deportivos.

• La libertad en la emisión de noticias, incluidas las imágenes, en losmedios de información.

• La prohibición de limitar el derecho a la información en los casos decesión de los derechos de retransmisión o emisión.

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51 BERMEJO VERA, José. Op. cit., 1997.

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Estos elementos no se pueden aplicar de manera general, pero se justi -fican en los espectáculos deportivos. Son válidos en el fútbol, por ejemplo,por cuanto la trascendencia pública de quienes participan exige que acep-ten el riesgo de que sus derechos resulten invadidos; no necesariamenteafectados. Implica una cesión indirecta de los derechos. Además, el dere-cho a la información deportiva genera discusión en torno a los derechosde explotación y transmisión exlcusiva.

22..22..1144 OOttrrooss ddeerreecchhooss

A los deportistas profesionales se les reconocen derechos laborales, comoel derecho de sindicación, de huelga y de negociación colectiva; asimis-mo, tienen derecho al descanso semanal, a los días feriados y al descansova cacional. Tales derechos son reconocidos por la Constitución (artículo28), en mérito de la relación laboral de los deportistas profesionales. En elcaso del futbolista, tiene derecho a la participación por su transferencia enel pago que realice el club adquirente y al derecho a la ocupación efecti-va (Ley 26566, Régimen Laboral de los Jugadores de Fútbol Profesional).

33.. DDeetteerrmmiinnaacciióónn ddeell sseexxoo yy ddeeppoorrttee

La verificación del sexo permite establecer la aptitud sexual de los atletasen la participación de una prueba, por lo que su sometimiento constituyeuna obligación. Sin duda es una violación a su intimidad y corresponde,más bien, a un trato indigno; no obstante se justifica en ciertos casos.

33..11 HHeerrmmaaffrrooddiittiissmmoo

Un caso destacable es el de la estadounidense Stella Walsh Olson, quien,re presentando a Polonia con el nombre de Stanislawa Walasiewicz, obtu-vo medallas de oro y plata en las carreras de 100 metros planos, en losJue gos Olímpicos de Los Ángeles (1932) y Berlín (1936), respectivamente.

El descubrimiento de su hermafroditismo (poseía órganos genitalesmas culinos y cromosomas tanto de uno como de otro sexo) ocurrió en1980, mientras se le practicaba una autopsia luego de su muerte en unintento de robo en Cleveland, Ohio.52

139DERECHOS DEL DEPORTISTA

52 FAIN BINDA, Raúl. “Otra cosa es con testosterona” [en línea]. BBC.com, 28 de di -ciem bre del 2003. <http://news.bbc.co.uk/hi/>. [Consulta: diciembre del 2007.]

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En el ámbito nacional, la incidencia del sexo en el deporte ha tenidoso nados casos, como el ocurrido en diciembre del 2003, cuando la emiso-ra Radio Programas del Perú informó que la competencia femenina de lama ratón “Meseta del Bombón”, en los fríos Andes centrales de Perú, fueconquistada por Sandra Cortés Tancara, un transexual. El deportista sor-prendió por la forma como dejó atrás a las demás competidoras, en la rigu-rosa carrera de 42,196 kilómetros, a casi 4.000 metros de altitud, casi alborde de las nubes. Los organizadores no exigieron certificado médico alas participantes ni hubo un despistaje previo a la competencia. El verda-dero sexo de Cortés, que obviamente fue descalificado, fue descubiertopor un familiar de otra competidora.

33..22 CCaammbbiioo ddee sseexxoo

En la década de 1970, el doctor Richard Raskind, eminente cirujano estado -unidense, se convirtió en mujer adoptando el nombre de Renée Richards.Había sido un buen tenista, pero cuando compitió como mujer fue unacampeona. Era más alta, fuerte y rápida que sus colegas; la superioridadera determinante. Las tenistas protestaron, señalando que tenía una venta-ja física. En 1976 los or ganizadores del US Open, último Grand Slam de latemporada, vetaron su participación en el equipo femenino del torneo,esgrimiendo que había na cido hombre. Renée decidió defender sus dere-chos en los tribunales. El Tribunal Supremo de Nueva York falló a su favorpocos meses más tarde, pues su cambio de sexo no fue de mala fe ni parasorprender a nadie. Así, pudo disputar el US Open de 1977.53

Otro caso es el de Tamara e Irina Press, quienes se retiraron de las com-peticiones internacionales para evitar su descalificación, cuando se in tro -du jo el análisis de cromosomas, en los años 60, luego de que entre ambasganaran cinco medallas de oro.54

Acerca del cambio de sexo, el Comité Olímpico Internacional (COI) apro -bó en mayo del 2004 la participación de aquellos atletas que han adecuadosu sexo una vez transcurridos dos años desde la operación, con la finalidadde que su organismo alcance el equilibrio hormonal del nuevo sexo.

Se indica que si el cambio de sexo se produjo antes de la pubertad, losde portistas serán admitidos en los Juegos con su nueva condición. Pero siel cambio ocurrió en la edad adulta, el COI ha establecido tres condicio-

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53 Ibídem.54 Ídem.

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nes para no alterar la limpieza de la competición: a) los cambios quirúrgi-cos deben haber terminado, incluyendo la alteración de los genitales exter-nos y la gonadectomía; b) las autoridades deben haber dado cobertura le -gal al sexo asignado; y, c) las terapias hormonales se habrán administradoen el tiempo suficiente para minimizar las ventajas derivadas del sexo enla competición deportiva.

33..33 PPrruueebbaa ddee ddeetteerrmmiinnaacciióónn ddeell sseexxoo.. TTeeccnniicciissmmoo

La atleta cusqueña Yéssica Quispe Auccapuma,55 de 18 años, renunció enma yo del 2005 a su actividad deportiva al negarse al sometimiento a exá -me nes de femineidad. Quispe tenía un expediente médico completo; a pe -sar de ello, la federación exigió a la atleta una prueba de cariotipo. Enagos to del 2006 se sometió a las pruebas para su reingreso. Caso similarfue el de Faustina Huamaní, “La Taruca de los Andes”, quien prefirió reti-rarse antes de someterse al examen.

La prueba de determinación del sexo se realiza en las competiciones demáximo nivel para identificar anomalías cromosómicas mediante la inves-tigación del corpúsculo de Barr. En caso de duda el examen se completacon el análisis del cariotipo, que es el único método fiable en lo que res-pecta a la determinación del sexo genético, contando la cantidad de cro -mo somas (46XX el sexo femenino y 46XY el masculino). El examen sepuede realizar en una muestra de sangre, de médula ósea, de líquido am -niótico o de tejido placentario.

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55 Natural de Chincheros, Urubamba, Cusco. Considerada la atleta sudamericana re -ve lación del 2004. Rompió récords nacionales e internacionales: en 800 metros pla-nos, en un tiempo de 2m 7,38s en la categoría menores; 3.000 metros planos conun tiempo de 9m 19,92s menores y juveniles; y 1.500 metros planos con 4m 13,53s(récord nacional y sudamericano en las categorías menores y juvenil, respectiva-mente). Fue campeona Grand Prix juvenil sudamericana, campeona sudamericanade menores en 800, 1.500 y 3.000 metros planos y campeona sudamericana deCross Country 6 kilómetros. Se le considera la mejor atleta de los últimos 20 años.

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CCaappííttuulloo 55

JJuussttiicciiaa ddeeppoorrttiivvaa

11.. DDeeffiinniicciióónn yy áámmbbiittoo

Toda institución tiene reglas que rigen su actividad, que deben ser respe-tadas. El deportista, profesional o amateur, sabe que a lo largo de su carre-ra está en el compromiso de velar por la observancia de las normas quele son impuestas en la práctica competitiva. En caso de infringir el ordendeportivo que se comprometió a respetar, le corresponderá una sanciónpor su comportamiento.1 Velar por que las normas se cumplan y sean im -puestas y ejecutadas, es competencia, en primera instancia, de los organis -mos disciplinarios del deporte, que forman parte de lo que se denominala justicia deportiva.

La justicia deportiva es aquella institución encargada de definir y solucio -nar los conflictos o la incertidumbre jurídica que se presentan en el ámbitodeportivo, sea en materia de encuentros, torneos, competencias o contien-das del interés de los sujetos relacionados con la actividad deportiva.

En esa línea, nuestra justicia deportiva nacional engloba las decisionesde las federaciones nacionales deportivas,2 del Consejo Superior de Justicia

[ 143]

1 SILVA, Rui Alexandre. “Da infracção à sanção disciplinar na regulamentação despor-tiva”, en AA.VV. O desporto e o direito (prevenir, disciplinar, punir), 2001, p. 59.

2 Dan forma a las federaciones deportivas peruanas 47 disciplinas: ajedrez, activida-des subacuáticas, andinismo y deportes de invierno, atletismo, automovilismo,bad minton, básquetbol, béisbol, billar, bochas, bolos, boxeo, bridge, ciclismo,equitación, esgrima, esquí acuático, físicoculturismo, fútbol, gimnasia, golf, hoc-key, judo, karate, kartismo, kickboxing y deportes de contacto, kung fu, levanta-miento de pesas, levantamiento de potencia, lucha amateur, motociclismo, nata-ción, paleta frontón, polo, remo, rugby, sóftbol, squash racket, tabla, tae kwon do,tenis de mesa, tenis, tiro, tiro con arco, triatlón, vela, vóleibol. Véase en<http://www.ipd.gob.pe/federaciones.htm>. [Consulta: 2 de agosto del 2006.]

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ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI144

Deportiva y Honores del Deporte (CSJDHD) y del Poder Judicial, decisio-nes que resuelven cuestiones de orden deportivo. De ello queda claro quela justicia deportiva se desenvuelve en dos planos: administrativo y juris-diccional, buscando ambas un mismo objetivo: resolver un conflicto de in -te reses o terminar con una incertidumbre jurídica en materia deportiva.

Tomando en cuenta la definición de justicia deportiva, debe tenerse cui-dado de no confundir dos situaciones de por sí diversas: a) las cuestionesre lativas a la organización misma de un club o liga deportiva que no soncompetencia de la justicia deportiva sino de la justicia civil, comercial, la -bo ral u otra especialidad; y, b) las cuestiones relacionadas con las activida -des deportivas que sí son competencia de la justicia deportiva. En ese or -den de ideas, se ha dicho que:

... en los clubes deportivos (entidades de corte asociativo sin ánimo delucro) las cuestiones o divergencias de tipo “asociativo” se dirimen, nor-malmente, en los tribunales de justicia ordinarios. Para el ámbito disci-plinario deportivo quedan aquellas cuestiones o bien relacionadas conla competición deportiva o bien relacionadas con la conducta deportivageneral. Un incumplimiento estatutario o reglamentario en un club o enuna federación deportiva era –como materia típica asociativa– direc-tamente enviada a la jurisdicción civil.3

Efectivamente, los conflictos de orden estatutario de organización inter-na no son materia de la justicia deportiva.

Por lo mismo, advertimos que la injerencia que tengan los clubes y lasli gas deportivas con relación a sanciones para sus asociados, por incurriren alguna infracción de orden deportivo, no forman parte de la instituciónde justicia deportiva. Tal injerencia se encuadra dentro de las facultadesque el marco estatutario de su club o liga le reconoce. Todas las decisio-nes sancionadoras que tomen quedan en el ámbito de lo privado. Pero,¿por qué no consideramos estas decisiones dentro de la justicia deportiva?Las razones son tres: a) porque sus decisiones no tienen fuerza vinculan-te; b) porque las decisiones de cada club o liga deportiva son diversas, nouniformes con relación a otros clubes o ligas; c) porque no cuentan conun órgano heterónomo, es decir, un órgano que dirima las controversiasajenas a su institución.

3 DE ROBLES MIRALBELL, Marcos. “Análisis jurídico de la actual situación que atra-viesa el Barcelona” [en línea]. Iusporte, 27 de julio del 2006. <http://www.ius-port.es>.

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JUSTICIA DEPORTIVA 145

Teniendo en cuenta la trascendencia del deporte, muchas de sus con-troversias tienen actualmente materia litigiosa. A pesar de ello, muchasaso ciaciones internacionales que lo tutelan han intentado mantener sus líosal canto del derecho. Son dichas asociaciones las que “resuelven sus con-troversias al margen de lo regulado en los ordenamientos jurídicos de losEstados donde se desarrolla la actividad deportiva y dentro de lo que pue -de denominarse sistemas de autorregulación”,4 pero cierto es que cada vezmás el deporte se vincula con el derecho, sometiéndose a los sistemas le -ga les vigentes, exigiendo un respeto de sus principios, lo que requiere unajusticia no solo eficaz sino fundamentalmente especializada.

Debe quedar claro que lo resuelto por estas asociaciones no forma par -te de la justicia deportiva, no obstante que sus decisiones sean acatadaspor la fuerza de sus sanciones.

22.. LLaa ddiisscciipplliinnaa ddeeppoorrttiivvaa

La disciplina no es otra cosa que un orden. Un conjunto de normas, crite-rios y reglas que rigen una actividad cuyos integrantes se comprometen arespetar; en caso contrario, serán pasibles de una sanción.

De manera especial, la disciplina deportiva es el conjunto de reglas queri gen la vida de los sujetos e instituciones vinculados a la actividad depor-tiva. Espartero la define como:

… el sistema de normas que permite imponer sanciones, o revisarlas,por parte de órganos investidos de potestad disciplinaria a los sujetossu bordinados al ordenamiento jurídico deportivo, con fundamento enrelaciones de sujeción especial, como consecuencia de la comisión dein fracciones previamente tipificadas, y mediante los procedimientoslegales previstos.5

22..11 CCaarraacctteerrííssttiiccaass

La disciplina deportiva se caracteriza por cumplir una función de autopro-tección, por tener un carácter público, por ser ejercida por sujetos con po -testad disciplinaria, por primar el principio de legalidad, por el respeto al

4 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Introducción al derecho del deporte, 2004,p. 231.

5 Ibídem, p. 237.

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de bido proceso, porque se compone de un régimen interno y uno exter-no: la justicia interna y la externa.

La Constitución de Brasil (1988) es un buen ejemplo de tratamiento dela disciplina y de la justicia deportiva, siendo la norma compatible con elprin cipio constitucional de derecho de acción.6

La norma dice:

217: §1. El Poder Judicial sólo admitirá acciones relativas a la disciplinay a las competiciones deportivas una vez agotadas las instancias de lajus ticia deportiva, regulada en la ley. §2. La justicia deportiva tendrá elplazo máximo de sesenta días, contados desde la instrucción del proce-so, para dictar la resolución final. (Traducción libre del autor.)

Como refieren Nery y De Andrade,7 el agotamiento de la vía administra -ti va solamente es exigible cuando se trata de materia estrictamente depor-tiva, es decir de derecho administrativo deportivo, como son los casos deli cencia de club, transferencia de jugador y sanción a jugador. Cuando setrata de materia civil o penal, la acción se interpone directamente ante elPo der Judicial, como los casos de extinción de asociaciones civiles con fi -nes ilícitos (barras bravas colectivizadas) y de crimen cometido en un esta-dio de fútbol (agresión ocasionada por las barras bravas).

22..22 PPuubblliiffiiccaacciióónn

La publificación de la disciplina deportiva no es otra cosa que el tratamien -to de las relaciones deportivas, tanto en su aspecto interno como en susconsecuencias. Es el interés del Estado representado en la normación y tra-tamiento del deporte por medio de leyes y procedimientos eficaces. En pa -labras de Espartero: “el régimen disciplinario deportivo no se agota en elámbito jurídico interno de las asociaciones y federaciones ni se justificaúnicamente en garantizar el orden estatutario de tales organizaciones, sinoque trasciende esos ámbitos en cuanto afecta al interés público y al ordenjurídico general”.8

El Estado tiene el compromiso de la trascendencia del deporte, no soloen su éxito a través de marcas, récords, medallas, sino también como unainstitución que cuente con mecanismos eficaces en sus controversias.

146 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

6 NERY JUNIOR, Nelson y Rosa Maria DE ANDRADE NERY. Constitução Federalcomentada e legislação constitucional, 2006, pp. 374-375.

7 Ibídem, p. 375.8 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Op. cit., 2004, p. 238.

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22..33 PPrriinncciippiiooss ccoonnssttiittuucciioonnaalleess eenn llaa ddiisscciipplliinnaa ddeeppoorrttiivvaa

La disciplina deportiva sintetiza la función ju risdiccional en los siguientesprin cipios, contemplados en el artículo 139 de la Constitución Política delPerú: legalidad, irretroactividad de normas sancionatorias, retroactividadde normas favorables al infractor, non bis in idem, proporcionalidad, de -fen sa, presunción de inocencia, ejecución inmediata de las sanciones ad -mi nistrativas y pro competitione (no se pueden alterar los resultados).

Función jurisdiccional y régimen disciplinario deportivo son institucio-nes que se asemejan. Ambas se rigen por postulados de orden imperativo.

33.. JJuussttiicciiaa ddeeppoorrttiivvaa

En nuestro particular criterio, la justicia deportiva se desenvuelve en trespla nos: interno, administrativo y jurisdiccional. Los tres buscan un mismoobjetivo: resolver un conflicto de intereses o terminar con una incertidum-bre jurídica en materia deportiva.

A pesar de tener un objetivo común, debe distinguirse entre a) la justi-cia interna deportiva; b) la justicia administrativa deportiva; y, c) la justiciajurisdiccional deportiva.

33..11 JJuussttiicciiaa iinntteerrnnaa ddeeppoorrttiivvaa

Los problemas que se suscitan en las organizaciones deportivas son de de -re cho privado. Sus soluciones se plantean de acuerdo con el estatuto deca da organización, de forma interna, incluso se incorporan sanciones aaquellos socios que acuden a los tribunales para la defensa de sus dere-chos. Estos sistemas de justicia interna son asumidos, también, por las or -ga nizaciones deportivas internacionales, y es lo que se conoce como lossis temas de autodefensa en la solución de conflictos.9

En las instituciones deportivas prima la potestad de autoprotección(fun ción doméstica) que se aplica a quienes están en directa relación conla organización y su funcionamiento respecto del cumplimiento de sus de -be res, compromisos y obligaciones. Se trata, especial y directamente, deuna potestad de protección de orden general –como la llama Espartero10

heterotutela o protección del orden social general– en la que se busca ladefensa como organización dentro de un orden social.

147JUSTICIA DEPORTIVA

9 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Op. cit., 2004, p. 233.10 Ibídem, p. 235.

Page 148: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

33..22 JJuussttiicciiaa aaddmmiinniissttrraattiivvaa ddeeppoorrttiivvaa

La justicia administrativa deportiva es realizada por las federaciones nacio-nales. Actúan como primera instancia respecto a faltas y transgresiones enmateria deportiva cometidas por sus afiliados, dirigentes de clubes depor-tivos, ligas y deportistas. En estos casos, el CSJDHD actúa como segundainstancia.

Cada federación tiene su propia línea decisoria y, por tanto, no es uniforme.

148 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Justicia administrativa deportiva

11 MORÓN URBINA, Juan Carlos. Comentarios a la Ley del Procedimiento Ad mi -nistrativo General, 2006, p. 284.

Justicia deportiva

Hasta mayo del 2005, administradapor las ligas deportivas, las federacionesdeportivas y el Tribunal del Deporte.

Desde mayo del 2005, administradapor las federaciones nacionales deporti-vas y el Consejo Superior de JusticiaDeportiva y Honores del Deporte.

33..33 JJuussttiicciiaa jjuurriissddiicccciioonnaall ddeeppoorrttiivvaa

Esta justicia resuelve problemas que rebasan el aspecto interno y compro -me ten intereses sociales.

Se sustenta en el principio de separación de poderes (Ejecutivo, Judicialy Legislativo), entendiéndose que:

… con la actividad jurisdiccional, el Estado persigue una finalidad indi-recta y secundaria: la de procurar la satisfacción de los intereses indivi -dua les y colectivos, privados o públicos, tutelados por el derecho, queno pueden ser satisfechos por la falta de certeza o la inobservancia dela norma que los tutela; en cambio, mediante la actividad administrati-va, el Estado persigue finalidades directas y primarias.11

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Constitucionalmente se ha establecido que: “Son principios y derechosde la función jurisdiccional: 1. La unidad y exclusividad de la función juris-diccional. No existe ni puede establecerse jurisdicción alguna indepen -dien te, con excepción de la militar y la arbitral. No hay proceso judicialpor comisión o delegación…” (artículo 139, inciso 1). La exclusividad dela función jurisdiccional le corresponde al Poder Judicial, con las excepcio -nes ya indicadas. Entonces, lo que decidan los órganos de instituciones de -portivas se dará en el ámbito de lo administrativo, mas no jurisdiccional.

Por jurisdicción se ha entendido el poder específico que algunos órga-nos estatales tienen para resolver los conflictos de intereses que les pro-pongan;12 es el “Poder que tienen los jueces y tribunales para juzgar y ha -cer ejecutar lo juzgado”.13 En esa medida, este poder jurisdiccional no leco rresponde a los órganos de las instituciones deportivas ni a los órganosad ministrativos diseñados para solucionar conflictos que se presenten enel deporte y, de ser el caso, sancionar las faltas disciplinarias de los depor-tistas. El poder jurisdiccional le corresponde al Poder Judicial y a los órga-nos indicados por la misma Constitución.

33..44 DDiiffeerreenncciiaa yy mmaattiicceess

La justicia interna es aquella llevada a cabo en el seno del asociacionismodeportivo. La justicia administrativa le corresponde a los órganos públicosy los órganos de gestión para decidir cuestiones relacionadas con el depor-te. La jurisdiccional es la función que le corresponde al Poder Judicial y aaquellos reconocidos por la Constitución.

En el caso peruano, la justicia interna se lleva en cada club, la adminis -tra tiva engloba las decisiones de las federaciones nacionales deportivas ylas del CSJDHD. En el supuesto de que los administrados no se encuen-tren conformes con tales decisiones, es posible recurrir al Poder Judicialque tiene función jurisdiccional. Las decisiones que versen sobre materiade portiva, dictadas por estos entes –más las arbitrales, como veremos másadelante– constituyen lo que hemos denominado justicia deportiva.

A pesar de lo dicho, es práctica común utilizar la expresión jurisdiccióndeportiva, la que solo hace referencia a la potestad que los órganos de lasins tituciones deportivas y los órganos administrativos, que sin gozar de ju -risdicción, tienen para resolver los conflictos que se dan en el ámbitodeportivo.

149JUSTICIA DEPORTIVA

12 MONROY GÁLVEZ, Juan. Introducción al Proceso Civil, 1996, pp. 205-206.13 Real Academia Española. Diccionario de la lengua española, 2001.

Page 150: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

44.. EExxcclluussiivviiddaadd ddee llaa ffuunncciióónn jjuurriissddiicccciioonnaall

La imposibilidad de que un ente administrativo, como el CSJDHD, resuel-va y ponga fin a un conflicto de intereses, es consecuencia directa de laex clusividad y de la tarea de impartir justicia en representación del Estado.

44..11 CCaarráácctteerr eexxcclluussiivvoo

La exclusividad de la función jurisdiccional pertenece al Poder Judicial y,ex cepcionalmente, en temas relativos a los derechos humanos, al TribunalConstitucional.

En el Perú, salvo las jurisdicciones militar, arbitral y la ejercida por lasautoridades de las comunidades campesinas, no existe una jurisdicción di -ferenciada a la del Poder Judicial (artículo 139, inciso 1) y la del artículo149 de la Constitución, para la solución de conflictos en general.

Si bien existen entes administrativos directamente especializados quere suelven controversias, sus resoluciones no son consideradas cosa juzga-da (artículo 139, inciso 2 de la Constitución), pudiendo ser revisadas eninstancias judiciales, vía el proceso contencioso administrativo (artículos148 de la Constitución y 218, inciso 13) de la Ley 27444.

44..22 TTuutteellaa jjuurriissddiicccciioonnaall eessttaattaall eessppeecciiaalliizzaaddaa

Esta es la diferencia entre la naturaleza administrativa y la jurisdiccional. Esel Poder Judicial, mediante la tutela jurisdiccional, el que tiene el poderque emana del pueblo (artículo 138 de la Constitución) para poner fin defi-nitivo a una cuestión litigiosa. Es, como se ha dicho en más de una oportu -ni dad, una tutela jurisdiccional estatal especializada.

Otras entidades podrán resolver conflictos, sin tener jurisdicción, y de -ben ser considerados actos contenciosos realizados por órganos estatalesno especializados.

55.. CCoonnsseejjoo SSuuppeerriioorr ddee JJuussttiicciiaa DDeeppoorrttiivvaa yy HHoonnoorreess ddeell DDeeppoorrttee

El CSJDHD es una instancia autónoma del Instituto Peruano del Deporte(IPD), conforme lo indica el artículo 50 de la Ley del Deporte14 y el regla-mento que rige su actividad (Resolución 015-2006-CSJDHD/IPD, El Pe rua -no del 8 de marzo del 2006).

150 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

14 Quinta Disposición Complementaria.

Page 151: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

55..11 AAnntteecceeddeenntteess

El CSJDHD tiene como antecedente al Tribunal del Deporte,15 que ejerciófunciones hasta mayo del 2005, fecha en la que se nombraron a sus inte-grantes,16 a pesar de haber sido creado en el 2003 por la Ley 28036, Leyde Promoción y Desarrollo del Deporte.

En su esencia, y como se mencionaba en los considerandos de la Re -so lución 445, el Tribunal del Deporte fue el órgano competente para cono-cer los procedimientos disciplinarios y sancionar las faltas y transgresionesen materia deportiva.

55..22 CCaarraacctteerrííssttiiccaass

El CSJDHD no es una jurisdicción independiente sino una sede administra -ti va. Sus resoluciones no generan cosa juzgada, pudiendo ser revisadas porel Poder Judicial. Y es que la función jurisdiccional tiene como característi -cas la unidad y la exclusividad: “No existe ni puede establecerse jurisdic-ción alguna independiente, con excepción de la militar y arbitral” (ar tículo139, inciso 1 de la Constitución)17 y la ejercida por las autoridades de lasco munidades campesinas (artículo 149 de la Constitución), como se resal-ta más arriba.

Sobre el particular, existe un debate acerca de la legitimidad del siste-ma privado de solución de conflictos en general y en especial en el ámbi-to del derecho deportivo. Si partimos del principio constitucional de tute-la jurisdiccional efectiva, del derecho fundamental de acceso a los tribuna -

151JUSTICIA DEPORTIVA

15 Reglamentado por la Resolución 445-2000-PE-IPD-Educación (El Peruano, 25 deno viembre del 2000), dictada cuando Teófilo Cubillas Arizaga era presidente ejecu -tivo del Instituto Peruano del Deporte.

16 Los primeros integrantes fueron: Jorge Antonio Guizado Salcedo (presidente), Ra -fael Bernardino Heredia Neciosup (Secretario), Miguel Isaías Morales Lavaud, JorgeLuis Canales Vargas y Víctor Javier Cornejo Rodríguez. Suplentes: Luis HumbertoVelásquez Arroyo, Gregorio Espinoza Hidalgo, Baldomero Elías Ayvar Carrasco,Gas tón Luna Guillén y Valentín Monges Palacios.

17 Se menciona “El enunciado que proclama la unidad y exclusividad de la funciónju risdiccional es, pues, contradictorio desde que se conoce la función jurisdiccio-nal a cargo de los Juzgados y Tribunales Militares, de los Tribunales Arbitrales, delJurado Nacional de Elecciones y del Tribunal Constitucional” según VI DAL RAMÍ -REZ, Fernando. “Unidad y exclusividad de la función jurisdiccional”. La Constitu -ción comentada. Análisis artículo por artículo, 2005, pp. 486-487.

Page 152: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

les y, es más, de la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional, re -sul taría cuestionable la validez constitucional de las soluciones adoptadasen el seno de las organizaciones deportivas y de la prohibición de in ter -po ner en forma directa recursos ante los tribunales para la solución judi-cial de conflictos suscitados en el contexto de las relaciones deportivas.18

152 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

18 Mayor referencia BRAZÃO DE CARVALHO, María João. “Que `justiça desportiva´nos tribunais”, en AA.VV. O desporto e o direito (prevenir, disciplinar, punir), 2001,p. 141.

19 MANSILLA P., Marcos. “Urge un derecho deportivo autónomo” [en línea]. Correodel Caroní, 18 de junio del 2006. <http://www.correodelcaroni.com>.

Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte (CSJDHD)

Consejo Superior deJusticia Deportiva

Administra justicia deportiva en el Perú

Instancia autónoma del IPD

No es una jurisdicción independiente

Es una sede administrativa

En doctrina se ha discutido la urgencia de una jurisdicción exclusiva pa -ra el deporte con un tratamiento judicial diferenciado, que evite la inter -ven ción de órganos jurisdiccionales diversos en los conflictos deportivos(ci vil, penal, contencioso-administrativo)19 por carencia y limitaciones ensu especialidad. Esto no es del todo adecuado ni preciso, pues dependien -do de los conflictos deportivos que se susciten, existen áreas especializa-das con las que cuenta el Poder Judicial.

55..33 MMiieemmbbrrooss ddeell CCSSJJDDHHDD

De acuerdo con la Ley del Deporte, su Reglamento (Decreto Supremo 018-2004-PCM del 3 de marzo del 2004), y el Reglamento del CSJDHD, la con-formación, convocatoria, vacancia, juramentación, incompatibilidad y abs-tenciones de los integrantes del CSJDHD, es regulada del siguiente modo:

Page 153: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

• Integrantes (artículos 51 de la Ley del Deporte, 27 del Re gla mentode la Ley del De porte y 2 del Re gla men to del CSJDHD).

Conformado por cinco miembros elegidos por un período dedos años:

— Dos representantes de las federaciones deportivas nacionales.

— Dos representantes de los colegios de abogados del Perú.

— Un representante de las facultades de Derecho de las universida-des, a propuesta de la Asamblea Nacional de Rectores.

— Cada miembro tendrá un suplente.

— Para ser miembro se requiere acreditar por lo menos dos añoscomo dirigente deportivo o un año en la administración de justi-cia deportiva o ser abogado en ejercicio con una antigüedadmayor de dos años.

— El presidente del CSJDHD es elegido entre sus miembrostitulares.

• Convocatoria para la elección de los integrantes (artículo 28 del Re -gla men to de la Ley del Deporte)

— Los representantes de las Federaciones Deportivas Nacionalesson elegidos por los presidentes de estas, previa convocatoria delpresidente del IPD.

— Los representantes de los colegios de abogados del Perú son ele-gidos por los decanos de los colegios de abogados del Perú, pre-via convocatoria.

En ambos casos, previa convocatoria del presidente del IPD,mediante publicación en el diario oficial El Peruano, indicandolugar, día y hora en que se llevará a cabo la elección de los dosrepresentantes y sus respectivos suplentes, con anticipación nomenor de siete días hábiles.

— El representante de las facultades de Derecho de las Uni ver si da -des del Perú y su suplente son designados por la Asamblea Na -cio nal de Rectores, previa convocatoria a los decanos de las fa -cul tades de Derecho de las universidades del Perú.

• Vacancia (artículo 28 del Regla men to de la Ley del Deporte)

— El cargo de miembro del CSJDHD vaca por:

1. fallecimiento;

2. incapacidad permanente;

153JUSTICIA DEPORTIVA

Page 154: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

3. renuncia aceptada;

4. impedimento legal sobreviniente a la designación;

5. inasistencia injustificada a dos sesiones consecutivas delConsejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte,salvo licencia autorizada; y, remoción por falta grave.

— En caso de vacancia, el respectivo suplente asumirá la funciónpara completar el periodo correspondiente.

• Juramentación (artículo 3 del Regla men to del CSJDHD)

Los vocales del CSJDHD juramentarán su alto cargo ante el presi-dente del Con sejo Directivo del IPD, el cual le hará entrega de lascredenciales respectivas y de una cinta roja y blanca que contieneuna medalla que será entregada en acto público.

• Incompatibilidad (artículos 51 de la Ley del Deporte y 4 del Re gla -mento del CSJDHD).

— Existe incompatibilidad entre el cargo de miembro del CSJDHDcon cualquier otra función deportiva, salvo que el vocal partici-pe como miembro del Comité Electoral o Comisiones de Trabajodel club deportivo amateur o profesional. Esto no impide el ejer-cicio de cualquier disciplina deportiva.

— Los vocales no podrán ejercer directa o indirectamente funcionesde agente, consejero o abogado en ningún asunto que sea opueda ser competencia del CSJDHD

• Abstenciones (artículos 5 y 6 del Reglamento del CSJDHD)

— Los vocales no participarán en la decisión de asuntos en quehayan intervenido antes como agentes, asesores, consejeros oabogados de cualquier persona directa o indirectamente involu-crada, ni en asuntos relacionados con alguna persona con la quetenga parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad osegundo de afinidad o vínculo espiritual, o con la que tenganalgún otro tipo de vinculación o relación que comprometa opueda eventualmente comprometer su imparcialidad.

— Los vocales están siempre obligados a abstenerse de opinar o deproporcionar información en alguna forma relacionada con cual-quier caso que pueda ser sometido o esté siendo visto por elConsejo.

154 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 155: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

155JUSTICIA DEPORTIVA

55..44 CCoommppeetteenncciiaa ddeell CCSSJJDDHHDD

Mediante el artículo 50 de la Ley del Deporte se estatuye que el CSJDHDes competente tanto para conocer como para sancionar las faltas y trans -gre siones a la Ley del Deporte, a su Reglamento y a la normatividad depor-tiva vigente, así como la atención de la defensa de los intereses y derechosde los deportistas.

Asimismo, es competente para otorgar honores y distinciones a depor -tis tas, técnicos, auxiliares y dirigentes de una selección nacional, a los di -rectivos de las federaciones deportivas nacionales, al Comité Olímpico Pe -ruano y a otros organismos del Sistema del Deporte Nacional. Tal compe-tencia es desarrollada por el Reglamento del CSJDHD, estableciéndose quetiene las competencias preventiva, sancionadora y de otorgamiento de ho -no res y distinciones (artículo 7 del reglamento del CSJDHD) con las fun-ciones que a continuación se detallan:

• Preventiva (artículos 50 Ley del De porte y 7 del Regla men to delCSJDHD)— Emitir resoluciones y directivas para la defensa de los intereses y

derechos de los deportistas y dirigentes deportivos, así comorecibir quejas a nivel nacional.

• Sancionadora (artículos 29, 33.a, 34 y 35 del Reglamento de la Leydel Deporte y 7 del Re glamento del CSJDHD)

— Conocer en única instancia las faltas y transgresiones a la ley, alreglamento y a la normatividad deportiva, cometidas por diri-gentes deportivos, oficiales y técnicos de delegaciones, deportis-tas seleccionados como representantes del Perú y por los demásagentes deportivos no contemplados en el inciso a) del artículo33 del Reglamento de la Ley del Deporte.

— Conocer en última instancia y en recurso de casación las resolu-ciones expedidas por las federaciones deportivas nacionales res-pecto de faltas y transgresiones en materia deportiva cometidaspor sus afiliados, dirigentes de clubes deportivos, ligas y depor-tistas.

Faltas: Constituyen faltas (artículo 34 del Reglamento de la Leydel Deporte) las siguientes:

a) Enriquecimiento o beneficio indebido en provecho propio ode terceros;

b) abuso de autoridad;

Page 156: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

c) abandono de cargo o de selección;

d) incumplimiento de obligaciones de función o de deberesdeportivos;

e) incumplimiento de disposiciones de autoridades deportivas;

f) incumplimiento de las normas deportivas;

g) presentar documentación o suministrar información falsa; y,

h) cualquier otra infracción a la ley y al presente reglamento.

Sanciones

a) Son sanciones aplicables a las faltas o transgresiones segúngravedad las siguientes (artículo 35 del Reglamento de la Leydel Deporte):

b) Para la graduación y aplicación de las sanciones, el CSJDHDtomará en consideración:

1. Naturaleza y consecuencia de la infracción;

2. daño causado;

3. reincidencia;

4. circunstancia en que se comete la infracción; y,

5. otros criterios a consideración del CSJDHD.

Responsabilidad

— Las sanciones son impuestas sin perjuicio de las que pudierencorresponder por responsabilidades de carácter civil, penal oadministrativa funcional.

Faltas Sanción

Leves

Graves

MuyGraves

1. Amonestación2. Multa de hasta dos UIT

1. Multas mayores de dos UIT hasta 20 UIT.2. Suspensión de la función deportiva o directiva por unperiodo no menor de tres meses ni mayor de un año.

1. Destitución e inhabilitación de la función deportiva odirectiva por período no menor de un año ni mayorde cinco años.

2. Inhabilitación perpetua como deportista o dirigentedeportivo y la cancelación de la condecoración depor-tiva, en su caso.

156 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 157: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

• Otorgamiento de honores y distinciones (artículos 50, Ley del De -por te, 30, 31, 32 del Re gla mento Ley y 7 del Re gla mento delCSJDHD)

— Aprobar la concesión de honores, distinciones y condecoracio-nes. Los laureles deportivos del Perú serán evaluados y aproba-dos de acuerdo con la propuesta del Consejo Directivo del IPD,con arreglo al procedimiento de honores de deporte reguladosen los artículos 30, 31, y 32 de la Ley del Deporte.

55..55 LLaauurreelleess ddeeppoorrttiivvooss

Los laureles deportivos del Perú representan una condecoración que, co -mo recompensa honorífica, otorga el Estado a quien se ha distinguido ex -cep cionalmente en la práctica, labor o dirección del deporte.

Comprende los grados Gran Cruz y Gran Oficial. Consta de una insig-nia y diploma.

Es asignada por la Sala Plena del CSJDHD a propuesta del presidentedel IPD (artículo 30 del Reglamento de la Ley del Deporte). El IPD entre-ga estas condecoraciones mediante resolución del presidente, puede otor-garse también a título póstumo.

Las federaciones deportivas nacionales (artículo 31 del Reglamento dela Ley del Deporte) someten a consideración del CSJDHD para evaluaciónlas respectivas nóminas de candidatos.

Requisitos del candidato

Gran Cruz

• Haber prestado servicios ex cep -cionales en la dirección del depor-te peruano por un pe riodo nomenor de 25 años.

• Haber obtenido récord del mun doo título del Cam peo na to Mundialen la categoría de la más altajerarquía o un ré cord olímpico otítulo de campeonato en losJuegos Olímpicos.

Gran Oficial

• Haber prestado servicios ex cep cio -nales en la dirección del deporteperuano por un periodo no me norde veinte 20 años.

• Haber obtenido el título de Sub -campeón Mundial en la categoríade la más alta jerarquía o subcam-peón de los Juegos Olímpicos.

• Haber obtenido el tercer lugar enun Campeonato Mundial en la ca -te goría de la más alta jerarquía oen los Juegos Olímpicos.

157JUSTICIA DEPORTIVA

Page 158: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

Ambas condecoraciones otorgan al deportista el derecho de inscripciónde su nombre en un lugar designado por el IPD.

Los deportistas calificados de alto nivel tienen derecho a acceder a otrospremios o distinciones que establezca el IPD mediante Resolución de Pre -si dencia, de conformidad con los artículos 70 y 72 de la Ley y el 32 del Re -glamento de la Ley del Deporte.

55..66 FFaaccuullttaaddeess ddeell CCSSJJDDHHDD

El CSJDHD, bajo el reglamento del propio organismo, tiene las siguientesfacultades de acción (artículo 9):

• Podrá actuar de oficio en caso de tomar conocimiento de un he choirregular que se haya generado en el deporte.

• Está facultado para dictar resoluciones y directivas relacionadas a laadministración de justicia deportiva por el propio CSJDHD, así comopor las federaciones y ligas deportivas, incluyendo nor mas procesa-les y precedentes de observancia obligatoria.

• Puede formular recomendaciones relacionadas con la mejor ad -ministración de justicia deportiva por una o más de las federacionesy ligas deportivas. Estas recomendaciones serán necesariamenteconsideradas por la Junta Directiva a la que se le for mulan y estadeberá informar de manera pronta por escrito al CSJDHD los acuer-dos que adopte en relación con estas.

55..77 CCaarraacctteerrííssttiiccaass

El CSJDHD como ente de justicia administrativa en el Perú se rige por dosprincipios:

55..77..11 AApplliiccaacciióónn ddee llaa lleeyy eenn eell ttiieemmppoo

Como principio básico, la legislación en materia de administración de justi -cia deportiva consagra la teoría de la aplicación inmediata de la ley en eltiempo, en la medida en que para decidir sobre la existencia de una faltao transgresión y su correspondiente sanción, se dispone la aplicación delas normas vigentes en la fecha en que fueron cometidas.

Excepcionalmente, rige el principio de retroactividad benigna al permi-tirse la aplicación de las normas vigentes a la fecha del fallo, siempre que

158 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 159: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

sean más favorables al procesado (artículo 10 del reglamento delCSJDHD). Cabe advertir que constitucionalmente se ha establecido que “...Ninguna ley tiene fuerza ni efecto retroactivo, salvo en materia penal,cuan do favorece al reo” (artículo 103 de la Constitución).

55..77..22 IInnaalltteerraabbiilliiddaadd ddee llooss rreessuullttaaddooss ddee llaass ccoommppeetteenncciiaassddeeppoorrttiivvaass

Queda claro que, por ninguna razón, las resoluciones del CSJDHD modi-fican los resultados de las competencias deportivas (artículo 11 del regla-mento del CSJDHD).

55..88 DDee llaass rreessoolluucciioonneess yy sseessiioonneess

Las resoluciones del CSJDHD constituyen la última instancia de justicia de -por tiva (artículo 52 del Reglamento de la Ley del Deporte y 9 del Regla -men to del CSJDHD). Las resoluciones y acuerdos del Consejo de la SalaPle na se comunican a las federaciones deportivas nacionales, ligas depor-tivas y clubes, así como al Comité Olímpico Peruano (artículo 19 del regla-mento del CSJDHD).

El CSJDHD sesiona en Sala Única dos veces por mes como mínimo. Elquórum se establece con tres miembros y la votación es por mayoría sim-ple (artículo 12 del reglamento del CSJDHD).

55..99 FFuunncciioonneess ddee llaa SSaallaa PPlleennaa

A la Sala Plena del CSJDHD le corresponde (artículo 15 del reglamento delCSJDHD):

• Dictar las normas para su organización y funcionamiento, incluyen-do las correspondientes a su Sala Plena.

• Aprobar las resoluciones y directivas que considere convenientepara la mejor administración de la justicia deportiva en todas sus ins-tancias, incluyendo normas de orden procesal, precedentes deobservancia obligatoria y recomendaciones.

• Elegir al presidente y al secretario del CSJDHD.

• A propuesta del Consejo Directivo del IPD, aprobar la concesión dedistinciones, condecoraciones y laureles deportivos del Perú. La SalaPlena dará por ciertos los hechos que sustentan las propuestas delConsejo Directivo. Cuando no se apruebe el otorgamiento de laure-les deportivos a los dirigentes o deportistas por su labor o práctica

159JUSTICIA DEPORTIVA

Page 160: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

dirigencial o deportiva y que tengan mérito suficiente, se le solici-tará que se otorgue una felicitación.

• Adoptar resoluciones y acuerdos relacionados con la aplicación ycumplimiento del reglamento del CSJDHD.

• Proponer las modificatorias al Reglamento del CSJDHD.

• Designar a los asesores ad honorem propuestos por los vocales.

• Determinar los turnos de las Salas del Tribunal del Deporte.

• Proponer y aprobar según sea el caso la condecoración y distincio-nes a los dirigentes y deportistas.

55..1100 FFuunncciioonneess ddeell pprreessiiddeennttee yy ddeell sseeccrreettaarriioo

En el siguiente cuadro se analizan, tomando como base la regulación delre glamento del CSJDHD (artículos 16 y 17), las funciones de los represen-tantes indicados:

55..1111 FFuunncciioonneess ddeell rreellaattoorr,, ddeell aassiisstteennttee aaddmmiinniissttrraattiivvoo yy ddee llaasseeccrreettaarriiaa

El CSJDHD tiene el apoyo en la realización de sus actividades de un abo -ga do colegiado, quien asumirá las funciones de relator, de un asistente ad -mi nistrativo y de una secretaria (artículo 18 de reglamento del CSJDHD).

Del presidente Del secretario

• Dirigir la sesión de Sala Plena;• representar al CSJDHD;• ejecutar los acuerdos delCSJDHD;

• convocar a las sesiones;• tiene voto dirimente en caso deempate;

• solicitar al IPD la contratación ocese del personal para elCSJDHD; y,

• comunicar al IPD la designación deasesores ad honorem.

• Preparar la agenda de las sesiones ycertificar los acuerdos del CSJDHD;

• llevar, actualizar y conservar lasactas de las sesiones;

• comunicar los acuerdos y otorgarcopias, así como registrar los votosen mayoría y minoría; y,

• los que encargue el CSJDHD.

160 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 161: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

55..1122 IInnvveessttiiggaacciióónn yy pprroocceeddiimmiieennttoo

En el siguiente esquema se presentan las etapas del procedimiento, desdela denuncia hasta el derecho de defensa.

161JUSTICIA DEPORTIVA

Del procedimiento—investigación—(artículos 21, 22, 23,24, 25, 26 y 27 delReglamento delCSJDHD)

Denuncia de la falta o trasgresión dentrode los cincos años de ocurrida o desde quefuera conocida por el denunciante en casode no haber sido pública o notoria.

Se designa vocal instructor para queevalúe la procedencia de la denuncia y dicteauto de apertura de instrucción, emplazan-do a los denunciados.

El denunciado tiene diez días hábiles denotificado con el auto de apertura de ins-trucción, para que en el plazo de diez díasde notificado con el auto de apertura de ins-trucción ejerza su derecho de defensa ypresente pruebas.

De no ejercer su derecho de defensa ypresentar pruebas, el proceso continuará yse juzgará en mérito de la denuncia y de laspruebas presentadas al CSJDHD, sin nece-sidad de que se declare expresamente quese ha concluido la investigación.

Denuncia

Derecho dedefensa y prue-

bas

Auto deapertura deinstrucción

Del procedimiento (investigación)

Del relator Del asistente administrativo De la secretaria

• Realizar el seguimientoprocesal de expedientes;

• hacer informes y resú-menes legales;

• proyectar resolucionesde los expedientes; y,

• los que le encargue laPresidencia.

• Gestionar los as pec tosinternos del CSJDHD; y,

• los que le encargue elCSJDHD.

• Redactar oficios, me mo -randos y cartas delCSJDHD;

• archivar los documen tosdel CSJDHD; y,

• otras funciones propiasdel cargo de se cre taria.

Page 162: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

55..1122..11 DDeennuunncciiaa

Deberá precisarse con el debido detalle las acciones u omisiones que cons-tituyan faltas o transgresiones y ofrecer las pruebas sustentatorias (artículo21 del reglamento del CSJDHD).

55..1122..22 PPrreessccrriippcciióónn

Las denuncias deben presentarse al CSJDHD dentro de los cinco años deocurrida la falta o transgresión. En caso de que estas no hubiesen sido pú -blicas ni notorias, el plazo se cuenta desde la fecha en que fueron conoci -das por la parte denunciante (artículo 22 del reglamento del CSJDHD).

55..1122..33 DDeessiiggnnaacciióónn ddee vvooccaall iinnssttrruuccttoorr,, pprroocceeddeenncciiaa yy aauuttooddee aappeerrttuurraa

Recibida la denuncia, el presidente, mediante criterio de rotación, designa -rá al vocal instructor para que se encargue de la investigación, quien eva -lua rá la procedencia de la denuncia y dictará el auto de apertura de ins -truc ción, emplazando al denunciado o denunciados para que en el plazode diez días hábiles contados desde la notificación, ejerciten su derechode defensa y ofrezcan sus pruebas. De no hacerlo, el proceso continuaráy se juzgará en mérito de la denuncia y de las pruebas presentadas alCSJDHD, sin necesidad de que se declare expresamente que se ha con-cluido la investigación (artículo 23 del Reglamento del CSJDHD).

55..1122..44 SSuussppeennssiióónn.. MMeeddiiddaa pprreeccaauuttoorriiaa

La Sala podrá suspender temporalmente al denunciado o denunciados desu cargo de dirigente o de integrante de la selección nacional hasta que seemita el fallo. Si el fallo fuera materia de reconsideración, salvo declara-ción expresa de la Sala, la suspensión automáticamente se extiende hastala fecha de resolución. El período de suspensión se computa como partede la sanción (artículo 24 del reglamento del CSJDHD).

55..1122..55 DDee llaass pprruueebbaass

Conforme lo dispone el artículo 25 del reglamento del CSJDHD, las prue-bas de las que se puede hacer uso en los procesos son:

162 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 163: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

• Instrumentos y documentos públicos y privados.— Los partes y atestados policiales tendrán mérito probatorio.

— Las cintas de vídeo, cintas magnetofónicas y otros medios de ví -deo y/o audición serán entregadas con una descripción y/o tras-cripción escrita de su contenido (ello en concordancia con el ar-tículo 234º del Código Procesal civil). Aquel que las ofrece debefa cilitar el equipo y operador competente requeridos para suexhi bición y reproducción. La Sala podrá señalar lugar, fecha yhora para la diligencia de apreciación de estas pruebas, notifican -do a todas las partes del proceso por lo menos con tres días hábi-les de anticipación.

— Inspección— Peritaje— Sucedáneos, medios probatorios

Las pruebas deben actuarse o entregarse dentro del plazo que al efec-to señale la Sala.

55..1122..66 AAmmpplliiaacciióónn ddee llaa iinnvveessttiiggaacciióónn

La Sala puede ampliar la investigación de los hechos y omisiones que con-figurasen las faltas o transgresiones. Asimismo, puede pedir el apoyo delos órganos técnicos del IPD para un mejor conocimiento o constataciónde los hechos (artículo 26 del reglamento del CSJDHD).

55..1122..77 OObblliiggaacciióónn ddeell ddeennuunncciiaannttee

La parte denunciante estará en todo momento obligada a proporcionar ladocumentación e información que le solicite la Sala (artículo 27 del regla-mento del CSJDHD).

55..1133 PPrroocceessoo ((sseeggúúnn eell aarrttííccuulloo 2288 ddeell rreeggllaammeennttoo ddeell CCSSJJDDHHDD))

55..1133..11 IInnffoorrmmee oorraall yy aauuddiieenncciiaa ppúúbblliiccaa

Concluida la investigación, se procede a los informes orales en una au -dien cia pública ante la Sala en el lugar, fecha, hora y por el tiempo desig-nado por esta, debiendo responderse a las preguntas de los vocales. En es -ta audiencia solo participan las personas que decida la Sala, incluyendo alas partes y sus abogados si lo solicitaran.

163JUSTICIA DEPORTIVA

Page 164: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

55..1133..22 DDeell ffaalllloo

La Sala debe emitir su fallo dentro de un plazo no mayor de cincuenta díashábiles desde la fecha señalada para la audiencia.

55..1133..33 RReeccuurrssooss iimmppuuggnnaattoorriiooss

• Reconsideración.- Este recurso solo podrá ser formulado en los proce -sos en los que la Sala conozca, en única instancia, las faltas y trans-gresiones a la Ley del Deporte, a su Reglamento y a la normatividadde portiva cometidas por dirigentes deportivos, oficiales y técnicos dede legaciones, así como por deportistas seleccionados como represen-tantes del Perú; y por los demás agentes deportivos no contempladosen el inciso a) del artículo 33 del reglamento de la Ley del Deporte(ar tículo 29º del reglamento del CSJDHD), conforme al artículo 208 dela Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 27444.

• Casación.- Conforme lo indica el artículo 30 del reglamento delCSJDHD, el recurso de casación procede contra las resoluciones ex -pe didas por las federaciones deportivas nacionales respecto a faltasy transgresiones en materia deportiva cometidas por sus afiliados, di -ri gentes de clubes deportivos, ligas y deportistas.

— Legitimidad activa para presentar el Recurso de Casación.- Solopuede ser interpuesto por la persona o personas sancionadas conla resolución emitida por la Federación Deportiva.

— Formalidad del Recurso de Casación.- Debe presentarse por es -crito ante el CSJDHD, debidamente fundamentado, dentro delpla zo de diez días de notificado el fallo o resolución que motivael recurso, mencionando expresamente las normas que han sidoinvocadas, pudiendo las partes presentar las pruebas pertinentes.

• Resolución del recurso de casación.- En el supuesto de infracción dealguna de las normas pertinentes, la Sala resuelve sobre el asunto defondo. En el caso de omisión de alguna formalidad esencial en el pro-cedimiento, la Sala casará la resolución de la instancia inferior dispo-niendo que se subsane y se proceda a dictar nueva resolución sobreel asunto de fondo, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Sala.

55..1133..44 OObblliiggaacciioonneess

• De la Federación Deportiva relativa a información y documenta-ción.- La Federación Deportiva está obligada a entregar a la Sala elexpediente en el cual se impuso la sanción que motiva el Recurso

164 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

Page 165: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

de Casación. En ese sentido, el expediente debe estar completo y fo -liado, con todas las pruebas presentadas que por razones materialesno se hubiesen podido insertar en el expediente, así como a propor -cionar toda la documentación e información referente al procesoque requiera la Sala en el plazo de cinco días de recibida la notifica -ción, bajo apercibimiento de abrirle proceso de investigación.

• Del personal de los miembros del Consejo Directivo de la Federación.-Están personalmente obligados a adoptar todas las medidas requeri-das para el debido cumplimiento del reglamento del CSJDHD, de lasresoluciones y los fallos del CSJDHD. En caso de incumplimiento, deno remitir la documentación e información solicitada por elCSJDHD, se le abrirá proceso de investigación y se le aplicarán lassanciones establecidas en los artículos 34 y 35 del reglamento de laLey del Deporte (artículo 31 del Reglamento del CSJDHD).

55..1133..55 DDee llaass rreessoolluucciioonneess

Los fallos y resoluciones de única instancia, y en casación, serán motiva-dos y las partes serán notificadas por la propia Sala, debiendo cumplirsein mediatamente por la instancia que ha sido derivada (artículo 32 del Re -glamento del CSJDHD).

55..1133..66 IInniimmppuuggnnaabbiilliiddaadd,, ccoorrrreecccciióónn oo aammpplliiaacciióónn

No cabe recurso en vía administrativa contra resoluciones o fallos dictadospor el CSJDHD. Sin embargo, de oficio o por pedido escrito de parte, for-mulado dentro del tercer día hábil de notificado, la Sala podrá corregircualquier error (material o numérico) o ampliar el fallo en cuanto a pun-tos omitidos, quedando agotada la vía administrativa (artículo 33 del regla-mento del CSJDHD).

55..1133..77 CCoonncceeppttooss ddee rreelleevvaanncciiaa pprroocceessaall

• Función normativa.- La Sala Plena del CSJDHD está facultada paradictar normas para el mejor desarrollo de los procesos contempla-dos en el reglamento (artículo 34 del reglamento del CSJDHD).

• Supletoriedad.- Se aplicará supletoriamente la Ley del ProcedimientoAdministrativo General20 (artículo 35 del reglamento del CSJDHD).

165JUSTICIA DEPORTIVA

20 Ley 27444 (El Peruano, 11 de abril del 2001), artículos 229 a 237, capítulo II (“Pro -cedimiento sancionador”) del título IV (“De los procedimientos especiales”).

Page 166: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

• Independencia y descentralización.- Cada Federación Deportiva Na -cional establecerá un Sistema de Justicia y Honores del Deporte (ar -tí culos 54 de la Ley de Deporte y 13 del reglamento del CSJDHD).

66.. LLaass iinnffrraacccciioonneess

Hay dos tipos de infracciones: a) las que afectan las reglas de juego o com-petición; es decir que vulneran, impiden o perturban su normal desarrollo;y, b) las que afectan las normas generales deportivas son las que se produ -cen fuera del juego, encontrándose tipificadas en normas disciplinariasdeportivas.21

66..11 LLooss ssuujjeettooss ttiittuullaarreess ddee llaa ppootteessttaadd ddiisscciipplliinnaarriiaa

La potestad disciplinaria recae en las siguientes instancias y personas:

• Los jueces o árbitros en los encuentros o pruebas de acuerdo conlas reglas para la modalidad deportiva.

• Los clubes deportivos respecto de sus socios o asociados, deportis-tas, técnicos, directivos o administrativos.

• Las ligas profesionales sobre los clubes y sus directivos.

• Las federaciones deportivas respecto de los sujetos que forman partede su estructura, así como de los clubes deportivos y los jueces.

• El CSJDHD.

77.. MMeeccaanniissmmooss aalltteerrnnaattiivvooss ddee ssoolluucciióónn ddee ccoonnfflliiccttooss eenn eellddeeppoorrttee

Mediación, conciliación y arbitraje se presentan como fórmulas alternativasa la solución de conflictos. En tanto que los procesos judiciales se dilatanen el tiempo, estos mecanismos ofrecen un proceso más eficiente.

La conciliación tiene carácter consensual. Los acuerdos son adoptadospor las partes conforme a su libre voluntad. La mediación es aquel méto-do a través del cual un tercero, distinto de las partes en conflicto, colabo-ra con ellas y propone opciones con el fin de llegar a una solución; solopropone y recomienda, siendo las partes quienes finalmente determinan la

166 ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI

21 ESPARTERO CASADO, Julián (coord.). Op. cit., 2004, pp. 248 y 249.

Page 167: Derecho deportivo en el Perú - Ulima

solución. Caso distinto es el del arbitraje, donde las partes se someten ex -pre samente a la decisión de un tercero.

Estos mecanismos de solución de conflictos no son ajenos a la materiade portiva. Al contrario, como indica Carlezzo, los litigios que surjan de lasrelaciones deportivas requieren instrumentos que ofrezcan una respuestarápida y calificada.22 Más aún, como ciencia joven, el derecho deportivono podría quedar fuera de esta nueva forma de resolución de conflicto.23

El mayor inconveniente que se cruza en el camino es que en materiala boral sus normas son inderogables y sus derechos indisponibles; de allíla discusión de la (in)admisibilidad del arbitraje, denominado amigable -men te juicio privado,24 en materia deportivo laboral.

En el ámbito internacional, el arbitraje se aplica a través de instancias,co mo el Tribunal Arbitral de Deporte, que pertenece al Comité OlímpicoIn ternacional (COI) y el Tribunal Español de Arbitraje Deportivo, que per -te nece al Comité Olímpico Español. Asimismo, en España y en Argentinaexisten tribunales arbitrales de fútbol.

En el Perú, por ejemplo, existe la Cámara de Conciliación y de Re so lu -ción de Disputas de la Federación Peruana de Fútbol, que tiene por obje-to conciliar y resolver disputas laborales y contractuales que se derivan en -tre los jugadores y los clubes.

En este punto, cabe mencionar la labor desarrollada por un organismodel ámbito internacional como es el Tribunal de Arbitraje Deportivo, crea-do en 1983. Se trata de una institución independiente de cualquier organi-zación deportiva, cuyo fin, entre otros, es resolver disputas deportivas; asi-mismo, cumple funciones como tribunal arbitral de instancia única, pararemediar las controversias que se suscitan entre las partes que hayan acor-dado someterlas a su competencia.

167JUSTICIA DEPORTIVA

22 CARLEZZO, Eduardo. Direito desportivo empresarial, 2004, p. 177.23 Ibídem, p. 178.24 CASTILLO FREYRE, Mario y Ricardo VÁSQUEZ KUNZE. El juicio privado: La ver-

dadera reforma de la justicia, 2006.

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EEppííllooggoo

I

El deporte está ligado a las relaciones socioculturales de los pueblos. A tra -vés de él, las personas se relacionan entre sí formando lazos especiales, in -te grándose en eventos en los que la destreza y la habilidad permiten untriunfo. Tan humano en su quehacer, el deporte permitió, a lo largo de lahistoria de la humanidad, la sociabilización del hombre.

Junto con la sociedad, el deporte ha evolucionado, alcanzando nivelesy estándares propios de una actividad empresarial. Hoy se puede decir quees uno de los principales rasgos que caracterizan a la sociedad moderna.La escalada es en todo sentido; tiene impacto en la economía y en el mer-cado. La praxis deportiva genera múltiples consecuencias sociales que im -pactan en el ámbito jurídico, tanto que la ley ha encontrado en el depor-te un importante nicho para construir una nueva especialidad: el derechodeportivo.

II

Independientemente de la denominación que le demos, el derecho depor-tivo regula la actividad generada por los actos, conductas y vínculos exis-tentes entre todas aquellas personas relacionadas con el deporte. Es unara ma del derecho que protege jurídicamente al ser humano frente a lasprác ticas y técnicas deportivas, estableciendo reglas que beneficien a laper sona y a la sociedad. Tal es su singularidad que viene adquiriendo unaautonomía propia, debido a que regula el deporte como fenómeno social(cultural) y como empresa (ganancia), lo que exige una dogmática y unanor mativa ad hoc. Es un típico derecho disciplinar, consuetudinario y esta-tutario contenido en sus propias fuentes.

Las fuentes del derecho deportivo no son muy diversas de las de otrosde rechos. Tienen semejanzas con las del derecho comercial en la medida

[ 169]

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ENRIQUE VARSI ROSPIGLIOSI170

en que los usos y costumbres juegan un rol protagónico pero, a la vez,presta atención a sus propios principios generales. Y son en estos donderadica la diferencia y, qué duda cabe, el éxito para la solución de los con-flictos y estructura de su futura legislación.

III

Como parte de su estructura, el derecho deportivo tiene un conjunto deca racterísticas: a) regula una actividad especial; b) está constituido por nor-mas, usos, jurisprudencia, doctrina y una rica casuística; c) parte de su nor-matividad es sancionada por el Estado (leyes, decretos) y otra por sus pro-pias instituciones privadas (estatutos, reglamentos); d) es un derecho so -cial, tiene de público y de privado; e) la economía y la inversión convier-ten al deporte en un negocio rentable; y, f) la normativa deportiva tras-ciende a sus actores directos, prestando cuidado a todos aquellos sujetosque, de una u otra manera, son afines a la actividad deportiva.

Por la complejidad de situaciones jurídicas que envuelve el deporte, esdi fícil encuadrarlo en alguna de las ramas del derecho existentes. Esto de -termina que se presente como una disciplina nueva, en formación, quepau latinamente se está dando a conocer entre nosotros y que sus cimien-tos se construyen sobre la base institucional de diversas ciencias, lo queno quiere decir que no sea una disciplina autónoma, independiente; porel contrario, ello lo reafirma, pues ninguna de las ramas existentes del de -recho puede regular íntegramente la diversidad de situaciones y relacionesque generan las actividades deportivas.

Su gradual autonomía se viene fortaleciendo con la declaración de losprincipios rectores del derecho deportivo. Entre estos tenemos: a) recono-cimiento del deporte como un derecho colectivo; b) promoción estatal; c)no discriminación; d) tutela eficaz, necesaria y proporcional; e) función so -cial del deporte; f) sujeción a disposiciones internacionales y nacionales;g) autorreglamentación; h) ética deportiva; i) espíritu y moral deportiva; j)ley de la ventaja; k) libertad de asociación; y, l) el interés superior deldeportista.

IV

La evolución normativa del deporte es interesante y curiosa. Desfila de laajuridicidad hacia la hiperjuridicidad, lo cual es una tendencia mundial. Enel Perú, a partir de 1985, con la dación de la primera Ley del Deporte, sele gisla la práctica deportiva. Desde esa fecha se produce una proliferacióninorgánica de normas que saturan su campo de acción, no necesariamen-te para bien. En muchos casos, son normas demagógicas, programáticas,re glamentaristas, con un contenido cierto pero de dudosa ejecución.

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EPÍLOGO 171

El deporte es un tema convocado por la Constitución Política. En elPerú, la Carta de 1979 presenta como novedad la materia deportiva. Conella se constitucionaliza el deporte, dándole la importancia que merece co -mo actividad humana y, también, reconociendo el compromiso del Estadocon la fijación de políticas acordes. Nuestra Carta de 1993 no lo descuida.Reconoce que el ser humano tiene derecho a su integridad psíquica y físi-ca, a su libre desarrollo y bienestar (inciso 1, artículo 2). En ese sentido,no puede negarse que la práctica del deporte redunda en beneficio de larealización de estos derechos. Asimismo, se reconoce que la promoción dela educación física y el deporte (artículo 14) en el entendido de que no so -lo es importante instruir la mente (la psique), sino también el cuerpo (so -ma). Sin embargo, el panorama constitucional no es del todo alentador,pues no le otorga al deporte la debida atención, como sí lo hacen otrascons tituciones en el derecho comparado.

V

El deporte no es solo un hobby. Como medio de realización de la perso-na, el deporte es un derecho reconocido oficialmente que, a estas alturas,requiere de un sesudo estudio jurídico. Cierto es que se fomenta su acce-so, se promociona su práctica, se incentiva su integración social pero lainorganicidad de su legislación lo desmerece.

El deporte es un típico derecho fundado mediante el cual el hombrepuede lograr un sentido a su vida, practicándolo, realizándolo o, simple-mente, viviéndolo. Modernamente, el deporte se ha integrado al denomi-nado derecho al ocio en la idea de que canaliza el tiempo libre de la per-sona buscando su adecuada utilización. El hombre lo utiliza como un me -dio para lograr su desarrollo, mejorar su calidad de vida y mantener unasalud ordenada, que le permita sentirse bien en toda su dimensión.

Como derecho de la persona facilita la satisfacción de intereses. Es unmedio en el que se despliega una actividad económica como labor profe-sional. Presenta un doble aspecto, como derecho personal y como dere-cho social. El primero relaciona al sujeto con su estado biológico y men-tal. El segundo, con sus relaciones laborales y económicas. Permite un afi-namiento en el desarrollo de las potencialidades del niño en su tránsito deindividuo a persona y de la aptitud que requiere como ser social: edificaal ser humano. Con el deporte, se satisfacen las variadas necesidades hu -manas, ayuda a conseguir el equilibrio vital y el trato con los demás, por-que el deporte es integrativo y coexistencial. Su fin es contribuir al pro-yecto de vida, enriquecer las dimensiones humanas y fortalecer los valo-res morales, éticos y sociales, que son la base de la vida.

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VI

La normatividad local no llega a comprender su trascendencia. El carácterdifuso de nuestra legislación deportiva, la asimetría en el tratamiento delos principios que inspiran el deporte, la diversidad de criterios legales ylo tendencioso de su aplicación le dan no solo un matiz grisáceo, sino untra tamiento secundario al deporte. Esto lo vemos claramente reflejado enla Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte (Ley 28036), cuyo objeto esnormar, desarrollar y promover el deporte como actividad física en sus di -ferentes disciplinas y modalidades por medio de sus componentes básicos:la educación física, la recreación y el deporte en forma descentralizada, enel ámbito local, regional y nacional.

El deporte, más allá de su regulación normativa, es un quehacer huma-no que requiere encontrar el mejor tratamiento legal. Es preciso pensar enuna norma orgánica que regule la actividad deportiva con el profesiona-lismo que merece. Esta es la urgencia que el deporte en el Perú intima.Quizá sería aconsejable contar con un Código del De porte; no solo conuna ley. Lo que se requiere es un cuerpo legislativo orgánico, sistemáticoy coherente, que trate a esta dis ciplina en su verdadera dimensión.

Este Código del Deporte deberá contener, entre otros, los siguientes te -mas: a) el reco no cimiento de los principios del deporte; b) los incentivosa la iniciativa pri vada en su fomento; c) la garantía de autonomía; d) elasociacionismo deportivo; e) el destierro del intervencionismo y el centra-lismo; f) el profesionalismo y el amateurismo; g) los derechos y las obli-gaciones deporti vas; h) la prevención y la sanción de la violencia y eldoping; i) el contrato de trabajo del deportista; j) la justicia deportiva; y, k)el régimen disciplinario y sancionador en el deporte.

VII

En definitiva, consideramos que el tema no comienza con la simple indica -ción de un derecho al deporte ni termina con una nova lex sportivus. Pre -ci sa de un sistema deportivo capaz y comprometido, alejado de las po lí ti -cas gubernamentales, que sea independiente y empresarial, capaz de exi-gir rendimiento a los dirigentes. Una vez establecido ello, podríamos(re)pen sar en los derechos fundamentales deportivos de la persona, quetienen como base la educación física y el deporte, entendido, también,como cultura.

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La ley no hace todo, eso lo sabemos. Con este ensayo solo hemos que-rido teorizar un poco, que nos sirva de catarsis para reflexionar seriamen-te sobre el tema. El deporte, más que la mera motricidad realizada por elatleta, sumado a su anhelo de ganar, es parte de la vida social y de la eco-nomía. Lo vivimos todos, haciéndolo o viéndolo, lo que debe ser corres-pondido con una teoría sensata y moderna que permita deliberar en tornoa un verdadero derecho deportivo, acorde con nuestras necesidades y conel futuro que queremos.

173EPÍLOGO

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