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Derecho de Petición No. 16 dirigido al Señor Presidente Álvaro Uribe Vélez en favor de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó Marzo 31 de 2008 Señor Presidente: a pesar de todo el asentimiento a los crímenes que su acti- tud implica, no podemos dejar de clamar, de exigir, de suplicar y de utilizar los mecanismos que la Constitución y las Leyes siguen ofreciendo formal e inefi- cazmente, para insistir nuevamente en que Usted tiene obligación constitucio- nal de impedir tanta barbarie y que la Constitución siempre le ha otorgado mecanismos apropiados para que pueda hacerlo. Bogotá, 1° de abril de 2008 Doctor ÁLVARO URIBE VÉLEZ Presidente de la República Casa de Nariño Ciudad Ref: Derecho de Petición de 29.07.03 – Rad: 152982 Derecho de Petición de 15.10.03 – Rad: 195947 Derecho de Petición de 15.01.04 – Rad: 241719 Derecho de Petición de 26.02.04 – Rad: 260021 Derecho de Petición de 05.04.04 – Rad: 279992 Derecho de Petición de 20.05.04 – Rad: 300313 Derecho de Petición de 06.07.04 – Rad: 320803 Derecho de Petición de 20.09.04 – Rad: 359840 Derecho de Petición de 19.01.05 – Rad: 399453 Derecho de Petición de 12.05.05 – Rad: 419900 Derecho de Petición de 16.09.05 – Rad: 435971 Derecho de Petición de 21.11.05 – Rad: 442212 Derecho de Petición de 16.03.06 – Rad: 06-26397 Derecho de Petición de 18.09.06 – Rad: 06-209339 Derecho de Petición de 03.07.07 – Rad: 07-67332 De toda consideración. En 15 ocasiones anteriores he acudido a Usted, Señor Presidente, invocando el Derecho Constitucional de Petición, consagrado en el Artículo 23 de la Consti- tución Nacional y en los artículos 5 y siguientes del Código Contencioso Admi- nistrativo, con el fin de solicitarle encarecidamente que haga cesar la persecu- ción contra la Comunidad de Paz de San José de Apartadó, persecución que obedece a políticas de Estado que no se han modificado con el relevo periódico de comandantes del Ejército y de la Policía en la zona, ni con las supuestas

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  • Derecho de Peticin No. 16 dirigido al Seor Presidente lvaro Uribe Vlez en favor de

    la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad Marzo 31 de 2008

    Seor Presidente: a pesar de todo el asentimiento a los crmenes que su acti-tud implica, no podemos dejar de clamar, de exigir, de suplicar y de utilizar los mecanismos que la Constitucin y las Leyes siguen ofreciendo formal e inefi-cazmente, para insistir nuevamente en que Usted tiene obligacin constitucio-nal de impedir tanta barbarie y que la Constitucin siempre le ha otorgado mecanismos apropiados para que pueda hacerlo. Bogot, 1 de abril de 2008 Doctor LVARO URIBE VLEZ Presidente de la Repblica Casa de Nario Ciudad Ref:

    Derecho de Peticin de 29.07.03 Rad: 152982 Derecho de Peticin de 15.10.03 Rad: 195947 Derecho de Peticin de 15.01.04 Rad: 241719 Derecho de Peticin de 26.02.04 Rad: 260021 Derecho de Peticin de 05.04.04 Rad: 279992 Derecho de Peticin de 20.05.04 Rad: 300313 Derecho de Peticin de 06.07.04 Rad: 320803 Derecho de Peticin de 20.09.04 Rad: 359840 Derecho de Peticin de 19.01.05 Rad: 399453 Derecho de Peticin de 12.05.05 Rad: 419900 Derecho de Peticin de 16.09.05 Rad: 435971 Derecho de Peticin de 21.11.05 Rad: 442212 Derecho de Peticin de 16.03.06 Rad: 06-26397 Derecho de Peticin de 18.09.06 Rad: 06-209339 Derecho de Peticin de 03.07.07 Rad: 07-67332

    De toda consideracin. En 15 ocasiones anteriores he acudido a Usted, Seor Presidente, invocando el Derecho Constitucional de Peticin, consagrado en el Artculo 23 de la Consti-tucin Nacional y en los artculos 5 y siguientes del Cdigo Contencioso Admi-nistrativo, con el fin de solicitarle encarecidamente que haga cesar la persecu-cin contra la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad, persecucin que obedece a polticas de Estado que no se han modificado con el relevo peridico de comandantes del Ejrcito y de la Polica en la zona, ni con las supuestas

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    desmovilizaciones de grupos criminales que a todas luces han actuado y con-tinan actuando como auxiliares de la fuerza pblica en la regin, configurando un cuadro de crmenes sistemticos de lesa humanidad y de violaciones multi-formes de los derechos humanos fundamentales a los integrantes de dicha co-munidad y a la poblacin campesina de su entorno. Sin embargo, nunca he ob-tenido respuesta alguna de su parte que no sean los acuses de recibo y/o notifi-caciones de remisin a otras instancias. Como se lo he explicado reiterativamente, al formular esas peticiones no he pre-tendido dirigirlas por su conducto a rganos del poder judicial o disciplinario del Estado, toda vez que all siempre se ha obtenido como respuesta la impuni-dad absoluta durante varias dcadas, desde la horrenda masacre perpetrada en la vereda La Resbalosa en julio de 1977 por oficiales y soldados de la base mili-tar de La Maporita. Los centenares de declaraciones rendidas por pobladores de la zona en juzgados, fiscalas y procuraduras durante estas dcadas slo han servido para que muchos de los declarantes sean asesinados, perseguidos, ame-nazados o desplazados, pero jams para que los culpables sean sancionados ni las vctimas reparadas. Las ltimas actuaciones de la Fiscala para darle un cier-to desarrollo procesal a la horrenda masacre del 21 de febrero de 2005, perpe-trada en las veredas de Mulatos y La Resbalosa, constituyen una verdadera ex-cepcin, pero todo muestra que ese desarrollo procesal se debe a presiones del Congreso de los Estados Unidos y a intervenciones del Departamento de Estado que responden a la vez a presiones de dichos congresistas, pues, mientras ese caso recibe un cierto desarrollo procesal, los dems centenares de casos conti-nan en absoluta impunidad. El Artculo 188 de la Constitucin Nacional le impone al Jefe del Estado, con toda nitidez, el carcter de GARANTE de los derechos fundamentales de los colombianos, y para poder cumplir dicha obligacin la misma Carta dota al Presidente de atribuciones suficientes, como la de Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas (Art. 189,3) y la de nombrar y remover libremente a sus age n-tes (Art. 189,13). La misma Carta, en sus artculos 6 y 198 seala tambin la res-ponsabilidad que atae al Jefe del Estado por las omisiones en el cumplimiento de la ley. Por su parte, la Corte Constitucional, en su Sentencia SU-1184/01, es-tablece los alcances de la posicin de garante , afirmando que en las relaciones de jerarqua, el superior con autoridad o mando, tiene el deber de tomar medidas especiales (deberes de seguridad en el trfico) para evitar que personas que se encuentran bajo su efectivo control, realicen conductas que vulneran los derechos fundamentales (...) por ser garante se le imputa el resultado lesivo del inferior y no el simple incum-plimiento de un deber funcional. Por otra parte, una tradicin jurdica universal concuerda en imputarle resulta-dos daosos a un individuo que no los ha producido directame nte, cuando los

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    actos que hubieran evitado el resultado eran jurdicamente exigibles. En este caso, Seor Presidente, no existe ninguna duda acerca del derecho de un pueblo y de una comunidad intensamente victimizada, de exigirle a quien la Constitu-cin designa como GARANTE de sus derechos fundamentales, que tome medi-das eficaces y contundentes para evitar actos, acciones y polticas sistemticas que estn destruyendo sus vidas y negando sus derechos ms fundamentales como seres humanos, y que la no actuacin eficaz del GARANTE revierte sobre ste la responsabilidad de los crmenes como si l mismo los hubiese perpetra-do. Adicionalmente, las obligaciones que el Estado colombiano ha contrado con la comunidad internacional al suscribir y ratificar la mayora de convenciones y tratados que miran a la proteccin de los derechos humanos fundamentales, reconocidas como de absoluta prevalencia en los artculos 93 y 94 de la Consti-tucin, obligaciones que tienen la misma imperatividad a la luz del derecho in-ternacional consuetudinario, reclaman la intervencin directa del Jefe del Esta-do para detener y corregir situaciones estructuralmente lesivas de la dignidad humana, convertidas en prcticas sistemticas que se han prolongado por va-rias dcadas; para restablecer los derechos de las vctimas y para reparar las lesiones causadas por sus omisiones. La preservacin de los derechos fundamentales de los colombianos le impone, Seor Presidente, la obligacin de depurar instituciones del Estado que vuln e-ran de manera sistemtica esos derechos. Mucho le hemos suplicado, Seor Pre-sidente, que intervenga a fondo la Brigada XVII del Ejrcito y el Departamento de Polica de Urab; que retire a sus comandantes y responsables de tantos cr-menes; que designe para reemplazarlos a miembros de la fuerza pblica que acaten la Constitucin y las leyes, el Derecho Internacional y los principios ti-cos universales, peticiones que Usted nunca ha querido escuchar a pesar de su elemental justeza y del clamor apremiante con que tntas veces le hemos supli-cado actuar. Los relevos peridicos de comandancias no han modificado en na-da la criminalidad de esas instituciones, lo que revela una poltica de Estado que justifica an ms estas apremiantes peticiones, sobre todo cuando ya los crmenes de varios aos pesan sobre su personal responsabilidad histrica que la justicia internacional sabr enjuiciar algn da. Desde el ltimo Derecho de Peticin radicado en su despacho el 3 de julio de 2007, la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad y la poblacin campesina que la rodea se han visto sometidas a las agresiones que a continuacin le refie-ro:

    El 25 de mayo de 2007, desde las 8:00 horas, delegados de la Comunidad

    de Paz sostuvieron un dilogo en Bogot con funcionarios de la Defenso-

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    ra Nacional del Pueblo, en el cual expusieron varios problemas relacio-nados con el comportamiento del Defensor Comunitario asignado a la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad y con algunas posiciones de la Defensora en la regin. En primer lugar, no entendan cmo la Defen-sora permita que el Gobierno Nacional estuviera hablando de un su-puesto retorno de 1200 familias, anteriormente desplazadas, al territorio de San Jos, informacin que no tena ningn sustento en la realidad. Se le manifest a la Defensora que tampoco se entenda cmo se toleraba el accionar paramilitar en la inversin social y se callaba ante esto. Tampo-co se entenda el silencio de la Defensora ante la multiplicacin de ame-nazas de muerte por parte de los paramilitares. Se les manifest tambin la preocupacin por el hecho de que la Defensora estaba aconsejando a las personas detenidas arbitrariamente que se declararan culpables de lo que se les imputaba, ofrecindoles los servicios de la Defensora Pblica para sacarlos en libertad a los tres meses. Tambin se le transmiti a la Defensora la preocupacin porque el Defensor Comunitario no estaba haciendo presencia en la Comunidad de Paz los das que se haba acor-dado, como proteccin y presencia del Estado. Finalmente se les transmi-ti a los funcionarios de la Defensora Nacional la honda preocupacin por el hecho de que el Defensor Comunitario asignado a la Comunidad de Paz sea cada vez ms adicto al alcohol, permaneciendo gran parte del tiempo ebrio en el lugar de trabajo, perdiendo autoridad incluso ante la fuerza pblica con la cual pasa largas horas departiendo. Se solicit, ante estas anomalas, una revisin del papel que est cumpliendo la Defenso-ra del Pueblo frente a la Comunidad de Paz y, en general, frente a lo que est ocurriendo en la regin.

    El 9 de julio de 2007, hacia las 21:00 horas, se produjo un enfrentamiento

    armado entre la guerrilla y los policas acantonados en el casero de San Jos, dentro del cual un polica result muerto. De la manera ms perver-sa y como parte de una campaa de calumnias y de injurias contra la Comunidad de Paz, miembros de la Polica afirmaron al da siguiente, 10 de julio, entre las 13:00 y las 14:00 horas, en San Jos, que el ataque se haba preparado en el asentamiento de la Comunidad de Paz. Dicha in-famia no fue sancionada por las jerarquas castrenses ni por la Fiscala ni por la Procuradura. La infamia fue acompaada de nuevos anuncios, por parte de los policas calumniadores, de masacres inminentes contra la Comunidad de Paz.

    El 12 de julio de 2007, a las 17:35 horas, dos paramilitares que se movili-

    zaban por la carretera que conduce de Apartad a San Jos, en el sitio Tierra Amarilla, detuvieron un vehculo y mostraron sus armas afirman-do que pertenecan a la estructura paramilitar guilas Negras. Pro-

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    rrumpieron en amenazas contra la Comunidad de Paz y dijeron que iban a estar controlando esa zona para tomar represalias contra los integran-tes de la Comunidad de Paz.

    El 13 de julio de 2007 a las 12:15 horas, sobre la carretera que de Aparta-

    d conduce a San Jos, otro vehculo de servicio pblico fue interceptado por los mismos paramilitares armados que el da anterior se haban iden-tificado como pertenecientes a la estructura guilas Negras, obligaron a descender del vehculo a DAIRO TORRES, Coordinador de la Zona Humanitaria de Altobonito e integrante de la Comunidad de Paz, y lo asesinaron. El crimen ocurri a menos de 2 minutos del sitio donde la Polica mantiene permanentemente un retn. Los asesinos haban sido vistos ese mismo da a las 9:10 horas departiendo con los policas.

    Los das 15 y 16 de julio de 2007, entre las 9:00 y las 17:00 horas, los pa-

    ramilitares hicieron presencia en la carretera entre Apartad y San Jos, a 100 metros del sitio donde asesinaron a Dairo Torres el da 13, junto a una empacadora de banano. En esos das justamente el retn de la Polica que ordinariamente est ubicado a pocos metros de ese sitio, no estuvo en funcionamiento.

    Los mismos das 15 y 16 de julio de 2007, entre las 8:30 y las 16:30 horas,

    el Ejrcito mont retenes en la salida de San Jos hacia el casero de La Unin, realizando empadronamientos ilegales, expresamente prohibidos por la Corte Constitucional.

    Entre los das 11 y 15 de julio de 2007, fueron vistos grupos de paramili-

    tares desplazndose por las veredas de Playa Larga y Nueva Antioquia y cobrando impuestos ilegales sobre la madera, el maz y el ganado. Lan-zaron repetidas amenazas contra la Comunidad de Paz, afirmando que van a seguir asesinando a integrantes de la Comunidad de Paz a la cual van a exterminar. Se supo que tienen un asentamiento permanente en Nueva Antioquia, donde Ejrcito y Polica tienen presencia permanente, desde donde se desplazan a las veredas cercanas.

    El 17 de julio de 2007 los medios de comunicacin locales transmitieron

    informaciones suministradas por la fuerza pblica afirmando que Dairo Torres no era miembro de la Comunidad de Paz ni de la Zona Humani-taria de Altobonito.

    El 20 de julio de 2007, a las 10:30 horas, los miembros del Consejo Inter-

    no de la Comunidad de Paz: GILDARDO TUBERQUIA, JESS EMILIO TUBERQUIA y ANBAL DURANGO, fueron detenidos al pasar por el

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    casero de San Jos, por hombres de civil quienes les pidieron identificar-se. Al negarse ellos a identificarse ante civiles, aparecieron varios policas que les pidieron tambin identificarse y les entregaron sus documentos a los personajes de civil quienes anotaron sus datos en un cuaderno. Los lderes de la Comunidad protestaron por un procedimiento tan irregular y exigieron que los personajes en trajes civiles se identificaran. Los poli-cas respondieron que ellos hacan lo que les diera la gana. Todo daba a entender que los hombres en trajes civiles eran paramilitares. Los lderes se regresaron y llamaron a la Defensora del Pueblo para que pidiera ex-plicaciones, pero la Defensora y la Procuradura se negaron a acudir por ser da festivo. Una delegacin de la Comunidad con acompaantes in-ternacionales se desplaz hasta el Comando de Polica a pedir explica-ciones y el Comandante mand llamar a los policas, pero stos negaron que hubiese personas de civil reteniendo a la gente y adems negaron que estuvieran anotando informaciones ilegales. Luego de que las vcti-mas les echaron en cara su manera tan terriblemente descarada de me n-tir, los policas aceptaron la presencia de civiles pero afir maron que eran de la SIJIN y que tenan distintivos lo cual era tambin absolutamen-te falso. Finalmente los policas anunciaron que traeran a los dos hom-bres de civil para identificarlos, pero no lo hicieron, entre tanto el Co-mandante de la Polica afirmaba ante los presentes que la prohibicin de la Corte Constitucional de hacer empadronamientos, no les obligaba a ellos. Los lderes de la Comunidad le respondieron que lo que estaba afirmando no tena sustento jurdico alguno, a lo cual l reconoci que los empadronamientos son ilegales pero que sin embargo los estn prac-ticando. Todo esto evidencia una vez ms el comportamiento fuera de la ley de la fuerza pblica y su unidad de accin con paramilitares.

    El 22 de julio de 2007, hacia las 17:30 horas, fueron detenidos en la salida

    de San Jos hacia la vereda La Unin, los jvenes JOS HIGUITA y JA-MES GRACIANO POSSO por dos hombres en trajes civiles y sometidos a interrogatorios propios de empadronamientos ilegales. Cuando los j-venes les pidieron que se identificaran, los extraos civiles respondieron que si estaban muy enojados los mataran enseguida. Los jvenes les res-pondieron que si los mataban, ya todo el mundo saba que estaba impli-cada la Polica. Los personajes se enojaron mucho con la respuesta y los dejaron irse pero advirtindoles que los tenan en la mira.

    El 27 de julio de 2007, hacia las 17:10 horas, hubo combates entre la gue-

    rrilla y la Polica sobre la carretera que conduce de Apartad a San Jos, a cinco minutos del asentamiento de San Josesito de la Comunidad de Paz. Los medios informaron de la muerte de un polica, quedando otro heri-do.

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    El 28 de julio de 2007, a las 15:00 horas, un paramilitar en traje civil in-

    tercept un vehculo de servicio pblico en el mismo lugar donde fue asesinado Dairo Torres pocos das antes. El paramilitar se identific co-mo integrante del grupo paramilitar guilas Negras y anunci que iba a seguir patrullando en la carretera.

    El 29 de julio de 2007, a las 10:15 horas, en el barrio Veinte de Enero de

    Apartad, cuatro paramilitares detuvieron a dos personas de la zona y comenzaron a preguntarles por los lderes de la Comunidad de Paz y por los acompaantes, indagando por sus movimientos. Ellos les respondie-ron que por qu les preguntaban esto y los paramilitares contestaron que ya haban decidido hacer una masacre en la comunidad y asesinarlos. Luego de interrogarlos largamente, les dijeron que no podan decir nada de lo ocurrido, y si lo hacan, ya saban qu les pasara.

    El 30 de julio de 2007, por medios masivos de informacin, el Seor Yair

    Jimnez, jefe de orden pblico de Antioquia, haca llamados al Gobierno para que ingresara a la fuerza al territorio de la Comunidad de Paz, insi-nuando que el ataque de la guerrilla a la Polica el da 27 se haba prepa-rado en la Comunidad de Paz. Una nueva infamia que no fue sancionada por el Gobierno ni por la Fiscala, mostrando nuevamente la desprotec-cin y zozobra en que quieren mantener a la Comunidad de Paz.

    El 30 de julio de 2007, a las 7:00 horas, fue instalado un retn de la Poli-

    ca en la entrada del asentamiento de San Josesito, territorio de vida de la Comunidad de Paz; all, en un computador era registrada toda persona que entraba o sala del asentamiento. La Comunidad pidi que se alejara dicho retn de la entrada del asentamiento. Se le dijo, adems, a la Poli-ca, que los paramilitares transitaban libremente por la carretera, asesi-naban, amenazaban y empadronaban, pero a ellos s no los controlaba la Polica. El comandante encargado dijo que la Comunidad tena razn, pero que l slo cumpla rdenes. Hacia las 10:00 horas lleg personal de la Oficina del Alto Comisionado de los Derechos Humanos de las Nacio-nes Unidas, quienes haban pedido previamente una reunin con la Co-munidad de Paz para presentar al nuevo encargado de dicha oficina en Medelln. Estando en la reunin con los delegados de la ONU, lleg un miembro de la Defensora del Pueblo, otro de la Oficina de Derechos Humanos de la Gobernacin de Antioquia y delegados de dicha Gober-nacin, solictando una reunin con la Comunidad de Paz. Se les respon-di que con gusto la Comunidad se reunira con los delegados de la De-fensora y de la Procuradura, pero no con los de la Gobernacin de An-tioquia, ya que horas antes, por los medios masivos de comunicacin,

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    haban difamado a la Comunidad y haban proferido cantidad de false-dades. La persona encargada de derechos humanos de la Gobernacin dijo que la Comunidad tena razn y entonces se retiraron. Mientras la Comunidad dialogaba con los delegados de la Oficina del Alto Comisio-nado de Derechos Humanos de la ONU, lleg la noticia de que se esta-ban realizando allanamientos en el casero de San Jos. Los delegados de la Oficina de la ONU decidieron subir all y hacia las 14:00 horas regre-saron con un mensaje para la Comunidad de Paz: que aceptaran alla-namientos voluntarios. La comunidad respondi que no poda aceptar voluntariamente la presencia de los victimarios.

    El martes 31 de julio de 2007, los medios masivos de comunicacin de la

    regin informaron sobre la visita que el da anterior haban hecho varias instituciones del Estado, como la Gobernacin de Antioquia, la Defenso-ra, la Procuradura y la Oficina de Derechos Humanos de la ONU a San Jos de Apartad, en el curso de la cual en el casero de San Jos se hab-an hecho allanamientos voluntarios, pero que en la Comunidad de Paz sus lderes los haban impedido y se haban negado a dialogar con las de-legaciones, as como impedan que la justicia actuara y obstaculizaban la inversin social, por lo cual se le peda al Gobierno nacional que entrara al territorio de la Comunidad de Paz y judicializara a sus integrantes. Todo haca parte de una campaa contra la Comunidad de Paz, para lo cual se manipulaban datos y se tergiversaban informaciones. Ninguna autoridad ha sancionado la difamacin ni se ha reparado la reputacin de la Comunidad.

    El mircoles 1 de agosto de 2007. a las 16:30 horas, la Polica realiz una

    reunin en el casero de San Jos en la cual le manifest a los pobladores asistentes que la Comunidad de Paz era un estorbo para ellos y que era necesario acabarla por los medios que fuera. Afirmaron que los ataques realizados por la guerrilla se preparaban all. Los policas presentaron a un supuesto reinsertado quien afirm que la Comunidad en sus 10 aos de existencia ha aprendido a hacer las cosas, por ejemplo, a no guardar los fusiles en las casas sino esconderlos fuera y cuando salen a hacer ataques lo toman de fuera. La Polica hizo una arenga a los pobla-dores para acabar con la Comunidad de Paz. Decan que aunque haba grupos de 17 pases que apoyaban a la Comunidad, esa gente de fuera termina cansndose y se es el momento para acabar con la Comuni-dad.

    El jueves 2 de agosto de 2007, a las 17:20 horas, 2 nios de la Comunidad

    de Paz, de 7 y 10 aos, mientras conducan un caballo al potrero fueron llamados por militares quienes les preguntaron si les gustara cargar un

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    fusil, como lo hacan ellos, y trabajar con ellos. Los nios les respondie-ron que no, que ellos queran ser campesinos de la Comunidad de Paz. Ante esa respuesta, los militares comenzaron a decirles que ellos eran unos guerrilleritos, los mismos que dentro de un tiempo los iban a atacar como los miembros de esa h.p. comunidad.

    El sbado 4 de agosto de 2007, en el sitio Tierra Amarilla, sobre la va

    que de Apartad conduce a San Jos, el ejrcito detuvo un vehculo de servicio pblico y le anunci a todos los pasajeros que iban a comenzar a empadronar a toda la zona y todos deban entregar a los militares la in-formacin que ellos pidieran. Esto lo hacan en abierto desafo a la Sen-tencia 1024 de 2002 de la Corte Constitucional, la cual prohbe los empa-dronamientos. Por ello afirmaron enseguida que. las leyes las ponan ellos (los militares) y que no haba nada que discutir.

    El lunes 6 de agosto de 2007, se escuch por diversos medios masivos de

    comunicacin una propuesta que se atribua a las autoridades del De-partamento de Antioquia, en la cual le pedan al Gobierno nacional que interviniera la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad mediante allanamientos y rdenes judiciales, solicitndole que desconociera las medidas dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por la Corte Constitucional.

    El lunes 13 de agosto de 2007 la Comunidad de Paz fue visitada por una

    delegacin de varias embajadas junto con delegados de ACNUR, de la OEA y de la Defensora del Pueblo. A pesar de que todo se haba acor-dado previamente con los visitantes de modo que dispusieran de tiempo suficiente para escuchar a los integrantes de la Comunidad de Paz, entre la noche del 12 de agosto y la maana del 13, por diversas fuentes de e n-tera credibilidad la Comunidad tuvo conocimiento de que la oficina re-gional de Accin Social de la Presidencia de la Repblica, apoyada por el Defensor Comunitario, convocaron a campesinos integrados a las nuevas juntas de accin comunal promovidas por la Presidencia para que se re-unieran en el antiguo casero de San Jos y recibieran a la delegacin de embajadores, dndoles instrucciones sobre cmo deban atacar y des-prestigiar a la Comunidad de Paz y defender la presencia del Estado a travs de Accin Social de la Presidencia. La Comunidad tuvo conoci-miento igualmente de que en la maana del 13 de agosto los delegados diplomticos, hospedados ya en hoteles de Apartad, fueron contactados por la Vicepresidencia de la Repblica desde donde les ordenaron re-unirse con las juntas de accin de comunal que haban sido convocadas en el casero de San Jos; que si no lo hacan, el Gobierno le retir ara a la delegacin todos los dispositivos de seguridad y cancelara las citas ya

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    acordadas con entidades del Gobierno, tales como la Brigada XVII, la Po-lica, la Alcalda y la Fiscala. Los delegados se vieron obligados a recor-tar su dilogo con la Comunidad de Paz para acudir al montaje prepara-do por el Gobierno en el casero de San Jos. Cuando la delegacin lleg al asentamiento de San Josesito, la Comunidad protest por el cambio de agenda y slo acept dar curso a la reunin bajo la condicin de que to-das las presiones del Gobierno fueran de pblico conocimiento, como exigencia del principio de transparencia que siempre ha defendido la Comunidad.

    El viernes 31 de agosto de 2007, ALFONSO DE JESUS BEDOYA FLO-

    REZ, campesino de 19 aos, sali de su casa a las 15:00 horas a recoger lea. Su vivienda est ubicada en la vereda La Miranda (a tres horas de San Josesito). Su hermana se qued esperndolo en la casa toda la tarde y la noche, ya que no lleg. El da domingo 2 de septiembre sus familiares fueron avisados de que ALFONSO estaba muerto y su cadver se encon-traba en la morgue del hospital de Apartad. La familia fue a reclamar su cuerpo con el apoyo de la Comunidad de Paz, el lunes 3 de septiembre. All los familiares fueron interrogados por miembros del CTI (Cuerpo Tcnico de Investigaciones) quienes les preguntaron de qu bando era ALFONSO y cual era su alias. La familia enrgicamente les respondi que su hermano no era de ningn bando ni tenia alias, que era un campesino trabajador. Los miembros del Cuerpo Tcnico de Investigaciones le dije-ron entonces a los familiares que la Brigada XVII era la que haba entre-gado el cuerpo de ALFONSO. A su vez, el mdico forense le entreg el cuerpo de ALFONSO a su familia y les dijo que haba sido terriblemente torturado y que su muerte haba ocurrido hacia la maana del sbado 1 de septiembre. La comunidad pidi a la Defensora Nacional indagar a la Brigada sobre la muerte de ALFONSO y la respuesta que obtuvo fue que ALFONSO haba sido dado de baja . Se supo luego que ALFONSO haba sido buscado en Caracol (ubicado a quince minutos de San Josesi-to, en direccin a Apartad) por paramilitares, el domingo 24 de junio. Al no encontrarlo, le dejaron un mensaje con una hermana: que lo tenan que acabar tarde o temprano . ALFONSO fue velado y enterrado en la Co-munidad el 3 de septiembre en horas de la tarde.

    En el mes de agosto de 2007 un cadete que adelantaba su formacin en la

    Escuela Militar de Cadetes Jos Mara Crdoba, adscrito al Cuarto Pelo-tn de la Compaa Ricaurte, bajo el mando del TENIENTE PEDRO SANTANA SOLANO, al parecer desert y a raz de ello se pudo cono-cer, por parte de familiares del cadete, que como parte de su formacin en dicha Escuela, el CAPITN NELSON GUTIRREZ MARIO les mos-traba videos para que conocieran a comunistas y guerrilleros a los que

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    haba que asesinar, apareciendo en uno de esos videos un miembro acompaante de la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad: Eduar Lanchero, a quien trataban de mostrar en el video como integrante de al-gn frente de las Farc, mediante mecanismos de montajes fotogrficos. An ms, como el Cadete afirm que l conoca a Eduar, le encomenda-ron conseguir documentos escritos por l y relativos a la Comunidad de Paz, lo cual l hizo efectivo, visitando sitios donde existan esos docu-mentos para llevrselos a su superiores, quienes tomaron dichos escritos como material para ensear cmo piensa un guerrillero. Por los mismos das, mediante informaciones muy fidedignas, se tuvo conocimiento so-bre reuniones que han sostenido en los ltimos meses los paramilitares que trabajan con la Brigada XVII, la mayora de ellos supuestamente re-insertados que han aceptado ilegalmente trabajar con la Brigada, utili-zando uniformes y armamentos privativos de las fuerzas militares y per-petrando crmenes en el rea, en las cuales han afirmado que se propo-nen asesinar a varios lderes y acompaantes de la Comunidad de Paz, entre ellos a Eduar. No parece pura coincidencia que en la Escuela de Cadetes y en la Brigada XVII se tracen tareas concurrentes a sus coope-rantes. Una vez puestos estos hechos en conocimiento del Ministro de Defensa y ante reclamos apremianetes de organismos internacionales, el Director de la Escuela de Cadetes envi respuestas en las cuales afirma que los programas que se siguen en dicha Escuela son aprobados por las altas jerarquas militares y son diseados dentro de los parmetros lega-les y dentro de un escrupuloso respeto por los derechos humanos. Nue-vamente la realidad cruda se muestra a aos luz del discurso manejado por los funcionarios del Estado. Evidentemente no es de recibo que se trate de negar los hechos mediante la existencia de normas, como si las normas invalidaran los hechos, cuando lo que ocurre es lo contrario: los hechos invalidan las normas. El Director de la Escuela de Cadetes pro-meti una investigacin a los implicados, investigaciones que se han prometido y realizado por centenares en las ltimas dcadas, sin arrojar resultado alguno, y lo que es peor, sin que la barbarie de la fuerza pbli-ca se detenga.

    El da 18 de septiembre de 2007, hacia las 13:00 horas, fue asesinado al

    frente de la salida del Terminal de Transportes de Apartad HCTOR JAIME OROZCO GRISALES, de 26 aos de edad. Fue abordado por un hombre de civil con arma corta quien se le acerc y le hizo varios dis-paros. A ese hombre se le ha visto continuamente en la Terminal del Transporte con paramilitares reconocidos. JAIME no haca parte de la Comunidad de Paz pero era un campesino conocido que se haba dedi-cado a aserrar madera, a la agricultura y viva en la vereda Playas Al-

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    tas, a treinta minutos de San Josesito. El asesinato ocurri en un lugar de gran presencia policial.

    El 9 de octubre de 2007, en el aeropuerto de Tel-Aviv, del Estado de Is-

    rael, fueron detenidos con miras a ser deportados los integrantes de la Comunidad de Paz y educadores, Arley Tuberquia y Marta Vsquez, cuando acudan a la invitacin que les haba hecho la organizacin Middleway para la Promocin de la No Violencia, del Dilogo y de la Comprensin entre los Pueblos, a participar en una peregrinacin en Israel y Palestina. Slo la intervencin inmediata de diplomticos de diversos pases y de diputados de Europa y del mismo Israel, logr que se les pusiera en libertad y se les permitiera participar en el programa de espiritualidad de la no violencia. Se imponen profundos interrogan-tes sobre la intervencin del Gobierno colombiano en dicha arbitrarie-dad, pues es demasiado raro que los otros 120 invitados de los ms di-versos pases del mundo hayan podido ingresar sin problemas a Israel y que solamente estos dos jvenes, miembros de una Comunidad in-tensamente perseguida por el Estado colombiano, hayan sufrido tal discriminacin y atropello, teniendo en cuenta que el Gobierno colom-biano mantiene asesores permanentes provenientes de Israel.

    El 15 de octubre de 2007, a las 18:30 horas, miembros del Ejrcito llega-

    ron a la casa de miembros de la Comunidad en la vereda de La Unin y les preguntaron que si eran de la Comunidad. Ellos respondieron que s y el Ejrcito comenz a decirles que se salieran de esa comuni-dad que era guerrillera; que los gringos que estaban en la Unin slo se robaban el dinero que recogan en el exterior. Les dijeron, adems, que tenan que venderles gallinas y huevos. La familia se neg a hacerlo, pues el Reglamento de la Comunidad de Paz prohbe vender alimentos a cualquier actor armado, y les dijo adems a los militares que todo lo que ellos decan era falso. A la media hora regresaron los militares y robaron gallinas, huevos, pltanos y yucas de la comunidad.

    El 16 de octubre de 2007, a las 8:00 horas, en la vereda La Unin,

    miembros del Ejrcito le exigieron a un miembro de la Comunidad de Paz que fuera a comprarles gallinas. Al ste negarse , fue insultado por los militares quienes le dijeron que era un guerrillero y que esa comu-nidad h.p. la iba a pagar muy caro.

    El 17 de octubre de 2007, a las 7:20 horas, entre las veredas de La Unin

    y Arenas Altas, el Ejrcito detuvo por varios minutos a cuatro miem-bros de la Comunidad de Paz y les dijo que la Comunidad era una manada de guerrilleros y de milicianos y que estuvieran seguros de que iban a

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    realizar una masacre contra la comunidad para ver si por fin se acaba esa h.p comunidad guerrillera. Despus de decirles esto, les dijeron que podan irse y que le dieran dicho mensaje a toda la comunidad.

    El lunes 22 de octubre de 2007 los policas que hacen presencia en el

    casero de San Jos detuvieron al joven EDIGENES GUZMN DA-VID, integrante de la Comunidad de Paz en la vereda La Unin y quien sufre algn retardo mental. Edigenes fue golpeado brutalmente por varios policas y mantenido amarrado en la Estacin de Polica. Mie n-tras estaba amarrado, cada polica que entraba le daba puntapis y gol-pes con sus fusiles en diversas partes del cuerpo. No era la primera vez que que Edigenes era detenido y maltratado en dicha estacin de po-lica, pues a causa de su retardo mental a veces no controlaba sus pala-bras o el solo hecho de ingerir algn trago de alcohol lo pona fuera de s. Despus de ser dejado en libertad, durante los meses de noviembre y diciembre Edigenes vi deteriorarse progresivamente su salud a causa de los golpes y sufri intensos dolores que le impedan trabajar y moverse. Su familia lo llev al hospital de Apartad donde slo le for-mularon analgsicos. Cuando el 20 de diciembre su estado era de ex-trema gravedad, pues sus vmitos de sangre revelaban que sus rga-nos vitales estaban gravemente lesionados y destrozados, algunos fa-miliares lo acompaaron para dirigirse nuevamente al hospital, de-biendo recorrer a pi el trayecto desde La Unin hasta San Jos, dado que all no hay carretera. Al iniciar el recorrido, Edigenes, ya incapaz de caminar, se tendi en el piso y muri, el 20 de diciembre de 2007.

    El 26 de octubre de 2007, a las 13:00 horas, en el corregimiento de

    Nueva Antioquia (a dos horas de la vereda la Esperanza, vereda perte-neciente a la Comunidad de Paz), una integrante de la Comunidad que estaba mercando all, fue abordada por un hombre de civil con arma corta y radio de comunicacin, el cual le dijo que l era un paramilitar de los que se llaman guilas Negras y que tenan una base desde donde estaban controlando todo. El paramilitar le pregunt por su nombre y le dijo que ella perteneca a la guerrilla y que por tener una hija pequea no la asesinaba. Le dijo finalmente el paramilitar que tena que venir a reportarse cada ocho das, si no, la mataran, y que as iba a suceder con toda la gente; adems, que si se llegaba a denunciar algo de esto, la asesinaran. Esto sucedi en un casero con fuerte presencia de la Polica y del Ejrcito, como es el de Nueva Antioquia. Policas y soldados slo miraban lo que suceda sin hacer absolutamente nada.

    El 27 de octubre de 2007, hacia las 10:00 horas, tres paramilitares salie-

    ron del campamento que tienen en Nueva Antioquia y abordaron a dos

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    campesinos de Playa Larga (vereda vecina de la Esperanza) y les dije-ron que tenan que decirle a toda la gente de las veredas que se fueran y abandonaran la tierra, si no, iban a entrar a masacrarlos.

    El mircoles 31 de octubre de 2007, uno de los paramilitares que parti-

    cip en la Operacin Fnix diseada por la Brigada XVII del Ejrcito en febrero de 2005, en la zona limtrofe entre San Jos de Apartad y Tierralta (Cdoba), dentro de la cual fue perpetrada la masacre de 8 personas de la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad el 21 de fe-brero de 2005, decidi revelar algunos datos parciales sobre dicho cri-men ante agentes judiciales de Bogot. De sus tmidas revelaciones, en-caminadas confesamente a evitar que se le condenara a l solo por di-cho crimen, se pudo deducir claramente lo siguiente:

    a) que varios batallones, todos adscritos a la XVII Brigada, particip a-ron en el criminal operativo; b) que consciente y premeditadamente los oficiales responsables del operativo solicitaron el acompaamiento de bloques paramilitares in-tegrantes de la estructura Hroes de Tolov, al mando de uno de los mayores criminales del pas como es el Seor Diego Fernando Murillo, alias Don Berna; c) que no era la primera vez que la oficialidad de la Brigada XVII soli-citaba la compaa de la estructura criminal ilegal Hroes de Tolo-v sino que haba una relacin de unidad de accin rutinaria entre una estructura y otra. d) que muchos de los paramilitares participantes en el criminal opera-tivo tenan ya el estatus de desmovilizados y sin embargo conti-nuaban delinquiendo en alto grado al servicio del ejrcito; e) que los paramilitares y las unidades militares participantes en el crimen se congregaron previamente en el poblado de Nueva Antio-quia, donde ha funcionado desde hace ms de una dcada una ino-cultable base paramilitar que ha coordinado su accionar con ejrcito y polica a la vista de todo el mundo perpetrando innumerables crme-nes conjuntamente. f) que los comandantes de las dos unidades principales que se distri-buyeron en la zona del crimen fueron los Capitanes GUILLERMO ARMANDO GORDILLO SNCHEZ y OSCAR GERARDO OMAA

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    GARCA, el primero del Batalln Vlez, el segundo del Batalln de Contraguerrilla No. 33 Cacique Lutaima (Compaa Alacrn). An tratndose de revelaciones parciales pero que concuerdan fun-damentalmente con muchos detalles que fueron afirmados por los pobladores de la zona desde la misma semana del crimen, estas reve-laciones vuelven a poner en evidencia la descomunal capacidad de mentir del Gobierno Nacional, de la Vicepresidencia de la Repblica, del entonces Min istro de Defensa Nacional Dr. JORGE ALBERTO URIBE, de la cpula militar presidida por el GENERAL CARLOS ALBERTO OSPINA, y de la comandancia de la Brigada XVII presidi-da por el GENERAL HCTOR JAIME FANDIO RINCN, instan-cias todas desde las cuales se neg rotundamente la participacin del Ejrcito Nacional en el horrendo crimen e incluso se confeccionaron documentos falsos para demostrar que las tropas ms cercanas al escenario del crimen estaban a una distancia de dos das de camino. Todo esto evidencia tambin la perversidad de la labor desplegada entonces por altos funcionarios del Ministerio de Defensa y de la Vi-cepresidencia de la Repblica, as como del General retirado y enton-ces Representante a la Cmara JAIME ERNESTO CANAL, en orden a confeccionar una versin falsa de los hechos, valindose de falsos desmovilizados que haban sido torturados en la Brigada XVII y an permanecan bajo el poder de sus torturadores, presentndolos inclu-so ante el Cuerpo Diplomtico, en un hotel del norte de Bogot, para que recitaran el falso relato que atribua el crimen a la guerrilla de las FARC.

    El jueves 8 de noviembre de 2007 se produjo un enfrantamiento arma-do entre integrantes de la guerrilla y el Ejrcito, en carcanas de la vereda La Unin. Los militares se replegaron y se tomaron el casero de La Unin tomando a la poblacin como escudo para protegerse del ataque, comportamiento que est vedado en el Derecho Internacional Humanita-rio y considerado como crimen de guerra.

    El mircoles 21 de noviembre de 2007 , el Fiscal 9 Especializado-

    Comisionado, Elkin Ricardo Vega Beltrn, de la Unidad Nacional de Fis-calas de Derechos Humanos, profiri medida de aseguramiento como detencin preventiva contra el Capitn GUILLERMO ARMANDO GORDILLO SNCHEZ, por su responsabilidad en la masacre perpetra-da el 21 de febrero de 2005 en las veredas Mulatos y La Resbalosa, de San Jos de Apartad, en la cual fueron asesinados en forma cruel 8 personas de la Comunidad de Paz, entre ellas 3 nios. Decenas de personas de la

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    Comunidad de Paz que acudieron a la zona a recuperar los cadveres, recuerdan muy bien al Capitn Gordillo quien comandaba las tropas que custodiaban los cadveres durante la exhumacin y levantamiento, y deploraba el hecho preguntndose quines seran los autores de cri-men tan perverso. La capacidad de encubrir la realidad, parece no tener lmites para los agentes del Estado.

    El jueves 22 de noviembre de 2007, en la terminal del transporte de Bo-

    got fue detenido el campesino JOHN FREDDY SUGA LPEZ, de la vereda Arenas Bajas, de San Jos de Apartad, y acusado del delito de rebelin. El Fiscal 14 Especializado no realiz ningn esfuerzo para in-terrogar a los testigos de su comportamiento normal y corriente como trabajador agrcola de su vereda sin ningn vnculo con grupo irregular alguno, y tampoco hizo ningn esfuerzo por someter a anlisis las decla-raciones de quienes lo acusaban, todos pertenecientes al grupo de para-militares que la Brigada XVII ha ido cooptando para cumplir justamente este objetivo de acusar a personas inocentes bajo el atractivo de remune-raciones monetarias. Luego de 4 meses de injusta prisin, en condiciones realmente inhumanas, el Fiscal se vi obligado a otorgarle libertad con-dicional dado el vencimiento de los trminos.

    El viernes 23 de noviembre de 2007, a las 7:00 horas, en la vereda Are-

    nas Altas, miembros del Ejrcito detuvieron a EFRN ESPINOZA GEZ, un nio de 10 aos de la Comunidad de Paz. All lo comenzaron a gol-pear; por ms de 15 minutos le dieron puos en la cabeza, cachetadas, lo tiraban al suelo, le decan que lo iban a matar si no deca dnde estaba la guerrilla; le pasaban una navaja por los dedos y le decan que se los iban a cortar para que no volviera a disparar y ya no podra ser ms un gue-rrillerito. Le dijeron que la prxima vez lo mataran, y lo soltaron. El nio se encuentra an muy golpeado; su cara y su cabeza estn inflamadas despus de las torturas infligidas por el Ejrcito.

    El sbado 24 de noviembre de 2007 , a las 15:00 horas, en la zona de El

    Mariano, ubicada a quince minutos de San Jos, miembros del Ejrcito no dejaron ingresar a FABIO GRACIANO a su casa. Fabio es miembro de la Comunidad de Paz y fue golpeado y maltratado por el Ejrcito. Le dije-ron que se olvidara de su casa y se fuera de la zona, pues de lo contrario lo van a asesinar.

    El mismo sbado 24 de noviembre de 2007, hacia las 17:00 horas, pa-

    ramilitares con armas largas y vestidos de camuflado, quienes permane-cen en el casero de Nueva Antioquia, le dijeron a cinco pe rsonas que habitan en las veredas de la Esperanza y Playa Larga, que tenan que

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    abandonar la zona porque en dichas veredas iban a realizar una masacre. Les advirtieron que estaban hablando muy en serio; que ya en Nueva Antioquia llevaban cuatro muertos en 10 das y que con ellos no se juga-ba. Los paramilitares andan libremente en medio de la Polica y el Ejrci-to. Efectivamente los paramilitares han asesinado en la ltima semana a un anciano, dos mujeres y un joven cuyos nombres desconocemos.

    El lunes 3 de diciembre de 2007, la Sala Segunda de Revisin de la

    Corte Constitucional, emiti la Sentencia T- 1025/07, siendo Magistrado Ponente el Dr. Manuel Jos Cepeda Espinosa, en sala con los magistrados Jaime Crdoba Trivio y Rodrigo Escobar Gil, mediante la cual tutela el derecho a acceder a informacin que reposa en instituciones del Estado y que en este caso se relaciona con el conocimiento de los nombres de miembros de la fuerza pblica, con sus rangos, unidades de pertenencia y lneas de mando, que estuvieron presentes en los sitios, fechas y horas en que fueron perpetrados crmenes de lesa humanidad o violaciones a derechos humanos fundamentales.

    La Accin de Tutela haba sido instaurada el 8 de mayo de 2006 ante las negativas reiteradas y contumaces del Ministerio de Defensa de suminis-trar esos nombres, y haba sido fallada el 23 de junio de 2006 por el Magis-trado FERNANDO MALDONADO CALA, del Tribunal Superior de Bogo-t, quien para negar las pretensiones y complacer al Ministro de Defensa recurri a una trampa: cambiar el objetivo de la Tutela modificando por su cuenta el derecho que se peda tutelar. En efecto, en lugar de tutelar el de-recho a la informacin en su relacin necesaria con el acceso a la justicia , fingi que lo que se peda tutelar era el derecho a obtener respuestas a las peti-ciones. Pero la Corte Constitucional restableci la Accin de Tutela a su so-licitud original y confirm que todo ciudadano tiene derecho a conocer la informacin que reposa en instituciones del Estado, siendo el derecho a la informacin un pilar esencial de un rgimen democrtico y parte esencial de la libertad de expresin, la cual implica el derecho a buscar, recibir y di-fundir informacin de toda ndole, o derecho y libertad de informar y ser informa-do. Por eso la Corte establece que tal derecho no puede ser restringido si-no por un inters pblico imperativo, pero en ese caso, la restriccin se tendra que someter a los criterios de proporcionalidad y razonabilidad, dado que afectara derechos contitucionales y universales de primer orden e importancia. La Corte concluye que no es legtimo restringir ese derecho y que incluso las respuestas dadas por el Ministerio de Defensa para ne-garse a suministrar los nombres que se le han solicitado, miran a proteger unos bienes como el debido proceso o la presuncin de inocencia, que pueden ser protegidos por otros medios y no por ste que dara al traste con un derecho que pertenece a la esencia misma de la democracia y de la

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    estructura constitucional. La Corte afirma tambin que, restringir el dere-cho a la informacin que se reivindica, arruinara tambin los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparacin de las vctimas, lo cual es inadmisi-ble, aadiendo que el Ministerio de Defensa se ha apoyado en falsos su-puestos, como el de que dicha informacin pertenece a la reserva del su-mario, lo cual no es vlido y el mismo Ministerio no observa esa supuesta norma cuando se trata de gente acusada que no pertenece a la fuerza p-blica. Pero la Corte Constitucional no se limit a dirimir la controversia sobre el suministro de los nombres, sino que ahond en la realidad que dio origen a la controversia, como es el cmulo enorme de crmenes que el Estado ha cometido contra la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad y la abso-luta impunidad que los cobija. Por eso afirm: Los miembros de la Comuni-dad de Paz de San Jos de Apartad han sido perseguidos y asesinados, sin que el Estado haya hecho lo suficiente para la salvaguarda de sus derechos, y sin que los crmenes hayan sido debidamente esclarecidos, sus autores sancionados y las vc-timas efectivamente protegidas en sus derechos () En relacin con los hechos su-cedidos en San Jos de Apartad es evidente que el Estado no ha hecho lo suficiente para impedir que la Comunidad haya sido vctima de tantos crmenes. Faltar al deber de proteccin es muy grave. Pero igualmente grave es la falta de resultados en las investigaciones penales iniciadas con ocasin de esos crmenes. La Corte fue tambin consciente y comprensiva del profundo abismo de desconfianza que la criminalidad del Estado contra la Comunidad de Paz y la aberrante impunidad que cubre todos esos crmenes han creado entre la Comunidad de Paz y las instituciones del Estado, por eso afirma: Del acpite de pruebas se deduce que una de las dificultades fundamentales para el avance de los procesos penales consiste en la desconfianza profunda y recproca que existe entre las instituciones y los miembros de la Comunidad de Paz ( ) No puede negarse que los miembros de la Comunidad de Paz tienen suficientes moti-vos para desconfiar de las instituciones nacionales. Son muchos los crmenes de los que han sido vctimas, sin que exista constancia alguna en el expediente acerca de que los responsables hayan sido sancionados. Consecuente con esa situacin aberrante, la Corte Constitucional le impo-ne al Ministerio de Defensa y a la Fiscala la obligacin de rendir informes quincenales o mensuales de su accin por erradicar la continuidad de los crmenes y su impunidad. Lamentablemente, las primeras fechas se ve n-cieron sin recibir esos informes en la Defensora del Pueblo, como lo orde-n la Corte Constitucional.

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    Dado que una de las condiciones que la Comunidad ha puesto para retor-nar a una mesa de interlocucin y de concertacin con el Gobierno, es re-vocar la medida que orden la instalacin de un puesto de polica en el centro urbano de San Jos (abril 1 de 2005), medida que rompi unilate-ralmente un proceso de concertacin que haba durado ms de un ao, so-bre las caractersticas que debera tener un puesto de polica para no vul-nerar los principios legtimos de una comunidad de paz, punto que haba sido objeto de propuestas y debates que haban logrado grandes avances en su concrecin, evidenciando que todo ese proceso de interlocucin haba sido ficticio y animado por la mala fe, la Sentencia de la Corte Cons-titucional cita anteriores sentencias de la misma Corte en las que ha orde-nado el traslado de puestos de polica cuando constituyen un verdadero riesgo para la Comunidad.

    El lunes 10 de diciembre de 2007, a las 16:00 horas, miembros del Ejr-

    cito llegaron a la vereda La Unin e ingresaron en la vivienda de YUR-LADIS TUBERQUIA, de 16 aos e integrante de la Comunidad de Paz, quien se encontraba en embarazo. Los militares comenzaron a decirle que ella era una guerrillera y que si no abandonaba la regin la iban a asesinar; as mismo, que el nio que estaba esperando era un guerrilleri-to al cual tambin tenan que matar si ella no se iba de la zona. Luego le pidieron sus documentos de identidad y se los llevaron, d icindole que si al da siguiente ellos volvan y la encontraban all, se la llevaran. Mu-chos miembros de la Comunidad, enterados de lo que ocurra, conforma-ron rpidamente una comisin y salieron en busca de los militares que haban perpetrado el hecho. Como haba varias patrullas en la zona, unos le atribuan a otros el hecho o simplemente lo negaban y ninguno deca tener los documentos de Yurladis, sustraidos ilegalmente. Luego de que organismos internacionales le pidieron explicaciones al comand-nate de la Brigada e hicieron llamadas a rganos nacionales, los militares se vieron obligados a devolver los docume ntos.

    El viernes 14 de diciembre de 2007, hacia las 06:20 horas, fue asesinado

    por el ej rcito, en la vereda La Balsa, de San Jos de Apartad, sobre la carretera que de Apartad conduce a San Jos, el Seor JUAN JAVIER MANCO MOLINA. Juan Javier sali de su casa, ubicada en un barrio humilde de Chigorod, a las 5:25 horas, y se dirigi a San Jos de Apar-tad donde se haba comprometido a recoger y transportar unos cerdos que otra persona conocida suya haba comprado. Al pasar frente al pues-to de control militar, los militares le dispararon matndolo en el acto. Quienes pasaron junto al cadver en los vehculos de servicio pblico que bajaban de San Jos hacia Apartad a horas tempranas, pudieron apreciar que slo llevaba consigo un portacomidas, donde su esposa le

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    haba empacado algunos alimentos. Los que pasaron ms tarde por el lugar, hacia las 07:20 horas, observaron que el cadver de Juan Javier portaba una pistola. Los mismos investigadores de la Fiscala se negaron a aceptar lo burdo del montaje, pues los militares le haban colocado un arma oxidada e inservible para poderlo legalizar como muerto en combate. La esposa de Juan Javier, quien est en estado avanzado de embarazo y ahora debe responder por 4 nios pequeos, todos enfermos, ha sido vctima de seguimientos e intimidaciones por parte de agentes de inteligencia del Estado, lo que ha agravado su situacin de salud.

    El martes 18 de diciembre de 2007, una delegacin de miembros de la

    Comunidad de Paz acompa a una delegacin de la OEA y de otras e n-tidades internacionales, en una visita al casero de Nueva Antioquia, que es un corregimiento de Turbo pero que ha albergado desde hace muchos aos a un gran contingente de paramilitares que recorren continuamente las veredas de san Jos de Apartad cobrando impuestos ilegales, ame-nazando y asesinando a muchos pobladores. Desde los aos 90 hasta la supuesta desmovilizacin de los paramilitares (2003-2005) hubo all una base paramilitar situada al frente de la base militar y numerosos tes-timonios recibidos daban cuenta del accionar conjunto y coordinado de estos cuerpos armados. Aunque el Gobierno ha declarado pblicamente que los paramilitares ya estn desmovilizados, numerosas denuncias de los ltimos meses sealaban al paramilitarismo de Nueva Antioquia como responsable de amenazas y cobros de impuestos ilegales a los po-bladores de La Esperanza, Rodoxal, Playa Larga, La Hoz, Sabaleta y La Resbalosa, veredas todas de San Jos de Apartad ubicadas en las cerca-nas de Nueva Antioquia. La comisin de verificacin pudo comprobar la presencia de los paramilitares en dichas zonas rurales y tambin en el casero de Nueva Antioquia, a pesar de la fuerte presencia militar y poli-cial en el casero. Cuando a los armados paramilitares se les pregunt si pertenecan a alguna unidad del ejrcito, ellos respondieron que s pero que no recordaban a cul. Cuando la delegacin logr concertar una reunin con pobladores civiles de Nueva Antioquia, con el fin de verifi-car las noticias de muertes y desapariciones que han recibido, una vez iniciada la reunin hizo presencia el ejrcito, lo que caus una inmediata inhibicin en los pobladores quienes no se atrevieron a hablar. La dele-gacin comprob que en el casero de Nueva Antioquia, a la vista de mi-litares y policas, los paramilitares se pasean por el poblado como en su propia casa.

    El mismo martes 18 de diciembre de 2007, a las 10:00 horas, Alba Luca

    Giraldo, integrante de la Comunidad de Paz, acudi al hospital de Apar-tad a causa de un accidente de trabajo que le produjo una cortadura en

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    un dedo. Cuando lleg al hospital, inmediatamente miembros de la Poli-ca se le acercaron y le dijeron que tena que acompaarlos al comando, pues ellos sospechaban que era guerrillera. El hostigamiento dur has-ta que acompaantes internacionales y otros miembros de la Comunidad la recogieron hacia las 15:00 horas para acompaarla de regreso a la Co-munidad.

    El mircoles 19 de diciembre de 2007, a las 11:00 horas, en el barrio El

    Mangolo de Apartad, ubicado a la salida hacia San Jos, barrio en el cual se ha detectado una intensa presencia paramilitar desde hace mu-chos aos en connivencia y unidad de accin con la fuerza pblica, fue asesinado ALFONSO SUGA. Un grupo de paramilitares lleg a la casa de Alfonso, lo sac fuera y le dispar repetidas veces. La polica tiene un puesto permanente de control a 2 minutos del sitio del asesinato. Alfonso no era miembro de la Comunidad de Paz pero mantena con la comuni-dad permanentes relaciones comerciales, comprndole varios productos, adems de relaciones de amistad y simpata con la mayora de los inte-grantes de la Comunidad, cuyos principios y derechos defenda en sus conversaciones con otros pobladores.

    El jueves 20 de diciembre de 2007, hacia las 10:00 horas, miembros del

    Ejrcito que hacan presencia en el casero de San Jos, volvieron a profe-rir amenazas delante de varios pobladores, afirmando que ya tienen pre-parada una accin contra la Comunidad de Paz para poderla exterminar.

    El mismo jueves 20 de diciembre de 2007 tuvo lugar una reunin de

    los paramilitares que trabajan al servicio de la Brigada XVII, en el barrio Alfonso Lpez, de Apartad. En ella reiteraron su decisin de exterminar la Comunidad de Paz y estuvieron planeando nuevas masacres, pues, segn dijeron La Comunidad est hablando mucho de lo que ellos estn haciendo en la zona.

    El sbado 22 de diciembre de 2007, hacia las 10:00 horas, paramilitares

    amenazaron de muerte la viuda de JUAN JAVIER MANCO, asesinado por el ejrcito el 14 de diciembre, dicindole que tena que guardar sile n-cio o la mataban y que tena que irse de la zona.

    El domingo 23 de diciembre de 2007, a las 11:00 horas, en el barrio El

    Mangolo, de Apartad, en la salida de Apartad hacia San Josesito, dos paramilitares vestidos de civil y con arma corta le salieron al paso a un vehculo de servicio pblico que se movilizaba entre San Jos y Aparta-d; lo hicie ron detenerse, miraron a los pasajeros y lo dejaron ir. Los pa-ramilitares permanecieron en el sitio tres horas haciendo lo mismo con

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    los vehculos que por all transitaban. El lugar se encuentra a cinco minu-tos del retn de la Polica.

    El mismo da domingo23 de diciembre de 2007, la vivienda de la fami-

    lia conformada por Doa MARGARITA GIRALDO SUGA, Don Alber-to Jimnez y sus hijos, en la vereda de Arenas Bajas, de San Jos de Apar-tad, fue atacada por unidades militares adscritas a la Brigada XVII. Las granadas y proyectiles que hicieron impacto en la vivienda y en los culti-vos obligaron a huir apresuradamente a varios miembros de la familia, pero Doa Margarita, quien se encontraba recogiendo unas yucas de su cultivo para venderlas, no alcanz a huir. Pasadas algunas horas y sile n-ciadas las explosiones, algunos miembros de la familia se acercaron a la vivienda para buscar a Doa Margarita pero no pudieron encontrarla, mientras s verificaron numerosas huellas de la violencia militar sobre todas sus pertenencias. Se dirigieron entonces al asentamiento de San Jo-sesito, de la Comunidad de Paz, y denunciaron la desaparicin de Doa Margarita. Tanto los miembros del Consejo de la Comunidad de Paz co-mo organizaciones internacionales acompaantes, indagaron ante los or-ganismos de control del Estado por su paradero sin obtener respuestas satisfactorias. Al da siguiente, 24 de diciembre, el Ejrcito comenz a e n-tregar reportes en los que haca referencia a un enfre ntamiento con la guerrilla en la zona de Arenas Bajas, del cual haban resultado dos gue-rrilleros dados de baja . La Comunidad de Paz y la familia de Doa Marga-rita comenzaron a indagar quines eran los supuestos guerrilleros y el da 25, en las instalaciones del Cuerpo Tcnico de Investigaciones de la Fiscala de la ciudad de Turbo, comprobaron que el cadver de Doa Margarita haba sido reportado como el de una guerrillera muerta en combate. Luego de difciles gestiones, el cadver le fue entregado a la familia momentos antes de ser sepultado en una fosa comn. Fue entre-gado en alto grado de descomposicin y destruccin. El cuerpo estaba completamente destrozado e irreconocible, lo que evidenciaba huellas de tortura, siendo posible su reconocimiento slo por la dentadura que tambin le haba sido arrancada. Le haban extrado las vsceras y las haban colocado en niveles superficiales del cuerpo, para acelerar la des-composicin del conjunto y hacer difciles los ritos funerarios. Fue sta una ltima afrenta vil e infame contra la dignidad de la vctima, de su familia y de la Comunidad, de lo cual le cabe ineludible responsabilidad a los funcionarios del CTI de Turbo. La prensa regional, siguiendo su costumbre de hacer un eco mecnico a las falsedades confeccionadas por los victimarios, le transmiti al pas la noticia en estos trminos: En Tur-bo, Urab antioqueo, soldados del Batalln de Infantera No. 17 sostuvieron combates con integrantes del frente 58 de las Farc. Segn report la XVII Briga-da con sede en Carepa, el enfrentamiento se registr en una zona rural, donde

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    con posterioridad fueron encontrados los cuerpos sin vida de dos supuestos inte-grantes de las Farc. No se report si en la accin se decomisaron armas u otro ti-po de eleme ntos (Diario El Colombiano, 26 de diciembre de 2007, pag. 10 a).

    El viernes 28 de diciembre de 2007 se organiz una amplia comisin

    de verificacin, de al menos 30 personas, incluyendo acompaantes in-ternacionales, que se traslad a la finca de la familia Jimnez Giraldo en la vereda de Arenas Bajas, de San Jos de Apartad. All se pudo consta-tar que la vivienda, un bien civil inconfundible, haba sido atacada con proyectiles, pues algunas tablas del cancel del frente de la casa, las tejas de zinc y un rbol que se encuentra a la entrada de la vivienda, estaban atravezados por balas. Se inspeccion un cerro ubicado en frente de la casa y se comprob que se haba sido el lugar desde donde el Ejrcito dispar, pues fueron hallados numerosos casquillos de balas disparadas, bolsas de comida de los militares con sus respectivas etiquetas, bateras y otros elementos militares abandonados en el lugar. El cultivo de yuca, si-tio donde fue vista por ltima vez Doa Margarita el 23 de diciembre, cuando se comenzaron a sentir los disparos y explosiones lanzados por los militares, presentaba numerosas matas destruidas por explosiones. Junto a una quebrada, se encontr el conjunto de yucas que ella haba re-cogido, vaciado de su bolsa por los soldados. En medio del yucal fue hallado un trapo blanco con que ella se cubra la cabeza cuando se expo-na al sol, con grandes manchas de sangre. Tanto el cuarto utilizado por la familia como dormitorio, como la cocina de la casa, se encontraban con todos los elementos arrojados al piso (ropas, alimentos y enseres). Los soldados haban robado el dinero que encontraron y se llevaron tambin algunos animales. Los testimonios recibidos daban cuenta de que Doa Margarita haba sido sacada viva del yucal y haba sido asesinada en otro sitio, aproximadamemente a una hora de distancia, donde se dio un en-frentamiento entre soldados y guerrilleros; luego su cadver fue reporta-do como el de una guerrillera muerta en combate . Un reporte fotogrfico de todos los destrozos causados por el ejrcito en la humilde vivienda de la vctima fue remitido al Ministro de la Defensa.

    El domingo 6 de enero de 2008, hacia las 11:30 horas, fue visitada por

    miembros del Ejrcito la vivienda rural de la familia Jimnez Girando, en la vereda de Arenas Bajas, de San Jos de Apartad. Los militares llega-ron a amenazarlos de muerte por las denuncias que se haban hecho. Al esposo y a la hija de Doa Margarita les dijeron que si no afirmaban ante la Fiscala que Doa Margarita era una guerrillera, los iban a matar a to-dos. Ellos respondieron a los militares que si los iban a matar, que los mataran, pero que ellos no iban a mentir, pues su esposa y madre no era

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    una guerrillera, como tampoco ellos. Los militares, muy alterados, lanza-ron todo tipo de insultos y amenazas contra la Comunidad de Paz, afir-mando que las denuncias de la Comunidad son las que tienen perjudica-da la zona, ya que no han podido matar a todos los que quieren matar. Nuevamente prometieron que van a exterminar la Comunidad de Paz. Ante la resistencia de la familia frente a las amenazas y chantajes de los militares, stos les anunciaron que si no abandonan la zona rpidamente, van a ser asesinados por los paramilitares en los prximos das, pues slo es cuestin de pasarles a stos sus nombres y los paramilitares los elimi-narn fcilmente, ya que para eso estn all. Luego de un prolongado forcejeo, otro militar lleg a la finca en plan de negociacin con la fa-milia: les dijo que Doa Margarita ya estaba muerta y ya no la podran revivir, pero que si ellos aceptaban ante la Fiscala que ella era una gue-rrillera, el Ejrcito poda pagarles una buena cantidad de dinero, y que, adems, si ellos aceptaban entrar al plan de reinsercin, se ganaran mucho ms dinero. Ante la negativa rotunda a aceptar tan sucias pro-puestas, los militares reiteraron sus amenazas y aseguraron que pronto los van a matar.

    El mircoles 16 de enero de 2008 , a las 15:30 horas, iban pasando por el

    casero de San Jos GERMAN GRACIANO, miembro del Consejo Inter-no de la Comunidad de Paz, y EDUAR LANCHERO, acompaante y miembro de la Comunidad, cuando fueron abordados por miembros de la Polica quienes comenzaron a preguntar los nombres, ubicacin de sus viviendas, sitios a donde se dirigan y datos personales. Ellos respondie-ron que las cdulas las haban dejado en San Josesito, pero que si era pa-ra anotar y realizar un empadronamiento ellos no facilitaran dicha in-formacin ya que esto estaba prohibido por la Corte Constitucional en la Sentencia C 1024 de 2002. Los policas respondieron que esa Corte no va-la en el pas ; que lo que vala era lo que ellos dijeran y punto, y que ano-taban y empadronaban a quien ellos quisieran. Los miembros de la Co-munidad respondieron que no iban a entregar informacin ya que la Po-lica estaba realizando algo ilegal; que no se oponan a que miraran los antecedentes y para ello mostraran las cdulas, pero para esa accin ile-gal no; que si deseaban los acompaaran a San Josesito y los esperaban afuera y con gusto mostraban sus cdulas para realizar la identificacin y verificar antecedentes, pero si era para empadronamiento, rotundamente no daban ninguna informacin. La Polica deca que s iba a empadronar-los y punto. Mandaron llamar al subintendente Germn Caicedo, quien al llegar dijo que la Corte Constitucional no tena ningn valor para ellos; que el empadronamiento era legal y que se hara lo que ellos dijeran y no lo que ordenara la Corte. Ante esto, los miembros de la Comunidad les respondieron que no daran informacin ya que ellos se estaban colocan-

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    do fuera de la ley. Un Cabo de la Polica respondi que Eduar les tena preparada una emboscada si iban hasta San Josesito. Ellos les respondie-ron que los estaban tratando de guerrilleros y frente a eso con razones ms fuertes no daran informacin; que eso era un irrespeto y una estig-matizacin muy delicada. El polica dijo que quedaban detenidos y que los llevaban a la estacin para all tenerlos detenidos mnimo 12 horas mientras logran hablar con otra gente para ver qu se hace y tomar las huellas y fotos. Los dos miembros de la Comunidad fueron trasladados a la estacin de San Jos, donde varios policas comenzaron a decir que la Comunidad tena que estar bajo el dominio de ellos tarde o temprano. Ellos les respondieron que podan hacer amenazas, asesinar y todo lo que quisieran, pero que no retrocederan ante las acciones de muerte que ellos perpetraban. Los policas decan que todo lo que deca la comuni-dad era mentira. Los miembros de la Comunidad respondieron que los muertos no los inventaba la Comunidad; que la Comunidad los enterra-ba; que el accionar de muerte de la fuerza pblica durante aos, as como su acciones ilegales como la que estaban realizando en ese momento, desconociendo a la misma Corte Constitucional y tratndolos a ellos de guerrilleros, eran evidentes. Varios policas all presentes decan que la Comunidad era una partida de guerrilleros y que tenan que hacer algo tarde o temprano. La polica seguan preguntando datos y afirmaba que necesitaban toda esa informacin en su central; adems decan que si los miembros de la Comunidad saban qu significa la palabra embosca-da, era porque estaban involucrados en algo. Ante esto, ellos respond-an que no contestaran nada a causa de tales irrespetos y estigmatizacio-nes que ponan en alto riesgo sus vidas. Los dos miembros de la Comu-nidad de Paz se negaron a dar informaciones propias de empadrona-mientos mientras los policas decan que la Comunidad iba a sacar un comunicado mintiendo, diciendo que los haban torturado. Ellos les res-pondieron que era evidente que sus derechos estaban siendo violados, y uno esencial, como es el derecho a la libertad, y que adems los policas pisoteaban el Estado de Derecho negndose a acatar los fallos de la Corte Constitucional. Despus de tenerlos privados de su libertad por espacio de una hora y 25 minutos, les dijeron que quedaban libres, que podan irse. Ellos les preguntaron cules eran los nombres de quienes los haban retenido y les haban afirmado que la Corte Constitucional no tiene vali-dez para ellios, pues tenan derecho a saber sus nombres. Sin embargo los policas dijeron que ellos no tenan que dar su nombre. Los miembros de la Comunidad les respondieron que nuevamente estaban haciendo algo ilegal, ya que eran servidores pblicos y, an ms, miembros de la fuerza pblica, por lo cual tenan obligacin de identificarse y llevar es-crito y visible su nombre. Los policas, sin embargo, escondan sus nom-bres para as generar impunidad; repetan que ellos no tenan que identi-

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    ficarse y nadie los poda obligar. Los miembros de la Comunidad les di-jeron que nuevamente se comprobaba que la fuerza pblica hace lo que quiere, violando la Constitucin y las leyes.

    El martes 29 de enero de 2008, varias personas de la Comunidad de Paz,

    mientras se transportaban en vehculos de servicio pblico que cubren la ruta Apartad-San Josesito, observaron el cuerpo sin vida de un hombre adulto en el sitio ya conocido como Tierra Amarilla, donde han apareci-do tntas vctimas del Estado en la ltima dcada. Cerca del cadver ob-servaron una motocicleta. Los medios de informacion han registrado el asesinato y afirman que el nombre de la vctima es JOHN JAIRO MU-OZ. Esta persona, aunque no es parte de nuestro proceso, es una nueva vctima del terror que se sigue imponiendo en Urab. El sitio donde fue asesinado ya es reconocido porque all hacen presencia los paramilitares deteniendo los vehculos que por all transitan y en muchas ocasiones re-teniendo por la fuerza a personas que luego han aparecido asesinadas. Tierra Amarilla est a slo cinco minutos de la fuerte presencia policial que se mantiene en esta entrada de Apartad. El ejrcito tambin hace una fuerte y permanente presencia en esa zona. Cmo es posible que se siga asesinando impunemente en este mismo lugar tantas veces denun-ciado? La respuesta es evidente: porque se asesina con la complicidad del Estado, que con su fuerza pblica protege al paramilitarismo.

    El viernes 8 de febrero de 2008, otro paramilitar integrante del Bloque

    Hroes de Tolov, que acta bajo la comandancia del Sr. Diego Fernando Murillo alias Don Berna, se present a autoridades disciplinarias del Estado, en Bogot, y rindi testimonio sobre su participacin en la masa-cre del 21 de febrero de 2005 en la vereda La Resbalosa de San Jos de Apartad. Como testigo presencial, relata con crudeza estremecedora el asesinato de la nia NATALIA TUBERQUIA MUOZ, de 5 aos de edad, as como los ltimos momentos de vida de su padre, Alfonso Bol-var Tuberquia Graciano, y de su hermanito de 18 meses de vida, Santia-go Tuberquia Muoz. Cuando el paramilitar testigo, segn su relato, lle-g a la morada de la familia Tuberquia Muoz, ya la madre, Sandra Mi-lena Muoz Posso, yaca sin vida en el piso de la cocina. Los nios Nata-lia y Santiago fueron sacados de debajo de una cama por algunos para-militares y entre stos se inici un debate sobre si deban asesinarlos o entregarlos a familias vecinas o al Instituto de Bienestar Familiar. Final-mente predomin el criterio de los que dirigan el operativo, quienes opinaron que esos nios al crecer seran guerrilleros en un futuro o po-dran tambin identificar a sus victimarios, por lo cual era necesario sa-crificarlos. Cuando su padre, Alfonso Bolvar Tuberquia, regres a la ca-sa con una rula, luego de haber huido ante los primeros disparos de los

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    militares, los victimarios lo derribaron al piso a punta de golpes y lo hicieron permanecer arrodillado. Los nios se le acercaron y l le supli-caba a los verdugos que no los mataran, aunque lo mataran a l. Cuando percibi que los iban a matar a todos, Alfonso le dijo a sus nios que iban a hacer un viaje muy largo, del cual quizs no iban a regresar. La nia Natalia, comprendiendo a su manera el inminente viaje, le prepar una muda de ropa a su hermanito. Luego los victimarios los separaron y Na-talia hizo un gesto con sus manitas, despidindose de su padre y de su hermanito. Pocos minutos despus, uno de los paramilitares que la car-gaba, apodado Cobra, la degoll con un machete y arroj su cuerpo al piso. El testigo no pudo ver el destino final del nio Santiago y de su pa-dre Alfonso Bolvar, pero los cuerpos de ambos aparecieron desmem-brados en la fosa. El testigo tambin describi las relaciones sistemticas que su estructura paramilitar Hroes de Tolov mantena con la Briga-da XVII del Ejrcito, con la Polica y con la base militar de Nueva Antio-quia, a travs del enlace llamado ALEJO, quien les transfera toda la dotacin que les donaba la fuerza pblica y coordinaba la colaboracin y acciones unitarias de los paramilitares con militares y policas. Relata que cuando se reunieron conlas tropas de la Brigada XVII para avanzar hacia La Resbalosa, el 21 de febrero de 2005, se fueron intercalando, de modo que en la fila se alternaban un paramilitar y un militar. Dicho testigo re-lata tambin cmo, antes de desmovilizarse su bloque, todas sus uni-dades fueron acantonadas en el corregimiento de Batata para recibir di-rectrices de sus comandantes, una de las cuales fue la prohibicin absolu-ta y rotunda de hablar o revelar algo sobre la masacre del 21 de febrero de 2005 en la vereda La Resbalosa, adviertindoles los comandantes que el que mencionara algo de esos hechos sera asesinado y toda su familia sera exterminada. El mismo testigo relata los diversos atentados de los cuales escap l mismo antes de entregarse a la Procuradura para de-nunciar los hechos, al mismo tiempo que revela la oleada de matanzas de quienes se desmovilizaron y se niegan a continuar su accionar parami-litar integrndose a las estructuras de las guilas Negras. Este testi-monio deja muy en claro lo siguiente:

    a) La unidad de accin existente entre la Brigada XVII del Ejrcito y la es-tructura paramilitar del narcotraficante y lder paramilitar Diego Fernando Murillo, alias Don Berna, unidad de accin que no se ha modificado tras las ficticias desmovilizaciones. b) La responsabilidad del Ejrcito en la horrenda masacre de Mulatos y La Resbalosa, el 21 de febrero de 2005, operacin que fue planificada y para la cual se solicit previamente, a travs del contacto regular que se mantena

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    (alias Alejo), la compaa y participacin de los paramilitares de Don Berna. c) La voluntad de ocultar, bajo las ms contundentes amenazas de muer-te, la autora de la masacre, lo que explica los esfuerzos desesperados de l Gobierno, a travs de l Presidente de la Repblica quien opt por calumniar a la Comunidad de Paz ante los medios masivos de comunicacin, para des-viar la atencin de los victimarios; del Vicepresidente de la Repblica y del personal de su Programa de Derechos Humanos, quienes acudieron a un falso testigo para endilgarle el crimen a las Farc y presentarlo as ante el Cuerpo Diplomtico; de la cpula militar, que falsific los documentos In-sitop para hacer creer que las tropas ms cercanas estaban a dos das de camino del escenario del crimen; de los medios masivos de comunicacin adictos al Gobierno, como el diario El Colombiano, de Medelln, que divulg ampliamente las falsas versiones sobre el crimen. El 21 de febrero de 2008, el Seor Ministro de Defensa, Dr. Juan Manuel

    Santos, remiti al representante de la Comunidad de Paz el oficio No. 11347/MDD-HH-725, acompaado de los primeros listados remitidos por la Polica y el Ejrcito, de miembros suyos que haban estado presentes en las fechas y sitios donde fueron denunciados crmenes de lesa huma-nidad o graves violaciones a los derechos humanos, en cumplimiento de la Sentencia T-1025 /07 de la Corte Constitucional

    El Ministerio se limit a remitir informacin relativa solamente a casos que ocurrieron en el segundo semestre de 2005 y primer semestre de 2006, sin atender todava peticiones que fueron remitidas dentro de la controver-sia sostenida con el mismo Ministerio mientras la Corte Constitucional revi-saba la sentencia del Tribunal y dirima las diferencias, perodo en el cual las peticiones cubran 236 hechos criminales, perpetrados entre octubre de 2002 y julio de 2007. Pero algo ms preocupante es que, sobre todo en las respuestas del Ejr-cito no as en las de la Polica-, la informacin que se suministra es dema-siado imprecisa, pues en la gran mayora de los casos se afirma que en esa fecha no haba tropas en el sitio preciso donde ocurrieron los hechos, en-viando, como alternativa, los listados de los pelotones y compaas que es-taban ese da en otras reas del corregimiento, resultando listados enormes. Impresiona tambin que en dicha remisin se advierte que no fue posible encontrar los listados de las compaas discriminados por pelotones y que, en la mayora, no aparecan tampoco los cdigos militares. Es muy difcil creer que la informacin de una brigada militar sea tan deficiente, lo que re-dunda en imposibilidad de contar con mecanismos elementales de control

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    del accionar de las tropas, lo que a su vez se convierte en un mecanismo ins-titucional de irresponsabilidad e impunidad, tanto ms grave cuanto de ellos pende la sancionabilidad de crmenes de lesa humanidad. Pero algo todava ms preocupante es el conjunto de prrafos explicati-vos de cada caso, en el cual se niega rotundamente la responsabilidad de los militares en los hechos. La redaccin de dichos prrafos se revela por s misma como formal, mecnica y de clich, pero si se le presta atencin, se comprueba que se est llegando a negar lo evidente. Incluso la ejecucin ex-trajudicial de Edilberto Vsquez (el 12 de enero de 2006) sobre la cual ya hay sentencia condenatoria, se sigue presentando como una muerte en comba-te; detenciones de personas que fueron llevadas ilegalmente a la Brigada, se niegan olmpicamente; se niega el patrullaje de paramilitares con uniformes y armas privativas de la fuerza pblica, cuando toda la poblacin los ha vis-to movilizarse con las tropas; se niega la ejecucin de Wilmar Durango, cuando la misma emisora del Ejrcito report al da siguiente que lo haban dado de baja; se niega la masacre de La Cristalina y la negociacin con los milicianos que se reinsertaron, cuando los mismos victimarios le comenta-ron a mucha gente el pago que haban recibido de los militares por esa ma-sacre, etc. Sigue siendo, pues, una constante, el hecho de que lo que toda la poblacin, que no sufre enfermedad alguna en su vista, ve, presencia y su-fre, los militares lo niegan. Esa capacidad de mentir pudo comprobarse de una manera en extremo evidente, hasta el punto de parecer caricaturezca, en los hechos del 20 de julio de 2007, cuando los policas acantonados en el ca-sero de San Jos se atrevieron a negar, en presencia de quienes acababan de sufrir el ilcito, que personas civiles, al parecer paramilitares que actuaban con ellos, estuvieran pidiendo documentos y empadronando gente junto al mismo puesto de polica. Cuando se niega la evidencia en presencia de los mismos testigos victimizados, es porque la capacidad de mentir se ha intro-yectado como rutina sin que ningn lmite de pudor la pueda controlar. El mismo jueves 21 de febrero de 2008, las diversas delegaciones inter-

    nacionales que acudieron a las veredas Mulatos y La Resbalosa para con-memorar el tercer aniversario de la masacre del 21 de febrero de 2005 en dichas veredas, escucharon numerosos testimonios de campesinos po-bladores de las veredas Rodoxal, La Hoz, La Esperanza, Playa Larga, Sabaleta y La Resbalosa, que daban cuenta de una intensa presencia pa-ramilitar en esa zona. Los paramilitares que se movilizan por la zona anuncian prximas masacres; exigen a los pobladores trabajar con ellos o de lo contrario los conminan a abandonar la regin antes de ser asesina-dos y les exigen pagos de impuestos ilegales. Al da siguiente, varios de-legados internacionales decidieron conformar una comisin que se des-plazara el sbado 23 al poblado de Nueva Antioquia, dado que todos los

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    testimonios concordaban en que all estaba la principal base paramilitar apuntalada por la fuerza pblica. Al realizar dicha visita, el comandante del puesto militar neg su apoyo a los paramilitares y afirm que el pa-ramilitarismo ya no exista, pues todos se haban desmovilizado, y que lo nico que existe ahora son bandas armadas por un narcotraficante apodado Don Mario al cual el ejrcito persigue. Nuevamente lo que sufren las vctimas no concuerda ni de lejos con el discurso oficial, el cual niega el sufrimiento de las vctimas y lo considera ficticio, recurriendo a un discurso que no se compadece con la cruda realidad.

    El jueves 20 de marzo de 2008, hacia las 8:00 horas, en la salida de San

    Jos fue abordada por el Ejrcito una persona de la Comunidad de Paz y le preguntaron qu haca en la comunidad. l les respondi que no daba informacin. Ellos le dijeron que tenan informantes pagos por todas par-tes y que esa comunidad de paz era pura guerrilla; que haba que exter-minarla a como diera lugar; que si estimaba a su familia y sus amigos, les dijera que se salieran de esa comunidad porque esos perros h.p guerrilleros, lideres y acompaantes, se iban a morir tarde o temprano. l les respondi que la Comunidad no era guerrillera y que lo dejaran seguir.

    El sbado 22 de marzo de 2008, hacia las 15:00 horas, dos paramilitares

    abordaron, en el barrio Veinte de Enero de Apartad, a una persona que estaba quedndose en San Josesito. Le preguntaron por varios lderes y acompaantes de la Comunidad de Paz; le dijeron que eso era pura guerrilla y que haba que acabar con esa comunidad; que si quera vivir , se saliera ya de esa comunidad.

    El lunes 24 de marzo de 2008, hacia las 11:00 horas, en el barrio Alfonso

    Lpez de Apartado fueron abordadas por tres paramilitares, personas cercanas a la Comunidad de Paz. Los paramilitares les dijeron que como ellos se comunicaban con la comunidad, les transmitieran saludos de su parte a los lderes y acompaantes y les informaran que tarde o tempra-no los iban a matar; que ellos tenan que realizar una masacre en San Jo-sesito o en la Unin y que todo ya estaba coordinado con la Polica.

    Como puede ver, Seor Presidente, los crmenes de lesa humanidad, entre ellos el tipificado como persecucin en el Estatuto de la Corte Penal Interna-cional, siguen caracterizando el accionar del Estado por Usted representado, contra la Comunidad de Paz de San Jos de Apartad. Intil sera redundar sobre la bajeza moral que todo esto implica y sobre la ilegitimacin del Estado y de las instituciones que todo esto produce. Intil,

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    tambin, recordarle que Usted ha desatendido las splicas apremiantes de parlamentos, gobiernos, comunidades locales, organismos interguberna-mentales y no gubernamentales de numerosos pases del mundo, para que le ponga fin a esta barbarie. Nadie ignora que Usted ha acumulado una res-ponsabilidad histrica por todos estos centenares de crmenes por los cuales algn da tendr que responder ante instancias de justicia universal. Pero a pesar de todo el asentimiento a los crmenes que su actitud implica, no po-demos dejar de clamar, de exigir, de suplicar y de utilizar los mecanismos que la Constitucin y las leyes siguen ofreciendo formal e ineficazmente, pa-ra insistir nuevamente en que Usted tiene obligacin constitucional de im-pedir tanta barbarie y que la Constitucin siempre le ha otorgado los meca-nismos apropiados para que pueda hacerlo. Las recientes revelaciones de quienes participaron en la horrenda masacre del 21 de febrero de 2005, ponen mucho ms en evidencia ahora que antes, que se trataba de un crimen de Estado planificado perversamente como Operacin Fnix, cuyo diseador, el Coronel Nstor Ivn Duque, perma-neca en ese rango a pesar de las gravsimas denuncias en su contra que Us-ted conoca perfectamente desde varios aos antes, negndose a proteger a sus vctimas y, por lo tanto, faltando gravemente a sus deberes constitucio-nales. Pero queda ms claro ahora que, fuera de ser un crimen de Estado planificado, en cuyo diseo se implicaba la inveterada participacin de uno de los grupos paramilitares ms criminales del pas, fue an ms grave por el cmulo de falsedades con que el Gobierno quiso encubrirlo ante el pas y el mundo. Ha quedado al descubierto que las caractersticas del operativo hacan imposible que el Comandante de la Brigada, y consecuentemente los comandantes de divisin, de arma y la ms alta cpula de las fuerzas arma-das pudieran ignorar lo ocurrido. De all que el recurso presidencial a ca-lumniar a la Comunidad de Paz para justificar indirectamente el crimen, y el recurso de la Vicepresidencia a avalar a un falso desmovilizado antes tor-turado, que permaneca an en poder de sus torturadores, para construir una versin falsa de los hechos que los atribuyera a las Farc, con el fin de transmitir esa falsa versin al Cuerpo Diplomtico, a los medios masivos de informacin y a la comunidad internacional, es una estratagema demasiado perversa. Cree, Usted, Seor Presidente, que puede conservar alguna credibilidad su Vicepresidente, as como su equipo responsable del Programa de Derechos Humanos, luego de quedar al descubierto esa manipulada reunin con el Cuerpo Diplomtico para transmitirles una versin falsa de los hechos? El comportamiento de la fuerza pblica en la zona, como lo demuestran la cantidad de hechos aqu consignados, responde a todas luces a consignas de

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    exterminio de la Comunidad de Paz que recibe de altas esferas del Gobierno. Ya para nadie es un secreto que los funcionarios de Accin Social de la Pre-sidencia buscan adicionar a la barbarie de la fuerza pblica y de sus auxi-liares paramilitares nuevas estrategias de exterminio, ofreciendo dineros y prebendas a quienes construyan alternativas de poder y modelos econmi-cos que subviertan los esfuerzos de economa solidaria que la Comunidad ha hecho durante tantos aos, con tal de que esas nuevas juntas comuna-les manipuladas y esa presencia creciente de transnacionales comercializ a-doras, acaben con el ascendiente social de la Comunidad de Paz y con sus redes econmicas solidarias, revistiendo todo eso con la mscara de un Plan Piloto para la Aplicacin de la Poltica Pblica para la Erradicacin de la Po-breza. La bajeza moral de toda esta estrategia no hay necesidad de subra-yarla. Nuevamente horrorizado por toda esta estrategia criminal, invoco el Dere-cho Constitucional de Peticin, consagrado en el Artculo 23 de la Constitu-cin de Colombia, as como en los artculos 5 y siguientes del Cdigo Con-tencioso Administrativo, para pedirle encarecida y apremiantemente lo si-guiente:

    1. Solicitar la renuncia al Seor Vicepresidente Francisco Santos, o al menos retirarle la misin de velar por el respeto a los derechos humanos y de combatir la corrupcin, dado que al revelarse las circunstancias de la masacre del 21 de febrero de 2005 y quedando as al descubierto su estrategia de encubrimiento de la misma al convocar al Cuerpo Diplomtico para avalar ante l versiones fal-sas del crimen, no puede tener credibilidad alguna su compromi-so con tal gnero de misiones. Igualmente destituir a todo su equipo responsable del Programa Presidencial de Derechos Humanos, dado su aval, ante la comunidad internacional, de versiones falsas de dicha masacre, que no podan fundarse en ig-norancia de los hechos.

    2. Renunciar a sus estrategias de destruccin de la Comunidad de

    Paz de San Jos de Apartad y comenzar a respetar los derechos de esa poblacin consagrados en la Constitucin Nacional, en los tratados internacionales de Derechos Humanos y en los principios elementales de la tica universal.

    3. Ordenarle imperativamente a la XVII Brigada del Ejrcito que res-

    tituya el computador robado a la Comunidad de Paz el 30 de junio de 2006, as como los computadores robados en Bogot en la ofici-

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    na del movimiento internacional Fellowship of Reconciliation, que atiende y acompaa a la Comunidad de Paz de San Jos de Apar-tad, y restituir a esta ltima entidad el telfono satelital que le destruyeron.

    4. Intervenir la Brigada XVII del Ejrcito con sede en Carepa, as co-

    mo el Departamento de Polica de Urab con sede en Apartad, con el fin de erradicar su unidad de accin con el paramilitarismo y sus comportamientos delictivos de donde emanan constante-mente crmenes sistemticos de lesa humanidad. Nombrar, para el efecto, comisiones de altsimo nivel internacional que elaboren un diagnstico sobre los mecanismos que han permitido la persisten-cia de conductas institucionales criminales a pesar del relevo pe-ridico de sus jerarquas y establecer mecanismos estrictos de con-trol de sus conductas en los cuales haya presencia de organismos internacionales. As mismo, destituir con carcter prioritario a to-dos los oficiales, suboficiales, soldados y policas que han estado acantonados en las bases de NUEVA ANTIOQUIA desde 2003 hasta el presente, por haber mantenido una unidad de accin permanente con la estructura paramilitar de alias Don Berna, no obstante las ficciones de desmovilizacin que se le vendieron al pas y al mundo.

    5. Desvincular radicalmente de cualquier plan de desarrollo guber-

    namental en Urab a empresas multinacionales y sus filiales que han contribuido a financiar a grupos terroristas paramilitares o participado en comisin masiva de crmenes de lesa humanidad, tales como Chiquita Brands, Banadex, Banacol, Boll, Multifruits, Delmonte, Uniban y Proban.

    6. Revisar la estrategia compulsiva con que Accin Social de la Pre-

    sidencia est tratando de forzar la vinculacin de la poblacin de la zona a los planes de desarrollo gubernamentales que sirven a los capitales transnacionales, amenazando con judicializacin, desplazamiento o exterminio a quienes se nieguen a vincularse a los mismos.

    7. Restablecer el imperio de la Constitucin en Urab en el aspecto

    de la separacin de poderes, eliminando la usurpacin de facto del poder judicial por el Ejrcito; prohibiendo las capturas administra-tivas, la conduccin de retenidos a instalaciones militares, las in-dagato