derecho como contribución

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conceptos de derecho como contribucion y su explicacion

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Derecho como como contribucinSon las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio pblico de la Nacin, as como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho pblico, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u rganos desconcentrados cuando, en este ltimo caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentran previstas en la Ley Federal de Derechos. Tambin son derechos las contribuciones a cargo de los organismos pblicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado, teniendo como ejemplo los bienes de la nacin que son de uso comn, los inmuebles destinados por la federacin a un servicio pblico, los monumentos histricos, arqueolgicos, y todos los servicios que son prestados por las Secretaras de Estado.LOS DERECHOS, SON CONTRIBUCIONES ESTABLECIDAS EN LEY, QUE DEBERN PAGAR PERSONAS FSICAS Y MORALES QUE RECIBAN LA AUTORIZACIN DE EXPLOTACIN DE BIENES PROPIEDAD DE LA NACIN. POR EJEMPLO, UNA PERSONA MORAL QUE SE DEDIQUE A LA TALA CONTROLADA DE RBOLES, DEBER PAGAR DERECHOS DE EXPLOTACIN.Las Contribuciones Especiales: Concepto."Las Contribuciones Especiales son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtencin de un beneficio o de un aumento de valor de los bienes de los particulares como consecuencia de la realizacin de obras pblicas o de la ampliacin de servicios pblicos"Dentro de este tipo de contribuciones, las ms frecuentes y conocidas son las contribuciones de mejoras.Analicemos las principales partes de la definicin:Las Contribuciones de Mejoras consisten en una prestacin pecuniaria que cobra el Estado: es decir, al igual que en el caso de los impuestos y las tasas, las economas privadas deben pagarlas en dinero. Mientras que los impuestos se cobran peridicamente, y las tasas cada vez que se hace uso de un servicio pblico; las contribuciones de mejoras las cobra el Estado cuando realiza obras pblicas y se pagan por nica vez.Permiten la realizacin de obras pblicas y el mejoramiento de ciertos servicios pblicos: las contribuciones de mejoras permiten al Estado realizar obras pblicas. Ejemplo: Obras de pavimentacin. En muchos casos las obras pblicas que se realizan se traducen en el mejoramiento de determinados servicios pblicos. Ejemplo: obras de desages cloacales. Producen un incremento de valor en el patrimonio de los particulares: las economas privadas deben pagar estas contribuciones porque generan directamente un valor adicional a las propiedades inmobiliarias.

Aportaciones de seguridad social concepto Las aportaciones de seguridad social han sido definidas por la doctrina, como las exacciones establecidas en la ley a favor de ciertos entes pblicos, para asegurar Su financiamiento econmico en forma automtica.

El Cdigo Fiscal de la Federacin, en su artculo 2 o. fraccin II, las define como

Las contribuciones establecidas en ley a cargo de las personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o las personas que se beneficien en forma especial por los servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.

Cuando sean organismos descentralizados los que- proporcionen la seguridad social a que hacen mencin la fraccin II, o presten los servicios sealados en la fraccin II, las contribuciones correspondientes tendrn la naturaleza de aportaciones de seguridad social.

En los trminos de lo dispuesto por el artculo 2o .de la Ley del Seguro Social,

La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia mdica, la proteccin de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, as como el otorgamiento de una pensin que, en su caso y previo el cumplimiento de los requisitos legales, ser garantizada por el Estado.

El artculo 3o. del citado ordenamiento, seala que La realizacin de la seguridad social est a cargo de las entidades o dependencias pblicas, federales o locales y de organismos descentralizados conforme a lo dispue5t0 por esta ley y dems ordenamientos legales sobre la materia.