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SITUACIONES PROTEGIDAS Y PRESTACIONES NO FINANCIABLES Derecho a la Asistencia Sanitaria bajo la cobertura del Sistema Nacional de Salud

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SITUACIONES PROTEGIDAS

Y PRESTACIONES NO FINANCIABLES

Derecho a la Asistencia Sanitariabajo la coberturadel Sistema Nacional de Salud

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Derecho a la Asistencia Sanitariabajo la cobertura del Sistema Nacional de Salud

SITUACIONES PROTEGIDAS Y PRESTACIONES NO FINANCIABLES

[GUÍA DEL USUARIO]

Este manual se puede consultar en la página web del Servicio Canario de la Saludwww.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs

Page 3: Derecho a la asistencia sanitaria guia del usuario

EDITA

Servicio Canario de la SaludConsejería de Sanidad del Gobierno de Canarias

FOTOMECÁNICA E IMPRESIÓN

Nueva Gráfica, S.A.L.Camino Los Pescadores, 17 - nave 338108 La Laguna - TenerifeTeléfono 922 626 405Fax 922 626 729

ENCUADERNACIÓN

Ediciones CanaricardTeléfono 922 626 405

Depósito Legal: TF-1534/2008

Page 4: Derecho a la asistencia sanitaria guia del usuario

Í N D I C E

Presentación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7

SITUACIONES PROTEGIDAS

1. Activo. Alta en el Régimen General de la Seguridad Social . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

2. Situaciones asimiladas al Alta en el Régimen Generalde la Seguridad Social . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

3. Situación de Baja en el Régimen General de la Seguridad Socialcon derecho a la Asistencia Sanitaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

4. Situación de Baja sin derecho a la Asistencia Sanitaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

5. Actuaciones para la recuperación del derecho . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

PRESTACIONES NO FINANCIABLES POR EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

1. Accidente de tráfico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

2. Accidente laboral/enfermedad profesional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

3. Accidente escolar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 153.1. Accidente escolar en centro privado y/o concertado . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

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4. Accidente deportivo: seguro obligatorio de deportistasfederados y profesionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

5. Pacientes privados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175.1. Pacientes privados sin ninguna cobertura . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 175.2. Pacientes con cobertura privada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

6. Mutualidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

7. Asistencia a ciudadanos residentes en países de la Unión Europea,del Espacio Económico Europeo y Suiza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20

8. Asistencia a extranjeros en estancia temporal procedentes de paísescon convenios sobre Seguridad Social con España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

9. Asistencia a extranjeros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22

10. Desplazados de otras Comunidades Autónomas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24

11. Otros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24

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P R E S E N T A C I Ó N

Con la edición de este manual, el Servicio Canario de la Salud, dependientede la Consejería de Sanidad, quiere contribuir a la mejora del conocimiento

de las situaciones protegidas por el Régimen General de la Seguridad Social, dadoel interés que suscitan entre los usuarios de los centros asistenciales los asuntosconcernientes a la cobertura del derecho a la asistencia sanitaria y, en caso depérdida, a su recuperación.

Esta publicación informa, asimismo, de las prestaciones reclamables estable-cidas en la normativa vigente, para orientar de manera clara y concisa sobre estetipo de situaciones –asistencia por accidentes de tráfico, laborales, escolares,deportivos, mutualidades, etc.– muy frecuentes en la actividad sanitaria y querequieren la aportación de documentación específica por parte de los pacientes.

Cada uno de los apartados de este manual ayudará a despejar muchas dudasy preguntas de los usuarios, dirigidas frecuentemente al personal sanitario y nosanitario de nuestros centros de salud y hospitales, al tratarse de los profesiona-les más próximos, accesibles y que prestan la atención sanitaria efectiva.

Todos los usuarios del Servicio Canario de la Salud, con derecho a la asisten-cia bajo la cobertura del Sistema Nacional de Salud, podrán identificarse en cualquie-ra de las situaciones descritas en esta publicación, cuya edición responde a la nece-sidad de informar a los ciudadanos/as del alcance de la acción protectora del Sis-tema de la Seguridad Social. Es por ello que invitamos a consultarla y conservarla.

GUILLERMO MARTINÓN RIBOTDirector del Servicio Canario de la Salud

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I N T R O D U C C I Ó N

L a Ley General de la Seguridad Social regula que “la acción protectora del Sis-tema de la Seguridad Social comprenderá... la asistencia sanitaria en los casos

de maternidad, de enfermedad común o profesional y de accidentes, sean o node trabajo”, estableciéndose que tienen reconocido este derecho:

1º. Los trabajadores del Régimen General, afiliados y en alta o en situaciónasimilada a la de alta. A efectos de esta prestación, se consideran en altade pleno derecho, aunque el empresario incumpla sus obligaciones.

2º. Los pensionistas y perceptores de prestaciones periódicas, incluidos losperceptores de la prestación o subsidio de desempleo gestionado por elInstituto Nacional de Empleo (INEM-Servicio Público de Empleo Estatal).

3º. Los familiares o asimilados a cargo de los anteriores, entre los que figuranlos cónyuges, hijos y personas con las que convivan.

4º. Los pacientes reconocidos sin recursos económicos. 5º. Los extranjeros empadronados en el municipio en el que residan habi-

tualmente, los extranjeros menores de 18 años y las extranjeras embara-zadas durante el embarazo, parto y posparto.

El derecho a la asistencia sanitaria nace con la afiliación y su efectividad seproducirá a partir del día de la presentación del alta en el Régimen General de laSeguridad Social. En este sentido, corresponde al Instituto Nacional de la Segu-

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ridad Social (INSS) el reconocimiento de dicho derecho. Y su duración se extien-de mientras se esté en situación de alta o asimiladas a la de alta, entendiéndosepor tales, entre otras, la de los trabajadores que causen baja en el RégimenGeneral, los cuales conservarán el derecho durante un período de 90 días natu-rales desde el día en que se haya producido la baja. Su extinción se producirácuando se deje de estar en algunas de las situaciones anteriormente descritas.

No obstante, existen prestaciones reclamables a terceros cuando se den lossupuestos recogidos en la normativa de aplicación (Ley General de Sanidad yReal Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la Carterade Servicios Comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para suactualización).

Entre estas prestaciones se encuentran las siguientes: accidentes de trabajo oenfermedades profesionales a cargo de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, delInstituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina, segu-ros obligatorios de los deportistas federados y profesionales, de vehículos demotor, viajeros, caza, escolar y cualquier otro seguro obligatorio.

GUÍA DEL USUARIO

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S I T U A C I O N E S P R O T E G I D A S

L as situaciones protegidas por el Sistema Nacional de Salud que se describena continuación están reflejadas de manera gráfica en las páginas centrales de

esta publicación.

1. ACTIVO. ALTA EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Se encuentran en esta situación:

a) Los trabajadores afiliados y en alta (condición de titular).b) Los pensionistas y perceptores de prestaciones periódicas (condición de titular).c) Familiares y asimilados a cargo de los anteriores (condición de beneficiarios).d) Las personas a las que se les reconozca carecer de recursos económicos

suficientes.

2. SITUACIONES ASIMILADAS AL ALTA EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Se encuentran en esta situación:

a) Los trabajadores desempleados con derecho a la prestación por desempleo.b) Los beneficiarios a cargo de los anteriores (familiares, cónyuges y otros).

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c) Trabajadores desempleados sin derecho a prestación por desempleo o,teniendo derecho, que hayan agotado el período de prestación, durantelos 90 días naturales desde el día en que se haya producido la baja.

3. SITUACIÓN DE BAJA EN EL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL CON DERE-CHO A LA ASISTENCIA SANITARIA

Se encuentran en esta situación los trabajadores desempleados y sus benefi-ciarios en el período de carencia de los 90 días siguientes a la fecha de la baja,porque han agotado la prestación por desempleo o no han cubierto el períodomínimo de cotización.

4. SITUACIÓN DE BAJA SIN DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA

Se encuentran en esta situación los trabajadores desempleados y beneficiariosde los mismos, una vez transcurrido el período de carencia de 90 días desde la baja.

5. ACTUACIONES PARA LA RECUPERACIÓN DEL DERECHO

Los usuarios que se encuentren en situación de baja podrán recuperar elderecho a la asistencia sanitaria a través de las siguientes actuaciones:

a) Tramitando el reconocimiento del derecho como beneficiario de un titular.b) Tramitando el reconocimiento del derecho por carecer de recursos econó-

micos suficientes.

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GUÍA DEL USUARIO

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P R E S T A C I O N E S N O F I N A N C I A B L E SP O R E L S I S T E M A N A C I O N A L D E S A L U D

Conforme a lo regulado en la Ley General de Sanidad, Ley General deSeguridad Social y Real Decreto por el que se establece la Cartera de

Servicios Comunes del SNS, los Servicios de Salud reclamarán a los terceros obli-gados al pago el importe de las atenciones o prestaciones sanitarias facilitadasdirectamente en los diez supuestos que se explican a continuación. Estas presta-ciones incluyen el transporte sanitario, la atención de urgencia, especializada yprimaria, la prestación farmacéutica, ortoprotésica y con productos dietéticos, asícomo los tratamientos de rehabilitación.

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1. ACCIDENTE DE TRÁFICO

2. ACCIDENTE LABORAL/ENFERMEDADPROFESIONAL

3. ACCIDENTE ESCOLAR

4. ACCIDENTE DEPORTIVO

5. PACIENTES PRIVADOS

6. MUTUALIDADES

7. ASISTENCIA A CIUDADANOS RESIDENTESEN PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA, DELESPACIO ECONÓMICO EUROPEO Y SUIZA

8. ASISTENCIA DERIVADA DE CONVENIOS BI-LATERALES

9. ASISTENCIA A EXTRANJEROS

10. DESPLAZADOS DE OTRAS COMUNIDADESAUTÓNOMAS

11. OTROS (AGRESIONES, DETENIDOS, INSTI-TUCIONES PENITENCIARIAS, ÓRDENES JU-DICIALES, RESPONSABILIDAD CIVIL, ETC.)

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1. ACCIDENTE DE TRÁFICO

Las asistencias sanitarias prestadas a los pacientes que hayan sufrido un acci-dente de tráfico son susceptibles de ser reclamadas al tercero obligado al pago(entidad aseguradora del vehículo). Para que ello sea posible, se requiere que elpaciente aporte la siguiente información:

! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Datos personales (nombre, apellidos y documento de identificación, DNI opasaporte).

b) Domicilio.c) Datos del accidente (lugar, fecha, hora).d) Condición del lesionado (conductor, ocupante, peatón u otros).e) Datos del/los vehículos implicados (matrícula y entidad aseguradora).f) Declaración suscrita por el paciente o testigo sobre el accidente acaecido.

La asistencia será facturada al paciente de no aportar la documentación re-querida para la facturación, de conformidad con lo establecido en el Decreto dePrecios Públicos del Servicio Canario de la Salud.

2. ACCIDENTE LABORAL/ENFERMEDAD PROFESIONAL

Las asistencias sanitarias prestadas a los pacientes que hayan sufrido un acci-dente laboral o padezcan una enfermedad profesional son susceptibles de ser re-clamadas a la Mutualidad laboral que le de cobertura. Para que ello sea posible,se requiere del paciente la siguiente información:

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GUÍA DEL USUARIO

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! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Datos personales (nombres, apellidos y documento de identificación, DNI opasaporte).

b) Domicilio.c) Declaración responsable del paciente sobre el accidente (lugar, fecha, hora).d) Datos de la empresa.

! INFORMACIÓN QUE DEBE CONOCER EL PACIENTE

a) Obligación de poner en conocimiento de la empresa los hechos ocurridos.b) Puesta en conocimiento del hecho a la Mutua laboral.

3. ACCIDENTE ESCOLAR

El Seguro Escolar es obligatorio a partir del tercer curso de la EducaciónSecundaria Obligatoria (ESO) y hasta cumplir los 28 años de edad, siendo la enti-dad responsable de los gastos sanitarios derivados de estos accidentes el INSS.

! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Datos personales del paciente y, en su caso, del tutor (nombres, apellidosy documento de identificación, DNI o pasaporte).

b) Domicilio.c) Datos del centro educativo.d) Parte de accidente a cumplimentar por el centro educativo.

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DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA…

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3.1. ACCIDENTE ESCOLAR EN CENTRO PRIVADO Y/O CONCERTADO

En estos centros estará cubierta por los seguros privados suscritos al efecto, nooperando aquí el límite de edad indicado en el apartado anterior. Independien-temente de la edad del paciente, se requerirá la siguiente documentación:

! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Datos personales del paciente y, en su caso, del tutor (nombres, apellidosy documento de identificación, DNI o pasaporte).

b) Domicilio.c) Datos del centro educativo. d) Parte de accidente a cumplimentar por el centro educativo donde conste

los datos del seguro suscrito.

La asistencia será facturada al paciente o, en caso de menor de edad, a su tutor,de no aportarse la documentación requerida para la facturación, de conformidadcon lo establecido en el Decreto de Precios Públicos del Servicio Canario de la Salud.

4. ACCIDENTE DEPORTIVO: SEGURO OBLIGATORIO DE DEPORTISTAS FEDERADOS Y

PROFESIONALES

Toda actividad deportiva en competición oficial deberá realizarse bajo el am-paro de la Federación correspondiente, debiendo constar el deportista con lacorrespondiente licencia, en la que deberá constar el seguro obligatorio o mutua-lidad deportiva.

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GUÍA DEL USUARIO

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! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Datos personales del paciente y, en su caso, del tutor (nombres, apellidosy documento de identificación, DNI o pasaporte).

b) Domicilio.c) Copia de la ficha federativa y del DNI del paciente.d) Datos de la entidad deportiva.e) Parte de accidente a cumplimentar por la entidad deportiva.

La asistencia será facturada al paciente o, en caso de menor de edad, a sututor, de no aportarse la documentación requerida para la facturación, de confor-midad con lo establecido en el Decreto de Precios Públicos del Servicio Canariode la Salud.

5. PACIENTES PRIVADOS

5.1. PACIENTES PRIVADOS SIN NINGUNA COBERTURA

El art. 16 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad establece que“los usuarios sin derecho a la asistencia de los servicios de salud, podrán accedera los servicios sanitarios con la consideración de pacientes privados”.

! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Datos personales del paciente y, en su caso, del tutor (nombres, apellidosy documento de identificación, DNI o pasaporte).

b) Domicilio.

DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA…

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5.2. PACIENTES CON COBERTURA PRIVADA

Pacientes sin derecho reconocido a la asistencia sanitaria, pero que poseencobertura con aseguradora privada. En estos casos, el gasto derivado de dichasasistencias será reclamable a la entidad aseguradora contratada por el paciente.

! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Datos personales del paciente y, en su caso, del tutor (nombres, apellidosy documento de identificación, DNI o pasaporte).

b) Domicilio.c) Carta de garantía, autorización o compromiso de pago de la aseguradora.

La asistencia será facturada al paciente o, en caso de menor de edad, a sututor, de no aportarse la carta de garantía, autorización o compromiso de pagode la aseguradora.

6. MUTUALIDADES

Las Mutualidades están encuadradas en los Regímenes Especiales. En par-ticular, se considera Régimen Especial el que encuadra al grupo de funcionariospúblicos, civiles y militares:

a) La Mutualidad General de Funcionarios de la Administración Civil delEstado (MUFACE) es la entidad que tiene a su cargo la gestión del RégimenEspecial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

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b) El Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) es la entidad que tienea su cargo la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social de losfuncionarios militares.

c) La Mutualidad General Judicial (MUGEJU) es la entidad que tiene a sucargo la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social del personalal servicio de la Administración de Justicia.

Los mutualistas o beneficiarios de MUFACE, ISFAS y MUGEJU pueden optarpor su adscripción a la Red Sanitaria Pública o a una entidad de seguro. Los usua-rios que opten por su adscripción a la Red Sanitaria Pública dispondrán de TarjetaSanitaria Individual.

! INFORMACIÓN A REQUERIR AL PACIENTE

a) Datos personales del paciente y, en su caso, del tutor (nombres, apellidosy documento de identificación, DNI o pasaporte).

b) Domicilio.c) Carta de garantía o autorización o compromiso de pago de la aseguradora.

La asistencia será facturada al paciente o, en caso de menor de edad, a sututor, de no aportarse la carta de garantía, autorización o compromiso de pagode la aseguradora.

DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA…

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7. ASISTENCIA A CIUDADANOS RESIDENTES EN PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA, DEL

ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO Y SUIZA

Los pacientes en posesión de la Tarjeta Sanitaria Europea tienen derecho alas prestaciones en especie que sean necesarias durante su estancia en España.

En cualquier caso, las personas que se desplazaran con el fin, exclusivo oúltimo, de obtener tratamiento médico en un Estado miembro distinto de aquelen el que está asegurado, no están cubiertas por la Tarjeta Sanitaria Europea, sinoque requerirán de un formulario específico.

La Tarjeta Sanitaria Europea podrá ser sustituida, para períodos de prestaciónconcreta o pérdida de ésta, por el Certificado Provisional Sustitutorio.

! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Pasaporte o documento de identificación (DNI).b) Tarjeta Sanitaria Europea, Certificado Provisional Sustitutorio u otro formu-

lario de derecho.c) Domicilio del paciente en el Estado miembro en el que esté asegurado.

De residir en otro, también deberá aportar el domicilio de residencia.

La asistencia será facturada al paciente o, en caso de menor de edad a sututor, de no aportarse la documentación requerida para la facturación, de confor-midad con lo establecido en el Decreto de Precios Públicos del Servicio Canariode la Salud.

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OTROS DOCUMENTOS VÁLIDOS PARA RECIBIR DIRECTAMENTE ASISTENCIA SANITARIA

a) E106: Para los trabajadores desplazados que residan en un país distinto alde su afiliación y miembros de su familia, así como a los miembros de lafamilia de un trabajador desempleado, que residan en un Estado distintodel titular del derecho.Para que este formulario sea aceptado por el centro asistencial deberáestar sellado por el INSS.

b) E112: Certifica el derecho a recibir un tratamiento médico específico cuan-do se autorice, desde el punto de vista médico, a la persona asegurada adesplazarse a otro Estado con este único fin.Para que este formulario sea aceptado por el centro asistencial deberáestar sellado por el INSS.

8. ASISTENCIA A EXTRANJEROS EN ESTANCIA TEMPORAL PROCEDENTES DE PAÍSES CONCONVENIOS SOBRE SEGURIDAD SOCIAL CON ESPAÑA

La asistencia sanitaria prestada a los pacientes asegurados o beneficiarios deotros países extranjeros, no residentes en España, en los supuestos y condicionesestablecidos en los convenios bilaterales en materia de Seguridad Social suscritospor España, será reclamada a los terceros obligados al pago. Para ello, se reque-rirá la siguiente documentación:

DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA…

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! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR EL PACIENTE

a) Pasaporte.b) Formulario específico según el Convenio actual para recibir asistencia

sanitaria, emitido por el país del paciente.c) Domicilio del paciente en el extranjero.

La asistencia será facturada al paciente o, en caso de menor de edad, a su tutor,de no aportarse la documentación requerida para la facturación, de conformidadcon lo establecido en el Decreto de Precios Públicos del Servicio Canario de la Salud.

9. ASISTENCIA A EXTRANJEROS

a) Extranjeros empadronados.

Los extranjeros que se encuentren en España y se empadronen en el municipioen que residan habitualmente tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismascondiciones que los españoles. Y esas condiciones de igualdad implican que podránbeneficiarse de los servicios sanitarios aquellos extranjeros que, con independenciade que se encuentren legalmente en España o carezcan de los documentos necesa-rios para ello, estén empadronados y no posean recursos económicos suficientes.

Es decir, los extranjeros empadronados y que, tras la oportuna comprobación,carezcan de recursos suficientes para sufragar los gastos generados por el cuidadode su salud, podrán acceder a las prestaciones sanitarias en condiciones de igualdadcon respecto a los españoles, a través del procedimiento para el reconocimiento delderecho a la asistencia sanitaria a las personas sin recursos económicos suficientes,regulado en el Real Decreto 1088/1989 y sus normas de desarrollo.

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b) Menores extranjeros.

Los extranjeros menores de 18 años, con independencia de su inscripción ono en el Padrón del municipio en el que residan y que sean o no residentes lega-les, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las mismas condiciones que losespañoles. Podrán acceder:

1º. Por el hecho de ser menores de edad extranjeros.2º. Como beneficiarios de un tercero, cuando estén a cargo de un tutor

mayor de edad, empadronado y con reconocimiento del derecho a laasistencia sanitaria, por carecer de recursos económicos suficientes.

c) Mujeres embarazadas.

Las mujeres extranjeras que se encuentren en España tienen derecho a laasistencia sanitaria necesaria para el seguimiento de su embarazo, parto y pos-parto.

Podrán acceder a las prestaciones sanitarias según lo contemplado en laapartado a), si están inscritas en el Padrón municipal y carecen de recursos eco-nómicos suficientes.

! INFORMACIÓN QUE DEBE APORTAR LA PACIENTE

a) Documento de identificación.b) Tarjeta Sanitaria o documento de inclusión sanitaria.c) Domicilio habitual de residencia.

DERECHO A LA ASISTENCIA SANITARIA…

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10. DESPLAZADOS DE OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

La asistencia sanitaria prestada a pacientes residentes en otras ComunidadesAutónomas desplazados de forma temporal en Canarias se financia conforme alsistema general de financiación previsto para las Comunidades Autónomas deRégimen General.

Los hospitales nacionales registran desde principios de los 90, por normati-va ministerial, el denominado Conjunto Mínimo Básico de Datos (CMBD) de cadapaciente atendido, en especial de los tratados en los centros hospitalarios decarácter público. Entre esos datos de obligado registro figuran los pacientes aten-didos en un centro sanitario público que procedan de otra Comunidad Autónoma.Para ello, es necesario obtener de estos pacientes la siguiente información.

! INFORMACIÓN A REQUERIR AL PACIENTE

a) Documento identificativo.b) Domicilio en la Comunidad Autónoma de residencia.c) Domicilio temporal en la Comunidad Autónoma de Canarias.d) Tarjeta Sanitaria de su Comunidad de origen.

11. OTROS

Existen otras asistencias que pueden ser reclamables a terceros entre las quese encuentran las derivadas de agresiones, dentenciones, órdenes judiciales ypruebas de alcoholemia.

GUÍA DEL USUARIO

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SITUACIONES PROTEGIDAS

Y PRESTACIONES NO FINANCIABLES

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