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DEPARTAMENTO JURIDICO MIIUCGM/JCKlNIL N°416C~.ill\ RESUELVE DICTAR SENTENCIA EN SUMARIO SANITARIO ROL 37/2013 (PUERTO NATALES) EN CONTRA DE .- RESOLUCiÓN EXENTA PUNTA ARENAS, 30 JlIL 2013 VISTOS: Los anteceden1es del Sumario Sanitario 37/2013, de la Oficina Provincial Puerto Natales de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud, instruido en contra de doña .. , Rut; , domiciliada en N°, Puerto Natales, propietaria de la Carnicería ubicada en Los Cipreses 1238, Puerto Natales; Acta de Inspección de 27 de mayo de 2013, rolante a fojas 1 y siguie tte y fotografías de fojas 3; y, Descargos de fojas 5 y documentos adjuntos, que rolan de fojas 6 a 8. CONSIDERANDO: a) Que, según consta del Acta de Inspección de 27 de mayo de 2013, rolante a fojas 1 y siguiente, se inició un sumario sanitario en contra de doña . , domiciliada en _ N0 . Puerto Natales, propietaria de la Carnicería ubicada en Los Cipreses N° 1238, Puerto Natales, por haberse verificado, al momento de la visita, la existencia, para la venta, de huesos con carne bovina que presenta sus características organolépticas alteradas, hecho que infringe el artículo 278 del decreto supremo f\o 977, de 1996, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos. Se deja establecido que se verificó la falta de aseo en piso y paredes de la zona de expendio, infringiéndose con ello lo dispuesto en los artículos 25 y 38 del texto reglamentario antes citado. del producto individualizado. Se deja constancia del decomiso de 6,880 kilos El acta de inspección agregada a fojas 9, datada el 27 de mayo de 2013, da cuenta de haberse procedido a la destrucción del producto decomisado. b) Que, el sumariado en sus descargos de fojas 5, manifiesta, en lo que interesa, que al momento de la visita estaba despostando carne bovina, por lo que no había sido retirada de vitrina la del día anterior y que, debido a la misma circunstancia se verificó la falta de aseo en piso y paredes, porque la limpieza profunda se realiza una vez finalizado el desposte. e) Que, los descargos precedentemente reseñados, constituyen un reconocimiento de los hechos infra ::cionales que se atribuyen a la sumariada. BALMACEDA 661 - TELEFONOS: Central: (61) 291300 - OIRS: (61) 291326 - FAX: (61) 291349 E-Mail Contacto: seremisalud [email protected] Web: http://seremimagallares.redsalud.goV.cl

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  • DEPARTAMENTO JURIDICOMIIUCGM/JCKlNIL

    N°416C~.ill\

    RESUELVE DICTAR SENTENCIA ENSUMARIO SANITARIO ROL N° 37/2013(PUERTO NATALES) EN CONTRA DE

    .-RESOLUCiÓN EXENTA N°

    PUNTA ARENAS, 30 JlIL 2013

    VISTOS: Los anteceden1es del SumarioSanitario N° 37/2013, de la Oficina Provincial Puerto Natales de esta SecretaríaRegional Ministerial de Salud, instruido en contra de doña ..

    , Rut; , domiciliada en N°, Puerto Natales,propietaria de la Carnicería ubicada en Los Cipreses N° 1238, Puerto Natales; Actade Inspección de 27 de mayo de 2013, rolante a fojas 1 y siguie tte y fotografías defojas 3; y, Descargos de fojas 5 y documentos adjuntos, que rolan de fojas 6 a 8.

    CONSIDERANDO:

    a) Que, según consta del Acta de Inspecciónde 27 de mayo de 2013, rolante a fojas 1 y siguiente, se inició un sumario sanitario encontra de doña . , domiciliada en _ N0 .Puerto Natales, propietaria de la Carnicería ubicada en Los Cipreses N° 1238, PuertoNatales, por haberse verificado, al momento de la visita, la existencia, para la venta,de huesos con carne bovina que presenta sus características organolépticasalteradas, hecho que infringe el artículo 278 del decreto supremo f\o 977, de 1996, delMinisterio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos.

    Se deja establecido que se verificó la falta deaseo en piso y paredes de la zona de expendio, infringiéndose con ello lo dispuestoen los artículos 25 y 38 del texto reglamentario antes citado.

    del producto individualizado.Se deja constancia del decomiso de 6,880 kilos

    El acta de inspección agregada a fojas 9, datadael 27 de mayo de 2013, da cuenta de haberse procedido a la destrucción del productodecomisado.

    b) Que, el sumariado en sus descargos defojas 5, manifiesta, en lo que interesa, que al momento de la visita estabadespostando carne bovina, por lo que no había sido retirada de vitrina la del díaanterior y que, debido a la misma circunstancia se verificó la falta de aseo en piso yparedes, porque la limpieza profunda se realiza una vez finalizado el desposte.

    e) Que, los descargos precedentementereseñados, constituyen un reconocimiento de los hechos infra ::cionales que seatribuyen a la sumariada.

    BALMACEDA 661 - TELEFONOS: Central: (61) 291300 - OIRS: (61) 291326 - FAX: (61) 291349E-Mail Contacto: seremisalud [email protected] Web: http://seremimagallares.redsalud.goV.cl

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    N"416

    d) Que, el mérito de los antecedentesreunidos en el proceso determina que las deficiencias observadas constituyeninfracciones a los artículos 72 y 278 letra a) del del decreto supremo N° 977, de 1996,del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos.

    e) Que, los aludidos antecedentes,determinan que el riesgo sanitario de las infracciones acreditadas sea calificado comomuy grave y grave. Es muy grave el riesgo proveniente de la venta de productos consus características organolépticas alteradas porque puede causar intoxicaciones enquienes los consuman y es grave, el derivado de la falta de aseo, puesto que puedecontaminar los productos que se expenden, y dañar la salud de las personas.

    f) Que, para determinar la entidad de lasanción aplicable, se tendrá en consideración que el sumario sanitario Rol N° 16 de2012, de Puerto Natales, incoado en contra de la sumariada, fue invalidado medianteresolución exenta N° 3135, de 2012, de esta Secretaría Regional Ministerial, razón porla cual ha de entenderse que la infractora no ha sido sometida a sumario sanitario conantelación.

    g) Que, con el mismo propósito se tendrápresente que el riesgo sanitario de las infracciones fue calificado como grave y muygrave, por el peligro que las deficiencias constatadas importa para la salud de laspersonas.

    TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en elCódigo Sanitario; en el decreto supremo N° 977, de 1996, del Ministerio de Salud,Reglamento Sanitario de los Alimentos; las facultades que me confiere el decreto confuerza de ley N° 1, de 2005 del mismo Ministerio; y, el Decreto de NombramientoN° 38 de 18 de Marzo del 2010;

    SENTENCIA 204 I

    1.- APLÍQUESE a doñaRut; , domiciliada en N°, Puerto Natales,

    propietaria de la Carnicería ubicada en Los Cipreses N° 1238, Puerto Natales, lasanción de MULTA DE 1 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, que deberá sercancelada dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de lapresente resolución, en las dependencias de la Oficina Provincial Puerto Natales deesta Secretaría Regional Ministerial de Salud, calle Ignacio Car-era Pinto N0 563 ,Puerto Natales, por haber infringido el decreto supremo N° 977, de 1996, delMinisterio de Salud, Reglamento Sanitario de los Alimentos, bajo elAPERCIBIMIENTO DEL ARTICULO 169 DEL CODIGO SANITARIO.

    2.- ADVIERTASE a la sumariada que deberádar estricto cumplimiento a la normativa sanitaria vigente, en especial lo establecidoen el Reglamento señalado precedentemente.

    3. - NOTIFíQUESE LA PRESENTERESOLUCiÓN A LA SUMARIADA POR CARTA CERTIFICADA OPERSONALMENTE, por funcionarios de esta Secretaria Regional Ministerial deSalud.

    8AL~ACEDA 661 - TE~EFONOS: Central: (61) 291300 - OIRS: (61) 291326 - FAX: (61) 291349E-Mail Contacto: seremlsalud [email protected]/ Web: http://seremimagallanes.redsalud.gov.CI

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    N"416

    4.- INFORMASE, que de conformidad con elartículo 171 del Código Sanitario, tiene un plazo de 5 días hábiles para reclamar de lapresente resolución ante los Tribunales Ordinarios de Justicia o solicitarreconsideración administrativa dentro del mismo plazo de conformidad con losartículos 59 de la Ley 19.880 y 10° de la Ley 18.575.

    ANOTESE, NOTIFíQUESE y CÚMPLASE.

    DRA. MARIA ISABEL 'IDUYA LANDASECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD

    MAGALLANES y ANTARTICA CHILENA

    DISTRIBUCiÓN:- Original expediente

    D. Dir.:Oficina Provincial de Puerto NatalesDepartamentoAcción Sanitaria (2)Departamento Administración y FinanzasCaja (DAF)Oficina de Partes

    N° ~. - Puerto Natales

    BALMACEDA 661 - TELEFONOS: Central: (61) 291300 - OIRS: (61) 291326 - FAX: (61) 291349E-Mail Contacto: [email protected] Web: http://seremimagallanes.redsalud.gov.CI

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