denuncia contra el circo jordan bros panajachel sololá guatemala 25 julio 09

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Documento para demanda legal con pruebas de extremo maltrato contra el circo Jordan Bros, viola el Decreto 870 Ley Protectora de Los Animales del año 1952. Agosto de 2009.

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Page 1: DENUNCIA contra el circo Jordan Bros  Panajachel Sololá Guatemala  25 Julio 09

DENUNCIA CONTRA EL CIRCO “JORDAN BROS”, POR PÉSIMA TENENCIA DE ANIMALES DOMÉSTICOS Y SILVESTRES,

NEGLIGENCIA, EXTREMO MALTRATO Y CRUELDAD.

El León africano se encuentra gravantemente enfermo, sin ánimo, sin fuerzas, completamente decaído,

tiene señales de maltrato sobre su frente y los testículos están golpeados.

Lleno de moscas hasta en su lengua, muerto de sed ni siquiera se dignan a ponerle agua.

Para efectos del pedido de Confiscación inmediata, citamos el Decreto N° 870 Ley Protectora de Animales, en este caso el circo “Jordan Bros” esta violando los siguientes Artículos:

Articulo 1ª: Para los efectos de esta Ley quedan prohibidos y se consideran actos punibles, por mal trato a los animales, los siguientes:

a) Golpear a los animales con hierros, palos o cualquier instrumento contundente y en general, todo acto de violencia o mal trato que se les cause;

c) Utilizar los servicios de animal herido, impedido, llagado, enfermo, flaco, extenuado o fatigado; d) Hacerlos padecer hambre, sed o darles alimentos deficientes; e) Encerrarlos en lugares inadecuados o antihigiénicos;

Del Literal a): Es acto de mal trato que el circo tenga a este León bajo estas condiciones, sin agua, enfermo sin tratamiento veterinario especializado, en esta jaula demasiado pequeña para sus requerimientos de espacio.

CAUTIVERIO INSOSTENIBLE: La crueldad que implica tener animales en un cautiverio insostenible por las jaulas extremadamente estrechas en las cuales se ven obligados a vivir el 90% de sus vidas.

Del Literal c): El circo está utilizando al León estando en grave estado de salud y además está herido en los testículos.

Del Literal d): Lo hacen padecer sed, pues no tiene un recipiente con agua, y hambre porque tampoco se le ve alimento y está delgado, sin fuerzas.

Del Literal e): El circo lo tiene encerrado en una palangana que convirtieron en “jaula”, completamente oxidada, insegura para la comunidad, el tamaño de esta prisión es exageradamente pequeño para los requerimientos de movilidad de esta especie de León Africano.

Es increíble la forma irresponsable por parte de los dueños de este circo quienes exponen y atentan contra la vida de decenas de niños y adultos,

debido a la oxidada y precaria jaula donde tienen sometido al León, es impresionante que este felino salvaje no se haya salido o escapado, debe de estar muy mal de salud como para no defenderse de todos estos niños que lo

rodeaban, se agarraban y subían a la jaula para mirarlo, le gritaban, hacían mucho ruido, … es suerte de verdad que aún no haya ocurrido una tragedia.

Page 2: DENUNCIA contra el circo Jordan Bros  Panajachel Sololá Guatemala  25 Julio 09

RIESGOS PARA LA COMUNIDAD

Estas fotos comprueban la falta de seguridad para la comunidad,

la jaula extremadamente oxidada, se está cayendo por partes.

Loros silvestres en jaulas demasiado pequeñas, oxidadas, solo tienen un mísero recipiente sucio para el agua. No se les ve alimento, uno de los loros se ve

enfermo. Colocan las jaulas sobre cables eléctricos, pueden electrocutarse si llegaran por curiosidad a clavarle el pico. Los loros silvestres de Guatemala están en peligro de extinción. Estado de Conservación, Apéndice II CITES, Categoría 2, Lista Roja.

Tienen 2 Monos araña (Ateles geoffroyi), el cual aparece en la cartilla del Conap “Fauna de Guatemala en Peligro de Extinción”, pagina 48, Estado de Conservación,

Apéndice I CITES, Categoría 2, Lista Roja, cuyas amenazas son: pérdida de hábitat, cacería y comercio para mascotas.

Page 3: DENUNCIA contra el circo Jordan Bros  Panajachel Sololá Guatemala  25 Julio 09

PÉSIMA TENECIA Y CONDICIONES DE ANIMALES DOMÉSTICOS, TAMBIÉN URGE LA CONFISCACIÓN DE ESTOS ANIMALES

Tienen 3 perros: 1 Bóxer algo delgado y se puso agresivo con uno de los integrantes del circo cuando se le acercaba, los otros 2 son “Poodles mezclados” muy

descuidados, sucios con barro y polvo, los tienen amarrados con unas cuerdas de aprox. 1.20 mts de longitud, obligados a soportar el duro suelo, sin un recipiente con agua, ni comida. Extremadamente nerviosos y temerosos. Es de notar que estas razas de perros requieren de “grooming” mantenimiento profesional de

peluquería, es evidente la falta de cuidados y de aprecio por estos perritos.

Las Llamas peruanas y la avestruz en jaulas de escasos 2 X 2 mts, sin agua, sin comida,

a merced de los niños que les jalaban las lanas y las plumas a la avestruz.

EL CIRCO “JORDAN BROS” VIOLA EL DECRETO N° 870 DEL 21 DE ENERO DE 1952

LEY PROTECTORA DE ANIMALES DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

Ante las pruebas en fotos y videos presentados contra el Circo Rey Gitano, es indiscutible y evidente las violaciones o

infracciones de los siguientes Artículos de esta Ley

En considerando:

Que es necesario garantizar la vida y el buen trato a los seres animales que el hombre utiliza para la producción en cualquier forma, o que conviven con el realizando tareas que pueden asimilarse perfectamente a distintos servicios económicos o de otra índole;

Articulo 1ª: Para los efectos de esta Ley quedan prohibidos y se consideran actos punibles, por mal trato a

los animales, los siguientes:

b) Golpear a los animales con hierros, palos o cualquier instrumento contundente y en general, todo

acto de violencia o mal trato que se les cause;

f) Utilizar los servicios de animal herido, impedido, llagado, enfermo, flaco, extenuado o fatigado;

g) Hacerlos padecer hambre, sed o darles alimentos deficientes;

h) Encerrarlos en lugares inadecuados o antihigiénicos;

g) Transportar animales cuadrúpedos o bípedos en sentido inverso de su posición natural, hacinarlos

en espacios insuficientes o tenerlos expuestos al sol;

Articulo 22: Toda persona que cometa crueldades con los animales, los maltrate o cause la muerte sin

necesidad, o los someta a trabajos manifestantemente excesivos, podrá ser detenida y puesta a disposición de

la autoridad competente, y penada con una multa , o su equivalente en arresto.

Articulo 24: Los agentes de la guardia civil quedan obligados a velar por el estricto cumplimiento de la presente Ley. Si alguno de los agentes faltare al cumplimiento de esta obligación, incurrirá en la misma pena que el infractor.

Page 4: DENUNCIA contra el circo Jordan Bros  Panajachel Sololá Guatemala  25 Julio 09

ESTA ES LA FORMA COMO DEBIERA DE ESTAR EL LEON EXPLOTADO EN EL “Jordan Bros. Circus”

En Auto Safari Chapín o entregarlo a uno de los mejores zoológicos de los Estado Unidos,

como el Zoológico de Washington, el Zoológico de Filadelfia entre otros.