denominaciones de origen en el perú

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Denominaciones de Origen en el Perú Fancy De Los Santos López FECHA: Santiago de Chile, diciembre, 2007

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Denominaciones de Origen en el Perú. Fancy De Los Santos LópezFECHA: Santiago de Chile, diciembre, 2007. REGULACIÓN DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN EN EL PERÚ. Norma Comunitaria Andina Norma Nacional Interna Convenios Internacionales. Norma Comunitaria Andina. Decisión 486 - PowerPoint PPT Presentation

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Denominaciones de Origen en el Perú

Fancy De Los Santos López FECHA: Santiago de Chile, diciembre, 2007

• Norma Comunitaria Andina

• Norma Nacional Interna

• Convenios Internacionales

REGULACIÓN DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN EN EL PERÚ

Norma Comunitaria Andina

Decisión 486

Régimen Común sobre Propiedad Industrial (vigente desde el 01 de diciembre del 2000).

Título XII: De las Indicaciones Geográficas.

- Capítulo I. De las Denominaciones de Origen.

- Capítulo II. De las Indicaciones de Procedencia.

              

Normas Nacionales Internas

Decreto Legislativo 823:

Ley de Propiedad Industrial (publicado en el diario Oficial el 24 de abril de 1996).

Título XV. Denominaciones de Origen.

Decreto Ley 25868. Ley de Organización y Funciones del INDECOPI.

Decreto Supremo 077-2005-PCM. Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI.

Decreto Supremo 088-2005-PCM. Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos.

Ley 28331. Ley Marco de los Consejos Reguladores.

Convenios Internacionales

Convenio de París

ADPIC

Arreglo de Lisboa

Comunidad Andina

• Perú es parte de la Comunidad Andina, por lo que en materia de propiedad industrial, el régimen legal está constituido por la Decisión 486.

• Dicha norma regula bajo el Título XII las Indicaciones geográficas, en dos modalidades:

INDICACIONES GEOGRÁFICAS

Indicación de procedencia

Denominación de Origen

Delimitación conceptual

Le indican al consumidor...

Calidad oCaracterística

Exclusiva

Asociada a unLugar o región

Denominación de Origen

Se entiende por denominación de origen, una indicación geográfica constituida por la denominación de un país, de una región o de un lugar determinado, o constituida por una denominación que sin ser la de un país, un región o un lugar determinado, se refiere a una zona geográfica determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación u otras características especiales, se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce, incluidos los factores naturales y humanos.

Art. 201 Decisión 486

Elementos de la DO

Lugar Geográfico

Producto que lleva el nombre del lugar geográfico

Características especiales de ese producto (particularidades de los productos)

Relación entre las características del producto y el lugar geográfico (factores naturales y factores humanos).

A diferencia de un producto industrial estandarizado, que se puede producir en cualquier parte, el producto que identifica la Denominación de Origen está vinculado a un lugar determinado, por las condiciones geográficas, climáticas o incluso por una particular forma de fabricación.

CÓMO OBTENER RECONOCIMIENTO EN EL PERÚ PARA UNA DENOMINACIÓN DE ORIGEN

Tres supuestos:

1. Denominaciones de Origen nacionales

2. Denominaciones de Origen de Países Miembros de la CAN

3. Denominaciones de Origen de otros países.

1. Denominaciones de origennacionales

•Declaración de protección por la autoridad competente (INDECOPI).

•La declaración se hará de oficio o a petición de quienes demuestren tener legítimo interés.

Art. 203 Decisión 486

Pisco es una denominación que se usa para distinguir aguardiente de uva. Pisco además, es el nombre de un puerto, un río y un valle en el departamento de Ica.

Maíz Blanco Gigante Cusco

Cusco es una denominación que se usa para distinguir al Maíz Blanco Gigante (Paracay Sara). Cusco también es el nombre de una ciudad, provincia, distrito y departamento del Perú.

Cerámica de Chulucanas

El 24 de marzo del 2006, en el distrito de Chulucanas y ante la Oficina Descentralizada del INDECOPI en Piura, la Asociación de Ceramistas Vicús, La Asociación Civil de Ceramistas Tierra Encantada y el CITE Cerámica de Chulucanas presentaron la solicitud de reconocimiento de la DO Chulucanas.

u

Chulucanas es una denominación que se usa para distinguir a cerámicos (Cerámica de Chulucanas). Chulucanas también es el nombre de un poblado y de un distrito en la provincia de Morropón, Departamento de Piura.

Pallar de Ica

El Pallar de Ica es producido en el departamento de Ica, en las provincias de Chincha, Pisco; Ica, Palpa y Nazca, en cuyos valles se cultiva el pallar.

Solicitud en trámite

Chirimoya Cumbe

2. Denominaciones de Origen de Países Miembros de la CAN

Se podrá reconocer las denominaciones de origen protegidas en otro País Miembro, cuando la solicitud la formulen sus productores, extractores, fabricantes o artesanos que tengan legítimo interés o las autoridades públicas de los mismos.

Las denominaciones de origen deben haber sido declaradas como tales en sus países de origen

Art. 218 Decisión 486

Ejemplo:

3. Denominaciones de Origen de otros países

•Tratándose de denominaciones de origen o indicaciones geográficas protegidas en terceros países, los Países Miembros podrán reconocer la protección, siempre que ello esté previsto en algún convenio del cual el País Miembro de que se trate sea parte.

• Para solicitar dicha protección, las denominaciones de origen deben haber sido declaradas como tales en sus países de origen.

Art. 219 Decisión 486

Protección internacional de las

Denominaciones de Origen

El Perú y el Arreglo de Lisboa

•El 16 de febrero de 2005, el Perú depositó ante la OMPI, su instrumento de adhesión al Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional.

•El Arreglo de Lisboa entró en vigor, con respecto al Perú, el 16 de mayo de 2005.

El Perú y el Arreglo de Lisboa

•En virtud al Arreglo de Lisboa, el Perú ha presentado ante la Oficina Internacional de la OMPI solicitudes para el reconocimiento de las Denominaciones de Origen Pisco, Maíz Blanco Gigante Cusco y Chulucanas.

Titularidad de las D.O. en el Perú

•Las denominaciones de origen peruanas, están sujetas al principio de inscripción registral.

• El titular de las denominaciones de origen peruanas, es el Estado, quien a su vez autoriza su USO únicamente a aquellas personas que cumplen con los requisitos establecidos.

Labor de Prospección

No existe un “inventario” de potenciales denominaciones de origen.

Labor de prospección que identifique productos y sus principales bondades.

Priorizar productos con mercados existentes o potenciales.

Identificar procesos asociativos robustos y representativos.

* Fuente: FCI - Indecopi

Participación Informada

El registro de una denominación de origen supone, para los productores, ingresar a un régimen controlado de producción.

Ningún esfuerzo de registro de Denominaciones de Origen será exitoso si no se sustenta en la participación activa y asociada de los productores.

Se requiere labores de sensibilización y difusión de las bondades, compromisos y responsabilidades inherentes a una DO.

* Fuente: FCI - Indecopi

Expediente Técnico

Como ya se señaló, un requisito para establecer que estamos frente a una denominación de origen, es la existencia de un vínculo estrecho entre las características del producto y el lugar geográfico.

Para demostrar este vínculo se requiere de rigurosos estudios técnicos cuyos resultados deben acompañar la solicitud de declaración de protección.

Registro

• Hasta ahora todas las solicitudes las ha • acompañado INDECOPI• Problemas financiar los estudios técnicos.• De producirse una masa crítica de solicitudes

¿cómo evaluar la validez de su contenido?i. Tercerizando el análisis.ii. Nombramiento de una comisión técnica ad-

hoc.iii. Alianzas estratégicas con otras agencias del

estado.

Fuente: FCI - Indecopi

Administración

MODELO DE ADMINISTRACION DEL ESTADO-

Autorizaciones otorgadas por INDECOPI (artículo 230-Decreto Legislativo 823)

MODELO DE ADMINISTRACION DELEGADA

Ley 28331 de 14 de agosto de 2004, Ley Marco de losConsejos Reguladores de Denominaciones de Origen

Requisitos para autorizaciónFunciones

Fuente: FCI - Indecopi

Consideraciones finales

Las denominaciones de origen peruanas como productos de consumo en el exterior avalados por una denominación de origen, están dado recién sus primeros pasos y de su éxito o fracaso se colgarán las futuras denominaciones de origen peruanas. La calidad será la vara de medida que siempre utilizará el mercado. Y en atención a esto, mirando el horizonte, es preciso que el sistema de soporte de las denominaciones de origen peruanas cumpla el rol que le corresponde de transmitir la eficiencia y la confiabilidad necesarias.

GRACIAS

[email protected]

Teléfono (51-1) 2247800 -1243