delitos y crimenes de lesa humanidad

13
TEMA: Vencedores o Vencidos; El Juicio de Núremberg. DESARROLLO. La presente filma cinematográfica dicen los argumentos que está basada en hechos reales; la película que su título original es “El Juicio de Núremberg” relata un juicio en contra de unos jueces alemanes por delitos de lesa humanidad, buscando llevar acusación en contra de Alemania por todos los delitos cometidos en guerra. Esta película esta desarrollada en la ciudad de Núremberg en el año de 1948. Para llevar el presente caso se hace cargo un juez estadounidense para iniciar el juicio en contra de los cuatro jueces alemanes a quienes se les responsabilizaba su accionar en aplicar las leyes en Núremberg en 1935 durante la guerra que sostenía Adolf Hitler, en contra de los judíos en la denominada Guerra Fría. El Juicio de Núremberg es una película desarrolla para buscar acusar la moral en contra de quienes tienen complejidad por el racismo, por la que busco Norteamérica juzgar a Alemania por indiferencias que existen entre estas grandes potencias y por la disque moral que tienen por los judíos, los jueces Alemanes aplicaban las leyes dictadas por Reichstag, que estaban basada bajo el tercer Reich que se referían a prácticas como la eugenesia, la esterilización de los no aptos, y la protección de la raza, todas nacidas de una determinada concepción del mundo, inspiradas en principios y

Upload: mpinduisacauniandesr

Post on 13-Jan-2017

10 views

Category:

Law


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Delitos y Crimenes de Lesa Humanidad

TEMA: Vencedores o Vencidos; El Juicio de Núremberg.

DESARROLLO.

La presente filma cinematográfica dicen los argumentos que está basada en hechos reales;

la película que su título original es “El Juicio de Núremberg” relata un juicio en contra de

unos jueces alemanes por delitos de lesa humanidad, buscando llevar acusación en contra

de Alemania por todos los delitos cometidos en guerra. Esta película esta desarrollada en la

ciudad de Núremberg en el año de 1948. Para llevar el presente caso se hace cargo un juez

estadounidense para iniciar el juicio en contra de los cuatro jueces alemanes a quienes se

les responsabilizaba su accionar en aplicar las leyes en Núremberg en 1935 durante la

guerra que sostenía Adolf Hitler, en contra de los judíos en la denominada Guerra Fría.

El Juicio de Núremberg es una película desarrolla para buscar acusar la moral en contra de

quienes tienen complejidad por el racismo, por la que busco Norteamérica juzgar a

Alemania por indiferencias que existen entre estas grandes potencias y por la disque moral

que tienen por los judíos, los jueces Alemanes aplicaban las leyes dictadas por Reichstag,

que estaban basada bajo el tercer Reich que se referían a prácticas como la eugenesia, la

esterilización de los no aptos, y la protección de la raza, todas nacidas de una determinada

concepción del mundo, inspiradas en principios y convicciones profundas, serán

cuestionadas desde la judeo-moderna concepción de la verdad, la trama contiene un guion

bastante complejo de entender ya que existen tomas que necesitan una visión bastante

objetiva y una opinión criteriosa para entender que todo lo redactado o lo que se busca con

las leyes y argumentos no son fáciles de alcanzarlos y podemos apreciar con gran facilidad

en la tomas de la película donde contiene escenas demasiado fuertes que muestran la

realidad que se desarrollaba bajo la aceptación de los cuatros jueces alemanes que están

siendo juzgados.

Si bien podemos apreciar en la película que un grupo militar estadounidense es quien esta

realizando los actos de acusación sobres estos cuatro jueces alemanes por delitos de lesa

humidad con una acertada acusación y con pruebas escritas y graficas contundentes de los

actos por los cuales se les acusaba a los alemanes, como prueba rodaron unas películas en

la cuales claramente se puede apreciar el delito de lesa humanidad que va en contra de los

derechos humanos que hasta ahí no existían, en estos videos podemos ver la crueldad en los

Page 2: Delitos y Crimenes de Lesa Humanidad

actos en contra de los judíos, de cómo les acecinaban utilizando métodos demasiado fuertes

y desgarradores. Y en base este film podemos apreciar como no solo aplicaban las leyes de

Núremberg sino que también obligaban a los ciudadanos alemanes a pensar, mirar y actuar

bajo los mismos argumentos de los nazis.

En base a estas pruebas contundentes del accionar de los jueces los militares americanos los

acusaban, pero el abogado alemán argumentaba que ellos aplicaban las leyes pero no

conocían lo que en realidad estaba sucediendo, por lo que buscaba encontrar su inocencia a

los delitos por los cuales estaban siendo acusados, para ello tenían los testigos los cuales no

fueron de mucho apoyo debido a que una de los testigos estaba relacionada directamente

con unos de los jueces el cual estaba siendo juzgado, por la fuerte manera por la que estaba

siendo interrogada, el juez acusado no pudo soportarlo por que necesariamente tuvo que

actuar y dar su declaración, aceptando todo por lo que estaba siendo acusado y además

brindando declaraciones de los compañeros jueces que también estaban siendo acusados.

A todo esto el abogado de la defensa no tuvo mas que intentar remediar lo declarado por su

defendido, por lo que argumento que si ellos como no eran actores directos de estos delitos

y si van a ser juzgados por tales acusaciones también deberían ser acusados y juzgados

todos aquellos quienes apoyaban la guerra fría y todos quienes se aliaron al ejercito de los

nazis formado por Hitler. El único objetivo ya viendo cual iba a ser el veredicto final por el

juez norteamericano designado para llevar el caso, fue ya limpiar el nombre de Alemania

porque bajo ese caso de los jueces no solo ellos estaban llegando a ser perjudicados sino

que también toda Alemania porque la guerra se inició en mencionado país. Pero en vano

fue todo el esfuerzo del abogado alemán de buscar la inocencia de los jueces acusados ya

que el juez que llevaba su caso se reunión con los jueces que los acompañaba y dieron el

veredicto final, luego de todos los análisis del caso que en realidad fue muy candente por el

tema mismo de delitos de lesa humanidad, dictamino que los jueces alemanes acusados por

dictar la leyes de Núremberg que violaban los derechos humados fueron declarados

culpables y responsables de tales acusaciones por lo que le dieron prisión indefinida.

La Legalidad del Juicio se da por lo declarado por el juez acusado Wenerstrum, el juez

norteamericano del Tribunal Militar Internacional de Núremberg, este antes de aquel caso

había renunciado debido a todos los delitos que se daban en esta ciudad, además de por la

Page 3: Delitos y Crimenes de Lesa Humanidad

metodología del juicio, el cual al final termino siendo nada mas que un drama y una ofensa

que iban en contra de los principios más elementales de la justicia.

“En 1948 detalló en seis puntos al Chicago Tribune las razones que motivaron su

dimisión del Tribunal Militar Internacional. En ellas se puede leer lo que sigue”:

Punto 3: Los miembros del grupo de los fiscales públicos, en lugar de tratar de formular y

lograr un nuevo y señero sistema de derecho, estaban guiados exclusivamente por su

ventaja personal y sus sentimientos de venganza.

Punto 4. La parte acusadora hizo lo máximo para hacer imposible en toda forma a la

Defensa la preparación y el aporte de pruebas.

Punto 5. La Acusación, encabezada por el Gral. Taylor, hizo todo lo que estaba en su poder

para evitar que pudiera ser producida una resolución unitaria del Tribunal como, p. ej., la de

solicitar al Gobierno de Washington suministrar al Tribunal otros documentos que estaban

en poder del Gobierno norteamericano y ponerlos a su disposición.

Punto 6. El 90% del personal del Tribunal de Núremberg se componía de personas

parciales, que ya sea por motivos políticos o raciales apoyaban la causa de la Acusación.

Punto 7. La Acusación sabía perfectamente por qué había ocupado todos los puestos

administrativos del Tribunal Militar con "americanos" cuyos certificados de "inmigración"

efectivamente eran muy nuevos, y que entonces, o bien en el servicio administrativo o a

través de sus traducciones crearon una atmósfera hostil frente a las personas acusadas.

Punto 8. La verdadera finalidad de los procesos de Núremberg fue la de mostrar a los

alemanes los crímenes de sus conductores, y esa fue la intención por cuyo motivo fueron

preparados los procesos. Si hubiera sabido siete meses antes lo que pasaba en Núremberg,

entonces nunca hubiera ido allá".

Delitos de Lesa Humanidad.

Durante el desarrollo de este análisis de la película “El Juicio de Núremberg” se ha

mencionado repetitivamente la frase delitos de Lesa Humanidad, ¿pero a que no referimos

cuando mencionamos tales delitos? El uso de la concepción de crímenes de lesa

humanidad, se podría mencionar que se da en 1915, por los gobiernos de Francia, Gran

Page 4: Delitos y Crimenes de Lesa Humanidad

Bretaña y Rusia, en la que se buscaba una acusación a las masacres de la población

armenia en Turquía.

Aquí se buscó acusar a los culpables de las atrocidades a las poblaciones indefensas a estas

fueron descritas como crímenes contra la humanidad.

Estos delitos son cometidos por unos ciudadanos que tienen poder en el Estado para abusar

contra los ciudadanos de un mismo estado. Por lo que los juicios de Núremberg fueron

similares en su naturaleza, en tanto trataron aquellos delitos cometidos por los alemanes

contra sus propios compatriotas.

Bajo este análisis podríamos decir que el delito de lesa humanidad, surge a merced de la

evolución del derecho internacional, en donde estos crímenes de lesa humanidad difieren de

sus antecedentes históricos tanto en su fundamento como en los ámbitos de validez de sus

normas tipificantes, donde se buscó implementar los derechos humanos para evitar

posteriores crímenes de lesa humanidad.

Semblantes de los Delitos de Lesa Humanidad:

Vínculo con la guerra:

Se puede determinar, que en primer momento, los delitos de lesa humanidad, tienen

relación con la guerra, ya que como se puede evidenciar, en los principios de Núremberg,

se determina, que todas las conductas que son consideradas como crímenes contra la

humanidad tienen conexión con cualquier crimen de guerra.

Principios de Núremberg

Principio VI. Los crímenes que se enumeran a partir de aquí son castigables como crímenes

bajo las leyes internacionales: “Crímenes contra la humanidad: Asesinato, exterminio,

esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o

persecución por motivos religiosos, raciales o políticos, cuando dichos actos o

persecuciones se hacen en conexión con cualquier crimen contra la paz o en cualquier

crimen de guerra.”

Page 5: Delitos y Crimenes de Lesa Humanidad

El delito de Lesa Humanidad en la Actualidad en el Ordenamiento Jurídico

Ecuatoriano:

Constitución de la República del Ecuador.

El artículo 80.- manifiesta que:

“Las acciones y penas por delitos de genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra,

desaparición forzada de personas o crímenes de agresión a un Estado serán

imprescriptibles.

Ninguno de estos casos será susceptible de amnistía. El hecho de que una de estas

infracciones haya sido cometida por un subordinado no eximirá de responsabilidad penal al

superior que la ordenó ni al subordinado que la ejecutó.”

Código Orgánico Integral Penal,

El artículo Art. 14.- determina el ámbito espacial de aplicación, y manifiesta que: “Las

normas de este Código se aplicarán a:

2. Las infracciones cometidas fuera del territorio ecuatoriano, en los siguientes casos:

d) Cuando la infracción penal afecta bienes jurídicos protegidos por el Derecho

Internacional, a través de instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador, siempre

que no se haya iniciado su juzgamiento en otra jurisdicción.

El artículo 89.-

Nos da la descripción del delito de lesa humanidad y manifiesta: “Son delitos de lesa

humanidad aquellos que se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático

contra una población civil: la ejecución extrajudicial, la esclavitud, el desplazamiento

forzado de la población que no tenga por objeto proteger sus derechos, la privación ilegal o

arbitraria de libertad, la tortura, violación sexual y prostitución forzada, inseminación no

consentida, esterilización forzada y la desaparición forzada, serán sancionados con pena

privativa de libertad de veintiséis a treinta años.”

Page 6: Delitos y Crimenes de Lesa Humanidad

En donde se puede apreciar que contiene los siguientes elementos constitutivos: “ataque”

“generalizado” “sistemático” “contra una población civil”, que se pueden entender de la

siguiente manera:

1.- Ataque.- Constituye, los actos de violencia contra la población civil, sea en un marco de

paz o de un conflicto armado, debido a que el tipo penal no especifica tal situación, lo que

si se determina, es que vayan enmarcados en una línea de conducta, tales acciones u

omisiones y que sean de carácter múltiple, y sea generalizado o sistemático.

2.- Generalizado.- Se refiere a la cantidad de víctimas, entendiéndose como la multiplicidad

del ataque a gran escala, sin embargo no existe una determinación objetiva al respecto, es

por ello, que se debería establecer la dimensión que tuvo el ataque.

3.- Sistemático.- Es decir, debe existir una proyección previa de cometer dicho ataque, por

lo que implica que exista una organización que tenga como objetivo atacar a los miembros

de la población civil, ejecutando actos, planificando, de manera organizada lo que le otorga

el carácter de sistemático, para alcanzar el fin específico.

4.- Población civil.- Es decir debe tratarse de un ataque a personas que sean civiles, por lo

que además se requiere que sea trate de ataque colectivo y no de actos individuales o

aislados.

5.- Reparación de las Victimas y Judicialización de Graves Violaciones de Derechos

Humanos y Delitos de Lesa Humanidad.

Bajo estos parámetros entendemos que el Estado ecuatoriano busca su responsabilidad

objetiva sobre las violaciones de los derechos humanos documentadas por la Comisión de

la Verdad y reconoce que las víctimas sufrieron vulneraciones injustificables contra su

vida, libertad, integridad y dignidad por lo que debe garantizarse, a ellas y la sociedad

ecuatoriana, sin dilaciones, el derecho al conocimiento de la verdad de los hechos, a la

justicia, la reparación y la no repetición de los hechos ocurridos.1

Juicio por un presunto delito de lesa humanidad en el país.

1 http://www.department-ambos.unigoettingen.de/data/documents/Veroeffentlichungen/epapers/CRIMENESDELESAHUMANIDAD.pdf.

Page 7: Delitos y Crimenes de Lesa Humanidad

La jueza Lucy Blacio llamó a juicio a nueve ex uniformados que son procesados por el caso

de lesa humanidad, en el que supuestamente hubo tortura, desaparición forzada y violencia

sexual en contra de tres miembros del desaparecido grupo Alfaro Vive Carajo: Luis Vaca,

Susana Cajas y Javier Jarrín. El 10 de noviembre de 1985, los tres exintegrantes de la

agrupación irregular fueron detenidos en Esmeraldas por militares, quienes les pidieron sus

identificaciones y, sin ninguna razón u orden judicial, los llevaron al cuartel 'Batallón

Montufar' y según los argumentos expuestos por la Fiscalía, allí comenzó su tortura. Ayer,

durante la audiencia, la magistrada mencionaba el nombre de cada ex uniformado y

argumentaba las causas por las cuales estos eran llamados a juicio. El primero fue el

general en servicio pasivo Luis P., quien se desempeñó como funcionario durante el

gobierno de León Febres Cordero. Según Blacio, él manejaba información privilegiada

sobre los movimientos de los integrantes de Alfaro Vive Carajo y la reportaba al entonces

Primer Mandatario. También añadió que él conoció las violaciones a los Derechos

Humanos, que se cometieron. Otro procesado llamado a juicio es el ex oficial de la Policía

Nacional, general Édgar V. La magistrada explicó, con base en las investigaciones de la

Fiscalía General, que él conocía que los integrantes de Alfaro Vive fueron apresados sin

una orden judicial. El resto de militares en servicio pasivo que irán a juicio son Marcelo D,

Jorge A, Raúl V, Mario A, Nelson E, Guillermo R. y Fernando R. Mientras que Jorge C,

Miguel L, Elías M. y Wilfrido Ch., recibieron el sobreseimiento, porque no se encontraron

suficientes argumentos para procesarlos. La audiencia preparatoria de juicio y sustentación

del dictamen fiscal duró tres días. Allí, los abogados de los militares y policías en servicio

pasivo manifestaron que no se respetó el debido proceso en el caso. También, pidieron que

se declare la nulidad del caso bajo el argumento de que los delitos de lesa humanidad no

estaban tipificados en la ley de 1985. Marcelo Dueñas, defensor de Édgar V., manifestó que

los delitos de lesa humanidad "recién entran en vigencia en Ecuador en el 2002 y no

puede regresarse a 1985". No obstante, el fiscal General, Galo Chiriboga, sostuvo que en

este caso no hubo ninguna irregularidad como "alegaron los abogados de la defensa".

Asimismo, indicó que desde la Constitución de 1945, el país se acoge a las normas del

derecho internacional. Una de ellas es el Estatuto de Núremberg que hace referencia a

los delitos de lesa humanidad. Para Pablo Albán, abogado de los exintegrantes de Alfaro

Vive Carajo, la resolución de la Corte Nacional es un precedente para dar un paso gigante

Page 8: Delitos y Crimenes de Lesa Humanidad

en la lucha en contra de la impunidad en el país. Susana Cajas, en cambio, señaló que se

está enjuiciando a nueve personas bajo la figura de un crimen de Estado del cual fueron

perpetradores. No es en contra de las Fuerzas Armadas del Ecuador. Dueñas manifestó que

solicitará la ampliación y aclaración de la sentencia antes de llegar al juicio. Esta es solo la

lectura de la resolución de la jueza. Tenemos que esperar que esta se ponga en

conocimiento de las partes procesales en el caso, luego de ello se podrán presentar los

recursos legales.

Este contenido ha sido publicado originalmente por Diario EL COMERCIO en la

siguiente dirección:

http://www.elcomercio.com/actualidad/seguridad/primer-juicio-presunto-delito-de.html. Si

está pensando en hacer uso del mismo, por favor, cite la fuente y haga un enlace hacia la

nota original de donde usted ha tomado este contenido. ElComercio.com

CONCLUSIONES:

A conclusión de la película podemos manifestar que hace referencia a los delitos y/o

crímenes de lesa humanidad, buscando dar fin a tales atrocidades y masacres que en

nombre de la humanidad, basado en el Juicio de Núremberg, se logró establecer los

derechos Humanos para frenar este tipo de delitos y/o crímenes.