decreto no. 188

5
REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DECRETO EJECUTIVO Nº188 (de 27 de noviembre de 2009) Por el cual se reglamentan los procedimientos de selección de contratista vía electrónica en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra" EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO: Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, en el numeral 39 del artículo 2, define el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra", como la aplicación informática administrada por el Estado, que automatiza las operaciones y los procesos de selección de contratistas de manera centralizada a través de Internet, permitiendo el intercambio de información dentro de un entorno de seguridad razonable. Que el numeral 6 del artículo 9 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la Contratación Pública y dicta otra disposición, establece que le corresponde a la Dirección General de Contrataciones Públicas, emitir las políticas y lineamientos que incidan en el funcionamiento del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra". Que conforme lo preceptuado en el numeral 14, del artículo 184 de la Constitución Nacional, es atribución del Presidente de la República con la participación del Ministro respectivo, reglamentar las Leyes para su mejor cumplimiento. DECRETA: CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objetivo. La presente reglamentación tiene como objetivo, incorporar nuevas funcionalidades al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra", que permitan la celebración de los procedimientos de selección de contratista por vía electrónica, a fin de que el mismo cumpla su propósito como herramienta de apoyo en la contratacion pública. Artículo 2. Aplicación. Serán celebrados por vía electrónica, los procedimientos de selección de contratista establecidos en la Ley 22 de 27 de junio de 2006 y sus modificaciones, que se encuentren debidamente habilitados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra". Artículo 3. Procedimientos. Los actos públicos celebrados por vía electrónica, deberán ajustarse a los procedimientos previstos por la Ley 22 de 27 de junio de 2006 y sus modificaciones, tomando en cuenta el tipo, naturaleza y cuantía del procedimiento de selección de contratista que se celebrará. CAPÍTULO II REUNIÓN PREVIA Y HOMOLOGACIÓN Y ACLARACIONES Artículo 4. Consultas y aclaraciones. Los interesados en participar en un procedimiento de selección de contratista celebrado por vía electrónica, realizarán las consultas y aclaraciones a través de un foro habilitado en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra", hasta una hora antes de la realización de la reunión previa y homologación en los casos en que ésta proceda, o hasta un día antes de la celebración del acto público, en los demás casos. Las consultas y aclaraciones presentadas por medios impresos o por correo electrónico ante la entidad licitante, se publicarán en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra" junto con las respuestas, las cuales serán de conocimiento público y se anexarán al expediente. Artículo 5. Reunión previa y de homologación. En los casos que corresponda, según la naturaleza y cuantía del procedimiento de selección de contratista, celebrado vía electrónica, la entidad licitante deberá realizar la reunión previa y de homologación de manera presencial, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 34 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006. 1 No 26421-B Gaceta Oficial Digital, viernes 4 de diciembre de 2009

Upload: jina-acosta

Post on 18-Nov-2015

214 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

Leyes de Panamá

TRANSCRIPT

  • REPBLICA DE PANAM

    MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAS

    DECRETO EJECUTIVO N188

    (de 27 de noviembre de 2009)

    Por el cual se reglamentan los procedimientos de seleccin de contratista va electrnica en el Sistema Electrnico deContrataciones Pblicas "PanamaCompra"

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    En uso de sus facultades constitucionales y legales,

    CONSIDERANDO:

    Que la Ley 22 de 27 de junio de 2006, en el numeral 39 del artculo 2, define el Sistema Electrnico de ContratacionesPblicas "PanamaCompra", como la aplicacin informtica administrada por el Estado, que automatiza las operaciones ylos procesos de seleccin de contratistas de manera centralizada a travs de Internet, permitiendo el intercambio deinformacin dentro de un entorno de seguridad razonable.

    Que el numeral 6 del artculo 9 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la Contratacin Pblica y dicta otradisposicin, establece que le corresponde a la Direccin General de Contrataciones Pblicas, emitir las polticas ylineamientos que incidan en el funcionamiento del Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra".

    Que conforme lo preceptuado en el numeral 14, del artculo 184 de la Constitucin Nacional, es atribucin del Presidentede la Repblica con la participacin del Ministro respectivo, reglamentar las Leyes para su mejor cumplimiento.

    DECRETA:

    CAPTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    Artculo 1. Objetivo. La presente reglamentacin tiene como objetivo, incorporar nuevas funcionalidades al SistemaElectrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra", que permitan la celebracin de los procedimientos de seleccinde contratista por va electrnica, a fin de que el mismo cumpla su propsito como herramienta de apoyo en lacontratacion pblica.

    Artculo 2. Aplicacin. Sern celebrados por va electrnica, los procedimientos de seleccin de contratista establecidosen la Ley 22 de 27 de junio de 2006 y sus modificaciones, que se encuentren debidamente habilitados en el SistemaElectrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra".

    Artculo 3. Procedimientos. Los actos pblicos celebrados por va electrnica, debern ajustarse a los procedimientosprevistos por la Ley 22 de 27 de junio de 2006 y sus modificaciones, tomando en cuenta el tipo, naturaleza y cuanta delprocedimiento de seleccin de contratista que se celebrar.

    CAPTULO II

    REUNIN PREVIA Y HOMOLOGACIN Y ACLARACIONES

    Artculo 4. Consultas y aclaraciones. Los interesados en participar en un procedimiento de seleccin de contratistacelebrado por va electrnica, realizarn las consultas y aclaraciones a travs de un foro habilitado en el SistemaElectrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra", hasta una hora antes de la realizacin de la reunin previa yhomologacin en los casos en que sta proceda, o hasta un da antes de la celebracin del acto pblico, en los dems casos.

    Las consultas y aclaraciones presentadas por medios impresos o por correo electrnico ante la entidad licitante, sepublicarn en el Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra" junto con las respuestas, las cualessern de conocimiento pblico y se anexarn al expediente.

    Artculo 5. Reunin previa y de homologacin. En los casos que corresponda, segn la naturaleza y cuanta delprocedimiento de seleccin de contratista, celebrado va electrnica, la entidad licitante deber realizar la reunin previa yde homologacin de manera presencial, de conformidad con lo preceptuado en el artculo 34 de la Ley 22 de 27 de juniode 2006.

    1No 26421-B Gaceta Oficial Digital, viernes 4 de diciembre de 2009

  • CAPTULO III

    PRESENTACIN DE PROPUESTAS

    Artculo 6. Presentacin de propuestas. Toda persona interesada en participar en un procedimiento de seleccin decontratista, podr presentar su propuesta por va electrnica o por medios impresos o en medios de almacenamiento de datos.

    En aquellos casos en que la propuesta se presente en medios de almacenamiento de datos, tales como discos compactos,memorias USB, entre otros, el proponente deber utilizar los formularios electrnicos que se encuentran habilitados en elSistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra", para cada tipo de procedimiento de seleccin decontratista, a los cuales se les debern adicionar los documentos que complementen la propuesta.

    En todos los casos, los interesados en participar en un procedimiento de seleccin de contratista, debern estar inscritos enel Registro de Proponentes con anterioridad al momento de la apertura de las propuestas indicado en el respectivo aviso de convocatoria.

    Artculo 7. Perodo de presentacin de propuestas. Los proponentes podrn enviar sus propuestas por va electrnica,desde el momento de la publicacin del Aviso de Convocatoria en el Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas"PanamaCompra", hasta antes del vencimiento de la hora establecida para la "apertura de ofertas" sealada en el Pliego de Cargos.

    Los interesados en presentar sus propuestas en medios impresos o en un medio de almacenamiento de datos, debernhacerlo en la fecha, hora y lugar establecidos en el Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra" paratal propsito y el contenido de las mismas, slo podr ser conocido por la entidad licitante a partir de la hora de aperturade las propuestas.

    Las propuestas presentadas por va electrnica podrn ser retiradas, modificadas y/o sustituidas por los proponentes antesdel vencimiento de la hora establecida para la presentacin de las propuestas en el Pliego de Cargos a travs del SistemaElectrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra", segn lo dispuesto en el artculo 37 de la Ley 22 de 27 de juniode 2006.

    Artculo 8. Confirmacin de entrega. Una vez enviada la propuesta por va electrnica, el Sistema Electrnico deContrataciones Pblicas "PanamaCompra", emitir una confirmacin al proponente en donde conste el recibo de lapropuesta del correspondiente acto pblico.

    En aquellos casos en que la entidad licitante reciba en forma presencial, una propuesta por medio impreso o en un mediode almacenamiento de datos, deber extender a nombre del respectivo proponente, una constancia escrita de la fecha yhora de la presentacin de la oferta.

    Artculo 9. Responsabilidad de los proponentes. Ser responsabilidad de los proponentes que presenten sus propuestas enun medio de almacenamiento de datos asegurarse que los mismos funcionan correctamente, se encuentren libres de virus ocualesquiera otros elementos que pudieran afectar el medio de almacenamiento.

    De igual forma, sern responsables por la documentacin contenida en tales medios de almacenamiento y su fiabilidad eintegridad, as como la compatibilidad de los programas en que haya sido almacenada para su debida presentacin y verificacin.

    Artculo 10. Presentacin de dos o ms propuestas por un mismo proponente. De presentarse dos o ms propuestas por unmismo proponente, por diversos medios, la entidad slo considerar vlida la ltima propuesta que le haya sido entregadapara su verificacin o evaluacin, ya sea sta electrnica o impresa o en un medio de almacenamiento de datos.

    Para todos los efectos, se considerar como hora oficial para la apertura de ofertas, la indicada en el Sistema Electrnicode Contrataciones Pblicas "PanamaCompra".

    Artculo 11. Presentacin de fianza de propuesta. Los interesados en participar en un procedimiento de seleccin decontratista por va electrnica o en un medio de almacenamiento de datos, y que requiera la presentacin de una fianza depropuesta, segn preceptan los artculos 85 y 87 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, debern hacer entrega fsica de lamisma a la entidad licitante en sobre cerrado, antes del vencimiento del plazo previsto para la presentacin de ofertas.

    La entidad licitante rechazar de plano las propuestas que no estn acompaadas de la fianza de propuesta. Igualmente serechazarn las propuestas acompaadas por fianzas con montos o vigencias inferiores a los establecidos en el pliego de cargos.

    2No 26421-B Gaceta Oficial Digital, viernes 4 de diciembre de 2009

  • La presente disposicin es de carcter restrictivo, por lo que en ningn caso podrn ser rechazadas propuestas por causasdistintas a las aqu sealadas.

    Contra el acto de rechazo, el agraviado podr reclamar hasta el siguiente da hbil ante la Direccin General deContrataciones Pblicas, que tendr un plazo mximo de tres (3) das hbiles para resolver el reclamo.

    CAPTULO IV

    APERTURA DE PROPUESTAS

    Artculo 12. Apertura de propuestas. Vencido el trmino de presentacin de las propuestas, el Sistema Electrnico deContrataciones Pblicas "PanamaCompra" proceder a abrir de forma automtica las propuestas enviadas por va electrnica.

    El representante legal de la entidad licitante o a quien se delegue esta funcin, proceder a abrir las propuestas que hayansido presentadas en formato impreso o en medios de almacenamientos de datos, en el orden en que fueron recibidas, lascuales sern incluidas en el acto pblico respectivo, a medida que se abran, de conformidad a los formatos y formulariosque para tal efecto se requiera, haciendo constar en todo momento que se trata de una propuesta presentada por medioimpreso o en un medio de almacenamiento de datos.

    Toda la informacin relativa a las propuestas recibidas en medios impresos o en medios de almacenamientos de datos seadjuntar al expediente electrnico del acto.

    Artculo 13. Acta de apertura de propuestas. Una vez conocidas las propuestas, quien presida el acto preparar un acta quese adjuntar al expediente, en la que se dejar constancia del nombre de la entidad licitante, de todas las propuestasadmitidas o rechazadas en el orden en que hayan sido presentadas, con expresin del precio propuesto, del nombre de losparticipantes, de los proponentes rechazados que hayan solicitado la devolucin de la fianza de propuesta, del nombre y elcargo de los funcionarios que hayan participado en el acto de seleccin de contratista, as como de los particulares quehayan intervenido en representacin de los proponentes, y de los reclamos o las incidencias ocurridos en el desarrollo delacto, debidamente firmada por los presentes.

    Esta acta ser de conocimiento pblico de forma inmediata por los presentes en el acto y ser publicada en el SistemaElectrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra" as como en los tableros de informacin de la entidad licitante.

    CAPTULO V

    REVISIN DE PROPUESTAS

    Artculo 14. Eventos subsanables. De conformidad con lo que se disponga en el pliego de cargos del acto pblico, laentidad licitante ordenar remediar los eventos subsanables que correspondan, dentro del plazo establecido en el pliego de cargos.

    Una vez cumplido el plazo para remediar los eventos subsanables, la entidad licitante deber confeccionar y publicar en elSistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra" un informe que indique si tales eventos fueronsubsanados o no, procediendo a incluir la documentacin subsanada en el expediente electrnico del respectivo actopblico dentro del mencionado Sistema.

    Artculo 15. Informe de la Comisin Verificadora o Comisin Evaluadora. Segn la naturaleza y cuanta delprocedimiento de seleccin de contratista, celebrado por medios electrnicos, la entidad licitante deber publicar losinformes emitidos por la Comisin Verificadora o Evaluadora, de acuerdo al formulario electrnico accesible en elSistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra", al cual se deber adjuntar el informe original firmadopor los miembros de la Comisin respectiva que deber concordar en todo con la informacin que aparezca en elformulario electrnico correspondiente.

    Artculo 16. Adjudicacin, declaracin de acto desierto o rechazo de la propuesta. La adjudicacin, declaracin dedesierto o rechazo de las propuestas de los actos pblicos celebrados por va electrnica se har mediante resolucinmotivada, suscrita por el representante legal de la entidad licitante o el servidor pblico en quien se haya delegado esta facultad.

    La resolucin referida ser generada por el Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra", la cual serrecurrible de conformidad con lo dispuesto por el artculo 114 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006.

    Artculo 17. Notificacin. Todas las notificaciones concernientes a estos procedimientos de seleccin de contratista serealizarn a travs del Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra" as como en los tableros de laentidad y se ajustarn a lo establecido en el artculo 113 de la Ley 22 de 27 de junio de 2006.

    3No 26421-B Gaceta Oficial Digital, viernes 4 de diciembre de 2009

  • Artculo 18. Validacin de la propuesta adjudicada. Todo proponente que resulte favorecido con la adjudicacin de unprocedimiento de seleccin de contratista, para el cual haya participado va electrnica, deber presentar junto con lafianza de cumplimiento, el respectivo formulario de propuesta original, as como cualesquiera otros documentos que laentidad licitante solicite, dentro del trmino mximo de cinco (5) das hbiles despes de ejecutoriada la adjudicacin.

    Transcurrido el trmino sealado en el prrafo anterior, sin que el adjudicatario hubiere presentado la totalidad de losdocumentos originales que constituyeron la propuesta, la entidad proceder a dejar sin efecto la adjudicacin efectuada yadjudicar a la siguiente mejor oferta econmica, que cumpla con todos los requisitos y exigencias del pliego de cargos,cuando se trate de una licitacin pblica o al proponente que haya obtenido el segundo mayor puntaje, cuando se trate deuna licitacin por mejor valor.

    CAPTULO VI

    USO DE LAS TECNOLOGAS DE LA INFORMACIN Y LA COMUNICACIN (TICs) EN LA CELEBRACIN DELOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCIN DE CONTRATISTA

    Artculo 19. Seguridad y confidencialidad de la informacin. El Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas"PanamaCompra" mantendr la reserva de la informacin de las propuestas entregadas va electrnica, garantizando suconfidencialidad e integridad y las mismas no podrn ser conocidas por terceras personas ni por la entidad licitante, hastael momento en que se cumpla la fecha y la hora establecida para la apertura de las propuestas.

    De igual forma, el Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra" contar con las herramientasnecesarias para la proteccin y reserva de la confidencialidad que tengan relacin con frmulas, estados financieros,patentes de invencin, propiedad intelectual e industrial, entre otras, que proporcionen los proponentes con su oferta.

    Artculo 20. Formatos y modelos electrnicos. Los documentos electrnicos que formen parte del expediente del procesode seleccin y contratacin se ajustarn a los formatos aprobados por la Direccin General de Contrataciones Pblicas yestarn disponibles en el Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra".

    Los pliegos de cargos y trminos de referencia sern confeccionados conforme a los formularios electrnicos disponiblesen el Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra", a los cuales se les podr adjuntar cualesquieradocumentos que completen los requerimientos y condiciones que debern cumplir los interesados en participar en elprocedimiento de seleccin de contratista que corresponda.

    Artculo 21. Fallas en el suministro de servicios. En aquellos casos en que se presenten fallas en el suministro de losservicios necesarios para la utilizacin del Sistema Electrnico de Contrataciones Pblicas "PanamaCompra", lasentidades licitantes procedern a celebrar los actos pblicos que se hayan visto afectados, en el da y hora hbilinmediatamente siguiente a la normalizacin del suministro del servicio.

    En estos casos la entidad licitante deber confeccionar un acta en la que conste lo ocurrido y se disponga la continuacinde la celebracin del procedimiento de seleccin de contratista segn lo indicado en el presente artculo.

    CAPTULO VII

    CONVENIO MARCO

    Artculo 22. El Artculo 110 del Decreto Ejecutivo No. 366 de 28 de diciembre de 2006 queda as:

    "Artculo 110: (Relacin costo-beneficio)

    La Direccin General de Contrataciones Pblicas, deber tomar en cuenta la relacin costo-beneficio que el producto oservicio ofertado mantenga. Se entiende como relacin costo-beneficio el factor de calidad con respecto al precioofertado, el cual podr ser comprobado por la Comisin Verificadora de cada licitacin de convenio marco, a fin dedeterminar la adjudicacin o no de las ofertas.

    Para todos los efectos legales, se considerar al Estado como consumidor".

    Artculo 23. El Artculo 114 del Decreto Ejecutivo No. 366 de 28 de diciembre de 2006 queda as:

    "Artculo 114: (Modificacin del precio de la oferta y competencia entre proveedores ingresados al catlogo)

    Los proveedores ingresados al Catlogo Electrnico de Productos y Servicios podrn modificar el precio originalmenteofrecido dentro de su respectiva Licitacin de Convenio Marco. En todos los casos estas modificaciones no podrnsuperar el precio contratado de conformidad al convenio marco".

    En casos previamente establecidos en los pliegos de cargos, la provisin de bienes y servicios podr ser sujeta a unasubsecuente competencia entre los proveedores ingresados al Catlogo Electrnico de Productos y Servicios.

    4No 26421-B Gaceta Oficial Digital, viernes 4 de diciembre de 2009

  • La Direccin General de Contrataciones Pblicas definir y administrara los mecanismos para supervisar la utilizacin deeste artculo.

    Artculo 24. El Artculo 116 del Decreto Ejecutivo No. 366 de 28 de diciembre de 2006 queda as:

    "Artculo 116: (Criterios para la adquisicin de los productos o servicios del catlogo)

    La entidad contratante, cuando utilice el Catlogo Electrnico de Productos y Servicios, utilizar los siguientes criterios almomento de realizar una compra en orden de prelacin:

    El mejor precio unitario o por volumen, segn sea el caso, cuando se trate de productos; y el mejor precio unitario o porvolumen, adems de la disponibilidad requerida por la entidad contratante, cuando se trate de servicios. De maneraexcepcional, la entidad podr escoger a un proveedor distinto al proveedor seleccionado a travs del convenio marco porel mejor precio, siempre y cuando presente justificacin razonable ante la Direccin General de Contrataciones Pblicas,quien aprobar o desaprobar dicha solicitud. Esta justificacin deber demostrar de manera fehaciente que estaadquisicin representa una mejor relacin costo beneficio para la entidad.

    La Direccin General de Contrataciones Pblicas definir y administrar los mecanismos para supervisar la utilizacin deeste artculo".

    Artculo 25. El Artculo 118 del Decreto Ejecutivo No. 366 de 28 de diciembre de 2006 queda as:

    "Artculo 118: (Excepcin al uso del Catlogo Electrnico de Productos y Servicios)

    Cualquier entidad del Estado deber solicitar a la Direccin General de Contrataciones Pblicas que se le autorice arealizar un procedimiento de seleccin de contratista para la adquisicin de productos y servicios ya incluidos en elCatlogo Electrnico de Productos y Servicios, cuando por necesidades particulares y por razones fundadas, les resultems beneficioso.

    La Direccin General de Contrataciones Pblicas analizar dicha solicitud y la aprobar o la rechazar segn sus mritos".

    CAPTULO VIII

    DISPOSICIONES FINALES

    Artculo 26. Este Decreto Ejecutivo modifica los artculos 110, 114, 116 y 118 del Decreto Ejecutivo No. 366 de 28 dediciembre de 2006.

    Artculo 27. El presente Decreto entrar a regir a partir de su publicacin.

    Dado en la Ciudad de Panam, a los veintisiete (27) das del mes de noviembre de dos mil nueve (2009).

    COMUNQUESE Y CMPLASE.

    RICARDO MARTINELLI BERROCAL

    Presidente de la Repblica

    ALBERTO VALLARINO CLMENT

    Ministro de Economa y Finanzas

    5No 26421-B Gaceta Oficial Digital, viernes 4 de diciembre de 2009