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Nº 3003 29 agosto 2008

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Page 1: DECRETO N° 1 · DECRETO N° 1.039/08 Se invita a participar del proceso licitatorio de consultoría para plan Maestro de Gestión de los Espacios Verdes y el de Arbolado Público

Nº 3003

29agosto2008

Page 2: DECRETO N° 1 · DECRETO N° 1.039/08 Se invita a participar del proceso licitatorio de consultoría para plan Maestro de Gestión de los Espacios Verdes y el de Arbolado Público

S U M A R I O

Boletín Oficial - Publicación oficial-Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08- Director responsable: Sr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966- Departamento Boletines: Avenida de Mayo 525 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires-Teléfonos: 4323-9625, E-mail: [email protected] Consultas: Rivadavia 524 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Horario de 10 a 15. Web:www.buenosaires.gov.ar - Impreso en la Imprenta de la Ciudad.

DECRETO N° 1.037/08Se acepta renuncia de auditor interino del Ministerio de Justicia y Seguridad Pág. 4

DECRETO N° 1.038/08Se acepta cesión gratuita de inmueble Pág. 4

DECRETO N° 1.039/08Se invita a participar del proceso licitatorio de consultoría para plan Maestro de Gestión de los Espacios Verdes y el de Arbolado Público Lineal Pág. 6

Resoluciones

Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N° 38-SSATCIU/08Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 963/08 Pág. 9

RESOLUCIÓN N° 42-SSATCIU/08Se aprueba y adjudica la Contratación Menor N° 1.668/08 Pág. 11

Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N° 2.435-MHGC/08Se establecen ceses y designaciones en la Planta de Gabinete de la DGTAyL del Ministerio de Hacienda Pág. 12

RESOLUCIÓN N° 2.480-MHGC/08Se ordena instruir sumario Pág. 13

Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N° 62-SSJUS/08Se adjudica la titularidad del Registro Notarial N° 986 Pág. 14

RESOLUCIÓN N° 65-SSJUS/08Se declara vacante la titularidad del Registro Notarial N° 499 Pág. 15

RESOLUCIÓN N° 69-SSJUS/08Se designa a adscripta del Registro Notarial N° 670 Pág. 16

RESOLUCIÓN N° 219-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 17

RESOLUCIÓN N° 220-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 19

RESOLUCIÓN N° 221-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 20

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 3003 29 de Agosto de 2008

RESOLUCIÓN N° 222-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito en diversas calles Pág. 21

RESOLUCIÓN N° 229-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 23

RESOLUCIÓN N° 230-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 24

RESOLUCIÓN N° 231-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 26

RESOLUCIÓN N° 232-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito en diversas avenidas Pág. 27

RESOLUCIÓN N° 233-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 29

RESOLUCIÓN N° 285-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 30

RESOLUCIÓN N° 291-SSSU/08Se autoriza el corte parcial de tránsito vehicular Pág. 31

RESOLUCIÓN N° 292-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito vehicular Pág. 33

RESOLUCIÓN N° 293-SSSU/08Se autoriza el corte de tránsito en diversas calles Pág. 34

Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N° 158-SSGEFyAR/08Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 610-SIGAF/08 Pág. 36

RESOLUCIÓN N° 160-SSGEFyAR/08Se aprueba y adjudica la Contratación Directa N° 652-SIGAF/08 Pág. 37

Ministerio de Desarrollo Urbano

RESOLUCIÓN N° 519-MDUGC/08Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 1.274/08 Pág. 39

RESOLUCIÓN N° 520-MDUCG/08Se convalida la ampliación de plazo de obra y se aprueban economías y compensaciones Pág. 40

RESOLUCIÓN N° 521-MDUGC/08Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 824/08 Pág. 42

RESOLUCIÓN N° 107-SSPLAN/08Se incorporan edificios al Catálogo de Inmuebles Patrimoniales de la C.A.B.A. Pág. 43

Ministerio de Desarrollo Social

RESOLUCIÓN N° 1.180-MDSGC/08Se da por cumplido informe de gestión. Se procede a abonar la remuneración prevista por el art. 25 de la Ley N° 70 Pág. 44

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N° 1.369-MAyEPGC/08Se dispone el cierre preventivo de dependencias del Ente de Mantenimiento Urbano Integral (EMUI) Pág. 45

Secretaría Legal y Técnica

RESOLUCIÓN N° 149-SECLyT/08Se autoriza la contratación de personal para prestar servicios en la SECLyT Pág. 46

RESOLUCIÓN N° 150-SECLyT/08Se autoriza la contratación de personal para prestar servicios en la SECLyT Pág. 47

RESOLUCIÓN N° 151-SECLyT/08Se modifica a partir del 1°/8/08, el Anexo I de la Resolución N° 133-SECLyT/08 Pág. 47

RESOLUCIÓN N° 152-SECLyT/08Se modifica a partir del 1°/8/08, el Anexo I de la Resolución N° 140-SECLyT/08 Pág. 48

Conjuntas

Ministerio de Hacienda

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N° 1.349-MHGC-PG/08Se designa reencasillamiento Pág. 49

RESOLUCIÓN N° 1.350-MHGC-PG/08Se designa reencasillamiento Pág. 50

RESOLUCIÓN N° 1.351-MHGC/PG/08Se designa reencasillamiento Pág. 51

RESOLUCIÓN N° 1.352-MHGC/PG/08Se designa reencasillamiento Pág. 52

RESOLUCIÓN N° 1.353-MHGC-PG/08Se designa reencasillamiento Pág. 53

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Decretos

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 3003 29 de Agosto de 2008

Disposiciones

Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N° 178-DGSPR/08Se renueva por dos años la habilitación a la empresa Total Security S.A., para prestar servicios de seguridad Pág. 54

DISPOSICIÓN N° 179-DGSPR/08Se amplían términos de la Disposición N° 250-DGSPR/07, autorizando a la firma Tech Security S.R.L. a prestar servicios de seguridad Pág. 55

DISPOSICIÓN N° 180-DGSPR/08Se amplían términos de la Disposición N° 361-DGSPR/07, autorizando a la firma Triflón S.R.L.a prestar servicios de seguridad Pág. 56

DISPOSICIÓN N° 181-DGSPR/08Se concede por término de dos años la habilitación a la empresa Seguridad Profesional Americada S.A. , para prestar servicios Pág. 57

DISPOSICIÓN N° 182-DGSPR/08Se concede por término de dos años la habilitación a la empresa Mangualler S.A., para prestar servicios Pág. 58

DISPOSICIÓN N° 183-DGSPR/08Se amplían términos de la Disposición N° 43-SIGAF/08 autorizando a la firma AJM Seguridad Privada S.A. a prestar servicios Pág. 59

DISPOSICIÓN N° 184-DGSPR/08Se concede por término de dos años la habilitación a la empresa Seder S.A. como prestadora de servicios de seguridad Pág. 60

DISPOSICIÓN N° 185-DGSPR/08Se renueva por dos años la habilitación a la empresa S.I.S.E. S.A. a prestar servicios de seguridad Pág. 61

Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N° 364-HGAIP/08Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N° 1.115/08 Pág. 62

Ministerio de Cultura

DISPOSICIÓN N° 111-MCGC/08Se aprueban pliegos y se efectúa Licitación Pública N° 330/08 Pág. 63

Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N° 823-DGIyE/08Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 2.220-SIGAF/08 Pág. 64

DISPOSICIÓN N° 824-DGIyE/08Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 2.222-SIGAF/08 Pág. 66

DISPOSICIÓN N° 825-DGIyE/08Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 2.221-SIGAF/08 Pág. 68

DISPOSICIÓN N° 826-DGIyE/08Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 2.223-SIGAF/08 Pág. 70

Ministerio de Desarrollo Económico

DISPOSICIÓN N° 4-DGEMP/08Se designan responsables de ejecución y puesta en marcha del Régimen de Inserción Laboral para la Mujer Pág. 72

DISPOSICIÓN N° 5 - DGEMP/08Se designan responsables del Régimen de Empleo para personas desocupadas y mayores de 45 años Pág. 73

Secretaría Legal y Técnica

DISPOSICIÓN N° 87-DGTAD-SECLYT/08Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Privada N° 1.229-SIGAF/08 Pág. 74

Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

RESOLUCIÓN N° 731-CDNNyA/08Se otorga Licencia sin goce de haberes por cargo de Mayor Jerarquía Pág. 75

RESOLUCIÓN N° 732-CDNNyA/08Se designa coordinadora de la Defensoría Zonal Pompeya Pág. 76

RESOLUCIÓN N° 753-CDNNyA/08Se modifica parcialmente términos de la Resolución N° 75-CDNNyA/08 Pág. 77

RESOLUCIÓN N° 853-CDNNyA/08Se disuelve la Unidad Técnica de Restituciones Internacionales Pág. 78

RESOLUCIÓN N° 854-CDNNyA/08Se designa personal de la Planta de Gabinete Pág. 79

RESOLUCIÓN N° 855 - CDNNyA/08Se instruye sumario administrativo Pág. 80

Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACTA N° 2.346-D/08 Pág. 81

ACTA N° 2.347-D/08 Pág. 84

Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Consejo de la Magistratura

RESOLUCIÓN N° 165-CSEL/08Se preselecciona cargo de Asesor Tutelar. Pág. 85

Ministerio Público

Fiscalía General

RESOLUCIÓN N° 196-FG/08Se autoriza el procedimiento y apruébese locación de inmueble Pág. 86

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DISPOSICIÓN N° 79-DGTAPG/08Se aprueba el pliego y se llama a Licitación Privada N° 336/08 Pág. 89

DISPOSICIÓN N° 80-DGTAPG/08Se aprueba el pliego y se llama a Licitación Privada N° 335/08 Pág. 91

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N° 71-SGCBA/08Se acepta la renuncia del cargo interino de Jefe de Equipo Pág. 92

Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

RESOLUCIÓN N° 95-ERSP/08Se desestima la aplicación de sanciones a la empresa Sabipark S.A. Pág. 92

RESOLUCIÓN N° 96-ERSP/08Se deja sin efecto lo dispuesto en la Resolución N° 212-EURSPCABA/07 Pág. 94

RESOLUCIÓN N° 97-ERSP/08Se ordena el pago de multa a Autopistas Urbanas S.A. Pág. 94

Edictos

Comunicados y Avisos

Licitaciones

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DECRETO N° 1.037/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008

VISTO:

El Expediente N° 39.237/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que según surge de los presentes actuados el Contador Gustavo Darío MORON, D.N.I. 11.837.190, CUIL. 23-11837190-9, presentó a partir del 01 de julio de 2008, su renuncia como Auditor Interno, de la Unidad de Auditoría Interna, del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que por Decreto N° 2.075/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.829), se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Acéptase a partir del 01 de julio de 2008, la renuncia presentada por el Contador Gustavo Darío MORON, D.N.I. 11.837.190, CUIL. 23-11837190-9, al cargo de Auditor Interno, de la Unidad de Auditoría Interna, del Ministerio de Justicia y Seguridad, deja partida 2601.0000.S.99.000.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y Seguridad y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, cumplido, archívese.- MACRI - Montenegro - Rodríguez Larreta.

DECRETO N° 1.038/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008

VISTO:

El Expediente N° 33.790/2008, y;

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 4

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CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Escribanía General puso en conocimiento del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la necesidad de que se transfiera sin cargo a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el bien inmueble ubicado en la calle Sin Nombre Oficial esquina calle Sin Nombre Oficial (Dirección de Acceso AV. CASTAÑARES N° 4689 esq. AV. LUIS DELLEPIANE S/N°), para dar cumplimiento con los fines propios a la actividad educativa dado que funcionan allí la Escuela Primaria Común N° 15 "República Argentina" y el Jardín de Infantes N° 2, ambos del Distrito Escolar N° 13;

Que siendo el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires titular de dominio del inmueble referido, que se identifica catastralmente como Circunscripción: 1; Sección: 64; Manzana: 45 L, conforme Plano de Mensura M-242-91 aprobado por la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro e inscripto registralmente en la Matrícula FR 1-92026, puso a consideración de su Directorio tal requerimiento;

Que el artículo 6° de la Ley 1251 faculta al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita, según corresponda, de aquellos bienes inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública;

Que conforme el Acta de Directorio N° 2337 celebrada en fecha 21-05-2008, el citado Instituto de Vivienda cedió el predio que nos ocupa, en forma gratuita al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con destino al Ministerio de Educación;

Que por lo expuesto precedentemente corresponde autorizar a la Dirección General de Escribanía General a realizar todas las acciones tendientes para regularizar la situación dominial del inmueble mencionado, inscribiéndolo a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Registro de la Propiedad Inmueble;

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 incs. 16 y 24 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Art. 1°.- Acéptase la cesión gratuita del inmueble sito en la calle Sin Nombre Oficial esquina calle Sin Nombre Oficial (Dirección de Acceso AV. CASTAÑARES N° 4689 esq. AV. LUIS DELLEPIANE S/N°), Nomenclatura catastral: Circunscripción: 1; Sección: 64; Manzana: 45 L, conforme Plano de Mensura M-242-91, efectuada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con destino al Ministerio de Educación.

Art. 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General a instrumentar la transferencia de dominio mediante escritura pública y/o documento administrativo (conf. Ley N° 17.801 art. 3° inc. a) y a inscribir el mismo en el Registro de la Propiedad Inmueble.

Art. 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Art. 4°.-Dése al Registro, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Justicia y Seguridad, de Desarrollo Urbano y de Educación y a la Dirección General de Contaduría y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Escribanía General. Cumplido, archívese.- MACRI - Grindetti - Narodowski - Rodríguez Larreta

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 5

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DECRETO N° 1.039/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008

VISTO:

Las Leyes Nros. 93 y 1.660 y sus respectivas reglamentaciones, el Convenio del Préstamo 7.289- AR suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el Decreto 2.075/GCBA/07 y el Expte. 24.672/07, y;

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente tramitó la invitación efectuada a las firmas consultoras para la presentación de expresiones de interés a fin de participar del procedimiento licitatorio correspondiente a la contratación de una firma que preste los servicios de consultoría relacionados con las medidas no estructurales denominadas Plan Maestro de Gestión de los Espacios Verdes y Plan Maestro de Gestión del Arbolado Público Lineal de la Ciudad de Buenos Aires, medidas resultantes del Proyecto de Protección contra Inundaciones del cual se autorizó a participar por la Ley N° 93 y que se describen en el Anexo I de la ley 1.660, del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en la oportunidad de reglamentar la Ley N° 93, el Decreto N° 1960/99, en su Anexo II, dispuso que la entonces Unidad Ejecutora de la Ciudad de Buenos Aires (UECBA) tuviera competencias para realizar todas las gestiones conducentes a la ejecución adecuada y eficiente del Proyecto de Protección de Inundaciones y entre las funciones de ese organismo se encontraba la de preparar los documentos de licitación y demás documentación técnica para el llamado a concurso o a licitación, contratar con financiamiento del préstamo los servicios de consultores ajustándose a los criterios fijados por el Banco Mundial para este fin, preparar, evaluar, ejecutar y supervisar todos los subproyectos de la Ciudad de Buenos Aires correspondientes al "Proyecto de Protección Contra Inundaciones" financiado por el Préstamo Subsidiario del Convenio BIRF N° 4.117-AR y realizar la gestión administrativa de dicho Proyecto;

Que la Ley 1.660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir un convenio de préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para financiar el Programa mencionado en el primer párrafo, consistente en las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Maldonado y medidas complementarias, resultantes del Proyecto de Protección contra Inundaciones aprobado por la Ley N° 93;

Que con fecha 18 de mayo de 2006 la Ciudad de Buenos Aires, representada por su Jefe de Gobierno, suscribió con el BIRF el Convenio de Préstamo identificado con el número 7.289-AR, para financiar el programa arriba mencionado;

Que este convenio permite al Gobierno de la Ciudad realizar las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado, llevar a cabo las medidas no estructurales complementarias del Programa de Gestión del Riesgo Hídrico y efectuar la dirección y monitoreo de ambos tipos de medidas a fin de mitigar el impacto que producen las inundaciones que afectan dicha cuenca;

Que en vista de la complejidad, envergadura y características del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires y de las medidas no estructurales comprendidas en el mismo es necesario contratar servicios de consultoría relacionados con dichas medidas, entre las cuales se encuentra el Plan Maestro de Gestión de los Espacios Verdes y el Plan Maestro de Gestión del Arbolado Público Lineal de la Ciudad de Buenos Aires, y que, dada la fuente de financiamiento de dicho programa y en virtud de lo establecido por el art. 4° de la Ley N° 1.660, las contrataciones pertinentes se regirán, según corresponda, por las normas, condiciones

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y procedimientos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) relativos a la adquisición de bienes y contratación de obras y por las normas, condiciones y procedimientos de la misma institución relativos a contratación de servicios de consultoría, ambas de mayo de 2004;

Que las normas, condiciones y procedimientos arriba mencionados establecen un procedimiento en el cual en la primera etapa se invita a las firmas consultoras internacionales a expresar interés a fin de preparar una lista corta de no menos de seis firmas, presentando los datos necesarios para formarse un juicio acerca de la idoneidad y experiencia de las mismas, y en la etapa posterior se procede a preparar un Pedido de Propuestas (PP) que hace las veces de pliego a los efectos de la presentación de ofertas y de licitar la contratación de los servicios únicamente entre los integrantes de la mencionada lista corta;

Que en su oportunidad el Decreto N° 403/06 creó la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial (DGRBCOM), entonces dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda, asignándole entre sus responsabilidades primarias la de ejercer las facultades previstas por la Ley N° 93 y su reglamentación para el proyecto de Protección contra inundaciones (Préstamo BIRF 4.117-AR), las cuales, según dispuso ese decreto, fueron también aplicables al Programa de Gestión del Riesgo Hídrico aprobado por Ley N° 1.660 (Préstamo BIRF 7.289 AR);

Que el Decreto N° 1.149/06 aprobó el Manual Operativo del Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad, el cual detalla las funciones, facultades, atribuciones y competencias con que 2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos contaba la Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial, entre las cuales se encuentran las de elaborar los documentos requeridos para llevar a cabo las adquisiciones y las contrataciones del programa y, por otra parte, en dicho manual se describe el Componente de Medidas No Estructurales, entre las cuales se cuentan la gestión de los Espacios Verdes y del Arbolado de Alineación de la Ciudad de Buenos Aires;

Que recibidas las expresiones de interés y habiéndose analizado los antecedentes y situación particular de cada una de las firmas o grupos de firmas consultoras respecto de la contratación de servicios que se propicia, la Comisión de Preparación, Evaluación y Seguimiento de los Procedimientos Licitatorios y de la Ejecución de los Planes Maestro de Espacios Verdes Urbanos y del Arbolado de Alineación, creada por la Resolución Conjunta N° 2640/MH/MMA/GCABA/06, mediante su Acta N° 3 de fecha 22 de agosto del año 2007 recomendó la aprobación del Pedido de Propuestas titulado: "Formulación del Plan Maestro de Gestión de los Espacios Verdes y Plan Maestro del Arbolado Público Lineal de la Ciudad de Buenos Aires" y la integración de la Lista Corta de firmas habilitadas para participar de la correspondiente licitación;

Que con fecha 4 de septiembre de 2007 el Banco Mundial comunicó su No Objeción a la Lista Corta arriba mencionada, y que asimismo, con fecha 11 de diciembre de 2007, se expidió en igual sentido respecto del Pedido de Propuestas N° 04/07, también arriba mencionado, condicionando este último acto a las adecuaciones que en dicha comunicación se sugieren, las cuales fueron cumplimentadas oportunamente;

Que las adecuaciones al Pedido de Propuestas anteriormente mencionadas fueron incorporadas por la Comisión creada por la Resolución Conjunta N° 2640/ MH/ MMA/ GCABA / 06, según se hace constar en el Acta N° 4 de esa Comisión, fechada el 19 de febrero de 2008, donde se recomienda a las autoridades competentes la aprobación de la Lista Corta y del Pedido de Propuestas;

Que no obstante el criterio inicial de cambiar la denominación del documento arriba mencionado como Pedido de Propuestas N° 01/08 por razones de oportunidad atento a la fecha actual, según consta en el acta mencionada en el párrafo anterior, se entiende conveniente conservar la denominación original con la que dicho documento tramitó y fue aprobado por el Banco Mundial, como Pedido de Propuestas N° 04/2007;

Que, de acuerdo a la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 7

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Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto 2.075/GCBA/07, las facultades previstas por la Ley N° 93 y su reglamentación para el Proyecto de Protección contra Inundaciones, también aplicables al Programa de Gestión de Riesgo Hídrico aprobado por la Ley N° 1.660, pasaron a la actual Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial, dependiente de la Dirección General de Crédito Público y de la Subsecretaría de Administración Financiera, siendo esa Subdirección General el organismo administrativo reemplazante de la otrora Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial;

Que de acuerdo a lo expuesto, se propicia la aprobación de la Lista Corta y del Pedido de Propuestas para licitar la contratación de los servicios arriba mencionados;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley N° 1.218;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA: Art. 1°.- Convalídase la invitación efectuada a las firmas consultoras para presentar

expresiones interés a fin de integrar la Lista Corta del procedimiento de licitación del contrato de los servicios de consultoría relacionados con las medidas no estructurales denominadas Plan Maestro de Gestión de los Espacios Verdes y Plan Maestro de Gestión del Arbolado Público Lineal de la Ciudad de Buenos Aires como parte del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, la que integra el presente decreto como Anexo I.

Art. 2°.- Apruébase la integración de la Lista Corta de firmas habilitadas para participar del procedimiento licitatorio mencionado en el artículo anterior, de acuerdo a la siguiente composición:

1- GETINSA - TRECC S.A; (origen: España) 2- IC ARGENTINA; (origen: Argentina) 3- TAHAL CONSULTING ENGINESERS LTD; (origen: Israel) 4- BASOINSA - BEEX; (origen: España) 5- ROCHE; (origen: Canadá) 6- CONCOL. (origen: Colombia) Art. 3°.- Apruébase el Pedido de Propuestas titulado: "PP N° 04/2007, República

Argentina, Nombre: Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, N° del préstamo: 7.289-AR, "Formulación del Plan Maestro de Gestión de los Espacios Verdes y Plan Maestro del Arbolado Público Lineal de la Ciudad de Buenos Aires", para la licitación mencionada en el artículo 1° del presente decreto, en el marco de la Ley 1.660 y su reglamentación, el Convenio 2008 Año de la Democracia, el Estado de Derecho y Vigencia de los Derechos Humanos de Préstamo BIRF 7.289-AR, y demás normas de la Ciudad de Buenos Aires y de la República Argentina, documento que como Anexo II forma parte del presente decreto y que está integrado por las siguientes secciones: Sección 1: Carta de invitación; Sección 2: Instrucciones para los Consultores; Sección 3: Propuesta Técnica - Formularios Estándar; Sección 4: Propuesta Financiera - Formularios Estándar; Sección 5: Términos de referencia; Sección 6: Remuneración Mediante Pago de una Suma Global: I. Formulario de Contrato, II. Condiciones Generales de Contrato, III. Condiciones Especiales de Contrato, IV Apéndices.

Art. 4°.- Invítese, mediante la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial, a las empresas integrantes de la Lista Corta que se aprueba en el artículo 2° a presentar propuestas para la licitación indicada en el artículo 1°. Las propuestas deberán presentarse en la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Avenida de Mayo 525, planta baja, oficina 20, hasta

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la fecha límite que se fije para todas las presentaciones y se notifique a cada firma o grupo de firmas. Esta fecha no deberá ser inferior a veintiocho (28) ni superior a noventa (90) días corridos contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación. Hágase saber en dicha invitación que las propuestas deberán presentarse únicamente en copias de papel y que no serán consideradas las que se presenten por vía de correo electrónico ni las que se reciban por cualquier vía en lugar distinto al indicado y/o después de la fecha y hora de cierre que se fije.

Art. 5°.- Establécese que los interesados podrán presentar consultas por escrito respecto del Pedido de Propuestas que se aprueba en el artículo 3° del presente decreto en la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial, sita en Bartolomé Mitre 648, 5° piso, contrafrente, Ciudad de Buenos Aires, en el horario de 10 a 18 horas, por el plazo que se fija en dicho documento de licitación.

Art. 6°.- Delégase en la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial, las facultades de completar en el Pedido de Propuestas fechas, lugares, horarios y datos de los consultores conforme resulte necesario por razones de orden operativo y las particularidades de la licitación, así como de dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación hasta la recomendación de adjudicación y de emitir circulares ampliatorias o aclaratorias del Pedido de Propuesta aprobado por el artículo 3° del presente decreto, sin que ello implique modificación alguna de la documentación aprobada por dicho artículo. Estas circulares serán comunicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones en el plazo que se fija en dicho documento de licitación.

Art. 7°.- Las erogaciones con causa en el contrato de servicios de consultoría que se licita serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes al presente ejercicio y previsionadas en los ejercicios presupuestarios subsiguientes, según sus montos y plazos de ejecución.

Art. 8° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Ambiente y Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Art. 9°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a los Ministerios de Hacienda y de Ambiente y Espacio Público, a la Dirección General de Compras y Contrataciones, y a la SDGRBM (Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial) para la prosecución de su trámite y notificación de la Lista Corta a las empresas o grupos de empresas que participaron del procedimiento de formación de la misma y de la Carta de Invitación y Pedido de Propuestas a los integrantes de la Lista Corta. MACRI - Grindetti - Piccardo - Rodríguez Larreta

RESOLUCIÓN N° 38 - SSATCIU/08

Buenos Aires, 3 de julio de 2008.

Visto el Expediente N° 37280/08 la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N°

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1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 (B.O.C.B.A. N° 2960), la Resolución N° 37/SSATCIU/2008 y;

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la Subsecretaría de Atención Ciudadana, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros tramita la contratación del servicio de cableado en el Organismo F/N Centro de Gestión y Participación Comunal N° 14;

Que la citada contratación se enmarca en implementación de diversas reformas estructurales en dicho Centro de Gestión y Participación Comunal;

Que por Ley N° 2506 y Decreto reglamentario N° 2075/GCABA/07, la Subsecretaría de Atención Ciudadana tiene a su cargo todo lo concerniente a la gestión técnica, administrativa, presupuestaria y contractual de los F/N Centro de Gestión y Participación Comunal bajo su órbita;

Que por Resolución N° 37/SSATCIU/08, se dispuso el llamado a Contratación Menor N° 963-SSATCIU/08, para el día 7 de Julio de 2008, a las 15 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2557);

Que por Disposición N° 50/DGCyC/08 el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de órgano rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que obra en las actuaciones Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas aprobado por esta Subsecretaría en su carácter de Unidad Operativa de Adquisición;

Que se cursaron invitaciones fehacientes a dos (2) firmas del rubro; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas N° 860/08, se recibieron

ofertas correspondientes a las firmas Ing. Roberto Sánchez y Asoc. y Nytec S.A.; Que se ha cumplimentado con el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la

reglamentación vigente y del cual surge que corresponde la adjudicación a la oferta presentada por la firma Ing. Roberto Sánchez y Asoc.., por resultar la oferta mas conveniente, en los términos del artículo 108 de la Ley N° 2095;

Que por Resolución N° 107/MJGGC/2008, la Jefatura de Gabinete de Ministros instaura a la Subsecretaría de Atención Ciudadana como Unidad Operativa de Adquisiciones, en el ámbito de su jurisdicción;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 754/GCABA/08 (B.O.C.B.A. N° 2960) reglamentario de la Ley N° 2.095 y la Resolución N° 107/MJGGC/2008;

LA SUBSECRETARIA DE ATENCIÓN CIUDADANA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

Art. 1° - Apruébase la Contratación Menor N° 963/08, realizada el 7 de Julio de 2008 por la Subsecretaría de Atención Ciudadana, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2557), y adjudícase a la firma Ing. Roberto Sánchez y Asoc., la contratación del servicio de cableado por la suma total de pesos veintiún mil quinientos cuarenta y siete con 12/100 ($21.547,12).

Art. 2° - La presente contratación menor encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del año 2008.

Art. 3° - Exhíbase copia de la presente en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones por el término de un (1) día.

Art. 4° - Autorízase al Área de Compras y Contrataciones, dependiente de esta Subsecretaría, a emitir la respectiva orden de compra.

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Art. 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta por el término de un (1) día y remítase al Área de Compras y Contrataciones de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, para la prosecución de su trámite. González

RESOLUCIÓN N° 42 - SSATCIU/08

Buenos Aires, 31 de julio de 2008.

Visto el Expediente N° 41399/08, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. N° 2557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 (B.O.C.B.A. N° 2960), y

CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación tramita la adquisición de elementos para la refuncionalización del F/N Centro de Gestión y Participación Comunal N° 14 en la órbita de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros.

Que la citada adquisición se enmarca en la necesidad de readecuar el mencionado Centro a fin de permitir la implementación de otros servicios tales como la emisión de Licencias de Conducir.

Que se realizaron mejoras edilicias en el entrepiso, donde se trasladaron Servicio Social Zonal, Defensoría y Mediación.

Que para concluir con dicha readecuación resulta necesaria la adquisición de elementos tales como vidrios, pinturas, baldosas y zócalos.

Que por Disposición N° 171/DGCyC/08 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de órgano rector del Sistema de Compras y Contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que por Resolución N° 40/SSATCIU/08, se dispuso el llamado a Contratación Menor N° 1668 -SIGAF/08, para el día 30 de julio de 2008, a las 15 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. N° 2557);

Que obra en las presentes actuaciones Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Resolución de la Subsecretaria de Atención Ciudadana;

Que se cursaron invitaciones fehacientes a trece (13) firmas del rubro, todo ello en los términos de lo establecido por la Ley 2095 y su decreto reglamentario;

Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas se recibieron las ofertas de las firmas Manuel Beltrán, Texxor Pinturas S.R.L., Vidrio S.R.L. y Pinturerías Rex S.A.

Que analizadas las ofertas presentadas y encontrándose todas ellas debidamente registradas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y en condiciones de presentar oferta se procedió a confeccionar el Cuadro Comparativo de Precios en los términos de lo previsto por la Ley 2095;

Que, se ha cumplimentado con el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación vigente y del cual surge que corresponde la adjudicación de la oferta presentada por las firmas Manuel Beltrán para los renglones 1 y 3, Pinturerías Rex SRL para los renglones 4, 6 al 13 y 16, Texxor Pinturas SRL para el renglón 5 y Vidrios S.R.L. para los renglones 14, 15, 18 y 19, por resultar sus ofertas las más convenientes conforme a los términos del artículo 108 de la Ley N° 2095 y que la contratación quedó desierta para los renglones 2 y 17.

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Que asimismo corresponde señalar que por Resolución N° 107/MJGGC/2008, la Jefatura de Gabinete de Ministros instaura a la Subsecretaría de Atención Ciudadana como Unidad Operativa de Adquisiciones, en el ámbito de su jurisdicción;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 13° de la Ley N° 2.095, reglamentado por el artículo 13 del anexo 1 del Decreto N° 754/GCABA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2960);

LA SUBSECRETARIA DE ATENCIÓN CIUDADANA DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

Artículo N° 1: Apruébase la Contratación Menor N° 1668/08, realizada el 30 de Julio de 2008, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. N° 2557) y adjudícase a la firma Manuel Beltrán los renglones 1 y 3 por el monto total de pesos novecientos cincuenta y uno con 40/100 ($951.40), a Pinturerías Rex SRL los renglones 4, 6 al 13, a Texxor Pinturas SRL el renglón 5 y 16 por el monto total de pesos trescientos ochenta y nueve con 90/100 ($389,90) y a la firma Vidrios S.R.L. los renglones 14, 15, 18 y 19 por el monto total de pesos seis mil seiscientos catorce con 40/100 ($6.614,40) correspondientes a la adquisición de bienes para la refuncionalización del Organismo Fuera de Nivel Centro de Gestión y Participación Comunal N° 14, en la órbita de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros.

Artículo N° 2: La presente contratación menor encuentra respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del año 2008.

Artículo N° 3: Exhíbase copia de la presente en la Cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones dependiente de esta Subsecretaría por el término de un (1) día.

Artículo N° 4: Autorizase al Área de Compras y Contrataciones, dependiente de esta Subsecretaría, a emitir la respectiva orden de compra.

Artículo N° 5: Regístrese, notifíquese a las firmas Manuel Beltrán, Pinturearías Rex S.R.L, Texxor Pinturas SRL y Vidrios SRL, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta por el término de un (1) día y remítase al Área de Compras y Contrataciones de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, para la prosecución del trámite. González

RESOLUCIÓN N° 2.435 - MHGC/08

Buenos Aires, 13 de agosto de 2008.

Visto la Nota N° 4537/DGTALMH/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2075/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.829), se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre otras medidas, el Artículo 5° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2007, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;

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Que por Resolución N° 3664/MHGC/07 se designó entre otros a partir del 10 de diciembre de 2007, al Dr. Víctor Félix Manuel GRANADO, DNI. 22.707.610, CUIL. 20-22707610-1 como personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Hacienda;

Que según surge de los presentes actuados, la aludida Dirección General, solicita el cese del nombrado; a partir del 1ro. de agosto de 2008;

Que asimismo propicia la designación de Flavio Héctor SALICE ZABALA, DNI. 26.721.730, CUIL. 20-26721730-1, como personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General que nos ocupa;

Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución N° 698/MHGC/2008, y no encontrándose inconvenientes para proceder a la designación que nos ocupa,

Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1°, del Decreto N°

638/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.678);

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Art. 1°.- Déjase establecido a partir del 1ro. de agosto de 2008, el cese del Dr. Víctor Félix Manuel GRANADO, DNI. 22.707.610, CUIL. 20-22707610-1 como personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Hacienda, cuya designación fuera dispuesta por Resolución N° 3664/MHGC/07 de fecha 20 de diciembre de 2007.

Art. 2°.- Desígnase a partir del lro. de agosto de 2008, al Dr. Flavio Héctor SAUCE ZABALA, DNI. 26.721.730, CUIL 20-26721730-1, como personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, dependiente del Ministerio de Hacienda, con 2500 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones prescriptas por el Artículo 5° del Decreto N° 2.075/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.829).

Art. 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás 'efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda; cumplído, archívese. Grindetti

RESOLUCIÓN N° 2.480 - MHGC/08

Bueno Aires, 15 de agosto de 2008.

Visto el Expediente N° 25.868/08 y su incorporado y;

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones de la referencia tramita la denuncia formulada por un agente que revista en la ex Dirección Medicina del Trabajo, poniendo de manifiesto presuntas situaciones de hostigamiento laboral por parte del Director de dicha dependencia,

Que, a los fines de preservar la confidencialidad y reserva de los actuados, la misma fue tramitada de conformidad con el procedimiento previsto en la Ley N° 1225;

Que, no obstante ello, resulta oportuno investigar acabadamente si los hechos narrados por el denunciante configuran responsabilidades administrativas previstas por la Ley N° 471, en lo referente al ejercicio de las funciones del denunciado;

Que, en virtud de lo expuesto, y teniendo en cuenta la gravedad de los hechos

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narrados por el denunciante, resulta oportuno ordenar a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires la instrucción del pertinente sumario administrativo;

Por ello, atento lo expuesto, lo aconsejado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y en uso de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley N° 1218;

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Art. 1°.- Instrúyase el pertinente sumario administrativo tendiente a investigar los hechos denunciados por un agente de la ex Dirección Medicina del Trabajo, contra el Director de la citada dependencia, y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder.

Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la ex Dirección Medicina del Trabajo, dependiente de la Dirección General de Administración de Recursos Humanos y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Grindetti

RESOLUCIÓN N° 62 - SSJUS/08

Buenos Aires, 18 de julio de 2008.

VISTO la Ley Orgánica Notarial N° 404 (BOCBA N° 990), el Decreto Reglamentario N° 1624-GCBA-2000 (BOCBA N° 1034), la Ley N° 2506 (BOCBA N° 2824) y los Decretos N° 2.075-GCBA-2007 (BOCBA N° 2829) y N° 2.077-GCBA-2007 (BOCBA N° 2831), y el expediente N° 26.100/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto tramita la presentación efectuada por la Escribana María Dolores Garrido Oromí, por la cual solicita se la designe como Titular del Registro Notarial que le corresponde en razón de haberlo obtenido en el Concurso de Oposición y Antecedentes para la adjudicación de registros notariales convocado para el 20 de Abril y 10 de Septiembre de 2007;

Que, atento al orden de mérito establecido por los artículos 11 y 12 del Decreto N° 1624/GCBA/2000, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informa que corresponde se le adjudique a la peticionante el Registro Notarial N° 986;

Que, se encuentra acreditado que la Escribana María Dolores Garrido Oromí, ha obtenido un puntaje de siete (7) puntos en la prueba escrita y ocho (8) puntos en la evaluación oral, del Concurso de Oposición y Antecedentes de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Orgánica Notarial N° 404, cumpliendo, por ende, el requisito previsto en el art. 35 de la citada Ley;

Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen considerando que se ha respetado el procedimiento previsto, y no encuentra objeciones que formular;

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Que, la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;

Que, la Ley N° 404, en su artículo 31°, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;

Que, mediante el Decreto N° 2.075-GCBA-2007 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso, que dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia se encuentra la de "Administrar y Supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los registros notariales";

Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente Resolución, por la que se haga lugar a la solicitud formulada por la Escribana María Dolores Garrido Oromí, designándola como Titular del Registro Notarial N° 986;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 2.075-GCBA-2007, 2.077-GCBA-2007;

EL SEÑOR SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Art. 1°.- Adjudícase, a la Escribana María Dolores Garrido Oromí, D.N.I. N° 16.455.863, Matrícula N° 5019, la Titularidad del Registro Notarial N° 986.

Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que debe practicar notificación fehaciente la interesada y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Presti

RESOLUCIÓN N° 65 - SSJUS/08

Buenos Aires, 18 de julio de 2008.

VISTO la Ley Orgánica Notarial N° 404 (BOCBA N° 990), el Decreto Reglamentario N° 1624-GCBA-2000 (BOCBA N° 1034), la Ley N° 2506 (BOCBA N° 2824) y los Decretos N° 2.075-GCBA-2007 (BOCBA N° 2829) y N° 2.077-GCBA-2007 (BOCBA N° 2831), y el Expediente N° 19.761/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto, tramita la nota remitida por el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 10 de abril de 2008, por la que comunica a este Poder Ejecutivo el fallecimiento del Escribano Osvaldo Amaranto Fraga, Matrícula N° 1872, Titular del Registro Notarial N° 499;

Que, obra a fs. 2 copia del certificado de defunción del Escribano Osvaldo Amaranto Fraga expedido por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires;

Que, asimismo el Colegio de Escribanos de la Ciudad informa a fs. 1 que la Escribana Susana Elena Martínez Goitia, Matricula N°. 4914, Adscripta primera al Registro Notarial N°. 499, se hizo depositaria de la documentación perteneciente al mencionado registro, en carácter de INTERINA, sin perjuicio de la actuación que le compete a la adscripta segunda, Escribana Adriana Beatriz Colombo, Matrícula N°. 4970.

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Que, en este sentido la Ley N° 404 en su artículo 49, establece que los escribanos adscriptos sólo sucederán a su titular entre otros casos, por el fallecimiento de éste, y que hasta tanto no se cubra la vacante, se desempeñará como interino por un período de un año, el adscripto de mayor antigüedad;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen considerando que se ha respetado el procedimiento previsto, y no encuentra objeciones que formular;

Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica Notarial N° 404, establece que la vacancia de un registro se produce, entre otros motivos, por la muerte de su titular;

Que, la Ley N° 404, en su artículo 31°, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;

Que, mediante el Decreto N° 2.075-GCBA-2007 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso, que dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia se encuentra la de: "Administrar y Supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los registros notariales";

Que, la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;

Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente Resolución, por la que se declare vacante el Registro Notarial N° 499 por fallecimiento de su Titular, Escribano Osvaldo Amaranto Fraga

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 2.075-GCBA-2007, 2.077-GCBA-2007;

EL SEÑOR SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Art. 1°.- Declárase vacante el Registro Notarial N° 499 por fallecimiento de su Titular, Escribano Osvaldo Amaranto Fraga, Matrícula N° 1872, L.E. N° 4.868.996; dejándose constancia que la, Escribana Susana Elena Martínez Goitia, Matrícula N° 4914, D.N.I. N° 6.232.203, Adscripta Primera, se encuentra interinamente a cargo del mencionado Registro Notarial.

Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y al Ministerio de Justicia y Seguridad; y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Presti

RESOLUCIÓN N° 69 - SSJUS/08

Buenos Aires, 18 de julio de 2008.

VISTO la Ley Orgánica Notarial N° 404 (BOCBA N° 990), los Decretos 1624-GCBA-2000 (BOCBA N° 1034), N° 2.075-GCBA-2007 (BOCBA N° 2829) y N° 2.077-GCBA-2007 (BOCBA N° 2831), y el Expediente N° 25.008/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación citada en el visto, el Escribano Bernardo Drucaroff, Titular del

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Registro Notarial N° 670, solicita se designe como Adscripta a dicho Registro a la Escribana María del Carmen Graciela Brienza;

Que se encuentra acreditado que el Escribano titular tiene una antigüedad en tal carácter en esta Ciudad no inferior a cinco años contados desde la primera escritura protocolizada, y ha obtenido resultado favorable en la Inspección Extraordinaria de Protocolo comprensiva de todos los aspectos del ejercicio de su función notarial, conforme lo exige el artículo 46 incisos a) y b) de la Ley N° 404;

Que, en virtud de los dispuesto por el art. 175 de la Ley Orgánica Notarial N° 404, la Escribana María del Carmen Graciela Brienza puede acceder a la Adscripción de Registros Notariales, cumpliendo, por ende, con lo dispuesto en el artículo 46 inciso c) de la ley citada;

Que, se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial;

Que, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha emitido dictamen considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso, y que no se han encontrado objeciones para formular;

Que, la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución;

Que, la Ley N° 404, en su artículo 31°, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley;

Que, mediante el Decreto N° 2.075-GCBA-2007 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso, que dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia se encuentra la de: "Administrar y Supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los registros notariales";

Que, atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente Resolución, por la que se haga lugar a la propuesta del Escribano Bernardo Drucaroff y se adscriba a su Registro Notarial N° 670 a la Escribana María del Carmen Graciela Brienza;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 2.075-GCBA-2007, 2.077-GCBA-2007;

EL SEÑOR SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE:

Art. 1°.- Desígnase a la Escribana María del Carmen Graciela Brienza, D.N.I. N° 13.302.396, Matrícula N° 3913, como Adscripta al Registro Notarial N° 670.-

Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y al Ministerio de Justicia y Seguridad; y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Presti

RESOLUCIÓN N° 219 - SSSU/08

Buenos Aires, 03 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y la Nota N° 986-DGIHU-2008,

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CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por la Nota mencionada, la Policía Federal Argentina, solicita permiso para efectuar el corte total de la calzada de Av. Rivadavia desde Doblas hasta la Av. José María Moreno, el día miércoles 9 de julio de 2008, en el horario de 10.00 a 12.00 horas, con motivo del Día de la Independencia;

Que, la Dirección General de Tránsito ha intervenido en su competencia, manifestando que considera viable el corte de transito;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, dejando a consideración de la Subsecretaria de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por la Policía Federal Argentina, de la calzada de Av. Rivadavia desde Doblas hasta la Av. José María Moreno, sin afectar bocacalles extremas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día miércoles 9 de julio de 2008, en el horario de 10.00 a 12.00 horas, con motivo del Día de la Independencia.

Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las

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que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes. Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público

Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a los solicitantes y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Inspección de la Higiene Urbana. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 220 - SSSU/08

Buenos Aires, 3 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución N° 558-SsSu-SsPyCEP-SSTyT-2006 y el Registro N° 4877-DGTRANSI-2008, y

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;

Que, por el Registro mencionado, la Escuela Técnica N° 1 "Otto Krause", solicita permiso para efectuar el corte total de la Av. Paseo Colón entre Chile y México, el día sábado 12 de julio del 2008, en el horario de 11 a 15 horas, con motivo de realizar una exposición de vehículos de colección;

Que, la Dirección General de Transito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito, dejando a consideración de la Subsecretaria de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por la Escuela Técnica N° 1 "Otto Krause", la Av. Paseo Colón entre Chile y México, sin afectar bocacalles, con al concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día sábado 12 de julio del 2008, en el horario de 11 a 15 horas, con motivo de realizar una exposición de vehículos de colección.

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Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial y de Tránsito, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al requirente y para su conocimiento gírese a la Dirección General de Transito. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 221 - SSSU/08

Buenos Aires, 4 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución N° 558-SsSu-SsPyCEP-SSTyT-2006 y el Registro N° 4976-DGTRANSI-2008, y

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;

Que, por el Registro mencionado, la Unidad Básica "Pueblo Peronista", solicita permiso para efectuar el corte de calzada de Av. Triunvirato entre Núñez y Crisólogo Larralde, el día miércoles 9 de julio de 2008, en el horario de 12 a 17 horas, con motivo de realizar una celebración barrial por el Día de la Independencia.

Que, la Dirección General de Transito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito, dejando a consideración de la Subsecretaria de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

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Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por la Unidad Básica "Pueblo Peronista", Av. Triunvirato entre Núñez y Crisólogo Larralde, sin afectar bocacalles, con al concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día miércoles 9 de julio de 2008, en el horario de 12 a 17 horas, con motivo de realizar una celebración barrial por el Día de la Independencia.

Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial y de Tránsito, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al requirente y para su conocimiento gírese a la Dirección General de Transito. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 222 - SSSU/08

Buenos Aires, 4 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y el Registro N° 236-DGCUL-2008

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

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Que, por la Nota mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por el Registro mencionado, la Parroquia San Benito Abad, a través de la Dirección General de Cultos, solicita permiso para efectuar la afectación total de varias calzadas, el día domingo 06 de julio de 2008, de 18.00 a 20.00 horas, con motivo de la "Procesión Religiosa", de acuerdo al siguiente recorrido:

• Partiendo de Villanueva y Maure, por esta, Av. Cabildo, Gorostiaga, 3 de Febrero, Av. Federico Lacroze, Villanueva (a contramano), regresando al punto de partida.

Que, a tales efectos la Dirección General de Cultos, considera este evento de suma importancia para los vecinos y feligreses de esta comuna;

Que, a tales efectos la Dirección General de Tránsito, considera viable el otorgamiento del pertinente permiso;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte total de tránsito solicitado, dejando a consideración de la Subsecretaria de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el cortes de tránsito solicitados por la Parroquia San Benito Abad, a través de la Dirección General de Cultos, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día domingo 06 de julio de 2008, de 18.00 a 20.00 horas, con motivo de las Fiestas Patronales de acuerdo al siguiente esquema

•Corte Total, Sucesivo y Momentáneo: • Villanueva entre Av. Federico Lacroze y Maure, a medida que va pasando la

Procesión. • Transversales de las calles afectadas por el recorrido del evento, cortando el

tránsito a medida que avanza la procesión y liberando el mismo a medida que van pasando los peregrinos, sin afectar bocacalles.

•Corte Parcial: • Un carril mano noroeste, según sentido de circulación de la Av. Cabildo entre

Maure y Gorostiaga. • Dos carriles mano derecha, sucesivos a medida que van pasando los peregrinos. • En las arterias afectadas parcialmente se deberá colocar vallas continuas en toda

la parte afectada, a fin de separar el tránsito pasante de la zona del evento. Art.2° El tránsito vehicular que circule por las calles que se van cerrando deberá

desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los sucesos cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación, su ruta.

Art.3° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de

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evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.4° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.5° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y 4° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.6° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Cultos. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 229 - SSSU/08

Buenos Aires, 7 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y la Nota N° 876-CGPC N° 08-2008 y;

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Nota mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por la Nota mencionada, el Centro de Gestión y Participación N° 08, solicita autorización para efectuar el corte de tránsito de Itaquí entre San Pedrito y Castañon, el día Martes 08 de Julio de 2008, en el horario de 08.00 a 11.30 horas y de 13.30 15.30 horas, con motivo de realizar los festejos por el "Día de la Independencia Argentina";

Que, la Dirección General de Transito ha tomado intervención en el trámite, emitiendo opinión favorable respecto al corte solicitado, y no estableciendo desvío de tránsito de la zona;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, dejando a consideración de la Subsecretaría de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

Que, por Resolución N° 509-DGTAL/MJyS-2008, se encomendó la firma de esta Subsecretaría a partir del día 07 al 10 de julio de 2008, al Señor Subsecretario de Justicia, Dr. Daniel Presti;

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Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por el Centro de Capacitación y Participación Comunal N° 08, de la calzada de Itaquí entre San Pedrito y Castañon, sin afectar bocacalles extremas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día Martes 08 de Julio del 2008, en el horario de 08.00 a 11.30 horas y de 13.30 a 15.30 horas, con motivo de realizar los festejos en conmemoración del "Día de la Independencia Argentina".

Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese al Centro de Gestión y Participación Comunal N° 08. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 230 - SSSU/08

Buenos Aires, 7 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y el Registro N° 4975-DGTRANSI-2008, y

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio

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del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma; Que, por la Nota mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la

encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por el Registro mencionado, la "Murga Atrevidos por Costumbre", a través de su representante Patricia Notaristefano, solicita permiso para efectuar el corte de calzada de Darwin entre Gorriti y Cabrera, el día Miércoles 09 de Julio de 2008, en el horario de 12.00 a 22.00 horas, con cobertura climática para el día Domingo 13 de Julio de 2008 en el mismo horario, con motivo de realizar el "Festival Artístico Palermo Soja";

Que, la Dirección General de Transito ha tomado intervención en el trámite, emitiendo opinión favorable respecto al corte solicitado;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, dejando a consideración de la Subsecretaría de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

Que, por Resolución N° 509-DGTAL/MJyS-2008, se encomendó la firma de esta Subsecretaría a partir del día 07 al 10 de julio de 2008, al Señor Subsecretario de Justicia, Dr. Daniel Presti;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por la "Murga Atrevidos por Costumbre", a través de su representante Patricia Notaristefano, de Darwin entre Gorriti y Cabrera, sin afectar bocacalles, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el Día Miércoles 09 de Julio de 2008, en el horario de 12.00 a 22.00 horas, con cobertura climática para el día Domingo 13 de Julio de 2008 en el mismo horario y lugar, con motivo de realizar el "Festival Artístico Palermo Soja".

Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

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Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Tránsito. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 231 - SSSU/08

Buenos Aires, 7 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y la Nota N° 242-CGPC N° 12-2008 y;

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Nota mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por la Nota mencionada, el Centro de Gestión y Participación N° 12, solicita autorización para efectuar el corte de tránsito de la Av. Triunvirato entre Juramento y Olazábal, el día Miércoles 09 de Julio de 2008, en el horario de 07.00 a 20.00 horas, con motivo de realizar los festejos por el "Día de la Independencia Argentina";

Que, la Dirección General de Transito ha tomado intervención en el trámite, emitiendo opinión favorable respecto al corte solicitado, y no estableciendo desvío de tránsito de la zona;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, dejando a consideración de la Subsecretaría de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

Que, por Resolución N° 509-DGTAL/MJyS-2008, se encomendó la firma de esta Subsecretaría a partir del día 07 al 10 de julio de 2008, al Señor Subsecretario de Justicia, Dr. Daniel Presti;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por el Centro de Capacitación y Participación Comunal N° 12, de la Av. Triunvirato entre Juramento y Olazábal, sin

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afectar bocacalles extremas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día Miércoles 09 de Julio de 2008, en el horario de 07.00 a 20.00 horas, con motivo de realizar los festejos en conmemoración por el "Día de la Independencia Argentina".

Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese al Centro de Gestión y Participación Comunal N° 12. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 232 - SSSU/08

Buenos Aires, 8 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y la Nota N° 213-DGIYC-2008, y

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por la Nota mencionada, la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria, solicita permiso para efectuar la afectación total de las calzadas de Av. Rivadavia y Del Barco Centenera, el día Miércoles 09 de Julio de 2008, desde las 10.00 a 16.00 horas, con motivo de realizar un evento tradicionalista denominado "La Ciudad y el Campo";

Que, la Dirección General de Transito ha tomado la intervención de su

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competencia, emitiendo opinión favorable, respecto del corte solicitado; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viables los

cortes totales de tránsito solicitados, dejando a criterio de la Subsecretaría de Seguridad Urbana la autorización para la correspondiente solicitud;

Que, por Resolución N° 509-DGTAL/MJyS/2008, se encomendó la firma del despacho de esta Subsecretaría entre los días 07 y 10 de Julio de 2008, al Subsecretario de Justicia, Dr. Daniel Agustín Presti;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar los cortes de tránsito solicitados por la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria, el día Miércoles 09 de Julio de 2008, con motivo de realizar un evento tradicionalista denominado "La Ciudad y el Campo", con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, de acuerdo al siguiente esquema:

Corte Total, momentáneo y sucesivo: Patio de los Lecheros (Donato Álvarez y Bacacay), Av. Tte. Gral. Donato Álvarez,

Av. Rivadavia, Rosario, Av. José María Moreno, Av. Rivadavia donde finaliza, en el horario de 10.00 a 11.00 horas.

Av. Rivadavia desde Av. José María Moreno hasta Federico García Lorca. Para este tramo se prevé el corte total de la Av. Rivadavia, asimismo el cierre momentáneo de las transversales durante la marcha, en el horario de 11.00 a 12.30 horas aproximadamente.

Corte Total: Avda. Rivadavia Sur entre Cachimayo y del Barco Centenera, sin afectar

bocacalles, en el horario de 10.45 horas aproximadamente. Guayaquil entre Del Barco Centenera y San José de Calasanz, sin afectar

bocacalles, en el horario de 14.30 a 16.00 horas. Bertres entre J.B. Alberdi y Guayaquil, sin afectar bocacalles, en el horario de

14.30 a 16.30 horas. Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal

interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público

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Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, y de Tránsito, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a los solicitantes y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 233 - SSSU/08

Buenos Aires, 8 de julio de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y el Registro N° 14066-MGEYA-2008, y

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por el Registro mencionado, los Amigos de Liniers C.V. Comerciantes y Vecinos, solicitan permiso de corte total de la calle Montiel entre Ibarrola y Ramón Falcón, el día Miércoles 09 de Julio de 2008, desde las 16.00 a 20.00 horas, con motivo de realizar los festejos en conmemoración del "Día de la Independencia Argentina";

Que, la Dirección General de Transito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto del corte solicitado;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera que los cortes solicitados para permitir el desarrollo de la prueba atlética son viables, dejando a consideración de la Subsecretaría de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

Que, por Resolución N° 509-DGTAL/MJyS/2008, se encomendó la firma del despacho de esta Subsecretaría entre los días 07 al 10 de Julio de 2008, al Subsecretario de Justicia, Dr. Daniel Agustín Presti;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art. 1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por los Amigos de Liniers C.V. Comerciantes y Vecinos, de la calle Montiel entre Ibarrola y Ramón Falcón, sin afectar

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bocacalles, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día Miércoles 09 de Julio de 2008, desde las 16.00 a 20.00 horas, con motivo de realizar los festejos en conmemoración por el "Día de la Independencia".

Art. 2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art. 3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art. 4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art. 5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, y de Tránsito, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al requirente y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivos. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 285 - SSSU/08

Buenos Aires, 5 de agosto de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y el Registro N° 161-DGRINS-2008, y agreg. Nota N° 7194-DGTALMC-2008,

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por el Registro mencionado, el Centro Okinawense en la Argentina, solicita permiso para efectuar el corte total de la calzada de Av. de Mayo entre Bernardo de Yrigoyen y Bolívar, el día sábado 30 de agosto del 2008, en el horario de 13:30 a 17:00 horas, con motivo de realizar la celebración del Centenario de la inmigración Okinawense;

Que, la Dirección General de Tránsito ha intervenido en su competencia,

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manifestando que considera viable el corte de transito; Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable

realizar el corte de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por el Centro Okinawense en la Argentina, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día sábado 30 de agosto del 2008, en el horario de 13:30 a 17:00 horas, con motivo de realizar la celebración del Centenario de la inmigración Okinawense, de acuerdo al siguiente esquema:

Corte total: Av. de Mayo entre Bernardo de Yrigoyen y Bolívar, sin afectar bocacalles. Corte total, momentáneo y sucesivo: Transversales al momento de paso del desfile.

Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Relaciones Institucionales y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 291 - SSSU/08

Buenos Aires, 6 de agosto de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución N° 558-SsSu-SsPyCEP-

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SSTyT-2006 y el Registro N° 1767-CGPC N° 11-2008 y

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;

Que, por el Registro mencionado, la Fundación Guillermo Marro, a través del C.G.P.C. N° 11, de permiso realizar la afectación de la calzada de Av. Lope de Vega entre Simbrón y José Pedro Varela, el día sábado 9 de agosto de 2008, en el horario de 13 a 18 horas, con motivo de realizar un evento del "Día del Niño";

Que, la Dirección General de Tránsito ha tomado intervención en el trámite, emitiendo opinión favorable respecto al corte solicitado;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina quien deberá establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte parcial de tránsito solicitado por la Fundación Guillermo Marro, a través del C.G.P.C. N° 11, de media calzada de Av. Lope de Vega entre Simbrón y José Pedro Varela, sin afectar bocacalles extremas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día sábado 9 de agosto de 2008, en el horario de 13 a 18 horas, con motivo de realizar un evento del "Día del Niño".

Art.2° Se deberán colocar vallas rígidas que separen al público del tránsito vehicular.

Art.3° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.4° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la

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Ordenanza N° 51277/96. Art.5° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3° y 4° de la presente, la

misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.6° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial, y de Tránsito, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a los requirentes y para su conocimiento gírese al Centro de Gestión y Participación Comunal N° 11. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 292 - SSSU/08

Buenos Aires, 7 de agosto de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución N° 558-SsSu-SsPyCEP-SSTyT-2006 y el Registro N° 5673-DGTRANSI-2008, y

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaría de Seguridad Urbana será la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento a la gran concentración de gente que pudieran convocar, necesiten la programación de un operativo de seguridad especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de los transeúntes y público asistente;

Que, por el Registro mencionado, la Asociación Civil "No te quedes afuera", solicita permiso para efectuar el corte total de Ayacucho entre Sarmiento y Av. Corrientes, el día sábado 9 de agosto de 2008, en el horario de 13 a 21 horas, con motivo de realizar una fiesta con motivo del Día del niño;

Que, la Dirección General de Transito ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto a los cortes solicitados;

Que, a tales efectos la Dirección General de Seguridad Vial, considera viable realizar el corte de tránsito, dejando a consideración de la Subsecretaria de Seguridad Urbana para el dictado del acto administrativo respectivo;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita los cortes de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte de tránsito solicitado por la Asociación Civil "No te quedes

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afuera", de Ayacucho entre Sarmiento y Av. Corrientes, sin afectar bocacalles, con al concurrencia de la Policía Federal Argentina, el día sábado 9 de agosto de 2008, en el horario de 13 a 21 horas, con motivo de realizar una fiesta con motivo del Día del niño.

Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Ordenamiento del Espacio Público, de Seguridad Vial y de Tránsito, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al requirente y para su conocimiento gírese a la Dirección General de Transito. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 293 - SSSU/08

Buenos Aires, 7 de agosto de 2008.

Visto el Decreto N° 2075-GCBA-2007, la Resolución Conjunta N° 558-SsSU- SsPyCEP-SSTyT-06 y la Nota N° 1198-DGPCUL-2008 y agreg. Nota N° 1216-DGPCUL-2008 y,

CONSIDERANDO:

Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma;

Que, por la Resolución mencionada, la Subsecretaria de Seguridad Urbana es la encargada de dictar el acto administrativo que autorice los cortes de calles y avenidas, sean totales o parciales, en los casos de manifestaciones políticas, partidarias, religiosas, pruebas atléticas, deportivas y festejos masivos, que atento la gran concentración de gente que pudiera convocar, necesite la programación de un operativo especial a efectos de resguardar la integridad física y patrimonial de transeúntes y publico asistente;

Que, por las Notas mencionadas, la Dirección General de Promoción Cultural del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, solicita permiso para efectuar la afectación total de la calzada según el siguiente esquema, Calabria y Dr. A. T. Rodríguez, ambas desde la calle A. Villaflor hasta Rawson de Dellepiane, el día Domingo 10 de Agosto de 2008, desde las 08.00 hasta las 17.30 horas, para realizar un evento con motivo del

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Festejo del Día del Niño; Que, la Dirección General de Transito ha tomado la intervención de su

competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado y que visto la proximidad de la fecha del evento, no es posible cumplimentar el circuito administrativo dispuesto por Resolución N° 558-SsSU-SsPyCEP-2006, por lo que se remite directamente y sin intervención a la Dirección General de Seguridad Vial, para su consideración y dictado del acto administrativo respectivo;

Que, a tales efectos la Subsecretaría de Seguridad Urbana, teniendo en cuenta lo expuesto precedentemente por la Dirección General de Tránsito, considera viables realizar el corte de tránsito solicitado, siendo la Policía Federal Argentina y la Prefectura Naval Argentina, quiénes deberán establecer y efectuar el desvío del tránsito vehicular;

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza N° 51.277;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA RESUELVE:

Art.1° Autorizar el corte total de tránsito solicitado por la Dirección General de Promoción Cultural del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el día Domingo 10 de Agosto de 2008, en Calabria altura Padre Migone, desde las de 10.00 hasta las 17.00 horas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina y Prefectura Naval Argentina, por la realización de un evento con motivo del Día del Niño, de acuerdo al siguiente esquema:

Corte Total: De Avda. Calabria entre Rosario Vera Peñaloza y E. Rawson de Dellepiane, sin

afectar bocacalles. Corte Total: Tristán Achával Rodríguez, 100 mts. al sur del Monumento a Lola Mora y E.

Rawson de Dellepiane, sin afectar la bocacalle. Estacionamiento de micros únicamente en Av. España.

Art.2° Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Art. 2.1.10 de la Ley N° 2.148.

Art.3° Los solicitantes deberán arbitrar los medios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Prefectura Naval Argentina, de cuyas costas deberá hacerse cargo, y procederán al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 51277/96.

Art.4° De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2° y 3° de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerdas separadas en las áreas correspondientes.

Art.5° Regístrese, comuníquese a la Policía Federal Argentina, Prefectura Naval

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Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, de Ordenamiento del Espacio Público, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese al solicitante y para su conocimiento, gírese a la Dirección General de Promoción Cultural. Cumplido, archívese. Molinero

RESOLUCIÓN N° 158 - SSGEFyAR/08

Buenos Aires, 14 de agosto 2008.

Visto el Expediente N° 23.434/2008, la Ley de Obras Públicas N° 13.064, la Ley 2.565, la Resolución N° 10-MEGC-2008 y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición N° 416-DGIyE-2008 se llamó a Contratación Directa N° 610-SIGAF-08 (122-08) para llevar a cabo trabajos de instalación eléctrica y de sistemas de incendio en el edificio de la Escuela N° 18 sita en la calle San Pedro 4457, del Distrito Escolar N° 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de pesos trescientos setenta y siete mil novecientos setenta y cuatro con 31/100 ($ 377.974,31);

Que con fecha 29 de Mayo de 2008 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose dos (2) ofertas: Audiomagnus S.R.L. y Kion S.A.I.C.;

Que el área de Control Ejecución de Contrato, al realizar el estudio técnico de la documentación presentada, aconsejó declarar admisibles las ofertas presentadas por Audiomagnus S.R.L. y Kion S.A.I.C. y preadjudicar a esta última en virtud de ser económicamente conveniente y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación;

Que en forma previa a la preadjudicación la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento intimó a la empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta;

Que la mencionada empresa cumplió con lo solicitado mediante Registros N° 420.349-DGIyE-2008, 420.800-DGIyE-2008, 420.797-DGIyE-2008, 421.007-DGIyE-2008 y 421.123-DGIyE-2008 obrando en el expediente un segundo informe del Área de Control Ejecución de Contrato donde da por cumplido lo solicitado;

Que por lo expuesto, la Comisión Especial de Preadjudicaciones creada por Ley N° 2.565 (BOCBA N° 2836), reglamentada por Decreto N° 73-08 (BOCBA N° 2865) mediante Acta de Preadjudicación N° 102 de fecha 23 de Julio de 2008 procedió a preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el primer Considerando a la empresa Kion S.A.I.C. por la suma de pesos trescientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta y cinco con 86/100 ($ 394.675,86);

Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y otro oferente y publicado en cartelera conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares;

Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación,

corresponde adjudicar a la empresa Kion S.A.I.C. los trabajos de instalación eléctrica y sistemas de incendio en el edificio de la Escuela N° 18 sita en la calle San Pedro 4457 del Distrito Escolar N° 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste

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alzado por la suma de pesos trescientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta y cinco con 86/100 ($ 394.675,86);

Que toda vez que el monto de la presente no supera el indicado en el art. 141 de la Ley 2095 (BOCBA N° 2557), no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley 1218 BOCBA N° 1850);

Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en razón de lo normado por la Resolución N° 10-MEGC-08;

Por ello y en uso de facultades que son propias,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

RESUELVE:

Art. 1°.- Apruébase la Contratación Directa N° 610-SIGAF-08 (122-08) y adjudícase a Kion S.A.I.C. los trabajos de instalación eléctrica y de sistemas de incendios en el edificio de la Escuela N° 18 sita en la calle San Pedro 4457 del Distrito Escolar N° 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por la suma de pesos trescientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta y cinco con 86/100 ($ 394.675,86).

Art. 2°.- Impútase a la partida correspondiente por la suma de pesos trescientos noventa y cuatro mil seiscientos setenta y cinco con 86/100 ($ 394.675,86).

Art. 3°.- Autorízase al Sr. Director General de Infraestructura y Equipamiento a suscribir la Contrata y la Orden de Comienzo respectiva.

Art. 4°.- Regístrese. Notifíquese a la empresa adjudicataria en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento. Ibarra

RESOLUCIÓN N° 160 - SSGEFyAR/08

Buenos Aires, 15 de agosto de 2008.

Visto el Expediente N° 23.825/2008, la Ley de Obras Públicas N° 13.064, la Ley 2.565, la Resolución N° 10-MEGC-2008 y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición N° 461-DGIyE-2008 se llamó a Contratación Directa N° 652-SIGAF-08 (124-08) para llevar a cabo trabajos de reparación de patio exterior, colocación de ascensor y rampa de acceso en el edificio de la Escuela N° 5 "República de El Salvador" sita en la calle José Gervasio de Artigas 878 del Distrito Escolar N° 12, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de pesos trescientos cuarenta y dos mil cuatrocientos doce con 45/100 ($ 342.412,45);

Que con fecha 30 de Mayo de 2008 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose una (1) oferta: Coypro S.A.;

Que el área de Control Ejecución de Contrato, al realizar el estudio técnico de la documentación presentada, aconsejó declarar admisible la oferta de Coypro S.A. y preadjudicar a dicha empresa en virtud de ser económicamente conveniente y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación;

Que en forma previa a la preadjudicación la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento intimó a la empresa a actualizar la documentación presentada al

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momento de la oferta; Que la mencionada empresa cumplió con lo solicitado mediante Registro

N° 420.828-DGIyE-2008, 421.285-DGIyE-2008, 420.660-DGIyE-2008 y 421.287-DGIyE-2008 obrando en el expediente un segundo informe del Área de Control Ejecución de Contrato donde da por cumplido lo solicitado;

Que por lo expuesto, la Comisión Especial de Preadjudicaciones creada por Ley N° 2.565 (BOCBA N° 2836), reglamentada por Decreto N° 73-08 (BOCBA N° 2865) mediante Acta de Preadjudicación N° 106 de fecha 16 de Julio de 2008 procedió a preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el primer Considerando a la empresa Coypro S.A. por la suma de pesos cuatrocientos cinco mil seiscientos cuarenta y nueve con 08/100 ($ 405.649,08);

Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes y publicado en cartelera conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares;

Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación,

corresponde adjudicar a la empresa Coypro S.A. los trabajos de reparación de patio exterior, colocación de ascensor y rampa de acceso en el edificio de la Escuela N° 5 "República de El Salvador" sita en la calle José Gervasio Artigas 878 del Distrito Escolar N° 12, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de pesos cuatrocientos cinco mil seiscientos cuarenta y nueve con 08/100 ($ 405.649,08);

Que toda vez que el monto de la presente no supera el indicado en el art. 141 de la Ley 2095 (BOCBA N° 2557), no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley 1218 BOCBA N° 1850);

Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en razón de lo normado por la Resolución N° 10-MEGC-08;

Por ello y en uso de facultades que son propias,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

RESUELVE:

Art. 1°.- Apruébase la Contratación Directa N° 652-SIGAF-08 (124-08) y adjudícase a Coypro S.A. los trabajos de reparación de patio exterior, colocación de ascensor y rampa de acceso en el edificio de la Escuela N° 5 "República del Salvador" sita en la calle José Gervasio Artigas 878 del Distrito Escolar N° 12, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y por la suma de pesos cuatrocientos cinco mil seiscientos cuarenta y nueve con 08/100 ($ 405.649,08).

Art. 2°.- Impútase a la partida correspondiente por la suma de pesos cuatrocientos cinco mil seiscientos cuarenta y nueve con 08/100 ($ 405.649,08).

Art. 3°.- Autorízase al Sr. Director General de Infraestructura y Equipamiento a suscribir la Contrata y la Orden de Comienzo respectiva.

Art. 4°.- Regístrese. Notifíquese a la empresa adjudicataria en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento. Ibarra

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RESOLUCIÓN N° 519 - MDUGC/08 Buenos Aires, 20 de agosto de 2008.

Visto el Expediente N° 34.769/08, por medio del cual se propicia el llamado a Licitación Pública para la Obra: "Defensa Costera y Recepción, Movimiento y Disposición de Tierra y Escombros. Demoliciones varias", al amparo de la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064; el Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N° 2.083 del 7/12/04); el Decreto N° 325/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.910 del 16/04/08); la Ley N° 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2824 del 04/12/2007) y el Decreto N° 2075/07 (B.O.C.B.A N° 2829 del 1111212007), y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General, Área Gestión de la Ribera, en su carácter de organismo técnico, confeccionó los pliegos licitatorios que se acompañan como Anexo a estas actuaciones;

Que el presupuesto oficial se ha establecido en PESOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($27.793.000,00);

Que el plazo de ejecución de la Obra es de CATORCE (14) meses corridos, contados a partir de la notificación al Contratista de la Orden del Comitente para la iniciación de los trabajos;

Que en cumplimiento del Decreto N° 1.825/97 (B.O.C.B.A. N° 355), obra en estas actuaciones la registración presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor;

Que de acuerdo a lo expuesto por la Dirección General Área Gestión de la Ribera, la importancia de la presente obra radica en que la "...disposición del suelo y de los escombros se realizó sobre el suelo continental modificando la topografía del lugar, pero el proceder prácticamente ha alcanzado su límite, pues la Ciudad ya no cuenta con grandes espacios carentes de intervención que permitan la disposición de estos materiales en volúmenes significativos".

Que la omisión del Estado frente a la situación descripta, podría acarrear su responsabilidad ante cualquier inconveniente que pudiera ocurrir, lo que requiere por parte de la Administración la adopción de medidas de carácter urgente;

Que se torna menester, en atención a la acreditación en estas actuaciones de una situación de urgencia, recurrir a la facultad de reducción de los plazos previstos en el artículo 10 de la Ley 13.064, el que textualmente expresa: "cuando para el éxito de la licitación sea conveniente, se podrán ampliar los plazos establecidos, así como reducirlos en caso de urgencia";

Que la reducción de los plazos de publicación de la licitación pública previstos en el referido artículo 10 de la Ley N° 13.064 deben fijarse en cinco (5) días en lo que a la publicación en el Boletín Oficial respecta y en diez (10) días de antelación; no obstando ello, a la concurrencia de oferentes, siendo los mismos evaluados en el marco de una compulsa pública;

Que resulta importante compatibilizar, el principio de celeridad que debe regir a los actos de esta naturaleza, con la transparencia y publicidad que debe regir el actuar estatal;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención pertinente;

Por ello, teniendo en cuenta las facultades conferidas por el Decreto N° 2.186/04 (B.O.C.B.A. N° 2083 del 7/12/04), Ley N° 1.925 (B.O.C.B.A. N° 2407) y Decreto N°

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350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416),

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE:

Art. 1°- Apruébanse los Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, para la Licitación Pública N° 1274/08, referente a la Obra: ""Defensa Costera y Recepción, Movimiento y Disposición de Tierra y Escombros. Demoliciones varias", los que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución; y el Presupuesto Oficial de PESOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($ 27.793.000,00);

Art. 2°- Llámese a Licitación Pública N° 1274/08, para el día 11 de Septiembre de 2.008 a las 13:00 horas, en Carlos Pellegrini 211 9° piso, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obra Pública N° 13.064.-

Art.3°- Las erogaciones a que de lugar la obra que se licita, serán imputadas a las partidas correspondientes al presupuesto en vigor y al del año venidero.

Art.4°- Los Pliegos respectivos, serán de acceso gratuito y podrán ser consultados y adquiridos en el Área de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa' y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano, sita en la calle Carlos Pellegrini 211, 90 piso, de lunes a viernes de 10 a 16 horas, donde los interesados podrán formular las consultas por escrito.

Art.5°- La presentación de ofertas se realizará en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano hasta el día 11 de Septiembre de 2008 a las 13:00 horas.

Art.6°- Remítanse las invitaciones y publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de cinco (5) días, fijándose una antelación de diez (10) días al llamado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Obras Públicas y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. (www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/index.asq).

Art.7°- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Área Gestión de la Ribera y a la Subsecretaría de Ingeniería y Obras Públicas y remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano, para la prosecución de su trámite. Chain

RESOLUCIÓN N° 520 - MDUCG/08

Buenos Aires, 20 de agosto del 2008.

Visto el Registro N° 198 - SSIyOP-2008, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Expediente N° 15.265/2005 tramitó la Licitación Pública N° 1.146/2005, de la obra "Puesta en Valor de la Av. Sáenz, Área Central, Pompeya" en la que resultó adjudicataria la Empresa Grape Constructora S.A., quien se comprometió a realizarla en las condiciones, plazos y especificaciones establecidas en la documentación licitatoria;

Que por Resolución N° 55-MPyOPGC-2007 se adjudicó la mencionada obra, fijándose un plazo de ejecución de 180 días;

Que por Resolución N° 289-MDUGC-2008 se aprobó una ampliación del plazo de obra de CINCUENTA (50) días, estableciendo como nueva fecha de finalización el día 18 de mayo de 2008;

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 40

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Que durante la ejecución de la obra se han detectado circunstancias no previstas en los pliegos licitatorios, haciendo necesaria la ejecución te trabajos no programados a fin de poder completar la obra de acuerdo a su finalidad;

Que al abordar las tareas de retiro del cordón de granito y del revestimiento asfáltico para el desmonte de las dársenas laterales, se detectó la existencia de un hormigón a modo de base, a una profundidad variable y con fisuras en todo su espesor;

Que a fin de permitir el uso vehicular, resulta necesario proceder a su desmonte, generando una base homogénea de concreto asfáltico de un espesor variable de 12 cm. Apto para recibir la carpeta asfáltica;

Que al proceder al desmonte del adoquinado existente se encontró suelo saturado, requiriéndose su extracción y posterior relleno con hormigón H8;

Que en la línea prevista para la instalación de NUEVE (9) columnas de alumbrado se detectó la existencia de una cañería maestra de desagües pluviales, lo que motiva una modificación en la sustentación de las mismas;

Que con posterioridad al llamado a licitación se produjeron intervenciones sobre la vía pública por parte de diferentes empresas de servicios públicos, tornando necesario proceder al bacheo de las calzadas;

Que la elaboración del proyecto hidráulico por parte de la Ex - Dirección General de Hidráulica requiere la incorporación de elementos de captación superficial no previstos en la documentación licitatoria que solo preveía el "corrimiento de sumideros" como ítem global;

Que el sistema de señalización luminosa vertical aprobado por la Dirección General de Tránsito exige la construcción de un boulevard en la Av. Sáenz entre las Avenidas Traful Norte y Traful Sur;

Que las tareas descriptas justifican la creación de ítems nuevos, así como la aprobación de economías en los ítems de obra;

Que por ello, resulta necesaria la aprobación de un adicional de obra por la suma de PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 809.989,49), el que representa una variación del 16,24% del monto contractual;

Que los montos certificados en los ítems cuya economía se aprueba serán compensados, imputando su certificación a los nuevos ítems creados, los que absorben las tareas ya realizadas;

Que para la realización de estas tareas resulta necesaria una nueva ampliación del plazo de la obra de NOVENTA Y TRES (93) días a los estableciendo como nueva fecha de finalización de los trabajos el día 19 de agosto de 2008;

Por ello y en uso de las facultades otorgadas por la Ley N° 2.506 (BOCBA N° 2.824) y su Decreto reglamentario 2.075/2007 (BOCBA N° 2.829)

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE:

Artículo 1 - Convalídase la presente ampliación de plazo de la obra "PUESTA EN VALOR DE LA AV. SAENZ", de la cual es Contratista la Empresa GRAPE CONSTRUCTORA S.A. (Expediente N° 15.265/2005, Licitación Pública N° 1.146/2005) estableciendo como nueva fecha de finalización de obra el día 19 de agosto de 2008.

Artículo 2 - Apruébanse las economías y compensaciones en los ítems de la obra por un monto de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 131.977,33), de acuerdo al computo que como Anexo 1 integra la presente.

Artículo 3 - Apruébase las demasías de los ítems de obras por la suma de PESOS NUEVE MIL OCHENTA Y SEIS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 9.086,62) de acuerdo a la planilla que como Anexo II integra la presente resolución.

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Artículo 4 - Apruébase la creación de ítems nuevos por un monto de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON VEINTE CENTAVOS ($ 932.880,20), de acuerdo a la planilla que como Anexo III integra la presente resolución.

Artículo 5 - Apruébase el presente adicional de obra por la suma de PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CUARENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 809.989,49).

Artículo 6 - Convalídase el Plan de Trabajos y Curva de Inversiones que se agrega como Anexo IV de la presente.

Artículo 7 - El gasto que demande la presente será imputado al ejercicio presupuestario en vigor.

Artículo 8 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a la Empresa Contratista GRAPE CONSTRUCTORA S.A., para su conocimiento. Comuníquese a la Subsecretaria de Ingeniería y Obras Públicas, a la Dirección General de Obras de Ingeniería y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido procédase a su agregación al expediente y archívese. Chain

Nota: el Anexo que forma parte integrante de la presente puede ser consultado en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 291, 9° piso, de lunes a viernes, de 10 a 16 horas.

RESOLUCIÓN N° 521 - MDUGC/08

Buenos Aires, 21 de agosto de 2008.

Visto el Expediente N° 24.920/2008, los términos del Decreto N° 325/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.910 del 16/04/2008), la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la Ley 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2.824 del 04/12/2007) y el Decreto 2.075/GCABA/2.007 (B.O.C.B.A N° 2.829 del 11/12/2007) y;

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura propicia la ejecución de la Obra: "Prioridad Peatón - Calle Defensa Tramo IV"

Que, en cumplimiento del Decreto 1.825-GCBA-97 (B.O.C.B.A. N° 355), se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;

Que, mediante Resolución N° 319-SSUAeI-2008, se dispuso el llamado a Licitación Pública N° 824/2008, para el día 4 de Julio de 2008, a las 13:00 hs., al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064;

Que, tal como luce en el Acta de Apertura N° 28/2008 se recibieron las propuestas de las firmas: Mantelectric SA, Eva SA, Miavasa SA, Altote SA, Salvatori SA, Cunumi SA, Constructora Lanusse SA, Valfos SA, Planobra SA, Emaco SA;

Que, efectuado el análisis de las ofertas presentadas, la Comisión de Preadjudicación, mediante el Acta de Preadjudicación N° 21/2008 propone preadjudicar la Obra: "Prioridad Peatón - Calle Defensa Tramo IV", a la firma MIAVASA S.A. por el monto total de la oferta de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 5.718.776,00);

Que, de acuerdo a lo indicado en el ítem 1.4.3 del Pliego de Condiciones Generales, se procedió a la publicación de dicha Acta de Preadjudicación en la Cartelera del Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano durante los días 16, 17 y 18 de Julio de 2008 y a la notificación de las firmas participantes;

Que, no se produjo impugnación alguna al Acta de Preadjudicación;

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Que, la Procuración General ha tomado la intervención que le corresponde de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley N° 1218 (B.O.C.B.A. N° 1850);

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 325/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.910 del 16/04/2008), la Ley 2.506 (B.O.C.B.A. N° 2.824) y el Decreto 2.075/GCABA/2.007 (B.O.C.B.A N° 2.829);

EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE:

Art. 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 824/2008 para la obra "Prioridad Peatón - Calle Defensa Tramo IV"; realizada al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064.

Art. 2°.- Adjudícase a la firma MIAVASA S.A. la Obra: "Prioridad Peatón - Calle Defensa Tramo IV" por el monto total de la oferta de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS ($ 5.718.776,00); con un plazo de ejecución de CIENTO VEINTE (120) días corridos contados a partir de la fecha de comienzo de los trabajos fijados en la orden de inicio.

Art. 3°.- Dicho gasto se imputará a la Partida Presupuestaria del Presupuesto en vigor. Art. 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (www.compras.buenosaires.gov.ar) al amparo de lo establecido en el Decreto N° 325/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2.910 del 16/04/2008), comuníquese a la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura, a la Dirección General de Obras de Arquitectura, a la Dirección de Presupuesto Contable y remítase al Área de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para la prosecución de su trámite. Chain

RESOLUCION N° 107 - SSPLAN/08

Buenos Aires, 24 de julio de 2008.

Visto el Registro N° 1084 DGCAL/ 07, y

CONSIDERANDO

Que por el citado Registro tramita el Proyecto de Ley para el Distrito APH 50 "Callao";

Que dentro del mismo se propone la incorporación del "Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH 50 Callao" al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano; los edificios incluidos en este listado se consignan en el Anexo III que forma parte de la presente Resolución;

Que el Código de Planeamiento Urbano establece en el Artículo 10.1.2 "Obligación de Proteger" que "La salvaguarda y puesta en valor de los lugares, edificios u objetos considerados por estas normas de valor histórico, arquitectónico, simbólico o ambiental obliga a todos los habitantes a ordenar sus conductas en función de su protección, como así también de aquellos elementos contextuales que contribuyen a su valoración. Los espacios y bienes sujetos a obligación de proteger serán declarados como tales dentro del catálogo respectivo, elaborado por la Secretaría, y aprobado por el Jefe de Gobierno (...)";

Que el Artículo 10.1.6 "Inmuebles que posean para la ciudad valor patrimonial" del citado Código consigna que "La Secretaría elaborará un registro de bienes catalogados en todo el ámbito de la Ciudad conformen o no Areas de Protección Histórica, a partir de su valoración patrimonial (...)";

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Que este Ministerio, en virtud de las determinaciones de la Ley de Ministerios N° 2506 (B.O.C.B.A. N° 2824) y del Decreto N° 2075-GCBA-2007 (B.O.C.B.A. N° 2829), y la Resolución 243/MPyOP/06 continúa las funciones de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento, para el tema que nos ocupa;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias:

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO RESUELVE:

Artículo 1° Incorpórense con carácter preventivo al Catálogo de Inmuebles Patrimoniales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los edificios consignados en el Anexo III, que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2° La Dirección General de Registro de Obras y Catastro no dará curso a solicitudes de demolición parcial o total, modificaciones, y/o ampliaciones de obra, obras nuevas y subdivisiones que no cuenten con un informe producido por la Dirección General de Interpretación Urbanística en su carácter de autoridades de la sección 10 del Código de Planeamiento Urbano hasta tanto se resuelva la incorporación firme de edificios al Catalogo en cuestión.

Artículo 3° Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese por cuerda separada a la Dirección General de Interpretación Urbanística y a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Cumplido, gírese a esta Subsecretaría para notificar a los propietarios. Lostri

RESOLUCIÓN N° 1.180 - MDSGC/08

Buenos Aires, 29 de julio de 2008.

Visto el Expediente N°40.856/08, mediante el cual se solicita se tenga por cumplido la presentación del Informe que luce agregado al mismo, conforme los términos del Art. 25 de la Ley N° 70, y;

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Art. 25 establece que los responsables de programas, proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, correspondiendo además, prestar colaboración a quien legítimamente resulte sucesor en el cargo, resultando dicha tarea de carácter remunerada;

Que, por Decreto N° 744-GCBA-2008, a partir del 10 de junio de 2008, cesó en sus funciones el Dr. Guillermo Christian Berra DNI N° 20.350.574, al cargo de Director General de la Dirección General de Infraestructura Social, del Ministerio de Desarrollo Social;

Que, por lo expuesto anteriormente, resulta procedente considerar dentro de lo previsto por el referido Art. 25 de la Ley N° 70 al nombrado funcionario;

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Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias;

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE:

Art. 1°- Dese por cumplido, en el marco del Art. 25 de la Ley N° 70, la actividad desarrollada por el Dr. Guillermo Christian Berra DNI N° 20.350.574 CUIL N° 20-20350574-5, como Director General de la Dirección General de Infraestructura Social del Ministerio de Desarrollo Social, el cual fuere designado por Decreto N° 92-GCBA-08, por el que deberá percibir la retribución correspondiente al cargo que ocupaba.-

Art. 2°- Regístrese, protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Publica y Presupuesto, a la Dirección General Administración de Recursos Humanos y notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Vidal

RESOLUCIÓN N° 1.369 - MAyEPGC/08

Buenos Aires, 27 de agosto de 2008.

Visto la Resolución N° 1.332/MAYEPGC/2008; y

CONSIDERANDO: Que por la Nota N° 2.813-MAYEPGC/2008 este Ministerio puso en conocimiento de

la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires los resultados obtenidos en virtud de la investigación efectuada por denuncia de irregularidades en el Ente de Mantenimiento Urbano Integral, dependiente de este Ministerio;

Que la Procuración General resolvió mediante Resolución N° 132-PGAAC-2008 autorizar a los profesionales del Departamento Penal, para que en forma individual o conjunta formulen la correspondiente denuncia penal;

Que por Resolución N° 1.332/MAYEPGC/2008 de fecha 26 de agosto de 2008, se dispuso el cierre preventivo del Ente de Mantenimiento Urbano integral (EMUI) dependiente de la Subsecretaría de Espacio Público, que funciona en Independencia 3277, 2° piso, y en Av. Castañares 2350, ambas de esta ciudad;

Que resulta oportuno disponer el cierre preventivo de todas las dependencias del EMUI;

Que sin perjuicio de ello, por razones de servicio resulta exceptuar de lo expresado en el considerando precedente a las oficinas de Independencia 3277, 2° piso, debiendo mantenerse cerradas las oficinas del Director General y de los asesores del (EMUI) exclusivamente;

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE:

Artículo 1° - Dispónese el cierre preventivo de todas las dependencias del Ente de Mantenimiento Urbano integral (EMUI) de la Subsecretaría de Espacio Público,

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incluyendo las oficinas de la Dirección General y Asesores citas en Independencia 3277, 2° piso, prohibiéndose el ingreso a todo el personal.

Artículo 2° - Se excluyen de lo dispuesto en el artículo 1° precedente, las demás oficinas del Ente de Mantenimiento Urbano integral (EMUI) citas en Independencia 3277, 2° piso, las que deberán permanecer abiertas continuando con el desarrollo normal de sus funciones.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese con copia autenticada a la Procuración General de la Ciudad, a la Dirección General Administración de Recursos Humanos, a la Subsecretaría de Espacio Público y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Piccardo

RESOLUCIÓN N° 149 - SECLyT/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008.

VISTO: El Expediente N° 38028/2008 y el Decreto N° 60/GCABA/2008 (B.O. N° 2.873), y;

CONSIDERANDO: Que, por la mencionada actuación se solicita la contratación de la Señorita GONT,

Maria Cristina, DNI N° 29.247.533, CUIT N° 27-29247533-6; Que, el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto

N° 60/GCABA/2008 (B.O. N° 2.873), por el cual se establece el régimen para la contratación bajo la figura de locación de servicios y obra;

Por ello;

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE:

Art.1°.- Autorízase la contratación de la Señorita GONT, Maria Cristina, DNI N° 29.247.533, CUIT N° 27-29247533-6, para prestar servicios en el ámbito de la Dirección General de Coordinación Legal, de la Secretaría Legal y Técnica, por el período comprendido entre el 01/08/2008 y el 31/12/2008, con una remuneración mensual de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 2.800).

Art.2°.- Delégase en el Director General de Coordinación Legal, Dr. ABALOS GOROSTIAGA, Raúl Fernando, la suscripción del contrato aludido en el precedente Art. 1°.

Art. 3°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe mensual en una Orden General de Pago.

Art. 4°.- El importe a abonarse se depositará en la caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por la repartición en la cual presta servicios el contratado a la Dirección General de Tesorería.

Art. 5°.- Regístrese, comuníquese a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal, de Contaduría dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Direcciones Generales Técnica y Administrativa y de Coordinación Legal, dependientes de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Clusellas

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RESOLUCIÓN N° 150 - SECLyT/08

Buenos Aires, 20 de agosto de 2008.

VISTO:

El Expediente N° 34.266/2008 y el Decreto N° 60/GCABA/2008 (B.O. N° 2.873), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la mencionada actuación se solicita la contratación de la señora RUIZ, Yesica Yanina, D.N.I. N° 33.199.299, CUIT N° 27-33199299-8, para prestar servicios en el ámbito de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, por el período comprendido entre el 01/07/2008 y el 31/12/2008;

Que, el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto N° 60/GCABA/2008 (B.O. N° 2.873), por el cual se establece el régimen para la contratación bajo la figura de locación de servicios y obra;

Por ello;

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE:

Art. 1°.-Autorízase la contratación de la señora RUIZ, Yesica Yanina, D.N.I. N° 33.199.299, CUIT N° 27-33199299-8, para prestar servicios en el ámbito de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, por el período comprendido entre el 01/07/2008 y el 31/12/2008, con una remuneración mensual de PESOS UN MIL DOSCIENTOS ($ 1.200).

Art. 2°.-Delégase en el Director General de la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, Dr. Germán Carlos Maldonado, la suscripción del contrato aludido en el precedente artículo 1°.

Art. 3°.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe mensual en una Orden General de Pago.

Art. 4°.-El importe a abonarse se depositará en la caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por la repartición en la cual presta servicios la contratada a la Dirección General de Tesorería.

Art. 5°.-Regístrese, comuníquese a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal y de Contaduría dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales Técnica y Administrativa y de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo dependientes de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Clusellas

RESOLUCIÓN N° 151 - SECLyT/08

Buenos Aires 21 de agosto de 2008.

VISTO:

El Decreto N° 2075/2007 (BOCBA N° 2629), y la Resolución N° 133-SECLYT-2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2075/2007 (BOCBA N° 2829), se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

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Que entre otras medidas, el Artículo 5° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2007, el Régimen modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;

Que corresponde modificar las designaciones de Personal de Planta de Gabinete efectuadas por esta Secretaría mediante Resolución N° 133-SECLYT-2008,

Por ello, conforme a las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto N° 638/2007 (BOCBA N° 2678);

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE:

Art. 1°.- Modifícase, a partir del 1° de agosto de 2008, el Anexo I de la Resolución N° 133-SECLYT-2008 en un todo de acuerdo con el listado que como Anexo I forma parte integrante de la presente, en las condiciones establecidas por el artículo 5° del Decreto N° 2075/2007.

Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, cumplido, archívese. Clusellas

RESOLUCIÓN N° 152 - SECLyT/08

Buenos Aires 21 de agosto de 2008

VISTO:

El Decreto N° 2075/2007 (BOCBA N° 2629), y la Resolución N° 140-SECLYT-2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2075/2007 (BOCBA N° 2829), se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que entre otras medidas, el Artículo 5° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2007, el Régimen modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;

Que corresponde modificar las designaciones de Personal de Planta de Gabinete efectuadas por esta Secretaría mediante Resolución N° 133-SECLYT-2008,

Por ello, conforme a las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto N° 638/2007 (BOCBA N° 2678);

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE:

Art. 1°.- Modifícase, a partir del 1° de agosto de 2008, el Anexo I de la Resolución N° 140-SECLYT-2008 en un todo de acuerdo con el listado que como Anexo I forma parte integrante de la presente, en las condiciones establecidas por el artículo 5° del Decreto N° 2075/2007.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 48

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Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, cumplido, archívese. Clusellas

RESOLUCIÓN N° 1.349 - MHGC-PG/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008.

Visto las Resoluciones Conjuntas Nros. 1960-SHyF/PG-2005, 1977-SHyF/PG-05, 242-PG-07, 243-PG-07 y 847-MHGC/PG-2007 y el Expediente Nº 89.173/2007, y

CONSIDERANDO: Que por la Resolución Conjunta Nº 1960-SHyF/PG-05 se aprobó el Escalafón del

Personal de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose los Agrupamientos Profesional, Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo;

Que mediante Resolución Conjunta Nº 1977-SHyF/PG-05 se encasillaron los agentes que revistan en dicho organismo, en el marco de la norma mencionada precedentemente;

Que a través de la Resolución Nº 242-PG-07, rectificada por su similar Nº 243-PG-07 y sin perjuicio de la vigencia del Agrupamiento Profesional, se aprobaron las pautas objetivas para el encasillamiento del personal comprendido en los Agrupamientos Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo de la Procuración General;

Que la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07 modificó a partir del 1º de enero de 2008 los encasillamientos aprobados mediante la Resolución Conjunta Nº 1977-SHyF/PG-05 respecto de los agentes comprendidos en los Agrupamientos Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo;

Que en el expediente mencionado en el visto, el presentante interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07, solicitando se lo encasillara en el tramo B, nivel 8, del Agrupamiento Auxiliar Técnico Jurídico;

Que independientemente de los términos en los que se interpuso el recurso, debe entenderse el mismo incoado en virtud del art. 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que de conformidad con lo establecido por la cláusula transitoria octava del Escalafón aprobado por Resolución Nº 1960-SHyF/PG-05, modificado por el artículo 3º de la Resolución Nº 1977 SHyF/PG-05, la Comisión Permanente de Aplicación tomó debida intervención;

Que como corolario de lo manifestado en los considerandos previos, corresponde

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dictar el pertinente acto administrativo; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Resolución

Nº 1960-SHyF/PG-2005,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL PROCURADOR GENERAL RESUELVEN:

Art. 1.- Hácese lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto por el agente Guillermo Marcelo Miró, ficha Nº 325.233, contra los términos de la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07, reencasillándolo en el Agrupamiento Auxiliar Técnico Jurídico, tramo B, nivel 5, de conformidad con las funciones establecidas por la Resolución Nº 242-PG-07, rectificada por su similar Nº 243-PG-07.

Art. 2- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General y al interesado, haciéndole saber que la vía administrativa se encuentra agotada y remítase para la prosecución de su trámite a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Grindetti - Tonelli

RESOLUCIÓN N° 1.350 - MHGC-PG/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008.

Visto las Resoluciones Conjuntas Nros. 1960-SHyF/PG-2005, 1977-SHyF/PG-05, 242-PG-07, 243-PG-07 y 847-MHGC/PG-2007 y el Expediente Nº 89.183/2007, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta Nº 1960-SHyF/PG-05 se aprobó el Escalafón del Personal de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose los Agrupamientos Profesional, Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo;

Que mediante Resolución Conjunta Nº 1977-SHyF/PG-05 se encasillaron los agentes que revistan en dicho organismo, en el marco de la norma mencionada precedentemente;

Que a través de la Resolución Nº 242-PG-07, rectificada por su similar Nº 243-PG-07 y sin perjuicio de la vigencia del Agrupamiento Profesional, se aprobaron las pautas objetivas para el encasillamiento del personal comprendido en los Agrupamientos Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo de la Procuración General;

Que la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07 modificó a partir del 1º de enero de 2008 los encasillamientos aprobados mediante la Resolución Conjunta Nº 1977-SHyF/PG-05 respecto de los agentes comprendidos en los Agrupamientos Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo;

Que en el expediente mencionado en el visto, el presentante interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07, solicitando se lo encasillara en el tramo B, nivel 8, del Agrupamiento Auxiliar Técnico Jurídico;

Que independientemente de los términos en los que se interpuso el recurso, debe entenderse el mismo incoado en virtud del art. 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que de conformidad con lo establecido por la cláusula transitoria octava del Escalafón aprobado por Resolución Nº 1960-SHyF/PG-05, modificado por el artículo 3º de la Resolución Nº 1977 SHyF/PG-05, la Comisión Permanente de Aplicación tomó debida intervención;

Que como corolario de lo manifestado en los considerandos previos, corresponde

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dictar el pertinente acto administrativo; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Resolución Nº

1960-SHyF/PG-2005,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL PROCURADOR GENERAL RESUELVEN:

Art. 1.- Hácese lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el agente Carmelo Salvador Lazzaro, ficha Nº 230.599, contra los términos de la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07, reencasillándolo en el Agrupamiento Auxiliar Técnico Jurídico, tramo B, nivel 8, de conformidad con las funciones establecidas por la Resolución Nº 242-PG-07, rectificada por su similar Nº 243-PG-07.

Art. 2- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General y al interesado, haciéndole saber que la vía administrativa se encuentra agotada y remítase para la prosecución de su trámite a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Grindetti - Tonelli

RESOLUCIÓN N° 1.351 - MHGC-PG/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008.

Visto las Resoluciones Nº 1960-SHyF/PG-2005 y 1977-SHyF/PG-05 y el Expediente Nº 78.013/2005, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 1960-SHyF/PG-05 se aprobó el Escalafón del Personal de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y mediante Resolución Nº 1977-SHyF/PG-05 el encasillamiento de los agentes que revistan en ese organismo;

Que en el expediente mencionado en el visto, el recurrente interpuso recurso de reconsideración, solicitando se lo encasillara en nivel superior al originalmente asignado;

Que independientemente de los términos en los que se interpuso el recurso, debe entenderse el mismo incoado en virtud del art. 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que de conformidad con lo establecido por la cláusula transitoria octava del Escalafón aprobado por Resolución Nº 1960-SHyF/PG-05, modificada por el artículo 3 de la Resolución Nº 1977-SHyF/PG-05, la Comisión Permanente de Aplicación tomó debida intervención, estimando que corresponde reencasillar al peticionante en el tramo B, nivel 6 del agrupamiento profesional;

Que como corolario de lo manifestado en los considerandos previos, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º de la Resolución Nº 1960-SHyF/PG-2005,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVEN:

Art. 1.- Hácese lugar parcialmente al recurso de reconsideración incoado por el Dr. Carlos Augusto Layño, Ficha Nº 280.435, contra los términos de la Resolución Nº 1977-SHyF/PG-05, reencasillándolo en el tramo B, nivel 6, del agrupamiento

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profesional. Art. 2- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Procuración General y al interesado, haciéndole saber que la vía administrativa se encuentra agotada y remítase para la prosecución de su trámite a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Grindetti - Toneli

RESOLUCIÓN N° 1.352 - MHGC-PG/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008.

Visto las Resoluciones Conjuntas Nros. 1960-SHyF/PG-2005, 1977-SHyF/PG-05, 242-PG-07, 243-PG-07 y 847-MHGC/PG-2007 y el Expediente Nº 92.016/2007, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta Nº 1960-SHyF/PG-05 se aprobó el Escalafón del Personal de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose los Agrupamientos Profesional, Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo;

Que mediante Resolución Conjunta Nº 1977-SHyF/PG-05 se encasillaron los agentes que revistan en dicho organismo, en el marco de la norma mencionada precedentemente;

Que a través de la Resolución Nº 242-PG-07, rectificada por su similar Nº 243-PG-07 y sin perjuicio de la vigencia del Agrupamiento Profesional, se aprobaron las pautas objetivas para el encasillamiento del personal comprendido en los Agrupamientos Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo de la Procuración General;

Que la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07 modificó a partir del 1º de enero de 2008 los encasillamientos aprobados mediante la Resolución Conjunta Nº 1977-SHyF/PG-05 respecto de los agentes comprendidos en los Agrupamientos Auxiliar Técnico Jurídico y Auxiliar Técnico Operativo;

Que en el expediente mencionado en el visto, la presentante interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07, solicitando se la encasillara en tramo B nivel 8 del Agrupamiento Auxiliar Técnico Jurídico;

Que independientemente de los términos en los que se interpuso el recurso, debe entenderse el mismo incoado en virtud del art. 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que de conformidad con lo establecido por la cláusula transitoria octava del Escalafón aprobado por Resolución Nº 1960-SHyF/PG-05, modificado por el artículo 3º de la Resolución Nº 1977 SHyF/PG-05, la Comisión Permanente de Aplicación tomó debida intervención;

Que como corolario de lo manifestado en los considerandos previos, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Resolución Nº 1960-SHyF/PG-2005,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL PROCURADOR GENERAL RESUELVEN:

Art. 1.- Hácese lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto por la agente Mariana Fátima Ramires, ficha Nº 323.982, contra los términos de la Resolución Conjunta Nº 847-MHGC/PG-07, reencasillándola en el Agrupamiento Auxiliar Técnico Jurídico, tramo B, nivel 6, de conformidad con las funciones

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establecidas por la Resolución Nº 242-PG-07, rectificada por su similar Nº 243-PG-07. Art. 2- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Procuración General y a la interesada, haciéndole saber que la vía administrativa se encuentra agotada y remítase para la prosecución de su trámite a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Grindetti - Tonelli

RESOLUCIÓN N° 1.353 - MHGC-PG/08

Buenos Aires, 19 de agosto de 2008.

Visto las Resoluciones N° 1960-SHyF/PG-2005 y 1977-SHyF/PG-05 y el Expediente N° 78.012/05, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 1960-SHyF/PG-05 se aprobó el Escalafón del Personal de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y mediante Resolución N° 1977-SHyF/PG-05 el encasillamiento de los agentes que revistan en ese organismo;

Que en el expediente mencionado en el visto, el recurrente interpuso recurso de reconsideración, solicitando se lo encasillara en nivel y/o tramo superior al originalmente asignado;

Que independientemente de los términos en los que se interpuso el recurso, debe entenderse el mismo incoado en virtud del art. 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos;

Que de conformidad con lo establecido por la cláusula transitoria octava del Escalafón aprobado por Resolución N° 1960-SHyF/PG-05, modificada por el artículo 3 de la Resolución N° 1977-SHyF/PG-05, la Comisión Permanente de Aplicación tomó debida intervención;

Que como corolario de lo manifestado en los considerandos previos, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9° de la Resolución N° 1960-SHyF/PG-2005,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVEN:

Art. 1.- Hácese lugar al recurso de reconsideración incoado por el Dr. Alejandro Jorge Zelter, Ficha N° 225.055, contra los términos de la Resolución N° 1977-SHyF/PG-05, reencasillándolo en el tramo B, nivel 5, del agrupamiento profesional.

Art. 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General y al interesado, haciéndole saber que la vía administrativa se encuentra agotada y remítase para la prosecución de su trámite a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Grindetti - Tonelli

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DISPOSICIÓN N° 178 - DGSPR/08

Buenos Aires, 19 de Junio de 2008

Visto la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), los Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436) y N° 1755-GCBA/2006 (B.O. N° 2556), las Disposiciones N° 14-DGSSP/2003, N° 163-DGSSP/2004, N° 46-DGSSP/2006 y la Carpeta N° 15-DGSSP/2002 y,

CONSIDERANDO:

Que la empresa TOTAL SECURITY S.A., con domicilio real y constituido en la Av. Corrientes 753, Piso 14°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada para prestar servicios de seguridad privada en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposiciones N° 14-DGSSP/2003, N° 163-DGSSP/2004 y N° 46-DGSSP/2006;

Que habiendo vencido el plazo de vigencia de su última habilitación con fecha 16/02/2007, la interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°: sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c);

Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra condicionada a la previa habilitación de la firma interesada por parte de esta Dirección General, en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo establecen los Arts. 9°, inciso c) y 20 inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;

Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en los términos de los Arts. 17 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Miguel Angel Amigo, DNI N° 04.551.785, quien desempeño dicho cargo con anterioridad para la misma firma, en los términos de la Disposición transitoria sexta, por lo que continúan en condiciones para desempeñar dicho cargo (conf. Dictamen PG N° 56665);

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada;

Que asimismo, la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Artículo 2°, Inciso c) del Decreto 1755-GCBA/2006, por lo que corresponde el otorgamiento de la renovación de la habilitación por un plazo de dos años;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Art.1°.-Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de dos (2) años, la habilitación concedida a la empresa TOTAL SECURITY S.A. para prestar servicios de seguridad privada, en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°, Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incs. a) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público; b) Custodia y Portería de locales de baile, confiterías y/o espectáculos en vivo, como otro lugar destinado a la recreación y

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c) Servicios de serenos en lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal. Art.2°.-La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá

solicitarse con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.

Art.3°.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la renovación otorgada por el presente acto administrativo.

Art.4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretarías de Seguridad Urbana y a la Agencia Gubernamental de Control, y hágase saber a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Martínez

DISPOSICIÓN N° 179 - DGSPR/08

Buenos Aires, 19 de junio de 2008

Visto la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), el Decreto N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436), las Disposiciones N° 160-DGSP/2006, N° 250-DGSPR/2007, y la Carpeta N° 10-DGSSP/2006 y,

CONSIDERANDO: Que mediante Disposición N° 250-DGSPR/2007 la empresa TECH SECURITY

S.R.L.. ha sido habilitada por el término de dos años, a partir del día 21/06/2007, para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas en el Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a), b) y c), del Artículo 3° de la Ley N° 1913;

Que oportunamente, la firma de referencia denunció su domicilio real y constituyo el legal en la calle Talcahuano 833, Piso 4°, Dpto. "D", de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; designando al Señor Sixto Barreto, DNI. 07.730.818, como su Director Técnico;

Que por nota de fecha 09/06/2008, la requirente solicitó la ampliación de su habilitación, a fin de que se la autorice a prestar servicios en las categorías establecidas por el Artículo 3°, Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Inciso d) de la Ley N° 1913;

Que la requirente ha designado Responsable Técnico en los términos de los Arts. 7°, Inciso a) de la mencionada Ley, al señor Fernando Alberto Vázquez, DNI. N° 11.956.973

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 para concederle la ampliación de la habilitación en la categoría requerida;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Art.1°.-Ampliar los términos de la Disposición N° 250-DGSPR/2007, autorizando a la firma TECH SECURITY S.R.L. a prestar servicios de seguridad privada en la categoría establecida por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°: Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incs. d) vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electro ópticos;

Art.2°.-La ampliación dispuesta en el artículo precedente no modifica el plazo de habilitación establecido en la Disposición antes mencionada, el cual vencerá indefectiblemente el día 20/06/2009

Art.3°.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la ampliación concedida en

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el artículo primero. Art.4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretarías de Seguridad Urbana y a la Agencia Gubernamental de Control, y hágase saber a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese Martínez

DISPOSICIÓN N° 180 - DGSPR/08

Buenos Aires, 19 de junio de 2008

Visto la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), el Decreto N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436), las Disposiciones N° 186-DGSSP/2003, N° 313/DGSSP/2005, N° 340-DGSP/2006, N° 361-DGSPR/2007, y la Carpeta N° 22-DGSSP/2003 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 361-DGSPR/2007 la empresa TRIFON S.R.L. ha sido habilitada por el término de dos años, a partir del día 05/09/2007, para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas en el Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a), b) y c), del Artículo 3° de la Ley N° 1913;

Que oportunamente, la firma de referencia denunció su domicilio real y constituyo el legal en la calle Ciudad de la Paz 2719, Piso 2°, Oficina "E" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; designando al Señor Agustín Martínez Zuviría, DNI. 13.520.225, como su Director Técnico;

Que por nota de fecha 03/06/2008, la requirente solicitó la ampliación de su habilitación, a fin de que se la autorice a prestar servicios en las categorías establecidas por el Artículo 3°, Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Inciso d) de la Ley N° 1913;

Que la requirente ha designado Responsable Técnico en los términos de los Arts. 7°, Inciso a) de la mencionada Ley, al señor Carlos Esteban Pescetti, DNI. N° 27.696.467;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 para concederle la ampliación de la habilitación en la categoría requerida;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Art.1°.-Ampliar los términos de la Disposición N° 361-DGSPR/2007, autorizando a la firma TRIFON S.R.L.. a prestar servicios de seguridad privada en la categoría establecida por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°: Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incs. d) vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electro ópticos;

Art.2°.-La ampliación dispuesta en el artículo precedente no modifica el plazo de habilitación establecido en la Disposición antes mencionada, el cual vencerá indefectiblemente el día 04/09/2009.

Art.3°.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la ampliación concedida en el artículo primero.

Art.4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretarías de Seguridad Urbana y a la Agencia Gubernamental de Control, y

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 56

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hágase saber a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Martínez

DISPOSICIÓN N° 181 - DGSPR/08

Buenos Aires, 19 de Junio de 2008

Visto la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), los Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436) y N° 1755-GCBA/2006 (B.O. 2556), y la Carpeta N° 16- DGSPR/2008 y,

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 3°, Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a), b) y c), presentada por la empresa SEGURIDAD PROFESIONAL AMERICANA S.A., con domicilio real en la calle Dr. Eduardo Wilde 451, Boulogne, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Talcahuano 316, Piso 7°, Ofic. "701", Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico al Señor Víctor Adolfo Alcalde, DNI. N° 12.093.588, quien se encuentra en condiciones de desempeñar dicho cargo en los términos de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley N° 1.913 y Dictamen P.G. N° 62879;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9°, inciso c) y 20 inciso a) de la Ley N° 1913 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas;

Que asimismo, la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Artículo 2°, Inciso a) del Decreto N° 1755-GCBA/2006, por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por un plazo de dos años;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Art.1°.-Concédase a partir del día de la fecha y por el término de dos años, a la empresa SEGURIDAD PROFESIONAL AMERICANA S.A. su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°: Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incs. a) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público; b) Custodia y portería de locales bailables y confiterías y/o espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a recreación y c) Servicios de serenos en lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal.

Art.2°.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente.

Art.3°.-La renovación de la habilitación otorgada precedentemente, deberá solicitarse con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.

Art.4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 57

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notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretarías de Seguridad Urbana y a la Agencia Gubernamental de Control y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Martínez

DISPOSICIÓN N° 182 - DGSPR/08

Buenos Aires, 20 de Junio de 2008

Visto la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), los Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436) y N° 1755-GCBA/2006 (B.O. 2556), y la Carpeta N° 13-DGSPR/2008 y,

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 3°: Punto 2, Incisos a), b), y c), presentada por la empresa MANGUALLER S.A, con domicilio real en Pichincha 345, San Isidro, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Presidente Av. Ruiz Huidobro 3935, Piso 22° "C" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos de los Arts. 17 y concordantes de la mencionada Ley, al Sr. Jorge José Fraga, D.N.I N° 4.548.215;

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9°, inciso c) y 20 inciso a) de la Ley N° 1913 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas;

Que asimismo, la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Artículo 2°, Inciso a del Decreto N° 1755-GCBA/2006, por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por un plazo de dos años;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Art.1°.-Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años, a la empresa MANGUALLER S.A su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°, Punto 2: Servicios sin autorización de uso de armas de fuego, Incisos a), b) y c) de la Ley N° 1913 y Decreto N° 446-GCBA/2006;

Art.2°.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente.

Art.3°.-La renovación de la habilitación otorgada precedentemente, deberá solicitarse con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.

Art.4°.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Urbana, a la Agencia Gubernamental de Control, y hágase saber al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Martínez

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 58

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DISPOSICIÓN N° 183 - DGSPR/08

Buenos Aires, 25 de junio de 2008

Visto la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), y el N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436) y N° 1755-GCBA/2006 (B.O. N° 2556), las Disposiciones N° 460-DGSP/2006, N° 43-DGSPR/2008 y la Carpeta N° 98-DGSP/2006;

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición N° 43-DGSPR/2008 la firma AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A ha sido habilitada en fecha 23/01/2008 por el término de dos años, para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por el Artículo 3° Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a), b) y c) de la Ley N° 1913;

Que la interesada denunció su domicilio real en la Av. Mitre 571, "P.B", de la Ciudad de Carmen de Areco, Provincia de Buenos Aires y constituido en la calle Cosquín 724, "P.B", Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designando como su Director Técnico al Señor Fausto José Mingorance, con DNI N° 07.616.137,

Que con fecha 13/06/2008, la firma de referencia solicitó la ampliación de su habilitación, a fin de que se le autorice a prestar servicios en las categorías establecidas por el Artículo 3°, Punto 1 - Servicios con autorización de uso de armas de fuego - Inciso a) y b) de la Ley N° 1913;

Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como Usuario Colectivo de Armas, conforme Certificado N° 212.680, con vencimiento en fecha 01/05/2013, otorgado en Legajo - UC: N° 9761857 del Registro Nacional de Armas;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 para concederle la ampliación de la habilitación en las categorías requeridas, autorizándola para el uso de armas;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Art.1°.- Ampliar los términos de la Disposición N° 43-DGSPR/2008, autorizando a la firma AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. a prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°: Punto 1 - Servicios con autorización de uso de armas de fuego - Incs. a) Custodias personales, mercaderías en tránsito y en depósitos y b) Vigilancia Privada en lugares fijos sin acceso de público;

Art.2°.- La ampliación dispuesta en el artículo precedente no modifica el plazo de habilitación establecido en la Disposición antes mencionada, el cual vencerá indefectiblemente el día 22/01/2010.

Art.3°.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la ampliación concedida en el artículo primero.

Art.4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a las Subsecretarías de Seguridad Urbana y de Control Comunal, y hágase saber al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Martínez

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 59

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DISPOSICIÓN N° 184 - DGSPR/08

Buenos Aires, 26 de Junio de 2008

Visto la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), los Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436) y N° 1755-GCBA/2006 (B.O. 2556), y la Carpeta N° 21-DGSPR/2008 y,

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 3°: Punto 2, Incisos a), b), y c), presentada por la empresa SEDER S.A, con domicilio real en Santa María 1066, PB, Morón, Pcia. de Buenos Aires y constituido en la calle Av. Rivadavia 10598, Piso 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico al Señor Eduardo Amarante, DNI N° 7.651.535, quien se encuentra en condiciones de desempeñar dicho cargo en los términos de la Disposición Transitoria Sexta de la Ley N° 1913 y Dictamen P.G N° 62879,

Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9°, inciso c) y 20 inciso a) de la Ley N° 1913 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas;

Que asimismo, la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Artículo 2°, Inciso a del Decreto N° 1755-GCBA/2006, por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por un plazo de dos años;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Art.1°.- Concédase a partir del día de la fecha y por el término de (2) dos años, a la empresa SEDER S.A su habilitación como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°: Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incs. a) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público; b) Custodia y Portería de locales de baile, confiterías y/o espectáculos en vivo, como otro lugar destinado a la recreación; y c) Servicios de serenos en lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal;

Art.2°.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente.

Art.3°.- La renovación de la habilitación otorgada precedentemente, deberá solicitarse con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.

Art.4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Urbana, a la Agencia Gubernamental de Control, y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Martínez

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DISPOSICIÓN N° 185 - DGSPR/08

Buenos Aires, 27 de Junio de 2008

Visto la Ley N° 1913 (B.O. N° 2363), los Decretos N° 446-GCBA/2006 (B.O. N° 2436) y N° 1755-GCBA/2006 (B.O. N° 2556), la Disposiciones N° 262-DGSSP/2003, N° 34-DGSSP/2006 y la carpeta N° 135-DGSSP/2003 y,

CONSIDERANDO: Que la empresa S.I.S.E. S.A, con domicilio real en Rodríguez Peña 382, Piso 1° y

constituido en Av. Callao 295, Piso 1° ambos sitos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada para prestar servicios de seguridad privada en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposiciones N° 262-DGSSP/2003, y N° 34-DGSSP/2006;

Que habiendo vencido el plazo de vigencia de su última habilitación con fecha 24/01/2007, la interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°: - sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b) y c);

Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra condicionada a la previa habilitación de la firma interesada por parte de esta Dirección General, en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo establecen los Arts. 9°, inciso c) y 20 inciso a) de la Ley N° 1913 y reglamentación aprobada por Decreto N° 446-GCBA/2006;

Que habiendo propuesto y aportado la documentación legal respecto al Director Técnico en fecha anterior a la indicada en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley N° 1913, y en vistas del Dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires PG N° 62879, es posible tener por acreditados los extremos legales para tener al Señor Enrique Guillermo Risso Patrón con L.E N° 04.432.551 como Director Técnico de la empresa solicitante.

Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley N° 1913 y por el Decreto N° 446-GCBA/2006 para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada. en las categorías peticionadas;

Que asimismo, la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Artículo 2°, Inciso c) del Decreto 1755-GCBA/2006, por lo que corresponde el otorgamiento de la renovación de la habilitación por un plazo de dos años;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA DISPONE

Art.1°.-Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de dos (2) años, la habilitación concedida a la empresa S.I.S.E. S.A para prestar servicios de seguridad privada, en las categorías establecidas por la Ley N° 1913 en su Artículo 3°: Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incs. a) Vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Custodia y portería de locales bailables y confiterías y/o espectáculos en vivo como todo otro lugar destinado a recreación y c) Servicios de serenos en lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal.

Art.2°.-La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.

Art.3°.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la renovación otorgada por el presente acto administrativo.

Art.4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la

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Subsecretarías de Seguridad Urbana y a la Agencia Gubernamental de Control, y hágase saber a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Martínez

DISPOSICIÓN N° 364 - HGAIP/08

Buenos Aires, 19 de Agosto de 2008.

Visto la Carpeta N° 90.699/MSGC/08, la Ley N° 2095 promulgada por Decretos N° 1772/GCABA/2006 (B.O.C.B.A. N° 2557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 (B.O.C.B.A. N° 2960);

CONSIDERANDO: Que, por el presente actuado, el Sector LABORATORIO del Hospital General de

Agudos Ignacio Pirovano tramita la adquisición de MUEBLES MOVILES PARA LABORATORIO CENTRAL.-

Que, a fs 29/43 y 45/48 obra solicitud de gastos N° 20008 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria fs. 42/43 y 47/48.

Que, en virtud de los términos del Art. 19 apartado g) de la citada Ley, autoriza a este Hospital a realizar los procesos de selección para el llamado a LICITACION PUBLICA al amparo de lo establecido en el Art. 31, 1° párrafo de la Ley N° 2095, prestando conformidad a las Cláusulas Particulares obrante a fs. 49/52.-

Que, por Disposición N ° 171/DGCyC/08 (B.O.C.B.A. N° 2968) el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. N° 85 de la Ley 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y sus respectivas modificaciones;

Que, tal como lo establece el Art. 17 de la citada norma y la Resolución N° 1226/MSGC/07, (B.O.C.B.A. N° 2714) este Hospital se constituye en Unidad Operativa de Adquisiciones. Por ello:

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE AGUDOS DR. IGNACIO PIROVANO EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONEN Art. 1°. Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como anexo

forma parte integrante de la presente carpeta junto con las Cláusulas Particulares, las Cláusulas Administrativas y el Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Art. 2°. Llamase a LICITACION PUBLICA Nro. 1115/08 para el día 29 de Agosto de 2008, a las 9.30 Hs. al amparo de lo previsto por el Art.31° 1° párrafo Ley 2095 promulgada por Decreto N° 1772/GCABA/2006 (B.O.C.B.A. N° 2557).

Art. 3°. Remítase las invitaciones de acuerdo con lo establecido en el Art. N° 93 de la ley 2095 y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 y la Orden de Publicación al Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de 1 (un) día.-

Art.4° Publíquese en Internet, página Web http://www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ y en

la cartelera oficial de este Hospital. Art. 5°. Habiéndose efectuado la correspondiente reserva presupuestaria en la

Partida: 433, 437, 435 y 223. Rubro: Muebles, Equipos Utiles y Suministros para el

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Hospital para el sector LABORATORIO, por un total de $ 101.250,00 (Pesos: ciento un mil doscientos cincuenta con 00/100)

Art. 6°. Regístrese y remítase a la División Compras y Contrataciones de este Hospital para la prosecución de su trámite. Cuba

DISPOSICIÓN N° 111 - MCGC/08

Buenos Aires, 10 de agosto de 2008.

Visto la Nota N° 3966-DGTALMC-2008 y la Ley N° 2095/06 promulgada por Decreto N° 1772/GCBA/2006 (B.O.C.B.A. N° 2557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2960), y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el citado actuado tramita la Licitación Privada N° 330/2008, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 31° de la Ley N° 2095/06, para la adquisición de bolsas impresas con destino a la Tienda Cultural del Ministerio de Cultura, por un importe de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00.-);

Que, a fs. 4/5 obra la Solicitud de Gastos N° 14833/08 debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al ejercicio 2008;

Que, a fs. 6/16 obra el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas;

Que, por Disposición N° 171-DGCyC-2008 (B.O.C.B.A. N° 2968) la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y, de acuerdo a las facultades otorgadas por el Art. N° 85 de la Ley N° 2095/06, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que, por Resolución 1926-MCGC-2008 se estableció como Unidad Operativa de Adquisición a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Art.13° del Decreto 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2960) reglamentario de la Ley N° 2095/06 (B.O.C.B.A. N° 2557);

LA DIRECCION GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERO DE CULTURA

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE:

Art.1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexo forman parte integrante de la presente.

.Art. 2°.- Autorízase a la Unidad de Servicios Centrales, dependiente de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, a efectuar la Licitación Privada N° 330/2008 para el día 03/09/2008 a la hora 10.00, al amparo de lo establecido Art. 31° de la Ley N° 2.095/06, para la adquisición de bolsas impresas, de acuerdo con las cláusulas particulares y especificaciones técnicas aprobadas en el artículo primero de la presente, con destino a la Tienda Cultural del Ministerio de

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Cultura, por un monto total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL ($ 35.000,00.-). Art. 3°.- El gasto que demanda la presente cuenta con el respaldo presupuestario

correspondiente al ejercicio 2008. Art. 4°.- Remítanse las invitaciones, de acuerdo a lo establecido en el Art. N° 93°,

del Decreto N° 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2960), Reglamentario de la Ley 2.095/06.

Art. 5°.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en el Art. 98° del Decreto N° 754/GCBA/2008 (B.O.C.B.A. N° 2960), Reglamentario de la Ley N° 2.095/06.

Art. 6°.- Pliego de Bases y Condiciones: gratuito. Art. 7°.- Regístrese, y para su conocimiento y demás fines vuelva a la Unidad de

Servicios Centrales de este Ministerio, para la prosecución de su trámite. Capato Nota: el Anexo que forma parte integrante de la presente puede ser consultado en

Avenida de Mayo 575, 2° piso, de lunes a viernes, en el horario de 10 a 16 horas.

DISPOSICIÓN N° 823 - DGIyE/08

Buenos Aires, 12 de agosto de 2008.

Visto el presente Expediente N° 46498/2008, la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, La Ley N° 2565, la Resolución N° 10-MEGC/2008 y

CONSIDERANDO:

Que esta Dirección General de Infraestructura y Equipamiento dentro del ámbito de su competencia, ha elaborado un informe técnico, en el cual se señala la necesidad de realizar obras de Instalación de gas y termomecánica en el establecimiento de la Escuela N° 12, sita en la calle Larraya 2055, Distrito Escolar N° 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en el establecimiento hay un solo medidor, insuficiente para abastecer la cocina, la concesión y la vivienda del casero. La cañería esta a la vista, con posibles perdidas.

Que las estufas existentes en el establecimiento son muy antiguas y del tipo catalíticas, lo que hace necesario su reemplazo. La ventilación del termotanque y del calefón se encuentra en forma antirreglamentaria, asimismo se deberá instrumentar un sistema de ventilación en la cocina.

Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias alcanzadas por esta Dirección General, el presupuesto oficial para la realización de las tareas descriptas en el Considerando precedente, asciende a la suma de pesos doscientos diecisiete mil seiscientos setenta y tres con quince centavos ($ 217673,15.-);

Que la Ley N° 2.565 (BOCBA N° 2836) declaró la Emergencia de la Infraestructura de los Establecimientos Educativos de Gestión Estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 31 de diciembre de 2008, con el objeto de garantizar la seguridad y el desarrollo normal de las actividades de los alumnos, personal docente y auxiliar de los establecimientos escolares en todas sus modalidades y niveles (Conf. Art. 1°);

Que la Ley define "infraestructura de los establecimientos educativos", como "el

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conjunto de obras y servicios básicos que se consideran necesarios para el funcionamiento adecuado de dichos establecimientos" (art. 2°);

Que en su artículo 3° establece que es objetivo de la Ley: "a) Reestablecer la seguridad y las condiciones de habitabilidad de los edificios escolares" y " b) Garantizar el suministro de los servicios básicos de electricidad, agua, gas y sanitarios";

Que con este objetivo, la Ley en sus artículos 9 y 10, crea un procedimiento licitatorio de excepción para los casos de emergencia acreditada y eleva los montos límites para la licitación privada y la contratación directa en $ 2.000.000 y $ 600.000 respectivamente para los casos que sean de urgente y necesaria reparación;

Que las tareas planteadas por la parte técnica de esta Dirección General son necesarias para reestablecer las condiciones de seguridad y habitabilidad del edificio en cuestión, en forma coincidente con el art. 3°, inc. a) de la Ley de Emergencia de la Infraestructura de los Establecimientos Educativos de Gestión Estatal de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por el Informe Técnico de la obra proyectada y el plazo de ejecución de la misma, el procedimiento a elegir debe ser el que respetando los principios básicos del procedimiento de selección de contratista del Estado permita reotorgar al establecimiento las condiciones de seguridad y habitabilidad imprescindibles para el dictado de las clases;

Que en el caso, el monto establecido para la obra no supera los $ 600.000, por lo que la Ley 2.565 autoriza a realizar el llamado por licitación privada o contratación dirá;

Que, por lo expuesto en el informe técnico y lo expresado, la modalidad que más se ajusta para restablecer condiciones de habitabilidad al edificio escolar (conf. art. 3, inc, a) in fine de la Ley 2565 y 9 inc. c de la Ley 13.064) en tiempo para posibilitar el normal dictado de clases es la contratación directa;

Que por lo expresado, resulta que este tipo de contratación en el ámbito de la Ciudad más que un procedimiento de "contratación directa de libre elección" es un llamado a licitación pública con los plazos abreviados, lo que permite la libre concurrencia de los interesados (principio basal del procedimiento de selección de contratistas de la Administración) y al mismo tiempo, permite resolver a la Administración una situación de comprobada urgencia;

Que el Principio administrativo de Publicidad en el procedimiento de selección de cocontratista se vería cumplido con la publicación del anuncio de la Contratación por dos días en la cartelera de esta Repartición y en el BOCBA, así como en el sitio de Internet del GCBA, con seis días de anticipación a la apertura de ofertas;

Que, en tal inteligencia esta Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, ha procedido a confeccionar el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista como así también la ejecución de la obra a contratarse de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064;

Que, a los efectos de asegurar la transparencia del procedimiento licitatorio, se integran a la presente los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y las Especificaciones Técnicas;

Que, de acuerdo al procedimiento de selección indicado es procedente la publicación en cartelera de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en el Boletín Oficial de la Ciudad por un plazo de dos (2) días, con una anticipación de seis (6) días al acto de apertura e invitar a por lo menos tres (3) empresas del ramo;

Que por ello, corresponde el dictado del acto administrativo que al tiempo de aprobar los instrumentos proyectados en las actuaciones que originan la presente, llame a Contratación Directa N° 2220-SIGAF-08 (174-08), que tenga por objeto la contratación de los trabajos de Instalación de gas y termomecánica en el edificio de la Escuela N° 12, del Distrito Escolar N° 13;

Que toda vez que el monto de la presente no supera el indicado en el art. 141 de la Ley 2095 (BOCBA N° 2557), no corresponde la intervención de la Procuración General

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de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley 1218 B.O.C.B.A. N° 1850); Que, el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo

en razón de lo normado por la Resolución N° 10-MEGC/08; Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DISPONE:

Art 1°.-Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Contratación Directa N° 2220-SIGAF-08 (174-08).

Art. 2°.-Llámase a Contratación Directa N° 2220-SIGAF-08 (174-08), con el objeto de adjudicar los trabajos de Instalación de gas y termomecánica en el establecimiento de la Escuela N° 12, sita en la calle Larraya 2055, Distrito Escolar N° 13 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijando como presupuesto oficial la suma de pesos doscientos diecisiete mil seiscientos setenta y tres con quince centavos ($ 217673,15.)

Art. 3°.-Establécese como fecha de aperturas de ofertas el día 1 de septiembre de 2008, a las 15:00 hs. en la sede de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228, Piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 4°.-Publíquese el llamado a Contratación Directa N° 2220-SIGAF-08 (174-08), efectuado mediante el art. 2° de la presente en la cartelera de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en el Boletín Oficial por dos (2) días con una anticipación de seis (6) días corridos al acto de apertura y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, www.buenosaires.gov.ar, e invítese a tres (3) empresas del ramo.

Art. 5°.-Regístrese, publíquese y remítase a la Dirección administrativa en prosecución del trámite. Gasparoni

DISPOSICIÓN N° 824 - DGIyE/08

Buenos Aires, 12 de agosto de 2008.

Visto el presente Expediente N° 46501/2008, la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, La Ley N° 2565, la Resolución N° 10-MEGC/2008 y

CONSIDERANDO:

Que esta Dirección General de Infraestructura y Equipamiento dentro del ámbito de su competencia, ha elaborado un informe técnico, en el cual se señala la necesidad de realizar obras de Instalación de gas y termomecánica en el establecimiento de la Escuela N° 11, sita en la calle Gregorio de Laferrere 3624, Distrito Escolar N° 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el medidor existente en el establecimiento no posee la capacidad suficiente para el abastecimiento de todos los locales del establecimiento, ya que el mismo es de baja presión. Los diámetros de la cañería son insuficientes y no cuentan con la aislación dieléctrica reglamentaria.

Que la ventilación en la cocina de la concesión carece de ventilación suficiente, además del resto de los locales en los cuales faltan las rejillas de ventilación.

Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias alcanzadas por esta Dirección General, el presupuesto oficial para la realización de las tareas descriptas en el Considerando precedente, asciende a la suma de pesos trescientos treinta y seis mil

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doscientos setenta y tres con siete centavos ($ 336.273,07.-); Que la Ley N° 2.565 (BOCBA N° 2836) declaró la Emergencia de la Infraestructura

de los Establecimientos Educativos de Gestión Estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 31 de diciembre de 2008, con el objeto de garantizar la seguridad y el desarrollo normal de las actividades de los alumnos, personal docente y auxiliar de los establecimientos escolares en todas sus modalidades y niveles (Conf. Art. 1°);

Que la Ley define "infraestructura de los establecimientos educativos", como "el conjunto de obras y servicios básicos que se consideran necesarios para el funcionamiento adecuado de dichos establecimientos" (art. 2°);

Que en su artículo 3° establece que es objetivo de la Ley: "a) Reestablecer la seguridad y las condiciones de habitabilidad de los edificios escolares" y " b) Garantizar el suministro de los servicios básicos de electricidad, agua, gas y sanitarios";

Que con este objetivo, la Ley en sus artículos 9 y 10, crea un procedimiento licitatorio de excepción para los casos de emergencia acreditada y eleva los montos límites para la licitación privada y la contratación directa en $ 2.000.000 y $ 600.000 respectivamente para los casos que sean de urgente y necesaria reparación;

Que las tareas planteadas por la parte técnica de esta Dirección General son necesarias para reestablecer las condiciones de seguridad y habitabilidad del edificio en cuestión, en forma coincidente con el art. 3°, inc. a) de la Ley de Emergencia de la Infraestructura de los Establecimientos Educativos de Gestión Estatal de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por el Informe Técnico de la obra proyectada y el plazo de ejecución de la misma, el procedimiento a elegir debe ser el que respetando los principios básicos del procedimiento de selección de contratista del Estado permita reotorgar al establecimiento las condiciones de seguridad y habitabilidad imprescindibles para el dictado de las clases;

Que en el caso, el monto establecido para la obra no supera los $ 600.000, por lo que la Ley 2.565 autoriza a realizar el llamado por licitación privada o contratación directa;

Que, por lo expuesto en el informe técnico y lo expresado, la modalidad que más se ajusta para restablecer condiciones de habitabilidad al edificio escolar (conf. art. 3, inc, a) in fine de la Ley 2565 y 9 inc. c de la Ley 13.064) en tiempo para posibilitar el normal dictado de clases es la contratación directa;

Que por lo expresado, resulta que este tipo de contratación en el ámbito de la Ciudad más que un procedimiento de "contratación directa de libre elección" es un llamado a licitación pública con los plazos abreviados, lo que permite la libre concurrencia de los interesados (principio basal del procedimiento de selección de contratistas de la Administración) y al mismo tiempo, permite resolver a la Administración una situación de comprobada urgencia;

Que el Principio administrativo de Publicidad en el procedimiento de selección de cocontratista se vería cumplido con la publicación del anuncio de la Contratación por dos días en la cartelera de esta Repartición y en el BOCBA, así como en el sitio de Internet del GCBA, con seis días de anticipación a la apertura de ofertas;

Que, en tal inteligencia esta Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, ha procedido a confeccionar el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista como así también la ejecución de la obra a contratarse de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064;

Que, a los efectos de asegurar la transparencia del procedimiento licitatorio, se integran a la presente los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y las Especificaciones Técnicas;

Que, de acuerdo al procedimiento de selección indicado es procedente la publicación en cartelera de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en el Boletín Oficial de la Ciudad por un plazo de dos (2) días, con una anticipación de seis (6) días al acto de apertura e invitar a por lo menos tres (3) empresas del ramo;

Que por ello, corresponde el dictado del acto administrativo que al tiempo de

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aprobar los instrumentos proyectados en las actuaciones que originan la presente, llame a Contratación Directa N° 2222-SIGAF-08 (176-08), que tenga por objeto la contratación de los trabajos de Instalación de gas y termomecánica en el edificio de la Escuela N° 11, del Distrito Escolar N° 11;

Que toda vez que el monto de la presente no supera el indicado en el art. 141 de la Ley 2095 (BOCBA N° 2557), no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley 1218 B.O.C.B.A. N° 1850);

Que, el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en razón de lo normado por la Resolución N° 10-MEGC/08;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DISPONE:

Art 1°.-Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Contratación Directa N° 2222-SIGAF-08 (176-08).

Art. 2°.-Llámase a Contratación Directa N° 2222-SIGAF-08 (176-08), con el objeto de adjudicar los trabajos de Instalación de gas y termomecánica en el establecimiento de la Escuela N° 11, sita en la calle Gregorio de Laferrere 3624, Distrito Escolar N° 11 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijando como presupuesto oficial la suma de pesos trescientos treinta y seis mil doscientos setenta y tres con siete centavos ($ 336.273,07.-).

Art. 3°.-Establécese como fecha de aperturas de ofertas el día 1 de septiembre de 2008, a las 11:00 hs. en la sede de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228, Piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 4°.-Publíquese el llamado a Contratación Directa N° 2222-SIGAF-08 (176-08), efectuado mediante el art. 2° de la presente en la cartelera de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en el Boletín Oficial por dos (2) días con una anticipación de seis (6) días corridos al acto de apertura y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, www.buenosaires.gov.ar, e invítese a tres (3) empresas del ramo.

Art. 5°.-Regístrese, publíquese y remítase a la Dirección administrativa en prosecución del trámite. Gasparoni

DISPOSICIÓN N° 825 - DGIyE/08

Buenos Aires, 12 de agosto de 2008.

Visto el presente Expediente N° 46494/2008, la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, La Ley N° 2565, la Resolución N° 10-MEGC/2008 y

CONSIDERANDO: Que esta Dirección General de Infraestructura y Equipamiento dentro del ámbito de

su competencia, ha elaborado un informe técnico, en el cual se señala la necesidad de realizar obras de Construcción de cerco perimetral en el establecimiento de la Escuela N° 8, sita en la calle Braun Menéndez 260/Manuel Galvez 156, Distrito Escolar N° 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la escuela carece de un cerco perimetral que cierre el campo de juego donde se practican las actividades deportivas y recreacionales, y en atención a que dicha carencia torna riesgoso e inseguro el predio, se procederá a su confección.

Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias alcanzadas por esta

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Dirección General, el presupuesto oficial para la realización de las tareas descriptas en el Considerando precedente, asciende a la suma de pesos doscientos seis mil setecientos setenta y nueve con noventa y siete centavos ($ 206779,97.-);

Que la Ley N° 2.565 (BOCBA N° 2836) declaró la Emergencia de la Infraestructura de los Establecimientos Educativos de Gestión Estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 31 de diciembre de 2008, con el objeto de garantizar la seguridad y el desarrollo normal de las actividades de los alumnos, personal docente y auxiliar de los establecimientos escolares en todas sus modalidades y niveles (Conf. Art. 1°);

Que la Ley define "infraestructura de los establecimientos educativos", como "el conjunto de obras y servicios básicos que se consideran necesarios para el funcionamiento adecuado de dichos establecimientos" (art. 2°);

Que en su artículo 3° establece que es objetivo de la Ley: "a) Reestablecer la seguridad y las condiciones de habitabilidad de los edificios escolares" y Garantizar el suministro de los servicios básicos de electricidad, agua, gas y sanitarios";

Que con este objetivo, la Ley en sus artículos 9 y 10, crea un procedimiento licitatorio de excepción para los casos de emergencia acreditada y eleva los montos límites para la licitación privada y la contratación directa en $ 2.000.000 y $ 600.000 respectivamente para los casos que sean de urgente y necesaria reparación;

Que las tareas planteadas por la parte técnica de esta Dirección General son necesarias para reestablecer las condiciones de seguridad y habitabilidad del edificio en cuestión, en forma coincidente con el art. 3°, inc. a) de la Ley de Emergencia de la Infraestructura de los Establecimientos Educativos de Gestión Estatal de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por el Informe Técnico de la obra proyectada y el plazo de ejecución de la misma, el procedimiento a elegir debe ser el que respetando los principios básicos del procedimiento de selección de contratista del Estado permita reotorgar al establecimiento las condiciones de seguridad y habitabilidad imprescindibles para el dictado de las clases;

Que en el caso, el monto establecido para la obra no supera los $ 600.000, por lo que la Ley 2.565 autoriza a realizar el llamado por licitación privada o contratación directa;

Que, por lo expuesto en el informe técnico y lo expresado, la modalidad que más se ajusta para restablecer condiciones de habitabilidad al edificio escolar (conf. art. 3, inc, a) in fine de la Ley 2565 y 9 inc. c de la Ley 13.064) en tiempo para posibilitar el normal dictado de clases es la contratación directa;

Que por lo expresado, resulta que este tipo de contratación en el ámbito de la Ciudad más que un procedimiento de "contratación directa de libre elección" es un llamado a licitación pública con los plazos abreviados, lo que permite la libre concurrencia de los interesados (principio basal del procedimiento de selección de contratistas de la Administración) y al mismo tiempo, permite resolver a la Administración una situación de comprobada urgencia;

Que el Principio administrativo de Publicidad en el procedimiento de selección de cocontratista se vería cumplido con la publicación del anuncio de la Contratación por dos días en la cartelera de esta Repartición y en el BOCBA, así como en el sitio de Internet del GCBA, con seis días de anticipación a la apertura de ofertas;

Que, en tal inteligencia esta Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, ha procedido a confeccionar el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista como así también la ejecución de la obra a contratarse de conformidad con la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064;

Que, a los efectos de asegurar la transparencia del procedimiento licitatorio, se integran a la presente los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y las Especificaciones Técnicas;

Que, de acuerdo al procedimiento de selección indicado es procedente la publicación en cartelera de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en el Boletín Oficial de la Ciudad por un plazo de dos (2) días, con una anticipación de

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seis (6) días al acto de apertura e invitar a por lo menos tres (3) empresas del ramo; Que por ello, corresponde el dictado del acto administrativo que al tiempo de

aprobar los instrumentos proyectados en las actuaciones que originan la presente, llame a Contratación Directa N° 2221-SIGAF-08 (175-08), que tenga por objeto la contratación de los trabajos de Construcción de cerco perimetral en el edificio de la Escuela N° 8, del Distrito Escolar N° 4;

Que toda vez que el monto de la presente no supera el indicado en el art. 141 de la Ley 2095 (BOCBA N° 2557), no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley 1218 B.O.C.B.A. N° 1850);

Que, el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en razón de lo normado por la Resolución N° 10-MEGC/08;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO DISPONE:

Art 1°.-Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Contratación Directa N° 2221-SIGAF-08 (175-08).

Art. 2°.-Llámase a Contratación Directa N° 2221-SIGAF-08 (175-08), con el objeto de adjudicar los trabajos de Construcción de cerco perimetral en el establecimiento de la Escuela N° 8, sita en la calle Braun Menéndez 260/Manuel Galvez 156, Distrito Escolar N° 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijando como presupuesto oficial la suma de pesos doscientos seis mil setecientos setenta y nueve con noventa y siete centavos ($ 206779,97.-).

Art. 3°.-Establécese como fecha de aperturas de ofertas el día 1 de septiembre de 2008, a las 12:00 hs. en la sede de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228, Piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 4°.-Publíquese el llamado a Contratación Directa N° 2221-SIGAF-08 (175-08), efectuado mediante el art. 2° de la presente en la cartelera de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en el Boletín Oficial por dos (2) días con una anticipación de seis (6) días corridos al acto de apertura y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, www.buenosaires.gov.ar, e invítese a tres (3) empresas del ramo.

Art. 5°.-Regístrese, publíquese y remítase a la Dirección administrativa en prosecución del trámite. Gasparoni

DISPOSICIÓN N° 826 - DGIyE/08

Buenos Aires, 12 de agosto de 2008.

Visto el presente Expediente N° 46506/2008, la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, La Ley N° 2565, la Resolución N° 10-MEGC/2008 y

CONSIDERANDO:

Que esta Dirección General de Infraestructura y Equipamiento dentro del ámbito de su competencia, ha elaborado un informe técnico, en el cual se señala la necesidad de realizar las obras de Refacciones varias en el establecimiento del J.I.C N° 4 / Escuela N° 14 "Leopoldo Lugones", sita en la calle Juramento 5775, Distrito Escolar N° 16 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

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Que existen en los distintos locales del establecimiento revoques, en mal estado de conservación, tanto en paredes como en cielorrasos. En el lucernario se hayan ventanas sin vidrios y carentes de sellados lo que produce filtraciones.

Que en atención a lo expuesto en el párrafo precedente se revisará el pluvial de planta baja de jardín de infantes y se procederá a reacondicionar y pintar la fachada sobre la calle Ceretti 2035.

Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias alcanzadas por esta Dirección General, el presupuesto oficial para la realización de las tareas descriptas en el Considerando precedente, asciende a la suma de pesos ciento veintisiete mil doscientos veintidos con veintidos centavos ($ 127.222,22.-);

Que la Ley N° 2.565 (BOCBA N° 2836) declaró la Emergencia de la Infraestructura de los Establecimientos Educativos de Gestión Estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el 31 de diciembre de 2008, con el objeto de garantizar la seguridad y el desarrollo normal de las actividades de los alumnos, personal docente y auxiliar de los establecimientos escolares en todas sus modalidades y niveles (Conf. Art. 1°);

Que la Ley define "infraestructura de los establecimientos educativos", como "el conjunto de obras y servicios básicos que se consideran necesarios para el funcionamiento adecuado de dichos establecimientos" (art. 2°);

Que en su artículo 3° establece que es objetivo de la Ley: "a) Reestablecer la seguridad y las condiciones de habitabilidad de los edificios escolares" y Garantizar el suministro de los servicios básicos de electricidad, agua, gas y sanitarios";

Que con este objetivo, la Ley en sus artículos 9 y 10, crea un procedimiento licitatorio de excepción para los casos de emergencia acreditada y eleva los montos límites para la licitación privada y la contratación directa en $ 2.000.000 y $ 600.000 respectivamente para los casos que sean de urgente y necesaria reparación;

Que las tareas planteadas por la parte técnica de esta Dirección General son necesarias para reestablecer las condiciones de seguridad y habitabilidad del edificio en cuestión, en forma coincidente con el art. 3°, inc. a) de la Ley de Emergencia de la Infraestructura de los Establecimientos Educativos de Gestión Estatal de la Ciudad de Buenos Aires;

Que por el Informe Técnico de la obra proyectada y el plazo de ejecución de la misma, el procedimiento a elegir debe ser el que respetando los principios básicos del procedimiento de selección de contratista del Estado permita reotorgar al establecimiento las condiciones de seguridad y habitabilidad imprescindibles para el dictado de las clases;

Que en el caso, el monto establecido para la obra no supera los $ 600.000, por lo que la Ley 2.565 autoriza a realizar el llamado por licitación privada o contratación directa;

Que, por lo expuesto en el informe técnico y lo expresado, la modalidad que más se ajusta para restablecer condiciones de habitabilidad al edificio escolar (conf. art. 3, inc, a) in fine de la Ley 2565 y 9 inc. c de la Ley 13.064) en tiempo para posibilitar el normal dictado de clases es la contratación directa;

Que por lo expresado, resulta que este tipo de contratación en el ámbito de la Ciudad más que un procedimiento de "contratación directa de libre elección" es un llamado a licitación pública con los plazos abreviados, lo que permite la libre concurrencia de los interesados (principio basal del procedimiento de selección de contratistas de la Administración) y al mismo tiempo, permite resolver a la Administración una situación de comprobada urgencia;

Que el Principio administrativo de Publicidad en el procedimiento de selección de cocontratista se vería cumplido con la publicación del anuncio de la Contratación por dos días en la cartelera de esta Repartición y en el BOCBA, así como en el sitio de Internet del GCBA, con seis días de anticipación a la apertura de ofertas;

Que, en tal inteligencia esta Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, ha procedido a confeccionar el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista como así también la ejecución de la obra a contratarse de conformidad con la Ley Nacional de Obras

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 71

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Públicas N° 13.064; Que, a los efectos de asegurar la transparencia del procedimiento licitatorio, se

integran a la presente los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y las Especificaciones Técnicas;

Que, de acuerdo al procedimiento de selección indicado es procedente la publicación en cartelera de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en el Boletín Oficial de la Ciudad por un plazo de dos (2) días, con una anticipación de seis (6) días al acto de apertura e invitar a por lo menos tres (3) empresas del ramo;

Que por ello, corresponde el dictado del acto administrativo que al tiempo de aprobar los instrumentos proyectados en las actuaciones que originan la presente, llame a Contratación Directa N° 2223-SIGAF-08 (177-08), que tenga por objeto la contratación de los trabajos de Refacciones varias en el edificio del J.I.C N° 4 / Escuela N° 14 "Leopoldo Lugones", del Distrito Escolar N° 16;

Que toda vez que el monto de la presente no supera el indicado en el art. 141 de la Ley 2095 (BOCBA N° 2557), no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (conf. Ley 1218 B.O.C.B.A. N° 1850); Que, el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en razón de lo normado por la Resolución N° 10-MEGC/08;

Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

DISPONE:

Art 1°.-Apruébense los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Contratación Directa N° 2223-SIGAF-08 (177-08).

Art. 2°.-Llámase a Contratación Directa N° 2223-SIGAF-08 (177-08), con el objeto de adjudicar los trabajos de Refacciones varias en el establecimiento de la J.I.C N° 4 / Escuela N° 14 "Leopoldo Lugones", sita en la calle Juramento 5775, Distrito Escolar N° 16 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijando como presupuesto oficial la suma de pesos ciento veintisiete mil doscientos veintidos con veintidos centavos ($127.222,22.-).

Art. 3°.-Establécese como fecha de aperturas de ofertas el día 1 de septiembre de 2008, a las 16:00 hs. en la sede de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228, Piso 3°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 4°.-Publíquese el llamado a Contratación Directa N° 2223-SIGAF-08 (177-08), efectuado mediante el art. 2° de la presente en la cartelera de la Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, en el Boletín Oficial por dos (2) días con una anticipación de seis (6) días corridos al acto de apertura y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, www.buenosaires.gov.ar, e invítese a tres (3) empresas del ramo.

Art. 5°.-Regístrese, publíquese y remítase a la Dirección administrativa en prosecución del trámite. Gasparoni

DISPOSICIÓN N° 4 - DGEMP/08

Buenos Aires, 22 de Julio de 2008.

Vistos la Ley N° 1892, el Decreto N° 1117/GCBA/07 y la Resolución N° 2592/SSTR/08;

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CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 1892 se creó el Régimen de Inserción Laboral para la Mujer, que prevé la implementación de medidas orientadas a incentivar y promover la inserción de las mujeres en el mercado laboral, a través del estímulo a la creación de puestos de trabajo sustentables y el crecimiento del sector productivo de esta Ciudad;

Que en el Art. 1° del Decreto N° 1117/GCBA/07, se designa como Autoridad de Aplicación del presente Régimen a la ex Subsecretaría de Trabajo, Empleo y Formación Profesional, actualmente la Subsecretaría de Trabajo;

Que mediante el Art. 2° del precitado Decreto, se crea la Unidad Ejecutora del presente Régimen, siendo la misma la Dirección General de Empleo;

Que teniendo en cuenta el Art. 2° de la Resolución N° 2592/SSTR/08, mediante el cual la Dirección General de Empleo en su carácter de Unidad Ejecutora deberá designar a tres (03) personas responsables de la ejecución y puesta en marcha del Régimen;

Que la capacidad demostrada por los señores Juan Manuel Odino (DNI 26.435.785), Claudio Remis (DNI 16.114.973), y María Laura Sáez (DNI 31.295.502), todos ellos prestando funciones en esta Dirección General de Empleo, los acredita para ser nombrados responsables de la ejecución e implementación del Régimen, motivo de la presente;

Por ello y en uso de las facultades que le atribuyen las normas citadas,

LA DIRECTORA GENERAL DE EMPLEO DISPONE:

Artículo 1° - Desígnase a los Sres. Juan Manuel Odino (DNI 26.435.785), Claudio Remis (DNI 16.114.973), y María Laura Sáez (DNI 31.295.502), como responsables de la ejecución y puesta en marcha del Régimen de Inserción Laboral para la Mujer.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Trabajo. Cumplido, archívese. Sardegna.

DISPOSICIÓN N° 5 - DGEMP/08 Buenos Aires, 22 de Julio de 2008.-

Vistos la Ley N° 2352, el Decreto N° 1714/GCBA/07 y la Resolución N° 2593/SSTR/08;

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 2352 se creó el Régimen Especial de Empleo para personas desocupadas mayores de cuarenta y cinco (45) años de edad, que prevé la facilitación de la reinserción laboral de hombres y mujeres mayores de cuarenta y cinco (45) años de edad, a través de la implementación de un régimen de ayuda a las micro, pequeñas y medianas empresas de cualquier sector y/o actividad;

Que conforme el Art. 9° de la citada Ley, la Autoridad de Aplicación reglamentará el procedimiento para inscribirse al Régimen objeto de esta;

Que en el Art. 1° del Decreto N° 1714/GCBA/07, se designa como Autoridad de Aplicación del presente Régimen a la ex Subsecretaría de Trabajo, Empleo y Formación Profesional, actualmente la Subsecretaría de Trabajo;

Que conforme el Art. 2° del precitado Decreto, se crea la Unidad Ejecutora del Régimen en cuestión, siendo la misma la Dirección General de Empleo;

Que teniendo en cuenta el Art. 2° de la Resolución N° 2593/SSTR/08, mediante el

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 73

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cual la Dirección General de Empleo en su carácter de Unidad Ejecutora deberá designar a tres (03) personas responsables de la ejecución y puesta en marcha del Régimen;

Que la capacidad demostrada por los señores Juan Manuel Odino (DNI 26.435.785), Rodrigo Cortez Espinosa (DNI 92.766.444), y Álvaro Cattaneo (DNI 30.263.072), todos ellos prestando funciones en esta Dirección General de Empleo, los acredita para ser nombrados responsables de la ejecución e implementación del Régimen, motivo de la presente;

Por ello y en uso de las facultades que le atribuyen las normas citadas,

LA DIRECTORA GENERAL DE EMPLEO DISPONE:

Artículo 1° - Desígnase a los Sres. Juan Manuel Odino (DNI 26.435.785), Rodrigo Cortez Espinosa (DNI 92.766.444), y Álvaro Cattaneo (DNI 30.263.072), como responsables de la ejecución y puesta en marcha del Régimen Especial de Empleo para personas desocupadas mayores de cuarenta y cinco (45) años de edad.

Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Trabajo. Cumplido, archívese. Sardegna.

DISPOSICIÓN N° 87 - DGTAD-SECLYT/08

Buenos Aires, 22 de agosto de 2008.

Visto el Expediente N° 33.165/2008 e Incorporado (Expediente N° 3043/2008), la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06 (BOCBA N° 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 (BOCBA N° 2.960), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante los presentes actuados se tramita la contratación de un Servicio de Alquiler y Mantenimiento Integral de Fotocopiadoras, con destino a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica y al Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales, dependiente del Área Vicejefe de Gobierno;

Que, obran las Solicitudes de Gastos, debidamente valorizadas, con cargo a los Presupuestos de los Ejercicios 2008, 2009 y 2010;

Que, por Disposición N° 171/DGCyC/2008 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo N° 85 de la Ley N° 2095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que, mediante Resolución N° 129/SECLyT/2008 se constituyó la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Secretaría Legal y Técnica en el ámbito de la Dirección General Técnica y Administrativa, conforme la normativa vigente

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13° del Decreto N°

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754/GCABA/2008 (BOCBA N° 2960) reglamentario del Art. 13° de la Ley N° 2095;

LA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

DISPONE:

Art. 1° Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, los que como Anexo forman parte integrante de la presente Disposición.-

Art. 2° Llámase a Licitación Pública N° 1229/SIGAF/2008, para el día 5 de Septiembre de 2008, a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo N° 31° concordante con el primer párrafo del Artículo N° 32° de la Ley N° 2095 promulgada por Decreto N° 1772/GCABA/2006 (BOCBA N° 2557), para la contratación de un Servicio de Alquiler y Mantenimiento Integral de Fotocopiadoras, con destino a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica y al Organismo Fuera de Nivel Comisión para la Plena Participación e Integración de las Personas con Necesidades Especiales, dependiente del Área Vicejefe de Gobierno, por un monto total aproximado de PESOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO, ($ 22.368,00).-

Art. 3° Establécese el Pliego SIN VALOR, el que podrá ser consultado y retirado en el Departamento de Compras y Contrataciones de la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Secretaría Legal y Técnica, sito en Avda de Mayo 525, Piso 4°, Oficina 433 de la Ciudad de Buenos Aires.-

Art. 4° Remítanse las invitaciones de rigor, publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 93° y 98° de la Ley N° 2095 reglamentados por los Artículos 97° y 98° del Decreto N° 754/GCABA/08 y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, pag Web:www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/.-

Art. 5° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase al Departamento de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, para la prosecución de su trámite.- López

Nota: el Anexo que forma parte de la presente podrá ser consultado y obtenido en el Departamento de Compras y Contrataciones de la Unidad Operativa de Adquisiciones, de la Secretaría Legal y Técnica, sito en Av. de Mayo 525, 4° piso, Oficina 433 de la Ciudad de Buenos Aires.

RESOLUCIÓN N° 731 - CDNNyA/08

Buenos Aires, 30 de junio de 2008.

Visto el Registro N° 2809-CDNNyA-2008 y;

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CONSIDERANDO:

Que por dicha actuación la agente Andrea Marta Ventura, Ficha N° 375.312, solicita licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía en razón de haber sido designada a partir del 1° de julio de 2008, como Secretaria, de la Asesoría Tutelar N° 3 de Primera Instancia en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario, por Resolución N° 91-AGT-2008, cuya copia se acompaña;

Que, conforme las disposiciones de los Capítulos VI, Artículos 16 inc. k) y XI, Artículo 42 de la Ley 471, Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires, resulta procedente acceder a lo peticionado;

Que en tal sentido ha expedido la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley 114 y el Decreto N° 2080-GCBA-2007;

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Art. 1°: Otorgar a la agente Dra. Andrea Marta Ventura, Ficha N° 375.312, Licencia Sin Goce de Haberes Por Cargo de Mayor Jerarquía, a partir de la fecha de la presente y por la vigencia de su designación como Secretaria, de la Asesoría Tutelar N° 3 de Primera Instancia en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario, Resolución N° 91-AGT-2008, conforme las disposiciones de los Capítulos VI, Artículos 16 inc. k) y XI, Artículo 42 de la Ley 471, Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires, retiene partida: 2015 0000 DB05 285 C22.

Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese y, para su conocimiento, notificación de la interesada y de mas efectos, remítase a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa quien tendrá a cargo la pertinente comunicación a la Dirección General Administración de Recursos Humanos. Cumplido archívese. San Martino

RESOLUCIÓN N° 732 - CDNNyA/08

Buenos Aires, 1° de julio de 2008.

Visto la Resolución N° 44-CDNNyA-2004 y Resolución N° 731-CDNNyA-2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 44-CDNNyA-2004 se designó a la Dra. Andrea Marta Ventura FN° 375.312, CUIL N° 27-23256826-2, como Coordinadora de la Defensoría Zonal Pompeya dependiente de la Dirección Red de Defensorías de la Vicepresidencia de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

Que por la Resolución N° 731-CDNNyA-2008, de fecha 30 de junio de 2008, se le otorga a la agente Andrea M. Ventura, Licencia Sin Goce de Haberes por Cargo de Mayor Jerarquía;

Que, atento a lo expuesto resulta necesario designar al agente que reemplazará a la Dra. Andrea Ventura en sus funciones como Coordinación de la Defensoría Zonal Pompeya;

Que a tales efectos, la Lic. Lorena del Lujan Tomatis, CUIL N° 23-27421570-4 cuenta con las condiciones y con la idoneidad necesaria para cubrir, interinamente, el

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cargo de Coordinadora de la Defensoría Zonal de Pompeya, dependiente de la Dirección Red de Defensorías, de la Vicepresidencia de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley 114 y el Decreto N° 2080/2007,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Art. 1°: Desígnase interinamente, a partir de la fecha de la presente, a la Lic. Lorena del Lujan Tomatis, CUIL N° 23-27421570-4, como Coordinadora de la Defensoría Zonal Pompeya, con la asignación del suplemento ejecutivo nivel Departamento.

Art. 2°: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y notificación, pase a la Dirección General Legal Técnica y Administrativa, a la Dirección Administrativa / Departamento de Personal del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. San Martino

RESOLUCIÓN N° 753 - CDNNyA/08

Buenos Aires, 16 de julio de 2008.

Visto la Nota N° 26.774/CDNNyA/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2.075/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.829), se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre otras medidas, el Artículo 5° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2007, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;

Que el Organismo Fuera de Nivel Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Jefatura de Gobierno, peticiona se modifiquen los términos de la Resolución N° 75/CDNNyA/2008, a partir del 01 de junio de 2008, en lo concerniente a la remuneración que perciben diversas personas, pertenecientes a la Vicepresidencia de dicho Organismo;

Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1°, del Decreto

N° 638/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.678);

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Art. 1°.- Modifícanse parcialmente los términos de la Resolución N° 75/CDNNyA/2008, dejándose establecido que las designaciones efectuadas en favor de las personas, como Personal de la Planta de Gabinete del Organismo Fuera de Nivel Vicepresidencia del Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, de la Jefatura de Gobierno, lo son a partir del 01 de junio de 2008, tal como se indica en el Anexo "I", que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, en las condiciones establecidas por el Artículo 5° del Decreto N° 2.075/2007, (B.O.C.B.A. N° 2.829).-

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Art. 2°. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda; cumplido, archívese. San Martino

RESOLUCIÓN N° 853 - CDNNyA/08

Buenos Aires, 11 de agosto de 2008.

Visto la Resolución N° 422/CDNNyA/2006, la Resolución N° 174/CDNNyA/2007 y la Resolución N° 322/2007, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 422/CDNNyA/2006 se aprobó el marco orgánico institucional y responsabilidades primarias de este Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes;

Que mediante la citada norma se estableció la Unidad Técnica de Restituciones Internacionales bajo la órbita del Departamento de Asistencia Técnica de la Dirección de Red de Defensorías;

Que razones administrativas y operativas tornan aconsejable traspasar las funciones de la mencionada Unidad Técnica al ámbito de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este organismo, resultando procedente disolver la misma;

Que, por lo expuesto, deviene necesario dejar sin efecto la designación de la Dra. Viviana Noemí Rattaro, DNI N° 11.352.446, a cargo de la Unidad Técnica en cuestión, establecida mediante el Artículo 2° de la Resolución N° 322/CDNNyA/2007;

Que, asimismo, por la Resolución N° 174/CDNNyA/2007 se modificó la estructura organizativa de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este organismo, y mediante la cual se creó el Departamento de Control Jurídico con dependencia funcional de la Dirección de Asuntos Jurídicos;

Que en la práctica es dable observar que las tareas inherentes al citado Departamento, se realizan directamente desde la Dirección de Asuntos Jurídicos, resultando pertinente proceder a la disolución del mismo;

Que, de todo lo expuesto, se entiende necesario plasmar el ordenamiento funcional de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo en el acto normativo correspondiente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley 114 y el Decreto N° 2080/2007,

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Disuélvese la Unidad Técnica de Restituciones Internacionales dependiente del Departamento de Asistencia Técnica de la Dirección de Red de Defensorías de este Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Artículo 2°.- Disuélvese el Departamento de Control Jurídico de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este

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Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Artículo 3°.- Déjase sin efecto la designación de la Dra. Viviana Noemí Rattaro, DNI

N° 11.352.446, a cargo de la Unidad Técnica de Restituciones Internacionales, establecida en el Artículo 2° de la Resolución N° 322/CDNNyA/2007.

Artículo 4°.- Traspásense las responsabilidades primarias y el personal de las áreas disueltas en los Artículos 1° y 2° de la presente Resolución a la órbita de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Artículo 5°.- Establécense como responsabilidades primarias de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa las que se describen en el Anexo, y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales y a la Dirección Administrativa; pase al Departamento de Personal para su conocimiento y notificación de los interesados y de la Dirección General de Administración de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. San Martino

RESOLUCIÓN N° 854 - CDNNyA/08

Buenos Aires, 11 de agosto de 2008.

Vista la Nota N° 23.087/CDNNYA/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2.075/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.829), se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que entre otras medidas, el Artículo 5° del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2007, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;

Que por lo expuesto la Presidencia del Consejo de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, se encuentra facultada para efectuar la designación en Planta de Gabinete que se propicia por la presente;

Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido; Por ello, conforme las facultades conferidas por el Articulo 1°, del Decreto

N° 638/2007 (B.O.C.B.A. N° 2.678);

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Art. 1°.- Desígnase como Personal de la Planta de Gabinete, de la Presidencia del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al Sr. ZÁRATE CARLOS ALBERTO, DNI. N° 12.498.835, CUIL N° 20-12498835-8, a partir del 1° de julio de 2008, fijándose la remuneración en la suma de 6.000 unidades retributivas y en las condiciones establecidas por el Artículo 5° del Decreto N° 2.075/2007, (B.O.C.B.A. N° 2.829).

Art. 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección Administrativa dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa del Consejo de

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los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. San Martino

RESOLUCIÓN N° 855 - CDNNyA/08

Buenos Aires, 11 de Agosto de 2008

Visto el Expediente N° 22.173/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones indicadas en el Visto se inician con motivo de los hechos sucedidos en la sede de la Defensoría Zonal Palermo, el día 9 de noviembre del año 2007, consistente en una supuesta falta de respeto y acusaciones de tono injurioso en que habría incurrido la agente Sandra Fabiana Franzoni, DNI. N° 16.518.836, quien se desempeñaba como abogada en la Defensoría precitada bajo la relación de empleo público, respecto de su superiora jerárquica inmediata, la Lic. Paula Novo, Coordinadora de la misma, toda vez que aquella habría acusado a esta última de "corrupta", involucrando en sus dichos además a otros integrantes del Equipo Técnico del área;

Que en razón de los hechos descriptos, la Coordinadora de la Defensoría Zonal Palermo requirió a la Dirección Red de Defensorías que la profesional mencionada fuera reasignada a otra área del Consejo a los efectos de mejorar las condiciones de trabajo del equipo, cuya alteración de produjo con motivo de los hechos descriptos, lo cual desembocó en el traslado de la agente Franzoni al área central del Consejo (conf. fs. 17) y derivó en el reclamo articulado por esta que tramita por Registro N° 1187-CDNNYA-2008, el que por guardar conexidad material y subjetiva con el Expediente indicado en el Visto, se procedió a su agregación al mismo para su tramitación conjunta, toda vez que el resultado de la investigación sumarial tendrá incidencia en la decisión a adoptar por este organismo respecto de dicho reclamo;

Que asimismo, este organismo requirió los descargos de estilo y se confeccionaron actas con las declaraciones vertidas por los integrantes del Equipo Técnico de la Defensoría Zonal Palermo, que obran en fs. 14/16, las cuales corroboran las manifestaciones vertidas por la Coordinadora, Lic. Novoa;

Que en el descargo de la Dra. Sandra Franzoni, obrante en fs. 9/11, niega haber vertidos términos injuriosos e irrespetuosos respecto de la Lic. Paula Novoa y los demás integrantes del Equipo Técnico, dando su propia versión de los hechos, consistente en que el día 9 de noviembre de 2007 habría sido increpada por la Coordinadora de la Defensoría al momento de arribar a su lugar habitual de tareas, en presencia del resto del equipo de trabajo, en relación a una consulta particular que habría manifestado efectuar una consultante del organismo, aparentemente vinculada con un tema de alimentos, respecto de lo cual fue advertida por aquella que estaría incursa en una conducta dudosa e irregular, lo que habría motivado su reacción vehemente negando los hechos endilgados;

Que por otra parte, en el descargo reseñado, la agente Franzoni refiere que la conducta de la Lic. Novoa se encuentra incursa en las previsiones contenidas en la Ley 1225, toda vez que esta última habría incurrido en maltrato psíquico y hostigamiento laboral, con el fin de apartarla de sus funciones habituales en la Defensoría Zonal Palermo;

Que además, la Dra. Franzoni, acusa en su presentación que la Señora Mara Teodori, quien se desempeña como empleada en la Defensoría de marras, acumularía este trabajo con otro cargo a nivel del Gobierno Nacional, más precisamente, en la Policía Federal Argentina, refiriendo por último que un abogado integrante de los

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cuadros de esta administración habría patrocinado a la Lic. Novoa y a otros miembros de la Defensoría Zonal Palermo en un juicio por reencasillamiento contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que posteriormente se requiere la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, órgano que en fs. 19/20 y fs. 23 y vta., recibió declaraciones testimoniales de parte de la Lic. Paula Natalia Novoa y la Dra. Sandra Fabiana Franzoni, respectivamente, donde las cuales ratifican sus respectivas denuncias;

Que la Dirección de Sumarios dependiente de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en fojas 27, opina que en mérito a lo actuado en las actuaciones que nos ocupan correspondería proceder a la instrucción de un sumario para investigar los hechos denunciados por los sujetos involucrados, criterio ratificado en fojas 28 por el Señor Procurador General;

Que, en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que ordene la instrucción del sumario para investigar y deslindar responsabilidades por los hechos denunciados;

Por ello, en virtud de los términos del art. 2° del Decreto N° 3.360/68 (AD. 230.215) aplicable en función del art. 12 del Decreto N° 826/01 (B.O. N° 1225);

EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instrúyase sumario administrativo a fin de investigar los hechos denunciados y deslindar las responsabilidades con motivo de los hechos acontecidos el día 9 de noviembre de 2007 en la sede de la Defensoría Zonal Palermo dependiente del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.-

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -Dirección General de Sumarios y comuníquese a la Dirección Administrativa dependiente de la Dirección General Técnica Legal y Administrativa de este Consejo. Cumplido, archívese.- San Martino

ACTA N° 2.346 - D/08

PUNTO N° 12: Modificar el Pliego de Condiciones Generales Tipo - Modalidad Etapa Única el que fuera aprobado por el Art. 2° del Acta N° 1902/D/05 - Aprobar el Llamado a Licitación Pública N° 42/08 para la ejecución de la Obra: Red de Agua y Red de Cloaca de la Manzana 99N y 99M, Barrio Parque Avellaneda, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Visto la Nota N° 548/IVC/08 y, -Considerando: Que conforme surge de los principios enunciados en el Art. 4° de Ley N° 1251 de creación de este Organismo, el mismo debe promover el efectivo ejercicio del derecho al hábitat y a la vivienda de todos los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Que, a tal fin, y conforme lo actuado por la mencionada actuación surge la necesidad de proceder a la ejecución de la Red de Agua y Red de Cloaca de la Manzana 99N y 99M del Barrio Parque Avellaneda de esta Ciudad de Buenos Aires

Que la Gerencia Técnica acompaña, a fs. 30/195 la documentación pertinente:

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Pliego de Condiciones Particulares y sus Anexos (1 a 14), Pliego de Especificaciones Técnicas Generales para la Provisión de Agua y Desagües Cloacales y sus Anexos I y III (Anexo II anulado), Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y sus Anexos 1 a 5, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares para la Provisión de Agua, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares para Desagües Cloacales sin Presión Interna y con Presión Interna y Planos

Que el presupuesto oficial de la presente Obra asciende a la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 39/100 ($ 1.872.158,39.-), con Cuadro "E" incluido.-

Que en cumplimiento de la normativa vigente en materia de contrataciones, el Organismo debe llamar a Licitación Pública a fin de llevar a cabo tal obra, encuadrando dicho llamado en lo dispuesto por el Art. 9°, primer párrafo, de la Ley de Obras Públicas N° 13.064

Que conforme surge del Art. 14 de la Ley N° 1251, es atribución de este Directorio "Autorizar y aprobar licitaciones, concursos o contrataciones directas".-

Que este Directorio se encuentra facultado, de conformidad con el precepto citado, a delegar en funcionarios del Instituto de Vivienda el dictado de actos administrativos, cuando ello fuera conveniente por razones operativas, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de la Ley de Creación.-

Que el Pliego de Condiciones Generales que regirá el presente llamado es el "Pliego de Condiciones Generales Tipo - Modalidad Etapa Única", conforme texto ordenado aprobado por el Art. 2° del Acta de Directorio N° 1902/D/05, con las modificaciones aconsejadas por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en Dictamen N° 65.129 de fecha 11/07/08, para los ítems: numeral 1.1.4; numeral 1.3.1; numeral 1.3.4.1 y numeral 1.12.1

Que corresponde agregar, al Art. 1.10.2 del Pliego de Condiciones Generales el día 24 de marzo como feriado nacional

Que la Gerencia de Administración y Finanzas ha realizado la imputación presupuestaria correspondiente mediante el formulario N° 2113/08

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó competente intervención. Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado a fs. 211/213 la intervención que le compete, de acuerdo con lo normado por el Art. 10° de la Ley N° 1218

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por unanimidad.

Por ello SE RESUELVE: 1°) Modificar el Pliego de Condiciones Generales Tipo - Modalidad

Etapa Única, aprobado por el Art. 2° del Acta N° 1902/D/05, con las modificaciones aconsejadas por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en Dictamen N° 65.129 de fecha 11/07/08, para los ítems: numeral 1.1.4; numeral 1.3.1; numeral 1.3.4.1 y numeral 1.12.1, agregándose, asimismo, al Numeral 1.10.2 del mismo, el día 24 de marzo como feriado nacional, que como Anexo integra y forma parte del presente punto. 2°) Aprobar la documentación licitaria integrada por: Pliego de Condiciones Particulares y sus Anexos (1 a 14), Pliego de Especificaciones Técnicas Generales para la Provisión de Agua y Desagües Cloacales y sus Anexos I y III (Anexo II anulado), Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y sus Anexos 1 a 5, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares para la Provisión de Agua, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares para Desagües Cloacales sin Presión Interna y con Presión Interna y Planos, que obran en la actuación de fs. 30 a 199. El Pliego de Condiciones Generales que regirá el presente llamado es el "Pliego de Condiciones Generales Tipo - Modalidad Etapa Única", con las modificaciones establecidas en el art. 1° del presente punto

3°) Llamar a Licitación Pública N° 42/08 para la ejecución de la Obra: "Red de Agua y Red de Cloaca de la Manzana 99N y 99M, Barrio Parque Avellaneda, Ciudad de Buenos Aires", cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS UN MILLON

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OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 39/100 ($ 1.872.158,39.-) con Cuadro "E" incluido

4°) Facultar al Presidente del Directorio a emitir circulares aclaratorias o explicativas, con o sin consulta con relación a la documentación licitatoria hasta cinco (5) días hábiles antes del acto de apertura, como así también, a dictar todos los actos administrativos que fueren menester hasta la adjudicación de la obra, instancia ésta que se reserva el Directorio

5°) Delegar en la Gerencia General la fijación de la fecha de apertura del llamado y la realización de las publicaciones que resultaren necesarias

6°) Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. 7°) Comunicar a todas las Gerencias del Organismo. - Se da por aprobado el presente punto firmando de conformidad los miembros del

Directorio. Cont. Acta N° 2346-D-08 PUNTO N° 16: Ceder a título gratuito y a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires con destino a áreas verdes de uso público - Barrio Cardenal Samoré Visto la Nota N° 6655/IVC/2008 y Considerando: Que las manzanas ubicadas en el Barrio Cardenal Samoré, -delimitado por las

avenidas Teniente General Luis J. Dellepiane, Castañares y Escalada, nomenclatura catastral: Circ. 1, Secc. 64, Mz. 45 D, inscripta en F.R.1-92968; Circ. 1, Secc. 64, Mz. 45 G, inscripta en F.R. 1-92971; Circ. 1, Secc. 64, Mz. 45 M, inscripta en F.R. 1-92977 y Circ. 1, Secc. 64, Mz. 45 T, inscripta en F.R. 1-92984; graficadas en el Plano de Mensura M-242-91, fueron afectadas por Ordenanza N° 45.073 (B.M. 19.125 de fecha 26/9/91) a Distrito UP de Zonificación, en un todo de acuerdo con las normas generales establecidas en el parágrafo 5.4.10 del Código de Planeamiento Urbano.

Que, los predios mencionados pertenecen al dominio de este Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, atento el proceso de regularización dominial al que se encuentra actualmente abocado este Organismo corresponde cumplimentar el trámite de cesión de dichos predios a título gratuito a favor del GCBA, en función de haber sido afectados a áreas verdes de uso público, Distrito UP de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano

Que conforme surge del art. 6 de la ley 1251/2003, este Instituto se encuentra facultado para "Transferir al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en forma onerosa o gratuita, según corresponda todos aquellos bienes muebles o inmuebles, que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública (educacionales, de seguridad o de salud) con cargo la implementación de acciones para el ejercicio de sus respectivas competencias".

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó competente intervención. Que en consecuencia corresponde proceder al dictado de los actos pertinentes, a

efectos de concretar la cesión a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello SE RESUELVE: 1°) Ceder a título gratuito a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las manzanas ubicadas en el Barrio Cardenal Samoré, delimitado por las avenidas Teniente General Luis J. Dellepiane, Castañares y Escalada, cuya Nomenclatura Catastral y ubicación es la siguiente, conforme lo graficado en el Plano de mensura M-242-91:

Circ. 1, Secc. 64, Mz. 45 D, inscripta en F.R.1-92968; Av. Castañares S/N, esq. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane, esq. Sin nombre oficial

Circ. 1, Secc. 64, Mz. 45 G, inscripta en F.R. 1-92971; Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane S/N, esq. Sin nombre oficial, esq. Sin nombre oficial, esq. Sin nombre oficial.

Circ. 1, Secc. 64, Mz. 45 M, inscripta en F.R. 1-92977; Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane S/N, esq. Sin nombre oficial, esq. Sin nombre oficial, esq. Sin nombre oficial. Circ. 1, Secc. 64, Mz. 45 T, inscripta en F.R. 1-92984; Av. Tte. Gral. Luis J. Dellepiane S/N, esq. Sin nombre oficial, esq. Sin nombre oficial, esq. Sin nombre

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oficial. 2°) Facultar al Sr. Presidente de este Instituto a suscribir toda la documentación a

que hubiere lugar 3°) Publicar el presente punto en el Boletín Oficial de esta ciudad. 4°) Cumplido, se gire a la Dirección General de Escribanía de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires a fin que proceda a la inscripción registral correspondiente. Se da por aprobado el presente punto firmando de conformidad los miembros del Directorio. Apelbaum - Niño - Pérez - Petrini -

ACTA N° 2.347 - D/08

PUNTO N° 13: Llamado a Contratación Directa N° 45/08 - Ejecución del reacondicionamiento de gabinetes de gas y reemplazo de cañerías de gas externas hasta los artefactos e instalaciones complementarias hasta un máximo de quinientas veinte (520) viviendas del Conjunto Urbano Comandante Luis Piedrabuena.

Visto la Nota N° 6616/IVC/2008 y; Considerando: Que, de lo actuado en la Nota N° 6616/IVC/08 surge la necesidad

de contratar por urgencia los trabajos para la habilitación del servicio de gas de hasta quinientas veinte (520) unidades funcionales del Conjunto Urbano Comandante Luis Piedrabuena. Que, a fojas 1, el área técnica del Organismo informa que: "Esta urgencia surge del Operativo de Inspecciones y Cortes realizado a partir de enero del corriente año y hasta la fecha por la Empresa Metrogas S.A. por cuenta y orden de ENERGAS, por el cual detectara pérdidas del fluido en barrales, pilares y hasta en la dobla de entrada que le corresponde a la empresa prestataria del servicio", aclarando que "…el suministro no será restituido hasta tanto no se realicen los arreglos y se adecue la instalación al ordenamiento jurídico de vigor". Que, la situación descripta afecta a un total estimado de 2.500 personas, de las cuales un alto porcentaje son ancianos, con graves problemas de salud, de movilidad y de discapacidad, requiriéndose de una inmediata solución. Que, conforme surge de los principios enunciados en el Art. 4° de la Ley 1251 de Creación de este Organismo, el mismo debe promover el efectivo ejercicio del derecho de hábitat y a la vivienda de todos los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual implica "…ejecutar políticas y acciones que permitan la puesta en valor, recuperación y mantenimiento edilicio de los complejos urbanos y de vivienda en barrios que se encuentran dentro de la órbita de la administración del Instituto de Vivienda…" (Art. 6 de la Ley 1251 incorporado por el Art. 1 de la Ley 2275). Que, la Ley 2737 ha declarado la emergencia de infraestructura y ambiental del Complejo Habitacional que nos ocupa por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días. Que, por lo expuesto precedentemente, la obra de la referencia puede ser realizada mediante el procedimiento de excepción de Contratación Directa por "urgencia", prevista en el inc. c) del Art. 9 de la Ley de Obras Públicas N° 13.064.- Que, el presupuesto oficial de los trabajos a realizar asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS VIENTICINCO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS CON 00/100 ($ 4.725.526,00.-). Que, a fojas 216/300 obran los Pliegos de Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y de Especificaciones Técnicas Particulares.- Que el Pliego de Condiciones Generales que regirá el presente llamado es el "Pliego de Condiciones Generales Tipo - Modalidad Etapa Única", modificado por el articulo 1° del Punto N° 12 del Acta de Directorio N° 2346/D/2008.

Que se ha efectuado la imputación presupuestaria preventiva mediante formulario N° 2021/08Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos tomó competente intervenciónQue, a fojas 314/316, obra el Dictamen N° 65.527 de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo normado por el Art. 10 de la Ley 1218 modificado por el art. 141 de la Ley N° 2095/2006.

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Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba por unanimidad. Por ello.

SE RESUELVE: 1°) Aprobar la documentación que regirá el llamado a Contratación Directa N° 45/08 para la ejecución del reacondicionamiento de gabinetes de gas y reemplazo de cañerías de gas externas hasta los artefactos e instalaciones complementarias hasta un máximo de quinientos veinte (520) viviendas del Conjunto Urbano Comandante Luis Piedrabuena, que obran a fs. 216/300 integrada por: Pliego de Condiciones Particulares y sus Anexos, Pliego de Especificaciones Técnicas Generales y sus Anexos y Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y sus Anexos2°) Llamar a Contratación Directa N° 45/08 cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100 ($ 4.725.526,00.-)

3°) Facultar al Presidente del Directorio a emitir Circulares aclaratorias con o sin consulta, como así también a dictar todos los actos administrativos que fueren menester hasta la adjudicación de la obra.

4°) Delegar en la Gerencia General la fijación de la fecha de recepción y apertura de las ofertas, y la realización de las publicaciones de ley y de aquellas que estime pertinente, así como también aprobar la nómina de empresas a invitar.

5°) Comunicar a las Gerencias General, Asuntos Jurídicos, Técnica y Administración y Finanzas.

6°) Publicar el presente punto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos AiresSe da por aprobado el presente Punto firmando de conformidad los miembros del Directorio Apelbaum - Pérez - Petrini - Niño

Nota: El Pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en el Departamento de Compras y Evaluación de Ofertas, Carlos Pellegrini 211 -6° Piso Ciudad de Buenos Aires.

RESOLUCIÓN 165 - CSEL/08

Buenos Aires, 13 de agosto de 2008.

VISTO: El estado del concurso nro. 33/08, convocado para cubrir un cargo de Asesor

Tutelar ante la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas, y

CONSIDERANDO: Que en dicho concurso por Res. CSEL N°. 134/2008 se intimó a la Dra. María

Fernanda Pérez para que presentara ante la Secretaría de la Comisión de Selección

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de Jueces, Juezas e integrantes del Ministerio Público, el certificado original actualizado del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

Que el 22 de julio del corriente, la Dra. Pérez se notificó de la mencionada resolución.

Que el 24 de julio de 2008 por Ress. CSEL nros. 152/08 y 153/08, respectivamente, se efectuó la preselección en el concurso y se fijó el 23 de agosto del corriente para recibir la prueba escrita en el presente concurso.

Que por actuación nro. 18.578/08, ingresada el 13 de agosto del corriente, la abogada Pérez presentó el certificado del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal solicitado.

Que, en consecuencia, habiendo cumplimentado con lo dispuesto por el artículo 12 del Reglamento de concursos -aprobado mediante Res. CM nro. 160/2005- corresponde preseleccionar a la Dra. María Fernanda Pérez, inscripta bajo el nro. 95, en el concurso convocado para cubrir un (1) cargo de Asesor Tutelar ante la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas.

Por ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ley N° 31, y el citado Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados e integrantes del Ministerio Público,

LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DE JUECES, JUEZAS E INTEGRANTES DEL MINISTERIO PÚBLICO

RESUELVE:

Art. 1°: Preseleccionar a la Dra. María Fernanda Pérez, inscripta bajo el nro. 95, en el concurso convocado para cubrir un (1) cargo de Asesor Tutelar ante la Justicia de Primera Instancia en lo Contravencional y de Faltas (concurso nro. 33/08).

Art. 2°: Notifíquese a la interesada del examen escrito dispuesto para el sábado 23 de agosto del corriente a las 9, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento de concursos.

Art. 3°: Regístrese, comuníquese al Plenario del Consejo, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, oportunamente, archívese. Daniele -Vélez- Moya

RESOLUCIÓN N° 196 - FG/08

Buenos Aires, 15 de agosto de 2008.

VISTO: La Actuación Interna N° 1292/07.

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/ 1vta, reiterado a fs. 10/10 vta., 11 y 43 de las actuaciones mencionadas en el Visto, obra el requerimiento efectuado por la SECRETARIA GENERAL DE ACCESO A JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicitando la ampliación del espacio físico con el que cuentan las dependencias a su cargo, fundando su solicitud en la

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Resolución FG N° 44/07, referente a la creación de las UNIDADES DE ORIENTACION Y DENUNCIAS (UOD), demandando la locación de un inmueble en el barrio de Villa Lugano, donde se ubicara una de ellas.

Que a fs. 43, la OFICINA DE ACCESO A JUSTICIA, mediante Nota OFAJ N° 89/08 hace saber que el reciente traspaso de competencias penales a la justicia local ha incrementado notablemente la carga de trabajo de este MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, aumentando el promedio de denuncias recibidas en la UOD N° 1 en mas del CIEN POR CIENTO (100%), y agrega que para dar cumplimiento con el cronograma fijado por la Resolución FG N° 44/07, durante este ano 2008 deben ponerse en funcionamiento cuatro (4) nuevas UOD, concluyendo en consecuencia que es necesario contar con suma urgencia y a la brevedad con otra Unidad, a efectos de permitir alivianar la recepción de denuncias contravencionales y penales.

Que las razones esgrimidas por el señor Secretario General de Acceso a Justicia y Derechos Humanos y por la señora Secretaria a cargo de la OFICINA DE ACCESO A JUSTICIA dependiente de la misma Secretaria, autorizan a tener por demostrada la existencia de circunstancias urgentes e imprevistas que permiten tener por configurada la causal de urgencia prevista por la normativa de contrataciones, Ley 2095 y su reglamentación, circunstancia habilitante de la posibilidad de impulsar una contratación directa en los términos del articulo 28 inciso 1° de la Ley N° 2095.

Que oportunamente intervino la OFICINA DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO Y CONTABLE a efectos de dar inicio al tramite de locación mediante contratación directa en los términos mencionados de la Ley de Compras de la Ciudad.

Que a fs. 6/9 y 46 obra agregada a las actuaciones información acerca de cuatro (4) inmuebles dados en locación en la zona requerida.

Que a fs. 32/39 obra glosado el informe de valuación efectuado por el BANCO CIUDAD con relación al inmueble sito en la calle José León Suárez 5088, en el que se establece que la valuación del alquiler mensual para dicho inmueble es de PESOS TRES MIL SEISCIENTOS ($ 3.600), valor que no incluye el IVA, gastos de expenses ni servicios (conforme fs. 37).

Que conforme lo informado a fs. 65 por el DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD dependiente de la OFICINA DE PROGRAMACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO, existen partidas suficientes para afrontar la locación referida para el ejercicio 2008 por un total de $ 15.200, agregando que se procedió a efectuar el registro del compromiso preventivo correspondiente, incluyendo las previsiones para la formulación del Presupuesto 2009 por la suma de $ 48.000, para el Presupuesto 2010 por la suma de $ 55.200 y para el Presupuesto 2011 por la suma de $ 40.000.

Que, por ultimo, cabe dejar sentado que a fs. 54 el señor Secretario General de Política Criminal y Planificación Estratégica, interinamente a cargo entonces de la SECRETARÍA GENERAL DE ACCESO A JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, ha prestado conformidad con la locación del inmueble de la calle José León Suárez 5088 de esta ciudad, manifestando que resulta apto para cumplir con los requerimientos del área, expresando además que el inmueble se encuentra dentro de un radio adecuado para la realización de las actividades propias de la UNIDAD DE ORIENTACION Y DENUNCIAS a ser allí localizada.

Que la Ley N° 2095, en su articulo 28, establece que "la contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la invoca", previendo en su inciso 1° la causa de "razones de urgencia".

Que la cuestión del espacio físico de este MINISTERIO PUBLICO FISCAL ha merecido la atención del suscripto desde el inicio de su gestión, habiendo sido calificada de preocupante en la Resolución FG N° 1/07, atento sus condiciones de precariedad y escasez, situación que no ha sido modificada en su sustancia hasta la fecha, encontrándose este MINISTERIO PUBLICO FISCAL limitado por la normativa que lo rige, en cuanto a las opciones que permitan satisfacer adecuadamente dichas

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carencias, lo que torna la situación aun mas angustiante si se considera las importantes e indelegables funciones que la Constitución de la Ciudad y la Ley N° 1903 ponen a su cargo, y el aumento de volumen de trabajo que proyecta esta FISCALIA GENERAL.

Que las razones esgrimidas por los señores Secretarios Generales de Acceso a Justicia y Derechos Humanos y de Política Criminal y Planificación Estratégica demuestran la existencia de circunstancias urgentes e imprevistas que imposibilitan que se proceda a la contratación mediante el procedimiento de licitación publica, razones que responden a circunstancias objetivas y cuya magnitud impide la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno, conforme lo dispone el inciso 1° del artículo 28 de la ley N° 2095, lo que permite tener por configuradas dichas exigencias legales.

Que, entre los considerandos de la Resolución FG N° 44/07, por la que se aprobó el proyecto de creación de UNIDADES DE ORIENTACION Y DENUNCIAS en el ámbito del MINISTERIO PUBLICO FISCAL, decía que "en un sistema penal acusatorio el Ministerio Publico Fiscal, constituye la puerta de ingreso de dichos conflictos y por lo tanto debe establecer dentro de su estructura, los mecanismos que permitan generar canales reales de acercamiento entre la comunidad y el sistema judicial - especialmente de aquellos sectores de menores recursos -, todo ello en cumplimiento del deber de brindar justicia; velando por la normal prestación del servicio en condiciones de igualdad y procurando la satisfacción del interés social", fijando como uno de esos mecanismos, la creación de las UNIDADES DE ORIENTACION Y DENUNCIAS, las que tienen como objetivo general modificar los mecanismos tradicionales a través de los cuales el MINISTERIO PUBLICO FISCAL se relaciona directamente con la comunidad para atender a sus necesidades de justicia, y así garantizar el efectivo ejercicio de los derechos, facilitando el acceso de la ciudadanía a los organismos públicos o privados.

Que atento lo expuesto hasta aquí, corresponde autorizar y aprobar la locación del inmueble sito en la calle José León Suárez N° 5088 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un plazo de tres (3) anos, mediante el procedimiento de contratación directa en los términos de lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1° de la Ley N° 2095, con un presupuesto total de PESOS CIENTO CINCUENTA YOCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 158.400), y aprobar el contrato de locación que obra como Anexo I a la presente, mediante el cual se gira el vinculo contractual con el locador.

Que, asimismo, resulta necesario aprobar el gasto por la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 640,82) imputable a la partida presupuestaria pertinente y al ejercicio fiscal correspondiente destinado a abonar la factura B N° 009100005047 del BANCO CIUDAD (fs. 33), en concepto de arancel por tareas de valuación.

Que, por ultimo, resulta de merito aprobar el gasto por la suma de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 7.920) imputable a la partida presupuestaria pertinente y al ejercicio fiscal correspondiente destinado a abonar los honorarios por comisión inmobiliaria correspondientes a la INMOBILIARIA HOLDER, conforme se encuentra previsto en la Reglamentación al artículo 78, dictada por Resolución CCAMP 11/07, .y de acuerdo con lo establecido en la Ley 2340, en particular su artículo 11 inciso 2°.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los artículos 1,2, 17, 21 inciso 2°, 22, 23 y concordantes de la Ley N° 1903,

EL FISCAL GENERAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el procedimiento y apruébase la locación del inmueble sito

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en la calle José León Suárez N° 5088 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un plazo de tres (3) años mediante el procedimiento de contratación directa, en los términos de lo dispuesto en el artículo 28 inciso 1° de la Ley N° 2095, con un presupuesto total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 158.400).

ARTICULO 2°.- Apruébase el contrato de locación que como ANEXO I forma parte de la presente, y mediante el cual se regirá el vinculo contractual con el locador, Sr. Francisco CICHELLO.

ARTICULO 3°.- Autorízase el gasto por un total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 158.400) imputable a la partida presupuestaria

pertinente y al ejercicio fiscal correspondiente. ARTICULO 4°.- Autorízase el gasto por un total de PESOS SEISCIENTOS

CUARENTA CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS ($ 640,82) imputable a la partida presupuestaria pertinente y al ejercicio fiscal correspondiente destinado a abonar la factura B N° 009100005047 del BANCO CIUDAD (fs. 33), en concepto de arancel por tareas de valuación.

ARTICULO 5°..- Autorízase el gasto por la suma de PESOS SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE ($ 7.920) imputable a la partida presupuestaria pertinente y al ejercicio fiscal correspondiente destinado a abonar los honorarios por comisión inmobiliaria correspondientes a la INMOBILIARIA HOLDER,

ARTICULO 6°.- Delegase en la SECRETARIA GENERAL DE COORDINACION la facultad para realizar todas las gestiones que se deriven de la vinculación contractual, y la relación con el locador, incluyendo la facultad para suscribir el contrato de locación en los términos del instrumento que se aprueba conforme el artículo 2° de la presente Resolución, así como la vinculación con el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA de la CABA en todo lo necesario para la ejecución de los pagos que irrogue la presente medida.

ARTÍCULO 7°.- Publíquese el contrato en la cartelera de la UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES y en la pagina de Internet del MINISTERIO PUBLICO. ARTICULO 8°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se deberá atender con cargo a la partida especifica del Presupuesto General de Gastos de este MINISTERIO PUBLICO FISCAL y teniendo en consideración el ejercicio fiscal que corresponda.

DISPOSICIÓN N° 79 - DGTAPG/08

Buenos Aires, 15 de agosto de 2008.

Visto la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2.557) mediante la cual se establecen las normas básicas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario Decreto N°

ARTÍCULO 9°.- Invitase a la señora titular de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del MINISTERIO PUBLICO a realizar el control concomitante del presente procedimiento y de la relación contractual sobreviniente.

Regístrese, publíquese en la pagina de Internet del MINISTERIO PUBLICO FISCAL, en la cartelera de la UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES, y por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL DE LA ClUDAD, comuníquese a/CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS/AIRES, a la SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN, y oportunamente archívese. Garavano

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754/GCBA/08, y el Expediente N° 31.253/2008, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/08 (BOCBA N° 2961) establece como Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Dirección General de Compras y Contrataciones;

Que, mediante el Expediente N° 31.253/2008 se tramita la adquisición de "Utiles de oficina y escritorio" con destino a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto aproximado total de PESOS CIENTO ONCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON 50/100 ($111.582,50), por ser los mismos de indispensable necesidad para la realización de las tareas que se llevan a cabo en las distintas áreas de la misma.

Que, se ha realizado la afectación preventiva de fondos obrante en la solicitud de gasto N° 21131/2008;

Que a fin de concretar la adjudicación precitada, resulta oportuna la celebración de una licitación privada, encuadrada en los términos del art. 31) de la Ley N° 2.095.

Que, por Disposición N° 171-DGCyC-2008 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo N° 85 de la Ley N° 2095 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales;

Que, mediante Resolución N° 185-PG-07 y su modificatoria N° 248-PG-08, se creó la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en el ámbito de la Dirección General Técnica Administrativa, conforme lo dispuesto por el artículo 19° de la Ley 2.095 reglamentada por Decreto N° 754/GCBA/08;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13° de la Ley N° 2095 reglamentado por el Decreto N ° 754/GCBA/08 (BOCBA N ° 2658); se ha procedido a confeccionar el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas;

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO DISPONE:

Art.1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, para la adquisición "Útiles de oficina y escritorio" con destino a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto aproximado de PESOS CIENTO ONCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS CON 50/100 ($111.582,50),

Art. 2°.- Llámese a Licitación Privada N° 336/08 para el día 01 de septiembre del 2008, a las 14:00 hs., al amparo de lo establecido en el Art. N° 38 de la Ley N° 2095 promulgada por Decreto N° 1772/GCBABA/2006 ( B.O.C.A.B.A N° 2557). La misma se llevará a cabo en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en la calle Uruguay N° 440, 1er piso, oficina N° 114.-

Art. 3°.-Remítanse las invitaciones de acuerdo con lo establecido por el art. 93° de la Ley 2095; reglamentado por el Decreto 754/GCBA/08 (BOCBA N ° 2658).-

Art. 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por UN (1) día, con TRES (3) de anticipación, Publíquese en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, por el término de un (1) día y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/.

Art. 5°.- Regístrese, y remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones para la prosecución de su trámite.- Peppi

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DISPOSICIÓN N° 80 - DGTAPG/08

Buenos Aires, 15 de agosto de 2008.

Visto la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2.557) mediante la cual se establecen las normas básicas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/08 (BOCBA N° 2961), y el Expediente N° 4.144/2008, y;

CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06 (B.O.C.B.A. N°

2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/08 (BOCBA N° 2961) establece como Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Dirección General de Compras y Contrataciones;

Que, mediante el Expediente N° 4.144/2008 se tramita "Adquisición de Resmas de Papel" con destino a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, se ha realizado la afectación preventiva de fondos obrante en la solicitud de gasto N° 21.708/2008;

Que, por Disposición N° 171-DGCyC-2008 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Articulo N° 85 de la Ley N° 2095 aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales;

Que, mediante Resolución N° 185-PG-07 y su modificatoria N° 248-PG-08 se creó la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en el ámbito de la Dirección General Técnica Administrativa, conforme lo dispuesto por el artículo 19° de la Ley 2.095 reglamentada por Decreto N° 754/GCBA/08 (BOCBA N° 2961);

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13° de la Ley N° 2095 reglamentado por el Decreto N ° 754/GCBA/08 (BOCBA N ° 2658); se ha procedido a confeccionar el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.-

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO DISPONE:

Art. 1°.- Apruébase el Pliego Cláusulas Particulares, que como anexo forman parte del presente;

Art. 2°.- Llámase a la Licitación Privada N° 335/08. La apertura de ofertas de la misma tendrá lugar el día 1 de Septiembre del 2008, a las hs. 13:00, a llevarse a cabo en la Unidad Operativa de Adquisiciones dependiente de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en la calle Uruguay N° 440, 1er piso, oficina N° 114, al amparo de lo establecido en el Artículo N° 31 de la Ley N° 2095 para la "Adquisición de Resmas de Papel", con destino a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un monto aproximado de PESOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS ($87.900).-

Art. 3°.- Remítanse las invitaciones de acuerdo con lo establecido por el art. 93° de la Ley 2095; reglamentado por el Decreto 754/GCBA/08 (BOCBA N ° 2658).-

Art. 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por UN (1) día, con TRES (3) de anticipación, Publíquese en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones, por el término de un (1) día y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, página Web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta/.

Art. 5°.- Regístrese, y remítase a la Unidad Operativa de Adquisiciones para la prosecución de su trámite.- Peppi

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RESOLUCIÓN N° 71 - SGCBA/08

Buenos Aires, 14 de agosto de 2008

VISTO la Carpeta SGCBA N° 158/2008, y;

CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 99-SGCBA-2006 se aprobó la Estructura Organizativa de la

Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires para sus estamentos superiores, estableciéndose sus Misiones y Funciones;

Que por Resolución N° 99-SGCBA-2007 se designó interinamente en el cargo de Jefe de Equipo a la Srta. ELCANO, María Georgina, D.N.I. N° 28.563.912, a partir del día 1° de noviembre de 2007;

Que la Srta. ELCANO, María Georgina, D.N.I. N° 28.563.912, presentó su renuncia al cargo interino de Jefe de Equipo, a partir del día 11 de agosto de 2008;

Que corresponde aceptar la renuncia presentada; Que la Gerencia General Normativa ha tomado la intervención que le compete; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 5° del artículo 130° de

la Ley N° 70;

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.Acéptase, a partir del día 11 de agosto de 2008, la renuncia presentada por la Srta. ELCANO, María Georgina, DNI N° 28.563.912, al cargo interino de Jefe de Equipo de esta Sindicatura General.

ARTÍCULO 2°. Regístrese, notifíquese al interesado, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y de Sistemas. Cumplido, archívese.. Rial

RESOLUCIÓN N° 95 - ERSP/08 Buenos Aires, 14 de agosto de 2008.

Visto el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, el Reglamento de Procedimiento de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución N° 28 del 4 de octubre de 2001 y su modificatoria N° 51 del 12 de diciembre de 2002,

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el Expediente N° 617/EURSPCABA/2006,y

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la Administración Central o descentralizada o por terceros para la defensa y protección de los derechos de los usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto.

Que, de acuerdo al Art. 2° inc. d) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su control se encuentra el control de estacionamiento por concesión.

Que, el Art. 3° incs. b), e) j) k) y l) establece como funciones de este Ente, entre otras, controlar las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene calidad, continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y habilitaciones; recibir y tramitar las quejas y reclamos de los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando el debido proceso.

Que, el Expediente N° 617/EURSPCABA/2006 se inicia a raíz de las fiscalizaciones realizadas a las playas de estacionamiento denominadas Catalinas I y II, ubicadas en la Av. Córdoba entre Leandro N. Alem, Madero y San Martín y Av. Córdoba y Madero, concesionadas a la empresa Sabipark S.A.

Que, el instructor señala que, de acuerdo a lo establecido con el Capítulo III, Art. 24 del Reglamento de Procedimiento de Controversias y Sanciones del Organismo, y entendiendo que las actas obrantes no cumplen con lo establecido en el Art. 22 del citado reglamento, y a fin de evitar posibles nulidades, no existe mérito suficiente para la formulación de cargos contra la empresa Sabipark S.A.

Que, asimismo, recomienda el archivo de las presentes actuaciones y la apertura de un nuevos expedientes con las actas de las fiscalizaciones confeccionadas en debida forma.

Que, la Secretaría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Desestimar la aplicación de sanciones a la empresa Sabipark S.A., concesionaria de las playas de estacionamiento denominadas Catalinas I y II, sitas en la Av. Córdoba entre Leandro N. Alem, Madero y San Martín y Av. Córdoba y Madero, conforme lo establecido por el Art. 22 del Reglamento de Procedimiento de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2° Archivar el Expediente N° 617/EURSPCABA/2006. Art. 3°: Ordenar la realización de una nueva inspección a las playas de

estacionamiento mencionadas en el Art. 1°. Art. 4°:Notifíquese a la empresa Sabipark S.A. Art. 5°:Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad. Comuníquese a la

Gerencia General, las Gerencias Técnica de Control y de Planificación del Control y a

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la Secretaría Legal. Cumplido, archívese. Campolongo - Barrea de Ruiz - Balbi García Buitrago - Rozenberg

RESOLUCIÓN N° 96 - ERSP/08 Buenos Aires, 14 de agosto de 2008.

Vista la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 212 del 28 de diciembre de 2007, el Expediente N° 301/EURSPCABA/2004, y

CONSIDERANDO:

Que, la Secretaría Legal advirtió que se cometió un error material al no coincidir la Resolución N° 212/EURSPCABA/2007 con el dictamen legal y el correspondiente proyecto de resolución aprobado por el Directorio a través del Acta N° 254.

Que, en consecuencia corresponde subsanar el error dejando sin efecto lo dispuesto a través de la citada norma, por resultar la misma nula.

Que, la Secretaría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello,

EL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Dejar sin efecto lo dispuesto a través de la Resolución N° 212/EURSPCABA/2007.

Art. 2°: Poner en conocimiento de la Dirección General de Limpieza, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, lo dispuesto en la presente resolución.

Art. 3° Notifíquese de la presente a la empresa Solurban S.A. Art. 4° Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad. Comuníquese a la

Gerencia General, las Gerencias Técnica de Control, de Planificación del Control, de Usuarios y de Administración y a la Secretaría Legal.. Cumplido, archívese. Campolongo - Barrea de Ruiz - Balbi - García Buitrago - Rozenberg

RESOLUCIÓN N° 97 - ERSP/08 Buenos Aires, 14 de agosto de 2008.

Visto el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 757, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad, los Decretos N° 1162/2002 y N° 2356/2003, la Ley Nacional N° 24.240, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución N° 28 del 4 de octubre de 2001 y su modificatoria N° 51 del 12 de diciembre de 2002, el Expediente N° 233/EURSPCABA/2004, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce el control,

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seguimiento y resguardo de los servicios públicos cuya prestación o fiscalización se realice por la administración central o descentralizada por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de las leyes que se dicten al respecto.

Que, el Art. 2° inc. e) de la Ley N° 210, establece que se entiende como servicio público, a los efectos de la aplicación de la misma, la conservación y mantenimiento vial por peaje.

Que, conforme el Art. 3° inc. j) y k) de la Ley N° 210 el Ente tiene como función, entre otras y respecto de los servicios enumerados en el art. 2° de la misma ley recibir y tramitar quejas y reclamos que efectúen los usuarios en sede administrativa tendientes a resolver el conflicto planteado con el prestador y ejercer la jurisdicción administrativa.

Que, el Art. 20 de la Ley N° 210 expresa que toda controversia que se suscite entre los sujetos de los distintos servicios regulados, así como con todo tipo de terceros interesados, ya sean personas físicas o jurídicas, con motivo de la prestación del servicio, debe ser sometida en forma previa al conocimiento y consideración del Ente a cuyo efecto dicta las normas reglamentarias pertinentes.

Que, es facultativo para los usuarios el sometimiento a la jurisdicción previa del Ente.

Que, conforme lo establecido en el Decreto N° 1162/2002 a Autopistas Urbanas S.A. (AUSA) se le otorga el carácter de concesionaria de la explotación, mantenimiento y administración de la red de Autopistas formadas por las Au 25 de Mayo, Perito Moreno, y otras.

Que, a la fecha del accidente Autopistas Urbanas S.A. tenía el carácter de concesionaria de las Autopistas 25 de Mayo y Perito Moreno.

Que, el Sr. Francisco Tronetti efectúa un reclamo contra Autopistas Urbanas S.A., con motivo de los daños sufridos en el vehículo por él conducido y de su propiedad, el día 03/04/04.

Que, con la copia fiel de la cédula de identificación del automotor obrante a fs. 5/5vta., queda acreditada la titularidad del rodado Renault 21 Dominio URJ 582, por parte del reclamante al momento del siniestro.

Que, a fs. 3 y 4 se acompañan presupuestos por reposición y colocación de parabrisas por valores de pesos trescientos noventa ($390), y pesos trescientos ochenta y cinco ($385), respectivamente.

Que, a fs. 10 en el Formulario de Queja de Autopistas Urbanas S.A. N° 00001569, el Sr. Tronetti expone "… Casi llegando a la zona de peaje (1, 5 Km aprox) sentido Liniers, en una parte con calzada en reparación un vehículo delante mío posiblemente me arrojó una piedra astillando el parabrisas…".

Que, a fs. 2 en nota suscripta por el reclamante, éste manifiesta: "… El día 03/04/2004 siendo las 4 de la mañana en un tramo de la autopista, la cual estaba en reparación, un vehículo delante de mi arroja presumiblemente una piedra, de este modo se rompe el parabrisas de mi auto. En la oficina del peaje Avellaneda hago el reclamo correspondiente. El día 14/04/2004 me envían una nota en la cual desestiman mi pedido diciendo que no tienen responsabilidad, teniendo en cuenta que la calzada la limpian sistemáticamente. Con fecha 19/04/2004 envío carta documento rechazando de plano dicho argumento ya que no se trata de falta de limpieza sino que la zona en reparación incluía fresado de la calzada, con lo que puede ser muy probable la existencia de elementos sueltos…".

Que, con fecha 15/10/04 Autopistas Urbanas S.A. se notifica de la tramitación del reclamo y la apertura del sumario y a fs. 29/37 Autopistas Urbanas S.A. efectúa el descargo.

Que, a fs. 43 y con fecha 16 de diciembre de 2004, y habiéndose llamado a la audiencia convocada, se deja constancia de la incomparecencia del Sr. Francisco Tronetti y de Autopistas Urbanas S.A.

Que, a fs. 44 se remite el expediente para su dictamen técnico.

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Que, a fs. 45/6 el área técnica informa "… que es imposible mantener la traza libre de objetos extraños las 24 hs. del día, teniendo en cuenta el gran número de causales por los que pueden existir objetos extraños sobre la traza de las autopistas, como ser carga mal estibada, partes desprendidas de vehículos, entre otras…".

Que, a fs. 47 y con fecha 24/05/05 la instrucción resuelve como medida de mejor proveer y de acuerdo con lo normado por el Art. 29 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, intimar a Autopistas Urbanas S.A. a que acompañe "… todos los datos concernientes a trabajo de mantenimiento y/o reparación de la traza de la autopista cercana a la zona de Peaje Avellaneda sentido Liniers (aprox. a la altura del 1,5Km) que se hayan efectuado durante el período de los meses de marzo y abril de 2004…"; en el mismo acto se cita a prestar declaración testimonial Nora Marta Blázquez, mencionada en la carta documento remitida por el Sr. Tronetti (fs. 7) y a Vito Provenzano, mencionado también en la carta documento aludida y en el Formulario de Queja de fs. 10.

Que, a fs. 48 se notifica Autopistas Urbanas S.A. de las audiencias testimoniales y del requerimiento efectuado; a fs. 49 obra cédula de notificación al Sr. Vito Provenzano, supervisor de Autopistas Urbanas S.A. y a fs. 50 consta cédula de notificación al Sr. Tronetti, quedando a su cargo la notificación de la testigo Nora Marta Blázquez.

Que, a fs. 53 y con fecha 10/06/05 se llama a la audiencia testimonial fijada, dejándose constancia de la presencia del apoderado de Autopistas Urbanas S.A., y de las incomparecencias de la testigo Nora Marta Blázquez, y del reclamante.

Que, a fs. 56 y con fecha 15 de junio de 2005 se agrega la declaración testimonial brindada por el Sr. Vito Provenzano.

Que, a fs. 57/61 y por Registro N° 838/EURSPCABA/2005, Autopistas Urbanas S.A enuncia que la Gerencia de Mantenimiento y Conservación manifiesta que el Km. 1,5 se encuentra a 4 Km. de distancia del Peaje Avellaneda, y que en la cédula se expresa "… autopista cercana a la zona de Peaje Avellaneda sentido Liniers (aprox. a la altura del 1,5km)…", por lo que solicita que se establezca con mayor precisión la zona que se refiere en la intimación.

Que, a fs. 63 Autopistas Urbanas S.A. solicita se tenga por perdido el testimonio de la testigo Nora Marta Blázquez, atento la incomparecencia de la testigo a las audiencias fijadas y a fs. 63 vta. se hace lugar a lo solicitado por Autopistas Urbanas S.A. respecto de la testigo Blázquez.

Que, a fs. 64 la Instrucción solicita que "… en un plazo de diez (10) días y bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 316 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, Autopistas Urbanas S.A. acompañe los datos concernientes a trabajos de mantenimiento y/o reparación que se hayan efectuado en la Autopista Perito Moreno sentido Liniers, previo al Peaje Avellaneda, durante los meses de marzo y abril de 2004…" , y a fs. 64 vta., con fecha 27/07/05 Autopistas Urbanas S.A. se notifica del requerimiento y retira copia del mismo.

Que, a fs. 67/8 y bajo el Registro N° 1535/EURSPCABA/2005 de fecha 21/10/05, Autopistas Urbanas S.A. contesta el requerimiento efectuado.

Que, a fs. 69/71 se ponen los autos para alegar por el término de diez (10) días. Que, a fs. 73/79 Autopistas Urbanas S.A. presenta su alegato, y en el descargo

presentado por Autopistas Urbanas S.A., se pretende hacer destacar que "... El primer punto a detenerse es la ausencia de pruebas aportadas por el reclamante, que legitimen su pretensión. En tal sentido, las únicas pruebas que aporta el Sr. Tronetti son un formulario de reclamo y un ticket de peaje, elementos que pueden ser adquiridos por cualquier persona, sin otra condición más que la de acceder a la traza…".

Que, manifiesta asimismo en dicho descargo la sumariada que: "… posee cámaras instaladas a lo largo de la traza, las que son monitoreadas por personal del C.C.I (Centro de Control Inteligente) a fin de controlar, en tiempo real, que la circulación de los vehículos se desarrolle con total normalidad…".

Que, Autopistas Urbanas S.A. expone en su alegato de fs. 73/79 que: "… los únicos

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elementos que aporta el Sr. Tronetti, a efectos de comprobar los supuestos hechos, son sus dichos, un formulario de reclamo, una copia de contestación de Autopistas Urbanas S.A. y un testigo…".

Que, agrega en su alegato la reclamada "… En cuanto al formulario de reclamo y la contestación de Autopistas Urbanas S.A., es menester señalar que cualquier persona, por el solo hecho de solicitarlo, tiene la posibilidad de acceder a la confección de dicho formulario, pudiendo plasmar en él, cualquier tipo de inquietud y en consecuencia, a partir de ello, obtener la correspondiente respuesta de la empresa…".

Que, argumenta también Autopistas Urbanas S.A. en el alegato aludido que: "… cabe señalar que la única testigo, Sra. Nora Marta Blázquez, propuesta por el Sr. Tronetti, no compareció a las audiencias fijadas por el Ente (…) Al respecto, debemos destacar que mi mandante, en virtud de la no comparecencia del testigo en cuestión, solicitó que se tenga por perdido el testimonio, solicitud a la que el Ente hizo lugar…".

Que, es conveniente indicar algunas contradicciones expuestas por Autopistas Urbanas S.A.

Que, en primer término se señala como ausencia de pruebas aportadas por el reclamante (fs 29 vta), y párrafo más abajo se menciona "… las únicas pruebas son (…) un formulario de reclamo y un ticket de peaje (fs. 29 vta.).

Que, Autopistas Urbanas S.A. también refiere como prueba a sus dichos, un formulario de reclamo, copia de contestación de Autopistas Urbanas S.A. y un testigo (fs. 74).

Que, ya se cuenta con más prueba, porque se tienen los dichos del Sr. Tronetti y la contestación de Autopistas Urbanas S.A..

Que, conforme el Art. 17 del Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Organismo, rige el principio de las cargas dinámicas de la prueba, conforme al cual cada parte tiene la obligación de aportar aquellas pruebas para las que se encuentre en mejores condiciones a tales efectos.

Que, asimismo, debe tenerse en cuenta el principio protectorio que rige el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Organismo, que dice que en caso de duda sobre la aplicación, interpretación o alcance de la normativa legal o contractual, prevalecerá la más favorable al usuario y consumidor.

Que, Autopistas Urbanas S.A. al momento de efectuar su descargo no ofrece prueba, pudiendo hacerlo y por ello, y a los fines de la obtención de la verdad material, la instrucción dispone requerir a la reclamada/sumariada que acompañe las constancias de trabajo de reparación y/o mantenimiento que se hayan llevado a cabo en la traza de la autopista en los meses de marzo y abril de 2004 -el hecho aconteció el 03/04/04-, como así también dispone llamar a prestar declaración testimonial a los testigos mencionados en la carta documento que el reclamante remitiera a Autopistas Urbanas S.A. oportunamente; y es otra prueba, que Autopistas Urbanas S.A. no menciona.

Que, si bien cierto es que la testigo Nora Marta Blázquez no se presenta a declarar a las audiencias fijadas, y que se hace lugar a lo solicitado por la empresa en cuanto a la perdida del testimonio, ello no puede significar un menoscabo en los derechos del usuario, y un detrimento en la prueba obtenida por los elementos objetivos aportados.

Que, el testimonio del Sr. Vito Provenzano nada aporta al hecho de marras, es cierto, pero es llamativo que un supervisor que se desempeña desde el año 1984 ante la pregunta de "… como se señala la traza cuando se hacen trabajos sobre la misma…" contesta que por lo que veo se ponen conos y con luces colgadas intermitentes, pero es lo que veo cuando yo paso.

Que, en ejercicio del derecho a la defensa y el debido proceso, el requerimiento que se formula a Autopistas Urbanas S.A. respecto a los trabajos de mantenimiento y/o reparación, fue efectuado de una manera poco precisa para la Gerencia de Mantenimiento y Conservación, por lo que a raíz de una presentación de ésta, fue adecuado su formulación (ver fs. 47/48 y 64).

Que, Autopistas Urbanas S.A. manifiesta a fs. 68, en Nota 441/GMC/05 firmada por la Gerente de Mantenimiento y Conservación que "… el día 3 de abril de 2004 a eso de las 4 hs. en Autopista 25 de Mayo zona entre Av. Carabobo y Transición banda B,

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se informa que se trabajo en la repavimentación, el 03/04/04 fue sábado y los trabajos empezaron el viernes a la noche y terminaron el sábado a las 15 horas en Autopistas 25 de Mayo, banda B entre Progresiva 100 y 800…".

Que, analizando una vez más el Formulario de Queja suscripto por el reclamante, el día 03/04/2004 alrededor de las 04.00 hs, día del hecho, y día que informa la Gerencia de Mantenimiento y Conservación de Autopistas Urbanas S.A. que se estuvo trabajando en la repavimentación, el Sr. Tronetti consigna en el formulario aludido, y suscripto por el Sr. Vito Provenzano "… en una parte con calzada en reparación…".

Que, en consecuencia Autopistas Urbanas S.A. conoce desde el primer momento, que se estuvo trabajando en la repavimentación de la traza.

Que, las tareas de repavimentación hacen a los deberes y obligaciones de la concesionaria, pero que en su accionar debe responder por los daños que pudiera infringir.

Que, la reclamada expone en su alegato "… es importante poner de relieve que si bien el día del supuesto episodio se realizaron trabajos sobre la traza, ello no basta para comprobar que el presunto hecho dañoso haya ocurrido efectivamente…".

Que, el reclamante manifiesta en la exposición del Formulario de Queja, que es de tan fácil acceso para los usuarios, de acuerdo con los dichos de Autopistas Urbanas S.A., que se estaba trabajando en la traza de la autopista, y que una piedra impactó en el parabrisas.

Que, Autopistas Urbanas S.A. informa, en una oportunidad, por medio de la Gerencia competente, y en otra, en su alegato que se hicieron trabajos de repavimentación en la traza.

Que, a confesión de parte, relevo de prueba. Que, el Art. 1° de la Ley Nacional N° 24.240 establece que la misma tiene por

objeto la defensa de los consumidores o usuarios considerando consumidores o usuarios a las personas físicas o jurídicas que contratan a título oneroso para su consumo final o beneficio propio o de su grupo familiar o social, entre otras cosas, la prestación de servicios.

Que, conforme lo establecido por el Art. 2° de dicha ley nacional quedan obligados al cumplimiento de ella todas las personas físicas o jurídicas, de naturaleza pública o privada que, en forma profesional, aun ocasionalmente, produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas o presten servicios a consumidores o usuarios.

Que, en estas actuaciones, frente al usuario el concesionario vial tiene una obligación tácita de seguridad de resultado, en el sentido de que debe proveerle todo aquello que le asegure que la autopista estará libre de peligros y obstáculos y que transitará con total normalidad. Casi innecesario resulta agregar que para obtener tal prestación es que precisamente el usuario paga un precio, y que para lo mismo el concesionario lo percibe.

Que, así el vínculo que enlaza al usuario con el concesionario vial es una típica relación de consumo.

Que, riesgo es la eventualidad posible de que una cosa llegue a causar daño (Mosset Iturraspe, Jorge - Responsabilidad Civil 1° Edición 1992, pág.389 punto 168).

Que, el daño derivado de elementos extraños que irrumpan dentro de la vía, no obstante el cumplimiento del deber de seguridad, cabe aplicar la 2ª parte del segundo párrafo del Art. 1113 del Código Civil el que dice: "… La obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los que están bajo su dependencia, o por las cosas de que se sirve, o que se tiene a su cuidado. En los supuestos de daños causados con las cosas, el dueño o guardián, para eximirse de responsabilidad, deberá demostrar que de su parte no hubo culpa; pero si el daño hubiere sido causado por el riesgo o vicio de la cosa, solo se eximirá total o parcialmente de responsabilidad acreditando la culpa de la víctima o de un tercero por quien no debe responder...".

Que, entendida de tal manera, la obligación del concesionario no se agota en la remodelación, conservación y explotación de la autopista en cuanto hace a su demarcación, retiro de malezas, cuidado de la carpeta asfáltica, etc., sino que alcanza a todo lo que sea menester realizar para asegurar al usuario una circulación normal y libre

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de dificultades. Por ello, demostrado que el usuario sufrió un perjuicio, emergerá en contra del concesionario -como sucede en todo supuesto de responsabilidad objetiva- una presunción de responsabilidad (conforme Fallos, 323:318, voto del Juez Vázquez).

Que, en igual sentido votó la Dra. Highton -en mayoría- en autos "Greco, Gabriel c/Caminos del Atlántico S.A. s/daños" y "Borneo, Mario Blas c/Caminos del Atlántico S.A. s/cobro de sumas de dinero" (Cámara Nacional Civil, Sala F, exptes. 250.214 y 250.215 del 13-3-2000, la Sala M de la misma Cámara en los autos "Caja de Seguros S.A. c/Caminos del Atlántico S.A. (Diario La Ley del 14 de noviembre de 2001), Bustamante Alsina en "Responsabilidad por el daño que el estado de una autopista provoca al vehículo que circula por ella (La Ley 1992-D,194).

Que, la Dra. Highton expresó en los fallos citados "… Independientemente de que la responsabilidad sea contractual o extracontractual, de lo que no cabe duda es de que la relación entre el concesionario de una ruta y quien transita por ella previo pago de un peaje es un usuario involucrado en una típica relación de consumo. El propio art.42 de la Constitución Nacional adopta esta expresión de ‘relación de consumo’ para evitar circunscribirse a lo contractual y referirse con una visión más amplia a todas las circunstancias que rodean o se refieren o constituyen un antecedente o son una consecuencia de la actividad encaminada a satisfacer la demanda de bienes y servicios para destino final de consumidores y usuarios…".

Que, la Sala M de la Cámara Civil, en el fallo citado ha dicho "… El particular que transita y aprovecha el servicio que presta el concesionario utiliza el corredor vial para trasladarse con un vehículo de un punto a otro, si sale no puede reingresar en el circuito porque si lo hace es como comenzar de nuevo y es en definitiva un usuario que se ajusta a lo determinado por los artículos 1° y 2° de la ley 24.240 y la empresa concesionaria es un típico proveedor de servicios…" (conforme Rinesi, Antonio J., "La desprotección de los usuarios viales", Revista de Derecho de Daños N°3, Accidentes de tránsito - III Rubinzal - Culzoni, Bs. As., Santa Fe, 1998, pág.111-137).

Que, el Decreto N° 2356/2003 aprueba el Reglamento de Explotación al que Autopistas Urbanas S.A. debe ajustarse y su Art. 22 - Responsabilidad de la Concesionaria, sostiene "… La Concesionaria será civilmente responsable por los daños o perjuicios ocasionados por su culpa o negligencia, frente al Concedente, los Usuarios y terceros, de conformidad a la legislación vigente…".

Que, el Art. 24 - Obligación de Mantenimiento del mencionado decreto establece que "… La Concesionaria está obligada por sí, o por terceros contratados a tal fin, al mantenimiento, reparación y conservación de la red en condiciones de utilización, debiendo suprimir las causas que originen molestias, inconvenientes o peligrosidad para los Usuarios, en la forma y plazos establecidos o que se establezcan…".

Que, se enuncia en el Art. 25 - Condiciones que "… La Concesionaria está obligada a prestar los servicios de forma tal de garantizar su continuidad, calidad, universalidad y seguridad para una eficiente prestación a los Usuarios…".

Que, el Art. 33 - Residuos, afirma "… La zona de camino deberá encontrarse permanentemente libre de escombros, chatarra, basura y desperdicios de cualquier naturaleza…".

Que, no puede dejar de advertirse que este Reglamento, no prescribe sanción específica para la concesionaria en caso de incumplimiento, sino por el contrario expresa, que la Concesionaria es civilmente responsable, de conformidad a la legislación vigente.

Que, se respetó el derecho a defensa, el derecho a ser oído, el derecho a ofrecer prueba y el debido proceso.

Que, Autopistas Urbanas S.A. es responsable por la existencia de una infracción al cumplimiento de sus obligaciones, por lo que corresponde hacer lugar al reclamo del Sr. Francisco Tronetti, debiendo Autopistas Urbanas S.A. abonarle la suma de pesos trescientos noventa ($ 390).

Que, conforme el Art. 22 de la Ley N° 210 las disposiciones sancionatorias contenidas en las distintas normas de regulación de los servicios comprendidos en

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esta ley, son aplicadas por el Ente con adecuación a las reglas y principios allí establecidos.

Que, al derecho de control que tiene la Administración Pública corresponde como lógica consecuencia un derecho de sanción no basta darle a la administración el medio de comprobar las faltas de sus co-contratantes; es indispensable darle los medios de reprimir esas faltas, y esto se logra mediante las distintas sanciones admitidas por la ciencia jurídica. De modo que los incumplimientos del co-contratante a sus diversas obligaciones da lugar a la aplicación de sanciones (conforme Marienhoff, Miguel Tratado de Derecho Administrativo Tomo IIIA pág. 410).

Que, la aplicación de sanciones no exime al prestador del cumplimiento de la obligación prevista y es independiente de la obligación de reintegrar o compensar las tarifas indebidamente percibidas de los usuarios, con intereses, o de indemnizar los perjuicios ocasionados al Estado, a los usuarios o a terceros por la infracción.

Que, la discrecionalidad administrativa no habilita al Ente a eximir a los prestadores de la aplicación del régimen sancionatorio de naturaleza normativa, pudiendo únicamente por resolución fundada y razonable sustituir una sanción por otra.

Que, el poder de aplicar sanciones existe como principio por lo que corresponde aplicar las previstas en el Art. 47 de la Ley Nacional N° 24.240.

Que, el Art. 49 de la Ley Nacional N° 24.240 indica que debe tenerse en cuenta al momento de establecer la sanción el perjuicio resultante de la infracción para el consumidor o usuario, la posición en el mercado del infractor, la cuantía del beneficio obtenido, el grado de intencionalidad, la gravedad de los riesgos, o de los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización, la reincidencia y las demás circunstancias relevantes del hecho.

Que, este Organismo constató anteriormente otras infracciones a Autopistas Urbanas S.A. por lo que corresponde la aplicación de multa.

Que, la Secretaría Legal ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en ejercicio de las funciones que le son propias,

EL DIRECTORIO DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Art. 1°: Ordenar a Autopistas Urbanas S.A. a abonar la suma de pesos trescientos noventa ($390) al Sr. Francisco Tronetti (DNI: 93.709.522) en concepto de los daños infringidos al parabrisas de su vehículo Renault 21 Dominio URJ 582 en el plazo de diez (10) días de la notificación de la presente Resolución, conforme Ley N° 210.

Art. 2°: Aplicar la sanción de multa de pesos mil ($1000) a Autopistas Urbanas S.A., conforme Arts. 47 y 49 de la Ley Nacional N° 24.240.

Art. 3°:El monto correspondiente a la multa fijada en el artículo precedente deberá ser depositado en la Cuenta Corriente del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 28.060/6 - Sucursal Centro del Banco Ciudad de Buenos Aires dentro de los diez (10) días de notificada la presente Resolución.

Art. 4°: Ordenar a Autopistas Urbanas S.A. la publicación de la Resolución condenatoria a su costa en el diario de mayor circulación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en tamaño legible, en el plazo de diez (10) días desde la notificación de la misma, conforme Ley N° 210 y Ley Nacional N° 24.240.

Art. 5°: Notifíquese la Resolución al Sr. Francisco Tronetti y a Autopistas Urbanas S.A. Art. 6°: Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad. Comuníquese a la

Gerencia General, las Gerencias de Usuarios, Técnica de Control, de Planificación del Control y de Administración, y a la Secretaría Legal. Cumplido, archívese. Campolongo - Barrea de Ruiz - Balbi - García Buitrago - Rozenberg

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DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Convocatoria a audiencias públicas La Presidenta de la Legislatura, Gabriela Michetti convoca a las siguientes audiencias públicas: Fecha: 30 de septiembre de 2008. Lugar: en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

13 horas Ley inicial publicada en el B.O.C.B.A. Nº 2976 del 22 de julio de 2008. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren

pertinentes con relación a la ley por la cual denomínese "María Luisa Bemberg" al patio porteño sito en la avenida San Juan 501/511 y Bolívar 1191/99.

Apertura del registro de participantes de la audiencia: 2/9/08. Cierre del registro de participantes de la audiencia: 25/9/08 a las 13 hs.

13.30 horas

Ley inicial publicada en el B.O.C.B.A. Nº 2983 del 31 de julio de 2008. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren

pertinentes con relación a la ley por la cual denomínase "Alberto Mortz" a la calle sin denominación oficial, que se extiende entre la Avenida de los Inmigrantes y la avenida Comodoro Py.

Apertura del registro de participantes de la audiencia: 2/9/08. Cierre del registro de participantes de la audiencia: 25/9/08 a las 13.30 hs.

14 horas

Ley inicial publicada en el B.O.C.B.A. Nº 2984 del 1º de agosto de 2008. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren

pertinentes con relación a la ley por la cual denomínase "Hugo Ricardo Corradi" a la plaza delimitada por las calles Yerbal, Calderón de la Barca y la bajada de la Autopista AU6 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Apertura del registro de participantes de la audiencia: 2/9/08. Cierre del registro de participantes de la audiencia: 25/9/08 a las 14 hs.

14.30 horas

Ley inicial publicada en el B.O.C.B.A. Nº 2984 del 1º de agosto de 2008. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren

pertinentes con relación a la ley por la cual impónese el nombre de "La Calesita de Pompeya" al Jardín de Infantes Nucleado "A" del Distrito Escolar 19.

Apertura del registro de participantes de la audiencia: 2/9/08. Cierre del registro de participantes de la audiencia: 25/9/08 a las 14.30 hs.

15 horas

Ley inicial publicada en el B.O.C.B.A. Nº 2974 del 18 de julio de 2008. Con el objeto de que los interesados presenten los reclamos y observaciones que consideren

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pertinentes con relación a la ley por la cual impónese el nombre de "Ariel Bufano" al Jardín de Infantes Integral N° 4, del Distrito Escolar 15.

Apertura del registro de participantes de la audiencia: 2/9/08. Cierre del registro de participantes de la audiencia: 25/9/08 a las 15 hs. Inscripción de participantes y presentación de documentación: Dirección General de

Gestión y Participación Ciudadana, Perú 160, Planta Principal, of. 01, teléfono 4338-3151, horario de atención al público: lunes a viernes de 10 a 18 horas.

Autoridades de la audiencia: la Presidenta de la Legislatura, o quien se designe conforme lo

dispone el art. 12 de la Ley Nº 6.

Cristina García de Aurteneche Directora General

CA 411 Inicia: 29-8-2008 Vence: 1°-9-2008

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

Solicitud de personal La Dirección General de Estadística y Censos solicita personal: * 2 agentes para desempeñarse como chofer en horario a convenir. Requisitos: tener registro profesional categoría D2.

* 1 Bibliotecario graduado en horario a convenir.

Requisitos: tener manejo de Winisis y Pergamo, inglés por lo menos lectura, muy buenos conocimientos de catalogación AACR2 y de indización con Tesauro, manejo de referencia y búsqueda en Internet.

* 1 agente para desempeñarse como ayudante de soporte técnico, en el horario de 12 a 19 hs. para la detección final de errores/fallas en hardware y software, movimiento de equipos y tendido de cableado estructurado.

Requisitos: tener manejo de cuentas de correo electrónico e internet explorer, instalación de software administrativo específico del G.C.B.A. (SUME, SIGAF, etc.), conocimiento del proceso de instalación de hardware básico, sistemas operativos, aplicaciones; habilidad y experiencia en la instalación de hardware. Agregado y reemplazo de periféricos. Detección de causa de fallas comunes en equipos PC, periféricos y de comunicaciones. Conocimiento de cableado estructural y WiFi. Buen manejo de las relaciones interpersonales y comunicación con usuarios finales.

* 1 Diseñador Gráfico electrónico para transformar en formato electrónico los materiales impresos que se requieran.

Requisitos: dominio de programación Web y manejo de programas de diseño aplicados a información estadística. Estudiante avanzado y/o recién recibido con formación universitaria

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preferentemente y/o terciaria en diseño gráfico. Domino web y multimedia de los programas, Dreamweaver (realización de páginas en HTM), Flash (animación e interactividad para web), Image ready (Gifs animados para la web), manejo de programación Xhtm, Xml, Actions Script, Java Script, base de datos en PHP, MYSQL, video y animación LIGHTWAVE 3D (composición objetos 3D) Adobe Premiere (edición de video, efectos, películas) Adobe After Effects (efectos de post producción, composiciones animadas). Progamas complementarios: Adobe Reader (creación de PDFS), paquete Office Microsoft (Word, Excel, Powerpoint).

* 10 agentes para desempeñarse como listadores en horario a convenir para realizar tareas de relevamiento en la vía pública verificando datos de viviendas, comercios y servicios del listado provisto por esta D.G.

Requisitos: buen manejo de las relaciones interpersonales y trato con público en general.

Requerimientos obligatorios: los interesados deberán formar parte de la planta permanente del G.C.A.B.A., o bien estar enmarcados dentro de lo Decreto N° 948/05 o Resolución N° 959/07, además de obtener la conformidad de la autoridad superior competente de la repartición, donde presta servicios actualmente, que autorice realizar el traslado.

Solicitar entrevista con el Sr. Héctor Braga a los teléfonos 4307-5661 o 4307-6041 o escribir a [email protected]

José M. Donati Director General

CA 407 Inicia: 28-8-2008 Vence: 1°-9-2008

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS

Búsqueda de personal Se solicitan tres (3) agentes para desempeñar tareas administrativas en el Área Baset, Buenos

Aires Set de Filmación, en el horario de 9 a 16 hs., sita en Villarino 2498, Barracas, conforme los siguientes requerimientos:

- Administrativo: deberá poseer conocimiento de procedimientos administrativos en general,

además de manejo del paquete Microsoft Office (Excel, Word, Access y Power Point). - Administrativo: deberá poseer conocimiento y manejo del Sistema SUME para efectuar el

seguimiento de trámites del área. Se valorarán aquellas personas que posean conocimiento en procedimientos administrativos en general.

- Personal para el Área de Relaciones Institucionales de Baset: profesionales y/o estudiantes avanzados de las carreras de Relaciones Públicas y/o Lic. en Ciencias de la Comunicación. Los postulantes deberán poseer conocimientos avanzados en idioma inglés además de contar con conocimientos y manejo del paquete Microsoft Office (Excel, Word, Access y Power Point).

- Asistente Estadístico para el equipo del Observatorio de Industrias Creativas. Tareas: obtención, carga y sistematización de datos estadísticos de los diferentes sectores de

las industrias creativas (cine, libros, música, diseño -moda, industrial, interactivo-, radio, televisión, etc.).

Nivel de estudios requerido: Estudiante de Ciencias Económicas o Ciencias Sociales. Conocimientos necesarios: Excluyente: manejo de Excel. - Asistente Administrativo para el equipo del Observatorio de Industrias Creativas.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 103

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Tareas: administración de cuenta de correo genérico del Observatorio, administración de mailing del Boletín Electrónico y de los listados de distribución de las publicaciones del Observatorio y apoyo administrativo en general.

Nivel de estudios requerido: estudiante terciario o universitario. Conocimientos necesarios: Excluyente: manejo de los programas de Microsoft Office. Los interesados deberán pertenecer a la planta permanente y/o planta de empleo público

(Decreto Nº 948/05 y Resolución N° 959/07) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, además de contar con la conformidad de la autoridad competente de la repartición donde presta servicios. Solicitar entrevista con la Sra. Alba María Ferrero al 4126-2959 o enviar correo electrónico a [email protected]

María A. Úngaro Directora General

CA 409 Inicia: 28-8-2008 Vence: 1°-9-2008

SUBSECRETARÍA DE INVERSIONES

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CREATIVAS

Búsqueda de personal

Se solicita un (1) agente para la Dirección General de Industrias Creativas de conformidad con los siguientes requerimientos:

* Diseñador/a Gráfico para incorporar al equipo del Área de Imagen y Comunicación. La búsqueda está orientada a una persona que sea capaz de resolver piezas gráficas institucionales como ser piezas editoriales, banners, postales, entre otras. Deberá poseer buen manejo de Illustrator, Photoshop, InDesign y Dreamweaver.

Se valorarán conocimientos de otros programas de diseño. La jornada laboral será de lunes a viernes de 10 a 17 hs.

Los interesados deberán pertenecer a la planta permanente y/o planta de empleo público (Decreto Nº 948/05 y Resolución N° 959/07) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, además de contar con la conformidad de la autoridad competente de la repartición donde presta servicios. Los postulantes deberán enviar su currículum y una selección de sus mejores trabajos (hasta 2 Mb) a [email protected] con el asunto "Busqueda DG".

Alejandra Húngaro Directora General

CA 414 Inicia: 28-8-2008 Vence: 1°-9-2008

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 104

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DIRECCIÓN GENERAL DE ESPACIOS VERDES

O.F.N. JARDÍN BOTÁNICO “CARLOS THAYS”

Solicitud de personal Se solicita personal, para desempeñarse en el O.F.N. Jardín Botánico “Carlos Thays”, en su

área operativa: * 20 jardineros, con o sin experiencia.

Requisitos: - Pertenecer a la planta permanente o transitoria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. - Autorización del director o máxima autoridad del organismo del cual proviene.

Se ofrece: oportunidad de capacitación específica en jardinería aplicada. Los interesados deberán enviar su currículum o carta de presentación, con referencia

“jardinero” a: [email protected] o a la dirección postal Av. Santa Fé 3951 (C.P. 1425) dirigido a Lic. Regina Moirano, por cualquier consulta contactarse al 4832-1552.

Félix de Alzaga Coordinador

CA 412 Inicia: 28-8-2008 Vence: 1°-9-2008

Solicitud de personal Se solicita personal, para desempeñarse en el O.F.N. Jardín Botánico “Carlos Thays”, para

cubrir: (1) vacante de recepcionista, con o sin experiencia, preferentemente de sexo femenino, para desempeñarse de 11 a 19 hs. se valoran conocimientos de inglés. Requisitos:

- Pertenecer a la planta permanente o transitoria del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. - Autorización del Director o máxima autoridad del organismo del cual proviene. Los interesados deberán enviar su CV con referencia “recepción”, y dirigido a Lic. Regina

Moirano, por mail a [email protected] o a la dirección postal Av. Santa Fe 3951 (C.P. 1425).

Por cualquier consulta contactarse al 4832-1552.

Félix de Alzaga Coordinado

CA 413 Inicia: 28-8-2008 Vence: 1°-9-2008

DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE PRENSA

Solicitud de personal Se solicita personal que revisten en planta permanente y/o planta de empleo público (Decreto

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N° 948/05, Resolución N° 959-MHGC/07); del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para incorporarse a esta Dirección General Coordinación de Prensa dependiente de la Secretaría de Comunicación Social, para cumplir funciones en el área de seguimiento televisivo y radial de lunes a viernes de 10 a 14 hs. telefónicamente al siguiente número 4323-9503 (Av. de Mayo 525, 1° piso, oficina 125).

Requisitos:

* Autorización expresa del director del área, al momento de solicitar la entrevista. * Conocimiento periodístico o estudiantes afines a la carrera periodística. * Conocimientos informáticos (básicos de Word y Excel).

Carlos Galligani Director General

CA 408 Inicia: 28-8-2008 Vence: 1°-9-2008

DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL

Solicitud de personal

La Dirección General de Coordinación Legal, solicita personal del Gobierno de la Ciudad para

desempeñarse en el Área Legales. Perfil requerido: abogados/as. Horario: lunes a viernes, de 13 a 20 hs. Tareas a realizar: brindar asesoramiento en los aspectos legales de la documentación

proyectada para la suscripción del Jefe de Gobierno, asegurando la aplicación de la técnica normativa de los proyectos y anteproyectos. Asesorar a la Secretaría Legal y Técnica en consultas e informes técnicos de orden legal.

Requisitos: pertenecer a planta permanente o contrato de empleo público de conformidad con los términos del Decreto Nº 948/05 o la Resolución Nº 959-MHGC/07 y 1.924-MHGC/07 y contar con la autorización del director del área donde reviste.

Los interesados pueden enviar su currículum vitae a [email protected]

Raúl Ábalos Gorostiaga Director General

CA 415 Inicia: 29-8-2008 Vence: 1°-9-2008

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DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Preadjudicación

Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1.084-DGCyC/08. Nota Nº 123-DGTES/08. Licitación Pública Nº 1.084-SIGAF/08. Repartición destinataria: Dirección General de Tesorería. Rubro: equipamiento informático. Se deja sin efecto: R.1 Olicart S.A. (of.2) por resultar precio no conveniente para el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Fundamentación: Se aconseja adjudicar a favor de: Olicart S.A. (of.2) R.2 y R.4 en la suma de pesos ciento setenta y un mil quinientos ($ 171.500). López Torres Emanuel (of.1) R.3 en la suma de pesos siete mil seiscientos diez con cincuenta y dos centavos ($ 7.610,52). La erogación total para la presente licitación asciende a la suma de pesos ciento setenta y

nueve mil ciento diez con cincuenta y dos centavos ($ 179.110,52). La adjudicación aconsejada lo ha sido por única oferta más conveniente conforme los términos

del art. 108 y 109 de la Ley Nº 2.095 y en un todo de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado por la Agencia de Sistemas de Información y la Dirección General de Tesorería.

Se deja constancia que el presente dictamen se emite superado el plazo previsto en el art. 106 de la Ley Nº 2.095 y su reglamentación, teniendo en cuenta el tiempo que insumiera el asesoramiento técnico brindado por la Agencia de Sistemas de Información y la intervención del organismo usuario.

Adalgisa C. De Bonaviri Coordinadora General Administrativa

a/c Despacho

OL 2334 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

Servicio de locación y mantenimiento de equipos fotocopiadores - Licitación Pública Nº 1.127/08

Nota Nº 3.277-DGTES/08. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1.088/08. Repartición destinataria: DGTAL del Ministerio de Hacienda, Gobierno de la Ciudad.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 107

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Rubro: servicio de locación y mantenimiento de equipos fotocopiadores. Fundamentación: Se aconseja adjudicar a favor de Ecadat S.A. (of. 2) R. 1/3 en la suma de pesos treinta y cinco

mil doscientos ochenta ($ 35.280). Excedente por copia $ 0,06. La adjudicación aconsejada lo ha sido por oferta mas conveniente conforme los términos del

art. 108 de la Ley Nº 2.095 y en un todo acuerdo con el asesoramiento técnico brindado por la repartición solicitante.

Edgardo D. Cenzon Director General

OL 2332 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

Adjudicación - Licitación Pública N° 906-SIGAF/08 Nota N° 62.216-DGRH/08. Acto administrativo de aprobación y adjudicación: Disposición N° 349-DGRH/08. Fecha de emisión acto administrativo: 22 de agosto de 2008. Apruébase la Licitación Pública N° 906-SIGAF/08 realizada al amparo de lo establecido en el

artículo 31 concordante con el 1° párrafo del artículo 32 de la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06 (B.O.C.B.A. N° 2557) y adjudícase el suministro de papel a la empresa Melenzane S.A. (Renglones 1, 2 y 3 ) por la suma de pesos cuarenta y dos mil doscientos setenta y siete con veinte centavos ($ 42.277,20), con destino a esta Dirección General de Administración de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda

Edgardo D. Cenzon Director General

OL 2333 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

Postergación de llamado a contratación para la compra de alimentos para programa sociales

Postérgase, dentro de los términos del Decreto N° 1.647/02 modificado por el Decreto Nº

553/06 concordante con las Disposiciones Nº 199-UPECAPS/06 y Nº 223-UPECAPS/06, los siguientes llamados a contrataciones, que la Unidad de Proyectos Especiales para la Compra de Alimentos para Programas Sociales (UPECAPS) tramita para la provisión del servicio de elaboración y distribución de comidas en hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Carpeta Nº 190-UPECAPS/08 - Contratación Nº 190-UPECAPS/08 - rubro: alimentos secos -

fecha: 4/9/08, 10 hs. Carpeta Nº Carpeta Nº 191-UPECAPS/08 - Contratación Nº 191-UPECAPS/08 - rubro:

productos descartables (exclusivo Semycer) - fecha: 4/9/08, 11 hs. Carpeta Nº 194- UPECAPS/08 - Contratación Nº 194-UPECAPS/08 - rubro: productos

descartables - fecha: 4/9/08, 13 hs.

Adalgisa C. De Bonaviri Coordinadora General Administrativa

a/c Despacho

OL 2330 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 108

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DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

Remodelación de la central esterilización del Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”- Carpeta Nº 90.428-MSGC/08

Llámase a Licitación Pública Nº 1.295-SIGAF/08 - Ley de Obra Pública Nº 13.064 y Decreto Nº 521/03, para contratar la siguiente obra: remodelación de la central esterilización del Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la documentación obrante en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 600.000. Plazo de ejecución: noventa (90) días corridos. Fecha de apertura: 16 de octubre de 2008, a las 13 hs. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de recepción de las ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección

General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 16/10/08, 13 hs.

Consulta del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.

Visita al lugar de obra: 1º de octubre de 2008, a las 10 horas en el Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”, Varela 1301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: deberán presentarse por escrito en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955 - Mesa de Entradas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 9 a 14 hs. hasta el día 10/10/08.

Valor del pliego: pliego sin valor comercial. Déjase constancia que el referido acto licitatorio se lleva a cabo de acuerdo a las normas

vigentes.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2270 Inicia: 22-8-2008 Vence: 11-9-2008

Remodelación de sala de internación terapia intermedia del Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”- Carpeta Nº 90.430-MSGC/08

Llámase a Licitación Pública Nº 1.294-SIGAF/08 - Ley de Obra Pública Nº 13.064 y Decreto Nº 521/03, para contratar la siguiente obra: remodelación de sala de internación terapia intermedia del Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la documentación obrante en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 630.000. Plazo de ejecución: sesenta (60) días corridos. Fecha de apertura: 16 de octubre de 2008, a las 10 hs. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 109

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Lugar y fecha de recepción de las ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 16/10/08, a las 10 hs.

Consulta del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.

Visita al lugar de obra: 1º de octubre de 2008, a las 10 horas en el Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”, Varela 1301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: deberán presentarse por escrito en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955 - Mesa de Entradas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 9 a 14 hs. hasta el día 10/10/08.

Valor del pliego: pliego sin valor comercial. Déjase constancia que el referido acto licitatorio se lleva a cabo de acuerdo a las normas

vigentes.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2271 Inicia: 22-8-2008 Vence: 11-9-2008

Remodelación de consultorios externos de pediatría del Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”- Carpeta Nº 90.430-MSGC/08

Llámase a Licitación Pública Nº 1.296-SIGAF/08 - Ley de Obra Pública Nº 13.064 y Decreto Nº 521/03, para contratar la siguiente obra: remodelación de consultorios externos de pediatría del Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la documentación obrante en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 650.500. Plazo de ejecución: sesenta (60) días corridos. Fecha de apertura: 17 de octubre de 2008, a las 13 hs. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de recepción de las ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección

General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 17/10/08, a las 13 hs.

Consulta del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.

Visita al lugar de obra: 2 de octubre de 2008, a las 10 horas en el Hospital General de Agudos “Dr. Parmenio Piñero”, Varela 1301, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: deberán presentarse por escrito en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955 - Mesa de Entradas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 9 a 14 hs. hasta el día 13/10/08.

Valor del pliego: pliego sin valor comercial. Déjase constancia que el referido acto licitatorio se lleva a cabo de acuerdo a las normas

vigentes.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2272 Inicia: 22-8-2008 Vence: 11-9-2008

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 110

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Construcción de depósito de inflamables en el Hospital General de Agudos “Dr. José María Ramos Mejía”- Carpeta Nº 90.577-MSGC/08

LicitaciónPrivada Nº 358-SIGAF/08 - obra menor. Fíjase fecha de apertura para la licitación privada por el régimen de Obra Menor Nº 358-

SIGAF/08, para contratar la siguiente obra: construcción de depósito de inflamables en el Hospital General de Agudos “Dr. José M. Ramos Mejía”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la documentación obrante en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 170.000. Plazo de ejecución: noventa (90) días corridos. Fecha de apertura: 9 de septiembre de 2008, a las 13 hs. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de recepción de las ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección

General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 9/9/08, a las 13 hs.

Consulta del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, -Departamento Tesorería-, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.

Visita al lugar de obra: 1º de octubre de 2008, a las 10 horas en el Hospital General de Agudos “Dr. José M. Ramos Mejía”, Urquiza 608, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: hasta el día 3/9/08, por escrito en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955 - Mesa de Entradas, horario de 9 a 14 horas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Valor del pliego: pliego sin valor. Déjase constancia que el referido acto licitatorio se lleva a cabo de acuerdo a las normas

vigentes.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2273 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Remodelación de la cocina y dormitorios de médicos de guardia en el Hospital de Oftalmología “Dr. Pedro Lagleyze”- Carpeta Nº 90.492-MSGC/08

Llámase a Licitación Pública Nº 1.224-SIGAF/08 - Ley de Obra Pública Nº 13.064 y Decreto Nº 521/03, para contratar la siguiente obra: remodelación de la cocina y dormitorios de médicos de guardia en el Hospital de Oftalmología “Dr. Pedro Lagleyze”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la documentación obrante en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 823.399. Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 15 de octubre de 2008, a las 13 hs. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de recepción de las ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección

General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 15/10/08, a las 13 hs.

Consulta del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.

Visita al lugar de obra: 30 de septiembre de 2008, a las 10 horas en el Hospital de Oftalmología “Dr. Pedro Lagleyze”, Av. Juan B. Justo 4151, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: deberán presentarse por escrito en la Dirección General Adjunta de

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 111

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Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955 - Mesa de Entradas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 9 a 14 hs. hasta el día 9/10/08.

Valor del pliego: pliego sin valor comercial. Déjase constancia que el referido acto licitatorio se lleva a cabo de acuerdo a las normas

vigentes.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2290 Inicia: 26-8-2008 Vence: 15-9-2008

Cambio de techo de cobaltoterapia y obras varias en el Hospital “Bernardino Rivadavia”- Carpeta Nº 90.489-MSGC/08

Llámase a Licitación Pública Nº 1.222-SIGAF/08 - Ley de Obra Pública Nº 13.064 y Decreto Nº 521/03, para contratar la siguiente obra: cambio de techo de cobaltoterapia y obras varias en el Hospital “Bernardino Rivadavia”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la documentación obrante en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 968.000. Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 14 de octubre de 2008, a las 10 hs. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de recepción de las ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección

General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 14/10/08, a las 10 hs.

Consulta del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.

Visita al lugar de obra: 30 de septiembre de 2008, a las 10 horas en el Hospital “Bernardino Rivadavia”, Av. Las Heras 2670, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: deberán presentarse por escrito en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955 - Mesa de Entradas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 9 a 14 hs. hasta el día 8/10/08.

Valor del pliego: pliego sin valor comercial. Déjase constancia que el referido acto licitatorio se lleva a cabo de acuerdo a las normas

vigentes.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2291 Inicia: 26-8-2008 Vence: 15-9-2008

Reforma instalación eléctrica en distintos sectores del Pabellón “A” en el Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos Bonorino Udaondo”- Carpeta Nº 90.481-MSGC/08

Llámase a Licitación Pública Nº 1.221-SIGAF/08 - Ley de Obra Pública Nº 13.064 y Decreto Nº 521/03, para contratar la siguiente obra: reforma instalación eléctrica en distintos sectores del Pabellón “A” en el Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos Bonorino Udaondo”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, acorde con la documentación obrante en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 560.000.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 112

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Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 14 de octubre de 2008, a las 13 hs. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de recepción de las ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección

General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 14/10/08, a las 13 hs.

Consulta del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario de 10 a 14 hs., hasta el día anterior a la apertura.

Visita al lugar de obra: 30 de septiembre de 2008, a las 10 horas en el Hospital de Gastroenterología “Dr. Carlos Bonorino Udaondo”, Av. Caseros 2061, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: deberán presentarse por escrito en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955 - Mesa de Entradas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 9 a 14 hs. hasta el día 8/10/08.

Valor del pliego: pliego sin valor comercial. Déjase constancia que el referido acto licitatorio se lleva a cabo de acuerdo a las normas

vigentes.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2292 Inicia: 26-8-2008 Vence: 15-9-2008

Obra: “Desmalezamiento de horno pirolítico - Carpeta N° 90.636-MSGC/08

Licitación Privada N° 359-SIGAF/08 - obra menor. Fijase fecha de apertura para la licitación privada por el Régimen de Obra Menor N° 359-

SIGAF/08, para contratar la siguiente obra: “Desmalezamiento de horno pirolítico en el Hospital de Rehabilitación M. Rocca, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, acorde con la especificaciones técnicas y documentación obrantes en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 457.000. Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 18 de septiembre de 2008, 13 horas. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de recepción de ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección

General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 18/9/08, 13 horas.

Valor del pliego: pliego sin valor. Consultas del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones,

Anexo IREP, departamento Tesorería, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 14 hs. hasta el día anterior a la apertura.

Visita al lugar de obra: 3 de septiembre de 2008, 10 horas en el Hospital de Rehabilitación M. Rocca, Segurola 1949, ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: hasta el día 12/9/08, por escrito en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, mesa de entradas, horario de 9 a 14 horas, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 18/9/08, 13 horas.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2306 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 113

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Obra: Aire acondicionado UTI - Carpeta Nº 90.619-MSGC/08

Licitación Privada Nº 368-SIGAF/08 - obra menor. Fijase fecha de apertura para la licitación privada por el Régimen de Obra Menor Nº 368-

SIGAF/08, para contratar la siguiente obra: “Aire acondicionado UTI del Hospital de Oncología “María Curie, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, acorde con las especificaciones técnicas y documentación obrantes en las actuaciones.

Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 224.000. Plazo de ejecución: noventa (90) días corridos. Fecha de apertura: 16 de septiembre de 2008, 13 hs. Lugar de apertura: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP,

Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar y fecha de recepción de ofertas: las ofertas deberán presentarse en la Dirección

General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el día 16/9/08, 13 hs.

Consulta del pliego y compra: Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Departamento Tesorería, Echeverría 955, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, horario: 10 a 14. hs., hasta el día anterior a la apertura.

Visita lugar obra: 8 de septiembre de 2008, 10 horas en el Hospital de Oncología “María Curie”, Av. Patricias Argentinas 750, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consultas técnicas: hasta el día 10/9/08, por escrito en la Dirección General Adjunta de Compras y Contrataciones, anexo IREP, Echeverría 955, Mesa de Entradas, horario: 9 a 14 hs., Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Valor del pliego: pliego sin valor.

Emilse Filippo Directora General Administrativo Contable

OL 2339 Inicia: 29-8-2008 Vence: 4-9-08

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. CARLOS G. DURAND”

BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS

Refrigeración y acondicionamiento de aire - Carpeta N° 15-BNDG/08

Licitación Pública Nº 1.304/08.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 114

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N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 115

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Carlos D. Rosales Subdirector Médico

Director a/c del BNDG

M. B. Rodríguez Cardozo Coordinadora

OL 2298 Inicia: 27-8-2008 Vence: 29-8-2008

HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO A. MOYANO”

Preadjudicación - Carpeta N° 1-HNBM/08

Contratación Directa Menor N° 2.421/08. Acta de Preadjudicación N° 1.114-SIGAF/08. Rubro: adq. psicofármacos. Repartición destinataria: Hospital Braulio A. Moyano, Brandsen 2570, Capital Federal, tels.:

4301-9591/9603, int. 210/224. En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de agosto del año 2008, reunidos en

comisión los suscriptos con el objeto de evaluar las propuestas recibidas para la Contratación Directa Menor N° 2.124-SIGAF/08, cuya apertura se efectuó el 25/8/08, a las 10 hs.

Acta de Preadjudicación N° 1.114-SIGAF/08, y en cumplimiento del art. 108, Ley Nº 2.095/06, Decreto Nº 754/08, se ha resuelto preadjudicar a:

Droguería Biofarma S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 8.000 Comp. - precio unitario: $ 2,64 - precio total: $ 21.120 - encuadre

legal: art. 108, Ley Nº 2.095/06, Decreto Nº 754/08. Total: $ 21.120. Monto total de la preadjudicación: asciende a la suma total de pesos veintiún mil ciento

veinte ($ 21.120).

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 116

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Lugar de exhibición: Hospital Neuropsiquiátrico “Dr. Braulio A. Moyano”, Brandsen 2570, 1° piso Depto. Compras y Contrataciones, Capital Federal. Tel.: 4301-9591, int. 210.

Aprobación: Rostica - Ovalo - Arista

Jorge Cafferata Director

Luisa Gavecheski Coordinadora de Gestión Económico Financiera

OL 2337 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

HOSPITAL OFTALMOLÓGICO “SANTA LUCÍA”

Preadjudicación - Carpeta Nº 90.484/08

Licitación Pública Nº 885/08. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1.085/08 Rubro: adquisición de parquímetro.

Firma preadjudicada:

LH Instrumental S.A. (Pringles 1337, Capital Federal). Renglón: 1 - cantidad: 1 - precio unitario: $ 15.340 - precio total: $ 15.340. Total de la preadjudicación: $ 15.340. Ofertas desestimadas: Med S.R.L.: no se ajusta a lo solicitado, según informe técnico. Consultas: Hospital Oftalmológico “Santa Lucía”, Av. San Juan 2021, 2º piso, de lunes a

viernes de 9 a 14 horas.

Graciela Reybaud Directora

María del Carmen Maiorano Subdirectora Administrativa (I)

OL 2352 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

Preadjudicación - Carpeta Nº 90.475/08

Licitación Pública Nº 883/08. Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 1.086/08 Rubro: adquisición de autorrefractómetros.

Firma preadjudicada:

Paolo Fiorini (Valentín Gómez, Capital Federal). Renglón: 1 - cantidad: 2 u. - precio unitario: $ 25.000 - precio total: $ 50.000. Total de la preadjudicación: $ 50.000.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 117

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Oferta desestimada: Pedro Faulhaber S.R.L., supera precio indicativo.

Graciela Reybaud Directora

María del Carmen Maiorano Subdirectora Administrativa (I)

OL 2363 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

Trabajos de remodelación, ampliación y adecuación a normativa en el edificio de la E.M. N° 2, D.E. 17 - Expediente Nº 31.883/08

Licitación Pública Nº 864-SIGAF/08 (Nº 10/08). Objeto del llamado: trabajos de remodelación, ampliación y adecuación a normativa en el

edificio de la E.M. N° 2 “Rumania” CBO II CENS Nº 7, D.E. 17, sita en Porcel de Peralta 1437, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Consulta y entrega de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.

Presupuesto oficial: $ 2.782.178,80 (pesos dos millones setecientos ochenta y dos mil ciento setenta y ocho con ochenta centavos).

Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires.

Fecha/hora de apertura: 14 de octubre de 2008, a las 11 hs. Fecha/hora de visita a obra: 15 de septiembre de 2008, a las 14 hs. Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, calle Estados Unidos

1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días

hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la oferta. Plazo de ejecución de las obras: 365 días corridos, computados a partir de la fecha del acta

de inicio.

Néstor Gasparoni Director General

OL 2240 Inicia: 22-8-2008 Vence: 11-9-2008

Trabajos de remodelación de la Escuela Técnica N° 6, D.E. 12 - Expediente Nº 12.502/08

Licitación Pública Nº 398-SIGAF/08 (N° 11/08). Objeto del llamado: trabajos de remodelación en el edificio de la Escuela Técnica N° 6,

“Fernando Fader”, D.E. 12, sita en Pje. La Porteña 54, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, Estados

Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs. Presupuesto oficial: $ 4.241.890,94 (pesos cuatro millones doscientos cuarenta y un mil

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ochocientos noventa con noventa y cuatro centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento,

sita en Estados Unidos 1228 de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: 15 de octubre de 2008 a las 11 hs. Fecha/hora de visita a obra: 17 de septiembre de 2008, a las 11 hs. Lugar de apertura: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento, calle Estados Unidos

1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días

hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la oferta. Plazo de ejecución de las obras: 360 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta

de Inicio.

Néstor Gasparoni Director General

OL 2297 Inicia: 27-8-2008 Vence: 16-9-2008

Plan integral de adecuación de edificios escolares - Expediente N° 44.407/08

Licitación Pública N° 1.205-SIGAF/08 (12/08). Objeto del llamado: plan integral de adecuación de edificios escolares en la Escuela N° 3 sita

en la Av. Santa Fe 1510 D.E. 1, Escuela N° 23 sita en Larrea 854 D.E. 1, Escuela N° 12 sita en Julián Álvarez 2849 D.E. 1, Escuela N° 16 sita en Juncal 3131 D.E. 1, Escuela N° 3 sita en Lambaré 975 D.E. 2, Liceo 1 sito en Av. Santa Fe 2778 D.E. 2, Escuela N° 10 sita en Arenales 2733 D.E. 2, Escuela de la Joya sita en Lezica 3955 D.E. 2, Escuela de Cerámica 1 sita en Bulnes 45 D.E. 2, Escuela N° 13 sita en José Antonio Cabrera 3484 D.E. 2, Escuela N° 22 sita en Av. San Juan 2128 D.E. 3, Escuela N° 15 sita en México 2383 D.E. 3, Escuela N° 13 sita en Chile 1371 D.E. 3, Escuela N° 4 sita en México 1627 D.E. 3, Escuela N° 1 sita en A. Alsina 2499 D.E. 6, Escuela N° 18 sita en Av. Belgrano 3767 D.E. 6, Escuela N° 15 sita en Estados Unidos 3141 D.E. 6, Escuela N° 2 sita en La Rioja 1846 D.E. 6, Jardín de Infantes Nucleados N° 1 sito en Acevedo 609 D.E. 7, Escuela N° 8 sita en Apolinario Figueroa 1077 D.E. 7 y Escuela N° 20 sita en Hidalgo 635 D.E. 7 de la Ciudad de Buenos Aires.

Consulta y entrega de pliegos: Dirección General de Infraestructura y Equipamiento Estados Unidos 1228, 3° piso, Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10.30 a 17 hs.

Presupuesto oficial: $ 33.104.500,53 (pesos treinta y tres millones ciento cuatro mil quinientos con cincuenta y tres centavos).

A - Obras iniciales: $ 8.479.660,51 (pesos ocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos sesenta con cincuenta y uno centavos).

B - Obras complementarias: $ 15.354.985,02 (pesos quince millones trescientos cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta y cinco con dos centavos).

C - Tareas de mantenimiento: $ 9.269.855 (pesos nueve millones doscientos sesenta y nueve mil ochocientos cincuenta y cinco)

Valor del pliego: gratuito.

Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación. Subsecretaría de Gestión Económico y Financiera y Administración de Recursos, sita en Paseo Colón 255, 8° piso.

Fecha/hora de apertura: 27 de octubre de 2008, a las 14 hs. Fecha/hora de visita de obra: Escuela N° 3, sita en la Av. Santa Fe 1510, D.E. 1, 18 de septiembre de 2008, 11 hs. Escuela N° 23 sita en Larrea 854 D.E. 1,18 de septiembre de 2008,12 hs. Escuela N° 12, sita en Julián Álvarez 2849, D.E. 1, 18 de septiembre de 2008, 11 hs. Escuela N° 16 sita en Juncal 3131, D.E. 1,18 de septiembre de 2008,12 hs. Escuela N° 3, sita en Lambaré 975, D.E 2,22 de septiembre de 2008, 10 hs.

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Liceo 1 sito en Av. Santa Fe 2778, D.E. 2, 19 de septiembre de 2008, 10 hs. Escuela N° 10, sita en Arenales 2733, D.E. 2,19 de septiembre de 2008,11 hs. Escuela de la Joya sita en Lezica 3955, D.E. 2, 22 de septiembre de 2008, 11 hs. Escuela de Cerámica 1, sita en Bulnes 45, D.E. 2, 22 de septiembre de 2008,12 hs. Escuela N° 13, sita en José Antonio Cabrera 3484, D.E. 2, 19 de septiembre de 2008,12 hs. Escuela N° 22, sita en Av. San Juan 2128, D.E. 3, 23 de septiembre de 2008,12 hs. Escuela N° 15, sita en México 2383 D.E. 3, 23 de septiembre de 2008, 11 hs. Escuela N° 13, sita en Chile 1371, D.E. 3, 23 de septiembre de 2008, 12 hs. Escuela N° 4, sita en México 1627, D.E. 3, 23 de septiembre de 2008, 11 hs. Escuela N° 1, sita en A. Alsina 2499, D.E. 6, 24 de septiembre de 2008,10.30 hs. Escuela N° 18, sita en Av. Belgrano 3767, D.E. 6, 24 de septiembre de 2008, 12 hs. Escuela N° 15 sita en Estados Unidos 3141, D.E. 6, 24 de septiembre de 2008, 10.30. hs. Escuela N° 2 sita en La Rioja 1846, D.E. 6, 24 de septiembre de 2008,12 hs. Jardín de Infantes Nucleados N° 1, sito en Acevedo 609, D.E. 7, 25 de septiembre de 2008, 10

hs. Escuela N° 8 sita en Apolinario Figueroa 1077, D.E. 7, 25 de septiembre de 2008, 11 hs. Escuela N° 20 sita en Hidalgo 635, D.E. 7, 25 de septiembre de 2008, 12 hs. Plazo de ejecución de obra: * Plazo de obras iniciales: 210 días; plazo de obras complementarias: 540 días; * Plazo de Tareas de mantenimiento: a partir de la orden de comienzo. El plazo de ejecución de obra se computará a partir de la fecha del acta de inicio.

Néstor Gasparoni Director General

OL 2324 Inicia: 28-8-2008 Vence: 17-9-2008

UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES

Preadjudicación - Carpeta N° 5.237-MEGC/08 Licitación Pública N° 990/08.

Acta de Preadjudicación N° 1.093/08.

Rubro: instrumental, equipos y suministros odontológicos.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 120

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Fundamentos: Se preadjudican, según asesoramiento técnico, los Renglones 1, 3, 15, 38, 39, 41, 46 y 52 por

oferta más conveniente y 35 por única oferta a la firma Dencorp S.A. por un importe de $ 13.816,50. Los Renglones 2, 19, 30, 37, 43 y 44 por oferta más conveniente y 20, 22 y 34 por única oferta a la firma Suministros White S.A. por un importe de $ 4.976,05. Los Renglones 4, 6, 7, 8, 9, 10, 12 alt., 17, 23, 24, 31 alt., 33, 45 por oferta más conveniente la firma Dental Medrano S.A. por un importe de $ 4.920,28. Los Renglones 5, 11, 13, 14, 16, 18, 25, 26, 27, 29, 32, 47, 48, 49 por oferta más conveniente a la firma Muntal S.A. por un importe de $ 4.259,95. Los Renglones 40, 50 y 51 por oferta más conveniente a la firma Plus Dental S.A. por un importe de $ 2.415.

La erogación asciende a la suma de pesos treinta mil trescientos ochenta y siete con setenta y ocho centavos $ 30.387,78.

Observaciones: se deja constancia que previo a la adjudicación la firma Dencorp S.A. deberá tener vigente el certificado de deudores alimentarios morosos.

Lugar de exhibición del acta de preadjudicación: en la cartelera compras sito en Av. Paseo Colón 255, hall 2°piso, Capital Federal.

Guillermo G. Chiacchio Jefe Departamento Compras

OL 2325 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

Preadjudicación - Carpeta N° 5.238-MEGC/08

Licitación Pública N° 991/08. Acta de Preadjudicación N° 1.094/08. Rubro: instrumental, equipos y suministros odontológicos.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 121

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Fundamentos: Se preadjudican, según asesoramiento técnico, los Renglones 27, 36, 40 y 41 por única oferta

y los Renglones 1, 9, 18, 24, 26, 31 y 49, por oferta más conveniente a la firma Suministros White S.A. por un importe de $ 1.815,46.- Los Renglones 4, 20, 21 y 32 por única oferta y los Renglones 16 y 30, por oferta más conveniente a la firma Química Córdoba S.A. por un importe de $ 3.278,60. Los Renglones 5, 11, 12, 13, 14, 15, 28, 33, 34, 35, 37, 38 y 39, por oferta mas conveniente a la firma Muntal S.A. por un importe de $ 5.570,20. Los Renglones 6, 17, 19, 25, 29, 42, 45, 47, 48 y 51, por oferta más conveniente a la firma Dencorp S.A. por un importe de $ 1.210,60.- Los Renglones 22 y 23, por oferta más conveniente a la firma Plus Dental S.A. por un importe de $ 258,40. Los Renglones 44, 46, 50 y 52, por oferta más conveniente a la firma Dental Medrano S.A. por un importe de $ 545,20.

La erogación total asciende a la suma de pesos doce mil seiscientos setenta y ocho con cuarenta y seis centavos ($ 12.678,46).

Observaciones: no se considera la oferta de la firma Dental Medrano S.A. Para el Renglón 9,

la oferta de la firma Dencorp S.A. Para el Renglón 13 y la oferta de la firma Suministros White S.A. Para el Renglón 43, por no ajustarse al pliego de bases y condiciones, según asesoramiento técnico.

Se deja sin efecto: los Renglones 2, 3 y 8 por precio no conveniente de la firma Química

Córdoba S.A. y no cotizarlo las firmas restantes y el Renglón 43 por precio no conveniente de las firmas Dental Medrano S.A. y Plus Dental S.A. y no cotizarlo las firmas restantes. El Renglón 7 según asesoramiento técnico.

Se deja constancia que previo a la adjudicación las firmas Química Córdoba S.A., Dencorp S.A. deberán tener en vigencia el certificado de deudores alimentarios morosos.

Lugar de exhibición del acta de preadjudicación: en la cartelera compras sito en Av. Paseo colón 255, hall 2° piso, Capital Federal.

Guillermo G. Chiacchio Jefe Departamento Compras

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 122

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OL 2342 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

Adquisición de material bibliográfico - Licitación Pública N° 1.040/08 Llámase a Licitación Pública N° 1.040/08, a realizarse el día 29 de agosto de 2008 a las 15 hs.

para la adquisición de material bibliográfico, para la formación de la biblioteca personal de los alumnos desde sala de 5 hasta 6º año de técnicas de las unidades educativas, dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Educación, sito en avenida Paseo Colón 255, 2º piso frente, Capital Federal, en el horario de 9 a 17 horas.

Guillermo G. Chiacchio Jefe Departamento Compras

OL 2351 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

Impresión de títulos Serie 2008- Licitación Pública N° 1.120/08 Llámase a Licitación Pública N° 1.120/08, a realizarse el día 4 de septiembre de 2008 a las 15

hs. para la impresión de títulos Serie 2008, solicitado por la Dirección de Títulos y Legalizaciones dependiente de este Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Los pliegos podrán ser consultados y/o adquiridos en la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ministerio de Educación, sito en avenida Paseo Colón 255, 2º piso frente, Capital Federal, en el horario de 9 a 17 horas.

Guillermo G. Chiacchio Jefe Departamento Compras

OL 2346 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo del Boulevard San Isidro (Ruiz Huidobro y Pico)” - Expediente N° 83.775/06

Llámese a licitación pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo del Boulevard San Isidro (Ruiz Huidobro y Pico)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 19 de noviembre de 2008, en el Área de

Compras y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 3 de diciembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 10 de diciembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 11 de diciembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 123

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Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2185 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Emilio Mitre (Av. Pueyrredón, Av. Las Heras, Cantilo y Pacheco de Melo)” - Expediente N° 21.842/07

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Emilio Mitre (Av. Pueyrredón, Av. Las Heras, Cantilo y Pacheco de Melo)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 11 de noviembre de 2008, en el Área de

Compras y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 24 de noviembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 1° de diciembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 2 de diciembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2186 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea a construir en el Subsuelo de la Plaza Alberti (O´Higgins, F. D. Roosevelt, Manuel Ugarte, Arcos)” - Expediente N° 83.772/06

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea a construir en el Subsuelo de la Plaza Alberti (O´Higgins, F. D. Roosevelt, Manuel Ugarte, Arcos)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 14 de octubre de 2008, en el Área de Compras

y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 27 de octubre de 2008, hasta las 13 hs. del día 3 de noviembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 4 de noviembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2187 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Noruega (Amenábar, Mendoza, Ciudad de la Paz, Juramento)” - Expediente N° 43.279/06

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 124

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Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Noruega (Amenábar, Mendoza, Ciudad de la Paz, Juramento)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 6 de noviembre de 2008, en el Área de

Compras y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 19 de noviembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 26 de noviembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 27 de noviembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2188 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Monseñor Miguel D´Andrea (Av. Córdoba, Jean Jaures, Anchorena, Cabrera, Paraguay)” - Expediente N° 43.276/06

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Monseñor Miguel D´Andrea (Av. Córdoba, Jean Jaures, Anchorena, Cabrera, Paraguay)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 4 de noviembre de 2008, en el Área de

Compras y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 17 de noviembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 24 de noviembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 25 de noviembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2189 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de las inmediaciones de la Estación Saavedra FF.CC. Mitre - AU 3 (Av. R. Balbín, Donado, Besares y Holmberg)” - Expediente N° 83.780/06

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de las inmediaciones de la Estación Saavedra FF.CC. Mitre - AU 3 (Av. R. Balbín, Donado, Besares y Holmberg)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 13 de Noviembre de 2008, en el Área de

Compras y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 125

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Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 26 de noviembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 3 de diciembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 4 de diciembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2190 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo del Parque Las Heras (Av. Las Heras, Bulnes y Silvio Ruggeri)” - Expediente N° 43.275/06

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo del Parque Las Heras (Av. Las Heras, Bulnes y Silvio Ruggeri)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 30 de octubre de 2008, en el Área de Compras

y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 12 de noviembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 19 de noviembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 20 de noviembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2191 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Pueyrredón -Flores- (Av. Rivadavia, Gral. José G. de Artigas, Yerbal, Fray Cayetano Rodríguez)” - Expediente N° 43.263/06

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Pueyrredón -Flores- (Av. Rivadavia, Gral. José G. de Artigas, Yerbal, Fray Cayetano Rodríguez)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 28 de octubre de 2008, en el Área de Compras

y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 10 de noviembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 17 de noviembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 18 de noviembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández

Director General

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 126

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OL 2192 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Barrancas de Belgrano (Av. Virrey Vértiz, Juramento, Zavalía, Echeverría)” - Expediente N° 45.369/06

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea que se ubicará en el subsuelo de la Plaza Barrancas de Belgrano (Av. Virrey Vértiz, Juramento, Zavalía, Echeverría)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 23 de octubre de 2008, en el Área de Compras

y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 5 de noviembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 12 de noviembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 13 de noviembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2193 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea a construir en el Subsuelo de la Plaza Balcarce (Av. Cabildo, Manzanares, Vuelta de Obligado, Jaramillo)” - Expediente N° 83.778/06

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea a construir en el Subsuelo de la Plaza Balcarce (Av. Cabildo, Manzanares, Vuelta de Obligado, Jaramillo)”.

Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 21 de octubre de 2008, en el Área de Compras

y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 3 de noviembre de 2008, hasta las 13 hs. del día 10 de noviembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 11 de noviembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2194 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

“Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea a construir en el Subsuelo de la Plaza Juan José Paso (Virrey Loreto, Moldes, Olaguer y Feliu, Vías del FF.CC. Mitre - ramal Suárez Mitre)” - Expediente N° 83.779/06

Llámese a Licitación Pública. Obra “Construcción, Explotación y Mantenimiento de una Playa de estacionamiento Subterránea a construir en el Subsuelo de la Plaza Juan José Paso (Virrey Loreto, Moldes, Olaguer y Feliu, Vías del FF.CC. Mitre - ramal Suárez Mitre)”.

Valor del pliego: gratuito.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 127

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Adquisición y consultas de pliegos: hasta el 16 de octubre de 2008, en el Área de Compras y Contrataciones, Ministerio de Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000, ints. 4196/4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: desde las 13 hs. del 29 de octubre de 2008, hasta las 13 hs. del día 5 de noviembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 6 de noviembre de 2008 a las 13.15 hs., en el Microcine del Palacio Gubernamental, Av. de Mayo 525, planta baja.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2195 Inicia: 15-8-2008 Vence: 5-9-2008

Obra “defensa costera y recepción, movimientos y disposición de tierra y escombros. demoliciones varias” - Expediente N° 34.769/08

Llámese a Licitación Pública Nº 1.274/08. Obra “defensa costera y recepción, movimientos y disposición de tierra y escombros.

demoliciones varias” Presupuesto oficial: pesos veintisiete millones setecientos noventa y tres mil ($ 27.793.000). Plazo de ejecución: catorce (14) meses. Valor del pliego: gratuito. Adquisición y consultas de pliegos: Área de Compras y Contrataciones, Ministerio de

Desarrollo Urbano, Carlos Pellegrini 211, 9° piso, Ciudad de Buenos Aires, teléfono 4323-8000 int. 4196 / 4641 de lunes a viernes hábiles de 10 a 16 hs.

Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A. www.compras.buenosaires.gov.ar

Presentación de ofertas: hasta las 13 hs. del día 11 de septiembre de 2008 en el Área de Compras y Contrataciones del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fecha de apertura: 11 de septiembre de 2008 a las 13 hs.

Cristian A. Fernández Director General

OL 2296 Inicia: 26-8-2008 Vence: 1º-9-2008

CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN

Llámase a Licitación Privada Nº 297/08 a realizarse el 3 de septiembre de 2008 a las 11 horas, para la adquisición de muebles.

Los pliegos de bases y condiciones podrán ser consultados en la Dirección General Centro Cultural General San Martín, Sarmiento 1551, 2º piso, Departamento Compras y Contrataciones.

Blas Fabián Sánchez Director Administrativo

OL 2327 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

COMPLEJO TEATRAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 128

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Carpeta Nº 436-CTBA/08 - 2º llamado

Contratación Directa Menor Nº 577/08. Acto Administrativo de Aprobación Nº 101-CTBA/08. Mac Land S.R.L. Renglón 1. Importe total: $ 19.995 (pesos diecinueve mil novecientos noventa y cinco)

Carlos M. M. Elía Director General Adjunto

OL 2331 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

Preadjudicación - Expediente Nº 21.546/08 Licitación Pública Nº 724/08. Dictamen de Evaluación de Oferta Nº 1.070/08, de fecha 26 de agosto de 2008. Objeto: adquisición de electrodomésticos. Repartición destinataria: DGNyA - DGMUJ - DGDAI - SSPSOC (PREASIS) - DGSSZO -

SSPSOC (P.D.P.A.y N) - DGPROyS - DGTAyL

Se preadjudica a favor de: Alfagrama S.R.L. (Oferta Nº 2) Los Renglones 6, 10,11,13, 14, 16, 17, 19, 20, 21, 24,25, 26, 27, 28, 30, 34, 35, 36, 37, 38, 39 y

40, al amparo de los arts. 108 y 109 de la Ley Nº 2.095/07 Liefrink y Marx S.A. (Oferta Nº 1 ) Los Renglones 3, 4, y 5 al amparo del art. 108 de la Ley Nº 2.095/07.

No se considera: Alfagrama S.R.L. (Oferta Nº 2) Alternativa de los Renglones 28 y 32 por no ajustarse a lo solicitado por P.B.C. particulares.

Firmas preadjudicadas: Liefrink y Marx S.A. - monto: $ 19.335. Alfagrama S.R.L. - monto: $ 212.562. Total: $ 231.897. Monto total de la preadjudicación: $ 231.897 (doscientos treinta y un mil ochocientos

noventa y siete).

Se deja sin efecto: Renglones 15, por falta de especificaciones y precio de referencia, Renglones 32 y 33 por no

ajustarse a lo solicitado en el P.B.C. particulares y Renglones 41 y 42 por haber realizado la repartición solicitante su compra anticipada.

Renglones desiertos: 2, 7, 8, 9, 12, 18, 22, 23, 29 y 31.

Observaciones: En los Renglón 20, 37, 38, 39 y 40 se preadjudica por 22, 5, 1 y 1 unidades respectivamente. Se deja constancia que debido a la espera de los asesores y a la necesidad de ver las

muestras por estos, no pudo darse cumplimiento a lo establecido por art. 106, Decreto Nº 754/08 del art. 106 de la Ley Nº 2.095.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 129

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La presente preadjudicación se ha llevado a cabo conforme a asesoramiento técnico y en un todo de acuerdo con el art. 106 de la Ley Nº 2.095.

Guillermo Berra Dirección General

OL 2326 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

“Adaptación y regeneración de las calles Arribeños entre Juramento y Olazábal y Mendoza entre el Ex FC Mitre y Montañeses de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” - Expediente N° 31.060/08

Llámase a Licitación Pública N° 1.209/08, apertura del Sobre Nº 1, para el día 3 de octubre de 2008, a las 15 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley N° 13.064, para la realización de la obra “Adaptación y regeneración de las calles Arribeños entre Juramento y Olazábal y Mendoza entre el Ex FC Mitre y Montañeses de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Presupuesto oficial: pesos tres millones noventa y cinco mil ($ 3.095.000). Plazo de ejecución: 120 días contados desde la fecha de la “Orden de comienzo”. Consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser obtenidos y consultados

en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6° piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.

Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el día 3 de octubre de 2008, a las 15 horas, momento en que se realizará la apertura de Sobres Nº 1, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso.

Catalina Legarre Directora General

OL 2128 Inicia: 14-8-2008 Vence: 4-9-2008

Obra: “Adaptación y Regeneración de la Av. Boedo entre Av. San Juan y Av. Independencia” - Expediente N° 32.628/08

Llámase a Licitación Pública N° 1.299/08, apertura del Sobre Nº 1, para el día 13 de octubre de 2008, a las 15 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 13.064, para la realización de la Obra “Adaptación y Regeneración de la Av. Boedo entre Av. San Juan y Av. Independencia”.

Presupuesto oficial: pesos un millón cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos noventa y dos con doce centavos ($ 1.489.692,12).

Plazo de ejecución: 100 días contados desde la fecha de la “Orden de Comienzo”.- Consulta del pliego: los pliegos de bases y condiciones pueden ser obtenidos y consultados

en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 130

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dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso, de lunes a viernes de 11 a 18 hs.

Lugar y fechas de presentación y apertura de las ofertas: se recibirán hasta el 13 de octubre de 2008 a las 15 hs., momento en que se realizará la apertura de Sobres Nº 1, en el Área Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, sita en Av. Pte. Roque Sáenz Peña 570, 6º piso.

Catalina Legarre Directora General

OL 2264 Inicia: 25-8-2008 Vence: 12-9-2008

ENTE DE MANTENIMIENTO URBANO INTEGRAL

Alquiler de Hidrolelevador - Expediente N° 47.552/08 Llámese a Licitación Publica N° 1.236/08 para el “Alquiler de Hidrolelevador”. Repartición solicitante: Ente de Mantenimiento Urbano Integral. Pliego: sin valor. Adquisición de pliegos: Av. Independencia 3277, 2º piso, Oficina 224 - Sector Compras de

lunes a viernes de 10 a 16 hs. Pliego disponible para su consulta en el sitio web del G.C.B.A.

www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta Consultas: comunicarse con el Sector Compras al 4956-9114/9113. Presentación de ofertas: hasta las 12 hs. del día 2 de septiembre de 2008 en Av.

Independencia 3277 2º piso, Oficina 224 - Sector Compras. Fecha y lugar de apertura: 2 de septiembre de 2008 a las 12 hs., en Av. Independencia 3277,

2º piso, Oficina 224 - Sector Compras.

Santiago A. Verdondoni Director General

OL 2300 Inicia: 26-8-2008 Vence: 29-8-2008

Adjudicación - Expediente Nº 12.092/08

Licitación Pública Nº 444/08.

Acto administrativo de aprobación y adjudicación: Disposición Nº 529-EMUI/08.

Fecha de emisión acto administrativo: 14/8/08.

Apruébese la Licitación Pública Nº 444/08 realizada al amparo de lo establecido en el art. 31º concordante con el párrafo del art. 32 de la Ley Nº 2.095/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557), promulgada por Decreto Nº 1.772/06, por la Dirección General de Compras y Contrataciones y adjudíquese la adquisición de artículos de librería a favor de las firmas:

Billordo Liliana Mónica por un monto total de pesos ocho mil ochocientos ochenta y cinco con 99/100 ($ 8.885,99).

Erre DE S.R.L. por un monto total de pesos catorce mil quinientos ochenta y seis con 90/100 ($ 14.586,90).

Melenzane S.R.L. por un monto total de pesos catorce mil doscientos treinta y seis con 20/100 ($ 14.236,20).

Visapel S.A. por un monto tal de pesos catorce mil cuatrocientos cincuenta y dos con 85/100

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 131

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($ 14.452,85).

Santiago A. Verdondoni Director General

OL 2318 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA

Adjudicación - Expediente Nº 26.690/08 e inc.

Licitación Pública N° 811-SIGAF/08. Acto administrativo de aprobación y adjudicación: Disposición N° 88-DGTAD-SECLyT/08. Fecha de emisión del acto administrativo: 22 de agosto de 2008. Art. 1° - Apruébase la Licitación Pública Nº 811-SIGAF/08, realizada el 27 de junio de 2008 por

el Departamento Compras y Contrataciones, de la Dirección General Técnica y Administrativa, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, al amparo de lo establecido en el artículo 31 concordante con el 1° párrafo del artículo 32 de la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/06 (B.O.C.B.A. Nº 2557) y adjudícase la adquisición de equipos para control físico de bienes, a favor de la firma Moorex S.R.L. por la suma total de pesos veintinueve mil ciento tres ($ 29.103) con destino a la Dirección General Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, a la Dirección General de Coordinación Legal y a la Dirección General Técnica y Administrativa, dependientes de la Secretaría Legal y Técnica y a la Dirección General LS 1 - Radio de la Ciudad, dependiente de la Secretaría de Comunicación Social, según el siguiente detalle:

Firma adjudicada:

Moorex S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 13 - precio unitario: $ 218 - importe total: $ 2.834. Renglón: 3 - cantidad: 5 - precio unitario: $ 4.560 - importe total: $ 22.800. Renglón: 4 - cantidad: 1 - precio unitario: $ 3.469 - importe total: $ 3.469. Total: pesos veintinueve mil ciento tres ($ 29.103). Renglón desierto: 2.

Roberto C. González Director General

OL 2345 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 132

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Conclusión En virtud de lo previamente señalado, esta Comisión de Evaluación de Ofertas concluye en

declarar fracasada la presente Licitación Pública Nº 21/08, referida a la contratación de servicio de mantenimiento de ascensores, montacoches, platos giratorios, bombas y portones de edificios de los inmuebles ubicados en la Av. L. N. Alem 684 y la calle Libertad 1042 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por haberse declarado inadmisible la única oferta presentada. Labate – Prota – De Filpo

Hernán Labate Jefe Departamento de Coordinación y Preadjudicaciones

OL 2338 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL

FISCALÍA GENERAL

Comisión Evaluadora de Ofertas

Adjudicación - Actuación Interna FG Nº 3.327/08

Dictamen CEO Nº 12/08. Contratación Directa Nº 2/08. Objeto de la contratación: obras en inmueble sito en Beruti 3345. Adjudicar a la firma R. Di Pietro Paolo Construcciones el Renglón 1 por la suma total de $

199.893,30 (pesos ciento noventa y nueve mil ochocientos noventa y tres con 30/100) IVA incluido.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 133

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Federico Compeano Comisión Evaluadora de Ofertas

OL 2340 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

Adjudicación - Actuación Interna FG Nº 950/07

Dictamen CEO Nº 13/08. Contratación Directa Nº 3/08. Objeto de la contratación: obras en inmueble sito en Almafuerte 37. En conclusión, esta Comisión recomienda. 1) Adjudicar a la firma Adrián Eduardo Francisco Wasersztrom el Renglón 1 por la suma

total de $ 67.920,65 (pesos sesenta y siete mil novecientos veinte con 65/100) IVA incluido. 2) Declarar inadmisible por inconveniente la oferta de la firma Infraestructura Básica Aplicada

S.A. por las razones expuestas en el dictamen que antecede.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 134

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3) Desestimar la oferta de la firma Artécnica (Arquitectura Claudia Román) por las razones expuestas en el dictamen que antecede.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 135

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Federico Compeano Comisión Evaluadora de Ofertas

OL 2341 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

SECRETARÍA GENERAL DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

ASESORÍA GENERAL TUTELAR

Provisión de equipamiento informático - Expediente N° 2/08

Licitación Nº 2/08. Objeto de la contratación: tiene por objeto la provisión de equipamiento informático de

acuerdo al siguiente detalle: quince (15) computadoras para puestos de trabajo; cuarenta (40) monitores tft/-lcd de 17” tipo lg modelo 1753s o similar; dos (2) impresoras electrofotografíca color estándar con una productividad de por lo menos 50.000 impresiones mensuales; dos (2) impresoras láser blanco y negro departamentales aptas para imprimir setenta y cinco mil (75.000) copias mensuales; seis (6) impresoras láser blanco y negro para puesto de trabajo aptas para imprimir treinta mil (30.000) copias mensuales; un (1) proyector portátil digital y una (1) pantalla plana para dicho proyector, con pantalla de proyección con trípode diseñada para uso intensivo; diez (10) notebook; un (1) Escáner Departamental de cama plana y capacidad de escaneo de doble faz con alimentación automática de documentos; un (1) Router Linksys WRT54-GL; UN (1) Servidor Departamental.

Valor del pliego: gratuito. Lugar de consulta y retiro del pliego: Secretaría General de Coordinación Administrativa del

Ministerio Público Tutelar, sita en Combate de los Pozos 155, 3º piso de esta ciudad, de lunes a viernes en el horario de 10 a 16 hs., o a los teléfonos 4011-1525/1482.

Lugar de entrega de las ofertas: hasta las 11.30 horas del día 10 de septiembre de 2008 en la Mesa de Entradas del Ministerio Público Tutelar, sita en Combate de los Pozos 155, 7º piso contrafrente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Lugar y fecha apertura de ofertas: Sede la Asesoría General Tutelar, combate de los Pozos 155, 7º piso frente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 10 de setiembre de 2008, a las 12 horas.

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 136

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Plazo de mantenimiento de la oferta: plazo mínimo de treinta (30) días hábiles a contar de la fecha de la apertura, prorrogables automáticamente por igual plazo.

Presupuesto oficial: pesos ciento noventa y dos mil cuatrocientos ($ 192.400).

Juan C. Torres Prosecretario

OL 2308 Inicia: 28-8-2008 Vence: 29-8-2008

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES

Contratación de Talleres Outdoor para el desarrollo de competencias Llámese a licitación pública con referencia a la “Contratación de 3 (tres) Talleres Outdoor para

el Desarrollo de Competencias” (Carpeta de Compras N° 17.788). Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la

Gerencia de Área Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita en Florida 302, 7º piso, C.A.B.A. Valor del pliego de condiciones: $ 60 (pesos sesenta). Fecha de Apertura: 10/9/08 a las 11 hs. Consultas: de 10 a 15 hs. Tels.: 4329-8811/10/09. E-mail: [email protected] Página web: www.bancociudad.com.ar

Nicolás E. Fiorentino Jefe de Equipo

Contrataciones Diversas y Servicios

BC 187 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Provisión e Instalación de equipos de Aire Acondicionado Separados, Frío/Calor - Carpeta de Compras Nº 17.700

Llámese a licitación pública con referencia a la “Provisión e Instalación de 5 Equipos de Aire Acondicionado Separados, Frío/Calor (por bomba) de 10 / 15 TR. para el anexo de la Sucursal Nº 8, sito en la Av. Cabildo 3053, C.A.B.A.”

Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la Gerencia de Área Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita en Florida 302, 7º piso, Capital Federal.

Valor del pliego de condiciones: $ 215 (pesos doscientos quince). Fecha de apertura: 17/9/08 a las 11 horas. Consultas: de 10 a 15 horas. Tels.: 4329-8809/10/11. E-mail: [email protected]

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 137

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Página web: www.bancociudad.com.ar

Alfredo N. Pepe Jefe de Equipo

Obras Gerencia de Área Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 189 Inicia: 26-8-2008 Vence: 1º-9-2008

Reemplazo de los cristales de fachada en el edificio - Carpeta de Compras N° 17.542

Llámese a licitación pública con referencia al “Reemplazo de los cristales de fachada en el edificio, sito en Boedo 870, C.A.B.A.” (Carpeta de Compras N° 17.542).

Valor del pliego de condiciones: $ 95 (pesos noventa y cinco). Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la

Gerencia de Área Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Capital Federal.

Fecha de apertura: 16/9/08, a las 12 horas. Consultas: de 10 a 15 horas. Tels.: 4329-8809/10/11. E-mail: [email protected] Página web: www.bancociudad.com.ar

Alfredo N. Pepe Jefe de Equipo

Obras Gerencia de Área Gestión de Obras, Servicios y Compras

BC 190 inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Adquisición de elementos promocionales varios - Carpeta de Compras N° 17.698/08 Llámese a licitación pública con referencia a la “Adquisición de elementos promocionales

varios″ (Carpeta de Compras N° 17.698). Valor del pliego de condiciones: $ 300 (pesos trescientos). Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la

Gerencia de Área Gestión de Obras, Servicios y Compras, sita en Florida 302, 7º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Fecha de apertura: 19/9/08, a las 12 hs. Consultas: de 10 a 15 hs. Tels.: 4329-8811/10/09. E-mail: [email protected] Página web: www.bancociudad.com.ar

Nicolás E. Fiorentino Jefe de Equipo

Contrataciones Diversas y Servicios

BC 191 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 138

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Preadjudicación - Carpeta de Compras Nº 17.509

Se comunica a los señores oferentes, la preadjudicación de la Carpeta de Compras Nº 17.509 que tramita la “Adquisición de Rollos Auditoría Cajeros Automáticos y Rollos Térmicos para impresora de recibos Cajero Optiva (artículos 12014039-12014045)”, de acuerdo al siguiente detalle:

Renglón: 2 - rollos térmicos para impresora de recibos cajero optiva - art. 12014045 - a la firma Casa Trasorras S.C. - en la suma total de $ 144.780 más IVA (pesos ciento cuarenta y cuatro mil setecientos ochenta más IVA) - importe unitario $ 38,10 más IVA. - cantidad: 3.800.

Renglón: 1 - rollos auditoría cajeros automáticos - art. 12014039 - cantidad: 21.500 – fracasado.

Consultas: Gerencia de Área Gestión de Obras, Servicios y Compras, Florida 302, 7º piso. Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Nicolás E. Florentino Jefe de Equipo

Contrataciones Diversas y Servicios

BC 194 Inicia: 29-8-2008 Vence: 29-8-2008

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Red agua y cloacas, Barrio Parque Avellaneda - Licitación Pública Nº 42/08 Se llama a licitación pública para red de agua y red de cloacas de la Manzana 99N y 99M,

Barrio Parque Avellaneda, Ciudad de Buenos Aires. Presupuesto oficial - mes base: julio 08 - $ 1.872.158,39. Fecha de apertura: 14 de octubre de 2008 a las 13 horas. Plazo de obra: plazo máximo 2 meses. El pliego podrá ser consultado en la página de internet:

www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en el Departamento de Compras y Evaluación de Ofertas, Carlos Pellegrini 211, 6º piso, Ciudad de Buenos Aires.

Jorge G. Sutton Gerente General

CV 11 Inicia: 25-8-2008 Vence: 12-9-2008

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 139

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Particulares Transferencia

Regina Eloisa Lafico, avisa que transfiere a María Natalia Spagnolli la habilitación del local habilitado como casa de comidas “La Eloisa” sito en la calle Güemes 4555 habilitado por Expediente Nº 67.215/2004, Capital Federal. Reclamos de ley en Güemes 4555, Capital Federal.

Solicitante: María Natalia Spagnolli

EP 134 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Nº 39

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 39, del Departamento Judicial de Capital Federal, Pcia. de Buenos, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Serio Norberto, Capital Federal, 13 de agosto de 2008.

María Victoria Pereira Secretaria

Solicitante: Jonatan Rodríguez

EP 139 Inicia: 28-8-2008Vence: 1º-9-2008

Intimaciones

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DIRECCIÓN GENERAL CONTROL DE LA HIGIENE URBANA

Intimación

Registro Nº 12.107-DGCCA/05 Intímase a Pala, María Cristina titular del inmueble sito en la calle Espinosa 2124, a

realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 653 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 140

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Intimación

Registro Nº 9.885-DGCCA/05 Intímase a Prieto Adolfo titular del inmueble sito en la calle Bahía Blanca 3151, a realizar

el desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 654 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación Registro Nº 875-CGPC 11/07 Intímase a Díaz, Adrián Emilio titular del inmueble sito en la Av. Francisco Beiró 3333, a

realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 655 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación Nota Nº 12.419-DGLIM/07 Intímase a Unión Obrera Metalúrgica REP A titular del inmueble sito en la calle Hipólito

Yrigoyen 3353, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 656 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación Nota Nº 12.463-DGLIM/07 Intímase a González Mato titular del inmueble sito en la calle Sarmiento 3277, a realizar el

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 141

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desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 657 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación Nota Nº 12.420-DGLIM/07 Intímase a Nogueira Alfonso titular del inmueble sito en la calle Yrigoyen Hipólito 3359, a

realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 658 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación

Nota Nº 12.432-DGLIM/07 Intímase a Yerbal Construcciones S.R.L. titular del inmueble sito en la calle Berón De

Astrada 6243, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N°15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 659 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación

Nota Nº 12.763-DGLIM/07 Intímase a Mazzoccone y Mazzoccone titular del inmueble sito en la calle Tucumán 3507,

a realizar el desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 142

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debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 660 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación

Nota Nº 12.518-DGLIM/07 Intímase a Iglesias Manuel titular del inmueble sito en la calle Leipzig 4932, a realizar la

reparación de acera e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 661 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación

Registro Nº 371-CGPC 12/07 Intímase a Depascuali, Ramón y otros titular del inmueble sito en la Av. Albarellos 3146, a

realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 662 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

Intimación

Nota Nº 2.037-DGIHU/08. Intímase a Sr. Propietario titular del inmueble sito en la calle Gordillo Timoteo 846, a

realizar la reparación de acera, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 143

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salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 665 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 12.240-DGLIM/07. Intímase a Scabbiolo, Ángela María titular del inmueble sito en la calle Juan Ramírez De

Velazco 1191, a realizar la reparación de acera, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 666 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 12.934-DGLIM/07. Intímase a Sisso, David Alejandro titular del inmueble sito en la calle Arenal Concepción

3774, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 667 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 2.325-CGPC9/08. Intímase a Campos de Casanova, María Micae titular del inmueble sito en la calle

Boquerón 6821, a realizar la reparación de acera, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 144

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condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 668 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 2.842-MGEYA/08. Intímase a Esteban, Alberto Herminio titular del inmueble sito en la calle Avellaneda 1022,

a realizar la desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 669 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 6.153-MGEYA/08. Intímase a Agis, José Camillo titular del inmueble sito en la calle Arregui 3909, a realizar la

reparación de acera, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 670 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 2.073-DGIHU/08. Intímase a Coop. de la Vivid. y Cos, LTD titular del inmueble sito en la calle Azara 1360, a

realizar la reparación de acera, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 145

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a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 671 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 2.068-DGIHU/08. Intímase a Silvestre, Lucía Elena titular del inmueble sito en la calle Anchorena Tomás

Manuel De 906, a realizar la desratización e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 672 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 2.048-DGIHU/08. Intímase a Sr. Propietario titular del inmueble sito en la calle Mitre Bartolomé 3808, a

realizar la desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 673 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 2.034-DGIHU/08. Intímase a Lafranconi, Elias D. titular del inmueble sito en la calle Ruiz Huidobro 2252, a

realizar la reparación de acera, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 146

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a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 674 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 12.721-DGLIM/07. Intímase a Rodríguez, Ramón Cecilio titular del inmueble sito en la calle Brasil Av. 2840, a

realizar la desratización e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 675 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 12.860-DGLIM/07. Intímase a Argentino, Cano Feito titular del inmueble sito en la calle Rivadavia Av. 3407, a

realizar la desratización e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 676 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 33.052/06. Intímase a Warran S.R.L. titular del inmueble sito en la calle Mitre Bartolomé 2135, a

realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 147

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o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 677 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 31.949/06. Intímase a Cacceta, Fortunato N. titular del inmueble sito en la calle Varela Av. 664, a

realizar la reparación de acera, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 678 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

Nota Nº 15.264/06. Intímase a Sr. Propietario titular del inmueble sito en la calle Primera Junta 3249, a realizar

la reparación de acera, desratización, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: “Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética”, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Carlos Díaz Director General

EO 679 Inicia: 28-8-2008 Vence: 3-9-2008

Intimación

RESOLUCIÓN Nº 1.199-MAyEPGC/08 Buenos Aires, 30 de julio de 2008.

Visto el Expediente N° 45590-2006, y

CONSIDERANDO:

N° 3003 - 29/8/2008 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página N° 148

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Que por el expediente citado en el visto la Dirección del Cementerio Recoleta da cuenta que el día 11 de julio de 2002 se produjo el desmoronamiento del sepulcro ubicado en la sección 17, tablón 209 A, sepulturas 01 a 14 y sobrante, otorgado el día 22 de septiembre de 1869 a perpetuidad a la familia del Doctor Montes de Oca;

Que en virtud del siniestro acaecido la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias, realizo las tareas provisorias de emergencia, destacando que deberán realizarse obras definitivas a fines de evitar futuros daños a las construcciones linderas;

Que de acuerdo a lo precedentemente expuesto se intimó a los titulares del sepulcro a efectos procedan a realizar la reconstrucción del mismo bajo apercibimiento que, en caso de no realizarlo, les resultara aplicable lo previsto en el artículo 58 de la Ordenanza Nº 27.590;

Que no obstante las comunicaciones efectuadas no se presentaron herederos, lo que evidencia la falta de interés en acordar soluciones al siniestro ocurrido, con el agravante del no pago de las tasas de mantenimiento anual;

Que asimismo se realizó la correspondiente publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, a fin que la familia Montes de Oca proceda a regularizar la situación del sepulcro;

Que la Procuración General de la Ciudad ha dictaminado en las presentes actuaciones a través del Dictamen PG-N° 63.828 señalando que, sin perjuicio del contenido de las intimaciones realizadas, al ser el otorgamiento de la bóveda a perpetuidad, debe considerarse que esta integra el patrimonio del titular, siendo de naturaleza "sui generis";

Que en virtud de lo reseñado en el párrafo precedente, el no pago de tasas, no puede dar lugar a la caducidad del sepulcro, sino a su reclamo por vía judicial;

Que de acuerdo a los fundamentos vertidos mas arriba, corresponde intimar a los titulares de la bóveda en cuestión a efectos que realicen los trabajos necesarios tendientes al restablecimiento de las condiciones de seguridad y acondicionamiento del sepulcro, bajo apercibimiento de efectuarlos por administración y a su costa:

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por la Ley Nº 2.506-LCABA/07 y el Decreto N° 2.075/07 (B.O.C.B.A. 2.829/07),

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE:

Artículo 1°. Intímase a la familia del Doctor Montes de Oca para que en el plazo de cinco (5) días procedan a realizar los trabajos necesarios a los efectos de restablecer las condiciones de seguridad y acondicionamiento del sepulcro ubicado en la sección 17, tablón 209 A, sepulturas 01 a 14 y sobrante del Cementerio de la Recoleta.

Artículo 2°. La referida intimación deberá realizarse mediante la publicación de edictos por cinco días en el boletín oficial de la ciudad de Buenos Aires y en un diario de gran circulación en la Ciudad de Buenos Aires, bajo apercibimiento de realizar los trabajos por administración y a su costa, demandando si los titulares no abonaren los gastos habidos el cobro judicial de los trabajos producidos, como asimismo los cargos por reparaciones ya realizadas.

Artículo 3°. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Pase para su conocimiento y en prosecución del trámite a la Dirección General de Cementerios dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento Urbano, la que procederá a dar cumplimiento a la presente resolución. Piccardo

EO 663 Inicia: 25-8-2008 Vence: 29-8-2008

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Intimaciones

Resolución N° 2.868-DGR/08. C.C. Nº 51.557-DGR/06 y Agregada Nota Nº 6.634-DGR/07.

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Buenos Aires, 23 de julio de 2008.

Vistas las presentes actuaciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de Compubar S.R.L., con domicilio fiscal en Av. Corrientes 1686 y con domicilio del socio gerente de la firma Sr. Marcelo Moreno Bayon en la calle Zuviría 787, ambos de esta Ciudad, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 901-043266-1 (CUIT Nº 30-70721816-5), cuya actividad sujeta a tributo consiste en “Servicio Expendio de Comidas”, de las que resulta:

Que esta Dirección General de Rentas en ejercicio de las facultades de fiscalización de impuestos que le conceden los sucesivos ordenamientos fiscales de aplicación en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso la realización de una inspección en el domicilio de la contribuyente con el objeto de controlar el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias, como resultado de la cual se establecieron ajustes por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con relación a los anticipos mensuales 1º a 12º del año 2003, 1º a 12º del año 2004, 1º a 12 del año 2005, 1º a 12 del año 2006, 1º a 8º del año 2007;

Que las causas que fundamentan el presente ajuste se originan en: Omisión total en la declaración de ingresos y diferencia en pago del impuesto correspondiente

respecto de los anticipos mensuales 1º a 5 del año 2003, 1º a 4º y 6º del año 2004, Omisión total en la declaración de ingresos y pago del impuesto correspondiente con relación a

los anticipos mensuales 6º a 12 del año 2003, 5º, 7º a 12º del año 2004, 1º a 12º del año 2005, 1º a 12 del año 2006 y 1º a 8º del año 2007;

Que las diferencias de verificación fueron establecidas en autos, teniendo en cuenta el siguiente procedimiento: la inspección interviniente determinó los montos imponibles correspondiente a los anticipos mensuales 1º a 5º, 7º a 12º del año 2003, 1º a 12 del año 2004, 1º, 3º a 12º del año 2005, 1º a 4º, 6º, 9º a 12 del año 2006 y 1º a 5º del año 2007, en base a los débitos fiscales de IVA, aportados por la AFIP (fs 76 a 78 de la Carpeta Nº 51.557-DGR/06).

Asimismo al no contar con documentación contable fehaciente, a los efectos de obtener las bases imponibles mensuales de los anticipos 6º del año 2003, 2º del año 2005, 5º y 8º del año 2006, se aplicaron coeficientes regresivos partiendo del monto obtenido de los Débitos Fiscales del IVA, correspondiente a los anticipos mensuales 7º del año 2003, 3º del año 2005, 6º del año 2006 y 9º del año 2006 respectivamente, tal como surge de la hoja de trabajo obrante a fs. 79 de la Carpeta Nº 51.557-DGR/06).

Del mismo modo para obtener la base imponible respecto del anticipo mensual 7º del año 2006, se aplicaron coeficientes progresivos partiendo del monto obtenido en los Debitos Fiscales del IVA del anticipo mensual 6º del año 2006 y para determinar la base imponible respecto de los anticipos mensuales 6º a 8º del año 2007, se aplicaron coeficientes progresivos partiendo del anticipo mensual 5º del año 2007, tal como surge de la hoja de trabajo obrante a fs. 79 de la Carpeta Nº 51.557-DGR/06).

Que para la totalidad de los periodos fiscales motivo de ajuste, la actuante al no contar con DDJJCM05, ni documentación con distribución de los ingresos y gastos entre las jurisdicciones involucradas, que permita la determinación del coeficiente unificado de Convenio Multilateral, atribuyó el 99% de los ingresos a esta jurisdicción -Ciudad de Buenos Aires-;

Se deja constancia que los presentes ajustes se realizan sobre base presunta. Que por tal motivo, se confeccionaron las correspondientes planillas originales de diferencias

de verificación de fs. 93/95 y las respectivas copias de fs. 96/101 ambas de la Nota Nº 6.634-DGR/07, conteniendo las liquidaciones practicadas, con respecto a los períodos observados, que son los antes detallados;

Que, habiéndose dado traslado a la contribuyente de los instrumentos indicados en el párrafo anterior, e intimado el pago del impuesto resultante como surge de la copia de la carta documento y acuse de recibo pertinente obrantes a fs. 88 a 91 y el acta que se encuentra a fs. 92 e informe de fs. 110 vta., (todas de la Nota Nº 6.634-DGR/07), se constató que no se hizo presente persona alguna responsable de la firma a los efectos de manifestar su voluntad respecto de la conformidad o no de las diferencias apuntadas, razón por la cual se las tiene por no conformadas. Y,

CONSIDERANDO:

Que en este estado, y dadas las irregularidades establecidas en el cumplimiento de las

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obligaciones impositivas a cargo del responsable, y atento su falta de conformidad para con las respectivas liquidaciones, corresponde iniciar el procedimiento de determinación de oficio de su materia imponible sobre base presunta, tal como lo prescriben los artículos 121, 122, 123, 141, 142, 143, 144, 146, 147, 148, 150, 151 y 152 del Código Fiscal t.o. 2007, con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 2.569 (B.O. Nº 2838 de fecha 26/12/07);

Que por otra parte, los hechos descriptos constituyen omisiones en el cumplimiento de las obligaciones tributarias que configuran presuntivamente infracciones a los deberes fiscales de orden material, contempladas en los art. 93, 94, 95 y 93 -omisión- del Código Fiscal t.o 2003, 2004, 2005, 2006 y 2007, todos del mismo tenor;

Que dado que la contribuyente no ha denunciado el cambio de domicilio fiscal, de acuerdo con lo previsto en el art. 28 concordante con el art. 24 del Código Fiscal t.o. 2007, con las modificaciones introducidas por la Ley Nº 2.569 (B.O. Nº 2838 de fecha 26/12/07) y disposiciones concordantes de años anteriores, de no efectuar dicha comunicación esta Dirección General considerará como subsistente y válido el último domicilio declarado, teniendo el reseñado plenos efectos legales;

Que corresponde remarcar que en virtud de los art. 14 inc. 4º y 5º, 15 y 17 inc. 1º, del Código Fiscal t.o. 2007, deviene responsable por el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de la firma el socio gerente de la firma Sr. Marcelo Moreno Bayon, y/o quien resulte responsable en la actualidad extendiéndosele la responsabilidad en forma solidaria.

Que asimismo corresponde intimar a la contribuyente y al socio gerente de la firma Sr. Marcelo Moreno Bayon y/o a quien resulte responsable en la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo, se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir especialmente las costas judiciales;

Por ello, dadas las prescripciones legales invocadas,

DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1º - Iniciar el procedimiento de determinación de oficio de la materia imponible y de las obligaciones fiscales consiguientes, sobre base presunta con relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, a la contribuyente Compubar S.R.L., con domicilio fiscal en Av. Corrientes 1686 y con domicilio del Socio Gerente de la firma Sr. Marcelo Moreno Bayon en la calle Zuviría 787, ambos de esta Ciudad, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 901-043266-1 (CUIT Nº 30-70721816-5), cuya actividad sujeta a tributo consiste en “Servicio Expendio de Comidas”, con relación a los anticipos mensuales 1º a 12 del año 2003, 1º a 12 del año 2004, 1º a 12 del año 2005, 1º a 12 del año 2006, 1º a 8º del año 2007.

Artículo 2° - Instruir sumario a la contribuyente mencionada, por la comisión presunta de infracciones sancionadas en las normas fiscales referidas en los "Considerandos" de la presente.

Artículo 3º - Hacer extensiva la responsabilidad solidariamente por el cumplimiento de las obligaciones tributarias al socio gerente de la firma Sr. Marcelo Moreno Bayon en la calle Zuviría 787, de esta ciudad y/o a quien resulte responsable en la actualidad, en virtud de lo establecido en los art. 14 inc. 4º y 5º, 15 y 17 inc. 1º del Código Fiscal t.o. 2007.

Artículo 4º - Intimar a Compubar S.R.L., a tramitar el cambio de domicilio fiscal ante esta Dirección General bajo apercibimiento de considerar como subsistente y válido el último domicilio declarado por la responsable, teniendo el mismo plenos efectos legales.

Artículo 5º - Conferir vista de estas actuaciones a la contribuyente, para que en el término de quince (15) días de notificada esta resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho.

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Artículo 6° - Consignar que las planillas de diferencias de verificación forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 7º - Intimar a la contribuyente y al socio gerente de la firma Sr. Marcelo Moreno Bayon y/o a quien resulte responsable en la actualidad, para que dentro del término de quince (15) días de notificada esta resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal, sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar el trámite de los actuados según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir especialmente las costas judiciales.

Artículo 8º - Regístrese, notifíquese por medio de publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en los domicilios consignados en el artículo primero de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el art. 31 incisos 1º y 5º del Código Fiscal t.o. 2007, con copia de la presente y resérvese.

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Analía C. Leguizamón Directora General Adjunta

EO 664 Inicia: 28-8-2008 Vence: 1°-9-2008

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