decreto 301 de 2002 - acreditacion normales

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Reforma educativa

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DIARIO OFICIAL 44.732 DECRETO 301 22/02/2002 por el cual se modifica parcialmente el Decreto nmero 3012 del 19 de diciembre de 1997. El Presidente de la Repblica de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las que le confieren los numerales 11 y 21 del artculo 189 de la Constitucin Poltica, y el artculo 216 de la Ley 115 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto por el artculo 16 del Decreto 3012 de 1997, se conform el Consejo de Acreditacin de las Escuelas Normales Superiores, de carcter consultivo, adscrito al Ministerio de Educacin Nacional, al cual se le asign segn lo previsto en el artculo 17 de la misma norma, la competencia de promover y ejecutar la poltica de acreditacin para dichas instituciones y la de recomendar la acreditacin en cada caso, de acuerdo con los estudios y evaluaciones practicadas;

Que este Consejo sesion y ejerci sus funciones durante el periodo en el cual se llev a cabo el proceso de acreditacin previa, de las Escuelas Normales Superiores debidamente reestructuradas, el cual culmin en el ao de 1999;

Que segn el pargrafo 2 del artculo 38 de la Ley 489 de 1998, funcionarn los organismos consultivos o coordinadores que la ley determine;

Que de conformidad con el artculo 113 de la Ley 115 de 1994, todo programa de formacin de docentes deber estar acreditado en forma previa, de acuerdo con las disposiciones que fije el Ministerio de Educacin Nacional para el caso de las Escuelas Normales Superiores,DECRETA:

Artculo 1. Corresponde al Ministerio de Educacin Nacional dictar las disposiciones sobre la acreditacin de los programas de formacin de docentes ofrecido por las Escuelas Normales Superiores, para el ejercicio de la docencia, en el nivel de preescolar y en el ciclo de educacin bsica primaria.

Artculo 2. El artculo 12 del Decreto 3012 de 1997 quedar as:

Artculo 12. La acreditacin de los programas de las Escuelas Normales Superiores, se har conforme a lo establecido por los artculos 74 y 113 de la Ley 115 de 1994 y constituye un proceso mediante el cual el Ministerio de Educacin Nacional reconoce la idoneidad y calidad de los programas acadmicos que ofrece una Escuela Normal Superior, para formar educadores que puedan ejercer la docencia en el nivel de preescolar y en el ciclo de educacin bsica primaria, siempre y cuando hubieren cumplido los requisitos sealados por el Ministerio de Educacin Nacional

Artculo 3. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacin y deroga en especial el Captulo III "De la acreditacin", del Decreto 3012 del 19 de diciembre de 1997, a excepcin del artculo 13 del mismo captulo y decreto.

Publquese y cmplase.Dado en Bogot, D. C., a 22 de febrero de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Educacin Nacional, Francisco Jos Lloreda Mera.