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  • 1

    MANUAL ESPECFICO DE FUNCIONES, REQUISITOS Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS EMPLEOS QUE CONFORMAN LA PLANTA DE PERSONAL DE LA GOBERNACIN DEL CHOC- NIVEL CENTRAL

    DECRETO 189 DE 2013

    Quibd, julio 19 de 2013

  • 2

    CONTENIDO

    Pg.

    Presentacin 4

    1. Misin del Departamento 5

    2. Visin del Departamento 5

    3. Objetivos y Funciones Institucionales 5

    4. Normatividad bsica 6

    5. Organigrama 6

    6. Decreto 189 de 2013, Por el cual se adopta el Manual Especfico de

    Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos que

    conforman la Planta de Personal de la Gobernacin del Choc- Nivel

    Central

    7

    CAPITULO I. FUNCIONES Y REQUISITOS POR CARGOS

    9

    Denominacin del Empleo Cdigo Grado No. Cargos

    PLANTA DE EMPLEOS DEL DESPACHO DEL GOBERNADOR 9

    Gobernador 001 --- 1 9

    Asesor 105 01 1 13

    Profesional Universitario 219 01 1 16

    Tcnico Administrativo 367 06 1 18

    Secretario Ejecutivo del Despacho del Gobernador

    430 21 1 20

    Auxiliar Administrativo 407 05 1 23

    Auxiliar de Servicios Generales 470 05 1 26

    Conductor Mecnico 482 14 1 27

    PLANTA GLOBAL DE LA GOBERNCIN NIVEL CENTRAL 29

    Jefe de Oficina 006 09 2 29

    Secretario de Despacho 020 10 9 35

    Jefe de Oficina Asesora Jurdica 115 05 1 65

    Asesor 105 05 1 69

    Asesor 105 02 8 72

    Asesor 105 01 9 100

    Tesorero General 201 14 1 125

    Almacenista General 215 08 1 129

    Profesional Especializado 222 15 1 132

  • 3

    Profesional Universitario 219 13 25 135

    Profesional Universitario 219 09 8 218

    Profesional Universitario 219 08 5 244

    Profesional Universitario 219 07 12 253

    Profesional Universitario 219 05 9 281

    Profesional Universitario 219 01 19 297

    Tcnico Administrativo 367 10 15 307

    Tcnico Administrativo 367 06 3 310

    Tcnico Administrativo 367 03 12 313

    Tcnico Operativo 314 10 1 315

    Tcnico Operativo 314 07 2 317

    Secretario Ejecutivo 425 17 10 319

    CAPITULO II. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES A LOS DIFERENTES EMPLEOS

    322

    CAPITULO III. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERRQUICO

    324

    CAPITULO IV. DISPOSICIONES GENERALES 331

  • 4

    Presentacin

    La Gobernacin del Choc presenta el Manual Especfico de Funciones, Requisitos y

    Competencias Laborales de la Planta de Personal de la administracin departamental

    nivel central, el cual se ha formula conforme a la nueva escala salarial y nomenclatura de

    empleos adoptada mediante Decreto 101 de 2013, al Decreto 108 de 2013 por el cual se

    adoptan las equivalencias de los cargos de la Planta de Personal del Nivel Central de la

    Gobernacin del Choc, a la estructura interna que se determin mediante el Decreto 110

    de 2013, y a la planta de personal del nivel central de la Administracin Departamental,

    adoptada mediante Decreto 187 de 2013 de la Gobernacin del Choc. As mismo,

    corresponde a lo previsto en los Decreto 785 de 2005 y 2539 de 2005, por el cual se

    estableci el sistema de nomenclatura y clasificacin y de funciones y requisitos

    generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las

    disposiciones de la Ley 909 de 2004; y conforme a lo previsto en el Decreto Nacional No.

    2539 de 2005 por el cual se establecen las competencias laborales generales para los

    empleos pblicos de los distintos niveles jerrquicos de las entidades a las cuales se

    aplican los Decretos Ley 770 y 785 de 2005.

    El Manual Especfico de Funciones y Requisitos es una herramienta tcnica y

    procedimental necesaria para la administracin del talento humano que se desempea en

    los cargos que conforman la estructura de la Planta de Personal, que permite a la

    Gobernacin y sus funcionarios identificar y conocer en profundidad sus funciones y las

    responsabilidades intrnsecas que implica la ejecucin de cada tarea, dentro del marco de

    las funciones de la respectiva dependencia, acordes con la formacin, el conocimiento, el

    grado salarial y el nivel jerrquico en que se encuentre ubicado el respectivo empleo

    dentro de la estructura de la entidad.

    El Manual Especfico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los

    Empleados que conforman la Planta de Personal de la Gobernacin del Choc - Nivel

    Central, contiene en forma ordenada y sistemtica la informacin sobre los aspectos

    organizacionales necesarios para la mejor ejecucin del trabajo, se establecen las

    funciones y requisitos de los cargos que conforman la planta de personal, que

    corresponden a la misin, visin, objetivos y funciones bsicas de la Gobernacin.

    Su principal propsito es proporcionar a la Administracin Departamental de elementos

    que permitan el fortalecimiento institucional y el mejoramiento continuo de los servicios

    que se prestan a los municipios, a los resguardos y comunidades indgenas, a la sociedad

    y a todos los ciudadanos y ciudadanas del Departamento del Choc.

  • 5

    1. Misin del Departamento

    Posicionar al Departamento como un garante de gestin legal, tica y efectiva para el

    desarrollo sostenible de la comunidad territorial, a travs del cumplimiento de sus

    funciones administrativas, de coordinacin, de complementariedad de la accin de los

    municipios, de intermediacin entre stos y la Nacin y de la prestacin de servicios a su

    cargo, en pro de satisfacer las necesidades de los Chocoanos y Chocoanas y mejorar su

    calidad de vida con equidad, solidaridad y respeto con su diversidad tnica y en armona

    con los mandatos constitucionales y legales.

    2. Visin del Departamento

    Para el 2015, el Departamento del Choc contar con la capacidad institucional necesaria

    para intervenir de manera efectiva en el mejoramiento de las condiciones sociales,

    econmicas, ambientales y polticas en su territorio. As mismo, prestar los servicios

    dirigidos a satisfacer las demandas y necesidades de la poblacin chocoana en

    coordinacin con las entidades privadas y los organismos o instituciones pblicos del

    orden nacional, y municipal, bajo un modelo de respeto y preservacin de la riqueza y la

    biodiversidad, as como de inclusin de las diversas comunidades indgenas y

    afrodescendientes.

    3. Objetivos y Funciones Institucionales

    El Captulo III, artculos 6 y 7 del Decreto Ordenanzal 109 de 2013 Por el cual se

    adopta el Estatuto Bsico de Organizacin y Funcionamiento de la Administracin Pblica

    del Departamento del Choc y se dictan otras disposiciones establece las funciones y

    competencias generales del Departamento del Choc, as:

    Funciones y competencias generales. El Departamento del Choc goza de autonoma

    para la administracin de sus asuntos seccionales y la planificacin y promocin del

    desarrollo econmico y social dentro de su territorio y ejerce las funciones de

    coordinacin, complementariedad de la accin municipal, de intermediacin entre la

    Nacin y los municipios y de prestacin de los servicios que determine la Constitucin

    Poltica y la Ley, con sujecin a las reglas generales de administracin, organizacin y

    gestin establecidos para cada sector de la administracin pblica y para el rgimen

    departamental.

    Competencias administrativas. Las dependencias del nivel central y las entidades

    descentralizadas departamentales ejercern las potestades, atribuciones y funciones

  • 6

    asignadas expresamente por la Constitucin Poltica, la ley, las Ordenanzas de la

    Asamblea Departamental y los decretos expedidos por el Gobernador.

    4. Normativa Bsica

    Artculo 122 de la Constitucin Poltica

    Ley 909 de 2004

    Decreto Ley 785 de 2005

    Decreto 2539 de 2005

    Decreto Ordenanzal 101 de 2013.

    Decreto Ordenanzal 109 de 2013.

    Decreto 108 de 2013

    Decreto Ordenanzal 110 de 2013.

    5. Organigrama La estructura de la Gobernacin del Choc, adoptada mediante Decreto Ordenanzal 110 de 2013, se puede observar en el siguiente organigrama:

    Despacho delGobernador

    Jefatura de Gabinete

    Oficina de ControlInterno

    Oficina de Control Interno

    Disciplinario

    Secretara de Planeacin y Desarrollo tnico

    Territorial

    Secretara de Hacienda

    Secretara General

    Secretara deSalud

    Secretara del Interior

    Secretara de Desarrollo Econmico y Recursos Naturales

    Secretara de Educacin

    Secretara deIntegracin

    Social

    INDECHOHospital San Francisco

    de Ass Aguas del Choc

    Consejo deGobierno

    Consejos Superiores

    Secretara de Infraestructura,

    Vivienda y Movilidad

    Oficina Jurdica

    Secretara de Cultura, Recreacin y Deporte

    Secretaras Transversales

    Secretaras Misionales

    Descentralizada Existente

  • 7

    6. Decreto 189 de 2013, por el cual se adopta el Manual Especfico de

    Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos que

    conforman la planta de personal de la Gobernacin del Choc - Nivel

    Central.

  • 8

    DEPARTAMENTO DEL CHOC

    DECRETO NMERO 189 DE 2013

    (19 de julio de 2013)

    Por el cual se adopta el Manual Especfico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos que conforman la Planta de Personal de la Gobernacin del

    Choc- Nivel Central

    EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL CHOC

    en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artculo 305 de la Constitucin Poltica y y conforme a lo previsto en los

    Decretos 785 y Decreto 2539 de 2005, y

    CONSIDERANDO Que la Constitucin Poltica en su artculo 122 establece No habr empleo pblico que no tenga funciones detalladas en Ley o Reglamento y para proveer los de carcter remunerado se requiere que estn contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente. Que mediante el Decreto 785 del 17 de marzo de 2005, se estableci el sistema de nomenclatura y clasificacin de cargos y los requisitos mnimos de los empleos de los diferentes niveles jerrquicos, de las entidades territoriales, todos stos aspectos bsicos para la elaboracin y la adopcin del Manual Especfico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para los diferentes empleos la Gobernacin. Que mediante el Decreto 2539 de 2005 se determinaron las competencias laborales comunes a los empleados pblicos y las generales de los distintos niveles jerrquicos en que se agrupan los empleos de las entidades pblicas y se dispuso que las entidades y organismos deben elaborar sus manuales especficos de funciones y requisitos, incluyendo: el contenido funcional de los empleos; las competencias comunes a los empleados pblicos y las comportamentales, las competencias funcionales; y los requisitos de estudio y experiencia. Que mediante Decreto Ordenanzal 101 de 2013, se modifican las escalas de asignacin bsica y se ajusta la nomenclatura, clasificacin y cdigo de los empleos de la Administracin Departamental y sus entidades descentralizadas. Que mediante Decreto Ordenanzal 110 de 2013, se reforma la Estructura de la Administracin Departamental del Choc y se dictan otras disposiciones.

  • 9

    Que mediante el Decreto 187 de 2013, se establece la Planta de Personal de la Gobernacin del Choc- Nivel Central. Que de conformidad con el artculo 46 de la Ley 909 de 2004, modificada por el Decreto Ley 019 de 2012, el Departamento del Choc, realiz el estudio tcnico, siguiendo los lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo de la Funcin Pblica y la Escuela Superior de Administracin Pblica. Que conforme a lo previsto en el artculo 32 del Decreto Ley 785 de 2005, establece que la adopcin del manual especfico de funciones, debe efectuarse mediante acto administrativo expedido por autoridad competente, en este caso, por el Gobernador del Choc.

    DECRETA

    CAPITULO I. FUNCIONES Y REQUISITOS POR CARGOS

    Artculo 1.- ADOPCIN DEL MANUAL ESPECFICO DE FUNCIONES, REQUISITOS Y COMPETENCIAS LABORALES. Adoptar el Manual Especfico de Funciones, Requisitos y Competencias para los empleos de la planta de personal de la Gobernacin del Choc- Nivel Central, establecida por el Decreto No. 187 del julio de 2013, cuyas funciones, debern ser cumplidas por los servidores con criterios de eficiencia, eficacia y efectividad, para el cumplimiento de la misin, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le sealan a la Gobernacin. Artculo 2.- EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL DESPACHO DEL GOBENADOR. Los requisitos, funciones, el propsito principal, conocimientos, contribuciones y criterios de desempeo de los empleos de la planta de personal del Despacho del Gobernador, sern los siguientes:

    I. Identificacin

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    DIRECTIVO

    GOBERNADOR

    001

    ---

    UNO (1)

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

  • 10

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Ejercer las funciones que le competen en su calidad de jefe de la Administracin

    Departamental y representante legal de la entidad territorial, primera autoridad de polica

    en la jurisdiccin departamental y agente del Presidente de la Repblica para el

    mantenimiento del orden pblico y para la ejecucin de la poltica econmica general, as

    como para aquellos asuntos que mediante convenios la Nacin acuerde con el

    Departamento.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Cumplir y hacer cumplir la Constitucin, las leyes, los decretos del Gobierno y las

    ordenanzas de la Asamblea Departamental.

    2. Dirigir y coordinar la accin administrativa del Departamento y actuar en su nombre

    como gestor y promotor del desarrollo integral de su territorio, de conformidad con

    la Constitucin y las leyes.

    3. Dirigir y coordinar los servicios nacionales en las condiciones de la delegacin que

    le confiera el Presidente de la Repblica.

    4. Presentar oportunamente a la Asamblea Departamental los proyectos de

    ordenanza sobre planes y programas de desarrollo econmico y social, obras

    pblicas y presupuesto anual de rentas y gastos.

    5. Nombrar y remover libremente a los gerentes o directores de los establecimientos

    pblicos y de las empresas industriales o comerciales del Departamento, a los

    Secretarios de Despacho y dems funcionarios de la Administracin

    Departamental. Los representantes del Departamento en las juntas directivas de

    tales organismos y los directores o gerentes de los mismos son agentes del

    gobernador

    6. Fomentar de acuerdo con los planes y programas generales, las empresas,

    industrias y actividades convenientes al desarrollo cultural, social y econmico del

    departamento que no correspondan a la Nacin y a los municipios.

    7. Crear, suprimir y fusionar los empleos de sus dependencias, sealar sus funciones

    especiales y fijar sus emolumentos con sujecin a la ley y a las ordenanzas

    respectivas. Con cargo al tesoro departamental no podr crear obligaciones que

    excedan al monto global fijado para el respectivo servicio en el presupuesto

    inicialmente aprobado.

    8. Suprimir o fusionar las entidades departamentales de conformidad con las

    ordenanzas.

    9. Objetar por motivos de inconstitucionalidad, ilegalidad o inconveniencia, los

    proyectos de ordenanza o sancionarlos y promulgarlos.

  • 11

    10. Revisar los actos de los concejos municipales y de los alcaldes y, por motivos de

    inconstitucionalidad o ilegalidad, remitirlos al Tribunal competente para que decida

    sobre su validez.

    11. Velar por la exacta recaudacin de las rentas departamentales, de las entidades

    descentralizadas y las que sean objeto de transferencias por la Nacin.

    12. Convocar a la asamblea departamental a sesiones extraordinarias en las que slo

    se ocupar de los temas y materias para lo cual fue convocada.

    13. Escoger de las ternas enviadas por el jefe nacional respectivo, los gerentes o jefes

    seccionales de los establecimientos pblicos del orden nacional que operen en el

    departamento, de acuerdo con la ley.

    14. Ejercer las funciones administrativas que le delegue el Presidente de la Repblica.

    15. Ejercer el derecho de vigilancia y proteccin sobre las corporaciones oficiales y

    establecimientos pblicos de acuerdo a lo contemplado en la legislacin vigente.

    16. Requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la Constitucin

    y la ley.

    17. Las dems que le seale la Constitucin, las leyes y las ordenanzas.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. Las polticas formuladas e implementadas por la Gobernacin facilitan el

    cumplimiento de las metas y objetivos del Plan de Desarrollo Departamental.

    2. Se cumplen las funciones constitucionales y legales asignadas al Departamento,

    como entidad territorial, y se garantiza la efectividad de la gestin de las entidades

    departamentales y municipales.

    3. Las directrices impartidas por el Gobernador, conducen al cumplimiento de los

    objetivos, metas y programas sealados en la misin institucional, fortaleciendo la

    cultura de servicio, calidad y tica, de manera adecuada, eficiente y oportuna.

    4. Los informes sobre las actividades desarrolladas son presentadas con la

    oportunidad y periodicidad requeridas, son confiables, contienen informacin

    actualizada y se elaboran y se entregan oportunamente, de acuerdo a los

    requerimientos sealados en la legislacin vigente.

    5. Los municipios del Departamento son asesorados y apoyados en los diferentes

    frentes sectoriales, para atender las necesidades de los mismos de conformidad

    con lo sealado en la legislacin vigente.

    6. El Sistema Integrado de Gestin de la dependencia es promovido y desarrollado

    de manera integral.

    7. La representacin legal del Departamento se ejerce en concordancia con las

    atribuciones conferidas por la Constitucin y la Ley.

  • 12

    8. Las funciones administrativas delegadas por el Presidente de la Repblica, son

    ejercidas de acuerdo a lo sealado en la normativa vigente.

    9. Las funciones asignadas son desempeadas aplicando herramientas de

    autocontrol y los principios de la funcin administrativa.

    10. El mantenimiento del orden pblico en el Departamento y el apoyo en esta materia

    a los Municipios, se ajusta a lo establecido en la legislacin vigente.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades y organismos del nivel departamental y del nivel

    municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro

    Virtual)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Constitucin Poltica de Colombia

    Administracin pblica

    Polticas y normativa sectorial

    Plan Nacional de Desarrollo

    Planeacin estratgica

    VII. EVIDENCIAS

    Polticas, planes, programas y proyectos formulados y ejecutados en

    cumplimiento de los objetivos y funciones del Departamento.

    Gestin pblica sectorial del Departamento eficiente, eficaz y efectiva, garante de

    los derechos de los habitantes del Choc.

    Recursos de asistencia tcnica y cooperacin internacional gestionados.

    Informe sobre foros y organismos internacionales ante los cuales ejerce

    representacin.

    Gestiones de cooperacin tcnica nacional e internacional adelantadas y puestas

    para aprobacin.

    Informes de gestin del Departamento dirigidos y coordinados con las dems

    reas de la entidad y actos administrativos expedidos de acuerdo con la ley

    Control interno disciplinario ejercido de acuerdo con la ley.

    Comits y grupos internos de trabajo creados y organizados, mediante acto

    administrativo

    Planta de personal global del Departamento distribuida teniendo en cuenta la

  • 13

    estructura, los planes, programas y proyectos trazados y las necesidades del

    servicio.

    REQUISITOS DEL CARGO

    Los establecidos en la Constitucin Poltica y la Ley.

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO

    ASESOR

    ASESOR

    105

    01

    UNO (1)

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

    GOBERNADOR

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Asesorar al Gobernador en el desempeo de las funciones del despacho y en lel

    seguimiento y monitoreo de la ejecucin en los temas relacionados con la gestin

    administrativa, logstica y de seguridad con el propsito de contribuir a la efectiva

    conduccin de los asuntos departamentales a l atribuidos por la Constitucin y las

    Leyes.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Dirigir, coordinar y controlar todas las actividades para garantizar la oportuna

    asistencia a las audiencias, visitas y compromisos oficiales del Gobernador.

    2. Ejercer las funciones de secretara privada.

    3. Prestar asistencia tcnica para articular con las Secretaras de Despacho la

    consolidacin de toda informacin para la elaboracin de informes, respuestas y

    dems actos o documentos que deban ser presentados al Gobernador.

    4. Llevar la relacin de los asuntos pendientes de solucin que sean de decisin del

    Gobernador para mantenerle informado o recordarle de los trminos en que deba

    hacerlo.

    5. Levantar las actas o relataras de las reuniones en que participe el Gobernador, para

    dejar constancia de los asuntos que se trataron.

    6. Organizar, dirigir y controlar la radicacin y sistematizacin de la correspondencia,

  • 14

    peticiones, actos administrativos y dems documentos que ingresen y salgan del

    despacho del Gobernador, para garantizar respuestas dentro de los trminos legales.

    7. Organizar, dirigir y coordinar la gestin administrativa del despacho, los servicios

    administrativos internos del despacho del gobernador en materia correspondencia,

    comunicaciones, electrnicas, telefnicas, archivo, para el normal funcionamiento del

    rea.

    8. Apoyar la gestin de la atencin al ciudadano en el despacho de la Gobernacin.

    9. Liderar el seguimiento, actualizacin y mejora de la documentacin de los procesos

    del Modelo de Gestin Integral que lidera el despacho conforme las estrategias

    implantadas para hacerlos ms efectivos.

    10. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. Se garantiza la asistencia del Gobernador en los das y horas que se tiene

    programadas las audiencias, visitas oficiales y compromisos sociales del

    Gobernador.

    2. Se tiene la informacin necesaria que permite elaborar y presentar informes

    oportunamente.

    3. Asuntos pendientes debidamente relacionados y resueltos oportunamente.

    4. Las reuniones a las que asiste el Gobernador y las decisiones que toman en estas,

    se soportan en actas o relatoras.

    5. Las peticiones, actos administrativos y dems documentos que ingresan al

    despacho, se resuelven oportunamente y dentro de los trminos de Ley.

    6. Gestin administrativa y servicios administrativos de correspondencia,

    comunicaciones, electrnicas, telefnicas y archivo prestados oportunamente.

    7. La documentacin de los procesos del Modelo de Gestin Integral que lidera el

    despacho son coherentes con las estrategias de mejoramiento implementadas para la

    oportuna gestin y prestacin de los servicios.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual(Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Gestin pblica, estructura del Estado, tica pblica y organizacin y

    funcionamiento del nivel territorial

  • 15

    Manejo de aplicaciones bsicas de informtica (word, excel, power point, outlook,

    correo electrnico).

    VII. EVIDENCIAS

    Registro de reuniones efectuadas.

    Asistencia del Gobernador a audiencias, visitas oficiales y eventos.

    Actas elaboradas.

    Informes coordinados con las dems reas dela entidad.

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo Profesional en: Finanzas; Ingeniera

    Industrial; Ingeniera Administrativa;

    Administracin; Administracin Pblica;

    Administracin de Empresas; Administracin

    de Empresas y Negocios Internacionales;

    Administracin y Finanzas; Administracin de

    Negocios; Administracin Financiera;

    Relaciones Internacionales y Estudios

    Polticos; Ciencia Poltica y Relaciones

    Internacionales; Ciencia Politica, Gobierno y

    relaciones internacionales; Ciencia Poltica,

    Finanzas y Relaciones Internacionales;

    Finanzas y Comercio Exterior; Gobierno y

    Relaciones Internacionales; Negocios

    Internacionales; Contadura Pblica;

    Economa y Derecho.

    Tarjeta profesional o matrcula profesional en los casos reglamentados por la ley

    Doce (12) meses de experiencia

    profesional

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    PROFESIONAL

    PROFESIONAL UNIVERSITARIO

    219

    01

    UNO (1)

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

  • 16

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO QUIEN EJERZA LA SUPERVISION

    DIRECTA

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Apoyar el desarrollo de los procesos, procedimientos y actividades de asistencia directa al

    Gobernador para el cumplimiento de los asuntos departamentales a l atribuidos por la

    Constitucin y las Leyes.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Apoyar la elaboracin de informes, reportes, presentaciones, comunicaciones y

    dems documentos solicitados por el Gobernador.

    2. Apoyar el seguimiento de los asuntos que le solicite el Gobernador y presentar los

    informes respectivos.

    3. Brindar apoyo en la formulacin de criterios generales, coordinacin y ejecucin de

    las polticas, planes, programas y proyectos relacionados con la Dependencia.

    4. Colaborar en la elaboracin estudios e investigaciones tendientes al logro de los

    objetivos, planes, programas y proyectos de la Gobernacin.

    5. Orientar a los usuarios suministrando la informacin que les sea solicitada, de

    conformidad con las polticas y procedimientos establecidos en la Gobernacin, de

    manera que se proyecte una buena imagen de la entidad.

    6. Verificar que la documentacin entregada para los trmites est completa y

    diligenciada, con el fin de evitar reprocesos.

    7. Proporcionar apoyo logstico cuando se programen actividades en su dependencia,

    participando en la organizacin y desarrollo de las mismas, para que el cronograma

    de estas actividades sea ejecutado en los plazos definidos y se cuente con recursos

    necesarios.

    8. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. Se elaboran informes, reportes, presentaciones y comunicaciones que prestan un

    acompaamiento efectivo al Gobernador y a la Dependencia.

    2. Los estudios e investigaciones elaborados permiten mejorar la prestacin de los

    servicios apoyados, cumpliendo oportunamente con los planes, programas y

    proyectos, as como la ejecucin y utilizacin proporcionada de los recursos

    disponibles.

    3. Las actividades programadas por la dependencia se desarrollan en cumplimiento de

    los cronogramas previstos y sin exceder los recursos designados.

  • 17

    4. La revisin de la documentacin permite reducir los reprocesos causados por

    documentacin incompleta o no diligenciada.

    5. El cumplimiento de los dems compromisos y tareas asignadas.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos.

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Conocimientos bsicos sobre gestin pblica, estructura del Estado, estructura de

    la Gobernacin, tica pblica y organizacin y funcionamiento del nivel territorial.

    Plan Departamental de Desarrollo y otros instrumentos de planeacin institucional.

    Tcnicas de investigacin y escritura.

    Manejo y conservacin de informacin.

    Manejo de aplicaciones bsicas de informtica (word, excel, power point, outlook,

    correo electrnico)

    VII. EVIDENCIAS

    Informes de Gestin en desarrollo de las funciones esenciales del cargo.

    Comunicaciones registradas en medios oficiales. (Oficios, mensajes electrnicos,

    piezas comunicacionales).

    Informes, estudios, prentaciones productos del trabajo del evaluado registrados en

    medio fsico (papel o magntico). (Informes, proyectos, bases de datos,

    documentos).

    Planes, cronogramas y programaciones de actividades.

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo Profesional en: Finanzas; Ingeniera

    Industrial; Ingeniera Administrativa;

    Administracin; Administracin Pblica;

    Administracin de Empresas; Administracin

    de Empresas y Negocios Internacionales;

    Administracin y Finanzas; Administracin de

    Negocios; Administracin Financiera;

    Relaciones Internacionales y Estudios

    Polticos; Ciencia Poltica y Relaciones

    Internacionales; Ciencia Politica, Gobierno y

    Relaciones Internacionales; Ciencia Poltica,

    No se requiere experiencia.

  • 18

    Finanzas y Relaciones Internacionales;

    Finanzas y Comercio Exterior; Gobierno y

    Relaciones Internacionales; Negocios

    Internacionales; Contadura Pblica;

    Economa y Derecho.

    Tarjeta profesional o matrcula profesional en

    los casos reglamentados por la ley.

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO

    TCNICO

    TCNICO ADMINISTRATIVO

    367

    06

    UNO (1)

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

    QUIEN EJERZA LA SUPERVISION

    DIRECTA

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Prestar el soporte tcnico y administrativo requerido para el normal funcionamiento y

    ejecucin de los planes y programas del despacho del Gobernador.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Realizar actividades de carcter tcnico para la consecucin de informacin y el

    trmite de documentos, de conformidad con las instrucciones que le imparta el

    superior inmediato y los procedimientos establecidos.

    2. Informar oportunamente al Asesor de los asuntos de inters del Gobernador y del

    despacho, de conformidad con los procedimientos establecidos.

    3. Elaborar y preparar los documentos necesarios relacionados con el manejo y

    administracin de la agenda del Gobernador, de conformidad con las instrucciones

    recibidas de l mismo o del Asesor del Gobernador.

    4. Proyectar y preparar los documentos para dar respuesta oportuna a requerimientos,

    derechos de peticin, y dems informacin solicitada.

    5. Mantener actualizada una base o archivo de datos y documentos de importancia,

  • 19

    para consulta del Gobernador, en los temas que por razn de sus funciones deba

    conocer.

    6. Adelantar las actividades necesarias para el desarrollo de las reuniones de trabajo

    que se realicen en el despacho del Gobernador.

    7. Tramitar oportunamente la correspondencia que emite y recibe el despacho del

    Gobernador, velando por el cuidado de los documentos que le sean entregados,

    segn las instrucciones impartidas por el Secretario Privado.

    8. Orientar a los usuarios (cliente interno y externo) y suministrar informacin,

    documentos o elementos que sean solicitados de conformidad con la normatividad

    vigente, trmites, autorizaciones y procedimientos establecidos.

    9. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. Apoyos oportunos que garantizan la ejecucin de los planes, programas y proyectos

    asignados al rea.

    2. Los asuntos de inters del Gobernador y del despacho se informan oportunamente al

    Secretario Privado de conformidad con los procedimientos establecidos.

    3. Los procesos que involucren una mejor gestin de la informacin, se proponen

    haciendo uso de la innovacin para administrar las capacidades y equipos, para

    solucionar los problemas de una manera eficiente.

    4. La asistencia tcnica, administrativa u operativa, se brinda de acuerdo con

    instrucciones recibidas, y comprobar la eficacia de los mtodos y procedimientos

    utilizados en el desarrollo de planes y programas.

    5. Los informes respectivos son preparados de acuerdo con las instrucciones recibidas,

    para dar claridad sobre la ejecucin y el resultado obtenido de las mismas.

    6. Informacin y documentos solicitados entregados en forma oportuna, y acorde con

    los procedimientos legales.

    7. Respuesta oportuna a los requerimientos, derechos de peticin, y dems informacin

    solicitada.

    8. Las labores tcnicas y tecnolgicas son fundamentadas en la implementacin de

    mtodos y procedimientos propios del rea de competencia.

    9. Clientes internos y externos orientados oportunamente en los trmites y

    procedimientos internos.

    V. RANGO DE APLICACIN

  • 20

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Conocimientos bsicos de estructura del Estado, tica pblica y organizacin y

    funcionamiento del nivel territorial

    Procedimientos del rea de desempeo

    Normas bsicas sobre archivo

    Redaccin de cartas u oficios

    Habilidades comunicativas y persuasin oral.

    Servicio al Cliente

    Manejo de aplicaciones bsicas de informtica (word, excel, power point, outlook,

    correo electrnico).

    VII. EVIDENCIAS

    Indicadores de cubrimiento (Horas, escritos)

    Bases de datos manejadas

    Documentos elaborados.

    Estudios e informes presentados de carcter tcnico y estadstico diseados y

    desarrollados

    Manifestaciones probadas positivas o negativas de agentes internos o externos

    frente a la prestacin del servicio.

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo Tcnico o tecnlogo o terminacin y

    aprobacin del pnsum acadmico de

    educacin superior en formacin profesional

    Seis (6) meses de experiencia

    relacionada

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    ASISTENCIAL

    SECRETARIO EJECUTIVO DEL

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

    430

  • 21

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO

    21

    UNO (1)

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

    QUIEN EJERZA LA SUPERVISION

    DIRECTA

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Apoyar al Gobernador en el manejo de la agenda, atencin al pblico, elaboracin y

    archivo de cartas y documentos, teniendo en cuenta la normatividad vigente, la tecnologa

    y las polticas de la Gobernacin.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Apoyar la organizacin de la agenda de trabajo del Gobernador, recordar

    continuamente los compromisos, reuniones y citas del da a da y apoyar la atencin

    al pblico de acuerdo a los parmetros que este sugiri.

    2. Recibir, radicar, tramitar y archivar la correspondencia o documento que

    entren y salgan del despacho y llevar un control de toda la informacin.

    3. Redactar las comunicaciones, certificaciones y dems documentos del despacho, de

    acuerdo a las especificaciones recibidas por el Gobernador y su Asesor.

    4. Organizar y actualizar el archivo del Despacho, teniendo en cuenta la normatividad

    existente.

    5. Transcribir la informacin que en el Despacho del Gobernador le soliciten, para que

    pueda transmitirse de manera confiable y oportuna en las reuniones y sitios donde se

    requiera, contribuyendo a un adecuado flujo de actividades facilitando la gestin

    departamental.

    6. Brindar atencin y orientacin a los usuarios externos e internos que se acerquen al

    Despacho del Gobernador, ofrecindole informacin oportuna y veraz de las

    solicitudes realizadas al rea; cumpliendo as con lo establecido por la Gobernacin.

    7. Coordinar la planeacin de eventos y dems reuniones de la Alta Direccin, teniendo

    en cuenta el proceso administrativo y las polticas de la Gobernacin..

    8. Coordinar los servicios de conduccin y mensajera correspondientes al Despacho

    del Director del Departamento para lograr la prestacin de un servicio oportuno en

    sus funciones.

    9. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

  • 22

    1. El apoyo para la planeacin de eventos y dems reuniones del Gobernador se

    garantiza teniendo en cuenta el proceso administrativo y las polticas de la

    Gobernacin.

    2. El servicio a los clientes internos y externos es apoyado de acuerdo con las polticas

    de la organizacin.

    3. Los documentos se reciben de acuerdo con las normas vigentes.

    4. Los documentos se redactan de acuerdo con las normas vigentes.

    5. Los documentos se digitan de acuerdo con su tipo y normas establecidas.

    6. Los servicios de conduccin y mensajera correspondientes al Despacho del

    gobernador son coordinados para lograr la prestacin de un servicio oportuno en sus

    funciones.

    7. Los documentos son archivados de acuerdo con las normas externas e internas.

    8. La informacin es procesada de acuerdo con las necesidades de la organizacin

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Etiqueta y protocolo empresarial.

    Planeacin y organizacin de eventos.

    Herramientas de almacenamiento de informacin digital, escrita y oral

    Administracin de archivos.

    Labores Administrativas

    Verificacin de datos.

    Manejo de informacin y su confidencialidad.

    Manejo de aplicaciones bsicas de informtica (word, excel, power point, outllook,

    correo electrnico)

    VII. EVIDENCIAS

    Eventos y dems reuniones apoyados para su adecuada coordinacin y

    realizacin.

    Documentos recibidos y redactados

    Documentos digitados de acuerdo con su tipo y normas establecidas

    Evaluacin de servicios de conduccin y mensajera coordinados

    Indicadores de cubrimiento (Horas invertidas, personas atendidas, documentos

    archivados)

  • 23

    Manifestaciones probadas positivas o negativas de agentes internos o externos

    frente a la prestacin del servicio

    Registro de acciones ejecutadas (planillas, listas, formatos)

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo de bachiller en cualquier modalidad.

    Diecisis (16) meses de experiencia

    relacionada.

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO

    ASISTENCIAL

    AUXILIAR ADMINISTRATIVO

    407

    05

    UNO (1)

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

    QUIEN EJERZA LA SUPERVISION

    DIRECTA

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Distribuir la correspondencia fsica interna y externa de manera oportuna y acertada para

    contribuir en el desarrollo de las actividades de todas las dependencias de la

    Gobernacin del Choc.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Efectuar la recogida, entrega, tratamiento, manipulacin y clasificacin simple de

    documentacin y/o correspondencia, segn el procedimiento establecido en la

    Gobernacin, verificando que se encuentre completa y diligenciada, con el fin de que

    esta llegue en buenas condiciones a su destinatario.

    2. Gestionar los procedimientos para la administracin del archivo de gestin de la

    dependencia y prestar la asistencia administrativa requerida para la clasificacin

    documental y manejo de archivos y correspondencia.

    3. Garantizar la gestin de fotocopiado y reproduccin de documentos, asi como de los

    dems encargos y recados de carcter oficial, para facilitar los trmites y agilizar las

    actividades de la dependencia.

  • 24

    4. Orientar a los usuarios suministrando la informacin que les sea solicitada, de

    conformidad con las polticas y procedimientos establecidos a nivel institucional, de

    manera que se proyecte una buena imagen de la entidad.

    5. Radicar en el archivo general los actos administrativos, segn el procedimiento

    definido, con el fin de que los miembros de la entidad sean notificados y puedan

    llevarse a cabo los trmites solicitados.

    6. Proporcionar apoyo logstico cuando se programen actividades en su dependencia,

    participando en la organizacin y desarrollo de las mismas, para que el cronograma

    de estas actividades sea ejecutado en los plazos definidos y se cuente con recursos

    necesarios.

    7. Resolver las inquietudes y necesidades presentadas por el personal interno y

    externo, con respecto a la ubicacin de las diferentes dependencias o situacin de

    determinada diligencia, para prestar un servicio integral y oportuno

    8. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. Los usuarios son orientados, suministrndoles la informacin que les sea solicitada,

    de conformidad con las polticas y procedimientos establecidos a nivel institucional,

    de manera que se proyecte una buen imagen de la entidad.

    2. La documentacin y/o correspondencia es clasificada segn el procedimiento

    establecido en la entidad, verificando que se encuentre completa y diligenciada, con

    el fin de que esta llegue en buenas condiciones a su destinatario.

    3. Las fotocopias, reproducciones y dems encargos y recados de carcter oficial, son

    realizados para facilitar los trmites y agilizar las actividades del despacho..

    4. Los actos administrativos son radicados en el archivo general con el fin de que los

    miembros de la entidad sean notificados y puedan llevarse a cabo los trmites

    solicitados.

    5. El apoyo logstico se implementa segn la programacin de actividades en la

    dependencia, facilitando su organizacin y realizacin de manera que se cumpla el

    cronograma y se cuenten con los recursos necesarios.

    6. La participacin en el sistema integrado de gestin contribuye al mantenimiento

    continuo de todas sus actividades, estrategias y programas definidos por el Despacho

    del Gobernador.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica

    Comunicaciones Utilizadas: Verbal y Presencial

  • 25

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Labores Administrativas.

    Procesos y procedimientos de gestin documental

    Manejo de equipos de oficina

    VII. EVIDENCIAS

    Correspondencia tramitada y entregada

    Fotocopias tramitadas y entregadas

    Archivo, radicacin y distribucin de los documentos realizada

    Trmites administrativos realizados oportunamente para facilitar el adecuado

    funcionamiento del rea.

    Registro de acciones ejecutadas (planillas, listas, formatos)

    Manifestaciones probadas positivas o negativas de agentes internos o externos

    frente a la prestacin del servicio

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Sptimo grado de escolaridad en cualquier

    modalidad.

    No se requiere experiencia.

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO

    ASISTENCIAL

    AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

    470

    05

    UNO (1)

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

    QUIEN EJERZA LA SUPERVISION

    DIRECTA

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Prestar el servicio de aseo y cafetera en las instalaciones del despacho del Gobernador,

    haciendo uso de los recursos suministrados y segn las instrucciones dadas, con el fin de

    que dichas instalaciones se mantengan en condiciones adecuadas para cumplir las

    labores, as mismo, para que el personal interno y visitante est debidamente atendido.

  • 26

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Solicitar oportunamente los insumos y dems elementos necesarios, de acuerdo con

    los procedimientos establecidos, con el fin de garantizar el cumplimiento de las

    labores asignadas.

    2. Garantizar la prestacin de los servicios administrativos de aseo, cafetera,

    mantenimiento y dems servicios generales de manera oportuna y adecuada.

    3. Conservar los lugares asignados completamente aseados y ordenados, de acuerdo

    con las normas de seguridad, con el fin de proporcionar un ambiente agradable a los

    usuarios.

    4. Asear las vajillas y dems utensilios empleados en la labor diaria, procurando que

    permanezcan en condiciones ptimas y disponibilidad en el momento de su uso.

    5. Contribuir al mantenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de

    Gestin a travs de la participacin en todas las actividades, estrategias y programas

    definidos por el Despacho del Gobernador del Choc.

    6. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. Los servicios generales son prestados de manera adecuada y oportuna.

    2. Los insumos y dems elementos necesarios son solicitados de acuerdo con los

    procedimientos establecidos, con el fin de garantizar el cumplimiento de las labores

    asignadas.

    3. Los lugares asignados se conservan completamente aseados y ordenados, de

    acuerdo con las normas de seguridad, con el fin de proporcionar un ambiente

    agradable a los usuarios.

    4. Las vajillas y dems utensilios empleados en la labor diaria son aseados, procurando

    que permanezcan en condiciones ptimas y disponibilidad en el momento de su uso.

    5. La participacin en el Sistema Integrado de Gestin contribuye al mantenimiento y

    mejoramiento continuo de todas sus actividades, estrategias y programas definidos

    por el Despacho de la Gobernacin del Choc.

    6. El cumplimiento de los dems compromisos y tareas asignadas por la autoridad

    competente.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Informacin: Verbal

    Comunicaciones Utilizadas: Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

  • 27

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Etiqueta y protocolo empresarial.

    Buenas Prcticas de manufactura.

    VII. EVIDENCIAS

    Indicadores de cubrimiento (Horas invertidas, personas atendidas)

    Registro de acciones ejecutadas (planillas, listas, formatos)

    Manifestaciones probadas positivas o negativas de agentes internos o externos

    frente a la prestacin del servicio

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Sptimo grado de escolaridad en cualquier

    modalidad.

    No se requiere experiencia.

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO

    ASISTENCIAL

    CONDUCTOR MECNICO

    482

    14

    UNO (1)

    DESPACHO DEL GOBERNADOR

    QUIEN EJERZA LA SUPERVISION

    DIRECTA

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Prestar el servicio de transporte al seor Gobernador, dentro y fuera del Departamento

    segn lo requiera, de manera seria y responsable, con el fin de que ste pueda cumplir

    puntualmente con sus diversos compromisos.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Trasladar al Gobernador y a su personal de seguridad (escolta), con responsabilidad

    a donde ste requiera trasladarse, dentro y fuera del Departamento, teniendo en

    cuenta las normas de trnsito vigentes y velando por la seguridad de los pasajeros y

    peatones.

  • 28

    2. Mantener en perfecto estado el vehculo asignado, velando porque est ordenado y

    limpio, para garantizar un ambiente agradable y mostrar una buena imagen de la

    entidad.

    3. Cumplir puntualmente con los horarios designados por el Gobernador para llevar a

    cabo movilizaciones.

    4. Hacer mantenimiento peridico al vehculo para prevenir fallas y accidentes que

    pongan en riesgo la integridad y la vida de las personas que se movilizan en l y las

    que se encuentran a su alrededor.

    5. Informar de manera inmediata a la dependencia, cualquier irregularidad o

    inconveniente que se presente dentro del desarrollo de sus actividades, tanto de

    manera personal como con el vehculo asignado, para dar soluciones a los problemas

    que se estn presentando en el momento.

    6. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. El gobernador y a su personal de seguridad (escolta), se transporta con

    responsabilidad a donde ste requiera trasladarse, dentro y fuera del Departamento,

    teniendo en cuenta las normas de trnsito vigentes y velando por la seguridad de los

    pasajeros y peatones.

    2. El vehculo asignado se mantiene en perfecto estado, velando porque est ordenado

    y limpio, para garantizar un ambiente agradable y mostrar una buena imagen de la

    Gobernacin.

    3. Los horarios designados por el Gobernador se cumplen puntualmente para llevar a

    cabo movilizaciones.

    4. Los mantenimientos peridicos al vehculo se efectan con el fin de prevenir fallas y

    accidentes que pongan en riesgo la integridad y la vida de las personas que se

    movilizan en l y las que se encuentran a su alrededor.

    5. Se informa de manera inmediata a la dependencia, cualquier irregularidad o

    inconveniente que se presente dentro del desarrollo de sus actividades, tanto de

    manera personal como con el vehculo asignado, para dar soluciones a los problemas

    que se estn presentando en el momento.

    6. El cumplimiento de los dems compromisos y tareas asignadas por la autoridad

    competente.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Verbal y Presencial

  • 29

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Conocimientos en conduccin y mantenimiento automotriz.

    Conocimientos de las Normas de Trnsito.

    Pleno conocimiento de la ciudad donde conduce y del entorno.

    Normas comportamentales de los conductores establecidas en el Cdigo de Polica.

    Normas sobre seguridad vial

    VII. EVIDENCIAS

    Vehculo conservado y en buen estado

    Herramientas conservadas y en buen estado

    Documentacin del vehculo y propios actualizados y disponibles

    Registro de las rdenes de servicio

    Horarios, itinerarios y rutas cumplidas

    Informe con novedades o accidentes reportados

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo de bachiller en cualquier

    modalidad.

    Licencia de conduccin

    Doce (12) meses de experiencia

    relacionada.

    Artculo 3. EMPLEOS DE LA PLANTA GLOBAL DEL DEPARTAMENTO - NIVEL CENTRAL. Los requisitos, funciones, el propsito principal, conocimientos, contribuciones y criterios de desempeo de los empleos de la planta global de la Gobernacin del Choc- Nivel Central, sern los siguientes:

    NIVEL DIRECTIVO

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    DIRECTIVO

    JEFE DE OFICINA

    006

    09

  • 30

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO

    DOS (2)

    DONDE SE UBIQUE EL CARGO

    GOBERNADOR

    OFICINA DE CONTROL INTERNO

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Asesorar a la alta direccin en la implementacin, ejecucin, evaluacin independiente y

    seguimiento del Sistema de Control Interno y en la adopcin de mecanismos de

    autocontrol, autorregulacin institucional, valoracin del riesgo y mejoramiento continuo,

    para el cumplimiento de la misin y objetivos institucionales de conformidad con las

    normas legales vigentes.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Las sealadas en la Ley 87 de 1993 y las disposiciones que la reglamenten,

    modifiquen o adicionen dirigir y organizar la implementacin, verificacin y evaluacin

    del Sistema de Control Interno Departamental.

    2. Asesorar al Gobernador, la alta direccin y las dependencias del nivel central y las

    entidades descentralizadas, en el efectivo ejercicio de control interno y en el

    cumplimiento de sus recomendaciones.

    3. Dirigir la adopcin, desarrollo e implementacin del Modelo Estndar de Control

    Interno en la Administracin Departamental, en coordinacin con todas las

    dependencias del Nivel Central del Departamento-

    4. Vigilar que la atencin de las quejas y reclamos se realice oportunamente, de

    acuerdo con las normas vigentes y rendir informe semestral al Gobernador.

    5. Promover la difusin y el cumplimiento de las normas de control interno y participar

    en los estudios de anlisis de riesgo, as como formular los respectivos diagnsticos y

    recomendaciones para promover la cultura del autocontrol.

    6. Liderar el seguimiento, actualizacin y mejora de la documentacin de los procesos

    del Modelo de Gestin Integral que lidera la Oficina conforme las estrategias

    implantadas para hacerlos ms efectivos.

    7. Velar por el cumplimiento de Leyes y normas vigentes para los entes territoriales.

    8. Verificar los procesos relacionados con el buen manejo de los recursos y presentar

    informe trimestrales de acuerdo a la normatividad vigente.

    9. Hacer seguimiento al cronograma de presentacin de informes para el cumplimiento

  • 31

    oportuno de fechas legales y con sus metodologas requeridas.

    10. Evaluar y verificar la aplicacin de los mecanismos de participacin ciudadana.

    11. Hacer seguimiento a los planes de mejoramiento.

    12. Presentar el informe anual de control interno, el informe cuatrimestral del MECI, y el

    de PQR.

    13. Hacer seguimiento al mapa de riesgo de la entidad.

    14. Realizar la secretara tcnica del Comit de Control Interno.

    15. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. El sistema de control interno de la entidad se evala conforme a la normatividad

    vigente.

    2. Se entregan a la alta direccin estudios, investigaciones e informes oportunos que

    permiten tomar decisiones adecuadas.

    3. El sistema de control interno implementado en toda la organizacin, est orientado al

    cumplimiento los objetivos y metas trazadas por la Gobernacin.

    4. Las capacitaciones mejoran y afianzan la cultura del autocontrol en toda la

    organizacin.

    5. Los controles y planes de mejoramiento adoptados al interior del Departamento son

    evaluados y ajustados permanentemente.

    6. Los Riesgos son identificados y administrados permanentemente acorde con las

    directrices previamente diseadas.

    7. Las recomendaciones y ajustes propuestos garantizan el cumplimiento de la

    normatividad que rige las actuaciones de la organizacin.

    8. Los informes presentados se ajustan a los requerimientos legales.

    9. La documentacin de los procesos del Modelo de Gestin Integral que lidera la

    Oficina son coherentes con las estrategias de mejoramiento implementadas para la

    oportuna gestin y prestacin de los servicios.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Conocimiento del Modelo Estndar de Control Interno

  • 32

    Normatividad que regula el Control Interno.

    Metodologas e instrumentos del Sistema de Control Interno;

    Directrices en materia de Control Interno.

    Normatividad en Sistema de Control Interno Contable, Sistema General de

    Participaciones, Presupuesto.

    Normatividad en aspectos de racionalizacin de trmites y procesos y

    procedimientos; adopcin y aplicacin de Indicadores de gestin y resultados.

    VII. EVIDENCIAS

    Cumplimiento de objetivos institucionales contemplados en el Plan de Desarrollo

    del Departamento.

    Informes de auditora realizados.

    Formulacin y seguimiento de los planes de mejoramiento.

    Informes presentados a los entes de control con la debida oportunidad.

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional en Finanzas; Ingeniera

    Administrativa; Administracin;

    Administracin Pblica; Administracin de

    Empresas; Administracin Financiera;

    Relaciones Internacionales y Estudios

    Polticos; Ciencia Poltica y Relaciones

    Internacionales; Ciencia Politica, Gobierno y

    Relaciones internacionales; Ciencias Polticas,

    Finanzas y Relaciones Internacionales;

    Gobierno y Relaciones Internacionales;

    Contadura Pblica; Derecho; Economa;

    Ingeniera Industrial.

    Ttulo de Posgrado.

    Tarjeta profesional o matrcula profesional en

    los casos reglamentados por la ley.

    Cuarenta y ocho (48) meses de

    experiencia profesional.

    OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Dirigir, instruir y fallar los procesos disciplinarios que adelante la administracin

    departamental contra los sujetos destinatarios de la ley disciplinaria de conformidad con la

  • 33

    normatividad vigente y la competencia para hacerlo.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Las dispuestas en la Ley 734 de 2002 y las disposiciones que la reglamenten,

    2. Asesorar al Gobernador en la formulacin de polticas y estrategias para el ejercicio

    de la funcin disciplinaria en las dependencias del Nivel Central y entidades del

    Departamento.

    3. Asesorar a las instancias de control disciplinario de las diferentes entidades y

    municipios del Departamento que lo soliciten en la aplicacin del rgimen

    disciplinario.

    4. Adelantar la indagacin preliminar, la investigacin formal y fallar en primera instancia

    los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores de la Gobernacin,

    cualquiera sea el nivel al cual corresponda el empleo por ellos desempeado, de

    conformidad con el Cdigo Disciplinario nico y dems disposiciones vigentes sobre

    la materia.

    5. Proyectar los actos administrativos mediante los cuales se haga efectiva la aplicacin

    de las sanciones disciplinarias impuestas a los servidores pblicos cuyo

    nombramiento haya sido efectuado por el Gobernador del Departamento.

    6. Efectuar el seguimiento a la ejecucin de las sanciones que se impongan a

    servidores y ex servidores del Departamento, hasta su remisin a la jurisdiccin

    coactiva, si es del caso.

    7. Divulgar al interior de la Gobernacin el Cdigo Disciplinario nico con el objeto de

    prevenir la ocurrencia de comportamientos o conductas violatorias de aqul;

    8. Liderar el seguimiento, actualizacin y mejora de la documentacin de los procesos

    del Modelo de Gestin Integral que lidera la Oficina conforme las estrategias

    implantadas para hacerlos ms efectivos.

    9. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. La accin disciplinaria es ejercida bajo los parmetros de la Ley disciplinaria vigente.

    2. La actividad disciplinaria se ejecuta aplicando los procedimientos, facultades y

    competencias establecidas en la Ley disciplinaria y de ms normas concordantes.

    3. Los procesos contra servidores y ex-servidores del Departamento del Choc, son

    instruidos y fallados en primera instancia.

    4. Los procesos disciplinarios son remitidos oportunamente a la Procuradura General

    de la Nacin, por competencia preferente.

    5. Los informes de procesos y actuaciones disciplinarias son ajustadas a los

  • 34

    requerimientos legales de los distintos organismos.

    6. Los documentos, pruebas y dems actuaciones son remitidas oportunamente a la

    Fiscala General de la Nacin, u otros organismos de control.

    7. Se cumple el debido proceso en todas las etapas del proceso disciplinario.

    8. Investigaciones disciplinarias realizadas bajo parmetros de celeridad y economa

    procesal.

    9. La documentacin de los procesos del Modelo de Gestin Integral que lidera la

    Oficina son coherentes con las estrategias de mejoramiento implementadas para la

    oportuna gestin y prestacin de los servicios.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Constitucin Poltica.

    Rgimen disciplinario.

    Estatuto Anticorrupcin (Ley 190/95 y normas modificatorias)

    Derecho procesal y probatorio.

    VII. EVIDENCIAS

    Procesos adelantados dentro de los trminos legales

    Sanciones impuestas de acuerdo al resultado de los procesos de nvestigacin.

    Decisiones de exoneracin de responsabilidad y archivo proferidas con calidad y

    oportunidad.

    Actos administrativos elaborados.

    Informes presentados.

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo Profesional en Derecho.

    Ttulo de Posgrado.

    Tarjeta profesional

    Cuarenta y ocho (48) meses de

    experiencia profesional.

  • 35

    I. IDENTIFICACIN

    NIVEL JERRQUICO

    DENOMINACIN DEL EMPLEO

    CDIGO

    GRADO

    No. DE CARGOS

    DEPENDENCIA

    CARGO DEL JEFE INMEDIATO

    DIRECTIVO

    SECRETARIO DE DESPACHO

    020

    10

    NUEVE (9)

    DONDE SE UBIQUE EL CARGO

    GOBERNADOR

    JEFATURA DE GABINETE

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Coordinar y asesorar las relaciones polticas de la Administracin Departamental con las

    Corporaciones Pblicas de eleccin popular y los gobiernos en los niveles municipal,

    departamental y nacional; las relaciones interinstitucionales y la cooperacin tcnica tanto

    nacional como internacional; la comunicacin estratgica y el protocolo y la atencin a los

    alcaldes del departamento.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Coordinar y dirigir las polticas y acciones que le encomiende el Gobernador, con el

    fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos, misin y funciones asignadas al

    Departamento.

    2. Coordinar las relaciones polticas de la Administracin Departamental con las

    corporaciones pblicas de eleccin popular y los gobiernos en los niveles municipal,

    departamental y nacional.

    3. Coordinar, dirigir y realizar el seguimiento a las prioridades de gestin que fije el

    Gobernador, y dar las instrucciones para su debido cumplimiento.

    4. Hacer seguimiento a los mandatos del Gobernador y a las decisiones adoptadas en

    el Consejo de Gobierno; y adoptar las acciones necesarias para su eficiente y eficaz

    cumplimiento.

    5. Representar al Gobernador en las instancias colegiadas de las entidades

    centralizadas y descentralizadas, en los eventos y reuniones, que l determine y de

    conformidad con las directrices y orientaciones del mximo jefe de la Administracin

    Departamental.

  • 36

    6. Articular y coordinar a las dependencias y entidades en la gestin de temas,

    programas y proyectos transversales, de conformidad con las orientaciones y

    decisiones del Gobernador.

    7. Convocar a los Secretarios de Despacho, gerentes o directores de las y entidades

    descentralizadas, as como a los dems servidores de la administracin, cuando sea

    necesario para garantizar el cumplimiento de las decisiones del Gobernador o del

    Consejo de Gobierno.

    8. Proponer alternativas al Gobernador para el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz

    de las decisiones que se adopten en los Consejos de Gobierno, Consejos de Poltica

    Econmica y Social y Consejo Departamental de Planeacin.

    9. Coordinar y supervisar los proyectos especiales y planes estratgicos que deba

    adelantar el Departamento en cumplimiento de su misin, de conformidad con las

    directrices y orientaciones del Gobernador.

    10. Coordinar con los diferentes Secretarios de Despacho, Gerentes o Directores de las

    Entidades descentralizadas, para efectos de garantizar las metas y resultados de los

    planes, proyectos y programas que se adelanten en cada dependencia o entidad.

    11. Efectuar el seguimiento a las instrucciones que el Gobernador imparta y verificar su

    ptimo y oportuno cumplimiento.

    12. Coordinar y articular con las entidades del orden nacional, departamental y municipal

    y dems autoridades, la planeacin, programacin, ejecucin y control de los

    programas y proyectos de especial inters del Despacho del Gobernador y de

    acuerdo con sus instrucciones.

    13. Dirigir y orientar la gestin de comunicacin estratgica.

    14. Coordinar las relaciones interinstitucionales a nivel municipal, regional, nacional e

    internacional y la gestin de cooperacin tcnica.

    15. Liderar el seguimiento, actualizacin y mejora de la documentacin de los procesos

    del Modelo de Gestin Integral que lidera la Jefatura de Gabinete conforme las

    estrategias implantadas para hacerlos ms efectivos.

    16. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. La representacin del organismo o entidad, se realiza asistiendo a reuniones,

    consejos, juntas o comits de carcter oficial, cuando sea convocado o delegado, con

    el fin de promover las polticas establecidas en la Gobernacin.

    2. Los requerimientos de los alcaldes son tramitados y apoyados adecuada y

    oportunamente.

    3. Los proyectos de cooperacin nacional e internacional con las diferentes entidades

  • 37

    aportantes o cooperantes se concretan y desarrollan adecuadamente.

    4. Los informes de gestin referentes al desarrollo de los proyectos aprobados con la

    correspondiente ejecucin a nivel nacional e internacional se desarrollan conforme a

    los lineamientos administrativos.

    5. El contacto directo y permanente con las Embajadas, Consulados y Agregaduras

    Culturales y/o con los encargados de cooperacin tcnica y cientfica de las

    embajadas acreditadas en Bogot o de los Organismos no Gubernamentales, al igual

    que con las Entidades del Estado involucradas en estas materias, en el interior del

    pas, as como con las otras Gobernaciones, Distritos, Corporaciones y Alcaldas

    entre otras muchas Organizaciones, se mantiene.

    6. El plan de comunicaciones y divulgacin contribuye al logro misional, objetivos y

    metas de la administracin departamental.

    7. Se controlan las actividades desarrolladas por el personal adscrito a la Dependencia

    y se evalan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.

    8. La documentacin de los procesos del Modelo de Gestin Integral que lidera la

    Jefatura de Gabinete son coherentes con las estrategias de mejoramiento

    implementadas para la oportuna gestin y prestacin de los servicios.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del departamental y municipal

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual(Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Constitucin Poltica de Colombia

    Gestin pblica, estructura del Estado, tica pblica y organizacin y

    funcionamiento del nivel territorial

    Plan de Desarrollo Departamental

    Legislacin normativa y estatutaria de aplicacin en materia de gestin de

    proyecto

    VII. EVIDENCIAS

    Cumplimiento de objetivos institucionales contemplados en el Plan de Desarrollo

    del Departamento.

    Informes de gestin e indicadores de resultado de impacto.

    Realizacin de eventos que promocionen el departamento a nivel nacional e

    internacional.

    Estadsticas sobre apoyo a alcaldes.

    Plan de comunicaciones.

    Convenios de coorperacin suscritos.

  • 38

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional en Finanzas; Ingeniera

    Administrativa; Administracin;

    Administracin Pblica; Administracin de

    Empresas; Administracin de Empresas y

    Negocios Internacionales; Administracin y

    Finanzas; Administracin de Negocios;

    Administracin Financiera; Relaciones

    Internacionales y Estudios Polticos; Ciencia

    Poltica y Relaciones Internacionales; Ciencia

    Politica, Gobierno y relaciones

    internacionales; Ciencia Poltica, Finanzas y

    Relaciones Internacionales; Finanzas y

    Comercio Exterior; Gobierno y Relaciones

    Internacionales; Negocios Internacionales;

    Contadura Pblica; Derecho; Economa;

    Ingeniera Industrial; Comunicacin Social;

    Comunicacin Social y Periodismo;

    Antropologa; Sociologa; Psicologa; Trabajo

    Social; Biologa; Ingeniera Ambiental;

    Ingeniera Civil, Ingeniera de Vas, Ingeniera

    de Transporte y Arquitectura.

    Ttulo de Posgrado.

    Tarjeta profesional o matrcula profesional en

    los casos reglamentados por la ley.

    Sesenta (60) meses de experiencia

    profesional

    SECRETARA GENERAL

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Dirigir el diseo, formulacin, implementacin y ejecucin de los planes, programas y

    proyectos correspondientes a la gestin de adquisicin de bienes y servicios; recursos

    fsicos; servicios administrativos; almacn e inventarios; administracin del talento

    humano; pensiones; servicio al ciudadano y la gestin documental para el adecuado

    funcionamiento y desarrollo de la entidad.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

  • 39

    1. Dirigir y llevar a cabo la gestin contractual necesaria para la adquisicin, distribucin

    y mantenimiento de elementos y equipos de oficina, de tecnologa y dems bienes y

    servicios indispensables para garantizar el efectivo y oportuno funcionamiento de

    todas las dependencias del Nivel Central de la administracin departamental, en

    coordinacin con las dems dependencias.

    2. Dirigir y gestionar el proceso y los procedimientos de gestin del talento humano,

    relativos a la vinculacin y desvinculacin del personal; la aplicacin de las normas

    de carrera administrativa; el trmite de las situaciones administrativa; la produccin

    de la nmina de personal y de los pensionados; salud ocupacional; bienestar social;

    capacitacin, entrenamiento y sensibilizacin de los servidores y de vinculacin al

    sistema de seguridad social.

    3. Formular y gestionar las polticas de la gestin documental, administrar el Archivo

    Central y el Archivo histrico del Departamento, implementando mecanismos de

    actualizacin, conservacin, vigilancia y acceso a la documentacin de la

    Administracin.

    4. Dirigir la gestin de almacn e inventarios y administrar y mantener actualizado el

    inventario de bienes de propiedad del Departamento, garantizando que se

    encuentren debidamente asegurados.

    5. Asegurar el cumplimiento de las normas relativas al Servicio al Ciudadano, mediante

    peticiones, quejas y reclamos en la Administracin Departamental, establecidas en la

    Ley 190 de 1995, la Ley 1474 de 2011 y la Ley 1437 de 2011, Cdigo de

    Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y dems

    disposiciones que las adicionen, modifiquen o reglamenten.

    6. Proporcionar los servicios administrativos que el Gobernador y las dependencias del

    Nivel Central requieran para el ejercicio de sus funciones.

    7. Gestionar los procesos de reconocimiento y pago de las pensiones y elaborar los

    informes requeridos sobre las cuotas partes pensionales con destino a la Oficina

    Jurdica, con el propsito de que esta dependencia, proceda a su cobro.

    8. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. La contratacin de bienes y servicios se realiza de forma oportuna y segn la

    normatividad vigente.

    2. Los planes, programas y proyectos en materia de capacitacin, induccin,

    reinduccin, evaluacin del desempeo, y sistema de estmulos para todo el personal

    son diseados y ejecutados oportunamente.

    3. La poltica para el desarrollo y mejoramiento continuo del talento humano se ejecuta

    de acuerdo con los lineamientos sobre la materia.

  • 40

    4. La normatividad legal que regula la materia prestacional, salarial y de administracin

    de personal se cumple.

    5. El suministro de informacin con destino al Sistema nico de Informacin de

    Personal se realiza de manera oportuna, veraz, y confiable.

    6. Los servicios de mantenimiento, vigilancia, aseo, transporte, correspondencia y

    mensajera para las diferentes dependencias de la Gobernacin se garantiza y se

    presta de manera oportuna.

    7. Los Inventarios de bienes muebles estn actualizados, debidamente custodiados y

    con los amparos vigentes.

    8. La conservacin de la memoria institucional y la seguridad de los archivos y

    documentos, a travs de sistemas tcnicos y automatizados, est garantizado.

    9. El sistema de clasificacin, conservacin, recepcin y envo de correspondencia

    interna y externa, se realizada de manera oportuna.

    10. Lo servicios de fotocopiado, telefona fija y mvil, parque automotor, elementos de

    oficina y cafetera se prestan adecuada y oportunamente, garantizando la

    optimizacin de los recursos presupuestales asignados para el efecto.

    11. Los planes de compras son elaborados y entregados oportunamente a los

    organismos de control y reportados al Sistema de Informacin para la Vigilancia de la

    Contratacin o cualquier otro sistema que se defina para el efecto.

    12. Las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos se atienden de manera oportuna.

    13. La atencin de las solicitudes de expedicin de pasaportes se ajusta a los

    lineamientos y se realiza de manera eficiente y oportuna.

    14. Se controlan las actividades desarrolladas por el personal adscrito a la Dependencia

    y se evalan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Constitucin Poltica

    Plan Nacional de Desarrollo

    Plan de Desarrollo Departamental;

    Normativa de administracin de personal;

    Rgimen salarial y prestacional del sector pblico;

    Normativa de Inventarios y amparo de bienes;

  • 41

    Normativa de Contratacin Estatal y Planes de compras;

    Normativa de Gestin Documental.

    Polticas y modelos de Servicio al Ciudadano.

    VII. EVIDENCIAS

    Cumplimiento de objetivos institucionales contemplados en el Plan de Desarrollo

    del Departamento.

    Los proyectos y programas implementados para facilitar el fortalecimiento de la

    gestin en la administracin departamental en materia de desarrollo humano

    integral

    Informes de gestin e indicadores de resultado de impacto.

    Planes y programas de capacitacin y bienestar realizados.

    Hojas de vida del personal.

    Nminas liquidadas.

    Actos administrativos elaborados.

    Evaluaciones de desempeo realizadas

    Reportes de inventarios.

    Pasaportes expedidos.

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional en Finanzas; Ingeniera

    Administrativa; Administracin;

    Administracin Pblica; Administracin de

    Empresas; Administracin de Empresas y

    Negocios Internacionales; Administracin y

    Finanzas; Administracin de Negocios;

    Administracin Financiera; Relaciones

    Internacionales y Estudios Polticos; Ciencia

    Poltica y Relaciones Internacionales; Ciencia

    politica, Gobierno y Relaciones

    Internacionales; Ciencia Poltica, Finanzas y

    Relaciones Internacionales; Finanzas y

    Comercio Exterior; Gobierno y Relaciones

    Internacionales; Negocios Internacionales;

    Contadura Pblica; Derecho; Economa;

    Ingeniera Industrial; Comunicacin Social;

    Comunicacin Social y Periodismo;

    Antropologa; Sociologa; Psicologa; Trabajo

    Social y Licenciatura en Educacin.

    Ttulo de Posgrado.

    Sesenta (60) meses de experiencia

    profesional

  • 42

    Tarjeta profesional o matrcula profesional en

    los casos reglamentados por la ley.

    SECRETARA DE HACIENDA

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Gestionar, administrar y controlar la formulacin, implementacin y ejecucin de la poltica

    fiscal del gobierno departamental para asegurar la financiacin de los programas y

    proyectos de inversin pblica contenidos en el plan de desarrollo; as como tambin la

    de los gastos autorizados para el normal funcionamiento de la administracin y dirigir la

    gestin de presupuesto, contabilidad, tesorera, rentas; crdito pblico y estudios y

    fiscales y econmicos del Departamento del Choc.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Dirigir y supervisar la formulacin y desarrollo de las polticas tributaria y de control a

    la evasin y la elusin de las rentas departamentales; de crdito pblico;

    presupuestal de ingresos y gastos; de tesorera, y de aprovechamiento e inversin de

    los recursos captados, de conformidad con las normas legales.

    2. Dirigir y supervisar, en coordinacin con la Secretara de Planeacin y Desarrollo

    tnico Territorial, la elaboracin, ejecucin y control del Plan Financiero, como

    instrumento de planeacin y gestin financiera del sector pblico departamental.

    3. Dirigir y supervisar, en coordinacin con la Secretara de Planeacin y Desarrollo

    tnico Territorial, la elaboracin, presentacin, aprobacin y liquidacin del

    presupuesto de rentas y gastos e inversiones del Departamento.

    4. Dirigir y supervisar la administracin del sistema presupuestal del Departamento y de

    sus entidades descentralizadas, y controlar las entidades pblicas y privadas que

    administren fondos pblicos del orden departamental.

    5. Dirigir y supervisar el recaudo, administracin, aseguramiento y registro de los

    ingresos corrientes, las contribuciones parafiscales, los fondos especiales y los

    recursos de capital y de crdito del Departamento, de conformidad con las

    disposiciones legales.

    6. Dirigir y supervisar las operaciones de tesorera y la cancelacin de las obligaciones

    legalmente contradas a cargo del Departamento, de conformidad con las

    disposiciones legales.

    7. Asesorar al Gobernador en todos los aspectos relacionados con la obtencin y

    manejo del crdito pblico y, en particular, en lo relativo a las polticas de

    financiamiento interno y externo del Departamento, de sus entidades

  • 43

    descentralizadas y de los municipios.

    8. Dirigir y supervisar la administracin de la deuda pblica del Departamento y emitir y

    administrar los ttulos valores, bonos, pagars y dems documentos de deuda

    pblica; custodiar y conservar los ttulos valores a favor del Departamento, y exigir el

    recaudo oportuno de las utilidades, dividendos o intereses pactados.

    9. Dirigir y supervisar el registro de la contabilidad pblica del Departamento, los

    registros de la ejecucin presupuestal y de la contabilidad general, financiera,

    patrimonial y la elaboracin y presentacin de los correspondientes estados e

    informes peridicos.

    10. Dirigir y supervisar la consolidacin de la contabilidad general de los entes pblicos

    departamentales y municipales, conforme a las normas legales y las disposiciones de

    la Contadura General de la Nacin.

    11. Dirigir y supervisar la administracin de los bienes y recursos pertenecientes al Fondo

    de Pensiones Pblicas del Choc y la liquidacin, reconocimiento y orden de pago de

    las pensiones y dems pasivos pensinales de los servidores pblicos de las

    entidades sustituidas por el Fondo y, en general la administracin del pasivo

    pensional del Departamento.

    12. Dirigir y supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales sobre hacienda

    pblica departamental y realizar las dems funciones que, por delegacin, se le

    encomienden a la Secretara o a alguna de sus dependencias internas.

    13. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.

    IV. CRITERIOS DE DESEMPEO

    1. La poltica fiscal, financiera y econmica del Departamento, es desarrollada en

    concordancia con la constitucin, la ley, los planes, programas y proyectos.

    2. Las estrategias y objetivos diseados permiten cumplir eficazmente con la misin y

    las polticas de la de la Secretara de Hacienda.

    3. Las polticas financieras que se ejecutan en materia de ingresos y gastos garantizan

    los recursos presupuestales necesarios para el normal funcionamiento de la

    administracin departamental.

    4. La ejecucin y recaudo de los recursos se hace acorde con las polticas y criterios de

    eficiencia y eficacia

    5. El proyecto de presupuesto, las adiciones y modificaciones se elabora y presenta

    oportunamente, y se ajustan al Estatuto Orgnico del Presupuesto.

    6. Se presenta la documentacin y se hacen las gestiones necesarias ante el sector

    financiero para el trmite y desembolso de los emprstitos.

    7. Las acciones de fiscalizacin, liquidacin y determinacin permiten fortalecer el

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    cumplimiento de las obligaciones tributarias, as como el recaudo de los tributos,

    impuestos y rentas departamentales.

    8. Los mecanismos legales para prevenir y reprimir el fraude, evasin y elusin de las

    rentas departamentales se han implementado de acuerdo a normatividad vigente.

    9. Se controlan las actividades desarrolladas por el personal adscrito a la Dependencia

    y se evalan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.

    V. RANGO DE APLICACIN

    Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.

    Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual(Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)

    Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial

    De modo o variacin: Clientes internos y externos

    VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES

    Normas presupuestales, financieras, deuda pblica;

    Normas de monopolio rentstico departamental;

    Principios de la Funcin Administrativa.

    Plan de Desarrollo Departamental

    Rgimen Departamental

    Anlisis de Estados Financieros;

    Estrategias de mercadeo.

    VII. EVIDENCIAS

    Cumplimiento de objetivos institucionales contemplados en el Plan de Desarrollo

    del Departamento.

    Requerimiento de las dependencias de los municipios, regiones y comunidades

    tramitados y apoyados con oportunamente.

    Informes de gestin e indicadores de resultado de impacto.

    Presupuesto de gasto.

    Estados financieros.

    VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional en Finanzas; Ingeniera

    Administrativa; Administracin;

    Administracin Pblica; Administracin de

    Empresas; Administracin de Empresas y

    Negocios Internacionales; Administracin y

    Finanzas; Administracin de Negocios;

    Administracin Financiera; Relaciones

    Internacionales y Estudios Polticos; Ciencia

    Sesenta (60) meses de experiencia

    profesional

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    Poltica y Relac