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MANUAL ESPECFICO DE FUNCIONES, REQUISITOS Y COMPETENCIAS LABORALES DE LOS EMPLEOS QUE CONFORMAN LA PLANTA DE PERSONAL DE LA GOBERNACIN DEL CHOC- NIVEL CENTRAL
DECRETO 189 DE 2013
Quibd, julio 19 de 2013
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CONTENIDO
Pg.
Presentacin 4
1. Misin del Departamento 5
2. Visin del Departamento 5
3. Objetivos y Funciones Institucionales 5
4. Normatividad bsica 6
5. Organigrama 6
6. Decreto 189 de 2013, Por el cual se adopta el Manual Especfico de
Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos que
conforman la Planta de Personal de la Gobernacin del Choc- Nivel
Central
7
CAPITULO I. FUNCIONES Y REQUISITOS POR CARGOS
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Denominacin del Empleo Cdigo Grado No. Cargos
PLANTA DE EMPLEOS DEL DESPACHO DEL GOBERNADOR 9
Gobernador 001 --- 1 9
Asesor 105 01 1 13
Profesional Universitario 219 01 1 16
Tcnico Administrativo 367 06 1 18
Secretario Ejecutivo del Despacho del Gobernador
430 21 1 20
Auxiliar Administrativo 407 05 1 23
Auxiliar de Servicios Generales 470 05 1 26
Conductor Mecnico 482 14 1 27
PLANTA GLOBAL DE LA GOBERNCIN NIVEL CENTRAL 29
Jefe de Oficina 006 09 2 29
Secretario de Despacho 020 10 9 35
Jefe de Oficina Asesora Jurdica 115 05 1 65
Asesor 105 05 1 69
Asesor 105 02 8 72
Asesor 105 01 9 100
Tesorero General 201 14 1 125
Almacenista General 215 08 1 129
Profesional Especializado 222 15 1 132
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Profesional Universitario 219 13 25 135
Profesional Universitario 219 09 8 218
Profesional Universitario 219 08 5 244
Profesional Universitario 219 07 12 253
Profesional Universitario 219 05 9 281
Profesional Universitario 219 01 19 297
Tcnico Administrativo 367 10 15 307
Tcnico Administrativo 367 06 3 310
Tcnico Administrativo 367 03 12 313
Tcnico Operativo 314 10 1 315
Tcnico Operativo 314 07 2 317
Secretario Ejecutivo 425 17 10 319
CAPITULO II. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES A LOS DIFERENTES EMPLEOS
322
CAPITULO III. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERRQUICO
324
CAPITULO IV. DISPOSICIONES GENERALES 331
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Presentacin
La Gobernacin del Choc presenta el Manual Especfico de Funciones, Requisitos y
Competencias Laborales de la Planta de Personal de la administracin departamental
nivel central, el cual se ha formula conforme a la nueva escala salarial y nomenclatura de
empleos adoptada mediante Decreto 101 de 2013, al Decreto 108 de 2013 por el cual se
adoptan las equivalencias de los cargos de la Planta de Personal del Nivel Central de la
Gobernacin del Choc, a la estructura interna que se determin mediante el Decreto 110
de 2013, y a la planta de personal del nivel central de la Administracin Departamental,
adoptada mediante Decreto 187 de 2013 de la Gobernacin del Choc. As mismo,
corresponde a lo previsto en los Decreto 785 de 2005 y 2539 de 2005, por el cual se
estableci el sistema de nomenclatura y clasificacin y de funciones y requisitos
generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las
disposiciones de la Ley 909 de 2004; y conforme a lo previsto en el Decreto Nacional No.
2539 de 2005 por el cual se establecen las competencias laborales generales para los
empleos pblicos de los distintos niveles jerrquicos de las entidades a las cuales se
aplican los Decretos Ley 770 y 785 de 2005.
El Manual Especfico de Funciones y Requisitos es una herramienta tcnica y
procedimental necesaria para la administracin del talento humano que se desempea en
los cargos que conforman la estructura de la Planta de Personal, que permite a la
Gobernacin y sus funcionarios identificar y conocer en profundidad sus funciones y las
responsabilidades intrnsecas que implica la ejecucin de cada tarea, dentro del marco de
las funciones de la respectiva dependencia, acordes con la formacin, el conocimiento, el
grado salarial y el nivel jerrquico en que se encuentre ubicado el respectivo empleo
dentro de la estructura de la entidad.
El Manual Especfico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los
Empleados que conforman la Planta de Personal de la Gobernacin del Choc - Nivel
Central, contiene en forma ordenada y sistemtica la informacin sobre los aspectos
organizacionales necesarios para la mejor ejecucin del trabajo, se establecen las
funciones y requisitos de los cargos que conforman la planta de personal, que
corresponden a la misin, visin, objetivos y funciones bsicas de la Gobernacin.
Su principal propsito es proporcionar a la Administracin Departamental de elementos
que permitan el fortalecimiento institucional y el mejoramiento continuo de los servicios
que se prestan a los municipios, a los resguardos y comunidades indgenas, a la sociedad
y a todos los ciudadanos y ciudadanas del Departamento del Choc.
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1. Misin del Departamento
Posicionar al Departamento como un garante de gestin legal, tica y efectiva para el
desarrollo sostenible de la comunidad territorial, a travs del cumplimiento de sus
funciones administrativas, de coordinacin, de complementariedad de la accin de los
municipios, de intermediacin entre stos y la Nacin y de la prestacin de servicios a su
cargo, en pro de satisfacer las necesidades de los Chocoanos y Chocoanas y mejorar su
calidad de vida con equidad, solidaridad y respeto con su diversidad tnica y en armona
con los mandatos constitucionales y legales.
2. Visin del Departamento
Para el 2015, el Departamento del Choc contar con la capacidad institucional necesaria
para intervenir de manera efectiva en el mejoramiento de las condiciones sociales,
econmicas, ambientales y polticas en su territorio. As mismo, prestar los servicios
dirigidos a satisfacer las demandas y necesidades de la poblacin chocoana en
coordinacin con las entidades privadas y los organismos o instituciones pblicos del
orden nacional, y municipal, bajo un modelo de respeto y preservacin de la riqueza y la
biodiversidad, as como de inclusin de las diversas comunidades indgenas y
afrodescendientes.
3. Objetivos y Funciones Institucionales
El Captulo III, artculos 6 y 7 del Decreto Ordenanzal 109 de 2013 Por el cual se
adopta el Estatuto Bsico de Organizacin y Funcionamiento de la Administracin Pblica
del Departamento del Choc y se dictan otras disposiciones establece las funciones y
competencias generales del Departamento del Choc, as:
Funciones y competencias generales. El Departamento del Choc goza de autonoma
para la administracin de sus asuntos seccionales y la planificacin y promocin del
desarrollo econmico y social dentro de su territorio y ejerce las funciones de
coordinacin, complementariedad de la accin municipal, de intermediacin entre la
Nacin y los municipios y de prestacin de los servicios que determine la Constitucin
Poltica y la Ley, con sujecin a las reglas generales de administracin, organizacin y
gestin establecidos para cada sector de la administracin pblica y para el rgimen
departamental.
Competencias administrativas. Las dependencias del nivel central y las entidades
descentralizadas departamentales ejercern las potestades, atribuciones y funciones
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asignadas expresamente por la Constitucin Poltica, la ley, las Ordenanzas de la
Asamblea Departamental y los decretos expedidos por el Gobernador.
4. Normativa Bsica
Artculo 122 de la Constitucin Poltica
Ley 909 de 2004
Decreto Ley 785 de 2005
Decreto 2539 de 2005
Decreto Ordenanzal 101 de 2013.
Decreto Ordenanzal 109 de 2013.
Decreto 108 de 2013
Decreto Ordenanzal 110 de 2013.
5. Organigrama La estructura de la Gobernacin del Choc, adoptada mediante Decreto Ordenanzal 110 de 2013, se puede observar en el siguiente organigrama:
Despacho delGobernador
Jefatura de Gabinete
Oficina de ControlInterno
Oficina de Control Interno
Disciplinario
Secretara de Planeacin y Desarrollo tnico
Territorial
Secretara de Hacienda
Secretara General
Secretara deSalud
Secretara del Interior
Secretara de Desarrollo Econmico y Recursos Naturales
Secretara de Educacin
Secretara deIntegracin
Social
INDECHOHospital San Francisco
de Ass Aguas del Choc
Consejo deGobierno
Consejos Superiores
Secretara de Infraestructura,
Vivienda y Movilidad
Oficina Jurdica
Secretara de Cultura, Recreacin y Deporte
Secretaras Transversales
Secretaras Misionales
Descentralizada Existente
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6. Decreto 189 de 2013, por el cual se adopta el Manual Especfico de
Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos que
conforman la planta de personal de la Gobernacin del Choc - Nivel
Central.
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DEPARTAMENTO DEL CHOC
DECRETO NMERO 189 DE 2013
(19 de julio de 2013)
Por el cual se adopta el Manual Especfico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos que conforman la Planta de Personal de la Gobernacin del
Choc- Nivel Central
EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DEL CHOC
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artculo 305 de la Constitucin Poltica y y conforme a lo previsto en los
Decretos 785 y Decreto 2539 de 2005, y
CONSIDERANDO Que la Constitucin Poltica en su artculo 122 establece No habr empleo pblico que no tenga funciones detalladas en Ley o Reglamento y para proveer los de carcter remunerado se requiere que estn contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente. Que mediante el Decreto 785 del 17 de marzo de 2005, se estableci el sistema de nomenclatura y clasificacin de cargos y los requisitos mnimos de los empleos de los diferentes niveles jerrquicos, de las entidades territoriales, todos stos aspectos bsicos para la elaboracin y la adopcin del Manual Especfico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para los diferentes empleos la Gobernacin. Que mediante el Decreto 2539 de 2005 se determinaron las competencias laborales comunes a los empleados pblicos y las generales de los distintos niveles jerrquicos en que se agrupan los empleos de las entidades pblicas y se dispuso que las entidades y organismos deben elaborar sus manuales especficos de funciones y requisitos, incluyendo: el contenido funcional de los empleos; las competencias comunes a los empleados pblicos y las comportamentales, las competencias funcionales; y los requisitos de estudio y experiencia. Que mediante Decreto Ordenanzal 101 de 2013, se modifican las escalas de asignacin bsica y se ajusta la nomenclatura, clasificacin y cdigo de los empleos de la Administracin Departamental y sus entidades descentralizadas. Que mediante Decreto Ordenanzal 110 de 2013, se reforma la Estructura de la Administracin Departamental del Choc y se dictan otras disposiciones.
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Que mediante el Decreto 187 de 2013, se establece la Planta de Personal de la Gobernacin del Choc- Nivel Central. Que de conformidad con el artculo 46 de la Ley 909 de 2004, modificada por el Decreto Ley 019 de 2012, el Departamento del Choc, realiz el estudio tcnico, siguiendo los lineamientos establecidos por el Departamento Administrativo de la Funcin Pblica y la Escuela Superior de Administracin Pblica. Que conforme a lo previsto en el artculo 32 del Decreto Ley 785 de 2005, establece que la adopcin del manual especfico de funciones, debe efectuarse mediante acto administrativo expedido por autoridad competente, en este caso, por el Gobernador del Choc.
DECRETA
CAPITULO I. FUNCIONES Y REQUISITOS POR CARGOS
Artculo 1.- ADOPCIN DEL MANUAL ESPECFICO DE FUNCIONES, REQUISITOS Y COMPETENCIAS LABORALES. Adoptar el Manual Especfico de Funciones, Requisitos y Competencias para los empleos de la planta de personal de la Gobernacin del Choc- Nivel Central, establecida por el Decreto No. 187 del julio de 2013, cuyas funciones, debern ser cumplidas por los servidores con criterios de eficiencia, eficacia y efectividad, para el cumplimiento de la misin, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le sealan a la Gobernacin. Artculo 2.- EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL DESPACHO DEL GOBENADOR. Los requisitos, funciones, el propsito principal, conocimientos, contribuciones y criterios de desempeo de los empleos de la planta de personal del Despacho del Gobernador, sern los siguientes:
I. Identificacin
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
DIRECTIVO
GOBERNADOR
001
---
UNO (1)
DESPACHO DEL GOBERNADOR
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II. PROPSITO PRINCIPAL
Ejercer las funciones que le competen en su calidad de jefe de la Administracin
Departamental y representante legal de la entidad territorial, primera autoridad de polica
en la jurisdiccin departamental y agente del Presidente de la Repblica para el
mantenimiento del orden pblico y para la ejecucin de la poltica econmica general, as
como para aquellos asuntos que mediante convenios la Nacin acuerde con el
Departamento.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Cumplir y hacer cumplir la Constitucin, las leyes, los decretos del Gobierno y las
ordenanzas de la Asamblea Departamental.
2. Dirigir y coordinar la accin administrativa del Departamento y actuar en su nombre
como gestor y promotor del desarrollo integral de su territorio, de conformidad con
la Constitucin y las leyes.
3. Dirigir y coordinar los servicios nacionales en las condiciones de la delegacin que
le confiera el Presidente de la Repblica.
4. Presentar oportunamente a la Asamblea Departamental los proyectos de
ordenanza sobre planes y programas de desarrollo econmico y social, obras
pblicas y presupuesto anual de rentas y gastos.
5. Nombrar y remover libremente a los gerentes o directores de los establecimientos
pblicos y de las empresas industriales o comerciales del Departamento, a los
Secretarios de Despacho y dems funcionarios de la Administracin
Departamental. Los representantes del Departamento en las juntas directivas de
tales organismos y los directores o gerentes de los mismos son agentes del
gobernador
6. Fomentar de acuerdo con los planes y programas generales, las empresas,
industrias y actividades convenientes al desarrollo cultural, social y econmico del
departamento que no correspondan a la Nacin y a los municipios.
7. Crear, suprimir y fusionar los empleos de sus dependencias, sealar sus funciones
especiales y fijar sus emolumentos con sujecin a la ley y a las ordenanzas
respectivas. Con cargo al tesoro departamental no podr crear obligaciones que
excedan al monto global fijado para el respectivo servicio en el presupuesto
inicialmente aprobado.
8. Suprimir o fusionar las entidades departamentales de conformidad con las
ordenanzas.
9. Objetar por motivos de inconstitucionalidad, ilegalidad o inconveniencia, los
proyectos de ordenanza o sancionarlos y promulgarlos.
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10. Revisar los actos de los concejos municipales y de los alcaldes y, por motivos de
inconstitucionalidad o ilegalidad, remitirlos al Tribunal competente para que decida
sobre su validez.
11. Velar por la exacta recaudacin de las rentas departamentales, de las entidades
descentralizadas y las que sean objeto de transferencias por la Nacin.
12. Convocar a la asamblea departamental a sesiones extraordinarias en las que slo
se ocupar de los temas y materias para lo cual fue convocada.
13. Escoger de las ternas enviadas por el jefe nacional respectivo, los gerentes o jefes
seccionales de los establecimientos pblicos del orden nacional que operen en el
departamento, de acuerdo con la ley.
14. Ejercer las funciones administrativas que le delegue el Presidente de la Repblica.
15. Ejercer el derecho de vigilancia y proteccin sobre las corporaciones oficiales y
establecimientos pblicos de acuerdo a lo contemplado en la legislacin vigente.
16. Requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la Constitucin
y la ley.
17. Las dems que le seale la Constitucin, las leyes y las ordenanzas.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. Las polticas formuladas e implementadas por la Gobernacin facilitan el
cumplimiento de las metas y objetivos del Plan de Desarrollo Departamental.
2. Se cumplen las funciones constitucionales y legales asignadas al Departamento,
como entidad territorial, y se garantiza la efectividad de la gestin de las entidades
departamentales y municipales.
3. Las directrices impartidas por el Gobernador, conducen al cumplimiento de los
objetivos, metas y programas sealados en la misin institucional, fortaleciendo la
cultura de servicio, calidad y tica, de manera adecuada, eficiente y oportuna.
4. Los informes sobre las actividades desarrolladas son presentadas con la
oportunidad y periodicidad requeridas, son confiables, contienen informacin
actualizada y se elaboran y se entregan oportunamente, de acuerdo a los
requerimientos sealados en la legislacin vigente.
5. Los municipios del Departamento son asesorados y apoyados en los diferentes
frentes sectoriales, para atender las necesidades de los mismos de conformidad
con lo sealado en la legislacin vigente.
6. El Sistema Integrado de Gestin de la dependencia es promovido y desarrollado
de manera integral.
7. La representacin legal del Departamento se ejerce en concordancia con las
atribuciones conferidas por la Constitucin y la Ley.
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8. Las funciones administrativas delegadas por el Presidente de la Repblica, son
ejercidas de acuerdo a lo sealado en la normativa vigente.
9. Las funciones asignadas son desempeadas aplicando herramientas de
autocontrol y los principios de la funcin administrativa.
10. El mantenimiento del orden pblico en el Departamento y el apoyo en esta materia
a los Municipios, se ajusta a lo establecido en la legislacin vigente.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades y organismos del nivel departamental y del nivel
municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro
Virtual)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Constitucin Poltica de Colombia
Administracin pblica
Polticas y normativa sectorial
Plan Nacional de Desarrollo
Planeacin estratgica
VII. EVIDENCIAS
Polticas, planes, programas y proyectos formulados y ejecutados en
cumplimiento de los objetivos y funciones del Departamento.
Gestin pblica sectorial del Departamento eficiente, eficaz y efectiva, garante de
los derechos de los habitantes del Choc.
Recursos de asistencia tcnica y cooperacin internacional gestionados.
Informe sobre foros y organismos internacionales ante los cuales ejerce
representacin.
Gestiones de cooperacin tcnica nacional e internacional adelantadas y puestas
para aprobacin.
Informes de gestin del Departamento dirigidos y coordinados con las dems
reas de la entidad y actos administrativos expedidos de acuerdo con la ley
Control interno disciplinario ejercido de acuerdo con la ley.
Comits y grupos internos de trabajo creados y organizados, mediante acto
administrativo
Planta de personal global del Departamento distribuida teniendo en cuenta la
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estructura, los planes, programas y proyectos trazados y las necesidades del
servicio.
REQUISITOS DEL CARGO
Los establecidos en la Constitucin Poltica y la Ley.
I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
ASESOR
ASESOR
105
01
UNO (1)
DESPACHO DEL GOBERNADOR
GOBERNADOR
II. PROPSITO PRINCIPAL
Asesorar al Gobernador en el desempeo de las funciones del despacho y en lel
seguimiento y monitoreo de la ejecucin en los temas relacionados con la gestin
administrativa, logstica y de seguridad con el propsito de contribuir a la efectiva
conduccin de los asuntos departamentales a l atribuidos por la Constitucin y las
Leyes.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Dirigir, coordinar y controlar todas las actividades para garantizar la oportuna
asistencia a las audiencias, visitas y compromisos oficiales del Gobernador.
2. Ejercer las funciones de secretara privada.
3. Prestar asistencia tcnica para articular con las Secretaras de Despacho la
consolidacin de toda informacin para la elaboracin de informes, respuestas y
dems actos o documentos que deban ser presentados al Gobernador.
4. Llevar la relacin de los asuntos pendientes de solucin que sean de decisin del
Gobernador para mantenerle informado o recordarle de los trminos en que deba
hacerlo.
5. Levantar las actas o relataras de las reuniones en que participe el Gobernador, para
dejar constancia de los asuntos que se trataron.
6. Organizar, dirigir y controlar la radicacin y sistematizacin de la correspondencia,
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peticiones, actos administrativos y dems documentos que ingresen y salgan del
despacho del Gobernador, para garantizar respuestas dentro de los trminos legales.
7. Organizar, dirigir y coordinar la gestin administrativa del despacho, los servicios
administrativos internos del despacho del gobernador en materia correspondencia,
comunicaciones, electrnicas, telefnicas, archivo, para el normal funcionamiento del
rea.
8. Apoyar la gestin de la atencin al ciudadano en el despacho de la Gobernacin.
9. Liderar el seguimiento, actualizacin y mejora de la documentacin de los procesos
del Modelo de Gestin Integral que lidera el despacho conforme las estrategias
implantadas para hacerlos ms efectivos.
10. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. Se garantiza la asistencia del Gobernador en los das y horas que se tiene
programadas las audiencias, visitas oficiales y compromisos sociales del
Gobernador.
2. Se tiene la informacin necesaria que permite elaborar y presentar informes
oportunamente.
3. Asuntos pendientes debidamente relacionados y resueltos oportunamente.
4. Las reuniones a las que asiste el Gobernador y las decisiones que toman en estas,
se soportan en actas o relatoras.
5. Las peticiones, actos administrativos y dems documentos que ingresan al
despacho, se resuelven oportunamente y dentro de los trminos de Ley.
6. Gestin administrativa y servicios administrativos de correspondencia,
comunicaciones, electrnicas, telefnicas y archivo prestados oportunamente.
7. La documentacin de los procesos del Modelo de Gestin Integral que lidera el
despacho son coherentes con las estrategias de mejoramiento implementadas para la
oportuna gestin y prestacin de los servicios.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual(Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Gestin pblica, estructura del Estado, tica pblica y organizacin y
funcionamiento del nivel territorial
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Manejo de aplicaciones bsicas de informtica (word, excel, power point, outlook,
correo electrnico).
VII. EVIDENCIAS
Registro de reuniones efectuadas.
Asistencia del Gobernador a audiencias, visitas oficiales y eventos.
Actas elaboradas.
Informes coordinados con las dems reas dela entidad.
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo Profesional en: Finanzas; Ingeniera
Industrial; Ingeniera Administrativa;
Administracin; Administracin Pblica;
Administracin de Empresas; Administracin
de Empresas y Negocios Internacionales;
Administracin y Finanzas; Administracin de
Negocios; Administracin Financiera;
Relaciones Internacionales y Estudios
Polticos; Ciencia Poltica y Relaciones
Internacionales; Ciencia Politica, Gobierno y
relaciones internacionales; Ciencia Poltica,
Finanzas y Relaciones Internacionales;
Finanzas y Comercio Exterior; Gobierno y
Relaciones Internacionales; Negocios
Internacionales; Contadura Pblica;
Economa y Derecho.
Tarjeta profesional o matrcula profesional en los casos reglamentados por la ley
Doce (12) meses de experiencia
profesional
I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
PROFESIONAL
PROFESIONAL UNIVERSITARIO
219
01
UNO (1)
DESPACHO DEL GOBERNADOR
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CARGO DEL JEFE INMEDIATO QUIEN EJERZA LA SUPERVISION
DIRECTA
II. PROPSITO PRINCIPAL
Apoyar el desarrollo de los procesos, procedimientos y actividades de asistencia directa al
Gobernador para el cumplimiento de los asuntos departamentales a l atribuidos por la
Constitucin y las Leyes.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Apoyar la elaboracin de informes, reportes, presentaciones, comunicaciones y
dems documentos solicitados por el Gobernador.
2. Apoyar el seguimiento de los asuntos que le solicite el Gobernador y presentar los
informes respectivos.
3. Brindar apoyo en la formulacin de criterios generales, coordinacin y ejecucin de
las polticas, planes, programas y proyectos relacionados con la Dependencia.
4. Colaborar en la elaboracin estudios e investigaciones tendientes al logro de los
objetivos, planes, programas y proyectos de la Gobernacin.
5. Orientar a los usuarios suministrando la informacin que les sea solicitada, de
conformidad con las polticas y procedimientos establecidos en la Gobernacin, de
manera que se proyecte una buena imagen de la entidad.
6. Verificar que la documentacin entregada para los trmites est completa y
diligenciada, con el fin de evitar reprocesos.
7. Proporcionar apoyo logstico cuando se programen actividades en su dependencia,
participando en la organizacin y desarrollo de las mismas, para que el cronograma
de estas actividades sea ejecutado en los plazos definidos y se cuente con recursos
necesarios.
8. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. Se elaboran informes, reportes, presentaciones y comunicaciones que prestan un
acompaamiento efectivo al Gobernador y a la Dependencia.
2. Los estudios e investigaciones elaborados permiten mejorar la prestacin de los
servicios apoyados, cumpliendo oportunamente con los planes, programas y
proyectos, as como la ejecucin y utilizacin proporcionada de los recursos
disponibles.
3. Las actividades programadas por la dependencia se desarrollan en cumplimiento de
los cronogramas previstos y sin exceder los recursos designados.
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4. La revisin de la documentacin permite reducir los reprocesos causados por
documentacin incompleta o no diligenciada.
5. El cumplimiento de los dems compromisos y tareas asignadas.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos.
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Conocimientos bsicos sobre gestin pblica, estructura del Estado, estructura de
la Gobernacin, tica pblica y organizacin y funcionamiento del nivel territorial.
Plan Departamental de Desarrollo y otros instrumentos de planeacin institucional.
Tcnicas de investigacin y escritura.
Manejo y conservacin de informacin.
Manejo de aplicaciones bsicas de informtica (word, excel, power point, outlook,
correo electrnico)
VII. EVIDENCIAS
Informes de Gestin en desarrollo de las funciones esenciales del cargo.
Comunicaciones registradas en medios oficiales. (Oficios, mensajes electrnicos,
piezas comunicacionales).
Informes, estudios, prentaciones productos del trabajo del evaluado registrados en
medio fsico (papel o magntico). (Informes, proyectos, bases de datos,
documentos).
Planes, cronogramas y programaciones de actividades.
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo Profesional en: Finanzas; Ingeniera
Industrial; Ingeniera Administrativa;
Administracin; Administracin Pblica;
Administracin de Empresas; Administracin
de Empresas y Negocios Internacionales;
Administracin y Finanzas; Administracin de
Negocios; Administracin Financiera;
Relaciones Internacionales y Estudios
Polticos; Ciencia Poltica y Relaciones
Internacionales; Ciencia Politica, Gobierno y
Relaciones Internacionales; Ciencia Poltica,
No se requiere experiencia.
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Finanzas y Relaciones Internacionales;
Finanzas y Comercio Exterior; Gobierno y
Relaciones Internacionales; Negocios
Internacionales; Contadura Pblica;
Economa y Derecho.
Tarjeta profesional o matrcula profesional en
los casos reglamentados por la ley.
I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
TCNICO
TCNICO ADMINISTRATIVO
367
06
UNO (1)
DESPACHO DEL GOBERNADOR
QUIEN EJERZA LA SUPERVISION
DIRECTA
II. PROPSITO PRINCIPAL
Prestar el soporte tcnico y administrativo requerido para el normal funcionamiento y
ejecucin de los planes y programas del despacho del Gobernador.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Realizar actividades de carcter tcnico para la consecucin de informacin y el
trmite de documentos, de conformidad con las instrucciones que le imparta el
superior inmediato y los procedimientos establecidos.
2. Informar oportunamente al Asesor de los asuntos de inters del Gobernador y del
despacho, de conformidad con los procedimientos establecidos.
3. Elaborar y preparar los documentos necesarios relacionados con el manejo y
administracin de la agenda del Gobernador, de conformidad con las instrucciones
recibidas de l mismo o del Asesor del Gobernador.
4. Proyectar y preparar los documentos para dar respuesta oportuna a requerimientos,
derechos de peticin, y dems informacin solicitada.
5. Mantener actualizada una base o archivo de datos y documentos de importancia,
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para consulta del Gobernador, en los temas que por razn de sus funciones deba
conocer.
6. Adelantar las actividades necesarias para el desarrollo de las reuniones de trabajo
que se realicen en el despacho del Gobernador.
7. Tramitar oportunamente la correspondencia que emite y recibe el despacho del
Gobernador, velando por el cuidado de los documentos que le sean entregados,
segn las instrucciones impartidas por el Secretario Privado.
8. Orientar a los usuarios (cliente interno y externo) y suministrar informacin,
documentos o elementos que sean solicitados de conformidad con la normatividad
vigente, trmites, autorizaciones y procedimientos establecidos.
9. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. Apoyos oportunos que garantizan la ejecucin de los planes, programas y proyectos
asignados al rea.
2. Los asuntos de inters del Gobernador y del despacho se informan oportunamente al
Secretario Privado de conformidad con los procedimientos establecidos.
3. Los procesos que involucren una mejor gestin de la informacin, se proponen
haciendo uso de la innovacin para administrar las capacidades y equipos, para
solucionar los problemas de una manera eficiente.
4. La asistencia tcnica, administrativa u operativa, se brinda de acuerdo con
instrucciones recibidas, y comprobar la eficacia de los mtodos y procedimientos
utilizados en el desarrollo de planes y programas.
5. Los informes respectivos son preparados de acuerdo con las instrucciones recibidas,
para dar claridad sobre la ejecucin y el resultado obtenido de las mismas.
6. Informacin y documentos solicitados entregados en forma oportuna, y acorde con
los procedimientos legales.
7. Respuesta oportuna a los requerimientos, derechos de peticin, y dems informacin
solicitada.
8. Las labores tcnicas y tecnolgicas son fundamentadas en la implementacin de
mtodos y procedimientos propios del rea de competencia.
9. Clientes internos y externos orientados oportunamente en los trmites y
procedimientos internos.
V. RANGO DE APLICACIN
-
20
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Conocimientos bsicos de estructura del Estado, tica pblica y organizacin y
funcionamiento del nivel territorial
Procedimientos del rea de desempeo
Normas bsicas sobre archivo
Redaccin de cartas u oficios
Habilidades comunicativas y persuasin oral.
Servicio al Cliente
Manejo de aplicaciones bsicas de informtica (word, excel, power point, outlook,
correo electrnico).
VII. EVIDENCIAS
Indicadores de cubrimiento (Horas, escritos)
Bases de datos manejadas
Documentos elaborados.
Estudios e informes presentados de carcter tcnico y estadstico diseados y
desarrollados
Manifestaciones probadas positivas o negativas de agentes internos o externos
frente a la prestacin del servicio.
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo Tcnico o tecnlogo o terminacin y
aprobacin del pnsum acadmico de
educacin superior en formacin profesional
Seis (6) meses de experiencia
relacionada
I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
ASISTENCIAL
SECRETARIO EJECUTIVO DEL
DESPACHO DEL GOBERNADOR
430
-
21
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
21
UNO (1)
DESPACHO DEL GOBERNADOR
QUIEN EJERZA LA SUPERVISION
DIRECTA
II. PROPSITO PRINCIPAL
Apoyar al Gobernador en el manejo de la agenda, atencin al pblico, elaboracin y
archivo de cartas y documentos, teniendo en cuenta la normatividad vigente, la tecnologa
y las polticas de la Gobernacin.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Apoyar la organizacin de la agenda de trabajo del Gobernador, recordar
continuamente los compromisos, reuniones y citas del da a da y apoyar la atencin
al pblico de acuerdo a los parmetros que este sugiri.
2. Recibir, radicar, tramitar y archivar la correspondencia o documento que
entren y salgan del despacho y llevar un control de toda la informacin.
3. Redactar las comunicaciones, certificaciones y dems documentos del despacho, de
acuerdo a las especificaciones recibidas por el Gobernador y su Asesor.
4. Organizar y actualizar el archivo del Despacho, teniendo en cuenta la normatividad
existente.
5. Transcribir la informacin que en el Despacho del Gobernador le soliciten, para que
pueda transmitirse de manera confiable y oportuna en las reuniones y sitios donde se
requiera, contribuyendo a un adecuado flujo de actividades facilitando la gestin
departamental.
6. Brindar atencin y orientacin a los usuarios externos e internos que se acerquen al
Despacho del Gobernador, ofrecindole informacin oportuna y veraz de las
solicitudes realizadas al rea; cumpliendo as con lo establecido por la Gobernacin.
7. Coordinar la planeacin de eventos y dems reuniones de la Alta Direccin, teniendo
en cuenta el proceso administrativo y las polticas de la Gobernacin..
8. Coordinar los servicios de conduccin y mensajera correspondientes al Despacho
del Director del Departamento para lograr la prestacin de un servicio oportuno en
sus funciones.
9. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
-
22
1. El apoyo para la planeacin de eventos y dems reuniones del Gobernador se
garantiza teniendo en cuenta el proceso administrativo y las polticas de la
Gobernacin.
2. El servicio a los clientes internos y externos es apoyado de acuerdo con las polticas
de la organizacin.
3. Los documentos se reciben de acuerdo con las normas vigentes.
4. Los documentos se redactan de acuerdo con las normas vigentes.
5. Los documentos se digitan de acuerdo con su tipo y normas establecidas.
6. Los servicios de conduccin y mensajera correspondientes al Despacho del
gobernador son coordinados para lograr la prestacin de un servicio oportuno en sus
funciones.
7. Los documentos son archivados de acuerdo con las normas externas e internas.
8. La informacin es procesada de acuerdo con las necesidades de la organizacin
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Etiqueta y protocolo empresarial.
Planeacin y organizacin de eventos.
Herramientas de almacenamiento de informacin digital, escrita y oral
Administracin de archivos.
Labores Administrativas
Verificacin de datos.
Manejo de informacin y su confidencialidad.
Manejo de aplicaciones bsicas de informtica (word, excel, power point, outllook,
correo electrnico)
VII. EVIDENCIAS
Eventos y dems reuniones apoyados para su adecuada coordinacin y
realizacin.
Documentos recibidos y redactados
Documentos digitados de acuerdo con su tipo y normas establecidas
Evaluacin de servicios de conduccin y mensajera coordinados
Indicadores de cubrimiento (Horas invertidas, personas atendidas, documentos
archivados)
-
23
Manifestaciones probadas positivas o negativas de agentes internos o externos
frente a la prestacin del servicio
Registro de acciones ejecutadas (planillas, listas, formatos)
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo de bachiller en cualquier modalidad.
Diecisis (16) meses de experiencia
relacionada.
I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
ASISTENCIAL
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
407
05
UNO (1)
DESPACHO DEL GOBERNADOR
QUIEN EJERZA LA SUPERVISION
DIRECTA
II. PROPSITO PRINCIPAL
Distribuir la correspondencia fsica interna y externa de manera oportuna y acertada para
contribuir en el desarrollo de las actividades de todas las dependencias de la
Gobernacin del Choc.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Efectuar la recogida, entrega, tratamiento, manipulacin y clasificacin simple de
documentacin y/o correspondencia, segn el procedimiento establecido en la
Gobernacin, verificando que se encuentre completa y diligenciada, con el fin de que
esta llegue en buenas condiciones a su destinatario.
2. Gestionar los procedimientos para la administracin del archivo de gestin de la
dependencia y prestar la asistencia administrativa requerida para la clasificacin
documental y manejo de archivos y correspondencia.
3. Garantizar la gestin de fotocopiado y reproduccin de documentos, asi como de los
dems encargos y recados de carcter oficial, para facilitar los trmites y agilizar las
actividades de la dependencia.
-
24
4. Orientar a los usuarios suministrando la informacin que les sea solicitada, de
conformidad con las polticas y procedimientos establecidos a nivel institucional, de
manera que se proyecte una buena imagen de la entidad.
5. Radicar en el archivo general los actos administrativos, segn el procedimiento
definido, con el fin de que los miembros de la entidad sean notificados y puedan
llevarse a cabo los trmites solicitados.
6. Proporcionar apoyo logstico cuando se programen actividades en su dependencia,
participando en la organizacin y desarrollo de las mismas, para que el cronograma
de estas actividades sea ejecutado en los plazos definidos y se cuente con recursos
necesarios.
7. Resolver las inquietudes y necesidades presentadas por el personal interno y
externo, con respecto a la ubicacin de las diferentes dependencias o situacin de
determinada diligencia, para prestar un servicio integral y oportuno
8. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. Los usuarios son orientados, suministrndoles la informacin que les sea solicitada,
de conformidad con las polticas y procedimientos establecidos a nivel institucional,
de manera que se proyecte una buen imagen de la entidad.
2. La documentacin y/o correspondencia es clasificada segn el procedimiento
establecido en la entidad, verificando que se encuentre completa y diligenciada, con
el fin de que esta llegue en buenas condiciones a su destinatario.
3. Las fotocopias, reproducciones y dems encargos y recados de carcter oficial, son
realizados para facilitar los trmites y agilizar las actividades del despacho..
4. Los actos administrativos son radicados en el archivo general con el fin de que los
miembros de la entidad sean notificados y puedan llevarse a cabo los trmites
solicitados.
5. El apoyo logstico se implementa segn la programacin de actividades en la
dependencia, facilitando su organizacin y realizacin de manera que se cumpla el
cronograma y se cuenten con los recursos necesarios.
6. La participacin en el sistema integrado de gestin contribuye al mantenimiento
continuo de todas sus actividades, estrategias y programas definidos por el Despacho
del Gobernador.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica
Comunicaciones Utilizadas: Verbal y Presencial
-
25
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Labores Administrativas.
Procesos y procedimientos de gestin documental
Manejo de equipos de oficina
VII. EVIDENCIAS
Correspondencia tramitada y entregada
Fotocopias tramitadas y entregadas
Archivo, radicacin y distribucin de los documentos realizada
Trmites administrativos realizados oportunamente para facilitar el adecuado
funcionamiento del rea.
Registro de acciones ejecutadas (planillas, listas, formatos)
Manifestaciones probadas positivas o negativas de agentes internos o externos
frente a la prestacin del servicio
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Sptimo grado de escolaridad en cualquier
modalidad.
No se requiere experiencia.
I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
ASISTENCIAL
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES
470
05
UNO (1)
DESPACHO DEL GOBERNADOR
QUIEN EJERZA LA SUPERVISION
DIRECTA
II. PROPSITO PRINCIPAL
Prestar el servicio de aseo y cafetera en las instalaciones del despacho del Gobernador,
haciendo uso de los recursos suministrados y segn las instrucciones dadas, con el fin de
que dichas instalaciones se mantengan en condiciones adecuadas para cumplir las
labores, as mismo, para que el personal interno y visitante est debidamente atendido.
-
26
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Solicitar oportunamente los insumos y dems elementos necesarios, de acuerdo con
los procedimientos establecidos, con el fin de garantizar el cumplimiento de las
labores asignadas.
2. Garantizar la prestacin de los servicios administrativos de aseo, cafetera,
mantenimiento y dems servicios generales de manera oportuna y adecuada.
3. Conservar los lugares asignados completamente aseados y ordenados, de acuerdo
con las normas de seguridad, con el fin de proporcionar un ambiente agradable a los
usuarios.
4. Asear las vajillas y dems utensilios empleados en la labor diaria, procurando que
permanezcan en condiciones ptimas y disponibilidad en el momento de su uso.
5. Contribuir al mantenimiento y mejoramiento continuo del Sistema Integrado de
Gestin a travs de la participacin en todas las actividades, estrategias y programas
definidos por el Despacho del Gobernador del Choc.
6. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. Los servicios generales son prestados de manera adecuada y oportuna.
2. Los insumos y dems elementos necesarios son solicitados de acuerdo con los
procedimientos establecidos, con el fin de garantizar el cumplimiento de las labores
asignadas.
3. Los lugares asignados se conservan completamente aseados y ordenados, de
acuerdo con las normas de seguridad, con el fin de proporcionar un ambiente
agradable a los usuarios.
4. Las vajillas y dems utensilios empleados en la labor diaria son aseados, procurando
que permanezcan en condiciones ptimas y disponibilidad en el momento de su uso.
5. La participacin en el Sistema Integrado de Gestin contribuye al mantenimiento y
mejoramiento continuo de todas sus actividades, estrategias y programas definidos
por el Despacho de la Gobernacin del Choc.
6. El cumplimiento de los dems compromisos y tareas asignadas por la autoridad
competente.
V. RANGO DE APLICACIN
Informacin: Verbal
Comunicaciones Utilizadas: Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
-
27
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Etiqueta y protocolo empresarial.
Buenas Prcticas de manufactura.
VII. EVIDENCIAS
Indicadores de cubrimiento (Horas invertidas, personas atendidas)
Registro de acciones ejecutadas (planillas, listas, formatos)
Manifestaciones probadas positivas o negativas de agentes internos o externos
frente a la prestacin del servicio
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Sptimo grado de escolaridad en cualquier
modalidad.
No se requiere experiencia.
I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
ASISTENCIAL
CONDUCTOR MECNICO
482
14
UNO (1)
DESPACHO DEL GOBERNADOR
QUIEN EJERZA LA SUPERVISION
DIRECTA
II. PROPSITO PRINCIPAL
Prestar el servicio de transporte al seor Gobernador, dentro y fuera del Departamento
segn lo requiera, de manera seria y responsable, con el fin de que ste pueda cumplir
puntualmente con sus diversos compromisos.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Trasladar al Gobernador y a su personal de seguridad (escolta), con responsabilidad
a donde ste requiera trasladarse, dentro y fuera del Departamento, teniendo en
cuenta las normas de trnsito vigentes y velando por la seguridad de los pasajeros y
peatones.
-
28
2. Mantener en perfecto estado el vehculo asignado, velando porque est ordenado y
limpio, para garantizar un ambiente agradable y mostrar una buena imagen de la
entidad.
3. Cumplir puntualmente con los horarios designados por el Gobernador para llevar a
cabo movilizaciones.
4. Hacer mantenimiento peridico al vehculo para prevenir fallas y accidentes que
pongan en riesgo la integridad y la vida de las personas que se movilizan en l y las
que se encuentran a su alrededor.
5. Informar de manera inmediata a la dependencia, cualquier irregularidad o
inconveniente que se presente dentro del desarrollo de sus actividades, tanto de
manera personal como con el vehculo asignado, para dar soluciones a los problemas
que se estn presentando en el momento.
6. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. El gobernador y a su personal de seguridad (escolta), se transporta con
responsabilidad a donde ste requiera trasladarse, dentro y fuera del Departamento,
teniendo en cuenta las normas de trnsito vigentes y velando por la seguridad de los
pasajeros y peatones.
2. El vehculo asignado se mantiene en perfecto estado, velando porque est ordenado
y limpio, para garantizar un ambiente agradable y mostrar una buena imagen de la
Gobernacin.
3. Los horarios designados por el Gobernador se cumplen puntualmente para llevar a
cabo movilizaciones.
4. Los mantenimientos peridicos al vehculo se efectan con el fin de prevenir fallas y
accidentes que pongan en riesgo la integridad y la vida de las personas que se
movilizan en l y las que se encuentran a su alrededor.
5. Se informa de manera inmediata a la dependencia, cualquier irregularidad o
inconveniente que se presente dentro del desarrollo de sus actividades, tanto de
manera personal como con el vehculo asignado, para dar soluciones a los problemas
que se estn presentando en el momento.
6. El cumplimiento de los dems compromisos y tareas asignadas por la autoridad
competente.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Verbal y Presencial
-
29
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Conocimientos en conduccin y mantenimiento automotriz.
Conocimientos de las Normas de Trnsito.
Pleno conocimiento de la ciudad donde conduce y del entorno.
Normas comportamentales de los conductores establecidas en el Cdigo de Polica.
Normas sobre seguridad vial
VII. EVIDENCIAS
Vehculo conservado y en buen estado
Herramientas conservadas y en buen estado
Documentacin del vehculo y propios actualizados y disponibles
Registro de las rdenes de servicio
Horarios, itinerarios y rutas cumplidas
Informe con novedades o accidentes reportados
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo de bachiller en cualquier
modalidad.
Licencia de conduccin
Doce (12) meses de experiencia
relacionada.
Artculo 3. EMPLEOS DE LA PLANTA GLOBAL DEL DEPARTAMENTO - NIVEL CENTRAL. Los requisitos, funciones, el propsito principal, conocimientos, contribuciones y criterios de desempeo de los empleos de la planta global de la Gobernacin del Choc- Nivel Central, sern los siguientes:
NIVEL DIRECTIVO
I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
DIRECTIVO
JEFE DE OFICINA
006
09
-
30
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
DOS (2)
DONDE SE UBIQUE EL CARGO
GOBERNADOR
OFICINA DE CONTROL INTERNO
II. PROPSITO PRINCIPAL
Asesorar a la alta direccin en la implementacin, ejecucin, evaluacin independiente y
seguimiento del Sistema de Control Interno y en la adopcin de mecanismos de
autocontrol, autorregulacin institucional, valoracin del riesgo y mejoramiento continuo,
para el cumplimiento de la misin y objetivos institucionales de conformidad con las
normas legales vigentes.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Las sealadas en la Ley 87 de 1993 y las disposiciones que la reglamenten,
modifiquen o adicionen dirigir y organizar la implementacin, verificacin y evaluacin
del Sistema de Control Interno Departamental.
2. Asesorar al Gobernador, la alta direccin y las dependencias del nivel central y las
entidades descentralizadas, en el efectivo ejercicio de control interno y en el
cumplimiento de sus recomendaciones.
3. Dirigir la adopcin, desarrollo e implementacin del Modelo Estndar de Control
Interno en la Administracin Departamental, en coordinacin con todas las
dependencias del Nivel Central del Departamento-
4. Vigilar que la atencin de las quejas y reclamos se realice oportunamente, de
acuerdo con las normas vigentes y rendir informe semestral al Gobernador.
5. Promover la difusin y el cumplimiento de las normas de control interno y participar
en los estudios de anlisis de riesgo, as como formular los respectivos diagnsticos y
recomendaciones para promover la cultura del autocontrol.
6. Liderar el seguimiento, actualizacin y mejora de la documentacin de los procesos
del Modelo de Gestin Integral que lidera la Oficina conforme las estrategias
implantadas para hacerlos ms efectivos.
7. Velar por el cumplimiento de Leyes y normas vigentes para los entes territoriales.
8. Verificar los procesos relacionados con el buen manejo de los recursos y presentar
informe trimestrales de acuerdo a la normatividad vigente.
9. Hacer seguimiento al cronograma de presentacin de informes para el cumplimiento
-
31
oportuno de fechas legales y con sus metodologas requeridas.
10. Evaluar y verificar la aplicacin de los mecanismos de participacin ciudadana.
11. Hacer seguimiento a los planes de mejoramiento.
12. Presentar el informe anual de control interno, el informe cuatrimestral del MECI, y el
de PQR.
13. Hacer seguimiento al mapa de riesgo de la entidad.
14. Realizar la secretara tcnica del Comit de Control Interno.
15. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. El sistema de control interno de la entidad se evala conforme a la normatividad
vigente.
2. Se entregan a la alta direccin estudios, investigaciones e informes oportunos que
permiten tomar decisiones adecuadas.
3. El sistema de control interno implementado en toda la organizacin, est orientado al
cumplimiento los objetivos y metas trazadas por la Gobernacin.
4. Las capacitaciones mejoran y afianzan la cultura del autocontrol en toda la
organizacin.
5. Los controles y planes de mejoramiento adoptados al interior del Departamento son
evaluados y ajustados permanentemente.
6. Los Riesgos son identificados y administrados permanentemente acorde con las
directrices previamente diseadas.
7. Las recomendaciones y ajustes propuestos garantizan el cumplimiento de la
normatividad que rige las actuaciones de la organizacin.
8. Los informes presentados se ajustan a los requerimientos legales.
9. La documentacin de los procesos del Modelo de Gestin Integral que lidera la
Oficina son coherentes con las estrategias de mejoramiento implementadas para la
oportuna gestin y prestacin de los servicios.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Conocimiento del Modelo Estndar de Control Interno
-
32
Normatividad que regula el Control Interno.
Metodologas e instrumentos del Sistema de Control Interno;
Directrices en materia de Control Interno.
Normatividad en Sistema de Control Interno Contable, Sistema General de
Participaciones, Presupuesto.
Normatividad en aspectos de racionalizacin de trmites y procesos y
procedimientos; adopcin y aplicacin de Indicadores de gestin y resultados.
VII. EVIDENCIAS
Cumplimiento de objetivos institucionales contemplados en el Plan de Desarrollo
del Departamento.
Informes de auditora realizados.
Formulacin y seguimiento de los planes de mejoramiento.
Informes presentados a los entes de control con la debida oportunidad.
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo profesional en Finanzas; Ingeniera
Administrativa; Administracin;
Administracin Pblica; Administracin de
Empresas; Administracin Financiera;
Relaciones Internacionales y Estudios
Polticos; Ciencia Poltica y Relaciones
Internacionales; Ciencia Politica, Gobierno y
Relaciones internacionales; Ciencias Polticas,
Finanzas y Relaciones Internacionales;
Gobierno y Relaciones Internacionales;
Contadura Pblica; Derecho; Economa;
Ingeniera Industrial.
Ttulo de Posgrado.
Tarjeta profesional o matrcula profesional en
los casos reglamentados por la ley.
Cuarenta y ocho (48) meses de
experiencia profesional.
OFICINA DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO
II. PROPSITO PRINCIPAL
Dirigir, instruir y fallar los procesos disciplinarios que adelante la administracin
departamental contra los sujetos destinatarios de la ley disciplinaria de conformidad con la
-
33
normatividad vigente y la competencia para hacerlo.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Las dispuestas en la Ley 734 de 2002 y las disposiciones que la reglamenten,
2. Asesorar al Gobernador en la formulacin de polticas y estrategias para el ejercicio
de la funcin disciplinaria en las dependencias del Nivel Central y entidades del
Departamento.
3. Asesorar a las instancias de control disciplinario de las diferentes entidades y
municipios del Departamento que lo soliciten en la aplicacin del rgimen
disciplinario.
4. Adelantar la indagacin preliminar, la investigacin formal y fallar en primera instancia
los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores de la Gobernacin,
cualquiera sea el nivel al cual corresponda el empleo por ellos desempeado, de
conformidad con el Cdigo Disciplinario nico y dems disposiciones vigentes sobre
la materia.
5. Proyectar los actos administrativos mediante los cuales se haga efectiva la aplicacin
de las sanciones disciplinarias impuestas a los servidores pblicos cuyo
nombramiento haya sido efectuado por el Gobernador del Departamento.
6. Efectuar el seguimiento a la ejecucin de las sanciones que se impongan a
servidores y ex servidores del Departamento, hasta su remisin a la jurisdiccin
coactiva, si es del caso.
7. Divulgar al interior de la Gobernacin el Cdigo Disciplinario nico con el objeto de
prevenir la ocurrencia de comportamientos o conductas violatorias de aqul;
8. Liderar el seguimiento, actualizacin y mejora de la documentacin de los procesos
del Modelo de Gestin Integral que lidera la Oficina conforme las estrategias
implantadas para hacerlos ms efectivos.
9. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. La accin disciplinaria es ejercida bajo los parmetros de la Ley disciplinaria vigente.
2. La actividad disciplinaria se ejecuta aplicando los procedimientos, facultades y
competencias establecidas en la Ley disciplinaria y de ms normas concordantes.
3. Los procesos contra servidores y ex-servidores del Departamento del Choc, son
instruidos y fallados en primera instancia.
4. Los procesos disciplinarios son remitidos oportunamente a la Procuradura General
de la Nacin, por competencia preferente.
5. Los informes de procesos y actuaciones disciplinarias son ajustadas a los
-
34
requerimientos legales de los distintos organismos.
6. Los documentos, pruebas y dems actuaciones son remitidas oportunamente a la
Fiscala General de la Nacin, u otros organismos de control.
7. Se cumple el debido proceso en todas las etapas del proceso disciplinario.
8. Investigaciones disciplinarias realizadas bajo parmetros de celeridad y economa
procesal.
9. La documentacin de los procesos del Modelo de Gestin Integral que lidera la
Oficina son coherentes con las estrategias de mejoramiento implementadas para la
oportuna gestin y prestacin de los servicios.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Constitucin Poltica.
Rgimen disciplinario.
Estatuto Anticorrupcin (Ley 190/95 y normas modificatorias)
Derecho procesal y probatorio.
VII. EVIDENCIAS
Procesos adelantados dentro de los trminos legales
Sanciones impuestas de acuerdo al resultado de los procesos de nvestigacin.
Decisiones de exoneracin de responsabilidad y archivo proferidas con calidad y
oportunidad.
Actos administrativos elaborados.
Informes presentados.
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo Profesional en Derecho.
Ttulo de Posgrado.
Tarjeta profesional
Cuarenta y ocho (48) meses de
experiencia profesional.
-
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I. IDENTIFICACIN
NIVEL JERRQUICO
DENOMINACIN DEL EMPLEO
CDIGO
GRADO
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO
DIRECTIVO
SECRETARIO DE DESPACHO
020
10
NUEVE (9)
DONDE SE UBIQUE EL CARGO
GOBERNADOR
JEFATURA DE GABINETE
II. PROPSITO PRINCIPAL
Coordinar y asesorar las relaciones polticas de la Administracin Departamental con las
Corporaciones Pblicas de eleccin popular y los gobiernos en los niveles municipal,
departamental y nacional; las relaciones interinstitucionales y la cooperacin tcnica tanto
nacional como internacional; la comunicacin estratgica y el protocolo y la atencin a los
alcaldes del departamento.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Coordinar y dirigir las polticas y acciones que le encomiende el Gobernador, con el
fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos, misin y funciones asignadas al
Departamento.
2. Coordinar las relaciones polticas de la Administracin Departamental con las
corporaciones pblicas de eleccin popular y los gobiernos en los niveles municipal,
departamental y nacional.
3. Coordinar, dirigir y realizar el seguimiento a las prioridades de gestin que fije el
Gobernador, y dar las instrucciones para su debido cumplimiento.
4. Hacer seguimiento a los mandatos del Gobernador y a las decisiones adoptadas en
el Consejo de Gobierno; y adoptar las acciones necesarias para su eficiente y eficaz
cumplimiento.
5. Representar al Gobernador en las instancias colegiadas de las entidades
centralizadas y descentralizadas, en los eventos y reuniones, que l determine y de
conformidad con las directrices y orientaciones del mximo jefe de la Administracin
Departamental.
-
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6. Articular y coordinar a las dependencias y entidades en la gestin de temas,
programas y proyectos transversales, de conformidad con las orientaciones y
decisiones del Gobernador.
7. Convocar a los Secretarios de Despacho, gerentes o directores de las y entidades
descentralizadas, as como a los dems servidores de la administracin, cuando sea
necesario para garantizar el cumplimiento de las decisiones del Gobernador o del
Consejo de Gobierno.
8. Proponer alternativas al Gobernador para el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz
de las decisiones que se adopten en los Consejos de Gobierno, Consejos de Poltica
Econmica y Social y Consejo Departamental de Planeacin.
9. Coordinar y supervisar los proyectos especiales y planes estratgicos que deba
adelantar el Departamento en cumplimiento de su misin, de conformidad con las
directrices y orientaciones del Gobernador.
10. Coordinar con los diferentes Secretarios de Despacho, Gerentes o Directores de las
Entidades descentralizadas, para efectos de garantizar las metas y resultados de los
planes, proyectos y programas que se adelanten en cada dependencia o entidad.
11. Efectuar el seguimiento a las instrucciones que el Gobernador imparta y verificar su
ptimo y oportuno cumplimiento.
12. Coordinar y articular con las entidades del orden nacional, departamental y municipal
y dems autoridades, la planeacin, programacin, ejecucin y control de los
programas y proyectos de especial inters del Despacho del Gobernador y de
acuerdo con sus instrucciones.
13. Dirigir y orientar la gestin de comunicacin estratgica.
14. Coordinar las relaciones interinstitucionales a nivel municipal, regional, nacional e
internacional y la gestin de cooperacin tcnica.
15. Liderar el seguimiento, actualizacin y mejora de la documentacin de los procesos
del Modelo de Gestin Integral que lidera la Jefatura de Gabinete conforme las
estrategias implantadas para hacerlos ms efectivos.
16. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. La representacin del organismo o entidad, se realiza asistiendo a reuniones,
consejos, juntas o comits de carcter oficial, cuando sea convocado o delegado, con
el fin de promover las polticas establecidas en la Gobernacin.
2. Los requerimientos de los alcaldes son tramitados y apoyados adecuada y
oportunamente.
3. Los proyectos de cooperacin nacional e internacional con las diferentes entidades
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aportantes o cooperantes se concretan y desarrollan adecuadamente.
4. Los informes de gestin referentes al desarrollo de los proyectos aprobados con la
correspondiente ejecucin a nivel nacional e internacional se desarrollan conforme a
los lineamientos administrativos.
5. El contacto directo y permanente con las Embajadas, Consulados y Agregaduras
Culturales y/o con los encargados de cooperacin tcnica y cientfica de las
embajadas acreditadas en Bogot o de los Organismos no Gubernamentales, al igual
que con las Entidades del Estado involucradas en estas materias, en el interior del
pas, as como con las otras Gobernaciones, Distritos, Corporaciones y Alcaldas
entre otras muchas Organizaciones, se mantiene.
6. El plan de comunicaciones y divulgacin contribuye al logro misional, objetivos y
metas de la administracin departamental.
7. Se controlan las actividades desarrolladas por el personal adscrito a la Dependencia
y se evalan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.
8. La documentacin de los procesos del Modelo de Gestin Integral que lidera la
Jefatura de Gabinete son coherentes con las estrategias de mejoramiento
implementadas para la oportuna gestin y prestacin de los servicios.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del departamental y municipal
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual(Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Constitucin Poltica de Colombia
Gestin pblica, estructura del Estado, tica pblica y organizacin y
funcionamiento del nivel territorial
Plan de Desarrollo Departamental
Legislacin normativa y estatutaria de aplicacin en materia de gestin de
proyecto
VII. EVIDENCIAS
Cumplimiento de objetivos institucionales contemplados en el Plan de Desarrollo
del Departamento.
Informes de gestin e indicadores de resultado de impacto.
Realizacin de eventos que promocionen el departamento a nivel nacional e
internacional.
Estadsticas sobre apoyo a alcaldes.
Plan de comunicaciones.
Convenios de coorperacin suscritos.
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VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo profesional en Finanzas; Ingeniera
Administrativa; Administracin;
Administracin Pblica; Administracin de
Empresas; Administracin de Empresas y
Negocios Internacionales; Administracin y
Finanzas; Administracin de Negocios;
Administracin Financiera; Relaciones
Internacionales y Estudios Polticos; Ciencia
Poltica y Relaciones Internacionales; Ciencia
Politica, Gobierno y relaciones
internacionales; Ciencia Poltica, Finanzas y
Relaciones Internacionales; Finanzas y
Comercio Exterior; Gobierno y Relaciones
Internacionales; Negocios Internacionales;
Contadura Pblica; Derecho; Economa;
Ingeniera Industrial; Comunicacin Social;
Comunicacin Social y Periodismo;
Antropologa; Sociologa; Psicologa; Trabajo
Social; Biologa; Ingeniera Ambiental;
Ingeniera Civil, Ingeniera de Vas, Ingeniera
de Transporte y Arquitectura.
Ttulo de Posgrado.
Tarjeta profesional o matrcula profesional en
los casos reglamentados por la ley.
Sesenta (60) meses de experiencia
profesional
SECRETARA GENERAL
II. PROPSITO PRINCIPAL
Dirigir el diseo, formulacin, implementacin y ejecucin de los planes, programas y
proyectos correspondientes a la gestin de adquisicin de bienes y servicios; recursos
fsicos; servicios administrativos; almacn e inventarios; administracin del talento
humano; pensiones; servicio al ciudadano y la gestin documental para el adecuado
funcionamiento y desarrollo de la entidad.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
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1. Dirigir y llevar a cabo la gestin contractual necesaria para la adquisicin, distribucin
y mantenimiento de elementos y equipos de oficina, de tecnologa y dems bienes y
servicios indispensables para garantizar el efectivo y oportuno funcionamiento de
todas las dependencias del Nivel Central de la administracin departamental, en
coordinacin con las dems dependencias.
2. Dirigir y gestionar el proceso y los procedimientos de gestin del talento humano,
relativos a la vinculacin y desvinculacin del personal; la aplicacin de las normas
de carrera administrativa; el trmite de las situaciones administrativa; la produccin
de la nmina de personal y de los pensionados; salud ocupacional; bienestar social;
capacitacin, entrenamiento y sensibilizacin de los servidores y de vinculacin al
sistema de seguridad social.
3. Formular y gestionar las polticas de la gestin documental, administrar el Archivo
Central y el Archivo histrico del Departamento, implementando mecanismos de
actualizacin, conservacin, vigilancia y acceso a la documentacin de la
Administracin.
4. Dirigir la gestin de almacn e inventarios y administrar y mantener actualizado el
inventario de bienes de propiedad del Departamento, garantizando que se
encuentren debidamente asegurados.
5. Asegurar el cumplimiento de las normas relativas al Servicio al Ciudadano, mediante
peticiones, quejas y reclamos en la Administracin Departamental, establecidas en la
Ley 190 de 1995, la Ley 1474 de 2011 y la Ley 1437 de 2011, Cdigo de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y dems
disposiciones que las adicionen, modifiquen o reglamenten.
6. Proporcionar los servicios administrativos que el Gobernador y las dependencias del
Nivel Central requieran para el ejercicio de sus funciones.
7. Gestionar los procesos de reconocimiento y pago de las pensiones y elaborar los
informes requeridos sobre las cuotas partes pensionales con destino a la Oficina
Jurdica, con el propsito de que esta dependencia, proceda a su cobro.
8. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. La contratacin de bienes y servicios se realiza de forma oportuna y segn la
normatividad vigente.
2. Los planes, programas y proyectos en materia de capacitacin, induccin,
reinduccin, evaluacin del desempeo, y sistema de estmulos para todo el personal
son diseados y ejecutados oportunamente.
3. La poltica para el desarrollo y mejoramiento continuo del talento humano se ejecuta
de acuerdo con los lineamientos sobre la materia.
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4. La normatividad legal que regula la materia prestacional, salarial y de administracin
de personal se cumple.
5. El suministro de informacin con destino al Sistema nico de Informacin de
Personal se realiza de manera oportuna, veraz, y confiable.
6. Los servicios de mantenimiento, vigilancia, aseo, transporte, correspondencia y
mensajera para las diferentes dependencias de la Gobernacin se garantiza y se
presta de manera oportuna.
7. Los Inventarios de bienes muebles estn actualizados, debidamente custodiados y
con los amparos vigentes.
8. La conservacin de la memoria institucional y la seguridad de los archivos y
documentos, a travs de sistemas tcnicos y automatizados, est garantizado.
9. El sistema de clasificacin, conservacin, recepcin y envo de correspondencia
interna y externa, se realizada de manera oportuna.
10. Lo servicios de fotocopiado, telefona fija y mvil, parque automotor, elementos de
oficina y cafetera se prestan adecuada y oportunamente, garantizando la
optimizacin de los recursos presupuestales asignados para el efecto.
11. Los planes de compras son elaborados y entregados oportunamente a los
organismos de control y reportados al Sistema de Informacin para la Vigilancia de la
Contratacin o cualquier otro sistema que se defina para el efecto.
12. Las solicitudes, peticiones, quejas y reclamos se atienden de manera oportuna.
13. La atencin de las solicitudes de expedicin de pasaportes se ajusta a los
lineamientos y se realiza de manera eficiente y oportuna.
14. Se controlan las actividades desarrolladas por el personal adscrito a la Dependencia
y se evalan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual (Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Constitucin Poltica
Plan Nacional de Desarrollo
Plan de Desarrollo Departamental;
Normativa de administracin de personal;
Rgimen salarial y prestacional del sector pblico;
Normativa de Inventarios y amparo de bienes;
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Normativa de Contratacin Estatal y Planes de compras;
Normativa de Gestin Documental.
Polticas y modelos de Servicio al Ciudadano.
VII. EVIDENCIAS
Cumplimiento de objetivos institucionales contemplados en el Plan de Desarrollo
del Departamento.
Los proyectos y programas implementados para facilitar el fortalecimiento de la
gestin en la administracin departamental en materia de desarrollo humano
integral
Informes de gestin e indicadores de resultado de impacto.
Planes y programas de capacitacin y bienestar realizados.
Hojas de vida del personal.
Nminas liquidadas.
Actos administrativos elaborados.
Evaluaciones de desempeo realizadas
Reportes de inventarios.
Pasaportes expedidos.
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo profesional en Finanzas; Ingeniera
Administrativa; Administracin;
Administracin Pblica; Administracin de
Empresas; Administracin de Empresas y
Negocios Internacionales; Administracin y
Finanzas; Administracin de Negocios;
Administracin Financiera; Relaciones
Internacionales y Estudios Polticos; Ciencia
Poltica y Relaciones Internacionales; Ciencia
politica, Gobierno y Relaciones
Internacionales; Ciencia Poltica, Finanzas y
Relaciones Internacionales; Finanzas y
Comercio Exterior; Gobierno y Relaciones
Internacionales; Negocios Internacionales;
Contadura Pblica; Derecho; Economa;
Ingeniera Industrial; Comunicacin Social;
Comunicacin Social y Periodismo;
Antropologa; Sociologa; Psicologa; Trabajo
Social y Licenciatura en Educacin.
Ttulo de Posgrado.
Sesenta (60) meses de experiencia
profesional
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Tarjeta profesional o matrcula profesional en
los casos reglamentados por la ley.
SECRETARA DE HACIENDA
II. PROPSITO PRINCIPAL
Gestionar, administrar y controlar la formulacin, implementacin y ejecucin de la poltica
fiscal del gobierno departamental para asegurar la financiacin de los programas y
proyectos de inversin pblica contenidos en el plan de desarrollo; as como tambin la
de los gastos autorizados para el normal funcionamiento de la administracin y dirigir la
gestin de presupuesto, contabilidad, tesorera, rentas; crdito pblico y estudios y
fiscales y econmicos del Departamento del Choc.
III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES
1. Dirigir y supervisar la formulacin y desarrollo de las polticas tributaria y de control a
la evasin y la elusin de las rentas departamentales; de crdito pblico;
presupuestal de ingresos y gastos; de tesorera, y de aprovechamiento e inversin de
los recursos captados, de conformidad con las normas legales.
2. Dirigir y supervisar, en coordinacin con la Secretara de Planeacin y Desarrollo
tnico Territorial, la elaboracin, ejecucin y control del Plan Financiero, como
instrumento de planeacin y gestin financiera del sector pblico departamental.
3. Dirigir y supervisar, en coordinacin con la Secretara de Planeacin y Desarrollo
tnico Territorial, la elaboracin, presentacin, aprobacin y liquidacin del
presupuesto de rentas y gastos e inversiones del Departamento.
4. Dirigir y supervisar la administracin del sistema presupuestal del Departamento y de
sus entidades descentralizadas, y controlar las entidades pblicas y privadas que
administren fondos pblicos del orden departamental.
5. Dirigir y supervisar el recaudo, administracin, aseguramiento y registro de los
ingresos corrientes, las contribuciones parafiscales, los fondos especiales y los
recursos de capital y de crdito del Departamento, de conformidad con las
disposiciones legales.
6. Dirigir y supervisar las operaciones de tesorera y la cancelacin de las obligaciones
legalmente contradas a cargo del Departamento, de conformidad con las
disposiciones legales.
7. Asesorar al Gobernador en todos los aspectos relacionados con la obtencin y
manejo del crdito pblico y, en particular, en lo relativo a las polticas de
financiamiento interno y externo del Departamento, de sus entidades
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descentralizadas y de los municipios.
8. Dirigir y supervisar la administracin de la deuda pblica del Departamento y emitir y
administrar los ttulos valores, bonos, pagars y dems documentos de deuda
pblica; custodiar y conservar los ttulos valores a favor del Departamento, y exigir el
recaudo oportuno de las utilidades, dividendos o intereses pactados.
9. Dirigir y supervisar el registro de la contabilidad pblica del Departamento, los
registros de la ejecucin presupuestal y de la contabilidad general, financiera,
patrimonial y la elaboracin y presentacin de los correspondientes estados e
informes peridicos.
10. Dirigir y supervisar la consolidacin de la contabilidad general de los entes pblicos
departamentales y municipales, conforme a las normas legales y las disposiciones de
la Contadura General de la Nacin.
11. Dirigir y supervisar la administracin de los bienes y recursos pertenecientes al Fondo
de Pensiones Pblicas del Choc y la liquidacin, reconocimiento y orden de pago de
las pensiones y dems pasivos pensinales de los servidores pblicos de las
entidades sustituidas por el Fondo y, en general la administracin del pasivo
pensional del Departamento.
12. Dirigir y supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales sobre hacienda
pblica departamental y realizar las dems funciones que, por delegacin, se le
encomienden a la Secretara o a alguna de sus dependencias internas.
13. Las dems que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CRITERIOS DE DESEMPEO
1. La poltica fiscal, financiera y econmica del Departamento, es desarrollada en
concordancia con la constitucin, la ley, los planes, programas y proyectos.
2. Las estrategias y objetivos diseados permiten cumplir eficazmente con la misin y
las polticas de la de la Secretara de Hacienda.
3. Las polticas financieras que se ejecutan en materia de ingresos y gastos garantizan
los recursos presupuestales necesarios para el normal funcionamiento de la
administracin departamental.
4. La ejecucin y recaudo de los recursos se hace acorde con las polticas y criterios de
eficiencia y eficacia
5. El proyecto de presupuesto, las adiciones y modificaciones se elabora y presenta
oportunamente, y se ajustan al Estatuto Orgnico del Presupuesto.
6. Se presenta la documentacin y se hacen las gestiones necesarias ante el sector
financiero para el trmite y desembolso de los emprstitos.
7. Las acciones de fiscalizacin, liquidacin y determinacin permiten fortalecer el
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cumplimiento de las obligaciones tributarias, as como el recaudo de los tributos,
impuestos y rentas departamentales.
8. Los mecanismos legales para prevenir y reprimir el fraude, evasin y elusin de las
rentas departamentales se han implementado de acuerdo a normatividad vigente.
9. Se controlan las actividades desarrolladas por el personal adscrito a la Dependencia
y se evalan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos.
V. RANGO DE APLICACIN
Tipo de Entidad: Entidades, organismos del nivel departamental y municipal.
Informacin: Verbal, Telefnica, Virtual(Chat, e-mail, teleconferencia, Foro Virtual)
Comunicaciones Utilizadas: Escrita, Digital, Verbal y Presencial
De modo o variacin: Clientes internos y externos
VI. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES
Normas presupuestales, financieras, deuda pblica;
Normas de monopolio rentstico departamental;
Principios de la Funcin Administrativa.
Plan de Desarrollo Departamental
Rgimen Departamental
Anlisis de Estados Financieros;
Estrategias de mercadeo.
VII. EVIDENCIAS
Cumplimiento de objetivos institucionales contemplados en el Plan de Desarrollo
del Departamento.
Requerimiento de las dependencias de los municipios, regiones y comunidades
tramitados y apoyados con oportunamente.
Informes de gestin e indicadores de resultado de impacto.
Presupuesto de gasto.
Estados financieros.
VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS EXPERIENCIA
Ttulo profesional en Finanzas; Ingeniera
Administrativa; Administracin;
Administracin Pblica; Administracin de
Empresas; Administracin de Empresas y
Negocios Internacionales; Administracin y
Finanzas; Administracin de Negocios;
Administracin Financiera; Relaciones
Internacionales y Estudios Polticos; Ciencia
Sesenta (60) meses de experiencia
profesional
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Poltica y Relac