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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS SECTOR PENINSULA STAINES Nº 2, XII REGIÓN N° PERT. 207122070. Titular: Acuimag S.A. Enero de 2013 Preparado por: ISO 9001:2008

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS SECTOR PENINSULA STAINES Nº 2, XII

REGIÓN N° PERT. 207122070.

Titular: Acuimag S.A.

Enero de 2013

Preparado por:

ISO 9001:2008

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FIRMAS DE AUTORIZACIÓN

ELABORÓ

Carlos Saldías G.

Biólogo Marino c/m Oceanografía y Calidad Ambiental Empresa Geeaa Ltda.

REVISÓ

Arturo Díaz; Brenda Vera Acuimag S.A.

AUTORIZÓ Francisco Salamanca G.

Biólogo Marino UACh Gerencia General

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ÍNDICE GENERAL

I. ANTECEDENTES GENERALES .............................................................................. 4

1.1. Nombre del Proyecto ............................................................................................................. 4

1.2. Antecedentes del titular ........................................................................................................ 4

1.3. Antecedentes del Representante Legal .............................................................................. 4

1.4. Indicación del tipo de proyecto o actividad ....................................................................... 4

1.5. Objetivo del Proyecto ............................................................................................................ 5

1.6. Cronología del proyecto ........................................................................................................ 5

1.7. Pertinencia de Ingreso del proyecto al SEIA ..................................................................... 5

1.8. Superficie que comprende el proyecto o actividad. .......................................................... 7

1.9. Monto estimado de la inversión. .......................................................................................... 7

1.10. Vida útil del proyecto. ......................................................................................................... 7

1.11. Mano de obra utilizada en el proyecto ............................................................................. 8

II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD .................................................. 9

2.1. Localización del Proyecto ...................................................................................................... 9

2.2. Justificación del Proyecto. .................................................................................................. 10

2.3. Definición de sus partes, acciones y obras físicas .......................................................... 11

2.3.1. Etapa de Construcción ..................................................................................................... 11

2.3.2. Etapa de operación .......................................................................................................... 15

III. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS GENERADOS ............ 34

3.1. Emisiones a la atmósfera. ................................................................................................... 34

3.2. Descargas de efluentes líquidos. ....................................................................................... 36

3.3. Residuos sólidos. .................................................................................................................. 38

3.4. Emisiones de Ruido. ............................................................................................................ 40

3.5. Emisiones de formas de energía. ...................................................................................... 41

3.6. Combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos ...................... 41

IV.- ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. ....................... 42

4.1. Con Relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce (artículo 5, D.S. Nº 95/2010)........................................................................................................................................ 42

4.2. Con relación a los efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire (artículo 6, D.S. Nº 95/2010)........................................................................................................................................ 43

4.3. Con relación al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. (Artículo 8, D.S. Nº 95/2010). ........................................................................................................................................................ 45

4.4. Con Relación a la localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar (Artículo 8 Ley nº 20.417/2010). ............................................................ 48

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4.5. Con Relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona (Artículo 10, D.S. Nº 95/2010). ......................... 50

4.6. Con relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. (Artículo 11, D.S. Nº 95/2010). ................................................................................................................. 53

V.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL APLICABLE AL PROYECTO.56

VI.- PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ..................................................... 66

VII. RELACIÓN DEL PROYECTO CON POLÍTICAS, PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL Y COMUNAL ................................................................. 78

Una temática de importancia abordada por el Titular será la nutrición, dado que es uno de los pilares más importantes de la salud y los hábitos alimenticios personales pueden beneficiarla o perjudicarla. ......................................................................................................... 87

VIII. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS .......................................... 97

IX. FIRMA DE LA DECLARACIÓN .......................................................................... 98

ANEXO 1: Documentación Representante Legal

ANEXO 2: Proyecto Técnico y Carta DAC Subpesca.

ANEXO 3: Informe Capacidad de Carga

ANEXO 4: Planes de contingencias

ANEXO 5: Caracterización Preliminar de Sitio

ANEXO 6: Desinfectantes y Detergentes

ANEXO 7: Especificaciones Técnicas Pontón Flotante

ANEXO 8: Antecedentes Técnicos Incinerador

ANEXO 9: Manuales

ANEXO 10: Planta de Tratamiento Aguas Servidas

ANEXO 11: Informe de Paisaje

ANEXO 12: Informe de Biodiversidad

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I. ANTECEDENTES GENERALES

1.1. Nombre del Proyecto

CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS SECTOR PENINSULA STAINES Nº 2, XII REGIÓN. N°

PERT. 207122070.

1.2. Antecedentes del titular

Nombre del titular : Acuimag S.A.

RUT. Titular : 78.754.560-2

Domicilio : Pedro Montt Nº 380

Fono : (61) 415735

Comuna : Puerto Natales

Provincia : Ultima Esperanza

1.3. Antecedentes del Representante Legal

Nombre del representante : : Brenda Luisa Vera Soto

RUT. Titular : : 12.760.731-1

Domicilio P: Pedro Montt Nº 380

Fono/Fax : : (61) 415735

Correo Electrónico : : [email protected]

Nota: Los documentos del representante de la empresa se entregan en el anexo 1.

1.4. Indicación del tipo de proyecto o actividad

El proyecto corresponde a la instalación de un nuevo centro de cultivo de salmónidos, cuyo

Proyecto Técnico con Nº PERT 207122070 cuenta con carta D.AC. Nº 46 del 11 de enero de 2013

(anexo 2).

El proyecto contempla una producción máxima de 11.500 Ton., de salmónidos y estará emplazado

al interior de una concesión de acuicultura de porción de agua y fondo de mar de 85,02 Há, de

superficie, ubicada en la Península Staines, XII Región.

En el mismo sentido, el proyecto considera la implementación de un sistema de incineración para la

disposición de las mortalidades diarias de salmónidos que serán generadas en el centro de cultivo,

así como de aquellas mortalidades generadas por la toma de muestras y necropsias.

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1.5. Objetivo del Proyecto

El objetivo principal del proyecto es la presentación de un nuevo centro de engorda de especies

Salmonídeas (tabla 1.5.1.) y declarar la infraestructura y equipamiento que serán empleadas, tales

como número y dimensiones de las balsas jaulas, pontón con habitabilidad, bodega y tecnología de

alimentación, así como las principales emisiones y descargas asociadas al proyecto, entre otros

aspectos que serán detallados y explicados en el desarrollo de la presente DIA.

A continuación se presenta el programa de producción y número máximo de estructuras técnicas

involucradas en el proyecto.

Especie Nº ó

Kg

Peso

promedio

Producción

máxima 1º año

Producción

máxima del

proyecto

Nº Total de

estructuras técnicas

Salmonídeas Kg.

4,5

5.000.000

11.500.000

24

Tabla 1.5.1. Programa de producción y número de estructuras técnicas que contempla el proyecto.

En este sentido, se presenta en Anexo Nº 2 de la presente DIA la solicitud y proyecto técnico de

concesión de acuicultura, modificando el número de estructuras y disminuyendo la producción

máxima en relación al Proyecto Técnico original.

1.6. Cronología del proyecto

Tabla 1.6.1. Cronograma de actividades.

Etapa Fecha inicio Fecha Término

Instalación Construcción Primer semestre 2014 Segundo Semestre 2014

Operación Primer Semestre 2015 Indefinido

Abandono Indefinido Indefinido

1.7. Pertinencia de Ingreso del proyecto al SEIA

El proyecto cumple con la tipología dispuesta para ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental (SEIA), en conformidad a las siguientes disposiciones:

Según el Artículo 10 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, deben ingresar al Sistema de

Evaluación de Impacto Ambiental los siguientes proyectos o actividades:

letra n) “Proyectos de explotación intensiva, cultivo y plantas procesadoras de recursos

hidrobiológicos”

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Según la letra n.3) del Artículo 3 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (Decreto

Supremo Nº 95/01 del 7 de diciembre del 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia)

señala, refiriéndose a la letra n) del Artículo 10 de la ley que señala:

letra n.3) “Una producción anual igual o superior a treinta y cinco toneladas (35 t)

tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies,

a través de un sistema de producción intensivo”.

Letra o) “Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistema de alcantarillado y agua

potable, plantas de tratamiento de aguas o residuos de origen domiciliario, rellenos

sanitarios, emisarios submarinos, sistema de tratamiento y disposición de residuos y

disposición de residuos industriales líquidos o sólidos”.

Se entenderá por proyectos de saneamiento ambiental a conjunto de obras, servicios, técnicas,

dispositivos o piezas comprendidas en soluciones sanitarias, y que correspondan al:

o.8. “Sistema de tratamiento y/o dispositivos de residuos industriales sólidos”.

El proyecto contempla la implementación de un sistema de incineración para la disposición de la

mortalidad del Centro de Engorda de Salmones.

El Titular considera preciso señalar que, por la ubicación del proyecto, este no presentará riesgos

para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de los efluentes, emisiones o residuos.

Se pone en conocimiento de ello, con el propósito de dar pleno cumplimiento a lo señalado en el

artículo Nº 11 literal (a) de la Ley 19.300 y en el artículo Nº 5 del D.S. Nº 95 del 2001 del

MINSEGPRES.

En el mismo sentido, el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la calidad y

cantidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus

etapas. Se proporcionan estos antecedentes a objeto de dar cumplimiento al artículo Nº11, literal

(b) de la Ley 19.300, y el artículo Nº 9 del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

El proyecto tampoco generará reasentamiento de comunidades humanas o una alteración

significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Se pone en conocimiento de

ello a la Autoridad con el propósito de dar cumplimiento a lo estipulado en artículo Nº11, literal (c)

de la Ley 19.300, y el artículo Nº 9 del D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES

El proyecto no es de localización próxima a población, recursos ni área protegida susceptible de ser

afectados, así como del valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Se entrega esta

información con el objeto de dar cumplimiento al Art.11, literal (d) de la Ley 19.300, y el Art. 9 del

D.S. N° 95 de 2001 del MINSEGPRES.

Dada su ubicación, el proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o

duración, del valor paisajístico y/o turístico del área en la que se encontrará emplazado, ya que se

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emplearán estructuras de muy bajo perfil y colores que maticen con el entorno. Esta información

se pone a disposición del Servicio de Evaluación Ambiental para evaluar el cumplimiento de lo

establecido en Art.11, literal (e) de la Ley 19300 y el Art. 11, literal (e) del D.S. Nº 95 de 2001 del

MINSEGPRES.

El proyecto no generará o presentará alteraciones de monumentos, sitios con valor antropológico,

arqueológico, histórico y en general, pertenecientes al patrimonio cultural.

La localización del proyecto tampoco causará alteraciones de sitios o lugares donde se realicen

manifestaciones culturales o folclóricas. Además, la zona de localización del proyecto no está

declarada como latente o saturada para algún contaminante.

Por último, en el sector de emplazamiento del proyecto tampoco se registra evidencia de carácter

arqueológico ni especie de flora o fauna en estado especial de conservación, además en el sector

no hay áreas de interés de pesca artesanal y/o área de interés ambiental.

Por lo tanto, y en consideración a la presentación de estos antecedentes, que son ampliados en la

sección Nº IV, el proyecto se somete al SEIA bajo la forma de una Declaración de Impacto

Ambiental.

1.8. Superficie que comprende el proyecto o actividad.

Tabla 1.8.1. Superficie involucrada en el proyecto.

Etapa Modificación

Etapa de construcción 38.400 m2 en balsas

Etapa de Operación 38.400 m2 en balsas

Etapa de abandono No Aplica

Se debe mencionar que la superficie de la concesión corresponde a 85,02 Há, como se indica en la

solicitud y proyecto técnico de concesión de acuicultura adjunto en Anexo Nº 2 de la presente DIA.

1.9. Monto estimado de la inversión.

US $ 3,5 millones de dólares

1.10. Vida útil del proyecto.

Indefinida.

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1.11. Mano de obra utilizada en el proyecto

Tabla 1.11.1. Mano de obra utilizada en el proyecto

Etapa Mano de obra Promedio Mano de obra Máximo

Construcción 10 personas 10 personas

Operación 12 personas 20 personas*

Abandono No Aplica No Aplica

* Nota: las 20 personas es en dos turnos. Lo que estará de manera permanente en el

centro equivale a 6 personas. Por otro lado no considera la mano de obra indirecta que

genera empleos en los servicios logísticos de apoyo al centro de cultivo, y la mano de

obra necesaria de apoyo en planta de proceso en la cosecha.

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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

2.1. Localización del Proyecto

El proyecto se ubicará en una concesión de acuicultura ubicada en la Península Staines. Al

respecto, el Titular señala que la Solicitud y Proyecto Técnico de Concesión de Acuicultura original

de número PERT 207122070 de fecha 15 de junio de 2007 fue confeccionado sin carta de

referencia geodésica (Tabla 2.1.1). Las coordenadas referidas al datum conocido (WGS-84), de

acuerdo a la regularización cartográfica realizada de acuerdo a las instrucciones SHOA Nº 3108 y

3109, se pueden observar en la tabla 2.1.2.

Tabla 2.1.1. Coordenadas geográficas según Carta SHOA Nº 1001. Datum Local (Proyecto Técnico).

Vértice Latitud S Longitud W Distancia (mt) Lados

A 51° 24' 51.98'' 73° 48' 10.11'' 500 A-B

B 51° 24' 44.99'' 73° 47' 46.77'' 1700 B-C

C 51° 24' 34.60'' 73° 47' 08.71'' 500 C-D

D 51° 24' 41.60'' 73° 47' 32.06'' 1700 D-A

Tabla 2.1.2. Coordenadas geográficas según Datum WGS-84. (Coordenadas referidas a datum conocido).

Vértice Latitud S Longitud W Distancia (mt) Lados

A 51° 24' 27.0636'' 73° 47' 44.9113'' 500 A-B

B 51° 24' 20.2383'' 73° 47' 21.4485'' 1700 B-C

C 51° 25' 10.1284'' 73° 46' 44.3305'' 500 C-D

D 51° 25' 16.9558'' 73° 47' 07.7988'' 1700 D-A

Figura 2.1.1. Localización geográfica del proyecto XIIª Región.

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Como fue indicado, el centro de cultivo estará ubicado en la Península Staines, XII Región y

operará en una concesión de acuicultura de porción de agua y fondo de mar de 85,02 Há

A continuación, se presenta un plano de ubicación de la concesión de acuicultura, junto con las

estructuras de cultivo que serán empleadas en la operación del centro de cultivo de salmónidos.

Figura 2.1.2. Plano de concesión y estructuras de cultivo (CPS).

2.2. Justificación del Proyecto.

Debido a las proyecciones de demanda de los mercados internacionales, al crecimiento de la

industria salmonera en las Regiones X, XI y XII, y la escases de espacios en las mismas, se hace

necesario llevar a cabo la apertura de nuevos centros, de modo de cubrir las proyecciones de

demanda futuras, con las ventajas de acceso, logística y buenas condiciones ecológicas-sanitarias

de la región, específicamente en el sector donde se pretende operar.

En el mismo sentido, la actividad acuícola se ha convertido en una fuente de desarrollo en el sur

del país, ya que además de las fuentes de trabajo propias asociadas a su operación, trae consigo

una serie de actividades, como transporte, producción de alimento y servicios en general, que

contribuyen al desarrollo de la región.

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2.3. Definición de sus partes, acciones y obras físicas

2.3.1. Etapa de Construcción

2.3.1.1. Pontón: Respecto del pontón, éste será fabricado por un concesionario autorizado,

constituyendo un artefacto naval que estará diseñado y construido cumpliendo con toda la

normativa legal y bajo estrictas normas de seguridad y funcionalidad. Al respecto, se adjunta en

Anexo Nº 7 de la presente DIA, las especificaciones técnicas del artefacto naval y en Anexo Nº 4,

un plan de contingencias contra incendios.

El artefacto naval estará habilitado para el almacenamiento y distribución de alimento de

salmónidos y para la habitabilidad del personal, además de contar con una planta de tratamiento

de aguas servidas, así como con una planta de osmosis inversa para el abastecimiento de agua

potable.

Las características generales del artefacto naval son las siguientes:

CARACTERISTICA GENERAL PONTON VALOR

Eslora de casco 18 metros

Manga de casco 11 metros

Puntal moldeado 1,5 metros

Capacidad de carga 120 toneladas

Capacidad de almacenamiento de combustible 5.000 litros

Capacidad de agua dulce 4.000 litros

Nota: Las especificaciones técnicas del pontón se encuentran detalladas en el anexo Nº 7 de la

presente DIA.

2.3.1.2. Estructuras técnicas de cultivo

El proyecto contempla la instalación de un número máximo de 24 balsas jaulas de 40 X 40 X 20

metros, que en conjunto representan una dimensión total acumulada equivalente a 38.400 m2. Las

balsas jaulas y demás estructuras serán prefabricadas y pre-armadas por el proveedor en sus

propias instalaciones, de tal manera que no habrá trabajos en la playa, salvo el eventual ensamble

final de algunas estructuras. Por la misma razón, tampoco habrá producción de desechos en tierra.

La orientación de los conjuntos será de tal manera que asegurará un espacio de circulación

adecuado entre el límite inferior de las balsas jaulas y el lecho marino.

El sistema será diseñado para permitir el acceso seguro y sin obstrucciones de embarcaciones de

apoyo y abastecimiento de hasta 5 m de calado máximo.

Las balsas jaulas propuestas para el futuro centro de cultivo, se ubicarán en una concesión de

acuicultura que presenta profundidades de entre 140 m y 440 m aproximadamente. Al respecto ver

informe CPS adjunto en Anexo Nº 5 de la presente DIA.

En el proyecto técnico presentado por el Titular se ha indicado que la profundidad de las balsas

jaulas es de 20 m, lo que debe ser entendido como la profundidad máxima de la jaula, es decir

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esta profundidad máxima incluye el seno que forma la red pecera. En virtud de lo anterior, la red

lobera puede ser adecuada para que tenga una separación respecto de la red pecera, lo que

significa que la red lobera quedará a una profundidad máxima de 30 m. Por lo tanto, al considerar

la profundidad más baja de la concesión de 140 m., la distancia entre la red lobera y el fondo

marino será de 110 m., lo que no supera la distancia establecida en el D.S. Nº 320 de 2001. De

esta forma, el Titular declara que dará cumplimiento a lo indicado en el Artículo 4 letra d) del

RAMA.

Las balsas jaulas contarán con elementos de seguridad exigidos por la autoridad competente, tales

como picarones de salvataje, balizas de señalización, escala de acceso y la mantención de las

balsas será realizada por la propia Empresa.

2.3.1.3. Fondeos: En relación a la construcción de los fondeos y muertos, esta corresponderá a

una empresa debidamente autorizada. La construcción de los muertos se efectuará en la ciudad

de Punta Arenas, para luego ser trasladados vía marítima a la concesión para su instalación con los

fondeos de las balsas jaulas. Los fondeos estarán compuestos por bloques de hormigón de 4 m3,

cadenas de 19 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8’’ y cabo polietileno de 1,1/4’’ de diámetro.

No obstante, el titular señala que los datos técnicos definitivos de dimensiones y masas de

artefactos de fondeo para todas las estructura flotantes del sector, se entregarán a la autoridad

competente en el momento en que sean efectuados los estudios oceanográficos y memorias de

cálculo correspondientes al proyecto en particular, debido a variaciones que puedan existir,

tomando en cuenta las corrientes del sector.

Dado que las balsas jaulas y demás estructuras serán prefabricadas y preensambladas por los

proveedores en sus propias instalaciones, los materiales serán usados con máxima eficiencia y no

habrá producción de desechos en tierra. En la eventualidad que se produjera algún tipo de recorte,

retazo o despunte durante el armado y ensamble final, dichos materiales serán retirados por los

propios proveedores, para su reutilización o disposición final en vertederos autorizado.

2.3.1.4. Manejo de Mortalidades: Como fue señalado, el Centro de Cultivo de Salmonídeos

Sector Península Staines Nº 2, Nº PERT 207122070, contempla la instalación de un equipo de

incineración, en el que se dispondrán las mortalidades generadas en el centro de cultivo.

En relación a la construcción del equipo incinerador de mortalidades, se pone en conocimiento de

la Autoridad Ambiental los siguientes antecedentes:

a) Concepto:

El principio del incinerador, se basa en la descomposición pirolítica de los materiales orgánicos que

se depositan en una cámara de carga denominada primaria, y que se transformarán por efecto del

calor en gases y cuya evacuación se realizará a través de una segunda cámara denominada

secundaria, con un circuito de residencia que someterá los humos y olores a una alta temperatura,

de modo de reducirlos y eliminarlos, de modo de conseguir a la salida de la chimenea una emisión

limpia acorde con la normativa vigente.

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El incinerador proyectado para la disposición de mortalidades generadas en el centro de cultivo de

salmónidos será de tipo pirolítico, ya que efectuará la quema de la mortalidad de salmónidos con

aire controlado, manteniendo el equilibrio estequiométrico en la cámara primaria y en la cámara

secundaria, de quema de humos.

El carácter de pirolítico provendrá del hecho que la quema de los residuos y humos se efectuará

con aire auxiliar generado por ventiladores centrífugo y dosificado por medio de válvulas modulares

por señal desde el PLC contenido en el tablero de control.

La carga de la mortalidad a incinerar se efectuará en forma manual en la cámara primaria. Esta

cámara someterá los desechos a una temperatura de 850 °C, la cual se mantendrá

automáticamente en su valor, ya que estará regulada mediante un controlador de temperatura

electrónico.

La combustión desarrollada en esta cámara se realizará con el mínimo de oxigeno posible y en una

cantidad variable, de acuerdo con la evolución de la temperatura. Los humos producidos pasarán a

la segunda cámara que se encuentra regulada, de la misma forma a entre 1000 y 1100 °C.,

aproximadamente. El diseño de esta cámara secundaria obligará a los gases generados por la

quema de la mortalidad, a residir un tiempo que de acuerdo a normas será de un mínimo 2

segundos.

b) Características:

El equipo incinerador proyectado para el futuro centro de cultivo será un sistema hermético, que

contará con dispositivos que garantizarán la temperatura mínima requerida para asegurar la total

destrucción de los patógenos causantes de enfermedades de alto riesgo en especies salmónidas.

De esta forma, su función será eliminar la mortalidad de salmones y/o desechos orgánicos

derivados de la toma de muestras y necropsias, en forma económica, eficiente, sin humo ni

olores, cumpliendo de esta forma con la normativa de emisiones gaseosas, siendo su capacidad

nominal equivalente a 150 kg/hr mortalidad.

Su estructura estará conformada por una estructura construida de material suficientemente rígido

para el traslado y operación. Estará protegido interiormente con materiales aislantes y refractarios

resistentes, tanto a la temperatura de trabajo, como a choques térmicos, ataque químico y

abrasión.

En el mismo sentido, el equipo estará conformado básicamente por:

Una Cámara Termopirolítica (Primaria).Presentará una puerta frontal tipo batiente,

girable, en la que se introducirán los residuos y se retirarán las cenizas generadas producidas por

la combustión de la mortalidad. De acuerdo a su factibilidad operativa, presentará un visor para

observar el avance de la incineración. Además llevará un switch para apagar la llama al abrir la

puerta.

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Las cenizas generadas en el proceso de combustión de la mortalidad serán retiradas directamente

del horno de incineración o bien serán arrastradas a un cenicero ubicado bajo el piso, el cual

tendrá una puerta batiente para retirarlas y en el fondo una tapa tipo compuerta, con gancho,

para la limpieza interior del recorrido de los gases. La temperatura recomendada de operación es

de 750 a 860 ºC.

Una Cámara Reactora (Secundaria). Estará situada a continuación de la cámara anterior,

separada por un muro tipo ventanilla a la que incidirá el 2º quemador en forma semi vertical, el

que se provocará una turbulencia de mezcla para el requemado, a alta temperatura, de los gases

y producidos en la combustión-pirólisis primaria, purificando de este modo los humos, dejándolos

incoloros e inodoros. La temperatura recomendada de operación en esta cámara reactora es de

900 a 1000ºC

Ducto de Gases. Tendrá un recorrido por debajo de la losa de carga, lo que la calentará por

arriba y abajo, mejorando de este modo ostensiblemente la eficiencia térmica.

Chimenea. Estará protegida interiormente en la parte inferior con refractario aislante. Con

entrada de aire fresco en la parte inferior y efecto venturi, para enfriamiento de los gases.

Presentará tirantes para soportar la ventisca.

Sistema Combustión. Estará formado por los dos quemadores certificados. Uno en la cámara

primaria y otro en la secundaria, con GLP como combustible.

Quemadores. De de potencia aproximada a 150.000 a 200.000 kcal/hr. C/u. Tendrán incorporado

el sistema electrónico para la secuencia de partida/seguridad de quemadores, esto es: pre-barrido,

encendido y partida de la llama según la programación establecida y control de fallas.

Sistema de Control y Comandos. Será automático y poseerá controladores – programadores

de temperatura digitales.

Energía. Línea eléctrica de 380 VCA / 16 amp, línea de agua y de gas.

Aislamiento de cámara y chimenea. Estará construida en material refractario compactado y se

aislará adicionalmente con una capa de fibra cerámica de alta alúmina, comprimida, resistente a

temperaturas de 1260 °C, siendo su temperatura de trabajo en el horno de 800 °C

aproximadamente.

Sistema térmico. La cámara de combustión y post combustión se alimentarán por medio de

quemadores a gas, los cuales estarán dotados cada uno de un sistema de encendido automático y

de control de llama que bloqueará el paso de combustible y generará una alarma, en caso que

ocurra alguna anomalía en la partida o durante su funcionamiento.

Plataforma de Habilitación para el equipo.

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El incinerador se instalará sobre una plataforma flotante, que contará con todos los permisos de la

autoridad marítima para estructura flotante. En un principio, que por razones operativas estará

sujeto a evaluación, dicha plataforma estará dividida en tres sectores, un extremo para la

instalación de los estanques de gas licuado, los que alimentarán en forma independiente cada

quemador del incinerador, el que se ubicará dentro de una caseta que lo protegerá de la lluvia. La

plataforma también tendrá otro sector, en el otro extremo donde se ubicarán los bins de las

mortalidades, los que serán trasladados desde las unidades de cultivo a la plataforma de

mortalidad. Los bins empleados en el depósito temporal de la mortalidad cumplirán con lo

establecido en el párrafo segundo de la letra d, del artículo 22 bis, del D.S. Nº 319 de 2001 y sus

modificaciones. En el mismo sentido, existirá otro sector, en el otro extremo, donde se ubicará un

estanque de gas para abastecer a las lanchas de operación del centro. Para más detalle ver figura

2.3.1.4.1 y Anexo Nº 8. De la misma forma, la plataforma contará con un área habilitada para la

realización de necropsias y toma de muestras.

Figura 2.3.1.4.1. Esquema general del layout de la plataforma y el incinerador.

De la misma forma, el personal a cargo de la operación del sistema de incineración utilizará ropa

especial para operar el equipo, compuesto de trajes de cuero, guantes de cuero largos, máscaras

faciales, zapatos de seguridad y de esta forma, evitar riesgo del personal con el equipo, cuando se

encuentre en funcionamiento.

2.3.2. Etapa de operación

El objetivo del centro es lograr el crecimiento y engorda a tamaño comercial de especies

salmonídeas, en sistemas confinados de balsas-jaula en el mar, con una producción máxima anual

de 11.500 ton.

2.3.2.1. Especies

Las especies hidrobiológicas con las cuales se realizará la producción serán Salmónidos, según D.S.

Nº 604/1995.

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2.3.2.2. Ingreso de los peces

Se ingresarán peces al centro de cultivo en su etapa de smolts, los que tendrán un peso promedio

de entre 80 a 300 grs. Estos provendrán de pisciculturas autorizadas por la empresa Acuimag S.A.,

donde se realizará la producción de smolts a través de maquilas y de sus propias pisciculturas en

otras regiones o en la XII Región, en el futuro mediato, las cuales cumplirán con las medidas de

bioseguridad y controles de operación para la obtención de smolt viables, los que serán trasladados

por vía terrestre y marítima hasta el centro de cultivo de engorda. El transporte se hará en buques

y/o camiones especializados para este tipo de tareas.

El medio de transporte empleado en el traslado de los peces al centro de cultivo cumplirá con los

programas sanitarios correspondientes, incluyendo protocolos de desinfección aceptados por las

Autoridades respectivas y no descargarán residuos provenientes de esta actividad en aguas de

jurisdicción nacional.

Una vez en el centro, los peces serán ingresados en las balsas jaulas, evitando la manipulación

excesiva de los organismos disminuyendo su estrés y con ello, la tasa de mortalidad y de

enfermedades. Permanentemente se implementará un programa de control sanitario para

mantener la calidad del agua y el estado de los peces.

Todos los ingresos de Smolts al centro de cultivo serán respaldados por registros internos del

centro, quedando registrados sus movimientos y guías visadas por SERNAPESCA.

La tabla 2.3.2.2.1 entrega el número y biomasa por jaula que se obtendrá al inicio y termino del

ciclo productivo, según lo expresado en el Proyecto Técnico.

Tabla 2.3.2.2.1. Número y biomasa de los peces ingresados por jaula, según el ciclo productivo.

La densidad promedio por jaula será de 15 kg/m3 y el máximo estará de acuerdo a la normativa

sectorial vigente.

2.3.2.3. Sistema de Alimentación

El centro de cultivo, contará con un sistema de alimentación de última generación que posibilitará

la alimentación de las balsas jaulas, permitiendo un mejor aprovechamiento del fotoperíodo y por

lo tanto, una alimentación más eficiente.

En este sentido, las decisiones respecto al suministro de alimento se tomarán según la información

proporcionada por un sistema de monitoreo y registro en cada una de las balsas jaulas, compuesto

por cámaras submarinas subacuáticas, además de computadores y monitores dispuestos en el

artefacto naval, que permitirán controlar y visualizar la alimentación de los peces.

CICLO N ° Ingreso

PECES/JAULA BIOMASA Ingreso

(Kg)/JAULA N ° PECES

PRODUCIDOS/JAULA BIOMASA PRODUCIDA

(kg)/JAULA

MENOR CICLO PRODUCTIVO (5.000 TONS)

105.000 31.500 95.550 429.975

MAYOR CICLO PRODUCTIVO (11.500 TONS)

116.000 34.800 105.560 475.020

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De esta forma, por medio del sistema de cámaras, el operador a cargo de la alimentación tendrá

una visión subacuática de 360º de la manera como se está administrando el alimento en cada

jaula. Con esta información instantánea, el operador a cargo de la alimentación podrá tomar

decisiones prontas para ajustar el suministro de alimento en función de la demanda.

En términos productivos, las ventajas de este tipo de alimentación, es que permitirá asegurar que

se contará siempre con el tiempo suficiente para alcanzar las metas diarias de consumo, evitando

en muchas ocasiones la subalimentación y permitiendo con ello la máxima ganancia diaria en

biomasa.

En el mismo sentido, las ventajas asociadas al sistema de alimentación que será implementado en

el centro de cultivo son las siguientes:

- eficiente control de la dispersión de tallas

- excelente factor de condición

- acortamiento del período de engorda

En términos operacionales, si bien el sistema de alimentación que será implementado en el centro

de cultivo requerirá de la implementación de más equipos, éstos son de menor consumo individual,

lo que unido a la posibilidad de acortar en varias horas diarias su funcionamiento, genera

importantes ahorros en gastos de mantención.

En el mismo sentido, la entrega de dosis más pequeñas de alimento (y más frecuentes), permite

trabajar con mangueras de 75 mm, lo que en sí constituye un ahorro de costo, genera además un

menor desgaste de las mismas y evita daños a los pellets.

De este modo, el titular realizará todos los esfuerzos por optimizar el proceso de alimentación,

reduciendo al mínimo las perdidas por este concepto, de forma tal de resguardar la sustentabilidad

del sitio de emplazamiento del proyecto.

Si el sistema de alimentación presenta algún tipo de problema, se realizará la alimentación manual

o con blowers, para no interrumpir la alimentación diaria de los peces y/o la dosis diaria de

tratamientos o alimentos especiales por jaula.

2.3.2.4. Redes

Se utilizará redes de distinta abertura dependiendo del estado de desarrollo y talla de los peces.

a) Redes de cultivo para engorda: Estas redes de nylon o perlón, tendrán 20 m de

profundidad por 40 m de ancho por 40 m de largo, las que en el caso de las balsas jaulas

corresponderán a mallas con una apertura de 1” a 1,5” y una titulación de 210/48 y 210/72.

La construcción de estas redes garantiza una buena resistencia y evita el escape de peces.

b) Redes de protección ante depredadores: Para la protección de los peces ante

depredadores, se utilizarán redes loberas de una apertura de 10’’ y una titulación de

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210/180, que cubrirán el 100% del perímetro de las balsas jaulas. Esta red cumple la función

de evitar que la red de cultivo sea rota por depredadores. El tamaño de la apertura de la

malla evitará que el depredador se enmalle y muera por asfixia.

c) Redes de protección contra aves y escape de peces: Consistirá en redes pajareras

de apertura de 2”, que evitarán la depredación por parte de aves y el escape de los peces

por acción mecánica. Además el tamaño debiera evitar que las aves se enmallen y mueran.

El Titular aclara que en una primera instancia, las redes serán confeccionadas, reparadas, lavadas y

transformadas por un servicio autorizado. Sin embargo, podrán ser utilizadas en el centro de

cultivo, tanto redes impregnadas con antifouling, como sin impregnación.

En el caso de emplear redes impregnadas, se solicitará al proveedor del servicio, que estas sean

impregnadas con pinturas que cumplan con la normativa vigente. De la misma forma, el Titular

deja abierta la posibilidad de implementar en el centro de cultivo lavado in situ de redes, cuando

estas no sean impregnadas con antifouling y dándose pleno cumplimiento a la normativa vigente.

2.3.2.5. Cambio de Mallas

Una actividad normal y rutinaria del centro será el cambio de mallas. Este se realizará con

frecuencia semestral en los períodos de baja productividad, lo cual podrá variar de acuerdo a una

inspección mensual, que determinará finalmente si es preciso realizar un cambio de redes antes o

después del periodo establecido.

En General, el cambio de las redes será realizado por buzos comerciales debidamente capacitados,

con el apoyo de barcazas especialmente equipadas.

Las redes removidas serán depositadas de manera inmediata en contenedores u otro tipo de

envases, los que serán herméticos, sin vías de evacuación abiertas, sellados y etiquetados. Bajo

estas condiciones, las redes serán mantenidas por un plazo máximo de una semana en el centro de

cultivo, previo a su retiro definitivo, dando pleno cumplimiento a lo señalado en el D.S. Nº 320 de

2001.El despacho de las mallas usadas y la recepción de mallas limpias se harán principalmente

por vía marítima.

2.3.2.6. Consumo y abastecimiento de alimento

El abastecimiento de alimento se hará principalmente por vía marítima. Las labores de descarga de

alimento se harán sólo en horario diurno, en condiciones climáticas apropiadas y no se recibirán

envases de alimento en mal estado. El suministro de alimento hacia las balsas jaulas se hará a

razón de 1,25 kg de alimento por kg de pez a alimentar. Por lo tanto, el abastecimiento será

variable según la época o estado del cultivo. En todo caso, el pontón de almacenamiento tendrá

capacidad de carga de 120 ton.

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2.3.2.7. Tipo de Alimento

Será del tipo seco extruido, de alta digestibilidad (alrededor del 92%) y valor nutricional. El

tratamiento térmico que sufre este tipo de alimento permite que el pez lo asimile mejor al disminuir

el tamaño de las proteínas. Durante el cultivo, los peces serán alimentados con una dieta

altamente energética (26 a 34% lípidos, 33 a 43% proteínas, 10% carbohidratos, 7 a 10%

humedad, 5,76 a 7,52% nitrógeno y 0,8 a 1,6% fósforo), con suplementos vitamínicos, minerales y

pigmentos carotenoideos. Los ingredientes seleccionados más usados en la formulación son:

Harina de pescado, aceite de pescado, harina de soya, gluten de trigo, trigo, sub-productos de

molinería de trigo y maíz, premezcla de vitaminas y sales minerales, ácido ascórbico, antioxidantes,

astaxantina y/o cantaxantina. Con el alimento de estas características se pretende disminuir la tasa

de enfermedades. El calibre del alimento variará entre 3.5 y 15 mm. Los porcentajes promedios

aproximado por clases de talla de fósforo y nitrógeno en el alimento se pueden encontrar a

continuación en la tabla siguiente.

Tabla 2.3.2.7.1. Porcentaje aproximado de fósforo y nitrógeno del alimento.

Peso Pez (g) Nitrógeno Fósforo Total

% Mín. % Max. % Mín. % Max.

400-1100 6,88 7,52 1,1 1,6

1100-1700 6,40 7,04 0,9 1,4

> 1700 5,76 6,40 0,8 1,3

2.3.2.8. Alimentación de los peces

La alimentación será suministrada en 2 raciones, durante la mañana (60%) y durante la tarde

(40%). Se reajustará la dieta de acuerdo a la evolución de los peces en cautiverio, considerando

una ración alimentaria de 2,5% a 3% del peso corporal de los smolts para la talla mínima al iniciar

el proceso; hasta disminuir a un 0.7% del peso corporal en la fase final de engorda. Las decisiones

respecto al suministro de alimento se tomarán según la información proporcionada por un sistema

de monitoreo y registro en cada una de las balsas jaulas, compuesto por cámaras submarinas en

las balsas jaulas, además de computadores y monitores en el artefacto naval, que permitirán

controlar y visualizar la alimentación de los peces.

De esta forma, por medio del sistema de cámaras, el operador a cargo de la alimentación tendrá

una visión subacuática de 360º de la manera como se está administrando el alimento en cada

jaula. Con esta información instantánea, el operador a cargo de la alimentación podrá tomar

decisiones prontas para ajustar el suministro de alimento en función de la demanda. De este modo,

el titular realizará todos los esfuerzos por optimizar el proceso de alimentación, reduciendo al

mínimo las perdidas por este concepto, resguardando la sustentabilidad del sitio de

emplazamiento.

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2.3.2.9. Factor de Conversión

Se estima que el factor de conversión biológica dentro de un ciclo será aproximadamente entre 1,0

y 1,3 dependiendo del estado de crecimiento de los peces. Se espera que con la utilización de un

sistema de alimentación semiautomático y cámaras submarinas, se pueda alcanzar un factor de

conversión lo más cercano a 1,0. Este será un objetivo constante de lograr por la empresa, por

cuanto el titular esta consiente que la reducción de este factor trae consigo mejoras ambientales y

económicas.

2.3.2.10. Pigmentos

Se utilizarán pigmentos autorizados que serán entregados a los peces mezclados con el alimento

(mezcla que será hecha desde la planta de proceso del alimento). En el mismo sentido, se incluirá

una estrategia de pigmentación que asegure cumplir con los niveles exigidos por los mercados

internacionales.

2.3.2.11. Antibióticos

El proyecto tendrá un trabajo preventivo y de control de enfermedades de manera de minimizar al

máximo el empleo de antibióticos en el centro. A pesar de estas medidas, en caso de necesidad se

utilizarán antibióticos autorizados por el Servicio Agrícola y Ganadero. Su administración y dosis

será realizada por profesionales calificados.

Entendiendo que los brotes de enfermedades están fuertemente ligados al estrés del

confinamiento, las condiciones del agua de cultivo, las condiciones oceanográficas y a la presencia

de depredadores; se implementarán medidas básicas para la disminución del uso de estos

productos:

• Retiro de mortalidad periódicamente.

• Realización de muestreos sólo cuando sea estrictamente necesario.

• Entrega de alimentos fortalecidos con vitaminas y minerales.

• Utilización de redes antidepredadores.

• Mantención de control ictiopatológico estricto

Nota: No se almacenará, ni administrará fármacos sin la autorización expresa de un Médico

veterinario. Esta función la llevará a cabo un organismo competente.

En todo caso, la Prevención y tratamiento terapéutico se ajustará a lo que se señala a

continuación:

Se proyecta que los peces lleguen a la etapa de mar en las mejores condiciones

sanitarias posibles para lo cual se tomarán ciertas precauciones;

Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar como: la

Necrosis Pancreática (IPN), Vibriosos, ISA y Pisciricketsiosis (SRS). Si el mercado lo

permite usaremos vacuna contra BKD.

Se proyecta que los smolts lleguen con un peso homogéneo y óptimo.

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En la etapa de agua de mar se tomarán las siguientes medidas preventivas:

No se realizarán desdobles, por lo que se sembrará a densidad final para entregar

condiciones adecuadas para los peces.

La composición del alimento está calculada con los requerimientos ideales para el pez.

Se han incluido vitaminas en la dieta, la cual confiere resistencia contra enfermedades.

Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés y los riesgos

de una alteración en el sistema inmunológico.

Se realizarán controles del estado sanitario de los peces mediante análisis de laboratorio

y visitas veterinarias.

Después de cada manipulación con mortalidad o con peces mórbidos se procederá a desinfectar la

quecha, botas y manos, utilizando el método de aspersión. Como desinfectante se utilizará un

amonio cuaternario, el cual será cubierto con una tapa para protegerlo de la lluvia y del sol y

dispuesto en una bodega especializada para su almacenamiento dentro del centro de cultivo. Para

más detalles, ver el Manual de Higiene y Desinfección entregado en el anexo 9.

2.3.2.12. Tratamientos terapéuticos

La empresa tomará todas las medidas necesarias para evitar enfermedades en los peces y evitar

por lo tanto la utilización de antibióticos.

Diariamente se observará la mortalidad y morbilidad de las balsas jaulas. Un veterinario visitará el

centro en forma periódica o de acuerdo a los requerimientos de éste. Cuando se observen peces

mórbidos o un aumento en la mortalidad se enviará una muestra al laboratorio para ser analizada.

Todo tratamiento será prescrito por un veterinario. De la misma forma, se realizarán muestreos

periódicos los que permitirán detectar enfermedades antes que ataquen a una mayor población de

peces. Sólo en casos de un brote sorpresivo y general se suministrará alimento medicado, cuyos

componentes y dosis se administrarán de acuerdo a lo que establezca el médico veterinario. El

Alimento medicado se elaborará en planta de alimento, previa prescripción del Médico Veterinario.

El alimento se administrará en las unidades de cultivo a tratar en conformidad a la prescripción del

profesional Veterinario, la que especificará los datos necesarios para que el sistema sea trazable. El

alimento medicado estará contenido en bolsas claramente identificadas para evitar errores en la

medicación de las balsas jaulas.

Cada 30 días, aprobado por Sernapesca, sólo para la región de Magallanes, se muestrearán peces

para observar la presencia de parásitos de la especie Caligus sp., donde cabe mencionar, que esta

especie no se observa en la zona de cultivo.

Frente a la aparición de nuevos patógenos, o enfermedad exótica, los análisis y evaluaciones

efectuadas en coordinación con Intesal, serán notificadas a Sernapesca de la región, procediendo a

implementar las barreras de control y medidas sanitarias que se recomienden. En los centros

cercanos de la empresa, se efectuarán muestreos para comprobar posibles contagios.

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2.3.2.13. Registros

Se mantendrán los registros de todos los tratamientos efectuados, especificando: dosis, fecha de

inicio y término de tratamiento, el producto comercial utilizado, su concentración, el nombre,

número de las balsas jaulas y respuesta de tratamiento.

2.3.2.14. Manejo de Antibióticos

Respecto a posibles efectos sobre la salud de las personas que manejarán el alimento medicado, se

indica que la única instancia en que hay un acercamiento de parte del operario con el alimento

medicado es el momento de la descarga de éste desde la embarcación mayor (cuando se

transfieren las bolsas en las compuertas de cada una de las bodegas del pontón flotante). Por

ende, la posibilidad de ocurrencia de ingesta es escasa, no obstante, se capacitará a los operarios

con el objetivo que: a) aquellos que se encuentren a cargo de esta maniobra, eviten la ingesta o

inhalación de este producto, usando para tal efecto mascarillas durante la descarga de este

alimento, si resultase necesario, b) el personal será entrenado y capacitado para la correcta

recepción del alimento medicado desde el embarque y distribución en el pontón, c) acerca de la

importancia del adecuado suministro de las cantidades del antibiótico de cada balsa jaula, etc. d)

Para minimizar la ocurrencia de errores en el suministro se tomarán medidas como la señalización

destacada (con un banderín de color u otro método) de las balsas jaulas tratadas, e) capacitación

a los operarios en cuanto a observar e informar casos de un comportamiento anormal en la ingesta

del alimento de los peces tratados, alimentación diferenciada, etc.

NOTA1: No deberá sobrar alimento medicado ya que este se calcula exacto para los días de

tratamiento prescritos, a lo más podría sobrar una cantidad tal que podría alargar en 1 día

el tratamiento.

NOTA2: El Titular indica que: en el resguardo y mantención de la calidad de los recursos

naturales renovables en lo relativo a la generación de resistencia a antibióticos y a otros

efectos que puedan generar los antibióticos a través de su dispersión y depósito en el

medio marino, la empresa pondrá especial énfasis a un suministro estratégico de alimento

medicado, aspectos que ya se emplean en la industria, los cuales tienen por norte un

control de la ingesta por parte de los peces y a la minimización de su disposición en el

medio ambiente acuático.

Estas medidas incluyen: a) raciones de alimento iniciales del día, para cada jaula tratada,

donde se entrega primero el alimento medicado, para posteriormente entregar el alimento

normal, logrando que el apetito inicial de los peces de cuenta de la ingesta total de su

ración diaria; b) el suministro del alimento medicado se efectuará sólo con condiciones de

corriente y climáticas propicias para la alimentación, c) detener la entrega de alimento

medicado de forma anterior a la detención aplicable respecto del alimento normal, y d)

tomar todas las medidas sanitarias y de manejo necesarias para prevenir la situación de

verse en la necesidad de aplicar estos productos.

Al constituir estas medidas parte esencial de la gestión productiva del centro, la

probabilidad de tener que recurrir al uso de alimento medicado se verá disminuida. El titular

no contempla implementar plan de monitoreo alguno por este concepto, sin embargo, dará

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todas las facilidades para que la autoridad competente efectúe todos los procedimientos y

monitoreos necesarios tendientes a detectar el cumplimiento de la legislación pertinente, en

especial en lo que a este aspecto se refiere.

2.3.2.15. Plan de Contingencia frente a pérdidas de alimento

En el caso de caída accidental del alimento al agua, se procederá de la siguiente forma: 1) Se

identificará el punto de pérdida y se procederá a detenerla, 2) A la brevedad se procederá, junto a

los equipos y materiales disponibles (“bichero”, tecle, cabos, bote, equipo de buceo, etc.) a

recuperar la mayor cantidad posible de la pérdida, 3) Se determinarán las circunstancias (hora,

lugar, causa probable, encargado de turno, cantidad, tipo de alimento, etc.) del accidente y se

seguirá un procedimiento de evaluación y/o investigación administrativa interna, 4) Se procederá a

entregar dicho alimento lo antes posible a los peces, siempre y cuando, éste conserve todas sus

propiedades; en caso contrario se dispondrá de forma segura en los contenedores de residuos y

será enviado posteriormente al proveedor o a un lugar autorizado para su destrucción o disposición

final adecuada, 5) Por último, se dará aviso a la autoridad competente informando la situación,

dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida la contingencia. Al respecto, se adjunta en Anexo Nº

4, un plan de contingencias frente a pérdidas de alimento.

2.3.2.16. Escape de Peces

En caso de escapes de peces se seguirá el siguiente Plan de Contingencia para cumplir con el D.S.

320/01 (Procedimientos más detallado en anexo 4):

Medidas Preventivas: Adquirir redes de la mejor calidad, y evaluar periódicamente la resistencia de

éstas. Durante la extracción de mortalidad por medio de buzos, todos los días o al menos cada dos

días, se chequea la integridad física de las redes, su correcta instalación y tensión.

Una vez al mes o cada vez que se estime conveniente, después de ataques de lobos o frentes de

mal tiempo, el equipo de mantención hace una revisión exhaustiva tanto de redes peceras como

loberas. Mantener redes de repuesto no impregnadas, ya sea para reemplazar mallas que se

rompan o para usarlas como bolinche, y se mantendrá en el centro redes para recapturar los peces

fugados.

Medidas Correctivas: Ante el escape o pérdida masiva de peces desde centros de cultivo, como

también ante la sospecha de que este evento haya ocurrido, se deberá informar internamente a las

Gerencias y las demás áreas de la empresa (producción, operaciones, salud, calidad, ambiente,

etc.). Se deberán revisar las redes afectadas por medio de buceo. De acuerdo al daño, el buzo

procederá a reparar inmediatamente y si el daño es mayor, se solicitará la presencia de otros buzos

para una rápida reparación. Una vez comprobada la fuga y dentro de las 24 horas siguientes, el

titular del centro deberá informar a Sernapesca y a la Autoridad Marítima.

Si el número de peces escapados es muy grande, se podrá solicitar la cooperación de lanchas

cerqueras o bolincheras para recapturar los peces. Las acciones de recaptura se extenderán por

un periodo de 10 días de ocurrido este, según lo estipula el D.S. 320/01. Si quedan atrapados

peces de otras especies en la jaula o red de recaptura, estos serán liberados. En el mismo sentido,

se presentará al Servicio Nacional de Pesca un informe en el plazo de 15 días de detectado el

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hecho, incluyendo los siguientes datos, los cuales, una vez verificados se dará por concluida la

contingencia.

o Localidad exacta del escape o desprendimiento, señalando la identificación del

centro de cultivo.

o Especie y razas involucradas.

o Número estimado de individuos y su peso aproximado.

o Circunstancias en que ocurrió el hecho.

o Estado sanitario de los ejemplares escapados.

o Periodo del último tratamiento terapéutico, señalando el compuesto utilizado si

corresponde.

o Estado de aplicación del plan de contingencia.

o Registro fotográfico de las artes de cultivo afectadas

2.3.2.17. Cosecha

Cuando los peces alcancen el peso de cosecha, entrarán en la etapa final de producción; en ésta se

detendrá la alimentación de los peces y se procederá a la faena de cosecha.

Cualquiera sea el método de cosecha que finalmente sea implementado, el Titular se compromete

a contar con un sistema de recolección de toda la sangre producto de la faena, de modo de evitar

que se derrame sangre hacia el medio.

En el mismo sentido, se mantendrá en el centro de cultivo un manual de procedimientos en el cual

se describan los métodos de cosecha, anestesia, procedimientos de desinfección asociados, manejo

y disposición de agua sangre, y personal responsable de ejecutar cada una de estas operaciones.

En todo caso, la recolección de la sangre se realizará, si corresponde, en contenedores herméticos

y de fácil lavado y desinfección.

De la misma forma, el manual de procedimientos establecerá el sistema de recolección, la

frecuencia de retiro de este material y el tratamiento o destino final del mismo.

El Titular se compromete a mantener registros de la cosecha, traslado y entrega de cosecha para

entregar a la autoridad competente que lo requiera.

2.3.2.18. Manejo de la mortalidad

El Proyecto contempla la instalación de un sistema de incineración para la disposición de las

mortalidades generadas en el centro de cultivo. Al respecto, se adjunta en Anexo Nº 9 de la

presente DIA, un manual de manejo de mortalidades.

Independientemente, el manejo de la mortalidad generada en el centro, se realizará en atención al

siguiente procedimiento:

La mortalidad generada en las unidades de cultivo será extraída con una frecuencia diaria y

en el caso que las condiciones climáticas no lo permitan, se realizará apenas se normalicen

las funciones del centro.

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El buzo, luego de cumplir con el protocolo de desinfección del centro, procede a sumergirse

en la unidad de cultivo, colectando la mortalidad del fondo, los peces orillados y revisa la

malla pecera.

El asistente de buzo recibe la mortalidad en la superficie de la unidad de cultivo y procede a

disponer los peces en contenedores de mortalidad desinfectados.

De esta forma, la mortalidad es transportada a la plataforma en la que se ubica el

incinerador, al interior de contenedores cerrados y con bolsa interna desechable.

En la plataforma, el incinerador será cargado de acuerdo a su capacidad, hasta incinerar

toda la mortalidad extraída del día, desde las unidades de cultivo del centro.

El Titular indica que el incinerador será instalado sobre una plataforma flotante, que en una

primera instancia sujeta a evaluación, estará dividida en tres sectores, un extremo para la

instalación de 2 unidades de gas licuado que alimentarán en forma independiente al incinerador,

un sector central, en el que se ubicará el incinerador y un tercer sector, en el otro extremo, donde

se ubicarán los bins de las mortalidades.

La plataforma contará con un cierre perimetral de malla Acma. Al interior de la plataforma, habrá

cierre interno con barandas metálicas soldadas para amarrar los bins con mortalidad, de tal forma

que si hay malas condiciones climáticas los bins no se den vuelta. Cada plataforma tendrá su Cruz

de San Andrés y Baliza para señalización nocturna. De la misma forma, la plataforma contará con

los respectivos flotadores.

La plataforma estará diseñada con todas las medidas de seguridad y sistemas de amarre para

soportar marejadas.

Por otra parte, en aquellos casos en los que las mortalidades generadas en el centro de cultivo no

puedan ser eliminadas por el solo uso del sistema de incineración, la mortalidad será dispuesta en

planta de ensilaje de pesquera Edén. Al respecto, el sistema de ensilaje de Pesquera Edén cuenta

con RCA favorable Nº 084/2012 y posee una capacidad de 200 Kg/hora.

De la misma forma, el Titular considera necesario indicar que se tiene habilitada una planta de

proceso en la ciudad de Natales de pesquera Edén Ltda., para poder proceder en un caso de

cosechas anticipadas. Esta planta posee la capacidad de procesar hasta 20.000 piezas diarias, lo

que significa en el peor de los casos un centro completo en un máximo de entre 45 - 60 días.

Por otra parte, en aquellos casos extremos de emergencia sanitaria, en los que el sistema de

incineración, ubicado en el interior de la concesión de acuicultura y ensilaje de pesquera Edén no

sea capaz de absorber la mortalidad generada en el centro de cultivo y considerando que al no

contar la región con un vertedero industrial ni con plantas reductoras, no existe otra solución que

sea técnicamente viable de implementar en el corto plazo, salvo la que presenta la implementación

de una sistema de disposiciones controlada de mortalidades de salmonídeos.

Por lo tanto, el Titular aclara que todas estas alternativas permiten una condición de extrema

eficiencia para la pronta reducción de mortalidad frente a una emergencia sanitaria.

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En todo caso, es preciso indicar que una vez que la región de Magallanes alcance mayores

producciones de salmónidos, la solución definitiva a mortalidades masivas estará asociada a la

existencia de plantas reductoras que se instalarán en la región.

2.3.2.19. Desinfectantes

Como una de las alternativas de desinfectante, el Titular del proyecto a considerado utilizar un

amonio cuaternario de cadena doble, el cual actúa de manera específica frente al virus ISA, con

dosis recomendadas y validadas por los proveedores de los productos, eliminando el 99,999% del

virus. De acuerdo a la ficha técnica del producto Carsept, producto mas utilizado en la compañía, la

cantidad del producto que debe de ser empleada para una desinfección regular corresponde a 0,5

lt/m2.

Del mismo modo, el Titular aclara que el producto Carsept es un desinfectante autorizado por la

DGTM y MM para su empleo en la jurisdicción de la Autoridad Marítima sobre naves, artefactos

navales y otras construcciones marítimas y cuenta con Resolución del Instituto de Salud Pública,

para su uso como pesticida sanitario, adjunta en Anexo Nº 6 de la presente DIA. Cabe señalar, que

el producto Carsept es una de las alternativas a utilizar como desinfectante. En el caso que se

generen nuevos productos de igual o mejor efecto, el Titular indica que podrá utilizar dichos

productos, comprometiéndose a informar a la autoridad competente y cumpliendo con toda la

normativa vigente. Por otra parte, los residuos líquidos generados producto de las actividades de

limpieza y desinfección del centro de cultivo serán recuperados y almacenados temporalmente en

contenedores herméticos para su posterior retiro y disposición final en planta de tratamiento

autorizada.

De la misma forma, el Titular aclara que los productos desinfectantes que serán empleados en el

proyecto serán mantenidos en un área específica del centro de cultivo y su manejo será realizado

de acuerdo al manual de manejo de sustancias, productos y residuos peligrosos, adjunto en Anexo

Nº 9 de la presente DIA. De la misma forma, se adjunta en Anexo Nº 9 un manual de Higiene y

desinfección.

2.3.2.20. Retiro y disposición de residuos sólidos y domiciliarios

Los residuos sólidos generados por la operación normal del centro consistirán en bolsas vacías

plásticas, en las cuales trasladará y suministrará el alimento. Estas bolsas se acopiarán en el

pontón de bodega, serán dobladas y dispuestas en fardos para su posterior retorno vía marítima a

la Planta de Alimento, donde serán reutilizadas, o en caso contrario serán enviadas a plantas de

reciclaje. El retiro se hará de acuerdo con la cantidad acumulada.

Respecto de los residuos asimilables a domiciliarios, estos serán depositados en contenedores

herméticos y retirados a vertedero autorizado, tantas veces como sea necesario en frecuencia, para

evitar generación de olores y proliferación de vectores.

Con fines de fiscalización, el Titular implementará bitácoras de registro/guías doble de despacho,

para cada una de las acciones y transferencias (entregas y recepciones). Estas bitácoras estarán

disponibles con fines de fiscalización cruzada a petición del o los Servicio(s) respectivo(s).

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2.3.2.21. Insumos

Los insumos serán almacenados en envases separados y herméticamente cerrados. Se pondrá gran

énfasis en mantener los envases bien etiquetados. Se tendrá especial cuidado al manipular los

insumos, como combustibles, para evitar cualquier tipo de derrame al medio y se utilizarán

receptáculos adecuados para evitar vertimientos al medio acuático durante las labores de llenado o

abastecimiento de motores. El titular se compromete a que el manejo de combustibles se

respaldará adecuadamente mediante guías de recepción y despacho. Para prevenir y enfrentar

algún tipo de derrame, se seguirán las instrucciones establecidas en el D.S. 1/92 Titulo II del

“Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática “de la Dirección General del Territorio

Marítimo y Marina Mercante.

La cantidad de combustible que será almacenada en el artefacto naval, será de 5000 litros de

Petróleo Diesel, el cual estará debidamente identificado y ubicado con todas las medidas de

seguridad. En este sentido, el titular se compromete a presentar, una vez aprobado el proyecto

técnico, un Plan de Contingencia ante derrames de Hidrocarburos, dando cumplimiento a las

instrucciones señaladas en la Directiva DGTM y MM A-53/002, el cual será presentado a la

Autoridad Marítima para ser visado antes de la puesta en marcha del proyecto.

2.3.2.22. Mantenimiento

La empresa utilizará servicios internos y contratará los servicios de terceros para el mantenimiento

de balsas jaulas, potón y botes. En el mismo sentido, contratará los servicios de una empresa de

buceo externa para la revisión, mantención, reparación y/o cambio del material de fondeo.

2.3.2.23. Abastecimiento de agua potable

El proyecto contempla la instalación de una planta de osmosis inversa para el abastecimiento de

agua potable.

Con posterioridad y con objeto de lograr la desinfección del agua una vez que sea desalinizada, se

utilizará hipoclorito de sodio, o bien este proceso será realizado mediante filtro UV o de acuerdo al

o a los procedimiento(s) que sea(n) técnicamente viable(s).

En el caso que el proceso de desinfección del agua será realizado mediante hipoclorito de sodio,

este será adicionado mediante un clorador automático, con el cual se garantice una concentración

residual máxima de 0,2 mg Cl/L.

Con objeto de velar por la calidad de agua, se cumplirá con los requisitos para la calidad de agua

potable establecidos por la NCh 409, de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 15 de Decreto

594/99 del MINSAL.

En el mismo sentido, el Titular adjunta en Anexo Nº 9, a modo de alternativa, un manual y un

procedimiento de operación del sistema de desalinización por osmosis inversa con que, en una

primera instancia sujeta a evaluación y disponibilidad, contará el pontón flotante.

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2.3.2.24. Aguas Servidas Domésticas

El Proyecto contempla la instalación de una planta de tratamiento de aguas servidas de tipo físico-

química, la cual contará con certificado de aprobación DGTM y MM.

El Titular señala que la planta de tratamiento estará equipada con un sistema de control y

monitoreo a base de un microprocesador, el cual controlará automáticamente el tratamiento del

efluente de aguas de desecho. En este sentido, se adjunta en Anexo Nº 4 un plan de contingencias

asociado al funcionamiento de la planta de tratamiento de aguas grises y negras.

El microprocesador de control activará el sistema solamente cuando sea necesario, por lo tanto, el

sistema consumirá energía solamente cuando se requiera la aplicación del tratamiento, a diferencia

de los sistemas de tratamiento biológico, los que requieren oxigenar los lodos siempre y en forma

constante requiriendo para ello un sistema de respaldo de energía, que mantenga operativo el

sistema durante los cortes de energía del pontón. En cambio, el sistema de tratamiento de aguas

servidas del tipo físico químico propuesto en el presente proyecto, no requiere de energía las 24

horas para asegurar el tratamiento de las aguas residuales.

El Titular indica que el sistema de tratamiento requerirá de un estanque de acumulación, que se

ubicará en forma previa a la planta de tratamiento y que deberá tener la capacidad de acumular

las aguas servidas que se producen en el peak de generación en el pontón.

De la misma forma, el Titular incorpora en anexo 10 mayores antecedentes, en cuanto a

especificaciones técnicas y descripción del proceso de depuración de la planta de tratamiento. Sin

embargo, el Titular aclara que las especificaciones técnicas presentadas corresponden a una de las

alternativas que serán evaluadas para ser implementadas en el pontón. Independientemente de lo

señalado anteriormente, la planta de tratamiento que finalmente sea incorporada al proyecto

deberá contar con certificado de homologación de la Autoridad Marítima.

En el mismo sentido, el Titular se compromete a capacitar a todo el personal en cuanto a los

procedimientos de operación, mantención y planes de contingencia asociados al funcionamiento

de la planta de tratamiento. De esta forma se instruirá al personal de forma periódica en cuanto a:

No vaciar materiales ácidos o cáusticos en los WC, urinarios y lavaplatos.

No vaciar grasas o aceites que lleguen al equipo.

No vaciar comidas o alimentos.

No vaciar aceites lubricantes, combustibles u otros hidrocarburos.

Finalmente, el Titular se compromete a dar estricto cumplimiento a la Directiva A-52/004, referente

al sistema de tratamiento de las aguas residuales y los análisis del efluente, los que serán remitidos

a la Autoridad Marítima.

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2.3.2.25. Desprendimiento o Desplazamiento de unidades de cultivo

En el caso de ocurrencia de este tipo de contingencia se intentará remolcar la o las unidades

desprendidas hacia balsas que permanezcan fijas con embarcaciones que dispone el centro, de

manera de unirlas en forma provisoria. De no ser posible llevar esta acción se tomará contacto

inmediatamente con terceros para efectuar esta labor. En el menor tiempo posible, se contratará

los servicios especializados de terceros para establecer una solución definitiva del evento acaecido.

No obstante lo anterior, el titular tomará las medidas de fondeo necesarias para evitar este tipo de

accidentes.

En este sentido, se dará cumplimiento a lo señalado en el D.S. Nº 320 de 2001, en el sentido que

el centro de cultivo contará con módulos de cultivo y fondeo que presenten condiciones de

seguridad apropiadas a las características geográficas y oceanográficas del sitio concesionado, de

modo tal de prevenir el escape o pérdida masiva de peces desde las unidades de cultivo.

De la misma forma, se realizará la verificación semestral del buen estado de los módulos de cultivo,

llevando a cabo la mantención en caso necesario para el restablecimiento de las condiciones de

seguridad, de lo cual se llevará registro en el centro.

2.3.2.26. Pérdidas de bolsas vacías u otros

Las bolsas vacías, de cualquier origen, u otros artefactos que caigan al agua, serán retiradas

inmediatamente con el bote que opera en el centro, de manera de cuidar el entorno ambiental del

sector. Las bolsas vacías serán devueltas al proveedor o a plantas de reciclaje, en la barcaza de

alimento. Al respecto, el centro de cultivo contará con un plan de acción ante contingencias

asociadas a la perdida de estructuras de cultivo y otros elementos y que considerará las acciones y

responsabilidades operativas en caso de ocurrir circunstancias susceptibles de provocar efectos

ambientales negativos o adversos.

2.3.2.27. Enmallamiento de lobos u otras especies

El titular señala que dará cumplimiento, en forma íntegra, al D.S.Nº 225/95 y 366/99 del Ministerio

de Economía Fomento y Reconstrucción. Estos documentos establecen medidas de protección

(vedas), que prohíben la caza y captura de mamíferos marinos.

En cumplimiento con esto, no se realizarán actividades de caza y captura de especies protegidas

por la normativa. Se intentará liberar al individuo enredado (Otaria flavescens, Shaw 1800),

levantando la red lobera hasta la superficie y eventualmente cortando el hilo de la red, la que luego

deberá ser reparada.

Como medida de precaución se utilizarán redes loberas con diámetro de apertura inferior al tamaño

de la cabeza de lobos (10”). Para el caso del Huillín o Nutria de Río (Lontra provocax),

eventualmente se podría dar una situación similar a la antes descrita, tomando los resguardos

necesarios considerando que son animales muy agresivos bajo momentos de estrés.

2.3.2.28. Protección de Cetáceos: El Titular se compromete a dar cumplimiento a Ley

Nº 20.293 de 2008, que declara los espacios marítimos de soberanía y jurisdicción nacional, como

zona libre de caza de cetáceos sólo para los efectos previstos en esta ley.

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Al respecto la normativa prohíbe dar muerte, cazar, capturar, acosar, tener, poseer, transportar,

desembarcar, elaborar o realizar cualquier proceso de transformación, así como la comercialización

o almacenamiento de cualquier especie de cetáceo que habite o surque los espacios marítimos de

soberanía y jurisdicción nacional.

En este sentido, el Titular dará cumplimiento a la normativa y se compromete a capacitar al

personal del centro de cultivo en aspectos relacionados con la protección de cetáceos marinos.

2.3.2.29. Descanso: El centro cumplirá los descansos sanitarios que la normativa exige para

asegurar una producción segura, cuidando la calidad del fondo y los límites de los parámetros

fisicoquímicos de la Res. 3612/09 que recomienda sean mantenidos.

Finalmente el titular se compromete a cumplir lo estipulado en el D.S. 320/01 “Reglamento

Ambiental para la Acuicultura” y en la Res. 3612/09, “Resolución Acompañante del Reglamento

Ambiental para la Acuicultura”, donde fijan los contenidos y metodologías de análisis para la

elaboración de la caracterización preliminar de sitio y de la información ambiental.

2.3.2.30. Incinerador: La operación del incinerador de mortalidades será de acuerdo a las

siguientes instrucciones. Mayores detalles se presentan en procedimiento de operación del sistema

de incineración adjunto en Anexo Nº 8.

A. Operación.

El Titular indica que tanto el personal a cargo de la operación del sistema de incineración, como el

personal que normalmente se desempeña en el centro de cultivo, recibirá capacitación en cuanto a

los procedimientos de operación del incinerador, planes de contingencia asociados a su

funcionamiento y aspectos relacionados con seguridad, prevención de riesgos y almacenamiento de

combustibles.

El personal que opere el incinerador, contará con indumentaria de seguridad apropiada,

consistente en guantes, lentes de seguridad, zapatos de seguridad, mascara facial y traje de cuero.

Cabe señalar, que la operación del incinerador no conlleva situaciones de peligro para el operador.

Sin embargo, el personal del centro deberá preocuparse de evaluar de manera constante toda

situación de manejo y funcionamiento del equipo que tenga el potencial de generar fallas. Al

respecto se adjunta plan de contingencias en Anexo Nº 4.

De la misma forma, se realizará un mantenimiento preventivo periódico del equipo de incineración

de modo de detectar cualquier situación potencial de falla y garantizar de esta forma su óptimo

funcionamiento.

En el mismo sentido, el Titular señala que el personal que opere el sistema de incineración, en

condiciones normales, será de dos operadores por turno. Además se capacitará en materias

atingentes a la operación del incinerador a otros dos operarios que cumplen labores en el centro de

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cultivo, de modo de cubrir los turnos de operación del incinerador, en periodos de vacaciones o

descansos del personal que normalmente opera el sistema de incineración.

El titular señala que el funcionamiento del equipo incinerador será de 08 horas en condiciones

normales. Sin embargo, en aquellos casos en los cuales se produce un incremento de la

mortalidad, el funcionamiento del incinerador será de 24 horas, lo cual será cubierto por personal

capacitado en la operación del incinerador.

De la misma forma, el Titular indica que una vez que la mortalidad es depositada al interior del

incinerador, la operación de este es totalmente automática, ya que las temperaturas al interior del

incinerador garantizan la reducción de los desechos a cenizas.

En cuanto a la limpieza del incinerador, la superficie externa, se limpiará en seco con paños

absorbentes con espuma. La limpieza interna del incinerador, se realizará con escobilla de acero,

sólo en el caso de acumularse cenizas en las paredes del equipo.

En lo referido al destino de las cenizas, se indica que estas serán dispuestas en vertedero

autorizado.

Se indica que la mortalidad diaria del centro será sometida a incineración dentro de las 24 horas.

Las mortalidades se transportarán desde la balsa jaula a un bins con doble bolsa hermético, de tal

forma de evitar cualquier tipo de escurrimiento. En el mismo sentido, el depósito temporal de

mortalidades se efectuará en envases debidamente identificados, con tapa, paredes y fondo

herméticos que impidan posibles derrames, de modo de dar cumplimiento al inciso 2º letra d,

artículo 22 bis, del D.S. Nº 319 de 2001, ubicado en la plataforma del incinerador mediante un

bote de transporte específico para mortalidades de la empresa de servicio que realiza esta faena.

Posteriormente estas mortalidades serán incineradas el mismo día de la extracción.

De la misma forma, es preciso señalar que el sistema de incineración de mortalidad no contempla

en ningún momento el uso de químicos, salvo los que serán empleados en labores de limpieza y

desinfección de la superficie externa del incinerador y los empleados en pediluvios ubicados en la

plataforma de incineración y que por lo tanto no forman parte del proceso de combustión de los

desechos, en el horno de doble cámara del incinerador.

Componentes del sistema de incineración

De forma general, el sistema de incineración contara con los siguientes componentes, cuya

disponibilidad al momento de ser implementado el proyecto dependerá del modelo de incinerador

suministrado por el proveedor del servicio:

Tablero de comando

El tablero de comando será un gabinete metálico conteniendo lo siguiente:

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Un interruptor general

Un controlador - indicador de temperatura para cámara primaria

Un controlador de temperatura para cámara secundaria (post combustión)

Comando de control quemador primario

Comando de control quemador secundario

Comando pre-aire de proceso cámara primaria

Comando pre- aire de proceso cámara secundaria

Luces de señalización

Botoneras de comando

Enclavamiento de seguridad contra errores de maniobra

Enclavamiento de seguridad sistema de alarma automático, acústico y visual, en caso de

recalentamiento en el incinerador.

Para el encendido de los quemadores, se acciona botón encendido.

Para calentamiento del equipo hasta temperatura de operación (150° C – 900° C en la Cámara

primaria y 150° C – 950° C en la Cámara secundaria), es preciso esperar a lo menos 30 minutos.

Dispositivo de seguridad

El incinerador, en una primera instancia sujeta a evaluación técnica del proveedor del servicio,

contará con un dispositivo de alarma (acústica y visual), para el caso de producirse un

recalentamiento anormal. Esta situación será detectada con termocuplas, cortando el

funcionamiento de quemadores e insuflando sólo aire frío. Además existirá un enclavamiento de

seguridad en el quemador de modo que, si se corta el paso de aire en el soplador

automáticamente, se detendrá el paso de gas en él.

Operación del Incinerador

Se adjunta en Anexo Nº 9 de la presente DIA, un procedimiento de operación del sistema de

incineración, el cual podrá sufrir modificaciones de acuerdo a nuevos lineamientos normativos al

momento de ser implementado el proyecto. De la misma forma, en la operación del incinerador, el

operador encargado utilizará guantes, lentes de seguridad, zapatos de seguridad, máscara facial,

un traje de cuero. Todos estos elementos le permitirán no estar en contacto directo con los

desechos a incinerar. La ropa utilizada será guardada en forma separada de su ropa en un casillero

en la plataforma del incinerador.

Luego que el operador alimenta la cámara primaria del incinerador con la mortalidad diaria del

centro de cultivo, la operación de este será totalmente automática.

No obstante lo anterior, el operador en forma previa y posterior al inicio de la incineración,

supervisará en todo momento el ciclo del proceso y cautelará que ninguna persona sin la

indumentaria de seguridad apropiada, como guantes, traje de cuero y zapatos de seguridad se

acerque al incinerador en funcionamiento.

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En caso de tener que abrir el incinerador en plena operación, este contará con un dispositivo que

inhibirá la llama primaria, cuando la compuerta de este sea abierta, lo cual impedirá accidentes del

operario y permitirá manipulaciones del contenido en el cenicero de incineración.

El Titular señala que el incinerador será empleado exclusivamente para disponer la mortalidad

diaria derivada de las unidades de cultivo del centro. De esta forma, los residuos sólidos generados

en la operación del centro, como bolsas plásticas, serán dispuestos en vertedero autorizado.

Insumos para la Etapa de Operación

a) Combustibles: La energía utilizada para el funcionamiento del incinerador será el Gas Licuado.

b) Energía Eléctrica: El proyecto operará con energía de 220 volts. (Monofásico) y proveniente

de un generador. El cableado del galpón se ejecutará con las autorizaciones respectivas de la SEC.

c) Control de Incendio: Para el caso de la extinción de incendios, se considerará un extintor

portátil al interior del galpón de 10 kilos PQS.

Plan de Emergencia.

El Titular se compromete, tanto a realizar una mantención periódica del incinerador como a

capacitar al personal vinculado al proceso de incineración de la mortalidad del centro de cultivo en

aspectos asociados a la operación y planes de contingencia asociados al funcionamiento del

incinerador de forma tal de prevenir y/o minimizar situaciones de riesgo tanto para el personal del

centro como para el medio ambiente.

2.3.3 ETAPA DE ABANDONO

El proyecto tendrá una vida útil indefinida. Una vez concluida la vida útil del proyecto, o si bien se

requiere reemplazar el sistema por otro que pudiera estar autorizado por la autoridad, se

procederá a desmantelar las instalaciones que no presten utilidad. En este sentido, las estructuras

desmanteladas serán preferentemente reutilizadas en otras instalaciones del titular u otros titulares

de proyectos, de lo cual se dejará expresa constancia para efectos del expediente del proyecto.

Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en algún sitio de disposición

final autorizado, de lo cual se dará cuenta a la autoridad ambiental y sanitaria competente.

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III. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS GENERADOS

3.1. Emisiones a la atmósfera.

3.1.1. Centro de cultivo.

Se generarán gases producto de la combustión de motores fuera de borda y en los generadores de

electricidad, durante la etapa de operación. Cabe señalar que hasta hace un tiempo los motores

fuera de borda funcionaban con bencina, sin embargo, en la búsqueda de una opción de energía

más limpia, el Titular ha considerado el uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible que

genera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO2, en comparación

con la bencina. La emisión de los motores fuera de borda se extenderá por 8 horas, pero de uso

intermitente. Se tendrá especial cuidado en la mantención de motores y generadores, para

optimizar su uso y reducir sus emisiones, produciendo la mínima cantidad de gases y/o residuos.

3.1.2. Incinerador.

El sistema de funcionamiento del incinerador, abarcando su diseño, configuración de las cámaras,

ductos, funcionamiento de los quemadores, apunta a asegurar el cumplimiento de la normativa

ambiental, sin humos visibles, ni olores. En este sentido, se verificará en forma periódica el

correcto funcionamiento del equipo, llevando a cabo las mantenciones y ajustes necesarios que

permitan el cumplimiento de la normativa sanitaria y ambiental aplicable al proyecto.

Las emisiones a la atmósfera se generarán en la etapa de operación, a través del proceso de

combustión de la mortalidad. Al respecto, el Titular se compromete a verificar el correcto

funcionamiento del equipo y a realizar la mantención y ajustes en caso de ser necesarias. De esta

forma, se espera que las emisiones del sistema de incineración no sean significativas. En este

sentido, las emisiones se limitarán al tiempo de operación del sistema, serán de pequeña escala,

baja extensión y se dispersarán rápidamente considerando una buena ventilación en el área de

emplazamiento del proyecto.

Por otra parte, la temperatura generada al interior del incinerador, superior a los 850º C, permitirá

una completa destrucción de los contaminantes presentes en los gases generados producto de la

incineración de mortalidad de peces. Para ello, será esencial que la temperatura al interior del

sistema de incineración presente una distribución uniforme, por lo que en forma periódica se

supervisará el correcto funcionamiento del equipo.

Los criterios mencionados permiten obtener, generalmente, valores bajos de CO, toda vez que se

ha demostrado que las concentraciones altas de CO provocan un incremento de los niveles de

dioxinas.”

El diseño del incinerador, así como la disposición de sus quemadores permiten asegurar la mezcla

de gases y temperaturas sobre 850ºC en la cámara primaria y sobre 950ºC en la secundaria

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generando niveles de CO bajo 0,002 %. Por lo tanto, sus emisiones estarán por debajo de lo que la

norma establece para su control, tal como se señala en la tabla 3.1.2.1.

Tabla N°3.1.2.1: Estimación de Valores límites de emisiones para la Incineración v/s

concentraciones generadas por el incinerador (mg/Nm3).

1. TEQ: factor tóxico equivalente para mamíferos de la organización Mundial de la Salud de 1998,

Fuente D.S. 45/2007, Establece Norma de Emisión para Incineración y Co-incineración.

A modo de monitoreo se realizarán análisis según el MARPOL, Anexo VI, Apéndice IV “Homologación y Limites de Servicio de Incineradores de Abordo el que establece (Regla 16)” y corresponderán a los siguientes parámetros:

Cantidad de O2 en la cámara de combustión. Cantidad de CO en los gases de combustión (Promedio Máximo). Número de hollín (Promedio Máximo). Componentes no quemados en los residuos de ceniza. Gama de temperatura de los gases de combustión a la salida de la cámara de combustión.

Contaminantes Valor límite

de Emisión

Concentración

generada incinerador

Material Particulado (MP) 30 14,76

Dióxido de Azufre (SO4) 50 Trazas

Óxidos de Nitrógeno (NOX) 300 <300

Carbono Orgánico Total (COT) 20 <20

Monóxido de Carbono (CO) 50 <50

Cadmio y sus compuestos, indicado como

metal (Cd)

0,1 Trazas o no medibles

Mercurio y sus compuestos, indicado como

metal (Hg)

0,1 Trazas o no medibles

Berilio y sus compuestos, indicado como metal

(Be)

0,1 Trazas o no medibles

Plomo (Pb) + Zinc (Zn) y sus compuestos,

indicado como metal, suma total

1 Trazas o no medibles

Arsénico (As) + Cobalto (Co) + Niquel (Ni) +

Selenio (Se) + Telurio (Te) y sus

compuestos indicado como elemento, suma

total

1 Trazas o no medibles

Antimonio (Sb) + Cromo (Cr) + Manganeso

(Mn) + Vanadio (V)

5 Trazas o no medibles

Compuestos inorgánicos clorados gaseosos

indicados como ácido clorhídrico (HCl)

20 Trazas o no medibles

Compuestos inorgánicos fluorados gaseosos

indicados como ácido fluorhídrico (HF)

2 Trazas o no medibles

Benceno (C6H6) 5 Trazas o no medibles

Dioxinas y furanos TEQ1 0,2 ng/Nm3 Trazas o no medibles

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3.2. Descargas de efluentes líquidos.

3.2.1. Centro de cultivo.

Por la naturaleza del proyecto se generarán residuos líquidos, cuyo manejo se hará de

acuerdo a lo que la normativa indica.

Al respecto, los residuos líquidos que serán generados en el centro de cultivo serán los

siguientes:

Aquellos que son almacenados y posteriormente retirados del centro de cultivo.

Se encuentra en esta categoría:

Los Residuos Lubricantes. En el centro de cultivo, producto de la utilización de

lubricantes para motores, se generarán residuos líquidos en bajas cantidades, como

aceites usados, los que serán almacenados en recipientes cerrados, herméticos y

etiquetados, que se ubicarán en un área específica y señalizada del pontón. De esta

forma, se tomarán todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o

reacción de estos, entre ellas, su separación y protección frente a cualquier fuente

de riesgo capaz de provocar tales efectos, de modo de dar cumplimiento a la

normativa vigente (D. S. MINSAL 148/03).

Desinfectantes: Como desinfectante será empleado un amonio cuaternario de

cadena doble, el cual actúa de manera específica frente al virus ISA a una dosis de

2.5 ml/5 lt agua, eliminando el 99,999% del virus. De acuerdo a la ficha técnica del

producto Carsept , la cantidad del producto que debe de ser empleada para una

desinfección regular corresponde a 0,5 lt/m2.

Cabe señalar, que el producto Carsept será una de las alternativas a utilizar como

desinfectante. En el caso que se generen nuevos productos de igual o mejor efecto,

el Titular indica que podrá utilizar dichos productos, comprometiéndose a informar a

la autoridad competente y cumpliendo con toda la normativa vigente. Por otra parte,

los residuos líquidos generados producto de las actividades de limpieza y

desinfección del centro de cultivo serán recuperados y almacenados temporalmente

en contenedores herméticos para su posterior retiro y disposición final en planta de

tratamiento autorizada.

Sin desmedro de lo anterior, el titular se compromete a utilizar detergentes y

desinfectantes que sean autorizados por la DGTM y MM, los cuales se dispondrán en

envases que impidan el escurrimiento, rotulados y sin vías de evacuación abiertas,

para su disposición final en planta de tratamiento autorizada o cualquier otro

sistema de tratamiento y/o disposición final que el titular decida usar previamente

avalado por la Autoridad competente. Se contará con un registro de disposición final

de todos los residuos que se generen durante la ejecución del proyecto, el cual

estará disponible en el centro de cultivo para efectos de fiscalización.

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Aquellos que, previo tratamiento, serán dispuesto en el cuerpo de agua superficial, y

que se refieren a las aguas servidas previamente tratadas por la planta de

tratamiento que existirá en el Pontón.

Del mismo modo, la empresa acreditará el correcto funcionamiento de este sistema de tratamiento,

con monitoreos puntuales del efluente generado, dando estricto cumplimiento a la Directiva A-

52/004. Los análisis incluirán, a lo menos, los siguientes parámetros: Grasas y Aceites, Sólidos

Sedimentables, Sólidos Suspendidos Totales, pH, Coliformes Fecales, DBO5 y DQO.

Tabla 3.2.1.1. Concentraciones máximas para la descarga de efluente de los sistemas de

tratamiento de aguas sucias que se sometan a aprobación de la Autoridad Marítima.

*en AAA se exige 70 NMP/100 ml.

Por otra parte, el sistema de incineración en sí mismo NO generará RILES. Al respecto, los

únicos residuos líquidos que serán generados producto de la operación del incinerador provendrán

de las actividades de limpieza y desinfección, lo cual será realizado por personal capacitado. En

este sentido, serán empleados productos autorizados por la DGTM y MM y siguiendo las

disposiciones de la autoridad marítima. Todos estos residuos serán almacenados correctamente,

impidiendo el escurrimiento y transportados posteriormente a plantas de tratamiento autorizadas.

Sin desmedro de lo anterior, la limpieza del incinerador se realizará en seco con paños absorbentes

con espuma en la carcasa exterior. En tanto, en su interior la limpieza se realizará con escobilla de

acero, solo cuando se acumule costra de cenizas en las paredes del equipo.

Además se señala, que se dio inicio a la construcción de una bodega de acopio de sustancias

químicas y peligrosas con el objetivo de dar cumplimiento a los requisitos establecidos por el D.S.

Nº 148/03 del Ministerio de Salud y DS 78/2010 que aprueba el “Reglamento de Almacenamiento

de Sustancias Peligrosas”. La construcción constará con todos los permisos sectoriales respectivos.

Parámetro Unidad Expresión Límites

Marítimos

Aceites y Grasas mg/L A y G 150

Sólidos Sedimentables ml/L/h S SED 35

Sólidos Suspendidos

Totales mg/L SS 35

PH Unidad PH 6 – 8,5

Coliformes

Termotolerantes NMP/100 ml Coli/100 ml 70(*)

DBO5 mg/L DBO5 25

DQO mg/L DQO 125

Sólidos Flotantes Ausentes

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3.3. Residuos sólidos.

3.3.1. Centro de cultivo.

Por la naturaleza del proyecto serán generados residuos sólidos, cuyo manejo se hará de acuerdo a

lo que la normativa indica.

A continuación se detallan los residuos sólidos que serán generados por el presente proyecto:

3.3.1. Escombros: Corresponde a restos de polietileno y otros escombros generados en la

etapa de construcción e instalación, en una cantidad de 0,5 m3 aproximadamente, los que

serán retirados por el proveedor del servicio de instalación o por barcaza, que los llevará al

vertedero autorizado más próximo.

3.3.2. Residuos Domésticos: Se estima que el volumen será de 15,4 kg/día

aproximadamente. Respecto de su manejo, serán almacenados en contenedores

herméticos, para su retiro por parte de barcaza y disposición final en vertedero municipal

más cercano.

3.3.3. Lodos. Producto de la operación de la planta de tratamiento de aguas servidas con

que contará el pontón, serán generados lodos. Se estima que, en forma aproximada, en la

operación diaria del sistema, el volumen de sedimento residual que será generado será de

30 litros, los que serán retirados por una empresa que cuente con los certificados para el

retiro y disposición de lodos, entregados por la Autoridad Sanitaria, dando pleno

cumplimiento a la normativa aplicable.

3.3.4. Mortalidad: el Titular del Proyecto contempla la instalación de un sistema de

incineración para la disposición de las mortalidades generadas en el centro de cultivo.

De esta forma, la mortalidad generada en cada una de las unidades de cultivo será retirada

diariamente y transportada a la plataforma en la que se ubica el incinerador, al interior de

contenedores cerrados y con bolsa interna desechable. En la plataforma, el incinerador

será cargado de acuerdo a su capacidad, hasta incinerar toda la mortalidad extraída del día,

desde las unidades de cultivo del centro. Las cenizas generadas en el proceso de

incineración de la mortalidad, será trasladada a vertedero autorizado. En el mismo sentido,

se mantendrá un registro que considere entre otros aspectos, la cantidad de mortalidad

incinerada, cantidad final del producto incinerado, frecuencia de retiro del producto de

incineración e identificación del transporte empleado en el retiro del producto de

incineración.

La tabla 3.3.4.1 entrega la mortalidad mensual estimada del centro de cultivo con su mayor

producción. La capacidad del incinerador es de 150 kg/hora. Además se indica que las horas

de funcionamiento serán de acuerdo a la biomasa de mortalidad diarias del centro de

cultivo, la cual puede variar dependiendo del % de mortalidad diaria, ataques de

mamíferos, condiciones ambientales, floración de algas etc,. En este sentido, el titular

señala que la mortalidad máxima se producirá al final del ciclo productivo, donde las

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mortalidades para un ciclo estimado, alcanzarán una biomasa de 1.684 kg/día, la cual

podrá ser incinerada en 11 horas, no superando la capacidad del incinerador. Las horas de

incineración pueden variar dependiendo las condiciones antes mencionadas. La disposición

transitoria de la ceniza, será dispuesta en contenedores herméticos de 200 lts de capacidad,

los cuales serán retirados del centro de cultivo diariamente.

Tabla 3.3.4.1. Estimación mensual de la mortalidad del centro de cultivo y la capacidad del

incinerador.

En aquellos casos en los que las mortalidades generadas en el centro de cultivo no puedan ser eliminadas por el solo uso del sistema de incineración, se continuará con su uso y en forma paralela, la mortalidad será dispuesta en planta de ensilaje de pesquera Edén, la que cuenta con un sistema capaz de procesar hasta 200 tons diarias (RCA 84/2012). Como última instancia, se evaluará disponer la mortalidad en un relleno sanitario, previa autorización de la autoridad competente, considerando los tiempos de aprobación, con la debida antelación de la ocurrencia de alguna emergencia sanitaria. Por lo tanto, el Titular aclara que todas estas alternativas permiten una condición de extrema eficiencia para la pronta reducción de mortalidad frente a una emergencia sanitaria. En todo caso, es preciso indicar que una vez que la región de Magallanes alcance mayores producciones de salmónidos, la solución definitiva a mortalidades masivas estará asociada a la existencia de plantas reductoras que se instalarán en la región.

3.3.5. Pérdidas de Alimento No Consumido (A.N.C.) expresado en unidades de

Carbono: La cantidad de alimento no consumido será aproximadamente de 190.440 Kg

C/ciclo productivo. El detalle del alimento ofertado se encuentra en el anexo 3. El

porcentaje de alimento perdido por no consumo puede ser considerablemente reducido

como resultado del uso de un sistema de control de saciedad, como es el caso de cámaras

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submarinas de TV, este sistema implementado en el centro reduce la pérdida a un 0,5 %

del total de alimento consumido.

3.3.6. Pérdidas por Fecas: De acuerdo a la memoria de cálculo que se encuentra en el

anexo 3, la cantidad será aproximadamente de 1.582.493 Kg C/ciclo productivo

aproximadamente. Aunque este ítem no se puede manejar directamente, la ausencia de

producción o descanso del centro por unos 2 a 3 meses, permitirá disminuir y mitigar en

cierta medida el aporte de fecas, esto considerando las corrientes y profundidad del sector.

3.3.2. Incinerador.

Producto del proceso de incineración de mortalidad de peces y residuos orgánicos derivados de la

toma de muestras y necropsias, serán generadas cenizas. Se estima que tales residuos sólidos

corresponderán a un 3% del peso de la mortalidad incinerada en cada ciclo de operación. En

cuanto a su manejo, este residuo será dispuesto en forma temporal en contenedores herméticos

con doble bolsa para su posterior retiro en barcaza y disposición final en vertedero autorizado

Por otra parte, se mantendrá un registro que considerará entre otros aspectos, la cantidad de

mortalidad incinerada, cantidad final del producto incinerado, frecuencia de retiro del producto de

incineración, identificación del transporte utilizado en el retiro del producto de incineración.

3.4. Emisiones de Ruido.

3.4.1. Centro de cultivo.

Ruido: Las emisiones de ruido provienen fundamentalmente de los motores fuera de

borda, los generadores y el sistema de alimentación de peces. Con el suministro

implementado (GLP), los motores combustionan en forma más silenciosa, reduciendo

significativamente el ruido. Al interior del pontón o artefacto naval se dará

cumplimiento Art. 74 del D. S. N ° 594/99, respecto de las emisiones de ruido y los

trabajadores contarán con protecciones auditivas.

Las emisiones de ruido del sistema de alimentación se producirán durante unas pocas

horas al día y estarán asociadas principalmente al contacto de los pellets con las

paredes de los tubos de alimentación. El Titular considera que este ruido no será

significativo ya que se producirá a unos 50 m. de distancia de la fuente de emisión. Por

otra parte, el sector donde se emplazará la unidad emisora de ruido, i.e. generador de

electricidad, se ubicará en un área aislada del artefacto naval en el sector de proa.

Por lo anteriormente señalado, los puntos de mayor NPS (Nivel de Presión Sonora), estarán

ubicados al interior del pontón. Sin embargo, el sistema de estancos con que contará el

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pontón, permitirá reducir el NPS a menos de 70 dbA. No obstante lo anterior, el personal

del pontón contará con los respectivos elementos de seguridad como protectores auditivos.

3.4.2. Incinerador.

La operación del sistema de incineración no generara ruidos, ya que su funcionamiento no

estará asociado a motores. Sin embargo, en la plataforma en la que se ubicará el sistema

de incineración existirá un generador, el cual estará emplazado al interior de una caseta de

aislamiento. Por lo tanto, los ruidos que serán generados por la operación del incinerador y

el generador no serán significativos y en ningún caso superarán los límites máximos

permisibles indicados en la normativa. Independientemente de lo señalado anteriormente,

el personal que opere el sistema de incineración contará con protectores auditivos.

3.5. Emisiones de formas de energía.

No, por la naturaleza de la modificación del Proyecto y las medidas que se tomarán para

asegurar el tratamiento y manejo adecuado de sus residuos sólidos, no se prevé la

generación de efectos adversos de esta naturaleza.

3.6. Combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos

No, debido a la naturaleza de la modificación proyecto no se generará combinación y/o

interacción de los contaminantes emitidos.

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IV.- ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE

PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.

En el presente capítulo, se acredita que el actual proyecto no genera o no presenta alguno de los

efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley y en los artículos

siguientes del D.S. Nº 95/2001 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4.1. Con Relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y

calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce (artículo 5,

D.S. Nº 95/2010).

Dada la naturaleza del proyecto que contempla la actividad acuícola, esta no representa

riesgo en sí para la salud de la población. En cuanto a la cantidad y calidad de los

efluentes, emisiones y residuos el Titular declara que:

Emisiones Atmosféricas: Se generarán los gases producto de la combustión de

motores fuera de borda y en los generadores de electricidad, durante la etapa de

operación. Cabe señalar que hasta hace un tiempo los motores fuera de borda

funcionaban con bencina, sin embargo, en la búsqueda de una opción de energía más

limpia, el titular ha considerado el uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible

que genera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO2,

en comparación con la bencina. La emisión de los motores fuera de borda se extenderá

por 8 horas, pero de uso intermitente. Se tendrá especial cuidado en la mantención de

motores y generadores, para optimizar su uso y reducir sus emisiones, produciendo la

mínima cantidad de gases y/o residuos.

Las emisiones a la atmósfera se generarán en la etapa de operación, a través del

proceso de combustión de la mortalidad que se realizará en el incinerador. Dichas

emisiones no serán significativas, se limitarán según el tiempo real de operación, serán

de pequeña escala, baja extensión y se dispersarán rápidamente considerando la

existencia de una buena ventilación en el área.

En este sentido, se verificará en forma periódica el correcto funcionamiento del equipo,

llevando a cabo las mantenciones y ajustes necesarios que permitan el cumplimiento de

la normativa sanitaria y ambiental aplicable al proyecto

Ruido: Las emisiones de ruido provendrán fundamentalmente de los motores fuera de

borda, de los generadores y del sistema de alimentación de peces, las cuales no serán

significativas. Al respecto, con el suministro implementado (GLP), los motores

combustionarán en forma más silenciosa, reduciendo significativamente el ruido. En el

mismo sentido, las emisiones de ruido del sistema de alimentación se producirán

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durante unas pocas horas al día y estarán asociadas principalmente al contacto de los

pellets con las paredes de los tubos de alimentación.

El Titular considera que este ruido no será significativo ya que se producirá a unos 50 m. de

distancia de la fuente de emisión.

En general, los puntos de mayor NPS (Nivel de Presión Sonora), estarán ubicados al interior del

pontón. Sin embargo, el sistema de estancos con que contará el pontón, permitirá reducir el NPS a

menos de 70 dbA. No obstante lo anterior, el personal del pontón contará con los respectivos

elementos de seguridad como protectores auditivos.

Efluentes líquidos: Se aclara que el proyecto en evaluación no corresponde a una

actividad industrial, en el sentido que la actividad corresponde a un centro de engorda

de salmones, donde se efectuará un proceso productivo inherente al cultivo de

salmónidos; por lo que en rigor no se generarán residuos industriales líquidos (RIL) que

afecten la salud de la población. Al respecto, los únicos efluentes líquidos del proyecto

serán los que se describen en el punto 3.2. de la presente DIA.

Residuos sólidos: Estarán asociados a escombros, residuos asimilables a domésticos,

lodos de la planta de tratamiento de aguas servidas y cenizas generadas por la

incineración de mortalidad de peces. Estos residuos serán manejados de acuerdo a lo

mencionado en el punto 3.3., de la presente DIA. En cuanto a los residuos sólidos

asociados al proceso de alimentación de los peces, como alimento No consumido y

fecas, estos serán asimilados por el medio ambiente. Esto último, de acuerdo a la

capacidad de dilución y de autodepuración del área de emplazamiento del proyecto.

Mayores antecedentes se presentan en la Caracterización preliminar de Sitio (CPS),

adjunto en el anexo nº 5 y en el informe de Capacidad de Carga del anexo 3.

Medidas de Seguridad: En la presente DIA, y con la finalidad de asegurar la salud de

los trabajadores que laboren en el centro, el Titular se compromete a cumplir con la

Normativa Sectorial aplicable. Mayores detalles se presentan en la sección Nº 5 de la

presente DIA, referida a cumplimiento de la normativa de carácter ambiental.

4.2. Con relación a los efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de

los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire (artículo 6, D.S.

Nº 95/2010).

El proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos

naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire en ninguna de sus etapas, según lo indica el

Art.11, literal (b) de la Ley 19.300 y el Art. 6 del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES. Al respecto,

por la naturaleza del proyecto, serán generados residuos sólidos, los cuales serán manejados en

contenedores herméticos, cerrados, sin vías de evacuación abiertas y que se localizarán en áreas

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específicas del centro de cultivo, siendo retirados con una frecuencia que impida la proliferación de

olores y vectores.

Respecto de los efluentes líquidos, su manejo será realizado conforme a lo indicado en la

normativa vigente. Al respecto, en el centro, producto de la utilización de lubricantes para motores,

se generarán residuos en bajas cantidades, los que serán almacenados en recipientes cerrados,

debidamente identificados y etiquetados, para su posterior retiro y disposición final a un vertedero

industrial autorizado.

En el mismo sentido, producto de la operación del centro de cultivo, serán generados efluentes

asociados a aguas grises y negras, las cuales serán derivadas hacia una planta de tratamiento que

se ubicará en el pontón de alimentación.

De la misma forma, los residuos líquidos generados producto de las actividades de limpieza y

desinfección, serán recuperados y almacenados temporalmente en contendedores herméticos para

su posterior retiro y disposición final en una planta de tratamiento autorizada.

En cuanto a las emisiones a la atmosfera, estas se producirán en la etapa de operación, producto

del funcionamiento de un sistema de incineración de las mortalidades generadas en el centro de

cultivo. Al respecto, el Titular del proyecto, se compromete a verificar el correcto funcionamiento

del equipo y a realizar la mantención y ajustes en caso de ser necesarias. De esta forma, se espera

que emisiones del sistema de incineración no sean significativas. En este sentido, las emisiones se

limitaran al tiempo de operación del sistema, serán de pequeña escala, baja extensión y se

dispersaran rápidamente considerando una buena ventilación en el área de emplazamiento del

proyecto.

El proyecto no constituye riesgo para la presencia de especies vulnerables de flora marina nativa,

de fauna marina vulnerable o en vías de extinción, para dar cumplimiento a lo establecido en el

Art. 6, literal (m) del D.S. Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES. Al respecto, se presenta en Anexo

Nº 12 un informe de biodiversidad del área de emplazamiento del proyecto.

En concordancia con lo expuesto en el punto anterior, la actividad en sí misma no es peligrosa ni

tampoco los residuos generados.

En cuanto a los antecedentes oceanográficos del área de emplazamiento del proyecto, estos se

presentan en la Caracterización Preliminar del Sitio (CPS), adjunta en Anexo Nº 5. El Titular señala

en forma expresa, que los efluentes a verter sobre la columna de agua no superarán los valores

establecidos por la Res. DGTM y MM. ORD Nº 12600/931 del 13 de diciembre del 2007, la cual

establece las exigencias para dar cumplimiento a la resolución OMI MEPC.2 (VI) de 1977.

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Tabla 4.2.1. Concentraciones máximas para la descarga de efluente de los sistemas de

tratamiento de aguas sucias que se sometan a aprobación de la Autoridad Marítima.

*en AAA se exige 70 NMP/100 ml.

4.3. Con relación al reasentamiento de comunidades humanas o alteración

significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. (Artículo

8, D.S. Nº 95/2010).

La instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades humanas, ni alteración

significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Este antecedente permite

evaluar el cumplimiento de lo señalado en el Art. 11, literal (c) de la Ley 19.300 y el Art. 8 del D.S.

Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.

De acuerdo al plano de concesiones de la XIIa Región publicado por el Depto. de Acuicultura de la

Subsecretaria de Pesca, en septiembre de 2008, no existen organizaciones de pescadores con

áreas de manejo en trámite ni otorgadas en el área de influencia del proyecto y en sectores

aledaños (ver figura 4.3.1.).

Tampoco existen actividades de pesca artesanal ni extracción de recursos bentónicos, en Península

Staines, de esta forma la posición de la concesión, ni las instalaciones futuras significarán

restricciones de acceso a los recursos hidrobiológicos para los pescadores y otros centros de cultivo

cercanos. (Ver figura 4.3.2.).

Se puede concluir que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas

o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

próximos al área de estudio:

Parámetro Unidad Expresión Límites

Marítimos

Aceites y Grasas mg/l A y G 150

Sólidos

Sedimentables ml/L/h S SED 35

Sólidos Suspendidos

Totales mg/L SS 35

PH Unidad PH 6 – 8,5

Coliformes

Termotolerantes

NMP/100

ml Coli/100 ml 70(*)

DBO5 mg/L DBO5 25

DQO mg/L DQO 125

Sólidos Flotantes Ausentes

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Figura 4.3.1. Imagen: Zonificación de usos del Borde Costero Región de Magallanes.

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Figura 4.3.2. Imagen: Áreas de extracción de recursos pesqueros.

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4.4. Con Relación a la localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas

protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y

glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del

territorio en que se pretende emplazar (Artículo 8 Ley nº 20.417/2010).

El proyecto no es de localización próxima a población, ni recursos susceptibles de ser afectados, así

como del valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Se entrega esta información

con el objeto de dar cumplimiento al Art.11, literal (d) de la Ley 19.300, y el Art. 9 del D.S. N° 95

de 2001 del MINSEGPRES. El proyecto contempla la no intervención de los recursos, áreas

susceptibles y al valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. En el área donde se

emplazará el proyecto no existen comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales,

ni tampoco se desarrollan ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del

folklore.

Figura 4.3.3. Emplazamiento de la concesión.

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El proyecto se encuentra ubicado 100% en mar, cercano a la Reserva Nacional Alacalufes

(aproximadamente 160 m del vértice más cercano), a una distancia aproximada de 1 km del

Parque Nacional Bernardo O’Higgins y a 31 Km del Parque Nacional Torres del Paine (Fig.4.3.4).

Por otro lado, la batimetría del sector donde se pretende emplazar el proyecto, posee

profundidades que van desde los 170 m a los 440 m de profundidad, con una profundidad

promedio de 400 m. Según las condiciones oceanográficas del sector, las corrientes son bastante

altas (Informe Caracterización Preliminar de Sitio, anexo 5), acompañados de altos valores de

oxigeno en la columna de agua y hasta 1 m del fondo, lo que asegura una buena autodepuración.

Sin desmedro de lo anterior, en el anexo 3 de la presente DIA, se entrega un informe de

modelación de Capacidad de Carga, el cual puede predecir el impacto real del centro de cultivo en

su máxima producción y en el peor escenario (velocidad de corrientes en cuadratura). Además

entrega un Índice de Impacto, el cual es capaz de entregar una buena herramienta de evolución

para evidenciar la capacidad de carga del sector. Los cálculos fueron realizados sin utilizar la

variable de resuspensión del sedimento. Como resultado se obtiene un Índice de Impacto > 20,

mucho mayor a 1, que es el límite donde la capacidad de carga se vería afectada por la

depositación del material orgánico producido por el futuro centro de cultivo.

Finalmente se tomarán todas las medidas para impedir algún tipo de impacto que no sea dentro

de la concesión, siguiendo los protocolos establecidos por la empresa y vigilando el correcto

funcionamiento de todos los equipos y estructuras que funcionen en el futuro centro de cultivo y

siguiendo los planes establecidos por posibles contingencias que puedan ocurrir y que se

incorporaron dentro de la DIA. Por otro lado, se pondrá principal atención en la normativa

referente al cuidado ambiental, sanitario y de biodiversidad de la zona donde funcionará el

proyecto, cumpliendo fielmente con cada una de ellas, dentro de la concesión como en la interface

mar-tierra.

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Figura 4.3.4. Emplazamiento de la concesión.

4.5. Con Relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración,

del valor paisajístico o turístico de una zona (Artículo 10, D.S. Nº 95/2010).

Dada su ubicación a unos 96 Km. aproximadamente de la Ciudad de Puerto Natales, el proyecto no

genera alteración significativa en términos de magnitud o duración del valor paisajístico y/o

turístico.

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Por otra parte, la localización del Proyecto no causará alteraciones de sitios o lugares donde se

realicen manifestaciones culturales o folclóricas.

En el sector no se registra manifestaciones o evidencia de carácter arqueológico ni especies de

flora o fauna en estado especial de conservación. Al respecto, se adjunta un informe de

biodiversidad en Anexo Nº 12 de la presente DIA.

El Proyecto no alterará zonas de valor paisajístico y/o turístico debido ya que se emplearán

estructuras de muy bajo perfil y colores que maticen con el entorno. Al respecto, se adjunta un

informe de paisaje en Anexo Nº 11 de la presente DIA.

En este sentido, el Titular se compromete a utilizar colores armónicos con el paisaje del sector, de

modo de lograr la mimetización de las estructuras con el entorno. De esta forma, se utilizarán

boyas y estructuras de cultivo de colores similares a los del entorno (verde oliva o gris grafito) con

la finalidad de mimetizarlos y permitir que la intervención sea mínima desde el punto de vista

paisajístico. Del mismo modo, no existirán estructuras de gran altura como torres de vigilancia o

focos, a objeto de minimizar la visibilidad de las estructuras de cultivo.

Así, el titular se compromete a cumplir con los compromisos ambientales expresados en la DIA,

respecto a minimizar los efectos de las actividades e instalaciones del centro de engorda de

salmones sobre el valor paisajístico de la zona, mantener los alrededores libre de contaminación de

cualquier tipo y no restringir el acceso a otros lugares y recursos de interés turístico localizados

fuera del área de influencia del proyecto. En este sentido, de acuerdo a la figura 4.3.5, el borde del

área declarada de turismo se encuentra lejano al proyecto, lo que da una distancia suficiente para

que el proyecto no tenga impacto sobre ésta.

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Figura 4.3.5. Fuente: ZONIFICACIÓN DEL BORDE COSTERO, Oficina Técnica Uso Borde Costero

División de Desarrollo Regional Punta Arenas, Julio de 2008.-

Emplazamiento de la concesión

El borde del área declarada de turismo se encuentra lejano al proyecto, lo que da una distancia

suficiente para que el proyecto no tenga impacto sobre ésta.

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4.6. Con relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico,

arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

(Artículo 11, D.S. Nº 95/2010).

La actividad propuesta se realizará en un 100% en el medio marino, por lo que se concluye

que este proyecto no constituye riesgo alguno para el patrimonio arqueológico y cultural que

pudiera existir en el área. Esta información se pone a disposición del SEA para evaluar el

cumplimiento de lo establecido en Art.11, literal (f) de la Ley 19300 y el Art. 11, literal (c) del D.S.

Nº 95 de 2001 del MINSEGPRES.

El proyecto NO contempla el uso de infraestructura o sistemas de apoyo ubicados en tierra firme

para su ejecución, sólo transporte marítimo.

El proyecto no se emplaza cercano, ni considera la remoción, destrucción, excavación, traslado,

deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos en la Ley 17.288; o la

modificación, deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas,

por su antigüedad, valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad pertenecen al

patrimonio cultural.

En base al análisis presentado el proyecto no genera o presenta alteraciones de monumentos,

sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, pertenecientes al patrimonio

cultural.

Independientemente de lo indicado en los párrafos anteriores, en caso de efectuarse un hallazgo

arqueológico y/o paleontológico en las distintas etapas del proyecto, se procederá de acuerdo a lo

señalado en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos

N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones

arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector e informando de

inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine

los procedimientos a seguir y cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto.

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CONCLUSIÓN

En consecuencia, si se considera que las emisiones y los residuos generados por el

proyecto son mínimas y se pueden producir principalmente en la etapa de operación del

ciclo productivo, según el análisis realizado del literal a) del Art.11 de la Ley de Base del

Medio Ambiente, se concluye que el proyecto no genera riesgo para la salud de la

población debido a cantidad y calidad de efluentes, emisores o residuos. Por ende y en

particular en relación a la modificación que se contempla respecto del proyecto original

se indica que:

NO considera remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de

algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288, ni generará la

modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características

constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por

su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.

NO considera la extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y

fauna que se encuentren en alguna de las siguientes categorías de conservación en

peligro de extinción, vulnerables, e insuficientemente conocidas.

NO considera el desplazamiento y reubicación de personas que habitan en el lugar de

emplazamiento.

NO afectará negativamente ceremonias religiosas y otras manifestaciones propias de la

cultura o del folclore del pueblo, comunidad o grupo humano.

NO afectará negativamente la presencia de formas asociativas en el sistema productivo,

o el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a recursos naturales.

NO afectará negativamente el acceso de la población, comunidades o grupos humanos

a los servicios y equipamiento básicos.

NO afectará la presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por

leyes especiales.

NO intervendrá o explotará zonas con valor paisajístico y/o turístico y/o un área

declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el decreto

ley N° 1.224 de 1975.

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NO generará efectos adversos significativos debido a la relación entre las emisiones de

los contaminantes generados y la calidad ambiental de los recursos renovables.

NO generará efectos adversos significativos sobre la calidad de los recursos naturales

renovables, considerando para efectos de la evaluación su capacidad de dilución,

dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración.

NO intervendrá o explotará recursos hídricos en áreas o zonas de humedales que

pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas

o superficiales, cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o

fósiles; y/o lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles.

NO explotará o intervendrá recursos hídricos de una cuenca o subcuenca hidrográfica

transvasada a otra.

NO introducirá al territorio nacional alguna especie de flora o de fauna, u organismos

modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.

NO generará aumentos o cambios significativos de los índices de población total; de la

distribución urbana rural; de la población económicamente activa; y/o distribución por

edades y sexo.

NO obstruirá la visibilidad a zonas con valor paisajístico.

NO alterará algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor

paisajístico o turístico.

NO obstruirá el acceso, los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con

valor paisajístico o turístico.

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V.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL APLICABLE AL PROYECTO.

Las normativas aplicables de carácter general se encuentran en la siguiente tabla:

Tabla 5.1. Normativa de carácter general Aplicable al Proyecto y su forma de cumplimiento

Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

Medio

Ambiente

Libre de

Contaminación

Art. 19 Nº 8

Constitución

Política de la

República

El artículo 19 Nº 18 de la Constitución asegura a todas las

personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de

contaminación, y que es deber del Estado velar para que este

derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la

naturaleza.

En este sentido, la elaboración de esta DIA y su ingreso al SEIA

para su evaluación y aprobación, tienen por objeto contribuir al

cumplimiento de la garantía constitucional sobre El Derecho a

vivir en un ambiente libre de contaminación.

De esta forma, se dará cumplimiento a las distintas normas

vigentes y el reconocimiento de la institucionalidad del Estado.

Construcción y

operación

Sistema de Evaluación

de Impacto Ambiental

Ley Nº19.300 sobre

Bases Generales del

Medio Ambiente

Ministerio Secretaría

General de la Presidencia

Prom: 1/01/1994

La Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente

establece en su artículo Nº 8 que los proyectos o actividades

señalados en el artículo Nº 10 sólo podrán ejecutarse o

modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de

acuerdo a lo establecido en la presente Ley.

De esta forma y de acuerdo al análisis realizado en el capitulo Nº

4 del presente documento, el proyecto ingresa al SEIA bajo la

forma de una Declaración de Impacto Ambiental, ya que el

proyecto no genera o produce ninguno de los efectos,

características o circunstancias indicados en el artículo Nº 11 de la

Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

En este sentido, el Titular expresa su compromiso de cumplir con

las normas ambientales indicadas en la ley 19.300, así como con

la implementación de técnicas y tecnologías que permitan

minimizar los efectos negativos sobre el medio ambiente.

Construcción y

operación

Reglamento del

Sistema de Evaluación

de Impacto Ambiental

D.S. Nº 95 Secretaría

General de la República,

Ministerio Secretaría

General de la Presidencia

Prom: 21/8/01

Establece normas y procedimientos a que debe sujetarse el

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, indica

los requisitos de las Declaraciones de Impacto Ambiental.

Se presenta a tramitación al SEA XII región la presente

Declaración de Impacto Ambiental para su Calificación Ambiental,

y obtener permisos ambientales necesarios.

Construcción y

operación.

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

Reglamento del

Sistema de Evaluación

de Impacto Ambiental

Ley Nº 20.417

Crea el Ministerio, el

Servicio de Evaluación

Ambiental y La

Superintendencia del

Medio Ambiente

Se presenta a tramitación al SEA de la XII región de Magallanes y

Antártica Chilena, y se incorporan los nuevos aspectos de

evaluación estipulados en la ley.

Construcción y

operación.

Mantención de

limpieza y equilibrio

ecológico

Ley Nº 18.892 General

de Pesca y Acuicultura

Ministerio de Economía,

Fomento y

Reconstrucción.

Prom: 28/9/91

Artículos 1,67 al 90, 122, 136

La mantención de la limpieza y equilibrio ecológico de las zonas

concedidas es de responsabilidad del concesionario. Las medidas

de protección del medio ambiente serán reglamentadas por

Decreto Supremo.

Se establecen sanciones para el caso de incumplimiento de las

obligaciones anteriores. Por último, las áreas marítimas que

forman parte de áreas silvestres protegidas no pueden ser

concesionadas.

Operación

Mantención de

limpieza y equilibrio

ecológico

D.S.N° 430/91

Ley General de Pesca y

Acuicultura

Ministerio de Economía,

Fomento y

Reconstrucción.

Prom: 28/9/91

Artículos 74, 86, 87, 118, 158

La mantención de la limpieza y equilibrio ecológico de las zonas

concedidas es de responsabilidad del concesionario. Las medidas

de protección del medio ambiente serán reglamentadas por

Decreto Supremo.

Se establecen sanciones para el caso de incumplimiento de las

obligaciones anteriores. Por último, las áreas marítimas que

forman parte de áreas silvestres protegidas no pueden ser

concesionadas.

Operación

Regulación ambiental

para actividades de

acuicultura

D.S. Nº 320/01 y D.S.

Nº 86/07

Reglamento Ambiental

para la Acuicultura

Ministerio de Economía,

Fomento y

Reconstrucción.

Se deberá de mantener la limpieza del área y terrenos aledaños al

centro de cultivo de todo residuo generado por éste.

Disponer los desechos sólidos o líquidos en depósitos y

condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante.

Retirar todo tipo de soporte no degradable o degradable como

sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro.

Impedir que redes tengan contacto con el fondo. En cada centro

deberá existir un plan de contingencia, para casos de escapes,

mortalidades y pérdidas de alimento.

Para pérdida o escape de peces, se deberá poner avisar al

Sernapesca y Capitanía de Puerto correspondiente, y presentar un

informe.

Operación

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

Caracterización

Preliminar de Sitio e

Información

Ambiental.

Resolución 3.612 del 29

de octubre de 2009

Establece Contenidos y

Metodología para

elaborar la

Caracterización

preliminar de Sitios

(CPS) y la Información

Ambiental (INFA)

Establece los objetivos y la metodología que se debe usar para

realizar la caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y la obtención

de la Información Ambiental (INFA).

Construcción y

operación

Ley de Navegación

D.L Nº 2.222/78

Regula todas las

actividades

concernientes a la

navegación o relacionada

con ella, tanto para las

naves como los

artefactos navales

Ministerio de Defensa

Prom: 21/5/78

Artículos 142 al 162

Se prohíbe absolutamente arrojar lastre, escombros o basuras y

derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves

de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier

especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas

a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos.

Operación

Reglamenta

actividades

D.S. Nº 175/80

Reglamenta actividades

y deroga Decretos

supremos que indica.

Ministerio de Economía,

Fomento y

Reconstrucción.

Prom: 24/3/80

Artículos 12, 13, 14, 17 y 18

Indica requisitos para realizar actividades de acuicultura. Operación

Control de la

contaminación

acuática

D.S. Nº 1/92

Reglamento para el

control de la

contaminación acuática

Ministerio de Defensa

Prom: 6/1/92

Establece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la

contaminación en las aguas de mar, puertos, ríos y lagos

sometidos a la jurisdicción nacional.

El Titular se compromete a NO arrojar lastre, escombros o

basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras

aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan

ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional

sin tratamiento previo.

Construcción y

operación

Salud ocupacional,

condiciones

ambientales y

sanitarias en los

lugares de trabajo

D.S. Nº 594/99

Reglamento sobre

condiciones sanitarias y

ambientales de los

lugares de trabajo

Ministerio de Salud

Prom: 15/9/99

Establece normas sobre condiciones ambientales y sanitarias

básicas en los lugares de trabajo y de salud ocupacional;

especialmente provisión de agua potable y servicios higiénicos en

el lugar de trabajo.

En la etapa de construcción y operación se dará estricto

cumplimiento a dicha normativa.

En cuanto a los residuos generados en las actividades de manejo

de mortalidades e incineración, el Titular se compromete a dar

cumplimiento a lo establecido en los artículos 16 al 20 de este

Decreto.

Construcción y

operación

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

Descargas de

Resíduos Líquidos

tratados a Águas

marina

Resolution MEPC.2

(VI) /1976

Recommendation on

International Efluent

Standards and Guidelines

for Performance Tests

for Sewage Treatment

Plants

International Maritime

Organization (OMI)

Contiene los requerimientos relacionado a las descargas de

residuos líquidos tratados al mar, los cuales deben estar basados

en los estándares y test

Establece regulación de contaminantes asociados a las descargas

de residuos líquidos tratados, como agua sucias, a aguas marinas.

Operación

Prohibición de Caza

Ley Nº 4.601 sobre Caza

(Modificada por Ley

N° 19.473)

(Reglamento D.O.

27.09.96

Prohíbe la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre

catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable,

rara y escasamente protegidas, así como la de las especies

catalogadas como beneficiosas para la actividad

silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los

ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales

reducidas.

Se prohibirá la caza en el lugar de emplazamiento del proyecto y

se capacitará al personal.

Operación

Protección de

mamíferos marinos

D.S.Nº225/95 y 366/99

del Ministerio de

Economía Fomento y

Reconstrucción.

Establecen medidas de protección (vedas), que prohíben la caza

y captura de mamíferos marinos.

No se realizarán actividades de caza y captura de especies

protegidas por la normativa.

Construcción y

operación.

Protección del lobo

marino común

D. Ex. (MINECON)

Nº 765/2004

El titular indica que para evitar el enmallamiento de mamíferos

marinos, especialmente de lobos, el centro contará con redes

loberas de 10”. En caso que quedase un lobo atrapado, el

personal del centro procederá a liberarlo cortando la red, y en

caso de muerte del lobo se avisará a la autoridad competente. En

la elaboración de estas medidas se ha tenido en especial

consideración el Decreto Ex. Nº 765/04 del Ministerio de

Economía, Fomento y Reconstrucción, el que establece la veda

extractiva para el recurso lobo marino común.

Construcción y

operación.

Aprueba Programa

Sanitario Específico de

Vigilancia y Control de

la Anemia Infecciosa

del Salmón

Resolución

Nº 1577/2011

Subsecretaría de Pesca

Tiene por objetivo disminuir la incidencia y prevalencia de la

enfermedad Anemia Infecciosa del Salmón (ISA), su aislamiento

geográfico o la eliminación de la misma y de su agente causal,

protegiendo el patrimonio sanitario del país a través de

instrumentos específicos, obligatorios para los particulares.

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Operación

Establece Zonificación

que Indica Nº 450 Sernapesca

Establece, la zonificación entre las Regiones X y XII en función del

estado sanitario respecto de la enfermedad Anemia Infecciosa del

Salmón (ISA)

Deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones y Medidas de

Protección Control y Erradicación de Enfermedades de Alto

Riesgo. Además no podrán trasladarse especies hidrobiológicas

desde zonas infectadas o de vigilancia a zonas libres. Tampoco

podrán liberarse especies hidrobiológicas vivas de zonas

infectadas o de vigilancia a zonas libres. El trasporte de especies

Operación

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

hidrobiológicas vivas, solo podrán realizarse desde una zona de

condición sanitaria equivalente o superior.

Establece Medidas de

Manejo Sanitario por

Área

Nº1449 Sernapesca

Se establece en virtud de las medidas de manejo sanitario por

área, la coordinación de los períodos de descanso para los centros

de cultivo incluidos en el área así como las condiciones de

siembra y disposiciones relativas al transporte.

Que se recomienda como medida de bioseguridad la necesidad de

establecer una densidad de cultivo máxima a la cosecha, para lo

cual se hace necesario fijar un número de peces máximos a

ingresar al inicio de la etapa de engorda.

La necesidad de informar por escrito todas las operaciones de

desinfección y traslado de estructuras, embarcaciones, alimento y

cualquier otro elemento que haya estado presente en el centro de

cultivo con ocasión de la engorda y cosecha de peces.

Operación

Establece veda

extractiva para el

recurso lobo marino

común en área y

periodo que indica.

D.Ex. Nº 1892 de 2009.

MINECON

Ampliación del D.S.Nº225/95 y 366/99 del Ministerio de Economía

Fomento y Reconstrucción. Operación

Establece

procedimiento para la

confección y

presentación de

Planes de Emergencia

y Contingencia de

lucha contra la

contaminación de las

aguas por

hidrocarburos y

sustancias nocivas

líquidas contaminantes

o que sean

susceptibles de

contaminar.

Directiva DGTM y MM A-

53/002

Establece procedimiento para la confección y presentación de

Planes de Emergencia y Contingencia de lucha contra la

contaminación de las aguas por hidrocarburos y sustancias

nocivas líquidas contaminantes o que sean susceptibles de

contaminar y sus Anexos A, B y C.

Construcción y

Operación

Estanques de

combustibles

aprobados por

la AAMM., o por la

SEC, según cantidad

almacenada Tomas de

petróleo con bandejas

anti-derrames

DGTM Y MM ORD.

12600/2545

del 28.10.92

Diseño de estanques y disponibilidad de combustibles de acuerdo

a la normativa atingente, uso de bandejas antiderrame en los

lugares de trasvasije visados por la AAMM y/o SEC.

Todo el

Proyecto

El Código Sanitario

rige todas las

cuestiones

relacionadas con el

fomento,

protección y

recuperación de la

D.F.L. Nº 725/1967;

Código Sanitario.

La evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas

servidas de cualquier naturaleza y o residuos industriales.

Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.

Todo el

Proyecto

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

salud de los

habitantes de la

República.

Monumento Histórico

Patrimonio

Subacuático

Decreto Exento

Nº 311 de fecha

08/10/1999

Ministerio de Educación; Subsecretaria de Educación

Declara Monumento Histórico Patrimonio Subacuático que indica

cuya antigüedad sea mayor a 50 años

Detención de obras, en caso de encontrar toda traza de existencia

humana que se encuentre en el fondo de ríos y lagos y en los

fondos marinos que existen bajo las Aguas Interiores y Mar

Territorial de la República de Chile, por más de cincuenta años, en

la etapa de construcción, dar aviso inmediato a Monumentos

Nacionales en conjunto con elaboración de un plan de Mitigación

de impactos ambientales en el caso de encontrar dichas trazas de

existencia humana con las características mencionadas.

Todo el

proyecto

Regulación de

aspectos sanitarios

para especies

hidrobiológicas

D.S. Nº349

Modifica Reglamento de

Medidas de Protección,

Control y Erradicación de

Enfermedades de Alto

Riesgo para las Especies

Hidrobiológicas.

Ministerio de Economía,

Fomento y

Reconstrucción.

Se establecerán medidas de protección y control para evitar el

ingreso de enfermedades de alto riesgo para las especies

hidrobiológicas, en actividades como cultivo, trasporte, etc.

Operación

Regulación sobre

plagas hidrobiológicas

D.S. (MINECOM) N° 345

de 2005

Se establecen medidas de protección y control para evitar la

introducción de especies que constituyan plagas hidrobiológicas,

aislar su presencia, evitar su propagación y propender a su

erradicación

Operación

Regulación sobre

mortalidades

Resolución

(SERNAPESCA) Nº 66 de

2003

Se implementará un Programa Sanitario para el manejo de

Mortalidades. Operación

Programa Sanitario

General de

Procedimientos de

Transportes (PSGT).

Resolución Nº 64 de

2003.

Servicio Nacional de

Pesca

Establece requisitos y procedimientos sanitarios aplicables al

transporte, tendientes a prevenir la diseminación de agentes

patógenos.

Operación

Regulación sanitaria

de limpieza y

desinfección.

Resolución

(SERNAPESCA) Nº 72 de

2003

Se implementará un programa General de Limpieza y Desinfección Operación

Regulación Sobre

vigilancia y control del

ISA.

Resolución N° 1577

/2011.

Se implementará el Programa Sanitario Especifico de Vigilancia y

Control de la Anemia Infecciosa del Salmón. Operación

Regulación de Áreas

de Florecimiento Algal

Nocivo

Resolución Exenta

(SUBPESCA) N° 177 de

2009

Se encuentra en conocimiento de la situación de FAN, en especial

de la especie Alexandrium catenella. Operación

Aprueba Programa

Sanitario general de

Manejo de

Resolución Exenta Nº66

de 2003.

Servicio Nacional de

Tiene por objetivo, establecer las condiciones sanitarias aplicables

a la recolección, manejo y disposición final de las mortalidades

generadas en los centros de cultivo de peces.

Operación

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

Mortalidades (PSGM), Pesca

Se establecen manuales de operación al respecto.

Programa Sanitario

General de Limpieza y

Desinfección aplicable

a la producción de

peces (PSGL).

Resolución Nº 72 de

2003.

Servicio Nacional de

Pesca

Medidas de limpieza y desinfección tendientes a prevenir la

diseminación de patógenos.

Establece condiciones de organización y aplicación de los

procedimientos de limpieza y desinfección en los centros de

cultivo de peces.

Operación

Establece Norma de

Emisión para

Incineración y

Coincineración

D.S. Nº 45 de 05 de

octubre de 2007, del

MINSAL.

Integro,

El proyecto cumplirá con las mediciones, frecuencias, límites de

emisión, planes de monitoreo, facilidades en la fiscalización de la

autoridad de acuerdo a lo exigido en la presente norma.

Construcción y

Operación

Establece condiciones

sanitarias aplicables a

la cosecha de peces

cultivados, tendientes

a prevenir la

diseminación de

agentes patógenos.

Resolución Exenta

N° 69 de 2003

Los centros de cultivo deberán mantener un manual de

procedimientos en el cual se describan los métodos de cosecha,

anestesia, procedimientos de desinfección asociados, manejo y

disposición de agua sangre, y personal responsable de ejecutar

cada una de estas operaciones. Este manual deberá indicar

además, los posibles cambios en el procedimiento en caso de

realizar cosechas no programadas.

Cualquiera sea el método de cosecha utilizado, éste deberá

contemplar un sistema de recolección de toda la sangre producto

de la faena, de modo de evitar que se derrame sangre hacia el

medio. El manual de procedimientos deberá establecer el sistema

de recolección, la frecuencia de retiro de este material y el

tratamiento o destino final del mismo. La recolección de la sangre

se deberá realizar, si corresponde, en contenedores herméticos y

de fácil lavado y desinfección.

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Operación

Establece clasificación

de mortalidades según

causa para centros de

cultivo de salmónidos

para efectos de lo

dispuesto en el

artículo 22 bis del DS

N° 319 del 2011, del

Ministerio de

Economía Fomento y

Turismo

Resolución Exenta

N° 2330 de 2008

Establece clasificación de mortalidades según causa, contenida en

Anexo de la presente resolución.

El titular del centro de cultivo deberá reportar el número de

mortalidades clasificadas según causa, a través del Sistema de

Fiscalización de Acuicultura, SIFA.

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Operación

Establece requisitos

para la aprobación de

los sistemas de

tratamiento de las

aguas empleadas por

embarcaciones en la

operación de

transporte de peces

vivos.

Resolución N° 2327 de

2010

Las embarcaciones que efectúen transporte marítimo de peces

vivos deberán tener una autonomía tal que, ante requerimiento

específico del Servicio, puedan navegar completamente cerradas,

sin recambiar o eliminar agua de las bodegas de transporte de

peces, durante, al menos, 3 horas continuas.

Las embarcaciones que efectúen transporte de cosecha viva con

intercambio de agua, deberán implementar sistemas de

desinfección de las aguas que descarguen desde sus bodegas o

estanques de traslado de peces.

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Operación

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

Establece medidas de

manejo sanitario

conjunto en la región

de Magallanes y

Antártica Chilena

Resolución Nº 093 de

2010

Establece para la zona de vigilancia 2, comprendida, según lo

dispone la resolución Nº 450 del Servicio Nacional de Pesca, de 23

de enero de 2009, entre el borde sur de la Región de Aysén por el

norte hasta el extremo sur de la Región de Magallanes, que los

centros de cultivo de salmónidos ubicados en un radio de 15 Kms.

(8,09 millas náuticas) en torno a un centro de cultivo clasificado

como sospechoso o en brote según lo establecido en la resolución

Nº 2.638 del Servicio Nacional de Pesca, de 8 de octubre del

2008, deberán dar cumplimiento a las medidas de la presente

Resolución.

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Operación

Complementa

Resolución N°

093/2010, que

establece Medidas de

Manejo Sanitario

Conjunto en la Región

de Magallanes y

Antártica Chilena.

Resolución N° 1739 de

2010

Establece para los centros de cultivo, ubicados dentro de la zona

de manejo sanitario conjunto, definida en el numeral 1º de la

resolución Nº 93, de 2010, del Servicio Nacional de Pesca, las

medidas sanitarias complementarias a las mencionadas en dicha

Resolución.

La autorización de siembra para los centros de cultivo, ubicados

en el área de manejo sanitario conjunto, referida en el numeral

precedente será otorgada en forma posterior a la validación por

parte del Servicio Nacional de Pesca del sistema de inactivación

de la mortalidad de cada centro, conforme lo establecido en

el artículo 22 bis del D.S. Nº 319, de 2001, del Ministerio de

Economía, Fomento y Reconstrucción.

Los centros de cultivo deberán presentar, previo a la siembra, un

Plan de Contingencia para mortalidades masivas, eliminaciones

y/o cosechas anticipadas, el cual deberá ser aprobado por el

Servicio Nacional de Pesca.

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Operación

Establece

procedimiento para la

aplicación del artículo

9 del Rama.

Resolución N° 1648 de

2011

La normativa establece entre otros puntosos titulares de los

centros de cultivo deberán registrar y tener a disposición del

Servicio, en formato papel o digital, los ingresos y egresos de las

redes al centro, debiendo indicar, para cada caso, la siguiente

información:

Ingresos:

Fecha de ingreso de la red al centro de cultivo.

Códigos de identificación de la red.

Si fueron sometidas a tratamiento de impregnación,

Número de Resolución de Calificación Ambiental

(RCA) del taller de redes del cual proceden.

Egresos:

Códigos de identificación de la red.

Fecha de remoción desde el arte de cultivo.

Fecha de egreso del centro de cultivo.

Disposición y tratamiento de residuos sólidos, en

caso que corresponda.

Identificación del medio de transporte, a través de

Operación

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

la placa única o matrícula y señal distintiva,

según se trate de transporte terrestre o marítimo.

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Protege a los cetáceos

e introduce

modificaciones a la

Ley 18.892 General de

Pesca y Acuicultura.

Ley Nº 20.293 de 2008

Declárese los espacios marítimos de soberanía y jurisdicción

nacional, como zona libre de caza de cetáceos sólo para los

efectos previstos en esta ley.

Se prohíbe dar muerte, cazar, capturar, acosar, tener, poseer,

transportar, desembarcar, elaborar o realizar cualquier proceso de

transformación, así como la comercialización o almacenamiento

de cualquier especie de cetáceo que habite o surque los espacios

marítimos de soberanía y jurisdicción nacional.

El Titular dará cumplimiento a la normativa y se compromete a

capacitar al personal del centro de cultivo en aspectos

relacionados con la protección de cetáceos marinos.

Construcción y

operación

Declara Área de

Florecimiento Algal

Nocivo, en particular

de la especie

(Alexandrium

catenella).

Resolución N° 177 de

2009

Entre otros aspectos, declara por el plazo de dos años, contados

desde la publicación de la presente resolución, como área de

Florecimiento Algal Nocivo (FAN) de Alexandrium catenella, la

macrozona que se extiende desde el sur de la Isla Grande de

Chiloé hasta el extremo sur de la Región de Magallanes.

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Operación

Establece zonificación

entre las regiones X y

XII en función del

estado sanitario

respecto de la

enfermedad Anemia

Infecciosa del salmón

(ISA).

Resolución N° 2256 de

2010

Modifica el artículo primero de la resolución exenta Nº 450, de

2009, del Servicio Nacional de Pesca, que estableció la

zonificación entre las Regiones X y XII, en función del estado

sanitario respecto de la Anemia Infecciosa del Salmón (ISA).

El Titular se compromete a dar cumplimiento a lo indicado en la

normativa.

Operación

Modifica el D.S.Nº 290

de 1993. Reglamento

de Concesiones y

Autorizaciones de

Acuicultura

D.S.Nº 202 de 2010

Con fecha 20 de agosto de 2011 fue publicado en el Diario Oficial

el D.S.Nº 202 del 23 de julio de 2010, que modifica el D.S.Nº 290

de 1993, Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de

Acuicultura, en orden a adecuar la reglamentación vigente a las

modificaciones introducidas a la Ley General de Pesca y

Acuicultura por la Ley Nº 20.434.

El Titular se compromete a dar cumplimiento en lo señalado en la

normativa.

Operación

D.S. N°290/1991

Reglamento de

Concesiones y

Autorizaciones de

Acuicultura, Ministerio

de Economía Fomento

y Reconstrucción.

1991

Todo el Documento.

Íntegro: Se dará cumplimiento a todo lo relacionado con el reglamento, tanto en la etapa de construcción como de operación.

Etapa de Construcción y Operación.

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Componente

Ambiental

Regulado

Texto Normativo Materia Regulada

y Cumplimiento Etapa

D.S. N°179/2008

Establece Prohibición

de Captura de

especies de cetáceos

que indican en aguas

de jurisdicción

nacional.

Ministerio de

Economía Fomento y

Reconstrucción

Todo el Documento.

Íntegro: Se dará cumplimiento a todo lo relacionado con el reglamento, tanto en la etapa de construcción como de operación.

Etapa de Construcción y Operación.

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VI.- PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES

Para su ejecución, el proyecto requiere el siguiente permiso ambiental sectorial, Nº 68, Nº 74 y

Nº 93, establecido en el D.S. 95/01 MINSEGPRES “Reglamento del Sistema de Evaluación de

Impacto Ambiental”.

6.1. ARTICULO N° 68

En el permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o

residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie,

que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos,

ríos y lagos, a que se refiere el artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación, los requisitos

para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su

cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las

medidas y normas adecuadas para evitar daños o perjuicios en tales aguas, puertos, ríos y lagos,

en consideración a:

a) El convenio consta de una Introducción; el texto del Convenio Internacional para Prevenir la

Contaminación por los Buques de 1973; el Protocolo de 1978 relativo al Convenio 1973;

Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio de 1973 modificado por el Protocolo de 1978 y

Seis Anexos que contienen reglas que abarcan las diversas fuentes de contaminación por los

buques:

Anexo I.- Reglas para prevenir la contaminación por Hidrocarburos.

Anexo II.- Reglas para prevenir la contaminación por Sustancias Nocivas Líquidas Transportadas a

Granel.

Anexo III.- Reglas para prevenir la contaminación por Sustancias Perjudiciales Transportadas por

Mar en Bultos.

Anexo IV.- Reglas para prevenir la contaminación por las Aguas Sucias de los Buques.

Anexo V.- Reglas para prevenir la contaminación por las Basuras de los Buques.

Anexo VI.- Reglas para prevenir la contaminación Atmosférica ocasionada por los Buques.

Con respecto al centro de cultivo:

El Proyecto no generará ni verterá compuestos orgánicos halogenados, mercurio y

compuestos de mercurio, cadmio y compuesto de cadmio, plásticos persistentes y demás

materiales sintéticos persistentes tales como redes y cabos, que puedan flotar o quedar en

suspensión en el mar de modo que pueden obstaculizar materialmente la pesca, la

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navegación u otras utilizaciones legitimas del mar. Tampoco se descargará o verterá

petróleo crudo, fuel-oil, aceite pesado diesel o aceites lubricantes, fluidos hidráulicos o

mezclas que contengan esos hidrocarburos, cargados con el fin de ser vertidos, desechos u

otras materias de alto nivel radiactivo ni materiales de cualquier forma (por ej., sólidos,

líquidos, semilíquidos, gaseosos o vivientes) producidos para la guerra química y biológica.

Por otro lado, el centro de cultivo presentará antes del inicio de las operaciones un Plan de

Contingencias ante derrames de Hidrocarburos ante la Gobernación Marítima, el que deberá

estar confeccionado conforme las instrucciones señaladas en la Directiva DGTM y MM A-

53/002, debiendo estar aprobado por DIRECTEMAR.

Con respecto al Incinerador:

El titular se compromete a que los desechos productos de la incineración de las mortalidades

de peces (cenizas), serán trasladadas a vertedero autorizado, y que las actividades en la

plataforma de incineración solo conllevará la manipulación de estos desechos. Además la

empresa Acuimag cuenta con protocolos de contingencia ante incendios y manipulación de

combustibles de Gas Licuado, los que se mantienen en estanques con medidas de seguridad

que eviten su vertido, uso indebido y accidentes, que las emisiones producto de las combustión

de las mortalidades serán mantenidas bajo control y completamente quemadas por el sistema

de doble cámara, a modo de evitar la generación de componentes dañinos a la salud de las

personas como el medioambiente, que además se generará un plan de monitoreo de las

emisiones que se presentará a la autoridad que contiene un conjunto de acciones a desarrollar

para el cumplimiento de los requerimientos de monitoreo y medición de acuerdo al D.S. Nº

45/2007.

b) Las disposiciones contenidas en el "Convenio sobre Prevención de la Contaminación del Mar

por Vertimiento de Desechos y otras Materias, con sus Anexos I, II y III, de 1972”,

promulgado por D.S. 476/77 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Considerando las

enmiendas de los Anexos I y II, promulgadas por el D.S. 24/83 y las enmiendas del Anexo

III, promulgadas por el D.S. 16/92, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Con respecto al centro de cultivo:

La estructura flotante cuenta con una planta de tratamiento para las aguas sucias,

entendiéndose por ellas a las aguas provenientes de desagües de cualquier tipo de inodoro,

urinario y/o retrete (MARPOL 73/78, 1991).

Debido a las características del sistema de tratamiento para las aguas sucias, el efluente no

contendrá sólidos flotantes visibles, además será inodoro e incoloro. Las aguas, luego de

tratadas serán vertidas al costado de la estructura flotante. De igual forma, las aguas

grises, correspondientes a las aguas generadas en los lavatorios, duchas y cocina, serán

descargadas directamente a un costado del pontón.

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La empresa acreditará el correcto funcionamiento de este sistema de tratamiento, con

monitoreos puntuales al efluente generado. Los análisis incluirán, a lo menos, los siguientes

parámetros: Grasas y Aceites, Sólidos Sedimentables, Sólidos Suspendidos Totales, pH,

Coliformes Fecales, DBO5 y DQO.

Se implementará el uso de detergentes y jabones biodegradables, ambos en bajas

concentraciones, de manera de prevenir la contaminación con aceites y grasas además de

una cámara desgrasadora. Asimismo, se instruirá a todo el personal que opera el centro en

cuanto al uso y la operación de las instalaciones sanitarias en general, la que incluye la

instrucción en cuanto a qué elementos pueden ser utilizados y evacuados por cada una de

las vías existentes. Adicionalmente, se implementarán filtros tamices en los desagües de los

lavamanos y lavaplatos para evitar el paso de partículas de tamaño considerable, medida

que evitará la disposición de estos en la columna de agua en el costado de las estructuras

flotantes.

Tabla 6.1.1. Concentraciones máximas para la descarga de efluente de los sistemas de

tratamiento de aguas sucias que se sometan a aprobación de la Autoridad Marítima.

Con respecto al Incinerador:

El titular aclara que no se tiene contemplado bajo ninguna circunstancia el vertido en el mar

de ningún desecho ni otras materias, ya que las cenizas son transportadas a vertedero

autorizado, las actividades de incineración solo contemplan la emisión bajo circunstancias

controladas de gases bajo los estándares exigidos por el D.S Nº 45/2007 y que estas se

diluirán en la atmosfera sin perjuicio del componente columna de agua o mar circundante al

área del proyecto.

c) Las disposiciones contenidas en el “Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra

la Contaminación Proveniente de Fuentes Terrestres y sus Anexos I, II, y III de 1983”,

promulgado por D.S. 295/86 del Ministerio de Relaciones Exteriores, incluyendo los estudios

Parámetro Unidad Expresión Límites Marítimos

Aceites y Grasas mg/l A y G 150

Sólidos Sedimentables ml/L/h S SED 35

Sólidos Suspendidos

Totales mg/L SST 35

PH Unidad PH 6 – 8,5

Coliformes Termotolerantes NMP/100 ml Coli/100 ml 100(*)

DBO5 mg/L DBO5 25

DQO mg/L DQO 125

Sólidos Flotantes Ausentes

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previos sobre las características del lugar de descarga, según se estipula en las secciones A,

B y C de dicho Anexo III.

Con respecto al centro de cultivo y el Incinerador:

Se aclara que el presente proyecto no contempla ninguna fuente terrestre de contaminación,

por lo que no se toma en consideración la letra c) enunciada anteriormente.

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6.2. ARTICULO N° 74

En la presente Declaración de Impacto Ambiental se especifican medidas ambientales adecuadas

para la ejecución de esta actividad. La presente Declaración de Impacto Ambiental, tiene anexado

Planes de contingencia para escape de peces, perdida de alimento, así como manuales y

procedimientos de operación para el manejo de mortalidades, además el informe de CPS

contenido en el anexo 5 como conclusión indica:

De acuerdo a la información analizada y presentada en este informe técnico de Caracterización

Preliminar de Sitio, se sugiere que el sistema marino en el que se emplaza el proyecto presenta

buenas condiciones ambientales y no existe evidencia de la presencia de algún tipo de

contaminantes presente en el cuerpo de agua que pudiera alterar la actividad productiva y

el ecosistema, una vez iniciadas las actividades que contempladas.

El sector en estudio, posee buenas profundidades (entre 170 y 440 m) lo que asegura una dilución

efectiva de los elementos orgánicos que serán generados por el proyecto, facilitando la tarea de

autodepuración del ecosistema. Dentro de la concesión, la profundidad promedio es de 400 m

aproximadamente.

El estudio realizado en periodo de cuadratura, corresponde al peor escenario y ayuda a predecir

eventuales desplazamiento de partículas en el sector de estudio. En los resultados se

puede observar que la dinámica de corrientes del lugar se encuentra influenciada por el efecto

mareal en las capas superficial y media. El sector posee una intensidad de corrientes fuerte, que se

sitúa en el rango > 30 cm/s, con una dirección afectada levemente por las mareas, pero

que está dada principalmente por la morfología de la costa.

La distribución de las corrientes, en cuanto a rapidez son muy similares en la columna, sin

embargo, en cuanto a dirección, la mas profunda toma otro sentido, lo cual se puede apreciar

tanto en sus vectores progresivos como en la rosa de corrientes.

En el análisis realizado los valores de oxígeno nos muestran que la concentración de oxígeno se

encuentra en niveles considerados normales, no presentándose señales de anoxia en el lugar,

comparando los valores con los de la tabla del numeral 31 de la Resolución (Subpesca) 3.612/09.

En conclusión podemos observar un buen comportamiento de las variables analizadas en el lugar

de estudio, con buenas corrientes y valores de oxigeno altos a 1 m del fondo, lo que indicaría una

buena depuración de la carga orgánica que se pudiera presentar, esto acompañado de buenas

profundidades, lo que hace mejorar la dilución dentro de la columna de agua.

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En el mismo sentido, el proyecto requiere el Permiso Ambiental Sectorial Nº 93, establecido en el

D.S. 95/01 MINSEGPRES “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.

6.3. Articulo N° 93

Aspectos Generales (tomado del artículo Nº 93 del D.S. Nº 95/01 que establece el Reglamento del

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental):

a.1. Definición del tipo de tratamiento.

El proyecto considera un sistema de tratamiento de mortalidad mediante incineración y que el

Titular ha considerado como una alternativa de disposición de mortalidades generadas en el centro

de cultivo de salmonídeos, de modo tal de disminuir los riesgos de contaminación y diseminación

de virus y patógenos que pudiesen afectar las actividades del sector salmonero.

En este sentido, es importante considerar que el principio del incinerador, se basa en la

descomposición pirolítica de los materiales orgánicos que se depositan en una cámara de carga

denominada primaria, y que se transforman por efecto del calor en gases, cuya evacuación se

realiza a través de una segunda cámara denominada secundaria, con un circuito de residencia que

somete los humos y olores a una alta temperatura, de modo de reducirlos y eliminarlos, para

conseguir a la salida de la chimenea una emisión limpia acorde con la normativa vigente.

El incinerador proyectado para la disposición de mortalidades generadas en el centro de cultivo de

salmónidos será de tipo pirolítico, ya que efectuará la quema del residuo con aire controlado,

manteniendo el equilibrio estequiométrico en la cámara primaria y en la cámara secundaria, de

quema de humos.

El carácter de pirolítico proviene del hecho que la quema de los residuos y humos se efectúa con

aire auxiliar generado por ventiladores centrífugo y dosificado por medio de válvulas modulares por

señal desde el PLC contenido en el tablero de control.

La carga del producto a incinerar se efectuará en forma manual en la cámara primaria. Esta

cámara somete el producto a una temperatura de 850 °C, que se mantiene automáticamente en su

valor regulada mediante un controlador de temperatura electrónico.

La combustión desarrollada en esta cámara se efectuará con el mínimo de oxigeno posible y en

cantidad variable de acuerdo con la evolución de la temperatura. Los humos producidos pasarán a

la segunda cámara que se encuentra regulada, de la misma forma a entre 1000 y 1100 °C.

a.2. Localización y características del terreno.

El sistema de incineración se localizará sobre una plataforma flotante, la cual estará ubicada en

forma integra dentro de la concesión de acuicultura.

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a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.

A continuación se describen las emisiones de tipo gaseoso, sólidos y líquidos asociados al sistema

de disposición de mortalidades del centro de cultivo:

a.3.1. Emisiones a la atmósfera.

El sistema de funcionamiento del horno del sistema de incineración, abarcando su diseño,

configuración de las cámaras, ductos y funcionamiento de los quemadores, apunta a asegurar el

cumplimiento de la normativa ambiental, sin humos visibles, ni olores.

En este sentido, las emisiones a la atmósfera se generarán en la etapa de operación, a través del

proceso de combustión de la mortalidad que se realizará en el incinerador. Dichas emisiones no

serán significativas, se limitarán según el tiempo real de operación, serán de pequeña escala, baja

extensión y se dispersarán rápidamente considerando la existencia de una buena ventilación en el

área. Cabe destacar, que en el área del proyecto no existen asentamientos humanos.

De esta forma, a través del proceso de incineración, es posible conseguir la completa destrucción

de contaminantes orgánicos a temperaturas de combustión mayores a 850ºC. Para ello es esencial

una minuciosa mezcla de gases junto con una distribución uniforme de la temperatura al interior

del horno de incineración. Los criterios mencionados permiten obtener, generalmente, valores

bajos de CO, toda vez que se ha demostrado que las concentraciones altas de CO provocan un

incremento de los niveles de dioxinas.

Así, el diseño del incinerador y la disposición de sus quemadores permitirán asegurar la mezcla de

gases con temperaturas sobre 800ºC en la cámara primaria y entre 950ºC a 1100ºC en la

secundaria.

a.3.2. Residuos Líquidos

El sistema de incineración en sí mismo NO generará RILES. Al respecto, los únicos residuos

líquidos que serán generados provendrán de las actividades de limpieza y desinfección, lo cual será

realizado por personal capacitado. En este sentido, serán empleados productos autorizados y

siguiendo las disposiciones de la autoridad marítima.

De esta forma, la limpieza del incinerador se realizará en seco con paños absorbentes con espuma

en la carcasa exterior. En tanto, en su interior la limpieza se realizará con escobilla de acero, solo

cuando se acumule costra de cenizas en las paredes del equipo.

Sin embargo, y tal cual como fue indicado, producto de los procedimientos de limpieza y

desinfección de la plataforma en la cual se ubica el incinerador se generarán efluentes líquidos, los

cuales previo a su inactivación serán almacenados temporalmente para su retiro y disposición final

en planta de tratamiento autorizada.

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A continuación se presentan un cuadro con los residuos líquidos asociados al sistema de

incineración:

Etapa Tipo de residuo Lugar de descarga

o almacenamiento

Volumen

descarga

Manejo del

residuo

Destino Final

Construcción ninguno --------------- --------------- ---------- -----------------------

Operación

Aguas residuales

Industriales (Residuos

de pediluvios,

maniluvios y lavado y

desinfección del

sistema de

incineración).

Almacenamiento en

contenedores rotulados y

cerrados herméticamente.

Planta de Tratamiento de

RILes externa, que cuente

con autorización.

100 L/año Retiro por

empresa

encargada de

LLD.

Empresa externa

autorizada

Abandono

Ninguno

----------------- ---------- -------------- -----------------------

a.3.3. Residuos sólidos

Los residuos sólidos asociados al sistema de incineración, corresponderán a cenizas producidas por

el proceso de incineración de las mortalidades del centro de cultivo. En el mismo sentido, producto

de las labores de incineración de mortalidad y realización de necropsias se generaran residuos

sólidos, cuyo manejo y disposición final se detalla en la siguiente tabla:

Residuos Manejo Disposición final

Bolsas para mortalidad Almacenamiento en contenedor

hermético y retiro semanal.

Vertedero autorizado

Capas plásticas cubre cuerpo para

visitas

Almacenamiento en contenedor

hermético y retiro semanal.

Vertedero autorizado

Guantes quirúrgicos Almacenamiento en contenedor

hermético y retiro semanal.

Vertedero autorizado

Envases lubricantes Almacenamiento en contenedor

hermético y retiro semanal.

Vertedero Industrial autorizado

En cuanto a las cenizas que serán generadas, éstas luego de cada proceso de incineración, serán

dispuestas temporalmente en un contenedor hermético, para su posterior retiro por barcaza y

disposición final en vertedero autorizado. En general, la cantidad de cenizas generadas en el

proceso de incineración, corresponderá a un 3% en peso de la mortalidad incinerada.

a.4. Obras civiles proyectadas y existentes.

Ver Anexo Nº 4 de la presente DIA.

a.5. Vientos predominantes.

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De acuerdo a los resultados del informe de vientos del sector, es posible extraer las siguientes

conclusiones:

El análisis general de los datos, permite describir dos condiciones distintas una invernal

conformada por las estaciones otoño-invierno y otra estival conformada por las estaciones

primavera-verano.

La conformación geomorfológica del área de estudio, presenta un sector protegido, de los vientos

Norte, Noreste, Este, y Norweste, el viento considera las condiciones de vientos de 10 años, al

considerar los registros de magnitud máximas y direcciones incidentes de viento registradas para

periodo 1996-2005. Por otro lado, se debe tomar en cuenta que los vientos que soplan con mayor

intensidad lo hacen en el periodo estival desde el Weste con 16,7 m/s, y con una frecuencia de

58,2 %, en cambio en el período invernal esta misma dirección domina pero con una máxima

magnitud de 15,2 m/s y con 35,5% de frecuencias.

Las cartas características de frecuencia de permanencia contra rumbos y contra clases de magnitud

del viento para los períodos Invernal y Estival de Puerto Natales y cercanos al proyecto en estudio

son muy parecidas entre sí en cuanto a direcciones, por lo que puede sugerirse que para los

fenómenos en estudio basta con las observaciones para sacar información útil.

De manera general puede decirse que debe tenerse en cuenta para rumbos entre el NW y el N la

posibilidad de que el viento pueda estar soplando con más de 20% de frecuencia alcanzando hasta

40% en verano y en este último con altas magnitudes 10 a 15 m/s. comportamiento que se relaja

en el invierno con menos frecuencias y magnitudes.

a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de

las partículas de los caminos de acceso e internos que pretenda implementar, y de los

olores, ruidos, emisiones liquidas y vectores.

Durante la etapa de construcción y operación no se generará material particulado ya que el sistema

de incineración será instalado directamente al interior de la concesión de acuicultura en la que se

emplazará el proyecto.

El proceso de incineración no generará vectores, ni focos de contaminación, ya que el proceso

permite conseguir una completa destrucción de estos contaminantes orgánicos a temperaturas de

combustión mayores a 850ºC.

De la misma forma, las cenizas generadas producto de la incineración de las mortalidades serán

mantenidas temporalmente en contenedores herméticos que evitarán en todo momento que aves u

otro vector tenga contacto con el producto.

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En tanto, las emisiones liquidas que serán generadas provendrán de las actividades de lavado y

desinfección del sistema del sistema de incineración, las que serán almacenadas temporalmente en

contenedores herméticos para su disposición final en planta de tratamiento autorizada.

a.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas.

El proyecto se caracteriza por localizarse integro en mar en la concesión marina del centro de

cultivo.

a.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las

medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y

residuos.

Se adjuntan los respectivos procedimientos de operación del sistema de incineración y planes de

contingencias asociados a su funcionamiento.

a.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta.

Los residuos sólidos generados en el proceso de incineración (cenizas) serán trasvasijados al

próximo día de funcionamiento del equipo. De esta forma, los residuos serán trasvasijados a bolsas

y pesados en balanza para llevarlo finalmente a un contenedor hermético, el cual será retirado del

centro de cultivo por medio de barcaza, para la disposición final de las cenizas en vertedero

autorizado. Al respecto, ver punto a.3.1, a.3.2 y a.3.3.

b. Tratándose de una planta de transferencia

No aplica al proyecto

c. Tratándose de plantas de compostaje

No aplica al proyecto

d. Tratándose de una planta de incineración

“Tratándose de una planta de incineración, además de lo señalado en la letra a), el manejo de los

residuos sólidos, cenizas y escorias y residuos líquidos generados, el control de las temperaturas de

los gases de emisión, el manejo de los gases de emisión, y control de la operación de la planta de

incineración”.

Al respecto, se indica que los residuos sólidos que serán generados por el proyecto,

corresponderán a cenizas producidas por el proceso de incineración de las mortalidades del centro

de cultivo.

En el mismo sentido, producto de las labores de incineración de mortalidad y realización de

necropsias se generaran residuos sólidos, cuyo manejo y disposición final se detalla en tabla

adjunta en punto a.3.3.

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Por otra parte y tal cual como fue señalado, el sistema de incineración en sí mismo NO generará

RILES. Al respecto, los únicos residuos líquidos que serán generados provendrán de las actividades

de limpieza y desinfección, lo cual será realizado por personal capacitado. En este sentido, serán

empleados productos autorizados y siguiendo las disposiciones de la autoridad marítima.

De la misma forma, los residuos que se generarán serán volúmenes manejables, por lo cual serán

almacenados temporalmente para su retiro y disposición final en planta de tratamiento autorizada.

En relación a ello, se adjunta tabla en punto a.3.2.

En cuanto a las emisiones del sistema de incineración el Titular aclara que el sistema de

funcionamiento del horno del sistema de incineración, abarcando su diseño, configuración de las

cámaras, ductos y funcionamiento de los quemadores, apunta a asegurar el cumplimiento de la

normativa ambiental, sin humos visibles, ni olores.

En este sentido, las emisiones a la atmósfera se generarán en la etapa de operación, a través del

proceso de combustión de la mortalidad que se realizará en el incinerador. Dichas emisiones no

serán significativas, se limitarán según el tiempo real de operación, serán de pequeña escala, baja

extensión y se dispersarán rápidamente considerando la existencia de una buena ventilación en el

área. Cabe destacar, que en el área del proyecto no existen asentamientos humanos.

De esta forma, a través del proceso de incineración, será posible conseguir la completa destrucción

de contaminantes orgánicos a temperaturas de combustión mayores a 850ºC. Para ello es esencial

una minuciosa mezcla de gases junto con una distribución uniforme de la temperatura al interior

del horno de incineración.

Los criterios mencionados permiten obtener, generalmente, valores bajos de CO, toda vez que se

ha demostrado que las concentraciones altas de CO provocan un incremento de los niveles de

dioxinas. Así, el diseño del incinerador y la disposición de sus quemadores permitirán asegurar la

mezcla de gases con temperaturas sobre 800ºC en la cámara primaria y entre 950ºC a 1100ºC en

la secundaria.

Finalmente el Titular aclara que tanto el personal a cargo de la operación del sistema de

incineración, como el personal que normalmente se desempeña en el centro de cultivo, recibirá

capacitación en cuanto a los procedimientos de operación del incinerador, planes de contingencia

asociados a su funcionamiento y aspectos relacionados con seguridad y prevención de riesgos.

En el mismo sentido, el personal que opere el sistema de incineración, contará con indumentaria

de seguridad apropiada, consistente en guantes, lentes de seguridad, zapatos de seguridad,

mascara facial y traje de cuero.

e. Tratándose de un relleno sanitario y de seguridad

No aplica al proyecto

f. Tratándose del almacenamiento de residuos

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f.1. Características del recinto

El sistema de incineración estará dispuesto al interior de la concesión de acuicultura. Esta área

estará delimitada y el acceso a ella será restringido sólo al personal directamente involucrado en la

operación y mantención del equipo.

La plataforma contará con piso de superficie lavable y pretil anti derrame y con acceso adecuado

para el retiro de residuos a través de transporte autorizado.

f.2. Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en

contenedores.

Los residuos generados en el proceso de incineración de la mortalidad serán manejados de acuerdo

a los puntos a.3.1, a.3.2 y a.3.3.

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VII. Relación del Proyecto con Políticas, Planes y programas de Desarrollo regional y

comunal

7.1. Relación con las Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Regional y Comunal.

El presente proyecto corresponde a un centro de cultivo de salmónidos que se presenta al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de la región de Magallanes bajo el nombre de “CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS SECTOR PENINSULA STAINES Nº 2, XII REGIÓN N° PERT. 207122070”. El Titular, señala que el centro de cultivo se alineará con las políticas descritas en la Estrategia Regional de Desarrollo 2012-2020, establecida por el Gobierno Regional de Magallanes y Antárctica Chilena. , se encaminará con las políticas de (ERD), potenciando el DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCTIVO en el marco regional, debido a que promoverá inversiones directas e indirectas asociadas a la ejecución del proyecto.

CON RESPECTO A LA ESTRATEGIA REGIONAL DE DESARROLLO MAGALLANES Y

ANTÁRTICA CHILENA 2012-2020

Las imágenes objetivo de los componentes y ámbitos desarrollados en la estrategia regional de

desarrollo Magallanes y Antártica Chilena 2012-2020 se presentan a continuación:

COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO PRODUCTIVO:

Una región con crecimiento y desarrollo económico sostenido y sustentable, combinando

virtuosamente una región de producción tradicional que avanza en agregar valor en las cadenas

productivas, con el desarrollo de una fuerte industria de servicios, que penetra en los mercados

globales, y que mediante marketing territorial moviliza a la sociedad regional.

a. TURISMO. La Región de Magallanes y Antártica Chilena se ha posicionado como el principal destino de la Patagonia Chilena, contando con Nuevos Destinos y Productos Turísticos que han permitido un aumento sostenido de las llegadas de turistas nacionales e internacionales principalmente focalizados en un mercado de Turismo de Intereses Especiales (TIE), que se ha ampliado al Turismo de Eventos y Negocios. La oferta turística es de alta calidad en cuanto a estándares internacionales. Se ha potenciado el Turismo de Invierno transformando a la actividad turística en un negocio permanente en todo el año. Hay un stock adecuado de mano de obra, a nivel básico y especializado, como consecuencia de una oferta de formación vinculada con las necesidades del sector. La ciudadanía ha tomado conciencia ambiental y valora este patrimonio en su vínculo con el desarrollo productivo de la región. Las mejoras de infraestructura y conectividad permiten llegar a nuevos lugares y mejorar las condiciones de los servicios ofrecidos. La pequeña y mediana empresa se está desarrollando de manera asociativa logrando un importante crecimiento y posicionamiento en el sector.

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LINEAMINETOS, OBJETIVOS Y

ACCIONES RELACIÓN CON EL PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO DE

VERIFICACIÓN) LINEAMIENTO 1: Promover una dinámica competitiva en el sector turismo mediante el posicionamiento de la Marca "Antártica y Subantártica", y el fortalecimiento de las competencias innovadoras y emprendedoras de los empresarios, que posibilitan el desarrollo de destinos y productos turísticos de Estándares internacionales.

OBJETIVO 1.1. Fortalecer los destinos "Clase Mundial" existentes y propiciar la puesta en valor de nuevos destinos y/o Productos Turísticos, por medio de la formulación de "Agendas de Innovación" que consoliden el Turismo de Intereses Especiales, como eje central de la Oferta Turística Regional. A1.1.3. Iniciativas para promover la diversificación de productos turísticos regionales.(Rutas, eventos

programados, convenciones, etc.)

Abastecer de creciente demanda de este producto con identidad cultural a nuestros habitantes, restoranes y hoteles de elite. Considerando la accesibilidad de nuestros productos con énfasis en restorán y hoteles, indirectamente los turistas nacionales y extranjeros, pueden disponer de platos preparados en base a salmónidos, producidos localmente. Esto sin duda da un valor agregado a los servicios de alimentación, que atienden el sector del turismo y a nuestros residentes

Este proyecto es un aporte al fomento del turismo en el marco regional y local, debido a que promueve y diversifica nuevos productos cultivados localmente y puesto a disposiciónde la oferta gastronómica, siendo un fortalecimiento a las Micro y MYPES del sector gastronómico que atienden al turismo y residentes. Poner a disposición del mercado local, salmónidos cultivados con los más altos estándares de calidad, libres de enfermedades y o vectores de enfermedades. Esto sin duda promoverá el consumo del producto.

Este producto(salmónidos)Primium se dispondrán en lugares autorizados a un precio costo para que sean consumidos por ciudadanos de Puerto Natales y

Turistas que visiten nuestra región a través del consumo en Restaurantes. Los datos del producto puesto en venta en lugares autorizados se podrán verificar por medio de guías de movimiento y estadística pesquera del Servicio Nacional de Pesca

OBJETIVO 1.5Propiciar modelos de asociatividad basados en la acción, mediante la implementación, puesta en marcha y fortalecimiento del directorio público -privado regional de Turismo. A1.5.1. Iniciativas destinadas afortalecer instancias de articulación público - privado en torno al desarrollo del turismo regional.

Los principales mercados de venta del producto cultivado son Europa, EEUU, Brasil y Asia. Con ello se pretende trabajar con la autoridad sectorial para dar a conocer la XII Región de Magallanes y Antártica Chilena como un lugar apto para turismo, libre de contaminación.

Participación en Reuniones con la Mesa de Turismo.

Desarrollar en conjunto con la Autoridad

sectorial la promoción de la Región a través de los embarques de salmónidos a

diferentes partes del mundo.

b. MINERO ENERGÉTICO. "En la región existe una visión concreta sobre el desarrollo y rol del sector minero-energético y de la minería metálica y no metálica; se intensifica el uso de tecnologías aplicadas en la exploración y explotación de hidrocarburos con buenos resultados. La región es líder en la producción sustentable del carbón y a su vez ha consolidado una industria minera metálica y no metálica que está desarrollando importantes proyectos de exploración y explotación. Se han superado los parámetros nacionales en materia de eficiencia energética y se generan innovaciones para aumentar la matriz energética por medio de energías no convencionales. El sector convive con otros sectores productivos, manteniendo un rol continuo en el cuidado del medio ambiente. La pequeña y mediana empresa se vincula al desarrollo del sector, generando alianzas estratégicas y

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entregando productos y servicios especializados. Se están desarrollando una serie de empresas proveedoras de bienes y prestadoras de servicios, que están constituyendo un tejido industrial con estándares internacionales. En materia de Investigación y Desarrollo Tecnológico, están próximos a concluir los estudios de ingeniería para concretar en el corto plazo la producción de Gas Sintético en base a carbón y la de procesos de gasificación del mismo ya concluyeron sus estudios de factibilidad económica para entrar en producción prontamente".

OBJETIVOS Y ACCIONES RELACIÓN CON EL

PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO

DE VERIFICACIÓN)

LINEAMIENTO 2:"Desarrollar

una visión concreta en torno al crecimiento y

expansión sostenible y

sustentable de la actividad minera-energética, que

permita consolidar a la región como una de las

principales productoras de carbón,

de Hidrocarburos y energías no convencionales para

el mercado regional y nacional, además de un gran

potencial en materia de minería metálica y no metálica, así

como proveedora de bienes y

servicios de alta calidad.

OBJETIVO 2.3. Propiciar acciones e iniciativas regionales

que fortalezcan las estrategias de

Eficiencia Energética (el Marco de la Política Nacional).

A2.3.1. Diseñar plan regional de

acción de eficiencia energética (2012-2020) que permita

incorporar elementos de eficiencia

energética en los Distintos sectores productivos

regionales, así como sector edificación, Industria y Minería,

Servicios.

Este sector influye en las

actividades diarias de la empresa, el sector minero energético está

ligadocon la acuicultura ya que

entrega energía para el desarrollo de las actividades propias del

centro de cultivo.

Acuimag S.A. dentro de su política de consigna principios y

lineamientos que aseguren un

buen desempeño ambiental para todos los procesos de la

compañía, incluyendo el desarrollo de sus proyectos. Es por ello que

el titular ha decidido utilizar

motores fuera de borda de bajo consumo, además utiliza

tecnología de última generación que ayuda a reducir el gasto

energético.

El centro cuenta con monitores

del sistema de vigilancia y alimentación de bajo consumo,

modelo IMAC, además se realizará

mantención periódica a los motores tanto fuera de borda

como a los estacionales para que se encuentren en óptimas

condiciones y no generen un

gasto energético extra.

Las bitácoras de mantención se mantendrán en el centro como

medio de verificación del proceso.

OBJETIVO2.4. Propiciar acciones

e iniciativas regionales y

nacionales que desarrollen una matriz energética que combine las

energías tradicionales y las energías renovables no

convencionales, y avanzar hacia un marco regulatorio que permita

y promueva esta combinación

El centro de cultivo se emplazará en una zona rural aislada y

alejadas de la ciudad, por lo que

es primordial el desarrollo de energías propias para el

funcionamiento de este. Es por ello que el Titular incentivará a

las Universidades e Institutos de educación Superior y a

organismos del estado a

Se podrá presentar como indicador, el convenio entre el

Titular y casas de estudio u

organismos del Estado.

Otro indicador del seguimiento de esta actividad será el registro de

alumnos en práctica que recibirá el centro de cultivo. Todo esto se

presentará a la autoridad si lo

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rescatando la energía eólica, hidráulica, biomasa, entre otras.

A2.4.5. Impulsar iniciativas de generación de energías

Renovables no convencionales

ERNC en zonas rurales y Aisladas.

desarrollar programas experimentales dentro de las

instalaciones del centro de cultivo, además permitirá realizar

prácticas profesionales a alumnos

que desarrollen proyectos de ERNC, proveyéndoles todas las

comodidades para su ejecución.

requiere en futuras inspecciones.

c. PESCA Y ACUICULTURA.

"Se fortalece la pesca artesanal, diversificando los productos y la oferta, con un alto crecimiento de la pesca industrial. La acuicultura, en especial la del salmón, se ha consolidado como la segunda más relevante a nivel del país y la primera en cuanto a estándares de producción sostenible. El mejoramiento de la infraestructura permite desarrollar redes más competitivas en articulación con servicios portuarios y vías de acceso. El marco legal se comienza a adecuar para poder abordar los principales problemas del sector. El recurso humano avanza hacia la formación especializada, y se generan vínculos con centros de formación. Se cuenta con procesos continuos de investigación y desarrollo que fortalecen las condiciones de competitividad de los grandes, pequeños y medianos empresarios del sector"

LINEAMIENTOS, OBJETIVOS Y ACCIONES

RELACIÓN CON EL PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO

DE VERIFICACIÓN)

LINEAMIENTO 3: "Incentivar el desarrollo sustentable

y competitivo de la actividad pesquera (artesanal e industrial)

y acuícola de la región,

mediante la priorización de iniciativas que fortalezcan la

innovación y el emprendimiento del sector públicoprivado".

OBEJTIVO 3.1. Mejorar las

condiciones productivas,sociales y laborales de los trabajadores de

los sectores pesqueros artesanales.

A3.1.1. Iniciativas tendientes a romper la estacionalidad y/o

temporalidad de la actividad

pesquera artesanal a través del desarrollo de nuevos

recursospesqueros bentónicos y demersales.

El proyecto comprende la contratación de personal

adecuado para las labores propias del centro de cultivo, los que

serán principalmente de la región. Para mantener un buen manejo

de todas las actividades, se

capacitará al personal en las labores a desempeñar y aspectos

como bioseguridad y normativa ambiental.

Este proyecto contratará a

pequeños empresarios relacionados con la pesca

artesanal con el propósito que disponga de un Teamde

pescadores artesanales que cuenten con licencia de buceo

para la extracción de mortalidad y

revisión de redes de cultivo. Este empleo será estable y

romperá la estacionalidad y/o temporalidad de la actividad

pesquera artesanal, brindando

trabajo todo el año

El seguimiento se podrá realizar a través de los contratos de

prestación de servicios de las PYMES, para la extracción de

mortalidad. Además se contará

con un listado el que constantemente se actualizará de

todos los pescadores artesanales que trabajen directa e

indirectamente en el centro de cultivo.

OBJETIVO 3.2. Promover el

desarrollo del capital humano del

sector pesquero (artesanal e industrial) y acuícola,

promoviendo sistemas de

Incentivar a casas de estudio,

centros de formación técnica, y/o

profesional con el propósito que los egresados se puedan

desempeñar en áreas relacionadas

Un indicador será Aumento del Nº

de Centros de formación

articulados con el sector pesquero, con ello se busca se

pretende que los egresados

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integración efectiva entre el sector productivo y el sistema de

formación regional. A3.2.2. Iniciativas tendientes a

incentivar en los Centros de

Formación Superior Regionales carreras profesionales y Técnicas

relacionadas con el sector Pesquero (Artesanal e

Industrial) y Acuícola.

A3.2.3. Iniciativas para fortalecer los programas de

capacitación flexibles de recursos humanos pertinentes a

los requerimientos del sector Pesquero (Artesanal e

Industrial) y Acuícola.

a la acuicultura. De manera de contribuir con el

desarrollo del capital humano, el Titular implementará un sistema

de capacitaciones (cursos,

diplomados, etc.,) para sus empleados directos y tallares y

charlas de inducción para trabajadores indirectos.Por lo

antes mencionado las

capacitaciones se realizarán en diversos aspectos relacionados

con la actividad de acuicultura.

trabajen o presten servicios en áreas de pesca o acuicultura.

La capacitación será de carácter flexible para que la capacitación y

o curso se pueda llevar a cabo.

Cada una de ellas tendrá un listado de participantes y registro

de capación o certificado final del curos, diplomado u otro.

OBJETIVO 3.3. Promover el

aumento de la productividad pesquera y acuícola, a través del

desarrollo de sistemas de

información sobre el comportamiento de los recursos

pesqueros y las oportunidades comerciales efectivas.

A3.3.4. Iniciativa de desarrollo de un sistema de monitoreo del

comportamiento de la acuicultura (ecosistemas, parámetros

Oceanográficos, entre otros) los cuales provean información para

su uso y explotación racional.

A3.3.5. Iniciativas tendientes a

promover el desarrollo sustentable de la actividad acuícola en la

región

a través de la generación de información para resguardad el

patrimonio sanitario y ambiental

Servicios de Acuicultura Acuimag S.A., es consciente de la

protección del entorno natural

donde se emplazan los proyectos, yentiende que el cuidado al medio

ambiente es paralelo a todas las actividades económicas propias de

la empresa, yaque de ello dependerán los futuros ciclos

productivos. Por tal motivo el

Titular insta al desarrollo sostenible y a la producción limpia

de los recursos hidrobiológicos cultivados.

Hoy en día existe un alto interés de compromiso por parte de la

empresa frente a la temática ambiental, que no solo involucra

los procesos asociados a la Salmonicultura, sino que, a todos

los servicios que se subcontratan,

de manera de cumplir la normativa actual vigente, y la

responsabilidad social de los trabajadores y la comunidad.

El Titular se compromete a dar estricto cumplimiento de la

normativa ambiental aplicable, y a programas y protocolos propios

de la empresa, estableciendo procedimientos que garanticen el

cuidado y conservación de la

naturaleza para las futuras generaciones.

a) Medición y Seguimiento

Constante de Indicadores Ambientales. A través de Informes

ambientales y perfiles de

columnade agua bimensuales (INFA).

b) Programas de Limpieza.

Participación en programas de

limpieza de borde costero.

c) Uso de Químicos Amigables con el Medio Ambiente.

d) Uso de Energía Limpia y de

Eficiencia Energética.

e) Reducción de Desechos.

f) Cuidado de la Flora. Protocolo

de cuidado del borde costero

g) Cuidado de

Fauna.Procedimiento de avistamiento de aves y mamíferos

marinos.

h) Plan de Prevención de

enfermedades. Se enviaran análisis de muestras de peces

para su análisis.

OBJETIVO 3.4. Fomentar la Las exigencias nacionales e . Certificación Global G.A.P, esta

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incorporación de valor agregado al conjunto de la cadena

productiva pesquera (artesanal e industrial) y acuícola.

A3.4.1. Iniciativas tendientes a desarrollar modelos de gestión de

innovación en los distintos eslabones de la cadena productiva

pesquera y acuícola.

A3.4.2. Iniciativas de fomento a la

industrialización e incorporación de valor agregado a

la producción de recursos pesqueros y acuícolas.

internacionales cada vez más grande para producir y

comercializar alimentos inocuos y sustentables, hacen que la

salmonicultura de la XII Región

se oriente en la búsqueda de un distintivo que la diferencie, lo cual

va de la mano con el fomento de un valor agregado.

El Proyecto pretende impulsar iniciativas de desarrollo de

modelos de gestión de innovación. Con esto además se Incorporará

valor agregado a la Producción de las especies en cultivo

(Salmónidos), con el propósito de

mejorar la competitividad del sector.

El titular señala que cultivará bajo

normas internacionales, siendo

estos productos en el mercado internacional muy cotizados,

generando mejores ingresos producto debido a su certificación

internacional.

certificación internacional se encontrara en los centros de

cultivo y puede ser presentada a la autoridad que lo requiera.

. Por lo tanto, la ejecución del presente proyecto, es un aporte

en cuanto al aumento productivo de las exportaciones de

salmónidos en el marco regional,

consolidando el crecimiento del sector, lo que quedará de

manifiesto en el aumento de los volúmenes de exportaciones de

salmónidos, además se verá reflejado en el incremento de las

divisas reportadas.

OBJETIVO 3.5. Posicionar al sector pesquero (artesanal

e industrial) y acuícola en la economía regional por medio del

desarrollo competitivo de un

tejido de Pymes y servicios de apoyo de calidad mundial.

A.3.5.1. Iniciativas de

fortalecimiento de PYMEs

regionales proveedoras de servicios de apoyo e insumos para

la actividad pesquera y acuícola regional.

A.3.5.2. Incentivar la

certificación de calidad de

PYMEs proveedoras de servicios de apoyo e insumos para la

actividad pesquera y acuícola.

El Titular necesita constantemente del Apoyo de Proveedores y

Servicios externos en sus todos sus centros de cultivo. Con este

objetivo se busca el

Fortalecimiento de los Servicios y PYMES y MYPES que apoyan la

actividad acuícola.

Las micro y pequeñas empresas

requieren de ciertas cosas para ser realmente competitivas. Si

bien es cierto existe un financiamiento adecuado que les

permite a muchas competir en el mercado, hay otros factores que

aún son lejanos. Uno de ellos,

quizá el más importante en los tiempos actuales, es la innovación

tecnológica, por tal motivo el Titular incentivará a las PYMES y

MYPES a obtener y utilizar

tecnología para la prestación de sus servicios. Fortaleciendo a la

PYMES y MYPES regionales.

El titular señala que debido a la

El titular licitará dentro del

universo de PYMES y MYPES de la Regiónlas actividades a realizar

en el centro de cultivo. Dentro de

estas actividades estará la actividad de buceo, transporte

terrestre y marítimo , obras menores , etc.,

Con ello se busca una interacción

(Trabajo-Servicio) con PYMEs

proveedoras al sector acuícola

El titular incentivará a través de contratos el fortalecimiento

tecnológico de las PYMES y

MYPES.

El Titular incentivará a todos sus proveedores de servicios a cumplir

normas de regulación ambiental,

laboral, sanitaria y toda aquella que concierna a la actividad de

cultivo.

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certificación internacional a la cual está sometido incentivará a la

certificación de calidad a las PYMES que prestan apoyo en la

faena de buceo.

OBJETIVO 3.6. Propiciar las

condiciones para el desarrollo

competitivo de la actividad de pesca recreativa en la región.

A3.6.1. Iniciativas tendientes a fomentar la actividad de pesca

recreativa. A3.6.4. Generación y

elaboraciónde estrategias de

difusión turística para la conservación y protección

ambiental de la pesca recreativa

El titular señala que no tiene

directa relación con el objetivo, pero está Dispuesto a brindar

apoyo en la Prevención de ingreso de plagas, en las cuencas de

interés en la Región.

Capacitación en coordinación con

la autoridad sectorial a los operadores de Pesca Recreativa y

Turismo en temas de recursos

hidrobiológicos

Participación en Campañas Preventivas, tal como la campaña

“Didymo”

d. AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTAL. "La región ha recuperado la productividad de sus praderas y está incorporando sistemas de gestión predial que ha permitido duplicar la productividad de la ganadería Ovina y Bovina. El sector Forestal está incorporando valor agregado al Bosque Nativo y ha desarrollado un tejido productivo asociado a las actividades Forestales no Madereras. El mejoramiento de la infraestructura y conectividad permite fortalecer el sector rural y la calidad de vida de la producción en el campo. El recurso humano mejora sus condiciones laborales y sus competencias. Se fortalece la industria de la lana, cuero y otros productos asociados. Se ha desarrollado una agricultura de climas fríos y se avanza en el fortalecimiento de la asociatividad entre productores"

LINEAMIENTO, OBJETIVOS Y ACCIONES

RELACIÓN CON EL PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO DE VERIFICACIÓN)

LINEAMIENTO 4: "Incentivar el

desarrollo sustentable y competitivo de la actividad

ganadera regional, priorizando

aquellas iniciativas que fortalezcan la

incorporación de valor agregado a la producción,

mediante la innovación y el

emprendimiento entre los productores, así como el sentido

estructural de las praderas en cuanto base esencial

de la productividad y rentabilidad de la actividad".

OBJETIVO 4.5. Propiciar espacios de habitabilidad de

El proyecto se relaciona con este objetivo debido a que ambos

rubros se desarrollan en zonas fuera del radio urbano, en algunos

casos a grandes distancias donde

no hay caminos habilitados. Actualmente la calidad de vida es

los sectores rurales es baja debido a la falta de servicios básicos. Es

por dicho motivo que el proyecto apoyará a los sectores aledaños al

centro de cultivo siendo un nexo

de comunicación y sirviendo de transporte en caso de cualquier

emergencia.

Proveer de comunicación radial,

telefónica o vía internet a la comunidad aledaña al centro de

cultivo. El jefe de centro estará

presto a brindar toda la ayuda para servir de nexo de

comunicación, si existirá una emergencia podrá disponer de la

embarcación de, centro para

realizar el operativo.

El Jefe de centro levará un registro de cada operativo de

comunicación y/o transporte de

emergencia.

Con esto el Titular pretende dar cobertura básica a los sectores

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calidad en los sectores rurales, por medio del desarrollo de

infraestructura y el mejoramiento de la conectividad.

A4.5.1. Iniciativas de

mejoramiento de las condiciones de Habitabilidad en los sectores

rurales de la región.

rurales cercanos al área de emplazamiento del proyecto.

LINEAMIENTO 5: Propiciar la producción sustentable del bosque

nativo, mediante el aprovechamiento integral de los

productos y subproductos.

OBJETIVO 5.1. Aumentar la

extracción sustentable de recursos forestales y diversificar su uso.

A5.1.1. Iniciativas para el desarrollo sustentable de la

explotación de la Lenga y

fomentar la incorporación de Valor Agregado.

El Titular señala que ha

participado de proyectos de reforestación y está dispuesto a

realizarlo nuevamente con el propósito de aumentar la

superficie sembrada de la Región. Las especies y número a sembrar

estará de acuerdo a lo solicitado

por la autoridad sectorial.

Convenios con CONAF para reforestar lugares cercanos al

área de emplazamiento del

proyecto o aquellos donde la autoridad sectorial pretenda

desarrollar esta actividad.

e. SERVICIOS MARITIMOS Y PORTUARIOS. “Los servicios marítimos y portuarios se han consolidado como los más importantes de Sudamérica y en el principal nodo logístico con la Antártica. Los servicios y la logística están potenciando el desarrollo de los principales sectores productivos de la región, así como también aportando y siendo un componente estructural en la integración territorial. Se genera nueva infraestructura portuaria y de transferencia de carga, fortaleciendo además la asistencia técnica y logística. Aumenta la masa crítica de recurso humano especializado y se fortalece la media y pequeña empresa asociada al sector"

OBJETIVOS Y ACCIONES RELACIÓN CON EL PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO DE VERIFICACIÓN)

LINEAMIENTO 7: "Consolidar

a la Región de Magallanes y Antártica Chilena

como el principal polo de servicios marítimos de la Patagonia,

mediante el

desarrollo de un sistema logístico portuario integral que considera

nodos en Punta Arenas, Puerto Natales, Puerto Williams y Puerto

Edén "

OBJETIVO 7.1. Fortalecer la

infraestructura marítima- Portuaria y de servicios

especializados de apoyo logístico

El titular señala que este objetivo

está directamente relacionado con su actividad, debido a que el

transporte de infraestructura, alimentos pelletizado e insumos

desde Puerto Montt a Natales y

Natales a Puerto Montt se realiza utilizando la infraestructura

marítima portuaria, específicamente el muelle EPA

(Empresa Portuaria Austral) en la ciudad de Puerto Natales.

Actualmente para el envió de Alimento a los centros de cultivo

se utiliza el mulle de la EPA y para

Aumento en las toneladas de carga en

Puertos de la Región, con énfasis en aquellos ubicados en la

Provincia de Última Esperanza.

(Muelle EPA, …..)

Se podrá constatar la utilización de la infraestructura marítima

Portuaria por el pago mensual que se realiza, además por las guías

de emisión de estructuras,

alimento e insumos que provienen de la X región en los buques de

Navimag.

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a las actividades productivas regionales.

A7.1.1. Iniciativas de apoyo a los servicios portuarios y marítimos

de los sectores pesquero-acuícola;

minero-energético, silvoagropecuario y turismo.

el transporte de Personal a la Península Antonio Varas se utiliza

el muelle rampa.

Con lo antes mencionado el

proyecto se relaciona directamente con esta actividad,

siendo de vital importancia las infraestructuras marítimas

Portuarias de la Región en

especial aquellas que se ubican en la ciudad de Puerto Natales

DESARROLLO SOCIAL

"En Salud, la región aumenta la cobertura de sus servicios, implementando medidas especiales para la atracción y retención de profesionales médicos especializados. Complementariamente, se diseñan y ejecutan programas de auto cuidado focalizados en la familia. Además, la región se preocupa por generar un espacio cómodo y apto para todos los habitantes, con énfasis en la población y grupos más vulnerables". En Educación, se mantienen los buenos indicadores de escolaridad y resultados académicos, homogenizando los resultados entre los distintos tipos de establecimientos educativos. Además se dispone de una Política Regional de Educación que actúa como ente articulador entre la oferta de formación de profesionales y técnicos en la región con la demanda laboral proveniente del mercado, promocionando y fortaleciendo la integralidad y calidad de la formación. En Justicia, la región consolida el funcionamiento del Sistema Judicial de la región. Paulatinamente se consigue entregar cobertura a las localidades rurales de Magallanes, y mejorar el servicio en las zonas urbanas, además de gestionar, en coordinación con el servicio de educación, proyectos educativos para la población delictiva. En Seguridad Pública, la región consigue mantener bajos indicadores de hogares víctimas de delitos y se dispone de un plan de trabajo que identifica y trabaja en los sectores con mayor ocurrencia de casos. En Participación Ciudadana, los habitantes de la región demuestran un interés por participar y vincularse con la gestión pública, lo que se complementa con la implementación de nuevas metodologías participativas y vinculantes. Relacionado con la mejora y ampliación de cobertura de los servicios de salud, además del fortalecimiento de la promoción del auto cuidado. Se estima para cada uno de sus objetivos una priorización estimada de media-alta en3 de un total de 4, situación similar al nivel de impacto identificado, ya que se plantea un nivel medio-alto. Sin embargo se dispone de un territorio de impacto diferenciado, más bien se apela a la diferenciación por provincia, es decir el territorio de impacto se daría en una o más provincias, tal es el caso de la generación de programas de auto cuidado atingentes a las característica de la población y trabajo con la familia (que abarca a las cuatro provincias de la región), presentándose plazos de impacto diferenciados por cada una de éstas. El único objetivo en que se identificó sólo a una comuna (Primavera) como el territorio de impacto corresponde al aumento de cobertura de servicios de salud en las localidades urbanas y rurales.

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LINEAMINETO OBJETIVOS Y ACCIONES

RELACIÓN CON EL PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO DE VERIFICACIÓN)

LINEAMIENTO 8:"Fortalecer los servicios de salud,

mejorando la calidad de éstos,

ampliando su cobertura y promocionando el auto

cuidado".

OBJETIVO 8.3. Gestar Programa de auto cuidado

atingentes a las características de la población y focalizados en

un trabajo sistémico con la familia.

A8.3.1 Desarrollo de hábitos

y estilos de vida saludables, que

favorezcan la reducción de los

factores de riesgo asociados a la carga de enfermedad de la

población.

A8.3.3 Fomento del plan "Elige vivir sano" vinculándolo

con las características de la

población urbana y rural de la región de Magallanes.

El Titular señala que la

ocurrencias de enfermedades es un tema relevante que tiene

relación con el desarrollo productivo de Acuimag S.A., es

por este motivo que se

contempla un trabajo focalizado en las

particularidades de los trabajadores directos e

indirectos, así como un trabajo

sistémico con las familias, lo que traerá consigo beneficios

de mejora en las condiciones de salud de la población que

tenga relación con el proyecto, en consecuencia una mejor

calidad de vida.

El torno a este objetivo titular

señala que se ha dado inicio a un plan en asociación con la

mutualidad y Caja de

Compensación respectiva, en temas de nutrición, y

exámenes preventivos de salud. Estos planes involucran

a las familias de los jefes /as de hogar que trabajan directa

e indirectamente en Acuimag

S.A. Una temática de importancia

abordada por el Titular será la nutrición, dado que es uno de

los pilares más importantes de

la salud y los hábitos alimenticios personales pueden

beneficiarla o perjudicarla.

También Se realizarán evaluaciones médicas

ocupacionales periódicas con el

fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e

identificar en forma precoz, posibles alteraciones

temporales, permanentes o

agravadas del estado de salud del trabajador, ocasionadas por

la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo.

Desde cualquier punto que se mire el

control de riesgos es altamente

importante para la empresa, para los trabajadores, para sus familias y para

la población en general. En vista de lo antes mencionado.

El titular ha desarrollado y se compromete a seguir desarrollando:

.- Talleres de alimentación Saludable.

Enfocado a reducir factores de riesgo en la alimentación.

.- Operativos de atención oftalmológica.

.- Operativos Médicos generales para el

trabajador y su familia

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OBJETIVO 8.4. Convertir a la región en un espacio apto

y facilitador del desarrollo de la población con discapacidad

A8.4.1 Generación de

instancias y campañas de

difusión para la prevención de enfermedades o accidentes que

deriven en futuras discapacidades.

Este objetivo está directamente relacionado con la actividad

acuícola y es por tal motivo que El titular se encuentra

consiente que la prevención es

primordial, además es una inversión a largo plazo, la que

permite ahorrar tiempos y costos al disminuir la demanda

de servicios curativos y el

consumo de medicamentos, hace del empleo una acción

efectiva y productiva, además permite el desarrollo sostenible

de la persona, de las familias, las empresas y la sociedad,

genera equidad liberando de la

pobreza en forma sustentable.

En torno a lo antes señalado el Titular se proyecta a la

comunidad como un ente serio

que entiende su papel social, permitiendo, promoviendo y

difundiendo la prevención de riesgos como tarea prioritaria

en el quehacer de sus trabajadores directos, e

indirectos (contratistas y

subcontratista).

Como Meta el Titular se propone Controlar y/o

eliminar los riesgos potenciales

de accidentes y enfermedades profesionales en los lugares de

Trabajo, logrando la participación activa de todos

los trabajadores directos, de

los contratistas y subcontratista, haciendo

inherentes las actividades en prevención de riesgos,

creando, difundiendo, ejecutando y controlando su

cumplimiento.

El Titular Consiente de los peligros que pueden llevar a sufrir discapacidad a sus

trabajadores decidió capacitar a todos temas de Prevención, realizando

Simulacros y Zafarranchos de cada una

de las emergencias en todas sus instalaciones que pudieran afectar a los

trabajadores directos e indirectos, evaluando las condiciones reales,

recursos disponibles y capacidades del

personal.

Ver: http://radiopolar.com/noticia_69627.html

Se llevará un registro de accidentabilidad en el proyecto de centro de cultivo.

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PUEBLOS INDIGENAS

"La Región de Magallanes y Antártica Chilena cuenta con diversos Pueblos Originarios, los cuales mantienen relaciones activas y respetuosas, lo que les permite fortalecer su asociativismo. Los diversos grupos indígenas se encuentran distribuidos en distintos territorios de la región, existiendo diferenciaciones claras que se potencian como sello identitario propio. Por medio de un trabajo articulado los indicadores de vulnerabilidad disminuyen progresivamente. Adicionalmente se gesta un plan de trabajo con los pueblos Kawésqar y Yagán que permite recuperar sus tradiciones y fortalecer sus comunidades, reduciendo los niveles críticos de peligro de subsistencia de éstos pueblos. Se mantiene la ejecución del Plan de Cobertura Total, lo que permite el desarrollo de las diversas comunidades indígenas de la región. La institucionalidad orientada a los pueblos originarios incorpora dentro de sus planes de trabajo las particularidades y distinciones culturales de aquellos presentes en diversos territorios, amparados en los estándares de acuerdos contraídos por el país, tal como el Convenio 169 de la OIT"

LINEAMINETO OBJETIVOS Y ACCIONES

RELACIÓN CON EL PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO

DE VERIFICACIÓN)

LINEAMIENTO 13:

Fortalecimiento prioritario a la Población Indígena que habita

en la Región.

OBJETIVO 13.2.Fomentar el rescate de las tradiciones

culturales de los pueblos

indígenas en la región, mediante la utilización efectiva de

instrumentos públicos y legales.

A13.2.3 Implementación de

programa de manejo y protección del patrimonio cultural

indígena

Si bien se el proyecto emplazará

100% en una concesión de porción de agua y fondo de mar,

velará por el cumplimiento de la

normativa asociada. También cabe mencionar que dentro de sus

trabajadores directos e indirectos se encuentran muchos que son

parte y/o están vinculados con alguna etnia indígena.

Este proyecto no obstaculizará lugares tradicionales de

ceremonias o pertenecientes a un patrimonio cultural indígena

El titular se compromete a implementar un plan de asistencia

para las embarcaciones de pueblos que transiten en las

cercanías de emplazamiento del proyecto se encuentran bajo

alguna contingencia.

CULTURA Y PATRIMONIO. "La región presenta una constante asistencia y demanda por oferta cultural, la que tiende a aumentar mediante una mayor difusión y promoción por parte de las administraciones locales y otros actores relevantes, junto al fortalecimiento de la infraestructura cultural regional. La coordinación y desarrollo de un macro proyecto integrador que vincula los distintos sectores públicos y privados permite la construcción de un imaginario diferenciado por provincias, dentro de los cuales se incluye la identidad del territorio antártico, lo contribuye al proceso de consolidación de la Identidad Patagónica Chilena. Desde la institucionalidad existe un alto interés por la promoción de inversiones en la zona, además del desarrollo de infraestructura y conectividad vial aumenta la visibilidad y el interés por las rutas culturales de patrimonio, tanto natural como cultural. A su vez se presenta una creciente preocupación por la conservación del patrimonio material."

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LINEAMINETO OBJETIVOS Y ACCIONES

RELACIÓN CON EL PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO

DE VERIFICACIÓN)

LINEAMIENTO 14:

"Fortalecimiento del patrimonio cultural y natural".

OBJETIVO 14.1. Reconocer,

proteger y fomentar la diversidad cultural de la Región

y sus habitantes.

A14.1.2. Fortalecimiento de

Plan de Conservación del Patrimonio Natural Regional

El titular presenta en esta Declaración de Impacto Ambiental

todos los documentos e informes

donde se aluden a que no afectará el Patrimonio Natural de

la Región.

Consiente de esta temática el titular desarrolló y puso en

marcha la Política Ambiental de la

empresa, cuando se ejecute el proyecto, este contará con

protocolos de avistamiento de aves y mamíferos, todo esto con

el propósito de conservar el

patrimonio cultural.

Política Ambiental.

Plan de conservación.

Procedimiento de avistamiento de aves y mamíferos marinos.

Informes de impacto ambiental (INFA).

INFRAESTRUCTURA Y CONECTIVIDAD. "Por su ubicación estratégica y características geográficas la Región se ha posicionado como un importante polo de desarrollo en el extremo sur a través del aprovechamiento de los potenciales productivos que posee y sus ventajas comparativas, incentivando la incorporación de nuevas zonas al desarrollo productivo, teniendo un alto estándar en infraestructura y conectividad que ha permitido una mayor competitividad territorial e incorporar la Región al resto del país a través de una conexión terrestre y avanzar en la integración territorial con el resto del país y al interior de la Región"

LINEAMINETO OBJETIVOS Y ACCIONES

RELACIÓN CON EL PROYECTO

INDICADORES (SEGUIMIENTO Y MEDIO

DE VERIFICACIÓN)

LINEAMIENTO 15: Fortalecer

la conectividad, infraestructura e integración regional Patagónica.

OBJETIVO 15.2. Generar un plan de desarrollo de

conectividad marítima portuaria. .

A15.2.2. Generación de nueva infraestructura portuaria para

mejorar la conectividad y accesibilidad de zonas apartadas.

Los puertos son un factor de atracción y de conexión de las

ciudades y de sus propios sistemas urbanos que se van

desarrollando a merced de las

economías de aglomeración suscitadas por el propio puerto

que se retroalimenta en base a entornos más amplios.

El crecimiento portuario está

vinculado con la existencia de

redes marítimas, conexiones terrestres y con la magnitud de

población existente en el entorno geográfico próximo al puerto. Es

decir, las economías de

aglomeración poseen una incidencia elevada en el desarrollo

portuario.

El titular señala que lleva varios

años creando rutas de conexión

con zona apartadas donde se ubican los centros de cultivo,.

El titular señala que cuando se

otorguen las CCMM marítima en trámite procederá a la

construcción de atracaderos y

rampas con el propósito transporte y carga de materiales,

alimento pelletizado y otros asociados directamente a la

actividad

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En base a lo antes señalado, este

lineamiento estratégico está directamente relacionado con la

actividad acuícola, debido a que el

90% de sus traslados se efectúan vía marítima. Por esta vía se

traslada el alimento pelletizado (uno de sus mayores costos) y los

Smolt provenientes de

Pisciculturas de otras regiones del País. Este proyecto de centro de

cultivo también será beneficiado por la conectividad marítima.

DESARROLLO INTEGRAL DE LA ANTARTICA CHILENA. No esta relacionado con el proyecto. EJES Y LINEAMIENTOS TRANVERSALES

Como parte de la Identificación de Lineamientos Estratégicos, es importante destacar que existen elementos que son transversales a los anteriores ámbitos, sectores y subsectores identificados, estos son: · Enfoque Género. · Descentralización. · Enfoque Territorial. · Medio Ambiente y Sustentabilidad. En base a lo antes mencionado el titular señala que el proyecto está enfocado como se puedo comprobar con o descrito anteriormente en este ítem, en cumplir con estos lineamientos transversales,

1. ENFOQUE GÉNERO El titular señala a modo de comentario que desde hace un par de años se encuentra trabajando por una equidad en el número de empleados de ambos géneros, además cabe señalar que profesionales del género femenino ocupan cargos de jefatura y gerencia. Lo que está directamente ligado con el cumplimiento del OBJETIVO 26.1."Fortalecer la participación de la mujer en el mundo laboral" y con la acción A26.1.2.“Impulso en la incorporación de buenas prácticas laborales para la mujer en empresas de la región”.

2. DESCENTRALIZACIÓN Este proyecto se ejecuta en su totalidad dentro de la región y es por ello que impulsa a la descentralización. La ejecución de este proyecto busca incorporar los elementos necesarios a los ámbitos y sectores prioritarios para el desarrollo de la región, y en el fortalecimiento de las

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capacidades locales. Este proyecto generará empleo para las familias de la XII región de Magallanes.

3. ENFOQUE TERRITORIAL: La ejecución de la presente modificación de nuestro proyecto, permitirá fomentar la consolidación de nuestra región, Siendo esta una actividad económica y ambientalmente factibles, abriendo nuevas nichos de mercados en el marco regional. Cabe señalar que la actividad acuícola requiere la prestación de diversos servicios o insumos del sector privado como: Transportes Terrestres, Aéreos, Marítimos, Insumos, Servicios de Alimentación y hospedaje, entre otros. De este modo, nuestro proyecto incidirá en el aumento de la ocupación y/o empleabilidad del sector privado. Todo esto se encuentra en el mismo enfoque del OBJETIVO 28.1. "Fomentar el desarrollo económico productivo, valorando las potencialidades y capacidades de cada territorio"

4. MEDIO AMBIENTE Y SUSTENTABILIDAD. Este proyecto estará directamente relacionado con la institucionalidad ambiental y pesquera, los que en su conjunto que generarán programas de cuidado y mantención del medio ambiente, alcanzando procesos de desarrollo sustentables. Con ello se busca que el área de emplazamiento del proyecto no presente desmedro alguno de manera de no comprometer las expectativas de las futuras producciones ni de las generaciones futuras. El Titular trabajara desarrollará el proyecto bajo el alero de la reglamentación ambiental vigente impulsando acciones tendientes al trabajo conjunto con la nueva institucionalidad ambiental, con el fin de crear buenas prácticas de producción y/o cultivo. POLITICA REGIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION DE LA REGION DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA 2010-2020 El Titular señala que la ejecución del proyecto, se alienará con la Política Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Región de Magallanes y Antárctica Chilena 2010-2020, establecida por el Gobierno Regional de Magallanes y Antárctica Chilena. La ejecución de nuestro proyecto en ambas etapas de desarrollo, se alineará con algunas de los objetivos de las CTi específicos y transversales, potenciando su consolidación en el marco regional e indirectamente asociadas a la ejecución del presente proyecto Lineamientos de la Política Regional La ejecución de nuestro proyecto, potenciara un escenario favorable para la implementación de CTi específicos, que aborden las temáticas involucradas en la creciente industria del sector de la Acuicultura en el marco Regional.

LINEAMIENTO 21: "Fortalecimiento del Capital Humano como eje fundamental del desarrollo de la CTI en la Región": La ejecución de nuestro proyecto, potenciará un escenario favorable para el desarrollo del Objetivo 21.1.”Conformarmasa crítica de capital humano en la región”, realizando investigaciones en el marco de las actividades asociadas al ejercicio de la Acuicultura, específicamente de

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salmónidos en el marco Regional. Específicamente con la acción A21.1.3. Promover y favorecer la formación continua orientada a las necesidades generadas por los procesos de innovación en las empresas.El titular se compromete a realizar programas de formación con el objetivo de capacitar a sus profesionales en programas vinculados a la innovación. Otra manera de contribuir con la profesionalización del capital humano, el Titular del proyecto pone a disposición de las casas de estudio la posibilidad de incorporar estudiantes en práctica laboral ypráctica profesional con desarrollo de Tesis profesionales y/o técnicas. La ejecución de nuestro proyecto potenciará el desarrollo del objetivo 21.2. “Sensibilizar y proyectar la investigación, desarrollo e innovación regional (i+d+i)”, creando un escenario favorable, para la investigación científica y transferencia tecnológica, de las actividades asociadas a la Acuicultura en el marco Regional. Considerando los puntos recién señalados, el titular está dispuesto a trabajar en conjunto con la casa las casas de estudio regionales o de otra región que tengan verdadero interés en desarrollar programas de investigación. Cabe mencionar que el año 2012 la Asociación de Productores de Salmón y Trucha de Magallanes (APSTM) firmaron un convenio con la Corporación Santo Tomas, para fomentar la colaboración y asociatividad en iniciativas orientadas a la investigación y desarrollo Regional. El titular señala que tiene toda la disposición para que en sus instalaciones se desarrollen dichos programas suscritos en el convenio. Sector Turismo.

La política regional de turismo está específicamente enfocada al desarrollo y

fortalecimiento de la actividad turística en la Región.

El Titular, señala que la ejecución de la presente modificación del proyecto técnico original aprobado, se alienara con las políticas descritas en las Políticas Regional de Turismo, establecida por el Gobierno Regional de Magallanes y Antárctica Chilena. La ejecución de nuestro proyecto, se alineará con algunas de las líneas estratégicas de las Políticas Regional de Turismo 2010, potenciando su consolidación en el marco regional, debido a que promoverá inversiones del sector turismo indirectamente asociadas a la ejecución del proyecto. En este sentido el proyecto, se alineará con la política, enfocada al desarrollo y fortalecimiento de la actividad turística en la Región. También es importante destacar que el desarrollo turístico en general no sólo considera el turismo de áreas naturales, sino que se pueden generar nuevos focos de atención al turismo asociado a las actividades productivas, como por ejemplo la gastronomía, lo que permite dar a conocer la actividad productiva, en este caso la acuicultura, e impulsar el desarrollo sustentable de estas actividades, lo que permite compatibilizarla además con el entorno.

LÍNEAS ESTRATÉGICAS: Demanda Turística: la ejecución de la presente modificación del proyecto técnico original aprobado, fomentará la participación del sector privado, específicamente, al disponer de Productos en base a salmónidos cultivados y procesados en Planta de Proceso Pesquera Eden, la cual cuenta con aprobación sectorial vigente, en un punto de distribución para su comercialización local a: residentes, hoteles y restorán, de este modo se fomenta diversificara las opciones del sector gastronómico y hotelero que atiende las demandas de alimentación de los turistas nacionales e internacionales. Siendo sin duda un producto gourmet con identidad nacional y regional, que promueve los recursos de la zona austral de nuestro país.

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Oferta Turística: en este sentido, el proyecto en evaluación fomentara la calidad de la oferta turística, específicamente del rubro gastronómico que atiende las demandas de alimentación de los turistas nacionales e internacionales, debido a la disponibilidad de nuestros productos a las empresas de alimentación, interesadas en disponer de ellos diversificando la variedad de platos para la atención de sus clientes. Siendo sin duda un producto gourmet con identidad nacional y regional, que promueve los recursos de la zona austral de nuestro país, lo cual se verá reflejado en la inclusión de platos preparados con salmónidos, en cartas o menús de restorán y hoteles en el marco local.

Organización e Institucionalidad Público y Privada del Sector Turismo: considerando estos aspectos, el proyecto incidirá en la línea de intervención de una mejora del sector público y privado del sector turismo. El desarrollo del proyecto fomentará las actividades Acuícolas en la Región, en consecuencia atraerá la atención del sector del turismo para la articulación de paquetes Turísticos, enfocados en turismo gastronómico en relación al Salmón, las exportaciones del Salmón patagónico será conocido por el mundo, dando a conocer con ello un aporte para el desarrollo de actividades turísticas de la región. Capital Humano y Educación: en este sentido, el proyecto incidirá en la línea de intervención de

fomento e innovación, con la disponibilidad de alimentos basados en salmónidos que atraigan a los

turistas, por su exclusividad e identidad. De la misma forma, el Titular hace suyo el compromiso de

reducir y/o minimizar cualquier tipo de alteración del valor paisajístico del área de emplazamiento

del proyecto, además de capacitaciones constantes para la conservación del entorno natural. En

este sentido, el Titular ha considerado que las estructuras que forman parte del proyecto sean

pintadas de un color similar a las del entorno, de modo de lograr la mimetización del proyecto con

el paisaje del sector.

7.2. Con respecto al Plan Comunal de Desarrollo (PLADECO) de la Comuna de Puerto

Natales Período 2008-2012.

PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO COMUNAL

INTRODUCCIÓN

El diagnóstico construido para la actualización del PLADECO de Natales tiene una orientación

estratégica de manera tal que constituye un insumo realista en la elaboración de planes futuros.

Para precisar sus alcances se presenta el objetivo que se pretende alcanzar y sus lineamientos

metodológicos.

OBJETIVO

Describir la comuna de Natales en términos sociales y económicos a partir de antecedentes

aportados por fuentes primarias y secundarias y sistematizados en torno a 8 áreas de interés;

Salud, Social, Educación, Fomento productivo, Medioambiente, Turismo, Seguridad ciudadana,

Urbanismo e infraestructura.

METODOLOGÍA

La construcción del diagnóstico del PLADECO obedece a la aplicación de una metodología que

pretende privilegiar la mirada que tienen los actores participantes en el desarrollo económico y

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social de la comuna por sobre los datos estadísticos existentes, esto permite una aproximación a

las características del Natales de hoy valorando las percepciones de quienes viven día a día una

realidad a la que pertenecen y quieren seguir construyendo a futuro.

Esta visión es considerada pertinente cuando el objetivo del diagnóstico es aportar antecedentes

para el establecimiento de futuras líneas de acción que sean factibles de aplicar, más allá de los

extensos análisis cuantitativos, se asume que los actores sectoriales son quienes mejor conocen el

escenario en el que se desempeñan y por lo tanto están capacitados para mostrar lo que es su

comuna considerando sus particularidades incluso ideológicas y culturales.

Antecedentes que los análisis netamente cuantitativos no aportan. En consecuencia, la

construcción del diagnóstico utiliza como principal insumo las opiniones vertidas por los

participantes en el taller que arrojó como resultado el análisis FODA, y complementariamente

antecedentes estadísticos que tienen por objetivo ampliar la mirada que se da a la comuna y que

es transversal a todas las áreas consideradas. Las áreas de interés se han establecido en torno a 8

temáticas:

Educación

Salud

Social

Fomento productivo

Urbanismo e infraestructura

Medioambiente

Turismo

Seguridad ciudadana.

La desagregación de sectores que aquí se presenta es consecuencia precisamente de los intereses

manifestados por los actores, entendiendo que las problemáticas de interés ameritan ser tratadas

de forma separada para focalizar en ellas la atención y generar en etapas posteriores líneas de

acción que contribuyan efectivamente a darles solución desde un punto de vista estratégico.

Para cada sector o área considerada se presenta una síntesis que lo describe y a continuación se

adjuntan antecedentes estadísticos de utilidad para realizar análisis transversales según el interés

del lector.

La utilidad del diagnóstico construido radica en aportar información relevante para establecer

posteriormente objetivos estratégicos, líneas de acción y definir finalmente la “cartera de

proyectos” que es posible implementar y que es consistente con la realidad particular de la

comuna. El presente proyecto se inserta en los siguientes objetivos estratégicos de acuerdo al

análisis del PLADECO.

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Objetivos

Estratégicos

Líneas de Acción Proyectos

Asociados

Relación con el

Presente Proyecto

Reforzar las iniciativas

emprendedoras a través

de un mejoramiento en

la gestión municipal.

Reformular mapa de

zonificación de áreas con

aptitud acuícola que se

cruzan con zonas de

interés turístico.

Rediseño de Mapas de

zonificación para la

explotación acuícola

Respetar la Zonificación

planteada por el

Municipio y desarrollo de

la actividad acuícola en

lugares ya designados

para tal actividad

Promover la apertura de

nuevos sectores

productivos e inversiones

privadas.

Promover la manufactura

de los productos del mar

para darles mayor valor

agregado y generar

mano de obra.

Programa de apoyo a

iniciativas empresariales

en el sector de

manufactura de

productos del mar

Desarrollo de productos

de exportación marinos.

Específicamente

salmones para consumo.

Crear infraestructura

adecuada para el

desarrollo del sector

(astilleros)

Mejoramiento del borde

costero.

Inversión en

infraestructura de apoyo

a la actividad

acuacultural.

Generar instancias de

alternativas académicas

para los habitantes de la

comuna.

Fortalecer el desarrollo

de las mallas curriculares

en función de la visión

comunal. Educación para

el Desarrollo

Sustentable. Propender

al desarrollo de carreras

técnicas que respondan

a la demanda de

distintos sectores

productivos de la

comuna. (Turismo,

acuicultura, ganadería,

etc.)

Implementar Mallas

educacionales para

formación superior

basadas en las

competencias laborales

identificadas en los polos

desarrollo de la comuna

Requerimiento cada vez

mayores de personal

calificado en las distintas

áreas de servicios a la

acuicultura, (transportes,

Buceo, Limpieza, aseo,

alimentos e insumos, y

administración).

Implementar acciones

para el mejoramiento de

las vías urbanas en la

comuna.

-

Estudio de mejoramiento

de la red vial urbana,

señalética y servicios

asociados.

Mejora de la señalética y

caminera en el entorno

del proyecto.

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VIII. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

El Titular se compromete a mantener un mejoramiento continuo de sus procesos,

adoptando nuevas tecnologías disponibles.

El titular establece como compromiso ambiental voluntario el dotar de capacitación al

personal del centro de cultivo, tanto en aspectos relacionados con el manejo de peces,

como en temas vinculados a la protección del medio ambiente.

En el mismo sentido, el Titular se compromete a capacitar a los operarios en cuanto a

análisis y monitoreos rutinarios del centro de cultivo.

El Titular se compromete a utilizar colores armónicos con el paisaje en sus instalaciones, de

modo de lograr la mimetización de las estructuras de cultivo con el entorno. De la misma

forma, se mantendrá los alrededores al área de emplazamiento del proyecto libre de

contaminación de cualquier tipo de residuos generados por la actividad.

De la misma forma, se evitará en todo momento la presencia de plásticos u otros residuos

en el borde costero; y ante la eventual presencia de residuos, especialmente plásticos,

estos serán colectados y enviados a vertedero autorizado. En este sentido, se instruirá y

capacitará al personal del centro en cuanto al manejo de residuos sólidos.

El titular se compromete a ingresar la RCA del proyecto (una vez aprobado), al sistema de

Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del medio Ambiente.

El titular se compromete a la limpieza del borde costero asociado al proyecto, realizándola

en forma mensual, la cual quedará registrada en una bitácora interna del centro.

El titular se compromete a mantener registro de doble guía, para fines de fiscalización, para

el manejo y traslado de todo tipo de residuos como peligrosos, químicos e industriales.

El titular se compromete a mantener todos los productos químicos que se utilizaran en el

proyecto, de acuerdo a lo indicados en las hojas de seguridad de cada uno de ellos,

destinando un lugar para el almacenamiento y elementos de seguridad para el personal. Se

instalaran duchas de emergencia y para el lavado de ojos, tomando todas las precauciones

para que estas rutas se encuentren expeditas y sin obstáculos.

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IX. FIRMA DE LA DECLARACIÓN

En la representación que comparezco, “Brenda Luisa Vera Soto” declara bajo juramento que sobre

la base de los antecedentes contenidos en la presente Declaración de Impacto Ambiental, cumple

con la normativa ambiental vigente aplicable al proyecto “CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS

SECTOR PENINSULA STAINES Nº 2, XII REGIÓN N° PERT. 207122070”.

Brenda Luisa Vera Soto

12.760.731-1

Representante Legal.

Puerto Natales, Febrero de 2013.

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ANEXO 1: Documentación Representante Legal

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ANEXO 2: Proyecto Técnico y Carta DAC Subpesca.

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ANEXO 3: Informe Capacidad de Carga.

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ANEXO 4: Planes de Contingencia.

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ANEXO 5: Caracterización Preliminar de Sitio.

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ANEXO 6: Desinfectantes y Detergentes.

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ANEXO 7: Especificaciones Técnicas Pontón.

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ANEXO 8: Antecedentes Técnicos Incinerador

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ANEXO 9: Manuales

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ANEXO 10: Planta de Tratamiento Aguas Servidas

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ANEXO 11: Informe de Paisaje

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ANEXO 12: Informe de Biodiversidad

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