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SUMARIO I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID COMISARÍA DE AGUAS. Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico. Información pública en expediente CP-1517/2016-VA de competencia de proyectos en el término municipal de Tordehumos. Página 4 ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Personal. Convocatoria y Bases para la provisión por funcionario de carrera de un puesto de Operador de la Central de Comunicaciones en el Servicio de Extinción de incendios mediante concurso de traslados Página 6 ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Personal. Convocatoria y Bases para la provisión por funcionario de carrera de un puesto de Jefe/a de Sección en el Área de Igualdad de Oportunidades y Servicios Sociales mediante concurso específico de traslados Página 10 ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Servicio de Personal. Convocatoria y bases para la selección de personal funcionario de carrera en siete plazas de Técnico de Administración General mediante el sistema de concurso-oposición. Página 14 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2018-077 Viernes, 20 de abril de 2018 Núm. 77 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2018-077 Núm. 77 Viernes, 20 de abril de 2018 Pág. 1

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SUMARIO

I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE -CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

COMISARÍA DE AGUAS. Área de Gestión del Dominio PúblicoHidráulico. Información pública en expediente CP-1517/2016-VA decompetencia de proyectos en el término municipal de Tordehumos. Página 4

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Serviciode Personal. Convocatoria y Bases para la provisión por funcionario decarrera de un puesto de Operador de la Central de Comunicaciones en elServicio de Extinción de incendios mediante concurso de traslados Página 6

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Serviciode Personal. Convocatoria y Bases para la provisión por funcionario decarrera de un puesto de Jefe/a de Sección en el Área de Igualdad deOportunidades y Servicios Sociales mediante concurso específico detraslados Página 10

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS. Serviciode Personal. Convocatoria y bases para la selección de personalfuncionario de carrera en siete plazas de Técnico de AdministraciónGeneral mediante el sistema de concurso-oposición. Página 14

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DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID - FUNDACION MUNICIPAL DEDEPORTES

AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE CISTÉRNIGA (LA)

AYUNTAMIENTO DE FONTIHOYUELO

AYUNTAMIENTO DE MEGECES

AYUNTAMIENTO DE POLLOS

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Convocatoriade subvenciones a Mancomunidades de la provincia de Valladolid parasufragar los costes derivados de la prestación del servicio de recogida deresiduos sólidos urbanos, año 2018. Página 32

Convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidadesdeportivas para la realización de obras de mejora y/o remodelación deinstalaciones deportivas y para la adquisición de equipamientos para lasmismas durante 2018 Página 34

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra dereforma de edificio municipal en calle Mayor 3. Página 36

Exposición pública del padrón de contribuyentes de la tasa del servicio deabastecimiento de agua y recogida de basura correspondiente al 2ºsemestre 2017 Página 37

Bases generales de la convocatoria para la selección de una plaza deoperario de servicios múltiples vinculada a jubilación parcial (contrato derelevo) y formación de bolsa de empleo temporal, del Ayuntamiento de LaCistérniga. Página 38

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra derenovación de redes. Página 45

Anuncio aprobación de expediente de contratación Piscinas municipales ybar instalado en su recinto 2018 Página 46

aprobación del plan económico y financiero de los ejercicios 2.018/19 Página 47

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AYUNTAMIENTO DE ROBLADILLO

AYUNTAMIENTO DE VILLACARRALÓN

AYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 6

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra depavimentación y acerado. Página 48

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra. Página 49

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra deadecuación de balsas de residuos EDAR Página 50

Notificación de sentencia. Autos número delito leve 12/2018. Página 51

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número66/2018. Página 52

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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO

AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

COMISARÍA DE AGUASÁrea de Gestión del Dominio Público Hidráulico

Anuncio información pública.

D. Juan Carlos Sánchez-Valencia Díez (09283752D), en representación deAGROPECUARIA PATRISAVA, S.L. (B47744156), solicita de la ConfederaciónHidrográfica del Duero, una concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, enel término municipal de Tordehumos (Valladolid).

Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes:

Se pretende la ejecución de 4 sondeos, en el término municipal de Tordehumos(Valladolid), además de la utilización de otro, vinculado al aprovechamiento de aguassubterráneas por disposición legal (Sección B), autorizado a favor de Antonio Alonso Braune Isabel Rueda Otero, expediente de referencia IP-1153/2005-VA (ALBERCA-EPT).

-5 puntos de toma en total, con las siguientes características:

Nº TIPO DE TOMA PROFUNDIDAD (m) DIÁMETRO ENTUBADO (mm) DIÁMETRO (mm)

1 Sondeo 120 350 550

2 Sondeo 120 350 550

3 Sondeo 120 350 550

4 Sondeo 120 350 550

5 Sondeo (IP-1153/2005-VA) 200 300 300

-La situación de los puntos de captación son los siguientes:

Nº POLIGONO PARCELA PARAJE TERMINO PROVINCIA

1

17

13

COMUNIEGO O SAN LUIS

Tordehumos

Valladolid

2 13

3 14

4 14

5 13

-La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego de una superficie de 100

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ha en rotación, en un perímetro total de 198,05 ha, repartida entre las siguientes parcelas:

PARCELA POLIGONO TÉRMINO MUNICIPAL PROVINCIA SUPERFICIE DE RIEGO

13 17

Tordehumos

Valladolid

198,05 ha.

14

-El caudal máximo instantáneo solicitado es de 93 l/s.

-El volúmen máximo anual solicitado es de 544.700 m3/año, siendo el método deextracción utilizado el formado por 5 equipos de bombeo de 100 CV de potencia cada uno.

-Las aguas captadas se prevén tomar de la Masa de agua subterránea “Terciario DetríticoBajo Los Páramos” (DU-400067).

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamentodel Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, afin de que, en el plazo de UN MES contado tanto a partir de la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, como de su exposición en el lugaracostumbrado del Ayuntamiento de Tordehumos, puedan presentar reclamaciones los quese consideren afectados, en el Ayuntamiento de Tordehumos (Valladolid), en la oficina dela Confederación Hidrográfica del Duero en C/ Muro, 5 de Valladolid, donde puedeconsultarse el expediente de referencia CP-1517/2016-VA (ALBERCA-INY), o en elregistro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4.de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas.

Valladolid, 8 de febrero de 2018.- La Jefa de Servicio de Concesiones y Autorizaciones.-Fdo.: Diana Martín Sánchez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS.Servicio de Personal

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno nº 31/18, de fecha 23 de marzo de 2018, se hanaprobado las siguientes

BASES Y CONVOCATORIA DE CONCURSO DE TRASLADOS PARA LA PROVISIÓNPOR PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA CON CAPACIDAD DISMINUIDA DE UNPUESTO DE OPERADOR/A DE LA CENTRAL DE TELECOMUNICACIONES EN ELSERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL (PLAZA Nº 1515006)

Es objeto de esta convocatoria la provisión por concurso de un puesto de Operador/a dela Central de Telecomunicaciones en el Servicio de Extinción de Incendios y ProtecciónCivil (Plaza Nº 1515006), C.D. 16, C.E. 484,58 euros/mes.

El desarrollo del concurso se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8y 40 del Acuerdo de Funcionarios vigente, que regulan, respectivamente, las Bases deconcurso de traslados y el cambio de puesto del personal funcionario con capacidaddisminuida, y teniendo en cuenta las siguientes precisiones:

-Podrá tomar parte en el presente concurso el personal funcionario de carrera de estaDiputación o de sus Organismos Autónomos que pertenezca a la escala de AdministraciónEspecial, grupo C, Subgrupo C2 (Antiguo grupo D), que tenga su capacidad física y/opsíquica disminuida y que esté en posesión del título de Graduado en ESO, GraduadoEscolar, FP I o equivalente, debiendo tener una antigüedad de dos años en estaCorporación, en el mismo Grupo o Subgrupo de titulación.

-El baremo de méritos del concurso se concreta en lo siguiente:

a)-Méritos específicos: No se valoran en esta convocatoria.

b)-Antigüedad reconocida en servicios prestados a la Administración: 0,15 puntos por año,despreciándose las fracciones inferiores a 6 meses, hasta un máximo de 4 puntos.

c)-Experiencia en el mismo Servicio o, en su caso, Área, en el que se encuentre a efectospresupuestarios la plaza convocada en el momento de publicación de la convocatoria: 0,15puntos por año, hasta un máximo de 2,5 puntos.

d)-Cursos de formación y perfeccionamiento: se valorarán los cursos, jornadas, congresos,seminarios, simposiums o similares, que versen sobre cualquiera de las siguientesmaterias:

Atención telefónica y atención a público.Tecnologías de la información y telecomunicaciones

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Ofimática a nivel de usuariosUso y manejo del terminal de avisos 1.1.2 o similares.Actividades profesionales propias de bomberos.

Prevención de Riesgos Laborales relacionados con el puesto de trabajo, entendiéndosepor estos los cursos de prevención que versen sobre las siguientes materias:Uso de pantallas de visualizacion de datosBuenas prácticas preventivas en sector de oficinasPrevencion De Riesgos Generales De SeguridadBuenas Prácticas Preventivas En Seguridad VialIncendios Y Planes De EmergenciaFactores PsicosocialesUso de la vozErgonomiaAcoso laboral - protocolos de actuaciónTrastornos Musculoesqueléticos y movimientos repetitivosFatiga visualHábitos preventivos para la disminución de las lesiones dorsolumbaresHábitos preventivos para la mejora de las condiciones laborales a través de una dietasaludableNivel básico, intermedio y superior en prevención de riesgos laborales.

Solamente se valorarán los cursos realizados en Administraciones, Universidades, u otrosCentros reconocidos, acreditados u homologados oficialmente, con diploma o certificadode asistencia o superación en que conste el número de horas o créditos, hasta un máximode 3 puntos, del siguiente modo:

Por cada hora: 0,005 puntos.Por cada crédito: 0,05 puntos.

e)-Puestos de trabajo a los que pueda optar personal funcionario de distintos grupos osubgrupos de titulación: No aplicable en este caso.

f)-Titulaciones académicas de igual o superior nivel relacionadas con el puesto de trabajo:se valorarán, excluyendo la exigida para el acceso como personal funcionario, 0,50 puntospor cada una, hasta un máximo de 1 punto.

g)-Impartición de Cursos de formación y perfeccionamiento: por cada curso, jornada,congreso, seminario, simposium o similar impartido, que verse sobre las mismas materiasenunciadas en el apartado d), 0,025 puntos por hora impartida, hasta un máximo de 2puntos.

Los empates en la puntuación se resolverán a favor de la persona concursante con mayorantigüedad (apartado b) y, si el empate subsiste, a favor de la de más edad

Acreditación:

Los apartados b) y c) serán comprobados de oficio por la Diputación Provincial, encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28.2 y 53.1 d) de la ley 39/2015, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para el caso deservicios prestados en la Diputación Provincial de Valladolid. Para el caso de serviciosprestados en Administraciones distintas a ésta, las personas participantes en la presente

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convocatoria deberán acreditarlos mediante la presentación de certificado expedido por laAdministración Pública correspondiente, en original o fotocopia.

El apartado d) se acreditará mediante la aportación del diploma o certificado de asistenciaal curso expedido por el Centro Oficial donde se haya realizado, en original fotocopia, enel que conste el número de horas o créditos de cada curso.

El apartado f) se acreditará mediante la presentación del título o títulos correspondientesen original o fotocopia.

El apartado g) se acreditará mediante la presentación de certificado o certificadosexpedidos por el Centro o Administración donde se haya realizado, en original o fotocopia,en el que conste el número de horas impartidas.

A los efectos de lo dispuesto en los Arts. 28.3 y 53.1 d) de la ley 39/2015, las personasque ya hayan aportado en otras convocatorias o en cuyo expediente personal constendocumentos valorables en los apartados d), f) o g) no tendrán obligación de volver aaportar estos mismos documentos.

A estos efectos, solamente se entenderá cumplido este trámite presentando una relaciónde los mismos, con indicación de la convocatoria a la que se aportaron o, en su caso,haciendo mención expresa de los que consten en su expediente personal.

Asimismo, para el caso de cursos de formación valorables que hayan sido impartidos porla Diputación Provincial en el ámbito de su Centro de Formación, tanto si la personaconcursante ha participado en dichos cursos en calidad de alumno como si lo ha hecho encalidad de ponente, éstos serán comprobados de oficio por la Diputación Provincial, encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28.2 y 53.1 d) de la ley 39/2015. En cualquiercaso, las personas concursantes deberán hacer mención expresa en su instancia de laparticipación en los cursos que consideren valorables, indicando la fecha de los mismos yla materia tratada en ellos.

Todo lo anterior no excluye la posterior obligación del personal concursante de aportar, ensu caso, los originales de la documentación presentada y valorada para su cotejo una vezefectuada la propuesta de nombramiento en el puesto que le haya sido adjudicado, en elcaso de que dicha documentación no hubiese sido presentada con anterioridad.

A efectos de su valoración por la Comisión correspondiente, se advierte que no serántenidos en cuenta los méritos no alegados por el personal concursante, ni los alegados yno acreditados.

El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles a partir del siguiente al dela publicación de la convocatoria en el B.O.P., y en las mismas, los interesados deberándeterminar el puesto al que pretenden acceder.

La admisión o inadmisión de las instancias será resuelta por el Ilmo. Sr. Presidente de laDiputación, estando condicionada a la compatibilidad de la situación físico-psíquica delfuncionario/a con el puesto a proveer, la cual será informada por el Servicio de Vigilanciade la Salud del Servicio de Prevención. Para ello, el/los interesados deberán adjuntar a lainstancia en la que soliciten su participación los informes médicos que considerenconvenientes y que servirán para dictaminar la aptitud o no aptitud para el desempeño delpuesto convocado.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 88.3 de la Ley 39/2015, se hace constar quecontra este acto administrativo, que es definitivo en la vía administrativa, caben,alternativamente, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismoórgano que lo ha dictado o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses,computándose los plazos para recurrir en todo caso a partir del día siguiente al de lanotificación o publicación, pudiendo ejercitar los interesados cualquier otro recurso queestimen oportuno.

Lo que se publica, para general conocimiento.

En Valladolid, a 17 de abril de 2018, El Presidente.- Jesús Julio Carnero García

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS.Servicio de Personal

Por acuerdo de la Junta de Gobierno nº 30/18, de fecha 23 de marzo de 2018, se hanaprobado las siguientes

BASES Y CONVOCATORIA DE CONCURSO ESPECÍFICO DE TRASLADOS PARA LAPROVISIÓN POR PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DE UN PUESTO DEJEFE/A DE SECCIÓN EN EL ÁREA DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y SERVICIOSSOCIALES (PLAZA Nº 1100012)

Es objeto de esta convocatoria la provisión por concurso específico de un puesto de Jefe/ade Sección en el Área de Igualdad de Oportunidades y Servicios Sociales (Plaza nº1100012) C.D. 26, C.E, 1.229,30 euros/mes.

De acuerdo con la Relación de Puestos de Trabajo y el manual de funciones vigente, lasprincipales funciones del puesto son las siguientes:

-Cooperación con su Jefatura inmediata en el desarrollo de su función directiva.

-Sustitución de la Jefatura inmediata en las ausencias por vacaciones, licencias porasuntos propios, etc., y siempre que se requiera.

-Propuesta de perfeccionamiento de los métodos y la organización del trabajo de laSección.

-Coordinación de las tareas de la Sección.

-Supervisión y control del personal adscrito a la Sección.

-Avocación, en circunstancias especiales, de las funciones de sus subordinados.

-Autorización con su firma o visado de los informes, actos de gestión, oficios,requerimientos, comunicaciones y emplazamientos que se originen en la Sección, conconocimiento o visado del Jefe de Servicio.

-Realización de informes y planificación en el ámbito de su competencia y materias de susección, en su caso, de acuerdo con la titulación o categoría requeridos para el puesto.

-Responder y rendir cuentas ante su jefatura inmediata de los resultados del trabajo de lasección, así como de los objetivos conseguidos.

Asimismo, todas aquellas funciones y/o tareas propias de la categoría profesional delpuesto.

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El hecho de optar por un sistema de provisión de concurso específico tiene su soportelegal en lo dispuesto en el Art. 8.5 del vigente Acuerdo para el Personal Funcionario. Deacuerdo al mismo, “Cuando, en atención a la naturaleza de los puestos a cubrir, y teniendoen cuenta las funciones recogidas en la RPT, o cuando se motive convenientemente por laAdministración, en las convocatorias se hará constar que se trata de concursosespecíficos…”

En cuanto a las razones que aconsejan la provisión de la plaza por concurso específico,pueden mencionarse el carácter de alguna forma cuasi directivo del puesto, que incluye, ensu caso, la sustitución del Jefe de Servicio (puesto a proveer por libre designación) en loscasos de ausencia de éste, además de la función de coordinación de las actividades delpersonal de la sección, función ésta de carácter directivo asimismo; lo anteriormenteexpuesto, unido al hecho de que es función de este puesto cooperar directamente con suJefatura en el desarrollo de su función directiva, sirviendo, además, de correa detransmisión o elemento de unión entre la Jefatura del Servicio y el resto del personal, es loque motiva que se considere que para la cobertura de este puesto cabe utilizar el concursoespecífico, híbrido entre la libre designación (del puesto superior) y el concurso ordinarioque es el sistema por el que se procede a la cobertura de los puestos que se encuentranbajo su jerarquía.

El desarrollo del concurso específico se llevará a cabo en dos fases, de acuerdo con lodispuesto en el artículo 8.5 del Acuerdo de Funcionarios de esta Diputación Provincial, enla primera de las cuales se valorarán los méritos generales, según se determinan en el art.8.3. D) del citado Acuerdo, a excepción del apartado a), y en la segunda, se valorarán losméritos específicos adecuados a las características del puesto, no siendo necesariosuperar una determinada puntuación en ninguna de las dos fases. Se estará a lo reguladoen el art. 8.3 del Acuerdo de Funcionarios en cuanto al procedimiento de la convocatoria,teniendo en cuenta las siguientes precisiones:

Podrá tomar parte en este concurso el personal funcionario de esta Diputación o de susOrganismos Autónomos de los subgrupos A1 ó A2 (antiguos grupos A ó B) que,legalmente, pueda ser destinado a desempeñar los puestos de trabajo convocados, enfunción de su nombramiento y su carrera profesional. Para poder participar en losprocedimientos de concurso de provisión de puestos de trabajo, el personal deberá teneruna antigüedad de dos años en esta Diputación o en sus Organismos Autónomos en elmismo grupo o subgrupo de titulación.

-El baremo de méritos del concurso se concreta en lo siguiente:

a)-Méritos específicos: No se valoran en esta convocatoria.

b)-Antigüedad reconocida en servicios prestados a la Administración: 0,15 puntos por año,despreciándose las fracciones inferiores a 6 meses, hasta un máximo de 4 puntos.

c)-Experiencia en el mismo Servicio o, en su caso, Área, en el que se encuentre a efectospresupuestarios la plaza convocada en el momento de publicación de la convocatoria: 0,15puntos por año, hasta un máximo de 2,5 puntos.

d)-Cursos de formación y perfeccionamiento: se valorarán los cursos, jornadas, congresos,seminarios, simposiums o similares, que versen sobre cualquiera de las siguientesmaterias:

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Atención a personas con dependencia Atención Integral Centrada en la PersonaEnvejecimiento activo y saludable desde la discapacidad Estrategia de comunicación einfluencia interpersonal Dirección y Gestión de equipos de trabajo Atención a víctimas deviolencia de género Fragilidad Gestión y administración gerontológica Métodos y técnicasde rehabilitación cognitiva y de las capacidades funcionales Conocimientos específicossobre Dirección de Centros y Servicios Sociales. Prevención de Riesgos Laboralesrelacionados con el puesto de trabajo.

Solamente se valorarán los cursos realizados en Administraciones, Universidades, u otrosCentros reconocidos, acreditados u homologados oficialmente, con diploma o certificadode asistencia o superación en que conste el número de horas o créditos, hasta un máximode 3 puntos, del siguiente modo:

Por cada hora: 0,005 puntos.

Por cada crédito: 0,05 puntos.

e)-Pertenencia al subgrupo A1 de titulación: 1 punto.

f)-Titulaciones académicas de igual o superior nivel relacionadas con el puesto de trabajo:no se valoran en esta convocatoria, en aplicación de lo dispuesto en el Art. 8 del vigenteacuerdo para el personal funcionario.

g)-Impartición de Cursos de formación y perfeccionamiento: por cada curso, jornada,congreso, seminario, simposium o similar impartido, que verse sobre las mismas materiasenunciadas en el apartado d), 0,025 puntos por hora impartida, hasta un máximo de 2puntos.

Los empates en la puntuación se resolverán a favor de la persona concursante con mayorantigüedad (apartado b) y, si el empate subsiste, a favor de la de más edad

Acreditación:

Los apartados b), c) y e) serán comprobados de oficio por la Diputación Provincial, encumplimiento de lo dispuesto en los artículos 28.2 y 53.1 d) de la ley 39/2015, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A estos efectos, ypara el caso de prestación de servicios en Administraciones distintas a la DiputaciónProvincial, las personas participantes en la presente convocatoria deberán señalar laAdministración de que se trate.

El apartado d) se acreditará mediante la aportación del diploma o certificado de asistenciaal curso expedido por el Centro Oficial donde se haya realizado, en original o fotocopia, enel que conste el número de horas o créditos de cada curso.

El apartado g) se acreditará mediante la presentación de certificado o certificadosexpedidos por el Centro Oficial donde se haya realizado, en original o fotocopia, en el queconste el número de horas impartidas.

2ª Fase: Méritos específicos a valorar: Experiencia en el ámbito de la atención integral alas personas en la Administración Pública.

El citado mérito se valorará a través de la realización de una Memoria o Proyecto queverse sobre la Implantación de un Modelo de Atención Integral centrada en las personas

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en los Centros Asistenciales de Diputación

Dicha memoria se presentará junto con la solicitud de participación en el concurso y sedefenderá en una entrevista ante la Comisión de Valoración, la cual podrá solicitar lasaclaraciones que considere oportunas respecto de la memoria presentada. Tal memoria sevalorará con un máximo de 4 puntos.

El plazo de presentación de instancias será de 15 días hábiles a partir del siguiente al dela publicación de la convocatoria en el B.O.P., y en las mismas, las personas interesadasdeberán determinar el puesto al que pretenden acceder.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 88.3 de la Ley 39/2015, se hace constar quecontra este acto administrativo, que es definitivo en la vía administrativa, caben,alternativamente, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismoórgano que lo ha dictado o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid o ante el que el/la demandantetenga su domicilio, en el plazo de dos meses, computándose los plazos para recurrir entodo caso a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, pudiendo ejercitarlos/as interesados/as cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Lo que se publica, para general conocimiento.

En Valladolid, a 17 de abril de 2018, El Presidente.- Jesús Julio Carnero García

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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2018-077

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA PERSONAL Y NUEVAS TECNOLOGIAS.Servicio de Personal

Por acuerdo de la Junta de Gobierno nº 29/18, de fecha 23 de marzo de 2018, se hanaprobado las siguientes

BASES POR LAS QUE HABRÁ DE REGIRSE LA CONVOCATORIA PARA SELECCIÓNDE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA EN LOS PUESTOS VACANTES EN LAPLANTILLA DE ESTA DIPUTACIÓN

PRIMERA: Objeto.

Es objeto de esta convocatoria la selección para ingreso de personal funcionario en lasplazas de esta Diputación Provincial que figuran en el Anexo I de estas Bases Generales,mediante el sistema de selección que se indica en el mismo.

Las plazas pertenecen a la escala, subescala o clase que se indican en el Anexo I y estándotadas con los haberes correspondientes al Grupo y, en su caso, Subgrupo, queigualmente se especifica.

La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, en el BoletínOficial de Castilla y León, en el tablón de anuncios de la Diputación y, en extracto, en elBoletín Oficial del Estado.

SEGUNDA: Requisitos de las personas aspirantes.

Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantesdeberán reunir los siguientes requisitos:

a)-Tener la nacionalidad española o la de uno de los Estados miembros de la UniónEuropea, o de otros Estados para los que se permita el acceso según la legislaciónvigente.

b)-Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c)-Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima dejubilación forzosa establecida por Ley para el acceso al empleo público.

d)-No haber sido separadas mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera delas Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de lasComunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos ocargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personalfuncionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso delpersonal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser

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nacionales de otro Estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sidosometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismostérminos el acceso al empleo público.

e)-Estar en posesión de la titulación exigida y que se especifica en el Anexo I de estaconvocatoria. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar enposesión de la credencial que acredite su homologación por el ministerio competente enmateria de educación.

f)-Los demás que, en su caso, se especifiquen en el Anexo I en virtud de la especialidadde las plazas o del sistema selectivo.

Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha en que termine el plazo depresentación de solicitudes y gozar de ellos durante el procedimiento de selección, hasta elmomento del nombramiento.

Las personas con discapacidad, que en todo caso habrá de acreditarse, serán admitidas alas pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de las personas aspirantes,siempre que sus limitaciones sean compatibles con el apartado b) del primer párrafo deesta Base, lo que también deberá ser acreditado. Se realizarán las adaptaciones posiblesde tiempo y medios en las pruebas selectivas, si las personas interesadas lo señalan en lasolicitud de participación.

TERCERA: Forma y plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes (cuyo modelo se adjunta como anexo III) para participar en elprocedimiento selectivo, en las que las personas aspirantes deberán manifestar quereúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda (y, en su caso, enel anexo I) y que se comprometen a prestar juramento o promesa en la forma legalmenteestablecida, se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación y se presentarán en elRegistro General de la Diputación, durante el plazo de veinte días naturales, contados apartir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria enextracto en el Boletín Oficial del Estado.

También podrán presentarse las solicitudes en el Registro General de la Diputación, yasimismo conforme dispone el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, delProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, Ley39/15).

Las solicitudes que se remitan a través de las oficinas de Correos deberán presentarse ensobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos correspondienteantes de su envío.

Los derechos de examen, cuya cuantía se fija en el Anexo I, serán satisfechos por laspersonas interesadas en la C/C nº IBAN: ES58-2108-4300-1500-3203-9294, de la EntidadCEISS “Caja España-Duero”, mediante cualquier medio del que quede constancia delingreso, en el que figuren los datos de la persona aspirante y que se unirá a la solicitud.

En ningún caso la mera presentación y pago de los derechos de examen supondrásustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

La falta de abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la personaaspirante.

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CUARTA: Admisión de personas aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputacióndictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisionalde personas aspirantes admitidas y excluidas. Dicha resolución se publicará en el BoletínOficial de la Provincia y en la página web de la Diputación Provincial de Valladolid y en ellase indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la mencionada lista,concediéndose un plazo de diez días hábiles a los efectos previstos en el artículo 68 de laLey 39/15.

Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ningún tipo de reclamación o rectificación, salvolos casos previstos en el artículo 109.2 de la Ley 39/15.

La resolución de la Presidencia en la que se aprueba la lista definitiva de personasadmitidas y excluidas, se publicará en la forma indicada para la lista provisional. Lapublicación de dicha resolución será determinante en el cómputo de los plazos a efectosde interposición de recurso.

QUINTA: Tribunal.

De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente, el Tribunal calificador será nombradopor resolución del Presidente de la corporación, y estará compuesto del siguiente modo:

PRESIDENTE/A: Un funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Valladolid.

VOCALES:

Un funcionario de carrera designado a propuesta de la Junta de Castilla y León.

Tres funcionarios de carrera de la Diputación Provincial de Valladolid. De éstos, al menosuno de los ellos podrá ser elegido de entre los componentes de la lista de personal que secreará al efecto para la composición de las comisiones y/o tribunales de selección.

SECRETARIO/A: Un funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Valladolid, queactuará con voz, pero sin voto.

El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que habrán dedesignarse simultáneamente con los titulares. Deberán poseer todos ellos un nivel detitulación o especialización igual o superior al exigido para el ingreso en el cuerpo o escalade que se trate. En la composición del Tribunal se tenderá, en la medida de lo posible, a laparidad entre hombres y mujeres.

Cada grupo político provincial y la junta de personal de la Diputación podrán proponer elnombramiento de una persona cada uno de ellos, titular y suplente, que podrá asistir, comoobservadora, a las sesiones del Tribunal.

La modificación del Tribunal, en caso de que fuese necesaria, se efectuará por resoluciónmotivada del Presidente de la Corporación.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de susmiembros, titulares o suplentes indistintamente, estando presentes en cualquier caso laspersonas que ostenten los cargos de Presidente/a y Secretario/a, y estará facultado para

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resolver cualquier duda o incidente que pudiera surgir durante el desarrollo de las pruebasy para tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las mismas, pudiendo actuarconjuntamente titulares y suplentes si se considera necesario.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores o asesorasespecialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichas personas asesoras se limitaránal ejercicio de sus especialidades técnicas en base, exclusivamente, a las cuales,colaborarán con el órgano de selección y actuarán con voz pero sin voto.

Las personas integrantes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismocuando concurra alguno de los motivos previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, ley 40/15) y podrán serrecusadas por las personas aspirantes de conformidad con lo regulado en el artículo 24 dela Ley 40/15.

A los efectos de abono por asistencias, las personas miembros del Tribunal estaránintegradas en la categoría correspondiente al grupo y, en su caso, subgrupo de titulaciónque se señala en el Anexo I.

SEXTA: Fase de concurso

Con carácter previo a la fase de oposición, el Tribunal valorará los méritos relacionados yacreditados por las personas aspirantes, adjuntados en su día a la instancia solicitandotomar parte en la convocatoria, conforme al baremo establecido en el Anexo I.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta parasuperar la fase de oposición.

Resuelta esta fase, se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de laDiputación el resultado de la misma, con la puntuación obtenida por cada una de laspersonas aspirantes.

En el plazo de siete días hábiles desde la publicación del resultado de esta fase, laspersonas interesadas podrán plantear las reclamaciones que estimen oportunas enrelación con la puntuación otorgada en la misma. Dichas reclamaciones serán resueltas porel Sr. Presidente de la Corporación, mediante resolución motivada, previa propuesta delTribunal Calificador.

SÉPTIMA: Desarrollo de la oposición.

El calendario para la realización de las pruebas será el que determine el Tribunal una vezconstituido, no pudiendo exceder el plazo para la resolución del procedimiento selectivo de8 meses. Las personas solicitantes podrán entender desestimadas sus peticionestranscurrido ese tiempo máximo sin que recaiga resolución expresa, teniendo derecho a ladevolución de los derechos de examen.

Quince días antes, como mínimo, del comienzo del primer ejercicio, se anunciará en elBoletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios y en la página web de laDiputación el día, hora y lugar en que se celebrará.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberátranscurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

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El orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios que no puedanrealizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquellas personas cuyo primerapellido comience por la letra “Ñ”, según la Resolución de 18 de abril de 2017 (BOE nº 94,de 20 de abril de 2017), de la Secretaría General para la Administración Pública por la quese hace público el sorteo a que se refiere el artículo 17 del R.D. 364/95 de 10 de marzo,por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al servicio de laAdministración del Estado.

Las personas opositoras serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único salvocasos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal, o que seprevea de otro modo en el Anexo. La no presentación de una persona aspirante acualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamada, determinaráautomáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en lossucesivos, quedando excluida, en consecuencia, del proceso selectivo.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no será obligatoria la publicación de lossucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de laProvincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde sehayan celebrado las pruebas anteriores, así como en el Tablón de Anuncios y en la páginaweb de la Diputación.

OCTAVA: Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios de la oposición, que se determinan en el Anexo I, serán calificados como seindica en el mismo.

Las calificaciones de las personas aspirantes que hubiesen superado cada ejercicio seharán públicas, si es posible, el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en elTablón de Anuncios y en la página web de la Diputación y en el edificio o local en que sehaya celebrado la prueba.

En el plazo de siete días hábiles desde la publicación de las calificaciones de cadaejercicio, las personas interesadas podrán plantear las reclamaciones que estimenoportunas en relación con una o más preguntas de las que formen parte del ejercicio.Dichas reclamaciones serán resueltas por el Sr. Presidente de la Corporación, medianteresolución motivada, previa propuesta del Tribunal Calificador.

NOVENA: Puntuación definitiva y propuesta de nombramiento.

Finalizada la oposición, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios y en la páginaweb de la Corporación y en el lugar de celebración del último ejercicio, la puntuación de laspersonas aspirantes que hubieran superado todos los ejercicios de la fase de oposición,sumada a la puntuación de la fase de concurso, así como la propuesta de nombramiento afavor de las personas que hubieran obtenido la mayor puntuación.

En el caso de que ninguna persona aspirante hubiera superado la totalidad de losejercicios, el Tribunal declarará desierto el procedimiento selectivo.

DÉCIMA: Bolsa de funcionarios interinos.

Tras la finalización de los ejercicios de la oposición, el Tribunal confeccionará lacorrespondiente lista que contendrá la relación ordenada de personas aspirantes que,habiendo superado todos los ejercicios de la fase de oposición, no hayan obtenido plaza,

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tal y como se detalla en el párrafo siguiente. Dicha lista se elaborará a los efectos deconstitución de una bolsa de empleo que será utilizada para llamamientos comofuncionarios interinos.

En dicha bolsa tendrán preferencia los aspirantes que habiendo superado todos losejercicios de la fase de oposición no hayan obtenido plaza, por el orden de puntuaciónobtenida. Después de éstos tendrán preferencia los que hayan aprobado mayor número deejercicios, estableciéndose el orden entre los que tengan el mismo número de ejerciciosaprobados por la puntuación final derivada de la suma de la puntuación de todos losejercicios. Cuando el proceso selectivo sea el de concurso-oposición la puntuación finalserá la resultante en cada caso de la suma de la fase de oposición y la de concurso.

De producirse un empate en el número de ejercicios aprobados y en la puntuación detodos los ejercicios el orden se establecerá alfabéticamente empezando por la letra queresulte del sorteo a que se refiere el artículo 17 del RD 394/1995, de 10 de marzo, queaprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración delEstado, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal de losfuncionarios civiles de la Administración del Estado y que se haya aplicado al procesoselectivo del que derive la bolsa. Si aún persistiera el empate se resolverá mediantesorteo.

UNDÉCIMA: Presentación de documentos y nombramiento.

Las personas aspirantes propuestas aportarán ante la Diputación, en el Registro General,dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación depersonas aprobadas a que se refiere la base anterior, los documentos acreditativos de lascondiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y que son los siguientes:

1º)-Fotocopia compulsada del D.N.I. o certificado de nacimiento, expedido por el RegistroCivil correspondiente.

2º)-Título académico exigido o resguardo del pago de derechos del mismo.

3º)-Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas expedido por los servicios médicos que designe la Diputación.

4º)-Declaración jurada de cumplimiento de lo previsto en la letra d) del primer párrafo de laBase Segunda.

5º)-Declaración jurada de no encontrarse incursa en causa de incapacidad específicaconforme a la normativa vigente.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, las personas propuestas nopresentaran la documentación exigida o del examen de la misma se dedujera que carecende alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombradas yquedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en quehubieran podido incurrir por falsedad.

Cumplidos los requisitos precedentes, el Presidente de la Diputación efectuará elnombramiento de las personas aspirantes propuestas, quienes deberán tomar posesión enel plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación opublicación del nombramiento, según proceda. Si no tomasen posesión en el plazoindicado, sin causa justificada, no adquirirán la condición de personal funcionario, perdiendo

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todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento.

DUODÉCIMA: Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, así comode las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por las personas interesadas, enlos casos y forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas.

DECIMOTERCERA: Normativa Supletoria.

En todo lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; en el Real Decreto Legislativo 781/86,de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legalesvigentes en materia de Régimen Local; en la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas parala Reforma de la Función Pública; en el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que seestablecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse elprocedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, en la Ley 7/2005,de 24 de mayo, de Función Pública de Castilla y León y en el Real Decreto Legislativo5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del EstatutoBásico del Empleado Público

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.3 de la Ley 39/15, contra este actoresolutorio procede recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo hadictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante elJuzgado de lo contencioso-administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses,computándose tales plazos a partir del día siguiente al de la notificación o publicaciónprocedentes, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro queestimen oportuno.

Lo que se publica, para general conocimiento.

ANEXO I

Oferta de Empleo: 2016 y 2017.

Denominación de las plazas: Técnico de Administración General.

Número de plazas: 7, correspondientes en la plantilla presupuestaria a los siguientesnúmeros:1880001188000418800051880006188000718800081881001

Grupo: A.Subgrupo: A1Escala: Administración General.

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Subescala: Técnica.

Sistema de selección: Concurso-Oposición libre.

Requisitos específicos:

Licenciatura en Derecho o Grado equivalente.

Derechos de examen: 18 euros. De acuerdo a lo establecido en el Art. 4 de la OrdenanzaFiscal reguladora de las tasas por derechos de examen, se aplicará una reducción del50% de la tarifa a personas en situación de desempleo y a aquéllas que acrediten ungrado de minusvalía igual o superior al 33%. Esta reducción no será acumulativa en elcaso de personas que se encuentren simultáneamente en ambas situaciones,computándose por lo tanto solamente una de ellas.

De conformidad con lo establecido en el Art. 6 de la Ordenanza Fiscal reguladora de lastasas por derechos de examen, las personas que aleguen situación de desempleo habránde acreditar encontrarse en dicha situación durante el plazo de presentación de instancias,adjuntando a tal efecto certificado de situación laboral y administrativa expedido por laoficina de empleo correspondiente.

Asimismo, y de conformidad con lo establecido en la ley 40/2003, de 18 de noviembre, deprotección a las Familias Numerosas, se establece una bonificación del 100% de la tasa alos miembros de las familias numerosas de categoría especial y del 50% para los decategoría general. Este extremo se acreditará adjuntando a la solicitud para participar enlas pruebas selectivas fotocopia del título de familia numerosa expedido por laAdministración correspondiente, en el que conste la vigencia del mismo.

FASE DE CONCURSO

Por servicios prestados en la Administración Local como Técnico/a de AdministraciónGeneral: 0.075 puntos por mes hasta un máximo de 9 puntos, acumulándose todos losperíodos y despreciándose la fracción final resultante inferior al mes.

Acreditación: a través de la siguiente documentación.

Los servicios prestados se acreditarán mediante certificación expedida por laAdministración correspondiente, en la que consten el puesto de trabajo desempeñado y eltiempo de servicios.

FASE DE OPOSICIÓN

Los ejercicios de la oposición serán tres, todos ellos de carácter obligatorio y eliminatoriopara todos los aspirantes.

PRIMER EJERCICIO: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período máximo dedos horas, un tema de carácter general a elegir por el aspirante entre dos propuestos porel Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionados con el programaque se acompaña a la convocatoria, aunque no se atengan a un epígrafe concreto delmismo, teniendo los/as aspirantes amplia libertad en su forma de exposición.

En este ejercicio se valorará la formación general universitaria, la claridad y orden deideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal de la persona aspirante y

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su capacidad de síntesis.

Este ejercicio será objeto de lectura por parte del Tribunal mediante un sistema de plicasque garantice el anonimato de las personas aspirantes. Esta prueba se calificará con unmáximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla.

SEGUNDO EJERCICIO: Para quienes hayan superado el anterior ejercicio, consistirá en eldesarrollo por escrito en un plazo máximo de cuatro horas, de cuatro temas extraídos alazar, uno de cada parte del programa. En él se valorarán, fundamentalmente, la amplitud ycompresión de los conocimientos expuestos, la claridad de la exposición y la calidad ycapacidad de expresión. Esta prueba se calificará con un máximo de 10 puntos, siendonecesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla.

Este ejercicio será objeto de lectura pública ante el Tribunal, quien podrá establecer undiálogo con la persona aspirante o formularle preguntas sobre el mismo, si lo estimaoportuno, durante un tiempo máximo de diez minutos. Esta prueba se calificará con unmáximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla.

TERCER EJERCICIO: Para quienes hayan superado los anteriores ejercicios, sedesarrollará, por escrito, durante un período máximo de tres horas, y consistirá en laredacción de un informe, con propuesta de resolución, sobre uno o varios supuestosprácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio,relativos a tareas administrativas propias de las funciones asignadas al subgrupo.

Durante el desarrollo de esta prueba las personas aspirantes podrán en todo momentohacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de losque acudan provistos.

En este ejercicio se valorará fundamentalmente la capacidad de raciocinio, la sistemáticaen el planteamiento y formulación de conclusiones y el reconocimiento y adecuadainterpretación de la normativa y jurisprudencia aplicable.

Este ejercicio será objeto de lectura pública ante el Tribunal, quien podrá establecer undiálogo con la persona aspirante o formularle preguntas sobre el mismo, si lo estimaoportuno, durante un tiempo máximo de diez minutos. Esta prueba se calificará con unmáximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla.

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ANEXO II

PROGRAMA

Bloque I: Derecho Constitucional y de la Unión Europea.

1.-El Estado. Elementos constitutivos. Las diversas concepciones del Estado. Laestructura del Estado. Teorías sobre las formas de gobierno. La forma parlamentaria degobierno.

2.-Democracia y Estado social. Modelos, políticas y problemas actuales del Estado delbienestar.

3.-La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. Principios y valores.

4.-Derechos y libertades en la Constitución Española. Derechos fundamentales y libertadespúblicas. El principio de igualdad. La igualdad formal. La igualdad sustancial: el artículo 9.2de la Constitución. El sistema de protección de los derechos constitucionales.

5.-La Corona según la Constitución. Sucesión y regencia. Atribuciones. El refrendo.

6.-Las Cortes Generales. Composición y funciones. Regulación y funcionamiento de lasCámaras. Los reglamentos parlamentarios. El estatuto de los parlamentarios.

7.-El Gobierno en el sistema constitucional español. Composición, organización yfunciones. El Presidente del Gobierno. El control parlamentario del Gobierno.

8.-La Administración General del Estado. Organización y funcionamiento; sus órganossuperiores. La organización territorial de la Administración del Estado.

9.-El Poder Judicial. Regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del PoderJudicial: designación, organización y funciones. La organización de la Administración deJusticia en España.

10.-Hacienda y Economía. El artículo 135 de la Constitución Española. El Tribunal deCuentas.

11.-Organización territorial del Estado. El Estado autonómico: naturaleza jurídica yprincipios. Las formas de acceso a la autonomía en la Constitución española.

12.-Los Estatutos de Autonomía. La organización política y administrativa de lasComunidades Autónomas. El contenido de los Estatutos de Autonomía.

13.-El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las ComunidadesAutónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

14.-La Comunidad de Castilla y León. Proceso de constitución de la Comunidad Autónoma.El Estatuto de Autonomía: elaboración, modificaciones y reforma. Estructura y contenidobásico.

15.-Instituciones básicas de la Comunidad de Castilla y León. Las Cortes de Castilla yLeón. El Presidente de Castilla y León. La Junta de Castilla y León. Otras institucionesautonómicas.

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16.-El Tribunal Constitucional. Composición, designación y organización. Funciones delTribunal Constitucional. Control de constitucionalidad y conflictos de competencias.

17.-La reforma constitucional en España. Características esenciales, condiciones yprocedimientos.

18.-La Unión Europea: origen y evolución. Instituciones y organismos de la Unión Europea.El Consejo y la Comisión Europea. El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. Otrosorganismos de la Unión Europea

19.-El sistema normativo de la Unión Europea. Derecho primario y secundario. Laparticipación de los Estados miembros en la toma de decisiones

20.-Las relaciones entre el derecho de la Unión Europea y los ordenamientos internos delos Estados miembros. La primacía y el efecto directo.

21.-La Unión Económica y Monetaria. Los Fondos Estructurales. Especial referencia a lacohesión económica y social y a la política regional europea.

Bloque II: Derecho Administrativo.

22.-La Administración Pública en la Constitución. Principios y reglas de funcionamiento. Elsometimiento pleno a la ley y al derecho.

23.-El Derecho Administrativo. Concepto. Tipos históricos del derecho administrativo.Sistemas contemporáneos.

24.-La Constitución como norma jurídica. La Ley: sus clases. Las leyes estatales en elsistema español. Las disposiciones del Gobierno con fuerza de ley. Los Tratadosinternacionales como normas de derecho interno.

25.-El reglamento. Concepto y naturaleza. La potestad reglamentaria. Formación yfundamento. Clases de reglamentos. El control de la potestad reglamentaria. Otras fuentesdel Derecho Administrativo.

26.-El principio de legalidad en la Administración. Atribución de potestades. Potestadesregladas y discrecionales. El control de la discrecionalidad, con especial referencia a ladesviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.

27.-El Administrado: concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causasmodificativas. Los derechos del ciudadano en sus relaciones con la Administración Pública.Situaciones jurídicas del administrado: derechos subjetivos e intereses legítimos. Larepresentación.

28.-Los actos jurídicos de la Administración. El acto administrativo: concepto. Elementos.Clasificación de los actos administrativos.

29.-Validez e invalidez de los actos administrativos y de las disposiciones generales.Nulidad de pleno derecho. Anulabilidad. Irregularidades no invalidantes. Convalidación,conservación y conversión.

30.-La eficacia del acto administrativo: principios generales. La demora y retroactividad dela eficacia. Ejecutividad del acto administrativo. Ejecutoriedad y procedimientos de

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ejecución. La coacción administrativa directa. La vía de hecho.

31.-El procedimiento administrativo común: concepto y naturaleza. Objeto y ámbito.Interesados. Actividad de las Administraciones Públicas. Términos y plazos. Los medioselectrónicos aplicados al procedimiento administrativo común.

32.-Fases del procedimiento administrativo común: iniciación y ordenación. instrucción,finalización y ejecución. Modos de finalización. El procedimiento simplificado.

33.-La obligación de resolver. Plazos y responsabilidad de la tramitación. El silencioadministrativo. La notificación: Modos de notificación, contenido, plazo y práctica. Lapublicación.

34.-La revisión de los actos administrativos (I). La revisión de oficio. Consideracionesgenerales. Revisión de actos nulos de pleno derecho. Revisión de actos anulables.Revisión de actos válidos.

35.-La revisión de los actos administrativos (II). Los recursos administrativos: concepto,características generales, naturaleza jurídica y requisitos. Los recursos de alzada,reposición y de revisión. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos.

36.-La potestad sancionadora de la Administración. Principios generales. El procedimientosancionador. Medidas sancionadoras.

37.-La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: principios.Especialidades y procedimiento. Responsabilidad de autoridades y personal al servicio delas Administraciones Públicas.

38.-La expropiación forzosa: naturaleza. Elementos: Sujetos, objeto y causa. Elprocedimiento expropiatorio.

39.-La jurisdicción contencioso-administrativa. Órganos y competencias. Las partes. Laspretensiones. Procedimientos ordinario y abreviado.

40.-La contratación pública (I). Principios y reglas generales de la contratación pública. Lospoderes adjudicadores. La organización para la gestión de la contratación. Centrales decontratación y otros sistemas de racionalización .Régimen jurídico de los contratosadministrativos y de los contratos privados. Los actos separables.

41.-La contratación pública (II). Órganos de contratación. Capacidad y solvencia de loscontratistas. Prohibiciones. Clasificación. La compra pública de innovación. Principiossociales y ambientales en la contratación pública local.

42.-La contratación pública (III). La preparación de los contratos. Precio y valor estimadoen los contratos. Selección del contratista. Procedimiento y criterios de adjudicación de loscontratos. Garantías.

43.-La contratación pública (IV). Perfeccionamiento y formalización. Efectos, modificacióny extinción de los contratos. Prerrogativas de la Administración. El recurso especial enmateria de contratación.

44.-La contratación pública (V). El contrato de obras. El contrato de concesión de obras.Ejecución de obras por la propia administración.

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45.-La contratación pública (VI). El contrato de concesión de servicios. El contrato desuministro. El contrato de servicios.

46.-El dominio público. Concepto, naturaleza jurídica y elementos. Su régimen jurídico. Losbienes patrimoniales de las Administraciones Públicas.

47.-Teorías del órgano y del oficio público. Clases de órganos. Especial referencia a losórganos colegiados. La potestad de autoorganización de las Administraciones Públicas.

48.-Los principios de la organización administrativa. La competencia. La delegación,avocación, encomienda de gestión, delegación de firma, suplencia y coordinación decompetencias. Centralización y descentralización. Clases de descentralización. Ladesconcentración Los convenios administrativos.

49.-El sector público: concepto. La Administración institucional. Los organismos públicos.Organismos autónomos y entidades públicas empresariales. Sociedades mercantiles yfundaciones públicas. Las Agencias estatales.

50.-La función directiva. Las peculiaridades en el sector público. Liderazgo; estilos ycomportamientos para la dirección. El directivo público local.

51.-La ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales. Obligaciones de las empresas y delos trabajadores; responsabilidades y sanciones.

52.-La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácterpersonal. Objeto y régimen jurídico. La Agencia Española de Protección de datos.

53.-Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Gobierno abierto. ElConsejo de Transparencia y buen gobierno. El portal de Transparencia. Regulación delderecho de acceso a la información pública. La organización, gestión y control de latransparencia en el ámbito local.

Bloque III: Derecho Local General.

54.-El régimen local: significado y evolución histórica. La Administración Local en laConstitución española y en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León. La autonomíalocal: significado, contenido y garantías.

55.-Las fuentes del derecho local: legislación básica del Estado y normativa de laComunidad Autónoma de Castilla y León. La incidencia de la legislación sectorial sobre elrégimen local.

56.-La potestad normativa de las Entidades Locales. Ordenanzas y Reglamentos.Procedimiento de elaboración y aprobación. Principios y técnicas de buena regulaciónaplicados a las Ordenanzas y Reglamentos Locales. Los Bandos.

57.-Las elecciones locales. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección deconcejales y alcaldes. Elección de diputados y presidentes de las DiputacionesProvinciales. La moción de censura y la cuestión de confianza en el ámbito local. Elestatuto de los miembros electivos de las Corporaciones Locales.

58.-El Municipio y sus elementos. Creación y supresión de municipios. El término municipaly sus alteraciones. La población municipal. El Padrón de Habitantes. El estatuto de los

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vecinos.

59.-Otras Entidades Locales. Comarcas. Mancomunidades y otras entidades asociativas.La figura de los consorcios. Las Áreas Metropolitanas.

60.-La Provincia en la Constitución española. El papel de la provincia en la configuracióndel Estado de las Autonomías. Elementos de las provincias.

61.-La Provincia como entidad local. Organización y competencias. Funciones de lasDiputaciones Provinciales para la prestación de los servicios mínimos municipales. LosPlanes Provinciales. Asistencia y cooperación a los pequeños municipios

62.-La Organización Provincial. Órganos necesarios: el Presidente, Vicepresidentes, elPleno, y la Junta de Gobierno. Atribuciones y delegaciones. La Comisión Especial deCuentas. Otras Comisiones Informativas y órganos complementarios. Los grupospolíticos.

63.-La Organización Provincial (II): El reglamento orgánico. Las ordenanzas. El régimen deConcejo abierto y otros regímenes especiales.

64.-Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno locales. Elfuncionamiento del Pleno. Actas, certificaciones, comunicaciones y publicidad de losacuerdos y del propio funcionamiento. La utilización de medios telemáticos.

65.-El sistema competencial de las entidades locales (I). Competencias propias. Formasde atribución. Competencias delegadas. El régimen jurídico de la delegación y lasgarantías financieras.

66.-El sistema competencial de las entidades locales (II): competencias distintas de laspropias y delegadas. La sostenibilidad de las haciendas locales como presupuesto para elejercicio de las competencias. Convenios para el ejercicio de competencias.

67.-La actividad administrativa de prestación de servicios. El Servicio Público Local.Concepto, evolución y crisis. Las formas de gestión de los servicios públicos locales. Lagestión directa o con medios propios.

68.-La iniciativa económica local. La elección de la forma de gestión y para ejercer lainiciativa económica. Exigencias legales, criterios y procedimientos. La reserva deactividades y o servicios locales.

69.-Los servicios mínimos de obligada prestación. Estructura y contenidos. Funciones quecumplen. Formas de prestación. Derechos de los vecinos.

70.-Singularidades del procedimiento administrativo en las entidades locales. La revisión yrevocación de los actos. Tramitación de procedimientos. Los interesados. Abstención yrecusación. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales.

71.-La contratación en las entidades locales. Órganos competentes y normas específicasen materia de contratación.

72.-El patrimonio de las Entidades Locales: bienes y derechos que lo conforman. Clases.Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Los bienes comunales. El inventario debienes.

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73.-Prerrogativas y potestades de las Entidades Locales en relación con sus bienes.Gestión patrimonial. Régimen de utilización de los bienes demaniales y patrimoniales. Laprelación de fuentes en materia de bienes en Castilla y León.

74.-El personal al servicio de las Entidades Locales: régimen jurídico. El Estatuto Básicodel Empleado Púbico. La función pública local: clases de funcionarios locales. Losinstrumentos de planificación y de organización de los recursos humanos. La Oferta deEmpleo Público y las relaciones de puestos de trabajo.

75.-Los funcionarios locales con habilitación de carácter nacional. Funciones esencialesreservadas. Estructura de la habilitación nacional. Selección, habilitación, formación yprovisión de puestos de habilitación nacional. Los funcionarios de la propia Corporación.Personal laboral al servicio de las corporaciones locales.

76.-El acceso al empleo público en la Administración Local: requisitos y sistemasselectivos. El régimen de provisión de puestos de trabajo. Las situaciones administrativas.La extinción de la condición de funcionario.

77.-Los derechos de los empleados públicos locales. Derechos individuales. Carreraadministrativa. Retribuciones. Los derechos que se ejercen colectivamente. Sindicación yrepresentación. El derecho de huelga. La negociación colectiva.

78.-Los deberes de los empleados públicos locales. El régimen disciplinario. El régimen deresponsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades.

79.-Sociedades mercantiles públicas municipales: tipos, constitución, control, rendición decuentas. Las fundaciones: régimen jurídico.

Bloque IV: Derecho Local Económico y Especial.

80.-El Derecho Financiero: concepto y contenido. La Hacienda Local en la Constitución. Elrégimen jurídico de las haciendas locales: criterios inspiradores del sistema de recursos yprincipios presupuestarios.

81.-Los recursos en el marco de la legislación de las haciendas locales: de los municipios,las provincias y otras entidades locales. Regímenes especiales. Los ingresos de derechoprivado. Las subvenciones y otros ingresos de derecho público.

82.-Actividad subvencional de las Administraciones Públicas: tipos de subvenciones.Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones. Reintegro de subvenciones.Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.

83.-El Presupuesto General de las Entidades Locales. Estructura presupuestaria.Elaboración y aprobación: especial referencia a las Bases de ejecución del Presupuesto.La prórroga del presupuesto.

84.-Los créditos del presupuesto de gastos. Las modificaciones presupuestarias.Concepto, clases, financiación y tramitación.

85.-La ejecución del presupuesto: Sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de cajafija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos. Los proyectosde gasto. Los gastos con financiación afectada.

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86.-La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El resultadopresupuestario: concepto, cálculo y ajustes. El remanente de tesorería: concepto y cálculo.Análisis del remanente de tesorería para gastos con financiación afectada y del remanentede tesorería para gastos generales. La consolidación presupuestaria.

87.-Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en la Constitución y normativa dedesarrollo. Principios generales. Incumplimiento de los objetivos de estabilidadpresupuestaria y sostenibilidad financiera y regla de gasto en las Corporaciones Locales.

88.-Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales enmateria tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen deimpugnación de los actos de imposición y ordenación de tributos. El establecimiento derecursos no tributarios.

89.-La gestión y liquidación de recursos locales. La revisión en vía administrativa de losactos de gestión dictados en materia de haciendas locales. La devolución de ingresosindebidos.

90.-Régimen jurídico de la recaudación de las Entidades Locales. El pago y otras formasde extinción de las deudas. El procedimiento de recaudación en periodo voluntario. Elprocedimiento de recaudación por la vía de apremio.

91.-La inspección de los tributos. Funciones y facultades. Actuaciones inspectoras.Infracciones y sanciones tributarias. Procedimiento de inspección tributaria. La inspecciónde los recursos no tributarios.

92.-El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo.Exenciones y bonificaciones. Base imponible: el valor catastral. Base liquidable. Cuota,devengo y periodo impositivo. Gestión catastral y gestión tributaria.

93.-El Impuesto sobre Actividades Económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujetopasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y periodo impositivo. Gestión censal ygestión tributaria. El recargo provincial.

94.-El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. El Impuesto sobreConstrucciones, Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre el Incremento de Valor de losTerrenos de naturaleza urbana.

95.-Las tasas y precios públicos locales. Las contribuciones especiales.

96.-La participación de los municipios y de las provincias en los tributos del Estado y de lasComunidades Autónomas. Regímenes especiales. La cooperación del Estado y de lasComunidades Autónomas a las inversiones de las Entidades Locales. Los Fondos de laUnión Europea para Entidades Locales.

97.-El crédito local. Naturaleza jurídica. Finalidad y duración. Competencia. Límites yrequisitos para la concertación de operaciones de crédito. La concesión de avales por lasEntidades Locales.

98.-Régimen jurídico de la Tesorería. Concepto y funciones. Organización. La planificaciónfinanciera. El principio de unidad de caja.

99.-El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus

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entes dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo,modalidades y los reparos. El control financiero, de eficacia y eficiencia. El control externode la actividad económico-financiera: el Tribunal de Cuentas y los órganos de controlexterno de las Comunidades Autónomas.

100.-Régimen urbanístico de la propiedad del suelo. Contenido del derecho de propiedaddel suelo: facultades, deberes y cargas. Criterios de utilización del suelo en la normativabásica. Especial referencia a la situación de suelo rural y urbanizado: facultades y deberesen cada tipo de suelo. Criterios de valoración.

101.-Intervención administrativa en la edificación o uso del suelo. La autorizaciónadministrativa previa a través de la licencia urbanística: régimen jurídico, con especialreferencia al silencio administrativo. Otras técnicas autorizatorias: la comunicación previa ola declaración responsable. Las órdenes de ejecución. Deberes de conservación y régimende la declaración de ruina.

102.-Instrumentos de Planeamiento General a la luz de la normativa autonómica: planesgenerales y nomas subsidiarias y complementarias. Municipios sin ordenación: Proyectosde Delimitación del Suelo Urbano y Normas de Aplicación Directa.

103.-Planeamiento de Desarrollo a la luz de la normativa autonómica: Planes Parciales.Estudios de Detalle. Planes de Reforma Interior. El Planeamiento Especial. LasOrdenanzas Urbanísticas.

104.-La inspección urbanística. Protección de la legalidad urbanística. Obras sin lapreceptiva autorización administrativa o contrarias a sus condiciones. Autorizacionesilegales. La restauración de la legalidad urbanística. Infracciones y sanciones urbanísticas.

105.-Los servicios de prevención y extinción de incendios. Protección civil: competenciaslocales en la legislación sectorial estatal.

106.-Las competencias de las Entidades Locales en materia de medio ambiente (I):Parques y jardines públicos. La protección contra la contaminación acústica, lumínica yatmosférica en las zonas urbanas. El control ambiental de actividades en la normativasectorial de aplicación.

107.-Las competencias de las Entidades Locales en materia de protección del medioambiente (II). La gestión de los residuos urbanos en la legislación sectorial estatal. Elabastecimiento de agua y el tratamiento de las aguas residuales

108.-Las competencias locales en materia de servicios sociales. Los instrumentos decooperación y coordinación interadministrativa en materia de servicios sociales. Laspolíticas locales de juventud e igualdad de género.

109. Las políticas locales de promoción y desarrollo económico y de fomento del empleo yel emprendimiento. Políticas locales de innovación, eficiencia y la sostenibilidad: lasestrategias de desarrollo urbano integrado y estrategias de “ciudad inteligente”.

110.-La cultura. Las políticas locales de cultura. Información y promoción cultural. Eldeporte, ocio y tiempo libre. Alcance de las competencias locales en materia deeducación. Competencias de las Entidades Locales en materia de turismo.

En Valladolid, a 17 de abril de 2018, El Presidente.- Jesús Julio Carnero García

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ANEXO III

DENOMINACIÓN DE LA/S PLAZA/S CONVOCADA/S:

Servicio de Personal

1.- DATOS PERSONALES

N.I.F./D.N.I. PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE

FECHA DE NACIMIENTO SEXO LOCALIDAD DE NACIMIENTO PROVINCIA DE NACIMIENTO

DÍA MES AÑO

VARÓN

MUJER NACIONALIDAD

D O M I C I L I O CALLE O PLAZA/ Nº DISTRITO POSTAL LOCALIDAD PROVINCIA

TELÉFONO/S: 1.- 2.- 3.-

2.- CONVOCATORIA Y FORMA DE ACCESO

PUBLICACIÓN EN "BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA" DÍA MES AÑO CONCURSO CONCURSO/OPOSICIÓN OPOSICIÓN

PROMOCIÓN INTERNA

ACCESO POR TURNO DE DISCAPACIDAD QUE SE ACREDITA CON CERTIFICACIÓN

ADJUNTA

3.- TÍTULO ACADÉMICO OFICIAL EXIGIDO EN LA CONVOCATORIA

TÍTULO CENTRO DE EXPEDICIÓN

4.- MÉRITOS QUE SE ALEGAN A EFECTOS DE CONCURSO

_ _ _ _

5.- DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN A ESTA INSTANCIA - JUSTIFICANTE DEL PAGO DE LA TASA POR DERECHOS DE EXAMEN A FAVOR DE LA DIPUTACION DE VALLADOLID:

* DOCUMENTO DE INGRESO EN LA CUENTA DE BANCO CEISS (ESPAÑA-DUERO) NÚMERO: ES58-2108-4300-1500-3203-9294

El/La abajo firmante solicita ser admitido/a a las pruebas a que se refiere la presente instancia y, e n su caso, formar parte de la bolsa de trabajo y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condi ciones exigidas en la base 2ª de la convocatoria, comprometiéndose a prestar juramento o promesa a qu e hace referencia el R.D. 707/79, de 5 de abril.

En , a de de 20 (FIRMA)

ILMO. SR. PRESIDENTE DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVIN CIAL DE VALLADOLID

En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos personales aportados de forma obligatoria o, en su caso, voluntaria, son incorporados en el fichero titularidad de la Diputación Provincial de Valladolid. Este fichero tiene como finalidad la gestión y desarrollo de los procesos selectivos organizados por esta Diputación, cuyos resultados serán publicados en los tablones y boletines oficiales y sitio web de la Diputación de Valladolid, de conformidad con la normativa vigente en cada momento. De conformidad con la citada normativa, está obligado/a a informar de las variaciones que puedan experimentar sus datos personales. Asimismo podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, mediante escrito, acompañado de fotocopia de su DNI, ante la Diputación Provincial de Valladolid. Calle de las Angustias, 44 – 47003, Valladolid (España).

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS.

BDNS (Identif.): 394693

EXTRACTO DEL ACUERDO DEL PLENO Nº 43/18, DE 23 DE MARZO, POR EL QUE SECONVOCAN SUBVENCIONES A LAS MANCOMUNIDADES DE LA PROVINCIA PARASUFRAGAR LOS COSTES DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DERECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN LOS MUNICIPIOS RESPECTIVOS,EJERCICIO 2018.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

PRIMERO. Beneficiarios.Mancomunidades de la provincia de Valladolid, sin tener en cuenta a Valladolid capital, quepresten el servicio de recogida de residuos sólidos urbanos (residuos orgánicos) en losmunicipios integrados en la respectiva Mancomunidad.

SEGUNDO. Objeto.Sufragar parte de los gastos ocasionados por la prestación de los servicios de recogida deresiduos sólidos urbanos, en particular los residuos orgánicos, generados en los municipiosintegrados en cada una de las Mancomunidades y posterior entrega en el C.T.R. deValladolid a lo largo del ejercicio 2018.

TERCERO. Bases reguladoras.Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provinciade Valladolid de 6 de marzo de 2006).

CUARTO. Cuantía.La cuantía total de las subvenciones no podrá superar la cantidad de cien mil euros(100.000 €). Cada Mancomunidad recibirá una cantidad fija máxima de cinco mil euros(5.000 euros) y una cantidad variable en función del número de habitantes a razón de0,11291015 €/habitante.

QUINTO. Plazo de presentación de solicitudes.Hasta el 31 de agosto de 2018 (incluido).

SEXTO. Otros datos.-Gastos subvencionables: Los derivados del servicio de recogida de residuos sólidosurbanos (residuos orgánicos) generados en los municipios, y posterior entrega en el C.T.R.de Valladolid a lo largo del ejercicio 2018, indistintamente si todas las operaciones sonrealizadas directamente por los camiones de recogida, o si son realizadas mediante la

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utilización de Plantas de Transferencia.-Las subvenciones que se concedan con ocasión de la presente convocatoria soncompatibles con cualquier tipo de ayuda que reciban las Mancomunidades beneficiarias deInstituciones públicas o privadas para el mismo fin.-Solicitudes: Se presentará, conforme al modelo que se incluye como Anexo I,directamente en el Registro General de la Diputación Provincial o por cualquiera de losmedios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015.

Valladolid, 9 de abril de 2018.- El Presidente.- Fdo: Jesús Julio Carnero García

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

FUNDACION MUNICIPAL DE DEPORTES

BDNS(Identif.):394166

Convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades deportivas para larealización de obras de mejora y/o remodelación de instalaciones deportivas y para laadquisición de equipamientos para las mismas durante 2018

Fundación Municipal de Deportes

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre. General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

1.-BeneficiariosEntidades deportivas (Delegaciones Provinciales y Federaciones Territoriales deportivas,clubs, y asociaciones deportivas) que reúnan los requisitos establecidos en la base "D" dela convocatoria.

2.-ObjetoLas subvenciones que se concedan tiene por objeto la realización, por parte de lasentidades deportivas locales que gestionan instalaciones deportivas municipales en virtudde acuerdos suscritos con la Fundación Municipal de Deportes, de obras de mejora y/oremodelación en las mismas para que se encuentren en todo momento adaptadas a lasprácticas deportivas que allí se desarrollen, así como la adquisición de los equipamientosdeportivos que se necesiten.

3.-Bases ReguladorasLas Bases aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Valladolid en sesión de fecha 10de Febrero de 2006 (B.O.P. de 9 de Marzo de 2006).

4.-CuantíaCuantía total: 22.000 eurosCuantía individualizada máxima: 7.000 euros

5.-Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 8 de junio de 2018

6.-Otros datos de interés-Los interesados podrán obtener copias de las bases de la convocatoria citada en lasoficinas de la Fundación Municipal de Deportes (Polideportivo Huerta del Rey, calleJoaquín Velasco Martín nº 9) y en las páginas web www.valladolid.es y www.fmdva.org*Solicitudes: Las solicitudes deberán entregarse, en horario de 8,30 a 14.30 horas, en elRegistro General de la Fundación Municipal de Deportes y en cualquiera de las formasestablecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común

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de las Administraciones Públicas.*Documentación: la prevista en la base E.1 de la convocatoria.*Forma de pago: El 70% una vez se apruebe la concesión definitiva de la misma. El restotras justificar la realización del gasto.*Plazo máximo de justificación: 26 de noviembre de 2018.

Valladolid, a 12 de abril de 2018 - El Presidente Delegado de la Fundación Municipal deDeportes - Fdo.: D. Alberto Bustos García - (Decreto 6333 de 17 de junio de 2015)

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVA

Por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2018, se haaprobado el Proyecto Técnico para la ejecución de la obra “Reforma de Edificio Municipalen Calle Mayor, nº 3 de Canillas de Esgueva”, incluido en el Plan Bienal de Cooperación2018-2019 de la Excma. Diputación Provincial de Valladolid, redactado por el Sr.Arquitecto D. José Manuel García-Villalón Porrero, con un presupuesto de ejecución porcontrata de 33.861,79 €.

El citado proyecto se expone al público por espacio de veinte días hábiles a contar desdeel siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,encontrándose el mismo en la Secretaría del Ayuntamiento al objeto de que pueda serexaminado y formularse, en su caso, las alegaciones que se estimen oportunas.

Transcurrido dicho periodo sin que se produzcan reclamaciones, se entenderá que elproyecto estará aprobado definitivamente.

En Canillas de Esgueva, a 10 de abril de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Santiago BartoloméMonge.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVA

Por Decreto de esta Alcaldía de fecha 20 de febrero de 2018, se aprobaron los Padronesde Contribuyentes siguientes:

-Tasa por Suministro de Agua a domicilio (segundo semestre 2017).-Tasa por Recogida de Basura (segundo semestre 2017).

Durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia, se exponen al público los citados Padrones en laSecretaría del Ayuntamiento en horario de oficina, a efectos de que los interesadospuedan examinarlos y, si lo desean, interponer los recursos que a continuación se indican:

-Recurso de Reposición.- Ante el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Canillas deEsgueva, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Este recurso se entenderá desestimado sitranscurrido otro mes desde su interposición no ha sido notificada resolución alguna.

-Recurso contencioso-administrativo.- Contra la denegación expresa o tácita del recursode reposición, ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, enlos plazos siguientes:

a).Dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio delrecurso de reposición.

b).Seis meses a contar desde la fecha de interposición del recurso de reposición, si nofuera resuelto de forma expresa.

No obstante, los interesados podrán interponer cualquier otro recurso que estimenprocedente o conveniente a su derecho.

La interposición de recursos no suspende la ejecución del acto impugnado, salvo que sesolicite dicha suspensión acompañando garantía que cubra el total de la deuda tributaria.

Dichos padrones serán cobrados por el Organismo Autónomo REVAL dependiente de laExcma. Diputación Provincial de Valladolid.

Lo que se publica a efectos de notificación colectiva a los contribuyentes sujetos agravamen por los referidos tributos, conforme a lo previsto en el artículo 102.3 de la LeyGeneral Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre.

En Canillas de Esgueva, a 10 de abril de 2018.- El Alcalde.-Fdo.: Santiago BartoloméMonge.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CISTÉRNIGA (LA)

Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de La Cistérniga, de 5de abril de 2018, se aprobó la rectificación las Bases generales de la convocatoria para laselección de una plaza de operario de servicios múltiples vinculada a jubilación parcial(contrato de relevo) y formación de bolsa de empleo temporal, publicadas en el BoletínOficial de la Provincia de 23 y 27 de marzo de 2018, y en el Boletín Oficial de Castilla yLeón de 26 de marzo de 2018, siendo el texto íntegro definitivo el que se publica acontinuación.

BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UNA PLAZADE OPERARIO DE SERVICIOS MÚLTIPLES VINCULADA A JUBILACIÓN PARCIAL(CONTRATO DE RELEVO) Y FORMACIÓN DE BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL, DELAYUNTAMIENTO DE LA CISTÉRNIGA

PRIMERA. Objeto de la Convocatoria

Constituye el objeto de la presente convocatoria la regulación del proceso selectivo para laselección de un Operario de Servicios Múltiples, para su contratación como personallaboral indefinido a jornada completa vinculada a jubilación parcial (contratos de relevo) yformación de bolsa de empleo temporal vinculada a jubilación parcial.

Esta plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público aprobada y publicada en BoletínOficial de Castilla y León Nº 46 de fecha 6 de marzo de 2018 y se encuadra en el grupoequivalente al Grupo E (Agrupaciones Profesionales).

SEGUNDA. Condiciones de Admisión de Aspirantes

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitosestablecidos el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

-Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la TextoRefundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real DecretoLegislativo 5/2015, de 30 de octubre.-

-Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad máxima de jubilaciónforzosa (65 años).-

-Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientestareas. La capacidad funcional de los aspirantes presentados a través del turno dediscapacitados se acreditará mediante certificación actualizada expedida por el órgano queexpidió el certificado acreditativo de la discapacidad.-

-Estar en posesión del certificado de escolaridad o titulación equivalente, o haber abonadolos derechos para la obtención del mismo. En caso de titulaciones extranjeras, se deberáaportar certificado de homologación.-

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-Estar en posesión del permiso de conducir clase B.-

-No tener ningún impedimento físico, psíquico ni cualquier otro que impida la normalprestación de las funciones propias del puesto de trabajo.-

-No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicasmediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funcionespúblicas.-

Todos los requisitos básicos enumerados en esta base deberán poseerse en el día definalización del plazo de presentación de instancias, y mantenerse hasta el momento deformalización del contrato de trabajo. Además constituirá condición necesaria en elmomento de la contratación, que el candidato cumpla el requisito y acredite la situación dedesempleado, al tratarse de un contrato de relevo vinculado a jubilación parcial.

TERCERA. Forma y Plazo de Presentación de Instancias

Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en lasque los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentesbases, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Cistérniga, sepresentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de loslugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte díasnaturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de laconvocatoria en el Boletín Oficial del Estado.-

Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia,en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la ComunidadAutónoma.

La solicitud deberá ir acompañada por:

-Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte.

-Fotocopia de la titulación exigida para tomar parte en la convocatoria: certificado deescolaridad o titulación equivalente.

CUARTA. Admisión de Aspirantes

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazode un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicharesolución, que se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y página web (www.lacisterniga.es ), se señalará un plazo de diez días hábiles para la posiblepresentación de reclamaciones o para la subsanación de las solicitudes excluidas.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva deaspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de anuncios delAyuntamiento y página web.

En esta misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarselas pruebas. Los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacersepúblicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la pruebaanterior, con doce horas al menos de antelación al comienzo de este si se trata del mismo

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ejercicio, o de veinticuatro horas si se trata de uno nuevo. También se publicará en lapágina web www.lacisterniga.es .

QUINTA. Tribunal Calificador

El Tribunal calificador estará constituido por:

- Presidente: Pilar Martínez González.

(sustituta: Estela San José Olmedo).

- Secretario: Begoña Pérez Sánchez.

(sustituto: Raúl Zarzuela García)

- Vocales: Antonio San Blas Sánchez.

(sustituto: Mariano Mostaza Saavedra)

Jesús Verdugo Rodríguez.

(sustituto: Enrique Valdivieso Ortega)

Íñigo Ortega Guerra.

(sustituto: Emilio Salas González)

Los órganos de selección serán colegiados y su composición será predominantementetécnica, se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, yse tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personaleventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendoostentarse éste en representación o por cuenta de nadie.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con losartículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del SectorPúblico.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento delas bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos. Las dudas oreclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases dela presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, seránresueltas por el Tribunal, por mayoría.

SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: OPOSICIÓN

La fase de oposición consistirá en la realización de una prueba teórica y otra pruebapráctica, eliminatorias y obligatorias para los aspirantes.

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En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten supersonalidad.

Los candidatos deberán acudir provistos del NIF o, en su defecto, pasaporte o carné deconducir.

- PRUEBA TEÓRICA:

1. Consistirá en la resolución, por escrito, de un ejercicio tipo test de 20 preguntas,relacionado con el temario adjunto.

El ejercicio tendrá carácter obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo dediez puntos. Cada respuesta correcta tendrá un valor de +0’5 puntos y cada respuestaincorrecta –0,25 puntos, quedando el Tribunal facultado para establecer la nota de corte.

2. Realización de una redacción sobre un tema de actualidad y 10 preguntas de cálculoaritmético. La calificación de este ejercicio, de hasta un máximo de diez puntos, se sumaráa la puntuación obtenida en el ejercicio anterior.

La puntuación de la prueba teórica, vendrá dada por la suma de las puntuaciones de losdos ejercicios, dividido entre 2, siendo necesario haber aprobado los dos ejercicios, parapoder pasar a la prueba práctica.

- PRUEBA PRÁCTICA:

Consistirá en la realización de un ejercicio práctico relacionado con el contenido del puestode trabajo, pudiendo ser por escrito a elección del Tribunal y en el tiempo que el mismoseñale. Esta prueba tendrá carácter obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta unmáximo de diez puntos siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5puntos.-

La puntuación de la fase de oposición será el resultado de la suma de la puntuaciónobtenida en la prueba teórica que tendrá un peso del 50% y de la prueba práctica, quetendrá un peso del 50%.

SEPTIMA. Relación de Aprobados, Presentación de Documentos y Nombramiento

Concluidas las pruebas, se elevará al órgano competente propuesta de candidato para laformalización del contrato, el cual estará vinculado a la jubilación parcial que se vayanproduciendo. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormenteestablecido será nula de pleno derecho.

El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa justificación delas condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

OCTAVA. Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo

Todas las personas que superen el proceso de selección y no resulten contratadas, seránincluidas en una bolsa de trabajo para las futuras contrataciones que resulten necesarias afin de cubrir vacantes temporalmente debidas a bajas por enfermedad, maternidad, plazavacante…, ordenadas según la puntuación obtenida.

La bolsa de trabajo tendrá carácter rotatorio, en el sentido de que toda persona requerida

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y contratada, una vez finalizada la relación laboral, pasará al final de la lista cuando hubieraestado contratado durante un plazo de dieciocho meses, con o sin solución de continuidad.

En el caso contrario, permanecerá la primera de la lista.

La renuncia a un puesto de trabajo ofertado supondrá el pase del aspirante al último lugarde la bolsa de empleo, salvo que concurra una de las siguientes circunstancias:

-Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.

-Enfermedad grave que impida la asistencia al trabajo, siempre que se acreditedebidamente.

-Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.

NOVENA. Incidencias

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con loestablecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comúnde las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con losefectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponerpor los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo alcontencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Texto Refundido de la Ley delEstatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de laAdministración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobadopor el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio,por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarseBoletín oficial de la Provincia de Valladolid el procedimiento de selección de losfuncionarios de Administración Local; el Texto Refundido de las disposiciones legalesvigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local yel Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real DecretoLegislativo 2/2015, de 23 de octubre.

ANEXO 1 PROGRAMA

Tema 1.- La Constitución Española de 1978: Principios generales.

Tema 2.- La Constitución Española de 1978. De los derechos y deberes fundamentales.

Tema 3.- La administración local. El municipio. Competencias. El término municipal. Lapoblación. Órganos de gobierno del municipio: régimen de funcionamiento. Información y

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participación ciudadana. Consideración especial del vecino.

Tema 4.- El término municipal de La Cistérniga y sus características físicas generalesCalles, plazas, parques, edificios e instalaciones Realidad política municipal y vecinal.

Tema 5.- El Ayuntamiento. Organización y órganos de gobierno.

Tema 6.- Derechos y deberes de los empleados municipales.

Tema 7.- Normas básicas de seguridad e higiene en el trabajo: derecho a la protecciónfrente a los riesgos laborales.

Tema 8.- Conceptos generales sobre albañilería. Materiales de construcción.Herramientas; uso y mantenimiento. Principales obras de albañilería. Principalesreparaciones de albañilería.

Tema 9.- Fontanería: conceptos generales. Herramientas y útiles. Su mantenimiento.Averías y reparaciones.

Tema 10.- Conceptos básicos sobre electricidad. Instalaciones eléctricas. Herramientas yútiles empleados en trabajos de electricidad. Tipos de averías y sus reparaciones.Instalaciones de alumbrado. Instalaciones de enlace. Instalaciones interiores.

Tema 11.- Cuidados y labores de mantenimiento de jardines.

Tema 12.- Manejo de maquinaria: carretilla elevadora, mini retro, camión pluma,plataforma elevadora, dumper, cortacésped, tractor pequeño.

En La Cistérniga, a 12 de abril de 2018. El Alcalde, Mariano Suárez Colomo.

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ANEXO II

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS

CONVOCATORIA

ESCALA, SUBESCALA, PLAZA GRUPO FORMA DE ACCESO

Fecha BOE Año Oferta de Empleo

Título Académico exigido en la Convocatoria:

EXPONE:

- Que han sido publicadas en BOP de Valladolid de fecha … / ... / ...... . Las bases generales y convocatoria para la selección de una plaza de Operario de Servicios Múltiples vinculada a jubilación parcial (contrato de relevo) y formación de bolsa de empleo temporal vinculada a jubilación parcial.-

- Que reúne todos los requisitos establecidos en la base segunda de la convocatoria. - Que presenta la siguiente documentación:

escolaridad o titulación equivalente. SOLICITA:

Que se le admita su solicitud para formar parte en el proceso de selección, declarando bajo

mi responsabilidad que conozco expresamente y reúno los requisitos exigidos en la convocatoria para solicitar el puesto que se indica, y que los datos y circunstancias que hago constar son ciertos.

En La Cistérniga, a ... de ...................... de 2018.-

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA CISTÉRNIGA.-

DATOS PERSONALES

DNI

PRIMER APELLIDO

SEGUNDO APELLIDO

NOMBRE

FECHA NACIMIENTO

LOCALIDAD NACIMIENTO

PROVINCIA

TELEFONO

DOMICILIO

DIRECCIÓN

LOCALIDAD

PROVINCIA

CODIGO POSTAL

CORREO ELECTRONICO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN:

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE FONTIHOYUELO

Aprobado por la Alcalde el proyecto técnico que a continuación se dirá, incluido en losPlanes Provinciales Bienales 2018-2019, se expone al público por un plazo de veinte días,a contar desde inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante elcual podrá ser consultado en las oficinas municipales y presentar, en su caso, laoportunas alegaciones o reclamaciones.

Proyecto redactado por Manrique Pinilla López. Renovación de redes.-Importe en plan22.920,00 euros.

En Fontihoyuelo, a 10 de abril de 2018.-El Alcalde-Fdo.: Jorge González González.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEGECES

Aprobadas por Decreto de Alcaldía de fecha 13 de abril de 2018, las Bases Reguladorasque han de regir la adjudicación del contrato menor para la explotación de las PiscinasMunicipales y del Bar instalado en su recinto para la temporada 2018, con un canon de2.500 euros al alza.

A través de este anuncio se invita a todos los interesados, para que dentro del plazo dequince días naturales contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio en elBOP, presenten propuestas en horario de lunes a viernes en la Secretaría delAyuntamiento, de acuerdo con las bases aprobadas.

En Megeces, a 19 de abril de 2018.- El Alcalde.-Fdo.: Abel Manso Catalina.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE POLLOS

El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 3 de Abril de 2018, adoptóacuerdo de aprobación del Plan Económico Financiero de reequilibrio presupuestarioreferido a los ejercicios 2018-2019.

En cumplimiento de lo previsto en los artículo 23.4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 deabril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y artículo 26 del RealDecreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento dedesarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, laaprobación acordada se somete

a información pública con publicación de edicto en este Boletín Oficial con finalidadexclusivamente informativa.

También a efectos exclusivamente informativos, una copia del plan económico financiero sehalla a disposición del público desde su aprobación por el Pleno de la corporación local,hasta la finalización de la vigencia del propio plan.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Pollos, a 10 de Abril de 2018.- El Alcalde.-Fdo.: Javier García Rojo

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ROBLADILLO

El Pleno del Ayuntamiento de Robladillo en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzode 2018 aprobó el Proyecto Técnico de las obras de “Pavimentación y Acerado”, incluidasen el Plan Bienal de Cooperación 2018-2019, redactado por el Arquitecto D. Juan CarlosSanz Blanco y con un presupuesto total de 26.200 euros.Dicho proyecto se encuentra en la Secretaría del ayuntamiento a disposición de losinteresados para su consulta y formulación de alegaciones en plazo de veinte días hábilesa contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio.

Robladillo, 4 de abril de 2018.-El Alcalde.-Fdo.: José Luis Rodríguez Colomo.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLACARRALÓN

Aprobado por el Alcalde el proyecto técnico que a continuación se dirá, incluido en el PlanProvincial Bienal 2018-2019, se expone al público por un plazo de veinte días, a contardesde inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante el cualpodrá ser consultado en las oficinas municipales y presentar, en su caso, la oportunasalegaciones o reclamaciones.

Proyecto redactado por Manrique Pinilla López. Urbanización, importe en plan 35.000,00euros.

En Villacarralón, a 10 de abril de 2018.-El Alcalde.-Fdo.: Teógenes Hernández Cimas.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 21 de marzo de 2018 acordóaprobar el documento técnico de la inversión incluida en el Plan Bienal de Cooperación2018-2019:

Proyecto Técnico de obras de mejora y adecuación de balsas de tratamiento de residuosen la EDAR de Villanubla, redactada al efecto por la Arquitecto, Dª Nuria Alfonso Suaña,por un importe de 34.829,27 euros como total de presupuesto de contrata, (IVA incluido),a los que hay que sumar los honorarios de dirección de obra: 1.170,73 euros (IVAincluido), lo que hace un presupuesto total para la Administración de 36.000,00 euros.

Lo que se expone al público, mediante anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento yBoletín Oficial de la Provincia, por un plazo de 20 días hábiles, a los efectos que durante elindicado plazo puedan presentarse las alegaciones y reclamaciones que se estimenpertinentes.

Villanubla, 9 de abril de 2014.- El Alcalde.- Fdo.: Félix Velasco Gómez.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 6

Juicio delito leve 12/2018

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuestoen los articulos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente senotifica a ANGELLY DANASTKA LUZURIAGA PALADINEZ, la resolución recaída en laspresentes actuaciones, del siguiente tenor literal:

"CONDENO A ANGELLY DANASTKA LUZURIAGA PALADINEZ como autora penalmenteresponsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, a la pena de veinticinco díasde multa con una cuota diaria de seis euros (150 euros).

Si no abonara la multa impuesta, voluntariamente o por la vía de apremio, quedará sujeta auna responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada doscuotas diarias no satisfechas.

Se acuerda la entrega definitiva de los efectos al establecimiento PRIMARK.

Se imponen las costas del juicio a la condenada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y Ministerio Fiscal instruyéndoles de suderecho a recurrirla en apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid en eltérmino de 5 días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durantelos mismos los autos a disposición de las partes en Secretaría haciéndoles saber que elrecurso se formalizará y tramitará de conformidad con lo establecido en los artículos 790 a792 de la LEcriminal.

Notifíquese la presente sentencia a los ofendidos y perjudicados aunque no se hayanmostrado parte en el procedimiento.

Así por esta mi Sentencia de la que se llevará testimonio a las actuaciones originales y seincluirá en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo."

En Valladolid, a 10 de abril de 2018.-La Letrada de la Administración de Justicia.

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Boletín oficial de la Provincia de valladolidNúm. 77 Viernes, 20 de abril de 2018 Pág. 51

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2018-077

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 66/2018 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. JOSE ORLANDO CARRILLO GRANDAcontra la empresa FRANCISCO JAVIER VAQUERO MAUDES, sobre ORDINARIO, se hadictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, JOSEORLANDO CARRILLO GRANDA, frente a FRANCISCO JAVIER VAQUERO MAUDES,parte ejecutada, por importe de 8.664,18 euros en concepto de principal, más otros 1.733euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedandevengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a laestimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de laparte ejecutada FRANCISCO JAVIER VAQUERO MAUDES, dar audiencia previa a laparte actora JOSE ORLANDO CARRILLO GRANDA y al FONDO DE GARANTÍASALARIAL, por termino de quince días para que puedan señalar la existencia de nuevosbienes, y de su resultado de acordará lo procedente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Letrado de laAdministración de Justicia que dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente

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contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a laresolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FRANCISCO JAVIER VAQUEROMAUDES, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficialde la Provincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a diez de abril de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administración deJusticia.

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