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SUMARIO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVA AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Asesoramiento Local . Información pública en expediente de declaración de ruina en inmueble sito en la calle Oro nº 15 del término municipal de Urueña (Valladolid). Página 4 CONCEJALÍA DE CULTURA Y TURISMO. Secretaría Ejecutiva de Cultura y Turismo. Resolución por la que se deroga la instrucción sobre criterios de aplicación de la Ley 7/2006, de 2 de octubre de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León. Página 5 Anuncio de licitación para contratar la enajenación por subasta del fruto piñonero monte número 91 del C.U.P. denominado Nava. Página 7 Anuncio de licitación para contratar aprovechamiento forestal del monte de utilidad pública número 31 denominado Pinar del Concejo. Página 9 GESTIÓN TRIBUTARIA. Aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales núumeros 1, 3 y 6. Página 11 CONTRATACIÓN. anuncio de licitación para contratar el aprovechamiento de fruto forestal (piñas) los montes números 1, 3, 4 y 7 denominados; Las Navas, El Alto, La Cabaña y El Pozuelo. Página 12 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2017-202 Lunes, 23 de octubre de 2017 Núm. 202 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2017-202 Núm. 202 Lunes, 23 de octubre de 2017 Pág. 1

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SUMARIO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVA

AYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS.Asesoramiento Local . Información pública en expediente de declaraciónde ruina en inmueble sito en la calle Oro nº 15 del término municipal deUrueña (Valladolid). Página 4

CONCEJALÍA DE CULTURA Y TURISMO. Secretaría Ejecutiva deCultura y Turismo. Resolución por la que se deroga la instrucción sobrecriterios de aplicación de la Ley 7/2006, de 2 de octubre de espectáculospúblicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla y León. Página 5

Anuncio de licitación para contratar la enajenación por subasta del frutopiñonero monte número 91 del C.U.P. denominado Nava. Página 7

Anuncio de licitación para contratar aprovechamiento forestal del monte deutilidad pública número 31 denominado Pinar del Concejo. Página 9

GESTIÓN TRIBUTARIA. Aprobación provisional de la modificación de lasordenanzas fiscales núumeros 1, 3 y 6. Página 11

CONTRATACIÓN. anuncio de licitación para contratar el aprovechamientode fruto forestal (piñas) los montes números 1, 3, 4 y 7 denominados; LasNavas, El Alto, La Cabaña y El Pozuelo. Página 12

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AYUNTAMIENTO DE MELGAR DE ARRIBA

AYUNTAMIENTO DE SAN ROMÁN DE HORNIJA

AYUNTAMIENTO DE SAN ROMÁN DE HORNIJA

AYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA

AYUNTAMIENTO DE VILLAFRECHÓS

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NUMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Acuerdo por el que se establece la imposición y ordenación decontribuciones especiales para la financiación de la obra pavimentación decalles Arrabales y Extramuros. Página 14

Aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscalreguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transportey tratamiento de residuos sólidos urbanos Página 15

Aprobación inicial en expediente de modificación presupuestaria 2/2017por suplementos de crédito y crédito extraordinario. Página 16

Aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscalreguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Página 17

Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz Página 18

Notificación en procedimiento de juicio de delito leve número 210/2017. Página 19

Notificación en procedimiento ordinario número 429/2017. Página 20

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número178/2017 Página 22

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número175/2017. Página 25

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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

OTROS JUZGADOS

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número177/2017. Página 27

Notificación en procedimiento ordinario número 763/2017. Página 30

JUZGADO SOCIAL. OVIEDO 6. Notificación en procedimiento ordinarionúmero 459/2016 Página 31

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS.Asesoramiento Local

INFORMACIÓN PÚBLICA RELATIVA AL PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DERUINA DE INMUEBLE DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE URUEÑA (VALLADOLID).

DECLARACION de RUINA: Inmueble sito en la calle Oro nº15 Referencia catastral 6620505UM1262S0001TY

Por resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Urueña (Valladolid) de fecha 16 deoctubre de 2017, se inició de oficio procedimiento de declaración de ruina del inmueble deesa localidad arriba referenciado.

El Ayuntamiento de Urueña ha efectuado encomienda a la Diputación Provincial deValladolid para que realice las actuaciones materiales que deban llevarse a cabo en latramitación de los procedimientos administrativos de declaración de ruina y órdenes deejecución de los inmuebles situados en su término municipal, formalizando dichaencomienda mediante la firma del correspondiente convenio, conforme establece el artículo11.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 326.1 del Decreto 22/2004, de 29 deenero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y en virtudde la encomienda citada, procede por parte de la Diputación llevar a cabo un trámite deinformación pública.

Por tanto, se abre un periodo de información pública de DOS MESES a contar desde elsiguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Provincia”, para quetoda persona física o jurídica pueda examinar el expediente en el Servicio deAsesoramiento Local de esta Diputación (sito en avda. Ramón y Cajal nº 5 de Valladolid)en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, y formular por escrito las observaciones queestime pertinentes.

Este anuncio se publicará también en la página WEB de la Diputación Provincial y en elTablón de Anuncios del Ayuntamiento.

En Valladolid, a 19 de octubre de 2017.- El Diputado Delegado del Área de Asistencia yCooperación a Municipios.- Fdo.: Alberto Collantes Velasco.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE CULTURA Y TURISMOSecretaría Ejecutiva de Cultura y Turismo

Derogación de la Instrucción sobre criterios de aplicación de la Ley 7/2006, de 2 deoctubre de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla yLeón en relación con determinadas actividades complementarias, de carácter cultural oartístico, en establecimientos públicos permanentes destinados principalmente al ejerciciode actividades de ocio, recreativas u hostelería.

Por Decreto núm. 5.224, de fecha 14 de julio de 2017, el Excmo. Alcalde del Excmo.Ayuntamiento de Valladolid aprobó el siguiente texto, que se publica para generalconocimiento:

Vista la pieza separada nº 2 del expediente nº 42/2013 relativa a la Derogación de laInstrucción de Alcaldía sobre criterios de aplicación de la Ley 7/2006 de 2 de octubre,aprobada por Decreto de Alcaldía número 9444, de 7 de agosto de 2013, y tomando enconsideración que:

1º.-Mediante Decreto de Alcaldía nº 9444, de fecha 7 de agosto de 2013, se aprobó laInstrucción arriba referida, con el objeto de introducir criterios de aplicación einterpretación que permitieran ampliar el tipo y número de actividades culturalescomplementarias a desarrollar en determinados establecimientos hosteleros, algo que enaquellos momentos la normativa regional limitaba extraordinariamente.

2º.-Con fecha 22 de diciembre de 2014, la Comunidad de Castilla y León aprueba,mediante disposición final sexta de la Ley 10/2014, de medidas tributarias y definanciación de las entidades locales, una modificación del catálogo de actividades de ocioy entretenimiento que regula la Ley 7/2006, de 2 de octubre de espectáculos públicos yactividades recreativas, que supone, de facto, la pérdida de vigencia de la Instrucciónmencionada en el punto 1º, toda vez que se consigue el mismo efecto perseguido por laInstrucción al eliminar la limitación que afectaba a determinados establecimientos paradesarrollar actividades complementarias de carácter cultural en directo.

3º.-No obstante el tiempo transcurrido, se mantienen por algunos servicios municipales deeste Ayuntamiento diferencias de interpretación derivadas de la falta de una derogaciónexpresa de la Instrucción municipal mencionada, que están generando diversos perjuicios alas personas físicas o jurídicas que desean desarrollar alguna de estas actividadesrecreativas o espectáculos públicos en establecimientos de nuestra ciudad. Para evitar queesto siga sucediendo, la Concejalía de Cultura y Turismo, con el acuerdo de lasConcejalías competentes en materia de autorizaciones administrativas de actividadespúblicas y medio ambiente urbano, considera necesario poner en marcha el procedimientoadministrativo para proceder a una derogación expresa de dicha Instrucción.

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4º.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento Municipal deProcedimiento Administrativo del Ayuntamiento de Valladolid, el Alcalde y sus delegadospodrán dirigir mediante instrucciones y órdenes de servicio las actividades de sus órganoso funcionarios jerárquicamente dependientes, pudiendo disponer el Alcalde su publicacióncuando una norma específica así lo establezca o cuando lo estime conveniente por razónde los destinatarios o de los efectos que puedan producirse.

5º.-El artículo 31.g) del reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Valladolid, y el 124.4.g)de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, confiere al Alcalde la facultadpara dictar bandos, decretos e instrucciones.

Por lo expuesto, esta ALCALDÍA RESUELVE:

PRIMERO.-Derogar la Instrucción sobre criterios de aplicación de la Ley 7/2006 de 2 deoctubre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Castilla yLeón, aprobada por Decreto de Alcaldía número 9444, de 7 de agosto de 2013.

SEGUNDO.-Disponer la publicación de la presente derogación en el Boletín Oficial de laProvincia.”

En Valladolid, a 10 de octubre de 2017.-La Concejala de Cultura y Turismo.-Fdo.: Ana MªRedondo García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CANILLAS DE ESGUEVA

De conformidad con la Resolución de Alcaldía de fecha 11 de octubre de 2017, por mediodel presente anuncio se efectúa convocatoria de subasta pública, para la adjudicación delaprovechamiento forestal, FRUTO PIÑONERO, del monte de utilidad pública nº 91,denominado “Nava” Lote 1, conforme a los siguientes datos:

1.-Entidad adjudicataria: Ayuntamiento de Canillas de Esgueva

2.-Objeto del contrato: adjudicación del aprovechamiento forestal, fruto piñonero, delmonte de utilidad pública nº 91 denominado “Nava” Lote 1.

3.-Características del aprovechamiento:

-Localización: término municipal de Canillas de Esgueva (Valladolid), Monte nº 91 denominado “Nava”. -Superficie: 81,25 has.-Cantidad de piña estimada: 9.000 kg.-Modalidad: en pie, a riesgo y ventura.-Plazo de ejecución: de 11-11-2017 hasta 10-04-2018.-Zonas excluidas del aprovechamiento: ninguna.-Aprovechamiento por vibración: no se autoriza el apeo mecanizado.

4..Forma de adjudicación: subasta.

5.-Precio de licitación: 2.178,00 € IVA excluido, al alza.

6.-Obtención de documentación e información:

-Dependencia: Secretaría del Ayuntamiento-Domicilio: Plaza Mayor, nº 1-Localidad y Código Postal: Canillas de Esgueva 47185-Teléfono y Fax: 983-682866-Correo electrónico: [email protected]

7.-Presentación de ofertas:

-Las proposiciones se presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento de Canillas deEsgueva, hasta las 14:00 horas del día 2 de noviembre de 2017, en mano en horario deatención al público (de 9:00 a 14:00 horas martes y jueves), en las oficinas de Correos, enlas oficinas de asistencia en materia de registros o en cualquier otro que establezcan lasdisposiciones vigentes, en virtud de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-El modelo de proposición económica, sujeta al modelo que se establece en el Pliego deCláusulas Administrativas Particulares (Anexo I), se facilitará a los interesados en laSecretaría del Ayuntamiento de Canillas de Esgueva, pudiendo ser rechazada la

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proposición que no se ajuste al mismo.

8.-Documentación a presentar: la indicada en el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares.

9-Apertura de proposiciones: se celebrará en acto público, a las 13:30 horas del día 7 denoviembre de 2017.

En Canillas de Esgueva, a 17 de octubre de 2017, El Alcalde.- Santiago Bartolomé Monge

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ÍSCAR

Por Decreto del Alcalde-Presidente nº 2017-0586, de 16 de octubre de 2017, ha sidoaprobada la enajenación del Aprovechamiento Forestal del Monte de Utilidad Pública nº 31denominado "Pinar del Concejo", perteneciente al Ayuntamiento de Íscar, para elaprovechamiento de PIÑAS, mediante procedimiento abierto, atendiendo a la ofertaeconómicamente más ventajosa, único criterio de adjudicación el precio, y al Pliego deCláusulas administrativas Particulares

Se publica en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de anuncio y en el perfil decontratante, por plazo de quince días, el anuncio de licitación del contrato, para seleccionaral arrendador del mismo, con sujeción a las siguientes cláusulas:

1.- Entidad adjudicadora.a)-Organismo: Ayuntamiento de Íscar.b)-Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.c)- Número de expediente: 1174/2017

2.- Objeto del contrato.a)-Descripción del objeto: Enajenación del Aprovechamiento Forestal de Piñas 2018.

3.-Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.Tramitación ordinariaProcedimiento abiertoForma: subasta

4.-Presupuesto base de licitación.Importe total: 1.872,00 euros.

5.-Obtención de documentación e información.a)-Entidad: Ayuntamiento de Íscarb)-Domicilio: Plaza Mayor nº1c)-Localidad y código postal: 47420 Íscar (Valladolid)d)-Teléfono: 983611003

7.-Criterios de Valoración de las Ofertas:Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamentemás ventajosa se atenderá exclusivamente al mejor precio de las proposicionespresentadas.

8.-Presentación de las ofertas.Fecha límite de presentación: quince días naturales contados a partir del siguiente al depublicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y en elPerfil del Contratante. Si el día señalado para la finalización del plazo de presentación deproposiciones fuera sábado, domingo o día inhábil en el municipio de Íscar, se consideraráque el plazo termina el primer día hábil siguiente.Documentación a presentar: La establecida en el Pliego de Cláusulas Administrativas

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Particulares.Lugar de presentación: En el Registro del Ayuntamiento de Íscar.

9.-Gastos de anuncios.Por cuenta del adjudicatario.

10.-Las proposiciones se ajustarán al modelo recogido en el anexo del pliego de cláusulaseconómico administrativas particulares.

11.-Perfil de contratante donde figuren las informaciones relativas a la convocatoria ydonde pueden obtenerse los Pliegos: http://www.villadeiscar.es/ventanilla-virtual/sede-electronica/

Iscar, 17 de octubre de 2017.- El Alcalde.- Fdo.: Luis María Martín García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

GESTIÓN TRIBUTARIA

Aprobación provisional de la modificación las Ordenanzas Fiscales nº 1, 3 y 6

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión que tuvo lugar el 16 de octubre de 2017, adoptólos acuerdos de aprobación provisional de la modificación de las siguientes OrdenanzasFiscales:

Ordenanza Fiscal nº 1 reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles.

Ordenanza Fiscal nº 3 reguladora del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Ordenanza Fiscal nº 6 reguladora de la tasa por expedición de documentosadministrativos.

Los acuerdos adoptados y su texto íntegro, se someten a información pública y audienciade los interesados durante el plazo de los treinta días hábiles siguientes al de lapublicación de este anuncio en el BOP, dentro del cual, los interesados podrán examinar elexpediente y, en idéntico plazo, presentar las alegaciones y reclamaciones que estimenoportunas y convengan a sus intereses.

De conformidad con lo que establece el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de lasHaciendas Locales, si transcurriere el plazo señalado en el párrafo anterior sin que seformulen reclamaciones o alegaciones, se entenderán definitivamente adoptados losacuerdos al principio mencionados, hasta entonces provisionales, sin necesidad de adoptarun acuerdo plenario que lo establezca y se procederá a llevar a cabo la publicación en elBOP de la aprobación definitiva de las modificaciones de las Ordenanzas y su textoíntegro.

En Medina del Campo, a 17 de octubre de 2017.- La Alcaldesa.- Fdo.: M Teresa LópezMartín.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

CONTRATACIÓN.

Anuncio de la licitación por procedimiento abierto, trámite ordinario, y utilización un sólocriterio de valoración, relativo al “aprovechamientode fruto forestal (piñas) del monte nº 1,3, 4 y 7 del denominado “Las Navas, El Alto, La Cabaña y El Pozuelo” (lote 1) propiedaddel ayuntamiento de Medina del Campo (c.u.p.) (Valladolid).

1.-Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:a)-Organismo: Ayuntamiento de Medina del Campo (Valladolid).b)-Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General-Contratación y Patrimonio.c)-Expediente número: 2074Qd)-Obtención de documentación e información: 1).Dependencia: Secretaría General-Contratación y Patrimonio. 2).Domicilio: Calle Gamazo n.º 1, 2.º derecha. 3).Localidad y código postal: 47400 Medina del Campo (Valladolid). 4).Teléfono: 983811020. 5).Telefax: 983811640. 6).Correo electrónico: [email protected]. 7).Dirección de Internet del perfil del contratante. www.ayto-medinadelcampo.es. 8).Fecha límite de obtención de documentación e información: La que corresponda con el decimoquinto día natural (15 días naturales) posterior al de publicación de este anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. Si el último día natural coincidiese con sábado, domingo o festivo el último día será el siguiente natural no festivo o que no coincida con sábado o domingo.e)-Aprobación del expediente: Decreto de la Alcaldesa nº 2017/2333, de 17 de octubre de2017.

2.-Objeto del contrato:a)-Tipo: administrativo especial.b)-Descripción: aprovechamiento de fruto forestal (piñas) del monte nº 1, 3, 4 y 7denominado “Las Navas, El Alto, La Cabaña y El Pozuelo (Lote 1)”, ropiedad del Ayuntamiento de Medina del Campo,c)-Lugar de ejecución: el señalado en la letra anterior 1).Localidad y código postal: 47400 Medina del Campo (Valladolid).d)-Plazo de ejecución:De 11-11-2017 hasta 10-04-2018: aprovechamiento manual De 11-11-2017 hasta 15-03-2018: aprovechamiento mecanizado

3.-Tramitación y procedimiento:a)-Procedimiento: Abierto.b)-Criterios de adjudicación: El aprovechamiento se adjudicará al licitador que efectúe laoferta económica más alta y siempre que sea igual o superior al precio de licitación fijado.

4.-Presupuesto base de licitación:El tipo de licitación se fija en 544,50€, AL ALZA, MÁS IVA

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5.-Garantías exigidas.Provisional: No se exige.Definitiva: 5% sobre importe adjudicación.

6.-Presentación de ofertas:a)-Fecha límite de presentación: La que corresponda con el DECIMOQUINTO DÍANATURAL (15 DÍAS NATURALES) tras la de publicación de la convocatoria de licitación enel boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. Si el último día natural coincidiese consábado, domingo o festivo el último día será el siguiente natural no festivo o que nocoincida con sábado o domingo.b)-Modalidad de presentación: manual.c)-Lugar de presentación: Secretaría General-Contratación y Patrimonio, C/ Gamazo 1, 2.ºderecha, 47400 Medina del Campo (Valladolid)d)-Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Hasta la firma delcontrato.

8.-Apertura de ofertas:a)-Dirección: Salón de Escudos (edificio principal del Ayuntamiento).b)-Localidad y código postal: 47400 Medina del Campo (Valladolid).c)-Fecha y hora: a las 10 horas del primer día hábil siguiente al de finalización del plazopara presentar proposiciones

9.-Gastos de publicidad.Serán por cuenta del adjudicatario.

En Medina del Campo, a 17 de octubre de 2017.- La Alcaldesa.-Fdo.: M. Teresa LópezMartín.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MELGAR DE ARRIBA

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, se aprobó provisionalmente la imposición yordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de la aportación municipal alas obras de pavimentación de las Calles Arrabales y Extramuros según los siguientescriterios:

a).Coste total previsto de la obra: 18.549,65 Euros.

b).Cantidad que el Ayuntamiento soporta del citado coste total: 18.549,65 Euros.

c).De la cantidad indicada en el apartado anterior se financia con ContribucionesEspeciales 3.709,90 Euros, lo que supone el 20 %.

d).Criterios de reparto: metros lineales de fachada.

Lo que se hace público a efectos de que los interesados y afectados puedan examinar elexpediente y presentar reclamaciones durante el plazo de 30 días a contar desde elsiguiente a la publicación de este anuncio en el B.O.P. y constituir la Asociación deContribuyentes a que se refiere el art. 36 del TRLRHL.

Si no se presentan reclamaciones en el plazo indicado este acuerdo se entiende definitivo yejecutivo con todos los efectos.

En Melgar de Arriba, a 5 de octubre de 2017.-El Alcalde.-Fdo.: Oscar Fenández Crespo.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN ROMÁN DE HORNIJA

Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de fecha 3 de octubre de 2017,el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal nº 2, reguladora de la Tasa por laprestación del servicio de Recogida, Transporte y Tratamiento de Residuos SólidosUrbanos del municipio de San Román de Hornija.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, duranteel plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán examinar el expedientey durante el mismo plazo se les dará audiencia a efectos de que puedan presentar lasreclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional seelevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo casoel texto íntegro de las Ordenanzas Fiscales o sus modificaciones.

En San Román de Hornija, a 10 de octubre de 2017.-El Alcalde.- Fdo.: Ernesto del PalacioGallego.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN ROMÁN DE HORNIJA

Por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el pasado día 3 de octubre de2017 se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastos02/2017, por Suplementos de Crédito y Crédito Extraordinario.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 20 y 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 deabril, dicho expediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento duranteel plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio,a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que considerenoportunas a sus derechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado, el expediente seentenderá aprobado definitivamente produciendo efectos desde la fecha de la aprobaciónprovisional una vez que se haya publicado íntegramente.

En San Román de Hornija, a 10 de octubre de 2017.- El Alcalde.- Fdo.: Ernesto delPalacio Gallego.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA

El Pleno de la Corporación, en sesión de 5 de octubre de 2017 adoptó el siguiente acuerdode aprobación provisional:

7.-Modificación Ordenanza Fiscal nº 14 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBREVEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

(SE MODIFICA EL PUNTO 7. INCORPORA APARTADOS 4,5,6 BONIFICACIÓNVEHÍCULOS UTILIZACIÓN CARBURANTES, MOTOR HÍBRIDO Y MOTOR ELÉCTRICO

Durante 30 días hábiles desde la publicación de este anuncio en el B. O. P. los interesadospodrán examinar el expediente y presentar reclamaciones y/o sugerencias en la Secretaríadel Ayuntamiento en horario de oficina.

De no presentarse reclamaciones, el citado acuerdo se considerará definitivo sinnecesidad de acuerdo plenario expreso.

Santovenia de Pisuerga, 10 de octubre de 2017.-El Alcalde.-Roberto Sánchez de la Rosa.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLAFRECHÓS

En cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del PoderJudicial, se pone en conocimiento de todos los interesados que, dentro del plazo allíestablecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Salade Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el nombramiento del cargode Juez de Paz.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en la Secretaría de esteAyuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de un mes contado apartir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provinciaacompañada de los siguientes documentos.

a).Fotocopia del D.N.I.

b).Certificado de antecedentes penales.

c).Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:

-Que no está procesado o inculpado por delito doloso. -Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles. -Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. -Que no está incurso en ninguna causas de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición previstas en los arts. 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Villafrechós, 10 de octubre de 2017.- El Alcalde.- Fdo .: Miguel Ángel Gómez Vaquero.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NUMERO 3

N.I.G.: 47186 43 2 2017 0006880JUICIO SOBRE DELITOS LEVES Nº 0000210 /2017Delito/falta: AMENAZAS (TODOS LOS SUPUESTOS NO CONDICIONALES)

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuestoen los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente secita a NEDKO MILSTOCHC, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio elpróximo día 31/10/2017, a las 12:00 horas, en la SALA DE VISTAS NÚM. 5- PLANTABAJA, sito en CALLE ANGUSTIAS 40-44 DE VALLADOLID, pudiendo comparecer asistidode abogado y con los medios de prueba y testigos de que intente valerse y bajoapercibimiento de ley.

En Valladolid, a 10 de octubre de 2017.- La Secretaria Judicial.-Fdo.: María ÁngelesMuriel Bernal.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

Dª CARMEN OLALLA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 001 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000429 /2017 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de D/Dª AMAR EL IDRISSI contra la empresa FOGASA ABOGACIADEL ESTADO FOGASA, VALLADOLID, BODEGAS DE SARRIA SA, LARBI EL AMRI,sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/Dª. CARMEN OLALLAGARCIA

En VALLADOLID, a diez de octubre de dos mil diecisiete.

El anterior escrito presentado por el letrado de la parte demandante Sr. Konig únase a losautos de su razón y visto su contenido, y habiéndose manifestado por dicha parte laimposibilidad de ampliar la demanda contra nuevas empresas contratistas, se acuerdacomo se solicita, señalar de nuevo para que tenga lugar los actos de conciliación y juicio ensu día suspendidos la audiencia del día 12 DE FEBRERO DE 2018 A LAS 11.30 HORAS,en la Sala 7 de la C/ Angustias nº 40/44 de la ciudad.

Cítese al demandado Larbi El Amri por edictos a publicar en el Tablón de Anuncios de esteJuzgado y Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, dado su ignorado paradero.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo deTRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado de la Administración deJusticia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrentecontiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos conrespecto a la resolución recurrida.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a LARBI EL AMRI, en ignorado paradero,

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expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En VALLADOLID, a diez de octubre de dos mil diecisiete.-La Letrado de la Administraciónde Justicia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 178/2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. FERNANDO JAVIER CASTAÑOGANADO contra la empresa FENIX INGENIERIA CULTURAL S.L., sobre ORDINARIO, seha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante,FERNANDO JAVIER CASTAÑO GANADO, frente a FENIX INGENIERIA CULTURAL S.L.,parte ejecutada, por importe de 167 euros en concepto de principal, más otros 30 eurosque se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedandevengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

-Requerir de pago a FENIX INGENIERIA CULTURAL S.L., por la cantidad reclamada enconcepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda,y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficientepara responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas deésta.

-Requerir a FENIX INGENIERIA CULTURAL S.L., a fin de que en el plazo de cinco días,manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la

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ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el casode inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimientode que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobedienciagrave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que nosean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas ygravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivasperiódicas.

-Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes yderechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de FENIX INGENIERIACULTURAL S.L., despachos que se remitirán a las oficinas de colaboracióncorrespondientes.

-Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienesdel ejecutado.

-En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguientecertificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la Cuenta de Depósitos y consignaciones abierta por esteJuzgado en el Banco Santander, nº cuenta ES55 0049 3569 92 0005001274 y enobservaciones 4627 0000 64 017817.

Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se produzcan y de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, asícomo de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que lacorrespondiente entidad financiera actuara como depositario o mero intermediario, hastacubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrese lasoportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada, parala retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objetode apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrirquienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte desus bienes o créditos (arts. 519 y ss del CP y 893 C.Comercio), e indicándosele que debecontestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde sunotificación, bajo los apercibimientos legales.

-Para dar cumplimiento de los arts. 27, 23, y 274 de la LPL., dése traslado del escritopresentado y de esta resolución al Fondo de Garantía Salarial, al que se notificarán lassucesivas actuaciones, para que pueda ejercitar las acciones para las acciones para lasque este legitimado debiendo en un plazo máximo de QUINCE DIAS, instar lo que a suderecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FENIX INGENIERIA CULTURAL S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade Valladolid.

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Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a diez de octubre de dos mil diecisiete.- La Letrado de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Dª JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000175 /2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CYRIL JEAN PAUL LUGAN contra laempresa EVILON XIII S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva se adjunta:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de Sentencia a favor de la parteejecutante, CYRIL JEAN PAUL LUGAN, frente a EVILON XIII S.L., parte ejecutada, porimporte de 2.719,87 euros más el 10% de interés por mora en concepto de principal, másotros 435 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso,puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posteriorliquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a laestimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de laparte ejecutada EVILON XIII S.L., dar audiencia previa a la parte actora CYRIL JEANPAUL LUGAN y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino de QUINCE DIAS paraque puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de acordará loprocedente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos

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intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Letrado de laAdministración de Justicia que dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrentecontiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a laresolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a EVILON XIII S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a diez de octubre de dos mil diecisiete.-EL Letrado de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

Dª JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000177 /2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª DAVID RIVERO CRESPO contra laempresa MERCANTIL MERA Y NAVARRO S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado lasiguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de Sentencia a favor de la parteejecutante, DAVID RIVERO CRESPO, frente a MERCANTIL MERA Y NAVARRO S.L.,parte ejecutada, por importe de 11.422,17 euros más el 10% de interés por mora enconcepto de principal, más otros 1.828 euros que se fijan provisionalmente en concepto deintereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta,sin perjuicio de su posterior liquidación

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

acuerdo:

-Requerir de pago a MERCANTIL MERA Y NAVARRO S.L., por la cantidad reclamada enconcepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda,y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficientepara responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas deésta.

-Requerir a MERCANTIL MERA Y NAVARRO S.L., a fin de que en el plazo de CINCODIAS , manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía dela ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el casode inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento

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de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobedienciagrave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que nosean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas ygravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivasperiódicas.

-Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de losbienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

-Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes yderechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de MERCANTIL MERA YNAVARRO S.L., despachos que se remitirán a las oficinas de colaboracióncorrespondientes.

-Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial, punto neutro y seguridadsocial, para la averiguación de bienes del ejecutado.

-En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguientecertificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la Cuenta de Depósitos y consignaciones abierta por esteJuzgado en el Banco Santander, nº cuenta ES55 0049 3569 92 0005001274 y enobservaciones 4627 0000 640177/17 .

Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se produzcan y de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, asícomo de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que lacorrespondiente entidad financiera actuara como depositario o mero intermediario, hastacubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrese lasoportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada, parala retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objetode apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrirquienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte desus bienes o créditos (arts. 519 y ss del CP y 893 C.Comercio), e indicándosele que debecontestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde sunotificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los arts. 75 y 240 dela L.R.J.S.

-Para dar cumplimiento de los arts. 26, 23, y 276 de la LRJS., dése traslado del escritopresentado y de esta resolución al Fondo de Garantía Salarial, al que se notificarán lassucesivas actuaciones, para que pueda ejercitar las acciones para las acciones para lasque este legitimado debiendo en un plazo máximo de QUINCE DIAS, instar lo que a suderecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.

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Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Mercantil MERA Y NAVARRO S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a diez de octubre de dos mil diecisiete.-EL Letrado de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª JAVIER CARRASCAL GALA contra NOAH PÓLIZAS AGENCIA DESEGUROS VINCULADA, S.L., FONDO DE GARANTIA SALARIAL FOGASA, enreclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO0000763 /2017 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de laLJS, citar a NOAH POLIZAS AGENCIA DE SEGUROS VINCULADA, S.L., en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 24/1/2018 a las 11,30 horas, en la sala núm. 10de este Juzgado sita en C/ Angustias 40-44, bajo de Valladolid , para la celebración de losactos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a NOAH POLIZAS AGENCIA DE SEGUROS VINCULADA,S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ycolocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a 10 de octubre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.: Esperanza Llamas Hermida.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAOTROS JUZGADOS

JUZGADO SOCIAL. OVIEDO 6.

N.I.G. 33044 44 4 2016 0002717Modelo N28300Procedimiento ordinario número 459/2016Procedimiento origenSobre ordinarioDemandante: Juan Ramón García García.Abogado: Raúl Martínez Turrero.Demandados: Fondo de Garantía Salarial, Bilbus, S.A, Interurbana de Autocares, S.A.,Automóviles Luarca, S.A., Automóviles Luarca, S.A., Alsa Interprovincial, S.A., Calebus,S.A., Compañía del Tranvía Eléctrico de Avilés S.A., Transportes Unidos de Asturias S.L.,Alsa Grupo, S.L.Abogado. Letrado de FOGASA.

Doña Camino Campuzano Tomé, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado delo Social número 6 de Oviedo.

Hago saber; Que por resolución dictada en el día de la fecha, en proceso seguido ainstancia de D. Juan Ramón García García contra Bilbus, S.A, Interurbana de Autocares,S.A., Automóviles Luarca, S.A., Automóviles Luarca, S.A., Alsa Interprovincial, S.A.,Calebus, S.A., Compañía del Tranvía Eléctrico de Avilés S.A., Transportes Unidos deAsturias S.L., Alsa Grupo, S.L., Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por ordinario,registrado con el número de procedimiento 459/2016 se ha acordado, en cumplimiento delo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar al Bilbús, S.A. en ignorado paradero, a fin deque comparezca el 15/03/2018, a las 10:00 horas para la celebración de los actos deconciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante personalegalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por la falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tabón de anuncio de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, cuandose trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento de juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes a de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,

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Page 32: DE LA DE · 2017. 10. 22. · conocimiento: Vista la pieza separada nº 2 del expediente nº 42/2013 relativa a la Derogación de la Instrucción de Alcaldía sobre criterios de aplicación

procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Bilbús, S.A., se expide la presente cédula para supublicación en el boletín oficial de la provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En Oviedo a dos de octubre de dos mil diecisiete.- La Letrado de la Administración deJusticia.

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2Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Núm. 202 Lunes, 23 de octubre de 2017 Pág. 32

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2017-202