dan 43 a resumen

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  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    Aplicacin

    Esta norma establece las reglas que rigen la realizacin de trabajos de mantenimiento en:

    Toda aeronave que posea un certificado de aeronavegabilidad otorgado por la DGAC.

    Toda parte que integre, est instalada o se vaya a instalar en una aeronave que posea un certificado de

    aeronavegabilidad otorgado por la DGAC,

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    Definiciones:

    Alteracin.

    Es cualquier modificacin de una aeronave, motor, hlice, componente u otra parte de aeronave, que noconstituya reparacin.

    Alteracin Mayor.Alteracin que requiere de datos de mantenimiento aprobados que no son parte de las especificaciones

    originales indicadas en la hoja de datos del certificado de tipo o de los datos de manuales aplicables del

    fabricante.

    Componente (Appliance).Cualquier instrumento, mecanismo, equipo, parte, aparato, dispositivo o accesorio, incluyendo equipo de

    comunicaciones, que es usado o est pensado para ser usado en la operacin o el control de una aeronave

    en vuelo, que es instalado dentro de una aeronave o unido a ella, y que no es parte de la clula, motor o

    hlice.

    Conformidad de Mantenimiento

    Certificacin de que el trabajo de mantenimiento al cual se refiere, ha sido efectuado en forma satisfactoria,y conforme a la reglamentacin y normativa aeronutica vigente.

    Conformidad Final de MantenimientoConformidad de mantenimiento, en la cual se declara que, en cuanto los trabajos efectuados en una

    aeronave o en una parte de aeronave, dicha aeronave o parte est aprobada para volver al servicio.

    Requiere de la verificacin de las conformidades de mantenimiento de cada uno de los trabajos que detalle.

    ("Conformidad final de mantenimiento" y "Certificacin de la condicin para retorno al servicio", sonsinnimos).

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    Definiciones:

    Parte con Vida Limitada.

    Parte que tiene un lmite de reemplazo obligatorio especificado en el diseo de tipo, en las instrucciones deaeronavegabilidad continuada o en el manual de mantenimiento.

    Producto AeronuticoEs toda aeronave, motor o hlice de aeronave.

    Registro de Mantenimiento

    Constancia escrita de la realizacin de un trabajo de mantenimiento.

    Reparacin.Cualquier trabajo tcnico aeronutico, que no sea de mantencin rutinaria, necesaria para restaurar las

    condiciones para la operacin segura de una aeronave, motor, hlice, componente u otra parte de

    aeronave, incluyendo el refuerzo o reemplazo de partes daadas o deterioradas.

    Reparacin Mayor.

    Reparacin que requiere de datos de mantenimiento aprobados que no son parte de las especificacionesoriginales indicadas en la hoja de datos del certificado de tipo o de los datos de manuales aplicables del

    fabricante.

    Revisin General (Overhaul).Desarme, limpieza, inspeccin, revisin, reparacin, arme y ensayo de una aeronave, clula de aeronave,

    motor de aeronave, hlice, componente o accesorios, usando mtodos, tcnicas y prcticas aceptables para

    la DGAC de acuerdo con datos tcnicos aprobados y aceptables para sta (manuales del fabricante),

    desarrollados y documentados por titulares de certificado de tipo, certificado tipo suplementarios o deaprobaciones de fabricacin de partes.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    Procedimiento:

    Si un CMA/CMAE subcontrata a un taller no aprobado por la DGAC, para efectuar un trabajo de

    mantenimiento, corresponde a ese CMA/CMAE efectuar la supervisin y control de calidad del trabajo.

    Si en los trabajos de mantenimiento que se efecten en una aeronave o parte participan dos o ms CMA,

    necesariamente un CMA habilitado, en esa aeronave o parte, deber actuar como lder y coordinador de los

    CMA participantes, y ser el responsable de emitir la correspondiente conformidad final de mantenimiento

    de acuerdo al Captulo C de esta norma.

    Cuando un CMA/CMAE considere terminados satisfactoriamente los trabajos que se le hayan contratado o

    solicitado, deber emitir una conformidad de mantenimiento referida a esos trabajos, de acuerdo a lo

    establecido en el Captulo C de esta norma.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    Quien puede realizar el Mantenimiento??

    Los CMA aprobados por la DGAC podrn efectuar

    mantenimiento, conforme al alcance de su

    aprobacin. Para efectuar reparaciones mayores o

    alteraciones mayores debern contar

    adicionalmente con la autorizacin expresa de la

    DGAC.

    El titular de una licencia de mantenimiento

    podr realizar trabajos de mantenimiento,

    como integrante de un CMA.

    Los Centros de Mantenimiento Aeronutico Extranjeros

    (CMAE), reconocidos por la DGAC, podrn efectuar

    mantenimiento, conforme al alcance o limitaciones de

    su reconocimiento por la DGAC. Para efectuar

    reparaciones mayores o alteraciones mayores debern

    contar adicionalmente con

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    Reglas generales para la realizacin de mantenimiento.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    Reglas generales para la realizacin de mantenimiento.

    Contar con la competencia apropiada para el trabajo que realice

    Utilizar mtodos, tcnicas y prcticas prescritas en el manual de mantenimiento actualizado del

    fabricante o en otros documentos con datos de mantenimiento aplicables;

    Aplicar obligatoriamente las Limitaciones de Aeronavegabilidad establecidas en Directivas de

    Aeronavegabilidad que afecten al trabajo de mantenimiento del caso

    Usar las herramientas, equipamiento, instrumentos, o equipos de ensayo, que indique el fabricantede la aeronave o uno equivalente aceptable para la DGAC;

    Usar materiales de tal calidad, que la condicin de la aeronave sea a lo menos igual a su condicin

    original con respecto a la funcin de la aeronavegabilidad

    Registrar el trabajo efectuado, en los documentos del CMA/CMAE que correspondan segn su MPM

    y deber contener:

    Una descripcin del trabajo realizado y referencia a los datos de mantenimiento utilizados;

    La fecha de trmino de los trabajos

    El nombre, firma, y nmero de la licencia de la persona que realiz el trabajo; El nombre, firma, y nmero de la licencia de la persona que supervis o efectu el control de

    calidad del trabajo

    El nombre y nmero del CMA/CMAE.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.107 Instalacin de partes.

    Slo puede instalarse una parte en un producto aeronutico o en otra parte de este, si:

    Es elegible para ser instalada; esto es, cumple con al menos una de las siguientes condiciones,

    Est especificada en alguno de los siguientes documentos que sea aplicable:

    La Hoja de Datos del Certificado de Tipo;

    Un Manual del fabricante;

    Un documento expresamente aprobado, convalidado o aceptado por la DGAC.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.107 Instalacin de partes.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.107 Instalacin de partes.

    Es intercambiable con una parte elegible segn , y ello puede ser demostrado con datos de

    mantenimiento aplicables,

    Ha sido fabricada en el proceso de una reparacin o alteracin, conforme a datos de mantenimiento

    aplicables al proceso. Para este caso, el material utilizado para la fabricacin debe cumplir las

    especificaciones del fabricante del conjunto mayor en que se instale la parte.

    Si ha sido obtenida en condicin nueva o reparada, es posible demostrar su trazabilidad y su conformidadcon los datos de diseo o de mantenimiento, a travs de alguno de los siguientes documentos:

    Un formulario DGAC 8130-3 o equivalente de otras autoridades aeronuticas, o:

    Un Certificado de Conformidad del fabricante.

    Le han sido aplicadas las directivas de aeronavegabilidad o documentos obligatorios equivalentes vigentes

    que le sean aplicables

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.107 Instalacin de partes.

    Si es una parte con vida limitada o que deba someterse a inspecciones o mantenimiento programados

    (desinstalada del producto aeronutico o componente), posea los registros de mantenimiento que

    demuestren que an posee vida remanente, u horas, ciclos, etc., disponibles para la prxima inspeccin o

    mantenimiento programado.

    Si una parte viene de una aeronave accidentada o fuera de servicio, slo podr instalarse, si previamente

    un CMA/CMAE con habilitacin apropiada comprueba o restituye su condicin aeronavegable y la certifica

    mediante un formulario DGAC 8130-3 o equivalente de otra autoridad aeronutica.

    Si en la inspeccin fsica de recepcin de una parte, se detecta que sta no cumple con las especificaciones

    tcnicas o difiere en las caractersticas fsicas de su diseo aprobado, deber ser ingresada a cuarentena y

    considerada como un elemento sospechoso de ser no aprobado. El CMA, la empresa area o la persona

    que lo detecte, deber notificar de esta situacin al titular del Certificado de Tipo de la aeronave y a la

    DGAC, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos por esta ltima.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.109 Disposiciones adicionales para partes con vida limitada.

    Para efectos de mantenimiento se puede desinstalar una parte siempre que.

    El estatus de vida de la parte no ha cambiado;

    La remocin y reinstalacin es realizada en el producto del mismo nmero de serie; y

    Ese producto no acumul tiempo en servicio mientras la parte est removida.

    Deber existir el control por medio de:

    Sistema de conservacin de registros: Los registros deben mantenerse vigentes

    Tarjeta o registro adjunto a la parte: identificacin y uso de la parte

    Identificacin fsica: con el uso actualizado de la parte

    Segregacin: para impedir el uso sin llevar un registro actualizado

    Mutilacin: en caso de que ya se cumpla con el limite de vida

    Transferencia de partes: quien venda debe entregar todos los registros de mantenimiento y uso actualizado.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.111 Inspecciones regulares.43.113 Inspecciones y trabajos especiales.

    43.201 Requisitos y circunstancias para emitir una conformidad de mantenimiento.

    Los trabajos de mantenimiento a los que se refiera la conformidad han sido realizados satisfactoriamente, de

    acuerdo a los datos de mantenimiento aplicables y a los procedimientos descritos en el Manual de

    Procedimientos de Mantenimiento (MPM) del CMA;

    Se han completado los registros de mantenimiento de acuerdo a lo establecido en la seccin 43.105(a)(6); y

    En caso de una reparacin mayor o una alteracin mayor, se ha cumplido adicionalmente con lo establecido

    en captulo D de esta norma.Se requerir la conformidad de mantenimiento del CMA en las situaciones que se describen en (1), (2) y (3)

    siguientes. Las conformidades descritas en (1) y en (2) tendrn el carcter de parcial, en tanto que la descrita

    en (3) tendr el carcter de final e incorporar las conformidades parciales:

    Cuando el CMA termine una porcin de un trabajo que se le haya contratado, si esa porcin no est a

    cargo del supervisor o ingeniero responsable de dar la conformidad final por el total del trabajo contratado.

    Cuando el CMA termine la porcin de trabajo que le haya correspondido realizar, de un trabajo de ms

    alcance en que participa al menos otro CMA. Cuando termine un trabajo contratado, luego del cual la aeronave o parte sometida a ese trabajo se

    supone que volver al servicio.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.203 Personas autorizadas para emitir conformidad de mantenimiento.

    El titular de una licencia de mantenimiento podr emitir una conformidad de mantenimiento, de acuerdo alReglamento de Licencias al Personal Aeronutico. En lo que respecta al titular de una licencia de mecnico

    de mantenimiento solo podr emitir una conformidad de mantenimiento en las tareas descritas en el

    Apndice E de esta norma.

    Un Centro de Mantenimiento Aeronutico aprobado o reconocido por la DGAC, (CMA/CMAE), podr emitir

    una conformidad de mantenimiento para cualquier trabajo dentro del alcance de su lista de capacidades, a

    travs de personal debidamente calificado para este efecto.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.205 Contenido y alcance de la conformidad de mantenimiento.

    Una conformidad de mantenimiento, deber contener la siguiente informacin:

    Identificacin del CMA, personal de mantenimiento o piloto, segn corresponda, que emite la conformidad de

    mantenimiento;

    (2) Fecha de trmino del trabajo efectuado;

    (3) Una descripcin del trabajo efectuado y la referencia a los datos de mantenimiento utilizados, con

    indicacin de su ltima actualizacin.

    (4) La conclusin respecto a la condicin en que se encuentra el trabajo. Excepto que se d la situacinprevista en el prrafo (b) de esta seccin, en esta conclusin:

    (i) Se declarar que el trabajo descrito "se encuentra satisfactorio" o, "se encuentra sin observaciones". Esto,

    si la conformidad tiene el carcter de parcial; o

    (ii) Si la conformidad tiene el carcter de final, por uno o varios trabajos efectuados en una aeronave, motor o

    hlice, se declarar que, en cuanto a los trabajos efectuados, se aprueba para el retorno al servicio la

    aeronave, motor o hlice, segn corresponda. A modo de ejemplo: Certifico que los trabajos descritos

    anteriormente (o a continuacin) se han realizado en forma satisfactoria, y que en cuanto a stos la aeronave

    se encuentra aprobada para retornar al servicio.(5) Los nmeros de rdenes de trabajo en que haya quedado registrado el detalle de los trabajos por los

    cuales se emite la conformidad de mantenimiento. Esto, slo si es un CMA el que emite la conformidad, y

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    (6)El nmero de licencia y el nombre de la persona que firma la conformidad de mantenimiento.

    (b) Si como resultado de una inspeccin de una aeronave o de un trabajo de mantenimiento efectuado en

    ella, surgen discrepancias cuya solucin propuesta por el CMA, no es aceptada por el explotador de la

    aeronave:

    (1) El CMA podr emitir la conformidad final de mantenimiento, dejando constancia de las discrepancias

    encontradas, siempre que tales discrepancias no afecten requisitos de aeronavegabilidad; o, en caso

    contrario,

    (2) En lugar de emitir la conformidad de mantenimiento final, el CMA dejar constancia de las discrepancias

    encontradas que afectan requisitos de aeronavegabilidad, y por las cuales no puede aprobarse la condicinde retorno al servicio de la aeronave. A modo de ejemplo, la constancia puede decir: "Certifico que con

    ocasin de este trabajo efectuado, se han encontrado las siguientes discrepancias que afectan la

    aeronavegabilidad de la aeronave, por lo que no se aprueba su condicin para retornar al servicio".

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    OperadorCMA

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  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    (6)El nmero de licencia y el nombre de la persona que firma la conformidad de mantenimiento.

    (b) Si como resultado de una inspeccin de una aeronave o de un trabajo de mantenimiento efectuado enella, surgen discrepancias cuya solucin propuesta por el CMA, no es aceptada por el explotador de la

    aeronave:

    (1) El CMA podr emitir la conformidad final de mantenimiento, dejando constancia de las discrepancias

    encontradas, siempre que tales discrepancias no afecten requisitos de aeronavegabilidad; o, en caso

    contrario,

    (2) En lugar de emitir la conformidad de mantenimiento final, el CMA dejar constancia de las discrepancias

    encontradas que afectan requisitos de aeronavegabilidad, y por las cuales no puede aprobarse la condicinde retorno al servicio de la aeronave. A modo de ejemplo, la constancia puede decir: "Certifico que con

    ocasin de este trabajo efectuado, se han encontrado las siguientes discrepancias que afectan la

    aeronavegabilidad de la aeronave, por lo que no se aprueba su condicin para retornar al servicio".

    Cuando un CMA efecte una inspeccin que abarque completamente una aeronave y sus registros de

    mantenimiento, a travs de la cual verifique que tal aeronave est de acuerdo a su configuracin aprobada;

    que se ha cumplido con el programa de mantenimiento aprobado y MIM's correspondientes; y que se

    encuentra en condicin para operacin segura, el CMA podr incluir como conclusin, que la aeronave seencuentra en condicin aeronavegable. A modo de ejemplo, esta conclusin podra decir: Certifico que la

    inspeccin efectuada ha alcanzado a la aeronave completa y a sus registros de mantenimiento,

    encontrndose en condicin aeronavegable.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    43.207 Documentos de registro de la conformidad de mantenimiento.

    Si una conformidad de mantenimiento tiene el carcter de final (de certificacin de condicin para retorno al

    servicio), debe ser registrada:

    En la bitcora de vuelo y de mantenimiento de la aeronave, cuando los trabajos de mantenimiento a los

    que se refiera, han sido efectuados en la aeronave (en cualesquiera de sus sistemas o partes instaladas),

    y estn dentro del alcance de los trabajos previstos en los manuales de mantenimiento del fabricante de la

    aeronave.

    En un formulario DGAC 8130-3, conforme a la norma DAN 145 (o formulario equivalente aceptado por la

    DGAC), cuando los trabajos de mantenimiento a los que se refiera, han sido efectuados en una parte no

    instalada en un producto aeronutico

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    CAPITULO D ALTERACIONES MAYORES Y REPARACIONES MAYORESCon que se debe cumplir??

    Los estndares de aeronavegabilidad vigentes a la fecha de la solicitud, que conforme a la DAN 21

    correspondan al producto aeronutico a alterar o reparar.

    Condiciones especiales, excepciones, exenciones, tems de nivel de seguridad equivalente y otros

    que la DGAC determine, segn el caso particular

    Toda alteracin mayor o reparacin mayor de un producto aeronutico o parte de un producto

    aeronutico, debe ser efectuada por un CMA aprobado o CMAE reconocido por la DGAC, habilitado

    para efectuar el mantenimiento y que adems cuente con una autorizacin expresa de la DGAC paraefectuar la alteracin mayor o reparacin mayor del caso.

    Un CMA o CMAE slo podr efectuar una alteracin mayor o una reparacin mayor, con datos de

    mantenimiento aprobados o convalidados por la DGAC.

    Si una alteracin implica la aplicacin de un cambio mayor al diseo de tipo de una aeronave, motor

    o hlice, segn lo define la norma DAN 21, los datos aprobados requeridos para efectuarla, deben

    estar contenidos en un certificado de tipo suplementario (STC), emitido o convalidado por la DGAC.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    CAPITULO D ALTERACIONES MAYORES Y REPARACIONES MAYORESSubcontratacin de Servicios

    Un CMA que cuente con habilitacin para efectuar el mantenimiento de una aeronave, pero que no

    posea todas las capacidades para efectuar todos los trabajos que sean parte de la alteracin mayor o

    reparacin mayor del caso, podr subcontratar a otros CMA o talleres de servicios especializados que

    posean las capacidades faltantes. En este caso:

    El CMA habilitado en la aeronave deber actuar como lder y coordinador de los trabajos que se

    efecten en la aeronave;

    Cada CMA participante en la alteracin o reparacin, deber estar habilitado para efectuar el tipo detrabajo que se le asigne en el proceso, y deber emitir la conformidad de mantenimiento

    correspondiente a esa porcin que realice de la alteracin o reparacin;

    El CMA habilitado en la aeronave deber hacerse cargo del control de calidad de los trabajos que

    efecten talleres de servicios especializados no aprobados por la DGAC, y de emitir la conformidad

    de mantenimiento por esos trabajos; y

    Una vez efectuada una alteracin mayor o reparacin mayor, la correspondiente conformidad final de

    mantenimiento slo podr ser emitida por el CMA habilitado en la aeronave o parte sometida a laalteracin o reparacin.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    CAPITULO D ALTERACIONES MAYORES Y REPARACIONES MAYORESEntrega de Documentos Tcnicos:

    Los documentos con los datos tcnicos de las alteraciones mayores y reparaciones mayores, tales

    como los que se enumeran a continuacin, deben ser entregados al correspondiente explotador, para

    conservacin por parte de ste y aplicacin cuando corresponda, debiendo dejar constancia de ello en

    el correspondiente formulario DGAC 337 que se indica en la seccin 43.303:

    Certificados de Tipo Suplementarios (STC), y los documentos que en stos se indiquen como

    requeridos para la instalacin, operacin, mantenimiento o aeronavegabilidad continuada del

    producto con la alteracin o reparacin incorporada;

    Proyectos Tcnicos o Planes de Trabajo. Es obligatoria su entrega al explotador, al menos las partes

    necesarias para la instalacin, desinstalacin, mantenimiento y operacin de lo referido a la

    alteracin o reparacin (Las memorias de clculo y otras demostraciones a la DGAC, es opcin del

    autor del Proyecto o Plan entregarlas)

    Instrucciones o Manuales de Instalacin;

    Instrucciones para la Aeronavegabilidad Continuada, Suplementos de Manual de Mantenimiento,

    cartillas, planos o cualquier otro documento til para efectuar inspecciones y/o mantenimiento de una

    alteracin mayor o reparacin mayor;

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    CAPITULO D ALTERACIONES MAYORES Y REPARACIONES MAYORESDistribucin de los Registros Form 337:

    Un ejemplar original para el explotador de la aeronave o parte, que se haya sometido a la alteracin

    o reparacin;

    Un ejemplar original para el CMA que haya liderado o efectuado autnomamente los trabajos de

    alteracin o reparacin;

    Un ejemplar original para la DGAC;

    Una copia para cada uno de los dems CMA que hayan participado en los trabajos de la alteracin o

    reparacin; y

    En caso de instalacin de estanques de combustible para alcance extendido, instalados dentro de la

    cabina de pasajeros o compartimiento de equipaje, una copia del formulario DGAC 337 deber ser

    mantenida a bordo de la aeronave.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    CAPITULO E FALSIFICACIN, REPRODUCCIN O ADULTERACION DE DOCUMENTOS DEMANTENIMIENTO

    43.401 Generalidades.Ninguna persona podr hacer o permitir que se realicen:

    Anotaciones fraudulentas o falsas en los registros de mantenimiento o informes que se requieran

    confeccionar, conservar o usar para demostrar cumplimiento con cualquier requisito en conformidad

    a esta normativa;

    Cualquier reproduccin con propsitos fraudulentos, de cualquier registro o informe requerido en

    conformidad con la reglamentacin; y

    Cualquier adulteracin con propsitos fraudulentos, de cualquier registro o informe requerido en

    conformidad con la reglamentacin.

    La realizacin por cualquier persona de una de las conductas prohibidas por el prrafo (a) de esta

    seccin, ser tomada en consideracin para suspender o cancelar la licencia aeronutica, el

    certificado de aeronavegabilidad, el certificado de CMA, el certificado de operador o de produccin,

    la autorizacin de orden tcnica estndar (TSO), la aprobacin de fabricante de partes o la

    especificacin de productos y procesos otorgada por la DGAC, segn corresponda. Lo anterior, es

    sin perjuicio de la denuncia que corresponda efectuar al Ministerio Pblico.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    CAPITULO F AUTORIDAD PARA LA VIGILANCIA CONTNUA

    La DGAC establecer y mantendr una fiscalizacin de las aeronaves, de sus operadores y de los CMA,mediante inspecciones efectuadas por Inspectores de Aeronavegabilidad, durante los trabajos de

    mantenimiento o previo a la realizacin de las operaciones, con el objeto de establecer que stos se ajusten

    a las normas de aeronavegabilidad;

    Los Inspectores de Aeronavegabilidad sern funcionarios de la DGAC, quienes contarn con una credencial

    que los identificar como tales y su designacin ser comunicada a los explotadores y a los CMA; y

    Los explotadores y los CMA debern otorgar facilidades a los Inspectores de Aeronavegabilidad de laDGAC para el cumplimiento de sus funciones, las que comprendern libre acceso a la aeronave, a las

    instalaciones e infraestructura y a dependencias en que se efectan trabajos de mantenimiento y el derecho

    a inspeccionar la organizacin en lo que respecta a las aeronaves, los recursos tcnicos, licencias del

    personal aeronutico, registros de mantenimiento y sus procedimientos de control y/o realizacin del

    mantenimiento, segn corresponda.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    APNDICE AALCANCE Y DETALLE DE LOS ITEMES A SER INCLUDOS EN UNA INSPECCIN ANUAL. (SEGN

    SEA APLICABLE A UNA AERONAVE EN PARTICULAR)

    APNDICE B ENSAYOS E INSPECCION DEL SISTEMA ALTIMETRICOLas tomas estticas que se encuentren en el fuselaje de la aeronave debern estar destacadas, cuando

    sea posible, con un crculo de color rojo alrededor de cada una de ellas;

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    APNDICE B ENSAYOS E INSPECCION DEL SISTEMA ALTIMETRICO Verificar el sistema de presin esttica-pitot de la aeronave de acuerdo a lo indicado, segn

    corresponda, Probar y regular en banco todo altmetro baromtrico o sistema de reporte automtico de presin,instalado en la aeronave

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    APNDICE B ENSAYOS E INSPECCION DEL SISTEMA ALTIMETRICO Para toda aeronave con ms de diez (10) aos desde su fabricacin, inspeccionar el estado de las

    mangueras de presin esttica y de presin de impacto o pitot, por grietas, rigidez o endurecimiento,en las reas de conexin a instrumentos y equipos relacionados. Si la inspeccin detecta grietas,

    rigidez o endurecimiento en alguna de sus partes, las mangueras afectadas debern ser

    reemplazadas y se deber repetir las pruebas del sistema.

    Los trabajos exigidos en este Apndice debern ser ejecutados por un Centro de Mantenimiento

    Aeronutico con clasificacin en Instrumentos, o expresamente autorizado para este efecto por la DGAC,

    el que deber llenar para cada altmetro el formulario DGAC 08/2-17 "Tarjeta de Errores del Altmetro" o

    similar, el que indicar los errores que acusar ste, a las distintas altitudes y pruebas a la que deber

    ser sometido, y cuyos mximos permitidos se indican en este Apndice.

    Copia de este formulario deber quedar junto a la Orden de Trabajo respectiva;

    El formulario DGAC 08/2-17 "Tarjeta de Errores del Altmetro" deber entregarse al propietario o

    explotador de la aeronave, para que forme parte de los antecedentes de mantenimiento de la aeronave y

    sus sistemas;

    El registro de aplicacin de estas pruebas deber ser efectuado en la bitcora de vuelo (flight log) u otro

    registro alternativo de mantenimiento de la aeronave, previamente aprobado por la DGAC, por el CMA

    que ejecut las prueba, para lo cual deber estampar los siguientes textos o similares, adems su

    aplicacin deber ser informada en el registro de cumplimiento de modificaciones e inspecciones

    mandatorias.

  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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  • 7/26/2019 DAN 43 A resumen

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    APNDICE C PRUEBAS E INSPECCIONES DEL RESPONDEDOR DE CONTROL DE TRNSITO AREO(ATC TRANSPONDER) Y SISTEMA DE REPORTE AUTOMTICO DE ALTITUD DE PRESIN.(Disposiciones Especficas. Toda aeronave deber ser sometida a las pruebas e inspecciones, de acuerdo alas disposiciones que se indican:

    Los trabajos exigidos en este Apndice debern ser ejecutados por un Centro de Mantenimiento

    Aeronutico con clasificacin en Radio clase 3 o expresamente autorizada para este efecto por la DGAC.

    El registro de aplicacin de este Apndice deber ser efectuado en la bitcora de vuelo (flight log), u otro

    registro alternativo de mantenimiento de la aeronave, previamente aprobado por la DGAC, por el CMA que

    ejecut las pruebas, para lo cual deber estampar el siguiente texto o similar, adems su aplicacin deber

    ser informada en el registro de cumplimiento de modificaciones e inspecciones mandatorios.

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    APNDICE D COMPENSACIN DEL COMPS MAGNTICO(a) Disposiciones Especficas.

    Toda aeronave se le deber compensar el comps magntico de acuerdo a las siguientes disposiciones:(1) Los trabajos exigidos en este Apndice u otro mtodo alternativo autorizado por la DGAC debern ser

    ejecutados por un Centro de Mantenimiento Aeronutico con clasificacin en Instrumentos clase 1 o

    autorizado para presentar a certificacin aeronaves o que este expresamente autorizado para este efecto por

    la DGAC.

    (2) Aquellos Compases Magnticos que no cumplan con las tolerancias indicadas en este Apndice, debern

    ser retirados de la aeronave.

    (3) El resultado de la compensacin deber ser indicado en el Formulario DGAC 08/2-18 Tarjeta de

    Compensacin del Comps Magntico, el cual deber ubicarse en la aeronave lo ms cerca del comps

    magntico y a la vista del piloto.

    (4) El registro de aplicacin de este Apndice deber ser efectuado en la bitcora de vuelo (flight log) u otro

    registro alternativo de mantenimiento de la aeronave, previamente aprobado por la DGAC, por el CMA que

    ejecut las pruebas, para lo cual deber estampar el siguiente texto o similar, adems su aplicacin deber

    ser informada en el registro de cumplimiento de modificaciones e inspecciones mandatorias.

    Certifico que se ha efectuado compensacin de acuerdo con lo exigido por la DAN 43, al comps magnticoque se identifica a continuacin:

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    APNDICE ETAREAS QUE PUEDE REALIZAR UN MECNICO DE MANTENIMIENTO PERTENECIENTE A UN CMA,EN UNA BASE AUXILIAR DE OPERACIONES Y POR LAS CUALES PUEDE RETORNAR AL SERVICIOLA AERONAVEEl mecnico deber cumplir con los requisitos establecidos en la DAN 65 y est facultado para ejecutar los

    trabajos mantenimiento menor que a continuacin se sealan:

    Prevuelo, post vuelo, servicios de rampa y trnsito;

    Revisiones bsicas de nivel diario o terminal; y

    Mantenimiento menor limitado a los siguientes trabajos, siempre que no involucre operaciones complejas de

    armado:

    (1) Desmontaje e instalacin de ruedas del tren de aterrizaje;(2) Reemplazo de cuerdas de amortiguacin elsticas en el tren de aterrizaje;

    (3) Servicio de amortiguadores de soporte del tren de aterrizaje agregando aceite, gas o ambos;

    (4) Servicio a rodamientos de las ruedas del tren de aterrizaje, en tareas tales como limpieza y engrase;

    (5) Reemplazo de frenaduras de seguridad de alambre o chavetas defectuosas;

    (6) Lubricacin que requiera solamente el desmontaje de elementos no estructurales, tales como tapas de

    inspeccin, capotas de motor y cubiertas;

    (7) Confeccin de parches simples de tela, que no requieran refuerzos de costura o la remocin de superficies

    de control o partes estructurales. En el caso de globos, la ejecucin de pequeas reparaciones de tela a la

    cubierta (de acuerdo con las instrucciones del fabricante del globo), siempre que no se requiera la sustitucin

    o reparacin de cintas de refuerzo;

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    (8) Rellenado del estanque de lquido hidrulico con el mismo lquido;

    (9) Pulir la terminacin decorativa del revestimiento del fuselaje, cestos de globos, superficies de ala y

    empenaje (excluyendo superficies de control balanceadas), carenados, cubiertas, tren de aterrizaje, cabina ocompartimiento interior de cabina, cuando no se requiera la remocin o desmontaje de cualquier estructura

    primaria o sistema de operacin de la aeronave;

    (10) Aplicacin de materiales de proteccin o de preservacin a componentes, siempre que no haya desarme

    de una estructura primaria o sistema operativo relacionado y donde tal revestimiento no est prohibido o no

    sea contrario a las buenas prcticas;

    (11) Reparacin de tapicera y accesorios decorativos interiores de la cabina de piloto o pasajeros o de la

    canasta de globo, cuando la reparacin no requiere desmontaje de ninguna estructura primaria o sistema

    operativo o interfiera con ste o afecte la estructura primaria de la aeronave;(12) Reparaciones pequeas y simples a carenados, placas de recubrimiento no estructurales, cubiertas,

    pequeos parches y refuerzos que no cambian el contorno de la superficie como para interferir con el flujo de

    aire;

    (13) Reemplazo de ventanas laterales donde el trabajo no interfiera con la estructura o cualquier sistema

    operativo, tal como controles, equipos elctricos, etc.;

    (14) Reemplazo de cinturones de seguridad;

    (15) Reemplazo de asientos o partes de stos con partes de reemplazo aprobadas para la aeronave, que noinvolucren desarme de cualquier estructura primaria o sistema operativo;

    (16) Investigacin de averas y reparacin de circuitos interrumpidos en los circuitos de cables de luces de

    aterrizaje;

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    (17) Reemplazo de ampolletas, reflectores, lentes de posicin y luces de aterrizaje;

    (18) Reemplazo de ruedas y esques, siempre que no involucren clculos de peso y balance;

    (19) Reemplazo de cualquier capota que no requiera el desmontaje de la hlice o la desconexin de loscontroles de vuelo;

    (20) Reemplazo o limpieza de bujas y separacin apropiada de electrodos;

    (21) Reemplazo de cualquier conexin de mangueras, excepto conexiones hidrulicas;

    (22) Reemplazo de tramos de caeras de combustible prefabricadas;

    (23) Limpieza o reemplazo de filtros de aceite y combustible o elementos de filtracin;

    (24) Reemplazo y servicio de bateras;

    (25) Limpieza del mechero encendedor y boquillas principales del globo, de acuerdo con las instrucciones del

    fabricante del globo;(26) Reemplazo o ajuste de elementos de sujecin estndar no estructural, relacionada con las operaciones;

    (27) El intercambio de barquillas y quemadores en cubiertas de globos, cuando la barquilla y el quemador

    estn designados como intercambiables en la informacin del certificado de tipo del globo y las barquillas y

    los quemadores estn especficamente diseados para remocin e instalacin rpida;

    (28) La instalacin de dispositivos para minimizar la prdida de combustible a travs de reducir el dimetro

    de la abertura de las bocas de llenado del estanque, con tal que el mecanismo especfico haya sido hecho

    parte de la informacin del certificado de tipo por el fabricante de la aeronave, el fabricante hayaproporcionado instrucciones para la instalacin del citado mecanismo y la instalacin no implique el

    desmontaje de la boca de llenado existente;

    (

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    (29) Remover, verificar y reemplazar detectores de partculas magnticas;

    (30) Remocin y reemplazo de aparatos de comunicaciones y de navegacin montados en el panel de

    instrumentos frontal, auto contenidos, que emplean conectores montados en bandejas que conectan launidad con las unidades instaladas en el panel de instrumentos, (excluyendo sistemas de control de vuelo

    automticos, respondedores y equipo de medicin de distancia en frecuencias de microonda (DME)).

    (31) La unidad aprobada deber ser diseada para que sea fcil de reemplazar y se debern proporcionar

    las instrucciones pertinentes, para su remocin. Antes que se intente usar, se deber efectuar una

    verificacin operacional de acuerdo con las secciones aplicables de la normativa vigente; y

    (32) La actualizacin de las bases de datos del software de navegacin de control de trnsito areo montado

    en el panel de instrumentos frontal, auto contenido (excluyendo aquellos de los sistemas de control de vuelo

    automtico, respondedor y equipos de medicin de distancias por microondas (DME), siempre que no serequiera el desarme de la unidad y se proporcionen las instrucciones pertinentes. Antes de intentar el uso de

    las unidades, se deber efectuar una verificacin operacional de acuerdo con las secciones aplicables de la

    normativa vigente.