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CVII. INFORME INDIVIDUAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2017

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CVII. INFORME INDIVIDUAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE

AL EJERCICIO DE 2017

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ENTIDAD PARAESTATAL

SISTEMA DE MOVILIDAD 1

(ACTUALMENTE RED DE TRANSPORTE PÚBLICO

DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MÉXICO)

AUDITORÍA FINANCIERA

Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

Auditoría ASCM/110/17

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,

sexto y séptimo párrafos, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

42, fracción XIX, y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la

Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1; 2, fracciones XIII y XLI,

inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX, XXVI y XXXIII; 9; 10, incisos a) y b);

14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, primer

párrafo; 37, fracción II; 61; y 62, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de

México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V, VIII y XXXV; y 30 del Reglamento

Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México.

ANTECEDENTES

De acuerdo con la información presentada en el Informe de Cuenta Pública de 2017 del

Sistema de Movilidad 1 (M1), en el apartado “Egresos por Capítulo de Gasto”, la entidad

ejerció con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” un importe

de 322,948.4 miles de pesos, el cual representó el 16.3% del total del presupuesto

erogado en ese año por el organismo, que ascendió a 1,982,467.9 miles de pesos.

La entidad no dispuso de una asignación original para este capítulo; no obstante, su

presupuesto modificado se ubicó en 323,611.0 miles de pesos y dejó de erogar recursos

por 662.6 miles de pesos (0.2%).

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En el apartado “Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta Pública 2017 del M1,

se indica que la variación por 322,948.4 miles de pesos entre los presupuestos original

y ejercido en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” obedeció a que

“inicialmente no se tenía aprobado presupuesto en este capítulo de gasto. Sin embargo, se

dieron de alta los recursos federales provenientes del Fondo de Capitalidad por un monto de

$298,763,707.20, para el finiquito de los 165 autobuses que se adquirieron de forma multianual

2016-2017. Asimismo, se autorizaron recursos propios de remanentes de ejercicios anteriores

correspondientes a la disponibilidad 2015 y 2016, para la adquisición de herramientas y

equipo para el mantenimiento de autobuses, 3 grúas para el arrastre de autobuses y el software

para nómina”. De igual forma, en el apartado citado, se indica que la variación, por 662.6 miles

de pesos (0.2%) entre los presupuestos modificado y ejercido, se debió “a que se tuvo un ahorro

en la adquisición de grúas, el software para nómina y el equipo y herramienta adquiridos”.

El presupuesto ejercido en 2017 por el M1 en el capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles” fue superior en 123,772.6 miles de pesos (62.1%) al monto

erogado en el ejercicio de 2016, de 199,175.8 miles de pesos.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La presente auditoría se seleccionó con base en los criterios generales “Importancia

Relativa”, por la variación de 322,948.4 miles de pesos entre el presupuesto original y el

ejercido en 2017, y del 62.1% entre los presupuestos ejercidos en 2017 y 2016;

“Propuesta e Interés Ciudadano”, ya que la inversión para la adquisición de autobuses,

herramientas, grúas y equipo para mantenimiento de autobuses tienen un impacto social y de

interés para la ciudadanía; y “Exposición al Riesgo”, debido a que por el tipo de operaciones

que afectan el rubro, puede estar expuesto a riesgos de ineficiencia o irregularidades.

Dichos criterios se encuentran contenidos en el Manual de Selección de Auditorías vigente

de esta entidad de fiscalización.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por el Sistema

de Movilidad 1 en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se haya

registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, de conformidad

con la normatividad aplicable.

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ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se integraron por partida los presupuestos aprobado, modificado y ejercido por el M1 en

el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”; se revisó que las afectaciones

presupuestarias hubiesen sido autorizadas; se constató que los procedimientos de

adjudicación relacionados con el rubro sujeto a revisión se hubiesen llevado a cabo

conforme a las disposiciones que lo regulan; se comprobó que las erogaciones hubiesen

contado con las autorizaciones y con la documentación justificativa y comprobatoria; y se

verificó que sus registros contable y presupuestal se hubiesen realizado conforme a la

normatividad aplicable.

La muestra de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos del estudio y

evaluación preliminar del sistema de control interno que se llevaron a cabo en la fase de

planeación de la auditoría; y de acuerdo con el personal y tiempo asignados a la revisión.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas por

ser la unidad administrativa que se encarga de realizar las operaciones del rubro sujeto a

revisión; y se aplicaron procedimientos de auditoría en las áreas e instancias que intervinieron

en la operación.

El alcance de la revisión incluyó lo siguiente:

Se verificó que en 2017 el M1 hubiese dispuesto de una estructura orgánica autorizada y

de manuales de organización y de procedimientos para regular las operaciones sujetas a

revisión; y que hubiese contado con la autorización, registro y publicación respectivos, así

como que se hubiesen difundido entre las diferentes áreas que integran la entidad.

Se aplicó un cuestionario de control interno en la Dirección de Administración y Finanzas,

por ser el área encargada de operar, controlar, tramitar, registrar, archivar y salvaguardar

la documentación soporte del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”,

con objeto de conocer los mecanismos de control implementados.

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Se revisaron las auditorías practicadas al sujeto fiscalizado a fin de obtener información

sobre las observaciones y recomendaciones vinculadas con el rubro sujeto a revisión.

Se revisaron los estados financieros del M1 con cifras al 31 de diciembre de 2017 y 2016,

para constatar que estuvieran dictaminados por un despacho de auditoría externa,

conforme a la normatividad aplicable.

Se verificó que la entidad haya elaborado en tiempo y forma su Programa Anual de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) para el ejercicio 2017;

que haya obtenido la autorización correspondiente; efectuado su publicación; y reportado

las modificaciones a dicho programa, conforme a la normatividad aplicable.

Se verificó el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, el presupuesto aprobado para el M1 en

el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017, el

techo presupuestal y el Programa Operativo Anual (POA) del ejercicio revisado, con el propósito

de constatar que correspondieran con lo consignado en los reportes presupuestales.

El M1 no tuvo asignación original en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles

e Intangibles”; sin embargo, se dieron de alta los recursos federales provenientes del

Fondo de Capitalidad, por un monto de 298,763.7 miles de pesos, para el finiquito de los

165 autobuses que se adquirieron de forma multianual 2016-2017. Asimismo, se

autorizaron recursos propios de remanentes de ejercicios anteriores, por 24,847.3 miles

de pesos, correspondientes a la disponibilidad de 2015 y 2016, para la adquisición de

herramientas y equipo para el mantenimiento de autobuses, de tres grúas para el arrastre

de autobuses y del software para nómina, ascendiendo su presupuesto modificado a

323,611.0 miles de pesos.

Se revisaron y compararon los auxiliares contables y presupuestales, a fin de verificar que

los importes registrados en el rubro auditado correspondieran a los reportados en el

Informe de Cuenta Pública de 2017 del sujeto fiscalizado.

Con el fin de efectuar pruebas de controles y procedimientos sustantivos para la revisión

del monto del rubro fiscalizado se determinó la muestra por revisar, seleccionada

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mediante el método de muestreo por unidad monetaria con la técnica de selección

ponderada por el valor, considerando lo establecido en las Normas Internacionales de

Auditoría (NIA) 500 “Evidencia de Auditoría” y 530 “Muestreo de Auditoría” de las Normas

de Auditoría emitidas por la Federación Internacional de Contadores y adoptadas por el

Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP), de acuerdo con lo establecido en

el Manual del Proceso General de Fiscalización de la Auditoría Superior de la Ciudad

de México, y con base en la metodología y criterios que se detallan en seguida:

Se calculó la participación de cada partida en relación con el total del presupuesto

ejercido por la entidad en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” que

totalizó 322,948.4 miles de pesos.

Se eligió para su revisión el presupuesto ejercido en la partida 5412 “Vehículos y Equipo

Terrestre destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas Públicos”, por ser

la más representativa en el ejercicio del gasto del capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, al presentar un gasto erogado de 305,689.3 miles de pesos, que

significó el 94.7% del total ejercido en el capítulo fiscalizado por 322,948.4 miles de pesos

y que incluye recursos federales, por 298,763.7 miles de pesos, provenientes del Fondo

de Capitalidad.

Cabe señalar que las otras dos partidas que integraron el total del gasto aplicado en el

capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” fueron la 5671 “Herramientas

y Máquinas-Herramientas” y la 5911 “Software”, y presentaron un presupuesto ejercido de

14,848.0 miles de pesos (4.6%) y de 2,411.1 miles de pesos (0.7%), respectivamente.

La partida seleccionada como muestra se revisó al 100.0% y se integró por los siguientes

contratos:

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(Miles de pesos)

Nombre del proveedor Número

de contrato Concepto /

Base del contrato Tipo

de adjudicación

Importe del anticipo

en 2016

Importe ejercido en 2017

(IVA incluido)

Dina Camiones, S.A. de C.V. 10 600 027/16 Adquisición de 118 autobuses nuevos sencillos con motor a diésel modelo 2017 para prestar el servicio público de transporte de pasajeros.

Licitación pública

140,607.5 210,911.3

Adquisición de 30 autobuses nuevos sencillos con motor a diésel modelo 2017 para prestar el servicio público de transporte de pasajeros con accesibilidad universal para personas con discapacidad.

38,009.7 57,014.5

Dina Camiones, S.A. de C.V. 10 600 027/16 Bis Adquisición de 13 autobuses nuevos sencillos con motor a diésel modelo 2017 para prestar el servicio público de transporte de pasajeros.

Licitación pública

15,490.6 23,236.0

Adquisición de cuatro autobuses nuevos sencillos con motor a diésel modelo 2017 para prestar el servicio público de transporte de pasajeros con accesibilidad universal para personas con discapacidad.

5,068.0 7,601.9

Casanova Vallejo, S.A. de C.V. 10 600 115/17 Adquisición de un camión nuevo equipado con pipa para abastecimiento de agua.

Adjudicación directa

0.0 2,308.6

Casanova Vallejo, S.A. de C.V. 10 600 119/17 Adquisición de camión nuevo equipado con pipa para abastecimiento de agua.

Adjudicación directa

0.0 4,617.0

Total 199,175.9 305,689.3

NOTA: La Contraloría Interna en el Sistema de Movilidad 1 llevó a cabo la revisión del contrato núm. 100 600 027/16 y su convenio modificatorio; asimismo, la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) realizó al M1 la auditoría financiera y de cumplimiento con clave ASCM/101/16, al rubro capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, con motivo de la revisión de la Cuenta Pública 2016, en la cual se revisaron los contratos núms. 10 600 027/16 y 10 600 027/16 BIS, incluyendo el pago de su anticipo por un monto de 199,175.8 miles de pesos. Derivado de lo anterior, en la presente auditoría se revisó exclusivamente el pago restante de los contratos antes mencionados por 298,763.7 miles de pesos.

Se verificó que las pólizas contables hubieran tenido la suficiencia presupuestal

correspondiente y que el gasto hubiese sido comprometido, devengado, ejercido y pagado

de acuerdo con la normatividad aplicable.

Se verificó que la documentación comprobatoria del gasto reuniera los requisitos fiscales

previstos en el Código Fiscal de la Federación vigente en el ejercicio auditado y su

autenticidad en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Se verificó el cumplimiento de los contratos seleccionados como muestra y que los bienes

recibidos correspondieran a los solicitados en cuanto a garantía, cantidad, período de

entrega, tipo, precio y demás condiciones pactadas.

Se solicitaron dos compulsas a los proveedores con los que la entidad suscribió los

contratos seleccionados como muestra para la adquisición de los autobuses y las pipas,

a fin de confirmar la adquisición y el pago correspondiente.

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Se revisó la emisión y entrega de los informes mensuales de las adjudicaciones directas

y por invitación restringida a cuando menos tres proveedores, así como los informes

mensuales y trimestrales correspondientes, conforme a lo señalado en la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, y en la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente de la Ciudad de México, vigentes en 2017.

PROCEDIMIENTOS, RESULTADOS Y OBSERVACIONES

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Como parte de los procedimientos de auditoría, mediante el estudio general, la investigación y

el análisis de la información y documentación recabadas, y con base en la aplicación de

cuestionarios y obtención de declaraciones, se estudió y evaluó el sistema de control

interno implementado por el M1 en la adquisición de bienes, así como para la supervisión

y los registros contable y presupuestal de las operaciones del capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles”, lo cual se realizó considerando los cinco componentes

del control interno: Entorno de Control, Evaluación del Riesgo, Actividades de Control,

Información y Comunicación, y Seguimiento. Lo anterior, con objeto de determinar el grado de

confianza de los controles implementados por el M1, así como establecer la naturaleza,

extensión, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría por aplicar; identificar

los flujos de operación con debilidades o desviaciones de control interno y sus probables

áreas de riesgo; y definir los criterios para seleccionar la muestra por revisar. De dicha

evaluación destaca lo siguiente:

Entorno de Control

El entorno de control establece el tono de una organización que influye en la conciencia

que tenga el personal sobre el control. Es el fundamento para todos los componentes de

control interno; otorga disciplina y estructura.

Con el oficio núm. SM1/DEAF/GAP/5263/2018 del 2 de octubre de 2018, el M1 manifestó

que “se rige por el Código de Ética [de los Servidores Públicos para el Distrito Federal]

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publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de julio de 2014 [núm. 1896]”,

el cual fue difundido entre el personal de estructura de la entidad mediante el oficio

núm. RTP/DG/0396/2016 del 2 de junio de 2016; además, refirió que el organismo cuenta

con un Código de Conducta, el cual se encuentra en la red interna del M1 para su consulta.

El sujeto fiscalizado señaló que durante el ejercicio 2017 contó con un programa anual de

capacitación que incluyó el nivel de conocimientos y habilidades necesarias para asegurar

una actuación ordenada, ética, económica, eficaz y eficiente.

En el ejercicio 2017, el M1 contó con dos dictámenes de estructura organizacional

autorizados por la Oficialía Mayor de la Ciudad de México (OM). El primero, con

núm. 08/2005, vigente a partir del 1o. de abril de 2005, incluyó 97 plazas, conforme

al oficio núm. OM/0365/2005 del 4 de abril de 2005, plazas que se distribuyeron de la

siguiente manera: 1 Dirección General, 1 Contraloría Interna, 5 Direcciones, 23 Gerencias

y 67 Jefaturas de Unidad Departamental; este dictamen de estructura orgánica estuvo

vigente hasta el 15 de septiembre de 2017.

El segundo, con núm. E-SEMOVI-SM1-28/160917, vigente a partir del 16 de septiembre de 2017,

incluyó 101 plazas, conforme al oficio núm. OM/0571/2017 del 14 de septiembre de 2017; las

plazas autorizadas se distribuyeron de la siguiente forma: 1 Dirección General, 1 Contraloría

Interna, 3 Direcciones Ejecutivas, 25 Gerencias, 70 Jefaturas de Unidad Departamental

y 1 Líder Coordinador. Esta estructura estaba vigente al momento de la revisión. Se identificó

que la estructura orgánica provee de asignación y delegación de autoridad y responsabilidad,

así como líneas apropiadas de rendición de cuentas.

Se constató que el M1 cuenta con políticas y procedimientos relacionados con la adquisición

de bienes muebles, inmuebles e intangibles, lo cual se derivó del análisis al manual

administrativo de la entidad.

Evaluación del Riesgo

La evaluación del riesgo es el proceso de identificación y análisis de los riesgos relevantes

para el logro de los objetivos del M1 y para determinar una respuesta apropiada.

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Mediante el oficio núm. SM1/DEAF/GPC/JUDP/080/18 del 3 de octubre de 2018, el sujeto

fiscalizado manifestó que el programa que “contempla los objetivos y metas estratégicos,

los retos internos y externos, así como las actividades es el Programa Operativo Anual

del Sistema de Movilidad 1. Además de contar con información de las áreas para medir el

cumplimiento de las metas del POA, los cuales se solicitan trimestralmente”.

Por su parte, la ASCM valoró y analizó los riesgos, identificando y definiendo el grado de

eficiencia de los controles; ese proceso se llevó a cabo por medio de la elaboración

de una matriz de control de riesgos.

Actividades de Control

Las actividades de control son políticas y procedimientos establecidos para disminuir los

riesgos y lograr los objetivos de la entidad.

Se comprobó que, en el ejercicio auditado, el sujeto fiscalizado dispuso de un manual

administrativo que incluye marco jurídico de actuación; estructura orgánica; atribuciones;

misión, visión y objetivos institucionales; organigrama de la estructura básica; procedimientos;

glosario; y aprobación del manual administrativo.

El manual administrativo de la entonces Red de Transporte de Pasajeros del Distrito

Federal, después M1, fue registrado y dictaminado por la Coordinación General de

Modernización Administrativa (CGMA) de la Oficialía Mayor del Distrito Federal mediante

el oficio núm. OM/CGMA/2381/2015 del 11 de diciembre de 2015, con número de registro

MA-75/111215-E-RTP-8/2005; en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 250 del

31 de diciembre de ese año se publicó el aviso por el cual se da a conocer el enlace

donde podrá ser consultado dicho manual; y mediante el oficio núm. RTP/DG/0024/16 del

4 de enero de 2016, fue difundido el manual administrativo del organismo entre su personal.

Sin embargo, el M1 no ha actualizado su manual administrativo derivado del “Decreto por

el que se Modifica el Diverso por el que se Crea la Red de Transporte de Pasajeros del Distrito

Federal” publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de junio de 2016,

mediante el cual se modificó su denominación a Sistema de Movilidad 1; tampoco derivado de

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la modificación a su estructura orgánica conforme al dictamen núm. E-SEMOVI-SM1-28/160917

que entró en vigor el 16 de septiembre de 2017. Por medio del oficio núm.

SM1/DEAF/GAP/5266/2018 del 3 de octubre de 2018, la entidad señaló que “se realizó la

carga de la descripción de los perfiles de puesto a la plataforma (SIDEO)”, así como los

procedimientos y diagramas de flujo del manual administrativo conforme a la nueva

estructura, quedando en espera de visto bueno por la CGMA; de igual forma, proporcionó

los perfiles citados (sin fecha).

Por lo expuesto, el M1 incumplió los lineamientos quinto, fracciones II y XIII; décimo

tercero, numeral 1, fracción I; y vigésimo tercero, fracciones II y III, de los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la

Administración Pública del Distrito Federal publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal núm. 2017 el 30 de diciembre de 2014, y su modificación publicada por ese mismo

medio de difusión gubernamental el 15 de agosto de 2016, vigentes en 2017, que señalan:

“Quinto. Los Órganos de la Administración y los Órganos administrativos tendrán

respectivamente las siguientes obligaciones: […]

”II. Elaborar y aprobar, por conducto de su titular, el Manual Administrativo en estricto

apego a la estructura orgánica dictaminada vigente. […]

”XIII. Actualizar el Manual Administrativo y los Específicos de Operación en los casos

que establezcan los presentes Lineamientos. […]

”Décimo tercero. El proceso de registro de los Manuales Administrativos y los Específicos

de Operación se integra por las fases de formalización, revisión, dictaminación y registro.

”1. Formalización

”I. Para iniciar el proceso de Registro, el Enlace de cada Órgano de la Administración

Pública o quien presida el Órgano Administrativo de que se trate, deberá enviar el Proyecto

de Manual mediante oficio signado con firma autógrafa, a efecto de iniciar su revisión por

parte de la Coordinación General. […]

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”Vigésimo Tercero. Los Órganos de la Administración y los Órganos Administrativos

deberán actualizar sus Manuales cuando se presenten los supuestos siguientes: […]

”II. Asignación de nuevas funciones y responsabilidades;

”III. Inclusión, actualización o eliminación de procedimientos derivados de la dinámica

organizacional.”

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de enero de 2019, por medio del oficio

núm. RTP/DEAF/0104B/2019 del 29 de enero de 2019, la entidad señaló que “el pasado

13 de noviembre de [2018], quedó registrado con el número MA-23/131118-E-SEMOVI-

SM1-28/160917 el manual administrativo conforme al dictamen E-SEMOVI-SM1-28/160917

mediante oficio número OM/CGMA/3160/2018 […] suscrito por [la Coordinación] General de

Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor de la Ciudad de México”, y para acreditar

lo anterior, anexó copia del oficio núm. OM/CGMA/3160/2018 de fecha 13 de noviembre

de 2018 en donde se otorga el registro del manual administrativo.

Lo antes expuesto no modifica la observación, ya que la documentación presentada por el M1

corresponde a una acción efectuada en un ejercicio posterior al del año auditado.

No obstante, debido que la entidad ya cuenta con el registro de su manual administrativo

ante la CGMA y éste se encuentra actualizado, tanto en denominación del ente, como en

la estructura orgánica, no se emite recomendación al respecto.

Se constató que el apartado de procedimientos del manual administrativo con

número de registro MA-75/111215-E-RTP-8/2005, se encuentra incorporado en la página

de transparencia del M1, en el apartado “Marco Normativo”, dirección electrónica

http://www.sm1.cdmx.gob.mx/storage/app/media/manuales/M%20Admon.pdf, en atención

del lineamiento cuadragésimo de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales

Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito

Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014,

y su modificación del 15 de agosto de 2016, vigentes en 2017.

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Se constató que el sujeto fiscalizado contó con 73 procedimientos vigentes en 2017,

autorizados y registrados por la CGMA con el núm. MA-75/111215-E-RTP-8/2005, según

consta en el oficio núm. OM/CGMA/2381/2015 del 11 de diciembre de 2015; de ellos,

15 están relacionados con el rubro fiscalizado, y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

núm. 250 del 31 de diciembre de 2015, se publicó el aviso por el cual se da a conocer el

enlace donde podrá ser consultado el manual administrativo de la entidad que incluye

dichos procedimientos, los cuales se identifican en los momentos del gasto como se

detalla a continuación:

Como resultado del análisis, se observó la carencia de procedimientos que regulen de

manera clara y detallada las áreas y actividades por efectuar para la presentación del

Informe de Cuenta Pública, y la presentación y elaboración de los informes de avance

presupuestal.

Por ello, el M1 incumplió el artículo 71, fracción IV, de la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2017, que prevé: “Serán facultades

y obligaciones de […] las entidades las siguientes: […] IV. Establecer los procedimientos y

métodos de trabajo para que las funciones se realicen de manera articulada, congruente

y eficaz”.

Tipo de gasto Nombre del procedimiento

Registrado “Registro de las Operaciones Relacionadas con el Presupuesto de Egresos”

“Conciliación Contable Presupuestal de Ingresos y Egresos”

“Conciliación de Pasivos”

“Conciliación de Remanente Presupuestal y Disponibilidad Financiera”

Aprobado “Trámite para la Solicitud de Autorización de Suficiencia Presupuestal”

“Control de Egresos Presupuestales”

Comprometido “Adjudicación Directa”

“Invitación Restringida a cuando menos Tres Proveedores”

“Licitación Pública”

“Recepción y Trámite de Solicitudes para la Adquisición de Bienes o Contratación de Servicios”

Devengado “Solicitud, Revisión y Entrega Recepción de Autobuses Nuevos”

“Recepción y Almacenaje de Bienes en Almacén Central”

“Salida de Bienes del Almacén Central”

Ejercido “Cálculo de Penas Convencionales”

Pagado “Recepción de Facturas y Pago a Proveedores”

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En la reunión de confronta, celebrada el 30 de enero de 2019, mediante el oficio

núm. RTP/DEAF/0104B/2019 del 29 de enero de 2019, el sujeto fiscalizado, por conducto

de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, manifestó que el “procedimiento

número 20, denominado Integración y Control del Cumplimiento de Metas […] detalla las

actividades de elaboración y presentación del anteproyecto de presupuesto, Informe de

Cuenta Pública y de los informes de avance presupuestal”, y presentó el procedimiento

denominado “Integración y Control del Cumplimiento de Metas”, el cual únicamente refiere

la elaboración y presentación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, motivo por el cual

se confirma que la entidad no cuenta con procedimientos que regulen de manera clara

y detallada las áreas y actividades para efectuar la presentación del Informe de Cuenta

Pública y la presentación y elaboración de los Informes de Avance Presupuestal.

Respecto a los tramos de control relacionados con las operaciones que afectan al rubro

auditado, se comprobó que el sujeto fiscalizado contó con el sistema de registro contable

y presupuestal denominado Sistema Conawin Evolution con el cual se generan, entre

otros, los auxiliares contables, balanzas de comprobación y pólizas contables.

Sobre los mecanismos de control utilizados por el organismo para la supervisión y los

registros contable y presupuestal de las operaciones concernientes al rubro en revisión,

se comprobó que el sujeto fiscalizado contó con un Manual de Contabilidad aplicable

durante 2017, vigente a partir del 1o. de enero de 2012, aprobado por la Dirección

General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Secretaría de Finanzas del

Distrito Federal (SEFIN) el 2 de agosto de 2013 y registrado con el núm. 30, en donde se indica

que se encuentra alineado al Manual de Contabilidad Gubernamental emitido por el CONAC,

publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2010, así como de

sus modificaciones y a la estructura señalada en el numeral VII de la Normatividad

Contable de la Administración Pública del Distrito Federal publicada en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal núm. 1282 del 3 de febrero de 2012.

También se constató, mediante el oficio núm. DGCNCP/3510/2012 del 27 de noviembre

de 2012, que la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

determinó que el Plan de Cuentas (Lista de Cuentas) del M1 está alineado al Plan de

Cuentas integrado en el Manual de Contabilidad Gubernamental emitido por el CONAC.

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Se revisó que las cuentas de contabilidad reportadas en la balanza de comprobación,

relativas a las operaciones del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”,

son las que se encuentran autorizadas en el Plan de Cuentas mencionado.

Información y Comunicación

La información y la comunicación son esenciales para ejecutar todos los objetivos de

control interno; la entidad requiere comunicación relevante, confiable, correcta y oportuna

relacionada con los eventos internos, así como con los externos; ésta es necesaria en

todos los niveles de la entidad para tener un control interno efectivo y lograr los objetivos.

Asimismo, la comunicación efectiva debe fluir hacia abajo, a través de y hacia arriba de la

organización, tocando todos los componentes y la estructura entera.

Con el oficio núm. SM1/DEAF/GRM/1842/2018 del 3 de octubre de 2018, la entidad

manifestó que “la Gerencia de Recursos Materiales es el área encargada del resguardo

de la documentación generada en cada proceso de adquisición, lo establecen los

procedimientos: ʻAdjudicación Directaʼ, ʻInvitación Restringida a cuando menos Tres

Proveedoresʼ y ʻLicitación Públicaʼ”, y que “para el control de los expedientes, se lleva a

cabo la revisión de la documentación mediante los formatos de control interno ʻChek-listʼ,

como se denominan a continuación: Documentos que se deben verificar en el proceso de

Licitación Pública, Documentos que se deberán verificar en el proceso de Invitación

Restringida a cuando menos Tres Proveedores, Documentos que se deberán verificar en

el proceso de Adjudicación Directa”.

Se comprobó que el sujeto fiscalizado emite reportes que contienen información

operacional, financiera y no financiera, información relacionada con el cumplimiento y que

hace posible que las operaciones se controlen, tales como estados financieros, Informes

Trimestrales de Avance, flujos de efectivo, reportes mensuales de información financiera,

informes mensuales de las adjudicaciones realizadas, entre otros.

También se constató que la comunicación del organismo fluye hacia abajo, a través de

y hacia arriba de la organización, tocando todos los componentes y la estructura entera.

Lo anterior, se constató con la revisión de oficios, circulares, notas, sitio web y correos

electrónicos.

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Seguimiento

Los sistemas de control interno deben ser objeto de seguimiento para valorar la calidad de

la actuación del sistema en el tiempo. El seguimiento se logra por medio de actividades

rutinarias, evaluaciones puntuales o la combinación de ambas.

Se identificó que la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) ha practicado al M1

cuatro auditorías financieras al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

con motivo de la revisión de las Cuentas Públicas de 2000, 2005, 2006 y 2013, y una

auditoría financiera y de cumplimiento a dicho capítulo con motivo de la revisión de la

Cuenta Pública de 2016.

La Contraloría Interna en el Sistema de Movilidad 1 realizó la auditoría integral núm. 04J,

con clave 410, denominada “Adquisición de Autobuses para Renovación de Flota

Vehicular”, por el ejercicio 2017, y le remitió a la entidad las observaciones determinadas

consistentes en el incumplimiento de los numerales 5 “Aspectos Generales” (tercer

párrafo) y 19.5.2 “Fallas Sistemáticas” (párrafo quinto) del anexo técnico del contrato

núm. 10 600 027/16, que establecen que los componentes como defensas, asientos,

vidrios, puertas, espejos, silletas, etc., deben ser intercambiables de una unidad a otra del

mismo modelo, sin necesidad de efectuar operaciones de adaptación o modificaciones al

diseño original, en caso de que exista alguna modificación en el diseño, antes o durante

el armado del autobús y ésta sea una mejora para el mismo, se deberá de aplicar en la

totalidad de la flota. En caso de que fuera necesario realizar modificaciones o reparaciones

importantes debido a vicios de construcción y éstas sean una mejora para el desempeño

del autobús, éstas deberán de aplicar en la totalidad de la flota adquirida, quedando por

entendido que el período de garantía será prorrogado o extendido por una duración que

acordarán el M1 y el licitante ganador y que no podrá ser menor a un año a partir de la

culminación de la campaña.

Mediante el oficio núm. CDMX/DGCIE/CISM1/GCI/1057/2017 del 18 de octubre de 2017,

la Contraloría Interna en el Sistema de Movilidad 1 informó a la Dirección Ejecutiva de

Administración y Finanzas que las observaciones referidas se encontraban solventadas.

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Se revisaron los estados financieros del sujeto fiscalizado con saldos al 31 de diciembre

de 2017 y 2016. Con fecha 27 de marzo de 2018, los estados financieros fueron

dictaminados por un despacho de auditoría externa conforme a la normatividad aplicable,

despacho que emitió su opinión sin salvedades; sin embargo, en la base de preparación

se señala que los estados presupuestarios adjuntos “fueron preparados para ser

integrados en el Informe de Cuenta Pública de la Ciudad de México para el ejercicio 2017,

los cuales están presentados en los formatos que para tal efecto fueron establecidos por

la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la Secretaría de

Finanzas, por lo que pueden no ser adecuados para otra finalidad”.

Como resultado del estudio y la evaluación del sistema de control interno establecido por

el M1 para las operaciones registradas en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e

Intangibles”, se determinó que la entidad dispuso de controles que hicieron factible la

mitigación de los riesgos, contó con áreas estructuradas conforme a las funciones conferidas

en la normatividad aplicable y con procedimientos que aseguran razonablemente el cumplimiento

de las disposiciones de observancia obligatoria, dispuso de un manual de contabilidad y

Plan de Cuentas autorizado, tuvo un programa anual de capacitación y un programa que

considera sus objetivos y metas estratégicos, contó con canales de comunicación en la

organización, y tuvo un sistema de registro que facilitó el control de las operaciones.

Sin embargo, en el análisis del componente de control interno “Actividades de Control” y

de acuerdo con los procedimientos de auditoría realizados, consistentes en estudio

general, análisis, inspección física de documentos, investigación, aplicación de cuestionario de

control interno y obtención de declaraciones, se determinó que la entidad no había

actualizado su manual administrativo derivado de la modificación a su denominación por

Sistema de Movilidad 1, y de la modificación a su estructura orgánica conforme al dictamen

núm. E-SEMOVI-SM1-28/160917 que entró en vigor el 16 de septiembre de 2017, y carece

de procedimientos que regulen de manera clara y detallada las áreas y actividades para llevar

a cabo la presentación del Informe de Cuenta Pública y la presentación y elaboración de

los Informes de Avance Presupuestal.

En el informe de la auditoría ASCM/109/17 practicada al Sistema de Movilidad 1, resultado

núm. 1, recomendación ASCM-109-17-1-SM1, se considera la adopción de mecanismos

de control que aseguren contar con procedimientos que regulen de manera clara y detallada

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las áreas y actividades para llevar a cabo la presentación del Informe de Cuenta Pública y

la presentación y elaboración de los Informes de Avance Presupuestal, de acuerdo con la

normatividad aplicable, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte

del seguimiento de la recomendación citada.

Presupuesto Registrado

2. Resultado

En el Informe de Cuenta Pública 2017 del M1 se reportó un presupuesto ejercido en el

capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” de 322,948.4 miles de pesos,

integrado por 24,184.7 miles de pesos de recursos fiscales y 298,763.7 miles de pesos de

recursos de naturaleza federal que provienen del Fondo de Capitalidad. Con el propósito

de verificar que ese presupuesto se hubiese registrado de acuerdo con la normatividad

aplicable, se determinó revisar una muestra de 305,689.3 miles de pesos, que significó el

94.7% del total ejercido en el capítulo fiscalizado, y que fue aplicada en la partida 5412

“Vehículos y Equipo Terrestre Destinados a Servicios Públicos y la Operación de Programas

Públicos”; la muestra incluyó los 298,763.7 miles de pesos provenientes de recursos

federales, específicamente del Fondo de Capitalidad, y 6,925.6 miles de pesos de recursos

fiscales.

Para ello, se analizaron los registros auxiliares presupuestales y contables mensuales

proporcionados por el M1 con el oficio núm. SM1/DEAF/1060/2018 del 13 de septiembre

de 2018, y como resultado se obtuvo lo siguiente:

El gasto referido, por 305,689.3 miles de pesos, fue registrado mediante 38 pólizas

contables, 25 de diario y 13 de orden, y correspondió al pago a un proveedor de los

contratos núms. 10 600 027/16 del 15 de junio y 10 600 027/16 BIS del 28 de julio, ambos

de 2016, pagado con presupuesto del ejercicio 2017, mediante los cuales el M1 adquirió

165 autobuses nuevos sencillos, por un monto de 298,763.7 miles de pesos; así como al pago

a otro proveedor de los contratos núms. 10 600 115/17 y 10 600 119/17 del 30 de noviembre

y 29 de diciembre de 2017, en ese orden, con los que la entidad compró tres camiones

nuevos equipados con pipa para abastecimiento de agua, por un importe total de

6,925.6 miles de pesos.

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Por medio de los procedimientos de auditoría realizados, consistentes en estudio general,

inspección física de documentos, análisis, investigación, aplicación de un cuestionario de

control y recálculo, se comprobó que las erogaciones seleccionadas fueron registradas

contablemente ajustándose al Plan de Cuentas (Lista de Cuentas) autorizado y

presupuestalmente en las partidas correspondientes conforme al Clasificador por Objeto

del Gasto del Distrito Federal, ambos vigentes en 2017, en cumplimiento de lo dispuesto

en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente de la Ciudad de México vigentes en el año fiscalizado.

También se constató que las operaciones se registraron en las cuentas de los momentos

contables del gasto y que los registros correspondieron a las operaciones realizadas

y coincidieron con lo reportado en el Informe de Cuenta Pública 2017 del M1.

El registro de las operaciones se muestra en el cuadro siguiente:

(Miles de pesos)

Tipo de gasto Cargo Abono

Cuenta Importe Cuenta Importe

Comprometido 8-2-4-2 305,689.3 2-1-1-2 305,689.3

Devengado 8-2-5-2 305,689.3 2-1-1-2 305,689.3

Ejercido 8-2-6-2 305,689.3 2-1-1-2 305,689.3

Pagado 8-2-7-2 305,689.3 2-1-1-2 305,689.3

Por lo anterior, no se determinaron observaciones que reportar.

Presupuesto Aprobado

3. Resultado

Con objeto de comprobar que el presupuesto aplicado por la entidad en el capítulo 5000

“Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” hubiese sido aprobado conforme a la

normatividad aplicable, se verificó lo siguiente:

Se constató que el M1 elaboró su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de 2017, el cual

consideró un presupuesto de 1,701,980.6 miles de pesos. Dicho anteproyecto fue aprobado

por el Consejo de Administración mediante el acuerdo núm. I-011-2017, tomado en la primera

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sesión ordinaria del 16 de febrero de 2017; y fue enviado por el sujeto fiscalizado a la

SEFIN mediante el oficio núm. SM1/DG/620/2016 del 22 de noviembre de 2016. Por lo antes

expuesto, la entidad atendió lo establecido en los artículos 70, fracción II; y 71, fracción II,

de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México; y 26 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, vigentes en 2017.

La Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, mediante los oficios núms. SFCDMX/SE/0107/2017

del 5 y SFCDMX/SE/0449/2017 del 26, ambos de enero de 2017, comunicó a la entidad la

autorización de su techo presupuestal y del POA. De acuerdo con los documentos

referidos, el M1 dispuso de un presupuesto original de 1,701,980.6 miles de pesos

(compuesto únicamente por gasto corriente), el cual coincide con lo señalado en el

artículo 9 del Decreto por el que se expide el Decreto de Presupuesto de Egresos de

la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017 publicado en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México núm. 232, tomo II, del 29 de diciembre de 2016.

Se verificó que, conforme a la integración denominada “Formulación General”, establecida

en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos de 2017, el M1 integró la información cualitativa y cuantitativa

requerida; asimismo, remitió en tiempo y con las características correspondientes, a la SEFIN

los reportes generados de dicha integración con firmas autógrafas de los servidores

públicos que intervinieron en su elaboración.

En el presupuesto original aprobado para el M1, por 1,701,980.6 miles de pesos, no se

programó presupuesto para el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

Al respecto, en el apartado “Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta

Pública 2017 del M1, se indica que “inicialmente no se tenía aprobado presupuesto en

este capítulo de gasto [capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”]. Sin

embargo, se dieron de alta los recursos federales provenientes del Fondo de Capitalidad

por un monto de $298,763,707.20, para el finiquito de los 165 autobuses que se adquirieron

de forma multianual 2016-2017. Asimismo se autorizaron recursos propios de remanentes de

ejercicios anteriores correspondientes a la disponibilidad 2015 y 2016, para la adquisición

de herramientas y equipo para el mantenimiento de autobuses, 3 grúas para el arrastre de

autobuses y el software para nómina”.

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Con el acuerdo núm. IVE-001-2016 del 12 de diciembre de 2016, el Consejo de

Administración del M1 autorizó a la entidad realizar las gestiones necesarias ante la

SEFIN para establecer el compromiso multianual, por un importe de 497,939.5 miles de

pesos (IVA incluido), para la adquisición de 165 autobuses, con recursos federales

provenientes del Fondo de Capitalidad 2016. Con el oficio núm. SM1/DF/1939/16 del

13 de diciembre de 2016, la Dirección de Finanzas del M1 solicitó a la Dirección General

de Política Presupuestal de la SEFIN la autorización para ejercer recursos en forma

bianual (2016-2017), ya que se presentó escasez en la cadena de suministros de primera

importancia en la producción de los autobuses.

La autorización de la multianualidad presupuestal fue otorgada por la SEFIN con el oficio

núm. SFCDMX/0692/2016 del 15 de diciembre de 2016, por importes de 199,175.8 miles

de pesos para el ejercicio fiscal de 2016 y de 298,763.7 miles de pesos para el ejercicio 2017.

Ello explica que los recursos federales, provenientes del Fondo de Capitalidad, por

298,763.7 miles de pesos, ya estaban autorizados para ser aplicados durante el ejercicio

de 2017 en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, por lo que no

fueron programados, de manera adicional, en el presupuesto de egresos de la entidad.

Cabe precisar que el presupuesto ejercido con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles” fue de 322,948.4 miles de pesos, integrado por 298,763.7 miles de

pesos de recursos de naturaleza federal citados en el párrafo anterior, y por 24,184.7 miles

de pesos de recursos fiscales. Estos últimos tampoco fueron considerados por el M1 en su

programación presupuestal original, ya que corresponden a ampliaciones líquidas

de recursos propios provenientes de remanentes de ejercicios anteriores relativos a la

disponibilidad de 2015.

De igual forma, el PAAAPS 2017 del M1 no previó adquisiciones con cargo al capítulo

fiscalizado, lo que se explica porque ese programa sólo considera las compras por

realizar con recursos autorizados mediante el Decreto de Presupuesto de Egresos de la

Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017, en el cual no se aprobaron recursos para

dicho capítulo de gasto.

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Derivado de lo anterior y de acuerdo con los procedimientos de auditoría realizados,

consistentes en estudio general, análisis, inspección física de documentos, investigación,

aplicación de cuestionario de control interno, obtención de declaraciones y recálculo, no

se determinaron observaciones que reportar respecto del presupuesto aprobado.

Presupuesto Modificado

4. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto aplicado por el M1 en el capítulo en revisión

se hubiese modificado conforme a la normatividad aplicable, se constató lo siguiente:

El organismo no presentó asignación original en el capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, y de acuerdo con lo reportado en el Informe de Cuenta Pública

2017 del M1, el presupuesto modificado se ubicó en 323,611.0 miles de pesos.

Las modificaciones al presupuesto se tramitaron mediante 10 afectaciones

presupuestarias (9 líquidas y 1 compensada), con las que se realizaron adiciones por

5,751.6 miles de pesos, ampliaciones por 324,936.0 miles de pesos y reducciones de

7,076.6 miles de pesos.

Las 10 afectaciones presupuestarias que modificaron el capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles” fueron elaboradas por la propia entidad en el ejercicio de 2017,

tienen la afectación programática y la justificación correspondientes, se registraron

mediante el SAP-GRP administrado por la SEFIN, y fueron autorizadas por la misma

dependencia, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Reglas y Procedimientos

para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, en

concordancia con los artículos 76 y 78 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la

Ciudad de México, ambos vigentes en 2017.

En el análisis de las justificaciones a las afectaciones presupuestarias líquidas se constató

que el incremento de recursos por 323,611.0 miles de pesos entre la asignación original y

el presupuesto modificado del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”,

se debió a la dotación de recursos en las partidas 5911 “Software” para la adquisición de

un software de nóminas, 5412 “Vehículos y Equipo Terrestre Destinados a Servicios Públicos

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y la Operación de Programas Públicos” para la compra de 3 pipas de abastecimiento de agua y

para la liquidación de los 165 autobuses nuevos adquiridos en el ejercicio fiscal 2016,

y 5671 “Herramientas y Máquinas-Herramientas” para la adquisición de herramientas

especiales para proporcionar mantenimiento a los autobuses del organismo.

En la revisión a la justificación de la afectación presupuestaria compensada se identificó que se

realizó una adición de recursos a la partida 5671 “Herramientas y Máquinas-Herramientas”,

para la adquisición de dos máquinas clasificadoras, contadoras y verificadoras de moneda.

La reducción líquida de recursos se aplicó al fondo 41270 “Ingresos Propios-Ingresos,

Propios Entidades Paraestatales/Organismos 2017 Original de la UR”, debido a que la

captación de recursos fue menor a la originalmente programada.

En el apartado “Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta Pública 2017 del

M1, se indica que la variación entre los presupuestos original y ejercido en el capítulo

5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se debió a que “inicialmente no se tenía

aprobado presupuesto en este capítulo de gasto. Sin embargo, se dieron de alta los recursos

federales provenientes del Fondo de Capitalidad por un monto de $298,763,707.20, para

el finiquito de los 165 autobuses que se adquirieron de forma multianual 2016-2017. Asimismo

se autorizaron recursos propios de remanentes de ejercicios anteriores correspondientes a la

disponibilidad 2015 y 2016, para la adquisición de herramientas y equipo para el mantenimiento

de autobuses, 3 grúas para el arrastre de autobuses y el software para nómina”.

Las modificaciones presupuestales del capítulo fiscalizado fueron aprobadas por el

Consejo de Administración de la entidad como se detalla en seguida:

En la tercera sesión ordinaria del 17 de agosto de 2017, se aprobaron los acuerdos siguientes:

Acuerdo núm. III-008-2017, con el que se autorizó a la Dirección General de la entidad

efectuar los trámites presupuestales y administrativos necesarios ante la SEFIN

para realizar una adición líquida por 14,848.0 miles de pesos para la adquisición de

herramientas especiales para proporcionar mantenimiento a los autobuses del sujeto

fiscalizado, y para efectuar una reducción líquida de recursos propios por 7,076.6 miles de

pesos, debido a que la captación de ingresos fue menor a la originalmente programada.

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Acuerdo núm. III-011-2017, con el cual se autorizó a la Dirección General de la entidad

efectuar los trámites presupuestales y administrativos necesarios ante la SEFIN para

realizar una ampliación líquida de recursos propios provenientes de remanentes de

ejercicios anteriores, correspondientes a disponibilidades de 2015, en la partida 5671

“Herramientas y Máquinas-Herramientas”, hasta por un monto de 8,434.7 miles de pesos

para la adquisición de herramientas especiales para proporcionar mantenimiento a los

autobuses del organismo.

Acuerdo núm. III-011-2017, mediante el cual se autorizó a la Dirección General de la

entidad efectuar los tramites presupuestales y administrativos necesarios ante la SEFIN

para realizar una ampliación líquida de recursos propios provenientes de remanentes de

ejercicios anteriores, correspondientes a disponibilidades de 2015, en la partida 5911

“Software”, hasta por un monto de 2,900.0 miles de pesos para la adquisición de un

sistema de nómina.

Acuerdo núm. III-013-2017, con el que se autorizó a la Dirección General de la entidad

efectuar los tramites presupuestales y administrativos necesarios ante la SEFIN para

realizar una ampliación líquida de recursos propios provenientes de remanentes de

ejercicios anteriores, correspondientes a disponibilidades de 2015, en la partida 5412 “Vehículos

y Equipo Terrestre Destinados a Servicios Públicos y a la Operación de Programas Públicos”,

hasta por un monto de 1,347.6 miles de pesos para la adquisición de una pipa para

abastecimiento de agua.

En la quinta sesión extraordinaria del 3 de noviembre de 2017, con el acuerdo

núm. VE-004-2017, se autorizó a la Dirección General del organismo realizar una

reducción líquida de recursos propios provenientes de remanentes de ejercicios

anteriores, correspondientes a disponibilidades 2015, en la partida 5412 “Vehículos y

Equipo Terrestre Destinados a Servicios Públicos y a la Operación de Programas

Públicos”, hasta por la cantidad de 1,018.8 miles de pesos, con la finalidad de

complementar los recursos autorizados con la ampliación líquida núm. C 10 PD RT 9420,

para la compra de una pipa de abastecimiento de agua cuyo monto total es de

2,366.4 miles de pesos.

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En la séptima sesión extraordinaria del 22 de diciembre de 2017, mediante el acuerdo

núm. VII-003-2017, se autorizó a la Dirección General de la entidad efectuar los trámites

presupuestales y administrativos necesarios ante la SEFIN para realizar una ampliación líquida

de recursos propios provenientes de remanentes de ejercicios anteriores correspondientes a la

disponibilidad de 2015 en la partida 5412 “Vehículos y Equipo Terrestre Destinados a

Servicios Públicos y a la Operación de Programas Públicos” hasta por un monto de

4,732.8 miles de pesos para la adquisición de dos pipas para el abastecimiento de agua.

Por lo anterior, el M1 atendió los artículos 70, fracción II; y 71, fracción II, de la Ley Orgánica

de la Administración Pública de la Ciudad de México, vigente en el año fiscalizado.

En la revisión de las afectaciones presupuestarias y sus justificaciones, se constató que el

M1 realizó las modificaciones a fin de atender las necesidades reales de operación,

proporcionando los recursos materiales necesarios para el cumplimiento de los objetivos

de la entidad, por lo que ésta atendió el artículo 77 de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017.

Derivado de lo anterior, se comprobó que el presupuesto modificado de la entidad se

encontró soportado con la documentación correspondiente y que su importe coincide con

el reportado en el Informe de Cuenta Pública de 2017 del sujeto fiscalizado.

Del presupuesto modificado para el M1 en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e

Intangibles”, por 323,611.0 miles de pesos, la entidad ejerció 322,948.4 miles de pesos,

por lo que se obtuvo una variación de 662.6 miles de pesos (0.2%). Sobre el particular, en

el apartado “Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta Pública 2017 del M1,

se indica que dicha variación se debió “a que se tuvo un ahorro en la adquisición de

grúas, el software para nómina y el equipo y herramienta adquiridos”. La entidad explicó

que los recursos no erogados se consideraron remanentes del ejercicio, con base en lo

dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México.

Por lo anterior, conforme a los procedimientos de auditoría realizados, consistentes en

estudio general, análisis documental, inspección física de documentos, investigación, aplicación

de cuestionario y recálculo, no se determinaron observaciones respecto del presupuesto

modificado del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.

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25

Presupuesto Comprometido

5. Resultado

Durante el ejercicio 2017, el M1 aplicó en el capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e

Intangibles” un presupuesto de 322,948.4 miles de pesos, de los cuales, con el fin de

verificar que se hubiesen comprometido de acuerdo con la normatividad aplicable, se

determinó revisar una muestra de 305,689.3 miles de pesos, que significó el 94.7% del

total ejercido en el capítulo fiscalizado y que correspondió al gasto registrado en la partida

5412 “Vehículos y Equipo Terrestre Destinados a Servicios Públicos y la Operación de

Programas Públicos”.

La muestra elegida se integró por el contrato multianual núm. 10 600 027/16 del 15 de junio

de 2016, por un importe de 267,925.8 miles de pesos, y su convenio modificatorio

núm. 10 600 027/16 BIS del 28 de julio del mismo año, por 30,837.9 miles de pesos, celebrados

con Dina Camiones, S.A. de C.V.; así como por los contratos núms. 10 600 115/17 del

30 de noviembre de 2017, por 2,308.6 miles de pesos, y 10 600 119/17 del 29 de diciembre

de 2017, por 4,617.0 miles de pesos, celebrados con Casanova Vallejo, S.A. de C.V.

Cabe precisar que la Contraloría Interna en el Sistema de Movilidad 1 revisó el contrato

núm. 100 600 027/16 y su convenio modificatorio; asimismo, la ASCM realizó al M1 la

auditoría financiera y de cumplimiento con clave ASCM/101/16, al capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles”, con motivo de la revisión de la Cuenta Pública de 2016,

en la cual se analizaron el contrato núm. 10 600 027/16 y su convenio modificatorio

núm. 10 600 027/16 BIS. Por tal motivo, la revisión del presupuesto comprometido

únicamente consideró el análisis de los contratos núms. 10 600 115/17 del 30 de noviembre

de 2017, por 2,308.6 miles de pesos; y 10 600 119/17 del 29 de diciembre de 2017, por

4,617.0 miles de pesos. Los resultados de ese análisis se detallan a continuación:

Mediante dos requisiciones sin número de fechas 1o. de noviembre y 5 de diciembre,

ambas de 2017, la Gerencia de Investigación y Evaluación de Nuevas Tecnologías solicitó

la compra de 3 camiones nuevos equipados con pipa para abastecimiento de agua (2 y 1,

respectivamente); dichas requisiciones fueron autorizadas por la Dirección Ejecutiva de

Administración y Finanzas.

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El 1o. de noviembre de 2017, el M1 realizó un estudio de mercado, y con base en éste, de

conformidad con el artículo 56, fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, el 27 de noviembre de 2017 invitó a los tres proveedores que habían presentado

las mejores ofertas económicas para participar en el procedimiento de invitación restringida a

cuando menos tres proveedores núm. SM1/IR/B/022/2017 para la adquisición de un camión

nuevo equipado con pipa para abastecimiento de agua; lo anterior, conforme a lo previsto

en el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017.

Se comprobó que la adquisición no rebasó el monto de actuación fijado en el Decreto

de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2017.

El 29 de noviembre de 2017, el M1 emitió el fallo de la invitación restringida, declarando

desierto el procedimiento motivado por el incumplimiento técnico de los participantes, por

lo que, con el oficio núm. SM1/DEAF/GRM/0695/17 del 29 de noviembre de 2017, la entidad

solicitó a la empresa Casanova Vallejo, S.A. de C.V., por haber presentado las mejores

condiciones económicas, el camión nuevo equipado con pipa para abastecimiento de agua.

En el análisis y revisión de la documentación derivada del procedimiento de invitación

restringida a cuando menos tres proveedores, se constató por medio del fallo, que los

participantes no cumplieron la parte técnica, puesto que no incluyeron la llanta solicitada

en la descripción del bien.

Por tal motivo, el 29 de noviembre de 2017, mediante el oficio

núm. SM1/DEAF/GRM/0695/17, la entidad solicitó a tres proveedores, entre ellos,

Casanova Vallejo, S.A. de C.V., la cotización de la partida desierta del procedimiento

núm. SM1/IR/B/022/17 para la adquisición de la pipa para abastecimiento de agua.

Los días 5 y 6 de diciembre de 2017, Casanova Vallejo, S.A. de C.V.; Highway Trucks,

S.A.PI. de C.V.; y COMADIV, S.A. de C.V., enviaron la propuesta económica a la entidad

con respecto a los camiones nuevos equipados con pipa para abastecimiento de agua, y

el 21 de diciembre de 2017, el M1 realizó el estudio de mercado, con base en el cual y de

conformidad con el artículo 56, fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal vigente en 2017, determinó al proveedor ganador.

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27

Mediante el oficio núm. SM1/DEAF/0423/2017 del 22 de diciembre de 2017, el M1 solicitó

la autorización a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM

para la adquisición de dos camiones nuevos equipados con pipa para abastecimiento de agua.

Cabe destacar que el proveedor Casanova Vallejo, S.A. de C.V. mantuvo sus costos

iguales tanto en el procedimiento de invitación restringida como en la cotización presentada

que sirvió para la elaboración del estudio de mercado.

El 30 de noviembre de 2017 el M1 suscribió con Casanova Vallejo, S.A. de C.V., el

contrato jurídico núm. 10 600 115/17 para la compra-venta de un camión nuevo equipado

con pipa para abastecimiento de agua, con motor a diésel, modelo 2018, por un importe

de 2,308.6 miles de pesos (IVA incluido), con cargo a la partida 5412 “Vehículos y Equipo

Terrestre Destinados a Servicios Públicos y a la Operación de Programas Públicos”.

Respecto a la adquisición de los otros dos camiones equipados con pipa para abastecimiento

de agua, en la décima segunda sesión ordinaria del 27 de diciembre de 2017, el Subcomité de

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios aprobó, por conducto del caso

núm. SCAAPS/012/18, su compra mediante el procedimiento de adjudicación directa por

excepción a la licitación pública, con fundamento en el artículo 54, fracción II Bis, de la

Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017. Para ello, el M1 también

dispuso de la autorización del titular de la entidad y de la justificación del área requirente

de los bienes, en la que se fundaron y motivaron las causas que acreditaron el ejercicio de

esa preferencia, en cumplimiento del antepenúltimo párrafo del artículo citado.

Por lo anterior, el sujeto fiscalizado celebró el contrato núm. 10 600 119/17 el 29 de diciembre

de 2017, con Casanova Vallejo, S.A. de C.V., para la compra-venta de dos camiones

nuevos equipados con pipa para abastecimiento de agua, con motor a diésel, modelo 2018,

por un importe de 4,617.0 miles de pesos (IVA incluido).

Se comprobó que, para la celebración de los contratos, el organismo dispuso de la

suficiencia presupuestal correspondiente, según consta en las requisiciones respectivas,

en atención a lo dispuesto en el artículo 51, fracción I, de la Ley de Presupuesto y Gasto

Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017.

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28

Derivado de lo expuesto, se comprobó que los procedimientos de contratación de los

camiones nuevos equipados con pipa para abastecimiento de agua, se efectuaron

conforme a lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; que la

entidad contó con la documentación justificativa correspondiente; y que los contratos

fueron formalizados y cumplieron los requisitos previstos de conformidad con las

disposiciones legales y normativas aplicables.

En los contratos suscritos, el proveedor manifestó, bajo protesta de decir verdad, que no

se encontraba en alguna circunstancia que le impidiera celebrar los contratos, de acuerdo

con el artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal; y que se encontraba

al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme al artículo 51,

último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México, ambas

disposiciones vigentes en 2017; además, se constató dicha situación mediante consulta

vía internet en el portal del SAT.

El proveedor presentó en tiempo y forma las garantías de cumplimiento núms. 1142-01250-0

y 1142-01255-5, con vigencias para la primera del 30 de noviembre al 29 de diciembre de 2017

y para la segunda sólo del 29 de diciembre de 2017, de los contratos núms. 10 600 115/17

del 30 de noviembre de 2017 y 10 600 119/17 del 29 de diciembre de 2017, respectivamente,

con importes equivalentes al 15.0% del monto de cada contrato sin impuesto, de conformidad con

lo señalado en el artículo 74 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente

en el ejercicio auditado.

Mediante la página web de la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México

se comprobó que el proveedor al que se le adjudicaron los contratos revisados no se

encontraba sancionado o impedido para celebrar contratos con la Administración Pública

de la Ciudad de México.

Con los oficios núms. ACF-C/18/1527 y ACF-C/18/1528, ambos del 28 de noviembre de 2018,

se solicitó a los proveedores Dina Camiones, S.A. de C.V., y Casanova Vallejo, S.A. de C.V.,

en ese orden, información y documentación para la práctica de compulsas. En respuesta,

con el escrito del 4 de diciembre de 2018, Dina Camiones, S.A. de C.V., confirmó

que suscribió el contrato núm. 10 600 027/16 del 15 de junio de 2016, por un importe

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de 267,925.8 miles de pesos y su convenio modificatorio núm. 10 600 027/16 BIS del 28 de

julio del mismo año, por 30,837.9 miles de pesos, para la adquisición de 165 autobuses

nuevos sencillos. En tanto, Casanova Vallejo, S.A. de C.V., a la fecha de elaboración

del presente informe no había emitido contestación.

Cabe destacar que a la firma de los contratos correspondientes a la partida 5412 “Vehículos

y Equipo Terrestre Destinados a Servicios Públicos y a la Operación de Programas

Públicos”, el M1 aceptó por medio de las declaraciones de los proveedores que estaban al

corriente en sus pagos de impuestos, derechos, aprovechamientos y productos referidos

en la legislación fiscal vigente en 2017.

Derivado de lo expuesto, y conforme a los procedimientos de auditoría realizados, consistentes

en estudio general, análisis, inspección física de documentos, aplicación de cuestionario

de control interno, confirmación externa y recálculo, no se determinaron observaciones del

presupuesto comprometido.

Presupuesto Devengado

6. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto aplicado por el M1 en el capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles”, se hubiese devengado de conformidad con las disposiciones

aplicables, se analizaron las documentales que acreditasen la recepción de los bienes

adquiridos de las operaciones seleccionadas como muestra, por 305,689.3 miles de pesos,

registrados en la partida 5412 “Vehículos y Equipo Terrestre Destinados a Servicios

Públicos y la Operación de Programas Públicos”. Al respecto, se determinó lo siguiente:

Se constató que el gasto aplicado por la entidad en las operaciones seleccionadas como

muestra, por un importe total de 305,689.3 miles de pesos fue devengado, ya que el

organismo contó con la documentación que acredita que los autobuses y camiones con

pipa fueron recibidos en tiempo y forma, de acuerdo con las disposiciones aplicables

y con las cláusulas contractuales respectivas. Para cada uno de los contratos revisados

se obtuvo lo siguiente:

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1. Respecto al presupuesto devengado de los contratos núms. 10 600 027/16 del

15 de junio y 10 600 027/16 BIS del 28 de julio, ambos de 2016, celebrados con Dina

Camiones, S.A. de C.V., mediante los cuales el M1 adquirió 165 autobuses nuevos

sencillos, por un monto de 298,763.7 miles de pesos, se comprobó la recepción de los

bienes mediante 8 actas administrativas de entrega-recepción de autobuses nuevos,

165 actas administrativas de liberación por autobús, 165 check list expedidos por la

entidad y 165 preliberaciones elaboradas por el proveedor. Cabe mencionar que los

298,763.7 miles de pesos incluyen una penalización de 42,925.8 miles de pesos por

concepto de entrega extemporánea de los 165 autobuses, la cual se determinó conforme

a lo estipulado en la cláusula décima novena del contrato núm. 10 600 027/16, y plasmada

en el documento denominado “Cálculo de la Pena Convencional”.

2. En relación al presupuesto devengado de los contratos núms. 10 600 115/17 del

30 de noviembre y 10 600 119/17 del 29 de diciembre, ambos de 2017, celebrados

con Casanova Vallejo, S.A. de C.V., mediante los cuales el M1 adquirió tres camiones

nuevos equipados con pipa para abastecimiento de agua, por un importe total de

6,925.6 miles de pesos, la recepción de los bienes se comprobó mediante dos actas

administrativas de entrega-recepción de autobuses nuevos, tres actas administrativas

de liberación por autobús y tres check list expedidos por el sistema. Cabe aclarar que

los 6,925.6 miles de pesos incluyen penalizaciones de 9.4 miles de pesos y 13.9 miles

de pesos, por concepto de atraso en la entrega de los bienes accesorios de las pipas,

en relación a las fechas convenidas en los contratos núms. 10 600 115/17 del 30 de

noviembre y 10 600 119/17 del 29 de diciembre, ambos de 2017, las cuales se

determinaron conforme lo estipulado en la cláusula décima segunda de los citados

instrumentos jurídicos y se plasmaron en el documento denominado “Cálculo de la Pena

Convencional”.

Con los oficios núms. ACF-C/18/1527 y ACF-C/18/1528, ambos del 28 de noviembre de 2018,

se solicitó a los proveedores Dina Camiones, S.A. de C.V., y Casanova Vallejo, S.A. de C.V., en

ese orden, información y documentación para la práctica de compulsas. En respuesta,

con el escrito del 4 de diciembre de 2018, Dina Camiones, S.A. de C.V. confirmó que

suscribió el contrato núm. 10 600 027/16 del 15 de junio de 2016, por un importe

de 267,925.8 miles de pesos, y su convenio modificatorio núm. 10 600 027/16 BIS del

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28 de julio del mismo año, por 30,837.9 miles de pesos, para la adquisición de 165 autobuses

nuevos sencillos; también confirmó que entregó al M1 los 165 autobuses pactados.

Casanova Vallejo, S.A. de C.V., a la fecha de elaboración del presente informe no había

emitido contestación.

Adicionalmente, se realizó inspección física de 22 camiones sencillos con motor a diésel

adquiridos al proveedor Dina Camiones, S.A. de C.V., y a un camión equipado con pipa

para abastecimiento de agua adquirido a Casanova Vallejo, S.A. de C.V., y se comprobó

su existencia con la verificación de datos como número de placa de circulación y número

económico de la unidad, y se obtuvieron copias de las tarjetas de circulación de dichos

camiones.

Por lo anterior, conforme a los procedimientos de auditoría realizados, consistentes en

estudio general, análisis, inspección física de documentos y de bienes (autobuses y

camiones), investigación, confirmación externa y recálculo, respecto del presupuesto

devengado no se determinaron observaciones que hacer constar.

Presupuesto Ejercido

7. Resultado

A fin de revisar que el presupuesto aplicado por el M1 en el capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles” se hubiese ejercido conforme a las disposiciones aplicables, se

seleccionó una muestra de 305,689.3 miles de pesos.

Al respecto, se comprobó que el M1 contó con la documentación justificativa (contratos) y

comprobatoria (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet y notas de crédito) del gasto,

en cumplimiento del artículo 69, fracción III, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de

la Ciudad de México vigente en 2017.

También se constató que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) reunieron

los requisitos fiscales previstos en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación

vigente en 2017. Mediante consulta al Sistema de Verificación de Comprobantes Fiscales,

se comprobó que los CFDI se encontraban registrados en los controles del SAT.

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Con los oficios núms. ACF-C/18/1527 y ACF-C/18/1528, ambos del 28 de noviembre de 2018,

se solicitó a los proveedores Dina Camiones, S.A. de C.V., y Casanova Vallejo, S.A. de C.V., en

ese orden, información y documentación para la práctica de compulsas. En respuesta,

con el escrito del 4 de diciembre de 2018, Dina Camiones, S.A. de C.V., confirmó que

suscribió con el M1 el contrato núm. 10 600 027/16, por 267,925.8 miles de pesos

y su convenio modificatorio núm. 10 600 027/16 BIS, por 30,837.9 miles de pesos, y

proporcionó copia de los CFDI que soportan la adquisición de los 165 autobuses,

documentación que coincide con la entregada por la entidad. Casanova Vallejo, S.A. de C.V.,

a la fecha de elaboración del presente informe no había emitido contestación.

Por lo anterior, conforme a los procedimientos de auditoría realizados, consistentes en

estudio general, análisis, inspección física de documentos, confirmación externa,

investigación, aplicación de cuestionario de control interno y recálculo, respecto del

presupuesto ejercido no se determinaron observaciones.

Presupuesto Pagado

8. Resultado

Con objeto de verificar que el presupuesto aplicado por el M1 en el capítulo 5000 “Bienes

Muebles, Inmuebles e Intangibles” se hubiese pagado de acuerdo con la normatividad

aplicable, se realizó lo siguiente:

Se constató que las obligaciones a cargo de la entidad por las operaciones seleccionadas,

por 305,689.3 miles de pesos, fueron extinguidas mediante el pago debidamente

acreditado; y que los pagos se realizaron en tiempo y forma, por los montos autorizados y

convenios conforme a lo pactado en las cláusulas contractuales respectivas, descontando

el importe de 42,949.1 miles de pesos correspondiente a las penas convencionales

aplicadas por los incumplimientos que se generaron por la entrega extemporánea de los

bienes conforme a lo estipulado en los contratos sujetos a revisión.

También se constató que los estados de cuenta bancarios de la entidad reflejaron la salida

de los recursos correspondientes.

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Los pagos correspondientes a los contratos núms. 10 600 115/17 del 30 de noviembre

y 10 600 119/17 del 29 de diciembre, ambos de 2017, por un total de 6,925.6 miles

de pesos, se efectuaron mediante transferencia electrónica a una cuenta específica del

proveedor Casanova Vallejo, S.A. de C.V., en cumplimiento del artículo 67, segundo párrafo,

de la Ley General de Contabilidad Gubernamental vigente en 2017 y están amparados

con tres CFDI emitidos por el proveedor.

A través de la Cuenta por Liquidar Certificada (CLC) núm. 10 PD RT 100010 del 29 de marzo

de 2017, el M1 tramitó recursos por 298,763.7 miles de pesos para efectuar el pago

restante correspondiente al contrato núm. 10 600 027/16 del 15 de junio de 2016

y su convenio modificatorio núm. 10 600 027/16 BIS del 28 de julio del mismo año, en

cumplimiento del párrafo segundo de la cláusula sexta del contrato que indica que “los

pagos serán depositados a la cuenta del proveedor a través de transferencia bancaria

mediante el esquema de Cuentas por Liquidar Certificadas, por la Dirección General de

Administración Financiera de la Secretaría de Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México”,

toda vez que dichos recursos provienen del Fondo de Capitalidad (recursos federales).

El proveedor emitió 165 CFDI el 24 de febrero de 2017, por un importe de 497,939.5 miles

de pesos, que corresponden al total pactado en los contratos jurídicos antes

mencionados; sin embargo, como en el ejercicio 2016, el M1 efectuó el pago por concepto

del 40.0% de anticipo por 199,175.8 miles de pesos, el proveedor generó 165 notas de

crédito del 27 de febrero de 2017 por este último importe y, en el ejercicio 2017, la entidad

cubrió al proveedor el pago faltante, por un importe de 298,763.7 miles de pesos.

Con los oficios núms. ACF-C/18/1527 y ACF-C/18/1528, ambos del 28 de noviembre de 2018,

se solicitó a los proveedores Dina Camiones, S.A. de C.V., y Casanova Vallejo, S.A. de C.V., en

ese orden, información y documentación para la práctica de compulsas. En respuesta, con el

escrito del 4 de diciembre de 2018, Dina Camiones, S.A. de C.V., confirmó que suscribió con

el M1 el contrato núm. 10 600 027/16 por 267,925.8 miles de pesos y su convenio

modificatorio núm. 10 600 027/16 BIS, por 30,837.9 miles de pesos, y que recibió del M1 los

pagos correspondientes al amparo de tales instrumentos jurídicos por un total de

298,763.7 miles de pesos, sin que existiera adeudo alguno por parte de la entidad, lo que

coincide con la información reportada por el sujeto fiscalizado. Casanova Vallejo, S.A. de C.V.,

a la fecha de elaboración del presente informe no había emitido contestación.

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Por lo anterior, conforme a los procedimientos de auditoría realizados consistentes en

estudio general, análisis, inspección física de documentos, investigación, aplicación de

cuestionario de control interno, confirmación externa y recálculo, no se determinaron

observaciones que reportar respecto del presupuesto pagado.

Informes y Programas

9. Resultado

A fin de verificar que los procedimientos de las adquisiciones de bienes realizados por el

M1 en 2017 con cargo al capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”,

se hayan reportado a las diferentes instancias, conforme a la normatividad regulatoria, se

solicitaron los informes y programas respectivos y de su análisis se determinó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. SM1/DA/0063/2017 del 16 de enero de 2017, el M1 remitió a

la Dirección General de Política Presupuestal de la Subsecretaría de Egresos de la

SEFIN, con copia a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

de la OM el PAAAPS 2017 para su validación presupuestal. En respuesta, la Dirección

General de Política Presupuestal, mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGPP/105/2017

del 18 de enero de 2017, comunicó al sistema, la validación presupuestal de dicho

programa. El 31 de enero de 2017, la entidad publicó en la Gaceta Oficial de la

Ciudad de México núm. 255 su PAAAPS de 2017.

Lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de

Adquisiciones para el Distrito Federal y 14 de su Reglamento, así como el numeral

4.2.1, segundo párrafo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos

para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo

Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno), disposiciones vigentes en 2017.

2. Durante 2017, se realizaron diversas modificaciones al PAAAPS que fueron debidamente

notificadas (en cada trimestre) por el M1 a la Dirección General de Recursos

Materiales y Servicios Generales, salvo la correspondiente al segundo trimestre que

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fue presentada con 12 días de retraso, contados del 14 de julio de 2017 fecha en la

cual se debió haber presentado ante la Dirección General de Recursos Materiales

y Servicios Generales y el 1o. de agosto de ese año, fecha en la que fue presentada.

Mediante la nota informativa del 29 de noviembre de 2018, la Gerencia de Recursos

Materiales del M1 informó que “derivado de las cargas de trabajo que en su momento

se tenían de los procesos licitatorios […] hubo un retraso por única ocasión en la

elaboración, integración y afectación de la modificación al Programa Anual de Adquisiciones,

Arrendamientos y Prestación de Servicios en el segundo trimestre del ejercicio 2017”.

Por lo expuesto, el M1 no se ajustó al artículo 14, segundo párrafo, del Reglamento

de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2017, que establece:

“Las modificaciones al Programa Anual de Adquisiciones que sean autorizadas por la

Secretaría, serán notificadas a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales de la Oficialía, previo al inicio de los procedimientos de adquisición,

arrendamiento o prestación de servicios que correspondan”.

Además, el sujeto fiscalizado no atendió el último párrafo del numeral 4.2.1,

de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito

Federal (Circular Uno), vigente en 2017, que indica: “Las modificaciones de cada

trimestre y la síntesis que identifique los movimientos efectuados, deberán capturarse

en el sitio web que establezca la DGRMSG en cada ejercicio fiscal, dentro de los

primeros diez días hábiles posteriores del mes inmediato al período que se reporta”.

En la reunión de confronta, celebrada el 30 de enero de 2019, mediante el oficio

núm. RTP/DEAF/0104B/2019 del 29 de enero de 2019, la entidad, por conducto de la

Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, manifestó lo siguiente:

“Para no incurrir nuevamente en retrasos se implementó una nueva calendarización,

respetando la fecha límite de envío, dentro de los primeros diez días hábiles posteriores

del mes inmediato al período que se reporta.

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”Se han presentado los reportes trimestrales en tiempo y forma a la DGRMSG, de los

cuales se anexan copias de los oficios con que se entregaron en tiempo y forma […]

los reportes […] del tercer y cuarto trimestre de 2018.”

Lo anterior confirma que las modificaciones al PAAAPS del segundo trimestre

de 2017, fueron presentadas con retraso, por lo que no se modifica la observación.

3. Al analizar los informes mensuales de las operaciones realizadas por el M1 de

conformidad con lo previsto en los artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, se constató que los informes de enero a diciembre del ejercicio

fiscalizado se presentaron a la SEFIN en tiempo y forma, de acuerdo con lo establecido

en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y el artículo 45

del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

4. Se constató que la entidad envió a la SEFIN, en el plazo previsto, los informes trimestrales

de avance del ejercicio 2017, por lo que cumplió lo establecido en el artículo 135 de la

Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente de la Ciudad de México vigente en 2017.

5. Se revisó el oficio núm. SM1/DEAF/0047/18 del 10 de enero de 2018 y se comprobó

que el sujeto fiscalizado presentó a la SEFIN, en tiempo y forma, su reporte de pasivo

circulante del ejercicio 2017, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley de Presupuesto y

Gasto Eficiente de la Ciudad de México; el reporte incluyó los formatos “Pasivo Circulante”

a detalle por clave presupuestaria y detalle por proveedor o contratista, y en él, el M1

reportó como pasivo circulante del capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”

un monto de 6,925.6 miles de pesos, que corresponde a los contratos núms. 10 600 115/17

por 2,308.6 miles de pesos y 10 600 119/17 por 4,617.0 miles de pesos, celebrados

el 30 de noviembre y 29 de diciembre, ambos de 2017.

Por lo expuesto, conforme a las pruebas de auditoría aplicadas y al análisis financiero

correspondiente a la revisión del PAAAPS y sus modificaciones, a los informes

mensuales, examen de operaciones, y al reporte de pasivo circulante, se determinó que el

M1 presentó los informes y programas de sus operaciones a las instancias correspondientes

conforme a la normatividad aplicable, excepto porque la entidad presentó las modificaciones

al PAAAPS del segundo trimestre de 2017 con 12 días de retraso.

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En el informe de la auditoría ASCM/109/17 practicada al Sistema de Movilidad 1,

resultado núm. 9, recomendación ASCM-109-17-4-SM1, se consideró la adopción de

mecanismos de control para garantizar que las modificaciones al Programa Anual

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios se notifiquen y capturen en el

plazo y sitio web establecidos por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios

Generales, en cumplimiento de la normatividad aplicable, por lo que se dará tratamiento

a dicha circunstancia, como parte del seguimiento de la recomendación citada.

RESUMEN DE OBSERVACIONES Y ACCIONES

Se determinaron nueve resultados, que generaron dos observaciones, las cuales corresponden

a dos recomendaciones que se incluyen en el Informe Individual relativo a la revisión con

clave ASCM/109/17 practicada al M1, al rubro capítulo 3000 “Servicios Generales”, por lo

que se dará tratamiento a la implementación de mecanismos que eviten su recurrencia

como parte del seguimiento de las recomendaciones núms. ASCM-109-17-1-SM1

y ASCM-109-17-4-SM1; así como 1 observación que no generó recomendación ya que

la entidad implementó las medidas de control para subsanar la deficiencia.

La información contenida en el presente apartado, refleja las acciones derivadas de las

auditorías que hasta el momento se han detectado por la práctica de pruebas y

procedimientos de auditoría; sin embargo, podrían sumarse observaciones y acciones

adicionales a las señaladas, producto de los procesos institucionales, de la recepción de

denuncias, y de las funciones de investigación y sustanciación a cargo de esta entidad

de fiscalización superior de la Ciudad de México.

JUSTIFICACIONES Y ACLARACIONES

La documentación proporcionada a esta entidad de fiscalización superior de la Ciudad

de México por el sujeto fiscalizado en la reunión de confronta, fue analizada con el fin de

determinar la procedencia de desvirtuar o modificar las observaciones incorporadas por la

Auditoría Superior de la Ciudad de México en el Informe de Resultados de Auditoría para

Confronta, cuyo resultado se plasma en el presente Informe Individual que forma parte del

Informe General Ejecutivo del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública

de la Ciudad de México.

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En atención a las observaciones señaladas, el sujeto fiscalizado remitió el oficio

núm. RTP/DEAF/0104B/2019 del 29 de enero de 2019, mediante el cual presentó

información y documentación con el propósito de atender lo observado; no obstante,

derivado del análisis efectuado por la Unidad Administrativa de Auditoría a la información

y documentación proporcionadas por la entidad, se advierte que el resultado núm. 9 se

consideró no desvirtuado; en tanto que el resultado núm. 1 fue modificado parcialmente

para quedar en los términos expuestos en el presente informe.

PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS A CARGO DE REALIZAR LA AUDITORÍA

En cumplimiento del artículo 36, párrafo decimotercero, de la Ley de Fiscalización Superior de

la Ciudad de México, se enlistan los nombres y cargos de las personas servidoras públicas

de la Auditoría Superior de la Ciudad de México involucradas en la realización de la auditoría:

Persona servidora pública Cargo

Fase de planeación

Mtro. Leopoldo Ojeda Córdova Encargado del Despacho de la Dirección General

L.C. Concepción González Anta Directora de Área

Lic. Alejandro Pérez Santos Subdirector de Auditoría

C.P. Gisela Edith Coria Cancino Jefa de Unidad Departamental

L.A. Maribel Capulín Mejía Auditora Fiscalizadora “C”

L.C. Pedro Benítez Casañas Auditor Fiscalizador “C”

Fase de ejecución

Mtro. Leopoldo Ojeda Córdova Encargado del Despacho de la Dirección General

L.C. Concepción González Anta Directora General, Encargada del Despacho de la Dirección General y Directora de Área

Mtra. América Lidia Ramos Montesinos Directora de Área

Lic. Alejandro Pérez Santos Subdirector de Auditoría

C.P. Gisela Edith Coria Cancino Jefa de Unidad Departamental

L.A. Maribel Capulín Mejía Auditora Fiscalizadora “C”

L.C. Pedro Benítez Casañas Auditor Fiscalizador “C”

Confronta y fase de elaboración de informes

L.C. Concepción González Anta Directora General

Mtra. América Lidia Ramos Montesinos Directora de Área

Lic. Alejandro Pérez Santos Subdirector de Auditoría

C.P. Gisela Edith Coria Cancino Jefa de Unidad Departamental

L.A. Maribel Capulín Mejía Auditora Fiscalizadora “C”

L.C. Pedro Benítez Casañas Auditor Fiscalizador “C”