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Curso virtual para Intermediarios de Seguros Nuestros productos VIDA

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  • Curso virtual paraIntermediarios de Seguros

    Nuestros productosVIDA

  • Curso virtual paraIntermediarios de Seguros

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    Ramos autorizados Productos

    VidaIndividual

    Vidagrupo

    Accidentespersonales

    Exequial

    Pensiones ley 100

    Pensiones

    Salud

    Vida anualVida largo plazoVida ahorro y vidaVida largo plazo inversiónVida ocupaciones especiales

    Vida grupoVG deudoresVG elección popularVG complementario convenio USO

    AP ColectivosAP Corto plazoAP IndividualAP Educativo

    Plan integral familiar

    Conmutación pensional

    Hospitalización y cirugía

    Renta vitalicia inmediataRenta vitalicia directa

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    Vida individualCaracterísticas generales

    En el ramo de vida individual, como amparo principal tenemos el Ampara básico y la exoneración de pago de Primas como una extensión del Amparo Básico.

    Entre los Ampararos adicionales se cuenta con: Incapacidad total y permanente, indemnización adicional por muerte o desmembración accidental, enfermedades graves y auxilio funerario.

    Amparos del seguro de vida: Amparo básico

    • Cubre muerte por cualquier causa inclusive por terrorismo.

    • Cubre el Suicidio después del primer año.

    • BeneficioadicionalgratuitodeExoneracióndelpagodeprimasporincapacidadtotal y permanente por enfermedad o por accidente.

    • El valor asegurado del básico es independiente de los amparos adicionales que adquiera el asegurado, por lo tanto si en vida el asegurado afectó algún amparo adicional, la compañía no disminuye el valor asegurado alcanzado del amparo básico.

    Exoneración de pago de primas por incapacidad total y permanente (* no incluye ahorro y vida)

    • Cuando el asegurado antes de cumplir sesenta y cinco años (65) de edad, estando el seguro de vida vigente, se incapacita total y permanentemente para realizar cualquier actividad laboral (ocupación u oficio) remunerativa comoconsecuencia de una enfermedad o de un accidente que se le diagnostique o le ocurra, y después de permanecer en dicho estado por un periodo continuo de ciento ochenta días (180), la compañía le otorgará cobertura en el amparo básico de vida hasta la edad de ochenta (80) años, por el valor asegurado alcanzado al momento de la ocurrencia del siniestro que cause la incapacidad total y permanente.

    • Elestadodeincapacidadtotalypermanentedeberáserreconocidoycertificadopor un médico designado por la compañía. esta cobertura no causará pago de prima.

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    Amparos adicionales: Incapacidad total y permanente

    • Seconsideraincapacidadtotalypermanente,lacondicióndesaluddefinitivae irreversible del asegurado que le impida realizar cualquier actividad laboral(ocupaciónuoficio)remunerada,comoconsecuenciadealteracionesestructurales y/o funcionales secundarias a enfermedades o accidentes que se diagnostiquen o que se presenten con posterioridad a la fecha de expedición del presente amparo; siempre que tal condición haya existido de manera continua por un periodo no menor a ciento ochenta (180) días.

    • Se requiere que las lesiones motivo de incapacidad no hayan sido causadas deliberadamente por el asegurado y que la incapacidad sea reconocida y certificadaporunmédicodesignadoporlacompañía.

    • También se entenderá que existe incapacidad total y permanente, sin sujeción a los ciento ochenta días (180) mencionados en el parágrafo anterior, cuando hayapérdidatotal,definitivaeirreparabledelavisiónenambosojos;delasdos manos; de los dos pies o de una mano y un pie. en el caso de las manos, la pérdida deberá presentarse al nivel de la articulación radiocarpiana (muñeca) o por encima de ella, y en caso de los pies, la pérdida deberá presentarse al nivel de la articulación tibiotarsiana (tobillo) o por encima de ella.

    Indemnización adicional por muerte o desmembración accidental• Se entenderá por accidente, todo suceso imprevisto, que sobrevenga por causa

    o con ocasión de la acción directa y exclusiva de un agente o acontecimiento externo, y cuyas lesiones se produzcan de manera directa, independientemente de cualquier patología preexistente.

    • También se entiende por pérdida, la inhabilidad funcional, total y permanente del órgano o miembro lesionado, en forma tal que no pueda desarrollar ninguna desus funcionesnaturales.Lamencionada inhabilidaddebesercertificadapor un médico designado por la compañía.

    • La compañía pagará al asegurado o beneficiarios el porcentaje del valorasegurado de acuerdo con la siguiente tabla de riesgos e indemnizaciones cuando por causa de un accidente ocurrido en vigencia del amparo, muera o sufra una desmembración. lo anterior siempre y cuando la muerte o desmembración ocurra dentro de los ciento veinte (120) días siguientes al accidente.

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    Tabla de riesgos e indemnizaciones

    • Muerte accidental: 100% del valor asegurado alcanzado.

    • Pérdida de ambas manos, de ambos pies o de una mano y de un pie: 100% del valor asegurado alcanzado.

    • Ceguera total e irreparable de ambos ojos: 100% del valor asegurado alcanzado.

    • Pérdida de una mano o de un pie, junto con la ceguera total e irreparable de un ojo: 100% del valor asegurado alcanzado.

    • Parálisis total incurable que impida todo trabajo: 100% del valor asegurado alcanzado.

    • Pérdida total e irreparable del habla: 100% del valor asegurado alcanzado.

    • Sordera bilateral total e irreparable: 100% del valor asegurado alcanzado.

    • Pérdida de una mano, o de un pie: 50% del valor asegurado alcanzado.

    • Ceguera total e irreparable de un ojo: 50% del valor asegurado alcanzado.

    • Pérdida de cinco artejos del mismo pie: 25% del valor asegurado alcanzado.

    • Pérdida del dedo pulgar siempre que comprenda la totalidad de las dos falanges: 15% del valor asegurado alcanzado.

    • Pérdida de tres dedos de la misma mano, siempre que comprenda las tres falanges de cada uno, con excepción de los dedos pulgar e índice: 15% del valor asegurado alcanzado.

    • Pérdida del dedo índice siempre que comprenda la totalidad de las tres falanges: 10% del valor asegurado alcanzado.

    • Por demencia total incurable que impida todo trabajo, dictaminada por un médico especialista designado por la compañía, 100% del valor asegurado alcanzado

    • Se entiende por pérdida de las manos, la amputación que se presente al nivel de la articulación radiocarpiana (muñeca) o por encima de ella, y en el caso de los pies, la pérdida deberá presentarse al nivel de la articulación tibiotarsiana (tobillo) o por encima de ella.

    • En los casos de pérdida de varios miembros, órganos o facultades enumeradas en la anterior tabla de riesgos e indemnizaciones producidas por el mismo accidente, el valortotaldelbeneficiosedeterminarásumandolosporcentajescorrespondientesacada uno, sin que en ningún caso exceda el valor total asegurado.

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    Enfermedades graves• Opera cuando sea diagnosticada por primera vez, con base en pruebas

    clínicas, radiológicas, histológicas y de laboratorio, la presencia o padecimiento de cualquiera de las siguientes enfermedades:

    - Cáncer

    - Infarto al Miocardio

    -InsuficienciaRenal

    - Esclerosis Múltiple

    - Accidente Cerebro-Vascular

    - Afección de arteria coronaria que exija cirugía.

    • Edad de ingreso: entre 18 y 60 años.

    • Edad de permanencia: hasta 65 años.

    • La cobertura del Amparo Básico no se suspende; continuará asegurado.

    Auxilio funerario• Opera al fallecimiento del Asegurado cualquiera que haya sido su causa,

    incluso el Suicidio después de la primera anualidad.

    • Edad de ingreso: entre 18 y 70 años.

    • Edad de permanencia: hasta 80 años.

    • Encasodesiniestrolacompañíapagaráalosbeneficiarioslasumadelvalorasegurado alcanzado sin tener que demostrar gastos funerarios.

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    Vida anual

    PresentaciónSeguro de vida dirigido a personas entre 18 y 70 años de edad, que cumplan con

    los requisitos de asegurabilidad de la compañía.

    Vigencia: Temporal a 1 año con renovaciones automáticas.

    Grupo Objetivo: Trabajadores dependientes e independientes Hombres y mujeres con hijos en edad escolar y universitaria

    Hombres y mujeres con núcleo familiar de padres, hermanos, sobrinos.

    Personas que deseen proteger el patrimonio de su familia.

    CoberturasAmparo básico, incapacidad total y permanente, exoneración de pago de

    primas por ITP, Indemnización adicional por muerte o desmembración accidental, enfermedades graves, auxilio funerario.

    Valores asegurados, edades de ingreso y permanencia:

    CoberturasValor asegurado Edad de

    ingresoEdad de

    permanenciaMínimo MáximoAmparo Básico $5.000.000 Sin límite 18-70 Años 80 AñosIncapacidad Total y Permanente

    $5.000.000 $800.000.000 18-70 Años 65 Años

    Indemnización Adicional $5.000.000 $800.000.000 18-70 Años 65 AñosEnfermedades Graves $2.500.000 $400.000.000 18-70 Años 65 AñosAuxilio Funerario $500.000 $7.000.000 18-70 Años 80 Años

    El valor asegurado de los amparos se puede contratar con crecimientos aritméticos del 0%, 5% y 8% para cada anualidad.

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    Políticas• No hay límite para el valor asegurado en el amparo básico.

    • Parapersonasconantecedentesdesalud,sedebepasaracalificaciónmédica.

    • El valor asegurado máximo del amparo de incapacidad total y permanente no debe ser superior al 100% del valor asegurado en el amparo básico, valor máximo $800.000.000.

    • El valor asegurado máximo del amparo de indemnización adicional por muerte accidental, no debe ser superior al 100% del valor asegurado en el amparo básico, valor máximo $800.000.000.

    • El valor asegurado máximo del amparo de enfermedades graves, no debe ser superior al 50% del valor asegurado en el amparo básico, valor máximo $400.000.000.

    • El valor asegurado máximo del amparo de auxilio funerario no debe ser superior al 10% del valor asegurado en el amparo básico, valor máximo $7.000.000.

    • Periodo de Carencia amparo de enfermedades graves: Se tendrá cobertura para las enfermedades graves cubiertas cuando sean diagnosticadas por primera vez, habiendo transcurrido por lo menos noventa (90) días desde la iniciación de la vigencia de este amparo.

    • Exámenes médicos: En caso de que se requieran exámenes médicos, estos deben ser practicados en las clínicas donde designe la compañía y el costo del examen será asumido por la Compañía.

    • Los recargos por salud constituyen un mayor valor en el costo del seguro, por lo tanto debe ser aprobado por escrito por parte del tomador.

    • Comisión: 25%

    • Forma de pago: Anual, Semestral, Trimestral y Mensual.

    • Recargo por Fraccionamiento: Mensual (0.093), Trimestral (0.27), Semestral (0.53)

    Exclusiones Positiva Vida Anual

    Para el amparo básico de vida: • Suicidio durante el primer año de vigencia de la póliza.

    Para el amparo de Incapacidad Total y Permanente:• Intentodesuicidioocualquierlesiónautoinfligidaporelasegurado.

    • Uso o abuso por parte del asegurado de sustancias psicoactivas, tales como alcohol, alcaloides, drogas heroicas, así como el empleo inadecuado de

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    fármacos psicotrópicos.

    • Sonambulismo o enfermedad mental

    • Síndromedeinmunodeficienciaadquirida(sida)ysusconsecuencias.

    • Lesiones generadas durante la participación del asegurado en las siguientes actividades deportivas:

    - Artes marciales, lucha libre o boxeo

    - Automovilismo, motociclismo o ciclismo

    - Deportes acuáticos, excepto la natación

    - Deportes aeronáuticos

    -Deportesextremos tales comobungee jumping, flyng,paracaidismo, surfen asfalto, ascenso y descenso por sogas, ascenso en paredes, montañismo, alpinismo,toromecánico,oactividadesafinesosimilaresalamencionadas.

    -Equitación

    • Lesiones generadas durante la participación del asegurado en actividades de tauromaquia, espeleologia, coleo, corralejas y adiestramiento de ganado equino, mular o asnal.

    • Lesiones generadas al asegurado como consecuencia de riñas, salvo en el caso de legítima defensa declarada mediante decisión judicial en firme yejecutoriada.

    • Lesiones producidas como consecuencia de la exposición a radiaciones ionizantes, rayos laser, y/o cualquier contaminación radioactiva, sean inmediatas o tardías.

    • Lesiones sufridas en actos delictivos en los que el asegurado participe como sujeto activo.

    • Lesiones sufridas como consecuencia de la participación directa del asegurado en actos de guerra, conmoción civil, revueltas populares, motines o asonadas.

    • Lesiones sufridas como consecuencia de la participación del asegurado en actividades propias de las fuerzas armadas o de policía, defensa civil, cruz roja,bomberosuorganismosquedesarrollenactividadesafinesosimilares.

    Para el amparo de enfermedades graves:• El síndromede inmunodeficienciaadquirida (sida), tal como fue reconocido

    por la organización mundial de la salud o cualquier síndrome o enfermedad de tipo similar bajo cualquier nombre que tenga, y que sea diagnosticado por un médico legalmente facultado para ejercer la profesión, así como cualquier otra enfermedad derivada de dichos síndromes.

    • Lapresenciadelvirusdesidaconpruebaconfirmatoria,descubiertomediantetest de anticuerpos o virus de sida con resultado positivo, así como cualquier

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    otra enfermedad derivada de este virus.

    • La angioplastia y/o cualquier otra intervención intra-arterial.

    • La leucemia linfocítica crónica, el cáncer de seno, de matriz, de piel (a menos que se trate de melanomas malignos) y el cáncer in situ no invasivo.

    • Intento de suicidio o autolesión intencionada.

    • Adicción al alcohol o a drogas que no hayan sido prescritas por un médico legalmente autorizado para ejercer la profesión.

    • Tampoco habrá lugar a pago alguno, cuando la enfermedad haya sido diagnosticada o existe un historial previo relacionado con ella, o se haya recibido tratamiento por la misma, antes de la iniciación de la vigencia del amparo.

    • Cuando sean accidentes vasculares isquémicos transitorios o accidentes de los que el asegurado pueda recuperarse completamente dentro de las seis (6) semanas siguientes al mismo.

    Para el amparo de auxilio funerario:• Suicidio durante el primer año de vigencia de la póliza.

    Vida largo plazoDescripción: Seguro de vida dirigido a personas entre 20 y 64 años, que quieran ahorrar,

    obtener buenas rentabilidades sobre su capital ahorrado y a al mismo tiempo estar protegidos.

    Vigencia: Hasta que el asegurado alcance la edad máxima de permanencia elegida.

    Grupo Objetivo: Trabajadores dependientes e independientes Hombres y mujeres con hijos en edad escolar y universitaria

    Hombres y mujeres con núcleo familiar de padres, hermanos, sobrinos.

    Personas que deseen ahorrar y proteger a su familia.

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    CoberturasAmparo básico, incapacidad total y permanente, exoneración de pago de

    primas por ITP, Indemnización adicional por muerte o desmembración accidental, enfermedades graves, auxilio funerario.

    Valores asegurados, edades de ingreso y permanencia:

    CoberturasValor asegurado Edad de

    ingresoEdad de

    permanenciaMínimo MáximoAmparo Básico $5.000.000 Sin límite 20 - 49, 54, 59

    ó 64 Años 60, 65 ó 70 Años

    Incapacidad Total y Permanente

    $5.000.000 $800.000.000 20 - 49, 54 ó 59 Años

    60 ó 65 Años

    Indemnización Adicional $5.000.000 $800.000.000 20 - 49, 54 ó 59 Años

    60 ó 65 Años

    Enfermedades Graves $2.500.000 $400.000.000 20 - 49, 54 ó 59 Años

    60 ó 65 Años

    Auxilio Funerario $500.000 $7.000.000 20 - 49, 54, 59 ó 64 Años

    60, 65 ó 70 Años

    El valor asegurado de los amparos crece con el IPC, máximo hasta el 5.5%.

    Protección hasta los 60, 65 ó 70 años, pago de la prima en cinco (5) ó (10) anualidades, con opción de ahorro voluntario como aporte adicional sobre la prima de protección, obteniendo rentabilidades de acuerdo con el portafolio de inversiones de la Compañía. 4% al 5% E.A*.

    Políticas:• No hay límite para el valor asegurado del amparo básico.

    • El valor asegurado máximo del amparo de incapacidad total y permanente no debe ser superior al 100% del valor asegurado en el amparo básico, valor máximo $800.000.000

    • El valor asegurado máximo del amparo de indemnización adicional por muerte accidental, no debe ser superior al 100% del valor asegurado en el amparo básico, valor máximo $800.000.000

    • El valor asegurado máximo del amparo de enfermedades graves, no debe ser superior al 50% del valor asegurado en el amparo básico, valor máximo $400.000.000.

    • El valor asegurado máximo del amparo de auxilio funerario no debe ser superior al 10% del valor asegurado en el amparo básico, valor máximo $7.000.000.

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    • El seguro tiene la opción de realizar un ahorro del 20% al 100% sobre la prima de protección, sobre el cual se reconocen intereses que se podrán retirar a partir de la segunda anualidad.

    • Retiro del ahorro: en caso de que la póliza tenga ahorro, el tomador podrá a partir del vencimiento de la segunda anualidad y por una sola vez al año, realizar retiros parciales.

    • En caso de que el tomador tuviere primas o fracciones de primas pendientes de pago,mediantelafirmadelapóliza,autorizaenformaexpresaalacompañía,para deducir de su cuenta de ahorro individual, el saldo de primas o fracciones de primas no pagadas, más los intereses por mora que se causaron.

    • Valores de rescate: en el evento que el tomador decida terminar anticipadamente el contrato de seguro, recibirá un 70% de la reserva durante el 1er año, un 80% de la reserva durante el 2do año y un 90% de la reserva en las siguientes anualidades.

    • Periodo de Carencia amparo de enfermedades graves: Se tendrá cobertura para las enfermedades graves cubiertas cuando sean diagnosticadas por primera vez, habiendo transcurrido por lo menos noventa (90) días desde la iniciación de la vigencia de este amparo.

    • Exámenes médicos: En caso de que se requieran exámenes médicos, estos deben ser practicados en las clínicas donde designe la compañía y el costo del examen será asumido por la Compañía de Seguros.

    • Los recargos por salud constituyen un mayor valor en el costo del seguro, por lo tanto debe ser aprobado por escrito por parte del tomador.

    Comisión: 30%

    Forma de pago: Cinco (5) pagos y Diez (10) pagos. La forma de pago elegida nopodrásermodificadaposteriormente.Encadaanualidadsepodráfraccionarlaprima en pagos mensuales, trimestrales y semestrales.

    Recargo por Fraccionamiento: Mensual (0.093), Trimestral (0.27), Semestral (0.53)

    Exclusiones Positiva Vida Largo Plazo

    Para el amparo básico de vida: • Suicidio durante el primer año de vigencia de la póliza.

    Para el amparo de Incapacidad Total y Permanente:• Intentodesuicidioocualquierlesiónautoinfligidaporelasegurado.

    • Uso o abuso por parte del asegurado de sustancias psicoactivas, tales como

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    alcohol, alcaloides, drogas heroicas, así como el empleo inadecuado de fármacos psicotrópicos.

    • Sonambulismo o enfermedad mental

    • Síndromedeinmunodeficienciaadquirida(sida)ysusconsecuencias.

    • Lesiones generadas durante la participación del asegurado en las siguientes actividades deportivas:

    - Artes marciales, lucha libre o boxeo

    - Automovilismo, motociclismo o ciclismo

    - Deportes acuáticos, excepto la natación

    - Deportes aeronáuticos

    -Deportesextremos tales comobungee jumping, flyng,paracaidismo, surfen asfalto, ascenso y descenso por sogas, ascenso en paredes, montañismo, alpinismo,toromecánico,oactividadesafinesosimilaresalamencionadas.

    -Equitación

    • Lesiones generadas durante la participación del asegurado en actividades de tauromaquia, espeleologia, coleo, corralejas y adiestramiento de ganado equino, mular o asnal.

    • Lesiones generadas al asegurado como consecuencia de riñas, salvo en el caso de legítima defensa declarada mediante decisión judicial en firme yejecutoriada.

    • Lesiones producidas como consecuencia de la exposición a radiaciones ionizantes, rayos laser, y/o cualquier contaminación radioactiva, sean inmediatas o tardías.

    • Lesiones sufridas en actos delictivos en los que el asegurado participe como sujeto activo.

    • Lesiones sufridas como consecuencia de la participación directa del asegurado en actos de guerra, conmoción civil, revueltas populares, motines o asonadas.

    • Lesiones sufridas como consecuencia de la participación del asegurado en actividades propias de las fuerzas armadas o de policía, defensa civil, cruz roja,bomberosuorganismosquedesarrollenactividadesafinesosimilares.

    Para el amparo de enfermedades graves:• El síndromede inmunodeficienciaadquirida (sida), tal como fue reconocido

    por la organización mundial de la salud o cualquier síndrome o enfermedad de tipo similar bajo cualquier nombre que tenga, y que sea diagnosticado por un médico legalmente facultado para ejercer la profesión, así como cualquier otra enfermedad derivada de dichos síndromes.

    • La presencia del virus de sida con prueba confirmatoria, descubierto

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    mediante test de anticuerpos o virus de sida con resultado positivo, así como cualquier otra enfermedad derivada de este virus.

    • La angioplastia y/o cualquier otra intervención intra-arterial.

    • La leucemia linfocítica crónica, el cáncer de seno, de matriz, de piel (a menos que se trate de melanomas malignos) y el cáncer in situ no invasivo.

    • Intento de suicidio o autolesión intencionada.

    • Adicción al alcohol o a drogas que no hayan sido prescritas por un médico legalmente autorizado para ejercer la profesión.

    • Tampoco habrá lugar a pago alguno, cuando la enfermedad haya sido diagnosticada o existe un historial previo relacionado con ella, o se haya recibido tratamiento por la misma, antes de la iniciación de la vigencia del amparo.

    • Cuando sean accidentes vasculares isquémicos transitorios o accidentes de los que el asegurado pueda recuperarse completamente dentro de las seis (6) semanas siguientes al mismo.

    Para el amparo de auxilio funerario:• Suicidio durante el primer año de vigencia de la póliza.

    Ahorro y vida 5,10, 15 ó 20 añosDescripción: Seguro Vida temporal Dotal, el cual cubre el riesgo de muerte o sobrevivencia

    sobre el asegurado. Dirigido a personas con capacidad de ahorro que quieran obtener buenas rentabilidades y disfrutar de su seguro en vida.

    Vigencia: hasta que el asegurado alcance la vigencia del plan elegido.

    Grupo Objetivo: Trabajadores dependientes e independientes Hombres y mujeres con hijos en edad escolar y universitaria

    Hombres y mujeres con núcleo familiar de padres, hermanos, sobrinos.

    Personas que deseen ahorrar y proteger a su familia.

    Coberturas: Amparo básico, muerte por cualquier causa.

    Temporalidad: El seguro se comercializará a 5, 10, 15 ó 20 años.

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    Pago de Siniestros: En caso de muerte se reconoce el valor asegurado alcanzado. En caso de llegar con

    vidalafinaldelavigencia,sereconocecomodoteelporcentajepactado en la póliza, tomando como mínimo 0%, máximo 100% y a intervalos de 10%.

    Valores asegurados, edades de ingreso y permanencia:

    CoberturasValor asegurado Edad de

    ingresoEdad de

    permanenciaMínimo MáximoAmparo Básico $5.000.000 Sin límite 18 - 45,50,55 ó

    60 Años60, 65 ó 70 Años

    Crecimiento: El valor asegurado será ajustado al inicio de cada anualidad aplicando el crecimiento aritmético, este podrá ser del 2%, 3%, 4%, 5%, 6% ó 7%.

    El Asegurado podrá escoger, al momento de tomar la póliza, la forma de pago de la prima, según las siguientes alternativas:

    • Un único pago – Pago en una anualidad.

    • Tres (3) pagos – tres pagos distribuidos en 3 anualidades.

    • Cinco (5) pagos – cinco pagos distribuidos en 5 anualidades.

    • Diez (10) pagos – diez pagos distribuidos en 10 anualidades.

    • Quince (15) pagos – quince pagos distribuidos en 15 anualidades.

    • Pagos permanentes: pagos constantes por anualidades hasta la edad máxima de permanencia escogida.

    Cada anualidad se podrá fraccionar en pagos mensuales, trimestrales y semestrales

    PolíticasElaseguradopodráaccederanualmentealbeneficiodeparticipacióndeutilidadesquegenerelacompañíaporlasinversionesfinancierasdeportafolioquerealiceconsus reservas técnicas.

    La participación de utilidades se invertirá en aumentar el valor Asegurado dentro del mismoplan,decisiónquenopodrásermodificadaporlaspartes.

    Valores de rescate: en el evento que el tomador decida terminar anticipadamente el contrato de seguro, recibirá un 70% de la reserva matemática durante el 1er año, un 80% de la reserva matemática durante el 2do año y un 90% de la reserva matemática en las siguientes anualidades.

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    Exámenes médicos: En caso de que se requieran exámenes médicos, estos deben ser practicados en las clínicas donde designe la compañía y el costo del examen será asumido por la Compañía de Seguros.

    Comisión: 30%

    Recargo por Fraccionamiento: Mensual (0.093), Trimestral (0.27), Semestral (0.53)

    Para el amparo básico de vida: Suicidio durante el primer año de vigencia de la póliza.

    Largo plazo inversión

    Coberturas: Amparo básico, muerte por cualquier causa.Valores asegurados, edades de ingreso y permanencia:

    CoberturasValor asegurado Edad de

    ingresoEdad de

    permanenciaMínimo MáximoAmparo Básico $5.000.000 Sin límite 20-55 años 60 Años

    El valor asegurado del amparo básico tiene un crecimiento Aritmético garantizado del 4%.

    CoberturasValor asegurado Edad de

    ingresoEdad de

    permanenciaMínimo MáximoAmparo Básico $5.000.000 Sin límite 20- 60 Años 65 Años

    El valor asegurado del amparo básico tiene un crecimiento Aritmético garantizado del 4%.

    Beneficiodeaumentodevaloraseguradoporlaparticipaciónenlasutilidadesquegenere la compañía.*

    *(Depende del resultado de las inversiones de portafolio de la Compañía). Políticas

    • No hay límite para el valor asegurado del amparo básico.

    • Prima Nivelada durante el periodo contratado.

    • Cuando el asegurado alcance la edad máxima de permanencia elegida, recibirá unbeneficioenvidaqueconsisteenelpagodelvaloraseguradoalcanzado,elcual será escogido por el tomador al momento de adquirir la póliza.

    • El Asegurado podrá escoger, al momento de tomar la póliza, la forma de pago

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    de la prima, según las siguientes alternativas:

    - Un único pago - Pago en una anualidad.

    - Cinco (5) pagos - Cinco pagos distribuidos en 5 anualidades.

    - Pagos permanentes: pagos constantes por anualidades .....hasta la edad máxima de permanencia escogida.

    • Laformadepagoelegidanopodrásermodificadaposteriormente.

    • El asegurado podrá acceder anualmente al beneficio de participación deutilidadesquegenerelacompañíaporlasinversionesfinancierasdeportafolioque realice con sus reservas técnicas.

    • La participación de utilidades se invertirá en aumentar el valor Asegurado dentrodelmismoplan,decisiónquenopodrásermodificadaporlaspartes.

    • Valores de rescate: en el evento que el tomador decida terminar anticipadamente el contrato de seguro, recibirá un 70% de la reserva durante el 1er año, un 80% de la reserva durante el 2do año y un 90% de la reserva en las siguientes anualidades.

    Vida ocupaciones especiales

    Es un seguro de vida único en el mercado, que protege el patrimonio familiar de las personas que desempeñen su actividad principal en cargos de elección popular, tales como alcaldes, concejales, ediles, personeros, etc. Así mismo ofrece protección a personas que tengan como ocupación actividades relacionadas con la defensa de la nación tales como militares, policías, personal del CTI y personas que estén vinculadasconlaramalegislativayjudicial:magistrados,jueces,fiscales,etc.

    Crecimiento:Conelfindemantenerelvalordesuprotección,ustedpuedecontratarel seguro Positiva Vida Ocupaciones Especiales con crecimientos aritméticos del 0%, 5% y 8% para cada anualidad. El valor asegurado de los amparos no puede superar $100 millones de pesos.

    Coberturas:Valores asegurados, edades de ingreso y permanencia

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    CoberturasValor asegurado Edad de

    ingresoEdad de

    permanenciaMínimo MáximoAmparo Básico $5.000.000 Sin límite 18-70 Años 80 AñosIncapacidad Total y Permanente

    $5.000.000 $800.000.000 18-70 Años 65 Años

    Indemnización Adicional $5.000.000 $800.000.000 18-70 Años 65 AñosEnfermedades Graves $2.500.000 $400.000.000 18-70 Años 65 AñosAuxilio Funerario $500.000 $7.000.000 18-70 Años 80 Años

    Formas de pago:Los seguros de vida individual son de pago anual, sin embargo la compañía

    ofrece la opción de pagar la prima en cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, aplicando un recargo por fraccionamiento de la siguiente manera:

    • Recargo por fraccionamiento mensual: Factor 0.093 sobre la prima anualizada.

    • Recargo por fraccionamiento Trimestral: Factor 0.270 sobre la prima anualizada.

    • Recargo por fraccionamiento Semestral: Factor 0.530 sobre la prima anualizada.

    Medios de Pago: Usted puede pagar su seguro de vida mediante las siguientes opciones:

    • Pagosatravésdeconveniosderecaudoconentidadesfinancieras.

    • Pagos con tarjetas débito y crédito en las Sucursales.

    • Pagos en línea través de la página Web de Positiva. (Proveedor de Servicios Electrónicos - PSE)

    • Pagos por débito automático de cuenta corriente y/o cuenta de ahorros.

    • Pagosatravésdeconveniosdefinanciacióndeprimas.

    Políticas:Exámenes médicos: El costo de los exámenes médicos es asumido por la compañía, siempre y cuando el valor asegurado sea superior a $50.000.000 y elexamenpracticadoseencuentredentrode losdefinidosen losrequisitosdeasegurabilidad.

    Cuando el asegurado requiera examen médico, es necesario que antes de que se entregue la orden para practicarse dichos exámenes, el tomador realice un

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    depósito de prima que cubra el costo de los exámenes médicos. Una vez expedida la póliza, el depósito se aplicará al pago de las primas.

    Sifinalmentelapólizanoesexpedidaporvoluntaddelcliente,seledescontaráelvalor de los exámenes médicos del depósito, y este dinero lo tomará la Compañía para cubrir el costo incurrido.

    Si es la Compañía quien desiste de continuar con el riesgo, se devolverá el 100% del depósito al Tomador.

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    Vida grupoCaracterísticas generales

    Se trata de un seguro de vida que ampara el patrimonio familiar de un conjunto de personas agrupadas por una persona natural o jurídica, que contrata el seguro y adquiere la obligación de pagar la prima.

    Su vigencia es temporal, renovable a un (1) año.

    Características especiales• Es un seguro de bajo costo.

    • El costo del seguro depende de la edad promedio del grupo.

    • Cubre el suicidio desde el primer día de vigencia.

    • Es un seguro de fácil administración ya que todos los asegurados se encuentran bajo una póliza matriz.

    • Permite administrar vigencias abiertas.

    Los seguros de vida grupo pueden ser:• Contributivos: El asegurado participa en el pago de la prima.

    • No Contributivos: El tomador asume totalmente el pago de la prima.

    Generalmente los planes de seguro de vida grupo pueden adquirirse a través de una relación laboral.

    El empleador tiene una póliza matriz y los empleados son los asegurados. De estamanerapuedenbeneficiarsedelsegurodevidagrupopagandolatotalidaddela prima, parte o nada de la misma.

    Tomador: Persona natural o jurídica a cuyo nombre se expide el contrato de seguro. Esta obligado a pagar las primas y a informar a la aseguradora las variaciones que se presenten en el grupo asegurable.

    Grupo Asegurable: Es el conformado por las personas que indique el Tomador por escrito y que sean aceptadas por la Aseguradora. (POSITIVA).

    Cláusula de Beneficio continuidad de amparos en iguales condicionesPositivaotorgaelbeneficiodelacontinuidaddeamparosenigualescondicionesde

    calificación(Riesgonormaloextraprimado)yhastalosmismosvaloresasegurados

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    que provengan de la anterior aseguradora.

    Existe cobertura para aquellas preexistencias que hubieren tenido cobertura por la anterior compañía de seguros.

    Las extraprimas y limitaciones de riesgo que han sido impuestas por la anterior compañía de seguros regirán para el nuevo contrato de seguros que expida Positiva.

    Cláusula de Participación de UtilidadesPositiva reconocerá participación de utilidades de acuerdo con la siniestralidad de

    la póliza.

    El porcentaje de participación de utilidades estará entre el 5 y 15%, y se calculará sobre las utilidades netas de la póliza de vida grupo.

    Para reconocer la participación de utilidades se tendrá como requisito renovar la póliza de vida grupo para la siguiente vigencia.

    Vida grupo

    Amparo básicoCubre la muerte por cualquier causa, inclusive el suicidio y el homicidio desde el

    inicio de la vigencia de la póliza.

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 71 años

    Edad de permanencia 72 años

    Incapacidad total y permanenteCubre la incapacidad que le impida al Asegurado total y permanentemente realizar

    su ocupación habitual u otra cualquiera compatible con su educación, formación o experiencia.

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 64 años

    Edad de permanencia 65 años

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    Modalidad de pago Pago de Capital

    Renta Mensual

    Beneficio adicional por muerte intencional causada por otra personaTambién se conoce como Homicidio. Se paga el valor asegurado cuando el

    asegurado fallece por intención de otra persona.

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 60 años

    Edad de permanencia 65 años

    Este amparo indemniza un valor adicional si la causa del fallecimiento se da por homicidio.

    Enfermedades gravesOpera cuando sea diagnosticada por primera vez, con base en pruebas clínicas,

    radiológicas, histológicas y de laboratorio, la presencia o padecimiento de cualquiera de las siguientes enfermedades:

    • Cáncer

    • Infarto Del Miocardio

    • FallaRenal(enfermedadrenalenetapafinal)

    • Esclerosis Múltiple

    • Derrame e Infarto Cerebral

    • Cirugía de Arterias Coronarias (Bypass)

    • Trasplante de Órganos (Corazón, Pulmón, Páncreas,

    • Riñón, Hígado, Médula ósea)

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 64 años

    Edad de permanencia 65 años

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    Modalidad de pagoComo Anticipo del Básico:

    Cuando la modalidad de pago opere como anticipo del básico, el beneficiocontemplado en el amparo de enfermedades graves reducirá el valor asegurado del amparo básico en la suma equivalente al valor asegurado pagado.

    Como Pago Adicional:

    Cuando la modalidad de pago opere como pago adicional, se contratará un valor asegurado adicional en el amparo de enfermedades graves, con un límite máximo hasta el 50% del valor asegurado en el amparo básico.

    Gastos médicos por accidenteCubre los gastos en que haya incurrido el asegurado para recibir atención médica,

    someterse a intervención quirúrgica, hospitalización o cualquier tipo de asistencia médica que haya tenido que asumir como consecuencia de un accidente.

    Valor asegurado: Máximo hasta $ 10.000.000

    Los valores asegurados para este amparo se restablecerán automáticamente en lacuantíadelasumaaseguradaconelfindeatenderotroreclamoporunnuevoaccidente dentro de la misma vigencia sin cobro de prima por el valor restablecido.

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 64 años

    Edad de permanencia 65 años

    Gastos médicos por tratamiento de SIDACubre los gastos en que haya incurrido el asegurado para recibir atención médica,

    hospitalización o cualquier tipo de asistencia médica que haya tenido que asumir comoderivadodeuntratamientoporelsíndromedelainmunodeficienciaadquirida(SISA), siempre y cuando se diagnostique durante la vigencia de la póliza.

    Exclusiones• La hospitalización sea para chequeos médicos de rutina u otros exámenes

    previo a los cuales no existan indicaciones de trastornos de salud.

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    • La hospitalización del asegurado sea en un centro hospitalario que no cumpla con los requisitos descritos en el numeral 4.4. de este amparo, o que el asegurado no se encuentre bajo la atención y cuidado de un médico autorizado para el ejercicio de su profesión.

    • Toda atención ambulatoria provista en el consultorio de un médico, clínica u hospital.

    • La condición sea preexistente a la iniciación de la vigencia de la póliza.

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 18 años

    Edad máxima de ingreso 59 años

    Edad de permanencia 60 años

    Beneficio adicional por muerte o desmembración a consecuencia de un accidenteCubre los gastos en que haya incurrido el asegurado para recibir atención médica,

    hospitalización o cualquier tipo de asistencia médica que haya tenido que asumir comoderivadodeuntratamientoporelsíndromedelainmunodeficienciaadquirida(SISA), siempre y cuando se diagnostique durante la vigencia de la póliza.

    Cobertura• Por Muerte, se paga el valor asegurado contratado cuando el asegurado fallece

    a consecuencia de un accidente.

    • Por Desmembración, se paga un porcentaje del valor asegurado contratado cuando el asegurado sufre una pérdida anatómica a consecuencia de un accidente, de acuerdo con la tabla estipulada en las condiciones.

    Nota: También se entiende por pérdida, la inhabilitación funcional total y permanente del órgano o miembro lesionado.

    • Se puede otorgar por el valor asegurado solicitado, Máximo hasta el doble del Valor contratado para el Amparo Básico

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 64 años

    Edad de permanencia 65 años

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    Exclusiones• Las ocasionadas por el uso por parte del asegurado de aeronaves y artefactos

    aéreos en calidad de pasajero, piloto o tripulante, estudiante de pilotaje o mecánico de aviación, salvo que se encuentre en una línea comercial legalmente establecida o autorizada para el transporte regular de pasajeros.

    • Las que ocurran cuando el asegurado participe en competencias de velocidad o habilidad, o practique deportes o actividades de alto riesgo.

    • Las ocasionadas por los accidentes que sobrevengan de lesiones inmediatas o tardías causadas por energía atómica.

    • Cuandoelaseguradoseencuentrebajoinfluenciadebebidasembriaganteso de drogas tóxicas, heroicas o alucinógenas, cuya utilización no haya sido requerida por prescripción médica.

    • Envenenamientos de cualquier origen o naturaleza no accidental.

    Gastos por desempleo involuntario o incapacidad temporalCubre los gastos en que haya incurrido el asegurado para recibir atención médica,

    hospitalización o cualquier tipo de asistencia médica que haya tenido que asumir comoderivadodeuntratamientoporelsíndromedelainmunodeficienciaadquirida(SISA), siempre y cuando se diagnostique durante la vigencia de la póliza.

    Edades de ingreso y permanencia• El grupo asegurable debe ser abierto.

    • Debe ser obligatorio para todos los miembros del grupo.

    • Eltomadordebeserelbeneficiario.

    • Elvaloraseguradodebetenerunadestinaciónespecífica.

    • Se excluyen los pensionados y los miembros de las fuerzas militares o de policía.

    Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 64 años

    Edad de permanencia 65 años

    VALOR ASEGURADO = VALOR DE LA CUOTA U OBLIGACIÓN

    MÁXIMO HASTA 10 SMLMV

    Cobertura de gastosDesempleo involuntario

    Pagará hasta la suma contratada y por el período máximo, indicados en el certificadodeseguro,alaseguradoconcontratodetrabajoescritoatérmino

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    indefinidoyconantigüedadmayorados(2)meses,quedemuestreeldespidosinjusta causa.

    Periodo de pago: Número de cuotas que se van a asegurar, máximo 12 meses.Franquicia: Periodo de meses que asume el asegurado una vez quede

    desempleado, desde 0 a 3 meses.

    Periodo de carencia: Número de meses mínimo que el asegurado debe de estar vinculado a la Póliza para poder estar cubierto por este Amparo, 2 meses.

    Incapacidad temporal

    Pagará hasta la suma contratada y por el período máximo, indicados en el certificadodeseguro,altrabajadorindependientequedemuestreunaincapacidadmayor o igual a 30 días continuos y hasta por 365 días.

    Renta mensual por muerte accidentalMediantelacualseleentregadeformaderentaalosbeneficiariosencasode

    fallecimiento del Asegurado el valor asegurado, hasta por el periodo del tiempo pactado

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 71 años

    Edad de permanencia 72 años

    Gastos por traslado de accidentesGastos de traslado por accidente (en caso de requerirse ambulancia el servicio

    puede ser solicitado directamente a la línea de positiva y la aseguradora asume el pago directamente)

    Adicionalmente se Incluye ambulancia aérea desde cualquier parte del país siempre que se requiera y ordenada por un médico especialista de la aseguradora. Positiva compañía de seguros ha conformado una estrategia que permita una respuesta oportuna a las emergencias que impliquen la movilización de pacientes quepermitalaoperativisaciondeunaMEDEVACeficienteyconresultadosóptimos

    Nuestro principal aliado es la empresa SARPA , ambulancias aéreas , la única compañía certificada en Colombia por la autoridad Aeronáutica para prestarserviciosdeAMBULANCIASAEREAMEDICALIZADAcon locertificados UAEACCDO-051, inscritos a la secretaria de salud de Bogotá (SERVICIOS AEREOS PANAMERICANOSLIMITADAYcertificadosporlasecretariadeAntioquia.

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    Auxilio funerarioSe reconoce el total del valor asegurado contratado, cuando el Asegurado

    fallece por cualquier causa.

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 71 años

    Edad de permanencia 72 años

    Valor Asegurado: Máximo se puede contratar hasta $ 10.000.000Beneficios: No se exigen facturas. Opera como ayuda.

    Se vuelve extensión del amparo básico.

    No tiene exclusiones.

    Grupo deudoresCoberturas del Seguro de Vida Grupo:Este es un seguro que cubre la muerte por cualquier causa o la invalidez de

    los deudores de un mismo acreedor, como por ejemplo Bancos, Cooperativas, Financieras, Fondos de Empleados, etc.

    Bajo este seguro se puede otorgar la cobertura de Desempleo Involuntario o Incapacidad Temporal y la cobertura de Enfermedades Graves, con valor asegurado hasta por el saldo insoluto de la deuda.

    Grupo Asegurable: Personas deudoras de un mismo acreedorValor Asegurado: Saldo insoluto de la deudaVigencia del Seguro: Según la periodicidad pactada para el pago del crédito. Para cada asegurado desde el momento del desembolso

    del crédito.

    Amparo básico:• Muerte por cualquier causa

    Amparo adicionales:• Incapacidad total y permanente

    • Enfermedades graves

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    • Desempleo involuntario o incapacidad temporal

    En este amparo se tienen dos coberturas:

    Desempleo Involuntario: Aplica para el asegurado con contrato de trabajoatérminoindefinidoyconantigüedadmayorados(2)mesesque demuestre el despido sin justa causa.

    Incapacidad Temporal: Aplica para el trabajador independiente que demuestre una incapacidad mayor o igual a 30 días continuos y hasta por 365 días.

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 64 años

    Edad de permanencia 65 años

    Valor aseguradoEs el valor de la cuota u obligación, con un límite máximo de 10

    SMMLV.

    Condiciones especialesElvaloraseguradodebetenerunadestinaciónespecífica.

    ElTomadordebeserelbeneficiario.

    El grupo asegurable debe ser abierto.

    Debe ser obligatorio para todos los miembros del grupo.

    Se excluyen los pensionados y los miembros de las fuerzas militares o de policía.

    Periodo de Pago: Número máximo de cuotas que se pueden asegurar. Máximo 12 cuotas (12 meses).

    Periodo de Carencia: Número mínimo de meses que el asegurado debe estar vinculado a la póliza para poder tener cobertura por este amparo. Dos (2) meses.

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    Exclusiones:Algunas Exclusiones del amparo de Desempleo Involuntario o

    Incapacidad Temporal:

    • Cuando el asegurado sea despedido con justa causa.

    • Decisión unilateral del trabajador.

    • El asegurado sea empleado público cuyo cargo sea de libre nombramiento y remoción.

    • Cuando el trabajador termine uno de los contratos de trabajo y tenga otros contratos.

    • Desempleo del asegurado a causa de obtener la pensión de jubilación, vejez o invalidez.

    • Haber sido enlistado al servicio en las fuerzas armadas.

    • Cuando se trate de trabajadores empleados en su propia empresa.

    • Cuando el seguro haya sido adquirido con posterioridad a la declaratoria de liquidación, proceso concordatorio o fusión de la empresa en la cual trabaja el asegurado.

    Grupo elección popularEste seguro se origina en el artículo 68 de la Ley 136 de 1994.

    Los concejales tendrán derecho durante el periodo para el cual han sido elegidos, a obtener un seguro de vida equivalente a veinte (20) veces el salario mensual vigente para el alcalde.

    El pago de las primas del seguro de vida estará a cargo del respectivo municipio.

    Grupo objetivo: Alcaldes, Concejales, Ediles, Diputados, Personeros Clasificación: Municipios asegurables grupo I grupo II

    grupo III

    Con autorización de Casa Matriz se puede asegurar a los municipios que se encuentre en Grupo IV.

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    En caso de que el municipio se encuentre en Zona RojaSe requiere concepto escrito del Gerente de la Sucursal sobre el orden público delMunicipioyposibleclasificación,paraelestudiodeaprobaciónyaceptacióndel Riesgo.

    Seguro complementario Convenio USOEs un seguro que cubre la diferencia entre las prestaciones que reconoce el régimen general de seguridad social en Colombia y las prestaciones acordadas en la convención colectiva de trabajo vigente entre Ecopetrol y la Unión Sindical Obrera (USO).

    Mercado objetivo: Trabadores de los contratistas de Ecopetrol

    Vigencia de la Convención: Del 1º de julio de 2009 al 1º de julio de 2014

    Prima del Seguro: 4% del Salario Básico Mensual

    Grupo asegurableSonasegurablesautomáticamentelostrabajadoresquesebeneficiendelrégimen

    salarial y convencional de la CCTV, reportados a POSITIVA, cuya edad se encuentre comprendida entre los 18 y los 69 años.

    En el caso de que se desee asegurar un trabajador mayor de 69 años, el contratista deberá informarlo a POSITIVA demanera previa, presentando el certificado deaptitud para laborar de dicho trabajador.

    Amparos• Auxilio por tratamiento ambulatorio fuera de la sede de trabajo.

    • Incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

    • Incapacidad temporal por accidente No de trabajo o enfermedad No profesional.

    • Seguro de vida adicional por cada hijo menor de 18 años o invalido.

    • Auxilio Funerario

    • Seguro de vida ordinario

    • Incapacidad temporal por accidente ocurrido en vehículos diferentes a los del contratista o no contratados por éste.

    • Seguro adicional contra toda clase de accidentes.

    • Muerte Accidental, Muerte violenta por actividad de terceros, indemnización

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    especial, Incapacidad permanente parcial o total (invalidez por accidente).

    • Seguro por muerte en accidente de trabajo para trabajadores asegurados con menosdecuatro(4)añosdeantigüedad.

    Prepensión positivaEste producto responde a la necesidad de cubrir el riesgo que el asegurado y/o

    susbeneficiariosincurren,alquedarsinelingresodelaseguradoparaelsustentomensual, mientras se tramita la pensión por muerte o invalidez.

    Es el mismo seguro vida grupo, con los amparos de muerte e incapacidad total y permanente y sus respectivos clausulados, la diferencia se encuentra en que el beneficiodelvalorasegurado,nosepagaenunsolocontado,sinoentres(3),seis(6), nueve (9) o doce (12) meses, de acuerdo a como lo determine el tomador del seguro.

    Edades de ingreso y permanencia Edad mínima de ingreso 12 años

    Edad máxima de ingreso 71 años

    Edad de permanencia 72 años

    TasaPara calcular la tasa del producto, se suma la tasa del amparo básico y de

    incapacidad total y permanente en forma de capital, de acuerdo a la con la edad del asegurado o a la tasa promedio del grupo a asegurar.

    Valor aseguradoElvaloraseguradocorrespondealasumatoriadelbeneficioareconocermensual,

    que escoja cada asegurado, multiplicado por el numero de meses establecidos como renta por el tomador, es decir: por tres (3), seis (6), nueve (9) o doce meses (12).

    Condición particular“El valor asegurado en caso de un siniestro cubierto por esta póliza, se pagará

    en forma mensual, dividiendo el valor asegurado anotado en la carátula de la póliza en el número de meses que el tomador determine en las observaciones de la declaración de asegurabilidad”.

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    Accidentes personales

    Positiva Accidentes Personales

    Es un seguro que ofrece protección ante cualquier accidente, entendido este como el suceso imprevisto, repentino, violento, externo que produzca la muerte o lesiones corporales al asegurado.

    El seguro de accidentes personales ayuda a soportar las grandes cargas económicas que pueden afectar a la familia por un bajo costo.

    Positiva Accidentes Personales individualEs un seguro que se toma de manera individual, el cual protege al asegurado en

    caso de sufrir lesiones corporales como consecuencia de un accidente; así mismo ampara el patrimonio familiar en caso de muerte accidental del asegurado.

    Positiva Accidentes Personales ColectivosEsunSegurodeaccidentesquepuedetomarungrupodepersonasconelfin

    de proteger el patrimonio familiar, en caso de que sea necesario hacer frente a las consecuencias económicas que sobrelleva una muerte accidental.

    Positiva Accidentes Personales Corto PlazoEs un seguro de accidentes, dirigido a personas que requieran protección

    temporal frente a accidentes que puedan ocurrir durante viajes, excursiones, eventos recreativos o culturales, parques de diversiones y otras actividades que requieran cobertura durante periodos cortos de tiempo.

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    Amparos:Amparo básicoCubre la muerte accidental. La protección que se otorga mediante este

    seguro es única y exclusivamente por causa accidental.

    Amparos adicionales:Invalidez Accidental y/o desmembración:Protección para el asegurado en caso de sufrir invalidez a consecuencia

    de un accidente. Así mismo cubre las pérdidas anatómicas y funcionales que sean ocasionadas por un accidente.

    AmparalaspérdidasoinutilizacionesdescritasenlaTabladeBeneficiospor Desmembración del clausulado, cualquier otra perdida no descrita en esta tabla, será pagada por POSITIVA, aplicando el porcentaje de pérdida quesedetermineconelManualÚnicodeCalificacióndeInvalidez.

    Gastos MédicosCubre los gastos en que haya incurrido el asegurado para recibir

    atención médica, someterse a intervención quirúrgica, hospitalización o cualquier tipo de asistencia médica que haya tenido que asumir como consecuencia de un accidente.

    Los valores asegurados para este amparo se restablecerán automáticamenteenlacuantíadelasumaaseguradaconelfindeatenderotro reclamo por un nuevo accidente dentro de la misma vigencia sin cobro de prima por el valor restablecido.

    POSITIVA reembolsará el valor de dichos gastos hasta el límite del valor asegurado establecido en la póliza.

    Renta Diaria por Hospitalización:Es una protección para el asegurado de la póliza que consiste en el

    reconocimiento de un valor diario, que se pagará mientras se encuentre hospitalizado como consecuencia de un accidente.

    La cobertura inicia a partir de las 24 horas de hospitalización y hasta por 45 días continuos o discontinuos por evento.

    Máximo cuatro (4) eventos por año.

    Se ofrece cobertura hasta 10 días en Cuidados Intensivos, en los cuales se reconocerá el doble del valor contratado por día.

    Traslado de accidentes:Gastos de traslado por accidente (en caso de requerirse ambulancia

    el servicio puede ser solicitado directamente a la línea de positiva y la aseguradora asume el pago directamente)

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    Adicionalmente se Incluye ambulancia aérea desde cualquier parte del país siempre que se requiera y ordenada por un médico especialista de la aseguradora. Positiva compañía de seguros ha conformado una estrategia que permita una respuesta oportuna a las emergencias que impliquen la movilización de pacientes que permita la operativisacion de unaMEDEVACeficienteyconresultadosóptimos

    Nuestro principal aliado es la empresa SARPA , ambulancias aéreas , laúnicacompañíacertificadaenColombiapor laautoridadAeronáuticapara prestar servicios de AMBULANCIAS AEREA MEDICALIZADA con lo certificadosUAEACCDO-051,inscritosalasecretariadesaluddeBogotá(SERVICIOSAEREOSPANAMERIOCANOSLIMITADAYcertificadosporla secretaria de Antioquia.

    Auxilio Funerario:Consisteenunauxilioovaloradicionalqueseentregaalosbeneficiarios

    del seguro en caso de fallecimiento por accidente del asegurado.

    Seguro de Accidentes Personales Escolares «GENERACIÓN POSITIVA»

    Es un seguro que ofrece protección a los estudiantes de instituciones educativas, frente a los accidentes que puedan sufrir dentro o fuera de las instalaciones del plantel educativo.

    BeneficiosEs un seguro de bajo costo.

    Ofrece cobertura para el estudiante 24 horas al día, dentro y fuera del plantel educativo.

    Ofrece una amplia red nacional de servicios de salud.

    El estudiante cuenta con beneficios adicionales al Plan Obligatorio de Salud(POS).

    CoberturasGastos Médicos:

    Cubre los gastos en que haya incurrido el asegurado para recibir atención médica, someterse a intervención quirúrgica, hospitalización o cualquier tipo de asistencia médica que haya tenido que asumir como consecuencia de un accidente. Así mismo

  • Curso virtual paraIntermediarios de Seguros

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    cubre los gastos en medicamentos, fármacos, aparatos ortopédicos o prótesis que fueren necesarios para lograr la recuperación del estudiante.

    Gastos de traslado por accidente: En caso de presentarse un accidente que implique el traslado del estudiante

    accidentado a algún centro asistencial para tratamiento médico o curación, se reconocerán los gastos de transporte en ambulancia hasta la suma asegurada pactada.

    Gastos de traslado por eventos no accidentales: por medio de este amparo se cubren los gastos de traslado, desde la institución

    educativa hasta la I.P.S, cuando sea necesaria la atención del alumno por dolencias o hechos ocurridos dentro de las instalaciones de la institución educativa o en actividades extracurriculares, y jornadas estudiantiles, así estos no hayan sido consecuencia directa de un accidente.

    Gastos médicos por riesgo biológico: Este es un amparo esencial para alumnos de instituciones educativas de ciencias

    de la salud, que al manipular jeringas, agujas, instrumentación etc., puedan contraer algún tipo de microorganismo capaz de producir una infección, alergia o toxicidad en humanos. Cubre los gastos médicos en que se haya incurrido para la atención del estudiante que haya podido contaminarse, así como los gastos en que se incurra para el diagnóstico a la fuente.

    Rehabilitación integral por invalidez: Si el estudiante sufre una invalidez a consecuencia de un accidente, se reconocerán

    los gastos asistenciales tendientes a lograr su rehabilitación como:

    •Consultamédicaespecializada

    •Exámenesdediagnóstico

    •Manejodeterapiafísicaocupacional

    •Valoraciónnutricional

    •Valoraciónporpsicologíayapoyofamiliar

    •Orientaciónfamiliar

    •Curacionesenexcesodelacoberturadegastosmédicos

    Enfermedades Amparadas: Cubre al estudiante en caso de que se le diagnostique por primera vez, alguna de

    las siguientes enfermedades:

  • Curso virtual paraIntermediarios de Seguros

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    •Cáncer

    •Poliomielitis

    •Leucemia

    •Tétanos

    •Escarlatina

    •SIDA

    •Afecciónrenalcrónica

    •Infartoagudodemiocardio

    •Accidentecerebrovascular.

    Enfermedades Tropicales: Es un amparo que permite ampliar la cobertura de Gastos Médicos para amparar

    al estudiante que se vea afectado por la picadura, mordedura u otro medio de transmisión que le genere cualquiera de las siguientes enfermedades:

    •Malaria

    •FiebreAmarilla

    •Leishmaniasis

    •Lepra

    •Tuberculosis

    •Cólera

    Nuestra póliza de Accidentes Personales GENERACIÓN POSITIVA, también contempla las posibilidades más extremas que se pueden generar como consecuencia de un accidente. Por tal motivo incluye las coberturas de invalidez y/o desmembración, muerte y auxilio funerario.

    Invalidez accidental y/o desmembración: Protección para el estudiante en caso de sufrir invalidez a consecuencia de

    un accidente. Así mismo cubre las pérdidas anatómicas y funcionales que sean ocasionadas por un accidente.

    Muerte Accidental: Cubre el fallecimiento del alumno a consecuencia de un accidente.

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    Muerte por cualquier causa: Cubre el fallecimiento del alumno por cualquier causa distinta a un hecho accidental.

    Auxilio funerario por muerte accidental: Consiste enunauxilio o valor adicional que seentregaa los beneficiarios del

    seguro en caso de fallecimiento por accidente del asegurado.

    Auxilio funerario por muerte no accidental: Consiste enunauxilio o valor adicional que seentregaa los beneficiarios del

    seguro en caso de fallecimiento del asegurado por un hecho no accidental.

    Auxilio educativo por muerte de los padres: Es un amparo de protección para el estudiante mediante el cual, en el evento

    que alguno de los padres del asegurado fallezca, se reconocerá el valor mensual establecido como auxilio.

    •Durantelavigenciaselimitaráelnúmerodeauxiliosporinstitución.

    •Elauxiliosegiraalainstitucióneducativaobeneficiario.

    Edades de ingreso y permanencia: Edad Mínima de Ingreso: 1 año

    Edad Máxima de Ingreso: 68 años

    Edad Máxima de Permanencia: 69 años

    Auxilio de Matrícula por Accidente: Es un amparo de protección para el estudiante mediante el cual, en el evento de

    un accidente que lo incapacite de forma total temporal por un periodo igual o superior a 3 meses y que le impida durante ese periodo la asistencia a sus actividades académicas,selereconoceráunasumafijaestipuladaenlapólizacomoauxiliodematrícula para el siguiente periodo académico.

    Renta Mensual por Muerte Accidental del Cónyuge del Estudiante Asegurado: Esta cobertura aplica exclusivamente para universidades. Es una protección para

    el asegurado de la póliza, mediante la cual se le entrega un auxilio en caso de fallecimiento accidental de su conyugue. Esta cobertura aplica exclusivamente para universidades.

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    Seguros de SaludEs un seguro voluntario, complementario al plan obligatorio de salud POS que le

    permite al asegurado disfrutar de una mejor atención médica y hospitalaria.

    Seguros Exequiales Es un seguro que garantiza a los asegurados, en caso de fallecimiento de alguno

    de los integrantes del núcleo familiar una protección por los costos generados por un sepelio.

    Pensiones1. Conmutacion pensional (producto)

    Ramos de Conmutación Pensional: Definición:

    Figura a través de la cual el Instituto de Seguros Sociales, las compañías de seguros o las administradoras de fondos de pensiones asumen, previo el cumplimiento de los requisitos que para cada caso establece la ley, las pensiones u otras prestaciones económicas que se encuentran a cargo de los empleadores.

    Condiciones generales• Primaúnica:SumapagadaporlaAFPdelafiliado

    • Reajuste de Pensión: Ajuste anual según IPC o salario mínimo

    • Monto de la Pensión: la pensión no puede ser inferior a 1 SMLMV

    • Distribución pensional: Porcentaje determinado legalmente según tipo y condicióndelbeneficiario

    • Ajuste de prima y pensiones: Diferencia entre la cotización y el traslado de capital

    • Pago de la pensión: Fecha determinada para realizar el pago y forma de pago

    Pensiones LEY 100Rentas vitalicias (producto)• Es una modalidad de pensión mediante la cual el afiliado o beneficiario

    contrata directa e irrevocablemente con la aseguradora de su elección el pago de una renta mensual hasta su fallecimiento y el pago de pensiones de sobrevivientes afavordesusbeneficiariosporeltiempoaqueellostenganderecho.

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    Amparos en rentas vitalicias:Amparo Básico:

    Renta mensual para el asegurado y pensiones de sobrevivientes por el tiempo al quetenganderecholosbeneficiarios.

    Mesada adicional:Cubre el pago al rentista de rentas adicionales en el mes de junio y diciembre de

    cada año (13 ó 14 mesadas). Ver Acto Legislativo 01.del 2005.

    Adicional:Pago de auxilio funerario: Valor mesada pensional, no inferior a 5 SMLMV, no

    superior a 10 SMLMV por una única vez, según en los términos del art. 86 de la ley 100 de 1993

    Proceso de rentas vitalicias:Cotización:

    Las Administradoras de Fondos de Pensiones que se acerquen a Positiva podar solicitar de manera fácil y rápida la cotización de Renta Vitalicia con la cual se puede determinarelvalordelapensiónlacualdependerádelascondicionesespecíficasdelafiliadoygrupofamiliar.

    Contratación:UnavezelafiliadodecidacontratarelseguroderentavitaliciaylaAFPtrasladeel

    capital necesario solicitado por Positiva Compañía de seguros, se realiza el proceso de emisión de póliza y recaudo previo cumplimiento a los requisitos determinados por la compañía de seguros.

    Administración de nómina:Positiva inicia el pago de la renta mensual y continúa cumpliendo con su obligación

    con el pensionado, atendiendo y gestionar todos sus requerimiento

    Se debe tener presente que se adquiere la administración de una nómina de pensionados mensual a largo plazo y contemplar las novedades usuales como incrementos de mesada, descuentos legales y distribución del pago, entre otros.