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Curso de Derecho Administrativo TOMO I u 10ª EDICIÓN Juan Carlos Cassagne

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Page 1: Curso de Derecho Administrativo · La indemnización de los perjuicios causados por normas urbanísticas que pro-vocan una disminución del valor del inmueble en el juicio de expropiación,

Curso de Derecho Administrativo

Tomo I

u

10ª EdIcIón

Juan Carlos Cassagne

Page 2: Curso de Derecho Administrativo · La indemnización de los perjuicios causados por normas urbanísticas que pro-vocan una disminución del valor del inmueble en el juicio de expropiación,

Cassagne, Juan Carlos

Curso de derecho administrativo .- 10ª ed. - Buenos Aires: La Ley, 2011.v. 1, 992 p.; 24x17 cm.

ISBN 978-987-03-2119-4 (Tomo I)

ISBN 978-987-03-2118-7 (Obra completa)

1. Derecho Administrativo. I. Título

CDD 342

© Juan Carlos Cassagne, 2011© de esta edición, La Ley S.A.E. e I., 2011Tucumán 1471 (C1050AAC) Buenos AiresQueda hecho el depósito que previene la ley 11.723

Impreso en la Argentina

Todos los derechos reservadosNinguna parte de esta obra puede ser reproducidao transmitida en cualquier forma o por cualquier medio electrónico o mecánico, incluyendo fotocopiado, grabacióno cualquier otro sistema de archivo y recuperaciónde información, sin el previo permiso por escrito del editor y el autor.

Printed in Argentina

All rights reservedNo part of this work may be reproduced or transmitted in any form or by any means,electronic or mechanical, including photocopying and recordingor by any information storage or retrieval system,without permission in writing from the publisher and the author.

Tirada: 800 ejemplares

I.S.B.N. 978-987-03-2119-4 (Tomo I)I.S.B.N. 978-987-03-2118-7 (Obra completa)

S.A.P. 41219661S.ET. 41219663

Argentina

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A Cristina

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Publicaciones del autor

I. Libros

La ejecutoriedad del acto administrativo1. . Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1970, obra distinguida con el primer premio por el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires en el año 1971, en el Concurso Dr. Manuel María Diez.

El acto administrativo2. . Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1974, laureada con el pri-mer premio correspondiente a la Región Gran Buenos Aires por el Ministerio de Cul-tura y Educación de la Nación en el año 1978. De esta obra se publicó una segunda edición actualizada en el año 1978 y una reimpresión en el año 1981.

Derecho administrativo3. . Tomo I, Cooperadora de Derecho y Ciencias Sociales, con la colaboración de los doctores Juan Ramón de Estrada, María Jeanneret de Pérez Cortés y Jorge Luis Maiorano, Buenos Aires, 1977.

Derecho administrativo4. . Tomos I y II, 9 ediciones, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1982-2010.

Cuestiones de derecho administrativo5. . Depalma, Buenos Aires, 1987.

Los principios generales del derecho en el derecho administrativo6. . Abele-do-Perrot, Buenos Aires, 1988.

La intervención administrativa7. . Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1992, prólogo de Jorge A. Aja Espil, y 2a edición actualizada con estudios sobre los nuevos entes y mar-cos regulatorios, Buenos Aires, 1994.

La huelga en los servicios esenciales8. . Cuadernos Cívitas, Madrid, 1993.

Estudios de Derecho Público9. . Depalma, Buenos Aires, 1995.

El contrato administrativo10. . 1ª ed., Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 1999. 2° edi-ción actualizada con la colaboración de Estela B. Sacristán, Lexis Nexis Abeledo Pe-rrot, Buenos Aires, 2005. 3ª ed., Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2009.

Fragmentos de Derecho administrativo. Entre la justicia, la economía y la 11. política. 1ª ed., Hammurabi, Buenos Aires, 2003.

Servicios Públicos, Regulación y Renegociación12. , en coautoría con Gaspar Ari-ño Ortiz, Lexis Nexis Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2005.

La justicia administrativa en Iberoamérica13. , en coautoría con Jesús González Pérez, Lexis Nexis Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2005.

El nuevo proceso contencioso administrativo de la Provincia de Buenos 14. Aires, en coautoría con Pablo Esteban Perrino, Lexis Nexis, Buenos Aires, 2006.

Ley Nacional de Procedimientos Administrativos15. . La Ley, Buenos Aires, 2009.

El principio de legalidad y el control judicial de la discrecionalidad ad-16. ministrativa. Marcial Pons, Madrid-Buenos Aires, 2009.

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X Juan Carlos Cassagne

ii. artículos de doctrina, comentarios jurisprudenciales y biblio-gráficos

Condición y régimen jurídico de la Empresa Ferrocarriles Argentinos (F.A.)1. , ED, 31-1048.

La inhabilidad del funcionario público de las empresas del Estado y la nulidad de 2. los actos violatorios de su régimen jurídico, ED, 33-640.

Los recargos del artículo 42 de la ley sobre procedimiento impositivo3. , ED, 34-941

Las relaciones inter-administrativas4. , ED, 36-927.

La revocación del acto administrativo por falta de causa5. , ED, 38-291.

Las entidades estatales descentralizadas y el carácter público o privado de los ac-6. tos que celebran, LA LEY, 143-1172.

El contrato administrativo y su rescisión unilateral7. , ED, 38-638.

La suspensión del acto administrativo como consecuencia de la interposición de 8. un recurso en sede administrativa, ED, 41-997.

La revocación de la autorización para construir por razones de interés público9. , ED, 42-175.

La Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.54910. , ED, 42-835.

Sobre el régimen de impuestos diferidos del decreto 2166/70, 11. ED, 42-865.

Procedencia de la revocación de un acto administrativo por razones de ilegalidad 12. en sede administrativa, Revista Argentina de Derecho Administrativo, nro. 3, p. 111.

Acerca de la caducidad y prescripción de los plazos para demandar al Estado Na-13. cional, ED, 45-829.

Extinción de las concesiones otorgadas para la explotación de canales de televi-14. sión, ED, 51-973.

La ilegitimidad originaria ¿?de una autorización para edificar y la procedencia 15. del acto administrativo que dispuso su revocación, ED, 49-283.

Las funciones jurisdiccionales de la administración16. , ED, 54-759.

La invalidez del acto administrativo17. , LA LEY, 156-1120.

Problemática y aspectos administrativos de la regionalización industrial18. , LA LEY, 155-1096.

Relaciones interorgánicas e interadministrativas19. , Revista Argentina de Derecho Administrativo, nro. 6, año III, Universidad del Museo Social Argentino, Buenos Ai-res, 1973.

Los contratos de la Administración Pública (Distintas categorías y regímenes ju-20. rídicos), ED, 57-793.

Función y organización de los asesores jurídicos del Estado21. , ED, 57-861.

La nulidad contractual derivada de la causal de inhabilidad del funcionario pú-22. blico, ED, 60-527.

Sobre la condición de instrumentos públicos de las actuaciones administrativas y 23. su valor probatorio, ED, 63-899.

La actuación estatal a través de la forma societaria mercantil24. , ED, 69-853.

Competencia de la justicia federal para entender en acciones promovidas por una 25. sociedad anónima de propiedad estatal, ED, 70-145.

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Curso de Derecho Administrativo XI

Inmutabilidad del acto administrativo dictado con prescindencia del dictamen 26. jurídico en el procedimiento impositivo, ED, 70-376.

Lineamientos esenciales de la nueva Ley de Expropiaciones27. , Revista de Derecho Empresario, año 4, nro. 35, Arindo, Buenos Aires, 1977, p. 387.

Facultades de la Dirección General Impositiva en materia de anticipos del Im-28. puesto al Valor Agregado, Revista Derecho Fiscal, Año XXVI, nro. 311, Contabilidad Moderna, Buenos Aires, mayo de 1977, p. 1009.

El derecho de retrocesión y los presupuestos especiales de la pretensión proce-29. sal en la nueva ley de expropiaciones, Revista Argentina de Derecho Administrativo, nro. 15-16, Plus Ultra, Buenos Aires, 1977.

La extensión del concepto de tutela y el control de los actos de las sociedades del 30. Estado, LA LEY, 1978-C, 717.

La ley Nacional de Expropiaciones 21.49931. , LA LEY, 1978-C, 1123.

Inconstitucionalidad de la delegación de policía societaria en la Provincia de 32. Buenos Aires, Revista de Derecho Empresario, vol. 6, Arindo, Buenos Aires, julio de 1979, p. 865.

Los actos de la Sociedad del Estado CEAMSE y su control en sede administrativa33. , Revista RAP, año 1, nro. 10, Ciencias de la Administración, Buenos Aires, 1979, p. 7.

La ley de Procedimiento Administrativo y el Código Procesal Contencioso-Admi-34. nistrativo de la Provincia de La Pampa, LA LEY, 1979-D, 828.

Obras Sociales: Instituto de Derecho Público. Rectificaciones a que obliga este en-35. foque, Legislación del Trabajo, nro. 317, Arindo, Buenos Aires, mayo de 1979, en cola-boración con el doctor José María Sáenz Valiente, p. 407.

El traslado de establecimientos industriales en la Provincia de Buenos Aires (nota 36. a la ordenanza general 254/79), Revista de Derecho Empresario, año 7, n° 68, Arindo, Buenos Aires, noviembre de 1979, p. 182.

La impugnación judicial de reglamentos en el orden nacional37. , LA LEY, 1979-C, 721.

Aplicación del principio de igualdad en materia promocional: el decreto 2386/7938. , Revista de Derecho Empresario, nro. 71, año 7, Arindo, Buenos Aires, febrero de 1980, p. 401.

Actualización de las deudas del Estado en caso de mora en el pago de los certifica-39. dos de obra pública, ED, 81-156.

Impugnación administrativa y judicial de los reglamentos administrativos40. , LA LEY, diario del 12 de octubre de 1980.

El régimen exorbitante y las garantías del administrado41. , ED, 82-929.

Principios de derecho administrativo en un fallo de la Corte42. , ED, 83-444.

Los plazos en el procedimiento administrativo43. , ED, 83-897.

La revocación del acto administrativo afectado del vicio de violación de la ley44. , ED, 86-264.

La denegatoria del recurso extraordinario fundado en la arbitrariedad de la sen-45. tencia y el exceso procesal, LA LEY, 1980-B, 503.

La noción de policía y la autorización para edificar46. , Revista de la Universidad de Buenos Aires, Vol. 4, Buenos Aires, 1980.

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XII Juan Carlos Cassagne

La extensión de los beneficios promocionales a las inversiones propias de la bene-47. ficiaria, Revista de Derecho Empresario, año 7, nro. 74, Arindo, Buenos Aires, mayo de 1980, p. 705.

Concepto, naturaleza y caracteres de las relaciones de promoción industrial48. , Re-vista RAP, año 2, nro. 22, Ciencias de la Administración, Buenos Aires, setiembre de 1980, p. 7.

El amparo por mora de la administración ante el incumplimiento de un deber le-49. gal, Revista de Derecho Empresario, nro. 78, Buenos Aires, 1980, en colaboración con el doctor José María Sáenz Valiente.

Acerca de los actos emitidos por la administración, reglados por el derecho pri-50. vado, ED, 89-849.

Obra pública: Ley 21.392 y la actualización monetaria de deudas51. , ED, 92-781.

Los poderes o facultades del administrado (Situaciones jurídicas subjetivas de ca-52. rácter activo), ED, 95-883.

En torno a la naturaleza del procedimiento administrativo y sus clasificaciones 53. fundamentales, ED, 97-889.

En torno al fundamento jurídico de la responsabilidad del Estado54. , ED, 99-937.

La indemnización de los perjuicios causados por normas urbanísticas que pro-55. vocan una disminución del valor del inmueble en el juicio de expropiación, ED, 100-146.

La responsabilidad extracontractual del Estado en el campo del Derecho Admi-56. nistrativo, ED, 100-986.

Policía y Poder de Policía: Contenido y medios57. , recopilación de la conferencia pro-nunciada en las Jornadas de Derecho Municipal, realizadas por la Municipalidad de Morón, julio de 1982, p. 53.

La suspensión del acto en sede administrativa y los efectos de la interposición de 58. recursos, en Acto Administrativo, publicación de la Universidad del Norte Santo To-más de Aquino, Católica de Tucumán, 1982, ps. 83 a 95.

La igualdad en la contratación administrativa59. , ED, 101-899.

La categoría de los contratos de objeto privado de las empresas del Estado60. , ED, 102-233.

La carencia de fecha del acto administrativo de determinación tributaria61. , Dere-cho Fiscal, t. XXXII, nro. 376, Arindo, Buenos Aires, febrero de 1982.

La autorización para edificar. Su naturaleza. Efectos sobre la potestad revocato-62. ria, LA LEY, 1982-D, 936.

El amparo en las provincias63. , ED, 104-664.

Los consorcios o uniones transitorias de empresas en la contratación administra-64. tiva, ED, 106-787.

La admisión temporaria y la protección de la industria local65. , El Cronista Comer-cial, 5-IV-1983.

La transmisión de derechos personales y reales en el derecho administrativo. Re-66. laciones con el Código Civil, LA LEY, 1984-B, 741.

En torno a la figura del contrato administrativo67. , Prudentia Iuris, Revista de la Fa-cultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Pontificia Universidad Católica Argenti-na, nro. XIV, Buenos Aires, 1984, p. 47.

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Curso de Derecho Administrativo XIII

La Administración Pública argentina puede mejorar68. (1a. nota), La Nación, 30-VIII-1984.

La selección de los funcionarios69. (2a. y última nota), La Nación, 31-VIII-1984.

Naturaleza administrativa de ciertos contratos celebrados por empresas estata-70. les, ED, 110-610.

Caducidad y prescripción de la acción contenciosa administrativa,71. ED, 111-348.

Habilitación de la instancia en el proceso contencioso administrativo72. , ED, 111-535.

La responsabilidad del Estado por daños causados por cambio del derecho objeti-73. vo en la expropiación irregular, ED, 112-307.

La constitucionalidad del nuevo signo monetario74. , La Nación, 20-VI-1985.

Las deudas del Estado y el desagio75. , La Nación, 2-VIII-1985.

Privatización de empresas estatales: mito o realidad76. , La Nación, 23 y 24-IX-1985.

Acto político y acto institucional en una acción de amparo promovida por jueces 77. provinciales, LA LEY, 1985-D, 1216.

El control de la Administración por los jueces78. , La Nación, 29-IV-1986.

Privatización de empresas79. , Clarín, 25-III-1986.

Principios de la legislación urbanística80. , LA LEY, 1986-B, 1041.

El plazo de caducidad del artículo 25 de la ley 19.549 y su inaplicabilidad a los ac-81. tos unilaterales vinculados a contratos administrativos, ED, 118-377.

La legitimación activa de los particulares en el proceso contenciosoadministra-82. tivo, ED, 120-979.

La racionalización administrativa83. , La Nación, 12-XII-1986.

La condición jurídica de las cooperativas prestatarias de servicios públicos84. , ED, 122-981.

El plazo de prescripción para demandar al Estado por los daños y perjuicios pro-85. vocados por un acto inválido, ED, 123-140.

Acerca del sentido y alcance de la autonomía universitaria86. , ED, 124-870.

El amparo en las provincias: su procedencia respecto de actos dictados durante el 87. proceso licitatorio, ED, 126-130.

En torno al requisito del artículo 2°, inc. a) de la Ley de Amparo como condición 88. de admisibilidad de la acción, ED, 126-927.

Sobre la ejecución de las sentencias que condenan al Estado a pagar sumas de di-89. nero, ED, 128-920.

Las huelgas en los servicios públicos90. , La Nación, 23-I-1988.

Los juicios contra el Estado91. , La Nación, 11-VII-1988.

Sociedades y empresas del Estado,92. Elementos del derecho comercial, nro. 19, Astrea, Buenos Aires, setiembre de 1988.

Una forma de denegación de justicia93. , La Nación, 29-IX-1988.

Los principios generales del derecho en el derecho administrativo94. , Separata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, Anticipo de “Anales” -Año XXXII- Segunda época- nro. 25, Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales, Buenos Aires, 1988 (disertación ofrecida en oportunidad de su in-

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XIV Juan Carlos Cassagne

corporación a la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, el 11 de junio de 1987.

Reflexiones en torno al sistema de invalidez de los actos administrativos95. , LA LEY, 1988-E, 1103 y en Separata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, Anticipo de “Anales” - Año XXXIII, Segunda época - N° 26, 1989.

El Estado, los canales de TV y la radiodifusión96. , La Nación, 24-I-1989.

La responsabilidad del Estado por omisión,97. nota a fallo de la Suprema Corte de Jus-ticia de la Provincia de Mendoza, LA LEY, 1989-C, 512.

El equilibrio económico-financiero del contrato administrativo, 98. Revista de Dere-cho Administrativo, nro. 1, mayo-agosto de 1989 y en Separata de la Academia Na-cional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires. Anticipo de “Anales” - Año XXXIII, Segunda época, nro. 26, Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales, Buenos Aires, 1988. Reseña de RMGA (LL, 1991-A, 1137).

La responsabilidad de los funcionarios públicos99. , LA LEY, 1989-C, 982 y La Nación, 29-X-1987.

La elección del Intendente de la ciudad de Buenos Aires (Dos vías posibles)100. , LA LEY, 1989-D, 1372.

La reforma del Estado101. , La Nación, 29-VII-1989.

En torno a la noción de servicio público102. , Revista Jurídica de Buenos Aires, 1988-II, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, p. 48.

La responsabilidad extracontractual del Estado en la jurisprudencia de la Corte103. , ED, 114-215.

La extensión del régimen del contrato de obra pública a las empresas y socieda-104. des del Estado, Revista Tribunales, año II, nro. 10, Buenos Aires, 1988 y Revista RAP, nro. 125, Buenos Aires, 1989, p. 7.

Economía procesal y derecho de defensa,105. comentario al Fallo 41.092 CNCont.Adm.Fed., sala III, agosto 16-1988, “La Plata Cereal CSA c. Administración Nacional de Aduanas”, ED, 130-286.

La responsabilidad del Estado por su actividad legítima,106. comentario al Fallo 41.340 CNCiv. y Com. Fed., sala II, julio 5-1988, “Astilleros Hernán Cortés, SA c. Estado Na-cional”, ED, 131-467.

El recurso de revocatoria y la habilitación de la instancia contencioso-adminis-107. trativa en la Provincia de Buenos Aires, ED, 133-228.

Reflexiones sobre algunas medidas cautelares en materia penal108. , LA LEY, diario del 27 de julio de 1989.

La transformación del Estado.109. (Primero y Segundo artículos), LA LEY, 1990-E, 899 – 1078 y Revista Sentencia, Año 1, N° 6, Buenos Aires, diciembre de 1992, p. 16.

La revisión de la discrecionalidad administrativa por el Poder Judicial110. , en REDA, nro. 3, Depalma, Buenos Aires, 1990, Reseña de RMGA (LA LEY, 1991-A, 1139).

Huelga en servicios esenciales111. , La Nación, 2-VI-1990.

Las huelgas en los servicios públicos112. , La Nación, 4-VII-1990.

Acerca de la conexión y diferencias entre el procedimiento administrativo y el 113. proceso civil, LA LEY, 1990-C, 967.

La actividad interventora y su incidencia sobre los derechos privados114. , Separata de la Revista Jurídica de Buenos Aires, 1990-III, Abeledo Perrot, Buenos Aires.

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Curso de Derecho Administrativo XV

La reglamentación del derecho de huelga en los servicios esenciales115. , ED, 139-865 y en Separata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Ai-res. Anticipo de “Anales” - Año XXXV, Segunda época, nro. 28, 1991.

La corrupción en la administración pública116. , La Nación, 14-II-1991.

En torno de las sanciones administrativas y la aplicabilidad de los principios del 117. derecho penal, ED, 143-939.

Sobre la fundamentación y los límites de la potestad reglamentaria de necesidad 118. y urgencia, LA LEY, 1991-E, 1179 y en Anales de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, nro. 29, año XXXVI, Buenos Aires, 1991.

La indemnización expropiatoria como institución de derecho público119. , Revista RAP, año 13, nro. 155, Ciencias de la Administración, Buenos Aires, 1991, p. 9.

La desregulación de actividades dispuesta por el decreto 2284/91120. , REDA, año 3, nro. 7/8, Depalma, Buenos Aires, 1991.

La propiedad de los yacimientos de hidrocarburos121. , ED, 145-857 y Separata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, Anticipo de “Anales” - Año XXXVI, Segunda época, nro. 29, Buenos Aires, 1991.

La legitimación en el proceso de amparo122. , JA 1991-IV, 763.

El Mercado Común del Sur: Problemas jurídicos y organizativos que plantea su 123. creación, ED, 145-875.

El perfeccionamiento institucional jurídico administrativo del Mercosur124. , Revista RAP, año 13, nro. 164, Ciencias de la Administración, Buenos Aires, 1992, p. 9.

Los escribanos públicos frente a la desregulación125. , La Nación, 26-IX-1992.

Huelga general, algo inadmisible126. , La Nación, 18-X-1992.

Un caso de arbitrariedad y el control de los actos administrativos de las universi-127. dades por el Poder Judicial, ED, 146-114.

Las privatizaciones128. , Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Pontificia Universidad Católica Argentina, Buenos Aires, vol. XXIII, enero-junio de 1990, p. 37. Reseña de Mirta Graciela Castro, LA LEY, 1992-B, 1339.

El desafío de las privatizaciones129. , La Nación, 29-I-1993.

Marcos regulatorios y regulación económica130. , Revista RAP, nro. 183, Buenos Aires, 1993.

Límite a la responsabilidad solidaria laboral131. , La Nación, 15-VI-1993.

La degradación del honor132. , La Prensa, 1°-VII-1993.

Efectos de la interposición de los recursos y la suspensión de los actos adminis-133. trativos, ED, 153-995.

Problemática política y administrativa de los municipios134. , Revista RAP, nro. 166, Año XV, Buenos Aires, 1993.

Los nuevos entes regulatorios135. , ED, 159-972 y REDA, nro. 14, año 5, Depalma, Buenos Aires, 1993, p. 485.

Sobre la impugnación de reglamentos y demás actos de alcance general (en la 136. LNPA y en el RNLPA), ED, 131-911 y en Recursos judiciales, Foro de Estudios de Dere-cho Procesal, Ediar, Buenos Aires, 1993.

La ciudad de Buenos Aires y la reforma constitucional137. , La Nación, 3-II-1994.

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XVI Juan Carlos Cassagne

El derecho de la post-privatización138. (A propósito de las Jornadas sobre Regulación Económica organizadas por la Universidad Austral), LA LEY Actualidad del 22-II-1994.

El proyecto de Código Procesal Contencioso-Administrativo139. , La Nación, 3-VI-1994.

La sustantividad del contrato administrativo y sus principales consecuencias ju-140. rídicas, REDA, año 6, nro. 15/16, Buenos Aires, Depalma, 1994 y en DYE Derecho y Empresa, nro. 5, Universidad Austral, Facultad de Ciencias Empresariales, Escuela de Artes Gráficas del Colegio Salesiano San José, Rosario, 1996.

Los marcos regulatorios de los servicios públicos y la inserción de la técnica con-141. tractual, LA LEY, 1994-D, 948.

El jefe de gabinete y las facultades del presidente142. , La Nación, 29-IX-1994.

El Jefe de Gabinete143. , Revista RAP sobre “Primeras Jornadas Nacionales sobre Insti-tuciones Administrativas en la Reforma Constitucional”, edición especial nro. 194, Año XVII, 1994.

La seguridad jurídica después de las privatizaciones (Regulación y servicios pú-144. blicos)”, Clarín, 06-XI-1994.

La problemática municipal145. , 130 Años de la Procuración del Tesoro de la Nación 1893-1993, La Ley, Buenos Aires, 1994, p. 65.

En torno al Jefe de Gabinete146. , LA LEY, 1994-E, 1267.

Reflexiones sobre la regulación económica y el servicio público147. , ED, 161-857.

La problemática política, constitucional y administrativa de los municipios y su 148. autonomía a la luz de la Constitución reformada, LA LEY, 1995-A, 977.

El Mercosur y las relaciones con el Derecho interno149. , LA LEY, 1995-C, 875.

El servicio público y las técnicas concesionales150. , LA LEY, 1995-C, 1174; REDA, año 7, nro. 18, Depalma, Buenos Aires, 1995, p. 21 y Revista Campus editada por estudiantes de derecho, Año II, nro. VII, agosto 1995 y en libro editado conforme a las “Jornadas Jurídicas sobre Servicio Público de Electricidad”, llevadas a cabo en Buenos Aires, los días 8 y 9 de junio de 1995.

El rol del abogado del Estado151. , Revista de la Procuración del Tesoro de la Nación, (Boletín de actualización), n° 24, Buenos Aires, 1995 y en Revista RAP, Año XVIII, nro. 206, Ciencias de la Administración, Buenos Aires, 1995.

El corretaje inmobiliario. Alcance de las limitaciones a las comisiones inmobilia-152. rias conforme al artículo 77 de la ley 24.441, en colaboración con el Dr. Rafael Car-los Monsegur, ED, 163-1144.

Reflexiones sobre la aplicación del principio antiregulatorio en el mercado auto-153. motriz, LA LEY, 1995-D, 1319.

De nuevo sobre la legitimación para accionar en el amparo154. , comentario al Fallo 93.812, CNFed. Cont. Adm., sala I, octubre 20-1995, “Consumidores Libres Coop. Ltda. c. Estado Nacional”, LA LEY, 1995-E, 469.

Sobre el requisito de la “publicatio” y el servicio público155. , LA LEY, 1995-E, 932.

Sobre la protección ambiental156. , LA LEY, 1995-E, 1217.

Los decretos de necesidad y urgencia en la Constitución reformada157. , en Separata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, Anticipo de “Anales”, Año XL - segunda época, nro. 33, Buenos Aires, 1995.

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Curso de Derecho Administrativo XVII

El resurgimiento del servicio público y su adaptación en los sistemas de economía 158. de mercado (Hacia una nueva concepción), Revista RAP, Año XVIII, nro. 208, Cien-cias de la Administración, Buenos Aires, 1996.

El carácter federal de la ciudad de Buenos Aires159. , La Nación, 13-I-1996.

Es legal la elección simultánea en Capital160. , Clarín, 27-II-1996.

La ley de amparo es positiva161. , Clarín, 14-V-1996.

Presente y futuro de la regulación económica162. , LA LEY, 1996-C, 1122 y en Regula-ción Económica: sus protagonistas, Revista del Centro de Estudios sobre la Regula-ción Económica de la Universidad Austral, agosto de 1997.

Sobre la sustantividad del contrato administrativo y su recepción a través de la 163. doctrina y de la jurisprudencia de la Corte Suprema, Revista RAP, Año XIX, nro. 217, 1996 y en Contratos - Homenaje a Marco Aurelio Risolía, Abeledo Perrot, Buenos Ai-res, 1997.

Protección ambiental en Argentina164. , Revista Gerencia Ambiental, Año 3, nro. 29, Buenos Aires, 1996, p. 684.

Una justicia para el Mercosur165. , Clarín, 13-XII-1996.

La transferencia de jueces a la ciudad de Buenos Aires166. , La Nación, 16-XII-1996.

El amparo ambiental y la legitimación para accionar167. , LA LEY, 1997-A, 56.

De nuevo sobre los principios generales del derecho en el derecho administra-168. tivo, REDA, año 7, nro. 18/20, Depalma, Buenos Aires, 1995, p. 297 y en El Derecho Administrativo Argentino, Hoy, Jornadas presididas por el Dr. Miguel S. Marienhoff, Universidad Austral, Facultad de Derecho, Ciencias de la Administración - División Estudios Administrativos, Buenos Aires, 1996.

Sobre la reserva de ley y los reglamentos de necesidad y urgencia en la reforma 169. constitucional, REDA, nro. 21/23, p. 61, Depalma, Buenos Aires, 1996.

Sobre el sistema de invalidez y los vicios del acto administrativo (170. a propósito de la doctrina que pretende borrar la distinción entre nulidad y anulabilidad), ED, 174-960.

La apertura a prueba en los llamados recursos judiciales directos171. , nota a Fallo “Banco Regional del Norte Argentino c. Banco Central de la República Argentina”, LA LEY, 1997-D, 667.

Los procedimientos de selección del contratista estatal172. , LA LEY, 1997-E, 1485.

Las transformaciones del derecho administrativo173. , en Derecho Administrativo - I Jornadas Sanjuaninas, en Homenaje al Profesor Dr. Miguel S. Marienhoff, editado por el Foro de Abogados de San Juan, San Juan, 1997.

Sobre la extinción de los contratos administrativos174. , REDA, nro. 24/26, Depalma, Buenos Aires, 1997.

Principios generales del Procedimiento Administrativo175. , en Procedimiento Admi-nistrativo, Jornadas Organizadas por la Universidad Austral, Facultad de Derecho, del 20, 21 y 22 de mayo de 1998, Ciencias de la Administración, Buenos Aires.

La trascendencia histórica y social de San Nicolás de los Arroyos176. , Diario El Norte de San Nicolás de los Arroyos del 9-XI-1997.

Marcha futura de los servicios públicos, 177. Mesa redonda: La Comisión de Control de los Reguladores, Revista RAP, nro. 231, Año XX, Ciencias de la Administración, Bue-nos Aires, 1997.

Una sentencia trascendente de la Corte que declara la nulidad en un Decreto del 178. Poder Ejecutivo, nota a fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 25 de

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XVIII Juan Carlos Cassagne

noviembre de 1997: “Solá, Roberto y otros c. Estado Nacional - Poder Ejecutivo s/em-pleo público”, ED, 178-687.

La construcción científica del derecho administrativo argentino a través de Mi-179. guel Santiago Marienhoff, conferencia pronunciada con motivo del homenaje a Mi-guel Santiago Marienhoff el 5 de agosto de 1998 y publicada en separata de la Acade-mia Nacional de Ciencias, Buenos Aires, 1998.

Impugnación administrativa y judicial de los actos relativos a la celebración, eje-180. cución, modificación y extinción de los contratos de la Administración, ED, 179-720.

El nuevo Código Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires181. , Se-parata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, An-ticipo de “Anales” - Año XLII, Segunda época, nro. 36, Buenos Aires, 1998.

Los entes reguladores de los servicios públicos182. , Revista Jurídica de Buenos Aires 1998-III, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, La Ley, Buenos Aires, p. 3.

El nuevo Código Procesal Contencioso-Administrativo para la Provincia de Bue-183. nos Aires, Revista RAP, nro. 234, Año XX, Ciencias de la Administración, Buenos Ai-res, 1998.

La participación pública en el control de los servicios públicos184. , Estudios de Dere-cho Administrativo II, Instituto de Estudios de Derecho Administrativo IEDA y Cien-cias de la Administración, Buenos Aires, 2000, p. 197 y ss. y Revista RAP, nro. 250, Año XXI, Ciencias de la Administración, Buenos Aires, 1999, p. 9.

Un intento doctrinario infructuoso: El rechazo de la figura del contrato adminis-185. trativo, ED, 180-773.

Reflexiones en torno al nuevo Código Contencioso Administrativo de la Provincia 186. de Buenos Aires, Revista Argentina de Políticas Públicas, Año 1, nro. 1, 1999.

La delimitación de la categoría del contrato administrativo (Réplica a un ensayo 187. crítico), ED, 181-942.

La segunda etapa del Mercosur188. , La Nación, 20-IV-1999.

Acerca de la eficacia 189. erga omnes de las sentencias anulatorias de reglamentos, ED, 185-703.

Unificación de los sueldos de los funcionarios nacionales, provinciales y muni-190. cipales, publicado con el título: Unificación de sueldos de funcionarios, La Nación, 19-II-2000.

La tutela judicial efectiva. Su incompatibilidad con el dogma revisor y con la regla 191. del agotamiento de la vía administrativa, REDA, Año 11, nro. 32, Depalma, Buenos Aires, 1999, ps. 525-545 y en Estudios de Derecho Administrativo III, Instituto de Estu-dios de Derecho Administrativo IEDA, Mendoza, 2000, p. 15 y ss.

La transmisión por TV de los partidos del seleccionado192. , Clarín, 25-IV-2000.

Trascendencia y contenido de la ley nacional de procedimientos administrativos193. , LA LEY, 2000-D, 1175 y como comentario introductorio en Ley de Procedimientos Ad-ministrativos, La Ley, Buenos Aires, 2000.

Las grandes líneas de la evolución de la responsabilidad patrimonial del Estado 194. en la Jurisprudencia de la Corte Suprema, LA LEY, 2000-D, 1219 y en Responsabili-dad del Estado y del Funcionario Público, Jornadas organizadas por la Universidad Austral, Facultad de Derecho, Ciencias de la Administración, Buenos Aires, 2001.

Excepción de inhabilidad de título. Alcance195. , comentario al fallo de la Cámara Fe-deral de La Plata, sala III, del 30-VI-1999, “Municipalidad de Berisso c. Yacimientos Petrolíferos Fiscales”, LA LEY, 2000-C, 191.

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Curso de Derecho Administrativo XIX

Retribución del agente que realiza tareas que exceden en las de su cargo196. , comen-tario al fallo CNCiv., sala M, del 13-XI-1999, “Mangani, Adelaida c. Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires s/cobro de sumas de dinero”, LA LEY, 2000-C, 306.

Responsabilidad del Estado por el funcionamiento del servicio a su cargo197. , comen-tario al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 15-II-2000, “Welter, Li-dia Ramona c. Estado Nacional – Ministerio de Justicia – Procuración General de la nación”, LA LEY, 2000-C, 373.

Procedencia e improcedencia de medidas cautelares en el marco de acciones de-198. clarativas, comentario a los fallos de la Cámara Federal de La Plata, sala III: “Edelap SA c. Municipalidad de La Plata”, del 6-V-1999 y “Telefónica de Argentina SA c. Muni-cipalidad de Ensenada”, del 22-VI-1999, LA LEY, 2000-C, 457.

La competencia contenciosoadministrativa para juzgar sobre la inconstituciona-199. lidad de un decreto que reglamenta materias de seguridad social, comentario al fallo Corte Suprema de Justicia de la Nación, del 21-III-2000, “Orígenes AFJP SA c. Es-tado Nacional – Ministerio de Economía y Obras y servicios Públicos s/amparo ley 16.986”, LA LEY, 2000-D, 215.

Responsabilidad del Estado por la actividad judicial200. , comentario al fallo CNFed. Contenciosoadministrativo, sala I, del 31-III-2000, “Reymundo Furtado, Luis Al-berto c. Estado Nacional – Ministerio de Justicia – Poder Judicial s/proceso de cono-cimiento”, LA LEY, 2000-D, 660.

Acción de lesividad: un caso de nulidad absoluta por error excluyente de la volun-201. tad, comentario al fallo CNFed. Contenciosoadministrativo, sala IV, del 8-II-2000, “Sindicatura General de la Nación c. Elías, Miguel Julio s/Proceso de conocimiento”, LA LEY, 2000-F, 45.

Blindaje interno y confianza internacional202. , La Nación, 16-III-2001.

Las medidas cautelares en el contencioso administrativo203. , LA LEY, 2001-B, 1090 y en separata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Ai-res, Anticipo de “Anales”, Año XLV, Segunda Época, nro. 38, La Ley, Buenos Aires, 2001.

De nuevo sobre la categoría del contrato administrativo en el derecho argentino204. , ED Administrativo, del 30 de agosto de 2001, ps. 1 a 9. No está en Tomo

Acto y reglamento en la ley nacional de procedimientos administrativos205. , en Acto administrativo y reglamento, Jornadas organizadas por la Universidad Austral, Fa-cultad de Derecho, RAP, Buenos Aires, 2002 y también en Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Pontificia Universidad Católica Ar-gentina Santa María de los Buenos Aires, nro. 56, Buenos Aires, 2002, p. 209 y ss.

Discurso de recepción por la presentación del catedrático español Eduardo Gar-206. cía de Enterría, Separata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, Anticipo de Anales, Año XLV, segunda época, nro. 38, La Ley, Buenos Aires, mayo de 2001.

El dictado de una medida cautelar que suspende la revocación de un acto admi-207. nistrativo por razones de ilegitimidad, nota al fallo “Ravi S.R.L. —Incidente med.— c. Secretaría de Cultura y Comunicación —Resol. 9/99— y otro s/proceso de cono-cimiento”, CNFed. Contenciosoadministrativo, Sala I, del 22 de mayo de 2001, Expte. 6507/2001, LA LEY, 2001-E, 586.

El control jurisdiccional de la actividad reglamentaria y demás actos de alcance 208. general, LA LEY, 2001-E, 1226 y en Estudios de Derecho Administrativo VI, Instituto de Estudios de Derecho Administrativo IEDA, DIKE, Mendoza, 2001, p. 313 y ss.

La tutela cautelar otorgada en forma anticipada o autónoma209. , nota al fallo CN-Fed. Contenciosoadministrativo, sala V, del 14-julio-2000, “Eagle Star (International

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XX Juan Carlos Cassagne

Life) Limited – Suc. Arg. – Inc. Med. c. Supertintendencia de seguros Nación – Resol. N° 27.220/99 – s/medida cautelar (autónoma)”, LA LEY, 2000-F, 836.

La seguridad jurídica en las provincias210. , LA LEY, 2001-F, 1109.

¿Está garantizada la seguridad jurídica en las provincias argentinas?211. , Perspec-tives, Revista de la Cámara de Comercio e Industria Franco Argentina, Año 116, nro. 1154, 2001.

La reforma de la ley 25.344 y las garantías del administrado212. (primera parte), La Ley Actualidad del 15 de noviembre de 2001, reportaje a Alberto B. Bianchi, Juan Car-los Cassagne, Tomás Hutchinson, Héctor A. Mairal y Laura Monti.

La reforma de la ley 25.344 y las garantías del administrado213. (conclusión), La Ley Actualidad del 20 de noviembre de 2001, reportaje a Alberto B. Bianchi, Juan Carlos Cassagne, Tomás Hutchinson, Héctor Mairal y Laura Monti.

La relación de empleo público y la segregación del agente por 214. “razones de servi-cio”, comentario al fallo CNFed. Contenciosoadministrativo, sala V, del 17-IV-2000, “Rodríguez Fuchs, Carlos Alberto c. Ministerio de Salud y Acción Social ISSB s/pro-ceso de conocimiento”, LA LEY, 2001-A, 605.

El ritualismo inútil y la habilitación de la vía administrativa215. , comentario al fallo CNFed. Contenciosoadministrativo, sala II, del 3-VIII-2000, “Aguirre, Miguel A. y otros c. MTySS - MEyOSP - dto. 395/92 y otro s/empleo público”, LA LEY, 2001-B, 37.

Inaplicabilidad del artículo 25 de la LNPA el procedimiento que rige las relacio-216. nes del personal militar y de seguridad, comentario al fallo CNFed. Contenciosoad-ministrativo, sala I, del 10-X-2000, “Blanco, Juan Abel c. Estado Nacional –EMGE– s/personal militar y civil de las FFAA y de seguridad”, LA LEY, 2001-B, 719.

Comercialización de gas licuado. Uso de marca ajena sin autorización de su titu-217. lar, nota al fallo JFed. N° 4 de Rosario, del 08 de agosto de 2001, Expte. 433/1999, “Fai-ni, Oscar Víctor y otro s/art. 31, inc. b) ley 22.362”, LA LEY, 2002-A, 217.

El carácter excepcional de la responsabilidad del Estado por daños causados por 218. error judicial: sus límites, comentario al fallo “Danese, Néstor Hugo c. EN s/daños y perjuicios”, CNFed. Contenciosoadministrativo, sala V, del 19 de junio de 2001, Expte. 32.822/1998, LA LEY, 2002-A, 484.

El fallo Carman de Cantón: un hito fundamental en la consolidación de la vertien-219. te garantística del derecho administrativo argentino, LA LEY, 2002-B, 19.

Evolución de los principios aplicables a los servicios públicos y problemas actua-220. les tras los procesos de privatización en Argentina, LA LEY, 2002-B, 855.

Reflexiones sobre el control de la Administración Pública221. , en Control de la Ad-ministración Pública, Administrativo, Legislativo y Judicial, Jornadas Organizadas por la Universidad Austral, Facultad de Derecho, Ediciones Rap, Buenos Aires, 2003, p. 809 y ss.

Los contratos públicos y la ley de emergencia pública y reforma del régimen cam-222. biario, Revista de Derecho Público 2002-1, Rubinzal Culzoni, Buenos Aires, 2002, ps. 113 a 125.

Sentido actual del Acuerdo de San Nicolás (a ciento cincuenta años de su celebra-223. ción, La Nación, 31-V-2002.

La reconstrucción de la unidad nacional224. , La Nación, 17-IV-2002.

Palabras de 225. Homenaje a Manuel María Diez, Separata de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, 2002.

Reflexiones sobre los “cacerolazos226. ”, LA LEY, 2002-C, 1398.

Los contratos públicos y la reciente ley de emergencia227. , LA LEY, 2002-C, 1037.

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Curso de Derecho Administrativo XXI

Bases para una reforma tributaria228. , Clarín, 16-X-2002, p. 21.

Evolución de los principios aplicables a los servicios públicos y problemas actua-229. les tras los procesos de privatización, en Derecho Constitucional y Administrativo 3, Juris, Rosario, 2002, p. 89 y ss.

A treinta años de la sanción de la Ley Nacional de Procedimientos Administrati-230. vos, LA LEY, 2003-A, 944.

El Acuerdo de San Nicolás de los Arroyos y su sentido actual231. , separata de la Acade-mia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, anticipo de “Anales”, Año XLVII, Segunda Época, nro. 40, 2003 y en Anales de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, Segunda Época – Año XLVII – nro. 40, 2002.

Los contratos públicos y la reciente Ley de Emergencia232. , REDA, Año 14, Buenos Ai-res, 2002, p. 131.

Las medidas cautelares y los tratados internacionales de protección de inversio-233. nes: una jurisprudencia novedosa –y prudente- de la Corte, nota al fallo “Teyma Abengoa SA c. Salta, Provincia de s/inconstitucionalidad”, Corte Suprema de Justicia de la Nación, del 18 de julio de 2002, en colaboración con el Dr. Emilio J. Cárdenas, LA LEY, 2002-F, 288.

Perspectivas de la Justicia Contencioso Administrativa en Argentina en el siglo 234. XXI, en La Justicia Administrativa, Libro Homenaje al Prof. Dr. D. Rafael Entrena Cuesta, Atelier, 2003, p. 117 y ss.

Bases para la reconstrucción del sistema tributario federal (algunas ideas acerca 235. de la coparticipación), LA LEY, 2003-C, 1257.

El diseño de la potestad reglamentaria en la Constitución de 1853 y su posterior 236. evolución hasta la reforma Constitucional de 1994, en Estudios sobre la Constitu-ción Nacional de 1853 en su sesquicentenario, Institutos de Derecho Constitucional y de Derecho Administrativo de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, La Ley, 2003, p. 273 y ss.

Reflexiones sobre la Justicia Contencioso Administrativa y sus perspectivas al co-237. menzar el siglo XXI, Revista Iberoamericana de Derecho Público y Administrativo, Año 3, N° 3, 2003, p. 113 y ss.

La configuración de la potestad reglamentaria238. , LA LEY, 2004-A, 1144.

Perspectivas de la justicia contencioso-administrativa argentina en el siglo XXI239. , en Estudios de Derecho Administrativo X, Instituto de Estudios de Derecho Adminis-trativo IEDA, DIKE, Buenos Aires, 2004, p. 29 y ss.

El futuro de los servicios públicos240. , en Servicio Público, Policía y Fomento, Jornadas Organizadas por la Universidad Austral, Facultad de Derecho, Ediciones Rap, Bue-nos Aires, 2004, p. 865 y ss.

Palabras de Homenaje al Dr. Miguel Santiago Marienhoff241. , en Separata de “Anales de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires”, mayo de 2004.

El acceso a la justicia administrativa242. , LA LEY, 2004-D, 1218 y en Anticipo de “Ana-les” – Año XLIX, Segunda Epoca, nro. 42, Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, La Ley, mayo de 2004 y en Derecho Administrativo y Aportes para el rediseño institucional de la República, Revista Jurídica de Buenos Aires, Fa-cultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires, Lexis Nexis Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2004.

A propósito de la necesidad de dictar un régimen nacional de servicios públicos243. , REDA, nro. 48, Buenos Aires, 2004, p. 355 y ss.

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XXII Juan Carlos Cassagne

Potestad reglamentaria y reglamentos de necesidad y urgencia244. , Revista RAP, Año XXVI, nro. 309, Ciencias de la Administración, Buenos Aires, 2004, p. 47 y ss., con motivo de las XXIX Jornadas Nacionales de Derecho Administrativo (“Las bases constitucionales del derecho administrativo”, en honor a Juan Bautista Alberdi, San Miguel de Tucumán, 27, 28 y 29 de agosto de 2003).

Justicia para el Mercosur245. , La Nación, 4-VIII-2004, p. 19.

El daño ambiental colectivo246. , LA LEY, 2004-E, 1426.

Lineamientos generales del Código Contencioso Administrativo de la Provincia 247. de Buenos Aires en el marco de la tutela judicial efectiva, en El nuevo proceso con-tencioso administrativo de la Provincia de Buenos Aires, Directores: Juan Carlos Cas-sagne y Agustín A. Gordillo, Coordinador: Carlos A. Botassi, Librería Editora Platen-se, 2ª edición actualizada y ampliada, La Plata, 2004.

La caracterización legal de las contrataciones de la Administración nacional248. , RED, nro. 49, Buenos Aires, 2004, p. 701 y ss.

La legitimación procesal (en el Código Contencioso Administrativo de la Provin-249. cia de Buenos Aires), JA, 2004-IV-32.

A propósito de la necesidad de dictar un Régimen Nacional de Servicios Públicos, 250. en AAVV, Servicios Públicos. Regulación. 1° Congreso Nacional, Ediciones Diké, Men-doza, 2004, ps. 39-65.

Entre la estabilidad y la revolución,251. Clarín, 15-III-2005, p. 27.

El daño ambiental colectivo252. , Revista Gerencia Ambiental, Año 11, nro. 115, 2005, p. 178 y ss.

La estabilidad de los derechos patrimoniales emergentes de los contratos de con-253. cesión y/o licencia de servicios públicos, en fascículo N° 12 de Jurisprudencia Ar-gentina, número especial 2005-I, LexisNexis, Buenos Aires, 23-marzo-2005, p. 2 y ss. y en Archivos del presente, Año 9, nro. 35, Buenos Aires, 2004, p. 161 y ss., bajo el título Los derechos patrimoniales.

En torno a la evolución de las instituciones del Derecho Administrativo argentino 254. y sus principales tendencias, EDA, 2005-462.

El proyecto de Ley de Procedimientos Administrativos de Santiago del Estero255. , ED, 211-818.

Reformar la Justicia administrativa256. , Clarín, 13-VI-2005, p. 19

Las tendencias sobre la responsabilidad del Estado en la jurisprudencia de la Cor-257. te, en Estudios de Derecho Administrativo XI, Ediciones Diké-Foro de Cuyo, Mendoza, 2005, ps. 23-55 y en AA.VV., La responsabilidad del Estado, XXX Jornadas Naciona-les de Derecho Administrativo, organizadas por la Asociación Argentina de Derecho Administrativo y Provincia de Santa Cruz, RAP, año XXVIII, n° 326, Ediciones Rap, Buenos Aires, 2005, ps. 53-78.

Las facultades jurisdiccionales de los entes reguladores (a propósito del caso “An-258. gel Estrada”), nota a Fallo CSJN “Angel Estrada y Cía. c. Resolución 71/96 Secretaría de Energía y Puertos”, de fecha 05/04/2005, LA LEY, 2005-C, 736.

La justicia contencioso administrativa y sus perspectivas al comenzar el siglo 259. XXI, en Cassagne, Juan Carlos (dir.), Procedimiento y Proceso Administrativo, Jorna-das organizadas por la Carrera de Especialización en Derecho Administrativo Eco-nómico Facultad de Derecho, Departamento de Posgrado y Extensión Jurídica, Pon-tificia Universidad Católica Argentina, Lexis Nexis - Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2005, ps. 265-306.

Reflexiones sobre los factores de atribución en la responsabilidad del Estado por 260. la actividad de la Administración, LA LEY, 2005-D, 1268.

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Curso de Derecho Administrativo XXIII

La Cuenta de Inversión,261. en AA.VV., La Cuenta de Inversión, Dunken, Buenos Aires, 2005, ps. 153-158, ponencia presentada en las Jornadas sobre la Cuenta de Inversión, organizadas por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, los días 16 y 17 de septiembre de 2004 (coeditores: Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuen-tas, Embajada de España en Argentina, Agencia Española de Cooperación Interna-cional).

Huelga en hospitales públicos262. , La Nación, 23-VIII-2005, p. 17.

Sobre el origen hispánico del sistema judicialista y de otras instituciones del dere-263. cho público iberoamericano y comparado, REDA, n° 53, Lexis Nexis, Buenos Aires, 2005, ps. 413-427.

Consideraciones en torno al sistema judicialista argentino y la interdicción del 264. ejercicio de funciones judiciales por el Poder Ejecutivo, ED, 215-784.

Problemas que plantea la creación de tribunales administrativos y el recono-265. cimiento de funciones jurisdiccionales a los entes reguladores, JA, 2005-IV-1229.

La judicialización de las cuestiones políticas266. , LA LEY, diario del miércoles 14 de di-ciembre de 2005, ps. 1-4.

En memoria del Dr. Julio Rodolfo Comadira, 267. EDA, 2005- nro. 11.374.

En torno a la evolución de las instituciones del Derecho Administrativo y sus prin-268. cipales tendencias, EDA, 2005-462.

Más autopistas, menos accidentes, 269. Clarín, 27-IV-2006.

Sobre la judicialización de las cuestiones políticas270. , LA LEY, 2006-A, 858.

Fundamentos y alcances de la presunción de legitimidad del acto administrativo 271. de otorgamiento de una patente, LA LEY, 2006-D, 1386.

La improcedencia del recurso de inconstitucionalidad en materia de Superinten-272. dencia del Notariado, nota a fallo Tribunal Superior de la Ciudad Autónoma de Bue-nos Aires, “W., E. A. E.”, 03/04/2006, LA LEY, 2006-D, 207.

La responsabilidad de los concesionarios viales273. , LA LEY, 2006-F, 1141, Responsabi-lidad Civil Doctrinas Esenciales Tomo III, 1545.

El sistema judicialista americano: sus raíces hispánicas274. , EDA, 2006-522.

El contrato administrativo en la actualidad, 275. Revista RAP, nro. 334, Año XXVIII, Ediciones RAP, Buenos Aires, 2006.

El Acuerdo de San Nicolás y el federalismo276. , Academia Nacional de Derecho 2006 (diciembre), 1.

El futuro de los servicios públicos277. , JA, 2006-III-1097 – SJA, 30/8/2006.

El dominio de los yacimientos de hidrocarburos. Su relación con las potestades 278. nacionales y provinciales y los derechos de los concesionarios, LA LEY, 2007-C, 1135.

Las fuentes de la Constitución Nacional y el Derecho Administrativo279. , LA LEY, 2007-E, 993.

Nuevos criterios en la jurisprudencia de la Corte280. , LA LEY, 2007-B, 1293.

El artículo 124 de la Constitución y el dominio originario281. , Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales, La Ley, Buenos Aires, 2007, julio, 1.

Sobre la protección cautelar y las patentes medicinales,282. nota a fallo, Cámara Na-cional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, sala I, “Eli Lilly and Company c. Biocrom S.A.”, 22/12/2005, LA LEY, 2007-C, 200.

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XXIV Juan Carlos Cassagne

Potestad jurisdiccional del juez del concurso para dictar medidas cautelares de 283. suspensión de actos administrativos, nota a fallo, Cámara Nacional de Apelacio-nes en lo Comercial, sala A, “Inversora Darsena Norte S.A. s/quiebra”, 20/07/2007, LA LEY, 2008-A, 199.

La prohibición de arbitrariedad y el control de la discrecionalidad administrativa 284. por el poder judicial, LA LEY, 2008-E, 1274.

La discrecionalidad administrativa285. , LA LEY, 2008-E, 1056.

El agua y el dominio originario de los recursos naturales. 286. Nuevo derecho de aguas, 2007.

Sobre el daño ambiental colectivo, 287. Revista Trimestral de Direito Publico, 48, Malhei-ros Editores, 2008 y en Tutela Jurídica del Medio Ambiente, 1ª ed., Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2008.

Reflexiones sobre el contencioso administrativo y tributario, 288. Revista La Ley Ciu-dad de Buenos Aires, La Ley, año 1, nro. 1, 2008.

Los principios que fundamentan la responsabilidad extracontractual del Estado 289. y el alcance de la reparación. En Responsabilidad del Estado. Fundamentos jurídi-cos, presupuestos y alcance de la responsabilidad. Aspectos procesales de la acción de daños y perjuicios, responsabilidad del Estado por su actividad legislativa y judicial. Ambito internacional y de la integración regional. Responsabilidad en materia de ser-vicios públicos. Daño ambiental. Derechos humanos, actividad urbanística y de fo-mento. Rubinzal-Culzoni Editores, 2008 y en Anuario Jurídico Villanueva, Número III, Netbiblo, La Coruña, 2009.

Los principios generales en el Derecho Administrativo290. , ED, 230-963.

Los poderes normativos y la estabilidad de las concesiones y licencias de servicios 291. públicos, JA, 2008-III-868.

La fórmula “oferta más conveniente” como concepto jurídico indeterminado,292. JA, 2008-IV-137.

Reflexiones acerca de la implementación del “Sistema de Evaluación Permanen-293. te de conductores” en la Ciudad de Buenos Aires. Suplemento Especial Sistema de evaluación permanente de conductores, La Ley, 7 de febrero, 2009.

Derechos de incidencia colectiva. Los efectos 294. erga omnes de la sentencia. Proble-mas del reconocimiento de la acción colectiva, nota a fallo, Corte Suprema de Jus-

ticia de la Nación, “Halabi, Ernesto c. P.E.N. ley 25.873 dto. 1563/04”, 24/02/2009, LA

LEY, 2009-B, 646.

Expropiación: revisión judicial de la declaración de utilidad pública. Arbitrarie-295. dad de la ley que la dispuso, nota a fallo, Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, “O’Connor, Alberto M. y otro”, 18/02/2009, LA LEY, 2009-C, 186.

Medidas cautelares en el contencioso administrativo296. , LA LEY, 2009-E, 920.

Las fuentes constitucionales y el derecho administrativo, 297. Número especial “La justicia administrativa en la actualidad”, JA, 2009-I-3 y en Revista Jurídica de Buenos Aires, La tutela judicial efectiva en la justicia administrativa, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires, 2008.

Reflexiones sobre la ley de la justicia administrativa alemana (Verwaltungsgeri-298. chtsordnung —VwGO—) desde el derecho administrativo en Ley de la Justicia Ad-ministrativa Alemana. Análisis comparado y traducción argentino, 1ª ed., Konrad Adenauer Stiftung, AbeledoPerrot, Buenos Aires, 2009.

La responsabilidad del Estado (balance y perspectivas)299. , LA LEY, 2009-F, 1226.

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Curso de Derecho Administrativo XXV

La ejecutoriedad del acto administrativo: la suspensión de sus efectos en el proce-300. dimiento administrativo, EDA, 2009-703.

Las empresas públicas y el régimen de sus actos y contratos 301. en Tratado de la Em-presa, Tomo I, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2009/2010, p. 85 y ss.

De nuevo sobre los plazos de caducidad para demandar judicialmente la nulidad 302. de actos y reglamentos administrativos, JA, 2009-III-1080.

iii. dirección de obras colectivas

Estudios sobre la Reforma Constitucional,1. Depalma, Buenos Aires, 1995.

Derecho Administrativo2. , Obra en homenaje al Profesor Miguel S. Marienhoff, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1998.

El nuevo proceso contencioso administrativo de la Provincia de Buenos 3. Aires, Dirección junto con Agustín Gordillo, 1ª ed., Librería Editora Platense, La Pla-ta, 2000, 2ª ed. actualizada y ampliada, Librería Editora Platense, La Plata, 2004.

Derecho Procesal Administrativo, 4. Obra en homenaje al Profesor Jesús Gonzá-lez Pérez, 2 tomos, Hammurabi, Buenos Aires, 2004.

Procedimiento y Proceso Administrativo, 5. Jornadas organizadas por la Carre-ra de Especialización en Derecho Administrativo Económico Facultad de Derecho, Departamento de Posgrado y Extensión Jurídica, Pontificia Universidad Católica Ar-gentina, Lexis Nexis Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2005.

Servicio Público y Policía, 6. Jornadas organizadas por la Carrera de Especializa-ción en Derecho Administrativo Económico Facultad de Derecho, Departamento de Posgrado y Extensión Jurídica, del 27 al 28 de noviembre de 2003, El Derecho, Uni-versitas, Buenos Aires, 2006.

La Contratación Pública.7. Dirección junto con Enrique Rivero Ysern. Hammura-bi, Buenos Aires, 2 Tomos, 2006.

Tratado de Derecho Procesal Administrativo8. , Tomos I-II, 1ª ed., La Ley, Bue-nos Aires, 2007 y 2ª ed., La Ley, Buenos Aires, 2011.

Amparo, Medidas Cautelares y otros Procesos Urgentes en la Justicia Ad-9. ministrativa, Lexis Nexis, Buenos Aires, 2007.

iV. Publicaciones en el extranjero

Las entidades estatales descentralizadas y el carácter público o privado de los ac-1. tos que celebran, Revista de Derecho Público, vol. 15, Santiago de Chile, 1974.

Comentario del Tratado de Derecho Administrativo,2. del doctor Miguel S. Marien-hoff, Revista de Derecho Público, vol. 16, Santiago de Chile, 1974.

Sobre la condición de instrumentos públicos de las actuaciones administrativas y 3. su valor probatorio, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, nros. 3-4, Montevideo, 1975.

Los contratos de la Administración Pública,4. Revista de la Administración Pública, nro. 78, Madrid, 1975, p. 441.

Las relaciones inter-administrativas5. , Revista Chilena de Derecho, vol. 2, nros. 3-6, junio-diciembre de 1975.

Los contratos de la Administración Pública6. , Anuario de Derecho Público, Tomo I, años 1975-1976, p. 293.

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XXVI Juan Carlos Cassagne

La nueva ley de expropiaciones de la Argentina7. , Revista Uruguaya de Estudios Ad-ministrativos, nro. 1, Montevideo, 1978.

A autorizaçao para construir e o poder revogatorio da administraçao,8. Revista de Direitto Administrativo, vol. 135, Río de Janeiro, 1979.

La autorización para construir y la potestad revocatoria de la administración9. , Rassegna dei Lavori Pubblice, nro. 2, Roma, 1979.

El régimen exorbitante y las garantías del administrado10. , Revista Uruguaya de Es-tudios Administrativos, Año V, nro. 1, Montevideo, 1981.

Relevancia de la actividad reglamentaria11. , Primeras Jornadas Rioplatenses de Dere-cho Administrativo, Montevideo, 1989, p. 15.

La revisión de la discrecionalidad administrativa por el Poder Judicial,12. Revista Es-pañola de Derecho Administrativo, nro. 67, Civitas, Madrid,1990, p. 349.

La transformación del Estado13. , Revista de Derecho Público, nros. 47-48, Santiago de Chile, 1990.

Sobre la fundamentación y los límites de la potestad reglamentaria de necesidad 14. y urgencia en el Derecho argentino, Revista Española de Derecho Administrativo, nro. 73, Civitas, Madrid,1992, p. 17.

El Mercado Común del Sur: Problemas jurídicos y organizativos que plantea su 15. creación, Revista de la Administración Pública, nro. 127, Centro de Estudios Consti-tucionales, Madrid, 1992, p. 351.

Efectos de la interposición del recurso y la suspensión de los efectos de los actos 16. administrativos, Revista de Direito Administrativo, Río de Janeiro, 1993.

La suspensión de los actos en la sede administrativa y judicial17. , Procedimiento Ad-ministrativo, Ponencias del IV Encuentro hispano-argentino sobre Derecho Admi-nistrativo. Santiago de Compostela, España, 15 y 16 de febrero de 1994. Edición de la Escola Galega de Administración Pública (EGAP).

A substantividade do contrato administrativo e suas principais consequências ju-18. rídicas, Revista de Direito Administrativo Aplicado, Año 2, Editorial Génesis, Curiti-ba, 1995.

El resurgimiento del servicio público y su adaptación en los sistemas de econo-19. mía de mercado (Hacia una nueva concepción), Revista de Administración Pública, nro.140, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1996, p. 95.

La problemática política, constitucional y administrativa de los municipios y su 20. autonomía a la luz de la Constitución reformada, Estudios jurídicos en Memoria de Alberto Ramón Real, Fundación de Cultura Universitaria, Montevideo, 1996, p. 181.

La tutela judicial efectiva. Incompatibilidad con el dogma revisor y con la regla 21. del agotamiento de la vía administrativa, Ponencia presentada por el autor al Con-greso Internacional realizado en Madrid los días 21 y 22 de marzo de 2000 para con-memorar el 50° Aniversario de la fundación de la Revista de la Administración Pú-blica (RAP).

Economic Regulation22. , Revista International Privatisation Review 2000/2001, Eu-romoney Publication, ps. 136 a 139.

Evolución de los principios aplicables a los servicios públicos y problemas actua-23. les tras los procesos de privatización en Argentina, Revista de Administración Pú-blica, nro. 154, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2001, ps. 441 a 461 y en Administración Pública y Economía – Balance del papel de las adminis-traciones públicas tras los procesos de liberalización, Ministerio de Administraciones Públicas – Instituto Nacional de Administración Pública, Madrid, setiembre/2001, VI Seminario de la Federación Internacional de antiguos alumnos Iberoamericanos

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Curso de Derecho Administrativo XXVII

del INAP celebrado en Madrid y Pamplona, conferencia dada en los días 22 a 27 se-tiembre del año 2000.

Las medidas cautelares en el contencioso administrativo24. , en El procedimiento ad-ministrativo y el control judicial de la administración pública, colección Informes y Documentos, INAP, Madrid, 2001.

Evolución de los principios aplicables a los servicios públicos y problemas actua-25. les tras los procesos de privatización en Argentina, Revista de la Administración Pública, nro. 157, Madrid, 2002, ps. 467 a 494.

Después de la marea viene la calma: interrogantes en torno a la regulación de los 26. servicios públicos en Perú, Entrevista a los Dres. Gaspar Ariño Ortiz y Juan Carlos Cassagne, Themis Revista de Derecho, n° 49, publicación editada por los alumnos de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Lima, 2004, ps. 293-296.

El futuro de los servicios públicos, 27. Revista de Derecho Administrativo Económico n° 12, Ponencia presentada en las 3° Jornadas de Derecho Eléctrico que se llevaron a cabo el 2 y 3 de julio de 2003, Santiago de Chile, 2004, ps. 1-16.

Tendencias actuales y proyección futura del Derecho Administrativo argentino28. , Documentación Administrativa, El derecho administrativo en Argentina: situación y tendencias actuales (II), N° 269-270, Madrid, 2004, p. 409 y ss.

La justicia administrativa en Iberoamérica, 29. en Ferrada Bórquez, Juan Carlos (co-ord.), La justicia administrativa, Universidad Austral de Chile, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Lexis Nexis, Santiago de Chile, 2005, ps. 19 a 55.

El Derecho Administrativo Argentino, 30. en González-Varas Ibañez, Santiago (di-rector), El Derecho Administrativo Iberoamericano, Estudios y comentarios n° 9, Ins-tituto de Investigación Urbana y Territorial, INAP, Ministerio de Administraciones Públicas, Granada, 2005, ps. 23-111.

La participación pública en el control de los servicios públicos: derechos indivi-31. duales y colectivos: la participación de las asociaciones defensoras de los usua-rios, el procedimiento de audiencias públicas, y las facultades reglamentarias de los entes reguladores y la delegación legislativa, Revista Iberoamericana de Dere-cho Público y Administrativo, año 5, n° 5, Asociación de Derecho Público y Admi-nistrativo, Asociación e Instituto Iberoamericano de Derecho Administrativo “Prof. Jesús González Pérez”, Las Asociaciones y el Instituto, San José de Costa Rica, 2005, ps. 194-202.

El daño ambiental colectivo, 32. Revista Ius et Veritas n° 30, Pontificia Universidad Ca-tólica del Perú, 2005, ps. 309-318.

Sobre el origen hispánico del sistema judicialista y de otras instituciones del de-33. recho público iberoamericano y comparado, Revista Española de Derecho Adminis-trativo, n° 127, Thomson Civitas, Madrid, 2005, ps. 363-379.

El sistema judicialista y la llamada judicialización de la actividad de la Adminis-34. tración pública, Revista Española de Derecho Administrativo, nro. 133, Thomson Ci-vitas, Madrid, enero-marzo 2007.

El dominio de los yacimientos de hidrocarburos (su relación con las potestades 35. nacionales y provinciales y los derechos de los concesionarios, Revista de Derecho Administrativo, nro. 1, Lexis Nexis, Chile, 2007.

Principios y fuentes de la justicia administrativa en Latinoamerica, 36. Estudios Jurí-dicos en homenaje al Profesor Daniel Hugo Martins, Fundación de Cultura Universi-taria, Montevideo, 2008.

El régimen sancionatorio en la actividad financiera, 37. Estudios jurídicos en homenaje al Prof. Mariano R. Brito, Fundación de Cultura Universitaria, Montevideo, 2008.

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XXVIII Juan Carlos Cassagne

Derecho administrativo38. , Tomos I-II, edición conjunta Universidad Javeriana – Abe-ledo Perrot, con prólogo de Jorge Enrique Ibañez Najar, Bogotá, 2009.

Los principios que fundamentan la responsabilidad extracontractual del Estado 39. y el alcance de la reparación (underlying Principles of the extracontractual res-ponsability of the State and the extent of reparation), Anuario Jurídico Villanueva, Número III, Netbiblo, Madrid, 2009.

Los principios generales en el derecho administrativo, 40. Revista Estudios Jurídicos, nro. 7, Publicación de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay, 2009.

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PRóLOGO

Este libro, que titulamos “Curso de Derecho Administrativo”, constitu-ye una suerte de culminación de la tarea emprendida en anteriores obras que dimos a luz sobre la llamada parte general de nuestra disciplina.

Con la publicación de los dos volúmenes que componen esta obra completamos el tratamiento integral de la material tal como nos propu-simos, en su momento, a partir de la asunción de la titularidad de las Cá-tedras de Derecho Administrativo en la Universidad de Buenos Aires y en la Universidad Católica Argentina.

En el desarrollo de la materia procuramos hacer doctrina en base a una metodología que combina la crítica con la construcción de teorías y principios, basada tanto en la justicia y en la realidad como en el someti-miento a la ley y a los principios generales del derecho. Evitamos caer, de este modo, en las posturas eclécticas que resultan, en el fondo, más des-criptivas que formadoras de concepciones susceptibles de gravitar en la legislación y en la jurisprudencia.

A su vez, esta ocasión resulta propicia para transmitir algunas re-flexiones acerca de la problemática que enfrenta, en la actualidad, el de-recho administrativo.

Cualquiera que recorra el camino de la observación del mundo ju-rídico puede advertir —aun si profesa alguna creencia positivista— que ese mundo encierra una paradoja permanente entre una caracterización estable y otra dinámica.

Mientras la estabilidad viene dada por la supervivencia de los elemen-tos clásicos, y, fundamentalmente, por la vigencia de los principios genera-les del Derecho, como herramientas que afirman la realización de una jus-ticia natural, el dinamismo se caracteriza por la fuerza intermitente que potencia el proceso de transformación de las instituciones para adaptarlas a la realidad socio-económica y política de cada época histórica.

En la búsqueda de un justo equilibrio entre el orden, el poder, las li-bertades y demás derechos fundamentales del hombre se encuentra la clave para resolver los problemas que agitan a la sociedad política (1).

(1) Cfr. Hauriou, Maurice, Principios de Derecho Público y Constitucional, trad. del francés por Carlos Ruiz del Castillo, p. XXXIX, Reus, Madrid, 1927. Apunta el gran

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XXX Juan Carlos Cassagne

El proceso dialéctico es antiguo y las recetas para superar las crisis, que de tanto en tanto genera el desgobierno de los políticos o el abuso del poder público sobre los ciudadanos, precisan contar con un fondo mo-ral y una acción estatal que apunten a la realización del bien común con realismo y equilibrio, desechando los enfoques idealistas y materialistas que en algún momento tuvieron su auge en el mundo pero que, hoy día, resultan arcaicos, como la lucha de clases que postula el marxismo o los enfoques exclusivamente economicistas que predican los sectores que despojan a la economía de mercado de su sentido social.

El Derecho siempre es algo que fluye. El problema que presentan las instituciones argentinas del Derecho Administrativo es que las transfor-maciones no son siempre evolutivas, sino muchas veces revolucionarias o radicales, cambiando de un día para otro principios arraigados de se-guridad jurídica en un escenario cada vez más globalizado.

En medio de este proceso de creación espontánea y progresiva del Derecho se da la paradoja que los llamados derechos de tercera genera-ción han pasado a tener mayor protección que los derechos subjetivos e intereses legítimos de naturaleza individual.

Así, por una tendencia que pone demasiado el acento en lo colecti-vo, habrá que articular un sistema que equilibre la denominada justicia social y el principio de solidaridad con los derechos de propiedad y de li-bertad, en un ámbito en que la promoción de la competencia se convier-ta en el eje del ordenamiento jurídico-económico.

A todo lo expuesto, cabe adicionar el problema que representa para una buena parte del derecho administrativo, la invasión que viene su-friendo a raíz de la pretensión expansiva de otros derechos como el pe-nal, el civil y el derecho del trabajo, lo que ha trastocado la esencia de muchas instituciones y principios como, por ejemplo, la naturaleza de la relación de empleo público, la continuidad de los servicios públicos y la interdicción de las huelgas, la utilización de la fuerza pública para

Doyen de Toulouse en el Prólogo a esta edición española que: “En su larga carrera, la civilización mediterránea ha atravesado ya por varias crisis y ha experimentado varias fluctuaciones. Durante los siglos IV y V de nuestra Era, al presencial el espectáculo de la descomposición de orden romano y las invasiones de los bárbaros, creyeron muchos con-temporáneos que todo perdía, y, sin embargo, todo iba a renacer. No debemos juzgar esta civilización como se no hubiera sufrido nunca eclipses, tras de los cuales volvió a brillas. Está habituada a las restauraciones, ‘fluctuat nec mergitur’. La actual decadencia se ex-plica por el desbordamiento de materialismo que ha seguido a la acumulación de las ri-quezas producidas por las aplicaciones de las ciencias físicas; se explica también por el desarrollo del espíritu crítico, debido al acrecentamiento del poder de la prensa. Es natu-ral que las creencias civilizadoras se hayan debilitado. Pero no ofrece este fenómeno nin-guna novedad, pues también conoció el materialismo la civilización antigua, y, en cuan-to al espíritu crítico y la libertad de discusión, los encontró ya en su cuna la civilización cristiana. El Cristianismo pudo propagarse gracias al apostolado y la evangelización; sus domas se han discutido públicamente en los Concilios, en medio de la continua contradic-ción de las herejías y de los cismas” (op. cit., ps. V y VI).

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Curso de Derecho Administrativo XXXI

desocupar bienes pertenecientes al dominio público y la idea de una res-ponsabilidad común, aplicando el derecho civil con la consecuente sus-titución de las tesis ius publicistas por la teoría del riesgo, convirtiendo al Estado en una suerte de caja aseguradora.

Por ello, es hora de preguntarnos si no estamos ante la instancia his-tórica de repensar el sistema “iusadministrativo” y de sentar las bases de uno nuevo que se apoye en el equilibrio armónico, entre los intereses in-dividuales y colectivos que el sistema debe tutelar, a fin de despejar las incertidumbres actuales y reafirmar el Estado de Derecho o de Justicia.

El futuro del Derecho Administrativo —como alguna vez hemos di-cho— pasa actualmente, más que por la Administración, por la jurispru-dencia y —ahora agregamos— por el buen tino del legislador, evitando caer en las tentaciones de un colectivismo o intervencionismo que blo-quea el funcionamiento de las reglas básicas de la economía social de mercado y el principio de subsidiariedad.

De otra parte, no se nos escapa que el imperio de la moral pública será una exigencia social que la ciudadanía demandará con mayor in-tensidad en el devenir del Estado, pues la honestidad de los gobernantes constituye el pilar más sólido en que se basa la confianza de los distintos actores sociales y económicos.

Pues, como ha dicho Hauriou, “únicamente las creencias morales que han hecho la civilización son capaces de rehacerla, una vez restaura-das” (2), y para ello habrá que apelar a la intuición, a la razón histórica y a los principios generales del Derecho mucho más que a la lógica y al ex-ceso de raciocinio, cuyos resabios idealistas aún padecemos.

Buenos Aires, 03 de febrero de 2011

(2) Cfr. Hauriou, Maurice, op. cit., p. VI.

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ABREVIATURAS

AGN Auditoría General de la Naciónart. artículoBO Boletín OficialCN Constitución NacionalCNCiv. Cámara Nacional de Apelaciones en lo CivilCNCom. Cámara Nacional de Apelaciones en lo ComercialCNCont. Adm. Fed. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo

FederalCNT Comisión Nacional de TelecomunicacionesCód. Civil Código CivilCorte Sup. Corte Suprema de Justicia de la NaciónCPCA Código de Procedimiento Contencioso Administrativodec. decretoED Revista jurídica El DerechoEDA El Derecho AdministrativoENARGAS Ente Nacional Regulador de la ElectricidadENRE Ente Nacional Regulador del GasETOSS Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitariosinc. incisoJA Revista jurídica Jurisprudencia ArgentinaLAF Ley de Administración FinancieraLNE Ley Nacional de ExpropiacionesLNPA Ley Nacional de Procedimientos AdministrativosLRJPAC Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo ComúnMEyJ Ministerio de Educación y Justiciap. páginaRADA Revista Argentina de Derecho AdministrativoRAP Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública

RDCO Revista de Derecho Comercial y de las ObligacionesREDA Revista española de Derecho AdministrativoRLNPA Reglamentación de la Ley Nacional de Procedimientos AdministrativosSC Secretaría de ComunicacionesSIGEN Sindicatura General de la Naciónss. siguientest. tomot.o. texto ordenadov.gr. verbi gratia

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Curso de Derecho Administrativo

Tomo II

u

10ª EdIcIón

Juan Carlos Cassagne

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Cassagne, Juan Carlos

Curso de derecho administrativo .- 10ª. ed. - Buenos Aires: La Ley, 2011.v. 2, 832 p.; 24x17 cm.

ISBN 978-987-03-2120-0 (Tomo II)

ISBN 978-987-03-2118-7 (Obra completa)

1. Derecho Administrativo. I. Título

CDD 342

© Juan Carlos Cassagne, 2011© de esta edición, La Ley S.A.E. e I., 2011Tucumán 1471 (C1050AAC) Buenos AiresQueda hecho el depósito que previene la ley 11.723

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Tirada: 800 ejemplares

I.S.B.N. 978-987-03-2120-0 (Tomo II)I.S.B.N. 978-987-03-2118-7 (Obra completa)

S.A.P. 41219662S.ET. 41219663

Argentina

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AbreviAturAs

AGN Auditoría General de la Naciónart. artículoBO Boletín OficialCN Constitución NacionalCNCiv. Cámara Nacional de Apelaciones en lo CivilCNCom. Cámara Nacional de Apelaciones en lo ComercialCNCont. Adm. Fed. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosoadministrativo

FederalCNT Comisión Nacional de TelecomunicacionesCód. Civil Código CivilCorte Sup. Corte Suprema de Justicia de la NaciónCPCA Código de Procedimiento Contencioso Administrativodec. decretoED Revista jurídica El DerechoEDA El Derecho AdministrativoENARGAS Ente Nacional Regulador de la ElectricidadENRE Ente Nacional Regulador del GasETOSS Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitariosinc. incisoJA Revista jurídica Jurisprudencia ArgentinaLAF Ley de Administración FinancieraLNE Ley Nacional de ExpropiacionesLNPA Ley Nacional de Procedimientos AdministrativosLRJPAC Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo ComúnMEyJ Ministerio de Educación y Justiciap. páginaRADA Revista Argentina de Derecho AdministrativoRAP Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública

RDCO Revista de Derecho Comercial y de las ObligacionesREDA Revista española de Derecho AdministrativoRLNPA Reglamentación de la Ley Nacional de Procedimientos AdministrativosSC Secretaría de ComunicacionesSIGEN Sindicatura General de la Naciónss. siguientest. tomot.o. texto ordenadov.gr. verbi gratia