curso contratos modernos uap 2016
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Piura, Enero 2016
CONTRATOS EN GENERAL – CONTRATOS MODERNOS
Docente: Dr. Jobita León More
Dr. Jobita León More
CONTRATOS EN EL CODIGO CIVIL
CONTRATO :La palabra contrato proviene del latin “contractus” derivado de “contrahere” que significa, concertar, lograr.
Los contratos pueden definirse como acuerdo de
voluntades o convenios entre personas que se obligan en
materia o cosa determinada y a cuyo cumplimiento pueden
ser compelidas
CONTRATOS EN EL CODIGO CIVIL
Contratista Comitente
Dr. Jobita León More
CONTRATOS EN EL CODIGO CIVILCONTRATOS EN
GENERAL TITULO IDISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1351.- NOCIÓN DE CONTRATOEL CONTRATO ES EL ACUERDO DE DOS O MÁS PARTES PARA CREAR, REGULAR, MODIFICAR O EXTINGUIR UNA RELACIÓN JURÍDICA PATRIMONIAL.ARTÍCULO 1352.- PERFECCIÓN DE CONTRATOSLOS CONTRATOS SE PERFECCIONAN POR EL CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES, EXCEPTO AQUELLOS QUE, ADEMÁS, DEBEN OBSERVAR LA FORMA SEÑALADA POR LA LEY BAJO SANCIÓN DE NULIDAD. ARTÍCULO 1353.- RÉGIMEN LEGAL DE LOS CONTRATOSTODOS LOS CONTRATOS DE DERECHO PRIVADO, INCLUSIVE LOS INNOMINADOS, QUEDAN SOMETIDOS A LAS REGLAS GENERALES CONTENIDAS EN ESTA SECCIÓN, SALVO EN CUANTO RESULTEN INCOMPATIBLES CON LAS REGLAS PARTICULARES DE CADA CONTRATO.ARTÍCULO 1354.- CONTENIDO DE LOS CONTRATOSLAS PARTES PUEDEN DETERMINAR LIBREMENTE EL CONTENIDO DEL CONTRATO, SIEMPRE QUE NO SEA CONTRARIO A NORMA LEGAL DE CARÁCTER IMPERATIVO.
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• crear• regular• modificar• extinguir una relación jurídica
patrimonial
El contrato, tiene un fin determinado que se manifiesta en cuatromodalidades:
ELEMENTOS DEL CONTRATOCONTRATOS EN EL CODIGO CIVIL
A) Acuerdo de dos o mas partes
B) Partes o Personas Fisicas Juridicas
C)Consecuencias Juridicas
El contrato es un acto jurídico plurilateral, o sea que intervienen dos o mas partes en la declaración de voluntad, destinado a constituir, modificar, transmitir y extinguir una relación jurídica patrimonial, es necesario para que exista contrato, que se cumpla ciertos requisitos.
La persona física o natural, es el hombre individualmente considerado. por tanto, el contrato puede celebrase entre las personas naturales o jurídicas o también solamente entre las primeras o las segundas.
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B.- ATÍPICOS: Son los que carecen de ubicación en el ordenamiento jurídico sustantivo, debido a que las relaciones económicas del hombre, intensas y variadas, crean situaciones jurídicas no previstas por el legislador.
CONTRATOS EN EL CODIGO CIVILCLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS
LOS CONTRATOS EN GENERAL SE CLASIFICAN EN:
A. TIPICOS: Son los que tienen nombre y están expresamente determinados en el C.C.P., ejemplo: la compra-venta, la permuta, arrendamiento, suministro. Hospedaje, etc. nuestro código los llama nominados.
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Contrato de Compra – Venta
La permuta
Contrato de suministro
La donación
El contrato de mutuo
El hospedaje
El arrendamientoTIPOS DE
CONTRATOS CODIGO CIVIL PERUANO
El comodato
Locación de servicios
Mandato
Contrato de depósito
Contrato de secuestro
Fianza
Renta vitalicia
Contrato de Anticresis
Contrato de obra
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El Leasing es un contrato en virtud del cual, se entrega a una persona natural o jurídica, la tenencia de un activo productivo para su uso durante un plazo establecido, a cambio de una tarifa de arrendamiento periódico. Al final del contrato, el cliente tiene derecho a adquirir el activo por un porcentaje del valor de compra pactado desde el principio, denominado Opción de adquisición.
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•El Leasing le permite dar una respuesta rápida a las necesidades de inversión. •El trámite de aprobación y desembolso es ágil.•Puede adquirir los equipos o la maquinaria que necesita de cualquier lugar del mundo. •Se pueden financiar diversos tipos de activos. •No se comprometen otras líneas de crédito.
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El Leasing opera mediante un contrato de arrendamiento en el que:
El cliente elige el activo que necesita y el proveedor.
El banco compra el activo y se lo entrega al cliente en calidad de arrendamiento durante un periodo de tiempo previamente pactado.
El cliente paga una tarifa periódica por el uso y del activo
Al final del contrato, el cliente tiene la opción de adquirir el activo por un porcentaje del valor de adquisición del mismo
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Maquinaria de producción. Equipo de construcción. Plantas industriales. Equipos de cómputo y telecomunicaciones. Equipo de impresión. Maquinaria agrícola. Ganado lechero.Oficinas, bodegas y locales comerciales. Vehículos de carga pesada, mediana o liviana. Vehículos para ejecutivos y vendedores. Equipo de oficina. Equipo médico. Vivienda. Dr. Jobita León More
Vehículos y equipos de cómputo: 24 meses.
Maquinaria, equipo, muebles y enseres: 36 meses.
Inmuebles: 60 meses.
Proyectos de Infraestructura: 12 años o el plazo de la concesión.
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FINANCIERO
IMPORTACION
VEHICULO
INFRAESTRUCTURA
INMOBILIARIO
HABITACIONALPROVEEDORE
S
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Es una muy buena alternativa para financiar los activos fijos que usted o su empresa necesita. Mediante un contrato de arrendamiento financiero, le entrega los activos para su uso, a cambio del pago de un canon periódico durante un plazo establecido.
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Mediante el Leasing Inmobiliario usted
accede a financiación para oficinas, bodegas, locales comerciales o
plantas industriales, sin necesidad de destinar capital de trabajo para
esto.
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El Leasing Proveedor es una interesante opción a la cual usted puede acceder si es proveedor de bienes de capital y de esta manera puede ofrecerle a sus clientes la alternativa de arrendarles los bienes que ellos necesitan.
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Novedosa alternativa para adquirir vivienda, que opera mediante un sencillo contrato de arrendamiento financiero, en el que primero pagas las cuotas de tu casa con una baja cuota inicial y dejas para el final parte del capital para cancelarlo como opción de adquisición.
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Alternativa para financiar los vehículos particulares que usted o su empresa necesita. Mediante un contrato de arrendamiento financiero, le entrega los vehículos para su uso, a cambio del pago de un canon periódico durante un plazo establecido y al finalizar el contrato, usted tiene la opción de adquirir el vehículo pagando un porcentaje de su valor inicial.
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Mediante un contrato de arrendamiento financiero, se realiza todo el trámite y la gestión de importación
de los activos y se les entrega para su uso a cambio de un canon
periódico durante un plazo establecido.
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Facilita la financiación de activos para desarrollar proyectos de gran envergadura, en aspectos como telecomunicación, saneamiento básico, energía, agua potable.
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CONTRATO DE RIESGO COMPARTIDO O
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¿QUE ES JOINT VENTURE ?
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JOINT VENTURE
ETIMOLOGICAMENTE SIGNIFICA UNA AVENTURA CONJUNTA.
GENERICAMENTE ES EL MECANISMO DE PENETRACION DE MERCADOS O INVERSION INTERNACIONAL.
TAMBIEN SE PUEDE DEFINIR COMO UNA MODALIDAD APTA PARA LA CAPTACION DE SOCIOS EXTERNOS EN PROYECTOS LOCALES
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CLASIFICACION DE LAS JOINT VENTURE
* Desde el punto de vista legal y organizacional
Societarias o de CapitalContractuales
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CLASIFICACION DE LAS JOINT VENTURES
* DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL TIPO DE CONTRATO
PARA PROYECTOS MANUFACTUREROS
PARA LAS INDUSTRIAS EXTRACTIVAS
PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
PARA PROYECTOS COMERCIALES
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CLASIFICACION DE LAS JOINT VENTURES
* DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL TIPO DE CONTRATO (Continuación)
PARA INVESTIGACION Y DESARROLLO
PARA ACTIVIDADES FINANCIERAS
PARA PRESTACION DE SERVICIOS
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CLASIFICACION DE LAS JOINT VENTURES
* DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL PAPEL DE LOS SOCIOS
CON UN SOCIO DOMINANTE O LIDER
DE ADMON. Y OPERACION COMPARTIDA
INDEPENDIENTES
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MOTIVOS PARA FORMAR UNA JOINT VENTURE
NECESIDAD
CONVENIENCIA
OBLIGACION O POLITICA EMPRESARIAL
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VENTAJAS DE UNA JOINT VENTURE
DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS SOCIOS
PARA EL PAIS RECEPTOR DE LA JOINT VENTURE
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VENTAJAS PARA EL SOCIO LOCAL
CAPITAL EXTRANJERO
FINANCIAMIENTO EXTRANJERO
TECNOLOGIA Y MARCAS EXTRANJERAS
MERCADOS DE EXPORTACION
EXPERIENCIA DE MANAGEMENT.
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VENTAJAS PARA EL SOCIO EXTRANJERO
CAPITAL LOCAL FINANCIAMIENTO
LOCAL MANAGEMENT
LOCAL MANO DE OBRA DE
BAJO COSTO INFRAESTRUCTUR
A DE PLANTA CONTACTOS E
INFLUENCIAS APROBACIONES
GUBERNAMENTALESDr. Jobita León More
VENTAJAS PARA EL PAIS RECEPTOR DE JOINT VENTURE
PRODUCTIVIDAD Y EMPLEO
TECNOLOGIA ,CONOCIMIENTO
ADMINISTRACION CAPITAL
EXTRANJERO MERCADO
INTERNACIONAL EXPORTACIONES DIVISAS
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PRINCIPALES PROBLEMAS ENCONTRADOS
LA NORMATIVA
DEMORAS, ENGORROSOS PROCESOS
INFRAESTRUCTURA INADECUADA
TRABAS EN EL FINANCIAMIENTO LOCAL
SISTEMAS CONTABLES INADECUADOS
LEYES DE COMPETENCIA
METODOS TECNICOS INADECUADOS
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PORQUE FALLAN ALGUNAS JOIN VENTURE (J.V.) PRODUCTOS,
TECNOLOGIAS O PLANTAS OBSOLETAS
INTERPRETACION ERRONEA DE LAS NECESIDADES DEL MERCADO
ELEVACION DE COSTOS CAMBIOS IMPREVISTOS
EN LA ECONOMIA ACCIONES
GUBERNAMENTALES PROBLEMAS INTERNOS
ENTRE SOCIOS
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BASES PARA LA TOMA DE DECISIONES
ELECCION DEL SOCIO ADECUADO
UBICACION DE LA INVERSION
DETERMINACION DEL VOLUMEN DE INVERSION
SELECCIONAR FORMA PENETRACION
DECISION DE INSERCION EN MERCADOS EXTERNOS
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COMO COMENZAR
DETERMINAR CAPACIDADES DE LA EMPRESA
DETERMINAR EXISTENCIA DE ACTIVOS CAPITALIZABLES
BUENA INFORMACION DISPONIBILIDAD DE TIEMPO DESEO DE UTILIZAR
RECURSOS EN LA INVESTIGACION
ASESORIA DE PROFESIONALES
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ELECCION DEL PAIS CONOCER LA
LEGISLACION Y NORMAS COMERCIALES
POLITICAS Y NORMAS SOBRE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIAS Y MARCAS
NORMAS SOBRE REGIMEN DE SOCIEDADES
ESTABILIDAD DEL GOBIERNO
POLITICA MONETARIA Y FISCAL
INDICES DE INFLACION, CRECIMIENTO ECONOMICO Y ESTABILIDAD
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POLITICA LABORAL Y ORGANIZACION DE LA M.O.
PROTECCION DE PATENTES Y MARCAS REGISTRADAS
DENSIDAD DEMOGRAFICA
P.I.B., INGRESO PERCAPITA
NIVEL DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y ECONOMICO
CODIGOS COMERCIALES
NIVELES DE ALFABETISMO Y EDUCACION
CARACTERISTICAS RELIGIOSAS Y ETNICAS
IMPACTO DEL NACIONALISMO SOBRE CAMBIOS SOCIALES E
INSTITUCIONALES
ELECCION DEL PAIS
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UNA FIRMA PRIVADA
LOCAL
UN SOCIO PUBLICO
LOCAL
INSTITUCION
FINANCIERA
INTERNACIONAL
UNA COMBINACION DE
LAS ANTERIORES
TIPOS DE SOCIOS
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RECOMENDACIONES PARA ELEGIR AL SOCIO
ESTUDIAR SU POSICION FINANCIERA
REPUTACION Y RED COMERCIAL
POSIBILIDAD DE COMPARTIR SUS
INSTALACIONES PRODUCTIVAS
NIVELES DE ACCESO Y CONTACTOS
CON EL GOBIERNO LOCAL
ANALIZAR SU POTENCIAL DE
PRODUCCION, PRESTACION DE
SERVICIOSDr. Jobita León More
RECURSOS PARA APORTAR A UNA J. V.
EL SOCIO LOCAL - RECURSOS NATURALES
- MANO DE OBRA BARATA - PLANTAS INDUSTRIALES MONTADAS - INFLUENCIAS Y CONTACTOS
EL SOCIO EXTRANJERO - CREDITOS - EQUIPOS - TECNOLOGIA - MERCADOS
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FINANCIAMIENTO DIVISAS DE LIBRE CONVERTIBILIDAD
MONEDA LOCAL CREDITOS - SOCIO LOCAL: FUENTES LOCALES - SOCIO EXTERNO: BANCA EXTRANJERA BIENES DE CAPITAL TERRENO, EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES BIENES TERMINADOS RECURSOS NATURALES MANO DE OBRA TECNOLOGIA REINVERSION DE UTILIDADES ACCESO A MERCADOS EXTERNOS E
INTERNOS ENTORNO DEL PAIS RED DE PROVEEDORES E INFLUENCIAS
LOCALES
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CONTRATO DE FRANQUICIA
O FRANCHISING
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La franquicia es uno de los sistemas
empresariales de mayor éxito y desarrollo a nivel mundial en la
actualidad. dirigido a la comercialización de bienes y servicios, en la cual una persona -natural o jurídica- concede a otra por un tiempo determinado el derecho de usar una marca o nombre comercial.
CONCEPTO
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Lo atractivo de las franquicias, es que son una manera bastante rápida de adquirir un
negocio y al mismo tiempo, obtener un know how que se ha desarrollado por años
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En la franquicia, además de otorgarle la licencia para el uso y explotación no exclusiva de su marca o nombre comercial, el franquiciante le transmite al franquiciado una gama de conocimientos y experiencias que le permiten a este último llevar a cabo la operación eficaz del negocio de forma uniforme con métodos comerciales y administrativos probados en diferentes mercados
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El origen del contrato de franquicia se remonta a unos 150 años atrás.
La franquicia moderna tuvo su espaldarazo en la década de 1950 con el auge de los restaurantes de comida rápida entre los cuales McDonald's fue el primero
Precisamente en los años cincuenta, comenzó también el despegue en franquicia del sector de fast food, con nombres tan conocidos como McDonald's, Burger King o Kentucky Fried Chicken
HISTORIA
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TIPOS DE FRANQUICIAFranquicia
de ProducciónEs aquella donde el
franquiciador, además de ser el
titular de la marca,
fabrica los productos
que comercializ
a en sus establecimi
entos franquiciad
os.
Franquicia de DistribuciónEl franquiciador actúa como
intermediario en las compras, selecciona productos que son
fabricados por otras empresas y los distribuye a
través de sus puntos de venta franquiciados en condiciones
ventajosas
Franquicia de Servicios
Es la explotación
de un determinado servicio cuya
fórmula original es propiedad
del franquiciador
, quien la transmite a
sus franquiciados. Este tipo
de franquicia es la que
tiene mayor auge en la actualidad
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MODALIDADES DE FRANQUICIA
Además, podemos encontrar mas de 20 modalidades de Franquicia en el mercado, entre las cuales podemos mencionar algunas:
1) Franquicia Industrial El franquiciador -quien debe ser titular de la propiedad industrial- cede a sus franquiciados la tecnología y materias primas necesarias para manufacturar un determinado producto y posteriormente venderlo en el mercado.2) Franquicia Master Es el resultado de exportar una franquicia de su país de origen a otro a través de la presencia de un máster franquiciado, a quien el franquiciador dueño de la marca vende los derechos de sus franquicias para que los desarrolle en el país destino. El máster franquiciado es responsable del desarrollo de la marca, de seleccionar a los franquiciados y adaptar el concepto a las características específicas de su mercado.
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3) Franquicia Corner Es aquella que se desarrolla dentro de otro establecimiento comercial, con un espacio franquiciado donde se venden los productos y/o se prestan los servicios del franquiciador de acuerdo con sus especificaciones4) Franquicia Shop in the ShopSe da cuando una franquicia se incorpora dentro de un negocio principal. Esto se da por ejemplo en tiendas por departamentos o establecimientos de comida rapida en los centros comerciales5) Franquicia AsociativaSe da cuando existe algun vínculo societario entre franquiciante y franquiciado. El franquiciante participa en el capital de la empresa franquiciada o viceversa.
6) Franquicia de ConversiónCuando un negocio ya establecido accede a una cadena, mediante un acuerdo, adaptandose a las caracteristicas de la misma en cuanto a imagen, nombre comercial, adecuación del local, publicidad conjunta, etc.
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VENTAJAS DEL FRANQUICIANTE
AGILIDAD Y RAPIDEZ EN LA EXPANSIÓNFORTALECIMIENTO DE LA MARCAAGILIDAD EN EL DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE NUEVOS MERCADOSLOS FRANQUICIATARIOS PROVEEN DE UNA INVALORABLE FUENTE DE TALENTOSATISFACCIÓN PERSONAL. BAJA INVERSIÓN DE CAPITAL COBRO DE UNA CUOTA INICIAL POR DERECHOS DE USO DE LA MARCACOBRO DE REGALÍAS
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DESVENTAJAS DEL FRANQUICIANTEREDUCCIÓN DE
INDEPENDENCIAREDUCCIÓN DE CONTROL SOBRE LAS UNIDADES O NEGOCIOS DE FRANQUICIASHAY UNA INVERSIÓN INICIALHAY RIESGOS DE BAJO ÍNDICE DE RENTABILIDAD PORQUE OBVIAMENTE SE COMPARTEN LAS UTILIDADESHAY RIESGOS DE RESISTENCIAS PARA CUMPLIR PUNTUALMENTE EN EL PAGO DE LAS REGALÍAS MENSUALES.HAY UNA POSIBILIDAD DE ROMPIMIENTO DEL ESPÍRITU DE EQUIPO, LEALTAD Y CONFIANZA.
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VENTAJAS DEL FRANQUICIADO
MENORES GASTOS PUBLICITARIOS Y MAYOR DIFUSIÓNPOSIBILIDAD DE EXPLOTAR UN NEGOCIO ACREDITADO Y DE MENOR RIESGO COMERCIAL.FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN INICIAL Y PERMANENTEASISTENCIA TÉCNICA, EMPRESARIAL Y APOYO EN LA SELECCIÓN Y FORMACIÓN DEL PERSONAL.SEGURIDAD EN EL APROVISIONAMIENTO Y MEJORA EN LOS PRECIOS DE COMPRAREDUCCIÓN DE RIESGOS E INCERTIDUMBRE AL INVERTIR EN UN NEGOCIO PROBADO
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DESVENTAJAS DEL FRANQUICIADOES POCO LO QUE PUEDE INNOVAR Y ES POCO LO QUE
PUEDE INVENTAR PORQUE TODO ESTÁ CREADO
TIENE QUE HABER UN TOTAL APEGO A LOS MANUALES DE OPERACIÓN DE LA MARCA
NO ES UNA SOLUCIÓN A PROBLEMAS FINANCIEROS
EL SISTEMA DE FRANQUICIAS NO ES EL DESARROLLO DE REPRESENTANTES Y DISTRIBUIDORES BÁSICAMENTE
EL SISTEMA DE FRANQUICIAS NO GARANTIZA EL ÉXITO INMEDIATO
EL SISTEMA DE FRANQUICIAS NO ES UNA RELACIÓN PASAJERA, ES UNA RELACIÓN QUE DEBE DURAR EN EL TIEMPO Y CONSOLIDARSE A MEDIDA QUE PASAN LOS AÑOSDr. Jobita León More
Cada minuto se abre una nueva franquicia en el mundo y ya existen mas de 15,000 empresas franquiciantes y 3 millones de unidades franquiciadasUSA, Canadá, Brasil, Japón, Australia, Inglaterra, Francia, México son los mas importantesEn el mundo el 95% de negocios que son franquicias logran pasar el quinto año, el 65% de los negocios independientes no consiguen sobrevivir al quinto año de vida
FRANQUICIA EN EL MUNDO
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FRANQUICIAS EN EL PERÚ
En el Perú la facturación por concepto de franquicias es de aproximadamente USD 300 millones Existen 100 mil empresas nacionales que están en capacidad de Franquiciarse.En Perú el 85% de franquicias son de origen extranjeroEl 95% de las Franquicias se encuentran en la ciudad de LimaEn el Perú vienen generando las Franquicias más de 10,000 puestos de trabajoEn el Perú a diferencia de Estados Unidos donde el 95% de las micro y pequeñas empresas utilizan el sistema de Franquicia, no llegamos al 1%
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CONTRATO DE SABER COMO”
“SABER HAVER” O “KNOW HOW”
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CONCEPTOLa convención mediante la cual una
persona natural o jurídica, se obliga ha hacer gozar al contratante de derechos que posee obre ciertas
formulas y procedimientos secretos, durante un tiempo determinado, y a través de un precio que el citado se
obliga a pagarleEs el conjunto de conocimientos y experiencias que es necesario para ejercitar una cierta actividad
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OBJETOEl KNOW HOW, enmarca un conjunto de invenciones, procesos, formulas o
diseños no patentados o no patentables, que incluyen
experiencias y habilidad técnica acumulada, la que puede ser
transmitida de preferencia o con exclusividad a través de servicios
personales.SUJETOS
- LICENCIANANTE
- LICENCIATARIO
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CARACTERISTICAS• Es un contrato principal
• Es un contrato complejo. Puede dar lugar a diversas formas de obligaciones
• Es un contrato atípico. No se encuentra regulado de manera especifica.
• Es constitutivo. Crea situaciones jurídicas
• Es un contrato de prestaciones reciprocas
• Es un contrato oneroso• Es un contrato conmutativo• Es consensual• Es de trato sucesivo. Su ejecución
se encuentra diferida en el tiempo.
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DERECHOS DE LAS PARTES:
DEL LICENCIANTE• Recibir el pago convenido a cambio de la
prestación estipulada• Exigir que el licenciatario guarde secreto de
los conocimientos que transfiere ya que tiene derecho a la confidencialidad.
• Exigir que el licenciatario explote la técnica transmitida.
• Exigir el acatamiento de las exigencias de calidad impuestas en el contrato.
• Exigir el cumplimiento de comunicación de mejoras de la técnica transmitida.
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DERECHOS DE LAS PARTES:
DEL LICENCIATARIO
• RECIBIR EL KNOW HOW.• QUE EL LICENCIANTE SE
ABSTENGA DE CEDER LOS CONOCIMIENTOS A TERCEROS
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OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
DEL LICENCIANTE• Transmitir el KNOW HOW.• Entregar los documentos técnicos que
contengan la información relevante por transmitir, es decir, del soporte material de know how.
• Brindar asistencia técnica, según se haya estipulado.
• Abstenerse de ceder el knoe how a terceros. Se configura un pacto de exclusividad a favor del adquiriente.
• Mantener en secreto la información objeto del contrato, de manera que no se pase a dominio publico. Dr. Jobita León More
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
DEL LICENCIATARIO• Pagar la contraprestación estipulada.
• Mantener en secreto los conocimientos que se le transfieren.
• Explotar la técnica transmitida.• Acatar las exigencias de calidad que le
impongan el cedente del know how.• Informar acerca de todas las mejoras a
innovaciones que se produzcan en el know how durante su explotación.
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CONOCIMIENTOS TECNICOS QUE COMPONEN EL KNOW
HOW• Objetos, piezas de prueba, modelos no
registrados, maquinas, aparatos, piezas singulares, herramientas, instalaciones de mecanización, inventos no patentados, et.
• Datos y antecedentes técnicos, formulas, cálculos, planos, dibujos, etc.
• Instrucciones, apuntes para la construcción, producción o explotación del producto, para a aplicación del procedimiento de fabricación, etc.
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CONTRATOS ASOCIATIVOS
Se considera contrato asociativo aquel que crea y regula relaciones de participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes.
Son contratos de colaboración empresarial ya sea para realizar específicamente una gestión, lograr un resultado o generar una utilidad que repartir.
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Se encuentran regulados en:
Libro Quinto (Contratos Asociativos) de la Ley General de Sociedades (artículos 438 al 448)
Importante:No generan una persona jurídicaDeben constar por escrito No está sujeto a inscripción en el Registro Dr. Jobita León More
CLASESContratos Nominados y Típicos
El de Asociación en Participación
El de Consorcio
Contratos Innominados o Atípicos
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CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN
El Contrato de Asociación en Participación (también conocido como cuenta en participación o Sociedad Accidental o en participación) resulta ser aquél mediante el cual, el asociante permite, a cambio de una determinada contribución, el ingreso de un asociado a uno o varios negocios que el primero realice, por lo cual, podrá este último participar en los resultados del o de los mismos.
Es el contrato por el cual una persona (asociante) concede a otro u otros que le aportan bienes o servicios (asociados) una participación en las utilidades y en las pérdidas de una negociación mercantil o bien en las de una o varias operaciones de comercio determinadas.
La doctrina dice que es una sociedad oculta porque actúa como una nueva sociedad sin que tenga un nombre propio y se admite a un socio que no es conocido por terceros.
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CARACTERÍSTICAS El asociante actúa en nombre propio La asociación en participación no tiene
razón social ni denominación. La gestión del negocio o empresa
corresponde única y exclusivamente al asociante y no existe relación jurídica entre los terceros y los asociados.
Los terceros no adquieren derechos ni asumen obligaciones frente a los asociados, ni éstos ante aquellos.
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CARACTERÍSTICAS El contrato puede determinar la forma de
fiscalización o control a ejercerse por los asociados sobre los negocios o empresas del asociante que son objeto del contrato.
Los asociados tienen derecho a la rendición de cuentas al término del negocio realizado y al término de cada ejercicio.
Los bienes contribuidos por los asociados se presumen de propiedad del asociante, salvo aquellos que se encuentren inscritos en el Registro a nombre del asociado
Es un contrato sujeto a plazo determinado (pactado expresamente) o determinable (se deduce del objeto del contrato).
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CONTRATOS DE CONSORCIO
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LA ASOCIATIVIDAD EMPRESARIAL
Tipos de asociatividad:
Redes de cooperaciónArticulación comercialAlianzas en cadenas productivasAlianza en clustersJoint Venture Tipos de acuerdo:
Cooperación verticalCooperación horizontal
Dr. Jobita León More
Contrato de consorcio es aquél por virtud del cual dos o más personas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico.
CONTRATO DE CONSORCIO
Dr. Jobita León More
CONTRATO DE CONSORCIOÓrganos de consorcio El Comité de Gestión (el equivalente a la Junta General de Accionistas) será el órgano de gobierno supremo del contrato y se integrará por todos los Partícipes. La regulación de las facultades delegadas estará a cargo del Comité de Gestión, órgano que podrá designar a una o varias personas para que actuando individual, conjunta o en comité ejerzan las facultades delegadas.
Dr. Jobita León More
CONTRATO DE CONSORCIO
Órganos de consorcio El Operador (el equivalente al gerente) será el Partícipe a quien se le encomendará la gestión de la operación conjunta dentro de su objeto de acuerdo con las directivas y políticas impartidas por la Asamblea de Partícipes o el órgano en quien este último delegue facultades.
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CONTRATO DE CONSORCIOResponsabilidades Alcances generales de la responsabilidad de los miembros del consorcio.-
Artículo 447° de la Ley General de Sociedades señala de manera expresa que cada Partícipe se vincula individualmente con terceros en el desempeño de la actividad que le corresponde en el consorcio, adquiriendo derechos y asumiendo obligaciones y responsabilidades a título particular. Dr. Jobita León More
CONTRATO DE CONSORCIOResponsabilidades
Responsabilidad de los directores y gerentes del operador.-
Art. 177° de la Ley General de Sociedades “Los directores responden, ilimitada y solidariamente, ante la sociedad, los accionistas y los terceros, por los daños y perjuicios que causen por los acuerdos o actos contrarios a la ley, al estatuto o por los realizados con dolo, abuso de facultades o negligencia grave. Es responsabilidad del directorio el cumplimiento de los acuerdos de la junta general, salvo que ésta disponga algo distinto para determinados casos particulares. ”
Dr. Jobita León MoreDr. Jobita León More
CONTRATO DE CONSORCIOResponsabilidades
Responsabilidad de los directores y gerentes del operador.-
Artículo 190° de la Ley General de Sociedades dispone que “(e)l gerente responde ante la sociedad, los accionistas y terceros, por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus obligaciones, dolo, abuso de facultades y negligencia grave”. Asimismo, el Artículo 191° de la Ley General de Sociedades señala que “(e)l gerente es responsable, solidariamente con los miembros del directorio, cuando participe en actos que den lugar a responsabilidad de éstos o cuando, conociendo la existencia de estos actos, no informe sobre ellos al directorio o a la junta general”.
CONTRATO DE CONSORCIO
Activos afectados al contrato Según lo establecido en el Artículo 446° de la Ley General de Sociedades, los activos que los Partícipes afecten al cumplimiento del consorcio continuarán siendo de propiedad de éstos. Los Partícipes ejercerán un derecho de copropiedad sobre los activos adquiridos para llevar a cabo la operación conjunta, siendo estos activos los adquiridos por el Operador para la ejecución de la operación conjunta, así como los producidos en ejecución de la operación conjunta.
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CONTRATO DE CONSORCIO
Tratamiento comercial “Artículo 445.- Contrato de Consorcio Es el contrato por el cual dos o más personas se asocian para participar en forma activa y directa en un determinado negocio o empresa con el propósito de obtener un beneficio económico, manteniendo cada una su propia autonomía. Corresponde a cada miembro del consorcio realizar las actividades propias del consorcio que se le encargan y aquéllas a que se ha comprometido. Al hacerlo, debe coordinar con los otros miembros del consorcio conforme a los procedimientos y mecanismos previstos en el contrato.”
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CONTRATO DE CONSORCIO
Tratamiento comercial Principales características: • Resulta un contrato y
no una sociedad comercial
• Cada consorciado responde a nombre propio
• Propiedad de los bienes aportados por los consorciados
• Participaciones• Gestión de negociosDr. Jobita León More
CONTRATO DE CONSORCIO
Tratamiento tributario Debemos iniciar el presente análisis, señalando que de acuerdo a lo dispuesto por el último párrafo del Artículo 14º del TUO de la “Ley del Impuesto a la Renta” los “joint ventures, consorcios y demás contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente” serán considerados contribuyentes, ostentando para efectos tributarios la calidad de Persona Jurídica.
Dr. Jobita León More
CONTRATO DE CONSORCIOFormalidad de los consorcios Para que gocen de la neutralidad tributaria que aplica a los contratos de consorcio sin contabilidad independiente, los Partícipes deberán solicitar autorización a la SUNAT, si el plazo del contrato es igual o mayor de 1 año. O comunicar a la SUNAT, si el plazo del contrato es menor de 1 año.
Dr. Jobita León More