contratos modernos

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA Escuela Profesional de Derecho Dra. Jessica Hermoza Calero Ciclo XI Dirección Universitaria de Educación a Distancia Contratos Modernos

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  • FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLTICA

    EscuelaProfesionaldeDerecho

    Dra.JessicaHermozaCalero

    CicloXI

    DireccinUniversitariadeEducacinaDistancia

    ContratosModernos

  • UniversidadAlasPeruanasDireccinUniversitariadeEducacinaDistancia(DUED)CalleLosLirios144,SanIsidro.LimaPerTelf.(511)4221808http://dued.uap.edu.pedued@uap.edu.peImpresoenlostalleresgrficosdelaUniversidadAlasPeruanasAv.SanFelipe1109,JessMara.LimaPerTelf.(511)2660195Derechos reservados. No est permitida la reproduccin total o parcial de la obra porcualquiermediooprocedimiento,comprendidoslareprografa,eltratamientoinformticoyelectrnicosinlaautorizacindelaUniversidadAlasPeruanas.2011

  • ContratosModernosGuadidctica

    5

    1. Introduccin de la Gua didctica

    2. Presentacin de la docente-tutora

    3. Introduccin a la asignatura

    4. Objetivos

    5. Requisitos

    6. Contenidos

    7. Fuentes de informacin

    8. Medios didcticos

    9. Actividades

    10. Evaluacin

    11. Orientaciones para el estudio de la asignatura

    12. Orientaciones para las tutoras

    Esquemadecontenidos

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    6

    Estudiante de Derecho: Bienvenido al curso de Contratos Modernos. Nuestra casa de estudios lo recibe a usted

    con la seguridad de brindarle un servicio de calidad en el presente curso. Para que usted

    pueda conocer al detalle el presente curso, se ha elaborado la presente Gua didctica

    que lo conducir y resolver las preguntas que pueda tener sobre el presente material. Es

    por este motivo que la lectura de la Gua didctica es imprescindible para que usted

    logre sus anhelos que espera del presente curso.

    Recuerde que es necesaria la lectura de la presente Gua antes de iniciar el curso; por

    este motivo, detallamos la estructura de la presente Gua didctica.

    La Gua didctica encontrar informacin sobre lo siguiente: Introduccin de la Gua didctica Introduccin a la asignatura Presentacin docente Introduccin a la asignatura Competencias/Capacidades Requisitos Contenidos Fuentes de informacin

    a) Bsicas

    b) Complementarias

    Medios didcticos Actividades Evaluacin Orientaciones para el estudio de cada unidad o tema Orientaciones para las tutoras.

    1.IntroduccinalaGuadidctica

  • ContratosModernosGuadidctica

    7

    Asimismo, deber desarrollar todas las preguntas del trabajo acadmico, por cuanto es obligatoria su presentacin. Su solucin les permitir ir midiendo en forma progresiva el avance de la de la asimilacin de sus conocimientos, pero, a la vez, se les recomienda responder dichas preguntas en forma personal y no grupal ya que al final de la presentacin del trabajo acadmico usted debe tener en cuenta que en su examen parcial y final se agregara una pregunta del presente trabajo.

    Pero, a la vez, es muy importante, estimado alumno, que cumpla con desarrollar y

    presentar en este nuevo mdulo un trabajo acadmico, ya que la nota que obtengan de

    dicho trabajo de investigacin ser promediada con las calificaciones que obtengan de

    los exmenes parcial y final.

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    8

    La profesora responsable del curso es la abogada, maestra y doctora en Derecho, Jssica

    Pilar Hermoza Calero, catedrtica de la Facultad de Derecho y Ciencias Polticas de la

    Universidad Alas Peruanas modalidades presencial y a distancia, especialista en

    Derecho CivilPersonas, Familia, Responsabilidad Civil, Derecho Empresarial,

    Contratos e Investigacin Cientfica, con estudios completos de posgrado en Docencia

    Universitaria y Educacin Abierta y a Distancia.

    La profesora es responsable de la elaboracin y seleccin de los materiales didcticos,

    responde a las inquietudes de los alumnos mediante el servicio de consulta, redaccin y

    calificacin de pruebas, integra los distintos materiales y disea el nivel de exigencia y

    las actividades y actividades del aprendizaje.

    Asesora y tutora: a lo largo del proceso de aprendizaje, es probable que en ocasiones

    usted necesite de un apoyo o alguna orientacin de tipo administrativo o acadmico. El

    servicio de asesora telefnica y telemtica busca cubrir esta demanda.

    Se le recomienda acudir a los tutores cuando usted lo considere conveniente, de esta

    manera siempre tendr a la mano una gua o un consejo que lo ayude, as como una

    constante supervisin de su progreso en la asignatura y en su carrera profesional.

    Pueden escribir al correo electrnico para absolver sus interrogantes:

    [email protected]

    2.Presentacindeladocentetutora

  • ContratosModernosGuadidctica

    9

    Estimado alumno:

    Al iniciar la presente asignatura de Contratos Modernos

    tenga usted presente que se encuentra en el dcimo primer

    ciclo de la carrera de Derecho y Ciencias Polticas de la

    Universidad Alas PeruanasModalidad Educacin a

    Distancia

    Si bien es cierto, en ciclos anteriores han adquirido conocimientos acerca de los contratos en forma general, y han logrado conocer que el contrato es el acuerdo de dos o ms partes para crear, regular, modificar o extinguir una relacin jurdica patrimonial, lo cual se perfecciona con el consentimiento de las partes; al respecto, dicha nocin se encuentra contenida en nuestro Ordenamiento Jurdico Civil, es decir, en el Cdigo Civil; empero, nuestro Cdigo Civil no regula los Contratos Modernos como los contratos que estn vigentes para actividades comerciales como son el contrato de franquicia o franchisig, el contrato de joint venture, el contrato de consultora o consulting, el contrato de auspicio, etctera, los cuales, constituyen actos jurdicos patrimoniales que se perfeccionan con el consentimiento libre y espontneo de las partes, a los cuales se les denomina contratos modernos, los cuales son atpicos, por cuanto -reitero- no se encuentran regulados y/o normados por nuestro Ordenamiento Civil.

    La presente asignatura ha sido organizada en unidades didcticas, en las cuales se

    encuentran contenidos los temas que comprenden el Plan de Estudios de la presente

    asignatura, el cual es bueno que lo estudien, pues es el mismo Plan del sistema

    presencial.

    En tal sentido, la presente asignatura ha sido diseada en cuatro unidades didcticas, de

    las cuales resulta necesario hacer un breve antecedente histrico, su naturaleza jurdica,

    la divisin de los contratos en general, su clasificacin en el derecho comparado, sus

    elementos constitutivos que lo conforman; asimismo, como en su mayora los contratos

    modernos tienen una tendencia comercial, tratamos en esta primera unidad acerca de las

    3.Introduccinalaasignatura

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    10

    generalidades de los contratos modernos. Como conceptos, antecedentes, clasificacin,

    entre otros, con relacin al derecho comercial, tambin consideramos que es necesario

    llegar a una distincin entre los contratos civiles y los comerciales; y culminamos esta

    unidad didctica considerando a los contratos mercantiles. Todo esto se encuentra en

    nuestro texto bsico de estudios, el cual es Contratos Atpicos e Innominados, del autor

    Bravo Melgar Sydney Alex, del sello de la Editorial San Marcos.

    En lo que respecta a la segunda unidad didctica ya abordaremos de lleno los diversos contratos modernos, entre los cuales consideraremos al contrato de franquicia o franchising, su concepto, la estructura de dicho contrato; adems, la segunda unidad contiene el contrato de know how, el cual es un contrato atpico e innominado mediante el cual una persona que puede ser natural o jurdica acuerda con otra, de similar naturaleza, el otorgamiento de una formula secreta de fabricacin y/o elaboracin de algn artculo o producto a cambio de un precio o tiempo convenido. Asimismo, en esta unidad estudiaremos acerca de la naturaleza jurdica de este contrato, sus elementos, etctera; asimismo, en dicha unidad abordaremos el contrato del joint venture, su origen, su evolucin histrica, las ventajas e inconvenientes de dicho contrato, derechos y obligaciones de los contratantes.

    En lo que respecta a la tercera unidad didctica desarrollaremos el contrato de

    consultora o consulting, concepto, las partes que intervienen o integran el contrato de

    consultora, sus modalidades, su mbito de aplicacin, y aqu resulta necesario reparar

    acerca de este contrato, por cuanto, actualmente las sociedades consultoras efectan sus

    servicios en cuatro (04) reas debidamente delimitadas a saber:

    a) La consultora en estrategia y reestructuracin cooperativa; b) La consultora en

    efectiva organizacin; c) La asesora funcional; d) La consultora de tecnologa

    de informacin.

    Seguidamente, desarrollaremos las caractersticas del contrato de consultora; para,

    finalmente, con la ctedra de todo lo expuesto, arribar a una conclusin, pues eso le va a

    servir al alumno para que en resumen se explique todo lo concerniente a este contrato.

    Luego tendremos que estudiar el contrato de outsourcing es un tema de actualidad en el

    que el objetivo principal de la empresa es la reduccin de gastos directos, basados en la

    subcontratacin de servicios que no afectan la actividad principal de la empresa. Por

  • ContratosModernosGuadidctica

    11

    otro lado, tambin analizaremos el tema de esponsorizacin o auspicio como seala el

    autor DEZ-PICAZO, la esponsorizacin constituye una especial forma de mensaje

    publicitario, que se realiza a travs de la conexin del nombre o de la marca del

    esponsor con la figura, la fama del esponsorizado y con la actividad cultural o deportiva

    realizada por ste, que constituye una manifestacin prestigiosa. Tambin

    estudiaremos el contrato de mercanca que se presenta como un instrumento que permite

    la obtencin del permiso o cesin de uso de un bien inmaterial como una marca de

    renombre, una obra protegida por los de derechos de autor o un aspecto determinado de

    la imagen de una persona famosa, para explotarlos comercialmente, como distintivos de

    sus productos o servicios, a travs de la incorporacin de sus atributos en los productos

    de la licenciatura de manera que formen parte intrnseca de los mismos.

    Finalmente, en la cuarta unidad didctica desarrollaremos lo referente al Contrato de

    leasing, sus caractersticas, las modalidades, su clasificacin. Con respecto al contrato

    de concesin, el origen y evolucin de dicho contrato, los caracteres estructurales, las

    partes contratantes, su naturaleza jurdica, las caractersticas del referido contrato, los

    efectos del contrato de concesin, y obligaciones de las partes contratantes, trmino del

    contrato de concesin. Adems, desarrollaremos el contrato de agencia, sus

    antecedentes histricos, concepciones del contrato de agencia, elementos del contrato de

    agencia, caractersticas del citado contrato y naturaleza jurdica. Por ltimo,

    estudiaremos en las ocho semanas del presente curso el contrato de Fideicomiso, que es

    una relacin jurdica por la cual una persona, denominada fideicomitente, transfiere

    bienes a otra persona, denominada fiduciario, para la constitucin de un patrimonio

    fideicometido, sujeto al dominio fiduciario de este ultimo y afecto al cumplimiento de

    un fin o fines especficos a favor de un tercero o del propio fideicomitente, a quienes se

    denomina fideicomisarios.

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    12

    Objetivos generales

    1. Analizar e identificar los diversos conceptos de los contratos modernos, que son

    utilizados por la persona natural o jurdica en su interactuar con los dems.

    2. Distinguir las nuevas modalidades de contratacin, manejar la elaboracin de

    contratos modernos.

    Objetivos especficos

    1. Identificar las nociones generales de los contratos.

    2. Analizar en qu se sustentan los contratos mercantiles

    3. Distinguir en qu se sustenta el contrato de Franquicia.

    4. Adquirir los conocimientos acerca del contrato moderno denominado Joint

    Venture.

    5. Identificar el concepto, y su naturaleza jurdica del contrato Know How.

    6. Adquirir los conocimientos acerca del concepto, mbito de aplicacin,

    caractersticas, entre otros, del contrato de consultora o consulting.

    7. Analizar el concepto, naturaleza jurdica, caractersticas, entre otros, acerca del

    contrato de outsorsing.

    8. Adquirir los conocimientos acerca de la forma cmo se sustenta el contrato de

    esponsorizacion o auspicio.

    9. Identifica cuales son las partes intervinientes y la importancia del contrato de

    merchandising.

    10. Conocer el concepto, naturaleza, caractersticas, entre otros, del contrato de leasing.

    11. Adquirir los conocimientos acerca de la forma cmo se sustenta el contrato de concesin.

    12. Distinguir el concepto, caractersticas, naturaleza jurdica del contrato de agencia

    o agencia.

    13. Adquirir conocimientos de cual es lo mas resaltante en el contrato de fideicomiso en cuanto a su funcionamiento, que no lo tienen ningn contrato moderno.

    4.Objetivos

  • ContratosModernosGuadidctica

    13

    El presente curso se denomina Contratos Modernos, el mismo que corresponde al ciclo XI de los estudios de la carrera de Derecho y Ciencias Polticas de la Universidad Alas Peruanas. Previamente, como requisito para llevar esta asignatura, el alumno ha debido aprobar el curso de Derecho Civil V-Contratos.

    5.Requisitos

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    14

    Unidaddidctica

    Materialdidctico

    NOCIONESGENERALESDELOS

    CONTRATOS

    PginasSemanade

    estudioI

    Primeraunidaddidctica(Anexoala

    Guadidctica)

    Conceptosdeloscontratos.AntecedenteshistricosNaturalezajurdicadeloscontratos.DivisindeloscontratosClasificacindeloscontratosenelderechocomparado.Elementosconstitutivosdeloscontratos.

    LeerlaGuadidctica

    1.semana

    SololaGuaseestudia

    Elementosesenciales,naturalesyaccidentalesdeloscontratos.Obligacionesmercantiles.

    LeerlaGuadidctica

    2.

    semana

    Unidaddidctica

    Materialdidctico

    NOCIONESDELOSCONTRATOSMODERNOS:FRANQUICIA,JOINTVENTUREYKNOWHOW

    PginasSemanade

    estudioIIUnidad

    (Anexoala

    Guadidctica)

    Loscontratosmercantiles:conceptodecontratos,contratocelebradoentrepresentes,entreausentes,conintervencindelagentecorredor,prescripcinycaducidad.

    LeerlaGuadidctica

    2.semana

    6.Contenidos

  • ContratosModernosGuadidctica

    15

    Libro:ContratosAtpicose

    Innominados,Autor:Bravo

    Melgar,SydneyAlex

    Elcontratodefranquicia,concepto.Distincindelafranquiciaconotroscontratos.Laestructuradelfranchising.Partesdelcontratodefranquicia,obligaciones.Partesintervinientesenlafranquicia.Elcontratojointventure,origen,evolucinhistrica,definiciones,naturalezajurdica,modalidades,derechosyobligacionesdeloscontratantes.Elcontratodelknowhow:origen,concepto,tipos,naturalezajurdica,elementos,diferenciasconotroscontratos,caractersticas.

    Pginas5a142

    247a302

    143a165

    3.y4.semana

    Unidaddidctica

    Materialdidctico

    ImportanciadelosContratosModernos:Consultora,Leasing,Fideicomiso

    PginasSemanade

    estudio

    IIIUnidad

    Libro:ContratosAtpicose

    Innominados,Autor:Bravo

    Melgar,SydneyAlex.

    ContratosdeConsultora:origen,concepto.Partesqueintegranelcontratoconsultoria,modalidadesdeconsulting.Naturalezajurdica,caractersticasdelcontratodeconsultora.

    Pginas606a703

    5.semana

    Terceraunidaddidctica(Anexoala

    GuaDidctica)

    Contratodeoutsorsing,definicin,sujetoscontratantes,naturalezajurdica.Contratodeesponsorizacionoauspicio,definicin,naturalezajurdica,caractersticas,deberes,obligacionesyextincin.Contratodemerchandising.Definicin,elementos,ventajasysujetosdelcontrato.

    765a771.

    543a555

    601al608

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    16

    UnidadDidctica

    Materialdidctico

    LASNUEVASFORMASDECONTRATACIN:LATARJETADECRDITO,ELCONTRATO

    DECONCESINYELCONTRATODEAGENCIA

    PginasSemanade

    estudioIV

    UNIDAD

    Libro:ContratosAtpicoseInnominados,Autor:BravoMelgar,SydneyAlex.

    ContratodeElcontratodeLeasing:caractersticas,modalidades,clasificacinporsufinalidad.ClasificacindelLeasingporsuejecucin,caractersticasesenciales,ventajasydesventajasElcontratodeconcesin:Origenyevolucin,concepto,caracteresestructurales,laconcesindebienes.Laspartescontratantesenelcontratodeconcesin,lanaturalezajurdica.Caractersticasdelcontratodeconcesin,efectosdelcontratodeconcesin,obligacionesdelaspartescontratantes.Elcontratodeagenciaoagency:antecedenteshistricos,concepcionesdelcontratodeagencia.Elementosdelcontratodeagencia,caractersticas.Naturalezajurdicadelcontratodeagencia,diferenciadelcontratodeagenciaconotroscontratos

    Paginas303a373

    497a504

    709al718

    6.y7.semanas

    Cuartaunidaddidctica(Anexoala

    GuaDidctica)

    ElcontratodeFideicomiso:Concepto,partesqueintegranelfideicomiso,obligacionesdelaspartes.Formasdemanifestacindelfideicomiso.Origen,antecedenteshistricos,caractersticas,naturaleza

    375a416

    8.semana

  • ContratosModernosGuadidctica

    17

    Se hace uso de la siguiente bibliografa bsica para una mejor comprensin, dejando en

    claro que primero debe recurrir a los textos fsicos y en segundo lugar a Internet que

    encuentre, por lo que a continuacin recomiendo:

    1. Texto bsico de enseanza: est constituido por libro denominado Contratos Atpicos e Innominados, Contratos Modernos Empresariales. Autor: BRAVO MELGAR, Sidney Alex, Editorial San Marcos. 2010. En esta obra el autor desarrolla los contratos modernos, que en su mayora son atpicos, por cuanto no existe normatividad que los regule; asimismo, realiza, un estudio comparativo de dichos contratos modernos con legislacin comparada, adems de precisar los orgenes de cada contrato moderno.

    2. Textos bibliogrficos complementarios

    Entre los textos bibliogrficos complementarios hemos considerado a los siguientes:

    a) Libro denominado Contratos Modernos-Prctica Forense I, del autor Eduardo

    Lavalle Zago, editado por Ediciones Jurdicas, edicin 2008.

    b) GHERSI, Carlos, Contratos Civiles y Comerciales, Editorial Astrea, Buenos Aires,

    1979.

    En esta obra, el autor realiza el desarrollo de los contratos modernos, pero en esta

    ocasin hace una diferenciacin entre los contratos que tienen caractersticas civiles, y

    aquellos que tienen connotacin comercial, y que bsicamente son empleados en el

    comercio.

    c) FARINA, Juan, Contratos Modernos, Editorial Astrea, Buenos Aires, 1993. En esta

    obra, el autor realiza el desarrollo de los contratos modernos, pero que le agrega

    modelos de contratos, que pueden servir como guas a los alumnos, y de esa forma

    tengan nociones acerca de la elaboracin de un contrato.

    7.Fuentesdeinformacin

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    18

    Pasaremos a especificar aquellos medios que utilizaremos en el desarrollo del curso.

    1. IMPRESOS

    - La Gua didctica

    Requiere de la lectura obligatoria por parte de usted para iniciar adecuadamente su

    estudio. Recuerde que deber consultarla cada vez que tenga dudas sobre algn

    tem del curso.

    - Las unidades didcticas

    Son los contenidos del curso. Las unidades didcticas desarrollan los temas del

    slabo del curso, cuyo conocimiento es obligatorio. Las unidades didcticas las

    encontrar en el presente texto.

    2. CAMPUS VIRTUAL

    Es el espacio disponible en Internet, adonde usted va a ingresar con un usuario y clave

    que le sern entregados en el momento de su matrcula, en la Coordinacin de su

    Unidad Descentralizada.

    En el Campus Virtual encontrar las Aulas Virtuales (una por cada curso en que se haya

    matriculado).

    8.Mediosdidcticos

    Ruta Web del Campus Virtual: http://dued.up.edu.pe

  • ContratosModernosGuadidctica

    19

    En cada Aula virtual, usted visualizar:

    (NOMBRE Y CDIGO DEL CURSO)

    CICLO 20XX-X Docente:

    Correo electrnico (e-mail):

    Orientaciones generales del curso

    En esta opcin se descargar un archivo con informacin importante que lo

    ayudar en el desempeo del curso.

    Cronograma del curso

    Aqu tiene usted el Cronograma de evaluaciones (examen parcial, final,

    sustitutorio y trabajo acadmico) y el horario del curso.

    Visualizar tutoras grabadas

    Es esta opcin podr visualizar las tutoras grabadas del curso, previa ubicacin de

    la fecha de la tutora programada:

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    20

    Ingrese al Foro

    A travs de esta seccin se realizarn los debates acadmicos definidos para el

    curso: el docente plantear temas a ser discutidos, con la finalidad de profundizar

    o aclarar temas de la asignatura. Usted puede participar del foro cuando lo

    requiera, adems, planteando sus dudas o comentando sobre lo aprendido.

    Para acceder al foro deber ingresar al curso desde el Campus virtual y lo

    encontrar como Foro de debate.

    Anotaciones

    Es esta seccin, el alumno registrar dos tipos de anotaciones:

    privadas, a manera de recordatorio, asignndoles prioridades (alta, normal o baja)

    al coordinador, consignando sugerencias, reclamos o incidencias a manera de reporte al coordinador de carrera.

    Sala de conferencias

    En este apartado, docente y alumno interactan en lnea. Es el espacio en el Aula

    virtual en el que usted encontrar al tutor para recibir su asesoramiento en lnea,

    para intercambiar opiniones, preguntas y respuestas acerca del curso. Los horarios

    de tutora estn especificados en esta seccin. Tenga en cuenta que a esta sala

    ingresan de todos los participantes. Recuerde, adems, que:

    1. Para utilizar adecuadamente esta sala debe tener conectados audfonos y

    parlantes.

    2. Instalar con anticipacin el programa de la Sala de conferencia.

    3. Ingresar a la sala identificndose con su nombre completo (nombres y

    apellidos).

  • ContratosModernosGuadidctica

    21

    Adems, se recomienda:

    1. Utilizar micrfono para poder hablar con el tutor o expositor.

    2. Prestar atencin a las instrucciones durante la charla para mantener el orden

    dentro de la sala.

    3. Leer el manual de uso de la sala.

    Para poder acceder a la Sala de conferencias deber ingresar al curso desde el

    Campus virtual, y lo encontrar como Sala de conferencias (recuerde que debe tener

    preparados sus audfonos o parlantes o micrfono).

    Biblioteca virtual

    Con el objetivo de brindar formacin integral a la comunidad universitaria, en esta

    seccin se proporciona acceso a las bibliotecas virtuales de reconocido prestigio.

    Compaeros del curso

    Este icono muestra la lista de alumnos matriculados en el curso, sus fotos y

    correos, para que usted pueda relacionarse con ellos y realizar tambin trabajos

    grupales.

    Enviar trabajo acadmico

    Se emplea para enviar los trabajos acadmicos en los plazos establecidos.

    Visualizar trabajos enviados

    A travs de esta opcin, usted puede asegurarse de que su trabajo fue

    correctamente enviado.

    Visualizar notas

    Con este enlace puede ir viendo las calificaciones del curso.

    El procedimiento de acceso y adecuada comunicacin a travs de la Sala de conferencias seencuentradetalladoenelapartadodelaGuadidcticatituladoOrientacionesparalastutoras.

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    22

    Material del curso

    En esta opcin encontrar la presentacin del docente, ayudas y enlaces

    interesantes que ingrese el docente.

    3. CORREO ELECTRNICO

    Es el medio de comunicacin que utilizar para comunicarse con el docente

    plantendole sus dudas o comentarios al respecto de los temas del curso. Si usted tiene

    algn inconveniente con sus notas, trtelo a travs de este medio; la Universidad le ha

    proporcionado un correo electrnico que tiene la siguiente estructura:

    donde cdigo es el nmero de matrcula que la Universidad le asign. Ejemplo:

    La clave debe solicitarla en la Coordinacin de su Unidad Descentralizada luego de

    haber efectuado su pago de matrcula y primera cuota, y haberse matriculado en la

    coordinacin de la Escuela.

    cdigo @alu.uap.edu.pe seguido de

    [email protected]

  • ContratosModernosGuadidctica

    23

    El trabajo acadmico servir para medir sus logros de manera gradual respecto al curso;

    este, a su vez, ser evaluada en el examen parcial y final.

    9.Actividades

    IMPORTANTE

    Estimado alumno: Usted remitir el trabajo acadmico (actividad obligatoria) a ms tardar en la stima semana de estudios:

    Publicndolo en el Campus virtual: el alumno ingresa su trabajo acadmico en el aula virtual

    del curso, usando el enlace o link:

    Una vez que haya ingresado a la opcin sealada en la imagen, siga las indicaciones.

    Recuerde verificar que el trabajo acadmico se ha publicado correctamente a travs de la opcin:

    Al publicar su trabajo debe considerar lo siguiente: o El archivo que enva debe estar comprimido (formato WinZip ) y no ser mayor a 4 Mb. o Debe tener como nombre la siguiente estructura:

    [Cdigo de curso completo] [Cdigo de alumno].zip Por ejemplo: 02010220620032001549.zip

    No se aceptar el trabajo acadmico despus de la fecha lmite o entregado mediante

    cualquier va diferente de la aqu mencionada. Las actividades que se encuentran en el texto servirn para su autoaprendizaje, mas no

    para la calificacin, por lo que no debern ser remitidas. Usted solo deber realizar y remitir el trabajo acadmico obligatorio que se le indica en el Aula virtual.

    Evite las sanciones acadmicas por plagio: Internet deber ser nicamente una fuente de

    consulta.

    i

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    24

    Probablemente, uno de los temas de esta gua que causar ms curiosidad es el referente

    a la evaluacin. Pues a continuacin presentaremos las indicaciones al respecto.

    La evaluacin de la asignatura permite tomar decisiones respecto al nivel de logro de los

    objetivos de aprendizaje, as como sus dificultades en el proceso de estudio, con el fin

    de realizar acciones correctivas.

    En este sentido, la evaluacin consiste en medir el grado de aprendizaje en el cual el

    estudiante se encuentra actualmente, es definitivo que para ello se considerar: la

    evaluacin de las actividades y las pruebas escritas.

    Las notas del examen parcial y examen final sern promediadas independientemente,

    siendo sumadas al final con las del trabajo acadmico o conocidas como actividad.

    Nota = Act. ------------------------------- 4

    Donde: Act. = actividad

    Aprobacin: la escala de calificacin es de 0 a 20; la nota aprobatoria mnima es de 11.

    La nota estar dada por el promedio de los rubros anteriormente descritos, con los pesos

    indicados en la frmula. La no presentacin de las actividades dar lugar a lo no

    aprobacin del curso. Asimismo, la calificacin del examen parcial y el examen final

    sern promediados por peso 3.

    10.Evaluacin

  • ContratosModernosGuadidctica

    25

    EP. + EF. _________ 3

    EP. = Examen parcial

    EF. = Examen final

    Cada nota del examen se multiplicar por 0.3 y sumado con el promedio de la actividad

    resulta una nota que ser el promedio final.

    Actividades remitidas al profesor: consiste en el envo oportuno de las actividades, la

    adecuada presentacin y el logro de los objetivos.

    Prueba escrita conceptual y actitudinal: se desarrolla individualmente por los alumnos

    en forma presencial y sobre los temas estudiados. Es parte del examen parcial y el

    examen final. Constan de preguntas objetivas y de verdadero/ falso, con preguntas

    abiertas que requieren del anlisis y sntesis de la informacin.

    Qu es un examen sustitutorio?

    Consiste en que el estudiante debe rendir un tercer examen aparte del examen parcial y

    examen final, con la finalidad que se reemplace la nota de uno de los exmenes

    anteriores que hubiera desaprobado o que no halla rendido en la fecha programada.

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    26

    Los alumnos debern de tomar en cuenta lo siguiente:

    Al recibir sus materiales lea primero la gua didctica, pues en ella se le ir planteando la estructura de la asignatura y usted podr contar con un real

    acompaamiento en su estudio.

    Planifique su tiempo para el estudio del curso en funcin de las actividades que va a desarrollar (evaluaciones presenciales, ejercicios, etctera). La asignatura ha

    sido organizada en cuatro unidades didcticas. Se le recomienda que dedique un

    mnimo de cuatro horas semanales al estudio, procure leer detenidamente la

    teora contenida en la unidad, subrayando la informacin ms importante y

    reflexione sobre los contenidos, tratando de relacionar los conocimientos con su

    realidad y la de su comunidad.

    Siga las sugerencias de reflexin y desarrolle los ejercicios de aplicacin y actividades.

    Busque significado a las lecturas en funcin de su vivencia cotidiana, reflexionando sobre la aplicacin de las mismas. No avance en el estudio de un

    mismo tema sin haber comprendido el anterior.

    En cuanto a las tutoras presenciales, es muy importante que asista a estas, ya que en ellas se le dar valiosas indicaciones, as como se le aclarar

    personalmente las dudas que podra tener.

    Tambin entablar contacto y conocimiento con sus condiscpulos, de esta manera se formar un espritu de cuerpo para futuras reuniones acadmicas y de

    esparcimiento.

    11.Orientacionesparaelestudiodecadaunidad

  • ContratosModernosGuadidctica

    27

    Algunas recomendaciones y sugerencias sobre lo que se debe hacer y no hacer en una

    sesin tutorial:

    Tenga presente el horario de la sesin de tutora; si es presencial, acuda puntualmente y si es por la red, comunquese en las horas indicadas en el

    cronograma.

    No pregunte si antes no ha estudiado el tema como debe ser. No se olvide de que las sesiones de tutora son para aclarar puntos especficos,

    no para repasar toda la unidad.

    Para aprovechar mejor su tiempo y el de su tutor, lleve las preguntas concretas y preparadas que desea que le expliquen. El tutor se llevar una buena impresin

    de usted y le atender eficientemente.

    Tutora presencial:

    Usted podr acudir a las tutoras presenciales los das designados por el cronograma, en

    las unidades descentralizadas. All su tutor se encargar de absolver las interrogantes y

    aclarar las dudas que tenga. Los horarios le sern comunicados oportunamente.

    12.Orientacionesparalastutoras

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    28

    Tutora telemtica

    El tutor estar esperando su participacin en la Sala de Conferencia, segn el horario de

    tutora virtual del presente curso.

    A continuacin se muestran los acuerdos para lograr una mejor comunicacin a travs

    de la Sala de Conferencia:

    Si usted desea formular preguntas, en sala de conferencia debe tener audfonos y micrfono. Haga clic en el icono mano para que el docente le autorice a

    plantear una interrogante o su comentario. Automticamente se visualizar el orden

    de las participaciones de cada alumno(a).

    Si usted est escribiendo un mensaje en la sala de chat de la Sala de conferencia y no tiene la posibilidad de escribir ms caracteres, coloque al final tres puntos

    suspensivos () y enve este mensaje a la sala de texto, esta seal le indicar a

    todos los participantes que usted no ha culminado con su participacin, sino que

    seguir escribiendo otro nuevo mensaje; por ende, todos estar a la expectativa de

    lo que usted siga escribiendo.

    Utilice la Sala de conferencia para temas acadmicos, si usted tiene alguna pregunta sobre su calificacin, haga su consulta a travs del correo electrnico al

    tutor de la asignatura.

    Despus de haber ledo la gua didctica, a continuacin, en las siguientes pginas, vamos a leer un resumen de cada unidad que ha sido preparado de acuerdo al silabo vigente. Creo conveniente que usted primero debe tener conocimiento global de todo el desarrollo del curso, luego desarrollaremos un anlisis de cada uno de los Contratos Modernos.

    Gracias

  • UNIDADESDIDCTICAS

  • ContratosModernosGuadidctica

    31

    1. Objetivos

    2. Esquemas de contenidos

    3. Introduccin

    4. Resumen

    Unidad I

    1.1. Nociones generales de los contratos

    1.2. Antecedentes histricos

    1.3. Naturaleza jurdica

    1.4. Divisin de los contratos

    1.5. Clasificacin de los contratos

    1.6. Otras Clasificaciones de los contratos

    1.7. Elementos constitutivos de los contratos

    1.8. Elementos esenciales, naturales y accidentales de los contratos

    1.9. La prescripcin en derecho mercantil

    1.10. Autoevaluacin

    Unidad II

    2.1. Nociones de los contratos modernos

    2.1.1 Franquicia, joint venture y know how.

    2.1.2 Marca y know how

    Autoevaluacin

    Unidad III

    3.1. Los Contratos Modernos: Consultora, Outsourcing, el Auspicio o Esponsorizacin, Merchandising.

    3.1.1El contrato de consultora (consulting)

    3.1.1.1. Origen

    3.1.1.2 Concepto de contrato de consultora

    3.1.1.3 Partes del contrato

    Esquemadecontenidos

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    32

    3.1.1.4 Modalidad del contrato de consultara

    3.1.1.5 mbito de aplicacin del contrato de consulting o consultora

    3.1.1.6 Naturaleza jurdica del contrato de consultora

    3.1.1.7 Caractersticas del contra de consultora

    3.1.1.8 Conclusiones

    3.1.2. Contrato de outsourcing.

    3.1.2.1 Concepto y caractersticas, objetivos

    3.1.2.2 Naturaleza jurdica. Aplicacin de Outsoursing en el Per

    3.1.3 Contrato de esponsorizacin o auspicio.

    3.1.3.1 Definiciones y origen.

    3.1.3.2 Auspicio en la prctica el contrato.

    3.1.3.3 Sujetos y naturaleza jurdica

    3.1.3.3 Derechos y obligaciones de las partes del contrato de auspicio

    3.1.3.4 Elementos que conforman el contrato de auspicio. Conclusiones.

    3.1.4 Contrato de Merchadising.

    3.1.4.1 Aspectos generales. Conceptos

    3.1.4.2 Ventajas del Merchadising. Elementos esenciales.

    3.1.4.3 Elementos estructurales del contrato de Merchadising

    3.1.4.4 Partes del Contrato de Merchadising.

    3.1.5 Autoevaluacin

    Unidad IV

    4.1. Contrato de leasing financiero.

    4.1.1. Definicin. Elementos.

    4.1.2. Ventajas y desventajas del contrato de leasing

    4.2. Contrato de concesin

    4.2.1. Origen y evolucin

    4.2.2 Concepto

    4.2.3 Caracteres

    4.2.4 Concesin de bienes

    4.2.5 Las partes contratantes

  • ContratosModernosGuadidctica

    33

    4.3.6 Naturaleza jurdica

    4.3.7 Descripcin tpica del contrato de consignacin

    4.3.8 Caractersticas del contrato de concesin

    4.3.9 Extincin del contrato de concesin

    4.3.10 Terminacin del contrato de concesin

    4.3.11 Obligaciones de las partes contratantes

    4.3. El contrato de agencia o agency

    4.3.1 Antecedentes histricos

    4.3.2 Concepciones del contrato de agencia

    4.3.3 Elementos del contrato de agencia

    4.3.4 Caractersticas del contrato de agencia

    4.3.5 Naturaleza jurdica del contrato de agencia

    4.3.6 Derecho y obligaciones del agente y agenciado

    4.4 Contrato de Fideicomiso.

    4.4.1 Definicin. Sujetos del contrato.

    4.4.2 Objeto, naturaleza y caractersticas del contrato de fideicomiso

    4.4 Autoevaluacin

    4.5. Fuentes de informacin

    4.6. Actividades sugeridas

    4.7. Solucionario de las autoevaluaciones

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    34

    UNIDAD DIDCTICA I

    1. Identificar las nociones generales de los contratos.

    2. Analizar en qu se sustenta los contratos mercantiles.

    UNIDAD DIDCTICA II

    1. Distinguir en qu se sustenta el contrato de franquicia.

    2. Adquirir los conocimientos acerca del contrato moderno denominado joint venture.

    3. Identificar el concepto y su naturaleza jurdica del contrato know how.

    UNIDAD DIDCTICA III

    1. Adquirir los conocimientos acerca del concepto, mbito de aplicacin,

    caractersticas, etc. del contrato de consultora o consulting.

    2. Analizar el concepto, naturaleza jurdica, caractersticas, etc., acerca del contrato de

    outsorsing.

    3. Adquirir los conocimientos acerca de la forma cmo se sustenta el contrato de

    Esponsorizacion o auspicio

    4. Identifica cuales son las partes intervinientes y la importancia del contrato de

    Merchandising,

    UNIDAD DIDCTICA IV

    1. Conocer el concepto, naturaleza, caractersticas, etc. del contrato de leasing.

    2. Analizar el concepto, naturaleza jurdica, caractersticas, etc. acerca del contrato de

    tarjeta de crdito.

    3. Adquirir los conocimientos acerca de la forma cmo se sustenta el contrato de

    concesin.

    4. Distinguir el concepto, caractersticas, naturaleza jurdica del contrato de agencia o

    agency.

    5. Identificar el amparo legal de los contratos de Fideicomiso.

    Objetivos

  • ContratosModernosGuadidctica

    35

    UNIDAD DIDCTICA I

    Esquemadecontenidos

    Contratos Mercantiles

    Obligaciones Mercantiles

    Contratos Mercantiles Contratos en que intervenga el agente

    Concepto y fuentes

    ModalidadesSolidaridad,

    productividad, no admisin de dilaciones, exclusin del retracto litigioso, facilidad de

    pago.

    - Negocios jurdicos

    - Contratos

    - Principio general

    - Requisitos

    Perfeccin:

    - Contratos celebrado entre presentes

    - Contratos celebrado entre ausentes

    Prueba

    Interpretacin

    Prescripcin del derecho mercantil

    - Condiciones

    - Prescripcin y caducidad

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    36

    UNIDAD DIDCTICA II

    Contrato de franchising: Privilegio, inmunidad, exencin, derechos

    Franchise Productos Fransichor

    Franquiciante Franquiciado

    Distincin de la franquicia con otros contratos. Contrato de agencia.- El mandatario que a ttulo de profesin concluye compras, ventas, arrendamientos, etc. en nombre y por cuenta de productores, industriales y comerciantes. *Es un mediador. *Tiene la exclusividad de la zona.

    Contrato de concesin.- Un comerciante concesionario pone su empresa de distribucin a servicio de un comerciante llamado concedente.

    C. de distribucin.- Pelculas fotogrficas, diarios y revistas. *Distrb. Pas, provincia o regin.

    C. de suministro.- Dirigido a proveer las cosas o los servicios prometidos y luego a cumplir o realizar obras. *Subcontratarte.-Sustitucin o subordinacin del subcontratarte al contratante. Es un acuerdo de ejecucin peridicas o continuadas de bienes.

    Compran productos al mayoreo a los fabricantes y los revenden a los minoristas. *Solo pagan los productos que venden o piensan vender.

    Ej. C. de franquicia.-La empresa Wong y otras tiendas comerciales, compra productos directamente a los mayoritarios y los exhiben en su tienda para venderlo a la minora que es el pblico.

    La duracin de este tipo de contrato es de 3, 5 10 aos, segn como lo determinen las partes.

  • ContratosModernosGuadidctica

    37

    Contrato joint venture

    Se manifiesta en la actividad explotadora de los recursos naturales. *Es un instrumentojurdico para las grandes inversiones de riesgo en nuestro medio a travs de inversiones extranjeras, unin entre empresa nacional o internacional.

    - Contrato atpico

    - Contrato innominado

    Asociacin en participacin Ley General de Sociedades 26887.

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    38

    Sus efectos en el desarrollo econmico.

    Una de las partes se compromete a poner a disposicin de otra los conocimientos constitutivos del know-how para ser utilizados por un tiempo determinado, recibiendo a cambio una cantidad de dinero.

    Es atpico.

    Similar a la compraventa, locacin de servicios, arrendamiento, licencia de patente y asistencia tcnica.

    Contrato bilateral.

    No procede la subcontratacin.

    Es oneroso.

    Conocimiento constitutivo: prototipos, modelos, instalaciones, inventos no patentados, frmulas,

    datos y documentacin tcnica e instrucciones.

    Contrato de know how

  • ContratosModernosGuadidctica

    39

    Contrato de know how

    Esta clase de contratos son de servicios de conocimientos que se brinda a una gran empresa.

    Ahora, en el contrato de know how, el servicio de conocimiento de la persona que lo presta son secretos o personalsimo, se tiene que otorgar el servicio en el cual est estipulado en el contrato; si se diera el caso que en su ejecucin se mejora esa frmula secreta del licenciante, tiene que comunicarlo al licenciatario para acordar establecer una clusula adicional al contrato, o si no fuera as, el mismo licenciante puede vender su nueva frmulasecreta a un tercero.

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    UNIDAD DIDCTICA III

    Contrato de consultora

    Servicios prestados por los tcnicos o especialistas de varias disciplinas organizados en equipos bajo una forma jurdica.

    - Estudios profesionales.

    - Sociedades y empresas de consultara privada y pblica.

    - Firmas asistentes del gobierno (no pertenecientes o descentralizadas de l).

    - Empresas estatales.

    - Organizaciones privadas sin fines de lucro.

    - Organizaciones internacionales por acuerdos multiestatales, universidades.

    Cualquier persona jurdica o privada o pblica.

    Caractersticas

    Es atpicoEs bilateral Es oneroso Es mercantilConmutativo

    Modalidades del contrato de consulting

    Project Manager.- Contenido intelectual. Ej. Elaboracin de proyectos.

    Convencional.- Actividades, tcnicas.

    Turn key.- Ejecucin material de la obra.

    In house.- Su propia estructura organizacional.

  • ContratosModernosGuadidctica

    41

    EEll CCoonnttrraattoo ddee AAuussppiicciioo

    EEll ccoonnttrraattoo ddee aauussppiicciioo,, eess eell aaccuueerrddoo eenn vviirrttuudd ddeell ccuuaall eell ssppoonnssoorr oo aauussppiicciiaaddoorr eennttrreeggaa ssuummaass ddee ddiinneerroo oo ddeetteerrmmiinnaaddooss bbiieenneess ttiilleess aall eell ssppoonnsseeee oo aauussppiicciiaaddoo ppaarraa qquuee ssttee ddeessaarrrroollllee llaa aaccttiivviiddaadd ppbblliiccaa qquuee llee eess hhaabbiittuuaall..

    AAssiimmiissmmoo,, eell aauussppiicciiaaddoo ssee ccoommpprroommeettee,, ggeenneerraallmmeennttee,, aa eexxhhiibbiirr oo ppoorrttaarr,, dduurraannttee llaa eejjeeccuucciinn ddee llaa aaccttiivviiddaadd,, eell nnoommbbrree,, mmaarrccaa

    Auspiciado

    Partes intervinientes Auspiciador

    Contrato de mercanca

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    42

    relacin contractual existente entre un proveedor y un usuario, en la que el proveedor asume la responsabilidad de una o varias funciones relacionadas con las tecnologas de informacin.

    CONTRATO DE OUTSOURCING

    NATURALEZA JURIDICA: El contrato de outsourcing es un contrato de derecho privado, modalidad contractual eminentemente comercial, atpico e innominado a su vez.

    OBJETIVOS: Optimizacin y adecuacin de los costos relacionados con la gestin, en funcin de las necesidades reales.

    Eliminacin de riesgos por obsolescencia tecnolgica.

    Concentracin en la propia actividad de la organizacin

  • ContratosModernosGuadidctica

    43

    Consensual

    Prestaciones recprocas

    Conmutativo o aleatorio

    Intuito personae

    Colaboracin

    Negociacin previa

    Caractersticas del contrato de agencia

    UNIDAD DIDCTICA IV

    Contrato de leas ing

    D. Ley 23738 de oc tubre de 1979.

    Brinda financiam iento a m ediano y largo plazo, perm itiendo que el c liente adquiera un bien de capita l que ha seleccionado y se facilite el uso por un periodo de tiem po a cam bio de sum as por concepto de a lquiler y gastos de m antenim iento.

    Proveedor del b ien. Proveedor del s erv ic io de f inanc iam iento. Cliente y titu lar del financ iam iento.

    1997 - La com paa G eneral M otors lanza al m erc ado su revoluc ionar io m odelo E V1, al m ism o tiem po, junto con otras autom otric es , in ic iaba una batalla legal contra el estado de C alifornia en pos de derogar la ZE V M andatory. D eb ido a ello, las 1100 un idades EV1 fabr ic adas por G eneral M otors no fueron vendidas a los interes ados, s ino alqu iladas m ed iante un contrato de leas ing. Es o le perm it ir a la em pres a m antener el c ontrol s obre el des tino de es os autom v iles .

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    44

    CONTRATO DE CONCESICONTRATO DE CONCESINNCONCEDENTECONCEDENTE CONCESIONARIOCONCESIONARIO

    EMPRESARIO DUEEMPRESARIO DUEO DEO DEUNA FUNA FBRICA DE PLBRICA DE PLSTICOSTICO

    EL PODEROSOEL PODEROSO

    COMERCIANTES COMERCIANTES DEDICADOS A LA DEDICADOS A LA

    VENTA DE MUVENTA DE MUECASECAS

    Contrato de concesin Caractersticas

    1.1. Es consensualEs consensual2.2. Es un contrato bilateralEs un contrato bilateral3.3. Es un contrato onerosoEs un contrato oneroso4.4. Es un contrato principalEs un contrato principal5.5. Es un contrato nominadoEs un contrato nominado6.6. Es atEs atpicopico

  • ContratosModernosGuadidctica

    45

    FideicomisoFideicomiso financiero. No son las sociedadescomerciales, son contratos en los que se especificanmuy claramente las obligaciones y derechos de laspartes los riesgos de los beneficiarios o acreedores, ylas maneras cmo se liquidarn y distribuirn losactivos entre losbeneficiarios.

    Banco comercial. Son las sociedadescomerciales sujetas a las leyes que regulan sufuncionamiento y liquidacin, sonintermediarios que asumen riesgos de laintermediacin, que llegan al caso de losacreedores, llamados depositantes, a aislarloscompletamente de los riesgos de crdito,moneda y liquidez de sus activos.

    Estructura legal Diferencia

    Fiduciario. Es la parte a quien transfieren los bienes y que est obligada a administrarlos con la prudencia y diligencia propias del buen hombre de negocios (administra lo ajeno como propio). Ej. Puede ser el banco.

    Fideicomisario. Es el destinatario final de los bienes.Normalmente, el beneficiario y el fideicomisario son unamisma persona, pero puede ocurrir que no sea la mismapersona, puede ser un tercero o el propio fiduciante.Pueden ser los participanteso lo socios.

    Fiduciante o fideicomitente. Es el que transfiere a otros losbienes. Tiene que poseer dominio pleno de los bienesdadosen fideicomiso.

    Beneficiario. Es la persona en cuyo beneficio se hainstituido el fideicomiso, sin ser el destinatario final de losbienes. Pueden ser una o varias personas fsicas ojurdicas.

    Partes que integran el fideicomiso

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    46

    Fideicomisario

    No asegura rendimientos, sino que asegura experiencia, diligencia y honestidad en el manejo del negocio.

    Habr fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condicin al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario. Fideicomiso

  • ContratosModernosGuadidctica

    47

    La asignatura denominada Contratos Modernos pertenece al Plan de Estudios de la Escuela Profesional de Derecho, al XI ciclo acadmico y tiene un valor de 3 crditos.

    Si bien es cierto que en ciclos anteriores ha adquirido conocimientos acerca de los contratos en forma general, y ha logrado conocer que el contrato es el acuerdo de dos o ms partes para crear, regular, modificar o extinguir una relacin jurdica patrimonial, lo cual se perfecciona con el consentimiento de las partes; al respecto, dicha nocin se encuentra contenida en nuestro Ordenamiento Jurdico Civil, es decir, en el Cdigo Civil; empero, nuestro Cdigo Civil no regula los Contratos Modernos como los contratos que estn vigentes para actividades comerciales, como son el contrato de franquicia o franchisig, el contrato de joint venture, el contrato de consultora o consulting, contrato de auspicio, contrato de outsourcing, el contrato de agencia o agency, entre otros, dichos contratos constituyen actos jurdicos patrimoniales que se perfeccionan con el consentimiento libre y espontneo de las partes, a los cuales se les denomina contratos modernos; los cuales son atpicos por cuanto no se encuentran regulados y/o normados por nuestro Ordenamiento Civil.

    En tal sentido, la presente asignatura ha sido diseada en cuatro (04) unidades

    didcticas.

    En la primera unidad resulta necesario desarrollar brevemente los antecedentes

    histricos, su naturaleza jurdica, la divisin de los contratos en general, su clasificacin

    en el derecho comparado, sus elementos constitutivos que lo conforman; asimismo,

    cmo en su mayora los contratos modernos tienen una tendencia comercial; tratamos,

    adems, acerca de la relacin entre el derecho comercial y los contratos; tambin

    consideramos que es necesario llegar a una distincin entre los contratos civiles y los

    comerciales; finalmente, culminamos esta unidad didctica considerando a los contratos

    mercantiles. Todo esto se encuentra en nuestro texto bsico de estudios, el cual es:

    Contratos atpicos e innominados de Sydney Alex Bravo Melgar, del sello editorial de

    Editorial San Marcos.

    Introduccin

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    48

    En lo que respecta a la segunda unidad didctica, abordaremos de lleno los diversos contratos modernos, entre los cuales consideraremos al contrato de franquicia o franchising, su concepto, la estructura de dicho contrato; adems, dicha unidad contiene el contrato de know how, el cual la ctedra considera que es un contrato atpico e innominado, mediante el cual una persona que puede ser natural o jurdica acuerda con otra, de similar naturaleza, el otorgamiento de una frmula secreta de fabricacin y/o elaboracin de algn artculo o producto a cambio de un precio o tiempo convenido. Asimismo, en esta unidad estudiaremos acerca de la naturaleza jurdica de este contrato, sus elementos, etc.; de la misma manera, abordaremos el contrato del joint venture, su origen, su evolucin histrica, las ventajas e inconvenientes de dicho contrato, derechos y obligaciones de los contratantes.

    En lo que respecta a la tercera unidad didctica, esta se refiere acerca del contrato de

    consultora o consulting, concepto, las partes que intervienen o integran el contrato de

    consultora, sus modalidades, su mbito de aplicacin, aqu resulta necesario reparar

    acerca de este contrato, por cuanto, actualmente, las sociedades consultoras efectan sus

    servicios en cuatro (04) reas debidamente delimitadas:

    a) La consultora en estrategia y reestructuracin cooperativa.

    b) La consultora en efectiva organizacin.

    c) La asesora funcional.

    d) La consultora de tecnologa de informacin.

    Seguidamente, desarrollaremos las caractersticas del contrato de consultora, para,

    finalmente, con la ctedra de todo lo expuesto, arribar a una conclusin, pues eso le va a

    servir al alumno para que en resumen se explique todo lo concerniente a este contrato.

    Otro contrato que contiene el desarrollo del silabo tenemos al contrato de outsourcing,

    contrato de auspicio y contrato de merchandising o mercanca.

    Finalmente, en la cuarta unidad didctica desarrollaremos lo referente al contrato de

    leasing, sus caractersticas, las modalidades, su clasificacin. Adems, asimismo,

    desarrollaremos el contrato de concesin, el origen y evolucin de dicho contrato, los

    caracteres estructurales, las partes contratantes, su naturaleza jurdica, las caractersticas

    del referido contrato, los efectos del contrato de concesin y obligaciones de las partes

  • ContratosModernosGuadidctica

    49

    contratantes, y los trminos del contrato de concesin. Adems, Estudiaremos el

    contrato de agencia, sus antecedentes histricos, concepciones del contrato de agencia,

    elementos del contrato de agencia, caractersticas del citado contrato y naturaleza

    jurdica y finalmente trataremos sobre el contrato de fideicomiso teniendo en cuenta que

    lo fundamental del este contrato se encuentra en comprender que es la nica figura

    jurdica en contratos modernos donde los bienes del fideicomiso estn protegidos por lo

    tanto son inembargables.

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    50

    UNIDAD DIDCTICA I

    1.1. NOCIONES GENERALES DE LOS CONTRATOS

    CONCEPTO

    Al respecto, el autor Cabanellas precisa que el contrato es el convenio obligatorio,

    entre dos o ms partes, relativo a un servicio, materia, proceder o cosa. La institucin

    jurdica en torno a cada contrato, convertido en realidad por voluntades concordes,

    surge por los preceptos imperativos o supletorios que el legislador establece

    singularmente en los contratos nominados y por las acciones procesales en su caso.

    El contrato implica dos requisitos esenciales en el aspecto contractual que seran:

    a) La exigibilidad de un proceder.

    b) Una responsabilidad emanada del ajeno incumplimiento.

    Otros juristas afirman que en el contrato prima el elemento patrimonial.

    Asimismo, Max Arias Schereiber Pezet define al contrato como el acuerdo entre dos o

    ms partes relacionadas con un objeto de inters jurdico. Su finalidad consiste en crear,

    modificar, regular o extinguir obligaciones con contenido patrimonial; constituye el acto

    jurdico plurilateral por excelencia.

    Para la ctedra consideramos que el contrato es el acuerdo de voluntades de dos o ms

    partes, con el objeto de crear, modificar, regular o extinguir obligaciones, cuyo

    elemento esencial tiene contenido patrimonial.

    Resumen

  • ContratosModernosGuadidctica

    51

    1.2. ANTECEDENTES HISTRICOS

    El contrato surgi en el derecho romano, conocido como contractus a partir del primer

    siglo de nuestra era.

    Los jurisconsultos romanos no formularon una definicin definitiva del contrato, y la

    voluntad de las partes no bastaba para crear obligaciones vlidas y eficaces. No exista,

    por ende, un concepto genrico del contrato. El contrato nace como un acto formal, solo

    aquellos que iban revestidos de la forma marcada por ley tenan la proteccin de esta y

    eran exigibles en su cumplimiento.

    Ulpiano conceptu al contrato como acto jurdico nacido de un acuerdo, por oposicin

    a los actos que precisaban solamente de una solemnidad para su validez.

    1.3. NATURALEZA JURDICA

    El contrato es una convencin generadora de derechos, es el acuerdo de voluntades de dos o ms sujetos contratantes manifestndose en forma legal, y que tiene por objeto crear, modificar o extinguir una relacin jurdica con contenido patrimonial.

    1.4 DIVISIN DE LOS CONTRATOS

    Los contratos se dividen en:

    a) Unilaterales y bilaterales. Segn la unidad, dualidad obligatoria entre las partes.

    b) Contratos a ttulo oneroso y a ttulo gratuito. Segn existan recprocas

    contraprestaciones o si la de uno de los contratantes es independiente de la del otro,

    liberado al respecto o desigual en la valoracin.

    c) Consensuales o reales. Merced al consentimiento para la perfeccin o si debe darse

    o hacerse algo para ella.

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    52

    d) Contratos nominados e innominados. Segn cuenten con denominacin legal o

    aquellos que carecen de ella.

    e) Conmutativos o aleatorios. De acuerdo a la determinacin exacta de las

    prestaciones o incierta al perfeccionarse.

    f) Principales y accesorios. Los contratos sern principales o accesorios segn existan

    y subsistan por s solos o estn necesariamente unidos a otros del que dependan.

    1.5. CLASIFICACIN DE LOS CONTRATOS

    Los contratos civiles y comerciales pueden clasificarse en:

    a) Por las obligaciones que contraen las partes:

    1. Unilaterales. Cuando una sola persona de las partes se obliga haca la otra. Por

    ejemplo, la donacin (cuando es sin cargo), la renta vitalicia, y, en general, los

    contratos reales: mutuo, depsito, etctera.

    2. Bilaterales. Cuando las partes se obligan recprocamente, la una haca la otra; por

    ejemplo: la compraventa, la locacin, la cuenta corriente, etctera.

    3. Plurilaterales. Cuando concurren dos o ms personas para celebrar un contrato, y se

    generan entre ellas relaciones jurdicas mltiples.

    b) Segn exista intercambio de prestaciones o no

    1. A ttulo gratuito. Cuando el contrato asegura alguna ventaja a una de las partes sin

    contraprestacin de la otra.

    2. A ttulo oneroso. Cuando las ventajas que asegura a una u otra de las partes tiene

    como contrapartida una contraprestacin; es decir, que las partes se han obligado

    recprocamente.

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    53

    c) Segn el momento en que se perfeccionan

    1. Consensuales. Si quedan perfeccionados desde que las partes han manifestado

    recprocamente su consentimiento; por ejemplo: la compraventa, la locacin, la

    cuenta corriente, etc.

    2. Reales. Son aquellos contratos que solo quedan perfeccionados desde que una de las

    partes haya hecho entrega a la otra de la cosa sobre la cual versa el contrato.

    Ejemplos: con el mutuo, el comodato, el depsito, y la constitucin de prenda y de

    anticresis.

    d) Segn se trata de un contrato denominado por la ley o no

    1. Nominados. Cuando la ley los denomina de una forma determinada y los

    reglamenta de una forma especfica, en tal sentido se les llama tambin atpicos.

    2. Innominados. Cuando la ley no los regula de un modo especfico y en

    consecuencia no les da una denominacin, en tal virtud quedarn sujetos a lo

    estipulado supletoriamente en el Cdigo Civil, Libro Fuente de las Obligaciones.

    e) Segn las partes expresen su consentimiento en mismo momento o no

    1. Entre personas. Cuando las partes contratantes asisten al acto por s o por medio de

    representantes y expresan su consentimiento en el mismo momento.

    2. Entre ausentes. Cuando las partes contratantes expresan su voluntad en momentos

    diferentes. Por ejemplo: un contrato celebrado por correspondencia, por medio de

    una oferta y una aceptacin que constan en diferentes instrumentos.

    f) Segn exista o no formalidad prevista en la ley para su perfeccionamiento

    1. Formales. Cuando la ley prescribe una forma determinada, sea para su existencia o

    para su prueba. Por ejemplo: deben ser hechos en escritura pblica los contratos de

    compraventa de inmuebles, los contratos de sociedad civil, cesin de derechos, la

    prenda comercial, etctera.

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    2. No formales. Son aquellos contratos para cuyo perfeccionamiento la ley no

    prescribe forma alguna, dejando amplia libertad a las partes contratantes. Por

    ejemplo: el contrato de mandato comercial, el contrato de mutuo, etctera.

    g) Segn su autonoma respecto de otro u otros contratos, se los clasifica en:

    1. Principales. Son aquellos contratos que tiene una vida jurdica autnoma,

    independiente de otros contratos.

    2. Accesorios. Al contrario, son aquellos contratos cuya vida jurdica depende de otro

    contrato principal. Por ejemplo: el contrato de fianza, el contrato de prenda, etc.

    h) Segn la certeza de las prestaciones comprometidas, se clasifican en:

    1. Conmutativos. Cuando las obligaciones de las partes estn determinadas de una

    manera precisa. Por ejemplo: el contrato de compraventa, de locacin, el mutuo, la

    cuenta corriente, etc.

    2. Aleatorios. Cuando el monto o quantum de una de las prestaciones no est

    determinado de manera fija, sino que depende de un acontecimiento incierto. Por

    ejemplo: el contrato de seguro, que es aleatorio porque la prestacin del asegurador

    depende de que si ocurre o no el siniestro previsto; el contrato de renta vitalicia,

    entre otros.

    i) Segn el momento de cumplimiento de las prestaciones, los contratos pueden

    ser:

    1. De ejecucin instantnea. Cuando las partes cumplen sus obligaciones en el

    momento mismo del contrato.

    2. De ejecucin diferida. Cuando las partes postergan el cumplimiento de sus

    obligaciones a posteriori.

    3. De ejecucin continuada (o de tracto sucesivo). Cuando las prestaciones de las

    partes son de cumplimiento continuado durante la vigencia o duracin del contrato,

    que se pacta por un tiempo ms o menos prolongado. Por ejemplo: casos del

    contrato de locacin de inmuebles, el contrato de apertura de crdito, etc.

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    55

    1.6. OTRA CLASIFICACIN DE LOS CONTRATOS

    a) Por la finalidad econmica: esta manera de clasificar corresponde a la utilidad del contrato. Ello es as porque los contratos sirven de intercambio de productos y de

    servicios.

    1. Contratos relativos a las cosas. El contrato crea obligaciones, pero la

    obligacin puede tener por objeto la entrega de una cosa. Algunos contratos son

    para transferir o para obligarse a transferir la propiedad de una cosa (renta

    vitalicia, compraventa, etctera), otros aseguran la transferencia con una

    finalidad distinta, como es el disfrute temporario de una cosa. Por ejemplo:

    locacin, comodato, o imponen la custodia de una cosa (depsito).

    2. Contratos relativos a servicios. En este caso, le corresponde a la locacin. Es

    el contrato por el cual una persona trabaja para otra. Se particulariza en distintos

    tipos contractuales, como el contrato de trabajo, la locacin de la obra y

    propiamente la locacin de servicios en el Derecho Civil.

    3. Contratos de crditos y seguros. En ciertos contratos, el objeto es el compromiso de garantizar el pago de cierta suma. Estos contratos son llamados a

    veces contratos accesorios porque se agregan a un contrato principal; en general,

    un prstamo de dinero; adems de las garantas reales de la prenda y de la

    hipoteca, se presenta, en los derechos personales, como figura tpica, la fianza.

    Tambin es posible, va contractual, asegurar a una persona tanto por los daos

    que pueda sufrir como por los que pueda causar. Entre estos contratos podemos

    considerar a los contratos de seguros, cuya aplicacin es variada.

    b) Contratos tpicos y atpicos: el problema de los contratos atpicos ha sido objeto de detenido estudio en el derecho espaol, conforme al cual Puig Brutau ha sealado la

    conveniencia de llamar la atencin sobre la diferencia que normalmente se establece

    sobre dos clases de contratos atpicos.

    Puede tratarse de un contrato propiamente atpico, en el sentido de no encajar en

    ninguna de las figuras con especfica regulacin y que tampoco responda a una

    combinacin de elementos correspondientes a figuras contractuales tpicas. Pero

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    tambin puede tratarse de una figura contractual que ofrezca dudas por combinar,

    precisamente elementos que correspondan a forma tpicas de la ley.

    En el primer caso, contrato atpico puro, no cabe duda de que el problema planteado

    se refunde con el ms amplio de las lagunas de la ley y de la jurisprudencia como

    fuente de derecho. Por supuesto, ante todo ser necesario determinar si las dudas

    pueden ser resueltas conforme a la ley privada que las partes hayan dado; existira

    una normativa supletoria, y el autor, en definitiva, manifiesta que ciertas normas del

    derecho espaol no permiten ir a las partes ms all de ciertos lmites.

    El autor Puig Brutau agrega que en el caso de una figura contractual que ofrezca

    dudas por combinar formas tpicas diferentes (contrato atpico mixto), el problema

    solo exige diferente atencin en cuanto a las normas propias de los contratos

    combinados, que sern puntos de referencia de posible combinacin o de su

    utilizacin como puntos de partida del razonamiento analgico. Indica las posibles

    teoras aplicables, que sucintamente mencionaremos:

    En primer lugar, la teora de la absorcin, segn la cual han de aplicarse al contrato

    mixto las normas propias de la figura contractual que corresponda a la prestacin o

    elemento dominante; en segundo lugar, la teora de la combinacin, que juzga

    aplicable al contrato mixto, un estatuto jurdico formado por la combinacin de reglas

    precedentes de los contratos cuyos elementos se hallan combinados; y, en tercer lugar,

    la teora analgica, que considera a los contratos mixtos sometidos al rgimen obtenido

    por combinacin de las normas generales de contratacin con las propias de aquellos

    contratos tpicos que pueden aplicarse por analoga, atendiendo a la situacin de los

    intereses en controversia.

    1.7. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LOS CONTRATOS:

    A los requisitos fcticos o presupuestos necesarios para la existencia del contrato, la teora los llama elementos esenciales o requisitos, y en la legislacin comparada diferentes cdigos los han enunciado sistemticamente.

    En cambio, el Cdigo Civil peruano, al igual que el Cdigo Civil argentino, no tiene

    una disposicin expresa en la cual enumera los elementos del contrato. Tal cuerpo de

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    57

    leyes los legisl en captulos sucesivos, cuando al hablar de los contratos en general se

    ocupo:

    1. De consentimiento

    2. De la capacidad de los contratantes

    3. Del objeto

    4. De la forma

    Salvat, destacado autor, seala que debemos diferenciar el consentimiento de los

    objetos, elementos necesarios e indispensables, sin los cuales no puede existir el

    contrato, de la capacidad que solo es un presupuesto de validez, y que de faltar

    originara la posible accin de nulidad prevista en proteccin del incapaz, y tambin la

    distincin con la forma que solo resulta elemento esencial en determinados, pero

    expresos supuestos, enunciados en el Cdigo y cuando la misma es requerida como

    solemnidad indispensable para la existencia del contrato.

    Para Ravenna, los elementos esenciales son aquellos necesarios para la existencia del

    contrato como tal, los llamados esenciales generales son aquellos que hacen que un

    contrato sea de una especie determinada. Elementos esenciales particulares de los

    contratos son: el precio y la cosa en la compraventa.

    El consentimiento (que debe manifestarse por oferta o propuesta de una de las partes y

    aceptarse por la otra) no es una declaracin de voluntad comn que est destinada a

    reglar sus derechos; es decir, el consentimiento se vincula con el plano gentico del

    contrato, y es casualmente lo que le da nacimiento. Cuando las partes celebran el

    contrato, este se perfecciona en los consensuales y produce sus efectos sin perjuicio de

    lo que se dispusiere sobre la forma para producir sus efectos propios, desde que las

    partes hubiesen recprocamente prestado su consentimiento y en los reales, adems del

    consentimiento que indudablemente las partes deben prestar, el perfeccionamiento o

    nacimiento se produce con la entrega de la cosa.

    El objeto sera las cosas o los hechos que una de las partes debe entregar o cumplir en

    beneficio de la otra, designndose esta cosa o hecho con el nombre de prestacin.

    El Cdigo Civil peruano, en su Art. 1402, establece que el objeto del contrato consiste

    en crear, regular, modificar o extinguir obligaciones.

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    58

    El concepto de CAUSA es referida a la causa fin, finalidad, elementos teleolgicos

    indispensables (segn los causalistas y neocausalistas) para la existencia del contrato.

    Es la causa que se diferencia del objeto, que responde este ltimo a la pregunta: qu

    es?, y en cambio la causa responde a la pregunta: por qu es?

    Si se admite como elementos esenciales del consentimiento, el objeto y la causa, esta

    enunciacin parte del presupuesto de que hacemos expresa diferencia entre la nocin del

    objeto (cosa o hecho) y la causa (finalidad).

    La doctrina separa los llamados elementos esenciales, sin los cuales no existe el

    contrato, de los presupuestos de validez para la existencia del mismo, que ataen a su

    posible nulidad cuando no han sido cumplidos; por ejemplo, la capacidad o la forma

    esencial. Cuando se trata de forma exigida como recaudo esencial por la ley, la forma

    puede ser considerada con ese carcter de elemento esencial, ya que su incumplimiento

    no producira la nulidad del acto, sino simplemente la inexistencia del contrato.

    El elemento esencial debe existir para que nazca el contrato; el presupuesto de la validez

    debe existir para que el contrato cuyo nacimiento se ha producido no pueda ser atacado

    y decretarse su nulidad; en el primer caso, no hay contrato, no se ha celebrado, no ha

    nacido; en el segundo, el contrato puede ser nulo por vicios existentes en el momento de

    su celebracin, pero que no obstaron a su nacimiento. Se trata de una enfermedad o

    vicio que podra generar el cuestionamiento posterior, pero que es incontrovertible en

    caso de incapacidad de hecho relativa, pero respecto de los incapaces de hecho

    absolutos o de las prohibiciones de contratar (incapacidad de derecho) son otros los

    alcances de la falta de capacidad.

    1.8. ELEMENTOS ESENCIALES, NATURALES Y ACCIDENTALES DEL

    CONTRATO

    a) Elementos esenciales. El elemento debe existir para que se d el contrato, el natural

    est inmerso dentro del rgimen jurdico de determinado contrato, pero puede ser

    excluido por voluntad de las partes. Por su parte, el accidental no est en el rgimen

  • ContratosModernosGuadidctica

    59

    normal del contrato, lo incorporan las partes. Son los elementos esenciales generales

    a todo contrato: el consentimiento, objeto y causa. Existen, adems, elementos

    esenciales particulares de los diversos tipos contractuales, como, por ejemplo, el

    precio y la cosa en la compraventa; precio y uso, y goce de una cosa en la locacin;

    gratuidad en el candidato, etctera.

    b) Elemento natural. Son naturales porque integran el contrato, salvo que las partes,

    expresamente, hubieran establecido su exclusin. Son conocidos tambin como

    efectos propios de los contratos bilaterales y de los onerosos, por cuanto su

    inclusin en realidad atae a los efectos que se relacionan con el momento del

    cumplimiento, pero no a la etapa de nacimiento del contrato. Resulta til, asimismo,

    mencionar como elementos naturales de los contratos onerosos la eviccin y los

    vicios redhibitorios.

    c) Elemento accidental. Este tipo de elementos se incorpora por voluntad de las partes. Tanto los elementos naturales, inmersos en el contrato respecto de sus

    efectos, como los accidentales, impuestos al contrato por voluntad de las partes, no

    se relacionan con el plano gentico del contrato, y solo con sus consecuencias

    referidas a las prestaciones.

    A los elementos accidentales, las partes los han incluido en el contrato; en

    consecuencia, ambas se han sometido al cumplimiento del pacto, porque lo convenido

    obliga como si fuera la ley misma (pacta sunt serranda).

    Algunos de estos elementos accidentales estn nominados en contratos especiales, por

    ejemplo: el cargo en la donacin y el pacto de retroventa. Tanto los elementos naturales

    como los accidentales son ajenos al nacimiento del contrato y no pueden interferir en su

    validez gentica.

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    60

    Naturaleza de los contratos mercantiles:

    A) OBLIGACIONES MERCANTILES

    Concepto y fuentes. No es propio del Derecho Mercantil, una teora general de las

    obligaciones. Pocas son las normas de carcter general en materia mercantil

    derogatorias de las disposiciones de Derecho Civil en esta materia, y muy difcil, por

    tanto, construir una teora general orgnica. Nos limitaremos, por consiguiente, a

    destacar las modalidades peculiares que las obligaciones mercantiles presentan.

    La palabra obligacin puede tomarse en dos sentidos:

    a) Como la relacin obligatoria en su conjunto

    b) Como parte de esa relacin

    En el primer aspecto la define DE DIEGO como relacin jurdica constituida a

    virtud de ciertos hechos entre dos o ms personas, por la que un denominado acreedor

    puede exigir de otra llamada deudor una determinada prestacin; SNCHEZ ROMN

    estudia la obligacin en su aspecto pasivo, considerndola como parte de la relacin.

    Dice a este propsito que el concepto de obligacin no puede ser igual al de la relacin

    jurdica que la contiene, como tampoco la relacin misma es cosa idntica al acto

    jurdico que la produce; la define como la necesidad jurdica de cumplir una

    prestacin.

    Por lo mismo que el Derecho Mercantil es eminentemente contractual, ofrece

    inters el estudio de las obligaciones que nacen de los contratos mercantiles. Sin

    embargo, hay que hacer notar que el Derecho Mercantil no solo se refiere a las

    relaciones de obligacin, sino que, adems, comprende otros grupos de relaciones

    jurdicas: relaciones personales o derechos de la personalidad (relativas al estado de la

    persona individual o colectiva que ejerce el comercio) y relaciones reales o derechos

    reales en materia mercantil (derechos reales sobre cosas destinadas normalmente al

    comercio, como el establecimiento, los buques, los ttulos de crdito, etctera).

    Modalidades

    Aunque la doctrina general de las obligaciones corresponda al campo del Derecho Civil

    se observan, sin embargo, ciertas modalidades nacidas de la necesidad de proteger

  • ContratosModernosGuadidctica

    61

    eficazmente el crdito y trfico mercantil en general, constituyendo verdaderas

    caractersticas del Derecho que nos ocupa.

    NAVARRINI seala las siguientes:

    1. Solidaridad entre codeudores. 2. Productividad de intereses. 3. No admisin de dilaciones en el pago. 4. Facilidad para la determinacin y pago del precio. 5. Exclusin del retracto litigioso.

    1. Solidaridad Por una derogacin a la regla general civil de que en el supuesto de pluralidad de

    deudores en una obligacin la solidaridad no se presume; en el Derecho Comercial se

    entiende inversamente que cuando varios deudores se comprometen a una misma

    prestacin, se considera responder solidariamente, a menos que de la convencin misma

    resulte lo contrario.

    2. Productividad de inters

    Es norma general en Derecho Civil que las obligaciones no producen intereses salvo

    pacto en contrario. En Derecho Mercantil existe la tendencia a la estipulacin de los

    intereses en toda obligacin que tenga por objeto una cantidad de dinero.

    3. No admisin de dilaciones en el pago

    Es otra regla que tiene su fundamento en la consideracin de los perjuicios ocasionados

    por la dilacin, y en la relacin de unas obligaciones con otras que pueden depender de

    la que es objeto de trminos dilatorios. Nuestro cdigo, de acuerdo con esta regla,

    establece que no reconocern trminos de gracia, cortesa u otros que bajo cualquiera

    denominacin difieran el cumplimiento de las obligaciones mercantiles, sino los que las

    partes hubiesen prefijado en el contrato, o se apoyaren en una disposicin terminante de

    Derecho.

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    62

    En cuanto a los modos de computar los plazos, el Cdigo establece que en todos

    los cmputos de das, meses y aos se entendern: el da, de veinticuatro horas; los

    meses, segn estn designados en el calendario gregoriano; y el ao, de trescientos

    sesenta y cinco das. Exceptundose las letras de cambio, los pagars y los prstamos.

    4. Facilidad para la determinacin y pago del precio NAVARRINI fija esta caracterstica como propia del Derecho Comercial.

    Otra nota peculiar de la legislacin mercantil podemos encontrarla en la regla de

    que los efectos de la morosidad empiezan en los contratos en que tuvieren da fijado

    para su cumplimiento, por voluntad de las partes o por la ley, al da siguiente de su

    vencimiento, sin necesidad de interpelacin o requerimiento. Si los contratos no

    tuvieren sealado da para su cumplimiento, entonces la mora comienza desde que el

    acreedor interpelare judicialmente al deudor o le intimare la protesta de daos y

    perjuicios ante juez, notario u otro oficial pblico autorizado.

    B) CONTRATOS MERCANTILES

    a) Negocios jurdicos

    Negocios jurdicos son las declaraciones de voluntad a las que la ley asigna efectos

    jurdicos. Durante largo tiempo la doctrina no ha conocido como figura autnoma ms

    que una clase de negocios jurdicos: los contratos. El avance de la elaboracin cientfica

    del Derecho, principalmente en Alemania e Italia, ha dado lugar a la formacin de

    nuevas figuras de derecho.

    Rocco, de acuerdo con la moderna orientacin, separa los negocios jurdicos en

    dos grandes grupos.

    1. Negocios jurdicos unilaterales, que son los negocios que resultan de la declaracin de voluntad de una sola persona, tales como la promesa de contratar, el

    desistimiento unilateral, el abandono de la nave a los acreedores y aseguradores, las

    ofertas al pblico, los ttulos de crdito, etctera.

    2. Negocios jurdicos plurilaterales, que son todos aquellos en que aparecen varias declaraciones de voluntad. Entre ellos, el ms importante y conocido es el

    contrato, pero junto a l, la doctrina moderna reconoce la existencia de otra

    especie de negocios plurilaterales, que se designa con el nombre de negocios

  • ContratosModernosGuadidctica

    63

    colectivos o actos complejos, como negocios de esta ndole cita Rocco la quiebra

    y las sociedades comerciales.

    La diferencia entre contrato y negocio colectivo consiste en que en aquellas

    partes tienen intereses distintos y opuestos, que encuentran su conciliacin en el acuerdo

    contractual, mientras que en el segundo las partes tienen un inters comn y colaboran

    juntamente a su realizacin.

    En el contrato estn las partes, una frente a la otra; en el negocio colectivo o acto

    complejo estn una junto a otra.

    b) Concepto de contrato

    El contrato, fuente ordinaria y normal de las obligaciones, es la figura tpica y

    tradicional del negocio jurdico y que en la vida econmica tiene ms importancia y

    aplicacin ms extensa.

    Para calificar de mercantil un contrato dice VIDARI NO se ha de atender

    a la cualidad de las personas, ni a ninguna otra consideracin, sino a la naturaleza

    objetiva de la prestacin y contraprestacin, es decir, a los fines que se proponen los

    contratantes. Cierto que si estos son comerciantes, existir una fuerte presuncin para

    considerar mercantil el contrato celebrado, pero se debe caracterizar el contrato en todo

    caso por su objeto, que ha de ser un hecho propio de la industria comercial.

    De acuerdo con esta doctrina, y recogiendo la nota de especulacin, lo define

    ALVAREZ DEL MANZANO como el acuerdo de voluntades sobre una misma cosa,

    del cual nacen obligaciones, derechos y acciones recprocas con el fin de obtener lucro.

    Es interesante hacer observar que en la sociedad moderna de tipo industrial

    la definicin misma del contrato se deforma. No se da en l afirma NAVARRINI un

    acuerdo de voluntades libre y efectivo, que sea un producto de la discusin y la

    conciliacin de intereses, sino que la voluntad de las Empresas se mecaniza en

    frmulas, reglamentos y normas que no toleran modificaciones y que sirven de base

    inalterable a una serie numerosa de convenciones. La voluntad de quien se pone en

    relacin con el empresario no puede discutir ni colaborar eficazmente a la conclusin

    del contrato, sino aceptar la oferta que se le hace. Las dos voluntades no se unen, se da

    una voluntad constitutiva del negocio jurdico y una voluntad de adhesin pura y

    mecnica.

  • EscuelaProfesionaldeDerecho

    64

    Estos son los llamados contratos de adhesin, cuyas aplicaciones son muy

    importantes en el orden comercial (contratos de adhesin son, generalmente, los de

    seguros, transportes, suscripcin de obligaciones, muchas operaciones bancarias,

    etctera), y en los cuales se refleja el desequilibrio actual de las fuerzas econmicas.

    c) Principio general

    Los contratos mercantiles, en todo lo relativo a sus requisitos, modificaciones,

    excepciones, interpretacin y extincin y a la capacidad de los contratantes, se regirn

    en todo lo que no se halle expresamente establecido en este Cdigo de Comercio o en

    leyes especiales, por las reglas generales del Derecho comn.

    d) Requisitos

    Los requisitos del contrato mercantil son, como en el civil: 1) esenciales y comunes a

    toda clase de contratos; 2) esenciales y propios de cada clase de contratos mercantiles; y

    3) accidentales.

    Los esenciales y comunes son:

    1. Consentimiento

    2. Objeto

    3. Causa (Art. 1.261, Cdigo Civil)

    Como la prestacin del consentimiento presupone la capacidad jurdica del sujeto,

    debemos tambin incluir esta. En lo relativo a toda esta materia rige el Cdigo Civil,

    con las especialidades propias de nuestro Derecho que han quedado estudiadas en otros

    lugares (vase capacidad mercantil, cosas mercantiles, etc.). Al tratar de la

    perfeccin del contrato comercial aludiremos a los problemas que plantea la prestacin

    del consentimiento.

    Perfeccin. El problema de la perfeccin del contrato ofrece un vivo inters, porque

    hasta entonces cada parte puede revocar su declaracin de voluntad, porque la

    capacidad de estas para obligarse ha de existir precisamente en el instante de la

    perfeccin, y, adems, para conocer la ley que ha de aplicarse, el lugar de transmisin

    de propiedad, y las cuestiones relativas a los riesgos y peligros a cargo de uno u otro

    contratante. Supone la perfeccin del contrato el nacimiento del mismo a la vida

  • ContratosModernosGuadidctica

    65

    jurdica, los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y el consentimiento

    se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptacin sobre la cosa y la causa que

    han de constituir el contrato.

    Dos son los elementos constitutivos del contrato: la oferta o proposicin y la

    aceptacin.

    La proposicin es la declaracin de voluntad encaminada a la perfeccin de

    un contrato comprensiva de los elementos esenciales del mismo. Segn la doctrina, ha

    de contener estos requisitos:

    1. Que exista una declaracin de voluntad expresa o tcita.

    2. Que tenga por finalidad la celebracin de un contrato.

    3. La declaracin, por ltimo, debe ser completa.

    En cuanto a la aceptacin, consiste en la declaracin de voluntad mediante

    la cual se expresa la adhesin a la propuesta. Son sus requisitos que exista una

    declaracin de voluntad expresa o tcita y debe corresponder ntegramente a la

    proposicin.

    Para que el contrato se forme es preciso que la proposicin y aceptacin, con

    sus requisitos respectivos, coexistan. El problema ms interesante que aqu se suscita es

    el relativo al momento de la perfeccin del contrato. Para ello distinguiremos diversas

    hiptesis:

    A) CONTRATO CELEBRADO ENTRE PRESENTES. En los contratos

    celebrados entre presentes, la perfeccin ofrece pocos problemas, ya que lo ordinario es

    que la proposicin y la aceptacin se hagan seguidamente, es decir, en un solo tracto de

    tiempo. Las legislaciones alemana y suiza exigen la aceptacin inmediata, en el mismo

    instante de la proposicin. Nuestro Cdigo de Comercio no contiene regla alguna sobre

    esta doctrina, pero es creencia general que esta especie de contratacin se perfecciona

    cuando el proponente conoce la aceptacin y la ratifica (Langle).

    Si el contrato se celebra por telfono, cree LYON CAEN que hay que

    considerarlo como celebrado entre presentes, puesto que hay comunicacin directa de

    las personas, con audicin instantnea. El cdigo federal suizo de las obligaciones

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    entiende que el contrato por telfono se reputa entre presentes si las partes o sus

    mandatarios han estado personalmente en comunicacin.

    B) CONTRATO CELEBRADO ENTRE AUSENTES. Lo que distingue el contrato entre personas lejanas del contrato entre presentes no es la posicin o

    colocacin entre los contratantes, sino el medio de comunicacin (BOLAFFIO). El

    momento de la perfeccin del contrato celebrado entre ausentes es muy discutido.

    Varias teoras pretenden resolver este problema:

    a) Teora de la manifestacin, segn la cual el vnculo se perfecciona en

    el momento mismo en que la aceptacin se declara.

    b) Teora de la informacin o conocimiento, que juzga indispensable que

    la aceptacin llegue a ser una realidad conocida por el proponente.

    c) Teora de la expedicin, que se supone se perfecciona el contrato

    cuando el aceptante se desprende de su aceptacin.

    d) Teora de la recepcin, que requiere llegue la carta o documento de

    aceptacin al domicilio del oferente, aunque este no adquiera noticia

    de dicha aceptacin por enfermedad, ausencia, etc.

    No hay unanimidad en la doctrina y en las legislaciones respecto al momento

    de la perfeccin de los contratos c