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CURSO BÁSICO DE ECONOMIA SOLIDARIA PARA FONDOS DE EMPLEADOS Bogotá D.C. Diciembre 10 de 2009 IVAN ALBERTO CORTES J.

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CURSO BÁSICO DE

ECONOMIA SOLIDARIA

PARA FONDOS DE

EMPLEADOS

Bogotá D.C. – Diciembre 10 de 2009

IVAN ALBERTO CORTES J.

OBJETIVOS DEL CURSO

Proporcionar información y actualizaciónconceptual sobre economía solidaria.

Identificar nuestro papel y desempeño dentrodel sistema cooperativo.

Reflexionar acerca de nuestros valores,deberes, derechos y comportamiento para elmejoramiento de nuestra institucióncooperativa.

Lograr una modificación en nuestra forma depensar para actuar en función del desarrollodel sector cooperativo

ESCEI

Escuela de Capacitación Empresarial e Informática

CONTEXTUALIZACION

FONDOS DE

EMPLEADOS

LEY 79

DE 1988

DECRETO

1481 DE

1989

LEY 454

DE 1998

LEY 79 DE 1988

ARTICULO 131. A los fondos de

empleados, asociaciones mutualistas,

denominadas sociedades mutuarias

por la ley 24 de 1981, y a las

entidades de que trata el Artículo

anterior, les serán aplicables, en

subsidio de disposiciones legales y

normas estatutarias, las disposiciones

de la presente ley mientras el

Gobierno expide los estatutos

correspondientes.

Decreto 1481 de 1989

Artículo 2 NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS. Los fondos de

empleados son empresas asociativas, de derecho privado,

sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y

subordinados con las siguientes características:

1. Que se integren básicamente con trabajadores asalariados.

2. Que la asociación y el retiro sean voluntarios.

3. Que garanticen la igualdad de los derechos de participación y

decisión de los asociados sin consideración a sus aportes.

4. Que presten servicios en beneficio de sus asociados.

5. Que establezcan la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en

caso de liquidación, la del remanente patrimonial.

6. Que destinen sus excedentes a la prestación de servicios de

carácter social y al crecimiento de sus reservas y fondos.

7. Que su patrimonio sea variable e ilimitado.

8. Que se constituyan con duración indefinida.

9. Que fomenten la solidaridad y los lazos de compaZerismo entre

los asociados.

Ley 454 de 1998

Por la cual se determina el marco

conceptual que regula la economía

solidaria, se transforma el Departamento

Administrativo Nacional de Cooperativas en

el Departamento Administrativo Nacional

de la Economía Solidaria, se crea la

Superintendencia de la Economía Solidaria,

se crea el Fondo de Garantías para las

Cooperativas Financieras y de Ahorro y

Crédito, se dictan normas sobre la actividad

financiera de las entidades de naturaleza

cooperativa y se expiden otras

disposiciones.

DEFINICIONES

ECONOMÍA SOLIDARIA

Sistema socio económico, cultural y ambiental, conformadopor fuerzas sociales organizadas en formas asociativas.

EMPRESA

Asociación voluntaria de personas que organizan esfuerzosy Recursos colocándolos al servicio de sus miembros.

FONDO DE EMPLEADOS

Son empresas asociativas de derecho privado sin ánimo deLucro, constituidas por trabajadores dependientes y

Subordinados.

DEFINICIONES

ECONOMÍA SOLIDARIA

Sistema socio económico, cultural y ambiental, conformadopor fuerzas sociales organizadas en formas asociativas.

EMPRESA

Asociación voluntaria de personas que organizan esfuerzosy Recursos colocándolos al servicio de sus miembros.

FONDO DE EMPLEADOS

Son empresas asociativas de derecho privado sin ánimo deLucro, constituidas por trabajadores dependientes y

Subordinados.

Autogestión Democráticas

Solidarias Humanistas

Sin ánimode

lucro

Las entidades del sector solidario son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidad es que conlleva la membresía sin discriminación de género

Las entidades del sector solidarioson organizaciones

democráticas

controladas por

sus miembros,

quiénes participan

activamente en la

definición de las

políticas y en la

toma de decisiones

Los miembroscontribuyen demaneraequitativa ycontrolan demanerademocrática elcapital de lasentidades delsector solidario.Por lo menos unaparte de estecapital espropiedad comúnde la entidad.

Las entidades delsector solidario sonorganizacionesautónomas de ayudamutua, controladaspor sus miembros,si tienen acuerdoscon otrasorganizaciones ocapital de fuentesexternas, lo realizanen términos queaseguren el controldemocrático porparte de susmiembros

Las entidadesdel sectorsolidariotrabajan parael desarrollosostenible desu comunidadpor medio depolíticasaceptadas porsus miembros

Las entidadesdel sectorsolidario brindaneducación yentrenamiento asus miembros asus dirigenteselectos,gerentes yempleados detal forma quecontribuyaneficazmente aldesarrollo desusorganizaciones.

Las entidades delsector solidariosirven a susmiembros máseficazmente yfortalecen elmovimientosolidario,trabajando demanera conjuntapor medio deestructuraslocales,nacionales,regionales einternacionales.

Ayuda mutua

Democracia

Equidad

Solidaridad

Honestidad

Sinceridad

Responsabilidad Social

Atención a los demás

Evolución Histórica de los Fondos de Empleados

Hace aproximadamente setenta ycinco años, en el Pueblo paisa, con elempuje, optimismo y solidaridad quelos identifica, se organizaron“natilleras”, formas primarias deasociación, en las que los antioqueñospor medio del ahorro programadodurante determinado tiempo, sereunían para satisfacer pequeñasnecesidades o para atender arraigadascostumbres de celebraciones clásicas,con un control y formas deadministración rudimentarias.

Ante las necesidades apremiantes y crecientes delos trabajadores y el interés directo de losempleadores, basados en estas formas primariasde asociación antioqueña, se crearon los fondosde ahorro en esta zona del país, que más adelantefueron evolucionando en Fondos de Empleados yexpandiéndose hacia las zonas industriales deCundinamarca y Valle, entidades que el año de1.989, crecieron y se desarrollaron sin marcojurídico propio, reglamentadas de acuerdo a loestablecido en el Código Civil para lasCorporaciones

Evolución Histórica de los Fondos de Empleados

GOBIERNO CORPORATIVO

ASAMBLEA

COMITÉ DE

CONTROL

SOCIAL

JUNTA

DIRECTIVA

GERENTE

REVISOR

FISCAL

LAASAMBLEA GENERAL

Sus decisiones

Son obligatoriasPara todos

losasociados

Órgano máximo de

Administración de los

Fondos de empleados La constituye

lareunión de los

asociadoshábiles o de

losdelegados

elegidos porestos

FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

Establecer las políticas y directrices generales del Fondo de empleados para el cumplimiento del objeto social.

Reformar los estatutos.

Examinar los informes de los órganos de administración y vigilancia.

Aprobar o improbar los estados financieros de fin de ejercicio.

FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

Destinar los excedentes del ejercicio económico conforme a lo previsto en la ley y los estatutos.

Elegir los miembros de la Junta Directiva y del Comité de Control Social

Elegir el Revisor Fiscal y su suplente y fijar su remuneración, y

Las demás que le señalen los estatutos y las leyes.

CLASES DE ASAMBLEAS

ORDINARIASe celebran dentro de los tres primeros meses del año calendario para el cumplimiento de sus funciones regulares

EXTRAORDINARIAPuede realizarse en cualquier época del año, con el objeto de tratar asuntos imprevistos o de urgencia que no puedan postergarse hasta la siguiente asamblea general ordinaria.

Solo podrán tratar los asuntos para los cuales fueron convocadas y los que se deriven estrictamente de estos.

CONVOCATORIA

Las asambleas generales ordinarias o extraordinariasserán convocadas por la Junta Directiva para fecha, hora ylugar determinados.

El revisor fiscal, el comité de control social, según el caso,o un 15% mínimo de los asociados, podrán solicitar a lajunta directiva, la convocatoria de asamblea generalextraordinaria.

La convocatoria se hará conocer a los asociados hábiles odelegados elegidos, en la forma y términos previstos enlos estatutos.

El comité de control social y si no hubiere, el revisor fiscalverificará la lista de asociados hábiles e inhábiles y larelación de estos últimos será publicada para conocimientode los afectados

Decreto 1481 de 1989

ORDEN DEL DIA

1. Verificación del quórum.

2. Instalación de la Asamblea

3. Elección Presidente y Secretario de la Asamblea.

4. Aprobación orden del día.

5. Aprobación Reglamento de la Asamblea.

6. Designaciones.

6.1. Comisión revisión y aprobación del acta.

6.2. Comisión de escrutinios.

. 7. Presentación de informes

. 7.1. Gestión año 2009 de Junta Directiva y Gerencia.

. 7.2. Comité de Control Social.

7.3. Revisor Fiscal.

8. Presentación y aprobación Estados Financieros a diciembre 31 de 2009.

9. Presentación y aprobación del proyecto de distribución de excedentes.

10. Reforma de Estatutos.

11. Elección Junta Directiva.

12. Elección Comité de Control Social.

13. Elección del Revisor Fiscal y asignación de sus honorarios.

14. Proposiciones y recomendaciones.

15. Clausura.

• Si la asamblea es de asociados deberá deliberar con:

- La mitad de asociados hábiles convocados

• Si en una hora no se ha integrado el quórum, la Asamblea podrá deliberar y adoptar decisiones válidas con un número de asociados:

• No inferior al diez por ciento del total de los asociados hábiles, o• No inferior al cincuenta por ciento del número requerido para constituir la entidad (fondo, cooperativa o mutual), según sea el caso).

• En las Asambleas Generales de delegados el quórum mínimo será el cincuenta por ciento de los elegidos y convocados.

• Una vez constituido el quórum, éste no se entenderá desintegrado por el retiro de alguno o algunos de los asistentes, siempre que se mantenga el quórum mínimo señalado anteriormente.

Artículo 31 - Ley 79 de 1988

Quórum de Asamblea General

• La Asamblea General de asociados puede ser sustituida por la Asamblea General de Delegados, si los estatutos lo contemplan, cuando:

- Se dificulte en razón del número de asociados - Los asociados estén domiciliados en diferentes municipios del país - Resulte muy onerosa en consideración a los recursos de la entidad.

• El número mínimo de delegados será de veinte.- Los delegados serán elegidos en el número y para el período previstos en los estatutos y el Consejo de Administración reglamentará el procedimiento de elección.

• A la Asamblea General de delegados le serán aplicables, en lo pertinente, las normas relativas a la Asamblea General de asociados.

Artículo 29 - Ley 79 de 1988

ASAMBLEA GENERAL DE DELEGADOS

Decisiones en Asamblea General

Mínimo 20 %

Reserva protección aportes sociales.

Máximo 80 %

-Incrementar reserva anterior.

-Crear o incrementar fondospermanentes o agotables para laboresde salud, educación, previsión ysolidaridad, para asociados y familias.(Decreto 1481 del 89)

-Revalorización de aportes (hasta50% de los excedentes). Devolveralgo a su valor real, de acuerdo con elIPC (índice de precios al consumidor)

-Amortización.

-Retorno de excedentes. #

DESTINACION DE EXCEDENTES

Es un cuerpo colegiadoelegido por la AsambleaGeneral, revestido depoder y autoridad, paraque lleve a cabo funcionesde planeación, organizacióny dirección, deconformidad con loslineamientos señalados porla Asamblea.

Compuesta por asociadoshábiles en número quedeterminarán los estatutosy presentará informes desu gestión ante el máximoorganismo de la entidad.

#

JUNTA DIRECTIVA

GERENTE

• Representante legal.• Ejecutor.• Dirigir y supervisar.• Elaborar el presupuesto.• Elaborar el informe anual.• Formular y gestionar cambios en la

estructura.• Celebrar contratos.• Dirigir las relaciones publicas internas y

externas.• Representar a la Entidad judicial y

extrajudicialmente.

*

OBJETIVO Y FUNCIONES DEL COMITÉ:Cumpliendo lo dispuesto en el Artículo 5° delDecreto 790 de Marzo 31 de 2003, el ComitéInterno de Administración de Riesgo deLiquidez tiene como objetivo el de apoyar a laJunta directiva y a la Alta Gerencia del Fondoen la asunción de riesgos y la definición,seguimiento y control de lo previsto en losArtículos 2° y 3° del mencionado Decreto. Parael cumplimiento del objetivo aquí establecido, elComité ejercerá las siguientes funciones:

COMITÉ DE RIESGO DE LIQUIDEZ

Establecer los procedimientos y mecanismos adecuados para lagestión y administración de riesgos, velar por la capacitación delpersonal del Fondo en lo referente a este tema y propender porlos sistemas de información necesarios.

Asesorar a la Junta Directiva en la definición de los límites deexposición por todo tipo de riesgo, plazos, montos, monedas einstrumentos y velar por su cumplimiento.

Proveer a los órganos decisorios de la entidad de estudios ypronósticos sobre el comportamiento de las principales variableseconómicas y monetarias y recomendar estrategias sobre laestructura del balance en lo referente a plazos, montos,monedas, tipos de instrumentos y mecanismos de cobertura.

Presentar a la Junta Directiva y a la Gerencia su recomendaciónsobre tasas de interés en los negocios activos y pasivos, conbase en estudios y análisis debidamente justificados ydocumentados legal y técnicamente.

Recomendar a la Junta Directiva las políticas y estrategias paramanejar, monitorear y controlar el riesgo de liquidez deconformidad con los principios señalados en las normas sobre lamateria.

Verificar la gestión integral de la estructura de sus activos,pasivos y posiciones fuera del balance, estimando y controlandoel grado de exposición al riesgo de liquidez, con el objeto deprotegerse de eventuales cambios que ocasionen pérdidas enlos estados financieros.

Presentar Informe mensual a la Junta Directiva sobre la actividadcumplida, los resultados alcanzados y las recomendaciones oconceptos que estime convenientes de conformidad con loscriterios para la evaluación, medición y control del riesgo deliquidez, en los plazos que defina la entidad de vigilancia ycontrol.

Las demás que guarden relación con el objetivo del Comité y conlas normas sobre la administración del riesgo de liquidez, que noestén asignadas a otros órganos y aquellas que emanen deorganismo competente y que sean de cumplimiento obligatorio.

FUNCIONES DEL COMITÉ DE EVALUACION DE LA CARTERA DECREDITOS

Son funciones del Comité de Evaluación de la Cartera de Crédito:

Evaluar permanentemente el riesgo de la cartera de créditos deconformidad con los criterios señalados en las Resolucionesemitidas por la Superintendencia de la Economía Solidaria,.

Analizar y verificar la actualización de la calificación de los créditospor nivel de riesgo.

Establecer prioridades para hacer el seguimiento de la cartera decréditos.

COMITÉ DE EVALUACIÓN DE LA CARTERA DE CRÉDITOS

Verificar que los deudores cumplan o estén cumpliendo lascondiciones pactadas para la atención de la respectivaobligación.

Verificar la constitución de las garantías y evaluar la idoneidadde las mismas y el cumplimiento de los requisitos de ordenjurídico.

Verificar la existencia física de los títulos valores que respaldenlas obligaciones a cargo de los asociados y las medidas deseguridad para su adecuada conservación.

Presentar informes a la Junta Directiva con los resultados de lasevaluaciones de la cartera de créditos.

Conservar el archivo de los documentos relacionados con lasevaluaciones realizadas.

Facilitar a los organismos competentes la informaciónrelacionada con la evaluación e informes sobre la cartera decrédito

REVISOR FISCAL

Los Fondos de Empleadosdeberán tener un Revisor Fiscaly su respectivo suplente.

Elegidos por la asamblea generalo por votación directa de losasociados conforme establezcanlos estatutos.

Puede ser persona natural ojurídica, que se encargue desupervisar el correcto manejo delas operaciones que el Fondo deEmpleados; así mismo, dará fepública de la utilización eficientey escrupulosa de los recursos dela misma.

El revisor fiscal responderáante los asociados y ante lasautoridades gubernamentalesencargadas de la vigilancia y elcontrol, por la veracidad de losbalances e informes financierosque se requieran.

Debe ser contador público, nopuede ser asociado ni estarligado con ningún miembro delfondo.#

REVISOR FISCAL

Los Fondos de Empleados podráncontemplar la existencia de unComité de control Social queejercerá las funciones de vigilanciasocial que se le asignen en losestatutos.El Comité de control Social estácompuesto por asociados hábilesen número y para período que fijeel estatuto, presentará informes desu gestión ante el máximo órganodel fondo.

COMITÉ DE CONTROL SOCIAL

QUE ES CONTROL SOCIAL?

Se refiere a la aplicación de controles sobre:

Cumplimiento de derechos y obligaciones de los asociados

INTERNO TECNICO

ÓRGANOS DE APOYO

Y CONTROL DEL ESTADO

SUPERINTENDENCIA DE LA

ECONOMÍA SOLIDARIA

Tiene como objetivos:

Ejercer control y vigilancia.Proteger los intereses de los asociados, de los terceros y dela comunidad en general.Velar por la preservación de la naturaleza jurídica de lasentidades sometidas a sus supervisión.Velar por la correcta aplicación de los recursos de esasentidades.Supervisar el cumplimiento socioeconómico no lucrativo.

LEY 454 DEL 98

El Departamento Nacional de la Economía Solidariatiene como objetivo, dirigir y coordinar la políticaestatal para la promoción, planeación, protección,fortalecimiento y desarrollo empresarial de lasorganizaciones de la economía solidaria.

Ley 454 del 98

DANSOCIAL ANTES DANCOOP

Algunas de sus funciones son:

•Fomentar y difundir los principios, valores y fines de la economíasolidaria.•Formular, coordinar, promover la ejecución y evaluación a nivelnacional de las políticas, estrategias, planes programas y proyectosgenerales al interior del sistema de la economía solidaria.•Ser órgano consultivo del gobierno nacional en la formulación depolíticas relativas a la economía solidaria.•Aprobar sus propios estatutos y reglamentos internos.•Trazar las políticas en materia de educación solidaria.

Ley 454 del 98

CONSEJO NAL DE ECONOMÍA SOLIDARIA “CONES”

Son funciones del Fones:

•Otorgar créditos para los proyectos de desarrollo de las entidades deeconomía solidaria.•Administrar los recursos a su disposición.•Fomentar las organizaciones solidarias de producción y trabajoasociado.•Otorgar créditos solidarios para fortalecer las organizaciones de laeconomía solidaria más pequeñas.

Ley 454 del 98

EL FONDO NACIONAL DE LA ECONOMÍASOLIDARIA “FONES”

REGIMEN ECONOMICO

Los Fondos de Empleados como empresas

asociativas, requieren también para su desarrollo de

la consolidación de un patrimonio económico.

REGIMEN ECONÓMICO

Dicho patrimonio, está constituidopor:

Los aportes que haga cada uno delos asociados.

Las reservas y los fondospermanentes que se creen pordecisión de la Asamblea General, oestén consignados en los estatutos.

Las donaciones y ayudas quereciban con destino a su incrementopatrimonial.

Los excedentes del ejercicio queno tengan destinación específica.

APORTE$:QUE $ON ?

Son cuotas de carácter obligatorio que debenhacer todos los asociados, con el propósito deproveer al fondo de empleados de los recursosnecesarios para prestar adecuadamente susservicios, según lo establecido en los estatutos.

Son cuotas de carácter permanente que elasociado hace y de las cuales no puededisponer sino cuando la Junta Directiva hayaaceptado su retiro.

Son de carácter patrimonial y van a la cuenta decapital social.

AHORRO$:QUE $ON ?

El ahorro permanente son cuotas de carácter obligatorioque deben hacer todos los asociados, con el propósito deproveer al fondo de empleados de los recursos necesariospara prestar adecuadamente sus servicios, según loestablecido en los estatutos.

Son cuotas de carácter permanente que el asociado hacey de las cuales no puede disponer sino cuando la JuntaDirectiva haya aceptado su retiro.

Son de carácter pasivo.

El ahorro voluntario es como su nombre lo dice, decarácter voluntario, puede ser a disposición del asociado oa termino (CDAT).