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CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE CASCOS MULTIPROPÓSITO (RESCATE – INCENDIOS FORESTALES), CASCOS PARA INCENDIOS ESTRUCTURALES, MONOGAFAS Y CABEZAS DE LINTERNAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS COMPLETAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS Y LINTERNAS DE PECHO PARA EL PERSONAL OPERATIVO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA Identificación del objeto: CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS COMPLETAS FECHA: (día/mes/año) 10 de mayo 2021 Funcionario responsable: Tnte. (B) Pablo Vásquez Oficial del Cuerpo de Bomberos de Ibarra Especificaciones Técnicas: Los términos de referencia para la presente contratación se detallan a continuación: 1.- ANTECEDENTES El Cuerpo de Bomberos de Ibarra, es un organismo autónomo adscrito al Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra que goza de autonomía administrativa y financiera, presupuestaria y operativa y que se rige por principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana, conforme lo señala el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador y en concordancia con el artículo 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. De conformidad con lo establecido en el Art. 264 numeral 13 de la Constitución de la República del Ecuador, los Gobiernos Municipales, tienen competencia exclusiva para gestionar los servicios de prevención, protección socorro, atención pre hospitalaria y extinción de incendios. Para lo cual la institución que brinda un servicio de calidad y de manera rápida, oportuna y eficiente ante lo cual para realizar este servicio se utiliza unidades de emergencia como: ambulancias, autobombas, auto tanques, unidades de rescate entre otras. Como se describe en el artículo 389 de Constitución de la República del Ecuador en la que dispone: El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.

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CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE CASCOS MULTIPROPÓSITO (RESCATE – INCENDIOS FORESTALES), CASCOS PARA

INCENDIOS ESTRUCTURALES, MONOGAFAS Y CABEZAS DE LINTERNAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS COMPLETAS PARA CASCOS

MULTIPROPOSITOS Y LINTERNAS DE PECHO PARA EL PERSONAL OPERATIVO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA

Identificación del objeto: CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS COMPLETAS

FECHA: (día/mes/año) 10 de mayo 2021

Funcionario

responsable: Tnte. (B) Pablo Vásquez

Oficial del Cuerpo de

Bomberos de Ibarra

Especificaciones Técnicas: Los términos de referencia para la presente

contratación se detallan a continuación:

1.- ANTECEDENTES

El Cuerpo de Bomberos de Ibarra, es un organismo autónomo adscrito al Gobierno

Autónomo Descentralizado de Ibarra que goza de autonomía administrativa y

financiera, presupuestaria y operativa y que se rige por principios de solidaridad,

subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana,

conforme lo señala el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador y

en concordancia con el artículo 53 del Código Orgánico de Organización

Territorial, Autonomía y Descentralización.

De conformidad con lo establecido en el Art. 264 numeral 13 de la Constitución de

la República del Ecuador, los Gobiernos Municipales, tienen competencia exclusiva

para gestionar los servicios de prevención, protección socorro, atención pre

hospitalaria y extinción de incendios. Para lo cual la institución que brinda un

servicio de calidad y de manera rápida, oportuna y eficiente ante lo cual para

realizar este servicio se utiliza unidades de emergencia como: ambulancias,

autobombas, auto tanques, unidades de rescate entre otras.

Como se describe en el artículo 389 de Constitución de la República del Ecuador en

la que dispone: El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la

naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o

antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la

recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y

ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.

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De igual manera de acuerdo al artículo 390 de la República del Ecuador dispone:

Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que

implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito

geográfico. Cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean insuficientes,

las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera

brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin

relevarlos de su responsabilidad.

El artículo 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización determina que “Los gobiernos autónomos descentralizados

municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política,

administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de participación

ciudadana; legislación y fiscalización: y, ejecutiva prevista en este Código, para el

ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden. La sede del

gobierno autónomo descentralizado municipal será la cabecera cantonal prevista

en la ley de creación del cantón.; en tal sentido, al ser una entidad pública debe

regirse por los principios y normas que regulan al sector público.

Además el artículo 140 del Código Orgánico de Organización Territorial,

Autonomía y Descentralización determina que: La gestión de riesgos que incluye

las acciones de prevención, reacción, mitigación, reconstrucción y transferencia,

para enfrentar todas las amenazas de origen natural o antrópico que afecten al

territorio se gestionarán de manera concurrente y de forma articulada por todos

los niveles de gobierno de acuerdo con las políticas y los planes emitidos por el

organismo nacional responsable, de acuerdo con la Constitución y la ley. Los

gobiernos autónomos descentralizados municipales adoptarán obligatoriamente

normas técnicas para la prevención y gestión de riesgos en sus territorios con el

propósito de proteger las personas, colectividades y la naturaleza, en sus procesos

de ordenamiento territorial. Para el caso de riesgos sísmicos los Municipios

expedirán ordenanzas que reglamenten la aplicación de normas de construcción y

prevención.

La gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de

incendios, que de acuerdo con la Constitución corresponde a los gobiernos

autónomos descentralizados municipales, se ejercerá con sujeción a la ley que

regule la materia. Para tal efecto, los cuerpos de bomberos del país serán

considerados como entidades adscritas a los gobiernos autónomos

descentralizados municipales, quienes funcionarán con autonomía administrativa

y financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y normativas

vigentes a las que estarán sujetos.

El artículo 274 del Código Orgánico De Las Entidades De Seguridad Ciudadana Y

Orden Público establece la naturaleza de los Cuerpo de Bomberos. - Los Cuerpos

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de Bomberos son entidades de derecho público adscritas a los Gobiernos

Autónomos Descentralizados municipales o metropolitanos, que prestan el

servicio de prevención, protección, socorro y extinción de incendios, así como de

apoyo en otros eventos adversos de origen natural o antrópico. Así mismo

efectúan acciones de salvamento con el propósito de precautelar la seguridad de

la ciudadanía en su respectiva circunscripción territorial.

Contarán con patrimonio y fondos propios, personalidad jurídica, autonomía

administrativa, financiera, presupuestaria y operativa. Los recursos que les sean

asignados por Ley se transferirán directamente a las cuentas de los Cuerpos de

Bomberos.

El artículo 276 del Código Orgánico De Las Entidades De Seguridad Ciudadana Y

Orden Público determina las funciones de los Cuerpos de Bomberos.- Los Cuerpos

de Bomberos en las circunscripciones territoriales cantonales y metropolitanas

tienen las siguientes funciones: 1. Ejecutar los servicios de prevención, protección

y extinción de incendios, así como socorrer en desastres naturales y emergencias,

además de realizar acciones de salvamento; 2. Actuar, según los protocolos

establecidos para el efecto, en forma coordinada con los diferentes órganos del

Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos; 3. Estructurar y ejecutar

campañas de prevención y control de desastres naturales o emergencias,

orientadas a la reducción de riesgos, en coordinación con el ente rector nacional; 4.

Diseñar y ejecutar planes y programas de capacitación para prevenir y mitigar los

efectos de desastres naturales y emergencias, en coordinación con los Gobiernos

Autónomos Descentralizados metropolitanos o municipales y con el ente rector

nacional de gestión de riesgos; 5. Incentivar la participación, involucrar a la

comunidad y realizar campañas para la prevención y reacción adecuada ante

riesgos naturales y antrópicos; y, 6. Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás

normativa vigente en el ámbito de sus competencias.

Conforme lo establece el Art. 23 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública, la entidad deberá contar con los estudios y diseños

completos, definitivos y actualizados, planos y cálculos, especificaciones técnicas,

debidamente aprobados por las instancias correspondientes, vinculados al Plan

Anual de Contratación de la entidad. Los estudios y diseños incluirán

obligatoriamente como condición previa a su aprobación e inicio del proceso

contractual, el análisis de desagregación tecnológica o de Compra de Inclusión,

según corresponda, los que determinarán la proporción mínima de participación

nacional o local de acuerdo a la metodología y parámetros determinados por el

Servicio Nacional de Contratación Pública. La máxima autoridad de la Entidad

Contratante y los funcionarios que hubieren participado en la elaboración de los

estudios, en la época en que éstos se contrataron y aprobaron, tendrán

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responsabilidad solidaria junto con los consultores o contratistas, si fuere del caso,

por la validez de sus resultados y por los eventuales perjuicios que pudieran

ocasionarse en su posterior aplicación.

A la presente fecha, el Cuerpo de Bomberos de Ibarra, ha entregado cascos

multipropósito Rescate – Incendios Forestales a la gran mayoría de bomberos

operativos quedando pendiente de recibir este equipamiento únicamente 19

personas y así este personal pueda realizar la atención a incidentes y emergencias,

debiendo indicar que el casco es un equipo de protección personal que precautela

la integridad física de cada uno de los integrantes del CBI y es necesario para poder

acudir a la atención a emergencia y siniestros.

La resolución N° RE-SERCOP-2016-0000072, SERCOP, establece claramente los

parámetros mínimos mediante los cuales se elaborarán especificaciones técnicas o

Términos de Referencia según el caso, y basándose en esta directriz emanada por

la institución rectora de la contratación pública ecuatoriana, además por tratarse

de bienes de especiales de características, se realizará un proceso de Verificación

de Producción Nacional y de no existir producción u oferta nacional se iniciara un

proceso de importación según lo establece la sección 1 del capítulo IV de la

resolución ya mencionada en concordancia con el artículo 3 inciso tercero del

Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en

cuyo caso este proceso no se regirá por la normativa nacional.

2.- OBJETIVO

Adquirir cascos multipropósito (Rescate – Incendios Forestales) y cascos para

incendios estructurales como dotación personal, así como también el reemplazo de

mono gafas y cabezas de linternas de los cascos multipropósitos del personal que

ya cuenta como dotación y linternas de pecho para incendios estructurales a todo

el personal operativo del CBI atender los incidentes como: incendios estructurales,

incendios forestales, rescate vertical, rescate en espacios confinados, búsqueda y

rescate, rescate urbano, rescate en estructuras colapsadas y en la mitigación de los

incidentes.

3.- SITUACIÓN ACTUAL / JUSTIFICACIÓN

Luego de haber realizado un análisis conjuntamente con la Unidad de Talento

Humano se puede evidenciar que existe personal operativo que aún no cuentan

con cascos multipropósito (Rescate – Incendios Forestales) y cascos para incendios

estructurales como dotación personal, así como también el reemplazo de mono

gafas y cabezas de linternas de los cascos multipropósitos del personal que ya

cuenta como dotación y linternas de pecho para incendios estructurales a todo el

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personal operativo del CBI, además del remplazo de las linternas de los cascos

multipropósitos de acuerdo a los informes presentados y además que estos bienes

no existen en stock en la institución, es por tal motivo que se establece la necesidad

de dotar a las personas faltantes con este equipamiento para que puedan

desarrollar las actividades propias y encomendadas por la institución con

seguridad y profesionalismo.

La adquisición de estos equipos de protección personal se encuentra programados

dentro del Plan Anual de Compras del año 2021.

Dentro del REGLAMENTO DE APLICACIÓN A LOS ARTICULOS 32 Y 35 DE LA LEY

DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS REFORMADA en el Capítulo I, Artículo 6

señala:

Adquisición de materiales, equipos e implementos.- Se utilizara únicamente

para la adquisición de materiales, equipos e implementos para la defensa contra

incendios como: vehículos, cascos, mangueras, extintores, chaquetones, escaleras,

bombas, pitones, equipos de comunicación, botas, máscaras, guantes, uniformes,

equipos de rescate, camillas, mosquetones, cabos y otros materiales operacionales.

4.-ALCANCE

Los cascos, las mono gafas, las cabezas de linternas, las linternas completas de cascos y las linternas de pecho serán nuevos de excelente calidad y listos para ser utilizados.

5.- DETALLE DEL REQUERIMIENTO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE CASCOS

MULTIPROPÓSITO (RESCATE – INCENDIOS FORESTALES), CASCOS

PARA INCENDIOS ESTRUCTURALES, MONOGAFAS Y CABEZAS DE

LINTERNAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS

COMPLETAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS Y LINTERNAS DE

PECHO PARA EL PERSONAL OPERATIVO DEL CUERPO DE BOMBEROS

DE IBARRA

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Cantidad Articulo

13

CASCOS MULTIPROPOSITOS

El casco debe ser adecuado para las actividades de la Lucha contra el fuego forestal, Rescates en accidentes de tránsito, Rescates en montaña y entornos peligrosos y Rescates en desastres naturales (terremotos, inundaciones, otros).

El casco debe cumplir con la Directiva Europea 89/686/CEE y con el R.D1407/92 de 20 de noviembre por el que se regula las condiciones para la comercialización intracomunitaria de los EPI, y está marcado CE conforme a la Normativa Europea EN12492 “Equipo de escalada. Cascos para montañismo”, cumpliendo además con la “Prueba de inmersión en llamas” (Prueba de llama según EN443:1997).

Descripción

Casco para rescatista, para labores de salvamento y rescate, en estructuras

colapsadas, espacios confinados, incendios forestales y diferentes eventos

naturales.

Debe ser fabricado con material termoplástico inyectado a altas

temperaturas y resina de poliéster especial, adicionando materiales auto

extinguibles.

Debe contar con cuatro sistemas de suspensión interna y materiales

aislantes al impacto de cuero y tela, asimismo con sistema de sujeción tipo

deslizable, con dos dedos que se ajusta el casco rápidamente.

Monogafas ajustables con mica de policarbonato resistente a impactos,

abrasión, con tratamiento antifog, humos y neblinas.

Cintas reflejantes de mínimo 1 ½” a los costados y al frente en color:

amarillo limón.

Incorpore en la sujeción una apertura horizontal para poder usar

accesorios de la línea convencional de cascos, como protectores auditivos,

caretas para corte y para motosierra (Accesorios no incluidos)

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Cuente con un soporte en la parte lateral superior, para colocar lámpara

de alta luminosidad.

El casco se compone esencialmente de una copa o casquete, un sistema

absorbente de energía y un sistema de retención.

El casco debe disponer de un sistema de ventilación superior lateral en la

cresta y frontal debajo de la vicera, para garantizar un óptimo flujo de aire

en el interior del mismo, ofreciendo una excelente comodidad durante

largos periodos de uso.

No deben tener otras aberturas que perforen el casco que las previstas por

el fabricante para la ventilación. Su acabado no debe presentar bordes

agudos ni rugosidades.

Debe permite la visión periférica con amplitud mínima de 105 grados a

cada lado del plano sagital medio cuando se acomoda en posición

adecuada sobre la cabeza.

Debe incorporar un sistema de retención con barboquejo de tres puntos

de fijación y mentonera.

El casco debe permitir una correcta audición del usuario, no disminuyendo

el nivel auditivo.

La incorporación de accesorios al casco no debe interferir con su función o

la de sus componentes y no disminuyen las prestaciones del casco.

La superficie externa debe disponer una cresta longitudinal con altura

superior máxima de 2cm diseñada para la protección contra impactos. La

superficie externa debe tener un acabado pulimentado.

El casco debe incorporar un arnés adecuadamente fijado con 4puntos de

anclaje al mismo que lo debe mantener posicionado sobre la cabeza y debe

proporcionar capacidad para la absorción de energía. Posibilitar el uso

para tallas de cabeza 53-64cm con sistema de ajuste rápido.

El casco completo (con adhesivos, arnés, barboquejo y mono gafas de

seguridad debe pesar menos de 850g)

El arnés de cabeza debe estar adecuadamente fijado con 4 puntos de

anclaje al casco y no debe soltarse bajo condiciones normales de

utilización, disponiendo de un sistema de ajuste rápido deslizable.

Los materiales utilizados en todos los componentes del Casco, incluido

arnés, barboquejo y acolchados que están en contacto con la piel, estarán

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fabricados con materiales que no causen irritaciones.

Copa o casco exterior:

La copa del casco estará moldeada a presión, de una sola pieza y fabricada con materiales termoplásticos resistentes a la alta temperatura.

Debe tener una superficie externa de acabado pulimentado.

La copa deberá estar exenta de perforaciones para asegurar el arnés,

barboquejo o sistemas de suspensión. El color de la copa será de color

rojo.

Atalaje interno:

El casco debe incorporar un arnés que lo mantenga posicionado sobre la

cabeza y proporcione los medios para la absorción de energía.

El arnés de cabeza debe estar debidamente asegurado con puntos de fijación integrados en el casco y que no puedan soltarse en condiciones normales de trabajo sin perforaciones hacia el exterior.

El arnés dispondrá de una redecilla interna para adaptarse a la morfología del usuario y facilitar la ventilación del interior del casco. Ésta estará realizada en materiales flexibles, presentando una perfecta compatibilidad con la piel.

El ajuste al contorno de la cabeza deberá ser mediante una banda

acolchada, con sistema de ajuste rápido y cómodo, evitando en cualquier

circunstancia el excesivo apriete, es fácil de manipular, incluso con

guantes, sin necesidad de quitarse el casco.

El contorno dispondrá adicionalmente dos posiciones de ajuste vertical en

la parte frontal para asegurar una perfecta posición del casco

dependiendo de la talla y morfología del usuario.

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Sistema de ajuste de dos posiciones vertical deslizable

Barboquejo:

El barboquejo dispondrá de un cierre por hebilla de apertura rápida.

La eficacia del arnés y el sistema de retención asegurara la estabilidad del casco sobre la cabeza, tanto para impactos en la parte frontal como en la posterior.

El diseño del barboquejo será tal forma que ninguna parte metálica ni de material termoplástico entre en contacto con la piel, por su baja transpiración. Todos los materiales serán flexibles y presentarán una perfecta compatibilidad con la piel.

Barboquejo de 3 puntos

Permitirá una manipulación con guantes, disponiendo así mismo de un sistema de seguridad mediante un dispositivo de liberación que a determinado nivel de carga impida sobretensiones del barboquejo al cuello con el fin de evitar estrangulamientos

Deberá ser ajustable y de material resistente al fuego. Estará fijado a la

copa por 3 puntos, dos laterales y uno trasero, permitiendo al usuario

ajustarse el barboquejo lateralmente o hacia atrás, permitiendo encontrar

el punto ideal de seguridad y confort.

Mono gafas de seguridad:

El casco incorporara unas gafas de seguridad con oculares transparentes

según Norma Europea EN 166 con marcado en montura de EN1666-3459-

BT-CE; 230.1 BT, con un peso máximo de 135 gramos, fijándose de forma

segura y sencilla al casco y que pueda recogerse fácilmente en el interior

de la copa para su almacenaje.

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La gafa será panorámica y de diseño ergonómico, con doble lente de

policarbonato y acetato contratamiento anti empañante en su parte

interior, ajustándose a cualquier perfil de la cara sin molestias.

Dispondrá de una ancha banda de ajuste al rostro que garantice la

protección lateral, superior e inferior. Incorporará una tira elástica de

ajuste antideslizante con hebillas plásticas no textiles. No incluye partes

metálicas.

Linterna:

Linterna especial para cascos. Llevara un enganche en la propia linterna para sujetar al enganche que lleva el casco.

La linterna es de color amarillo intenso para que se vea mejor.

La capucha donde va alojada la bombilla es de material fotoluminiscente, con lo cual brilla en la oscuridad una vez ha cogido automáticamente luz del entorno.

Estará certificada para usarla con este tipo de casco en entornos profesionales. El botón para encenderla deberá ser lateral.

Observaciones:

LAMPARA: LED.

POTENCIA LUMINOSA: 76 Lummens como mínimo

PILAS: 4 AA Alkaline como mínino (Incluidas)

AUTONOMÍA: 11 Horas mínimo

LONGITUD: entre 17 a 17,78 cms

COLOR: Amarilla

PESO (con pilas): entre 230 a 235.0175 grs.

Garantía

Deberá contar con 2 años a partir de la aceptación del suministro contra todo defecto de fabricación.

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Homologación

Casco:

Marcado CE

Conforme a EN 12492 “Equipo de escalada. Cascos para montañismo.

Requerimientos de seguridad y método de ensayo”

Conforme a la NIT 312

Satisface las pruebas 6.8.1, 6.8.3 y 5.6 de la EN 443:1997

Estará certificado y normado conforme a las normas:

EN 16471 Cascos de bombero. Cascos para lucha contra el fuego en espacios EN 16473 Cascos de bombero. Cascos para rescate técnico

EN 12492 Cascos para montañeros.

El casco completo (con adhesivos, arnés, barboquejo y mono gafas de

seguridad debe pesar menos de 838 g)

Color: Rojo con reflectivas amarillas limón

Presentar ficha técnica y muestra para verificación de lo solicitado y ofertado.

33

CASCOS PARA INCENDIOS ESTRUCTURALES

El color debe ser Negro con cintas reflectivas verde - amarillo de alta

visibilidad.

El material de la copa debe ser termoplástico resistente a las altas

temperaturas y además de brindar una protección mecánica, moldeado

mediante inyección y su casquete interior debe de ser de espuma de

poliuretano de absorción de impactos, con un refuerzo superior moldeado

de aramida como mínimo o materiales similares, además una protección

lateral ampliada para protección contra impactos laterales y un sistema de

suspensión para amortiguar la transmisión de fuerzas.

Debe contar con un mecanismo robusto y de gran tamaño que permita el

ajuste sencillo mientras se lleva en la cabeza, además que el ajuste por

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trinquete debe contar con un mando ergonómico y un amplio volante de

fácil acceso para ajustar y acoplar varias tallas.

El barboquejo debe ser acolchado y ajustable en 3 puntos como mínimo,

con hebilla de liberación rápida.

En el interior debe de tener una banda de cabeza acolchada y resistente a

las llamas fabricada en Nomex o cuero como mínimo o materiales

similares, con un diseño modular de 2 módulos como mínimo y que sean

independientes, para brindar una inspección completa en un tiempo

reducid, además que facilita el cuidado y la sustitución de sus

componentes. Las cintas de amortiguación deben ser ajustables con un

punto pivotante libre para acomodar a varios tamaños y formas de

mentón, además de ser fabricadas en material de aramida y velcro como

mínimo o materiales similares, para obtener un ajuste rápido de las cintas

para colocación de máscara de protección respiratoria.

Debe contar con un ajuste de posición de uso, para todos los perfiles de

usuario, además de ajustes angulares traseros y delanteros para una

posición de uso óptima y un ajuste trasero con cinta para una mayor

estabilidad, de color brillante para un ajuste intuitivo.

La pantalla facial debe contener un visor de protección facial dorado con

un mecanismo deslizante idóneo para eliminar interferencias, el mismo

que estará fabricado en material termoplástico revestido y resistente a las

altas temperaturas con un área de protección ampliada y un campo de

visión excelente a través de la pantalla facial.

Homologaciones del casco: Marca CE conforme a EN443 :2008,

EN16471:2015 & EN16473:2015 “Cascos para la extinción de incendios en

edificios y otras estructuras” (EN443), “Cascos para la lucha contra

incendios forestales” (EN16471) & “Cascos para rescate técnico”

(EN16473), U otras normas equivalentes.

Tipo B – Copa de cobertura total

Incluidos los requisitos opcionales:

C – Resistencia a productos químicos

-30°C (***) – Temperaturas muy bajas

3b – Cobertura de la zona frontal 3b (mediante pantalla facial)

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E2 – Aislamiento del casco contra la humedad

E3 – Aislamiento de la superficie

Homologaciones de la pantalla facial: Marca CE conforme a EN14458

«Pantallas de alto rendimiento» como pantalla facial. U otras normas

equivalentes.

Incluye los requisitos (opcionales):

Uso para la extinción de incendios

Resistencia a impacto de energía media (120 m/s mínimo)

Límites de temperatura a los que ha sido probada la pantalla

(mecanismo) entre -30° a +120°C

K – Resistencia a la abrasión

N – Resistencia al empañamiento

- Propiedades eléctricas (aislamiento de la superficie)

Filtro UV (conforme a EN170 o equivalente):

Versión con recubrimiento dorado entre – 2C a -2.5

Visor ocular: Visor retráctil de protección ocular con un campo visual

increíble. Pantalla de policarbonato tintado, con fijación ajustable con

doble pivote para un confort óptimo en todas las tallas de cabeza y formas

del rostro, con dos zonas de manipulación mínimo integradas para un

agarre sencillo.

Filtro antideslumbramiento 5-3.1 (conforme a EN172) o normas

equivalentes

Peso: entre 100 g +/- 10 g

Marca CE conforme a EN14458 «Pantallas de alto rendimiento» como

protección ocular, para uso general, o norma equivalente.

Incluidos los requisitos opcionales:

K – Resistencia a la abrasión

- Propiedades eléctricas (aislamiento de la superficie)

T – Resistencia a impacto de energía media (120 m/s mínimo) a

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temperaturas extremas (entre -5° a +55°C)

Pantalla (mecanismo) probada entre -30° a +120°C

Cubrenucas: Nuquera de material de 93% meta aramida, 5% para

aramida, 2% fibra anti-estática, con una fijación con 4 clips traseros y 4

clips frontales como mínimo.

Módulo de iluminación integrado: 4 LED mínimo con el uso de entre 2 a

3 pilas AAA como mínimo (desechables o recargables)

Carcasa de policarbonato con interruptor de conexión/desconexión

ergonómico e indicador parpadeante de nivel de carga

Peso entre 100 g +/- 10 g

Homologación ATEX 2G Ga Ex ia IIC T4/T3 (pilas desechables /

recargables) IP56 como mínimo

Acoplamiento de adaptadores faciales: Los adaptadores faciales de

equipos de protección respiratoria equipados con soportes especiales

pueden acoplarse directamente al casco para bomberos, provisto para tal

fin de un adaptador ajustable para máscara completa ubicado en el

casquete. Soporte de lámpara para acoplamiento de linterna adicional

montado en el casco

Personalización: Las placas frontales deben tener el diseño o una imagen

institucional.

140 MONOGAFAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS

Gafas de seguridad con oculares transparentes según Norma Europea EN

166 o su equivalente con marcado en montura de EN166-3459-BT-CE;

230.1 BT, peso máximo 135 gramos, para fijarse de forma segura y sencilla

al casco y que pueda recogerse fácilmente en el interior de la copa para su

almacenaje.

Las monogafas serán panorámicas y de diseño ergonómico, con doble

lente de policarbonato y acetato con tratamiento anti empañante en su

parte interior, ajustándose a cualquier perfil de la cara sin molestias.

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Dispondrá de una ancha banda de ajuste al rostro que garantice la

protección lateral, superior e inferior. Incorporará una tira de ajuste

antideslizante.

138 CABEZAS DE LINTERNAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS

La capucha donde va alojada la bombilla es de material fotoluminiscente, con lo cual brilla en la oscuridad una vez ha cogido automáticamente luz del entorno, debe acoplarse a la linterna especial para cascos multipropósitos.

Observaciones:

LAMPARA: LED

POTENCIA LUMINOSA: 76 Lummens como mínimo

Garantía

Deberá contar con 2 años a partir de la aceptación del suministro contra todo defecto de fabricación.

02 Linterna:

Linterna especial para cascos multipropósitos. Llevará un enganche en la propia linterna para sujetar al enganche que lleva el casco.

La linterna es de color amarillo intenso para que se vea mejor. La capucha donde va alojada la bombilla es de material fotoluminiscente, con lo cual brilla en la oscuridad una vez ha cogido automáticamente luz del entorno. Estará certificada para usarla con este tipo de casco en entornos profesionales. El botón para encenderla deberá ser lateral. Observaciones: LAMPARA: LED.

POTENCIA LUMINOSA: 76 Lummens como mínimo

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PILAS: 4 AA Alkaline como mínino (Incluidas)

AUTONOMÍA: 11 Horas mínimo

LONGITUD: entre 17 a 17,78 cms

COLOR: Amarilla

PESO (con pilas): entre 230 a 235.0175 grs.

Garantía

Deberá contar con 2 años a partir de la aceptación del suministro contra

todo defecto de fabricación.

153

LINTERNAS DE PECHO

La linterna en LED ofrece luminosidad, seguridad y peso óptimos de bajo

perfil emite un haz de luz penetrante antiniebla, y tiene certificación

intrínsecamente segura.

TECNOLOGÍA ÓPTICA:

Aplica la tecnología óptica más avanzada para maximizar el haz emitido a

200 lúmenes.

La óptica proyecta un patrón de luz de por lo menos 35.000 Cd que

penetra humo y polvo.

Su tecnología óptica además permite conservar un perfil de linterna

delgada y mantener el haz de luz siempre enfocado en la dirección

correcta.

Diseño delgado permite llevarla junto al cuerpo para evitar enganches con

otros equipos.

Debe contar con un gancho en la parte superior para pode

Linterna de pecho para uso de bomberos en ambientes de trabajo peligrosos e incendios:

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Material resistente y ligero. Entre 200 a 220 lumens Alcance del haz de luz de 480 a 500 m Al menos 4 horas a máxima potencia. Resistencia de caída de 1 metro como mínimo. El mango de la linterna no debe ser liso sino con relieve donde

calcen los dedos de la mano, para garantizar un buen agarre. Botón de encendido lateral extra grande para mayor comodidad. Funcionamiento con baterías AA. Penetración de humo sin igual Fuente de luz: LED Peso máximo: 10.30 onzas CERTIFICACIONES. - Cumplimiento de:

NFPA 1901 UL 913 CSA C22.2 NFPA 70 504.2 (2008NFPA 1901-14.1.11.2 (2003)

Certificado montado en cualquier posición Intrínsecamente seguro Class I, II, III DIV I, Groups C-G Class I, II, III DIV II, Groups

C-G Operating Temp Code T3 GARANTÍA - 1 año minimo.

6.- CONDICIONES GENERALES

1 Lugar de entrega. - Los bienes serán

entregados en la ciudad de Ibarra, en las

instalaciones del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra, ubicados en las calles Luis Fernando

Villamar 1-84 y Olmedo.

2 Plazo de entrega. - El plazo de entrega de los bienes será de 90 DÍAS CALENDARIOS contados a partir de la entrega de la firma del contrato.

3 Forma de pago. - Anticipo de 50% posterior

a la firma del contrato y el 50% contra

entrega, con la firma del acta entrega

recepción definitiva a conformidad y entera

satisfacción del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra y la presentación de la factura

respectiva correspondiente.

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4 Presupuesto referencial. -

El presupuesto referencial para este

proceso es de $ 78.524,00 dólares.

En el precio ofertado se entenderán

incluidos todos los costos en los que el

vendedor deba incurrir para entregar los

bienes en las condiciones determinadas

por el Cuerpo de Bomberos de Ibarra en

las presentes especificaciones técnicas en

las Instalaciones del Cuerpo de Bomberos

de Ibarra ciudad de Ibarra, por tanto

constituirá su única compensación.

5 Multas. -

El retraso en el cumplimiento del plazo

establecido será motivo de multas al

contratista.

Las multas serán del 1 por 1000 por cada

día de retraso en la ejecución del contrato.

Conforme a los establecido al Art. 71 de la

LOSNCP "Las multas se impondrán por

retardo en la ejecución de las obligaciones

contractuales conforme al cronograma

valorado, así como por incumplimientos

de las demás obligaciones contractuales,

las que se determinarán por cada día de

retardo; las multas se calcularán sobre el

porcentaje de las obligaciones que

encuentran pendientes de ejecutarse

conforme lo establecido en el contrato”

6 Reajuste de precios. -Por la naturaleza del

objeto del contrato no es aplicable el

reajuste de precios.

7 Miembros de comisión técnica. – Por

tratarse de un procedimiento que no

sobrepasa el 0,000002 del presupuesto

inicial del estado no es necesario conformar

una comisión técnica.

8 Nota: Se deberá presentar Carta de

Distribución o Representación Autorizada

por el Fabricante para Ecuador, además se

debe presentar las fichas técnicas y

muestras de cada producto solicitado para

verificación de lo solicitado y ofertado.

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7.- ESTUDIO ECONÓMICO

El estudio económico se realizó conforme a lo establecido a la Resolución SERCOP-

2016-72 de 31 de agosto de 2016, y la Resolución SERCOP-2016-73 de 30 de

septiembre de 2016, el cual se anexa al presente estudio

El Presupuesto Referencial es de $ USD $ 78.524,00 (Setenta y ocho mil quinientos

veinte y cuatro con 00/100) dólares de Estados Unidos de América.

8.- FIRMAS

Elaborado por:

Tnte. (B) Pablo Vásquez

OPERACIONES – FUERZA

DE TAREA DEL CBI.

Revisión del proceso

por:

Ing. Bayardo Salazar

DEPARTAMENTO

FINANCIERO DEL

CBI.

Aprobado por:

Crnl. (B) Fabián López Torres

COMANDANTE GENERAL DEL

CBI.