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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección) CUARTA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA ACUERDO número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas (Continúa en la Quinta Sección) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1o., último párrafo, 3o. y 4o., primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 9o., 32 y 33, fracción VIII de la Ley General de Educación; 6, 7, 8, 10 y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 12, fracción V y 17, fracción II de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, 41, fracción II y 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XIII y XX, 18, fracción V, 29, 30, 31, 40, 41, 43 y Anexos 9, 12, 13, 16, 17, 18, 24 y 25 del Presupue sto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y CONSIDERANDO Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas; Que asimismo, las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria; Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 establece en sus artículos 3, fracción XX y 30 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 24; Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO NÚMERO 708 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2014. SEGUNDO.- Quedan sin efectos los acuerdos que a continuación se indican: 1. Acuerdo número 548 por el que se emiten los lineamientos para la operación del Programa de Becas de Manutención para las Hijas y los Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre de 2010. 2. Acuerdo 584 por el que se emiten los Lineamientos para la operación del Programa de Becas para la Educación Superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2011.

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

CUARTA SECCION PODER EJECUTIVO

SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA ACUERDO número 708 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas (Continúa en la Quinta Sección)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1o., último párrafo, 3o. y 4o., primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 9o., 32 y 33, fracción VIII de la Ley General de Educación; 6, 7, 8, 10 y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 12, fracción V y 17, fracción II de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, 41, fracción II y 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3, fracciones XIII y XX, 18, fracción V, 29, 30, 31, 40, 41, 43 y Anexos 9, 12, 13, 16, 17, 18, 24 y 25 del Presupue

sto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que asimismo, las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 establece en sus artículos 3, fracción XX y 30 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 24;

Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 708 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS

ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas, las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2014.

SEGUNDO.- Quedan sin efectos los acuerdos que a continuación se indican:

1. Acuerdo número 548 por el que se emiten los lineamientos para la operación del Programa de Becas de Manutención para las Hijas y los Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre de 2010.

2. Acuerdo 584 por el que se emiten los Lineamientos para la operación del Programa de Becas para la Educación Superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2011.

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

3. Acuerdo número 660 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Beca de Apoyo a la Práctica Intensiva y al Servicio Social para Estudiantes de Séptimo y Octavo Semestres de Escuelas Normales Públicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2013.

4. Acuerdo número 666 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Nacional de Becas y Financiamiento (PRONABES), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2013.

5. Acuerdo número 672 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Becas de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 2013.

6. Acuerdo número 690 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas contra el Abandono Escolar en la Educación Media Superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.

7. Acuerdo número 691 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas para Acceder, Permanecer y Concluir la Educación Media Superior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.

8. Acuerdo número 692 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas de Educación Media Superior de Formación Educativa en y para el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.

9. Acuerdo número 693 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas para Alumnos con Discapacidad de Educación Media Superior y de Formación para el Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.

10. Acuerdo número 694 por el que se emiten los Lineamientos para la Operación del Programa de Becas para Hijos de Militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de agosto de 2013.

México, Distrito Federal, a 18 de diciembre de 2013.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS

ÍNDICE

GLOSARIO

1. Introducción

2. Objetivos

2.1. General

2.2. Específicos

3. Lineamientos

3.1. Cobertura

3.2. Población objetivo

3.3. Beneficiarios/as

3.3.1. Requisitos

3.3.2. Procedimiento de selección

3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

3.5. Derechos, obligaciones, suspensiones y cancelaciones

3.6. Participantes

3.6.1. Instancia (s) ejecutora (s)

3.6.2. Instancia normativa

3.7. Coordinación institucional

4. Operación

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

4.1. Proceso

4.2. Ejecución

4.2.1. Avances físicos financieros

4.2.2. Acta de entrega-recepción

4.2.3. Cierre de ejercicio

5. Auditoría, control y seguimiento

6. Evaluación

6.1. Interna

6.2. Externa

7. Transparencia

7.1. Difusión

7.2. Contraloría social

8. Quejas y denuncias

Anexos

No. Beca

1 Becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas

1a Formato de convocatoria

1b Formato de solicitud

1c Formato de carta compromiso

1d Diagramas de flujo

2 Beca acércate a tu escuela

2a Formato de solicitud

2b Formato de convenio para regular el otorgamiento de la beca

2c Directorio de delegaciones

3 Beca contra el abandono escolar en la educación media superior

3a Formato de convenio de coordinación

3b Formato de convocatoria

4 Becas para acceder, permanecer y concluir la educación media superior

4a Formato de convenio de coordinación

4b Formato de convocatoria

4c Criterios para determinar ingresos mensuales

5 Becas de educación media superior de formación educativa en y para el trabajo

5a Formato de convenio de coordinación

5b Formato de convocatoria

5c Criterios para determinar ingresos mensuales

6 Becas para estudiantes con discapacidad de educación media superior y de formación para el trabajo

6a Formato de convenio de coordinación

6b Formato de convocatoria

7 Becas de educación media superior para hijos e hijas de militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

7a Formato de convenio de coordinación

7b Formato de convocatoria

8 Becas para realizar estudios de bachillerato técnico en el Liceo Franco Mexicano

8a Formato de solicitud de beca

9 Beca jóvenes en acción

10 Beca IPN-Bécalos

10a Formato de convocatoria

10b Resumen de estudio socioeconómico

10c Formato de carta compromiso

11 Beca IPN-Bécalos alto rendimiento

11a Formato de convocatoria

11b Resumen de estudio socioeconómico

11c Formato de carta compromiso

12 Beca IPN-Fundación Alfredo Harp Helú

12a Formato de convocatoria

12b Resumen de estudio socioeconómico

12c Formato de carta compromiso

13 Beca institucional (media superior, escolarizada)

13a Formato de convocatoria

13b Resumen de estudio socioeconómico

13c Formato de carta compromiso

14 Beca institucional (media superior, no escolarizada)

14a Formato de convocatoria

14b Resumen de estudio socioeconómico

14c Formato de carta compromiso

15 Beca Bécalos (CONALEP)

15a Formato de convenio de colaboración

16 Beca emprendedores

16a Formulario para la presentación de proyecto productivo

16b Formato de convocatoria

17 Beca de apoyo para anteojos

17a Formato de convocatoria

18 Beca de excelencia, superación académica, extraordinaria de retención y discapacidad

18a Formato de convocatoria

19 Beca UNAM-Bécalos bachillerato

19a Formato de solicitud

19b Formato de convocatoria

20 Becas nacionales para la educación superior (manutención)

20a Formato de convenio de coordinación

20b Formato de convocatoria

21 Becas nacionales para la educación superior (transporte)

21a Formato de convenio

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

21b Formato de convocatoria

22 Becas nacionales para la educación superior (salario)

22a Formato de convocatoria

23 Becas nacionales para la educación superior (capacitación)

23a Formato de convenio

23b Formato de convocatoria

24 Becas nacionales para la educación superior (excelencia)

24a Formato de convenio

24b Formato de convocatoria

25 Becas nacionales para la educación superior (manutención para hijas e hijos de militares)

25a Formato de convocatoria

26 Becas nacionales para la educación superior (movilidad)

26a Formato de convenio

26b Formato de convocatoria

27 Becas nacionales para la educación superior (servicio social)

27a Formato de convenio

27b Formato de convocatoria

28 Becas nacionales para la educación superior (superación profesional)

28a Formato de convenio

28b Formato de convocatoria

29 Becas nacionales para la educación superior (titulación)

29a Formato de convenio

29b Formato de convocatoria

30 Becas nacionales para la educación superior (vinculación)

30a Formato de convenio

30b Formato de convocatoria

31 Beca de apoyo a la práctica intensiva y al servicio social, para estudiantes de séptimo y octavo semestres de escuelas normales públicas del país

31a Formato cédula de inscripción

31b Formato de convenio de coordinación

31c Formato de reportes mensuales

32 Beca de apoyo académico

33 Beca de apoyo a la titulación

34 Beca de estudio

35 Beca IPN-Bécalos (superior)

35a Formato de convocatoria

35b Formato de reporte de ingresos y egresos

35c Formato de carta compromiso

36 Beca IPN-Bécalos alto rendimiento (superior)

36a Formato de convocatoria

36b Formato de reporte de ingresos y egresos

36c Formato de carta compromiso

37 Beca IPN-Fundación Alfredo Harp Helú (superior)

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

37a Formato de convocatoria

37b Formato de reporte de ingresos y egresos

37c Formato de carta compromiso

38 Beca institucional (superior, escolarizada),

38a Formato de convocatoria

38b Formato de reporte de ingresos y egresos

38c Formato de carta compromiso

39 Beca institucional (superior, no escolarizada),

39a Formato de convocatoria

39b Formato de reporte de ingresos y egresos

39c Formato de carta compromiso

40 Beca IPN-Fundación Politécnico-Fundación TELMEX

40a Formato de convocatoria

40b Formato de reporte de ingresos y egresos

40c Formato de carta compromiso

41 Beca de fomento, servicio social

42 Beca de fomento

43 Beca de investigación

44 Beca Santander Iberoamérica jóvenes profesores e investigadores

44a Formato de solicitud

45 Beca Iberoamérica para la obtención de grado académico. Santander Universidades

46 Beca Santander de movilidad nacional

46a Formato de solicitud

47 Beca movilidad nacional

48 Beca académica

48a Formato de solicitud

49 Beca de excelencia a nivel licenciatura

49a Formato de convocatoria

49b Formato de solicitud

49c Comprobante de registro para solicitud de beca

49d Formato de carta compromiso

50 Beca para estudios de lenguas extranjeras

50a Formato de convocatoria

50b Formato de solicitud

50c Formato de carta compromiso

51 Beca para que integrantes de grupos vulnerables (personas indígenas, personas con alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia) realicen estudios de licenciatura

51a Formato de convocatoria

52b Formato de solicitud

51c Comprobante de registro para solicitud de beca

51d Formato de carta compromiso

52 Beca de movilidad internacional (licenciatura)

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

52a Formato de convocatoria

52b Formato de solicitud

52c Formato de carta compromiso

53 Beca de movilidad nacional (licenciatura)

53a Formato de convocatoria

53b Formato de solicitud

53c Formato de carta compromiso

54 Beca para estudiantes de licenciatura en instituciones de educación superior en el extranjero en acciones de movilidad en la UAM

54a Formato de convocatoria

54b Formato de solicitud

54c Formato de carta compromiso

55 Beca UNAM-Bécalos licenciatura

55a Formato de solicitud

55b Formato de convocatoria

56 Becas de la Dirección General de Divulgación de la Ciencia

56a Formato de solicitud

56b Formato de convocatoria

57 Becas de formación en tecnologías de la información

57a Formato de solicitud

57b Formato de convocatoria

58 Beca fortalecimiento académico para las mujeres universitarias

58a Formato de solicitud

58b Formato de convocatoria

59 Beca de fortalecimiento de estudios de Licenciatura

59a Formato de solicitud

59a Formato de convocatoria

60 Beca de movilidad estudiantil internacional a nivel Licenciatura

60a Formato de solicitud

60b Formato de convocatoria

61 Becas compartidas DGRI-SEP / Universidad Macquarie

61a Formato primera recomendación académica

61b Formato segunda recomendación académica

62 Becas complemento

62a Formato carta de aceptación de condiciones y criterios de selección

62b Formato de información sobre costos del programa de estudios

63 Becas de excelencia académica para estudios de posgrado en el extranjero

63a Formato carta de aceptación de condiciones y criterios de selección

63b Formato de información sobre costos del programa de estudios

64 Becas de posgrado para extranjeros en México

64a Formato de postulación académica

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

64b Formato de recomendación académica

64c Formato carta de aceptación de condiciones y criterios de selección

65 Beca institucional–Beca estudio

65a Formato de convocatoria

65b Formato de solicitud

65c Carta de postulación

65d Carta compromiso

66 Beca institucional–Beca tesis

66a Formato de convocatoria

66b Formato de solicitud

66c Carta de postulación

66d Carta compromiso

67 Beca comisión para estudios de posgrado

67a Formato carta compromiso

67b Formato de solicitud

67c Diagrama de flujo

68 Beca para estudios de posgrado

68a Formato carta compromiso

68b Formato de solicitud

68c Diagrama de flujo

69 Beca para apoyos extraordinarios

69a Formato de solicitud

69b Diagrama de flujo

69c Formato de convocatoria

70 Beca apoyos y estímulos Cinvestav para la asistencia a congresos, estancias de investigación y cursos especializados

70a Formato de solicitud

70b Diagrama de flujo

70c Formato de convocatoria

71 Beca apoyos y estímulos Cinvestav para cursos propedéuticos

71a Formato de solicitud

71b Diagrama de flujo

71c Formato de convocatoria

72 Beca apoyos y estímulos Cinvestav para la obtención de grado académico

72a Formato de solicitud

72b Diagrama de flujo

72c Formato de convocatoria

73 Beca para estancias de estudios y asistencias a congresos para alumnos/as de posgrado

74 Beca de apoyo para incrementar la eficiencia terminal en los programas docentes de posgrado.

75 Beca de la UAM para participar en eventos de difusión y de investigación en ciencia y tecnología

75a Formato de convocatoria

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

75b Formato de solicitud

75c Comprobante de registro para solicitud de beca

75d Formato de carta compromiso

76 Beca para realizar estudios de maestría y doctorado en la UAM

76a Formato de convocatoria

76b Formato de solicitud

76c Formato de comprobante de registro para solicitud de beca

76d Formato de convenio

77 Beca para estancias posdoctorales

77a Formato de convocatoria

77b Formato de solicitud

77c Formato de convenio

78 Beca de movilidad internacional (posgrado)

78a Formato de convocatoria

78b Formato de solicitud

78c Formato de carta compromiso

79 Beca para estudiantes de maestría y doctorado en instituciones de educación superior en el extranjero en acciones de movilidad en la UAM

79a Formato de convocatoria

79b Formato de solicitud

79c Formato carta compromiso

80 Becas para estudios de posgrado en la UNAM

80a Formato de solicitud

80b Formato de carta compromiso

80c Formato de convocatoria

81 Becas posdoctorales

81a Formato de solicitud

81b Formato de convocatoria

81c Formato carta compromiso

81d Formato oficios de comunicación

82 Beca para la movilidad internacional de estudiantes (mexicanos en el extranjero)

82a Formato de solicitud

82b Formato de convocatoria

83 Becas para actualización docente en la especialidad de mecatrónica

83a Formato de solicitud

83b Formato de convocatoria

84 Becas del Gobierno de Japón para maestros/as en servicio

84a Formato de registro de la Secretaría de Educación Pública

84b Formato de registro de la Secretaría de Relaciones Exteriores

84c Formato de solicitud

85 Becas para cursos de verano para maestros/as de inglés

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

85a Formato de solicitud

86 Beca para la superación del personal académico

86a Formato de convocatoria

86b Formato de solicitud

86c Formato de carta compromiso

87 Beca de apoyo para la superación del personal académico de la UNAM (al extranjero)

87a Formato de solicitud

87b Formato de convocatoria

88 Becas para la formación de profesores para el bachillerato universitario

88a Formato de solicitud

88b Formato de convocatoria

89 Becas para la movilidad universitaria en América del Norte, Europa y Asia-Pacífico, DGRI

89a Formato de recomendación académica

90 Becas para la movilidad universitaria en el marco de University Mobility in Asia and the Pacific (UMAP), DGRI

90a Formato de recomendación académica

91 Becas Fulbright-García Robles

92 Becas INBA

92a Formato de solicitud

93 Becas de apoyo para ingreso y continuación de estudios

93a Formato de solicitud

94 Beca de estudio COFAA

94a Formato de convocatoria

95 Beca de estimulo institucional de formación de investigadores

95a Formato de convocatoria

96 Beca para el sistema de becas por exclusividad

96a Formato de convocatoria

97 Beca COLMEX

97a Formato de solicitud

97b Principio de no discriminación

98 Beca de estímulo por productividad académica

99 Beca de apoyo para la movilidad estudiantil

100 Becas para semestre de prácticas profesionales

101 Beca de apoyo a proyectos de investigación e innovación tecnológica

101a Formato de solicitud

101b Formato de convocatoria

102 Sistema de becas para estudiantes indígenas

102a Formato de solicitud

102b Formato de convocatoria

103 Beca para curso de perfeccionamiento en lengua y didáctica del francés

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

103a Formato de ficha de candidatura

104 Beca para el intercambio de asistentes de idioma México–Francia, México–Reino Unido, México–Alemania, México–Quebec y México-EUA (a través de la Comisión México-Estados Unidos para el Intercambio Educativo y Cultural, COMEXUS)

105 Beca para el intercambio de asistentes de idioma México–Francia, México–Reino Unido, México–Alemania y México–Quebec

105a Formato de solicitud Alemania

105b Formato de solicitud Reino Unido

105c Formato de solicitud Quebec

GLOSARIO

Adolescente: población comprendida entre los 12 y 18 años 11 meses de edad.

AEL: Autoridad Educativa Local. Secretaría de Educación o entidades que en su caso se establezcan para el ejercicio de la función social educativa en los Estados, para efectos de estas reglas quedará incluida la AFSEDF.

ANUIES: Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior.

Año fiscal: período comprendido entre enero y diciembre (año calendario).

Asesoría: proceso de ayuda basado en la interacción profesional, en tres niveles: intervención, facilitación y colaboración, orientado a la resolución de problemas de una organización educativa.

ASF: Auditoría Superior de la Federación.

Aspirante: alumno/a y/o profesor/a que estudia o labora en alguna institución pública educativa y solicita una beca.

Beca: apoyo o estímulo económico no reembolsable, en beneficio de los/as jóvenes estudiantes que cubren los requisitos de elegibilidad.

Beca de apoyo a la investigación: es un estímulo económico otorgado a estudiantes por su participación en proyectos de investigación aprobados por las instancias competentes. Uno de sus propósitos centrales es estimular a pronta titulación del alumno involucrado.

Beca de fomento: complementos para la participación como autor en eventos académicos especializados.

Beca de estímulo institucional de formación de investigadores: aportación económica entregada al beneficiario/a en la beca.

Beca de estudio de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas (COFAA): recurso económico que se asigna al profesor/a de carrera en servicio para realizar estudios de posgrado que otorga la COFAA en apoyo al Instituto Politécnico Nacional (IPN), o al crédito conferido a través del convenio suscrito con alguna institución pública o privada educativa para realizar especialidad o estancia de investigación.

Becario de estímulo institucional de formación de investigadores de reingreso: alumno/a que después de haber dejado de ser becario/a PIFI por un periodo escolar o más, solicita su reincorporación a la beca.

Becario de estímulo institucional de formación de investigadores recurrente: alumno/a que ha participado en el PIFI en el periodo escolar inmediato anterior y que solicita su continuidad.

Becario/a: alumno/a y/o profesor/a que cumple con los requisitos de elegibilidad y recibe una beca.

Beneficiario/a COFAA: profesor/a de carrera en servicio que disfruta de una beca de estudio.

CBSEMS: Coordinación del Programa de Becas de la Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

CCT: Clave del Centro de Trabajo.

CETI: Centro de Enseñanza Técnica Industrial, es un organismo público descentralizado federal ubicado en la ciudad de Guadalajara, en el estado de Jalisco, México, que ofrece servicios educativos en los niveles medio superior y superior.

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CINVESTAV: Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, es un organismo descentralizado de interés público dedicado a la difusión, enseñanza y desarrollo de investigaciones científicas en México.

CNAD: Centro Nacional de Actualización Docente de la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

CNBES: Coordinación Nacional de Becas de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

Coeficiente de eficiencia de la productividad: valor que se obtiene al dividir la productividad del alumno/a recurrente en el periodo escolar previo (medida obtenida mediante el instrumento denominado “Tabla de Evaluación”), entre la puntuación mínima del nivel de estudios en el periodo escolar previo.

COFAA: Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional.

COLMEX: El Colegio de México, A.C.

Comisión evaluadora: grupo multidisciplinario integrado por personal de la COFAA, entre los que se encuentra la Secretaría Académica, la Secretaría de Investigación y Posgrado, y representantes de la beca de estímulo institucional de formación de investigadores.

Comité de becas: órgano colegiado encargado de analizar, dictaminar y realizar todas las acciones necesarias para la operación de las becas en la instancia ejecutora, conformado de acuerdo a lo establecido en sus reglamentos generales.

Comité Técnico Estatal de Educación básica: instancia de coordinación ejecutiva, encabezada por el secretario de educación estatal u homólogo, que genera sinergias, proporciona dirección, apoya la toma de decisiones y da seguimiento a la gestión estatal de la política para la educación básica.

Comunidad escolar: se refiere al conjunto de actores involucrados en la escuela: directivos, docentes, personal de apoyo y asistencia, estudiantes, madres y padres de familia.

CONAFE: Consejo Nacional de Fomento Educativo, organismo público descentralizado que tiene como objetivo generar equidad educativa, para los niños y jóvenes de sectores vulnerables del país.

CONALEP: Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, organismo público descentralizado que tiene como fin principal orientar la formación de profesionales técnicos, egresados de secundaria.

CONAPO: Consejo Nacional de Población.

CONAPRED: Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Convocatoria general de becas: documento dictaminado por el comité de becas, antes del inicio de ciclo escolar, mediante el cual se dan a conocer los requisitos, bases y fechas para participar en las becas.

COPAES: Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, A.C.

COTEBAL: Comité Técnico para el Otorgamiento de Becas de Estudio, Apoyos Económicos y Licencias con Goce de Sueldo.

CURP: Clave Única de Registro de Población.

DAF: Dirección de Administración y Finanzas de la COFAA.

DCH: Dirección de Capital Humano del IPN.

DEDICT: Dirección de Especialización Docente e Investigación Científica y Tecnológica de la COFAA-IPN.

DFSEP: Delegaciones Federales de la Secretaría de Educación Pública en los Estados de la República.

Delegaciones: las Delegaciones Federales de la Secretaría de Educación Pública en los Estados de la República que representan a la SEP y a su titular ante las autoridades educativas de los Estados.

Dependencias politécnicas: unidades académicas de los tipos medio superior, superior y de investigación científica y tecnológica; unidades de apoyo a la innovación educativa; unidades de apoyo a la investigación y al fomento y desarrollo empresarial; y unidades administrativas de apoyo del IPN.

DGAIR: Dirección General de Acreditación Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

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DGEI: Dirección General de Educación Indígena de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

DGENAM: Dirección General de Educación Normal y Actualización del Magisterio de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

DGESPE: Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

DGETI: Dirección General de Educación Tecnológica Industrial de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

DGPyP: Dirección General de Programación y Presupuesto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal.

DGRI: Dirección General de Relaciones Internacionales de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

Director/a de proyecto: docente responsable de dirigir un proyecto de investigación aprobado, vigente y registrado en la Secretaría de Investigación y Posgrado.

Discapacidad física: condición atribuible a una deficiencia física o sensorial que, al interactuar con diversas barreras, puede impedir la participación plena y efectiva de un individuo en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás.

DOF: Diario Oficial de la Federación.

Educación básica: tipo educativo que comprende los niveles de preescolar, primaria y secundaria, en sus diferentes modalidades y servicios.

ENAH: Escuela Nacional de Antropología e Historia, institución en docencia e investigación dedicada a formar y actualizar profesionales en los niveles de licenciatura, maestría y doctorado, capaces de generar el conocimiento sobre temas de relevancia científica.

ENBA: Escuela Nacional de Biblioteconomía y Archivología, institución educativa encargada de formar profesionistas y personal de alto nivel académico en las áreas de biblioteconomía y archivonomía.

Entidades Federativas: los 31 Estados de la República Mexicana y el Distrito Federal.

Estrategia Estatal para el Desarrollo de la Educación Básica: documento formulado por el Comité Técnico Estatal de Educación básica con el fin de fortalecer la planeación estatal integrada y evaluar los avances en las metas establecidas tanto en calidad, como en inclusión y equidad educativas.

Estudiante irregular: es el/la estudiante que no cursa todas las asignaturas correspondientes al ciclo escolar en que está inscrito/a, que adeuda materias de ciclos anteriores y cuyo avance académico no es el equivalente al previsto en el plan de estudios, conforme al número de bimestres, trimestres, cuatrimestres, semestres o años establecidos por la institución pública de educación correspondiente.

Estudiante regular: es el/la estudiante que cursa todas las asignaturas correspondientes al ciclo escolar en que está inscrito/a, sin adeudar materias de ciclos anteriores y cuyo avance académico es equivalente al previsto en el plan de estudios, conforme al número de bimestres, trimestres, cuatrimestres, semestres o años establecidos por la institución pública de educación correspondiente.

Hogar: es el conjunto de personas que pueden ser o no familiares, que comparten la misma vivienda y se sostienen de un gasto común. Una persona que vive sola también constituye un hogar.

IEEA: Instituto Estatal de Educación para Adultos.

INAH: Instituto Nacional de Antropología e Historia, órgano desconcentrado fundado en 1939, para garantizar la investigación, conservación, protección y difusión del patrimonio prehistórico, arqueológico, antropológico, histórico y paleontológico de México.

INBA: Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, órgano desconcentrado que busca cultivar, fomentar, estimular, crear e investigar las bellas artes en las ramas de la música, las artes plásticas, las artes dramáticas y la danza, las bellas letras en todos sus géneros y la arquitectura.

Indígena: todas las personas que forman parte de un hogar indígena, donde el jefe(a) del hogar, su cónyuge y/o alguno de los ascendientes (madre o padre, madrastra o padrastro, abuelo(a), bisabuelo(a), tatarabuelo(a), suegro(a)) declaro ser hablante de lengua indígena. Además, también incluye a personas que declararon hablar alguna lengua indígena y que no forman parte de estos hogares.

IEEA: Instituto Estatal de Educación para Adultos.

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INEGI: Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

INMUJERES: Instituto Nacional de las Mujeres.

Instructivo de valoración: instructivo para la valoración de las actividades reportadas, en el cual se clasifican y asignan las puntuaciones correspondientes a las actividades de formación académica, investigación y docencia.

Instrumentos de coordinación: acuerdos, convenios de coordinación y los lineamientos internos, así como los demás documentos que se establezcan como acuerdo de voluntades, celebrados entre la SEP, los gobiernos de los Estados y las instituciones públicas de educación correspondientes para la operación del programa.

IPN: Instituto Politécnico Nacional, es una institución educativa laica, gratuita del Estado, rectora de la educación tecnológica pública en México, líder en la generación, aplicación, difusión y transferencia del conocimiento científico y tecnológico, creada para contribuir al desarrollo económico, social y político de la nación.

Joven: población comprendida entre los 12 y 29 años 11 meses de edad.

LFTAIPG: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Licenciatura: tiene como antecedente obligatorio el bachillerato o sus equivalentes; su objetivo fundamental es el desarrollo de conocimientos, actitudes, aptitudes, habilidades y métodos de trabajo para el ejercicio de una profesión (incluye la educación normal), cuyo programa académico y/o educativo dura entre 4 y 6 años y al término se obtiene el título profesional correspondiente de este Tipo educativo del tipo superior.

Miembros del hogar: personas que pueden ser o no familiares, que comparten la misma vivienda y se sostienen de un gasto común.

MIR: Matriz de Indicadores para Resultados.

MML: Metodología del Marco Lógico, es una herramienta para facilitar el proceso de conceptualización, diseño, ejecución y evaluación de proyectos. Su énfasis está centrado en la orientación por objetivos, la orientación hacia grupos beneficiarios y el facilitar la participación y la comunicación entre las partes interesadas, consta de cuatro filas por cuatro columnas en la cual se registra, en forma resumida, información sobre un Programa presupuestario. Las filas de la matriz presentan información acerca de cuatro distintos niveles de objetivos llamados Fin, Propósito, Componentes y Actividades.

Oportunidades: Programa Desarrollo Humano Oportunidades.

Pagador/a habilitado/a: persona designada por el director de cada dependencia politécnica, quien será responsable realizar el pago de la beca, en su dependencia, conforme al procedimiento determinado por la COFAA.

PEF: Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014.

Periodo escolar: modo de dividir los planes de estudio y/o académicos (ejemplo: bimestre, trimestre, cuatrimestre, semestre, etcétera).

Permanente: becario/a que tiene al menos 15 años efectivos, en el Sistema de Becas por Exclusividad (SIBE) de la COFAA-IPN y que se le otorgó oficialmente el estatus con el nivel obtenido en la última evaluación.

Perspectiva de género: es una visión científica, socio-cultural, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basadas en el género. Promueve la igualdad entre los géneros, a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los recursos económicos y a la representación política social en los ámbitos de toma de decisiones.

Profesor/a de carrera en servicio: personal académico que cuenta con categoría dictaminada, con al menos medio tiempo de base que realiza actividades de docencia, investigación científica o tecnológica, así como aquel que realiza sistemática y específicamente actividades de naturaleza técnica, que cuente con plaza docente.

Programa: Programa Nacional de Becas.

Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia: es el instrumento rector de la política pública de prevención social de la violencia y la delincuencia en México, su objetivo es

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orientar las acciones a la atención de las causas, factores de riesgo y precursores de la violencia y la delincuencia, así como el fortalecimiento de los factores de protección.

Propuesta estatal: documento elaborado por la AEL con la propuesta estatal para la implementación de las acciones de los componentes y apoyos de la beca. Deberá formar parte de la Estrategia Estatal para el Desarrollo de la Educación Básica.

Reglas de operación: a las presentes reglas de operación del Programa Nacional de Becas.

Representante de la beca de estímulo institucional de formación de investigadores: persona designada oficialmente por los titulares de las dependencias politécnicas, coordina las actividades relacionadas a la beca en su unidad. En las unidades académicas será el jefe del departamento de investigación.

SACTEL: Sistema de Atención Telefónica a la Ciudadanía de la SEP.

Salario mínimo mensual per cápita: resulta de dividir el salario mínimo mensual entre el tamaño promedio de los hogares mexicanos según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2012 (3.7 integrantes por hogar).

Salario mínimo mensual: se considera el salario mínimo mensual establecido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para la zona geográfica correspondiente, con base en el artículo 123 apartado A Fracción VI, Párrafo Tercero de nuestra Carta Magna y en el artículo 94 de la Ley Federal del Trabajo.

SEB: Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SEDENA: Secretaría de la Defensa Nacional del Gobierno Federal.

SEDESOL: Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal.

Seguimiento: observación y recolección sistemática de datos sobre la ejecución de acciones, logro de objetivos y metas, así como el ejercicio de recursos transferidos del programa.

SEMAR: Secretaría de Marina del Gobierno Federal.

SEMS: Subsecretaría de Educación Media Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SEP: Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SES: Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SFP: Secretaría de la Función Pública del Gobierno Federal.

SIBE: Sistema de Becas por Exclusividad de la COFAA-IPN.

SHCP: Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal.

SIAFF: Sistema Integral de la Administración Financiera Federal.

SIIPP-G: Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales.

SIP: Secretaría de Investigación y Posgrado del IPN.

Sistema educativo nacional: está constituido, entre otros, por las instituciones educativas del Estado y de sus organismos descentralizados, las instituciones de los particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, y las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía.

Sistema escolarizado: modalidad de enseñanza presencial que se imparte a los alumnos en grupos o individualmente, dentro de las instalaciones de la escuela pública, con horarios y calendario de estudios comunes al tipo de educativo y a todos los estudiantes como parte de un programa educativo.

Sistema no escolarizado: modalidad de enseñanza que permite al alumnado hacer uso de distintos ritmos de aprendizaje y con diversas posibilidades de desplazamiento y horarios para sus estudios; suele contener características de la modalidad a distancia.

Sistema semi escolarizado: modalidad de enseñanza que combina aspectos de las modalidades escolarizada y no escolarizada, para brindar a los alumnos acceder a distintos ritmos de aprendizaje con diversas posibilidades de desplazamiento y horarios para sus estudios.

SPEPE: Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal.

SUBCOTEPIFI: Subcomité Técnico de la Beca de estímulo institucional de formación de investigadores.

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TELSEP: Sistema de Orientación e Información sobre el Sector Educativo.

TESOFE: Tesorería de la Federación.

TIC: Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Tipos y modalidades educativos: comprende los tipos básico, medio superior y superior, en sus modalidades escolarizada, no escolarizada y semi escolarizado o mixto.

TSU: Técnico/a Superior Universitario/a y profesional asociado. Opción educativa posterior al bachillerato y previa a la licenciatura, orientada fundamentalmente a la práctica, que conduce a la obtención del título profesional correspondiente. Este nivel puede ser acreditado como parte del plan de estudios de una licenciatura. Además se incluye licencia profesional que es el Tipo educativo intermedio entre el técnico superior universitario y la licenciatura o ingeniería, tiene una duración de tres cuatrimestres y su antecedente obligatorio es el título de Técnico superior universitario; su objetivo principal es formar cuadros intermedios dotados de sólidas competencias técnicas para involucrarse directamente en el sector productivo.

UAAAN: Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, institución educativa responsable de la planeación, dirección y evaluación de las actividades de docencia, investigación de la educación agrícola superior.

UAM: Universidad Autónoma Metropolitana, institución de educación superior que ofrece unir la preparación profesional con innovadoras formas de servicio social que ponga a los estudiantes en contacto con las necesidades nacionales, la transmisión, acrecentamiento, recreación y ampliación de la cultura y del saber científico.

UNAM: Universidad Nacional Autónoma de México, institución educativa que tiene como propósito fundamental estar al servicio del país y de la humanidad, formar profesionistas útiles a la sociedad, organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible, los beneficios de la cultura.

UPN: Universidad Pedagógica Nacional, institución pública de educación superior que tiene como finalidad formar profesionales de la educación en licenciatura y posgrado para atender las necesidades del sistema educativo nacional y de la sociedad mexicana en general.

UR: unidad o institución responsable.

Víctima: aquellas personas físicas que hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte.

1. Introducción

El Programa Nacional de Becas (PNB) es una iniciativa de la SEP que se dirige a estudiantes y docentes de instituciones educativas públicas y se enmarca en lo establecido por los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176, 178 y 179 de su Reglamento; 29, 30, 31, 40 y 41 y anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014.

El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND) señala en su meta nacional 3, Un México con Educación de Calidad, numeral III.2. “Plan de acción: articular la educación, la ciencia y el desarrollo tecnológico para lograr una sociedad más justa y próspera”, que para garantizar la inclusión, la igualdad de género y la equidad en el sistema educativo se deberán ampliar las oportunidades de acceso a la educación, permanencia y avance en los estudios a todas las regiones y sectores de la población estudiantil dentro del sistema educativo nacional, lo que requiere incrementar los apoyos a niños y jóvenes en situación de desventaja o vulnerabilidad.

Asimismo, en el marco de dicha meta en el objetivo 3.2. Garantizar la inclusión y la equidad en el sistema educativo:

Estrategia 3.2.1. Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población: establece como una de las líneas de acción la de “fomentar la ampliación de la cobertura del programa de becas de educación media superior y superior.

Estrategia 3.2.2. Ampliar los apoyos a niños y jóvenes en situación de desventaja o vulnerabilidad: establece, entre otras líneas de acción el propiciar la creación de un sistema nacional de becas para ordenar y hacer viables los esfuerzos dirigidos a universalizar los apoyos entre los jóvenes provenientes de familias de bajos recursos.

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El Programa Sectorial de Educación 2013-2018 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre del 2013, establece dentro del Objetivo 2. Fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior, superior y formación para el trabajo, a fin de que contribuyan al desarrollo de México:

Estrategia 2.3. Continuar el desarrollo de los mecanismos para el aseguramiento de la calidad de los programas e instituciones de educación superior: establece como línea de acción el otorgar becas que sirvan a los estudiantes para apoyar el estudio y otras para reconocer el alto desempeño.

De igual forma, en el Objetivo 3. Asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la población para la construcción de una sociedad más justa:

Estrategia 3.2. Impulsar nuevas acciones educativas para prevenir y disminuir el abandono escolar en la educación media superior y superior; establece como línea de acción el fortalecer las modalidades de becas y otros estímulos dirigidos a favorecer la retención de los jóvenes en riesgo de abandono escolar

Estrategia 3.4. Impulsar la educación intercultural en todos los niveles educativos y reforzar la educación intercultural y bilingüe para poblaciones que hablen lenguas originarias: establece entre otras líneas de acción el ofrecer becas de transporte y otras que permitan a la población rural dispersa desplazarse a otras poblaciones cuando esta sea la mejor opción educativa.

Estrategia 3.6. Promover la eliminación de barreras que limitan el acceso y la permanencia en la educación de grupos vulnerables: menciona como una de sus líneas de acción el ampliar y mejorar los programas de becas destinados a atacar el abandono escolar en todos los tipos y modalidades de educación

Igualmente, en el Objetivo 5. Promover y difundir el arte y la cultura como recursos formativos privilegiados para impulsar la educación integral:

Estrategia 5.1. Fomentar la educación artística y cultural y crear mayores oportunidades de acceso a la cultura, especialmente para el sector educativo: se define como una línea de acción el otorgar becas e incentivos para apoyar la educación artística y cultural.

Además en el Objetivo 6. Impulsar la educación científica y tecnológica como elemento indispensable para la transformación de México en una sociedad del conocimiento:

Estrategia 6.3 Incrementar en el país el número de personas con estudios de posgrado culminados en Ciencia, Tecnología e Innovación: establece como una de las líneas de acción el Impulsar acciones afirmativas en becas de posgrados para la integración de mujeres en carreras científicas y técnicas.

Finalmente las líneas de acción transversales del Programa Sectorial de Educación mencionan:

Estrategia 1. Democratizar la productividad, las líneas de acción buscan:

Impulsar programas de becas que favorezcan la transición al primer empleo de egresados de educación técnica media superior y superior.

Estrategia 3. Igualdad de oportunidades y no discriminación contra las mujeres: establece como líneas de acción:

Proveer y otorgar becas para elevar la retención femenina en educación media superior y superior

Impulsar acciones afirmativas en becas de licenciatura y posgrados para la integración de mujeres en carreras científicas y técnicas.

Promover el acceso de madres jóvenes y jóvenes embarazadas a becas de apoyo para continuar sus estudios.

Incentivar el acceso de las mujeres indígenas en todos los niveles de educación mediante el otorgamiento de becas.

Fortalecer los programas de becas para niñas que viven en los municipios de la Cruzada contra el Hambre.

El PNB coadyuva a fortalecer la calidad y pertinencia de la educación en el desarrollo de México, a fin de identificar oportunamente a las poblaciones que han sido excluidas del sistema educativo o que se encuentran en mayor riesgo de abandonarlo. Asimismo, el PNB se presenta como una herramienta que facilita la administración de las becas para todos los tipos educativos, asegurando que las personas que requieran del apoyo realmente lo reciban.

Un México con educación de calidad se consolidará con el fortalecimiento de las capacidades del personal docente para la enseñanza, la investigación científica y tecnológica, la difusión del conocimiento y el uso de

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nuevas tecnologías, alineándose con los objetivos de desarrollar el potencial humano de los y las mexicanos (as), garantizar la inclusión y la equidad en el sistema educativo, ampliar el acceso a la cultura como un medio para la formación integral de la ciudadanía, promover el deporte de manera incluyente para fomentar una cultura de salud y hacer del desarrollo científico, tecnológico y la innovación pilares para el progreso económico y social sostenible.

Lo anterior en cumplimiento con lo dispuesto en la reforma a la Ley General de Educación, publicada el 11 de septiembre del 2013, específicamente en los artículos:

Artículo 3o.- El Estado está obligado a prestar servicios educativos de calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria, la secundaria y la media superior.

Artículo 9o.- además de impartir la educación preescolar, la primaría, la secundaria y la media superior, el Estado promoverá y atenderá -directamente, mediante sus organismos descentralizados, a través de apoyos financieros o bien, por cualquier otro medio- todos los tipos y modalidades educativos, incluida la educación inicial, especial y superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica y alentará el fortalecimiento y la difusión de la cultura nacional y universal.

Hasta el año 2008, el Gobierno Federal autorizaba los recursos asignados a cada uno de los diferentes

organismos adscritos al sector educación, que de una u otra manera, otorgaban becas o estímulos a su

población objetivo en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

A partir del ejercicio presupuestal del 2009, entró en operación el programa presupuestario U018

“Programa de Becas”, para asignar recursos a 16 Unidades Responsables (UR) que cuentan con distintos

tipos de becas para poblaciones objetivo y tipos educativos diferentes.

En 2012 con motivo de la publicación del Presupuesto de Egresos de la Federación para dicho ejercicio

fiscal, que en su artículo 37o. transitorio dispuso que el programa U018 debiera tener reglas de operación, se

trabajó con las 16 UR participantes en un documento en el que se contemplaron aspectos generales y se

direccionaba a las ligas electrónicas de cada institución o área para mayor información, en el Acuerdo número

644 se emitieron las Reglas de Operación de dicho programa, publicado el 10 de agosto de 2012 en el Diario

Oficial de la Federación.

Para 2014 a fin de atender los requerimientos de la población que busca acceder, permanecer y concluir

con sus estudios, el sector educativo contará con un sólo programa de becas denominado Programa Nacional

de Becas, el cual estará sujeto a reglas de operación, donde se coordinará la asignación del recurso a 19 UR

que cuentan con becas para poblaciones objetivo y tipos educativos diferentes.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 75, fracción VII, de la Ley Federal de Presupuesto y

Responsabilidad Hacendaria(LFPyRH), así como 178, párrafo primero de su Reglamento, se verificó que las

presentes reglas de operación no se contraponen, afectan o presentan duplicidad con otros programas y

acciones del Gobierno Federal, en cuanto a su diseño, beneficios, apoyos otorgados y población objetivo, a

excepción de las becas que permiten la recepción de otros programa de apoyo como Oportunidades.

2. Objetivos

2.1. General

Contribuir a asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa entre todos los grupos de la

población para la construcción de una sociedad más justa, mediante el otorgamiento de becas y estímulos a

estudiantes y profesores de instituciones públicas de cualquier tipo educativo o rama de profesionalización

que permitan consolidar un México con educación de calidad.

Para el caso específico del CINVESTAV, COFAA, UAAAN, UAM y UNAM, también es aplicable el

otorgamiento de apoyos y estímulos a sus estudiantes para realizar cursos propedéuticos, concluir las tesis de

grado, asistir a eventos de difusión de ciencia y tecnología, prácticas profesionales y movilidad estudiantil

como complemento a su formación académica, en los términos y condiciones descritas en los anexos

correspondientes, de las presentes reglas de operación.

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

En el caso de la UAAAN, los apoyos y estímulos se hacen extensibles a sus profesores investigadores

para su formación académica, de acuerdo al ingreso y permanencia en el Sistema Nacional de Investigadores

(SNI).

En el caso de la UAM y la UNAM, los apoyos se hacen extensibles a su personal académico para

superación académica de acuerdo a lo estipulado en los anexos correspondientes.

2.2. Específicos

Los objetivos específicos para el programa son los siguientes:

Otorgar becas a estudiantes de educación media superior y superior.

Otorgar becas a niñas y jóvenes en contexto y situación de vulnerabilidad agravada por el embarazo

y la maternidad.

Favorecer el desarrollo de las actividades académicas de los estudiantes.

Promover la terminación oportuna de los estudios

Otorgar apoyos y estímulos a profesores e investigadores para su formación académica.

La información específica de cada una de las becas se detalla en los anexos de las presentes reglas de operación, mismos que tienen los siguientes numerales:

Beca Instancia ejecutora Anexo

Básica

Becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas

SEB/DGEI 1

Beca acércate a tu escuela CONAFE 2

Media superior

Beca contra el abandono escolar en la educación media superior,

SEMS

3

Becas para acceder, permanecer y concluir la educación media superior

4

Becas de educación media superior de formación educativa en y para el trabajo

5

Becas para estudiantes con discapacidad de educación media superior y de formación para el trabajo

6

Becas de educación superior para hijos e hijas de militares de las Fuerzas Armadas Mexicanas

7

Becas para realizar estudios de bachillerato técnico en el Liceo Franco Mexicano DGRI

8

Beca jóvenes en acción 9

Beca IPN-Bécalos

IPN

10

Beca IPN-Bécalos alto rendimiento 11

Beca IPN-Fundación Alfredo Harp Helú 12

Beca institucional (media superior, escolarizada) 13

Beca institucional (media superior, no escolarizada) 14

Beca Bécalos (CONALEP)

CONALEP

15

Beca emprendedores 16

Beca de apoyo para anteojos 17

Beca excelencia y superación académica extraordinaria de retención y discapacidad

18

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Beca Instancia ejecutora Anexo

Beca UNAM-Bécalos bachillerato UNAM 19

Superior

Becas nacionales para la educación superior (manutención)

SES

20

Becas nacionales para la educación superior (transporte) 21

Becas nacionales para la educación superior (salario) 22

Becas nacionales para la educación superior (capacitación) 23

Becas nacionales para la educación superior (excelencia) 24

Becas nacionales para la educación superior (manutención para hijas e hijos de militares)

25

Becas nacionales para la educación superior (movilidad) 26

Becas nacionales para la educación superior (servicio social) 27

Becas nacionales para la educación superior (superación profesional) 28

Becas nacionales para la educación superior (titulación) 29

Becas nacionales para la educación superior (vinculación) 30

Beca de apoyo a la práctica intensiva y al servicio social, para estudiantes de séptimo y octavo semestres de escuelas normales públicas del país

DGESPE 31

Beca de apoyo académico

INAH

32

Beca de apoyo a la titulación 33

Beca de estudio 34

Beca IPN-Bécalos (superior)

IPN

35

Beca IPN-Bécalos alto rendimiento (superior) 36

Beca IPN-Fundación Alfredo Harp Helú 37

Beca institucional (superior, escolarizada) 38

Beca institucional (superior, no escolarizada) 39

Beca IPN-Fundación Politécnico-Fundación TELMEX 40

Beca de fomento, servicio social

UPN

41

Beca de fomento 42

Beca de investigación 43

Beca Santander Iberoamérica Jóvenes Profesores e Investigadores 44

Becas Iberoamérica para la obtención de grado académico. Santander Universidades

45

Beca Santander de Movilidad Nacional 46

Beca movilidad nacional 47

Beca académica UAAAN 48

Beca de excelencia a nivel licenciatura

UAM

49

Beca para estudios de lenguas extranjeras 50

Beca para que integrantes de grupos vulnerables (personas indígenas, personas con alguna discapacidad, madres y padres jefes de familia) realicen estudios de licenciatura

51

Beca de movilidad internacional (licenciatura) 52

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

Beca de movilidad nacional (licenciatura) 53

Para estudiantes de licenciatura en instituciones de educación superior en el extranjero en acciones de movilidad en la UAM

54

Beca UNAM-Bécalos licenciatura

UNAM

55

Becas de la Dirección General de Divulgación de la Ciencia 56

Becas de formación en tecnologías de la información 57

Beca para el fortalecimiento académico para las mujeres universitarias 58

Beca fortalecimiento de estudios de Licenciatura 59

Beca para la movilidad estudiantil internacional a nivel licenciatura 60

Posgrado

Becas compartidas DGRI-SEP / Universidad Macquarie

DGRI

61

Becas complemento 62

Becas de excelencia académica para estudios de posgrado en el extranjero

63

Becas de posgrado para extranjeros en México 64

Beca institucional–Beca estudio IPN

65

Beca institucional–Beca Tesis 66

Beca comisión para estudios de Posgrado UPN

67

Beca para estudios de posgrado 68

Beca para apoyos extraordinarios

CINVESTAV

69

Beca para la asistencia a congresos, estancias de investigación y cursos especializados

70

Beca para cursos propedéuticos 71

Beca para la obtención de grado académico 72

Beca para estancias de estudios y asistencias a congresos para alumnos/as de posgrado

UAAAN

73

Beca de apoyo para incrementar la eficiencia terminal en los programas docentes de posgrado

74

Beca de la UAM para participar en eventos de difusión y de investigación en ciencia y tecnología

UAM

75

Beca para realizar estudios de maestría y doctorado en la UAM 76

Beca para estancias posdoctorales 77

Beca para la movilidad internacional (posgrado) 78

Beca para estudiantes de maestría y doctorado en instituciones de educación superior en el extranjero en acciones de movilidad en la UAM

79

Becas para estudios de posgrado en la UNAM

UNAM

80

Becas posdoctorales 81

Becas para movilidad internacional de estudiantes (mexicanos en el extranjero)

82

Docentes

Becas para actualización docente en la especialidad de mecatrónica DGETI 83

Becas del Gobierno de Japón para maestros/as en servicio DGRI

84

Becas para cursos de verano para maestros/as de inglés 85

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

Becas para la superación del personal académico UAM 86

Beca de apoyo para la superación del personal académico de la UNAM (al extranjero) UNAM

87

Becas para la formación de profesores para el bachillerato universitario 88

Tipos medio superior y superior

Becas para la movilidad universitaria en América del Norte, Europa y Asia-Pacífico

DGRI

89

Becas para la movilidad universitaria en el marco de University Mobility in Asia and the Pacific (UMAP)

90

Becas Fulbright-García Robles 91

Becas INBA INBA 92

Becas de apoyo para ingreso y continuación de estudios CETI 93

Beca de estudio

COFAA

94

Beca de estimulo institucional de formación de investigadores 95

Beca para el sistema de becas por exclusividad 96

Beca COLMEX COLMEX 97

Beca de estímulo por productividad académica

UAAAN

98

Apoyo para la movilidad estudiantil 99

Becas para semestre de prácticas profesionales 100

Beca de apoyo a proyectos de investigación e innovación tecnológica UNAM

101

Sistema de becas para estudiantes indígenas 102

Otras

Beca para curso de perfeccionamiento en lengua y didáctica del francés

DGRI

103

Beca para el intercambio de asistentes de idioma México–Francia, México–Reino Unido, México–Alemania, México–Quebec y México-EUA (a través de la Comisión México-Estados Unidos para el Intercambio Educativo y Cultural (COMEXUS)

104

Beca para el intercambio de asistentes de idioma México–Francia, México–Reino Unido, México–Alemania y México–Quebec

105

3. Lineamientos

3.1. Cobertura

La cobertura del programa es a nivel nacional de aplicación en las 31 entidades federativas de la República Mexicana y el Distrito Federal.

Para el caso de la DGRI, IPN, COLMEX, UAM y UNAM, se otorgan becas a personas con nacionalidad mexicana para estudios en el extranjero, así como a extranjeros/as para estudios en México, en los términos y condiciones descritas en los anexos de las presentes reglas de operación. En el caso de la COFAA también se contempla la posibilidad de conceder becas a profesoras/es investigadoras/es del IPN para estudios en el extranjero.

3.2. Población objetivo

El programa se dirige a estudiantes y docentes de instituciones educativas públicas de todos los tipos educativos, especificándose en los anexos de cada beca las características sociales, económicas y académicas de la población a la cual van dirigidos los apoyos, sin distinción de género, condición física, social, cultural o étnica, incluyendo en todo momento una perspectiva de género evitando las desigualdades económicas, culturales y sociales entre mujeres y hombres.

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

3.3. Beneficiarios/as

3.3.1. Requisitos

Los requisitos que las personas solicitantes deben cumplir para ser beneficiarios/as, así como las restricciones para su elección, se especifican en los anexos de cada beca por instancia ejecutora, conforme a lo señalado en el numeral 2.2 de las presentes reglas de operación.

3.3.2. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección desde la recepción de la solicitud de beca hasta la elección de las personas beneficiarias, se detalla en los anexos de cada instancia ejecutora.

Para el caso de las becas nacionales para la educación superior (manutención), se dará prioridad a los integrantes de hogares del padrón de beneficiarios del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades y del Apoyo Alimentario para su atención por parte del programa, así como a aquellas personas solicitantes que se encuentren en los cuatrocientos municipios seleccionados con base en la incidencia de pobreza extrema, señalados en el anexo “A” del Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el DOF el 22 de enero de 2013, en la siguiente dirección electrónica:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5285363&fecha=22/01/2013.

Para este criterio, el Programa podrá brindar asesoría para el diseño de la beca.

Asimismo a fin de coadyuvar en garantizar los derechos de las víctimas, reconocidos en el Artículo 51 de la Ley General de Victimas (nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013 y reformada el 3 de mayo de 2013), se atenderá a las víctimas directas e indirectas del delito, con la finalidad de que puedan continuar con sus estudios según lo establece la citada Ley, hasta el término de su educación superior, de acuerdo al esquema diseñado por las instancias normativas el cual será publicado en www.becas.sep.gob.mx.

El programa adoptará, en lo procedente, el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico establecido en el Acuerdo por el que se aprueba la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos, emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010. Lo anterior en estricta observancia al Acuerdo antes referido y al oficio circular con números 801.1.-279 y SSFP/400/124/2010 emitido por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, respectivamente.

Los componentes que integran el modelo de estructura de datos del domicilio geográfico son:

COMPONENTES

ESPACIALES DE REFERENCIA GEOESTADÍSTICOS

Vialidad No. Exterior Área Geoestadística Estatal o del Distrito Federal

Carretera No. Interior Área Geoestadística Municipal o Delegacional

Camino Asentamiento humano Localidad

Código postal

Descripción de ubicación

3.4. Características de los apoyos (tipo y monto)

Los recursos federales que se transfieren para la implementación del Programa, son considerados subsidios, debiendo sujetarse al artículo 75 de la LFPyRH y demás disposiciones aplicables en la materia, pudiendo constituirse en apoyos técnicos o financieros. Estos serán de carácter no regularizable y se entregarán a los/as beneficiados/as por una única ocasión.

Los tipos de apoyo se especifican en los anexos de cada beca.

El monto del programa corresponde al presupuesto autorizado, estableciéndose en los anexos de cada beca el monto por tipo de apoyo, especificándose su periodicidad y vigencia.

Durante la operación del programa, quien ejecuta el gasto y los/las beneficiarios/as deberán observar que la administración de los recursos se realice bajo los criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia,

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género establecidos, en los artículos 1 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, capítulo II sección I de su Reglamento y cumplir con lo señalado en los artículos séptimo fracciones IX y X y vigésimo fracciones I y IV y vigésimo sexto en el "Decreto que establece las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal", publicado el 10 de diciembre de 2012 en el DOF y los "Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal", publicados en el referido órgano informativo el 30 de enero de 2013, así como con las demás disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y disponga el Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2014.

Las instancias ejecutoras del programa están obligadas a reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos que no se destinen a los fines autorizados, en términos de lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Asimismo, las instancias ejecutoras que al cierre del ejercicio fiscal, es decir al 31 de diciembre de 2014, conserven recursos, deberán reintegrarlos a la Tesorería de la Federación, dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre del ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54, tercer párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Sector Central

Instancia ejecutora

% máximo de gastos indirectos

Hasta

Subsecretaría de Educación Básica/Dirección General de Educación Indígena (DGEI)

4%

Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) 1.5%

Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI) 0%

Subsecretaría de Educación Superior (SES) 1.5%

Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE)

4%

Dirección General de Relaciones Internacionales (DGRI) 0%

Órganos desconcentrados

Instancia ejecutora

% máximo de gastos indirectos

Hasta

Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) 0%

Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA) 1%

Instituto Politécnico Nacional (IPN) 0%

Universidad Pedagógica Nacional (UPN) 0%

Organismos descentralizados

Instancia ejecutora

% máximo de gastos indirectos

Hasta

Centro de Enseñanza Técnica Industrial (CETI) 0%

Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico 0%

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

Nacional (CINVESTAV)

Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP) 0%

Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional (COFAA)

0%

Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE) 0%

Universidades Públicas Federales

Instancia ejecutora

% máximo de gastos indirectos

Hasta

El Colegio de México A.C (COLMEX) 1%

Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (UAAAN) 0%

Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) 1%

Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) 0%

3.5. Derechos, obligaciones, suspensiones y cancelaciones.

La instancia ejecutora garantizará el respeto a los derechos humanos y salvaguardará los derechos civiles,

políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales de los/as beneficiarios/as.

Derechos aplicables a todos/as los/as beneficiarios/as en las instancias ejecutoras.

I. Recibir un trato atento, digno y respetuoso, sin discriminación alguna por parte de las autoridades

educativas y del plantel.

II. Recibir de las instancias ejecutoras del programa atención y apoyo sin costo.

III. Tener acceso a la información necesaria, de manera clara y oportuna, para resolver sus dudas

respecto de las becas del programa.

IV. Recibir el comunicado por parte de las instancias ejecutoras sobre la asignación de la beca, por el

medio establecido en la convocatoria correspondiente.

V. Recibir la beca en los términos establecidos en el anexo correspondiente de las presentes reglas de

operación.

VI. Disfrutar la beca sin que sea obligatorio realizar actividades extraordinarias, contribución o donación

alguna al plantel o a otros educandos (excepto DGETI, IPN).

VII. Tener la reserva y privacidad de sus datos personales en los términos de lo establecido en la

LFTAIPG y demás normatividad jurídica aplicable.

VIII. Interponer los recursos que para cada caso en particular procedan, cuando se vulnere su derecho a

recibir la beca.

IX. Recibir en los casos de suspensión o cancelación de la beca, la resolución fundada y motivada de la

instancia ejecutora correspondiente.

Adicionalmente, los/as becarios/as de las siguientes instituciones ejecutoras tendrán derecho a:

COFAA

Buscar y solicitar su reubicación en otro proyecto de investigación por semestre, cuando existan

razones debidamente justificadas que impidan la continuidad del/la becario/a para continuar en el

mismo.

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

Presentar el recurso de revisión a través de su representante PIFI cuando considere afectados sus

derechos, mismo que será resuelto por el comité técnico de becas del PIFI, tomando en

consideración los elementos de prueba que sean ofrecidos para tal efecto y que, de ser el caso,

deberán adjuntarse al escrito correspondiente. En ningún caso, las pruebas ofrecidas dentro del

recurso podrán ser empleados para subsanar omisiones acaecidas durante la elección de

becarios/as PIFI e imputables al/a candidato/a.

Designar beneficiario/a (s), para que en caso de incapacidad total o permanente o defunción del/a

becario/a, el/la beneficiario/a (s) pueda realizar el cobro de la beca hasta la expiración de su vigencia

bienal.

COLMEX

Recibir el grado correspondiente y el título que lo compruebe una vez que hayan cumplido con los

requisitos que al efecto se señalen en el reglamento de exámenes de grado;

Percibir íntegramente las becas que El Colegio les otorgue mientras continúen regularmente sus

estudios;

Expresar en los cursos y seminarios libremente sus ideas, sin otras limitaciones que las que impone

el respeto a las ideas de los demás y a las personas;

Asociarse para fines culturales y sociales, siempre que no se contravengan los fines de El Colegio de

México A.C.

CONAFE

Las personas beneficiarias de las becas “acércate a tu escuela” tienen derecho a recibir una beca para el traslado a la escuela durante un periodo máximo de 10 meses del ciclo escolar. Misma que podrán cobrar de acuerdo al siguiente calendario (las delegaciones estarán facultadas para implementar una de las dos opciones de pago que se describen a continuación, misma que deberá ser informada a oficinas centrales para la adecuada programación de los recursos presupuestarios):

Opción 1

Mes en que reciben los apoyos Periodo que abarca Ciclo escolar

Marzo Enero a Marzo 2013-2014

Junio Abril a Junio 2013-2014

Diciembre Septiembre a Diciembre 2014-2015

Opción 2

Mes en que reciben los apoyos Periodo que abarca Ciclo escolar

Febrero Enero y Febrero 2013-2014

Abril Marzo y Abril 2013-2014

Junio Mayo y Junio 2013-2014

Octubre Septiembre y Octubre 2014-2015

Diciembre Noviembre y diciembre 2014-2015

DGESPE:

Transitar de una escuela de práctica a otra, cuando el/la beneficiario/a así lo requiera, sólo al inicio de cada semestre, de conformidad con las normas de control escolar para las licenciaturas del subsistema de formación de docentes en la modalidad escolarizada.

DGETI:

Continuar con los mismos derechos que tenía el/la beneficiario/a en su plantel de adscripción al término de la beca y de su reincorporación como docente.

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

INAH:

Tener la posibilidad de ser asignada/o a un turno diferente de su horario registrado en la constancia de inscripción.

Conocer las tareas que realizará y el horario en que colaborará.

Salir de prácticas de campo previa notificación a la persona responsable directa por escrito y con suficiente tiempo de anticipación.

IPN:

Presentar el recurso de reconsideración previsto en el anexo correspondiente de las presentes reglas de operación.

SEB/DGEI

Recibir el equivalente a un mes de beca, cuando la becaria se incorpore o reincorpore al sistema educativo no escolarizado, y acredite su examen diagnóstico con calificación aprobatoria.

Recibir la beca hasta que concluya el año escolar que curse o su equivalente en la modalidad no escolarizada, en los casos en que la becaria que tuviera únicamente un/a hijo/a y falleciera por causas naturales y/o no imputables a hechos delictivos de la becaria o lo diera en adopción por causas extraordinarias y/o no imputables a hechos delictivos de la becaria.

Disponer de los recursos de la beca para gastos inherentes a su preparación académica y para gastos relacionados con su subsistencia y la de su(s) hijo(s) e hija (s).

Interponer una denuncia por discriminación ante la autoridad competente cuando se presente una mala atención o falta de respeto por su condición de adolescente embarazada o madre joven.

Recibir facilidades por parte de la escuela primaria o secundaria para disponer del tiempo de incapacidad que el/la médico/a señale, previo al parto y después de éste, que asegure su salud física, sin que su inasistencia a clases sea motivo de suspensión o cancelación de la beca u otro tipo de sanción por parte del plantel educativo.

Recibir asistencia y asesoría para la recuperación de materiales de estudio, repaso de temas y reposición de exámenes que no haya podido presentar durante el tiempo de su inasistencia a la escuela por causa del parto.

Recibir el apoyo educativo necesario para mantener la continuidad en su avance académico, cuando por causa de incapacidad médica, antes y después del parto, dejen de asistir a las sesiones de asesoría.

Participar, cuando sea el caso, y de manera adicional a sus actividades académicas, en programas complementarias en temas como salud sexual y reproductiva, orientación y apoyo psicológico así como en otras actividades educativas, productivas, culturales y recreativas que brindan otras instituciones.

SEMS:

Interponer ante la CBSEMS, una queja por escrito que puede ser enviada por correo electrónico, respecto de la cancelación de la beca o el no otorgamiento de la misma, recibiendo una respuesta de la misma en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación, tal como se menciona en el apartado 8 de las presentes reglas de operación.

UAAAN:

Conservar la beca si cumplen con lo establecido en su promedio académico mayor o igual a 8.0 y es un/a alumno/a regular con la carga académica mínima.

UAM:

Los demás señalados en los anexos correspondientes a las becas de la UAM (49-54,75-79,86).

UNAM:

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UNAM (19, 55-60, 80-82, 87, 88, 100, 101).

Obligaciones de todos/as los beneficiarios/as de las becas.

I. Cumplir con lo señalado en las presentes reglas de operación, los anexos correspondientes (1-105) y en la(s) convocatoria(s) que se emita(n) (excepto CONAFE que no emite convocatoria).

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

II. Proporcionar con veracidad y oportunidad, la información que le sea requerida por la instancia ejecutora.

III. Ofrecer un trato digno, atento y respetuoso a las autoridades educativas, a las del plantel y a la comunidad de la institución ejecutora correspondiente.

IV. Suscribir la documentación que determina la instancia ejecutora para la formalización del otorgamiento de la beca.

V. Cumplir con todas las obligaciones establecidas en el documento que formaliza el otorgamiento de la beca.

Adicionalmente, los/as becarios/as de las siguientes instituciones ejecutoras tendrán la obligación de:

CETI:

Asistir a las reuniones de becarios/as a las que sean convocados;

Informar al comité de becas de cualquier cambio en su situación económica o académica, y

Las demás que establezca el reglamento de becas interno del CETI.

CINVESTAV:

Cumplir con las actividades académicas para las cuales le fue otorgado el apoyo o estímulo.

Otorgar los créditos correspondientes al CINVESTAV en todos los trabajos que sean producto de estos apoyos.

Presentar la información requerida por la instancia ejecutora para el otorgamiento del apoyo solicitado.

Informar oportunamente y de manera completa al departamento de becas y estímulos del CINVESTAV sobre la situación de cualquier beca o estímulo externo que reciba (excepto para apoyos extraordinarios).

COFAA

Presentar el informe de actividades realizadas que acredite el cumplimiento del cronograma estipulado para el desarrollo del proyecto objeto de la beca, de acuerdo con la periodicidad que se establezca en el dictamen y/o en la carta compromiso correspondiente.

Cumplir con el cronograma autorizado por la COFAA y productos comprometidos para el otorgamiento de la beca, según sea el caso;

Entregar en tiempo y forma el grado académico y/o la evidencia de los productos comprometidos para el goce de la beca.

Manifestar su adscripción y dar créditos al IPN en los trabajos que se encuentren vinculados con el otorgamiento de la beca de estudio, de acuerdo con las disposiciones vigentes.

Entregar oportunamente la información y/o documentos específicos que la COFAA le requiera.

Informar a la COFAA con oportunidad sobre cambios o cancelaciones del programa académico y/o evento autorizado.

Reincorporarse de forma inmediata a su centro de trabajo.

Laborar en el instituto por lo menos un periodo igual al autorizado en la beca de estudio.

Reconocer al IPN como titular de los derechos patrimoniales de los productos obtenidos de los trabajos a través del cual ejecutó la beca otorgada, y dar el debido crédito a IPN, en todos los trabajos realizados durante la vigencia de la beca.

COLMEX:

Respetar el Reglamento General de El Colegio de México y de la biblioteca Daniel Cosío Villegas.

Dedicarse a sus estudios en tiempo completo, exceptuando aquellos casos en que los programas docentes expresamente no lo requieran;

Asistir con regularidad a los cursos y seminarios;

Cumplir puntualmente con las tareas que les sean asignadas;

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

Aprobar todos los cursos y seminarios semestrales en los exámenes ordinarios. La falta de complimiento de esta obligación dará lugar a la negativa de readmisión. Si la falta se refiere a una sola materia, la Junta de Profesores del Centro respectivo podrá recomendar, por voto unánime, la readmisión condicional del estudiante cuando circunstancias especiales lo justifiquen;

Obtener en las calificaciones semestrales finales un promedio mínimo de ocho (sobre diez) o su equivalente en calificación cualitativa. En caso de no alcanzar dicho promedio, la Junta de Profesores e Investigadores del Centro respectivo decidirá sobre su readmisión.

CONAFE:

No reprobar más de un año escolar en el mismo tipo educativo.

Presentarse a cobrar no pudiendo dejar de hacerlo en más de una ocasión, siempre que la forma de pago no sea por tarjeta de débito.

Entregar a la CONAFE constancia de asistencia o constancia de estudios de la escuela en donde se encuentra incorporado (a) en la sede regional más cercana o en la Delegación estatal del CONAFE.

CONALEP:

El/la alumno(a) beneficiario/a deberá contestar las encuestas, cuestionarios y proporcionar la información que por internet u otro medio le sea requerida por el CONALEP.

Participar en actividades académicas y de apoyo a la comunidad de su plantel.

Apoyar al plantel y a sus compañeros/as por tres horas a la semana durante el semestre en que se le asignó beca institucional como monitores/asesores (as) participando en círculos de estudio con compañeros (as) con menor rendimiento académico y como promotores/as de actividades extracurriculares.

DGESPE:

Cumplir satisfactoriamente con las actividades académicas programadas durante el séptimo u octavo semestres, tanto en la escuela normal pública como en la escuela de práctica.

Obtener calificación final aprobatoria en todas las asignaturas del séptimo semestre, a fin de que la beca se renueve automáticamente para el octavo.

Observar buena conducta durante su estancia en las escuelas normales públicas o escuelas de práctica.

Presentar las evaluaciones, exámenes o acciones de seguimiento que, en su caso, señalen las autoridades educativas participantes en la beca.

Reportar a las autoridades educativas participantes en la beca con oportunidad los cambios en su situación escolar.

Presentarse en la escuela normal pública a recibir el monto de la beca en las fechas establecidas por la Dirección de la escuela normal pública.

Llenar con veracidad los datos solicitados en el módulo de domicilios geográficos en el Sistema de Información Básica de la Educación Normal (SIBEN).

DGETI:

Dedicar tiempo completo a las actividades relacionadas con el fin para el cual se otorgó la beca, así como cumplir con el 100% de asistencia de acuerdo con el calendario académico.

Observar y cumplir con las normas y reglamentos internos establecidos en el Centro Nacional de Actualización Docente (CNAD).

Cuidar los bienes inmuebles así como del equipo y material proporcionado para el desarrollo de su especialización.

Mantener un promedio mínimo de 8.0 (ocho) en cada una de sus asignaturas en la escala de 0 a 10.

Remitir a la unidad administrativa de su adscripción la constancia oficial con las calificaciones obtenidas al término de cada período, según la duración oficial del programa de estudios.

Dar crédito a la SEP, tanto en la tesis de grado como en los trabajos y proyectos que surgiesen como resultado de los estudios realizados durante la vigencia de la beca.

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

Informar a la unidad administrativa de su adscripción con 90 días naturales de anticipación al término de la beca, la fecha de conclusión de sus estudios, a fin de incorporarse nuevamente a su centro de trabajo.

Recabar el último día hábil de actividades, en la hoja de liberación con formato libre, las firmas correspondientes en las áreas de máquinas, control, activo fijo, biblioteca, a fin de que las personas responsables de cada área certifiquen el no adeudo de maquinaria, equipo, material, libros etc.

Reincorporarse a su plantel de origen, al término de sus estudios, con la finalidad de ser multiplicador/a de los conocimientos adquiridos en la Especialización, por lo menos durante el mismo lapso de tiempo equivalente al que disfrutó la beca. En caso de no reincorporarse, deberá reintegrar el importe total de los gastos que se erogaron durante el período de sus estudios

DGRI:

Entregar a la DGRI dos informes de actividades semestrales por la duración de la beca o cuando la DGRI se lo solicite al becario/a.

Las demás establecidas en las convocatorias correspondientes.

INBA:

Completar las encuestas, cuestionarios y demás documentación que a través de la escuela de donde procede el/la becario/a, por correo, internet u otro medio de comunicación les canalice la Subdirección General de Educación e Investigación Artísticas.

Firmar la carta que formaliza el otorgamiento de la beca.

Informar a la Subdirección General de Educación e Investigación Artísticas de cualquier cambio de domicilio o de los datos que proporcionó para solicitar la beca.

En el caso de menores de edad, contar o gestionar la documentación necesaria que acredite legalmente al tutor/a o persona responsable de la patria potestad.

Cumplir puntualmente con las obligaciones derivadas de las convocatorias (anexo 91) y consultar permanentemente la sección de becas en la página oficial del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (www.bellasartes.gob.mx/Convocatorias/lineamientos_becas_inba_2014.pdf) a fin de conocer toda notificación dirigida a los (as) becarios (as), las fechas límite de cobro de la beca y demás información que al efecto publique la Subdirección General de Educación e Investigación Artísticas.

IPN:

Para estudios de posgrado no tener al momento de solicitar la beca, ni establecer durante el tiempo que el/la becario/a disfrute de la beca ningún compromiso laboral, obteniendo las firmas del profesor postulante y de la persona Titular de la Unidad Académica que avale el no compromiso laboral ni dentro ni fuera del IPN.

Para las becas de posgrado no tener beca del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT).

Para las becas de posgrado, en caso de dejar de cumplir con alguno de los requisitos, se deberá reintegrar a la coordinación administrativa de la Secretaría de Investigación de Posgrado el monto total de los pagos recibidos por concepto de la beca.

SEB/DGEI:

Suscribir una carta (anexo 1c formato carta compromiso) en la que manifiesta cumplir con las obligaciones a las que deberá sujetarse como beneficiaria de la beca.

Asistir a clases o a las asesorías académicas.

Aprobar el grado o nivel en el que está inscrita, o acreditar su equivalente en cinco módulos en el año 2014, o su equivalente al tiempo en el que ingresó.

Informar por escrito en formato libre, a la autoridad educativa del plantel o coordinación de zona donde se encuentre inscrita, dentro de los 30 días naturales siguientes a que se actualice el supuesto, sobre cualquier cambio de:

o Número telefónico o de domicilio dentro de la misma entidad federativa o a otra, a fin de poder ubicarla para fines administrativos.

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

o Modalidad educativa a la que se inscriba.

o Informar a las autoridades escolares del sistema en que esté inscrita, en qué momento dejará de asistir a clases o asesorías, debido al periodo de incapacidad médica por alumbramiento, debiendo presentar constancia médica, expedida por cualquier institución de salud pública, en un periodo máximo de 40 días.

Informar cuando ocurra el fallecimiento de su hijo/a (cuando únicamente tenga un/a hijo/a), entregando copia del acta de defunción.

Colaborar con las autoridades escolares y otras dependencias de la administración pública, cuando requieran información sobre su participación en la beca.

Participar en actividades complementarias de salud, capacitación y culturales, entre otras, que como parte de su formación integral, se promuevan en la entidad federativa, en la que realice sus estudios.

Tramitar su cartilla de salud ante cualquier institución de salud pública de la entidad federativa, en la que realice sus estudios.

Asistir periódicamente a citas médicas de revisión en una institución de salud pública y, cuando sea el caso, a sesiones sobre sexualidad responsable y protegida, cuidado materno-infantil y otros temas de salud.

Informar de inmediato y por cualquier medio a la Autoridad Educativa Local (AEL) y a las instituciones bancarias a través de las que se recibe el apoyo, el robo o extravío de un cheque o tarjeta de débito para el pago de su beca.

En caso de robo de cheque, deberá acudir ante el Ministerio Público o la autoridad local correspondiente a levantar el acta correspondiente, presentando copia de la misma a la Coordinación correspondiente para solicitar su reexpedición.

Cumplir con la normatividad que emitan las instituciones públicas de educación participantes, con apego a la Ley General de Educación.

SEMS:

Informar de la obtención de alguna beca o apoyo adicional al otorgado por la SEMS.

Permitir la evaluación de la beca, mediante la aportación de los datos que le sean solicitados por la SEMS.

Dar seguimiento a su solicitud y al proceso de validación a través de la página de internet www.becasmediasuperior.sep.gob.mx o el Sistema Automatizado de Consulta (SAC).

Recoger en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir de la notificación de su condición de beneficiario el medio electrónico (tarjeta) de pago.

Exhibir a la SEMS, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca. En caso de que dichos documentos sean falsos o hayan sido alterados, la SEP cancelará la beca, sin perjuicio de dar vista a las instancias competentes.

SES:

Exhibir a la SES, cuando le sean solicitados, los originales de los documentos que hubiere adjuntado a la solicitud de la beca.

Cumplir con el objeto para el cual se le otorgó la beca.

Presentar el documento que avale la conclusión del proyecto objeto de la beca, una vez concluido y dentro de los tiempos especificados en la convocatoria.

Participar y apoyar en actividades de servicio social comunitario que se establezcan en las convocatorias correspondientes.

UAAAN:

Apoyar en un programa de actividades y eventos de orden cívico, cultural o académico establecido por la propia Universidad que contribuya a la formación profesional del/a alumno/a;

Informar semestralmente a su tutor/a sobre el desarrollo de actividades extracurriculares que se les asignen como becario;

Participar en las encuestas, cuestionarios y demás instrumentos de evaluación que le sean requeridos por la Universidad;

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

Firmar carta compromiso (escrito libre) con la Universidad, en los términos establecidos por la convocatoria emitida por la comisión de becas del H. Consejo Universitario y la persona beneficiaria por cada día que goce de la beca deberá trabajar una hora a favor de la Universidad para el desarrollo de actividades Institucionales.

UAM:

Conocer y cumplir con lo dispuesto en la Legislación Universitaria, los instructivos y los lineamientos internos de la UAM, los cuales podrán ser consultados en www.uam.mx .

Informar al comité de becas de la UAM correspondiente al objeto de la beca, cuando éste lo solicite, la información en relación con la beca otorgada.

Mantener, en su caso, el promedio de calificaciones establecido en el anexo correspondiente de las presentes reglas de operación.

Incluir en toda publicación o tesis derivada del otorgamiento de la beca un reconocimiento a la UAM por el apoyo recibido como becario/a.

Asistir a las reuniones convocadas por el Comité de la Contraloría Social.

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAM.

UNAM

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UNAM.

Causales de suspensión de las becas aplicables a todos/as los/as beneficiarios/as en todas las instancias ejecutoras:

La suspensión de una beca no podrá ser mayor a los tiempos establecidos en los anexos (1-105) de cada instancia ejecutora. Los casos no previstos se someterán a consideración del órgano regulatorio correspondiente en cada instancia ejecutora. En caso de suspensión, el órgano regulatorio correspondiente informará a la persona beneficiaria y en su caso al (la) tutor(a) académico(a) por escrito o por correo electrónico sobre la causa de su decisión y las razones que la fundamentan.

No será motivo de suspensión de la beca el que alguna beneficiaria se encuentre en estado de gravidez.

Para COLMEX, DGETI, IPN (en los tipos educativos medio superior y superior) y SEMS no son aplicables las causales de suspensión, debido a que los únicos supuestos en los que puede incurrir un/a becario/a dan lugar a la cancelación del beneficio. Sin embargo, los/as becarias de las siguientes instancias ejecutoras adicionalmente tendrán como causas de suspensión las siguientes:

DGESPE:

Incumpla con algunas de las actividades académicas programadas durante el séptimo u octavo semestres.

Obtenga calificación final reprobatoria en cualquiera de las asignaturas del séptimo semestre.

IPN:

Cuando el/la becario/a sufra de una incapacidad, médica o de otra índole que le impida la continuación de los estudios, ésta deberá estar justificada y con la documentación que lo acredite.

Cuando el/la becario/a incurra en adeudo de una unidad de aprendizaje de su programa académico.

SEB/DGEI:

Cuando la becaria, sus padres o tutor no presenten los documentos o constancias que justifiquen ausencias a la institución educativa de adscripción, diferentes a la incapacidad por maternidad.

Cuando la becaria del sistema escolarizado no haya acreditado el ciclo escolar y no acredite sus exámenes extraordinarios. Cuando la beneficiaria del sistema no escolarizado o semi escolarizado, no acredite el número de módulos y en su caso el nivel correspondiente para el periodo establecido o no esté activa.

Cuando el director de la escuela (primaria o secundaria) o el responsable del sistema no escolarizado donde la becaria realiza sus estudios lo solicite por escrito a la Coordinación Estatal (CEP) y/o a la Coordinación en el Distrito Federal (CDFP), justificando plenamente su petición y ésta sea aprobada por el comité de becas.

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

Cuando al finalizar el periodo de incapacidad por maternidad o por algún problema de salud médicamente justificado, la becaria no se reincorpore a la institución para continuar sus estudios.

Cuando la becaria, por convenir a sus intereses, solicite la suspensión temporal de la beca, por un periodo que no podrá rebasar los seis meses.

Cuando la becaria, sin justificación ni aviso, no se presente a recibir el importe de su beca por dos periodos de pago consecutivo, con excepción de los casos en que se trate de becarias que migren, previa notificación a la CEP o/y CDFP.

SES:

Cuando incumpla con cualquiera de sus obligaciones por causas ajenas a su voluntad considerándose como causales la incapacidad por accidente o enfermedad.

UAAAN:

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAAAN (48, 73, 74, 98,99).

UAM

Cuando la persona becaria sufra alguna incapacidad física o mental justificada médicamente conforme al anexo (49-54, 75-79, 86) de cada beca que le impida la realización de las actividades objeto de la beca, el Comité de Becas correspondiente podrá concederle la suspensión de la beca siempre y cuando la persona beneficiaria lo solicite por escrito (formato libre).

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAM (49-54, 75-79, 86).

UNAM

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UNAM (19, 55-60, 80-82, 87, 88, 100, 101).

Causales de cancelación de las becas aplicables a todos/as los/as beneficiarios/as en todas las instancias ejecutoras:

I. Incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en las presentes reglas de operación.

II. Cuando el/la becario/a renuncie a la beca y lo manifieste mediante un escrito dirigido a la instancia ejecutora correspondiente.

III. Fallecimiento del becario/a.

IV. Incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en los anexos correspondientes (1-105).

V. Se detectase falsedad en la información exhibida por el/la beneficiario/a.

No será motivo de cancelación de la beca el que alguna beneficiaria se encuentre en estado de gravidez, parto y puerperio.

Adicionalmente, serán causas de cancelación las siguientes:

CONAFE:

Si existen más tres beneficiarios/as en el mismo domicilio (no aplica cuando son hermanos/as o compruebe tener la custodia, mediante documento emitido por la autoridad competente)

Los/as estudiantes inscritos/as que cursen cualquier tipo educativo y rebasen lo establecido en la “vigencia del convenio y conservación de la beca” (manual de procedimientos de la beca) (anexo 2).

Estudiantes de educación básica, inscritos en el servicio regular y que llegasen a reprobar más de un grado escolar en el mismo Tipo educativo.

De acuerdo al calendario establecido en el “mecanismo de operación para otorgar la beca”, cuando el beneficiario no se presente a cobrarla, en más de una ocasión (anexo 2).

En caso de no presentar la documentación requerida en las fechas establecidas en el anexo 2 de las presentes reglas de operación.

En los casos en los que la familia del/a beneficiario/a se traslade a una localidad que si cuente con el servicio educativo que requiera el alumno y por el cual se está solicitando la beca.

Si en la comunidad de procedencia del beneficiario se instala el servicio educativo requerido.

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

En caso de que el/la alumno/a se inscriba en una escuela identificada como particular, a menos que se compruebe que es una institución de beneficencia.

COLMEX

La realización de actos que obstaculicen o menoscaben el cumplimiento de los fines de El Colegio.

No dedicarse de manera exclusiva a sus estudios en El Colegio de México.

El reprobar una materia o el obtener un promedio semestral inferior a ocho.

La utilización del patrimonio de El Colegio para fines distintos de aquellos a los que está destinado.

La realización de actos contrarios a los reglamentos de El Colegio de México A.C.

Faltar al respeto a sus profesores, autoridades y miembros de la comunidad de El Colegio

Hacer mal uso de la documentación oficial de El Colegio y de los bienes y los servicios que se brindan para el desempeño de sus actividades.

Faltar a la ética profesional y académica.

La omisión de trámites de carácter obligatorio

DGESPE:

Incumplir en forma reiterada con las actividades académicas programadas durante el séptimo u octavo semestres, tanto en la Escuela Normal Pública, como en la escuela de práctica.

No cumplir con el porcentaje de asistencia establecido en las normas de administración escolar en la escuela normal pública en la que se encuentre inscrito el/la beneficiario/a.

DGETI:

Cuando el beneficiario repruebe dos materias de manera ordinaria.

Cuando la calificación obtenida en dos asignaturas o módulos sea inferior a ocho en la escala de 0 a 10 o su equivalente en otros sistemas de evaluación (numérica, gráfica, descriptiva).

El presentar alguna conducta improcedente, hecho o situación que implique falta o incumplimiento a las disposiciones internas establecidas por el CNAD.

No cumplir al 100% con las asistencias establecidas en el calendario académico.

Cuando el becario así lo solicite, debiendo reintegrar el importe total de los gastos erogados hasta la petición de la misma.

Cuando la situación académica del becario lo amerite a criterio del CNAD.

INBA

Incapacidad física o mental del/la becario/a que le impida la continuación de sus estudios artísticos o conclusión de su proyecto de titulación.

IPN

Cuando el/la becario/a incurra en alguna falta a la normatividad institucional.

SEB/DGEI

Cuando la alumna becaria sea dada de baja de la escuela o del programa educativo o cuando acumule inasistencias no justificadas y la autoridad de la institución educativa documente de forma suficiente que la alumna ha desertado.

Cuando la alumna becaria cambie de institución educativa, de centro comunitario o de área de atención educativa, sin dar aviso a la CEP y/o a la CDFP en los siguientes 30 días naturales.

Cuando la alumna becaria no cumpla con la corresponsabilidad de asistir, permanecer y acreditar sus estudios, de acuerdo a la modalidad educativa en la que se encuentra inscrita.

Cuando las jóvenes con beca suspendida no demuestren avance académico en los 12 meses siguientes a la suspensión.

Cuando la becaria ya no cumpla con el perfil de ingreso a la beca.

SEMS

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Cuando al becario/a se le haya cubierto el total de la beca.

Cuando el/la becario/a no recoja en un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la notificación de su condición de beneficiario, el medio electrónico (tarjeta) de pago.

Cuando los datos académicos de la persona becaria no hayan sido validados por el director del plantel.

Cuando el/la becario/a suspenda sus estudios temporal o definitivamente y el plantel sea quien informe de esta circunstancia a la CBSEMS.

Cuando el/la becario/a reciba dos o más becas.

Por dictamen de la CBSEMS a petición por escrito de la dirección del plantel por causas plenamente justificadas como son: expulsión del alumno/a del plantel, falsedad de la información proporcionada para poder solicitar una beca, haber abandonado los estudios de EMS, gozar de otro beneficio económico para el mismo fin otorgado por alguna dependencia u organismo del Gobierno Federal durante el tiempo en que reciba los beneficios de la beca.

UAAAN:

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAAAN (48, 73, 74, 98,99).

UAM

Incumplir con lo estipulado en la Legislación Universitaria, los instructivos y los lineamientos internos de la UAM, los cuales podrán ser consultados en www.uam.mx

Contar con otro beneficio económico para el fin objeto de la beca.

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UAM (49-54, 75-79, 86).

UNAM

Las demás señaladas en los anexos correspondientes a las becas de la UNAM (19, 55-60, 80-82, 87, 88, 100, 101).

3.6. Participantes

3.6.1. Instancia (s) ejecutoras (s)

Son instancias ejecutoras del programa:

Sector central

Subsecretaría de Educación Básica/Dirección General de Educación Indígena (DGEI).

Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS).

Dirección General de Educación Tecnológica Industrial (DGETI).

Subsecretaría de Educación Superior (SES).

Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación (DGESPE).

Dirección General de Relaciones Internacionales (DGRI).

Órganos desconcentrados

Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBA).

Instituto Politécnico Nacional (IPN).

Universidad Pedagógica Nacional (UPN).

Organismos descentralizados

Centro de Enseñanza Técnica Industrial (CETI).

Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional (CINVESTAV).

Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP).

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(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional

(COFAA).

Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE).

Universidades Públicas Federales

El Colegio de México A.C (COLMEX).

Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (UAAAN).

Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

3.6.2. Instancia (s) normativa (s)

En el ámbito de sus respectivas atribuciones, serán instancias normativas cada una de las instancias

ejecutoras señaladas en el numeral 3.6.1.

3.7. Coordinación institucional

Las instancias ejecutoras establecerán los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que

sus programas y acciones no se contrapongan, afecten o presenten duplicidades con otros programas o

acciones del Gobierno Federal.

Con este mismo propósito, las instancias ejecutoras podrán establecer acciones de coordinación con las

autoridades federales, locales y municipales, las cuales tendrán que darse en el marco de las disposiciones

de las presentes reglas de operación y de la normatividad aplicable.

En el caso de las becas nacionales para la educación superior, la SEP a través de la SES coordina el

otorgamiento de las becas que se hace a través de distintas instancias como son: INAH, IPN, UNAM, UAM y

UPN, a su vez ellas participan en el proceso de selección, entrega, supervisión y control de las mismas.

4. Operación

4.1. Proceso

El procedimiento general para la solicitud, selección y asignación de una beca es el siguiente:

a) Emitir y publicar la convocatoria, a través del medio que determine la instancia ejecutora, para el otorgamiento de becas a estudiantes y docentes que inicien o continúen sus estudios y profesionalización.

b) Los/as solicitantes deberán capturar y verificar que la información entregada en su solicitud a través de los medios que se indiquen en las convocatorias sea correcta. Este proceso se debe realizar dentro de las fechas señaladas en la convocatoria y los solicitantes, si lo requieren podrán solicitar asesoría por parte de los responsables de la instancia ejecutora correspondiente, tal como se especifica en cada uno de los anexos (1-105) de las presentes reglas de operación.

c) Los/as beneficiarios/as deberán entregar, como parte de su expediente, la documentación requerida en la convocatoria respectiva y en las fechas señaladas en la misma.

d) Las instancias ejecutoras deberán recibir, revisar y validar los documentos entregados por los solicitantes para la conformación de los expedientes. Cuando los expedientes cumplen con los requisitos se elaborará una propuesta de asignación de becas, o bien cuando no se cumple con los requisitos se descartarán las solicitudes.

e) Las instancias ejecutoras serán las responsables de evaluar las propuestas, y utilizando los padrones obtenidos por el sistema estadístico que determinen, asignarán becas, emitirán y actualizarán el listado de becarios/as.

f) Las instancias ejecutoras publicarán el listado de becarios/as por el medio que cada una determine, atenderán aclaraciones, elaborarán y remitirán el listado de los/as becarios/as a la institución bancaria correspondiente conforme al formato solicitado por la misma para su pago.

g) El/la becario/a dispone del recurso de la beca.

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Martes 31 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Cuarta Sección)

La descripción cronológica de las etapas que se deben seguir en la ejecución del programa, se detallan en los anexos de cada una de las becas

4.2. Ejecución

4.2.1. Avances físicos financieros

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 85, 106, 107 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 181 de su Reglamento, 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la SEP, en su carácter de coordinadora sectorial, enviará a la Cámara de Diputados, por conducto de las Comisiones correspondientes, a la SHCP y a la SFP los informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido (financiero) y el cumplimiento de las metas (Físico).

Las instancias ejecutoras formularán trimestralmente el reporte de los avances físicos y financieros de las acciones bajo su responsabilidad, que deberán remitir durante los 15 días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta. Invariablemente, las instancias ejecutoras deberán acompañar a dicho informe con la explicación de las variaciones entre el presupuesto autorizado, el modificado, el ejercido y el de metas.

Esta información permitirá conocer la eficiencia de la operación del programa en el periodo que se reporta, y será utilizada para integrar los informes institucionales correspondientes.

Será responsabilidad de las instancias normativas concentrar y analizar dicha información, para la toma oportuna de decisiones.

4.2.2. Acta de entrega-recepción

No aplica

4.2.3. Cierre de ejercicio

Cada una de las instancias ejecutoras, deberá remitir en tiempo y forma a la Oficialía Mayor la información de los avances físicos-financieros conforme al numeral 4.2.1 de las presentes reglas de operación y el cierre del ejercicio fiscal para su consolidación.

5. Auditoría, control y seguimiento

Los subsidios mantienen su naturaleza jurídica de recursos públicos federales para efectos de su fiscalización y transparencia; por lo tanto podrán ser revisados según corresponda, por la Secretaría de la Función Pública o instancia correspondiente que para tal efecto se determine; por el Órgano Interno de Control en la SEP y/o auditores independientes contratados para tal efecto, en coordinación con los Órganos Estatales de Control; por la SHCP; por la ASF y demás instancias que en el ámbito de sus respectivas atribuciones resulten competentes.

Serán los Titulares de las Unidades Responsables o los funcionarios que estos designen, los encargados del control y vigilancia de las becas, en cada una de las etapas del ejercicio del programa.

Como resultado de las acciones de auditoría que se lleven a cabo, las instancias de control que las realicen mantendrán un seguimiento interno que permita emitir informes de las revisiones efectuadas, dando principal importancia a la atención en tiempo y forma de las anomalías detectadas hasta su total solventación.

6. Evaluación

6.1. Interna

Las instancias ejecutoras podrán instrumentar un procedimiento de evaluación interna con el fin de monitorear el desempeño del programa construyendo, para tal efecto, indicadores relacionados con sus objetivos específicos, de acuerdo con lo que establece la Metodología de Marco Lógico. El procedimiento se operará considerando la disponibilidad de los recursos humanos y presupuestarios de las instancias que intervienen.

6.2. Externa

La Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas, en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento Interior de la SEP, designa a la Dirección General de Evaluación de Políticas como la unidad administrativa ajena a la operación de los programas que, en coordinación con las unidades administrativas responsables de operar los programas, instrumentarán lo establecido para la evaluación externa de programas federales, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Social, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, los Lineamientos Generales para la

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Evaluación de los Programas Federales de la Administración Pública Federal y el Programa Anual de Evaluación 2014.

Asimismo, es responsabilidad de cada instancia ejecutora del programa cubrir el costo de las evaluaciones externas, continuar y, en su caso, concluir con lo establecido en los programas anuales de evaluación de años anteriores. En tal sentido y una vez concluidas las evaluaciones del Programa, éste habrá de dar atención y seguimiento a los aspectos susceptibles de mejora.

Las presentes Reglas de Operación fueron elaboradas bajo el enfoque de la Metodología del Marco Lógico, conforme a los criterios emitidos conjuntamente por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante oficio números 307-A-2009 y VQZ.SE.284/08 de fecha 24 de octubre de 2008.

La Matriz de Indicadores para Resultados (MIR) y las metas autorizadas conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, se encuentran disponibles en el portal de transparencia presupuestaria, en el apartado del Sistema de Evaluación del Desempeño, en la siguiente dirección electrónica:

http://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/Portal/transform.nodo?id=3.1&transformacion=s&excel=n&ka_imagen=23&zip=n&paramts=0=L23

7. Transparencia

7.1. Difusión

Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se dará amplia difusión al programa a nivel nacional, incluidos montos, beneficiarios y resultados del programa y se promoverá la operación de mecanismos de consulta e información para impulsar la transparencia y rendición de cuentas, y acciones similares por parte de las autoridades locales y municipales, conforme a lo señalado en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

La papelería, documentación oficial, así como la publicidad y promoción de este programa, deberán incluir la siguiente leyenda: "Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.

Asimismo, las instancias ejecutoras deberán proporcionar a la DGICO para su incorporación a la página electrónica del portal de becas www.becas.sep.gob.mx, la información relativa a las características de las becas bajo su responsabilidad, manteniéndola actualizada conforme a las convocatorias que serán publicadas durante el ejercicio fiscal 2014.

7.2. Contraloría social

Se propiciará la participación de los/as beneficiarios/as del programa a través de la integración y operación de contralorías sociales, para el seguimiento, supervisión y vigilancia del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas en el programa, así como de la correcta aplicación de los recursos públicos asignados al mismo.

Para lograrlo, las instancias ejecutoras del programa promoverán y realizaran las acciones necesarias para la integración y operación de la contraloría social que operará para el programa, bajo el esquema diseñado y coordinado por la instancia normativa, que una vez validado por la Secretaría de la Función Pública será publicado en http://www.programa.gob.mx/portal/wb/contraloria_social de conformidad con los “Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social”, publicados en el DOF el 11 de abril del 2008.

8. Quejas y denuncias

Las quejas y denuncias de la ciudadanía en general se captarán vía personal, escrita, telefónica, por internet o directamente en las oficinas que para tal efecto se señalen en los anexos de cada una de las becas, recibiendo en cualquiera de las situaciones una respuesta en un máximo de 30 días naturales posteriores a su presentación.

Sector Central

Instancia ejecutora Enlace permanente

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Puesto Conmutador /

Extensión Correo electrónico

Subsecretaría de Educación

Básica/Dirección General de

Educación Indígena (DGEI)

Director/a de Educación

Básica

3601-1000 ext. 68095 y

68108

[email protected]

Subsecretaría de Educación

Media Superior (SEMS)

Director/a de Operación 3601-1000 ext. 60540,

60541

01800-1128-893

[email protected]

[email protected]

Dirección General de Educación

Tecnológica Industrial (DGETI)

Director/a del CNAD 5841-0048 ext. 101 directordelcnad_dgeti@live-

edu.sems.gob.mx

Subsecretaría de Educación

Superior (SES)

Coordinador/a Nacional de

Becas de Educación

Superior

3600-2500

018002884248

[email protected]

Dirección General de Educación

Superior para Profesionales de

la Educación (DGESPE)

Director/a General 36011000 ext. 25101 [email protected]

Dirección General de Relaciones

Internacionales (DGRI)

Subdirector/a de Relaciones

Bilaterales

3601-1000

Ext. 62913

[email protected]

Órgano Interno de Control en la SEP 3601-8650 ext. 66224,

66242, 66243, 66244

01800-2288-368

[email protected]

Secretaría de la Función Pública 2000-3000, ext. 2164 [email protected]

Órganos Desconcentrados

Instancia ejecutora

Enlace permanente

Puesto Conmutador /

Extensión Correo electrónico

Instituto Nacional de

Antropología e Historia (INAH)

Subdirector/a Administrativo 5141-1100 [email protected]

Instituto Nacional de Bellas Artes

y Literatura (INBA)

Director/a de Servicios

Educativos

5141-1100

Ext. 1039

[email protected]

Instituto Politécnico Nacional

(IPN)

Director/a de Servicios

Estudiantiles

Director/a de Posgrado

5729-6000 Ext. 51845 y

51997

Ext. 50495

[email protected]

[email protected]

Universidad Pedagógica

Nacional (UPN)

Jefe/a de Departamento de

Apoyos a Estudiantes

5630-9700

Ext. 1358

[email protected]

Organismos Descentralizados

Instancia ejecutora

Enlace permanente

Puesto Conmutador /

Extensión Correo electrónico

Centro de Enseñanza Técnica

Industrial (CETI)

Director/a Académico/a (33) 36413250 Ext. 252 [email protected]

Centro de Investigación y de

Estudios Avanzados del Instituto

Subdiretor/a de Asuntos

Jurídicos

5747-3800 [email protected]

Page 40: CUARTA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE … · 2015. 9. 3. · Avances físicos financieros 4.2.2. Acta de entrega-recepción 4.2.3. Cierre de ejercicio 5. Auditoría, control

(Cuarta Sección) DIARIO OFICIAL Martes 31 de diciembre de 2013

Politécnico Nacional

(CINVESTAV)

Ext. 3923 y 3924

Colegio Nacional de Educación

Profesional Técnica (CONALEP)

Coordinador/a de Desarrollo

del Estudiante

5480-3700

Ext. 2899 y 2791

[email protected]

Comisión de Operación y

Fomento de Actividades

Académicas del Instituto

Politécnico Nacional (COFAA)

Secretario/a Técnica del

Comité de Ética de la

COFAA-IPN

57296000

Ext. 65021

[email protected]

Consejo Nacional de Fomento

Educativo (CONAFE)

Responsable del Módulo de

Transparencia

Titular del Órgano Interno de

Control

5241 7400

Ext. 7022 y 7010

5241 7400 ext. 7433,

7437 y 7438

[email protected]

[email protected]

Universidades Públicas Federales

Instancia ejecutora

Enlace permanente

Puesto Conmutador /

Extensión Correo electrónico

El Colegio de México A.C

(COLMEX)

Contralor/a Interno 54-49-30-00 / 2906 [email protected]

Universidad Autónoma Agraria

Antonio Narro (UAAAN)

Director/a de la unidad de

planeación y evaluación

(01)844-411-0200 ext.

4209 y 4210

[email protected]

Universidad Autónoma

Metropolitana (UAM)

Jefe/a de Departamento de

Becas

5483-4000

Ext. 1590

[email protected]

Universidad Nacional Autónoma

de México (UNAM)

Subdirector/a de Integración

Presupuestal

5622-0284 [email protected]

ANEXO 1: BECAS DE APOYO A LA EDUCACIÓN BÁSICA DE MADRES JÓVENES Y JÓVENES EMBARAZADAS

I. Datos generales

Nombre de la institución o unidad responsable:

Dirección General de Educación Indígena UR 313

Tipo educativo: Educación básica (primaria y secundaria) y alfabetización

Beca: Becas de apoyo a la educación básica de madres jóvenes y jóvenes embarazadas.

Modalidad: Sistema escolarizado, no escolarizado y mixto.

II. Apartados

1. Población objetivo:

Adolescentes en contexto y situación de vulnerabilidad agravada por el embarazo y la maternidad temprana, mediante el otorgamiento de becas para el acceso, permanencia y conclusión de la educación básica, de estado civil indistinto que sean madres o se encuentren en estado de embarazo, cuya edad de ingreso esté comprendida entre los 12 y 18 años 11 meses de edad, que deseen iniciar, reincorporarse, permanecer y/o concluir sus estudios de educación básica, en el sistema escolarizado, no escolarizado u otro sistema educativo público disponible en las entidades federativas.

Como casos de excepción, las adolescentes menores de 12 años que sean madres o se encuentren embarazadas, podrán tener acceso a los beneficios de la beca, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en el párrafo anterior.