cuando el 15 de noviembre de 1517 era enterrado cisneros ... · para restablecer el antiguo rito...

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1 Canto Toledano Autor: Luis Lozano Virumbrales RITUAL TOLEDANO CONCIERTO -CLAUSURA DEL COLOQUIO INTERNACIONAL "FUENTES MUSICALES EN LA PENÍNSULA IBÉRICA" Universitat de Lleida. CICLO EMOCIONA ANTIGUA. MÚSICAS DE AYER PARA EL SIGLO XXI Ayuntamiento de Madrid GRUPO «ALFONSO X EL SABIO» Bajón: Josep Borras Director: Luis Lozano Virumbrales INTRODUCCIÓN: LUIS LOZANO VIRUMBRALES CANTO TOLEDANO Cuando el 15 de noviembre de 1517 era enterrado Cisneros en la Capilla Mayor del Colegio de San Ildefonso de Alcalá de Henares, con su cuerpo se incineraban los amores y desamores de tres monarquías: Fernando e Isabel, Juana y Felipe de Borgoña, el emperador Carlos, último fracaso político, último desengaño afectivo del Cardenal

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Page 1: Cuando el 15 de noviembre de 1517 era enterrado Cisneros ... · Para restablecer el antiguo rito como práctica diaria del Oficio Divino y la Misa, Cisneros reconstruirá su música

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

RITUAL TOLEDANO

CONCIERTO -CLAUSURA DEL COLOQUIO INTERNACIONAL

"FUENTES MUSICALES EN LA PENÍNSULA IBÉRICA"

Universitat de Lleida.

CICLO EMOCIONA ANTIGUA.

MÚSICAS DE AYER PARA EL SIGLO XXI

Ayuntamiento de Madrid

GRUPO «ALFONSO X EL SABIO»

Bajón: Josep Borras

Director: Luis Lozano Virumbrales

INTRODUCCIÓN: LUIS LOZANO VIRUMBRALES

CANTO TOLEDANO

Cuando el 15 de noviembre de 1517 era enterrado Cisneros en la Capilla Mayor

del Colegio de San Ildefonso de Alcalá de Henares, con su cuerpo se incineraban los

amores y desamores de tres monarquías: Fernando e Isabel, Juana y Felipe de Borgoña,

el emperador Carlos, último fracaso político, último desengaño afectivo del Cardenal

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

aunque la ironía de don Francesillo de Zúñiga, bufón predilecto del emperador y su

corte, transformara esa su última amargura en placer:

Después de su santo faleçimiento (Fernando el Católico) governó el ylustrísimo y

reverendísimo cardenal de España y arçobispo de Toledo, don fray Francisco Ximenez de

Çisneros que parecía [...] galga embuelta en manta de xerga. Murió este reverendísimo cardenal

del plazer que huvo de la venida de musior de Xebres1.

Fuera del mausoleo, para análisis de la historia, quedaba otro panorama, también

claroscuro, configurado desde la plataforma del poder, esculpido en aquella tumba, hoy

vacía, que cincelara en mármol de Carrara el burgalés Bartolomé Ordóñez en la Capilla

de su Universidad de Alcalá:

Don Francisco Ximenez de Cisneros, por la divina misericordia Cardenal de España,

Arçobispo de Toledo, primado de las Españas, Chanceller Mayor de Castilla, Gobernador destos

Reynos de Castilla.

Entre la vorágine nobiliaria, el título Arçobispo de Toledo, consagrado en el

convento de San Francisco de Tarazona el mismo año, 1495, en que allí se celebraban

Cortes, presididas por Isabel y Fernando, sería imprescindible para la música litúrgica

en un momento en que una nueva vanguardia polifónica maleaba y arrinconaba la

monodia tradicional. Si, en ese año de su entronización, recién elevado a la Primada de

Toledo, había expuesto a su Cabildo las directrices de su gestión,

mi intención es que en esta Iglesia y en toda su Diócesis se siga el Evangelio, el esplendor del

culto divino se aumente, y la disciplina de las costumbres, sino puede estar completamente

restaurada en su pureza, por lo menos tenga alguna reforma de la piedad de nuestros padres2,

1 ZÚÑIGA, Don Francés de, Crónica burlesca del Emperador Carlos V, Salamanca: Acta Salmaticensia,

estudios históricos y geográficos 64, s/f, Universidad de Salamanca, 1989, pág. 68, (Edición de José

Antonio Sánchez Paso).

2 NAVARRO y RODRIGO, Carlos, El Cardenal Cisneros, Madrid: Sarpe, Biblioteca de la Historia de

España, 1986, pág. 27.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

en los últimos días de su vida, cumplido su primer deseo en la imprenta, podía

comunicarles en el prólogo al Intonarium Toletanum :

Trabajamos y soportamos todo con tal de no omitir nada que se refiera al culto divino3.

Para ello había emprendido una instauración y una reconstrucción. La primera,

1504, que afecta únicamente a su Catedral Primada, transformará la Capilla del Corpus

Cristi, originariamente sala capitular, después, reserva del Santísimo, en sede de Rito

Mozárabe; un Cabildo específico interpretará diariamente el Oficio Divino y la Misa

siguiendo aquel rito, herencia de la liturgia visigótica, que Alfonso VI había abolido

pero cuya tradición se mantenía en algunas parroquias toledanas por privilegio real,

«por testimonio que dizen e fazen oy día aquel ofiçio e fincaron el Salterio toledano en

muchos lugares4».

Para restablecer el antiguo rito como práctica diaria del Oficio Divino y la Misa,

Cisneros reconstruirá su música mandando copiar los cuatro Cantorales, llamados por

los investigadores Mozárabes que hoy día conserva el archivo de su catedral.

A su vez, la reconstrucción, la puesta a punto de la liturgia, se hace sobre aquel

rito que suplió al suprimido visigótico y que un monje investigador de la Abadía de

Santo Domingo de Silos, Germán Prado, definiera, en 1928, como «Rito Romano

Toledano5». Romano porque la estructura básica corresponde al rito reglamentado en la

iglesia de Roma; Toledano porque, al igual que toda iglesia medieval, Toledo tenía, el

privilegio de ensamblar lo romano con lo autóctono.

La reconstrucción cisneriana, que habría de afectar, con el tiempo, a todas las

iglesias de los reinos hispanos, comenzará por dotar a la Catedral toledana del material

necesario para la práctica litúrgica: entre 1499, cuatro años después de la consagración

de Cisneros como Obispo de Toledo y 1517, año de su muerte, pasarán por la imprenta

3 INTONARIUM TOLETANUM, impressum atque absolutum in preclarissima universitate complutensi

industria atque solertia Arnaldi Guillelmi Brocarii. Alcalá de Henares: 1515, fl. 1.

4 CRONICA DE VEINTE REYES, Burgos: Ayuntamiento de Burgos, edit. Facsimil, 1991, pág. 219. 5 PRADO, Germán, Historia del Rito Mozárabe y Toledano, Burgos: Abadía de Santo Domingo de Silos,

1928, cap. III «El Canto Toledano», pág. 213.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

de Hagembach, Giunta, Brocar o Villaquirán cuantos libros son imprescindibles en el

rito; el propio Cisneros lo reseña en el prologo al Passionarium Toletatum impreso un

año antes de su muerte:

Cuanto ha tiempo nos pedisteis, hermanos ilustrísimos, no habremos de descansar hasta

que dotemos a nuestra iglesia con una muy bella y además necesaria ayuda de los libros: esto en

parte ya lo hemos hecho, y en parte nos ocuparemos de que en un día no lejano seamos librados

de tamaña carga. La causa de tanta demora ha estado no tanto en nosotros cuanto en la dificultad

de la propia empresa, […] no obstante y pese a todo, perseveramos en nuestro trabajo y a todo

nos resignamos con tal de no omitir nada que pertenezca al culto de la divina liturgia6.

Trece libros litúrgicos7, editados a expensas de Cisneros, tres de ellos, obras

póstumas prologadas por su sucesor, el Arzobispo Guillermo de Croyes, reglamentan

calendario anual, estructuras, ceremonias, textos, formularios oracionales, también

música; trece ediciones marcadas con idéntico sello: en unas, adjetivando el rito como

signo de exclusividad, Toletanum, en otras, una sintaxis eclesiástica, característica de

una época en la que Usos y Costumbres configuran un rito autóctono, aunque la

estructura fundamental sea romana, delimita una circunscripción territorial: «secundum

usum Ecclesiae Toletanae8».

La música se copiará en diferentes libros según la función que le marque la

rúbrica ritual: las melodías correspondientes a los Ministros del altar se imprimen en el

6 PASSIONARIUM TOLETANUM [...] impressum atque absolutum in egregia academia Complutensi, in

officina Arnal de Guillelmi Brocarii, Alcalá de Henares: s/e, 1516, fl. 1v.

7 Missale Mixtum alme ecclesie Toletane, Toledo: Petrus de Hagembach, 1499; Manuale seu baptisterium

Toletanum secundum usum ecclesie toletane, Toledo: P. de Hagembach, 1503; Breviarium Toletanum,

Venice: Luca Antonio Giuta, 1506; Missale Toletanum, Burgos: Fadrique de Basilea, 1512; Psalterium

secundum usum sanctae ecclesiae Toletane, Alcalá de Henares: Arnaldi Guillelmi de Brocar, 1515;

Intonarium Toletanum, Alcalá de Henares: A. G. de Brocar, 1515; Passionarium Toletanum, Alcala de

Henares, 1516; Commune Sanctorum secundum usum alme ecclesie Toletane, Alcalá de Henares: A.G. de

Brocar, 1516; Officiarium Toletanum, Alcalá de Henares: A.G. de Brocar, 1517; Missale alme ecclesiae

Toletane, Toledo: Juan de Villaquirán, 1517; Diurnale dominicale secundum usum alme ecclesie

Toletane, Alcalá de Henares: A.G. de Brocar, 1519; Manuale sacramentorum secundum usum alme

ecclesiae Toletane, Alcalá de Henares: A.G. Brocar, 1519; Diurnum sanctorale secundum usum alme

ecclesiae Toletane, Alcalá de Henares: A.G. de Brocar, 1520. 8 Explicit compendium intonationum totius anni secundum consuetudinem sancte ecclesie Toletane

[...]Intonarium Toletanum, op. cit., fl. CXX.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

Missale Toletanum9, y si las melodías que interpreta el coro en el Propio de la Misa

siguen la tradición romana aunque sus textos sean, a veces, propios o difieran en

estructura, las que cantan el Ordinario tienen licencia para la inclusión de melodías

hispanas con sus correspondientes tropos como herencia de fuentes medievales10,

herencia que Cisneros no tuvo tiempo de editar, pero que, sin embargo, conocemos por

las copias manuscritas en cantorales anteriores a la normativa de supresión de Tropos,

Prosas o Secuencias contemplada en el Misal tridentino.

El repertorio destinado al Oficio Divino se escribe en Diurnum dominicale,

Commune Sanctorum secundum usum alme ecclesie Toletane, y en las dos grandes

recopilaciones: Intonarium Toletanum, Passionarium Toletanum. En el primero,

Diurnum, cuantas obras textuales y musicales se han de interpretar en las horas

canónicas del Propio del Tiempo, de Adviento a Pentecostés; idéntica función cumple el

Commune Sanctorum respecto de la celebración litúrgica en las fiestas de los santos que

no tienen Oficio Propio; el Intonarium Toletanum, dividido en seis partes, la música

reglamentada para el Oficio Divino durante el ciclo anual de la liturgia: himnos, en su

doble versión, romana e hispánica11, entonaciones de los Salmos: «Reglas muy útiles

para entonar en forma solemne y no solemne, el inicio y la mediante de los

Salmos12;comienza la tercera parte de este libro sobre el modo y forma en que las

horas canónicas deben ser comenzadas, desarrolladas y finalizadas13»; melodías para

el Benedicamus e Ite, Missa est14, apartado que incluye benedicamus tropados en forma

de Versus métrico, con rúbrica especial de interpretación:

El canto que sigue lo cantan cuatro señores en lugar de Benedicamus, acabadas las

Vísperas o los Maitines cuando se hace procesión de Estación, desde la Natividad del Señor

hasta la Vigilia de la Epifanía, Verbum Patris15.

9 Missale Toletanum, op. cit. 10 cf. TELLO RUIZ, Arturo, Transferencias del canto medieval: los Tropos del «Ordinarium Missae» en

los manuscritos españoles, Madrid: Tesis Doctoral, Universidad Complutense, 2006.

11 Intonarium Toletanum, op. cit., Prima Pars de Hymnis, fl 2. 12 Ibíd., Secunda Pars de intonationibus, fl.44. 13 Ibíd., Tertia Pars de modo dicendi horas, fl. 5. 14 Ibíd., Quarta Pars de benedicamus et ite missa, fl.56. 15 Ibíd., fl.56.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

Idéntica rúbrica para el Benedicamus stella fulget16 que se interpreta en la fiesta

de Epifanía y toda su octava. La norma cambia en la interpretación del Benedicamus

Exultemus et letemur para el día de Pascua de Resurrección:

El canto que sigue será cantado por dos niños, acabadas las Vísperas, a la vuelta de la Pila

Bautismal en el día de Pascua y los tres días siguientes17.

Siguen los Responsorios y Versículos18, concluyendo con los Invitatorios de los ocho

tonos para el inicio del Oficio de Maitines19.

Todo un bello repertorio, autóctono, con indicaciones precisas de funcionalidad

litúrgica, con anotaciones concretas de color vocal: unas obras han de ser interpretadas

por las voces masculinas de la Capilla, otras, por el Coro de niños de la Catedral

toledana; hombres y niños utilizarán una técnica peculiar para cantar las Antífonas con

sus correspondientes Salmos, porque

esta Santa Iglesia, célebre en España, y en todo el orbe christiano, no sólo por su magnificencia y

grandeza, sí también por su especial zelo y cuidado en dar a Dios Nuestro Señor de su debido

culto, entre otras cosas muy singulares, usa una muy particular; y es cantar las Antiphonas y

Psalmos de Vísperas, y otras Horas Canónicas de un modo irregular, o no usado en el Canto

Llano, por lo que se llama Cuerda Toledana.

El principio que tuvo la invención de este singular canto, totalmente se ignora; pero se

dexa discurrir fue el motivo, para que la diversidad de voces de todas clases, que resuenan en

aquel Coro, unas alto, y otras baxo, se oigan y perciban con dulzura, consonancia y armonía, y

asimismo sin violencia, ni especial trabajo en sus Ministros y Cantores.[...] Como esta Santa

Iglesia es seria y grave en todas sus cosas, usa de esta cuerda que tiene diversas entradas según

corresponda a la festividad del día; pues en los muy solemnes, o de primera clase acostumbra a

16 Ibíd., fl.56v. 17 Ibíd., fl.57v. 18 Ibíd., Quinta Pars de Responsoriis et Versículis, fl. 65. 19 Ibíd., Sexta Pars continet omnes venite exultemus, fl.87.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

seguirla muy baxo, en los de segunda algo más alto, y en los dobles etc. un poco más advirtiendo

que así en unos días como en otros, siempre toma la Cuerda el diestro Sochantre de modo que

canta las Antiphonas por baxo sin fatigarse y concluído el Psalmo las repite sin violencia por

alto, [...] tomando una octava arriba desde el final de la Antiphona que cantó, y cuerda que

siguió en el Psalmo, colocando después el mismo sonido de voz de la octava en donde natural, y

comúnmente tiene la entonación todo Psalmo20.

El Passionarium, música para la Semana Santa y Pascua manteniendo la

tradición toledana, contiene el canto de las Cuatro Pasiones, Lamentaciones para el

Oficio de Tinieblas, bendición del cirio pascual con su pregón Exultet, conocido

popularmente como Angelica; dos pasajes de los Evangelios que relatan la genealogía

de Cristo, cantados en los Maitines de Navidad, según el texto de san Mateo y, según

san Lucas en Epifanía21.

Como colofón, dos obras con representación dramática: Gloria Laus y Kyrie qui

passurus: los treinta y nueve versos dísticos elegiacos, con su respuesta Gloria laus,

que, se cree, compusiera el visigodo español Teodulfo, alumno del anglosajón Alcuino

en la Escuela palatina de Aquisgrán, más tarde obispo de Orleans, allá por los primeros

años del siglo IX, han de ser interpretados por los niños, colocados tras de la puerta,

dentro de la iglesia22, cuando la procesión del Domingo de Ramos finalice su recorrido

por las calles toledanas, siguiendo la tradición que se remonta al siglo IX y recoge la

Regularis Concordia y el Benedictionale del Abad-Obispo Ethelwold en el siglo X.

El rito creará un dialogo dramático de auténtica policoralidad entre el interior y

el exterior del templo; porque ahora varios cantores, mínimo dos, máximo cuatro

reglamenta el Ceremonial, (en la catedral de Toledo los niños) cierran las puertas y

20 PÉREZ CALDERÓN, P.Fr.Manuel, Explicación de solo el Canto Llano que para instrucción de los

novicios de la Provincia de Castilla del Real y Militar Orden de N.Señora de la Merced, Redención de

Cautivos compuso el P. Fr. Manuel Pérez Calderón[...] Madrid, 1779. Explicación de la Cuerda

Toledana, intitulada así por ser la Santa Iglesia Catedral de Toledo la que únicamente entre todas la

practica, Madrid: Joachin Ibarra, 1779, pág. 172.

Cf. Curiosidades de Cantollano, sacadas de las obras del Reverendo Don Pedro Cerone de Bergamo, y

de otros autores [...], Madrid: Imprenta de Música, 1709, cap. XXXII, de la Cuerda Toledana, pág. 266. 21 «Incipit passionarium secundum consuetudine alme matris ecclesiae Toletane, quattuor pasiones,

Mathei, Marci, Luce et hohannis. Lamentationes Ieremie prophete. Exultet iam angelica turba,-

Benedictio cerei paschalis. Duo evengelia que cantantur in nativitate domini et epiphania».

Passionarium Toletanum, op. cit., fl.1v. 22 Ibíd., fl. 50v.

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Canto Toledano

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colocadas sus caras hacia la procesión, una vez interpretada por el coro Gloria laus,

serán símbolo musical de los guardianes de la Ciudad Santa; el Abad o el Obispo que

está frente a la entrada, golpea con la voluta de su báculo la puerta cantando: Attollite

portas, príncipes, vestras et elevamini porte eternales, et introivit rex glorie; - Alzad,

príncipes, las trabas de vuestras puertas, abrid vuestras puertas eternas y entrará el Rey

de la Gloria-; los que están dentro preguntarán en el mismo tono: Quis est iste rex

glorie?- ¿Quién es ese Rey de Gloria?-. el que preside, desde fuera, contestará, Dominus

fortis et potens, Dominus fortis in prelio.- es un Señor fuerte y poderoso, el Señor

invicto en la batalla-23. La escena se repetirá dos veces elevando acústicamente, cada

una de ellas, el tono de voz; al finalizar, se abrirán las puertas y la procesión entrará en

la iglesia cantando:

entrando el Señor en la ciudad santa los niños de los Hebreos le aclamaban, con ramos y palmas,

cantando: Hosanna en las alturas.

Los versos qui passurus, auténticos tropos sobre el canto del Christus factus est

se interpretan como final del Oficio Nocturno del Triduo Sacro, Oficio que se canta

diariamente a media noche y que en estos tres días de Semana Santa ,copiando a

Abelardo, se le denomina tradicionalmente Oficio de Tinieblas porque termina con las

luces apagadas24.

En una interpretación tradicional, con origen en el espíritu simbolista del

monacato carolingio, los niños juegan, de nuevo, un papel esencial creando todo un

mundo sonoro de luminosidad, tal y como, en primicia documental, recrea de forma

magistral la Regularis Concordia esa regla de vida, aprobada en Winchester, siglo X,

para monjes y monjas de la nación inglesa:

23 PROCESIONARIUM MONASTICUM secundum consuetudinem congragationis Sancti Benedicti

Vallisoletani, Salamanca: s/e, 1571, fol. XXVII.

24 PETRUS ABELARDUS, Epistolae, MIGNE, Jacques Paul, PATROLOGIAE CURSUS COMPLETUS,

París: 1844-1855, Serie Latina, vl. 178, col. 199.

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Canto Toledano

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Terminada la antífona evangélica, (cántico Benedictus) sin que quede nada de la luz de los

cirios, estén dos niños, seleccionados para ello, en la parte derecha del coro, los cuales con voz

sonora canten Kyrie eleison; de la misma forma, dos en la parte izquierda respondan Christe

eleison, y en la parte occidental, otros dos digan Domine miserere nobis; acabados, responda al

mismo tiempo todo el Coro Christus Dominus factus est obediens usque ad mortem. A

continuación, los niños de la izquierda del coro repitan como está arriba, del mismo modo los

demás, y de nuevo lo repitan por tercera vez en el mismo orden25.

La rúbrica del monacato inglés no deja de ser un bello anticipo de aquel juego de

voces que Willaert, Gabrieli o Monteverdi crearían con sus chori spezatti, en las naves

de San Marcos de Venecia; la organización vocal inglesa o veneciana es, en la práctica

reglamentada en Toledo, de una sobriedad y una contención sonora que contrasta con el

espectacular simbolismo de luz y sonido que enmarca el Oficio de Tinieblas en la

tradición española. El canto de los versos Qui passurus, se limita a rubricar el

Passionarium Toletanum, se han de interpretar al final de las tinieblas por unos niños

que se encuentran colocados en dos lugares26

Los prólogos y epílogos de ambas ediciones, Intonarium, Passionarium, definen

idéntico programa ideológico, también estético:

Comienza el Intonario según la práctica de nuestra Iglesia de Toledo para el ciclo anual27.

Termina la recopìlación de las entonaciones para todo el año según la práctica de la Iglesia de

Toledo, corregido y reformado con esmero [...]28.

Termina el Pasionario con las lamentaciones de Jeremías, bendición del Cirio Pascual y

Evangelios de Navidad y Epifanía según la costumbre de la Santa Iglesia de Toledo, corregida

con toda autenticidad29.

25 Regularis concordia. The monastic Agreement of the monks and nuns of the English nation, New York:

Oxford University Press, 1953, (Traducción del latín con introducción y notas de Dom Thomas Symons),

pág. 36.

26 Passionarium Toletanum, op. cit., fl. 70v. 27 Intonarium Toletanum, op. cit., fl. 1. 28 Ibíd., fl.120. 29 Explicit Passionarium secundum usum alme ecclesie Toletane metropolis, verissime correctum. Ibíd.

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Canto Toledano

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La autenticidad, en cronología, debía volver a esos años finales del siglo XI, en

los que, en cita del Cronicón de Cardeña,

Lex Romana intravit in Hispania, la ley romana entró en España30;

una ley que, en sus aspectos musicales, no era otra que aquella que Carlomagno había

impuesto a su Imperio cuando el 25 de marzo de 789 promulgaba su Admonitio

Generalis:

Que todos aprendan íntegramente el canto romano y entonen, a su tiempo, el oficio de la

noche o el del día, según decidiera nuestro padre, el rey Pipino, de venturosa memoria,

cuando suprimiera el oficio galicano en pos de la unidad con la Sede Apostólica y de la

concordia pacífica de la Santa Iglesia de Dios31.

En los reinos hispanos la nueva ley habría de ser ratificada jurídicamente en un

concilio convocado en Burgos, año 1080; la puesta en escena en la plaza pública, será

leyenda popular que recogen, en redacción culta, la Crónica Najerense32, redactada en

la primera mitad del siglo XIII y el libro X de la Crónica de veynte reyes, escrita en los

años finales del mismo siglo por el equipo de amanuenses del Rey Sabio; ambas fuentes

relatan idéntico hecho histórico aunque representado en diferentes escenografías; de él,

del procedimiento de la la imposición del rito foráneo, cada redactor extrae una

moraleja particular puesta en boca del rey: a la voluntad de los reyes se doblan los

cuernos de las leyes, reflexiona la Najerense; allá van leyes donde quieren reyes, dice la

de Veinte reyes:

30 FLÓREZ, Enrique, España Sagrada, Madrid: 1747-1803, Tomo 23. 31 DELPERRIÉ DE BAYAC, Jacques, Carlomagno, Barcelona: Aymá S.A. Editora, 1976, (Traducción

de Juan Faci y Román Izurquiza), Apéndice documental, págs.293.

32 ANÓNIMO, Crónica Najerense, Madrid: Akal Editores, 2003, (Edición castellana de Juana A. Estévez

Sola), pág. 180.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

E porque la letra de los godos e la traslación del salterio e el oficio toledano era usado

por toda España, asy commo le estableciera Sant Ysidrio e Sant Leandre, e el rrey don Alfonso,

por amor de su muger, la rreyna doña Constança, que era de Francia, envío a rogar al papa

Gregorio el Seteno uel enviase un delegado que mandase dexar el ofiçio toledano e usar el ofiçio

rromano e el de los franceses. El Papa, quando aquello oyó el ruego del rey don Alfonso, enbió

un cardenal, que avía nombre Ricarte, abat de Sanct Victor de Marsilla, por delegado a España,

que hordenase e estableciese por todas las iglesias desa tierra el uso e el ofiçio de la iglesia de

Roma [...]

Andados veynte e un años del reinado del rrey don Alfonso, que fue en la era de mill e

çiento e veynte e un años, quando andava el año de la en mil ochenta e tres e el del imperio de

don Enrique en treynta e quatro, e el delegado que diximos que enbiara pedir el rrey don Alfonso

al papa, pues que llegoa España, fizo luego su conçilio en Burgos e ordeno aquellas cosas que

tobo por bien, pero non aquellas por quel embiara e le eran mandadas. E después desto anduvo

por España grand tiempo non faziendo tan bien commo devia. [...]

Quando vieron los d´España quel rrey e el delegado les querian canviar el ofiçio e la

letra toledana e tornarlos al uso de Françia, ovieron grand pesar e pusieron día señalado en que

se allegasen el rrey e el arzobispo e el delegado e toda la clerecía e todo el pueblo. e pues que

todos fueron allegados, ovieron myt grand contienda los unos contra los otros que su oficio non

fuese cambiado, e el rrey, leyéndolos contrallo por consejo de la reyna e amenazándolos a todos

de muerte, ouo la cosa de venir que lidiasen dos cavalleros, el uno por la costumbre toledana, e

el otro por la francesa, e el que vençiese que tosiese en su costumbre de aquél, e lidiaron. e el

cavallero que lidiaba por la costumbre toledana era de linaje que dizen oy en día de la

Montançia, que es açerca de Pisuerga, e venció al otro que era de parte del rrey. e pluego mucho

desto a los españoles, mas pesó mucho a la rreyna, e fuese para el rrey, e díxole que ley non

deuía ser iudgada por armas, mas que tomasen dos libros, el uno toledano e el otro francés, e que

los echasen en una foguera, e el que fincase sano que non ardiese que entendiesen que era señal

de Dios e que aquél valiese. E fiziéronlo asy, e ayuntaron e fizieron sobreseo oración a nuestro

Señor, e quemase el libro francés e fincó el toledano sano. Mas el rrey con todo esto, leyendo

muy rrezio en su corazón e eviendo sabor de cumplir su voluntad, mandó a todos los clérigos de

su rreyno e a todos los legos, so pena de los cuerpor e de los averes, que tomasen el ofiçio e el

uso francés, e ellos fiziéronlo asy, más de miedo que de grado. E todos con grand pesar desto

dixeron este prouerbio: Allá van leyes donde quieren reyes33.

33 Crónica de veinte reyes, cit. pág. 219.

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Autor: Luis Lozano Virumbrales

Pero la autenticidad deseada por Cisneros no podía llegar tan lejos, debía

conformarse con su experiencia personal en el coro del convento de San Juan de los

Reyes, que, en Toledo, habían fundado Isabel y Fernando y en cuyo Noviciado

franciscano, recién estrenado, había ingresado el año 1484: en la madurez, el convento

de Nuestra Señora del Castañar, en las estribaciones de los montes de Toledo, donde

fuera Prior o en el de Salceda, a medio camino entre Peñalber, tierras alcarreñas que

Alfonso VIII había cedido a la Orden militar de San Juan, y Tendilla, legado de los

López de Mendoza; en todos ellos había vivido el Cardenal su vocación franciscana;

una vocación que si bien exige a sus clérigos cumplan con el oficio divino según la

ordenación de la santa Iglesia romana, a excepción del salterio, desde que puedan

tener breviarios34, acepta sin ambages las obras más características de la tradición

hispana: Si alguien, se lee en un Manuale Chori, editado en Salamanca para uso del

convento de San Francisco, 1564,

se quiere informar de la razón por la que, en algunas ocasiones, cantamos Angelorum gloria,

Verbum patris, Stella fulget y otras obras que no son propias del Rito Romano, es necesario que

entienda que respecto de esta cuestión seguimos los preceptos de Nuestro Instituto Seráfico y de

Nuestro Padre Francisco que quiso que nosotros observáramos el Ordo Romano, y que no nos

opusiéramos a él; sin embargo cantamos estas obras por la piedad del pueblo, lo que siempre

estuvo en la mente de los autores eclesiásticos; por esta misma razón se canta, asimismo, Attolite

portas etc. aunque no está reglamentado en el rito Romano35.

Luego, ya en la Corte, como confesor de Isabel, había conocido la práctica de la

Capilla Real de los Trastámara que mantenía la tradición litúrgico-toledana de la

monarquía castellano-leonesa; toda una herencia medieval con tal prestigio, con tal

aceptación por parte de Roma que cuando Fernando, siendo príncipe, más tarde, Rey de

Aragón, quiera organizar la liturgia de su Capilla privada, el Papa, Sixto IV, el fraile

34 SAN FRANCISCO DE ASÍS, Regla bulada por Honorio III, en 1223, cap.III, Del oficio divino y del

ayuno, y cómo los hermanos deben ir por el mundo.

35 MANUALE CHORI secundum usum sanctae Romanae ecclesiae. Salmantice Apud Ioannem a Canova,

M. D. L. XIIII, fl.2.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

franciscano que fustigara cruelmente Maquiavelo, en carta fechada en Roma a 1 de julio

de 1474, una carta llena de afecto, repleta de documentación litúrgica, le aconseja que

los presbíteros y clérigos de tu capilla pueden decir y celebrar la Misa y Horas canónicas según

el rito de la orden del Cister como está ordenado en la Casa Real de Aragón, o bien según el rito

de la iglesia de Toledo tal como está reglamentado en la Casa Real de Castilla- León36.

El prólogo al Passionarium abre una puerta a esta perspectiva de tradición

toledana:

Las pasiones de Semana Santa suelen ser cantadas por la Iglesia, más adornadas

melódicamente que otras partes del Evangelio, y como hay diversos tonos y numerosa variedad

de melodías, tanto mayor es el riesgo de equivocarse. Por eso hemos dado a la imprenta aquellas

cuatro Pasiones del Evangelio con una melodía que no es la corriente sino según la tradición de

Nuestra Iglesia Toledana, la cual, por parecer unánime, tanto en otras cosas como principalmente

en ésta, aventaja en mucho a todas las demás iglesias [...].37

La tradición toledana no sólo de las Pasiones sino del resto del material

recopilado por Cisneros para las celebraciones de la Semana Santa, se conservaba en

fuentes castellanas desde el siglo XII: En ellas se copiaron lamentationes, Liber

generationis, Versus Qui passurus, cuya melodía es imitación de un original sangaliense

aunque con su correspondiente Christus factus est toledano o el pregón pascual, Exultet,

calco recitativo del comienzo de la Misa Visigótica38, al igual que las entonaciones

destinadas al Preste, Diácono y Subdiácono que aparecen en el Missale Toletanum. El

rico repertorio de Himnos recopilados en el Intonarium que se bifurca entre lo

autóctono y lo romano, aunque, a veces, un romano con variantes sustanciales, fue

extraído de manuscritos del siglo XIV, de Himnarios y Manuales de Coro editados por

36 KNIGHTON, Tess, Música y músicos en la Corte de Fernando el Católico, 1474-1516, Zaragoza:

Instituto «Fernando el Católico», Diputación Provincial, 2001, Apéndice III, pág. 227ss. 37 Passionarium Toletanum, op. cit., fl. 1v.

38 PRADO Germán, op. cit., pág. 213.

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Canto Toledano

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los Monjes Jerónimos y Frailes Franciscanos a finales del siglo XV y principios del

XVI39.

Así estaba de esplendoroso el Canto Toledano cuando las resoluciones del

Concilio de Trento firmadas en 1563 por Pío IV, con obligación de cumplimiento en

todo el orbe católico, cambiaban su trayectoria; las Bulas, Breves o Epistolae

promulgadas por sus sucesores en la Cátedra de Pedro, Pío V, Gregorio XIII, Sixto V,

Urbano VII, y para la música, fundamentalmente, el Ceremoniale Episcoporum

promulgado en 1600 por Clemente VIII, son imprescindibles para comprender esa

definitiva transmutación de la liturgia católica y las concesiones que ofrece a diferentes

tradiciones de Órdenes Religiosas o iglesias locales para mantener sus ritos; una mínima

concesión amarrada a una restrictiva condición de que una vez establecida la costumbre

hayan sido observadas sus prácticas, sin interrupción en estas mismas Iglesias, durante

más de doscientos años40.

El comentario, la puesta en práctica de esa nueva doctrina tridentina en España

la copio de la Epístola a todos los Sacerdotes venerandos de Pedro Ruiz Alcoholado, un

clérigo toledano, que conoce por su práctica litúrgica diaria, tanto el Rito Toledano

como el Romano; aquel por haber sido Sacristán del Sagrario de la Catedral Primada y

Capellán de la Capilla de san Pedro, aquella que junto a la entrada del Reloj, fundara

quien fuera Arzobispo de la Primada entre 1415 y 1422, Sancho de Rojas; el Romano

por sus años pasados en la Ciudad Santa, en contacto directo con la recién inaugurada

Sagrada Congregación de Ritos que creara Sixto V para velar por el fiel cumplimiento

de las resoluciones conciliares sobre Liturgia:

39 cf. BERNADÓ, Marius, The hymns of the Intonarium Toletanum (1515) Some Peculiarities, Eger:

Cantus Planus, 1993, vl. 1, pág. 367ss. 40 MISSALE ROMANUM ex decreto Concilii Tridentini Restitutum. Pii V Pontificis Maximi jussu editum; Roma:

1570. Epistolae, Quo primum tempore.

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[...] esta epístola cumpla con su nombre de prohemial, porque enseña lo que cerca de las

missas en los breves de Pio quinto y Gregorio decimotercero se manda, y en lo que se dispensa

para nuestra España, pues también esto sirve de prohemio en el missal.

Primeramente el Papa Pio quinto (que reformó el officio Romano) mandó poner al

principio de los missales su breve que comienza, Quo primum tempore etc., en el qual quitando

el uso de todos los antiguos missales (para las congregaciones y particulares personas que están

obligadas al dicho officio), costumbre, y aún con juramento, o por otra qualquiera vía, y dexadas

totalmente todas las ceremonias, y ritos por antiguos que sean, manda su sanctidad que en virtud

de santa obediencia se canten y rezen las missas por el orden y forma que se da en guardar otras

ceremonias, ni añadir otras oraciones de las que este Missal contienen etc.[...] y no piense alguno

que se quitan muchas cosas por malas, sino que importa seguir todos una mesma forma; es mejor

obedecer, que a nuestro albedrio sacrificar y celebrar41.

El axioma, es mejor obedecer, que a nuestro albedrio sacrificar y celebrar,

acuñado por el clérigo toledano en 1589, se había cumplido cinco años antes cuando en

1584 Felipe II dota a su Capilla de Música de nuevas Constituciones:

El capellán de altar que fuere remiso en deprender las ceremonias romanas y canto

toledano sea penado en la distribución y no le hagan parte hasta que deprenda42.

La cita, párrafo 18 de las Constituciones, obligaba, bajo pena canónica, a

cumplir las normas del nuevo Rito Romano a todo el clero, tanto regular como secular:

Calendario litúrgico, estructura y rúbricas de la Misa, ordenación del Salterio, revisión

de himnos en el Breviario para el Oficio Divino. Era la contrapartida a aquella

deferencia de mantener un mínimo de la tradición toledana permitida por Pío V,

ratificada por Gregorio XIII, artífices de la unificación litúrgica, a los reinos de Felipe

II. Las normas reglamentadas en la Capilla Real, así como las rúbricas romanas

41 CEREMONIAL ROMANO PARA MISSAS CANTADAS Y REZADAS, en el qual se ponen todas las

Rúbricas generales y particulares del Missal Romano, que divulgó el Papa Pío V. [...] Todo nuevamente

ordenado, facilitado y revisto por Pedro Ruiz Alcoholado Sacerdote natural de Toledo. [...] Madrid:

1589, fl.IV. 42 ROBLEDO ESTAIRE, Luis; KNIGHTON, Tess; BORDÁS, Cristina y CARRERAS, Juan José,

Aspectos de la cultura musical en la Corte de Felipe II, Madrid: Editorial Alpuerto, Fundación Caja

Madrid, 2000, pág. 118.

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Canto Toledano

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interpretadas por Ruiz Alcoholado no eran avanzadilla de cumplimiento de las

resoluciones tridentinas, eran simple copia de cuanto la Iglesia española estaba

adaptando a su tradición. Las ediciones litúrgicas, a partir de 1570, normalizan el

encabezamiento siguiendo la ley: Según el decreto del Sacrosanto Concilio de Trento,

o, Conforme al Misal y Breviario reformados por los Santísimos Pontífices Pío V y

Gregorio XIII. Un Pasionario publicado en Toledo, 1576, todo un esclarecedor anticipo

a las Constituciones de la Capilla Real, concreta esa dualidad que va a caracterizar la

liturgia impuesta a España por el Concilio de Trento:

Pasionario con el oficio de la Semana Mayor [...] según la rúbrica del Misal y Breviario

romanos, por decreto del Sacrosanto Concilio de Trento y con el Canto de la santa Iglesia de

Toledo43.

La cita, siglo XVI, enlazada a otra del XIX abarcan elocuentemente tres siglos

de aceptación de esa dualidad litúrgica, de esa convivencia entre rúbricas, estructuras,

textos litúrgicos romanos y el Canto Toledano:

La falta de libros de Coro que se advierte hace algunos años en muchas Iglesias

Parroquiales viene haciendo indispensable la publicación de una Semana Santa con el Canto

Llano que nuestra Madre la Iglesia tiene admitido ab initio. [...]

Aunque no puedo creer que este Prontuario se halle limpio de defectos, puedo asegurar

(según parecer de personas entendidas) que está notablemente corregido conforme con la

práctica de la muy Santa Primada Iglesia de Toledo44.

El canto llano admitido ab initio hace referencia al Canto Gregoriano, cuya

melodía copiada del Graduale Romanum, reglamenta el Prontuario para el Gradual

Christus Factus est de la Misa de Presantificados del Viernes Santo45, mientras que

43 Passionarium cum officii maioris hebdomadae, iuxta formam missañlis et breviarii romano, ex decreto

sacrosanti Concilii Tridentini restituti, cum cantu sancte Ecclesiae Toletane, Toledo: 1576. 44 JORNET y FERNÁNDEZ, Antonio, CANTO LLANO GREGORIANO O PRONTUARIO DE SEMANA

SANTA corregida sin desnaturalizar el antiguo Canto, por Don Antonio Jornet y Fernández, Madrid:

1872, Prólogo, s/p.

45 Ibíd., pág. 116.

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Canto Toledano

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para ese mismo texto, Christus factus est, que se interpreta al final del Oficio de

Tinieblas, finalizado el Cántico evangélico Benedictus, se canta con la melodía del

Canto Toledano46.

Aceptadas en España las ediciones tridentinas del Breviarium Romanum y

Missale Romanum,1568 y 1570 respectivamente, todo ceremonial hispano recordará,

hasta bien entrado el siglo XVIII, la prohibición de interpretar ciertas ceremonias de

raigambre toledana; así en la procesión del Domingo de Ramos un ceremonial muy

próximo cronológicamente al nuevo Ordo Romanus anota que

adviértase que no se ha de dar golpes en la puerta con la cruz, ni cantar Attolite portas, como era

costumbre, porque todo lo deroga el Ordinario nuevo47.

A la inversa ocurre con el privilegio musical que Pío V había concedido a Felipe

II mediante el Breve Ad hoc nos Deus, fechado a 17 de diciembre de 1570 y

reglamentado en el articulo17 de las Constitutiones de la Capilla Real:

El canto llano de la Capilla sea conforme al toledano, así en los finales de las oraciones

como en los prefacios, paternóster, epístolas, evangelios, prophetias [...]48

La redacción papal había sido más explícita, históricamente,

[...] según el uso de la Iglesia de Toledo, practicado en los reinos de España desde tiempos

remotos49.

Y la iglesia española se preocupaba de que esa herencia musical de tiempos

remotos permaneciera intacta; El comentario al Breve papal que expone el clérigo

46 Ibíd., pág. 111. 47 CEREMONIAL DE LOS OFFICIOS DIVINOS, ansi para el altar, como para el choro, y fuera del:

según el uso de la Santa Iglesia romana, y conforme al Missal y Breviario reformado por los sanctisimos

Pontifices Pío Quinto y Gregorio decimo tercio. [...], Toledo: 1591, pág, 187. 48 ROBLEDO ESTAIRE, Luis; KNIGHTON, Tess; BORDÁS, Cristina y CARRERAS, Juan José, op. cit.

pág. 118.

49 PIO V, Bula Ad hoc nos Deus.

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toledano Ruiz Alcoholado en su Ceremonial Romano concreta el más mínimo detalle en

cuanto se refiere a ese Canto:

[...] Despues de este breve (Quo primum tempore) el mesmo Papa embio otro a España

que comiença Ad hoc nos Deus,etc.en el qual reformó, dispensó, y moderó algunas cosas para

los reynos de España, y todas las Provincias y señoríos del Rey don Philippe nuestro señor,y

principalmente ordeno estas cosas. Lo primero que todas las cosas que tocavan al canto del

missal, que en España se cantasen conforme al canto antiguo de la yglesia de Toledo.

Adviértanse aquí dos cosas, que dice conforme al canto antiguo, que según razón el antiguo se

devía seguir, mas porque el intento del Papa fue que se conformasen las yglesias de España con

el canto de la sancta de Toledo, y cada día se ha limado y lima, dévese cantar como en ella se

canta oy, aunque sería muy acertado que se mudase poco de lo antiguo; pero en esto no quiero

ser reprehendido de segador en haza agena, puesto caso que me dan ocasión palabras del Breve,

formam ab antiquisdimo rempore receptam. Lo segundo se advierta, que no se tracta aquí del

canto tocante al Breviario; y assi no hay duda, sino que cada yglesia puede cantar las horas

diurnas y nocturnas por sus libros y canto acostumbrado, y aún lo tocante a las missas y officios

de lo que esta apuntado en el missal haze mencion en este Breve; dado caso que sería congruente

también en esto conformarse las yglesias de España con su primada. [...] Despues desto el Papa

Gregorio decimo tercio (que Dios tenga en su sancta gloria) embió a España un Breve que

comiença, Pastoralis officii, etc. El qual muy por extenso declare en las reglas de Breviario, alli

se vea. Otros particulares Breves han enviado a España los susodichos Papas50.

La pureza del canto toledano, la adhesión a sus peculiaridades va a perdurar

hasta los primeros años del siglo XX; los ceremoniales no se resignan a olvidar lo

autóctono y así vemos, por una parte, cómo en innumerables libros de coro de esas

épocas convive lo romano y lo toledano, concretando cuanto pertenece a uno u otro

repertorio con breves pero esclarecedoras apostillas : el Canto del Attolite portas no

está reglamentado en el Rito Romano, el verso circumdederunt no se encuentra en el

rito romano. La siguiente antífona está sacada de los libros propios de España según la

tradición de la Sancta Iglesia de Toledo, o, el canto de estos himnos han sido tomados

50 CEREMONIAL ROMANO PARA MISSAS CANTADAS Y REZADAS, cit. fl. V

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Canto Toledano

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de las diócesis de España... por otra, ningún Ceremonial, ningún Tratado de Canto

Llano van a obviar la referencia concreta, bien directa o indirectamente a su Canto, el

Toledano, que ha conseguido, desde que Felipe II extendió su práctica a todo el Reino,

raigambre hispana y afinidad autóctona;

Ha sido tan bien recebido años ha el Oficio de la Semana santa, impreso en forma grande y canto

Toledano, para el servicio general del Estado Eclesiástico, y muy en particular de las Iglesias

pobres, que no alcançan para hazer libros grandes escritos en pergamino; que por falta dellos

mando a V.S. se imprimiesen de nuevo [...]51

La esencia de la cita se repite en un Pasionario, impreso 172 años después, para

el servicio litúrgico de los P.P. del Oratorio del Salvador, fundado en 1644 por

aquellos clérigos menores que primero vivieron en el monasterio de la Concepción

Jerónima, y cuando la extinción de los Jesuitas ocuparon el Noviciado en la calle

Ancha de San Bernardo52:

Se ha impreso setecientos y cincuenta ejemplares de la Semana Santa, y dos mil de

Pasionarios en punto de Canto Llano, para el surtido de las Santas Iglesias, y demás del Estado

eclesiástico, Secular y Regular. [...] se halla toda esta impresión arreglada, exacta y conforme a

los libros de Coro de aquel Monasterio de El Escorial y al del Canto Llano Toledano, que ha

servido de original53.

Las citas posibles podrían ser exhaustivas; en todas ellas, por encima de normas

eclesiásticas, intuimos la preocupación legislativa, también pedagógica de conservar su

Canto transmitiendo la tradición toledana a los futuros clérigos:

51 OFFICIUM HEBDOMADAE SANCTAE cum Psalmis et Lectionibus secundum Missale et Breviarium

Romanum Pii V. Pontifici Maximi iussu editum, et Clementis VIII auctoritate recognitum, cum Cantu

Toletano, Madrid: 1616. 52 MESONEROS ROMANOS, Ramón, Descripción de la Corte y Villa, Madrid: 1833, pág. 158. 53 PASIONARIO EN QUE SE CONTIENEN LAS QUATRO PASIONES, de los quatro Santos

Evangelistas, Arregladas al Canto de la Santa Iglesia de Toledo. Madrid: 1788, pág. 1.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

Alguna vez al oír cantar en el coro de la Santa Metropolitana Iglesia de Toledo, me

persuadía a que la cuerda que se dice del Canto Toledano era según el espíritu de San Agustín.

Por lo que, y por el particular natural afecto que profeso a dicha Santa Iglesia, la pongo en esta

Cartilla, que puede servir de instrucción para otras54.

Así las cosas hasta el siglo XIX; un siglo, que, soñando volver a la Edad Media

se reinventa una Edad Media a la medida estética de cada cultura nacionalista; la

Iglesia, asimismo, no con visión nacionalista sino universalista, busca la Edad Media,

casi diría, que, históricamente, elige en preferencia al Imperio Carolingio con todo su

bagaje de unificación; esa vuelta a lo medieval, ese calco de su liturgia franco-romana

será agonía para el Canto Toledano, víctima de la reforma iniciada en lo litúrgico por

Prosper Gueranger, en lo musical, entre otros, por el monje solesmense Joseph Pothier,

seguida por André Mocquereau, fundador de la Escuela rítmica de Solesmes; toda una

avanzadilla de reformas avalada por Pío IX, el amigo, el consejero espiritual de Franz

Liszt en su encierro místico en el convento de la Madonna del Rosario del Monte

Mario, o León XIII, que firma el

Reglamento para la música sacra que Su Santidad el Papa León XIII se ha dignado aprobar y ha

ordenado su publicación el 6 de julio de 1894: Reglas generales para la música que ha de usarse

en las funciones eclesiásticas, Instrucciones para promover el estudio de la música sagrada y para

evitar los abusos55.

Cuando en 1903, a 22 de noviembre, en la fiesta de la virgen y mártir Santa

Cecilia, Pío X promulgue su bula Motu Proprio tra le solicitudine, todo este material

decimonónico, recopilado durante años, se estructurará elevándolo, para el futuro, a la

categoría de Código jurídico de la música sagrada,

54 Explicación de solo el Canto Llano, que para instrucción de los novicios de la Provincia de Castilla

del Real y Militar Orden de N. Señora de la Merced, Redención de Cautivos, compuso el P. Fr. Manuel

Perez Calderon [...], Madrid: 1779, Dedicatoria s/p. 55 OTAÑO, Nemesio, La Música Religiosa y la legislación eclesiástica, Barcelona: Musical Emporio,

1912, pág. 79.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

por lo que de motu proprio y ciencia cierta, publicamos esta Nuestra Instrucción, a la cual, como

si fuese Código jurídico de la música sacra, queremos con toda plenitud de nuestra Autoridad

Apostólica se reconozca fuerza de ley imponiendo a todos por estas letras de Nuestra mano la

más escrupulosa obediencia56,

e imponiendo con él una unificación litúrgico-musical en todo el orbe católico con el fin

único de que ningún fiel procedente de otra nación experimente al oír la música

litúrgica impresión que no le sea familiar57, dado que una de las características

consustanciales a la monodia propuesta en el documento pontificio debía ser la

universalidad:

la música sagrada debe tener en grado eminente las cualidades propias de la liturgia, conviene a

saber: santidad y bondad de las formas, de donde nace espontáneo otro carácter suyo: la

universalidad58.

Ante proyecto tan asentado ideológica y musicalmente, el camino a recorrer para

la supresión total del Canto Toledano será muy corto: un año después de la

promulgación del Motu Proprio, otro Breve sobre la edición de libros litúrgicos que

contienen el Canto Gregoriano, publicado un 25 de abril de 1904, ya orienta las

preferencias vaticanas hacia la exclusividad de una monodia litúrgica elaborada con las

fuentes romano-galicanas aunque, eso sí, al igual que había hecho el Concilio de Trento,

el Breve pide se tenga en cuenta, teóricamente, las prácticas tradicionales autóctonas:

Las melodías de la Iglesia, llamadas gregorianas, serán restablecidas en su integridad y

pureza conforme a los antiguos códices pero teniendo también cuenta particular de las legítimas

tradiciones contenidas en los códices, de los siglos, y del uso práctico de la liturgia de nuestros

días59.

56 PIO X, MOTU PROPRIO de 22 de Noviembre de 1903, edit. NEMESIO OTAÑO, op. cit., pág. 87. 57 Ibíd., pág. 90. 58 Ibíd., pág. 88. 59 Ibíd., pág. 117.

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Las referencias a las concesiones de supervivencia de tradiciones legitimas o

del uso práctico en nuestros días, entre las que se encontraba el Canto Toledano, se van

a ir difuminando en redacciones posteriores hasta llegar, incluso, a relegarlas a segundo

plano de preferencia, cuando no, a olvidarlas para siempre, pese a que el trabajo que

realizaban los Monjes de Solesmes60 controlados por una Comisión Pontificia,

presidida por el abad de la Orden de San Benito, Joseph Pothier61,

debía hacerse con toda objetividad posible, recurriendo siempre a las fuentes, es decir, sobre las

bases siguientes: a) cada vez que se pueda encontrar la versión primitiva de una melodía antigua,

se la ha de restituir tal cual en su primitiva integridad y en toda su pureza; b) han de mantenerse,

en tanto sea posible, las melodías recientes a las que recomiendan su belleza y una tradición

legítima; c) está permitido adaptar melodías nuevas a los textos nuevos, siempre que sean

apropiadas y de sabor gregoriano62.

Ante tanta insistencia documental sobre el tema reconstrucción-tradición, la

Iglesia española era consciente de que el

canto gregoriano es el canto propio de la iglesia romana, el único que la Iglesia heredó de los

antiguos Padres, el que ha custodiado celosamente durante el curso de los siglos en sus códices

litúrgicos, el que en algunas partes de la liturgia prescribe exclusivamente, el que estudios

recentísimos han establecido felizmente en su pureza e integridad63,

Por ello, no sólo aceptó la nueva doctrina musical impuesta por la autoridad

papal en 1903, también puso todo su empeño en facilitar los medios imprescindibles

para abreviar el tiempo de aprendizaje y normalizar el uso de la Edición Vaticana,

procurando que todos los libros de canto litúrgico hasta ahora editados, aun los anteriormente

aprobados y recomendados, poco a poco, pero cuanto antes, se vayan desterrando de todas las

60 Cf. Motu Proprio sobre la edición Vaticana de libros litúrgicos que contienen el Canto Gregoriano,

Ibíd., pág. 117. 61 Ibíd., pág. 119. 62 ANTIPHONALE MONASTICUM [...] a Solesmensibus Monachis Restitutum. Desclée et Socii S. Sedis

Apostolicae et S.Rituum Congregationis Typographi, Parisiis, Turnaci, Romae, 1934, pág. VII. 63 OTAÑO, Nemesio, MOTU PROPRIO, II Géneros de música sagrada, op. cit., pág. 90.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

Iglesias, pertenecientes al Rito Romano, incluidas las de los religiosos, de suerte que se usen en

la liturgia, sólo aquellos libros de canto gregoriano, que impresos según las predichas normas,

estuviesen en todo conformes con la edición modelo del Vaticano64.

En ello, dos monasterios fueron punteros: Silos y Montserrat; dos cenobios

benedictinos no sólo con fiel adhesión al Vaticano, también colaboradores directos en la

reforma litúrgico-musical del momento: En la Abadía catalana uno de sus monjes,

alumno de André Mocquereau, en Solesmes, propaga el mensaje, avalado por su

maestro,

-es para mí una gran alegría el poder dar a su Método mi más completa aprobación. Me era

imposible obrar de otra manera, ya que V. R. reproduce con precisión, claridad y exactitud las

enseñanzas de la Escuela de Solesmes-65,

y entusiasmado

como el que más por el verdadero canto de San Gregorio, me he decidido a publicar este Método

para secundar, según mis pobres fuerzas, los deseos de los Sumos Pontífices León XIII y Pío X,

y contribuir de este modo, aunque no sea más que con una pequeña piedrecita, a la

reconstrucción del gran edificio del canto litúrgico.

Mi doctrina, puedo decir, no es mía. Mi único objetivo ha sido reproducir con claridad y

exactitud las enseñanzas de la Escuela de Solesmes, a la que cabe hoy la dicha de haber servido

tan magníficamente a la Iglesia, restituyéndole su verdadero canto. [...]66.

Desde su Abadía burgalesa de Santo Domingo de Silos, Casiano Rojo, alumno

de Joseph Pothier, miembro de la Comisión Pontificia para la edición vaticana, bifurca

su trabajo entre el Canto Gregoriano y la monodia tradicional hispana, cumpliendo al

64 DECRETO DE LA S.C. DE RITOS sobre los libros litúrgicos vaticanos de Canto Gregoriano, 11

Agosto 1905. OTAÑO, Nemesio, op.cit. pag.130 65 SUÑOL, Gregorio Mª. Método completo de solfeo, teoría y práctica de canto gregoriano: según los

principios de los RR.PP. benedictinos Solesmes por el Rdo. P.D. Gregorio Mª Suñol, O.S.B. monje de

Montserrat, Tournai [Bélgica]: Desclée, Lefebvre et Cia., 1905, Al Lector. 66 Ibíd., Al lector.

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Canto Toledano

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píe de la letra ese texto de Pío X que restablece la monodia gregoriana teniendo también

cuenta particular de las legitimas tradiciones67.

Y estas legítimas tradiciones españolas las transcribe y publica como anexo a las

ediciones oficiales vaticanas68; trabajo que continuará su discípulo en Silos, Germán

Prado, con el único fin de mantener viva, aunque fuera muy parcialmente la tradición

hispana69.

La aportación a la difusión del renovado Canto Gregoriano del monje silense va

a ser la publicación, dos años después de la promulgación del Motu Proprio, de un

Método de Canto Gregoriano que se ajusta en todo al Motu Proprio de S.S. el Papa Pío

X de 22 de Noviembre de 1903 y demás disposiciones Pontificias posteriores sobre

Música Sagrada70, método que es considerado por la Comisión Archidiocesana de

Música Sagrada de Valladolid, que prejuzga el Método para su publicación, como

entre los que hasta ahora en España se han publicado uno de los más completos y aptos para la

buena inteligencia de la notación y signos adoptados por la Edición Vaticana de Canto

Gregoriano71.

Pese a que la aceptación de cumplir fielmente las nuevas normas musicales

emanadas del Motu Proprio fue total entre el clero regular y secular,

han protestado, o cuando menos se han dolido algunos españoles de que en la reforma del Canto

eclesiástico felizmente emprendida y casi ultimada por el Papa Pío X, no se haya dado lugar al

67 Cf. nota 56. 68 ROJO, Casiano, Appendix ad Ordinarium misse pro Hispania, Burgos: 1910. Cantus Lamentationum

apud hispanos usurpatus, quem ex codice silensi XIII conscripto nunc. primum juris publici fecit. Bilbao:

1917.

-El canto español de las lamentaciones según el códice de Silos, Música Sacro-hispana, nº 10, 1917. 69 PRADO, Germán, Supplementum ad Kyriale ex codicibus Hispanis Excerptum. Desclée et socii

.Parisiis, Tornaci, Roma: 1934.

-Cantus Lamentationum pro ultimo Triduo Hebdomadae Maioris, iuxta hispanos codices,typis societatis

S. Joannis Evangelistae,Desclée et socii .Parisiis, Tornaci, Roma, 1934. 70 ROJO, Casiano, MÉTODO DE CANTO GREGORIANO, compuesto por el R.P.D. Casiano Rojo, monje

benedictino del Real Monasterio de Santo Domingo de Silos y Congregación de Solesmes. Editado por

los RR.PP. Benedictinos de Silos (provincia de Burgos) 1906. 71 Ibíd.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

Canto Toledano, canto verdaderamente español y hasta cierto punto insustituible, según su

hablar, más sentimental que bien razonado72.

La voz más decisivamente disidente ante la exclusión de lo toledano, casi mejor,

de lo hispano, es la de Federico Olmeda, que en un genial análisis del Motu Propio,

editado en Burgos, 1904, pondrá en tela de juicio la imparcialidad de los monjes de

Solesmes a la hora de seleccionar las fuentes medievales de la monodia litúrgica,

aunque consciente de que, como clérigo, las debe asumir; por ellas, fue pionero no sólo

en comentarlas sino en investigarlas y ponerlas en práctica como organista en las

catedrales de Tudela y Burgos, y Maestro de Capilla del monasterio de las Descalzas

Reales de Madrid:

Lo que deberá sernos sensible a los españoles es el ver sacrificados en el silencio, sin

honor para la patria, muchos hermosísimos documentos de la influencia de nuestro canto sobre el

canto romano, a pesar de las afirmaciones en contra de los benedictinos, que desconocen o

disimulan conocer muchas cosas de canto romano, en lo pertinente a nuestra patria. Ahora

habremos de sujetar nuestros cantorales al modo mejor o peor trazado, sobre códices de más o

menos autoridad, para conjuntarnos a la unidad romana. Este pensamiento de unidad es seductor;

unum baptisma, una fides, unum corpus. Mas el amor de las glorias patrias no puede dejar de

tener su sentimiento y ciertamente será este muy vivo, sobre todo para los que vengan después

de nosotros y comparen de verdad, como yo he comparado, las versiones de nuestros buenos

cantorales con las ofrecidas por los benedictinos.

No puede menos de notarse en nuestros cantorales una riqueza melódica sobrepujante a

la de estos: observación que debían estos haber tenido en cuenta para elegir de los códices

litúrgicos el canto que arguye mejor gusto [...]73.

La interpretación de los Decretos y Bulas papales, promulgadas progresivamente

para concretar la doctrina del Motu Proprio, que se prolongarán hasta la Encíclica

Musicae Sacrae de Pío XII, 25 de diciembre de 1955, así como la introducción del

72 PRADO, Germán, op. cit., pág. 213.

73 OLMEDA, Federico, Pío X y el Canto Romano, Tip. de El Monte Carmelo, Burgos: 1904, pág. 112,

Nota 1.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

nuevo repertorio musical, correspondiente a las Ediciones Vaticanas, en las Iglesias de

todo el mundo, las llevará a cabo, en España, una serie de Congresos sobre Música

Sagrada en los que intervienen expertos en el Canto Gregoriano, en la Polifonía y en la

práctica instrumental. El primer congreso, celebrado en Valladolid, 1907, juega,

respecto de la tradición toledana, a dos caras: la romana, la española:

El canto del celebrante, así como las contestaciones que canta el coro, deben

conformarse a las entonaciones anotadas en el Misal y otros libros aprobados por la Santa Sede,

ya sea en canto romano, ya en toledano, siempre que conste de su autenticidad en uso del

privilegio concedido a las iglesias de España, quedando prohibidas las contestaciones ad libitum

o las llamadas a fabordón que realmente no son sino productos de una viciosa rutina74.

El segundo, Sevilla, 1908, dogmatizará la muerte del Canto Toledano:

Punto C. - El Congreso cree que las entonaciones propias del Celebrante, Diácono y

Subdiácono, publicadas en la Edición Vaticana, son obligatorias en España, por cuanto estima

también que, en virtud de los decretos últimamente promulgados sobre dicha edición Vaticana,

queda derogado el privilegio concedido por S. S. Pío V a los españoles en favor del canto

tradicional toledano.

No obstante, y en vista de que los tonos de Exultet y de la Pasión de los Misales

españoles diferían completamente de los respectivos tonos romanos y ofrecen no escaso interés

musical, el Congreso encomienda a los Benedictinos de Silos, Montserrat y Agustinos del

Escorial, estudien los libros que encierran dichos tonos para que vueltos a su integridad, sean

presentados a la aprobación de la Sagrada Congregación de Ritos.

Punto D. - El Congreso no puede señalar cuál sea el auténtico canto toledano, en

atención a que, ni las numerosas ediciones de misales y pasionarios publicados en España hacia

el año 1570 se hallan rigurosamente conformes, ni la Bula Ad hoc nos Deus, de San Pío V, alude

a la versión contenida en edición alguna determinada75.

74 OTAÑO, Nemesio, op. cit., Apéndice II, Conclusiones del Primer Congreso de Valladolid: (Abril

1907), pág. 170. 75 Ibíd., Apéndice III, Conclusiones del Segundo Congreso de Sevilla, (Noviembre 1908), pág. 184.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

El tercer congreso, celebrado en Barcelona, 1912, desiste de tratar un asunto

musical con práctica de muchos siglos en España, dando largas al tema, tan sólo en la

Sección primera, tema VI, Canto Gregoriano, se apostilla:

El Congreso ratifica la confianza que el anterior celebrado en Sevilla depositó en los

Padres Agustinos de El Escorial, y los Padres benedictinos de Silos y Montserrat, referente a la

reintegración de algunos cantos españoles, para que, cuanto antes, tengan terminado su trabajo, y

lo presenten directamente a Roma para su aprobación76.

Una pretendida justificación científica, que simplemente era cumplimiento

obligado de las decisiones tanto del Papa como de la Sagrada Congregación de Ritos,

suprimía para siempre el CantoToledano. Unos musicólogos españoles, cual falsos

albaceas de la autenticidad musical, cumplían, de nuevo, con retraso de ochocientos

años, el capricho de una reina medieval:

El rrey Don Alfonso, por amor de su muger, la Reina Doña Constanza, que era de

Francia, envió a rogar al Papa Gregorio el Seteno que le enviase un delegado que mandaxe dexar

el Ofiçio toledano e usar el ofiçio romano e el de los françeses. El Papa, quando aquello oyó el

rruego del rrey don Alfonso, embió un cardenal, que avía nombre Rricarte, abat de Sanc Victor

de Marsilla, por delegado a España, que hordenase e establesçiese por todas las iglesias desa

tierra el uso e el ofiçio de la Iglesia de Rroma77.

76 Ibíd., Apéndice IV, Conclusiones del Tercer Congreso de Barcelona, (Noviembre 1912), pág. 198. 77 Crónica de veinte Reyes, op. cit., pág. 216.

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Canto Toledano

Autor: Luis Lozano Virumbrales

CANTO TOLEDANO

(s. XVI)

PROLOGO, Letare Toletum

I VARIA

Hymnus O, gloriosa Domina

Venite, 2º tono

Hymnus Utque ad laxis

Versus Vera Sophia

Hymnus Pange lingua

II TEMPUS NATIVITATIS

Versiculus Rorate celi desuper

Versiculus Hodie scietis

Invitatorium Christus natus est

Liber generationis

Benedicamus Verbum Patris hodie

III TEMPUS PASCHALIS

Hymnus Passionis Vexilla Regis

Versum Gloria laus

Passio Mattheum (fragmentos)

Lamentatio Ieremie

Christus factus est, Versus Qui passurus

Exultet iam angelica turba

Versiculus Surrexit Dominus de sepulchro

Antiphona B.M.V. Regina celi

EPILOGO In festo Leocadie, patronae Toletanae

FUENTES:

Manuale Chori. Salamanca 1506

Intonarium Toletanum. Alcalá de Henares, 1515

Passionarium Toletanum. Alcalá de Henares, 1516

TRANSCRIPCIÓN: Luis Lozano Virumbrales.

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