cuaderno orientacion 2014

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Cuaderno Informativo de Orientación Académica y Profesional 2014 RECURSOS PEDAGÓGICOS

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  • Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmicay Profesional

    2014

    RECURSOS PEDAGGICOS

  • Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica

    y Profesional 2014

  • CONSEJERA DE EDUCACIN, JUVENTUD Y DEPORTEConsejera de Educacin, Juventud y DeporteExcma. Sra. D. Luca Fgar de Lacalle

    Viceconsejera de Educacin, Juventud y DeporteIlma. Sra. D. Alicia Delibes Liniers

    Director General de Mejora de la Calidad de la EnseanzaIlmo. Sr. D. Pablo Hispn Iglesias de Ussel

    Subdirector General de Formacin del ProfesoradoFrancisco Javier Jimnez Leube

    Equipo de redaccin:

    Directora del Centro Regional de Innovacin y Formacin CRIF Las AcaciasGretchen Dobrott BernardM Teresa Bravo Gutirrez

    Coordinacin tcnica editorial:Mara Dolores lvarez AlonsoMari Luz Gonzlez Canales

    La edicin de este Cuaderno Informativo se ha cerrado el 12 de Febrero de 2014

    El Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional 2014 es de carcter infor-mativo y no legal. No podr utilizarse como base para recursos y reclamaciones

    Comunidad de MadridEdita: Direccin General de Mejora de la Calidad de la Enseanza de la Consejera de Edu-cacin, Juventud y Deporte de la Comunidad de MadridGran Va, 20, 4 planta. 28013 MadridTel.: 917201124 Fax.: 917201354www.madrid.org

    Tirada: 3.000 ejemplares1 Edicin: 2/2014

    Preimpresin: Navesco, s.l.Impresin: Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid

    Depsito Legal: M-3308-2014ISBN: 84-451-3475-2

    Impreso en Espaa

    Printed in Spain

  • Publicacin elaborada por el Centro Regional de Innovacin y Formacin Las Acacias, que depende de la Subdireccin General de Formacin del Profesorado de la Direccin General de Mejora de la Calidad de la Enseanza La actualizacin y mejoras que se incorporan a esta edicin proceden de la revisin de las disposiciones legislativas publicadas en el Boletn Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletn Oficial del Estado, as como de las actualizaciones proporcionadas por las siguientes Direcciones Generales de la Conse-jera de Educacin, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid:

    Direccin General de Mejora de la Calidad de la Enseanza - Subdireccin General de Evaluacin y Anlisis - Subdireccin General de Formacin del Profesorado - Subdireccin General de Programas de Innovacin

    Direccin General de Educacin Infantil y Primaria - Subdireccin General de Centros de Educacin Infantil, Primaria y Especial - Subdireccin General de Ordenacin Acadmica de Educacin Infantil y Primaria

    Direccin General de Educacin Secundaria, Formacin Profesional y Enseanzas de Rgimen Especial - Subdireccin General de Centros de Educacin Secundaria y Enseanzas de Rgimen Especial - Subdireccin General de Ordenacin Acadmica de Educacin Secundaria y Enseanzas de Rgimen Especial - Subdireccin General de Formacin Profesional

    Direccin General de Becas y Ayudas a la Educacin - Subdireccin General de Becas y Ayudas - Subdireccin General de Enseanza Privada y Concertada

    Direccin General de Universidades e Investigacin - Subdireccin General de Universidades - rea de Extensin Universitaria y Alumnos - Centro de Informacin y Asesoramiento Universitario - Subdireccin General de Enseanzas Artsticas Superiores

    Direccin General de Juventud y Deportes - Subdireccin General de Juventud - rea de Informacin y Participacin Juvenil - Centro Regional de Informacin y Documentacin Juvenil

    Servicios de las Unidades de Programas Educativos de las Direcciones de las reas Territoriales

  • 6 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

  • 7La Consejera de Educacin, Juventud y Deporte pre-senta el Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional 2014. Se trata de un instrumento elaborado con el mximo rigor que pretende ayudar a padres, tuto-res, y orientadores, en su tarea fundamental de informar y asesorar a los alumnos sobre las diferentes opciones en el difcil momento de elegir el camino ms apropiado para su desarrollo personal, acadmico y profesional.

    En distintos momentos de su formacin, el estudiante tiene que tomar decisiones acordes con sus aptitudes y capacidades que le conducirn a la vida laboral en unos

    casos, y, en otros, a la incorporacin a estudios superiores.

    Sea con una finalidad propedutica o como objetivo ltimo, la eleccin debe realizarse con la mayor informacin posible, puesto que las decisiones adoptadas pueden ser determinantes en su futuro.

    En este Cuaderno se ofrece informacin sobre el sistema educativo vigente y los cambios que se estn produciendo en l. Su creacin ha venido inspirada por la amplitud de posibilidades que se ofrecen a lo largo del itinerario escolar, tanto de tipo acadmico como profesional. Considerando la complejidad y la importancia de las decisiones que se han de tomar, hemos estimado conveniente recoger de forma exhaustiva y detallada toda la informacin que pueda ser relevante para una ptima eleccin.

    Este es uno de los momentos en que ms se justifica la accin tutorial y la labor orientadora de los padres, tutores y profesionales educativos. Confiamos en que nuestra gua sea un elemento de gran utilidad para aquellos y, por supuesto, para nuestros estudiantes en la bsqueda de su futuro acadmico o profesional.

    Pablo Hispn Iglesias de UsselDirector General de Mejora de la Calidad de la Enseanza

    Madrid, febrero de 2014

    Presentacin

    Presentacin

  • La ordenacin de las enseanzas en la Educacin Secundaria y en la Edu-cacin Superior

    1. El Sistema Educativo .....................................................................................................17 1.1. Enseanzas del Sistema Educativo ..............................................................................19 Esquema del Sistema Educativo 20

    2. Educacin Secundaria ...................................................................................................23 Esquema General de Educacin Secundaria 24

    2.1. Educacin Secundaria Obligatoria (ESO) ....................................................................26 2.1.1. Descripcin General 26 2.1.1.1. Caractersticas 26 2.1.1.2. Organizacin de las enseanzas 27 2.1.1.3. Titulacin 29 2.1.1.4. Alternativas al alcanzar la edad de escolarizacin obligatoria (16 aos) 30

    2.1.2. Alternativas al finalizar 4O de ESO 31

    2.1.3. Otros programas 31 2.1.3.1. Institutos Bilinges 31 2.1.3.2. Secciones Lingsticas de Lengua Francesa y Alemana 36 2.1.3.3. Institutos de Innovacin Tecnolgica 37 2.1.3.4. Institutos con proyectos propios en Educacin Secundaria Obligatoria 38

    2.2. Atencin a la diversidad .................................................................................................39 2.2.1. Medidas de apoyo ordinario 39

    2.2.2. Medidas de apoyo especfico para el alumnado con necesidades educativas especiales 39 2.2.2.1. Programa para escolarizacin preferente de alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de trastornos generalizados del desarrollo 40

    2.2.3. Medidas de apoyo especfico para el alumnado con altas capacidades intelectuales 41

    2.2.4. Medidas de apoyo especfico para el alumnado que se incorpora tardamente al sistema educativo 41

    2.2.5. Otras medidas de apoyo 43 2.2.5.1. Respuesta educativa para alumnos hospitalizados o con convalecencia prolongada 43 2.2.5.2. Respuesta educativa especfica para alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad auditiva 45

    2.2.6. Actuaciones de compensacin educativa en el mbito de la Enseanza Secundaria Obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos pblicos de la Comunidad de Madrid 45

    ndice

    PRIMERA PARTE

  • 2.2.7. Programa de Diversificacin Curricular 47 2.2.7.1. Caractersticas 47 2.2.7.2. Requisitos para la incorporacin 47 2.2.7.3. Organizacin del programa 47 2.2.7.4. Titulacin 48 2.2.7.5. Salidas 48

    2.2.8. Programas de Cualificacin Profesional Inicial (PCPI) 49 2.2.8.1. Caractersticas 49 2.2.8.2. Destinatarios 49 2.2.8.3. Organizacin de los programas 49 2.2.8.4. Perfiles profesionales 49 2.2.8.5. Modalidades 52 2.2.8.6. Certificacin y titulacin 54 2.2.8.7. Salidas 54

    2.3. Educacin Secundaria Postobligatoria .........................................................................55

    2.3.1. Bachillerato 55 2.3.1.1. Caractersticas 55 2.3.1.2. Condiciones de acceso 56 2.3.1.3. Organizacin de las enseanzas 56 2.3.1.4. Distribucin de materias en Bachillerato 57 2.3.1.5. Rgimen nocturno 58 2.3.1.6. Rgimen de educacin a distancia 59 2.3.1.7. Salidas 59 2.3.1.8. Pruebas para la obtencin del ttulo de Bachiller destinadas a personas mayores de veinte aos en la Comunidad de Madrid 59 2.3.1.9. Otros programas de Bachillerato 60 Programa de Excelencia en Bachillerato 60 Bachillerato en Secciones Lingsticas 61 Bachillerato Bachiller-Baccalaurat (BACHIBAC) 61 Bachillerato Internacional 62

    2.3.2. Enseanzas de Formacin Profesional (Ciclos Formativos) 63 2.3.2.1. Caractersticas 63 2.3.2.2. Relacin de Familias Profesionales y Ciclos Formativos 64 2.3.2.3. Ciclos Formativos de Grado Medio 70 Condiciones de acceso 70 Acceso mediante prueba 71 Titulacin 71 Salidas 71 2.3.2.4. Ciclos Formativos de Grado Superior 72 Condiciones de acceso 72 Acceso mediante prueba 72 Criterios de admisin 74 Titulacin 75 Salidas 75 Formacin Profesional Dual 76 2.3.2.5. Pruebas para la obtencin de los ttulos de Tcnico y Tcnico Superior de Formacin Profesional 76

  • 3. Enseanzas de Rgimen Especial.............................................................................81 3.1. Enseanzas Artsticas ....................................................................................................82

    3.1.1. Enseanzas Profesionales de Artes Plsticas y Diseo 82 3.1.1.1. Ciclos Formativos de Grado Medio de Artes Plsticas y Diseo 82 3.1.1.2. Ciclos Formativos de Grado Superior de Artes Plsticas y Diseo 84

    3.1.2. Enseanzas Elementales y Profesionales de Msica y Danza 87 3.1.2.1. Enseanzas de Msica 87 3.1.2.2. Enseanzas de Danza 88 3.1.2.3. Enseanzas de Msica y Danza que no conducen a titulacin oficial 90

    3.2. Enseanzas de Idiomas ..................................................................................................90 3.2.1. Caractersticas 90 3.2.2. Organizacin de las enseanzas 90 3.2.3. Requisitos de acceso a la enseanza de Idiomas 92 3.2.4. Enseanzas de las Escuelas Oficiales de Idiomas 92 3.2.5. Plazos de inscripcin 92

    3.3. Enseanzas Deportivas .................................................................................................93 3.3.1. Caractersticas generales 93 3.3.2. Organizacin de las enseanzas 94 3.3.3. Estructura de las enseanzas 94 3.3.4. Requisitos de acceso 94 3.3.5. Duracin de las enseanzas 94 3.3.6. Titulaciones 95

    4. Educacin de Personas Adultas ...............................................................................97 4.1. Enseanza Presencial .....................................................................................................98 4.1.1. Enseanzas de Formacin Bsica 98 4.1.2. Enseanzas Tcnico-Profesionales 99 4.1.3. Enseanzas para el Desarrollo Personal y la Participacin 99

    4.2. Enseanza a Distancia .................................................................................................100 4.2.1. Enseanzas de Secundaria Obligatoria para Personas Adultas 100 4.2.2. Bachillerato a distancia 100 4.2.3. Ciclos Formativos de Grado Medio y Ciclos Formativos de Grado Superior 101 4.2.4. Thats English! 102 4.2.5. Programa Mentor 102 4.2.6. Pruebas libres 103

    5. Enseanzas Artsticas Superiores ...........................................................................105 5.1. Acceso a las Enseanzas Artsticas Superiores de Nivel Grado ..............................107 5.1.1. Prueba de madurez 107 5.1.2. Prueba especfica de acceso 107

    5.2. Enseanzas Artsticas Superiores de Nivel Grado.....................................................109 5.2.1. Enseanzas Artsticas Superiores de Arte Dramtico 109 5.2.2. Enseanzas Artsticas Superiores de Conservacin Restauracin de Bienes Culturales 109 5.2.3. Enseanzas Artsticas Superiores de Danza 110 5.2.4. Enseanzas Artsticas Superiores de Diseo 110 5.2.5. Enseanzas Artsticas Superiores de Msica 110

    5.3. Enseanzas Artsticas Superiores de Nivel de Postgrado ........................................111 5.3.1. Mster en Enseanzas Artsticas 111 5.3.2. Doctorado 111

  • 6. Enseanzas Universitarias .........................................................................................113 6.1. Prueba de Acceso a la Universidad .............................................................................114 6.1.1. Prueba de acceso a las enseanzas universitarias oficiales de Grado 114

    6.1.2. Acceso a la Universidad por criterios de edad y experiencia laboral o profesional 120 6.1.2.1. Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 aos 120 6.1.2.2. Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 40 aos que acrediten experiencia laboral y profesional 121 6.1.2.3. Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 45 aos 121

    6.1.3. Admisin en los estudios universitarios 121

    6.2. Los Planes de Estudios Universitarios .......................................................................122 6.2.1. Nueva estructura universitaria 122

    7. Otras Profesiones ...........................................................................................................127

    8. Trabajo ...............................................................................................................................131 8.1. Acceso al mundo laboral .............................................................................................132

    8.2. Formacin Profesional para el Empleo .......................................................................133 8.2.1. Modalidades de formacin para el empleo 133 8.2.2. Centros de formacin para el empleo 134 8.2.3. Programas de formacin con entidades colaboradoras 134

    8.3. Encontrar trabajo en Europa. Red EURES ..................................................................134

    8.4. Acciones de insercin laboral para jvenes con necesidades especficas ............135

    8.5. Asesoramiento para emprendedores ..........................................................................135

    9. Otras Informaciones y Direcciones de Inters ...................................................139 9.1. Becas y Ayudas .............................................................................................................140

    9.1.1. Becas y ayudas para estudiantes de la Comunidad de Madrid 140

    9.2. Premios y Diplomas .....................................................................................................143

    9.3. Certmenes y Concursos .............................................................................................144

    9.4. Direcciones de inters ..................................................................................................146

  • SEGUNDA PARTE

    Oferta Educativa en la Comunidad de Madrid*

    1. Oferta Educativa de los Centros Pblicos de Educacin Secundaria ..........155

    2. Aulas de Compensacin Educativa en la Comunidad de Madrid ...................181

    3. Programas de Cualificacin Profesional Inicial ......................................................184 3.1. Centros donde se imparten Programas de Cualificacin Profesional Inicial (Mdulos Obligatorios) ...........................................................................................184

    3.2. Oferta P.C.P.I. Modalidades: Aulas Profesionales y Modalidad Especial ......................191

    3.3. Oferta P.C.P.I. en Centros Concertados ..........................................................................194

    4. Programas de Cualificacin Profesional Inicial. Modalidad Aulas Profesionales. Unidades de Formacin e Insercin Laboral (UFIL) ....................198

    5. Centros Pblicos de Educacin de Personas Adultas y enseanzas que se imparten ....................................................................................................................200

    6. Centros Pblicos de Educacin Secundaria que imparten Nivel II de enseanzas para la obtencin del ttulo del Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria para Personas Adultas. Presencial y a Distancia .......204

    7. Centros Pblicos donde se imparte Bachillerato en rgimen nocturno .............205

    8. Centros Pblicos donde se imparte Bachillerato a distancia ...........................206

    9. Centros Pblicos donde se imparten Ciclos Formativos de Grado Medio ...............207

    10. Centros Pblicos donde se imparten Ciclos Formativos de Grado Superior ..................................................................................................................223

    10.1. Relacin de Centros presentada por Direccin de rea Territorial y orden alfabtico ....223

    10.2. Relacin de Centros presentada por orden alfabtico de Familias Profesionales y sus ciclos ....................................................................................................................236

    11. Centros Pblicos de Educacin Secundaria donde se imparten Ciclos Formativos a distancia ............................................................................................265

    12. Centros Pblicos donde se imparten Enseanzas Profesionales de Artes Plsticas y Diseo .......................................................................................................265

    13. Centros Pblicos donde se imparten Enseanzas Elementales y Profesionales de Msica y Danza......................................................................................267

    14. Centros Pblicos donde se imparten Enseanzas Artsticas Superiores ....273

    15. Escuelas Oficiales de Idiomas ....................................................................................274

    ANEXOSANEXO I: Criterios de Admisin de alumnos para cursar Ciclos Formativos de Grado Superior ....................................................................................................................279

    ANEXO II: Vinculacin entre Enseanzas Universitarias y Ramas de Conocimiento .............284

    ANEXO III. Centros base de la Consejera de Asuntos Sociales ................................................287

    IMPORTANTE:

    * La Oferta Educativa correspondiente al anterior ndice puede consultarse en la pgina web:

    gestiondgmejora.educa.madrid.org/orientacion

  • 14 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

  • Primera Parte

    La ordenacin de las enseanzas en la Educacin Secundaria y en la Educacin Superior

  • 16 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

  • 17

    1. El Sistema Educativo

    El Sistema Educativo

  • 19

    1.1. Enseanzas del Sistema Educativo

    Antes de hacer mencin a las enseanzas impartidas durante la Educacin Secundaria Obli-gatoria y a las alternativas existentes al trmino de la misma, conviene recordar la estructura del sistema educativo actual.

    Las enseanzas que ofrece el sistema educativo son las siguientes:

    Educacin Infantil.

    Educacin Primaria.

    Educacin Secundaria Obligatoria.

    Bachillerato.

    Formacin Profesional.

    Enseanzas de Idiomas.

    Enseanzas Artsticas.

    Enseanzas Deportivas.

    Educacin de Personas Adultas.

    Enseanza Universitaria.

    La Educacin Primaria y la Educacin Secundaria Obligatoria constituyen la Educacin Bsica.

    La Educacin Secundaria se divide en Educacin Secundaria Obligatoria y Educacin Secun-dara postobligatoria. Constituyen la Educacin secundaria postobligatoria el Bachillerato, la Forma-cin profesional de Grado Medio, las Enseanzas Profesionales de Artes Plsticas y Diseo de Grado Medio y las Enseanzas Deportivas de Grado Medio.

    La Enseanza Universitaria, las Enseanzas Artsticas Superiores, la Formacin Profesional de Grado Superior, las Enseanzas Profesionales de Artes Plsticas y Diseo de Grado Superior y las Enseanzas deportivas de Grado Superior constituyen la Educacin Superior.

    Las Enseanzas de Idiomas, las Enseanzas Artsticas y las Deportivas tendrn la consideracin de Enseanzas de Rgimen Especial.

    Son Enseanzas Artsticas las siguientes:

    Enseanzas elementales de msica y de danza.

    Enseanzas artsticas profesionales. Tienen esta condicin las Enseanzas profesionales de msica y danza, as como los grados medio y superior de artes plsticas y diseo.

    Enseanzas Artsticas Superiores. Tienen esta condicin los Estudios superiores de Msica, de danza, de Arte Dramtico, de Conservacin y Restauracin de Bienes Culturales, de Di-seo y de Artes Plsticas.

    El Sistema Educativo

  • 20 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    Esta informacin se refiere bsicamente a las Enseanzas de Rgimen General.

    Las Enseanzas de Rgimen Especial se describen, de forma especfica, en el Captulo 3 de esta publicacin.

    Las Enseanzas Universitarias se describen, de forma especfica, en el Captulo 6 de esta publi-cacin.

    s

    Esquema del sistema educativo

    Prueba de acceso

    Prueba de acceso segn la opcin elegida

    Prueba de acceso y ttulo de tcnico y prueba de acceso y/ocurso de formacin especfico en algunos casos

    Curso de formacin especfico y/o prueba de acceso

    Las edades para cursar las Enseanzas Elementales y Profesionales, de Danza y Msica y las de idiomas,pueden no coincidir con las establecidas en el resto de enseanzas de infantil, primaria y secundaria.

    MdulosObligatorios

    MdulosVoluntariosPrograma de

    CualificacinProfesional Inicial

    Primer Ciclo

    Segundo Ciclo

    1er

    Cicl

    o2 Cicl

    o3e

    rCi

    clo

    1

    2

    3

    4

    5

    6

    1

    2

    3

    4

    Ed. S

    ecun

    daria

    Oblig

    ator

    ia

    Bachillerato

    Artes

    Ciencia y Tecnologa, o

    Humanidades y CCSS 1

    2

    Ense

    anz

    as U

    nive

    rsita

    rias

    Ttulo de Doctor

    Estudios de Doctorado

    Ttulo de Mster

    Estudios de Mster

    Ttulo de Grado

    Estudios de Grado Ense

    anz

    as A

    rts

    itcas

    Su

    perio

    res

    Ttulo de Mster

    Estudios de Mster

    Ttulo Superior de

    Enseanzas Superiores de Msica, Danza, Arte Dramtico,

    Diseo, Artes Plsticas yConservacin y Restauracin

    de Bienes Inmuebles

    Ttulo de Tcnico

    Enseanzas Deportivas y CiclosFormativos de Grado Superior

    (Formacin Profesional yArtes Plsticas y Diseo)

    Ttulo de Tcnico Superior

    Enseanzas Deportivas y CiclosFormativos de Grado Superior

    (Formacin Profesional yArtes Plsticas y Diseo)

    Con el ttulo de tcnico superior de artes plsticas y diseo se puede acceder directamente las EEAASSde Diseo y Conservacin y Restauracin de Bienes Culturales

    Enseanzas de Danza y de MsicaTtulo Profesional

    de DanzaEnseanzas Profesionales

    de DanzaEnseanzas Profesionales

    de Msica

    Enseanzas Elementalesde Danza

    Enseanzas Elementalesde Msica

    Ttulo Profesional de Msica

    Enseanzas de IdiomasCertificado de Nivel Avanzado

    Nivel AvanzadoCertificado de Nivel Intermedio

    Nivel IntermedioCertificado de Nivel Bsico

    Nivel Bsico

    Esquema del Sistema Educativo

  • 21

  • 22 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

  • 23

    2. Educacin Secundaria

    Educacin Secundaria

  • 24 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    EDUCACIN SECUNDARIA EDADES CONDICIONES DE ACCESO DURACIN TITULACIN QUE SE ADQUIERE SALIDAS

    EDUC

    ACI

    N SE

    CUND

    ARIA

    OB

    LIGA

    TORI

    A 12-16 aos 4 CURSOS GRADUADO EN EDUCACIN SECUNDARIA OBLIGATORIA

    BACHILLERATO CICLOSFORMATIVOSDEGRADOMEDIO OTROSESTUDIOS(1) MUNDOLABORAL

    BACH

    ILLE

    RAT

    O

    TRESMODALIDADES: Ciencias y Tecnologa Humanidadesy

    CC. Sociales Artes

    16-18 aos Ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria(Tambinpodrnaccederquienesrenanalgunadelascondicionesquesedetallanenelapartado2.3.1deestapublicacin)

    2 CURSOS BACHILLER ESTUDIOSUNIVERSITARIOS (trassuperarpruebadeacceso)

    CICLOSFORMATIVOSDEGRADOSUPERIOR GRADOSYESTUDIOSSUPERIORESDE

    ENSEANZASARTSTICAS(1) OTROSESTUDIOSSUPERIORES(1) MUNDOLABORAL

    FORM

    ACI

    N PR

    OFES

    ION

    AL

    CICLOSFORMATIVOSDEGRADOMEDIO

    Apartirde16aos Ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria(Tambinpodrnaccederquienesrenanalgunadelascondicionesquesedetallanenelapartado2.3.2deestapublicacin)

    1CURSO+1Trimestreo2CURSOS(segnelcicloformativoqueserealice)

    TCNICO MUNDOLABORAL BACHILLERATO ACCESOACICLOSFORMATIVOSDE

    GRADOSUPERIOR(concondiciones ypruebadeacceso)

    CICLOSFORMATIVOSDEGRADOSUPERIOR

    Apartirde18aos Ttulo de Bachiller(Tambinpodrnaccederquienesrenanalgunadelascondicionesquesedetallanenelapartado2.3.2deestapublicacin)

    1CURSO+1Trimestreo2CURSOS(segnelcicloformativoqueserealice)

    TCNICOSUPERIOR MUNDOLABORAL ACCESODIRECTOALASENSEANZAS

    UNIVERSITARIASDEGRADO

    Esquema general de Educacin Secundaria

  • 25

    EDUCACIN SECUNDARIA EDADES CONDICIONES DE ACCESO DURACIN TITULACIN QUE SE ADQUIERE SALIDAS

    EDUC

    ACI

    N SE

    CUND

    ARIA

    OB

    LIGA

    TORI

    A 12-16 aos 4 CURSOS GRADUADO EN EDUCACIN SECUNDARIA OBLIGATORIA

    BACHILLERATO CICLOSFORMATIVOSDEGRADOMEDIO OTROSESTUDIOS(1) MUNDOLABORAL

    BACH

    ILLE

    RAT

    O

    TRESMODALIDADES: Ciencias y Tecnologa Humanidadesy

    CC. Sociales Artes

    16-18 aos Ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria(Tambinpodrnaccederquienesrenanalgunadelascondicionesquesedetallanenelapartado2.3.1deestapublicacin)

    2 CURSOS BACHILLER ESTUDIOSUNIVERSITARIOS (trassuperarpruebadeacceso)

    CICLOSFORMATIVOSDEGRADOSUPERIOR GRADOSYESTUDIOSSUPERIORESDE

    ENSEANZASARTSTICAS(1) OTROSESTUDIOSSUPERIORES(1) MUNDOLABORAL

    FORM

    ACI

    N PR

    OFES

    ION

    AL

    CICLOSFORMATIVOSDEGRADOMEDIO

    Apartirde16aos Ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria(Tambinpodrnaccederquienesrenanalgunadelascondicionesquesedetallanenelapartado2.3.2deestapublicacin)

    1CURSO+1Trimestreo2CURSOS(segnelcicloformativoqueserealice)

    TCNICO MUNDOLABORAL BACHILLERATO ACCESOACICLOSFORMATIVOSDE

    GRADOSUPERIOR(concondiciones ypruebadeacceso)

    CICLOSFORMATIVOSDEGRADOSUPERIOR

    Apartirde18aos Ttulo de Bachiller(Tambinpodrnaccederquienesrenanalgunadelascondicionesquesedetallanenelapartado2.3.2deestapublicacin)

    1CURSO+1Trimestreo2CURSOS(segnelcicloformativoqueserealice)

    TCNICOSUPERIOR MUNDOLABORAL ACCESODIRECTOALASENSEANZAS

    UNIVERSITARIASDEGRADO

    (1)Conpruebasdeaccesoensucaso

    Educacin Secundaria

    La informacin contenida en este cuadro se ampla en las pginas siguientes al desarrollar cada uno de los estudios.

  • 26 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    2.1. Educacin Secundara Obligatoria (ESO)

    2.1.1. Descripcin General

    2.1.1.1. Caractersticas

    La Educacin Secundaria Obligatoria (ESO) es obligatoria y, por tanto, gratuita. Comprende de los 12 a los 16 aos si bien, con carcter general, los alumnos tendrn derecho a permanecer esco-larizados en rgimen ordinario hasta los dieciocho aos de edad cumplidos en el ao en que finalice el curso. Proporciona la formacin necesaria para proseguir estudios, tanto de Bachillerato como de Formacin profesional de Grado Medio.

    La etapa est dividida en cuatro cursos, de 1 a 4 de Educacin Secundaria Obligatoria, y se organiza en materias diferenciadas.

    La evaluacin es continua y diferenciada segn las distintas materias del currculo.

    Las decisiones sobre la promocin del alumnado se adoptan al final de cada uno de los cursos. Los alumnos promocionarn cuando hayan superado los objetivos de las materias cursadas o ten-gan evaluacin negativa en dos materias como mximo. Repetirn curso cuando tengan evaluacin negativa en tres o ms materias. Excepcionalmente el equipo docente, constituido por el conjunto de profesores del alumno coordinados por el profesor tutor, podr autorizar la promocin de un alumno con evaluacin negativa en tres materias siempre que no se encuentren entre ellas Lengua Castellana y Literatura y Matemticas, y siempre que se considere que la naturaleza de las mismas no le impide seguir con xito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperacin y que dicha promocin beneficiar su evolucin acadmica. La recuperacin de las materias con evaluacin negativa podr realizarse mediante las oportunas pruebas extraordinarias en el mes de septiembre. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias seguirn programas de refuerzo.

    Cada curso de Educacin Secundaria Obligatoria podr ser repetido una nica vez. El nmero mximo de repeticiones en la Educacin Secundaria Obligatoria es de dos. Cuando esta segunda repeticin deba producirse en cuarto, se prolongar un ao el lmite de edad sealado anteriormente. Excepcionalmente, un alumno podr repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.

    Para responder a las necesidades educativas concretas del alumnado y a la consecucin en el mayor grado posible de las competencias bsicas y los objetivos de la etapa, se toman distintas medidas de atencin a la diversidad reguladas por la Orden 3320-01/2007, de 20 de junio (BOCM 06-08-2007). Estas medidas se detallan y concretan en el apartado 2. 2.

    Los centros de Educacin Secundaria donde se puede estudiar Educacin Secundaria Obligato-ria se recogen en el apartado 1 de la Oferta Educativa en la Comunidad de Madrid de la siguiente pgina web: gestiondgmejora.educa.madrid.org/orientacion/.

    Convalidaciones de la materia de Msica y materias optativas de la ESO con determinadas asignaturas de las enseanzas profesionales de Msica o de Danza y exencin de la materia de Educacin Fsica para los alumnos de Danza y los deportistas de alto nivel o alto rendimien-to (Orden 3530/2009, de 22 de julio, BOCM 20-08-09).

    Los alumnos de la Educacin Secundaria Obligatoria podrn convalidar algunas materias con determinadas asignaturas de las enseanzas profesionales de Msica o de Danza.

    Asimismo, podrn solicitar la exencin de la materia de Educacin Fsica quienes acrediten tener la condicin de deportistas de alto nivel o de alto rendimiento o realizar estudios de las Enseanzas profesionales de Danza.

    Para ms informacin, consultar la Orden de referencia.

  • 27

    2.1.1.2. Organizacin de las enseanzas

    En este cuadro se recoge la organizacin de los cursos de Educacin Secundaria Obligatoria segn la siguiente legislacin: Decreto 23/2007, de 10 de mayo (BOCM 29-05-07), Orden 3320-01/2007, de 20 de junio (BOCM 06-08-07), Resolucin de 27 de junio, de la Direccin General de Ordenacin Acadmica (BOCM 16-08-07), Resolucin de 29 de febrero, de la Direccin General de Educacin Secundaria y Enseanzas Profesionales (BOCM 14-03-08), y Resolucin de 8 de octubre de 2009, de la Direccin General de Educacin Secundaria y Enseanzas Profesionales (BOCM 10-11-2009) y Real Decreto 1190/2012, de 3 de agosto (BOE 04-08-2012), e Instrucciones de 17 de julio de 2012 de la Direccin General de Educacin Secundaria y Enseanzas de Rgimen Especial por las que se establece el modelo de certificado oficial de estudios obligatorios.

    EDUCACIN SECUNDARIA OBLIGATORIA

    MATERIAS PRIMERCURSO SEGUNDO CURSO TERCER CURSO CUARTO CURSO

    MATERIASOBLIGATORIAS

    - CienciasdelaNaturaleza- Ciencias Sociales,

    GeografaeHistoria- EducacinFsica- EducacinPlsticay

    Visual- LenguaCastellanay

    Literatura- LenguaExtranjera- Matemticas- Tecnologas- Tutora

    - CienciasdelaNaturaleza- Ciencias Sociales,

    GeografaeHistoria- EducacinFsica- Educacinparala

    CiudadanaylosDerechos Humanos

    - LenguaCastellanay Literatura

    - LenguaExtranjera- Matemticas- Msica- Tutora

    - Biologa y Geologa (1)

    - FsicayQumica(1)- Ciencias Sociales,

    GeografaeHistoria- EducacinFsica- EducacinPlsticay

    Visual- LenguaCastellanay

    Literatura- LenguaExtranjera- Matemticas- Msica- Tecnologas- Tutora

    - Ciencias Sociales, GeografaeHistoria

    - Educacintico-Cvica- EducacinFsica- LenguaCastellanay

    Literatura- LenguaExtranjera- Matemticas(opcinAoB)- Tutora

    OTRAS MATERIASOBLIGATORIAS (Seeligentres)

    - Biologa y Geologa- FsicayQumica- EducacinPlsticay

    Visual- Latn- Msica- Tecnologa- SegundaLenguaExtranjera- Informtica

    MATERIASOPTATIVAS (Seeligeuna)

    - SegundaLenguaExtranjera- Recuperacinde

    LenguaCastellana- Recuperacinde

    Matemticas- TallerdeMsica

    - SegundaLenguaExtranjera- Recuperacinde

    LenguaCastellana- Recuperacinde

    Matemticas- ImagenyComunicacin

    - SegundaLenguaExtranjera- CulturaClsica- Teatro- Recuperacin de

    Matemticas- Ampliacin de

    Matemticas:resolucindeproblemas

    - Otrasmateriasoptativas,concarcterde iniciacinprofesionalono,disea-dasporelcentro,previa-menteautorizadas

    - SegundaLenguaExtranjera- CulturaClsica- Ampliacin de Biologa

    y Geologa- Ampliacin de Fsica y

    Qumica- AmpliacindeMatemticas- GeografaEconmica- IniciacinalaVidaLaboral- IniciativaEmprendedora- LiteraturaUniversal- Otrasmateriasoptativas,

    concarcterdeiniciacin profesional, diseadasporelcentro,previamen-teautorizadas

    ELECCIN (Seeligeunaopcin)

    - Religin- HistoriayCultura

    delasReligiones- MedidasdeAtencin

    Educativa

    - Religin- HistoriayCultura

    delasReligiones- MedidasdeAtencin

    Educativa

    - Religin- Historia y Cultura

    delasReligiones- Medidas de Atencin

    Educativa

    - Religin- Historia y Cultura de

    las Religiones- Medidas de Atencin

    Educativa

    (1)Carcterunitarioaefectosdepromocin.

    Educacin Secundaria

  • 28 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    Aclaraciones sobre la optatividad

    Las materias optativas diseadas por los centros necesitan autorizacin que se solicitar segn el procedimiento establecido en el artculo 11 de la Resolucin de 27, de junio de 2007 (BOCM 16-08-07) de la Direccin General de Ordenacin Acadmica.

    Se consideran de oferta obligada para todos los centros la Segunda Lengua Extranjera en 1, 2 y 3, y la Cultura Clsica en 3 y 4.

    La inscripcin de los alumnos en Recuperacin de Lengua Castellana o en Recuperacin de Matemticas se har teniendo en cuenta la informacin obtenida en el informe final de aprendizaje de la Educacin Primaria, en el caso de 1, y la facilitada por el equipo de eva-luacin de 1, en el caso de 2.

    Respecto a la Segunda lengua extranjera, con carcter general, los alumnos iniciarn su estudio en el primer curso y lo continuarn a lo largo de la etapa. Podrn incorporarse en segundo, tercero o cuarto, previa superacin de una prueba que acredite el nivel necesario de competencia lingstica para incorporarse al curso que corresponda. Los centros podrn impartir la Segunda Lengua Extranjera como materia optativa en 4 ESO, exclusivamente para aquellos alumnos que hayan cursado esa lengua tanto en el primer curso como en el segundo y en el tercero de la etapa y siempre que no forme parte de la agrupacin de ma-terias que el alumno curse como consecuencia de su eleccin (Resolucin de 29 de febrero de 2008. BOCM 14-03-08).

    Las materias como Taller de Msica e Imagen y Comunicacin se ofrecern siempre que la organizacin del centro lo permita y este disponga de los recursos necesarios.

    La implantacin de las materias optativas se har de acuerdo con el artculo 13 de la Reso-lucin de 27 de junio de 2007 (BOCM 16-08-07).

    Los alumnos que se incorporen a 3 y tengan pendiente la materia de Matemticas de cursos anteriores, debern cursar Recuperacin de Matemticas como optativa. Tambin podrn cursar esta optativa los alumnos que sin tener las Matemticas pendientes, consideren con-veniente reforzar su aprendizaje. Asimismo, se aade al repertorio de materias optativas en tercer curso la materia Ampliacin de Matemticas: Resolucin de problemas. (Resolucin de 8 de octubre de 2009, BOCM 10-11-09).

    Aclaraciones sobre 4o de ESO

    Con el fin de orientar al alumnado, se establecen agrupaciones de las materias recogidas en el si-guiente cuadro en opciones e itinerarios. Con carcter general, los alumnos cursarn, a su eleccin, una de dichas opciones, teniendo en cuenta las posibilidades organizativas del centro.

    ITINERARIO A ITINERARIO B ITINERARIO C

    Opciones Opciones Opciones

    Matemticas B

    MatemticasB

    MatemticasB

    MatemticasA/B

    MatemticasA/B

    MatemticasA/B

    Matemticas A

    Matemticas A

    Matemticas A

    Biologa y Geologa

    Biologa y Geologa

    Biologa y Geologa

    Latn Latn Latn Tecnologa Tecnologa Tecnologa

    FsicayQumica

    FsicayQumica

    FsicayQumica

    SegundaLengua

    Extranjera

    SegundaLengua

    ExtranjeraMsica

    EducacinPlsticayVisual

    EducacinPlsticayVisual

    EducacinPlsticayVisual

    SegundaLengua

    ExtranjeraInformtica Tecnologa Informtica Msica Informtica Msica Informtica

    SegundaLengua

    Extranjera

  • 29

    2.1.1.3. Titulacin

    El ttulo que se obtiene, al alcanzar las competencias bsicas y los objetivos de la etapa, es el de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria.

    Para obtenerlo hay que superar todas las materias de la etapa. Tambin lo podrn obtener aque-llos alumnos que, tras las pruebas extraordinarias de septiembre, hayan finalizado el curso con eva-luacin negativa en una o dos materias y, excepcionalmente en tres, siempre que entre ellas no se cuenten simultneamente Lengua castellana y literatura y Matemticas, y siempre que, tras el anlisis individual de cada alumno, el equipo docente considere que la naturaleza y el peso de las mismas en el conjunto de la etapa no le haya impedido alcanzar las competencias bsicas y los objetivos de etapa.

    Los alumnos que no obtengan el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria recibi-rn un Certificado oficial de Estudios Obligatorios en el que constarn los aos de escolarizacin, las materias y los mbitos cursados con las calificaciones obtenidas, as como el nivel adquisicin de las competencias bsicas en la etapa.

    A partir de los 18 aos tambin se puede obtener el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria por la modalidad de Educacin de personas adultas (esta informacin se ampla en el apartado 4 de esta publicacin). Esta formacin podr realizarse a travs de la enseanza presencial y tambin a distancia. Anualmente la Consejera de Educacin, Juventud y Deporte organiza pruebas para que las personas mayores de dieciocho aos puedan obtener directamente el ttulo siempre que hayan alcanzado las competencias bsicas y los objetivos de la etapa.

    Para aquellos alumnos que han obtenido el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obliga-toria y renan una serie de condiciones, se han creado el Diploma de Aprovechamiento y el Diploma de Mencin Honorfica. Ambos diplomas estn regulados en la Orden 2316/2009, de 20 de mayo (BOCM de 27-05-09), modificada por la Orden 3368/2010, de 16 de junio (BOCM de 24-06-10).

    Para mayor informacin consultar el apartado Premios y Diplomas.

    Pruebas anuales para los alumnos que no han obtenido el ttulo de Graduado en Educa-cin Secundaria Obligatoria al finalizar la etapa

    Estn reguladas en la Orden 626/2010, de 11 de febrero (BOCM de 11-03-10).

    Mediante estas pruebas los alumnos que finalizaron la etapa de ESO sin titular podrn obtener el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria si superan las materias que tenan pen-dientes.

    A ellas podrn presentarse aquellos alumnos que tengan dieciocho aos y finalizaron la ESO sin titular con un mximo de cinco materias pendientes de cualquiera de los cursos de la etapa. A estos efectos, un mbito de un programa de diversificacin curricular cuenta como tres materias.

    Requisitos

    Adems de las condiciones recogidas anteriormente, para presentarse a estas pruebas se debe-rn cumplir los siguientes requisitos:

    Haber cursado cuarto de la ESO o el segundo curso de un programa de diversificacin cu-rricular en un centro de la Comunidad de Madrid.

    Los alumnos que se presenten a estas pruebas no podrn estar matriculados en otra moda-lidad de enseanza que conduzca a la obtencin del ttulo de Graduado en ESO.

    Los alumnos solo podrn presentarse a estas convocatorias anuales durante los dos aos siguientes al de finalizacin en rgimen ordinario de la ESO.

    Las pruebas se celebrarn en los centros en los que cada alumno finaliz la etapa de ESO.

    Educacin Secundaria

  • 30 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    Quienes deseen realizar estas pruebas debern presentar una solicitud de matriculacin en la secretara del centro docente en el que se cursaron, como ltimo ao de permanencia en rgimen ordinario, el cuarto curso de la ESO o el segundo curso del programa de diversificacin curricular.

    Los centros publicarn con antelacin los plazos de presentacin de solicitudes, as como el ca-lendario de las pruebas. Las solicitudes se presentarn durante el mes de abril.

    Ttulo de Graduado en ESO

    Los alumnos que mediante estas pruebas superen todas las materias que tuvieran pendientes, obtendrn el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria.

    2.1.1.4. Alternativas al trmino de la escolarizacin obligatoria (16 aos)

    - Si no se ha obtenido el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria, los alum-nos tendrn derecho a permanecer escolarizados hasta los 18 aos cumplidos en el ao en el que finalice el curso correspondiente.

    Adems existen las siguientes opciones:

    1. Educacin de personas adultas (para mayores de 18 aos, o 16 aos en funcin de diversas situaciones personales).

    2. Acceso al mundo laboral (con 16 aos cumplidos).

    3. Prueba de acceso a Ciclos formativos de Grado Medio de Formacin Profesional (con 17 aos o cumplirlos en el ao natural en que se realiza la prueba).

    4. Pruebas de acceso a Ciclos formativos de Grado Medio de Artes Plsticas y Diseo y Grado Medio de Enseanzas Deportivas (con 17 aos o cumplirlos en el ao natu-ral en que se realiza la prueba).

    - Si se ha obtenido el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria, las opciones son:

    1. Bachillerato.

    2. Formacin Profesional de Grado Medio.

    3. Ciclos formativos de Grado Medio de Artes Plsticas y Diseo (con prueba de acceso especfica).

    4. Grado Medio de Enseanzas Deportivas (con prueba de acceso especfica).

    5. Otras enseanzas especializadas.

    6. Acceso al mundo laboral.

    Tanto si se ha obtenido el ttulo de Graduado en Educacin Secundaria Obligatoria como si no se ha obtenido, se puede acceder a Formacin profesional para el empleo organizada por diversas en-tidades (Apartado 8 de esta publicacin), as como a las Enseanzas tcnico-profesionales promo-vidas por los centros de Educacin de personas adultas (Apartado 4 de este cuaderno informativo).

    El esquema que se incluye en el punto 2.1.2, titulado Alternativas al finalizar 4 de ESO, puede ayudar a elegir las opciones ms interesantes. Los siguientes captulos de este cuaderno ofrecen ms informacin sobre cada opcin.

  • 31

    2.1.3. Otros Programas

    2.1.3.1. Institutos Bilinges

    El Programa Bilinge de la Comunidad de Madrid comenz a implantarse en el curso 2004/2005 en 26 colegios pblicos. En este curso 2013/2014 hay 318 los colegios pblicos bilinges en la re-gin.

    En el curso 2010/2011 se pusieron en marcha 32 Institutos Bilinges que acogieron a los alumnos procedentes de los colegios bilinges de la primera convocatoria. En el presente curso 2013-2014, son ya 91 institutos bilinges, que permiten que todos aquellos alumnos que deseen continuar reci-biendo enseanza bilinge en Educacin Secundaria, puedan hacerlo.

    2.1.2. Alternativas al finalizar 4 de ESO

    Educacin Secundaria

    Enseanzas ArtsticasSuperiores

    Universidad

    Con el Ttulo de Bachiller

    Con el Ttulo deGraduado en EducacinSecundaria Obligatoria

    Bachillerato

    Quiero seguirestudiando

    Quiero trabajar(16 aos)

    Sin el Ttulo deGraduado en

    Educacin SecundariaObligatoria

    Sin el Ttulo deGraduado en

    Educacin SecundariaObligatoria

    4 ESO o PCPI oPrograma de

    DiversificacinCurricular

    Enseanzas Deportivasde Grado Superior

    Enseanzas de ArtesPlsticas y Diseo de

    Grado Superior

    Enseanzas Deportivasde Grado Medio

    Enseanzas de ArtesPlsticas y Diseo de

    Grado Medio

    Formacin Profesionalde Grado Superior

    Formacin Profesionalde Grado Medio

    PCPI con MdulosObligatorios

    Educacin dePersonas Adultas ESOPA

    Prueba de acceso de diferente naturaleza segn los casos

    Prueba de acceso segn la opcin elegida

    Requiere ttulo de Bachiller y de Tcnico Deportivo

    Curso de formacin especfico y/o prueba de acceso

  • 32 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    Todos los aos se publican las rdenes de convocatoria correspondientes que ofrecen la oportu-nidad de participar en el Programa Bilinge a aquellos centros, tanto de Educacin Infantil y Primaria como de Educacin Secundaria, que voluntariamente deseen formar parte del mismo. La ms re-ciente es la Orden 5426/2010 de 26 de Octubre (BOCM de 29 de Octubre de 2010).

    Los institutos Bilinges estn regulados por la Orden 3331/2010, de 11 de junio (BOCM de 6 de julio de 2010) y la Orden 29/2013, de 11 de enero, por la que se modifica la Orden 3331/2010, de 11 de junio, por la que se regulan los institutos bilinges de la Comunidad de Madrid (BOCM de 31 de enero de 2013).

    Caractersticas de los Institutos Bilinges

    Los institutos bilinges cuentan con:

    Un coordinador de las enseanzas en ingls o, Jefe de Estudios adjunto, en funcin del nmero de grupos en la seccin bilinge.

    Formacin especfica y orientaciones didcticas para el profesorado.

    Auxiliares de conversacin nativos de lengua inglesa, que desempean funciones de apoyo a los profesores que imparten docencia en ingls.

    Materiales didcticos especficos.

    Proyectos e intercambios de carcter internacional y hermanamiento con centros.

    Organizacin de las enseanzas

    Hay dos modalidades en la organizacin de las enseanzas: Seccin bilinge y Programa bilin-ge. Las caractersticas y la organizacin de cada una de ellas son:

    - Seccin bilinge:

    a) Enseanza de la lengua inglesa:

    - Una hora diaria de ingls.

    - Los contenidos regulados por el currculo de Ingls avanzado.

    b) Enseanzas en ingls:

    - Pueden cursar todas las materias a excepcin de Matemticas, Lengua Castellana y Literatura, y Segunda Lengua Extranjera.

    - La hora de tutora se imparte en ingls en los cuatro cursos de Educacin Secundaria Obligatoria.

    - En 1 y 2 de ESO se imparten en ingls de manera obligatoria Ciencias Sociales, Geografa e Historia y Ciencias de la Naturaleza, y en 3 y 4 de ESO, Ciencias Socia-les, Geografa e Historia y Biologa y Geologa. En cuarto curso los centros aseguran tambin la imparticin de otra materia en ingls que puede ser elegida en cada uno de los itinerarios.

    - Programa bilinge:

    - Una hora de ingls diaria.

    - Adems, se debe impartir en ingls, al menos, una materia de entre las siguientes: Educacin Fsica, Educacin Plstica y Visual, Msica, Educacin para la Ciudada-na y Tecnologa.

    - Tambin se podrn impartir en ingls las tutoras de los cuatro cursos de Educacin Secundaria Obligatoria.

    - Los centros podrn organizar grupos flexibles segn el nivel lingstico de los alum-nos.

    Con carcter general, para todos los alumnos las materias impartidas en ingls siguen el currculo de la Comunidad de Madrid.

    Los alumnos de institutos bilinges realizarn a final de 2 y 4 de ESO una prueba de evaluacin externa, segn establezca la Consejera de Educacin, Juventud y Deporte.

  • 33

    Los alumnos participarn en actividades extraescolares organizadas por el centro para crear un ambiente bilinge y fomentar la prctica del ingls.

    Los Institutos Bilinges en el curso 2013-2014 son los que figuran en la tabla adjunta. Estos insti-tutos has sido seleccionados a travs de las convocatorias correspondientes: Orden 4195/2009, de 8 de septiembre (BOCM n 216, de 11 de septiembre), Orden 5426/2010, de 26 de octubre (BOCM n 259, de 29 de octubre), Orden 6941/2011, de 15 de diciembre (BOCM n 300, de 19 de diciem-bre) y Orden 11742/2012, de 5 de diciembre (BOCM n 294, de 10 de diciembre) de la Consejera de Educacin, Cultura y Deporte.

    CENTROS 1 ESO 2 ESO 3 ESO 4 ESO LOCALIDAD/ DISTRITO DIRECCIN DE REA TERRITORIAL

    IESAlamedadeOsuna(2) Barajas

    MADRID-CAPITAL

    IESCervantes(1) Centro

    IESLopedeVega(3) Centro

    IESRamirodeMaeztu(1) Chamartn

    IESFortuny(1) Chamber

    IESJoaqunTurina(2) Chamber

    IESFranciscodeGoya(2) CiudadLineal

    IESSanJuanBautista(1) CiudadLineal

    IESMirasierra(4) Fuencarral-ElPardo

    IESCondedeOrgaz(3) Hortaleza

    IESManuelFragaIribarne Hortaleza

    IESRamnyCajal(3) Hortaleza

    IESBlasdeOtero(2) Latina

    IESGarcaMorato(4) Latina

    IESMarianoJosdeLarra(3) Latina

    IESCiudaddelosPoetas(1) Moncloa-Aravaca

    IESIsaacNewton(2) Moncloa-Aravaca

    IESJuanadeCastilla(1) Moratalaz

    IESAntonioDomnguezOrtiz(3) PuentedeVallecas

    IESTirsodeMolina(1) PuentedeVallecas

    IESLaEstrella(2) Retiro

    IESAvenidadelosToreros(2) Salamanca

    IESBeatrizGalindo(4) Salamanca

    IESFranciscodeQuevedo(2) San Blas

    IESGmezMoreno(1) San Blas

    IESCiudaddeJan(1) Usera

    IESValdebernardo(4) Viclvaro

    IESVillablanca(1) Viclvaro

    IESVilladeVallecas(1) VilladeVallecas

    Educacin Secundaria

    (1) Orden 607/2010, de 10 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2010-2011.(BOCM18/02/2010)

    (2) Orden 720/2011, de 25 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2011-2012.(BOCM04/03/2011)

    (3) Orden 2202/2012, de 22 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2012-2013.(BOCM14/03/2012)

    (4) Orden 444/2013, de 20 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2013-2014.(BOCM28/02/2013)

  • 34 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    CENTROS 1 ESO 2 ESO 3 ESO 4 ESO LOCALIDAD/ DISTRITO DIRECCIN DE REA TERRITORIALIESArquitectoPedroGumiel(2) AlcaldeHenares

    MADRID-ESTE

    IESAtenea(2) AlcaldeHenares

    IESComplutense(1) AlcaldeHenares

    IESDoctorMaran(1) AlcaldeHenares

    IESElCarrascal(3) ArgandadelRey

    IESLuisGarcaBerlanga(2) Coslada

    IESManueldeFalla(1) Coslada

    IESGasparSanz(1) Meco

    IESLosAntares(3) RivasVaciamadrid

    IESVegadelJarama(2) SanFernandodeHenares

    IESAnselmoLorenzo(2) SanFernandodeHenares

    IESLasVeredillas(2) TorrejndeArdoz

    IESLuisdeGngora(3) TorrejndeArdoz

    IESVillarejodeSalvans(2) VillarejodeSalvans

    IESAldebarn(3) Alcobendas

    IESSeveroOchoa(1) Alcobendas

    MADRIDNORTE

    IESAl-Satt(2) Algete

    IESAngelCorella(1) ColmenarViejo

    IESCortesdeCdiz(3) ElMolar

    IESSanAgustndeGuadalix(2) SanAgustndelGuadalix

    IESJoanMir(1) SanSebastindelosReyes

    IESJorgeManrique(2) Tres Cantos

    IESJosLuisSampedro(1) Tres Cantos

    IESProfesorMximoTrueba(1) BoadilladelMonte

    MADRIDOESTE

    IESLaDehesilla(3) Cercedilla

    IESJaimeFerrn(3) ColladoVillalba

    IESColmenarejo(1) Colmenarejo

    IESElEscorial(4) El EscorialCEIPSOElCantizal (CentroautorizadoparaimpartirESO) LasRozasdeMadrid

    IESCarmenConde(2) LasRozasdeMadrid

    IESElBurgodeLasRozas(2) LasRozasdeMadrid

    IESJosSaramago(2) Majadahonda

    IESCarmenMartnGaite(1) Moralzarzal

    IESCamiloJosCela(2) PozuelodeAlarcn

    CEIPSOPrncipesdeAsturias(CentroautorizadoparaimpartirESO) PozuelodeAlarcn

    IESDiegoVelzquez(2) Torrelodones

    IESLasEncinas(2) VillanuevadelaCaada

    IESSapereAude(3) VillanuevadelPardillo

    (1) Orden 607/2010, de 10 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2010-2011.(BOCM18/02/2010)

    (2) Orden 720/2011, de 25 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2011-2012.(BOCM04/03/2011)

    (3) Orden 2202/2012, de 22 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2012-2013.(BOCM14/03/2012)

    (4) Orden 444/2013, de 20 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2013-2014.(BOCM28/02/2013)

  • 35

    CENTROS 1 ESO 2 ESO 3 ESO 4 ESO LOCALIDAD/ DISTRITO DIRECCIN DE REA TERRITORIALIESElPinar(1) Alcorcn

    MADRIDSUR

    IESParquedeLisboa(1) Alcorcn

    IESAlpajs(3) Aranjuez

    IESGabrielaMistral(1) Arroyomolinos

    IESAlfonsoMoreno(4) Brunete

    IESFranciscoUmbral(1) Ciempozuelos

    IESBarrioLoranca(2) Fuenlabrada

    IESDionisioAguado(2) Fuenlabrada

    IESJoaqunArajo(1) Fuenlabrada

    IESLaSerna(2) Fuenlabrada

    IESLaSenda(1) Getafe

    IESLagunadeJoatzel(1) Getafe

    IESLenFelipe(2) Getafe

    IESHumanes(2) HumanesdeMadrid

    IESIsaacAlbniz(1) Legans

    IESMaraZambrano(1) Legans

    IESAntonioGala(2) Mstoles

    IESAntonioNebrija(3) Mstoles

    IESClaraCampoamor(2) Mstoles

    IESJuanGris(1) Mstoles

    IESVelzquez(2) Mstoles

    IESCarmenMartnGaite(3) Navalcarnero

    IESNicolsCoprnico(4) Parla

    IESPabloPicasso(4) Pinto

    IESNeilArmstrong Valdemoro

    IESCatalifa(4) VillaviciosadeOdn

    Educacin Secundaria

    (1) Orden 607/2010, de 10 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2010-2011.(BOCM18/02/2010)

    (2) Orden 720/2011, de 25 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2011-2012.(BOCM04/03/2011)

    (3) Orden 2202/2012, de 22 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2012-2013.(BOCM14/03/2012)

    (4) Orden 444/2013, de 20 de febrero,porlaqueseresuelvelaconvocatoriaparalaseleccindeinstitutospblicosdeEducacinSecundariaenlosquesellevaracabolaimplantacindelaenseanzabilingeenelcurso2013-2014.(BOCM28/02/2013)

  • 36 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    2.1.3.2. Secciones lingsticas en lengua francesa y en lengua alemana en ESO

    En estas secciones se imparten en la lengua de la seccin, siguiendo el currculo oficial de la Comunidad de Madrid, una o dos asignaturas, dependiendo de la disponibilidad del profesorado. Se imparten semanalmente cinco horas de Lengua francesa o Lengua alemana, segn la seccin. Se consideran prioritarias las asignaturas de Ciencias Sociales, Geografa e Historia y Ciencias de la Na-turaleza. En ningn caso pueden ser las Matemticas y la Lengua Castellana y Literatura. Las asigna-turas elegidas para ser impartidas en la lengua extranjera son las mismas a lo largo de toda la etapa.

    Cada seccin lingstica recibe una asignacin de dos auxiliares de conversacin que colaboran con el profesorado del centro y aportan un valor cultural y lingstico al programa, del mismo modo que ocurre en el Programa Bilinge espaol-ingls.

    Existen 15 secciones lingsticas de francs, 12 de ellas se implantaron en el curso 2006/2007 y 3 en el curso 2007/2008.

    Los profesores de estas secciones lingsticas reciben todos los aos formacin en el Instituto Francs.

    Existen cuatro secciones lingsticas de alemn. Dos de ellas se implantaron en el curso 2006/2007, otra en el curso 2007/2008 y la ltima en el curso 2013/2014.

    Todos los centros con seccin lingstica en alemn forman parte del programa PASCH, cuyo objetivo es crear lazos activos y duraderos con Alemania y fomentar en los centros, entre los profe-sores y alumnos, un intercambio lingstico y cultural. Por eso, la iniciativa va acompaada de una amplia variedad de actividades como son la formacin para el profesorado y becas de estancia en Alemania para alumnos.

    Secciones lingsticas de francs:

    CENTROS 1 ESO2

    ESO3

    ESO4

    ESO1

    BACH2

    BACH LOCALIDAD/ DISTRITO DIRECCIN DE

    REA TERRITORIALIESAlamedadeOsuna Barajas

    MADRID-CAPITAL

    IESBeatrizGalindo(1) Salamanca

    IESGabrielGarcaMrquez(1) Hortaleza

    IESGregorioMaran Fuencarral-ElPardo

    IESMarqusdeSuanzes San Blas

    IESSanIsidro(1) Embajadores

    IESAntonioMachado AlcaldeHenaresMADRID-ESTE

    IESLuisdeGngora TorrejndeArdoz

    IESJuandeMairena* SanSebastindelosReyes

    MADRID-NORTEIESPintorAntonioLpez Tres Cantos

    IESSeveroOchoa* Alcobendas

    IES Las Canteras ColladoVillalbaMADRID-OESTE

    IES Las Encinas VillanuevadelaCaada

    IESAlfonsoMoreno Brunete

    MADRID-SURIES Barrio Loranca Fuenlabrada

    IES Los Rosales Mstoles

    (1)SeccioneslingsticasconBachibac*LaseccinlingsticadelIESSeveroOchoacomienzaatrasladarsealIESJuandeMairenaenelcurso2010/2011

  • 37

    Secciones lingsticas de alemn:

    CENTROS 1 ESO2

    ESO3

    ESO4

    ESO1

    BACH2

    BACH LOCALIDAD/ DISTRITO DIRECCIN DE

    REA TERRITORIALIESIsabelLaCatlica Retiro

    MADRID-CAPITALIESRamirodeMaeztu Chamartn

    IESCardenaldeCisneros Chamber

    IESFranciscoGinerdelosRos Alcobendas MADRID-NORTE

    2.1.3.3. Institutos de Innovacin Tecnolgica

    Con el objeto de contribuir a la mejora de los resultados acadmicos de los escolares madrileos, la Consejera de Educacin decidi implantar, de forma experimental, a partir del curso 2010-2011, la enseanza digital en las clases de primero de Educacin Secundaria Obligatoria en un determinado nmero de Institutos de Educacin Secundaria de la Comunidad de Madrid que pasaran a tener la consideracin de Institutos de Innovacin Tecnolgica.

    Mediante Orden 1275/2010, de 8 de marzo (BOCM n 65 de 18 de marzo), de la Consejera de Educacin, se convoc un proceso de seleccin de institutos pblicos de Educacin Secundaria, siendo seleccionados los siguientes:

    CENTROS LOCALIDAD / DISTRITO DIRECCIN DE REA TERRITORIAL

    IESGranCapitn Arganzuela

    MADRID-CAPITALIESSanIsidro Centro

    IESSalvadorDal CiudadLineal

    IESPrncipeFelipe Fuencarral-ElPardo

    IESCardenalCisneros AlcaldeHenares

    MADRID-ESTEIESMaraMoliner Coslada

    IESIsaacPeral TorrejndeArdoz

    IESRosaChacel ColmenarViejo MADRID-NORTE

    IESAlpedrete Alpedrete

    MADRID-OESTEIESLasRozasI LasRozas

    IESLeonardoDaVinci Majadahonda

    IES Galileo Galilei Alcorcn

    MADRID-SURIES Satafi Getafe

    IESMigueldeCervantes Mstoles

    IESCalderndelaBarca Pinto

    Educacin Secundaria

  • 38 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    Caractersticas del proyecto de Institutos de Innovacin Tecnolgica. La enseanza digital.

    La enseanza digital es aquella que utiliza las Tecnologas de Informacin y Comunicacin (TIC) como recurso didctico preferente para la imparticin de los contenidos de las diversas asignaturas que componen el Currculo. En el caso de la Comunidad de Madrid, la convocatoria obliga a los centros seleccionados a implantarla, adems de en la materia de Tecnologa, en la materia de Mate-mticas y en, al menos, dos materias ms de entre las siguientes:

    - Ciencias de la Naturaleza.

    - Ciencias Sociales, Geografa e Historia.

    - Educacin Plstica y Visual.

    - Lengua Extranjera.

    - Lengua Castellana y Literatura.

    Igualmente obliga a que, en al menos una tercera parte de la distribucin horaria asignada a Matemticas y a las dos materias seleccionadas de acuerdo con el apartado anterior, se utilicen las Tecnologas de Informacin y Comunicacin como herramienta didctica.

    Para llevar a cabo este proyecto, los centros con la consideracin de Institutos de Innovacin Tecnolgica cuentan con:

    a. Un profesor responsable del desarrollo del proyecto en el centro, preferentemente funcionario de carrera.

    b. Formacin especfica para que los profesores implicados en el desarrollo del proyecto elaboren sus propios materiales didcticos.

    c. Aulas informticas conectadas en red y con acceso a Internet (banda ancha) dotadas con un puesto informtico por alumno, ordenador para el profesor, pizarras digitales y materiales di-dcticos especficos

    2.1.3.4. Institutos con Proyectos Propios en Educacin Secundaria Obligatoria

    La Consejera de Educacin, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, conocedora de la importancia que la autonoma pedaggica de los centros tiene para la calidad de la enseanza, ha considerado procedente establecer los requisitos para que los centros que imparten enseanzas de Educacin Secundaria Obligatoria puedan introducir modificaciones en la programacin de las ma-terias, as como en su distribucin horaria, de acuerdo con su proyecto pedaggico.

    Con tal objetivo se public la Orden 2774/2011, de 11 de julio (BOCM del 19). En la misma se establecen los requisitos mnimos de los proyectos propios de los centros en cuanto a horarios, contenidos, metodologa, distribucin de materias, y profesorado; se regula la propuesta de las ma-terias optativas que mejor se adecuen a los fines del proyecto propio del centro; y la posibilidad de impartir enseanzas en lenguas extranjeras.

    Mediante la Orden 468/2012, de 17 de abril (BOCM de 11 de mayo), se ha aprobado la implanta-cin de proyectos propios de Educacin Secundaria Obligatoria en diversos institutos de Educacin Secundaria de la Comunidad de Madrid a partir del ao acadmico 2012-2013. En el anexo de la citada orden se pueden consultar los institutos autorizados a implantar un proyecto propio, as como una breve descripcin de las caractersticas del mismo.

    Asimismo, mediante la Orden 1804/2013, de 6 de junio (BOCM del 17), se ha aprobado la implan-tacin de nuevos proyectos propios de Educacin Secundaria Obligatoria en diversos institutos de Educacin Secundaria de la Comunidad de Madrid a partir del ao acadmico 2013-2014. En el ane-xo de la citada orden se pueden consultar los institutos autorizados a implantar un proyecto propio, as como una breve descripcin de las caractersticas del mismo.

  • 39

    2.2. Atencin a la diversidad

    La organizacin de las medidas de atencin a la diversidad aparece regulada por la Orden 3320-01/2007, de 20 de junio (BOCM de 6 de agosto), referida a la Educacin secundaria obligatoria. Estas medidas estn orientadas a responder a las necesidades educativas especficas de los alumnos y a la consecucin en el mayor grado posible de las competencias bsicas y de los objetivos de la eta-pa, sin que ello suponga, en ningn caso, una discriminacin que impida al alumno alcanzar dichos objetivos y, en su caso, la titulacin correspondiente.

    A continuacin se describen cmo se concretan estas medidas en la Comunidad de Madrid.

    2.2.1. Medidas de apoyo ordinario

    En la Educacin Secundaria Obligatoria tienen carcter organizativo y metodolgico. Van dirigidas a los alumnos que presentan dificultades de aprendizaje en los aspectos bsicos e instrumentales del currculo y que no hayan desarrollado convenientemente los hbitos de trabajo y estudio. Estas medidas debern permitir la recuperacin de los hbitos y conocimientos no adquiridos.

    En el caso de la Educacin Secundaria Obligatoria, estas medidas van dirigidas a los alumnos de primero y segundo y, excepcionalmente, a los de tercero. Se organizan en:

    a. Refuerzo individual en el grupo ordinario: a cargo del profesor de la materia correspondiente.

    b. Agrupamientos flexibles: permiten el refuerzo colectivo a un grupo de alumnos. Se establecen en Lengua Castellana y Literatura y Matemticas. El grupo de refuerzo tendr 15 alumnos como mximo. El alumno, una vez superados los problemas de aprendizaje que motivaron su inclu-sin en el grupo de refuerzo, se reincorporar al grupo ordinario correspondiente.

    c. Ampliacin del horario lectivo: dando ms horas de clase a algunas materias, especialmente las instrumentales. Esta medida necesita la autorizacin de la correspondiente Direccin de rea Territorial.

    d. Estudios dirigidos.

    Los alumnos a los que van dirigidas estas medidas son aquellos que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:

    a. Haber accedido al primer curso de Educacin Secundaria Obligatoria desde la Educacin Pri-maria tras haber agotado el ao de repeticin previsto para dicha etapa educativa, y con des-fase significativo o con carencias significativas en las materias instrumentales.

    b. Haber promocionado, tras repetir el curso precedente, sin reunir los requisitos de promocin.

    c. Tener dificultades de aprendizaje, en particular cuando deben permanecer un ao ms en el curso.

    d. Incorporarse tardamente al sistema educativo espaol con carencias significativas de conoci-mientos instrumentales.

    La decisin de aplicacin de estas medidas corresponde al equipo de evaluacin asesorado por el de orientacin.

    2.2.2. Medidas de apoyo especfico para el alumnado con necesidades educativas espe-ciales

    El objetivo de estas medidas es facilitar la accesibilidad al currculo a estos alumnos de Educacin Secundaria. Se pueden utilizar adaptaciones que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluacin del currculo, siguiendo los procedimientos oportunos que establezca la Con-sejera. Las adaptaciones se realizarn buscando el mximo desarrollo posible de las competencias bsicas y la consecucin de los objetivos establecidos con carcter general para todo el alumnado. La evaluacin y la promocin tomarn como referente los criterios de evaluacin fijados en estas adaptaciones.

    Educacin Secundaria

  • 40 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    Para los alumnos de Educacin Secundaria Obligatoria que presenten necesidades educativas especiales, a los que hace referencia el artculo 73 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educacin, podrn efectuarse, en aquellos casos que las precisen, adaptaciones del curr-culo que se aparten significativamente de los contenidos y criterios de evaluacin del mismo, previa evaluacin psicopedaggica del alumno realizada por el equipo de orientacin educativa y psico-pedaggica del sector. Estas adaptaciones se realizarn buscando el mximo desarrollo posible de sus capacidades personales, en todo caso el de las competencias bsicas, y la consecucin de los objetivos establecidos con carcter general para todo el alumnado. La evaluacin y la promocin tomarn como referente los objetivos y criterios de evaluacin fijados en dichas adaptaciones.

    La Consejera de Educacin, Juventud y Deporte establecer los procedimientos oportunos para realizar las adaptaciones a las que se refiere el apartado anterior.

    La escolarizacin de estos alumnos en la Educacin Secundaria Obligatoria en centros ordinarios podr prolongarse, tambin, un ao ms, siempre que ello favorezca la obtencin del ttulo de Gra-duado en Educacin Secundaria Obligatoria y sin menoscabo de lo indicado sobre las repeticiones en el apartado Caractersticas de ESO, apartado 2.1.1. de esta publicacin.

    2.2.2.1. Programa para la escolarizacin preferente de alumnado con necesidades educa-tivas especiales derivadas de trastornos generalizados del desarrollo

    La iniciativa que se puso en marcha en el curso 2001/02, ha sido desarrollada en escuelas in-fantiles, centros pblicos de educacin infantil y primaria, institutos de enseanza secundaria y en centros concertados de educacin infantil, primaria y secundaria.

    Estos programas se crean para aportar, dentro de un contexto de enseanza ordinaria, una res-puesta educativa a las necesidades de un perfil concreto de alumnado con trastornos generalizados del desarrollo a travs de la elaboracin de un modelo de apoyo y programaciones especficas. El apoyo debe ser intensivo y especializado y relacionado con el desarrollo de la autonoma personal, de habilidades comunicativo-lingsticas, de competencias de relacin e interaccin social y de preparacin para el aprendizaje escolar. Los objetivos educativos sealados anteriormente -que tienen como referencia el currculo ordinario- se desarrollan a travs de una metodologa que facilite al alumno el acceso a la informacin, basada en:

    Distribucindelespacioporrinconesdetrabajo.

    Utilizacindeclavesvisuales.

    Usodesistemasalternativosdecomunicacinparaaquellosalumnosquenohandesarrolladoel lenguaje oral, como mtodo de interaccin con su entorno.

    Este apoyo se imparte en un espacio educativo estable o aula de apoyo. En esta propuesta edu-cativa el alumno comparte otra parte de su tiempo en el grupo ordinario o de referencia en el que est matriculado, participando en aquellas actividades en las que se puede integrar, tanto a nivel social como a nivel acadmico, con el resto de sus compaeros. En trminos generales, se busca que el alumno permanezca en el aula ordinaria de referencia entre 1/3 y 2/3 del tiempo lectivo semanal y que el resto del tiempo est en el aula de apoyo.

    Los centros de escolarizacin preferente para alumnos con necesidades educativas asociadas a Trastornos Generalizados del Desarrollo cuentan, para el apoyo intensivo y especializado, con dos recursos personales extraordinarios: Maestro de la especialidad en Pedagoga Teraputica y/o Au-dicin y Lenguaje y Tcnico especialista III-E o Integrador social, que colaboran con el tutor del aula de referencia del alumno con TGD en la determinacin de lneas comunes de intervencin y en su integracin dentro de la dinmica del centro. Adems, el centro dispone de una dotacin econmica complementaria para el acondicionamiento y mantenimiento del aula de apoyo, en relacin al mobi-liario, material informtico, material didctico, etc.

  • 41

    2.2.3 Medidas de apoyo especfico para el alumnado con altas capacidades intelectuales

    Las medidas de apoyo especfico para el alumnado con altas capacidades intelectuales vienen reguladas por la Orden, 70/2005, de 11 de enero, del Consejero de Educacin de la Comunidad de Madrid, por la que se regula con carcter excepcional la flexibilizacin de la duracin de las diferen-tes enseanzas escolares para los alumnos con necesidades educativas especficas por superdo-tacin intelectual (BOCM del 21) (Orden 3319-01/2007, de 18 de junio y Orden 3320-01/2007, de 20 de junio).

    Las medidas educativas que se pueden adoptar con estos alumnos, tanto de Educacin Primaria como de Educacin Secundaria, tendrn por objeto el desarrollo pleno y equilibrado de sus capaci-dades y de su personalidad, y se concretan en medidas de enriquecimiento curricular (ampliaciones curriculares y adaptaciones curriculares de enriquecimiento) y, en los casos que se requiera y con carcter excepcional, en la medida de flexibilizacin de la duracin de cada una de las etapas del sistema educativo (incorporacin de los alumnos con altas capacidades intelectuales a un curso superior del que le correspondera).

    La escolarizacin del alumnado con altas capacidades intelectuales, identificado como tal, por el personal con la debida cualificacin y designado para ello por la Consejera de Educacin, Juventud y Deportes, se podr flexibilizar en los trminos que contemple la normativa en vigor. En todo caso, los centros podrn aplicar medidas de enriquecimiento curricular para estos alumnos de acuerdo con las caractersticas del mismo.

    Adems, en la Comunidad de Madrid se desarrolla, desde el curso escolar 1999/2000, un Pro-grama de Enriquecimiento Educativo, en el marco de un convenio de colaboracin suscrito entre la Comunidad de Madrid (Consejera de Educacin, Juventud y Deporte) y la Fundacin CEIM.

    El Programa de Enriquecimiento Educativo para los alumnos con altas capacidades es una me-dida educativa extracurricular, de carcter voluntario y gratuito. Los objetivos del citado programa son: el desarrollo de las habilidades sociales, el fomento del pensamiento divergente y, en definitiva, el desarrollo armnico de las capacidades y personalidad de los alumnos con altas capacidades.

    Para participar en el programa, los Equipos de Orientacin Educativa y Psicopedaggica los Departamentos de Orientacin de los institutos de educacin secundaria presentarn, en el Servicio de Unidad de Programas Educativos de la Direccin del rea Territorial correspondiente, las nuevas propuestas de solicitud de participacin en el Programa de Enriquecimiento Educativo. La Direccin del rea Territorial remitir dichas propuestas a la Direccin General de Educacin Infantil y Primaria, en los plazos que se determinen.

    2.2.4. Medidas de apoyo especfico para el alumnado que se incorpora tardamente al sistema educativo

    La escolarizacin del alumnado se realizar segn se establece en la Orden 445/2009, de 6 de febrero (BOCM del 19) y en la Correccin de errores de la Orden 445/2009, de 6 de febrero, (BOCM de 3 de marzo).

    La escolarizacin del alumnado, al que se refiere el artculo 78 de la Ley Orgnica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educacin, que se incorpora tardamente al sistema educativo, se realizar atendiendo a la fecha de incorporacin, a sus conocimientos y a su edad e historial acadmico. Di-cha escolarizacin est garantizada, en todo caso, en la edad de escolarizacin obligatoria.

    En Educacin Secundaria, los alumnos que presenten un desfase de conocimientos de dos o ms aos podrn ser escolarizados en uno o dos cursos inferiores al que les correspondera por edad, siempre que dicha escolarizacin les permita completar la Educacin Secundaria Obligatoria en los lmites de edad establecidos con carcter general. Para este alumnado se adoptarn las medidas de refuerzo necesarias que faciliten su integracin escolar y la recuperacin de su desfase, y les permi-tan continuar con aprovechamiento sus estudios.

    Cuando los alumnos presenten graves carencias en conocimientos de lengua espaola se incor-porarn a una aula de enlace, en las condiciones establecidas en la normativa que las regula, donde recibirn una atencin simultnea a su escolarizacin en los grupos ordinarios.

    Educacin Secundaria

  • 42 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    En la Comunidad de Madrid, las distintas medidas se concretan de la siguiente manera:

    Aulas de Enlace

    Las Aulas de enlace de la Consejera de Educacin, Juventud y Deporte se implantan en centros pblicos y privados concertados para los alumnos escolarizados por primera vez en la Comunidad de Madrid en segundo y tercer ciclo de Educacin Primaria y de Educacin Secundaria Obligatoria que presenten graves carencias en conocimientos de lengua espaola.

    Para su desarrollo, la Viceconsejera de Educacin, Juventud y Deporte ha elaborado unas Ins-trucciones, de las que destaca la siguiente informacin.

    Estas aulas tienen como objetivos:

    a. Posibilitar atencin especfica al alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros que se integra en el sistema educativo espaol y presenta graves carencias lingsticas mediante programas especficos que les permitan eliminar dichas carencias.

    b. Acortar el tiempo para la completa integracin de este alumnado en el sistema educativo espa-ol y facilitar la incorporacin al curso siguiente.

    c. Favorecer el desarrollo de la identidad personal y cultural del alumno y su integracin en el medio social.

    Cada Aula de enlace cuenta con un nmero mximo de doce alumnos y un mnimo de cinco.

    Al asignar plaza escolar, la Comisin de Escolarizacin ofertar a la familia la posibilidad de es-colarizar al alumno en un centro que disponga de Aula de enlace, para su incorporacin a la misma.

    La incorporacin a un Aula de enlace se realizar una sola vez durante el perodo de escolaridad obligatorio del alumno, coincidiendo con el momento en que acceda al sistema educativo, y durante el tiempo imprescindible para que el alumno domine suficientemente el castellano y pueda incorpo-rarse, a tiempo completo, a un grupo ordinario. Esta permanencia se prolongar hasta un periodo mximo de nueve meses, desde la fecha de incorporacin a un Aula de enlace, que podr ser am-pliado por la Direccin de rea Territorial correspondiente, excepcionalmente, hasta la finalizacin del curso escolar, a propuesta del director del centro y previo informe favorable del Servicio de la Inspeccin Educativa.

    Los padres o tutores legales han de manifestar su conformidad con la incorporacin del alumno al Aula de enlace.

    En el caso de que un alumno se traslade de zona o localidad durante el curso escolar sin haber abandonado el Aula de enlace, se podr trasladar igualmente a otra Aula de enlace.

    Una vez concluido el periodo de permanencia en el Aula de enlace, el alumno se incorporar, si el hecho se produce durante el curso y siempre que sea posible, al grupo de referencia al que se hubiera asignado en el centro, a tiempo completo, hasta la finalizacin del curso escolar. En caso contrario, se trasladar al centro asignado por la Comisin de Escolarizacin.

    Servicio de Apoyo Itinerante a Alumnado Inmigrante (SAI)

    Es un servicio de apoyo y asesoramiento dirigido a facilitar la incorporacin educativa del alum-nado inmigrante que se escolariza a lo largo del curso escolar, especialmente cuando no domina el espaol. Desarrolla una doble funcin:

    - FUNCIN DE ASESORAMIENTO. Asesorar sobre el desarrollo de programas especficos de aco-gida que favorezcan la insercin socio-afectiva del alumnado inmigrante escolari-zado en centros pblicos y centros privados concertados que impartan las etapas obliga-torias, favoreciendo la incorporacin de la perspectiva intercultural al proceso educativo; orientar sobre los recursos materiales y metodolgicos para la enseanza del espaol como segunda lengua, ofrecindolos, en especial, a los profesores de las Aulas de enla-ce. As mismo trata de facilitar la incorporacin de los alumnos con desconocimiento del espaol, procedentes o no de las Aulas de enlace, a los grupos ordinarios.

  • 43

    - FUNCIN DE APOYO A CENTROS. Su funcin es apoyar la adquisicin de competencias lingsticas y comunicativas bsicas del alumnado de nueva incorporacin que desco-noce el espaol, escolarizado en centros de titularidad pblica, prioritariamente los que imparten Educacin Secundaria Obligatoria, que no disponen de profesorado de apoyo del Programa de Educacin Compensatoria o que disponen de profesorado de apoyo del Programa de Educacin Compensatoria, pero tienen un elevado nmero de alumnos con desconocimiento del espaol, y que escolarizan alumnado con necesidades de adquisi-cin de competencia lingstica y comunicativa bsica del espaol.

    Los centros que necesiten dicho servicio deben solicitarlo al SAI, a travs de la Direccin de rea Territorial correspondiente.

    Servicio de Traductores e Intrpretes (SETI)

    Es un servicio que tiene como objeto fomentar la integracin de los alumnos inmigrantes en el m-bito educativo, favorecer la relacin acadmica y educativa entre los centros docentes y las familias, apoyar tanto a los centros sostenidos con fondos pblicos, como a cualquier otro servicio educativo, para la transcripcin de documentos oficiales y para actuar directamente en los centros cuando se detecten en un alumno especiales dificultades en su aprendizaje que requieran una informacin ms especfica.

    Destinatarios:

    - Centros educativos sostenidos con fondos pblicos.

    - Servicios educativos.

    El servicio se solicita a los Servicios de las Unidades de Programas Educativos de las Direccio-nes de rea Territorial correspondientes, mediante modelo de solicitud incluido en la Circular de la Direccin General de Educacin Infantil y Primaria, de 29 de septiembre de 2008, por la que se esta-blecen orientaciones para el funcionamiento del Servicio de Traductores e Intrpretes.

    2.2.5. Otras medidas de apoyo

    2.2.5.1. Respuesta educativa especfica para los alumnos hospitalizados o con convale-cencia prolongada Aulas Hospitalarias (AAHH)

    Son unidades escolares de apoyo que funcionan en aquellos hospitales de la Comunidad de Madrid que disponen de camas peditricas de media y larga hospitalizacin. Entre sus objetivos se encuentran:

    a. Proporcionar la atencin educativa adecuada a los alumnos hospitalizados para asegurar la continuidad del proceso educativo y evitar el desfase escolar que pudiera derivarse de su si-tuacin.

    b. Establecer los cauces de coordinacin entre los distintos profesionales que interviene en la atencin de los alumnos enfermos en el centro docente y el Servicio de Apoyo Educativo Do-miciliario (SAED).

    c. Favorecer la comunicacin entre los alumnos con sus centros de referencia, con sus tutores y sus compaeros de aula, mediante el uso, entre otros, de las Tecnologas de la Informacin y la Comunicacin.

    d. Facilitar la incorporacin de los alumnos enfermos a su centro educativo, una vez transcurrido el periodo de convalecencia.

    Sus destinatarios son los nios hospitalizados en edad de escolaridad obligatoria y, dependiendo de la disponibilidad de los recursos, de etapas no obligatorias. Los alumnos que manifiesten trastor-nos graves de personalidad o de conducta sern atendidos en las Unidades de Hospitalizacin Breve de Psiquiatra o en los Centros Educativo-Teraputico (CET). Los alumnos mantienen su escolariza-cin a efectos de evaluacin y promocin en sus respectivos centros escolares.

    Educacin Secundaria

  • 44 Cuaderno Informativo de Orientacin Acadmica y Profesional | 2014

    Centros Educativo-Teraputicos (CET)

    Los Centros Educativo-Teraputicos (CET) se constituyen como un recurso de intervencin coor-dinada de profesionales procedentes de diferentes sectores (educativos y sanitarios) para proporcio-nar una atencin integral a los alumnos que manifiestan trastornos de salud mental, diagnosticados clnicamente por los servicios especializados que, temporalmente, no pueden asistir a sus centros de referencia por necesitar de un tratamiento teraputico intensivo. Atienden de una forma integral a estos alumnos, valorando la importancia que tiene el contexto escolar como factor de normalizacin.

    Entre sus objetivos se encuentran:

    a. Proporcionar atencin educativa a sus alumnos para asegurar la continuidad del proceso edu-cativo y evitar el desfase escolar que pudiera derivarse de su situacin.

    b. Establecer y consolidar normas y hbitos de comportamiento que mejoren el proceso de adap-tacin de los alumnos al contexto escolar y social.

    c. Promover la coordinacin y la relacin con otros recursos educativos, psicopedaggicos, so-ciales y servicios de salud mental.

    d. Facilitar la incorporacin de los alumnos a sus centros educativos fomentando procesos de acogida que favorezcan la integracin del alumno en su centro escolar una vez transcurrido el periodo de estancia en el Centro Educativo-Teraputico.

    Sus destinatarios son los alumnos escolarizados en la educacin bsica y, en su caso, postobli-gatoria, que hayan sido derivados por los Servicios de Salud Mental de la Comunidad de Madrid.

    Los alumnos recibirn, con carcter general, una media semanal de diez horas de atencin edu-cativa, dos por da. La planificacin de las mismas se har en coordinacin con el equipo teraputico y en funcin de la evolucin de cada caso.

    Servicio de Apoyo Educativo Domiciliario (SAED)

    Servicio destinado a la atencin educativa de los alumnos que, por estar convalecientes en el domicilio familiar, no pueden asistir a sus centros escolares. Sus objetivos son:

    a. Proporcionar la atencin educativa adecuada en el domicilio de los alumnos en convalecencia prolongada para evitar el desfase escolar que pudiera derivarse de esta situacin.

    b. Favorecer el proceso de comunicacin entre los alumnos con sus centros de referencia, sus tutores y sus compaeros de aula, mediante el uso, entre otros, de las Tecnologas de la Infor-macin y la Comunicacin.

    c. Facilitar la incorporacin de los alumnos enfermos a sus centros educativos, una vez transcu-rrido el periodo de convalecencia.

    Con este servicio se pretende dar una atencin personalizada y adecuada a la edad y nivel escolar de los alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones de salud.

    Las actividades se desarrollan en el domicilio del estudiante, en un perodo de tiempo compren-dido entre seis y nueve horas semanales.

    Destinatarios

    Los alumnos escolarizados en Educacin Primaria y en Educacin Secundaria Obligatoria en centros sostenidos con fondos pblicos que, por prescripcin facultativa, no puedan asistir a su centro y siempre que el perodo de convalecencia sea superior a un mes.

    Los alumnos con enfermedades crnicas que conllevan bajas intermitentes inferiores a un mes. Dicha circunstancia deber reflejarse en el informe mdico.

    Los alumnos que manifiesten trastornos de salud mental, de personalidad y de conducta y los alumnos con necesidades educativas especiales escolarizados en centros de educacin especial que, por accidente o por enfermedad comn sobrevenida, deban permanecer en su domicilio transitoriamente. La atencin a estos alumnos, que tendr carcter exclusivamente educativo de conformidad con lo establecido en estas instrucciones, ser excepcional y se producir segn la valoracin de la Direccin General de Educacin Infantil y Primaria.

    Para ms informacin sobre estos servicios, dirigirse a las Direcciones de rea Territorial.

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    2.2.5.2. Respuesta educativa especfica para los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad auditiva

    Estos recursos tienen como finalidad prestar la atencin educativa adecuada a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad auditiva, que sean signantes y se encuentren escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos pblicos. A los centros de Educacin Infantil y Primaria se les dota con asesores sordos/especialistas en Lengua de Signos Espaola para el aprendizaje de dicha lengua. A los centros que imparten Educacin Secundaria (obligatoria y postobligatoria) se les dota con intrpretes de Lengua de Signos Espaola.

    En la pgina web gestiondgmejora.educa.madrid.org/orientacion/, en el apartado 1 de la Oferta Educativa de la Comunidad de Madrid, dentro de la columna de Atencin a la Diversidad, se pueden consultar los centros pblicos de Educacin Secundaria que escolarizan