cÓrdoba`'' · en g de febrero de 1912, el alcalde de este pueblo dió ... 24 de enero,...

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CÓRDOBA`'' Extens^ón denunclada y comprobada por contener germen de langosta. Las extensiones denunciada, por las Juntas locales de ex- tinción de las plagas del campo como invadidas por el ger- men de langosta, durante la presente campaña, han sido las siguientes: Término de Nlnojosa deE Duque. FECHA NOMBRE NOMBRE de la denuncia del propietario ó colono de la flnca Ayuntamiento........... Dehesa Espíritu Santo. D. Amador Perea Algaba. Dehesa de [3urga. Hermanos de Francisco 29 Julio 1911. Muñoz, Juan Mateos Barbauc:^o y José Ma- tías Pérez ... . . . . . .. . . . . IDehesa Fuente de las Pastoras. D. Aquilino Ropero Perea. Dehesa de la Fuente del I Tocón. No se consignan las superficies, porque no se expresaban en la denuncia. (1) Ingeniero D. Aiberto Castifieyra.

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Page 1: CÓRDOBA`'' · En G de Febrero de 1912, el Alcalde de este pueblo dió ... 24 de Enero, 12 de Febrero y]2 de Abríl d^l añu actual por iniciativa d^ la Jefatura de Fomento y del

CÓRDOBA`''

Extens^ón denunclada y comprobada por contenergermen de langosta.

Las extensiones denunciada, por las Juntas locales de ex-tinción de las plagas del campo como invadidas por el ger-men de langosta, durante la presente campaña, han sido lassiguientes:

Término de Nlnojosa deE Duque.

FECHA NOMBRE NOMBRE

de la denuncia del propietario ó colono de la flnca

Ayuntamiento........... Dehesa Espíritu Santo.D. Amador Perea Algaba. Dehesa de [3urga.Hermanos de Francisco

29 Julio 1911.Muñoz, Juan MateosBarbauc:^o y José Ma-tías Pérez ... . . . . . .. . . . . IDehesa Fuente de las

Pastoras.D. Aquilino Ropero Perea. Dehesa de la Fuente del

I Tocón.

No se consignan las superficies, porque no se expresabanen la denuncia.

(1) Ingeniero D. Aiberto Castifieyra.

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T^rmino de Belalcázar.

FECHAde la

denuncia

21 Agosto' 1911....

NOMBREdel propictario ó colono

Excma. Sra. Mar-quesa de Casa-riega...........

Excma. Sra Mar-quesa de Ada-nero............

Exana. Sra. Conde-sa V^uda rie Cas-telar............

Excmo. Sr. Marquésde Perales.......

NOMBFtE

de ia finca

Dehe^a de Picarazas . -Quintas: Torilejo y Pi-zana, Arielfilla y Rive-ruela, Lonjerón y Cale-ra Alta, Mesto y VaI^iP-infierno ...............

Dehesa de Madre^ñiz . -Quintas: Caleruela, Ra-sa, Mesones, Rassal, To-millo y otros puntos.. . .

Qu^ntas: Vegas de Osea yZarzalej o . . . . . . . . . . . . . .

Quinta: Mohadilla . . . . . . .

TOTAL ...............

I s^Ferri^ ^ainradida

I Hectns.

Palma del Rio.

300

2fi

4

`L

332

La Junta local de plagas de este término, en oficio de ^ deOctubre de 191 i, denunció como terrenos sospechosos decontener el germen de langosta las fincas siguientes:^ Saetillas, Cruzmán, Palmora, Cosesjar, Gómez y Añez,EI Charco, Llanos de Miravalles y Alcubilla, todas ellas per-tenecientes á aquel tértnino, las cuales, reconocidas, no re-sultaron invadidas.

Fuente la Lancha.

En G de Febrero de 1912, el Alcalde de este pueblo dióconocimiento de que en la dehesa bo,yal de dicho términose encontraba invadida del germen ó canutillo de la langos-

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ta, no resultando comprobada posteriormente 1a existenciade la plaga.

A continuación consignamos el resumen de las extensionesdenunciadas como invadidas por el germen de {a langosta enla provincia:

SupcrficieTérminos municipalcs OBSERVACIONES

Hectdreas

Hirtojosa riel Duque Denunciado por la Junta local.Belalcázar........ 332 Iriem Íd^Palma del Río. . . . . » Sólo se^^enunciancon,osospechosos.Fuente la Lancha. . If4 Denunciados por el Alcalde.

TOTAL...... ¢UF

La comprobación de los terrenos detutnciados en los térmi-nos de Hinojosa del Duque, Belalcázar y Pa:ma del Río fuépracticada por el Perito temporero U. Juan Sánchez, nom-brado por la Dirección general de Agricu;tura, Minas y Mon-tes en `^5 de Abril de 1tJ1 ]. el cual tomó posesión de su des-tino en 17 de Mayo siguiente, siendo el resultado de dichos#rabajos el que consignamos á continuaciór.:

s

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Términos

mnniripnles

NOMBRE

del propietarlo G colono

NOMBRE

dc la flnca

Sop<^tfirieromproEa^ae

f /e ctas.

Hermanos de Fran-cisco Muñoz, JuanMateos Barbau-

Hino josa cho y José Matías

del Du-Pérez...........

que.... D. Aquilino RoperoPerea...........

D. Amadur PereaAlgaba. . . . . . . . .

Aytmtamiento. . . . .

Fuente de los Pastores...

Fuente del Tocón. . . . . . , .

vulga ..................Fuente cel Espír;tu Sarrte.

TOTAL..,.......

Belalcá-zar.....

Torilejns y Pizarro. . . .. . .Excma. Sra. Mar-'Adclfilla y Riberuela.. ..,.

cjuesa de Casa-^ Longero y Calera Alta ...ney;o....... . .... Mesto y Valdeínfíerno....

Ganclreros . . . . . , , . . . . .

Excma. Sra.Mar-IRanal .. . . . . . . . . . . . . . . . . .

quesa viuda de^Lalerue.a Rasa ^ . . . . • . . . .

Adaneros...... Mesones ...... . .......^ ^Tumillo . . . . . . . . . . . . . . . .

Excmo. Sr MarquéslVegas de Usca. . . . . . .. . .de Castelar.. . . .. ^Zorzalejo .. . . . . . . . . . . . . . .

Excmo. ScMarquéslMahariilla .... ... .. . . ... .de Perales.. . , , . , ^Milano .. . . . . . . . . . . . . . . . .

iCanto Slanco............

D. Dionisio Trucio.ISolana ......... .. .....

TOTAL..........

RESUMEN

!p0

40

35i^

295

1 a^la^80^025

20S63

23

233

4

409

Hectdreas.

Hinojosa del Duque ................. 2^5Belalcázar ......................... 40J

ToTA ................. 704

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De todas las fincas del término de Palma del Río, que de-nunció la Junta local de dicho pueblo como sospechosas decontener el germen de la langosta, en ninguna de ellas secomprobó su existencia, á pesar del detenido reconocimientopracticado.

En la dehesa boyal de Fuente la Lancha tampoco se com-probó ia existencia del germen de langosta, según quedadicho.

Trabajos verificados en el invlerno, con el n(^merode hect8reas saneadas de las que aparecieron in-vadidas.

En todos los terrenos que resultaron invadidos por el ger-men de la langosta, que son los correspondientes á los tér-minos municipales de Hinojosa del Duque y Belalcázar, sepracticaron trabajos de saneamiento, hab^endo sido éstosejecutados por cuenta de los propietarios, los cuales han em-pleado como medios de destrucción las labores, principal-mente con el arado y el ganado de cerda.

Así, pues, el número total de hectáreas saneadas ha sido:

Hectáreas.

En Hinojosa del Duque .............. 295En Belalcázar ...................... 4pJ

TOTAL ............... 7O^

Pueblos en ios que est>3n constitufdas las Juntas lo-cales de extinclón y motivos por los cuales no fun-cionan, expresado con toda clarldad. •

De los 74 Ayuntamientos que constituyen esta provincia,en 72 de ellos están constituídas las ftintas locales de extin-ción que determina la ley de Plagas de 21 de Mayo de 190$,funcionando todas ellas con regularidad. Unicamente en lospuebios de Aguilar y Fuente Obejuna es donde ann no se hanconstituído dichas Juntas.

Con respecto; al primero de los citados pueblos, ó sea

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lIg ._

Aguilar, ^e hicieron los uombramientos de los individur^s quedeberían constituir la Ju^aa local en 27 de ,Jtilio de 19J8, paraque una vez reunidos en Junta y hecha ia designación de car-gos participaran su cunstitución ii la Jefatura de Fomento(pusteriormente at Gobernador civil), req^^isito que hastael día no han cumplido, fi pesar de los muc^los recordatoriosque á este objeto se le han dirigido en las sigaientes fechas:3 de Septiembre, 17 de Octubre y 1G de Noviembre de 1^Jd8;`L5 de Enero y 8 de Julio de 190^; 25 de Octubre de 1911, y24 de Enero, 12 de Febrero y]2 de Abríl d^l añu actual poriniciativa d^ la Jefatura de Fomento y del Crobiexno civil, yen crunplimiento de ]as órdenes y circulares de la superio-ridad.

Para Fuente Obejuna se hicieron los nombramientos delos individuos que habían de formar la Junta y se les envia-ron ^í la Alcaldía, para su entrega á los interesadus, en 31de Julio de 19J3, recordándoles el exacto crunplhn:ento delserv;cio ord^nado d^ constitución en 5 de Septiembre, 17 deOctubre y 1G de Noviembre de 1JJ 3; 2^ de En::ro y 8 de Ju-lio de lí?GJ; 2^ de Octubre de 1^J1 ], y 24 de Encro, 12 de Fe-brero y i2 de Abril de1 año actual, sín que tam^oco, hasta eldfa de hoy, hayan dado cuenta de haberse constituido la Juntani manifestado las causas que lo hub^eran impedido ensu caso.

Como en ninotmo de los dos citados pueblos se ha presen-tado la langosta ní ninguna otra plaga, no ha podido ocasio-nar perjuicios la omisión relacionada, pu°sto que los fondosrecaudados en cumpiimiento del art. 17 de la ley, únicos co-brados, se hicieron efectivos por la Recaudación de Contri_buciones, según convenio celebrado con la Jefattrra de Fo-mento.

Estadá demostrativo de tas extenai^nes en que seefectuaron los trabaj os de roturaciones y superti-ciss que quedaron sln escarificar. especificandoen las prlmeras si en ellas avivó la plaga en la pri-mavera.

Según queda manifestado en el punto segundo, en todas1as extensiones en las cuales se comprobó por el personalfacultativo la existencía del germen de tangosta, se han efec-

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tuado trabajos d^ roturación y saneamiento con los cerdo^.Estas sup:rficies son, en resume^n, las que consignamos en

el siguiente

Estado demostrativo.

T^RMWOS h1UNICIPALES

Hinoj^sa del Duque .............Belalcázar .....................

ExteiTSióninvadida

Hectáreas

295apy

Extensiónroturad;a

Hectrireas

2c^540<1

Sup^rfi.iesin escarifi^ar

Hect^ir eas

1^OTALES ............. 704 704

»

No hab'endo, por tanto, quedado superficie a'gtma de lainvadida sin e^cari.icar. Esta escarif'cac:ón se ha practicadoprincipalmer.te con el ara ĉo, según se t;a dicro.

En las ^95 l,ectGrc^ s^aneadas en el térm;no de Hin^josadel Duque no se l.a tenido noticia de que haya avivado laplaga en la primavera.

En Belalcázar, de las 40cJ hectáreas escarificadas pcr con-tener el germen de la plaga, sólo ha avivado la langosta enunas 34 hectáreas.

Pueblos en que aparectó la langosta en ta primaverade los que rsa;izarnn operaciones de extinciónenel invierno y aquáltos otros en que hubo avivaciány no veriiicarcn trabajos en aquella camFafta.

Belalcázar ha sido únicamente el pueblo de esta provinciaen el cual ha aparecido la langosta en la primavera, á pesarde haber^e realizado en él las operaciones de ext:nc;ón du-rante el invierno, si bien, como queda consignado, la pro-porción en que la plaga ha avivado es pequeña, pue^to quede 400 }:ectúreas sólo ha avivado en 34, es decir, en un 8,31por ]00 de !a superficie invadida.

En todcs los demás pueblos de la provincia no ha avivadola plaga en la primavera.

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- i t s ---

Importe de los presupuestos formulados por las Jun-tas iocales para !a campaña de primavera A In-verslón del mismo, tanto en adqulsición de gaso-Hna como de toda clase de material y jornales.

En 2G de Marzo último remitió la Junta local de Belalcá-zar el presupuesto formado por ella para atender á los gas-tos de la campaña de primavera contra la plaga en aquel tér-mino, conforme disponen los arttculos 70 y 71 de la ley dePlagas del Campo de 21 de Mayo de 1908, y cuyo extractoes el signiente:

f'esetas.

Ingresos ........................... 7.7Gi,50Gastos . ... ... .. . . . ... . . . .... . .... 7.GG^,18

Superávit . . . . . . . . : . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,3`L

En 1.° de Abril ^e le aprobó el presupuesto anteríor, y sele autorizó para que hiciese el oportuno reparto y recaudasesu importe.

Con respecto á la inversión del expresado presupuesto, nopueden consignarse detalles, pues que aún no se han recibi-do las cuentas correspondientes y, por lo tanto, no son cono-cidos.

S61o podemos indicar que la cantidad presupuestada parainsecticidas ascendfa en total á 4.821,4G pesetas, si bien logastado debe ser bastante menos, pues que la plaga avivóen menor extensión que ia que se esperaba.

Material concedido á cada pueblo de los elementoscon que contaba el Ministerlo procedente de cam-pañas anteriores.

Al pueblo de Belalcázar, úníco en ei que ha habido querealizar campaña de primavera contra la langosta en estaprovincia, se le concedió en calidad de devolución, en `LO deMayo último, seis rollos de chapa de zinc para trochas y lossoportes accesorios.

En 18 de dicho mes se le libró de los fondos hechos efecti-

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vos por el art. 71 de la vigente ley de plagas, y que existían,sobrantes de dicho pueb:o de las anteriores campacias, 550pesetas para que pudiera atender con ellas á los gastos dela de primavera del año actual, mientras hacfa eFectívo elreparto del presupuesto correspondiente que para este fin sele aprobó.

Cantidad de gasollna y de cinc qus queda en estaprovtncia y estado en que se encuentra, para quepueda ser utillzado en otra campalla.

No existe sobrante gasolina de la remitida por el Estadoen la anterior campaña.

Incluyendo los seis rollos de cinc facilitados á Belalcázar,los cuales devolverá, existen en total G.000 metros de cinccon sus correspondientes soportes, cuyo material, aunquealgo deteriorado, en parte, por haber servido en las anterio-res campañas, se encuentra en condicianes para ser utilizadoen otras.

Julcio que le merezca el estado de la plsga que que-da. para que pueda tenerse en cuenta para Io su-cesf vo.

Como queda expuesto, en el presente año ha revestidomuy poca importancía la invasión de la plaga de langosta enesta provincia, puesto que sólo avivó el iñsecto en el térmi-no de Belalcázar, y esto, como se ha dicho, en escasa canti-dad; así, pues, si sólo hubiera que combatir la plaga nacidaen ella, podria asegurarse que ésta había quedado por com-pleto dominada en la actual campaña; pero debido á que laprovincia de Córdoba se encuentra rodeada por las de Ciu-dad Real, Badajoz y Sevilla, que en todas ellas ha existidoeste año la plaga con bastante intensidad, no puede afirmar-^e tal cosa, aunque, por el contrario, es muy de temer, se-gún informes recientemente adquiridos, que el insecto aladoprocedente de dichas provincias invada de nuevo los térmi-nos limítrofes á aquéllas; y para prevenir en lo posible la^consecuencias de esta probable invasión, se ha publicado una

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circular en el f3oletín Ofi^ial dando las órdenes oportunaspara ei más exacto y puntual curnp:imiento á io preceptuadaen los artículos 53 y 6) de la vig^: nte ley de plagas del cam-po, relati^as al particular.

Observacfonss acerca de la a^llcaclón de ia vigente^tey da plagas del campa de 41 da Mayo de 1908 ymoditicaciones que creemos convenientes Introdu-cir en aigunos de sus art(cuios.

Por considerarlo com^ de m^s importancia para el buerrrcattltado de la campaña, nos limitaremos á ocuparnos de losartículos que tan4an reFerencia ^í los medios de reunir fondospara atender á los gastos de aqué la, ó s^a para lo que res-pecta á!a plaga de langosta: las 70, 71 y 7Z.

Según el art. 70, el Consejo autor;zará á las Juntas loca-I^s para la recau]acibn entre los contrib^.ty^;it^s d^ las cant:-dad^s necesarias para cabrir los pra^upuestos correspon-dientES.

En las cuatro campañas contra la lango^ta emprendidas er}esta provincia desde que se promulgó la ley, se ha tratadapor todns lo^ medios el que las Juntas locales de los térmi-nos invadidos cumptan este precepto legal, sin habe.rse con-seguido cobre ninguna de ellas ni una sola peseta, alegandolas referidas Juntas que no disponen de medios coercitivos-para ello, y otros motivos de índole privada que les obligaba^í presentar en masa la dimisión de sus cargos antes que encar-garse de la tal cobranza. En resum^n: que la langosta hu-biese cump:i.lo todo su ciclo evolutivo y todos s^ts efectosdesvastadores si en su auxilio no hubiese venido el Estadoanticipan3o insecticidas, trochas m^tá licas y otros mediospara combatir la plaga.

Con fecha 15 de Febrero de 1^J^1), y en visia de las difi-cultades con que se tropezaban para la exacción de dich os,impuestos, se publicó por el Ministerio de Hacienda una Reaorden autor;zando á los Consejos provinciales á contratar lacobranza del impuesto, bien con la Hacienda ó con las Com-pañías arrendatarias, según los caso>, disposición que enesta provincia dió un excelente resultado, pues contratada.

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dicha cnbranza en Enero de 1J10 con esta Compañía arreu-dataria de Contribuciones, se Ilegó á cobrar sin grandes di-ficulta4es e^ J.5 por 100 de las cantidades que se considera-ron r^ecesarias para atender á los gastos de la campaña delos 18 términos municipales que había en aquella época inva-dido^ por 13 langosta.

Gracias á estos fondos, pudo atenderse con relativo des-ahogo, no sólo á la campaña de IJ10, sino también la de 1911,y adem^s se ha reintegrado al EStado 12.G^J7,9 ^ pe,etas, delas 23.530 ordenadas ingresar por Real orden de ^ de Juliode 1911.

Postcriormente, ó^ea para la campaña ri que se refiere lapresente Men;oria, sE: ha tratado en cumplim`ento de lo or-denado repetidas veces por la Superioridad de que las Juntaslocales de los términos en que ha habido langosta hagarreFectivos el importe de los presupueatos aprobados paraatend^r á los gastos de la campáña, sin que hasta la fechase tenga not'cia que lo haya eiectuado.

El art. 71 de la citada ley dice que los fondos que a) ter-minar la campaña no se hayan invertido en gastos de extin-ción de lo coLrado en cada térm'.no municipal, ^e devoiveráá lcs prop.'etarics é industriales que hayan contribuído á laderrama.

Encontramos poco práctica esta disposición, pues como seha podido comprobar en ia mayoría de los casos, las canti-dades eo`rante, son de tan poca importancía, con relaciónal número de los individuos entre quienes ha de distribuirse,yue mucl:as veces no pasaría la cantidad reintegrada de frac-ciones de céntimo, y para esto habría que formar extensa re-lación con lo que en el prorrateo ie corresponda reintegrará cada un^, recibos individuales y trabajos y gastos inheren-tes 3 dicha cobranza.

Pcr otra parte, como la plaga de langosta, salvo rarisimasexcepciones, no se exting^^e en un solo año, y puede decirseque los trabajos relacionados con ella no se interrnmpen, ri-sulta muy anómalo e) que se devuelva á los propietarios unacantidad insignificante para que á los pocos dias se les exijaotra de más consideracibn y para el mismo fin que aquéllaestaba destinada.

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-^zz-

EI art. 72 dice que los Jefes de Fomento (hoy los Gober-nadores) serán ordenadores de pago de todos los que hayande hacerse por los conceptos expresados.

Esta disposición nos parece acertada, pero en contraposi-cián á lo dispuesto en el art. 70, pues no comprendemoscómo puede ser Ordenador de pagos de unos fondos que de-ben estar en poder de las mismas entidades á quienes se leha de darla orden.

Por lo expuesto, somos de opinión que deben modificarsedichos artfculos en forma, para que:

1.° La recaudación de este impuesto se efectúe siem-pre por los Agentes recaudadores del Estado ó de la Com-pañia arrendataria.

2.° Que l05 fondos recaudados sean puestos á disposicióndel Consejo de Fomento, cuyo Presidente será el Ordenadorde Pagos.

3.° Que á cada Junta local de plagas se la abra una cuen-ta corriente de las cantidades que haya ingresado el puebloque representa, y las libradas á ellas para atender á los gas-tos de la campaña.

4.° Que los fondos sobrantes al terminar la campaña deun año queden como remanente para la campaña del siguien-te, q los que sobran al darse en definitivo por terminada enuna provincia pasen á aumentar el fondo general formadopor el impuesto establecido por el art. l7 de la ley.

^ Por idénticas razones d las expuestas anteriormente, con-vendría modificar en el mismo sentido los.artfctilos 17 y 34.

Este último, que encomienda á las Diputacione^ províncía-les la cobranza anual de una peseta por hectárea de viñedono reconstituído, se cumple tan mal en esta provincia, que suincumplimiento fué causa de que desapareciese por falta derecursos para atenderlo; el vivero de vides americanas quedurante varios años en que fué costeado con fondos del Es-tado estuvo establecido, primeramente en Cabra y despuésen esta capital, con excelentes resultados.

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CUENCA`''

La Dirección general de Agricultura, Minas y Montes haordenado, en comunicación de fecha 20 de Junio próximo pa-sado, la redacción de una Memoria acerca de la importanciaque alcanzó en la provincia la plaga de langosta, tanto en laprimavera que acaba de terminar como en los de otoño é in-vierno que la precedieron.

A continuación van sucintamente expuestos, y siguiendoel orden de los puntos que la comunicación abarca, los datosque obran en esta Sección Agronómica, relativos á ambascampañas.

CAMPAÑAS DE OTOÑO ^ INVIERNO

Extenslón denunclada y comprobad a por contenergermen de langosta.

Durante la primavera de 1911, y según se hizo constar enla Memoria redactada el año pasado, sólo avivó la plaga delangosta con muy escasa intensidad y en forma de pequeñí-simaç manchas muy diseminadas en los términos de EI Pe-dernoso, Zarza de Tajo y San Clemente. De aqui que el in-secto pudiera ser eficazmente combatido, sin necesidad demás elementos para ello que algunas cajas de gasolina de lassobrantes de anteriores campañas.

Terminada aquella campaña en los primeros días de Juliode 1911, y por si aún hubiesen quedado gérmenes que pudie-ran verificar aovo, se ordenó por el ^obernador civil de la

(I) Ingeniero D. Tomás A. Lozano.

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1`L4 -

provincia la inserciún en el !3- letin Ofici ^l, correspondienteal día 19 de Julio de 14111, de la R^al orden del Ministerio deFomento de l.° dcl mis.no mes y a'r.o, haciendn un llama-miento á todas las Juntas loca"es de defen,a contra las pla-gas del campo, para que sin excu^a ni pretexto alguno cum-plieran é hicieran cumpl:r en todas sus partes lo que disponela ley vigente de plagas del campo de 21 de Mayo de 1908,relativo á la observac:ón del vuelo y revuelo del insecto,denuncias de lo^ terrenos in^estados de canuto y acotamien-to de los mamos para su ulterior comprobación por el perso-nal técnico de la Secc:ón Agronómica.

AI propio tiempo, y con el fin de que la circular inserta enel Boletí-^ Ofici i^ no pudiese pasar c',esapercib:da, se dirigie-ron comunicaciones íí los Presidentes de las Juntas localesantes mencionadas, por ser lógico presumir que, de verificar-se aovación, los sit:os m^ís expue^tcs habían de ser aquellostérminos en çue exi<t'ó la plaga durante la primavera. Enellas se les llamaba la atenc:ón acerca de la circidar repeti-da, interesándoles el miís estricto cumplimiento de la ley, yhaciéndoles saber la grave re sponsabaídad en que las Juntasincurrirían si pur descuido G apat"a no eran los campos obje-to de una cu'dadosa y esmerada vigi'ancia, que perm!tieradeterm'.nar con la mayor exactitud pos:ble los sitios infesta-dos de germen de langosta.

A pe^ar de todo e^to, tran^^curriá con mucho exceso elplazo que la ley seña'.a para formu'ar las denunc'as de terre-nos infestados, y no se recibió ninguna, lo que, unido á lo in-significante de la p'aga en la primavera anterior, fué log:ca-mente interpretado en el sentido de que la prov:ncia se en-corĉtraba l^or fortuna libre de azote tan terrible. Así lo mani-festó el gobernador civil á la Dirección general de Agricul-tura en 3Q de Septiembre, en vista de la Real orden del Mi-nisterio de Fomento de 22 del mismo mes, y en ef mismosentido lo expuso el Ingeniero que suscribe a ese Centro di-rectivo en comunicación de fecha de 19 de Enero último, con-testando á la remitida por esa Dirección general en 12 delmismo.

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Trabajos verlficados en el Invierno con el número dehect^reas saneadas de Ias que aparecieron Inva-didas.

No habiéndose denunciado por nadie la existencia de terre-nus con germen de langosta, no aparecen en esta SecciónAgronómica datos relacionados con el epígrafe precedente.Si las Juntas locales ó los propietaries ejecutaron algún tra-bajo de escarificación, lo harían s'n dar conocimiento de elloni al Gobernador civil, ni al Consejo provincial de Fomentoni á la Seccic5n Agronómica. Estos Centros, por su parte,tampoco podían adivinarlo, toda vez que no tenían noticiaalguna, ni oficial ni particular, de la existencia de terrenosinfestados de canuto en la prov:ncia.

Pueblos en los que están constituidas !as Juntas lo-cales de extinción y mativos por los cuales no fun-cionan, expresado con toda c7aridad.

De los 288 Municipios que tiene la provincia, en 42 seconst;tuyeron las Juntas, según se desprende de las corres-pondientes certificaciones de las actas de constitución libra-das por los Secretarios y etrviadas al Con^ejo provincial deFumento; en 244 fueron nombradas éstas y pub'.icadas en elBo,etfn Oficiat de la provincia, sin que las repetida^ instan-cias del citado Consejo para que se constituyesen legalmen-te y remitiesen certiFicación del acta de const;tución hayandado resu'.tado alguno, y, por último, en dos pueblos no hapodido conseguirse que remitan propuesta de mayores con-'tribuyentes para proceder á la designación de las citadasJuntas.

Los primeros 42 pueblos son: Abia de la Obispalta, Alcan-tud, Almonacid del Marquesado, Altarejos, Arandilla, Arran-cacepas, Bascuñana, Buciegas, Carrascosa del Campo, Ca-sas de Garcimolina, Casasimarro, Castillo de Albaráñez,Cervera, EI Cubillo, Enguídanos, Fuentes, Gascueña, ElHito, Huerta de la Obispalía, Jábaga, Laguna Seca, Lande-te, Loranca del Campo, Motilla del Palancar, Olmedilla delCampo, Palomares del Campo, Pineda, Poveda de la Obis-

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palía, Ribagorda, Rozalén del Monte, Santa Maria del Val,Sisante, Valdecolmenas de Arriba, Valhermoso, Valverdejo,Villanueva de ta Jara, Villar de Domingo García, Villar delHorno, Villalgordo del Marquesado, Vindel, Zafra y Za-frilla.

Los 244 puebfos mencionados en segundo tugar son: Ace-brón, Alarcón, Albaladejo del Cuende, Albalate de las No-gueras, Albendea, Alberca, Alcalá de la Vega, Alcázar delRey, Alcohujate, Algarra, Aliaguilla, Almarcha, Almendros,Almodóvar del Pinar, Arcas, Arcos de la Cantera, Arcos dela Sierra, Arguisueias, Atalaya de1 Cañavate, Barajas deMelo, Barbalimpia, Barchín del Hoyo, Beamud, Belinchón,Belmonte, Belmontejo, Beteta, B611iga, Boniches, Bonilla,Buendía, Buenache de Alarcón, Buenache Sierra, Campíl(ode Altobuey, Campillos Paravientos, Campillos Sierra, Ca-nalejas, Cañada del Huyo, Cañada Juncosa, Cañamares, Ca-ñavate, Cañaveras, Cañaveruelas, Cañete, Cañizares, Ca-racenilla, Carboneras, Cardenete, Carrasco^a de Haro, Ca-rrascosa de la Sierra, Casas de Benítez, Casas de FernandoAlonso, Casas de Guijarro, Casas de Haro, Casas de losPinos, Castejón, Castillejo de Iniesta, Castillejo del Rome,ral, Castillejo de la Sierra, Castillo Garcimuñoz, Cierva-Collados, Cólliga, Cuenca, Cueva del Hierro, Cuevas deVelasco, Crilebras, Chillarón, Chumillas, Fresneda de Alta-rejas, Fresneda de la Sierra, Frontera, Fuente de PedroNaharro, Fuentescusa, Fuentelespino de Haro, Fuentelespi-no de Moya, Fuentes Buenas, Fuentes Claras, Gabaldón,Garaballa, Garcinarro, Gascas, Gra}d de Campalvo, Grajade Iniesta, Henarejus, Herrumblar, Hinojosa , Hinojosos,Honrubia, Hontanaya, Hontecillas, Horcajada de la Torre,Horcajo de Santiago, Huélamo, Huelves, Huerguina, Huertadel Marquesado, Huete, Iniesta, JabalQra, Laguna del Mar-quesado, Ledaña, Leganiel, Las Majadas, Mariana, Masego-sa, Mazarulleque, Melgosa, Mesas, Mira, Minglanilla, Mo-horte, Moncalvillo, Monreal, Montalvanejo, Montalvo, Mon-teagudo, Mota de Altarejos, Mota del Cuervo, Moya, Na-harros, Navalón, Olivares de! Júcar, Ulmeda del Rey, Ol-meda de la Cuesta, Ulmedilla de Alarcón, Olmedilla de Eliz,Osa de la Vega, Pajarón, Pajaroncillo, Palomera, Paracue-

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llos de la Vega, Paredes, La Parra, Pedernoso, Pedroríeras,Peral, Peraleja, Pesquera, Picazo, Pinarejo, Piqueras, Por-talrubio, Portilla, Poyatos, Pozo Amargo, Pozo Rubio, PozoSeco, Priego, Provencio, Puebla de Almenara, Puebla delSalvador, Quintanar del Rey, Rada de Haro, Reillo, Ribata-jada, Ribatajadilla, Rubielos Altos, Rubielos Bajos, Sacedadel Río, 5aceda Trasierra, Sacedoncillo, Saelices, Salinasdel Manzano, Saimeroncillo, Salvacañete, San Clemente,San Lorenzo de la Parrilla, San Martín de Boniches, SanPedro Palmiches, Santa Cruz de Moya, Santa María delCampo, Santa María de los Llanos, Solera, Sotoca, Sot^s,Talayuelas, Tarancón, Tejadillos, Tevar, Tinajas, Tondos,Torralba, Torrecilla, Torrejoncillo del Rey, Torrubia delCampo, Torrubía del Castillo, Tórtola, Tovar, Tragacete,Tresjuncos, Tribaldos, Ucles, Villar de Cañas, Víllar de laEncina, Valdecabras, Valdecolmenas de Abajo, Valdeganga,Valdemeca, Valdemorillo, Valdernoro del Rey, Valdemorode la Sierra, Valdeolivas, Valera de Arriba, Valera de Aba-jo, Valsalobre, Valtablado de Beteta, Valpaparaíso de Arri-ba, Va?paraíso de Abajo, Valverde del Júcar, Vara de Rey,Vel{isca, Ventosa, Verdelpino de Huete, Villaescusa deHaro, Villaconejos, Villagarcía, Villalba del Rey, Villalbade la Sierra, Villalpardo, Villamayor de Santiago, Villanue-va de los Escuderos, Villanueva de Guadamajud, Villar dclAguila, Villar del Humo, Villar del Ladrón, Villar del Maes-tre, Villar de Olalla, Villar del Saz de Arcas, Villar del Sazde Don Guillén, Villar del Saz de Novalón, Villarejo del Es-partal, Villarejo de Fuentes, Villarejo de la Peñuela, Villd-rejo Periesteban, Villarejo Seco, Villarejo Sobrehuerta, Vi-llarubio, Villarta, Villaverde y Pasaconsol, Víllora, Yemeda,Zarza de Tajo y Zarzuela.

Y los dos pueblos que no han remitido propuesta son: AI-conchel y El Pozuelo.

Como se ve por las anteriores relaciones, la inmensa ma-yoría de los pueblos de la provincia, si bien tienen nombra-das las Juntas locales, éstas no funcíonan ni han llegado áconstituirse seria y formalmente, lo que explica que, á pesarde la innegab{e existencia de varias plagas y enFermedadesen los cultivos, los táles organismos no hayan dado señales

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de vida ni se hayan preocupado poco ni mucho de tal asunto,ni aun siquiera para denuuciarlas.

Las causas ó motivos por los que las Jimtas locales no sehallan constituídas legalmente en la mayoría de los pueblosde esta provincia y por las que no ftmcionan en aquellosotros en que lo están, son principa'.mente:

1.° EI escaso interés que se toman las autoridades pro-vinciales encar^adas de la ejecución de la ley de plaga^,como de consuno lo demuestran el no haberse constituído lasJuntas en más del 80 por 100 de los pueblos, á pesar de laReal orden de ese Ministerio de 3 de Enero tíltimo, y lo queviene ocurriendo todos tos añcs con motivo de 1a p'aga delangosta, sin que en uno ni en otro caso se haya impuesto porquien corresponde ni el más leve castigo á los que tan abier-tamente faltan á la ley.

2.° La carer,cia más absoluta de educación cívica, origende! poco espír(tu altruísta que existe e^^ los pueblos, asícomo la repugnancia demestrada por casi la total:dad de losvecinos á fcrmar parte de organismos como las Juntas deplagas, que á más de las naturales molestias ocasíonadas porel cargo, tier.en que ejercer funciones coercitivas cerca desus convecinos, imponerles tributos y manejar fondos.

3.° La falta de elerrentos ó medios materiales para sun ormal fur.cicnamiento, tales como local para reunirse, mate-rial de oficina y escritorio y personal retríbuído para la tra-mitación de los asur,tos. La dificu;tad del local para celebrarsesicnes puede ser fácilmente subsanable, recabando permi-so del Alcalde para hacerlo en las Casas Consistoria;es; perolos otros obstáculos, que sólo se vencen con dinero, son másdifíciles de salvar. Sin que se haga á las Juntas un pequeñoadelanto en metálico, no pueden adquirir libro de sesiones,que ha de reintegrarse con arreglo á la vigente ley del Tim-bre; no pueden proveerse de impreso^, papel, tinteros, plu-mas, etc,, todo ello necesario para sacar copias de los ami-11 aramientos, poder proceder á la formación de los repartosy extender los recibos de cobranza, y, por último, todo ellonecesita un Secretario que se ocupe de llevar todos los asun-tos oficinescos, percibíendo; como es natural, una gratifica-

bn.

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Si este Consejo provincial de Fomento dispusiera de algu-nos fondos, como ocurre en otras provincias, podría adelan-tar estos gastos á condición de reintegrarse de ellos cuandose hiciera 1a cobranza del impuesto especial para atencionesde plagas del campo; pero como no dispone de una peseta,pues ni aun fondo de filoxera existe por no haberse preoct^-pado jamás la Diputación Provincial de cumplimentar los ar-ticulos 34 y 35 de la ley, incluyendo en sus presupuestos, concarácter obligatorio, la cantidad de una peseta por hectáreade viñedo, no puede proveer á estas necesidades de las Jun-tas locales de plagas.

.Estado demostratlvo de las extensiones en que seefectuaron los trabajos de roturaciones y superti-cles que quedaron sln escarificar, especiflcandoen las primeras si en ellas avlvó Ia plaga en la pri-mavera.

La contestación á este epígrafe es lógica consecuencia de.lo expuesto en el primero; no habiéndose denunciado la pla-ga durante el pasado otoño en ningún término municipal, nohubo lugar de ejecutar acotamientos ni comprobaciones por elpersonal técnico agronómico, y, por consiguiente, se careceen absoluto de datos para el estado á que el epígrafe se re-fiere.

CAMPAÑA DE PR^MAVERA

.Pueblos en que apareció la langosta en [a primave-ra, de los que realizaron operaclones de extincibnen el invierno y aquellos otros sn que hubo aviva-ción y no verlticaron trabajos en aquella campaña.

Los pueblos en que apareció la plaga en la primavera, sibien, como de costumbre, con muy poca intensidad, fueron:Belmonte, EI Pedernoso, El Provencio, Las Mesas, San Cle-mente, Santa María de los Llanos, Villalba del Rey y Zarzade Tajo. Ninguno de eilos realizó operaciones de extinción•en•el invierno, confiados, sin duda, en la escasa importancia

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de la plaga, y especialmente en que, si después at^ivaban al-guncs ma,;chonrs, todo estaba arreglado cun comunicarla alC3obierno civil, pidiendo a1 mismo tiempo gasolina para com-batirlos, que es lo que han hecho los Alcaldes de los pueblosrnencionado>. De este modo se evitaban las Juntas localesde plagas tramitar todo e! expediente á que la vioente leyles obliga, y no tenfan para qué preocuparse de la langcstahasta ver si avivaba cuando liegase 1a época.

Importe de !os prasvpuestos tormuiados por las Jun-tas la:a'es para la campaia de primavera é inver- •slSn del misma, tan2o en adqulsición de gasol:nacomo de to^la clase de material y jornales.

Ninguna Jrmta locai formuió presupuesto alguno, emplean-do en la campaña gasolína sobrante de otras anteriores yacudiendo á la prestación personal obligatoria y gratuttapara los jornaies.

Material concedtdo 8 cada puebio de los elementoscon q^s cantaba el Ministerio, procedente decampatfas a»teriores.

En esta provincia no quedaron de otras campañas más que40 cajas de gasolina depositadas en San Clemente. De éstasse concedieron:

A Belmonte ................... 5 cajas.A EI Pedernoso ................ 5 »A Ei Provencio ................ 5 »A Las Mesas .................. 5 »A San Clemente . . . . . . . . . . . . . . . 5 »A Santa María de lo^ Llanos. ... 5»

TOTAL............ 3O »

Las Juntas de Belmonte y San Clemente no recogieron deidepósito las cinco cajas concedidas por no estimarlo necesa_rio, y en cuanto á Villalba del Rey y Zarza de Tajo, comba-

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tieron los pequeños focos de mosquito aparecidos con aterra-mientos, corrales de fuego y aves de corral.

Cantidad de gasolina y de cinc que queda en esaprovincia y estado en que se encuentra para quepueda ser utitlzado en otra campaRa.

Trocha de cin^ no existe en esta provincia ni se ha em-pleado nunca, al menos desde que el que suscribe se encuen-tra en esta JeFatura. En cuanto á gasolina, quedan en el de-pó:ito de San Clemente 20 cajas, más de la mitad de ellas enmediano estado, por rezumar y perderse por evaporacióngran parte del líquido contenido.

Julcio soóre el estado de la plaga que queda paraque pueda tenerse an cuenta para lo sucesivo.

Respecto á este punto, no puede hacerse otra cosa que re-petir lo dicho todos los años anteriores en Memorias análo-gas á la presente.

La plaga de langosta en esta provincia, ni por su intensi-dad ni por sus caracteres, es desoladora y alarmante, comoocurre en otros puntos, reduciéndose á pequeños focos muydiseminados y que sólo ocupan unos cuantos pueblos de lospartidos de Belmonte y San Clemente; y si esta comarca noestá ya completame^ite líbre del insecto, es por el descuido delas Juntas locales y de los mismos propietari^os, que no sepreocupan para nada de ella, no ejecutando campaña de in-vierno, que está comprobado hasta la saciedad que es el úni-co medio de desterrarla por completo.

Cierto que la gran diseminación de los focos y la pequeñaimportancia de éstos hace mucho más difícil y entretenida lavigilancia de los campos y dificulta mucho también la posibi-lidad de hacer acotaciones precisas de terrenos con gérme-nes; pero aun á costa de roturar algo más de lo real y efec-tivamente infestado, serfa necesario obligar á todo trance álas Juntas y propietarios á cumplir con ia ley de plagas, ro-turando todoslos terrenossospechosos y levantando todaslas lindes de las parcelas cultivadas en algur^os pagos, á Fo

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cual se resisten la mayoría de los propietarios ante. el tem^rde que su ulterior restablecimiento pudiera origínar intrusio-nes de los colindentes y litigios.

En una palabra, que la plaga sigue afectando en esta pro_vincia una forma benigna; pero, como todos tos años, en pri-mavera aparecen manchones de insecto avivado en unoscuantos pueblos; de no combatirlos de una vez y con toda laeficacia necesaria, hay siempre la exposición de que insensi-blemente vaya aumentando por el abandono en que se la vateniendo por parte de los más interesados en que desaparez-ca, pudiendo llegar un año en que vuelva á adquirir los alar-mantes caracteres que revistió el año 1902. Y el ataque nopuede hacerse con esperanza de éxito más que por medio delos trabajos de invierno, pues en primavera, y dada la formaen que la plaga se presenta, no hay posibitidad material deextinguirla radicaltnente con el sólo empleo de la gasolina.

Modlflcaclones que 8 lulclo del que suscrlbe debenIntroduc^rse en Ia vlgente ley de plagas da 91 deMayo de 1908.

Para que los esfuerzos realizados por el Estado para ter-minar con la vergonzosa plaga de la langosta den los resul-tados apetecibles, se hace preciso introducir aigunas modifi-caciones en la vigente ley que corrilan, en lo que posiblesea, las grandes deficiencias y defectos que la práctica seha encargado de señalar.

• Sería conveníente, en prímer término, reformar el art. 2.°,-en el sentido de dar la Presidencia de las Juntas locales á losAlcaldes y suprimir de ellas, como Vocales natos, al Médico#itular y al Maestro de instrucción primaria. Lo primero,para que estos organismos tuviesen en la municípalídad taautoridad que deben tener; y lo segundo, porque el Médicoy el Maestro tienen bastante con ocuparse de los asuntos

- propios de sus cargos, que les impiden distraer su atenciónen otra clase de negocios, y más si éstos se relacionan con

-cosas del campo, al que suelen ir con muy poca frecuencia.Convendrta también formar en cada provincia un fondo

general de plagas para atender á toda clase de éstas, sin

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distinción, para lo cual mejor seria recargar la contribuciónpor rústica y pecuaria en un tanto por ciento prudencial so-bre la cuota actual, cuyo recargo se cobrase bajo el mismorecibo de aquélla por los mismos recaudadores, depósitándo-se el importe de este impuesto en el Banco de España á dis-posición de la Dirección general de Agricultura, Minas yMontes. De este modo cada servicio agronómico contaríacon elementos para ejecutar toda ciase de experiencias refe-rentes al ataque de la innumerable legión de enfermedadesque atacan á los diversos cultivos.

Todo lo que se relaciona con las plagas del campo deberiaser de la exclusiva competencia del Servicio Agronómicoprovincial, al cual debería dotársele de facultades para impo-ner las multas, sin la ingerencia de organismos extraños, aligual de lo que ocurre en los distritos forestales.

EI Servicio Agronómico no debería tener más relación dedependencia, en cuanto á esto toca, que con la Dirección ge-neral de Agricultura, á la cual informaría de la existencia delas plagas y de la necesidad de combatirlas, formulando pre-supuestos para ello, después de visitar los términos ata ĉadosy hacerse cargo de las necesidades, teniendo como auxiliaresen los pueblos á las Juntas locales de plagas, que, bajo lapresidencia del Alcalde y constitufdas por dos mayores, dosmedianos y dos pequeños contribuyentes, estarían á esterespecto bajo la directa dependencia de la Jefatura del Ser-vicio agronómico de la provincia.

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HUELVA`''

Extensión denuncida.

En época oportuna se comunicó á los Presidentes de lasJuntas de plagas, á los señores Alcaldes, á todos los puéstosde ta Guardia civil, peones camineros y á los la"radores,por medio de edictos y pregones para que denunciaran lossitios en que había aoivado la langosta, pero todas estas ges-tiones resultaron infructuosas.

Ya adelantada la época, á mediados de Octubre, y antelas reiteradas comunicaciones del Gobierno civil y de estaJefatura, fuéronse recibiendo las primeras denuncias.

?érmino municipa! de Huelva.-Detiesa boyal, 45 hectá-reas en los sitios de Alcorncquejo, Balca^ao, Majadal de laVuelta, Jaralillo, Cerca del arroyo de la Ribera, Cortijo dela Alquería y Erial de las alcantarillas, 25 hectáreas.

Término de Gibraleón.-Dehesa del Barranco y Tojalillo,lOt hectáreas.

Térmi :o de Moguer.-Cabezos de la Jara, 41 hectáreas.Térmi^^o de Niebla.-Arroyos de Torito y del Moro.Posteriormente se efectuaron las comprobaciones de las

zonas denunciadas é invadidas por el germen de la langostat

8uperiicio roturade.

Efecto de la resistencia pasiva de las Juntas locales, delpoco celo de los propietarios, de la abierta oposición queofrecen 1os ganaderos á las roturaciones y de las malas con-

(I) Ingenirro D. Andrés Buisán.

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diciones de las tierras, las roturaciones se llevaron con grarclentitud, y gracias á la prhrroga concedida por la Direccióngeneral y á los insistentes requerimientos del Gobierno ci-vil y de la Sección, se consiguió la roturación en algunos te-rrenos.

En Gibraleón es donde se ha cumplido pérfectamente ]aley de plagas, roturando todas las superficies denunciadas,y como consecuencia no avivó el insecto.

Creo que la razón única que ha determínado que los pro-pietarios presten atención a1 cumplimiento de la ley es la queen la campaña anterior se multó fuertemente á los que la in-fringieron.

Es muy cierto que existen zonas invadidas por el germende lango^ta, como las marismas de Huelva y los palmaresde Niebla, en los que la roturación es muy difícil, por teneryue descepar las palmas, operacibn costosa, y que ademáspriva ú los labradores y ganaderos de este importante pastode invierno; pero es opinión del que suscribe que, castigandocon mano dura á los infractores, se conseguiría aminorar engran cantidad la zona invadida.

Pueblos en que sstán constituidas las Juntas loca-ies de extinción y motlvos por ias cusles no fun-cionan.

En esta provincía están casi todas las Juntas tocaies, perasu funcionamiento no es eficaz.

No denuncian las superFicies invadidas en muchos casospor no enemistarse con sus vecinos; además carecen de me-dios para recaudar los ímpue^tos, pues para esto precisa fon-dos con que hacer los repartos y cobrarlos.

Todos estos inconvenientes se salvarían con hacer que }osrepartos que acordaran las Juntas locales y que sancionaranlos Gobernadores, con el informe favorable de los Ingenieros,s° cobraran juntamente con la contribución; de otra maneraes inútil cuanto se intente, pues no hay forma de ^eguir pro-cedimiento de apremio por cantidades insignificantes.

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Pueblos en que aparacib la langosta en la primave-ra, de los qus rballzaron operaciones de extlncibnen el Invlerno, y aqueilos otros en que hubo aviva-cibn y no verificaron trabajos en aquella campaña.

En el término de Huelva, en la dehesa de la Alquería,propiedad de D. Joaquín Garrido Santarnaría, se practicó laroturación de 25 hectáreas, próximamente, y se ha podidoobservar que en la parte roturada avivó el insecto, claro esque en pequeña cantidad, y debido á que la tierra se encon-traba en pésimas condiciones de tempero, y quedó sin poderdarse otra segunda labor cruzada ni cavarse los rincones ycentros de los macizos de palmas.

En el término de Niebla se repitió el caso, pero con pocaimportancia y por las mismas razones ya expuestas.

En cuanto á los lugares en que apareció langosta estandodenunciada, y que no realizaron campaña de invierno, cita-remos los siguientes:

Téimi^o de Huelva, dehesa de Barcasao.Termino de Moguer, propiedades al sitio de Redondilla y

la Jara.Y en el término de Niebla, propiedad del Estado, el sitió

de Torillo.

Importe de los presupuestos formados por las Jun-tas locafes para la campaRa de primavera, bInversfbn del mismo. tanto en adqulsiclbn de gaso-Ilna como de toda clase de materlal y jornales.

La formación de los presupuestos es uno de t^ntos precep-tos legales que han sido infringidos por las Juntas locales-,no han sido suficientes las continuadas gestiones que á talfin realizó el servicio Agronómico ni el Goblerno civil, y laúnica excusa que dieron fué la de que estando en terrenosde particulares la inmensa mayoría de Ia zona invadida, yprestándose los propietarios á ejecutar tales trabajos, sobra-ban los presupuestos.

Esta Sección ha recogido los antecedentes necesarios yconoce el importe de las cantidades invertidas en la última^campaña, que son las siguientes:

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Pesetas.

DEHESA BOYAL DE HUELVA

Importan los jornales pagados en la campaña deprimavera contra la langosta . . . . . . . . . . . . . . . 3.479,cJ^

En la mísma dehesa, 33 cajas de gasolína ...... 778,80Gasolina concedida por el serviciu agronómico

procedente de la campaña anterior, seis cajas.

CORTIJO DE LA ALQUERIA

Importan los jornales pagados por el propietario. 400,00Gasolina adquirida por e( mismo, cínco cajas ... i 18,0^

Gasolina concedida por el servicio agronómi-co, procedente de la campaña anterior, treçcajas.

MARISMAS, PROPIEDAD DEL ESTADO

Importan tosjornales invertidos ............... 362,0^Gasolina concedida por el servicio agronómi-

co, procedente de la campaña anterior, trescajas.

Terrenos propiedad de la Compañfa de Ma-drid, Zaragoza y Alicante:Importan los jornales invertidos .. . . . . . .. . . .... 188,$fl

Gasolina de su propiedad, tres cajas.Terrenos propiedad de la Compañta de RíoTinto:

lmportanlosjornales ........................ 354,95Gasolina de su propiedad, dos cajas.

TÉRMINO MUNICIPAL DE MOGUER

Propiedades ai sitio de la Jara:

lmportan los jornales invertidos ... . . ... . .. . ... 1.250,00Gasolina adquirida, 16 cajas.. . . . . . ^. . . . . . . . . . . 377,6J

Concedida por el serviciu agronómico, trescajas.

TÉRMINO DE NIFi¢LA

Se han empleado obreros y guardas del Muni-cipio, sin que por este concepto percibieran otraremuneración que el sueldo que á diario les estáasignado.

TOTAL .......................... %.310,1^

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En resumen: importan los jornales empleados en la campa-ña de primavera G.03i,70 pesetas, y la gasolina consumida1.274,4J pesetas, y la suministrada ó concedida por el Ser-vicio Agronómico, procedente de la anterior campaña, 15cajas.

IlAatert^ĉI concedldo d cada puebla da los elemenRoscon que contaba el Minlsterlo^procedente de ca^n.paAas anterlores.

Los elementos de que disponfa este Servicio Agronómicoeran 5J3 metros de trocha de cinc propie9a3 del Ministerio;100 metros de chapa de hierro galvanizado, propiedad de laJunta local de Huelva; seis aparatos matalanóosta, propiedadde la Junta local de Huelva; tres buitrones de lona de lamisma propíedad; tres reñaderas y cajas d^ gasolina del Mi-nisterio remitidas el año anterior y no consumidas, ademásde un escarificador.

La distribución de la gasolína fué la siguíente: Al Ayunta-miento de Huelva, seis cajas; á la ,junta local de Huelva,tres; al Cortijo cie la Alqueri'a, tres; á Moguer, tres.

Las razones en que se fun^ó el que suscribe para hacerlas c^tadas concesiones fueron las siguientes: al Ayuntamien-to de Huelva se le dieron, á condición d° que con personalpor él pagado hiciera la campaña en terrenos eriales del co-mún de los vecinos; á la Junta local de Huelva para que la ,empleara en destruir la plaga en !a parte seca de la marisrna ,que pertenece al Estado; al propietario del Cortijo de la AI-querfa con idéntico fin, y al Ayuntamiento de Moguer paraayudarle, toda vez que él eFectuaba la campaña en terrenosabandonados.

La trocha de cinc se empleó con excelente resultado enlos corta-fuegos de las líneas férreas de Sevilla á Huelva yde Río Tinto á Huelva; de este modo s° pudo contener y ma-,tar la gran cantidad de insectos que venfan desde las maris_mas á los sembrados de Huelva.

Se han utilizado también trochas de cinc en la dehesa bo-^yal para aislar esta finca de los sembrados colindantes.

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Cantidad de gasolina y de cinc que queda en estaprovincia y estado en que se encuentra para po-der ser utilizado en otra campaRa.

Tenemos en esta provincia 500 metros de trocha de cinc,que precisa soldar algunos lienzos y efectuar un pequeñoarreglo en otros trozos algo deteriorados por el uso y trans-.porte.

Quedan en buen estado 100 meiros de chapa galvanizadade la funta de Hueiva.

Seis aparatos mata-langosta de igual propiedad.Tres buítrones de lona de la misrna pertenencía.Tres regaderas.No queda gasolina alguná; se dispone de número suficien-

te de soportes de hierro.Hay, ademiss, un escarificador propiedad del Ministerio.

Juiclo que ie merezca el estado de la plaga que que-da para que pueda tenerse en cuenta en lo su-cesivo.

Es opinión del que suscribe que la dehesa boyal de Huel-va está invadida, y que si no se hace la roturación de la mis-ma volverá á avivar como todos los años.

EI probfema de extirpar la langosta en esta finca es ver-daderamente difícil; se trata de una dehesa de bastante ex-tensión, poblada de palmas en su mayor parte, con buenpasto de primavera y excelente de invierno; linda esta finca:al Sur, con las marismas, que ocupan una extensión conside-'rable de hectáreas; aova la langosta en la dehesa, y en la^parte saneada de la marisma, esto es, en los sitios en que no^bañan las mareas vivas ó eqr^inocciales, y al avivar viven enestos sitios hasta tanto que han consumido el pasto que a1Nencuentran, é inmediatamente pasan á la dehesa; ya en este^sitio, e] problema de la extinción se complica, pues se refu-gian los insectos entre los macizos de palmas y es muy diff='ci1 hacerlos salir y muy caro el destruirlos dentro. Por otrolado, el térmíno municipal de Huelva carece de pastaderos;'.y los labradores y ganaderos disfrutan libremente la dehesa

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y hacen declarada oposición á que se efectúe la roturaciónde la misma.

, Esto se podría conseguir parcelándola y entregándola ápequeños colonos para su disfrute por un plazo que nuncapodría ser menor de cinco años, pues si el plazo es más cor-to no encontrariamos tampoco quien se prestara á ello, porlo muy costoso que es el descepar las palmas para poder la-brar después. ^

En los palmares de Niebla, el problema es el mismo y, porconsiguiente, idéntica la solución.

De los demás sitios invadidos se puede con ĉeguir la e tir-pación radical de {a plaga empleando temperamentos en^rgi-cos, como en Gibraleón, donde existía desde much^s años.

Observaclones que le sugiera la vigente ley de pla-gas del campo de 41 de Mayo de 1g08 y motivospor los que se crea convierne su modiftcacfón paraque pueda Ilegarae ó la extinclón completa de laplaga.

Desde luego, entiendo procede suprimir atribuciones quenunca utilizan las Juntas; éstas creo deben limitarse á de-nunciar la existencia de la plaga y á facilitar la ges#ión delServicio Agronómico en su comprobacic5n y extinción.

Las Juntas no tienen medios, y aunque los tengan no losemplearán contra sus convecinos para castigar las infraccio-nes, unas veces por amistad ó parentesco, y otras por el te-mor á las represalias; no tienen medios tampoco con queefectuar los repartos, y mucho menos con que cobrarlos, ycon disponer simplemente que los repartos, una vez aproba-dos, se unieran á las partídas de contribución y con ella secobraran, todo estaría arreglado; creo firmemente que elaumento insignificante que esto supone no haría extorsiónde ningún género á los labradores, y, por consiguiente, paga-rían insen^iblemente este impuesto,

Así recaudadas las cantidades, se depositarían en el Ban-co de España á disposición del Ministerio, y éste podría dis-poner su empleo.

Los presupuestos, y hasta las mismas cuentas, de agra-

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vios se expondrían en !os térrninos nrunicipales donde se efec-tuó la campaña y con los cargos, si existen, se pasarñn alMinisterio para su conocimiento y aprobación definitiva, si áello hubiere lugar.

También debe modificarse, dejándolo á voluntad del Di-rector general, el plazo por el que pueden concederse los te-rrenos para sanear la larrgosta, pues ocurre en muchas oca-siones que el plazo que la ley otorga no es bastante pareresarcirse de ios gastos que supone una roturaciórr.

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JAÉN`''

A virtud de lo ordenado por la Dirección general de Agri-cultura, Minas y Montes en 20 de Junio último, hemos deproceder á redactar la Memoria de las campañas de extin-ción de langosta en esta provincia, que, dada la escasa im.portancia de esta plaga en ella, más ha de ser un resumen órelación de los trabajos efectuados.

Extensión denunciada y comprobada por contenergermen de Iangosta.

La Junta local de defensa contra las plagas dei campo de^pueblo de Baños de la Encina denunció la existencia del ger-men de langosta en la dehesa Barranquillo, de aquel términomunicipal, sin hacer expresión del número de hectáreas in-festadas.

El personal agronómicó de esta Sección de mi cargo com-probó la exi^tencia del referido germen, acotando ocho hec-táreas en dos pedazos de tierra: el uno á espaldas de la casayue llaman de Juanico, con cinco hectáreas, y el otro en lasvertientes del sitio llamado Barranco del M^ro, con tres hec-táreas de extensión.

El resto de la dehesa Barranquillo contenfa sumamentedispersos algunos canutillos.

(I) Ingenlero D. José Viedma.

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Trabajos variiicados en el invlerno con el número dehec#áreas saneadas de Ias que aparecferon inva-didas.

Las ocho hectáreas acotadas fueron sembradas despu ĉs de]abradas por cuenta del propietario de la dehesa.

Pueblos en que est8n constltuldas las Juntas loca-les de extinción y mottvos por los cuales no fun-clonan. expresados con toda clarldad.

En eata provincia se hallan constituldas las Juntas localesde todos los pueblos y no funcionan en lo referente á langos-

^ta, sencillamente purque creen que hábiendo pagado el irn-puesto del 50 por 100 para la creación del fondo provincialyue previene el art. 17 de la vígente ley de plagas de 21 deMayo de 1908, no tienen para qué recaudar ningún otro im-puesto para plagas del carnpo.

Estado demostrativo de las extensiones en que seefectuaron los trabajos.

Las superfícies roturadas, ocho hectáreas.En la primavera sólo apareció langosta en los sitios de I<^

dehesa Barranquillo, donde no se labró por estar el germensumamente disperso, y así avivaron tan diseminados y tanEscasos que na ha sido preciso ni posible aplicar medio algu-no de extinción.

Pueblos en que apareció la langosta en la primave-ra, de los qus realizaron operaciones de extincibnen el invlerno y aquellos otros en que hubo aviva-clón y no veriticaron trabajos en aquella campaña.

Ya finalizada la campaña de primavera, denuncia el pueblode Santiago de la Espada la aparición de langosta, siendoesta ta prímera notícia, y ftiera de tiempo oportuno paracombatirla.

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Importe de los presupuestos formulados por las Jun-tas Iocales para la campaña de primavera ó inver-sfón dei rnismo.

No han formulado presupuesto alguno.

Material concedido 8 cada pueblo de los elementoscon qus contaba el Ministerio procedente de cam-pañas anteriores.

No ha sido preciso emplear material de extinción de nin-guna clase.

Cantidad de gasoitna y de cinc que queda en esa pro-vincia y estado en que se encuentra para que pue-da ser utiltzada en otra campafia.

Quedaron disponibles para ulteriores campañas los siguien-tes elementos:

Cajas de gasolina, 80.Trochas de cinc y soportes, 3.738 metros.

Juicio que le merezca el estado de la plaga que qus-da para que pueda tenerse en cusnta en lo su-cestvo.

La plaga de langosta en esta provincia no tiene importancia alguna, y con una poca vigilancia en los pueblos que pue-da sospecharse la exi^tencia de germen en pequeños focosdesaparecería por completo de esta provincia.

Observaciones á la vlgente ley de plagas del campode t;t de Mayo de 1p08 y motlvos por los que con-viene su modificaclón.

La plaga de langosta, en cuanto se. refiere á esta provin-cia, podría considerarse como otra plaga general, y los gas-tos de la campaña de primavera efectuados ^on los fondosdel 50 por 100 recaudados á virtud del art. ] 7 de la vigenteley de plagas.

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