coyaima totarco dinde manual de convivencia 2014 componente administrativo

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“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana INSTITUCIÓN EDUCATIVA TOTARCO DINDE MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR “Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana”

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“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana

INSTITUCIÓN EDUCATIVA TOTARCO DINDEMANUAL DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana”

COYAIMA TOLIMA2014

ACTA DE COMPROMISO

“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana

Yo, _____________________________________________________________________________________________________

Estudiante (a) de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TOTARCO DINDE del Grado ______ me

comprometo a estudiar, asimilar y aceptar el MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

establecido por la institución.

Al matricularme voluntariamente me hago responsable a entregar lo mejor de mí para

alcanzar una educación integral de calidad que me permita ser mejor persona, ser un

ejemplo de vida para mi comunidad y ser de gran aporte a la sociedad fundamentado en

valores éticos, morales y el respeto a la dignidad de los derechos humanos.

Acepto recibir la formación y orientación que la institución me brinde y participar en las

actividades que favorezca mi crecimiento personal y social.

Firmo junto con mis padres ratificando mi compromiso.

____________________________________________ __________________________________________ Estudiante Padre de Familia o Acudiente

________________________________________Fecha

INTRODUCCIÓN

“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana

Las normas indicadas en el presente manual de convivencia escolar, son acuerdos construidos por la Comunidad Educativa de la Institución Educativa Totarco Dinde, donde se deberá propiciar relaciones armónicas, entre la comunidad educativa; que conduzcan a la formación de estudiantes autónomos, partícipes en su formación como personas y como ciudadanos competentes, que propicien la construcción de una convivencia pacífica y respetuosa sustentada en la solidaridad, el respeto, la paz y la democracia.

Esta convivencia conlleva el reconocimiento de las actitudes, aptitudes y virtudes de los estudiantes, al igual que la implementación de las medidas correctivas a las actuaciones que vayan en contra de los acuerdos culturales establecidos. La medida correctiva, en caso de ser necesaria, tendrá como propósito la formación de la autonomía de los estudiantes, reconociendo que son sujetos de derechos y de deberes. Por lo tanto, el desconocimiento de los acuerdos pactados tendrá como efecto la aplicación de las medidas correctivas que se contemplan en el presente manual de convivencia escolar que han sido construidos por la comunidad educativa.

Los acuerdos culturales presentes en el Manual de Convivencia escolar, nacen del espíritu de las normas constitucionales, la Ley de la Infancia y la Adolescencia las competencias ciudadanas, los tratados internacionales sobre derechos humanos. Se basa, también, en la concepción de los estudiantes como seres integrales y agentes de su propio desarrollo, que buscan el bienestar personal y comunitario, desde las diferencias individuales y colectivas.

Estas normas tienen como propósito la formación de la personalidad, del desarrollo de la inteligencia, de la creatividad, de la autonomía, la responsabilidad de los estudiantes, de manera que se comprometan decididamente con su formación personal, familiar y comunitaria.

De esta manera, se posibilitará la reconstrucción de los imaginarios colectivos de los jóvenes, desde la crítica constructiva, la creatividad, la comunicación, es decir, desde la asunción de su condición de sujetos activos y responsables, en la construcción de espacios democráticos e incluyentes, que permitan, interpelar las concepciones vigentes de estudiante, de comunidad, pueblo y de escuela, y contribuyan a la formación y desarrollo de Totarco, Coyaima departamento y nación.

SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana

ESCUDO

LA BANDERA

MISIÓN

“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana

La Institución Educativa Totarco Dinde de Coyaima Tolima, se propone formar

integralmente a sus educandos para atender sus necesidades y expectativas, así como

la de los padres de familia, contribuyendo de esta manera con el desarrollo regional. La

propuesta educativa se fundamenta en el humanismo, en la innovación pedagógica, la

ciencia, la tecnología, el compromiso social, el fortalecimiento y respeto por la identidad

cultural de toda la comunidad educativa.

VISIÓN

La Institución Educativa Totarco Dinde de Coyaima Tolima, se proyecta como una organización comprometida con la formación integral de sus educandos; busca la ampliación de cobertura, incluyendo a la población con necesidades educativas especiales, comprometida en la tarea de fortalecer en la comunidad educativa el aprendizaje académico, y con el desarrollo de todo el potencial humano. Se propenderá por la formación en los educandos el sentido democrático, la responsabilidad, la autonomía y el sentido de pertenencia étnica, evidenciando un excelente nivel de liderazgo como artífice de su propio desarrollo.

Capítulo I FUNDAMENTACIÓN

“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana

Artículo 1. FUNDAMENTACIÓN LEGAL

FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana

FALTA

PRINCIPIOS

FALTA

OBJETIVOS

1. Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet del nivel educativo de preescolar, básica y media.

2. Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios de la convivencia escolar, teniendo en cuenta el contexto social y cultural de la I.E.

3. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.

4. Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.

PERFIL DEL ESTUDIANTE

1. Aprecia y tiene sentido de pertenencia por la Institución educativa respeta la dignidad humana y los diversos credos religiosos, ama a su Patria y muestra interés por el cuidado, conservación y mejoramiento del ambiente.

2. Se identifica con los principios de la educación y las necesidades del país y se incorpora activamente en los procesos económicos, políticos y sociales.

3. Es una persona autónoma, autocrítica, creativa con alta autoestima, tolerante, disciplinado, solidario, con capacidad para trabajar en equipo y con sentido de responsabilidad social.

4. Cultiva la investigación, es creativo, analítico, reflexivo y participativo.

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5. Promueve la cultura para la paz, a través de actitudes que manifiesten la tolerancia, la convivencia, la concertación, la solidaridad, el pluralismo y la equidad.

6. Asume con responsabilidad cada uno de sus actos, la autoformación personal, la búsqueda del conocimiento y el cumplimiento de los compromisos.

CAPITULO PRIMERO

LA INSTITUCIÒN Y SUS ESTUDIANTES

SECCIÒN PRIMERA: LA INSTITUCIÒN

ARTICULO 2. CARACTERIZACIÒN

La Institución Educativa Totarco Dinde, ubicada en la Vereda de Dinde en el Municipio de Coyaima, es una Institución de carácter público, mixta reconocida legalmente por la secretaria de Educación Departamental del Departamento del Tolima mediante Resolución de Aprobación de Estudios número 1592 del 10 De Noviembre de 2009, Integrada Mediante Resolución 1061 del 16 de Noviembre de 2004, Registro Educativo

“Forjando Personas Idóneas Para Afrontar el Mañana

No.224118 Y Código DANE 273217000455, para impartir enseñanza formal en los niveles de formación preescolar, básica primaria, secundaria, y media académica en las jornadas mañana y tarde en la sede central y jornada mañana en preescolar y básica primaria en las sedes de Totarco Tamarindo, Totarco Piedras, Totarco Niple y Zanja Honda.

ARTICULO 3. ORGANIZACIÒN Y GOBIERNO ESCOLAR.

El gobierno escolar está conformado por el Consejo Directivo, por el Consejo Académico. Existen también al interior de la institución las siguientes instancias de participación:

Estamentos Institucionales

El consejo de Estudiantes

El personero

El contralor

Gobierno escolar indígena

El comité de convivencia

Monitores de curso

El Consejo de Padres de Familia

La Asociación de padres de familia

PARÁGRAFO: Tanto el Consejo Directivo como el Consejo académico, por su constitución y desarrollo de sus funciones se rigen por lo que indica la Ley General de Educación (ley 115 de 1994 y el decreto 1860)

ARTICULO 4. REPRESENTACION DE LOS ESTUDIANTES

En la institución, existen cinco instancias de representación de los estudiantes:

Personería Contralor de los estudiantes. Gobierno escolar indígena

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El consejo de Estudiantes Representación de los Estudiantes ante el consejo Directivo. Monitores de curso

ARTICULO 5. REQUISITOS PARA DESEMPEÑAR EL CARGO DE PERSONERO

1. El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes al de la iniciación de clases del periodo lectivo anual. Para tal efecto, el rector convocará a elecciones a todos los estudiantes debidamente matriculados. El sistema para esta elección será el de mayoría

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simple y voto secreto. Una vez elegido, el personero hará parte del Consejo Estudiantil.

2. El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo u otros cargos.

3. Los aspirantes a esta distinción deben presentar un proyecto o plan de trabajo en rectoría, al inscribirse como elegibles, durante las dos primeras semanas de iniciación de clases.

4. El personero debe coordinar sus funciones y acordar las estrategias y gestiones a desarrollar en beneficio de los estudiantes y la institución Educativa, con el Consejo Directivo y el Consejo de Estudiantes.

5. Cuando se presente una situación especial y sea necesario la reunión del Consejo Estudiantil, el representante de los estudiantes al Consejo Directivo y el personero, conjuntamente, en forma escrita solicitarán al rector su autorización para realizar dicha reunión.

ARTICULO 6. FUNCIONES DEL PERSONERO

8. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo Estudiantil y organizar otras formas de deliberación.

9. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos tanto de las sedes de primaria y secundaria, sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

10. Presentar ante el rector, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

11. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector, respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

12. Presentar mecanismos que faciliten el cumplimiento de las responsabilidades, compromisos y deberes estudiantiles.

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13. Promover espacios que permitan la divulgación de las funciones de los líderes estudiantiles.

14. Todas las demás, según la naturaleza del cargo.

ARTICULO 7. FORMA DE ELECCION DEL PERSONERO

4- Se hará por proceso democrático y para un periodo de un año escolar. El personero, será quien obtenga la mayoría de votos y el suplente quien obtenga el segundo lugar en los comicios.

5- Los aspirantes al cargo de personero promoverán campañas y presentara sus planes de trabajo a la comunidad educativa.

6- En el último día hábil de la cuarta semana, el rector citará a una asamblea de todos los estudiantes matriculados, para que a través del voto secreto y por

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mayoría, elijan el personero estudiantil, contralor y representante al consejo directivo y suplentes.

PARAGRAFO: RELEVO DEL CARGO

Si el personero no cumple con sus funciones o cometen alguna falta grave, será relevado del cargo a petición del consejo Estudiantil.

El suplente asumirá las funciones del personero en sus ausencias, incapacidades y cuando sea relevado del cargo.

ARTICULO 11. REQUISITOS PARA SER DESEMPEÑAR EN EL CARGO DE CONTRALOR:

1- El contralor de los estudiantes será elegido dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes al de la iniciación de clases del periodo lectivo anual. Para tal efecto, el rector convocará a elecciones a todos los estudiantes debidamente matriculados. El sistema para esta elección será el de mayoría simple y voto secreto.

2- El ejercicio del cargo de contralor de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo u otros cargos.

3- Los aspirantes a esta distinción deben presentar un proyecto o plan de trabajo en rectoría, al inscribirse como elegibles, durante las dos primeras semanas de iniciación de clases.

4- El contralor Estudiantil será un estudiante matriculado en el colegio, EN EL GRADO 11.

ARTICULO 12: FUNCIONES DEL CONTRALOR.

1. El propósito fundamental del contralor es promover y actuar como veedor del buen uso de los recursos públicos de cada institución, incluyendo los del fondo de Servicios Educativos.

2. Contribuir en la creación de una cultura del control social a través de actividades formativas y/o lúdicas con el apoyo de la institución y de la contraloría del Departamento.

3. Trabajar por la defensa del patrimonio ambiental de la Vereda y del Municipio. 7-

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Presentar a la Contraloría del Departamento, las denuncias relacionadas con las

4. Presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes públicos de la institución educativa a la que pertenecen.

ARTICULO 11. FORMA DE ELECCION DEL CONTRALOR

1. Se hará por proceso democrático y para un periodo de un año escolar.

2. El contralor será quien obtenga la mayoría de votos y el suplente quien obtenga el segundo lugar en los comicios.

3. Los aspirantes al cargo de contralor promoverán campañas y presentara sus planes de trabajo a la comunidad educativa.

4. En el último día hábil de la cuarta semana, el rector citará a una asamblea de todos los estudiantes matriculados, para que a través del voto secreto y por mayoría, elijan el contralor y su suplente.

PARAGRAFO: RELEVO DEL CARGO

Si el contralor no cumple con sus funciones o cometen alguna falta grave, será relevado del cargo a petición del consejo Estudiantil.

El suplente asumirá las funciones del contralor en sus ausencias, incapacidades y cuando sea relevado del cargo.

GOBIERNO ESCOLAR INDÍGENA

En cumplimiento al reconocimiento de la diversidad étnica y cultural de la nación y en que los integrantes de los grupos étnicos tienen derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural, ser educados de conformidad a sus usos, normas y costumbres. En la institución educativa y en cada sede al inicio del año escolar, se elegirá el gobierno escolar indígena en el siguiente orden: Gobernador, Gobernador Suplante, Secretario, Tesorero, Fiscal, Alcalde, Alguacil y Comisario.

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REQUISITOS PARA DESEMPEÑAR EL CARGO DE GOBIERNO ESCOLAR INDIGENA

1. Ser indígena

2. Defensores y proponentes de los derechos y deberes de los educandos indígenas

3. Ser propuestos por los estudiantes

FUNCIONES DEL GOBIERNO ESCOLAR INDIGENA

1. Promover el respeto por los principios y derechos de los estudiantes indígenas

2. Liderar iniciativas culturales en la institución educativa en el Sistema de Educación Indígena Propio “SEIP”

3. Participar activamente en las decisiones que tome la comunidad educativa en la formulación del Proyecto Educativo Comunitario “PEC”

4. Ser el puente de enlace entre la institución educativa y las autoridades de su comunidad

5. Presentar proyectos, solicitudes y reclamos a favor de los estudiantes ante las instituciones públicas y privadas

6. Recibir solicitudes, quejas y reclamos que presenten los educandos y presentarlas a los directivos de institución.

7. Participar en la solución de posibles conflictos entre estudiantes

8. Todas las demás que se consideren necesarias

FORMA DE ELECCION DEL GOBIERNO ESCOLAR INDIGENA

1. Los estudiantes de todos lo grado en conjunto en cada sede preseleccionaran a 8 candidatos.

2. Los candidatos se ubicaran separadamente en el polideportivo de la institución y los estudiantes de acuerdo a sus criterios se reunirá con su candidato preferido. El o los docentes contaran cada grupo de los ocho grupos de estudiantes, el grupo que

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mayoritariamente tenga más compañeros será el gobernador de ahí en adelante se distribuirán los cargos de conformidad con los cargos del cabildo escolar indígena.

3. Se realizara un acta y se programara la visita del gobernador de la comunidad para que posesione al cabildo ante la asamblea estudiantil.

4. Los Resguardos indígenas le darán asesoría al gobierno escolar indígena

RELEVO DEL CARGO GOBIERNO ESCOLAR INDIGENA

En caso de que alguno de los integrantes del cabildo no cumpla con sus funciones, se realizara una selección únicamente con el directivo que no cumpla o que renuncie de su cargo. Se utilizara el mismo sistema de preselección y selección.

Parágrafo: en todo los casos, los docentes y directivos docentes de la institución educativa deberán tener en cuenta la participación del Gobierno escolar indígena en las actividades que se desarrolle en la comunidad educativa, por lo que la institución educativa está ubicada en territorio indígena y atiende población indígena, además los estudiantes tienen derecho a la consulta previa en temas se sean sensibles a afectarles.

ARTICULO 8. EL CONSEJO ESTUDIANTIL

Es el máximo organismo colegiado de participación de los estudiantes. Está integrado por los (monitores) consejeros o representantes de cada uno de los grados que ofrece la institución.

Al consejo de estudiantes le corresponde darse su propia organización interna, realizar las actividades afines o complementarias que se le atribuyen asesorar al representante de los estudiantes en el Consejo Directivo.

La comisión encargada de la elección del Gobierno Escolar convocará en una fecha dentro de las cuatro (4) primeras semanas del calendario académico, a asambleas integradas por los estudiantes que cursen cada grado, con el fin de que elijan por el voto secreto a un vocero estudiantil y suplente para el año lectivo, entre los estudiantes sobresalientes en rendimiento académico, colaboración y compañerismo. El consejero electo será el estudiante que obtenga la mayor votación y el suplente quien ocupe el segundo lugar.

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ARTICULO 9. FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL

1. Hacer que se cumpla la elección por voto democrático al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo.

2. Mantener buenas relaciones humanas con el director de curso, profesores y estudiantes.

3. Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el efectivo cumplimiento de sus funciones y la buena marcha del grupo.

4. Fomentar los buenos modales entre los compañeros y evitar los comentarios que lesionen la dignidad de la persona humana.

5. Llevar la vocería del curso ante el director de grupo, coordinador o rector del

plantel, con el fin de estudiar y buscar soluciones a las necesidades, problemas e inquietudes que se presenten en el curso o en la institución. Si estas expectativas no son atendidas o solucionadas, serán llevadas para ser gestionadas ante el Consejo Académico y en caso de no tener solución allí, ante el Consejo Directivo.

6. Pasar informe por escrito al director de grupo, sobre los compañeros que sobresalgan por sus actividades positivas o negativas.

7. Reemplazar el monitor de curso en sus ausencias.

8. Colaborar para que el salón permanezca limpio, decorado y ordenado, promoviendo campañas de aseo entre sus compañeros con el fin de preservar el medio ambiente y los implementos del salón de clase.

9. Todas las demás, según la naturaleza del cargo.

PARÁGRAFO. RELEVO DEL CARGO

El representante al consejo que no cumpla con sus funciones o cometa alguna falta grave, será relevado del cargo. Se nombrará para su reemplazo a otro estudiante que llene los requisitos exigidos para este cargo.

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El suplente reemplazará al principal, cuando éste falte y le colaborará en todas las funciones y gestiones propias del cargo.

ARTICULO 8. REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO

El representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo será un estudiante de último grado y representará a todos los estudiantes tanto de la primaria como de secundaria.

ARTICULO 9. REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO.

1. Ser estudiante de último grado matriculado en cualquiera de las jornadas de la institución.

2. Haberse destacado por su rendimiento y comportamiento escolar. 3. No ejercer otro cargo de liderazgo en ese año lectivo.

4. Presentar un proyecto de su plan de trabajo al Consejo Estudiantil, al inscribirse como elegible.

ARTICULO 10. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO.

Presentará iniciativas para beneficio de los compañeros y la institución en aspectos relacionados con:

1. La adaptación y modificación del Manual de Convivencia y sobre la metodología o formas utilizadas para desarrollar y evaluar los aspectos formativos y cognitivos.

2. La organización de eventos sociales, deportivos, culturales, artísticos y comunitarios, enmarcados en una planeación racional para que no interfieran en las actividades escolares.

3. El desarrollo de actividades para fomentar la práctica de los valores humanos y sociales con el fin de buscar la participación responsable, justa y democrática de los compañeros, en la vida y en el gobierno escolar.

4. Propuestas para tomar decisiones sobre aspectos administrativos y el mejoramiento de la calidad del servicio educativo.

5. Participar de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo y

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cumplir con el reglamento interno y las funciones asignadas en él. 6. Todas las demás, según la naturaleza del cargo.

ARTICULO _____. FORMA DE ELECCION DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO.

El representante y su suplente serán elegidos mediante:1- Por proceso democrático y para un periodo de un año escolar.2- El representante será quien obtenga la mayoría de votos y el suplente quien

obtenga el segundo lugar en los comicios.3- Los aspirantes al cargo promoverán campañas y presentara sus planes de

trabajo a la comunidad educativa.4- En el último día hábil de la cuarta semana, el rector citará a una asamblea de

todos los estudiantes matriculados, para que a través del voto secreto y pormayoría, elijan el representante al consejo directivo y su suplente.

ARTICULO 14. AUXILIAR DE DISCIPLINA O MONITOR DE CURSO. FORMA DE ELECCIÓN

Durante la tercera semana de clases, los estudiantes de cada curso elegirán a su monitor de curso:

1. Los estudiantes elegidos deberán tener excelente comportamiento y no pueden ejercer otros cargos de liderazgo en la Institución.

2. Los elegidos podrán ser removidos del cargo por el no cumplimiento de sus funciones.

3. Se elegirá como suplente al estudiante que obtenga la segunda votación.

ARTICULO 14. FUNCIONES DEL AUXILIAR DE DISCIPLINA O MONITOR DE CURSO.

1. Anotar diaria e imparcialmente la inasistencia de los compañeros. 2. Colaborar activamente con el director de grupo en la ambientación del salón.

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3. Estar pendiente de las necesidades que se presenten en el aula.

4. Colaborar para que en las horas de descanso los estudiantes no permanezcan en el aula de clase.

5. Informar a coordinación sobre las anomalías presentadas durante la jornada.

6. Solicitar al docente que firme el control de asistencia para entregarlo a coordinación al finalizar la jornada.

7. Colaborar en los actos de comunidad para que los compañeros tengan un comportamiento adecuado.

8. Colaborar con el director de grupo en las actividades escolares extra clase.

9. Dirigirse a sus compañeros en forma amable y respetuosa, evitando enfrentamientos y buscando la corrección de comportamientos inadecuados.

10. Coordinar con el director de grupo y consejero, actividades para mejorar la disciplina y el comportamiento social.

11. Cumplir con las demás funciones que le asigne el director de grado.

SECCION SEGUNDA: LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 16. CONDICIONES PARA ADQUIRIR LA CALIDAD DE ESTUDIANTE

1. Cumplir con los requisitos indicados por la Secretaría de Educación Departamental y la institución para el proceso de matrícula.

2. Estar respaldado por un acudiente o tutor que lo asista en las situaciones que lo requiera o cuando la Institución lo solicite.

3. Presentar en el certificado o (boletín informativo) un excelente comportamiento y un buen rendimiento académico. No presentar desempeño bajo en ninguna asignatura, de acuerdo a lo establecido en el sistema de evaluación institucional.

4. Al momento de la matrícula los estudiantes deben presentarse con el padre de familia o acudiente, en las fechas determinadas por la Institución. Si hay

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algún impedimento, debe solicitarse por escrito ante la rectoría, la separación del cupo y la determinación de la fecha de su matrícula.

1. Presentar los documentos originales requeridos por la institución y no cometer fraude para diligenciar o resolver una situación escolar.

2. El estudiante debe comprometerse a asistir regularmente a la institución, presentar un buen rendimiento académico y adecuado comportamiento social.

ARTICULO 17. –CAUSALES PARA LA PERDIDA DEL CARÁCTER DE ESTUDIANTE

Se pierde el carácter de estudiante de la Institución Educativa Totarco Dinde y por lo tanto todos los derechos, por los siguientes motivos:

1. Cancelación voluntaria de la matrícula por parte de los padres o acudiente. 2. Por orden de una autoridad competente 3. Juez de menores 4. Comisaría de familia 5. I.C.B.F 6. Procuraduría de familia

Por decisión de las directivas institucionales después de adelantado el debido proceso disciplinario. Si el niño es indígena, deberá ser consultado con la autoridad de su comunidad

CAPITULO SEGUNDOADMISIONES Y MATRICULAS

ARTICULO 18. ADMISION DE ESTUDIANTES NUEVOS.

La admisión es el acto por el cual la Institución Educativa Totarco Dinde, selecciona la población estudiantil que voluntariamente solicita inscripción, teniendo en cuenta los parámetros fijados por la Secretaria de Educación Departamental y la disponibilidad de cupos. Estudiantes nuevos son aquellos que ingresan por primera vez al sistema escolar: estudiantes de preescolar y estudiantes extranjeros. Para preescolar los aspirantes deben tener 5 años cumplidos o de conformidad con las normas vigentes.

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ARTICULO 19. LA MATRICULA Y LOS REQUISITOS PARA ESTUDIANTES NUEVOS

La matrícula es el acto jurídico que formaliza la vinculación del aspirante admitido como estudiante regular de la institución, se realizará solamente al ingresar por primera vez y se podrá renovar cada año lectivo en la medida que el estudiante y sus padres o acudientes cumplan con los requisitos.

PARAGRAFO: Para la admisión de nuevos estudiantes se tendrá en cuenta la disponibilidad de cupo en la institución.

ARTÍCULO 20. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA O PARA SU RENOVACIÓN

1. Haber sido oficialmente admitido.

2. Presentarse en la fecha y hora indicada por la institución, acompañado por sus padres o acudientes, con los documentos exigidos:

a. Registro civil de nacimiento (documento original).

b. Para estudiantes indígenas presentar certificación de pertenecía de su comunidad de origen.

c. Certificados académicos originales de años anteriores y copia del observador del estudiante.

d. Paz y salvo del grado anterior de la misma Institución, o de donde proceda e. Grupo sanguíneo y factor RH. f. 3 fotos 3x4. g. Presentar carné de afiliación a una EPS o SISBEN. h. Fotocopia del documento de identidad.

3. Firma del contrato de matrícula por parte de los padres o acudientes y del respectivo estudiante.

ARTICULO 21. LA RENOVACION DE MATRICULA Y SUS REQUISITOS

La renovación de matricula es el acto jurídico, mediante el cual el estudiante legaliza su permanencia en la institución para cada año lectivo y para cada grado. La matricula podrá renovarse en los siguientes eventos:

1. Cuando el estudiante haya sido promovido al grado siguiente.

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2. Cuando después haber realizado el debido proceso el comité de evaluación y promoción y Consejo Académico hayan promovido al grado siguiente de manera anticipada al educando.

3. Cuando al haber reprobado el grado cursado de acuerdo con el sistema de evaluación institucional (decreto 1290), manifieste su voluntad de repetirlo y haya sido admitido por la institución.

ARTICULO 22. COSTOS EDUCATIVOS Y COSTOS COMPLEMENTARIOS.

El consejo Directivo de la Institución adoptará anualmente, los valores para el cobro de los costos educativos que deben cancelar los padres al momento de matricular o renovar la matrícula de sus hijos o acudidos, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes, emitidas por la Secretaria de Educación Departamental, de la siguiente manera:

a. Costo educativo: Gratuidad total.

b. Otros costos. Son los valores que se pagan para tener derecho a otros servicios o productos que existan en la institución educativa y están conformados por los siguientes conceptos: Manual de convivencia y Derechos de Grado

ARTICULO 23. COMPROMISOS DEL ESTUDIANTE AL MATRICULARSE

La matricula es un contrato civil donde las partes se comprometen a cumplir con las normas legales institucionales y puede darse por terminado por mutuo acuerdo o por voluntad del acudiente del estudiante.

Todo estudiante en el momento de firmar la matrícula se compromete a:

1. Disponer del tiempo necesario para cumplir debidamente con las tareas y demás obligaciones académicas y formativas que señale la Institución Educativa.

2. Estar representado por un acudiente o tutor mayor de edad que pueda cumplir con los compromisos que le corresponda como tal, quien firmará la matricula para expresar la aceptación de esta responsabilidad.

3. Cumplir las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia Escolar, el cual es la norma legal que regula el contrato de matrícula que es de estricto cumplimiento.

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4. Portar y lucir el uniforme escolar exigido por la institución:

a. Uniforme de diario para las mujeres: falda con prenses a la altura de la rodilla, zapatos tipo colegial color negro con cordón negro; camibuzo color blanco manga corta con escudo de la institución, camiseta (opcional) totalmente blanca (debajo del camibuzo); medias blancas.

b. Uniforme de diario para los Hombres: Camibuzo de color blanco con escudo y camiseta (opcional) totalmente blanco (debajo del buzo); pantalón clásico azul oscuro; medias azules oscuras o negras; zapato tipo colegial negro con cordón negro.

c. Uniforme de Educación física: Sudadera y pantaloneta color vino tinto con franjas amarillas, camibuso blanco con cuello y franjas en las mangas color vino tinto y amarillo según modelo departamental, con escudo de la institución, tenis blanco y medias blancas.

PARAGRAFO: El uniforme de educación física podrá portarse única y exclusivamente el día que corresponda dicha clase y en casos especiales en los que se informe oportunamente.

CAPITULO TERCERO

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (DECRETO 1290)

Ver anexó uno (sistema institucional de evaluación y promoción decreto________ de 200__________________________________________

1. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS EDUCANDOS.

2. La evaluación de los educandos será continua, integral y concertada en acciones de la educación propia- inclusiva de la etnia del pueblo Pijáo. Se hará con referencia a cuatro períodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar.

3. Los principales objetivos de la evaluación son: Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias, conocimientos y saberes ancestrales, por parte de los educandos; Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la educación básica y media; Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios, y Suministrar información que contribuya al auto

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evaluación académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios.

2. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL Y EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL

Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán para cada área el rendimiento de los educandos, a nivel institucional una escala numérica dada en los siguientes términos relacionándolos con la escala nacional.

ESCALA INSTITUCIONAL ESCALA NACIONAL1,0 – 5,9 DESEMPEÑO BAJO6,0 – 7.9 DESEMPEÑO BASICO8,0 – 8,9 DESEMPEÑO ALTO9,0 – 10 DESEMPEÑO SUPERIOR

3. ESTRATEGIAS DE VALORACION INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES

Nuestra Institución Educativa aplicará los siguientes criterios, para fortalecer los procesos formativos de manera integral.

Valorando cada aspecto y dando un porcentaje para la nota final del periodo en cada una de las áreas:

1. Asistencia y Puntualidad a las clases 2. Aseo y presentación personal 3. Actividades pedagógicas (clase y extra clase) 4. Cuaderno y apuntes, 5. Evaluaciones por competencia y periódica tipo ICFES

6. Proyectos pedagógicos 7. Autoevaluación

Encuadre pedagógico con acta para los cuatro periodos firmada por los estudiantes y director de Área

4. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES

a. Mensualmente los docentes en jornada extra-clase se reunirá en comisión de evaluación y promoción donde se analizarán los casos de estudiantes con rendimiento bajo, en donde

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por escrito se citarán los respectivos acudientes para tomar informe escrito del rendimiento académico.

b. Al comienzo de año cada director de grado diligenciará el formato único de firmas de padres de familia y/o acudientes para verificar su autenticidad en excusas, permisos, citaciones, etc.

5. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES

Mediante formato único se aplicara al estudiantado una autoevaluación teniendo como referencia

1. Asistencia y Puntualidad a las clases 2. Aseo y presentación personal 3. Valoración académica y aplicación de saberes ancestrales 4. Actividades pedagógicas en clase y extra-clase 5. Cuaderno de apuntes 6. Evaluaciones por competencia 7. Evaluación acumulativa del periodo 8. Cumplimiento a proyectos transversales 9. Participación activa en eventos culturales y recreativos

6. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES

- comisión de evaluación y promoción - mesa de conciliación

7. CUMPLIMIENTO CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION.

a. En los planes de estudio, preparadores, trabajos asignados, entrega de planillas y actas de reuniones se deberá efectuar plazos y fechas establecidas de conformidad con el cronograma de actividad institucional.

8. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORME A LOS PADRES DE FAMILIA

Los informes de evaluación se entregarán a los padres de familia o acudientes en reuniones programadas preferencialmente en días y horas que no afecten su jornada

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laboral. La inasistencia de los padres de familia o acudientes a estas reuniones no puede acarrear perjuicios académicos a los educandos. El rector, director o coordinador, está en la obligación de programar y atender las citas que los padres de familia soliciten para tratar temas relacionados con la educación de sus hijos, en particular para aclaraciones sobre los informes de evaluación.

9. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACION INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACION.

Como se están entregando actualmente los informes. (Estructura del boletín)

10. LAS INASISTENCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCION DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACION Y PROMOCION.

Los padres de familia y estudiantes, deberán cumplir un conducto regular de la siguiente forma para cualquier tipo de reclamación.

a. Docente involucrado b. Director de grado c. Coordinación y Rectoría d. Consejo directivo

11. MECANISMOS DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCION DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES.

Promoción Anticipada

Durante el primer período del año escolar el consejo académico, a solicitud de los padres de familia, se solicitará al consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente de/los estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva en el registro escolar de promoción.

Criterios y procesos para facilitar la promoción anticipada al grado siguiente;

Consejo académico Previo consentimiento de los padres de familia

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El consejo directivo Conformación de comité evaluación y promoción Definición de parámetros para hacer la evolución y promoción

PROMOCION ESCOLAR: Al finalizar el año escolar los estudiantes en su informe final deberán cumplir con un mínimo del 80% por ciento de las actividades programadas en cada una de las áreas obligatorias y optativas, obteniendo como promedio en lavaloración en la escala institucional para cada área una nota superior a 6.0 equivalente en la escala nacional a desempeño básico.

Los estudiantes que al finalizar el cuarto periodo presenten niveles de desempeño bajo en tres o más áreas o su valoración sea inferior a seis (6) en la escala institucional el estudiante no podrá ser promovido al grado siguiente y la institución debe garantizarle en todos los casos el cupo para que continué sus proceso formativo.

Los estudiantes que al finalizar un periodo (I, II, III, IV) y que presenten desempeño bajo en cualquiera de las áreas con una valoración inferior a (6) seis en la escala institucional y rendimiento bajo en la escala nacional, tendrán la opción de presentar ante la respectiva comisión de evaluación y promoción, los requerimientos necesarios para alcanzar la superación durante el año lectivo.

La comisión de evaluación y promoción se reunirá al finalizar cada periodo escolar, para analizar y proponer soluciones a las deficiencias académicas de los estudiantes, esta se reunirá en cada una de las sedes de la institución educativa.

CAPITULO CUARTODERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS y MEDIDAS CORRECTIVAS

ARTICULO 24. DERECHOS

Los estudiantes de la Institución Educativa Totarco Dinde tienen todos los derechos consagrados en la Constitución Nacional, en la Ley General de Educación, en la Ley 715, y demás normas que garanticen el ejercicio de los mismos. A continuación se precisan de modo particular estos derechos:

1. Conocer el Manual de Convivencia y recibir la debida orientación respecto a las normas que rigen la convivencia escolar.

2. Ser tratados con cortesía, respeto, aprecio equidad

3. Tener acceso a los servicios de la institución educativa, previo cumplimiento de los

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requisitos indicados para cada uno de ellos. 4. Recibir una formación integral.

5. Recibir orientación para su opción vocacional así como asesoría para su proyecto de vida.

6. Conocer los programas de cada asignatura al inicio de cada año escolar.

7. Recibir la información indicada en la propuesta pedagógica de la Institución Educativa y en el respectivo plan de estudio dentro del horario establecido por la institución.

8. Tener libertad de expresión sin afectar los derechos de los demás.

9. Ser evaluado con justicia y equidad de manera integral (aspectos académicos, sociales, personales) de acuerdo con las normas respectivas.

10. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar.

11. Conocer los resultados de los procesos de evaluación, las observaciones a sus trabajos y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. en un término máximo de 10 días calendario, contados desde la fecha de su presentación.

12. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje y los contemplados en el Manual de Convivencia.

13. Ser atendido cordial y oportunamente cuando se formulen reclamos de manera respetuosa, de acuerdo al conducto regular establecido, garantizándose la confidencialidad de acuerdo a cada caso.

14. Solicitar revisión de evaluaciones dentro de los tres días hábiles siguientes al conocimiento de la respectiva evaluación, cuando considere que no ha sido objetivamente evaluado.

15. Ser oído, orientado o asistido por quienes tienen la responsabilidad docente antes de la aplicación de cualquier medida correctiva, permitiendo el acceso a los procedimientos y recursos que puedan argumentar o a los que tenga derecho.

16. Tendrá derecho a elegir y ser elegido para integrar el gobierno escolar siempre que cumpla con las condiciones que para tal fin se indican en el presente manual.

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17. Ser exaltado públicamente en izadas de bandera o actos culturales por su

desempeño académico, comportamiento, espíritu deportivo, cultural, colaboración compañerismo, etc., y por estímulos recibidos cuando represente a la institución.

18. Realizar actividades culturales en forma didáctica y colectiva teniendo en cuenta los principios y valores de la institución.

19. Presentar por medio del representante de curso, ante los organismos del gobierno escolar: Sugerencias, propuestas, proyectos que redunden en la buena marcha del plantel.

20. Ser protegidos contra todo tipo de violencia,de abuso y de maltrato dentro de la institución que atenten contra su integridad física, psicológica, verbal y sus principios morales.

21. En caso de tener conocimiento las autoridades institucionales de situaciones contempladas en el numeral 20 fuera de la institución informar a la autoridad competente para lo pertinente.

22. Ser promovido en un área específica cuando durante el periodo normal de actividades académicas haya superado como mínimo un 51% de los indicadores

de desempeño programados para cada una de las competencias que garanticen el estándar de calidad de la correspondiente área u /o asignatura.

23. Cuando se sienta lesionado en su valoración académica su caso sea analizado por el comité de evaluación y promoción. (concejo académico)

24. Según las normas establecidas por la institución previamente reglamentadas en la disposición legal hacer promovido al siguiente grado.

25. Tener acompañamiento del personero estudiantil y de sus padres u/o acudiente cuando se le esté llevando un seguimiento comportamental u/o académico en la institución.

26. Reclamar por el incumplimiento del Manual de Convivencia siguiendo el conducto regular.

PARÁGRAFO: Las estudiantes madres que estén en lactancia, tendrán un tiempo durante la jornada escolar para atender a su bebé.

ARTICULO 25.-DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

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Son deberes de los estudiantes:

1. Identificarse como estudiante de la institución Educativa Totarco Dinde, respetarla y dar un trato cortés a los integrantes de la comunidad educativa.

2. Acatar las disposiciones contempladas en el manual de convivencia y en las circulares y orientaciones dadas por las directivas y docentes de la institución educativa.

3. Comportarse adecuadamente dentro y fuera de la institución teniendo en cuenta lo social, ético moral, religioso y cultural.

4. Emplear un lenguaje adecuado. Las expresiones vulgares, el vocabulario soez, las riñas, ofensas verbales, comentarios falsos, apodos y burlas de mal gusto entre los estudiantes se constituyen en faltas disciplinarias que serán sancionadas.

5. Abstenerse de realizar actos que perturben el comportamiento del grupo o de la comunidad en las actividades realizadas por la institución.

6. Presentarse puntualmente, aseado y con el uniforme que corresponda, completo y en buen estado, tanto a las actividades académicas como extra académicas,

7. Abstenerse de portar camisetas o buzos que no hagan parte del uniforme

y llevar adornos como aretes y anillos extravagantes, pulseras, gargantillas o cualquier otro elemento que atente contra la estética o la integridad física del estudiante.

8. Abstenerse de traer al colegio elementos que perturben o desestabilicen el normal desarrollo de la labor académica :(Walkmn, juegos electrónicos, radios, celulares, discman, joyas u objetos de valor, y exceso de dinero. la institución no responde por la pérdida de estos.

9. Los estudiantes deben preservar los valores de la decencia, el respeto, la honradez, la servicialidad, sencillez y buena presentación personal.

10. Los hombres deben permanecer con el cabello corto, bien aseados, lucir

con decencia el uniforme, peinado moderado. Las mujeres deben presentarse, sin maquillaje, uñas pintadas.

11. Informar oportunamente situaciones irregulares sobre algún estudiante o grupo.

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12. Preservar, cuidar y mantener en buen estado la institución, así como el material de enseñanza, enseres, equipos y dotación en general e incentivar a los demás miembros de la comunidad educativa para que actúen en tal sentido. En consecuencia, el estudiante que cause un daño, está en la obligación de repararlo

13. Practicar las reglas de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa y la conservación individual de la salud, dando uso adecuado a los lugares sanitarios que son utilizados en forma colectiva.

14. Asistir puntualmente a todas las clases y actividades programadas en el plantel.

15. Proveerse oportunamente de los útiles y elementos solicitados por la institución para el adecuado desarrollo de sus actividades de clase.

16. Dedicar todos sus esfuerzos para la obtención de un buen desempeño académico, tanto formativos, psicomotores, y volitivos que propone el plan de estudios.

17. Respetar los símbolos patrios e institucionales y entonar con espíritu cívico los himnos.

18. Asistir a todos los actos que la Comunidad Educativa programe y observar en ellos un comportamiento adecuado.

19. Portar permanentemente el carné estudiantil y presentarlo cuando le sea solicitado.

20. Permanecer dentro del plantel durante la jornada escolar y en los sitios escogidos para cada actividad.

21. Cuando por una circunstancia justificada el estudiante deba ausentarse, es necesaria la autorización de los padres de familia o acudientes y el debido permiso del coordinador o docente encargado de la disciplina.

22. Los estudiantes de jornadas contrarias deben presentar autorización de la rectoría o de la coordinación, para utilizar las instalaciones del colegio.

23. Entregar a los acudientes y/o padres de familia las comunicaciones, citaciones o informes que la institución les envíe.

24. Reparar los daños causados a la planta física, a los bienes de la institución y a los bienes de los demás integrantes de la comunidad educativa.

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25. Comprobar mediante certificado médico la inhabilidad para la clase de educación física.

26. Los estudiantes usuarios de las prácticas experimentales de Ciencias Naturales, sala de informática y biblioteca, deberán observar y cumplir con las reglas fijadas para el uso apropiado de estas dependencias.

27. La estudiante embarazada debe asumir su responsabilidad de madre, de conformidad con las normas de salud. Deberá usar una jardinera confeccionada en la misma tela del uniforme de las estudiantes.

28. Apoyar los proyectos y actividades que la comunidad haya aprobado democráticamente.

29. Ningún estudiante debe realizar ventas o llevar a cabo actividades comerciales dentro de la institución sin la autorización de los directivos.

30. Justificar su inasistencia en compañía de los padres u/o acudiente, para que sea evaluado en los niveles de desempeños pendientes.

31. Mantener buenas relaciones con la comunidad educativa, respetando su ideología, etnia, identidad de género, condición socio-económica, social y religiosa.

32. Abstenerse de manifestar relaciones afectivas de noviazgo dentro de la institución.

33. Abstenerse de realizar actividades o ritos que atenten contra la integridad física, mental y moral de los estudiantes y de la comunidad.

34. Abstenerse de asistir a la institución con armas de fuego y corto punzantes.

35. Abstenerse de traer al colegio revistas, libros, ilustraciones u otros objetos pornográficos.

36. Abstenerse de realizar acciones fraudulentas como copiar evaluaciones, alterar planillas, libros reglamentarios, y demás documentos.

37. No debe utilizar el nombre de la institución para efectuar actividades de tipos social, personal, económico, publicitario, sin previo permiso de rectoría.

38. Abstenerse de ingresar a la institución bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas y

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bajo efectos delas misma. (Decreto 1108 del 11 de mayo de 1.994)

39. Abstenerse de fumar dentro de la institución.

40. Respetar los implementos de trabajo de los compañeros y de la institución, apropiándose indebidamente de ellos.

41. Dar el debido uso a los recipientes destinados para las basuras.

ARTICULO 30. ESTIMULOS

Entiéndase por estimulo el reconocimiento personal o institucional que refuerce un buen comportamiento, para que este se repita o se supere. La Institución Educativa Totarco Dinde tendrá en cuenta estimular el rendimiento académico, el comportamiento, la colaboración y participación en encuentros científicos, tecnológicos, culturales y deportivos a nivel interno y externo.

ARTÍCULO 31. DISTINCIONES

Los estudiantes que sobresalgan por su rendimiento académico, su buen comportamiento social, su espíritu de compañerismo, capacidad artística, literaria, musical, puntualidad y se distingan como líderes en actividades deportivas y de colaboración con la institución, se premiarán, con los siguientes estímulos:

1. Mención honorífica a la Excelencia Totarco Dinde 2. Elección como consejero, monitor, auxiliar de disciplina del curso. 3. Reconocimiento en público o en privado. 4. Anotaciones positivas en el observador del estudiante. 5. Izar el pabellón nacional. Estimulo concedido a estudiantes que se hayan destacado,

por la vivencia de los valores. 6. Designación para representar a la institución ante otros establecimientos, entidades

deportivas, culturales, científicas, artísticas y otras. 7. Participación en capacitaciones, talleres y otros eventos formativos que brinden

otras entidades a la Institución.

PARÁGRAFO: Todos estos estímulos deberán ser consignados en el Anecdotario y comunicados a los padres de familia o acudientes, por el respectivo Director de grupo.ARTÍCULO 31. ESTIMULOS DE FIN DE AÑO

Menciones de Honor. Serán merecedoras de esta distinción los estudiantes que se

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destaquen por:

1. Su espíritu de colaboración de acuerdo a selección previa realizada por los docentes.

2. Sociabilidad y compañerismo: Un estudiante por curso. 3. Mejor deportista: Seleccionado por el Comité de Recreación y Deportes.4. Mejor bachiller y mejor puntaje en las pruebas ICFES. 5. Espíritu de colaboración y compañerismo

6. Perseverancia. Se otorgará a los estudiantes que cursaron todo el bachillerato en la Institución.

CAPITULO QUINTO

REFERENTES PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

CRITERIOS

La convivencia de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TOTARCO DINDE, de COYAIMA, se fundamenta en los siguientes criterios:

1 Respeto a la dignidad humana 2 Responsabilidad individual en la vida personal y frente a su comunidad. 3 Respeto por la naturaleza y cuidado del medio ambiente 4 Democratización de la Institución a través de medios publicitarios como carteleras, encuentros deportivos, encuentros culturales y otros medios de comunicación cordiales y afectivos.

CONFORMACIÓN DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.

El comité escolar de convivencia estará conformado por: El rector del establecimiento educativo, quien preside el comitéEl personero estudiantilEl docente con función de orientaciónEl coordinador cuando exista este cargoEl presidente del consejo de padres de familiaEl presidente del consejo de estudiantesUn (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

Funciones del comité escolar de convivencia.

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Son funciones del comité:

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ' Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

Este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

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Responsabilidades del director o rector del establecimiento educativo en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes responsabilidades:

1. Liderar el comité, escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11',12 Y 13 de la presente Ley.

2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

Responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar Además de las que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrán las siguientes responsabilidades:

1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

Proyectos Pedagógicos para la Convivencia Escolar.

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Los proyectos a que se refiere el numeral 1 del artículo _15 de la presente Ley, deberán ser desarrollados en todos los niveles del establecimiento educativo, formulados y gestionados por los docentes de todas las áreas y grados, construidos colectivamente con otros actores de la comunidad educativa, que sin una asignatura específica, respondan a una situación del contexto y que hagan parte del proyecto educativo institucional o del proyecto educativo comunitario.

Los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, que tienen como objetivos desarrollar competencias en los estudiantes para tomar decisiones informadas, autónomas, responsables, placenteras, saludables y orientadas al bienestar; y aprender a manejar situaciones de riesgo, a través de la negativa consciente reflexiva y critica y decir no a propuestas que afecten su integridad física o moral, deberán desarrollarse gradualmente de acuerdo con la edad, desde cada una de las áreas obligatorias señaladas en la Ley 115 de 1994, relacionados con el cuerpo y el desarrollo humano, la reproducción humana, la salud sexual y reproductiva y los métodos de anticoncepción, así como las reflexiones en torno a actitudes, intereses y habilidades en relación con las emociones, la conshucción cultural de la sexualidad, los comportamientos culturales de género, la diversidad sexual, la sexualidad y los estilos de vida sanos, como elementos fundamentales para la construcción del proyecto de vida del estudiante.

La educación para el ejercicio de los derechos humanos en la escuela implica la vivencia y práctica de los derechos humanos en la cotidianidad escolar, cuyo objetivo es la transformación de los ambientes de aprendizaje, donde los conflictos se asumen como oportunidad pedagógica que permite su solución mediante el diálogo, la concertación y el reconocimiento a la diferencia para que los niños, niñas y adolescentes desarrollen competencias para desempeñarse como sujetos activos de derechos en el contexto escolar, familiar y comunitario. Para esto, el proyecto pedagógico enfatizará en la dignidad humana, los derechos humanos y la aceptación y valoración de la diversidad y las diferencias.

5 Formación integral de los estudiantes

Para todos los efectos, tanto disciplinarios como académicos, se debe tener en cuenta el siguiente orden de Conducto regular:

Estudiante - estudiante Profesor del área o de Conocimiento del caso Director de grado Coordinación de la Institución : Coordinador Académico o Disciplina Comisión de evaluación y promoción o Comité Escolar de Convivencia Institucional,

según sea el caso Consejo Académico Rector Consejo Directivo Gobierno escolar.Este Comité cumple con la función de mediación y conciliación escolar con el fin de analizar y dar soluciones a las dificultades presentadas en el ámbito de la convivencia. El comité escolar de convivencia estará conformado por: El Rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.

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La personera o personero estudiantil.

El coordinador Académico

El presidente del consejo de padres de familia.

El presidente del consejo de estudiantes.

Un docente Coordinador líder del proceso o estrategias de convivencia escolar.

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA PREVENCIÓN Y SOLUCIÓN DE DIFICULTADES.

Los estudiantes, padres de familia y/o acudientes, adquieren un compromiso en el momento de la matrícula y como ejercicio y complemento de su proceso de formación en lo que se refiere al “Respeto por la autoridad legítima y a la Ley” se sujetarán al siguiente procedimiento para la solución de dificultades.

NORMAS DE CONVIVENCIA

FALTAS, PROCEDIMEINTOS Y CORRECTIVOS

Reconocimiento de las faltas:

La “FALTA”, entendida como el tipo de conducta o conductas, que en determinado momento, causan perturbación o daño a las personas y elementos que hacen parte de la Institución Educativa.

La tipificación de las faltas, de acuerdo con la incidencia que tengan frente a la comunidad educativa de la Institución, se pueden clasificar en tres grandes grupos: Falta tipo I, Falta tipo II y Faltas tipo III. Dependiendo de la intensidad del daño que cada conducta pueda incidir negativamente en el clima escolar.

Faltas Tipo 1 –

Se consideran faltas Tipo 1: Los hechos y comportamientos cuya incidencia o consecuencia no implique la restitución de un bien personal, institucional y no atente contra la dignidad humana, generen daños en el cuerpo o en la salud, ni en el buen nombre de la Institución.

Se consideran Faltas Tipo 1 – cuando se comete:

- Perturbar levemente el orden de las clases. - Masticar goma de mascar o consumir alimentos en clase o en actos comunitarios.

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- Llegar tarde al colegio o a clases ocasionalmente. - Emplear vocabulario soez. - Realizar actividades diferentes a las de la clase o en actos que se estén

desarrollando. - Incumplir con actividades académicas. Asistir con el uniforme que no

corresponde al horario, incompleto, sucio, en mal estado o sin él. - Usar inadecuadamente los diferentes espacios y elementos del colegio. - Portar maquillaje, accesorios como collares, joyas, celulares. - No entregar citaciones o circulares informativas a los padres o acudientes- La reincidencia en el incumplimiento de actividades académicas- Retirarse del salón de clase sin permiso del profesor.- Altercados- Enfrentamientos.- Riñas- Gestos o actos irrespetuosos con connotación sexual- Exclusión del grupo por razones de género u orientación sexual. - Agresión física: Jalón de pelo, cachetadas.- Agresión Verbal: Insultos, apodos ofensivos, burlas, amenazas. - Agresión gestual: Humillación, aterrorizar, degradar. - Agresión relacional: Exclusión del grupo, aislar deliberadamente, difundir

rumores o secretos, chismes.

Procedimiento para la superación de Faltas Tipo I.

- Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas, a partir de exponer sus puntos de vista, buscando repara el daño causado.

- Fijar formas de solución de manera imparcial y equitativa, buscando la reparación de los daños causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación.

- Activar acciones pedagógicas como el dialogo, la mediación, el trabajo colaborativo y pactos de aula.

- Establecer compromisos y hacer seguimientos. - Llamada de atención verbal, registrada en observador del estudiante, buscando la

reflexión y la toma de conciencia para evitar reincidencia. - Llegar a acuerdos de convivencia.- Reconocer hasta donde llegan los límites de cada derecho de cada uno.- Asumir con responsabilidad las consecuencias de sus actos. - Responder por los daños causados y asegurar el restablecimiento de vínculos y

derechos. - Registro y firma del compromiso por parte del estudiante y del padre de familia u /o

acudiente. -

Faltas Tipo II.

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Se consideran faltas Tipo 2; Los hechos y comportamientos en forma sistemática, cuya incidencia y consecuencia implique la restitución de un bien personal y/o Institucional y que atente contra la dignidad humana y el buen nombre de la Institución.

Se consideran Faltas Tipo II.En forma reiterada la agresión:

- Agresión física: Jalón de pelo, cachetadas.- Agresión Verbal: Insultos, apodos ofensivos, burlas, amenazas. - Agresión gestual: Humillación, aterrorizar, degradar. - Agresión relacional: Exclusión del grupo, aislar deliberadamente, difundir rumores o

secretos, chismes.- Agresión electrónica: Divulgación de fotos, videos íntimos, comentarios insultantes

y/o ofensivos, mensajes de texto insultante.- Acoso escolar (Balling) en forma sistemática como agresión, intimidación,

humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza, incitación a la violencia, maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos, Agresión sexual, mensajes xesuales en baños, paredes, tablero.

- Llegar tarde al colegio o a clase sin causa justificada por tres veces durante un mes. - Dañar intencionalmente cualquier elemento de !a Institución o de cualquier

miembro de la Comunidad Educativa. - No asumir la responsabilidad por los daños causados. - Interferir negativa y permanentemente en el desarrollo de las actividades escolares.- Comportarse inadecuadamente en los actos programados por la Institución, dentro o

fuera del mismo. - Realizar o promover dentro de la Institución cualquier género de negocios tales

como ventas, rifas o contribuciones sin autorización de las directivas. - Hacer ridiculizaciones o bromas que afecten la dignidad de las personas o atenten

contra su integridad personal. - Evadir las clases o las actividades escolares estando dentro de la Institución.- Faltar al colegio sin permiso de los padres o salir del colegio sin autorización.- Incumplir con los compromisos de nivelación pactados. No presentar

oportunamente la justificación de la ausencia.- Mostrar actitudes de irrespeto con los diferentes miembros de !a Comunidad

Educativa.

Procedimiento para Faltas Tipo II.

- Verificar las condiciones físicas y emocionales de las personas involucradas.- Tomar las medidas necesarias para evitar agresiones sucesivas entre las personas

involucradas.- Adoptar medidas de protección para las personas involucradas para evitar posibles

acciones en su contra. - Brindar atención inmediata en salud física y mental a los involucrados en la

situación. Y si la situación lo requiere, realizar la remisión al servicio de salud para la debida atención.

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- Remitir la situación a las autoridades administrativas, cuando se requieran mediadas de restablecimiento de derechos.

- Citación al padre de familia o acudiente de manera inmediata y realizar la firma de compromiso por parte de los dos en el observador del Estudiante.

- Generar espacios para que las personas involucradas en la situación presentada puedan exponer lo sucedido, con acompañamiento de sus padres y/o acudientes, siempre y cuando se preserve el derecho a la intimidad y confidencialidad.

- Determinar las acciones restaurativas para reparar los daños causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación.

- El Comité Escolar de Convivencia realizará el análisis y seguimiento del caso. - Aplicación de una medida correctiva, que puede ser: - 1-Resarcir el daño causado. - 2-Suspensión, por parte del coordinador, de la Rectoría del ingreso a las clases hasta

por tres días –durante los cuales desarrollará un trabajo de carácter formativo, el cual debe sustentar ante la Coordinación y el grupo de estudiantes al cual pertenece..

- Registrar los acuerdos definidos así como las consecuencias aplicadas a los involucrados en la situación.

- 3-Remisión del caso al Comité Escolar de Convivencia.

Faltas Tipo III.

Constituye faltas Tipo III: Aquellas que, además de reunir las condiciones anteriores afecta de manera extrema a sí mismo o a cualquier miembro de la comunidad en el orden físico o moral o a la Institución en cualquiera de sus principios, de manera que se hace necesaria la participación inmediata de las instancias superiores y ocasiona sanciones mayores.

Se consideran Faltas Tipo III.

- Aprovecharse de la desigualdad de condición de otro para cometer abuso o engaño. - Sustraer cosas ajenas, cometer hurto o ser cómplice de ello. - Falsificar notas, firmas o documentos. - Portar, ofrecer o vender bebidas alcohólicas o llegar al colegio en estado de embriaguez.- Ingerir bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas dentro o fuera de la Institución

Y/O portando el uniforme durante las salidas programadas por la institución. - Traer, portar, traficar o utilizar armas, o usar cualquier elemento que pueda causar una

lesión Física. - Agredir verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.- Emplear la violencia física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.- Promover o realizar escándalos en sitios públicos comprometiendo el nombre de la

institución. - Repartir, comercializar o portar material pornográfico. - Asumir acciones que atenten contra el cuerpo, la dignidad y la moral de cualquier

miembro de la Comunidad educativa.- Acosar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

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- Emplear vocabulario soez en sus relaciones interpersonales. - Fumar dentro de la Institución. - Cometer fraude en los trabajos o evaluaciones. - Faltar al respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa.- Proferir amenazas verbales o escritas a cualquier miembro de la comunidad educativa.- Ser cómplice o encubrir cualquier tipo Extorsión dentro o fuera de la Institución. - Asumir dentro de la Institución actitudes exageradas o atrevidas en sus relaciones

afectivas.- Cometer cualquier tipo de extorsionar dentro de la Institución. - Amenazar o amedrentar a un miembro de la comunidad educativa para obtener

beneficio o para encubrir una falta. - Salir de la Institución durante la jornada escolar sin autorización de coordinación. - Ingresar o salir de la Institución, pasando por encima de muros o mallas. - Actos sexuales violentos.

Procedimiento para Faltas Tipo III

- Citación al padre de familia o acudiente y elaboración del acta de compromiso que se anexa al Observador, e ingreso al Proceso Disciplinario que implica.

- Remisión del caso al Consejo Directivo, debidamente soportado por los documentos producidos hasta la fecha, Recomendaciones por parte del comité Escolar de Convivencia para determinar su tratamiento o resolver sobre su permanencia en la Institución.

- Si la falta tiene el carácter de delito por la incidencia en la integridad física del afectado o sus bienes materiales, se remitirá a la autoridad competente.

Procedimiento disciplinario. - El debido proceso es un derecho

- Es el recurso empleado por la Institución para proceder de manera justa, secuencial y coherente en el análisis, seguimiento y aplicación de correctivos cuando un miembro de la Comunidad Educativa incurre en una falta o acción contraria a las normas de este manual, para tal efecto se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

Conducto regular y competencia:

Las instancias que deben atender el caso serán:

- Estudiante - estudiante - Docente directamente relacionado con el caso, para las faltas tipo I. - Director de curso en las faltas tipo II y Tipo III, quien remitirá informe a la

Coordinación.

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- Coordinador de disciplina. - Comité Escolar de Convivencia Institucional y/o Comisión de Seguimiento de Procesos

de Evaluación y Promoción. - Rector - Gobernador del Cabildo al que pertenece el estudiante.- Consejo de padres.- Consejo Directivo. - Comisaria de Familia -- y si continua el proceso a la Policía de menores, Fiscalía etc.

Criterios para determinar la tipificación de la falta:

- Ser reincidente en la comisión de faltas. - Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. - El efecto perturbador que la falta produzca en la comunidad educativa. - El haber cometido la falta aprovechando la confianza depositada en él o ella. - Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras personas ya sea por

condición física o psíquica. - Emplear en la ejecución del hecho un medio cuyo uso pueda resultar de peligro común. - El haber cometido la falta premeditadamente o con complicidad de otras personas.

Debido proceso

- Cualquier miembro o instancia del colegio que tenga conocimiento de la falta deberá notificar a quien corresponda su manejo, atendiendo al conducto regular.

- Conocer los descargos de los implicados, preferiblemente por escrito, respetando el derecho a la defensa.

- Establecer la veracidad de las versiones, agotando pruebas, y confrontando testigos. - Registro de la falta en el observador del estudiante.

PROTOCOLO SITUACIONES TIPO I.

- Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas, a partir de exponer sus puntos de vista, buscando repara el daño causado.

- Fijar formas de solución de manera imparcial y equitativa, buscando la reparación de los daños causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación.

- Activar acciones pedagógicas como el dialogo, la mediación, el trabajo colaborativo y pactos de aula.

- Incorporar el desarrollo de competencias ciudadanas en la vida escolar para que la comunidad educativa aprenda a manejar situaciones de conflicto de manera pacífica y positiva. .

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- Establecer compromisos y hacer seguimientos.

PROTOCOLO SITUACIONES TIPO II.

- Verificar las condiciones físicas y emocionales de las personas involucradas.- Tomar las medidas necesarias para evitar agresiones sucesivas entre las personas

involucradas.- Adoptar medidas de protección para las personas involucradas para evitar posibles

acciones en su contra. - Brindar atención inmediata en salud física y mental a los involucrados en la

situación. Y si la situación lo requiere, realizar la remisión al servicio de salud para la debida atención.

- Remitir la situación a las autoridades administrativas, cuando se requieran mediadas de restablecimiento de derechos.

- Citación al padre de familia o acudiente de manera inmediata y realizar la firma de compromiso por parte de los dos en el observador del Estudiante.

- Generar espacios para que las personas involucradas en la situación presentada puedan exponer lo sucedido, con acompañamiento de sus padres y/o acudientes, siempre y cuando se preserve el derecho a la intimidad y confidencialidad.

- Determinar las acciones restaurativas para reparar los daños causados, el restablecimiento de derechos y la reconciliación.

- El Comité Escolar de Convivencia realizará el análisis y seguimiento de las soluciones para la situación presentada.

PROTOCOLO SITUACIONES TIPO III.

- Brindar atención inmediata en salud física y mental a los involucrados en la situación. Y si la situación lo requiere, realizar la remisión al servicio de salud para la debida atención.

- Adoptar medidas de protección para las personas involucradas para evitar posibles acciones en su contra y/o proteger a la víctima.

- Citar al padre de familia o acudiente de inmediato y elaborar acta de compromiso que se anexa al Observador, e ingreso al Proceso Disciplinario que implica.

- Remitir la situación a las autoridades administrativas, cuando se requieran mediadas de restablecimiento de derechos.

- Remisión del caso al Consejo Directivo, debidamente soportado por los documentos producidos hasta la fecha.

- Citar a los integrantes del comité Escolar de Convivencia y darle a conocer el caso para que realicen el análisis y determinen los pasos a seguir.

- Si la falta tiene el carácter de delito por la incidencia en la integridad física del afectado o sus bienes materiales, se remitirá a la autoridad competente.

- Realizar seguimiento por parte del Comité Escolar de convivencia de la autoridad que asuma el conocimiento del caso presentado en la Institución Educativa.

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CAPÍTULO SEXTOOTROS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES.

La familia es la primera institución educadora, que tiene la responsabilidad de hacer posible en sus hijos la construcción de los valores éticos, espirituales y morales que la sociedad requiere.

Los valores como el amor, el respeto, la solidaridad, son fundamentales para la convivencia humana y se adquieren inicialmente en el hogar.

El respeto y las buenas relaciones entre los padres de familia y los docentes, contribuyen a una buena educación.

ARTÍCULO _______ REPRESENTACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA. Los padres de familia de la Institución Educativa Totarco Dinde estarán representados por el consejo de padres y por la asociación de padres de familia, los cuales se organizarán de acuerdo a la normatividad vigente.

El CONSEJO DE PADRES Y ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA se regirá por lo dispuesto en el decreto 1286 de abril 27 de 2005

ARTÍCULO ________45: DERECHOS DE LOS PADRES Y ACUDIENTES.

ARTICULO --------. SON DERECHOS DE LOS PADRES Y ACUDIENTES

1. Ser atendidos oportunamente por directivas, docentes y personal administrativo de acuerdo con el horario establecido.

2. Participar en la asociación, Consejo de padres y otros estamentos del gobierno escolar.

3. Recibir Información inmediata cuando se presenten ausencias de los educandos al

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establecimiento.

4. Conocer oportunamente los procesos y medidas correctivas que afecten a sus hijos o acudidos.

5. Hacer solicitudes y reclamos en forma respetuosa siguiendo el debido proceso.

6. Recibir boletines e informes impresos y verbales sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos.

7. Ser escuchados y recibir buen trato por parte de administrativos, directivos y docentes.

8. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y que contribuyan al mejoramiento del plantel.

9. Recibir información por parte de la coordinación, sobre los docentes de la institución y su respectivo horario de atención a padres de familia.

10. Ser aceptados como miembros de la comunidad educativa sin distinciones de credo religioso, filosófico, político, económico o de raza.

11. Conocer amplia, clara y oportunamente las diversas estrategias metodológicas, evaluativas y disciplinarias relacionadas con la formación integral de sus hijos.

12. Formar parte activa de la escuela de padres.13. Exigir el cumplimiento de la jornada escolar. 14. Exigir conocer el manual de convivencia.

15. Tener acceso a la hoja de vida del educando y ser escuchado en todo procedimiento académico, comportamental y de conducta.

16. Solicitar y recibir información sobre las normas generales y el funcionamiento interno de la institución

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17. Interponer los recursos de reposición, apelación y queja cuando le sea aplicada una medida correctiva académica y/o disciplinaria a su hijo.

ARTICULO -------46. DEBERES DE LOS PADRES Y/O ACUDIENTES

1. Presentarse con el educando en el momento de registrar la matricula, a fin de asumir los compromisos y responsabilidades derivados de dicho acto.

2. Participar activamente en el diseño, ejecución y evaluación del (P.E.I.) de la institución y su manual de convivencia.

3. Responsabilizarse de la formación y educación de sus hijos o acudidos dentro y fuera de la

institución.

4. Asistir con puntualidad a todas las reuniones de padres de familia y a las escuelas de padres programadas por la Institución educativa y presentar excusa por escrito en caso de ausencia justificada presentándose en la fecha y hora determinada.

5. Asumir la misión de primeros formadores de sus hij@s en lo espiritual, moral, comportamental y académica en el hogar.

6. Estimular a sus hij@s, compartiendo sus progresos, éxitos y desaciertos que obtenga en la institución.

7. Acudir a las citaciones de directivos y docentes cuando sea requerido por intermedio de sus hijos y/o acudidos.

8. Acercarse personalmente a presentar excusas por fallas o retardos y cuando desee averiguar el comportamiento de su hij@ y/o acudid@, durante el horario establecido y en su respectiva jornada.

9. Proporcionar al educando un ambiente de comprensión y respeto dentro del hogar.

10. Suministrar a l@s hij@s oportunamente, los elementos necesarios para el trabajo escolar.

11. Responder por todos los daños y destrozos que causen sus hij@s en la

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institución.

12. Ser abiertos al dialogo, valorar y acatar los correctivos y responsabilidades impuestas a sus hij@s y /o acudidos.

13. Apoyar y colaborar en forma decisiva con la institución, en todo lo relacionado con el mejoramiento del servicio educativo.

14. Reclamar en coordinación en un lapso no mayor de 3 días hábiles, los elementos ajenos al uniforme y a los útiles escolares decomisados a su hij@.

15. Responsabilizarse del cumplimiento, asistencia, puntualidad, presentación personal, rendimiento académico y comportamiento de su hij@ o acudido.

16. Al finalizar el año escolar es obligación del padre de familia y/o acudiente estar a paz y salvo por todo concepto con la institución.

17. Mantener un trato cordial y respetuoso con directivos, docentes personal administrativo y de servicios, estudiante y comunidad en general, dentro y fuera del plantel.

18. Velar por el prestigio y buen nombre del establecimiento educativo.

19. Asistir a la escuela de padres que la institución cite para que en ella compartan experiencias significativas que ayuden a comprender el comportamiento de sus hij@s según edad y género.

20. La institución para el seguimiento del educando solo atenderá como acudiente a quien haya firmado el libro de matrícula.

21. Seguir el conducto regular al presentar algún reclamo o sugerencia dependiendo de la situación a tratar de manera oportuna:

- Profesor

- Coordinación

- Rector

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- Consejo directivo

22. Aceptar las sanciones legales a que dé lugar su incumplimiento a los deberes como padre de familia o acudiente

23. Todos los demás que tengan que ver con la naturaleza de su condición.

PARAGRAFO 1: Están impedidos para representar a sus hijos como acudientes o tutores aquellas personas que estén privadas de la libertad o sean legalmente incapaces.

PARÁGRAFO 2: Los padres o acudientes que reciban algún tipo de subsidio, verbigracia, familias en acción están obligados a velar por la asistencia de sus hijos y acudir a la institución cuando sean requeridos, al igual que a la entrega de boletines, escuela de padres, para poder pedir certificados para el cobro del subsidio.

ARTÍCULO 47: LOS EDUCADORES DE LA INSTITUCIÓN TOTARCO DINDE

Los educadores de la Institución Totarco Dinde, para efectos de jerarquía y subordinación administrativa, pedagógica y de convivencia dependen del rector y del(a) coordinador(a) quienes están encargados del control y el cumplimiento de sus obligaciones. Estos se rigen por el reglamento interno y por el manual de funciones que ha definido previamente la entidad territorial.

Para la institución educativa Totarco Dinde los educadores juegan un papel vital y trascendental en la formación de sus educandos como en la de los demás estamentos de la comunidad educativa.

ARTÍCULO 48: DEBERES DE LOS EDUCADORES

1- Orientar en los educandos el desarrollo de la capacidad crítica, analítica y reflexiva con un alto sentido de pertenencia hacia la institución.

2-Fortalecer en los educandos la práctica de valores patrios, espirituales, sociales, éticos, morales, de esfuerzo y de progreso para su formación integral.

3-Fortalecer en los educandos el respeto por los valores patrios.

4-Llegar puntualmente a la institución de acuerdo al horario establecido para su jornada

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laboral. Así como a la orientación y desarrollo de la clase.

5-Hacer seguimiento académico y disciplinario a los educandos en pro de su formación integral.

6-Informar oportunamente a las directivas de la institución cualquier daño o anomalía que ocurra en las instalaciones de la misma y/o con los elementos de trabajo.

7- Cumplir con los turnos de disciplina con responsabilidad y compromiso, teniendo en cuenta la organización y limpieza de la institución.

8- Asistir puntualmente a todas las actividades y talleres programados por la institución. 9- Atender con respeto y cordialidad los reclamos y sugerencias de educandos, padres de familia, directivos y profesores.

10- Entregar oportunamente los documentos reglamentarios y requeridos por la institución.

11-Presentar a la coordinación el informe de rendimiento académico y comportamiento social de los educandos al finalizar cada uno de los periodos académicos.

12-Establecer horarios de atención a padres de familia u/o acudientes que no interfieran con las actividades curriculares de los educandos.

13-Mantener un dialogo claro, de cordialidad y respeto con los educandos. 14-Informar de las irregularidades que se presentan en el desarrollo de su labor académica al director de grado, jefe de área, coordinación, rectoría, según sea el caso. 15- Fomentar el cuido y preservación del medio ambiente social, cultural, psicológico, y ecológico.

16-Justificar toda inasistencia al cumplimiento de la jornada laboral y escolar ante la dirección y/ o coordinación según sea el caso.

17-

DERECHOS DE LOS EDUCADORES.

Se regirá por lo dispuesto en las disposiciones legales establecidas en la ley 115 de 1.994, ley 715 de 2.002 y todos sus decretos reglamentarios.

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1-Recibir buen trato por parte de los miembros de la comunidad educativa. 2-Participar de las actividades programadas por la institución.

3-Ser escuchados en los reclamos de orden laboral.

4-Ser informados de la evaluación que se haga de su trabajo.5-Todos los demás que corresponden a las funciones y a la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 50: PERSONAL ADMINISTRATIVO.

El personal administrativo hace parte de la comunidad educativa y trabaja en coordinación con todos los estamentos bajo la dirección de la rectoría de la institución. En relación al cumplimiento de sus funciones, se orienta por lo establecido en el reglamento de la institución y de la entidad territorial del departamento.

Deberá tratar y ser tratad@ de una manera cordial y respetuosa por todos los integrantes de la comunidad educativa.

ARTÍCULO 51: LOS EGRESADOS.

Con el ánimo de preservar el sentido de pertenencia, el afecto por la institución y el interés por su progreso, los egresados, podrán constituirse como asociación sin ánimo de lucro. Tendrán derecho a ser tratados de una manera cordial por toda la comunidad educativa y a tener un representante al Consejo Directivo, el cual presentará proyectos e iniciativas que favorezcan el bienestar de la institución.

CAPITULO SEPTIMO.OTROS SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCIÓN.

La Institución Educativa Totarco Dinde además del trabajo académico y formativo indicado en el proyecto educativo Institucional pone a disposición de la comunidad otros servicios para cuyo uso, los estudiantes deberán tener en cuenta las disposiciones normativas relativas a cada uno de estos servicios.

1. LA SALA DE SISTEMAS: Se regirá los lo establecido el correspondiente manual de procesos y procedimientos de la dependencia.

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2. LA BIBLIOTECA: Se regirá los lo establecido el correspondiente manual de procesos y procedimientos de la dependencia.

3. Para las diferentes actividades y dependencias institucionales debe haber un manual de procesos y procedimiento escrito por los responsables de la acción.

ARTÍCULO 52. INTERPRETACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.

En la interpretación de las disposiciones contenidas en el presente manual, deberá tenerse en cuenta que su finalidad es la formación y educación de l@s niñ@s, adolestes, y jóvenes de la Institución Educativa Totarco Dinde, para la convivencia pacífica, democrática y pluralista, de acuerdo con los principios de la Institución y en concordancia con las normas legales vigentes.

ARTÍCULO 53: ESTRATEGIAS PARA GARANTIZAR LA PERMANENCIA DE LOS ESTUDIANTES EN LA INSTITUCIÓN:

1. Dialogo permanente2. Currículo ajustado al entorno cultural.3. Convenios interinstitucionales.4. Preparación para desempeñarse laboralmente.5. Asistencia psicológica.6. Respeto a sus derechos.7. Vinculación con las diferentes instancias de protección del menor.8. Reuniones con padres de familia.9. Capacitación virtual.10. Charlas de motivación y sentido de pertenencia.11. Socialización del manual de convivencia.

ARTÍCULO _______ ADOPCIÓN

Se autoriza al rector de la Institución Educativa Totarco Dinde para que emita el acto administrativo correspondiente para la adopción del presente manual.

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ARTÍCULO _______ VIGENCIA

El presente Manual de Convivencia rige a partir de su expedición y deroga todos los procedimientos y disposiciones contrarias a lo aquí estipulado.

Dado en Totarco Dinde a los ________ días del mes de _________ de 2012

Por medio del cual se actualiza y se adopta el Manual de convivencia de la Institución Educativa Totarco Dinde.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÒN EDUCATIVA TOTARCO DINDE, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LOS ARTICULOS 15,17, y 23 DEL DECRETO REGLAMENTARIO DEL 1860 DE 1994 y

ARTICULO 1: Adoptar el siguiente Manual de Convivencia de la Institución Educativa Totarco Dinde.

JOSE ALBEIRO CASTIBLANCO CANO.Rector.